Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas Finalidades del derecho romano: 1- Da el lenguaje técnico del derecho ocupación 2- Da el pensamiento jurídico
ejemplo
de la tradición y el uso y la
Derecho romano: este concepto tiene aparejada una relación entre ley y derecho siendo la ley la fuente principal del derecho. El derecho romano no es un derecho de leyes sino de juristas (aquel que sabe de derecho) no es ni un derecho consetudinario ni es un derecho de leyes sino que es un derecho de juristas ¿Qué es un jurista? Lo que otorga el titulo de jurista es el reconocimiento social. 24-03-11 Jurista es aquel que se le reconoce una sabiduría especial en materia de derecho. Al ser jurisprudencial es un derecho de muy buena categoría ya que quien los esta construyendo dia a dia son las personas que saben a diferencia de hoy en dia que no dictan leyes personas que saben sino personas por medio de una votación. El derecho romano es un derecho de especialistas. Características 1- Derecho jurisprudencial 2- Es un derecho privado Además de un ser un derecho jurisprudencial es un derecho privado y hay dos factores para asegurar esto: a- La materia que regula el derecho romano es privada, es decir lo que buscaban era resolver el conflicto del aprovechamiento dentro del ámbito privado. b- El juez llamado a resolver el conflicto no pertenece al estado, el juez es privado ya que n existe un poder judicial. Cualquiera podía ser juez 3- Es un derecho patrimonial porque prescinde de valores morales, éticos, ellos regulan aquellas acciones que atentan contra el derecho. Es un derecho romano científico y no moralista. Lo bueno de que este derecho no sea moralista es que quita la subjetividad en la resolución de los conflictos. Buenas costumbres este es un termino que empaña al derecho
Jhosmar Carolina Carolina Báez Colmenarez Colmenarez
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Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas Derecho romano: es el conjunto de criterios o principios elaborados por los juristas con el objetivo de ser aplicados por el juez en la resolución de los conflictos derivados del aprovechamiento privado de las cosas. La labor de los juristas no es igual no es igual a la de los filósofos, ya que estos no dan soluciones practicas sino que plantean interrogantes. La filosofía es especulativa el derecho es un ciencia que no especula. Fuentes Del Derecho Romano
Es todo aquello que sirve para conocer estos principios o criterios respecto del aprovechamiento privado de las cosas. Las fuentes pueden ser directas o indirectas: 1- Fuentes directas: aquellas que cuyo destino es ilustrar al juez para la resolución de los conflictos. a- Libros jurisprudenciales: libros escritos por los juristas estos eran escritos de manera casuística, por tanto no están ordenados de manera sistemática, ni definiciones y por tanto tiene una mayor exigencia ya que solo eran casos. b- Instituciones – institutas: eran escritas por profesores de derecho, los cuales entregaban su conocimiento en lugares denominadas academias ubicadas por lo general en provincias. Estos libros eran sistemáticos y fueron utilizados en la época de la decaimiento (siglo IV) c- Códigos – Codex: son colecciones de legislación imperial. 2- Fuentes indirectas: es todo lo que sirva para la resolución de un conflicto pero no están destinada a esto sino que de manera indirecta alimenta al derecho. Historia del derecho romano se desarrolla entre los años 730 A.C (creación de roma) y 530 (fecha en que se promulgo el texto corpus iuris) 29-03-2011 Falte Periodos o épocas romanas 05-04-11 Ley de Las XII Tablas Había un colegio sacerdotal que tenia diferentes atribuciones y el problema se representa es porque este colegio solo era integrado por los patricios y cuando habian conflictos entre patricios y plebeyos siempre se perjudicaba estos últimos. Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
