Facultad de Ciencias Empresariales Escuela Académico Profesional de Administración y Negocios Internacionales UAD-Chosica
COFIDE
– ECOTEVA -
DERRAMA
2014 1
DEDICATORIA: Este trabajo está dedicado a Dios, a mi profesor y a mis padres por el apoyo incondicional en mi etapa universitaria 2
DEDICATORIA: Este trabajo está dedicado a Dios, a mi profesor y a mis padres por el apoyo incondicional en mi etapa universitaria 2
INDICE
INTRODUCCION ........................................................................................................ 4 CAPITULO 1: COFIDE ................................................................................................. 5 1.1 DEFINICION......................................................................................................... 6 1.2 MISION ............................................................................................................... 6 1.3.- VISION VISION .......................... ........................................ ........................... ........................... ........................... .......................... ........................... ................. ... 6 1.4 ESTRUCTURA ORGÁNICA ..................................................................................... 7 1.5 PLANA GERENCIAL .............................................................................................. 8 1.6 FUNCIONES ....................................................................................................... 10 1.7 OPERATIVIDAD ................................................................................................. 12 1.8 INDICADORES FINANCIEROS ............................................................................. 13 1.9 PRODUCTOS Y SERVICIOS .................................................................................. 14 CAPITULO 2: ECOTEVA ............................................................................................ 40 2.1 ECOTEVA CONSULTING GROUP ......................................................................... 41 2.2 NOTICIAS DURANTE EL AÑO 2014 ..................................................................... 42 CAPITULO 3: DERRAMA .......................................................................................... 53 3.1 CONCEPTO DE DERRAMA .................................................................................. 54 3.2 DEFINICION DE DERRAMA ................................................................................. 54 3.3 CAJAS Y DERRAMAS EN EL PERU ....................................................................... 55 CONCLUSIONES ...................................................................................................... 64 BIBLIOGRAFIA ........................................................................................................ 65
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INTRODUCCION
El presente trabajo detalla información sobre COFIDE, ECOTEVA Y DERRAMA En el capítulo I veremos a COFIDE que es una empresa de economía mixta que cuenta con autonomía administrativa, económica y financiera. En el capítulo II veremos a ECOTEVA que es la empresa ECOTEVA CONSULTING GROUP la cual le está trayendo serios problemas al ex presidente Alejandro Toledo, recibió en cuatro meses más de 5 millones de dólares transferidos desde Costa Rica, país donde se constituyó tal sociedad, para realizar sus ya conocidas compras inmobiliarias
Y por último en el capítulo III veremos a las DERRAMAS que son los repartimientos de un gasto entre varias personas que deben pagarlo, especialmente de una contribución; y aquí detallaremos las derramas que actualmente existen en Peru.
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1.1 DEFINICION La Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE S.A.) es una empresa de economía mixta que cuenta con autonomía administrativa, económica y financiera. Su capital pertenece en un 98.7% al Estado peruano, representado por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), dependencia del Ministerio de Economía y Finanzas, y en un 1.3% a la Corporación Andina de Fomento (CAF). COFIDE forma parte del Sistema Financiero Nacional y puede realizar todas aquellas operaciones de intermediación financiera permitidas por su legislación y sus estatutos y, en general, toda clase de operaciones afines. Desde su creación hasta el año 1992, COFIDE se desempeñó como un banco de primer piso. Sin embargo, a partir de ese momento, pasó a desempeñar exclusivamente las funciones de un banco de desarrollo de segundo piso, canalizando los recursos que administra únicamente a través de las instituciones supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). La modalidad operativa de segundo piso le permite a COFIDE complementar la labor del sector financiero privado, en actividades como el financiamiento del mediano y largo plazo y del sector exportador y de la micro y pequeña empresa a través de la canalización de recursos. Todo esto gracias a su cultura corporativa que privilegia la responsabilidad y el compromiso con la misión y objetivos institucionales. 1.2 MISION
Participar activamente en el desarrollo sostenible e inclusivo del país, a través del financiamiento de la inversión y del sistema financiero, así como apoyando al emprendimiento, con productos y servicios innovadores, y siendo socialmente responsables. 1.3.- VISION
Ser reconocido como un banco de inversión y desarrollo referente, con una cultura innovadora y de capital humano orientado a la excelencia en la gestión y comprometido con el desarrollo sostenible e inclusivo del país.
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1.4 ESTRUCTURA ORGÁNICA
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1.5 PLANA GERENCIAL
1.5 PLANA GERENCIAL
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1.6 FUNCIONES 1. Otorgar financiamientos a las personas naturales y jurídicas que se dediquen a actividades productivas y de servicios, a través de las empresas y entidades del sistema financiero y entidades de fomento que apoyen eficazmente a la actividad económica rural y a los pequeños empresarios en general. 2. Hacer operaciones de préstamos, adelantos y descuentos de letras de cambio, pagarés, vales y de otros documentos comprobatorios de deudas, a favor de empresas productivas y de servicios, a través de las empresas y entidades del sistema financiero y de las entidades de fomento. 3. Promover y financiar estudios de preinversión, proyectos de inversión productiva, así como proyectos de infraestructura, incluyendo a las que correspondan a zonas de menor desarrollo relativo, a través de las empresas y entidades del sistema financiero y entidades de fomento. 4. Captar recursos en moneda nacional y extranjera, bajo las siguientes modalidades: a) Fondos constituidos por mandato legal, cuya administración le sea encargada para fines específicos. b) Fondos del Estado o de cualquier persona o entidad nacional, extranjera o internacional, encargados en comisión de confianza, para su utilización temporal o permanente, en forma abierta destinada a fines específicos. c) Contratación de obligaciones de créditos en el exterior para represtar a través de las empresas y entidades del sistema financiero y entidades de fomento, a corto, medio y largo plazo.
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d) Contratación de obligaciones de crédito en el país con empresas y entidades del sistema financiero, para represtar a través de las mismas y de las entidades de fomento, a corto, medio y largo plazo. e) Emisión de bonos, obligaciones u otro tipo de valores. f) Obtener donaciones, asistencias y otros similares. 5. Comprar, conservar y vender bonos y otros valores mobiliarios emitidos por bancos del país y del exterior, por el Estado y entidades multilaterales de crédito y otras entidades emisoras, así como participar en fondos mutuos de inversión en valores y fondos de inversión cualquiera sea el tipo o modalidad de acceso a los mismos. La participación en fondos de inversión deberá ser aprobada por el Directorio, el que designará a los representantes de COFIDE ante los mismos. 6. Representar a la República en la concertación de financiamientos externos y en el otorgamiento de garantías cubriendo créditos en los que sea agente, de acuerdo con los dispositivos legales que norman el endeudamiento externo. 7. Prestar servicio de asesoría financiera, sin que ello implique manejo de dinero de sus clientes o de portafolios de inversiones por cuenta de éstos. 8. Servir de agente financiero para la colocación y la inversión en el país de recursos externos, a través de las empresas y entidades del sistema financiero nacional. 9. Efectuar depósitos en moneda nacional o extranjera, en cualquier empresa o entidad del sistema financiero nacional o entidad bancaria o financiera del extranjero, en moneda nacional o extranjera. 10. Realizar operaciones de crédito con financieras y bancos del exterior, así como efectuar depósitos en unas y otros, con sujeción a las regulaciones que pudiera emitir el Banco Central. 11. Adquirir, gravar y enajenar en forma directa toda clase de bienes. 12. Adquirir los bienes muebles e inmuebles necesarios para el desarrollo de sus actividades. 13. Contratar directamente cualquier clase de servicios, estudios y asesorías, con las limitaciones que establece la Ley. 14. Otorgar avales, cartas fianzas y otras garantías, a favor de las empresas y entidades del sistema financiero y entidades de fomento.
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15. Todas las demás operaciones y servicios compatibles con la naturaleza de la sociedad. No obstante, por su naturaleza de banca de segundo piso, la sociedad no deberá captar directamente depósitos del público, ni deberá realizar ningún tipo de colocación directa. En el marco de la ley 28015 - ley de promoción y formalización de la micro pequeña empresa:
1. Diseñar metodologías para el desarrollo de productos financieros y tecnologías que faciliten la intermediación a favor de las MYPE. 2. Predeterminar la viabilidad financiera desde el diseño de los Productos Financieros Estandarizados. 3. Implementar un sistema de calificación de riesgos para los productos financieros que diseñe en coordinación con la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). 4. Gestionar la obtención de recursos y canalizarlos a las empresas de operaciones múltiples, para que éstas procedan a destinar dichos recursos a las MYPE. 5. Colaborar con la SBS en el diseño de mecanismos de control de gestión de los intermediarios. 6. Coordinar y hacer el seguimiento de las actividades relacionadas con los servicios prestados por las entidades privadas facilitadoras de negocios o supervisadas por la SBS o la CONASEV.
1.7 OPERATIVIDAD Como banco de segundo piso, COFIDE capta recursos que provienen fundamentalmente de organismos internacionales, de la banca comercial internacional y del mercado de capitales local. Estos recursos, luego, son canalizados al sector empresarial a través de las instituciones supervisadas del Sistema Financiero Nacional. COFIDE cuenta con una red de clientes, que incluye tanto a los mayores bancos comerciales como a instituciones especializadas en financiar a la micro y pequeña empresa rural y urbana. La amplia infraestructura de sus clientes le permite a COFIDE canalizar recursos a través de más de 1,000 oficinas a nivel nacional para financiar proyectos en todos los sectores económicos.
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Adicionalmente a su actividad propiamente crediticia, COFIDE desarrolla un conjunto de programas, cuyo propósito es apoyar la creación de una cultura empresarial moderna. En esta línea de acción, destaca el apoyo a la micro y pequeña empresa a través de la provisión de servicios de desarrollo empresarial, tales como capacitación, gestión empresarial, así como también servicios de orientación e información. Esta labor descentralizada se efectúa en coordinación con instituciones representativas del empresariado local, con las cuales COFIDE tiene convenios de cooperación interinstitucionales. 1.8 INDICADORES FINANCIEROS
APROBACIONES POR TAMAÑO DE EMPRESA 2006 - 2009 (en millones de US$)
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APROBACIONES POR TIPO DE INTERMEDIARIO FINANCIERO 2006 - 2009 (en millones de US$)
APROBACIONES POR SECTORES ECONOMICOS 2006 - 2009 (en millones de US$)
1.9 PRODUCTOS Y SERVICIOS COFIDE, en su calidad de Banco de Desarrollo de segundo piso, cuenta con programas y líneas de crédito que pueden financiar todas las etapas del proceso de inversión, desde los estudios de factibilidad e identificación de mercados, los diferentes procesos de producción y servicios de la empresa, así como la modernización de planta y operaciones de comercio exterior. Todas las líneas y programas de crédito que administra COFIDE son canalizadas hacia los beneficiarios a través de una Institución Financiera Intermediaria (IFI): banco, financiera, caja rural, caja municipal, entidad de desarrollo de la pequeña y micro empresa - EDPYMES, cooperativa, empresa de 14
arrendamiento financiero.Nuestros Clientes A la Institución Financiera Intermediaria Especializada en la microfinanza, COFIDE la denomina IFIE. La IFI tiene la responsabilidad de la recepción, calificación, aprobación, desembolso y recuperación de los créditos que aprueben con cargo a los recursos que administra COFIDE, por lo que los interesados en obtener financiamiento, deben acudir a solicitarlo a la institución financiera de su preferencia. Esto significa que cada IFI estable las condiciones definitivas de una operación, como resultado de la correspondiente evaluación crediticia. En esta página Web se pueden encontrar las características generales de las líneas y programas de crédito así como un cuadro resumen de las mismas. Las tasas de interés activas aplicables serán determinadas de común acuerdo entre las Instituciones Financieras Intermediarias y el beneficiario final. En Lima para mayor información puede acercarse al Centro COFIDE ubicado en Augusto Tamayo 160, San Isidro y en provincias a las distintas entidades con las que mantenemos Convenios de Cooperación Interinstitucionales. 1.9.1 PROGRAMAS DE INVERSIÓN
PROBID Objetivo
Financiar a mediano y largo plazo los proyectos de inversión que sean dirigidos al establecimiento, ampliación y mejoramiento de las actividades que realiza el sector privado. Subprestatarios
Persona natural o jurídica con proyectos rentables y viabilidad técnica, ambiental y financiera, que realicen actividades de producción, comercio o prestación de servicios. Destino 1.
