MODELO DE MINUTA DE ANTICIPO DE LEGÍTIMA Imprimir Impri mir entrad en trada a
ÁREA: DERECHO CIVIL LÍNEA: DERECHO DE SUCESIONES ¿Se puede hacer un contrato sobre anticipo de legítima?, si se trata de un bien o bienes inmuebles, la respuesta es positiva, sin embargo, la respuesta es negativa cuando lo que se anticipa es un bien inmueble, en este caso, se debe de elevar a Escritura Pública, bajo sanción de nulidad, lo anterior signifca signifca que si no se hace la escritura escritura pública no ser vlido vlido el anticipo de legítima! Sin embargo, no es nuestro trabajo el aconsejar a los Se"ores #otarios, pues estos saben su pro$esión, sino a%udar a los colegas abogados % a las personas interesadas en este tipo de contratos a elab elabor orar ar una una minu minuta ta que que $aci $acili lita tar r su trab trabaj ajo! o! &e es esta ta ma mane nera ra,, o$recemos al lector el modelo de una minuta de anticipo de legítima debidamente sustentada en la normatividad vigente 'ver los pies de pginas(, con la intención que hallar la ra)ón de cada clusula que se coloca en la *inuta que en el $ondo encierra un +ontrato, no olvide de llevar la *inuta debidamente frmada por el abogado al #otario para que este eleve a Escritura Pública, caso contrario el anticipo ser invlido! '-./01 2/S3 *04 P+/05 +05(
MINUTA NU TA[[1] DE ANTICI A NTICIPO PO DE LEGÍTIMA LEGÍ TIMA[2] [2] Se"or #otario Público1 Sírvase e6tender en su 0egistro de Escrituras Púbicas789 Púbicas 789 una una de nticipo de :egítima7;9 :egítima7;9,, que otorgan don '<(, a $avor de su hija '<(, en los t=rminos % condiciones que constan de las clusulas siguientes1
PRIMERO !> El otorgante, es propietario del lote número , man)ana '<(, de la -rbani)ación '<(, del distrito de '<(, provincia '<(, &epartamento '<(, con un rea de '<( metros cuadrados, cu%os linderos % medidas perim=tricas aparecen en la fcha registral '<( de los 0egistros Públicos de '<( SEGUNDO!> El #.5+5 #.5+5P P#.E #.E7@9 7@9 adquirió el inmueble por +ontrato de .rans$erencia .rans$erencia de &ominio que le otorgara a su $avor '<( cu%a traslación se encuentra inscrita en la fcha registral '<(, 0ubro '<(, siento '<(, de los 0egistros Públicos de '<( TERCERO !> Es materia del presente anticipo '<( metros cuadrados que se encontrar encerrado dentro de los siguientes linderos % medidas
perim=tricas1 por el $rente, con la calle '<(, con '<( metros linealesA por el lado derecho, entrando con el lote '<(, con '<( metros linealesA por el costado i)quierdo, con calle '<(, con '<( metros lineales % por el $ondo, con el resto de la propiedad del otorgante, con '<( metros lineales! 7B9Siendo el valor real en el mercado del bien anticipado el de '
CUARTO!> El presente anticipo es a $avor de mi hija do"a '<(, dentro del @D que me corresponde como gananciales del inmueble descrito en las clusulas precedentes! QUINTO!> :a #.5+5P& acepta el nticipo que le hace su padre % le agradece por esta liberalidad de su parte! SEXTO.> El anticipo comprende todo cuanto de hecho % por derecho pertenece a los bienes que se anticipa, sin que el #.5+5P#.E se reserve nada para sí! SÉPTIMO!> El #.5+5P#.E declara que sobre el anticipo del inmueble que se entrega no pesa gravamen alguno que limite o pueda limitar su libre disposición!7F9 OCTAVO!> El presente acto se encuentra ina$ecto al 5mpuesto de lcabala, según lo dispone el .-/ de la :e% de .ributación *unicipal!7G9 -sted, Se"or #otario agregue lo dems de :e%! requipa, D8 de $ebrero de HD8
(No o!"#$% $ &%'$ # $)o*$#o + # $, -%,o$, /0 "%!" , $o o'o ,o ANTICIPANTE + $ ANTICIPADA[13]4
79 Una definición legal de lo qe e! la Minta la podemo! encontrar en el "Glo!ario de T#rmino! T#cnico Legal de CO$OP%I& apro'ado por %E(OLUCION DE P%E(IDENCIA N) **+,-**.,CO$OP%I,PC qe en la /o0 MINUTA e!ta'lece qe “MINUTA. Documento privado que contiene íntegramente el contrato o acto que ha de elevarse a escritura pública que el notario copia como cuerpo de la escritura! tal como lo establece el artículo "# de la $e del Notariado. $a minuta debe ser redactada autori%ada por abogado! de manera que el notario agregue la introducci&n la conclusi&n para convertirla en escritura pública 'Manual de Derecho Notarial! Augusto (arreto Muga! )ditorial *hodas! +,,-. ag. /" /012