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Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas Los moros mayorum fueron recomendaciones que integraron las XII Tablas. La Ley de las XII tablas es revolucionaria en cuando a su origen ya que supone la publicación de los moros mayorum y en virtud de estos se resolvían los conflictos. Pero con esta ley no se le dieron nuevos derechos a los plebeyos ya que no tiene un contenido revolucionarios sino que era una recopilación de textos. El texto de las XII era muy resumidos por tanto era una ley muy general, el problema con esto es que la aplicación involucraba la interpretación y pone en peligro la seguridad jurídica. Con esta ley los pontificies tienen el control del derecho porque ellos crearon el contenido de las 12 tablas. La ley de las XII tablas es el primer hito que marca la historia ya que se tiene certeza de la fecha de su creación. ¿Qué pasa en roma con esta ley? La lucha entre patricios y plebeyos persisten (solo hasta el siglo 4 se permiten matrimonios entre patricios y plebeyos). La conformación de la república (3670 AC) su base es la división del poder entre patricios y plebeyos. Es el régimen político que se creo para completar a división entre patricios y plebeyos potestates: 1. Potestades de los magistrados, 2. Autoridad de senado, 3. Dignidad del polulus romano esto sustenta este gobierno. La potestad: es el poder socialmente reconocido. En todas las sociedades hay grupos que se les reconoce la facultad de ejercer la fuerza y estos son los magistrados y estos podían ser de distintas por ejemplo politicos (cónsul mando del ejercito). Los consules eran los máximos exponentes de la fuerza y habían uno patricio y uno plebeyo y estos se vetaban entre si. Todas las magistratura tiene características en común: 1. Son honorificas no se le paga –So slo pueden ser magistrados aquellos que se pueden mantener facuilmente 2. Todas las magistraturas son colegiada 3. Todas la magistratdos son temporales El poder tiene que estar en manos de un patricio y un plebeyo. Magistraturas especiales a. El tribuno de la plebe: líder al revueltas plebeyas b. Dictador Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
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No se podía atentar contra el tribuno dee la plebe )
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Este titulo da nuchos efectos 2. magistratura especial:” dictador”. En roma ser dictador es un honor , ya que el
nombramiento del dictador es un nombramiento que hace le senado, ¿cuando? Cuando hay un problema de mayor entidad que la misma existencia de roma esta en juego. La limitación para ejercer este cargo es de 6 meses. El Senado ¿Qué es la autoridad? El que sabe, y la sabiduría tiene dos diferencias con el poder: 1- La sabiduría es sectorial ya que depende del reconocimiento de otro. 2- El poder esta limitado en el tiempo en cambio la sabiduría no porque perdura en el tiempo (autoridad político) ejercen el cargo vitaliciamente, por tanto no hay elecciones periódicas el senado y su requisito es ser ex magistrados, electos por lo comicios. Aproximadamente iniciaron con 100 senadores (todos hombres). ¿Cómo funciona esta relacion? Los magistrados en teoría ejercen su poder sin poder ni autorización de nadie. ¿Cómo actuan? senados consultos el senado responde a modo de consejo y siempre le hacían caso aunque no era obligatorio La dignidad del populus romano es la limitante que tiene el poder. Son los ciudadanos son los ciudadanos romanos no por ciudadanas. Los ciudadanos formanban los comisión (su posición era igual al que formaban en las batallas ) ¿Quiénes son ciudadnos romanos?, los que nacieron dentro de una familia romana sin importar donde nació. Característico de los ciudadanos romanos, a utilización del nombre romano; nombra a la persona por el ultimo nombre y a traves de este se demuestra que se es ciudadanos era el nombre. 07-04-11 Senado Funciones: asesorar jurídicamente. Distintos de los ciudadanos son los extranjeros, en roma hay 3 categorias de extranjeros distintos: 1. Latinos: son los mas parecidos al ciudadano romano idioma, creencia religiosas. Los latinos desapareció a mediados del siglo I AC, ya que a estos se Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas les otorgo la ciudadanía romana. Este grupo de extranjeros en la época imperial ya no existen ya que son parte del pueblo romano. 2. Peregrinos: son importantes en la historia de romana, pero no para darles la ciudadanía sino que son importante porque con ellos se transaban bienes, había un trafico comercial muy intenso sobre todo despues de la segunda guerra púnica, y luego de esta roma pasa a ser la primera potencia. Los peregrinos no tiene idioma común ni las mismas creencias religiosas. No por ser extranjeros están sumergidos en la pobreza, ya que algunos eran muy ricos. La concesión de la ciudadanía a los peregrinos es muy poco frecuente, por tanto muy pocos llegaron a tener la calidad de ciudadano al llegar la época imperial; en el año 212 DC el emperador antonino caracalla otorgo unas constituciones imperiales (el edicto de caracalla) mediante las cuales les otorgo a todos los habitantes libres la ciudadanía. Su importancia es tan importante se crea una magistratura especial (pretor peregrino) para regular los conflictos. 3. Los barbaros: estos para los romanos son personas absolutamente ajenas a la cultura romana, “casi como si fuera una animal”. Los romanos querían
