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CASO BUENOS MUCHACHOS
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Análisis de la acción:
Concepto: La acción es un acto humano, voluntario y externo. Para ara Creu Creus, s, La acci acción ón volu volunt ntar aria ia fnal fnal,, se conc concib ibe e como como conducta en cuanto actividad u omisión con que le autor persiue al ob!etivo. "e#n $oxin, la acción como mani%estación mani%estación de la personalidad personalidad sinifca que es todo lo que se puede atribuir a un ser humano como centro an&mico' espiritual de acción. (sto es idóneo como elemento básico, al abarcar todas las %ormas de mani%estación de la conducta delictiva y todo lo que en el campo pre!uridico tiene sentido califcar como
acciones.
Las
acciones
dolosas
e
imprudentes
son
mani%estaciones de personalidad tanto como como las omisiones. omisiones. )esde el punto de vista de la acción solo se necesita examinar lo que es necesario para comprobar que en todo caso concurre una mani%estación de la personalidad. )e la acción se debe exiir la interacción entre acción y tipo, compro comprobabl bable e en peque* peque*a a parte parte de las conduc conductas tas delict delictiva ivas. s. Para admit admitir ir que que hay hay una una mani mani%e %est staci ación ón bast basta a con con que que un suce suceso so del del mundo exterior le pueda ser imputado a una determinada persona. +aaroni expone en su libro que, para el fnalismo, el actor part parte e de la repr repres esen enta taci ción ón ment mental al del del resu result ltado ado o muta mutaci ción ón que que quie quiere re produ produci cirr en el mund mundo o desd desde e esa esa repr repres esen enta taci ción ón 'que 'que es tamb tambii-n n anti antici cipac pació ión n del del resu result ltad ado' o',, sele selecc ccio iona na los los medi medios os para para obte obtene nerlo rlo y, en un terc tercer er mome moment nto, o, pone pone en %unc %uncio iona namie mient nto o la causalidad, orientándola a la fnalidad representada o imainada. na acción con voluntad sin fnalidad en el plano !ur&dico es una una acci acción ón sin sin volu volunt ntad ad en el plan plano o ónti óntico co /por /porqu que e volu volunt ntad ad sin sin fnalidad no existe01 y una acción sin voluntad no es una acción sino un proceso causal. A partir de aqu& podemos anali2ar el caso concreto: &
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3ar&a 4alaceras /alias /alia s Pepita0: apu*alar al su!eto, matar. matar.
Pedro /alias 3ano de Piedra0: olpear a su ex mu!er, mu!er, lesiones.
)r. )r. )ieo Currex: su!etar a la victima Además debemos tener en cuenta que ninuno de los su!etos
incurre en los casos de %alta de conducta o causas de exclusión de la acción, que son: ≈
Estado de inconciencia absoluta, donde el movimiento corporal
es involuntario, hay total ausencia de la psiquis del autor ya que le cerebro no tuvo participación. ≈
Fuerza
física
irresistible,
el
movimiento
corporal
es
