Clasificación de las carreteras La clasif clasifica icació ción n para para fines fines de proy proyect ecto o geomét geométric rico o en la norma normativ tiva a mexica mexicana na más recien reciente te (Referencia 1) es básicamente en función del Tránsito Promedio iario !nual (TP!) esperado al final del "ori#onte de proyecto$ !s%& las carreteras se clasifican en' !& para un TP! de * mil a +, mil ve"%culos$ !+& para un TP! de - mil a * mil ve"%culos$ .& para un TP! de 1&*,, a - mil ve"%culos$ /& para un TP! de *,, a 1&*,, ve"%culos$ & para un TP! de 1,, a *,, ve"%culos$ 0& para un TP! de "asta 1,, ve"%culos$ Las normativas mundiales de vanguardia vanguardia anteponen una clasificación funcional a cualuier cualuier otra& con el fin de definir en primer lugar la función deseada para la v%a en el contexto de la red nacional de carre carreter teras$ as$ 0n ese ese sent sentido ido&& se prop propone one la sigui siguien ente te clasi clasific ficaci ación ón funci funciona onall de las carre carreter teras as mexicanas para fines de proyecto geométrico' • Troncales o primarias $ 2on parte de corredores de transporte ue unen centros de población importantes& importantes& generalmente de más de cincuenta cincuenta mil (*,&,,,) "abitantes& "abitantes& cuyas actividades actividades generan o atraen via3es de largo itinerario$ ! su ve#& se subdividen en' • Autopistas (AP). /arreteras de sentidos separados f%sicamente por una fa3a central o mediana& control total de acceso& dos (+) o más carriles por sentido de circulación y velocidad de proyecto en el rango de oc"enta (4,) 5m6" a ciento die# (11,) 5m6"$ 2us TP!7s son mayores a cinco mil (*&,,,) ve"%culos$ • Vías rápidas (VR). /arreteras de sentidos separados f%sicamente por una fa3a central o mediana& y velocidad de proyecto en el rango de oc"enta (4,) 5m6" a ciento die# (11,) 5m6"8 y ue en relación con uno o varios de los demás elementos (control de acceso& n9mero de carriles por sentido& etc) no cumple con los estándares de las autopistas$ 2us TP!7s van de tres mil (-&,,,) a cinco mil (*&,,,) ve"%culos$ • Arterias o secundarias. 2on v%as ue unen poblaciones medianas o peue:as con los nodos de la red troncal& ue aportan gran proporción de los via3es de mediano y corto itinerario$ Tienen un sólo cuerpo& control parcial de acceso& un carril por sentido de circulación& y velocidad de proyecto en el rango de setenta (;,) 5m6" a ciento die# (11,) 5m6"$ 2us TP!7s van de mil uinientos (1&*,,) a tres mil (-&,,,) ve"%culos$ • Alimentado Alimentadoras. ras. 2on auéllas utili#adas por via3es de muy corto itinerario$ 2e subdividen en' + Recomendaciones * • Colectoras (C). /arreteras de un sólo cuerpo& control parcial de acceso& un carril por sentido de circulación& y velocidad de proyecto en el rango de sesenta (<,) 5m6" a cien (1,,) 5m6"$ 2us TP!7s van de uinientos (*,,) a mil uinientos (1&*,,) ve"%culos$
/arreter teras as de un sólo sólo cuerp cuerpo& o& sin contro controll de acces acceso& o& un carril carril por sentid sentido o de • Locale Locales s (L). /arre circulación& y velocidad de proyecto en el rango de cincuenta (*,) 5m6" a oc"enta (4,) 5m6"$ 2us TP!7s van de cien (1,,) a uinientos (*,,) ve"%culos$
• Brecas (Br). /arreteras de un sólo cuerpo& sin control de acceso& un carril de circulación& y velocidad de proyecto en el rango de treinta (-,) 5m6" a setenta (;,) 5m6"$ 2us TP!7s son menores a cien (1,,) ve"%culos$
La clasificación anterior tiene además la venta3a de ue sus tres grandes categor%as (troncales& arterias y alimentadoras) pueden "omologarse con las tres categor%as (primarias& secundarias y alimentadoras) de una propuesta reciente de clasificación de caminos y puentes para el Reglamento de Pesos y imensiones (Referencia ;)$ !unue pare#ca extra:o& esta correspondencia no es muy buena ni en las normativas más avan#adas& aunue es indispensable para garanti#ar ue los ve"%culos para los ue se dise:a un camino son congruentes con los ue operarán por el mismo (congruencia entre el dise:o y la operación ve"icular)$ /abe se:alar ue en el Reglamento de Pesos y imensiones vigente (Referencia 4)& las carreteras se clasifican en los Tipos 0T& !& .& / y & donde' • Carreteras Tipo !T. 2on auéllas ue forman parte de los e3es de transporte establecidos por la 2ecretar%a de /omunicaciones y Transportes (2/T)& cuyas caracter%sticas geométricas y estructurales permiten la operación de todos los ve"%culos autori#ados con las máximas dimensiones& capacidad y peso& as% como de otros ue por interés general autorice la 2/T& y ue su tránsito se confine a este tipo de caminos$ • Carreteras Tipo A. 2on las ue por sus caracter%sticas geométricas y estructurales permiten la operación de todos los ve"%culos autori#ados con las máximas dimensiones& capacidad y peso& excepto auellos ue por sus dimensiones y peso sólo se permitan en las carreteras tipo 0T$ • Carreteras Tipo B. 2e refiere a las ue conforman la red primaria y ue atendiendo sus caracter%sticas geométricas y estructurales prestan un servicio de comunicación interestatal& además de vincular el tránsito$ • Carreteras Tipo C$ Red secundaria$= 2on v%as ue atendiendo a sus caracter%sticas geométricas y estructurales& principalmente prestan servicio dentro del ámbito estatal con longitudes medias& estableciendo conexiones con la red primaria$ Recomendaciones de actuali#ación de algunos elementos del proyecto geométrico de carreteras < • Carreteras Tipo " $ Red alimentadora$= 2on las ue atendiendo sus caracter%sticas geométricas y estructurales& principalmente prestan servicio dentro del ámbito municipal con longitudes relativamente cortas& estableciendo conexiones con la red secundaria$
0n la >orma ?ficial @exicana >?@=,1+=2/T=+=1AA*& 2obre el peso y dimensiones máximas con los ue pueden circular los ve"%culos de autotransporte ue transitan en los caminos y puentes de 3urisdicción federal& publicada en el iario ?ficial de la Bederación el ,; de enero de 1AA;& no se establecen los pesos y dimensiones máximas para las carreteras Tipo 0T$ 2in embargo& en el Reglamento de Pesos y imensiones (Referencia ;) se menciona ue para esas carreteras& se permite la operación de todos los ve"%culos autori#ados con las máximas dimensiones& capacidad y peso$ Por tanto& para las Tipo 0T& los ve"%culos deberán cumplir con lo especificado para las carreteras Tipo !& indicadas en la >orma& con la consideración de ue se permite la circulación de los ve"%culos 0xtra largos& es decir& auellos ue tienen una configuración de tracto camión= semirremolue& de longitud máxima de +-$,, m& tracto camión semirremolue=semirremolue y camión=remolue& de longitud máxima de -1$,, m$