JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE ROSALINDA ROMO O ROSALINDA ROMO DE REYES.
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO. PRESENTE:
EUGENIO REYES TREVIZO, como cónyuge supérstite; autorizando y nombrando como mi apoderada general a la C. ROSALINDA REYES ROMO, personalidad concedida mediante PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACION Y ACTOS DE DOMINIO; mismo acto que obra asentado en LIBRO CATORCE, ESCRITURA TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE; ACTO NOTARIAL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO; FOLIOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE Y TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO; PAGINAS TRECE A LA DIECISEIS; otorgado ante la fe del C. ROBERTO RODRIGUEZ HERNANDEZ, Cónsul General de México en la Ciudad de El Paso, Texas, Estados Unidos de América; así como ROSALINDA, DIANA Y GINA, todas de apellidos REYES ROMO como hijas de la de cujus; todos mexicanos, mayores de edad, por nuestro propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en Calle Río de La Plata # 4523 Local 28 del Fraccionamiento Córdova - Américas de ésta Ciudad; y autorizando para todos los efectos legales conducentes a los CC. LICS. ERIKA PATRICIA RUBIO SALAZAR, ante Usted C. Juez, con el debido respeto comparecemos para exponer:
Que por medio del presente escrito venimos a denunciar JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE ROSALINDA ROMO O ROSALINDA ROMO DE REYES; fundándonos para hacerlo en los siguientes hechos y preceptos de derecho:
HECHOS:
I.- Que con fecha 19 de Septiembre de 1970, mi padre y poderdante EUGENIO REYES TREVIZO contrajo matrimonio civil con mi madre ROSALINDA ROMO, en la Ciudad de El Paso, Texas, Estados Unidos de América; y lo cual se acredita con copia certificada del acta de matrimonio, así como su debido apostillamiento y traducción que se anexan al presente escrito. II.- Durante el matrimonio de los antes mencionados, éstos procrearon tres hijas de nombres ROSALINDA, DIANA Y GINA, todas de apellidos REYES ROMO; acreditando lo anterior con las respectivas actas de nacimiento, las cuales se anexan al presente escrito. III.- Con fecha 08 de Octubre del 2006, falleció en ésta Ciudad mi madre ROSALINDA ROMO OROSALINDA ROMO DE REYES ; lo cual se acredita con copia certificada del acta de defunción que se anexa al presente escrito. IV.- Manifiesto que en vida la de cujus ROSALINDA ROMO O ROSALINDA ROMO DE REYES, adquirió la casa habitación y terreno sobre el cual está construida que se identifica como Lote 22, Manzana 10, en la Calle Génova # 4600 del Fraccionamiento Arecco de ésta Ciudad; con una superficie de 182.30 metros cuadrados y la cual fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de ésta Ciudad bajo el número de Inscripción 313, Folio 106, Libro 779 de la Sección Primera; así como un predio rústico que se identifica identifica como Fracción Fracción 175 del Predio Colonia Avícola Emiliano Zapata de ésta Ciudad, ubicado en el kilómetro 25.5 de la Carretera a Casas Grandes; con una superficie de 3 ± 17 ± 07 has., el cual fue inscrito en
el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de ésta Ciudad bajo el número de Inscripción 69, Folio 69, Libro 2938 de la Sección Primera. V.- En virtud de no haber disposición testamentaria de la de cujus, nos presentamos ante Usted C. Juez la totalidad de los presuntos herederos en los términos del presente escrito a promover Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de mi madre ROSALINDA ROMO O ROSALINDA ROMO DE REYES; Manifestando bajo protesta de decir verdad, como lo establece el Artículo 558 del Código de Procedimientos civiles vigente en le Estado de Chihuahua, que la de cujus no cuenta con más herederos que los suscritos, mismos que firmamos la presente promoción. VI.- Para los efectos del Artículo 564 del Código de Procedimientos civiles vigente en el Estado de Chihuahua, desde éste momento otorgamos nuestro voto para que se ejerza el cargo de Albacea Definitivo de la presente sucesión a favor del coheredero ROSALINDA REYES ROMO, hija de la autora de la presente sucesión. VII.- En virtud de que en el presente escrito comparecemos la totalidad de los hijos, así como el cónyuge supérstite de la autora de la presente sucesión; en obvio de trámites, no es necesario hacer la notificación a que alude el Artículo 559 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Chihuahua, ya que nos damos por enterados del alcance a que dicho precepto se contrae.
