INTRODUCCIÓN.
Somos los espacios que habitamos. La vida humana consiste en la continua realización de actividades que determinan la interacción con los distintos espacios en los que vivimos. El espacio construido por el ser humano, con la ciudad como principal paradigma, es ante todo, un espacio para ser ocupado, para servir y ser usado, para interactuar con otras personas en un entorno y para interactuar con el entorno. La ciudad, como espacio vital, alberga la mayoría de lugares en los que se desarrollan las actividades cotidianas. La ciudad comienza a concebirse, como algo más que un conjunto de viviendas aglomeradas a las que hay que proveer de servicios urbanos básicos (agua, luz y alcantarillado). La ocupación del nuevo espacio crea sociedades urbanas que demandan mínimos de calidad de vida vi da y exigen la planificación del espacio Para alojar las nuevas formas de vida. Partiendo de esta premisa es donde el urbanismo da origen a las lotizaciones, que no es sino la previa planificación y estructuración, del espacio físico, es decir de cierta área de terreno que forma parte de la ciudad, con todas las premisas, características e incluso normativas que regirán para las viviendas Futuras que ahí se construyan; esto en bien de sus futuros ocupantes procurando mejorar su calidad de vida; todo esto plasmado en un proyecto arquitectónico con sus consecuentes estudios complementarios. En el presente trabajo mostramos la organización de una Lotización.
1. ANTECEDENTES Los diversos factores que han caracterizado el crecimiento urbano de las ciudades peruanas a través del tiempo, afectaron especialmente a las ciudades con mayor índice de crecimiento entre las cuales se encuentra la ciudad de Cuenca, trayendo consigo algunos de los graves problemas con que actualmente se enfrentan las municipalidades. De éstos, es común citar el déficit de los servicios públicos y la imposibilidad de ejercer control efectivo sobre otros, como el transporte, la carencia de vivienda, equipamientos Adecuados como: educación, salud, recreación, cultura, etc.; dando lugar a señalar que todos estos fenómenos no son más, que las expresiones concretas de la forma como se ha tomado el desarrollo y crecimiento de las ciudades, bajo el impulso de la concentración de población, especialmente incrementada por la inmigración campesina. La planificación urbana entendida como el mecanismo que tienen los diferentes sectores sociales para forjar su futuro, es la base racional del desarrollo sustentable en todos los campos, de una ciudad. Con este propósito se han establecido las necesidades a partir del diseño de una “LOTIZACIÓN”, donde todos los componentes han sido definidos en función de los preceptos que nos da el estudio del Urbanismo
2. JUSTIFICACIÓN La Planificación tiene como objetivo principal el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, se constituye en un instrumento técnico y de gestión para administrar el presente y prever el futuro de la Ciudad, de tal manera que habitar en ésta sea cada vez más confortable, manteniendo un equilibrio armónico entre el hombre y su entorno. Y, convencidos del constante crecimiento de la ciudad de Cuenca como una de las grandes metrópolis y como ente del desarrollo del País, debemos procurar que este Crecimiento urbano sea bien organizado; por consiguiente debemos aplicar todas la pautas y normativas que nos da el Urbanismo para la planificación de los espacios que han de ser ocupados en un futuro, por los habitantes de esta ciudad.