involuntario consecuencia de una %uer2a externa, proveniente de la naturale2a o de un tercero, sobre le cuerpo del actor, que hace que este sea usado como un instrumento, como una masa mecánica. "e#n soler: 56uestro cuerpo, como otro cuerpo cualquiera1 está sometido a las leyes y a las %uer2as de la naturale2a. )esde lueo que no existirá acción humana de nadie sino pura obra natural si ocur ocurre re la modi modifc fcac ació ión n de un esta estado do de cosa cosas s como como e%ec e%ecto to o consecuencia de %uer2as naturales, aunque -stas ha7an a%ectado o alca alcan2 n2ad ado o a un ser ser huma humano no.. Los Los resu result ltad ados os que que prov provie iene nen n de acciones de ese carácter se llaman, en derecho, productos de caso %ortuito.8 5La expresión violencia se emplea para desinar la %uer2a que proviene no ya de la naturale2a sino del hombre. 9ampoco en tales caso casos s pued puede e deci decirs rse e que que hay hay acci acción ón del del su!e su!eto to sobr sobre e el cual cual la violencia recae, por ausencia total de participación par ticipación sub!etiva. (sta es la situación a que se refere la ley, ley, cuando declara no punible punible al que obrare violentado por una %uer2a %&sica irresistible, C. P., ;.8 ≈
Acto
reejo,
el
movimiento
corporal
es
involuntario rio,
incontrolable, consciencia de las reacciones biolóicas del mismo, con ausencia de la participación cerebral. "oler lo defne como: 5Por un acto re
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embaro embaro,, es un movimi movimient ento o que proced procede e de un circui circuito to nervio nervioso so cerrado sin alcan2ar los centros superiores: es un acto puramente biolóico cumplido por el cuerpo como oranismo. Al no pasar del plano subcortical, no alcan2a a ser expresión del psiquismo. Carece, por por tant tanto, o, de todo todo cont conten enid ido o espi espiri ritu tual al y es insu insufc fcie ient nte e para para constituir acción, pues -sta debe ser no ya la obra de un cuerpo, sino de una persona.8
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Tipicidad – tipo objetivo
9ipo penal, elementos del art&culo. a rt&culo. La acción !ur&dico penal se encuadra en el tipo penal descripto por el ARTÍCULO ARTÍCULO 79 ! "e a#licar$ reclusi%n o #risi%n de oc&o a
'einticinco a(os) al *ue +atare a otro sie+#re *ue en este c%di,o no se estableciere otra #ena Verbo Verbo típico: típico: matar Sujeto activo: activo: es aquel que reali2a la conducta descripta en el tipo pero no necesariamente debe ser el autor material del hecho, pued puede e ser ser el auto autorr inte intele lect ctua ual, l, quie quien n util utili2 i2a a al prim primer ero o como como instrument instrumento. o. Aqu&, el autor autor materia materia es de tipo plurisub!eti plurisub!etivo, vo, ya que hay intervención de 3ar&a 4alacera /alias Pepita0, y del aboado )r. )ieuito Currex. Sujeto pasivo: pasivo : es le titular del bien !ur&dico tutelado. Pedro /alias manos de piedra0 Resultado: Resultado: es le cambio en el mundo exterior, imputable al autor. )ebe existir una relación de causa a e%ecto entre la acción del autor /movimiento corporal0 y la producción del resultado. Aqu& es la muerte del su!eto pasivo. Con!untamente tenemos que anali2ar las lesiones que su%re la se*ora 3ar& ar&a 4ala alacera por part arte del se*or Pedro dro. Aqu& se encuadrar&a la acción !ur&dico penal en el tipo penal descripto por el
ARTÍCULO -9 ! "e i+#ondr$ #risi%n de un +es a un a(o) al *ue
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causare a otro) en el cuer#o o en la salud) un da(o *ue no est. #re'isto en otra dis#osici%n de este c%di,o El verbo típico: típico : lesiones Sujeto activo: activo : Pedro Sujeto pasivo: pasivo: 3ar&a Resultado: Resultado: da*o %&sico en el su!eto pasivo.
