Derecho de Vía o Faja de Dominio
Es la faja de terreno destinada a la construcción, mantenimiento, futuras ampliaciones de la Vía si la demanda de tránsito así lo exige, servicios de seguridad, servicios auxiliares y desarrollo paisajístico. En las carreteras ejerce dominio sobre el derecho de Vía, el MTC a través de la Dirección General de Caminos quien normará, regulará y autorizará el uso debido del mismo. 303.01 ANCHO DE LA FAJA DE DOMINIO 303.01.01 Ancho Normal
La faja de dominio o derecho de Vía, dentro de la que se encuentra la carretera y sus obras complementarias, se extenderá más allá del borde de los cortes, del pie de los terraplenes, o del borde más alejado de las obras de drenaje que eventualmente se construyen, según la Tabla 303.01.
La faja de dominio, dentro de la que se encuentra la carretera y sus obrascomplementarias, se extenderá más allá del borde de los cortes, Del pie delos terraplenes, o del borde más alejado de las obras de drenaje queeventualmente se construyen.Este ancho será el recomendado en la tabla 3 0 3. 0 3 del Reglamento deDiseño Geométrico DG ± 2008 Para la carretera de tercera clase: 2 0m (ancho mínimo deseable)
TABLA 303.01 HOLGURA MÍNIMA DESEABLE ENTRE LÍMITES DE OBRA Y DE DERECHO DE VÍA (m) Categoría
Límites de obra determinados por:
Otra Obra (*)
Autopistas o Multicarriles
6,00 (**)
Carretera de dos carriles (1ra. y 2da. clase) Carretera dos carriles (3ra. clase)
3,00 (**) 1,00
(*) Excepto obras de contención de tierras. (**) Si existe camino lateral y esta obra discurre por el exterior de él (caso de las reposiciones de servicios) estos anchos pueden ser nulos. Además se presenta normas generales, para los bordes libres entre el cuerpo principal de la obra y elementos externos en la Tabla 303.02. En muchos casos estos límites no podrán aplicarse cabalmente, para estos casos los límites serán los que resulten de la situación legal que se genere y las negociaciones específicas a fin de evitar expropiaciones excesivas.
TABLA 303.02 DISTANCIAS MÍNIMAS ENTRE PIE DE TALUDES O DE OBRAS DE CONTENCIÓN Y UN ELEMENTO EXTERIOR Tipo de Obra
Distancia hasta el pie
Camino de Servicio
Otras Obras
5,00
2,00
303.01.02 Ancho Mínimo
Serán los recomendados en la Tabla 303.03 TABLA 303.03 ANCHO MÍNIMO DE FAJA DE DOMINIO Mínimo Deseable (m)
Mínimo Absoluto (m)
Autopistas Multicarriles o Duales
50 30
30 24
Dos Carriles (1ra. y 2da. Clase)
24
20
Dos Carriles (3ra. Clase)
20
15
Tipo de Carretera
Por Resolución Ministerial el MTC, especificará el ancho
del derecho de Vía para cada carretera. Cuando el ancho de la faja de dominio compromete inmuebles de propiedad de particulares, compete al MTC realizar las acciones necesarias para resolver la situación legal que se genere. Para ejecutar cualquier tipo de obras y/o instalaciones fijas o provisionales, cambiar el uso a destino de las mismas, plantar o talar árboles, en el derecho de Vía, se requerirá la previa autorización de la Dirección General de Caminos del MTC, sin perjuicio de otras competencias concurrentes. 303.01.03 Previsión para tránsito de ganado
En las zonas de frecuente tránsito de ganado, donde no es posible desviarlo por caminos de herradura, deberá ampliarse la faja de dominio en un ancho suficiente para alojar ese tránsito en caminos cercados. 303.02 ZONA DE PROPIEDAD RESTRINGIDA
A cada lado del Derecho de Vía habrá una faja de Propiedad Restringida. La restricción se refiere a la prohibición de ejecutar construcciones permanentes que afecten la seguridad o visibilidad, y que dificulten ensanches futuros. El ancho de esa zona se muestra en la Tabla 303.04. Esta restricción deberá ser compensada mediante negociaciones específicas. TABLA 303.04 ZONA DE PROPIEDAD RESTRINGIDA A CADA LADO DEL DERECHO DE VÍA Clasificación
Zona de Propiedad Restringida (m)
Autopistas
35
Multicarril o Duales Dos Carriles (1ra. y 2da. clase)
25
Dos Carriles (3ra. clase)
10
15
Clasificación de caminos Son variadas las características que se atienden *Por su función principal: + caminos que dan servicio a poblaciones + caminos que dan servicio a zonas de cultivo, agrícolas + caminos que dan servicio a zonas de bosque, forestales *Por sus características geométricas + Caminos principales, o de primer orden: aquellos que forman un eje principal de transporte, dentro de la zona, y unen poblaciones, o desembocan en carreteras. + Caminos secundarios o de 2º orden: desembocan en los de primer orden + Caminos terminales o de 3º orden: dan acceso a fincas. *Por su uso + Vías forestales: de saca, de protección contra incendios y de recreo + Vías agrarias o agrícolas: en zonas regables, en zonas de secano y vías de recreo Las vías forestales tienen menor utilización. *Por el número de carriles + Vías de 2 carriles o de doble circulación: permiten la circulación simultánea de 2 vehículo, en sentido contrario. + Vías de 1 carril: no pueden circular 2 vehículos, simultáneamente, en sentido contrario. Cada cierto espacio se hace un sobre ancho (apartadero) para que pueda pararse un vehículo y que pase el otro. **Designación de caminos Se usa una denominación radial y se parte de la población principal. Los caminos de primer
