JORGE PÉREZ PÉREZ VS ESTEBAN ORTIZ ORTIZ ORDINARIO CIVIL JUICIO DE USUCAPIÓN EXP: 12/2013 C. JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CANCÚN, QUINTANA ROO PRESENTE. RUBÉN RODRÍGUEZ RAMÍREZ, en mi carácter de apoderado legal de la parte actora, personalidad debidamente acreditada y reconocida en autos del juicio en que se actúa, ante usted C. Juez con el debido respeto, comparezco y expongo: Que por medio del presente escrito, con fundamento en los Artículos 292, 293, 296, 298 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado, vengo en tiempo y forma a ofrecer, en lo que respecta a la parte actora, las siguientes:
PRUEBAS I.
LA DOCUMENTAL PRIVADA consistente escrito mediante el cual el hoy demandado cedió la propiedad del predio materia de la litis a favor de mi representada, mismo que fue suscrito por el hoy demandado. Dicha prueba se adjunto bajo el «ANEXO TRES» del escrito inicial de demanda y se relaciona con los HECHOS TERCERO, CUARTO, QUINTO y SEXTO del mismo. Con ellos se pretende probar la entrega de la posesión del inmueble materia de la litis.
II.
LA DOCUMENTAL PRIVADA consistente en los originales de los comprobantes de pago del Impuesto Predial expedidos por la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Benito Juárez con folios 1453158, 516516561, 21615654, 165154 y 5196163415. Dicha prueba se adjuntó bajo el «ANEXO CUATRO» del escrito inicial de demanda y se relaciona con los HECHOS TERCERO, CUARTO, QUINTO y SEXTO del mismo. Con ellos se pretende probar la posesión por más de cinco años en forma pacífica, pacífica, pública, continua, a título de dueño y de buena fe que ha mantenido mi representada, de acuerdo con lo dispuesto con el Artículo1836 del Código Civil vigente en el Estado.
III.
LA DOCUMENTAL PRIVADA consistente en los 30 originales de los recibos de consumo de energía eléctrica de los años de 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 correspondientes al bien inmueble materia del litigio, expedidos por la Comisión Federal de Electricidad. Dicha prueba se adjuntó bajo el «ANEXO CUATRO» del escrito inicial de demanda y se relaciona con los HECHOS TERCERO, CUARTO, QUINTO y SEXTO del mismo. Con ellos se pretende probar la posesión por más de cinco años en forma pacífica, pública, continua, a título de dueño y de buena fe que ha mantenido mi representada, de acuerdo con lo dispuesto con el Artículo1836 del Código Civil vigente en el Estado.
IV.
LA DOCUMENTAL PRIVADA consistente en las 136 facturas expedidas por diversos proveedores por concepto de compra de artículos y pago de servicios de construcción, reparación, remodelación, mantenimiento y demás análogos. Dicha prueba se adjuntó bajo el «ANEXO CUATRO» del escrito inicial de demanda y se relaciona con los HECHOS TERCERO, CUARTO, QUINTO y SEXTO del mismo. Con ellos se pretende probar la posesión por más de cinco años en forma pacífica, pública, continua, a título de dueño y de buena fe que ha mantenido mi representada, de acuerdo con lo dispuesto con el Artículo1836 del Código Civil vigente en el Estado.
V.
LA TESTIMONIAL que estará a cargo de los CC. Lucía Villanueva Robles y Marcos Altamirano Montejo, cuyos domicilios son los ubicados en Lote 15, Supermanzana 24, Manzana 4, C.P.77570 y Lote 17, Supermanzana 24, Manzana 4, C.P. 77750, ambos en esta ciudad de Cancún, mismos que bajo protesta de decir verdad manifiesto no poder presentar, razón por la cual, solicito sean citados con el apercibimiento de que de no comparecer se estará a lo establecido por el Artículo 353 del Código de Procedimientos del Estado. Dicha prueba se relaciona con los HECHOS CUARTO y QUINTO del escrito inicial de demanda y con ella se pretende probar la posesión que mi representada tomó del inmueble materia de la litis el día 5 de julio del año 2000, misma que ha mantenido en forma pacífica, pública, continua, a título de dueño y de buena fe, de acuerdo con lo dispuesto con el Artículo1836 del Código Civil vigente en el Estado.
VI.
LA TESTIMONIAL que estará a cargo de los Licenciados en derecho Daniel Gutiérrez González y María Pérez Ramos, cuyos domicilios son los ubicados en Lote 18 de la Supermanzana 12, manzana 100, calle Tauro C.P. 77505 y Lote 25 de la Supermanzana 28, manzana 3, calle Robalo C.P. 77555, ambos en esta ciudad de Cancún, mismos que bajo protesta de decir verdad manifiesto no poder presentar, razón por la cual, solicito sean citados c on el apercibimiento de que de no comparecer se estará a lo establecido por el Artículo 353 del Código de Procedimientos del Estado. Dicha prueba se relaciona con el HECHO SEXTO del escrito inicial de demanda y con ella se pretende probar que en fechas; 16 de julio de 2000, 15 de marzo de 2001 y 25 de febrero de 2002, mi representada se presento al domicilio de la hoy demandada con la finalidad de solicitarle que escogiera o determinara el notario público de su elección, para llevar a cabo la escrituración a favor de mi representada en cuanto al inmueble cedido por el hoy demandado mismo que se negó a hacerlo y aseveró que dicha obligación correspondía únicamente a mi representada.
VII.
LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES consistente en cada una y en todas las actuaciones judiciales que integran el presente expediente.
VIII.
LA PRESUNCIÓN LEGAL Y HUMANA consistente en las deducciones lógica jurídicas que realice su señoría de los hechos conocidos para averiguar la verdad real de los hechos que se desconocen y se investigan en todo lo que beneficie a los intereses del suscrito. Por lo antes expuesto, a Usted C. Juez atentamente pido se sirva:
PRIMERO. Tenerme por presentado y ofreciendo en tiempo y forma las pruebas que al tenor del presente escrito se han mencionad o.
SEGUNDO. Dictar auto de admisión de las pruebas señalando el día y hora para el desahogo de cada una de ellas.
TERCERO. Ordenar la citación de los CC. Lucía Villanueva Robles con domicilio en el Lote 15, Supermanzana 24, Manzana 4, C.P.77570, Marcos Altamirano Montejo, con domicilio en el Lote 17, Supermanzana 24, Manzana 4, C.P. 77750, Daniel Gutiérrez González con domicilio en el Lote 18 de la Supermanzana 12, manzana 100, calle Tauro C.P. 77505, María Pérez Ramos, con domicilio en el Lote 25 de la Supermanzana 28, manzana 3, calle Robalo C.P. 77555, todos en esta ciudad de Cancún a fin de que comparezcan en el día y hora que el C. Juez tenga bien a designar para el desahogo de las respectivas pruebas testimoniales a su cargo.
PROTESTO LO NECESARIO.
CANCÚN, QUINTANA ROO A 2 DE ABRIL DE 2013