eliminarlos porque ocupaban territorio que eran de interés de roma. (los barbaros sacrificaban personas niños) bahal. En un principio los barbaros solo servían para matarlos, luego sirvieron de esclavos (para venderlos) dando asi paso al surgimiento de la esclavitud en roma; es esclavo el hijo de una esclava y el prisionera de guerra. Para al esclavitud hay dos salida – la muerte, y – la manumisión. En la época republicana la gran diferencia es entre extranjeros y ciudadanos (patricios y plebeyos.) El IUS solo se aplica a los ciudadanos, el derecho romano es un privilegio al que solo pueden acceder los ciudadanos. Los romanos tienen dos regímenes jurídicos paralelos: 1. El ius civile: se fundamenta en la actividad de los juristas (jurisprudencias). 2. Ius pretorio: su fundamento es la voluntad o potestad del magistrado (pretor). Su origen: todos los magistrados tienen la facultad de dictar edictos. El edicto de los magistrados contiene una especie de programa de gobierno donde desarrollaba lo que quería realizar en su año de magistratura. * el edicto del pretor es muy relevante ya que su edicto no tiene medidas político militar, sino que tiene una serie de recursos procesales (Embargos, interdictos,) que se ofrecen a personas que se encuentran en las mismas posiciones que el edicto. No es un régimen jurídico obligatorio sino que había que solicitarlo. Los pretores se asesoraba con un grupo de juristas, los cuales tenían el nombre de consilum de magistrado. Los edictos duran un año al igual qu la magistratura. El consilium no es un órgano oficial, el pretor les pagaba y los elegía. Hubo una evolución importante en esta materia (mediados del siglo pimero ac) el edicto Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
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Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas del pretor ya no era una novedad sino que se mantenía lo del edicto anterior . el emperador le pidio a salvio juliao que redactara un edict que no se iba a modificar (edicto perpetuo.300 años mas tarde al edicto perpetuo s ele dio la categoría de libro jurisprudencial, ya que nadie sabia había mandado a redactar sino quien lo redactar. Este edicto no llego nuestras manos sino reconstrucciones pero estas necesitan revisión. Problema con los extranjeros ¿Qué los regula? los negocios entre ellos y de ellos con romanos quedan sujetos a la fides (lealtad a la palabra dada el compromiso, a la palabra dada), las sancioens al incumplimiento era netamente social. La incorporación de ciertas instituciones de la fides al ius gentium fue tratando de regular estas relaciones. Características del ius gentium: Es un derecho menos exigente, donde no se exige el cumplimiento de solemnidades y estas instituciones fueron trasladándose al derecho civil romano. El ius civile: esta compuesto por a- Ius civile extricto b- Ius gentium Derecho pretorio. A los extranjeros los combiertieron en romanos ficticiamente solo para determinados juicios 12-04-11 El ius civile es exclusivo de los ciudadanos y para que se pueda aplicar este hay que serlo. El derecho pretorio es un edicto aplicable y dirigido a los habitantes de roma. ¿Qué pasa con los extranjeros y particularmente con los latinos? (esto tiene importancia después de la segunda guerra púnica ya que el comercio se acrecienta entre los romanos y los latinos) La primera respuesta seria el derecho romano PERO es solo aplicable a los ciudadanos Segunda respuesta seria el derecho extranjero PERO es indigno para los romanos Como respuesta tenemos una institución denominada “pretor peregrino”. La creación
de esta magistratura especial se da para regular las relaciones que surgen debido al comercio de los romanos con los extranjeros. Antes de esta institución lo que regulaba las relaciones era la fides (lealtad a la palabra dada), pero; ¿Qué pasa si no se cumplia Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