orden se denominan con una letra mayúscula, en sentido de las agujas del reloj, empezando por uno que vaya de sur a norte. Para los caminos de 2º orden se usa una cifra con la letra del camino principal. Los caminos que salen a la izquierda llevan un número impar y los de la derecha usan números pares. Con los del tercer orden se usa lo mismo. CAMINOS Y CARRETERAS. Algunos acostumbran denominar CAMINOS a las vías rurales, mientras que el nombre de CARRETERAS se lo aplican a los caminos de características modernas destinadas al movimiento de un gran número de vehículos. La carretera se puede definir como la adaptación de una faja sobre la superficie terrestre que llene las condiciones de ancho, alineamiento y pendiente para permitir el rodamiento adecuado de los vehículos para los cuales ha sido acondicionada. CLASIFICACION DE LAS CARRETERAS Las carreteras se han clasificado de diferentes maneras en diferentes lugares del mundo, ya sea con arreglo al fin que con ellas se persigue o por su transitabilidad. En la práctica vial mexicana se pueden distinguir varias clasificaciones dadas en otros países. Ellas son: clasificación por transitabilidad, Clasificación por su aspecto administrativo y clasificación técnica oficial. CLASIFICACION POR SU TRANSITABILIDAD.- la clasificación por su transitabilidad corresponde a las etapas de construcción de las carreteras y se divide en: 1. Terracerías: cuando se ha construido una sección de proyecto hasta su nivel de subrasante transitable en tiempo de secas. 2. Revestida: cuando sobre la subrasante se ha colocado ya una o varias capas de material granular y es transitable en todo tiempo. 3. Pavimentada: cuando sobre la subrasante se ha construido ya totalmente el
pavimento. La clasificación anterior es casi universalmente usada en cartografía y se presenta así: CLASIFICACION ADMINISTRATIVA.- por el aspecto administrativo las carreteras se clasifican en: 1. Federales: cuando son costeadas íntegramente por la federación y se encuentran por lo tanto a su cargo. 2. Estatales: cuando son construidos por el sistema de cooperación a razón del 50% aportados por el estado donde se construye y el 50% por la federación. Estos caminos quedan a cargo de las antes llamadas juntas locales de caminos. 3. Vecinales o rurales: cuando son construidos por la cooperación de los vecinos beneficiados pagando estos un tercio de su valor, otro tercio lo aporta la federación y el tercio restante el estado. Su construcción y conservación se hace por intermedio de las antes llamadas juntas locales de caminos y ahora sistema de caminos. 4. De cuota: las cuales quedan algunas a cargo de la dependencia oficial descentralizada denominada Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios y Conexos y otras como las autopistas o carreteras concesionadas a la iniciativa privada por tiempo determinado, siendo la inversión recuperable a través de cuotas de paso. CLASIFICACION TÉCNICA OFICIAL.- esta clasificación permite distinguir en forma precisa la categoría física del camino, ya que toma en cuenta los volúmenes de transito sobre el camino al final del periodo económico del mismo (20 años) y las especificaciones geométricas aplicadas. En México la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (S.C.T.) clasifica técnicamente a las carreteras de la manera siguiente: a. Tipo especial: para transito promedio diario anual superior a 3,000 vehículos, equivalente a un transito horario máximo anual de 360
vehículos o más (o sea un 12% de T.P.D.) estos caminos requieren de un estudio especial, pudiendo tener corona de dos o de cuatro carriles en un solo cuerpo, designándoles A2 y A4, respectivamente, o empleando cuatro carriles en dos cuerpos diferentes designándoseles como A4, S. Tipo A: para un transito promedio diario anual de 1,500 a 3,000 equivalente a un transito horario máximo anual de 180 a 360 vehículos (12% del T.P.D.). Tipo B: para un transito promedio diario anual de 500 a 1,500 vehículos, equivalente a un transito horario máximo anual de 60 a 180 vehículos (12% de T.P.D.) Tipo C: para un transito promedio diario anual de 50 a 500 vehículos, equivalente a un transito horario máximo anual de 6 a 60 vehículos (12% del T.P.D.) En la clasificación técnica anterior, que ha sufrido algunas modificaciones en su implantación, se ha considerado un 50% de vehículos pesados igual a tres toneladas por eje. El número de vehículos es total en ambas direcciones y sin considerar ninguna transformación de vehículos comerciales a vehículos ligeros. (En México, en virtud a la composición promedio del transito en las carreteras nacionales, que arroja un 50% de vehículos comerciales, de los cuales un 15% esta constituido por remolques, se ha considerado conveniente que los factores de transformación de los vehículos comerciales a vehículos ligeros en caminos de dos carriles, sea de dos para terreno plano, de cuatro en lomeríos y de seis en terrenos montañosos. http://es.scribd.com/doc/60194708/elementos-ycriterios-del-diseno-geometrico-y-vial-4toTRABAJO-CAMINOS-I