Ministerio del Policía Nacional III MACROREGPOL interior del Perú LA LIBERTAD ANCASH
PERU
DIVPOL PAIJAN
CSPNP PAIJAN/CRPNP CHOCOPE “B”
“AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO” Chocope, 06 de Mayo del 2017 OFICIO Nro.: 222 – 2017 2017 – III III MACROREGPOL. LL -A / CMDCIA-P / CS.P / CPNPCHOCOPE“B”- SIDF.
SEÑOR
:
ASUNTO
:
Dr. Ruperto Eugenio ALCANTARA VASQUEZ. Fiscalía Provincial Mixta de Paiján. Remite Informe Policial No.029- 2017 – MACROREGPOL.LL-A/DIVPOL.P/CS,R,P/ COMIS. CHOCOPE”B”-SIDF., por motivo que se indica.
III R.
Es grato dirigirme a Ud., con la finalidad de remitir adjunto al presente el el documento indicado en en el asunto, asunto, a folios ( ), formulado por Personal PNP PNP a mi mando, con relación al Acta de Intervención Policial realzada por Efectivos de esta CPNP Chocope, en el cual La tripulación de la UU.MM. PL-21164, Interviene el día 22ABR2017 a horas 16:45, por inmediaciones de la Plaza de Armas del Centro Poblado de Farias - Chocope, a tres (03) personas de sexo masculino, quienes quienes al notar la presencia policial intentaron darse a la fuga, siendo intervenidos e identificados como Ronal Ivan RONCAL ROSALES (19) con DNI N° 76944368, a quien al practicarle Registro Personal se le encontró una (01) bolsa de polietileno, blanca, transparente, conteniendo en su interior , cinco (05) bolsas pequeñas de polietileno transparentes, conteniendo yerba seca verde, con olor y características a Cannabis Sativa – Marihuana, doce (12) envoltorios de papel periódico de colores, tipo KETES, conteniendo cada uno sustancia blanquecina pulverulenta, con con olor y características características a Pasta Básica Básica de Cocaína Cocaína y dos (02) bolsas de polietileno transparentes, pequeñas, conteniendo cada una de ellas sustancia blanquecina vidriosa, solida, con olor y características a Clorhidrato de Cocaína; a Ernesto Jean Jean Marco CHAVEZ SILVA SILVA (18), con con DNI N° 70604289 y a la persona de Anthony David David CRISOLOGO BUENO (19), con DNI N° 76669173. Hechos Hechos que fueron fueron comunicados de forma inmediata al RMP de Paijan Dr. Alcántara Vásquez Ruperto Eugenio de la Fiscalía Provincial Mixta de Paijan. Es propicia la oportunidad para testimoniarle los sentimientos de mi consideración y estima personal. Dios guarde a Usted. CDH/vali. _____________________________________ 336614 CARLOS DELGADO HURTADO MAY PNP
COMISARIO ACC.CHOCOPE ______________________ ____________________________________ _________________________ _______________________ _________________________ ________________________ _______________________ _________________________ _________________________ ______________ DIVPOL PAIJAN – CS CS PNP PAIJAN- CRPNP CHOCOPE “B” DIRECCION: DIRECCION: Jr. Bolognesi N° 196 - Chocope. EMAIL.
[email protected] [email protected] TELEFONO N°044542248 RPM 948679529
POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ III MACROREGPOL POLICIAL LA LIBERTAD DIVPOL PAIJAN COMISARIA RURAL CHOCOPE
INFORME POLICIAL No. 029 - 2017 - III MACROREGPOL.LL-A / CMDCIA. P /CS. R. P/COMIS.R. CHOCOPE “B” - SIDF.
DATOS DE LA FISCALIA DE TURNO: Fiscalía Provincial Mixta de Paiján Dr. Ruperto Eugenio ALCANTARA VASQUEZ La Libertad Ascope Chocope 06 de Mayo del 2017 DATOS DE LA DEPENDENCIA POLICIAL: CHOCOPE CHOCOPE 22 de Abril del 2017 16:45 aprox.
I.
