TECNI GAP CENTRO DE PREPARACIÓN DEL OPOSITOR
TEMARIO ESPECIFICO PARA EL ACCESO AL CUERPO DE BOMBEROS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
ÍNDICE TEMÁTICO TOMO I BOMBEROS AYUNTAMIENTO MADRID N°
TEMA
1
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 . PRINCIPIOS INSPIRADORES . ESTRUCTURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
2
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO . EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
3
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA : CONCEPTO Y CLASES . ESPECIAL REFERENCIA A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID : CAUSAS PARA SU PERCEPCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
4
ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL : EL ALCALDE. EL PLENO . COMISIÓN DE GOBIERNO. LAS RAMAS . LAS ÁREAS Y SERVICIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63
5
PROTECCIÓN CIVIL . DEFINICIÓN . FUNCIONES BÁSICAS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 83
6
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS . ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95
7
OPI. TÍTULO PRELIMINAR . CONCEPTOS TÉCNICOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 107
8
OPI. TITULO I. CAPITULOS I, II Y III . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117
9
TRIÁNGULO Y TETRAEDRO DEL FUEGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 135
10
MECANISMOS DE EXTINCIÓN. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 147
11
CLASIFICACIÓN DE LOS FUEGOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 151
12
AGENTES EXTINTORES : GASEOSOS, LÍQUIDOS Y SÓLIDOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 155
13
CONDUCTIVIDAD, DILATACIÓN, ESCALAS DE TEMPERATURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 165
14
EXPLOSIONES, DETONACIONES Y DEFLAGRACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175
15
PARTES FUNDAMENTALES DE UN EDIFICIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 179
16
INSTALACIONES GENERALES DE UN EDIFICIO : DEFINICIÓN Y ENUMERACIÓN . . . . . 203
17
INFRAESTRUCTURA URBANA DE MADRID . DEFINICIONES: TIPOS DE SERVICIOS : RED DE SANEAMIENTO . RED DE GALERÍAS DE SERVICIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 219
18
INFRAESTRUCTURA URBANA DE MADRID . DEFINICIONES . TIPOS DE SERVICIOS : RED DE GAS . RED DE AGUA . RED DE ELECTRICIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 235
19
SOCORRISMO : DEFINICIÓN . NORMAS GENERALES DE ACTUACIÓN ANTE UN ACCIDENTE . ANATOMÍA Y FISIOLOGÍA HUMANA: SISTEMA RESPIRATORIO, CARDIO-CIRCULATORIO Y LOCOMOTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 273
20
HERIDAS Y HEMORRAGIAS : CLASIFICACIÓN Y COMPORTAMIENTO . QUEMADURAS : CLASIFICACIÓN, MANEJO Y COMPLICACIONES . FRACTURAS Y LUXACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295
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Temario Bomberos Ayuntamiento
TEMA 1 LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 : ESTRUCTURA Y CONTENIDO. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES. I.
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
La sociedad actual se organiza a través de Estados que establecen unas normas Jurídicas ; el conjunto de normas jurídicas de un Estado es lo que se denomina su ORDENAMIENTO JURÍDICO. Pero no todas las normas tienen el mismo rango o importancia . El Ordenamiento Jurídico tiene una estructura piramidal (de mayor a menor importancia), y en el vértice de la pirámide, estaría la CONSTITUCIÓN, la constitución de un país es su norma suprema, sería una superley o la norma de las normas . Esto tiene una primera consecuencia, ninguna norma jurídica puede ir en contra de lo que diga la Constitución. A lo dicho anteriormente podemos dar la siguiente definición de CONSTITUCIÓN :
"Norma Jurídica Suprema, en donde se regulan los principios fundamentales de una sociedad con espíritu de permanencia, por lo que su reforma, tiene un procedimiento más rígido que las leyes ordinarias" .
La actual Constitución, es la de 1.978 que hace el número nueve de las constituciones españolas, la primera de las cuales fue La Constitución de Cádiz de 1 .812. El proceso de la Constitución de 1 .978 se inicia, tras la muerte de Franco el 20 de Noviembre de 1 .975 . Las fechas fundamentales del mismo serían las siguientes : 4-1-77 :
Se aprueba la Ley para la Reforma Política, que permite una reforma del régimen político anterior, y una transición pacífica hacia la democracia.
I5-6-77
Se celebran las primeras elecciones democráticas .
31-10-78:
Las Cortes Generales Aprueban la Constitución.
6-12-78 :
El pueblo ratifica la Constitución en Referéndum .
27-12-78:
Es Sancionada por el Rey.
29-12-78:
Es publicada en el BOE entrando en vigor ese mismo día.
Las leyes como regla general, entran en vigor a los 20 días desde su publicación en el B.O.E. salvo que la propia Ley diga lo contrario. La Constitución en su disposición final dice expresamente : "Esta Constitución entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado" .
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I.1.
CARACTERÍSTICAS .
1 . EXTENSA
Es una Constitución larga, tiene muchos artículos (169 y disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y final) y algunos artículos son largos y complejos (Art. 148, 149). Después de la Constitución de 1 .812 es la Constitución Española más extensa (Pensemos que la constitución de Estados Unidos tiene sólo 10 artículos).
2. ESCRITA
Sigue la tradición del Constitucionalismo continental europeo, donde las constituciones se redactan en un Código . Al contrario del constitucionalismo Anglosajón que es consuetudinario.
3. RÍGIDA
La historia Constitucional española se basa en la alternancia, cada vez que cambiaba el signo político se cambiaba la constitución . La actual Constitución quiso evitar esto y para poder reformar la Constitución se va a necesitar el acuerdo de la Oposición . Por eso decimos que la actual Constitución es rígida, por su difícil reforma .
4. CONSENSUADA
La Constitución fue posible, gracias al acuerdo o consenso de las fuerzas políticas, este acuerdo permite su duración, pero por otro lado produce ambigüedad en algunos preceptos, dando lugar a interpretaciones diversas .
5 . POPULAR
El origen de la Constitución está en el pueblo español . Fue elaborada por los representantes del pueblo elegidos al Parlamento, y fue aprobada por el Pueblo en referéndum.
I.2.
ESTRUCTURA Y CONTENIDO
La estructura básica sería la siguiente: *
Un Preámbulo que no está estructurado en artículos, y es una Exposición de los motivos que llevaron a redactar la Constitución . Establecer la Justicia, Libertad y Seguridad. Garantizar la Convivencia democrática . Consolidar un Estado de Derecho . Establecer una Sociedad Democrática avanzada. Relaciones pacíficas.
*
Once Títulos . Hay un Título preliminar y diez Títulos, numerados del uno al diez, su contenido sería el siguiente: Siguiendo eí propio Texto Constitucional, la estructura y contenido de la Constitución sería la siguiente : PREÁMBULO (no está estructurado en artículos) TITULO PRELIMINAR TITULO I. DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES . Cap . Cap .
Cap . III. Cap . IV. Cap . V .
2
1. II .
De los españoles y los extranjeros Derechos y libertades. Sec . P De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Sec . 2' De los derechos y deberes de los ciudadanos . De los principios rectores de la política social y económica. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales . De la suspensión de los derechos y libertades .
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Temario Bomberos Ayuntamiento TITULO II . TITULO III .
DE LA CORONA DE LAS CORTES GENERALES.
Cap . I . Cap. II . Cap . III .
De las Cámaras De la elaboración de las leyes . De los tratados Internacionales .
TITULO IV .
DEL GOBIERNO Y DE LA ADMINISTRACIÓN .
TITULO V.
DE LAS RELACIONES ENTRE EL GOBIERNO Y LAS CORTES GENERALES
TITULO VI .
DEL PODER JUDICIAL
TITULO VII .
ECONOMÍA Y HACIENDA
TITULO VIII . Cap. I . Cap. 11. Cap. III .
DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO. Principios generales De la Administración Local . De las Comunidades Autónomas .
TITULO IX .
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TITULO X.
DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL
4 9 1 1
DISPOSICIONES ADICIONALES DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIÓN DEROGATORIA DISPOSICIÓN FINAL .
En total la Constitución se divide en: - 11 Títulos (incluido el preliminar) . - 11 Capítulos . - 169 Artículos . - 4 disposiciones adicionales - 9 disposiciones transitorias - 1 disposición derogatoria - 1 disposición final Tradicionalmente, también se divide la Constitución en dos partes : PARTE DOGMÁTICA . Abarca los principios generales del Sistema Político, y los derechos ydeberes fundamentales de los ciudadanos, comprende los Títulos preliminar y primero . PARTE ORGÁNICA. Abarca la composición y funcionamiento de los Poderes Públicos, y el reparto de las competencias y relaciones entre ellos . Comprende los Títulos segundo a décimo. A continuación vamos a ver los Principios básicos recogidos en el Título Preliminar, y luego veremos el Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo, para acabar con la Reforma de la Constitución . I.3. TITULO PRELIMINAR En el Título Preliminar (artículos 1 al 9) ser recogen los PRINCIPIOS BÁSICOS, que inspiran la Constitución de 1 .978 . Serían los siguientes: 1.
España se constituye en un Estado Social y Democrático de Derecho. (Art. 1.1 .) Ante esta primera declaración habría que definir los siguientes conceptos : - Estado. - Estado Social.
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Temario Bomberos Ayuntamiento -
Estado Democrático.
- Estado de Derecho .
ESTADO . España es una nación, (como comunidad histórica, cultural, sociológica...) y declara que su organización Jurídico-Política, será el Estado. La Constitución definitiva, España como nación (que sería el origen) del Estado Español . ESTADO SOCIAL El Estado Español es intervencionista y sus fines fundamentales son : - Redistribución de la riqueza. - Compensación de las discriminaciones. ESTADO DEMOCRÁTICO Significa que la Soberanía reside en el pueblo. Y los poderes públicos han de facilitar la participación de los ciudadanos en la vida política, social, cultural y económica. ESTADO DE DERECHO Para ser un Estado de Derecho, no basta con tener leyes, sino que a esas leyes, cuyo conjunto forma el Ordenamiento Jurídico han de estar sometidos todos los ciudadanos y los poderes públicos. Art. 9-1
Los ciudadanos y los Poderes Públicos están sometidos a la Constitución y al resto del Ordenamiento Jurídico .
2.
Valores superiores del Ordenamiento Jurídico español (Art. 1 .1) - Libertad. - Igualdad . - Justicia. - Pluralismo Político .
3.
Soberanía Nacional (Art. 1 .2) Reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. Todos los poderes e instituciones de la Constitución (Monarquía, Cortes Generales, Poder Judicial, Gobierno, etc .. .) reciben su legitimidad del pueblo español que es el único soberano.
4.
Forma Política (Art. 1.3) El Estado español, declara que su forma política es la MONARQUÍA PARLAMENTARIA. significa que los poderes tradicionales del Rey, han sido asumidos por los órganos constitucionales. Esto - Poder Legislativo----------> Cortes Generales - Poder Ejecutivo------------> Gobierno C - Poder Judicial-------------> .G .P.J. El Rey tiene una función arbitral, que se expresa con la frase: "El Rey reina pero no gobierna" .
5.
Unidad de la Nación española (Art. 2) En este artículo la Constitución regula dos principios, aparentemente contradictorios: - Indisoluble unidad de la nación española. - Derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran. Significa que el Estado de las Autonomías, que propugna nuestra Constitución no atenta contra la unidad de la nación española .
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El Estado de las Autonomías, no es un Estado federal, ni un Estado unitario . Ya que se descentraliza, no sólo la administración, sino también la decisión. Es decir "El derecho a autogobernarse de las Comunidades Autónomas". 6.
Idioma (Art. 3) La Constitución declara, que hay varias lenguas españolas, una de ellas : el castellano, es la lengua española oficial del Estado" Pero también hay otras lenguas españolas (catalán, vasco, gallego) que podrán ser oficiales en las respectivas comunidades autónomas, de acuerdo con sus estatutos . Las distintas lenguas de España . es un patrimonio cultural, objeto de respeto y protección . Estos serían los principios fundamentales, otros principios básicos serían los siguientes:
7.
Banderas (Art. 4) Establece como es la bandera de España (tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja) y reconoce la existencia de banderas y enseñas de las Comunidades Autónomas .
8.
Capital (Art. 5) La capital del Estado es la villa de Madrid .
9.
Partidos Políticos (Art. 6) Expresan el pluralismo político, y son instrumento fundamental para la participación política . La Constitución establece que su estructura interna y funcionamiento han de ser democráticos .
10.
Sindicatos y Asociaciones Empresariales (Art. 7) Son organizaciones que contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios . Igualmente suestructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos .
11 .
Fuerzas Armadas (Art. 8) Tienen la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, defienden su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
12.
Garantías Jurídicas (Art. 9) La Constitución establece unos principios fundamentales, en relación con el ordenamiento jurídico que serían los siguientes: Legalidad Seguridad Jurídica Jerarquía normativa Responsabilidad Publicidad de las normas Interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos Irretroactividad . I.4.
DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES .
Los derechos y libertades de los ciudadanos se encuentran regulados en el Título Primero de la Constitución, el más largo (Art. 10-55) . Pero no todos los derechos, tienen la misma importancia ; los vamos a estudiar según el siguiente esquema: 1. Derechos fundamentales (arts. 15-29, Art. 14 más Art. 30-2) secc. 18, Cap . 2°, Tit . I. Máxima protección . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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Temario Bomberos Ayuntamiento 2. 3.
5. 6. 7.
Derechos de los ciudadanos (arts . 30-38), Secc . 2a, Cap. 2°, Tít . l . Nivel medio de protección . Principios rectores de la política social y económica (Arts . 39-52) Cap . 3°. Nivel mínimo de protección . Otros derechos Art. 10 y Cap . 1° (Arts . 11-13) Deberes de los ciudadanos . Se encuentran a lo largo del Tít. 1 . Garantías de las libertades y derechos fundamentales (Cap . 4°, arts . 53 y 54) . Suspensión de los derechos fundamentales . Cap .5° (Art . 55)
I .S.
DERECHOS FUNDAMENTALES .
1.
IGUALDAD (Art . 14) Los españoles son iguales ante la Ley, nadie puede ser objeto de discriminación por razón de : nacimiento religión raza opinión sexo Cualquier condición o circunstancia personal o social .
2.
DERECHO A LA VIDA. (Art. 15) Es el más importante de todos, la Constitución reconoce este derecho frente a todos incluso frente ala sociedad o el Estado . Declara abolida la pena de muerte, dejando una salvedad, lo que puedan establecer las leyes penales militares para tiempos de guerra . Por la Ley orgánica 11/1995 de 27 de noviembre (BOE del 28 del mismo) ha quedado abolida la pena de muerte en período de guerra .
3.
DERECHO A LA INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL (Art . 15) Igualmente declara la Constitución que nadie podrá ser sometido a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes .
4.
LIBERTAD IDEOLÓGICA Y DE RELIGIÓN (Art. 16) La Constitución consagra este derecho sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para mantener el orden público protegido por la Ley. Este derecho se completa:
4.
Nadie puede ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias . Ninguna confesión tendrá carácter estatal . La libertad ideológica, en cuanto libertad de pensamiento, no tiene limites, el pensamiento no es punible, y cada persona puede pensar lo que quiera . La manifestación de dicha libertad, si que tiene límites : -
El orden público . El respeto a los derechos de los demás .
5.
LIBERTAD PERSONAL (Art . 17) Todos tienen derecho a la libertad y a la seguridad . Nadie podrá ser privado de su libertad, sino con la observación de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la Ley. *
6
Detención preventiva. Sólo durante el tiempo estrictamente necesario para el esclarecimiento de los hechos .
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En el plazo máximo de 72 horas el detenido será puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial . La Ley regulará un procedimiento de "Habeas Corpus" . Este procedimiento ha sido regulado por L.O. 6/1 .98 4 de 24 de mayo. Es un procedimiento para proteger a toda persona detenida ilegalmente . Mediante el cual se obtiene la inmediata puesta a disposición de la Autoridad Judicial competente de cualquier persona detenida ilegalmente . El juez en un procedimiento sumario y urgente, decide en un plazo máximo de 24 horas la libertad o el ingreso en prisión del detenido . Derechos del detenido. Será informado de sus derechos y razones de su detención . No declarará si no quiere. Asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales . 6.
INTIMIDAD . (Art. 18) La Constitución garantiza el derecho al honor, a la intimidad familiar y personal y a la propia imagen .
7.
INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO (Art. 18-2) El domicilio es inviolable, nadie podrá entrar o registrarlo, sin consentimiento deltitular . Las excepciones serán las siguientes : 7.1 7.2. 7.3.
8.
Resolución Judicial . El Juez que ha de conceder la autorización, será el juez de primera instancia e instrucción correspondiente . Flagrante delito. La Ley de seguridad ciudadana introdujo un tercer supuesto : "Sospecha de delito de narcotráfico" que fue declarado anticonstitucional por sentencia del Tribunal Constitucional .
SECRETO DE LAS COMUNICACIONES (Art. 18-3) Se garantiza el secreto de las comunicaciones, especialmente las postales, telegráficas y telefónicas. La única excepción, sería por resolución judicial .
9.
LIBERTAD DE RESIDENCIA Y CIRCULACIÓN (Art. 19) Es un derecho que tienen todos los españoles de elegir libremente su residencia y circular por el territorio nacional . Igualmente, tienen derecho a entrar y salir libremente de España. En ningún caso este derecho podrá ser limitado por motivos políticos .
10.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN (Art. 20) Es este un derecho básico de todo Estado democrático . La Constitución reconoce más que una única libertad de expresión una amplia forma de libertades que tienen por eje común la libertad de emisión y transmisión de las opiniones .
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En concreto el artículo 20 protege los siguientes derechos: Expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción . Producción y creación literaria, artística, científica y técnica. Libertad de cátedra . Comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de producción. La Constitución, también establece unos mecanismos que garanticen y protejan la libertad de expresión . Regula la cláusula de conciencia y el secreto profesional . Prohíbe la censura previa y el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información salvo lo que establezca una resolución judicial . El ejercicio de las libertades reconocidas en el artículo 20, sólo tienen un límite en el respeto a los derechos reconocidos en el Título I, y especialmente en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de lajuventud y de la infancia. 11 .
DERECHO DE REUNIÓN (Art. 21) Este derecho es un libertad clásica, la Constitución la consigna como un derecho cuando es pacífica y sin armas . No necesitando autorización previa para su ejercicio. Cuando la reunión o manifestación transcurra por lugares de tránsito público se dará comunicación previa a la autoridad. Que sólo podrá prohibirla cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes . Pudiéndose recurrir dicha prohibición ante los tribunales ordinarios que decidirán en un procedimiento sumario y urgente .
12 .
DERECHO DE ASOCIACIÓN (Art. 22) Este artículo regula las asociaciones como un derecho que no necesita autorización previa, sólo exige la inscripción en un registro a efectos de publicidad. La Constitución prohibe las asociaciones : - Secretas. - De carácter paramilitar. Igualmente, declara ilegales las asociaciones que persiguen fines o utilicen medios tipificados como delito . Finalmente, la Constitución establece como garantía de este derecho, que sólo podrán ser disueltas o suspendidas en virtud de resolución judicial motivada .
13.
DERECHO DE PARTICIPACIÓN (Art. 23) Es el derecho a participar en los asuntos públicos, bien directamente o por medio de representantes . Estos representantes serán libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
14.
PROTECCIÓN JUDICIAL DE LOS DERECHOS (Art. 24) El importante artículo 24 de la Constitución establece una serie de garantías yprincipios jurídicos, que van a proteger a los ciudadanos en su relación con la administración de justicia, serían los siguientes:
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14 .1 14 .2 14.3 14.4 14314.6 14.7 14.8 15.
Tutela efectiva de jueces y tribunales . No se puede impedir a nadie el acceso a la administración de Justicia, ya que en caso contrario se produciría indefensión . Derecho al Juez ordinario, predeterminado por la Ley. Defensa y asistencia de letrado . Ser informado de la acusación formulada . Proceso público, sin dilaciones indebidas y con todas las garantías. Utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa . No declarar contra si mismo . Presunción de inocencia .
PRINCIPIO DE LEGALIDAD PENAL (Art. 25) Es este un principio básico de todo Estado de derecho, significa que: Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento . La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o indirectamente impliquen privación de libertad .
16.
TRIBUNALES DE HONOR . (Art. 26) Quedan prohibidos los tribunales de honor en el ámbito de la administración civil y de las organizaciones profesionales .
17.
DERECHO A LA EDUCACIÓN . (Art. 27) El artículo 27 de la Constitución reconoce el derecho a la educación, que tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana. Este derecho de todos a la educación será garantizado por los poderes públicos mediante un programa general de la enseñanza, con participación de todos los sectores afectados y la creación y promoción de centros docentes . Este importante derecho se concreta en os siguientes puntos : 17 .1
Laeducación es un derecho para todos . La enseñanza básica es obligatoria ygratuita.
17.2
El objeto de la educación es el pleno desarrollo de la personalidad humana .
17 .3
Libertad de creación de centros . A las personas físicas y jurídicas, dentro del respeto a los principios constitucionales. Los centros que cumplan los requisitos legales serán subvencionados por los poderes públicos.
17.4
Participación Los diversos sectores educativos (Profesores, padres y alumnos) intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos con fondos públicos.
17.5
Autonomía universitaria. Una Ley regulará la autonomía de las Universidades, dicha Ley ha sido la Ley Orgánica 11/1 .983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria .
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18.
LIBERTAD SINDICAL (Art. 28 .1) Derecho tradicional de la democracia, para la defensa de los intereses profesionales de los trabajadores . La Constitución lo proclama expresamente : "Todos tienen derecho a sindicarse libremente" . Este derecho ha sido desarrollado con carácter general por la L.O. l 1/1 .985, de 2 de de libertad sindical, y con carácter particular, referido a los funcionarios públicos, por la agosto, Ley 9/1 .987, de 12 de junio, sobre órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones públicas. La libertad sindical comprende : derecho a fundar sindicatos. derecho a afiliarse al de su elección derecho de los sindicatos a formar confederaciones y pertenecer a organizaciones internacionales. derecho a no ser obligado a afiliarse a un sindicato. Una Ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho . Más concretamente : Las Fuerzas Armadas y cuerpos sometidos a disciplina militar, tienen exceptuada la libertad sindical. Los Jueces, Magistrados y Fiscales, mientras se hallen en activo no pueden pertenecer a partidos políticos o sindicatos (Art. 127 .1 .C.E.) pueden pertenecer a asociaciones profesionales, tal como regula la Ley orgánica del Poder Judicial . (Esta limitación es una garantía de la independencia judicial) .
19.
DERECHO DE HUELGA (Art. 28-2) Se reconoce el derecho de huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses . La Ley que regula el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad .
20.
DERECHO DE PETICIÓN (Art. 29) Es un derecho de carácter político, y supone la posibilidad de todo ciudadano de dirigirse a las autoridades refiriéndose a cuestiones que le incumben y de cuya resolución son competencias aquellas. La Constitución lo regula así: "Todos los españoles tienen el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la Ley" .
Por el contrario los miembros de las fuerzas Armadas o Cuerpos sometidos a disciplina militar, el derecho de petición colectiva lo tienen prohibido y el individual lo deben ejercer con arreglo a su legislación específica. I.6.
DERECHOS DE LOS CIUDADANOS .
Se encuentran regulados en la sección 28 capítulo 2°, Título I de la Constitución . Artículos 30 a38 (ambos inclusive) serían los siguientes: (Los artículos 30 y 31, se refieren a deberes constitucionales). 1.
DERECHO AL MATRIMONIO (Art. 32) Es una novedad de la Constitución de 1 .978, en la historia constitucional se remite siempre a una Ley ordinaria para reconocer el derecho. La Constitución reconoce el derecho del
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hombre y la mujer a contraer matrimonio con plena igualdadjurídica. La Ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos. 2.
DERECHO A LA PROPIEDAD (Art. 33) Se reconoce el derecho a la propiedad privada y la herencia, limitada por la función social de los mismos.
3.
DERECHO DE FUNDACIÓN (Art. 34) Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general .
4.
DERECHO AL TRABAJO (ART. 35) . La Constitución reconoce el derecho al trabajo de todos los españoles . Pero más que un derecho es una serie de derechos inherentes a la relación laboral. - Libre elección de profesión u oficio . - Promoción profesional . - Remuneración suficiente. - No discriminación por razón de sexo . En el apartado 2, el artículo 35 establece que una Ley regulará el derecho al trabajo mediante "un estatuto de los trabajadores" . Este estatuto fue aprobado por Ley 8/1 .980, de 10 de marzo. Modificado por R.D . Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores .
5.
COLEGIOS PROFESIONALES (Art. 36) Los Colegios Profesionales, son entes que se encargan del control del ejercicio de las profesiones tituladas . Su régimen jurídico será regulado por una Ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos .
6.
DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA (Art. 37 .1)
La Constitución reconoce y garantiza el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, y los convenios en los que se plasma dicha negociación colectiva tendrá carácter vinculante para las dos partes . 7.
CONFLICTOS LABORALES (Art. 37 .2)
Derecho de trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. En todo caso, la Ley que la regula, establecerá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad. 8.
LIBERTAD DE EMPRESA (Art. 38)
Reconoce la libertad de empresa dentro de laeconomía de mercado . De acuerdo con la economía general y la planificación
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I.7.
PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIAL Y ECONÓMICA .
Más que auténticos derechos, lo que aparece recogido en los artículos 39 a 52 de la Constitución son mandatos morales que deben informar la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Se pueden sistematizar por grupos de protección : 1 . Protección a determinados colectivos. Familia (Art. 39 .1)
Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. Protección integral de los hijos, iguales estos ante la Ley con independencia de su filiación . Participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo . Previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos . Promover pensiones adecuadas y su bienestar. Proteger sus derechos económicos y sociales, y orientar su retorno . .
Infancia (Art. 39.2) Juventud (Art. 48) Disminuidos (Art. 49) Tercera Edad (Art. 50) Emigrantes (Art. 42)
2. Principios laborales y de Seguridad Social. (Arts . 40 y 41) -
Redistribución de la Renta. Seguridad e higiene en el trabajo. Pleno empleo Descanso necesario . Sistema público de Seguridad Social. Formación profesional .
3. Servicios Sociales. Salud (Art. 43.1)
Protección de la salud, medidas preventivas, prestaciones y servicios necesarios . .2) Fomentar la educación sanitaria física y el deporte . Deporte (Art. 43 44) Promover y tutelar el acceso a la cultura como derecho de Cultura (Art. todos . Derecho de todos, y deber de su conservación . Protección Medio ambiente (Art. 45) de los recursos naturales . Patrimonio Artístico(46) Conservación y enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España . Vivienda (Art. 47) Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada de todos los españoles . Consumidores (Art. 51) Se protege mediante procedimientos eficaces la seguridad, salud y legítimos intereses de consumidores y usuarios . Reguladas por Ley, su estructura interna y Organizaciones Profesionales (Art. 52) funcionamiento deberán ser democráticos .
I.8.
OTROS DERECHOS
1.
NACIONALIDAD (Art. 11) La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la Ley . La Constitución prohíbe que a un español de origen se le prive de su nacionalidad.
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El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con países Iberoamericanos o que hayan tenido una particular vinculación con España . 2.
MAYORÍA DE EDAD (Art. 12) Los españoles son mayores de edad a los 18 años.
3.
EXTRANJEROS (Art. 13) Gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el Título I de la Constitución . Los derechos del artículo 23 (participación) sólo corresponderán a los españoles . Salvo lo que pueda establecerse por tratado o Ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales . De la extradición quedan excluidos los delitos políticos, el derecho de asilo será regulado por una Ley.
I.9.
DEBERES
La Constitución junto a los derechos regula una serie de deberes, que se encuentran fundamentalmente en la Sección 2ª, capítulo segundo del Título I. Estos deberes se pueden diferenciar en dos clases: Deberes morales y deberes jurídicos. 1.
DEBERES MORALES No es un deber en sentido estricto, sino un mandato moral, ya que no existe mecanismo jurídico para sancionar su incumplimiento. Serían los siguientes : 1 1 Deber de conocer el castellano. (Art. 3 .1) . 1 .2. Deber de trabajar (Art. 35)
2.
DEBERES JURÍDICOS Son obligaciones en sentido estricto y cuyo incumplimiento puede dar lugar a sanción . 2.1
Deber de defender a España (Art . 30) . Es un deber de todos los españoles, que a su vez se considera un derecho . Este deber se concreta en el servicio militar obligatorio. Si bien se trata de un deber de carácter general, el artículo 30-2 determina que una Ley regulará, con las debidas garantías la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer en su caso una prestación social sustitutoria .
2.2 .
Deber Tributario (Art. 31) 1. 2.
Es un deber de carácter general que tendría las siguientes características : Es una obligación de carácter general que alcanza a todos sin excepción . No es una obligación igualitaria, sino que la obligación de contribuir se hará de acuerdo con la capacidad económica de cada uno.
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3. 2.3 .
Principio de progresividad . Cuando mayor sea la base, mayor será el tipo de tributación. En ningún caso, el sistema tributario tendrá carácter confiscatorio.
Deberes ante situaciones de necesidad La Constitución establece en el artículo 30.4 que mediante Ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública . Esta regulación se ha llevado a cabo por la Ley de protección civil de 21 de enero de 1 .985 .
I.10.
GARANTÍA DE LAS LIBERTADES Y DERECHOS FUNDAMENTALES
Todos los derechos y libertades reconocidos en la Constitución, comprendidos en los cuatro primeros capítulos del Título primero (artículos 10 a 52), para no quedar reducidos a meras declaraciones románticas, requieren un sistema de defensa y garantía, de modo que cualquier ciudadano pueda exigir que se hagan efectivos . El artículo 53 distingue tres planos en estos derechos y para cada uno de ellos establece una forma de garantía y defensa . De acuerdo con este artículo, podemos hablar de: 1.
Nivel superior de protección. Los derechos y libertades fundamentales recogidos en los artículos 15 a 29, junto con el principio de igualdad recogido en el artículo 14, gozan de la máxima protección jurídica. 1 .1
Vinculan a todos los poderes públicos .
1 .2.
Se exige Ley orgánica para su desarrollo, que es susceptible de recurso de inconstitucionalidad si no respeta el contenido esencial de derecho ; ( excepto para el artc.14 y para el artc.30.2) .
1.3.
Se puede pedir la tutela del derecho o libertad fundamental ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento preferente y sumario. Este procedimiento se halla recogido en la Ley 62/1 .978, de 26 de diciembre, sobre protecciónjurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona ;( también es de aplicación para el artc. 30 .2).
1 .4
Sepuede interponer recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por laviolación de uno de estos derechos. (Este recurso es aplicable también a al objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.2) .
2. Nivel Medio de Protección . Esta protección la tienen los derechos reconocidos en los artículos 31 a 38 de la Constitución . Tendrían los siguientes mecanismos de protección:
14
2.1
Vinculan a todos los poderes públicos.
2.2 .
Ya no se exige Ley Orgánica para su desarrollo, sino que es suficiente con Ley ordinaria.
2.3 .
No cabe el recurso regulado en la Ley de protección Jurisdiccional de los Derechos fundamentales .
2 .4.
No cabe el Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional, aunque si el Recurso de Inconstitucionalidad.
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3.
Nivel mínimo de protección . Esta protección mínima la tienen los principios rectores de la política social y económica, recogidos en los artículos 39 a 52 de la Constitución. Se trata de mandatos morales que deben informar la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Pero no pueden ser legítimamente alegados en un procedimiento o proceso, si no han sido objeto de desarrollo legal.
I.11. 1.
SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES . Suspensión General : De acuerdo con el artículo 116 de la Constitución y la Ley Orgánica 4/1 .981, de 1 de junio, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio, en estos dos últimos estados pueden suspenderse algunos de los derechos fundamentales . Ahora bien, antes de mencionar los derechos que pueden ser suspendidos en dichos dos estados, conviene definir los mismos, dando un concepto también del estado de alarma . 1 .1
1 .2 .
Idea común de los tres estados : Procede la declaración de los estados de alarma, excepción o sitio cuando circunstancias extraordinarias hagan imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las Autoridades competentes . Estado de alarma: Lo puede declarar el Gobierno en todo o en parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad : catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud ; crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves ; situaciones de desabastecimientos de productos de primera necesidad ; paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad en situaciones de huelga, concurriendo alguna de las demás circunstancias anteriores . El Estado de Alarma lo declara el gobierno, mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros, por un plazo que no puede exceder de 15 días. Prorrogables previa autorización del Congreso de los Diputados .
1 .3.
Estado de excepción : El Gobierno puede, previa autorización del Congreso de los Diputados, declarar el estado de excepción "cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias sea insuficiente para restablecerlo y mantenerlo" . El Estado de Excepción se declara por Decreto acordado en Consejo de Ministros, por un plazo que no exceda de 30 días, prorrogables por otros 30.
1 .4
Estado de sitio: Puede declararlo el Congreso de los Diputados por mayoría absoluta de sus miembros, a propuesta del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones . "Cuando se produzca o amenace producirse una insurrección o acto defuerza contra la soberanía o independencia de España, su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios".
1 .5
Derechos que pueden suspenderse en el estado de excepción : Son los que se contienen en los siguientes artículos de la Constitución: La declaración expresa los derechos que se suspenderán en cada caso.
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Art. 17 (Salvo el punto 3 de dicho artículo); formalidades exigibles para la detención. El plazo de detención de 72 horas se amplía, sin que pueda exceder de diez días.
1 .6
2.
Art. 18.2:
Inviolabilidad del domicilio .
Art. 18.3:
Secreto de las comunicaciones .
Art. 19:
Libertad de residencia.
Art. 20.1:
Libertad de prensa e imprenta.
Art. 20.1.d.
Libertad de otras formas de información (sobre todo las audiovisuales).
Art. 20.5:
Secuestro depublicaciones sólopor resoluciónjudicial.
Art. 21:
Derecho de reunión
Art. 28.2:
Derecho de huelga.
Art. 37.2:
Derecho a adoptar medidas de conflicto colectivo .
Derechos que pueden suspenderse en el estado de sitio : En el supuesto de declaración del estado de sitio pueden suspenderse, además de los derechos anteriores, las garantías jurídicas del detenido que se reconocen en el artículo 17.3 de la Constitución y que se refieren a que el detenido debe ser informado de sus derechos, garantizándosele la asistencia de abogado en las diligencias policiales y judiciales .
Suspensión individual:
El artículo 55 .2 de la Constitución establece que "una Ley orgánica podrá determinar laforma y los casos en los que, deforma individualy con la necesaria intervenciónjudicialy el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los artículos 172. y 18.2 y 3 pueden ser suspendidos para personas determinadas en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas". La Ley Orgánica donde se recoge la suspensión individual de dichos derechos es actualmente la 4/1 .988, de 25 de mayo, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal . Así, cuando se trate de personas integradas o relacionadas con. bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes . El artículo 520 bis permite la prórroga de la detención preventiva en 48 horas más, siempre que sea autorizada por el juez. Igualmente en este caso, el juez podrá autorizar la incomunicación del detenido. El artículo 553 permite el registro domiciliario por los agentes de policía sin autorización judicial en casos de excepcional o urgente necesidad, dando cuenta inmediata al juez del registro efectuado . El articulo 579 permite que el juez pueda acordar la detención u observación de las comunicaciones postales y telegráficas y la intervención de las comunicaciones telefónicas.
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En caso de urgencia, y cuando las investigaciones se realicen para la averiguación de delitos relacionados con la actuación de bandas armados o elementos terroristas, lo anterior podrá ordenarlo el Ministerio del Interior, o el director de la Seguridad del Estado, comunicandolo inmediatamente por escrito al Juez competente.
II.
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 11.1.
CONCEPTO.
El Tribunal Constitucional es un órgano de garantía de todo el orden constitucional. Es "el guardián de la Constitución" . Las siguientes notas podrían definir la naturaleza del Tribunal Constitucional . 1.
Se trata de un órgano jurisdiccional . Sus resoluciones se dan en forma de sentencias basadas en derecho y no enjuicios políticos .
2.
Constituye una instancia suprema en su materia. Por encima de él no existe ningún otro órgano ni institución enmateria constitucional. El artículo 164 de la Constitución lo expresa con claridad al considerar el valor de sus sentencias: "tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas" . Es decir, con su sentencia se cierra definitivamente el caso. Pero, además -y esto es verdaderamente importante-, es que "las sentencias que declaran la inconstitucionalidad de una Ley o de una norma con fuerza de Ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienenplenos efectos frente a todos" .
11.2
COMPOSICIÓN.
El Tribunal Constitucional se compone de doce miembros, nombrados por el Rey . De ellos, cuatro lo son a propuesta del Congreso en acuerdo tomado por mayoría de tres quintos de sus miembros; otros cuatro a propuesta del Senado de igualforma; dos a propuesta del Gobierno, y los otros dos restantes a propuesta del Consejo General del Poder Judicial por mayoría de 3/S. 1.
Procedencia de sus miembros: Serán juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional. Nombrados entre magistrados y fiscales, profesores de Universidad, funcionarios y abogados.
2.
Duración y renovación : Los miembros del Tribunal Constitucional son designados por un período de nueve años y se renuevan por terceras partes cada tres . El presidente es nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno, por un período de tres años.
3.
Sistema de incompatibilidades : El cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional es incompatible : Primero, con el de Defensor del Pueblo ; segundo, con el de Diputado y Senador ; tercero, con cualquier cargo político o administrativo del Estado, las Comunidades autónomas, las provincias y otras Entidades locales ; cuarto, con el ejercicio de cualquier jurisdicción o actividad propia de la
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carrera judicial o fiscal; quinto, con empleos de todas clases entre los tribunales y Juzgados de cualquier orden jurisdiccional; sexto, con el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos, sindicatos, asociaciones,"fundaciones y colegios profesionales y con toda clase de empleo al servicio de los mismos ; séptimo, con el desempeño de actividades profesionales o mercantiles . En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial . Cuando concurriere causa de incompatibilidad en quien fuere propuesto como Magistrado del Tribunal, deberá, antes de tomar posesión, cesar en el cargo o en la actividad incompatible . Si no lo hiciere en el plazo de diez días siguientes a la propuesta, se entenderá que no acepta el cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional . La misma regla se aplicará en el caso de incompatibilidad sobrevenida . 4 . Funcionamiento. El Tribunal Constitucional funciona :
11.3
4.1
En Pleno .
4 .2.
En Salas .
4.3.
En Secciones .
Está compuesto por los 12 magistrados y presidido por su presidente . Sus funciones son prácticamente todas las del Tribunal, excepto el Recurso de Amparo que es competencia de las Salas . Consta de dos Salas, cada Sala está formada por seis Magistrados, La Sala l' la Preside el presidente del Tribunal, la Sala 2', la preside el Vicepresidente . Cada sección está formada por dos Magistrados y el Presidente respectivo.
COMPETENCIAS
A la vista de lo que la Constitución y la Ley Orgánica 2/1 .979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, establecen, cabe sistematizar así las materias sobre las que tiene competencia el Tribunal. A.
Recurso de inconstitucionalidad : Mediante los procedimientos de declaración de inconstitucionalidad, el Tribunal Constitucional garantiza la primacía de la Constitución y enjuicia la conformidad o disconformidad con ella de las leyes, disposiciones o actos impugnados . Es la función básica del Tribunal como defensor del ordenamiento constitucional . El recurso de inconstitucionalidad se puede plantear contra leyes y disposiciones normativas o actos con fuerza de Ley publicados oficialmente . Es decir, pueden ser impugnados mediante recurso de inconstitucionalidad las siguientes normas : Leyes Orgánicas . Tratados Internacionales . Leyes Ordinarias . Decretos-Leyes Leyes de Bases. Decretos-Legislativos . Disposiciones normativas con fuerza de Ley de las Comunidades Autónomas . Reglamentos de las Cámaras y de las Cortes Generales y los reglamentos de las Asambleas legislativas y de las Comunidades Autónomas . Están legitimados para presentar el recurso de inconstitucionalidad: El Presidente del Gobierno. El Defensor del Pueblo. 50 diputados .
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50 senadores . Los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y las Asambleas de las mismas . B.
Cuestión de inconstitucionalidad promovida por jueces y tribunales: Se trata de que durante el desarrollo de un proceso pueden surgir dudas sobre la constitucionalidad de una norma con rango de Ley aplicable al caso y de cuya validez depende el fallo a emitir. En este caso el juez o el tribunal plantea la cuestión al Tribunal Constitucional y éste, tras los trámites pertinentes establecidos en la Ley, dicta sentencia, que es comunicada al órganojudicial para la decisión del proceso .
C.
Recurso de amparo : a) Mediante este recurso de amparo el Tribunal Constitucional protege a todos los ciudadanos frente a violaciones de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 14 a 29 de la Constitución, y el Art . 30-2 en lo relativo a la objeción de Conciencia. El artículo 41 .2 de la Ley Orgánica 2/79 dice que "el recurso de amparo constitucional protege a todos los ciudadanos, en los términos que la presente Ley establece, frente a las violaciones de los derechosy libertades originadaspor disposiciones, actosjurídicos o simple vía de hecho de los poderes públicos del Estado, las Comunidades autónomas y demás entespúblicos de carácter territorial, corporativo o institucional, así como de sus funcionarios o agentes". Es decir, se ampara contra lesiones cometidas por poderes públicos, no contra leyes o normas con rango de Ley, ni contra actos cometidos por particulares . b) Ahora bien, hay que distinguir, a efectos de la interposición de los oportunos recursos, los siguientes tipos de amparo: Amparo para impugnar decisiones o actos sin valor de Ley, emanados de las Cortes o de cualesquiera de sus órganos, o de las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas, o de sus órganos, que violen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional : En este supuesto, el plazo previsto por el artículo 42 de la citada Ley Orgánica para interponer el recurso, es de tres meses desde que dichas decisiones o actos, con arreglo a las normas internas de las Cámaras, sean firmes . 2)
Amparo frente a violaciones de los derechos y libertades originadas por disposiciones, actos jurídicos o simple vía de hecho del Gobierno o de sus autoridades o funcionarios, o de los órganos ejecutivos colegiados de las Comunidades Autónomas o de sus autoridades o funcionarios o agentes : Para recurrir, además de haber agotado la víajudicial previa, se establece en el artículo 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional un plazo de veinte días desde la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial .
3)
Amparo frente a violaciones de derechos y libertades que tuvieran como origen inmediato y directo un acto u omisión de un órgano judicial : El plazo es, también, de 20 días desde su notificación . El artículo 44 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece los siguientes requisitos de este tipo de amparo : Es necesario haber agotado la vía judicial previa, de igual manera que en el supuesto anterior . La violación debe ser imputable de modo directo e inmediato a una acción u omisión del órgano judicial . El derecho constitucional vulnerado ha de haberse invocado formalmente en el proceso .
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4)
Amparo frente a las violaciones del derecho a la objeción de conciencia: La Ley Orgánica 8/1 .984, de 26 de diciembre, derogó el artículo 45 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que no exigía agotar la vía judicial previa. Con arreglo a la nueva normativa, denegada la solicitud por el Consejo Nacional de Objeción de Conciencia, el afectado tiene que acudir a la vía judicial previa, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales y contra la resolución judicial correspondiente cabe la vía de amparo ante el Tribunal constitucional.
c)
Por último digamos que están legitimados para interponer el recurso de amparo: - las personas directamente afectadas por la posible lesión; - el Defensor del Pueblo; - el Ministerio Fiscal .
d) Conflictos de competencias: Esta esfera de competencias del Tribunal Constitucional viene constituida por todos aquellos conflictos que surjan entre: El Estado y una o más Comunidades Autónomas . Dos o más Comunidades Autónomas entre si, si afecta al -ámbito de sus competencias. El Gobierno y el Congreso, el Senado, el Consejo General del Poder Judicial, o de cualquiera de estos órganos constitucionales entre si. Los municipios y las provincias, en defensa de la autonomía local, respecto a las normas del Estado con rango de Ley o las disposiciones con rango de Ley de las Comunidades Autónomas que lesionen la autonomía local constitucionalmente garantizada . . 11.4
EFECTOS DE SUS SENTENCIAS.
Para que una sentencia del Tribunal Constitucional tenga efectos, se exigen dos requisitos previos . - Que sea publicada en el B .O.E. - Que con el texto de la sentencia se publiquen los votos particulares de los magistrados, si los hubiere. Sus efectos son los siguientes: Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas . Las sentencias que declaren la inconstitucionalidad de unaLey o de una norma con fuerza de Ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienen plenos efectos frente a todos. Salvo que en el fallo se disponga de otra cosa, subsistirá la vigencia de la Ley en la parte no afectada por la inconstitucionalidad.
III .
EL DEFENSOR DEL PUEBL O.
Para defender a cualquier ciudadano que le reclame la protección de los derechos reconocidos en el Título primero, la Constitución crea el Defensor del Pueblo, cuyo origen más inmediato está en el Ombudsman sueco, que ha sido de gran aceptación en el moderno constitucionalismo de la segunda posguerra. 20
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La figura del Defensor del Pueblo se halla regulada por el artículo 54 de la Constitución y la Ley Orgánica 3/81 de 6 de abril . Se concibe como un órgano unipersonal, estando auxiliado por un Adjunto primero y un Adjunto segundo en los que podrá delegar funciones . Es comisionado de las Cortes Generales, es nombrado por estos, y toma posesión de su cargo ante las mesas del Congreso y Senado conjuntamente . Es libre e independiente para el cumplimiento de sus funciones, debiendo informar a las Cortes Generales de su actuación . - Funciones . En cuanto a sus funciones, la Constitución las matiza en un doble sentido: Es designado para la defensa de los derechos, y a este efecto podrá supervisar la actividad de la Administración . No es, por consiguiente, un instrumento de control político de las Cortes sobre el Gobierno, sino de la actividad administrativa, en la que, de acuerdo con el texto de la Constitución ("podrá supervisar"), debe tener poderes de inspección. En este sentido, puede solicitar de los poderes públicos todos los documentos que considere necesarios para el desarrollo de su función, incluidos aquéllos clasificados con carácter de secretos de acuerdo con la Ley. No sólo tiene esos poderes administrativos, sinoque la Constitución, con cierta originalidad, le atribuye una legitimación para interponer los recursos de amparo y de inconstitucionalidad (artículo 162). Y hay que subrayar que la interposición de este último recurso presupone un cierto grado de independencia del Defensor del Pueblo frente a las Cortes Generales, que le designan y le comisionan, ya que la Ley cuya constitucionalidad puede impugnar es obra de las Cortes . - Actuación . El Defensor del Pueblo actúa de oficio o por las quejas que recibe de los ciudadanos. La duración de su mandato será de 5 años . IV.
REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
El último Título de la Constitución -el Título X- se ocupa de la reforma de la Constitución, dedicando a dicha cuestión cuatro artículos : 166, 167, 168 y 169 . Los puntos más interesantes a considerar en este tema son los siguientes: IV.1
La iniciativa de reforma constitucional
Según el artículo 166 de la Constitución, la iniciativa de la reforma constitucional se ejercerá por el Gobierno, el Congreso de Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas, quedando expresamente prohibida la posibilidad de una reforma constitucional por la vía de la iniciativa popular. Por otra parte, no puede iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de los estados de alarma, excepción o sitio. (Art. 169).
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IV.2 reforma :
Procedimiento general de la reforma de la Constitución.
* De acuerdo con el artículo 167 de la Constitución, este procedimiento exige para la aprobación de la * Una mayoría de 3/5 de cada Cámara .
* Si no hay acuerdo entre las Cámaras, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado . * De no lograrse laaprobaciónmediante el procedimiento anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso por mayoría de dos tercios podrá aprobar la reforma . * Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los 15 días siguientes a su aprobación, unadécima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras . Este procedimiento general fue utilizado para la reforma de 27-8-92 de nuestra constitución . Fue una reforma con acuerdo entre las Cámaras y sin sometimiento a referéndum de ratificación . Se pudo utilizar este procedimiento porque el artículo I3.2 reformado no es cuestión esencial, según el artículo 168 de la Constitución. La reforma consistió en añadir las palabras "y pasivo" al apartado 2 del artículo 13 de la Constitución, que quedó redactado así : "Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o Ley para eí derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales" .
Esta reforma se efectuó para adaptar nuestra Constitución al artículo 8 B.1 del Tratado de la Unión Europea que establece que "todo ciudadano de la Unión que resida en un Estado miembro del que no sea nacional tendrá derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro en el que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado" .
IV .3
Procedimiento de reforma constitucional total o que afecte a cuestiones esenciales.
El artículo 168 de la Constitución consagra un sistema especial de rigidez constitucional que dificulta, singularmente, la posibilidad de una reforma total de la Constitución o de una reforma parcial que afecte a las siguientes cuestiones esenciales: Título preliminar : "Principios básicos de la Constitución" . Sección 1' del capítulo 2° del Título I : "Derechos fundamentales y libertades públicas" . Título II : "la Corona" . En estos supuestos, el procedimiento de reforma comprende las siguientes fases: 1ª .
28. 3a. 4a
22
Aprobación del principio de reforma (manifestación sobre su oportunidad y características generales) por mayoría de dos tercios de cada Cámara . Disolución inmediata de las Cortes . Las Cámaras elegidas deben ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación. Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 44 8 22 611447 98 97
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TEMA 2 LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO. EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID . LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO EN LA CONSTITUCIÓN . I.
INTRODUCCIÓN .
La organización territorial del Estado Español, prevista por la Constitución, comprende tres tipos de entes básicos : Municipios, Provincias y Comunidades Autónomas . Pues bien, el Título VIII de la Constitución establece unos principios generales para la organización territorial de estos entes, que son : a) Principio de Autonomía : La autonomía no es privativa de las Comunidades Autónomas, sino que alcanza las provincias y municipios. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses . b) Principio de solidaridad : Como ha señalado el profesor Trujillo, es evidente que la acentuación de los desequilibrios regionales existentes en el seno del Estado español es uno de los mayores riesgos de un sistema autonómico avanzado, si no se adoptan los adecuados correctivos para frenar la tendencia a la concentración de recursos y de población en determinadas áreas geográficas que se convierten así en privilegiadas. Por ello el artículo 138 de la Constitución dice que "las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas nopodrán implicar, en ningún caso privilegios económicos o sociales" . c) El principio de igualdad de los españoles en los territorios del Estado : Todos los españoles tienen los mismos derechos y las mismas obligaciones en cualquier parte del territorio nacional, en cualquier Comunidad Autónoma integrada en el Estado. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y de establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español .
EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. II.1 .
INTRODUCCIÓN .
El artículo 143-1 de la Constitución establece que puede constituirse en Comunidad Autónoma: "las provincias por sí solas que posean entidad regional histórica". La provincia de Madrid carecía de este requisito, y al quedar descolgada del proceso autonómico, la única posibilidad era la prevista en el artículo 144-a de la Constitución que dice lo siguiente : "Las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, podrán, por motivos de interés nacional:
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Temario Bomberos Ayuntamiento a) Autorizar la constitución de una Comunidad Autónomas cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143 ."
Las Cortes Generales, autorizarán a la provincia de Madrid, por razones de interés nacional, a constituirse en Comunidad Autónoma, mediante Ley Orgánica 6/82 de 7 de julio. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid fue aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero y publicado en el B.O.E . el 1 de marzo, siendo elegidos los representantes autonómicos por primera vez, el 8 de mayo de 1983 . Ha sido reformado tres veces mediante: * * *
La Ley Orgánica 2/91, de 13 de marzo (B.O.E. de 14 de marzo) . La Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo (B.O.E. del 25 de marzo) . Y por la Ley Orgánica 5/98, de 7 de julio (B.O.E. de 8 de julio) .
El Estatuto de Autonomía es la norma institucional básica de la CM (art. 1 EA), en la que se fija la estructura orgánica, las materias sobre las que asume competencias, así como los procedimientos y órganos de la Comunidad Autónoma encargados de desarrollar su actividad. Formalmente es una Ley Orgánica, pero sólo podrá ser reformado por el procedimiento en él establecido . El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid se estructura en 6 Títulos y un Título Preliminar, 64 artículos, dos disposiciones Adicionales, 7 Transitorias y una Disposición Final . Los Títulos son los siguientes : Título Preliminar (arts . 1 a 7), que recoge los Principios Básicos . Título I : "De la Organización institucional de la Comunidad de Madrid" (arts . 8 a 25) : - Capítulo I: "De la Asamblea de Madrid" . - Capítulo II : "Del Presidente" . - Capítulo III : "Del Gobierno". Titulo II : "De las competencias de la Comunidad" (arts . 26 a 33) . Título III : "Del Régimen Jurídico" (arts . 34 a 44) : - Capítulo I : "Disposiciones Generales" . - Capítulo II : " De la Administración" . - Capitulo III : "Del control de la Comunidad de Madrid". Título IV : " De la Organización Judicial" (art . 45 a 50) . Título V : "Economía y Hacienda" (arts . 51 a 63) . Título VI : "Reforma del Estatuto" (art. 64).
El Estatuto de la Comunidad de Madrid cumple plenamente lo dispuesto en el art . 147 . 2 de la Constitución, que hace referencia al contenido mínimo de los Estatutos de Autonomía Las características de la Autonomía madrileña serían las siguientes : La Ley Orgánica 5/98, de 7 de julio, ha dado una nueva redacción al artículo 1 .1 del Estatuto de Autonomía (entre otros), estableciendo : "Madrid, en expresión del interés nacional y de sus características sociales, económicas, históricas y administrativas, en el ejercicio del derecho a la autonomía que la Constitución española reconoce y garantiza, es una Comunidad Autónoma que organiza su autogobiemo de conformidad con la Constitución española y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica ". 1.
Ausencia de Régimen preautonómico . La Comunidad de Madrid, no ha tenido régimen provisional de autonomía .
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La Diputación provincial fue el organismo que asumió la gestión de los intereses de la Comunidad, desde que se aprobó el Estatuto hasta la constitución de los órganos de autogobierno . Momento en que cesó en sus funciones y asumiendo la Comunidad de Madrid todas las competencias, medios y recursos que correspondían a la Diputación Provincial. 2.
Denominación (art. 1 EA).