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Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas con la con la con la obligación? Solo había sanción social. Estas instituciones fueron recogidas por el IUS GENTIUM. Los contratos consensuales son generados por la fides. ¿Cómo este derecho IUS GENTIUM afecto el derecho vigente? La aplicación de este derecho es mas relajado, ya que no tienen el mismo idioma ni las mismas creencias. El derecho romano es un derecho romano es un derecho pensado para un mismo titpo de personas, con las mismas creencias, clases sociales, es decir, aquellos que tenían factores comunes. Las instituciones que nacen en la fides y que las recoge el ius gentium son mucho mas relajadas. Y por tanto los romanos al ver lo relajadas de estas las fueron desplazando a su propio derecho Derecho romano en la época clásica 1. ius civile a. ius Quiritium + b. ius gentium 2. ius pretorium
esto es lo que se aplica a los extranjeros mediante un ficción de ciudadania * ya sea real o fingido el derecho romano solo se aplica a los romanos
¿Qué pasa con los juristas? Ya que el derecho romano es un derecho jurisprudencial. Hacia los inicios del siglo segundo AC, los pontifices ya no tienen nada que ver con el derecho, los nuevos juristas con laicos y los pontifices son solo un recuerdo. Los juristas laicos se desarrollaban en tres ámbitos: 1. Creación de instituciones jurídicas, 2. Labor de enseñanza (formaban a los nuevos juristas que luego forman escuelas que no son mas que seguidores), 3. Labor de asesoramiento que podía ser a personas privadas como a los magistrados. ¿Qué pasa en roma mientras surgen estos procesos? Roma entra en crisis política republicana debido a un vacio de poder, lo que genera un principado.
Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
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Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas Esta crisis se trata de solucionar por los triumbitatos, las guerras civiles (estas duraron al menos 100 años) hasta que finalmente con julio cesar el cual era parte de una familia patricia y ejerció un consulado con Pompeyo y este se casa con una hija de julio cesar la cual murió. Julio cesar tienen la autorización del senado para ir a destruir a los galos (francia). Julio cesar junto con marco Antonio el general de batalla fueron al encuentro el cual ganaron y pronuncio: VIDE, VINE, VINCERE. Julio cesar pensaba: que para hacerse o apoderarse de toda roma y tener su control, asi que repartió a los plebeyos parte del botin que obtuvo de la batalla, asi que los plebeyos votaron por el concediéndole el tribuno de la plebe pero vitalicio. Luego julio cesar fue asesinado, y los territorios fueron divididos. Octavio vence a marco Antonio y a cleopatra los cuales eran enemigos de roma y con esto se terminan las guerras civiles en roma. Octavio vuelve a roma como un general victorioso, da cuenta al senado de su batalla, y después el dice que se quiere retirar pero el senado no lo deja y el se queda bajo ciertas condiciones que se traducen en ciertos títulos, en los cuales le dan poder y autoridad, (quería ser pontífice máximo, también príncipe senato, y se hace designar el padre de la patria ve a los romanos como sus hijos y no sus súbditos, también se hace nombrar proponcio tiene mando del ejercito). Lo que hace Octavio funda un mismo régimen político bajo la apariencia de mantener las instituciones republicanas. El derecho siguió siendo el mismo, pero cuando Octavio instala el principado se comienza a notar una tendencia hacia la monopolización de las fuentes del derecho en manos del emperador; Falta clase del 14 / 04 Pasaron los juristas, las institutas de gayo, las dos escuelas, (la proyuleyana…) 19-04-11 Repaso de la clase pasada: las instituciones de gayo, la enseñanza del derecho que difería de los juristas. Los profesores de derecho están en las academias enseñando muy básica a diferencia de los juristas que era una especie de científicos en el tema. Concilio: grupo de juristas que asesoran Octavio, augusto: tiene su propio concilio, y ya que tenia poderes diferentes quería que su concilio fuera de su misma categoría, y le consedio a los miembros de su concilio (honor) les da el nombramiento de “ius publice responderi” y este lo tenían los miembros del concilio del príncipe, y los que gozan de este honor son juristas que gozan de una particularidad que consiste en que responden preguntas no solo del Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
