AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO
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NORMAS G.010-G.020-G.030
UNIVERSIDAD UNIV ERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU
FACULTAD FACULTA D DE INGENIER INGENIERIA IA CIVIL
ALUMNO: AL UMNO:
PRESENTACION PRESENTACION CHAMORRO JONNY JULIAN
CATEDRA:
COSTOS Y PRESUPUESTOS
CATEDRATICO:
ING. JAVIER FRANCISCO CHAVEZ PEÑA
SEMESTRE:
X
CODIGO:
2013100762-G
26 DE SEPTIEMBRE DE 2017
INDICE:
CARATULA INDICE INTRODUCCION OBJETIVOS CUERPO NORMA G.010 NORMA G.020 NORMA G.030 •
CAPITULO I
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CAPITULO II
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CAPITULO III
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CAPITULO IV
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CAPITULO V
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CAPITULO VI
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CAPITULO VII
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CAPITULO VIII
CONCLUSIONES
INTRODUCCION:
El presente trabajo da a conocer de una manera resumida acerca las normas: • • •
G.010 (Consideraciones Básicas). G.020 (Principios Generales). G.030 (Derechos y responsabilidades).
Estas normas, norma las generalidades que constituyen la introducción de las normas de habilitaciones urbanas y normas de edificaciones OBJETIVOS:
El siguiente trabajo tiene como objetivos: •
•
•
Dar a conocer de una manera resumida las 3 primeras normas de Generalidades. Ejemplificar con fotografías algunas de las normas para una mayor comprensión. Poder reconocer y diferenciar las 3 primeras normas de Generalidades.
CUERPO: NORMA G.010 CONSIDERACIONES B ASICAS Ar ticulo 1.- En busca de mejorar la ejecución de los Planes Urbanos el RNE
norma los criterios y requisitos mínimos para el diseño y ejecución de las Edificaciones y Habilitaciones Urbanas. Por ello establece derechos y responsabilidades a las personas que intervienen a los procesos edificatorios. Ar ticulo 2.- El RNE es obligatoria a todo aquel que desarrolle procesos de
Habilitaciones Urbanas y Edificaciones. Ar ticulo 3.- Las Municipalidades Provinciales pueden desarrollar Normas
complementarias que dependen de las características geografías y climáticas de la Provincia, estas Normas complementarias deben concordar con el RNE. Ar ticulo 4.- El RNE se subdivide en tres títulos. El Títul o Primero n orma las Generalidades: Constituye la introducción de las
normas que se encuentran en los Títulos siguientes. El Títul o Segund o norm a las Habili tacion es Urbanas: Constituye las normas
de habilitaciones, componentes estructurales, obras de saneamiento y suministro de energía y comunicaciones. El Título Tercero norma la Edificaciones : Constituye las normas de arquitectura, estructuras e instalaciones eléctricas, sanitarias y mecánicas. Ar ticulo 5.- Tendrá que satisfacerse las siguientes condiciones, para así se
pueda garantizar la seguridad, calidad de vida y protección del medio ambiente. a) Seguridad: Seguridad estructural, garantizar la permanencia y la estabilidad de la
estructura. Seguridad en caso de siniestro, poder evacuar las edificaciones de forma
segura en caso de una emergencia y además de contar de un sistema contra incendios.
Sistema contr a incendios
Seguridad de uso, asegurar que el uso de forma normal no genere riesgos de
accidentes. b) Funcionalidad: Uso, que las partes de la edificación (espacios, instalaciones y equipos) realice
las funciones a las cuales está proyectada.
Espacios fuera de uso
Acces ibi lid ad, permitir el acceso y circulación de personas discapacitadas.
Sin acceso y circ ulación de personas disc apacitadas
c) Habitabilidad: Salub rid ad e higiene, asegurara la salud, integridad y confort de las personas. Protección térmica y sonora, que la temperatura y los ruidos en interior no
atente con el confort. d) Adecuación al entorno y protección al medio ambiente: Adecu aci ón al ent or no , que se integre de manera armónica a la zona. Protección al medio ambiente, que la función de la edificación no degrade el
medio ambiente.
No se int egra de manera armónic a a la zona
NORMA G.020 PRINCIPIOS GENERALES Ar ticulo 1.- El RNE se basa en los siguientes principios: a) De la Seguri dad de las Personas
Da las condiciones que debe cumplir la estructura y sus instalaciones para reducir los desastres ya sean naturales o provocado por las personas. Además, deben brindar a las personas involucradas en la ejecución de las edificaciones, seguridad y garantizar su integridad física. b) De la calidad de Vida
Dar a los habitantes espacios que permitan desarrollarse físicamente y espiritualmente. Habilitar el suelo con vías y que cuenten con todos los servicios básicos de agua, desagüe, electrificación y comunicación.