LaComunidad Autónoma de Madrid, segúnestablece el artículo 1 del Estatuto de Autonomía, se denomina Comunidad de Madrid . Territorio. (Art. 2 y 3 E .A .)
3.
"El territorio de la Comunidad Autónoma es el comprendido dentro de los límites de la provincia de
Madrid" .
La Comunidad de Madrid se organiza territorialmente en municipios, que gozan de plena personalidad jurídica y autonomía para la gestión de los intereses que le son propios . Los municipios podrán agruparse con carácter voluntario para la gestión de servicios comunes o para la coordinación de actuaciones de carácter funcional o territorial, de acuerdo con la legislación que dicte la Comunidad, en el marco de la legislación básica del Estado. Por Ley de la Asamblea de Madrid se podrá establecer, mediante la agrupación de municipios limítrofes, circunscripciones territoriales que gozarán de plena personalidad jurídica . 4.
Bandera, escudo, himno (Art. 4 E.A.).
La bandera de la CM es de color rojo carmesí con 7 estrellas en blanco, de cinco puntas, colocadas cuatro y tres en el centro del lienzo. El escudo de la Comunidad de Madrid se establece por Ley de la Asamblea. La Comunidad de Madrid tiene Himno propio, siendo éste establecido por Ley de la Asamblea. Se declara Fiesta de la Comunidad de Madrid el día 2 de mayo. La Ley 2/83, de 23 de diciembre (B.O.C.M. de 24 de diciembre) ha establecido la bandera, escudo e himno propio de la Comunidad . Esta Ley 2/83 ha sido modificada por el Decreto 27/1996, de 29 de febrero . Asimismo la ley 8/1984, de 25 de abril, (B .O .C.M . 14 de mayo) contiene la regulación de la fiesta de la Comunidad de Madrid. La Ley 3/1985, de 22 de marzo, establece la medalla de la CM, dividida en dos categorías, oro y plata; que es concedida a propuesta del Presidente de la Comunidad de Madrid por Acuerdo del Gobierno. 5.
Sede de las Instituciones (Art. 5 E.A.)
La capital de la Comunidad, sede de sus instituciones, es la Villa de Madrid, pudiendo sus organismos, servicios y dependencias localizarse en otros municipios del territorio de la Comunidad, de acuerdo con criterios de descentralización, desconcentración y coordinación de funciones.
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6.
La Villa de Madrid (Art. 6 E.A.)
La villa de Madrid, por ser la capital del Estado y sede de las instituciones generales, tendrá un régimen especial, regulado por Ley votada en Cortes . Dicha Ley determinará la relación entre las Instituciones estatales, autonómicas y municipales, en el ejercicio de sus respectivas competencias. 7.
Los ciudadanos (Art. 7 E.A.)
Gozan de la condición política de ciudadanos de la Comunidad de Madrid, los españoles que de acuerdo con las Leyes Generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de sus municipios . Los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid son los establecidos en la Constitución. Los 8. poderes de la Comunidad de Madrid . (Art. 8 E.A.) Se ejercen a través de sus instituciones de Autogobierno : - La Asamblea de Madrid. - El Gobierno. - El Presidente de la Comunidad . 11.2.
LA ASAMBLEA DE MADRID . Se encuentra regulada por las siguientes normas: 1.
Estatuto de Autonomía. Capítulo 1 del título I (Art. 9-16) .
2.
El Reglamento de la Asamblea de aprobado por el Pleno en su sesión de 30 de enero de 1997, publicado en el BOCM el 12 de febrero de 1997. Su aprobación y reforma requiere el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los Diputados, en una votación final sobre su totalidad .
11.2.1 . Concepto. (Art. 9 E.A.) Es el órgano legislativo y representativo del pueblo de la Comunidad de Madrid, ejerce la potestad legislativa de la Comunidad, aprueba y controla el Presupuesto de la Comunidad, impulsa, orienta y controla la acción de Gobierno y ejerce las demás competencias que le atribuyen la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico. 11.2.2. Composición y constitución . (Art. 10 E.A.) La Asamblea de Madrid es elegida por cuatro años; el mandato de los Diputados termina : * Cuatro años después de su elección. * El día de la disolución de la Cámara . "Si transcurrido el plazo de 2 meses, a partir de la primera votación de * * *
investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza de la Asamblea, convocándose de inmediato nuevas elecciones" (Art. 18-5).
La Asamblea de Madrid se constituye en una sola Cámara . La Asamblea estará compuesta por un Diputado por cada 50.000 habitantes o fracción superior a 25 .000. En la actualidad está compuesta por 102 Parlamentarios . La sede de la Asamblea es la Villa de Madrid.
11.2.3. Elecciones. (Art. 10 E.A. ). 1. 2. 26
La circunscripción electoral es la provincia. La elección se realizará por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 44 8 22 61/ 447 98 97
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3. 4. 5. 6.
7.
Convocatoria : las elecciones serán convocadas por el Presidente de la Comunidad . (Las primeras elecciones a la Asamblea fueron convocadas por el Presidente del Gobierno) . Distribución de escaños : La elección se calificará atendiendo a criterios de proporcionalidad Para la distribución de escaños sólo serán tenidas en cuenta las listas que hubieran obtenido al menos, el cinco por ciento de los sufragios validamente emitidos . Celebración de elecciones : Las elecciones tendrán lugar el cuarto domingo de mayo cada cuatro años. Constitución de la Asamblea: Celebradas las elecciones a la Asamblea, los Diputados deberán ser convocados para la sesión constitutiva de la Asamblea el día y hora fijados en el Decreto de convocatoria; en su defecto, la Asamblea se constituirá a las doce horas del vigésimo quinto día siguiente a la proclamación de los resultados electorales si fuera hábil o, en caso contrario, a las doce horas del inmediato día hábil anterior . La sesión constitutiva de la Asamblea será presidida inicialmente por el Diputado electo de mayor edad de los presentes asistido, en calidad de secretarios, por los dos más jóvenes . La constitución de la Asamblea será notificada por el Presidente de la Asamblea al Rey, al Senado, al Gobierno de la Nación y al Presidente de la Comunidad Autónoma . Electores : Serán electores y elegibles todos los madrileños mayores de 18 años de edad, que estén en pleno goce de sus derechos políticos . 11.2.4. Diputados
Régimen Jurídico : (Art. 11 E.A) Los Diputados serán los miembros de la Asamblea de la Comunidad, y tendrán los siguientes derechos y obligaciones : 1. 2.
Mandato imperativo : Los Diputados no estarán ligados por mandato imperativo. Retribuciones : Los Diputados percibirán una asignación económica suficiente, que les permita cumplir eficaz y dignamente su función. La Mesa de la Asamblea fijará cada año la cuantía de la asignación económica, dentro de las correspondientes asignaciones presupuestarias, garantizando en todo caso su adecuada relación con la responsabilidad y dedicación de los Diputados .
3.
Tratamiento : * El presidente de la Asamblea tiene tratamiento de EXCELENCIA . * Los Diputados tienen tratamiento de ILUSTRÍSIMA, excepto en los actos parlamentarios que usarán el tratamiento de SEÑORÍA . * Por excepción, los Diputados que hayan formado parte de la primera legislatura, mantendrán de forma vitalicia el tratamiento . Incompatibilidades : Será regulado por una Ley de la Asamblea; las causas de incompatibilidad e inelegibilidad para las elecciones a la misma . (Ley 11/1986 de 16 de diciembre de régimen electoral). Son incompatibles en los siguientes casos :
4.
Miembros de la Familia Real . Los Presidentes del Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, Consejo de Estado, Tribunal de Cuentas. Magistrados del Tribunal Constitucional, altos cargos de la Administración y en general todos los supuestos previstos en los articulos 6 y 7 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General . Directores Generales, Secretarios Generales Técnicos, Directores de Servicios de la Comunidad de Madrid, y quienes desempeñen cargos de igual rango. El Director General del Ente Público Radio Televisión Madrid . Los Parlamentarios de las Asambleas de otras Comunidades Autónomas . El Presidente del Tribunal de Defensa de la Competencia . Los Presidentes de los Consejos de Administración (salvo que se trate de un miembro del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid), Consejeros Delegados, Gerentes y cargos únicos equivalentes . Los asesores del Presidente de la Comunidad.
5.
Inviolabilidad : Los Diputados no podrán ser procesado o perseguidos, por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, aún después de haber cesado en su mandato .
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6.
Inmunidad : Durante sumandato los Diputados no podrán ser detenidos ni retenidos por actos delictivos, sino en el caso de flagrante delito . La responsabilidad penal será exigible: * Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Si el acto delictivo es cometido en el territorio de la comunidad. * Tribunal Supremo (Sala de lo Penal) . Si el acto delictivo es cometido fuera del territorio de la Comunidad .
7.
Adquisición de la Condición de Diputado. Para adquirir la plena condición de diputado deberán de cumplimentar los siguientes requisitos:
a) Presentar en la Secretaría General la correspondiente credencial, expedida por la Junta Electoral Provincial de Madrid . b) Deberán cumplimentar una declaración de actividades, que se inscribirán en un Registro de Intereses, constituido en la Asamblea, bajo la dependencia directa de la Mesa y la custodia de la Secretaría General de la Asamblea. El contenido del Registro de Intereses tendrá carácter de público . c) Se requiere prestar, en la primera sesión del Pleno a la que asista, la promesa o Juramento de acatamiento de la Constitución y del Estatuto de Autonomía. 8.
Derecho de asistencia . Los Diputados tendrán derecho a asistir, con voz y con voto, a las sesiones del Pleno y de las Comisiones de las que formen parte. Podrán asistir, con voz y sin voto, a las comisiones que no formen parte, excepto a aquellas comisiones que tengan el carácter de secreto. Los diputados tendrán derecho a formar parte, al menos, de una Comisión.
9.
De los Grupos Parlamentarios . Los Diputados, en número no inferior a 5, podrán constituirse en Grupo Parlamentario . Los Diputados sólo podrán pertenecer al Grupo Parlamentario correspondiente a la formación política en cuya candidatura hubieran concurrido a las elecciones autonómicas o, en su caso, al Grupo Mixto. Cada Diputado sólo podrá pertenecer a un Grupo Parlamentario . 11.2.5. Funcionamiento
1.
Reglamento : Art. 12 E.A.
El Reglamento de la Asamblea determinará, de acuerdo con lo establecido en el E.A . las reglas de organización y funcionamiento de la Asamblea, especificando, en todo caso, los siguientes extremos: - Relaciones entre la Asamblea y el Gobierno. - Número mínimo de Diputados necesario para la formación de Grupos Parlamentarios . - La composición y funciones de la Mesa, las Comisiones y la Diputación Permanente . - Función de la Junta de Portavoces . - Publicidad de sesiones, quórum y mayorías requeridos . - El procedimiento legislativo . - Procedimiento de selección de los Senadores representantes de la CM. 2.
órganos : Art. 13 E.A. En la Asamblea existían los siguientes órganos :
a) Presidente de la Asamblea : Ostenta la suprema representación unipersonal de la Asamblea, asegura la buena marcha del trabajo parlamentario, dirige los debates y mantiene el orden de los mismos . Será elegido de entre los diputados de la Asamblea por votación secreta, en la cual cada Diputado escribirá un solo nombre en una papeleta . Resultará elegido aquél que obtenga la mayoría absoluta en primera 28
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votación; si nadie la obtuviese, se repetirá la elección entre los dos Diputados que hubiesen obtenido el mayor número de votos en la anterior votación, resultando elegido el que obtenga más votos en la nueva votación (mayoría simple). b) La mesa: Es el órgano rector de la Asamblea y ostenta la representación colegiada de ésta en los actos a los que asista . Está formada además del Presidente, por tres Vicepresidentes y tres Secretarios, elegidos por el Pleno en la sesión constitutiva de la Asamblea, de entre los Diputados . c) La Diputación Permanente : Regulada su composición y procedimiento de elección en el Reglamento . Está compuesta por el Presidente de la Asamblea, por los restantes miembros de la Mesa y por un número de Diputados que, con un mínimo de 20, establezca la Mesa oída la Junta de Portavoces ; los cuales representan a los Grupos Parlamentarios en proporción a la importancia numérica en la Asamblea, garantizándose en todo caso el derecho de los Grupos Parlamentarios a contar, como mínimo, con un representante . Los miembros de la Diputación Permanente serán designados por el Pleno, a propuesta de los Grupos Parlamentarios . La Diputación Permanente funcionará en los siguientes casos : - Entre los períodos de sesiones ordinarias . - Expiración del mandato de la Asamblea - Disolución de la Asamblea. Reunida de nuevo la Asamblea, la Diputación Permanente rendirá cuenta de los asuntos tratados y decisiones adoptadas . d) El Pleno : Es el órgano supremo de la Asamblea. Será convocado por el Presidente de la Asamblea, a iniciativa propia o a petición, al menos, de un Grupo Parlamentario o de la quinta parte de los Diputados . El Pleno se reunirá en sesiones que pueden ser: d.1 Ordinarias : Se celebran en dos períodos de sesiones comprendidos entre septiembre y diciembre, y febrero y junio . La Mesa fijará el calendario de días hábiles para su celebración, teniendo en cuenta los siguientes criterios : * * * *
Sólo se tendrán en cuenta los días comprendidos entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre, y entre el 1 de febrero y el 30 de junio . Serán excluidos del cómputo los días comprendidos en la última semana completa de cada mes . De cada semana completa se contarán los días comprendidos entre el lunes y el viernes, ambos inclusive, salvo festivos o feriados . Las sesiones ordinarias tendrán lugar en día hábil, una vez por cada semana, y se celebrarán el jueves que corresponda, si fuese hábil, en su defecto, el inmediato día anterior o posterior al señalado.
d.2. Extraordinarias : Serán convocadas por el Presidente, con especificación del orden del día, a petición del Consejo de Gobierno, Diputación Permanente, cuarta parte de los Diputados o por los Grupos Parlamentarios . El Orden del día del Pleno será fijado por el Presidente de acuerdo con la Junta de Portavoces y el de la Comisiones por su respectiva Mesa de acuerdo con el Presidente de la Asamblea.
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Temario Bomberos Ayuntamiento En cuanto a las Votaciones : Para la deliberación y adopción de acuerdos, la Asamblea y sus órganos deberán estar reglamentariamente reunidos y con asistencia de la mayoría de sus miembros a no ser que se exijan otras mayorías más cualificadas . e) La Junta de Portavoces : La Constituyen los Portavoces de los Grupos Parlamentarios . Se reunirán bajo la presidencia del Presidente de la Asamblea y a sus sesiones asistirán además, al menos, un Vicepresidente y un Secretario de la Mesa. Los acuerdos de la Junta de Portavoces se adoptarán siempre en función del criterio de voto ponderado f) Las Comisiones : Son los grupos de trabajo en que se divide la Asamblea . Los miembros de las Comisiones serán designados ante la Mesa por los Grupos Parlamentarios . Cada Comisión que se constituya contará con una Mesa, que estará compuesta por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario . Las Comisiones se constituirán en permanentes y no permanentes . * Las Comisiones Permanentes : Se constituirán al inicio de cada legislatura por la Mesa de la Asamblea, previo parecer favorable de la Junta de Portavoces, dentro de los 20 días siguientes a la sesión constitutiva de la Asamblea . Las Comisiones Permanentes se dividen en : 1.
Comisiones Permanentes Legislativas : que son: Comisión de Estatuto de Autonomía, reglamento y Estatuto del Diputado . Comisión de Presupuestos . Comisión de Mujer. Comisión de Juventud . Las que se constituyan de acuerdo con la estructura orgánica departamental del Consejo de Gobierno .
2.
Comisiones Permanentes no Legislativas : que son : Comisión de Vigilancia de Contrataciones . Las que se constituyan en virtud de una disposición legal.
* Las Comisiones no Permanentes : se crearán eventualmente para un fin concreto, extinguiéndose a la finalización del trabajo encomendado . Tales Comisiones podrán ser de investigación o de estudio . 11 .2 .6 . Competencias . (Art . 15 y 16 E .A .) 1 . Potestad Legislativa . La Asamblea, ejerce la potestad administrativa en las materias de competencia exclusiva de la C .M . recogidas en el art . 26 del EA . Igualmente ejerce la potestad legislativa en las materias previstas en el art . 27, así como en aquellas materias que sean transferidas o delegadas por el Estado, a una comunidad Autónomas, según lo previsto en el artículo 150 (1 y 2) de la Constitución . 2 . Iniciativa legislativa . Según el Estatuto de Autonomía, y la Ley 6/86 de 25 de junio sobre iniciativa popular y de los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid . Los órganos que poseen la iniciativa legislativa son: a) Los Diputados . b) Los Grupos Parlamentarios . 30
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c) El Consejo de Gobierno. d) La iniciativa popular con los siguientes requisitos : Recogida de 50 .000 firmas de ciudadanos madrileños . Plazo máximo de tres meses. A contar desde la comunicación a la mesa de la Asamblea. Intervención de fedatario . Control de la Mesa de la Asamblea. e) Los Ayuntamientos : Requisitos: - Acuerdo por mayoría absoluta del pleno de la corporación . - Que concurra alguna de estas circunstancias : * Tres o más Ayuntamientos (Con un censo superior a 50.000 hab . en su conjunto) . * Diez o más ayuntamientos limítrofes. - Se excluye de la incitativa popular y de las de los ayuntamientos : * Materias tributarias . * Organización de las instituciones de Autogobierno . * Las relativas a materias propias de Ley Orgánica, de carácter internacional, o a la prerrogativa del Derecho de Gracia. 3 . La Asamblea podrá delegar la potestad de dictar normas con rango de Ley en el Gobierno. 4. Elección del Presidente de la Comunidad . 5 . Control del Gobierno . 6. La Aprobación y el control de los Presupuestos y de las Cuentas de la Comunidad . 7. El conocimiento y control de los Planes económicos. 8. Acordar operaciones de crédito y deuda pública . 9. Ordenación básica de los órganos y servicios de la Comunidad . 10. Control de los medios de comunicación social dependientes de la Comunidad de Madrid, Ley 13/1984, de 30 de junio del Ente Público, Radio-televisión Madrid . 11 . Establecer y exigir tributos. Ley 5/1986 de 25 de junio de tasas. 12. Recurso de inconstitucionalidad . A tenor del artículo 162-1-a dé la Constitución, las Asambleas de las Comunidades Autónomas pueden interponer Recurso de Inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de Ley. 13. La iniciativa legislativa. La Asamblea de la Comunidad, posee iniciativa legislativa, ante las Cortes Generales (Art. 87-2 de la Constitución) por dos vías, que son : a) Proyecto de Ley. Solicitando al Gobierno de la nación la adopción del mismo. b) Proposición de Ley. Remitiéndolo a laMesa del Congreso, y delegando ante dicha Cámara, un máximo de tres miembros de la Asamblea, encargados de sir defensa. 14. Designación de los Senadores. Según lo establecido en el artículo 69-5 de la Constitución. La Asamblea de la Comunidad, y en proporción al número de miembros de los grupos políticos representados en la Asamblea, designarán a un Senador, y otro más por cada millón de habitantes. El mandato de estos en el Senado, estará vinculado a su condición de miembros de la Asamblea de Madrid . Tecni Gap C/ Garcia de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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15. Ratificar los convenios que la Comunidad concluya con otras Comunidades Autónomas . a) Los convenios relativos a la gestión y prestación de los servicios propios de las Comunidades . Serán comunicados a las Cortes Generales . b) El resto de los acuerdos, necesitarán la autorización previa de las Cortes Generales . 16. La recepción de la información que facilitará el Gobierno de la Nación sobre los tratados y convenios internacionales y proyectos de normativa aduanera en cuanto se refieran a materias de específico interés para la Comunidad de Madrid. 17. La fijación de las previsiones de índole política, social y económica que, de acuerdo con la Constitución haya de suministrar la Comunidad de Madrid al Gobierno de laNación para la elaboración de proyecto de planificación. 18 . La aprobación de planes generales de fomento relativos al desarrollo económico de la Comunidad de Madrid, en el marco de los objetivos señalados por la política económica nacional. 19. Cuantos otros poderes, competencias y atribuciones le asignen la Constitución, el presente Estatuto ylas Leyes. 11.3.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 11.3.1. Concepto. Se encuentra regulado en las siguientes normas : Estatuto de Autonomía, Título I, Capítulo II (Arts . 17-21) Ley 1/1983 de 13 Diciembre. Gobierno y Administración de la Comunidad . Ley 6/1989 de 6 de abril, que reforma la anterior. A tenor de lo anterior, podemos dar el siguiente concepto : "El Presidente de la Comunidad de Madrid ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en la misma, preside y dirige la actividad del Consejo de Gobierno, designa y separa a los Consejeros y coordina la Administración" .
11.3.2. Elección y nombramiento. Después de cada renovación de la Asamblea, y enlos supuestos que se produzca vacante en laPresidencia de la Comunidad, el Presidente de la asamblea, inicia el proceso para la elección y nombramiento . Tiene las siguientes fases: a) b)
c) d)
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Consultas del Presidente de la Asamblea a los representantes de los grupos políticos con representación en la Asamblea para que propongan el nombre de un Diputado como candidato a la Presidencia de la CM. Propuesta por parte del Presidente de la Asamblea, deberá formalizarse en el plazo máximo de 15 días desde la constitución de la Asamblea, fijando la fecha de celebración de la sesión de investidura, que tendrá lugar entre el tercer y séptimo día siguiente a la formalización de la propuesta, convocando el Pleno a tal fin. El candidato propuesto, expone ante laAsamblea su programa político de Gobierno, solicitando la confianza de la Asamblea. La Asamblea vota la confianza al candidato. d.1. Si la concede por Mayoría Absoluta ; elRey le nombra Presidente de la Comunidad . Se nombra por Real Decreto refrendado por el Presidente del Gobierno.
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d.2 . d.3. e)
Si no se obtiene mayoría absoluta, se somete a nueva votación, pasadas 48 horas, donde sólo se exige mayoría simple . Si tampoco obtiene la mayoría simple, se tramitarán sucesivas propuestas, con nuevos candidatos, en la forma descrita anteriormente .
Si en el plazo de dos meses, desde la primera votación ningún candidato obtiene la confianza de la Cámara, esta queda disuelta, convocándose de inmediato nuevas elecciones .
Una vez que es elegido y en su caso nombrado el Presidente de la C.M. este mantiene relaciones con la Asamblea a través de dos mecanismos. - Cuestión de confianza (Art . 19) . - Moción de Censura (Art. 20) . Cuestión de confianza : Es una facultad del Presidente de la Comunidad, que puede presentar en escrito motivado ante la Mesa de la Asamblea, previa deliberación del Consejo de Gobierno . La confianza puede versar sobre su programa o una declaración de política general . La confianza se otorga por mayoría simple y supone un reforzamiento del Presidente . Si se niega la confianza, el Presidente de la CM presentará su dimisión ante la Asamblea, cuyo Presidente convocará en el plazo máximo de 15 días la sesión plenaria donde se procederá a la elección de nuevo Presidente, según el procedimiento anterior . Moción de censura : Es una medida de control de la Asamblea sobre el Presidente o su Gobierno, su mecanismo es el siguiente: a) b) c) d) e)
Ha de ser propuesta como mínimo por un quince por ciento de los Diputados . La moción, ha de incluir un candidato a la Presidencia (Moción de Censura constructiva). La votación no se podrá ser votada hasta que transcurran 5 días desde su presentación. Si la Moción no se aprueba, sus signatarios no pueden presentar otra durante el mismo período de sesiones . La Moción se aprueba por mayoría absoluta.
En este caso, el Presidente junto con su Gobierno cesará , y el candidato incluido en la Moción, será nombrado Presidente de la CM por el Rey . Disolución anticipada de la Asamblea: El Presidente de la Comunidad de Madrid, previa deliberación del Gobierno y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución de la Asamblea con anticipación al término natural de la legislatura . La disolución se formalizará por Decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en el mismo los requisitos que exija la legislación electoral aplicable. En todo caso, la nueva Cámara que resulte de la convocatoria electoral tendrá un mandato limitado por el término natural de la legislatura originaria. El Presidente no podrá acordar la disolución de la Asamblea Durante el primer periodo de sesiones de la legislatura. Cuando reste menos de un año para la terminación de la legislatura . Cuando se encuentre en tramitación una moción de censura. Cuando esté convocado un proceso electoral estatal . Cuando no haya transcurrido un año desde la anterior disolución . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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11.3.3 . Responsabilidad y Presidente interino. El Presidente de la Comunidad, tiene una triple responsabilidad . a) b) c)
Responsabilidad Política (Art. 22) ; responde de su gestión ante la Asamblea de la Comunidad . Responsabilidad Penal (Art. 24) ; será exigible ante la Sala 1I de lo Penal del Tribunal Supremo . Responsabilidad Civil (Art. 24) ; será exigible ante la Sala I de lo Civil del Tribunal Supremo .
11.3.4. Incapacidad . Si el Presidente se encuentra imposibilitado física omentalmente de forma transitoria para el desempeño de sus funciones, se propondrá un Presidente interino . El régimen será : a) b) c) d) e) f)
g)
La iniciativa partirá del Consejo de Gobierno, apreciado por los cuatro quintas partes de sus miembros. La iniciativa se comunicará al Presidente de la Asamblea, en el plazo de 48 horas (incluyendo el nombre del Presidente interino) . El Pleno de la Asamblea, puede revocar el acuerdo, por mayoría absoluta. Mientras dure la incapacidad, el Presidente interino ejercerá las funciones de Presidente . La situación de interinidad, no podrá ser superior a dos meses, prorrogables por otros dos (previo acuerdo por mayoría absoluta de la Asamblea) . El Presidente interino tendrá las siguientes limitaciones: - No podrá definir el programa de gobierno . - Designar y separar consejeros . - Plantear la cuestión de confianza . - Ser sometido a una Moción de Censura . El orden de sustitución, será el siguiente: - Los vicepresidentes según su orden. - Las diferentes consejerías.
11.3.5. Funciones . Las funciones del Presidente de la Comunidad las podemos agrupar en distintos conceptos : 1.
Como supremo representante de la Comunidad Autónoma : a) b) c)
2.
Ostentar la alta representación de la CM en las relaciones con las demás instituciones del Estado y sus Administraciones . Firmar convenios y acuerdos de cooperación con otras CC .AA . Convocar elecciones a la Asamblea de Madrid.
En su condición de representante ordinario del Estado en la Comunidad Autónoma : a) b) c)
Promulgar, en nombre de Rey, las leyes de la Asamblea y los Decretos legislativos, y ordenar su publicación en el plazo de 15 días desde su aprobación en el B.O.C.M. así como en el BOE . Mantener relaciones con la Delegación del Gobierno. Ordenar la publicación en el BOCM el nombramiento del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
3.
En su condición de Presidente del Consejo de Gobierno le corresponde entre otras las siguientes funciones :
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a) b) c) d) e) f) g) h) 4.
Nombrar y separar a los Consejeros y Vicepresidente/s . Establecer directrices generales en la acción del Gobierno . Convocar las reuniones del Consejo de Gobierno . Firmar los Decretos acordados en Consejo de Gobierno y ordenar su publicación . Así mismo, firmar los Acuerdos . Solicitar dictamen del Consejo de Estado cuando proceda. Asegurar la coordinación de las Consejerías y resolver los conflictos de competencias entre las mismas. Autorización de los gastos que le corresponden. Solicitar, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, que la Asamblea se reúna en sesión extraordinaria.
Delegar funciones ejecutivas y de Representación . a) b)
En los Vicepresidentes o Consejeros. Informado en 48 horas a la Asamblea.
11.3 .6.
Cese.
El Presidente de la CM cesará en los siguientes casos : 1. 2. 3. 4. 5. 6.
11.4 .
Renovación de la Asamblea : Cada vez que se celebren elecciones autonómicas . Aprobación de una Moción de Censura . Pérdida de la Cuestión de confianza . Dimisión. Que ha de ser comunicada formalmente al Presidente de la Asamblea. Fallecimiento . Incapacidad Permanente (Física o mental) Se produce cuando queda, inhabilitado para el ejercicio de su cargo de forma permanente . Distinto es, y no hay que confundirla con la Incapacidad Transitoria en donde se nombra un Presidente Interino.
EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID . 11.4.1.
Régimen Jurídico.
Su estructura, organización y funcionamiento se encuentra regulado en las siguientes normas : - Cap . III, del título 1 del Estatuto de Autonomía. (Arts. 21-24. - Ley 1/1983 de 13 de diciembre, Gobierno y Administración de la Comunidad. - Ley 6/1989 de 6 de abril, que modifica algunos artículos de la anterior . Según las anteriores normas se puede dar el siguiente concepto :
"Es el órgano colegiado que dirige la política de la Comunidad de Madrid, correspondiéndole las funciones ejecutivas y administrativas, así como el ejercicio de la potestad reglamentaria en materias no reservadas en el Estatuto a la Asamblea" .
11.4.2. Organización . El consejo de Gobierno de la CM estará formado por los siguientes órganos : - El Presidente . - Los Consejeros. - Los Vicepresidentes . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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En la actualidad, el número de consejerías son las siguientes, según la última modificación producida por Decreto 96/2000 de 26 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOCM de 29 de mayo) . 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Presidencia y Hacienda. Justicia, Función Pública y Administración Local. Economía y Empleo . Obras Públicas, Urbanismo y Transportes . Educación . Medio Ambiente. Sanidad. Cultura . Servicios Sociales .
Se designará un Vicepresidente de entre los titulares de las Consejerías, siendo en la actualidad designado como tal, el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes . Las consejerías pueden variar su número y denominación, mediante Decreto del Consejo de Gobierno, o Presidente de la Comunidad al inicio de cada legislatura . 11.4.3. Competencias del Gobierno. Son las siguientes a tenor del artículo 21 de la Ley de Gobierno y Administración: 1. 2. 3. 4. 5. 6. ' 7. 8. 9. 10. 11 . 12 . 13. 14. 15. 16. 17.
Dirigir la política de la Comunidad de Madrid. Deliberar sobre la cuestión de confianza, que el Presidente propone plantear a la Asamblea. Petición de sesión extraordinaria de la Asamblea. Aprobar los Proyectos de Ley . Dictar Decretos Legislativos previa autorización de la Asamblea. Cumplir y ejecutar las leyes y resoluciones de la Asamblea. La Potestad reglamentaria; desarrollando y ejecutando las leyes de la Asamblea de Madrid . Aprobar el Proyecto de Presupuesto anual de la CM. Aprobar los Reglamentos Generales de los tributos propios de la CM. Elaborar los Proyectos de Convenios y de Acuerdos de cooperación con otras Comunidades . Recursos de Inconstitucionalidad y conflictos de competencias ante el Tribunal Constitucional . Nombramiento y cese de cargos de la Administración Autonómica con categoría igual o superior a Director General . Autorizar la celebración de contratos, cuando su cuantía exceda de lo que la Ley de Presupuestos, fije como atribución del Consejero . Resolver los recursos que se interpongan ante el mismo . Aprobar, la estructura y plantilla orgánica de las diferentes consejerías, y la creación, modificación o supresión de las unidades superiores a Sección . Ejecutar todas las acciones que correspondan en vía jurisdiccional. Cualesquiera otras competencias que le asignen el E.A. y las leyes .
11.4.4. Nombramiento y Cese Los miembros del Gobierno, serán nombrados y cesados libremente por el Presidente de la Comunidad . Para ser miembro del Gobierno, no es necesario ser Diputado de la Asamblea. El Gobierno, cesará también en todos los casos en que cese el Presidente. El Gobierno cesante continuará en funciones, hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.
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11.4.5. Responsabilidad El Gobierno, al igual que su Presidente, tiene una triple responsabilidad : Política : responde solidariamente ante la Asamblea de su gestión llevada a cabo, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada consejero . Penal : La responsabilidad Penal, será exigible ante la Sala II de lo Penal del Tribunal Supremo . Para los Consejeros, y por lo hechos realizados en el territorio de la CM su responsabilidad Penal, será exigible ante el Tribuna Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid. Civil: Al igual que la Penal, será exigible ante las salas respectivas de lo civil, del Tribunal Supremo, o Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad, según corresponda . 11.4.6. Incompatibilidades . El régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Comunidad de Madrid, se encuentra regulado en la Ley I4/95, de 21 de abril, de incompatibilidades de los miembros del Consejo de Gobierno y altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid. La aprobación de esta Ley, se justifica por dos principios fundamentales : La dedicación plena y exclusiva de los miembros del gobierno al cargo desempeñado . El alto desempleo registrado, en una situación de crisis económica . Principio General . El desempeño de las funciones de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se ejercerá bajo el principio de incompatibilidad. Ámbito subjetivo . El régimen de incompatibilidades previstas en la Ley, se aplicará a los siguientes cargos de la Comunidad de Madrid: 1. 2. 3. 4. 5. 6.
Presidente y Vicepresidente o vicepresidentes del Consejo de Gobierno. Consejeros y Viceconsejeros del mismo . Secretarios Generales Técnicos, Directores Generales y cualquier otro cargo del mismo rango . Interventor General. Tesorero General . Gerente y demás cargos directivos de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
Régimen Jurídico. 1 . Incompatibilidad general . El desempeño de los cargos del apartado anterior, será incompatible con el ejercicio de cualquier otra función o actividad pública que no derive de aquellos . (Excepto la condición de Diputado de la Asamblea), y, con toda actividad laboral, profesional o empresarial.
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Temario Bomberos Ayuntamiento 2. Excepciones . El ejercicio de las funciones anteriores podrá compatibilizarse : 1.
Con el ejercicio de funciones representativas en organismos, corporaciones, fundaciones e instituciones análogas cuyos puestos corresponda designar a los organismos institucionales de la C.M.
2.
Con la Administración de su patrimonio personal o familiar.
3.
Con el ejercicio de funciones docentes .
3. Derechos pasivos . El ejercicio de los cargos enumerados anteriormente, será incompatible con la percepción de pensiones de derechos pasivos o de cualquier régimen de Seguridad Social público y obligatorio (excepto viudedad e indemnización por accidente). 4. Declaración notarial. Los titulares de los cargos señalados anteriormente, deberán formular declaración notarial comprensiva de las actividades desempeñadas durante al menos el último año anterior a su toma de posesión . Dichas declaraciones se presentaran en el Registro de Actividades de Altos Cargos en el plazo improrrogable de 2 meses. Igualmente, están obligados a formular ante el Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales una declaración notarial comprensiva de la totalidad de sus bienes derechos y obligaciones, en el plazo de 2 meses siguientes a la toma de posesión y anualmente, durante el mes de julio, deberán presentarse copia de las declaraciones tributarias del IRPF y del impuesto de Patrimonio en su caso. .11 .4.7. Funcionamiento. El Gobierno se reunirá con una periodicidad igual o menor a quince días: - Previa convocatoria : - De su Presidente, a la que acompañara el orden del día. - De las cuatro quintas partes de sus miembros, en los supuestos de incapacidad o cese del presidente - Sin convocatoria : Cuando estén presentes todos sus miembros y así lo decida el Presidente . Para que el Consejo quede válidamente constituido, han de estar presentes : - El Presidente o sustituto . - La mitad de los Consejeros, como mínimo. Los acuerdos del Gobierno, como regla general, se adoptan por mayoría simple . En caso de empate, decide el voto del Presidente . Los acuerdos del Gobierno, una vez adoptados, deberán constar en acta, que extenderá el Consejero de la Presidencia en calidad de Secretario del Consejo. El Gobierno puede actuar : 38
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En Pleno : Cuando están convocados el Presidente y todos los Consejeros .
- En Comisiones Delegadas : Su régimen jurídico es el siguiente: Pueden ser temporal o permanente. Se crean, para asuntos que afecten a dos o más Consejerías . La Presidencia corresponde al Presidente de la C .M., que puede delegar en el Consejero de Presidencia . 11.4.8 . Los Vicepresidentes . Pueden ser nombrados y cesados libremente por el Presidente . Pueden ser uno o varios . Han de reunir la condición de Consejero . Según el orden de su nombramiento, los Vicepresidentes, sustituyen al Presidente en los casos de Incapacidad y Cese. Tienen funciones Ejecutivas y de Representación . El Cese como consejero lleva aparejado su cese como Vicepresidente . 11.4.9. Los Consejeros . Son nombrados y cesados libremente por el Presidente, y cesan además, en todos los casos en que cesa el Presidente y el Gobierno . 1 . Régimen Jurídico: Tienen tratamiento de Excelencia . Tienen el mismo régimen de incompatibilidades que el Presidente. Sus retribuciones no pueden ser superiores a las asignadas para los Directores Generales tipo A en los P.G.E. 2 . Funciones : Velar por el exacto cumplimiento de las Leyes y Resoluciones de la Asamblea. Formular el Anteproyecto de presupuesto anual de su Consejería. Proponen al Consejo, los Anteproyectos de Ley yproyectos deDecreto, relativos a su Consejería. Elaborar y proponer el programa de actuación de su consejería. Proponer los nombramientos y ceses que deban ser comprobados por el Consejo de Gobierno .
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-ANEXODISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE EL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS . El principal problema que plantea la estructuración del Estado de las autonomías es precisamente el de las competencias, es decir, la delimitación de las materias que pueden incorporarse como contenido de los Estatutos de Autonomía. De la lectura de la Constitución, podemos deducir la existencia de tres tipos de competencias: a) Competencias básicas que pueden asumir las Comunidades Autónomas : - La lista de estas competencias aparece recogida en el artículo 148 de la Constitución, pudiendo agruparse así : Funciones organizativas : - Organización de instituciones de autogobierno - Alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio . - Ordenación del territorio . Funciones de administración y fomento económico. Obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio Ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma. Agricultura, Ganadería y Montes . Aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma ; aguas minerales y termales. Pesca en aguas interiores ; marisqueo y acuicultura ; caza y pesca fluvial Ferias interiores. Fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional. Funciones de naturaleza cultural y de bienestar social . Protección del medio ambiente. Artesanía Museos, bibliotecas y conservatorios de música Patrimonio monumental Fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma. Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial . Asistencia social . Sanidad e higiene . Ahora bien, estas competencias de las Comunidades Autónomas pueden ampliarse . Pudiéramos decir que las materias del artículo 148 significan un nivel mínimo de competencias a asumir por las Comunidades Autónomas . Según la Constitución, el nivel mínimo de competencias de las Comunidades Autónomas puede ampliarse dentro del marco establecido en el artículo 149.
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a) Transcurridos 5 años, si se llegó al Estatuto de Autonomía a través del artículo 143 . (Debe citarse aquí la Ley Orgánica 9/1992, de 23 de diciembre, cuyo objeto es transferir competencias de titularidad estatal a las Comunidades Autónomas que accedieron a la autonomía por la vía del artículo 143 de la Constitución) . b) Sin necesidad de dejar transcurrir dicho plazo, si se accedió a la autonomía en virtud del art . 151 . b) Competencias exclusivas correspondientes al Estado: La relación de competencias exclusivas del Estado viene detallada en el art . 149 de la Constitución. Ahora bien, este artículo está abierto en muchos de sus apartados a la posibilidad de transferencias en determinados aspectos de la cuestión de que se trate, surgiendo así las competencias compartidas o concurrentes que después estudiaremos . Del listado de competencias del art . 149, son verdaderamente exclusivas del Estado las que a continuación relacionamos, agrupadas temáticamente de acuerdo con Fernández Vega y Mariscal de Gante. Nacionalidad y extranjeria. - Nacionalidad - Inmigración - Derecho de asilo
- Emigración - Extranjería
Asuntos exteriores. - Relaciones internacionales - Sanidad exterior - Comercio exterior - Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental contra exportación y la expoliación . Defensa. - Defensa y Fuerzas Armadas . - Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos . Justicia. - Administración de Justicia Finanzas. -
Sistema monetario Divisas, cambio y convertibilidad Bases de la ordenación de crédito, banca y seguros . Régimen aduanero y arancelario. Hacienda general y Deuda del Estado.
Servicios de carácter nacional. Marina mercante y abanderamiento de buques ; iluminación de costas y señales marítimas ; puertos de interés general . Tránsito y transporte aéreo, servicio meteorológico y matriculación de aeronaves . Ferrocarriles y Transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma. Régimen general de comunicaciones, tráfico y circulación de vehículos a motor, correos y telecomunicaciones ; cables aéreos, submarinos y radiocomunicación . Obras públicas de interés general y cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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Regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del art . 27 (derecho a la educación). Estadísticas para fines estatales . Régimen electoral Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum . Poder residual. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía, corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas . El derecho estatal será, en todo caso, supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas. C) Competencias compartidas o concurrentes, en que intervienen conjuntamente el poder central y las Comunidades Autónomas. Este tercer tipo de competencias se deduce del propio art . 149, ya que en determinadas materias éste señala que el Estado elaborará una legislación básica sin perjuicio de las competencias que en determinados sectores se atribuyan a las Comunidades Autónomas, lo cual quiere decir que hay un amplio campo de materias en el que existe una competencia compartida entre el Estado y las Comunidades, de forma que el poder central elabora las bases o principios fundamentales y las Comunidades complementan esa legislación básica desarrollándola y ejecutándola. Aunque la Constitución no habla en su articulado de competencias compartidas o concurrentes, la verdad es que, de hecho, como señalan los profesores García Enterría y Tomás R. Fernández, la mayor parte de las competencias de las Comunidades Autónomas van a tener inevitablemente ese carácter. Dentro de este grupo de competencias compartidas, podemos incluir las que son denominadas competencias ejecutivas de las Comunidades Autónomas, que son aquellas en que la legislación básica y también el desarrolló legislativo corresponden al poder central, en tanto que las Comunidades tan sólo se reservan la ejecución de lo dispuesto por el poder central . Dentro de las competencias compartidas, se podría hacer también un subgrupo referido a las competencias mixtas del Estado y las Comunidades Autónomas, en que cada entidad se reserva una esferapropia de competencia. De acuerdo con lo dicho, tendremos el siguiente cuadro: Competencias legislativas básicas del Estado y desarrollo legislativo de las comunidades Autónomas . - Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica . - Bases y coordinación general de la sanidad . - Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de laejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas . - Las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios, que en todo caso garantizarán a los administrativos un tratamiento común entre ellas: el procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades derivadas de laorganización propia de las Comunidades Autónomas ; legislación sobre expropiación forzosa ; legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistema de responsabilidad de todas las Administraciones públicas . - Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas para establecer normas adicionales de protección ; legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias
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Temario Bomberos Ayuntamiento - Normas básicas del régimen de prensa, radio y televisión, y, en general, de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecución corresponden a las Comunidades Autónomas .
Competencias legislativas del Estado y ejecutivas de las Comunidades Autónomas . - Legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por las Comunidades Autónomas . - Legislación sobre propiedad intelectual e industrial. - Legislación sobre pesas y medidas; determinación de la hora oficial . - Legislación mercantil, penal y penitenciaria . - Legislación sobre productos farmacéuticos . - Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica . - Pesca marítima, sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se atribuyan a las Comunidades Autónomas . - Museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas . Competencias mixtas del Estado y Comunidades Autónomas, con reserva de esfera propia a cada entidad . - Legislación procesal, sin perjuiciode las necesarias especialidades en este orden que sederiven las peculiaridades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas . de - Legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales allí donde existen . En todo caso es competencia exclusiva del Estado: las reglas relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas; relaciones jurídico-civiles relativas a las formas de matrimonio; ordenación de los registros e instrumentos públicos, bases de las obligaciones contractuales ; normas para resolver los conflictos de leyes y determinación de las fuentes del Derecho con respeto, en este último caso, a las normas de derecho foral o especial.
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TEMA 3 ADMINISTRACIÓN PUBLICA : CONCEPTO Y CLASES. ESPECIAL REFERENCIA A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID : CAUSAS PARA SU PERCEPCIÓN.
I. I.1.
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA : CONCEPTO Y CLASES . INTRODUCCIÓN.
La Constitución regula a la Administración en el Título IV, conjuntamente con el Gobierno, lo primero que habría que hacer seria conceptuar adecuadamente el Gobierno y la Administración . Para ello hay que hacer una primera distribución entre lo político y lo administrativo . I . Gobierno.
Tiene una tarea primaria de dirección, extrae su legitimidad de los mecanismos electorales .
2. Administración Pública.
Una tarea secundaria, de preparación de las decisiones políticas y ejecución de las mismas.
' La actuación administrativa tiene una doble subordinación : - La Ley :
Que le habilita para actuar y establece los límites de su actuación .
- Las superiores instancias políticas . La Administración sería por tanto un aparato instrumental obediente al ordenamiento jurídico y a la dirección del Gobierno. Esta idea de dirección de la Administración por parte del Gobierno, lo señala la Constitución en sus artículos 97 y 103 y la L.R.J.A.P. y P.A .C. en su artículo 3 .3. cuando dice: "Bajo la dirección del Gobierno de la nación,
de los órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y de las correspondientes que integran la Administración local, la actuación de la Administración pública respectiva se desarrollapara alcanzar los objetivos que establecen las leyes y el resto del ordenamiento Jurídico."
Dentro del Título IV, laConstitución regula a la Administración Pública en los artículos 103 a 107 (ambos inclusive) de dicha regulación podemos sacar los siguientes : I.1.1 .
Principios de la actividad administrativa.
Según el artículo 130 .1 de la Constitución española, los principios de la actividad administrativa son : I . Norma general : La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales . Está al servicio de todos los ciudadanos .
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2. Principio de eficacia: Supone que la Administración en sus actuaciones debe evitar retrasos otardanzas innecesarias. 3. Principio de Jerarquía : La Administración está compuesta por órganos jerárquicamente ordenados, es decir ordenados de mayor a menor importancia, de tal forma que los superiores ejercen el poder de dirección sobre los inferiores, resolviendo los conflictos que se produzcan entre ellos. 4. Principio de Descentralización : La descentralización se produce, cuando el Estado traspasa poderes de dirección, a otra Administración Pública distinta de este. La descentralización siempre se ha de producir entre actividades administrativas que no estén sometidas al principio de Jerarquía (p.e. que el Estado transfiere competencias en materia de educación a la Comunidad de Madrid) . 5. Principio de Desconcentración : Cuando el traspaso de competencias se produce de un órgano superior a otro inferior (sometidos a relaciones de Jerarquía), p.e. trasladar competencias de la Administración Central del Estado a la Administración periférica. 6. Coordinación : Este principio se aplica entre órganos de diferentes administraciones públicas, que no están unidas entre sí por relaciones de jerarquía . (p.e . la actividad de la Policía Nacional, Policía autónoma Vasca y la Policía Municipal de Bilbao) . Y todos estos principios deben de cumplirse con pleno sometimiento a la Ley y al derecho . Otros principios , que deben cumplir las Administraciones Públicas son : A. Delegación : En este caso no se transfiere la competencia en si, sino la ejecución de la misma. (p.e. cuando el Ministro delega ciertas competencias en el subsecretario). B: Funcionarios Públicos : Es el personal al servicio de las distintas Administraciones Públicas, la Constitución se remite a una ley, para que regule la Ley de los funcionarios públicos, esta ha sido la ley 30184 de 2 de agosto de medidas para la reforma de la función pública, que con las modificaciones posteriores que ha tenido establece los siguientes principios: - Acceso a la función pública. - Mérito - Capacidad - Sindicación de los funcionarios . - Sistema de incompatibilidades . - Imparcialidad en el ejercicio de sus funciones . C. Participación de los ciudadanos: La Constitución se remite a una ley posterior que regulará:
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C.1.
La audiencia de los ciudadanos. Directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley .
C.2.
Acceso a los registros ,y archivos administrativos . Derecho constitucional, de todos los ciudadanos de acceder a los registros y archivos públicos, salvo lo que afecte a (artc. 37 de la LRJAP y PAC): - Seguridad y defensa del Estado. - Averiguación de los delitos . - Intimidad de las personas . - Secreto comercial e industrial . - Política monetaria . - Actos políticos o de Gobierno. Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid . Tlf : (91) 44 8 22 611447 98 97
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C.3.
El procedimiento administrativo. La administración pública ha de ajustarse en su actividad a un procedimiento, la regulación del mismo se ha llevado a cabo por la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo común .
D. Control Jurídico de la Administración : La legalidad de la actuación administrativa, la potestad reglamentaria y el sometimiento a los fines que la justifican, serán controlados por los tribunales ordinarios (y en concreto por los tribunales del orden Contencioso-Administrativo .). Cuando el funcionamiento de los servicios públicos, produzcan lesiones en cualquiera de los bienes y derechos de los particulares, estos tendrán derecho a ser indemnizados, en los términos establecidos en la Ley, salvo en los casos de fuerza mayor. E. El Consejo de Estado : Es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Su composición y competencia, ha sido regulado por L.O. 2/80 de 22 de abril . Las consultas al Consejo de Estado pueden ser preceptivas o facultativas, y el dictamen que emita podrá ser vinculante o no vinculante . La regla general es que las consultas sean facultativas y no vinculantes . Siendo preceptivas y vinculantes sólo en los casos expresamente señalados por una Ley. I.2.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA : CONCEPTO Y CLASES.
Se llama Administración Pública al conjunto de entes que gestionan asuntos públicos de carácter administrativo . Esta es la noción de Administración (con mayúscula) frente a la idea de administración (con minúscula) como actividad que realiza una persona física o jurídica para el logro de unos fines determinados con los medios de que disponga. Dentro de la Administración Pública, se encuentra la Administración del General del Estado, que a su vez se divide en Central, Territorial y de Exteriores . Ahora bien, existen otras Administraciones dentro del conjunto de la Administración Pública española. El esquema tras la Ley 6/97, de 14 de abril, publicada en el BOE el 15 de abril, por el que se aprueba la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE) ; es el siguiente : Administración Publica * Administración territorial I. Administración General del Estado : 1.1 . Central a) Órganos Superiores: - Ministros - Secretarios de Estado b)
órganos Directivos : - Subsecretarios / Secretarios Generales -Secretarios generales Técnicos/ Directores Generales . - Subdirectores Generales.
1 .2. Territorial a) órganos Directivos: - Delegados del Gobierno en los CC.AA . - Subdelegados del Gobierno en las provincias . I .3. Exteriores a)
Órganos Directivos:
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Embajadores . - Representantes permanentes ante Organizaciones Internacionales. -
2. Administración Local 2.1. Provincial (existen 50 provincias, pero no en todas existe Diputación Provincial; pj. Madrid) 2.2. Municipal (en Madrid existen 179 municipios) 3. Administración Autonómica (existen 19 Administraciones Autonómicas) 3.1. Consejo de Gobierno. 3.2. Presidente. 3.3. Consejeros. * Administraciones Institucionales : 1 . Organismos Autónomos . 2. Entidades Públicas Empresariales .
II.
ESPECIAL REFERENCIA A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.
II.1. LA ADMINISTRACIÓN LOCAL : EL MUNICIPIO Y LA PROVINCIA. II.l.l. Normativa. Ley 7/1 .985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1 .986. Ley 4/96, de 10 de enero, por la que se modifican los artículos 12 a 18 de la Ley 7/85. Ley 11/99, de 21 de abril, por la que se modifica la Ley 7/85 11I .1 .2. Características de la Administración Local. La Administración local forma parte de la Administración Pública. A diferencia de la Administración periférica del Estado, la Administración Local está integrada por entes y no por órganos . Es decir, por sujetos de Derecho con personalidad jurídica propia . Los entes que se encuentran en la Administración Local tienen, a diferencia de los entes institucionales, carácter territorial . De ahí el carácter de generalidad de los fines de los entes locales. 11.1.3. Entes que integran la Administración Local. sigue:
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De acuerdo con la Ley 7/1 .985, de9 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, digamos cuanto * Son entidades locales territoriales : a) El Municipio . b) La Provincia . c) La Isla en los archipiélagos balear y canario.
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* Gozan, asimismo, de la condición de Entidades locales: a) Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal, instituidas o reconocidas por las Comunidades Autónomas . b) Las comarcas u otras Entidades que agrupen varios Municipios, instituidos por las Comunidades Autónomas . c) Las Áreas metropolitanas . d) Las Mancomunidades de Municipios. 11.2.
LA PROVINCIA .
La evolución provincial española es relativamente reciente . Tradicionalmente nuestra Patria se dividía en Reinos y Principados ; esta configuración vino a sufrir una modificación con las Cortes de Cádiz (inspiradas en las corrientes reformadoras francesas), pero el intento reformador no llegó a consumarse . La verdadera división provincial, debida a Javier de Burgos, se produce con el Decreto de 1833 creando 49 provincias, clasificadas en tres grupos en razón de su importancia . Esta división provincial nace de la inspiración francesa de corriente netamente centralizadora pero con la carencia de la autonomía de tales provincias. Posteriormente, en 1927 la provincia canaria se divide en dos con el nombre de las respectivas capitales : Santa Cruz de Tenerife y las Palmas de Gran Canarias. Actualmente existimos ante el declive de la Provincia a favor de las Comunidades Autónomas, Comarcas y Áreas Metropolitanas . Además, cabe resaltar que en aquellas Comunidades Autónomas uniprovinciales no existirá la Diputación Provincial . 11.2.1. Configuración de la provincia en la Constitución. Esto es lo que dice el artículo 141 sobre la provincia: Se afirma el carácter dual de la provincia: es definida a la vez : a) como entidad local con personalidad jurídica propia cuya especifidad viene dada por su carácter de agrupación de municipios; y b) como división territorial para el cumplimiento de las actividades estatales . - Se afirma el carácter representativo de las Diputaciones en tanto que órganos encargados del gobierno y administración de la provincia. - Se garantiza constitucionalmente la entidad provincia, que no puede ser suprimida por las Comunidades Autónomas y cuyos límites sólo pueden ser alterados por Ley orgánica. A lo que hay que añadir que la provincia, en el sistema constitucional de 1978, pasa a ser un nivel intermedio entre el Municipio y la Comunidad Autónoma, en el lugar del segundo nivel tradicional de la Administración Pública española, intermedio entre el Municipio y el Estado. Dice el Art. 25 del Texto Refundido de Régimen Local que "el territorio de laNación española se divide en cincuenta provincias con los límites, denominación y capitales que tiene actualmente "11.2.2. Elementos . Tres son los elementos básicos de la provincia : territorio, población y organización administrativa .