3. MARCO TEÓRICO 3.1 Las Vías Públicas de Comunicación: Por vías públicas se entienden los senderos peatonales y vehiculares, calles y avenidas de tránsito vehicular de libre acceso. Un espacio por donde se transita ya sea terrestre, acuático o aéreo. No se incluirán en las vías públicas, las vías privadas con acceso restringido pertenecientes a cualquier clase de unidad residencial, industrial, comercial u oficial. 3.2 PARTES DE LA VÍA - Calzada o parte por la que circulan los vehículos.- Pueden tener uno o más carriles de uno o dos sentidos. - Carriles.- uno o varios, en que puede estar dividida la calzada. - Carril de aceleración o de entrada: indicado para la incorporación desde otra vía distinta que permite a los vehículos alcanzar una velocidad similar a la de los vehículos que ya circulaban por ella. - Carril de deceleración o de salida: igual que el anterior pero para su uso contrario. Se usa para abandonar la vía por la que se circula. - Arcén: zona contigua a la calzada destinada al uso de automóviles sólo en casos de emergencia. - Mediana: zona intermedia que separa las calzadas de sentido contrario. - Acera: es la zona de la vía reservada a la circulación de peatones, que normalmente está elevada sobre la Calzada. - Paso a nivel: es un cruce entre la vía y una línea de ferrocarril. - Parada BUS: es la zona reservada a determinados servicios públicos recogida o bajada de viajeros. - Cuneta: es la zona de la calzada para recoger el agua de lluvia - Intersección: zona en la que confluyen dos o más vías. - Plazoleta o isleta, o zona situada dentro de la calzada: para ayudar a incorporarse distintas vías. - Aparcamiento: en paralelo o en línea para estacionar vehículos.
3.3 CLASIFICACIÓN DE LAS VÍAS - Vías expresas (primarias o de primer orden). - Tramos- de vías interurbanas que bordean los límites de la ciudad o la atraviesan sin detenerse. - Vías arteriales (secundarias o de segundo orden).- Permite unir eficientemente puntos de importancia dentro de la ciudad o puntos extremos de la ciudad, o salir desde la ciudad hacia puntos extremos - Vías colectoras (secundarias o de tercer orden).- Las cuales combinan dos funciones de enlazar las calles locales al sistema arterial y proveer el acceso local a propiedades adyacentes. 3.4 TIPOS DE INTERSECCIONES
3.5 CRITERIOS DE USOS Y OCUPACIÓN a) DENSIDAD DE POBLACIÓN.- Relación entre número de habitantes y la superficie de terreno b) DENSIDAD BRUTA (DB).- Relación del número de habitantes con toda la superficie del terreno
c)
DENSIDAD NETA (DN).- Relación de la población con toda la superficie urbanizable, es decir: A la superficie total deberá restarse el área del suelo de vías, el área de suelo para equipamiento y el área de suelo considerado no urbanizable.
DN=
#HABITANTES AT-(AV+AEq+SNU)
DN = Densidad Neta AT = Área total del terreno AV. = Área necesaria de vías AEq= Área necesaria para equipamiento SNU = Área de suelo No Urbanizable
3.6 ELEMENTOS BÁSICOS PARA EL CÁLCULO DE LA DENSIDAD NETA Considerando que para el cálculo de la densidad neta es necesario restar el suelo considerado no urbanizable, es necesario establecer las relaciones de cálculo en función de indicadores urbanísticos, considerando la premisa de que mientras más alta es la densidad mayor será la cantidad de área para vías: Superficie para vías: viene dado por la siguiente relación 1.700 m2 + 4DB • Área destinada de suelo para equipamiento 15 % • Área de suelo no urbanizable, elemento opcional en el caso que sea identificada, se procederá a restar la superficie determinada. Para aquellos proyectos que no tengan elementos considerados no urbanizables (márgenes de ríos o quebradas, pendientes superiores o iguales al 30%, bosques naturales, áreas eminentemente agrícolas sistemas ecológicos o micro ambientales, etc.), no se considera este elemento en la formula.
