URSO BÁSIC ADMINISTR TIVO E TR BAJO S GURO EN AL URAS El tra ajo en altu as es consi erado de lto riesgo y primera causa de a cidentalida y de m erte en el trabajo. El objetivo del curso es la promoción de la salud ocupacional y la prevención de los ries os labor les. Se e tenderá su obligatori dad en t do trabaj en el que exista el ri sgo de caer a 1,5 m o más sobr un nivel in erior. En c so de la construcci n de nue as edific ciones y obras civiles, se entender la obliga oriedad de la norma na vez alc nzada la al ura de 1,8 m o más obre un ni el inferi r, moment en el cual el control e los riesg s de deberá hacer des e la altura de 1,5 m. La caí a en altura puede ser debida a CA SAS HUM NAS y/o
AUSAS M TERIALES;
Caus s Human s -
Físicas: M la condició física, des quilibrios or mareos, agilidad, falta de reflej s, edad, habilidad, vértig . Psicológic s: Descuido, falta de at nción, inquietud, nervi sismo, etc. Formació : Desconocimiento de los riesgos, incorrecta tilización d los medios y equipos d protección, malos métodos de tra bajo, torpe a, etc.
Caus s Materiales -
Carencia e equipos, anto indivi uales como colectivos, fallo en la onstrucció o en los equipos de pro ección (Ro ura de ele entos). Influencia e los facto es meteorológicos. Orden y limpieza.
Otro aspectos a tener en cuenta
-
Estabilidad y Solidez e Lugar: T niendo en cuenta el º de trabajadores que lo van a ocu ar, las carg s máximas su distribución. Factores tmosférico : En especi l el viento. Factores ersonales: vitar toma medicamentos o alco ol; mantener una actitud correcta y no comer n exceso e el tiempo previo al tr bajo.
Trab jos que p eden dar lugar a caí das de alt ra -
Andamios, Escalas y E caleras Fija , de Mano Plataform s, Cestas El vadas Antenas, ostes, Torr s, Column s Pozos, Za jas, Abertu as, Tejados, ubiertas, Pl nos Inclina os Árboles, uros, Voladizos, Desni eles Máquinas, equipos de levación Pasarelas, Paredes, Huecos de ascensores Etc.
Riesgos asociados a trabajos en altu as -
Atrapamientos Caídas de personas Caídas de objetos Contacto con líneas a reas de electricidad Desplaza iento intempestivo Desplome Golpes Pérdida d estabilidad Etc.
Los a cidentes p oducidos por las caíd s a distint nivel, co tinúan sien o una de las princi ales causa de ausen ismo labo al, muerte y lesiones irreversibles. Un buen núme o de tareas se realizan a más de 1,5 etros del suelo, sobre superficies apare temente e tables y se uras, donde un pequeño error p ede tener consecuencias fatales. Dura te los últi os años, s ha experi entado un espectacul r desarroll tanto de las técnicas, como d los materi les específicos para la p revención de los riesgos derivados de la realización de trabajos en altura. Actualmente exis ten en el m rcado suficientes equipos
de pr tección individual y colectiva, que permiten d r solucion s para la seguridad de llos trabaj dores en la práctica to alidad de las situacione de trabajo habitual. La instrucción y formación n materia e seguridad constituy n unos de los eslabo es funda entales en los que bas r la estrategia preventi va de accid ntes. El propio trabajador debe er realmen e consciente de los rie gos que co re, y por t nto, conoc r los métodos más decuados para su aut protección. Pero no asta con e so, debe a licarlos en la prácti a cotidiana e incorpor rlos sistemáticamente al tipo de t abajo que realice. Tal ez esto sea lo más ifícil de co seguir, en uchos casos habrá q e romper on una rutina basad en la tristemente cél bre frase: “esto sea h echo siempre así y nu ca ha pasado nada”. En desarr llo de nues ras activid des debem s aplicar las técnicas necesarias p ra realiz r los trabajos en altur con seguridad, así co o facilitar un cambio e actitud que permi a que estas técnicas fo men parte n la rutina llaboral.
DEFINICIONE 1. A sorbente de choqu : Equipo cuya función s disminuir las fuerzas de impacto en el cuerpo del rabajador o en los pun os de anclaje en el mo ento de una caída. 2. A ceso por cuerdas: écnica de scenso, descenso y pr gresión por cuerdas con equipos especializados pa a tal fin, co el propósito de acced er a un luga específico de una estructur . 3. A claje: Pun o seguro al que se pu de conecta se equipos personales de protección contra caídas con resistencia certificada a la rotu a y un fact r de seguri ad, diseñados y ertificados en su instal ción por u fabricante y/o una pe sona calific da. Puede er fij o móvil según la necesidad. 4. A robación de equipos: Docume to escrito y firmado por una per ona califica a, e itiendo su oncepto de cumplimie to con los equerimientos del fabricante. 5. A nés de cu rpo com leto: Equipo de protección personal diseñado para distribuir en varias partes del cuerpo el impa to generado durante na caída. E fabricado en correas cocid s y debida ente asegu adas, e incluye elemen os para co ectar equipos y segurarse un punto e anclaje. ebe ser c rtificado b jo un están ar nacional o in ernacional ente acept do. 6. A udante d segurida : Trabajad r designado por el e pleador pa a verificar las condiciones de seguridad y control r el acces a las áre s de riesg de caída de ob jetos o personas. Deb tener una constancia de capacita ión en pro ección con ra caídas para trabajo seg ro en alturas en niv l avanzad o tener certificado de competencia laboral para rabajo seguro en altur s.