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Temario Bomberos Ayuntamiento - El territorio provincial está determinado por la suma de los territorios de los Municipios integrados en la misma. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobadapor las Cortes Generales mediante Ley orgánica (Artículo 141 .1 de la Constitución).
- De la misma forma, la población de la provincia aparece determinada por la suma de las poblaciones de los Municipios que forman parte de ella. - El órgano típico de la Administración local en la provincia es la Diputación Provincial . Dice al respecto el artículo 55 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (R.D . 2.568/1986, de 28-11) : "La Diputación es el órgano de gobierno y administración de la provincia, como entidad local, con carácter de corporación de Derecho Público" .
Conviene resaltar en relación con la Diputación los siguientes puntos: Composición de la Diputación Provincial: La Diputación está integrada por : el presidente ; un número de diputados resultante del número de residentes de las correspondientes provincias, según la siguiente escala : NÚMERO DE RESIDENTES Hasta 500 .000 De 500 .001 a 1 .000.000 De 1 .000.001 a 3.500.000 De 3.500.001 en adelante
NÚMERO DE DIPUTADOS 25 27 31 51
Elección de los diputados : Se eligen, por Partidos Judiciales, entre los Concejales electos agrupados en listas de partidos políticos o coaliciones. A cada lista se le asigna un número de Diputados según los resultados electorales . Los Concejales de cada lista eligen, por y entre ellos, los Diputados correspondientes. Todos los partidosjudiciales cuentan, al menos con un diputado . Ningún partido judicial puede contar con más de tres quintos del número total de Diputados Provinciales. Mandato : 4 años, contados a partir de la fecha de la elección . Requisitos : para ser diputado provincial es necesario haber sido elegido alcalde o concejal de uno de los municipios que integran la Provincia. Elección del Presidente: Para la elección del Presidente, la Diputación Provincial se reúne en sesión constitutiva (que tendrá lugar quinto día a la proclamación de los diputados electos a las I2 horas en la sede de la Corporación) presidida por el una Mesa deEdad, integrada por los diputados provinciales demayor y menor edadpresentes en el acto, y actuando como Secretario el que lo sea de la Corporación, para elegir al presidente entre los diputados provinciales .
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Temario Bomberos Ayuntamiento Es necesario el voto de la mayoría absoluta del número legal de diputados en primera votación, y el de la mayoría simple en la siguiente . Quién resulte proclamado Presidente tomará posesión ante el Pleno de la Corporación, prometiendo o jurando su cargo en la sesión constitutiva, y si no se encontrase en dicha sesión, será requerido en el plazo de cuarenta y ocho horas ante el Pleno, con la advertencia que en el caso de no hacerlo sin causa justificada, se producirá una vacante en la presidencia debiendo elegir un nuevo presidente . El Presidente de la Diputación Provincial nunca puede delegar ni la convocatoria ni la presidencia de las sesiones del Pleno provincial . Los Presidentes de las Diputaciones provinciales tendrán el tratamiento de Ilustrísima, salvo el de la de Barcelona, que tendrá el de Excelencia . Se respetan, no obstante, los tratamientos que respondan a tradiciones reconocidas por disposiciones legales .
Otras cuestiones : El Presidente de la diputación Provincial podrá plantear la cuestión de los siguientes puntos : A) B) C)
de confianza
al Pleno, sobre alguno
Los presupuestos anuales El reglamento orgánico El Plan provincial de cooperación de las obras y servicios de competencia municipal
Al Presidente de la Diputación Provincial se le puede interponer una moción
de
censura .
En ambos casos, las reglas que rigen la cuestión de confianza y la moción de censura son las mismas que las que se verán en el Tema 4 en relación a los Alcaldes . órganos de la Diputación : A)
Órganos necesarios: El Presidente . Los Vicepresidentes : Libremente nombrados y cesados por el Presidente mediante Resolución, dé entre los miembros de la Comisión de Gobierno, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre . Sustituyen al Presidente por orden de su nombramiento en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento para el desempeño de funciones al Presidente de la Diputación Provincial . El Pleno : integrado por todos los Diputados y presidido por su Presidente . El Pleno debe reunirse en sesión ordinaria como mínimo una vez la mes Comisión de Gobierno: integrada por é1 Presidente, que la preside y un número de Diputados no superior al tercio del número de miembros de la Corporación ; son nombrados y cesados libremente por el Presidente de la Diputación mediante Resolución, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre . órganos de estudio, informe o consulta de los asuntos que han de ser sometidos a decisión del Pleno . Otra de las funciones es el seguimiento de la gestión del Presidente de la Diputación, de la Comisión de Gobierno y de los Diputados Delegados . Estos órganos estarán compuestos por Diputados provinciales, los cuales pertenecen a los diferentes grupos políticos de la Corporación
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si
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B)
Órganos complementarios : los que puedan crear las propias Diputaciones, y son : Diputados Delegados . Consejos Sectoriales. Órganos desconcentrados y descentralizados . Comisión Especial de Cuentas
11.2.3. Competencias provinciales : A) Competencias propias : De acuerdo con el Art . 36 de la Ley de Bases de Régimen Local, son competencias propias de las provincias las que les atribuyan las Leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública y, en todo caso: La coordinación de los servicios municipales entre si para la garantida de la prestación integral y adecuada de los servicios de competencia municipal . La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión . La prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal . En general, el fomento y la administración de los intereses peculiares de la provincia. La gestión informatizada del Padrón Municipal, en aquellos municipios con insuficiente capacidad económica o de servicios . Para el cumplimiento de estas obligaciones, la Diputación Provincial aprueba anualmente un plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal, en cuya elaboración deben participar los municipios de la provincia. Debe asimismo, la Diputación, asegurar el acceso de la población de la provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal y la mayor eficacia y economicidad en la prestación de éstos mediante cualesquiera fórmulas de asistencia y cooperación con los Municipios. B) Competencias por delegación: A estas competencias se refiere el artículo 37 de la Ley de Bases de Régimen Local, que dice: Las Comunidades Autónomas podrán delegar competencias en las Diputaciones, así como encomendar a éstas la gestión ordinaria de servicios propios en los términos previstos en los Estatutos correspondientes. En este último supuesto las Diputaciones actuarán con sujeción plena a las instrucciones generales y particulares de las Comunidades. El Estado podrá, asimismo, previa consulta e informe de la Comunidad Autónoma interesada, delegar en las Diputaciones competencias de mera ejecución cuando el ámbito provincial sea el más idóneo para la prestación de los correspondientes servicios . 11.2.4 .
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Regímenes especiales . A)
Las Comunidades Autónomas uniprovinciales y la foral de Navarra, asumen las competencias, medios y recursos que correspondan a las Diputaciones Provinciales .
B)
Las Islas Canarias. Los Cabildos son los órganos de gobierno, administración y representación de cada Isla, y asumen la organización y el funcionamiento de la Diputación Provincial . Existen dos Mancomunidades Provinciales Interinsulares
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exclusivamente como órganos de expresión de los intereses provinciales, que son Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canarias. C) 11.3.
Las Islas Baleares. Los Consejos Insulares asumen las competencias de las Diputaciones Provinciales .
EL MUNICIPIO. 11.3.1. Configuración del Municipio en la Constitución . La Constitución efectúa -en el Art.
140-
el siguiente tratamiento de los Municipios:
Garantiza su autonomía . Reconoce su personalidad jurídica plena . Afirma el carácter electivo del Ayuntamiento mediante sufragio universal, libre, directo y secreto. Establece la posibilidad de que los Alcaldes sean elegidos bien por los concejales, bien directamente por los vecinos . Mantiene la posibilidad del régimen de concejo abierto . Por otra parte, la Constitución señala -en el Art. 141 .3- que "se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia" . 11.3.2 . Elementos del Municipio. El Municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado, tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Tres elementos señalan la presencia de un Municipio : un territorio, (el término municipal) sobre el que se extiende sujurisdicción; una población, que se asienta sobre éste; y unaorganización jurídico-política que define el Poder en el ámbito local . A) El término municipal : Es el territorio en que el Ayuntamiento ejerce sus competencias. El término municipal es el elemento esencialísimo, pues, como hemos dicho, el Municipio tiene carácter de ente territorial, de manera que los órganos competentes en un Municipio son incompetentes en otro. La Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local trata así la modificación de los términos municipales (Art. 13) : 1. La creación o supresión de Municipios así como la alteración de términos municipales, se regulará por la legislación de las Comunidades Autónomas sobre régimen local. Requerirán en todo caso audiencia de los Municipios interesados y dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo superior de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, si existiere. Simultáneamente a la petición de este dictamen se dará conocimiento a la Administración del Estado. El Art . 2 del Reglamento de Población de Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1 .690/1986, de 11 de julio, establece que "los términos municipales podrán ser alterados: 1°) 2°) 3°) 4°)
por incorporación de uno o más municipios a otro u otros limítrofes; por fusión de dos o más municipios limítrofes; por segregación de parte del territorio de uno o varios municipios para constituir otro independiente ; por segregación de parte del territorio de un municipio para agregarla a otro limítrofe.
2. La creación de nuevos Municipios sólo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados y siempre que los Municipios resultantes cuenten con recursos suficientes para el Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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cumplimiento de las competencias municipales y no suponga disminución en la calidad de los servicios que venían siendo prestados . 3. Sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, el Estado, atendiendo a criterios geográficos, sociales, económicos y culturales, podrá establecer medidas que tiendan a fomentar la fusión de Municipios con el fin de mejorar la capacidad de gestión de los asuntos públicos sociales. Las alteraciones de los términos municipales las resolverá el Consejo de Gobierno autonómico mediante Decreto y ordenará su publicación en el BOE, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma respectiva, y en el Boletín de la Provincia . Por último, conviene añadir, en relación con el término municipal, lo siguiente: * Cada Municipio pertenece a una sola provincia, no pudiendo la alteración de términos municipales suponer en ningún caso modificación de los límites provinciales. * El término municipal está formado por territorios continuos, pero podrán mantenerse las situaciones de discontinuidad que estén reconocidas actualmente (Art. 1,3 R.D. 1690/1986 , de 11 de julio) . * Es competencia del Ayuntamiento la división del término municipal en distritos y en barrios y las variaciones de los mismos . En el Ayuntamiento de la Villa de Madrid existen actualmente 21 Distritos. * El nombre y capitalidad de los municipios podrá ser alterado previo acuerdo del Ayuntamiento e informe de la Diputación Provincial respectiva, con aprobación de la Comunidad Autónoma. B) La población . La población de derecho del municipio está constituida por el total de los residentes inscritos en el Padrón Municipal, presentes y ausentes . La suma de los residentes presentes y de los transeúntes constituye la población de hecho del municipio . Son vecinos las personas que residan habitualmente en el término municipal y figuren inscritos en el Padrón Municipal . La condición de vecino se adquiere en el mismo momento de su inscripción en el Padrón . Son transeúntes las personas que circunstancialmente se hallen viviendo en un municipio que no sea el de su residencia habitual. La relación de los VECINOS en el término municipal constituye el Padrón Municipal, que tiene carácter de registro administrativo ; y los datos que contiene constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Según el artículo 15 de laLey 411996, de I0 de enero en el Padrón Municipal contendrá como obligatorios los sólo los siguientes datos: a) El nombre y apellidos. Sexo b) c) Nacionalidad d) Lugar y fecha de nacimiento e) Número de documento nacional de identidad, o, tratándose de extranjeros, el documento que lo sustituya. f) Domicilio . g) Certificado o título escolar o académico que posea. h) Cuantos datos puedan ser necesarios para la elaboración del Censo Electoral, siempre que se garantice el respeto a los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución" . Como datos de carácter voluntario que pueden figurar en el Padrón Municipal encontramos : a) El número de teléfono. Las personas que les representen ante la Administración Local. b) 54
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¿Quiénes tienen la obligación de inscribirse en el Padrón Municipal?: Cualquier persona que resida habitualmente en un municipio español . La formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón Municipal corresponde al Ayuntamiento . La gestión del Padrón Municipal se llevará por los Ayuntamientos con medios informáticos. Las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos insulares asumirán la gestión informatizada de los Padrones en los municipios que, por insuficiencia económica y de gestión, no puedan mantener los datos de forma informatizada . El Padrón Municipal debe de revisarse al menos una vez al año. Así mismo, la Administración General del Estado en colaboración con los Ayuntamientos y las Administraciones Autonómicas confeccionará un Padrón de españoles residentes en el extranjero. Las personas inscritas en este Padrón se considerarán vecinos del municipio español únicamente aefectos del ejercicio el derecho de sufragio, no constituyendo, en ningún caso, población del municipio . Además, se crea, el Consejo de Em Empadronamiento, adscrito alMinisterio de Economíay Hacienda, como órgano colegiado de colaboración entre la Administración General del Estado y los Entes Locales en materia padronal. El Consejo de Empadronamiento estará presidido por el Presidente del INE (Instituto Nacional de Estadística) un Secretario y 11 vocales elegidos de la siguiente forma: -
2 1 2 6
por por por por
al Instituto Nacional de Estadística. al Censo Electoral. al Ministerio de las Administraciones Públicas. la Administración Local .
C) La organización municipal: Se estudiará en el tema 4. H.3.3.
Competencias municipales. 11 .3.3.1 Competencias mínimas u obligatorias.
El Art. 25 de la Ley de Bases de Régimen Local legitima al municipio para "promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal" . Ahora bien, dentro del amplio campo de competencias mencionado, el artículo 26 de la misma norma, identifica algunas con el carácter de competencias mínimas u otras obligatorias a llevar a cabopor los municipios por si o asociados con otros y que son las siguientes: - En todos los municipios: alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población, pavimentación de las vías públicas y control de alimentos y bebidas . - En los municipios con población superior a los 5.000 habitantes : además parque público, biblioteca pública, mercado y tratamiento de residuos. - En los municipios con población superior a los 20.000 habitantes además: protección civil, prestación de servicios sociales, prevención y extinción de incendios e instalaciones deportivas de uso público . - En los municipios con población superior a los 50.000 habitantes: además, transporte colectivo urbano de pasajeros y protección del medio ambiente. Los Ayuntamientos pueden solicitar de la Comunidad Autónoma respectiva la dispensa de la obligación de prestar los servicios mínimos que le correspondan, cuando, por sus características peculiares, resulte
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imposible o muy difícil cumplimiento el establecimiento y prestación de dichos servicios por el propio Ayuntamiento. La asistencia de las Diputaciones Provinciales a los municipios, se dirigirá preferentemente al establecimiento y adecuada prestación de los servicios públicos mínimos, así como la garantía del desempeño en las Corporaciones municipales de sus funciones públicas . 11.3.3.2. Competencias por delegación . El art.. 27 de la LRBRL contempla la posibilidad de que los Municipios ejerzan competencias de la Administración del estado, de las CC.AA . y de otras Entidades Locales, por delegación, en materias que afecten a sus interese propios, siempre que con ello mejore la eficacia de la gestión pública y se alcance una mayor participación ciudadana . La disposición o el acuerdo de delegación debe de determinar el alcance, contenido, contenido, condiciones y duración de ésta, así como el control que se reserve la Administración delegante y los medios personales, materiales y económicos que ésta transfiera. En todo caso, la Administración delegante podrá, para dirigir y controlar el ejercicio de los servicios delegados, emanar instrucciones técnicas de carácter general y recabar, en cualquier momento, información sobre la gestión municipal, así como enviar comisionados y formular los requerimientos pertinentes para la subsanación de las deficiencias observadas. En caso de incumplimiento de las directrices, denegación de las informaciones solicitadas o inobservancia de los requerimientos formulados, la Administración delegante podrá revocar la delegación o ejecutar por sí misma la competencia delegada en sustitución del municipio. Los actos del municipio podrán ser recurridos ante los órganos competentes de la Administración delegante. Para que la delegación sea efectiva requerirá la aceptación por el municipio interesado, y en su caso, la previa consulta e informe de la Comunidad Autónoma, salvo que por Ley se imponga obligatoriamente, en cuyo caso deberá de ir acompañada necesariamente la delegación de los medios para desempañarla . 11 .3.3.3 Competencias complementarias. Además se autoriza a los Municipios a realizar actividades complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas y, en particular, en educación, cultura, promoción de la mujer, vivienda, sanidad y protección en medio ambiente. 11.4. OTRAS ENTIDADES LOCALES . 11.4.1.
Las comarcas .
Según la Ley 7/1985, las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo dispuesto en sus respectivos Estatutos, podrán crear en su territorio comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios, cuyas características determinen intereses comunes precisados de una gestión propia o demanden la prestación de servicios de dicho ámbito. La iniciativa para la creación de una comarca podrá partir de los propios Municipios interesados . En cualquier caso, no podrá crearse la comarca si a ello se oponen expresamente las dos quintas partes de los Municipios que debieran agruparse en ellas, siempre que, en este caso, tales Municipios representen al menos la mitad del censo electoral del territorio correspondiente . Cuando la comarca deba agrupar a Municipios de más de una Provincia, será necesario el informe favorable de las Diputaciones Provinciales a cuyo ámbito territorial pertenezcan tales Municipios. En la Comunidad de Madrid existen 6 comarcas, * Zona de la Sierra Norte . * Zona de la Sierra y su Rampa. * Madrid y sus alrededores. 56
que son :
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* Zona Sur Occidental. * Zona de la Campiña . * Zona de las Vegas. 11.4.2.
Mancomunidades .
El Art . 44 de la repetida Ley 711985 regula así el tema de las mancomunidades: 1 . Se reconoce a los Municipios el derecho a asociarse con otros en Mancomunidades para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia . 2. Las Mancomunidades tienen personalidad y capacidad jurídicas para el cumplimiento de sus fines y se rigen por sus Estatutos propios . Los Estatutos han de regular el ámbito territorial de la Entidad, su objeto y competencia, órganos de gobierno y recursos, plazo de duración y cuantos otros extremos sean necesarios para su funcionamiento . En todo caso, los órganos de gobierno serán representativos de los Ayuntamientos mancomunados . 3. El procedimiento de aprobación delos Estatutos de las Mancomunidades se determinará por la legislación de las Comunidades Autónomas y se ajustará, en todo caso, a las siguientes reglas : a)
La elaboración corresponderá a los Concejales de la totalidad de los municipios promotores de la Mancomunidad, constituidos en Asamblea.
b)
Los proyectos de Estatutos deben ser expuestos públicamente durante el plazo de un mes para poder presentar las alegaciones que estimen oportunas .
c)
La Diputación o Diputaciones Provinciales interesadas emitirán informe sobre el proyecto de Estatutos.
d)
Los plenos de todos los Ayuntamientos aprueban los Estatutos, con el voto favorable de la mayoría legal de sus miembros (mayoría absoluta) ..
Es interesante resaltar, como lo hace el artículo 35 del Texto Refundido de Régimen Local, que "para que los municipios se mancomunen, no será indispensable que pertenezcan a la misma provincia ni que exista entre ellos continuidad territorial, si ésta no es requerida por la naturaleza de los fines de la Comunidad" . 11.4.3.
Áreas Metropolitanas .
Las Áreas Metropolitanas pertenecen a las nuevas estructuras territoriales . Puede decirse que mientras asistimos al declive de la Provincia, ascienden en el panorama tipológico de los Entes Locales las Comarcas y áreas Metropolitanas . El substrato sociológico de éstas tiene su origen en la concentración demográfica, en la corona exterior de una o varias ciudades centrales, producto de la atracción que éstas han ejercido desde la revolución industrial . De acuerdo con laLey Reguladora de las Bases del Régimen Local, las Comunidades Autónomas, previa audiencia de la Administración del Estado y de los Ayuntamientos y Diputaciones afectados, podrán crear, modificar y suprimir, mediante Ley, áreas metropolitanas de acuerdo con lo dispuesto en sus respectivos Estatutos . Por ÁreaMetropolitana se entiende el conjunto formado por el casco urbano de unagran ciudady unaserie de Municipios colindantes afectados por la influencia de aquella.
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Según la actual legislación, se entiende por Áreas Metropolitanas las Entidades locales, de segundo grado, integradas por los Municipios de grandes aglomeraciones urbanas entre cuyos núcleos de población existan vinculaciones económicas y sociales que hagan necesaria la planificación conjunta y la coordinación de determinados servicios y obras . Jarama.
El Área metropolitana de Madrid comprende 24 municipios de la zona del río Manzanares y del río 11.4.4.
Entidades Locales inferiores a un Municipio.
- La Ley 7/1985 dice al respecto lo siguiente: 1 . Las Leyes de las Comunidades Autónomas sobre régimen localregularán las Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, para la administración descentralizada de núcleos de población separados, bajo su denominación tradicional de caseríos, parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, consejos, pedanías, lugares anejos y otros análogos, o aquella que establezcan las leyes. 2 . En todo caso respetarán las siguientes reglas : a) b)
c)
La iniciativa corresponderá indistintamente a la población interesada o al Ayuntamiento correspondiente . Este último debe ser oído en todo caso. La entidad habrá de contar con un órgano unipersonal ejecutivo de elección directa y un órgano colegiado de control, cuyonúmero de miembros no podrá ser inferior a dos ni superior al tercio del número de Concejales que integren el respectivo Ayuntamiento . No obstante, podráestablecerse el régimen de Concejo abierto para las Entidades que reúnan las características legales previstas. Los acuerdos sobre disposición de bienes, operaciones de crédito y expropiación forzosa deberán ser ratificados por el Ayuntamiento.
- De acuerdo con el Texto Refundido de Régimen Local, y en relación con estas Entidades Locales de ámbito inferior al municipio, hay que decir que su órgano unipersonal ejecutivo es el Alcalde pedáneo, que presida la Junta o, en su caso la Asamblea vecinal. 11.4.5. Régimen Especial de Concejo Abierto. Funcionan en Concejo abierto: a) Los Municipios con menos de 100 habitantes y aquellos que tradicionalmente cuenten con este singular régimen de gobierno y administración . b) Aquellos otros en los que su localización geográfica, la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable . La constitución en Concejo abierto de los Municipios a que se refiere el apartado b) requiere petición de la mayoría de los vecinos, decisión favorable por mayoría de dos tercios de los miembros del Ayuntamiento y aprobación por la Comunidad Autónoma. En el régimen de Concejo abierto, el gobiernoy la administración municipales corresponden a un Alcalde y una Asamblea vecinal de la que forman parte todos los electores. Ajustan su funcionamiento a los usos, costumbres y tradiciones locales y, en su defecto, a lo establecido en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y las Leyes de las Comunidades Autónomas sobre régimen local. El Alcalde puede designar Tenientes de Alcalde hasta un máximo de tres, entre los electores del municipio.
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III . 111 .1 .
LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID: CAUSAS PARA SU PERCEPCIÓN. LEGISLACIÓN APLICABLE .
Se encuentra regulada en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Extinción de Incendios, aprobada por el acuerdo del Ayuntamiento en Pleno el 25 de noviembre de 1994, y publicada el Boletín del Ayuntamiento de Madrid (B .A.M.); entrando en vigor el 1 de enero de 1995. 111 .2.
REGULACIÓN DE LAS TASAS: CONCEPTO GENERAL. Toda tasa se compone de tres elementos : El hecho imponible . a) b) El sujeto pasivo . c) El importe de la tasa.
De acuerdo con la norma reguladora, existe un únicotipo de tasas, cuyo hecho imponible es la prestación de un servicio público o la realización de una actividad administrativa de competencia local, que además tiene que cumplir los siguientes requisitos: * Que se refiera, beneficie o afecte de modo particular al sujeto, es decir, sea motivado directa o indirectamente por el sujeto pasivo . * Sea de solicitud o percepción obligatoria . * No sea susceptible de ser prestado o realizado por la iniciativa privada, por implicar una manifestación de la autoridad o por existir una reserva legal en favor de las Entidades Locales . Se entiende por suieto pasivo a la persona física o jurídica o Entidad que solicite, se beneficie o resulte afectada por los servicios o actividades prestados . El importe efectivo de la tasa no puede exceder del coste del coste real o previsible del servicio o actividad que se preste. Este importe puede consistir en una cantidad fija de dinero, la cual se devenga (exige) en el momento que se inicia la prestación del servicio o la realización de la actividad, aunque puede exigirse un depósito previo del importe total. 111.3.
LA TASA POR EXTINCIÓN DE INCENDIOS.
El hecho imponible de esta tasa lo constituye la prestación de los servicios de extinción de incendios y alarmas de los mismos, prevención de ruinas, derribos, inundaciones, salvamentos y otros análogos, bien sea a solicitud de los particulares interesados o de oficio por razones de seguridad, siempre que la prestación de dicho servicio redunde en beneficio del sujeto pasivo . No está sujeto al pago de esta tasa el servicio que se preste con carácter general como medida de prevención de incendios ni los servicios de la generalidad del vecindario o una parte considerable del mismo, tales como los casos de catástrofe o calamidad pública oficialmente declarada. Son sujetos pasivos de esta tasa : * En concepto de contribuyente : Los usuarios de los respectivos servicios (propietarios, inquilinos o usufructuarios de las fincas siniestradas) . * En concepto de sustituto : En el supuesto de extinción de incendios, el sustituto del usuario, la Entidad o Sociedad aseguradora del riesgo . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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La tasa se devenga cuando se inicie la prestación del servicio entendida cuando los efectivos del Cuerpo de Bomberos salgan de sus respectivas Bases . La cuota o importe se determina en función : * del número de efectivos, tanto personales como materiales, que se empleen en la prestación del servicio, y * del tiempo invertido. La tramitación del pago de latasaconsiste en que la dirección del Servicio de Protección Civil y Bomberos envía a la Oficina gestora de la tasa, dentro de los 10 días siguientes a la Prestación del servicio, un parte de actuación donde consta: la identificación de la finca o fincas siniestradas, nombre del usuario del servicio y propietario de la finca, compañía aseguradora del riesgo y número de la póliza, especificación de los servicios prestados, dotación personal y material, tiempo empleado, y demás datos necesarios para practicar la liquidación de la tasa.
* * * * * * *
En aquellos supuestos, en que la prestación del servicio no tenga carácter de urgente, podrá exigirse el depósito previo de la tasa en la cuantía suficiente para cubrir el importe de la liquidación correspondiente. Practicada la prestación del servicio se practicará la liquidación definitiva en base a los servicios efectivamente prestados . APLICACIÓN DE LAS TARIFAS Todas las tasa se abonarán por cada media hora o fracción. '
E#UlPOS BASES
Coche de primera salida Autobomba Autotanque Autoescala Vehículos de desagües Autoelectro Vehículos de apeos Autogrúa, más vehículo de útiles Vehículo de salvamento acuático Vehículos para fuego de hidrocarburo Vehículo para recuperación de hidrocarburos Autobomba forestal Vehículo de tendido de mangaje Vehículo de transporte Otros de funcionamiento de gasolina o similar
Pesetas 3.700 3 .800 1 .800 4 .100 1 .000 1 .000 1 .600 6.700 3.200 8.500 7.100 2.600 1 .300 500 500
PERSONAL Cada bombero que exceda de la dotación de vehículos utilizados Por cada aparejador Por cada arquitecto 60
340 455 630
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MATERIAL Maderas y elementos de anclaje y sujeción por metro cúbico
66.000
La cuota por el uso del servicio central de alarmas automática es de 32.850 pesetas que se devenga el primer día de cada año .
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TEMA 4 ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL: EL ALCALDE. EL PLENO. LA COMISIÓN DE GOBIERNO. LAS RAMAS. LAS ÁREAS Y SERVICIOS. I.
ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL: EL ALCALDE. INTRODUCCIÓN .
De la LRBRL y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se obtiene la siguiente clasificación de los órganos de Gobierno Municipales : Órganos necesarios : a)
En todos los municipios debe existir : Alcalde Tenientes de Alcalde Pleno
b)
En todos los municipios con población de derecho superior a 5.000 habitantes, y en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento orgánico y así lo acuerde el Pleno del Ayuntamiento, debe existir : Comisión de Gobierno órganos de estudio, informe y consulta de los asuntos que han de ser sometidos a decisión del Pleno
2.
órganos complementarios : Concejales Delegados . Consejos Sectoriales. Comisión Especial de Cuentas órganos Desconcentrados y Descentralizados para la gestión de servicios . Representantes personales del Alcalde en los poblados y barriadas . Juntas Municipales de Distrito.
I.2.
EL ALCALDE. I.2.1 .
Introducción .
El Alcalde es la máxima autoridad dentro del Municipio, como Presidente del Ayuntamiento y Jefe de la Administración Municipal . Es el órgano de carácter unipersonal que ocupa el vértice de la Administración Municipal . En Madrid, por prerrogativa de la Ley Especial, tendrán el tratamiento de excelencia.
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I.2.2.
Elección del Alcalde.
De acuerdo con la Ley Orgánica 5/1 .985, de 19 dejunio, de Régimen Electoral General, para la elección del Alcalde existen varios sistemas según el número de habitantes o el sistema organizativo elegido en la entidad local . A) En los municipios con más de 250 habitantes se elige al Alcalde en la sesión constitutiva de la siguiente forma: * * * *
los vecinos del municipio eligen directamente a los concejales y los concejales eligen de entre ellos al alcalde, que deberá ser el cabeza de lista de una de las candidaturas presentadas que hayan obtenido representación . será nombrado alcalde el que obtenga la mayoría absoluta de los votos de los concejales ; si ninguno obtiene dicha mayoría será proclamado Alcalde el concejal que encabece la lista que mayor número de votos populares hubiese obtenido, si hay varias listas empatadas a votos se nombrará Alcalde de entre ellos por sorteo.
B) En los municipios comprendidos entre I00 y 250 habitantes la elección del Alcalde será la siguiente : * * *
pueden ser candidatos a Alcalde todos los concejales. si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los concejales es proclamado Alcalde, si ninguno obtiene dicha mayoría, es proclamado Alcalde el que hubiese obtenido el mayor número de votos populares .
C) En las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio y en los Concejos Abiertos el Alcalde se elige directamente por los vecinos a través del sistema mayoritario . Quien hay sido elegido Alcalde tomará posesión de su cargo ante el Pleno de la Corporación . Si no se encontrase presente en la sesión constitutiva, será requerido para tomar posesión en el plazo de cuarenta y ocho horas, igualmente ante el Pleno, con la advertencia de que, en caso de no hacerlo sin causajustificada, se estará a lo dispuesto para los casos de vacante de alcaldía debiendo convocar sesión extraordinaria para la elección de nuevo Alcalde . I.2.3.
Funciones del Alcalde .
El Alcalde es el presidente de la Corporación y ostenta, en todo caso, las siguientes funciones : * En materia de representación : a.
Representar al Ayuntamiento, presidir todos los actos públicos que se celebren en el término municipal .
* En materia de dirección del gobierno municipal: a. b. c.
Dirigir al gobierno y administración municipal . Convocar y presidir las sesiones del Pleno (salvo en los casos en donde debe constituirse la mesa de edad), de la Comisión de Gobierno y otros órganos municipales . Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los miembros de la Comisión de Gobierno.
* En materia de recursos humanos : a. Ejercer la jefatura superior de todo el personal de la Corporación, y acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la corporación y el despido del personal laboral, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre. 64
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b.
e.
Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar la bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas Ejercer lajefatura de la Policía Municipal y lade nombrar y sancionar a los funcionarios que usen armas .
* En materia de dirección de la Administración municipal: a. b. e. d. e. f. g. h.
Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales . Dictar Bandos. La iniciativa de proponer al Pleno la declaración de lesividad en materias de competencia de la Alcaldía Otorgar licencias, salvo que las Leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Comisión de Gobierno Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, los 1.000 .000.000 de pesetas ; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni los 500.000.000 de pesetas, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos : * bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el presupuesto * bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no s encuentre prevista en el presupuesto
* En materia específica económico presupuestaria: a. b. c. d. e. f.
Disponer los gastos dentro de los límites de su competencia y los expresamente previstos en las bases de ejecución del presupuesto; ordenar todos los pagos que se efectúen con fondos municipales autorizar los documentos que impliquen formalización de ingresos en Depositaría . El desarrollo y gestión económica conforme al Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia y rendir cuentas a la Corporación . Organizar los servicios de Recaudación y Tesorería, sin perjuicio de la facultad del Pleno para aprobar las formas de gestión de estos servicios . Formar los proyectos de presupuestos con laantelación suficiente paraque puedan ser aprobados por el Ayuntamiento dentro del plazo señalado. Conservaren su poderuna de las tres llaves del arca de caudales y asistir a los arqueos ordinarios y extraordinarios. Aprobar las facturas que correspondan al desarrollo normal del presupuesto y que hubieran sido recibidas por los Servicios de Intervención.
* En otras materias : a.
Ejercitar acciones judiciales y administrativas y la defensa del Ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia, en
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b. c. d. e. f. h.
materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta la Pleno en la primera sesión que celebre para su ratificación . Adoptar personalmente ybajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos y grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas, dando cuenta inmediata al Pleno . Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las Ordenanzas Municipales, salvo en los casos que tal facultad esté atribuida a otros órganos . Resolver los conflictos de atribuciones que surjan en la Entidad Local . Nombrar un representante personal entre los vecinos residentes, en cada uno de los poblados y barriadas separadas del casco urbano . Decidir los empates con voto de calidad . La convocatoria de las consultas populares municipales .
El Alcalde posee la llamada "competencia residual" que significa la atribución de todas aquellas competencias que no están expresamente atribuidas por la Ley a otro órgano municipal . El Alcalde no podrá delegar ...: a) b) c) d) e) t) h) i) j)
Convocar y presidir las sesiones del Pleno y la Comisión de Gobierno Decidir los empates con voto de calidad La concertación de operaciones de crédito La jefatura superior de todo el personal La separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral Dirigir el gobierno y la administración municipal Dictar bandos Proponer al pleno la declaración de lesividad Adoptar las medidas necesarias en caso de catástrofes o infortunios públicos
No obstante , podrá delegar a la Comisión de Gobierno la aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo delplaneamiento general. I.2.4.
Moción de censura al Alcalde.
El Alcalde puede serdestituido de su cargo mediante moción de censura adoptada por la mayoría absoluta del número legal de concejales . La moción de censura debe ser suscrita al menos por la mayoría absoluta de los concejales e incluir el nombre del candidato propuesto para Alcalde, quién quedará proclamado como tal en caso de prosperar la moción de censura . Podrá ser candidato a Alcalde cualquier concejal, cuya aceptación expresa conste en el escrito de proposición democión de censura. Ningún concejal puede suscribir durante su mandato más de una moción de censura, no se tomarán en cuenta aquellas mociones que no hubieran sido tramitadas por no reunir todos los requisitos . El escrito se presentará en el Registro General de la Corporación por cualquiera de los firmantes, quedando el Pleno automáticamente convocado a las 12 horas del décimo día hábil siguiente al de su registro. El Secretario de la Corporación deberá notificar dicho Pleno a todos los miembros de la Corporación en el plazo máximo de un día. El Pleno en que se debata la moción de censura, serápresidido por una Mesa de Edad, que estará formada por el concejal de mayor v menor edad presentes en el acto, excluyendo al Alcalde y al candidato a Alcalde, actuando como Secretario el que lo sea de la Corporación . 66
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El candidato incluido en la moción de censura quedará proclamado Alcalde si ésta prospera con el voto favorable de la mayoría absoluta del número de concejales que legalmente componen la Corporación . La dimisión sobrevenida del Alcalde no suspenderá la tramitación y votación de la moción de censura. El Alcalde está obligado a impedir cualquier acto que perturbe, obstaculice o impida el derecho de los miembros de la Corporación a asistir a la sesión plenaria en que se vote la moción de censura y a ejercer su derecho a voto en la misma. La moción de censura en los Consejo Abiertos, se regirán por las siguientes reglas:
11.2.5.
a)
Las referencias hechas a los concejales a efectos de al firma, así como a la Mesa de Edad, se entenderán efectuadas a los electores incluidos en el censo electoral del municipio, vigente en la fecha de presentación de la moción de censura
b)
Podrá ser candidato cualquier elector residente en el municipio con derecho a sufragio pasivo
c)
Las referencias hechas al Pleno se entenderán efectuadas a la Asamblea Vecinal
d)
Los cambios de Alcalde no tendrán incidencia en la composición de las Diputaciones Provinciales
La cuestión de confianza .
El Alcalde podrá plantear al Pleno una cuestión de confianza, vinculada a la aprobación o modificación de cualquiera de los siguientes asuntos :
A. B. C. D.
Los presupuestos anuales El reglamento orgánico Las ordenanzas fiscales La aprobación que ponga fin a la tramitación de los instrumentos de planeamiento general de ámbito municipal
Para la presentación de una cuestión de confianza es requisito previo queel acuerdo correspondiente haya sido debatido en el Pleno y no hubiera obtenido la mayoría necesaria para su aprobación. En el caso de que la cuestión de confianza no obtuviera el número necesario de votos favorables para la aprobación del acuerdo, el Alcalde cesará automáticamente, quedando en funciones hasta la toma de posesión de quien le vaya a suceder en el cargo. La elección de nuevo Alcalde se realizará en unasesión plenaria quequedará convocada automáticamente a las 12 horas del décimo día hábil siguiente al de la votación del acuerdo al que se vinculase la cuestión de confianza, teniendo en cuenta las siguientes reglas : I.
En los municipios con más de 250 habitantes, el Alcalde cesante quedará excluido de la cabeza de lista a efectos de elección, ocupando su lugar el segundo de la misma .
2.
En los municipios comprendidos entre 100 y 250 habitantes, el Alcalde cesante no podrá ser candidato a la alcaldía .
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Limites de la cuestión de confianza : a)
b) e)
ElAlcalde nopodrá plantear ... * más de una cuestión de confianza cada año, a contar desde el inicio de su mandato * ni más de dos durante la duración total del mismo * y ninguna durante el último año de mandato No se podrá plantear una cuestión de confianza desde la presentación de una moción de censura hasta la votación de la misma Los concejales que votasen a favor de la aprobación de un asunto al que se hubiese vinculado una cuestión de confianza no podrán... * firmar una moción de censura contra el Alcalde que la hubiese planteado hasta que transcurran 6 meses, a contar desde la fecha de votación de la misma * tampoco podrán emitir voto contrario al asunto al que hubiese vinculado la cuestión de confianza, en el mismo plazo de 6 meses, siempre que sea sometido a votación en los mismos términos que en tal ocasión . En caso de emitir voto en contrario, éste es nulo.
Especial referencia a la cuestión de confianza vinculada a la aprobación o modificación de los presupuestos anuales : Se entenderá otorgada-la confianza y aprobado elproyecto depresupuesto si en elplazo de 1 mes desde que se votara el rechazo de la cuestión de confianza no sepresenta una moción de censura con candidato alternativo a Alcalde, o ésta noprospera. 1.2.6.
Las Delegaciones del Alcalde.
El Alcalde puede efectuar delegaciones de sus atribuciones en favor de la Comisión de Gobierno, en los Tenientes de alcalde y en cualquier Concejal, salvo las competencias indelegables . Toda delegación se hará mediante Decreto del Alcalde y surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha del Decreto, salvo que en ella se establezca otra cosa, y sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o del Municipio . De todas las delegaciones se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre con posterioridad a la delegación . Las delegaciones pueden ser de dos tipos: A) Delegaciones genéricas : Son las que se efectúan en favor de la Comisión de Gobierno, como órgano colegiado ; también, individualmente, en los miembros de la Comisión de Gobierno y, donde ésta no exista, en los Tenientes de Alcalde . Las delegaciones genéricas sereferirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. B) Delegaciones especiales : Son las que se efectúan a favor de un concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados . En este caso, el concejal que ostente una delegación genéricatendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área. Estas delegaciones pueden ser de tres tipos:
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*
I.2 .7 .
Relativas a un proyecto o asunto determinado . Son en las que la delegación se limita al tiempo de dure la gestión o ejecución del proyecto . Relativas a un determinado servicio . La delegación comprende la dirección interna y gestión de un servicio, pero no puede incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros . Relativas a un Distrito o barrio . Podrán incluir todas las facultades delegables del Alcalde en relación con ciertas materias, pero circunscritas al ámbito territorial de la delegación. En caso de coexistir este tipo de delegaciones con delegaciones genéricas por áreas, los Decretos de delegación establecerán los mecanismos de coordinación entre unas y otras, de tal manera que quede garantizada la unidad de gobierno y gestión del Municipio . Los Tenientes de Alcalde.
Los Tenientes de alcalde son libremente nombrados y cesados por el Alcalde de entre los miembros de la Comisión de Gobierno y, donde ésta no exista, de entre los Concejales (Art . 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales aprobado por R .D 2 .568/1986, de 28 de noviembre) . Los nombramientos y los ceses se harán mediante resolución del Alcalde de la que dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, notificándose, además, personalmente a los designados, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia o de la Comunidad Autónoma en el caso que ésta sea uniprovincial, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución hecha por el Alcalde, si en ella no se dispusiera otra cosa . En los municipios con Comisión de Gobierno el número de Tenientes de Alcalde no podrá exceder del número de miembros de aquella . En aquellos municipios donde no exista Comisión de Gobierno, el número de Tenientes de Alcalde no podrá exceder del tercio del número legal de miembros de la Corporación . . Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento v en los casos de vacante, ausencia o enfermedad , al Alcalde . El Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones a los Tenientes de Alcalde . Cuando el Alcalde se ausente del término municipal por más de 24 horas, sin haber conferido la delegación, o cuando por causa imprevista le hubiese sido imposible otorgarla, le sustituirá, en la totalidad de sus funciones, el Teniente de Alcalde a quien corresponda, dando cuenta al resto de la Corporación .
II.
ILL
EL PLENO MUNICIPAL.
INTRODUCCIÓN .
Es el órgano colegiado de gobierno y administración que ostenta la suprema jerarquía del Municipio, al que representa y personifica, con el carácter de Corporación de Derecho Público . El pleno, está integrado por todos los concejales, y es presidido por el Alcalde. También asistirá el Secretario del Ayuntamiento con voz pero sin voto . La forma de elección de los Concejales es por sufragio universal, libre, directo v secreto y por el sistema de lista cerrada . El plazo de su mandato es de 4 años contados a partir de la fecha de su elección. Las competencias en, general, abarcan : la aprobación de acuerdos sobre las materias de mayor complejidad e importancia, y la aprobación de reglamentos, Ordenanzas y disposiciones de carácter general . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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Temario Bomberos Ayuntamiento También aprueba los planes urbanísticos, ejerce el control del Gobierno municipal pudiendo ejercer la moción de censura al Alcalde .
11.2 .
ELECCIÓN DE LOS CONCEJALES .
Las elecciones de convocarán mediante Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta de los Ministerios de Interior y de las Administraciones Públicas . Las elecciones municipales se celebrarán el cuarto domingo de mayo de cada cuatro años . Cada término municipal constituye una circunscripción electoral, en la que el número de concejales de un Ayuntamiento dependerá del número de vecinos inscritos en el Padrón Municipal, debiendo tener en cuenta la aplicación de la siguiente tabla :
NÚMERO DE RESIDENTES
NÚMERO DE CONCEJALES
Hasta 250
5
De 251 a 1 .000
7
De 1 .001 a 2 .000
9
De 2 .001 a 5 .000
11
De 5 .001 a 10 .000
13
De 10 .001 a 20 .000
17
De 20 .001 a 50 .000
21
De 50 .001 a 100 .000
25
De 100.001 en adelante, un concejal más por cada 100.000 residentes o fracción, añadiéndose uno más cuando el resultado sea número par. Actualmente existen 53 concejales en la Villa de Madrid. Esta escala no se aplica a los Municipios que funcionen en régimen de Concejo Abierto, puesto que los electores eligen directamente al Alcalde por sistema mayoritario. La atribución de puestos de Concejales en cada Ayuntamiento seguirá los siguientes pasos : 1.
Sólo serán tenidas en cuenta aquellas candidaturas que hubiesen obtenido el 5% de los votos válidamente emitidos en la circunscripción .
2.
Se ordenan de mayor a menor, en una columna, las cifras de votos obtenidos por las candidaturas .
3.
Los puestos correspondientes a cada candidatura se adjudican a los candidatos incluidos en ella, por el orden de colocación en que aparezcan .
En el supuesto de que en alguna circunscripción no se presentasen candidaturas, se procede en el plazo de seis meses a la celebración de elecciones parciales en dicha circunscripción. En aquellos municipios que tengan una población comprendida entre 100 y 250 habitantes, el sistema de elección es el siguiente: 70
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a)
d)
cada partido, federación, coalición o agrupación podrá presentar una lista, con un máximo de 5 nombres. cada elector podrá dar su voto a un máximo de cuatro entre los candidatos . serán proclamados electos aquellos candidatos que mayor número de votos hayan obtenido hasta completar el número de cinco concejales. los casos de empate se resolverán por sorteo.
11.2.1.
Mandato y constitución .
b) c)
En mandato de los concejales es de cuatro años a contar a partir de la fecha de su elección. El mandato finaliza, en todo caso, el día anterior a las nuevas elecciones . Una vez finalizado el mandato los miembros de las Corporaciones cesantes continuarán sus funciones solamente para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de sus sucesores ; y en ningún caso podrán adoptar acuerdos para los cuales la Ley exige mayoría calificada . Las Corporaciones locales se constituyen en sesión pública el vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones, salvo que se hubiese presentado recurso contencioso-electoral contra la proclamación de los concejales electos, en cuyo supuesto se constituye el cuadragésimo día posterior a las elecciones . A este fin se constituye la Mesa de Edad integrada por los concejales elegidos de mayor y menor edad, presentes en el acto, actuando como Secretario el que lo sea de la Corporación . La Mesacomprueba las credenciales presentadas o acreditadas de la personalidad de los electos con base a las certificaciones que al Ayuntamiento hubieran remitido la Junta Electoral de Zona. El tercer día anterior a la sesión constitutiva del Ayuntamiento, los concejales cesantes, se reunirán en una sesión convocada al sólo efecto de aprobar el acta de la última sesión celebrada . 11.2.2.
Funcionamiento del Pleno.
Las sesiones del pleno pueden ser de tres tipos: a)Sesiones Ordinarias: son aquellas cuyaperiodicidad está preestablecida . Dichaperiodicidad será fijada por acuerdo del propio Pleno adoptado en sesión extraordinaria, que habrá de convocar el Alcalde o Presidente dentro de los treinta días siguientes a la sesión constitutiva de la Corporación . Los Plenos celebrarán sesión ordinaria como mínimo: * Una vez al mes, en los municipios de más de 20.000 habitantes * Una vez cada dos meses, en los municipios entre 5.001 y 20.000 habitantes * Una vez cada tres meses, en los municipios de hasta 5.000 habitantes En la Villa de Madrid se celebra sesión ordinaria cada mes . b) Sesiones Extraordinarias : son aquellas que convoca el Alcalde o Presidente, por iniciativa propia o a solicitud de al menos 1/4 parte del número legal de miembros de la Corporación, sin que ningún concejal pueda solicitar más de tres anualmente. La solicitud deberá de hacerse por escrito en el que se razone el asunto o asuntos que la motiven . En el caso de solicitarse una sesión extraordinaria, la celebración de lamisma no podrá demorarse por más de 15 días hábiles desde su solicitud . Si el Presidente no convocase el Pleno extraordinario dentro del plazo señalado, quedará automáticamente convocado para el décimo día hábil siguiente al de finalización de dicho plazo a las 12 horas.
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c) Sesiones extraordinarias con carácter urgente: son las convocadas por el Alcalde o Presidente cuando la urgencia del asunto no permite convocar la sesión extraordinaria con la antelación mínima de dos días hábiles . En este caso debe incluirse como primer punto del orden del día el pronunciamiento del Pleno sobre la urgencia ; si la urgencia no es apreciada por el Pleno, se levantará acto seguido la sesión.
Las sesiones plenarias habrán de convocarse por el Alcalde o Presidente con una antelación mínima de dos días hábiles, excepto las extraordinarias con carácter urgente. La documentación de los asuntos incluidos en el orden del día que deba servir de debate y votación, deberá estar a disposición de los Concejales desde el mismo día de la convocatoria, en la Secretaría de la Corporación . En el orden del día de las sesiones ordinarias se incluirá siempre el punto de "ruegos ypreguntas". Para la válida constitución del Pleno se requiere la asistencia de 1/3 del número legal de miembros de la Corporación, que nuncapodrá ser inferior atres. Esta número deberá mantenerse durante toda la sesión . En todo caso se requiere la asistencia del Presidente y del Secretario de la Corporación . Las sesiones del Pleno serán públicas. No obstante, podrá ser secreto el debate y votación de aquellos asuntos que puedan afectar a los derechos fundamentales de los ciudadanos a que se refiere el art . 18.1 de la Constitución ( D° al Honor, a la intimidad personal y a la propia imagen), cuando así se acuerde por mayoría absoluta . Las votaciones del Pleno pueden ser de tres tipos: * Ordinarias: son las que se manifiestan por signos convencionales de asentimiento, desistimiento o abstención * Nominales : son aquellas votaciones que se realizan mediante llamamiento por orden alfabético de apellido y siempre en último lugar el Presidente, y en la que cada miembro de la Corporación, al ser llamado responde en vos alta "sf ", "no" o "me abstengo". * Secretas: son las que se realizan por papeletaque cadamiembro de la Corporación vaya depositando en una urna o bolsa El sistema normal de votación es el ordinario; la votación nominal requerirá la solicitud de un grupo municipal aprobada por el Pleno por mayoría simple en votación ordinaria, y la votación secreta podrá utilizarse para elección o destitución de personas A efectos de votación, se considerarán que se abstienen los miembros de la Corporación que se hubiesen ausentado del salón de sesiones una vez iniciada la deliberación del asunto y no estuviesen presentes en el momento de la votación. En el caso de votaciones con resultado de empate, se efectuará una nueva votación ysi el empate persiste, decidirá el voto de calidad del Alcalde-Presidente . 11.3.
FUNCIONES DEL PLENO. Las atribuciones del Pleno se encuentran recogidas en el art .. 22.2 de la LRBRL, y son las siguientes: * En materia de control: a. El control y fiscalización de los órganos de gobierno. . b. Elegir al Alcalde de su cargo conforme a las reglas establecidas en la legislación electoral. c. Plantear la moción de censura al Alcalde y aprobar la cuestión de confianza planteada por el Alcalde . * En materia de organización : a. Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales, alteración del término municipal, creación o supresión de municipios y de las Entidades de ámbito inferior al
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b.
municipio, creación de órganos Desconcentrados ; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo. La aprobación del Reglamento Orgánico y de las Ordenanzas .
* En materia de urbanismo: a.
La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística.
* En materia económico-financiera: a. b.
c.
d. e.
f.
g.
La determinación de los recursos propios de carácter tributario ; la aprobación y modificación de los presupuestos, la disposición del gastos en los asuntos de su competencia y la aprobación de las cuentas . El reconocimiento extrajudicial de créditos. La concertación de operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público del Municipio, previo expediente en el que se acredite su oportunidad y legalidad. La adquisición de bienes y derechos, cuando su valor supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto, y en cualquier caso, cuando sea superor a 500.000.000 de pesetas, así como las enajenaciones patrimoniales en los siguientes supuestos . .. : cuando se trate de bienes inmuebles o muebles declarados de valor histórico artístico, y no estén previstas en el presupuesto * aún estando previstas en el presupuesto superen los porcentajes y cuantías anteriormente señalados La concesión, arrendamiento o cesión de uso de bienes por más de cinco años, siempre que su cuantía no exceda del 10% de los recursos ordinarios de su Presupuesto, que deberán ser acordadas con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación .. La regulación del aprovechamiento de los bienes comunales y la cesión por cualquier título del aprovechamiento de estos bienes .
* En materia de Recursos Humanos: a.
b.
La aprobación de la plantilla de personal y la relación de los puestos de trabajo de la entidad . La fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios y el número y.régimen del personal eventual
* En materia de relaciones interadministrativas: a. La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones Públicas. b. El planteamiento de conflicto de competencias a otras Entidades Locales y demás Administraciones Públicas. * En materia de personación en procedimientos administrativos yjudiciales: a. El ejercicio de las acciones administrativas y judiciales, y la defensa de la Corporación en materias de competencias plenarias. b. La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento. * En materia de contratación y gestión de servicios: a.
La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización .
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b. c.
La aprobación de proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en el presupuesto . Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto, y en cualquier caso, los 1 .000.000.000 de pesetas, así como los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea superior a cuatro años
* En materia de representación: a.
Conceder medallas, emblemas, condecoraciones u otros distintivos honoríficos y concedertitulos de hijos predilectos o adoptivos o de miembros honorarios de la Corporación .
* En materia residual : a.
Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial y las demás que expresamente le confieran las Leyes.
El Pleno puede delegar en el Alcalde y en la Comisión de Gobierno, exclusivamente las siguientes competencias : 1. 2. 3. 4. 5. 6.
III .
El ejercicio de acciones judiciales y administrativas La declaración de lesividad La concertación de operaciones de crédito Las contrataciones y concesiones de toda clase La aprobación de obras y servicios La adquisición de bienes y derechos
LA COMISIÓN DE GOBIERNO .
III.1. INTRODUCCIÓN . Se tarta de un órgano colegiado necesario en aquellos Municipios de más de 5.000 habitantes, siendo potestativa su exigencia en Municipios con inferior número de habitantes. La Comisión de Gobierno se integra por el Alcalde y un número de concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre . En la Villa de Madrid la Comisión de Gobierno está integrada por 16 concejales y presidida por el Alcalde . Esta es la principal innovación organizativa de la LRBRL, pues este órgano ha pasado a ser un órgano representativo de pequeña dimensión respecto al Pleno ( con representación de todos los grupos políticos municipales) a ser un órgano de gobierno de asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones . 111.2.
ATRIBUCIONES. Se regulan en el art . . 23 .2 de la LRBRL, y son las siguientes: 1. La asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones. 2. Las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes.
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111 .3.
FUNCIONAMIENTO.
