ASIGNATURA: COMERCIO EXTERIOR SEGUNDO MATERIAL MTRA. CLAUDIA MARGARITA MIS LINARES
TEMA II. EMPRESA Y COMERCIO EXTERIOR 2.4 COMPETENCIA INTERNACIONAL Dentr entro o del camp campo o inte intern rna aciona ional, l, todos odos los los país países es está están n en igual guales es circunstancias con respecto a las tasa so gravámenes aduanales. En algunos aspectos existen situaciones preferenciales ya sean países o productos, sólo que que mien mientr tras as más más impo import rtan ante te es el país país impo import rtad ador or,, la comp compet eten enci cia a internacional es más intensiva y aún más, si no hay restricciones o cuotas a la importación.
Relaciones vecinales y lejanas Son comunes las relaciones comerciales entre países vecinos y difíciles con países países alejados alejados donde los obstáculos obstáculos para comunicarse comunicarse pueden pueden en algunos algunos casos casos resultar resultar infranqueab infranqueables; les; por consiguient consiguiente, e, la distancia distancia determina una agenda de fechas de envío, forma y estructura de los empaques exteriores, sistemas y medios de transporte (marítimo, aéreo, terrestre, etc).
Conflictos políticos Los difer diferent entes es regíme regímenes nes de gobier gobierno, no, confl conflict ictos os interno internos, s, revolu revolucio ciones, nes, influyen mucho en el mercado internacional. Evolución, industrialización y conflictos económicos El expo export rtad ador or no pued puede e pasa pasarr por por alto alto o igno ignora rarr aspe aspect ctos os que que infl influy uyen en gran grande deme ment nte e en las las expo export rtac acio ione nes. s. La situ situac ació ión n polí políti tica ca,, fina financ ncie iera ra y económica de un país, puede abrir o cerrar mercados, inclusive condiciona sus transacciones cambiarias con los demás países. Los avances técnicos en la industria ayudan, mejoran y modifican los productos y sus precios. Conocer los mercados es necesario para la exportación; observar y seguir su evolución es indispensable.
2.5 FORM FORMAC ACIÓ IÓN N EXTERIOR.
DEL DEL
PROMO ROMOT TOR
PROFE ROFES SIO IONA NAL L
EN
COM OME ERCI RCIO
El progreso alcanzado en los últimos años de nuestro país, lo ha colocado en situación de concurrir en mayor escala a los mercados extranjeros para ofrecer su producción. Como consecuencia de de lo anterior, el exportador exportador requiere cada cada vez con mayor mayor urgenc urgencia ia de un conoc conocimi imient ento o más amplio amplio de los mercados mercados extranjero, esto ha motivado al gobierno de México para que dedique especial atención a los problemas derivados de dicho comercio. Las actividades de las empresas internacionales requieren trabajo intenso y coordinado distinto de las formas de hacer negocio de hace unos cuantos años. El mundo de hoy con su tremenda competencia en los negocios, requiere un trabajo efectivo de personas con una formación profesional en investigación de
Mercados, Ventas, Administración de Ventas, Promoción de Ventas, Servicios Bancarios, Bancarios, Seguros y Riesgos, Riesgos, Marítimos Marítimos y Terrestres, Terrestres, Fletes y Transporte Transportes, s, Pub Publici licida dad, d, Docu Docume ment ntac ació ión n y Tari Tarifa fas, s, Rela Relaci cion ones es Públ Públic icas as,, Trat Tratad ados os Comerciales e internacionales, etc. Antes Antes de que una person persona a sea emplea empleada da en las activi actividad dades es mencio mencionad nadas as ante anteri rior orme ment nte, e, debe debe esta estarr disp dispue uest sta a a viaj viajar ar y acep acepta tarr las las dife difere renc ncia ias s existentes entre los medios de vida, trabajo de su lugar de origen y otros países. También estar dispuesta a vivir y comerciar con un amplio criterio con quie quienes nes esta establ blez ezca ca rela relaci cion ones es come comerc rcia iale les s y tener tener en cons consid ider erac ació ión n los los diferentes métodos y formas del comercio, con el mejor deseo de comprender y adaptarse al nuevo ambiente de trabajo. De lo anterior lo anterior se resume que EL PROMOTOR EN COMERCIO EXTERIOR tiene que reunir las cualidades siguientes: a) Ser un profesionista profesionista con amplios amplios conocimie conocimientos ntos en comercializ comercializació ación. n. b) Hablar Hablar un idioma idioma adiciona adicionall a su lugar lugar de origen origen c) De preferenci preferencia a con experienci experiencia a en el ramo del del comercio comercio y de la industria industria mexicana.
2.6 FUNCION DEL AGREGADO COMERCIAL EN EL EXTRANJERO La función de un agregado comercia l es esencialmente la de promover las exportaciones de su país en los mercados que se le hayan asignado y entre sus responsabilidades principales pueden señalarse las siguientes: 1. Promoc Promoción ión de expor exportac tacion iones. es. 2. Política Política comerc comercial ial y asuntos asuntos económic económicos. os. 3. Promoción Promoción de la inversión inversión extranjera extranjera y de una adecuada adecuada tecnolog tecnología. ía. 4. Administra Administración ción de los los recursos recursos físicos físicos y humanos que se le le asignen. asignen. 5. Cumplimient Cumplimiento o de su función diplom diplomátic ática a en lo relacionado relacionado con las áreas áreas comerciales y económicas. A pesa pesarr de que que el agre agrega gado do come comerc rcia iall se conc concen entr trará ará en la prom promoc oció ión n come comerc rcia ial, l, en realid realidad ad su func funció ión n es más ampl amplia ia que que la promo promoci ción ón de exportaciones: es, un consultor en comercialización que informa y asiste a los expo export rtad ador ores es pote potenc ncia iale les s de su país país en toda todas s las las fase fases s del del proc proces eso o de comercialización, desde la búsqueda de oportunidades de su mercado, hasta proveer información respecto a los sistemas de distribución. Debe igualmente servir de enlace entre los vendedores de su país y lo compradores del lugar en donde está asignado, así como ambos gobiernos (Figura 2.3). Dirección
Política
Servicio de investigación de mercados
Programación
Servicio de información comercial
Servicio de asesoramiento sobre comercializació n de exportaciones
Administración general
Servicio de promoción Comercial
Figura 2.3 Oficina tipo de promoción de comercio.
TEMA III. OBSTÁCULOS AL COMERCIO EXTERIOR SUBTEMA 3.1 BARRERAS ARANCELARIAS Barreras arancelarias Las barreras arancelarias son los impuestos (aranceles) que deben pagar en un país los importadores y exportadores en las aduanas por la entrada o salida de las mercancías. Conocer este tipo de regulaciones que inciden en el producto que se desea comercializar en algún mercado resulta relativamente fácil, toda vez que generalmente se encuentran en una Tarifa Aduanera. En este sentido, la tarifa aduanera es considerada como un instrumento que proporciona transparencia y certidumbre al exportador y al importador. El objetivo principal de las barreras arancelarias, es impedir la importación de ciertas mercancías, ya sea para equilibrar la balanza comercial del país, para proteger la producción nacional o para incrementar el intercambio entre un grupo de países. Las barreras arancelarias, a pesar de la globalización y el Libre comercio, es una practica muy acentuada en muchos países, incluso en los mismos Estados Unidos, que se auto cataloga como el país mas libre en todos los aspectos. Las barreras arancelarias, junto con las Barreras no arancelarias, impiden el desarrollo del libre comercio y en cierta forma favorecen a las grandes multinacionales que ya controlan gran parte del comercio mundial, en la medida que precisamente, este tipo de barreras son interpuestas por las grandes potencias económicas de donde son originarias las multinacionales, protegiéndolas de esta forma de la competencia emergente de los países en desarrollo.
Concepto de Arancel Un Arancel es un impuesto aplicado a los bienes importados de una nación. Cuando un buque arriba a un puerto aduanero, un oficial de aduanas inspecciona el contenido de la carga y aplica un impuesto de acuerdo a la tasa estipulada para el tipo de producto. Debido a que los bienes no pueden ser nacionalizados (incorporados a la economía del territorio receptor) hasta que el impuesto no sea pagado, es uno de los impuestos más sencillos de recaudar, y el costo de recaudación es bajo. Aunque siempre los contrabandistas encuentran modos de evitar el pago de estos impuestos.
Tipos de arancel -Un “arancel de valor agregado” o ad valorem es el que se calcula sobre un porcentaje del valor del producto (CIF), ej: 10 centavos por cada dólar, mientras que un arancel específico, se basa en otros criterios como puede ser el peso, por ejemplo 5$ por 10 kilos. - Un “arancel de renta” es una serie de tarifas designadas fundamentalmente para recaudar fondos por un gobierno. Por ejemplo, un arancel para
importación de café (en un país que no produce café) recauda una cantidad estable para el gobierno. -Un “arancel proteccionista” es usado para inflar los precios de manera intencionada sobre un producto importado, para proteger a la industria nacional de la competencia extranjera. Por ejemplo: un arancel del 50% sobre una máquina que los importadores habrían vendido a $100 y ahora, a causa del arancel, venden a $150. Sin ese arancel, los fabricantes locales sólo podían vender la máquina a $100 o arriesgarse a que la gente se la compre a otros más barata, pero ahora pueden hacer la misma venta a $150.