7. B randa: Ba rera que s instala al orde de un lugar para prevenir la posibilidad de caída. Debe garantizar u a capacida de carga contar con un travesaño de aga re superior, una barrera colocada al nivel del suel para evita la caída d objetos y un tr vesaño intermedio o b rrera inter edia que revenga el paso de personas entre el tr vesaño sup rior y la barrera inferi r. 8. C pacitació : Para efec os de la no ma (Resolu ción 1409 e 2012), es toda actividad realizada en una empresa o instituci n autorizada, para res onder a sus necesidades, con el objeti o de prep rar el tale to humano mediante un proceso en el cual el participante omprende, asimila, i corpora y aplica conocimiento , habilidades, destrezas que lo hacen competente p ra ejercer us labores en el puesto de trabajo. 9. C ntro de entrenamiento: Sitio destinado para la formación de personas en tr bajo segur en alturas, que cuenta con infraestructura adecuada para esarrollar /o fu damentar el conocimiento y las habilidades necesarias para el d sempeño el tr bajador, y la aplicaci n de las técnicas rel cionadas con el uso de equipos y configuración de sistema de Prote ción Cont a Caídas de alturas. demás de las es ructuras, el centro de entrenami nto deber contar c n equipos de protección C ntra Caídas certificad s, incluyen o líneas d vida verti ales y horizontales, s an portátiles o fijas y todos los recursos para garan izar una adecuada capacitación de un tr bajador. Los centros e entrena iento que e utilicen para impartir la formación de trab jo seguro en alturas, deben umplir con las normas de capacida que adopte el Ministe io de Trabajo. 10. ertificación de equi os: Documento que c rtifica que un determi ado eleme to cumple con l s exigencia de calidad de un est ndar nacional que lo egula y en su ausencia, de un estánda avalado i ternacionalmente. Est documen o es emitido generalmente por el fabri ante de los equipos. 11. ertificado de comp tencia la oral: Doc mento ot rgado por un organis o certificador i vestido co autoridad legal para su expedición, dond reconoce la competencia laboral de u a persona ara desemp eñarse en esa actividad. 12. ertificado de capaci ación: Do umento que se expide al final del proceso en el que se da co stancia que una perso a curso y probó la c pacitación necesaria p ra desempeñar una actividad laboral. Est certificad no tiene v ncimiento. 13. ertificación para tr bajo seg ro en al uras: Cer ificación q e se obtiene m diante el certificado de capacitación de trab ajo seguro en alturas o mediante el certificado en dicha competencia laboral. 14. onector: ualquier e uipo que permita unir el arnés del trabajador al punto de anclaje.
15.
oordinad r de Tra ajo en al uras: Trabajador designado por el emplead r, denominado ntiguament persona c mpetente en la norm tividad ant rior, capaz de id ntificar peligros en el sitio en don e se realiz trabajo en alturas, relacionados con el ambiente o condicione de trabajo y que tien su autoriz ción para aplicar medi as correctivas inmediatas p ra controlar los riesg s asociado a dichos eligros. Debe te er certificación en la norma de competencia l aboral vige te para tra ajo seguro en alturas, capacitación en el nivel de oordinador de trabajo en alturas y experiencia certificada mí ima de un año relaci nada con rabajo en alturas. Los requisitos de certificación, apacitación y experiencia del coo dinador de trabajo en alturas, se án exigidos a pa tir de los dos años sig ientes a la expedición de la resol ción 1409 de 2012, mientr s que transcurre dicho tiempo eben contar como inimo con el certificado de capacitación del nivel avanzado en trabajo en alturas o certificado de di ha compet ncia laboral. La designació del coordinador de rabajo en lturas no significa la creación de un nuevo cargo, i aumento en la nómina de la emp resa, esta f nción puede ser llevad a cabo por ejemplo por l coordinador o ejec utor del Sistema de estión de la Seguridad y Salud en el rabajo SG-SST (anteri ormente llamado Prog ama de Sal ud O upacional) o cualquier otro trabajador designado por el e pleador. 16. istancia d desacele ación: La istancia ve tical entre el punto donde termin la caída libre y s comienza activar el bsorbedor de choque asta que este último p re por completo. 17. istancia de detenci n: La dist ncia vertic al total re uerida par detener na caída, incluyendo la distancia de desaceleración y la distancia de activación. 18. Entrenador en el tra ajo segur en altur s: Persona con formación en el ni el de entrenado , certificad en la nor a de comp tencia laboral para tra ajo seguro en alturas vigent . 19. E uipo de rotección contra c ídas certi ficado: Eq ipo que c mple con las exigencias de calidad de la norma na ional o int rnacional que lo regul , sin que e te úl imo pueda er menos exigente que el nacional. 20. Eslinga de protecció contra caídas: Sist ma de cue rda, reata, cable u ot os m teriales qu permite la unión al ar és del trab ajador al punto de ancl je. Su función es detener la caída de un persona, absorbiendo la energía de la caída d modo que la m xima carga sobre el trabajador sea de 900 libras. Su l ngitud tot l, antes de la ac ivación, de e ser máxi o de 1,8 m. Debe cum plir los siguientes requerimientos: a. Todos sus compo entes debe ser certifi ados. b. Resist ncia mínim de 5.000 li ras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg) c. Tener absorbedor de choque; y d. Tener en sus extr mos sistemas de cone ión certific dos.
