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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria Antonio Martínez Gabarrón
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria © Antonio Martínez Gabarrón ISBN: 978–84–9948–632–1 e-book v.1.0
ISBN edición en Papel: 978-84-9948-239-2
Edita: Editorial Club Universitario. Telf.: 96 567 61 33 C/. Cottolengo, 25 – San Vicente (Alicante) www.ecu.fm Maqueta y diseño: Gamma. Telf.: 965 67 19 87 C/. Cottolengo, 25 – San Vicente (Alicante) www.gamma.fm
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Reservados todos los derechos. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética o cualquier almacenamiento de información o siste ma de reproducción, sin permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright.
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN ......................................................................................... 5 BLOQUE I: ASPECTOS BÁSICOS Y METODOLOGÍA DE LOS PROYECTOS DE LA INGENIERÍA ............................................................ 7 Capítulo 1: Introducción a los proyectos ....................................................... 9 Capítulo 2: Fases del proyecto ..................................................................... 15 Capítulo 3: Fase cero: Orden de magnitud .................................................. 23 Capítulo 4: Estudio preliminar ..................................................................... 27 Capítulo 5: Anteproyecto ............................................................................. 33 Capítulo 6: El proyecto ................................................................................ 43 BLOQUE II: MORFOLOGÍA DEL PROYECTO ...................................... 49 Capítulo 7: Documentos del proyecto.......................................................... 51 Capítulo 8: Memoria .................................................................................... 57 Capítulo 9: Planos ........................................................................................ 67 Capítulo 10: Pliego de condiciones.............................................................. 75 Capítulo 11: Presupuesto ............................................................................. 81 BLOQUE III: EVALUACIÓN DE PROYECTOS ...................................... 89 Capítulo 12: Evaluación económica (I): métodos aproximados .................. 91 Capítulo 13: Evaluación económica (II): métodos de rentabilidad ............. 99 BLOQUE IV: SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS ............................. 105 Capítulo 14: Marco legal de seguridad contra incendios. RD 2267/04. Reglamento de seguridad C.I. en establecimientos industriales ................ 107 Capítulo 15: Caracterización de los establecimientos industriales (Anexo I RD 2267/04) ............................................................................... 137 Capítulo 16: Requisitos constructivos de los establecimientos industriales según su configuración, ubicación y nivel de riesgo intrínseco (Anexo II RD 2267/04) .............................................................................. 181 Capítulo 17: Requisitos de las instalaciones de PCI en los establecimientos industriales (Anexo III RD 2267/04)............................................................................. 207
BLOQUE V: NORMATIVA ...................................................................... 221 Capítulo 18. Código Técnico de la Edificación (CTE-RD 314/2006). Contenido del proyecto. Documentación de seguimiento de la obra......... 223 Capítulo 19: CTE-SU. Seguridad de utilización ........................................ 237 BLOQUE VI: PLANIFICACIÓN DE LA OBRA ..................................... 255 Capítulo 20: Programación de tiempos. Método PERT (I) ........................ 257 Capítulo 21:Programación de tiempos. Método PERT (II)........................ 271 BLOQUE VII: SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS .................... 293 Capítulo 22: Marco legal de seguridad y salud .......................................... 295 Capítulo 23: Real Decreto 1627/1997 de disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción ......................................... 313 Capítulo 24: Tipos de riesgos y su prevención (Anexo IV de RD 1627/97 de 24 de octubre: disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción) ........................................ 329 Capítulo 25: Protecciones .......................................................................... 345 BIBLIOGRAFÍA Y LEGISLACIÓN ........................................................ 353
Introducción Este libro se presenta con el objeto de analizar el mundo de los proyectos en la ingeniería agronómica, desarrollando cada uno de los aspectos relevantes en que se basa, y que van siendo modificados por la aparición de nuevos objetivos, técnicas y legislaciones. Por ello, se pretende tratar en él estos distintos aspectos que tienen relación con el mundo de los proyectos, lo que hace que esta primera edición, por lo ambicioso del objetivo, deba ser completada con otras sucesivas. Parte de la temática tratada corresponde a los estudios tradicionales de Proyectos, cuya revisión resulta sin duda necesaria, mientras que otra se presenta más novedosa. Dentro de esta última, destaca lo relacionado con las normativas de seguridad en la construcción (Bloque VII) y la seguridad contra incendios (Bloque IV), que hasta ahora no han sido recogidas en la bibliografía especializada de Proyectos, a pesar de la trascendencia que tienen: la primera en la fase ejecutiva del proyecto, y la segunda en la creativa, durante el diseño. Igualmente resulta novedosa la incorporación, que será ampliada en posteriores ediciones, de otra normativa que afecta tanto al diseño como a la forma documental de los proyectos, contenida en los diferentes Documentos Básicos del CTE (Bloque V). Por su parte, tanto en el Bloque I como en el Bloque II, se incorporan algunas novedades relacionadas con el análisis de proyectos (concepto de know how y programación de la realización de los documentos) y con su contenido documental (relación temática de normativa), así como con la utilización de herramientas informáticas para la elaboración de presupuestos, y errores más frecuentes en su realización. En el Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de ingeniería, se realiza una primera aproximación al estudio del proyecto, a las distintas fases en que se divide, y a la forma de afrontar cada una de estas. 5
Introducción
En el Bloque II: Morfología del proyecto, se tratan los aspectos formales del documento Proyecto. En el Bloque III: Evaluación de proyectos, se abordan los aspectos básicos de los métodos de evaluación económica, que con más frecuencia son empleados en la evaluación de los proyectos. En el Bloque IV: Seguridad contra incendios, se trata la normativa de seguridad contra incendios aplicable al caso concreto de los proyectos de industrias, por su especial trascendencia en lo relacionado con el diseño de espacios y materiales en las mismas, así como en las instalaciones de protección necesarias. En el Bloque V: Normativa, se abordan de manera inicial otras normativas relacionadas con los proyectos de ingeniería, empezando por el Código Técnico de le Edificación, y en concreto lo relacionado con las exigencias formales del Proyecto, así como por uno de sus documentos básicos. En ediciones posteriores se ampliará el resto de los DDBB del CTE (no estructurales) así como a otras normativas fundamentales en el ámbito de los proyectos. En el Bloque VI: Planificación de la obra, estudiamos el método quizá más conocido de programación de tiempos aplicable a los proyectos. En posteriores ediciones se tratará de ampliar con otros métodos en los que se manejen recursos además de tiempos. Por último, en el Bloque VII: Seguridad y salud en las obras, se realiza un estudio de la normativa vigente relacionada con la seguridad y salud en el trabajo, y en especial en la construcción, junto con los medios de protección más habituales, por la especial incidencia en los proyectos y las direcciones de obra, así como para los técnicos coordinadores de seguridad. Finalmente, solo queda decir que, a la hora de acercarse a la lectura del presente texto, hemos de tener en cuenta que en las unidades que incluyen normativa (Unidades Didácticas IV, V y VI), se ha optado por incluir algunas partes de esta de manera íntegra, por el interés que tiene su disposición inmediata, resaltando en la misma sus aspectos más interesantes.
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Bloque I: Aspectos Básicos y Metodología de los Proyectos de la Ingeniería
CAPÍTULO 1: INTRODUCCIÓN A LOS PROYECTOS 1.- Concepto 2.- Complejidad 3.- Sistemas
1.- Concepto Son muchas las acepciones que podemos atribuir a la palabra proyecto, en función de si nos acercamos, bien al diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, bien a las diferentes definiciones que los estudiosos del tema han desarrollado a lo largo de los años, o simplemente a lo que el común de los mortales entiende por proyecto, y entre estos últimos, lo que el ramo de profesionales técnicos (arquitectos e ingenieros) entiende por proyecto. Así nos encontramos que proyecto es, según el diccionario: 1. Intención de hacer algo, o plan que se idea para poderlo realizar. 2. Redacción o disposición adicional de un escrito, un tratado, un reglamento, etc. 3. Conjunto de planos o documentos de una obra o edificio, instalación, máquina, etc., que se han de construir o fabricar. La primera de las acepciones se corresponde más con lo que cualquier persona ajena al mundo de la ingeniería o la arquitectura entiende por proyecto, es decir, que se trata de la definición más amplia, común y general de las que podemos atribuir a esta palabra. Seguramente es muy válida para un punto de partida del que iremos concretando diversos aspectos conforme nos vayan apareciendo. La segunda acepción puede más bien relacionarse con el campo del derecho, cuando se habla de proyectos de ley, etc., o cualquier otro tratado, reglamento o disposición normativa que se esté estudiando, o vaya a ser objeto 9
Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
de discusión parlamentaria para su aprobación definitiva, con o sin retoques, etc. No es este el significado que los profesionales del campo de la técnica dan al término proyecto. Por último, la tercera acepción sí que nos introduce de lleno en el concepto que en el ámbito de la técnica se tiene de la palabra proyecto. Incluso, parece que nos describe hasta las diferentes ramas del mencionado sector donde podemos encontrarnos con proyectos; es decir, por un lado, la de la construcción (concretamente relacionado con la edificación, pero también la de la obra civil), y por otro, con la de la fabricación (comúnmente relacionado con la ingeniería en sus distintas ramas). Más adelante veremos cómo esta asociación no se corresponde exactamente con la realidad del trabajo de todos los profesionales técnicos, sino con la visión del profano. En esta tercera acepción de proyecto, existe a su vez una alusión directa a lo que materialmente es para nosotros un proyecto, es decir, a su forma física o documental, en cuanto a conjunto de planos y documentos relacionados con ellos. En resumen, nos podemos quedar con la primera y última de las acepciones de la palabra proyecto, para una aproximación inicial a lo que más adelante desarrollaremos.
2.- Complejidad Cualquier tipo de proyecto, y más concretamente si nos centramos en los proyectos que pueden ser objeto de la ingeniería agrícola o agronómica, se caracteriza por su complejidad. Esta característica viene dada como consecuencia de la multitud de aspectos diferentes que necesariamente hemos de abordar a la hora de desarrollar un proyecto. Nos referimos a aspectos en el sentido general, pero también podemos estar hablando de partes físicas del proyecto (p. ej. de edificios diferentes, incluso separados físicamente, como en una granja de cebo de porcino); también de normativas muy variadas (del ámbito técnico, sanitario, medioambiental, urbanístico, etc.), también de tecnologías muy diversas (constructivas, de instalaciones como las eléctricas, frigoríficas, de vapor, aire comprimido, contra incendios, de energías renovables, de tecnología de la información, de transmisión de datos, domótica, robótica, etc.). En muchos casos, esas diferentes tecnologías
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
son objeto de la profesión de numerosos especialistas que desarrollan hasta sus últimos extremos cada una de las ramas que hemos mencionado, y que, de alguna manera, pueden participar en la configuración de un mismo proyecto. En este sentido hemos de decir que quizá sea el caso de la ingeniería agrícola y agronómica en el que se puede apreciar con mayor claridad la complejidad de un proyecto de ingeniería. Es habitual que la realización de un proyecto en el campo de la agronomía pueda necesitar de conocimientos y aplicaciones de obra civil y edificación (donde centran su acción ingenieros de caminos y arquitectos respectivamente), de diversas instalaciones industriales (donde lo hacen otros ingenieros como los industriales, en sus diversas ramas como la electricidad, mecánica, etc.), de conocimientos propios de la agronomía, en algunos de cuyos aspectos también participan otros especialistas como pueden ser, biólogos, zoólogos o veterinarios, del medio ambiente, en que tienen mucho que decir también los biólogos o los químicos, o de la tecnología de los alimentos, con el importante aporte de los bioquímicos, nutricionistas, etc. De este modo, se puede entender el sentido que tiene el hablar de complejidad cuando se aborda un proyecto de la ingeniería agronómica, y cómo, en el momento de abordarlos, se presenta como necesario e inevitable su descomposición en diversas partes más “pequeñas”, en muchas ocasiones directamente relacionadas con diversas ramas de la ciencia y la tecnología, de entre las que hemos mencionado, o, simplemente, en diferentes partes físicas individualizables respecto del “sistema proyecto”. Partes que, habitualmente, parecen no tener ninguna relación unas con otras, y que a veces simplemente tienen algún punto de conexión para, entre todas, formar un sistema mayor, más complejo, y que, por otro lado y en sentido opuesto, se pueden descomponer a su vez en otros subsistemas más sencillos. También estos son normalmente descomponibles entre sí, y así sucesivamente, dando lugar al concepto de “jerarquización”, desarrollado por H.A. Simon, y asumido por otros autores, para enfrentarse al problema de la complejidad dentro de un proyecto. Según E. Gómez Senent, la “jerarquización puede aplicarse a dos aspectos distintos del proyecto; por un lado, a la descripción del estado, y por otro a la descripción del proceso; es decir, por un lado a la definición del objeto a proyectar, y por otro a la descripción de las operaciones mediante las que se desarrolla dicho objeto”.
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Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
La finalidad última de la descomponibilidad radica en la creación de sistemas, subsistemas, y subsistemas de subsistemas, o componentes, de manera sucesiva, con el objeto de facilitar la búsqueda de la solución del proyecto. Este es el significado de la jerarquización, y lo que nos permite ir realizando descartes de manera escalonada en los distintos niveles del proyecto, sin necesidad de recurrir al estudio de todas y cada una de las posibles soluciones que, a priori, se nos podrían plantear. Por ejemplo, si pretendemos estudiar un proyecto desde el punto de vista de las distintas opciones que tenemos de ubicación física, elección de proceso productivo, tecnología, distribución, tipología constructiva, etc., nos puede resultar una combinación exponencial de las distintas variables estudiadas con las respectivas opciones planteadas para cada una de ellas, es decir, un elevado número de soluciones posibles. Mediante la jerarquización, y el establecimiento de diversos niveles dentro del proyecto podemos realizar estudios, comparaciones y descartes de manera progresiva, para los distintos niveles del proyecto, con lo que el número de alternativas analizadas finalmente disminuye, con la consiguiente simplificación del proyecto, y el ahorro de tiempo, medios y esfuerzo. Gráficamente la jerarquización se muestra en forma de árbol, que partiendo de un tronco común que representa el sistema proyecto, va desplegando ramas en un primer nivel de decisión; a su vez, de estas ramas primarias sale un segundo nivel de ramas secundarias, de las cuales parte un tercer nivel de ramas terciarias, y así sucesivamente. Cada uno de los niveles corresponde a un nivel de decisión en cuanto al proceso. De esta manera la solución final va siendo dirigida sin necesidad de estudiar todas las opciones posibles. Esta jerarquización corresponde, por un lado, a la descripción del proceso, es decir, a la estructuración del proyecto en fases. De manera similar podemos proceder desde el punto de vista de la descripción del objeto y su división en subsistemas, para su abordaje y estudio en detalle, sirviéndonos de igual modo del concepto de jerarquización.
3.- Sistemas La posibilidad de creación de sistemas y subsistemas dentro del proyecto relacionados por un principio de jerarquización, nos facilita la posibilidad de abordar con éxito el desarrollo de un proyecto; aunque en teoría las
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
interacciones entre todos los elementos del proyecto nos generarían una infinidad de soluciones posibles, es cierto que en la práctica, determinados grupos de elementos o variables están más relacionadas entre sí, y a su vez menos relacionadas con las de otro grupo o subsistema, de manera que cada subsistema necesita conocer del otro quizás solo determinados parámetros (pocos en general) para su interacción mutua, y no las características de todos los elementos integrantes de ese otro subsistema con el que debe relacionarse. Esto es sin duda una simplificación que tiene una enorme utilidad práctica, pues permite lo que algunos autores llaman casi descomponer los subsistemas, y estudiarlos de forma independiente, y por tanto, más sencilla.
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CAPÍTULO 2: FASES DEL PROYECTO 1.2.3.4.5.6.7.-
Introducción Clasificación de las fases del proyecto Fase creativa (fases del proyecto propiamente dicho) Diferencias entre las distintas fases creativas del proyecto Fase ejecutiva (fase de construcción o ejecución) Macroestructura y microestructura de las fases creativas del proyecto Concepto de know how
1.- Introducción Se entiende por fases del proyecto las distintas etapas, sucesivas en el tiempo, que transcurren desde que surge la necesidad de dar solución al problema origen del proyecto, hasta que se obtienen los resultados de la opción planteada como mejor solución. Las diferentes etapas se distinguen en atención a una serie de características: el coste de las mismas, recursos empleados, métodos utilizados, nivel de especialización, etc., así como por los diferentes agentes que en ellas intervienen, entre proyectista y director de obra, promotor, empresas contratistas y subcontratistas (constructores e instaladores), coordinador de seguridad, directores de producción, administradores de empresas, etc. 2.- Clasificación de las fases del proyecto En un sentido amplio, si consideramos el proyecto como un conjunto que va desde la idea de desarrollo de una actividad, hasta el momento de la obtención de resultados sobre el funcionamiento de dicha actividad (que, por otra parte, es como se debería estudiar el asunto), podemos considerar que el proyecto se descompone en tres fases:
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Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
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Fase creativa Fase de construcción Fase de explotación
La Fase creativa consiste en la plasmación de una idea en un documento que llamamos Proyecto. Incluye todos los pasos y estudios que nos ayudan a dar solución a las necesidades planteadas, y el detalle de la solución propuesta en todos sus aspectos. Esta fase tiene una dependencia fundamental de la figura del proyectista, aunque con las premisas, condicionantes y sugerencias propuestas por el promotor. Los constructores, instaladores o suministradores en general tienen usualmente poco que decir en esta fase, sobre todo porque normalmente, y en la mayoría de los casos, aún no han hecho su aparición. La Fase de ejecución, construcción o realización se dedica a la transformación del documento Proyecto en una realidad física, participando ahora de manera primordial la empresa o empresas constructoras o instaladoras (y suministradoras en general). Interviene de forma importante el promotor mediante su seguimiento y supervisión, y de forma especial el proyectista, convertido ahora en Director de la obra. Tanto esta fase como la anterior serán objeto de estudio por nuestra parte. La Fase de explotación corresponde por lo general a la propia empresa promotora, y constituye materia propia de estudio de los profesionales de la rama empresarial como Administración de Empresas, licenciados o diplomados en Ciencias Empresariales, o de la ingeniería del tipo de Organización Industrial o de la Producción. En cualquier caso, quedan fuera del alcance del proyectista, aunque pueden ser muestra del éxito o fracaso de la solución dada al proyecto planteado.
3.- Fase creativa (fases del proyecto propiamente dicho) Dentro de la fase que hemos llamado creativa, podemos distinguir a su vez distintas subfases a las que, por la asimilación que habitualmente se hace entre proyecto y la fase creativa del mismo, se les conoce también por fases del proyecto.
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Tradicionalmente estas fases son tres, y se denominan: 1.- Estudio preliminar 2.- Anteproyecto 3.- Proyecto propiamente dicho Esta clasificación es meramente orientativa. En según qué tipo de proyectos puede verse ampliada (en proyectos de mayor complejidad), o reducida a la mínima expresión (en proyectos muy simples o estandarizados). La denominación de las fases puede igualmente diferir de la que aquí hemos expuesto. a) Estudio Preliminar También se le conoce como Estudio de Viabilidad, o en otros casos Estudio Previo. En esta fase, tras un primer análisis del problema proyecto planteado, pueden obtenerse varios resultados o conclusiones: - Puede ser que el proyecto planteado no tenga una solución, se entiende técnica y económicamente viable, lo que conllevaría el rechazo del proyecto o de su planteamiento inicial. En esta situación no se pasaría a la siguiente fase. - Puede ocurrir que se tenga una solución viable, o incluso varias posibles. Se pasaría a la fase siguiente, en la que correspondería discernir cuál de las posibles soluciones sería la óptima. b) Anteproyecto También se le conoce como Diseño Básico (no confundir con el término Proyecto Básico empleado comúnmente por los arquitectos para denominar un tipo de proyecto simplificado –adoptado por el reciente Código Técnico de la Edificación–, no válido para la ejecución de la obra, que se suele presentar en los ayuntamientos para la obtención de los permisos y licencias municipales, con el objeto de adelantar las tramitaciones, mientras que se redacta el Proyecto de Ejecución). En esta fase, tras un análisis más profundo de las distintas alternativas planteadas en el Estudio Preliminar, se selecciona la mejor alternativa, que se desarrollará en detalle en la siguiente fase.
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Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
c) Proyecto También se la conoce como Diseño de Detalle o Proyecto de Ejecución, y en ella se definen con suficiente minuciosidad todos los elementos del proyecto correspondientes a la alternativa elegida en la anterior fase de Anteproyecto, del que se parte para su realización. El nivel de detalle elegido se ha de corresponder con el necesario para que la obra pueda ejecutarse por completo bajo la Dirección facultativa de un técnico con la misma titulación que el redactor del proyecto, sin concurso o ayuda de este. La plasmación gráfica de los detalles, cálculos, valoración, condiciones de ejecución, etc., del proyecto se lleva a cabo en los cuatro documentos del Proyecto, en que este se conforma.
4.- Diferencias entre las distintas fases creativas del proyecto Aunque más adelante se estudiarán en detalle las distintas fases del proyecto, y podrán apreciarse mejor las diferencias entre las mismas, avanzaremos ahora algunos aspectos que diferencian las mencionadas fases, según distintos puntos de vista, y en función del tiempo transcurrido. a) Según la mortalidad de las ideas Esta es mucho mayor en la fase de Estudio Preliminar, donde rápidamente se descartan muchas ideas, progresivamente menor en la fase de Anteproyecto, donde un reducido número de ideas pueden llegar a estudiarse con mayor profundidad, hasta el Diseño de Detalle, en que solo una de las ideas llega hasta el final del proceso. b) Según los costes asociados al proyecto Son menores en la fase de Estudio Preliminar, aumentando progresivamente en las fases siguientes. El coste del conjunto de las fases puede dispararse si en las primeras fases no se realiza el adecuado descarte de alternativas, y estas se arrastran hasta momentos avanzados del proceso, lo cual justifica desde otro punto de vista la necesidad de realizar una adecuada y pronta disminución de alternativas.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
c) Según la precisión requerida La precisión es creciente conforme se avanza en las distintas fases del proyecto, al igual que la complejidad de los procedimientos y métodos empleados. Gómez-Senent la concreta en un porcentaje de error respecto de los resultados obtenidos en la ejecución real del proyecto, que va desde el 40 % como máximo error admisible para la fase de Estudio Preliminar, hasta un máximo del 3 % para el Proyecto de Ejecución. d) Según los recursos empleados Sigue la misma progresión que los costes asociados al proyecto, siguiendo las mismas consideraciones hechas para estos en cuanto a lo referido a su dependencia del número de alternativas que avanzan en el proceso proyectual. e) Según el nivel de especialización Por último, el nivel de especialización técnica de los recursos humanos empleados en la realización de las distintas fases aumenta conforme el proceso, alcanzando su máximo grado en la fase de Diseño de Detalle. Hemos de resaltar aquí que la mayor especialización conforme se avanza en el mencionado proceso se refiere principalmente a una especialización de tipo técnico, sin olvidar que en las primeras fases creativas del proceso proyectual los conocimientos de carácter técnico han de estar acompañados de otros lo suficientemente sólidos, de origen sobre todo económico, pero también medioambiental, social, etc., que aseguren una adecuada toma de decisiones en esas primeras etapas del proceso proyectual.
5.- Fase ejecutiva (fase de construcción o ejecución) Se trata aquí de la transformación del documento Proyecto en una realidad física. Sigue siendo primordial la figura del autor del proyecto (llamado ahora Director de obra o de proyecto), aunque entran en juego otras partes como las empresas constructoras e instaladoras. A esta fase de realización se la conoce también como la 4.ª Fase, como continuación de las tres fases creativas, y aunque habitualmente se sucede en el tiempo a la 3.ª fase de Proyecto de ejecución, no es extraño, sobre todo en grandes proyectos, y con el objeto de
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ganar un apreciado tiempo, que comience esta mientras se definen en detalle aspectos de la 3.ª fase (creativa) de Proyecto de ejecución (lógicamente se trata de detalles cuya ejecución está prevista para más adelante).
6.- Macroestructura y microestructura de las Fases creativas del proyecto Con el objeto de establecer una metodología adecuada para la realización y el desarrollo de las diferentes fases del proceso proyectual, y por la gran diversidad de proyectos en el campo de la ingeniería, se definen tradicionalmente los conceptos de macroestructura y microestructura de las fases. Se entiende por macroestructura de las fases del proyecto al conjunto estructurado de etapas a seguir para su realización, entendido en sentido general, válido para cualquier clase de proyecto. No permite definir en todo su detalle el proyecto, pero sí que sirve como orientación o guía para su seguimiento y realización. Se entiende por microestructura de una fase al conjunto de etapas, subetapas y pasos que nos definen cómo ha de realizarse en detalle un proyecto determinado, siendo válida, por lo general, a un conjunto homogéneo de proyectos, a diferencia de la macroestructura, que se considera válida y general para todos los proyectos de la ingeniería.
7.- Concepto de know how Parece conveniente en el punto en que nos encontramos hacer una referencia, aunque breve, al concepto de know how, del inglés literal saber hacer o saber cómo, que es ampliamente empleado en el campo de la ingeniería, aunque también de otras ramas del conocimiento (informática, empresa, etc.), como expresión del conocimiento adquirido básicamente por la experiencia acumulada en la realización de una tarea o en el desenvolvimiento dentro de un determinado ámbito de trabajo. En sectores concretos de la ingeniería, con tecnología muy específica, es ampliamente utilizado este término, como expresión de la posesión de
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ciertas habilidades técnicas para la consecución de resultados exitosos, a base de conocimientos adquiridos no necesariamente de forma académica, sino principalmente por la experiencia y mejora diarias. También se emplea esta expresión en el ámbito de la ingeniería de proyectos, con un significado más bien relacionado con el carácter organizativo y de la manera de afrontar las distintas fases del proyecto, tanto a nivel de un individuo concreto, como principalmente referido a empresas u organizaciones, que poseen la experiencia adquirida necesaria para afrontar determinados proyectos, incluso planes o programas de desarrollo, de un mayor ámbito y repercusión. En este sentido podemos decir que estas empresas u organizaciones poseen un verdadero dominio y conocimiento de la macroestructura o de la microestructura de determinados proyectos, en el sentido de que se mueven con soltura en el estudio y desarrollo de esos proyectos, por la experiencia previa adquirida en otros similares, que les hacen acreedores de ciertas capacidades para poderlos afrontar con garantías de éxito. Como se ha dicho, esta experiencia previa no se reduce solo a aspectos de carácter técnico, sino a otros de tipo organizativo, que pueden estar relacionados con aspectos de tipo económico-empresarial, de conocimiento del mercado, de la realidad social y laboral de una determinada zona, región o país, de dominio de la normativa aplicable y su realidad administrativa, del conocimiento del tejido empresarial del sector suministrador al proyecto en concreto, así como de las gestiones ante los organismos públicos tendentes a conseguir tanto los permisos y autorizaciones, como las posibles subvenciones económicas, o incluso la financiación ajena, etc. En este sentido el know how es enarbolado por las empresas como sello de calidad en su trabajo desarrollado dentro de un determinado sector, y como factor diferenciador frente a la competencia, que, como se ha dicho más arriba, ofrece mayores garantías para el éxito en un determinado proyecto.
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CAPÍTULO 3: FASE CERO. ORDEN DE MAGNITUD 1.- Introducción 2.- Finalidad de la Fase 0 3.- Etapas de la Fase 0 4.- Empleo de ratios para estimación de los presupuestos
1.- Introducción A la Fase 0 se la conoce también como Orden de magnitud. Con carácter previo a las tres fases creativas, se suele hablar de una fase anterior que, sobre todo en proyectos de gran envergadura, sirve para establecer un primer enfoque del problema proyecto. Se trata de una primera fase, desarrollada normalmente por la empresa promotora, aunque en ciertos casos puede tener un apoyo de la ingeniería. En algunos casos concretos, normalmente en proyectos de gran relevancia y donde el promotor no cuente con medios propios con la suficiente preparación, puede ser encargado íntegramente a una ingeniería.
2.- Finalidad de la Fase 0 Con este primer enfoque se pretenden los siguientes objetivos: a. Eliminar aquellas alternativas claramente inviables, reduciendo los costes globales del proceso proyectual. b. Establecer un “Orden de magnitud” del proyecto. c. Ayudar a establecer un planteamiento correcto del proyecto de cara a las siguientes fases. Los costes de esta fase previa del proyecto son muy bajos, así como los recursos empleados, en relación, claro está, con los totales del futuro proyecto. 23
Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
Los métodos empleados son poco precisos y no sofisticados, permitiéndose errores de hasta el 50 %, lo que permite realizar el descarte de las alternativas que, como se ha dicho, sean claramente inviables. En la metodología empleada se emplean índices y ratios de carácter general, teniendo enorme importancia la experiencia conocida sobre el sector en el que se encuadra el proyecto.
3.- Etapas de la Fase 0 Aunque la Fase 0 del proyecto es la más anárquica, y a veces se desarrolla sin una estructura coherente, en algunas ocasiones conviene dotarla de cierta ordenación, que tiene la ventaja de centrar el enfoque del problema a la vez que reduce el tiempo empleado en la misma, toda vez que este no debe ser muy largo. Así pues, con carácter general, podemos establecer la macroestructura de esta fase en los siguientes pasos: a) Recopilación de información general. b) Conocimiento de los mercados (caso de lanzamiento de nuevos productos o implantación en nuevas zonas). c) Definición de necesidades. d) Formulación del problema (concurso de la experiencia). e) Definición del problema (empleo de ratios para dimensionar el proyecto). f) Planteamiento del proyecto (punto de partida para las siguientes fases). En el caso concreto de proyectos industriales, podemos definir su microestructura de la siguiente forma (Las Fases del Proyecto y su Metodología de E. Gómez Senent. Ed.: SPUPV): a) Formulación del proyecto. Recopilación de las necesidades detectadas por el promotor, en el sentido más amplio posible, así como de las posibles soluciones apuntadas “a priori”, y de las fuentes de información a consultar en las siguientes fases del proyecto. b) En caso de incluir en el proyecto el lanzamiento de algún nuevo producto al mercado, realizar el necesario estudio del mismo y contrastarlo con los datos aportados por el promotor.
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c) Establecer el tamaño adecuado del proyecto. Este dato suele ser aportado por el promotor. En caso contrario, se determinará de forma aproximada empleando ratios del sector, incorporando tanto la experiencia del promotor como la de la ingeniería. d) Definición de restricciones a tener en cuenta, así como criterios, preferencias, y demás variables a tener en cuenta. En este apartado se incluye la normativa que afecta al proyecto en cuestión, en todos sus aspectos (medioambiental, sanitario, de seguridad industrial, urbanístico, etc.), y los objetivos de calidad de la empresa promotora. e) Identificación del estado del arte actual y de la tecnología empleada para resolver el posible proyecto a plantear. f) Determinación del presupuesto de inversión y de las cuentas de explotación con la ayuda de ratios aproximados del sector y la experiencia de todas las partes. g) Establecimiento de medios humanos y materiales a poner en juego en el proyecto, así como los honorarios y costes iniciales de la ingeniería, forma de pago y delimitación de trabajos y costes complementarios a cargo de la ingeniería y del promotor (informes paralelos, estudios diversos, ensayos, análisis, etc.). h) Determinación de los pasos a seguir en la etapa siguiente si tiene lugar la progresión del proyecto. i) Punto de revisión, por parte del promotor, para estudiar y valorar las conclusiones de la ingeniería con las aclaraciones necesarias por parte de esta. En todos estos pasos tiene especial interés el concurso de varias partes posiblemente implicadas en el proyecto, principalmente el promotor y la ingeniería, pero también puede tener lugar el aporte de información por parte de empresas constructoras o instaladoras especializadas del sector, sean o no las finalmente adjudicatarias de la ejecución del proyecto, cuyos gastos suelen estar incluidos en su capítulo de costes comerciales y de promoción.
4.- Empleo de ratios para estimación de los presupuestos En esta fase del proyecto es usual el empleo de ratios para la determinación de diversos parámetros. Las finalidades más comunes son la determinación del presupuesto de inversión y la del de explotación.
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Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
Para la estimación del presupuesto de inversión se emplea la relación coste-capacidad. El cálculo está basado en la experiencia que relaciona los datos de coste y capacidad de un proyecto conocido con el coste y capacidad del proyecto en estudio conforme a las economías de escala, utilizando la fórmula: (CA/CB) = (TA/ TB)n
donde:
CA = coste de inversión del proyecto A CB = coste de inversión del proyecto B TA = capacidad del proyecto A TB = capacidad del proyecto B n = exponente característico de las plantas correspondientes al proyecto analizado Si la información disponible es más abundante puede ensayarse el ajuste de curvas con estos datos (regresión lineal, exponencial, logarítmica, etc.). Para la estimación del presupuesto de explotación, se realiza un estudio económico con datos existentes de proyectos del mismo sector suponiendo un comportamiento lineal de ingresos y gastos, independientemente del nivel de producción considerado. En este caso los términos a calcular son: ingresos totales, costes totales (fijos más variables), beneficio, punto de equilibrio, etc. Para realizar estos cálculos es muy útil, p. ej., disponer de ratios relativos a desgloses de costes por conceptos (m.o. directa, materiales, m.o. indirecta, etc.) con relación al valor de las ventas anuales (en %), por grupos de actividades, así como vida útil de las instalaciones, etc.
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CAPÍTULO 4: ESTUDIO PRELIMINAR 1.2.3.4.5.-
Introducción Objetivos del Estudio Preliminar Soluciones de un Estudio Preliminar Etapas del Estudio Preliminar Microestructura del Estudio Preliminar en proyectos de plantas industriales 6.- Métodos de evaluación
1.- Introducción En la mayoría de las ocasiones es la primera fase del proyecto. Persigue tener una visión general del problema proyecto y buscar si existe alguna solución viable al mismo, desde diversos puntos de vista: económico, pero también social, técnico, medioambiental, legal, etc. El proyectista, por su parte, debe alcanzar un conocimiento completo a nivel de subsistemas.
2.- Objetivos del Estudio Preliminar Los objetivos que se persiguen son los siguientes: a) Conocer el proyecto en su conjunto, a nivel de subsistemas b) Determinar las posibles soluciones alternativas c) Estudiar la viabilidad de las posibles soluciones Se trata de un paso más adelantado que la Fase 0 “Orden de magnitud”, donde se estudiaba el proyecto de forma global para hallar su tamaño, realizando el análisis de las diferentes soluciones alternativas y la valoración de las mismas con el objeto, por ahora, de determinar su viabilidad desde diferentes puntos de vista. 27
Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
Se ha de tener una visión del proyecto a nivel de subsistemas, sin entrarse en el detalle. El coste no debe ser elevado (en torno al 2 ‰ sobre el presupuesto de ejecución, lo que puede suponer un 5 % aproximadamente sobre los honorarios del proyecto). Por su parte, los medios puestos en juego no han de ser lógicamente excesivos, ni los métodos de análisis de la viabilidad empleados, sobre todo teniendo en cuenta que los datos manejados en esta fase no suelen tener demasiada exactitud. En este sentido se admite un porcentaje de error en el presupuesto de la inversión, en esta fase, de hasta un 25 o 30 % sobre el del proyecto final (40 % según Gómez-Senent). Si bien el gasto y los esfuerzos que supone no son excesivos, los beneficios pueden ser muy interesantes, pues representa, en algunos casos, tener un buen enfoque de partida del proyecto, así como el evitar esfuerzos posteriores baldíos. Es por esto que es obligación del proyectista hacer ver al promotor la importancia de esta primera fase en el proceso proyectual.
3.- Soluciones de un Estudio Preliminar Al estudiar un proyecto en la fase de Estudio Preliminar se pueden encontrar tres situaciones o soluciones diferentes: a) Puede ocurrir que, tras el estudio del problema proyecto, no se obtenga ninguna solución viable al mismo, desde uno o varios puntos de vista. En este caso, el proyectista debe aconsejar al promotor desistir del proyecto planteado, o realizar una modificación en el enfoque del mismo en su planteamiento inicial, o a nivel de la anterior Fase 0 “Orden de magnitud”, en el caso de que esta se hubiese realizado. b) En otras ocasiones puede suceder que existan varias soluciones viables al proyecto, pero que una de ellas sea claramente más ventajosa que las demás, en cuyo caso corresponde la progresión del proyecto con esta alternativa más ventajosa. Como más adelante veremos, se puede pasar en este caso directamente a la Fase 3 de “Proyecto”, sin pasar por la Fase 2 de “Anteproyecto”.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
c) Por último, y como más habitual, tendremos la situación de varias alternativas viables al proyecto, sin una ventaja clara y decisiva de una sobre las otras, lo que nos obliga a discernir entre ellas en la siguiente fase, la Fase 2 “Anteproyecto”.
4.- Etapas del Estudio Preliminar Podemos diferenciar en esta fase dos periodos claramente diferenciados. Una primera etapa del tipo divergente donde, conocido el planteamiento inicial del proyecto, se localizan todas las posibles implicaciones del mismo en el entorno, desde el punto de vista de los ámbitos de los que se debe extraer información necesaria: técnico, económico, legal, medioambiental, etc. En esta etapa tiene enorme importancia la experiencia que el proyectista o la ingeniería tienen en ese campo de trabajo. La siguiente etapa, que será de tipo convergente, se dedica al análisis de los datos recogidos en la anterior, para la obtención de las posibles soluciones viables desde diversos puntos de vista. Las dos etapas mencionadas están ligadas por una retroalimentación, que las hace repetirse sucesivamente, hasta que el proyectista encuentra según su criterio unos valores y resultados aceptables al problema proyecto planteado. Como se ha dicho, la experiencia en este sentido juega un importante papel, lo que influye del mismo modo en el tiempo empleado en esta fase. Este esquema de funcionamiento corresponde a la macroestructura de esta fase. A cada tipo concreto de proyecto corresponderá una microestructura concreta; aquí veremos la microestructura correspondiente a los proyectos de plantas industriales.
5.- Microestructura del Estudio Preliminar en proyectos de plantas industriales La casuística en este terreno puede ser muy amplia, correspondiendo en muchos casos, las principales diferencias a factores derivados del entorno.
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Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
En general, nos podemos encontrar con las siguientes situaciones: a) Industria de nueva planta cuyo promotor carece de experiencia en el sector. b) Traslado de planta industrial por diversos motivos (económicos, legales, medioambientales, obsolescencia técnica, limitaciones de espacio, necesidades de ampliación, etc.). Lógicamente corresponde a un promotor experimentado en el sector. En cierta medida se puede equiparar al caso anterior, solo que hablando de un promotor con conocimiento del sector. c) Modernización de una industria que puede afectar a partes concretas de la misma: alguna línea de producción, renovación técnica, adaptación a nueva normativa, ampliación de la producción o el almacenamiento, etc. Con las modificaciones y adaptaciones correspondientes en cada caso de los anteriores, se puede afrontar con la metodología siguiente (Las Fases del Proyecto y su Metodología de E. Gómez Senent. Ed.: SPUPV): 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) 9) 10) 11) 12) 13) 14) 15) 16) 17) 18)
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Recopilación de antecedentes Revisión de la información Organización del estudio preliminar Descripción del mercado Estimación del tamaño Estudio del producto o productos Estudio del proceso o procesos industriales Petición de preofertas Posibles localizaciones Posibles distribuciones en planta Agrupación de posibles soluciones alternativas Evaluación técnica de las soluciones con eliminación de las no válidas Estimación del presupuesto de inversión Elaboración del estudio de explotación de la actividad con evaluación económica Evaluación financiera Otras evaluaciones Programación de Anteproyecto Discusión del Estudio Preliminar
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19) Redacción del informe del Estudio Preliminar 20) Punto de revisión
6.- Métodos de evaluación Sobre todo en el caso de proyectos de gran envergadura, los recursos utilizados en la fase de Estudio Preliminar hacen necesario el empleo de métodos lo más objetivos posible para discriminar las distintas soluciones planteadas. Es por esto que se han desarrollado diversos métodos para evaluar cada solución y poder compararlas. 6.1.- Objetivos de la evaluación Los objetivos perseguidos con la evaluación son: -
Fijar umbrales mínimos por debajo de los cuales la solución planteada debe ser rechazada. Determinar una cartera de proyectos que pueden constituir soluciones válidas para el problema proyecto planteado. Clasificar las distintas propuestas por orden según un conjunto de criterios objetivos conocidos.
Por otra parte, para llevar a cabo la evaluación, la ingeniería ha de contar con determinada información básica, como: -
Conocer los objetivos de la empresa a corto, medio y largo plazo. Conocer la planificación de la empresa para alcanzar sus objetivos. Conocer las inversiones previstas por la empresa para alcanzar dichos objetivos. Crear el adecuado cauce de comunicación entre la empresa, en todos sus departamentos, y la ingeniería proyectista.
6.2.- Clasificación de los métodos de evaluación Los métodos de evaluación se clasifican en: -
Métodos económicos o matemáticos: realizan una evaluación medible en términos económicos o de rentabilidad.
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Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
-
Métodos multicriterio o multifactoriales: se tienen en cuenta otros factores como los técnicos, sociales, legales, medioambientales, de imagen, etc.
La elección entre los distintos métodos, dentro de los existentes de cada grupo, se realiza en función de la fase de proyecto en que nos encontramos, de la precisión de los datos de partida, y de la sofisticación del propio método, de manera que se debe seleccionar adecuadamente cuáles de los métodos vamos a emplear en cada momento, pues nunca los resultados obtenidos van a contar con mayor precisión que los datos de partida de los mismos, y así controlar los recursos y el tiempo empleados en la evaluación. Así pues, en la Fase de Estudio Preliminar es recomendable el empleo de los siguientes métodos: -
Económicos o matemáticos: o o o o o
-
Multicriterio o multifactoriales: o o o o
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Indice de mérito Tasa de rendimiento contable Pay back Ratio coste-beneficio Punto de equilibrio
Jerarquía simple Lógica simbólica Valor técnico Valor técnico ponderado
CAPÍTULO 5: ANTEPROYECTO 1.- Objeto del Anteproyecto 2.- Macroestructura del Anteproyecto 3.- Microestructura del Anteproyecto de plantas industriales 4.- Métodos de evaluación 5.- El problema del emplazamiento de las industrias
1.- Objeto del Anteproyecto La fase de anteproyecto debe ser capaz de recabar toda la información necesaria para la posterior redacción del Proyecto. Sus conclusiones deben ser ratificadas en la siguiente fase de Proyecto o Diseño de Detalle. Se debe dar respuesta única a todos los problemas planteados, a nivel de sistema, subsistema y componentes. Los objetivos del Anteproyecto son: -
Desarrollar y mejorar los diseños del Estudio Preliminar. Seleccionar la solución más conveniente. Calcular la rentabilidad del proyecto. Desarrollar el proyecto a nivel conceptual sirviendo de base para desarrollar el proyecto definitivo. Servir de documento de gestión tanto para entidades públicas como para solicitud de financiación ajena.
A la fase de Anteproyecto también se le conoce como Diseño Básico o Proyecto Básico, empleándose como documento de gestión (para proveedores en el caso de diseño de productos, o de tramitaciones administrativas, financieras, subvenciones, etc., en el caso de construcciones).
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Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
Esta fase se caracteriza por ser la más creativa, y aunque es habitual una asignación de honorarios del 25 % del total del proyecto, a veces le corresponde una mayor asignación de recursos. Los resultados obtenidos no deben tener errores superiores al 15 % de la inversión del proyecto (Las Fases del Proyecto y su Metodología de E. Gómez Senent. Ed.: SPUPV), quedando perfectamente desarrolladas algunas partes, sobre todo a nivel de sistemas (p. ej. la planta de distribución de una industria).
2.- Macroestructura del Anteproyecto A grandes rasgos se puede decir que la Fase de Anteproyecto es la más importante dentro del ciclo proyectual, en tanto que en ella se decide cuál va a ser la solución definitiva al problema proyecto planteado basándose en una información de partida recogida en el Estudio Preliminar, la cual va a ser ampliada hasta obtener toda la información necesaria para la realización del proyecto incluso en su última fase. Esa información va a ser tratada hasta obtener una única solución, que será evaluada con los métodos y precisión suficientes para considerarse inequívoca, a la espera de la definición del detalle de los componentes, que se realizará en la posterior 3.ª Fase de “Proyecto” o “Estudio de Detalle”. Siguiendo a T.T. Woodson, la macroestructura del Anteproyecto, en el caso más amplio, es decir, tanto para proyectos de fabricación como de construcción, se divide en las siguientes etapas: a) Etapa 1: Selección de la solución del proyecto Se trata de aplicar cada una de las etapas ahora en estudio a cada una de las soluciones obtenidas en la fase de Estudio Preliminar, para posteriormente valorar los resultados por distintos métodos de evaluación, estableciendo qué factores son los más importantes a la hora de seleccionar una solución, mediante asignación de distintos pesos a cada uno de ellos. En esta fase es muy importante tanto la experiencia del proyectista como el que el estudio y selección se realice por un grupo de personas para procurar eliminar las posibles desviaciones subjetivas.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Así pues, los pasos a seguir son los siguientes: -
Señalar los factores más influyentes en la selección de la solución. Fijar las ventajas e inconvenientes de cada factor respecto de la solución. Determinar las posibilidades reales de cada solución. Analizar y ponderar la influencia de cada solución con el resto de objetivos y subobjetivos. Justificar la solución más adecuada.
b) Etapa 2: Formulación de modelos A veces, en el desarrollo de la posterior fase de Diseño de Detalle, una vez definida cuál es la mejor solución al proyecto, el estudio de los detalles, puede recoger dificultades hasta el extremo de precisar de una revisión total de la solución adoptada en la fase de Anteproyecto. Con este motivo surge la necesidad de utilizar modelos para simulación del proyecto, y detección de los problemas de funcionamiento. Los modelos pueden ser de tres tipos: icónicos, analógicos y simbólicos o matemáticos. c) Etapa 3: Análisis de sensibilidad, compatibilidad y estabilidad de variables Al hacer “funcionar” a los modelos, existen una serie de variables que pueden afectar en mayor medida a los resultados obtenidos y otras, en cambio, muy poco. El análisis de sensibilidad de estas variables es importante, pues nos dará cuenta de qué variables han de ser ajustadas con mayor precisión que otras. El análisis de compatibilidad (estudiado por R. Muther) se establece entre subsistemas y componentes, a veces no tiene solución hasta llegar a la fase de Diseño de Detalle. Los problemas que se estudian son: tolerancias geométricas y físicas; tolerancias químicas; tolerancias de seguridad; acoplamiento de componentes. Por su parte el análisis de estabilidad estudia el comportamiento del sistema ante alteraciones anómalas en las condiciones de funcionamiento.
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d) Etapa 4: Optimización Es una consecuencia lógica del proceso de retroalimentación que conlleva el estudio de las diferentes soluciones al proyecto; de esta forma se persigue buscar el conjunto de valores de las variables de contorno del proyecto que nos dan el mejor resultado posible en la solución analizada. La optimización no deja de ser uno de los recursos matemáticos de los métodos de evaluación. e) Etapa 5: Pruebas, comportamiento previsto y simplificaciones Las pruebas pueden permitir la detección de fallos de funcionamiento antes de llegar a la fase definitiva de Diseño de Detalle. Normalmente se realizan cuando existe alguna duda sobre los parámetros de partida. Como ejemplo de pruebas podemos citar principalmente: -
Ensayo de comportamiento de materiales (resistencia a la fatiga, a la corrosión, al fuego, aislamiento acústico o térmico, etc.). - Ensayos de comportamiento de maquetas o prototipos de laboratorio (tanto de elementos simples como de conjuntos complejos). El estudio del comportamiento previsto se refiere al funcionamiento de un proyecto no solo durante la puesta en marcha, sino a lo largo del tiempo, durante el cual van a verse normalmente alteradas algunas de las variables de partida, dando muestra su estudio de la flexibilidad y robustez de la solución adoptada. Por su parte, hay que decir que, en esta fase de Anteproyecto, puede ser conveniente obviar algunas de las soluciones posibles de componentes, con objeto de configurar una solución simplificada del proyecto.
3.- Microestructura del Anteproyecto para plantas industriales A continuación se relacionan las que podrían ser las etapas del anteproyecto de plantas industriales, si bien, en función de cada caso concreto, estas etapas a su vez pueden ser descompuestas en otras con diversa relevancia. A priori, estas etapas podrían ser las siguientes (Las Fases del Proyecto y su Metodología de E. Gómez Senent. Ed.: SPUPV):
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1) Recopilación de antecedentes y revisión de la información. 2) Organización del Anteproyecto. 3) Estudio de mercados. 4) Producción de la planta. 5) Selección del proceso y elaboración detallada. 6) Petición de ofertas. 7) Emplazamiento de la industria. 8) Distribución en planta. 9) Definición de las soluciones constructivas. 10) Presupuesto de inversión. 11) Presupuesto de explotación y evaluación económica. 12) Análisis financiero. 13) Otras evaluaciones. 14) Programación del proyecto. 15) Reunión y discusión del Anteproyecto. 16) Redacción del Anteproyecto. 17) Punto de revisión.
4.- Métodos de evaluación Con las mismas consideraciones realizadas al hablar de la fase de Estudio Preliminar sobre los objetivos de la evaluación y la clasificación de los métodos empleados, en la fase de Anteproyecto, los recomendados son los siguientes: -
Económicos o matemáticos: o o o o
-
Punto de equilibrio VAN TIR Cash-flow
Multicriterio o multifactoriales: o Valor técnico ponderado o Electre o Press
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5.- El problema del emplazamiento de las industrias El problema de la elección del emplazamiento para una industria está sujeto a diversos factores, por lo general contrapuestos, lo que obliga al empleo de métodos de evaluación multicriterio. A veces los factores son difícilmente ponderables, y se depende de los criterios manejados en la toma de no decisiones, que en muchas ocasiones es realizada por la propiedad o los directivos, sin el empleo de criterios con la deseable objetividad. En la toma de decisiones sobre el emplazamiento de una industria se han de tener en cuenta las siguientes consideraciones: a) Momento de afrontar el problema de emplazamiento En general debe abordarse en las fases de Estudio Preliminar y de Anteproyecto. En la de Estudio Preliminar se establecería un área geográfica válida, y en la de Anteproyecto se definiría la parcela concreta donde ubicar la industria, estando esta etapa íntimamente ligada a la de definición del proceso y distribución en planta de la industria (lay out), procediéndose por un sistema de retroalimentación entre ambas decisiones, hasta encontrar la óptima. En el caso de que los posibles emplazamientos tengan unas características de espacio disponible similares, el conocimiento concreto del funcionamiento interior de la industria a los efectos de estas necesidades de espacio es menos relevante pasando a ser más importantes los problemas derivados de los accesos, logística y movimiento en el exterior de la parcela. Este es un caso muy habitual en industrias de tipo hortofrutícola principalmente, que con frecuencia se ubican en suelo de origen agrícola, donde las limitaciones de espacio son siempre menores. b) Ocasiones en que es recomendable realizar un estudio de emplazamiento -
Proyectos de nueva planta (por nueva implantación o traslado). Expansión o ampliación de industria. Descentralización.
También suele ocurrir que el problema del emplazamiento haya podido ser resuelto con antelación por la propia empresa, barajando sobre todo aspectos
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
de tipo económico, pasando a la ingeniería una vez que la decisión sobre la ubicación ya está tomada. c) Riesgos de error en el estudio de emplazamiento Según R. Muther (Planificación y proyección de la empresa industrial), los errores más frecuentes a la hora de elegir el emplazamiento de una industria son los siguientes: -
Insuficiente investigación y consideración de necesidades Excesiva atención a los precios de los terrenos Subestimación del coste de desplazamiento Sobreestimación de las ventajas municipales Elección por preferencias subjetivas de los dirigentes empresariales Resistencia al traslado de los dirigentes empresariales Sectores geográficos superindustrializados o en fase Estimación de la mano de obra en términos de gasto únicamente Nivel cultural y escolar de la localidad lo suficientemente bajo como para que la élite de la empresa prefiera trabajar en otra parte
d) Factores de localización Los factores de localización habitualmente considerados son los siguientes: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.
Mano de obra y salarios Energía y agua Transporte Materias primas Entorno social Leyes e impuestos Mercado Geografía y clima
Estos factores los podemos clasificar en tres grupos, según su trascendencia en cada caso concreto: -
Factores determinantes Factores primordiales Factores marginales
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Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
e) Métodos para el estudio del emplazamiento El método más conocido es el llamado Test de localización (elaborado por Factory Management and Maintenance), basado en el uso de cuestionarios. La búsqueda de la localización se realiza en tres niveles distintos: -
-
A nivel territorial: después de obtener información de organismos públicos, compañías suministradoras, cámaras de comercio, líneas de transporte, etc. A nivel de comunidad: eligiendo entre las urbanas, suburbana o de cinturón industrial y la rural. A nivel de lugar, teniendo en cuenta aspectos concretos de la parcela, normalmente técnicos, de tamaño, accesos, acometidas, etc.
Las distintas preguntas del Test se reparten entre los siguientes factores que afectan a la localización: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21.
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Historial de la mano de obra Disponibilidad de la mano de obra Influencia de la industria local Madurez de los ciudadanos Posibles directivos Energía eléctrica Combustible Gas natural Carbón Agua Contaminación del agua Transporte por ferrocarril Transporte por camión Transporte aéreo Transporte fluvial o marítimo Otros transportes Suministro de materias primas Vivienda Educación Asistencia sanitaria y social Cultura y ocio
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36.
Aspectos generales de la comunidad Servicios comerciales Consideraciones especiales Policía Bomberos Carreteras y autopistas Basuras Alcantarillado Planificación y desarrollo Impuestos estatales Aspecto financiero Ambiente comercial de la comunidad Ambiente comercial estatal Actitud de los empleados locales Clima
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CAPÍTULO 6: EL PROYECTO 1.- Objeto del Proyecto 2.- Etapas del Proyecto 2.1.- Etapa 1: comprobaciones 2.2.- Etapa 2: definición y cálculo de las partes 2.3.- Etapa 3: ensamblaje y comprobación de las partes 2.4.- Etapa 4: comprobación de ajuste a normativa 3.- Revisión y confección de documentos ANEXO I: Aplicación al Proyecto Fin de Carrera
1.- Objeto del Proyecto En el Proyecto o Diseño de Detalle deben quedar definidos con la suficiente precisión todos los sistemas, subsistemas y componentes del proyecto, de manera que este pueda ser ejecutado por otro Director de obra diferente del proyectista, sin ningún tipo de problema. Los objetivos generales del proyecto son los siguientes: - Confirmar las hipótesis del Anteproyecto. - Suministrar, al promotor y constructor o instalador, toda la información técnica, gráfica, económica y legal necesaria para la ejecución del mismo. - Servir de documento administrativo para realizar todas las tramitaciones precisas para llevar a cabo el mismo con sujeción a la normativa vigente, en todas las AA.PP. necesarias, así como para solicitud de ayudas económicas o financiación ajena, si es el caso. Para los proyectos de relativa simplicidad, es habitual la realización directa de la Fase de Proyecto, sin pasar por las anteriores, dependiendo esto de varios factores como pueden ser no solo de la complejidad propia del problema proyecto, sino del nivel de definición previo que haya alcanzado el promotor, y, cómo no, de la experiencia del proyectista. 43
Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
2.- Etapas del Proyecto La Fase de Proyecto se caracteriza sobre todo por la dedicación a la realización de diseños y cálculos, los cuales deben ir confirmando la información inferida en la fase anterior. En esta fase de Diseño de Detalle, podemos distinguir a su vez distintas etapas, como son: 2.1.- Etapa 1: comprobaciones Se trata de la revisión de los datos y estudios del Anteproyecto para ajustarlo a la situación actual, comprobando que las premisas siguen siendo válidas y por tanto los resultados obtenidos. La variación en las premisas puede deberse a las siguientes circunstancias: - Por el tiempo transcurrido. - Por la realización de estudios previos por parte de diferentes técnicos o incluso empresas diferentes. - Por motivos técnicos, económicos o legales, etc. Por otra parte es posible que el promotor, con la información del Anteproyecto, y antes de comenzar el Proyecto, decida la realización del mismo en varias etapas, por diversos motivos; en este caso, la definición de cada etapa ha de prever las posteriores con el objeto de dotar de flexibilidad al proyecto y evitar en lo posible los costes innecesarios. 2.2.- Etapa 2: definición y cálculo de las partes En esta etapa, una vez diferenciados los sistemas, subsistemas y componentes, se procede a su cálculo y definición, con la suficiente precisión, evitando en lo posible dejar indefiniciones para la fase de ejecución, confiando en el buen hacer de los constructores e instaladores, ya que estos, habitualmente, no disponen de todos los datos necesarios, a la vez que suelen tender a su máximo beneficio. Así pues, esta etapa incluye: - Definición de todos los subsistemas, sus componentes y elementos, y sus hipótesis de cálculo. - El estudio y cálculo de elementos auxiliares y de unión. - Los esquemas, dibujos y detalles necesarios para cada una de las partes.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
En las definiciones, ha de evitarse el empleo de marcas y modelos comerciales, con el objeto de no encarecer el proyecto, y facilitar el desarrollo del mercado de los distintos productos, a la vez que despejar dudas sobre los posibles intereses del proyectista. 2.3.- Etapa 3: ensamblaje y comprobación de las partes Se trata aquí de conjuntar los diferentes elementos en componentes, estos a su vez en subsistemas, y aquellos en sistemas, para estudiar el funcionamiento conjunto y optimizarlo. Esto conlleva: - Dibujo del conjunto. - Realización de los detalles del ensamblaje. - Cálculo de los elementos que hayan quedado sin definir. 2.4.- Etapa 4: comprobación de ajuste a normativa Aunque en todo momento se debe observar la reglamentación aplicable, se trata aquí más bien de una revisión de los resultados obtenidos, respecto del cumplimiento de toda la reglamentación vigente. Esta reglamentación debe venir reflejada en el documento Proyecto, tanto en la propia Memoria, como en el Pliego de Condiciones, así como en los planos correspondientes de obra civil e instalaciones, donde se dibujan los elementos previamente calculados.