Celebrará sesión constitutiva dentro de los l0 días siguientes a aquel en que el Presidente haya designados los miembros que la integran . Las sesiones ordinarias del Consejo de Gobierno, en defecto de previsión expresa en su Reglamento orgánico, cada 15 días. En el Ayuntamiento de la Villa de Madrid las sesiones ordinarias se celebran cada semana, los vienes a las nueve de la mañana, en primera convocatoria, y una hora más tarde en segunda convocatoria ; este horario se adelantará treinta minutos en el caso de que coincida en el mismo día de la sesión ordinaria del Pleno municipal . Sus sesiones no son públicas. Entre la convocatoria y la celebración de la sesión no podrán transcurrir menos de veinticuatro horas, salvo en el caso de las sesiones extraordinarias y urgentes en las que, antes de entrar a conocer los asuntos incluidos en el orden del día deberá ser declarada la urgencia por acuerdo favorable de la mayoría de sus miembros . Para la válida constitución de la Comisión de Gobierno se requiere laasistencia de la mayoría absoluta de sus componentes . Si no existiera quórum, se constituirá en segunda convocatoria una hora después de la señalada para la primera, siendo suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros y, en todo caso, de un número no inferior a tres.
IV.
ÓRGANOS DE ESTUDIO, INFORMATIVAS" .
INFORME
Y
CONSULTA.
"LAS
COMISIONES
Están integrados exclusivamente por miembros de la Corporación, son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno, así como el seguimiento de la Comisión de Gobierno y los concejales de legados sin perjuicio de las competencias de control que le corresponden al Pleno. Las Comisiones Informativas pueden ser de dos clases: a) Comisiones Informativas Permanentes : son las que seconstituyen con caráctergeneral, distribuyendo entre ellas materias que han de someterse al Pleno. Su número y denominación iniciales, así como cualquier variación de las mismas durante el mandato corporativo, se decidirá mediante acuerdo adoptado por el Pleno a propuesta del Alcalde, procurando, en lo posible, su correspondencia con el número y denominación de las grandes áreas en que se estructuren los servicios corporativos . b) Comisiones Informativas Especiales: las constituye el Pleno para un asunto concreto, extinguiéndose automáticamente una vez que hayan dictado o informado sobre le asunto para el cual se formaron, salvo que el acuerdo plenario dictamine otra cosa distinta. Las Comisiones Informativas estarán compuestas por: I. 2. 3.
El Alcalde, que es el Presidente de todas ellas. Sin embargo, la presidencia podrá delegarla en cualquier miembro de la corporación, a propuesta de lapropia Comisión, tras la correspondiente elección efectuada en su seno. Cada Comisión estará integrada de tal manera que su composición se acomode a la proporcionalidad existente entre los distintos grupos políticos representados en la Corporación . La adscripción concreta a cada Comisión de los miembros de la Corporación que deban formar parte de la misma en representación de cada grupo político, se realizará mediante escrito del portavoz del mismo dirigido al Alcalde, y del que se dará cuenta al Pleno . Podrá designarse, de igual forma, a los suplentes por cada titular .
Los dictámenes de las Comisiones tendrán carácter preceptivo y no vinculante. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/447 98 98
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Temario Bomberos Ayuntamiento V. V.1.
ORGANIZACIÓN COMPLEMENTARIA DE LOS AYUNTAMIENTOS. INTRODUCCIÓN.
La creación de órganos complementarios del Ayuntamiento puede efectuarse en los reglamentos orgánicos de los municipios y en las leyes de las Comunidades Autónomas, estando los reglamentos subordinados a la legislación autonómica que, en su caso, pueda dictarse . El Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, regula el siguiente modelo de organización municipal complementaria : a) b) c) d) e) f) V.2.
Los Concejales-Delegados. Los representantes personales del alcalde en poblados y barriadas. Las Juntas Municipales de Distrito. Los Consejos Sectoriales . Los órganos desconcentrados y descentralizados para la gestión de servicios . La Comisión Especial de Cuentas
LOS CONCEJALES-DELEGADOS.
Los Concejales-delegados son aquellos concejales que ostentan alguna delegación de atribuciones . Dichas atribuciones se especificarán en el respectivo decreto de delegación, y las ejercitará de acuerdo con lo que en él se prevea. Si la resolución o acuerdo de delegación se refiere genéricamente a una materia o sector de actividad sin especificar las potestades, se entenderá que comprende todas aquellas facultades, derechos y deberes referidos a las materias que correspondan al órgano delegante, con la excepción de aquellas que la Ley no permita delegar . Se pierde la condición de Concejal-delegado : a) b) e) V.3.
Por renuncia expresa, que habrá de ser formalizada por escrito ante la Alcaldía. Por revocación de la delegación, adoptada por el Alcalde con las mismas formalidades previstas para otorgarla. Por pérdida de la condición de miembro de la Comisión de Gobierno o del Teniente de Alcalde .
LOS REPRESENTANTES DEL ALCALDE EN POBLADOS Y BARRIADAS .
En cada poblado y barriada que estén separadas del casco urbano y que no constituyan una entidad local, el Alcalde podrá nombrar un representante personal entre los vecinos residentes en los mismos. La duración del cargo estará sujeto al mandato del Alcalde que lo nombró, quien podrá removerlo cuando lo juzgue oportuno. Los representantes tendrán carácter de autoridad en el cumplimiento de sus funciones municipales . IVA.
LOS CONSEJOS SECTORIALES.
El Pleno podrá acordar la creación de Consejos Sectoriales, cuyo fin es el de canalizar la participación ciudadana en los asuntos municipales . Tienen funciones exclusivamente de informe y propuesta, en relación con las iniciativas municipales relativas al sector de actividad al que corresponda cada Consejo . En todo caso, cada Consejo estará presidido por un miembro de la Corporación, nombrado y cesado libremente por el Alcalde, que actuará como enlace entre aquella y el Consejo. 76
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El ámbito territorial de actuación de los Consejos Sectoriales podrá coincidir con el de las Juntas de Distrito, en el caso que existan, en cuyo caso su presidencia recaerá en un miembro de la Junta. En la Villa de Madrid existen 6 Consejos Sectoriales en cada Junta de Distrito, presididos por el Presidente de la Junta respectiva o por persona en quien delegue, actualmente existen los siguientes Consejos Sectoriales : * * * * * IV.5.
Sanidad y Consumo . Cultura . Juventud y Deportes. Educación . Servicios Sociales. Urbanismo y Medio Ambiente .
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Y DESCENTRALIZADOS PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS .
El establecimiento de estos órganos se rige por los dispuesto en la legislación de régimen local relativa a las formas de gestión de servicios, y en todo caso, se inspirará en el principio de economía organizativa, de manera que su número sea el menos posible en atención a la correcta prestación d de los servicios . IV.6.
LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS.
Es de existencia preceptivay su constitución, composición y funcionamiento se ajusta a lo establecido por las demás Comisiones Informativas . Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas el examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el pleno del Ayuntamiento, de acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de la contabilidad de las entidades locales. Bien a través del Reglamento orgánico o mediante acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, la Comisión Especial de Cuentas podrá actuar como Comisión Informativa Permanente para los asuntos relativos a economía y hacienda de la entidad local. IV.7.
LAS JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO .
El Pleno de la Corporación podrá acordar la creación de las Juntas Municipales de Distrito que tendrán el carácter de órganos territoriales de gestión desconcentrada y cuya finalidad será la mejor gestión de los asuntos de la competencia municipal y facilitar la participación ciudadana en el respectivo ámbito territorial . La composición, organización y ámbito territorial de las Juntas serán establecidas por el Reglamento regulador de la propia entidad, el cual determinará, asimismo, las funciones administrativas, en relación a las competencias municipales, que se deleguen o puedan ser delegadas, dejando a salvo la unidad de gestión del municipio . El Reglamento de las Juntas Municipales de Distrito se considerarán a todos los efectos, parte integrante del Reglamento Orgánico . Por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de la Villa de Madrid de 27 de marzo de 1987, se aprobó la división del término municipal en 21 Distritos municipales y entró en vigor dicho acuerdo el 1 de julio de 1988, y estos son :
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1 Centro 3 Retiro 5 Chamartín 7 Chamberí 9 Moncloa-Aravaca 11 Carabanchel 14 Moratalaz
2 4 6 8 10 12 15
Arganzuela Salamanca Tetuan Fuencarral-El Pardo Latina Usera Ciudad Lineal
21 13 18 19 20 16 17
Barajas Vallecas Puente Villa de Vallecas Vicálvaro San Blas Hortaleza Villaverde
Las Juntas de Distrito del Ayuntamiento de Madrid están integradas por un Concejal Presidente designado por el Alcalde ( que es Concejal del Ayuntamiento), y 19 vocales vecinos - 10 PP, 7 PSOE y 2 IU nombrados por el Alcalde a propuesta de los grupos políticos presentes en el Ayuntamiento.
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ESTRUCTURA DE LAS JUNTAS MUNICIPALES (En el Ayuntamiento de Madrid) PLENO CONCEJAL PRESIDENTE JEFATURA DE LA OFICINA MUNICIPAL SECCIÓN DE ASUNTOS GENERALES UNIDAD DE ASUNTOS ECONÓMICOS SECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS UNIDAD DE SERVICIOS TÉCNICOS SECCIÓN DE SERVICIOS SOCIALES UNIDAD DE SERVICIOS CULTURALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
VI. VI.1.
LAS RAMAS. LAS ÁREAS Y LOS SERVICIOS. INTRODUCCIÓN.
Conforme al Decreto de la Alcaldía Presidencia, de 29 de mayo del 2000, los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Madrid se estructurany organizan en las siguientes ramas, áreas y servicios que a continuación se especifican:
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RAMAS
AREAS Y SERVICIOS Coordinación y Servicios Generales
(Mercedes de la Merced Monge)
-
DE COORDINACIÓN GENERAL DE SERVICIOS, CULTURA Y `' SERVICIOS COMUNITARIOS
*
Áreade Cultura, Educación, Juventud yDeportes
*
Área de Promoción de la Igualdad y el Empleo
- Relaciones Instituciones
RAMA I:
Coordina a todas las Rarnas y Distritos
(Femando Martínez Vida¡)
(María Antonia Suárez Cuesta)
Servicio de Calidad y Nuevas Tecnologías
(De aquí depende la Secretaria General)
(Ignacio del
(Carlos Martínez Serrano)
Río García de sola)
-
Gerencia Municipal de Urbanismo
- Urbanismo
RAMA II'
- Estética Urbana
DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA
(María Tardón Olmos)
*
Área de Vivienda y Rehabilitación Urbana
*
Área de Obras e Infraestructuras
-
RAMA III:
DE ATENCIÓN SOCIAL, POLICÍA MUNICIPAL Y MOVILIDAD URBANA
(Sigfrido Herráez Rodríguez)
(Elena de Utrilla Palombí)
Policía Municipal
*
Área de Servicios Sociales
*
Servicio de Movilidad Urbana
*
Servicio de Protección Civil y Bomberos
(Beatriz María Elorriaga)
(Sigfrido Herráez Rodríguez)
(Miguel Ángel Araujo Serrano)
Saneamiento - Parques y jardines - Contaminación atmosférica - Residuos sólidos
-
(Adriano García-Loygorri Ruiz)
-
DE MEDIÓ AMBIENTE Y SALUD Y CONSUMO
*
Área de Salud y Consumo
*
Servicio Limpieza y Desarrollo Medioambiental
RAMA IV:
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(Simón Viñals Pérez)
(Alberto López Viejo)
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RAMAS (Pedro Balidos Garay)
RAMA
V:
DE HACIENDA, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR
(De aquí depende la Intervención y la Tesorería)'
ÁREAS Y SERVICIOS -
Hacienda, Economía y Comercio
*
Área de Personal
*
Área de Régimen Interior y Patrimonio
(M° Begoña Larraínzar Zaballa)
(Antonio Moreno Bravo)
Existen, pues, cinco Ramas, integradas por ocho Áreas y tres servicios . Como responsable de cada Rama existe un Teniente de Alcalde, del Área un concejal delegado y del Servicio un concejal responsable ; y todos ellos con atribuciones delegadas por el Alcalde; todo ello sin perjuicio de la superior dirección que ostenta el Alcalde sobre la Administración Municipal . Para completar el estudio de la organización de los servicios del Ayuntamiento de Madrid, es preciso referirnos a los órganos que constituyen la organización burocrática de los distintos servicios municipales que tienen encomendados el ejercicio de las diversas competencias burocráticas. Entre estos órganos cabe destacar : a) b) c)
VI.2.
La Secretaría General : El Secretario General asume las funciones de fe pública y de asesoramiento legal, estando asistido para el desarrollo de las mismas por el Vicesecretario y por el Oficial Mayor. La Intervención General : Al Interventor le competen las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria y de la contabilidad . La Tesorería : El Tesorero tiene las funciones siguientes: manejo y custodia de los bienes de la Entidad, comprendido los bienes almacenables y, en general, todos los recursos de la Entidad.
ESPECIAL REFERENCIA AL SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS .
Al frente de este Servicio estará un Concejal responsable, quien por delegación del Alcalde, ejercerá las siguientes competencias : * * * * *
*
Establecer las directrices generales de actuación . Fijar los criterios con arreglo a los cuales se desarrollará la acción permanente municipal . Elaborar los planes municipales para su aprobación por los órganos competentes . Organizar y dirigir el Cuerpo de Bomberos, proponiendo y ejecutando los planes de funcionamiento y adquisición de material, mejora y actualización del mismo . Señalar las líneas de actuación preventiva, en las que podrán integrarse los siguientes aspectos : Realización de pruebas o simulaciones de prevención deriesgos ycalamidades públicas . Instalación, organización y mantenimiento de Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento . Promover, organizar y mantener la formación del personal. Realización de las actividades necesarias tendentes a la participación voluntaria de los ciudadanos, fundamentalmente en lo relativo a la prevención de situaciones de emergencia que puedan afectarles en el hogar, edificios para uso residencial, etc.. . Elevar al Concejal de la Rama las propuestas: sobre las disposiciones relativas a esta materia, excepto aquellas que por sus propias características técnicas sean competencias de otros Servicios Municipales . las propuestas de resolución de cuantos asuntos relativos a las materias objeto de delegación puedan afectar a terceros.
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*
Elevar al titular de la Rama y al de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras, las propuestas relativas a las funciones que la ordenanza de Prevención atribuye al Departamento de Prevención de Incendios, así como las relativas a órdenes de ejecución para la subsanación de las deficiencias que se adviertan en materia de seguridad contra incendios y las de imposición de multas previstas en esta Ordenanza .
*
Velar por la remisión por los servicios técnicos y administrativos a su cargo de los datos y antecedentes precisos para la gestión por el Área de Hacienda, Economía y Comercio de la Tasa por Servicios de Extinción de Incendios y, en su caso, de las Contribuciones Especiales por ampliación y mejora de dicho Servicio .
*
Proponer al Concejal de la Rama la elevación a la Comisión Informativa correspondiente de los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno Municipal o así lo disponga especialmente la Alcaldía-Presidencia o la comisión de Gobierno.
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TEMA 5 PROTECCIÓN
CIVIL. DEFINICIÓN. FUNCIONES BÁSICAS
DEFINICIÓN Y NORMATIVA I.1
NORMATIVA
La materia de Protección Civil se encuentra regulado en la Ley 2/1985, de 21 de Enero, RD 407/1992, de 24 de abril, por el que aprueba la Norma Básica de Protección Civil y RD 1254/1999 de 16 de Julio, por el que se aprueba medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. 1.2
DEFINICIÓN
El ámbito de aplicación se constituye como una protección física de las personas y los bienes, en situación de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria, en la que la seguridad y la vida de las personas pueden peligrar y sucumbir masivamente . Ésta Ley viene a confirmar la obligación constitucional de los Poderes Públicos de garantizar el Derecho a la Vida y la Integridad Física (Art. 15 CE) como derechos básicos y fundamentales de las personas, así como el deber de todas las Administraciones públicas (art. 103 y art.2 CE), Organizaciones, Empresas y ciudadanos (art.30 CE) en materia de protección civil frente a los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública . Atendiendo al art.1 de la Ley se define Protección Civil como : l . La acción permanente de los poderes públicos, en materia de protección civil, se orientará al estudio y prevención de las situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública y a la protección y socorro de personas y bienes en los casos en que dichas situaciones se produzcan. 2. La protección civil es un servicio público en cuya organización, funcionamiento y ejecución participan las diferentes Administraciones públicas, así como los ciudadanos mediante el cumplimiento de los correspondientes deberes y la prestación de su colaboración voluntaria. 3. Sin perjuicio de lo que dispongan las leyes especiales, la protección civil en caso de guerra, tendrá por objeto : La autoprotección El servicio de alarma Los refugios La evacuación, dispersión y albergue El socorro, rescate y salvamento La asistencia sanitaria y social Rehabilitación de servicios públicos esenciales 1.3
OTROS CONCEPTOS Es necesario conocer los diferentes términos que se incluyen dentro del art . 1 apdo 1, como son : Grave riesgo : Implica la posibilidad de que se produzca un daño de tal gravedad, que ponga en peligro la vida o los bienes de las personas. Anteesta situación entra en marcha el funcionamiento de la Protección Civil.
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Catástrofe: Suceso que afecta gravemente al orden de las cosas de una Comunidad . Calamidad Pública : Es una catástrofe que alcanza a extensas zonas geográficas y por lo tanto a muchas personas .
II.
FUNCIONES BÁSICAS Las funciones básicas de la Protección Civil son : Previsión : Análisis de los supuestos de riesgos, sus causas y efectos, así como de las zonas que pudieran resultar afectadas . Prevención : Conjunto de acciones que preparan con anticipación las medidas oportunas para evitar o reducir y controlar las situaciones de riesgo potencial y los daños que pudieran derivarse de estas. Planificación : Elaboración de un Plan general, científicamente organizado para hacer frente a las situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública que pudieran presentarse . Intervención : Coordinar y dirigir la intervención de todos los elementos de la protección civil, como son los servicios de las administraciones públicas civiles y militares, entidades privadas y ciudadanos. Rehabilitación : Encaminada al restablecimiento de los servicios públicos esenciales y de las condiciones socio-económicas y ambientales indispensables para normalizar la vida de las comunidades afectadas .
III .
PARTICIPANTES
La gravedad de las situaciones que se producen, exigen una participación unánime de todas las administraciones públicas civiles (local, autonómica y central) y militares, entidades privadas y de los ciudadanos. La heterogeneidad de las situaciones de emergencia, laamplitud de las necesidades que se generan y todos los recursos humanos y naturales que han de ser movilizados ; requieren una organización . Dicha organización corresponde al Estado principalmente, por cuanto constituye una competencia de protección de personas y bienes integrada en el área de seguridad pública. Los mecanismos de actuación, son básicamente técnicas de planificación y de coordinación a nivel superior, incluyendo en esta materia el supuesto del número 3 del art . 149 (El Estado tiene competencia exclusiva en materia de Relaciones Internacionales). 111.1
ADMINISTRACIÓN CIVIL Y FUERZAS ARMADAS (ART. 2 Ley 2/85)
Se concibe por tanto la protección Civil (art.2 Ley 2/85) como un servicio público cuya competencia corresponde a la Administración Civil del Estado y en los términos establecidos en la Ley, a las restantes administraciones públicas. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre que las circunstancias lo hicieran necesario, participarán en las acciones de protección civil .
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En tiempo de paz, cuando la gravedad de la situación de emergencia así lo exija, las Fuerzas Armadas, a solicitud de las autoridades competentes, colaborarán en laprotección civil, dando cumplimiento a las misiones que se les asignen . La colaboración de las Fuerzas Armadas, que actuarán en todo caso, encuadradas y dirigidas por sus mandos naturales, deberá solicitarse de la autoridad militar que corresponda . 111 .2
CIUDADANOS (ART. 4 Ley 2/85)
Todos los ciudadanos, a partir de la mayoría de edad, estarán sujetos a la obligación de colaborar, personal materialmente, y en la protección civil, en caso de requerimiento por las autoridades competentes . La obligación mencionada se concretará, fundamentalmente, en el cumplimiento de las medidas de prevención y protección para personas y bienes establecidos por las leyes y las disposiciones que las desarrollen, en la realización de las prestaciones oportunas y en la intervención operativa en las situaciones de emergencia que las circunstancias lo requieran . Estarán especialmente obligados a colaborar en las actividades de la protección civil : a) b)
Las personas en situación legal de desempleo y que esténpercibiendo la correspondiente prestación económica por esta causa, en las condiciones que se determinen por los Ministerios del interior y de Trabajo y Seguridad Social . Quienes estén sometidos al régimen de prestación social sustitutoria del servicio militar y los excedentes del contingente anual de éste, en los términos filados en la legislación respectiva .
En los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, todos los residentes en territorio nacional estarán obligados a la realización de las prestaciones personales que exija la autoridad competente, sin derecho a indemnización por esta causa, y al cumplimiento de las órdenes generales o particulares que se cite. Asimismo, los centros de enseñanza desarrollarán, entre los alumnos, actividades que se encaminen al logro de los fines de la protección civil . 111 .3
OTROS ( ART. 4.5, 5 y ART.7 Ley 2/85)
Los servicios de vigilancia, protección y lucha contra incendios de las Empresas públicas o privadas se considerarán, a todos los efectos, colaboradores en la protección civil . Los titulares de los centros, establecimientos y dependencias que se incluyan en el catálogo elaborado por el Gobierno (de las actividades de todo orden que puedan dar origen a una situación de emergencia, así como los centros, establecimientos y dependencias en que aquéllas se realicen) estarán obligados a establecer las medidas de seguridad y prevención en materia de protección civil que reglamentariamente se determine . La Cruz Roja y otras entidades públicas cuyos fines estén relacionados con la protección civil contribuirán con sus efectivos y medios a las tareas de la misma . Las Brigadas de Tropas de la Cruz Roja y la Cruz Roja del Mar son unidades de colaboración en materia de protección civil, por lo que su estructura y dotación a estos efectos será establecida en el concierto que se suscriba entre la Cruz roja y los Ministerios del interior y de Defensa .
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8s
Temario Bomberos Ayuntamiento IV.
PLANES DE PROTECCIÓN CIVIL:CLASIFICACIÓN Y CRITERIOS DE ELABORACIÓN .
Las líneas de actuación en las situaciones de emergencias será desarrollado por la Ley 2/85 de Protección Civil y la Norma Básica de Protección Civil (RD 2007/92) que contiene las directrices esenciales para la elaboración de los Planes Territoriales -de Comunidad Autónoma, Provinciales, Supra municipales, Insulares y Municipales- y de los Planes Especiales, por sectores de actividad, tipos de emergencia o actividades concretas . Ambos Planes constituyen un marco orgánico y funcional para la protección de las personas y los bienes en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública ; y en todo caso deberán contener (Art.9 Ley 2/85) : a) b) c) d)
IV.1
El catálogo de recursos movilizables en casos de emergencia y el inventario de riesgos potenciales, que deberá incluir, en todo caso, el contenido del Catálogo Nacional a que se refiere el art .5 en el respectivo ámbito territorial . Las directrices de funcionamiento de los distintos servicios que deban dedicarse a la protección civil . Los criterios sobre lamovilización y coordinación de recursos, tanto en el sector público como en el sector privado . La estructura operativa de los servicios que hayan de intervenir en cada emergencia, con expresión del mando único de las operaciones, todo ello sin perjuicio de las decisiones que deban adoptarse en cada circunstancia por las autoridades competentes .
PLANES TERRITORIALES
Se elaborarán para hacer frente a las emergencias generales que se puedan presentar en cada ámbito territorial -de Comunidad Autónoma y de ámbito inferior (Provinciales, Supra municipales, Insulares y Municipales)- y establecerán la organización de los servicios y recursos que procedan : a) b) c)
De la propia Administración que efectúa el Plan De otras Administraciones públicas según la asignación que éstas efectúen en función de sus disponibilidades y de las necesidades de cada Plan Territorial . De otras Entidades públicas o privadas.
El Plan Territorial de la Comunidad Autónoma, que podrá tener el carácter de Plan Director, establecerá el marco organizativo general, en relación con su correspondiente ámbito territorial, de manera que permita la integración de los Planes Territoriales de ámbito inferior. Cuando la naturaleza y extensión del riesgo, el alcance de la situación de emergencia o los servicios y recursos a movilizar excedan las competencias de una determinada Administración, de acuerdo con lo previsto en su correspondiente Plan Territorial, la dirección y coordinación de las actuaciones podrá pasar a la autoridad que ejerza tales funciones en el Plan Territorial de ámbito más amplio . Los planes Territoriales con el fin de que sean homologables ypuedan integrarse en caso necesario en otros planes de ámbito superior determinarán, al menos, los siguientes aspectos: a) b) c) d)
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Definición de su objetivo y alcance, valorando y concretando lo que puede conseguirse con la correcta aplicación del Plan. Determinación de la figura del Director del Plan, al que corresponda la dirección de todas las operaciones que deben realizarse al amparo del Plan. Establecimiento de un Centro de Coordinación Operativa (CECOP), donde se realice la dirección y coordinación de todas las operaciones . Todo CECOP podrá funcionar como Centro de Coordinación Operativa Integrado (CECOPI), en el que se integrarán los mandos de las diferentes Administraciones . Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid. Tlf.: (91) 44 8 22 611447 98 97
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e) f)
g)
h)
i) j) k) 1) m) n) o) p) q) r) s)
Establecimiento de los mecanismos y circunstancias para la declaración formal de la aplicación de un Plan, que determina el comienzo de su obligatoriedad. Definición de las medidas de protección a la población, que tienen por objeto evitar o minimizar los efectos adversos del riesgo, debiéndose considerar como mínimo los siguientes: - Control de accesos - Avisos a la población - Refugio en el propio domicilio o en lugares de seguridad - Evacuación en sus distintas variantes - Asistencia Sanitaria Definición de las medidas de protección a los bienes, con especial atención a los bienes declarados de interés cultural, medidas de protección que tendrán una doble vertiente, la de su protección propiamente dicha y aquella otra encaminada a evitar que se generen riesgos asociados que puedan incrementar los daños. Definición de las medidas y actuaciones de socorro, considerando las situaciones que representan una amenaza para la vida. En general pueden agruparse en: - Personas desaparecidas - Personas sepultadas bajo ruinas, o aisladas - Personas heridas o contaminadas - Personas enfermas debido a las condiciones del medio ambiente y de higiene . Las medidas a definir son, entre otras: - Búsqueda, rescate y salvamento - Primeros auxilios - Evacuación (transporte) -Clasificación, control y evacuación de afectados a fines de asistencia sanitaria y social - Asistencia sanitaria primaria - Albergue de emergencia - Abastecimiento Definición de las intervenciones para combatir el suceso catastrófico, que tiene por objeto actuar sobre el agente que provoca la catástrofe para eliminarlo, reducirlo o controlarlo. Definición de la estructura operativa de respuesta para hacer frente a los efectos de un suceso catastrófico. Articulación de los Planes de los distintos niveles territoriales . Previsión de las actuaciones en las emergencias, con establecimiento de sistemas de alerta precoz y criterios de evaluación del suceso y sus consecuencias en tiempo real. Indicación de las autoridades a las que es necesario notificar la existencia de sucesos que puedan producir daños a las personas y bienes . Establecimiento de fases y situaciones en concordancia con las medidas de protección que deben adoptarse y los correspondientesprocedimientos de actuación, que constituye la base operativa del Plan. Determinación de los medios y recursos necesarios . Determinación de las medidas reparadoras, referidas a la rehabilitación de los servicios públicos esenciales, cuando la carencia de estos servicios constituya por si misma una situación de emergencia o perturbe el desarrollo de las operaciones . Determinación de los mecanismos adecuados para la información a la población afectada y al público en general, para que éste pueda adatar su conducta a la prevista en un Plan de emergencia . Implantación y mantenimiento de la eficacia del Plan, estableciendo en la planificación los mecanismos encaminados a garantizar su correcta implantación y el mantenimiento de su eficacia a lo largo del tiempo. Flexibilidad : Los planes deben tener un grado de flexibilidad que permita el ajuste del modelo de planificación establecido con el marco real de la situación presentada.
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t) IV.2
Asimismo, los Planes Territoriales establecerán el catálogo de recursos movilizables en caso de emergencia y el inventario de riesgos potenciales .
PLANES ESPECIALES
Los Planes Especiales se elaborarán para hacer frente a los riesgos específicos cuya naturaleza requiera una metodología técnico-científica adecuada para cada uno de ellos. En su elaboración se tendrá en cuenta : a) b) c) d) e) f) g) h)
Identificación y análisis del riesgo y la evaluación de sus consecuencias . Zonificación del riesgo Evaluación del suceso en tiempo real para la aplicación oportuna de las medidas de protección. Composición de la estructura operativa del Plan, considerando la incorporación de organismos especializados y personal técnico necesario . Características de lainformación ala población diferenciando la relativaal conocimiento del riesgo y al conocimiento del Plan. En los riesgos tecnológicos, la determinación de las actuaciones y responsabilidades de los industriales . Establecimiento de sistemas de alerta, para que las actuaciones en emergencias sean eminentemente preventivas . Planificación de medidas específicas, tanto de protección, como de carácter asistencial a la población .
Asimismo, las directrices señaladas en relación con los Planes Territoriales serán de aplicación en la elaboración de los Planes Especiales . Serán objeto de Planes Espaciales en aquellos ámbitos territoriales que lo requieran, al menos, los riesgos siguientes : - Emergencias nucleares - Situaciones bélicas -Inundaciones - Sismos - Químicos - Transportes de mercancías peligrosas - Incendios forestales -Volcánicos Por la distintas características de los riesgos enumerados anteriormente, el Art .7 de la Norma Básica de Protección Civil determina que habrán de elaborarse los planes Especiales con arreglo a los siguientes tipos: Planes Básicos : Para los riesgos derivados de situaciones bélicas y de emergencia nuclear. Son aquellos cuya aplicación viene exigida siempre por el interés nacional . La competencia y la responsabilidad en este caso será del Estado y abarca todas las fases de la planificación, incluyendo la relativa a la prevención (vigilancia y control de las emergencias potenciales, con el concurso de los organismos competentes), la implantación, el mantenimiento de la efectividad, la información a las administraciones afectadas, a la población y la dirección de todas las actuaciones, sin perjuicio de la participación del resto de las Administraciones públicas. Planes Especiales para los demás casos : Se elaboran de acuerdo con las Directrices Básicas relativas a cada riesgo. Dichas Directrices establecerán los requisitos mínimos sobre los fundamentos, estructura, organización, criterios operativos, medidas de intervención e instrumentos de coordinación que deben cumplir los Planes Especiales a que aquéllas se refieran. Los Planes Especiales pueden articularse, dependiendo de lo previsto en la correspondiente Directriz Básica, conforme a las modalidades siguientes: 88
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a) Estatales o supraautonómicos: Establecen los mecanismos y procedimientos organizativos de susu recursos y servicios para asegurar el ejercicio de la dirección y coordinación de los Planes especiales Autonómicos, en aquellas situaciones de emergencia en que esté presente el interés nacional (La declaración de interés general será declarada por el Ministro del interior por propia iniciativa o a instancia de las Comunidades Autónomas o de los Delegados del Gobierno de las mismas) . b) De Comunidad Autónoma: Para hacer frente a los riesgos específicos en sus respectivos territorios . Estos Planes podrán integrarse en el Plan Director de la Comunidad autónoma, establecerán los mecanismos y procedimientos de coordinación con los planes de ámbito estatal para garantizar su adecuada integración . IV.3
COMPETENCIA PLANES TERRITORIALES
El Plan Territorial de la Comunidad Autónoma deberá ser aprobados por el Consejo de Gobierno de la misma y deberán ser homologados por la Comisión Nacional de Protección Civil. Cuando la naturaleza y extensión del riesgo, el alcance de la situación de emergencia o los servicios y recursos a movilizar excedan las competencias de una determinada Administración, de acuerdo con lo previsto en su correspondiente Plan Territorial, la dirección y coordinación de las actuaciones podrá pasar a la autoridad que ejerza tales funciones en el Plan Territorial de ámbito más amplio. Los Planes Municipales se aprobarán por las correspondientes Corporaciones Locales, se integrarán en su caso, en los Planes Supra municipales, Insulares o Provinciales, y deberán ser homologados por la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma. Los Planes Supra municipales, Insulares y Provinciales se aprobarán por el órgano competente de la entidad'local correspondiente, se integrarán en los Planes de la Comunidad Autónoma y deberán ser homologados por la Comisión de Protección de la misma . La homologación, consistirá en comprobar que los planes se acomodan al contenido y criterios de laNorma Básica. Hasta tanto no se produzca su homologación, que deberá ser efectuada por el órgano competente en el plazo máximo de tres meses a partir de su recepción por dicho órgano, no podrán ser aplicados . PLANES ESPECIALES Los Planes Especiales de ámbito estatal o los que afecten a varias Comunidades Autónomas se aprobarán por el Gobierno a propuesta del Ministerio del Interior y previo informe de la Comisión Nacional de Protección Civil. Los Planes Especiales cuyo ámbito territorial no exceda del de una Comunidad Autónoma se aprobará, previo informe de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma correspondiente, por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma y serán homologados por la Comisión Nacional de Protección civil . En situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública se dispondrá de la aplicación del plan que corresponda y la movilización de los servicios y medios necesarios : a)
Por el Gobernador Civil (en la actualidad Delegado de Gobierno), por iniciativa o a propuesta de la autoridad correspondiente si la emergencia afecta a uno o más municipios de una misma
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provincia . La autoridad local podrá adoptar tales medidas si la emergencia impide o dificulta el trámite de propuesta del Gobernador Civil. b)
V. V.1
Por el ministro del Interior en los demás casos y en los de especial gravedad por propia iniciativa o a instancia de los Presidentes de los órganos ejecutivos de las Comunidades Autónomas, Delegados del Gobierno o Gobernadores Civiles, sin perjuicio de lo dispuesto en el art . 15 .2 de la Ley (El Gobierno, a propuesta del Ministro del Interior, podrá delegar todo o parte de sus funciones en aquellos casos en que la naturaleza de la emergencia lo hiciera aconsejable).
ORGANISMOS COMPETENTES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL
J
ORGANISMOS DE CADA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Ámbito estatal: El Ministro del Interior con la Comisión Nacional de Protección Civil. Ámbito autonómico : La autoridad superior es el Delegado de Gobierno que colabora con sus órganos de gobierno. Ámbito provincial: Sus órganos ed gobierno y el Gobernador Civil (actualmente Subdelegado del Gobierno) . Ámbito supra municipal o insular: Sus órganos de gobierno y el Subdelegado del Gobierno como superior autoridad . Ámbito municipal : Alcalde como autoridad superior .
V.2
ÓRGANOS SUPERIORES
El Gobierno de la Nación es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil . El Gobierno, a propuesta del Ministro del Interior y a iniciativa, en su caso, del Presidente de la Comunidad Autónoma o del órgano correspondiente de la entidad local afectada, podrá delegar todo o en parte de sus funciones en aquellos casos en que la naturaleza de la emergencia lo hiciera aconsejable . El Ministro del Interior ostenta la superior autoridad en materia de protección civil y le corresponde : elaborar la Norma Básica de Protección Civil, disponer, la intervención de las fuerzas y Cuerpos de Seguridad y solicitar del Ministro de Defensa la colaboración de las Fuerzas Armadas, requerir de las autoridades locales y autonómicas la intervención de sus Cuerpos de Policía y demás servicios . .. La Dirección Nacional de Protección Civiles elórgano directivo del Ministerio encargado de laasistencia al Ministro en el ejercicio de sus funciones de dirección, coordinación y ejecución de las actividades en materia de protección civil. La Comisión Nacional de Protección Civil es el órgano colegiado encargado de la asistencia al Gobierno y coordinador de la Protección Civil del Estado y la Comunidades Autónomas en materia de Protección Civil. Asimismo homologará los planes cuya competencia tenga atribuida. Estará integrada por los representantes de la Administración del Estado que reglamentariamente se determinen, así como por un representante designado por los órganos de gobierno de cada una de las Comunidades Autónomas. Coordinará a la Adminisiración Civil del Estado y las Comunidades Autónomas de Protección Civil y homologará los planes de protección civil de su competencia . 90
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La Comisión de Protección Civil de las Comunidades Autónomas, estarán compuestas por representantes de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales incluidas en su ámbito territorial . En todo caso, los representantes de la administración del Estado, designados por ella, serán como mínimo tres. Coordinará con órganos relacionados con Protección Civil, informará de normas técnicas y homologará los planes de Protección Civil . V.3
ÓRGANOS COLABORADORES
Las Fuerzas Armadas, su colaboración será solicitada por la autoridad local competente, que lo pedirá al subdelegado del Gobierno y este a su vez lo pedirá al Ministro de Defensa . Si por las circunstancias o los hechos no pudiese seguirse el conducto o no se admitiese demora, las autoridades correspondientes podrán recabar la colaboración de las Fuerzas Armadas directamente . Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, su colaboración se producirá de acuerdo con lo establecido en el correspondiente plan y será solicitada por el Subdelegado del Gobierno a la Dirección General de que dependan. Los Cuerpos de policía autónomos y locales, su colaboración será a requerimiento de la autoridad competente o mandato único, coordinándose con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado según lo establecido en el correspondiente plan. Las policías autónomas intervendrán fuera de su comunidad autónoma a requerimiento del Ministro del Interior o el Presidente de la Comunidad Autónoma . Las policías locales intervendrán fuera de su ámbito local a requerimiento del subdelegado del Gobierno o de los alcaldes respectivos .
VI. .
SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL
Ante cualquier contingencia la autoridad competente movilizará un conjunto de servicios operativos para hacer frente a la misma. En este caso, y por orden de intervención son servicios de protección civil : - Los Bomberos - La Guardia Civil - La Policía Nacional - El Cuerpo Superior de Policía - La Policía Municipal - La Cruz Roja - La Sanidad Nacional - Las Federaciones de Salvamento y Socorrismo, de Alpinismo, de Espeleología - Las Sociedades de Escafandrismo, naúticas y aéreas - Los medios de información - La red de Alerta a la radiactividad - Los Servicios de Transmisiones - La Unión de Radioaficionados Españoles - Los Servicios de Transporte - Los Servicios Estatales, Autónomos, Provinciales y Municipales - Las Empresas Privadas requeridas - Todos los ciudadanos - Fuerzas Armadas, cuando sea necesario su intervención, por haber resultado insuficientes los servicios civiles Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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VII. VILI
EJECUCIÓN DEL PLAN CIVIL PLAN CIVIL En el Plan Civil, se especifica la jerarquía y funciones que se siguen en caso de siniestro Descripción de las situaciones de peligro, que son diferentes en cada municipio . Posibles consecuencias que se pueden producir tanto a las personas como a los bienes . Se dividen en tres áreas . * Área de Intervención : es la zona en la que se produce el siniestro ahí se encuentran los fuerza operativas . * Área de Socorro : es donde se encuentran las equipos sanitarios . * Área Base: donde se sitúan las reservas
VII .2
APLICACIONES DEL PLAN. Emergencia, Pre-alerta y FASE VERDE Ante la posibilidad de un daño futuro no se aplica el Plan de protección Civil pero si actúan las Fuerzas de Protección Civil. Emergencia, alerta, FASE AZUL Se declara cuando el siniestro ha ocurrido . Se aplica el Plan de protección Civil y actúan las Fuerzas de protección Civil y los Cuerpos de Seguridad. Emergencia, alarma, FASE ROJA Se produce cuando los medios de protección civil han sido desbordados . Se aplica el Plan de protección Civil y se actúa.
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GLOSARIO: *
CALAMIDAD :
Desgracia o infortunio que afecta a muchas personas .
*
CATÁSTROFE :
Desgracia o infortunio que afecta el orden natural de las cosas .
*
GRAVE RIESGO :
Posibilidad de un daño futuro.
*
EMERGENCIA :
Situación posterior a una catástrofe o una calamidad en la que peligra la vida de las personas .
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TEMA 6 DIRECCIÓN DE LOS SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO . I.
INTRODUCCIÓN .
Respecto al SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS, su reorganización se aprobó en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, con fecha 26 de Enero de 1990. Posteriormente, fue englobado en la Rama 1 a del Ayuntamiento, mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia, publicado el día 18 de Julio de 1996. El Servicio de Protección Civil y Bomberos está destinado a cumplir los siguientes objetivos : 1. 2. 3. 4. 5.
Evitar, en la medida de lo posible, el inicio de un siniestro . En caso de producirse, reducir al mínimo las pérdidas de vidas y daños materiales . Disponer de medios suficientes para reducir al mínimo los tiempos de respuesta . Procurarse los medios humanos y materiales para conseguir un servicio digno y eficaz . Disponer de medios de estudio, información y análisis de nuevos productos exigidos por modernas reglamentaciones .
Ubicado el Servicio de Protección Civil y Bomberos dentro de la organización del Ayuntamiento de Madrid, es necesario conocer el siguiente organigrama jerárquico : ALCALDE PRESIDENTE CONCEJAL DE LA RAMA DE POLICU MUNICIPAL DE TRÁFICO Y PROTECCIÓN CIVIL . CONCEJAL RESPONSABLE DE LOS SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS . DIRECTOR DE LOS SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS DPTO . D E EXTINCIÓN DE INCENDIOS
II .
DPTO . DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CIVIL
DPTO. D E ESTUDIOS Y NORMATIVA DEL FUEGO
ESCUELA DE BOMBEROS Y PROTECCIÓN CIVIL
DEPARTAMENTO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS . 11 .1 .
FUNCIONES
Este Departamento tiene como funciones principales : 1. Atención directa a los siniestros. 2. Planificación de la actividad y necesidades del departamento . 3. Coordinación de las tres secciones en las que se subdivide . 4. Previsión de las necesidades materiales y de personal . 5. Proponer programas de formación de personal, actualizar conocimientos, etc . . . Este Departamento se divide en tres Subinspecciones : 1. Subinspección de extinción de incendios . Tecni Gap Cl García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf : (91) 448 22 611447 98 98
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2. 3.
Subinspección de medios técnicos . Subinspección de plana mayor.
Y además, existe una Jefatura de Guardia que depende orgánicamente de la Subinspección de Extinción de Incendios, formada por 17 miembros de la Escala Técnica, entre Oficiales, Subinspectores y un Inspector, que se alternan rotativamente en la dirección del operativo de guardia . 11.2.
SUBINSPECCIÓN DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS .
Sus funciones principales son las siguientes: 1. Atención directa a los siniestros producidos. 2. Instrucción del personal (maniobras) . 3. Distribución de los puestos de trabajo del personal. 4. Vigilancia, inspección y control de medios personales y materiales . Se organiza en cuatro zonas diferenciadas, con tres parques de bomberos cada una de ellas, conforme al siguiente cuadro: ZONAS
PARQUES
I.
SUBINS - ZONA NORTE
4° 9° 11°
C/ VIÑA VIRGEN, 4 AVDA . MONFORTE DE LEMOS, 20 C/ AVDA . SAN LUIS, C/V MESENA Y ELADIO LÓPEZ VILCHES
II.
SUBINS. - ZONA ESTE
2° 7° 8°
C/ RUFINO BLANCO, 2, C/V ALCALÁ AVDA . D E HELLÍN, 52 C/ BOADA, 4 - PÍO FELIPE, S/N
III .
SUBINS. -ZONA CENTRO
1° 3° 6°
C/ SANTA ENGRACIA,118 PUERTA DE TOLEDO, 6 C/ IMPERIAL, 8
IV.
SUBINS. - ZONA SUR
5° 10° 12°
P° SANTA MARÍA DE LA CABEZA, 95 C/ SAN NORBERTO, 54 AVDA . D E LOS POBLADOS 33
Todos los Parques de estas 4 Zonas están intercomunicados a través de la "CENTRAL DE COMUNICACIONES", a nivel operativo . Son CLAVES DE INTERVENCIÓN ESTADÍSTICA (C.I.E.), que se utilizan para llevar un control estadístico de las intervenciones de la Sección de Extinción de Incendios, las siguientes : N°1 . FUEGOS .
N°2 . DAÑOS EN CONSTRUCCIÓN .
N°3 . SALVAMENTOS Y RESCATES .
N°4 . DAÑOS POR AGUA .
N°5 . INCIDENTES VARIOS .
N°6 . SALIDAS SON INTERVENCIÓN .
N°7 . SERVICIOS VARIOS.
11.3.
SUBINSPECCIÓN DE MEDIOS TÉCNICOS
Esta Subinspección se divide, a su vez, en tres subinspecciones, dependientes directamente del Jefe de Subinspección : 1.- Subinspección telemática: esta subinspección a su vez puede ser dividida en UNIDADES . Con carácter general son las siguientes: - Unidad de comunicaciones . - Unidad de actualización de datos . - Unidad de programación y explotación . 96
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Las funciones a desempeñar por esta subinspección son de programación, transmisión y proceso informático . 2.- Subinspección de Taller - Almacén : Esta subinspección de forma general estará dividida en las siguientes unidades : - Unidad de taller. - Unidad de Almacén . Las funciones a desempeñar por esta subinspección son de mantenimiento y reparación de los vehículos del servicio, vestuario, herramientas etc .. . 3.- Subinspección de Mantenimiento de parques e hidrantes : Esta subinspección generalmente estará dividida en las siguientes unidades: - Unidad de obras . - Unidad de mantenimiento de hidrantes. Las funciones a desempeñar por esta subinspección son de obras y mantenimiento de los parques de bomberos, revisión y mantenimiento de la red de hidrantes . 11.4.
SUBINSPECCIÓN DE PLANA MAYOR.
Se encarga básicamente del control administrativo del funcionamiento del departamento, permisos y licencias, vacaciones, trámites burocráticos y representación del departamento frente a posibles acciones judiciales, etc .. . Se divide en unidades:
III.
1. 2. 3.
Unidad de Personal . Unidad Administrativa. Unidad de Información y Relaciones Externas y Asesoría Jurídica.
DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CIVIL Tiene como funciones fundamentales las siguientes: 1. Dirigir y coordinar la elaboración y ejecución de los planes de emergencia y evacuación . 2. Dirigiry controlar la formación del cuerpo de voluntarios de protección civil de la "Villa de Madrid" y sus planes de actuación . 3. Tarea informativa sobre seguridad en centros públicos, hospitales, hoteles, etc ... Este Departamento se divide en las siguientes subinspecciones y secciones :
l .- Subinspección de inspecciones : A su vez en esta subinspección se suele distinguir las siguientes DIVISIONES: - División de licencias . - División de información . - División de control. Las funciones a desempeñar por esta subinspección son las de inspección de locales para comprobar si cumplen la normativa en materia de seguridad contra incendios . 2.- Subinspección de proyectos : En esta subinspección se suele distinguir las siguientes divisiones : - División de licencias . - División de información . - División de planos . Las funciones a desempeñar por esta subinspección son las de revisión de los proyectos que superen los siguientes baremos : - Edificios de igual o más de 2500 m2. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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-Edificios E.G.A. -Recintos de ocupación de 200 personas . - Industria de almacén de riesgo medio y alto. 3.- Sección de protección civil : En esta sección se suele distinguir las siguientes divisiones: - División de estudios técnicos y documentación . - División operativa . Las funciones a desempeñar por esta sección son las de evaluación de riesgos, medios de protección, planes de emergencia e implantación, así como las de operaciones , infraestructura y formación. 4.- Sección administrativa : Esta sección realizará las tareas administrativas del Departamento.
IV.
DEPARTAMENTO DE ESTUDIO Y NORMATIVA DEL FUEGO Sus principales funciones son las siguientes : 1. 2. 3.
Analizar las propuestas de edificación de nuevos parques de bomberos, así como el estudio de su ubicación, instalaciones, etc ..., coordinando su actividad con la Gerencia Municipal de Urbanismo . Analizar y estudiar los nuevos materiales, maquinaria y equipos . Generar cuanta documentación, estudios y propuestas sean necesarias para otros Departamento u órganos municipales, recopilando libros técnicos, revistas y publicaciones especializadas, asistencia a Congresos, etc.. .
Este Departamento cuenta con una OFICINA TÉCNICA y con varias SUBINSPECCIONES . 1 .- Subinspección de investigación y cooperación adjunto al departamento : Esta subinspección tendrá como funciones el realizar los estudios para conocer la proyección de futuro de las actuaciones y la idoneidad de medios empleados y tácticas de prevención y extinción de incendios . 2.- Subinspección de materiales y edificios : Esta subinspección tendrá como funciones la instalación de nuevas instalaciones técnicas y el estudio y diseño de nuevos parques de bomberos . 3.- Subinspección de reglamentación normativa : Esta subinspección tendrá como funciones la información de todos los departamentos de la reglamentación aplicable al estudio de maquinaria para combatir el fuego. V.
ESCUELA DE BOMBEROS Y PROTECCIÓN CIVIL
La Escuela de Bomberos y Protección Civil se rige por su propio Reglamento, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el día 30 de Abril de 1991. Sus funciones principales son las siguientes: 1. Organización de cursos selectivos para el ingreso, ascenso, especialización y reciclaje del personal. 2. Diseñar los planes de enseñanza y su desarrollo. 3. Celebrar convenios de colaboración e intercambio con otros cuerpos y organismos e instituciones . 4. Realizar propuestas de bases técnicas para la convocatoria de ingreso, redacción de textos y material didáctico.
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V.1.
ÓRGANOS DE LA ESCUELA . V.M . ÓRGANOS DE GOBIERNO. Los órganos de gobierno son : A)
Consejo Rector. Es el órgano de gobierno fundamental de la Escuela . Sus funciones principales son : - Aprobar el plan general de estudios y los programas de actividades . - Propuestas de nombramiento del profesorado . - Estudiar y aprobar el presupuesto ordinario . Es un órgano colegiado, compuesto por:
PRESIDENTE
Es el Alcalde-Presidente .
VICEPRESIDENTE
Es el Teniente de Alcalde de la Rama 4ª.
VOCALES
Son el Director de la Escuela, el Director de los Servicios de Protección civil y Bomberos, el Jefe del Departamento de estudios y normativa del fuego, un representante de cada grupo político con representación en la Corporación municipal y un representante de cada una de las centrales sindicales con representación en la Junta de personal .
SECRETARIO
Es el Secretario General del Ayuntamiento(que puede delegar esta función).
B)
Director de la Escuela .
Es nombrado por el Alcalde-Presidente, con categoría de Jefe de Departamento, y está auxiliado por un Subdirector y una Secretaría. Se encarga fundamentalmente de elaborary proponer al Consejo Rector : la aprobación del plan general de estudios anual, los programas de actividades, los nombramientos de profesores, los proyectos de presupuesto, etc ... C)
Secretaría.
Es el órgano de apoyo al resto de órganos de la Escuela . Se compone de un Jefe de Negociado, cuatro auxiliares administrativos y el personal del cuerpo de bomberos que se determine, según su especialidad . V.1..2. ÓRGANO DE ENSEÑANZA . Los órganos de enseñanza son : A)
Director de la Escuela .
Además de las funciones antes citadas, ejerce la dirección de la actividad docente, marca las directrices generales de planificación, programación y desarrollo de la enseñanza, convoca el Consejo académico, etc . .. Puede delegar estas funciones en los Jefes responsables de Área. B)
Subdirector de la Escuela .
Es el Jefe pedagógico de la Escuela. Es nombrado por el Alcalde-Presidente, con categoría de Jefe de Sección adjunto a la dirección . Se encarga fundamentalmente de dirigir y coordinar las Áreas de formación. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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C)
Jefatura de Estudios. Se divide en las siguientes Unidades: a) Documentación . b) Medios didácticos. c) Audiovisual . d) Reproducción .
Asimismo dependiendo de la Jefatura de estudios encontramos las siguientes ESCUELA : 1. 4. 7.
Tecnología . Medios Materiales. Normativa.
D)
Consejo académico.
2. 5. 8.
Edificación . Unidades especiales . Intervención.
3. 6. 9.
ÁREAS DE LA Maniobras . Prevención . Telemática .
Es el órgano principal y está compuesto por: - Director o Subdirector de la Escuela . - Jefes responsables de Área. Sus función principal es establecer los objetivos generales de cada Área y los criterios de coordinación entre ellas . E)
Claustro de profesores.
Está compuesto por todo el personal docente de la Escuela. Sus función principal es establecer los criterios de evaluación y recuperación, así como la selección de asignaturas a impartir. V.1..3. ÓRGANOS AUXILIARES . Los órganos auxiliares son : A)
Gabinete pedagógico . Su función fundamental es asesorar sobre los aspectos psicotécnicos que deben cumplir los miembros del cuerpo de bomberos, así como establecer los criterios didácticos de los planes de enseñanza .
VI.
B)
Fondo bibliográfico y documental. Es el depósito de material documental de la Escuela.
C)
Relaciones externas. Se encarga de las relaciones exteriores con otros Departamentos e Instituciones.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CUERPO DE BOMBEROS . VI.1 .
FUNCIONES ESPECÍFICAS .
