LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL ESTADO DE SAN ANDREAS
Contenido LIBRO I ENJUICIAMIENTO ENJUICIAMIENTO CRIMINAL................................................................................. - 3 - ...............................................................................................- 3 TÍTULO I LAS PENAS ...............................................................................................-
Capítulo I Tipos de penas.............................................................................................- 3 TÍTULO II LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL........................................................- 4 -
Capítulo I Exención de la responsabilidad criminal.......................................................- 4 Capítulo II Atenuantes de responsabilidad criminal......................................................- 4 Capítulo III Agravantes de responsabilidad criminal.....................................................- 5 Capítulo I !esponsables criminales...........................................................................- 5 .............................................................................- 6 TÍTULO III EL PROCESAMIENTO PROCESAMIENTO .......................................................................................................................... ...............................- 7 - LIBRO II CÓDIGO FEDERAL CRIMINAL DE SAN ANDREAS .............. TÍTULO I: DELITOS DE HOMICIDIO Y ASESINATO .............. ..................... .............................................................- 7 TÍTULO II: DELITOS DE LESIONES ..................................................................................................................................................- 8 TÍTULO III: DELITOS CONTRA LA LIBERTAD.........................................................- 8 TÍTULO IV: DELITOS DE TORTURAS ............................................................................................................................................- 9 TÍTULO V: DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL ........................................- 10 TÍTULO VI: DELITOS DE OMISIÓN DE SOCORRO ..............................................................................................- 10 TÍTULO VII: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD.....................................................- 11 TÍTULO VIII: DELITOS CONTRA EL HONOR ..................................................................................................................- 12 TÍTULO IX: DELITOS CONTRA LAS RELACIONES FAMILIARES FAMILIARES ......................- 12 TÍTULO X: DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO ......................................................................................................- 12 -
Capítulo I. !obos.........................................................................................................!obos.........................................................................................................- "# Capítulo III. Extorsión..................................................................................................- "3 Capítulo I. Enga$os..................................................................................... Enga$os................................................................................................... .............. - "3 Capítulo . %a$os.......................................................................................................- "3 TÍTULO XI: DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD COLECTIVA Y LA SALUD PÚBLICA..................................................................................................................- 14 TÍTULO XII: DELITOS DE FALSEDAD ....................................................................- 15 TÍTULO XIII: DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA................- 16 TÍTULO XIV: DELITOS CONTRA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES ..............- 17 .........................................- 18 TÍTULO XV: DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO ....................................................................- 19 TÍTULO XVI: DELITOS DE POSESIÓN Y TRÁFICO DE ARMAS ............................- 20 TÍTULO XVII: DELITOS DE LAS ORGANIACIONES O RGANIACIONES Y GRUPOS CRIMINALES .-
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LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA ...........................................................- 20 TÍTULO XVIII: DELITOS DE TERRORISMO ............................................................................... .............................................................- 21 TÍTULO XIX: DELITOS CONTRA LA COMUNIDAD ............. LIBRO I LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!- "" - ....................................................................- 22 TÍTULO I SANCIONES MUY GRAVES ....................................................................Capítulo I Contra el orden público............................................................................- 22 TÍTULO II SANCIONES GRAVES!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!- "" - Capítulo I Contra el orden público............................................................................- 22 Capítulo II Del ane!o " u#o de ara#.....................................................................- 23 Capítulo III Contra la# libertade#...............................................................................- 23 Capítulo I$. %urto#....................................................................................................- 24 Capítulo $ Contra lo# a&ente# de la autoridad.........................................................- 24 Capítulo $I Contra la #alud colecti'a........................................................................- 24 TÍTULO III SANCIONES LEVES!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!- "# -
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LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA
LIBRO I ENJUICIAMIENTO CRIMINAL TÍTULO I LAS PENAS
Capítulo I Tipos de penas Artículo 1. Las penas que se establecen en este código son de tres tipos: a b c
Prisión Retirada temporal o permanente de derechos Sanción económica
Artículo 2. 1 Las penas de prisión de 2 años o más se impondrán por un tribunal. 2 Las penas de menos de 2 años de prisión se podrán aplicar por los
agentes de la autoridad quedando ba!o custodia en un edi"cio policial. # Se establece la prisión permanente con carácter re$isable para penas
e%cepcionalmente gra$es. & 'sta se re$isará cada # meses a partir de los primeros ( meses
pudiendo alargarse tanto como el )ribunal considere oportuno.