3.- Revisión y confección de documentos Es importante tener claro el orden en la realización de las diferentes partes, siempre partiendo de la información obtenida del Anteproyecto. El orden lógico sería el siguiente: 1) Realización de cálculos de los diferentes componentes (Doc. N.º 1: Anejos a la Memoria) y confección de planos correspondientes (Doc. N.º 2: Planos), ambos realizados de forma paralela y con retroalimentación mutua. 2) Realización de las mediciones (Doc. N.º 4: Mediciones y Presupuesto), para lo que se precisa de la ayuda de los planos, principalmente; y de los
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Bloque I: Aspectos básicos y metodología de los proyectos de la ingeniería
presupuestos, con la elección de precios unitarios de las unidades de obra, para lo que precisamos una adecuada elección de los materiales empleados, según los diseños y cálculos realizados en los anejos correspondientes. 3) Realización del Pliego de condiciones. 4) Redacción de la Memoria descriptiva del Proyecto, básicamente como descripción del mismo, sus diferentes subsistemas y elementos, etc.
ANEXO I: Aplicación al Proyecto Fin de Carrera En el caso concreto de la realización del Proyecto Fin de Carrera de Ingenieros Técnicos Agrícolas o de Ingenieros Agrónomos, se han de tener en cuenta algunas consideraciones propias del carácter básicamente académico del citado trabajo, así como su significado como documento donde se reflejan los conocimientos adquiridos en el conjunto de la carrera. Así pues, se resumen a continuación las principales recomendaciones al respecto: - Tener en cuenta la Normativa sobre Proyecto Fin de Carrera vigente para cada titulación. - Buscar orientación en los distintos departamentos de la Universidad sobre las dudas planteadas durante la elaboración del proyecto, siguiendo principalmente los consejos e instrucciones del Director de P.F.C. - El P.F.C. se aplicará siempre a un caso práctico y se ajustará a él en su espíritu y forma. - En consonancia con el punto anterior, podrá evitarse el incurrir en gastos excesivos por parte del alumno, que serían necesarios para la obtención de información complementaria, relacionada con análisis o estudios de cualquier tipo, cuyos datos han de ser utilizados en el proyecto, siempre y cuando este se ajuste, como se ha dicho en espíritu y forma, a un caso práctico.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
- Se recomienda el reparto del trabajo relacionado con la redacción del P.F.C., una vez decidido el título y objeto del proyecto, en trabajo de campo (sobre la parcela o zona afectada por el proyecto), recopilación de información necesaria (información de tipo técnico, económico, y toda la legislación que puede afectar de una u otra forma a nuestro proyecto), y trabajo de gabinete (relacionado con la realización de cálculos, planos y confección de los distintos documentos que conforman el proyecto). En esta etapa, se recomienda seguir las pautas marcadas en el punto 3 del presente tema sobre “Revisión y confección de documentos”, en cuanto al orden a mantener para la realización de estos.
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Bloque II: Morfología del Proyecto
CAPÍTULO 7: DOCUMENTOS DEL PROYECTO 1.- Introducción. Importancia de la presentación del documento 2.- Clases de proyectos 3.- Documentos que conforman el Proyecto 4.- Criterios de ordenación de los documentos
1.- Introducción. Importancia de la presentación del documento La elaboración del documento Proyecto representa el fin de la Fase creativa en el proceso proyectual. Todo el trabajo realizado hasta ese momento se concreta en un documento cuya morfología responde a determinadas normas. El seguimiento de esas normas formales del documento Proyecto tiene sin duda su importancia, sobre todo en determinadas ocasiones, en las que su no observancia puede conllevar problemas mucho mayores que el trabajo y el tiempo dedicados a su cumplimiento. Los motivos por los que se debe prestar la debida atención a la forma y presentación de los proyectos se resumen a continuación: -
Facilidad en la interpretación del proyecto y reducción de tiempo de búsqueda y consulta de datos. Reduce el riesgo de error en la interpretación de datos. Reduce el riesgo de rechazo del proyecto por defectos formales, cuando los proyectos son presentados ante algún organismo. Necesidad de ajustarse a determinados índices o contenidos mínimos exigidos por los organismos públicos, y en primer lugar por los colegios profesionales, para su visado.
Cuando se habla de ordenación formal del proyecto se refiere, por un lado, a la estructuración de los diferentes documentos y, por otro, a la ordenación 51
Bloque II: Morfología del proyecto
del contenido dentro de cada documento o de sus partes existiendo, sin duda, diferencias en función de a qué tipo de proyecto nos enfrentamos.
2.- Clases de proyectos según su morfología En relación con la presentación y forma, podemos agrupar los proyectos en tres conjuntos diferentes, basados en los diferentes orígenes del encargante: -
Proyectos para las AA.PP. Proyectos de iniciativa privada Proyectos Fin de Carrera
Los proyectos promovidos por las AAPP responden a las siguientes características: -
Tienen una estructura rígida marcada por un Pliego de condiciones que contiene también las bases del posterior concurso o subasta. En el PC vienen definidos los documentos concretos que debe contener el proyecto Se exige generalmente una planificación de la obra y una fórmula de revisión de precios de las unidades de obra. Habitualmente incluyen determinadas definiciones o exigencias del proyecto sobre aspectos de diseño básico, materiales, etc.
Los proyectos de iniciativa privada tienen las siguientes características: -
Responden a un objetivo de funcionalidad y efectividad. La parte documental responde a la mínima exigida para la realización. Dan mayor libertad al ingeniero (con las condiciones impuestas por el promotor) para ejercer su creatividad.
Los Proyectos Fin de Carrera, por su parte, con base en su finalidad académica, tienen las siguientes características fundamentales: -
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Debe procurarse la demostración de la adquisición de los conocimientos y su aplicación a lo largo de la carrera. Debe seguirse la normativa concreta de presentación exigida por la administración académica.
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
-
Deben incluirse las justificaciones de cálculo hasta un nivel razonablemente avanzado. Deben incluirse las justificaciones con un enfoque didáctico sobre las principales decisiones tenidas en cuenta en el proceso proyectual, más allá de la simple exposición descriptiva de los resultados obtenidos de los cálculos o de las opciones seleccionadas de los diferentes subsistemas, componentes y elementos, calidades, etc.
Por otra parte, si clasificamos los proyectos por grupos según el sistema objeto del proyecto, es decir, si hablamos de proyectos (dentro del sector de la ingeniería agrícola o agronómica) p. ej. de industrias agroalimentarias, de transformaciones en regadío, de explotaciones ganaderas, de planificación rural, de implantación de cultivos, de modernización de regadíos, etc., para cada uno de estos grupos, nos podemos encontrar con diferentes índices y contenidos de los distintos documentos. No obstante, en cuanto a la estructura formal del conjunto, en todos los casos se responde al mismo esquema. Hay que hacer mención en este momento, con motivo de la aplicación del RD 314/2006 de 17 de marzo del Código Técnico de la Edificación, a la obligatoriedad de la inclusión de los contenidos mínimos y demás aspectos formales que para la elaboración del documento Proyecto exige la citada normativa que, por su carácter general y amplio ámbito de aplicación, condiciona de manera muy importante lo relacionado con el aspecto formal y de contenidos de los proyectos. En el tema CTE. Contenido del proyecto. Documentación del seguimiento de la obra, pueden consultarse los citados contenidos mínimos exigidos por el Código Técnico de la Edificación.
3.- Documentos que conforman el proyecto En la mayoría de las normas sobre contenidos mínimos de los proyectos de ingeniería, se refieren a la conformación del Proyecto en cuatro documentos: Memoria, Planos, Pliego de Condiciones y Presupuesto (también llamado Mediciones y Presupuesto). Cualquier documentación adicional exigida en cada caso concreto se incluye habitualmente en alguno de los cuatro documentos mencionados. No obstante lo anterior, y tras la entrada en vigor de la normativa sobre condiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (RD
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Bloque II: Morfología del proyecto
1627/1997 de 24 de noviembre), viene siendo habitual la realización de otro documento Estudio de Seguridad y Salud, exigido por la citada normativa, aunque en escasas ocasiones se le denomina Documento N.º 5. En algunos casos (los recogidos en el anterior Real Decreto 1627/97 de 24 de noviembre), este estudio concerniente a los aspectos de seguridad de la obra puede incluso tener un contenido más elemental y simplificado, sin exigir específicamente la presentación de planos de los aspectos de seguridad, o presupuesto detallado específico, con lo cual el citado documento suele ser incluido en el Documento N.º 1 Memoria, como un Anexo a la Memoria más, denominado Estudio Básico de Seguridad y Salud. En cualquier caso, bien sea por lo voluminoso del propio documento o por cualquier otro motivo, siempre es recomendable la encuadernación independiente del mismo, toda vez que este suele tener un recorrido administrativo distinto del propio Proyecto, y en parte independiente de él, con lo que no resulta práctico el incluirlo, como se ha dicho, como un simple Anexo a la Memoria, como si se tratara de un anexo de cálculo más o cualquier otra documentación complementaria. Memoria: es el documento en que se describe el proyecto, desde la génesis del mismo hasta el estudio de las necesidades a satisfacer, y los factores y condicionantes de todo orden tenidos en cuenta para su realización. Normalmente es el documento realizado en último lugar al llevarse a cabo la descripción de todos los subsistemas, componentes y elementos que previamente han debido de ser calculados, dibujados y presupuestados. Se acompaña de un conjunto de Anexos a la Memoria donde, básicamente, se aportan las justificaciones de cálculo y resto de documentación complementaria. Planos: son la representación gráfica del proyecto, en número necesario para que la obra quede definida en todos sus aspectos. Pliego de Condiciones: regula las condiciones técnicas de materiales y ejecución, así como aspectos relacionados con los deberes y obligaciones de los diferentes agentes que intervienen en la ejecución de la obra, competencias, aspectos económicos, de precios, realización de mediciones, resolución de posibles discrepancias surgidas en la fase de obra, facultades de la Dirección de obra, etc.
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Presupuesto: incluye el coste de las obras en conjunto y por capítulos. Se compone de varios apartados como son: estado de mediciones, precios unitarios, precios descompuestos, y cuadros de precios de maquinaria, mano de obra, materiales y auxiliares. En cada una de las unidades de obras de que consta cada uno de los capítulos se realiza la descripción de la misma hasta el último detalle de definición de calidades, medidas, inclusiones y exclusiones al objeto de no dejar lugar a duda en el momento de la contratación.
4.- Criterios de ordenación de los documentos Dada la dispersión de regulaciones que, como hemos comentado, afectan a los aspectos formales del documento proyecto, creemos conveniente establecer ciertos criterios que, con un carácter general, podamos aplicar a la realización de cualquier proyecto, que podrán ser concretados y completados por otros, según los casos, como veremos en los siguientes temas. La mayoría de estos criterios, como puede verse, corresponden a recomendaciones realizadas desde el punto de vista práctico, sobre la presentación formal de los documentos que conforman el proyecto. 1) El orden de los cuatro documentos es el siguiente: Memoria (con sus Anexos), Planos, Pliego de Condiciones y Presupuesto. A continuación, se acompaña el Estudio de Seguridad y Salud (o Estudio Básico, en su caso). 2) La ordenación se realiza de lo general a lo particular. 3) Cada documento debe ser completo en sí mismo, aunque se pueden hacer referencias a otros documentos para una mayor comprensión. 4) La ordenación interior de cada documento debe estar en consonancia con la realización de la obra y facilitar la misma. Para este objetivo se procurará agrupar las partes (subsistemas o componentes del proyecto) dentro de cada documento (planos, pliego y presupuestos principalmente) en capítulos o apartados según los posibles diferentes suministradores de la ejecución.
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CAPÍTULO 8: MEMORIA 1.- Introducción y partes de la Memoria 2.- Memoria Descriptiva 3.- Anexos a la Memoria
1.- Introducción y partes de la Memoria La Memoria es un documento en el que debe realizarse una síntesis del contenido del proyecto, estableciéndose las conclusiones que se deriven del mismo. Está compuesta por dos partes claramente diferenciadas, como son: -
La Memoria Descriptiva (o Memoria propiamente dicha). Anejos a la Memoria.
2.- Memoria Descriptiva La Memoria Descriptiva tiene un carácter principalmente informativo, y suele responder a un determinado índice de apartados en los que se van describiendo las distintas implicaciones del proyecto de forma más o menos concisa. Deben observarse los siguientes principios generales en cuanto a su aspecto formal: -
-
Su lectura debe ser clara, concisa, directa y completa. Debe emplearse un tamaño de papel normalizado UNE A-4 y en caso de ser necesario otro tamaño para algún gráfico, etc., ha de ser plegado hasta este tamaño. Debe evitarse errores mecanográficos y ortográficos, para lo que se realizarán las revisiones necesarias, aplicación de correctores ortográficos, etc., sobre todo teniendo en cuenta que la responsabilidad del proyecto corresponde a su autor. Este aspecto, que en principio puede parecer trivial, es de especial relevancia por la frecuencia de las faltas 57
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-
ortográficas, semánticas y de expresión, que en no pocas ocasiones suelen acompañar a los profesionales de la rama tecnológica. No deben emplearse, en general, ni nombres ni marcas comerciales. Como norma general, puede iniciarse un proyecto redactando un índice de la memoria y de sus anejos, lo cual responde a la etapa divergente de realización de cualquier proyecto. Aunque la verdadera realización del trabajo no responde a ese orden, este suele servir de base para realizar la búsqueda de información concerniente a dicho proyecto.
Aunque el citado índice ha de responder a cada proyecto en concreto, y en particular a los aspectos analizados en el mismo, en general se puede establecer un guión que puede tener validez para cualquier tipo de proyecto, sobre todo en cuanto a la relación de información que de una u otra forma debe contener la Memoria de un proyecto. Este índice sería el siguiente: 2.1.- Antecedentes y objeto del proyecto 2.2.- Condicionantes del proyecto 2.3.- Justificación de la solución adoptada 2.4.- Normativa de aplicación 2.5.- Ubicación del proyecto. Condiciones del entorno 2.6.- Estado preoperacional. Servicios disponibles 2.7.- Proceso o actividad desarrollada en el proyecto 2.8.- Materias primas empleadas en la actividad 2.9.- Materias auxiliares empleadas en la actividad 2.10.- Productos obtenidos 2.11.- Obras, instalaciones y equipos contemplados en el proyecto 2.12.- Aspectos medioambientales 2.13.- Aspectos sanitarios 2.14.- Aspectos de seguridad 2.15.- Aspectos laborales 2.16.- Programación de la ejecución 2.17.- Estudio económico 2.18.- Resumen 2.19.- Resumen del presupuesto En el caso de proyectos que incluyan obras afectadas por el Código Técnico de la Edificación (CTE), es decir, la gran mayoría, se debe cumplir a su vez los requisitos mínimos indicados por este, en cuanto a índice y documentación
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necesaria. (Ver tema de CTE. Contenido de proyecto y documentación de seguimiento de la obra). En algunas ocasiones, ciertos organismos públicos que han de realizar tramitación con los distintos proyectos exigen el seguimiento de unos determinados índices de contenidos mínimos (referidos a los diferentes documentos del proyecto), lo cual hace aún más complicada la elaboración de los distintos documentos, en tanto que deben satisfacer los requisitos exigidos respecto a los contenidos marcados desde diferentes ámbitos. A continuación, pasaremos a describir los aspectos fundamentales de la información contenida en cada uno de los apartados del anterior índice-guion, en tanto que creemos que representa un conjunto completo de información, más allá de los requisitos sobre el orden de los mismos que por otro lado se nos puedan presentar. 2.1.- Antecedentes y objeto del proyecto En este apartado se describirá la actividad de la empresa promotora o solicitante, así como sus datos, y sucintamente el historial del mismo en el sector o actividad. Se describirán los objetivos pretendidos con el proyecto con base en un conjunto de necesidades establecido por el peticionario. 2.2.- Condicionantes del proyecto Se describirán todas aquellas limitaciones físicas, técnicas, económicas, objetivos de calidad o restricciones de tipo legal, etc., que puedan condicionar la solución elegida para el proyecto. 2.3.- Justificación de la solución adoptada Se explicarán los motivos por los que se ha optado por una determinada solución al proyecto dentro de un conjunto alternativo de posibles soluciones, con breve descripción de las mismas, incluso con indicación de los métodos de evaluación empleados para buscar la solución óptima. Este apartado, que tiene un marcado carácter didáctico, tiene especial importancia en los Proyectos Fin de Carrera, alcanzando su mínima expresión en los proyectos reales de iniciativa privada, en los que muy frecuentemente queda obviado.
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2.4.- Normativa de aplicación Se debe relacionar expresamente toda la normativa que tiene relación con el proyecto, de forma directa e indirecta (pero no la que en absoluto tenga relación). A título de ejemplo se relacionan a continuación los conjuntos de normas que generalmente han de tenerse en cuenta: -
Instrucción EHE sobre hormigón estructural y norma sismorresistente. Código Técnico y Ley de Ordenación de la Edificación. Ley del Suelo, Reglamento de Disciplina Urbanística y Ordenanzas urbanísticas municipales y de otro tipo. Órdenes y Normas Ministeriales relativas a la calidad de los materiales, condiciones de recepción y seguridad de las instalaciones. Normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Normativa específica de seguridad y salud en las obras de construcción. Reglamentos electrotécnicos de Baja Tensión y de Alta Tensión. Ley de Industria y Reglamentos de Seguridad industrial. Normas Tecnológicas de la Edificación. Normativa específica de seguridad y protección contra incendios. Normativa técnico-sanitaria y alimentaria. Normativa medioambiental.
Al relacionar la normativa, ha de hacerse mención al nombre concreto y completo de la norma legal en cuestión (Ley, Real Decreto, Reglamento, Orden, etc.), con el n.º de la misma y la fecha de aprobación por el correspondiente órgano, incluyendo las posibles posteriores modificaciones, correcciones de errores, etc., no siendo admisible redacciones del tipo: normativa municipal, normativa de medio ambiente, etc. 2.5.- Ubicación del proyecto. Condiciones del entorno Se indicará la situación de la actuación reflejada en el proyecto, con indicación de parcela, paraje (si es el caso), municipio y provincia, así como las principales características del entorno (relieve, clima, población, comunicaciones, mercados, etc.).
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2.6.- Estado preoperacional. Servicios disponibles Se describirá la situación existente antes de la actuación contemplada en el proyecto, en cuanto al estado del entorno inmediato. En el caso de proyectos de ampliación o modernización de industrias o infraestructuras existentes, se realizará una descripción tanto de las construcciones, instalaciones y equipos o maquinaria existentes, en sus aspectos más relevantes (superficies construidas, superficies de regadío existentes indicando los sistemas empleados, tipo de explotación ganadera indicando la especie y orientación productiva, etc.). También se hará mención a las condiciones y ubicación de los servicios existentes en el entorno, respecto de la posibilidad de realizar las acometidas necesarias para el objeto del proyecto (suministro de electricidad, agua potable, saneamiento, telecomunicaciones, etc.). 2.7.- Proceso o actividad desarrollada en el proyecto Describiremos en detalle la actividad a desarrollar en nuestro proyecto (proceso en caso de proyectos industriales, ciclo productivo en caso de explotaciones agropecuarias, o de cultivo en el caso de explotaciones agrícolas, etc.), a ser posible con la aportación de un esquema de la misma donde se especifiquen las entradas y salidas de productos, semimaterias y materias auxiliares, así como la salida de residuos, subproductos o emisiones de cualquier tipo. Igualmente se realizará la descripción precisa y completa de los productos que puedan ser objeto de producción o fabricación. 2.8.- Materias primas empleadas en la actividad Se relacionarán estas, su procedencia, características, volumen y régimen de aporte o entrada en el ciclo productivo, así como su gestión y condiciones de almacenamiento. 2.9.- Materias auxiliares empleadas en la actividad Como en el caso anterior, se relacionarán con su procedencia, características, volumen y régimen de aporte o entrada en el ciclo productivo, así como sus condiciones de gestión y almacenamiento.
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2.10.- Productos obtenidos Se relacionarán las cantidades producidas, sus características, régimen de producción, condiciones de almacenamiento, y el régimen de demanda del mercado. Se indicarán los puntos del proceso productivo más sensibles para las propiedades requeridas de los productos, y en donde principalmente se le otorga el valor añadido. 2.11.- Obras, instalaciones y equipos contemplados en el proyecto Se relacionarán estos y describirán en sus aspectos generales y características más relevantes. Pueden incluirse referencias a otros documentos como Anexos, Planos, Pliego de condiciones o Presupuestos para la observación de detalles y aclaraciones sobre los mismos. Se debe hacer mención, sobre todo en el caso de la descripción de las construcciones, a los datos de partida, base de cálculo de la estructura y métodos utilizados para el mismo, así como al empleo de aplicaciones informáticas. 2.12.- Aspectos medioambientales Se indicará la normativa de aplicación, y si, en atención a la misma, el proyecto requiere para su ejecución de la elaboración de un estudio de impacto ambiental, que en su caso se elaborará aparte del proyecto. En cualquier caso, se relacionarán los factores medioambientales más sensibles al proyecto, tanto en la fase de ejecución como en la de explotación, así como las acciones más relevantes y los impactos ambientales de mayor trascendencia. También debe incluirse una propuesta de mediadas correctoras y un programa de vigilancia ambiental durante la explotación, incluyendo las acciones a llevar a cabo en el momento del cierre de la actividad. 2.13.- Aspectos sanitarios Se relacionarán los aspectos relacionados con las condiciones técnicos-sanitarias de los locales adscritos a procesos de la industria alimentaria, así como los de manipulado de alimentos, condiciones de almacenamiento, etc. Para las explotaciones ganaderas, se tendrán en cuenta las condiciones técnico-sanitarias específicas de cada especie, en lo referente a locales, manejo de los animales, sanidad veterinaria, prevención de enfermedades, etc. En el caso de proyectos relacionados con explotaciones agrícolas, se describirán los aspectos fitosanitarios de los cultivos. 62
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2.14.- Aspectos de seguridad En este apartado se incluirá lo relacionado por un lado con la seguridad en la fase de construcción (RD 1627/97 de disposiciones mínimas de seguridad en las obras de construcción), como los aspectos relacionados con la seguridad de evacuación de los locales y la seguridad en caso de incendio (aplicación del RD 2267/2004 de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales y el Documento Básico de seguridad contra incendios del CTE). También se hará mención a los aspectos de seguridad y salud relacionados con la fase de explotación, en lo referente a la higiene y ergonomía de los diferentes puestos de trabajo, si bien estas circunstancias son principalmente dependientes de las posteriores condiciones de funcionamiento de la actividad. 2.15.- Aspectos laborales Indicaremos aquí lo referente al número y categoría de los trabajadores involucrados en el proyecto, sobre todo en cuanto a la previsión para los proyectos de ampliación o que supongan un incremento de la plantilla. Este apartado es especialmente importante por la implicación social, y para el caso de proyectos afectados por algún tipo de ayuda pública, en cuanto que suele primarse o condicionarse a la posible creación o consolidación de puestos de trabajo. 2.16.- Programación de la ejecución Deben resumirse aquí la información de partida para la aplicación de un programa de ejecución del proyecto, así como los principales resultados obtenidos del mismo, con aplicación del diagrama Gantt y método PERT (indicando al menos la secuencia de actividades del camino crítico y duración prevista para el proyecto), que se desarrollarán en detalle en el correspondiente Anejo a la Memoria. 2.17.- Estudio económico Como en el caso anterior se resumirán las bases y resultados obtenidos de los diferentes estudios económicos que se desarrollarán en Anejo a la Memoria (estáticos, dinámicos, TIR, VAN, cash-flow, etc.).
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2.18.- Resumen Finalmente, y a modo de conclusión, se reflejarán de manera sucinta las principales características del proyecto con el objeto de manifestar la idoneidad de los diseños, decisiones y opciones elegidas para la solución planteada. 2.19.- Resumen del presupuesto Se indicarán aquí los distintos presupuestos del proyecto, el de ejecución material, el de contrata, el de adquisición, etc., así como el presupuesto total, tanto en cifra como en letra, detrás de los cuales se datará la redacción del proyecto y firmará por su autor, con la titulación correspondiente.
3.- Anexos a la Memoria Los Anejos a Memoria sirven para completar la información contenida en la parte descriptiva de la Memoria, hasta el más mínimo detalle considerado, todo ello a modo de justificación de dicha información. Los distintos Anejos se pueden clasificar en Anejos de información complementaria y Anejos justificativos de cálculo. Por otro lado, en función de la obligatoriedad de su inclusión en el proyecto, los podemos clasificar en Anejos Obligatorios y Anejos no obligatorios u opcionales. Anejos de información complementaria: son los que aportan información y documentación relacionada con el proyecto, tanto de forma directa como indirecta, sin incluir ningún tipo de cálculo o manejo de dicha información. Constituyen ejemplos de este tipo de anejos: descripción del proceso productivo (exhaustiva), medidas sanitarias de los locales, licencias administrativas existentes (caso de proyectos de ampliación) o impresos de registro en las diferentes administraciones, manual de funcionamiento de una línea de proceso, anejos de información de datos de mercado sobre los productos obtenidos en la actividad dependiente del proyecto, etc. Anejos justificativos de cálculo: son los anejos donde se detallan los cálculos realizados para definir cualquiera de los subsistemas o componentes del proyecto que así lo requieran. En ellos se suelen incluir los datos de partida, las base de cálculo, programas informáticos empleados (en su caso), resultados obtenidos y conclusiones. Son ejemplo de este tipo de anejos:
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cálculos constructivos, cálculos eléctricos, cálculos de necesidades frigoríficas, cálculos de aislamiento, cálculos hidráulicos, cálculos de instalaciones varias, cálculos de necesidades de agua de riego y dosis de riego, etc. Anejos obligatorios: representan los anejos que obligatoriamente han de incluirse en la Memoria del Proyecto, dependiendo a veces del tipo de proyecto de que se trate, pero que en la mayoría de los casos son los siguientes: -
Anejo de justificación urbanística. Anejo de información geotécnica. Anejo de acciones adoptadas en el cálculo constructivo. Anejo de estudio de seguridad y salud o estudio básico de seguridad y salud (en los casos en que este documento no se encuaderne de forma separada de la Memoria del proyecto).
Como ya se ha indicado con anterioridad, ciertas administraciones pueden incluir como obligatorios anejos de otro tipo en los proyectos por ellas tramitados (caso de los proyectos de instalaciones industriales p. ej.). Especial importancia tienen, en este sentido (como en todo lo relacionado con los requisitos mínimos del proyecto), las indicaciones del CTE recogidas en el tema correspondiente CTE. Contenido del proyecto. Documentación del seguimiento de la obra. Anejos no obligatorios u opcionales: el resto de anejos no incluidos en el grupo anterior.
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CAPÍTULO 9: PLANOS 1.- Generalidades 2.- Formato del documento Planos 3.- Características fundamentales de los planos 4.- Cajetín 5.- Clasificación de planos 6.- Acotación 7.- Escalas
1.- Generalidades El documento Planos es uno de los básicos y fundamentales del proyecto, siendo, sobre todo desde el punto de vista técnico, fundamental para su ejecución, debiendo ser los planos lo suficientemente descriptivos para la realización exacta de la obra, pudiéndose a su vez deducir de ellos, los planos auxiliares de obra o taller. Es tal su importancia que, en referencia al coste de elaboración, se les suele adjudicar un 50 % del correspondiente al total del proyecto. Además, desde el punto de vista contractual, forman parte junto con el Pliego de Condiciones, del contrato de obra entre constructor y promotor.
2.- Formato del documento Planos De forma conjunta, el documento Planos ha de responder a cierta forma y ordenación, para lo cual se consideran las siguientes recomendaciones: 1- Se debe incluir un Índice de planos, con el lógico objeto de facilitar la búsqueda de algún plano en concreto, o de comprobar la inclusión de determinados de ellos, por ejemplo, cuando se pretende comprobar el ajuste 67
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del proyecto a los contenidos mínimos exigidos por ciertas normativas u organismos, etc. 2- Tras el grupo de planos que podemos denominar generales, el resto de los planos deben, en lo posible, agruparse por subsistemas, componentes, es decir: - obra civil - instalación eléctrica e iluminación - instalación frigorífica - instalaciones de saneamiento - instalación de vapor - instalación contra incendios - movimiento de tierras - red de tuberías - obras auxiliares - etc. Para cada uno de estos grupos se recomienda emplear una numeración escalonada con un primer número que haga referencia al grupo a que pertenece el plano, y un segundo número (p. ej. separado por un punto) que hace referencia a su orden dentro del citado grupo, es decir: 3.6 sería el plano n.º 6 del grupo de planos n.º 3. De esta forma se organizan los diferentes planos por conjuntos normalmente relacionados con subsistemas o componentes de la obra, que pueden ser contratados para su ejecución por empresas distintas, facilitando así la gestión de la solicitud de ofertas, etc. Esto tiene su máxima expresión si se realiza la misma agrupación en las partidas correspondientes del documento Presupuesto y con los Pliegos de Condiciones Particulares, con lo que realmente se están configurando “pseudoproyectos específicos” de cada uno de los subsistemas de la obra, que como se acaba de decir puede tener gran interés en el momento de la gestión de ofertas. Como ya se ha comentado en anteriores ocasiones, como consecuencia de la aplicación del CTE a los proyectos, se establecen ciertas exigencias respecto de la inclusión de determinados planos en el Proyecto Básico o en el Proyecto de Ejecución, según el caso, que pueden verse en el tema correspondiente denominado CTE. Contenido del proyecto. Documentación de seguimiento de la obra.
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3.- Características fundamentales de los planos Se relacionan a continuación las características que, según distintas fuentes, suelen exigírsele a los planos del proyecto: 1- Los planos deben estar acotados para poder realizar sobre ellos las mediciones. 2- Deben ajustarse a las normas UNE correspondientes relativas a los aspectos siguientes: principios generales de representación, cajetines, indicaciones, escritura, rotulación, acotación, símbolos gráficos, plegado, listas de elementos, escalas, métodos de proyección, formatos, presentación de elementos gráficos y gestión de la información técnica asistida por ordenador. La citada relación podemos encontrarla en la Norma UNE 157001 sobre Criterios Generales para elaboración de proyectos. Igualmente se deben observar las indicaciones de las normas EHE y CTE al respecto. 3- Se recomienda que los planos vayan encuadernados de manera que para el fácil manejo de los mismos no sea necesario desencuadernar o romper el proyecto. La utilización de los planos en obra suele hacerse de forma independiente del resto de documentos por lo que puede resultar práctico encuadernarlos de manera extraíble, en bolsas de plástico, para lo que se recomienda poner alguna pegatina con el n.º del plano en la misma bolsa con vistas a su retorno ordenado al documento. Con esta misma finalidad, es recomendable, para que su manejo sea más fácil, que el tamaño elegido resulte el menor posible, aunque esto a veces va en contra de la ventaja que, por otra parte, supone el tener en un mismo plano todos los detalles de un mismo componente o capítulo de la obra. 4- Si se emplean colores, hay que tener en cuenta que estos no deben ser muy claros, ya que suelen perder mucha nitidez con el tiempo y la exposición a la luz. 5- En los planos de localización y en las plantas generales, debe figurar la estrella de orientación. 6- En los planos de cimentación y estructura deben venir los cuadros de características del hormigón y aceros, así como los niveles de control previstos.
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7- No deben indicarse marcas, nombres o referencias comerciales de los equipos previstos, dentro de lo posible, como en el resto de los documentos del proyecto. 8- Todos los planos deben ser plegados al mismo tamaño y de tal forma que en su cara vista aparezca el cajetín, sello o carátula, con la información mínima necesaria. 9- Puede aparecer el nombre y logotipo de la empresa u organismo público para quien trabaja el ingeniero agrónomo o ingeniero técnico agrícola, pero no el cargo que desempeñe el firmante en la misma, más allá de su profesión o titulación. 10- Será rechazado cualquier plano que lleve enmiendas, raspaduras o tachadura alguna, o cuando se falte al decoro en su presentación. 11- Serán imprescindibles como plano n.º 1 el de Situación y accesos, y como n.º 2 el de Emplazamiento de la obra. 12- Todas y cada una de las copias de los planos deberán ir firmadas de su puño y letra en original por el autor o los autores del proyecto, no pudiéndose admitir la reproducción de la firma por ningún otro procedimiento. No obstante, como consecuencia de la implantación de los procedimientos de firma electrónica o digital, legal y administrativamente admitidos, y controlados por diversas autoridades de certificación electrónica, cada vez más extendidos en nuestra sociedad e implantados ya en la mayor parte de los colegios profesionales encargados de la supervisión y visado de los proyectos, se permite la firma digital de proyecto, en todos sus apartados, que es garantizada por el sello electrónico del visado digital colegial, y que puede o no, a elección del ingeniero colegiado, ir acompañada de su firma manuscrita.
4.- Cajetín Todos y cada uno de los planos llevarán un cajetín donde aparezcan los siguientes datos: -
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Título completo del proyecto. Localización (al menos municipio y provincia).
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Nombre del promotor (persona física o jurídica). Nombre y firma del autor bajo el rótulo de la titulación que ostenta (en el caso de PFC figurará “El alumno”). Fecha (día, mes y año, para posibles modificaciones posteriores). Denominación del plano, exacta, completa y concisa. Escala o escalas (principales). N.º de orden del plano según el índice inicial del documento. En el caso de que el ingeniero o ingeniero técnico trabaje al servicio de una empresa u organismo, se puede incluir este, con su logotipo, si se quiere, en la cabecera del cajetín. Para los casos de PFC, en el encabezamiento pondrá el nombre de la Universidad, Escuela Politécnica y titulación correspondientes, y Proyecto Fin de Carrera.
5.- Clasificación de planos Una primera clasificación de los planos puede dividirnos estos en los tres grupos siguientes: planos preliminares, de ejecución y esquemas. a.1) Planos Preliminares: son croquis o esbozos, dibujos que sirven de base para realizar otros más completos. Suelen emplearse en el documento Estudio Preliminar (Fase 1 de las creativas del proyecto), y su finalidad está en la expresión inicial de la idea del proyectista. No sirven para ejecución, por lo que no son incluidos en el proyecto definitivo o de ejecución. a.2) Planos de ejecución: son la mayoría de los planos del proyecto que, como documento ejecutivo, sirven para la ejecución de la obra. Se clasifican en Generales y de Componentes. a.2.1) Planos Generales: dan una visión de conjunto del proyecto. Pueden ser planos de Situación, de Masa y de Distribución general. a.2.1.1) Plano de Situación: es el que localiza los edificios respecto al lugar de ubicación, con indicación de comunicaciones y accesos, datos de configuración del terreno, servicios, etc. a.2.1.2) Planos de Masa: permiten identificar el emplazamiento de las obras respecto p. ej. de planos de zonificación urbanística, de masas de cultivos o aprovechamientos, etc.
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a.2.1.3) Planos de Distribución general: son los que normalmente muestran el reparto de espacios en los edificios, el emplazamiento de las distintas obras y maquinaria, o también la distribución de parcelas o las construcciones dentro de la parcela en su caso, y los detalles de conjunto. a.2.2) Planos de Componentes: permiten ver con detalle cada una de las partes de la obra (subsistemas o componentes). A su vez se clasifican en planos de Series y planos de Detalles. a.2.2.1) Planos de Series: se corresponden con conjuntos de planos relativos a un mismo subsistema o componentes, con expresión de sus dimensiones básicas y de referencia del subsistema o componente. a.2.2.2) Planos de Detalle: corresponden a ampliaciones de elementos o partes concretas, identificadas en los planos de Series, encaminadas a facilitar la comprensión de algún aspecto concreto, su construcción o fabricación. a.3) Esquemas: son diagramas que representan una visión simplificada del funcionamiento de procesos o instalaciones. Pueden ser incluidos en cualquiera de las tres fases creativas del proyecto: Estudio Preliminar, Anteproyecto o Proyecto, aunque el nivel de detalle y precisión de los mismos es lógicamente creciente conforme avanza el proceso.
6.- Acotación Se denomina cota a la dimensión de un elemento reflejada en un plano. Se realiza mediante las líneas de referencia y las de cota. Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: -
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El valor de la cota se escribirá sobre la línea de cota, para su lectura desde abajo o desde la derecha. Tanto las líneas como la cota se dibujarán con menor espesor para diferenciarlas de las líneas del dibujo. Las unidades a emplear dependen del tamaño del objeto a medir, siendo las más recomendables el metro y el milímetro.
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7.- Escalas Representan la proporción de la dimensión del objeto en el plano y su dimensión real. Pueden clasificarse en escalas ampliadas, normalmente empleadas en fabricación; y escalas reducidas, normalmente empleadas en planos de construcción, edificación u obra. Se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones: -
-
Deben permitir distinguir con claridad unos elementos de otros. El tamaño del plano resultante ha de ser lo más manejable posible, sin detrimento de lo expresado en el punto anterior. La escala debe ser normalizada, y a ser posible estar dentro de las usuales para cada caso. Debe permitir la medición de las distintas unidades de obra que aparecen en el plano. Si alguna parte de un plano tiene una escala distinta de la general del mismo, ha de indicarse debajo de la citada parte (detalle), o igualmente, si no tiene escala, se pondrá “s/e”, aun en el caso de que fuese acotado. La escala debe ir reflejada en el cajetín, al menos la principal.
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CAPÍTULO 10: PLIEGO DE CONDICIONES 1.- Definición, importancia y generalidades del PC 2.- Contenido básico del PC 3.- Estructuración del PC 3.1.- Capítulo I: Objeto, alcance y descripción del proyecto 3.2.- Capítulo II: Condiciones generales (técnicas, facultativas, económicas y legales) 3.3.- Capítulo III: Condiciones particulares 1.- Definición, importancia y generalidades del PC El Pliego de Condiciones (o Prescripciones, como también se le conoce) es el documento contractual del Proyecto (forma parte del Contrato de Obra) que recoge las exigencias de carácter técnico, facultativo, económico y legal, que han de regir la ejecución del proyecto. En el caso de los proyectos cuyo promotor son las AA.PP., puede servir de base para la redacción del encargo de la ejecución de los trabajos. En él se describirán en detalle cuáles serán objeto del proyecto, así como las condiciones que deben reunir los materiales, equipos, la ejecución de los trabajos, y las condiciones económicas en que puedan y deban realizarse las obras, así como su medición y forma de abono. El PC es un documento del Proyecto que está directamente ligado a la ejecución de la obra, de ahí que no forme parte p. ej. de un Anteproyecto (documento no ejecutable), o de un Proyecto de Legalización (documento para legalizar una obra ya ejecutada), ni siquiera de un Proyecto Básico, tal como lo define el Código Técnico de la Edificación, que tampoco sirve para la ejecución. Es un documento que cobra mayor importancia cuando en la obra surge algún tipo de duda o discrepancia entre cualquiera de las partes que intervie75
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nen, ya que una de las finalidades del PC es el establecimiento de soluciones para salvar las posibles controversias e imprevistos. Aunque es un documento que suele tener gran parte de su contenido común con otros proyectos, es necesario adaptarlo a cada caso en concreto para tener en cuenta las peculiaridades de cada proyecto. Como en el resto de documentos, se debe seguir el criterio común de ir de lo general a lo particular en su exposición.
2.- Contenido básico del PC Como norma general el PC debe contener la información mínima siguiente: a) Especificaciones de materiales, elementos y procedimientos del proyecto, con calidades, y ensayos obligatorios. b) La reglamentación y normativa aplicable tanto obligatoria como recomendada. c) Todos aquellos aspectos que afecten al contrato de obra, tanto en lo referido a la descripción del objeto del contrato (para lo cual se pueden hacer referencias a otros documentos como Planos, Mediciones, y normativa relacionada con las especificaciones del apartado a) anterior), como a las limitaciones en los suministros contratados con el objeto del establecimiento de responsabilidades.
3.- Estructuración del PC La estructuración del PC se realizará en tres capítulos, precedidos de un índice desglosado y paginado inicial: Capítulo I: Objeto, alcance y descripción del proyecto. Capítulo II: Condiciones generales (técnicas, facultativas, económicas y legales).
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Capítulo III: Condiciones particulares. 3.1.- Capítulo I: Objeto, alcance y descripción del proyecto -
En este apartado se realiza una descripción de las obras, instalaciones, maquinaria y suministros, en general, que son objeto del proyecto, normalmente se acompaña de una relación de las mismas, que se suele corresponder con el conjunto de subsistemas o componentes en que se divide el sistema proyecto, capítulos del Resumen General del Presupuesto y que habitualmente pueden ser objeto de conjuntos independientes de contratación directa con el promotor de la obra.
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Se recogen las obras accesorias no especificadas en el proyecto.
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Se describen los documentos que definen las obras, estableciendo la compatibilidad y relación entre los mismos.
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Se establece el nombramiento del Director de la obra.
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Se relaciona la reglamentación y normativa que afecta al proyecto de forma obligatoria y recomendada.
3.2.- Capítulo II: Condiciones generales (técnicas, facultativas, económicas y legales) Se definen las condiciones de índole facultativa, económica y legal que regulan la ejecución de las obras. Las condiciones de índole técnica vienen recogidas en el capítulo correspondiente a condiciones particulares, no obstante, es usual incorporar aquí un apartado de condiciones generales de índole técnica que recoge las particulares relativas a la construcción (obra civil y edificación), en tanto que son las más frecuentes en todos los proyectos. a) Condiciones de índole facultativa Regulan las relaciones entre la o las empresas contratistas de la obra y la Dirección de obra, en cuanto a derechos y obligaciones de cada una de las
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partes. A continuación se relacionan los aspectos habitualmente regulados en los pliegos de condiciones de índole facultativa. Respecto de los derechos y obligaciones del contratista: - Residencia del contratista - Reclamaciones contra las órdenes de la Dirección - Despido por insubordinación, incapacidad o mala fe - Copia de documentos - Libro de órdenes - Acta de replanteo y comienzo de los trabajos - Materiales y ejecución de los trabajos - Trabajos y materiales defectuosos, y vicios ocultos - Medios auxiliares - Recepción provisional y plazo de garantía - Conservación de la obra recibida provisionalmente - Recepción definitiva y liquidación final Respecto de la Dirección de Obras - Sobre la dirección y vigilancia de los trabajos b) Condiciones de índole económica Regula todo lo relacionado con los aspectos económicos del proyecto. A continuación se relacionan los puntos habitualmente recogidos en este apartado. - Base fundamental de derecho del Contratista - Garantías y fianzas - Precios contradictorios - Reclamación de aumento de precios y revisión de precios - Elementos comprendidos en el presupuesto - Valoración de la obra - Medidas parciales y finales - Equivocaciones en el presupuesto - Valoración de obras incompletas - Carácter provisional de las liquidaciones parciales - Pagos
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- Suspensión por retraso de pagos - Indemnización por retraso en los trabajos - Indemnización por daños de causa mayor al contratista - Mejoras de obra - Seguro de los trabajos c) Condiciones de índole legal Regula todo lo relacionado con los aspectos jurídicos derivados del contrato de obra entre promotor y constructor, instalador o suministradores. -
Jurisdicción Accidentes de trabajo y daños a terceros Pago de arbitrios Causas de rescisión del contrato
3.3.- Capítulo III: Condiciones particulares Corresponde a las condiciones de tipo técnico de cada uno de los subsistemas o componentes en que se divide el proyecto, así pues, nos podemos encontrar pliego de condiciones técnicas particulares de la obra civil (genéricamente relacionado con la construcción de la obra civil y edificación), instalación eléctrica de baja tensión, instalación contra incendios, instalación hidráulica, instalación de vapor, instalación de aire comprimido, instalación de maquinaria, instalación eléctrica de media tensión, instalación frigorífica, etc. Relacionamos a continuación los aspectos contemplados para el caso concreto de la obra civil, por otra parte el que con mayor frecuencia es incorporado en la mayoría de los proyectos. -
Replanteo Demoliciones Movimiento de tierras Red horizontal de saneamiento Cimentaciones Forjados Hormigones Acero laminado
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-
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Cubiertas y coberturas Albañilería Carpintería y cerrajería Aislamiento Red vertical de saneamiento
CAPÍTULO 11: PRESUPUESTO 1.- Generalidades 2.- Estructura y descripción del documento 3.- Utilización de aplicaciones informáticas 4.- Errores más frecuentes en la elaboración del documento Presupuesto
1.- Generalidades Es el documento económico del proyecto. El Presupuesto es el documento que refleja el coste del proyecto, es decir, la inversión necesaria para llevarlo a cabo. Para obtener este presupuesto es necesario, por un lado, realizar las mediciones de las distintas unidades de obra que componen el proyecto, y por otro determinar el precio unitario de cada una de estas unidades de obra, de manera que aplicando este precio a aquellas unidades se obtenga el mencionado presupuesto. Así pues, el documento Presupuesto tiene como misión definir y determinar el número de unidades de cada partida o unidad de obra que configura la totalidad del proyecto, así como determinar su coste económico. En la medición debe incluirse, además del número de unidades, la definición de las características, modelos, tipos y dimensiones de cada partida de obra, usando preferentemente el sistema internacional de unidades conforme a la Norma UNE 82100. Solamente debe emplearse el concepto de partida alzada en aquellas unidades de obra en que no sea posible desglosar, en forma razonable, el detalle de las mismas.
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2.- Estructura y descripción del documento El documento se iniciará con el siguiente índice que hace referencia a cada uno de las partes en que se descompone, capítulos, etc.:
-
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Mediciones Cuadros de precios: o Cuadro de precios n.º 1: Precios de la mano de obra o Cuadro de precios n.º 2: Precios de los materiales, maquinaria y equipos o Cuadro de precios n.º 3: Precios de las unidades de obra en letra o Cuadro de precios n.º 4: Precios de las unidades de obra descompuestos o Cuadro de precios n.º 5: Precios auxiliares Presupuestos parciales Presupuestos generales Presupuesto de ejecución material Presupuesto por contrata Presupuesto por adquisición Resumen general de presupuestos
Los presupuestos parciales se corresponderán con las distintas unidades constructivas o funcionales, en las que se considere necesario dividir el proyecto (distintas naves, distintos embalses, etc.). Dentro de cada presupuesto parcial quedarán claramente separados los grupos constituidos por las distintas unidades, según se refieran a diferentes subsistemas o componentes del proyecto (obras, instalaciones y equipos o maquinaria). Como se ha dicho al hablar de otros documentos, queda prohibido el uso de nombres o marcas comerciales. A continuación, describiremos qué información contiene cada uno de los apartados en que, como hemos señalado en el anterior índice, se descompone el Documento n.º 4 Presupuesto:
2.1. Mediciones o Estado de mediciones: es el conjunto de operaciones que se realiza sobre cada unidad de obra para obtener su cantidad. Así pues
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consiste en establecer las dimensiones de cada unidad de obra. En el caso de unidades tridimensionales, se le llama cubicación, aunque por extensión, se suele emplear también para expresar la medición en otras unidades (m2, m.l., kg, o incluso ud, etc.). Las mediciones suelen dividirse en capítulos de unidades coherentes, coincidentes habitualmente con cada uno de los subsistemas, componentes o, simplemente, partes del proyecto, respetándose preferentemente el orden de la programación prevista para la ejecución de la obra. Las mediciones deben hacerse sobre los planos acotados, evitándose en lo posible el uso de escalímetros, que son causa de errores acumulativos. En la actualidad, con la aplicación de programas de diseño gráfico para la realización de los planos, se facilita la medición al realizarse esta con la ayuda de dichos programas, a la vez que se hace más precisa. Incluso ciertos programas de presupuestos permiten la incorporación automática de las medidas tomadas en el programa de diseño, mediante el empleo de ficheros electrónicos compatibles entre ambos programas. Para unidades difícilmente medibles, como por ejemplo ayudas de albañilería, etc., puede emplearse el concepto de partida alzada, cuyo precio se basa habitualmente en la experiencia, propia o de terceros (instaladores, etc.). No obstante, este recurso se debe restringir a los casos estrictamente necesarios. Previamente a la medición, se ha tenido que realizar una detallada descripción de las diferentes unidades de obra, según las características técnicas, de calidades, etc., de nuestro proyecto, para lo cual es habitual apoyarse en bases de datos (actualmente informatizadas), anteriores proyectos similares, etc. En esta selección, y como se ha dicho al hablar de otros documentos del proyecto, queda prohibido el uso de nombres o marcas comerciales, dentro de lo posible. Esta circunstancia suele salvarse a veces con las expresiones “o similar”, o mejor “técnicamente equivalente” para referirse a algún elemento incluido en una unidad de obra en el que se ha hecho referencia a cierta marca comercial, por lo extendido de esta en el mercado, pero en el que no se quiere cerrar la posibilidad de empleo de otras marcas de las mismas cualidades, en defensa de la competencia del mercado.
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2.2. Cuadros de precios: los cuadros de precios representan la justificación de los costes de determinados elementos que componen o intervienen en las distintas unidades de obra del presupuesto. Estos cuadros de precios son habitualmente cinco: 2.2.1. Cuadro de precios n.º 1: Precios de la mano de obra: consiste en la determinación del coste horario o diario de la mano de obra de cada uno de los operarios que intervienen en el proyecto, por oficios o especialidades, y categorías, teniendo en cuenta todos los conceptos retributivos que le afectan, las circunstancias de su convenio laboral, y cualquier otra que tenga repercusión a la hora de calcular el coste de la realización de una determinada unidad de obra. En la configuración de cada unidad se tendrá en cuenta, por otro lado, tanto la mano de obra directa como la indirecta. 2.2.2. Cuadro de precios n.º 2: Precios de los materiales, maquinaria y equipos: se conforma teniendo en cuenta el coste de los materiales simples, maquinaria y equipos, en almacén, más el transporte, la carga y descarga, posibles mermas o pérdidas en el manejo. 2.2.3. Cuadro de precios n.º 3: Precios de las unidades de obra en letra: no es más que la relación de los precios de las distintas unidades de obra (precios unitarios) expresados en cifra y en letra. Este cuadro de precios es el único documento del proyecto, junto con los planos, que ha de ir firmado en todas sus hojas por el proyectista. 2.2.4. Cuadro de precios n.º 4: Precios de las unidades de obra descompuestos: son los mismos descritos en el cuadro n.º 3 anterior, pero indicando además su descomposición en cada una de las cantidades de materiales, mano de obra y maquinaria que los componen. La realización de estas descomposiciones, habitualmente, se basa en publicaciones de organismos del sector de la construcción, desde los últimos años contenidas en soporte informático. En la descomposición es usual añadir unos porcentajes que suelen oscilar entre el 1 y el 3 % en concepto de medios auxiliares, que pueden intervenir en la configuración de la unidad de obra y cuya definición no resulta de interés. 2.2.5. Cuadro de precios n.º 5: Precios auxiliares: existe un grupo especial de precios descompuestos que se conoce como Precios Auxiliares, y que se
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corresponde con precios de elementos no simples, que a su vez son empleados, de forma repetida, para la confección de diversas unidades de obra: caso de morteros, hormigones, transporte de maquinaria, etc.
2.3. Presupuestos parciales: representan el coste de ejecución de una unidad constructiva (por ejemplo: un edificio industrial, de los tres que componen en proyecto). Se divide en capítulos, como en las mediciones, que se corresponden con los subsistemas o componentes de esa unidad constructiva del proyecto, y que, además, puede corresponder a contratistas o subcontratistas distintos. A la suma de los distintos presupuestos parciales correspondientes a cada unidad constructiva se le conoce como Presupuesto General. Cuando el proyecto no presenta esta descomposición en distintas unidades constructivas, es decir, que solo existe una unidad constructiva, los presupuestos parciales se hacen corresponder habitualmente con cada uno de los subsistemas o componentes del proyecto.
2.4. Presupuesto de Ejecución Material (PEM): se corresponde con la suma de los presupuestos parciales, es decir, con el presupuesto general en el caso de distintas unidades constructivas, y representa el coste de ejecución del proyecto para el contratista.
2.5. Presupuesto de ejecución por contrata: resulta de aplicar al anterior PEM correspondiente a los capítulos de construcción e instalaciones, los Gastos Generales del contratista (13 %) y su Beneficio Industrial (6 %), con lo que el PEM se incrementa en un 19 %.
2.6. Presupuesto por adquisición: se corresponde con la parte de maquinaria contenida en el proyecto, es decir, con los capítulos de Maquinaria y Equipamiento del PEM, que el promotor adquiere directamente, incluyendo su instalación en su lugar de funcionamiento y la puesta en marcha, por lo que no es objeto de contrato de obra.
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2.7. Resumen general de presupuestos: es el resumen de todos los conceptos anteriormente descritos, incluyendo los impuestos asociados (IVA), tanto para el presupuesto de ejecución por contrata como para el de adquisición, con los que se conforma el Presupuesto Total del Proyecto. A veces se adjuntan, a título informativo para el promotor, algunos de los costes relacionados con el proyecto, aunque lógicamente quedan fuera del contrato de obra, como son: honorarios de proyecto y dirección de obra, así como los correspondientes a la coordinación de seguridad en la obra u otros que no pueda incluir el proyecto (estudio geotécnico, levantamiento topográfico, etc.), o incluso impuestos y tasas de licencias de obra, etc., con el objeto de que el promotor conozca todos aquellos gastos que pueda implicar el proyecto.
3.- Utilización de aplicaciones informáticas Desde hace algunos años se ha implantado el uso de determinados programas informáticos en la elaboración de presupuestos. Estos programas están basados en la configuración de un índice de capítulos (que normalmente se hace coincidir con los diferentes subsistemas o componentes del proyecto: movimiento de tierras, cimentación, estructura, instalación eléctrica, instalación hidráulica, urbanización, etc.) a modo de árbol. En cada uno de estos capítulos se incluyen las diferentes unidades de obra correspondientes al mismo. El trabajo en la utilización de estos programas se desglosa en dos partes: 1) Por un lado, en la elección de cada una de las unidades de obra que se deben incluir en cada capítulo de nuestro presupuesto. Esta elección se realiza mediante selección de la unidad correspondiente de una base de datos que incorpora el propio programa, igualmente dividida en capítulos de unidades homogéneas, entre las que elegiremos aquella que contiene exactamente las definiciones que exigimos a la de nuestro proyecto. Los programas suelen permitir incluso la modificación de la descripción de dicha unidad de obra, para adaptarla a nuestras necesidades y definiciones técnicas, en caso de no existir exactamente la requerida. Con la unidad seleccionada, se incorpora un precio unitario desde la base de datos.
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También suelen permitir los programas, tanto la creación de nuevas unidades de obra, como la modificación o inclusión de precios unitarios, lo que puede ser de interés en caso de estimar que los propuestos no se ajustan, según criterio del proyectista, a los de mercado, bien por actualización debida al paso del tiempo, por tratarse de una zona distinta de la que considera el programa, o simplemente porque los estimamos erróneos o inadecuados. 2) En segundo lugar, realizaremos la medición de las unidades a ejecutar correspondientes a cada una de las unidades de obra anteriormente seleccionadas. Para la realización de esta medición, los programas suelen establecer una ayuda basada en una tabla en la que las columnas representan distintos campos a rellenar como: concepto, n.º de unidades iguales, largo, ancho, alto, total; y las filas representan elementos diferentes (p. ej. zapata tipo 1, zapata tipo 2, zapata tipo 3, etc.) sobre los que se está realizando la medición, y para los cuales es válida la misma descripción de unidad de obra. Una vez descrita la unidad de obra, con su precio, e introducida la medición correspondiente (normalmente realizada con base en el documento Planos), el mismo programa, a modo de hoja de cálculo, realiza las operaciones de suma de mediciones de la misma unidad de obra, multiplicación por su precio unitario, y suma de los diferentes capítulos, de manera que la obtención del presupuesto de ejecución material es automática. Además del mencionado cálculo automático, las aplicaciones también permiten la gestión de archivos, modificaciones y ajustes de precios de las unidades de obra y del presupuesto en su conjunto, el seguimiento y control de la obra, introducción de datos del proyecto, y la impresión de las distintas partes que componen el Presupuesto, de manera independiente (mediciones, cuadros de precios de distintos tipos, presupuestos parciales, etc.).