3.7 ALTURA Factor que relaciona la altura de la edificación con respecto a otra y su disponibilidad de iluminación y ventilación hacia los lados de construcción dentro del lote, la altura de la edificación debe tiene que ser un factor a cuidar principalmente con el entorno. Este factor se considera para edificaciones implantadas con tipología de retiros laterales o en edificios en altura. Para construcciones de aproximadamente de tres pisos en tipologías aisladas o pareadas se consideran retiros de 3m, pero si al edificación supera esta altura y su implantación está dentro de las tipologías
mencionadas de implantación entonces se procederá con el cálculo del ángulo de soleamiento que está dado por la siguiente fórmula:
Tag(a)= H X a = Ángulo de inclinación del sol o soleamiento h = altura de. la edificación x = Distancia entre edificaciones / retiros x = Distancia entre edificaciones / retiros
3.8 INDICADORES DE COEFICIENTE DE OCUPACIÓN DE SUELO Y COEFICIENTE DE UTILIZACIÓN DEL SUELO a) COEFICIENTE DE OCUPACIÓN DEL SUELO (C.O.S.) Relación existente entre el área de emplazamiento de una edificación y la superficie del terreno, es necesaria esta condición de manera que haga posible la incorporación de espacios verdes, de protección edificaciones y vías. COS= (AREA CONSTRUIDA PLANTA BAJA) X100 AREA DEL LOTE
b) COEFICIENTE DE UTILIZACIÓN DEL SUELO (C.U.S.) Relación existente entre el área del número de pisos de una edificación y la superficie del terreno, es necesaria esta condición para que haga posible manejar la imagen urbana de la ciudad y permita establecer condiciones de crecimiento de un asentamiento.
CUS= (AREA CONSTRUIDA TOTAL) X100 AREA DEL LOTE 3.9 EMPLAZAMIENTO Posición de la construcción en el predio con respecto al retiro Las edificaciones analizadas en su relación con las vías pueden ser clasificadas de la siguiente manera: • Edificaciones emplazadas con retiros • Edificaciones emplazadas sin retiros
Las edificaciones en su relación con los predios vecino, en la que se establecen los retiros por asoleamiento, se clasifican de la siguiente manera: • Continuas • Con o sin retiro frontal • Con o sin portal • Discontinuas • Aislada con retiro • Aislada sin retiro
3.10 TAMAÑO DEL LOTE El dimensionamiento de lotes siempre está condicionado por el número de familias, en consecuencia con el número de habitantes. El tamaño de la familia determina el tamaño del lote, lo que hace posible que los grupos familiares puedan alojarse en diferentes tipologías propuestas en la planificación como: lotes unifamiliares, bifamiliares y multifamiliares.
UNIFAMILIAR = (TOTAL DE HABITANTES) HABITANTES POR FAMILIA
(una familia por lote)
BIFAMILIAR= (TOTAL DE HABITANTES) (2 familias por lote) 2XHABITANTES POR FAMILIA MULTIFAMILIAR = (TOTAL DE HABITANTES) nX HABITANTES POR FAMILIA
(n familias por lote)
Para determinar el número de viviendas mínimo en un edificio multifamiliar es necesario suponer un tamaño mínimo de vivienda que haga posible un nivel de confort, para lo cual se toma en algunos casos una vivienda mínima de 100 m2 por familia. 3.11 ÁREA ÚTIL PARA LOTES Esta condición se reduce a establecer, la cantidad de suelo necesario y único para lotes, en la cual no se incluye Suelo No Urbanizable, área para Equipamientos y área para Vías AUL = AT - SNU - A equip - A vías Área útil para lotes = Área Total del Terreno - Área de Suelo No Urbanizable - Área de Equipamiento - Área de Vías 3.12 FRENTE MÍNIMO DE LOTES Las determinaciones de frentes y fondos mínimos siempre deberán estar sujetas a un modelo geométrico, en el cual ya este contemplada la tipología de vivienda, pero el dimensionamiento también se ceñirá a los retiros óptimos considerados para el emplazamiento de la edificación.
3.13 NORMATIVAS DE EQUIPAMIENTO URBANO
Las reservas de suelo para equipamiento quedan siempre sujetas a las necesidades planteadas en el P.O.T., para lo cual el planificador deberá implantar el tipo de equipamiento supuesto para el sector.
