1) VENTAJAS VENTAJAS Y DESVENTA DESVENTAJAS DE LA CONTRATA CONTRATACIÓN EN MASA Ventajas ● Para las empresas empresas e institucio instituciones nes estatales, los contratos contratos de adhesión adhesión poseen la gran ventaja de simplificar los negocios jurídicos de la misma clase. No teniendo que pasar por el proceso de sentarse a negociar con cada cliente de cara a la contratación, disminuye la inversión de tiempo y dinero para el predisponente, y promueven un acceso rápido a los bienes y servicio para los adherentes. ● ediante condiciones generales estables y conocidas, se posibilitan la seguridad y previsión de la responsabilidad legal entre las partes. !ncluso, en la práct práctic ica a el adher adherent ente e pued puede e fáci fácilm lmen ente te cono conocer cer y estu estudi diar ar las las cláusulas que regirán su contrato, con una labor previa de investigación. "n este sentido, favorece la posición igualitaria entre clientes o adherentes de un tipo de contrato
Desventajas ● #a principal desventaja que que la doctrina atribuye atribuye a este tipo de contratos, consiste en la limitación de la libertad de contratación o mejor entendido, a la autonomía de la libertad del adherente, quien no se encuentran en posibilidad de discutir y lograr que sus intereses particulares se reflejen en el contenido del pacto. "sto se acent$a más en contratos en los que el adherente es usuario, es decir, cuando no e%iste otra opción para adquirir el bien o servicio, que la suscripción del contrato de adhesión ● &tra crítica crítica a este tipo tipo de contratos consiste en la disparidad en cuanto a las relaciones de poder entre las partes, lo cual acent$a a$n más la primera crítica esbo'ada. (icha disparidad se hace evidente cuando el predisponente es el "stado y las partes se ven obligadas a suscribir el contrato por e%istencia de un monopolio estatal. )in embargo, tambi*n en el caso de los empresarios, ha de reconocerse su poder sobre el peque+o consumidor. ● )e+ala &"&-P"" como otra de las desventajas en este tipo de contratos, la fuer'a económico del predisponente, quien posee una asearía legal y financiera de la que carece el adherente, lo cual se acent$a como desventaja por la costumbre de redactar este tipo de contratos en t*rminos oscuros.
● "n el ámbito procesal, )/!0#!/ menciona importantes obstáculos para el acceso de la parte adherente a la justicia, siendo estos el factor sicológico en cuanto a la falta de conciencia de los derechos por parte de la mayoría de los consumidores, sentimiento de impotencia ante el poderío económico del predisponente y e%ig1edad de la lesión en contraposición con los eventuales costos del proceso, entre otros.
2) QUÉ SON LAS CLAUSULAS VEJATORIAS #a manera en que el proveedor consolida su sola voluntad, es justamente mediante la inclusión en el contrato de consumo de cláusulas abusivas o vejatorias. 2omo destacan los )/!0#!/, estas cláusulas se incorporan con la finalidad inequívoca 3de consolidar la posición contractual del predisponente con una sobreviniente situación de desequilibrio debido a la falta de reciprocidad en las prestaciones debidas y, correlativamente con la inclusión de ventajas que solamente se estipulan en beneficio del predisponente4 . "ste poder que ostenta el proveedor y que se ve reflejado en el completo dominio de la esfera contractual, es el que le permite muchas veces cometer e%cesos y abusos en desmedro del consumidor. "5N!2& precisa que 3es a trav*s de las diversas cláusulas específicas como el estipulante lleva a la práctica, fundamentalmente, su situación de ventajoso predominio negocial6 e%cluyendo la responsabilidad, imponiendo un r*gimen arbitrario para la carga de la prueba, fijando pla'os e%cesivamente cortos para el ejercicio de las eventuales acciones4. 7!28) se+ala que son abusivas las cláusulas que entra+en en ventaja e%clusiva del empresario un desequilibrio de los derechos y obligaciones de las partes siempre que lo sea en un contrato por adhesión concluido entre un empresario y un consumidor, unilateralmente prerredactado por el primero. )&/& 2&90:!#9 las define se+alando que 3se considerarán abusivas todas las cláusulas o condiciones de los contratos predispuestos que atribuyan al predisponerte derechos y facultades e%orbitantes o introdu'can limitaciones o restricciones en los derechos y facultades de los adherentes. !gualmente, serán abusivas las cláusulas que supriman o redu'can las obligaciones y responsabilidades del predisponente o cuando aumenten las obligaciones y cargas del adherente, trayendo como consecuencia una desnaturali'ación o desequilibrio en la relación jurídica creada por el contrato. "n este sentido, podrá ser considerada como abusiva, aquella cláusula o conjunto de ellas que en la relación de consumo concretada mediante contratos por adhesión o con arreglo a 202, impongan un desbalance en los derechos y obligaciones del proveedor y consumidor, con el objeto de reflejar beneficios e%clusivos o e%cesivos para
el proveedor. #as cláusulas abusivas materiali'an situaciones de desequilibrio o desigualdad en la titularidad de los derechos y obligaciones. Pues por un lado, la situación de superioridad del proveedor le permite autoconcederse mayores derechos o facultades, o, reducir, limitar o e%onerar, total o parcialmente, sus obligaciones o cargas contractuales. "n tanto que del otro lado de la palestra, se concreta y acent$a una situación de desventaja injustificada para el consumidor e%presada mediante el incremento e%cesivo de sus obligaciones y cargas, o, la limitación o supresión de sus derechos o facultades contractuales