NTECEDENTES QUE MOTIVAN LA INTERVENCIÓN POLICIAL: A
A. ORIGEN DE LA DENUNCIA: 1.
ACTA DE INTERVENCION VERBAL: La tripulación de la UU.MM. PL-21164, Interviene el día 22ABR2017 a horas 16:45, por inmediaciones de la Plaza de Armas del Centro Poblado de Farias - Chocope, a tres (03) personas de sexo masculino, quienes al notar la presencia policial intentaron darse a la fuga, siendo intervenidos e identificados como Ronal Ivan RONCAL ROSALES (19) con DNI N° 76944368, a quien al practicarle Registro Personal se le encontró una (01) bolsa de polietileno, blanca, transparente, conteniendo en su interior , cinco (05) bolsas pequeñas de polietileno transparentes, conteniendo yerba seca verde, con olor y características a Cannabis Sativa – Marihuana, doce (12) envoltorios de papel periódico de colores, tipo KETES, conteniendo cada uno sustancia blanquecina pulverulenta, con olor y características a Pasta Básica de Cocaína y dos (02) bolsas de polietileno transparentes, pequeñas, conteniendo cada una de ellas sustancia blanquecina vidriosa, solida, con olor y características a Clorhidrato de Cocaína; a Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA (18), con DNI N° 70604289 y a la persona de Anthony David CRISOLOGO BUENO (19), con DNI N° 76669173. Hechos que fueron comunicados de forma
inmediata al RMP de Paijan Dr. Alcántara Vásquez Ruperto Eugenio de la Fiscalía Provincial Mixta de Paijan.
B. MOTIVO DE LA DENUNCIA: -
Delito Contra la Salud Publica – Trafico Ilícito de Drogas
FECHA DE LOS HECHOS: AÑO MES DÍA HORA
: : : :
2017 ABRIL 22 16:45
LUGAR DE LOS HECHOS: PAÍS DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO DIRECCIÓN
: : : : :
Perú La Libertad Ascope Chocope. Plaza de Armas de C.P Farias - Chocope.
C. PARTES INVOLUCRADAS: 1) Datos Personales de Imputados y Comprobación de Domicilio 1. Ronal Ivan RONCAL ROSALES (19) DOMICILIO: Calle Nueva Esperanza N° 04
DNI N° 76944368 CHOCOPE
2. Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA (18) DNI N° 70604289 DOMICILIO: Calle Empleados N° 05 - Farias CHOCOPE 3. Anthony David CRISOLOGO BUENO (19) DNI N° 70669173 DOMICILIO: Calle Los Jardines N° 11- Farias CHOCOPE
2) Parte Agraviada: 1. ESTADO PERUANO
II. RELACIÓN DE LAS DILIGENCIAS EFECTUADAS 1. Se recepciona Acta de Intervención Policial 2. Se comunica Vía Telefónica de forma inmediata al RMP Dr. Ruperto Eugenio ALCANTAR VASQUEZ, Fiscal de Turno de la Fiscalía Provincial Mixta de Paijan. 3. Se Notifica por Escrito su DETENCION a las personas de Ronal Ivan RONCAL ROSALES, Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, Anthony
David CRISOLOGO BUENO, redactándose las actas de Lectura de Derechos del Imputado y Constancia de Buen Trato. 4. Por disposición y en presencia del RMP de Paijan se realiza la verificación Domiciliaria de Ronal Ivan RONCAL ROSALES. 5. Se realiza la Diligencia de Orientación, descarte y Pesaje de Droga. 6. Se realiza la diligencia de Identificación AFIS. 7. Se realiza la Diligencia de Sarro – Ungueal. 8. Se realiza la Diligencia de Examen Toxicológico. 9. Se realiza la Diligencia de RML en Investigados. 10. Se recepciona la declaración de Ronal Ivan RONCAL ROSALES 11. Se recepciona la declaración de Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, 12. Se recepciona la declaración de Anthony David CRISOLOGO BUENO. 13. Por disposición del RMP de Paijan se les Notifica en Calidad de Investigados, disponiendo su inmediata Libertad a los Implicados.
