INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN ESPECIALIZADA E INCLUSIVA
SUBSEC SUBSECRETA RETAR R A DE FUNDAMENTOS EDUCATIVOS
INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA Febrero de 2018
INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA
Contenido 1. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................... 1 2. NIVELES Y SUBNIVELES SUBNIVELES EDUCATIVOS ..................................................................... 2 3. ORIENTACIONES PARA LA EVALUACIÓN EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE APRENDIZAJE ................................ 3 4. CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN DE LOS APRENDIZAJES .................................................................... 4 4.1. Para la alfabetización .............................................................................................. 4 4.2. Para el subnivel superior de EGB y nivel de BGU para PCEI .................................. 7 5. EXÁMENES EXÁMENES ................................................................................................................. 11 6. REFUERZO ACADÉMICO ACADÉMICO (tutorías)............................................................................ 14 7. PROMOCIÓN PROMOCIÓN .............................................................................................................. 15 8. TITULACIÓN ............................................................................................................... 16 9. ORIENTACIONES PARA LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO ..................... 17
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1. INTRODUCCIÓN El Ministerio de Educación, la Subsecretaría de Educación Especializada e Inclusiva a través de la Dirección Nacional de Educación para Personas con Escolaridad Inconclusa, conforme lo estipulado en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento de aplicación, atiende a la población de 15 años en adelante con tres o más años de rezago escolar, que por diversos motivos, se encuentra fuera del sistema educativo ordinario. La educación tiene como finalidad el desarrollo de las capacidades y potencialidades individuales y colectivas, dentro de un proceso educativo flexible, dinámico, incluyente, eficaz y eficiente, para quienes no hayan podido acceder a la educación obligatoria en la edad correspondiente, a fin de que desarrollen competencias para el trabajo que les permita una formación integral que mejore su calidad de vida. En este contexto, el Ministerio de Educación se encuentra aplicando una renovada campaña que abarca las ofertas de educación extraordinaria desde la alfabetización hasta el bachillerato con el objeto de superar el rezago educativo y reducir las brechas sociales. De este modo, “Todos ABC Campaña de alfabetización Monseñor L eonidas Proaño” busca fortalecer las ofertas educativas dirigidas a personas de 15 años o más en Alfabetización, Educación General Básica Superior “Intensiva” y Bachillerato “intensivo”.
Estos programas brindan la oportunidad de concluir los estudios en los diferentes niveles y subniveles educativos a los jóvenes y adultos en situación de escolaridad inconclusa que son parte de grupos vulnerables excluidos del sistema educativo y del modelo económico, social y político. Con ello se proponen procesos educativos de calidad, de corta duración, de utilidad y aplicación inmediata, que preparan para la vida futura de estos colectivos de la sociedad ecuatoriana. El presente instructivo incluye elementos necesarios para garantizar la aplicación de la evaluación estudiantil, considerando que, la evaluación se lleva a cabo a lo largo del proceso de enseñanza-aprendizaje con la finalidad de proveer de retroalimentación oportuna, pertinente, precisa y detallada para ayudar al participante a lograr sus objetivos de aprendizaje; y, que la evaluación debe inducir al docente a un proceso de análisis y reflexión valorativa de su trabajo como facilitador de los procesos de aprendizaje. Se inicia considerando los niveles y subniveles educativos en que se divide el Sistema Nacional de Educación en los que se identifican aquellos que abarca la educación extraordinaria para personas en situación de escolaridad inconclusa, porque existen especificidades en el proceso evaluativo de cada uno de ellos, luego se describe brevemente el alcance de la evaluación estudiantil. Además, se proponen lineamientos para la calificación de los aprendizajes , donde se incluye la escala de calificaciones, los diferentes exámenes que deben rendir los 1
INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA estudiantes. Se desarrolla además, el proceso de refuerzo académico que se debe realizar con los estudiantes que presenten bajos rendimientos, este proceso debe empezar desde el inicio del año lectivo, de tal manera que los estudiantes puedan recuperarse en el transcurso y no únicamente al final del proceso de enseñanzaaprendizaje. Para una mejor comprensión se da ejemplos concretos sobre los procedimientos institucionales de la calificación de los aprendizajes y del refuerzo académico y se anexa varios formatos para orientar la labor docente. También, se explica lo relacionado a la evaluación del comportamiento de los estudiantes. Todo esto se verá plasmado en los informes de aprendizaje al que tendrán acceso los participantes; y, por último, se presenta indicaciones sobre la promoción de los estudiantes .