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Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas príncipe sino de personas particulares de problemas de derecho, y cada vez que otorgan esa respuestas estas tiene una carga de autoridad o peso. A la atoridad de los juristas miembros del concilium al dar una respuesta tenían la carga que les da su honor y se suma la autoridad del p ríncipe. “ius publice responderi” es un poder extraño ya que da cierta firmeza a diferencia de los otros que no gozan “ius publice responderi” aunque no siempre las opiniones de estos que gozaban del “ius publice responderi” eran acogidas en los juicios, esto porque la autoridad no se impone ante el juez. “ius publice responderi” no tenían tanto valor como se pudo pensar; sin
embargo tiene una gran importancia: es el primer paso hacia la monopolización de las fuentes del derecho en manos del emperador, y esto se logra en el año 426 DC. Los juristas de la época clásica, tiene labores de enseñanza y asesoramiento. La actividad científica en la época clásica es muy intensa, pro empieza a declinar de manera muy fuerte a mediados del siglo II dC, siendo menos frecuente la aparición de nuevos juristas, y solo se limitan a reproducir lo que decían los antiguos juristas. Con el termino de la época clásica (230 DC) se cierra con: paulo, ulpiano papiniano. El emperador se le ocurre reorganizar burocráticamente el imperio y crea unas oficinas que reciben el nombre de cancillerías imperiales (económicas, administrativos, etc) pero había una cancillería (libelis) en especial que llamo la atención de los juristas, y que consistía en que los particulares podían hacer preguntas y el respondia a través de los rescriptias imperiales y las contestan los asesores jurídicos y el las suscribe (el emperador) los juristas pasaron a ser parte de la burocracia ya que ellos daban las respuestas a los particulares, importancia de esto: el juristas empiezan a interesar por otros temas que antes no le importan (años 250-300 dc) los temas que les importaban eran de derecho publico, de esta forma se amplia el IUS. La diferencia entre derecho publico y privado en el derecho postclásico el derecho privado es entre particulares y el derecho publico interviene una institución del imperio. Importancia de esta época: se separa el imperio, es decir hay dos imperios uno de oriente y otro de occidente (capital en roma y con capital en vizancio). El imperio de occidente sobrevive hasta el 400 dC. ¿Cómo se desarrolla el derecho en ambas partes? Derecho postclásico del derecho occidental: -
Los juristas pasan a ser burócratas. Decae el estudio científico del derecho. Decae la cultura europea. Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
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Los juristas se refugian en dos grandes centros: 10 1. en las cancillerías 2. en las bibliotecas: gran parte de la labor de juristas se da en mantener los libros de la época clásica Este proceso tiene una importancia es que hacia el silo IV DC se produce una revolución editorial; la forma de los libros cambian, pasaron de lo que ellos llamaron volumen a ser códigos. El volumen es el rollito (papiro) y el código es lo que vemos hoy en dia (esto se da por la gesticulación en juicio). El problema es que en este proceso de traspasar de volumen a código es que resumían la información además que hubo una crisis de autenticidad ya que los que traspasaban información daban nueva información y se la atribuían a grandes autores. Y por esto se creo la ley de citas. 26-04-2011
Era una ley que regula los autores que pueden ser citados en juicio. Ley de citas 426 dC: la situación en ese entonces era caótico desde cualquier punto de vista incluyendo el jurídico ya que la decadencia del estudio científico del derecho. La mayoría del imperio esta gobernado por los barbaros y el emperador pierde el dominio de su territorio. El proceso de CRISIS DE AUTENTICIDAD: se refleja en el hecho de que en roma (año 400 DC) comienza a aparecer una serie de libros cuya autoría era bastante dudosa, son libros de baja calidad y poco nivel. Se produce otro fenómeno denominado fiebre editorial que consistía en cambiar todos los documentos a código. Para solucionar este problema de inseguridad jurídica, intervino el emperador para hacer una ley denominada ley de citas, la que consistía en limitar a quienes se podían citar en juicio. ¿Qué dice la ley de citas? Señala nombres de juristas que pueden ser citados en juicio (Gayo, Ulpiano, Papiniano, Modestino, Paulo) (según la doctrina serian solo estos autores pero no resuelve el problema). Lo que realmente decía la ley de citas es que se podía citar estos autores pero de libros determinados, y se refería a los libros mas conocidos y reconocidos y no a cualquiera. (de Gayo eran las instituciones, Ulpiano fue epitome, Papiniano fueron las definiciones, modestino es desconocido, y de Paulo el libro de las sentencias). Entre los libros permitidos y sus autores ninguno pertenece a la época clásica y no eran de los mejores. Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas Entre los libros, tenemos que las Instituciones tenían un fin distinto a instruir ala juez 11 ya que solo fue escrito como introducción al derecho. El epitome (resumen) de Ulpiano, por ser un resumen y por no ser escrito por ulpiano ya que se han de mencionar emperadores de 150 años después de su escritura. Las definiciones Papiniano tiene dudosa procedencia ya que los juristas no definen Las sentencias de paulo, fue un libro escrito para su hijo por tanto no debería ser usado en juicio. En conclusión el nivel cultural en roma incluyendo a los jueces por tanto el nivel era precario en la parte occidental. Hay otro impacto mas profundo de la ley de citas: Hasta época la actividad de los juristas es la fuente del derecho, PERO desde la dictación de esta ley las fuentes del derecho ya no lo son, es decir la actividad jurisprudencial ya no es fuente del derecho, por tanto las fuentes del derecho se fundamentan en la potestad del emperador incluyendo las obras de juristas y profesores de derecho. La ley de citas marca el punto de quiebre necesario para la modificación de todo el derecho, y que no hoy no es novedad ya que desde ese entonces el origen de las leyes emanan del poder publico pero lo cual no le agrega excelencia a estas ya que no necesariamente son dictadas por estudiosos del derecho. La ley de citas es el ultimo de acto en común de los emperadores de oriente y occidente (firmada en ravena) El prefecto del petorio era el que mandaba realmente en el imperio, este era el consejero del emperador. Los reinos barbaros: el derecho que les rige a estos barbaros era el derecho romano vulgar, esto rige en la época final de la época postclásica de la parte occidental de roma. ¿Qué es el derecho romano vulgar? Es un derecho romano que ha perdido la esencia del derecho clásico y esa esencia ha sido remplazada por los USOS jurídicos de los pueblos barbaros. Es una especie de mezcla entre el derecho romano clásico y las cancillerías y la realidad diaria. Estos USOS incorporados al derecho romano se llama CONSUETUDO. Es una mezcla entre del derecho romano, la consuetudo y la clasisista.
Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas Alarico rey de los visigodos, hizo una recopilación de derecho romano vulgar, denominada “LEX ROMANA VISIGOTHORUM”, hasta el siglo XI era lo que se estudiaba 12 y se entendía como derecho romano en la parte occidental de Europa. ¿Por qué hasta el siglo XI? Porque su cultura hasta este entonces se refugiaba en los monasterios, en ese siglo surge en Europa occidental surgen las universidades (Italia y Francia) El orden vuelve a Europa con carlo magno que retoman la idea el imperio y reorganizan europa. IMPERIO DE ORIENTE
La situación es distinta al occidente. No se habla latin, sino en griego, su capital es Constantinopla y hoy se llama Estambul. El poder político, el orden, la cultura se mantiene durante toda su historia.
Poder político: mediante el ejercito, el emperador no solo mandaba sino que imponía y lo obedecían.
Se encuentran buenos juristas y bibliotecas, orden político, judicial y jurídico, un emperador con ejercito y mantiene el orden. Hacia el año 530 dc gobierna Justiniano el grande, el cual tiene una idea “lo que corresponde hacer es unificar a los dos imperio” pero fracasa en la unificación político
militar, la unificación religiosa tampoco la logra (hasta nuestros días no hay esa unificación), pero lo que el quería era a todo el imperio bajo el mismo derecho y para esto manda redactar el CORPUS IURIS DE JUSTINIANO, este era el derecho romano vigente hacia el siglo VI dc, en la parte oriental del imperio. Hay un punto de contacto entre ese corpus iuris y la lex romana vigisothorum. EL CORPUS IRURIS:
Esta compuesto: 1. 2. 3. 4.