4.- Errores más frecuentes en la elaboración del documento Presupuesto Dada la trascendencia económica que tiene este documento, conviene destacar algunos de los errores más frecuentes que tienen lugar en su elaboración: 1) Deficiencias graves en las mediciones, por dos causas fundamentales: por un lado debido a posibles omisiones en la inclusión de determinadas
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Bloque II: Morfología del proyecto
partidas necesarias para la ejecución correcta del proyecto; y por otro lado, a una defectuosa medición de las unidades de obra. En ambos casos resulta enormemente aconsejable la realización de estas por dos personas distintas. 2) Deficiencias graves en la determinación de los precios unitarios, bien por error en su definición, o por falta de actualización de los mismos. Este error puede pasar desapercibido si en el contrato de obra no se hace referencia alguna a los precios de proyecto, pero sí que tiene trascendencia cuando el citado contrato se basa en aquellos, aunque sea como referencia sobre la que hacer alguna baja, etc. En cualquier caso, siempre puede ser problemático desde el momento en que se está dando al promotor un montante total del coste del proyecto que no se estaría ajustando a la realidad, y cuya información puede ser utilizada para la toma de decisiones sobre el mismo proyecto, etc. 3) El tercer grupo de errores viene debido a deficiencias en la descripción de las diferentes unidades de obra, sus características, calidades de los materiales empleados, proporciones en mezclas de materiales, referencias a normativa sobre las mismas y su ejecución (procedimientos de ejecución y tolerancias en acabados), inclusiones o exclusiones, etc., lo que suele repercutir por parte del contratista en el empleo de las definiciones menos exigentes y de menor calidad, ya que estas, cumpliendo con las exigencias del proyecto, representan el mayor beneficio para su empresa.
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Bloque III: Evaluación de Proyectos
CAPÍTULO 12: EVALUACIÓN MÉTODOS APROXIMADOS
ECONÓMICA (I):
1.- Introducción 2.- Métodos aproximados aplicables al Estudio Preliminar 2.1.- Índice de mérito 2.2.- Tasa de rendimiento contable 2.3.- Pay back 2.4.- Ratio beneficio-coste 2.5.- Punto de equilibrio
1.- Introducción Como ya dijimos en el tema correspondiente al Estudio Preliminar, el aumento en la complejidad de los proyectos hacía imprescindible el empleo de métodos de evaluación de las distintas alternativas planteadas, con el objeto de elegir la más interesante, desde los distintos puntos de vista posibles, y en conjunto. Así pues, se planteaba el uso de diversos de estos métodos que, en líneas generales, agrupábamos en dos bloques: los llamados económicos o matemáticos, por un lado, y los multifactoriales o multicriterio, por el otro. Además, se realizaba una recomendación de los que, de cada grupo, era preferible utilizar, en función de la fase de proyecto en que nos encontrásemos, y según varios aspectos relacionados con el nivel de precisión, complejidad, etc. Vamos a entrar en este tema y en el siguiente a estudiar con más detalle algunos de los diferentes métodos entonces mencionados, teniendo en cuenta siempre que, en último extremo, sobre todo lo relacionado con los métodos matemáticos o económicos, corresponde a materias como la economía, su estudio en profundidad, a la que hay que remitirse si se desea avanzar más en ellos. En el presente tema estudiaremos los métodos económicos llamados “aproximados” (índice de mérito, tasa de rendimiento contable, pay back, ratio beneficio-coste y punto de equilibrio), de aplicación principalmente a la fase de Estudio Preliminar. En el siguiente se desarrollarán los métodos económicos 91
Bloque III: Evaluación de proyectos
denominados “de rentabilidad” (VAN, TIR y cash flow), más avanzados y complejos que los anteriores, aplicables en la fase de Anteproyecto. Para siguientes publicaciones quedará el estudio de los métodos multicriterio o multifactoriales.
2.- Métodos aproximados aplicables al Estudio Preliminar
2.1.- Índice de mérito Se basa en una función económica que determina el rendimiento del capital invertido en el proyecto, del tipo: F=PxV (12.1) siendo: F: índice de mérito o interés del proyecto P: probabilidad estimada de éxito técnico-comercial V: atractivo económico medido en términos de beneficio medio de varios años Se puede completar la anterior expresión teniendo en cuenta la probabilidad de fracaso del proyecto, así como las pérdidas asociadas al fracaso, introduciendo una corrección en la fórmula anterior: F= P x V – (1 – P) x Vf (12.2) donde: Vf : pérdidas estimadas de la empresa en caso de fracaso. La dificultad del presente método, del que existen numerosas variaciones según los autores, estriba en la subjetividad de la estimación de los valores de P, V y Vf. Como orientación, se suele utilizar datos estadísticos del sector en donde nos movamos relativos a % de empresas que tras su apertura siguen ejerciendo su actividad después de un determinado periodo de tiempo (6 meses, un año, dos años, etc.) a partir del cual se considera que la empresa no ha fracasado. Los valores de V y Vf están habitualmente relacionados con datos de explotación medios del sector, para el caso de V, y a los valores de la inversión inicial aproximadamente, para el caso de Vf. 2.2.- Tasa de rendimiento contable Consiste en comparar el beneficio contable con el valor de la inversión. Se trata de uno de los métodos más usuales, conocido también como “tasa contable de rentabilidad”, y responde a la siguiente fórmula: r = Beneficio neto anual / Inversión media 92
(12.3)
siendo:
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Inversión media = (Valor inicial de la inversión + Valor residual) / 2 en el caso de amortización lineal o de cuotas fijas.
2.3.- Pay back También llamado “periodo de recuperación”, representa el n.º de años en que se recupera la inversión. Este método tiene el inconveniente de no tener en cuenta la probable vida útil de la inversión. Se calcula mediante la expresión: Pr = It / Bam
(12.4)
donde:
Pr: Periodo de recuperación It : Inversión inicial total Bam: Beneficio neto anual medio 2.4.- Ratio beneficio-coste Consiste en establecer una relación entre los resultados de la inversión, en términos de beneficio acumulado, y el coste inicial de la misma. Para su cálculo se utiliza la expresión: Rb-c = ∑ Ct / Co
(12.5)
siendo:
Rb-c = Ratio beneficio-coste ∑Ct = suma de las rentas netas anuales Co = coste inicial En general, para que un proyecto resulte interesante, ha de tener una Rb-c > 1, siendo más ventajoso cuanto mayor sea el resultado. En general, los distintos métodos mencionados son insuficientes por sí solos para decidir sobre la bondad de uno u otro proyecto, y lo recomendable es emplear varios de ellos en el mismo proyecto. Por otra parte, todos presentan el inconveniente de no considerar el momento en que se generan los beneficios, es decir, sin tener en cuenta el transcurso del tiempo, o lo que es lo mismo, sin actualizar las rentas a una determinada fecha.
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Bloque III: Evaluación de proyectos
2.5.- Punto de equilibrio Se conoce como Punto de equilibrio “M” o “Punto muerto” a la situación económica de una empresa cuando no existen ni ganancias ni pérdidas en la misma, es decir: M = B = I – Ct = 0
(12.6)
siendo:
B = Beneficio I = Ingresos totales o ventas totales Ct = Cf + Cv = Costes totales = Costes fijos + Costes variables (12.7) donde: Costes fijos: los que permanecen constantes durante un periodo amplio, independientemente de los niveles de producción: mano de obra indirecta, amortización de instalaciones, obras y equipos, gastos generales (alquileres, intereses financieros, publicidad, seguros, etc.). Costes variables: los que varían proporcionalmente con el volumen de producción: mano de obra directa, materiales y materias primas de fabricación y repuestos, consumos de combustible y energía ligados a la producción, otros gastos de explotación (comisiones, embalaje, etc.).
2.5.1.- Análisis lineal del equilibrio Los costes variables Cv (en el caso de un solo producto) se pueden calcular mediante la expresión: 94
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Cv = cu x u cu = costes variables unitarios u = n.º de unidades producidas
(12.8)
donde:
De igual forma, los ingresos totales se pueden calcular mediante la expresión: I = pv x u (12.9) donde: pv = precio de venta unitario Así pues, en el punto de equilibrio (I = Ct), el n.º de unidades vendidas “u” será: u = Cf /(pv – cu) (12.10) Y para cualquier n.º de unidades vendidas, el Beneficio será: B = pv x u – (Cf + cu x u) (12.11) siendo negativo para n.º de unidades vendidas por debajo del punto de equilibrio, es decir, en situación de pérdidas. 2.5.2.- Análisis de la proporcionalidad y margen de contribución En la Fig. 12.1 del punto de equilibrio, se puede comprobar cómo afectan a los beneficios (o las pérdidas) los aumentos o disminuciones en los niveles de ventas, viéndose cómo el beneficio B aumenta más rápidamente que los niveles de ventas, por encima del punto de equilibrio, al contrario que ocurre con las pérdidas, por debajo del mismo punto. Si llamamos Margen de Contribución (Mc) a la diferencia entre los ingresos por ventas y los costes variables, que en cualquier caso ha de ser siempre positiva, cuando se alcanza el punto de equilibrio, o punto muerto, este Mc (contribución de las ventas a soportar los costes fijos Cf) coincide con dichos costes fijos Cf, es decir, que compensa completamente los costes fijos; a partir de este nivel de producción-ventas, se comienza a obtener beneficio. 2.5.3.- Análisis del apalancamiento operativo Este tipo de análisis viene a estudiar la importancia que puede tener la proporción entre gastos fijos y variables en una empresa, aun en el caso de mantener un mismo punto de equilibrio. Así pues, cuando los gastos fijos son mayores, siendo menores los variables unitarios, la empresa aumenta más rápidamente sus beneficios por encima del P.E., al igual que se incrementan sus pérdidas por debajo del mismo, al contrario de lo que ocurre en empresas
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Bloque III: Evaluación de proyectos
con menores costes fijos y costes variables unitarios mayores (p. ej., con mayor proporción de mano de obra ligada a la producción). Se puede decir en este sentido que las primeras presentan mayor riesgo, o según como se mire, son más audaces, frente a las segundas, más conservadoras. También se habla de que las empresas con costes fijos mayores son más “sensibles” a las variaciones en los niveles de producción, sobre todo en el entorno del punto de equilibrio. A grandes rasgos, podemos asociar esta situación a dos tipos diferentes de tratamiento empresarial, particularmente dentro del sector alimentario, correspondiendo el caso de empresas con costes fijos mayores y menores variables, a empresas con un importante componente tecnológico y menor dependencia de mano de obra con baja cualificación. Por el contrario, el caso de empresas con costes fijos menores y mayores costes variables puede corresponder a empresas con menor base tecnológica y mayor dependencia de mano de obra de baja cualificación, dependiente normalmente de los fluctuantes niveles de producción. 2.5.4.- Comparación de diferentes costes de producción para una misma actividad Como ejemplo de lo anteriormente expuesto, estudiamos el caso particular en la aplicación del apalancamiento operativo, partiendo de la situación de dos empresas que se dedican a la misma actividad, con dos niveles distintos de mecanización, en la que la actividad A p. ej. presenta un menor nivel, lo que implica unos menores costes fijos frente a unos mayores costes variables ligados a la producción; mientras que la B, más tecnificada, tiene mayores costes fijos (por la amortización de su maquinaria) y menores costes variables (por la menor necesidad de mano de obra directamente ligada a la producción). La función de costes en ambos casos puede verse en la Fig. 12.2, en la que puede apreciarse a partir de qué niveles de producción interesa una u otra situación.
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2.5.5.- Limitaciones del método del punto de equilibrio Las limitaciones más importantes del análisis del punto de equilibrio son las siguientes: a) En caso de producción diversificada, el método resulta más complicado, y resulta muy complejo cuando varían las proporciones de ventas de los distintos productos, resultando poco práctico para una fase de Estudio Preliminar. b) Los datos empleados suelen tener vigencia a corto plazo, produciendo incertidumbre su empleo a medio y largo plazo. c) Normalmente no existe simultaneidad entre la producción y las ventas, lo que implica en el estudio la gestión de existencias, haciéndolo más complejo. d) Tanto el precio de venta, como los costes fijos y los variables pueden verse modificados por los volúmenes de ventas o producción, según el caso. e) La clasificación de costes entre fijos y variables puede variar según el periodo considerado, así como de la amplitud de producción. En estas circunstancias las conclusiones obtenidas del empleo de este método de evaluación económica han de observarse con mayor recelo a la hora de ser empleadas para una toma de decisiones sobre la bondad o no de determinadas alternativas de nuestro proyecto.
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CAPÍTULO 13: EVALUACIÓN ECONÓMICA (II): MÉTODOS DE RENTABILIDAD 1.- Método del Valor Actual Neto (VAN) 2.- Método de la Tasa de Rendimiento Interno (TIR) 3.- Método de los Flujos de Caja (cash-flow)
1.- Método del Valor Actual Neto (VAN) El Valor Actual Neto de una inversión (también llamado Valor Capital) es el valor actualizado de todos los flujos de caja que se espera que genere esa inversión. Si llamamos K1, K2, … K4 a los distintos tipos de descuento aplicables a cada uno de los años que se prevé que dure la explotación del proyecto, el valor actual neto será: VAN = –Co + C1/(1 + K1) + C2/(1 + K1)(1 + K2) + … + Cn/(1 + K1) (1 + K2)… (1+Kn) donde: Co : inversión inicial C1...Cn : son las diferencias entre cobros y pagos correspondientes a cada uno de los n años. En el caso de que se utilice una misma tasa de descuento para todos los años, es decir, para K constante, la expresión anterior se transforma en: VAN = –Co + ∑nt=1 Ct / (1 + K)t Un VAN positivo indica que la inversión en el proyecto genera unos beneficios superiores, precisamente en la cuantía del VAN, a los que podrían obtenerse invirtiendo la misma cantidad de dinero a la tasa de inversión K.
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El mejor proyecto sería, pues, según este método, el que tenga un mayor VAN (positivo). La ventaja del método estriba en la consideración del carácter temporal de los flujos, es decir, en la posibilidad de que las cantidades manejadas cada año puedan ser invertidas alternativamente para la obtención de rentabilidades bancarias alternativas y, por lo tanto, en el sentido comparativo respecto de inversiones normalmente referidas al mercado del dinero, aunque por qué no, a otras posibles inversiones. Por su parte, presenta el inconveniente de estimar qué valor de K conviene tomar, dada la diversidad de tipos de interés existentes en el mercado financiero, en función del tipo de operación, etc., y la posibilidad de que este K pueda cambiar con los años. Usualmente, y de forma prudente, puede establecerse la tasa de descuento como lo que se denomina Coste del Capital, es decir, el tipo de interés efectivo que la empresa debe pagar por el uso de los recursos financieros, y que usualmente pueden haber sido invertidos en nuestro proyecto. Si la financiación del proyecto es propia puede tener más sentido utilizar una tasa de descuento que se corresponda con el tipo de interés medio de la Deuda del Estado a medio o largo plazo, que representa en este caso una inversión alternativa muy cierta, aunque, claro está, sujeta a variaciones anuales.
2.- Método de la Tasa de Rendimiento Interno (TIR) También conocida como tasa de retorno o tasa interna de rentabilidad, es el tipo de actualización que hace 0 el VAN, es decir: VAN = –Co + ∑nt =1 Ct / (1 + r)t = 0 TIR = r
siendo:
En el caso de que los flujos de caja netos anuales sean constantes, la anterior expresión se convierte en: C ∑nt =1 1 / (1 + r)t = Co, C = beneficio anual o flujo neto anual = Cte. 100
donde:
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Solo interesará ejecutar aquellos proyectos que tengan un TIR mayor que el tipo de interés del dinero en el mercado del capital, lo que en el apartado anterior hemos llamado Coste del Capital. Dentro de una cartera de opciones de proyecto, interesará ejecutar aquella, desde el punto de vista económico, que tenga un mayor TIR. Para calcular el valor de r = TIR en las anteriores expresiones, dada su complejidad, se recurre a aproximaciones sucesivas, acotando dos valores de r en el entorno próximo al VAN = 0 (uno positivo y otro negativo), procediendo con posterioridad a una interpolación lineal entre ambos hasta VAN = 0 y una comprobación final del VAN obtenido con dicho r. Por otra parte, se ha de tener en cuenta que conviene estudiar de manera conjunta la información aportada por el método TIR, junto con la de la vida útil de la inversión, en tanto que puede darse el caso de que una opción de proyecto, y la consecuente inversión, registre un peor TIR que otra pero, en cambio, prevea una mayor vida útil, siendo así discutible, en este caso, cuál de las dos opciones es preferible. La diferencia fundamental entre los dos métodos estudiados, VAN y TIR, radica en el carácter absoluto del primero, y el relativo del segundo. Así pues podemos encontrarnos con dos opciones de inversión distintas A y B, en las que p. ej. la opción B tenga un TIR superior al de la opción A, sin embargo, y por encima de una tasa de descuento determinada (denominada if) el VAN sea superior para la opción A, siendo por ello que es preferible el empleo de los dos métodos de forma complementaria, teniendo en cuenta además dos datos fundamentales como son la duración de la inversión, y el desembolso inicial. 3.- Método de los Flujos de Caja (cash flow) El método conocido como cash flow responde al esquema de cálculo matemático que se ha venido aplicando, según los casos (distintos economistas o países), a varios conceptos de lo que se entiende por flujos económicos dentro de la empresa, siendo, en cualquier caso, un método que ha alcanzado gran difusión desde su aparición en los EE. UU. hacia finales de los años cincuenta del pasado siglo. En estos dos conceptos son, por un lado, entendidos los
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flujos de caja como exclusivamente los movimientos de tesorería dentro de la empresa, o bien, en el otro caso, considerando estos flujos de caja como la suma de los beneficios más las amortizaciones, o incluso otro tipo de dotaciones o provisiones realizadas por la empresa que no necesariamente signifiquen, al menos en el balance anual, un movimiento dinerario o de tesorería en la empresa. En cualquiera de los casos, y si tenemos en cuenta para la aplicación del método, todo el periodo de explotación de la actividad, es decir, toda su vida útil, deberían coincidir ambos conceptos, al menos en teoría. En la aplicación de este método, hemos de calcular, para un periodo determinado (en principio, como hemos dicho, para todo el periodo de vida útil de la explotación de la actividad) los flujos dinerarios, considerando por un lado y con signo positivo, los cash-inflow (entradas de tesorería), y por el otro, con signo negativo, los cash-outflow (salidas de tesorería), calculando para cada periodo de tiempo en que dividimos la vida útil de la explotación de nuestra actividad (usualmente en periodos anuales) la denominada variación del cash-flow. Así pues resulta: Variación de cash-flow = cash-inflow – cash-outflow Esta doble corriente monetaria puede ser descompuesta a su vez en función de la procedencia de cada uno de los conceptos que componen tanto el cashinflow como el cash-outflow. Usualmente, si realizamos el estudio utilizando las anotaciones contables, para cada uno de los periodos considerados, es decir, para cada año, resultará: Cash-flow anual = Anotaciones contables en el Debe de las cuentas de Tesorería – Anotaciones contables en el Haber de las mismas. Es decir, que para un conjunto de años, o para el caso más interesante de todo el periodo de la actividad del proyecto: Variación del cash-flow = diferencia entre la suma de los saldos de las cuentas de Tesorería, al comienzo y al final del periodo considerado.
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En la práctica, salvando las distancias con análisis más profundos y detallados, y las variaciones que sobre el caso podemos encontrarnos, podremos asimilar los Inflow a los Cobros, y los Outflow a los Pagos, realizados de cada uno de los conceptos contables considerados de nuestra actividad, para cada uno de los periodos en que la hayamos dividido. En general, nos encontraremos con un grupo de conceptos pertenecientes a lo que podemos llamar cash-flow de explotación, donde se incluirían todos aquellos cobros relacionados con ingresos de venta de productos y subproductos (o servicios), y pagos correspondientes a gastos de explotación de los distintos tipos (fijos y variables) como compras de materias primas, auxiliares, salarios, energías, alquileres, seguros, etc., así como otro grupo de conceptos derivados de la variación de elementos patrimoniales (amortizaciones) y también las dotaciones o provisiones. En el caso de que nuestro periodo de estudio comprenda toda la vida útil del proyecto, las amortizaciones pueden sustituirse por un capital inicial de inversión, a modo de gasto (es decir, con signo negativo), y las provisiones se transformarían igualmente en flujos de gastos en algún momento antes del cierre de la actividad (también con signo negativo), por lo que decíamos que en este hipotético caso, ambos conceptos de cash-flow, resultan equivalentes. Si exponemos los valores de los distintos conceptos en distintas columnas de una tabla (Tabla 13.1), donde cada fila representa un periodo de tiempo (usualmente un año), y la última columna representa la suma de los cash-flow anteriores, es decir, la Variación del cash-flow, o el cash-flow acumulado, la última casilla de esta columna nos dará los Beneficios acumulados para la opción considerada del proyecto en estudio, es decir, que nos servirá para seleccionar aquella alternativa más interesante. Ni que decir tiene que para otras opciones podemos encontrarnos con periodos de retorno diferentes, o distintas tasas de rentabilidad, con lo que se recomienda la utilización de varios de los métodos disponibles.
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Bloque III: Evaluación de proyectos
PERIODO (AÑO)
CASH-INFLOW (INGRESOS)
CASHOUTFLOW (GASTOS)
1 2 … n-1 n
C-F ACUMULAD.
BENEF. ACUM.
Tabla 13.1
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CASHFLOW
Bloque IV: Seguridad contra Incendios
CAPÍTULO 14: MARCO LEGAL DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS. RD 2267/04. REGLAMENTO DE SEGURIDAD C.I. EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES 1.2.3.4.5.-
Introducción Normas Básicas de la Edificación. CPI-96 Código Técnico de la Edificación: RD 314/06. DB-SI Seguridad en caso de incendio RD 1942/93 Reglamento de instalaciones de protección contra incendios RD 2267/04 Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
ANEXO I: APÉNDICES I Y II del RD 1942/93 de 5 de noviembre de Reglamento de instalaciones de protección contra incendios
1.- Introducción La necesidad de establecer unas determinadas condiciones de seguridad frente a la situación provocada por los incendios en las edificaciones se ha traducido en la aprobación de determinadas normas por parte de las distintas administraciones. A nivel nacional, las Normas Básicas de la Edificación, establecían esos requisitos a través del RD 2177/1996 sobre condiciones de protección contra incendios en los edificios, conocida como CPI-96. A nivel municipal, los distintos ayuntamientos, como administradores de las competencias en materia de protección civil y seguridad ciudadana, y de otras de tipo urbanístico, solían exigir, previo a la concesión de las licencias de actividad y obra, el cumplimiento de determinados requisitos de protección contra incendios en los edificios, con un nivel de exigencia bastante desigual, dependiendo del municipio de que se tratara.
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
La citada CPI-96 imponía ciertos requisitos a los edificios, realizando una diferenciación en función del uso al que se destinaban; así distinguía p. ej. los usos de vivienda, administrativo, hospitalario, docente, de pública concurrencia, etc. No se incluía en los usos estudiados por la NBE-CPI-96 el uso industrial. En consecuencia, en el caso de las industrias, aunque era habitual tener en cuenta determinados requisitos sobre instalaciones de protección contra incendios, a criterio del proyectista (o por la exigencia antes mencionada de la administración municipal, o por otras de las propias compañías aseguradoras), no existía de forma reglamentaria una regulación sobre los requisitos a cumplir en esta materia, excepción hecha de aquellas exigencias incluidas en determinada reglamentación sectorial (como la reglamentación sobre centros de transformación, instalaciones petrolíferas, etc.). Por otra parte, respecto a las características propias de las instalaciones de protección contra incendios, no de los edificios, esta viene regulada por el RD 1942/93 de 5 de noviembre de Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, el cual, como su nombre indica, se dedica a regular los requisitos de las instalaciones, desde el punto de vista técnico, su mantenimiento, requisitos de los instaladores y mantenedores, etc. Tras algún intento fallido en la aprobación de la normativa específica, fue aprobado el RD 2267/04 de 3 de diciembre sobre Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, estableciéndose un marco para la regulación de las condiciones de seguridad en el uso industrial. No obstante, en el citado reglamento, son numerosas las referencias a la Norma Básica de la Edificación (CPI-96), principalmente en lo que se refiere a condiciones de evacuación, características de puertas y pasillos, escaleras, escaleras protegidas (principalmente los artículos del 7 al 10 de la CPI-96). Con posterioridad a la aprobación del anterior reglamento, y como consecuencia de la publicación de una nueva norma general sobre la edificación, adaptada a los tiempos actuales y al resto de normas europeas así como a las de los países desarrollados, ha sido aprobado el RD 314/2006 sobre el Código Técnico de la Edificación, compuesto, además del articulado general, por 7 documentos llamados básicos (DB), en uno de los cuales se recogen las exigencias de seguridad contra incendios. En tanto que el RD 314/2006 supone la derogación de las Normas Básicas de la Edificación vigentes hasta entonces, y por tanto también de la CPI-96, se presenta ahora como la normativa fundamental de condiciones de protección contra incendios en los edificios, para todos los usos excepto el 108
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industrial; entendiéndose que las referencias que hacía el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales a la NBE CPI-96 son ahora hechas a la vigente norma sustitutiva de aquella, es decir, al CTE DB-SI. 2.- Normas Básicas de la Edificación. CPI-96 Como se ha dicho anteriormente, se trata de la normativa vigente, de carácter básico, antes de la entrada en vigor del actual Código Técnico de la Edificación, que era de aplicación para todos los usos excepto el industrial: residencial, vivienda, administrativo, hospitalario, docente, de pública concurrencia, comercial y garaje o aparcamiento. En la citada norma, aprobada por RD 2177/1996, aparte de los aspectos comunes de cualquier normativa sobre objeto, ámbito de aplicación y régimen de aplicación, se regulaban otros aspectos como: -
-
Sectorización de incendios Cálculo de la ocupación y restricciones Evacuación y elementos de evacuación (salidas, escaleras, puertas, pasillos, etc.) Recorridos protegidos Señalización e iluminación de seguridad Comportamiento al fuego de elementos constructivos y materiales o Estabilidad de la estructura o Resistencia al fuego de los materiales Exigencias en instalaciones generales y locales de riesgo especial Exigencias de dotación en instalaciones de protección contra incendio (extintores, columna seca, BIE, detección y alarma, rociadores, agentes extintores gaseosos)
3.- Código Técnico de la Edificación: RD 314/06. DB-SI Seguridad en caso de incendio Se trata de la norma actualmente vigente, de carácter general, algunos de cuyos artículos son válidos y directamente aplicables en los establecimientos industriales (aquellos que, como más arriba decíamos, tratan de los aspectos en los que el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimien-
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tos industriales recurría a la anterior NBE CPI-96, es decir: características de los elementos de evacuación (puertas, pasillos, rampas, salidas, aparatos elevadores, pasillos y escaleras protegidos, vestíbulos previos, y señalización e iluminación). Estos aspectos se recogen ahora el este DB-SI del CTE, concretamente en algunos apartados de la Sección SI 3 Evacuación de ocupantes.
4.- RD 1942/93 de 5 de noviembre de Reglamento de instalaciones de protección contra incendios Este reglamento se encarga de las exigencias, principalmente técnicas, de las distintas instalaciones empleadas en la protección contra incendios, definiendo también las condiciones de instalación y el mantenimiento, remitiendo para ello en la mayoría de los casos a una relación de Normas UNE. Así, los diferentes aspectos tratados por el mismo son los siguientes: - Las condiciones para acreditar el cumplimiento del reglamento (Cap.II). - Los requisitos que han de cumplir los instaladores y mantenedores de dichas instalaciones, así como sus obligaciones (Cap.III). - Los requisitos para la instalación y puesta en servicio de las instalaciones (Cap.IV). - Características e instalación de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios (Apéndice I) y relación de Normas UNE (Anexo al Apéndice I). - Mantenimiento mínimo de las instalaciones de protección contra incendios (Apéndice II) Por su interés, se reproducen en Anexo I al Capítulo 14, los Apéndices I y II del citado Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
5.- RD 2267/04 de 3 de diciembre sobre Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales Se trata de la normativa actualmente vigente en cuanto a seguridad contra incendios en la actividad industrial. Veremos en este capítulo el articulado del
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Reglamento. Los aspectos técnicos de diseño del mismo se desarrollan en los cuatro Anexos que incluye. Los tres primeros se desarrollarán en los capítulos siguientes: ANEXO I. Caracterización de los establecimientos industriales en relación con la seguridad contra incendios (Cap. 15). ANEXO II. Requisitos constructivos de los establecimientos industriales según su configuración, ubicación y nivel de riesgo intrínseco (Cap. 16). ANEXO III. Requisitos de las instalaciones de protección contra incendios de los establecimientos industriales (Cap. 17). ANEXO IV. Relación de normas UNE de obligado cumplimiento en la aplicación del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales.
REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación Artículo 1. Objeto Este reglamento tiene por objeto establecer y definir los requisitos que deben satisfacer y las condiciones que deben cumplir los establecimientos e instalaciones de uso industrial para su seguridad en caso de incendio, para prevenir su aparición y para dar la respuesta adecuada, en caso de producirse, limitar su propagación y posibilitar su extinción, con el fin de anular o reducir los daños o pérdidas que el incendio pueda producir a personas o bienes. Las actividades de prevención del incendio tendrán como finalidad limitar la presencia del riesgo de fuego y las circunstancias que pueden desencadenar el incendio. Las actividades de respuesta al incendio tendrán como finalidad controlar o luchar contra el incendio, para extinguirlo, y minimizar los daños o pérdidas que pueda generar. Este reglamento se aplicará, con carácter complementario, a las medidas de protección contra incendios establecidas en las disposiciones vigentes que regulan actividades industriales, sectoriales o específicas, en los aspectos no previstos en ellas, las cuales serán de completa aplicación en su campo. En este sentido, se considera que las disposiciones de la Instrucción técnica complementaria MIE APQ-1 del Reglamento de almacenamiento de
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productos químicos, aprobado por el Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, y las previstas en las instrucciones técnicas del Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por el Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, son de completa aplicación para el cumplimiento de los requisitos de seguridad contra incendios. Las condiciones indicadas en este reglamento tendrán la condición de mínimo exigible según lo indicado en el artículo 12.5 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. Estos mínimos se consideran cumplidos: a. Por el cumplimiento de las prescripciones indicadas en este reglamento. b. Por aplicación, para casos particulares, de técnicas de seguridad equivalentes, según normas o guías de diseño de reconocido prestigio para la justificación de las soluciones técnicas de seguridad equivalente adoptadas, que deben aportar, al menos, un nivel de seguridad equiparable a la anterior. Esta aplicación de técnicas de seguridad equivalente deberá ser justificado debidamente por el proyectista y resueltas por el órgano competente de la comunidad autónoma. c. Cuando la implantación de un establecimiento industrial se realice en naves de polígonos industriales con planeamiento urbanístico aprobado antes de la entrada en vigor de este reglamento o en un edificio existente en el que por sus características no pueda cumplirse alguna de las disposiciones reglamentarias ni adaptarse al párrafo b) anterior, el titular del establecimiento deberá presentar ante el órgano competente de la comunidad autónoma una solicitud de excepción y justificarlo mediante su descripción en el proyecto o memoria técnica en el que se especifiquen las medidas alternativas adoptadas. El órgano competente de la comunidad autónoma en la que esté ubicado el establecimiento industrial, a la vista de los argumentos expuestos en el proyecto o memoria técnica, podrá desestimar la solicitud, requerir la modificación de las medidas alternativas o conceder la autorización de excepción, que siempre será expresa. La aceptación de las soluciones técnicas diferentes que se planteen para dar respuesta con carácter general, esto es, de aplicación en todo el territorio del Estado, se realizará, de acuerdo con la disposición final segunda, por orden ministerial. Artículo 2. Ámbito de aplicación 1. El ámbito de aplicación de este reglamento son los establecimientos industriales. Se entenderán como tales:
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a. Las industrias, tal como se definen en el artículo 3, punto 1, de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. b. Los almacenamientos industriales. c. Los talleres de reparación y los estacionamientos de vehículos destinados al servicio de transporte de personas y transporte de mercancías. d. Los servicios auxiliares o complementarios de las actividades comprendidas en los párrafos anteriores. 1. Se aplicará, además, a todos los almacenamientos de cualquier tipo de establecimiento cuando su carga de fuego total, calculada según el anexo I, sea igual o superior a tres millones de Megajulios (MJ). Asimismo, se aplicará a las industrias existentes antes de la entrada en vigor de este reglamento cuando su nivel de riesgo intrínseco, su situación o sus características impliquen un riesgo grave para las personas, los bienes o el entorno, y así se determine por la Administración autonómica competente. 2. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este reglamento las actividades en establecimientos o instalaciones nucleares, radiactivas, las de extracción de minerales, las actividades agropecuarias y las instalaciones para usos militares. Igualmente, quedan excluidas de la aplicación de este reglamento las actividades industriales y talleres artesanales y similares cuya densidad de carga de fuego, calculada de acuerdo con el anexo I, no supere 10 Mcal/ m2 (42 MJ/m2), siempre que su superficie útil sea inferior o igual a 60 m2, excepto en lo recogido en los apartados 8 y 16 del anexo III. Artículo 3. Compatibilidad reglamentaria 1. Cuando en un mismo edificio coexistan con la actividad industrial otros usos con distinta titularidad, para los que sea de aplicación la Norma Básica de la Edificación: condiciones de protección contra incendios, NBE/ CPI96, o una normativa equivalente (actualmente CTE, DB-SI), los requisitos que deben satisfacer los espacios de uso no industrial serán los exigidos por dicha normativa (CTE DB-SI). 2. Cuando en un establecimiento industrial coexistan con la actividad industrial otros usos con la misma titularidad, para los que sea de aplicación la Norma Básica de la Edificación: condiciones de protección contra incendios, o una normativa equivalente (actualmente CTE, DB-SI), los requisitos que deben satisfacer los espacios de uso no industrial serán los exigidos por dicha normativa cuando superen los límites indicados a continuación: a. Zona comercial: superficie construida superior a 250 m2. b. Zona administrativa: superficie construida superior a 250 m2. 113
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c. Salas de reuniones, conferencias, proyecciones: capacidad superior a 100 personas sentadas. a. Archivos: superficie construida superior a 250 m2 o volumen superior a 750 m3. b. Bar, cafetería, comedor de personal y cocina: superficie construida superior a 150 m2 o capacidad para servir a más de 100 comensales simultáneamente. c. Biblioteca: superficie construida superior a 250 m2. d. Zonas de alojamiento de personal: capacidad superior a 15 camas. Las zonas a las que por su superficie sean de aplicación las prescripciones de las referidas normativas deberán constituir un sector de incendios independiente. CAPÍTULO II. Régimen de implantación, construcción y puesta en servicio Artículo 4. Proyectos de construcción e implantación 1. Los establecimientos industriales de nueva construcción y los que cambien o modifiquen su actividad, se trasladen, se amplíen o se reformen, en la parte afectada por la ampliación o reforma, según lo recogido en la disposición transitoria única, requerirán la presentación de un proyecto, que podrá estar integrado en el proyecto general exigido por la legislación vigente para la obtención de los permisos y licencias preceptivas, o ser específico; en todo caso, deberá contener la documentación necesaria que justifique el cumplimiento de este reglamento. 2. El referido proyecto, que será redactado y firmado por un técnico titulado competente y visado por su colegio oficial correspondiente, deberá indicar, de acuerdo con el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y con la Orden de 16 de abril de 1998, los materiales, aparatos, equipos, sistemas o sus componentes sujetos a marca de conformidad con normas incluidos en el proyecto. Se indicará, asimismo, la clase o nivel de comportamiento ante el fuego de los productos de la construcción que así lo requieran. 3. Se podrá sustituir el proyecto por una memoria técnica firmada por un técnico titulado competente, en los siguientes casos: a. Establecimientos industriales de riesgo intrínseco bajo y superficie útil inferior a 250 m2.
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b. Actividades industriales, talleres artesanales y similares con carga de fuego igual o inferior a 10 Mcal/m2 (42 MJ/m2) y superficie útil igual o inferior a 60 m2. c. Reformas que, según lo recogido en la disposición transitoria única, no requieren la aplicación de este reglamento. Artículo 5. Puesta en marcha del establecimiento industrial Para la puesta en marcha de los establecimientos industriales a los que se refiere el artículo anterior, se requiere la presentación, ante el órgano competente de la comunidad autónoma, de un certificado, emitido por un técnico titulado competente y visado por el colegio oficial correspondiente, en el que se ponga de manifiesto la adecuación de las instalaciones al proyecto y el cumplimiento de las condiciones técnicas y prescripciones reglamentarias que correspondan, para registrar la referida instalación. En dicho certificado deberá figurar, además, el nivel de riesgo intrínseco del establecimiento industrial, el número de sectores y el riesgo intrínseco de cada uno de ellos, así como las características constructivas que justifiquen el cumplimiento de lo dispuesto en el anexo II; incluirá, además, un certificado de la/s empresa/s instaladora/s autorizada/s, firmado por el técnico titulado competente respectivo, de las instalaciones que conforme al Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, requieran ser realizadas por una empresa instaladora autorizada.
CAPÍTULO III. Inspecciones periódicas Artículo 6. Inspecciones Con independencia de la función inspectora asignada a la Administración pública competente en materia de industria de la comunidad autónoma y de las operaciones de mantenimiento previstas en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, los titulares de los establecimientos industriales a los que sea de aplicación este reglamento deberán solicitar a un organismo de control facultado para la aplicación de este reglamento la inspección de sus instalaciones. En esta inspección se comprobará: a. Que no se han producido cambios en la actividad ni ampliaciones. b. Que se sigue manteniendo la tipología del establecimiento, los sectores y/o áreas de incendio y el riesgo intrínseco de cada uno.
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c. Que los sistemas de protección contra incendios siguen siendo los exigidos y que se realizan las operaciones de mantenimiento conforme a lo recogido en el apéndice 2 del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre. En establecimientos adaptados parcialmente a este reglamento, la inspección se realizará solamente a la parte afectada. Artículo 7. Periodicidad 1. La periodicidad con que se realizarán dichas inspecciones no será superior a: a. Cinco años, para los establecimientos de riesgo intrínseco bajo. b. Tres años, para los establecimientos de riesgo intrínseco medio. c. Dos años, para los establecimientos de riesgo intrínseco alto. 2. De dichas inspecciones se levantará un acta, firmada por el técnico titulado competente del organismo de control que ha procedido a la inspección y por el titular o técnico del establecimiento industrial, quienes conservarán una copia. Artículo 8. Programas especiales de inspección 1. El órgano directivo competente en materia de seguridad industrial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio podrá promover, previa consulta con el Consejo de coordinación para la seguridad industrial, programas especiales de inspección para aquellos sectores industriales o industrias en que estime necesario contrastar el grado de aplicación y cumplimiento de este reglamento. 2. Estas inspecciones serán realizadas por los órganos competentes de las comunidades autónomas o, si estos así lo estableciesen, por organismos de control facultados para la aplicación de este reglamento. Artículo 9. Medidas correctoras 1. Si como resultado de las inspecciones a que se refieren los artículos 6 y 8 se observasen deficiencias en el cumplimiento de las prescripciones reglamentarias, deberá señalarse el plazo para la ejecución de las medidas correctoras oportunas; si de dichas deficiencias se derivase un riesgo grave e inminente, el organismo de control deberá comunicarlas al órgano competente de la comunidad autónoma para su conocimiento y efectos oportunos. 2. En todo establecimiento industrial habrá constancia documental del cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo de los medios de protección contra incendios existentes, realizados de acuerdo
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con lo establecido en el apéndice 2 del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, de las deficiencias observadas en su cumplimiento, así como de las inspecciones realizadas en cumplimiento de lo dispuesto en este reglamento.
CAPÍTULO IV. Actuación en caso de incendio Artículo 10. Comunicación de incendios El titular del establecimiento industrial deberá comunicar al órgano competente de la comunidad autónoma, en el plazo máximo de 15 días, cualquier incendio que se produzca en el establecimiento industrial en el que concurra, al menos, una de las siguientes circunstancias: a. Que se produzcan daños personales que requieran atención médica externa. b. Que ocasione una paralización total de la actividad industrial. c. Que se ocasione una paralización parcial superior a 14 días de la actividad industrial. d. Que resulten daños materiales superiores a 30.000 euros. Artículo 11. Investigación de incendios En todos aquellos incendios en los que concurran las circunstancias previstas en los párrafos a), b) o c) del artículo anterior, el órgano competente de la comunidad autónoma realizará una investigación detallada para tratar de averiguar sus causas, y dará traslado de ella al órgano directivo competente en materia de seguridad industrial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Para la realización de dicha investigación, podrá requerir la ayuda de especialistas como el Cuerpo de Bomberos, organizaciones o técnicos competentes. Todo ello, sin perjuicio del expediente sancionador que pudiera incoarse por supuestas infracciones reglamentarias y de las responsabilidades que pudieran derivarse si se verifica incumplimiento de la realización de las inspecciones reglamentarias requeridas en el capítulo III y/o de las operaciones de mantenimiento previstas en el apéndice 2 del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre.
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CAPÍTULO V. Condiciones y requisitos que deben satisfacer los establecimientos industriales en relación con su seguridad contra incendios Artículo 12. Caracterización Las condiciones y requisitos que deben satisfacer los establecimientos industriales, en relación con su seguridad contra incendios, estarán determinados por su configuración y ubicación con relación a su entorno y su nivel de riesgo intrínseco, fijados según se establece en el anexo I. Artículo 13. Condiciones de la construcción Las condiciones y requisitos constructivos y edificatorios que deben cumplir los establecimientos industriales, en relación con su seguridad contra incendios, serán los establecidos en el anexo II, de acuerdo con la caracterización que resulte del artículo 12. Artículo 14. Requisitos de las instalaciones 1. Todos los aparatos, equipos, sistemas y componentes de las instalaciones de protección contra incendios de los establecimientos industriales, así como el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de sus instalaciones, cumplirán lo preceptuado en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y en la Orden de 16 de abril de 1998, sobre normas de procedimiento y desarrollo de aquel. Los instaladores y mantenedores de las instalaciones de protección contra incendios, a que se refiere el párrafo anterior, cumplirán los requisitos que para ellos establece el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y las disposiciones que lo complementan. 2. Las condiciones y requisitos que deben cumplir las instalaciones de protección contra incendios de los establecimientos industriales, en relación con su seguridad contra incendios, serán los establecidos en el anexo III, de acuerdo con la caracterización que resulte del artículo 12. Artículo 15. Normalización 1. Los anexos técnicos hacen referencia a normas (normas UNE, EN u otras), de manera total o parcial, para facilitar la adaptación al estado de la técnica en cada momento.
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Dicha referencia se realiza, por regla general, sin indicar el año de edición de la norma en cuestión. El anexo IV recoge el listado de todas las normas citadas en el texto identificadas por sus títulos y numeración, la cual incluye el año de edición. Cuando una o varias normas varíen su año de edición, deberá actualizarse en el listado de normas, mediante una orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, en la que deberá hacerse constar la fecha a partir de la cual la utilización de la nueva edición de la norma será válida y la fecha a partir de la cual la utilización de la antigua edición de la norma dejará de serlo, a efectos reglamentarios. A falta de una resolución expresa, se entenderá que también cumple las condiciones reglamentarias la edición de la norma posterior a la que figure en el listado de normas, siempre que no modifique criterios básicos y se limite a actualizar ensayos o incrementar la seguridad intrínseca del material correspondiente. 2. A los efectos de este reglamento y de la comercialización de productos en el marco de la Unión Aduanera, sometidos a las reglamentaciones nacionales de seguridad industrial, la Administración pública competente deberá aceptar la validez de los certificados y marcas de conformidad a norma y las actas o protocolos de ensayos que son exigibles por las citadas reglamentaciones, emitidos por organismos de evaluación de la conformidad oficialmente reconocidos en dichos Estados, siempre que se reconozca, por la mencionada Administración pública competente, que los citados agentes ofrecen garantías técnicas, profesionales y de independencia e imparcialidad equivalentes a las exigidas por la legislación española y que las disposiciones legales vigentes del Estado miembro conforme a las que se evalúa la conformidad comporten un nivel de seguridad equivalente al exigido por las correspondientes disposiciones españolas. Los productos de construcción que se incorporen con carácter permanente a los edificios, en función de su uso previsto, llevarán el marcado «CE» siempre que se haya establecido su entrada en vigor, todo ello de conformidad con la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción, incorporada a nuestro ordenamiento jurídico por el Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la Directiva 89/106/CEE.
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Artículo 16. Guía técnica El centro directivo competente en materia de industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio elaborará y mantendrá actualizada una guía técnica de carácter no vinculante, para la aplicación práctica de las disposiciones del reglamento y de sus anexos técnicos, que podrá establecer aclaraciones en conceptos de carácter general.
CAPÍTULO VI. Responsabilidad y sanciones Artículo 17. Incumplimiento Del incumplimiento de lo dispuesto en este reglamento se derivarán las responsabilidades y sanciones, en su caso, que correspondan de conformidad con lo dispuesto en el Título V de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y en el capítulo VI de la Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil, y en la sección 2.ª del capítulo II del texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
ANEXO I AL CAPÍTULO 14 APÉNDICES I Y II DEL RD 1942/93 de 5 de noviembre de Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. APÉNDICE I CARACTERÍSTICAS E INSTALACIÓN DE LOS APARATOS, EQUIPOS Y SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Los aparatos, equipos y sistemas, así como sus partes y componentes, y la instalación de los mismos, deben reunir las características que se especifican a continuación 1.- Sistemas automáticos de detección de incendios 1. Los sistemas automáticos de detección de incendios y sus características y especificaciones se ajustarán a la norma UNE 23.007. 2. Los detectores de incendios necesitarán, antes de su fabricación o importación, ser aprobados de acuerdo con lo indicado en el artículo 2
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de este Reglamento, justificándose el cumplimiento de lo establecido en la Norma UNE 23.007. 2.- Sistemas manuales de alarma de incendios Los sistemas manuales de alarma de incendio estarán constituidos por un conjunto de pulsadores que permitirán provocar voluntariamente y transmitir una señal a una central de control y señalización permanentemente vigilada, de tal forma que sea fácilmente identificable la zona en que ha sido activado el pulsador. Las fuentes de alimentación del sistema manual de pulsadores de alarma, sus características y especificaciones deberán cumplir idénticos requisitos que las fuentes de alimentación de los sistemas automáticos de detección, pudiendo ser la fuente secundaria común a ambos sistemas. Los pulsadores de alarma se situarán de modo que la distancia máxima a recorrer, desde cualquier punto hasta alcanzar un pulsador, no supere los 25 metros. 3.- Sistemas de comunicación de alarma El sistema de comunicación de la alarma permitirá transmitir una señal diferenciada, generada voluntariamente desde un puesto de control. La señal será, en todo caso, audible, debiendo ser además visible cuando el nivel de ruido donde deba ser percibida supere los 60 dB (A). El nivel sonoro de la señal y el óptico, en su caso, permitirán que sea percibida en el ámbito de cada sector de incendio donde esté instalada. El sistema de comunicación de la alarma dispondrá de dos fuentes de alimentación, con las mismas condiciones que las establecidas para los sistemas manuales de alarma, pudiendo ser la fuente secundaria común con la del sistema automático de detección y del sistema manual de alarma o de ambos. 4.- Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios Cuando se exija sistema de abastecimiento de agua contra incendios, sus características y especificaciones se ajustarán a lo establecido en la norma UNE 23.500. El abastecimiento de agua podrá alimentar a varios sistemas de protección si es capaz de asegurar, en el caso más desfavorable de utilización simultánea, los caudales y presiones de cada uno.
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
5.- Sistemas de hidrantes exteriores 1. Los sistemas de hidrantes exteriores estarán compuestos por una fuente de abastecimiento de agua, una red de tuberías para agua de alimentación y los hidrantes exteriores necesarios. Los hidrantes exteriores serán del tipo de columna hidrante al exterior (CHE) o hidrante en arqueta (boca hidrante). 2. Las CHE se ajustarán a lo establecido en las normas UNE 23.405 y UNE 23.406. Cuando se prevean riesgos de heladas, las columnas hidrantes serán del tipo de columna seca. Los racores y mangueras utilizados en las CHE necesitarán, antes de su fabricación o importación, ser aprobado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de este Reglamento, justificándose el cumplimiento de lo establecido en las normas UNE 23.400 y UNE 23.091. 3. Los hidrantes de arqueta se ajustarán a lo establecido en la norma UNE 23.407, salvo que existan especificaciones particulares de los servicios de extinción de incendios de los municipios en donde se instalen. 6.- Extintores de incendio 1. Los extintores de incendio, sus características y especificaciones se ajustarán al “ Reglamento de aparatos a presión” y a su Instrucción técnica complementaria MIE-AP5. (Actualmente sustituido en cuanto a diseño, fabricación y evaluación de la conformidad por el RD 769/99 de equipos a presión). 2. Los extintores de incendio necesitarán, antes de su fabricación o importación, con independencia de lo establecido por la ITC-MIE-AP5, ser aprobados de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de este Reglamento, a efectos de justificar el cumplimiento de lo dispuesto en la norma UNE 23.110. 3. El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible próximos a las salidas de evacuación y preferentemente sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede, como máximo, a 1,70 metros sobre el suelo. 4. Se considerarán adecuados, para cada una de las clases de fuego (según UNE 23.010), los agentes extintores utilizados en extintores, que figuran en la tabla 14.1.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Tabla 14.1. Agentes extintores y su adecuación a las distintas clases de fuego Agente extintor Agua pulverizada Agua a chorro Polvo BC (convencional) Polvo ABC (polivalente) Polvo específico metales Espuma física Anhídrido carbónico Hidrocarburos halogenados
Clase de fuego (UNE 23.010) A B C D (Metales (Sólidos) (Líquidos) (Gases) especiales) (2)***
*
(2)**
**
***
**
**
** **
(2)**
**
(1)*
*
(1)*
**
Siendo: ***Muy adecuado ; **Adecuado ; *Aceptable Notas: (1)En fuegos poco profundos (profundidad inferior a 5 mm) puede asignarse ** (2)En presencia de tensión eléctrica no son aceptables como agentes extintores el agua a chorro ni la espuma; el resto de los agentes extintores podrán utilizarse en aquellos extintores que superen el ensayo dieléctrico normalizado en UNE 23.110. 7.- Sistemas de bocas de incendio equipadas 1. Los sistemas de bocas de incendio equipadas estarán compuestos por una fuente de abastecimiento de agua, una red de tuberías para la alimentación de agua y las bocas de incendio equipadas (BIE) necesarias. Las bocas de incendio equipadas (BIE) pueden ser de los tipos BIE de 45 mm y BIE de 25mm. 2. Las bocas de incendio equipadas deberán, antes de su fabricación o importación, ser aprobadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de este Reglamento, justificándose el cumplimiento de lo establecido en las normas UNE 23.402 y UNE 23.403. 123
Bloque IV: Seguridad contra incendios
3. Las BIE deberán montarse sobre un soporte rígido de forma que la altura de su centro quede como máximo a 1,50 m sobre el nivel del suelo o a más altura si se trata de BIE de 25 mm, siempre que la boquilla y la válvula de apertura manual, si existen, estén situadas a la altura citada. Las BIE se situarán, siempre que sea posible, a una distancia máxima de 5 m de las salidas de cada sector de incendio, sin que constituyan obstáculo para su utilización. El número y distribución de las BIE en un sector de incendio, en espacio diáfano, será tal que la totalidad de la superficie del sector de incendio en que estén instaladas quede cubierta por una BIE, considerando como radio de acción de ésta la longitud de su manguera incrementada en 5. La separación máxima entre cada BIE y su más cercana será de 50 m. La distancia desde cualquier punto del local protegido hasta la BIE más próxima no deberá exceder de 25 m. Se deberá mantener alrededor de cada BIE una zona libre de obstáculos que permita el acceso a ella y su maniobra sin dificultad. La red de tuberías deberá proporcionar, durante una hora, como mínimo, en la hipótesis de funcionamiento simultáneo de las dos BIE hidráulicamente más desfavorables, una presión dinámica mínima de 2 bar en el orificio de salida de cualquierBIE. Las condiciones establecidas de presión, caudal y reserva de agua deberán estar adecuadamente garantizadas. El sistema de BIE se someterá, antes de su puesta en servicio, a una prueba de estanquidad y resistencia mecánica, sometiendo a la red a una presión estática igual a la máxima de servicio y como mínimo a 980 kPa (10 kg/cm2), manteniendo dicha presión a prueba durante dos horas, como mínimo, no debiendo aparecer fugas en ningún punto de la instalación. 8.- Sistemas de columna seca El sistema de columna seca estará compuesto por toma de agua en fachada o en zona fácilmente accesible al servicio contra incendios, con la indicación de uso exclusivo de los bomberos, provista de conexión siamesa, con llaves incorporadas y racores de 70 mm con tapa y llave de purga de 25 mm, columna ascendente de tubería de acero galvanizado y diámetro nominal de 80 mm, salidas en las plantas pares hasta la octava y en todas a partir de ésta, provistas de conexión siamesa, con llaves incorporadas y racores de 45 mm con tapa; cada cuatro plantas se instalará una llave de estacionamiento por encima de la salida de planta correspondiente. La toma de fachada y las salidas en las plantas tendrán el centro de sus bocas a 0,90 m sobre el nivel del suelo. Las llaves serán de bola, con palanca de accionamiento incorporada.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
El sistema de columna seca se someterá, antes de su puesta en servicio, a una prueba de estanquidad y resistencia mecánica, sometiéndole a una presión estática de 1470 kPa (15 Kg/cm2), durante 2 horas, como mínimo, no debiendo aparecer fugas en ningún punto de la instalación. Los racores antes de su fabricación o importación deberán ser aprobados de acuerdo con este Reglamento ajustándose a lo establecido en las normas UNE 23.400 y UNE 23.091. 9.- Sistemas de extinción por rociadores automáticos de agua Los sistemas de rociadores automáticos de agua, sus características y especificaciones, así como las condiciones de instalación se ajustarán con las normas: UNE 23.590, UNE 23.591, UNE 23.592, UNE 23.594, UNE 23.596 y UNE 23.597. 10.- Sistemas de extinción por agua pulverizada Los sistemas de agua pulverizada, sus características y especificaciones, así como las condiciones de instalación se ajustarán con las normas: UNE 23.501, UNE 23.502, UNE 23.504, UNE 23.505, UNE 23.506 y UNE 23.507. 11.- Sistemas de extinción por espuma física de baja expansión Los sistemas de espuma física de baja expansión, sus características y especificaciones, así como las condiciones de instalación se ajustarán con las normas: UNE 23.521, UNE 23.522, UNE 23.523, UNE 23.524, UNE 23.525 y UNE 23.526. 12.- Sistemas de extinción por polvo Los sistemas de extinción por polvo, sus características y especificaciones, así como las condiciones de instalación se ajustarán con las normas: UNE 23.541, UNE 23.542, UNE 23.543, y UNE 23.544. 13.- Sistemas de extinción por agentes extintores gaseosos Los sistemas por agentes extintores gaseosos estarán compuestos, como mínimo, por los siguientes elementos: a. Mecanismo de disparo b. Equipos de control de funcionamiento eléctrico o neumático c. Recipientes para gas a presión d. Conductos para el agente extintor e. Difusores de descarga
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
Los mecanismos de disparo serán por medio de detectores de humo, elementos fusibles, termómetro de contacto o termostatos, o disparo manual en lugar accesible. La capacidad de los recipientes de gas a presión deberá ser suficiente para asegurar la extinción del incendio y las concentraciones de aplicación se definirán en función del riego, debiendo quedar justificados ambos requisitos. Estos sistemas solo serán utilizables cuando quede garantizada la seguridad o la evacuación del personal. Además, el mecanismo de disparo incluirá un retardo en su acción y un sistema de prealarma de forma que permita la evacuación de dichos ocupantes antes de la descarga del agente extintor.
APÉNDICE II MANTENIMIENTO MÍNIMO DE LAS INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 1. Los medios materiales de protección contra incendios se someterán al programa mínimo de mantenimiento que se establece en las tablas 14.2 y 14.3. 2. Las operaciones de mantenimiento recogidas en la tabla I serán ejecutadas por personal de un instalador o mantenedor autorizado, o por el personal del usuario o titular de la instalación. 3. Las operaciones de mantenimiento recogidas en la tabla II serán efectuadas por personal del fabricante, instalador o mantenedor autorizado para los tipos de aparatos, equipos o sistemas de que se trate, o bien por personal del usuario, si ha adquirido la condición de mantenedor por disponer de medios técnicos adecuados, a juicio de los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma. 4. En todos los casos, tanto el mantenedor como el usuario o titular de la instalación, conservarán constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo, indicando, como mínimo: las operaciones efectuadas, el resultado de las verificaciones y pruebas y la sustitución de elementos defectuosos que se hayan realizado. Las anotaciones deberán llevarse al día y estarán a disposición de los servicios de inspección de la Comunidad Autónoma correspondiente.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
TABLA 14.2. Programa de mantenimiento de los medios materiales de lucha contra incendios. Operaciones a realizar por personal de una empresa mantenedora autorizada, o bien por el personal del usuario o titular de la instalación (Tabla modificada según Orden de 16 de abril de 1998). Equipo o sistema
Cada tres meses Comprobación de funcionamiento de las instalaciones (con cada fuente de suministro).
Cada seis meses
Sistemas automáticos de Sustitución de pilotos, fudetección y alarma de sibles, etc., defectuosos. incendios Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornas, reposición de agua destilada, etc.). Comprobación de funcionamiento de la instalación (con cada fuente de suministro). Sistema manual de alarma de incendios Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornas, reposición de agua destilada, etc.). Comprobación de la accesibilidad, señalización, buen estado aparente de conservación.