2. NIVELES Y SUBNIVELES EDUCATIVOS Según el artículo 27 del Reglamento General a la LOEI, el Sistema Nacional de Educación (SNE) tiene tres (3) niveles: Inicial, Básica y Bachillerato, además de que cuenta con subniveles, según se evidencia en el siguiente esquema:
Niveles y subniveles del SNE
Niveles
Subniveles
Educación Inicial
Inicial 1 Inicial 2 E d
Preparatoria Educación General Básica
u
Básica Elemental
ió
c
a
c
Alfabetización 1
Básica Media
rd
O
n
Básica Superior Bachillerato General Unificado
Asignaturas del tronco común
2
a
ri
a
in
Alfabetización 2
a
c
u
d
E
Básica Superior
n
ió
c tr
x
E a
Bachillerato General Unificado a
ri
a
in
rd
o
INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA Como se puede observar, la educación extraordinaria para personas en situación de escolaridad inconclusa, atiende a la población joven y adulta, desde el subnivel de básica elemental hasta el nivel de bachillerato. La básica elemental y media corresponde a alfabetización 1 y 2, abarcando un total de seis módulos. La continuidad se brinda con la Educación General Básica Superior Intensiva (8°, 9° y 10°) para finalmente, culminar con el Bachillerato (1°,2° y 3° curso).
3. ORIENTACIONES PARA LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE La evaluación estudiantil 1 “es un proceso continuo de observación, valoración y registro de información que evidencia el logro de objetivos de aprendizaje de los participantes y que incluye sistemas de retroalimentación, dirigidos a mejorar la metodología de enseñanza y los resultados de aprendizaje”.
La evaluación tiene como propósito principal 2 que el docente oriente al participante de manera oportuna, pertinente, precisa y detallada, para ayudarlo a lograr sus objetivos de aprendizaje; la evaluación debe inducir al docente a un proceso de análisis y reflexión valorativa de su trabajo como facilitador de los procesos de aprendizaje, con el objeto de mejorar la efectividad de su gestión. La evaluación estudiantil posee las siguientes características: Reconocer y valorar las potencialidades del estudiante como individuo y como actor dentro de grupos y equipos de trabajo; Retroalimentar la gestión estudiantil para mejorar los resultados de aprendizaje evidenciados durante un periodo académico; Estimular la participación de los estudiantes en las actividades de aprendizaje; y, Registrar cualitativa y cuantitativamente el logro de los aprendizajes y los avances en el desarrollo integral del estudiante.
3.1. Tipos de evaluación Los tipos de evaluación según el propósito son los siguientes: Diagnóstica Se aplica al inicio de un período académico. Determina condiciones previas de cómo el participante comienza un proceso de aprendizaje. No es calificado.
•
•
•
•
•
•
Formativa El docente la realiza durante el proceso de aprendizaje. Observa el avance de los participantes entre su situación de partida y su situación de llegada. Le permite ajustar la metodología de enseñanza
1
Art. 184 del Reglamento General a la LOEI Art. 185 del Reglamento General a la LOEI
2
3
•
•
Sumativa Se realiza una evaluación totalizadora del aprendizaje de los participantes. Apoya en la medición de los logros de aprendizaje obtenidos al final del proceso de enseñanza – aprendizaje.
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•
y mantener informados a los participantes sobre si progreso académico. Son calificados.
•
Son calificados.
La retroalimentación permite al docente volver sobre aquellas DCD (Destreza con criterio de desempeño), que los participantes no han logrado desarrollar, para reorientar, reforzar, motivar prácticas y saberes permanentes. Debe ser utilizada permanentemente durante todo el proceso de enseñanza aprendizaje Es necesario precisar que la autoevaluación y la coevaluación forman parte de la evaluación formativa. La autoevaluación permite que los estudiantes reflexionen sobre su participación en el proceso de enseñanza y aprendizaje, mediante una valoración que exprese su desempeño, en tanto, la coevaluación, incentiva la valoración que se realiza entre compañeros con base en criterios acordados sobre la actuación de los participantes frente al grupo.
4. CALIFICACIÓN DE LOS APRENDIZAJES 4.1.
Para la alfabetización
El proceso de evaluación de los aprendizajes de las personas jóvenes y adultas que inician la alfabetización o que no han podido concluir sus estudios hasta el subnivel de básica media, debe estar en coherencia con su derecho humano fundamental, basado en los principios de respeto a la dignidad del ser humano y de justicia social. En este sentido, es importante tener claro que la evaluación no es sinónimo de medición, por tanto debe considerar los logros individuales de los participantes y los factores que pueden incidir en sus aprendizajes. En la alfabetización no se evalúa para aprobar o desaprobar, se evalúa para favorecer el aprendizaje de las personas jóvenes y adultas, fortalecer sus potencialidades y detectar posibles limitaciones para ayudarlos a superarlas y alcanzar sus objetivos educativos. En tal virtud, la evaluación en la alfabetización será de carácter cualitativa cuyo objetivo es verificar el alcance de desarrollo de las destrezas con criterios de desempeño propuestas en el Currículo Integrado de Alfabetización. El material didáctico que se utilizara para oferta de Alfabetización consiste en cuadernillos que contienen hojas de trabajo y audio clases. Al final de cada cuadernillo se proponen actividades evaluativas que serán desarrolladas en la clase presencial, las mismas que deben ser evaluadas por el docente y que se constituyen en insumos para la evaluación final de cada Módulo. Esta evaluación será de carácter cualitativo y tendrá que ser acompañada de una retroalimentación constante que permita el alcance de los aprendizajes requeridos. Para el efecto se utilizará la siguiente escala:
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Tabla Nro. 1 ESCALAS DE EVALUACIÓN PARA ALFABETIZACIÓN ESCALA
SIGNIFICADO
D
Domina
A
Adquirido
EP
En proceso
I
Inicio
CARACTERÍSTICAS DE LOS PROCESOS El participante domina los aprendizajes requeridos
DESCRIPCIÓN
No presenta errores en las actividades evaluativas El participante alcanza los Presenta hasta el aprendizajes requeridos. 25% de errores en las actividades evaluativas El participante está próximo a Presenta más del alcanzar los aprendizajes 25% y hasta 50% de requeridos, para lo cual requiere errores en las acompañamiento del docente. actividades evaluativas El participante está empezando a Presenta más del 50% desarrollar los aprendizajes de errores. previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos, para lo cual necesita mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente, de acuerdo con su ritmo y estilo de aprendizaje.