Instituciones Código Digesto Novelas
LAS INTITUCIONES (inst) Son sencillas, (parecidas a las instituciones de gayo) fueron la mayoría de las veces una copia de las instituciones de gayo Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas CODIGO (C) Son recopilaciones de leyes ordenadas por materias y año (de la mas antigua a las mas reciente) NOVELAS (NOV) Significan las nuevas leyes dictadas después de la entrada en vigencia del código DIGESTO (D) Es una colección de fragmentos de obras jurisprudenciales. Este se va formando como un mecanismo de cortar y pegar, es decir, cada párrafo pertenecía a obras distintas, y se colocaba el autor y el libro de donde se sacaban; pero ¿el contenido del digesto era exacto al escrito real? La veracidad no se puede descartar a priori; tenemos que es probable que las interpolaciones y los glosemos alteran el contenido de los textos. Las interpolaciones tenían como intención actualizar el texto del jurista pero la opinión del jurista queda desfasado en el tiempo y por eso se busca actualizar. “modificación intencional hecha en el fragmento con la finalidad de actualizar su contenido” esto lo hizo los redactores del
digesto y esto se sabe porque el emperador lo manifiesta en sus textos. Los glosemas son alteraciones al libro que sirvió de base para el digesto. Son adiciones que hacen autores anónimos (anotaciones) que alteran el contenido real de los textos. Considerando las interpolaciones y los glosemas surgen dudas acerca del contenido que se coloco en el digesto y el interés de diferenciar el contenido real de estas alteraciones para saber cual era el verdadero derecho clásico. ¿Cómo se ven las alteraciones? Hay que conocer del derecho, de la filosofía, filología, conocer a los juristas. Método para determinar cuales son las interpolaciones y los glosemas pero solo nos lleva a conjeturas. Este método fue creado por un italiano “BONFANTE” pero quien le dio el toque científico fue ALBERTARIO
consolidando el método, pero quien lo valida es Alvaro D`ORS. Método histórico critico: considera la historia, el leguaje, el derecho Luego de determinar las alteraciones hay que buscar el genuino sentido del texto. Con la promulgación del corpus iuris en el oriente, se cierra la evolución e historia del derecho romano (530). Para nuestro estudio llega hasta el 530 Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
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Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas Pero que pasa en occidente después del 530 (en oriente todo sigue igual) Occidente en la edad media: depende de que época dentro de esta. Hasta el siglo X la cultura se refugia en la iglesia, no hay universidades. En el siglo XI surgen las universidades las mas importantes no surgen en las ciudades mas importantes. ¿Cómo surgen las universidades, quien las funda? La iglesia (autorización papal) o por autorización del rey. En la universidad de bolonia del siglo XI un profesor llamado IRNERIO redescubrió el corpus iuris generalizando asi el derecho romano en todos lados y se empieza a tomar como derecho vigente adecuándolo a los días que se vivian, esto genera el derecho común (es derecho romano actualizado) pero esta fundamentado en el corpus iuris y esta vigente en europa hasta que surge el proceso de codificación (1700 y su pick 1805 CCF) y deja de ser vigente el derecho común y romano; en Alemania fue el lugar donde mas rigio el derecho romano (1899). En europa los une el derecho romano ya que la jurisprudencia sigue siendo vinculante en la unión europea a la luz del derecho romano. ACCIONES El derecho romano es un derecho de acciones, con esto quiere decir que se basa en la manera en como se resolvían los conflictos.
Inicialmente se daba la ley del talion, o autotutela, luego Se entrega el conflicto a un tercero imparcial que se denomina juez y que tiene distintos criterios para determinar no quien es el mas fuerte sino quien tiene la razón. La característica que radica en exigencia que se le pide al juez es la imparcialidad, y además se le exige que resuelva el conflicto, es decir, que dicte sentencia. ¿Cómo llega al convencimiento el juez? A través de las pruebas. El procedimiento no es mas que un rito.
