Tema III. Objeto de la sociología jurídica. 3.1 ¿Cual es el objeto de la sociología del derecho. El objeto de la sociología jurídica es el de descubrir las leyes o las causas que explican el nacimiento o génesis, el desarrollo y los diferentes sistema se de instituciones instituciones del derecho, y para esto trabaja dentro del marco de la sociología genera.
La Sociología tiene Sociología tiene como objeto de estudio al hombre; a la sociedad humana, estructurada mediante el conglomerado de individuos que entran en constante interaccin! de produccin, de comunicacin, de comprensin, de solidaridad, de divisin del trabajo, de sumisin, etc.
3.2 Los fenmenos jurídicos.
El fenmeno jurídico constituye en una estructura compleja y pluridimensional en la que consisten varios aspectos imprescindibles. imprescindibles. El derecho es una realidad constitutivamente tridimensional tridimensional que se manifiesta y act"a a un mismo tiempo como hecho, como norma y como valor.
3.3 Clasificacin de los fenmenos jurídicos. Se clasifican como! a# $imensin f%ctica &como hecho#. b# $imensin normativa. c# $imensin valorativa. d# La unidad de las dimensiones del derecho.
3." La juridicidad # la $ntijuridicidad. La juridicidad es la calidad de ciertas conductas que cumplen con lo prescrito por la norma jurídica que las regulan. $ependiendo del concepto de derecho que aplica, pueden ser sinnimo '(usto) &si se piensa que derecho y justicia son esencialmente iguales# y 'Licito) &si se concibe sin una connotacin de ataque a la moral, adem%s del derecho. *radicionalmente, se ha concebido la juridicidad como lo que va conforme a derecho. Esto se da por una necesidad lgica para que una accin pueda ser clasificada como licita &adecuada a la norma jurídica que la regula# o como ilícita &violando la norma jurídica.
La anti juridicidad. +omo expresa ontan -alestra, la anti juridicidad es el resultado de un juicio en cuya virtud se afirma el desvalor objetivo y substancial de una accin humana,
confront%ndola con el ordenamiento jurídico en su totalidad; incluyendo los principios generales del derecho. Es decir. La $ntijuridicidad es uno de los elementos esenciales para la configuracin del delito. e le define como aquello contrario al derecho. Este elemento supone que la conducta que se ha reali/ado est% prohibida por el ordenamiento jurídico .
3.% &istincin de lo jurídico # lo social no jurídico. Lo que normalmente se contrapone al derecho con el nombre de moral, es la ética, esto es la ciencia del bien y del mal. La distincin es. 01 El derecho tiene tras decir. *odo el aparato de coaccin manejado por la sociedad. 21 La moral tiene como "nica sancin la vo/ de la conciencia individual.
3.' La juridicidad en las sociedades antiguas. La distincin entre el derecho y la mora, constituye un lugar com"n en todas introducciones a los estudios jurídicos, lo que normalmente se contrapone al derecho con el nombre de moral, es ética, la ciencia del bien y el mal y no de las costumbres. 3 esta especie de normas que no pertenecen ni al derecho ni a moral, pero cuya exterioridad las aproxima al derecho, se le da el nombre de usos sociales.
3.( La juridicidad en las sociedades modernas. En cuanto a la distincin en las sociedades modernas, esta distincin se hace mediante u recuentro del $iario 4ficial o del -oletín de entencias, es jurídica toda regla que se encuentre en ellos y no es justicia la que no se encuentre ahí.