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6exo de causalidad ' Análisis de las teor&as
Teo eorí ría a cod codit itio io sie sie !ua !ua o o o e!ui e!uiva vale lec cia ia de las las codicioes" aqu aqu& para para sabe aber si un hech echo es condi ondici ción ón,, de lo suprime mentalmente. "i el resultado no se produce, el hecho es condición de resultado. "i en cambio, al suprimir el hecho, vemos que le resultado se hubiera producido iual, se considera que no e es causa del resultado. (n el caso de las lesiones, es uso de la %uer2a para acusar un da*o en cuerpo, es el hecho que cumple con la condición para que se produ2ca el resultado. "i Pedro no hubiese olpeado a su ex mu!er, ella no habr&a su%rido da*o. (n cuanto al homicidio, el hecho de su!etar a la victima y apu*alarla, es condición para que se produ2ca la muerte, porque con sus sus ante antece cede dent ntes es de viol violen enci cia, a, el su!e su!eto to pasi pasivo vo se podr& podr&a a habe haberr de%e de%end ndid ido o. "i bien bien muri murió ó por por otra otras s caus causas as que que ocur ocurri rier eron on con con posterioridad, que es por in%ecciones producto de las quemaduras, eso no habr&a ocurrido, si el no estaba ravemente herido por las pu*aladas. "i se hubiese podido de%ender, no lo habr&a herido y no lo habr&an podido prender %ueo. Teoría de la causalidad adecuada" las condiciones no son toda todas s equi equival valen ente tes, s, solo solo "erra "erra caus causa a la cond condic ició ión n que que reu reula larr o norma normalm lmen ente te,, cond condu2 u2ca ca a produ producc cció ión n de ese ese resu result ltado ado.. Aqu& Aqu& se admite la concausa, cuando un hecho, al darse !unto con la acción del hombre, produce consecuencias que no son las que normalmente
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deb&an ocurrir, rompiendo la relación causal entre el resultado y la acción del hombre, quien no es visto como autor del resultado. Por tend tenden enci cia a ene enera ral, l, el hech hecho o que que es el olp olpea earr a una una persona, es previsible de que sea causa eneradora de nexo causal, que se produ2ca el resultado de lesionar %&sicamente al su!eto pasivo. "i tene tenemo mos s en cuen cuenta ta la tend tenden enci cia a viol violen enta ta del del su!e su!eto to activ activo, o, es normal que si se aplica al cuerpo de una mu!er, mu!er, que por rela eneral no va a poder de%enderse, ella se vea a%ectada de aresión sin poder evitarlo. (n cuanto al homicidio, la tendencia eneral indicar&a que si una persona recibe => pu*aladas, hay un hecho enerador del nexo causa, del resultado resultado muerte. "i se le suma el hecho ser inmovili2ado inmovili2ado por un tercero y que las heridas lo de!aron imposibilitado de reali2ar cualquier acción para de%enderse, no podr&a haber salido de ninuna mane manera ra del del ba#l ba#l del del auto auto ante antes s de que que este este se ince incend ndia iara ra.. La concurrencia de los hechos es causa de que se produ!era el resultado muerte. Teoría de la relevacia típica : aqu& lo que se anali2a es si la conducta del aente concuerda con la defnición del verbo del tipo leal, siendo causa eneradora del resultado. Los parámetros utili2ados son los de las teor&as causales, por lo cual cual a la hora hora de hace hacerr el anál anális isis is hay que que det determi ermin na si hay concurrenci concurrencia a de nexo causal para estas y que haya coinciden coincidencia cia con la defnición del verbo t&pico, para que sea causa del resultado. (n cuanto a las lesiones, no cabe duda que el actuar del su!eto activo, aplicar %uer2a %&sica en el cuerpo de otra persona, es lo que causa el da*o. (l hecho olpear es causa del resultado lesión. (n el homicidio, tomar por sorpresa al su!eto, suministrarle => pu*aladas y meterlo en el ba#l del auto para lueo prenderlo %ueo, la conducta que asumen los su!etos activos para quitar la vida de Pedro, con%orman la causa para que se produ2ca el resultado.
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6o debemos olvidar que como anteriormente di!imos, existe nexo causal para la teor&a de la equivalencia de las condiciones y se cumple con el verbo t&pico. Teorías eorías de la i#puta i#putaci$ ci$ objeti objetiva" va" teoría teoría del del ries%o ries%o"" se atribuye le resultado a la acción, si la acción creo el peliro de que se produ2ca el resultado y que este resultado debe consistir en la producción de ese rieso. (n las lesiones, la de olpear a la victima, crea un rieso o un peliro !ur&dicamente desaprobado que puede causar el resultado y viceversa, el resultado de da*os en el cuerpo del su!eto pasivo, es producto de un rieso o peliro !ur&dicamente desaprobado que es ati2ar una olpi2a a la mu!er. mu!er. (n cuanto al homicidio, apu*alar e incendiar a la persona, crea un rieso o un peliro !ur&dicamente !ur&dicamente desaprobado que puede causar el resultado y viceversa, el resultado muerte de Pedro, es producto de un ries rieso o o peli pelir ro o !ur& !ur&dic dicame ament nte e desa desapr prob obado ado.. 6a 6adi die e pued puede e near que clavar un cuchillo en el cuerpo de una persona y lueo pren prende derl rlo o %ue %ueo, o, no vaya vaya a prod produc ucir ir la muer muerte te en cert certe2 e2a a casi casi absoluta. 6o se advierte ninuna causal de exclusión, las cuales son:
)isminución del rieso, cuando no es imputable ob!etivamente
el resultado que sea producto de una acción que benefcia al bien !ur&dico.