III. ANALISIS DE LOS HECHOS 1. ACTA DE INTERVENCIÓN POLICIAL , --- En el Distrito de Chocope, siendo las 16:45 horas del día 22ABR2017, personal PNP en circunstancias que realizaba patrullaje Policial Móvil por la jurisdicción de la expresada a bordo de la UU.MM. PL-21164, a inmediaciones de la Plaza de Armas del Centro Poblado Menor de Farias – Chocope, se llegó a ubicar a tres (03) personas sexo masculino y un (01) vehículo menor (moto taxi), en actitud sospechosa los cuales, al notar la presencia del vehículo Policial, intentaron darse a la fuga a bordo del vehículo motorizado, siendo el caso que se llegó a intervenir a tres (03) de ellos identificándolos como Ronal Ivan RONCAL ROSALES (19), Ascope. Chocope, soltero, tercero de secundaria, sin documentos personales a la vista y domiciliado en calle Nueva Esperanza N° 04-Chocope, a quien al practicarle el Registro personal se le encontró, entre su short, jean de color azul y órganos genitales, una (01)bolsa de polietileno, blanca, transparente, conteniendo en su interior, cinco (05) bolsas pequeñas de polietileno transparente, conteniendo yerba seca verde, con olor y características a Cannabis Sativa - Mariguana, doce (12) envoltorios de papel periódico de colores, tipo “KETES”, conteniendo cada uno sustancia
blanquecina pulverulenta, con olor y características a Pasta Básica de Cocaína, y dos (02) bolsas de polietileno transparentes, pequeñas conteniendo cada una de ellas, sustancias blanquecina vidriosa, solido, con olor y características a Clorhidrato de Cocaína, Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA (18) natural de Ascope – Farias, estudiante, identificado con DNI N° 70604289 y domiciliado en la calle Los Empleados N° 05 – Farias, a quien se le encontró un (01) equipo celular, marca SANSUMG, color negro, y setenta nuevos soles (S/. 70.00) en moneda Nacional de diferente nominación y Anthony David CRISOLOGO BUENO (19), Ascope, secundaria completa, estudiante, identificado con DNI N° 76669173 y domiciliado en calle Los jardines N° 11 Farias – Chocope, a quien se le encuentra un (01) equipo celular, marca SANSUMG, de color negro. --- haciéndole mención que la persona de Ronal Ivan RONCAL ROSALES (19) E el día 07ABR2017, fuera intervenido en posesión de Droga, por lo que no se descarta que dicho sujeto seguiría
dedicando a esta Ilícita Actividad en la jurisdicción de la expresada. Fdo. S3 PNP Clever HUANCA TUNQUIPA. Fdo. S3 PNP Zamir NUÑEZ MORALES, Fdo. Fernando SOTO SALVADOR, Fdo. Ronal Ivan RONCAL ROSALES, Fdo. Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, Fdo. Anthony David CRISOLOGO BUENO. Según Acta de Intervención Policial que se adjunta a la presente. -------------2. De Forma inmediata se dio cuenta de los presentes hechos al RMP de Paijan Dr. ALCANTA VASQUEZ Ruperto Eugenio de la Fiscalía Provincial Mixta de Paijan, quien se hizo presente a esta Dependencia Policial para la realización de las Diligencias correspondientes. ----------------------------------3. Se Notica por escrito dejándose constancia de su Detención a cada uno de los intervenidos, haciéndole de conocimiento los motivos del mismo, de igual forma se les hace Lectura de sus Derechos como Imputados y Constancia de Buen Trato. ----------------------------------------------------------4. Con presencia del RMP de Paijan se realizó la Diligencia de Verificación Domiciliaria, en la URB. Nueva Esperanza N° 04 – Chocope, domicilio del investigado Ronal Iván RONCAL ROSALES, en la cual se entrevistó con la dueña del inmueble la persona de Saira Sujey ROSALES MARIN (38), identificada con DNI N° 40644435, madre del referido Investigado, a quien se le informó los precedentes de la presente diligencia, en la cual se le pidió autorización para ingresar a su domicilio, indicando su NEGATIVA , para la realización de la misma, redactándose el Acta correspondiente, la cual se negó a firmar. ---------------- ---------------------------------------------------------5. Con el Oficio N° 182-2017 III MACROREGPOL.LL-A/DIVPOL.P/CS.R.P /COMIS.R.CHOCOPE”B”-SIDF., se solicita a la OFICRI Trujillo, la Prueba de Orientación, Descarte y Pesaje de Droga, de la cual en presencia del RMP, el Defensor Público de Paijan, el Perito Criminalístico, el Detenido Ronal Ivan RONCAL ROSALES, la Muestra N° 01: doce (12) envoltorios de papel periódico tipo “KETES” conteniendo en su interior una sustancia blanquecina