Elaborado por: DINCU
Al final de la hoja de actividades evaluativas de cada cuadernillo se presentará un cuadro con los indicadores de logro correspondientes a cada actividad, con el propósito de evaluar el alcance de las destrezas con criterios de desempeño. Luego de evaluar la actividad, el docente deberá señalar la escala obtenida por el estudiante, por ejemplo: Destreza con criterios de desempeño Indicador de logro A1.RS.19. Describir y reproducir patrones con objetos y figuras Aplica patrones con presentes en las construcciones y objetos y figuras. (Ref. obras artísticas que caractericen a la I.A1.2.1.) comunidad y localidad.
Escala D A
EP
I
Esta actividad tiene dos objetivos: por una parte que los participantes puedan ir autoevaluando y regulando su proceso de aprendizaje; y, por otra, que el docente pueda detectar oportunamente las dificultades que se le van presentando al participante para retroalimentarlos de manera inmediata.
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INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA Cada Módulo constará de dos unidades, a su vez cada unidad estará constituida por diez cuadernillos (uno por semana). Las evaluaciones sumativas se aplicarán en la quinta y décima semana de cada unidad. Esta nota corresponderá a cada uno de los parciales. Tabla Nro. 2 Ejemplo de Organización del Módulo 1 Módulo 1 Unidad 1 Evaluación formativa Cuadernillo s del 1 al 4
Evaluación sumativa en el Cuadernillo 5
Evaluación formativa Cuadernillos del 6 al 9
Unidad 2 Evaluación sumativa en el Cuadernillo 10
Evaluación formativa Cuadernillos del 11 al 14
Evaluación sumativa en el Cuadernillo 15
Evaluación formativa Cuadernillos del 16 al 19
Evaluación sumativa en el Cuadernillo 20
Elaborado: DINCU
Estas evaluaciones sumativas corresponderán a los parciales de cada módulo, por tanto deben ser de carácter cuantitativo, para lo cual se aplicará la siguiente escala: Tabla Nro. 3 EQUIVALENCIA DE LA ESCALA DE EVALUACIÓN ESCALA CUALITATIVA D A EP I
SIGNIFICADO Domina Adquirido En proceso Inicio
ESCALA CUANTITATIVA 10 9 8 7
Elaborado: DINCU
En la matriz de evaluación que consta en los cuadernillos múltiplos del cinco (5, 10, 15… ,
40) para cada unidad, constan únicamente los indicadores de logro que se han evaluado en los cuatro cuadernillos anteriores, por ejemplo:
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INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA El docente debe transformar las notas cualitativas a cuantitativas en cada uno de los indicadores de logro para posteriormente sacar el promedio del parcial, por ejemplo: Indicador de logro Reconoce y forma secuencias con patrones con figuras de uno, dos y tres atributos (Ref. I.A1.1.2) Aplica patrones con objetos y figuras. (Ref. I.A1.2.1.) Relaciona los fonemas con las grafías en palabras sencillas consigo mismo y su contexto (Ref.I.A1.2.1) Reflexiona sobre la expresión oral con el uso de la conciencia Lingüística (semántica, léxica, sintáctica y fonológica) Nota del parcial 1
Escala Cualitativa D
Nota cuantitativa 10
EP A
8 9
I
7 8, 5
Para el registro de calificaciones, los docentes deberán ingresar al aplicativo determinado para el efecto, la nota cuantitativa promedio de cada parcial, luego se debe obtener el promedio de cada módulo y por último para efectos de promoción la nota final será el promedio de las notas de cada uno de los módulos, por ejemplo:
Nómina
Andrango María
4.2.
Módulo 1 Unidad 1 Unidad 2 P1
P2
P3
P4
8, 5
9,0
10,0
7,0
Prom. 8,62
Módulo 2 Unidad Unidad 1 2 P P2 P3 P4 1 9, 0
10,0
9,0
Prom.
Nota final
9
8,81
8,0
Para el subnivel superior de EGB y nivel de BGU Intensivos.