Espacios muy saturados.
c) De la segurid ad jurídi ca
Promueve el principio de legalidad y jerarquía de las normas. d) De la subord inación del interés personal al interés general
Buscar un desarrollo urbano armónico. e) Del dis eño universal
Utilizar ambientes de forma segura y autónoma para promover que las edificaciones y habilitaciones sean aptas para el mayor número de personas. NORMA G.030 DERECHOS Y RESPONSABILIDADES Ar ticulo 1.- Los actores del Proceso de la Edificación:
El propietario El promotor inmobiliario Los profesionales responsables del proyecto Las personas responsables de la construcción Las municipalidades Las personas responsables de la revisión de proyectos
Ministerio de vivienda, construcción y saneamiento En la presente norma se encuentran determinados sus derechos y responsabilidades. CAPITULO I DEL PROPIETARIO Ar ticulo 2.- Es la persona cuyo nombre se encuentra inscrita el Registro de la
propiedad. Ar ticulo 3.- Responsabilidades:
a) Dara a conocer necesidades y requerimientos, desde un punto de vista técnico y económico a los Profesionales Responsables. b) Facilitar los documentos relacionados al inmueble. c) Responder las consultas realizadas por los Profesionales del Proyecto. Ar ticulo 4.- Para el desarrollo de trámites administrativos, en los que sea
necesario el Propietario, este acreditara su calidad presentando: Escritura del inmueble, o una Minuta de Compra-Venta del Inmueble, con firma legalizada por Notario. Ar ticulo 5.- Los planos deberán ser firmados por el Propietario y los
Profesionales responsables. Ar ticulo 6.- El Propietario podrá remplazar a los profesionales responsables del
proyecto, pero no podrá hacer uso de la documentación técnica elaborados por el profesional reemplazado. Ar ticulo 7.- El Propietario podrá encargar a distintos profesionales del proyecto
original la ampliación, remodelación o refacción. Artic ul o 8.- El propietario debe mantener la edificación en buenas condiciones
de seguridad e higiene. CAPITULO II EL PROMOTOR INMOBILIARIO Ar ticulo 9.- Es la persona que ejecuta la obra, administra, promueve y
comercializa una edificación. El promotor debe contar con: a) Tener la titularidad del terreno. b) Cumplir con las responsabilidades dispuestas por el propietario.
c) Conseguir las licencias y autorizaciones que se necesita para ejecutar la edificación. d) Si existiesen daños en la edificación, estos deberán responder a los clientes. e) Dar al cliente final, la documentación necesaria que demuestre su derecho de propiedad. CAPITULO III DE LOS PROFESIONALES RESPONSABLES DEL PROYECTO SUB-CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Ar ticulo 10.- El diseño del proyecto, es de responsabilidad del profesional que
lo elabora, de acuerdo a su especialidad. Además, el proyecto debe cumplir los objetivos de las normas del RNE. Ar ticulo 11.- Estos profesionales responsables del proyecto deberán estar
inscritos en el Colegio Profesional. Por ello debe incluirse en el Expediente Técnico el documento que acredite que se encuentre habilitado para desarrollar la profesión de acuerdo a la especialidad. Ar ticulo 12.- Los profesionales responsables del proyecto deben cumplir:
a) Tener Título Profesional. b) Acreditar, por el Colegio Profesional al que pertenecen. c) Las normas y reglamentos vigentes, en la ejecución de sus servicios profesionales. d) Prestar personalmente sus servicios profesionales. e) Las obligaciones hechas en el Contrato. Ar ticulo 13.- Los profesionales deberán firmar los documentos de los cuales son
autores y pertenecen al expediente técnico. Ar ticulo 14.- Responsables de deficiencia y errores en la elaboración y ejecución
del proyecto. Ar ticulo 15.- Las personas jurídicas, que se encuentran constituidas como
empresa de proyectos, son al igual que el profesional responsable responsables de deficiencia y errores en la elaboración y ejecución del proyecto. Ar ticulo 16.- Los profesionales responsables tiene el derecho a supervisar la
ejecución de las obras, existiendo o no un contrato.