Las funciones específicas vienen recogidas en el Reglamento del Cuerpo de Bomberos, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento con fecha 27 de Julio de 1984, concretamente en el Capítulo I, siendo el art. 3 el más importante, por cuanto señala, en concreto, las funciones del Departamento de Extinción de Incendios. 100
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El art. 1 del Reglamento nos indica que : El Ayuntamiento de Madrid presta directamente, con medios propios, el servicio de extinción de incendios en todo el territorio de su término municipal, competencia que tiene atribuida por la legislación general de régimen local y la legislación especial del municipio . La prestación del servicio, los derechos y deberes de los usuarios, la organización y el funcionamiento, así como el régimen del personal adscrito al mismo, se rigen por las disposiciones de este Reglamento . La actuación del servicio se adecuará al principio de respeto a los derechos fundamentales y libertades públicas en los términos de la Constitución y las leyes que los desarrollen. Su intervención se entenderá justificada, en todo caso, cuando existieren situaciones de siniestro o calamidad colectiva susceptibles de ocasionar riesgo inminente para la integridad otranquilidad de las personas, o daños graves en los bienes de dominio público o privado, incluso aunque, con motivo de la intervención, se considerasen lesionados derechos individuales o hubiere que producir perjuicios patrimoniales . Por su carácter de servicio esencial para la protección civil, la recepción y uso del servicio por parte de los ciudadanos se declararán de carácter obligatorio. Las actuaciones del servicio son gratuitas. Sin embargo, en los supuestos en que, conforme a la legislación local, tales actuaciones beneficien especialmente a personas determinadas o sena provocadas por éstas, los usuarios quedan obligados a satisfacer los derechos devengados según la tarifa de la ordenanza fiscal aprobada por el Ayuntamiento. El art. 2 del Reglamento indica que : La actuación del servicio se extenderá a todo el territorio del término municipal de la Villa de Madrid. Conforme a la legislación local, el Ayuntamiento de Madrid podrá suscribir convenios de colaboración con los municipios limítrofes para la actuación conjunta de los servicios de extinción de incendios . En iguales términos, podrá convenir con la Comunidad de Madrid la prestación de auxilio a los servicios de extinción de incendios dependiente de la misma. A petición urgente y sin formalidad alguna del Gobierno de la nación, de la autoridad encargada de la protección civil en cada Comunidad Autónoma o del Alcalde respectivo, el Alcalde de Madrid podrá ordenar el envio de efectivos y material del servicio a cualquier lugar del territorio nacional en que se hubiere producido un siniestro que, por su magnitud, revista el carácter de catástrofe o calamidad pública . En estos casos, las dotaciones del cuerpo de bomberos de la villa de Madrid actuarán bajo la dirección inmediata de sus mandos naturales, pero el funcionario de superior categoría del cuerpo que esté al frente de la expedición cumplirá las instrucciones de la autoridad que en dicho lugar tenga encomendada la tarea de restablecimiento de la normalidad, a la cual, no obstante, podrá formular las observaciones técnicas orientadas a la mejor utilización con el menor riesgo posible del personal y el material. Tener en cuenta que el servicio no estará obligado a actuar en los siniestros que se produjeren en locales o establecimientos sitos en el término municipal deMadrid y pertenecientes a organismos, entidades o empresas que cuenten con medios y personal propio especializado en la lucha contra el fuego, salvo que la magnitud del siniestro sobrepase la capacidad de respuesta de aquellos, o Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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exista riesgo de propagación a fincas o edificios colindantes o se produzca una situación de intranquilidad ciudadana . El Ayuntamiento deMadrid llevará un Registro detallado de estos organismos, entidades o empresas, y se comprobará periódicamente el estado del material y la aptitud del personal de aquellos, debiendo subsanar las deficiencias que les sean observadas. De los daños producidos por la no adopción de estas medidas se responsabilizará exclusivamente el organismo, entidad o empresa . De las actuaciones del servicio en estos casos se devengarán derechos con arreglo a la tarifa de la ordenanza fiscal correspondiente, cuyo pago deberán realizar el organismo, entidad o empresa afectado. EL ART . 3 DISPONE : El Departamento de Extinción de Incendios tiene como funciones, además de la lucha contra el fuego, las siguientes: 1)
Atender al salvamento de personas y bienes en todos aquellos siniestros que se produzcan dentro del término municipal, salvo lo dispuesto, en cuanto al ámbito, en el art .2 ( que se refiere a la actuación del servicio, que se extenderá a todo el territorio del término municipal de la Villa de Madrid ).
2)
Mantener un eficaz sistema de prevención e investigación mediante : a) Inspección y estudio de los siniestros ocurridos, emitiendo informe técnico razonado de sus posibles causas, proponiendo las medidas correctoras futuras que se estimen precisas, así como propuestas de iniciación de expediente sancionador por posible incumplimiento de las medidas de seguridad exigibles por las correspondientes Ordenanzas municipales o normativa superior. b)
Llevar a cabo las asistencias técnicas que le sean encomendadas por mandato de la dirección del cuerpo, con emisión de informe sobre las medidas de seguridad, prevención de incendios aconsejables, y, en su caso, exigibles .
3)
Realizar, dentro de las posibilidades del servicio, campañas de divulgación sobre las materias de su competencia para un mayor conocimiento ciudadano de la normativa contra incendios y de las funciones y misiones del cuerpo de bomberos.
4)
La colaboración en misiones de seguridad ciudadana y de protección civil con las organizaciones e instituciones existentes, sin que ello afecte a la relación orgánica y jerárquica de los componentes del cuerpo de bomberos, salvo lo dispuesto en la Ley reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio .
El art. 116 de la Constitución establece que :
102
1.
Una Ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
2.
El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo . El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración .
3.
El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados . La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 44 8 22 61/ 447 98 97
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los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos. 4.
El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno . El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones .
5.
No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente articulo, quedando automáticamente convocadas las cámaras si no estuvieran en período de sesiones . Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados . Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente .
6.
La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificaran el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y de las leyes.
El artículo 9 de la Ley Orgánica 4/81, de 1 de Junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio establece que : Una vez declarado el estado de alarma, todas las autoridades civiles de la Administración Publica del territorio afectado por la declaración quedaran bajo las ordenes directas de la autoridad competente, en cuanto sea necesario para la protección de las personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o naturaleza. 5)
Mantener el necesario intercambio técnico con otros servicios de extinción, laboratorios de investigación, instituciones y organismos nacionales y extranjeros .
Conforme al art. 22 del Reglamento, quienes hacen su prestación en forma de actuación directa en el siniestro, deberán : Realizar guardias de 24 horas en los Parques o dependencias del Departamento, turnándose entre los de su categoría . Asistir a los siniestros que se les ordene. El art. 26 del Reglamento establece, además, otras funciones de carácter general : Cuidar el material y, en su caso, el personal a su cargo, dando las novedades correspondientes a su inmediato superior, así como mantener el trato adecuado de los medios e instalaciones del Parque o dependencia en que esté destinado . Proponer cuantas mejoras estime convenientes para el servicio. Cumplir, en general, las órdenes que reciba de sus superiores en asuntos relacionados con el servicio . Cumplir y en su caso, hacer cumplir el presente Reglamento y demás normativa legal. Realizar, dentro de las horas de servicio, visitas de inspección a edificios o establecimientos enclavados en su zona de actuación, siempre que así sea ordenado por sus superiores jerárquicos, con emisión de informe . Colaborar en trabajos especiales, tanto teóricos como prácticos, dentro de lo correspondiente a la Sección en que se encuentre destinado . Asistir a siniestros fuera de su turno de trabajo, cuando la importancia de aquél así lo requiera por orden del Jefe del Departamento, compensándose debidamente . Realizar, dentro de la jornada de servicio, las prácticas de gimnasia, maniobras necesarias para el buen mantenimiento de la forma física y mejor preparación profesional . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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Temario Bomberos Ayuntamiento Podrán realizar y dentro de las horas de guardia, aquellas tareas de mantenimiento preventivo del Parque, a fin de asegurar el buen uso y conservación del mismo . Por último, y respecto a las funciones del Bombero-Conductor, el art. 24 del Reglamento, dispone que, además de las señaladas para los bomberos, deberá realizar la revisión y puesta a punto de los vehículos que tenga asignados inmediatamente después del relevo, efectuando el informe de anomalías observadas . VI.2.
JERARQUÍA DEL CUERPO DE BOMBEROS.
La prestación del Servicio de Protección Civil y Bomberos actúa de dos formas : 1. 2.
Como actuación directa en el siniestro . Como apoyo técnico al mismo, a través de profesionales o personas con cualificación para el funcionamiento del Servicio, y las que no actúen directamente en el siniestro por circunstancias especificadas .
Para una mejor prestación del Servicio, el Cuerpo de Bomberos se estructura jerárquicamente a través dos Escalas de : 1. 2.
Escala Técnica o de mando. Escala Ejecutiva u operativa .
La composición de estas Escalas es la siguiente, por ordenjerárquico : ESCALA TÉCNICA
ESCALA EJECUTIVA
Jefe de departamento o Inspector jefe
Suboficiales
Jefe de sección
Sargentos
Oficiales
Cabos Bombero s
VI.3.
Bomberosconductores
FUNCIONES DE LOS COMPONENTES .
Conforme al art. 33 del Reglamento, seentiende por ORDEN aquella prescripción imperativa que se dicta para ser cumplida. Además, por la Dirección, se podrán dictar instrucciones, circulares y comunicaciones sean pertinentes. Las órdenes pueden ser verbales o escritas. Y a su vez, pueden ser órdenes de carácter: GENERAL PARTICULAR ORDINARIO EXTRAORDINARIO
Destinadas a la generalidad de los miembros del Cuerpo y cuyo contenido debe ser conocido por todos . Conciernen a determinados componentes del Cuerpo, por lo que sólo es necesario que sean conocidas por los interesados . Se publican con cierta regularidad, para comunicar decisiones y prevenciones del mando que no revistan especial importancia o urgencia. Responden a hechos o actos de destacada importancia o solemnidad, y aquellos cuyo conocimiento requiera especial urgencia.
La orden escrita de carácter general y ordinaria se denomina Orden del Cuerpo.
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VIA.
UNIFORMIDAD Y ASEO .
La plena uniformidad en todos los componentes del Cuerpo tanto individual como en el conjunto pone de manifiesto el grado de respeto que se tiene a la profesión . Existirá un uniforme de trabajo o de Parque y otro de ataque a fuego; además, podrá existir un uniforme de gala o de paseo . El uso del uniforme del Cuerpo es obligatorio para todos los componentes del Cuerpo cuando estén de Servicio . La escala Técnica o de mando sólo estará obligada a llevar uniforme de gala cuando la Dirección lo exija . CASCO
No debe exceder de 1 kg aproximadamente y debe admitir cualquier impacto, asegura una protección multidireccional a las proyecciones de productos sólidos o líquidos, al calor radiante y a la corriente eléctrica . Carece de ángulos rectos. Tiene protección ocular mediante dos pantallas inastillable con tratamiento anti-vaho en la cara interna y anti-rayos en la externa. Un arnés para que el casco permanezca en su posición encima de la cabeza. Sistemas de fijación para máscara o aparato autónomo de manera que se asegure una buena obturación a la cara.
CHAQUETÓN Debe proteger el torso superior, cuello y brazos de los efectos del calor, la llama y la penetración del agua, permitiéndole trabajar durante períodos largos y bajo condiciones extremas. Es del tipo multicapa y esta compuesto de: Capa exterior de Nomex Delta T, una barrera anti-humedad de algodón transpirable, barrera térmica de fieltro resistente al fuego y de un forro interior de 50% de Kermel (anti-inflamable) y un 50% de viscosa (resistente al fuego) . El chaquetón de intervención no tiene refuerzos metálicos . Tiene un grosor mínimo de 125 mm. Es completamente lavable a máquina utilizando detergentes domésticos normales. GUANTES
Guante de cinco dedos de piel sintética con costuras resistentes al fuego y tejido interior capaz de desviar el calor. Resistentes al agua y a la llama, aislantes al contacto con el calor y resistentes a la penetración del agua. Deben permitir gran movilidad con las manos y no deben ser resbaladizos .
BOTAS
Botas de caña alta, con un recubrimiento impermeabilizante exterior y con suela de goma . La suela tiene una capa exterior de goma antiderrapante resistente o grasa, hidrocarburos líquidos, ácidos y calor. Puntera y plantillas de acero . Se confecciona partiendo de dos piezas (caña y pala), con doble cosido en todas las costuras y refuerzo posterior hasta la parte alta de la caña. Lleva refuerzos amortiguadores en pala y zona de los tobillos. La bota tiene una altura de 40 cm aproximadamente.
Este traje está completado por un PANTALÓN DE INTERVENCIÓN del mismo material que el chaquetón, además de un cinturón, y una cuerda cuando se participa en una intervención . NOTA:
El contenido de este tema está actualizado a fecha de octubre de 2000 conforma a la información ofrecida por los Servicios de Protección civil y Bomberos.
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TEMA 7 LA ORDENANZA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID (OPI) . TITULO PRELIMINAR . CONCEPTOS TÉCNICOS . I.
LA ORDENANZA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID (OPI). TITULO PRELIMINAR. CONCEPTOS TÉCNICOS.
El Ayuntamiento Pleno, aprobó definitivamente la ordenanza de prevención de incendios del 9 de julio de 1993 ( BOCM, n° 183 de 4 de agosto de 1993, modificaciones en el BOCM n° 53 de 3 de marzo de 1995) . Lo que se hace público a los efectos contenidos en el artículo 196, 1 y 2, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre . La citada ordenanza entrará en vigor a los treinta días de su publicación . Esta ordenanza consta de: Titulo Preliminar; dividido en dos capítulos. Título 1; dividido en tres capítulos . Título 11 ; dividido en once capítulos. Título 111 ; dividido en un capítulo 6 Disposiciones transitorias 2 Disposiciones finales . 8 anexos . En el Título Preliminar el CAPÍTULO PRIMERO se dedica a aspectos y definiciones básicas sobre la prevención de incendios . ART . 1 .-
Es objeto de la presente Ordenanza establecer las condiciones de seguridad contra el incendio ordinario en la edificación y actividades, con el fin de reducir las posibilidades de su iniciación, tratar de evitar la pérdida de vidas humanas de reducir las pérdidas materiales y de facilitar las operaciones de extinción .
ART . 2.-
Es aplicable la presente Ordenanza a todos los proyectos de obra de nueva edificación, reforma o reestructuración, cambio de uso y a todas aquellas actividades no inocuas de nueva implantación .
ART . 3.-
1. Cuando un edificio o actividad existente no cumpla con los preceptos de estaOrdenanza, no se permitirán obras de ampliación o reforma que supongan en cualquier aspecto incremento del riesgo o peligrosidad en si mismas o en su entorno, autorizándose únicamente obras totales o parciales encaminadas a mejorar las condiciones de seguridad . 2. En todo local o actividad, con licencia en vigor, cuando por cualquier necesidad, de forma temporal precisen modificar en alguna forma cualquiera de las condiciones autorizadas deberá solicitar autorización paradicha modificación con un mínimo de un mes de antelaciónpara
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su informe por el órgano competente de conformidad con el Artículo 4. Entendiéndose denegada la autorización en el caso de que en dicho plazo no haya recibido autorización expresa . ART . 4.-
1. El Departamento de Prevención de Incendios intervendrá mediante informe en los expedientes de solicitud de Licencias de Obras de Actividades e Instalaciones y de Funcionamiento de aquellas a que sea aplicable esta Ordenanza, siempre que se cumpla alguno de los siguientes requisitos : a) Cuando la superficie total edificada sea igual o superior a 2 .500 m2. b) Cuando se trate de edificios en altura (EGA) . c) Cuando la ocupación teórica máxima previsible sea igual o superior a 200 personas, excepto en zonas de recreo al aire libre. d) Cuando tratándose de actividades comprendidas en el uso de Almacén o Industrial, estén englobadas en los conceptos de riesgos alto o medio de acuerdo con lo que se establece en el Capítulo X Sección 1ª y Capítulo XI, o bien las materias que se manipulan o almacenan se encuentran incluidas entre las de las Secciones 2ª. 3ª. 4ª. 5ª. 6ª y 7ª del citado Capítulo X. 2. Los informes de dicho Departamento se referirán a la documentación de proyecto para el caso de solicitudes de Licencias de Obras, Actividades e Instalaciones y serán resultado de las inspecciones que se realicen, previas a la concesión de la Licencia de Funcionamiento .
ART . 5.-
Aquellas actividades a las que son aplicables esta Ordenanza que no se encuentren incluidas en los Apartados a), b), c), o d) del Artículo anterior, serán informadas en materia de seguridad contra incendios, directamente por el Organismo que tramita la solicitud de Licencia.
ART . 6 .-
Será preceptivo y previo, el informe del Departamento de Prevención de Incendios, en aquellos casos especificados sin el que no podrán expedirse por el órgano competente las licencias a que se ha hecho referencia.
ART .
7 .-
1. En la documentación que compone los expedientes de solicitud de licencias, deben quedar reflejadas las condiciones de seguridad contempladas en la presente Ordenanza, mencionadas en proyecto básico y determinadas en proyecto de ejecución . 2. En cualquier caso la documentación de proyecto debe estar suscrita por técnico competente para ejercer su profesión en la edificación o sus instalaciones.
ART . 8.-
Se podrán proponer al Organismo que conceda la licencia, por técnico o por entidad competente, modificaciones sobre las soluciones contempladas en esta Ordenanza siempre que éstas se ajusten al espíritu de la misma . Las modificaciones únicamente serán admitidas, cuando el caso concreto no esté explicitado en el contenido del articulado o se juzguen suficientemente justificadas técnicamente por el Departamento de Prevención.
ART . 9.-
En los supuestos no contemplados en la presente Ordenanza, pero que por sus características o circunstancias pudieran estar comprendidos en su ámbito, les serán aplicadas por análogas las prescripciones de la misma que tengan similitud con el caso contemplado .
En el Título Preliminar el CAPÍTULO SEGUNDO se dedica las definiciones básicas sobre la conceptos técnicos a aplicar en la ordenanzas en el artículo 10 que es único en este capítulo. A efectos de la presente Ordenanza los conceptos técnicos de la prevención de incendios son los siguientes :
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Temario Bomberos Ayuntamiento 1 .-
ALMACENAMIENTO EN ALTURA.
2 .-
ALTURA DE EVACUACIÓN.
3.-
ALUMBRADO DE EMERGENCIA.
Todo aquel cuya altura supera la de 6 metros desde el pavimento de suelo . La diferencia de cota entre el nivel de un origen de evacuación y el del espacio exterior seguro en recorridos de evacuación ascendente o descendente . Todo sistema de alumbrado alimentado eléctricamente con dos fuentes de suministro, de las que la principal, será la red general del edificio y la secundaria la específica de la instalación . Su autonomía de funcionamiento a plena carga será como mínimo de una hora y su puesta en funcionamiento automática con el falo del suministro de la red general (caída de la tensión de alimentación por debajo del 70% de su valor nominal). Este tipo de alumbrado se ajustará a lo especificado al efecto en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e I .T.C . correspondiente, del Ministerio de Industria. Cuando se utilicen aparatos autónomos, éstos deberán haber sido homologados y cumplirán con las especificaciones de la Norma UNE 20-062 y 20-392 . Este tipo de instalación será fija y proporcionará una iluminancia mínima de 3 lux en zonas ocupadas por personas, de 5 lux en los inicios de los recorridos de evacuación de 3 lux en los recorridos de evacuación y de 5 lux donde se precise maniobrar instalaciones .
4.-
ASCENSOR DE EMERGENCIA.
5.-
BOCA DE AGUA CONTRA INCENDIOS (BIE).
Aquel dotado de llamada prioritaria para uso del Servicio de Extinción de Incendios, de dos fuentes independientes de alimentación eléctrica, de las que la segunda garantizará al menos una autonomía de una hora de funcionamiento a plena carga y manejable desde el interior de la cabina . La capacidad de carga mínima será de 630 Kgs . A efectos de la presente Ordenanza se considera boca de agua contra incendios de instalación manual de ataque al fuego con secciones de 45 o 25 milímetros de diámetro nominal . Estarán provistas como mínimo de: a)
b)
c) d) e)
Lanza o surtidor resistente a la corrosión, y a la acción mecánica a que ha de ser sometida y dotada de: Boquilla con posibilidad de accionamiento que permita la salida del agua en chorro o pulverizada, permitiendo alcanzar caudales mínimos admisibles de 3'3 litros/segundo para bocas de 45mm. de diámetro y 1'6 litros/segundo para las de 25 mm. de diámetro con las presiones mínimas especificadas en cada uso específico. Sistema de apertura y cierre en el caso de que no exista en la boquilla. Manguera de longitud máxima de 15 metros en las de diámetros nominales de 45 mm. o de 30 metros de longitud máxima en las de 25 mm. y de características técnicas ajustada a lo especificado en la norma UNE 23-091 . La de 25 mm. d e diámetro será de trama semirígida no autocolapsable y capaz de recuperar su sección circular una vez que se suprima la cusa de deformación . Racor de tipo "Barcelona" que se ajustará a las características determinadas en las Normas UNE 23-400 . Manómetro capaz de medir entre cero y la máxima presión que se alcance en la red . Válvula resistente a la corrosión y oxidación pudiendo ser de apertura automática en la instalación de 25 mm. de diámetro .
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Temario Bomberos Ayuntamiento f) g)
h)
i)
6 .-
Soporte de devanadera para ambos tipos de plegadora para el de 45 mm . d e diámetro . Las bocas de agua contra incendios de 45 mm . d e diámetro se situarán de forma que el centro del soporte quede a una altura comprendida entre 0,90 m. y 1,50 m. medidos desde el pavimento del suelo . Las bocas de agua contra incendios de 25 mm . de diámetro se situarán de forma que la boquilla de surtidor y la válvula manual, si existe, se encuentre a una altura comprendida entre 0,90 m . y 1,70 m . del pavimento del suelo . Armario empotrado o de superficie para la instalación de 45 mm . d e diámetro que permita fácilmente el despliegue de la manguera sin ocasionar estrangulaciones en ella . La presión (P) que debe suministrar una BIE estará comprendida 3'S Kg/cm2 < 6 Kg/cm2 . La red de distribución estará protegida contra heladas en todo su trazado .
CAMINO DE EVACUACIÓN.
El recorrido a realizar desde cualquier salida de recinto o planta hasta la vía pública o espacio exterior seguro . No contabilizarán como camino de evacuación, los aparatos elevadores de cualquier tipo, las escaleras mecánicas y aquellos en los que se sitúen tornos o similares .
7.-
CAMINO DE EVACUACIÓN PROTEGIDO.
El recorrido a realizar desde su iniciación hasta vía pública o espacio exterior seguro y proyectado con el único fin de garantizar la evacuación en caso de emergencia . Constituirá sector de incendio independiente .
8 .-
CARGA DE FUEGO.
9 .-
COLUMNA SECA.
Expresa las calorías desprendidas en la combustión total de una determinada cantidad de productos .
Instalación para uso exclusivo del Servicio Contra Incendios .
Estará constituida por conducción vacía de acero galvanizado de 80 mm . de diámetro que partiendo de lugar accesible a los vehículos del Servicio Contra Incendios, en la caja de escalera esté provista de bocas de salida en pisos y válvula de expansión de aire en su parte superior . La toma de alimentación, con centro a 90 cm . del suelo, constará de conexión siamesa con llaves incorporadas y racores tipo Barcelona (UNE 23-400) de 70 mm . d e diámetro con tapas . En este mismo punto dispondrá de llave de purga de 25 mm . de diámetro . Todo el conjunto se encerrará en hornacina o similar de 55 cm . d e ancho, por 40 cm . de alto y 30 cm . d e profundidad mínimos será fácilmente localizable e identificable y en su tapa de cierre de siempre resbalón para llave de cuadradillo de 8 mm . figurará la inscripción "USO EXCLUSIVO DE BOMBEROS" . Las bocas de toma en pisos estarán provistas de conexión siamesa con llaves incorporadas y racores tipo UNE 23-400 de 45 mm . d e diámetro con tapas . Se dispondrán en las plantas pares hasta la octava y en todas a partir de esta con centro del conjunto a 90 cm . del pavimento del suelo . Cada cuatro plantas se dispondrá además de llave de seccionamiento situada por encima de la conexión siamesa . Todas las llaves de instalación, serán del modelo de bola con palanca incorporada. La instalación debe ser capaz de resistir presión de 20 Kg/cm2 . durante dos horas sin que aparezca ningún punto de fuga en la misma .
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10.-
COMBUSTIBILIDAD. A efectos de esta Ordenanza los materiales en función de su reacción al fuego quedan clasificados . Material Material Material Material Material
MO M1 M2 M3 M4
-
incombustible . combustible no inflamable . baja inflamabilidad . inflamabilidad media. altamente inflamable .
Esta clasificación se basa en la respuesta del material ante la acción térmica normalizada del ensayo correspondiente (UNE 23-727) que se hace extensivo para la clasificación de todos los materiales y/o productos .
11 .12 .-
CORTINA DE AGUA.
Sistema de rociadores abiertos de actuación automática o manual dispuestos en línea, con el fin de establecer pantalla aislante del calor.
DETECCIÓN AUTOMÁTICA .
Todo sistema de detección deberá estar instalado cumpliendo lo especificado en las Normas UNE 23-007. Deberá estar compuesta por : a) b)
c)
13.-
Equipo de control y señalización provisto de señales ópticas y acústicas (para cada una de las zonas que se proyecten), capaces de transmitir a personas responsables . Detectores que podrán ser del tipo que se precise en cada caso pero que deberán estar homologados por laboratorio oficialmente reconocido para ello. El número y distribución de este tipo de elementos deberá estar justificado en la documentación técnica de proyecto de ejecución . Fuente secundaria de suministro de energía eléctrica que garantice, al menos 24 horas en estado de vigilancia y 30 minutos en estado de alarma.
EDIFICIO EN ALTURA (EGA).
A efectos de la presente Ordenanza se considera edificio en altura (EGA) todo aquel que disponga de más de ocho plantas sobre rasante o de plantas en las que existan puntos, cuya altura de evacuación sea igual o superior a 28 metros . Este tipo de edificio queda calificado no evacuable .
14.-
EDIFICIO NO EVACUABLE.
Edificio no evacuable es aquel que por su naturaleza o por la del uso que en él se desarrolla, precisa de estudio especial de manera que el diseño del mismo cumpla con el cometido de posibilitar el salvamento de las personas sin necesidad de evacuación .
15.-
ELEMENTO COMPARTIMENTADOR .
16.-
ESCALERA EXTERIOR.
A efectos de esta Ordenanza se entiende por elemento compartimentador aquel que cumpliendo las condiciones de determinado grado de RF delimita un sector de incendio, un sector de incendio independiente o un recinto o zona especificados . La que discurre por el exterior de un edificio. Sus condiciones de construcción son las mismas que las exigibles para la escalera normal de servicio al edificio, permitiéndose como variante, que el último tramo de acceso a zona exterior segura pueda realizarse con sistema basculante o desplegable de fácil manejo.
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17.-
ESPACIO EXTERIOR SEGURO.
Aquel a descubierto con superficie suficiente para contener a los ocupantes del edificio. Dicha superficie se determina a razón de 0'S m2./persona. de forma tal, que ninguno de sus puntos se encuentre situado a una distancia de la salida, en metros mayor de 0'1 P. siendo P el número de ocupantes y excluyéndose una franja de 2 metros paralela y contigua a la fachada de salida. Si el espacio abierto a que se accede no está comunicado con la vía pública u otros espacios abiertos, la anchura de dicha franja se aumentara hasta 15 metros . En este caso la superficie restante deberá ser capaz de albergar a los ocupantes del edificio a razón de 0,5 m2./persona como mínimo .
18.-
ESTABILIDAD AL FUEGO (EF). La facultad que tiene un elemento para durante el tiempo que se especifica bajo la acción de un fuego mantener la capacidad portante para la que ha sido instalado . Según Norma UNE 23-093 .
19.-
EXTINTORES PORTÁTILES :
Todos los elementos que como tales se utilicen, deberán estar homologados ajustándose a lo especificado en el Reglamento de Aparatos a Presión del Ministerio de Industria y Energía, así como a la Norma UNE 23-110 . Los agentes extintores contenidos en los mismos se ajustarán alas Normas UNE 23-601,23-602 y 23-607 . Se consideran extintores portátiles, aquellos cuyo peso máximo total sea de 20 Kg. Por encima de este peso deberá disponer de medio de transporte sobre ruedas . Los tipos de extintores, se adecuarán en función de las clases de fuego establecidas en la Norma UNE 23010 . Se situarán en lugares fácilmente accesibles, visibles o señalizados cuando no se dé esta última posibilidad . Fijados a paramentos verticales, la parte superior del extintor quedará a 1,70 metros máximo, del pavimento del suelo, y de forma que el recorrido real máximo para alcanzar un elemento no sea superior a 15 m.
20.-
HIDRANTE.
Sistema de abastecimiento de agua para uso exclusivo del Servicio Contra Incendios . Puede ser de dos tipo: Enterrado . En columna . Las secciones de acometida podrán ser de 100 mm. de diámetro o de 80 mm. de diámetro especificándose en cada uso el necesario, cuando se precise de este tipo de elemento. Deberán estar preparados para resistir las heladas y acciones mecánicas . La conexión a la red de distribución será independiente para cada unidad, admitiéndose el anillo cuando se trate de una única actividad y el sistema circunde al edificio. El sistema de cierre será de válvula de tipo compuerta o de bola. Se situarán en lugares fácilmente accesibles a los vehículos del Servicio Contra Incendios y debidamente señalizados conforme a la Norma UNE 23-033 . La separación máxima admisible entre dos elementos, cuando éstos se precisen, será de 200 metros.
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Los caudales mínimos que deben suministrar en cada caso serán de 500 litros/minuto para los de 80 mm . de diámetro y 1 .000 litros/minuto para los de 100 mm. de diámetro, en ambos casos estos caudales deben ser garantizados durante al menos 2 horas. Cuando por cualquier circunstancia no se pudiera garantizar el abastecimiento de agua directo desde la red pública (en estudio de cálculo de proyecto), se deberá disponer de depósitos de reserva de agua, que dotados de los correspondientes grupos de presión, garanticen las condiciones expuestas . En este caso la presión de suministro deberá ser como mínimo de 10 m.c.d.a. Un edificio se considera protegido por un hidrante, cuando cualquier punto de las fachadas a nivel de rasante se encuentre a menos de 100 metros de aquel .
21 .-
OCUPACIÓN TEÓRICA MÁXIMA PREVISIBLE .
22.-
ORIGEN DE EVACUACIÓN .
23.-
PARALLAMAS (PF).
24.-
PLAN DE EMERGENCIA.
25.-
PULSADOR DE ALARMA.
Representa el máximo número de personas a aforo que teóricamente puede contener un edificio, local, etc,. en función de la actividad o uso que en el se desarrolle . Se considera origen de evacuación cualquier punto ocupable de un recinto . Se exceptúan las viviendas, despachos de oficina privada < 50 m2., habitaciones de uso residencial público y de uso sanitario, en los que el origen de evacuación se puede tomar desde la puerta de acceso a dichos locales . La capacidad de un elemento expuesto al fuego, para que en el tiempo que se determine, mantenga su estabilidad, no emita gases inflamables por la cara no expuesta y sea estanco al paso de la llama y gases calientes . Todo según norma UNE 23-093 . Estudio de organización de medio humanos y materiales disponibles para la prevención del riesgo de incendio así como para garantizar la evacuación e intervención inmediata . Su redacción se ajustará a las normas que en cada momento determine el organismo competente. Tiene como finalidad la transmisión de una señal a un puesto de control, centralizado y permanentemente vigilado, de forma tal que resulte localizable la zona del pulsador que ha sido activado. Los pulsadores habrán de ser fácilmente visible y la distancia a recorrer desde cualquier punto de un edificio protegido por una instalación de pulsadores, hasta alcanzar el pulsador más próximo, habrá de ser inferior a 25 metros . Se situarán a una altura accesible a discapacitados físicos . Los pulsadores estarán provistos de dispositivo de protección que impida su activación involuntaria. La instalación estará alimentada eléctricamente, como mínimo, por dos fuentes de suministro de las cuales la principal será la red general del edificio. La fuente secundaria podrá ser especifica para esta instalación o común con otras de protección contra incendios . En los casos en que exista una instalación de detección automática de incendios, la instalación de pulsadores de alarma podrá estar conectada al mismo equipo de control y señalización . En este caso el equipo de control y señalización permitirá diferenciar la procedencia de la señal de ambas instalaciones .
26.-
RECORRIDO DE EVACUACIÓN.
El que se realiza desde el origen de evacuación hasta el espacio exterior seguro o a un camino de evacuación protegido o a otro sector de incendio.
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Su medición se realiza según el recorrido real, medido sobre el eje en el caso de pasillos, escaleras o rampas . No contabilizarán como recorrido de evacuación, los aparatos elevadores de cualquier tipo, las escaleras mecánicas y aquellos recorridos en que se sitúen tornos o similares.
27.-
RESISTENCIA AL FUEGO (RF).
28.-
RIESGO ALTO.
29.-
RIESGO MEDIO.
La capacidad de un elemento para que durante el tiempo que se especifica ante la acción de un fuego, mantenga su estabilidad, ausencia de emisión de gases en la cara no expuesta al fuego, estanquidad al paso de la llama y gases calientes y evite que se produzcan en la cara no expuesta temperaturas superiores a las especificadas en la Norma UNE 23-093 . A efectos de la presente Ordenanza se consideran zonas de riesgo alto las incluidas en la definición de zona peligrosa y las mencionadas en cada caso. A efectos de la presente Ordenanza se consideran zonas de riesgo medio. Locales destinados a depósitos de basura y residuos combustibles cuando su superficie construida sea superior a 15 m2. Cocinas con superficie edificada superior a 20 m2. excepto en el uso de vivienda . Zonas destinadas a taller de mantenimiento, almacén de lencería, mobiliario, o de cualquier producto combustible, cuando el volumen total de zona es superior a 200 m'. Todas aquellas zonas mencionadas como tales en cada uso específico.
30 .-
RIESGO BAJO. A efectos de la presente Ordenanza, se consideran zonas de riesgo bajo cualquiera de las no incluidas en los dos grupos antes especificados.
31 .-
ROCIADORES AUTOMÁTICOS. Las instalaciones de rociadores de agua deberán realizarse, adaptándose a lo establecido en las Normas UNE 23-590, 23-591, 23-592, 23-593, 23-594. La red de tuberías de distribución será de uso exclusivo para la protección contra incendios . El disparo de las cabezas se efectuará siempre automáticamente, admitiéndose el sistema de acción previa, combinando la acción de esta instalación con el sistema de detección si existen ambos. El abastecimiento de agua deberá estar garantizado mediante acometida ared general pública, o a depósito de agua de reserva con volumen suficiente para asegurar el funcionamiento del sector de la instalación más desfavorable hidráulicamente, durante un hora. En cualquier caso, la instalación dispondrá de sistema de conexión que permita la alimentación por el Servicio de Extinción de Incendios, con identificación . Este tipo de instalación estará completado con puesto de control donde se reflejará la sectorización proyectada. Este puesto dispondrá a su vez de señal acústica detectora de activación de cualquier componente de la instalación . Dispondrán de válvula dé prueba en cada sector y en el punto hidraúlicamente más desfavorable en cada caso.
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Los puestos de control estarán conectados con la central de alarmas, cuando ésta exista. Cuando se trate de cortina, se dispondrá además de dispositivo de dispare manual para cada sector .
32 .33 .34.-
SALIDA DE EDIFICIO .
La comunicación del edificio con el espacio exterior seguro y de dimensiones mínimas 0'80 m. x 1'90 m .
SALIDA DE EMERGENCIA.
Toda salida de recinto de planta o de edificio que tiene como función permitir la evacuación en caso de emergencia .
SALIDA DE PLANTA.
a) b) c) d) e)
35.-
El arranque en la planta considerada, de la escalera que conduce a una planta de salida del edificio con acceso a la misma. Una puerta de 0'80 m. x 1'90 m. mínimos, que accede a una recinto de escalera, que siendo sector de incendio, conduzca a una planta de salida del edificio. El acceso a un vestíbulo de independencia, que conduce a una escalera o pasillo protegidos que permiten llegar a una planta de salida del edificio . Aquella que a ese nivel es salida del edificio. El acceso desde un sector a otro sector de incendio independiente, siempre que en el primero exista otra salida de planta, o a otro sector y que en ambos casos, a su través se pueda abandonar el edificio sin confluir en un mismo sector. En este caso, la superficie del sector de evacuación debe ser capaz de albergar su propia ocupación teórica más la del sector evacuado (0'5 m2. pisable/persona) dentro de una superficie a menos de 30 metros desde la puerta considerada .
SALIDAS OPUESTAS Y ALEJADAS.
Las que cumplen la condición de que las rectas que unan los centros de ambas con cualquier punto del local situado a menos de 45 metros de ellas no formen entre si un ángulo menor de cuarenta y cinco grados . Se exceptúan de esta condición, los puntos del local situados a menos de 5 metros de las puertas consideradas .
36.-
SALIDA DE RECINTO.
37.-
SECTOR DE INCENDIO.
38.-
La puerta o paso que conducen directamente o a través de otros recintos, hacia una salida de planta. Las dimensiones mínimas admisibles son : 0'7' m. x 1'90 m. Recinto delimitado por elementos resistentes al fuego del grado que en cada caso se determina y que encierra una o varias actividades definidas por un único uso .
SECTOR DE INCENDIO INDEPENDIENTE.
Aquel que cumpliendo el concepto de sector de incendio tiene su acceso directamente desde el exterior o a través de vestíbulo de independencia .
39.-
VENTILACIÓN NATURAL.
40.-
VENTILACIÓN NATURAL Y DIRECTA AL EXTERIOR.
Aquella que se consigue mediante la apertura de huecos o conductos que acceden al exterior . Aquella que se consigue mediante la apertura de huecos que acceden, al menos, a un patio de dimensiones aceptadas para ventilación en la normativa urbanística y siempre que la superficie de hueco sea de 0'50 m2. como mínimo .
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41.-
VESTÍBULO DE INDEPENDENCIA .
Recinto delimitado por elementos RF de grado función del que corresponda al sector o local a independizar y que tiene como única función la de circulación . Debe cumplir las siguientes condiciones : Estar dotado, de al menos, un doble sistema de puertas con dispositivo de cierre automático y selector de cierre cuando la puerta este compuesta por dos hojas . A él no accederán más que zonas de aseos, ascensores, los recintos o sectores a independizar y en su caso el espacio exterior seguro. La distancia mínima entre los arcos de la zona barrida por las hojas de las puertas y cualquier paramento frente a ellos será de 0'50 m. Disponer de sistema de ventilación cruzada de entrada y salida de aire, de forma tal que el barrido de la corriente recorra la mayor dimensión posible del recinto o bien disponer de ventilación natural y directa al exterior . Serán vestíbulos de independencia exclusivos, aquellos que no podrán ser utilizados más que para la evacuación de los locales que independizan .
42.-
ZONA PELIGROSA .
A efectos de esta Ordenanza quedan calificadas como peligrosas aquellas zonas que por la actividad o uso que en ellas se desarrollan, impliquen riesgo o peligrosidad destacable . Se incluyen en este concepto. Cuartos de baterías de acumuladores de tipo no estanco centralizadas . Zonas destinadas a taller de mantenimiento, almacén de lencería, de mobiliario o de cualquier producto combustible cuando el volumen total de la zona es superior a 400 m3. Cuartos de calderas de potencia nominal superior a 100 KW. Salas de transformador con potencia instalada superior a 100 KVA. Sala de grupo electrógeno con potencia nominal instalada superior a 200 KVA . Locales de almacenamiento de combustible para consumo. Sala de máquinas de aire acondicionado centralizad. Las zonas de trasteros de superficie útil total superior a 500 m2. El sector de escenario en teatros .
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TEMA 8 LA ORDENANZA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID (OPI). TÍTULO PRIMERO: CAPÍTULOS I, II Y III I.
LA ORDENANZA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID (OPI). TÍTULO PRIMERO: CAPITULOS I, II Y 111 .
El Título Primero se divide en tres capítulos y va desde el artículo 11 al 66 para el primer capítulo, del artículo 67 al 96 para el capítulo 11 y del artículo 97 al 102 para el tercero. CAPÍTULO I: NORMAS DE CARÁCTER GENERAL Sección I" Accesibilidad ART . 11-.
1.
Cualquier edificio que se construya deberá realizase de forma que permita al menos en una de sus fachadas el acceso y maniobrabilidad de los vehículos del Servicio de Extinción de Incendios .
2.
Cuando el edificio sea exento esta accesibilidad debe hacerse extensiva, al menos a dos fachadas opuestas.
3.
Se considera una fachada accesible cuando : a)
Permite la maniobrabilidad y posicionamiento del vehículo pesado, a distancia no superior a 10 metros de la fachada .
b)
La distancia entre el vehículo posicionado y el acceso al edificio no es superior a 30 metros .
c)
La zona pisable por el vehículo está capacitada para soportar una carga de 2.000 Kp/m2.
d)
Se dispongade huecos en cada planta, que permitan el acceso desde el exterior, al personal del Servicio de Extinción de Incendios . La distancia horizontal entre estos huecos no puede ser superior a 20 metros.
4.
Quedan exceptuados de estas prescripciones los edificios destinados al uso de vivienda unifamiliar aislada .
5.
Los edificios existentes y aquellos en los que por las condiciones de su entorno no sea posible la aplicación de las anteriores prescripciones, quedan exceptuados de su cumplimiento, siendo objeto de planteamientos especiales, que cumpliendo con el espíritu de lo regulado deben ser sometidos previamente a la aprobación del Departamento de Prevención.
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Sección 2°. Condiciones de compartimentación.
ART . 12-
1.
Todos los edificios y establecimientos cerrados estarán compartimentados en sectores de incendios mediante elementos resistentes al fuego, de grado función del uso que en cada uno de ellos se desarrolle.
2.
La superficie máxima admisible de un sector de incendio es menor de 2.500 m2. pudiendo duplicarse esta dimensión cuando la totalidad del sector esté protegido por sistemas de rociadores de funcionamiento automático .
3.
Las excepciones al contenido del párrafo anterior se especifican en el Título II en función del uso del edificio o establecimiento.
1.
Constituirán sector de incendio independiente :
ART . 13-
2.
ART . 14-
a)
Cada edificio respecto de sus medianeros o colindantes .
b)
Cada una de las plantas bajo rasante respecto del resto del edificio. Excepto en el caso de dar servicio a un único uso que constituya sector de incendio respecto del resto.
c)
Las zonas calificadas de riesgo alto en todo caso y las de riesgo medio, respecto de caminos de evacuación.
d)
Los caminos de evacuación en los recorridos de evacuación cuando así se especifica.
e)
Los usos que se especifican en el Título II.
f)
Las zonas calificadas no evacuables .
Constituirán sector de incendio: a)
Las zonas calificadas de riesgo bajo respecto de caminos de evacuación.
b)
Los caminos de evacuación en los recorridos de evacuación cuando así se especifica.
c)
Los usos que se especifican en el Titulo II.
d)
Los patinillos de instalaciones en todo su recorrido.
e)
Los cuartos de contadores eléctricos.
f)
Los cuartos de maquinaria de aparatos elevadores .
Deberá existir compartimentación en: a)
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Recinto de galerías de servicios en las zonas coincidentes con los elementos delimitadores del sector de incendio. Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 44 8 22 61/ 447 98 97
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ART. 15ART . 16-
ART . 17-
ART . 18-
ART . 19-
b)
Zonas en las que se contienen objetos de valor histórico artístico, científico, económico, etc ...
c)
Zonas o locales en los que se ubican centrales de protección contra incendios .
d)
Los caminos de evacuación.
Cualquier elemento compartimentador de dos sectores de incendios deberá disponer del grado RF correspondiente al del sector de mayor RF. 1.
Cuando un elemento compartimentador acomete a una fachada o cubierta el grado RF de ésta será en una franja de 1 metro perpendicular al elemento compartimentador, de grado RF al menos la mitad del exigido a aquél . .
2.
La anchura de esta franja debe medirse sobre los planos de la fachada o cubierta y en caso de existir elementos salientes mayores de 50 cms., la anchura podrá reducirse en la dimensión del citado saliente .
3.
Si el elemento compartimentador acomete en un quiebro de la fachada y el ángulo exterior formado por dos planos de la misma, es inferior a 135 la anchura de tal franja será al menos de 2 metros.
Se considera que los pasos de tuberías y conductos a través de un elemento compartimentador no reducen su resistencia al fuego cuando : a)
La sección del hueco de paso es menor de 50 cm2 .
b)
Se trate de tuberías de agua a presión, siempre que el hueco de paso esté ajustado al conducto .
c)
Los componentes que conforman la instalación posen un grado de resistencia al fuego al menos igual a la mitad del exigido al elemento compartimentador. Excepto en el caso de tratarse de instalaciones potencialmente transmisoras del incendio en cuyo caso el grado RF, debe ser coincidente con el exigido al elemento compartimentador .
Las paredes delimitadoras de los caminos de evacuación y de los vestíbulos de independencia deberán tener un grado RF coincidente con el exigible a los sectores de incendio por los que discurra o a los que acceda. 1.
Toda puerta de paso entre dos sectores de incendio y las tapas de registro de patinillos o conductos de servicios de instalaciones, tendrán un grado de resistencia, al fuego, al menos igual, a la mitad del exigido al elemento compartimentador que separa ambos sectores.
2.
Cuando las puertas y tapas de registro forman parte de un vestíbulo de independencia el grado de resistencia podrá ser igual a la cuarta parte del exigido al sector de mayor grado .
3.
Toda puerta enclavada en un elemento constructivo compartimentador de sector de incendio excepto en uso de vivienda debe disponer de sistema automático de cierre tras su apertura .
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4.
Se admite la posibilidad de que tal puerta permanezca abierta durante el funcionamiento de la actividad de que se trate, siempre que dispongan de dispositivos que garanticen el cierre automático en caso de incendio y en horas de inactividad laboral .
ART . 20-
La distancia mínima entre toda ventana y todo hueco ( o lucernario de cubierta) - siempre que dichos huecos y ventanas pertenezcan a sectores de incendio diferentes, será mayor de 2,50 metros.
ART . 21-
Se podrán exigir medidas especiales de compartimentación y/o de prevención en general, entre aquellas actividades que por su proximidad y naturaleza pudieran dar lugar a notable incremento del riesgo por mutua influencia.
Sección 3°. Evacuación
ART . 22-
ART . 23-
A efectos de lo contemplado en el art. 8 el espíritu básico de las condiciones de evacuación se centra en el tiempo partiendo de: 1.
Cualquier edificio debe estar diseñado de forma que la evacuación total de la ocupación teórica máxima previsible se desarrolle en un tiempo igual o inferior a 10 minutos, excepto en los edificios calificados EGA (edificio de gran altura) los de uso sanitario con hospitalización, establecimientos penitenciarios y los calificados no evacuables .
2.
Para cada planta el tiempo teórico de evacuación total será igual o inferior a 3 minutos, excepto en uso sanitario con hospitalización y las zonas calificadas no evacuables .
1.
No se permite la ocupación de personas en ninguna zona de un edificio desde la que el recorrido de evacuación precise salvar en sentido ascendente una altura mayor de 4 metros, en la totalidad del recorrido o en alguno de sus tramos.
2.
Se exceptúan de esta prescripción el uso de garaje-aparcamiento y aquellos casos en que se trate de personas vinculadas a puestos de trabajo destinados a mantenimiento o control de servicios del edificio, así como cuando se trate de recintos de gran volumen en los que no sea previsible la confluencia de la evacuación con el sentido ascendente de los humos .
3.
En edificios o actividades existentes quedan excluidas de esta prescripción las plantas inmediatas a la baja siempre que el cambio de uso suponga disminución del riesgo y peligrosidad .
ART . 24.-
Ningún origen de evacuación podrá distar más de 25 metros de una única salida de planta
ART . 25.-
Cuando el recorrido de evacuación supere los 25 metros se deberá disponer de otras salidas que cumplan las siguientes condiciones :
120
a)
Que ningún punto de origen de evacuación diste más de 45 metros de una salida de edificio u otro sector de incendio independiente o un camino de evacuación protegido .
b)
Que la situación de las salidas cumpla la condición de opuestas y alejadas .
c)
La longitud de recorrido desde todo origen de evacuación hasta algún punto en el que parten al menos dos recorridos de evacuación alternativos hacia sendas salidas opuestas y alejadas, no será mayor de 15 metros. Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid. Tlf : (91) 44 8 22 61/ 447 98 97
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ART . 26.-
Son exigibles salidas opuestas y alejadas además de en el caso contemplado en el artículo anterior : a)
Cuando en plantas bajo rasante la ocupación teórica del recinto supere las 50 personas y la altura de evacuación sea superior a 2 metros.
b)
Cuando la altura de evacuación descendente sea igual o superior a 28 metros.
c)
Cuando la ocupación máxima teórica previsible sea igual o superior a 100 personas .
ART . 27 .-
Cuando san exigibles salidas opuestas y alejadas, los caminos de evacuación a que accedan serán independientes entre sí .
ART . 28.-
Todos los niveles de un edificio deberán quedar comunicados entre sí mediante escaleras, que a su vez deben ser estables al fuego en grado coincidente con el de superior grado al que sirvan.
ART . 29 .-
Las escaleras generales que sirven a un edificio en los recorridos de evacuación, deben cumplir las siguientes condiciones : a)
Ser discontinuas en ámbito y trazado a nivel de planta baja entre tramos sobre y bajo rasante . Se considera esto conseguido cuando se den una de estas tres condiciones : a. l)
La compartimentación entre ambos tramos mediante elemento continuo resistente al fuego RF-180 de alma llena que independice espacios.
a.2)
La separación mínima de ambos tramos es de 10 metros en un mismo nivel con altura de techo superior a 3 metros y ventilado directamente al exterior o
a.3)
Cuando uno de los tramos acceda directamente al exterior del edificio.
b)
Disponer de ventilación natural y directa al exterior a razón como mínimo de 1 m2/planta, prohibiéndose cualquier tipo de sistema de ventilación mediante chimeneas o extracción mecánica como única al fin pretendido . Se exceptúan de esta última prescripción los tramos de escalera que relacionan la planta baja con las de baja rasante, que deberán estar dotadas de vestíbulo de independencia interpuesto entre el recinto de escalera y resto de planta en cada nivel .
c)
Se desarrollarán en recinto propio, con acceso a través de puertas RF o PF de grado función del uso y sector al que sirvan, dotadas de sistema de cierre automático y con sentido de apertura coincidente con el de evacuación, sin invadir el ámbito de paso de la escalera. Se exceptúan de esta última prescripción las escaleras que sirvan a plantas cuya altura de evacuación sea menor de 10 metros.
d)
Al recinto de escalera no podrán acceder directamente, aparte de las mencionadas puertas, más que locales destinados a aseos de limpieza siempre que éstos no constituyen almacenamiento .
e)
La estructura será EF de grado coincidente con el de mayor de los exigidos a los sectores a que sirven.
f)
Los tramos serán rectos, con un máximo de 15 peldaños y un mínimo de 3 .
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ART . 30-
g)
Las mesetas intermedias dispondrán de dimensiones mínimas iguales a la del ancho del tramo .
h)
Todos los peldaños serán iguales en cuanto a dimensiones . La huella de 27 cm. como mínimo, medida en proyección horizontal y la tabica o contrahuella de 18,50 cm. como máximo, ajustándose a la proporción de: h + 2t = 64. Los peldaños en escaleras de evacuación ascendente tendrán tabica y carecerán de mamperlán .
i)
Dispondrán de pasamanos a 0,90 m. de altura en la siguiente forma. * Para anchos inferiores a 1'20 m. al menos de uno. * Para anchos superiores o guales a 1'20 m. de dos, uno de cada lado.
j)
Para anchos iguales o superiores a 2'40 m. se dispondrá además de pasamanos intermedios en la directriz del tramo.
k)
De igual forma se trataran las de mayor ancho dividiendo pasos de 1'20 m.
1. Toda escalera de un edificio utilizada en recorrido de evacuación descendente deberá disponer de ancho tal que verifique la ecuación: A > P/160 en la que : A: P:
Ancho de la escalera en metros en cada nivel. Número de personas que deban utilizar la escalera en el conjunto de todas las plantas situadas por encima de la considerada .
2. Cuando la escalera deba ser utilizada en recorrido de evacuación ascendente la ecuación a cumplir será: A > P/(160 - 10 h) en que: h: P: 3. ART . 31 .-
Altura de evacuación en metros. Número de personas que deban utilizar la escalera en el conjunto de todas las plantas por debajo de la considerada .
En cualquier caso el ancho mínimo será de 1,00 m. en escaleras y pasillos .
Toda escalera proyectada en camino de evacuación protegido además de las condiciones anteriores deberá cumplir en ancho, la ecuación: A > (P-3S)/160 en la que : S:
ART . 32.-
122
Superficie útil delrecinto de la escalera en el conjunto de las plantas, en metros cuadrados, en la que se incluyen tramos, rellanos y mesetas intermedias, por encima o por debajo de la considerada según sea descendente o ascendente respectivamente .
Cuando en una misma planta deban salvarse distintos niveles en un camino de evacuación que sirve a más de 50 personas, podrá hacerse uso de escaleras siempre que el número de peldaños no sea inferior a tres, o bien de rampas con pendiente igual o inferior a 12% y acabado de pavimento antideslizante .
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ART . 33 .-
Cualquier elemento de paso que deba ser utilizado en un recorrido de evacuación horizontal deberá disponer de un ancho a razón de 1 metro por cado 200 personas que deban utilizarlo.
ART . 34.-
Las escaleras y pasillos situados en los caminos de evacuación protegidos deberán cumplir, además de las condiciones para los normales de servicio del edificio : a)
Estar compartimentados respecto de los recintos, sectores o plantas, mediante un vestíbulo de independencia RF función del grado que corresponda al elemento al que sirven .
b)
Estar ventilados natural y directamente con superficies de ventilación mínimas de 1 m2. por planta para escaleras y 0'2 L m2. para pasillos, siendo L la longitud del pasillo en metros . Cuando por cualquier circunstancia justificada, no pudiera realizase la ventilación natural y directa (plantas bajo rasante por ejemplo), la ventilación podrá realizarse mediante conductos . independientes de entrada y salida de aire, dispuestos exclusivamente para esta función . Estos conductos deberán tener una sección útil incluso en rejillas, a razón de 50 cm2 . por cada m'. de recinto y su disposición igual a la descrita para los vestíbulos de independencia .
c)
Disponer de señalización y de iluminación de emergencia que facilite lavisibilidad total del peldañeado .
d)
Los huecos que accedan al exterior estarán situados como mínimo a una distancia horizontal de 1'5 metros de cualquier zona que no tenga un grado paralalias PF-30.
e)
Los pasillos y escaleras en caminos de evacuación protegidos conducirán hasta la planta de salida del edificio, y la distancia máxima entre el final de dichos caminos y la salida del edificio no podrá ser superior a 15 metros, siempre que en este último tramo no exista riesgo de incendio o esté a su vez compartimentado respecto de otros recintos de riesgo medio o alto, mediante vestíbulos de independencia . En su defecto deberá acceder al espacio exterior seguro.
ART . 35.-
No se admite el sistema de sobrepresión como única protección ante el humo.