Activo fijo, adquisición de maquinaria y equipo, ejecución de obras civiles y otros.
2.
Capital de trabajo estructural, asociado al proyecto.
3.
Servicios técnico - gerenciales, de apoyo a la inversión.
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4.
Exportación de bienes de capital, bienes de consumo durables y servicios de ingeniería y montaje, así como la venta de bienes de capital en el mercado local.
5.
Reembolso de inversiones de proyectos en implementación, realizadas con una antigüedad no mayor a 360 días, contados a partir de la fecha de la solicitud de la IFI.
Restricciones: 1.
Pago de todos los impuestos, tasas, derechos o cargos que establezcan o pudieran establecer las disposiciones legales del país.
2.
Proyectos que usen tecnologías que atenten contra la conservación del medio ambiente, la salud pública y la seguridad de las personas y/o proyectos que utilicen desechos peligrosos sujetos al Convenio de Basilea (aprobado mediante R.L. 26234 del 19 de octubre de 1993).
3.
Bienes y servicios cuyo origen no sea de los países miembros del BID.
4.
Bienes de capital usados que se encuentren en el país.
5.
Pago de deudas, reembolsos de gastos incurridos o recuperaciones de capital de los Subprestatarios, con excepción de los correspondientes al reconocimiento de inversiones realizadas en proyectos que se encuentren en implementación, que se hubieran hecho dentro de los últimos doce meses contados a partir de la fecha de la solicitud de la IFI a COFIDE, y a la preparación de la evaluación del impacto ambiental de los proyectos.
6.
Compra de acciones o participaciones en empresas, bonos y otros activos monetarios.
7.
Gastos generales y de administración.
8.
Adquisición y/o arriendo de terrenos e inmuebles. .
9.
Capital de trabajo no asociado al proyecto.
10.
Operaciones de arrendamiento financiero (sale-leaseback), salvo en los casos en que la compra original del equipo o bienes sujetos del contrato de arrendamiento financiero fuera realizada por el Subprestatario dentro de los últimos doce meses contados a partir de la fecha de la solicitud de la IFI a COFIDE.
11.
Vehículos de uso personal. 16
Condiciones Financieras 1.
Tasa de Interés y Comisiones a la IFI: Las que COFIDE establezca.
2.
Tasa de Interés y Comisiones IFI - Subprestatario: La que determine la IFI en negociación con el Subprestatario.
3.
Moneda: Dólares de los Estados Unidos de América. Los desembolsos y las amortizaciones respectivas se efectuarán en la misma moneda.
4.
Estructura de Financiamiento: El aporte PROBID financia hasta el 100% del financiamiento acordado entre la IFI y el Subprestatario para cada proyecto.
5.
Monto: El monto máximo por proyecto no podrá exceder de US$ 20,000,000.
6.
Plazos: Los plazos para la amortización de los créditos serán como mínimo de un año y como máximo de 15 años que puede incluir un período de gracia de acuerdo a las necesidades de cada proyecto.
7.
Forma de pago: Los reembolsos del principal y los intereses devengados se adecuarán a las necesidades de cada proyecto.
Garantías
El Subprestatario constituirá garantías de común acuerdo con su Institución Financiera Intermediaria. Ejecución del Programa
Para solicitar un desembolso, la IFI presentará los siguientes documentos: 1.
Carta Solicitud de Desembolso.
2.
Declaración Jurada de Aspectos Ambientales presentada a la Unidad Ambiental correspondiente, con sello de recepción.
3.
Declaración Jurada del Subprestatario, referente a no tener ningún litigio con COFIDE
4.
Pagaré emitido por la IFI.
5.
Cronograma de Desembolsos, si fuera el caso.
6.
Informe de crédito. 17
7.
Contrato de préstamo entre el Subprestatario y la IFI.
8.
Dentro de los 30 días siguientes a cada desembolso, la IFI deberá presentar a COFIDE la copia de la Nota de Abono efectuada al Subprestatario con cargo a los recursos PROBID. En un plazo no mayor a los 30 días posteriores al último desembolso de recursos a favor de la IFI, ésta deberá presentar la copia de la Nota de Abono efectuada al Subprestatario con cargo a los recursos de la IFI por su participación.
PROPEM BID Objetivo
Impulsar el desarrollo de la pequeña empresa peruana, que se desarrolle en las diferentes actividades económicas, mediante el financiamiento del establecimiento, ampliación y mejoramiento de sus plantas y equipos así como sus costos de diseño y servicios de apoyo relacionados, y además, como capital de trabajo. Subprestatarios
Personas naturales y jurídicas con adecuada capacidad administrativa, técnica, ambiental y financiera para llevar a cabo eficientemente el proyecto cuyo financiamiento se solicita. Destino
Los recursos de Programa se utilizarán para otorgar préstamos destinados a financiar activo fijo y capital de trabajo a mediano y largo plazo a la pequeña empresa peruana. Los bienes y servicios financiados deberán proceder de países miembros del BID. Restricciones en el uso de Recursos 1.
Proyectos que usen tecnologías que atenten contra la conservación del medio ambiente, la salud pública y la seguridad de las personas;
2.
Bienes y servicios cuyo origen no sea de los países miembros del BID;
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3.
Pago de deudas, reembolsos de gastos incurridos o recuperaciones de capital de los Subprestatarios, con excepción de los correspondientes a las inversiones realizadas que se hubieran hecho dentro de los últimos 12 meses contados a partir de la fecha de la solicitud de la IFI a COFIDE, y a la preparación de la evaluación del impacto ambiental de los proyectos;
4.
Compra de acciones o participaciones en empresas, bonos y otros activos monetarios;
5.
Gastos generales y de administración;
6.
Adquisición de terrenos;
7.
Capital de trabajo, salvo el capital de trabajo asociado a la expansión de la actividad del Subprestatario.
8.
Operaciones de arrendamiento financiero (sale-leaseback), salvo en los casos en que la compra original del equipo o bienes sujetos del contrato de arrendamiento fuera realizada por el Subprestatario dentro de los últimos 12 meses contados a partir de la fecha de la solicitud de la IFI a COFIDE;
9.
Vehículos de uso personal;
10.
Crédito de consumo.
Condiciones Financieras 1.
Tasa de Interés y Comisiones a la IFI: Las que COFIDE establezca.
2.
Tasa de Interés y Comisiones IFI - Subprestatario: según negociación entre la IFI y el Subprestatario.
3.
Moneda: Los préstamos se denominarán en la moneda que lo requiera el proyecto.
4.
Estructura de Financiamiento: El aporte PROPEM-BID financia hasta el 100% del financiamiento acordado entre la IFI y el Subprestatario para cada proyecto, debiendo considerarse para estos efectos las restricciones en el uso de los recursos establecidas en el Reglamento de Crédito.
5.
Montos: El monto máximo por Subprestatario no podrá exceder de US$300,000. En el caso de préstamos para capital de trabajo el monto máximo será de US$70,000.
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6.
Plazos y Forma de Pago: Los plazos para la amortización de los préstamos serán como mínimo de un año y hasta un máximo de diez años, que puede incluir un plazo de gracia de acuerdo a las necesidades de cada proyecto; a excepción de los préstamos destinados a capital de trabajo, cuyo plazo máximo será de hasta tres años, pudiendo incluir un período de gracia de un año. Los plazos de amortización y períodos de gracia serán acordados entre la IFI y el Subprestatario. Los reembolsos del principal y los intereses devengados se adecuarán a las necesidades de cada proyecto.
Garantías
El Subprestatario constituirá garantías de común acuerdo con su Institución Financiera Intermediaria Ejecución del Programa Para solicitar un desembolso de una operación individual la IFI presentará los siguientes documentos: 1.
Carta Solicitud de Desembolso.
2.
Carta de Compromiso Ambiental.
3.
Declaración de Aspectos Ambientales, o Solicitud de Reclasificación de Categoría Ambiental, según corresponda.
4.
Pagaré emitido por la IFI.
5.
Cronograma de Desembolsos, si fuera el caso.
6.
Informe de crédito.
Para solicitar un desembolso con cargo a una línea de crédito, la IFI presentará los siguientes documentos: 1.
Carta Solicitud de Desembolso.
2.
Pagaré emitido por la IFI.
En un plazo no mayor a quince días posteriores al plazo de noventa días con que cuenta la IFI para desembolsar los recursos de la línea de crédito a los Subprestatarios, la IFI deberá presentar a COFIDE: 1.
La relación de las operaciones que sustentan la línea de crédito. 20
2.
Carta de Compromiso Ambiental.
3.
Copia de la Nota de Abono efectuada al Subprestatario con cargo a los recursos PROPEM-BID.
4.
Copia de la Nota de Abono efectuada al Subprestatario con cargo a los recursos de la IFI por su participación
MULTISECTORIAL NUEVOS SOLES Objetivo
Impulsar el desarrollo del sector empresarial para el establecimiento, ampliación y mejoramiento de sus actividades. Subprestatarios
Las personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país, que desarrollen sus actividades en el Perú y, que a juicio de la IFI sean elegibles como sujetos de crédito. Destino
1.
Pre- Inversión;
2.
Activo fijo, incluyendo la reposición de inversiones;
3.
Capital de Trabajo,
4.
Obras civiles e infraestructura,
5.
Servicios Técnico Gerenciales,
6.
Reestructuración de pasivos.
Restricciones
No podrán financiarse con los recursos del Programa Multisectorial - NS, proyectos y/o actividades que usen tecnologías que atenten contra la conservación del medio ambiente, la salud pública y la seguridad de las personas. 21
Mecanismo de Canalización
Los recursos que canalice COFIDE a cada IFI serán desembolsados a través de la modalidad de Línea de Crédito y/u Operaciones Individuales de crédito que hubiesen aprobado las IFIs. Condiciones Financieras 1.