4. DATOS GENERALES DEL PROYECTO 4.1 NOMBRE DEL PROYECTO 4.2 COBERTURA DEL PROYECTO 4.3 LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO 5. NORMATIVA PARA LOTIZACIÓN
NORMA GH. 020 COMPONENTES DE DISEÑO URBANO CAPITULO III LOTIZACION Artículo 22.- Las manzanas estarán conformadas por un lote único o por un conjunto de lotes y estarán delimitadas por vías públicas, pasajes peatonales o parques públicos. En lo casos de habilitaciones urbanas de lote único, deberán considerarse áreas para la instalación de estaciones de transformación en superficie o subterráneas. Artículo 23.- La longitud mayor de cada manzana en habilitaciones para vivienda taller no debe exceder de 200 Ml., y en otros tipos de habilitaciones para vivienda no deberá exceder de 300 Ml. Artículo 24.- Todos los lotes deben tener acceso desde una vía pública con tránsito vehicular o peatonal. Artículo 25.- Si se trata de una Urbanización con construcción simultánea de viviendas no se considerará dimensiones mínimas de lote.
CAPITULO IV APORTES DE HABILITACION URBANA Artículo 26.- Las habilitaciones urbanas, según su tipo, deberán efectuar aportes obligatorios para recreación pública y para servicios públicos complementarios para educación y otros fines, en lotes edificables. Estos aportes serán cedidos a título gratuito a la entidad beneficiaria que corresponda. El área del aporte se calcula como porcentaje del área bruta deducida la cesión para vías expresas, arteriales y colectoras El área mínima de los aportes será: Para Recreación Pública Para Recreación pública (islas rústicas) Ministerio de Educación Otros usos
1,000 mt2 800 mt2 800 mt2 400 mt2
Cuando el cálculo de área de aporte no tenga el área mínima requerida, el aporte será redimido en dinero. El monto de la redención en dinero se calcula sumando el valor de tasación comercial del metro cuadrado del terreno rústico, mas el valor medio de las obras de habilitación urbana entre el número de metros cuadrados habilitados. Este valor se multiplica por el área del aporte por redimir.
Artículo 27.- Los parques para recreación pública constituirán un aporte obligatorio a la comunidad y en esa condición deberán quedar inscritos en los Registros Públicos. Estarán ubicados dentro de la habilitación de manera que no haya ningún lote cuya distancia al parque, en línea recta, sea mayor de 300 ml. Pueden estar distribuidos en varias zonas y deberán ser accesibles desde vías públicas. Artículo 28.- El ancho mínimo del aporte para recreación pública será de 25 ml., en el cálculo del área no se incluirán las veredas que forman parte de la sección transversal de la vía. Artículo 29.- Cuando el área por habilitar sea mayor a 10 hectáreas se considerará un parque central con una superficie no menor al 30% del área destinada reglamentariamente para recreación pública. Artículo 30.- No se considerará para el cálculo del área de parque, las áreas comprendidas dentro de los lados de ángulos menores de 45 grados y una línea de 25m. perpendicular a la bisectriz del mismo, ni las áreas de servidumbre bajo líneas de alta tensión. Artículo 31.- Excepcionalmente, los jardines centrales de vías o bermas de separación central en vías arteriales podrán ser computados como parques, siempre que tengan las dimensiones mínimas establecidas y no constituyan más del 30% de la superficie total destinada para Recreación Pública. Artículo 32.- En casos de habilitaciones en terrenos con pendientes pronunciadas, los parques podrán estar conformados por terrazas o plataformas, con una pendiente máxima de 12% cada una y con escaleras de comunicación entre los diferentes niveles. Artículo 33.- Los parques serán construidos y aportados para uso público y no podrán ser transferidos a terceros. Los parques tendrán veredas, iluminación, instalaciones para riego y mobiliario urbano. Se podrá proponer zonas de recreación activa hasta alcanzar el 30% de la superficie del parque