ART . 36.-
Toda puerta utilizada en recorrido de evacuación debe cumplir con las siguientes condiciones : a)
Estar señalizada cuando sirva a más de 50 personas .
b)
Abrir abatiendo sobre eje vertical en dirección coincidente con la de evacuación, cuando sirvan a más de 100 personas .
c)
Disponer de un ancho de hoja. 0,80 m. < a < 1,20 m.
d)
Cuando la puerta disponga de dos hojas el ancho mínimo de hoja será >0,60 m.
e)
Disponer de mecanismos de apertura que funcionen mediante suave presión, que no precise agacharse para su manejo ni sufran deformación por efecto del calor que los pueda inutilizar bloquear . No se admite el cierre por canto .
f)
En caso de existencia de mecanismos con mando remoto este deberá quedar automáticamente inutilizado en caso de falta de energía.
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ART . 37.-
ART . 38.-
Cuando en un pasillo de evacuación, se sitúe una puerta que a el acceda, la hoja se dispondrán de forma tal que la superficie barrida por la misma en el pasillo, no disminuya la anchura del mismo en más de 10 cm. 1. No se permiten salientes en los paramentos verticales de los caminos de evacuación, que reduzcan el ancho de éstos en más de 10 cm. En estos casos el ancho del tramo se media según el estrechamiento mayor. 2. En ningún caso se permiten elementos que puedan ocasionar enganche en la ropa de las personas o con los que se pueda tropezar.
ART. 39.-
Queda prohibida la colocación de espejos o elementos decorativos que puedan inducir a error, en los caminos de evacuación.
ART. 40.-
Cuando los pasillos o escaleras de evacuación sirvan a recintos, sectores o plantas de alto riesgo o peligrosidad, el acceso a aquellos deberá realizarse a través de vestíbulo de independencia.
ART . 41 .-
1. Quedan excluidas de las condiciones de ventilación y compartimentación los pasillos y escaleras que abiertas, discurran por el exterior del edificio . 2. En estos casos únicamente ha de preverse que los huecos que a ellos accedan, no imposibiliten su uso por causa del incendio, en todo su recorrido .
ART. 42 .-
A efectos de evacuación no contabilizan las puertas giratorias, de corredera, ni aquellas en las que se sitúen tornos o elementos de control similares .
ART. 43 .-
Se permite la instalación de puerta de control con mando de apertura o distancia o automático siempre que la misma disponga de sistema que permita su utilización como puerta ordinaria ante cualquier fallo de aquellos .
ART . 44 .-
Los materiales utilizados como revestimiento o acabado superficial en los caminos de evacuación protegidos deberán ser como máximo : M 1 en techos y paredes . M 2 en suelos . En los no protegidos, como máximo : M 2 en techos y paredes . M 3 en suelos . Salvo las excepciones contempladas en los usos específicos.
Sección 4°. Edificios en Altura
ART . 45.-
A efectos de la presente Ordenanza se consideran edificios en altura, todos aquellos que se disponen con más de ocho plantas sobre rasante o de plantas en las que existan puntos cuya altura de evacuación sea igual o superior a 28 metros .
ART . 46.-
El sector de incendio máximo admisible queda establecido en 1 .000 m2 en planta sobre rasante.
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ART . 47.-
Cada planta del edificio deberá constituir sector de incendio independiente respecto del resto de niveles excepto en el caso de tratarse de un único uso que constituye sector de incendio independiente .
ART . 48.-
Todos los núcleos de comunicaciones verticales generales del edificio constituirán sector de incendio independiente, y sus elementos delimitadores RF-180.
ART . 49-
1.
Todos los registros de patinillos de instalaciones deberán ser R.17- 180 .
2.
No obstante, si al patinillo se accede desde vestíbulo de independencia, es suficiente que el elemento de cierre sea RF-60 .
ART . 50.-
La estructura, tanto sustentante como sostenida deberá ser RF-180 .
ART . 51 .-
Los revestimientos en parámetros verticales y techos en las vías de evacuación serán MO y en suelos M 1 máximo .
ART . 52 .-
Dispondrán además de la escalera normal del edificio, de otra que también constituirá camino de evacuación protegido, dando lugar a la disponibilidad de al menos dos salidas de planta y/o sector siendo ambas accesibles a todos los usuarios de cada planta.
ART . 53 .-
Los accesos en cada planta a las cajas de escalera que existan deberán estar dimensionados partiendo del supuesto que uno de ellos (el más desfavorable) puede quedar bloqueado a inaccesible .
ART. 54.-
Deberán disponer en cada una de las cajas de escaleras, de Columna Seca, que partiendo de la planta bajo, discurra hasta alcanzar el último plano pisable de la edificación .
ART. 55.-
Deberá disponerse en todas las plantas y accesibles a todos los usuarios de las mismas, extintores portátiles, en número de dos por vestíbulo de independencia previo a cada caja de escalera y de grado de eficiencia 13A y 89B respectivamente, con independencia de los elementos que se precisen por razón del uso que se desarrolle en cada planta.
ART. 56.-
Se dispondrá en bocas de agua contra incendios en número y situación tales que bajo su acción quede cubierta la totalidad de la superficie de cada planta, cuando el uso sea distinto del de vivienda.
ART. 57.-
Las cajas de escalera y en general los caminos de evacuación dispondrán de iluminación de emergencia .
ART . 58.-
Todos los elementos fijos de partición interior deberán ser RF-60 como mínimo.
ART . 59.-
Deberán disponer de al menos dos ascensores que presten, servicio a la totalidad de las plantas.
ART . 60.-
Los ascensores dispondrán de dos fuentes independientes de suministro de energía eléctrica, la segunda de funcionamiento automático y con autonomía mínima de una hora. Al menos uso de ellos cumplirá las condiciones de Ascensor de Emergencia.
ART . 61- . 1.
Cuando la altura de evacuación sea igual o superior a 50 metros deberá disponer además : a)
Sistemas de detección y alarma en cada nivel.
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2.
ART . 62.-
ART . 63.-
b)
De al menos tres ascensores .
c)
De sistemas especiales de bombeo de agua para extinción de incendios .
d)
De zonas técnicas en que el abastecimiento de agua ofrezca garantías de continuidad en cuanto a caudal y presión en las últimas plantas.
Los huecos de fachadas, en cada caso, deberán estar dispuestos de forma que se obstaculice la propagación del incendio a su través, debiendo ser la franja a que se hace mención en el Artículo 16, de 1,80 metros como mínimo.
En edificios de uso de vivienda con altura de evacuación superior a 50 metros y en los de cualquier oro uso, cuando aquella sea superior a 28 metros, al menos un ascensor cumplirá las siguientes condiciones : a)
Tener una capacidad de carga de 630 Kg.
b)
Tener una superficie de cabina > 1'40 m2 con anchura de paso > 0,80 m.
c)
Estar dotado de posibilidad de alta velocidad .
d)
Capacidad de manejo de la doble acometida de energía eléctrica desde el interior de la cabina .
e)
Disponer en planta de acceso al edificio, junto a los mandos del ascensor, de un pulsador bajo tapa de vidrio con la inscripción "USO EXCLUSIVO DE BOMBEROS", cuyo fin sea requerir el envío del ascensor a dicha planta y permitir su maniobra exclusivamente desde la cabina.
1. En edificios de vivienda, de altura de evacuación igual o superior a 80 metros, además, deberá disponerse por encima de la altura de evacuación de 50 metros, de bocas de agua contra incendios en número y situación tales que bajo su acción quede cubierta la totalidad de la superficie de cada planta. 2. En cualquier uso cuando la altura de evacuación sea igual o superior a 80 m. la coronación del edificio estará proyectada de forma tal que permita al mismo el acceso de helicópteros . El hueco que permita la comunicación con este recinto deberá reunir las condiciones expresadas para salida de camino de evacuación.
ART . 64.-
En edificios cuya altura de evacuación sea igual o superior a 100 metros, además de las condiciones expresadas en los Artículos anteriores, se deberá disponer de: a) Zona o zonas de concentración de personas accesible a todo usuario del edificio, que permitiendo albergar a la totalidad de la ocupación teórica previsible, garantice su seguridad en permanencia de al menos durante 48 horas . b) El trazado de al menos uno de los ascensores y una de las escaleras deberá ser discontinúo e independizado, a la altura de la planta intermedia.
ART . 65.-
Los edificios cuya altura de evacuación sea igual o superior a 200 metros, además deberán : a)
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Estar acompañados de estudio técnico que garantice laimposibilidad de propagación del incendio a través de las fachadas .
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b)
ART . 66.-
La discontinuidad e independencia del trazado de escaleras y ascensores, (mencionada en el Artículo 641) se hace extensiva a todos estos sistemas cada 50 metros aproximados, con excepción del ascensor previsto para uso de bomberos .
Todo edificio calificado EGA, deberá disponer de Plan de Emergencia informado favorablemente por el Departamento de Prevención .
CAPÍTULO II: INSTALACIONES Sección 1º. Señalización e Iluminación.
ART. 67.1.
Deben disponerse señales indicativas de dirección de recorridos de evacuación, frente o en toda salida de evacuación que debe servir en uso público a más de 50 personas de ocupación máxima previsible o que no sea claramente visible desde cualquier origen de evacuación.
2.
En todos los recorridos en los que existan alternativas que puedan inducir a error.
ART . 68.-
Los letreros de señalización cumplirán lo establecido en las Normas UNE 23-034 .
ART . 69.1.
Todo medio de extinción de incendios de utilización manual, que no sea fácilmente visible desde algún punto de un local, debe ser señalizado de forma que se facilite su utilización .
2.
Estas señales se ajustarán a lo dispuesto en la Norma UNE 23-033 y su tamaño el que resulte de aplicar los criterios indicados en la UNE 81-501 .
ART. 70.-
En cualquier caso la señalización distinguirá entre SALIDA y SALIDA DE EMERGENCIA.
ART. 71 .-
Se señalizará como SIN SALIDA toda puerta que situada en camino de evacuación pueda por su situación inducir a error en el recorrido del camino .
ART . 72.-
Se deberá disponer de alumbrado de emergencia, en todo local de uso público, en vestíbulos de independencia, en recorridos de evacuación, en los locales donde se ubiquen actividades calificadas como peligrosas, locales donde se sitúan equipos generales de instalaciones comunes del edificio, y aparcamientos de más de 5 vehículos .
Sección 2°. Electricidad.
ART . 73.-
Además de las normas que determina la presente Ordenanza, los usos e instalaciones a que se refiere la misma, cumplirán las exigencias y especificaciones que señala la normativa vigente en esta materia .
ART . 74.-
Los centros de transformación con transformadores y/o aparatos cuyo dieléctrico sea inflamable o combustible, de punto de inflamación inferior a 300° C. con un volumen unitario superior a 600 l. o que en conjunto sobrepase los 2.400 l . deberán disponer de un sistema fijo de extinción automática, con agente extintor adecuado. Cuando se sitúen en el interior de un edificio con acceso desde el mismo, se reducirán estos volúmenes a 400 l. y 1 .600 l . respectivamente .
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ART . 75 .-
Todos aquellos elementos en los que exista posibilidad de generarse electricidad estática, deberán disponer de tomas de tierra.
Sección 3°. Instalaciones de calderas v chimeneas. ART . 76.-
Las caldeas se situarán en recintos que deben reunir las siguientes condiciones : a)
Constituirán sector de incendio independiente con grado de resistencia RF-180 y estructura EF-240.
b)
Sus accesos dispondrán de vestíbulo de independencia, excepto en los casos en que tales accesos siendo independientes y compartimentados con elementos RF-180, conduzcan directamente al exterior .
c)
Estarán dotados de ventilación natural independiente y los conductos tendrán una sección útil incluso en rejillas a razón de 50 cm2. por cada 10.000 Kcal/h.
d)
Sus dimensiones deben ser tales que dispongan de al menos un paso de 1'50 m. en todo el entorno de la caldera .
e)
En el caso de que el combustible sea líquido, el suelo del recinto deberá formar cubeto capaz de impedir el derrame del líquido fuera del mismo .
f)
En el caso de que el combustible sea gas, dispondrá de sistema de detección de acumulación del gas en el ambiente.
2.
Las calderas con potencia nominal igual o superior a 300.000 Kcal/h . que se sirvan de combustible líquido deberán disponer de sistema de extinción automática en los quemadores.
ART. 77.-
No se permite la ubicación de calderas e instalaciones reguladoras de temperatura en general, por debajo del primer sótano en un edificio, excepto en el caso de disponibilidad de más de un acceso, que estos sean opuestos y alejados y que, al menos, uno de ellos siendo exclusivo, conduzca directamente a espacio abierto accesible a los vehículos del Servicio Contra Incendios .
ART . 78 .-
En el caso de calderas individuales, que precisen de almacenamiento contiguo de combustible, se autoriza su colocación en cualquier recinto distinto del de estancia o paso, y siempre que los elementos compartimentadores del mismo sean RF-90. Las que no tengan almacenamiento contiguo, se adaptarán en su instalación a las normas que el efecto determine el Ministerio de Industria.
ART . 79.-
Queda prohibido cualquier tipo de almacenamiento en el cuarto de calderas, así como la colocación de productos combustibles .
ART . 80.-
El almacenamiento de los productos combustibles utilizados para calefacción, debe realizarse en recinto independiente, accesible, para uso exclusivo, que constituya sector de incendio, compartiendo con elementos RF-240 y ventilado de forma natural, con sección útil incluso en rejillas a razón de 50 cm'. por cada m'. de recinto.
ART . 81 .-
Los gases o humos procedentes de la combustión deben ser evacuados mediante chimenea propia e independiente de las destinadas a otros usos, de la estructura del edificio resistente al fuego RF180, estanca en todo su recorrido y separada de cualquier elemento de combustibilidad igual o superior a MI .
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ART . 82.ART . 83.-
No se permite el paso de chimeneas por locales de almacén de productos combustibles o inflamables ni por recintos de dormitorios . 1. Deberá procederse a la limpieza periódica de chimeneas con frecuencia de al menos una vez al año para las de usos alternos de hasta seis meses y dos veces al año en las de uso continuado. 2. Los registros necesarios para realizar estas operaciones se situarán en locales carentes de materiales combustibles o inflamables .
ART . 84.-
Las salas de calderas de potencia nominal igual o superior a 500.000 Kcal/h . dispondrán de sistema automático de detección de incendios .
Sección 4°. Instalaciones de aire acondicionado y ventilación. ART . 85 .-
Los conductos de distribución de aire en cualquier caso, deben estar realizados con productos M0.
ART . 86.-
Los conductos de distribución de aire que deban atravesar elementos delimitadores de un sector de incendios, o de distintas propiedades, deberán :
ART. 87 .-
a)
Disponer de dispositivos de compartimentación en coincidencia con el elemento constructivo compartimentador, que garanticen la imposibilidad de propagación del incendio por el interior del conducto . Estos elementos funcionarán cuando la temperatura interior alcance 70° C. o cuando se produzca una temperatura de 30° C. por encima de la de servicio o cuando circule humo por el interior del conducto . Su funcionamiento será expresado en la central de detección cuando esta exista y permitirá accionamiento manual cuando el caudal sea Q >_ 10.000 m3/h.
b)
Ser EF en la zona de contacto del conducto con el elemento delimitador, de forma que se garantice la efectividad del dispositivo compartimentador. El grado de EF será el mismo que el exigido para el elemento delimitador .
No podrán utilizase para retorno de aire los espacios por lo que discurran recorridos de evacuación, salvo cuando la instalación esté diseñada para evacuación de humos procedentes de incendio.
Sección S°. Instalaciones de extinción. ART . 88.-
ART. 89.-
Todos los elementos manuales de las instalaciones de extinción de incendios deberán estar accesibles en todo momento y visibles, al menos uno de los elementos exigibles, desde cualquier punto de origen de evacuación . En caso contrario, deberán estar señalizados de forma que se permita fácilmente su localización. 1. En los casos en que se exige la disponibilidad de instalaciones de agua contra incendios y las condiciones de infraestructura de la zona no permite, en estudio, garantizarsuficiente caudal o presión de abastecimiento de agua, serán exigibles depósitos de agua para reserva, con capacidad suficiente para abastecer durante una hora al menos dos BIE y/o la zona de rociadores automáticos más desfavorable hidráulicamente en las condiciones de presión y caudal que para cada una de ellas se exija, para lo que deberán estar acompañados de los correspondientes grupos de presión .
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2. Para el cálculo del área cubierta por una BIE se tendrá en consideración el recorrido real de la manguera de 15 m . y el alcance teórico de 10 metros del chorro del agua, siempre que no haya obstáculos . ART . 90.-
Todo establecimiento dotado de sistema automáticos de extinción de incendios queda exento de la exigencia de la detección, siempre que los primeros manifiesten su activación en central de control, óptica y acústicamente .
ART . 91 .-
Deberán disponer de sistemas automáticos de extinción de incendios mediante rociadores, todo aquel local cuya carga de fuego previsible sea igual o mayor a 500 MJ/m2. (120 Mcal. m'.). excepto en los casos contemplados en los usos específicos .
ART . 92.-
Las instalaciones de extinción que precisen de alimentación eléctrica para su funcionamiento, deberán hacerlo mediante dos fuentes de suministro, de las que una será la red general del edificio actividad, la otra deberá garantizar como mínimo el tiempo de funcionamiento obligatorio previsto para la instalación .
Sección 8 . Mantenimiento y uso. ART. 93.-
1. En toda actividad se deberán mantener las condiciones de seguridad que en su momento determinaron la concesión de la licencia de actividad e instalación y la de funcionamiento, no pudiendo alterarse o modificarse ninguna de ellas sin la correspondiente autorización municipal o sin ponerlo en conocimiento del Departamento de Prevención . 2. Será responsabilidad del titular de la actividad el mantenimiento y uso de los medios de seguridad .
ART . 94.-
Todo tipo de instalación de seguridad contra incendios deberá ser sometido a operaciones de revisión después de haber funcionado por causa de incendio y además con la frecuencia que se especifica en los cuadros incluidos al final de esta Sección .
ART . 95 .-
Cuando para la verificación de pruebas se necesite trasladar parte de una instalación fuera del recinto que protege se dispondrá de elementos de reserva que cubrirán la función, a fin de no dejar desguarnecida la zona de que se trate .
ART . 96 .-
Todo plan de Ordenación Municipal deberá tener en consideración la inclusión de instalaciones de hidrantes para abastecimiento de agua de los vehículos del Servicio Contra Incendios .
ANUAL Detección automática
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Limpieza detectores
SEMESTRAL de
Activación detectores rearmables . Análisis visual detectores no re a r m a b le s . Resto de instalación .
TRIMESTRAL
MENSUAL
QUINCENAL
DIARIO Puesta en acción dispositivos de prueba de equipo de control y señalización .
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Desmontaje y ensayo de manguera, boquilla, sistema de c i e re , estanqueidad de j u n t as de racores.
Accesibilidad y señalización análisis visual de equipos e x t e r n o s comprobación de presión
Verificación de fidelidad del manómetro prueba de presión
hidrantes
Examen general de todos sus componentes externos
Columna seca
Examen general de componentes externos . Posición de llaves .
E x t i nt o re s portátiles
Revisión por p e r s o n a l a u torizad o (revisión general)
Rociadores
Operaciones de fabricante, comprobación de peso y presión
Situación y accesibilidad.
Comprobación de situación despejada de cabezas . Activación de válvulas de pruebas.
ANUAL
SEMESTRAL
Abastecimient o de agua
TRIMESTRAL
MENSUAL
QUINCENAL
DIARIO
Puesto en
marcha de equipos. (Para grupos diesel durante 15
minutos como mínimo). Extinción
Revisión general
agentes gaseosos Alarma
Revisión general
Alumbrado de emergencia
Revisión general
Señalización
Revisión
ocular externa Revisión general
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Los que figuren en las instrucciones técnicas del fabricante.
eléctrica secundaria
NOTA : La prueba de presión a que deben ser sometidas las mangueras de BIE se realizarán a 15 Kg/cm2 . (1 .470 KPa). Los extintores portátiles deberán ser sometidos además a las operaciones de retimbrado y recarga que para Aparatos a Presión dispone el Ministerio de Industria y Energía . CAPÍTULO III : CARACTERÍSTICAS DE LOS MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN . Sección 1ª. Estructuras ART. 97 .-
La estructura, tanto sustentante como sostenida en cualquier tipo de edificio, deberá garantizar su estabilidad ante la acción de un incendio de acuerdo con las normas UNE-23093 y 23806. Los grados de estabilidad quedan reflejados en cada uso específico y las excepciones por debajo de los mismos se admitirán, cuando pueda demostrarse documentalmente o mediante inspección de comprobación que la carga de fuego previsible en la zona de que se trate es inferior a 60 Mcal/m2. (250 MJ/m' .).
ART. 98 .-
Las cubiertas acristaladas se admiten, siempre que se dispongan sistemas que garanticen su estabilidad durante el tiempo de evacuación del edificio .
ART . 99.-
Quedan exentas de las exigencias de protección de estructuras ante el fuego :
ART . 100 .-
a)
Las cerchas y formas similares en cubiertas, sobre las que es exigible la aplicación de un retardador, siempre que el suelo sobre el que previsiblemente ha de caer, esté capacitado para mantener su estabilidad ante el impacto .
b)
Los elementos estructurales exteriores exentos .
c)
Los elementos de fachada en su cara exterior .
d)
Las estructuras provisionales en exposiciones, espectáculos y similares siempre que bajo ellas no exista carga de fuego y que su hundimiento no cause daños a terceros, ni afecte a la estabilidad del resto del edificio .
Todo elemento de edificación colgante, deberágarantizar su estabilidadEF-30, excepto en el caso de tratarse de estructura, cuyo EF debe cumplir lo especificado en el articulado anterior.
Sección 2". Materiales. ART . 101 .-
ART . 102-
132
Los materiales situados en el interior de falsos techos, o suelos elevados, así como los revestimientos de conductos de aire acondicionado y ventilación deben ser de grado de combustibilidad máximo M1 . 1. El comportamiento ante el fuego de cualquier elemento constructivo a que se hace referencia en esta Ordenanza, deberá quedar suficientemente demostrado en la documentación presentada con la solicitud de licencia, mediante la aportación de resultados de ensayos realizados en laboratorio oficialmente reconocido para este tipo de estudio y en los que se reflejen los Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 44 8 22 61/ 447 98 97
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resultados obtenidos según Normas UNE 23727, 23093, 23801 y 23802 para reacción, elementos de obra, acristalados y puertas respectivamente . 2.
Esta documentación debe tener una antigüedad menor de 5 años.
3. Los productos fabricados y comercializados en un estado miembro de la CE que estén conformes con las especificaciones en vigor en dicho estado, serán admitidos siempre que dichas especificaciones marquen un nivel de seguridad equivalente al exigido en esta Ordenanza y que el laboratorio autor de los ensayos ofrezca garantías equivalentes a las exigidas para los laboratorios españoles oficialmente reconocidos .
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TEMA 9 TRIANGULO Y TETRAEDRO DEL FUEGO. INTRODUCC IÓN : QUÍMICA DE L FUEGO. Se conoce con este nombre una rama de la Química que se ha especializado en el estudio de uno o diversos compuestos que forman parte de un incendio, así como las diversas circunstancias que modifican el desarrollo del mismo.
COMBUSTIÓN. Para comenzar, vamos a definir el concepto de fuego : es una combinación rápida, acompañada de luz y calor, que se produce cuando se une oxígeno con una sustancia combustible . A esta reacción química se le conoce con el nombre de COMBUSTIÓN. El oxigeno se encuentra en la atmósfera formando parte del aire que respiramos en una proporción aproximada del 21 % siendo el 79 % principalmente nitrógeno y otros compuestos . La combustión se produce si el aire penetra en toda la masa del cuerpo combustible . Cuanto más dividido se encuentra el cuerpo combustible, más rápida y completa es la combustión . Si esta división es máxima y el cuerpo combustible se encuentra en suspensión en el aire (la harina de los molinos, el polvo de granos en los silos, etc .. .). La velocidad de la combustión es tan rápida que puede provocar una explosión . La combustión es activada por la renovación del aire, oxígeno, sobre el foco de ignición . I.1 .
CONCEPTO DE COMBUSTIÓN.
Cuando un cuerpo combustible alcanza una determinada temperatura, desprende vapores combustibles que, si se inflaman por una llama o chispa, producen un aumento de temperatura cuyo calor se propaga a los valores situados a su alrededor, con un nuevo desprendimiento de vapores combustibles que tendrán el peligro de inflamación . Un ejemplo de lo anteriormente expuesto es el que puede realizarse con una vela . Basta encenderla y dejarla arder durante unos segundos para que la cera se caliente . Se coloca una caperuza y se deja transcurrir el tiempo necesario para que la vela se apague . Al quitar la caperuza se observa cómo suben vapores en forma de humo. Acercando a estos vapores una cerilla encendida, la llama se inclina hacia abajo, en dirección al pábilo de la vela, encendiéndose ésta de nuevo. La vela es un cuerpo sólido que, al calentarse, parte se transforma en líquido del que se desprenden los vapores que mantienen la llama en el pábilo . REACTIVOS
P.D.C .
Combustible + comburente + llamA
CO2 + CO + Vapor de agua
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I.2.
CLASIFICACIÓN DE LA COMBUSTIÓN SEGÚN SU DESARROLLO.
Antes de hacer una clasificación de las reacciones de combustión debemos repasar una serie de conceptos químicos básicos relacionados con las reacciones de oxidación-reducción ya que la combustión pertenece a este tipo de reacciones químicas. Las reacciones de oxidación-reducción son aquellas en las que se produce un intercambio de electrones entre un oxidante que los gana y un reductor que los pierde . Oxidación es todo proceso en el que alguna especie pierde electrones y reducción aquéllos en los que una especie gana electrones. Si una sustancia gana electrones (es decir, se reduce), otra debe perderlos (es decir, se oxida) . Por tanto, toda reducción va acompañada de una oxidación . De aquí el término redox dado a las reacciones en las que se produce transferencia de electrones . Para que la reacción se produzca es necesaria la presencia de un
agente oxidante y
un
agente reductor.
AGENTE REDUCTOR Es cualquier materia que no se encuentra en su estado de máxima oxidación, sabiendo que la variación de este estado dependerá de su composición química . Es la sustancia que se oxida, haciendo posible la reducción de otra especie . AGENTE OXIDANTE. El agente oxidante más común es el oxígeno, aunque existen otras sustancias que actúan como tal al emitir fácilmente este gas, como por ejemplo el Nitrato Sódico (NaNO 2) o el Clorato Potásico (KCLO3). Cabe destacar que algunas sustancias al contener oxígeno en sus moléculas pueden realizar procesos de oxidación sin aporte exterior de oxígeno . El agente oxidante es la sustancia que se reduce, haciendo posible la oxidación de otra especie .
La velocidad de oxidación puede ser distinta, y así hablamos de distintos tipos de combustión: I.2.1 . Combustión lenta . Se da cuando el combustible tiene poco aporte de oxígeno (O,) y se denomina ignición (Ejemplo : los antiguos braseros) . I.2.2. Combustión viva. Cuando el combustible tiene buen aporte de oxígeno (O,). Produce llamas y aumentos de temperatura, se denomina inflamación . I.2.3. Combustión instantánea . Durante la combustión se producen gran cantidad de gases, si estos gases se encuentran encerrados en un recipiente, aumentan su volumen, en consecuencia aumentan su presión sobre las paredes del recipiente, con lo cual se produce una fuerza mecánica, pudiéndose producir la rotura de las paredes con su correspondiente expansión de los gases (onda expansiva) denominada explosión . I.2.4. Combustión espontánea. Se produce cuando la temperatura ambiente que rodea al combustible alcanza el grado de inflamación de dicho combustible . Este mismo grado de inflamación puede ser alcanzado por la 136
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descomposición del combustible al fermentar. Reacción química que se produce por absorción o desprendimiento de calor. Esta reacción química puede ser : ENDOTÉRMICA - si se produce por absorción de calor. Los productos que se forman tienen más energía que los reaccionantes . Para que la reacción continúe es necesario un aporte de energía.
EXOTÉRMICA - si se produce por desprendimiento de calor. Los productos que se forman tienen menos energía que los reaccionantes . Esta energía se puede desprender de varias formas, pero por lo general lo hacen en forma de calor. Cuando la cantidad de energía que se desprende es muy elevada, se emite una radiación luminosa o llamas . En el fuego se producen reacciones de ambos tipos, siendo las más importantes las exotérmicas .
Para que se inicie el fuego es necesario que el comburente y el combustible se encuentren en unas condiciones favorables en las que pueda producirse la reacción. La Energía de Activación es la energía necesaria para que la reacción se inicie y es aportada por las fuentes de ignición. Las diferentes formas de aporte de energía se pueden clasificar según su origen en fuentes naturales, fuentes eléctricas, llamas abiertas, trabajos de soldadura y corte, fuentes mecánicas, fuentes químicas y fuentes de origen intencionado . El calor de reacción es la energía que se gana o se pierde cuando tiene lugar una reacción. En la práctica podemos encontrar dos tipos de combustión: COMBUSTIÓN COMPLETA: se produce cuando el suministro de oxígeno es abundante .
COMBUSTIÓN INCOMPLETA : se produce cuando hay escasez de oxígeno y abundancia de monóxido de carbono, el cual crea una atmósfera reductora que ralentiza el proceso de combustión . Existe el peligro de explosión si se produce una repentina ventilación del espacio
I.3.
RESULTADO DE LA COMBUSTIÓN. I.2.1 . Humo. Es un conjunto de partículas y gases en suspensión . Consiste especialmente en vapor de agua, diversos productos de destilación y hollín, es, por decirlo vulgarmente, la parte visible . Los gases liberados por el fuego son generalmente invisibles e inodoros, éste es el caso por ejemplo del óxido de carbono (CO), dióxido de carbono (CO2) y de los hidrocarburos saturados o no saturados . Se comprueba la presencia de estos gases prácticamente siempre que existe combustión de productos orgánicos . Así, por ejemplo, los gases de combustión de madera blanda ardiendo en el aire contienen volumétricamente aproximadamente 17 % de anhídrido carbónico, 1 % de metano, 2,5 % de etileno. El porcentaje volumétrico restante se compone de aire y de trazas de benzol, tolvol, etc...
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I.2.2.Aumento de temperatura . Con desprendimiento de luz y calor. Cuando la combustión se produce en una atmósfera con una concentración normal de oxígeno, suele ir acompañado de una reacción luminosa o llamas . La llama es una zona de gases incandescentes visibles alrededor de la superficie en combustión y emitidos por éste. De todos los elementos de la combustión, el calor es el principal responsable de la propagación del fuego. El calor emitido en un incendio y la elevación de temperatura que conlleva producen daños, tanto a las personas como a los bienes materiales. 1.2.3. Transmisión de gases. La gran parte de los materiales combustibles contienen carbono que, al quemarse, producen dióxido de carbono (COZ) si la concentración de aire es suficiente y la combustión completa . Si la concentración de aire es baja lo que se produce es monóxido de carbono (CO). Normalmente la concentración de aire en los incendios cerrados es baja. EL COZ y el CO unidos al vapor de agua son los gases de combustión más abundantes pero existen otros gases que también se producen en los incendios, como hidrocarburos saturados o no, vapor de agua (H2O), anhídrido carbónico (CO Z ), que puede transformarse en oxido de carbono (CO) y radicales hidroxilos (OH), moléculas inestables que pueden servir de alimento a las llamas, dando origen a nuevas combustibles (reacción en cadena) . La toxicidad de los gases depende de la composición, la concentración, la duración de la exposición y el estado físico de las personas que lo inhalan . Por otro lado, alguno de estos gases son corrosivos, por lo que no afectan a las personas sino que producen daños materiales, como el ácido clorhídrico . 1.2.4. Cenizas . Son productos residuales .
II.
138
TRIÁNGULO DEL FUEGO.
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Es una representación gráfica de la antigua teoría de la combustión, en la que se relacionan los factores o componentes que intervienen en el fuego . Aunque los procesos de combustión son muy complejos, se puede representar mediante un triángulo en el que cada uno de los lados representa a uno de los tres factores esenciales para producir fuego : 1° 2° 3°
Calor Combustible Oxígeno
Si eliminamos uno de los lados del triángulo éste deja de existir ; de igual modo que si se elimina uno de los elementos del fuego, éste no se produce . Esta representación, que no explica exhaustivamente los procesos de combustión es, sin embargo, internacionalmente aceptada con fines didácticos. Vamos a definir cada uno de ellos para poder determinar su importancia y la forma de poder anularlos con el fin de romper el TRIANGULO DEL FUEGO y, por tanto, extinguir el FUEGO . II.1.
CALOR.
Es una manifestación de la energía que se produce por la fricción que se origina al ponerse en movimiento las moléculas de un cuerpo. Dilata los cuerpos, evapora los líquidos y funde los sólidos elevando su temperatura . La unidad de calor es la caloría, que se define como la cantidad de calor necesaria para elevar un grado de temperatura de un gramo de agua. 11.1 .1. ORIGEN DEL CALOR 1. Fenómenos naturales : Cósmico (Sol) Terrestre, cada 33 metros de profundidad sube un grado centígrado de temperatura . 2. Fenómenos artificiales : Mecánico : rozamiento, aplastamiento, compresión Eléctrico: conductores eléctricos por efecto "Joule", etc . . Químico ; combustión II.1.2. EFECTOS DEL CALOR * *
Aumento de temperatura : grado de calor de los cuerpos medible con los termómetros . Calor específico : cantidad de calor (calorías) que necesita una materia para elevar un grado su temperatura .
Diferencia entre calor y temperatura Calor es la causa, temperatura el efecto. Si le damos calor a un cuerpo aumenta su temperatura . El calor lo estudia la calorimetría y la temperatura la estudia la termometría . Calor es la energía, temperatura el resultado de esa energía . Calor se mide en calorías, temperatura en grados . 11.1.3. CAMBIOS DE ESTADO . La materia en la naturaleza se presenta de tres formas básicas y distintas que se designan por tres estados ; estado sólido, estado líquido y estado gaseoso . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . TiL (91) 448 22 61/ 447 98 98
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La Física nos demuestra que el calor que reciben las partículas de un cuerpo aumenta la velocidad de las mismas al convertir la energía calorífica en cinética, permaneciendo constante el valor de las fuerzas de cohesión . Se definen fuerzas de cohesión o de atracción como aquellas fuerzas que tienden a unir o sujetar las partículas unas a otras . Se definen fuerzas de velocidad como aquellas fuerzas que tienden a separar las partículas unas de otras . El estado sólido se caracteriza por su rigidez, por tener una forma definida y un volumen fijo, siendo difícil alterar esta forma. En este estado las fuerzas de cohesión son mayores que las fuerzas de velocidad . El estado líquido se caracteriza porque los cuerpos se adaptan a la forma de los recipientes que los contienen . Los líquidos son difíciles de comprimir . La capacidad de fluir de los líquidos es muy variable, desde los más móviles hasta los más viscosos. En el estado líquido las fuerzas de cohesión y las de velocidad tienden a ser iguales. El estado gaseoso se caracteriza porque los cuerpos no tienen ninguna forma ni volumen propios adaptándose a la forma del recipiente que los contiene, esto es así ya que las fuerzas de velocidad son mayores que las fuerzas de cohesión . Los gases son fácilmente compresibles . Por lo tanto si se modifica el valor de las fuerzas de velocidad y no varia el de las fuerzas de cohesión se producirán cambios en los cuerpos pasando de un estado a otro. Obviamente si eliminamos energía el proceso será el inverso . FUSIÓN Fusión es el cambio de sólido a líquido. Cuando un sólido se calienta, las partículas que componen este sólido ganan en velocidad hasta el punto en que las fuerzas de velocidad igualan a las de cohesión. Se denomina PUNTO DE FUSIÓN a aquella temperatura en la cual se produce el paso del estado sólido al líquido. Esta temperatura es constante durante todo el tiempo que dura la fusión . Cada sustancia tiene su propio punto de fusión . Existen dos tipos de fusión : la fusión vítrea y la fusión directa o franca. Se dice que una fusión es vítrea cuando la fusión es continuada y el sólido se reblandece previamente, así funden los sólidos isótropos (no tienen estructura cristalina, también se denominan amorfos, son cuerpos como la cera, vidrio, asfalto etc). Se dice que una fusión es directa o franca cuando la fusión se produce sin que el sólido se reblandezca previamente ; las sustancias químicas puras y los sólidos anisotrópicos funden de este modo. Se dice que un cuerpo es anisotrópico cuando tienen forma cristalina como la sal, el azúcar, arena, hielo, cuarzo etc . VAPORIZACIÓN Se define vaporización como el paso de líquido a gas . Existen dos tipos de vaporización ; por evaporación y por ebullición. Se produce la vaporización por evaporación cuando esta se produce en la superficie del líquido donde las partículas pueden adquirir la suficiente velocidad como para superar a las de cohesión y escapar hacia el exterior. En este proceso muy pocas partículas podrán volver a chocar con el líquido volviendo a dicho estado . Se produce la vaporización por ebullición cuando al elevarse la temperatura rápidamente las partículas escapan de forma rápida hacia el exterior .
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Se denomina PRESIÓN DE VAPOR como la temperatura en la cuál las partículas del líquido tienden a vaporizarse . Cuando el líquido se evapora por evaporización la presión de vapor es inferior a la presión exterior, mientras que en la vaporización por ebullición la presión de vapor es igual a la exterior. En el punto de fusión la presión de vapor del sólido y el líquido son iguales . Asimismo también podemos definirla como aquella presión que se da sobre la superficie de los líquidos como resultado de la evaporación de moléculas y en función de la temperatura del mismo . Se denomina PUNTO DE EBULLICIÓN cuando la presión de vapor es igual a una atmósfera e igual a la presión exterior, es por lo tanto aquel punto en el cual se vence la presión exterior y comienza la vaporización por ebullición y no solo por evaporización . Cada líquido tiene su propio punto de ebullición . SUBLIMACIÓN Sublimación es el paso de sólido a vapor sin pasar por el estado líquido como ocurre con el yodo o el alcanfor ; esto es así porque la presión de vapor del sólido es igual a la presión de vapor del estado líquido para valores mayores de una atmósfera, por lo tanto adquiere antes el punto de ebullición que el punto de fusión, pasando directamente a gas . OTROS CAMBIOS DE ESTADO Se denomina cambios progresivos a los tres explicados anteriormente los cambios descritos en el cuadro que no se han definido son cambios denominados cambios regresivos. Es decir, los procesos de fusión, vaporización o sublimación son cambios donde se producen ganancias de energía el incrementar la temperatura, en cambio cuando se producen pérdidas de energía, disminución de temperatura, tenemos los procesos de solidificación, licuación y condensación.
A)
1 gramo hielo 0° C
FUSIÓN
Absorbe
80 Calorías
Dando
Dando
Desprende
1 gramo agua 0 grd C
SOLIDIFICACIÓN
VAPORIZACIÓN
B)
1 gramo agua 100°C
Absorbe
540 Calorias
Dando
CONDENSACIÓN
Dando
Desprende
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1 gramo vapor 100 °C
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Las leyes antes descritas para los cambios progresivos son exactamente iguales pero a la inversa con respecto a los cambios regresivos . Temperatura crítica: Fusión : Vaporización : Sublimación : Solidificación: Condensación o Licuación : Punto de Fusión : Punto de Ebullición:
Es la temperatura por debajo de la cual un gas puede ser licuado mediante presión (ej . gas butano) . Paso de sólido a líquido (cada sólido tiene una temperatura de fusión). Paso de líquido a gas, se realiza tumultuosamente y en toda la superficie del líquido. Paso directo de sólido a gas (ej . alcanfor, yodo, etc.. .) Paso de líquido a sólido. Paso de vapor o gas a líquido. Todos los gases pueden licuarse a cualquier presión . Temperatura necesaria para pasar de sólido a líquido. Temperatura necesaria para vaporizar un líquido.
11.1 .4. LEYES DE FUSIÓN, SOLIDIFICACIÓN Y EBULLICIÓN . Cada cuerpo funde y solidifica a temperatura constante, para un valor de presión atmosférica . Cualquier líquido hierve a temperatura constante . Leyes de evaporación : a) b) c) d) e) f)
Es tanto mayor cuanto mayor es la superficie Es más rápida al aumentar la temperatura La humedad disminuye la evaporización El viento favorece la evaporización El aumento de presión disminuye la evaporización La evaporización absorbe calor
La evaporación es lenta y se realiza en la superficie del líquido. Durante el tiempo que dura dicho proceso la temperatura no varía . Ley de licuefacción . Cualquier gas se puede licuar a cualquier presión si variamos la temperatura . Cada gas licua a una temperatura constante máxima, denominada temperatura crítica . 11.2. COMBUSTIBLE . Decimos que un cuerpo es combustible si tiene la propiedad de "arder". Clasificaciones Los combustibles pueden ser : Sólidos : carbón, madera, paja, papel, etc.. . Líquidos : gasolina, petróleo, aceite, alcohol, etc . .. Gaseosos: acetileno, gas ciudad, butano, etc... La materia puede presentarse en tres estados : sólido, líquido y gaseoso :
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Estado sólido : Se entiende por sólido al cuerpo cuyas moléculas presentan una elevada cohesión entre sí, de tal forma que cada porción de materia sólida tiene una forma invariable . Se dice que los sólidos tienen forma y volumen constantes . Estado líquido : En los líquidos las fuerzas de los movimientos moleculares son muy elevadas respecto a las fuerzas de tracción con lo que permiten que resbalen sobre las otras y así ocupar la parte baja del recipiente que contiene el líquido, adoptando su forma. Los líquidos tiene debido a ello forma variable y un volumen sensiblemente constante . Estado gaseoso : En los gases el movimiento de sus moléculas es tan elevado que vence a las fuerzas de atracción molecular, así como a las derivadas de la gravedad. Las moléculas de los gases se expanden, ocupando todo el espacio disponible, por lo que sólo pueden conservarse en recipientes totalmente cerrados, fuera de los cuales se dispersarían en la atmósfera . La velocidad con la que estos fenómenos ocurren, depende de la difusibilidad del gas, sin que las fuerzas de gravedad tenga gran influencia sobre ellos . Por lo tanto los gases tienen forma y volumen variable. Los gases, al contrario que los sólidos y los líquidos, son comprensibles . 11.2.l .
PROPIEDADES DE LOS GASES.
Los diferentes gases se caracterizan por diversas propiedades que los hacen aptos para usos muy variados ; entre estas propiedades se puedan indicar las siguientes: "
Reactividad .
Hay gases que son combustibles, es decir, capaces de arder (acetileno, butano, gas natural, hidrógeno, etc.. .); otros son com burentes, necesarios para lacombustión de otras sustancias o paraalgunas reacciones de oxidación (oxígeno, aire, cloro, etc. ..) o bien pueden ser inertes, aquellos que ni arden ni favorecen la oxidación o combustión de otras sustancias (nitrógeno, CO2, gases nobles, etc . ..). "
Densidad.
La densidad de los sólidos y de los líquidos se expresa con relación al agua, indicando cuántas veces la sustancia es más o menos pesada que el agua. En el caso de los gases su densidad se expresa con respecto al aire, medidas ambas en las mismas condiciones de presión y temperatura, a esta relación se la conoce como "densidad relativa" . La densidad relativa de un gas indica las veces que un volumen del mismo pesa más o menos que el mismo volumen de aire (un metro cúbico de aire seco a cero grado centígrados y a una presión de 760 mm de mercurio, pesa 1,2929 kg) . Los gases más densos que el aire tienen tendencia a acumularse a ras de suelo y en las oquedades del terreno (dióxido de carbono, butano, etc . ..), aunque con el tiempo terminan también diluyéndose y disipándose en el aire. Los gases menos densos que el aire tienden a ascender a la atmósfera, diluyéndose fácilmente en la misma. La densidad de los gases tiene mucha importancia en el caso de fugas accidentales, no sólo por lo indicado de su ascensión en la atmósfera (hidrógeno, gas natural, etc . ..) o su tendencia a acumularse en los puntos bajos (propano, butano, etc ...), sino porque cuanto menor sea la densidad del gas, su difusión y dilución en el aire será más rápida . etc...
Por el contrario decimos que un cuerpo es INCOMBUSTIBLE si no arde: vidrio, amianto, yeso,
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Llamamos INFLAMABLES los cuerpos combustibles que se incendian en contacto con una llama (ej . gasolina, gas ciudad, etc . ..). Los gases inflamables pueden arder con las concentraciones normales de oxígeno en aire . Llamamos ININFLAMABLES a aquellos en los que cesa la combustión cuando se retira el foco calorífico (ej . lana, carbón vegetal, etc .. .). Los gases no inflamables no arden, sea cual sea la concentración de oxígeno en el aire. Pueden distinguirse dos tipos de gases con estas características : gases oxidantes : anteriormente clasificados como comburentes, son aquellos gases que, aunque no arden, mantienen la combustión; los gases inertes ni arden ni mantienen la combustión . 11.3.
OXIGENO.
Es un gas que está contenido en la atmósfera e una proporción del 21 % en volumen y sin cuya existencia, generalmente, no pueden arder las sustancias combustibles . Si la proporción de oxígeno, por enrarecimiento, baja al 15 %, la combustión de debilita sensiblemente, por debajo de esta proporción, el fuego se apaga (sofocación) . Químicamente, podemos hablar del oxígeno como un agente oxidante, que puede oxidar a un combustible (reductor) y al reaccionar se reduce a si mismo. Resumiendo si al Triángulo del Fuego le quitamos uno cualquiera de los tres lados : combustible, calor o oxígeno, elfuego no puede existir .
III .
TETRAEDRO DEL FUEGO.
Diversos hechos tales como que entre los halógenos el yodo era el mejor agente extintor, y que de las sales metálicas alcalinas, las más efectivas son las de potasio, llevaron a la conclusión de que debía de haber una causa no considerada en la representación del Triángulo del Fuego. En efecto, las moléculas iniciales del combustible se combinan con el oxígeno en una serie de etapas sucesivas, REACCIÓN EN CADENA, hasta llegar a los gases finales de la combustión, óxido de carbono (CO) y anhídrido carbónico (CO Z) y agua (H2 O) entre otros. Durante las etapas intermedias de estas reacciones se forman moléculas inestables (radiales hidroxilos (OH)) . La formación y consumo de estos radicales libres sirve de alimento a las llamas dando origen a nuevos elementos combustibles . Esta nueva concepción del proceso de combustión dio lugar a su representación en principio como un cuadrilátero, pasando posteriormente a la figura del Tetraedro del Fuego, en el que los cuatro elementos participantes son adyacentes, de forma que, si eliminamos uno de ellos, el resultado de la reacción no será posible y no habrá incendio.
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EMISIÓN DE VAPORES COMBUSTIBLES Todos los combustibles arden o entran en combustión en fase gaseosa ; cuando el combustible es sólido o líquido, es necesario un aporte previo de energía para llevarlo al estado gaseoso . La peligrosidad de un combustible respecto a su posible ignición depende de una serie de factores : Concentración combustible-comburente . Temperatura mínima a la que el combustible emite suficientes vapores para alcanzar dicha inflamación . Energía de Activación o Reacción que es necesario aportar a la mezcla para que se inicie el proceso y se desarrolle la reacción en cadena. Estas variables se pueden analizar a través de unas constantes físicas . Las más importantes son : PUNTO DE IGNICIÓN : Temperatura a la cual un líquido emite una cantidad de vapores capaces de inflamarse en contacto con una llama pero incapaces de mantenerse ardiendo . PUNTO DE INFLAMACIÓN : Temperatura a la cual un líquido emite una cantidad de vapores capaces de inflamarse en contacto con una llama y mantenerse ardiendo hasta que se consuma el combustible . Nota: La temperatura de ignición de un combustible es inferior a la de inflamación . PUNTO DE AUTO-INFLAMACIÓN: Temperatura a la cual un líquido emite vapores que se inflaman espontáneamente bajo la acción del calor, sin el contacto con ninguna llama. AUTO-IGNICIÓN : Efecto o acción de un material al estar en combustión, cuando no ha sido necesario el uso de energía activadora . INFLAMABILIDAD : Propiedad de algunos materiales de producir llamas al arder. Para que los vapores combustibles procedentes de un líquido inflamable ardan, es preciso que su concentración se halle comprendida entre el Límite Inferior de Inflamación (L.I .I .) y el Límete Superior de Inflamabilidad (L.S .I .), fuera de estas concentraciones en volumen no es posible que se desarrolle la combustión. Una vez que se inicia la combustión es necesario un aporte continuo de combustible y de comburente para que esta se mantenga. Pero no todas las mezclas combustible-comburente son susceptibles de entrar en combustión, sino que solamente reaccionarán algunas mezclas determinadas . Se definen los límites de inflamabilidad como los límites extremos de concentración de un combustible en mezcla con un comburente . El Límite superior de inflamabilidad es la máxima concentración de vapores de combustible en ele aire, por encima de la cual no se produce la combustión ; y el límite inferior de inflamabilidad es la mínima concentración de vapores de combustible, en mezcla de aire, por debajo de la cual no se produce combustión. Ambos límites, en condiciones ambientales normales de presión y temperatura, no se ven afectados sensiblemente por pequeñas variaciones de las mismas, pero cuando el aumento de temperatura es muy elevado, se amplia el intervalo de inflamabilidad.
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L.S .I . 15 9,6 8,5 81 75
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TEMA 10 MECANISMOS DE EXTINCIÓN . Por lo estudiado en el tetraedro del fuego, para conseguir extinguir un incendio debemos anular, al menos, uno de sus componentes : energía = calor combustible comburente = oxígeno reacción en cadena Según el elemento que se elimine tendremos los distintos mecanismos de extinción . Vamos pues a considerar las diversas formas de suprimir algunas de ellos .
I.
CALOR.
La principal técnica a emplear será por ENFRIAMIENTO . Consiste en eliminar la energía calorífica para así reducir la temperatura por debajo del punto de ignición del combustible . Depende, pues, del enfriamiento del material, enfriamiento que lleva consigo la reducción del ritmo de liberación de gases combustibles : a mayor enfriamiento menor liberación de gases combustibles . Esta técnica de enfriamiento es la que utilizaremos más generalmente dado que los otros componentes raramente podrán ser anulados. En algunos casos muy especiales, como en conducciones eléctricas, que se encuentran sobrecalentadas por alguna circunstancia, podremos anular el foco calorífico interrumpiendo ésta y evitando por tanto la radiación de calor.
OXIGENO REACCIÓN EN CADENA COMBUSTIBLE
La extinción por enfriamiento puede realizarse empleando agua en chorro o agua pulverizada . El agua a chorro tiene una aplicación principal en la extinción de incendios tipo A, de materias sólidas que forman brasas, en espacios abiertos, ya sea al aire libre o en recintos amplios . El chorro debe emplearse siempre que se requiera un alcance o penetración profunda . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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El agua pulverizada tiene por aplicación principal la extinción de fuegos de clase A, de materias sólidas que forman brasas en espacios reducidos . También pueden utilizarse, bajo ciertas condiciones, en fuegos de clase B y C, siempre que se tenga la absoluta seguridad de que, una vez apagado el fuego, no queda ninguna fuente d ignición al alcance del gas o vapor que se siga desprendiendo o fugando . Lo contrario supone un peligro de explosión .
II.
COMBUSTIBLE . La principal técnica será por DISPERSIÓN.
Es el método más directo y eficaz, aunque dependerá de la naturaleza de la materia combustible . Rara vez se dará la posibilidad de poder anular este componente .
OXÍGENO REACCIóN EN CADENA CALOR
Sólo será posible cuando se trate de conducciones de líquidos o gases que se hayan incendiado por una fuga o rotura de las mismas. Podremos actuar accionando alguna llave que cierre la canalización . Generalmente trataremos de rodear la parte del combustible que se encuentra ardiendo, evitando que se propague a los medios colindantes, bien mediante cortafuegos, o manteniendo una temperatura inferior a la del punto de inflamación, ENFRIAMIENTO. La eliminación del combustible es un procedimiento de extinción que se utiliza en los casos siguientes:
OXÍGENO
COMBUSTIBLE
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CALOR
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Cuando el combustible sólido se extinga muy difícilmente, aunque se empleen grandes cantidades de agua. Este grupo comprende, por una parte, los sólidos disgregados o porosos que contienen una gran cantidad de aire en su interiory autoalimentan su combustión, tales como heno, virutas de madera, bloques de plásticos espumosos, etc . Por otra parte comprenden los combustibles sólidos de gran poder calorífico, como los neumáticos o los palets de madera que, además, suelen almacenarse en pilas, lo que facilita la aportación de oxígeno y la rapidez de propagación . Cantidades de combustible que desprendan un humo muy denso . En este grupo están comprendidos casi todos los combustibles del apartado anterior . Existencia de combustibles todavía no afectados por el incendio y que resulte urgente proteger de la acción del calor o bien sea conveniente o fácil su retirada .
III .
COMBURENTE: OXIGENO.
Actuaremos por SOFOCACIÓN : Eliminación del comburente (O2), esto es, intentando que la aportación del mismo sea mínima. Si conseguimos que la aportación del mismo en la zona del incendio sea inferior al 15 éste se debilitará y, por debajo de esta proporción, se extinguirá. La técnica de la actuación dependerá de la situación del incendio; si es al aire libre, será muy difícil evitar estas aportaciones de oxígeno, siendo de unas dimensiones considerables el foco del fuego, mientras que si es en un recinto cerrado, podremos actuar con más facilidad .
IV.
REACCIÓN EN CADENA.
Actuaremos tratando de romper la reacción en cadena. Dado que es una reacción química, existen agentes que la anulan, encontrándose añadidos en algunos medios de extinción. No suelen estar a nuestro alcance en la mayoría de las intervenciones, por lo que no es una de las técnicas empleadas unitariamente . Los agentes extintores que inhiben los radicales libres son el polvo químico y los halones .
REACCIÓN EN CADENA COMBUSTIBLE
CALOR
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TEMA 11 CLASIFICACIÓN DE LOS FUEGOS. Anteriormente los fuegos de gases, tanto naturales como artificiales, se hallaban incluidos con los fuegos de materias sólidas, siendo tratados en la actualidad, de acuerdo con las nuevas clasificaciones mundiales, como un nuevo tipo de fuego. La norma que regula la clasificación de los incendios es reconocida en España como UNE 23010, que dice que los fuegos se clasifican según el comportamiento ante el fuego de los distintos materiales combustibles . I. I.1.