Estructura del Programa: La Línea financia hasta el 100% del requerimiento del Subprestatario.
2.
Moneda: Nuevos Soles y sus recuperaciones serán en la misma moneda.
3.
Plazos: Para ambas modalidades de Préstamos, el plazo máximo será de hasta 10 años, el mismo que puede incluir un período de gracia máximo de hasta 2 años. Durante dicho plazo de gracia, solo se pagarán intereses.
4.
Forma de pago: La cancelación del principal, intereses y comisiones se efectuará al finalizar cada mes y/o trimestre calendario. La forma de pago podrá adecuarse al ciclo productivo y/o a la realización comercial, para el caso de las actividades vinculadas al Sector Agropecuario.
5.
Tasa de Interés a la IFI: La que determine COFIDE.
6.
Tasa de Interés al Subprestatario: Según libre negociación entre la IFI y el Subprestatario.
7.
Monto máximo por Subprestatario: Para ambas modalidades de Préstamo, el monto máximo de los mismos a favor de la IFI o IFIE estará en función a las características propias de cada operación de Préstamo, el saldo disponible de la IFI o IFIE y los recursos que disponga COFIDE en la fecha de solicitud del Préstamo.
Ejecución del Programa
Para proceder a la aprobación y desembolso de los recursos, la IFI deberá remitir a COFIDE lo siguiente: Operaciones Individuales: La solicitud de desembolso, el informe de crédito, la declaración del Subprestatario y el pagaré de la IFI a favor de COFIDE. La IFI tendrá un plazo de cinco (05) días para efectuar el desembolso de los 22
subpréstamos otorgados con cargo a la Línea de Crédito otorgada y, un plazo adicional de hasta (30) días a fin de remitir a COFIDE, el informe que detalle los subpréstamos otorgados por la IFI. Línea de Crédito: Se remitirá para el desembolso, el pagaré de la IFI a favor de COFIDE y la solicitud de desembolso. La IFI o IFIE tendrá un plazo de hasta 15 días calendario adicionales a los 90 días disponibles para la utilización de la Línea de Crédito, a fin de remitir a COFIDE el Informe que detalle los Subpréstamos otorgados. La IFI se obliga a reportar trimestralmente a COFIDE, la cartera de subpréstamos otorgados con cargo a la Línea de Crédito, cuyo saldo no deberá ser menor al 100% del saldo del préstamo otorgado. Supervisión y Control
La IFI tiene la obligación de realizar las supervisiones necesarias para controlar el uso apropiado de los recursos de acuerdo a los fines establecidos por el Programa y demás normas complementarias que se establezcan. COFIDE se reserva el derecho de supervisar la correcta utilización de sus recursos. En caso de comprobarse, el uso no adecuado de los recursos o exista cualquier incumplimiento de lo señalado por el Reglamento Operativo del Programa, COFIDE podrá declarar exigible el financiamiento otorgado, quedando facultado de efectuar el débito automático del saldo pendiente de pago, aplicando las penalidades del caso.
MICRO GLOBAL Objetivo
Ampliar el acceso al crédito para la microempresa formal e informal urbana, urbano-marginal y rural, que realice actividades de producción, comercio o de servicios. Subprestatarios
Persona natural y jurídica que realicen actividades de producción, agrícolas, comerciales o de servicios, que reúnan los siguientes requisitos:
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1.
Tener no más de 10 empleados, incluyendo al propietario.
2.
Tener un total de activos que no superen el equivalente a US$20,000; excluyendo los bienes inmuebles.
Modalidades
COFIDE aprobará préstamos a las instituciones financieras intermediarias del Sistema Financiero Nacional, que califiquen a la evaluación de acuerdo a las normas que establece el BID. Destino
Financiamiento de Activos Fijos y Capital de Trabajo. Restricciones en el uso de los Recursos 1.
Personas naturales, cuyos ingresos principales no provengan de una actividad microempresarial, sino de una relación de dependencia laboral;
2.
Personas jurídicas (empresas) que sean parte de una unidad económica que no sea elegible de conformidad a los criterios de elegibilidad de los Subprestatarios;
3.
Personas, cuyas actividades microempresariales normales sean calificadas por la IFI en la Categoría Ambiental IV (con impactos ambientales potenciales negativos significativos); y
4.
Personas, que mantengan en el sistema financiero un saldo total adeudado que en su conjunto exceda la suma del equivalente de los US$ 20,000.
Condiciones Financieras 1.
Tasa de Interés a la IFI: Las que COFIDE establezca.
2.
Tasa de Interés al Subprestatrio: Según negociación de la IFI con el Subprestatario.
3.
Moneda: Dólares Norteamericanos y sus recuperaciones serán en la misma moneda, estando cada IFI facultado a otorgar a los Beneficiarios, préstamos en Dólares, Nuevos Soles.
4.
Estructura de Financiamiento: Hasta el 100% del costo total.
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5.
Monto: Cada IFI deberá preocuparse de que el monto promedio de sus colocaciones no exceda de US$5,000. Sin exceder el monto promedio, se podrán otorgar préstamos hasta por US$10,000.
6.
Plazos y Forma de Pago: El plazo máximo de los préstamos de COFIDE a las IFIs será de cuatro (4) años, el que incluirá un (1) año de gracia, durante el cual las IFIs pagarán intereses trimestralmente. Los plazos y forma de pago de intereses y principal por parte de los Beneficiarios serán acordados entre éste y la IFI.
Garantías
El Beneficiario constituirá garantías de común acuerdo con su IFI.
COFIGAS Objetivo
Promover activamente el proceso de transformación productiva y de consumo de la economía nacional en base al uso intensivo del Gas Natural, por medio de Productos Financieros que faciliten el acceso al crédito de los diferentes agentes económicos. Modalidad
El Programa se realizara bajo las siguientes modalidades: 1.
Primero, mediante el cual se destinarán recursos que permitan financiar íntegramente el proceso de conversión a Gas Natural Vehicular - GNV de vehículos que actualmente emplean combustibles derivados del petróleo.
2.
Segundo, financiamiento para la Adquisición Vehicular de unidades aptas para el consumo de GNV.
3.
Tercero, mediante financiamientos estructurados las operaciones se realizarán de manera individual.
Adicionalmente, para los dos primeros casos, los desembolsados se realizarán bajo la modalidad de Línea de Crédito cuyos montos estarán en función al cronograma de desembolsos de Subpréstamos estimados con que cuente la IFI y/o de manera individual, considerando las características de cada operación.
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Subprestatarios 1.
Personas jurídicas o naturales, que tienen un proyecto de Conversión y/o Adquisición de vehículos a GNV.
2.
El Subprestatario es la persona jurídica o natural que ha sido calificada por la IFI.
Destino
COFIDE canalizará recursos a la IFI para que ésta, a su vez, otorgue facilidades crediticias a Subprestatarios que busquen financiar: 1.
La conversión del sistema de combustión de sus vehículos a GNV (Tanque y equipos). Asimismo, financiará los costos de formalización, acceso al Sistema de Control de Carga Inteligente, costos de certificación, gastos de pólizas de seguro vehicular y SOAT. Adicionalmente, hasta por un monto no mayor al 30% del importe por la conversión vehicular a GNV, se podrá financiar la reparación o arreglo del vehículo relacionado con la conversión a GNV, gastos de pólizas de seguros complementarios y otros relacionados al financiamiento de la conversión a GNV.
2.
El valor de adquisición de los vehículos, que incluye el valor CIF, los derechos arancelarios, Impuesto General a las Ventas, valor de partes, piezas y accesorios complementarios, acceso al Sistema de Control de Carga Inteligente, costos de certificación, gastos de pólizas de seguro vehicular, SOAT, seguros complementarios y otros relacionados al financiamiento para la adquisición de los vehículos.
Condiciones Financieras 1.
Tasa de Interés y comisiones a la IFI: Las que COFIDE establezca.
2.
Tasa de Interés y comisiones al subprestatario: Según negociación entre la IFI y el subprestatario.
3.
Moneda: en Nuevos Soles y dólares de los Estados Unidos de América.
4.
Montos: No se establece monto máximo, sin embargo dicho monto estará sujeto a la disponibilidad de recursos de COFIDE.
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5.
Estructura de Inversión: La Línea financia hasta el 100 % de los requerimientos.
6.
Plazo: determinado por las IFIs con fundamento en la estimación de la capacidad de pago del Subprestatario, los cuales no podrán ser mayor a siete (7) años.
7.
Frecuencia de pago: El repago del principal e intereses se efectuará en forma mensual, salvo que COFIDE y las IFIs acuerden otra forma de pago de los préstamos. La IFI y el Subprestatario acordarán libremente el calendario para la amortización del subpréstamo.
8.
Prepago: La IFI podrá efectuar el prepago parcial o total del Préstamo. Para ello, la IFI deberá comunicar a COFIDE con una anticipación no menor a tres (3) días útiles de la fecha del prepago.
Cobertura
Los Subpréstamos otorgados a Subprestatarios dedicados principalmente a actividades de MYPEs, contarán con una garantía otorgada por FOGAPI y/u otras instituciones. El nivel de cobertura aplicable a los subpréstamos será determinado como parte de las condiciones para cada Préstamo aprobadas por COFIDE. Ejecución del Programa
Para el desembolso, la IFI deberá remitir a COFIDE: 1.
Carta Solicitud
2.
Pagaré a la orden de COFIDE.
3.
Otros determinados para cada operación en caso se realice mediante financiamientos estructurado.
Obligaciones de las IFIEs
La IFI se obliga al cumplimiento de lo siguiente: 1.
Una vez desembolsado el Préstamo, la IFI tiene un plazo máximo de justificación de treinta (30) días calendarios, debiendo remitir dentro de dicho plazo el detalle de los subpréstamos desembolsados con los recursos del préstamo.
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2.
Mantener, durante la vigencia de cada préstamo con COFIDE, un portafolio de subpréstamos cuyo monto sea igual o mayor al saldo pendiente de pago de sus obligaciones con COFIDE financiado con recursos de este Programa.
3.
La IFI tendrá un plazo máximo de cinco (5) días calendarios, contado a partir de la fecha de vencimiento de los primeros treinta (30) días, para devolver la diferencia entre los montos desembolsados de cada préstamo y los montos justificados, respectivamente. Vencido el plazo máximo señalado, COFIDE aplicará sobre el importe no justificado, la tasa de interés promedio en moneda nacional (TAMN).
COFICASA Objetivo
Atender los requerimientos a largo plazo para financiar la compra, construcción, ampliación o remodelación de vivienda.
Subprestatario
Persona natural, que además de ser calificada por una IFI como sujeto de crédito, el solicitante y, si fuera el caso, su cónyuge, conviviente e hijos menores de edad o bajo su patria potestad, no deberá tener ninguna propiedad destinada al uso de casa habitación en cualquier localidad del país y deberá comprometerse a considerar como vivienda permanente, la vivienda a ser financiada con los recursos de la Línea. El Subprestatario presentará una Declaración Jurada de cumplimiento de los requisitos señalados en el párrafo anterior. Modalidad
Los recursos que canalice COFIDE a cada IFI serán desembolsados mediante la modalidad de: 1.