La evaluación de los aprendizajes en el subnivel superior de Educación General Básica y en el nivel de Bachillerato será de carácter cuantitativo, tal como consta en el Art. 193 del Reglamento General a la LOEI. En estas ofertas, el participante debe demostrar el cumplimiento de los objetivos de aprendizaje establecidos para cada una de las áreas en el currículo y en los estándares de aprendizaje nacionales. Las calificaciones se asentarán según la siguiente escala de calificaciones:
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Escala cualitativa Domina los aprendizajes requeridos Alcanza los aprendizajes requeridos Está próximo a alcanzar los aprendizajes requeridos No alcanza los aprendizajes requeridos
Escala cuantitativa 9,00 – 10,00 7,00 - 8,99 4,01 – 6,99 <4
Fuente: Art. 194 del Reglamento a la LOEI, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 366 de 27 de junio de 2014, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 286 de 10 de julio de 2014.
4.2.1. Evaluación de los aprendizajes en el subnivel Superior de Educación General Básica La oferta para el subnivel superior de Educación General Básica, tiene una duración de 11 meses y se desarrolla como un solo ciclo formativo. En el primer mes se desarrolla una etapa propedéutica que tiene como finalidad diagnosticar, recuperar, recordar, reafirmar y nivelar los conocimientos, habilidades, saberes y actitudes básicas que los jóvenes y adultos poseen, por consiguiente es importante considerar que:
No es calificada con una nota, puesto que el objetivo es evaluar la situación inicial de partida para un proceso de enseñanza aprendizaje. No tiene por qué ser una prueba escrita, puede ser una actividad programada. Lo importante es que el docente tenga muy claro la pauta de evaluación, porque sin ella no podrá sistematizar la información obtenida. Puede ser individual o grupal, dependiendo si se quiere tener una visión global o particular del conocimiento de los alumnos. No tiene un tiempo determinado, todo dependerá del objetivo de la evaluación. La información no es solamente para el docente, como toda evaluación debe ser devuelta a los jóvenes y adultos para que ellos mismos puedan darse cuenta de su estado inicial ante los nuevos conocimientos y participen activamente en el proceso.
En los siguientes diez meses se desarrollan las destrezas con criterios de desempeño de las Adaptaciones Curriculares elaboradas para este subnivel que, recogen lo esencial de las destrezas imprescindibles que deben abordarse en el subnivel superior de Educación General Básica, por lo tanto, la calificación se aplicará de la siguiente manera:
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BÁSICA SUPERIOR INTENSIVA PRIMER QUIMESTRE SEGUNDO QUIMESTRE Nota Nota Nota 1er 2do 3er Examen 1er 2do 3er Examen 1er 2do Final Parcial3 Parcial Parcial Quimestral Parcial Parcial Parcial Quimestral Quimestre Quimestre Insumo Insumo Insumo 1 1 1
Insumo Insumo Insumo 1 1 1
Insumo Insumo Insumo 2 2 2
Insumo Insumo Insumo 2 2 2
Formativa (80%)
Sumativa (20%)
Formativa (80%)
Sumativa (20%)
Un ejemplo de registro de calificaciones para el primer quimestre de la básica superior intensiva, puede ser el siguiente: PRIMER QUIMESTRE
Nº
NOMINA
1 2 3
Alvear Guido Bermúdez Lucía
PARCIAL 1
PARCIAL 2
PARCIAL 3
Promedio parciales (insumos)
Examen quimestral
Nota primer quimestre
…
Para calcular la nota del primer quimestre, se tiene que sacar un promedio de las tres notas parciales obtenidas, este valor se lo multiplica por 0.80, lo cual equivale al 80%. A continuación, se tiene que multiplicar la nota obtenida en el examen por 0.20, lo cual equivale al 20%, finalmente se tiene que sumar las dos notas para así obtener la nota final. Es importante mencionar que, la nota obtenida en este ciclo formativo corresponderá a octavo, noveno y décimo grados de la Básica Superior Intensiva.
3
Los insumos se obtienen del promedio de varias actividades (deberes, lecciones, trabajos grupales, etc.).
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INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA 4.2.2. Evaluación de los aprendizajes en el nivel de Bachillerato El nivel de Bachillerato General Unificado intensivo, tiene una duración de 15 meses, que se desarrollará en un periodo de 5 meses para cada uno de los cursos, más un periodo de propedéutico previo al inicio de cada uno. Durante los cinco meses se desarrollan las destrezas con criterios de desempeño de las Adaptaciones Curriculares elaboradas para este nivel. La calificación se aplicará como consta en el siguiente ejemplo: PRIMER CURSO 1er Período 4
Examen
2do Período
Examen
1er Parcial
2do Parcial
1er Parcial
2do Parcial
Insumo 1
Insumo 1
Insumo 1
Insumo 1
Insumo 2
Insumo 2
Sumativa (20%)
Insumo 2
Formativa (80%)
Nota Final
Sumativa (20%)
Insumo 2
Formativa (80%)
Para calcular la nota de cada curso, se tiene que sacar un promedio de las dos notas parciales obtenidas, este valor se lo multiplica por 0.80, lo cual equivale al 80%. A continuación, se tiene que multiplicar la nota obtenida en el examen por 0.20, lo cual equivale al 20%, finalmente se tiene que sumar las dos notas para así obtener la nota final. Un ejemplo de registro de calificaciones para el primer curso de Bachillerato puede ser el siguiente: PRIMER CURSO Periodo 1 Nº 1 2 3
4
NOMINA
P1
P2
Promedio parciales (insumos)
Periodo 2 Examen 1er periodo
Nota 1er periodo
P1
P2
Promedio parciales (insumos)
Examen 2do periodo
Alvear Guido Bermúdez Lucía …
Los insumos se obtienen del promedio de varias actividades (deberes, lecciones, trabajos grupales, etc.).