pulverulenta: Muestra N° 02 Dos (02) bolsas plásticas transparentes pequeñas con cierre hermético conteniendo en su interior una sustancias cristalizada; Muestra N° 03 : Cinco (05) bolsas plásticas transparentes pequeñas conteniendo en su interior restos vegetales verduzcos. De lo cual se Obtiene resultado para Muestra N° 01 POSITIVO para Alcaloide Cocaína “Reactivo MATHER ”, Muestra N° 02 POSITIVO para Clorhidrato de Cocaína “Reactivo MATHER ”, Muestra N° 03: POSITIVO para Cannabis Sativa “Reactivo DUQUENOIS”, así mismo se procedió al pesaje de la misma droga, utilizando para tal efecto la Balanza M. OHAUS 2.0 KG, arrojando el siguiente resultado: Muestra N° 01: 2.16 gramos, Muestra N° 02: 1.83 gramos, Muestra N° 03: 7.23 gramos. Realizándose la Diligencia de Lacrado en un (01) sobre de manila pequeño, color amarillo, se procedió a LACRAR previa firma y sello del RMP, en cuyo interior se encuentran lo descrito como Muestras N° 01-02 y 03. Según el Acta Correspondiente- ------------------------------------------------------------
6. Con los OFICIO N° 183-2017 III MACROREGPOL.LLA/DIVPOL.P/CS.R.P /COMIS.R.CHOCOPE”B” -SIDF., se solicita a la OFICRI Trujillo, el Examen SARRO UNGUEAL, en los DETENIDOS Ronal Ivan RONCAL ROSALES, Anthony David CRISOLOGO BUENO, Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, diligencia realizada en presencia del RMP, el perito Criminalístico, el Defensor Público de Paijan y los detenidos antes mencionados, Obteniéndose resultado NEGATIVO para cada uno de ellos, según el Acta Correspondiente. ----------------------------------------------7. Con el OFICIO N° 184-2017 III MACROREGPOL.LL-A/DIVPOL.P/CS.R.P /COMIS.R.CHOCOPE”B”-SIDF., se solicita a la OFICRI Trujillo, el Examen TOXICOLOGICO, en los DETENIDOS, Ronal Ivan RONCAL ROSALES, Anthony David CRISOLOGO BUENO, Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, diligencia que se realizó en presencia del RMP, Perito Criminalístico, Defensor Público y los detenidos antes mencionados, de lo cual hasta la formulación del presente no se ha recepcionado resultado alguno. ----------------------------------------------------8. Con el OFICIO N° 185-2017 III MACROREGPOL.LLA/DIVPOL.P/CS.R.P /COMIS.R.CHOCOPE”B” -SIDF., se solicita a la OFICRI Trujillo, Identificación AFIS, en los DETENIDOS, Ronal Ivan RONCAL ROSALES, Anthony David CRISOLOGO BUENO, Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, de lo cual se obtiene Informes de Consulta RENIEC de cada uno de los DETENIDOS. --------------------------------------9. Con los Oficios N° 083-2017 III MACROREGPOL.LL-A/DIVPOL.P/CS.R.P /COMIS.R. CHOCOPE”B” -SIDF. se solicita al Instituto de Medicina Legal, se practique el Reconocimiento Médico Legal en los DETENIDOS, de lo cual se obtiene el CML N° 469-SA-D, practicado a la persona de Ronal Ivan RONCAL ROSALES, con la Conclusión: 1. No Lesiones Traumáticas Recientes, 2. No requiere atención facultativa e incapacidad Médico Legal; CML N° 470-SA-D, practicado a la persona de Anthony David CRISOLOGO BUENO, con la Conclusión: 1. No Lesiones Traumáticas Recientes, 2. No requiere atención facultativa e incapacidad Médico Legal; CML N° 471-SA-D, practicado a la persona de Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, con la Conclusión: 1. No Lesiones Traumáticas Recientes, 2. No requiere atención facultativa e incapacidad Médico Legal. 10. Se recepciona la Declaración del Investigado Ronal Ivan RONCAL ROSALES, en presencia de su abogado defensor, quien manifiesta que cuando fue intervenido se encontraba en compañía de sus amigos Anthony David CRISOLOGO BUENO y Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, en la Plaza de Armas de Farias, y que había fumado MARIHUANA con su amigo Ernesto, reconoce ser consumidor de Marihuana, y haber sido intervenido anteriormente por hechos similares, que la droga que se le encontró la compró en Paijan de una persona de apelativo Lupi, añadiendo que al momento de ser intervenido solo tenía MARIHUANA, y al presentarle su acta de Registro