Adelanto de Recursos.
2.
Operaciones Individuales.
3.
Reembolso de Operaciones 28
Destino 1.
Adquisición de viviendas terminadas.
2.
Construcción o terminación de vivienda única y permanente.
3.
Ampliación o remodelación sobre vivienda única y permanente.
Condiciones Financieras 1.
Tasa de Interés y Comisiones a la IFI: Las que determine COFIDE.
2.
Tasa de Interés y Comisiones al Subprestatario: La que determine la IFI en negociación con el Beneficiario.
3.
Moneda: Dólares de los Estados Unidos de América y Nuevos Soles
4.
Estructura de Financiamiento: La Línea podrá financiar hasta el 80% del Valor de la Vivienda o del Valor de Tasación, el monto que resultase menor. El Valor de la Vivienda no deberá exceder los US$120 mil dólares, de ser el caso, incluirá el IGV. El monto de la cuota del Subpréstamo, no deberá superar el 30% del ingreso neto familiar mensual del Subprestatario.
5.
Plazo y forma de pago: El plazo de reembolso de los préstamos que se otorguen, será de hasta 25 años. Cuando se trate de construcción de viviendas, se podrá otorgar un periodo de gracia de hasta 6 meses, el mismo que de ser el caso, podrá incluir gracia total. El pago se realizará preferentemente mediante cuotas mensuales fijas e iguales que incluyen capital e intereses.
Garantías
Conformadas por la constitución de la primera y preferente hipoteca a favor de la IFI, sobre la Vivienda materia del Subpréstamo, alternativamente la emisión del Título de Crédito Hipotecario Negociable sobre la Vivienda endosado a favor de la IFI o la constitución de un fideicomiso en garantía sobre la Vivienda financiada con cargo a los recursos de la Línea. Desembolsos
Los
desembolsos
podrán
realizarse
bajo
tres
modalidades:
- Operaciones Individuales: Se deberá presentar los siguientes documentos:
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Carta Solicitud de desembolso.
Declaración Jurada del Subprestatario.
Informe de Crédito.
Copia del Contrato de Crédito Hipotecario, suscrito entre la IFI y el Subprestatario. Pagaré emitido por la IFI.
Dentro de los 30 días siguientes a cada desembolso, la IFI deberá presentar a COFIDE copia de la Nota de Abono efectuada al Subprestatario y en un plazo de 90 días deberá remitir copia de la ficha o partida registral de la Vivienda. En el caso de construcción, tendrá un plazo de 60 días después de efectuada la independización de la vivienda para remitir la ficha o partida registral. - Adelanto de Recursos: Se presentan los siguientes documentos:
Carta Solicitud de desembolso.
Pagaré emitido por la IFI.
Dentro de los 90 días siguientes al Adelanto de Recursos, la IFI deberá efectuar los desembolsos a favor de los Subprestatarios, remitiendo a COFIDE, los siguientes documentos:
Declaración Jurada del Subprestatario.
Informe de Crédito.
Copia del Contrato de Crédito Hipotecario, suscrito entre la IFI y el Subprestatario.
Copia de la Nota de Abono.
Pagaré correspondiente a cada Subpréstamo.
Dentro de los 90 días siguientes a los 90 días señalados para sustentar el Adelanto de Recursos, la IFI deberá remitir a COFIDE copia de la ficha o partida registral de la Vivienda. - Reembolso: La IFI solicitará el Reembolso, presentando los siguientes documentos:
Carta Solicitud de desembolso. 30
Declaración Jurada del Subprestatario.
Informe de Crédito.
Copia del Contrato de Crédito Hipotecario, suscrito entre la IFI y el Subprestatario.
Copia de la Nota de Abono.
Pagaré emitido por la IFI.
Copia calendario original u otro documento que indique el saldo y el plazo vigente del crédito original. Ficha o partida registral de la Vivienda.
Seguimiento
COFIDE supervisará la correcta utilización de los recursos, para lo cual, podrá realizar visitas de inspección a las viviendas financiadas. En este sentido, COFIDE se reserva el derecho de declarar exigible el financiamiento otorgado en caso de comprobarse el uso no adecuado de los recursos o ante cualquier incumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Crédito de la Línea.
MICROCRÉDITO HABITACIONAL Objetivo
Contribuir a mejorar la calidad de vida de las familias, canalizando recursos que permitan el financiamiento de soluciones habitacionales adecuadas a las necesidades de la población de menores ingresos. Subprestatario
Podrán ser beneficiarios de la Línea las personas naturales que se requieran recursos para invertirlos en sus viviendas y que, a juicio de la IFI, sean calificadas como sujeto de crédito. Destino
1. Construcción. 2. Ampliación. 3. Mejoras, adecuación y refacción de viviendas.
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4. Conexión de servicios. 5. Adquisición de terreno destinado a vivienda. Modalidad de Canalización
Mediante una Línea de Crédito a la IFI, la misma que puede ser Reembolso o Adelanto de Recursos. Condiciones Financieras
Estructura del Programa: La Línea financia hasta el 100% del requerimiento. Moneda: Dólares Norteamericanos o en Nuevos Soles Plazo y Forma de Pago: Hasta cinco (5) años, el cual podrá incluir un período de gracia de hasta un (1) año. El pago se realizará mediante cuotas trimestrales que incluyen capital e intereses. Tasa de Interés a la IFI: La que determine COFIDE. Tasa de Interés al Subprestatario: La que determine la IFI en negociación con el Subprestatario. Monto máximo por Subprestatario:El monto máximo a un Subprestatario no podrá exceder los US$5 000. Ejecución de La Línea
Para proceder a la aprobación y desembolso de los recursos, la IFI deberá remitir a COFIDE lo siguiente: Reembolso: la Solicitud de Desembolso, el Informe de Crédito, la Declaración del Subprestatario, la Nota de Abono de los Subpréstamos y el Pagaré de la IFI a favor de COFIDE. Adelanto de Recursos: la Solicitud de Desembolso y el Pagaré de la IFI a favor de COFIDE. La IFI dispone de un plazo no mayor a noventa (90) días calendarios para efectuar el desembolso a los Subprestatarios. Asimismo, en un plazo no mayor a los quince (15) días calendarios posteriores al vencimiento de los noventa (90) días señalados, la IFI deberá remitir el Informe de Crédito, la Declaración del Subprestatario y la Nota de Abono de los Subpréstamos.
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Supervisión y Control
La IFI tiene la obligación de realizar las supervisiones necesarias para controlar el uso adecuado de los recursos de acuerdo a los fines establecidos por la Línea y demás normas complementarias que se establezcan. COFIDE se reserva el derecho de supervisar la correcta utilización de sus recursos. En caso de comprobarse el uso no adecuado de los recursos o exista cualquier incumplimiento de lo señalado por el Reglamento de Crédito de la Línea, COFIDE podrá declarar exigible el financiamiento otorgado, quedando facultado a efectuar el débito automático del saldo pendiente de pago, aplicando las penalidades del caso. 1.9.2 LINEAS PARA CAPITAL DE TRABAJO
CORTO PLAZO Objetivo
El objetivo de esta Línea es atender las necesidades de Capital de Trabajo de las empresas de todos los sectores productivos de bienes y servicios, incluyendo el sector comercial.
Subprestatarios
Las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades pertenecientes a los sectores antes mencionados. Modalidad
Los recursos serán canalizados a la IFI a través de la modalidad de Línea de Crédito y/o Operaciones Individuales. Condiciones Financieras
Tasa de Interés a la IFI: Las que COFIDE establezca. Tasa de Interés al Beneficiario: Según negociación entre la IFI y el subprestatario. Moneda: COFIDE establecerá sus créditos en Dólares Norteamericanos o en Nuevos Soles.
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Montos: No se establece monto máximo, sin embargo dicho monto estará sujeto a la disponibilidad de recursos de COFIDE. Estructura de Inversión: La Línea financia hasta el 100 % de los requerimientos. Plazo: Cada operación específica se cancelará en un plazo no mayor a un año.
MEDIANO PLAZO Objetivo
El objetivo de esta Línea es atender las necesidades de capital de trabajo de las empresas de todos los sectores económicos. Subprestatarios
Personas naturales y jurídicas domiciliadas en el Perú, que desarrollen sus actividades en el país y que, a juicio de la IFI, sean calificadas como sujetos de crédito. Modalidad
Los recursos serán canalizados a la IFI a través de la modalidad de Línea de Crédito y/o Operaciones Individuales. Destino
Financiamiento de nuevas operaciones a concertarse con el sector empresarial, a fin de atender sus requerimientos de capital de trabajo, así como la reestructuración de pasivos de los Subprestatarios. Condiciones Financieras
Estructura de Financiamiento: Se financia hasta el 100% del requerimiento del Subprestatario. Moneda: COFIDE establecerá sus créditos en Dólares Norteamericanos. Monto máximo por Subprestatario: Operaciones Individuales: El monto máximo de los subpréstamos 34
otorgados a un mismo Subprestatario no podrá exceder los US$5'000,000. Línea de Crédito: El monto máximo de los subpréstamos otorgados a un mismo Subprestatario no podrá exceder los US$ 70,000.
Tasa de Interés a la IFI: La que COFIDE establezca. Plazo y Forma de Pago: Para las Operaciones Individuales, el plazo de repago será de hasta siete (7) años, el cual podrá incluir un período de gracia de hasta dos (2) años. Para la Línea de Crédito, el pago de repago será de hasta tres (3) años, el cual podrá incluir un periodo de gracia de hasta un (1) año. El pago se realizará de acuerdo a las necesidades del proyecto. Los plazos para la amortización del crédito serán acordados entre la IFI y el Subprestatario, y no podrán ser menores a los plazos solicitados por la IFI a COFIDE.
Garantías
El Subprestatario constituirá garantías de común acuerdo con la IFI. Ejecución de la Línea
Para la aprobación y el desembolso de los recursos de la Línea CTMP-ME, la IFI deberá remitir a COFIDE los siguientes documentos:
Carta Solicitud de Desembolso.
Pagaré emitido por la IFI.
Informe de Crédito.
Para solicitar el desembolso de un adelanto de recursos, la IFI presentará los siguientes documentos:
Carta Solicitud de Desembolso.
Pagaré emitido por la IFI.
En un plazo no mayor a quince días posteriores al plazo de noventa días con que cuenta la IFI para desembolsar a los Subprestatarios, los recursos del adelanto, la IFI deberá presentar a COFIDE el Informe de Crédito.
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1.9.3 LINEAS PARA CAPITAL DE TRABAJO
COMERCIO EXPORTACION Objetivo
Ofrecer a las personas naturales y jurídicas del Perú, financiamiento de Comercio Exterior, tanto para exportaciones de pre y post embarque. Subprestatarios
Clientes exportadores calificados de las Instituciones Financieras Intermediarias. Destino
Los recursos se utilizarán para la exportación de bienes y servicios de origen peruano. No se podrá financiar exportaciones de armamentos. Tampoco se podrá financiar operaciones de comercio exterior con Cuba y Haití. Condiciones Financieras 1. 2. 3. 4. 5.