21. Eslinga de osiciona iento: Ele ento de c erda, cintas, cable u otros materiales con resistencia mínima de 5.000 libra (22,2 Kilo ewtons – .272 Kg) que puede te er en sus extremos ganchos o conector s que per iten la unión al arnés d l trabajador y al punto de a claje, y qu limita la distancia de caída del trabajador a áximo 60 cm. Su función es ubicar al tr bajador en un sitio de trabajo, pe mitiéndole utilizar las dos m nos para s labor. 22. Eslinga de restricció : Element de cuerd , reata, c ble u otro material c on resistencia m nima de 5. 00 libras 22,2 Kilon wtons – 2.272 Kg) y de diferen es lo gitudes o raduable q e permita la conexión de sistema s de bloqu o o freno. Su fu ción es limitar los des lazamiento del trabaj dor para q e no llegue a un sitio el que pueda caer. T das las eslingas y sus componen es deben ser certific dos de ac erdo con las normas nacio ales o internacionales ertinentes. 23. Evaluación de comp tencias l borales ara trab jo seguro en altur s: Proceso por edio del cual un evaluador recoge de una persona, información sobre su desempeño y conocimien o con el fi de determinar si es c mpetente, aún no, p ra desempeñar na función productiva de acuerdo a la norma técnica d competencia la oral vigent . 24. Evaluador e compe encias la orales en protecci n contra caídas p ra tr abajo seg ro en alt ras: Persona certifica a como e aluador de competencias la orales y c n certificación vigente en la nor a de com etencia laboral que v a evaluar y deb estar certif icado en el nivel entren ador. 25. Factor de s guridad: úmero multiplicador de la carga r al aplicada un elemen o, para determinar la carga a utilizar en l diseño. 26. ancho: Eq ipo metálic con resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 ilonewton – 2. 72 Kg) que es parte in egral de lo conectores y permite realizar co exiones en re el arnés y lo puntos de anclaje, sus dimensio es varían e acuerdo a su uso, l os ga chos están provistos de una arg lla u ojo al que está asegurado l material el equipo conec or (cuerda, reata, cable, cadena, en tre otros) un sistema de apertur y ci rre con d ble sistema de accion miento par a evitar una apertura ccidental que as gura que el gancho no se salga de u punto de conexión. 27. ueco: Par efecto de la norma ( esolución 1409 de 2012) es el e pacio vacío o brecha en un superficie o pared, sin protección, a través d el cual se puede producir una caída de 1,5 m o más de persona u objetos. 28. Líneas de ida horiz ntales: Sistemas certi ficados de cables de a ero, cuerdas, ri les u otros materiales que debida ente ancla as a la est uctura don e se realiz rá el trabajo en lturas, per itirán la c nexión de los equipos personales de protección
contra caídas y el desplazamiento horizontal d l trabajador sobre un determin da superficie; la estructura d anclaje de e ser evalu da con mé odos de ingeniería. 29. Líneas de ida horiz ntales fijas: Son aqu llas que se encuentra debidame te ancladas a un determina a estructura, fabricada en cable de acero o ri eles metálicos y según su l ngitud, se soportan or puntos de anclaje intermedi s; deben er di eñadas e instaladas por una ersona calificada. Los cálculos estructurales determinarán si se requie e de sistemas absorbentes de ener gía. 30. Líneas de vida h rizontales portátil es: Son equipos certificados y preensamblad s, elaborados en cuer a o cable d e acero, co sistemas absorbentes de choque, cone tores en sus extremos, un sistem tensionad r y dos bandas de anclaje tipo Tie Off ; stas se instalaran por parte de lo trabajado es autoriza os entre dos puntos de c mprobada resistencia y se veri icara su i stalación or parte el coordinador e trabajo e alturas o de una persona calificad . 31. Líneas de v da verticales: Sistem s certificad s de cable de acero, cuerdas, rieles u tros materiales que debidamente ncladas en un punto s perior a la zona de lab r, protegen al trabajador en su des lazamiento vertical ( ascenso/descenso). Se án di eñadas por una persona calificada, y deben se instaladas por una persona calific da o or una persona avalad por el fabricante. 32. áxima fu rza de detención, FD: La m áxima fuer a que pue e soportar el tr bajador sin sufrir una l sión, es 1.800 libras (8 Kilonewtons – 816Kg). 33. edidas de prevenci n: Conjun o de acciones individ ales o col ctivas que se implementan ara advertir o evitar l caída de p ersonas y bjetos cuando se reali an tr bajos en lturas y fo man parte de las me didas de c ntrol. Ent e ellas están: sistemas de ingeniería; pr grama de rotección ontra caíd s y las medidas colecti as de prevención. 34. edidas de protecci n: Conjun o de accio nes individ ales o col ctivas que se implementan ara detene la caída de personas y objetos un vez ocurra o para miti ar sus consecue cias. 35. osquetón: Equipo metálico en forma de arg olla que permite realizar conexio es di ectas del rnés a los puntos de anclaje. Otro uso es servir de c nexión en re equipos de pr tección co tra caídas rescate a s u punto de anclaje. 36. Persona calificada: Ingeniero con experiencia certificada mínimo de dos años p ra calcular resist ncia de ma eriales, dis ñar, analizar, evaluar, autorizar pu tos de anclaje y elaborar especificacio es de tra ajos, proyectos o p oductos a orde con lo es ablecido e la resolución 1409 d 2012. La ersona cali icada es la única pers na que da la autorización a u punto de nclaje sobr el cual se engan dudas.