Extintores de incendio
Inspección ocular de seguros, precintos, inscripciones, etc. Comprobación del peso y presión en su caso. Inspección ocular del estado externo de las partes mecánicas (boquilla, válvula, manguera, etc.).
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
Comprobación de la buena accesibilidad y señalización de los equipos.
Bocas de incendio equipadas (BIE)
Comprobación por inspección de todos los componentes, procediendo a desenrollar la manguera en toda su extensión y accionamiento de la boquilla caso de ser de varias posiciones. Comprobación, por lectura del manómetro, de la presión de servicio. Limpieza del conjunto y engrase de cierres y bisagras en puertas del armario. Comprobar la accesibilidad a su entorno y la señalización en los hidrantes Engrasar la tuerca de accionamiento o rellenar la enterrados. cámara de aceite del misInspección visual compro- mo.
Hidrantes
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bando la estanquidad del Abrir y cerrar el hidranconjunto. te, comprobando el funcionamiento correcto de Quitar las tapas de las sa- la válvula principal y del lidas, engrasar las roscas y sistema de drenaje. comprobar el estado de las juntas de los racores.
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Comprobación de la accesibilidad de la entrada de la calle y tomas de piso. Comprobación de la señalización. Comprobación de las tapas y correcto funcionamiento de sus cierres (engrase si es necesario). Columnas secas Comprobar que las llaves de las conexiones siamesas están cerradas. Comprobar que las llaves de seccionamiento están abiertas. Comprobar que todas las tapas de racores están bien colocadas y ajustadas.
129
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Comprobación de que las boquillas del agente extintor o rociadores están en buen estado y libres de obstáculos para su funcionamiento correcto.
Sistemas fijos de extinción: Rociadores de agua Agua pulverizada Polvo Espuma Agentes extintores gaseosos
Comprobación del buen estado de los componentes del sistema, especialmente de la válvula de prueba en los sistemas de rociadores, o los mandos manuales de la instalación de los sistemas de polvo, o agentes extintores gaseosos. Comprobación del estado de carga de la instalación de los sistemas de polvo, anhídrido carbónico, o hidrocarburos halogenados y de las botellas de gas impulsor cuando existan. Comprobación de los circuitos de señalización, pilotos, etc., en los sistemas con indicaciones de control. Limpieza general de todos los componentes.
130
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Verificación por inspección de todos los elementos, depósitos, válvulas, mandos, alarmas motobombas, accesorios, señales, etc.
Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios
Comprobación de funcionamiento automático y manual de la instalación de acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador.
Accionamiento y engrase de válvulas. Verificación y ajuste de prensaestopas.
Verificación de velocidad Mantenimiento de acumu- de motores con diferentes ladores, limpieza de bor- cargas. nas (reposición de agua destilada, etc.). Comprobación de alimenVerificación de niveles tación eléctrica, líneas y (combustible, agua, aceite, protecciones. etc.). Verificación de accesibilidad a elementos, limpieza general, ventilación de salas de bornas, etc.
131
Bloque IV: Seguridad contra incendios
TABLA 14.3. Programa de mantenimiento de los medios materiales de lucha contra incendios. Operaciones a realizar por el personal especializado del fabricante o instalador del equipo o sistema o por el personal de la empresa mantenedora autorizada (Tabla modificada según Orden de 16 de abril de 1998) Equipo o sistema
Cada año Verificación integral de la instalación. Limpieza del equipo de centrales y accesorios. Verificación de uniones roscadas o soldadas.
Sistemas automáticos de Limpieza y reglaje de redetección y alarma de lés. incendios Regulación de tensiones e intensidades. Verificación de los equipos de transmisión de alarma. Prueba final de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico. Verificación integral de la instalación. Limpieza de sus componentes. Sistema manual de alarma de incendios
Verificación de uniones roscadas o soldadas. Prueba final de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico.
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Cada cinco años
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Comprobación del peso y presión en su caso. A partir de la fecha de timbrado del extintor (y por tres veces) se procederá al retimbrado del mismo de acuerdo con la ITC-MIE AP5 del Reglamento de aparatos a presión sobre Inspección ocular del es- extintores de incendios (o tado de la manguera, bo- normativa vigente). quilla o lanza, válvulas y partes mecánicas. (**) Desmontaje de la manguera y ensayo de ésta en lugar adecuado.
En el caso de extintores de polvo con botellín de gas de impulsión se comprobará el buen estado del agente Extintores de incendio (*) extintor y el peso y aspecto externo del botellín.
Bocas de incendio equipadas (BIE)
Comprobación del correcto funcionamiento de la boquilla en sus distintas posiciones y del sistema de cierre. La manguera debe ser soComprobación de la es- metida a una presión de tanquidad de los racores y prueba de 15 kg/cm. manguera y estado de las juntas. Comprobación de la indicación del manómetro con otro de referencia (patrón) acoplado en el racor de conexión de la manguera.
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
Comprobación integral, de acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador, incluyendo en todo caso:
Sistemas fijos de extinción: Rociadores de agua Agua pulverizada Polvo Espuma Anhídrido carbónico
Verificación de los componentes del sistema, especialmente los dispositivos de disparo y alarma. Comprobación de la carga de agente extintor y del indicador de la misma (medida alternativa del peso o presión). Comprobación del estado del agente extintor. Prueba de la instalación en las condiciones de su recepción. Gama de mantenimiento anual de motores y bombas de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
Sistema de abastecimiento de agua contra incendios
Limpieza de filtros y elementos de retención de suciedad en alimentación de agua. Prueba del estado de carga de baterías y electrolito de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Prueba, en las condiciones de su recepción, con realización de curvas del abastecimiento con cada fuente de agua y de energía.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
(*) Rechazo: Se rechazarán aquellos extintores que, a juicio de la empresa mantenedora, presenten defectos que pongan en duda el correcto funcionamiento y la seguridad del extintor, o bien aquellos para los que no existan piezas originales que garanticen el mantenimiento de las condiciones de fabricación. (**) Nota: En esta revisión anual no será necesaria la apertura de los extintores portátiles de polvo con presión permanente, salvo que en las comprobaciones que se citan se hayan observado anomalías que lo justifiquen. En el caso de apertura del extintor, la empresa mantenedora situará en el exterior del mismo un sistema indicativo que acredite que se ha realizado la revisión interior del aparato. Como ejemplo de sistema indicativo de que se ha realizado la apertura y revisión interior del extintor, se puede utilizar una etiqueta indeleble, en forma de anillo, que se coloca en el cuello de la botella antes del cierre del extintor y que no pueda ser retirada sin que se produzca la destrucción o deterioro de la misma.
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CAPÍTULO 15: CARACTERIZACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES (ANEXO I RD 2267/04) 1.- Establecimiento 2.- Características de los establecimientos industriales por su configuración y ubicación con relación a su entorno 2.1.- Establecimientos industriales ubicados en un edificio 2.2.- Establecimientos industriales que desarrollan su actividad en espacios abiertos que no constituyen un edificio 3.- Caracterización de los establecimientos industriales por su nivel de riesgo intrínseco TABLAS TABLA 15.1: Grado de peligrosidad de los combustibles. TABLA 15.2: Valores de densidad de carga de fuego media de diversos procesos industriales, de almacenamiento de productos y riesgo de activación asociado, RA. TABLA 15.3: Nivel de riesgo intrínseco. TABLA 15.4: Poder calorífico (q) de diversas sustancias.
1.- Establecimiento Se entiende por establecimiento el conjunto de edificios, edificio, zona de éste, instalación o espacio abierto de uso industrial o almacén, según lo establecido en el Artículo 2, destinado a ser utilizado bajo una titularidad diferenciada y cuyo proyecto de construcción o reforma, así como el inicio de la actividad prevista, sea objeto de control administrativo. Los establecimientos industriales se caracterizarán por: a. Su configuración y ubicación con relación a su entorno. b. Su nivel de riesgo intrínseco.
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
2.- Características de los establecimientos industriales por su configuración y ubicación con relación a su entorno Las muy diversas configuraciones y ubicaciones que pueden tener los establecimientos industriales se consideran reducidas a: 2.1.- Establecimientos industriales ubicados en un edificio: TIPO A: el establecimiento industrial ocupa parcialmente un edificio que tiene, además, otros establecimientos, ya sean estos de uso industrial, ya de otros usos. TIPO B: el establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio que está adosado a otro u otros edificios, o a una distancia igual o inferior a tres metros de otro u otros edificios, de otro establecimiento, ya sean estos de uso industrial o bien de otros usos. Para establecimientos industriales que ocupen una nave adosada con estructura compartida con las contiguas, que en todo caso deberán tener cubierta independiente, se admitirá el cumplimiento de las exigencias correspondientes al tipo B, siempre que se justifique técnicamente que el posible colapso de la estructura no afecte a las naves colindantes. TIPO C: el establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio, o varios, en su caso, que está a una distancia mayor de tres metros del edificio más próximo de otros establecimientos. Dicha distancia deberá estar libre de mercancías combustibles o elementos intermedios susceptibles de propagar el incendio.
2.2.- Establecimientos industriales que desarrollan su actividad en espacios abiertos que no constituyen un edificio: TIPO D: el establecimiento industrial ocupa un espacio abierto, que puede estar totalmente cubierto, alguna de cuyas fachadas carece totalmente de cerramiento lateral. TIPO E: el establecimiento industrial ocupa un espacio abierto que puede estar parcialmente cubierto (hasta un 50 por ciento de su superficie), alguna de cuyas fachadas en la parte cubierta carece totalmente de cerramiento lateral.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
2.3.- Cuando la caracterización de un establecimiento industrial o una parte de éste no coincida exactamente con alguno de los tipos definidos en los apartados 2.1 y 2.2, se considerará que pertenece al tipo con que mejor se pueda equiparar o asimilar justificadamente. En un establecimiento industrial pueden coexistir diferentes configuraciones, por lo se deberán aplicar los requisitos de este reglamento de forma diferenciada para cada una de ellas.
3.- Caracterización de los establecimientos industriales por su nivel de riesgo intrínseco Los establecimientos industriales se clasifican, según su grado de riesgo intrínseco, atendiendo a los criterios simplificados y según los procedimientos que se indican a continuación. 3.1.- Los establecimientos industriales, en general, estarán constituidos por una o varias configuraciones de los tipos A, B, C, D y E. Cada una de estas configuraciones constituirá una o varias zonas (sectores o áreas de incendio) del establecimiento industrial. 1. Para los tipos A, B y C se considera “sector de incendio” el espacio del edificio cerrado por elementos resistentes al fuego durante el tiempo que se establezca en cada caso. 2. Para los tipos D y E se considera que la superficie que ocupan constituye un “área de incendio” abierta, definida solamente por su perímetro. 3.2.- El nivel de riesgo intrínseco de cada sector o área de incendio se evaluará: 1. Calculando la siguiente expresión, que determina la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, de dicho sector o área de incendio: Σ
i 1
Gi qi Ci Ra (MJ/m2) o (Mcal/m2)
Qs = A
Donde: Qs = Densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del sector o área de incendio, en MJ/m2 o Mcal/m2.
140
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Gi = Masa, en kg, de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio (incluidos los materiales constructivos combustibles). qi = Poder calorífico, en MJ/kg o Mcal/kg, de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio. Ci = Coeficiente adimensional que pondera el grado de peligrosidad (por la combustibilidad) de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio. Ra= Coeficiente adimensional que corrige el grado de peligrosidad (por la activación) inherente a la actividad industrial que se desarrolla en el sector de incendio, producción, montaje, transformación, reparación, almacenamiento, etc. Cuando existen varias actividades en el mismo sector, se tomará como factor de riesgo de activación el inherente a la actividad de mayor riesgo de activación, siempre que dicha actividad ocupe al menos el 10 por 100 de la superficie del sector o área de incendio. A = superficie construida del sector de incendio o superficie ocupada del área de incendio, en m2. Los valores del coeficiente de peligrosidad por combustibilidad, Ci, de cada combustible pueden deducirse de la tabla 15.1, del Catálogo CEA de productos y mercancías, o de tablas similares de reconocido prestigio cuyo uso debe justificarse. Los valores del coeficiente de peligrosidad por activación, Ra, pueden deducirse de la tabla 15.2. Los valores del poder calorífico qi, de cada combustible, pueden deducirse de la tabla 15.4. TABLA 15.1: Grado de peligrosidad de los combustibles Valores del coeficiente de peligrosidad por combustibilidad Ci Alta Media Baja Líquidos clasificados como Líquidos clasificados Líquidos clasificados clase D, en la ITC MIEcomo clase A en la ITC como subclase B2, en la ITC MIE- APQ1 APQ1 MIE-APQ1 Líquidos clasificados Líquidos clasificados como subclase B1, en la como clase C, en la ITC ITC MIE-APQ1 MIE-APQ1 Sólidos capaces de Sólidos que comienzan Sólidos que comienzan su iniciar su combustión a su ignición a temperatura ignición a una temperatura temperatura inferior a comprendida entre 100 ºC superior a 200 ºC 100 ºC y 200 ºC
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
Productos que pueden formar mezclas explosivas con el aire Productos que pueden iniciar combustión espontánea en el aire Ci= 1,60
Sólidos que emiten gases inflamables
Ci= 1,30
Ci= 1,00
NOTA: ITC MIE-APQ1 del Reglamento de almacenamiento de productos químicos, aprobado por el Real Decreto 379/2001, de 6 de abril.
2. Como alternativa a la fórmula anterior se puede evaluar la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, Qs, del sector de incendio aplicando las siguientes expresiones. a. Para actividades de producción, transformación, reparación o cualquier otra distinta al almacenamiento: Σ 1i qsi si Ci Qs = Ra (MJ/m2) o (Mcal/m2) A QS, Ci , Ra y A tienen la misma significación que en el apartado 3.2.1 anterior. qsi = densidad de carga de fuego de cada zona con proceso diferente según los distintos procesos que se realizan en el sector de incendio (i), en MJ/m2 o Mcal/m2. si = superficie de cada zona con proceso diferente y densidad de carga de fuego, qsi diferente, en m2. Los valores de la densidad de carga de fuego media, qsi, pueden obtenerse de la tabla 15.2. NOTA: a los efectos del cálculo, no se contabilizan los acopios o depósitos de materiales o productos reunidos para la manutención de los procesos productivos de montaje, transformación o reparación, o resultantes de estos, cuyo consumo o producción es diario y constituyen el llamado “almacén de día”. Estos materiales o productos se considerarán incorporados al proceso productivo de montaje, transformación, reparación, etc., al que deban ser aplicados o del que procedan.
142
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
b. Para actividades de almacenamiento: Σ
1i
Qs =
qvi Ci si hi A
Ra (MJ/m2) o (Mcal/m2)
donde: QS, Ci, Ra y A tienen la misma significación que en el apartado 3.2.1 anterior. qvi = carga de fuego, aportada por cada m3 de cada zona con diferente tipo de almacenamiento (i) existente en el sector de incendio, en MJ/m3 o Mcal/m3. hi = altura del almacenamiento de cada uno de los combustibles, (i), en m. si = superficie ocupada en planta por cada zona con diferente tipo de almacenamiento (i) existente en el sector de incendio en m2. Los valores de la carga de fuego, por metro cúbico qvi, aportada por cada uno de los combustibles, pueden obtenerse de la tabla 15.2. 3.3 El nivel de riesgo intrínseco de un edificio o un conjunto de sectores y/o áreas de incendio de un establecimiento industrial, a los efectos de la aplicación de este reglamento, se evaluará calculando la siguiente expresión, que determina la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, Qe, de dicho edificio industrial.
Qe =
Σ
1i
Σ
1i
Qsi Ai
(MJ/m2) o (Mcal/m2)
Ai
donde: Qe = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del edificio industrial, en MJ/m2 o Mcal/m2. Qsi = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, de cada uno de los sectores o áreas de incendio, (i), que componen el edificio industrial, en MJ/m2 o Mcal/m2. Ai = superficie construida de cada uno de los sectores o áreas de incendio, (i), que componen el edificio industrial, en m2.
3.4 A los efectos de este reglamento, el nivel de riesgo intrínseco de un establecimiento industrial, cuando desarrolla su actividad en más de un edificio, ubicados en un mismo recinto, se evaluará calculando la siguiente 143
Bloque IV: Seguridad contra incendios
expresión, que determina la carga de fuego, ponderada y corregida, QE, de dicho establecimiento industrial: Σ QE =
1i
Qei Aei
Σ 1i Aei
(MJ/m2) o (Mcal/m2)
donde: QE = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del establecimiento industrial, en MJ/m2 o Mcal/m2. Qei = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, de cada uno de los edificios industriales, (i), que componen el establecimiento industrial en MJ/m2 o Mcal/m2. Aei = superficie construida de cada uno de los edificios industriales, (i), que componen el establecimiento industrial, en m2.
3.5.- Evaluada la densidad de carga de fuego ponderada, y corregida de un sector o área de incendio, (QS), de un edificio industrial (Qe) o de un establecimiento industrial (QE), según cualquiera de los procedimientos expuestos en los apartados 3.2, 3.3 y 3.4, respectivamente, el nivel de riesgo intrínseco del sector o área de incendio, del edificio industrial, o del establecimiento industrial, se deduce de la tabla 15.3.
3.6.- Para la evaluación del riesgo intrínseco se puede recurrir igualmente al uso de métodos de evaluación de reconocido prestigio; en tal caso, deberá justificarse en el proyecto el método empleado. TABLA 15.2: Valores de densidad de carga de fuego media de diversos procesos industriales, de almacenamiento de productos y riesgo de activación asociado (Ra).
Actividad Abonos químicos Aceites comestibles
144
Fabricación y Venta Qs Ra 2 MJ/m Mcal/m2
Almacenamiento qv Ra 3 MJ/m Mcal/m3
200
48
1,5
200
48
1,0
1.000
240
2,0
18.900
4.543
2,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Aceites comestibles, 900 expedición Aceites: mineral, 1.000 vegetal y animal Acero 40 Acero, agujas 200 de Acetileno, llenado de 700 botellas Ácido 40 carbónico Ácidos 80 inorgánicos Acumuladores 400 Acumuladores 800 expedición Agua Especial oxigenada Alambre metálico 300 aislado Alambre metálico no 80 aislado Alfarería 200 Algodón en 300 rama, guata Algodón, almacén de Alimentación, 800 embalaje Alimentación, 1.000 expedición Alimentación, materias primas Alimentación, platos 200 precocinados
216
1,5
18.900
4.543
2,0
240
2,0
18.900
4.543
2,0
10
1,0
48
1,0
168
1,5
10
1,0
19
1,0
96
1,5
800
192
1,5
192
1,5
Especial
Especial
72
1,0
1.000
240
2,0
19
1,0
48
1,0
72
1,5
1.100
264
2,0
1.300
313
2,0
800
192
1,5
3.400
817
2,0
192
1,5
240
2,0
48
1,0
145
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Almacenes de talleres, etc. Almidón Alquitrán Alquitrán, productos de Altos hornos Aluminio, producción de Aluminio, trabajo de Antigüedades, venta de Aparatos de radio, fabricación Aparatos de radio, venta Aparatos de televisión Aparatos domésticos Aparatos eléctricos Aparatos eléctricos, reparación Aparatos electrónicos Aparatos electrónicos, reparación Aparatos fotográficos Aparatos mecánicos Aparatos pequeños, construcción de Aparatos sanitarios, taller
146
1.200
288
2,0
2.000
481
2,0 3.400
817
2,0
3.400
817
2,0
200
48
1,0
800
192
1,5
40
10
1,0
40
10
1,0
200
48
1,0
700
168
1,5
300
72
1,0
400
96
1,0
300
72
1,0
200
48
1,0
300
72
1,0
200
48
1,0
400
96
1,0
400
96
1,0
500
120
1,0
400
96
1,0
400
96
1,0
500
120
1,0
300
72
1,0
600
144
1,5
400
96
1,0
300
72
1,0
100
24
1,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Aparatos, expedición de Aparatos, prueba de Aparatos, talleres de reparación Aparcamientos, edificios de Apósitos, fabricación de artículos Archivos Armarios frigoríficos Armas Artículos de metal Artículos de yeso Artículos metal fundidos por inyección Artículos metálicos, amolado Artículos metálicos, barnizado Artículos metálicos, cerrajería Artículos metálicos, chatarras Artículos metálicos, dorado Artículos metálicos, estampado
700
168
2,0
200
48
1,0
600
144
1,0
200
48
1,5
400
96
1,5
800
192
1,5
4.200
1.010
2,0
1.700
409
2,0
1.000
240
2,0
300
72
1,0
300
72
1,0
200
48
1,0
80
19
1,0
80
19
1,0
80
19
1,0
300
72
1,0
200
48
1,0
80
19
1,0
80
19
1,0
100
24
1,0
147
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Artículos metálicos, forjado Artículos metálicos fresado Artículos metálicos, fundición Artículos metálicos, grabación Artículos metálicos, soldadura Artículos metálicos, soldadura ligera Artículos pirotécnicos Aserraderos Asfalto (bidones, bloques) Asfalto, manipulación de Automóvil, carrocerías de Automóviles, almacén de accesorios Automóviles, garajes y aparcamientos Automóviles, guarnición Automóviles, montaje Automóviles, pintura
148
80
19
1,0
200
48
1,0
40
10
1,0
200
48
1,0
80
19
1,0
300
72
1,0
Especial
Especial
Especial
400
96
1,5
800
192
1,5
200
48
1,0
200
48
1,0
700
168
1,5
300
72
1,5
500
120
1,5
2.000
481
3,0
3.400
817
2,0
3.400
817
2,0
800
192
1,5
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Automóviles, reparación Automóviles, venta de accesorios Aviones Aviones, hangares Azúcar Azúcar, productos de Azufre Balanzas Barcos de madera Barcos de plástico Barcos metálicos Barnices Barnices a la cera Barnices, expedición Barnizado Bebidas alcohólicas (licores) Bebidas alcohólicas, venta Bebidas bajas o sin alcohol Bebidas sin alcohol, expedición de Bebidas sin alcohol, zumos de fruta Bibliotecas Bicicletas
300
72
1,0
300
72
1,0
200
48
1,0
200
48
1,5 8.400
2.019
2,0
800
192
1,5
800
192
1,5
400
96
2,0
4.200
1.010
2,0
300
72
1,0
600
144
1,5
600
144
1,5
200
48
1,0
5.000
1.202
2,0
2.500
601
2,0
2.000
481
2,0
5.000
1.202
2,0
1.000
240
2,0
80
19
1,5
700
168
1,5
500
120
1,5
800
192
1,5
80
19
1,0
125
30
1,0
300
72
1,0
200
48
1,0
300
72
1,0
2.000 200
481 48
1,0 1,0
2.000 400
481 96
2,0 1,0
149
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Bodegas (vinos) Bramante Bramante, almacén de Cables Cacao, productos de Café crudo, sin refinar Café, extracto Café, tostadero Cajas de madera Cajas fuertes Calderas, edificios de Calefactores Calzado Calzado, accesorios de Calzados, expedición Calzados, venta Cantinas Caramelos Caramelos, embalado Carbón de coque Carnicerías, venta Carretería, artículos de Cartón Cartón embreado Cartón ondulado Cartón piedra Cartonaje
150
80
19
1,0
400
96
1,5
1.100
264
2,0
1.000
240
2,0
300
72
1,0
600
144
1,5
800
192
2,0
5.800
1.394
2,0
2.900
697
2,0
300 400
72 96
1,0 1,5
4.500
1.082
2,0
1.000
240
2,0
600
144
1,5
80
19
1,0
200
48
1,0
300 500
72 120
1,0 1,5
400
96
1,0
800
192
1,5
1.500
361
2,0
10.500
2.524
2,0
600
144
1,5
500 300 400
120 72 96
1,0 1,0 1,0
800
192
1,5
40
10
1,0
500
120
1,5
300
72
1,5
4.200
1.010
1,5
2.000
481
2,0
2.500
601
2,0
800
192
2,0
1.300
313
2,0
300 800
72 192
1,5 1,5
2.500 2.500
601 601
1,5 1,5
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Cartonaje, expedición de Caucho Caucho, artículos de Caucho, venta de artículos de Celuloide Cemento Central de calefacción a distancia Centrales hidráulicas Centrales hidroeléctricas Centrales térmicas Cepillos y brochas Cera Cera, artículos de Cera, venta de artículos de Cerámica, artículos de Cerrajerías Cervecerías Cestería Cestería, venta de artículos de Chapa, artículos de Chapa, embalaje de artículos Chatarrería Chocolate Chocolate, embalaje
600
144
1,5
600
144
1,5
800
192
1,5
800 40
192 10
1,5 1,0
200
48
1,0
80
19
1,0
40
10
1,0
200
48
1,0
700
168
1,5
28.600
6.875
2,0
5.000
1.202
2,0
3.400
817
2,0
800
192
1,5
3.400
817
2,0
2.100
505
2,0
1.300
313
2,0
2.100
505
2,0
200
48
1,0
200 80 400
48 19 96
1,0 1,0 1,5
200
48
1,0
300
72
1,0
200
48
1,0
100
24
1,0
200
48
1,0
300 400
72 96
1,0 1,5
3.400
817
1,5
500
120
2,0
151
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Chocolate, fabricación, sala de moldes Cines Cochecitos de niño Colchones no sintéticos Colores y barnices con diluyentes combustibles Colores y barnices, manufacturas de Colores y barnices, mezclas Colores y barnices, venta Confiterías Congelados Conservas Corcho Corcho, artículos de Cordelerías Cordelerías, venta Correas Cortinas en rollo Cosméticos Crin, cerda de Cristalerías Cuero Cuero sintético Cuero sintético, artículos de
152
1.000
240
2,0
300
72
1,0
300
72
1,0
800
192
1,5
500
120
1,5
5.000
1.202
2,0
4.000
962
2,0
2.500
601
2,0
800
192
2,0
2.000
481
2,0
1.000
240
2,0
400 800 40
96 192 10
1,0 1,5 1,0
1.700 372 372 800
409 89 89 192
2,0 1,0 1,0 1,5
500
120
1,5
800
192
1,5
300
72
1,5
600
144
1,5
500
120
1,5
500
120
1,5
5.000
1.202
2,0
1.000
240
2,0
300
72
1,5
500 600
120 144
1,5 1,5
100
24
1,0
1.000
240
1,5
1.700 1.700
409 409
1,5 1,5
400
96
1,0
800
192
1,5
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Cuero sintético, recorte de artículos de Cuero, artículos de Cuero, recortes de artículos de Cuero, venta de artículos de Deportes, venta de artículos de Depósitos de hidrocarburos Depósitos Merc. incomb. en cajas de madera Depósitos Merc. incomb. en cajas de plástico Depósitos Merc. incomb. en casilleros de madera Depósitos Merc. incomb. en estanterías de madera Depósitos Merc. incomb. en estanterías metálicas Depósitos Merc. incomb. en paletas de madera Diluyentes Discos, discos compactos y similares Droguerías
300
72
1,0
500
120
1,5
300
72
1,0
700
168
1,5
800
192
1,5
600
144
1,5
43.700
10.505
2,0
200
48
1,0
200
48
1,0
100
24
2,0
100
24
1,0
20
5
1,0
3.400
817
2,0
3.400
817
2,0
600
144
1,5
3.400
817
1,5
1.000
240
2,0
800
192
1,5 153
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Edificios frigoríficos Electricidad, almacén de materiales de Electricidad, taller de Embalaje de material impreso Embalaje de mercancías combustibles Embalaje de mercancías incombustibles Embalaje de productos alimenticios Embalaje de textiles Emisoras de radio Encuadernación Escobas Esculturas de piedra Especias Espumas sintéticas Espumas sintéticas, artículos de Esquíes Estampación de productos sintéticos (cuero, etc.) Estampado de materias sintéticas 154
2.000
481
2,0 400
96
1,0
400
96
1,0
600
144
1,5
1.700
409
2,0
600
144
1,5
400
96
1,0
800
192
1,5
600
144
1,5
80
19
1,0
1.000
240
2,0
700
168
1,5
40
10
1,0
40
10
1,0
200
48
1,5
3.000
721
1,5
2.500
601
2,0
600
144
1,5
800
192
1,5
400
96
1,5
1.700
409
2,0
300
72
1,0
1.700
409
2,0
400
96
1,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Estampado de metales Estilográficas Estudios de televisión Estufas de gas Expedición de aparatos, parcialmente sintéticos Expedición de aparatos, totalmente sintéticos Expedición de artículos de cristal Expedición de artículos de hojalata Expedición de artículos impresos Expedición de artículos sintéticos Expedición de bebidas Expedición de cartonaje Expedición de ceras y barnices Expedición de muebles Expedición de pequeños artículos de madera Expedición de productos alimenticios
100
24
1,0
200
48
1,0
300
72
1,0
200
48
1,0
700
168
1,0
1.000
240
1,0
700
168
2,0
200
48
1,0
1.700
409
2,0
1.000
240
2,0
300
72
1,0
600
144
1,5
1.300
313
2,0
600
144
1,5
600
144
1,5
1.000
240
2,0
155
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Expedición de textiles Exposición de automóviles Exposición de cuadros Exposición de máquinas Exposición de muebles Farmacias (almacenes incluidos) Féretros de madera Fibras de coco Fieltro Fieltro, artículos de Flores artificiales Flores, venta de Fontanería Forraje Fósforo Fósforos Fotocopias, talleres Fotografía, laboratorios Fotografía, películas Fotografía, talleres Fotografía, tienda Fraguas Fundición de metales Funiculares Galvanoplastia 156
600
144
1,5
200
48
1,0
200
48
1,0
80
19
1,0
500
120
1,5
800
192
1,5
500
120
1,5
600
144
1,5
500
120
1,5
300
72
1,5
80
19
1,0
200 2.000 300 300
48 481 72 72
1,0 2,0 1,5 1,5
400
96
1,0
100
24
1,0
1.000
240
2,0
300
72
1,0
300
72
1,0
80
19
1,0
40
10
1,0
300 200
72 48
1,0 1,0
8.400 800
2.019 192
2,0 1,5
200
48
1,5
3.300 25.100 800
793 6.034 192
2,0 2,0 2,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Gasolineras Grandes almacenes Granos Grasas Grasas comestibles Grasas comestibles, expedición Guantes Guardarropa, armarios de madera Guardarropa, armarios metálicos Harina en sacos Harina, fábrica o comercio sin almacén Heladería Heno, balas de Herramientas Hidrógeno Hilados, cardados Hilados, encanilladobobinado Hilados, hilatura Hilados, productos de hilo Hilados, productos de lana
Reglamentación específica 400
96
1,5
600 1.000
144 240
1,5 2,0
800 18.000
192 4.327
1,5 2,0
1.000
240
2,0
18.900
4.543
2,0
900
216
1,5
500
120
1,5
400
96
1,0
80
19
1,0
2.000
481
2,0
8.400
2.019
2,0
1.700
409
2,0
13.000
3.125
2,0
1.000
240
2,0
130.800
31.442
2,0
1.700
409
2,0
1.900
457
2,0
80 200
1,0 0 48
1,0
300
72
2,0
600
144
1,5
300
72
1,5
157
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Hilados, torcido Hojalaterías Hormigón, artículos de Hornos Hule Hule, artículos de Imprentas, almacén Imprentas, embalaje Imprentas, expedición Imprentas, salas de máquinas Imprentas, taller tipográfico Incineración de basuras Instaladores electricistas Instaladores, talleres Instrumentos de música Instrumentos de óptica Jabón Joyas, fabricación Joyas, venta Juguetes Laboratorios bacteriológicos Laboratorios de física Laboratorios fotográficos 158
300
72
1,5
100
24
1,0
100
24
1,0
200 700
48 168
1,0 1,5
1.300
313
2,0
700
168
1,5
2.100
505
2,0
8.000
1.923
2,0
2.000
481
2,0
200
48
1,5
400
96
1,5
300
72
1,5
200
48
1,0
200
48
1,0
100
24
1,0
600
144
1,5
200
48
1,0
200
48
1,0
200
48
1,0
4.200
1.010
1,5
200
48
1,0
300 500
72 120
1,0 1,5
800
192
1,5
200
48
1,0
200
48
1,0
300
72
1,5
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Laboratorios metalúrgicos Laboratorios odontológicos Laboratorios químicos Láminas de hojalata Lámparas de incandescencia Lapiceros Lavadoras Lavanderías Leche condensada Leche en polvo Legumbres frescas, venta Legumbres secas Leña Levadura Librerías Limpieza química Linóleo Locales de desechos (diversas mercancías) Lúpulo Madera en troncos Madera, artículos de, barnizado Madera, artículos de, carpintería
200
48
1,0
300
72
1,0
500
120
1,5
40
10
1,0
40
10
1,0
500 300 200
120 72 48
1,5 1,0 1,0
400
96
1,0
200
48
1,0
9.000
2.163
1,0
200
48
1,0
10.500
2.524
1,0
200
48
1,0
1.000
240
2,0
400
96
1,5
2.500
601
2,0
800 1.000
192 240
1,5 1,5
300
72
1,5
500
120
1,5
5.000
1.202
2,0
500
120
1,5
1.700
409
2,0
6.300
1.514
1,5
500
120
1,5
700
168
1,5
159
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Madera, artículos ebanistería Madera, artículos de, expedición Madera, artículos de, impregnación Madera, artículos de, marquetería Madera, artículos de, pulimentado Madera, artículos de, secado Madera, artículos de, serrado Madera, artículos de, tallado Madera, artículos de, torneado Madera, artículos de, troquelado Madera, mezclada o variada Madera, restos de Madera, vigas y tablas Madera, virutas Malta Mantequilla Máquinas
160
700
168
1,5
600
144
1,5
3.000
721
2,0
500
120
1,5
200
48
1,0
800
192
1,5
400
96
1,5
600
144
1,5
500
120
1,5
700
168
1,5
800
192
1,5
700 200
168 48
1,5 1,0
4.200
1.010
2,0
2.500
601
2,0
4.200
1.010
1,5
2.100 13.400
505 3.221
2,0 2,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Máquinas de coser Máquinas de oficina Marcos Mármol, artículos de Mataderos Material de oficina Materiales de construcción, almacén Materiales sintéticos Materiales usados, tratamiento Materias sintéticas inyectadas Materias sintéticas, artículos de Materias sintéticas, estampado Materias sintéticas, expedición Materias sintéticas, soldadura de piezas Mecánica de precisión, taller Médica, consulta Medicamentos, embalaje Medicamentos, venta
300
72
1,0
300
72
1,0
300
72
1,0
40
10
1,0
40
10
1,0
700
168
1,5
1.300
313
2,0
800
192
1,5
2.000
481
2,0
5.900
1.418
2,0
800
192
1,5
3.400
817
2,0
500
120
1,5
600
144
1,5
800
192
1,5
400
96
1,0
1.000
240
2,0
700
168
1,5
200
48
1,0
200
48
1,0
300
72
1,0
800
192
1,5
800
192
1,5
0
161
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Melaza Mercería, venta Mermelada Metales preciosos Metales, manufacturas en general Metálicas, grandes construcciones Minerales Mostaza Motocicletas Motores eléctricos Muebles de acero Muebles de madera Muebles de madera, barnizado Muebles, barnizado de Muebles, carpintería Muebles, tapizado sin espuma sintética Muebles, venta Muelles de carga con mercancías Municiones Museos Música, tienda de
162
700 800
168 192
1,5 1,5
200
48
1,0
200
48
1,0
80
19
1,0
40 400 300
10 96 72
1,0 1,0 1,0
300
72
1,0
300
72
1,0
500
120
1,5
500
120
1,5
200
48
1,5
600
144
1,5
500
120
1,5
400
96
1,5
800
192
1,5
Especial 300
Especial 72
Especial 1,0
300
72
1,0
5.000 1.400
1.202 337
2,0 2,0
800
192
1,5
400
96
1,0
4.500
1.082
2,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Negro de humos, en sacos Neumáticos Neumáticos de automóviles Nitrocelulosa Oficinas comerciales Oficinas postales Oficinas técnicas Orfebrería Oxígeno Paja prensada Paja, artículos de Paja, embalajes de Paletas de madera Palillos Panaderías industriales Panaderías, almacenes Panaderías, laboratorios y hornos Paneles de corcho Paneles de madera aglomerada Paneles de madera contrachapada Papel Papel, apresto Papel, barnizado de
12.600
3.029
2,0
700
168
1,5
1.800
433
2,0
700
168
1,5
1.500
361
2,0
Especial
Especial
Especial
1.100
264
2,0
800
192
1,5
400
96
1,0
600
144
1,0
200 Especial
48 Especial
1,0 Especial 800
192
1,5
1.300
313
2,0
400
96
1,5
400
96
1,5
1.000
240
2,0
500
120
1,5
1.000
240
1,5
300
72
1,0
200
48
1,0
500
120
1,5
300
72
1,5
6.700
1.611
2,0
800
192
1,5
6.700
1.611
2,0
200 500
48 120
1,0 1,5
10.000
2.404
2,0
80
19
1,5
163
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Papel, desechos prensados Papel, tratam. de la madera y materias celulósicas Papel, tratamientofabricación Papel, viejo o granel Papelería Papelería, venta Paraguas Paraguas, venta Parquets Pastas alimenticias Pastas alimenticias, expedición Pegamentos combustibles Pegamentos incombustibles Peletería, productos de Peletería, venta Películas, copias Películas, talleres de Perfumería, artículos de Perfumería, venta de artículos de Persianas, fabricación de Piedras artificiales Piedras de afilar
164
80
19
1,5
700
168
1,5
2.100
505
2,0
8.400
2.019
2,0
800 700 300 300 2.000
192 168 72 72 481
1,5 1,5 1,0 1,0 2,0
1.100
264
2,0
400
96
1,0
1.200
288
2,0
1.300
313
2,0
1.700
409
1,5
1.000
240
2,0
1.000
240
1,5
3.400
817
2,0
800
192
1,5
3.400
817
2,0
500
120
1,5
1.200
288
1,5
200
48
1,0
600
144
1,5
300
72
1,5
300
72
1,0
500
120
1,5
400
96
1,0
800
192
1,5
40
10
1,0
80
19
1,0
0 300
72
1,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Piedras preciosas, tallado Piedras refractarias, artículos de Pieles, almacén Pilas secas Pinceles Placas de fibras blandas Placas de resina sintética Planeadores Porcelana Prendas de vestir Prendas de vestir, venta Proceso de datos, sala de ordenador Producto de lavado (lejía materia prima) Productos de amianto Productos de carnicería Productos de lavado (lejía) Productos de reparación de calzado Productos farmacéuticos Productos lácteos Productos laminados salvo chapa y alambre
80
19
1,0
200
48
1,0
400 700
0 96 168
1,0 1,5
300
72
300
1.200 600
288 144
1,5 1,5
1,0
800
192
1,5
72
1,0
4.200
1.010
1,5
600 200
144 48
1,5 1,0
500
120
1,5
400
96
1,0
600
144
1,5
400
96
1,5
500
120
1,5
80
19
1,0
40
10
1,0
300
72
1,0
200
48
1,0
800
192
1,5
2.100
505
2,0
200
48
1,5
200
48
1,0
100
24
1,0
165
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Productos químicos combustibles Puertas de madera Puertas plásticas Quesos Quioscos de periódicos Radiología, gabinete de Refinerías de petróleo Refrigeradores Rejilla, asientos y respaldos Relojes Relojes, reparación de Relojes, venta Resinas naturales Resinas sintéticas Resinas sintéticas, placas de Restaurantes Revestimientos de suelos combustibles Revestimientos de suelos combustibles, venta Rodamientos o cojinetes de bolas Sacos de papel
166
300
72
2,0
1.000
240
2,0
800
192
1,5
1.800
433
2,0
700
168
1,5
4.200
1.010
2,0
100
24
1,5
2.500
601
2,0
1.300
313
2,0
200
48
1,0
Reglamentación específica 1.000
240
2,0
300
72
1,0
400
96
1,0
1.300
313
2,0
300
72
1,0
400
96
1,0
300
72
1,0
300
72
1,0
3.300
793
2,0
3.400
817
2,0
4.200
1.010
2,0
800
192
1,5
3.400
817
2,0
300
72
1,0
500
120
1,5
6.000
1.442
2,0
1.000
240
2,0
200
48
1,0
800
192
1,5
12.600
3.029
2,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Sacos de plástico Sacos de yute Salinas, productos de Servicios de mesa
600
144
2,0
25.200
6.058
2,0
500
120
1,5
800
192
1,5
80
19
1,0
200
48
1,0
1.700
409
2,0
2.100
505
2,0
2.900
697
1,5
Según material almacenado
Silos Sombrererías Sosa Sótanos, bodegas de casas Residenciales Tabaco en bruto Tabacos, artículos de Tabacos, venta de artículos Talco Tallado de piedra Talleres de enchapado Talleres de guarnicionería Talleres de pintura Talleres de reparación Talleres eléctricos Talleres mecánicos Tapicerías Tapicerías, artículos de Tapices Tapices, tintura
500 40
120 10
1,5 1,0
900
216
1,0
200
48
1,5
500
120
1,5
40
10
1,0
40
10
1,0
800
192
1,5
300
72
1,0
500
120
1,5
400
96
1,0
600
144
1,5
200
48
1,0
800
192
1,5
300
72
1,5
1.000
240
2,0
600 500
144 120
1,5 1,5
1.700
409
2,0
0
167
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Tapices, venta Teatros Teatros, bastidores Tejares, cocción Tejares, hornos de secado y estanterías de madera Tejares, prensado Tejares, preparación de arcilla Tejares, secadero, estanterías de madera Tejares, secadero, estanterías metálicas Tejidos cáñamo, yute, lino Tejidos de rafia Tejidos en general, almacén Tejidos sintéticos Tejidos, depósito de balas de algodón Tejidos, seda artificial Teléfonos Teléfonos, centrales de Textiles
168
800 300
192 72
1,5 1,0
40
10
1,0
1.000
240
1,5
200
48
1,0
40
10
1,0
400
96
1,0
40
10
1,0
400
300
96
72
1.100
264
2,0
1.300
313
2,0
2.000
481
2,0
1.300
313
2,0
1.300
313
2,0
1,5
1,5
300
72
1,5
1.000
240
2,0
400
96
1,5
200
48
2,0
80
19
1,5 1.000
240
2,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Textiles, apresto Textiles, artículos de Textiles, bajos de prendas Textiles, blanqueado Textiles, bordado Textiles, calandrado Textiles, confección Textiles, corte Textiles, de lino Textiles, de yute Textiles, embalaje Textiles, encajes Textiles, estampado Textiles, expedición Textiles, forros Textiles, lencería Textiles, mantas Textiles, prendas de vestir Textiles, preparación Textiles, ropa de cama Textiles, tejidos (fabricación) Textiles, teñido
300
72
1,0
300
72
1,0
500
120
1,5
300
72
1,0
500
120
1,5
300
72
1,0
500
120
1,5
400
96
1,0
600
144
1,6
1.100
264
2,0
600
144
1,5
1.000
240
1,5
1.300
313
2,0
1.300
313
2,0
1.300
313
2,0
600
144
1,5
700
168
1,5
600
144
1,5
700
168
1,5
500
120
1,5
600
144
2,0
500
120
1,5
1.900
457
2,0
500
120
1,5
400
96
2,0
300
72
1,5
500
120
1,5
300
72
1,5
500
120
1,5
169
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Textiles, tricotado Textiles, venta Tintas Tintas de imprenta Tintorerías Toldos o lonas Toneles de madera Toneles de plástico Torneado de piezas de cobre/bronce Transformadores Transformadores, bobinado Transformadores, estación de Tubos fluorescentes Vagones, fabricación de Vehículos Venta por correspondencia, empresas de Ventanas de madera Ventanas de plástico Vidrio Vidrio, artículos de Vidrio, expedición Vidrio, plano, fábrica de Vidrio, talleres de soplado 170
300
72
1,0
1.300
313
2,0
600 200
144 48
1,5 1,0
700
168
1,5
3.000
721
2,0
500 300
120 72
1,5 1,0
1.000
240
1,0
1.000
240
1,5
800
192
1,5
600
144
1,5
800
192
1,5
300
72
1,0
300
72
1,5
600
144
1,5
300
72
1,5
300
72
1,0
200
48
1,0
300
72
1,5
400
96
1,5
800
192
1,5
600
144
1,5
80
19
1,0
200
48
1,5
700
168
1,0
700
168
1,0
200
48
1,5
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Vidrio, tintura de Vidrio, tratamiento de Vidrio, venta de artículos de Vinagre, producción de Vulcanización Yeso Zulaque de vidrieros
300
72
1,5
200
48
1,5
200
48
1,0
80
19
1,0
1.000 80
240 19
2,0 1,0
1.000
240
2,0
100
24
1,0
1.300
313
2,0
171
Bloque IV: Seguridad contra incendios
TABLA 15.3: Nivel de riesgo intrínseco Nivel de riesgo intrínseco Bajo
Medio
Alto
1 2 3 4 5 6 7 8
Densidad de carga de fuego ponderada y corregida 2 MJ/m2 Mcal/m Qs ≤ 425 Qs ≤ 100 100 < Qs ≤ 200 425 < Qs ≤ 850 200 < Qs ≤ 300 850 < Qs ≤ 1.275 300 < Qs ≤ 400 1.275 < Qs ≤ 1.700 400 < Qs ≤ 800 1.700 < Qs ≤ 3.400 800 < Qs ≤ 1.600 3.400 < Qs ≤ 6.800 1.600 < Qs ≤ 3.200 6.800 < Qs ≤ 13.600 3.200 < Qs 13.600 < Qs
TABLA 15.4 Poder calorífico (q) de diversas sustancias Producto MJ/kg Aceite de 37,2 algodón Aceite de 37,2 creosota Aceite de lino 37,2 Aceite mineral 42,0 Aceite de oliva 42,0 Aceite de 42,0 parafina Acetaldehído 25,1 Acetamida 21,0 Acetato de amilo 33,5 Acetato de 21,0 polivinilo Acetona 29,3 Acetileno 50,2 Acetileno 16,7 disuelto Acido acético 16,7 Acido benzoico 25,1 Acroleína 29,3 Aguarrás 42,0
172
Mcal/kg
Producto
MJ/kg
Mcal/kg
9,0
Alcohol butílico
33,5
8,0
9,0
Alcohol cetílico
42,0
10,0
9,0 10,0 10,0
Alcohol etílico Alcohol metílico Almidón
25,1 21,0 16,7
6,0 5,0 4,0
10,0
Anhídrido acético
16,7
4,0
6,0 5,0 8,0
Anilina Antraceno Antracita
37,2 42,0 33,5
9,0 10,0 8,0
5,0
Azúcar
16,7
4,0
7,0 12,0
Azufre Benzaldehído
8,4 33,5
2,0 8,0
4,0
Bencina
42,0
10,0
4,0 6,0 7,0 10,0
Benzol Benzofena Butano Cacao en polvo
42,0 33,8 46,0 16,7
10,0 8,0 11,0 4,0
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Albúmina vegetal Alcanfor Alcohol etílico Alcohol amílico
25,1
6,0
Café
16,7
4,0
37,2 33,5 42,0
9,0 8,0 10,0
Cafeína Calcio Caucho
21,0 4,2 42,0
5,0 1,0 10,0
31,4 33,5 16,7 21 16,7 16,7 16,7 25,1 46 46 46 50,2
7,5 8,0 4,0 5,0 4,0 4,0 4,0 6,0 11,0 11,0 11,0 12,0
Dipenteno Ebonita Etano Eter amílico Eter etílico Fibra de coco Fenol Fósforo Furano Gasóleo Glicerina Grasas
46 33,5 50,2 42 33,5 25,1 33,5 25,1 25,1 42 16,7 42
11,0 8,0 12,0 10,0 8,0 6,0 8,0 6,0 6,0 10,0 4,0 10,0
Carbón Carbono Cartón Cartón asfáltico Celuloide Celulosa Cereales Chocolate Cicloheptano Ciclohexano Ciclopentano Ciclopropano Cloruro de polivinilo Cola celulósica Coque de hulla Cuero Dietilamina Dietilcetona
21
5,0
Gutapercha
46
11,0
37,2 29,3 21 42 33,5
9,0 7,0 5,0 10,0 8,0
16,7 46 46 46 142
4,0 11,0 11,0 11,0 34,0
Dietiléter
37,2
9,0
16,7
4,0
Difenil Dinamita (75 %)
42 4,2
10,0 1,0
Harina de trigo Heptano Hexametileno Hexano Hidrógeno Hidruro de magnesio Hidruro de sodio Lana
8,4 21
2,0 5,0
Leche en polvo
16,7
4,0
46,0
11,0
Lino
16,7
4,0
4,2
1,0
Linóleo Madera Magnesio Malta Mantequilla Metano Monóxido de carbono Nitrito de acetona
21,0 16,7 25,1 16,7 37,2 50,2
5,0 4,0 6,0 4,0 9,0 12,0
Poliisobutileno Politetrafluoretileno Poliuretano Propano Rayón Resina de pino Resina de fenol Resina de urea
25,1 46,0 16,7 42,0 25,1 21,0
6,0 11,0 4,0 10,0 6,0 5,0
8,4
2,0
Seda
21,0
5,0
29,3
7,0
Sisal
16,7
4,0
173
Bloque IV: Seguridad contra incendios
Nitrocelulosa
8,4
2,0
Octano
46,0
11,0
Papel Parafina Pentano Petróleo Poliamida Policarbonato Poliéster Poliestireno Polietileno
16,7 46,0 50,2 42,0 29,3 29,3 25,1 42,0 42,0
4,0 11,0 12,0 10,0 7,0 7,0 6,0 10,0 10,0
Sodio Sulfuro de carbono Tabaco Té Tetralina Toluol Triacetato Turba Urea Viscosa
4,2
1,0
12,5
3,0
16,7 16,7 46,0 42,0 16,7 33,5 8,4 16,7
4,0 4,0 11,0 10,0 4,0 8,0 2,0 4,0
EJEMPLO 1 Dado el plano de planta de una industria conservera como el de la figura, se pide: 1) Calcular la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida de cada uno de los 4 sectores señalados, del edificio, y del establecimiento industrial. Consideraciones: - Todos los cerramientos y compartimentaciones de la industria son de obra (no existen paneles sándwich). - La densidad de estiba del almacén de producto terminado es de 0,40 t / m3, siendo el porcentaje de palés de madera sobre producto almacenado de 5 %, el de plástico (polietileno) del 1 %, y el de cartón del 1 %. - En el almacén de envases y embalajes se almacenan como máximo: 10 t de palets de madera, 2 t de cartón y otras 2 t de polietileno. Datos: - Poder calorífico de: madera = 4 Mcal/kg; polietileno = 10 Mcal/kg; cartón = 4 Mcal/kg. - Coeficientes de combustibilidad de: madera = cartón = 1; polietileno = 1,3. - Coeficientes de activación de las actividades: producción=1; almacenamientos=1,5; oficinas=1. - Densidad de carga de fuego de: producción = 48 Mcal/m2; oficinas = 144 Mcal/m2. - La altura de los dos almacenes es de 7 m.
174
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
SOLUCIÓN: Densidad de carga de fuego ponderada y corregida de:
S-1: QS-1 = 144 Mcal/m2 x 1 = 144 Macl/m2 S-2: QS-2 = 48 Mcal/m2 x 1 = 48 Mcal/m2 S-3: [(150 m2 x 7 m x 0,40 t/m3 x 1000 kg/t x 0,05/[mad] x 4 Mcal/kg x 1) + QS-3 = ____________________________________________________ 150 m2
+ (150 x 7 x 0,40 x 1000 x 0,01 [cartón] x 4 x 1) + _________________________________________ 150
175
Bloque IV: Seguridad contra incendios
+ (150 x 7 x 0,40 x 1000 x 0,01 [poliet] x 10 x 1,3)] x 1,5 ________________________________________________________________________________
=
150
(84.000 + 16.800 + 54.600) x 1,5 Mcal QS-3 =
__________________________________________________________
= 1.554 Mcal/m2
150 m2
S-4: [(10 t x 1000 kg/t x 4 Mcal/kg x 1) + (2t x 1000 kg/t x 4 Mcal/kg x 1)+ QS-4 = _________________________________________________________________________________________ 70 m2 + (2 t x 1000 kg/t x 10 Mcal/kg x 1,3)] x 1,5 ____________________________________________________________________
=
70 m2 (40.000 + 8.000 + 26.000) x 1,5 QS-4 = _____________________________________________ = 1.585 Mcal/m2 70 m2
144 Mcal/m2 x 260 m2 + 48 Mcal/m2 x 1.280 m2 + Edificio: Qe = ______________________________________________________________________ 1.760 m2 1.554 Mcal/m2 x 150 m2 + 1.585 Mcal/m2 x 70m2 _______________________________________________________________ = 251,66 Mcal/m2 1.760 m2 Establecimiento: QE = Qe = 251,66 Mcal/m2
176
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
EJEMPLO 2 Dada la planta de un centro de manipulación hortofrutícola como el de la figura, se pide: 2) Calcular la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida de cada uno de los 3 sectores señalados, de los 2 edificios, y del establecimiento industrial. Consideraciones: -
-
-
-
Todos los cerramientos y compartimentaciones de la industria son de obra, excepto los de las cámaras, que son de panel sándwich de poliuretano de 10 cm de espesor (en paredes y techo). La densidad de estiba del almacén de producto terminado es de 0,30 t /m3, siendo en porcentaje de palés de madera sobre producto almacenado de 5 % y el de cartón del 1 %. La densidad de estiba del almacén de producto de campo es de 0,20 t / m3, siendo en porcentaje de palés de madera sobre producto almacenado de 5 %, y el de cajas de plástico (polietileno) del 5 %. En el almacén de envases y embalajes se almacenan como máximo: 10 t de palés de madera, 4 t de cajas de cartón y otras 5 t de cajas de polietileno.
Datos: -
-
Poder calorífico de: madera = 4 Mcal/kg; polietileno = 10 Mcal/ kg; cartón = 4 Mcal/kg; poliuretano = 6 Mcal/kg. Coef. de combustibilidad de: madera = cartón = 1; polietileno = 1,3; poliuretano = 1. Densidad del poliuretano del panel sándwich = 40 kg/m3. Coeficientes de activación de las actividades: producción = 1; almacenamiento envases = 1,5; almacenamiento en cámaras = 1; oficinas = 1; carga-descarga = 1,5. Densidad de carga de fuego de: producción = muelles = 48 Mcal/m2; oficinas = 144 Mcal/m2. Las cámaras son de: campo (7 x 10 x 7m altura) y proa.term. (13 x 10 x 7 m altura).
177
Bloque IV: Seguridad contra incendios
SOLUCIÓN: Densidad de carga de fuego ponderada y corregida de: S-1: QS-1 = (144 Mcal/m2 x 130 m2 x 1+ 48 Mcal/m2 x 1200 m2 x 1)/1330 = 57,38 Mcal/m2. S-2: QS-2 = {[48 Mcal/m2 x 100 m2] x 1,5 + [(13.650 kg x 4 x 1) + (2.730 kg x 4 x 1) + (1.808 kg x 6 x 1)] x 1 + [(4.900 kg x 4 x 1) + (4.900 x 10 x 1,3) + (1.232 x 6 x 1)] x 1}/ 300 m2 = 580 Mcal/m2. - Palés de madera en cám. prod. terminado = 130 x 7 x 300 x 0,05 = 13.650 kg. - Cajas de cartón en cám. de prod. terminado = 130 x 7 x 300 x 0,01 = 2.730 kg. - Poliuretano en aislamientos de cám. prod. termin. = (130 + 46 x 7) x 0,10 x 40 = 1.808 kg. - Palés de madera en cám. campo = 70 x 7 x 200 x 0,05 = 4.900 kg - Cajas de plástico en cám. de campo = 70 x 7 x 200 x 0,05 = 4.900 kg - Poliuretano en aislamientos de cám. prod. termin. = (70 + 34 x 7) x 0,10 x 40 = 1.232 kg.
178
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
S-3: [(10.000 kg x 4 x 1) + (4000 kg x 4 x 1) + (5000 kg x 10 x 1,3)]x 1,5 QS-3 =
__________________________________________________________________________________________
150 m2
[40.000 + 16.000 + 65.000] x 1,5 QS-3 = ________________________________________________ = 1.210 Mcal/m2 150 m2 Edif. 1: 57,38 Mcal/m2 x 1330 m2 + 580 Mcal/m2 x 300 m2 Qe-1 = _______________________________________________________________ = 153,57 Mcal/m2 1.630 m2
Edif. 2: Qe-2 = QS-3 = 1.210 Mcal/m2 Establecimiento: QE = [153,57 Mcal/m2 x 1.630 m2 + 1.210 Mcal/m2 x 150 m2] / QE = 1.780 m = 242,59 Mcal/m2 2
179
CAPÍTULO 16: REQUISITOS CONSTRUCTIVOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES SEGÚN SU CONFIGURACIÓN, UBICACIÓN Y NIVEL DE RIESGO INTRÍNSECO (ANEXO II RD 2267/04) 1.- Definiciones 2.- Ubicaciones no permitidas de sectores de incendio con actividad industrial 3.- Sectorización de los establecimientos industriales 4.- Materiales 5.- Estabilidad al fuego de los elementos constructivos portantes 6.- Resistencia al fuego de elementos constructivos de cerramiento 7.- Evacuación de los establecimientos industriales 8.- Ventilación y eliminación de humos y gases de la combustión en los edificios industriales 9.- Almacenamientos 10.- Instalaciones técnicas de servicios de los establecimientos industriales. 11.- Riesgo de fuego forestal 1.- Definiciones En este reglamento de seguridad contra incendios se emplean términos que pueden estar sujetos a diferentes interpretaciones. Para evitar interpretaciones diversas, que pueden incluso llegar a ser contradictorias o establecerse en contra del espíritu del texto del reglamento, se establecen las siguientes definiciones para algunos de los términos incluidos en él. A. Fachadas accesibles Tanto el planeamiento urbanístico como las condiciones de diseño y construcción de los edificios, en particular el entorno inmediato, sus accesos, sus huecos en fachada, etc., deben posibilitar y facilitar la intervención de los servicios de extinción de incendios.