Personal y Comiso de droga, reconoce su firma en dicho documento, de igual forma haberlo leído antes de firmarlo. --11. Se recepciona la Declaración del Investigado Anthony David CRISOLOGO BUENO, en presencia de su abogado defensor quien manifiesta que al momento de ser intervenido se encontraba con sus amigos Ronal Ivan RONCAL ROSALES Y Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, en la cual fue llevado a esta dependencia Policial por no tener documentos y que en ningún momento le encantararon drogas, pero si vio que su amigo Ronal Iván RONCAL ROSALES, le encontraron droga entre sus pertenencias, reconoce haber consumido MARIHUANA la fecha de enero del presente año, siendo esta fecha la última vez que lo hizo y fue en la ciudad de Trujillo. --------------------------------------------------------------------------------12. Se recepciona la Declaración del Investigado Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, en presencia de su abogado Defensor, quien manifiesta que el día 22ABR2017 fue intervenido por no portar sus Documento de identidad, que en ningún momento le encontraron droga, pero a su amigo Ronal Iván RONCAL ROSALES si le encontraron, reconoce ser consumidor de Marihuana, la misma que la consigue en la ciudad de Trujillo, indicando ser la primera ve que es intervenido por este tipo de hechos. -----------------------13. Se realiza la verificación de los DETENIDOS en el sistema Policial ESINPOL e HIBPER en la cual se obtiene resultado NEGATIVO para Requisitorias y Antecedentes de cada uno de ellos, de igual forma se verifica que la persona de Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA, registra una intervención en la CPNP El Alambre, por control de identidad la fecha del 23/10/2015. ----------------------------------------------------------------------------14. Se Verifica que la persona de Ronal Ivan RONCAL ROSALES, ha sido intervenido por personal de esta Dependencia Policial la fecha del 07ABR2017 a horas 22:50, por hechos similares, en cuya oportunidad reconoce haber vendido droga (MARIHUANA) a dos menores de edad, encontrándose en calidad de INVESTIGADO (NOTIFICADO), hechos que fueron remitidos a la Fiscalía Provincial Mixta de Paijan con el Informe Policial N° 20-2017 III MACROREGPOL.LL-A/DIVPOL.P/CS.R.P /COMIS.R. CHOCOPE”B”-SIDF, con Oficio de atención N° 186-2017 III MACROREGPOL.LL-A/DIVPOL.P/CS.R.P /COMIS.R. CHOCOPE”B” SIDF, de fecha 21ABR2017. --------------------------------------------------------15. Según Providencia Fiscal registrada en el cuaderno correspondiente en esta Dependencia Policial firmado por el Fiscal Dr. Eugenio Ruperto ALCANTARA VASQUEZ, de la Fiscalía Provincial Mixta de Paijan, en la cual dispone la inmediata Libertad de los DETENIDOS, a quienes se les procede a Notificar que se encuentran en calidad de INVESTIGADOS por el Delito Contra la Salud Publica – TID, procediéndose a la entrega de sus pertenencias a Anthony David CRISOLOGO BUENO y Ernesto Jean Marco CHAVEZ SILVA. ---------------------------------------------------------------------
16. De las diligencias practicadas se pude apreciar y Constatar la Reincidencia de la persona de Ronal Iván RONCAL ROSALES, en hechos de similar naturaleza, que son materia de la presente Investigación, hechos que ya han sido puesto de conocimiento a la autoridad competente, en forma oportuna de lo cual actualmente se encuentra en calidad de Investigado, siendo el caso que, en el presente caso, el investigado antes nombrado reconoce ser consumidor y en los hechos anteriores reconoció haber vendido droga a dos menores de edad, se deja constancia que la Droga Comisada será Remitida a Criminalística PNP Lima para su Peso Bruto y Neto, según providencia Fiscal. Lo que se hace de conocimiento a la autoridad competente a fin que determine lo conveniente. -------------------------------------------------------------
IV. DOCUMENTOS ANEXOS
UN UN TRES TRES DOS UN CUATRO UN UN UN UN TRES TRES TRES TRES TRES CUATRO TRES
(01) Acta de Intervención policial (01) Acta de Verificación Domiciliaria. (03) Actas de Lectura de Derechos de Imputado y Buen Trato (03) Notificaciones de Detención. (02) Actas de Registro Personal (01) Acta de Registro Personal y Comiso de Droga (04) OFICIO N° 182-183-184 y 185-2017-CPNP CHOCOPE (01) Prueba de Orientación y descarte de Droga N° 413-2017 (01) Acta de Lacrado de Droga (01) Acta de Examen de SARRO UNGUEAL N° 293-2017 (01) OFICIO N° 083-2017-CPNP CHOCOPE (03) CML N° 469 – 470 y 471-SA-D (03) Informes de Consulta RENIEC (03) Declaraciones (INVESTIGADOS) (03) Constancias de Notificación. (03) Actas de Entrega de Especies. (04) Fichas RENIEC. . (03) Hojas de Información Básica de Personas. Chocope, 06 de Mayo del 2017.
ES CONFORME
_____________________________________ 336614 CARLOS DELGADO HURTADO MAY PNP
COMISARIO ACC.CHOCOPE
EL INSTRUCTOR