37. Posicionamiento de Trabajo: Conjunto de p rocedimien os mediante los cuales se m ntendrá o sostendrá el trabajad r a un lu ar específi o de trab jo en alturas, li itando la c ída libre de éste a 2 pies (0.60 m) menos. 38. Reentrena iento: P oceso an al obligat rio, por el cual se actuali an conocimiento y se ent enan habili ades y destrezas en prevención y protección contra caídas. Su contenido y duración depende de los c mbios en la norma p ra protección contra caídas n trabajo en alturas, o del repaso de la mism y de las fallas que en su aplicación el empleador detecte, ya sea mediante una evaluación a los tr bajadores mediante observación a los mi mos por arte del c ordinador de tr bajo en alturas. El r entrenami nto debe realizarse nualmente o cuando el tr bajador autorizado ing ese como uevo en la empresa, o cambie de tipo de trab jo en alturas o haya cambiado las condi iones de o eración o u actividad. Las empre as o los gremios en conveni con éstas puede efec uar el reen renamiento directame te ba jo el meca ismo de U AE o a través de ter ceros auto izados por la Resolución 1409 de 201 . Debe qu dar prueba del reentr enamiento, que puede ser, media te lis a de asiste cia, constancia o certifi ado. 39. Requerimiento de c aridad o espacio l ibre de aída: Dis ancia vertical requerida por un trabajador en caso de una caíd , para evitar que este i pacte con ra el suelo o contra un obst culo. El requerimiento de claridad dependerá rincipalme te de la configur ción del sis ema de detención de caídas utiliza o. 40. Restricción de caída: Técnica de trabajo qu e tiene po objetivo i pedir que el tr bajador suf a una caída de un borde o lado de protegido. 41. Rodapié: El mento de rotección colectiva qu fundamen almente pr viene la ca da de objetos o ue ante el resbalón de una perso a, evita qu esta caiga al vacío. Debe ser parte de l s barandas proteger l área de tr abajo a su al rededor. 42. Trabajador autorizado: Trabajador que pos ee el certi icado de c pacitación de tr bajo segur en alturas o el certifi ado de co petencia l boral para rabajo seguro en alturas. 43. Trabajos e suspensi n: Tareas en las que el trabajador debe “s spenderse” o colgarse y mantenerse en esa posición, mientras realiza su t area o mientras es subido o ajado. 44. Trabajo oc sional: So las activid des que no realiza regularmente l trabajado o que son espo ádicos o re lizados de ez en cuan o. 45. Trabajo rutinario: Son las activida es que reg ularmente desarrolla el trabajador, en el desempeño de sus funciones. 46. nidades v cacionale de aprendizaje en l a empres UVAE: L s empresas, o lo gremios e convenio on éstas, p drán crear unidades v cacionales e aprendiz je, las cuales s n mecanismos dent o de las empresas que busc n desarrollar
conocimiento en la orga ización me iante proc sos de autoformación, con el fin de preparar, ent enar, reen renar, complementar certificar la capacidad del recu so humano para ealizar labores seguras en el trabaj o en alturas dentro de la empresa. La fo mación qu se imparta a través de las UVAE deberá realizarse con los entrenado es para trabajo s guro en alt ras. Para que la e presa, o l s gremios en conveni con éstas, puedan cr ar una UV E deberá, cum lir en las instalacion s de las e las em resas o e la obra de construcción con los requisitos par el trabajo seguro en alturas establecidos en la R solución 1409 de 2012. 47. Sistemas de protección de ca das certif icado: Co junto de lementos /o equipos diseñ dos e instalados que c mplen con las exigencias de calidad de la nor a nacional o int rnacional que lo regula, y aprobad por una p rsona califi ada si exis en dudas. En nin ún momento, el estándar internaci nal puede er menos exigente que el nacional.
NORMATIVID D COLOMBIANA Articulo 348 ST. Todo empleado o empresa están obligados a suministrar y acondicionar loc les y equipos de trabajo que ga anticen la seguridad y salud de los trabaj dores; a h cer practic r los exám nes médicos a su pers nal y adoptar las medi as de higiene y segu idad indisp nsables para la protec ión de la vida, la salud y la moralidad de lo trabajadores a su se vicio; de c nformidad con la reglamentación que sobre el partic lar estable ca el Ministerio del Trabajo. Articulo 83 Li eral a) LEY 9 DE 1979. Est blecer cooperación c n los de ás organismos del E tado que t ngan relaci n con esta materias, las regulaciones técnica y administrativas d stinadas a proteger, co servar y m ejorar la salud de los t abajadores en el territorio nacional, supe visar su ejecución y hacer cum lir las dis osiciones el prese te Título y de las regla entaciones que de acuerdo con él se expidan DEC ETO 205 DE 2003, rticulo 2 umeral 12. Definir y v lar por la ejecución de las políticas, planes y programas en las áreas de salud o upacional, edicina laboral, higien y seguridad industrial y riesgos profesionales, tendien es a la pre vención de accidentes de trabaj y de enfermedades profesionales. Los empleadores son respo sables de la salud O upacional e sus trabajadores y de proveerles condiciones “segu as” de trabajo.
DEC ETO 614 de 1984, s “obligaci n”, de los mpleadores organizar y garantizar el funcionamiento d un programa de salud ocupacion l (hoy llamado median e la Ley 15 62 de 2012 “Sistema de Gestión de la Seguridad y salud en el Trabajo SG –SST”) . Artículo 11 de la Resoluc ón 1016 de 1989, el Subprogra a de Higie e y Seguridad Industrial, tiene c mo objeto la identifica ión, recon cimiento, e aluación, y control de l os factores ambient les que se originen en los lugare de trabaj y que puedan afectar la salud e los trabajadores. La R solución 1409 del 2 Julio de 012, tiene por objeto establecer el reglame to de se uridad para protección contra caíd s en trabaj en alturas. Aplica a todos lo empleado es, empres s, contratistas, subcon ratistas y t abajadores de todas las actividades económicas de los s ctores for ales e info males de la economía que desar ollen trabajo en alturas con peligro de caídas. Según el capítulo II Artículo 3° numeral 8 de la r solución 1 09 de Julio del 2012 el Ministerio de Tra ajo es obli ación del e pleador g rantizar un programa de capacitación a tod trabajado que se va a a exponer al riesgo de trabajo n alturas antes de iniciar labor s. Según el capítulo II Artículo 3° numeral 9 de la r solución 1 09 de Julio del 2012 el Ministerio de Trabajo el empleador deb garantizar que todo t rabajador a torizado p ra trabaj en alturas reciba al menos un reentrenamiento nual, para reforzar los conocimientos e protecció contra caídas para t abajo en alturas. En l caso que el trabaj dor autori ado ingrese como nuevo en la emp resa, o cambie de tipo e empresa en altura , o haya ca biado las ondiciones de operaci n en su act ividad, el e pleador debe tambi n garantizar un programa de reentrenamient en forma inmediata, revio al ini io de la ueva activi ad. Según el capítulo IV, Artículo 27 PLAZO PARA CERTIFICADO DE LA CA ACITACI N O C MPETEN IAS LABORALES. Las empresas tendrán u periodo de 24 me es conta os a partir de la entrada en vigen ia de la pr sente resol ución, para completar los procesos de capacitación a s s trabajadores según el nivel que corresponda u obtener la certifi ación de c mpetencias laborales. Según el capítulo IV, Artículo 28 CUMPLIMIENTO EL REGLA ENTO DE SEGURID D PAR PROTECCIÓN CON RA CAÍD S EN TRA AJO EN LTURAS. Sin perjuicio de la a pliación d l plazo establecido n el artíc lo anterior, es obli ación de llos
empleadores, empresas, con ratistas y ubcontratistas dar cu plimiento al reglame to conte ido en est resolución a partir de u publicaci n. Según el capítulo IV, Artículo 29 VIGEN IA Y DER rige a partir de su publicación y dero a las disp especial, las resoluciones 3673 de 200 , 0736 de circul r 0070 de 009, expedidas por el inisterio d