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
Las autoridades locales podrán regular las condiciones que estimen precisas para cumplir lo anterior; en ausencia de regulación normativa por las autoridades locales, se puede adoptar las recomendaciones que se indican a continuación. Se consideran fachadas accesibles de un edificio, o establecimiento industrial, aquellas que dispongan de huecos que permitan el acceso desde el exterior al personal del servicio de extinción de incendios. Los huecos de la fachada deberán cumplir las condiciones siguientes: a. Facilitar el acceso a cada una de las plantas del edificio, de forma que la altura del alféizar respecto del nivel de la planta a la que accede no sea mayor que 1,20 m. b. Sus dimensiones horizontal y vertical deben ser al menos 0,80 m y 1,20 m, respectivamente. La distancia máxima entre los ejes verticales de dos huecos consecutivos no debe exceder de 25 m, medida sobre la fachada. c. No se deben instalar en fachada elementos que impidan o dificulten la accesibilidad al interior del edificio a través de dichos huecos, a excepción de los elementos de seguridad situados en los huecos de las plantas cuya altura de evacuación no exceda de nueve m. Además, para considerar como fachada accesible la así definida, deberán cumplirse las condiciones del entorno del edificio y las de aproximación a éste que a continuación se recogen: A. 1. Condiciones del entorno de los edificios a. Los edificios con una altura de evacuación descendente mayor que nueve m deben disponer de un espacio de maniobra apto para el paso de vehículos, que cumpla las siguientes condiciones a lo largo de las fachadas accesibles: 1. Anchura mínima libre: seis m. 2. Altura libre: la del edificio. 3. Separación máxima del edificio: 10 m. 4. Distancia máxima hasta cualquier acceso principal al edificio: 30 m. 5. Pendiente máxima: 10 por ciento. 6. Capacidad portante del suelo: 2000 kp/m2. 7. Resistencia al punzonamiento del suelo: 10 t sobre 20 cm Ø. La condición referida al punzonamiento debe cumplirse en las tapas de registro de las canalizaciones de servicios públicos, sitas en este espacio, cuando sus dimensiones fueran mayores que 0,15 m x 0,15 m, y deberán ceñirse a las especificaciones de la norma UNE-EN 124:1995.
182
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
El espacio de maniobra se debe mantener libre de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros obstáculos. En edificios en manzana cerrada, cuyos únicos accesos y huecos estén abiertos exclusivamente hacia patios o plazas interiores, deberá existir un acceso a estos para los vehículos del servicio de extinción de incendios. Tanto las plazas o patios como los accesos antes citados cumplirán lo ya establecido previamente y lo previsto en el apartado A.2. b. En zonas edificadas limítrofes o interiores a áreas forestales, deben cumplirse las condiciones indicadas en el apartado 10 de este apéndice. A.2. Condiciones de aproximación de edificios Los viales de aproximación hasta las fachadas accesibles de los establecimientos industriales, así como los espacios de maniobra a los que se refiere el apartado anterior, deben cumplir las condiciones siguientes: 1. Anchura mínima libre: cinco m. 2. Altura mínima libre o gálibo: 4,50 m. 3. Capacidad portante del vial: 2000 kp/m2. En los tramos curvos, el carril de rodadura debe quedar delimitado por la traza de una corona circular cuyos radios mínimos deben ser 5,30 m y 12, 50 m, con una anchura libre para circulación de 7,20 m. B. Estructura portante Se entenderá por estructura portante de un edificio la constituida por los siguientes elementos: forjados, vigas, soportes y estructura principal y secundaria de cubierta. C. Estructura principal de cubierta y sus soportes Se entenderá por estructura principal de cubierta y sus soportes la constituida por la estructura de cubierta propiamente dicha (dintel, cercha) y los soportes que tengan como función única sustentarla, incluidos aquellos que, en su caso, soporten además una grúa. A estos efectos, los elementos estructurales secundarios, por ejemplo, correas de cubierta, no serán considerados parte constituyente de la estructura principal de cubierta. D. Cubierta ligera Se calificará como ligera toda cubierta cuyo peso propio no exceda de 100 kg/m2.
183
Bloque IV: Seguridad contra incendios
E. Carga permanente Se interpretará como carga permanente, a los efectos de calificación de una cubierta como ligera, la resultante de tener en cuenta el conjunto formado por la estructura principal de pórticos de cubierta, más las correas y materiales de cobertura. En el caso de existencia de grúas deberá tenerse en cuenta, además, para el cómputo de la carga permanente, el peso propio de la viga carril, así como el de la propia estructura de la grúa sobre la que se mueve el polipasto.
2.- Ubicaciones no permitidas de sectores de incendio con actividad industrial No se permite la ubicación de sectores de incendio con las actividades industriales incluidas en el artículo 2: (Ver Tabla 16.1) a. De riesgo intrínseco alto, en configuraciones de tipo A, según el anexo I. b. De riesgo intrínseco medio, en planta bajo rasante, en configuraciones de tipo A, según el anexo I. c. De riesgo intrínseco, medio, en configuraciones de tipo A, cuando la longitud de su fachada accesible sea inferior a cinco m. d. De riesgo intrínseco medio o bajo, en planta sobre rasante cuya altura de evacuación sea superior a 15 m, en configuraciones de tipo A, según el anexo I. e. De riesgo intrínseco alto, cuando la altura de evacuación del sector en sentido descendente sea superior a 15 m, en configuración de tipo B, según el anexo I. f. De riesgo intrínseco medio o alto, en configuraciones de tipo B, cuando la longitud de su fachada accesible sea inferior a cinco m. g. De cualquier riesgo, en segunda planta bajo rasante en configuraciones de tipo A, de tipo B y de tipo C, según el anexo I. h. De riesgo intrínseco alto A-8, en configuraciones de tipo B, según el anexo I. i. De riesgo intrínseco medio o alto, a menos de 25 m de masa forestal, con franja perimetral permanentemente libre de vegetación baja arbustiva.
3.- Sectorización de los establecimientos industriales Todo establecimiento industrial constituirá, al menos, un sector de incendio cuando adopte las configuraciones de tipo A, tipo B o tipo C, o 184
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
constituirá un área de incendio cuando adopte las configuraciones de tipo D o tipo E, según el anexo I. 3.1. La máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio será la que se indica en la tabla 16.1 TABLA 16.1 Máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio Riesgo intrínseco del sector de incendio Bajo: 1 2 Medio: 3 4 5 Alto: 6 7 8
Configuración del establecimiento Tipo B Tipo C Tipo A 2 2 m m2 m (1) (2) (3) (2) (3) (5) (3) (4) SIN 2.000 6.000 LÍMITE 1.000 4.000 6.000 (1) (2) (3) (2) (3) (3) (4) 500 3.500 5.000 400 3.000 4.000 300 2.500 3.500 (3) (3) (4) 2.000 3.000 No admitido 1.500 2.500 No admitido 2.000
Notas a la tabla 2.1: (1) Si el sector de incendio está situado en primer nivel bajo rasante de calle, la máxima superficie construida admisible es de 400 m2, que puede incrementarse por aplicación de las notas (2) y (3). (2) Si la fachada accesible del establecimiento industrial es superior al 50 por ciento de su perímetro, las máximas superficies construidas admisibles, indicadas en la tabla 2.1, pueden multiplicarse por 1,25. (3) Cuando se instalen sistemas de rociadores automáticos de agua que no sean exigidos preceptivamente por este reglamento (anexo III), las máximas superficies construidas admisibles, indicadas en la tabla 2.1, pueden multiplicarse por 2. (Las notas (2) y (3) pueden aplicarse simultáneamente).
185
Bloque IV: Seguridad contra incendios
(4) En configuraciones de tipo C, si la actividad lo requiere, el sector de incendios puede tener cualquier superficie, siempre que todo el sector cuente con una instalación fija automática de extinción y la distancia a límites de parcelas con posibilidad de edificar en ellas sea superior a 10 m. (5) Para establecimientos industriales de tipo B, de riesgo intrínseco bajo 1, cuya única actividad sea el almacenamiento de materiales de clase A y en el que los materiales de construcción empleados, incluidos los revestimientos, sean de clase A en su totalidad, se podrá aumentar la superficie máxima permitida del sector de incendio hasta 10.000 m2.
3.2. La distribución de los materiales combustibles en las áreas de incendio en configuraciones de tipo D y de tipo E deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Superficie máxima de cada pila: 500 m2. 2. Volumen máximo de cada pila: 3500 m3. 3. Altura máxima de cada pila: 15 m. 4. Longitud máxima de cada pila: 45 m si el pasillo entre pilas es > 2,5 m; 20 m si el pasillo entre pilas es > 1,5 m.
4.- Materiales Las exigencias de comportamiento al fuego de los productos de construcción se definen determinando la clase que deben alcanzar, según la norma UNE-EN 13501-1 para aquellos materiales para los que exista norma armonizada y ya esté en vigor el marcado “CE”. Las condiciones de reacción al fuego aplicable a los elementos constructivos se justificarán: a. Mediante la clase que figura en cada caso, en primer lugar, conforme a la nueva clasificación europea. b. Mediante la clase que figura en segundo lugar entre paréntesis, conforme a la clasificación que establece la norma UNE-23727. Los productos de construcción cuya clasificación conforme a la norma UNE 23727:1990 sea válida para estas aplicaciones podrán seguir siendo utilizados después de que finalice su período de coexistencia, hasta que se establezca una nueva regulación de la reacción al fuego para dichas aplicaciones basada en sus escenarios de riesgo específicos. Para poder acogerse a esta posibilidad, los productos deberán acreditar su clase de 186
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
reacción al fuego conforme a la normativa 23727:1990 mediante un sistema de evaluación de la conformidad equivalente al correspondiente al del marcado “CE” que les sea aplicable.
4.1.- Productos de revestimientos: los productos utilizados como revestimiento o acabado superficial deben ser: En suelos: CFL-s1 (M2) o más favorable. En paredes y techos: C-s3 d0(M2), o más favorable. Los lucernarios que no sean continuos o instalaciones para eliminación de humo que se instalen en las cubiertas serán al menos de clase D-s2d0 (M3) o más favorable. Los materiales de los lucernarios continuos en cubierta serán B-s1d0 (M1) o más favorable. Los materiales de revestimiento exterior de fachadas serán C-s3d0 (M2) o más favorables.
4.2.- Productos incluidos en paredes y cerramientos Cuando un producto que constituya una capa contenida en un suelo, pared o techo sea de una clase más desfavorable que la exigida al revestimiento correspondiente, según el apartado 4.1, la capa y su revestimiento, en su conjunto, serán, como mínimo, EI 30 (RF-30). Este requisito no será exigible cuando se trate de productos utilizados en sectores industriales clasificados según el anexo I como de riesgo intrínseco bajo, ubicados en edificios de tipo B o de tipo C para los que será suficiente la clasificación Ds3 d0 (M3) o más favorable, para los elementos constitutivos de los productos utilizados para paredes o cerramientos.
4.3.- Otros productos Los productos situados en el interior de falsos techos o suelos elevados, tanto los utilizados para aislamiento térmico y para acondicionamiento acústico como los que constituyan o revistan conductos de aire acondicionado o de ventilación, etc., deben ser de clase B-s3 d0 (M1) o más favorable. Los cables deberán ser no propagadores de incendio y con emisión de humo y opacidad reducida.
187
Bloque IV: Seguridad contra incendios
4.4.- La justificación de que un producto de construcción alcanza la clase de reacción al fuego exigida se acreditará mediante ensayo de tipo o certificado de conformidad a normas UNE, emitidos por un organismo de control que cumpla los requisitos establecidos en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. Conforme los distintos productos deban contener con carácter obligatorio el marcado “CE”, los métodos de ensayo aplicables en cada caso serán los definidos en las normas UNE-EN y UNE-EN ISO. La clasificación será conforme con la norma UNE-EN 13501-1.
4.5.- Los productos de construcción pétreos, cerámicos y metálicos, así como los vidrios, morteros, hormigones o yesos, se considerarán de clase A 1 (M0).
5. Estabilidad al fuego de los elementos constructivos portantes Las exigencias de comportamiento ante el fuego de un elemento constructivo portante se definen por el tiempo en minutos, durante el que dicho elemento debe mantener la estabilidad mecánica (o capacidad portante) en el ensayo normalizado conforme a la norma correspondiente de las incluidas en la Decisión 2000/367/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, modificada por la Decisión 2003/629/CE de la Comisión. La estabilidad ante el fuego, exigible a los elementos constructivos portantes en los sectores de incendio de un establecimiento industrial, puede determinarse: 1. Mediante la adopción de los valores que se establecen en este anexo II, apartado 5.1 o más favorable. 2. Por procedimientos de cálculo, analítico o numérico, de reconocida solvencia o justificada validez.
5.1.- La estabilidad al fuego de los elementos estructurales con función portante y escaleras que sean recorrido de evacuación no tendrá un valor inferior al indicado en la tabla 16.2.
188
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
TABLA 16.2 Estabilidad al fuego de elementos estructurales portantes Nivel de riesgo intrínseco Bajo Medio Alto
Tipo A Planta Planta sobre sótano rasante R 120 R 90 (EF-120) (EF-90) No R 120 admitido (EF-120) No No admitido admitido
Tipo B Tipo C Planta Planta Planta Planta sobre sobre sótano sótano rasante rasante R 90 R 60 R 60 R 30 (EF-90) (EF-60) (EF-60) (EF-30) R 120 R 90 R90 R 60 (EF-120) (EF-90) (EF-90) (EF-60) R 180 R 120 R 120 R 90 (EF-180) (EF-120) (EF-120) (EF-90)
Con independencia de la estabilidad al fuego exigida en la tabla 2.2, para los establecimientos industriales ubicados en edificios con otros usos, el valor exigido a sus elementos estructurales no será inferior al exigido al conjunto del edificio en aplicación de la normativa que sea de aplicación.
5.2.- Para la estructura principal de cubiertas ligeras y sus soportes en plantas sobre rasante, no previstas para ser utilizadas en la evacuación de los ocupantes, siempre que se justifique que su fallo no pueda ocasionar daños graves a los edificios o establecimientos próximos, ni comprometan la estabilidad de otras plantas inferiores o la sectorización de incendios implantada y, si su riesgo intrínseco es medio o alto, disponga de un sistema de extracción de humos, se podrán adoptar los valores siguientes: TABLA 16.3 Nivel de riesgo intrínseco Riesgo bajo Riesgo medio Riesgo alto
Tipo B Sobre rasante R 15 (EF-15) R 30 (EF-30) R 60 (EF-60)
Tipo C Sobre rasante No se exige R 15 (EF-15) R 30 (EF-30)
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
Tipologías concretas. 5.2.1.- Cubiertas ligeras en ubicación de tipo A Edificación en altura
La columna “Tipo C, sobre rasante” de la tabla 16.3 será también de aplicación a la estructura principal de cubiertas ligeras en edificios exentos y a una distancia mayor de tres m respecto al límite de parcela colindante, en configuración de tipo A. 5.2.2.- Naves industriales en planta baja
La tabla 16.3 será también de aplicación a las estructuras principales de cubiertas ligeras y sus soportes en edificios en planta baja.
190
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
5.2.3.- Naves industriales con entreplanta
La tabla 16.3 será también de aplicación tanto a la estructura principal de cubiertas ligeras como a los soportes que sustentan una entreplanta, en edificios industriales de tipo B y C, siempre que se cumpla que el 90 por ciento de la superficie del establecimiento, como mínimo, esté en planta baja, y el 10 por ciento, en planta sobre rasante, y se justifique mediante cálculos que la entreplanta puede soportar el fallo de la cubierta, y que los recorridos de evacuación, desde cualquier punto del establecimiento industrial hasta una salida de planta o del edificio, no superen los 25 metros. Para actividades clasificadas de riesgo intrínseco bajo, la entreplanta podrá ser de hasta el 20 por ciento de la superficie total, y los recorridos de evacuación hasta una salida del edificio, de 50 m, siempre que el número de ocupantes sea inferior a 25 personas. 5.2.4.- Naves industriales con puentes grúa
La tabla 16.3 será también de aplicación a las estructuras principales de cubierta ligeras que, en su caso, soporten, además, una grúa (p.ej: grúa pluma o puente grúa), considerada sin carga.
191
Bloque IV: Seguridad contra incendios
5.2.5.- Naves industriales de tipo A con medianerías (edificación en planta baja). A las cubiertas ligeras de los edificios industriales de tipo A con medianerías, será de aplicación lo previsto en el apartado 5.4.
La estructura principal de la cubierta puede adoptar los valores de estabilidad ante el fuego de la tabla 2.3 correspondientes a los valores de establecimiento de tipo B. Esta condición no será aplicable cuando la cubierta sea compartida por dos o más establecimientos industriales distintos. 5.3.- En edificios de una sola planta con cubierta ligera, cuando la superficie total del sector de incendios esté protegida por una instalación de rociadores automáticos de agua y un sistema de evacuación de humos, los valores de la estabilidad al fuego de las estructuras portantes podrán adoptar los siguientes valores:
192
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
TABLA 16.4 Nivel de riesgo intrínseco Riesgo bajo Riesgo medio Riesgo alto
Edificio de una sola planta Tipo A Tipo B Tipo C R 60 (EF-60) No se exige No se exige R 90 (EF-90) R 15 (EF-15) No se exige No admitido R 30 (EF-30) R 15 (EF-1 5)
Nota: cuando, de acuerdo con la tabla 2.3 o la tabla 2.4, esté permitido no justificar la estabilidad al fuego de la estructura, deberá señalizarse en el acceso principal del edificio para que el personal de los servicios de extinción tenga conocimiento de esta particularidad. En los establecimientos industriales de una sola planta, o con zonas administrativas en más de una planta pero compartimentadas del uso industrial según su reglamentación específica, situados en edificios de tipo C, separados al menos 10 m de límites de parcelas con posibilidad de edificar en ellas, no será necesario justificar la estabilidad al fuego de la estructura. 5.4.- La justificación de que un elemento constructivo portante alcanza el valor de estabilidad al fuego exigido se acreditará: a. Por contraste con los valores fijados en el apéndice 1 de la Norma básica de la edificación: condiciones de protección contra incendios en los edificios, en su caso (ahora CTE-DB-SI). b. Mediante marca de conformidad, con normas UNE o certificado de conformidad, con las especificaciones técnicas indicadas en este reglamento. Las marcas de conformidad, certificados de conformidad y ensayos de tipo serán emitidos por un organismo de control que cumpla las exigencias del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. c. Por aplicación de un método de cálculo teórico-experimental de reconocido prestigio.
6.- Resistencia al fuego de elementos constructivos de cerramiento Las exigencias de comportamiento ante el fuego de un elemento constructivo de cerramiento (o delimitador) se definen por los tiempos durante los que dicho elemento debe mantener las siguientes condiciones, durante el ensayo normalizado conforme a la norma que corresponda de las incluidas en la Decisión 2000/367/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, modificada por la Decisión 2003/629/CE de la Comisión:
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a. Capacidad portante R. b. Integridad al paso de llamas y gases calientes E. c. Aislamiento térmico I. Estos tres supuestos se consideran equivalentes en los especificados en la norma UNE 23093. a. Estabilidad mecánica (o capacidad portante). b. Estanqueidad al paso de llamas o gases calientes. c. No emisión de gases inflamables en la cara no expuesta al fuego. d. Aislamiento térmico suficiente para impedir que la cara no expuesta al fuego supere las temperaturas que establece la norma correspondiente.
6.1.- La resistencia al fuego de los elementos constructivos delimitadores de un sector de incendio respecto de otros no será inferior a la estabilidad al fuego exigida en la tabla 16.2, para los elementos constructivos con función portante en dicho sector de incendio.
6.2.- La resistencia al fuego de toda medianería o muro colindante con otro establecimiento será, como mínimo: TABLA 16.5 Riesgo bajo: Riesgo medio: Riesgo alto:
Sin función portante EI 120 EI 180 EI 240
Con función portante REI 120 (RF-120) REI 180 (RF-180) REI 240 (RF-240)
6.3.- Cuando una medianería, un forjado o una pared que compartimente sectores de incendio acometa a una fachada, la resistencia al fuego de esta será, al menos, igual a la mitad de la exigida a aquel elemento constructivo, en una franja cuya anchura será, como mínimo, de un m. Cuando el elemento constructivo acometa en un quiebro de la fachada y el ángulo formado por los dos planos exteriores de aquella sea menor que 135º, la anchura de la franja será, como mínimo, de dos m. La anchura de esta franja debe medirse sobre el plano de la fachada y, en caso de que existan en ella salientes que impidan el paso de las llamas, la anchura podrá reducirse en la dimensión del citado saliente.
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6.4.- Cuando una medianería o un elemento constructivo de compartimentación en sectores de incendio acometa a la cubierta, la resistencia al fuego de ésta será, al menos, igual a la mitad de la exigida a aquel elemento constructivo, en una franja cuya anchura sea igual a un m. Esta franja podrá encontrarse: a. Integrada en la propia cubierta, siempre que se justifique la permanencia de la franja tras el colapso de las partes de la cubierta no resistente. b. Fijada en la estructura de la cubierta, cuando ésta tenga al menos la misma estabilidad al fuego que la resistencia exigida a la franja. c. Formada por una barrera de un m de ancho que justifique la resistencia al fuego requerida y se sitúe por debajo de la cubierta fijada a la medianería. La barrera no se instalará en ningún caso a una distancia mayor de 40 cm de la parte inferior de la cubierta.
La justificación de la resistencia al fuego de dicha franja se realizará mediante ensayo de tipo. Dicho ensayo se realizará en las condiciones finales de uso, incluyendo los soportes o sistemas de sujeción. No obstante, si la medianería o el elemento compartimentador se prolonga un m por encima de la cubierta, como mínimo, no es necesario que la cubierta cumpla la condición anterior.
6.5.- La distancia mínima, medida en proyección horizontal, entre una ventana y un hueco, o lucernario, de una cubierta será mayor de 2,50 m cuando dichos huecos y ventanas pertenezcan a sectores de incendio distintos y la distancia vertical, entre ellos, sea menor de cinco m.
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6.6.- Las puertas de paso entre dos sectores de incendio tendrán una resistencia al fuego, al menos, igual a la mitad de la exigida al elemento que separe ambos sectores de incendio, o bien a la cuarta parte de aquella cuando el paso se realice a través de un vestíbulo previo. Los elementos compartimentadores móviles no serán asimilables a puertas de paso a efectos de la reducción de su resistencia al fuego.
6.7.- Todos los huecos, horizontales o verticales, que comuniquen un sector de incendio con un espacio exterior a él deben ser sellados de modo que mantengan una resistencia al fuego que no será menor de: a. La resistencia al fuego del sector de incendio, cuando se trate de compuertas de canalizaciones de aire de ventilación, calefacción o acondicionamiento de aire. b. La resistencia al fuego del sector de incendio, cuando se trate de sellados de orificios de paso de mazos o bandejas de cables eléctricos. c. Un medio de la resistencia al fuego del sector de incendio, cuando se trate de sellados de orificios de paso de canalizaciones de líquidos no inflamables ni combustibles. d. La resistencia al fuego del sector de incendio, cuando se trate de sellados de orificios de paso de canalizaciones de líquidos inflamables o combustibles. e. Un medio de la resistencia al fuego del sector de incendio, cuando se trate de tapas de registro de patinillos de instalaciones. f. La resistencia al fuego del sector de incendio, cuando se trate de cierres practicables de galerías de servicios comunicadas con el sector de incendios. g. La resistencia al fuego del sector de incendio, cuando se trate de compuertas o pantallas de cierre automático de huecos verticales de manutención, descarga de tolvas o comunicación vertical de otro uso. Cuando las tuberías que atraviesen un sector de incendios estén hechas de material combustible o fusible, el sistema de sellado debe asegurar que el espacio interno que deja la tubería al fundirse o arder también queda sellado. Los sistemas que incluyen conductos, tanto verticales como horizontales, que atraviesen elementos de compartimentación y cuya función no permita el uso de compuertas (extracción de humos, ventilación de vías de evacuación, etc.), deben ser resistentes al fuego o estar adecuadamente protegidos en todo su recorrido con el mismo grado de resistencia al fuego que los elementos atravesados, y ensayados conforme a las normas UNE-EN aplicables.
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No será necesario el cumplimiento de estos requisitos si la comunicación del sector de incendio a través del hueco es al espacio exterior del edificio, ni en el caso de tuberías de agua a presión, siempre que el hueco de paso esté ajustado a ellas.
6.8.- La resistencia al fuego del cerramiento que delimita un establecimiento de tipo D (excepto los de riesgo bajo 1), respecto a límites de parcelas con posibilidad de edificar en ellas, debe ser como mínimo EI 120, a no ser que la actividad se realice a una distancia igual o mayor que cinco m de aquel o que la normativa urbanística aplicable garantice dicha distancia entre el área de incendio y el lindero. 6.9.- La justificación de que un elemento constructivo de cerramiento alcanza el valor de resistencia al fuego exigido se acreditará: a. Por contraste con los valores fijados en el apéndice 1 de la Norma básica de la edificación: condiciones de protección contra incendios en los edificios, o en la normativa de aplicación en su caso (ahora CTE-DB-SI). b. Mediante marca de conformidad con normas UNE o certificado de conformidad o ensayo de tipo con las normas y especificaciones técnicas indicadas en el anexo IV de este reglamento. Las marcas de conformidad, certificados de conformidad y ensayos de tipo serán emitidos por un organismo de control que cumpla las exigencias del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.
7.- Evacuación de los establecimientos industriales 7.1.- Para la aplicación de las exigencias relativas a la evacuación de los establecimientos industriales, se determinará su ocupación, P, deducida de las siguientes expresiones: P = 1,10 p, cuando p < 100. P = 110 + 1,05 (p – 100), cuando 100 < p < 200. P = 215 + 1,03 (p – 200), cuando 200 < p < 500. P = 524 + 1,01 (p – 500), cuando 500 < p. Donde p representa el número de personas que ocupa el sector de incendio, de acuerdo con la documentación laboral que legalice el funcionamiento de la actividad.
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Los valores obtenidos para P, según las anteriores expresiones, se redondearán al entero inmediatamente superior. 7.2.- Cuando en un edificio de tipo A coexistan actividades industriales y no industriales, la evacuación de los espacios ocupados por todos los usos que se realice a través de los elementos comunes debe satisfacer las condiciones establecidas en la Norma básica de la edificación (ahora CTEDB-SI): condiciones de protección contra incendios en los edificios o en la normativa equivalente que sea de aplicación, o en el apartado 7.3, en el caso de que todos los establecimientos sean de uso industrial. La evacuación del establecimiento industrial podrá realizarse por elementos comunes del edificio, siempre que el acceso a estos se realice a través de un vestíbulo previo. Si el número de empleados del establecimiento industrial es superior a 50 personas, deberá contar con una salida independiente del resto del edificio.
7.3.- La evacuación de los establecimientos industriales que estén ubicados en edificios de tipo B (según el anexo I) debe satisfacer las condiciones expuestas a continuación. La referencia en su caso a los artículos que se citan de la Norma básica de la edificación (ahora CTE-DB-SI 3): condiciones de protección contra incendios en los edificios se entenderá a los efectos de definiciones, características generales, cálculo, etc., cuando no se concreten valores o condiciones específicas. 1. Elementos de la evacuación: origen de evacuación, recorridos de evacuación, altura de evacuación, rampas, ascensores, escaleras mecánicas, rampas y pasillos móviles y salidas se definen de acuerdo con el artículo 7 de la NBE-CPI/96, apartado 7.1, subapartados 7.1.1, 7.1.2, 7.1.3, 7.1.4, 7.1.5 y 7.1.6, respectivamente (ahora CTE-DB-SI 3). 2. Número y disposición de las salidas: además de tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 7 de la NBE-CPI/96, apartado 7.2 (ahora CTE-DB-SI 3), se ampliará lo siguiente: Los establecimientos industriales clasificados, de acuerdo con el anexo I de este reglamento, como de riesgo intrínseco alto deberán disponer de dos salidas alternativas. Los de riesgo intrínseco medio deberán disponer de dos salidas cuando su número de empleados sea superior a 50 personas. Las distancias máximas de los recorridos de evacuación de los sectores
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de incendio de los establecimientos industriales no superarán los valores indicados en el siguiente cuadro y prevalecerán sobre las establecidas en el artículo 7.2 de la NBE/CPI/96 (ahora CTE-DB-SI 3): TABLA 16.6 Longitud del recorrido de evacuación según el número de salidas Riesgo 1 salida recorrido único 2 salidas alternativas Bajo(*) 35 m(**) 50 m Medio 25 m(***) 50 m Alto --------25 m (*) Para actividades de producción o almacenamiento clasificadas como riesgo bajo nivel 1, en las que se justifique que los materiales implicados sean exclusivamente de clase A y los productos de construcción, incluidos los revestimientos, sean igualmente de clase A, podrá aumentarse la distancia máxima de recorridos de evacuación hasta 100 m. (**) La distancia se podrá aumentar a 50 m si la ocupación es inferior a 25 personas. (***) La distancia se podrá aumentar a 35 m si la ocupación es inferior a 25 personas. En las zonas de los sectores cuya actividad impide la presencia de personal (por ejemplo, almacenes de operativa automática), los requisitos de evacuación serán de aplicación a las zonas de mantenimiento. Esta particularidad deberá ser justificada. 3. Disposición de escaleras y aparatos elevadores: de acuerdo con el artículo 7 de la NBE-CPI/96, apartado 7.3, subapartados 7.3.1, párrafos a) y c), 7.3.2, y 7.3.3 (ahora CTE-DB-SI 3). Las escaleras que se prevean para evacuación descendente serán protegidas, conforme al apartado 10.1 de la NBE/CPI/96 (ahora CTE-DB-SI 3), cuando se utilicen para la evacuación de establecimientos industriales que, en función de su nivel de riesgo intrínseco, superen la altura de evacuación siguiente: Riesgo alto: 10 m. Riesgo medio: 15 m. Riesgo bajo: 20 m. Las escaleras para evacuación ascendente serán siempre protegidas. 4. Dimensionamiento de salidas, pasillos y escaleras: de acuerdo con el artículo 7 de la NBE-CPI/96, apartado 7.4, subapartados 7.4.1, 7.4.2 y 7.4.3 (ahora CTE-DB-SI 3).
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5. Características de las puertas: de acuerdo con el artículo 8 de la NBECPI/96, apartado 8.1. No serán aplicables estas condiciones a las puertas de las cámaras frigoríficas. (Ahora CTE-DB-SI 3). 6. Características de los pasillos: de acuerdo en el artículo 8 de la NBECPI/96, apartado 8.2.b). (Ahora CTE-DB-SI 3). 7. Características de las escaleras: de acuerdo con el artículo 9 de la NBE-CPI/96, párrafos a), b), c), d) y e). (Ahora CTE-DB-SI 3). 8. Características de los pasillos y de las escaleras protegidos y de los vestíbulos previos: de acuerdo con el artículo 10 de la NBE-CPI/96, apartados 10.1, 10.2 y 10.3. (Ahora CTE-DB-SI 3). 9. Señalización e iluminación: de acuerdo con el artículo 12 de la NBECPI/96, apartados 12.1, 12.2 y 12.3; además, deberán cumplir lo dispuesto en el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril. (Ahora CTE-DB-SI 3).
7.4.- La evacuación de los establecimientos industriales que estén ubicados en edificios de tipo C (según el anexo I) debe satisfacer las condiciones siguientes: 1. Elementos de evacuación: se definen como en el apartado 7.3.1 de este anexo. 2. Número y disposición de las salidas: como en el apartado 7.3.2 de este anexo. 3. Disposición de escaleras y aparatos elevadores: como en el apartado 7.3.3 de este anexo. 4. Dimensionamiento de salidas, pasillos y escaleras: como en el apartado 7.3.4 de este anexo. 5. Características de las puertas: como en el apartado 7.3.5 de este anexo, excepto que se permiten como puertas de salida las deslizantes, o correderas, fácilmente operables manualmente. 6. Características de los pasillos: como en el apartado 7.3.6 de este anexo. 7. Características de las escaleras: como en el apartado 7.3.7 de este anexo. 8. Características de los pasillos y de las escaleras protegidos y de los vestíbulos previos: como en el apartado 7.3.8 de este anexo. 9. Señalización e iluminación: como en el apartado 7.3.9 de este anexo.
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7.5.- Las disposiciones en materia de evacuación y señalización en los establecimientos industriales que estén ubicados en configuraciones de tipo D y E serán conformes a lo dispuesto en el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, y en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, y cumplirán, además, los requisitos siguientes: Anchura de la franja perimetral: la altura de la pila y como mínimo 5 m. Anchura para caminos de acceso de emergencia: 4,5 m. Separación máxima entre caminos de emergencia: 65 m. Anchura mínima de pasillos entre pilas: 1,5 m.
8.- Ventilación y eliminación de humos y gases de la combustión en los edificios industriales La eliminación de los humos y gases de la combustión, y, con ellos, del calor generado, de los espacios ocupados por sectores de incendio de establecimientos industriales debe realizarse de acuerdo con la tipología del edificio en relación con las características que determinan el movimiento del humo. 8.1.- Dispondrán de sistema de evacuación de humos: a. Los sectores con actividades de producción: 1. De riesgo intrínseco medio y superficie construida > 2000 m2 2. De riesgo intrínseco alto y superficie construida >1000 m2 b. Los sectores con actividades de almacenamiento: 1. De riesgo intrínseco medio y superficie construida > 1000 m2 2. De riesgo intrínseco alto y superficie construida > 800 m2 Para naves de menor superficie, se podrán aplicar los siguientes valores mínimos de la superficie aerodinámica de evacuación de humos: a. Los sectores de incendio con actividades de producción, montaje, transformación, reparación y otras distintas al almacenamiento si: 1. Están situados en planta bajo rasante y su nivel de riesgo intrínseco es alto o medio, a razón de un mínimo de superficie aerodinámica de 0,5 m2/150 m2 o fracción. 2. Están situados en cualquier planta sobre rasante y su nivel de riesgo intrínseco es alto o medio, a razón de un mínimo de superficie aerodinámica de 0,5 m2 /200 m2 o fracción. b. Los sectores de incendio con actividades de almacenamiento si:
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1. Están situados en planta bajo rasante y su nivel de riesgo intrínseco es alto o medio, a razón de un mínimo de superficie aerodinámica de 0,5 m2/100 m2 o fracción. 2. Están situados en cualquier planta sobre rasante y su nivel de riesgo intrínseco es alto o medio, a razón de un mínimo de superficie aerodinámica de 0,5 m2/150 m2 o fracción. La ventilación será natural a no ser que la ubicación del sector lo impida; en tal caso, podrá ser forzada. Los huecos se dispondrán uniformemente repartidos en la parte alta del sector, ya sea en zonas altas de fachada o cubierta. Los huecos deberán ser practicables de manera manual o automática. Deberá disponerse, además, de huecos para entrada de aire en la parte baja del sector, en la misma proporción de superficie requerida para los de salida de humos, y se podrán computar los huecos de las puertas de acceso al sector.
8.2.- El diseño y ejecución de los sistemas de control de humos y calor se realizará de acuerdo a lo especificado en la norma UNE-23.585. En casos debidamente justificados se podrá utilizar otra normativa internacional de reconocido prestigio.
9.- Almacenamientos Los almacenamientos se caracterizan por los sistemas de almacenaje, cuando se realizan en estanterías metálicas. Se clasifican en autoportantes o independientes, que, en ambos casos, podrá ser automáticos y manuales. 1. Sistema de almacenaje autoportante. Soportan, además de la mercancía almacenada, los cerramientos de fachada y la cubierta, y actúan como una estructura de cubierta. 2. Sistema de almacenaje independiente. Solamente soportan la mercancía almacenada y son elementos estructurales desmontables e independientes de la estructura de cubierta. 3. Sistema de almacenaje automático. Las unidades de carga que se almacenan se transportan y elevan mediante una operativa automática, sin presencia de personas en el almacén. 4. Sistema de almacenaje manual. Las unidades de carga que se almacenan se transportan y elevan mediante operativa manual, con presencia de personas en el almacén.
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9.1.- Sistema de almacenaje en estanterías metálicas. Requisitos 1. Los materiales de bastidores, largueros, paneles metálicos, cerchas, vigas, pisos metálicos y otros elementos y accesorios metálicos que componen el sistema deben ser de acero de la clase A1 (M0) (ver apartado 3 de este anexo). 2. Los revestimientos pintados con espesores inferiores a 100 µ deben ser de la clase Bs3d0 (M1). Este revestimiento debe ser un material no inflamable, debidamente acreditado por un laboratorio autorizado mediante ensayos realizados según norma. 3. Los revestimientos zincados con espesores inferiores a 100 µ deben ser de la clase Bs3d0 (M1). 4. Para la estructura principal de sistemas de almacenaje con estanterías metálicas sobre rasante o bajo rasante sin sótano se podrán adoptar los valores siguientes: TABLA 16.7 Sistema de almacenaje autoportante operado manual o automáticamente Nivel de Tipo A Tipo B Tipo C riesgo Rociadores automáticos de Rociadores automáticos Rociadores intrínagua de agua automáticos de agua seco NO SÍ NO SÍ NO SÍ Riesgo No se R15(EF-15). No se exige. No se exige. No se exige. No se exige. bajo exige. Riesgo No se R30(EF-30). R15(EF-15). R15(EF-15). No se exige. No se exige. medio exige. Riesgo No se R30(EF-30). R15(EF-15). R15(EF-15). alto exige.
5. La evacuación en los establecimientos industriales con sistemas de almacenaje independientes o autoportantes operados manualmente será la misma que la especificada en el apartado 7 y subapartados siguientes de este anexo. 6. La evacuación en los establecimientos industriales con sistemas de almacenaje independientes o autoportantes operados automáticamente será la misma que la especificada en el apartado 7 y subapartados siguientes de este anexo y aplicable solamente en las zonas destinadas a mantenimiento que es la única zona donde puede existir presencia de personas.
9.2.- Los sistemas de almacenaje en estanterías metálicas operadas manualmente deben cumplir los requisitos siguientes: a. En el caso de disponer de sistema de rociadores automáticos, respetar las holguras para el buen funcionamiento del sistema de extinción. 203
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b. Las dimensiones de las estanterías no tendrán más limitación que la correspondiente al sistema de almacenaje diseñado. c. Los pasos longitudinales y los recorridos de evacuación deberán tener una anchura libre igual o mayor que un m. d. Los pasos transversales entre estanterías deberán estar distanciados entre sí en longitudes máximas de 10 m para almacenaje manual y 20 m para almacenaje mecanizado, longitudes que podrán duplicarse si la ocupación en la zona de almacén es inferior a 25 personas. El ancho de los pasos será igual al especificado en el párrafo c).
9.3.- Los sistemas de almacenaje en estanterías metálicas operadas automáticamente deben cumplir los párrafos a) y b) del apartado anterior, además de los requisitos siguientes: a. Estar ancladas sólidamente al suelo. b. Disponer de toma de tierra. c. Desde la parte superior de la mercancía almacenada deberá existir un hueco mínimo libre hasta el techo de un m. Nota: los requisitos constructivos de los sistemas se complementan con lo especificado en el resto de apartados de este anexo.
10.- Instalaciones técnicas de servicios de los establecimientos industriales Las instalaciones de los servicios eléctricos (incluyendo generación propia, distribución, toma, cesión y consumo de energía eléctrica), las instalaciones de energía térmica procedente de combustibles sólidos, líquidos o gaseosos (incluyendo almacenamiento y distribución del combustible, aparatos o equipos de consumo y acondicionamiento térmico), las instalaciones frigoríficas, las instalaciones de empleo de energía mecánica (incluyendo generación, almacenamiento, distribución y aparatos o equipos de consumo de aire comprimido) y las instalaciones de movimiento de materiales, manutención y elevadores de los establecimientos industriales cumplirán los requisitos establecidos por los reglamentos vigentes que específicamente las afectan. En los establecimientos industriales existentes, estas instalaciones pueden continuar según la normativa aplicable en el momento de su implantación, mientras queden amparadas por ella. En el caso de que los cables eléctricos alimenten a equipos que deban permanecer en funcionamiento durante un incendio, deberán estar protegidos
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para mantener la corriente eléctrica durante el tiempo exigible a la estructura de la nave en que se encuentre.
11.- Riesgo de fuego forestal La ubicación de industrias en terrenos colindantes con el bosque origina riesgo de incendio en una doble dirección: peligro para la industria, puesto que un fuego forestal la puede afectar, y peligro de que un fuego en una industria pueda originar un fuego forestal. La zona edificada o urbanizada debe disponer preferentemente de dos vías de acceso alternativas, cada una de las cuales debe cumplir las condiciones de aproximación a los edificios (ver apartado A.2.). Cuando no se pueda disponer de las dos vías alternativas indicadas, el acceso único debe finalizar en un fondo de saco, de forma circular, de 12,5 m de radio. Los establecimientos industriales de riesgo medio y alto ubicados cerca de una masa forestal han de mantener una franja perimetral de 25 m de anchura permanentemente libre de vegetación baja y arbustiva con la masa forestal esclarecida y las ramas bajas podadas. En lugares de viento fuerte y de masa forestal próxima se ha de aumentar la distancia establecida en un 100 %, al menos en las direcciones de los vientos predominante.
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CAPÍTULO 17: REQUISITOS DE LAS INSTALACIONES DE PCI EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES (ANEXO III RD 2267/04) 1.- Cumplimiento del RD 1942/93 por aparatos, equipos, sistemas y componentes. 2.- Cumplimiento del RD 1942/93 por instaladores y mantenedores. 3.- Sistemas automáticos de detección de incendio. 4.- Sistemas manuales de alarma de incendio. 5.- Sistemas de comunicación de alarma. 6.- Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios. 7.- Sistemas de hidrantes exteriores. 8.- Extintores de incendio. 9.- Sistemas de bocas de incendio equipadas. 10.-Sistemas de columna seca. 11.- Sistemas de rociadores automáticos de agua. 12.-Sistemas de agua pulverizada. 13.-Sistemas de espuma física. 14.-Sistemas de extinción por polvo. 15.-Sistemas de extinción por agentes extintores gaseosos. 16.-Sistemas de alumbrado de emergencia. 17.-Señalización. 1.- Cumplimiento del RD 1942/93 por aparatos, equipos, sistemas y componentes Todos los aparatos, equipos, sistemas y componentes de las instalaciones de protección contra incendios de los establecimientos industriales, así como el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de sus instalaciones, cumplirán lo preceptuado en el Reglamento de instalaciones de protección contraincendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y en la Orden de 16 de abril de 1998, sobre normas de procedimiento y desarrollo de aquel. 207
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2.- Cumplimiento del RD 1942/93 por instaladores y mantenedores Los instaladores y mantenedores de las instalaciones de protección contra incendios, a que se refiere el apartado anterior, cumplirán los requisitos que, para ellos, establece el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y disposiciones que lo complementan.
3.- Sistemas automáticos de detección de incendio 3.1 Se instalarán sistemas automáticos de detección de incendios en los sectores de incendio de los establecimientos industriales cuando en ellos se desarrollen: a. Actividades de producción, montaje, transformación, reparación u otras distintas al almacenamiento si: 1. Están ubicados en edificios de tipo A y su superficie total construida es de 300 m2 o superior. 2. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 2.000 m2 o superior. 3. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior. 4. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 3.000 m2 o superior. 5. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 2.000 m2 o superior. b. Actividades de almacenamiento si: 1. Están ubicados en edificios de tipo A y su superficie total construida es de 150 m2 o superior. 2. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior. 3. Están ubicados en edificios tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 500 m2 o superior. 4. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1.500 m2 o superior. 5. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 800 m2 o superior. NOTA: cuando es exigible la instalación de un sistema automático de detección de incendio y las condiciones del diseño (apartado 1 de este anexo) den lugar al uso de detectores térmicos, aquella podrá sustituirse por una instalación de rociadores automáticos de agua.
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4.- Sistemas manuales de alarma de incendio 4.1 Se instalarán sistemas manuales de alarma de incendio en los sectores de incendio de los establecimientos industriales cuando en ellos se desarrollen: a. Actividades de producción, montaje, transformación, reparación u otras distintas al almacenamiento, si: 1. Su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior, o 2. No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de incendios, según el apartado 3.1 de este anexo. b. Actividades de almacenamiento, si: 1. Su superficie total construida es de 800 m2 o superior, o 2. No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de incendios, según el apartado 3.1 de este anexo. 4.2 Cuando sea requerida la instalación de un sistema manual de alarma de incendio, se situará, en todo caso, un pulsador junto a cada salida de evacuación del sector de incendio, y la distancia máxima a recorrer desde cualquier punto hasta alcanzar un pulsador no debe superar los 25 m.
5.- Sistemas de comunicación de alarma 5.1 Se instalarán sistemas de comunicación de alarma en todos los sectores de incendio de los establecimientos industriales, si la suma de la superficie construida de todos los sectores de incendio del establecimiento industrial es de 10.000 m2 o superior. 5.2 La señal acústica transmitida por el sistema de comunicación de alarma de incendio permitirá diferenciar si se trata de una alarma por “emergencia parcial” o por “emergencia general”, y será preferente el uso de un sistema de megafonía.
6.- Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios 6.1 Se instalará un sistema de abastecimiento de agua contra incendios (“red de agua contra incendios”), si: a. Lo exigen las disposiciones vigentes que regulan actividades industriales sectoriales o específicas, de acuerdo con el artículo 1 de este reglamento. b. Cuando sea necesario para dar servicio, en las condiciones de caudal, presión y reserva calculados, a uno o varios sistemas de lucha contra incendios, tales como:
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Red de bocas de incendio equipadas (BIE) Red de hidrantes exteriores Rociadores automáticos Agua pulverizada Espuma Cuando en una instalación de un establecimiento industrial coexistan varios de estos sistemas, el caudal y reserva de agua se calcularán considerando la simultaneidad de operación mínima que a continuación se establece, y que se resume en la tabla adjunta (17.1): - Sistemas de BIE e hidrantes: [1] + [2] caso (a) Edificios con plantas al nivel de rasante solamente: Caudal de agua requerido por el sistema de hidrantes (QH ). Reserva de agua necesaria para el sistema de hidrantes (RH ). [1] + [2] caso (b) Edificios con plantas sobre rasante: Suma de caudales requeridos para BIE (QB ) y para hidrantes (QH ). Suma de reserva de agua necesaria para BIE (RB ) y para hidrantes (RH ). - Sistemas de BIE y de rociadores automáticos [1] + [3]: Caudal de agua requerido para rociadores automáticos (QRA ). Reserva de agua necesaria para rociadores automáticos (RRA ). - Sistemas de BIE, de hidrantes y de rociadores automáticos [1] + [2] + [3]: Suma de caudales del 50% requerido para hidrantes (0,5 QH ) según tabla del apartado 7.3, y el requerido para rociadores automáticos (QRA ). Suma del 50% de la reserva de agua necesaria para hidrantes (0,5 RH ) y la necesaria para rociadores automáticos (RRA ). - Sistemas de hidrantes y de rociadores automáticos [2] + [3]: El caudal mínimo exigible será el necesario para el sistema que requiere el mayor caudal. La reserva mínima exigible será la necesaria para la instalación del sistema que requiera la mayor reserva de agua. - Sistemas de hidrantes y de agua pulverizada [2] + [4]: El caudal mínimo exigible será el necesario para la instalación del sistema que requiera el mayor caudal. La reserva mínima exigible será la necesaria para la instalación del sistema que requiera la mayor reserva de agua. - Sistemas de hidrantes y de espuma [2] + [5]: El caudal mínimo exigible será el necesario para la instalación del sistema que requiera el mayor caudal. La reserva mínima exigible será la necesaria para la instalación del sistema que requiera la mayor reserva de agua.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
- Sistemas de hidrantes, de agua pulverizada y de espuma [2] + [4] + [5]: Suma de caudales requeridos para agua pulverizada (QAP ) y para espuma (QE ), y en todo caso, como mínimo, el caudal de hidrantes. Suma de reservas de agua necesaria para agua pulverizada (RAP ) y para espuma (RE ) que, en todo caso, será la reserva necesaria para el sistema de hidrantes. - Sistemas de rociadores automáticos y de agua pulverizada [3] + [4]: El caudal mínimo exigible será el necesario para el sistema que requiera el mayor caudal. La reserva mínima exigible será la necesaria para la instalación del sistema que requiera la mayor reserva de agua. - Sistemas de rociadores automáticos y de espuma [3] + [5]: El caudal mínimo exigible será el necesario para la instalación del sistema que requiera mayor caudal. La reserva mínima exigible será la necesaria para la instalación del sistema que requiera la mayor reserva de agua - Sistemas de agua pulverizada y de espuma [4] + [5]: Suma de caudal requerido para agua pulv. (QAP ) y para espuma (QE ). Suma de res. de agua necesaria para agua pulv. (RAP ) y para esp (RE ). TABLA 17.1. Resumen para el cálculo del caudal (q) y reserva (r) de agua cuando en una instalación coexisten varios sistemas de extinción
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
TABLA 17.2. Categoría de abastecimiento (según norma UNE 23.500) Se adoptará conforme a los sistemas de extinción instalados BIE Categoría III Hidrantes Categoría II Agua pulverizada Categoría I Espuma Categoría I Rociadores automáticos (según Norma UNE-EN 12845)
7.- Sistemas de hidrantes exteriores 7.1 Necesidades Se instalará un sistema de hidrantes exteriores si: a. Lo exigen las disposiciones vigentes que regulan actividades industriales sectoriales o específicas, de acuerdo con el artículo 1 de este reglamento. b. Concurren las circunstancias que se reflejan en la tabla siguiente: TABLA 17.3. Hidrantes exteriores en función de la configuración de la zona, su superficie construida y su nivel de riesgo intrínseco Superficie Riesgo intrínseco Configuración del sector o de la zona área de incendio Bajo Medio Alto de incendio (m2) ≥300 NO SÍ A ≥1.000 SÍ* SÍ ≥1.000 NO NO SÍ B ≥2.500 NO SÍ SÍ ≥3.500 SÍ SÍ SÍ ≥2.000 NO NO SÍ C ≥3.500 NO SÍ SÍ ≥5.000 SÍ SÍ DoE ≥15.000 SÍ SÍ SÍ Nota: cuando se requiera un sistema de hidrantes, la instalación debe proteger todas las zonas de incendio que constituyen el establecimiento industrial. * No es necesario cuando el riesgo es bajo 1 (tabla 15.3). 7.2 Implantación El número de hidrantes exteriores que deben instalarse se determinará haciendo que se cumplan las condiciones siguientes:
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
a. La zona protegida por cada uno de ellos es la cubierta por un radio de 40 m, medidos horizontalmente desde el emplazamiento del hidrante. b. Al menos uno de los hidrantes (situado, a ser posible, en la entrada) deberá tener una salida de 100 mm. c. La distancia entre el emplazamiento de cada hidrante y el límite exterior del edificio o zona protegidos, medida perpendicularmente a la fachada, debe ser al menos de cinco m. Si existen viales que dificulten cumplir con estas distancias, se justificarán las realmente adoptadas. d. Cuando, por razones de ubicación, las condiciones locales no permitan la realización de la instalación de hidrantes exteriores deberá justificarse razonada y fehacientemente. 7.3 Caudal requerido y autonomía Las necesidades de agua para proteger cada una de las zonas (áreas o sectores de incendio) que requieren un sistema de hidrantes se hará de acuerdo con los valores de la siguiente tabla: Tabla 17.4. Necesidades de agua para hidrantes exteriores Configuración Nivel de riesgo intrínseco del Bajo Medio Alto establecimiento industrial Caudal Auton. Caudal Auton. Caudal Auton. Tipo (I/min) (min) (I/min) (min) (I/min) (min) A 500 30 1.000 60 B 500 30 1.000 60 1.000 90 C 500 30 1.500 60 2.000 90 DyE 1.000 30 2.000 60 3.000 90 Notas: 1) Cuando en un establecimiento industrial, constituido por configuraciones de tipo C, D o E, existan almacenamientos de productos combustibles en el exterior, los caudales indicados en la tabla se incrementarán en 500 l/min. 2) La presión mínima en las bocas de salida de los hidrantes será de cinco bar cuando se estén descargando los caudales indicados. 3) Para establecimientos para los que por su ubicación esté justificada la no realización de una instalación específica, si existe red pública de hidrantes, deberá indicarse en el proyecto la situación del hidrante más próximo y la presión mínima garantizada.
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
8.- Extintores de incendio 8.1.- Se instalarán extintores de incendio portátiles en todos los sectores de incendio de los establecimientos industriales. Nota: en las zonas de los almacenamientos operados automáticamente, en los que la actividad impide el acceso de personas, podrá justificarse la no instalación de extintores El agente extintor utilizado será seleccionado de acuerdo con la tabla I-1 del apéndice 1 del Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre. Cuando en el sector de incendio coexistan combustibles de la clase A y de la clase B, se considerará que la clase de fuego del sector de incendio es A o B cuando la carga de fuego aportada por los combustibles de clase A o de clase B, respectivamente, sea, al menos, el 90% de la carga de fuego del sector. En otro caso, la clase de fuego del sector de incendio se considerará A-B. 8.2.- Si la clase de fuego del sector de incendio es A o B, se determinará la dotación de extintores del sector de incendio de acuerdo con la tabla 3.1 o con la tabla 3.2, respectivamente. Si la clase de fuego del sector de incendio es A-B, se determinará la dotación de extintores del sector de incendio sumando los necesarios para cada clase de fuego (A y B), evaluados independientemente, según la tabla 3.1 y la tabla 3.2, respectivamente. Cuando en el sector de incendio existan combustibles de clase C que puedan aportar una carga de fuego que sea, al menos, el 90% de la carga de fuego del sector, se determinará la dotación de extintores de acuerdo con la reglamentación sectorial específica que les afecte. En otro caso, no se incrementará la dotación de extintores si los necesarios por la presencia de otros combustibles (A y/o B) son aptos para fuegos de clase C. Cuando en el sector de incendio existan combustibles de clase D, se utilizarán agentes extintores de características específicas adecuadas a la naturaleza del combustible, que podrán proyectarse sobre el fuego con extintores, o medios manuales, de acuerdo con la situación y las recomendaciones particulares del fabricante del agente extintor.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
TABLA 17.5. Determinación de la dotación de extintores portátiles en sectores de incendio con carga de fuego aportada por combustibles clase A Grado de riesgo Eficacia intrínseco del Área máxima protegida mínima sector del sector de incendio del extintor de incendio Bajo
21 A
Hasta 600 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción, en exceso)
Medio
21 A
Hasta 400 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción, en exceso)
Alto
34 A
Hasta 300 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción, en exceso)
TABLA 17.6. Determinación de la dotación de extintores portátiles en sectores de incendio con carga de fuego aportada por combustibles clase b Volumen máximo, V (1), de combustibles líquidos en el sector de incendio (1) (2) V ≤ 20
20
50
Eficacia mínima del 113 B 113 B 144 B 233 B extintor Notas: (1) Cuando más del 50% del volumen de los combustibles líquidos, V, esté contenido en recipientes metálicos perfectamente cerrados, la eficacia mínima del extintor puede reducirse a la inmediatamente anterior de la clase B, según la Norma UNE-EN 3-7. (2) Cuando el volumen de combustibles líquidos en el sector de incendio, V, supere los 200 l, se incrementará la dotación de extintores portátiles con extintores móviles sobre ruedas, de 50 kg de polvo BC, o ABC, a razón de: Un extintor, si: 200 l < V ≥ 750 l. Dos extintores, si: 750 l < V ≥ 2000 l. Si el volumen de combustibles de clase B supera los 2000 l, se determinará la protección del sector de incendio de acuerdo con la reglamentación sectorial específica que lo afecte. 8.3 No se permite el empleo de agentes extintores conductores de la electricidad sobre fuegos que se desarrollan en presencia de aparatos, cuadros, conductores y otros elementos bajo tensión eléctrica superior a 24 V. La protección de estos se realizará con extintores de dióxido de carbono, o 215
Bloque IV: Seguridad contra incendios
polvo seco BC o ABC, cuya carga se determinará según el tamaño del objeto protegido con un valor mínimo de cinco kg de dióxido de carbono y seis kg de polvo seco BC o ABC. 8.4 El emplazamiento de los extintores portátiles de incendio permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio y su distribución será tal que el recorrido máximo horizontal, desde cualquier punto del sector de incendio hasta el extintor, no supere 15 m. 8.5 Se instalarán extintores portátiles en todas las áreas de incendio de los establecimientos industriales (de tipo D y tipo E), excepto en las áreas cuyo nivel de riesgo intrínseco sea bajo 1. La dotación estará de acuerdo con lo establecido en los apartados anteriores, excepto el recorrido máximo hasta uno de ellos, que podrá ampliarse a 25 m.