El proteccionismo vs. Aranceles El proteccionismo es el desarrollo de una política económica en la que, para proteger los productos del propio país, se imponen limitaciones a la entrada de similares o iguales productos extranjeros mediante la imposición de aranceles e impuestos a la importación que encarezcan el producto de tal suerte que no sea rentable. La política proteccionista ha conocido distintos periodos de auge y decadencia. De forma general, en situaciones de economía de guerra o de autarquía, el proteccionismo se aplica de manera tajante. En situaciones de crisis económica, ciertos niveles de protección a los propios productos evitan una caída fulminante de precios y el consiguiente descalabro de algún sector de la economía nacional. En la actualidad el proteccionismo está claramente presente en la Política Agrícola Común (PAC) de la Unión Europea y de Estados Unidos, frente al resto de las economías del Tercer Mundo o emergentes para evitar que, con mano de obra y costes más baratos, la agricultura de aquellos se vea en claro retroceso, y es uno de los debates abiertos en la Organización Mundial del Comercio, toda vez que tal nivel de protección impide el desarrollo de las economías más pobres. Este tipo de proteccionismo se desarrolla mediante la implementación de elevados subsidios a los productores locales, y mediante la imposición aranceles a los productos extranjeros.
SUBTEMA 3.2 BARRERAS NO ARANCELARIAS Las barreras no arancelarias se definen como las “leyes, regulaciones, políticas o prácticas de un país que restringen el acceso de productos importados a su mercado”. Por ende, incluyen tanto normas legales como procedimientos administrativos no basados en medidas explícitas, sino en directivas informales de instituciones y gobiernos.
Los cupos establecen la cantidad máxima del producto a ser importada con un arancel determinado. Por encima de ese volumen, se deben abonar tasas mucho más altas que, en algunos casos, se transforman en virtuales prohibiciones a la importación.
Existen cupos generales que se negocian en el GATT a los cuales todos los países tienen acceso, y cupos bilaterales que otorgan preferencias a ciertas naciones. Cuando un producto tiene asignada una cuota acordada en el marco del GATT y otro bilateral, el segundo tiene aranceles más bajos, creando así una preferencia adicional para el país en cuestión. Además, la UE se reserva el derecho de aplicar salvaguardias especiales a ciertos productos agropecuarios, cuando el volumen de importaciones alcanza un nivel establecido como crítico. En estos casos, las importaciones adicionales deben abonar derechos aduaneros complementarios. Otra barrera utilizada es la “vigilancia a las importaciones” que actúa controlando permanentemente las cantidades ingresadas al bloque. Es una medida que tiene un efecto inhibitorio sobre las importaciones, dada la incertidumbre que genera a los exportadores la amenaza de aplicación en el futuro de medidas restrictivas. El mecanismo de vigilancia se emplea fundamentalmente en productos agropecuarios, textiles y manufacturas de hierro y acero. La “Política Agrícola Común” establece diferentes mecanismos de protección del mercado interno. Un ejemplo es el “Sistema de Precios de Entrada”, que afecta a distintos productos agrícolas y establece un precio mínimo por debajo del cual la mercadería importada debe pagar derechos adicionales con el objetivo de igualarlos a los mencionados precios internos. Las “salvaguardias por precios” y los “precios de referencia” actúan de la misma manera que los “precios de entrada”. Son medidas que permiten al mercado agropecuario europeo independizarse de las fluctuaciones internacionales de precios, protegiendo así los ingresos del productor interno. En cuanto al efecto de las barreras no arancelarias, los productos primarios y las manufacturas de origen agropecuario (MOA) son los más afectados por las mismas. En 1998, el 27% de las exportaciones del complejo agroalimentario argentino se destinó a la UE. A su vez y dada la alta protección con que cuentan estos rubros, el 94% de las manufacturas de origen agropecuario (MOA) y el 83% de los productos primarios colocados en el bloque están afectados por barreras no arancelarias.
INFORMACIÓN SOBRE ARANCELES A PARTIR DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR TITULO IV ARANCELES Y MEDIDAS ARANCELARIAS DEL COMERCIO EXTERIOR CAPITULO I Aranceles
DE
REGULACION
Y
RESTRICCION
NO
Artículo 12.- Para efectos de esta Ley, los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser: I. Ad-valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía. II. Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida, y III. Mixtos, cuando se trate de la combinación de los dos anteriores. Artículo 13.- Los aranceles a que se refiere el artículo anterior podrán adoptar las siguientes modalidades: I. Arancel-cupo, cuando se establezca un nivel arancelario para cierta cantidad o valor de mercancías exportadas o importadas, y una tasa diferente a las exportaciones o importaciones de esas mercancías que excedan dicho monto; II. Arancel estacional, cuando se establezcan niveles arancelarios distintos para diferentes períodos del año, y III. Las demás que señale el Ejecutivo Federal. Artículo 14.- Podrán establecerse aranceles diferentes a los generales previstos en las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación cuando así lo establezcan tratados o convenios comerciales internacionales de los que México sea parte.
CAPITULO II Medidas de regulación y restricción no arancelarias Sección primera Disposiciones generales Artículo 15.- Las medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación de mercancías, a que se refiere la fracción III del artículo 4o. de esta Ley, se podrán establecer en los siguientes casos: I. Para asegurar el abasto de productos destinados al consumo básico de la población y el abastecimiento de materias primas a los productores nacionales o para regular o controlar recursos naturales no renovables del país, de conformidad a las necesidades del mercado interno y las condiciones del mercado internacional; II. Conforme a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte. III. Cuando se trate de productos cuya comercialización esté sujeta, por disposición constitucional, a restricciones específicas;
IV. Cuando se trate de preservar la fauna y la flora en riesgo o peligro de extinción o de asegurar la conservación o aprovechamiento de especies; V. Cuando se requiera conservar los bienes de valor histórico, artístico o arqueológico, y VI. Cuando se trate de situaciones no previstas por las normas oficiales mexicanas en lo referente a seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecología, de acuerdo a la legislación en la materia. Artículo 16.- Las medidas de regulación y restricción no arancelarias a la importación, circulación o tránsito de mercancías, a que se refieren las fracciones III y IV del artículo 4o., se podrán establecer en los siguientes casos: I. Cuando se requieran de modo temporal para corregir desequilibrios en la balanza de pagos, de acuerdo a los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte; II. Para regular la entrada de productos usados, de desecho o que carezcan de mercado sustancial en su país de origen o procedencia; III. Conforme a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte; IV. Como respuesta a las restricciones a exportaciones mexicanas aplicadas unilateralmente por otros países; V. Cuando sea necesario impedir la concurrencia al mercado interno de mercancías en condiciones que impliquen prácticas desleales de comercio internacional, conforme a lo dispuesto en esta Ley, y VI. Cuando se trate de situaciones no previstas por las normas oficiales mexicanas en lo referente a seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecología, de acuerdo a la legislación en la materia. Artículo 17.- El establecimiento de las medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación, importación, circulación o tránsito de mercancías, a que se refieren las fracciones III y IV del artículo 4o., deberán previamente someterse a la opinión de la Comisión y publicarse en el Diario Oficial de la Federación. Las dependencias del Ejecutivo Federal competentes para expedir o hacer cumplir estas medidas deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación los procedimientos para su expedición o cumplimiento, e informar a la Comisión acerca de la administración de dichas medidas y procedimientos. Las medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación e importación de mercancías, a que se refiere la fracción III del artículo 4o., deberán expedirse por acuerdo de la Secretaría o, en su caso, conjuntamente con la autoridad competente. Estas medidas consistirán en permisos previos, cupos máximos, marcado de país de origen, certificaciones, cuotas compensatorias y los demás instrumentos que se consideren adecuados para
los fines de esta Ley. Las cuotas compensatorias sólo se aplicarán en el caso previsto en la fracción V del artículo anterior. Artículo 17 A.- Las restricciones y regulaciones no arancelarias, deberán cumplirse conforme a lo establecido en los ordenamientos aplicables. Dicho cumplimiento deberá demostrarse mediante documentos que contengan medidas de seguridad o a través de medios electrónicos, o ambos, que determine la Secretaría, conjuntamente con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal que corresponda, con excepción de los que hayan sido pactados con países con los que México haya suscrito algún acuerdo o tratado de libre comercio. Los documentos a que se refiere este artículo deberán acompañar al pedimento que se presente ante la aduana por conducto del agente o apoderado aduanal, en los términos de la legislación aduanera.