GATORI siciones q 2009 y 22 Protecció
S. La presente resolución e le sean contrarias, en 1 de 2010, así como, la Social.
OBLIGACION S DEL E PLEADO Com mínimo deberá: 1. R alizar evaluaciones mé icas ocupa ionales y ell manejo y contenido de las historias clí nicas ocupa ionales. 2. In luir en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG – SST (P ograma de salud ocup cional), el Programa de Protección contra Caí as y adelan ar ac ividades te dientes a Identificación, Evaluación y Control e los riesgos, 3. C brir TOD S las con iciones de riesgo de aída en trabajo en alt ras, media te m didas de c ntrol cont a caídas de personas y objetos, di rigidas a la prevención en fo ma colecti a, antes de impleme tar medidas individuales de protección con ra caídas. “NO se pueden ejecuta trabajos sin la ado ción pre ia de dichas medidas de ontrol. 4. A optar medidas compe satorias y ficaces de seguridad, cuando la ejecución de un tr bajo particular exija l retiro temporal de cualquier ispositivo e prevención colectiva contra caídas, u a vez concluido el trabajo particular, se volv rán a colo ar en su lugar lo dispositivo de preven ión colecti a contra ca ídas. 5. G rantizar que los siste as y equip s de protección contra caídas, cumplan con los requerimient s de la Res lución 140 de 2012. 6. Disponer de n coordinador de trabajo en altur as, de trab jadores autorizados en el ni el requerido y de ser necesario un ayudante en segurid d según co responda a la ac ividad a r alizarse, lo cual no ignifica la creación d nuevos cargos sino la designación d trabajador s a estas funciones. 7. G rantizar el suministro de equip s, capacita ión y ree trenamiento, incluido el tiempo para r cibir estos dos últimos, no genere costo alguno para el t abajador. 8. G rantizar un programa e capacita ión a todo trabajador que se vay a exponer al ri sgo de trabajo en altur s, antes d iniciar la ores. 9. G rantizar que todo trab jador auto izado para trabajo en lturas reciba al menos un reentrenamie to anual, para reforza los conocimientos en protección contra caí as
para trabajo seguro en al uras. En el caso que e l trabajador autorizado ingrese co o nuevo en la mpresa, o cambie de tipo de trabajo en alt ras o haya cambiado las condiciones de operació o su acti idad, el e pleador debe también garantizar un programa de reentrena iento en forma inm diata previo al inicio de la nu va ac ividad. 10. G rantizar la peratividad de un programa de ins pección, conforme a la disposicio es de la Resolución 1409 d 2012. Los sistemas d protecció contra caí das deben er in peccionados por lo menos una vez al año, por intermedio de una persona o equipo de personas a aladas por el fabricant y/o califica as según c rresponda. 11. Asegurar que cuando se desarrollen trabajos c n riesgo d caídas de alturas, exista acompañamie to perman nte de una persona qu e esté en c pacidad de activar el plan de emergenci s en el caso que sea ne esario. 12. Solicitar prue as que ga anticen el uen funcionamiento del sistema de protección contra caídas y/o los certificados que lo avalen, egún lo es ablecido en la Resolución 1409 de 2012. 13. Asegurar la ompatibilid d de los omponentes del siste a de protección con ra caídas; evalua do y prob ndo si los ambios cu plen con l s estándar s a través el coordinador, si hay dud a través d la persona calificada. 14. In luir en el lan de e ergencias un procedimiento par la atenció y rescate en alturas con recursos y personal entr nado, de a uerdo a lo establecido en el Artíc lo 24 de la Resolución 1409 de 2012. 15. G rantizar que los meno es de edad y las muje es embara adas en cu lquier tiempo de gestación no realicen t abajos en alturas. 16. Asumir los ga tos y costos de la capacitación cer ificada de trabajo segu o en altura o la certificació en dicha c mpetencia laboral en l s que se de a incurrir. Podrán las empresas compartir recurs s técnicos tales com equipos e protecci n, equip s de atención de emergencias, entre otros, si descuidar el controla los riesgos de caída en alturas genera os en us actividades. N SE TR SLADA A RESP NSABILID D DE LA MPRESA F ENTE A L ACTIVID D
OBLIGACION S DEL T ABAJAD R 1. Asistir: Capacitación, Entrenamiento, Reentrenamiento. Aprobar las e aluaciones de conocimiento y desempe o. 2. C mplir con los procedi ientos de salud y segu idad en el trabajo esta lecidos por el e pleador.
3. In ormar al e pleador l s condiciones de salu que gene e restricci nes, antes de realizar cualq ier tipo de rabajo en a turas. 4. U ilizar las m didas de p evención y protección contra caí as implem ntadas por el e pleador. 5. R portar al coordinador de trabajo en alturas el deterior o daño d los siste as in ividuales o colectivos de prevención y protecc ión contra aidas. 6. Participar en la elaboración y dilige ciamiento del permis de trabaj en altura y acatar sus dis osiciones.