Artículo 3. La retirada temporal de derechos se aplicará seg*n el delito + podrán incluir: a b c d e
,nhabilitación para e!ercer cargo p*blico. ,nhabilitación para conducir $eh-culos de motor. ,nhabilitación de portar armas. Prohibición de $i$ir o acudir a lugares determinados. Prohibición de apro%imarse o comunicarse con la $-ctima. /quellas que el 0ue considere necesario para la correcta rehabilitación rehabilitación del sancionado o la seguridad de la $-ctima.
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LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA
TÍTULO II LA L A RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD CRIMINAL
Capítulo I Exeni!n de la "esponsa#ilidad "i$inal Artículo 4. uedan e%entos de responsabilidad criminal todas aquellas personas que cumplan alguna de estas caracter-sticas: caracter-sticas: a
3inus$al-a ps-quica o trastorno ps-quico temporal que no le permita entender el alcance de sus actos.
b
'l que act*e en deensa propia de sus amiliares o amigos o de sus bienes si:
c
'stán en peligro de surir un gra$e deterioro 45ienes6 o heridas mortales 4Personas6.
d
7ecesidad urgente para repeler la agresión.
e
Si el deensor no ha pro$ocado.
'l que act*e en una situación de miedo insuperable.
g
'l que act*e en cumplimiento del deber asignado o de un derecho propio.
Capítulo II Atenuantes de "esponsa#ilidad "i$inal Artículo 5. Son circunstancias propensas a disminuir la pena: a
/ctuar debido a una adicción a sustancias tó%icas. &
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA b
Conesar del delito antes de ser descubierto.
c
8aber reparado el daño ocasionado.
Capítulo III A%"a&antes de "esponsa#ilidad "i$inal Artículo 6. )odas )odas aquellas aquellas personas personas que cumplan estas estas caracter-sticas caracter-sticas respecto respecto a un delito deberán ser tenidas en cuenta para aumentar su condena: a
Realiar el delito con ale$os-a: 9e tal manera que se asegura causar el má%imo daño + no tener complicaciones para uno mismo.
b
Realiar el delito utiliando prendas que oculten el rostro o el cuerpo.
c
Realiar el delito abusando de autoridad o de superioridad -sica.
d
Realiar el delito por recompensa.
e
Realiar el delito por moti$os racistas antisemitas u otra clase de discriminación reerente a la ideolog-a religión o creencias de la $-ctima la etnia raa o nación a la que perteneca su se%o orientación o identidad se%ual la enermedad que padeca o su discapacidad.
/umentar innecesariamente innecesariamente el surimiento de la $-ctima.
g
Ser reincidente. reincidente.
Capítulo I' Responsa#les "i$inales Artículo . Son responsables + susceptibles de sanción los autores los inductores los cooperadores necesarios + los cómplices.
Artículo !. Se considera autor a aquel que realia un delito por s- solo o a+udado por otros lle$ando l el peso del acto tomando decisiones + determinando la "nalidad de este. ;
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA 'n caso de e%istir dos o más autores se denominar-an coautores.
Artículo ". Se considera inductor a aquel que uera o dirige a otros a cometer un hecho delicti$o.
Artículo 1#. Se considera cooperador necesario a todo aquel que participa en el hecho delicti$o con hechos sin los cuales no podr-a realiarse realiarse 1.
Artículo 11. Se considera cómplice a todo aquel que realia una aportación al acto delicti$o pero es ácilmente reemplaable 2.
TÍTULO III EL PROCESAMIENTO( PROCESAMIENTO( Artículo 12.
9erecho a guardar silencio a no declarar no contestar preguntas o maniestar que solo declarará ante el !ue.
2
9erecho a no declarar contra s- mismo + a no conesarse culpable.
#
9erecho a ser asesorado por un abogado a designarlo libremente + a acilitar la comunicación.
&
9erecho a que se ponga en conocimiento del amiliar o persona que desee el hecho de la detención + el lugar de custodia
;
9erecho a ser inormado por escrito de los moti$os de su detención + de sus derechos.
(
9erecho a ser asistido gratuitamente por un intrprete cuando se trate de e%tran!ero
1 '!. 8echos preparatorios de aportación de material o similares inormación del lugar donde se $a a cometer ubicación de alarmas=. 2 '!. >btener un $eh-culo de uga. (
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA ?
9erecho a ser reconocido por el mdico orense o su sustituto legal en caso de que se encuentre mal o precise medicación durante el proceso.
@
9erecho a la prohibición de medios $iolentos en las declaraciones.
A
9erecho a ser puesto en libertad si en menos de 2 horas si no ha+ pruebas su"cientes como para imponer cárcel al ciudadano o solicitar un !uicio.