7H9 La reglación del anticipo de leg1tima no e! e2ten!a3 por lo qe e! nece!ario !a'er la natrale0a 4r1dica del Anticipo de Leg1tima para aplicarle la! norma! pertinente! a e!ta figra 4r1dica5 A6ora3 entendemo! qe la natrale0a 4r1dica del Anticipo de Leg1tima e! la de na Donación3 !itación qe la amparamo! en lo
di!pe!to en la %E(OLUCI7N --8,-*+*,(UNA%P,T%,A emitida por el Tri'al regi!tral el ++ de 4nio de -*+* como !e podr9 /erificar de la !milla qe tran!cri'imo! a continación “)l anticipo de legítima 'donaci&n1! como todo contrato! requiere del acuerdo de voluntades de ambos contratantes! donante donatario! siendo que dentro de la clasi3caci&n de contratos en ra%&n a las obligaciones de las partes! estamos ante un contrato de prestaciones unilaterales! tambi4n llamado por algunos autores como contrato unilateral! ello por oposici&n a los contratos de prestaciones recíprocas o bilaterales! en los cuales ambas partes contratantes asumen obligaciones la una 5rente a la otra6 en el contrato de donaci&n en cambio! el único su7eto obligado es el donante! quien se obliga a trans5erir la propiedad del bien.2
789 Al e!ta'lecer en el anterior pie de p9gina la natrale0a del anticipo de leg1tima :Donación; < al referir!e el acto a n 'ien inme'le re!lta de aplicación el art1clo +.-= del Código Ci/il qe 4!tifica la nece!idad de 6acer na e!critra p>'lica en el pre!ente ca!o5 El art1clo +.-= del Código Ci/il e!ta'lece qe “$a donaci&n
de bienes inmuebles! debe hacerse por escritura pública! con indicaci&n individual del inmueble o inmuebles donados! de su valor real el de las cargas que ha de satis5acer el donatario! ba7o sanci&n de nulidad.2
7;9 El anticipo de leg1tima con!i!te en anticipar la entrega de la "leg1tima&3 por lo qe !e 6ace nece!ario !a'er q# e! la leg1tima3 conforme al art5 ?-8 del Código Ci/il la leg1tima e! “$a legítima constitue la parte de la herencia de la que no puede disponer libremente el testador cuando tiene herederos 5or%osos.2
7@9 En e!te acto 4r1dico la! parte! !on el ANTICIPANTE qe e! el propietario qe reali0a la tran!ferencia < el ANTICIPADO qe e! qien reci'e la leg1tima5 7B9 (e 4!tifica con el !'ra
'lica3 con indicación individual del inmueble o inmuebles donados 3 de ! /alor real < el de la! carga! qe 6a de !ati!facer el donatario3 'a4o !anción de nlidad5& 7C9 (e 4!tifica en el !'ra'lica3 con indicación indi/idal del inme'le o inme'le! donado!3 de su valor real < el de las cargas que ha de satisfacer el donatario 3 'a4o !anción de nlidad5& 7F9 (e 4!tifica con el !'ra'lica3 con indicación indi/idal del inme'le o inme'le! donado!3 de ! /alor real < el de las cargas que ha de satisfacer el donatario 3 'a4o !anción de nlidad5& 7G9 El Art1clo -+ del TUO de la Le< de Tri'tación Mnicipal @ D5 (5 +=.,-**,E$ e!ta'lece qe “)l Impuesto de Alcabala es de reali%aci&n inmediata grava las trans5erencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito! cualquiera sea su 5orma o modalidad! inclusive las ventas con reserva de dominio6 de acuerdo a lo que estable%ca el reglamento.2 (in em'argo3 re!pecto del anticipo de leg1tima
!e indica lo !igiente en el art1clo -? de la mi!a norma “)st8n ina5ectas del impuesto las siguientes trans5erencias9 a1 $os anticipos de legítima.2
7D9 La nece!idad de ela'orar na minta del anticipo de leg1tima para qe !e ele/e a e!critra p>'lica la encontramo! en el Art1clo =? del Decreto legi!lati/o +*B @ Decreto Legi!lati/o del Notariado @ qe e!ta'lece lo !igiente “)l cuerpo de la escritura contendr89 a1 $a declaraci&n de voluntad de los otorgantes! contenida en minuta autori%ada por letrado! la que se insertar8 literalmente.2 (o're la nece!idad de la firma de a'ogado !e pede
o'!er/ar el Art1clo 8* del TUO del %eglamento del Decreto Legi!lati/o +*B @ D5 (5 *+*,-*+*,U( qe e!ta'lece qe “$a minuta a que se re3ere el inciso a1 del artículo "# del Decreto $egislativo deber8 contener! adem8s de la 3rma! el nombre completo del letrado el número de su colegiatura con la indicaci&n del colegio de abogados al que pertenece. No es responsabilidad del notario la eventual suplantaci&n del abogado que autori%a la minuta.2