Estructura del Programa: Financia hasta el 100% del requerimiento del Subprestatario. Tasas de Interés a la Institución Financiera Intermediaria:La que COFIDE establezca. Tasa de Interés al Beneficiario: La que determine la IFI en negociación con el Beneficiario. Moneda: COFIDE efectuará desembolsos en Dólares Norteamericanos. Plazo: Hasta 1 año
COMERCIO IMPORTACION Subprestatarios
Clientes importadores calificados de las Instituciones Financieras Intermediarias. Destino
Los recursos se utilizarán para financiar a empresas peruanas la importación de bienes. No se podrá financiar importaciones de armamentos. Tampoco se podrá financiar operaciones de comercio exterior con Cuba y Haití.
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Condiciones Financieras
Estructura de la línea: Financia hasta el 100% del requerimiento del Subprestatario. Tasas de Interés a la IFI: La que COFIDE establezca. Tasa de Interés al Beneficiario: Según la negociación de la IFI con el Beneficiario.
Moneda: COFIDE efectuará desembolsos en Dólares Norteamericanos.
Plazo: Hasta 1 año
1.9.4 PROGRAMA CRÉDITOS SUBORDINADOS Objetivo
Apoyar la ampliación del financiamiento a las Micro y Pequeñas Empresas (MYPEs), con el objeto de fomentar la mejora en sus niveles de ingreso y empleo, a través del fortalecimiento del patrimonio efectivo de las Instituciones Financieras Especializadas en la Micro y Pequeña Empresa (IFIEs) que sean elegibles para el Programa y que muestren los mejores ratios de gestión. Elegibilidad
Para establecer la elegibilidad de una IFIE, COFIDE verificará que dicha institución reúna las siguientes condiciones generales:
Se encuentren bajo la supervisión de la SBS. No estar bajo régimen de vigilancia impuesto por la SBS o algún otro régimen de sanción o plan de saneamiento financiero exigido por el referido órgano de control, o por alguna otra entidad de supervisión legalmente reconocida. No estar comprendida como parte en acción judicial alguna con COFIDE. Cumplan con las condiciones financieras específicas establecidas en el Reglamento de Crédito. En adición a lo anterior, la IFIE deberá reunir los requisitos de rentabilidad, solvencia, liquidez, calidad de activos y gestión, de acuerdo al análisis financiero realizado por COFIDE.
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Modalidad
Cada operación de las IFIEs elegibles al Programa se regirá por un Contrato de Préstamo Subordinado que suscribirán con COFIDE. Destino
Fortalecer el patrimonio efectivo de la IFIE y ampliar la oferta de servicios financieros a favor de las PYMEs. Restricciones
Las IFIEs no podrán utilizar los recursos del Programa para financiar sus obligaciones de pago de impuestos, contribuciones públicas y derechos de importación. Condiciones Financieras
Estructura del Financiamiento: Hasta el 100% del monto solicitado por la IFIE. Moneda: Los préstamos podrán ser pactados en Dólares americanos o en Nuevos Soles. Tasas de Interés y Comisiones a la IFIE: Las que COFIDE establezca. Monto: Se otorgará como crédito subordinada máximo a una IFIE el monto que pueda ser incorporado al cálculo de su patrimonio contable al momento de la solicitud de la IFIE, de acuerdo a lo establecido en el inciso 2 del Artículo 184 de la Ley 26702 y en el Artículo 17 de la Resolución SBS Nº234-99. Plazos y Forma de Pago: Los plazos de amortización y períodos de gracia de los créditos subordinados serán acordados entre COFIDE y la IFIE. Los plazos para la amortización del crédito serán de un mínimo de ocho (8) años y hasta un máximo de diez (10) años. El período de gracia no será menor a cinco (5) años, período en el cual se pagarán intereses. La amortización del principal y el pago de intereses se efectuarán mediante cuotas trimestrales o semestrales. La amortización del principal y el pago de intereses se efectuarán mediante cuotas trimestrales o semestrales.
Ejecución del Programa
Para solicitar un préstamo subordinado la IFIE deberá presentar los siguientes documentos:
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Autorización de la SBS para contraer deuda subordinada.
Carta Solicitud de Desembolso
Pagaré emitido por la IFIE.
Sustento del aporte de contrapartida de la IFIE, bajo la forma de acuerdo de capitalización de utilidades debidamente formalizado y puesto en conocimiento de la SBS.
Asimismo, en un plazo no mayor a sesenta (60) días posteriores a la celebración de la Junta General Anual de Accionistas de la IFIE, ésta deberá remitir copia legalizada del Acuerdo de Capitalización de Utilidades correspondiente, con la debida inscripción ante los Registros Públicos de acuerdo a lo que se ha obligado en el respectivo Contrato de Préstamo Subordinado. Obligaciones de las IFIEs
Durante el período de vigencia del crédito subordinado, la IFIE se obliga a capitalizar anualmente por lo menos el 50% de sus utilidades disponibles después de impuestos. Complementariamente, en el caso de las IFIEs que cuenten con una participación mayoritaria del sector público en su capital, dichas entidades estarán obligadas a capitalizar el 75% de sus utilidades durante el período de gracia del crédito subordinado. Mantener las condiciones de elegibilidad durante todo el período del crédito. En caso de incumplimiento, las IFIEs estarán obligadas a capitalizar el 100% de sus utilidades hasta volver a reunir las condiciones de elegibilidad.
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2.1 ECOTEVA CONSULTING GROUP La polémica empresa Ecoteva Consulting Group, la cual le está trayendo serios problemas al ex presidente Alejandro Toledo, recibió en cuatro meses más de 5 millones de dólares transferidos desde Costa Rica, país donde se constituyó tal sociedad, para realizar sus ya conocidas compras inmobiliarias. Ecoteva fue fundada en el 2012 por la suegra del exmandatario, Eva Fernenbug, de 85 años, quien compró con dinero de esa empresa una residencia y una oficina en Lima por un valor de cinco millones de dólares, negociaciones en las que supuestamente el exmandatario intervino, según el informe. El ex presidente Alejandro Toledo y su esposa, Eliane Karp, llegaron a Lima el último domingo en medio de un gran tumulto. El líder de Perú Posible dijo que venía para responder “a las especulaciones periodísticas” sobre el Caso Ecoteva, pero su frustrada participación en la Comisión de Fiscalización y nuevas contradicciones no reflejan que lo haya logrado. En una entrevista ,Toledo Manrique y el abogado de su suegra Eva Fernenbug, Luis Lamas Puccio, explicaron cómo se constituyó Ecoteva y afirmaron que los fondos tienen un origen lícito: la fortuna del empresario peruano israelí Yosef Maiman. A casi nueve meses desde que se reveló la millonaria compra de la casa de Las Casuarinas, esto es lo que se sabe y lo que debe probarse. LO QUE SE CONOCE
1. Eva Fernenbug constituyó el año pasado la empresa Ecoteva, en Costa Rica, con un fondo de 17 millones de dólares traspasado desde cuentas de Maiman, según su abogado Lamas Puccio. Por medio de esta compañía, la suegra del ex presidente adquirió dos propiedades: una casa de US$ 3,8 millones en Las Casuarinas y una oficina en el Edificio Omega de Surco a US$ 882 mil. 2. Un informe de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) reveló que con fondos de Ecoteva también se pagaron los saldos de las hipotecas de las casas de Camacho y Punta Sal del ex jefe de Estado. Toledo contó que le pidió US$ 494 mil prestado a Maiman, porque el 11% de interés que le cobraba el banco lo estaba “consumiendo”. “Él sabe que se lo devolveré”, respondió al ser consultado sobre la forma de pago. 3. Actualmente, el ex presidente Alejandro Toledo es investigado en dos instancias, en la Fiscalía de la Nación y en la Comisión de Fiscalización, por el presunto delito de enriquecimiento ilícito, y podría enfrentar una tercera, también en el Ministerio Público, por lavado de activos, de acuerdo a un pedido de la procuradora Julia Príncipe.
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4. Hasta el momento el ex presidente Toledo ha dado tres versiones sobre la compra de la casa de Las Casuarinas: A. Cuando el tema salió a la luz aseguró que el inmueble fue adquirido con dinero de Fernenbug. “Es un bien obtenido con el trabajo de una vida”, dijo. B. En mayo de este año, en la Comisión de Fiscalización, una vez que se conoció de la existencia de Ecoteva, señaló que Maiman le prestó el dinero a su suegra para que compre las propiedades y que él no participó en las negociaciones. C. Esta semana, durante su último paso por Lima, el jefe de Estado admitió, pese a que negó tener vínculo alguno con Ecoteva, que fungió de agente inmobiliario del empresario israelí buscándole casas “como posibilidades de inversión”. No obstante, correos electrónicos entre su esposa Eliane Karp y el corredor inmobiliario Paul Allemant, difundidos el pasado miércoles, dejan entrever que la pareja Toledo-Karp buscaba para ellos una casa en Casuarinas. LO QUE DEBE PROBARSE
1. El Caso Ecoteva se investiga en dos áreas del Ministerio Público. La 48° Fiscalía Penal de Lima indaga si Fernenbug incurrió o no en el presunto delito de lavado de activos y la Fiscalía de la Nación busca establecer si el ex presidente Toledo tiene responsabilidad o no por el supuesto delito de enriquecimiento ilícito. 2. Según el abogado Lamas Puccio, Maiman ha entregado a la fiscalía los documentos que acreditan que desde sus cuentas salieron los 17 millones de dólares con los que se formó Ecoteva. Dichas pruebas se mantienen en reserva. La licitud del origen del dinero es el principal elemento a demostrar. 3. Otro punto que se debe aclarar es qué hizo el militar israelí en retiro Avraham Dan On en Costa Rica, donde la suegra de Toledo fundó Ecoteva, cuando viajó a ese país entre el 2004 y 2006, cuando aún era jefe de Seguridad del ex presidente. El secretario general de Perú Posible, Luis Thais, trató de marcar distancia con este: “Dan On es hombre de confianza de Maiman, no de Toledo”, dijo en diálogo con El Comercio. 4. También se debe determinar si fue Toledo Manrique quien le pidió o no al notario costarricense Melvin Rudelman constituir la empresa Ecoteva. En declaraciones al noticiero “Hoy”, del canal 9 de Costa Rica, el abogado dijo que el líder de Perú Posible lo contactó con ese fin. 2.2 NOTICIAS DURANTE EL AÑO 2014 2.2.1 EL OFICIALISMO SE DIVIDIÓ POR VOTACIÓN DE INFORME ECOTEVA – 7/01/14 La votación que se realizó ayer en la Comisión de Fiscalización, mediante la cual se aprobó el informe final del caso Ecoteva, evidenció las diferencias en la bancada del 42
partido de gobierno (Gana Perú) respecto a este tema que implicaría al expresidente Alejandro Toledo en la presunta comisión de delitos por su participación en las operaciones inmobiliarias efectuadas por su suegra Eva Fernenbug, en 2012. En efecto, en las dos oportunidades en que se votó por la aprobación del documento referido –una por la responsabilidad del exmandatario en lavado de activos y la otra por asociación ilícita –, la parlamentaria nacionalista Esther Saavedra lo hizo en contra del líder de Perú Posible, agrupación considerada aliada política del régimen de Ollanta Humala. A esto se suma las extrañas ausencias de los también legisladores nacionalistas Rogelio Canches, Julia Teves y Luis Llatas, miembros titulares del grupo de Fiscalización. Cabe anotar que este último estuvo presente en los primeros momentos del debate, pero luego se retiró, antes de votar. “Yo tengo mis principios. No estoy en el Congreso para tapar actos de corrupción”, aseveró con energía. Agregó que “a medida que leí el informe, y a parte he indagado más por mi cuenta, llegué a la conclusión de que existen indicios razonables que comprometen a los investigados (Toledo, Eliane Karp, Fernenbug, Josef Maiman, ‘Avi’ Dan On y David Eskenazi)”. Sostuvo que en su caso no recibió directivas de su bancada o del gobierno para votar en algún sentido. “A mí que me respeten. Yo no recibo presiones, tampoco órdenes que me digan qué debo hacer. Yo consulto solo con mi consciencia”, dijo la representante nacionalista de la región San Martín. Respecto de la postura que había en su agrupación sobre el caso Toledo, distinta a la suya, Esther Saavedra anotó: “Yo respeto la posición de mis colegas. No sé si ellos recibieron o no indicaciones (del presidente Humala) para votar” El secretario general de Perú Posible, Luis Thais, afirmó que el informe sobre el caso Ecoteva, que involucra a Alejandro Toledo en los presuntos delitos de lavado de activos y asociación ilícita para delinquir, no detendrá la aspiración presidencial de su partido en las elecciones del 2016. En su opinión, el documento aprobado por la Comisión de Fiscalización es un “mamarracho” porque no está sustentado en pruebas, “no trae nada nuevo”, es “inconsistente” y es fruto de una investigación que no respetó el debido proceso.