LIBRO II C)DI*O +EDERAL CRIMINAL CRIMIN AL DE SAN ANDREAS TÍTULO I, DELITOS DE -OMICIDIO . ASESINATO
Artículo 1. Será acusado de $o%&c&'&o aquel que mate a otra persona en un acto imprudente o in$oluntario sin intención de acabar con la $ida. Pena de 1; a 2B años de prisión + multa de 1;.BBB dólares.
1
Si ocurre conduciendo un $eh-culo se retirará el permiso de conducir 2 semanas a partir de su salida de prisión.
2
Si ocurre realiando su traba!o se inhabilitará para realiar dicho traba!o durante 2 meses.
#
Artículo 2. Será acusado de A()(&*+to aquel que mate a otra persona con una de las siguientes condiciones: a
Plani"cación pre$ia.
b
Por una recompensa.
c
/umentando inhumanamente inhumanamente el dolor de la $-ctima.
Pena de 2B a #B años de prisión + multa de #B.BBB dólares.
Artículo 3. Será acusado de I*t)*to ') +()(&*+to aquel que inicie los actos necesarios que conlle$ar-an a la muerte directa de la $-ctima.
?
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA Se castigará con la mitad de la pena del art-culo 2.
Artículo 4. Será acusado de T)*t+t&,+ ') +()(&*+to aquel que plani"que un asesinato sin empear los mecanismos que conlle$en a la muerte de la $-ctima 4Plani"cación obtención de armas...6 armas...6 Se castigará con la mitad de la pena del art-culo 2.
Artículo 5. Será acusado de A()(&*+to ') u* %&)%-ro ') l+ co%u*&'+' aquel que acabe con la $ida de un miembro del gobierno polic-a personal sanitario + equi$alentes. Pena de #B a &B años #;.BBB e inhabilitación permanente para unción p*blica.
TÍTULO II, DELITOS DE LESIONES Artículo 6. Será acusado de L)(&o*)( co* +t)*c&* (+*&t+r&+ aquel que cause lesiones a una persona que necesiten atención sanitaria. sanitaria. Pena de prisión de ( meses a 1 año indemniación a la $-ctima de 2.BBB dólares + pago de los costes sanitarios siempre que se cumpla una de las condiciones siguientes:
→ Si las lesiones ocasionadas producen una minusvalía, la indemnización será de 50.000 dólares. → Si la lesión se produce debido a una imprudencia, ya sea en el ámbito laboral o personal, la pena se reduce a la mitad en cada caso. → Si se utiliza cualquier tipo de arma, se considerará un agravante que aumentará la pena. 'n caso de tratarse de una lesión de especial gra$edad se podrá aumentar la pena hasta un má%imo de & años de prisión. /quellas lesiones que no cumplan estos requisitos quedan sancionadas ba!o la Le+ de seguridad ciudadana.
@
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA TÍTULO III, DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Artículo . Será acusado de D)t)*c&* &l)/+l aquel que retenga encierre o detenga a una persona en contra de su $oluntad. Pena de prisión ; a 1B años + una indemniación de ;.BBB dólares.
Artículo !. Será acusado de S)cu)(tro aquel que retenga o encierre a una persona en contra de su $oluntad buscando un bene"cio o condición de cualquier tipo. Pena de prisión de 1B a 1; años e indemniación de 1B.BBB dólares.
Artículo ". Será acusado de T)*t+t&,+ ') ()cu)(tro aquel que planee el hecho pre$isto en el art-culo anterior. Castigado con la mitad de la pena.
Artículo 1#. Será acusado de A%)*+0+( aquel que amenace a otro con causarle un acto considerado como delito en este código:
→ Si se exige un benecio o condición, de ! meses a " a#o de prisión. → $n caso contrario, de % a ! meses. → Si las amenazas se dirigen a una población, grupo social o similares, se sancionará con prisión de " a#o a#adido.
Artículo 11. Será acusado de Aco(o aquel que realice cualquier de los siguientes actos de tal manera que altere el normal d-a a d-a de una persona sin estar autoriado a ello:
&' (igilar o perseguir.
A
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&' )ntentar contactar repetidamente directamente o a trav*s de terceras personas &' +ealizar actos de da#os contra *lella o contra sus conocidos o -amiliares.
Pena de prisión de ( a 12 meses de prisión + una multa de 2.BBB dólares.
TÍTULO I', DELITOS DE TORTURAS Artículo 12. Será acusado de Tortur+ aquel que realice actos degradantes oensi$os dañinos o de similar carácter a una persona. Pena de prisión de a ; a 1B años.