OBLIGACION S DE LA ARL 1. R alizar actividades de prevención, asesoría y evaluación de riesgos de trabajo en alturas de acu rdo a la Resolución 14 6 de 2012. 2. Ej rcer vigilancia y control en la prev nción de ri sgos de trabajo en alturas 3. Asesorar a los empleadores, sin costo y sin inf luir en co pra, sobre la selecció y utilización de lementos de protección personal ara trabajo en alturas. 4. El borar, publicar y divul ar guías té nicas estandarizadas p r actividad s económi as para la aplicación de la Resolución 14 9 de 2012.
PER IL DEL T ABAJAD R El e pleador l debe diseñar, de ac erdo con:
La actividad económica La tarea a realizar Formació Experiencia Peligros a los que se exponen. Restriccio es en condiciones de salud
Evaluación oc pacional de las c ndiciones de aptit ud psicof sica de los empleados:
Por lo me os una vez al año. A través de médicos cupacionales (propios contratad s). Ajustada a criterios e tablecidos n el Siste a de Gesti n de la Seg uridad y Salud en el trab jo SG – SS (programa de salud oc upacional).
Eval aciones
édicas pr -ocupacionales para realizar t abajos en alturas:
Determin r la aptitud del trabajador para desempeñar en forma efici nte su labor. Identificar riesgos par su salud o la de tercer os. Verificar l existencia e restricci nes.
RES RICCIONES PARA REALIZA TRABAJ S EN ALTURAS
Cardiovas ulares Mentales eurológicas vértigo o areo, alteraciones del equilibrio, de la conciencia Problemas auditivos Ceguera t mporales o permanentes Alteraciones de la agu eza visual percepció del color de profun idad. Patologías que no pue an ser cor egidas con ratamiento. Alteraciones de comp rtamientos en alturas ales como obias. Menores e edad y m jeres en cualquier tiempo de gestación. Personas con restri ciones te porales o permane tes para este tipo de actividade . Se deberá tener en cuenta el índice de masa c orporal y el peso del trabajador.
RES ONSABI IDAD CI IL Y PEN L (Ver ideo) Es la bligación que recae sobre una pe sona de re arar el daño que ha c usado a ot o, sea e naturaleza o bien por n equivale te monetar io (normal ente mediante el pago de una i demnización), incluye lucro cesa te y daño emergente perjuicio oral ya s an objeti os o subjetivos.
1. RESPONSABILID D CIVIL 1.1 DAÑOS M TERIALE moment o del acci ente hasta el 1.1.1. Daño E ergente: Se adeuda desde el mom nto del allo, son los recursos que salen d el patrimonio del trab jador o de su famili para aten er las consecuencias derivadas del daño ocasionado p r el ATEP o activi ad que realiza el trabaj dor.
1.2 DAÑOS M RALES 1.2.1 Objetivos: Son los años resul antes de l s repercusiones econ micas, de las angus ias, trastor os psíquicos. 1.2.2 Subjetivo : Es el dolor que ex erimenta l a persona perjudicada o las que se encuentran uni as a ella se timentalmente. 1.3 R SPONS BILIDAD CIVIL SO IDARIA Articulo 34 C digo sust ntivo del trabajo; stablece la responsabilidad solidaria entre contratista, subcontrati ta e independientes.
2. RESPONSABILID D PENAL Articulo 21 C DIGO PENAL: Pa a que la conducta sea punible (delito) debe realiz rse con D LO – CUL A – PRETERINTENCI N. 2.1 DOLO Es co ocimiento voluntad e realizar un delito o na conduc a punible y está integr da por d s elementos;
cognitivo; conocimien o de realiz r un delito. Volitivo; v luntad de acerlo
2.2 CULPA Es un omisión d la conduct debida para prever y vitar el dañ
Negligencia; Persona que por su culpa apática perez sa deja d realizar na determinada conduct a la cual estaba jurí icamente bligado o la hace sin la diligencia ecesaria, (El empleador no propor iona los EPP.) Impruden ia; Obrar sin aquella c utela que s gún la exp riencia se ebe actuar en la realización de ciert s actos. Impericia: Consiste en la ins ficiente actitud, cap cidad, habilidad técnica, experiencia para ejecución de un rte, profesión u oficio. Preterintención: Es u punto intermedio ent re el DOL – CULPA. La condu ta es preteri tencional cuando su r sultado sie do previsi le excede la intención de la gente.
CONCEPTOS ENERALES Síndr ome de C mpresión También conocido como síndrome ort estático o de aplasta iento, es u conjunto de sínto as que ap recen cuando una persona está c olgada dur nte un periodo largo de tiemp de un ar és. Las cintas del mis o actúan como torniquete impi iendo total o parcialmente el p so de sangre con oxígeno a las ext emidades. Si una persona queda suspen ida inmóvil en un arné s, la presión de este pu ede contribuir a un flujo sanguíneo insuficiente en algunas part s del cue po generá dose toxinas. Cuan o la sangre vuelve al torrente sanguíneo y a órganos vitales como los riñones, se produce un fallo renal, con posibilidad de posteri r fallo car iaco o un fallo cardi co directo debidos a las toxinas.
Fact r de Caíd Sirve ara deter inar la gravedad de un caída. Se alcula dividiendo la alt ra de la ca da entre la longitud de la cuerda o cinta d l sistema d e sujeción isponible para repartir la fuerza de choque de la caída. Se calcula ediante la siguiente ecuación: Facto de caída = Altura de la caída / Longitud de la c uerda o cinta del siste a
Cuan o en un tr bajo nos e contramos con un fac tor de caíd alto, seleccionaremos el mejor mecanismo para reducirlo como pueden ser l s cabos de anclaje con absorbedo es de en rgía.
OK
OK
¿OK?
OK
¿OK?