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Por esa razón, añadió, el Pleno del Congreso no debe aprobar ese informe, que recomienda al Ministerio Público investigar al exmandatario por los dos presuntos delitos mencionados. De acuerdo con ese documento, Toledo habría participado en la constitución de la empresa Ecoteva, “un centro financiero ‘off shore’ que administraría fondos cuya procedencia no se ha determinado con certeza”.
2.2.2 ZEBALLOS: ‘PRUEBAS Y EVIDENCIAS SEÑALAN QUE DINERO ES DE TOLEDO’ – 8/01/14 El presidente de la Comisión de Fiscalización del Congreso, Vicente Zevallos (SN), defendió el informe final del caso Ecoteva que determinó, por mayoría, solicitar que el Ministerio Público acuse al expresidente Alejandro Toledo por los presuntos delitos de lavado de activos y de asociación ilícita. El parlamentario de Solidaridad Nacional aclaró que luego de recopilar testimonios y pruebas indiciarias, su grupo de trabajo llegó a la deducción de que el dinero destinado para la compra de inmuebles (casi US$5 millones) pertenecen al exmandatario. “Las pruebas y evidencias podrían llegar a determinar que el dinero es de Alejandro Toledo. No es posible para él justificar ese monto. Evidentemente el señor (Josef) Maiman fue un simple colaborador que pretendió ayudar a un amigo. Todo encaja en lavado de activos”, Zeballos hizo esta explicación tras las acusaciones del exjefe de Estado, quien señaló de que fue inculpado sin pruebas y sin sustento por la comisión de Fiscalización
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PRUEBAS CONTUNDENTES El legislador indicó que además de las contradicciones en las que cayó Toledo cuentan, también, con información de la Sunat y de la Unidad de Inteligencia Financiera, a la que se agregan las declaraciones del exministro del Defensa Aurelio Loret de Mola, de Eva Fernenbug y del notario costarricense Melvin Rudelman. Respecto al testimonio del extitular de Defensa, Zeballos recordó que fue este quien reveló que fue el propio Toledo quien lo buscó para que representara legalmente a su suegra en las compras inmobiliarias que hiciera con los fondos de Ecoteva. “Hay que evocar que cuando el exministro le preguntó sobre los orígenes del dinero, Toledo no quiso decir de dónde provenían”, subrayó. El congresista mencionó también las declaraciones de Fernenbug, madre de Eliane Karp, quien en su testimonio a la 48 Fiscalía Provincial –vía carta rogatoria – aseguró que la plata era suya. “En el mes de mayo, a través de un pliego interrogatorio, y de manera libre, la señora aseguró que el dinero era suyo y que ella podía disponer de la mejor forma de su inversión y que constituyó Ecoteva. En sus declaraciones no había ningún condicional”, refirió. Y, por último, señaló la manifestación de Rudelman quien, también ante el Ministerio Público, aseguró que Toledo participó en la creación de Ecoteva. “Todo se ha probado con los testimonios y pruebas actuadas”, aseguró. Ante la insinuación del exjefe de Estado de que la comisión de Fiscalización fue ‘secuestrada’ por el fujimorismo y el aprismo, Zeballos recordó que votaron a favor de la acusación cinco bancadas, incluida el oficialista Gana Perú (GP). DATOS - Con nueve votos a favor la Comisión de Fiscalización logró que Alejandro Toledo sea acusado por lavado de activos y asociación ilícita. - Entre los votos se encuentra el de la parlamentaria nacionalista Esther Saavedra. - Al respecto, el congresista de Perú Posible Rennán Espinoza dijo que respeta la decisión de su colega y que ello “demuestra que no hay pacto político”. La bancada de Perú Posible evalúa denunciar al legislador Vicente Zeballos ante la Comisión de Ética por indicar que las evidencias y pruebas obtenidas por ese grupo determinan que Alejandro Toledo es dueño del dinero con el que se realizaron las millonarias adquisiciones inmobiliarias a través de la empresa Ecoteva. 45
“Esa es una afirmación temeraria, criminal e ilegal porque el caso sigue siendo investigado por la Fiscalía”, refirió el portavoz de esa bancada, José León. El legislador dijo que la defensa legal de Toledo entregó a la Comisión de Fiscalización, que preside Zeballos, documentación bancaria sobre la procedencia lícita del dinero con el que se realizaron las compras, en las que figura su suegra, Eva Fernenbug, como propietaria. Además, alegó el parlamentario, esos papeles demuestran que esos fondos pertenecen al empresario israelí Josef Maiman; pero esa información, añadió, no fue tomada en cuenta por dicho grupo de trabajo. Por ello, León dijo que resulta “inaceptable” que Zeballos “no guarde el equilibrio ni las formas propias” de titular de una comisión investigadora y afirme que el dinero de l a empresa Ecoteva le pertenece a Toledo. En declaraciones a Zeballos sostuvo que las pruebas y evidencias podrían llegar a determinar que el dinero es de Alejandro Toledo. “No es posible para él justificar ese monto. Evidentemente el señor (Josef) Maiman fue un simple colaborador que pretendió ayudar a un amigo. Todo encaja en lavado de activos”, agregó. “Vamos hacer una acción contra Zeballos. Tenemos los canales, la Comisión de Ética o la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, para defender el derecho de una persona que se está dañando su honor”, manifestó al respecto el congresista de la ‘chakana’. Según su punto de vista, las expresiones de Zeballos evidenciarían una intencionalidad de “hacer daño” al líder de Perú Posible, y recordó que el Poder Judicial es la única instancia que puede determinar la responsabilidad de un investigado.
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2.2.3 LEGISLADORES DEFIENDEN A ZEBALLOS TRAS AMENAZA DE PERÚ POSIBLE – 9/01/14 Los integrantes de la Comisión de Fiscalización, Alejandro Aguinaga (Fuerza Popular) y Luis Galarreta(PPC) defendieron las afirmaciones que hiciera el titular de ese grupo de trabajo, Vicente Zeballos, luego que Perú Posible –a través del parlamentario José León – amenazara con denunciarlo ante la Comisión de Ética por indicar que pruebas señalan que dinero de Ecoteva pertenecería a Alejandro Toledo. “León, quien funge de abogado de oficio del expresidente, solo busca desacreditar el informe final que pide al Ministerio Público acusar a Toledo por los delitos de lavado de activos y de asociación ilícita”, afirmó Aguinaga. Agregó que su colega debe aceptar que el expresidente dio muchas versiones para justificar las compras y hasta hizo aparecer al empresario Josef Maiman en este caso. Por su parte, Galarreta advirtió que “una declaración política – como la que hiciera Zeballos – no puede terminar en la Comisión de Ética porque no hay mandato imperativo. Sería un absurdo que lo acusen porque él puede hacer las declaraciones que quiera”. Explicó también que las afirmaciones del titular de Fiscalización no invalidan el informe porque este ya había sido aprobado. “Sin embargo, Alejandro Toledo ha demostrado que tiene una pobreza moral mintiendo”, aseguró. El parlamentario de Concertación Parlamentaria Carlos Bruce indicó que a Alejandro Toledo le conviene ser candidato presidencial en los próximos comicios electorales, ya que pese a que su posición en el “tablero electoral es marginal”, podría enfrentar desde la política un posible proceso judicial por el caso Ecoteva. “Él tiene un problema serio, un problema judicial que se le viene. Con un Congreso que se pronuncia a favor de que la Fiscalía lo investigue, y con la Fiscalía que no necesita pruebas, sino indicios razonables (…) y que probablemente acuse y se abra un proceso judicial, (a Toledo) le conviene ser candidato presidencial porque si le pasa algo va a decir ‘persecución política’. Él va a ser candidato presidencial porque es la mejor forma que tiene de enfrentar este proceso”, señaló en entrevista con Buenos Días Perú. Esto luego de que la Comisión de Fiscalización que investigó el caso en el Congreso decidiera aprobar a inicios de esta semana el informe final que recomienda solicitar que el Ministerio Público investigue al expresidente por los presuntos delitos de lavado de activos y de asociación ilícita.
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Bruce también indicó que pese a tener una baja intención de voto, será “difícil” que Perú Posible pierda su inscripción. “Ahora que él postule pro bablemente pasarán la valla electoral, pero no creo que llegue a dos dígitos de votación”, indicó. El Poder Judicial declaró improcedente la demanda de hábeas corpus presentada por el expresidente Alejandro Toledo por la supuesta violación al debido proceso contra la Comisión de Fiscalización del Congreso, que hace unos días aprobó el preinforme del Caso Ecoteva en el que recomienda al Ministerio Público investigar al exmandatario por los delitos de lavado de activos y asociación ilícita para delinquir. Canal N mostró el documento judicial emitido por el Tercer Juzgado Penal de Lima y firmado por su titular Haydee Monzón, que resuelve que no ha habido violación alguna del debido proceso y que el trabajo del mencionado grupo parlamentario deberá seguir con normalidad. Como se recuerda, el abogado defensor de Alejandro Toledo, Luis Lamas Puccio, había declarado que se contempla acudir al Tribunal Constitucional (TC) o incluso a instancias internacionales si el Pleno aprueba posteriormente el informe acusatorio. Asimismo, el letrado recordó que al haber presentado dos hábeas corpus contra la Comisión de Fiscalización, por no respetar el debido proceso, se dio inicio a una defensa de carácter constitucional para salvaguardar los derechos de Toledo Manrique. 2.2.4 FUTURO DE ALEJANDRO TOLEDO SE DECIDIRÁ – 10/01/14 El fiscal de la Nación, José Peláez Bardales, resolverá el próximo martes si denuncia o archiva la investigación al expresidente Alejandro Toledo y a su esposa Eliane Karp por presunto enriquecimiento ilícito por la compra de dos propiedades (por casi US$5 millones) a nombre de Eva Fernenbug. Fuentes fiscales revelaron que el magistrado está ultimando algunos puntos de la investigación para dar a conocer su dictamen. El pasado 6 de enero, se recuerda, la Comisión de Fiscalización del Congreso acordó, por mayoría, solicitar al Ministerio Público que investigue al exmandatario por los presuntos delitos de asociación ilícita y lavado de activos. Coincidentemente, el Tercer Juzgado Penal rechazó el hábeas corpus presentado por el exjefe de Estado contra el grupo de trabajo al descartar que dicha instancia haya violado su debido proceso.