?alta de creación del rieso, no es imputable ob!etivamente el
resu result ltad ado o de una una acci acción ón que que no crea crea un ries rieso o !ur& !ur&di dica came ment nte e desaprobado.
(l resultado no es la reali2ación del rieso
(l resu result ltado ado esta esta por por %uer %uera a del del ámbit ámbito o de prot protec ecci ción ón de la
norma.
(
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Análisis de la tipicidad @ tipo sub!etivo
(n esta sta etap etapa a lo que que debe debemo mos s anal anali2 i2ar ar es la volu volunt ntad ad y conocimiento que tuvo el autor de reali2ar el hecho, si el su!eto activo actuó con dolo y si no es as&, ver si su acción es culposa, pudiendo ser imputable en el caso de que haya un tipo penal que expresamente as& lo prevea. (l dolo es le n#cleo reductor de la teor&a sub!etiva, el fltro por el que deben pasar para que no toda acción, conducta, resultado sea delito. /+aaroni0 Para ara que que haya haya dolo dolo,, el su!e su!eto to debe debe tene tenerr cono conoci cimi mien ento to y voluntad de reali2ar todos los elementos del tipo ob!etivo, que ante anteri rior orme ment nte e anali anali2am 2amos os.. ademá además s el dolo dolo debe debe ser ser actu actual al,, es decir, decir, estar presente al momento de desarrollarse la conducta. Aunque el Códio penal no brinda una defnición de dolo, +aaroni lo defne como la voluntad reali2adora del tipo, uiada por el conocimiento de los elementos del tipo ob!etivo necesarios para su confuración, es decir, decir, es el conocimiento y la voluntad /el saber y el querer0 que tiene el autor de reali2ar los elementos del tipo ob!etivo. $oxin parte de la 5reali2ación del plan8, o sea que considera 5doloso8 cuando el resultado se corresponde con el plan del su!eto.
Bay tipos de dolo:
)irec irectto: es cuan cuando do el act actor real reali2 i2a a la acci acció ón, sabi abiendo endo
exactamente exactamente el resultado que causara con ella, en %orma directa e inte intenc ncio iona nal. l. (l su!e su!eto to cono conoce ce todo todos s los los elem elemen ento tos s y diri dirie e su voluntad a la concreción del hecho. hecho.
ndire ndirecto cto o de consec consecuen uencia cias s necesa necesarias rias:: el autor autor conoce conoce y
repr repres esen enta ta los los elem elemen ento tos s pero pero a part partir ir de su cond conduc ucta ta hay hay resultados que no son consecuencia de su dolo. Aqu& existen los dos niveles, directo en cuanto a su intención cuando pude prever los resultados, e indirecto cuando no los pudo prever pr ever..
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(ventual: aqu& el autor reali2a la acción considerando que le
res resultado de esta puede llear a real realii2ars arse, repa reparra en la posibilidad
pero
no
como
consecuencia
necesaria.