→ Si este delito es cometido por un -uncionario pblico, con el n de obtener una con-esión o declaración, la prisión será de / a " a#os.
TÍTULO ', DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SE/UAL Artículo 13. Será acusado de A/r)(&* ()u+l aquel que uerce una relación de carácter -ntimo no consentida mediante la $iolencia e intimidación. Prisión de & a @ años.
Artículo 14. Será acusado de A-u(o ()u+l aquel que uerce una relación de carácter -ntimo no consentida sin mediar $iolencia o intimidación apro$echándose de una situación a$orable como la inconsciencia estar ba!o los eectos de las drogas u obrando con abuso de autoridad se castigará con prisión de # año a ( años de prisión. DE Si el propio acusado del abuso ha utiliado las drogas para eectuar l mismo el delito se aumentará un año de prisión.
Artículo 15.
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Será acusado de Aco(o ()u+l aquel que realice actos de manera hostil solicitando actos de carácter se%ual empleando $iolencia intimidación o abuso de superioridad. Prisión de ( a 12 meses + multa de 1.BBB dólares.
TÍTULO 'I, DELITOS DE OMISI)N DE SOCORRO( Artículo 16. 1elito de omisión de socorro, pasa a ser una in-racción a la seguridad ciudadana.
Artículo 1. Será acusado de O%&(&* ')l ')-)r ') (ocorro aquel que abandone a una persona herida o desamparada debido a un accidente pro$ocado por uno mismo. Prisión de 2 a & años + multa de 2.BBB dólares.
Artículo 1!. Será acusado de O%&(&* ') ')-)r (+*&t+r&o todo aquel personal sanitario que deniegue la atención sanitaria a una persona poniendo en gra$e riesgo su $ida Prisión de & a ( años e inhabilitación absoluta.
TÍTULO 'II, DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Artículo 1". Será acusado de &ol+c&* ') l+ &*t&%&'+' aquel que acceda a cualquier tipo de propiedad o dispositi$o propiedad de otro sea digital o analógico + obtenga o modi"que inormación sin su consentimiento será castigado con prisión de 2 a & años + multa de ;.BBB dólares.
Artículo 2#. Será acusado de R),)l+c&* ') ()cr)to( aquel que además utilice dicha inormación en p*blico habindose obtenido de manera legal o no sin el consentimiento de la $-ctima será castigado con prisión de 1 año a 2 años + multa de #.BBB dólares. 11
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA DE La pena de prisión será proporcional proporcional al medio utiliado para la diusión.
Artículo 21. Será acusado de All+*+%&)*to aquel que entre o permaneca en una casa negocio o cualquier propiedad a!ena contra la $oluntad de su dueño sin haber tenido permiso pre$io empleando $iolencia o intimidación. Prisión de ( a 1@ meses + multa de 2.;BB dólares.
&' Se agravará la pena si permanece en la propiedad empleando violencia o intimidación.
TÍTULO 'III, DELITOS CONTRA EL -ONOR Artículo 22. $l delito de calumnia pasa a ser una in-racción a la seguridad ciudadana.
Artículo 23. Será acusado de I*ur&+ aquel que diga de manera p*blica hechos alsos o reales que humillen a otra persona. Prisión de ( a 12 meses multa de 2.BBB dólares.
TÍTULO I/, DELITOS CONTRA CONTRA LAS RELACIONES RELACIONES +AMILIARES( +AMILIARES( Artículo 24. Será acusado de +tr&%o*&o &l)/+l aquel que adquiera matrimonio a sabiendas de que e%iste legalmente el anterior. Prisión de 2 a & años + multa de 2.BBB dólares. uedará anulado en el momento de emitir la sentencia el segundo matrimonio.
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LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA TÍTULO /, DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO
Capítulo I( Ro#os( Artículo 25. Será acusado de Ro-o aquel que sustraiga algo a alguien con uera en la propiedad 4Rotura de $entanas puerta ca!as uertes persianas muebles cerrados uso de escaleras uso de lla$es perdidas=6 o con intimidación sobre otra persona. Prisión de ( meses a & años + una multa de 1B $eces el $alor de lo sustra-do.
Artículo 26. Será acusado de Ro-o ') ,)ículo( el que use o retenga un $eh-culo sin autoriación de su dueño. Si lo de$uel$e antes de 2& horas la prisión será de ( a 12 meses. 'n caso contrario la prisión será de hasta # años. 3ulta de la mitad del $alor del $eh-culo en ambos casos.
