Las cartas de crédito son un Instrumento fnanciero destinado a satisacer nuestras necesidades de fnanciamiento para importaciones y exportaciones de inventarios, insumos y servicios. Una carta de crédito es una promesa de pago, emitida por un banco (Emisor) a solicitud y de conormidad con las instrucciones de un cliente (ordenante), se obliga a pagar a un vendedor (benefciario) determinada cantidad de dinero, dentr dentro o de un plao plao defnid defnido, o, dire directa ctamen mente te o a través través de otra otra instit instituci uci!n !n fnanciera (banco corresponsal) contra la entrega de ciertos documentos "ue demuestren el embar"ue de mercanc#as o entrega de servicios, de acuerdo a los términ términos os y condic condicion iones es pactad pactados os previ previam ament ente e entre entre el orden ordenant ante e y el benefciario. •
$aracter#sticas%
&irigido a 'ersonas aturales y ur#dicas. &estinadas a fnanciar la ad"uisici!n de inventarios, insumos y servicios. $ondiciones de pago% * + la vista vista o co con n fnan fnanci ciam amie ient nto o en mone moneda da extr extran ane era ra (Let (Letra ra de $ambio). * -e cobra cobran n comisi comisione oness segn segn la nego negocia ciaci! ci!n n "ue se se re reali alice. ce. * +nti +ntici cipo po de acuer acuerdo do con an/l an/lis isis is de crédi crédito to (0 sobr sobre el mont monto o del del crédito). de 2arant#as% 2arant#as reales (mobiliaria (mobiliaria e inmobiliaria), inmobiliaria), 1ipo personales y otras. 2astos en caso de garant#a reales% * +valo. * '!li !lia a de incend incendio io y terre terremo moto to sobre sobre edifc edifcac acion iones, es, "ue "ue se encuentr encuentren en sobre el terreno por el valor del inmueble. * otar taria o regi egistro tro.
•
$obrana%
* *
'or el 3anco. La tasa tasa de mora mora a aplicar aplicar ser/ variable, variable, segn segn lo establec estableca a el 3anco. 3anco.
•
4entaas%
Instrume Instrumento nto fnancier fnanciero o aceptado aceptado mundialm mundialmente ente para operacio operaciones nes de importaci!n y exportaci!n. 2arantia el pago de la compra5venta de mercanc#a entre el importador y el exportador. Las $artas de $rédito est/n regidas por leyes internacionales. 6uente%7ttp%55888.banesco.com5personas5creditos*personas5cartas*de* 6uente%7ttp%55888.banesco.com5personas5creditos*personas5cartas*de* credito*9:.U;9g9<=
7ttp%55888.bt.gob.ve5cartas*credito*empresa
1ipos de cartas de crédito%
•
&@-1I$+
$réditos emitidos por el banco, por cuenta de un ordenante domiciliado en 4eneuela y a avor de un benefciario en el mismo pa#s. 'ueden ser en moneda nacional o extranera y pueden reerirse al pago de mercanc#as de importaci!n.
$+A+$1EAB-1I$+-%
*
*
Es una transacci!n concreta y una promesa de pago defnida en avor del benefciario, lo "ue permite al ordenante (cliente) negociar precios y plaos convenientes para las partes. El cliente tiene la certea "ue los documentos presentados para la negociaci!n son examinados por expertos en el maneo del crédito documentario. El cliente tiene la seguridad "ue el pago y5o aceptaci!n en avor de su benefciario solo se eectuar/ una ve se 7ayan cumplido los términos y condiciones estipulados en la carta de crédito. El vendedor no necesita evaluar la capacidad de pago del comprador en vista "ue la operaci!n est/ garantiada por un banco. $ondiciones de pago% + la vista o con aceptaci!n.
•
I?'
* * *
Es instrumento "ue ormalia el acuerdo en virtud del cual el banco, actuando a solicitud de un importador y de conormidad con sus instrucciones, se compromete a eectuar el pago a un exportador, contra la presentaci!n de una serie de documentos exigidos dentro de un tiempo l#mite especifcado, siempre y cuando se 7ayan cumplido los términos y condiciones previstos en el crédito. 'or lo general el importador re"uiere tener una l#nea de crédito con el banco o 7acer la provisi!n de ondos necesaria a fn de tramitar el crédito documentario.
$+A+$1EAB-1I$+-
* *
-u transmisi!n es v#a electr!nica (-DI61). $ondiciones de pago% + la vista o con +ceptaci!n (Letra de $ambio).
•
E'
-on a"uellos en los cuales el banco 7a sido re"uerido para actuar como banco notifcador, confrmador, pagador y o negociador.
$+A+$1EAB-1I$+-
* *
-u transmisi!n es v#a electr!nica (-DI61). $ondiciones de pago% + la vista o con +ceptaci!n (Letra de $ambio).