PRUEBAS:
Consistente en PODER DOCUMENTAL PUBLICA.GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACION Y ACTOS DE DOMINIO; otorgado por el C. EUGENIO REYES TREVIZO a favor de la suscrita ROSALINDA REYES ROMO; mismo acto que obra asentado en LIBRO CATORCE, ESCRITURA TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE; ACTO NOTARIAL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO; FOLIOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE Y TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO; PAGINAS TRECE A LA DIECISEIS; otorgado ante la fe del C. ROBERTO RODRIGUEZ HERNANDEZ, Cónsul General de México en la Ciudad de El Paso, Texas, Estados Unidos de América DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en copia certificada del acta de defunción de la de cujus, la C. ROSALINDA ROMO O ROSALINDA ROMO DE REYES. DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en copia certificada del acta de matrimonio de mi madre ROSALINDA ROMO O ROSALINDA ROMO DE REYES con mi padre el; C. EUGENIO REYES TREVIZO; así como su debido apostillamiento y traducción que se anexan al presente escrito. DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en copias certificadas de las respectivas actas de nacimiento de las suscritas hijas de la de cujus; y las cuales se anexan al presente escrito. TESTIMONIAL.- A cargo de un grupo de personas a quienes les constan los hechos antes narrados y que presentaremos el día y hora que se sirva señalar este H. Tribunal. PRESUNCIONAL, LEGAL Y HUMANA.- Consistente en todo lo que se desprenda del presente asunto y que favorezca a nuestros intereses. INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todo lo que favorezca a nuestros intereses.
DERECHO:
Son aplicables en cuanto al fondo del presente asunto los Artículos 1491, 1494, 1525 y demás relativos y aplicables del Código Civil vigente en el Estado de Chihuahua; y en cuanto al procedimiento son aplicables los Artículos 515, 558, 559, 560, 561, 562 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Chihuahua.
Por lo antes expuesto y fundado a Usted C. Juez, atentamente solicitamos se sirva:
PRIMERO: Tenernos por presentados en los términos del presente escrito y documentos que acompañamos, denunciando el Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de la C. ROSALINDA ROMO O ROSALINDA ROMO DE REYES. SEGUNDO: Se de vista al C. Agente del Ministerio Público adscrito a éste H. Tribunal para que manifieste lo que a su representación social corresponde. TERCERO: Se sirva señalar fecha y hora para el desahogo de la prueba testimonial ofrecida de nuestra parte. CUARTO: Se tengan por autorizados para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos a los profesionistas y el domicilio señalado en el proemio del presente escrito. QUINTO: Que por las razones expuestas y por economía procesal se omita la citación a los herederos por comparecer todos y cada uno de ellos en el presente escrito. SEXTO.- Tenernos otorgando el voto de los demás coherederos para que se ejerza el cargo de Albacea Definitivo de la presente sucesión a favor de la coheredera ROSALINDA REYES ROMO, hija de la autora de la presente sucesión y a quien solicitamos se le haga saber su nombramiento para la aceptación y protesta del cargo que se le confiere. SEPTIMO.- Se giren oficios a la Dirección General del Notariado en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua; y al C. Encargado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de ésta Ciudad, para que informen a éste h. Tribunal a su digno cargo si la C. ROSALINDA ROMO O ROSALINDA ROMO DE REYES dejó alguna disposición testamentaria.
P R O T E S T A M O S L O N E C E S A R I O. CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA; A 16DE OCTUBRE DEL 2007.
___________________________________ ROSALINDA REYES ROMO. (Como Apoderada del C. EUGENIO REYES TREVIZO)
___________________________ DIANA REYES ROMO. (HIJA)
____________________________ ROSALINDA REYES ROMO. (Como hija de la de cujus)
________________________ GINA REYES ROMO. (HIJA)