Capítulo III( Exto"si!n( Artículo 2. Será acusado de Etor(&* aquel que con intención de bene"ciarse bene"ciarse obligue a otro con $iolencia o intimidación a realiar un acto que le per!udique económicamente. económicamente. Prisión de 2 a ; años.
Artículo 2!. Será acusado de U(ur+c&* aquel que haga uso de una casa o negocio sin autoriación de su dueño se le castigará con prisión de 2 a & años.
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LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA Capítulo I'( En%a0os( Artículo 2". Será acusado de E(t+7+ aquel que con ánimo de lucro utilice el engaño para producir el error en otro produciendo un daño a l mismo o a otro. Prisión de 2 a ( años + una multa de ( $eces lo estaado.
Artículo 3#. Será acusado de Aro&+c&* &*')-&'+ aquel que retenga un ob!eto que ha+a recibido por un plao determinado uera de dicho plao sin permiso del dueño. Prisión de 2 a & años.
Capítulo '( Da0os( Artículo 31. Será acusado de D+8o( r&,+'o( aquel que cause daños gra$es a la propiedad a!ena 4;BBBB o más6 se castigará con prisión de ( a 2& meses + multa de ; $eces el precio de la reparación de lo dañado.
Artículo 32. Será acusado de D+8o( 9-l&co( aquel que cause daños gra$es 4;BBBB o más6 a la propiedad del gobierno sean $eh-culos ob!etos o cualquier otro tipo se castigará con prisión de 12 meses + multa de ; $eces el precio de la reparación de lo dañado.
Artículo 33. Será acusado de D+8o( %+:or)( aquel que utilice arteactos incendiarios o e%plosi$os para causar daños poniendo en riesgo la $ida de las personas o en gra$e riesgo bienes. )ambin )ambin se considerará considerarán n daños ma+ores ma+ores aquellos que incluidos en los art-culos #1 + #2 superen los 1B.BBB dólares. 1&
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA Prisión de # años multa de hasta 1B $eces el daño material causado.
TÍTULO /I, DELITOS CONTRA LA SE*URIDAD COLECTI'A . LA SALUD P1BLICA Artículo 34. Será acusado de un D)l&to ') Elo(&o*)( los que pro$oquen e%plosiones e%plosiones de cualquier tipo + destru+an la propiedad propiedad p*blica o pri$ada. Prisión de @ a 12 años + una multa de hasta 2B.BBB.
Artículo 35. Será acusado de Po()(&* ') )lo(&,o( a aquel que posea de manera no autoriada e%plosi$os. Prisión de & a 12 años.
Artículo 36. Será acusado de I*c)*'&o( aquel que pro$oque incendios que pongan en riesgo la $ida de una o $arias personas o bienes materiales. Prisión de # a ; años.
Artículo 3. Será acusado de I*c)*'&o( ;or)(t+l)( aquel que pro$oque incendios que aecten a onas naturales + propiedades pri$adas. Prisión de & a ( años.
Artículo 3!. Será acusado de Tr<=co ') 'ro/+( aquel que abrique distribu+a o suministre sustancias clasi"cadas como 1rogas ilegales para la salud para ser consumidas o posteriormente $endidas. Se inclu+e en la lista de drogas ilegales para este + otros delitos: &
2ari3uana y sus derivados 4lanta 6annabis 6 annabis Sativa7. 1;
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& 6ocaína y sus derivados. & 8eroína. & 9S1. & :xtasis o 212;. & 2etan-etamina. & ;quellas que los tribunales puedan considerar considerar..
/simismo será acusado acusado del mismo delito aquel que posea en l a $-a p*blica o en el domicilio: & & &
50 gramos o más de 2ari3uana y sus derivados. 0 gramos o más de 6ocaína y sus derivados. "0 gramos o más del resto de tipos de drogas ilegales. Prisión de 2 a 1; años.
TÍTULO /II, DELITOS DE +ALSEDAD Artículo 3". Será acusado de ;+l()'+' 'ocu%)*t+l aquel que altere modi"que o simule un documento para inducir a conusión + obtener un bene"cio. Prisión de 2 a ( años.
TÍTULO /III, DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACI)N ADMINISTRACI)N DE JUSTICIA Artículo 4#. Será acusado de Pr),+r&c+c&* aquel !ue que dicte di cte a sabiendas una sentencia in!usta. Prisión de 2 a & años e inhabilitación permanente para la unción !udicial.
Artículo 41. Será acusado de E*cu-r&%&)*to aquel que conoca la e%istencia de un delito + haga lo posible para e$itar su procesamiento !udicial. Prisión de 2 a & años + multa de 2.BBB dólares.
1(
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Artículo 42.