Artículo adicionado DOF 24-01-2006 Artículo 18.- En los casos previstos en las fracciones I y II del artículo 15 y I a V del artículo 16, la evaluación que realice la Comisión deberá basarse en un análisis económico, elaborado por la dependencia correspondiente, de los costos y beneficios que se deriven de la aplicación de la medida. Este análisis podrá tomar en cuenta, entre otros, el impacto sobre los siguientes factores: precios, empleo, competitividad de las cadenas productivas, ingresos del gobierno, ganancias del sector productivo, costo de la medida para los consumidores, variedad y calidad de la oferta disponible y nivel de competencia de los mercados. Artículo 19.- No obstante lo dispuesto en el artículo 17, las dependencias del Ejecutivo Federal competentes podrán establecer medidas de regulación o restricción no arancelarias a la exportación, importación, circulación o tránsito de mercancías en los casos previstos en las fracciones III a VI del artículo 15 y VI del artículo 16 sin someterlas a la opinión de la Comisión, siempre que: I. Se trate de una situación de emergencia susceptible de producir un daño difícilmente reparable de seguirse el procedimiento señalado en el artículo 17; II. Se notifique a la Comisión; III. Se publique en el Diario Oficial de la Federación, en los casos que proceda, mediante acuerdo del titular de la dependencia respectiva, y IV. Se limite la vigencia de la medida a un período máximo de 20 días a partir del primer acto de aplicación de la medida, dentro del cual dicha medida y, en su caso, la expedición de la norma oficial mexicana de emergencia, en los términos de la legislación en la materia, deberán someterse al procedimiento establecido en el artículo 17. Artículo 20.- En todo caso, las mercancías sujetas a restricciones o regulaciones no arancelarias se identificarán en términos de sus fracciones arancelarias y nomenclatura que les corresponda conforme a la tarifa respectiva.
Artículo 20 A.- La Secretaría aceptará los certificados de firma electrónica emitidos por los prestadores de servicios de certificación que estén acreditados en los términos del Código de Comercio, así como los que ella misma emita, para efecto de los trámites y notificaciones relacionadas con las regulaciones no arancelarias y los programas previstos en la presente Ley. Artículo adicionado DOF 24-01-2006
Permisos previos, cupos y marcado de país de origen Artículo 21.- Corresponde a la Secretaría sujetar la exportación e importación de mercancías a permisos previos y expedirlos conforme a lo siguiente: I. La sujeción a permisos previos deberá someterse a la opinión de la Comisión; II. El formato de las solicitudes, así como los requerimientos de información y los procedimientos de trámite se deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación; III. La expedición se resolverá en un plazo máximo de 15 días; IV. En los permisos se indicarán las modalidades, condiciones y vigencia a que se sujeten, así como el valor y la cantidad o volumen de la mercancía a exportar o importar y los demás datos o requisitos que sean necesarios, y V. Los demás procedimientos establecidos en el Reglamento. Artículo 22.- No se utilizarán permisos previos para restringir: I. La importación de mercancías en el caso previsto en la fracción V del artículo 16 de esta Ley, o II. La exportación, importación, circulación o tránsito de mercancías con el fin de cumplir con las disposiciones en materia de normas oficiales mexicanas. Artículo 23.- Se entiende por cupo de exportación o importación el monto de una mercancía que podrá ser exportado o importado, ya sea máximo o dentro de un arancel-cupo. La administración de los cupos se podrá hacer por medio de permisos previos. La Secretaría especificará y publicará en el Diario Oficial de la Federación la cantidad, volumen o valor total del cupo, los requisitos para la presentación de solicitudes, la vigencia del permiso correspondiente y el procedimiento para su asignación entre los exportadores o importadores interesados. La determinación, las modificaciones y los procedimientos de asignación de los cupos deberán someterse previamente a la opinión de la Comisión. Para la determinación del volumen o valor de los cupos, la Secretaría tomará en cuenta las condiciones de abasto y la oferta nacional del producto sujeto a cupos, escuchando la opinión de los integrantes de la cadena productiva.
Párrafo adicionado DOF 13-03-2003
Artículo 24.- Los cupos se asignarán por medio de licitación pública, para lo cual se expedirá convocatoria con el fin de que cualquier persona física o moral presente proposiciones para adquirir parte o la totalidad del cupo asignado a determinada mercancía de exportación o importación. Sin embargo, la Secretaría podrá optar, de manera fundada y razonada, por otros procedimientos de asignación que promuevan la competitividad de las cadenas productivas y garanticen un acceso adecuado a nuevos solicitantes.
Asimismo, los procedimientos de asignación de cupos se podrán determinar en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte. En todo caso, la asignación de los cupos entre importadores o exportadores se hará conforme a procedimientos administrativos que no constituyan, por sí mismos, un obstáculo al comercio. Artículo 25.- La Secretaría, previa consulta a la Comisión, podrá exigir que una mercancía importada al territorio nacional ostente un marcado de país de origen en donde se indique el nombre de dicho país.
Sección tercera Otras medidas de regulación al comercio exterior y normas oficiales mexicanas Artículo 26.- En todo caso, la importación, circulación o tránsito de mercancías estarán sujetos a las normas oficiales mexicanas de conformidad con la ley de la materia. No podrán establecerse disposiciones de normalización a la importación, circulación o tránsito de mercancías diferentes a las normas oficiales mexicanas. Las mercancías sujetas a normas oficiales mexicanas se identificarán en términos de sus fracciones arancelarias y de la nomenclatura que les corresponda conforme a la tarifa respectiva. La Secretaría determinará las normas oficiales mexicanas que las autoridades aduaneras deban hacer cumplir en el punto de entrada de la mercancía al país. Esta determinación se someterá previamente a la opinión de la Comisión y se publicará en el Diario Oficial de la Federación. Artículo 27.- Cualquier otra medida administrativa de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que tenga como propósito regular o restringir el comercio exterior del país y la circulación o tránsito de mercancías extranjeras, deberá someterse a la opinión de la Comisión previamente a su expedición, a fin de procurar su mejor coordinación con las medidas arancelarias y no arancelarias previstas en esta Ley.
MATERIAL COMPLEMENTARIO PARA LA CLASE
ASPECTOS GENERALES DEL COMERCIO EXTERIOR La importancia del buen desempeño de las relaciones internacionales en el desarrollo, político, comercial, cultural a nivel mundial es primordial hoy día para el logro del desarrollo integral de las naciones. No hay una sola nación que pueda considerarse autosuficiente así misma y que no necesite del concurso y apoyo de los demás países, aun las naciones más ricas necesitan recursos de los cuales carecen y que por medio de las negociaciones y acuerdos mundiales suplen sus necesidades y carencias en otras zonas. La internacionalización del comercio no es producto económico reciente; aunque si es posterior a la especialización y al intercambio. Hace miles de años que el hombre tiene noción de economía, que aunque sin saberlo, ha sabido llevarla a la evolución actual. La especialización, primer paso hacia la internacionalización, ocurre cuando el arcaico cazador necesita de proveerse de otros productos, fuera de la carne que el sabe cazar; cambia entonces, sus animales por productos agrícolas, por ejemplo se especializa en la caza, para después cambiarla por otros productos. Se desarrollara entonces en el siguiente informe todos los puntos trascendentes respecto al comercio exterior de Estados Unidos, China y Venezuela con respecto a Latinoamérica.