CLASIFICACIÓN . SEGÚN LA NATURALEZA DEL COMBUSTIBLE . CLASE A : Son los que se producen al arder combustibles sólidos tales como: maderas, tejidos, fibras, pajas, papel, etc. La combustión se realiza generalmente con formación de brasas . CLASE B : Los producidos por sustancias combustibles líquidas que se queman dando llama y sólidos que se queman en estado liquido tales como: gasolina, aceites, grasas, disolventes, alquitrán, parafina, etc . CLASE C : Aquellos en que las sustancias que arden se encuentran en estado gaseoso y a presión, por ejemplo : metano, propano, etano, etileno, hidrógeno, butano, gas ciudad, etc . CLASE D: Los productos en combustión son materias que requieren para su extinción medios o agentes específicos, ya por las elevadas temperaturas que se desarrollan en su combustión, ya porque en su estructura entran los factores propios de la combustión, o bien porque adquieran carácter explosivo, sobre los cuales no pueden emplearse las técnicas normales, pues pueden dar origen a situaciones peligrosas . Por ejemplo citaremos los fuegos de METALES y determinados productos químicos. En algunas clasificaciones vienen denominados con la letra "M" . E: La norma UNE 23-010 no considera el fuego eléctrico . Aquellos en que los materiales o elementos en combustión son empleados en el transporte, producción o empleo de energía eléctrica, tales como dinamos, transformadores, conductores, motores, electrodomésticos, etc . Es una condición . El incendio es originado o mantenido por la corriente eléctrica que circula por los mismos y puede ser originado por causas ajenas a la energía eléctrica . Si se interrumpe el paso de suministro de energía serán considerados de Clase A.
I.2.
SEGÚN LA DISTRIBUCIÓN DE LA MATERIA COMBUSTIBLE O FORMA DEL FOCO. FOCO PLANO : Cuando el incendio se manifiesta sobre el plano horizontal con predominio dimensional sobre el vértice y la disposición del producto que arde no origina ángulos muertos a la observación directa del incendio desde cualquier punto o emplazamiento próximo . Son los conocidos incendios de charca o manchas de líquidos combustibles o de productos sólidos dispersos y próximos, en los que predominan notablemente llamas bajas de la superficie horizontal afectada.
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FOCO VERTICAL : Cuando el incendio se manifiesta en varios planos horizontales o inclinados y verticales, o cuando varias zonas en combustión quedan ocultas a la observación directa desde cualquier punto. Son los mismos incendios de materiales amontonados en pilas, en los que predominan las llamas altas procedentes de los planos bajos o medios que llegan a fusionarse en una sola. FOCO ALIMENTADO : Cuando el incendio, plano o vertical, es mantenido por la aportación de combustibles, procedentes de depósitos no afectados, aljibes, pozos, tuberías, etc . I.3.
SEGÚN SUS MEDIAS DE SUPERFICIE AFECTADA. a) b) c) d)
I.4.
Pequeño : Mediano : Grande : De envergadura:
cuando la superficie activa en llamas e inferior a 4 m2. cuando la superficie activa en llamas está entre 4 y 10 m2 cuando la superficie activa en llamas está entre 10 y 100 m2 cuando la superficie activa en llamas es mayor de 100 m2 en que las llamas alcanzan alturas superiores a la diagonal media de la superficie horizontal afectada .
SEGÚN SU SITUACIÓN EN LAS ESTRUCTURAS O EN LOS EDIFICIOS . a)
Interiores : son aquellos incendios que tienen lugar en el interior de los edificios y que no han llegado a manifestarse al exterior, por el poco aporte de oxígeno tienden a consumir el contenido en el interior del edificio o local afectado, y el de los propios materiales en combustión que convertidos en brasas no producen abundante humo ni gases calientes, creándose una presión elevada de gases tóxicos y combustibles . Estos incendios, que ofrecen grandes peligros de sofocación, propagación y explosión, exigen un minucioso reconocimiento y deben extinguirse sin ventilación previa, por tanto, en ambiente falto de aire e incluso saturado de gases tóxicos, y ya que el fuego se está desarrollando en combustión incompleta, precisamente por la falta de oxígeno, si este se la proporciona violentamente al intentar ventilar, la inflamación será instantánea y su propagación rápida. La peligrosidad en la labor de extinción esta precisamente en que debe efectuarse sin ventilación previa . Dentro de los incendios de interiores se distinguen dos : a) b)
b)
Los incendios de contenido Los incendios de edifico propiamente dicho
Exteriores : son aquellos incendios que hay una manifestación visible de las llamas en el exterior, por los productos del interior que arden o por haberse propagado a los productos del exterior u originados en estos últimos y ser alimentados por el aire. Son también incendios exteriores aquellos interiores en su origen que se manifiestan a través de huecos con ventanas, puertas o aperturas de ventilación.
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CLASIFICACIÓN LOS FUEGOS
Por la Naturaleza del combustible
Clase A : Maderas, tejidos . . . Clase B : Gasolina, aceites. . . Clase C: Metano, propano . . . Clase D (M): Metales Clase E : Transformadores, electrodomésticos .. .
Por la forma del foco
Foco plano Foco vertical Foco Alimentado
DE Por la afectada
superficie
Pequeños ( menos de 4 m2) Medianos ( >= 4m2 y < 10m2) Grandes ( >= 10m2 y < 100m2) De envergadura( >= 100 m2)
Por su situación en las estructuras
Interiores (De contenido y de edificio propiamente dicho) Exteriores
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TEMA 12
AGENTES EXTINTORES: GASEOSOS, LÍQUIDOS Y SÓLIDOS. INTRODUCCIÓN. Los métodos de extinción de incendios pueden variar desde el más elemental, como es apagar una fogata con agua, hasta las últimas técnicas más complejas cuando se trata de productos químicos . De igual modo existen una cantidad importante de agentes extintores a utilizar, estos agentes se pueden agrupar en tres grupos: gaseoso, líquidos y sólidos. DEFINICIÓN. Son aquellos materiales compuestos que, utilizados con los medios adecuados, nos sirven para conseguir la extinción de un incendio. Las características de cada uno de ellos dependen de sus propiedades físicas y químicas . Así, hay agentes extintores que tienen un gran poder de ABSORCIÓN DEL CALOR, otros, tienen como propiedad básica su capacidad de INTERFERIR LAS REACCIONES EN CADENA, otros, AÍSLAN EL MATERIAL COMBUSTIBLE del oxígeno del aire. Así vamos a estudiar los mas significativos, indicando sus propiedades más importantes, de que manera operan en la extinción de un incendio, tipo de incendios en que pueden utilizarse, etc. I.1 .
AGENTES EXTINTORES GASEOSOS
Como sabemos los agentes gaseosos se encuentran almacenados en los recipientes en estado líquido. Al ser utilizados y tomar contacto con la presión atmosférica, pasan a estado gaseoso . Penetran y se reparten fácilmente por las zonas afectadas . Estos agentes son : el dióxido de carbono y los halones . L1.1 .
Dióxido de carbono (CO).
El dióxido de carbono, cuya fórmula es CO Z, se le conoce también comúnmente como nieve carbónica . En condiciones normales es un gas, puede licuarse fácilmente enfriándolo y comprimiéndolo y, dejándolo expansionarse nuevamente, puede convertirse en sólido . En un recipiente cerrado se encuentra generalmente en estado líquido con una zona superior en estado gaseoso . A 31° C se transforma en gas totalmente, por debajo de -78° C se solidifica . Otra propiedad de este gas es que al salir del recipiente en el que se encuentra, en estado líquido y gaseoso, a la atmósfera, se expansiona y enfría alcanzado la temperatura de -78° C, en la que se solidifica en forma de copos de nieve, lo que da origen a su nombre común . Es 1,5 veces más pesado que el aire, por lo que actúa también por sofocación, desplazamiento del oxígeno, en los incendios ; al ser más pesado que el aire se deposita en los niveles más bajos y cubre la superficie del combustible, aislándolo parcialmente del aire. Desplaza, por lotanto, al oxígeno que aporta, por lo que actúa como SOFOCADOR. Por otraparte, actúa también rebajando la temperatura de la materia en combustión y del medio que la rodea, aunque este efecto no es muy importante. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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No es tóxico en pequeñas cantidades, pero puede producir la pérdida de conocimiento cuando se respira en grandes concentraciones, debido más a la falta de aire que al efecto tóxico del dióxido de carbono . Sus efectos sobre el fuego como agente extintor pueden cifrarse en que actúa sobre las caras del tetraedro del fuego representativas del OXIGENO Y TEMPERATURA destruyéndolas . Por lo tanto sus propiedades como agente extintor son : no es combustible se licua fácilmente por compresión y enfriamiento es de bajo coste realiza la doble función de diluir el oxígeno y de poner en marcha reacciones endotérmicas que reducen la temperatura de las llamas . es muy efectivo en fuegos de clase B,C y E es un buen aislante eléctrico Las principales limitaciones para su uso en los incendios son : el peligro de reignición que existe en el caso de superficies muy calientes o de rescoldos cuando desaparece la atmósfera de COZ. Debe evitarse pues, la ventilación a niveles bajos de la zona siniestrada, para que no sea arrastrado al exterior. No es efectivo en el caso de materiales que desprendan OZ , ni en el caso de fuego de metales, clase D o M puesto que se descompone. L1 .2 .
Halones (hidrocarburos halogenados) .
Generalmente son compuestos de hidrocarburos en los que se han sustituido varios átomos de hidrógeno por otros de no metales, halógenos . Los principales compuestos halogenados que se utilizan como agentes extintores son : el clorobromodifluormetano y el bromotrifluormetano . Suelen actuar como agentes SOFOCANTES, impidiendo que el oxígeno se mantenga en contacto con el combustible e inhibiendo los radicales libres que intervienen en la combustión y deteniendo, por tanto, la reacción en cadena . Además, tienen un efecto de enfriamiento que, si bien es menor que el del agua o el de la espuma, es superior al del polvo o al del dióxido de carbono . Se emplean para combatir fuegos de clase B . En los fuegos de clase A sólo son eficaces cuando el fuego es superficial . Los fuegos con brasa o en profundidad tardan mucho tiempo en extinguirse y se requieren concentraciones de halón que no resultan económicas . Tienen el inconveniente de ser muy venenosos, por lo que hay que tomar precauciones en locales cerrados, utilizando equipos de respiración autónoma. Por otro lado, su acción destructora de la capa de ozono ha comprometido su futuro como agentes extintores. Están compuestos mayormente de FLÚOR, CLORO Y BROMO .
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El flúor reduce el punto de ebulición, aumenta la estabilidad y disminuye la toxicidad del compuesto . El cloro aumenta el punto de ebullición, aumenta la eficacia extintora y la toxicidad y disminuye la estabilidad y el bromo proporciona, en mayor grado, las mismas características que el cloro. Sus propiedades mas importantes : producen un enfriamiento de la llama más intenso que el producido por el COZ. al vaporizarse rápidamente ante el fuego, dejan pocos residuos corrosivos y abrasivos después de su utilización . no son conductores de electricidad . tienen alta densidad, lo que permite un ahorro de espacio y de tiempo, ya que pueden almacenarse de forma compacta. Halón 1301 : el bromotrifluormetano (CF,Br) es un gas a 21° C y con una presión manométrica de vapor de 14 kg/cm2. Su baja densidad le permite ser utilizado en los sistemas de inundación total de espacios cerrados ocupados por personas . S un compuesto inodoro e incoloro aunque, al entrar en contacto con el fuego y descomponerse produce un olor característico . Es el menos tóxico d todos los agentes extintores gadseosos, pudiéndose descargar en una proporción de entre el 4 y 6% en volumen de recito inundado; sobrepasando el 8% el volumen puede ser peligrosos para la salud . Halón 1211 (Bromoclorodifluormetano, CF2C2Br). Su uso queda establecido para unidades portátiles (extintores) en sistemas de aplicación local por su nivel de toxicidad, normalmente en espacios abiertos. Tanto el uno como el otro al entrar en contacto con las llamas o superficies calientes a 400 o 500° C se descomponen en una serie de productos químicos altamente tóxicos y corrosivos . . 1.2 .
AGENTES EXTINTORES LÍQUIDOS . 1.2.1.
Agua.
Es un líquido incoloro, inodoro e insípido en su estado natural. Hiervea los 100° C desprendiendo vapor, y se hiela a 0° C. Una de las principales características es su gran capacidad de absorber calor en sus cambios de estado . Otra muy importante es el aumento de volumen que experimenta al pasar de líquido a gas o vapor. A la presión atmosférica experimenta un aumento de volumen de 1700 veces . Atendiendo a estas propiedades, observamos que el agua actúa como agente extintor, principalmente atacando o rompiendo dos de las caras del tetraedro del fuego, el CALOR y el OXIGENO . Se ha comprobado que para vaporizar un Kg de agua, partiendo de una temperatura de 0° a la presión atmosférica se necesitan 637 calorías, de las cuales 100 se consumen en calentar el kg de agua de 100° y el resto se emplea únicamente en la formación de vapor. Por lo tanto, conseguiremos un mayor enfriamiento vaporizando el agua, y esto se logra pulverizandola, ya que la facilidad de vaporización aumenta proporcionalmente a la superficie de líquido en contacto con el foco calorífico. Debido al aumento de volumen, se produce un desplazamiento del aire, en la misma proporción que el vapor producido, con lo que se reducirá la cantidad de oxígeno necesario para mantener la combustión, actuando por consiguiente como sofocador del INCENDIO. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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Se puede utilizar de diferentes formas, según el efecto que queremos lograr: chorro líquido pulverización neblina Se utiliza para fuegos de clase A, pero también puede utilizarse pulverizada para fuegos de líquidos inflamables . Las principales limitaciones como agente extintor son : a)
Su alta reacción con ciertos materiales en los que provoca la emisión de gases inflamables, o bien aumento de la temperatura, como por ejemplo, en los fuegos de sodio, aluminio, etc .
b)
Su conductividad eléctrica, es decir, su facilidad para permitir a la corriente circular por ella. Debido a ello, no debe nunca utilizarse en los fuegos de clase E en forma de chorro y en caso necesario, hasta los voltajes de 1000 V no situar la lanza a menos de 4 metros.
c)
Su temperatura de congelación, no pudiendo ser utilizada a temperaturas bajas, debido a que se produce un aumento de volumen que reventaría conducciones y depósitos, aparte de ser imposible su impulsión, al convertirse en un cuerpo sólido, por lo medios normales de extinción . Pueden añadirse productos, como el cloruro-cálcico, anticongelantes, que permiten mantener el agua en estado líquido a temperatura hasta -20° C.
d)
1.2.2.
Su densidad impide utilizarla en fuegos de combustibles líquidos ligeros, puesto que al tener éstos menos densidad que aquellos y tener un bajo punto de inflamación, no conseguiría nunca llevar al combustible por debajo de la temperatura de combustión, siendo además el agua más pesada que el combustible, se iría al fondo del combustible, que seguiría ardiendo pudiendo incluso derramarse aumentando la superficie del foco . Sin embargo, pulverizandola, puede en algunos casos controlarse el fuego. Espumas .
Es un conjunto de burbujas llenas de aire, formada por soluciones acuosas con un aireante que aumenta la tensión superficial del producto resultante y con una densidad menor que el agua. Son el principal extintor para los fuegos de clase B, pues en estos casos, es necesario cubrir las llamas enteramente, ahogándolas para evitar un contacto con el aire que les sirve de alimentación . La espuma extingue por SOFOCACIÓN y, en menor medida, por enfriamiento, al evaporarse el agua contenida en las espumas que la conforman . Existe peligro de inflamación si la capa de espuma se rompe, bien debido a la existencia de piezas que sobresalgan de la superficie del combustible, bien debido a la presión de los gases de combustión . Podemos distinguir dos tipos de espuma en función a su forma de producción: a)
Espuma química : se obtiene por la reacción que se produce entre una solución de agua con bicarbonato de sodio, con otra de sulfato de aluminio a la que se agrega un "estabilizador" a fin de mantener compacta la espuma creada. Actualmente este tipo de espumas está totalmente obsoleto. La primera espuma química se sintetizó en 1904 y consistía en la reacción entre una solución de sulfato de aluminio y otra de bicarbonato sódico en presencia de saponina .
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La reacción producía COZ y la saponina, componente básico en el jabón, actuaba como agente espumante, pero este procedimiento presentaba muchas dificultades y fallos. b)
Espuma física o mecánica : se obtiene por medios mecánicos, agitando enérgicamente una mezcla de aire, agua y espumante . La proporción aproximada para obtener un m' de espuma es la siguiente: de 4 a 5 litros de espumante, 95 y 96 de agua y 900 litros de aire. Según varíe entre estos límites el espumante y el agua, conseguiremos diferentes características de la espuma, bien burbujas más pequeñas que forman una capa difícil de romper, o un mayor tamaño de las mismas que se rompen más rápidamente . Según el tipo de espumógeno podemos distinguir: Espuma proteínica : el espumógeno se obtiene por hidrólisis de proteínas naturales . Espumafluoroproteínica: el espumógeno se obtiene añadiendo elementos fluorados . Espumaformadora depelícula acuosa (AFFF): de espumógeno sintético combinado con elementos fluorados activos. Tiene una baja tensión superficial y se extiende rápidamente . Espuma antialcohol : el espumógeno puede ser proteico o sintético . No se disuelve en los alcoholes . Espuma universal: su nombre se refiere a su posibilidad de uso tanto en líquidos polares como no polares .
Por otro lado, según el coeficiente de expansión, que nos indica la relación entre el volumen final de la espuma y el volumen inicial de la solución espumante (agua + espumógeno) que la produce, tenemos : espumas de baja expansión, espumas de media expansión y de alta expansión . En los fuegos de combustión pesada, y que han adquirido gran temperatura, el agua que forma parte de la espuma se vaporiza disgregando el colchón de la misma, haciéndola ineficaz. Generalmente la mayor parte de las espumas son rápidamente destruidas por ciertos líquidos inflamables tales como los alcoholes, muy ávidos de agua, existen espumógenos especiales "antialcohol" . También pueden ser destruidas mecánicamente por aquellos líquidos inflamables que tienen un punto de ebullición muy bajo, emitiendo muchos vapores, como sucede por ejemplo con el éter y el sulfuro de carbono . Estos vapores ejercen una fuerte presión sobre el colchón de espuma produciendo fisuras por las que escapan reincendiándose la superficie . De todo lo dicho deducimos que la extinción se produce por SOFOCACIÓN, teniendo unas ligeras propiedades refrigerantes ya que al romperse las burbujas se deshacen las mezclas y queda agua libre : absorber el calor del combustible separar físicamente las llamas del oxígeno evitar el desprendimiento de vapores inflamables 1.3.
AGENTES EXTINTORES SÓLIDOS . Este grupo está formado por los polvos químicos secos . Su capacidad extintora se fundamenta en : sus propiedades físicas y químicas la dimensión de sus partículas la presión y velocidad de impulsión
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Los agentes extintores sólidos más utilizados son : 1.3.1 . 1.3.2. 1.3.3 . 1 .3.4 . 1 .3.5 . 1 .3.6.
Bicarbonato sódico Bicarbonato potásico Bicarbonato potásico y urea Fosfato amónico Tierra infusoria - grafito Tierra
Todos estos productos por lo general son eficaces en fuegos de tipo B y C, tanto si existen riesgos eléctricos como si no. L3.1 .
Bicarbonato sódico - polvo químico seco- :
El polvo químico seco se encuentra constituido por bicarbonato sódico o potásico, mezclado con diversos aditivos que impiden la absorción de humedad, evitando que el polvo se apelmace formando grumos que obturarían las boquillas de impulsión . Sus propiedades son : es hidrófugo (no absorbe la humedad) no es tóxico, pero en grandes concentraciones perjudica gravemente la visibilidad y puede causar dificultades en la respiración . No produce abrasión en las maquinas o motores aunque se encuentren en funcionamiento. Puede utilizarse en fuegos eléctricos, clase E, en tensión hasta 1000 V, por no ser conductor de electricidad . Cuando se lanza polvo químico seco sobre un incendio, a partir de 100° C de temperatura se produce la disolución química del bicarbonato sódico . anterior .
Vamos a considerar su actuación como agente extintor, teniendo en cuenta la reacción química
Produce una acción sofocante, que podemos considerarla de doble efecto, por un lado formándose unas COSTRA de carbonato sódico que impide la aportación de oxígeno y, por otro, actuando el dióxido de carbono, desplazando el aire con lo que se disminuye la proporción de oxígeno en la combustión . También se cree que actúa sobre la reacción en cadena, rompiéndola y consiguiendo extinguir el
incendio .
Se utiliza para la extinción de fuegos clase B, C y E. NO DEBE UTILIZARSE CON ESPUMA, pues reacciona químicamente con ella. 1.3.2.
Bicarbonato potásico . Todo lo dicho del anterior es aplicable a este otro producto.
1.3.3.
Bicarbonato potásico y urea.
Del calentamiento de la urea a 130° C y su reacción con el bicarbonato potásico, se obtiene el carbonato potásico, por efecto de las altas temperaturas del fuego, este producto sufre una serie de reacciones físico-químicas que le dotan de una mayor velocidad de extinción . Su eficacia es tres o cuatro veces superior a la de los dos productos anteriores.
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1.3.4.
Fosfato amónico con resinas termoplásticas.
Polvo químico antibrasa: se compone de sales metálicas, en su mayoría fosfatos alcalinos y sales amónicas. Por efecto del calor, las sales amónicas se descomponen desprendiendo amoniaco, que dilata los poros de los cuerpos sólidos liberando el oxígeno que en ellos se encuentra contenido . Las otras sales forman unas costra de ácido metafosfórico, muy estable con el calor, impidiendo la aportación de oxígeno . Los efectos generales son similares a los de del polvo químico seco, tiene la principal ventaja en que posee un gran poder de adherencia a las superficies y puede utilizarse en fuegos eléctricos hasta 6000 V. y E.
Su utilización principal es en pequeños fuegos clase A, además de los indicados para clase B, C
1 .3.5.
Tierra infusoria - grafito.
Se emplean generalmente en los fuegos de metales, como el aluminio, magnesio, etc ., clase M actuando por sofocación. 1.3 .6.
Tierra .
Las arenas o tierras son elementos existentes en la naturaleza que por su extensión y economía vienen usándose para la sofocación desde el descubrimiento y utilización del fuego . Es útil en fuegos de clase A. El efecto principal que consigue en la extinción de incendios es el de formar una capa que aísle el combustible del aire atmosférico . Un efecto complementario es el de enfriamiento. Cuanto mayores sean los granos de arena mayores son los huecos entre ellos y, por tanto, mayor es la entrada de aire. Por tanto, cuanto más fina sea la arena, mayor será su eficacia extintora. 1.4 . NUEVOS AGENTES EXTINTORES El efecto de estos halones no afecta a la capa de ozono, por lo que actualmente sustituyen a los halones convencionales :
MÉTODO DE ACTUACIÓN
NOMBRE QUÍMICO
NOMBRE COMERCIAL
Clorodifluorometano (82%) S-III "O
Diclorotrifluoroetano (4,75%) Clorotetrafluoroetano (9,5%) Isopropenil metil ciclohexeno (3,75%)
INHBCÓ FM -200
Heptafluoropropano
FE - 13
Trifluorometano (HCF3)
CA-410
Perfluorobutano (C4F10)
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MÉTODO DE ACTUACIÓN
SOFCAIÓN
QU O O
NOMBRE COMERCIAL
NOMBRE QUÍMICO
INERGEN
Nitrógeno (50%) + Argón (48%) + CO2 (8%)
ARGONITE
Nitrógeno (50%) + Argón (50%)
ARGÓN
Argón
I.S. EFICACIA DE LOS AGENTES EXTINTORES Con el fin de establecer una clasificación que permita definir para cada extintor "el fuego que es capaz de apagar", las normas establecen una codificación que, d acurdo a ensayos sobre hogares tipo también normalizados, sirven de identificación de su eficacia. Esta codificación consiste en una cifra que hace referencia a la cantidad de combustible del hogar tipo y una letra correspondiente al tipo de fuego . Esta cifra debe estar indicada en la etiqueta del extintor, por ejemplo : 13A 8913. Cuanto mayor sea el número que precede a las ltras A y B, mejor eficacia probada tiene el extintor . La forma UNE 23110 tipifica los valores mínimos según los kilogramos de carga de los extintores y su tipo de funcionamiento, por ejemplo : Polvo 6 kg.:
13A 13A 21A 21A 43A
-
89 B 113-13 14413 18313 23313
Baja mínima exigida (no puede comerciarse) Media baja Buena Muy buena Excelente
No es extraño que un extintor con la misma cantidad de agente pueda tener distintas eficacias en función del diseño y tipo de polvo . CLASE DE FUEGO
AGUA PULVERIZADA AGUA A CHORRO
A
B
(2)XXX
X
(2)XX
_
POLVO SECO (convencional, polvo BC) POLVO POLIVALENTE (ABC)
XX
C
D
-
- XXX
XX
XX
XX XX
POLVO ESPECÍFICO METALES (2)XX
XX
COZ
(1)X
X
HALONES
(1)X
XX
ESPUMA FÍSICA
X -> Aceptable XX -> Bueno
XXX -+ Excelente
-
_
I
-
- - -> No aceptable
(1) --> En fuegos poco profundos (profundidad inferior a 5 mm) puede asignarse XX. 162
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En presencia de tensión eléctrica no son aceptables como agentes extintores el agua a chorro ni la espuma; el resto de los agentes extintores podrán utilizarse en aquellos extintores que superen el ensayo dieléctrico normalizado en UNE 23.110. (2) -->
MECANISMOS DE EXTINCIÓN Sofocación AGUA A CHORRO
Enfriamiento
X
X
AGUA PULVERIZADA
XX
XXX
ESPUMA FÍSICA
XXX
XX
POLVO POLIVALENTE
X
_
POLVO SECO
X
COZ
X
HALONES
Clasificación según el agente extintor
AGUA
Eliminación del combustible
X
_
XXX
_
XXX X
X
XX
PRODUCTOS ESPECIALES PARA METALES X -> Aceptable XX -> Bueno
Reacción en cadena
XXX
XXX
Aplicaciones
XXX -> Excelente Ventajas
-> No aceptable
Inconvenientes . Dispersión del incendio . Poca penetración . Daños adicionales en documentos .
a chorro
. Fuegos con brasa
. Gran alcance
pulverizada
. Fuegos con brasa
. Gran penetración en fuegos con brasas
pulverizados con aditivos AFF
. Fuegos con brasa . Fuego de líquidos inflamables
. Mejora la eficacia . No extingue fuegos del agua dinámicos (Derrames)
. Fuego con brasa . Fuego de líquidos inflamables
. Efecto acumulable a partir de la densidad crítica de aplicación .
ESPUMA
químico seco (BC)
. Fuegos de líquidos inflamables . Fuegos combustibles gaseosos o líquidos . Fuegos de equipos en presencia de tensión eléctrica
polivalente (ABC)
. Fuegos con brasas . Fuegos de líquidos inflamables . Fuegos de combustibles gaseosos o líquidos bajo . Alta eficacia presión . Fuegos de equipos en presencia de tensión eléctrica
especial (D)
" Fuegos de metales
POLVO
. Poco alcance
. Hidrolización del espumógeno . . No extingue fuegos dinámicos. (Derrames)
Peligros
. Fuego de equipos en presencia de tensión eléctrica (con agua pulverizada el peligro es menor) . . Fuegos de metales.
. Fuegos de metales . Fuegos de equipos bajo tensión eléctrica.
. Alta eficacia
. Puede originar daños en máquinas o equipos delicados
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. Suelen ser específicas para tipos concretos de metales 163
Temario Bomberos Ayuntamiento Aplicaciones
Clasificación según el agente extintor
Ventajas
. Fuegos de líquidos inflamables y combustibles gaseosos DIÓXIDO DE CARBONO confinados o de pequeño tamaño . Fuegos en presencia de tensión eléctrica . Fuegos de líquidos inflamables . Fuegos de combustibles HALÓN 1211 gaseosos o líquidos bajo presión . Fuegos en presencia de tensión eléctrica . Extintores de COZ siempre . Extintores de halón, PRESIÓN PERMANENTE habitualmente . Extintores de agua y espuma . Extintores de polvo . Extintores de balón muy raramente . Extintores de agua y espuma PRESIÓN NO PERMANENTE
" Extintores de polvo
Agente Extintor
Tipo Funcionamiento a chorro
AGUA pulverizada (con o sin aditivos)
ESPUMA
DIÓXIDO DE CARBONO
POLVO HALÓN 1211
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Inconvenientes
Peligros . Asfixiante
. No deja residuos
. No deja residuos
. El manejo es sencillo . Aplicable para uso por personal poco adiestrado . Permiten la revisión del agente y del interior sin necesidad de descargar el agente impulsor . Por lo general su accionamiento permite mayor efectividad en la extinción del incendio
. Pueden originar quemaduras por baja temperatura en la descarga
. Baja eficacia
. No muy eficaz frente a fuegos con brasa
. Corrosiones . Productos tóxicos en la descomposición del agente
. No permiten la revisión del agente extintor ni de la mayoría de las partes operativas sin descargar el agente impulsor, lo que obliga a una nueva recarga . Requiere mayor número de operaciones para su funcionamiento . Exige un adecuado mantenimiento par evitar accidentes en la puesta a presión . . Aplicable para uso por personal adiestrado
Presión permanente
Presión no permanente
Manómetro Peso Señales de corrosión
Válvula de seguridad (Limpieza) Control de peso Señales de corrosión
Limpieza de las boquillas (Orificios de pulverización) Manómetro Peso Señales de corrosión
Limpieza de las boquillas Válvula de seguridad (Limpieza) Control de peso Señales de corrosión
Estado de la lanza Manómetro Peso Señales de corrosión
Limpieza de la lanza Válvula de seguridad (limpieza) Control de peso Señales de corrosión
Estado del precinto Señales de corrosión Ajuste en la lanza y manguera Posibles roturas en lanza NUNCA lanzas metálicas Manómetro
Precinto
Peso
Existencia de la válvula de seguridad
Manómetro (evitar exceso de presión) Corrosión Peso
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TEMA 13 CONDUCTIVIDAD, DILATACIÓN, ESCALAS DE TEMPERATURA .
I.
CONCEPTO DE TEMPERATURA .
La ciencia se apoya en los datos que le ofrece nuestro propio cuerpo. El sentido del tacto nos permite clasificar los cuerpos en fríos y calientes, y así adquirimos la idea de la temperatura y el calor. El estado de los cuerpos se puede definir por un número pequeño de magnitudes físicas como son la presión, volumen o temperatura . Cuando entre dos cuerpos en contacto hay un intercambio de energía hablamos de transmisión de calor y decimos que tienen distintatemperatura . El calor, dirigido del más caliente al más frío, cesa en el momento en que se igualan las temperaturas. En este punto decimos que se ha alcanzado el equilibrio térmico y en él es imposible distinguir cuál de ellos está más frío y cuál más caliente . Su propiedad en común es, pues, la temperatura, magnitud medible y cuantificable de los cuerpos . El concepto de temperatura sólo se alcanza por medio del conocimiento de la teoría cinético-molecular de la materia . Así, las diferentes partículas, átomos y moléculas que constituyen los cuerpos están en continuo movimiento que se realiza de formas distintas según se trate de cuerpos sólidos, líquidos o gases, como veremos posteriormente . La energía asociada a esos movimientos internos de las moléculas es la que produce los fenómenos caloríficos . La temperatura es la medida del nivel de esos movimientos internos. Por eso, cuanto mayor es su agitación, tanto mayor es la temperatura que detectan nuestros sentidos . Por tanto, en los fenómenos en los que interviene la agitación térmica, lamagnitud más importante será la temperatura . Para medir esta propiedad tenemos los termómetros, que se fundamentan en la medición de la variación de volumen que sufren los cuerpos al variar la temperatura . El termómetro mide la temperatura cuando se ha alcanzado el equilibrio térmico . Consta de un tubo muy fino de vidrio cerrado que termina en un ensanchamiento ; se hace vacío en el tubo y se llena el depósito con mercurio o alcohol coloreado . Al calentar el termómetro aumenta la temperatura y el líquido se dilata ascendiendo por el tubo. Inversamente, al descender la temperatura, el liquido disminuye de volumen y desciende por el tubo. Para graduar el termómetro se marcan dos puntos fijos : Punto de ebullición del agua, introduciendo el termómetro en agua hirviendo o en el vapor que sale de ella, el mercurio o el alcohol ascienden por dentro del tubo hasta un punto determinado, donde se marca con una señal el lugar al que ha llegado . Corresponde entonces este punto con el de ebullición del agua (100° C) Punto de fusión del hielo (0°C), introduciendo el termómetro en hielo que está fundiéndose, el termómetro desciende de temperatura y el mercurio empieza a bajar por dentro del tubo hasta un punto determinado, marcándose este punto con una señal en el lugar más bajo al que ha descendido. Tipos de termómetros : "
Líquidos : de mercurio, alcohol etílico, pentano, etc .
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El mercurio es el único metal que se encuentra en estado líquido a temperatura ambiente. Estas dos cualidades, la de ser un metal, y por tanto buen conductor del calor y la de ser líquido, suponen una mayor facilidad para observar las variaciones de volumen y hacen del mercurio la sustancia termométrica más utilizada . * De gas " De resistencia " Bimetálicos " De radiación Los cuerpos tienden a tener la menor energía posible, por lo que el calor pasa de los cuerpos con mayor temperatura a aquellos de menor temperatura . Los cuerpos tienen siempre una temperatura. La temperatura es una magnitud fundamental en el Sistema Internacional (S.I.) y caracteriza en cada instante a la sustancia . Esta magnitud influye tanto en el comportamiento de la materia que pequeños cambios en ella determinan que una sustancia esté en un estado físico o en otro, que se produzca o no una helada en una noche fría, que llueva o nieve, etc .
Il.
ESCALA DE TEMPERATURAS .
Cuando el movimiento de las moléculas aumenta, estas necesitan mayor espacio, en consecuencia, el volumen del cuerpo también aumenta dándonos un aumento de su temperatura. Basándose en esta propiedad se construyen los termómetros, ya que las variaciones de volumen que experimentan los cueros como consecuencia de los cambios de temperatura tienen una dependencia muy regular co respecto a ésta. Termometría : es la parte de la física que estudia la temperatura. hay cuatro diferentes escales de medida Celsius o centígrada, Fahrenheit y laKelvin o temperatura absoluta y Reaumour, aunque esta última está en desuso . II .1 .
ESCALA CELSIUS .
Se basa en dos puntos fijos de referencia . El punto de fusión del hielo que se toma como cero y el punto de ebullición del agua que se toma como cien, por lo que el intervalo queda dividido en cien partes iguales . 11.2.
ESCALA FAHRENHEIT
También tiene puntos de referencia fijos, el punto de fusión del hielo y el punto de ebullición del agua, pero en este caso no se le dan los mismos valores que en la escala Celsius . En este caso el punto de fusión del hielo se tomo como treinta y dos y el punto de ebullición del agua se toma como doscientos doce, por lo tanto el intervalo queda dividido en ciento ochenta partes iguales. 11.3
ESCALA KELVIN (Temperatura absoluta)
Es aquella escala denominada absoluta porque no existen temperaturas negativas . Toma como referencia del punto mínimo aquél en el que las moléculas pierden toda su energía cinética y por lo tanto ésta es nula o prácticamente nula. A este punto se le toma como cero absoluto y representa el nivel térmico más bajo posible, de tal modo que 273 grados kelvin equivalen a cero grados centígrados . El valor máximo es igual al nivel térmico más alto posible, de tal modo que 373 grados kelvin equivalen a 100 grados centígrados . El intervalo entre esas dos medidas se divide en 100 partes iguales denominadas kelvin (k).Así, podemos decir que el grado Celsius es igual al grado kelvin.
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11.4
FORMULAS DE CAMBIO DE ESCALA
Si se tiene una medida expresada en una escala determinada y se desea expresarla en otra de las escalas antes expuestas, debe hacerse según las siguientes fórmulas: Cambio de Celsius a Fahrenheit y viceversa :
C 100
F-32 180
K-273 100
R 80
KELVIN
0K
273 K
373 K
CELSIUS
-
0° c
100°c
FAHRENHEIT
-
32 F
212 F
REAMUR
-
O R
80 R
Ejemplos : Un 1 .termómetro marca 75 grados Celsius . ¿Cuántos grados Fahrenheit y Kelvin son? 180 x C = 100 (F-32) ; 180 x 75 = 1001` - 3200; 167 = F 100 x C = 100 (K-273) ; 100 x 75 = 100K - 27300; 348 = K 2.-
Un termómetro marca 230 grados Fahrenheit. ¿Cuántos grados Centígrados y Kelvin son? 180 x C = 100 (230-32) ; 180 x C = 23000 - 3200; C =110 100 (17-32) = 180 (K-23); 100(230-32) = 180K - 49140 ; K =383 Obviamente, la operación de cálculo de los grados Kelvin se simplifica sabiendo que los C = K - 273 .
III .
CONCEPTO DE CALOR .
Es una forma de manifestación de la energía . Un cuerpo no contiene calor por sí mismo, el calor es una medida intangible, pero es posible su medición cuando se produce un cambio . Definimos calor como la energía que pasa de una materia a otra cuando ambas están en contacto y es causa de que se equilibren sus temperaturas. Esta energía se manifiesta elevando la temperatura y dilatando la materia, llegando afundir los sólidos y evaporar los líquidos. Recordando la temperatura como la propiedad que determina el nivel calorífico de los cuerpos, es evidente que calor y temperatura son dos magnitudes estrechamente relacionadas aunque de distinta naturaleza; en efecto, la energía total queposee un cuerpo como consecuencia de la agitación de sus moléculas, esto es, su energía térmica, depende por una parte del número de moléculas, es decir, de la masa del cuerpo y por otra del nivel de intensidad de los movimientos, es decir, de la temperatura . De acuerdo con esto, un cuerpo de mucha masa es capaz de almacenar una gran cantidad de calor aunque su temperatura no sea elevada, tal como sucede, por ejemplo, con el agua de una piscina calentada al sol . Asimismo, un cuerpo de muy poca masa almacena muy poca cantidad de calor aunque su temperatura sea muy elevada, como por ejemplo, un alfiler, que se calienta hasta la incandescencia .
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Consideremos ahora un gas contenido en un cilindro de volumen constante cuyas paredes están en contacto con un circuito eléctrico, mediante el cual suministramos energía al sistema . Al recibir energía y no poder modificar su volumen, el gas no efectúa trabajo, por lo que aumentarán su energía interna y su temperatura. El proceso de transmisión de energías de un cuerpo a otro sin realizar un trabajo se llama calor. La forma de energía que interviene en los fenómenos caloríficos se llama energía térmica . Si dos cuerpos a diferentes temperaturas se ponen en contacto, el caliente comunica calor al frío. La cantidad de energía térmica que un cuerpo pierde o gana al entrar en contacto con otro a diferente temperatura recibe el nombre de calor. Resumiendo: *
Calor y Temperatura son dos conceptos íntimamente ligados, pero diferentes . El calor es algo que no posee un cuerpo como característica propia, es una forma de energía en tránsito de un cuerpo de mayor temperatura a otro de menor.
*
La temperatura sí es una característica de los cuerpos, puesto que refleja un estado íntimo de la materia como es la mayor o menor agitación de sus moléculas .
*
Fenómenos del calor: Aumentos de temperatura Dilatación de los cuerpos Cambios de estado
111 .1 .
CALORÍA .
Es la cantidadde calor necesaria que hay quesuministrar a un gramo de aguapara subir su temperatura en un grado, a lapresión normal. Equivale a 4,18 Jy se indica con el símbolo cal. 111 .2.
CALOR ESPECIFICO .
Es la cantidad de calor que hay que suministrar a un gramo de una sustancia para elevar su temperatura un grado . Por la experiencia, sabemos que es necesario suministrar distintas cantidades de calor para elevar la temperatura de diferentes cuerpos . Así, unapieza metálica, por ejemplo de cobre, eleva rápidamente su temperatura después de ponerla en contacto con un foco de calor, en tanto que el agua de un recipiente tarda mucho más en subirla. Una característica de cada sustancia a la hora de intercambiar calor y modificar su temperatura es el calor específico, c. Calor específico, c = kcal/kg °C =J/kg K Observa que es mucho mayor el del agua que el del hierro, y que este hecho está de acuerdo con la facilidad del hierro y la dificultad del agua para elevar su temperatura . Para determinar el calor intercambiado se toma una masa m cuya temperatura se hace pasar desde un valor inicial ti a otra final Tf Para elevar un kelvin la temperatura de m kilogramos de la sustancia, si su calor específico es "Ce", harán falta m.c unidades de calor. Si la elevación de la temperatura fuese (Tf - ti) grados kelvin, la cantidad de calor necesaria sería tantas veces mayor. En consecuencia, se puede escribir la ecuación:
Q = 111 " Ce .(Tf - Ti) 168
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Si tf > Ti, entonces es Q > 0 y el cuerpo absorbe calor elevando la energía interna y la temperatura . Por el contrario, si Tf< Ti implica Q < 0 y el cuerpo cede calor disminuyendo la energía interna y la temperatura . La ecuación permite conocer el intercambio de calor entre dos cuerpos cuando no hay cambios de estado . Aunque el calor específico varía con la temperatura, se pueden dar valores medios aproximados entre 0 y 100 ° C de algunos materiales .
MATERIALES
CALORES ESPECÍFICOS (J/Kgr " K)
AGUA
4180
HIELO
2132
ALCOHOL
2508
ALUMINIO
886
SAL COMÚN
853
GRAFITO
669
VIDRIO
669
HIERRO
489
LATÓN
376
MERCURIO
138
ORO
132
Ejemplo : calcular la cantidad de calor que se necesita para elevar desde 20°C hasta 100°C, la temperatura de una barra de aluminio de 2 Kgr de masa. 1) m = 2 Kgr; T; = 293 K; Tf= 373 K; Ce = 886 (consultando Tabla) 2) Sustituyendo en la fórmula : Q = m . Ce (T2 - T,) = 2 Kgr . 886J/KgrK . 80 K = 141.760 J 111 .3.
PRINCIPIOS DE LA CALORIMETRÍA Todos los intercambios de calor que Tienen lugar en los cuerpos se verifican obedeciendo a dos principios : Principio de transformaciones inversas . La cantidad de calor que recibe un cuerpo cuando se calienta desde una temperatura T;, hasta otra tr, es igual a la cantidad de calor cedida por este cuerpo cuando se enfría desde Tf hasta T;. En el ejemplo anterior hemos calculado que una barra de aluminio recibe una cantidad de calor de 141 .760 J cuando se calienta desde 20 a 100 °C. Pues bien, si dicha barra se deja enfriar en una mesa, cuando su Temperatura haya descendido desde 100 a 20 °C, habrá desprendido la misma cantidad de calor que habrá ido a parar al aire que rodea la barra y a la mesa en la que se apoyó. Principio de igualdad en los cambios de calor. Cuando se verifica un intercambio de calor entre dos cuerpos, la cantidad cedida por uno de ellos es igual a la cantidad absorbida por el otro. Q (absorbido) = - Q (cedido)
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Al establecer la igualdad se debe situar un signo menos y así se puede usar la ecuación del calor escrita de la misma forma en los dos miembros. Ejemplo : en un vaso de vidrio de 150 grs de masa que se encuentra a una temperatura de 18 °C, se introducen 200 grs de agua a 80 °C. ¿A qué temperatura quedará el sistema cuando se alcance el equilibrio térmico? Ce agua = 1 cal/gr°C ; Ce vidrio = 0,20 cal/gr°C Al introducir el agua en el vaso, ésta se enfriará cediendo calor al vaso, el cual, como consecuencia, verá aumentada su temperatura . Supongamos que este equilibrio se alcanza a una temperatura que tendrá, lógicamente, un valor intermedio entre 18 °C y 80 °C; en este momento, las cantidades de calor cedida por el agua y absorbida por el vaso serán: Q1 = m Ce (Tf- ti) = 200 .1. (80 - t); Q1 =16.000 - 200 . t Q2 = m Ce (Tf - ti) = 150 .0,20. (t - 18); Q2 = 30 . t - 540 Considerando que según el principio de igualdad en los intercambios de calor la cantidad de calor cedida por 1 agua tiene que ser igual a la absorbida por el vaso, podemos expresar: Q1 = Q2 16.000 - 200 . t = 30 . t - 540; 200t + 30t = 16.000 + 540; 230t = 16.540; t = 71,9 °C 111 .4 .
FORMAS DE TRANSMISIÓN DEL CALOR
De todos los productos de la combustión, el calor es el principal responsable de la propagación del fuego. El calor emitido en un incendio y la elevación de la temperatura que conlleva producen cuantiosos y graves daños, tanto a los seres vivos como a los bienes materiales. La exposición al aire caliente puede causar directamente deshidratación, agotamiento, bloqueo de las vías respiratorias, quemaduras, intensifica el ritmo cardíaco y, cuando su intensidad supera el umbral de la tolerancia humana, es mortal . La transmisión del calor puede hacerse de tres maneras principales: Conducción Radiación
-
Convección
III.4.1. Conducción . Es la transmisión de calor de las zonas de mayor temperatura a las de menor temperatura de un cuerpo como consecuencia de la interacción de los átomos y moléculas de mayor energía con los de menor energía . Para que tenga lugar las transmisión de calor por conducción es necesaria la presencia de materia, es decir, se realiza por contacto directo o a través de los cuerpos intermedios que establezcan una unión material . Es la que se realiza en los sólidos. No todos los cuerpos tienen igual capacidad de transmitir el calorpor conducción; así, los metales son, en general, buenos conductores, mientras que el vidrio, agua, madera, lana, papel, son malos conductores del calor. La aptitud de los metales para conducir la corriente eléctrica es debida a que en su interior hay electrones llamados libres, esto es, electrones que se han desprendido de los átomos de los que procedían . Los electrones libres toman parte también en la propagación del calor y son los responsables de que los metales sean tan buenos conductores de aquel, de la misma forma que las moléculas participan en el proceso de transmitir la energía térmica de las partes más calientes a las más frías .
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λ
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Conductividad. Experimentalmente se ha encontrado que la cantidad de calor que atraviesa una superficie es directamente proporcional a dicha superficie y a la diferencia de temperatura, e inversamente proporcional al espesor . Cada material tiene su propio coeficiente de conductividad térmica que se designa por la letra griega λ En un cuerpo, que puede estar formado por distintos materiales, la constante de proporcionalidad es el coeficiente de transmisión de calor del cuerpo, K, que se obtiene a partir de los coeficientes d conductividad térmica y espesores del cuerpo .
Coeficientes de conductividad térmica λ MATERIALES METALES
(Kcal/h "m°C)
λ MATERIALES
λ MATERIALES
SÓLIDOS
GASES
Acero
0,12
Amianto
0
Aire
Aluminio
0,49
Corcho
0
Argón
0
Cobre
0,92
Fieltro
0
Helio
0,00034
Latón
0,26
Hielo
0,004
Hidrógeno
0,00033
Mercurio
0,02
Hormigón
0,002
Oxígeno
0,0001
Plata
0,97
Ladrillo
0
Plomo
0,083
Madera
0
0,0001
Como se puede observar en la tabla, los metales forman un grupo con mayor conductividad térmica que los no metales . En definitiva, cuanto mayor es el grado de disgregación de la materia, menor es la conductividad del calor, que se transmite mejor en sólidos que en líquidos y en éstos mejor que en los gases . III.4.2. Radiación . Cuando colocamos la mano en contacto directo con un radiador de calefacción, el calor alcanza la mano por conducción, a través de las paredes del radiador, pero no en contacto con él, el calor alcanza la mano por medio de un movimiento de convección hacia arriba de las corrientes de aire. Si se coloca la mano a un lado del radiador todavía se calienta, aunque no está en la trayectoria de las corrientes de convección. La radiación térmica o infrarroja es la propagación del calor mediante ondas electromagnéticas . Las ondas electromagnéticas son semejantes a la luz y se propagan en el vacío a la velocidad de 300 .000 km/s. Por radiación nos llega el calor procedente del sol . La diferencia fundamental con los otros dos métodos es que la radiación no necesita partículas materiales que le sirvan de soporte para su propagación . Cuando inciden sobre u cuerpo que no es transparente a ellas, como la superficie de la mano, son absorbidas y su energía se transforma en calor. Los cuerpos irradian y absorben radiación térmica hasta alcanzar el equilibrio térmico con los demás. Los que están a más temperatura irradian más que absorben .
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III.4.3. Convección. Cuando el cuerpo se halla rodeado de un fluido, éste sirve de medio a la transmisión, originándose corrientes llamadas de convección que se propagan de forma continua del lado más caliente al más frío.. Estas corrientes transportan el calor con muchísima rapidez . Un ejemplo puede ser la calefacción central : en la caldera se calienta el agua, que por tener menos densidad que la fría, sube hasta los pisos calentando los radiadores .
IV.
DILATACIÓN .
La mayor parte de los cuerpos de la naturaleza se dilatan al aumentar su temperatura. Los sólidos varían sus dimensiones lineales y, consecuentemente, su volumen . Los líquidos y los gases, al carecer de forma propia, modifican su volumen. Del mismo modo, al perder calor, se contraen. La dilatación de manifiesta más en los gases que en los líquidos y más en estos que en los sólidos. Si se produce un aumento de temperatura en un recipiente que contiene un gas, éste no podrá dilatarse o aumentar su volumen, puesto que está confinado en un recinto de volumen definido . La presión que ejerce sobre las paredes aumentará y si las fuerzas ejercidas por esta presión son demasiado grandes, se producirá la explosión del recipiente. Al estudiar ladilatación de los líquidos, hay que tener en cuenta que lo primero que se dilata es el recipiente que lo contiene, por lo que la dilatación real será la dilatación aparente más la del recipiente. En el caso de los sólidos, esta dilatación será más o menos importante dependiendo de la naturaleza del cuerpo y de la temperatura . Para calcular la magnitud del aumento de temperatura, se definen los coeficientes de dilatación lineal, superficial y cúbica, designados con la letra α *
Dilatación lineal
Lf= Lo (1 + α Δt)
La variación de la longitud que experimenta un sólido al variar su temperatura es distinta de unos cuerpos a otros, por este motivo se determina el coeficiente de dilatación lineal. *
Dilatación superficial
Sf= So (1 + 2 α Δt)
Coeficiente de dilatación superficial de una sustancia es el aumento que experimenta cada unidad de superficie de la misma al aumentar su temperatura un grado centígrado . Este coeficiente no es independiente del coeficiente de dilatación lineal sino que, en realidad, ambos coeficientes se hayan relacionados. *
Dilatación volumétrica
Vf = Vo (1 + 3 α Δt)
Se define coeficiente de dilatación cúbica como el aumento de volumen que experimenta la unidad volumen cuando su temperatura se modifica en un grado . El coeficiente de dilatación cúbica de un sólido es el triple de su coeficiente de dilatación lineal .
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El agua tiene un comportamiento diferente al de los demás cuerpos, ya que al elevar latemperatura entre 0° C y 4°C, su volumen, en lugar de aumentar, disminuye . A partir de esta temperatura su compartimiento ya es normal y se dilata al aumentar la temperatura . Nota:
Lo = Longitud a la temperatura inicial Lf = Longitud a la temperatura t So = Superficie a la temperatura inicial St = Superficie a la temperatura t Vo = Volumen a la temperatura inicial Vt = Volumen a la temperatura t a = Coeficiente de dilatación
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TEMA 14 EXPLOSIONES, DETONACIONES Y DEFLAGRACIONES . I.
EXPLOSIONES .
Para comprender qué es una explosión, lo mejor es considerarla como un efecto o resultado de otro fenómeno; por ejemplo, un recipiente contiene una mezcla inflamable de gas y aire, la mezcla entra en ignición y el aumento de presión resultante rompe el recipiente, se hablaría entonces de explosión . La explosión es una liberación rápida, violenta e irreversible de energía, que se produce cuando un sistema material pasa de un estado energético superior a otro inferior de forma incontrolada . Es un proceso de transformación rápida, física y química, de un sistema de energía mecánica, acompañado por un cambio de energía potencial manifestándose con luz, calor, ondas sonoras y sísmicas .. También se define como combustión instantánea que se produce cuando hay una mezcla de vapor-gas-aire, dentro de los límites de inflamabilidad de ese gas y en un recinto cerrado . La gran superficie de contacto entre el gas y el oxígeno hace que se produzca la combustión en forma de reacción química muy rápida . Las explosiones pueden producirse por cambios químicos, físicos o mecánicos . 1.1.
FÍSICAS. Los cambios físicos o mecánicos suelen deberse a un aumento incontrolado en un recinto cerrado .
El esfuerzo mecánico realizado durante la explosión se debe a la rápida expansión de los gases, siendo indiferente el que estos gases existan previamente o que se formen durante el proceso explosivo . Los cambios físicos pueden dar lugar a una explosión térmica cuando un material es inestable, contenido en un espacio cerrado, sufre unadescompensación exotérmica a través de toda su masa, debida a autocalentamiento . Al aumentar su temperatura, la descompensación del material inestable aumenta también la expansión térmica del material, las generaciones de gases, y tienen como resultado la destrucción del recipiente que contiene el material. Las calderas, bombonas de gas y otros recipientes de presión están diseñados para soportar presiones precalculadas, contándose con un factorde seguridad razonable para impedir su ruptura por presiones anormalmente altas, como las que pudieran darse al calentar una bombona de gas . La presión que puede romper estos recipientes es generalmente 4 veces superior a la que soportan en su uso normal ; por otro lado, estos recipientes están normalmente provistos de uno o varios dispositivos para el alivio de urgencia de la presión, tales como tapones fusibles, discos de ruptura o válvulas de seguridad . La rotura de estos recipientes puede darse por factores como la ausencia, mala instalación o mal funcionamiento de alguno de los dispositivos de eliminación de la presión, defectos del propio recipiente, una fuente de calor puntual o a la mezcla intencionada de alguna materia que da como resultado una reacción química incontrolada dentro del recipiente . BLEVE Un tipo de explosión por liberación de presión se denomina "bleve" (Boiling Liquid Expanding Vapor Explosion" ; explosión de vapor al expandirse un líquido en ebullición) . Se trata de un término relativamente reciente, ya que fue utilizado por primera vez en USA en 1957, para definir una determinada clase de explosiones Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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cuyas causas y efectos no habían sido bien explicados hasta entonces por las energías puestas normalmente enjuego en una explosión normal . Para poder comprender este concepto es necesario recordar algunas nociones físicas relacionadas con el cambio de estado de líquido a vapor y el calor latente preciso para el mismo . Normalmente, cuando una sustancia alcanza la temperatura constante de cambio de fase de líquido a gas o punto de ebullición, hierve ; sin embargo, en ciertas condiciones esa temperatura se rebasa sin que se produzca el cambio de fase, de forma que el líquido se puede encontrar sobrecalentado por encima de la temperatura a la cual le correspondería haber pasado a la fase de vapor. Generalmente esto ocurre cuando el líquido se encuentra sometido a presión dentro de un recipiente. Se trata de una situación inestable que se rompe bruscamente cuando cambian las condiciones que la mantenían . Cuando un recipiente conteniendo un gas licuado o un líquido sobrecalentado sufre un descenso brusco de presión por rotura del mismo, una parte del líquido pasa bruscamente a vapor ya que dispone en sí mismo del calor latente necesario para su vaporización. Cuando el recipiente se rompe el líquido que queda retenido aumenta brusca y enormemente su volumen y produce el efecto de ebullición, pudiendo lanzarse a mucha distancia.