Los prof esionales deberán firmar los documentos de los cu ales son autores
SUB-CAPITULO II DEL GERENTE DE PROYECTO Ar ticulo 17.- Es la persona encargada de administrar la ejecución del proyecto,
debido a la magnitud del proyecto. Ar ticulo 18.- Responsabilidades:
a) Tener título profesional y experiencia suficiente para asumir la gerencia. b) Encontrarse acreditado por el Colegio Profesional para ejercer la profesión. c) Tener profesionales calificados para el diferente proceso que incluirá el desarrollo del proyecto. d) Dar solución a las contingencias que se producen en el desarrollo del proyecto. e) Dar las modificaciones del Proyecto si estas son exigidas por el proceso de supervisión, revisión o aprobación. SUB-CAPITULO III DEL ARQUITECTO Ar ticulo 19.- El arquitecto tiene la responsabilidad del Diseño Arquitectónico de
la Edificación, además es responsable de que los planos elaborados por otros profesionales sean compatibles. SUB-CAPITULO IV DEL INGENIERO CIVIL Ar ticulo 20.- El ingeniero civil es responsable del Diseño Estructural de una
Edificación, además es responsable de la correspondencia del proyecto de estructuras con el Estudio de Suelos.
SUB-CAPITULO V DE LOS INGENIEROS SANITARIOS, ELECTRICISTA Y ELECTROMECANICO Ar ticulo 21.- Responsables del Diseño de la instalación que corresponden
según especialidad. Además, son responsables de que su proyecto se adecue a las características de las redes públicas. CAPITULO IV DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE L A CONSTRUCCION SUB-CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Ar ticulo 22.- Personas que están ligadas directa o indirectamente con la
ejecución del proyecto, provisión de bienes y servicios, subcontratación de bienes y servicios y supervisión de obra. Ar ticulo 23.- Deben cumplir:
a) Capacidad para ejecutar las responsabilidades asumidas. b) Aplicar normas y reglamentos vigentes. c) Respetar las obligaciones pactadas en su contrato.
Personas que están ligadas dir ecta o indir ectamente con la ejecució n del proyecto
SUB-CAPITULO II DEL CONSTRUCTOR Ar ticulo 24.- La realización de la Edificación o Habilitación Urbana debe estar a
cargo del Constructor. Ar ticulo 25.- Responsabilidades:
a) b) c) d)
Ejecutar la obra. Disponer las organización e infraestructura. Nombras al profesional responsable de la construcción. Dar a la obra los medios humanos y materiales para concluir con los trabajos en los plazos indicados.
e) Formalizar las subcontrataciones. f) Entregar al cliente la información de los trabajos ejecutados. Ar ticulo 27.- Las personas que prestan los servicios de la construcción son
responsables juntos con los profesionales designados por ellos para representarlos.
Ejecutar la obra
SUB-CAPITULO III DEL PROFESIONAL RESPONSABLE DE OBRA Ar ticulo 28.- Las obras de habilitaciones urbanas y edificaciones tendrán la
designación de profesionales responsables, para dirigir la obra y asegurarse de la ejecución de la misma. Ar ticulo 29.- Los profesionales responsables deben contar con un certificado de
habilitación vigente y un título profesional. Ar ticulo 30.- Obligación:
a) Administrar los procesos constructivos y cumplir con los controles y pruebas necesarias para ejecutar la obra. b) Formalizar las subcontrataciones de partes e instalaciones de la obra. c) Firmar las actas de inicio y de entrega de obra. d) Resolver las contingencias que se produzcan en la ejecución de la obra. e) Solicitar al cliente que se aclare los aspectos ambiguos. f) Cumplir con los cambios o respuestas a consultas sobre cualquier aspecto de la obra. g) Cumplir con los requisitos de calidad acordados en el contrato. h) Cumplir los códigos, normas y reglamentos que son aplicados en la obra.
i) Verificar la recepción en la misma obra de materiales incorporados en la construcción. j) Dirigir la obra comprobando la participación de personal calificado y preparado. k) Elaborar y organizar la información del proceso empleados en la ejecución de la obra. l) Planear y supervisar las medidas de seguridad del personal. m) Entregar al propietario al término de la construcción los manuales de la operación y mantenimiento.
Dirigir la obra comprob ando la partici pación de personal calificado
Ar ticulo 31.- Si no se hubiese designado un profesional responsable de la obra
al momento de pedir la licencia de habilitación urbana, se tendrá que designar antes del inicio de la obra. Ar ticulo 32.- Si el profesional es sustituido, debe informársele a la Municipalidad
respectiva. Ar ticulo 33.- Durante la ejecución de la obra se debe llevar un Cuaderno de
Obra.