9.- Sistemas de bocas de incendio equipadas 9.1 Se instalarán sistemas de bocas de incendio equipadas en los sectores de incendio de los establecimientos industriales si: a. Están ubicados en edificios de tipo A y su superficie total construida es de 300 m2 o superior. b. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 500 m2 o superior. c. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 200 m2 o superior. d. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1000 m2 o superior. e. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 500 m2 o superior. f. Son establecimientos de configuraciones de tipo D o E, su nivel de riesgo intrínseco es alto y la superficie ocupada es de 5.000 m2 o superior. Nota: en las zonas de los almacenamientos operados automáticamente, en los que la actividad impide el acceso de personas, podrá justificarse la no instalación de bocas de incendio equipadas. 9.2 Tipo de BIE y necesidades de agua. Además de los requisitos establecidos en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, para su disposición y características se cumplirán las siguientes condiciones hidráulicas:
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
TABLA 17.7 Nivel de riesgo intrínseco Tipo de Tiempo de del establecimiento Simultaneidad BIE autonomía industrial DN 25 Bajo 2 60 min mm DN 45 Medio 2 60 min mm* DN 45 Alto 3 90 min mm* * Se admitirá BIE 25 mm como toma adicional del 45 mm, y se considerará, a los efectos de cálculo hidráulico, como BIE de 45 mm. El caudal unitario será el correspondiente a aplicar a la presión dinámica disponible en la entrada de la BIE, cuando funcionen simultáneamente el número de BIE indicado, el factor “K” del conjunto, proporcionado por el fabricante del equipo. Los diámetros equivalentes mínimos serán 10 mm para BIE de 25 y 13 mm para las BIE de 45 mm. Se deberá comprobar que la presión en la boquilla no sea inferior a dos bar ni superior a cinco bar y, si fuera necesario, se dispondrán dispositivos reductores de presión.
10.- Sistemas de columna seca 10.1 Se instalarán sistemas de columna seca en los establecimientos industriales si son de riesgo intrínseco medio o alto y su altura de evacuación es de 15 m o superior. 10.2 Las bocas de salida de la columna seca estarán situadas en recintos de escaleras o en vestíbulos previos a ellas.
11.- Sistemas de rociadores automáticos de agua Se instalarán sistemas de rociadores automáticos de agua en los sectores de incendio de los establecimientos industriales cuando en ellos se desarrollen: a. Actividades de producción, montajes, transformación, reparación u otras distintas al almacenamiento si: 1. Están ubicados en edificios de tipo A, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 500 m2 o superior. 2. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 2500 m2 o superior.
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
3. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 1000 m2 o superior. 4. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 3500 m2 o superior. 5. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 2000 m2 o superior. b. Actividades de almacenamiento si: 1. Están ubicados en edificios de tipo A, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 300 m2 o superior. 2. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1500 m2 o superior. 3. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 800 m2 o superior. 4. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 2000 m2 o superior. 5. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 1000 m2 o superior. NOTA: Cuando se realice la instalación de un sistema de rociadores automáticos de agua, concurrentemente con la de un sistema automático de detección de incendio que emplee detectores térmicos de acuerdo con las condiciones de diseño (apartado 1 de este anexo), quedará cancelada la exigencia del sistema de detección.
12.- Sistemas de agua pulverizada Se instalarán sistemas de agua pulverizada cuando por la configuración, contenido, proceso y ubicación del riesgo sea necesario refrigerar partes de este para asegurar la estabilidad de su estructura, y evitar los efectos del calor de radiación emitido por otro riesgo cercano. Y en aquellos sectores de incendio y áreas de incendio donde sea preceptiva su instalación de acuerdo con las disposiciones vigentes que regulan la protección contra incendios en actividades industriales sectoriales o específicas (artículo 1 de este reglamento).
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13.- Sistemas de espuma física Se instalarán sistemas de espuma física en aquellos sectores de incendio y áreas de incendio donde sea preceptiva su instalación de acuerdo con las disposiciones vigentes que regulan la protección contra incendios en actividades industriales, sectoriales o específicas (artículo 1 de este reglamento) y, en general, cuando existan áreas de un sector de incendio en las que se manipulan líquidos inflamables que, en caso de incendio, puedan propagarse a otros sectores.
14.- Sistemas de extinción por polvo Se instalarán sistemas de extinción por polvo en aquellos sectores de incendio donde sea preceptiva su instalación de acuerdo con las disposiciones vigentes que regulan la protección contra incendios en actividades industriales sectoriales o específicas (artículo 1 de este reglamento).
15.- Sistemas de extinción por agentes extintores gaseosos 15.1 Se instalarán sistemas de extinción por agentes extintores gaseosos en los sectores de incendio de los establecimientos industriales cuando: a. Sea preceptiva su instalación de acuerdo con las disposiciones vigentes que regulan la protección contra incendios en actividades industriales sectoriales o específicas (artículo 1 de este reglamento). b. Constituyan recintos donde se ubiquen equipos electrónicos, centros de cálculo, bancos de datos, centros de control o medida y análogos y la protección con sistemas de agua pueda dañar dichos equipos.
16.- Sistemas de alumbrado de emergencia 16.1 Contarán con una instalación de alumbrado de emergencia de las vías de evacuación los sectores de incendio de los edificios industriales cuando: a. Estén situados en planta bajo rasante. b. Estén situados en cualquier planta sobre rasante, cuando la ocupación, P, sea igual o mayor de 10 personas y sean de riesgo intrínseco medio o alto. c. En cualquier caso, cuando la ocupación, P, sea igual o mayor de 25 personas. 16.2 Contarán con una instalación de alumbrado de emergencia: a. Los locales o espacios donde estén instalados cuadros, centros de control o mandos de las instalaciones técnicas de servicios (citadas en el anexo II.8 de este reglamento) o de los procesos que se desarrollan en el establecimiento industrial.
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Bloque IV: Seguridad contra incendios
b. Los locales o espacios donde estén instalados los equipos centrales o los cuadros de control de los sistemas de protección contra incendios. 16.3 La instalación de los sistemas de alumbrado de emergencia cumplirá las siguientes condiciones: a. Será fija, estará provista de fuente propia de energía y entrará automáticamente en funcionamiento al producirse un fallo del 70 por ciento de su tensión nominal de servicio. b. Mantendrá las condiciones de servicio durante una hora, como mínimo, desde el momento en que se produzca el fallo. c. Proporcionará una iluminancia de un lx, como mínimo, en el nivel del suelo en los recorridos de evacuación. d. La iluminancia será, como mínimo, de cinco lx en los espacios definidos en el apartado 16.2 de este anexo. e. La uniformidad de la iluminación proporcionada en los distintos puntos de cada zona será tal que el cociente entre la iluminancia máxima y la mínima sea menor que 40. f. Los niveles de iluminación establecidos deben obtenerse considerando nulo el factor de reflexión de paredes y techos y contemplando un factor de mantenimiento que comprenda la reducción del rendimiento luminoso debido al envejecimiento de las lámparas y a la suciedad de las luminarias.
17.- Señalización Se procederá a la señalización de las salidas de uso habitual o de emergencia, así como la de los medios de protección contra incendios de utilización manual, cuando no sean fácilmente localizables desde algún punto de la zona protegida, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de señalización de los centros de trabajo, aprobado por el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
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CAPÍTULO 18. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN (CTE-RD 314/2006). CONTENIDO DEL PROYECTO. DOCUMENTACIÓN DE SEGUIMIENTO DE LA OBRA 1.- Introducción al CTE 2.- Objetivos del CTE 3.- Normativa derogada por el CTE 4.- Estructura del CTE 5.- Articulado del CTE 6.- Anejo I: CONTENIDO DEL PROYECTO Anejo II: DOCUMENTACIÓN DEL SEGUIMIENTO DE LA OBRA Anejo III: TERMINOLOGÍA (no se incluye)
1.- Introducción al CTE El desarrollo de la edificación en España a partir de la segunda mitad del s. XX hizo necesario el desarrollo de una regulación del proceso de edificación, que hasta la aprobación del RD 314/2006 de 17 de marzo estaba recogida en sus aspectos técnicos en torno a las Normas Básicas de la Edificación (RD 1650/1977 de 10 de junio). Dicha normativa ha venido quedando progresivamente obsoleta por la necesidad de recoger diversos aspectos que con el tiempo la sociedad ha demandado, entre los que se podemos mencionar, como más importantes, los siguientes: - Mejora de la calidad de las edificaciones como un aspecto más de la mejora global de la calidad de vida. - Exigencias de sostenibilidad, funcionalidad, economía e innovación del proceso de edificación y de la propia vida del edificio.
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Bloque V: Normativa
2.- Objetivos del CTE Para satisfacer las demandas relacionadas en el apartado anterior, el CTE se plantea los siguientes objetivos de mejora en la calidad de las edificaciones, relacionados con: -
La seguridad estructural de los edificios El bienestar de los usuarios La seguridad en la protección contra incendios La salubridad La protección contra el ruido El ahorro energético La accesibilidad para las personas con movilidad reducida
Por otra parte: - El CTE da cumplimiento a los requisitos básicos establecidos en la LOE. - Establece un conjunto coordinado y casi completo de normas relacionadas con la edificación, al modo de otras normas europeas y superando la dispersión de la normativa anterior (NBE). - Armoniza las normas nacionales con las disposiciones de la Unión Europea, principalmente con las relacionadas con la libre circulación de productos de la construcción y la eficiencia energética de los edificios. - Adopta un “nuevo enfoque” en materia de reglamentación técnica, basado en “prestaciones”, que promueve una mayor apertura del sector, la innovación y el desarrollo tecnológico.
3.- Normativa derogada por el CTE El CTE deroga la siguiente normativa: - RD 1650/1977 de 10 de junio sobre Normas Básicas de la Edificación. - RD 2429/1979 de 6 de julio sobre NBE CT-79 “Condiciones térmicas de los edificios”. - RD 1370/1988 de 11 de noviembre sobre NBE AE-88 “Acciones en la edificación”. - RD 1572/1990 de 30 de noviembre sobre NBE QB-90 “Cubiertas con materiales bituminosos” y Normas UNE de referencia.
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- RD 1723/1990 de 20 de diciembre sobre NBE FL-90 “Muros resistentes de fábrica de ladrillo”. - RD 1829/1995 de 10 de noviembre sobre NBE EA-95 “Estructuras de acero en edificación”. - RD 2177/1996 de 4 de octubre sobre NBE CPI-96 “Condiciones de protección contra incendios de los edificios”. - Orden del Ministerio de Industria de 9 de diciembre de 1975 sobre “Normas básicas para instalaciones interiores de suministro de agua”. - Artículos 2 al 9 ambos inclusive, y 20 al 23 ambos inclusive, excepto el apdo. 2 del art. 20 y el apdo. 3 del art. 22, del RD 2816/1982 de 27 de agosto de Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas. - Orden de 29 de septiembre de 1988 por la que se revisa la NBE CA-82 pasando a denominarse NBE CA-88 sobre “Condiciones acústicas en los edificios”. - Pliego General de condiciones de recepción de yesos y escayolas en las obras de construcción, RY-85 (Orden de 31 de marzo de 1985). - Pliego de condiciones para la recepción de ladrillos cerámicos en las obras de construcción, RL-88 (Orden de 27 de julio de 1988). - Pliego de prescripciones técnicas generales para la recepción de bloques de hormigón en las obras de construcción, RB-90 (Orden de 4 de julio de 1990). No deroga el CTE y, por lo tanto, sigue siendo de aplicación junto con el mismo, la siguiente normativa relacionada con el ámbito de la construcción: - Instrucción de Hormigón Estructural: EHE-08 - Norma Sismorresistente: NCSE-02
4.- Estructura del CTE El CTE se divide en dos partes: - La primera parte incluye las disposiciones de carácter general y las exigencias que deben cumplir los edificios para satisfacer los requisitos de seguridad y habitabilidad de la edificación. - La segunda parte está constituida por los Documentos Básicos (DB), cuya adecuada utilización garantiza el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE. Contienen procedimientos, reglas técnicas y ejemplos. Los DB son los siguientes:
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o DB-SE: Seguridad Estructural. Este DB se compone de las 6 partes siguientes: DB-SE: Seguridad estructural DB-SE-AE: Acciones en la edificación DB-SE-C: Cimientos DB-SE-A: Acero DB-SE-F: Fábrica DB-SE-M: Madera o DB-HS: Salubridad o DB-SI: Seguridad en caso de Incendio o DB-SU: Seguridad de Utilización o DB-HE: Ahorro de Energía o DB-HR: Protección frente al ruido Como complemento de los DB se crean los Documentos Reconocidos (DR) y el Registro de éstos, como documentos externos cuya utilización facilita el cumplimiento de determinadas exigencias básicas, a la vez que fomentan la calidad.
5.- Articulado del CTE CAPÍTULO 1. Disposiciones generales Art. 1. Objeto El CTE regula las exigencias básicas (EEBB) de calidad de los edificios para cumplir los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, proporcionando los procedimientos para garantizar su cumplimiento. Estas EEBB deben aplicarse al proyecto, la construcción, el mantenimiento y la conservación de edificios e instalaciones. La funcionalidad se regirá por su normativa específica. Art.2. Ámbito de aplicación El CTE se aplica a toda edificación pública o privada que precise de licencia o autorización, excepto a las de escasa entidad, eventuales o permanentes, en una sola planta, no residenciales o públicas y que no afecten a la seguridad de las personas.
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Se aplicará a: obra nueva, ampliación, modificación, reforma o rehabilitación, y cambio de uso. Art.3. Contenido del CTE (ídem punto 4: Estructura del CTE) Art.4. Documentos Reconocidos y Registro General del CTE Son documentos técnicos de carácter no reglamentario, reconocidos por el Ministerio de Vivienda. Tienen el siguiente contenido: - Especificaciones y guías técnicas o códigos de buena práctica que incluyen procedimientos de diseño, cálculo, ejecución, mantenimiento y conservación de productos, elementos y sistemas constructivos. - Métodos de evaluación y soluciones constructivas, programas informáticos, datos estadísticos sobre la siniestralidad de la edificación u otras bases de datos. - Comentarios sobre el CTE. - Cualquier otro documento que facilite la aplicación del CTE, excluyendo los que se refieran a la utilización de un producto o sistema constructivo particular o bajo patente. Los DD.RR. se inscribirán en el correspondiente Registro General, público e informativo, junto con: - Las marcas, sello y certificaciones de calidad que cumplan las exigencias básicas del CTE. - Los sistemas de certificación de la calidad. - Los organismos autorizados por las AA.PP. para la evaluación de productos, sistemas, etc. CAPÍTULO 2. Condiciones técnicas y administrativas Art.5. Condiciones generales para el cumplimiento del CTE - Los responsables de la aplicación del CTE son los agentes de la LOE. - Las EE.BB. se aplican a proyecto, ejecución, mantenimiento y conservación. - La justificación del cumplimiento de las EE.BB. se hará: o Cumpliendo los requisitos de los DD.BB.
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o Soluciones alternativas con prestaciones equivalentes a las de los DD.BB. - Se establece la conformidad de productos, equipos y materiales con el CTE, mediante: o Marcado CE según la Directiva 89/106/CEE, aunque a veces los DD.BB. pueden establecer requisitos técnicos adicionales a materiales, equipos y sistemas. o Otras marcas, sellos y certificaciones de la conformidad reconocidas por las AA.PP. o Podrán reconocerse por las AA.PP.: certificaciones de la conformidad de prestaciones finales de edificios, agentes intervinientes, certificaciones medioambientales, y entidades autorizadas para la evaluación técnica de la idoneidad de productos, equipos y sistemas. Art.6 Condiciones del proyecto El proyecto: - Describirá el edificio y definirá las obras de ejecución del mismo con el detalle suficiente para que puedan valorarse e interpretarse inequívocamente durante su ejecución. - Se podrá comprobar en él, el cumplimiento de las EE.BB. del CTE y demás normativa. Incluirá, para ello, al menos, la siguiente información: o Características técnicas mínimas de productos, equipos y sistemas, así como: condiciones de suministro, garantías de calidad y control de recepción. o Características técnicas de cada unidad de obra, condiciones de ejecución, verificaciones y controles en obra, así como medidas de ejecución, uso y mantenimiento. o Verificaciones y pruebas de servicio para prestaciones finales. o Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado. En la tramitación administrativa, todo proyecto podrá desarrollarse en dos fases: - Proyecto básico: o Características generales de la obra. o Definirá prestaciones para cumplir las EE.BB., mediante soluciones concretas. o Suficiente para solicitar licencias u otras autorizaciones, pero insuficiente para iniciar la ejecución.
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- Proyecto de ejecución (ver ANEJO I): o Definirá en su totalidad la obra para permitir la ejecución. o No podrá rebajar las prestaciones del proyecto básico ni alterar usos o condiciones de la licencia u otras, en su caso, salvo aspectos legalizables. o Incluirá proyectos parciales u otros documentos técnicos necesarios, bajo la coordinación del proyectista. Se establece el Control del proyecto para: - Verificar el cumplimiento del CTE (todas o algunas de las EE.BB.) y otra normativa. - Comprobar el grado de definición, calidad del mismo y otros aspectos que puedan afectar a la calidad del edificio proyectado. Art.7. Condiciones en la ejecución de las obras - Las obras se llevarán a cabo conforme a proyecto y sus modificaciones autorizadas por el Director de la Obra (DO) y el promotor, de acuerdo con la legislación y las normas de la buena práctica constructiva. - Se elaborará la documentación de seguimiento de obra (ANEJO II). - Si intervienen diversos técnicos, el DO ejercerá las funciones de coordinación. - El DO realizará los controles siguientes: de recepción, de ejecución y de obra terminada. o Control de la recepción de productos, equipos y sistemas, que incluye: Control de la documentación: documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado; certificado de garantía del fabricante firmado; documentos de conformidad (CE) cuando sea pertinente. Control de recepción mediante distintivo de calidad y evaluaciones de idoneidad técnica con constancia del mantenimiento de sus características técnicas. Control de la recepción mediante ensayos, incluyendo muestreo, tipo de ensayos y criterios de aceptación o rechazo. o Control de la ejecución de obra, que incluye: Control de cada unidad de obra (replanteo, materiales, correcta ejecución y disposición de elementos y las verificaciones) pudiendo tenerse en cuenta las certificaciones de conformidad de los agentes que intervienen así como de las Entidades de Control de la Calidad de la Edificación (ECE). 229
Bloque V: Normativa
Comprobación de la compatibilidad de productos, elementos y sistemas constructivos. Adopción de métodos y procedimientos que contemplen las evaluaciones técnicas de idoneidad de productos, equipos y sistemas. o Control de la obra terminada, en el conjunto del edificio o alguna de sus partes o instalaciones, según lo indicado en el proyecto y por la legislación aplicable. Art.8. Condiciones del edificio El edificio ha de contar con: - El Libro del Edificio (LE), que incluirá la documentación (marcado CE, etc.) sobre materiales, equipos y sistemas; y las instrucciones de uso y mantenimiento para el edificio y sus instalaciones. El edificio debe utilizarse y mantenerse conforme a las mencionadas instrucciones, para lo cual: - Se seguirá un plan de mantenimiento cuyas operaciones se realizarán por técnico competente. - Se realizarán las inspecciones reglamentarias, conservando su documentación. - Se consignarán en el LE las intervenciones realizadas sobre el edificio. CAPÍTULO 3. Exigencias básicas Art.9. Generalidades Los requisitos de seguridad y habitabilidad que establece la LOE se aseguran con el cumplimiento de las EE.BB. de los distintos DD.BB. que se relacionan a continuación: Art.10. Exigencias básicas de seguridad estructural (DB SE) Incluye: - DB-SE-1: Resistencia y estabilidad - DB SE-2: Aptitud de servicio - DB SE-AE: Acciones en la edificación - DB SE-C: Cimientos - DB SE-A: Acero 230
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
-
DB SE-F: Fábrica DB SE-M: Madera
Art.11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (DB SI) Incluye: - DB SI-1: Propagación interior - DB SI-2: Propagación exterior - DB SI-3: Evacuación de ocupantes - DB SI-4: Instalaciones de protección contra incendios - DB SI-5: Intervención de bomberos - DB SI-6: Resistencia estructural al incendio Art.12. Exigencias básicas de seguridad de utilización (DB SU) Incluye: - DB SU-1:Seguridad frente al riesgo de caídas - DB SU-2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento - DB SU-3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento - DB SU-4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada - DB SU-5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación - DB SU-6: Seguridad frente al riego de ahogamiento - DB SU-7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento - DB SU-8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo Art.13. Exigencias básicas de salubridad (DB HS) “Higiene, salud y protección del medio ambiente” Incluye: - DB HS-1: Protección frente a la humedad - DB HS-2: Recogida y evacuación de residuos - DB HS-3: Calidad del aire interior - DB HS-4: Suministro de agua - DB HS-5: Evacuación de aguas Art.14. Exigencias básicas de protección frente al ruido (DB HR)
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Bloque V: Normativa
Art.15. Exigencias básicas de ahorro de energía (DB HE) Incluye: - DB HE-1: Limitación de demanda energética - DB HE-2: Rendimiento de las instalaciones térmicas - DB HE-3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación - DB HE-4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria - DB HE-5: Contribución solar mínima de energía eléctrica
6.- ANEJO I: CONTENIDO DEL PROYECTO - Se entiende aparte de otros contenidos mínimos de diversas AA.PP. - Los que debe contener el Proyecto Básico se señalan con (*). - Los proyectos parciales o específicos se incluirán como referencia en la Memoria, sin duplicidad de información ni de honorarios. 6.1.- Memoria a) Memoria descriptiva a.1) Agentes: promotor, proyectista y otros técnicos. (*) a.2) Información previa: antecedentes, condicionantes, emplazamiento, entorno, normativa, datos del edificio existente en su caso. (*) a.3) Descripción del proyecto: descripción general, programa de necesidades, usos, relación con el entorno, cumplimiento del CTE y otras normas, descripciones geométricas (superficies y volúmenes), accesos y evacuación, descripción general de los parámetros de los distintos sistemas. (*) a.4) Prestaciones del edificio: por exigencias básicas, incluyendo las acordadas entre promotor y proyectista, y las limitaciones de uso. (*) b) Memoria constructiva b.1) Sustentación del edificio: justificación de las características del suelo y los parámetros de cálculo de la cimentación. (*) b.2) Sistema estructural (cimentación, estructuras portante y horizontal): datos, hipótesis, necesidades, bases de cálculo, métodos y materiales.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
b.3) Sistema envolvente: descripción constructiva de los distintos subsistemas de la envolvente, con descripción de su comportamiento frente a las distintas exigencias básicas, según el caso. b.4) Sistema de compartimentación: ídem envolvente. b.5) Sistemas de acabados: ídem envolvente. b.6) Sistemas de acondicionamiento e instalaciones: ídem envolvente. b.7) Equipamiento: definición de baños, cocinas y lavaderos, equipamiento industrial, etc. c) Cumplimiento del CTE Para las exigencias básicas de: - Seguridad estructural - Seguridad en caso de incendio - Seguridad de utilización - Salubridad - Protección contra el ruido - Ahorro de energía Y de otra normativa obligatoria y justificación de la funcionalidad. d) Anejos a la Memoria: contendrá todos aquellos como sean necesarios para la definición y justificación de las obras: - Información geotécnica - Cálculo de la estructura - Protección contra incendios - Instalaciones del edificio - Eficiencia energética - Estudio de impacto ambiental - Plan de control de calidad - Estudio de Seguridad y Salud (o Estudio Básico de SS) 6.2.- Planos El proyecto contendrá tantos planos como sean necesarios para la definición en detalle de las obras:
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Bloque V: Normativa
-
Plano de situación (*) Plano de emplazamiento (*) Plano de urbanización (*) Plantas generales (*) Planos de cubiertas (*) Alzados y secciones (*) Planos de estructura Planos de instalaciones Planos de definición constructiva Memorias gráficas Otros
6.3.- Pliego de condiciones - Pliego de cláusulas administrativas o Disposiciones generales o Disposiciones facultativas o Disposiciones económicas - Pliego de condiciones técnicas particulares o Prescripciones sobre los materiales o Prescripciones en cuanto a la ejecución por unidades de obra o Prescripciones sobre verificaciones en el edificio terminado 6.4.- Mediciones Desarrollo por partidas agrupadas en capítulos, conteniendo todas las descripciones técnicas necesarias para su especificación y valoración. 6.5.- Presupuesto - Presupuesto aproximado: por capítulos (*) - Presupuesto detallado, incluyendo: o Cuadros de precios o Resumen por capítulos, con valor final de ejecución y contrata o Incluirá el presupuesto del control de calidad y del ESS (o EBSS)
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
7.- ANEJO II: DOCUMENTACIÓN DEL SEGUIMIENTO DE LA OBRA 7.1.- Documentación obligatoria -
Libro de Órdenes y Asistencias Libro de Incidencias en materia de SS Proyecto, con anejos y modificaciones Licencia de obras, apertura del centro de trabajo, y otras autorizaciones en su caso (Aviso previo y Plan de seguridad, según RD 1627/97) - Certificado final de la obra (al término de esta) Terminada la obra se depositarán en el Colegio Profesional correspondiente o en su caso la AA.PP. competente. 7.2.- Documentación del control de la obra - El DO recopilará la documentación del control realizado. - El constructor recabará de los suministradores la documentación de los productos empleados así como instrucciones de uso, mantenimiento y garantías. Terminada la obra se depositará en el Colegio Profesional correspondiente o en su caso la AA.PP. competente. 7.3.- Certificado final de obra - Se certificará haber dirigido la ejecución material de las obra y controlado cuantitativa y cualitativamente la construcción y la calidad de lo edificado de acuerdo con el proyecto, la documentación técnica que lo desarrolla y las normas de la buena construcción, así como con la licencia de obras, y que está dispuesto para su utilización con arreglo a las instrucciones de uso y mantenimiento. - Se adjuntarán con el CFO: a) Descripción de las modificaciones compatibles con la licencia y acordadas con el promotor. b) Relación de controles realizados en obra y resultados.
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CAPÍTULO 19: CTE-SU. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN 1.- DB SU-1: Seguridad frente al riesgo de caídas 2.- DB SU-2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento 3.- DB SU-3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento 4.- DB SU-4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada 5.- DB SU-5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación 6.- DB SU-6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento 7.- DB SU-7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento 8.- DB SU-8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo
1.- DB SU-1: Seguridad frente al riesgo de caídas 1.1.- Resbaladicidad de suelos - Aplicable a usos: sanitario, docente, administrativo, comercial, aparcamiento y pública concurrencia, excluidas las zonas de uso restringido, durante la vida útil del pavimento. - Se establece la siguiente clasificación de los suelos, en función de la resbaladicidad (ensayo Norma UNE-ENV 12633:2000), para las zonas más desfavorables: TABLA 19.1. Clasificación de los suelos según su resbaladicidad
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Bloque V: Normativa
-
Se establecen las siguientes exigencias:
TABLA 19.2. Clase exigible a los suelos en función de su localización
1.2.- Discontinuidad en el pavimento -
Imperfecciones o irregularidades < 6 mm Desniveles < 50 mm mediante rampa < 25 % En zonas interiores de circulación, no permitirá perforaciones con D > 15 mm Las barreras para limitar zonas tendrán altura > 800 mm No se podrán poner uno o dos escalones aislados excepto en: o Zonas comunes de uso Residencial Vivienda o Zonas de acceso de los edificios o Salidas de solo emergencia o Acceso a estrado o escenario
Figura 19.1. Distancia entre la puerta de acceso y el escalón más próximo
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Excepto en uso Residencial Vivienda, la distancia entre la puerta de acceso al edificio y el escalón más cercano será > 1200 mm o el ancho de la hoja. 1.3.- Desniveles 1.3.1.- Protección de los desniveles -
Para desniveles (o huecos, aberturas, ventanas, balcones, etc.) > 550 mm se dispondrán barreras. Para zonas de público en desniveles < 550 mm, diferenciación visual y táctil.
1.3.2.- Características de las barreras de protección ALTURA: 900 mm si desnivel < 6 m 1100 mm si desnivel > 6 m RESISTENCIA: según DB SE-AE CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS (Comercial, Pública Concurrencia y zonas comunes en Residencial) - No puedan ser fácilmente escaladas por niños. - No tengan huecos > 10 cm (15 cm en zonas de público en edificios de otros usos).
Figura 19.2. Línea de inclinación y parte inferior de la barandilla
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Bloque V: Normativa
1.4.- Escaleras y rampas 1.4.1.- Escaleras de uso restringido - ancho > 800 mm - contrahuella < 200 mm - huella >220 mm - se permite mesetas partidas a 45º y escalones sin tabica - escaleras curvas: medidas especiales 1.4.2.- Escaleras de uso general - huella > 280 mm - contrahuella entre 130 y 185 mm - se cumplirá: 540 mm < 2C+H < 700 mm - 3 peldaños como mínimo y altura de tramo < 3,20 m - anchura: de acuerdo con DB-SI3 TABLA 19.3. Escaleras de uso general. Anchura mínima útil de tramo en función del uso
- longitud mesetas en misma dirección > 1000 mm - escaleras con cambio dirección se mantendrá la anchura y no barrerán puertas - pavimento táctil en arranques descendentes de zonas de público - pasamanos cuando salven alturas > 550 mm y a ambos lados si a > 1200 mm - pasamanos central si a > 2400 mm - altura pasamanos entre 900 y 1100 mm - ancianos, niños, discapac., evac. ascendente, hospitales, curvas: medida especial 1.4.3.- Rampas Para rampas con pendiente > 6 % excepto uso restringido y de circulación de vehículos 240
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
- Pendiente < 12 % excepto: - para sillas de ruedas: < 10 % si < 3 m < 8 % si < 6 m < 6 % si > 6 m - circulación de vehículos: < 18 % - Tramos: < 15 m excepto para silla de ruedas: < 9 m y tramos rectos anchura: escaleras según Tabla 4.1 o DB SI-3 o 1200 mm si sillas ruedas zócalo > 100 mm - Mesetas: longitud >1500 mm sin barrido de puertas - Pasamanos cuando salven alturas > 550 mm y a ambos lados si a > 1200 mm - altura entre 900 y 1100 mm excepto niños y silla ruedas: entre 650 y 750 mm 1.4.4.- Pasillos escalonados de acceso a localidades en graderíos y tribunas - escalones con dimensiones constantes de huella y contrahuella - huella del pasillo escalonado a mismo nivel que el piso de la fila de espectadores - anchura según DB SI-3 1.4.5.- Escalas fijas - anchura entre 400 y 800 mm - peldaños < 300 mm - separación de pared > 160 mm - espacio libre > 400 mm a ambos lados del eje si no hay jaulas - prolongación para acceso > 1000 mm - protección circundante si altura > 4 m excepto pozos, etc. - si altura > 9 m dispondrá de plataformas de descanso
Figura 19.3. Escalas
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Bloque V: Normativa
1.5.- Limpieza de los acristalamientos exteriores
Figura 19.4. Limpieza de acristalamientos desde el interior
Para limpieza desde el exterior a altura > 6 m, se dispondrá: - Plataforma de mantenimiento o - Equipamiento especial con puntos de anclaje fijos
2.- DB SU-2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento 2.1.- Impacto 2.1.1.- Con elementos fijos - Altura libre: puertas > 2000 mm paso normal > 2200 mm (elementos salientes fijos) paso restringido > 2100 mm - Elementos salientes fijos < 150 mm entre 1000 y 2200 mm - < 2000 mm con elementos salientes se restringirá el acceso 2.1.2.- Con elementos practicables
Figura 19.5. Disposición de puertas laterales a vías de circulación
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
-
Puertas de vaivén: hueco transparente o traslúcido entre 0,7 y 1,5 m
2.1.3.- Con elementos frágiles
Figura 19.6. Identificación de áreas con riesgo de impacto
- Si diferencia cota > 12 m resistirán impacto nivel 1. - Si diferencia cota entre 0,55 y 12 m resistirán impacto nivel 2. - Resto casos resistirán impacto nivel 3 igual que partes vidriadas de puertas, duchas y bañeras. 2.1.4.- Con elementos insuficientemente perceptibles - Superficies acristaladas sin montantes ni travesaños, o puertas sin otra señalización: banda inferior entre 850 y 1100 mm banda superior entre 1500 y 1700 mm 2.2.- Atrapamiento -
En puertas correderas:
Figura 19.7. Holgura para evitar atrapamientos
-
En puertas automáticas: dispositivos de protección autorizados
243
Bloque V: Normativa
3.- DB SU-3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento - Todos los recintos con cierre desde el interior tendrán desbloqueo exterior (excepto aseos y baños en viviendas). - Los espacios pequeños serán suficientes para el giro de sillas de ruedas. - Fuerza de apertura de puertas < 150N excepto para usuarios en silla < 25N.
4.- DB SU-4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada 4.1.- Alumbrado normal en zonas de circulación TABLA 19.4. Niveles mínimos de iluminación
- Uniformidad > 40 % - En pública concurrencia con baja iluminación: balizamiento en rampas y peldaños. 4.2.- Alumbrado de emergencia Dotación - Recintos >100 personas - Recorridos de evacuación - Aparcamientos de >100 m2 - Locales con instalaciones de protección contra incendios y de riesgo especial. - Aseos generales de planta y cuadros de alumbrado en pública concurrencia. - Las señales de seguridad.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Posición - > 2 m del suelo en: ● puertas de recorridos de evacuación ● en tramos de escalera ● en cambios de nivel, dirección e intersección de pasillos Características - Fija, con fuente propia y automática al fallo del 70 % de tensión normal - 50 % a los 5 s y 100 % a los 60 s. - En vías de evacuación, 1 lux en la zona central a nivel de suelo y < 40:1 - En equipos de PCI y cuadros de alumbrado: 5 lux - Valor mín. de índice de rendimiento cromático Ra > 40 Iluminación de las señales de seguridad - Luminancia en área de color de seguridad > 2 cd/m2 - Relación de luminancia máx./mín. en el blanco < 10:1 - Relación entre luminancia blanca y luminancia de color entre 5:1 y 15:1
5.- DB SU-5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación - Aplicable a graderíos de > 3000 espectadores de pie, junto con DB SI-3 (4 pers/m2) - Pendiente < 50 % - Longitud de fila < 20 m con 2 salidas o 10 m si 1 salida - Diferencia cota entre salida de graderío y cualquier fila < 4 m - Barreras rompeolas h > 1100 mm y 5 kN/m TABLA 19.5. Distancia máxima entre barreras
- No habrá más de 2 aberturas alineadas
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Bloque V: Normativa
Figura 19.8. Líneas sucesivas de barreras en planta
6.- DB SU-6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento 6.1.- Piscinas colectivas - De acceso a niños sin control: barrera con cierre y bloqueo > 1200 mm y 0,5 kN/m - Profundidad: infantiles < 500 mm resto: < 3000 mm y zona de 1400 mm con señalizaciones de profundidad - Pendiente fondo: infantiles < 6 % resto: < 10 % hasta 1400 mm y 35 % en resto - Huecos protegidos contra atrapamiento - Resbaladicidad del fondo Clase 3 hasta profund < 1500 mm - Color interior claro para ver fondo - Andén o playa > 1200 mm y evita encharcamiento y Clase 3 de resbaladicidad - Escaleras < 300 mm del fondo o 1000 mm de profundidad separadas < 15 m y junto a ángulos y cambios de pendiente peldaños antideslizantes y sin aristas vivas 6.2.- Pozos y depósitos - Tendrán tapas o rejillas, y cerradura
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
7.- DB SU-7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento - En zonas de aparcamiento y vías de circulación excepto viviendas unifamiliares. - Zona de acceso y espera > 4500 mm y pendiente < 5 %. - Acceso sin necesidad de marcha atrás. - Acceso peatonal independiente de: 800 mm de ancho y valla de protección o distinto nivel. - Señalización horizontal de clase 3 de resbaladicidad. - En aparcamientos de > 200 vehículos o 5000 m2, pasillos peatonales señalizados o a distinto nivel. - Las puertas protegidas con vallas a 1200 mm y 800 mm de altura. - Debe señalizarse conforme al Código de Circulación: sentido de circulación, salidas, velocidad máxima, circulación de peatones, altura de gálibo, zonas de carga y descarga.
8.- DB SU-8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo 8.1.- Verificación - Si la frecuencia esperada de impactos > frecuencia admisible (Ne > Na) se precisa sistema de protección, siendo: o Ne = Ng Ae C1 10-6 (n.º impactos/año), donde: o Ng : densidad de impactos (n.º de impactos/año y km2)
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Bloque V: Normativa
Figura 19.9. Mapas de densidad de impactos sobre el terreno Ng
o Ae: superficie de captura equivalente del edificio (m2) (perímetro +3H) o C1: coeficiente de entorno TABLA 19.6. Coeficiente C1
o Na = (5,5/C2C3C4C5) 10-3 donde: o C2: tipo de construcción TABLA 19.7. Coeficiente C2
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
o C3: contenido del edificio TABLA 19.8. Coeficiente C3
o C4: uso del edificio TABLA 19.9. Coeficiente C4
o C5: necesidad de continuidad de las actividades TABLA 19.10. Coeficiente C5
- Además, siempre en edificios con sustancias tóxicas, radioactivas, altamente inflamables o explosivas y edificios de h > 43 m, sistemas de protección con eficiencia > 98 %. 8.2.- Instalación -
Eficiencia: E = 1 – Na/Ne
TABLA 19.11. Componentes de la instalación
- La instalación cuenta de sistema externo, sistema interno y red de tierra.
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Bloque V: Normativa
8.2.1.- Sistema externo - Compuesto por: dispositivos captadores (puntas Franklin, mallas conductoras y pararrayos con dispositivo de cebado) y conductores de bajada.
DISPOSITIVOS CAPTADORES a) Volumen protegido por puntas Franklin y mallas conductoras, calculado por alguno de los siguientes métodos (solos o combinados): - Ángulo de protección
Figura 19.10. Volumen protegido por captadores
Figura 19.11. Ángulo de protección, disposición para diferentes alturas
TABLA 19.12. Ángulo de protección α
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
-Esfera rodante
Figura 19.12. Esfera rodante en estructuras
- Mallado o retícula TABLA 19.13. Radio de la esfera rodante
TABLA 19.14. Dimensión de la retícula
Los conductores captadores han de estar en: el perímetro de la superficie de la cubierta, y en las limatesas (para pte. >10 %). No debe sobresalir ningún elemento metálico de la superficie protegida por la malla. En las superficies laterales la malla debe ponerse por encima del radio de la esfera rodante correspondiente al nivel. En edificios de > 60 m la malla debe proteger el 20 % de la superficie superior de fachada.
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Bloque V: Normativa
b) Volumen protegido por pararrayos con dispositivos de cebado.
Figura 19.13. Volumen protegido por pararrayos con dispositivo de cebado
TABLA 19.15. Distancia D
DERIVADORES O CONDUCTORES DE BAJADA Derivación de la descarga a tierra sin calentamiento ni elevación de potencial: - Un conductor por cada punta Franklin o pararrayos y dos para edificios > 28 m y cuando la proyección horizontal > proyección vertical. - Longitud lo más reducida posible. - Conexiones equipotenciales a nivel de suelo y cada 20 m. - En caso de malla, los conductores se dispondrán en el perímetro a distancia media.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
TABLA 19.16. Distancia entre conductores de bajada en sistemas de protección de mallas conductoras
- Los conductores se dispondrán protegidos o donde no presenten riesgo de electrocución. 8.2.2.- Sistema interno - Reducen los efectos eléctricos y magnéticos de la corriente de descarga dentro de la zona a proteger. - Deben unirse todos los elementos metálicos del edificio, instalaciones eléctrica y de telecomunicaciones y sistema externo de protección, con red de tierra. - Cuando no pueda hacerse la unión equipotencial de algún elemento, este deberá mantener una distancia > que la distancia de seguridad “ds= 0,1 L” respecto de los conductores de bajada, donde L es la distancia vertical desde el punto considerado hasta el elemento equipotencial más próximo puesto a tierra (o 5 m para conducciones de gas). 8.2.3.- Red de tierra - La necesaria para dispersar la corriente atmosférica descargada.
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Bloque VI: Planificación de la Obra
CAPÍTULO 20: PROGRAMACIÓN DE TIEMPOS. MÉTODO PERT (I) 1.- Introducción al Método PERT 2.- Conceptos básicos del Método PERT 3.- Actividad ficticia 4.- Construcción del grafo PERT 5.- Numeración de los sucesos 6.- El tiempo PERT
1.- Introducción al Método PERT El Método PERT (Program Evaluation and Review Technique) surge en el año 1957 tras la investigación desarrollada en EE. UU. para la ejecución del proyecto de submarinos atómicos Polaris, viéndose insuficiente el empleo del método anteriormente utilizado basado en el Diagrama de barras de Gantt. El desarrollo del mismo se debe a diversos investigadores, entre ellos: D.C. Malcom, J.H. Roseboom, C.E. Clark y W. Fazar. Tras el éxito obtenido mediante el nuevo método de programación, con importante reducción del tiempo de ejecución del proyecto militar al que se aplicó, el método se difundió rápidamente a los campos comercial e industrial, y al desarrollo de proyectos en general. En sus bases fundamentales, el método se ha mantenido invariable hasta nuestros días, existiendo variantes del mismo, como es el caso del método CPM (método del camino crítico), habiéndose desarrollado a partir de él otros, como el Método Roy y el Monte Carlo. En los últimos años es de destacar el aporte de su aplicación mediante programas informáticos.
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Bloque VI: Planificación de la obra
2.- Conceptos básicos del Método PERT El método PERT se basa en dos conceptos básicos fundamentales: 1.º) La descomposición del proyecto en actividades. 2.º) El establecimiento de un orden de prelaciones entre estas.
2.1.- Descomposición del proyecto en actividades En primer lugar, se propone la descomposición del proyecto en una serie de partes que se corresponden con tareas u obras parciales, llamadas actividades. Se entiende por actividad (A) la ejecución de una tarea que exige para su realización la utilización o consumo de recursos como: materiales, mano de obra, maquinaria y útiles, etc. Además de recursos, las actividades consumen tiempo. Son actividades de un proyecto, p. ej., el movimiento de tierras, la cimentación, la cubierta, la instalación eléctrica, la ejecución de la solera, etc. Las actividades se pueden representar gráficamente en el método PERT mediante una línea continua, en cuya parte central se incluye una flecha que indica el sentido de ejecución en el tiempo de dicha actividad A:
Figura 20.1
Otro concepto importante en este método es el de suceso. Un suceso (i) es un acontecimiento, un punto en el tiempo, un momento del tiempo, una fecha en el calendario. Un suceso no consume recursos, solo indica el principio o el fin de una o varias actividades. Los sucesos se representan gráficamente mediante un círculo en cuyo interior figura el número que identifica dicho suceso, y que de forma genérica 258
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
se denomina “i” para el suceso inicial de una actividad, y “j” para el final de dicha actividad: Figura 20.2
Así pues, la representación gráfica de la programación de un proyecto mediante el método PERT se realiza mediante una estructura de grafo. Los arcos del grafo representan las actividades, y los vértices representan los sucesos. De esta manera, el arco entre los sucesos i y j se puede denominar por Ai j . Hay que resaltar que en el dibujo de los grafos PERT de un proyecto, las líneas que representan a las actividades pueden ser rectas o curvas, sin que ello represente nada en especial. Igualmente pueden tener más o menos longitud, sin que tenga nada que ver con la duración de la actividad que, como más adelante veremos, viene expresada por su tiempo PERT. Puede darse el caso de que varias actividades partan de un mismo suceso inicial, finalizando cada una en sucesos distintos, es lo que se conoce como actividades divergentes, y se representa:
Figura 20.3
Por el contrario, si dos actividades, comenzando en sucesos distintos, finalizan en un mismo suceso, se dice que son convergentes, y se representa:
Figura 20.4
259
Bloque VI: Planificación de la obra
2.2.- Establecimiento de prelaciones entre las actividades El establecimiento de un orden de prelación entre las distintas actividades significa indicar el orden en que las distintas actividades se han de realizar en la ejecución de la obra. Los motivos por los que unas actividades han de realizarse antes que otras, de manera inevitable, son normalmente de tipo técnico, pero también por motivos económicos o legales. P. ej. en la ejecución de un proyecto, para poder montar la estructura, es preciso que esté ejecutada y terminada la cimentación, donde aquella apoya. Igualmente, por motivos legales, para realizar la tira de cuerda y el replanteo de la obra, ha de haberse obtenido previamente la licencia municipal de obra. El establecimiento real de las prelaciones puede, en algunos casos, realizarse por pura lógica o simple intuición, pero, por lo general, requerirá de un conocimiento profundo de la realidad de la ejecución del proyecto. En cualquier caso, este orden de prelación de las distintas actividades ha de plasmarse de alguna manera al dibujar el correspondiente grafo PERT del proyecto. El conjunto de prelaciones entre las actividades de un proyecto, que normalmente se expresará p. ej. de la siguiente forma: A precede a C B precede a C y D C precede a E D precede a F E precede a G y H etc. puede representarse mediante el llamado Cuadro de Prelaciones, que viene a ser otra manera de expresar lo mismo que en la tabla anterior, pero quizás de forma más clara y práctica para el posterior dibujo del grafo PERT. Así pues, para las prelaciones arriba descritas, se puede confeccionar el siguiente Cuadro de Prelaciones, en el que la primera columna contiene la lista alfabética de las actividades de nuestro proyecto, y la segunda columna las actividades precedentes correspondientes a cada una de las anteriores:
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
CUADRO DE PRELACIONES ACTIVIDADES PRECEDENTES A B C A,B D B E C F D G E H E Existe una tercera forma de expresar la relación de prelaciones entre las actividades: es la llamada Matriz de Encadenamientos, que es una matriz cuadrada de orden igual al n.º de actividades de nuestro proyecto, cuyas columnas corresponden a las actividades precedentes y cuyas filas corresponden a las actividades siguientes. Precisamente en los cruzamientos entre unas y otras vienen marcadas mediante una cruz las relaciones entre ambas. Para nuestro ejemplo anterior, la matriz de encadenamientos sería la siguiente: MATRIZ DE ENCADENAMIENTOS
SIGUIENTES
PRECEDENTES A B C D E F G H A B C X X D X E X F X G X H X
La representación gráfica de una prelación del tipo A precede a B sería la siguiente:
Figura 20.5
261
Bloque VI: Planificación de la obra
3.- Actividad ficticia En la plasmación gráfica de las prelaciones entre las distintas actividades, pueden darse casos irrepresentables con lo hasta ahora visto; por ejemplo, si queremos representar las dos prelaciones siguientes de un mismo proyecto: A precede a B, C D precede a B
Figura 20.6
Vemos que al representarlas de esta forma, es decir, al hacer A y D convergentes en el suceso inicial de B y C (por otra parte necesario con lo visto hasta ahora, ya que ambas están precedidas por A), para que las dos precedan a B, se da la circunstancia de que necesariamente D ha de preceder a C, lo cual incumple las prelaciones de partida. Para dar solución a estas situaciones entran en juego las denominadas “actividades ficticias”. Una actividad ficticia que, como su nombre indica, no es real, no consume tiempo ni recursos, es decir, que procede de un artificio, unos enlaces lógicos, para resolver ciertas situaciones en la confección de los grafos que reflejan las prelaciones del proyecto. La representación gráfica de una actividad ficticia es mediante una línea discontinua, denominándoseles con la letra f minúscula y con subíndices sucesivos conforme van apareciendo en la confección del grafo:
Figura 20.7
Al no consumir tiempo ni recursos, las prelaciones se pueden “trasladar a través” de la actividad ficticia, desde su suceso inicial al final, pero siempre 262
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
en el sentido de la actividad, y no en el contrario (sentido de la flecha), lo que hace que en el caso anterior, quedaría dibujado de la siguiente forma:
Figura 20.8
A precede a B a través de la ficticia f, pero D no precede a C, al tener que pasar en sentido contrario a la mencionada ficticia. Otro de los problemas que se plantean con frecuencia en la representación gráfica de las programaciones PERT es la aparición de las actividades en paralelo, por ejemplo en la representación de las prelaciones: A precede a B, C B, C preceden a D En un principio, la representación gráfica sería la de la Fig.9:
Figura 20.9
Mientras el proceso de cálculo del método PERT se desarrolle de manera manual, no presentaría ningún problema, lo cual no ocurre cuando este se realiza mediante ordenador (como, por otra parte, se resuelve hoy día), ya que el mismo no puede distinguir entre actividades que empiezan y terminan en los mismos sucesos. En el método PERT, la única característica diferenciadora que se le concede a las actividades es su duración (tiempo PERT), y varias actividades que empiezan y terminan en los mismos sucesos (momentos del tiempo) no 263
Bloque VI: Planificación de la obra
pueden ser diferenciadas (el empleo de recursos como materiales, maquinaria o mano de obra, aunque es una característica que el método otorga a las distintas actividades, no queda definida, por lo que no sirve para hacer una distinción entre las actividades). Para resolver esta situación (dos o más actividades que comienzan y terminan en los mismos sucesos) se recurre igualmente al empleo de las actividades ficticias, de manera que en el ejemplo anterior, las posibles soluciones serían las reflejadas en la Fig. 20.10.
Figura 20.10
4.- Construcción del grafo PERT Cuando representamos gráficamente el conjunto de actividades del proyecto, considerando las prelaciones entre las mismas, queda configurado un grafo, el cual responde a la teoría matemática de grafos, dentro del Álgebra de conjuntos. Esta teoría define un conjunto de puntos en el plano, que llama vértices (que se corresponden con los sucesos del método PERT), y otro conjunto, de relaciones entre dichos vértices, que llama arcos (actividades del método PERT), con base en los cuales desarrolla todo un conjunto de relaciones, principios y conceptos, que son aplicables a muy diversos campos prácticos, y en concreto al de la organización y programación de proyectos, donde quizás haya tenido su mayor éxito. Para construir un grafo PERT correspondiente a un determinado proyecto, y una vez que se dispone del conjunto desglosado de actividades y su respectivo orden de prelación (expresado de cualquiera de las formas arriba expuestas), comenzaríamos por ir representando de manera sucesiva las distintas actividades, es decir, si nos basamos, p. ej., en el Cuadro de prelaciones del ejemplo anterior: 264
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
1) Representaríamos la actividad A, con sus sucesos, inicial y final, que, al no tener precedentes, quedaría “suelta”, al menos en principio (Fig.20.11). Supuesto que la actividad A no tiene precedentes, su suceso inicial, podemos decir que corresponde al inicio del proyecto, es decir, que es el suceso inicio del proyecto, que se define como “aquel suceso que representa el inicio de una o más actividades pero no representa, sin embargo, el final de ninguna actividad”. Por el contrario, el suceso final del proyecto será “aquel suceso que representa el final de una o varias actividades, pero que no representa el inicio de ninguna actividad”.
Figura 20.11
2) Pasaríamos a representar (dibujar), a continuación, la actividad B, con la que ocurriría lo mismo. Aparentemente tendríamos dos sucesos inicio de proyecto, lo cual es imposible en tanto que “un proyecto se inicia en un determinado momento, y no en varios”, pudiendo comenzar, en ese momento (suceso), una o varias actividades diferentes (divergencia). Así pues, por ahora el grafo quedaría como el de la Fig.20.12:
Figura 20.12
3) En tercer lugar, pasamos a representar la actividad C precedida de A y B. Puesto que C está precedida de ambas, el suceso final de ambas ha de coincidir con el inicial de C, es decir, que A y B habían de ser dos actividades en paralelo, lo que ya hemos dicho que no puede ser entendido por un ordenador (dos actividades que empiezan y terminan en los mismos sucesos, Fig.20.9). Ya dijimos entonces que la forma de resolver esta situación era con la introducción de una actividad ficticia, a la que ahora, al ser la primera, llamamos f1 (Fig.20.13).
265
Bloque VI: Planificación de la obra
Figura 20.13
4) Pasamos a continuación a dibujar la actividad D, precedida de B, lo cual representa una prelación lineal (Fig.20.5), de manera que el grafo quedaría ahora como el de la Fig.20.14.
Figura 20.14
Al igual que ocurría en la representación de la Fig.20.8, en este caso, tampoco A precede a D, lo que supondría tener que pasar en sentido contrario de la ficticia f1, estando de acuerdo esta representación con el cuadro de prelaciones del proyecto. 5) A continuación, dibujaremos E precedida de C, F precedida de D y G precedida de E (conviene en la representación de los grafos PERT mantener siempre un orden, con el objeto de seguir una metodología que nos evita errores por olvidos o despistes, muy frecuentes en este tipo de ejercicios, sobre todo conforme aumenta el número de actividades y se complica el grafo) todas ellas de tipo lineal, lo cual no representa, en principio, ningún problema, como podemos ver en la Fig.20.15.
Figura 20.15
266
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
6) Por último, representamos H precedida de E, lo que va a ser una divergencia de G y H, ambas precedidas de E, quedando ahora el grafo como en la Fig.20.16:
Figura 20.16
Ahora bien, mientras que existe solo un suceso inicio del proyecto, aparentemente ahora tenemos tres sucesos que podemos llamar suceso final de proyecto (sucesos finales de F, G y H), que, según dijimos, había de ser único, con lo que hemos de conducir o unir todas las actividades en un único suceso final. Esta unión puede hacerse, bien directamente, si es posible, o bien empleando actividades ficticias, lo que se hace necesario en los casos que plantean paralelismos entre actividades (como ocurre en este caso entre las actividades G y H). No obstante, se recomienda que, siempre que sea posible, se evite el uso de actividades ficticias, empleando estas cuando sea estrictamente necesario, con el objeto de no aumentar la complejidad del grafo. Así pues, los sucesos finales de F y H (o G, según se prefiera) pueden ser el mismo. Hay que decir aquí que el hecho de que en un grafo se empleen más actividades ficticias de las estrictamente necesarias no invalida en absoluto el mismo, ni su resultado en cuanto al dato final de duración total del proyecto, el cual se trata de calcular, ni las conclusiones sobre actividades críticas y camino crítico (como ya veremos más adelante), pero es cierto que un grafo con excesivo n.º de actividades ficticias innecesarias es menos “claro” y sobre el mismo es más difícil operar aplicando algoritmos, etc., y más fácil equivocarse. Dicho esto, el grafo del problema proyecto, puede quedar como se muestra en las siguientes Fig.20.17, Fig.20.18, Fig.20.19, Fig.20.20, aunque por su simplicidad recomendamos el de la Fig.20.18.
267
Bloque VI: Planificación de la obra
Figura 20.17
Figura 20.18
Figura 20.19
Figura 20.20
5.- Numeración de los sucesos El siguiente paso en la resolución del ejercicio de programación mediante el método PERT corresponde a la numeración de los diferentes sucesos del grafo. Para realizar esta hemos de seguir ciertas reglas: a) Empezaremos por asignar el n.º 1 al suceso inicio del proyecto, esto es, “aquel suceso que representa el inicio de una o más actividades pero no representa sin embargo el final de ninguna actividad”. b) Los demás sucesos los iremos numerando de manera sucesiva, empleando números consecutivos, es decir: 2, 3, 4, 5, etc., teniendo en cuenta que siempre ha de cumplirse que todas las actividades deben tener su suceso inicial con un n.º inferior a su suceso final; o lo que es lo mismo: Ai j , i < j Para realizar la numeración e ir haciendo las mencionadas comprobaciones, conviene fijarse en que, al ir eligiendo el suceso que va a numerarse a continuación, todas las actividades que terminan en el mismo tengan sus sucesos iniciales ya numerados; de esta manera, nos aseguramos de que el suceso que ahora numeramos, como final, tenga un número siempre superior al inicial de las actividades que en él terminan, ya que la numeración, como hemos dicho en el apartado a) anterior, se realiza de manera consecutiva. Así pues, en el grafo que nos ocupa, la numeración puede ser la siguiente:
268
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Figura 20.21
Conviene también decir que la numeración de los sucesos no tiene por qué ser única, existiendo normalmente varias numeraciones válidas, que no afectan al resultado final del proyecto aunque se obtengan datos y valores intermedios distintos.
6.- El tiempo PERT La asignación de tiempos en el método PERT se realiza recurriendo a estudios probabilísticas, sobre la duración que una determinada actividad, si se repitiese un determinado n.º de veces, tardaría en ejecutarse. Una vez realizados estos estudios para cada una de las actividades de nuestro proyecto (cuyo desarrollo no es objeto de este temario) se obtienen diversos datos que convenientemente manejados nos dan el denominado Tiempo PERT. Las tres estimaciones de tiempo que baraja el método PERT se denominan: estimación optimista, estimación más probable y estimación pesimista, cuyo significado es el siguiente: - La estimación optimista (a) representa el tiempo mínimo en que podría ejecutarse la actividad si todo marchara excepcionalmente bien, no produciéndose ningún tipo de contratiempo durante la fase de ejecución. Se considera que la probabilidad de poder finalizar la actividad en esta estimación optimista no es superior a 0,01. - La estimación más probable (m), llamada también estimación modal, representa el tiempo que normalmente se empleará en ejecutar la actividad, es decir, el tiempo que se empleará cuando las circunstancias de su ejecución no sean ni excepcionalmente favorables ni excepcionalmente desfavorables. Se considera que este tiempo es el que se ha dado con más frecuencia si la actividad se hubiese realizado un cierto n.º de veces.