En roma se divide la historia en 3 etapas y cada una esta caracterizada por usar un procedimeinto distinto -
En la época pre clásica el procedimiento : procedimiento de la ley (estudiar por mi cuenta) Época clásica : procedimiento formulario Época postclásica : conocimiento extraordinario (estudiar por mi cuenta) PROCEDIMIENTO FORMULARIO
Tiene este nombre porque lo central en este procedimiento es un documento denominado formula.
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Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas Formula: es
un documento que se encuentra dividido en dos partes (las cuales son esenciales), la primera de sus partes se describe y resume en que consiste el litigio y 15 en la segunda de sus partes hay una orden dirigida al juez para que condene o absuelva al demandado.
Cada acción tiene un formula.
Las formulas son una matriz básica que se adecua a cada situación que se presenta. Diseño de la formula Modelo de Accio condictio (deudas) Sea ticio juez. Si resuelta que cayo debe dar 10.00 a marco
intentio
Condena juez a cayo a favor de marco por 10.000
Condemnatio
Si no resulta, absuelve.
La intentio busca resumir el juicio Concemnatio o se condena o se absuelve
El juez es libre, pero solo para condenar o absolver, pero no se puede condenar y absolver a medias. A esta formula se le pueden ir agregando otras clausulas, siempre que la formula le permita irse adecuando al litigio. Contenido de la formula: 1.
Condemnatio: a.
La condemnatio es siempre en dinero, es decir la condena siempre será en dinero. Pero ¿Qué pasa si lo que yo demando no es dinero? No se condenara en especie sino en dinero, sin importar el valor del comercio de la especie sino el valor que ponga la demandante pero d eno poder pagar en $ se exige restituir la cosa. Martes falte Jueves suspendió
Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas 12-05-11 Lectura de los textos clase -
Italo mérelo
¿Quiere decir con su texto? Enfrenta el tema del pretor desde la prespectiva de alvaro dors
Influencia de los juristas en la labor del pretor: el pretor esta siguiendo una labor política militar, sin embargo por llegar a esta magistratura tiene que dar un edicto y este es de contenido jurídico. Italo dice que la labor del jurista no debe entenderse desde su autoridad sino desde el edicto del pretor. Plantea (acerca del origen del derecho romano) a partir d elas 12 tablas el conocimiento del derecho es mas firme (recopilación de derecho vigente antes del siglo 5 ac= L12t) y esta ley dio el mismo derecho pero codificado y mil años termina de la misma manera en el siglo 6to (corpus iuris). tenciones y discrepancia entre jurisprudentepretor. Pareciera que el ius civile y el ius pretorio son antagonicos pero estos son creados por las mismas juristas, lo que marca la diferencia es “poder” de quien lo hace.
El derecho romano lo hacen los expertos derecho científico.
autoridad
del juez. Es un
“no es un derecho perfecto pero es un derecho completo”
En el caso del derecho romano (eminentemente judicial) la base no es evitar el conflicto sino resolverlo. Sentencia es la opinión que el juez tiene acerca de ese caso en concreto por tanto hay una similitud entre un responsa y una sentencia (son opiniones) pero el responsa del jurista no se ejecuta coercitivamente pero la sentencia del juez si. Iudicium al pretor no se le hacen preguntas jurídicas al juez si El pretor: en la ficción hay un razonamiento detrás (el pretor ordena) la lógica es seguir la orden de la autoridad La etapa de desarrollo de la sociedad: ley del talión y después se le entrega la decisión a un tercero (es una pelea reglamentada). Cuando el estado toma una facultad de privar de libertad o toma una determinada decisión es una “Venganza” (evita la ley del talión). Pero
que es lo que se evita con estas decisiones: venganza y reparación del daño. Jhosmar Carolina Báez Colmenarez
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Derecho Romano Fuentes y Acciones – Juan David Terrazas
Relación jurisprudente pretor: politización – ruptura: el jurista contesta lo que el pretor quiere escuchar y no la verdad. condicionar la 17 respuesta no de la autoridad sino del poder
Jhosmar Carolina Báez Colmenarez