SEÑOR JUEZ SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA
SANDRA PATRICIA ESTRADA ROSALES , de veinticinco años de edad, Casada, estudiante, guatemalteca, de este domicilio. Actúo bajo la dirección y procuración del abogado y notario KERIN
FRANCISCO SARAVIA GONZALEZ , y señalo como lugar para recibir notificaciones y citaciones la oficina profesional del abogado ubicada en la 10ª, Avenida A 26-34, Colonia Bethania zona 7. En el ejercicio constitucional de defensa, comparezco por este m edio, antes de realizar la contestación de
PREVIA DE DEMANDA DEFECTUOSA , para lo cual me la demanda, a interponer la EXCEPCION PREVIA baso en los siguientes;
HECHOS: ANTECEDENTES: El día veinte de Septiembre del año en curso, fui notificada de la demanda planteada en la vía ordinaria por PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS por parte de la señora
JOSELYN DAYANE ZUÑIGA HERNANDEZ , quien comparece por sí y por derecho propio. Resulta señor Juez que dicha demanda es improcedente por defecto en los requisitos que exige la ley ya que carece de dos de estos requisitos esenciales debido a que la señora JOSELYN
DAYANE ZUÑIGA HERNANDEZ, no consigno su nombre completo dentro de dicho escrito inicial así como la falta de el Fundamento de Derecho en el cual apoya su petición, debido a estas inobservancias esenciales en todo escrito inicial respetuosamente comparezco ante usted a interponer EXCEPCION PREVIA DE DEMANDA DEFECTUOSA .
MEDIOS DE PRUEBA: Fotocopia de la demanda solicitando pago de Daños y perjuicios no. 2013-2450 con la cual fui notificada y que presenta los defectos previamente consignados.
FUNDAMENTO DE DERECHO: El artículo 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala los habitantes de la República tienen derecho de dirigir individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley, así como el artículo 116 del Decreto Ley 107, Código Procesal Civil y Mercantil, estipula que el demandado puede plantear las siguientes excepciones: “{...} 3 º. Demanda defectuosa”.
Las normas jurídicas transcritas como las citadas en el apartado de cita de leyes le dan sustentación jurídica a la excepción previa interpuesta, por lo que al señor Juez con el respeto que se merece formulo la siguiente:
PETICION: DE TRAMITE: 1. Que se admita para su trámite el presente memorial y documentos adjuntos 2. Se tome nota que actúo bajo la Dirección y Procuración del señor abogado ya propuesto 3. Se tome nota del lugar que señalo para recibir notificaciones 4. Se tenga por ofrecidos los medios de prueba propuestos en forma individualizada. 5. Se tenga por interpuesta la EXCEPCIÓN DE DEMANDA DEFECTUOSA . 6. De la excepción previa interpuesta, se dé audiencia a la parte actora por el plazo que indica la Ley. 7. Que en su oportunidad procesal se señale las audiencias de mérito para la recepción de los medios de prueba.
DE FONDO: 1. Que en su oportunidad procesal se dicte el auto que en derecho corresponde declarando con lugar la EXCEPCION PREVIA DE DEMANDA DEFECTUOSA . 2. Que se condene en costas procesales a la parte actora.
CITA DE LEYES: Fundamento mis pretensiones y cada uno de los artículos que se citan en el cuerpo del presente memorial y en los siguientes: 1, 2, 3, 4, 5, 7, 10, 16, 19, 25, 26, 27, 28, 29, 31, 44, 50, 51, 61, 62, 63, 64, 66, 67, 69, 71, 72, 75, 79, 96, 106, 107, 108, 112, 116, 120, 121, 123, 126, 128, 129, del 130 al 141, 177, 186, 194 al 198, del Decreto Ley 107 Código Procesal Civil y Mercantil; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 16, 17, 18, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 135 al 143, 176, 177, 178, 179 de la Ley del Organismo Judicial. Acompaño cinco copias del presente m emorial y documentos adjuntos. En la ciudad de Guatemala, el día veintiséis de Septiembre de dos mil trece. f) En mi auxilio, Dirección y Procuración: