CASOS PRACTICOS DE ADMINISTRATIVO II Los derechos y obligaciones de los interesados en el procediiento adinistrati!o" Iniciaci#n del procediiento adinistrati!o Caso n$%" La act&aci#n a tra!'s de representante" representante" LE(ISLACI)N* LE+ ,-./0" Arts ,- a ,1" EN2NCIADO* 2n hobre &y oc&pado 3&e debe resol!er &na serie de tr4ites con la Adinistraci#n para obtener licencias de acti!idad sobre s&s pr#speros pr#speros negocios decide 3&e sea s& representante representante legal el 3&e dinaice el procediiento adinistrati!o adinistrati!o necesario" S& hi5o 3&e est&dia derecho le dice 3&e s#lo podr4 representarle representarle &n 6ailiar" 7Est4 en lo cierto8 Sol&ci#n del caso n$ %" La act&aci#n a tra!'s de representante Este caso pretende 3&e se entienda el concepto y la necesidad de representaci#n representaci#n en la traitaci#n del procediiento adinistrati!o y si 'sta debe ser !ol&ntaria no pro6esionali9ada: o pro6esionali9ada" La ley ,-./0 en s& art;c&lo ,- y ,0 establece 3&e para las gestiones de ero ero tr4ite se pres&e pres&e la representaci#n representaci#n y 'sta no est4 s&5eta a rigor alg&no en la edida en 3&e se da por s&p&esta sin 3&e sea necesario: si3&iera: acreditarlo: el hi5o por tanto no est4 en lo cierto" Caso n$ 0" Los derechos de los interesados" LE(ISLACI)N* Ley ,-./0" Art ,," EN2NCIADO* 2n gr&po de a6ectados por las liitaciones horarias 3&e la n&e!a ordenan9a del Ay&ntaiento de Madrid ipone en deterinados locales noct&rnos decide ip&gnar la nora de 6ora con5&nta" Sin ebargo del en&nciado del rec&rso 3&e interponen no se ded&ce 3&i'n es el representante representante de los isos: por esta ra9#n la Adinistraci#n Adinistraci#n decide contestar al a6ectado de ayor edad 3&e erige coo representante" 7Es correcta esta act&aci#n8 Sol&ci#n del caso n$ 0" Los derechos de los interesados" C&ando e
g&re en prier t'rino en el escrito o solicit&d: lo 3&e no ipide: sin ebargo 3&e a lo largo del procediiento los interesados hagan &so de alg&na de las dos posibilidades ap&ntadas de nobrar representante representante o designar a &n interesado para 3&e con ellos se entienda la Adinistraci#n" Adinistraci#n"
%
INICIACI)N DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO" Caso n$ , " Iniciaci#n de o>cio" LE(ISLACI)N* Ley ,-./0" Arts" 0% y ?/" EN2NCIADO* 2n !ecino de Mon6orte del Cid se ha percatado de 3&e se est4n coetiendo contin&as irreg&laridades &rban;sticas en &nas >ncas cali>cadas coo s&elo no &rbani9able de especial protecci#n protecci#n y por ello decide den&nciar estas acti!idades irreg&lares irreg&lares en el Ay&ntaiento para 3&e el ser!icio de inspecci#n obre en consec&encia" La secci#n de &rbaniso anali9a la den&ncia y cree 3&e no ecio En principio la ley establece 3&e los procediientos se iniciar4nB iniciar4nB no 3&e se podr4n iniciar" iniciar" Es decir la den&ncia de este partic&lar se entender;a s&>ciente coo para iniciar el procediiento: en este caso de inspecci#n" Si ebargo: del art;c&lo ?/"0 parece desprenderse desprenderse lo contrario en tanto en c&anto se perite abrir &n per;odo de in6oraci#n pre!ia con el >n de conocer circ&nstancias del caso concreto y la con!eniencia o no de iniciar el procediientoB: por lo 3&e de este apartado podr;a interpretarse interpretarse 3&e el #rgano copetente para iniciar el procediiento: tras &n per;odo de in6oraci#n pre!ia: p&ede llegar a la concl&si#n de 3&e procede: procede: o por el contrario: 3&e 3&e no procede iniciar el procediiento" procediiento" Pero: y esto es lo l o 4s iportante: en todo caso debe resol!er oti!adaente la no iniciaci#n" El den&nciante a partir de la re6erida resol&ci#n podr4 ded&cir rec&rso rec&rso o bien podr4 podr4 optar por la iniciaci#n a instancia: instancia: si es posible Procediiento Procediiento Adinistrati!o Instr&cci#n y inali9aci#n del Procediiento Procediiento Caso n$ %" La s&bsanaci#n LE(ISLACI)N Ley ,-./1" ,-./1" Arts a ?" EN2NCIADO" EN2NCIADO" 2n gr&po de in!estigadores ha solicitado &na s&b!enci#n para la e5ec&ci#n de &n proyecto de in!estigaci#n: tras la entrega de la doc&entaci#n correspondiente correspondiente en el pla9o establecido les conceden &n preio honor;>co 3&e podr;a hacerse !aler en el bareo para el c#p&to de p&ntos parta obtener la s&b!enci#n: pero creen 3&e al haber terinado el pla9o ya no p&eden p&eden incorporarlo al e
dentro del arco de instr&cci#n y 4s all4 hasta el oento iso de la adopci#n de la resol&ci#n por el #rgano copetente" La consec&encia de presentar dichas alegaciones doc&entos & otros eleentos ser4 3&e el #rgano copetente para redactar la prop&esta de resol&ci#n deber4 tenerlos en c&enta" Por lo tanto si podr;an 5&sti>car el otorgaiento del preio para 3&e cop&tara en la bareaci#n >nal del otorgaiento de la s&b!enci#n Caso n$ 0" La pr&eba" LE(ISLACI)N* Ley ,-.%//0"Art -" EN2NCIADO* El Ministerio de Ed&caci#n y Ciencia ha denegado la s&b!enci#n a &n gr&po de in!estigaci#n: y se la otorga a otro gr&po p&es entiende 3&e ostenta 4s 'ritos cient;>cos: entre los 3&e destaca haber recibido &n iportante preio de in!estigaci#n de car4cter internacional" N&estro gr&po: no contento con la resol&ci#n copr&eba 3&e no es cierto 3&e les hayan concedido este preio: sino 3&e s#lo tienen &n accesit: y rec&rren la resol&ci#n instando al #rgano copetente para 3&e practi3&e la pr&eba y !eri>caci#n de todos y cada &no de los 'ritos alegados" El #rgano copetente responde ani6estando 3&e los interesados no p&eden: en ningFn caso proponer la pr4ctica de la pr&eba" 7Est4 en lo cierto8 Sol&ci#n del caso n$ 0 El #rgano copetente no est4 en lo cierto: ya 3&e la ley ,-.%//0 perite 3&e los interesados p&edan proponer la pr4ctica de la pr&eba sobre los hechos alegados y 'sta s#lo podr4 ser recha9ada ediante resol&ci#n oti!ada Gart -",H c&ando sean ani>estaente iprocedentes o innecesariasB: se entiende en este sentido iprocedente o innecesario las pr&ebas 3&e nada tengan 3&e !er con el ob5eto del procediiento: o las 3&e !ersen sobre ecas" 2n pro6esor de in!estigaci#n presenta &na serie de alegaciones sobre &n Instit&to 3&e conoce pero al 3&e no pertenece y posteriorente a la aprobaci#n del reglaento decide ,
ip&gnarlo por entender 3&e no se han tenido en c&enta s&s pretensiones" 7Est4 legitiado para abas act&aciones8 Sol&ci#n del caso n$ , El pro6esor p&ede reali9ar la priera act&aci#n* presentar alegaciones en el periodo de in6oraci#n pFblica: pero en principio no est4 legitiado para rec&rrir el reglaento" En e6ecto: la ley ,-.%//0 en s& art;c&lo ? perite la 6or&laci#n de alegaciones a c&al3&ier persona: sin ebargo: y 'sta es la cla!e: de la 6or&laci#n de alegaciones se desprende el derecho a recibir resp&esta ra9onada de la Adinistraci#n 3&e a s& !e9 podr4 ser ob5eto de rec&rso: sin ebargo 'sta no s&pone la con!ersi#n del alegante en interesado p&esto 3&e dicha condici#n de!iene de lo pre!isto en el art;c&lo ,% de la ley ,-.%//0 y ser4n* Los 3&e pro&e!an el procediiento coo tit&lares de derechos o intereses leg;tios indi!id&ales o colecti!os" Los 3&e sin haber iniciado el procediiento tengan derechos 3&e p&edan res<ar a6ectados por la decisi#n 3&e en el iso se adopteJ en este caso si el pro6esor h&biere pertenecido al Instit&to de In!estigaci#n: s; se podr;a haber entendido 3&e era interesado: pero: heos s&brayado 3&e no pertenec;a a este Instit&to de in!estigaci#n" A3&ellos c&yos intereses leg;tios: indi!id&ales o colecti!os: p&edan res<ar a6ectados por la resol&ci#n y se personen en el procediiento en tanto no haya reca;do resol&ci#n de>niti!a" Acto Adinistrati!o Caso n$% EN2NCIADO* El Ay&ntaiento K dicta &na resol&ci#n en la 3&e declara 3&e D" os' L#pe9 ha inc&plido los pla9os para solicitar la licencia de edi>caci#n y ac&erda iniciar el enali9aci#n del enali9aci#n del procediiento de e
pla9os" Esta Fltia se tratar;a de &n acto no de tr4ite al ser restricti!o de derechos 3&e: pese a ser el pres&p&esto del acto iniciatorio del ere: ya 3&e 'sta no rec&rri# dentro de los pla9os legalente establecidos" La seg&nda resol&ci#n por la 3&e se le deniega la licencia es reprod&cci#n de esta Fltia: p&esto 3&e es planteada por la isa persona: en id'nticos t'rinos: y con las isas circ&nstancias" En estos s&p&estos la Ley de la &risdicci#n ContenciosoAdinistrati!a es clara al se=alar 3&e no es adinisible el rec&rso contencioso adinistrati!o: tratando de e!itar as; 3&e: ediante la reiteraci#n de &na solicit&d pre!iaente denegada 3&e h&biera ganado >re9a: se !ol!ieran a abrir los pla9os del rec&rso Caso n$ , EN2NCIADO* Le ponen &na <a de tr4>co por aparcar en 9ona prohibida pero no se la noti>can en el pla9o legalente establecido" 7Adolecer;a la <a de algFn !icio por este oti!o8" 7&' podr;a hacer el adinistrado8 Art" y 11 Ley ,-.%//0" Sol&ci#n del caso n$ ," Art" y 11 Ley ,-.%//0" La <a no adolecer;a de ningFn !icio" Ser;a &n acto per6ectaente !4lido" La noti>caci#n de6ect&osa s#lo a6ectar;a a s& e>cacia" El adinistrado podr;a esperar la noti>caci#n de la <a" Si esta no se prod&5era dentro del pla9o 3&e la Adinistraci#n tiene para
resol!er: al tratarse de &n procediiento sancionador: se prod○a la cad&cidad a&to4tica y el archi!o del eco en s& casa: pero en la 3&e no se eniti!o o no en !;a adinistrati!a y si es s&sceptible de rec&rso Gy ante 3&' #rgano y en 3&' pla9oH" 2sted no est4 de ac&erdo" 7&' edios le asisten en Derecho8 Art Ley ,-.%//0 Sol&ci#n del caso n$1" Art Ley ,-.%//0 No darse por enterado p&es la noti>caci#n es de6ect&osa y por tanto no prod○a e6ectos" Caso n$ En el seno de &n procediiento de declaraci#n de r&ina: &sted solicita el nobraiento de &n perito 3&e proceda a la !aloraci#n del in&eble" La Adinistraci#n le deniega la designaci#n del perito" 7P&ede &sted rec&rrir este acto8 Art" %- Ley ,-.%//0" Sol&ci#n del caso n$" Art" %- Ley ,-.%//0" Si podr;a rec&rrir el acto" Estar;aos ante &n acto de tr4ite rec&rrible por separado: ya 3&e s& no adisi#n prod○a inde6ensi#n al interesado: al no poderse deterinar en el procediiento el !alor del in&eble con el contraste necesario y la opini#n de !arios t'cnicos en la ateria" Caso n$ ? Al tit&lar del Resta&rante K de Ibi9a la Conse5er;a de Sanidad de las Islas aleares le ipone &na sanci#n econ#ica por ser!ir carne en al estado pese a no haber podido noti>carle la prop&esta de resol&ci#n" Esta prop&esta de resol&ci#n le 6&e en!iada por correo certi>cado en dos ocasiones: pero en abas 6&e de!&elta por el ser!icio de correos con la indicaci#n de a&senteB" En la prop&esta de resol&ci#n le pon;a de ani>esto el ecaci#n: para 6or&lar alegaciones y presentar los doc&entos e in6oraciones 3&e estiase pertinente y considerase con!enientes a s& de6ensa" 7&' deber;a hacer el tit&lar del resta&rante8 ?
Art" ?0"%"aH Ley ,-./0 Sol&ci#n del caso n$?" Art" ?0"%"aH Ley ,-./0 La 6alta de noti>caci#n de la prop&esta de resol&ci#n s&pone la oisi#n del tr4ite de a&diencia espec;>caente pre!isto en el procediiento para el e5ercicio de la potestad sancionadora: lo 3&e da l&gar a la !&lneraci#n del derecho de de6ensa en el seno del procediiento sancionador seg&ido: con lo 3&e se lesiona el contenido esencial de &n derecho s&sceptible de aparo constit&cional Gart" 01 CEH" Se tratar;a: por tanto: de &n caso de n&lidad de pleno derecho de la sanci#n ip&esta" El tit&lar podr4 presentar en c&al3&ier oento el correspondiente rec&rso Gart" %-"% Ley ,-.%//0H debiendo declarar la adinistraci#n la n&lidad" Caso n$ El Sr" K inicia la constr&cci#n de &n chalet sin contar con las precepti!as licencias adinistrati!as" La Adinistraci#n dicta &na resol&ci#n por la 3&e ordena la deolici#n de estas obras por ser ilegales e ipone &na sanci#n a s& propietario" En esta resol&ci#n no se contienen los oti!os por los 3&e se ipone la sanci#n"7Ser;a !4lida esta resol&ci#n8 Art" ?1"0 Ley ,-./ Sol&ci#n del caso n$" Art" ?1"0 Ley ,-./0" La Resol&ci#n tiene dos partes independientes" Por &n lado: la orden de deolici#n 3&e no tiene ningFn de6ecto y: por otro: la sanci#n a la 3&e le 6alta la oti!aci#n" P&esto 3&e de con6oridad con el art" 1 de la Ley ,-./0 la oti!aci#n es necesaria en los casos en los 3&e se liiten derechos s&b5eti!os o intereses leg;tios: y 3&e la a&sencia de oti!aci#n ca&sa inde6ensi#n al interesado: esta parte del acto ser;a an&lable Gart" ?, ley ,-.%//0H" Sin ebargo la orden de deolici#n ser;a !4lida: ya 3&e segFn lo disp&esto en el art" ?1"0 de la Ley ,-.%//0: la an&labilidad en parte del acto adinistrati!o no iplicar4 la de las partes del iso independientes de a3&'lla" No ser;a an&lable: p&es: toda la resol&ci#n: sino la parte del iso re6erida a la sanci#n" Caso n$ El Ay&ntaiento K ac&erda el desalo5o y derribo de &na chabola sit&ada a la entrada del &nicipio K por ra9ones higi'nicas y de
sal&bridad: as; coo por in6racci#n de las noras &rban;sticas" Si las personas 3&e habitan en la chabola se niegan a abandonarla" 7P&ede la Adinistraci#n echarlos sin necesidad de ac&dir a los Trib&nales8" Art" /?", Ley ,-.%//0" Sol&ci#n del caso n$ " Art" /?", Ley ,-.%//0" No" La Adinistraci#n deber;a iniciar el procediiento de e5ec&ci#n 6or9osa pre!isto en el art" %-- de la Ley ,-.%//0 Gcop&lsi#n sobre las personasH" Estaos ante &n s&p&esto de e5ec&ci#n 6or9osa 3&e ecarle la resol&ci#n pero D" Man&el L#pe9: 3&e !i!e s#lo: no se enc&entra en 'l en ese oento" Al no haber nadie en el doicilio: se hace cargo de la noti>caci#n el portero del edi>cio: y >ra el ac&se de recibo correspondiente" El portero se ol!ida de entregarle la carta a D" Man&el L#pe9" Desp&'s de &n tiepo: D" Man&el L#pe9 ecada en s& oento: y 3&e hab;an transc&rrido todos los pla9os posibles de re!isi#n de la negati!a" C&ando regresa a s& doicilio le preg&nta al portero 3&ien: tras disc&lparse: le entrega la carta" C&ando D" Man&el L#pe9 la abre !e 3&e: e6ecti!aente: la s&b!enci#n le hab;a sido denegada al ecaci#n teniendo en c&enta la persona 3&e se ha hecho cargo de ella8" 7&' trascedencia tiene 3&e en la noti>caci#n no haya in6oraci#n sobre el pla9o de rec&rso8 Art" /"0 Ley ,-.%//0: art" "0 Ley ,-.%//0 Sol&ci#n del caso n$ /" Art" /"0 Ley ,-.%//0" No" La noti>caci#n la recoge &na persona 3&e
no se enc&entra en el doicilio del interesado: entendido 'ste en sentido estricto" El portero se enc&entra en el edi>cio pero no as; en el doicilio del interesado" El hecho de no encontrarse ning&na persona en el doicilio 3&e h&biera podido hacerse cargo de la noti>caci#n: 5&nto con el d;a y la hora en 3&e se intent# la noti>caci#n: se tendr;a 3&e haber hecho constar en el ecaci#n por &na sola !e9 y en &na hora distinta dentro de los tres d;as sig&ientes" Art" "0 Ley ,-.%//0" La no indicaci#n del pla9o de rec&rso con!ierte a la noti>caci#n en de6ect&osa o incopleta" Si el interesado no hace nada: la noti>caci#n no prod&ce e6ectos" No obstante: podr;a prod&cir estos e6ectos c&ando el interesado reali9ase act&aciones 3&e s&p&sieran el conociiento del contenido del acto: o c&ando interp&siera el rec&rso 3&e procediera contra el acto"
Caso n$ %En el c&rso de las act&aciones lle!adas a cabo en el procediiento selecti!o para c&brir tres pla9as de polic;a local del Ay&ntaiento de K se prod&cen irreg&laridades ya 3&e: se odi>c#: sin la pre!ia y precepti!a re&ni#n del trib&nal cali>cador: el acta relati!a a la cali>caci#n de la priera pr&eba de la 6ase de oposici#n Gpr&eba psicot'cnicaH" Esta odi>caci#n consisti# en declarar aptos a dos aspirantes 3&e constaban coo no aptos"7Ante 3&e tipo de irreg&laridad nos encontraos8 7&' e6ectos tendr;a8" Art" ?0"% eH Ley ,-.%//0" Sol&ci#n del caso n$ %Art" ?0"% eH Ley ,-.%//0" La odi>caci#n del acta en el sentido de declarar aptos a dos aspirantes 3&e inicialente no lo estaban sin la precepti!a re&ni#n del trib&nal cali>cador constit&ye &n oti!o de n&lidad absol&ta o de pleno derecho Gart" ?0"% e LeyH" Se ha inc&rrido en este !icio ya 3&e el acta de recti>caci#n declarando aptos en el e5ercicio a dos aspirantes 3&e: pre!iaente hab;an sido declarados coo no aptos: hab;a sido aprobada sin haberse re&nido el #rgano colegado Gtrib&nal cali>cadorH a los e6ectos de celebrar la sesi#n y toar los ac&erdos de la 6ora legalente establecida: no c&pliendo las reglas esenciales para la 6oraci#n de la !ol&ntad de los #rganos colegiados" Caso n$ %% /
D" Mar;a Serrano solicita al INSS de la Delegaci#n de Ci&dad Real la concesi#n de la pensi#n de in!alide9 peranente por accidente de traba5o oc&rrido en la pro!incia de arcelona" La Delegaci#n de Ci&dad Real no adite la solicit&d por considerar 3&e la interesada deb;a haber iniciado el procediiento en la pro!incia de arcelona" Ra9one 3&e tipo de acto es la inadisi#n: si es rec&rrible o no: y por 3&'" Art" %-"% Ley ,-.%//0 Sol&ci#n del caso n$ %% Art" %-"% Ley ,-.%//0" Se tratar;a de &n acto de iniciaci#n del procediiento y: en consec&encia: de tr4ite" Coo ipide la contin&aci#n del procediiento es rec&rrible" Caso n$ %0 La Delegaci#n Pro!incial de Agric<&ra de la Pro!incia de C#rdoba ipone &na sanci#n econ#ica a &an (#e9 por la apert&ra de &n po9o en s& >nca sin haber obtenido la precepti!a a&tori9aci#n" Transc&rridos los pla9os de los 3&e dispone el interesado para rec&rrir: se obser!a 3&e el po9o en c&esti#n no est4 en la >nca de &an (#e9 sino en la de Pedro (arc;a: colindante con ella" 7P&ede hacer algo &an (#e9 para an&lar ese acto adinistrati!o8" Sol&ci#n del caso n$ %0 Se trata de &n acto >re en !;a adinistrati!a al haberse agotado los pla9os para rec&rrir y s#lo cabe interponer en !;a adinistrati!a el rec&rso e
Caso n$ %, En &n conc&rsooposici#n para c&brir &na sola pla9a de a&nal" El Trib&nal concede la pla9a a D" Pedro (arc;a arg&entando 3&e D" Pilar (#e9 tendr;a 4s a&sencias en ra9#n de las cargas 6ailiares" D" Pilar no est4 de ac&erdo con la resol&ci#n del Trib&nal y decide rec&rrir" Ra9one por 3&' este acto p&ede ser ip&gnado" Art" ?0 Ley ,-./0 %-
Sol&ci#n del caso n$ %, Art" ?0 Ley ,-./0 Estar;aos ante &n acto n&lo de pleno derecho al !&lnerar &n derecho 6&ndaental s&sceptible de aparo constit&cional" En concreto: se in6ringe el derecho a la ig&aldad reconocido en el art" %1 CE" Caso n$ %1 El Ay&ntaiento K ipone &na <a de ?-- e&ros al d&e=o del ca6' bar Mat;asB por in6ringir el horario de cierre de estableciiento abierto al pFblico" En la noti>caci#n se indica el teniti!o o no ni los rec&rsos 3&e proceden" 7&' edios asisten en Derecho al d&e=o del bar8 Art" "0 Sol&ci#n del caso n$ %1 Art" "0 No darse por enterado p&es la noti>caci#n es de6ect&osa y por tanto no prod○a e6ectos" Caso n$ % Pablo Moreno solicita la pensi#n de 5&bilaci#n ante la Delegaci#n Pro!incial del INSS en Q!ila" Teniendo en c&enta s&s bases de coti9aci#n y la 6#r&la para calc&lar la pensi#n: 'sta h&biera sido de %- e&ros ens&ales pagaderos en %1 pagas" Sin ebargo: el INSS dicta resol&ci#n en la 3&e >5a &na pensi#n de %- e&ros ens&ales en %1 pagas" Transc&rridos %1 eses: el interesado recibe noti>caci#n de &na n&e!a resol&ci#n en la 3&e se >5a la pensi#n en %- e&ros ens&ales en %1 pagas" 7P&ede la Adinistraci#n recti>car la priera resol&ci#n 3&e ya es >re8 7El interesado debe de!ol!er las cantidades por la di6erencia entre los %- y los %- e&ros cobradas8 Art" %-"0 Ley ,-./0 Sol&ci#n del caso n$ % Art" %-"0 Ley ,-./0 Se trata de &n acto an&lable 3&e la Adinistraci#n p&ede corregir en c&al3&ier oento por tratarse de &n ero error arit'tico" Pablo Moreno no debe de!ol!er las cantidades cobradas indebidaente anteriores a la 6echa de la Fltia resol&ci#n: ya 3&e %%
los e6ectos de la declaraci#n de an&labilidad son e< n&nc: y se prod&cen desde el oento de la n&e!a resol&ci#n"
Caso n$ %? Se ipone al Sr" K &na <a de 1-- e&ros por era dicha sanci#n" No con6ore el interesado plantea el correspondiente rec&rso contencioso adinistrati!o" 2na !e9 iniciado el procediiento contencioso adinistrati!o: y no habiendo reca;do sentencia aFn: la Adinistraci#n: ante el ipago de la sanci#n: procede al ebargo: en la c&enta corriente del interesado: del iporte de la sanci#n" 7P&ede el interesado parali9ar el ebargo de s& c&enta corriente8 7ActFa la Adinistraci#n correctaente al proceder al cobro de la sanci#n: aFn no habiendo sentencia en el rec&rso contenciosoadinistrati!o interp&esto contra la isa8 Arts" ? y / Ley ,-./0 Sol&ci#n del caso n$ %? Arts" ? y / Ley ,-./0 No p&ede parali9ar el ebargo por3&e el acto adinistrati!o go9a de e5ec&ti!idad Gart" ? Ley ,-./0H y: de ac&erdo con el art" / de la Ley ,-.%//0: la Adinistraci#n podr4 proceder a la e5ec&ci#n 6or9osa de los actos adinistrati!os" Caso n$ % Con ocasi#n de la inspecci#n a &nas obras de constr&cci#n lle!adas a cabo por la epresa K: &bicadas en la calle L&9 de Toledo: el inspector de traba5o act&ante copr&eba in6racciones &y gra!es a las noras de seg&ridad y sal&d laboral" Por estas in6racciones: la Delegaci#n Pro!incial de Traba5o y Epleo dicta &na resol&ci#n por la 3&e re!oca la licencia de obras 3&e ten;a concedida la epresa K: y le ipone &na sanci#n de "--- e&ros" 7El gra!e riesgo para la sal&d e integridad 6;sica de los traba5adores constatada en la !isita de la inspecci#n 5&sti>ca el contenido ;ntegro de la resol&ci#n sancionadora8" 7Ser;a !4lida esta resol&ci#n8 Art" ?0"bH y ?1"0 Ley ,-.%//0 Sol&ci#n del caso n$ % Art" ?0"bH y ?1"0 Ley ,-.%//0 No" Los actos deben ser dictados por los #rganos 3&e tengan atrib&ida %0
la copetencia para ello" La eca 3&e la Delegaci#n pro!incial de Traba5o y Epleo as&a copetencias 3&e no le corresponden y re!o3&e la licencia" La resol&ci#n consta de dos partes di6erenciadas" Por &n lado: la re!ocaci#n de la licencia y: por otro: la iposici#n de &na sanci#n econ#ica" La Delegaci#n Pro!incial de Traba5o y Epleo no tiene la copetencia para re!ocar la licencia y: por tanto: esta parte del acto ser;a n&la al haber sido dictada por &n #rgano ani>estaente incopetente" Sin ebargo la iposici#n de la sanci#n econ#ica es correcta: siendo esta parte del acto !4lida" Caso n$ % La epresa K solicita licencia de apert&ra para la instalaci#n de &n bar 3&e le es denegada por el Ay&ntaiento por considerar 3&e los ni!eles de r&idos son s&periores a los peritidos por la ordenan9a &nicipal" No obstante las ediciones reali9adas por &na epresa dedicada a ediciones acFsticas encargada por la epresa K: se=ala 3&e no se sobrepasan los ni!eles de la ordenan9a" Este in6ore se pone en conociiento del Ay&ntaiento: 3&e no lo adite" 7Deber;a el Ay&ntaiento aditir el in6ore8: 7&' act&aci#n le cabe al interesado para 3&e se considere el in6ore8" Art" %-/ cH Ley ,-.%//0 Sol&ci#n del caso n$ % Art" %-/ cH Ley ,-.%//0 No por3&e ya se ha dictado la resol&ci#n 3&e es &n acto de>niti!o 3&e ha agotado la !;a adinistrati!a" El interesado podr;a rec&rrir la denegaci#n ante el contencioso adinistrati!o" Caso n$ %/ El Ay&ntaiento K p&blica en el olet;n O>cial de la Pro!incia la resol&ci#n de iposici#n de sanciones por in6racci#n de la ordenan9a contra r&idos" Transc&rridos eses: &no de los sancionados ip&gna la sanci#n" El Ay&ntaiento no adite el rec&rso alegando 3&e se han pasado los pla9os por3&e el acto sancionador 6&e p&blicado con el te
%,
Sol&ci#n del caso n$ %/ Art" "0: "% y / Ley ,-./0 Si" El interesado p&ede ip&gnar la sanci#n p&esto 3&e no le ha sido noti>cada" De con6oridad con el art" "% Ley ,-.%//0 el acto debe noti>carse por3&e le a6ecta a s&s derechos e intereses" La p&blicaci#n no p&ede s&stit&ir a la noti>caci#n personal Gla p&blicaci#n s#lo se reali9ar4 en los casos pre!istos en el art" /" y ? Ley ,-./0H" La e>cacia del acto sancionador 3&eda deorada hasta s& correcta noti>caci#n o hasta 3&e el interesado realice alg&na act&aci#n 3&e s&ponga s& conociiento del acto sancionador Gart" "0 Ley ,-.%//0H" No" Al no !er reali9ado correctaente la noti>caci#n: el Ay&ntaiento deber;a aditir a tr4ite el rec&rso T'rinos y pla9os en el procediiento adinistrati!o" Noti>caci#n de actos y resol&ciones" Caso n$ %" LE(ISLACI)N* Ley ,-.%//0" Arts 1 a -" EN2NCIADO* 2n in!estigador ha c&rsado &na solicit&d para la obtenci#n de &nas ay&das el d;a 0- de ar9o: sin ebargo: la con!ocatoria de las isas especi>caba 3&e el pla9o de presentaci#n ecaba 3&e el pla9o de presentaci#n e
abril es 6esti!o por coincidir con las 6esti!idades de Seana Santa se entiende 3&e ser;a el d;a sig&iente h4bil" Sol&ci#n al caso n$ 0 El in!estigador est4 en lo cierto sin ebargo: dependiendo de la Co&nidad A&t#noa de 3&e se trate el s4bado d;a de ar9o no es 6esti!o y por tanto se considera h4bil por lo 3&e 'ste ser;a la 6echa tope en la 3&e podr;a entregar la solicit&d" NOTIICACI)N DE ACTOS + RESOL2CIONES Caso n$ , LE(ISLACI)N* Ley ,-.%//0" Art" y ss EN2NCIADO* El Instit&to Nacional de In!estigaciones Agrarias: dependiente del CSIC ha con!ocado &nas pla9as para in!estigadores dedicadas al est&dio de las !ariantes gen'ticas del arro9 : los di6erentes candidatos han presentado s&s solicit&des en pla9o: si bien alg&nas son de6ect&osas el INIA p&blica en el tabl#n de an&ncios las de>ciencias de cada &no de los eciencias de s& ecaci#n 3&e deber;a haber reali9ado el CSIC y 3&e ade4s deber;a haberse reali9ado ediante co&nicaci#n personal" 7Est4 en lo cierto8 Sol&ci#n al caso n$ , El conc&rsante no est4 en lo cierto: p&esto p&esto 3&e el #rgano copetente para decidir el edio de co&nicaci#n es el #rgano con!ocante de las pla9as: es decir el INIA: y no el : y ade4s p&ede decir libreente si lo lle!a a cabo a tra!'s del an&ncio en el Tabl#n o tra!'s de co&nicaci#n personal" Sin ebargo lo 3&e no es correcto es el pla9o 3&e concede de d;as: p&es la ley ,-.%//0 establece 3&e este pla9o ser4 de %- d;as" Re!isi#n de Actos en V;a Adinistrati!a" Caso n$% EN2NCIADO* 2n #rgano del Ministerio de oento ha adoptado &n acto adinistrati!o copetencia de s& s&perior 5er4r3&ico" De!enido >re por 6alta de rec&rso en el pla9o pre!isto: &sted: coo interesado: se plantea den&nciar este hecho para 3&e se inicie el procediiento de re!isi#n de o>cio" 7Prosperar4 s& den&ncia Sol&ci#n del caso n$ %" %
No" No prosperar4 por3&e s#lo cabe la re!isi#n de o>cio contra actos n&los de pleno derecho y no contra actos an&lables: coo son los adoptados por #rgano incopetente por ra9#n de 5erar3&;a" Caso n$ 0 EN2NCIADO* Coo tit&lar de &n #rgano adinistrati!o se plantea &sted iniciar el procediiento de re!isi#n contra &n acto 3&e entiende n&lo" No obstante: han transc&rrido tres a=os desde la adopci#n del iso y d&da sobre el pla9o para iniciar el procediiento" 7Cabe iniciarlo8 Sol&ci#n del caso n$ 0" S;" La iniciaci#n del procediiento de re!isi#n no est4 s&5eta a pla9o" Caso n$ , EN2NCIADO* Coo tit&lar de &n #rgano adinistrati!o inici# &sted de o>cio el procediiento de re!isi#n contra &n acto 3&e entiende n&lo adoptado seis eses antes" Transc&rridos eses desde la incoaci#n del procediiento est4 preparado para adoptar la resol&ci#n" 7Cabe hacerlo8 Sol&ci#n del caso n$ ," No: los procediientos de re!isi#n iniciado de o>cio tienen &n pla9o de cad&cidad de tres eses" Caso n$ 1 EN2NCIADO* 2n #rgano del Ministerio de oento ha adoptado &n acto adinistrati!o copetencia de s& s&perior 5er4r3&ico 3&e otorga &na a&tori9aci#n para &nir &na >nca a &n caino pFblico" Coo tit&lar del #rgano: &sted se da c&enta del error y pretende adoptar &na resol&ci#n para an&lar el acto sin inter!enci#n 5&dicial" 7P&ede hacerlo8 Sol&ci#n del caso n$1" No" @a de ac&dirse a los Trib&nales para re!isar &n acto an&lable 6a!orable a los adinistrados" Caso n$ EN2NCIADO* 2n #rgano del Ministerio de oento ha adoptado &n acto adinistrati!o copetencia de s& s&perior 5er4r3&ico 3&e sanciona a &n partic&lar por &nir &na >nca a &n caino pFblico" Coo tit&lar del #rgano: &sted se da c&enta del error y pretende adoptar &na resol&ci#n para an&lar el acto sin inter!enci#n 5&dicial 7p&ede hacerlo8 %?