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2.2.4 TESTIMONIO DE MELVIN RUDELMAN HUNDE MÁS A ALEJANDRO TOLEDO – 19/01/14 “Que quede grabado (…) yo me retiro de la política si me demuestran que yo he comprado o constituido una empresa en Costa Rica”. Con estas palabras, Alejandro Toledo aseguró ante la Comisión de Fiscalización del Congreso, el 27 de mayo del año pasado, que no participó en la conformación de la empresa Ecoteva. Sin embargo, el testimonio del notario costarricense Melvin Rudelman ante la fiscal Elizabeth Parco, titular de la 48 Fiscalía Provincial Penal de Lima, complicó más la situación del expresidente, ya que se ratificó en su versión de que este último sí estuvo presente, junto con su exjefe de seguridad Avraham ‘Avi’ Dan On, en las gestiones para la constitución de la controvertida firma. “¿A usted le consta que en la constitución de Ecoteva el señor Aleja ndro Toledo toma una decisión definitva?”, preguntó la fiscal a Rudelman, a lo que este respondió: “Claro que sí me consta. En mis respuestas a las preguntas de los fiscales de Costa Rica, si bien es cierto que el señor Alejandro Toledo no estuvo en un cargo de junta directiva, ni fue socio ni antes ni después, ni fue accionista, sí estuvo presente cuando se constituyó. Me indicaron las instrucciones de esa sociedad en mi oficina en San José, el 19 de enero de 2012, junto con el señor Avraham Dan On”. En la manifestación que rindió a través de una videoconferencia desde Costa Rica y que fue difundida por el programa Sin medias tintas, el notario indicó que su tío Harry Wohlstein lo contactó y le dijo que “tenía un cliente que formaría sociedades y que si a mí me interesaba”. “Yo le dije que para conocerlo primero, y así fue como el 19 de enero (de 2012) mi tío Harry Wohlstein los trajo a mi oficina. ¿A qué personas? Me refiero al señor Dan On y al señor Alejandro Toledo. Sostuvimos una reunión de una hora y media y se retiraron a su hotel, me imagino”, acotó. Luego la fiscal Elizabeth Parco le preguntó a Melvin Rudelman por la participación de Toledo Manrique en dicha reunión, a lo que el notario dijo: “Me imagino que el señor (Alejandro) Toledo estuvo presente porque la suegra de él (Eva Fernenbug) iba a ser presidenta y obviamente hay un vínculo”. En esa diligencia, el notario indicó que Alejandro Toledo fue el que le proporcionó el nombre para la empresa y que este se encontraba al tanto de todo el proceso, incluso –según dijo – fue el propio exgobernante quien dio las instrucciones para que se constituya Ecoteva a nombre de dos empleados de su bufete y que luego se pusiera todo a nombre de su suegra Eva Fernenbug.
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FIG. 1
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2.2.5 FISCALÍA INVESTIGARÁ A ALEJANDRO TOLEDO POR LAVADO DE ACTIVOS – 02/02/14 La fiscal Elizabeth fiscal Elizabeth Parco, titular Parco, titular de la 48 Fiscalía Provincial Penal de Lima, decidió incluir como investigados al expresidente Alejandro expresidente Alejandro Toledo y su esposa, Eliane esposa, Eliane Karp, Karp, en las indagaciones sobre un presunto lavado de activos en el caso Ecoteva. Fue el propio líder de Perú Posible quien informó, a través de su cuenta de Facebook, de esta determinación del Ministerio Público y denunció que ha existido “una fuerte presión contra la fiscalía provincial” para provincial” para llegar a esta nueva fase de la investigación preliminar, Además, cuestionó que Elizabeth Parco haya tomado su decisión “sin esperar la presentación de todas las pruebas pru ebas solicitadas a la defensa”. defensa” . “Asumo con entereza y decisión (la disposición de la fiscalía) , al amparo de que se actúe con sentido de justicia y sin presiones de ningún tipo”, expresó. Alejandro Toledo anunció que “esta semana deben presentarse en forma tos originales toda la documentación bancaria que prueba el origen lícito de los fondos”. fondos” . Como se sabe, el exmandatario insiste en que el dinero con el que su suegra, Eva Fernenbug, compró Fernenbug, compró una residencia en Las Casuarinas y una oficina en la Torre Omega, por casi cinco millones de dólares,pertenece dólares,pertenece a su gran amigo Josef Maiman. “Me allano y respaldo las investigaciones de la 48° Fiscalía Penal de Lima. Siempre dije que el Ministerio Público es el ente técnico adecuado para llevar adelante las investigaciones. Espero que mis adversarios no tomen este procedimiento como pretexto para sacar ventaja política y nuevamente activen una campaña de difamación y odio”, concluyó. 2.2.6 CASO ECOTEVA: ALEJANDRO TOLEDO ESPERA TRANQUILO – 17/03/14 Mientras al expresidente Alejandro expresidente Alejandro Toledo solo le queda esperar las conclusiones que debe emitir el Ministerio Público sobre el escándalo Ecoteva, escándalo Ecoteva, su defensa expresó su preocupación frente a la posibilidad de que información sobre este caso haya sido filtrada en los últimos días. Tras lanzar esta advertencia, el abogado del expresidente, Luciano López, se rectificó así mismo y rechazó esta posibilidad, destacando que existe confianza en la forma cómo la fiscal Elizabeth Parco viene llevando a cabo la investigación. investigación . “Hay que dejar trabajar a la fiscal, est á haciendo un buen trabajo. Esperemos los resultados”, puntualizó. 51
López sostuvo que Toledo espera con tranquilidad los resultados de la investigación de la fiscal Parco. Agregó que no se tiene previsto una nueva citación al exjefe de Estado, pero que si se diera, este y su esposa Eliane Karp no dudarían en presentarse, aunque ello se considere innecesario.
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En el devenir cotidiano de cualquier comunidad de propietarios son muchas las ocasiones en las que aparece la necesidad de afrontar un gasto eventual no previsto. Cuando este gasto extraordinario no puede ser satisfecho con los fondos ordinarios de la comunidad se recurre a una derrama, es decir, a fijar una cuota extra que cada propietario deberá abonar, más allá del obligatorio pago de las cuotas mensuales. 3.1 CONCEPTO DE DERRAMA En Derecho español es la participación económica de los mutualistas y cooperativistas en el resultado final de cada ejercicio de la entidad a que pertenecen. Si esta participación tiene el carácter de reintegro al mutualista de la cantidad percibida por su mutua en exceso, la derrama se llama activa («retorno» en las cooperativas); por el contrario, si consiste en una aportación suplementaria (véase cuota) que el mutualista tenga que realizar si se hubiera producido insuficiencia, se denomina derrama pasiva. Según la legislación española, los resultados positivos de las mutuas, una vez constituidas las garantías financieras exigidas por la ley, se destinarán en primer término a la restitución de las aportaciones realizadas para constituir el Fondo Mutual, y el sobrante podrá distribuirse entre los socios e incrementar las reservas patrimoniales. Si los resultados fuesen negativos, tanto en las mutuas como en las cooperativas, serán absorbidos por derramas pasivas o aportaciones obligatorias, por reservas patrimoniales y, en último término, por el Fondo Mutual o el Capital Social. En las mutuas y cooperativas, según el ordenamiento español, si estas son a prima fija los socios, en principio, no responden de las deudas sociales, salvo que los estatutos establezcan tal responsabilidad, en cuyo caso esta no podrá superar el importe anual de la prima que corresponda al socio en el ejercicio económico que haya dado origen a la deuda social. Si dichas entidades son a prima variable, los socios responden en todo caso de las deudas sociales, siendo tal responsabilidad mancomunada y proporcional a los respectivos capitales asegurados y limitados al importe de los mismos. 3.2 DEFINICION DE DERRAMA Es un beneficio que se otorga al asociado a su solicitud, y en caso de fallecimiento a los beneficiarios señalados en la Declaración Jurada simple, que figura en su ficha de inscripción o en su defecto a los herederos de acuerdo a Ley.
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El Beneficio de la DERRAMA, se basa en los principios de solidaridad fraternidad y ayuda mutua que el asociado tiene derecho a percibirla. El monto del beneficio estará determinado por la cuenta individual capitalizada anualmente; cuenta que tendrá como base la Tabla del año 2003. Este Beneficio es imprescriptible y se otorgará por una sola vez, de conformidad con el Reglamento y de acuerdo a la Tabla vigente en su última aportación regular. 3.3 CAJAS Y DERRAMAS EN EL PERU
3.3.1 DERRAMA DE RETIRADOS SECTOR EDUCACION
VISIÓN Ser reconocida como una institución líder, solidaria, moderna y confiable; consolidada por la excelencia de sus servicios y por el adecuado soporte económico y financiero, que contribuye a promover el bienestar general de sus asociados y de los trabajadores. MISIÓN Promover el bienestar, la solidaridad, la ayuda mutua y el fortalecimiento de la conciencia de pago a sus asociados; a través de la gestión administrativa comprometida y competente que brinde servicios de Beneficios y Créditos con excelencia e impulse la inversión implementando proyectos viables que consolide a la institución, y con el propósito de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida del asociado y de los trabajadores.