1. Comercio Exterior de USA Estados Unidos tiene ricos recursos minerales con extensos yacimientos de oro, petróleo, carbón, y uranio. Las industrias agrícolas son los principales productores del país de maíz, trigo, azúcar, y tabaco, entre otros productores. El sector manufacturero produce, entre otras cosas, automóviles, aviones, armamento y electrónicos. La industria más grande es ahora el sector servicios en cual trabajan unos tres cuartos de los residentes. La actividad económica varía bastante en las diferentes regiones del país. Estados Unidos realiza exportaciones de petróleo, café, carbón, plátanos (bananas), flores frescas, textiles Importaciones Equipamiento industrial y de transporte, bienes de consumo, productos químicos, productos del papel. Sus principales socios comerciales (exportaciones) Estados Unidos, Venezuela, Ecuador, Alemania y Reino Unido principales socios comerciales (importaciones) Estados Unidos, Venezuela, México, Brasil y Alemania. Su comercio exterior se basa en las industrias textiles, productos de alimentación, aceite, ropa y calzado, bebidas, productos químicos, productos metálicos, cemento. Los principales productos mineros son: oro, carbón, esmeraldas, hierro, níquel, plata, sal. En cuanto a la agricultura y ganadería, café, arroz, tabaco, mandioca, maíz, caña de azúcar, cacao, aceite vegetal y hortalizas; productos forestales y camarones. Sobre recursos naturales está el petróleo, gas natural, carbón, mineral de hierro, níquel, oro, cobre, esmeralda. Varios países han enlazado su moneda con el dólar estadounidense (como la República Popular China, y otros lo han adoptado como su propia moneda, como Panamá, Ecuador y El Salvador, por ejemplo, lo cual ha fortalecido a una economía que actualmente es cada vez más vulnerable. El socio principal de comercio de los Estados Unidos es Canadá (20%), seguido por México (12%), China (continental 10%, Hong Kong 1%), y Japón (8%). Más del cincuenta por ciento de todo el comercio estadounidense es con estos cinco países. En 2003, los Estados Unidos figuraron como el tercero de los destinos turísticos más visitados; sus 40,4 millones de visitantes son menos que los 75 millones de Francia y los 52,5 millones de España. Las importaciones de los Estados Unidos procedentes de China se incrementaron en un 20 por ciento, pero las procedentes del Japón y los PRI (4) disminuyeron. La marcada caída de las exportaciones e importaciones de los Estados Unidos procedentes del Japón; Hong Kong, China y Singapur apunta a cambios estructurales en el comercio de los Estados Unidos con los países asiáticos. Por primera vez, China sustituyó al Japón como principal proveedor asiático de mercancías de los Estados Unidos. Aunque las exportaciones de los Estados Unidos destinadas a China también aumentaron rápidamente, el déficit comercial bilateral se amplió bruscamente hasta alcanzar casi 103.000 millones de dólares EE.UU., el más importante con cualquier país.
Las exportaciones agropecuarias de los Estados Unidos disminuyeron ligeramente en valor durante 2002, aunque la disminución en volumen de exportación fue mayor, teniendo en cuenta el fortalecimiento de los precios estadounidenses. Las importaciones de productos básicos agrícolas aumentaron un 6 por ciento, tanto en valor como en volumen.
2. Comercio Exterior de China Durante muchos siglos, China representó una civilización líder sobresaliendo mundialmente en virtud de sus avances en las artes y las ciencias. Durante los siglos XIX y XX el país sufrió entre muchos conflictos sociales y ocupaciones e xtranjeras. Un factor del crecimiento de China ha sido el aumento de su participación en el mercado textil global. Los chinos tienen una buena cadena de distribución y por ello han podido exportar, gracias a la reducción de costos a partir de la automatización de los procesos. No es por los bajos costes salariales como todo el mundo cree, con los que no hay mucha diferencia con los países desarrollados, sino por la buena gestión de la red de distribución de productos en todo el mundo. Países como China e India están modificando sustancialmente la economía global desde hace años. El porcentaje de la población china que vivía con menos de 1 dólar por día, ha caído de 63.8% en 1981 a 16.6% 20 años después. La tecnología tiene cada vez más que ver con el éxito de China, por ejemplo la ciudad de Cheng Du, cerca del Tibet se ha convertido en importante centro informático. China incrementó en 2007 su comercio exterior de productos mecánicos y eléctricos un 22,2 por ciento para alcanzar 1,2 billones de dólares USA, cifra que supone un 55,3 por ciento del comercio exterior total de país asiático. Las previsiones apuntan a que China habría reemplazado a Estados Unidos como segundo mayor exportador de este tipo de productos (superada únicamente por Alemania). Las estadísticas del mercado internacional muestran un sector en continua transición, en términos de volumen, patrones de comercio y gama de productos. China está incrementando sus exportaciones, pero, al mismo tiempo, incrementa sus importaciones. En el caso chino, el superávit comercial en el sector se situó en 202.200 millones de dólares, un ascenso del 66,2 por ciento, con un incremento del 27,6 por ciento en las exportaciones para alcanzar 701.200 millones y una elevación de las importaciones del 16,7 por ciento hasta 499.000 millones. Estados Unidos lidera desde tiempo atrás las importaciones de productos electrónicos y mecánicos, pero China se situó el pasado año como tercer mayor destino de las exportaciones estadounidenses de este tipo de productos. De acuerdo con los datos de las aduanas estadounidenses, el país norteamericano exportó productos eléctricos y mecánicos por valor de 15,8 millones de dólares a China durante el primer semestre de 2007, por encima de los 15,7 millones de dólares en exportaciones a Japón. Los expertos subrayan que los electrodomésticos y productos de la industria ligera china cuentan con una ventaja absoluta sobre los productos estadounidenses en términos de precios y variedad, sin embargo, Estados Unidos mantiene su ventaja en alta tecnología.
3. Comercio de Venezuela y el resto de Latinoamérica Por lo que respecta a la, el región de América Latina año 2002 fue uno de los años más difíciles desde la crisis de la deuda del decenio de 1980. Las entradas netas de capital privado en la región, que rebasaron los 60.000 millones de dólares EE.UU. en 1999 y 2000, financiaron grandes déficit por cuenta corriente y apoyaron la actividad económica, las inversiones y las importaciones. Pero la pérdida de confianza de los inversores extranjeros en la sostenibilidad de las políticas económicas de algunos de los principales países de la región dio lugar a una reducción de las entradas netas de capital en la región. Brasil.
En 2003 Brasil gastó 50.824 millones de dólares en importaciones de mercancías, mientras que sus exportaciones ascendían a 73.084 millones de dólares. Los principales compradores de los productos brasileños a comienzos de esa década eran Estados Unidos (un 20,3% del valor total de las exportaciones), Alemania, Japón, Italia, Argentina, Francia, Países Bajos y Gran Bretaña. Las mayores exportaciones fueron de soja, café, mineral de hierro, acero, equipos de transporte, alimentos animales, maquinaria, zapatos y tejidos. Estados Unidos reemplazaron a Alemania como la principal fuente de las importaciones brasileñas al inicio de la II Guerra Mundial (1939-1945) y continuaron manteniendo esa posición después de la guerra. Irak, Alemania, Japón, Argentina, Francia y Canadá también fueron grandes suministradores a comienzos de la década de 1990. En 2003 se importaban, principalmente: maquinaria y equipos (38%); productos químicos (15%); combustibles (15,9%), entre ellos petróleo crudo y refinado; minerales y metales (3,2%); y trigo. En lo que respecta a Argentina sus exportaciones se basan en carne, trigo, maíz, aceite de girasol, cueros, lana, automóviles, papel, celulosa, productos siderúrgicos, productos químicos y aluminio Importaciones Maquinaria y equipos, productos químicos, metales y lubricantes Principales socios comerciales (exportaciones) Estados Unidos, Brasil, Italia, Japón, Chile, Países Bajos Principales socios comerciales (importaciones) Estados Unidos, Brasil, Alemania, Bolivia, Japón, Italia, Francia, Países Bajos Industrias Alimentos elaborados, vehículos a motor, artículos de consumo, textiles, productos químicos y petroquímicos, imprenta, metalurgia, acero, aluminio y material ferroviario Agricultura y ganadería Produce alimentos en abundancia tanto para el consumo interior como para la exportación; se encuentra entre los cinco mayores exportadores del mundo de cereal y carne de vaca; principales cultivos: trigo, maíz, sorgo, soja, remolacha azucarera. En Perú las exportaciones son más diversificadas que en el resto de los países de América del Sur. Las principales exportaciones son: petróleo, cobre, plomo, café, plata, harina de pescado, cinc, azúcar y mineral de hierro; los principales clientes son Estados Unidos, Japón, Alemania, Bélgica, Luxemburgo, Italia y Gran Bretaña. En 2003 las exportaciones alcanzaron los 8.749 millones de dólares. Las principales importaciones del Perú son artículos eléctricos y electrónicos, productos alimentarios, metales, productos químicos y vehículos de transporte; los principales suministradores de estos productos son Estados Unidos, Japón, Argentina, Alemania, Colombia y Brasil. En el mismo periodo, las importaciones alcanzaron la cifra de 8.414 millones de dólares anuales. En lo que se refiere a Venezuela, ésta cuenta con una inmensa industria que gira en torno al Comercio Exterior. Si bien las exportaciones de Venezuela giran básicamente en torno al petróleo y sus derivados, es gracias a la importación de insumos y productos que se mueve la mayor parte de la economía nacional. Para mantener el flujo de esta gran cantidad de productos, el país cuenta con una extensa infraestructura (puertos, aeropuertos, aduanas), así como empresas y profesionales que permiten garantizar la logística relacionada con la importación, exportación y actividades relacionadas Las principales exportaciones de Venezuela son el petróleo y sus derivados. En el año 2001 se exportaron 711.173.560 barriles. Otras exportaciones destacadas son hierro, acero, aluminio, carbón, oro, productos petroquímicos e industrias básicas. En 2003 el total de las exportaciones anuales se elevó a 24.974 millones de dólares. Las principales importaciones son maquinaria, equipos de transporte, productos químicos, productos alimentarios y bienes manufacturados. En 2003 el costo de las importaciones fue de 8.358 millones de dólares. Sus principales socios comerciales son: Estados Unidos, Colombia, Países Baj os, México, Ecuador y Brasil. a. Venezuela comercializa con Colombia lo siguiente: -Petróleo, café, carbón, plátanos (bananas), flores frescas, textiles Importaciones Equipamiento industrial y de transporte, bienes de consumo, productos químicos, productos del papel. Industrias Textiles, productos de alimentación, aceite, ropa y ca lzado, bebidas, productos químicos, productos metálicos, cemento; los principales productos mineros son: oro, carbón, esmeraldas, hierro, níquel, plata, sal Agricultura y ganadería Café, arroz, tabaco, mandioca, maíz, caña de azúcar, cacao, aceite vegetal y hortalizas; productos forestales y camarones Recursos naturales Petróleo, gas natural, carbón, mineral de hierro, níquel, oro, cobre, esmeralda. b. Venezuela comercializa con Brasil lo siguiente:
Repuestos para vehículos, carnes beneficiadas, reces vivas, productos lácteos, y Productos textiles maquinaria y equipos, productos químicos combustibles, entre ellos petróleo crudo y refinado; minerales y metales y trigo. c. Venezuela comercializa con Argentina: Exportaciones carne, trigo, maíz, aceite de girasol, cueros, lana, automóviles, papel, celulosa, productos siderúrgicos, productos químicos y aluminio Importaciones Maquinaria y equipos, productos químicos, metales y lubricantes .Industrias Alimentos elaborados, vehículos a motor, artículos de consumo, textiles, productos químicos y petroquímicos, imprenta, metalurgia, acero, aluminio y material ferroviario Agricultura y ganadería Produce alimentos en abundancia tanto para el consumo interior como para la exportación; se encuentra entre los cinco mayores exportadores del mundo de cereal y carne de vaca; principales cultivos: trigo, maíz, sorgo, soja, remolacha azucarera. d. Venezuela comercializa con Perú lo siguiente: Artículos eléctricos y electrónicos, productos alimentarios, metales, productos químicos y vehículos de transporte, enlatados, entre otros.