NO
FACTOR 2
Efec o Péndul Cuan o trabajamos lejos del punto de anclaje, la posible caí da no se desarrollará de mane a vertical sino que ten rá una tra ectoria circular, describiendo un éndulo donde el punto de giro erá el ancla je al que n s encontra os amarrados. Por ta to tendre os que vigilar los posibles obstáculos que se encuentren en nuestra trayectoria de caída y no en nu stra vertic l.
Distancia Libre de Caída Al pr hemo gener gener en cu
ducirse un caída y onerse en acción los iferentes sistemas de seguridad que utilizado cuerdas anudadas, cabos de ancl je con absorbedores...) se prod ce lmente un despliegue de éstos ue se tra uce en una elongación del siste a l. Cuando planifiquem s la seguri ad de un t abajo en al ura tendre os que te er nta este alargamiento para evitar g lpear cont a el suelo.
La dis ancia libre de caída es la altura mí ima que de be tener un sistema pa a evitar lle ar al suelo en caso de un accide te.
CUER A
ABSO BEDOR DE CHOQU
ALTU A DEL T ABAJADOR
CUI ADO Y AUTOCUI ADO (Ver ideo) DEC LOGO DE LA PRE ENCIÓN 1. Actuar de forma seg ra en todas las activid ades de la vida debe constituirse en hábito. 2. No te arriesgues. Evit los riesgos o redúcelo s al mínimo. 3. Presta ate ción al trabajo que realizas. La pris a es el mejo r aliado del accidente. 4. Sigue las instruccion s y cumpl las norm s. Si no l s conoces pregunta. o improvise . 5. Infórmate y fórmate e materia d Prevenció de Riesgo Laborales. 6. Avisa de cualquier anomalía a tus uperiores a tus com añeros. 7. Ningún ac idente ocu re por casualidad. Tod s pueden evitarse. 8. La segurid d y la salud es tarea de todos. Tu articipació es imprescindible. 9. Tu trabajo es importa te, disfruta de la tarea bien hecha. 10. Con la pr vención de riesgos laborales, el qu ganas eres tú.
PAU AS GEN RALES DE SEGURIDAD Cualquier operación que se r alice en lu ares de tra ajo que se ncuentren con peligro de caída aplique medidas preventivas, se realizara utillizando equipos, de protección p ra trabaj s en altura, tanto individual como olectivo. Tal como estable e la norma iva, primar la utilizaci n de equip s de prote ción colectiva ante l s equipos e protección individual. Se de erá limitar en lo posible el tiempo de exposición al riesg de caída en este sentido se or anizará el trabajo de anera que se limite la operacion s en altura, realizando el máxi o de trabaj s en nivele inferiores. Para la realizaci n de trab jos en altura, se req erirá la p rticipación mínima de 2 opera ios con el bjetivo pri cipal de garantizar la s guridad y posible asistencia inmedi ta en caso de que se produzca un accidente. Los dispositivos e protección para trabajos en alturas sobre lí eas de vid tanto rígidas, como flexibles n son com atibles ent e sí. Esto significa qu para cada línea de vida
necesitaremos su dispositivo específico, acilitado por el fabrica te como u compone te más del sistema. Es importante antener el orden, li pieza y o ganización en el lug r de trab jo, espec ficamente cuando nos ncontramos en altura. Esto facilita el empleo e los equipos de pr tección, evitando errores y mani bras innec sarias, ade ás de prevenir las caí as de ob jetos y he ramientas. Una zona e trabajo esordenada suele ser la causa ás habitual de tropi zos y caíd s al mismo nivel. Hay que señala que una caída al mis o nivel, aparentem nte sin consecuencias, producida en altura p uede dese bocar en na caída importante distinto ni el. Antes de comenzar el trabaj sobre grúas, pasillos e rodadur o donde na maquinaria pueda provocarn s un accidente se estará en poder de los mandos y se colocaran señales de no accionamiento. Se cortara la elect icidad si fu se necesario o si se tr baja cerca el emba rado. Tanto el ascenso como el d scenso, de erán realiz rse con un ritmo pausado unifor e. Esto vitara resb lones, fallos de coordinación y fatiga. No debe os dudar n pararnos en mitad de una e calera de gato o cu ndo nos siintamos ca sados. En este caso es obliga orio recur ir al cabo de anclaje de posicio amiento y quedarse completame te sujeto con él, mientras nos relajamos y r cuperamos la respiraci n. Limitar y señalar la zona de t abajo, impi iendo el acceso a toda persona aj na a la obr o caren e de los eq ipos de pr tección y c nocimient s necesarios. Antes de desarrollar las diferentes mani bras, recogemos un resumen de l s normas que hay q e tener en cuenta para su correcta ejecución: Antes de comenzar el trabajo se realizará una i nspección isual de l s equipos de prote ción que se vayan a utilizar. Ant cualquier anomalía s descartará el equipo en cuestión. Se guar ará para posteriormente realizar un examen exhaustivo del mismo. El sistema de protección contra caídas elegido per itirá estar ujeto com mínimo a un punto de anclaje seguro (resistencia míni a 22,2 KN , y siempre que sea posible se est rá anclado a dos pu tos. Los puntos de anclaje estarán situados p r encima d la cabeza el trabaj dor o en u defecto n el punto más alto p osible, siendo aconsejable utilizar un absor edor de energía. Una vez colocad s los dispo itivos de s guridad so re los puntos de ancl je o líneas de vida, e compro ará su cor ecta colocación y funcionamient antes de emprender el ascen o o descen o.
Una vez termina o el trabaj se recogerán de manera ordena a los equipos utilizad s, realiz ndo una nueva inspección visual, n tificando cualquier an malía que s detecte. Siempre se debe recordar que no se pu de utilizar l equipo d protección contra caí as para tro uso di erente par el cual ha sido diseñ do, ni realizar modific ciones de los comp nentes. Deben respetarse en todo momento l as indicacio es de los fabricantes. Por ú timo y no enos imp rtante, no se debe utillizar un equipo de pro ección con ra caídas sin conocer su funcio amiento y característi as. Las pe sonas que anejen és os equip s deberán star forma as en su m nejo.