Ar ticulo 34.- La obligación del Profesional de obra es mantener actualizado y
firmado el cuaderno de obra. Al inicio de la obra el cuaderno de obra debe constar con: a) Nombre de la Obra. b) Número y fecha de la Licencia de Obra. c) Nombre del Propietario. d) Nombre del Arquitecto. e) Nombre del Ingeniero Estructural. f) Nombre del Ingeniero Sanitario. g) Nombre del Ingeniero Electricista. h) Nombre del Supervisor. i) Nombre del Constructor.
j) Nombre del Profesional Responsable de la Obra. Cuando algunos de estos profesionales efectué anotaciones en el cuaderno de obra, esta deberá quedar firmada, fechada e identificada con el nombre del profesional. Ar ticulo 35.- Se anotará los incidentes más importantes relativos a la
construcción. SUB-CAPITULO IV DEL PROVEEDOR Ar ticulo 36.- Responsabilidad:
a) Demostrar que su producto cumpla con los requisitos de las especificaciones técnicas. b) Informarse de la calidad del producto terminado solicitado. c) Informarse de las especificaciones técnicas aplicadas al producto solicitado. d) Comunicar al constructor que se cumplirá con todos los controles del producto o servicio. e) Enseñar al cliente en el uso y mantenimiento del producto o servicio entregado.
Demostrar que su produc to cumpla con los requisito s de las especificaciones técnicas
SUB-CAPITULO V DEL SUBCONTRATISTA Ar ticulo 37.- Responsabilidad:
a) Cumplir lo pactado en el Subcontrato. b) Aclarar los aspectos imprecisos con el profesional responsable.
c) Elaborar y completar los registros que demuestren el cumplimiento del subcontrato. d) Informarse de la calidad del recurso terminado solicitado. e) Demostrar que está calificado. f) Asesorar al cliente en todo que esté relacionado con los ensayos que aseguren la calidad del producto. g) Cumplir con los códigos, reglamentos aplicables al objeto del contrato. SUB-CAPITULO VI DEL SUPERVISOR DE OBRA Ar ticulo 38.- En el caso de obras públicas o cuando el propietario lo solicite se
designara un Supervisor de obra, que tendrá la función de verificar que la obra se ejecute según el proyecto aprobado, se sigan los procesos constructivos y se cumpla los plazos y costos previstos. Ar ticulo 39.- Deberá ser el Supervisor un profesional especializado en la
materia. Ar ticulo 40.- Responsabilidad:
a) Revisar la documentación del proyecto. b) Revisar la calificación del personal del Contratista. c) Asegurar la ejecución de pruebas previstos en las especificaciones del Proyecto. d) Emitir reportes que señalen el grado de cumplimiento de los requisitos, previstos en las especificaciones del proyecto. e) Participar en el proceso de recepción al nombre del propietario.
Asegu rar la ejecu ci ón de pru ebas pr evi st os en las esp eci ficac io nes del Proyecto
CAPITULO IV DE LAS MUNICIPALIDADES Ar ticulo 41.- Responsabilidades:
a) Contar con los instrumentos de planificación. b) Poner a disposición los instrumentos técnicos de planificación, edificación y administrativos correspondientes a habilitaciones urbanas y edificaciones. c) Dar celeridad a los tramites de consultas y autorizaciones de habilitaciones urbanas y edificaciones. d) Emitir los certificados de parámetros urbanísticos y edificatorios. e) Otorgar autorización para la ejecución de obras de habilitaciones urbanas y de edificaciones. f) Suspender la autorización para la ejecución de obras de habilitaciones urbanas y de edificaciones. g) Dar los requisitos a los que estará sujeta las obras tales como: uso de la vía pública, horarios de trabajo, instalaciones provisionales, ingreso y salida de materiales y condiciones para la protección del medio ambiente. h) Ordenar la paralización de las obras ejecutados sin proyectos aprobados y licencias otorgadas. i) Designar inspectores para efectuar el control urbano. j) Inspeccionar las obras que se ejecuten en su jurisdicción. k) Emitir la Resolución de Recepción de obras de habilitación urbana o el Certificado de Finalización de obra. l) Ordenar y ejecutar la demolición de una obra si existiese discrepancias no subsanables. m) Dar mantenimiento a los espacios públicos y edificaciones que administra. n) Supervisar el uso y mantenimiento de las edificaciones. o) Hacer cumplir las normas del RNE.