Conclusiones A nivel macroeconómico, se puede decir que el nivel de apertura y los saldos externos que ha alcanzado la economía en los últimos años representan una buena noticia para la solvencia y estabilidad de los países estudiados. Sin embargo, también se puede destacar la necesidad de ampliar y diversificar la oferta exportadora de algunos países, como una condición necesaria para mantener el crecimiento y los equilibrios macroeconómicos. Por otro lado, se evidencias algunos problemas que pueden afectar las señales de largo plazo en la economía, resumidas en la gran amplitud de tipos de cambio diferenciales entre sectores y que este conflicto debe ser resuelto a través de distintos instrumentos, aprovechando los tiempos favorables que en materia de precios presenta la economía mundial. A nivel sectorial, se destaca la aparición de muchas nuevas actividades y empresas que participan del comercio exterior pero, al mismo tiempo, se remarca que este proceso no es suficiente para sostener un adecuado proceso de inserción internacional por lo que debe ser impulsado a través de distintos instrumentos, como mayor financiamiento al comercio exterior, mayor ayuda a las pequeñas y medianas empresas para resolver problemas que surgen de fallas de mercados y la falta de inversión en muchos sectores orientados al mercado externo. Finalmente, es necesario señalar la gran importancia que tienen las políticas públicas para profundizar y mejorar la calidad del proceso de inserción internacional de la economía mundial, desde la provisión de bienes públicos como la investigación hasta la mayor oferta de financiamiento, en conjunto con el se ctor privado, a las actividades exportadoras.
Las diferencias existentes entre el comercio interno y externo son contingencias originadas por la idiosincrasia de los países, su evolución, la competencia que existe en cada uno de ellos, por lo que deben ser tomados en cuenta en el momento que se decida concursar en el marco de las ventas internacionales. Algunos de los aspectos que deben ser tomados en cuenta: La ubicación geográfica resulta estratégica para la planeación de operaciones internacionales. El clima es un elemento importante puesto que influye en las determinadas corrientes comerciales, la forma de vida, carácter, gusto, etc. La religión y tradición y raza también influyen en los gustos.
Normas, costumbres y hábitos comerciales. Población, idioma, gustos, medidas y monedas. Legislación y financiamiento. Las legislaciones de un país a otro son diferentes, lo único coincidente es la norma. Costumbres en el ámbito comercial. Los ámbitos comerciales son diferentes entre los países, sus trayectos y sistemas de distribución. Contratos, créditos, financiamientos. El efectuar contratos, convenios, otorgar créditos, financiamientos, mediante pagos anticipados difieren entre los países: se requiere el estudio profundo de las legislaciones respectivas, así como la asesoría de las instituciones de dependencia comercial. Tarifas arancelarias para comercio exterior. Cada país tiene sus gravámenes arancelarios, inclusive su forma de aplicación puede cambiar totalmente la composición o penetración de los artículos y sus envases. Poder adquisitivo. Una empresa exportadora con capital de trabajo resolverte, no está capacitada para conceder créditos. Competencia interna. La producción industrial de cada país requiere de un análisis respeto a los renglones competitivos con los productos que desean introducir debido a las condiciones favorables con que operan. Competencia internacional. Relaciones vecinales y lejanas. Son más comunes las relaciones comerciales entre países vecinos y difíciles con países alejados donde los obstáculos para comunicarse pueden resultar infranqueables. Conflictos políticos. Los diferentes regímenes de gobierno, conflictos internos, revoluciones, influyen mucho en el mercado internacional. Evolución, industrialización, conflictos económicos. El exportador no puede pasar por alto o ignorar aspectos que influyan grandemente en las exportaciones. La situación política, financiera y económica de un país puede abrir o cerrar mercados, inclusive condiciona sus transacciones cambiarias con los demás países. Es muy importante y necesario conocer los mercados y seguir su evolución para la exportación.
NEGOCIACIÓN. Negociar es encontrar una solución y resolver puntos divergentes atendiendo al interés común los interlocutores. Al analizar una negociación existirán conflictos, de los cuales podemos mencionar dos tipos principales: de interés y de derecho.Los conflictos de interés ocurren cuando tiene interés en lograr ciertas metas y alguien nos lo impide.
Los de derecho se dan cuando alguien desea cambiar condiciones en que realizamos una operación sin permiso previo. Existen métodos para resolver los conflictos: Ganar - perder. Una de las partes usa el poder físico o mental para someter a la contraparte. Se hacen ofertas condicionadas para poder d esconcentrarlas después si es necesario. El problema se centra en las personas y no en las posiciones e intereses. Evitan hacer la primera oferta para no conceder demasiado. No existe una secuencia de negociación planificada. Perder - perder. Genera regateaos que llegan a la obstinación. Se toma una actitud de todo o nada. Se hacen juegos de suma negativa. Da pie a acudir a un tercero neutral para decidir un punto. Se invocan reglas y leyes tratando de obligar a una solución. Una de las partes ignora a la otra dejando de responderle. No se buscan soluciones duraderas. Las partes enfatizan desacuerdos en lugar de plantear soluciones. Ganar - ganar. Se fundamente en la confianza mutua. Las partes intentan solucionar el problema en lugar de luchar entre sí. No se Negocia sobre posiciones personales sino con el tema objeto del conflicto.Genera alternativas para beneficio mutuo.Separa a las personas d el problema. Mínimax Es cuando cada una de las partes que esta negociando fija el punto más favorable PMF para sus intereses y el punto de ruptura PR.El vacío de negociación es cuando las dos partes negociadoras fijan sus puntos de ruptura y sus puntos más favorables de manera que sus minimix no se superponen o traslapan, no puede haber negociación. El punto de acuerdo PA es el punto exacto dentro de la negociación en que se llega a una aceptación por ambas partes. EL PROCESO DE EXPORTACIÓN La exportación no es una actividad técnica, ni un proceso jurídico, tampoco la constituyen acciones de la administración a nivel internacional que sólo tienden a crear un campo propicio para las negociaciones. Exportar es vender más allá de nuestras fronteras, los principios de la exportación son los mimos que los de la venta en el mercado interior, la diferencia está en el hecho de que en la exportación es necesario considerar las implicaciones del tráfico de las mercancías y sobre todo en que las áreas del cliente y del proveedor estén sujetas a distinta reglamentación ad ministrativa. Es indispensable que aunque se cuente con una oferta que reúna todas las características necesarias para satisfacer plenamente las exigencias de un consumidor, resulta necesario la acción de una empresa exportadora de realizar la mejor negociación en los términos que permitan consolidar una posición e incrementar la participación de un mercado determinado. Proyecto. Beneficios económicos para el país del exportador, ingresos, fuentes de trabajo.