PER ISO PAR TRABAJOS EN A TURA Para rabajar en alturas es necesario contar con un PERMIS PARA TRABAJOS N ALTURA, el cual e define como una aut rización y probación or escrito ue específi a: El no bre del trabajador, tip de trabajo, altura apr ximada a la cual se va desarrolla la activi ad, fecha y hora de inicio y de te minación de la tarea, erificación de la afiliación vigente a seguridad social, requisitos del traba jador (req erimientos de aptitud), descripción y procedimiento de la tarea, elementos de protecci n personal seleccionados por el empleador (teniendo en cuenta l s riesgos requerimi ntos propi s de la tar ea, confo me a lo di puesto en la Resoluci n 1409 de 2012), verificación de los puntos de anclaj (por cada trabajador), sistema d prevención contra c ídas, equip s (sistema de acces para trabajos en alt ras), herra ientas a tilizar, con tancia de apacitación o certifi ado de competencia laboral par trabajar en alturas, bservacion s, nombre y apelli os, firmas y números de cedula (d los trabajadores y de la persona ue autoriza el trabaj ). En és e se certifica que los p ligros han ido evaluados por personas capacitadas y que se han t mado las medidas de p otección n cesarias. Debe ser emitid para trab jos ocasio ales, en c so de trab ajos rutinarios se deb rá imple entar una lista de che ueo que d berá ser re isada y verificada por l coordinador de trabajo en alturas en el sitio de trabaj .
PLA ES DE E ERGENCIAS Hay que tener en cuenta, que en caso de un incident , pueden p esentarse situaciones que comp ometan su propia integridad, la de otros y/o el medio ambiente:
Zonas alejadas de cen ros urbano . Situarse c rca de peli ros (alta te sión, zonas de altas te peraturas, maquinaria en movimien o, etc.). Gravedad a nivel medico (hemorragias masivas).
La rápida respues a por parte de sus compañeros pu de ser vital para no ag avar el estado del accidentado. or ello no solo deber mos realizar el “análisis de riesgos laborales” de dicha actividad, a emás debe emos tene en cuenta un “plan d emergenci ”, para po er tener una respuesta clara, rápida y segur a la hora d asistir al a ccidentado. Los planes de em rgencia tie en 3 etapas:
1. ANTES E LA EM RGENCI Prev nción: ac iones para evitar que sucedan las emergen ias o para minimizar las consecuencias de los incident s. Prep ración: medidas para organizar una respue ta adecuada ante las mergencia y reducir sus efectos negativos. Análisis: revisió de los peligros y ame azas prese tes, incluyendo inform ción histórica y lecciones apren idas. Alerta: estado declarado p ra tomar l s acciones definidas a te la prob ble y cerc na ocurr ncia de un evento destructivo. Mitigación: me idas adopt das antes e la prese tación del evento para minimizar o limita sus consecuencias. 2. DURAN E LA EM RGENCI Alar a: condici n que indic las accion s a tomar, i ncluyendo la evacuació del área.. Resp esta: puesta en marc a de los p ocedimientos y accion s definidos en el plan de emer encia.
3. DESPUÉS DE LA EMERGEN IA Recu eración: cciones pa a garantizar la contin idad de la operación espués de un event y lograr que el siste a regrese a sus condiciones norm les de funcionamiento en un tie po razonable. Incluye: -
Rehabilita ión: restabl cer la infra structura peracional. Reconstrucción: resta lecer la inf aestructura física.
La fo mación ad cuada, la e periencia la respons abilidad del personal es fundamental para garantizar respuesta esp rada.
Consejos gener ales: 1. C nservar l calma; No perder los nervios es básico pa a poder actuar de for a corre ta, evitand errores irremediables. 2. Evitar aglo eraciones; No se debe permiti que el ac idente se ransforme en espec áculo. 3. N mover al herido; C mo norma básica y ele mental no se debe mover a nadie que haya sufrido un accidente, hasta estar seguro de qu se puede realizar m vimientos sin riesgo de empeo ar las lesio es existent s. No obst ante, existe situaciones en las que la movilización deb ser inmediata, ya qu el accide tado sigue estando e puesto a una situación de riesg . 4. Examinar al herido; S debe efectuar una e aluación p imaria, que consistirá en comp obar si el a cidentado stá consciente, si respi a y si tiene pulso. Poste iormente se realizará una evaluación donde se compro ará que ti o de lesio es posee el accidentado (fractu as, cortes, golpes, etc. . Es impor ante realizar un corre to exam n del herido para f cilitar la ayor información posible a los servicios de emer encia y dar aviso a ésta en el men r tiempo p sible.
5. Tr anquilizar al herido Los accid ntados su len estar asustados, desconocen las lesiones que sufren y necesitan a alguien n quien co fíen en eso s momento de angusti . 6. M ntener al herido cal ente; Cua do el orga ismo humano recibe una agresión se activa los meca ismos de a todefensa, implicando, en muchas ocasiones, la perdida de
calor orporal. Esta situación se acentúa cuando exi te pérdida de sangre. or lo tanto es vital antener caliente al acci entado.
7. No medicar; No se debe dar ningún medicamen o al accide tado. La rá ida actuaci n ante un accidente uede salva la vida de una perso a, o evitar el empe ramiento de las lesion s que padezca. Para atender a un accidentad hay recor ar tres a tuaciones ásicas: 1. Proteger 2. Avisar 3. Socorrer
BIBL OGRAFI • Res lución 1406 de 2012 • Guí de segurid d para trab jos en altu a (Osalan) • Guí de seguri ad para trabajos en al ura (Institu o de Form ación practica de Ries os Laborales IFPRL)
Ser vicio Nacional de Aprendizaje – S NA Cen tro de Desarrollo Agroempresarial y Turístico del H uila Tu or AVA: Ivan Enr ique Sanchez Tru jil lo