269
Bloque VI: Planificación de la obra
- La estimación pesimista (b) representa el tiempo máximo en que podría ejecutarse la actividad si todas las circunstancias que influyen en su duración fueran totalmente desfavorables, produciéndose toda clase de contratiempos, entre los que se exceptúan casos extremos como: incendios, huelgas, etc. Asimismo, se considera que la probabilidad de poder finalizar la actividad en esta estimación pesimista no es superior a 0,01. Una vez obtenidas las tres estimaciones de tiempo para cada actividad, se calcula el Tiempo PERT mediante la fórmula de ponderación siguiente:
270
CAPÍTULO 21: PROGRAMACIÓN DE TIEMPOS. MÉTODO PERT (II) 1.- El tiempo EARLY. Su cálculo en el grafo PERT 2.- El tiempo LAST. Su cálculo en el grafo PERT 3.- Cálculo de los tiempos EARLY y LAST mediante la Matriz de ZADERENKO 4.- Concepto de HOLGURAS 4.1.- Holgura de suceso 4.2.- Holgura de actividad. Tipos 4.3.- Cuadro de Holguras 4.4.- Actividad crítica. Camino crítico 5.- Calendario de ejecución de un proyecto
1.- El tiempo EARLY. Su cálculo en el grafo PERT El siguiente paso en el desarrollo del ejercicio PERT, para alcanzar el objetivo de conocer el tiempo total de ejecución de un proyecto, así como de poder realizar un control sobre la ejecución de las actividades en las que se descompone, es el de calcular, sobre el grafo, una vez terminado, “el tiempo más pronto posible” de cada uno de los sucesos. A este tiempo se le conoce como Tiempo Early (ti o tj , según se trate de suceso inicial o final de una actividad), que trata de medir el tiempo mínimo necesario para llegar a ese suceso, es decir, lo más pronto que se puede estar en él. Es importante tener en cuenta que para poder decir que estamos en un suceso, han de estar concluidas todas las actividades que terminan en él, y solo en ese caso podremos decir que estamos en ese suceso. Esto se traduce en que, cuando hay dos o más actividades que convergen en un suceso, hemos de tener en cuenta cuál de las dos tarda más en terminar, lo que supone añadir al momento de inicio de cada una (tiempo Early del suceso inicial de la actividad), la duración de dicha actividad (su tiempo PERT), y esto para cada una de las actividades que terminan en el suceso cuyo tiempo Early estamos 271
Bloque VI: Planificación de la obra
calculando. Lo anterior se resume en la siguiente expresión de cálculo del tiempo Early: tj = máx (ti + t ij) para todo i
(21.1)
El cálculo de estos tiempos Early se realiza de forma algorítmica, es decir, aplicando este procedimiento de cálculo algebraico de manera repetitiva. Es necesario, para ello, además de tener construido completamente el grafo, haber numerado los sucesos, y calculado los tiempos PERT de cada una de las actividades, con ayuda de la fórmula del punto 5 del tema anterior. Siguiendo con el ejemplo iniciado en el anterior tema, y con los datos necesarios de las estimaciones de tiempos optimista, más probable y pesimista, podemos calcular, con ayuda de la mencionada fórmula, los tiempos PERT de cada actividad. Estos tiempos se reflejan en el cuadro siguiente: Duración en días Est. optimista Est. más probable Est. pesimista Tiempo PERT
A 1 2 3 2
B 4 5 6 5
C 1 3 5 3
D 4 6 8 6
E 2 3 10 4
F 8 9 16 10
G 1 3 5 3
H 2 5 8 5
El siguiente paso, previo al cálculo de los tiempos Early, consiste simplemente en transcribir esos tiempos al grafo, junto a cada una de las actividades, como puede verse en la Fig. 21.1 siguiente:
Figura 21.1
Para empezar a calcular los tiempos Early, comenzamos por el suceso 1 (ya que en la fórmula [21.1], para poder calcular un tiempo Early j [final] es necesario conocer un tiempo Early i [inicial]), suceso inicio del proyecto, al cual corresponde por definición el tiempo Early 0, es decir, que el día 272
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
inicio del proyecto es el día 0. Este tiempo, al igual que todos los tiempos Early, se escribirán, en el grafo, dentro de un triángulo (∆), junto al suceso correspondiente. Para calcular el resto de los tiempos Early, operamos de la siguiente manera: a) Después de calculado el tiempo Early del suceso 1 pasamos a calcular el del suceso 2, y así sucesivamente, siempre siguiendo el orden creciente de la numeración de sucesos. Para realizar estos cálculos empleamos la fórmula (21.1), lo cual quiere decir que hemos de buscar cuántas actividades terminan en el suceso 2, y para cada una de ellas (o una sola, en su caso), sumaremos al tiempo Early de su suceso inicial, el tiempo PERT de dicha actividad; esta suma será el tiempo Early buscado. En caso de más de una actividad que termine en el suceso cuyo tiempo Early queremos calcular, se elegirá la mayor de las sumas obtenidas. En nuestro ejemplo, como solo la actividad B termina en el suceso 2, solo hemos de realizar una suma: tj Tiempo Early del suceso inicio de la actividad B (suceso 1) + tiempo PERT de la actividad B = 0 + 5 = 5 = t2 = tiempo Early del suceso 2 b) A continuación calculamos el tiempo Early correspondiente al suceso 3 (t3). En este caso, existen dos actividades que convergen en este suceso: la actividad A y la actividad ficticia f1, que también hay que tener en cuenta, y cuyo tiempo PERT es, como sabemos, 0. Aplicando la anterior fórmula, y eligiendo el mayor de los resultados obtenidos para cada una de las actividades, resulta que el tiempo Early del suceso 3 es: t3 = 5. Como vemos, de esta forma nos aseguramos de que en ese tiempo Early estén ejecutadas todas las actividades que terminan en el suceso 3, aunque alguna de ellas pueda estar concluida antes, como es el caso de la actividad A, que lo estaría el día 2. c) De igual forma, y de manera sucesiva, es decir, siguiendo siempre la numeración creciente de los sucesos, vamos calculando todos los tiempos Early, hasta llegar al del suceso final 8, en el cual terminan tres actividades (F, H y f2). El grafo quedaría entonces como se muestra en la Fig. 21.2 siguiente:
273
Bloque VI: Planificación de la obra
Figura 21.2
Al tiempo Early del suceso final del proyecto (suceso 8) se le llama Duración del proyecto, precisamente el dato que, hasta ahora, buscábamos.
2.- El tiempo LAST. Su cálculo en el grafo PERT De manera similar a la empleada para el cálculo de los tiempos Early, se calcula el tiempo LAST, el cual definimos a continuación: el tiempo Last de un cierto suceso i (t* i) trata de medir lo más tarde que podemos llegar a ese suceso, de manera que la duración total del proyecto (como hemos dicho en el apartado anterior, medida por el tiempo Early del suceso final) no se retrase en ninguna unidad de tiempo. El cálculo de los tiempos Last en el grafo se realiza también con la ayuda de un algoritmo, de forma iterativa, pero al contrario que con los tiempos Early, ahora comenzando por el tiempo Last del suceso final del proyecto, al que, por definición, le corresponde un tiempo Last igual al tiempo Early ya calculado (o duración del proyecto). Para distinguir en el grafo los tiempos Last, se escriben inscritos en un cuadrado (), junto al triángulo del Early. En caso de que coincidan ambos tiempos para un mismo suceso, se inscribe el triángulo en el cuadrado correspondiente. Ahora, la expresión que nos da el cálculo del tiempo Last será la siguiente: t*i = mín (t* j – tij)
para todo j
(21.2)
Como puede apreciarse, en este caso se trata de ir calculando los tiempos Last de los sucesos iniciales ( i ) de actividades cuyo suceso final ( j ) tiene 274
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
un tiempo Last ya conocido, es decir, que vamos calculando los sucesivos tiempos “para atrás” a partir del suceso final del proyecto, siguiendo el orden decreciente en la numeración de los sucesos. Cuando de un suceso divergen dos actividades, hemos de tener en cuenta “ambos caminos” y realizar ambas diferencias, eligiendo en este caso el menor de los resultados obtenidos. Realizando esta elección nos aseguramos de que cualquiera de las dos actividades pueda empezar “a tiempo” como para no retrasar el final del proyecto. La otra, probablemente, termine entonces antes del final del proyecto, contando con cierta holgura de tiempo en su ejecución (el concepto de holgura se verá más adelante). Volviendo a nuestro ejemplo, y teniendo en cuenta que el tiempo Last del suceso 8 (final) es ya conocido, al haberse calculado los tiempos Early con anterioridad, y vale 21, pasaríamos a calcular el del suceso 7. Como en este caso, del suceso 7 solo “sale” una actividad (concretamente la f2), el tiempo Last, aplicando la fórmula (21.2), será: t* 7 = tiempo Last del suceso final de la actividad f2 – duración de la actividad f2 = 21 – 0 = 21, valor que, al no coincidir con el tiempo Early de dicho suceso, se inscribirá en un cuadrado situado junto al triángulo del tiempo Early (ver Fig. 24). Seguidamente pasamos a calcular el tiempo Early del suceso 6. En este caso (divergencia) existen dos actividades que comienzan en dicho suceso, con lo cual sí que debemos calcular los dos “caminos” eligiendo el menor de los resultados obtenidos, es decir, de las siguientes diferencias: 21 – 3 = 18
y
21 – 5 = 16
Elegimos 16, que será el tiempo Last del suceso 6, y que, al no coincidir con el tiempo Early anteriormente calculado para ese suceso, pondremos en un cuadrado situado junto al triángulo del Early. Nuestro grafo quedaría por ahora como el de la Fig. 21.3.
275
Bloque VI: Planificación de la obra
Figura 21.3
Hemos de resaltar aquí el que las diferencias de la fórmula (21.2) resultan de restar del tiempo Last ya calculado (correspondiente al suceso final de la actividad en cuestión) y no del tiempo Early, así en nuestro caso, hemos restado 3 (tiempo PERT de G) a 21, y no a 15, es decir, al tiempo Last del suceso final de cada actividad. De forma iterativa, aplicando la fórmula (21.2), se van calculando los demás tiempos Last. El del suceso inicial del proyecto ha de ser siempre 0, coincidiendo así con el tiempo Early de ese suceso. El resultado obtenido se puede ver en la Fig. 21.4 siguiente:
Figura 21.4
3.- Cálculo de los tiempos EARLY y LAST mediante la Matriz de ZADERENKO Cuando el número de actividades es grande, el grafo puede llegar a ser complejo, y el cálculo de los tiempos Early y Last, muy laborioso, lento y aumentan las posibilidades de cometer algún error en las sucesivas iteraciones. Además, al responder el cálculo a una expresión algorítmica, este se presta a ser automatizado e informatizado, con lo que la resolución del ejercicio de programación se simplifica enormemente. En este sentido se enmarca la denominada Matriz de Zaderenko. 276
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
El método de Zaderenko consiste en la realización de un algoritmo matricial, sobre una matriz cuadrada de orden igual al número de sucesos del grafo PERT. A esta matriz se le añaden: en primer lugar, una columna a la izquierda, donde irán numerados los sucesos iniciales ( i ), y una fila en la parte superior, donde irán numerados los sucesos finales ( j ). En segundo lugar, se añadirá una segunda columna a la izquierda de la anterior, donde escribiremos los tiempos Early ( ti ), conforme los vayamos calculando, y una nueva fila, esta vez en la parte inferior de la matriz, donde escribiremos los tiempos Last ( t*j ), conforme se vayan igualmente calculando. Con estas modificaciones, la matriz resulta finalmente de orden (n + 2), siendo n el número de sucesos del grafo PERT. Siguiendo con nuestro ejemplo anterior, la matriz tendría la siguiente forma: ∆ ij 1 2 3 4 5 6 7 8
1
2
3
4
5
6
7
8
Cuadro (21.1) Una vez dibujada la matriz, el siguiente paso es rellenar las cuadrículas correspondientes a las actividades (incluidas las ficticias) siguiendo los cruzamientos entre suceso inicial y final para cada actividad, con el valor del tiempo PERT o duración de cada actividad. Así, en nuestro caso tendríamos el siguiente resultado (como puede observarse todos los valores introducidos quedan por encima de la diagonal de la matriz, ya que para cada actividad, se cumple que su suceso inicial es inferior al final, condición utilizada en su momento, para numerar los sucesos):
277
Bloque VI: Planificación de la obra
∆ ij 1 2 3 4 5 6 7 8
1
2 5
3 2 0
4
5
6
7
8
6 3 4 10 3 5 0
Cuadro (21.2) Conviene detenerse en este momento, desde el punto de vista práctico, y realizar la comprobación del número de casillas rellenas (10), que ha de coincidir con la suma de las actividades reales (8) y las ficticias (2). Hasta ahora solo hemos introducido en la matriz la información que ya teníamos. A partir de este momento comienza la aplicación de los algoritmos utilizados por Zaderenko para calcular los tiempos Early y Last. Comenzaremos por calcular los tiempos Early. En el fondo, como por otra parte parece lógico, se realizan las mismas operaciones que hicimos en el grafo para realizar dicho cálculo. En primer lugar, escribimos en la casilla correspondiente al tiempo Early del suceso inicial (suceso 1), su valor que, como sabemos, siempre es 0. A continuación, vamos a calcular el del suceso 2, y lo escribiremos en la casilla situada a su izquierda (debajo del tiempo Early del suceso 1, que acabamos de escribir). Para calcular el del suceso 2, hemos de buscar en la columna correspondiente al suceso 2 (como final). En este caso, vemos que hay una sola actividad, que comienza en el suceso 1 y termina en el suceso 2, y que dura 5 días (concretamente se trata de la actividad B) después hemos de sumar (en la misma fila) la duración de esa actividad (5 días) con el tiempo Early ya calculado, del suceso inicial de la actividad (es decir, del suceso 1), cuyo valor en este caso es 0. El resultado de dicha suma es precisamente el tiempo Early buscado (5 + 0 = 5), que escribiremos en la casilla correspondiente. Cabe destacar aquí que la suma se realiza siempre entre casillas de la misma fila. Si hubiese más de una casilla rellena en la columna 2, es decir, más de una actividad, debemos realizar tantas sumas como actividades, y elegir el mayor 278
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
de los valores hallados (recordar la fórmula de cálculo de los tiempos Early (fórmula [21.1]). La matriz hasta ahora quedaría como sigue: ∆ ij 0 1 5 2 3 4 5 6 7 8
1
2 5
3 2 0
4
5
6
7
8
6 3 4 10 3 5 0
Cuadro (21.3) De forma iterativa calculamos todos los tiempos Early, siempre siguiendo la numeración de los sucesos. Por ejemplo, en el caso del suceso 3, donde nos encontramos con dos casillas rellenas en la columna 3 (dos actividades por tanto), la operación a realizar será: (2 + 0 = 2) y (0 + 5 = 5) eligiendo 5 al ser mayor; o, en el caso del suceso 8, donde nos encontramos 3 casillas (tres actividades), haremos: (10 + 5 = 15), (5 + 6 = 11) y (0 + 7 = 7), eligiendo 15 (el mayor). Así pues la matriz con todos los tiempos Early quedaría como en el Cuadro (21.4) siguiente: ∆ 0 5 5 8 11 12 15 21
ij 1 2 3 4 5 6 7 8
1
2 5
3 2 0
4
5
6
7
8
3
10 5 0
6 3 4
Cuadro (21.4) Como puede apreciarse, los tiempos Early calculados coinciden con los del grafo, lo que nos muestra otra utilidad de la matriz de Zaderenko, en cuanto a método de comprobación de los tiempos Early (y también Last, como veremos más adelante) calculados directamente en el grafo.
279
Bloque VI: Planificación de la obra
Por su parte, el cálculo de los tiempos Last mediante la matriz de Zaderenko, se realiza de la siguiente manera: en primer lugar, escribimos el tiempo Last del suceso final del proyecto (coincidente como sabemos con el tiempo Early de dicho suceso, y con la duración total del proyecto, es decir, 21 en nuestro ejemplo) en la casilla correspondiente (última casilla de la derecha de la fila inferior dedicada a escribir los tiempos Last). A continuación, pasamos a calcular el del suceso 7; para ello observamos la “fila 7” donde vemos cuántas casillas hay rellenas (actividades que comienzan en el suceso 7). Para cada una de estas casillas, haremos las diferencias “siempre en la misma columna” entre el tiempo Last ya calculado y el tiempo PERT de la casilla de la actividad. En caso de más de una casilla rellena, elegiremos la menor de las diferencias calculadas. Siguiendo con nuestro ejemplo, para el suceso 7, solo existe una casilla cuyo valor es 0 (actividad ficticia) siendo el resultado: (21 – 0 = 21). Para el suceso 6, en cambio, nos encontramos con dos casillas rellenas, con lo que haremos: (21 – 5 = 16) y (21 – 3 = 18), eligiendo el menor de los dos, es decir, 16. De manera iterativa se calculan el resto de los tiempos Last cuyo resultado vemos en el Cuadro (21.5) siguiente. Como podemos observar, el tiempo Last del suceso inicial es 0, coincidiendo, como ya dijimos, con el Early de dicho suceso. ∆ ij 0 1 5 2 5 3 8 4 11 5 12 6 15 7 21 8
1
2 5
3 2 0
4
5
6
7
8
3
10 5 0
21
21
6 3 4
0
5
9 12 11 Cuadro (21.5)
16
4.- Concepto de HOLGURAS Acercándonos a la realidad en el control de la ejecución del proyecto, los datos obtenidos hasta ahora, referentes a los tiempos Early y Last, bien sea directamente del grafo, o mediante el algoritmo de Zaderenko, solo nos aportan un dato práctico relevante: la duración total del proyecto (tiempo Early = tiempo Last, del suceso final). Este dato es interesante, pero se puede hacer mucho más para el control y manejo intermedios de la obra; para ello, seguiremos avanzando
280
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
en el conocimiento de la programación con los conceptos desarrollados en los apartados siguientes.
4.1.- Holgura de suceso Se define la holgura de un suceso i (Hi), como la diferencia entre su tiempo Last menos su tiempo Early, es decir: Hi = t*i – ti
(21.3)
La Holgura de un suceso (Hi) nos indica el número de unidades de tiempo en que puede retrasarse la realización del mismo (o, mejor dicho, la llegada al mismo) sin que se vea afectada la duración total del proyecto. En nuestro ejercicio la holgura del suceso 3, por ejemplo: H3 = t*3 – t3 = 9 – 5 = 4; el del 4, H4 = 12 – 8 = 4, etc. Obsérvese que algunos sucesos no disponen de ninguna holgura, es decir, que su holgura es cero. En nuestro ejercicio, es el caso de los sucesos 1, 2, 5 y 8, en los que coinciden los tiempos Early y Last. A estos sucesos no se puede llegar con ningún retraso, en caso contrario, afectaría a la duración total del proyecto. Por el contrario, los sucesos antes estudiados (sucesos 3 y 4, y también el 6 y el 7 en nuestro ejercicio) pueden retrasarse varios días sin que afectase a la duración del proyecto. Si se retrasasen más días de lo que marca su holgura, también retrasarían el final del proyecto.
4.2.- Holgura de actividad. Tipos Vamos a estudiar a continuación las holguras de las actividades. En tanto que cada actividad empieza en un suceso y termina en otro, es decir, que está enmarcada entre dos sucesos, y que cada suceso, como acabamos de ver, puede sufrir o no cierto retraso, la ejecución de la actividad puede desplazarse en el tiempo, hacia atrás o hacia delante, como es lógico, desde lo más pronto que pueda empezar (marcado por el tiempo Early del suceso inicial) hasta lo más tarde que pueda terminar (marcado por el tiempo Last de su suceso final). Así pues definimos el concepto de Holgura total de la actividad Aij (HTij ) como el tiempo que resulta de restar del tiempo Last del suceso final de dicha actividad, el tiempo Early de su suceso inicial y la duración de la actividad, es decir:
281
Bloque VI: Planificación de la obra
HTij = t*j – ti – tij
(21.4)
La holgura total de una actividad nos indica el número de unidades de tiempo en que puede retrasarse la ejecución de dicha actividad, con respecto a su duración prevista (su tiempo PERT), sin que esto retrase la duración total del proyecto, es decir, que si la actividad Aij dispone de (t* j – ti) para su ejecución, y la ejecución prevista para la misma era tij (tiempo PERT), la diferencia entre ambos es su holgura, es decir, el tiempo que “le sobraría” en una ejecución prevista de la misma, ya que le estaría permitido cierto retraso, sin retrasar el conjunto del proyecto. Esto tiene su importancia, ya que algunas actividades no disponen de dicha holgura, lo que implica el que “no les esté permitido” ningún retraso (si no se quiere retrasar la duración total del proyecto). Estas actividades se conocen por el nombre de actividades críticas, y para el responsable de la ejecución y control de la obra (que mediante aplicaciones informáticas maneja y desarrolla en la práctica estos conocimientos), representan la actividades sobre las que debe prestar su mayor atención, con el objeto, siempre, de evitar que se retrase el total del proyecto. Sobre el resto de actividades, las que sí que tienen holgura, en principio, podrá prestar menos atención, al menos, en principio. Se pueden definir otros dos tipos de holguras de la actividad, conocidas como Holgura libre y Holgura independiente. Estos conceptos no son específicos del método PERT sino que corresponden al llamado método CPM (método del Camino Crítico). La Holgura libre de una actividad ij ( HLij ) se define como el tiempo que resulta de restar al tiempo Early del suceso final el tiempo Early del inicial y la duración de la actividad, es decir: HLij = tj – ti – tij
(21.5)
La holgura libre de una actividad nos indica la cantidad de holgura disponible para dicha actividad, si todas las actividades del proyecto comienzan en sus tiempos Early, es decir, que representa la parte de la holgura total que puede ser consumida por dicha actividad, sin perjudicar a las actividades siguientes. Hemos de asegurarnos de que la actividad en cuestión termina en el tiempo Early de su suceso final para que la siguiente (o siguientes) puedan empezar lo antes posible, y así disponer de la mayor holgura posible.
282
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Como puede fácilmente deducirse de las fórmulas anteriores, la holgura libre es siempre menor o igual que la total (ya que el tiempo Last de un determinado suceso es siempre mayor o igual que el Early). En el caso de que coincidan los tiempos Early y Last del suceso final, ambas holguras también serán coincidentes. En nuestro ejercicio, por ejemplo, para la actividad C, la Holgura total sería: HTC = HT3-4 = 12 – 5 – 3 = 4; mientras que la Holgura libre será: HLC = HL3-4 = 8 – 5 – 3 = 0 (no tiene Holgura libre, en este caso) La Holgura independiente de una actividad ij, (HIi-j ) se define como el tiempo que resulta de restar al tiempo Early del suceso final de dicha actividad, el tiempo Last del inicial y la duración de la actividad, es decir: HIi-j = tj – t*i – tij
(21.6)
La holgura independiente de una actividad nos indica la cantidad de holgura disponible para dicha actividad, sin perjudicar a las actividades siguientes, y si todas las actividades anteriores han comenzado en sus tiempos Last (es decir, que han consumido su holgura total). Esta holgura es habitualmente pequeña y, a veces, incluso negativa, sin tener ello ninguna connotación especial. Para la actividad C, por ejemplo, de nuestro ejercicio, dicha holgura independiente será: HIC = HI3-4 = 8 – 9 – 3 = –4 Contrastando las fórmulas (21.5) y (21.6), puede verse que la holgura independiente será siempre menor o igual que la holgura libre. 4.3.- Cuadro de Holguras La información obtenida hasta ahora referente a las holguras, tanto de suceso como de actividad, puede recogerse en el llamado Cuadro de Holguras. Este cuadro consta de 13 columnas y de tantas filas como actividades del proyecto (pueden incluirse también las actividades ficticias), además de la fila 283
Bloque VI: Planificación de la obra
superior del encabezamiento. Se rellena con una serie de información hasta ahora conocida (correspondiente a los tiempos Early y Last de los sucesos del proyecto, así como a los tiempos PERT de la actividades), y, a partir de esta, se pueden calcular las distintas holguras (tanto de suceso como de actividad), que se escriben en las correspondientes columnas, por simple aplicación de las fórmulas vistas para calcular las distintas holguras (fórmulas 21.3, 21.4, 21.5 y 21.6), a modo de hoja de cálculo, lo que lo hace idóneo para su informatización. En la última columna se reflejan las actividades denominadas críticas, que, como dijimos, son las que cuentan con una Holgura total de cero. En nuestro ejercicio, el cuadro de holguras sería el siguiente, donde las filas de la izquierda (de la línea gruesa) incluyen la información conocida, a partir de la que se calcula la información de la derecha, correspondiente a las diferentes holguras: ij 1-3 1-2 3-4 2-5 4-6 5-8 6-7 6-8 2-3 7-8
Aij A B C D E F G H f1 f2
tij 2 5 3 6 4 10 3 5 0 0
ti 0 0 5 5 8 11 12 12 5 15
tj 5 5 8 11 12 21 15 21 5 21
t*i t*j Hi 0 0 9 0 0 5 4 9 12 0 5 11 4 12 16 0 11 21 4 16 21 4 16 21 6 11 9 6 21 21 Cuadro 21.6
Hj 4 0 4 0 4 0 6 0 4 0
HTij 7 0 4 0 4 0 6 4 4 6
HLij 3 0 0 0 0 0 0 4 0 6
HIij 3 0 -4 0 -4 0 -4 0 -6 0
CC CC CC CC
4.4.- Actividad crítica. Camino crítico En el anterior Cuadro de Holguras, en la última columna de la derecha, se han señalado con CC las actividades críticas. Estas son las que tienen su holgura total igual a cero. Para ello ha de cumplirse, además de que en su suceso inicial y en el final sean iguales los tiempos Early y Last (es decir, que no exista holgura de suceso), que la diferencia entre ambos coincida con la duración de la actividad.
284
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Estas actividades críticas definen un itinerario continuo que se conoce como Camino crítico, que representa la secuencia de actividades sobre las que, como ya dijimos, el responsable del control y la programación de la obra ha de prestar mayor atención, pues cualquier retraso en las mismas supone un retraso también en la ejecución total del proyecto. El resto de actividades, las no críticas, tendrán cierta holgura, por lo que permiten menor atención en su programación, aunque, si llegan a “gastar” toda la holgura de la que disponen, llegan a convertirse en críticas, con lo que, a partir de ese momento, cualquier retraso en las mismas tendría, como hemos dicho, repercusión directa en la duración total del proyecto. El control de la programación de los proyectos es, en este sentido, algo “vivo”, ya que, de forma continua, ha de procederse, por el responsable de la misma, a la reprogramación del proyecto, cada vez que alguna de las actividades que lo componen sufre alguna modificación en su tiempo de realización, respecto del tiempo PERT previsto, con lo que, en ocasiones, esto puede afectar, según los casos, a la duración total del proyecto, a la holgura de alguna o varias de las actividades, o incluso a la modificación del mismo camino crítico, es decir, que actividades que no eran, en principio, críticas, pasen a serlo, y viceversa. Las herramientas informáticas permiten, con rapidez, realizar este seguimiento. En el grafo, las actividades críticas se distinguen con una doble línea, y en caso de tratarse de una actividad ficticia, la doble línea será discontinua. En nuestro ejercicio, podemos ver en el grafo de la Fig. 21.5, marcado con doble trazo, el camino crítico:
Figura 21.5
Así pues, la secuencia de actividades críticas será: CC: B-D-F
285
Bloque VI: Planificación de la obra
5.- Calendario de ejecución de un proyecto Una vez calculada la duración total del proyecto, encontrado el camino crítico (como secuencia de actividades críticas), y halladas las holguras de las distintas actividades, nos quedaría establecer un Calendario de ejecución del proyecto. Esto es, una vez definido en el calendario el día de comienzo de la ejecución de la obra, trasladar la ejecución de cada una de las actividades de la misma a las distintas fechas de dicho calendario. Para ello, realizaremos los siguientes pasos: a) En primer lugar, y una vez definido el día de comienzo de la ejecución del proyecto (que será el tiempo Early del suceso inicial), se definirán los días laborables a partir de la fecha de inicio, es decir, que habrá que definir qué días de la semana se trabajará, qué días festivos existen (tanto de carácter nacional, autonómico y local), de vacaciones, etc., de forma que solo los días laborables puedan ser contabilizados para la ejecución real de las distintas actividades. b) Seguidamente se confecciona un gráfico cartesiano, en el que pondremos, en el eje de abscisas, el tiempo de ejecución, y en el de ordenadas, las distintas actividades reales de que consta el proyecto. En el eje de abscisas podemos distinguir, de forma paralela, dos escalas diferentes; por un lado, una escala continua de días, desde el día 0 de inicio del proyecto, conforme a la numeración del grafo PERT, hasta el día de terminación del proyecto (tiempo Early y Last del suceso final). Por otra parte, una segunda escala, en la que se escribirían las fechas del calendario como traducción de la primera escala. c) Para representar sobre el gráfico, en líneas horizontales, cada una de las actividades del proyecto, siguiendo el orden del eje de ordenadas, definiremos, para cada una de las citadas actividades, cuatro fechas distintas: fecha de comienzo más temprana, fecha de comienzo más tardía, fecha de finalización más temprana y fecha de finalización más tardía. La definición y simbología de las mencionadas fechas se define a continuación: 1.- Fecha de comienzo más temprana de una actividad ij, que representamos por ∆ij, nos indica lo más pronto que puede comenzarse una actividad ij. Esta fecha será, lógicamente, el tiempo Early del suceso inicial de la actividad: ∆ij = ti
286
(21.7)
Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
2.- Fecha de comienzo más tardía de una actividad ij, que representamos por ∆*ij, nos indica lo más tarde que puede empezar la citada actividad, de manera que la duración total prevista del proyecto no se retrase en ninguna unidad de tiempo. Dicha fecha vendrá dada por el resultado de restar a la fecha de finalización más tardía (tiempo Last del suceso final) la duración de dicha actividad, es decir: ∆*ij = t*j – tij
(21.8)
Esta fecha de comienzo más tardía puede también deducirse sumando a la fecha de comienzo más temprana (ti) la holgura total de dicha actividad (HTij); es decir, suponiendo que la ejecución de dicha actividad consume completamente la holgura total, con lo que no llegaría a afectar a la duración del proyecto, pero se quedaría al límite, que es precisamente la definición de la fecha de comienzo más tardía. Como vemos: ∆*ij = ti + HTij = ti + t*j – ti – tij = t*j – tij 3.- Fecha de finalización más temprana de una actividad ij, que representamos por ∇ij, nos indica lo más temprano que puede finalizar la citada actividad. Como parece lógico, dicha fecha será el resultado de sumar a la fecha de comienzo más temprana (ti) la duración de la actividad (tij), es decir: ∇ij = ti + tij
(21.9)
4.- Fecha de finalización más tardía de una actividad, que representamos por ∇*ij, nos indica lo más tarde que puede terminar la citada actividad, sin retrasar la duración total del proyecto. Como no podía ser de otra forma, dicha fecha coincide con el tiempo Last del suceso final de la actividad, es decir: ∇*ij = t*j
(21.10)
Trasladando las cuatro fechas anteriores al calendario del proyecto, teniendo en cuenta, p. ej., una fecha de comienzo de proyecto de 1 de octubre de 2007 (obsérvese que el 12 de octubre y el 1 de noviembre son festivos), resulta el siguiente cuadro, donde las actividades críticas aparecen señaladas con doble trazo:
287
Bloque VI: Planificación de la obra
Cuadro 21.7
EJEMPLO PERT 1 Un proyecto se descompone en las actividades que figuran en el cuadro adjunto, así como el tiempo Pert de cada una de ellas
Las prelaciones entre las diferentes actividades que constituyen el proyecto son:
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Se pide: 1.º-) 2.º-) 3.º-) 4.º-) 5.º-)
Confeccionar el cuadro de prelaciones Elaborar el correspondiente grafo PERT Calcular los tiempos Early y Last Representar en el grafo PERT la secuencia de actividades críticas (camino crítico) Matriz de Zaderenko
SOLUCIÓN: 1) CUADRO DE PRELACIONES
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Bloque VI: Planificación de la obra
2) 3) 4)
5) MATRIZ DE ZADERENKO
EJEMPLO PERT 2 Un proyecto se descompone en las actividades que figuran en el cuadro adjunto, así como las estimaciones de tiempo de ejecución:
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
Las prelaciones entre las diferentes actividades que constituyen el proyecto son:
Se pide: 1.º-) 2.º-) 3.º-) 4.º-)
Confeccionar el cuadro de prelaciones Elaborar el correspondiente grafo PERT Calcular los tiempos Early y Last Representar en el grafo PERT la secuencia de actividades críticas (camino crítico) 5.º-) Matriz de Zaderenko
SOLUCIÓN: 1) CUADRO DE PRELACIONES
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Bloque VI: Planificación de la obra
2) 3) 4)
5) MATRIZ DE ZADERENKO
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Bloque VII: Seguridad y Salud en las Obras
CAPÍTULO 22: MARCO LEGAL DE SEGURIDAD Y SALUD 1.- Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales 2.- Directiva 92/57/CEE de 24 de junio 3.- RD 555/1986 de 21 de febrero
1.- Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales La Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de riesgos laborales establece el marco general a nivel nacional de la prevención de los riesgos para la salud ocasionados con motivo del trabajo. Esta ley se estructura en 54 artículos repartidos en 7 capítulos, y 15 disposiciones adicionales. Los 7 capítulos son los siguientes: -
Cap.I: Objeto, ámbito y definiciones. Cap.II: Política en materia de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo. Cap.III: Derechos y obligaciones. Cap.IV: Servicios de prevención. Cap.V: Consulta y participación de los trabajadores. Cap.VI: Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores. Cap.VII: Responsabilidades y sanciones.
Después de la entrada en vigor de la Ley 31/1995, han sido numerosas las normas que, por diversos motivos, la han modificado, entre las que destacamos las siguientes: Ley 31/2006; Ley Orgánica 3/2007; Ley 54/2003; Ley 39/1999; RDL 5/2000. Del conjunto de la ley y en relación con la prevención de seguridad y salud en las obras de construcción, destacaremos los siguientes artículos: 295
Bloque VII: Seguridad y salud en las obras
Artículo 2: Objeto y carácter de la norma … esta Ley establece los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para la protección de la seguridad y de la salud, la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la presente disposición. Para el cumplimiento de dichos fines, la presente Ley regula las actuaciones a desarrollar por las Administraciones públicas, así como por los empresarios, los trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas… Artículo 6: Normas reglamentarias 1. El Gobierno, a través de las correspondientes normas reglamentarias y previa consulta a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, regulará las materias que a continuación se relacionan: a. Requisitos mínimos que deben reunir las condiciones de trabajo para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. b. Limitaciones o prohibiciones que afectarán a las operaciones, los procesos y las exposiciones laborales a agentes que entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. Específicamente podrá establecerse el sometimiento de estos procesos u operaciones a trámites de control administrativo, así como, en el caso de agentes peligrosos, la prohibición de su empleo. c. Condiciones o requisitos especiales para cualquiera de los supuestos contemplados en el apartado anterior, tales como la exigencia de un adiestramiento o formación previa o la elaboración de un plan en el que se contengan las medidas preventivas a adoptar. d. Procedimientos de evaluación de los riesgos para la salud de los trabajadores, normalización de metodologías y guías de actuación preventiva. e. Modalidades de organización, funcionamiento y control de los servicios de prevención, considerando las peculiaridades de las pequeñas empresas con el fin de evitar obstáculos innecesarios para su creación y desarrollo, así como capacidades y aptitudes que deban reunir los mencionados servicios y los trabajadores designados para desarrollar la acción preventiva. f. Condiciones de trabajo o medidas preventivas específicas en trabajos especialmente peligrosos, en particular, si para los mismos están previstos controles médicos especiales, o cuando se presenten riesgos derivados de determinadas características o situaciones especiales de los trabajadores.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
g. Procedimiento de calificación de las enfermedades profesionales, así como requisitos y procedimientos para la comunicación e información a la autoridad competente de los daños derivados del trabajo. 2. Las normas reglamentarias indicadas en el apartado anterior se ajustarán, en todo caso, a los principios de política preventiva establecidos en esta Ley, mantendrán la debida coordinación con la normativa sanitaria y de seguridad industrial y serán objeto de evaluación y, en su caso, de revisión periódica, de acuerdo con la experiencia en su aplicación y el progreso de la técnica. Artículo 9: Inspección de Trabajo y Seguridad Social 1. Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. En cumplimiento de esta misión, tendrá las siguientes funciones: a. Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención, aunque no tuvieran la calificación directa de normativa laboral, proponiendo a la autoridad laboral competente la sanción correspondiente, cuando comprobase una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo VII de la presente Ley. b. Asesorar e informar a las empresas y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia tiene encomendada. c. Elaborar los informes solicitados por los Juzgados de lo Social en las demandas deducidas ante los mismos en los procedimientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. d. Informar a la autoridad laboral sobre los accidentes de trabajo mortales, muy graves o graves, y sobre aquellos otros en que, por sus características o por los sujetos afectados, se considere necesario dicho informe, así como sobre las enfermedades profesionales en las que concurran dichas calificaciones y, en general, en los supuestos en que aquella lo solicite respecto del cumplimiento de la normativa legal en materia de prevención de riesgos laborales. e. Comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los servicios de prevención establecidos en la presente ley. f. Ordenar la paralización inmediata de trabajos cuando, a juicio del inspector, se advierta la existencia de riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores…
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Bloque VII: Seguridad y salud en las obras
Artículo 12: Participación de empresarios y trabajadores La participación de empresarios y trabajadores, a través de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, en la planificación, programación, organización y control de la gestión relacionada con la mejora de las condiciones de trabajo y la protección de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo es principio básico de la política de prevención de riesgos laborales, a desarrollar por las Administraciones públicas competentes en los distintos niveles territoriales. Artículo 14: Derecho a la protección frente a los riesgos laborales 1. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio. Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios en los términos establecidos en el Capítulo IV de esta ley. El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar y los niveles de protección existentes y dispondrá
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo. 2. El empresario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 3. Las obligaciones de los trabajadores establecidas en esta Ley, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por ello le eximan del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso, contra cualquier otra persona. 4. El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores. Artículo 15: Principios de la acción preventiva 1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales: a. Evitar los riesgos. b. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. c. Combatir los riesgos en su origen. d. Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud. e. Tener en cuenta la evolución de la técnica. f. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. g. Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo. h. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. i. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
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Bloque VII: Seguridad y salud en las obras
2. El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y de salud en el momento de encomendarles las tareas. 3. El empresario adoptará las medidas necesarias a fin de garantizar que solo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico. 4. La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador. Para su adopción se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas, las cuales solo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea substancialmente inferior a la de los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras. 5. Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa respecto de sus trabajadores, los trabajadores autónomos respecto a ellos mismos y las sociedades cooperativas respecto a sus socios cuya actividad consista en la prestación de su trabajo personal. Artículo 16: Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el párrafo siguiente. Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan. Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva a que se refieren los párrafos siguientes: a. El empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. Igual evaluación deberá hacerse con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo. La evaluación inicial tendrá en cuenta aquellas otras actuaciones que deban desarrollarse de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido. Cuando el resultado de la evaluación lo hiciera necesario, el empresario realizará controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios, para detectar situaciones potencialmente peligrosas. b. Si los resultados de la evaluación prevista en el párrafo a) pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario realizará aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos. Dichas actividades serán objeto de planificación por el empresario, incluyendo para cada actividad preventiva el plazo para llevarla a cabo, la designación de responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución. El empresario deberá asegurarse de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación, efectuando para ello un seguimiento continuo de la misma. Las actividades de prevención deberán ser modificadas cuando se aprecie por el empresario, como consecuencia de los controles periódicos previstos en el párrafo a) anterior, su inadecuación a los fines de protección requeridos. Cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando, con ocasión de la vigilancia de la salud prevista en el artículo 22, aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, el empresario llevará a cabo una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de estos hechos. Artículo 17: Equipos de trabajo y medios de protección 1. El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. Cuando la utilización de un
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Bloque VII: Seguridad y salud en las obras
equipo de trabajo pueda presentar un riesgo específico para la seguridad y la salud de los trabajadores, el empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que: a. La utilización del equipo de trabajo quede reservada a los encargados de dicha utilización. b. Los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación sean realizados por los trabajadores específicamente capacitados para ello. 2. El empresario deberá proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velar por el uso efectivo de los mismos cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo. Artículo 18: Información, consulta y participación de los trabajadores 1. A fin de dar cumplimiento al deber de protección establecido en la presente Ley, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con: a. Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función. b. Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior. c. Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley. En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información a que se refiere el presente apartado se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes; no obstante, deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos. 2. El empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
y a la salud en el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo V de la presente Ley. Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación previstos en el Capítulo V de esta Ley, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa. Artículo 19: Formación de los trabajadores 1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario. 2. La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquella del tiempo invertido en la misma. La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y su coste no recaerá, en ningún caso, sobre los trabajadores. Artículo 20: Medidas de emergencia El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas. Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica
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Bloque VII: Seguridad y salud en las obras
de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas. Artículo 21: Riesgo grave e inminente 1. Cuando los trabajadores estén o puedan estar expuestos a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, el empresario estará obligado a: a. Informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de dicho riesgo y de las medidas adoptadas o que, en su caso, deban adoptarse en materia de protección. b. Adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, los trabajadores puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo. En este supuesto no podrá exigirse a los trabajadores que reanuden su actividad mientras persista el peligro, salvo excepción debidamente justificada por razones de seguridad y determinada reglamentariamente. c. Disponer lo necesario para que el trabajador que no pudiera ponerse en contacto con su superior jerárquico, ante una situación de peligro grave e inminente para su seguridad, la de otros trabajadores o la de terceros a la empresa, esté en condiciones, habida cuenta de sus conocimientos y de los medios técnicos puestos a su disposición, de adoptar las medidas necesarias para evitar las consecuencias de dicho peligro. 2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 14 de la presente Ley, el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud. 3. Cuando en el caso a que se refiere el apartado 1 de este artículo el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, los representantes legales de éstos podrán acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo. Tal acuerdo será comunicado de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, la cual, en el plazo de veinticuatro horas, anulará o ratificará la paralización acordada. El acuerdo a que se refiere el párrafo anterior podrá ser adoptado por decisión mayoritaria de los Delegados de Prevención cuando no resulte posible reunir con la urgencia requerida al órgano de representación del personal.
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4. Los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave. Artículo 24: Coordinación de actividades empresariales 1. Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores, en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 18 de esta Ley. 2. El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores. 3. Las empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquellas y que se desarrollen en sus propios centros de trabajo deberán vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales. 4. Las obligaciones consignadas en el último párrafo del apartado 1 del artículo 41 de esta Ley serán también de aplicación, respecto de las operaciones contratadas, en los supuestos en que los trabajadores de la empresa contratista o subcontratista no presten servicios en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que tales trabajadores deban operar con maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles proporcionados por la empresa principal. 5. Los deberes de cooperación y de información e instrucción recogidos en los apartados 1 y 2 serán de aplicación respecto de los trabajadores autónomos que desarrollen actividades en dichos centros de trabajo.
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6. Las obligaciones previstas en este artículo serán desarrolladas reglamentariamente. Artículo 28: Relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal 1. Los trabajadores con relaciones de trabajo temporales o de duración determinada, así como los contratados por empresas de trabajo temporal, deberán disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios. La existencia de una relación de trabajo de las señaladas en el párrafo anterior no justificará en ningún caso una diferencia de trato por lo que respecta a las condiciones de trabajo, en lo relativo a cualquiera de los aspectos de la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. La presente Ley y sus disposiciones de desarrollo se aplicarán plenamente a las relaciones de trabajo señaladas en los párrafos anteriores. 2. El empresario adoptará las medidas necesarias para garantizar que, con carácter previo al inicio de su actividad, los trabajadores a que se refiere el apartado anterior reciban información acerca de los riesgos a los que vayan a estar expuestos, en particular en lo relativo a la necesidad de cualificaciones o aptitudes profesionales determinadas, la exigencia de controles médicos especiales o la existencia de riesgos específicos del puesto de trabajo a cubrir, así como sobre las medidas de protección y prevención frente a los mismos. Dichos trabajadores recibirán, en todo caso, una formación suficiente y adecuada a las características del puesto de trabajo a cubrir, teniendo en cuenta su cualificación y experiencia profesional y los riesgos a los que vayan a estar expuestos. 3. Los trabajadores a que se refiere el presente artículo tendrán derecho a una vigilancia periódica de su estado de salud, en los términos establecidos en el artículo 22 de esta Ley y en sus normas de desarrollo. 4. El empresario deberá informar a los trabajadores designados para ocuparse de las actividades de protección y prevención o, en su caso, al servicio de prevención previsto en el artículo 31 de esta Ley de la incorporación de los trabajadores a que se refiere el presente artículo, en la medida necesaria para que puedan desarrollar de forma adecuada sus funciones respecto de todos los trabajadores de la empresa.
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5. En las relaciones de trabajo a través de empresas de trabajo temporal, la empresa usuaria será responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relacionado con la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. Corresponderá, además, a la empresa usuaria el cumplimiento de las obligaciones en materia de información previstas en los apartados 2 y 4 del presente artículo. La empresa de trabajo temporal será responsable del cumplimiento de las obligaciones en materia de formación y vigilancia de la salud que se establecen en los apartados 2 y 3 de este artículo. A tal fin, y sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, la empresa usuaria deberá informar a la empresa de trabajo temporal, y ésta a los trabajadores afectados, antes de la adscripción de los mismos, acerca de las características propias de los puestos de trabajo a desempeñar y de las cualificaciones requeridas. La empresa usuaria deberá informar a los representantes de los trabajadores en la misma de la adscripción de los trabajadores puestos a disposición por la empresa de trabajo temporal. Dichos trabajadores podrán dirigirse a estos representantes en el ejercicio de los derechos reconocidos en la presente Ley. Artículo 29: Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos 1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. 2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular: 1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.
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4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. 5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6. Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas. Lo dispuesto en este apartado será igualmente aplicable a los socios de las cooperativas cuya actividad consista en la prestación de su trabajo, con las precisiones que se establezcan en sus Reglamentos de Régimen Interno. Artículo 33: Consulta de los trabajadores 1. El empresario deberá consultar a los trabajadores, con la debida antelación, la adopción de las decisiones relativas a: a. La planificación y la organización del trabajo en la empresa y la introducción de nuevas tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivadas de la elección de los equipos, la determinación y la adecuación de las condiciones de trabajo y el impacto de los factores ambientales en el trabajo. b. La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades o el recurso a un servicio de prevención externo. c. La designación de los trabajadores encargados de las medidas de emergencia. d. Los procedimientos de información y documentación a que se refieren los artículos 18, apartado 1 y 23, apartado 1, de la presente Ley.
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e. El proyecto y la organización de la formación en materia preventiva. f. Cualquier otra acción que pueda tener efectos substanciales sobre la seguridad y la salud de los trabajadores. 2. En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, las consultas a que se refiere el apartado anterior se llevarán a cabo con dichos representantes. Artículo 42: Responsabilidades y su compatibilidad 1. El incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento. 2. La empresa principal responderá solidariamente con los contratistas y subcontratistas a que se refiere el apartado 3 del artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales del cumplimiento, durante el período de la contrata, de las obligaciones impuestas por dicha Ley en relación con los trabajadores que aquéllos ocupen en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que la infracción se haya producido en el centro de trabajo de dicho empresario principal. 3. Las responsabilidades administrativas que se deriven del procedimiento sancionador serán compatibles con las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados y de recargo de prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social que puedan ser fijadas por el órgano competente de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora de dicho sistema. 4. En las relaciones de trabajo mediante empresas de trabajo temporal, y sin perjuicio de las responsabilidades propias de éstas, la empresa usuaria será responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relacionado con la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, así como del recargo de prestaciones económicas del sistema de Seguridad Social que puedan fijarse, en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional que tenga lugar en su centro de trabajo durante el tiempo de vigencia del contrato de puesta a disposición y traigan su causa de falta de medidas de seguridad e higiene.
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La corrección de las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, en el ámbito de las Administraciones públicas se sujetará al procedimiento y normas de desarrollo del artículo 45.1 y concordantes de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. 5. La declaración de hechos probados que contenga una sentencia firme del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, relativa a la existencia de infracción a la normativa de prevención de riesgos laborales, vinculará al orden social de la jurisdicción, en lo que se refiere al recargo, en su caso, de la prestación económica del sistema de Seguridad Social. Artículo 44: Paralización de trabajos 1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social compruebe que la inobservancia de la normativa sobre prevención de riesgos laborales implica, a su juicio, un riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores podrá ordenar la paralización inmediata de tales trabajos o tareas. Dicha medida será comunicada a la empresa responsable, que la pondrá en conocimiento inmediato de los trabajadores afectados, del Comité de Seguridad y Salud, del Delegado de Prevención o, en su ausencia, de los representantes del personal. La empresa responsable dará cuenta al Inspector de Trabajo y Seguridad Social del cumplimiento de esta notificación. El Inspector de Trabajo y Seguridad Social dará traslado de su decisión de forma inmediata a la autoridad laboral. La empresa, sin perjuicio del cumplimiento inmediato de tal decisión, podrá impugnarla ante la autoridad laboral en el plazo de tres días hábiles, debiendo resolverse tal impugnación en el plazo máximo de veinticuatro horas. Tal resolución será ejecutiva, sin perjuicio de los recursos que procedan. La paralización de los trabajos se levantará por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la hubiera decretado, o por el empresario tan pronto como se subsanen las causas que la motivaron, debiendo, en este último caso, comunicarlo inmediatamente a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 2. Los supuestos de paralización regulados en este artículo, así como los que se contemplen en la normativa reguladora de las actividades previstas en el apartado 2 del artículo 7 de la presente Ley, se entenderán, en todo caso, sin perjuicio del pago del salario o de las indemnizaciones que procedan y de las medidas que puedan arbitrarse para su garantía.
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Artículo 53: Suspensión o cierre del centro de trabajo El Gobierno o, en su caso, los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia, cuando concurran circunstancias de excepcional gravedad en las infracciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, podrán acordar la suspensión de las actividades laborales por un tiempo determinado o, en caso extremo, el cierre del centro de trabajo correspondiente, sin perjuicio, en todo caso, del pago del salario o de las indemnizaciones que procedan y de las medidas que puedan arbitrarse para su garantía. Disposición adicional decimocuarta. Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción 1. Lo dispuesto en el artículo 32 bis de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales será de aplicación en las obras de construcción reguladas por el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, con las siguientes especialidades: a. La preceptiva presencia de recursos preventivos se aplicará a cada contratista. b. En el supuesto previsto en el apartado 1, párrafo a), del artículo 32 bis, la presencia de los recursos preventivos de cada contratista será necesaria cuando, durante la obra, se desarrollen trabajos con riesgos especiales, tal y como se definen en el citado real decreto. c. La preceptiva presencia de recursos preventivos tendrá como objeto vigilar el cumplimiento de las medidas incluidas en el plan de seguridad y salud en el trabajo y comprobar la eficacia de éstas. 2. Lo dispuesto en el apartado anterior se entiende sin perjuicio de las obligaciones del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. 2.- Directiva 92/57/CEE de 24 de junio La Directiva 92/57/CEE de 24 de junio establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles, que se transpone al Derecho español mediante el RD 1627/1997 de 24 de noviembre por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
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3.- RD 555/1986 de 21 de febrero modificado por el RD 84/1990 de 19 de enero El Real Decreto 555/1986 de 21 de febrero por el que se establece la obligatoriedad de la inclusión de un estudio de seguridad e higiene en los proyectos de edificación y obras públicas.
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CAPÍTULO 23: REAL DECRETO 1627/1997 DE DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONTRUCCIÓN 1.- Capítulo I: Disposiciones generales 2.- Capítulo II: Disposiciones mínimas de seguridad y salud durante las fases de proyecto y ejecución de las obras 3.- Capítulo III: Derechos de los trabajadores 4.- Capítulo IV: Otras disposiciones 5.- Anexo I: Relación no exhaustiva de las obras de construcción o de ingeniería civil 6.- Anexo II: Relación no exhaustiva de trabajos que implican riesgos especiales 7.- Anexo III: Contenido del Aviso previo 8.- Anexo IV: Disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarse en las obras (Capítulo 24)
1.- Capítulo I: Disposiciones generales Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación 1. El presente Real Decreto establece, en el marco de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, las disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a las obras de construcción. 2. Este Real Decreto no será de aplicación a las industrias extractivas a cielo abierto o subterráneas, o por sondeos, que se regularán por su normativa específica. 3. Las disposiciones del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, se aplicarán plenamente al conjunto del ámbito contemplado en el apartado 1, sin perjuicio de las disposiciones específicas previstas en el presente Real Decreto. 313
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Artículo 2. Definiciones 1. A efectos del presente Real Decreto, se entenderá por: a. Obra de construcción u obra: cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil cuya relación no exhaustiva figura en el anexo I. b. Trabajos con riesgos especiales: trabajos cuya realización exponga a los trabajadores a riesgos de especial gravedad para su seguridad y salud, comprendidos los indicados en la relación no exhaustiva que figura en el anexo II. c. Promotor: cualquier persona física o jurídica por cuenta de la cual se realice una obra. d. Proyectista: el autor o autores, por encargo del promotor, de la totalidad o parte del proyecto de obra. e. Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra: el técnico competente designado por el promotor para coordinar, durante la fase del proyecto de obra, la aplicación de los principios que se mencionan en el artículo 8. f. Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra: el técnico competente integrado en la dirección facultativa, designado por el promotor para llevar a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9. g. Dirección facultativa: el técnico o técnicos competentes designados por el promotor, encargados de la dirección y del control de la ejecución de la obra. h. Contratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al proyecto y al contrato. i. Subcontratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista, empresario principal, el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra, con sujeción al proyecto por el que se rige su ejecución. j. Trabajador autónomo: la persona física distinta del contratista y del subcontratista, que realiza de forma personal y directa una actividad profesional, sin sujeción a un contrato de trabajo, y que asume contractualmente ante el promotor, el contratista o el subcontratista el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra.
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Cuando el trabajador autónomo emplee en la obra a trabajadores por cuenta ajena tendrá la consideración de contratista o subcontratista a efectos del presente Real Decreto. 2. El contratista y el subcontratista a los que se refiere el presente Real Decreto tendrán la consideración de empresario a los efectos previstos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 3. Cuando el promotor contrate directamente trabajadores autónomos para la realización de la obra o de determinados trabajos de la misma, tendrá la consideración de contratista respecto de aquéllos a efectos de lo dispuesto en el presente Real Decreto. Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando la actividad contratada se refiera exclusivamente a la construcción o reparación que pueda contratar un cabeza de familia respecto de su vivienda.
2.- Capítulo II: Disposiciones mínimas de seguridad y salud durante las fases de proyecto y ejecución de las obras. Artículo 3. Designación de los coordinadores en materia de seguridad y salud 1. En las obras incluidas en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto, cuando en la elaboración del proyecto de obra intervengan varios proyectistas, el promotor designará un coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra. 2. Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia, designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. 3. La designación de los coordinadores en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obra y durante la ejecución de la obra podrá recaer en la misma persona.
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4. La designación de los coordinadores no eximirá al promotor de sus responsabilidades. Artículo 4. Obligatoriedad del estudio de seguridad y salud o del estudio básico de seguridad y salud en las obras 1. El promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio de seguridad y salud en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes: a. Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 75 millones de pesetas. b. Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente. c. Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500. d. Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas. 2. En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio básico de seguridad y salud. Artículo 5. Estudio de seguridad y salud 1. El estudio de seguridad y salud a que se refiere el apartado 1 del artículo 4 será elaborado por el técnico competente designado por el promotor. Cuando deba existir un coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obra, le corresponderá a éste elaborar o hacer que se elabore, bajo su responsabilidad, dicho estudio. 2. El estudio contendrá, como mínimo, los siguientes documentos: a. Memoria descriptiva de los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares que hayan de utilizarse o cuya utilización pueda preverse; identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando a tal efecto las medidas técnicas necesarias para ello; relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse conforme a lo señalado anteriormente, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas.