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BENEFICIOS
Derrama Directa.- La DERRAMA DIRECTA es el beneficio al que tiene derecho todo asociado que cumple las 120 aportes mensuales y por segunda vez previa reinscripción, después de 60 cotizaciones; siempre que la primera Derrama Directa se haya pagado después de la entrada en vigencia del actual Estatuto de fecha 27-04-2007. Para seguir gozando de sus demás beneficios deberá presentar un nuevo expediente con sus datos actualizados. En este caso la edad no es causal de impedimento. Las cotizaciones efectivas se refiere cuando el asociado haya cumplido en cotizar durante los meses que le corresponderá las cuotas bajo las siguientes formas:
Descuento por planillas Depósitos bancarios y/o Pago directo o Caja de la DERESE
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA DERRAMA DIRECTA Los requisitos mínimos requeridos al asociado, para proceder al pago de su DERRAMA DIRECTA, son los siguientes:
Solicitud proporcionada por la Institución. Copia fotostática del último talón de pago, en el que figure el descuento de los S/.20.00 de aportación. Copia fotostática del DNI. Informe del área de Beneficios acreditando tener 120 aportaciones, Primera Derrama y 60 aportaciones Segunda Derrama según el caso. Informe del área de Créditos. Ficha de Inscripción (para no perder los otros beneficios) Carta de Compromiso Carta de autorización de descuento En caso del Trámite por poder: Poder notarial legalizado (03 meses) Documento de Identidad del apoderado legalizado. 56
Derrama por invalidez.- El beneficio de la DERRAMA POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE se otorgará a los asociados cuya invalidez se produzca por accidente únicamente, a partir de la fecha de inscripción o reinscripción como asociado. Este beneficio se goza a partir del primer aporte efectivamente cotizado y siempre que demuestre el aporte en el mes en que ocurrió la invalidez. Esta cobertura es válida solo para la primera Derrama Directa. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA DERRAMA POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE
Solicitud proporcionada por la institución. Copia simple de la boleta de pago, voucher de pago del Banco y recibo de pago por Caja del mes en que ocurrió la invalidez total y permanente del asociado, conteniendo el aporte del respectivo mes. Original y fotocopia del DNI. Informe del área de créditos. Certificado del Ministerio de Salud o ESSALUD, indicando la fecha en que ocurrió la invalidez, firmado por el médico tratante. La DERESE constatará la situación real de la invalidez total y permanente.
Derrama por fallecimiento.- La DERRAMA POR FALLECIMIENTO se otorgará a los beneficiarios que el titular los haya declarado como tales, según el monto que determina la tabla del último Estudio Matemático Actuarial vigente. Este beneficio se goza desde el primer aporte, tal como lo estipula el Artículo 16º del Estatuto vigente. Tiene un tope equivalente al valor de una Derrama Directa. La Derrama por Fallecimiento prescribe a los 24 meses, contados a partir de la fecha que ocurrió el siniestro y aquellas que no hayan sido cobradas, pasaran a formar parte del Patrimonio de la Institución.
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REQUISITOS PARA SOLICITAR LA DERRAMA POR FALLECIMIENTO
Solicitud proporcionada por la institución. Copia simple de la última boleta de pago, voucher del Banco o recibo de caja de pago conteniendo el aporte del mes. Copia simple del DNI del beneficiario. Fotocopia legalizada del DNI del beneficiario. Acta de defunción del asociado fallecido (original). Carta de renuncia y transferencia al beneficio, con firma legalizada (solo cuando existen más de dos beneficiarios). Copia del DNI de los renunciantes legalizada.
FOMORDE.- El beneficio de FOMORDE (Fondo Mortuorio) es aquel beneficio creado para cubrir eventualidades económicas de los familiares, cuando ocurra el fallecimiento del asociado titular de la DERESE, y se pagará a los beneficiarios que el asociado(a) haya registrado en la ficha de inscripción según Artículo 20 del Estatuto vigente. El Beneficio del FOMORDE se goza desde la primera aportación, efectivamente cotizada. REQUISITOS PARA SOLICITAR EL FONDO MORTUORIO (FOMORDE) O LA DERRAMA POR FALLECIMIENTO
Solicitud proporcionada por la DERESE. Copia simple del documento de identidad del asociado fallecido. Copia simple de la última boleta de pago, Boucher de pago del banco y recibo de caja conteniendo el aporte del mes. Acta de defunción del asociado en original. Fotocopia legalizada del DNI de los beneficiarios. Carta de renuncia y transferencia a los beneficiarios, con firma legalizada (solo cuando existen mas de dos beneficiarios). Copia legalizada de los documentos de identidad de los renunciantes. De no haber renuncia y si hubiera varios beneficiarios se trabajará con un solo expediente con la firma de todos los interesados y el pago será con cheque individual de acuerdo a la proporción.
El beneficio de FOMORDE prescribe a los 24 meses, contados a partir de la fecha en que ocurrió el siniestro y aquellos que no hayan sido cobrados, pasaran a formar parte del Patrimonio de la Institución.
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VENTAJAS
3.3.1 DERRAMA MAGISTERIAL
Derrama Magisterial es una institución de seguridad social privada, perteneciente a los maestros que trabajan en las instituciones educativas del Estado. Nuestra función principal es administrar con eficiencia y transparencia los aportes mensuales de nuestros asociados para que, al término de su vida laboral, cuenten con un Fondo de Retiro importante y altamente rentable. Adicionalmente, como parte de nuestro programa de Previsión Social, otorgamos beneficios de Invalidez y Fallecimiento. Con el correr de los años, nuestra institución se ha convertido en líder nacional del rubro seguridad social, gracias a un modelo de gestión moderno que privilegia la calidad de atención y satisfacción de nuestra gran familia de afiliados, más de 270,000 maestras y maestros de todo el país, que año tras año renuevan su confianza en nostros. Tras cuarenta años de trabajo, Derrama Magisterial se proyecta internacionalmente como una de las instituciones de seguridad social más comprometidas con su desarrollo, gracias a su permanente trabajo de difusión y consolidación de una cultura de seguridad social entre sus afiliados. Asimismo, nuestros principales beneficios y servicios han recibido Certificación de Sistemas de Gestión de Calidad ISO 9001:2008. MISIÓN Administrar con eficiencia, calidad y rentabilidad los recursos humanos, materiales y financieros, incrementando permanentemente el fondo previsional y la cuenta 59
individual de todos y cada uno de sus asociados, garantizándoles un beneficio digno y seguro, con servicios y atención de excelencia, poniendo en práctica nuestra vocación y espíritu solidario. Para ello promovemos internamente un clima laboral armonioso y de trabajo en equipo que nos lleve a desarrollar al máximo el potencial de nuestros colaboradores. VISIÓN Derrama Magisterial aspira a ser la organización que brinde el mejor servicio a todo el Magisterio Nacional en el ámbito previsional, crediticio, recreacional, vivienda, cultural, pedagógico y otros, constituyéndose en el más importante apoyo para sus asociados tanto en su vida familiar como profesional. TRANSPARENCIA Desde hace 12 años, Derrama Magisterial registra utilidades de manera sostenida, consolidándose como una institución financieramente sólida y rentable. En el 2012 obtuvo más de 53 millones de soles de utilidades, incrementando nuestros recursos en 11.1%. Este crecimiento se refleja, principalmente, en el Fondo de las Cuentas Individuales, que, a diciembre de 2012, llegó a 1,435'080,428 (mil cuatrocientos treinta y cinco millones 80 mil 428 soles). En el 2005, este Fondo era de S/. 592'177,263. Este incremento significa más beneficios previsionales para los maestros a través de sus fondos de Retiro, Invalidez y Fallecimiento. En el gráfico de la derecha podemos apreciar la evolución del Fondo de Cuentas Individuales desde el año 2006 (Fuente: Equipo de Planeamiento, Proyectos e Inversiones).
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Este gráfico muestra la evolución de las aportaciones de los maestros (el equivalente al 0.5% de la UIT vigente) y el crecimiento de los beneficios previsionales que recibe. En 2003, un profesor con 30 años de servicio recibía S/. 3,311.32 como fondo de Retiro. A diciembre de 2012 recibía S/. 7,769.50. Una de las ventajas diferenciales de este sistema de aportaciones es que los aportes mensuales son depositados íntegramente en la Cuenta Individual de cada asociado, sin recargas ni intereses. (Fuente: Equipo de Planeamiento, Proyectos e Inversiones).
El crecimiento sostenido de nuestras utilidades en los últimos 15 años, son un reflejo de la eficiencia en la administración de los aportes de los maestros. En 2005, las utilidades fueron de S/. 32'542,079. El año pasado llegaron a S/. 53'064,834. La solidez financiera de Derrama Magisterial se manifiesta en la evolución positiva de nuestros recursos. En 2004 eran de S/. 647'889,628 y en 2012 han llegado a S/. 1,688'016,207. (Fuente: Equipo de Planeamiento, Proyectos e Inversiones).
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PREVISION SOCIAL BENEFICIO POR RETIRO
Al culminar tu actividad laboral como docente, nos preocupamos porque cuentes con un Fondo de Retiro importante y justo. Recibirás, por única vez, un monto que es la suma de:
Tus aportes acumulados en tu Cuenta Individual durante tus años de servicio. La rentabilidad obtenida por los intereses correspondientes. Tu participación de las utilidades registradas periódicamente.
Requisitos:
Solicitud dirigida a la Gerencia General. Resolución de Cese por Retiro fedateada (*). Resolución de Nombramiento, original y copia. Informe del Escalafón, original detallado y actualizado. Copia DNI vigente. Talón de pago.
BENEFICIO POR INVALIDEZ
Si padecieras algún tipo de invalidez definitiva, de naturaleza permanente y de grado total, causada por una enfermedad o accidente, cuentas con nosotros para ayudarte a ti y a tu familia en esos difíciles momentos. Recibirás un monto equivalente a:
El saldo acumulado de tu Cuenta Individual de aportes. Un monto adicional hasta alcanzar cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha del incidente.
Requisitos
Solicitud dirigida a la Gerencia General. Resolución de Cese por Invalidez fedateada (*). Resolución de Nombramiento, original y copia. 62
Dictamen de la Comisión Médica fedateado (*). Copia del último talón de pago(**). Copia DNI vigente.
BENEFICIO POR FALLECIMIENTO
Ante la eventualidad del fallecimiento del titular, contamos con un beneficio extraordinario para los deudos directos, que deben ser registrados en tu Carta de Designación de Beneficiarios. De esta manera, la familia contará con un soporte financiero para afrontar esas difíciles circunstancias. Por este beneficio los deudos recibirán: El saldo acumulado en la Cuenta Individual. Un monto adicional hasta alcanzar dos (2) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha del deceso. En el caso que el monto de aportaciones del maestro sea mayor a esa cantidad al momento de su fallecimiento, la familia recibirá el monto total de las aportaciones más el 50% de 1 UIT adicional. Así, Derrama Magisterial acompañará al maestro y su familia en los momentos en que más nos necesite. Requisitos
Solicitud dirigida a la Gerencia General. Resolución de Cese por fallecimiento fedateada (*) Resolución de Nombramiento, original y copia. Acta de defunción, en original. Copia del Certificado de Defunción. Declaración Jurada Notarial, según formato. Partidas de Matrimonio y/o Nacimiento de hijos. Copia último talón de pago(**).
Documento de identidad (original y copia).
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CONCLUSIONES
COFIDE forma parte del Sistema Financiero Nacional y puede realizar todas aquellas operaciones de intermediación financiera permitidas por su legislación y sus estatutos y, en general, toda clase de operaciones afines. En el caso ECOTEVA se debe solucionar con una sentencia o no de acuerdo a la informacion recopilada. Una derrama es un beneficio que se otorga al asociado a su solicitud, y en caso de fallecimiento a los beneficiarios señalados en la Declaración Jurada simple, que figura en su ficha de inscripción o en su defecto a los herederos de acuerdo a Ley.
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