MODELO MINUTA ANTICIPO LEGÍTIMA
El anticipo de legítima al regirse por las reglas de la donación sólo puede ser revocado por las causales de indignidad o desheredación, conforme lo establece el articulo 1637º del Código Civil. ue, el anticipo de legítima es una figura !urídica especial "ue se aplica a los actos de donación o liberalidad intervivos reali#ados en favor de los herederos for#o#os para efectos de la colación de bienes al momento de abrirse la sucesión correspondiente, $, en consecuencia, trat%ndose de bienes inmuebles se rige por las reglas de la donación por lo "ue sólo puede ser revocado por las causales de indignidad para suceder o de desheredación, conforme lo establece el artículo 1637º del Código Civil. Cuando a la donación se la denomina anticipo de legítima, se entiende "ue la voluntad del donante ha sido la de "ue el bien donado se colacione en el momento de la apertura de la sucesión. &eni'ndose en cuenta "ue la donación constitu$e un acto de liberalidad entre vivos, bilateral $ solemne, es por naturale#a un acto irrevocable( cuando se trata de una donación ba!o la modalidad de anticipo de legítima , su revocatoria se admite sólo por e)cepción en dos casos* por las causales de desheredación establecidas en la le$ civil $ por desheredación. +a trasmisión de propiedad por donación o anticipo de legítima se rige por normas especiales de preferente aplicación $ re"uiere de las formalidades ad solemnitaten "ue regulan dicha transferencia. e conformidad con lo dispuesto en el artículo 7-3º del Código Civil, la legítima constitu$e la parte de la herencia de la "ue no puede disponer libremente el testador cuando tiene herederos for#osos. En este conte)to, la persona natural "ue tiene herederos for#osos puede, si así lo desea, efectuar un reparto de los bienes "ue posee, haciendo uso del llamado nticipo de legítima, el cual tambi'n se le conoce como anticipo de herencia.
El título a trav's del cual se formali#a este acuerdo es por medio de una Escritura /0blica, en la cual intervienen el anticipante propietario de los bienes "ue desea transferir2 $ el anticipado "ue es el heredero2. efectos de llevar a cabo la entrega del patrimonio de tratarse de bienes inmuebles2 el anticipante debe tener inscrito su dominio respecto del predio en el egistro de la /ropiedad 4nmueble. ebe recalcarse "ue el anticipado debe tener la calidad de heredero for#oso del anticipante. 5tra de las formalidades "ue deben cumplirse est% relacionada con la indicación del valor asignado al predio en una de las cl%usulas de la minuta -2, así como, la ubicación del predio con indicación del dato de su inscripción en el registro de la /ropiedad 4nmueble, dem%s est% decir "ue los datos "ue se mencionen respecto del predio "ue se entregue deben coincidir con los de la partida registral respectiva. simismo, es importante mencionar "ue debe contener una cl%usula donde el anticipado acepte e)presamente el anticipo, ello es prioritario debido a "ue se re"uiere la manifestación de voluntad en donde se indi"ue la aceptación mencionada.
EJEMPLO DE MINUTA DE ANTICIPO LEGÍTIMA
E5 85&45 +9E5 /485 C/&4* :;E <&E E=&E8E E8 < E>4&5 E EC4&< /?@+4C, <8 E 8&4C4/5 E +E>4&4A C58 4/E8 E C5+C4B8 C58&4&<4E8&E* PRIMERO* E+ 8&4C4/8&E E /5/4E&45 E+ 48A
/5;48C4 E/&AE8&5 E +4A, 48C4&5 E8 + .................... E+ E>4&5 E /E45 E .......... SEGUNDO* /5 E+ /EE8&E 48&4&4A 9;5 E E+ @E8E94C445 E&E EC4@E E <8. TERCERO* E+ ;+5 ;AE8 +><85, 4/5&EC, EA@>5, AE4 H<4C4+ F5 E=&H<4C4+ 85E E8 &55 C5 + 8E8A4E8&5 E +E. QUINTO* E+ 8&4C4/8&E, E C5895A4 C58 +5 E&@+EC45 /5 E+ &4C<+5 I3- E+ C54>5 C4;4+, E&@+ECE E=/EAE8&E + 4/E8 E C5+C4B8 E+ 48A5 E+ 48A5 C4;4+, E8&E84L85E 4D /5 +5 E+5 E8 + 85A C5&. SÉPTIMO* E+ @E8E94C445 E+ 8&4C4/8&E E+8
OCTAVO* C5A5 C58EC<8, +;5 +E ;4>E8&E 5@E + A&E4. NOVENO* E+ <<9&<4&5, 5@E +5 C<+ +5 <<95 E+ 4A/4+&4;5 8º 776.
E+ 8&4C4/8&E EC+ 5 E +5 &4@<&5 + />5 E8 E+ 4A/5@@+E C5 E E C5&5. DÉCIMO PRIMERO* &55 +5 >&5 E8EE + E+E;C458 EC4&< /<@+4C E + /EE8&E A48<&, C5A5 58 +5 EEC5 85&4+E E>4&+E, E8 E C>5 E E+ @E8E94C445. DÉCIMO SEGUNDO: / C<+<4E C58&5;E4 4 C5A5 C58EC
>E>4&5 E /E5 E +4A / + 448C4/C458. +4A, ......................