CONTRATO DE TRABAJO DE LA MICROEMPRESA
Conste por el presente documento por duplicado el contrato de trabajo de naturaleza temporal por incremento de actividades que celebran, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 108 ! los Decretos "upremos 00#$%008$&',Le! ! 'eglamento de la (icro ! )eque*a +mpresa, ! el &- de la Le! de )roductividad ! Competitividad Laboral, aprobada por Decreto "upremo N° 00.$/#$&', de una parte )oliclinico Cruz zul +2'L, con 'C %0343/%8/./ ! domiciliada en calle los )inos N° 111 111 rb5esus rb5esus (aria 6 )aucarpata a quien en adelante adelante se le denominar7 +L +()L+D-', representada por Cruz &agle Nilton +dd! con DN2 N° %/4.34.. ! de la otra parte el se*or )astor paza 9enr! :austo, identificado con DN2 N° %/#1%.18, con domicilio en Calle Daniel lcides Carrion N° .0# rb5esus (aria 6 )aucarpata, a quien en adelante se denominar7 +L &';5D-' bajo los tdica de derec?o privado cu!a principal actividad comprende otras actividades relacionadas con "alud 9umana, de acuerdo con los requisitos e@igidos para la constituciAn de las microempresas -;5+&- D+L C-N&'&-= "+BND= +n virtud del presente contrato, +L +()L+D-' contrata los servicios personales de +L &'; &';5 5D D-' -',, los los cual cuales es se desa desarr rrol olla lara ran n bajo bajo subo subord rdin inac aciA iAn n a camb cambio io de la remuneraciAn convenida )'+"&C2-N D+ "+'2C2-"= &+'C+' &+'C+'= = +L &'; &';5 5D-' D-' desemp desempe* e*ar ar7 7 sus sus labor labores es llevan llevando do activi activida dades des de (edic (edico o Benera Beneral, l, +L +()L+D-' +()L+D-' se encuentr encuentra a facultad facultado o a efectuar efectuar modificac modificacion iones es razonab razonables les en funciA funciAn n de la capaci capacida dad d ! aptit aptitud ud seteci setecient entos os setesc setescien ientos tos est7 est7 facult facultad ado o a efectu efectuar ar modificaciones razonables en funciAn a la capacidad ! aptitud de +L &';5D-' ! a las necesidades ! requerimientos de la misma, sin que dic?as variaciones signifiquen menoscabo de categor>a !o remuneraciAn Eueda entendido que la prestaciAn de servicios deber7 ser efectuada de manera personal, no pudiendo +L &';5D-' ser reemplazado ni a!udado por tercera persona )or +sta contrataciAn se realiza de conformidad con lo establecido en el rt>culo 4#° de la Le! de )roductividad ! Competitividad Laboral FD"N°00.$/#$&'G 5-'ND H 9-''2- D+ &';5-= C'&= +L &';5D-' desempe*ar7 sus labores en el cargo de grifero, sin embargo, +L +()L+D-' est7 facultado a efectuar modificaciones razonables en funciAn a la capacidad ! aptitud de +L &';5D-' ! a las necesidades ! requerimientos de la misma, sin que dic?as variaciones signifiquen menoscabo de categor>a !o remuneraciAn Eueda entendido que la prestaciAn de servicios deber7 ser efectuada de manera personal, no pudiendo +L &';5D-' ser reemplazado ni a!udado por tercera persona '+(N+'C2-N= E2N&= Las partes estipulan que la jornada laboral de +L &';5D-' ser7 del 0% de enero del %008 al .0 de junio del %008, de =00 am a %=00 pm +n uso de sus facultades directrices, +L +()L+D-' est7 facultado a efectuar modificaciones razonables en la jornada de trabajo de acuerdo a sus necesidades operativas respetando el m7@imo legal de 38 ?oras semanales, sin que dic?as variaciones signifiquen menoscabo de categor>a !o remuneraciAn D'C2-N D+L C-N&'&-=
"+I&= +L &';5D-' percibir7 como contraprestaciAn por sus servicios una remuneraciAn ascedente a " #0000 Nuevos "oles F"etecientos con 00100 nuevos soles G por periodo mensual, durante el tiempo de duraciAn de la relaciAn laboral Las partes convienen que la remuneraciAn establecida en el p7rrafo precedente, se pagar7 al final de cada mes Las ausencias injustificadas por parte de +L &';5D-' implican la p