Ventaja para el país del comprador. Viabilidad del proyecto. Si existe un estudio de mercado, mayor seguridad para el comprador. Genera estabilidad. Contrato. Descripción de las mercancías. Precio, condiciones, moneda y garantías de pago. E l valor de la moneda es diferente. Cláusulas de aumento progresivo de los costos y de variación de los tipos de cambio. Plazos de entrega, embalaje y envío. Comisión de agente. Cláusulas de fuerza mayor y penal. Eventos que están fuera de nuestras manos y como serían las condiciones y soluciones. Arbitraje. En qué país se va a arreglar un problema.
Exportador Capacidad de producción Calidad del producto Disposiciones para la obtención de materias primas y piezas. Situación financiera. Competencia en materia de ejecución y administración.
Comprador Tipo de entidad compradora. Fabricante o comerciante. Experiencia en el tipo de operaciones de que se trate. Capacidad e interés en la ejecución del proyecto propuesto. Situación financiera, antecedentes de pagos.
País del comprador Solvencia Situación de la balanza de pagos. Instituciones y estabilidad política Leyes y reglamentos. Medios de que de dispone en el país para contratar mano de obra, adquirir suministros y obtener capacitales.
Servicios de transporte. INTERÉS “VALOR DEL DINERO EN EL TIEMPO” La evidencia del valor del dinero en el tiempo es denominada interés. Si se invierte el dinero, el interés será la diferencia entre la cantidad acumulada y la inversión original. Por otra parte, si se presta dinero, el interés será la cantidad debida menos el préstamo original. Los componentes de la tasa de interés son: el costo del dinero, el costo de la transacción o de operación, riesgo de recuperación, factor de ajuste: pérdida o ganancia. La tasa de interés nominal anual es la tasa de interés del periodo por el número de periodos al año. La tasa efectiva toma en cuenta el valor del dinero en el tiempo La tasa real es aquella que realmente prevalece en un entorno dado. El costo de capital ponderado es el costo de los recursos financieros internos y externos que utiliza una empresa. Este se determina ponderando las proporciones de cada rubro con su costo individual Lo ideal es trabajar con tasas reales, por lo que si tenemos información sobre las tasas de interés en términos nominales o efectivos, dichas tasas se tienen que convertir en tasas reales.
FRACCIONES ARANCELARIAS La fracción arancelaria es un código numérico (8 dígitos, 6 a nivel internacional y los últimos 2 dígitos los establece el país importador), se encuentra en las tarifas del impuesto general de importación y de exportación, el cual permite clasificar y distinguir las mercancías para efectos del cumplimiento de las restricciones y regulaciones arancelarias y no arancelarias. INCOTERMS Los Incoterms son los términos comerciales internacionales que definen y reparten claramente las obligaciones, los gastos y los riesgos del transporte internacional y del seguro, tanto entre el exportador y el exportador. Estos términos son reconocidos como estándares internacionales por las autoridades aduaneras y las cortes en todos los países. Cuando los comerciantes entran en un contrato para la compra y la venta de mercancías, están libres de negociar términos específicos en su contrato. Estos términos incluyen el precio, la cantidad, y las características de las mercancías. Cada contrato internacional contiene lo qué se refiere como Incoterm (reglas internacionales para la interpretación de términos comerciales) El Incoterm seleccionado por los comerciantes de la transacción, determinará quién pagará el costo de cada segmento del transporte, quién es responsable de cargar y descargar la mercancía, y quién lleva el riesgo de la pérdida en un momento dado durante el envío internacional. Incoterms también influencian el valor de la mercancía importada a través de una aduana. Los Incoterms son supervisados y administrados por la Cámara de Comercio internacional en París y son incluidos por las principales naciones comerciales del mundo. Actualmente hay 13 Incoterms en uso, y pueden ser considerados en términos de la base citada arriba. Todos los Incoterms actuales están descritos a continuación. Cabe decir que EXW, FOB, CIF, y DDP son los Incoterms usados más frecuentes. Son reglas internacionales uniformes para l a interpretación de términos comerciales. Determinan el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en un contrato de compra-venta internacional, solucionando los problemas derivados de las diversas interpretaciones que pueden darse según los países involucrados y reduciendo las incertidumbres derivadas de las múltiples legislaciones, usos y costumbres. Carecen de toda fuerza normativa o legal, obteniendo su reconocimiento de su cotidiano y constante uso a nivel mundial, por lo que para que sean de aplicación a un contrato determinado, éste deberá especificarlo así. La finalidad de los INCOTERMS es establecer un conjunto de reglas internacionales uniformes para la interpretación de los términos más utilizados en el comercio internacional, con objeto de evitar en lo posible las incertidumbres derivadas de dichos términos en países diferentes. Los INCOTERMS contienen un total de 13 posiciones o tipos de contratos diferentes y se clasifican en dos grupos: Grupo llegada, y Grupo salida. A continuación se presenta un listado que contiene los tipos de INCOTERMS clasificados en sus grupos respectivos: Grupo salida:
Grupo E EXW: "Ex Works" ("En fabrica") Grupo F
FCA: "Free Carrier" ("Franco transportista") FAS: "Free Alongside Ship" ("Franco al costado del buque") FOB: "Free On Board" ("Franco a bordo")
Grupo C CFR: "Cost and Freight" ("Coste y flete) CIF: "Cost, Insurance and Freight" ("Coste, seguro y fle te") CPT: "Carriage Paid To…" ("Transporte pagado hasta…") CIP: "Carriage and Insurance Paid to…" ("Transporte y seguro pagados hasta…") Grupo llegada:
Grupo D DAF: "Delivered At Frontier" ("Entregado en frontera") DES: "Delivered Ex Ship" ("Entregado sobre el buque") DEQ: "Delivered Ex Quay" ("Entregado en muelle") DDU: "Delivered Duty Unpaid" ("Entregado sin pago de derechos") DDP: "Delivered Duty Paid" ("Entregado con pago de derechos") ANALISIS DE LOS TÉRMINOS. EXW "EX WORK" (en fábrica). El vendedor se obliga a poner a disposición del comprador en su establecimiento o lugar convenido (fábrica, taller, almacén, etc.), sin despacharla para la exportación ni efectuar la carga en el vehículo receptor, concluyendo sus obligaciones. FCA "FREE CARRIER" (franco transportista). El vendedor entrega la mercancía y la despacha para la exportación al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. El lugar de entrega elegido determina las obligaciones de carga y descarga de la mercancía en ese lugar: si la entrega tiene lugar en los locales de vendedor, éste es responsable de la carga; si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no el responsable de la descarga. FAS "FREE ALONGSIDE SHIP" (franco al costado del buque). La entrega de la mercancía se realiza cuando es colocada por el vendedor al costado del buque en el puerto de embarque convenido. son por cuenta del comprador todos los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde ese momento. Este incoterm exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación. FOB FREE ON BOARD" (franco a bordo). El vendedor tiene la obligación de cargar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque especificado en el contrato de venta. El comprador selecciona el buque y paga el flete marítimo. La transferencia de riesgos y gastos se produce cuando la mercancía rebasa la borda del buque. El vendedor se encarga de los trámites para la exportación. "
CFR "COST AND FREIGHT" (coste y flete). El vendedor paga los gastos de transporte y otros necesarios para que la mercancía llegue al puerto convenido, si bien el riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transmite de vendedor a comprador una vez haya sido entregada esta a bordo del buque en el puerto de embarque y haya traspasado la borda del mismo. También exige que el vendedor despache la mercancía de exportación. El seguro es a cargo del comprador CIF COST, INSURANCE AND FREIGHT" (coste, seguro y flete). El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CFR, si bien, además, ha de contratar y pagar la prima del seguro marítimo de cobertura de la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte, ocupándose además, del despacho de la mercancía en acuana para la exportación. "
CPT “Carried Paid To” (transporte pagado hasta…)
El vendedor contrata y paga el flete de transporte de la mercancía hasta el lugar de destino convenido. El riesgo de pérdida o daño se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercancía ha sido entregada a la custodia del primer transportista designado por el vendedor, caso de existir varios. el despacho en aduana de exportación lo realiza el vendedor.