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Nota 2do periodo
Nota final
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5. EXÁMENES5 Según el artículo 45 del Reglamento General a la LOEI, una de las atribuciones del Subdirector o Vicerrector es revisar y aprobar los instrumentos de evaluación preparados por los docentes. Para cumplir con esta atribución, debe solicitar el apoyo a la Junta Académica quienes coordinarán la revisión de dichos instrumentos con la Junta de Grado o Curso de conformidad al artículo 215 del Reglamento General a la LOEI, para finalmente emitir un informe de aprobación por parte del Subdirector o Vicerrector. En el Sistema Nacional de Educación se propone varios exámenes con diferentes propósitos, uno para mejorar el promedio obtenido y otros cuando no se ha alcanzado el promedio mínimo. Luego de rendir los diferentes exámenes, las calificaciones deberán ser ingresadas en el aplicativo determinado por la Autoridad Educativa Nacional, según el cronograma que se publique. A continuación, se describe los diferentes exámenes: Artículo.- 210 Examen de recuperación o de mejora del promedio.- Cualquier estudiante que hubiere aprobado una o más asignaturas con un promedio ANUAL entre siete (7) a nueve coma noventa y nueve (9,99); tiene la oportunidad de rendir un examen acumulativo de recuperación, con la finalidad de mejorar el promedio quimestral más bajo y por consiguiente su promedio anual. Para ello, se deberán considerar los siguientes aspectos: o Dentro de ocho (8) días posteriores a la realización de la Junta de Grado o Curso, el docente tutor del grado o curso, deberá entregar en Secretaría los informes de aprendizaje aprobados por la Junta y el acta correspondiente. Las calificaciones de todos los estudiantes serán notificadas y publicadas inmediatamente (carteleras de la institución, correo electrónico, informe de aprendizaje, etc.). o El examen de mejora se receptará por una sola vez, después de quince (15) días de publicadas las calificaciones anuales. Dentro de este tiempo, el estudiante o el representante legal, solicitará por escrito al director/a o rector/a del establecimiento, que se le permita ejercer el derecho a rendir el examen de recuperación, en la o las asignaturas que desee mejorar. o El director/a o rector/a, autorizará dentro de dos (2) días de conocida la solicitud, a los docentes para que recepten el examen de recuperación. Para ello, es responsabilidad de directivos y docentes establecer un horario de recepción de exámenes de mejora. o El docente de la asignatura calificará el examen correspondiente, y remitirá la nota obtenida al rector a través de un informe, en un tiempo de dos (2) días, a fin de que la autoridad disponga a Secretaría de la institución educativa, que se proceda a reemplazar el promedio quimestral más bajo y a modificar el promedio anual. Para reemplazar al promedio quimestral más bajo, la calificación obtenida en el examen de 5
Los tiempos mencionados son referenciales, para más detalle atender a los cronogramas emitidos para las ofertas extraordinarias.
11
INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA recuperación debe ser más alta que éste; si la nota fuere más baja que el promedio quimestral, deberá ser desechada.
(*) Cuando un estudiante haya solicitado mejorar su promedio en una o más asignaturas, luego de rendir los exámenes, la Secretaría procederá a realizar los nuevos promedios según el ejemplo, debiendo realizar un nuevo cálculo del promedio anual del estudiante, el mismo que será registrado en el sistema informático del Ministerio de Educación. Art. 212.- Examen supletorio.- si un participante hubiere obtenido un puntaje promedio al final del período de cinco (5) a seis coma nueve (6,9) sobre diez puntos como nota final
12
INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA de cualquier asignatura, podrá rendir un examen supletorio acumulativo, que será una prueba de base estructurada. El examen supletorio se rendirá en un plazo no mayor a quince (15) días posterior a la publicación de las calificaciones finales. La institución educativa deberá ofrecer clases de refuerzo durante este tiempo, previos a la administración del examen supletorio, con el fin de preparar a los estudiantes que deban presentarse a este examen. Para aprobar una asignatura a través del examen supletorio, se debe obtener una nota mínima de siete sobre diez (7/10), sin aproximaciones. La nota final de una asignatura aprobada por medio de un examen supletorio siempre será siete sobre diez (7/10). Ejemplo: Si un estudiante obtuvo un promedio final de 5/10, debe rendir un examen supletorio. Si este alumno obtiene una nota de 9.15/10 en el examen supletorio, no se debe realizar ningún promedio, sino que automáticamente aprueba el año con 7/10 en la asignatura. Art. 213.