Será acusado de D)*u*c&+ 7+l(+ aquel que registre registre una denuncia ante los órganos !udiciales o cuerpo policial a sabiendas de su alsedad. Prisión de ( meses a 2 años. Se podrán incluir en este delito aquellas llamadas gra$es a los ser$icios de emergencias respecto a hechos delicti$os que resulten ser alsas.
Artículo 43. Será acusado de S&%ul+c&* ') ')l&to aquel que simule un delito con el "n de obtener un bene"cio. Prisión de # a ( años.
Artículo 44. Será acusado de No r)()*t+r() +l u&c&o aquel acusado que estu$iera citado para un !uicio + no apareca. Prisión adicional de ( meses.
Artículo 45. Será acusado de ;+l(o t)(t&%o*&o aquel que mienta en presencia de un !ue. Prisión de 2 a & años.
Artículo 46. Será acusado de O-(trucc&* + l+ u(t&c&+ aquel que realice actos destinados a di"cultar la acción de la !usticia. Prisión de & a @ años + una multa de 2.;BB.
Artículo 4. Será acusado de >u)-r+*t+%&)*to ') co*')*+ aquel que no respete su condena medida de seguridad prisión medida cautelar conducción o custodia. Prisión adicional de 1 a 2 años.
Artículo 4!. 1?
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Será acusado de R)-)l&* aquel que se organicen $iolentamente $iolentamente para: & &
)mpedir la celebración de elecciones. )mpedir la reunión del gobierno o de sus miembros. Subvertir el orden nacional.
Prisión de @ a 1B años + multa de 1B.BBB dólares. uedará e%ento aquel que des$ele dichos planes a pesar de que uese a participar en ellos.
TÍTULO /I', DELITOS CONTRA LOS DEREC-OS +UNDAMENTALES( Artículo 4". Será acusado de D&(cr&%&*+c&* aquel que pro$oque el odio o la $iolencia contra grupos por moti$os racistas antisemitas u otros reerentes a la ideolog-a religión religión o creencias creencias situación amiliar la pertenencia de sus miembros a una etnia o raa su origen nacional su se%o orientación se%ual enermedad o minus$al-a. Prisión de & a ( años.
Se incluye en este delito la di-usión de material de dic3as ideologías.
Artículo 5#. D&(cr&%&*+c&* 9-l&c+ aquel empleado p*blico Será acusado de D&(cr&%&*+c&* que no atienda a una persona por los moti$os arriba e%puesto. Prisión de # a ; años e inhabilitación de 1 año. 441 año >>C66
Artículo 51. Será acusado de Tr&,&+l&0+c&* aquel que nieguen $ulgaricen o alaben delitos de genocidio torturas o de terrorismo o menosprecien a sus $-ctimas. Prisión de 2 a & años.
Artículo 52. Será acusado de R)u*&* &l)/+l aquel que con$oque o participe en reuniones que:
&
Se celebren con el n de cometer algn delito. 1@
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& ;qu*llas a las que concurran personas con armas, arte-actos
explosivos u ob
Artículo 53. Se considera A(oc&+c&o*)( &líc&t+( aquellas agrupaciones continuadas de dos o más personas para:
& &
6ometer o promover la comisión de delitos. $mpleen medios violentos an para nes lícitos. promuevan la discriminación.
9os que
Serán acusados de )rt)*)*c&+ + +(oc&+c&* &líc&t+ los miembros de estas agrupaciones. Prisión de ( a @ años + de 1B a 12 años para los responsables.
TÍTULO /', DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO Artículo 54. Se considera +/)*t) ') l+ +utor&'+' a todo miembro del cuerpo policial sanitarios mdicos + miembros del gobierno durante el e!ercicio de sus unciones.
Artículo 55. Será acusado de At)*t+'o co*tr+ l+ +utor&'+' quien emplee uera intimide o e!eran resistencia acti$a contra los agentes de la autoridad en el e!ercicio de sus unciones. Prisión de # a ( años + multa de 2.;BB dólares.
Artículo 56.
1A
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Será Será acusa acusado do de D)(o-)'&)*c&+ + l+ +utor&'+' . uien desobedeca gra$em gra$ement ente e a los agent agentes es de la autor autorida idad d genera generando ndo un alter alterca cado do o cualquier tipo de incon$eniente de carácter gra$e para la seguridad se castigará con la pena de ( a 1@ meses + multa de 2.BBB dólares.
Artículo 5. Será acusado de Alt)r+c&* ')l or')* quien realice actos en la $-a p*blica para e$itar que una o $arias personas e!eran sus derechos o sus acti$idades cotidianas. Prisión de A a 12 meses + multa de 2.BBB dólares.