4E1++-
*
-e garantia el pago de la compra5venta entre las partes (Importador y5o Exportador) 'ermite conciliar intereses opuestos (importador* Exportador). ?ecanismo aceptado mundialmente para operaciones de importaci!n y exportaci!n. -e rigen por leyes internacionales "ue unifcan criterios e interpretaciones. 2arantia el cumplimiento de pedidos. 2arantia el pago de la 4enta5$ompra de mercanc#as entre el importador * exportador. Instrumento de garant#a para fnanciamiento 're y5o 'ost embar"ue. 3rinda al exportador seguridad en el maneo de sus documentos, siguiendo las instrucciones de su carta remesa.
* * * * * * *
Aiesgo% ?ediante una $arta de $rédito Irrevocable y $onfrmada, el Exportador tiene seguridad absoluta de recibir el pago, debiendo solamente tener cuidado de cumplir con los términos y condiciones establecidas en la carta de crédito. •
$+A1+- &E $A@&I1< -1+&*3F
Es una carta de crédito "ue puede ser usada como garant#a en operaciones crediticias (licitaciones, contratos, créditos)
* * *
$+A+$1EAB-1I$+-% 'ueden ser establecidos o recibidos sobre cual"uier plaa del exterior. -e rigen por leyes internacionales "ue unifcan criterios e interpretaciones. 2arantian el cumplimiento de una obligaci!n o pago.
6uente% 7ttp%55888.biv.com.ve5empresas.p7pGidcH9;idH=J 7ttp%55888.biv.com.ve5empresas.p7pGidcH9;idH=9
?odalidades de crédito% •
•
•
&e importaci!n% -on a"uellas emitidas por el banco a avor de un benefciario en el extraneroK y su principal obetivo es cubrir el valor de la mercanc#a a importar aun cuando éstas pudieran ser utiliadas para el pago de servicios, garant#as, u otras obligaciones. &e exportaci!n% +"uellas recibidas de otros bancos (aun cuando sean bancos nacionales) a avor de benefciarios veneolanos o en el exterior y en las "ue se pide al 3$ actuar como banco notifcador, pagador, negociador y5o confrmante. acionales (&omésticas)% &onde el ordenante y el benefciario residen en 4eneuela y pueden ser en 3ol#vares o en cual"uier otro tipo de moneda.
'artes "ue intervienen en una operaci!n de $artas de $rédito% •
•
* * * * *
6orma de uso% •
$rédito pagadero a la vista% El importe es pagadero tan pronto como el banco recibe y verifca los documentos re"ueridos. $uando se trata de créditos no confrmados puede suceder "ue el banco notifcador no
proceda a eectuar el pago al benefciario 7asta 7aber recibido él mismo del banco emisor el contravalor de los documentos. •
•
•
* * *
$rédito utiliable mediante letra a plao (Aeimbursement credit)% +dem/s de enviar los documentos re"ueridos, el benefciario tiene "ue girar una letra a plao contra un determinado banco (emisor o confrmador). -i los documentos est/n conormes, el banco devuelve aceptada la letra al exportador si éste as# lo desea. Existe la posibilidad de 7acer descontar la letra aceptada por el banco. Este eecto a cobrar puede 7acerlo inmediatamente eectivo. $rédito con pago dierido% El pago no se eecta inmediatamente a la entrega de los documentos, sino después de un plao sealado en el crédito. ?ediante este crédito, el vendedor concede al comprador un plao para eectuar el pago, mientras "ue el vendedor obtiene la certea de "ue de "ue este ltimo ser/ eectuado al vencimiento. -tand*by*letter o credit% Es una orma de carta de crédito diseada para garantiar operaciones de #ndole comercial entre dos partes. Las aplicaciones m/s comunes de un -tand5by son% Aeembolsos de créditos. $umplimientos de contratos de obra. 2arant#as de pago de suministros de mercanc#as por un tercero independiente de "uien las recibe.
-ervicios y benefcios m/s relevantes%
+tenci!n personaliada y efca, a través de la 4icepresidencia Internacional y $ontrol $ambiario, encargado nica y exclusivamente de este tipo de operaciones.
Aealiaci!n de tr/mites ante la $omisi!n de +dministraci!n de &ivisas $+&I4I para la +d"uisici!n de &ivisas destinas a%
* * * *
Importaci!n y5o Exportaci!n. &euda Externa 'rivada. Estudiantes o casos especiales. Inversiones Extraneras.
&isponibilidad y rapide en la atenci!n de solicitudes en la red de agencias.
Instrumento fnanciero aceptado mundialmente para operaciones de importaci!n y exportaci!n.
2arantia el pago de la $ompra54enta de mercanc#a entre el importador y el exportador.
Las $artas de $rédito est/n regidas por leyes internaciones.
6uente% 7ttp%55888.bnc.com.ve5empresas5creditos5cartas*de*credito.7tml
M'or "ué una $arta de $réditoG La compra*venta internacional (entre residentes de pa#ses dierentes) 7ace "ue este tipo de operaciones lleguen a ser m/s complicadas debido a dierentes actores como las ormalidades de aduana, el tiempo de env#o, las regulaciones espec#fcas del comercio exterior y los controles de cambio, entre otras. En consecuencia, en este tipo de transacciones se re"uiere un instrumento "ue protea los intereses de las partes implicadas. 6uente% 7ttp%55888.bt.gob.ve5cartas*credito*empresa