- Examen remedial.- Si un estudiante hubiere obtenido un puntaje promedio anual menor a cinco sobre diez (5/10) como nota final de cualquier asignatura o no aprobare el examen supletorio, el docente de la asignatura correspondiente deberá elaborar un cronograma de actividades académicas que cada participante tendrá que cumplir en casa, para que antes de la fecha del inicio de clases, rinda por una sola vez un examen remedial acumulativo, que será una prueba de base estructurada. Para aprobar una asignatura a través del examen remedial, se debe obtener una nota mínima de siete sobre diez (7/10), sin aproximaciones. El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen remedial siempre será siete sobre diez (7/10). Si un estudiante reprobare exámenes remediales en dos o más asignaturas, deberá repetir el ciclo formativo de la básica superior intensiva o el curso. “Art. 214.-
Examen de Gracia. En el caso de que un estudiante reprobare un examen remedial de una sola asignatura, rendirá un examen de gracia cinco días antes de empezar el año lectivo. De aprobar este examen, obtendrá la promoción al grado o curso superior, pero en caso de reprobarlo, deberá repetir el grado o curso anterior. Según establece el Art. 214.1, del reglamento, los exámenes supletorios, remediales y de gracia, se aplicarán a los estudiantes a partir del 8vo año de Educación General Básica. El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen de Gracia siempre será siete sobre diez (7/10). Art. 199.- Examen de grado.- “El examen de grado es una prueba acumulativa obligatoria de Bachillerato que el estudiante rinde en el tercer año de este nivel como requisito previo para la obtención del título de bachiller. El examen de grado evaluará los logros establecidos en los estándares de aprendizaje así como habilidades lingüísticas, matemáticas y de pensamiento abstracto. Los estudiantes que obtengan una nota menor a siete sobre diez (7/10) en el promedio ponderado mínimo para la obtención de su título de bachiller, tendrán la opción de 13
INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA presentarse a evaluaciones adicionales en las fechas establecidas por la Autoridad Educativa Nacional para el efecto.” 6
6. REFUERZO ACADÉMICO (tutorías) La malla curricular para el subnivel de Educación Básica Superior para personas con escolaridad inconclusa, contempla 240 horas adicionales a discreción para tutorías, para cada grado; y, 200 horas para el nivel de bachillerato, por curso. Estas horas de tutorías están dirigidas a aquellos participantes que presentan, en algún momento o a lo largo de sus estudios, bajos resultados en el proceso de aprendizaje o determinadas necesidades educativas que requieren una atención más individualizada a fin de favorecer el logro de las destrezas con criterios de desempeño. En consecuencia, en estas horas se despliega un conjunto de estrategias planificadas por el docente que complementan, consolidan o enriquecen la acción educativa y que se concretan en la adopción de una serie de medidas de atención a la diversidad, así se tiene: 6.1.1. Estrategias de Programación:
Establecer, con claridad, los objetivos mínimos y las destrezas a conseguir por todo el grupo que participa del refuerzo académico. Preparar actividades sobre un mismo contenido y/o destrezas de repaso, de refuerzo y de profundización variando el grado de dificultad y el tipo de procesos que se ponen en juego. Distribuir el espacio, puede dividir en diversas zonas para posibilitar la realización de tareas, de consulta, de clases de refuerzo, trabajo independiente, de lectura, de investigaciones, uso de la Internet, etc. Planificar el horario de atención ya sea de manera individual o grupal. 6.1.2. Estrategias Metodológicas:
El docente tomará en cuenta las estrategias metodológicas que favorezcan la participación activa de los jóvenes y adultos y la construcción de su propio aprendizaje a través del refuerzo individual y/o refuerzo grupal que les permita aplicar estrategias tales como: ayuda individualizada, ayuda entre iguales, aprendizaje cooperativo, uso de la tecnología para el aprendizaje, enseñanza compartida con varios especialistas, entre otras.
6
Decreto Presidencial Nº 1332 de 1 de marzo de 2017
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INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA 6.1.3. Evaluación del refuerzo académico El artículo 208 del Reglamento a la LOEI señala claramente que: “El docente deberá
revisar el trabajo que el estudiante realizó durante el refuerzo académico y ofrecerá retroalimentación oportuna, detallada y precisa que permita al estudiante aprender y mejorar. Además, estos trabajos deberán ser calificados, y promediados con las notas obtenidas en los demás trabajos académicos”.