TÍTULO /'I, DELITOS DE POSESI)N . TR2+ICO DE ARMAS Artículo 5!. Será acusado de T)*)*c&+ &l)/+l ') +r%+( aquel que tenga armas sin la correspondiente licencia. Prisión de & a @ años en el caso de armas cortas. Prisión de ( a 12 años en el caso de armas largas.
Artículo 5". Será acusado de Tr<=co ') +r%+( aquel que $enda + distribu+a de armas sin disponer de la l a licencia adecuada. Prisión de 1B a 1; años.
TÍTULO /'II, DELITOS DE LAS OR*ANI3ACIONES . *RUPOS CRIMINALES Artículo 6#. Será acusado de P)rt)*)*c&+ + /ruo cr&%&*+l aquel que unde promue$a apo+e coordine diri!a participe o "nancien cualquier organiación de 2 o más personas cu+o ob!eti$o sea la comisión continuada de delitos organiados. Prisión de 2 a 1B años de prisión seg*n su implicación siendo la ma+or implicación los
2B
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA responsables + los "nanciadores + en menor medida los miembros con delitos no demostrados. demostrados.
TÍTULO /'III, DELITOS DE TERRORISMO Artículo 61. Se considerará T)rror&(%o al uso de procedimientos $iolentos para alterar el orden gubernamental o la pa p*blica gra$emente.
Artículo 62. P)rt)*)*c&+ + -+*'+ t)rror&(t+ aquel que perteneca a Será acusado de P)rt)*)*c&+ un grupo considerado terrorista. Se inclu+en en este art-culo cualquier acti$idad relacionada al grupo como apo+o log-stico "nanciación conocimiento de residencia etc= Prisión de 1; a 2B años para los miembros. Prisión de 2B a 2; años para la c*pula.
Artículo 63. Será acusado de Co%)t)r +cto( t)rror&(t+( aquel que realice actos en ser$icio de grupos terroristas o criminales atentando contra la $ida. Serán castigados: Con cadena perpetua no re$isable re$isable si causan la muerte de dos o más ci$iles o de un miembro del gobierno Con penas de #B a &B años de prisión si causan la muerte de un ci$il Con penas de 2; a #B años si se produce un secuestro Con penas de 2B a 2; años si se producen lesiones.
Artículo 64. Será acusado de E*+lt)c&%&)*to aquel que alabe de manera p*blica a un grupo considera terrorista as- como el que haga pequeños actos de apo+o o "nanciación como recolectas será condenado a 2 a # años de prisión + multa de #.BBB dólares. dólares.
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Artículo 65.
Será acusado de T)rror&(%o )* c+l&'+' ') Lo-o (ol&t+r&o aquel que realice los actos cali"cados como terroristas sin pertenecer a un grupo organiado. Las penas serán similares a las de terrorismo.
TÍTULO /I/, DELITOS CONTRA LA COMUNIDAD( Será acusado de G)*oc&'&o aquel que realice actos en contra de una etnia colecti$o social de una ideolog-a o orma de $ida igual en base a pensamientos discriminatorios. discriminatorios. Se engloban aqu- los delitos de /sesinato /gresión se%ual + )ortura. )ortura. Prisión de &B a (B años.
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LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA LIBRO I LE. DE SE*URIDAD CIUDADANA
TÍTULO I SANCIONES MU. *RA'ES Capítulo I Cont"a el o"den p4#lio(
R)+l&0+r r)u*&o*)( *o +utor&0+'+( en lugares considerados cr-ticos para el normal uncionamiento del estado tales como edi"cios gubernamentales seguridad hospitales + similares. ' '
2ulta de 3asta 6.000 dólares para los participantes. 2ulta de 3asta 8.000 dólares para los organizadores.
C)l)-r+r una reunión o espectáculo habiendo sido ro&-&'o por la autoridad. ' '
2ulta de 3asta 5.000 dólares para los participantes. 2ulta de 3asta 7.000 dólares para los organizadores.
TÍTULO II SANCIONES *RA'ES Capítulo I Cont"a el o"den p4#lio( Causar l)(&o*)( a una persona que necesiten atención sanitaria + no sean constituti$as de delito reerido al art-culo ; del código ederal criminal. '
2ulta de 3asta 3.000 dólares , que se destinará en un =5> a indemnizar a la víctima. Causar ')(r')*)( en la $-a p*blica desplaando mobiliario urbano urbano u otros ob!etos +lt)r+*'o l+ ()/ur&'+' c&u'+'+*+.