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Asimismo, se incluirá la descripción de los servicios sanitarios y comunes de que deberá estar dotado el centro de trabajo de la obra, en función del número de trabajadores que vayan a utilizarlos. En la elaboración de la memoria habrán de tenerse en cuenta las condiciones del entorno en que se realice la obra, así como la tipología y características de los materiales y elementos que hayan de utilizarse, determinación del proceso constructivo y orden de ejecución de los trabajos. b. Pliego de condiciones particulares en el que se tendrán en cuenta las normas legales y reglamentarias aplicables a las especificaciones técnicas propias de la obra de que se trate, así como las prescripciones que se habrán de cumplir en relación con las características, la utilización y la conservación de las máquinas, útiles, herramientas, sistemas y equipos preventivos. c. Planos en los que se desarrollarán los gráficos y esquemas necesarios para la mejor definición y comprensión de las medidas preventivas definidas en la memoria, con expresión de las especificaciones técnicas necesarias. d. Mediciones de todas aquellas unidades o elementos de seguridad y salud en el trabajo que hayan sido definidos o proyectados. e. Presupuesto que cuantifique el conjunto de gastos previstos para la aplicación y ejecución del estudio de seguridad y salud. 3. Dicho estudio deberá formar parte del proyecto de ejecución de obra o, en su caso, del proyecto de obra, ser coherente con el contenido del mismo y recoger las medidas preventivas adecuadas a los riesgos que conlleve la realización de la obra. 4. El presupuesto para la aplicación y ejecución del estudio de seguridad y salud deberá cuantificar el conjunto de gastos previstos, tanto por lo que se refiere a la suma total como a la valoración unitaria de elementos, con referencia al cuadro de precios sobre el que se calcula. Solo podrán figurar partidas alzadas en los casos de elementos u operaciones de difícil previsión. Las mediciones, calidades y valoración recogidas en el presupuesto del estudio de seguridad y salud podrán ser modificadas o sustituidas por alternativas propuestas por el contratista en el plan de seguridad y salud a que se refiere el artículo 7, previa justificación técnica debidamente motivada, siempre que ello no suponga disminución del importe total, ni de los niveles de protección contenidos en el estudio. A estos efectos, el presupuesto del estudio de seguridad y salud deberá ir incorporado al presupuesto general de la obra como un capítulo más del mismo.
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No se incluirán en el presupuesto del estudio de seguridad y salud los costes exigidos por la correcta ejecución profesional de los trabajos, conforme a las normas reglamentarias en vigor y los criterios técnicos generalmente admitidos, emanados de organismos especializados. 5. El estudio de seguridad y salud a que se refieren los apartados anteriores deberá tener en cuenta, en su caso, cualquier tipo de actividad que se lleve a cabo en la obra, debiendo estar localizadas e identificadas las zonas en las que se presten trabajos incluidos en uno o varios de los apartados del anexo II, así como sus correspondientes medidas específicas. 6. En todo caso, en el estudio de seguridad y salud se contemplarán también las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores. Artículo 6. Estudio básico de seguridad y salud 1. El estudio básico de seguridad y salud a que se refiere el apartado 2 del artículo 4 será elaborado por el técnico competente designado por el promotor. Cuando deba existir un coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obra, le corresponderá a éste elaborar o hacer que se elabore, bajo su responsabilidad, dicho estudio. 2. El estudio básico deberá precisar las normas de seguridad y salud aplicables a la obra. A tal efecto, deberá contemplar la identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando las medidas técnicas necesarias para ello; relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse conforme a lo señalado anteriormente, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas. En su caso, tendrá en cuenta cualquier otro tipo de actividad que se lleve a cabo en la misma, y contendrá medidas específicas relativas a los trabajos incluidos en uno o varios de los apartados del anexo II. 3. En el estudio básico se contemplarán también las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.
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Artículo 7. Plan de seguridad y salud en el trabajo 1. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. En dicho plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el estudio o estudio básico. En el caso de planes de seguridad y salud elaborados en aplicación del estudio de seguridad y salud las propuestas de medidas alternativas de prevención incluirán la valoración económica de las mismas, que no podrá implicar disminución del importe total, de acuerdo con el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 5. 2. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra. En el caso de obras de las Administraciones públicas, el plan, con el correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra, se elevará para su aprobación a la Administración pública que haya adjudicado la obra. Cuando no sea necesaria la designación de coordinador, las funciones que se le atribuyen en los párrafos anteriores serán asumidas por la dirección facultativa. 3. En relación con los puestos de trabajo en la obra, el plan de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere este artículo constituye el instrumento básico de ordenación de las actividades de identificación y, en su caso, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva a las que se refiere el Capítulo II del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. 4. El plan de seguridad y salud podrá ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la obra, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la obra, pero siempre con la aprobación expresa en los términos del apartado 2.
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Quienes intervengan en la ejecución de la obra, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la misma y los representantes de los trabajadores, podrán presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas. A tal efecto, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de los mismos. 5. Asimismo, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de la dirección facultativa. Artículo 8. Principios generales aplicables al proyecto de obra 1. De conformidad con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los principios generales de prevención en materia de seguridad y de salud previstos en su artículo 15 deberán ser tomados en consideración por el proyectista en las fases de concepción, estudio y elaboración del proyecto de obra y en particular: a. Al tomar las decisiones constructivas, técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que se desarrollarán simultánea o sucesivamente. b. Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases del trabajo. 2. Asimismo, se tendrán en cuenta, cada vez que sea necesario, cualquier estudio de seguridad y salud o estudio básico, así como las previsiones e informaciones útiles a que se refieren el apartado 6 del artículo 5 y el apartado 3 del artículo 6, durante las fases de concepción, estudio y elaboración del proyecto de obra. 3. El coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra coordinará la aplicación de lo dispuesto en los apartados anteriores. Artículo 9. Obligaciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra El coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra deberá desarrollar las siguientes funciones: a. Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad:
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1. Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente. 2. Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo. b. Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 de este Real Decreto. c. Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. Conforme a lo dispuesto en el último párrafo del apartado 2 del artículo 7, la dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador. d. Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. e. Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo. f. Adoptar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. La dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador. Artículo 10. Principios generales aplicables durante la ejecución de la obra De conformidad con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los principios de la acción preventiva que se recogen en su artículo 15 se aplicarán durante la ejecución de la obra y, en particular, en las siguientes tareas o actividades: a. El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza. b. La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso, y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación. c. La manipulación de los distintos materiales y la utilización de los medios auxiliares. d. El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y el control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución
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de la obra, con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. e. La delimitación y el acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de los distintos materiales, en particular si se trata de materias o sustancias peligrosas. f. La recogida de los materiales peligrosos utilizados. g. El almacenamiento y la eliminación o evacuación de residuos y escombros. h. La adaptación, en función de la evolución de la obra, del período de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo. i. La cooperación entre los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos. j. Las interacciones e incompatibilidades con cualquier otro tipo de trabajo o actividad que se realice en la obra o cerca del lugar de la obra. Artículo 11. Obligaciones de los contratistas y subcontratistas 1. Los contratistas y subcontratistas estarán obligados a: a. Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular al desarrollar las tareas o actividades indicadas en el artículo 10 del presente Real Decreto. b. Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de seguridad y salud al que se refiere el artículo 7. c. Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta, en su caso, las obligaciones sobre coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el anexo IV del presente Real Decreto, durante la ejecución de la obra. d. Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra. e. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa. 2. Los contratistas y los subcontratistas serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el plan de seguridad y salud en 322
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lo relativo a las obligaciones que les correspondan a ellos directamente o, en su caso, a los trabajadores autónomos por ellos contratados. Además, los contratistas y los subcontratistas responderán solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el plan, en los términos del apartado 2 del artículo 42 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 3. Las responsabilidades de los coordinadores, de la dirección facultativa y del promotor no eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas. Artículo 12. Obligaciones de los trabajadores autónomos 1. Los trabajadores autónomos estarán obligados a: a. Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular al desarrollar las tareas o actividades indicadas en el artículo 10 del presente Real Decreto. b. Cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud establecidas en el anexo IV del presente Real Decreto, durante la ejecución de la obra. c. Cumplir las obligaciones en materia de prevención de riesgos que establece para los trabajadores el artículo 29, apartados 1 y 2, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. d. Ajustar su actuación en la obra conforme a los deberes de coordinación de actividades empresariales establecidos en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, participando en particular en cualquier medida de actuación coordinada que se hubiera establecido. e. Utilizar equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. f. Elegir y utilizar equipos de protección individual en los términos previstos en el Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. g. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa.
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2. Los trabajadores autónomos deberán cumplir lo establecido en el plan de seguridad y salud. Artículo 13. Libro de incidencias 1. En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del plan de seguridad y salud un libro de incidencias que constará de hojas por duplicado, habilitado al efecto. 2. El libro de incidencias será facilitado por: a. El Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de seguridad y salud. b. La Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente cuando se trate de obras de las Administraciones públicas. 3. El libro de incidencias, que deberá mantenerse siempre en la obra, estará en poder del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no fuera necesaria la designación de coordinador, en poder de la dirección facultativa. A dicho libro tendrán acceso la dirección facultativa de la obra, los contratistas y subcontratistas y los trabajadores autónomos, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la obra, los representantes de los trabajadores y los técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las Administraciones públicas competentes, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo, relacionadas con los fines que al libro se le reconocen en el apartado 1. 4. Efectuada una anotación en el libro de incidencias, el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no sea necesaria la designación de coordinador, la dirección facultativa, estarán obligados a remitir, en el plazo de veinticuatro horas, una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente deberán notificar las anotaciones en el libro al contratista afectado y a los representantes de los trabajadores de éste (esta exigencia de notificación a la ITSS ha sido actualmente eliminada). Artículo 14. Paralización de los trabajos 1. Sin perjuicio de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 21 y en el artículo 44 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuando
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el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o cualquier otra persona integrada en la dirección facultativa observase incumplimiento de las medidas de seguridad y salud, advertirá al contratista de ello, dejando constancia de tal incumplimiento en el libro de incidencias, cuando éste exista de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 13, y quedando facultado para, en circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores, disponer la paralización de los tajos o, en su caso, de la totalidad de la obra. 2. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la persona que hubiera ordenado la paralización deberá dar cuenta a los efectos oportunos a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social correspondiente, a los contratistas y, en su caso, a los subcontratistas afectados por la paralización, así como a los representantes de los trabajadores de éstos. 3. Asimismo, lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de la normativa sobre contratos de las Administraciones públicas relativa al cumplimiento de plazos y suspensión de obras.
3.- Capítulo III: Derechos de los trabajadores Artículo 15. Información a los trabajadores 1. De conformidad con el artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los contratistas y subcontratistas deberán garantizar que los trabajadores reciban una información adecuada de todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y su salud en la obra. 2. La información deberá ser comprensible para los trabajadores afectados. Artículo 16. Consulta y participación de los trabajadores 1. La consulta y participación de los trabajadores o sus representantes se realizarán, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, sobre las cuestiones a las que se refiere el presente Real Decreto.
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2. Cuando sea necesario, teniendo en cuenta el nivel de riesgo y la importancia de la obra, la consulta y participación de los trabajadores o sus representantes en las empresas que ejerzan sus actividades en el lugar de trabajo deberá desarrollarse con la adecuada coordinación de conformidad con el apartado 3 del artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 3. Una copia del plan de seguridad y salud y de sus posibles modificaciones, en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 7, a efectos de su conocimiento y seguimiento, será facilitada por el contratista a los representantes de los trabajadores en el centro de trabajo.
4.- Capítulo IV: Otras disposiciones Artículo 17. Visado de proyectos 1. La inclusión en el proyecto de ejecución de obra del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico será requisito necesario para el visado de aquél por el Colegio profesional correspondiente, expedición de la licencia municipal y demás autorizaciones y trámites por parte de las distintas Administraciones públicas. 2. En la tramitación para la aprobación de los proyectos de obras de las Administraciones públicas se hará declaración expresa por la Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente sobre la inclusión del correspondiente estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico. Artículo 18. Aviso previo 1. En las obras incluidas en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto, el promotor deberá efectuar un aviso a la autoridad laboral competente antes del comienzo de los trabajos. 2. El aviso previo se redactará con arreglo a lo dispuesto en el anexo III del presente Real Decreto y deberá exponerse en la obra de forma visible, actualizándose si fuera necesario.
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Artículo 19. Información a la autoridad laboral 1. La comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente deberá incluir el plan de seguridad y salud al que se refiere el artículo 7 del presente Real Decreto. 2. El plan de seguridad y salud estará a disposición permanente de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en las Administraciones públicas competentes.
5.- Anexo I: Relación no exhaustiva de las obras de construcción o de ingeniería civil a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l. m.
Excavación. Movimiento de tierras. Construcción. Montaje y desmontaje de elementos prefabricados. Acondicionamiento o instalaciones. Transformación. Rehabilitación. Reparación. Desmantelamiento. Derribo. Mantenimiento. Conservación-trabajos de pintura y de limpieza. Saneamiento.
6.- Anexo II: Relación no exhaustiva de trabajos que implican riesgos especiales 1. Trabajos con riesgos especialmente graves de sepultamiento, hundimiento o caída de altura, por las particulares características de la actividad desarrollada, los procedimientos aplicados, o el entorno del puesto de trabajo. 2. Trabajos en los que la exposición a agentes químicos o biológicos suponga un riesgo de especial gravedad, o para los que la vigilancia específica de la salud de los trabajadores sea legalmente exigible. 327
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3. Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes para los que la normativa específica obliga a la delimitación de zonas controladas o vigiladas. 4. Trabajos en la proximidad de líneas eléctricas de alta tensión. 5. Trabajos que expongan a riesgo de ahogamiento por inmersión. 6. Obras de excavación de túneles, pozos y otros trabajos que supongan movimientos de tierra subterráneos. 7. Trabajos realizados en inmersión con equipo subacuático. 8. Trabajos realizados en cajones de aire comprimido. 9. Trabajos que impliquen el uso de explosivos. 10. Trabajos que requieran montar o desmontar elementos prefabricados pesados.
7.- Anexo III: Contenido del Aviso previo 1. Fecha: 2. Dirección exacta de la obra: 3. Promotor (nombre[s] y dirección[es]): 4. Tipo de obra: 5. Proyectista (nombre[s] y dirección[es]): 6. Coordinador(es) en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de la obra (nombre[s] y dirección[es]): 7. Coordinador(es) en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra (nombre(s) y dirección[es]): 8. Fecha prevista para el comienzo de la obra: 9. Duración prevista de los trabajos en la obra: 10. Número máximo estimado de trabajadores en la obra: 11. Número previsto de contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos en la obra: 12. Datos de identificación de contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos, ya seleccionados:
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CAPÍTULO 24: TIPOS DE RIESGOS Y SU PREVENCIÓN (Anexo IV de RD 1627/97 de 24 de octubre: DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN) 1.-PARTE A: disposiciones mínimas generales relativas a los lugares de trabajo en las obras 2.-PARTE B: disposiciones mínimas específicas relativas a los puestos de trabajo en las obras en el interior de los locales 3.-PARTE C: disposiciones mínimas específicas relativas a puestos de trabajo en las obras en el exterior de los locales
1.-PARTE A: disposiciones mínimas generales relativas a los lugares de trabajo en las obras Observación preliminar Las obligaciones previstas en la presente parte del anexo se aplicarán siempre que lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo. 1.- Ámbito de aplicación de la parte A La presente parte del anexo será de aplicación a la totalidad de la obra, incluidos los puestos de trabajo en las obras en el interior y en el exterior de los locales. 2.- Estabilidad y solidez a. Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en cualquier desplazamiento pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores. b. El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente solo se autorizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura. 329
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3.- Instalaciones de suministro y reparto de energía a. La instalación eléctrica de los lugares de trabajo en las obras deberá ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, dicha instalación deberá satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado. b. Las instalaciones deberán proyectarse, realizarse y utilizarse de manera que no entrañen peligro de incendio ni de explosión y de modo que las personas estén debidamente protegidas contra los riesgos de electrocución por contacto directo o indirecto. c. El proyecto, la realización y la elección del material y de los dispositivos de protección deberán tener en cuenta el tipo y la potencia de la energía suministrada, las condiciones de los factores externos y la competencia de las personas que tengan acceso a partes de la instalación. 4.- Vías y salidas de emergencia a. Las vías y salidas de emergencia deberán permanecer expeditas y desembocar lo más directamente posible en una zona de seguridad. b. En caso de peligro, todos los lugares de trabajo deberán poder evacuarse rápidamente y en condiciones de máxima seguridad para los trabajadores. c. El número, distribución y las dimensiones de las vías y salidas de emergencia dependerán del uso, de los equipos y de las dimensiones de la obra y de los locales, como del n.º máximo de personas que puedan estar presente en ellos. d. Las vías y salidas específicas de emergencia deberán señalizarse conforme al Real Decreto 555/1986, de 21 de febrero. Dicha señalización deberá fijarse en los lugares adecuados y tener la resistencia suficiente. e. Las vías y salidas de emergencia, así como las vías de circulación y las puertas que den acceso a ellas, no deberán estar obstruidas por ningún objeto, de modo que puedan utilizarse sin trabas en cualquier momento. f. En caso de avería del sistema de alumbrado, las vías y salidas de emergencia que requieran iluminación deberán estar equipadas con iluminación de seguridad de suficiente intensidad (1 lux). 5.- Detección y lucha contra incendios a. Según las características de la obra y según las dimensiones y el uso de los locales, los equipos presentes, las características físicas y químicas de las sustancias o materiales que se hallen presentes así como el número máximo de personas que puedan hallarse en ellos, se deberá prever un
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número suficiente de dispositivos apropiados de lucha contra incendios y, si fuere necesario, de detectores de incendios y de sistemas de alarma. b. Dichos dispositivos de lucha contra incendios y sistemas de alarma deberán verificarse y mantenerse con regularidad. Deberán realizarse, a intervalos regulares, pruebas y ejercicios adecuados. c. Los dispositivos no automáticos de lucha contra incendios deberán ser de fácil acceso y manipulación. Deberán estar señalizados conforme al Real Decreto sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Dicha señalización deberá fijarse en los lugares adecuados y tener la resistencia suficiente. 6.- Ventilación a. Teniendo en cuenta los métodos de trabajo y las cargas físicas impuestas a los trabajadores, éstos deberán disponer de aire limpio en cantidad suficiente. b. En caso de que se utilice una instalación de ventilación, deberá mantenerse en buen estado de funcionamiento y los trabajadores no deberán estar expuestos a corrientes de aire que perjudiquen su salud. Siempre que sea necesario para la salud de los trabajadores, deberá haber un sistema de control que indique cualquier avería. 7.- Exposición a riesgos particulares a. Los trabajadores no deberán estar expuestos a niveles sonoros nocivos ni a factores externos nocivos (por ejemplo, gases, vapores, polvo). b. En caso de que algunos trabajadores deban penetrar en una zona cuya atmósfera pudiera contener sustancias tóxicas o nocivas, o no tener oxígeno en cantidad suficiente o ser inflamable, la atmósfera confinada deberá ser controlada y se deberán adoptar medidas adecuadas para prevenir cualquier peligro. c. En ningún caso podrá exponerse a un trabajador a una atmósfera confinada de alto riesgo. Deberá, al menos, quedar bajo vigilancia permanente desde el exterior y deberán tomarse todas las debidas precauciones para que se le pueda prestar auxilio eficaz e inmediato. 8.- Temperatura La temperatura debe ser la adecuada para el organismo humano durante el tiempo de trabajo, cuando las circunstancias lo permitan, teniendo en cuenta los métodos de trabajo que se apliquen y las cargas físicas impuestas a los trabajadores.
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9.- Iluminación a. Los lugares de trabajo, los locales y las vías de circulación en la obra deberán disponer, en la medida de lo posible, de suficiente luz natural y tener una iluminación artificial adecuada y suficiente durante la noche y cuando no sea suficiente la luz natural. En su caso, se utilizarán puntos de iluminación portátiles con protección antichoques. El color utilizado para la iluminación artificial no podrá alterar o influir en la percepción de las señales o paneles de señalización. b. Las instalaciones de iluminación de los locales, de los puestos de trabajo y de las vías de circulación deberán estar colocadas de tal manera que el tipo de iluminación previsto no suponga riesgo de accidente para los trabajadores. c. Los locales, los lugares de trabajo y las vías de circulación en los que los trabajadores estén particularmente expuestos a riesgos en caso de avería de la iluminación artificial deberán poseer una iluminación de seguridad de intensidad suficiente. 10.- Puertas y portones a. Las puertas correderas deberán ir provistas de un sistema de seguridad que les impida salirse de los raíles y caerse. b. Las puertas y portones que se abran hacia arriba deberán ir provistos de un sistema de seguridad que les impida volver a bajarse. c. Las puertas y portones situados en el recorrido de las vías de emergencia deberán estar señalizados de manera adecuada. d. En las proximidades inmediatas de los portones destinados sobre todo a la circulación de vehículos deberán existir puertas para la circulación de los peatones, salvo en caso de que el paso sea seguro para éstos. Dichas puertas deberán estar señalizadas de manera claramente visible y permanecer expeditas en todo momento. e. Las puertas y portones mecánicos deberán funcionar sin riesgo de accidente para los trabajadores. Deberán poseer dispositivos de parada de emergencia fácilmente identificables y de fácil acceso y también deberán poder abrirse manualmente excepto si en caso de producirse una avería en el sistema de energía se abren automáticamente. 11.- Vías de circulación y zonas peligrosas a. Las vías de circulación, incluidas las escaleras, las escalas fijas y los muelles y rampas de carga deberán estar calculados, situados, acondicionados y preparados para su uso de manera que se puedan utilizar fácilmente, con toda seguridad y conforme al uso al que se les haya destinado y de forma que
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los trabajadores empleados en las proximidades de estas vías de circulación no corran riesgo alguno. b. Las dimensiones de las vías destinadas a la circulación de personas o de mercancías, incluidas aquellas en las que se realicen operaciones de carga y descarga, se calcularán de acuerdo con el número de personas que puedan utilizarlas y con el tipo de actividad. Cuando se utilicen medios de transporte en las vías de circulación, se deberá prever una distancia de seguridad suficiente o medios de protección adecuados para las demás personas que puedan estar presentes en el recinto. Se señalizarán claramente las vías y se procederá regularmente a su control y mantenimiento. c. Las vías de circulación destinadas a los vehículos deberán estar situadas a una distancia suficiente de las puertas, portones, pasos de peatones, corredores y escaleras. d. Si en la obra hubiera zonas de acceso limitado, dichas zonas deberán estar equipadas con dispositivos que eviten que los trabajadores no autorizados puedan penetrar en ellas. Se deberán tomar todas las medidas adecuadas para proteger a los trabajadores que estén autorizados a penetrar en las zonas de peligro. Estas zonas deberán estar señalizadas de modo claramente visible. 12.- Muelles y rampas de carga a. Los muelles y rampas de carga deberán ser adecuados a las dimensiones de las cargas transportadas. b. Los muelles de carga deberán tener al menos una salida y las rampas de carga deberán ofrecer la seguridad de que los trabajadores no puedan caerse. 13.- Espacio de trabajo Las dimensiones del puesto de trabajo deberán calcularse de tal manera que los trabajadores dispongan de la suficiente libertad de movimientos para sus actividades, teniendo en cuenta la presencia de todo el equipo y material necesario. 14.- Primeros auxilios a. Será responsabilidad del empresario garantizar que los primeros auxilios puedan prestarse en todo momento por personal con la suficiente formación para ello. Asimismo, deberán adoptarse medidas para garantizar
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la evacuación, a fin de recibir cuidados médicos, de los trabajadores accidentados o afectados por una indisposición repentina. b. Cuando el tamaño de la obra o el tipo de actividad lo requieran, deberá contarse con uno o varios locales para primeros auxilios. c. Los locales para primeros auxilios deberán estar dotados de las instalaciones y el material de primeros auxilios indispensables y tener fácil acceso para las camillas. Deberán estar señalizados conforme al Real Decreto sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. d. En todos los lugares en los que las condiciones de trabajo lo requieran se deberá disponer también de material de primeros auxilios, debidamente señalizado y de fácil acceso. Una señalización claramente visible deberá indicar la dirección y el número de teléfono del servicio local de urgencia. 15.- Servicios higiénicos a. Cuando los trabajadores tengan que llevar ropa especial de trabajo deberán tener a su disposición vestuarios adecuados. Los vestuarios deberán ser de fácil acceso, tener las dimensiones suficientes y disponer de asientos e instalaciones que permitan a cada trabajador poner a secar, si fuera necesario, su ropa de trabajo. Cuando las circunstancias lo exijan (por ejemplo, sustancias peligrosas, humedad, suciedad), la ropa de trabajo deberá poder guardarse separada de la ropa de calle y de los efectos personales. Cuando los vestuarios no sean necesarios, en el sentido del párrafo primero de este apartado, cada trabajador deberá poder disponer de un espacio para colocar su ropa y sus objetos personales bajo llave. b. Cuando el tipo de actividad o la salubridad lo requieran, se deberán poner a disposición de los trabajadores duchas apropiadas y en número suficiente. Las duchas deberán tener dimensiones suficientes para permitir que cualquier trabajador se asee sin obstáculos y en adecuadas condiciones de higiene. Las duchas deberán disponer de agua corriente, caliente y fría. Cuando, con arreglo al párrafo primero de este apartado, no sean necesarias duchas, deberá haber lavabos suficientes y apropiados con agua corriente, caliente si fuere necesario, cerca de los puestos de trabajo y de los vestuarios. Si las duchas o los lavabos y los vestuarios estuvieren separados, la comunicación entre unos y otros deberá ser fácil. c. Los trabajadores deberán disponer en las proximidades de sus puestos de trabajo, de los locales de descanso, de los vestuarios y de las duchas o
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lavabos, de locales especiales equipados con un número suficiente de retretes y de lavabos. d. Los vestuarios, duchas, lavabos y retretes estarán separados para hombres y mujeres, o deberá preverse una utilización por separado de los mismos. 16.- Locales de descanso o de alojamiento a. Cuando lo exijan la seguridad o la salud de los trabajadores, en particular debido al tipo de actividad o el número de trabajadores, y por motivos de alejamiento de la obra, los trabajadores deberán poder disponer de locales de descanso y, en su caso, de locales de alojamiento de fácil acceso. b. Los locales de descanso o de alojamiento deberán tener unas dimensiones suficientes y estar amueblados con un número de mesas y de asientos con respaldo acorde con el número de trabajadores. c. Cuando no existan este tipo de locales se deberá poner a disposición del personal otro tipo de instalaciones para que puedan ser utilizadas durante la interrupción del trabajo. d. Cuando existan locales de alojamiento fijos, deberán disponer de servicios higiénicos en número suficiente, así como de una sala para comer y otra de esparcimiento. Dichos locales deberán estar equipados de camas, armarios, mesas y sillas con respaldo acordes al número de trabajadores, y se deberá tener en cuenta, en su caso, para su asignación, la presencia de trabajadores de ambos sexos. e. En los locales de descanso o de alojamiento deberán tomarse medidas adecuadas de protección para los no fumadores contra las molestias debidas al humo del tabaco (actualmente no se puede fumar en ningún lugar de trabajo). 17.- Mujeres embarazadas y madres lactantes Las mujeres embarazadas y las madres lactantes deberán tener la posibilidad de descansar tumbadas en condiciones adecuadas. 18.- Trabajadores minusválidos Los lugares de trabajo deberán estar acondicionados teniendo en cuenta, en su caso, a los trabajadores minusválidos. Esta disposición se aplicará, en particular, a las puertas, vías de circulación, escaleras, duchas, lavabos, retretes y lugares de trabajo utilizados u ocupados directamente por trabajadores minusválidos.
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19.- Disposiciones varias a. Los accesos y el perímetro de la obra deberán señalizarse y destacarse de manera que sean claramente visibles e identificables. b. En la obra, los trabajadores deberán disponer de agua potable y, en su caso, de otra bebida apropiada no alcohólica en cantidad suficiente, tanto en los locales que ocupen como cerca de los puestos de trabajo. c. Los trabajadores deberán disponer de instalaciones para poder comer y, en su caso, para preparar sus comidas en condiciones de seguridad y salud. 2.-PARTE B: disposiciones mínimas específicas relativas a los puestos de trabajo en las obras en el interior de los locales Observación preliminar Las obligaciones previstas en la presente parte del anexo se aplicarán siempre que lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo. 1.- Estabilidad y solidez Los locales deberán poseer la estructura y la estabilidad apropiadas a su tipo de utilización. 2.- Puertas de emergencia a. Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el exterior y no deberán estar cerradas, de tal forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de emergencia pueda abrirlas fácil e inmediatamente. b. Estarán prohibidas como puertas de emergencia las puertas correderas y las puertas giratorias. 3.- Ventilación a. En caso de que se utilicen instalaciones de aire acondicionado o de ventilación mecánica, éstas deberán funcionar de tal manera que los trabajadores no estén expuestos a corrientes de aire molestas. b. Deberá eliminarse con rapidez todo depósito de cualquier tipo de suciedad que pudiera entrañar un riesgo inmediato para la salud de los trabajadores por contaminación del aire que respiran.
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4.- Temperatura a. La temperatura de los locales de descanso, de los locales para el personal de guardia, de los servicios higiénicos, de los comedores y de los locales de primeros auxilios deberá corresponder al uso específico de dichos locales. b. Las ventanas, los vanos de iluminación cenitales y los tabiques acristalados deberán permitir evitar una insolación excesiva, teniendo en cuenta el tipo de trabajo y uso del local. 5.- Suelos, paredes y techos de los locales a. Los suelos de los locales deberán estar libres de protuberancias, agujeros o planos inclinados peligrosos, y ser fijos, estables y no resbaladizos. b. Las superficies de los suelos, las paredes y los techos de los locales se deberán poder limpiar y enlucir para lograr condiciones de higiene adecuadas. c. Los tabiques transparentes o translúcidos y, en especial, los tabiques acristalados situados en los locales o en las proximidades de los puestos de trabajo y vías de circulación, deberán estar claramente señalizados y fabricados con materiales seguros o bien estar separados de dichos puestos y vías, para evitar que los trabajadores puedan golpearse con los mismos o lesionarse en caso de rotura de dichos tabiques. 6.- Ventanas y vanos de iluminación cenital a. Las ventanas, vanos de iluminación cenital y dispositivos de ventilación deberán poder abrirse, cerrarse, ajustarse y fijarse por los trabajadores de manera segura. Cuando estén abiertos, no deberán quedar en posiciones que constituyan un peligro para los trabajadores. b. Las ventanas y vanos de iluminación cenital deberán proyectarse integrando los sistemas de limpieza o deberán llevar dispositivos que permitan limpiarlos sin riesgo para los trabajadores que efectúen este trabajo ni para los demás trabajadores que se hallen presentes. 7.- Puertas y portones a. La posición, el número, los materiales de fabricación y las dimensiones de las puertas y portones se determinarán según el carácter y el uso de los locales. b. Las puertas transparentes deberán tener una señalización a la altura de la vista.
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c. Las puertas y los portones que se cierren solos deberán ser transparentes o tener paneles transparentes. d. Las superficies transparentes o translúcidas de las puertas o portones que no sean de materiales seguros deberán protegerse contra la rotura cuando ésta pueda suponer un peligro para los trabajadores. 8.- Vías de circulación Para garantizar la protección de los trabajadores, el trazado de las vías de circulación deberá estar claramente marcado en la medida en que lo exijan la utilización y las instalaciones de los locales. 9.- Escaleras mecánicas y cintas rodantes Las escaleras mecánicas y las cintas rodantes deberán funcionar de manera segura y disponer de todos los dispositivos de seguridad necesarios. En particular deberán poseer dispositivos de parada de emergencia fácilmente identificables y de fácil acceso. 10.- Dimensiones y volumen de aire de los locales Los locales deberán tener una superficie y una altura que permita que los trabajadores lleven a cabo su trabajo sin riesgos para su seguridad, su salud o su bienestar. 3.-PARTE C: disposiciones mínimas específicas relativas a puestos de trabajo en las obras en el exterior de los locales Observación preliminar Las obligaciones previstas en la presente parte del anexo se aplicarán siempre que lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo. 1.- Estabilidad y solidez a. Los puestos de trabajo móviles o fijos situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables teniendo en cuenta: 1. El número de trabajadores que los ocupen. 2. Las cargas máximas que, en su caso, puedan tener que soportar, así como su distribución. 3. Los factores externos que pudieran afectarles. En caso de que los soportes y los demás elementos de estos lugares de
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trabajo no poseyeran estabilidad propia, se deberá garantizar su estabilidad mediante elementos de fijación apropiados y seguros con el fin de evitar cualquier desplazamiento inesperado o involuntario del conjunto o de parte de dichos puestos de trabajo. b. Deberá verificarse de manera apropiada la estabilidad y la solidez, y especialmente después de cualquier modificación de la altura o de la profundidad del puesto de trabajo. 2.- Caídas de objetos a. Los trabajadores deberán estar protegidos contra la caída de objetos o materiales; para ello se utilizarán, siempre que sea técnicamente posible, medidas de protección colectiva. b. Cuando sea necesario, se establecerán pasos cubiertos o se impedirá el acceso a las zonas peligrosas. c. Los materiales de acopio, equipos y herramientas de trabajo deberán colocarse o almacenarse de forma que se evite su desplome, caída o vuelco. 3.- Caídas de altura a. Las plataformas, andamios y pasarelas, así como los desniveles, huecos y aberturas existentes en los pisos de las obras, que supongan para los trabajadores un riesgo de caída de altura superior a 2 metros, se protegerán mediante barandillas u otro sistema de protección colectiva de seguridad equivalente. Las barandillas serán resistentes, tendrán una altura mínima de 90 centímetros y dispondrán de un reborde de protección, un pasamanos y una protección intermedia que impidan el paso o deslizamiento de los trabajadores (actualmente 100 cm). b. Los trabajos en altura solo podrán efectuarse, en principio, con la ayuda de equipos concebidos para tal fin o utilizando dispositivos de protección colectiva, tales como barandillas, plataformas o redes de seguridad. Si por la naturaleza del trabajo ello no fuera posible, deberá disponerse de medios de acceso seguros y utilizarse cinturones de seguridad con anclaje u otros medios de protección equivalente. c. La estabilidad y solidez de los elementos de soporte y el buen estado de los medios de protección deberán verificarse previamente a su uso, posteriormente de forma periódica y cada vez que sus condiciones de seguridad puedan resultar afectadas por una modificación, período de no utilización o cualquier otra circunstancia.
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4.- Factores atmosféricos Deberá protegerse a los trabajadores contra las inclemencias atmosféricas que puedan comprometer su seguridad y su salud. 5.- Andamios y escaleras a. Los andamios deberán proyectarse, construirse y mantenerse convenientemente de manera que se evite que se desplomen o se desplacen accidentalmente. b. Las plataformas de trabajo, las pasarelas y las escaleras de los andamios deberán construirse, protegerse y utilizarse de forma que se evite que las personas caigan o estén expuestas a caídas de objetos. A tal efecto, sus medidas se ajustarán al número de trabajadores que vayan a utilizarlos. c. Los andamios deberán ser inspeccionados por una persona competente: 1. Antes de su puesta en servicio. 2. A intervalos regulares en lo sucesivo. 3. Después de cualquier modificación, período de no utilización, exposición a la intemperie, sacudidas sísmicas, o cualquier otra circunstancia que hubiera podido afectar a su resistencia o a su estabilidad. d. Los andamios móviles deberán asegurarse contra los desplazamientos involuntarios. e. Las escaleras de mano deberán cumplir las condiciones de diseño y utilización señaladas en el Real Decreto 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. 6.- Aparatos elevadores a. Los aparatos elevadores y los accesorios de izado utilizados en las obras, deberán ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, los aparatos elevadores y los accesorios de izado deberán satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado. b. Los aparatos elevadores y los accesorios de izado, incluidos sus elementos constitutivos, sus elementos de fijación, anclajes y soportes, deberán: 1. Ser de buen diseño y construcción y tener una resistencia suficiente para el uso al que estén destinados. 2. Instalarse y utilizarse correctamente. 3. Mantenerse en buen estado de funcionamiento.
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4. Ser manejados por trabajadores cualificados que hayan recibido una formación adecuada. c. En los aparatos elevadores y en los accesorios de izado se deberá colocar, de manera visible, la indicación del valor de su carga máxima. d. Los aparatos elevadores lo mismo que sus accesorios no podrán utilizarse para fines distintos de aquéllos a los que estén destinados. 7.- Vehículos y maquinaria para movimiento de tierras y manipulación de materiales a. Los vehículos y maquinaria para movimientos de tierras y manipulación de materiales deberán ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, los vehículos y maquinaria para movimientos de tierras y manipulación de materiales deberán satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado. b. Todos los vehículos y toda maquinaria para movimientos de tierras y para manipulación de materiales deberán: 1. Estar bien proyectados y construidos, teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, los principios de la ergonomía. 2. Mantenerse en buen estado de funcionamiento. 3. Utilizarse correctamente. c. Los conductores y personal encargado de vehículos y maquinarias para movimientos de tierras y manipulación de materiales deberán recibir una formación especial. d. Deberán adoptarse medidas preventivas para evitar que caigan en las excavaciones o en el agua vehículos o maquinarias para movimiento de tierras y manipulación de materiales. e. Cuando sea adecuado, las maquinarias para movimientos de tierras y manipulación de materiales deberán estar equipadas con estructuras concebidas para proteger al conductor contra el aplastamiento, en caso de vuelco de la máquina, y contra la caída de objetos. 8.- Instalaciones, máquinas y equipos a. Las instalaciones, máquinas y equipos utilizados en las obras deberán ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, las instalaciones, máquinas y equipos deberán satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado.
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b. Las instalaciones, máquinas y equipos, incluidas las herramientas manuales o sin motor, deberán: 1. Estar bien proyectados y construidos, teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, los principios de la ergonomía. 2. Mantenerse en buen estado de funcionamiento. 3. Utilizarse exclusivamente para los trabajos que hayan sido diseñados. 4. Ser manejados por trabajadores que hayan recibido una formación adecuada. c. Las instalaciones y los aparatos a presión deberán ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. 9.- Movimientos de tierras, excavaciones, pozos, trabajos subterráneos y túneles a. Antes de comenzar los trabajos de movimientos de tierras, deberán tomarse medidas para localizar y reducir al mínimo los peligros debidos a cables subterráneos y demás sistemas de distribución. b. En las excavaciones, pozos, trabajos subterráneos o túneles deberán tomarse las precauciones adecuadas: 1. Para prevenir los riesgos de sepultamiento por desprendimiento de tierras, caídas de personas, tierras, materiales u objetos, mediante sistemas de entibación, blindaje, apeo, taludes u otras medidas adecuadas. 2. Para prevenir la irrupción accidental de agua, mediante los sistemas o medidas adecuados. 3. Para garantizar una ventilación suficiente en todos los lugares de trabajo de manera que se mantenga una atmósfera apta para la respiración que no sea peligrosa o nociva para la salud. 4. Para permitir que los trabajadores puedan ponerse a salvo en caso de que se produzca un incendio o una irrupción de agua o la caída de materiales. c. Deberán preverse vías seguras para entrar y salir de la excavación. d. Las acumulaciones de tierras, escombros o materiales y los vehículos en movimiento deberán mantenerse alejados de las excavaciones o deberán tomarse las medidas adecuadas, en su caso mediante la construcción de barreras, para evitar su caída en las mismas o el derrumbamiento del terreno. 10.- Instalaciones de distribución de energía a. Deberán verificarse y mantenerse con regularidad las instalaciones de distribución de energía presentes en la obra, en particular las que estén sometidas a factores externos.
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b. Las instalaciones existentes antes del comienzo de la obra deberán estar localizadas, verificadas y señalizadas claramente. c. Cuando existan líneas de tendido eléctrico aéreas que puedan afectar a la seguridad en la obra será necesario desviarlas fuera del recinto de la obra o dejarlas sin tensión. Si esto no fuera posible, se colocarán barreras o avisos para que los vehículos y las instalaciones se mantengan alejados de las mismas. En caso de que vehículos de la obra tuvieran que circular bajo el tendido se utilizarán una señalización de advertencia y una protección de delimitación de altura. 11.- Estructuras metálicas o de hormigón, encofrados y piezas prefabricadas pesadas a. Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos solo se podrán montar o desmontar bajo vigilancia, control y dirección de una persona competente. b. Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse, montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgo las cargas a que sean sometidos. c. Deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra los peligros derivados de la fragilidad o inestabilidad temporal de la obra. 12.- Otros trabajos específicos a. Los trabajos de derribo o demolición que puedan suponer un peligro para los trabajadores deberán estudiarse, planificarse y emprenderse bajo la supervisión de una persona competente y deberán realizarse adoptando las precauciones, métodos y procedimientos apropiados. b. En los trabajos en tejados deberán adoptarse las medidas de protección colectiva que sean necesarias, en atención a la altura, inclinación o posible carácter o estado resbaladizo, para evitar la caída de trabajadores, herramientas o materiales. Asimismo cuando haya que trabajar sobre o cerca de superficies frágiles, se deberán tomar las medidas preventivas adecuadas para evitar que los trabajadores las pisen inadvertidamente o caigan a través suyo. c. Los trabajos con explosivos, así como los trabajos en cajones de aire comprimido se ajustarán a lo dispuesto en su normativa específica. d. Las ataguías deberán estar bien construidas, con materiales apropiados y sólidos, con una resistencia suficiente y provistas de un equipamien343
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to adecuado para que los trabajadores puedan ponerse a salvo en caso de irrupción de agua y de materiales. La construcción, el montaje, la transformación o el desmontaje de una ataguía deberá realizarse únicamente bajo la vigilancia de una persona competente. Asimismo, las ataguías deberán ser inspeccionadas por una persona competente a intervalos regulares.
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CAPÍTULO 25: PROTECCIONES 1.- Introducción 2.- Protecciones colectivas 3.- Protecciones individuales 3.1.- Clasificación de los EPI 3.2.- Implantación de los EPI
1.- Introducción En el Capítulo 24 sobre el RD 1627/1997 de condiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción se vio la relación no exhaustiva de riesgos especialmente graves a tener en cuenta en las obras de construcción (Anexo II del citado RD). Para estos y otros riesgos en general, según la filosofía de la citada norma, y con el objeto de redactar, en primer lugar, el necesario Estudio de Seguridad y Salud (o Estudio Básico, en su caso), normalmente por el ingeniero autor del proyecto, y posteriormente el/ los Planes de Seguridad, por parte de la empresa o empresas constructoras, es necesaria la realización de una evaluación de riesgos, lo que lleva consigo la proposición de una serie de medidas preventivas con el objeto de reducir los riesgos que no pueden ser eliminados por completo. El establecimiento de estas medidas preventivas, para cada uno de los riesgos encontrados, derivados de cada una de las acciones o trabajos a efectuar en la fase de ejecución del proyecto, se traduce en el empleo de unas determinadas medidas de seguridad, conocidas con el nombre de Protecciones, las cuales pueden ser de dos tipos, en función de que la protección se realice para una sola persona (protecciones individuales, más conocidas por equipos de protección individual o EPI), o que se realice sobre varias personas, en general (protecciones colectivas).
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2.- Protecciones colectivas Las protecciones colectivas tienden a eliminar o reducir los factores de riesgo: posibilidad, probabilidad y gravedad, en una amplia cobertura común, colectiva, no de persona en persona. En el caso de las obras, protegería a todas las personas que puedan trabajar en la obra. La protección colectiva pretende eliminar o aminorar los factores que desembocan en una situación de riesgo, defendiendo de ello a un amplio número de personas. Por el contrario, la protección individual o personal tan solo pretende eliminar, o en su defecto mitigar, las consecuencias que para la salud del trabajador se derivan de aquella situación de riesgo. Resumiendo, se puede decir que: -
La protección colectiva es común para muchas personas, y la protección personal es individual. La protección colectiva elimina o atenúa el riesgo, y la protección individual atenúa el daño que puede ocasionar en la persona. La protección colectiva actúa antes de llegar a la persona, y la protección individual actúa en la misma persona.
Por lógica, se deduce que la protección colectiva es preferible y previa a la personal. A continuación, se adjunta una relación no exhaustiva de los equipos más habituales de protección colectiva que podemos encontrarnos en las obras de construcción: -
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Balizamiento: barreras, cintas, delimitación, indicadores luminosos, etc. Barandillas de protección: empleadas para evitar caídas. Cierres metálicos: para evitar accesos a lugares restringidos (por peligrosos). Plataformas de seguridad: lugares de trabajo donde por su altura existe riesgo de caída. Redes: destinadas a proteger la caída de personas o de objetos desde altura. Pantallas: se sitúan entre un foco que entrañe peligro (radiaciones, ruidos, proyecciones) y los trabajadores expuestos eliminando o en su caso amortiguando el peligro.
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3.- Protecciones individuales La protección individual o personal es la técnica que tiene por objeto proteger al trabajador de las lesiones que pueden derivarse de la manifestación de un riesgo, ya sea físico, químico o biológico, mediante el uso de elementos que el propio trabajador coloca sobre su cuerpo. Se les pueden adjudicar las siguientes características: -
-
La protección individual constituye la última barrera entre el riesgo y el trabajador. Es necesaria su utilización cuando no haya sido posible el control total del riesgo por medios colectivos de protección por lo que se trata de una medida complementaria, y no sustitutiva de la colectiva. Tienen carácter personal, por lo que, en principio, los equipos no pueden ser intercambiados entre distintos trabajadores. Están diseñados especialmente para proteger alguna parte concreta del cuerpo, o la totalidad del mismo, en función de los riesgos existentes.
Según el RD 773/1997 se entiende por equipo de protección individual “cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin”. No considerándose como EPI los siguientes: -
La ropa de trabajo corriente y los uniformes. Los equipos de los servicios de socorro o salvamento. Los empleados por militares, policías, etc. Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera. El material de deporte. El material de autodefensa o de disuasión. Los aparatos portátiles para la detección y señalización de los riesgos y de los factores de molestias.
1.3.1.- Clasificación de los EPI Los EPI se pueden clasificar en función del tipo de riesgo de cuyos efectos protegen, así se clasifican en EPI que protegen frente a riesgos: mecánicos, físicos, térmicos, eléctricos, químicos, etc. 347
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Por otra parte, en función de la parte del cuerpo a proteger, podemos clasificar los EPI en equipos de protección parcial y equipos de protección integral. Dentro de los de protección parcial, se clasifican en protectores de: cabeza, cara y ojos, oído, mano y brazo, pie y pierna, vías respiratorias, piel, tronco y abdomen. Por otra parte, estaría el caso concreto de las prendas de señalización, si bien estas no ofrecen una protección directa en caso de que el riesgo se manifieste, sirven para indicar la presencia del trabajador. A continuación, se relacionan los EPI de protección parcial más usualmente empleados, según la parte del cuerpo a proteger (por su interés, se relacionan los empleados en cualquier actividad y no solo los empleados en las obras de construcción):
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-
Cabeza: o Cascos de seguridad o Prendas de protección (sobreros, gorras, etc.) o Cascos para usos especiales (fuego, productos químicos)
-
Ojos y cara: o Gafas de montura “universal” o Gafas de montura “integral” o Gafas de montura “cazoletas” o Pantallas faciales o Pantallas para soldadura (de mano, de cabeza, acoplables a cascos de protección, etc.)
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Oído: o Protectores auriculares
-
Mano y brazo: o Guantes contra agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, vibraciones, etc.) o Guantes contra agresiones de tipo eléctrico (piezoeléctricos) o Guantes contra agresiones químicas o Guantes contra agresiones térmicas o Manoplas, manguitos y mangas
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-
Pie y pierna: o Calzado de seguridad o Calzado de protección o Calzado de trabajo o Calzado y cubrecalzado de protección contra el calor, o contra el frío o Calzado frente a riesgos eléctricos o Calzado de protección contra las motosierras o Protectores amovibles del empeine o Polainas o Rodilleras o Suelas amovibles (antitérmicas, antiperforación o antitranspiración)
-
Piel: o Cremas de protección y pomadas
-
Tronco y abdomen: o Chalecos, chaquetas y mandiles de protección frente a agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, proyecciones de metal fundido, etc.) o Chalecos, chaquetas y mandiles de protección frente a agresiones químicas o Chalecos termógenos o Chalecos salvavidas o Mandiles de protección contra rayos X o Cinturones de sujeción del tronco o Fajas y cinturones antivibraciones
-
Protección integral del cuerpo: o Equipos de protección contra las caídas en altura o Dispositivos anticaídas deslizantes o Arneses o Cinturones de sujeción o Dispositivos anticaídas con amortiguador o Ropa de protección o Ropa de protección contra agresiones mecánicas o Ropa de protección contra agresiones químicas o Ropa de protección contra proyecciones de metales en fusión y radiaciones infrarrojas
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o o o o o o
Ropa de protección contra fuentes de calor intenso o estrés térmico Ropa de protección contra bajas temperaturas Ropa de protección contra contaminación radiactiva Ropa antipolvo Ropa antigás Ropa y accesorios (brazaletes, guantes) de señalización (retrorreflectantes y fluorescentes)
1.3.2.- Implantación de los EPI Antes de implantar el uso de un determinado EPI deben analizarse una serie de aspectos con objeto de que la selección del mismo sea adecuada en cuanto al riesgo que debe proteger, y este sea aceptado por los trabajadores que han de usarlo, llevar a cabo la necesaria instrucción para su uso, etc. A continuación, se relacionan las fases a seguir en la implantación del uso de los EPI: 1. Análisis de riesgos: en cada puesto de trabajo, así como la evaluación de aquellos que no puedan ser eliminados parcial o totalmente. 2. Necesidad de uso: en el caso de que la protección colectiva no pueda ser empleada o que pudiendo emplearse, esta no elimine el riesgo en su totalidad. Los motivos por los que las protecciones colectivas no se pueden emplear pueden ser de tipo técnico o económico (coste muy desproporcionado o alteraciones negativas graves en los niveles de producción, siempre en situaciones de riesgo muy ocasionales, y en las cuales puede alcanzarse el grado de protección necesario con los EPI). 3. Definición del riesgo: en cuanto a forma del riesgo, parte del cuerpo a la que puede afectar, frecuencia de aparición del mismo, nivel de riesgo, etc. 4. Selección: en función de las características de los riesgos, teniendo en cuenta lo siguiente: o Grado necesario de protección o Grado de protección que ofrece el equipo o Evitar la interferencia en el proceso productivo o Evitar aquellos que puedan generar nuevos riesgos o incrementar los existentes
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o Valorar la coexistencia de varios riesgos que harían necesario el uso de varios EPI 5. Convencimiento: tanto por parte de la empresa que ha de costearlos como por parte de los trabajadores que han de utilizarlos. Los argumentos más convincentes son los siguientes: o Naturaleza y magnitud del riesgo o Consecuencias de su materialización o Costes directos e indirectos de los accidentes por su no empleo o Necesidad de cumplimiento de la legislación o Imposibilidad de corrección de los riesgos por otras medidas 6. Normalización de uso: mediante una normativa interna que considere el empleo de los EPI como una fase más del proceso de producción. Esta normativa considerará también las normas de mantenimiento y los cauces de reposición de los mismos en caso de deterioro. 7. Distribución: dado que los EPI, salvo casos especiales, son de uso personal, debe procederse a la distribución de los mismos entre los usuarios informándoles de sus características, utilización, mantenimiento, etc. 8. Entrenamiento: en general y sobre todo para aquellos equipos que por su complejidad pueda ser necesario realizar una fase de instrucciones de uso y simulacro previo. 9. Supervisión del uso: principalmente para comprobar la exigencia del uso, correcta utilización de los mismos y posibles problemas que pudieran surgir durante su empleo.
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BIBLIOGRAFÍA Y LEGISLACIÓN
BIBLIOGRAFÍA Y LEGISLACIÓN Bibliografía básica recomendada CHINER DASI, M. (1989) Programación de proyectos. SPUPV. Valencia. COS CASTILLO, Manuel de (2003) Teoría general del proyecto. Ed. Síntesis. Madrid. COS CASTILLO, Manuel de (1992) Ingeniería de proyectos. SPUPM. Madrid. COS CASTILLO, Manuel de (1999) Teoría General del Proyecto. Volumen I: Dirección de Proyectos/Project Management y Volumen II: Ingeniería de Proyectos/Project Engineering. Ed. Síntesis. Madrid. DRUDIS, A. (1992) Planificación, Organización y Gestión de Proyectos. Ed. Gestión 2000. Barcelona. GARCÍA-VAQUERO VAQUERO, E. (1993) Diseño y construcción de industrias agroalimentarias. Ed. Mundi Prensa. Madrid. GÓMEZ SENENT, E. (1992) Las fases del proyecto y su metodología. SPUPV. Valencia. GÓMEZ SENENT, E. (1988) El proceso proyectual. SPUPV. Valencia. GUTIÉRREZ PULIDO P.; BRASA A. (2006) Curso de Proyectos y Trabajos de Ingeniería Agronómica. Ed. Librería Popular. Albacete. HEREDIA SCASSO, Rafael de (1999). Dirección integrada del proyecto –DIP– “Project management”. UPM. Madrid. LEWIS, J. P. (1995) Planificación, Programación y Control de Proyectos. Guía Práctica para una Gestión de Proyectos Eficiente. Ed. S. Barcelona. MARTÍNEZ MONTES, G.; PELLICER ALMIÑANA, E. (2006) Organización y Gestión de proyectos y Obras. Ed. McGraw-Hill/Interamericana de España. Madrid. PRADO, D. (1988) Administración de Proyectos con PERT-CPM. Ed. Paraninfo, Madrid. PROJECT MANAGEMENT INSTITUTE (1998) Guía de los Fundamentos de la Dirección de Proyectos. Ed. Asociación Española de Ingeniería de Proyectos (AEIPRO). Madrid. 355
Bibliografía y legislación
REIG FELIU, A. (1989) Los proyectos de ingeniería agronómica. Su concepto y una sistemática para su redacción y presentación. SPUPV. Valencia. ROMERO, C. (1993) Técnicas de programación y control de proyectos. Ed. Pirámide. Madrid. TRUEBA, I.; LEVENFIELD, G.; MARCO, J. L. (1991) Teoría de Proyectos. Morfología del Proyecto. SPUPM. Madrid. TRUEBA, I.; MARCO, J. L. (1985) Proyectos Agrarios y de Desarrollo Rural. Formulación. Ed. SPUPM. Madrid. TRUEBA, I.; MARCO, J. L. (1986) Proyectos Agrarios y de Desarrollo Rural. Anejos. Ed. SPUPM. Madrid. Bibliografía complementaria GITTINGER, J. P. (1983) Análisis Económico de Proyectos Agrícolas. Serie del Instituto de Desarrollo Económico. Ed. Tecnos. Madrid. GÓMEZ OREA, D. (1999) Evaluación del Impacto Ambiental: Un Instrumento Preventivo para la Gestión Ambiental. Coedición Ed. MundiPrensa y Ed. Agrícola Española, S.A. Madrid. GÓMEZ OREA, D. (2002) Ordenación Territorial. Coedición Ed. MundiPrensa y Ed. Agrícola Española S.A., Madrid. GÓMEZ OREA, D. (1994) Evaluación de impacto ambiental. Ed. Agrícola Española S.A., Madrid. GÓMEZ OREA, D. (1992) Planificación rural. Ed. Agrícola Española y Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación. Madrid. ROMERO, C. (1998) Evaluación Financiera de Inversiones Agrarias. Ed. Mundi-Prensa, Madrid. TRUEBA, I.; CAZORLA, A.; DE GRACIA, J. J. (1995) Proyectos Empresariales: Formulación, Evaluación. Ed. Mundi-Prensa, Madrid. YU CHUEN-TAO, L. (1989) Aplicaciones Prácticas del PERT y CPM: Nuevos Métodos de Dirección para Planificación, Programación y Control de Proyectos. Ed. Deusto, Bilbao. Legislación básica Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. RD 314/2006 de 17 de marzo de Código Técnico de la Edificación y sus correspondientes Documentos Básicos, y RD 1371/2007 de 19 de octubre de DB-HR de Protección frente al ruido.
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Análisis y desarrollo de proyectos en la ingeniería alimentaria
RD 1247/2008 de 18 de julio, de Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08. RD 997/2002 de 27 de septiembre, de Norma de Construcción Sismorresistente. Parte General y de Edificación (NCSE-02). Normas Tecnológicas de la Edificación (NTE). Ley 21/1992 de 16 de julio, de Industria. RD 2267/2004 de 3 de diciembre, de Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales. RD 1942/1993 de 5 de noviembre, de Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, modificado por Orden de 16 de abril de 1998 y RD 560/2010 de 7 de mayo. RD 1027/2007 de 20 de julio, de Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, modificado por RD 1826/2009 de 27 de noviembre. RD 842/2002 de 2 de agosto, de Reglamento electrotécnico de Baja Tensión, e Instrucciones técnicas complementarias, y Guía Técnica de aplicación. RD 223/2008 de 15 de febrero, de Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias. RD 3275/1982 de 12 de noviembre, de Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación. RD 3099/1977 de 8 de septiembre, de Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas, Instrucciones técnicas complementarias y modificaciones. RD 769/99 de 7 de mayo, de aplicación de la directiva del Parlamento europeo y de Consejo 97/23/CE relativa a los equipos a presión. RD 2060/2008 de 12 de diciembre, de Reglamento de equipos a presión y sus Instrucciones técnicas complementarias. LEY 31/1995 de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, modificada por la LEY 54/03. RD 1215/1997 de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo y modificaciones. RD 1627/1997 de 24 de octubre, de disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. RDL 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, modificado por la Ley 6/2010 de 24 de marzo.
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