7. PROMOCIÓN En la Alfabetización, para la promoción al siguiente grado, se requiere una calificación promedio de siete sobre diez (7/10). A lo largo del desarrollo de cada uno0 de los módulos, se debe identificar los estudiantes que presenten dificultades en el logro de las destrezas con criterios de desempeño y a la brevedad posible ayudarlos con un proceso de recuperación pedagógica de tal manera que se pueda garantizar el alcance de los objetivos educativos. Los participantes no deberán rendir exámenes supletorios, remediales o de gracia (según Artículo 214.1 del Decreto Ejecutivo No.366 referido a los subniveles elemental y medio de EGB), sino que el docente deberá identificar las dificultades que presente y diseñar las estrategias de recuperación de los aprendizajes necesarias, suficientes y pertinentes, utilizando métodos y técnicas acordes a las características de la población joven y adulta, que le permita alcanzar a desarrollar las destrezas para obtener la mínima calificación y de esa manera ser promovido al siguiente año. La promoción del participante del subnivel Superior de Educación General Básica y nivel de Bachillerato, se realizará de acuerdo a lo que establece el Reglamento a la LOEI en los correspondientes artículos. Art. 196.- Requisitos para la promoción. La calificación mínima requerida para la promoción, en cualquier establecimiento del país, es de siete sobre diez (7/10). Si el participante no obtuviere una nota mínima de 7/10 para su promoción en el promedio general, es decir, al culminar el subnivel superior de EGB o nivel de bachillerato, el docente debe realizar actividades de refuerzo necesarias para lograr que el participante alcance el puntaje requerido en la asignatura correspondiente, a través de un examen de recuperación. Art. 197.- Certificados de término de nivel y de promoción. Con el objeto de garantizar la movilidad estudiantil dentro de las instituciones del Sistema Nacional de Educación, las instituciones educativas deben expedir los siguientes documentos de certificación y registro, a aquellos estudiantes que hubieren logrado los mínimos requeridos en los estándares de aprendizaje fijados por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional:
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INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA 1. Certificado de haber aprobado la Educación General Básica. Al estudiante que hubiere aprobado el décimo año de la Educación General Básica; 2. Acta de grado. A los estudiantes de tercer curso de Bachillerato que hubieren aprobado los exámenes escritos de grado; y, 3. Título de bachiller . Certificación que acredita que el estudiante ha cumplido con todos los requisitos del nivel.
8. TITULACIÓN Para el proceso de titulación de los estudiantes de tercer curso de bachillerato, se procederá de conformidad con lo estipulado en el artículo 198 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, sustituido mediante Decreto Ejecutivo 1332 de 1 de marzo de 2017, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 955 de 3 de marzo de 2017, que prescribe lo siguiente: “Para obtener el título de bachiller, el estudiante debe:
1. Obtener una nota final mínima de siete sobre diez (7/10) que será un promedio ponderado de las siguientes calificaciones: i. El promedio obtenido en el subnivel de Básica Superior, equivalente al 30%; ii. El promedio de los tres (3) años de Bachillerato, equivalente al 40%; y, iii. La nota del examen de grado, equivalente en el promedio al 30%. Los estudiantes que no logren la nota final mínima para la obtención de su título de bachiller podrán rendir un examen de grado supletorio, de acuerdo a las condiciones establecidas por la Autoridad Educativa Nacional a tal efecto. Los participantes que no cuenten con el certificado de promoción de los grados del subnivel de Básica Superior o los cursos de Bachillerato, se acogerán a lo establecido en el Art. 167 del Reglamento General a la LOEI, que establece que los ecuatorianos y los extranjeros que hubieren realizado estudios en el país o en el exterior, que no pudieren obtener la documentación de sus estudios por las situaciones excepcionales, pueden acceder al Sistema Nacional de Educación a través de exámenes de ubicación, de acuerdo a la normativa que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. Los exámenes de ubicación deben validar los años de estudios que no cuenten con documentación de respaldo, y la calificación obtenida en este examen debe ser asentada como promedio de los años anteriores. Cabe mencionar que según establece la Disposición Segunda del ACUERDO Nro. MINEDUC-ME-2016-00040-A, de 03 de Mayo de 2016, para la oferta escolarizada extraordinaria, en sus modalidades presencial, semipresencial y a distancia, se deberá considerar como calificación de aprobación del Programa de Participación Estudiantil, la
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INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA calificación obtenida en la asignatura de “Emprendimiento y gestión”, al finalizar el
proceso formativo. 2. Los demás requisitos previstos en la normativa vigente. 8.1 Participación Estudiantil
Para las actividades de participación estudiantil obligatoria, los estudiantes de bachillerato intensivo, se acogerán a la Segunda Disposición General constante en el Acuerdo Nro. MINEDUC-ME-2016-000-40-A, de 3 de mayo de 2016, mediante el cual se expide la normativa que regula el Programa de Participación Estudiantil en las Instituciones Educativas del Sistema Nacional de Educación; que de manera expresa establece “Para la oferta escolarizada extraordinaria, en sus modalidades presencial,
semipresencial y a distancia, se deberá considerar como calificación de aprobación del Programa de Participación Estudiantil, la calificación obtenida en la asignatura de “Emprendimiento y gestión”, al finalizar el proceso formativo”.
9. ORIENTACIONES PARA LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO El comportamiento de las personas jóvenes y adultas está dado por las actitudes que asume frente a los estímulos del medio, y estas actitudes van en relación a los valores que se han cultivado a lo largo de toda su vida. Por ello, es necesario reforzar y desarrollar valores éticos y de convivencia que ayuden a los participantes a convivir en la sociedad actual y adaptarse a los cambios futuros. La evaluación del comportamiento de las personas jóvenes y adultas tiene como finalidad ayudarlos a formarse integralmente, es decir, a incorporar en su desarrollo; conocimientos, destrezas y actitudes. Esto se logra proporcionando un ambiente adecuado para el aprendizaje, de acuerdo a lo determinado en los Art.221 y 222 del Reglamento a la LOEI. Un ambiente adecuado para el aprendizaje se refiere a proporcionar las condiciones necesarias para que tanto el docente como el participante tengan bienestar y se involucren en el proceso de aprendizaje. Para ello se deben tomar en cuenta dos aspectos fundamentales: o
o
Ambiente físico: Esto significa cuidar la presentación de la institución y decoración del aula (pintura, adornos, disposición de los pupitres, distribución de materiales didácticos, ambiente acogedor, etc.) en la medida de lo posible. Relaciones interpersonales: Para promover buenas relaciones interpersonales, el docente debe tomar en cuenta los campos de bienestar de las personas jóvenes y adultas, que se dan en las siguientes interrelaciones: Alumno-alumno: Relaciones entre los participantes (discriminación, agresión física, agresión verbal, apodos, etc.).
