SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD OCUPACIONAL CONCEPTOS BÁSICOS
Que sabemos y que no sabemos de salud ocupacional Es preciso conocer los aspectos fundamentales del Programa de Salud Ocupacional para poder asumir la responsabilidad que nos compete como trabajadores en su desarrollo y el cuidado de nuestra salud. Qué sabemos y Qué no Sabemos de la Salud Ocupacional.
1. ¿QUE ES SALUD? Es un estado de bienestar físico, mental y social. No solo en la ausencia de enfermedad.
2. ¿QUE ES TRABAJO? Es toda actividad que el hombre realiza de transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la calidad de vida.
3. ¿AMBIENTE DE TRABAJO? Es el conjunto de condiciones que rodean a la persona y que directa o indirectamente indirectamente influyen en su estado de salud y en su vida laboral.
4. ¿QUE ES EL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL? Conjunto de actividades desarrolladas por el equipo interdisciplinario. interdisciplinario. Que tiene como finalidad conservar la salud de los trabajadores, protegiéndolos de los riesgos laborales.
5. ¿QUE ES SEGURIDAD OCUPACIONAL? Ciencia que busca proteger y mejorar la salud física, mental, social, y espiritual de los trabajadores en sus puestos de trabajo, repercutiendo positivamente en la empresa.
6. ¿QUÉ ES UN SISTEMA DE RIESGOS LABORALES? (SGRL) Un conjunto de entidades públicas y privadas. Normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles, con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. El sistema de riesgos laborales colombiano está reglamentado primordialmente en la Ley 100 de 1993 que lo instituye con el nombre de Sistema General de Riesgos Profesionales, en el decreto-ley 1295 de 1994 que lo define y regula con detalle, la Ley 776 de 2002 y en la Ley 1562 del 11 de julio 2012 que lo actualiza y entre otras cosas le asigna la denominación vigente en sustitución de la original así como redefine o precisa conceptos fundamentales 7. ¿QUÉ ES UN ACCIDENTE? Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o la muerte. Con Ocasión del trabajo = Trabajando”. Por causa es una relación indirecta con
el trabajo y se encuentran todos los hechos extra laborales que generen A.T. (deportivos, culturales o reuniones extra laborales). Además de la definición legal un accidente contempla también pérdidas en materiales, equipos y/o tiempo de operación. 8. ¿QUÉ NO ES ACCIDENTE? No es accidente de trabajo el que se produce durante actividades diferentes (deportivas, culturales, recreativas) para las que fue contratado el trabajador, a menos que actúe por cuenta y en representación de la empresa, tampoco es accidente de trabajo el sufrido durante cualquier tipo de permiso (remunerado, sin remunerar o permiso sindical), tampoco se considera accidente de trabajo un síntoma o reacción que pueda producir una enfermedad de tipo común: desmayos, problemas gástricos, problemas respiratorios, dolores de cabeza, infartos, convulsiones etc. No se cataloga accidente de trabajo cuando se ha terminado o antes de comenzar la jornada laboral y no ha llegado a las instalación es de la empresa o durante los periodos de descanso (Almuerzo). 9. ¿QUÉ ES UN INCIDENTE DE TRABAJO? Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos.
10. ¿QUÉ ES UN RIESGO? Combinación de la probabilidad y la(s) consecuencia(s) de que ocurra un evento peligroso específico.
11. ¿QUÉ ES UN PELIGRO? Es una fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión o enfermedad, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de estos.
12. ¿QUÉ ES ENFERMEDAD PROFESIONAL? Es toda aquella alteración de la salud permanente o temporal, que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o el medio en el que se ha visto obligado a trabajar, y que se haya determinado como profesional por el Gobierno Nacional.
13. ¿QUE SE ENTIENDE POR FACTOR DE RIESGO LABORAL Es aquel agente que se encuentra en nuestro lugar de trabajo que potencialmente puede producirnos daño de la salud.
14. ¿CUÁLES FACTORES DE RIESGO SE PUEDEN PRESENTAR EN LA EMPRESA? Físico: Ruido, vibraciones, iluminación, ventilación, temperaturas extremas, radiaciones ionizantes y no ionizantes, presiones anormales. Pueden producir sordera, fatiga visual, alteraciones musculares o en la piel y enfermedades del sistema sanguíneo.
Químicos: Gases, vapores, humos, líquidos, sólidos y polvo. Pueden producir quemaduras de la piel y los ojos, problemas respiratorios, cáncer e intoxicaciones.
Biológicos: Virus, hongos, bacterias, parásitos, plantas y animales. Mala disposición de basuras o mal suministro de aguas. Puede ocasionar infecciones pulmonares, de la piel y de los ojos y en diferentes partes del cuerpo.
Ergonómicos: Posiciones inadecuadas, diseño inapropiado del puesto de trabajo, manejo inadecuado de cargas. Pueden producir fatiga muscular, dolores de espalda, desviaciones de la columna y hernias. Psicolaborales: Ritmo de trabajo, contenido de la tarea, trabajo repetitivo, sobre carga laboral, estilos de mando, acumulación de vacaciones, exceso de horas extras, la responsabilidad del cargo. Causan fatiga física, mental, estrés y tensión.
De seguridad: Maquinas, equipos y herramientas defectuosas puntos de transmisión de fuerza sin protección, lineas energizadas, cables en mal estado, instalaciones locativas defectuosas, falta da orden y aseo, almacenamiento inapropiado, incendio y explosión, factores impropios de transporte. Puede producir accidente de trabajo.
15. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL? (COPASO) Es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentro de la empresa. Creado por Resolución 2013 de 1986. Decreto 1295 de 1994 art 63. Es para todas las empresas con más de diez trabajadores. El empleador nombrará directamente sus representantes. Los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre. Los miembros serán elegidos para un período de dos años. La representación al Comité Paritario deberá radicarse en el Ministerio de la Protección social. Los representantes tienen 4 horas semanales para realizar las actividades propias del comité. 16. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE EMERGENCIAS Estar preparados para prevenir cualquier riesgo en el medio en que nos encontremos. Estar preparados para afrontar diferentes situaciones de riesgo, sin poner en peligro nuestras vidas, ni la de los demás. Coordinar y participar en las actividades a realizar en beneficio de todos. Ser instrumento de integración tanto para los brigadistas como para los compañeros de trabajo.
Instructor: ANDRÉS SALAZAR ING. INDUSTRIAL