Lo
di%er di%eren enci ciam amos os de la culpa culpa con con repre represe sent ntac ació ión, n, ya que que en este este ulti ultimo mo,, el auto autorr se repre represe sent nta a el resu result ltado ado como como posi posibl ble e pero pero con%&a en que este no se produ2ca, en el dolo eventual el autor se representa el resultado y sin importarle, contin#a con la conducta. (n este punto podes anali2a los supuestos en particular: (n cuanto a las lesiones, hay dolo directo porque el autor sabe exac exacta tame ment nte e cual cual es el resu result ltad ado o y eso eso es lo que que busc busca a con con su conducta. (l su!eto activo aplica %uer2a mediante olpes al cuerpo del su!eto pasivo con la intención de causarle el da*o. (n cuanto al homicidio, tambi-n hay dolo directo porque los plurisu!etos
conoc&an
el
resulta
que
provocar&a
el
tomar
desprevenido al su!eto pasivo, clavarle un cuchillo reiteradas veces y fnali2ar su plan con incinerarlo en el ba#l de un auto. "u ob!etivo es claro en cuanto que su intención era acabar con la vida del su!eto y no ser descubiertos, mediante el ocultamiento del cadáver. cadáver. (n ambos casos hay dolo porque hay intención, cumple con los requisi requisitos tos de conoci conocimie miento nto,, volunt voluntad ad y que sea actual, actual, ya que se act#a con un ob!etivo claro y preciso, buscado en cada uno de los supuestos. Los su!etos pasivos de cada delito, reali2an mentalmente una evaluación de las condiciones, de su modo de operar y decidieron que era ese el camino que quer&an seuir, la fnalidad perseuida para para conc conclu luir ir con con la reali reali2ac 2ació ión n de todo todos s los los elem elemen ento tos s del del tipo tipo ob!etivo. Continuando con el análisis, debemos evaluar si los autores del hecho pudieron pudieron incurrir incurrir en al#n error de tipo, entendi-ndos entendi-ndose e como una desviación en el nexo causal, donde no se concreta el resultado o
)
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se desv desv&a &a la inte intenc nció ión n que que plan planea eaba ba hace hacerr el auto autorr dand dando o otro otro resultado distinto al buscado. "e pued puede e dar dar por por ino inora ranc ncia ia de al# al#n n elem elemen ento to del del tipo tipo ob!etivo o por error, una %alsa representación del tipo o conocimiento %also. La principal consecuencia del error de tipo es que se excluye el dolo, pudiendo continuar con el análisis en caso de que exista un tipo penal de tipo culposo, caso contrario se fnali2a en este punto. Los tipos son:
Aberractio ictus o error en el olpe: se refera el caso en el
que, consecuencia de una desviación del curso causal, el resultado tiene luar en el ob!eto de acción di%erente a aquel a que le su!eto quer quer&a &a alca alcan2 n2ar ar.. "e# "e#n n la teor& eor&a a de la conc concre reci ció ón, el dol dolo pre presupone
su
concreci reció ón
a
un
determinado ado
ob!e b!eto,
si
a
consec consecuen uencia cia de la desviac desviación ión se alcan2 alcan2a a otro otro ob!eto ob!eto,, entonc entonces es %alt %alta a dolo dolo en rela relaci ció ón con con est este. (n cuan cuantto a la teor& eor&a a de la equivalencia, parte d que le dolo solo ha de abarcar el resultado t&pico en los elementos determinante de la especie. La desviación del del curs curso o causa causall no t&pi t&pica ca ene ene in
)olus )olus eneral eneralis: is: se utili2 utili2a a el concep concepto to para para suceso sucesos s en dos
actos, en los que le su!eto creer haber producido el resultado con la prim prime era part parte e de la acci acción ón,, mien mienttras ras que que en real realid idad ad el resultado solo tiene luar mediante la seunda parte de la acción, que se#n se#n la represe representa ntació ción n del su!et su!eto o solo solo deberá deberá servir servir para cubrir el hecho ya consumado anteriormente. /$oxin0
(rro (rrorr en la pers person ona: a: se entie ntien nde trad tradiicion cional alme ment nte e una una
con% con%us usió ión n en el ob!e ob!eto to del del hech hecho. o. "e# "e#n n $oxin $oxin,, la doct doctri rina na ha evolucionado y se considera que el error en la persona de quien act#a de modo inmediato es irrelevante.
