ORGINEN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
SUSANA ESTRADA
DERECHO EMPRESARIAL
PASCUAL AGUDELO SALDARRIAGA
NATALY BOTERO ALZATE
UNIVERSIDAD EAFIT
2015
La sociedad ampliamente es considerada como una organización de esfuerzos para un fin común, con una individualidad o personalidad jurídica que le permite desenvolverse con independencia de las actividades de las personas que las forman, las sociedades mercantiles por ende serán aquellas cuyo fin sea precisamente una especulación comercial.
Estas últimas van de la mano con el desarrollo mercantil. Según el texto y por Julio Benetti Salgar los fenicios las personas prestaban un dinero generalmente a navegantes para realizar expediciones, entonces que si llegaba a tener éxito le devolvía el dinero a la persona la cual se la presto pero si fracasaba el mismo perdía el dinero, ellos inventaron el comercio invisible, cuando los fenicios llegaban a costas extranjeras, se acostumbraron a depositar sus mercancías en la playa y luego se iban y cuando ya estaban en sus barcos producían una humareda que se pueda ver a lo lejos, los indígenas veían la humareda y se dirigían a depositar oro al lado de las mercancías.
En Roma, la actividad privada tuvo una amplia libertad, lo que permitió un importante desarrollo del comercio. Ello posibilitó el bienestar de los ciudadanos romanos, más allá de las cruentas luchas por las que atravesaron. Las formas asociativas que existieron en Roma eran tomadas como meros contratos asociativos, donde no existía un patrimonio diferenciado al de cada uno de los asociados, el capital afectado no constituía una garantía preferente para los acreedores sociales. Además, no constituían un sujeto de derecho distinto a los integrantes, por lo que no gozaban de personalidad jurídica. Eran sociedades estrictamente personalistas, la muerte de alguno de sus integrantes determinaba necesariamente la disolución del negocio. Los beneficios y las pérdidas eran estipulados; no existiendo, en principio, la responsabilidad solidaria, ya que cada socio respondía por su parte
Se carecía de un derecho específicamente comercial; todas las relaciones jurídicas estaban reguladas por un derecho común. Este sistema jurídico contemplaba dos tipo de sociedades, la societas omnium bonorum y la societas unius negotiationis; sin embargo, éstas dos no fueron contemporáneas, sino que existieron en diferentes momentos de la historia de Roma, y respondieron a la satisfacción de diferentes necesidades. La societas omnium bonorum consistía básicamente en una sociedad familiar, donde, en principio, estaba vedada la entrada de terceros extraños a la familia a la cual pertenecía la sociedad. En ella, los socios aportaban en común la totalidad de sus patrimonios. Esta forma tenía su antecedente remoto en la comunidad hereditaria, surgida entre los filii familias con el advenimiento de la muerte del pater en la época arcaica, que recibía el nombre de erctum non citum. En cambio, las societas unius negotiationis constituían agrupaciones que se unían para concentrar recursos con el objeto de llevar adelante transacciones de carácter internacional, y para una sola operación o un negocio específico, tales como la compraventa de esclavos. Una variedad de esta forma, fueron las denominadas societatis vectigalium, las cuales eran constituidas por los publicanos para funcionar como intermediarios en el cobro de impuestos entre el Estado y los contribuyentes. Otra especie era la societas unius rei, en la cual se aportaban bienes singulares para la obtención de un beneficio en común para todos los socios.
En la edad media el comercio estaba sometido a una severa reglamentación, por la presencia de Corporaciones, Industrias, Oficios y entre ellas de comerciantes y mercaderes, se constituyó un paso fundamental en el avance del derecho comercial.
Se hace internacional gracias a las ferias y con esta se organizan los gremios.
A principios de la época por la fragmentación de autoridades aisladas, como expresión del estado no se pudo unificar determinadas disposiciones, los comerciantes; sufrían una serie de complicaciones para poder trasladar sus productos de un lugar a otro debido a disposiciones restrictivas, gravámenes, impuestos, pillaje, etc.
Las expediciones de Las Cruzadas contribuyeron grandemente al incremento del comercio, siendo en ese tiempo las instituciones legales más importantes:
Las Leyes de Wisbi.- De menor importancia que las anteriores y que deben su nombre a la villa en que tuvieron su origen en la Isla de Gothland.
El libro de Consulado de Mar.- Constituye un verdadero monumento de derecho Consuetudinario Marítimo. Aparecieron instituciones de D.C. conocidos hasta nuestros días como ser: Las Sociedades Colectivas y las sociedades en Comandita, la letra de cambio, los comerciantes mayoristas, minoristas, instituciones de orden religiosa como "Los Montes de Piedad", las Guildas, y hermandades como "los hermanos humildes de Pisa", etc.
En la era medieval los Jefes de Estado tratando de incentivar el comercio y otorgar un tratamiento preferencial entre las personas dedicadas al mercantilismo, bosquejaron una catalogación en cuanto a la organización del comercio, pues en principio se determinó la existencia del Artesano quien elabora y produce los bienes para venderlos sin intermediarios.
Luego aparece "el Buhonero" quien era una especie de intermediario, ya que adquiría productos de los artesanos y luego los ofrecía a quienes lo requirieran.
Más adelante aparece "el Tendero" persona que ya estaba establecido en una habitación fija donde vendía los productos adquiridos a los anteriores.
La primera etapa de las sociedades en el orden económico es el desarrollo de la industria agrícola, la segunda el desarrollo de la industria fabril, y solo cuando estas dos industrias se han desarrollado adquiere importancia interior o exterior la industria o actividad mercantil.
Ahora bien, bajo el imperio de las leyes coloniales, la industria agrícola, lo mismo que la fabril, estaba rodeada de trabas que hacían imposible su crecimiento. En materia de impuestos, el sistema de alcabalas interiores era no solo gravoso sino embarazoso. Como ejemplo tenemos al ordenamiento establecido al principio bajo el gobierno del Virrey Mendoza, imponiendo un dos por ciento sobre toda venta, permuta u operación mercantil, el cual fue aumentando hasta un 16%.
Por otra parte, el diezmo, contribución eclesiástica declarada obligatoria por la ley civil, pesaba bárbaramente sobre el producto bruto de la agricultura y no sobre las utilidades, matando así en su origen toda posibilidad de acumulación de capitales.
Se presenta el comercio como causa de grandes transformaciones sociales a causa del progreso y la civilización. Con el desarrollo de los transportes, llega la comunicación y se abren nuevas rutas comerciales, se incrementa la organización de sociedades comerciales y los estados proceden a determinar y sintetizar las normas de comercio para el libre desenvolvimiento de las personas en general.
A través de la historia de la humanidad, el hombre necesitó aunar esfuerzos para el logro de objetivos que de una manera singular le hubieran sido imposibles de alcanzar. Ello lo llevó a asociarse con sus pares, quienes tenían intereses comunes. El tráfico comercial no estuvo ajeno a esta cuestión. El derecho constituyó, entonces, el instrumento idóneo para el ordenamiento de las relaciones interpersonales, receptando todas aquellas necesidades de la dinámica comercial. En este sentido, la evolución de las figuras societarias, reflejan los grados de progreso y desarrollo económico, que a lo largo de la historia, ellas han contribuido a hacer realidad.
Bibliografía
http://www.societario.com/estudiantes/HistoriaSociedadesComerciales.htm
http://yanarasensei.blogspot.com/2008/09/evolucin-de-las-sociedades-comerciales.html