CIP “CARRIED INSURANCE PAID TO” (transporte y seguros pagados hasta…) Este término obliga al vendedor de igual forma que el CPT y además debe contratar el seguro y pagar la prima correspondiente, para cubrir la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte, si bien, solo está obligado a contratar un seguro con cobertura mínima. DAF "DELIVERED AT FRONTIER" (entregado en frontera). El vendedor cumple su obligación, cuando, una vez despachada la mercancía en la aduana para la exportación la entrega en el punto y lugar convenidos de la frontera, antes de rebasar la aduana fronteriza del país colindante y sin responsabilidad de descargarla. Es de vital importancia que sea definido con precisión el "término" frontera. DES "DELIVERED EX SHIP" (entregado sobre el buque). La mercancía es puesta por el vendedor a disposición del comprador a bordo del búque, en el puerto de destino convenido, sin llegar a despacharla en aduana para la importación. El vendedor asume los costes y riesgos de transportar la mercancía hasta el puerto de destino, pero no de la descarga. Solo se usa cuando el transporte es por mar. DEQ “DELIVERED EX QUAY” El vendedor cumple su obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador sobre el muelle y una vez descargada, en el puerto de destino convenido. En este término es el comprador el obligado a realizar el despacho aduanero de la mercancía para la importación. solo es usado en transporte marítimo. DDU “DELIVERED DUTY UNPAID” (entregado sin pago de derechos) El vendedor entrega la mercancía al comprador en el lugar convenido del país del comprador, no despachada para la aduana de importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada a dicho lugar. El término DDU puede utilizarse en cualquier medio de transporte. El vendedor debe asumir todos los gastos y riesgos relacionados con llevar la mercancía hasta el lugar convenido. El comprador ha de pagar cualesquiera gastos adicionales y soportar los riesgos en caso de no poder despachar la mercancía en aduana para su importación a su debido tiempo DDP “DELIVERED DUTY PAID” (entregado con pago de derechos) En este término el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte a su llegada al lugar convenido del país de la importación. El vendedor asume todos los gastos y riesgos, incluidos derechos, impuestos y otras cargas por llevar la mercancía hasta aquel lugar, una vez despachada en aduana para la importación.
CONCEPTO DE CHEQUE Y BONO El cheque es un título de crédito, esto es, el documento necesario para ejecutar el derecho literal consignado en el mismo. A su vez, de la calidad de título de crédito que el cheque posee derivan estas consecuencias:
El cheque es un documento (constitutivo-dispositivo y formal); El cheque participa de los caracteres de incorporación, legitimación, literalidad y autonomía, propios de los títulos de crédito; El cheque es cosa mercantil. El cheque está provisto de fuerza ejecutiva. En el cheque los signatarios son obligados solidarios. Existen diversos tipos de bonos. Estos se pueden diferenciar: En función del emisor. En función de la estructura. En función del mercado donde fueron colocados. En función de quién es su emisor: Los bonos emitidos por el gobierno nacional, a los cuales se denomina deuda soberana. Los bonos emitidos por los estados, por municipios, y por otros entes públicos. Y por último existen los bonos emitidos por entidades financieras y los bonos corporativos (emitidos por las empresas), a los cuales se denomina deuda privada. En función a su estructura: Bonos a tasa fija: la tasa de interés está prefijada y es igual para toda la vida del bono. Bonos con tasa variable, la tasa de interés que paga en cada cupón es distinta ya que está indexada con relación a una tasa de interés de referencia como puede ser la Libor. Bonos cupón cero: no existen pagos periódicos, por lo que el capital se paga al vencimiento y no pagan intereses. Bonos con opciones incorporadas: Son bonos que incluyen opciones especiales como pueden ser: Bonos rescatables, Bonos con opción de venta, Bonos canjeables, Bonos convertibles, Bonos convertibles, Bonos con garantías, Bonos corporativos, Bonos escritúrales. Por último, los bonos se diferencian en función del lugar donde los bonos fueron vendidos.
COBRANZA BANCARIA INTERNACIONAL La cobranza bancaria internacional es la orden que un vendedor gira a su banco para cobrar al comprador una determinada suma contra la entrega de documentos enviados. Esta forma de pago implica mucho menos costo que la carta de crédito, sin embargo, el banco del comprador no se hace responsable del pago, salvo que reciba la firma del comprador internacional.
La cobranza es un servicio bancario de manejo de documentos sobre la base de instrucciones recibidas para la aceptación y/o pago de un adeudo y la entrega de documentos. Cobranza simple Es el trámite de cobrar u obtener la aceptación de un deudor de un título de crédito, sin entregar a cambio documentos que describan la mercancía o en los cuales se ceda la titularidad de la misma. Si se manejan exclusivamente documentos financieros: cheques, giros bancarios, pagarés o letras de cambio, que son representativos del pago de las mercancías. · Cobranza documentaria Es la más usual y en la que se acompañan, además de los documentos financieros, los documentos comerciales: factura, documento de transporte, etc., que según se mencionó, son indispensables para tomar posesión de la mercancía. Es una alternativa para que el exportador no pierda el control de los bienes que vende, una vez que los ha embarcado y el importador pueda al menos enterarse de que estos han llegado a su país con oportunidad, requiere de un tercero que custodie los documentos que legitiman la propiedad sobre la mercancía hasta que la aceptación o el pago se hayan aceptado. Los bancos, tanto del vendedor como del comprador, se encargan de los trámites mencionados. Las partes que intervienen básicamente en la cobranza bancaria son: · Cedente o beneficiario: vendedor que encomienda el trámite de cobranza. · Banco cedente: el que recibe la solicitud de iniciar la cobranza. · Banco presentador: el que presentará los documentos al girado. · Girado u obligado: comprador al que se le cobrarán los documentos. CARTA DE CRÉDITO Es un instrumento de pago, sujeto a regulaciones internacionales, mediante el cual un banco (Banco Emisor) obrando por solicitud y conformidad con las instrucciones de un cliente (ordenante) debe hacer un pago a un tercero (beneficiario) contra la entrega de los documentos exigidos, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones de crédito. En otras palabras, es un compromiso escrito asumido por un banco de efectuar el pago al vendedor a su solicitud y de acuerdo con las instrucciones del comprador hasta la suma de dinero indicada, dentro de determinado tiempo y contra entrega de los documentos indicados. Este instrumento es uno de los documentos más sencillos en su forma y de los más complejos en cuanto a su contenido. Llamada también "Crédito Comercial", "Crédito Documentario", y en algunas ocasiones simplemente crédito. Toda carta de crédito tiene su origen en un contrato de compra-venta de mercancías (aunque puede originarse en la prestación de servicios). En resumen las cartas de crédito son: una promesa de un banco o instituto de crédito de pagar una cierta suma de dinero; se paga contra la presentación de documentos que certifican un hecho o acto jurídico; su plazo para hacer uso de la carta de crédito debe estar pre-establecido. Vencido el plazo, el beneficiario de la carta de crédito no puede girar sobre esta; debe ser emitido por un banco comercial. El contrato de crédito es el que regula la relación entre el banco emisor y ordenante. En este
contrato se definen las condiciones bajo las cuales el banco esta dispuesto a emitir cartas de crédito por cuenta del ordenante. En este contrato, como en todo contrato de crédito, se crea una obligación del banco de poner a disposición de su cliente (ordenante del crédito) un crédito por un plazo determinado y bajo condiciones determinadas. El contrato de crédito no es un pre-contrato ni una promesa de contratar, sino por el contrario, un contrato vinculante para el banco es precisamente tener a favor del cliente una disponibilidad determinada para emitir las cartas de crédito aprobadas en el contrato, siendo el objeto mismo del contrato la existencia de la disponibilidad de crédito a favor del cliente y no propiamente la carta de crédito. Las características o descripción del contrato de crédito deben contemplar lo siguiente: Nombre y dirección del ordenante y beneficiario Monto de la carta de crédito Documentos a exigir , dentro de estos podemos citar: Conocimiento de embarque marítimo Guía aérea Factura Comercial Lista de empaque Certificado de origen Lista de precios Certificado de análisis Certificado de Seguro Puntos de Salida y destino Fecha de vencimiento de la carta de crédito. Descripción de la mercancía Tipo de carta de crédito (Irrevocable, Confirmada, etc). Tipos de embarques (Parciales (permitidos o no permitidos) Cobertura de Seguros. Formas de pago Instrucciones especiales 3. Clasificación o tipos de carta de crédito Carta de crédito revocable Carta de crédito irrevocable Carta de crédito transferible Carta de crédito "Back to Back" Carta de crédito único y rotativo Carta de crédito Stand By Carta de crédito condicional Carta de crédito confirmado Carta de crédito no confirmado Partes que intervienen en una carta de crédito • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
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Quienes la ofrecen: La carta de crédito son ofrecidas por las instituciones bancarias es decir el banco emisor (que abre o emite la carta de crédito). Quienes son los usuarios: En este tipo de instrumento los usuarios son los compradores o importadores (ordenante o solicitante de la carta de crédito).De igual manera, también es usuario el vendedor (beneficiario de la carta de crédito).
Partes que intervienen en una carta de crédito:
A) Ordenante: (comprador en la relación fundamental) Comprador-Importador. Solicita la apertura de la carta de crédito. El ordenante de la carta de crédito es la persona que acude al banco para ordenar que se abra una carta de crédito por su cuenta y a favor de un beneficiario determinado, el cual podrá girar la carta de crédito contra la presentación de ciertos documentos, normalmente los documentos que evidencian el embarque de cierta mercancía. El ordenante de la carta de crédito participa en dos vínculos diferentes: Un vínculo de compra-venta que corre directamente entre el ordenante de la carta de crédito y el beneficiario.
Un vinculo de crédito entre el ordenante de la carta de crédito y el banco emisor de la misma. El banco emisor conviene con el ordenante, sujeto a las condiciones convenidas de crédito, que establecerá por cuenta del ordenante una carta de crédito a favor del beneficiario.
En la relación documentaria debe siempre existir por lo menos un banco emisor que es el acuerda con el ordenante en abrir el crédito documentario, y a su vez, es el que se coloca como obligado principal en la cadena de crédito documentario. Además del banco emisor, pueden existir una multiplicidad de bancos adicionales en la cadena, los cuales hacen, en mayor o menor grado, las funciones del banco emisor en relación de crédito documentario. B) Beneficiario (Vendedor): Exportador a favor de quien se emite la carta de crédito. Tiene derecho de exigir el pago una vez cumplido los términos y/o condiciones establecidas en la misma. El beneficiario de la carta de crédito es la persona que tiene el derecho de girar contra la carta de crédito y exigir el pago de la misma mediante la presentación de los documentos establecidos en esta. El beneficiario de una carta de crédito es el sujeto activo de la relación jurídica de crédito documentario, o sea tiene el derecho de crédito que nace de la carta de crédito. Al mismo tiempo, el beneficiario de la carta de crédito es el vendedor en la relación fundamental o sea el contrato de compra-venta de determinados bienes y servicios. C) Los bancos en relación: •
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Banco emisor: Emite la carta de crédito a favor del beneficiario por orden del importador. Adquiere la responsabilidad frente al ordenante de notificarle al vendedor y pagarle a través de nuestro banco corresponsal una vez que haya cumplido los términos y condiciones establecidas en la carta de crédito. Banco confirmador: Asume frente al beneficiario la obligación de cancelar el o los montos de la carta de crédito independientemente que haya recibido o no el reembolso del banco emisor. Una carta de crédito confirmada conlleva el compromiso de pago frente al beneficiario de dos bancos: el emisor y el confirmante. Banco Corresponsal Notificador: Cuando el banco emisor no tiene sucursal en la plaza del beneficiario utiliza los servicios de un banco corresponsal para que notifique al beneficiario de la apertura de la carta de crédito. El banco corresponsal puede actuar como simple
banco notificador sin adquirir ninguna obligación ante el beneficiario, aunque es de uso regular que el banco corresponsal confirmador, con lo cual adquiere la obligación de pagar al beneficiario, una vez que haya cumplido con los términos y condiciones de la carta de crédito. •
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Banco pagador o reembolsador: Es el banco que efectuara los pagos al beneficiario, su nombre esta indicado en el texto de la carta de crédito. No esta obligado a efectuar pagos hasta no recibir los fondos del banco confirmador o el emisor. Banco Negociador y banco aceptante: Banco que decide negociar los documentos (adelantar el pago) al beneficiario contra presentación de los documentos requeridos en la carta de crédito.
De acuerdo a lo anterior, podemos establecer el procedimiento para tramitar un crédito documentario de la suigiuiente manera: 1. Ambas partes, comprador y vendedor deben celebrar un contrato de compraventa y un pedido en forma pactando las condiciones generales de la transacción, y el pago de la misma mediante una carta de crédito. El comprador o importador notificará al banco de su preferencia en su localidad que emita un crédito a favor del vendedor o exportador.
El banco emisor a su vez debe solicitar a otro banco corresponsal en el país del vendedor que notifique o confirme el crédito al vendedor conforme a las condiciones pactadas.
El banco notificador o confirmador, según sea el caso, deberá informar al vendedor sobre la existencia de un crédito a su favor.
El vendedor debe acudir ante el banco en el cual está disponible el crédito a presentar toda la documentación que compruebe que el embarque de mercancía ha sido efectuado conforme a lo estipulado a fin de poder solicitar el pago de acuerdo al vencimiento especificado.
En virtud de que los bancos actúan únicamente como intermediarios entre comprador y vendedor, limitándose exclusivamente a la revisión de la documentación que ampara el crédito, es de gran importancia revisar cuidadosamente los siguientes aspectos, entre otros, para evitar futuras complicaciones: •
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El tipo de crédito (notificado, confirmado, revocable, irrevocable). Los derechos y obligaciones de las partes, conocidos como Incoterms, como los que se mencionan a continuación: C.I.F. (costo, seguro y flete) El vendedor deposita la mercancía en el lugar señalado y cubre el costo flete y prima de seguro. C&F (costo y flete) El vendedor deposita la mercancía en el lugar señalado y cubre el costo de flete. F.O.B.( libre a bordo) El vendedor se limita a depositar la mercancía a bordo del medio de transporte.
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El precio establecido, considerando el tipo de cambio aplicable
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La descripción de la mercancía debe coincidir con el pedido.
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Fechas previstas para efectuar el embarque y presentación de documentos.
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Condiciones de embarque.
Aunque hoy en día la utilización de cartas de crédito representa el medio más seguro en el comercio internacional, no está exento de la posibilidad de fraudes, por lo que se sugiere obtener referencias comerciales de la contraparte antes de formalizar la operación.
2.2 Normas, costumbres y hábitos comerciales 1.2. REGLAS Y USOS UNIFORMES DEL COMERCIO INTERNACIONAL A pesar del avance obtenido en el proceso de unificación de las legislaciones nacionales, no p uede afirmarse todavía que los contratos internacionales, dispongan de un regulación única, mundialmente aceptada. Por ello, la regulación del contrato debe completarse con un conjunto normativo desgajado de los sistemas nacionales y peculiar del comercio exterior, denominado lex mercatoria, que está formada por: 1. En primer lugar, según su importancia por los Principios Unidroit, creados por el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado, con sede en Roma. - Son un conjunto de reglas destinadas a ser utilizadas en todo el mundoindependientemente de las específicas tradiciones jurídicas y condiciones políticas y económicas de los países en que vengan aplicados. - En su preámbulo establece que deberán aplicarse cuando las partes hayan acordado someter el contrato a sus disposiciones o que el contrato se rija por los “principios generales del derecho”, la lex mercatoria o expresiones similares. 2. En segundo lugar los usos y costumbre mercantiles “Son hábitos comerciales que a fuerza de utilización repetida han llegado a convertirse en auténtica fuente de derecho con carácter supletorio de la norma escrita”. Así se contemplan en el art. 2 del Cc que los reconoce expresamente, si a ellos se remiten libremente las partes, en virtud del principio de autonomía de la voluntad del artículo 1255 Cc. También es el criterio recogido en el art. 9 del CV según el cual “las partes quedarán obligadas por cualquier uso que hayan convenido y por cualquier práctica establecida entre ellas”. Salvo pacto con contrario se considera tácitamente aceptado un uso del que tenían o debían haber tenido conocimiento y que, en el comercio internacional, sean ampliamente conocido y regularmente observado por las partes en los contratos del mismo tipo en el tráfico mercantil de que se trate. Hay que destacar el importante papel de la CCI (Cámara de Comercio Internacional) en la recopilación y difusión de los usos y costumbres mercantiles, pudiendo concluir que son ampliamente conocidos y regularmente observados los siguientes: - Incoterms. - Reglas Uniformes relativas a los cobros, observadas por los bancos en este tipo de operaciones. El Consejo superior Bancario aceptó por unanimidad en 1979 la adhesión de la Banca a tales reglas, cuya última revisión es de enero de 1979 (publicación 322 de la CCI). - Reglas y Usos Uniformes relativos a los créditos documentarios, última revisión de 1993- en vigor desde 1 enero de 1994 (publicación 500 de la CCI) con objeto de recoger los avances producidos por el transporte y las nuevas aplicaciones tecnológicas, mejorando el funcionamiento e interpretación de las Reglas.
- Reglas Uniformes para las garantías contractuales, editadas por la CCI en 1978 y cuya última revisión es de 1990 (publicación 325 de la CCI). Están destinadas a regular las garantías de licitación, buena ejecución y reembolso dadas por los bancos, las mercancías de seguros y otras que aseguran la ejecución de un contrato o de una oferta, tratando de establecer el justo equilibrio de las partes. 3. Los contratos tipos que responden al fenómeno llamado unificación de los contratos, consistente en la divulgación de modelos y cláusulas generales de contratos de venta y otros, elaborados por organismos y asociaciones profesionales que a través de su uso repetido han ido también convirtiéndose en norma para los sectores implicados (Ej. “Modelo de contrato de Compraventa Internacional de mercaderías” de la CCI). No hay que confundirlos: · Los contratos tipo (que son los mencionados aquí) se redactan por o rganizaciones profesionales para disponer de un modelo que contenga las condiciones generales de un contrato que carece de fuerza obligatoria mientras no sean incorporadas por las partes en el contrato individual. · Las condiciones generales de contratación, son cláusulas establecidas y firmadas de antemano, a modo de reglas abstractas que regirán en todos los negocios que puedan ulteriormente concluirse entre las partes.