Inspección d e la obra que se ejecuta
CAPITULO V DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LA REVISION DE PROYECTOS Ar ticulo 42.- Los encargados de la verificación de cumplimiento de las normas
de los proyectos son: los funcionarios, servidores públicos y comisiones técnicas municipales. Ar ticulo 43.- Estas personas deberán contar con un título profesional en la
respectiva especialidad. Ar ticulo 44.- Las personas encargadas de la revisión del proyecto no
intervendrán en la evaluación si ellos fueron participes del proyecto. Ar ticulo 45.- Las comisiones técnicas son responsables del dictamen que
emiten. CAPITULO VI DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Ar ticulo 46.- Es el ente Rector Nacional, diseña, norma y ejecuta la política
nacional en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento. Ejerce las funciones: a) Fiscaliza y supervisa el cumplimiento del marco normativo. b) Interpreta las normas técnicas del RNE. CAPITULO VII DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Ar ticulo 47.- En caso de la violación del Código de Ética profesional de los
actores del Proceso de la Edificación, estos serán sancionados por sus respectivos Colegios Profesionales. Ar ticulo 48.- Las sanciones de las infracciones del RNE serán determinadas por
las Municipalidades (estas deben estar establecidas en su Reglamento de Sanciones y en su Texto Único de Procedimientos Administrativos). Ar ticulo 49.- Se consideran infracciones a:
a) b) c) d)
Ejecución de la obra con incumplimiento del presente reglamento. Ejecutar una obra sin licencia. La adulteración de documentos en una obra. Incumplimiento de instrucciones y resoluciones emanadas de la Municipalidad. e) Negar el acceso a la obra al Inspector Técnico Municipal. f) Cambiar el uso de una edificación sin autorización.
g) h) i) j)
Inexistencia de un profesional responsable de la obra. Inexistencia de un cuaderno de obra. Emplear materiales defectuosos. Ejecutar edificaciones en un área que no cuenta con Habilitaciones Urbanas autorizadas. k) Acción u omisión de las normas acerca de la accesibilidad para personas con discapacidad. En un caso así se aplicará lo dispuesto por la ley N° 27920. CAPITULO VIII DE LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVA, CIVIL Y PENAL
Ar ticulo 50.- Las responsabilidades de los actores de la obra. Pueden ser de
carácter Administrativo, Civil y/o Penal. Ar ticulo 51.- La responsabilidad administrativa de los actores de la obra se dará
cuando estos generan un prejuicio a cualquiera de los actores, por incumplimiento de sus responsabilidades. Ar ticulo 52.- La responsabilidad civil de los actores de la obra se dará cuando
estos generan un prejuicio a cualquiera de los actores, por incumplimiento de lo pactado en el contrato. Ar ticulo 53.- La responsabilidad penas de los actores de la obra generan un
daño a cualquiera de los actores administrativos, mediante un hecho o conducta tipificado como delito. Ar ticulo 54.- Si dentro de cinco años se producen daños en la edificación, el
constructor y profesionales responsables de obra deberán responder al cliente. a) Por destrucción total o parcial. b) Por daños de materiales causados en la obra por defecto de los elementos constructivos. c) Por los daños materiales causados por defectos en la ejecución. Ar ticulo 55.- Tanto el constructor y el profesional responsable se liberan de
responsabilidades, si prueban que la obra fue ejecutada de acuerdo a las normas técnicas del presente reglamento. Ar ticulo 56.- La responsabilidad civil será de forma personal, tanto por actos
propios o actos de personas de las cuales son responsables. Ar ticulo 57.- El constructor es el responsable de los daños materiales causados
en la obra por los diferentes incumplimientos, además el constructor responderá directamente de los daños causados por los productos adquiridos.
Ar ticulo 58.- Las obras ejecutadas, si son transferidas a un tercero, tienen como
principal responsable al Vendedor. Ar ticulo 59.- Todo aquello que no esté normado en el presente reglamento, se
sujetaran a lo normado en la legislación especial vigente sobre cada materia. CONCLUSIONES.
El siguiente trabajo tiene como objetivos: •
Se dio a conocer de una manera las 3 primeras normas de Generalidades. G.010 (Consideraciones Básicas). G.020 (Principios Generales). G.030 (Derechos y responsabilidades).
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Se ejemplifico con fotografías de un proyecto en ejecución (Hospital él Carmen II) y de un proyecto finalizado (Real Plaza) las normas para una mayor comprensión. Poder reconocer y diferenciar las 3 primeras normas de Generalidades. G.010 (Consideraciones Básicas): Da a conocer las consideraciones
básicas del Reglamento Nacional de Edificaciones. G.020 (Principios Generales): Da a conocer los principios generales en que se basa el Reglamento Nacional de Edificaciones. G.030 (Derechos y responsabilidades): Da conocerlos derechos y responsabilidades de los actores del Proceso de la Edificación.