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Lueo de explicar en que consiste el error de tipo, debemos observar si aluno o ambos delitos estudiados presentan esta caracter&stica. (n cuanto a las lesiones provocadas por el "r. Pedro, no hay nin#n error, no hay desviación en el nexo causal, ya que su intención y voluntad estaban correctamente diriidas al resultado que deseaba causar. ( n tanto el homicidio, es mas comple!o su análisis porque si bien cuadrar&a en el supuesto de dolus eneralis, ya que la primera acción de apu*alar no mato al su!eto pasivo, y reali2aron la seunda acción para encubrir la primera, pero %ue esta la que realmente consumo la acción, no seria correcto excluir el dolo. )ice $oxin:
/ el #rob #roble le+a +a en esto estoss caso casoss cons consis iste te en si &a de a#re a#reci ciar arse se un &ec&o doloso consu+ado o debe enjuiciarse el #ri+er acto #arcial co+o solo tentati'a de &o+icidio) a la *ue a lo su+o se #uede a(adir un &o+icidio i+#rudente +ediante la se,unda #arte de la acci%n 0o1 se reconoce *ue la a#reciaci%n de un &ec&o doloso consu+ado no #uede) en cual*uier caso) fundarse en un dolo ,eneral) se,2n el cual en caso de ese ti#o concurre un decurso unitario de la acci%n3 /4 #ara la i+#utaci%n del dolo &abr$ ade+$s *ue diferenciar entre si *uien act2a se #ro#use la +uerte de la 'icti+a o si solo se confor confor+o +o con ella ella con a,rado a,rado o a la fuerza fuerza
co+o co+o consecue consecuenci ncia a
accesoria Es 'erdad *ue la +uerte se &a #roducido en concreto de +anera al,o distinta distinta a la #ensada) #ensada) #ero la realizaci% realizaci%n n del #lan de +atar eso es e5acta+ente i,ual de irrele'ante *ue otras de las des'iaciones del curso causal3 9omando como base lo expuesto por el doctrinario, descarto en este caso el dolo eneral, dado que la existencia del dolo persiste en la causa eneradora del resultado. La "ra. 3ariah y el )r. )r. Currex en todo momento tuvieron la intención de mat matar el "r. "r. Pedro edro,, nun nunca %ue un erro errorr el clav clavar arle le las las => &0
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pu*aladas, ni esperarlo a la salida del boliche que habitualmente el su!eto su!eto pasivo pasivo concur concurr&a r&a a tomar tomar alcoho alcoholl hasta hasta el amanece amanecerr, para emboscarlo. (sto (sto es lo que que se enti entien ende de por por alev alevos os&a &a,, sien siendo do una una cond conduc ucta ta traicionera, a trav-s del ocultamiento del medio, de las intenciones o de la pers person ona a /ase /asech cho0 o0.. (sto (sto perm permit ite e colo coloca carr al auto autorr en una una situación venta!osa sobre la victima para actuar sobre seuro. Bay premeditación en el plan, se busca a la victima desprovista de seuridad /salida del boliche0, tomándola por sorpresa. La victima no se pued puede e de%e de%end nder er,, ya que que el abo aboad ado o lo su!e su!eta ta por por detr detrás ás y lo inmovili2a, para que q ue la mu!er lo pueda asesinar. asesinar.
/ART6CULO /ART6CULO - ! "e i+#ondr$ reclusi%n #er#etua o #risi%n #er#etua) #udiendo a#licarse lo dis#uesto en el artículo 8) al *ue +atare: ;< A su asce ascend ndie ient nte) e) desc descen endi dien ente te)) c%n1 c%n1u, u,e) e) e5 c%n1 c%n1u, u,e) e) o a la #ersona con *uien +antiene o &a +antenido una relaci%n de #areja) +ediare o no con'i'encia < Con ensa(a+iento) ale'osía) 'eneno u otro #rocedi+iento insidioso 4 =< Con el concurso #re+editado de dos d os o +$s #ersonas 7< >ara #re#arar) facilitar) consu+ar u ocultar otro delito o #ara ase,urar sus resultados o #rocurar la i+#unidad #ara sí o #ara otro o #or no &aber lo,rado el ?n #ro#uesto al intentar otro delito 4 ; Con el #ro#%sito de causar sufri+iento a una #ersona con la *ue se +antiene o &a +antenido una relaci%n en los t.r+inos del inciso ;@ 43 3i sentencia "erra: Culpable el "r. Pedro por el delito de lesiones contemplado en el articulo DE del Códio Penal
&&
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Culp Culpab able le la "r. "r. 3ari 3ariah ah 4ala 4alace cera ra y el "r. "r. )ie )ieo o Curr Currex ex por por el homicidio aravado contemplado en el articulo D>.
&2