ensayo acerca los derechos de autor, a partir de la creacion de la web y las TIC'sDescripción completa
Tarea de cultura de la información.Descripción completa
Descripción completa
Presento esta actividad porque hay muchos compañeros que no han podido realizarla.
Ya lo publique perono abre?
Descripción completa
dda
Descripción completa
extenso del autor muy interesanteDescripción completa
aDescripción completa
LA PARTICULA DIVINA, DERECHOS DE AUTOR, RUBEN GARCIA BADILLODescripción completa
Descripción: Información básica sobre cocina de autor
Full description
COMO HACER UN INFORME DEL DERECHO DE AUTORDescripción completa
Delitos Derecho de Autor
Descripción completa
Descripción completa
Descripción completa
AP8-AA1-EV3 – AP8-AA1-EV3 –Derechos Derechos de Autor
Roger Fabián Hernández Sánchez
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Centro de servicios financieros Regional Bogotá Análisis y Desarrollo Desarrollo de Sistemas Sistemas de Información Información 2017
Derecho de Autor
El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor ),
por
el
simple
hecho
de
la
creación
de
una
obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. La legislación sobre derechos de autor en Occidente se inicia en 1710 con el Estatuto de la Reina Ana. La importancia de los Derechos de Autor
Los Derechos de Autor están reconocidos como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los entendemos como ese “conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra original”. Definitivamente, una persona capaz de crear obras merece el reconocimiento por parte del Estado para gozar de ciertos privilegios. Así que cualquiera que sea el tipo de obra a proteger la Ley de Derechos de Autor le otorgará al creador protección durante toda su vida y a partir de su muerte, cien años adicionales. Recuerde también que los Derechos de Autor sólo le ofrecen protección a las personas físicas, por lo que se sobreentiende que la Ley no posibilita que las personas morales sean autoras de obras. Esto es, porque sólo los seres humanos somos capaces de la actividad intelectual y de las actividades de creación. Pensar, componer, crear músicas, libros, obras de teatro sólo actividades exclusivas de las personas físicas. CONCLUCIONES Vemos que es muy importante el tema de los derechos de autor, mas cuando una persona genera una nueva obra o trabajo, pero en manos de quien quedarían las nuevas obras o trabajos realizados por maquinas inteligentes? Se tiene claro que la inteligencia artificial esta avanzando de manera rápida, entonces será fácil entender que la inteligencia artificial podrá crear una obra o trabajo, entonces a quien pertenecería este trabajo? Respetaremos los derechos de autor? Tendremos que modificar la norma que dice que solo un ser puede generar un derecho de autor?