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Alumno-profesor : Analizar la relación entre el docente y cada uno de los participantes; tener presente los prejuicios, (efecto Pigmalión: el docente da preferencias a los estudiantes que se adaptan a sus intereses y expectativas). Alumno-institución: Relaciones con estudiantes de otros grados o cursos, con otros profesores de la institución, el rector, vicerrector, inspector, personal administrativo y de apoyo, etc. Alumno-mundo extra escolar : Considerar las relaciones del joven y adulto fuera del plantel educativo.
La evaluación del comportamiento cumple con las siguientes características: Cumple un objetivo formativo motivacional. Está a cargo del docente de aula o tutor. o Debe ser cualitativa y no afectar a la promoción del estudiante. o Debe incluirse en los informes finales. o Se debe realizar en forma literal y descriptiva, según consta en el Artículo No. 222 del Reglamento a la LOEI. o o
Dicha evaluación se debe realizar a partir de indicadores referidos a valores éticos y de convivencia social. Escala de Evaluación del Comportamiento para la Alfabetización A
muy satisfactorio
B
satisfactorio
C D
poco satisfactorio mejorable
E
insatisfactorio
Lidera el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social Cumple con los compromisos establecidos para la convivencia social. Falla ocasionalmente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la convivencia social. Falla reiteradamente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. No cumple con los compromisos establecidos para la sana convivencia.
La evaluación del comportamiento de los parciales y final:
La evaluación literal y descriptiva del parcial corresponde al comportamiento demostrado en ese período. Es decir, en cada parcial se evaluará el comportamiento en forma independiente. El docente deberá registrar en las recomendaciones del informe de aprendizaje, las observaciones que motiven a los jóvenes y adultos a continuar con un buen comportamiento, destacando los aspectos positivos o las alternativas de solución a las posibles causas de un mal comportamiento. La persona encargada de hacer seguimiento a la evaluación de los estudiantes es el docente tutor de grado o curso.
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INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EDUCACIÓN EXTRAORDINARIA Consideraciones y recomendaciones para personas jóvenes y adultas Las personas jóvenes y adultas tienen unas características, intereses y necesidades distintas a los adolescentes y niños. En este sentido es importante considerar que la evaluación del comportamiento debe tomar en cuenta una serie de aspectos a la hora de evaluar el comportamiento en esta población:
Voluntad del participante: las personas jóvenes y adultas acuden a las ofertas de educación extraordinaria de forma voluntaria y automotivada. Por ende, no se trata de una obligación para ellos. Autonomía del participante: las personas jóvenes y adultas, a diferencia de adolescentes y niños, no tienen un “representante legal” que esté pendiente de
ellos. En este sentido ellos mismo son los responsables de sus acciones. Experiencia de vida: las personas jóvenes y adultas tienen una experiencia de vida en el que han ido desarrollando sus valores de convivencia.
Las personas jóvenes y adultas, en principio, al acudir a la educación extraordinaria lo hacen por su propia voluntad y de manera responsable. Su edad hace que tengan un desarrollo psicosocial mayor, debido a sus responsabilidades familiares y laborales. En este sentido, sus comportamientos generalmente son de predisposición ante los estudios creando un ambiente adecuado para el aprendizaje. Sin embargo, esto puede no ser así en todos los casos. Si algún participante, joven o adulto, tiene comportamientos que producen ambientes inadecuados de aprendizaje es recomendable realizar conversatorios con ellos y de ser necesario firmar una carta de compromiso:
Conversatorios: El docente buscará un espacio oportuno para dialogar con el participante que fomenta un ambiente inadecuado para el aprendizaje. Es importante mostrar una actitud positiva, conciliadora y de apertura, para que el joven o adulto se sienta cómodo para poder expresarse. El docente debe, en primera instancia escuchar las razones de la actitud del participante, pues en numerosas ocasiones es debido a realidades difíciles. Como segunda instancia el docente debe brindar orientaciones que le ayuden a mejorar en su comportamiento durante la clase e informarle de las posibles sanciones establecidas en la LOEI y su Reglamento. Carta de compromiso: fruto del proceso anterior, de ser necesario, se entrega al estudiante un formato de carta de compromiso donde de manera libre, firma los compromisos alcanzados para mejorar el ambiente de aprendizaje en el aula.
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Ministerio de Educación del Ecuador. (2017). Instructivo para la aplicación de la evaluación estudiantil. Quito, Ecuador Ministerio de Educación del Ecuador. (2012). Marco Legal Educativo. Quito, Ecuador.
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