'
2ulta de 3asta 4.000
dólares.
Port+r +r%+( -l+*c+( o co*tu*')*t)( de manera amenaante o temeraria temeraria en onas de gran aFuencia de p*blico o cuando con moti$os undados el agente considere que son un riesgo para la seguridad p*blica. 2#
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA
'
2ulta de 3asta 3.000 dólares.
E&-&c&o*&(%o? 'l que realice actos de e%hibicionismo delante de personas causándoles un per!uicio. '
2ulta de 3asta 5.000 dólares. Causar '+8o( por $alor de %)*o( ') 5##@.
'
2ulta de 3asta 10 veces el daño causado .
+ltr+to +*&%+l. Causar daño a animales. '
2ulta de 3asta 10.000 dólares.
Capítulo II Del $ane5o 6 uso de a"$as Portar un +r%+ cort+ sin licencia. '
2ulta de 3asta 3.000 dólares y retirada del arma. Portar un +r%+ l+r/+ sin licencia.
'
2ulta de 3asta 7.500 dólares y retirada del arma.
Capítulo III Cont"a las li#e"tades
A%)*+0+r a otro con causarle un acto no considerado delito + sin condición. '
2ulta de 3asta 2.000 dólares.
I%)'&r a una persona +c)r cu+lu&)r t&o ') +cto no cali"cado como delito. '
2ulta de 3asta 4.000
dólares.
O%&(&* ') (ocorro? aquel que encuentre a una persona herida o desamparada sin encontrarse la a+uda a$isada + presente en el lugar. '
2ulta de 3asta 5.000 dólares.
2&
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA
C+lu%*&+ aquel que diga de manera p*blica que una persona es culpable de un delito sabiendo que es also. '
2ulta de 3asta 2.500 dólares.
Capítulo I'( -u"tos(
$urto de 6## 'l+r)( o %<(.
2ulta de 3asta
5 veces el valor de lo hurtado.
Capítulo ' Cont"a los a%entes de la auto"idad
O-(tru&r a los +/)*t)( de la +utor&'+' en el e!ercicio de sus 7u*c&o*)(. '
2ulta de 3asta 2.500 dólares.
O-(t+cul&0+r a los ()r,&c&o( de )%)r/)*c&+. '
2ulta de 3asta 2.000 dólares.
D)(o-)'&)*c&+ o r)(&(t)*c&+ a los agentes de la autoridad en el e!ercicio de sus unciones. '
2ulta de 3asta 2.500 dólares.
N)/+r() a &')*t&=c+r() o aportar datos alsos que di"culten la acción policial. '
2ulta de 3asta 2.000 dólares.
N)/+r() a '&(ol,)r una reunión o maniestación. '
2ulta de 3asta 2.500 dólares.
U(+r los '&(t&*t&,o( o u*&7or%)( propios de un ()r,&c&o de )%)r/)*c&+( o 9-l&co lle$ando a conusión. '
2ulta de 3asta 3.000 dólares.
U(o &*')-&'o de &%)*)( de los agentes de la autoridad. '
2ulta de 3asta 3.000 dólares.
Capítulo 'I Cont"a la salud oleti&a
2;
LEGISLACIÓN PENAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA
Co*(u%o de 'ro/+( en lugares p*blicos. '
2ulta de 3asta 1.500 dólares.
T)*)*c&+ de 'ro/+( en lugares p*blicos en aquellos supuestos que no sea delito. '
2ulta de 3asta 1.000 dólares.
TÍTULO III SANCIONES S ANCIONES LE'ES Celebración de %+*&7)(t+c&o*)( en lugare l ugares s de tránsito p*blico (&* +-)r
(&'o +utor&0+'+(. +utor&0+'+(. '
2ulta de 3asta 1.000 dólares.
;+lt+r +l r)()to a los agentes de la autoridad o ser$icios de emergencias. '
2ulta de 3asta 2.000 dólares. '!ecutar actos de )&-&c&o*&(%o .
'
2ulta de 3asta 2.000 dólares.
Ocu+r un &*%u)-l) en contra de la $oluntad del dueño. '
2ulta de 3asta 3.000 dólares.
D+8+r elementos p*blicos en actos $andálicos. '
2ulta de 3asta 1.500 dólares. Consumir -)-&'+( +lcol&c+( alterando la seguridad ciudadana.
'
2ulta de 3asta 1.000 dólares.
$urto de %)*o( ') 6## 'l+r)(. '
2ulta de 3asta 4
veces lo hurtado.
Alt)r+c&* l),) del or')*. '
2ulta de 3asta 1.000 dólares.
2(