Sol&ci#n del caso n$" S;: tras seg&ir el oport&no procediiento" La re!isi#n de gra!aen no enali9ado por cad&cidad del iso" Caso n$ EN2NCIADO* Transc&rridos %- a=os desde la adopci#n de &n acto adinistrati!o: &sted coo instr&ctor ad!ierte 3&e calc&l# 4s la sanci#n 3&e se ipon;a por &n error arit'tico" 7Cabe la recti>caci#n de errores8 Sol&ci#n del caso n$ " Si" Esta re!isi#n no est4 s&5eta a pla9o" Caso n$ / EN2NCIADO* 2n #rgano de s& Co&nidad A&t#noa decide ac&&lar &n procediiento en el 3&e &sted es parte interesada a otro procediiento" 2sted entiende 3&e de esta 6ora se est4 decidiendo sobre el 6ondo del as&nto: en c&anto no cree 3&e el ob5eto de abos procediientos sea siilar" 7P&ede interponer &n rec&rso adinistrati!o contra este acto de tr4ite8 Sol&ci#n del caso n$ /" El art;c&lo %- de la Ley ,-.%//0 contepla la posibilidad de interponer rec&rsos adinistrati!os contra alg&nos actos de tr4ite" %
No obstante: el art;c&lo , de la isa Ley eesta por 6alta de copetencia ateria y se interpone &n rec&rso de al9ada contra el reglaento ante el s&perior 5er4r3&ico" 7Prosperar48 Sol&ci#n del caso n$ %No" No prosperar4 por3&e no cabe interponer rec&rsos adinistrati!os contra las disposiciones de car4cter general" Contra estas disposiciones se debe ac&dir a la !;a contenidoadinistrati!a" Caso n$ %% EN2NCIADO* Adoptado &n acto por &na conse5er;a de s& co&nidad a&t#noa: reite &sted &n escrito interponiendo rec&rso 3&e &sted cali>ca de potestati!o de al9ada" Posteriorente: &sted se da c&enta de 3&e el rec&rso de al9ada no es &n rec&rso potestati!o: sino obligatorio 7es necesario s&bsanar o interponer &n n&e!o rec&rso8
Sol&ci#n del caso n$ %% No" No es necesario" El error en la cali>caci#n del rec&rso no ipide s& traitaci#n" Coo consec&encia: el s&perior 5er4r3&ico deber4 resol!er a&n3&e se haya cali>cado al el rec&rso" Caso n$ %0 EN2NCIADO* El % de enero recibi# &sted co&nicaci#n del #rgano copetente de s& Ay&ntaiento conin4ndole a retirar el cerraiento reali9ado en la terra9a de s& doicilio" El % de enero &sted interp&so el oport&no rec&rso de al9ada: solicitando la s&spensi#n en la e5ec&ci#n del acto" @oy es % de ar9o y no ha recibido contestaci#n" 7Debe &sted retirar el cerraiento8 Sol&ci#n del caso n$ %0 No" Transc&rridos ,- d;as desde la petici#n de s&spensi#n sin 3&e se adopte decisi#n al respecto por la Adinistraci#n: se entiende otorgada la s&spensi#n del acto rec&rrido"
%
Caso n$ %, EN2NCIADO* S& Ay&ntaiento: tras los oport&nos tr4ites: le co&nica 3&e !a a proceder a derribar &n &ro 3&e &sted ha le!antado en s& propiedad" 2sted ha interp&esto rec&rso de al9ada contra el acto del Ay&ntaiento 7s& rec&rso s&spende necesariaente la e5ec&ci#n del acto del Ay&ntaiento por el 3&e se decide el derribo8 Sol&ci#n del caso n$ %, No: la era interposici#n del rec&rso no s&spende la e5ec&ci#n del acto" El ay&ntaiento podr4 decidir la s&spensi#n: pero no est4 obligado a ello Caso n$ %1 EN2NCIADO* El Ay&ntaiento ha ip&esto &na sanci#n de %"--e&ros a s& cliente por &na obra ilegal en s& doicilio" El cliente cree 3&e la sanci#n no se a5&sta a derecho: pero tiene iedo de 3&e si rec&rre el ay&ntaiento p&ede incl&so increentar la c&ant;a de la sanci#n" 7&' conse5o le dar;a a s& cliente8 Sol&ci#n del caso n$ %1 El art;c&lo %%, de la Ley ,-.%//0 e
negando &n periso de obras" 2sted no est4 de ac&erdo con la resol&ci#n y coo no con6;a en el s&perior 5er4r3&ico: presenta directaente el rec&rso contenciosoadinistrati!o al 5&e9 copetente" 7Prosperar4 la acci#n8 Sol&ci#n del caso n$ %? No" No prosperar4" El rec&rso de al9ada es obligatorio"
Caso n$ % EN2NCIADO* 2n #rgano de s& Ay&ntaiento ha adoptado &n acto negando &n periso de obras" 2sted no est4 de ac&erdo: pero se le pasa el pla9o para presentar el rec&rso de al9ada" Entonces se plantea &sted ac&dir directaente al contenciosoadinistrati!o" 7Es esto posible8 Sol&ci#n del caso n$ % No" Transc&rrido el pla9o del rec&rso de al9ada el acto de!iene >re y no cabe interponer rec&rso contenciosoadinistrati!o"
Caso n$ % EN2NCIADO* 2sted solicit# &n periso de oc&paci#n del doinio pFblico !iario 3&e le 6&e denegado por silencio adinistrati!o negati!o" Transc&rridos los pla9os oport&nos: decide &sted rec&rrir en al9ada: pero transc&rridos 1 eses desde la interposici#n del rec&rso: !&el!e a no tener resp&esta de la Adinistraci#n" 7C&4l es el e6ecto de este seg&ndo silencio8 Sol&ci#n del caso n$ % El seg&ndo silencio ha de entenderse positi!o" Caso n$ %/ EN2NCIADO* 2n #rgano de s& Ay&ntaiento ha adoptado &n acto 3&e ca&sa estado negando &n periso de obras" 2sted no est4 de ac&erdo: pero se le pasa el pla9o para presentar el rec&rso de reposici#n" 2na seana desp&'s se plantea &sted ac&dir directaente al contenciosoadinistrati!o" 7Es esto posible8
0-
Sol&ci#n del caso n$ %/ S;" El rec&rso de reposici#n es potestati!o" Pasado el pla9o de &n es: ya no se p&ede interponer el rec&rso de reposici#n: pero se dispone toda!;a de otro es para interponer el rec&rso contencioso adinistrati!o"
Caso n$ 0EN2NCIADO* La Direcci#n (eneral de Tr4>co le ha ip&esto &na sanci#n de %"--- e&ros por &na in6racci#n de tr4>co Transc&rridos seis eses desde la p&blicaci#n del acto adinistrati!o &sted se da c&enta de 3&e en el e
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