Figura L : Fuga incendiada y calentamiento de la fase líquida.
Figura 3: Calentamiento del metal sobre la fase gaseosa
Figura 2: Apertura de la válvula de seguridad.
Figura 4: Rotura del recipiente: inicio BLEVE
Los mecanismos de liberación de energía son puramente físicos . Si el líquido en ebullición liberado es inflamable o combustible, probablemente arderá en presencia del aire y producirá energía térmica, aunque la combustión de los materiales inflamables es una consecuencia secundaria de la "bleve" . "BOILOVER" Este término puede traducirse como rebosamiento por ebullición y en él no hay rotura del embase. El recipiente es abierto, por ejemplo, un bidón lleno de aceite de silicona que no es combustible pero si se calienta y está cerca del fuego produce una explosión. 176
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Para que se produzca un boilover es necesario que el recipiente no tenga techo, que contenga una capa de agua o una emulsión de aceites y agua en el fondo, un producto con diversos componentes o fracciones con gran diversidad de puntos de ebullición y una cantidad suficiente de residuos viscosos capaces de formar con el agua una emulsión espumosa y de gran tensión superficial . En estas condiciones, cuando el producto comienza a arder, las fracciones con menor punto de ebulición comienzan a arder en la superficie; los productos más densos situados en el fondo comienzan a calentarse hasta que el agua alcanza su punto de ebullición y como resultado se forma una emulsión de gran tensión superficial que se desplaza hasta la superficie produciéndose un rebosamiento e incluso erupción de una gran cantidad de producto. Se estima que un boilover puede propulsar el combustible incendiado hasta una altura equivalente a 10 veces el diámetro del recipiente.
Figura 5: Incendio, ola caliente y capa de agua en el fondo 1.2.
Figura 6 : Boilover
QUÍMICAS.
Las reacciones químicas suelen producirse al entrar en contacto el gas y el oxígeno y alcanzar una temperatura critica o de explosión . La gran superficie de contacto entre el gas y el oxígeno hace que se produzca la combustión en forma de reacción química muy rápida -mecanismo de reacción en cadena ya conocido- . Son una mezcla de gas con oxígeno dentro de los límites de inflamabilidad. Dentro del intervalo definido por el Límite Inferior de Inflamabilidad-Límite Superior de Inflamabilidad (LII-LSI), que son particulares para cada combustible, existen dos puntos que debemos señalar: - Punto ideal de combustión (PIC): situado a un tercio del intervalo desde el LII . - Punto estequiométrico : punto en el que se produce la explosión, situado entorno a la mitad del intervalo . La explosión se debe a una combustión instantánea por la mezcla de vapor, gas inflamable y aire dentro de los límites de inflamabilidad de ese gas en un recinto cerrado y el inicio de estas reacciones puede deberse a una chispa, un golpe, etc . Dentro de las explosiones químicas y en función de la velocidad de propagación del frente en llamas - velocidad de reacción - podemos distinguir: Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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Detonaciones Deflagraciones 1.2.1 DETONACIONES . Son reacciones exotérmicas (combustiones muy rápidas). La reacción se desarrolla y propaga a una velocidad superior a la del sonido -344 m/seg- produciendo violentas ondas de choque muy destructivas en el material que establece y mantiene la reacción . Es más destructiva que la deflagrante y jamás podrá convertirse en ella, sin embargo, sí puede darse la situación contraria, una explosión deflagrante puede convertirse en detonación y la onda de choque en último término se daría al entrar en un recinto cerrado . La onda sísmica que se produce avanza a una velocidad determinada que se relaciona con la velocidad del sonido. Esta velocidad es mayor a temperaturas bajas porque las partículas están más unidas . Si la perturbación va más deprisa que la velocidad del sonido se crea una onda de choque que es la superposición tangencial de todas las ondas sísmicas resultado del frente de llamas . La onda de choque resultante es muy destructiva. 1.2.2 DEFLAGRACIONES . Es una reacción exotérmica (combustión) que se propaga a través de los gases ardientes por conducción, convección y radiación, a un material que todavía no ha entrado en reacción. En este proceso la zona de combustión avanza a través de la materia a una velocidad inferior a la del sonido dentro de los materiales sin reaccionar; por contraste, la detonación es una reacción exotérmica caracterizada por la presencia de ondas de choque en el material que establece y mantiene la reacción . Se produce en atmósferas enrarecidas y con temperaturas elevadas, con producción de llamas y sin explosión, es la única directamente asociada al fuego. Su velocidad de propagación es inferior a 340 m/seg. La inflamación de polvos combustibles suspendidos en el aire es similar a la de las mezclas de aire y gas inflamable, con la excepción de que las mezclas de aire y polvo combustible que se encuentran normalmente no suelen detonar . En ciertos casos, tales como en las minas de carbón con túneles prolongados y, por tanto, con un elevado grado d confinamiento, s han producido detonaciones en nubes de polvo de carbón. Las diferencias entre detonación y deflagración son
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-
La velocidad de propagación de la deflagración es inferior a 340 m/seg
-
En la deflagración no existen ondas de choque por lo que su efecto destructor es menor.
-
La deflagración puede convertirse en detonación .
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TEMA 15 COMPOSICIÓN CONSTRUCTIVAS DE UN EDIFICIO . DEFINICIONES 1.
INTRODUCCIÓN .
Previo a la definición de todos los elementos que componen un edificio, debemos de tener en cuenta las acciones o pesos que sufre o pueda llegar a sufrir el mismo y que nos servirán para determinar la correcta composición del edificio . Estas acciones o cargas vienen estimadas en unidades de peso por unidad de superficie. Así tendremos : - Cargas permanentes :
Serán los pesos propios de todos los materiales que componen el edificio. Tendremos siempre que tenerlas en cuenta en función de la composición del propio edificio
- Cargas variables:
Habrá que tenerlos en cuenta en función de una serie de parámetros como son ; según uso del edificio, según condiciones climáticas (viento, nieve) y según condiciones del terreno donde se asiente la edificación (peso, resistencia, empujes).
- Cargas indirectas :
Estas cargas vendrán en función de la ubicación geográfica del edificio (asientos, cargas sísmicas).
II.
PARTES FUNDAMENTALES DEL EDIFICIO. INTRODUCCIÓN
Son los elementos de cualquier clase de estructura que por suresistencia, garantizan su estabilidad ytienen como función, resistir, durante la vida de un edificio (hormigón, hierro, madera) . No se podrán reemplazar, mover o quitar bajo ningún concepto, salvo en contadas ocasiones Siempre que haya que reemplazar algún elemento resistente de una estructura, será por razones de emergencia, ejemplo : por explosión, por calcinación, etc . En una buena estructuratodos sus elementos hade estar situados en un mismo plano, tanto horizontalmente como verticalmente. Los elementos de una estructura se dividen en dos partes, como base cogeremos la rasante, por encima de esta, lo denominaremos superestructura la cual consta de: Elementos ESTRUCTURALES . Aquellos cuya misión es absorber y repartir las cargas anteriormente descritas de un edificio . Estos elementos se pueden clasificar en: Elementos Principales: Donde se incluye : La Excavación y Cimentación . Elementos Verticales Continuos ( Muros da carga) Elementos Verticales Aislados ( Pilares) Elementos Horizontales (Forjados) Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid, Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 97
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Elementos Secundarios .( Cubiertas) Elementos CERRAMIENTO . Aquellos cuya misión consiste en separar interior o exteriormente los distintos ambientes del edificio . Estos elementos pueden ser interiores y exteriores Elementos de COMUNICACIÓN : Aquellos cuya misión es comunicar las diferentes zonas del edificio., como son las escaleras y las rampas . Y por debajo de rasante la denominaremos Infraestructura, en la cual sus elemento tienen como fin, transmitir las fuerzas de resistencia al suelo o cimentación. No todos los terrenos tienen la misma capacidad de resistencia, oscilan el 0,5 y 5 kg/cm2. En NUESTRA capital la mayor parte del terreno es de arcilla o arena, siendo su capacidad de resistencia de unos 3 kg/cm2 . Los elementos que se han de emplear estarán bajo un control de resistencia, y unas tablas establecidas y unificadas dentro de la Ley vigente . Entre los materiales más resistentes, citaremos las tres bases de una estructura. : -HORMIGÓN; La capacidad de resistencia oscila entre los 100 y 500 kg/cm2 . El hormigón con mayor capacidad de resistencia es fabricado en centros especiales . En obra de hormigón se verificara cada cierto tiempo, por medio de probetas en formulas establecidas o limites . - HIERRO . - MADERA.. III.
LA EXCAVACIÓN Y LA CIMENTACION .
LA EXCAVACIÓN La excavación es perforar en el terreno extrayendo las tierras, donde se van a alojar los sótanos, cimientos, etc,. En esta fase es cuando se plantean los peligros de derrumbamientos de tierras, ocasionando accidentes, a los operarios que están trabajando en su interior. En las aperturas de zanjas, se realizan un vaciado, en el que la caja es estrecha y larga, por debajo de la rasante, y cuya finalidad es la construcción de cimientos, tendido de conducciones subterráneas, construcción de canales, etc,... siendo necesario entibar, cuando estemos en profundidad superior a 1,50 m. Tal como se aprecia en los dibujos anteriores, los derrumbamientos en zanjas son producidos por presiones laterales, debido al peso de materiales acumulados en sus cercanías, por lo que si no hay espacio para dar a las paredes la pendiente de talud natural, se procederá a su entibación, pero nunca se entibarán las paredes inclinadas con vigas horizontales . El proceso entibar, significa "sujetar" o apuntalar las tierras mediante tablones de madera y rollizos del mismo material, aunque modernamente, es más utilizado los puntales metálicos . a 5m) .
Estas entibaciones, tienen una limitada profundidad (5 a 6m) y anchura (4
En toda excavación se deberá de tener en cuenta :
180
1.
Las zanjas realizadas en vía pública o vía de tráfico, estarán valladas convenientemente.
2.
Los codales no se emplearán a manera de escalones, ni servirán de apoyo a objetos pesados .
Tipos de entibación
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3.
Se observará las condiciones del suelo, sobre todo después de haber llovido, así como la presencia de gases nocivos en la zanja .
4.
Todo personal mantendrá una distancia mínima de 1 m. entre sí, al utilizar la zanja, palas, picos, etc . con el fin de prevenir todo riesgo de accidente .
5.
Cuando se realice el relleno de una zanja, la entibación permanecerá instalada hasta que desaparezca cualquier riesgo de desprendimiento de las paredes .
LA CIMENTACIÓN Es la parte del edificio que entra en contacto con el terreno y su función principal es transmitir las cargas de tipo gravitatorio teniendo en cuenta el peso total del edificio . La cimentación debe cumplir las siguientes funciones : Perfecta transmisión al terreno de todas las cargas que a ella llegan . Debe estar correctamente unida al resto de los elementos estructurales . Debe de adaptarse perfectamente al material con que se ejecuten y la naturaleza del terreno donde se asienten edificio :
Si se atiende a la naturaleza de los terrenos, estos tienen las siguientes tipologias donde asentaremos el Rocas, más consistentes pero más difícilmente manipulables . Terrenos naturales, que podrán ser : Cohesivos o coherentes (arcilla, barro) o sin cohesión (arena, grava) . Chadizos, menos resistentes y más problemáticos . Los terrenos se podrán clasificar según la Buenos 3 Medianos 1'5 Malos 0 -
firmeza o resistencia de los mismos, así hablaremos de: 8 kg/cm2 (rocas : 30 kg/cm2) . 3 kg/cm2 . 1'5 kg/cm2 .
Los materiales utilizados en las cimentaciones serán : La madera : No es muy aconsejable, dado que requiere una inmersión constante en agua. Pues, en caso contrario se presentan rápidamente, los problemas de pudrición . El hierro : Problemas parecidos, pero en este caso, de corrosión, y su duración por consiguiente es corta, siendo necesario una alta protección y un elevado coste. Mampostería : Ha sido muy común hasta hace pocos días. Da muy buenos resultados, siempre mezclados con mortero . El ladrillo: También con óptimos resultados, a base de ladrillo de tejar. El hormigón : Tanto en masa como armado, es en la actualidad la cimentación por excelencia . Una vez definida la estructura del edificio y por tanto las cargas que sobre él actúan, según las características del terreno, se definirá el sistema de cimentación a emplear. Debemos de tener en cuenta también la profundidad a que se encuentre el firme, que será la capa sólida delterreno sobre la que se puede cimentar. Según lo anterior podemos clasificar las cimentaciones en: SUPERFICIAL : Cuando el firme se encuentre aproximadamente hasta 4 y 5 metros. En este caso, Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid, TIL (91) 448 22 61/ 447 98 97
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las cargas que llegan hasta la cimentación, se repartirán al terreno a través de una superficie mayor que podrá ser: Cimentación corrida, bajo muros de carga . Cimentación aislada, bajo cargas puntuales . Cimentación en losas, bajo cargas puntuales cercanas, o en terrenos de poca cohesión que necesitan mayor superficie para el reparto de las cargas . La forma común actualmente de realizar las cimentaciones superficiales es a través de zapatas (aisladas, corridas, .. .), realizadas en hormigón en masa o armado . Se denomina zapata flexible, cuando su canto (h) sea menor que el vuelo (v). Se denominará zapata rígida, cuando su canto (h) sea mayor o igual que el vuelo (v) .
Muro
Zapata Zapata aislada
Zapaca contínua
Pilares
Placas de cimentación.
PROFUNDAS : Cuando el firme se encuentra entre 5 y 20 metros . En este caso las cargas que llegan a la cimentación se reparten a través de varias superficies puntuales y podrán ser: Cimentación por pozos, con mayor diámetro . Cimentación por pilotes, con diámetros menores y alcanzando mayor profundidad . Los pilotes podríamos clasificarlos en rígidos, cuando en parte inferior se hinca en el firme ; o flotantes, cuando la transmisión de las cargas al terreno se realiza por rozamiento. A continuación se recogen los pilotes tipo HINCA y los perforados
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Pilotes tipo perforados
Pilotes tipo Hinca
III .
LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES VERTICALES, MUROS DE CARGA De los elementos que transmiten verticalmente las cargas hasta la cimentación se dividen en dos clases : Muros continuos de carga . Elementos verticales aislados .
En esta pregunta analizaremos los primeros, por su importancia y en la siguiente pregunta estudiaremos el resto de elementos verticales aislados. Los Muros continuos de carga son construcciones casi siempre de formaprismática destinados a resistir esfuerzos, cargas o empujes . Podremos subdividirlos a su vez en: MUROS SIN ARMADURAS . Son aquellos que aguantan y transmiten cargas, a través de las piezas que los conforman . Podrán ser según su material . De tapial, realizados a base de una mezcla de arcilla, arena y granilla, humedecidas y apisonadas . De gran espesor .
Técnica de tapial con paja
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De piedra o cantería, conformados por elementos de piedra natural con o sin juntas de mortero . Tienen una gran capacidad resistente y pueden clasificarse en: Muros de sillería: realizados con sillares o elementos de labra aridada . (Los sillares son piezas regulares y labradas empleadas en construcción) . Muros de sillarejo : realizados en sillares o elementos de labra tosca. Muros de mampostería : realizados con elementos irregulares o sin labrar. De ladrillo, más utilizados en la construcción común . Conviene en este punto, definir los distintos nombres que reciben las partes o caras de un ladrillo cerámico común. A: Tabla, (cara superior) . B: Testa, tizón, cítara, ''/2 pie, 'hasta . (11 - 12 cm). C: Soga, canto, asta, pie. (24 - 25 cm). D: Grueso .
GRUESO
TABLA
Muros de mampostería
TESTA Partes de un ladrillo En función del porcentaje de huecos que presente un ladrillo, obtendremos una clasificación en macizos, perforados y huecos . A continuación se ofrece una tabla determinando lo anterior así como su peso y resistencia, se habrá de terne en cuenta que para conformar muros de carga de ladrillos, sólo utilizaremos los dos primeros por su mayor resistencia. HUECOS MACIZOS PERFORADOS HUECOS
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PESO (Kg/m3)
RESISTENCIA (Kg/cm2)
Menos del 10% de su volumen en tabla.
1800
100
Más del 10% de su volumen en tabla.
1500
70
Más del 10% de su volumen en cualquier plano.
1200
30
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Llamamos Aparejado, al trabado en todo su espesor y ejecutado con una sola clase de ladrillo . Podrán conformarse los muros de carga de ladrillo, así ejecutados: de sogas de tizones (aparejo a la española) . de sogas y tizones en hiladas alternas (aparejo inglés o belga) . de sogas y tizones en toda la hilada (aparejo flamenco u holandés) .
Obra de ladrillo, tipos de aparejado
Juntas de ladrillos
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Tipos de ladrillo
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Las juntas en muros así conformadas serán ; tendeles, si son horizontales . o llagas, si son verticales. MUROS CON ARMADURAS, aquellos que presentan en su ejecución armaduras para asegurar la continuidad, entre ellos tendremos : Muros de piezas o bloques prefabricados y Muros portantes de hormigón .
IV.
LOS ELE MENTOS ESTRUC TURALES VERTICALES AISLADOS
Son elementos de sección pequeña en relación a su altura, con lamisma función que los muros continuos . Según el material con el que se ejecuten, reciben distintos nombres: MATERIAL PIEDRA
NOMBRE COLUMNA : PILASTRA: : MACHÓN PILAR PILA O PILÓN de gran
sección circular sección cuadrada sección cuadrada o rectangular sección
MADERA
PIE DERECHO O CORNIJAL (EN ESQUINAS) Y SOPORTE
ACERO
PIE DERECHO SOPORTE
HORMIGÓN ARMADO
PILAR SOPORTE COLUMNA
FÁBRICA DE LADRILLO
MACHO - MACHÓN - PILASTRA SOPORTE PIE DERECHO
IV.
sección circular
LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES HORIZONTALES . LOS FORJADOS
Estos elementos horizontales son aquellas piezas que van a recoger las cargas del forjado o piso. Igual que ocurre con lo expuesto en el punto anterior, según el material con el que se ejecuten, reciben distintos nombres : MATERIA
NOMBRE
PIEDRA
DINTEL ARQUITRABE
MADERA
VIGA - VIGUETA CARRERA
HORMIGÓN ARMADO
VIGA VACENA
ACERO
VIGA VACENA
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Otro elemento estructural horizontal básico son los Forjados . Los Forjados son elementos superficiales y tienen por misión la recogida de las cargas para distribuirlas con posterioridad al resto de la estructura (los forjados transmiten a las vigas o jácenas las cargas que sobre él gravitan, cargas de tipo permanente, tales como el peso propio y de los solados, así como de tipo variable (sobrecarga de uso)) Los Forjados también podemos definirlos como el elemento horizontal de la estructura que sirve para separar un piso o planta, de la inmediata inferior o superior y que va a servir de base para las personas, muebles etc Los Forjados, según su disposición y forma de transmitir las cargas podrán ser : unidireccionales son aquellos en que el elemento resistente está orientado en un mismo sentido, y los bidireccionales se orientan en dos sentidos perpendiculares. Por último, las capas serán las que conformen la parte superior de los forjados y serán : De compresión, mallazo de reparto, para hacer trabajar todo el forjado uniformemente . capas niveladoras de arena para ubicar los solados . capas de aislantes si fueran necesarias . FORJADOS UNIDIRECCIONALES Foriados de madera .- Se realizan mediante unos nervios resistentes de escuadra variada, separados una cierta distancia (entre 0'40 y 0'60 m.), sobre los que se apoyaba un tablero ejecutado con tabla. A medida que mejoraba la calidad de la construcción, mejora la calidad del forjado, pasando el tablero a realizarse con tabla machihembrada, con doble tablero e incluso conacabado de baldosa . La parte inferior del forjado también recibe un tablero, lo que permite rellenar los huecos con material aislante (paja, escorias, material cerámico, etc,. ..) Lo que aumentaba el asilamiento, y por consiguiente el confort .
Forjados de madera Forjados de hierro.- Su estructura es casi idéntica a los de madera, solo que los nervios resistentes están formados por perfiles normalizados de acero . El tablero puede ir apoyado sobre los nervios, o bien, Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid, Tlf. : (91) 448 22 611447 98 97
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embebido entre ellos, que es la forma más comúnmente empleada. En este caso, el tablero se realizaba con ladrillo, (una o dos roscas) apoyo sobre el ala inferior del perfil, dándole forma de arco para absorber mejor los esfuerzos . Al igual que en los de madera, el espacio entre nervios, se utiliza para rellenarlo con material aislante (o dejándolo hueco) . Modernamente se utilizan bovedillas de poliestireno expandido (con gran poder de aislamiento térmico) proporcionando además, gran ligereza debido a su poco peso. Forjados de hormigón y cerámicos .- Este tipo de forjado lo podemos clasificar en dos grandes grupos, en función de que sus nervios sean "resistentes" o "semirresistentes" . Los resistentes son aquellos en que sus nervios son capaces, de por sí, de aguantar el peso y las cargas del forjado terminado . No requiere uso de sopandas Los semirresistentes son aquellos cuyos nervios, por sí solos, no aguantan las cargas del forjado, puesto que no están completos, en tanto no se termine su construcción. Requiere el uso de sopandas
Forjados de hierro Los nervios son las "viguetas" o "semiviguetas", tanto de hormigón como cerámicas, las cuales pueden ser de dos tipos, en función de su construcción, denominándose de tipo "armado" o "pretensado" El entrevigado es el elemento existente entre las viguetas y cuya función no es tanto resistente sino de elementos de cubicación . Podrá constituirse de varias formas :
Nervios (viguetas o semiviguetas)
Con tableros inferiores o superiores. Con revoltón . Con tablero y revoltón . Hormigonado sobre encofrados recuperables. Bocedillas.
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Detalle forjado unidireccional FORJADOS BIDIRECCIONALES Este tipo de forjados está formado por losas de hormigón, de espesor variable, con doble armadura, tanto en la parte superior como en la inferior, siendo distribuida esta armadura en sentido longitudinal y transversal . Dado el gran peso del hormigón, las losas suelen aligerarse mediante elementos más ligeros (cerámica, hormigón de arlita, poliestireno) normalmente huecos dispuestos en el centro de la trama de acero . Para aligerarlos aún más, en lugar de piezas que quedan embebidas en la losa, se colocan unos moldes recuperables, que una vez endurecido el hormigón, se retiran, quedando éste hueco.
IV.
LOS ARCOS Y LAS BOVEDAS
Forman unade las disposiciones arquitectónicas mas comúnmente utilizadas en la antigüedad, permitiendo realizar grandes espacios diáfanos. Su forma de trabajo es simple, recibe los esfuerzos verticales de las cargas que sobre ellos actúan, transmitiéndolos a los apoyos laterales, descomponiéndolos en dos fuerzas, unade tipo vertical, la cual es absorbida por el apoyo (pilar o muro) y otra de tipo horizontal, la cual debe ser neutralizada mediante "contrafuertes" o "tirantes" . Arco: Construcción curvilínea que cubre el vano de un muro o la luz entre dos pilares . El arco puede ser de una sola pieza, pero lo más común es que conste de varias denominadas dovelas, que pueden ser de piedra, ladrillo u otros materiales.
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Elementos de un arco Elementos del arco: Estribos: Macizos de fábrica entre los que se tiende el arco. Arranques : Puntos de nacimiento del arco. Riñones: Zonas intermedias del arco comprendidas entre arranques y clave. Tímpano, enjunta o recalzado : Parte de la fábrica que descansa sobre los riñones del arco, hasta la altura del tradós de la clave. Dovelas : Son las piezas que componen el arco. Clave: Dovela central del arco. Contraclaves: Dovelas adyacentes a la clave . Salmeres o almohadas : Dovelas de arranque del arco. Dimensiones : Luz: Distancia horizontal medida entre arranques . Flecha, montea o ságita : Altura del arco respecto a la línea de arranque . Peralte: Es el exceso de dimensión de la fecha sobre la semiluz . Profundidad o ancho : Dimensión del arco en dirección normal (perpendicular) a su plano - por regla general coincide con el ancho del muro correspondiente . Espesor o canto : Distancia comprendida entre el intradós y el trasdós del arco. Líneas : Directriz : Líneas que une los centros de todas las secciones del arco. Línea de presiones: Definida por los puntos de paso de las sucesivas resultantes de presión en las correspondientes secciones del arco. Línea de arranque : La que une los puntos de arranque del arco (cuerda de arco). 190
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Superficies : Frente oplano del arco : El definido por su paramento frontal . Intradós o sofito : Superficie definida por el paramento inferior del arco. Su punto más alto se llama vértice o ápice y la línea de vértices espinazo . Trasdós: Superficie definida por el paramento superior del arco. Mocheta o telar: Plano normal al frente del arco y que limita al estribo . Juntas :
Tendeles: Juntas horizontales, de espesor uniformes, que se acusan en el intradós y el trasdós del arco. Su dirección, en profundidad, es perpendicular al plano del arco. Llagas : Juntas paralelas al plano del arco que se acusan entre piezas de una misma hilada. Escopetas: Juntas, de espesor variable, que se acusan en el frente del arco.
Molduras: Archivolta: Conjunto de molduras que suele decorar el frente de los arcos . Alfiz o arrabd : Cordón rectangular que enmarca a los arcos en la arquitectura árabe .
Construcción de un arco: Al construir un muro y llegando a la altura de los arranques del arco, necesitamos elementos auxiliares para apoyar los ladrillos que formen el arco: Cimbras . Las cimbras son armazones o armaduras provisionales, que se emplean para sostener los elementos constructivos de arcos y bóvedas hasta el conjunto haya logrado la consistencia necesaria, o para al intradós de un arco su forma definitiva. Están construidas por elementos verticales, llamados cerchas o cuchillos, y por un enlistonado o forro que ne las cerchas y da forma al intradós del arco o de la bóveda . Para arcos sencillos de poca luz y escasa carga se utilizan los llamados tambores, formados por dos tableros recortados, según el perfil del arco, unidos por unos listones y formando la superficie de asiento. Galápagos oformaletas: Cerchones : Camones :
Cimbras pequeñas para luces máximas de 1,50 m. Se emplean para luces medias, formadas por tablas gruesas armadas sobre maderos horizontales o tirantes convenientemente tornapuntados para evitar su deformación. Se usan para arcos y bóvedas de un considerable diámetro . Sus cuchillos están formados por piezas enterizas de madera aplantilladas (camón) y enlazadas entre sí, formando un verdadero entramado .
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La cimbra de cualquier mortero empleado haya fraguado y por tanto el arco ya pueda trabajar, procediéndose entonces al descimbrado, operación muy delicada que puede realizarse por cualquiera de estos procedimientos . Cuñas yuxtapuestas sacos de arena cajas de arena Tornillos y gatos Excéntricas . Clases de arcos : 1.- Según
su disposición respecto al muro: Exento: Aquel que no recibe carga alguna . Ciego : Cuando el hueco de paso del arco está tapado o cerrado . Trabado o enjuntado : El arco recibe cargas y está combinado con el muro de fábrica (arco normal) . Arco de descarga: Construido dentro de un paramento sobre otro arco o dintel de un vano para aligerar su carga debido a su poca resistencia.
2.-
Según su forma o trazado .
Es decir, según su forma geométrica de la directriz del arco . Existe una gran variedad, aunque básicamente se puedan agrupar en tres grandes grupos : Arcos con la directriz limitada por rectas o superficies planas : Pertenecen al este grupo los siguientes arcos : Angular o rectilíneo Angular truncado Poligonal o afacetado En zig-zag. Arcos con la directriz de superficies curvas: Son la mayoría de los arcos. Ejemplos: Medio punto Rebajado o de segmento Escarzano o equilátero Herradura Elíptico Ojival o apuntalado Turnado Arcos con la directriz de recias y curvas combinadas entre sí. Pertenecen a este grupo los arcos : Deprimido cóncavo Deprimido convexo Georgiano Tudor inglés . 3.-
Según el material utilizado:
Arcos de sillería: Las dovelas tendrán forma de cuña, con una dimensión establecida para que ajusten perfectamente y en número impar para que la clave coincida con el centro . 192
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Arcos de fábrica de ladrillo : Son los más corrientes y usados actualmente . Según sus aparejos
distinguimos:
Arco aparejado : Los ladrillos siguen el mismo aparejo que los estribos . Arco roscado : Los ladrillos se colocan a sardinel (caja hilada - rosca) . Arco tabicado: Los ladrillos se colocan según su tabla a soga.
Arcos de ladrillos reforzados con piedras: Arcos poco corrientes que emplean dovelas de piedra en arranques, clave y tercios, con el fin de reforzar y ampliar la trabazón entre las fábricas del muro y del arco. Arcos de mampostería: Destinados a obras de poca importancia, rústicas o rurales . Arcos de hormigón : Destinados a la construcción de puentes, revestimiento de túneles y, en general, obras de ingeniería.
Dintel : Elemento estructural horizontal recto y portante situado sobre el vano de un muro. Cuando el dintel no es una pieza única sino que está hecho con ladrillos, se pueden construir numerosos tipos de dinteles : Arco adintelado : Dintel recto construido con ladrillos normales con sus juntas convergentes, (escopetas en forma de cuña) radiales y dirigidas a un centro situado en el eje del hueco (a una distancia de L,5 veces la luz del hueco) . V.
LOS ENTRAMADOS
A modo de resumen de todo lo anterior, la unión de las estructuras horizontales y verticales, da lugar a las estructuras entramadas . Las estructuras entramadas se pueden realizar de distintos materiales: madera, metálicas y de hormigón armado .
Entramado de madera Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid, Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 97
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Entramado metálico
Entramado de hormigón armado
VI. ELEMENTOS ESTRUCTURALES SECUNDARIOS. LAS CUBIERTAS CUBIERTAS . En la parte del edificio que lo termina superiormente protegiéndolo de los agentes climatológicos exteriores, sobre todo conformadas para evacuar las aguas . Podemos diferenciar las cubiertas inclinadas, que presentan una pendiente superior al 5% y las cubiertas planas cuya pendiente no sobrepasa dicho 5%. Las funciones básicas de toda cubierta son : 194
Estanqueidad al agua de lluvia o nieve . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010, Madrid, Tlf : (91) 448 22 61/ 447 98 97 .
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Separación de ambiente interior-exterior . Resistencia al fuego . Posibilidad de iluminación natural (luz cenital) . - CUBIERTAS INCLINADAS. La denominación de las cubiertas inclinadas es la siguiente: 1 .-
Cubierta de Par y Picadero donde los elementos inclinados paralelos (pares) se encuentran en la dirección de la pendiente .
Cubierta de par y picadero 2.-
Cubierta a la molinera , donde los elementos de soporte paralelos (correas) se disponen perpendiculares a la dirección de la pendiente .
Cubierta a la molinera
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2 .-
Cubierta de par e hilera o parhilera o mojinetes , donde los elementos inclinados (pares) se apoyan superiormente en un elemento horizontal (hilera) y se arriostran a través de los tirantes . Los empujes inferiores se recogen a través del estribo cubierta.
Cubierta de par e hilera 3.-
De Par y Nudillo , similar a la anterior pero para evitar la deformación de los pares se sitúa un elemento rigidizador (nudillo) .
Cubierta de par y nudillo
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Cubierta de Cerchas o Formas , donde se produce un mayor arriostramiento en varias direcciones para que todos sus elementos la trabajen y resistan a la vez.
Cubierta de Cerchas 5.-
Cubierta de Tabiquillos y Tablero, donde la inclinación se consigue por tabiquillos palomers, normalmente de material cerámico (mejor hueco doble), sobre los que apoyan perpendicularmente los elementos que conforman el tablero .
Cubierta de tabiquillos Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid, Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 97
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Todas las cubiertas así realizadas se completarán con los elementos de cubrición (pizarra, cerámicas, fibrocemento, galvanizados, aleaciones ligeras, . ..) y capas impermeabilizantes y térmicas. NOMENCLATURA DE ELEMENTOS QUE INTEGRAN UNA TECHUMBRE : Tendido : Alero o tejaroz : Caballete : Piñón o Hastía : Vertiente : Faldón : Peto o Copete: Lima Tesa: Lima Hoya: Nudo: Caballete oblicuo : Gatera: Tragaluz o Claraboya: Buhardas o troneras: Sotabanco :
Es cada uno de los planos de la cubierta. Límite horizontal inferior de los tendidos. Límite horizontal superior de cada tendido o la intersección de dos tendidos cuyos aleros son paralelos. El más alto se denomina cumbrera. Paramento triangular de un muro de fachada rematado en su parte superior por la cubierta. Inclinación del faldón de un tejado . Tendido triangular en el lado estrecho de la cubierta a cuatro aguas . Es la parte superior del faldón quebrantado. Intersección de dos tendidos cuyos aleros forman ángulo saliente . Intersección de dos tendidos cuyos aleros forman ángulo entrante. Punto del caballete al que concurren tres o más tendidos . Aquel que une dos caballetes que están a distinto nivel. Hueco que se deja en un faldón para ventilación de la techumbre, se llama Beata a la pieza de cubrición . Ventanillo colocado en un faldón ya sea practicable o no. Son cuerpos descollantes sobre los tendidos, con aberturas para iluminación y ventilación de desvanes . Piso habitables colocado encima de la cornisa general de la casa.
Elementos de la techumbre - CUBIERTAS PLANAS . Se pueden clasificar en: Transitables, donde el soporte horizontal sobre el que apoyan es resistente. No transitables, cuando el soporte horizontal no tiene misión resistente. Ajardinadas . 198
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VII. ELEMENTOS DE CERRAMIENTO . Se pueden clasificar en exteriores e interiores. - ELEMENTOS DE CERRAMIENTO EXTERIORES: Su función es la separación del ambiente exterior e interior y podemos encontrar : Muros de carga + aislante en cara caliente (al interior)+ cámara de aire . Muros sin función de carga + aislante en cara caliente (al interior) + cámara de aire. Sistemas prefabricados de cerramiento (muros cortina), que deben presentar una perfilería estructural compuesta por montantes (elementos verticales) y travesaños (elementos horizontales) . La aparición del aislante y la cámara de aire es conveniente pero podemos observar muros de cerramiento con ambos, con uno de ellos solamente o con ningún elemento . - ELEMENTOS DE CERRAMIENTO INTERIORES : Pueden realizarse con diversas configuraciones, entre las más usadas tenemos : Tabiques de albañilería, que según su espesor podemos encontrar : Tabique o panderete, configurado con ladrillo hueco sencillo de canto y su posterior recubrimiento (guarnecido y enlucido de yeso y pintura o alicatado) . Tabicón, realizado con ladrillo hueco doble de canto (con revestimientos similares a los anteriores) . Medio pie de espesor de elemento cerámico (normalmente para separación de unas viviendas con otras) . Un pie de espesor de elemento cerámico (puede dar en casos de separación acústica, pues en este caso no se buscaría (a función resistente) . Bloques prefabricados . Paneles de cartón yeso (Pladur) con perfilería de apoyo y posibilidad de aislante intermedio. Mamparas, realizadas con la correspondiente perfilería de sujeción y acabados diversos. Falsos techos, pudiéndose realizar dentro a base de perfilería apoyada en forjado superior como con placas de escayola sujetas con la tradicional caña. Formación de huecos en cerramientos : Los componentes y definiciones de las partes y zonas que definen el hueco se enumera a continuación: Jambas : Elementos verticales laterales . Dintel : Elemento superior, recto y horizontal. Arco: Elemento superior si no es horizontal . Peana, Pepisa o Alfeizar: Elemento inferior y horizontal en ventanas . Antepecho: Parte inferior del muro, debajo del hueco de ventana . Parte inferior de una puerta situada al exterior . Umbral: Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid, Tlf. : (91) 448 22 611447 98 97
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VIII. ELEMENTOS DE COMUNICACIÓN . ESCALERAS . Se consideran como tal las escaleras y las rampas aunque también habría que tener en cuenta que dichos elementos podrían considerarse también como elementos de enlace estructural, pero que su incidencia en relación al resto del edificio se considerarán simplemente de comunicación . Su clasificación atiende según la disposición de tramos y peldaños así como por su forma: Tramos y peldaños rectos . Tramos rectos y peldaños curvos . Tramos y peldaños curvos (escalera de caracol). Se denomina meseta o rellano o descansillo a la plataforma horizontal a la que llegan o parten los tramos . La zona de pisada se denomina huella, siendo la superficie perpendicular a ella la contrahuella o tabica. La relación entre ambas es : Huella - Contrahuella = 12 cm. Su ejecución se basa en: Plano de apoyo (tablero, zancas) . Formación de peldaño . Acabado . Se denomina zanca a la viga inclinada de soporte de una escalera, a la que se fijan las huellas y las contrahuellas .
Partes de una escalera
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Tipos de escaleras
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TEMA 16 INSTALACIONES GENERALES DE UN EDIFICIO. DEFINICIONES SALUBRIDAD. Dentro del concepto de salubridad en un edificio se incluyen los siguientes aspectos : L. 2. 3.
Abastecimiento y distribución de agua fría y agua caliente dentro del edificio con la correspondiente infraestructura de fontanería. Evacuación y saneamiento de aguas. Instalaciones de ventilación e instalaciones de depuración de aguas .
1 . ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA FRÍA. 1.1
RED PÚBLICA DE DISTRIBUCIÓN : Conjunto de tuberías que partiendo de los depósitos tienen la finalidad de alimentar los aparatos de servicio público como los ramales de los abonados o particulares . Está formada por: ARTERIAS : Conducen el agua hasta los distribuidores . DISTRIBUIDORES : Conducen el agua desde las arterías o los ramales de acometida. RAMALES DE ACOMETIDA : Conducen el agua desde los distribuidores hasta las acometidas del edificio.
La red pública de distribución reúne una serie de características que la hacen estar separada de otras instalaciones, en cualquier caso estará siempre por encima del alcantarillado y con respecto a otras instalaciones la separación será la que aparece en el siguiente cuadro: HORIZONTAL (cm)
VERTICAL (cm)
ALCANTARILLADO
60
50
GAS
50
50
ELECTRICIDAD
30
30
TELEFONÍA
30
-
Los materiales que se usarán para la red pública de distribución serán ; de fundición, fibrocemento y cloruro de polivinilo. I.2
RED PRIVADA DE DISTRIBUCIÓN: DISTRIBUCIÓN INTERIOR . Conjunto de tuberías y demás elementos que a partir de la red pública de distribución, alimentan a cada propietario o propietarios de los inmuebles . Está formada por:
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ACOMETIDA : Conducto que acomete a la Red Pública y enlaza con la instalación interior general del edificio . INSTALACIÓN INTERIOR GENERAL : Conduce el agua desde la acometida a las distintas distribuciones particulares . INSTALACIÓN INTERIOR PARTICULAR : Conduce el agua hasta cada uno de los puntos interiores que lo necesiten . La red de distribución interior debe de cumplir una serie de condiciones generales que son las siguientes : Suministro continuo, sin variaciones de caudal . Se evitará el contacto de la red con el resto de las instalaciones. Estanca y protegida contra condensaciones y heladas . Separación mínima de 4 cm. con respecto a la tubería de agua caliente. Separación mínima de 30 cm. de toda conducción o cuadro eléctrico . 1 .2.1 .
Elementos de la red de distribución interior. Los elementos que forman parte de una instalación interior son los siguientes : A) B) C)
A)
Tuberías . Válvulas . Otros elementos (contadores, áforas, grupos de presión, etc . ..)
TUBERÍAS. Se entiende por tubería toda aquella canalización que tiene las siguientes características: Deben soportar una presión mínima de 15 kg/cm2. No deben variar las características del agua que conducen . Resistentes a la corrosión . TUBERÍAS DE ACERO, se utilizan tanto para la distribución de agua fría como de agua caliente . Tienen las siguientes características: 1. 2. 3.
Pueden ser de acero inoxidable, con lo que son más resistentes pero de un mayor coste económico . Pueden ser de acero galvanizado : son tuberías que protegen el acero de la oxidación, el fluido que transporte la tubería no debe sobrepasar los cincuenta y cinco grados centígrados para que no se destruya el galvanizado . Las uniones de estas tuberías se harán mediante soldaduras y racores rascados o de compresión .
TUBERÍAS DE COBRE . Se usan en distribuciones de agua fría y agua caliente, tienen las siguientes características : 1 .2.3.4.5.204
Tienen fácil colocación. Si estas tuberías son de cobre duro, permiten gran longitud de tramo. En el caso de que estas tuberías sean de cobre recocido, permite cierta flexibilidad para su utilización en esquinas o recodos, así como para evitar empalmes. No se recomienda su utilización en el exterior del edificio. Las uniones de este tipo de tuberías se realizaran mediante soldadura. Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 44 8 22 61/ 447 98 97
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TUBERÍAS DE PLÁSTICO. Se usan en distribuciones de agua fría, tienen las siguientes características : 1 .2.3 .4.A)
Son de fácil transporte y colocación. Son maleables al calor, con lo que no pueden transportar agua caliente a más de sesenta grados centígrados . Son tuberías que se usan en los acabados internos. Sus uniones son a través de roscas, a través de juntas clásicas o pegadas .
VÁLVULAS. Se define válvula como aquella pieza que colocada en un determinado lugar de una tubería sirve para interrumpir alternativa o permanentemente la comunicación del flujo en la misma. Moviéndose a impulso de fuerzas contrarias . Las válvulas, de forma manual permiten variar el caudal que circula por las tuberías o el que sale al exterior . Pueden ser : 1 .2.-
C)
Grifo o Espita : Comunica una tubería y la atmósfera. Llave de Paso: Comunica 2 tuberías, regulando el paso entre ellas: Válvulas de Compuerta : son aquellas válvulas de cierre perfecto, pero que no son capaces de regular el caudal, se usan en tuberías de 40 mm de diámetro . Serán de dos tipos abiertas y cerradas . Válvulas de Soleta o Asiento : Son válvulas de cierre perfecto que regulan el caudal, en ellas el agua no pasa horizontalmente, se usan para diámetros pequeños y pueden ser de asiento paralelo o asiento inclinado . Válvulas de Bola o Esfera. (Mariposa). Cierran el paso de caudal con mayor rapidez, se usan en interior de viviendas . Válvulas de Retención : Son aquellas válvulas que permiten el paso del agua solo en el sentido de entrada a la instalación . Se usan para evitar retornos . Válvulas Reductoras de Presión : Son aquellas que, colocas tras el contador o la llave de paso general reducen la excesiva presión de la red . Válvulas de Seguridad (Válvulas de Acción Butomática) : Son aquellos dispositivos que se abren automáticamente cuando en un recinto cerrado un fluido supera una determinada presión que podría deteriorar o romper otros dispositivos.
OTROS ELEMENTOS : CONTADORES: Son aquellos dispositivos que miden la cantidad de agua suministrada por la red pública, pueden ser : De Volumen (más exactos) . De Velocidad (más baratos y corrientes) . Combinados. AFORAS :
Son aquellos dispositivos que permiten el paso de una cantidad determinada de agua por unidad de tiempo.
GRUPOS DE PRESIÓN:
Son aquellos elementos que se utilizan para la distribución de agua cuando la presión es insuficiente . Su mecanismo de funcionamiento es el siguiente:
12-
Una bomba introduce agua en un depósito cerrado . Al subir el nivel de agua en el depósito, comprime el aire en la parte superior .
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34-
El aire comunica la presión al agua y la hace subir. La bomba se para al alcanzar el agua la presión necesaria y vuelve a funcionar cuando la presión disminuya.
DEPÓSITOS ACUMULADORES :
Son aquellos dispositivos que se utilizan cuando el suministro es discontinúo . Se utilizan habitualmente para alimentar a un grupo de presión, generalmente situados en azoteas o cuartos, disponen de una válvula flotador que cierra el paso de agua una vez que está lleno; por otro lado disponen de un tubo rebasadero conectado a desagüe por si falla la válvula flotador. En el supuesto de que se necesite una capacidad de más de 500 litros, en lugar de uno se necesitarán varios depósitos acumuladores .
1 .2.2. PARTES DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN INTERIOR . LLAVE DE TOMA:
Será aquella válvula colocada sobre la Red de distribución que abre paso a la acometida .
LLAVE DE REGISTRO :
Es aquella válvula que está situada sobre la acometida en vía pública cercana al edificio. (En arqueta).
LLAVE DE PASO GENERAL :
Es aquella que está situada en el interior del edificio, en la unión de la acometida con la instalación interior general . En lugar fácilmente accesible.
1 .2.3.
INSTALACIÓN INTERIOR GENERAL : Existen varios tipos: 1 .-
Contador único y distribución vertical, el cual se puede distribuir en : A - Por grupos múltiples de columnas. B - Por grupo único de columnas.
2.-
Contadores divisionarios, el cual se pueden distribuir en: C - Centralizados . D - En cada vivienda o local .
Los elementos de una instalación interior general son : DISTRIBUIDOR:
Es la canalización horizontal que va desde el contador o llave general hasta el pie de las columnas o montantes, en él se dispondrá la válvula de retención .
BATERÍA DE CONTADORES CENTRALIZADOS : Se colocan en local de planta baja o sótano con desagüe . Se agrupan entre dos llaves de paso. CONTADORES DIVISIONARIOS INDIVIDUALES : Se colocan a la entrada de cada derivación del local o vivienda a abastecer. En este tipo de contadores existe una llave antes del mismo. COLUMNA O MONTANTE: Es aquella canalización vertical que va desde el distribuidor hasta las derivaciones. 206
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INSTALACIÓN INTERIOR PARTICULAR : Está formada por :
1 .2.5.
DERIVACIONES:
Son una serie de canalizaciones horizontales que van desde la columna a los puntos de consumo . Van empotradas en tabicón o bajo solado y están provistas de una llave de paso general .
RAMALES :
Son aquellas tuberías que conducen el agua desde las derivaciones a los aparatos . Suelen llevar llaves de corte antes del aparato consumidor .
PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA CALIENTE :
Estas instalaciones tienen las siguientes características, generalmente están realizadas en tubos y piezas de acero y cobre, todas las instalaciones excepto las derivaciones irán en tuberías debidamente aisladas y en los extremos superiores de las columnas de ida contarán con un purgador. Las formas de las instalaciones de agua caliente se pueden resumir en : -INSTALACIÓN INDIVIDUAL. Por un lado está conectado al sistema de agua fríay proporciona salida de agua caliente . Pueden ser: - INSTANTÁNEOS : Calientan el agua a medida que se consumen. Funcionarían a gas (necesitan evacuación) . - DE ACUMULACIÓN : Termoeléctricos. Mantienen una determinada cantidad de agua a una temperatura determinada, mediante resistencia eléctrica. - INSTALACIÓN COLECTIVA O CENTRALIZADA: tienen las siguientes características: Todo el edificio se considera como una unidad en la producción de agua caliente . Existe un foco o dispositivo que calentará el agua, generalmente se denominan calderas. Normalmente dispondrán de un acumuladorque mantendrá el agua caliente durante una hora. Distribuidor: Es aquel elemento horizontal. encargado de repartir desde la caldera o acumulador hasta el pie de bajante el agua caliente. Columnas o Montantes : Son las canalización verticales que estando conectadas al distribuidor reparten el agua caliente en su ida y en su retorno para el agua no consumida . Derivación: Es aquel elemento o tramo horizontal que une las columnas con los aparatos . 1.2 .6.
FIGURAS . A Continuación se incluyen tres esquemas sobre la forma de instalación de suministro de agua fría. El esquema 1 recoge una instalación con un solo contador común para toda la finca.
El esquema 2 recoge una instalación en el que cada vivienda disponga de su propio contador pero este esté ubicado en un cuarto común para todos, habitualmente situado en el sótano del edificio . una.
El esquema 3 recoge una instalación con un contador por cada vivienda pero ubicado en la entrada de cada
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Esquema 1
Esquema 2
Esquema 3
2. EVACUACIÓN Y SANEAMIENTO DE AGUAS. Conjunto de conducciones encargadas de evacuar las aguas sobrantes de una edificación hacia la red de alcantarillado . Los tipos de agua a eliminar son : Aguas Blancas o Pluviales, procedentes de la lluvia. Aguas residuales, amarillas procedentes de aparatos sanitarios de limpieza y las negras o fecales. Una instalación de evacuación y saneamiento de aguas está formada por las siguientes partes: Red Vertical: comprendida entre las válvulas de desagüe y los sumideros, consta de: Válvulas de desagüe, instaladas en los aparatos sanitarios para facilitar su vaciado . Desagüe, deben constituir un aislamiento estanco que impida la salida de malos olores, esto se consigue mediante SIFONES : Individuales de cada aparato y BOTES SIFÓNICOS comunes a varios . Derivaciones, conducciones que evacuan aguas residuales de aparatos hasta la bajante o hasta el manguetón o hasta el bote. Manguetón, tubo que conecta directamente los aparatos que generan aguas negras con las bajantes. Bajantes, tuberías verticales que conectan aguas residuales ypluviales con los elementos de espera de la evacuación. 208
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Columnas de ventilación, superiores.
El gráfico superior es un sifón tipo "S" y el inferior es un bote sifánico tipo "H"
Esquema de una bajante
- Red Horizontal: Conducción enterrada (colectores), conformada por arquetas a pie de bajante, arqueta de paso, arqueta sifónica, arqueta sumidero, arqueta separador de grasas y fangos y pozo de registro (cuando el colector acomete a más de 90 cm) Conducción suspendida, son aquellas acometidas de la red de alcantarillado a mayor cota de la planta más baja del edificio . 4.
INSTALACIONES DE VENTILACIÓN E INSTALACIÓN DE DEPURACIÓN DE AGUAS.
3.1 .
Ventilación : Ventilación es la renovación de aire viciado . Los sistemas de ventilación pueden ser : Ventilación normal o natural : la ventilación se realiza a través del hueco que comunica directamente con el exterior. Ventilación forzada : entrada por huecos que dan al exterior y salida por hueco vertical . Ventilación mecánica: la salida se realiza por la impulsión al exterior a través de medios mecánicos .
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3.2. Depuración de aguas : Son aquellas instalaciones que aparecen en lugares previos a las zonas de desagüe naturales, que suelen ser rios, lagos o mares, a traves de estaciones depuradoras . Existen diferentes tipos, estos son : Fosa séptica, contacta residuos, el terreno y al atmósfera . Fosa de decantación, similar al anterior con elemento central que recibe agua de los pozos registro . Aireación continuada mediante tuberías .
II. INSTALACIONES DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD . Son el conjunto de elementos que permiten la alimentación eléctrica al edificio y a cada una de sus partes. Existen dos grandes partes, externas e internas al edificio : EXTERNAS : CENTRALES : Centros de producción de energía eléctrica a partir de otro tipo de energía (hidroeléctricas, térmicas, nucleares .. .) (380-60 kv) . LÍNEAS DE TRANSPORTE EN ALTA TENSIÓN : Son líneas que transportan la energía eléctrica generada desde las centrales a la subestaciones . SUBESTACIONES : - Son instalaciones de transformación situadas cerca de los puntos de consumo . - En ella se transforma la alta tensión en media tensión (entre 10 y 45 km). LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN : Distribuyen la energía desde la subestaciones a los centros de transformación situados en los núcleos . Son subterráneas en núcleos urbanos y aéreas en núcleos rurales . CENTROS DE TRANSFORMACIÓN : Reducen la tensión de distribución a tensión de consumo normalizada: 220/380 V. LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN EN BAJA TENSIÓN : Son las líneas que llevan la energía desde los centros de transformación a los abonados . Forman una red con 4 conductores (3 fases y neutro) . Red trifásica a 220 V. Tensión entre fases 220 V. Tensión entre fase y neutro : 127 V. Red trifásica a 380V . Tensión entre fases: 380 V. Tensión entre fase y neutro : 380 V.
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INTERNAS O INSTALACIONES DOMÉSTICAS : INSTALACIONES DOMÉSTICAS: (Instalación de enlace según R.E.B.T.). ACOMETIDA : Parte de la instalación que enlazan la línea de distribución con la caja general de protección . Pueden ser: Aéreas : altura mínima de 6 m. Subterráneas : los conductores entran en el edificio a 80 cm. de profundidad a través de tubos . CAJA GENERAL DE PROTECCIÓN : Contiene los elementos de protección de las líneas repartidoras . Se situarán al final de la acometida y se suelen colocar en fachada o portal del edificio y llevará 3 fusibles (1 por fase), uno para neutro y otro para toma de tierra. LÍNEA REPARTIDORA : Enlaza la Caja General de Protección con la centralización de contadores o el contador individual. Tendrá 3 conductores de fase + un conductor neutro y uno de protección. La carga máxima a transportar será de 150 kw., si se alimenta directamente desde un centro de transformación la carga máxima será de 240 kw. CENTRALIZACIÓN DE CONTADORES : Es el lugar que se utiliza para alojar los contadores destinados a medir el consumo de energía eléctrica . Si hay más de 16 contadores, se dispondrá un local de uso exclusivo . Situación : Planta baja o primer sótano : edificios hasta 12 plantas. No más de 48 viviendas . Planta o primer sótano y en una o más plantas intermedias : edificios con más de 12 plantas ymás de 48 viviendas . Cada centralización de contadores alimenta a un máximo de 12 plantas y 48 viviendas . En cada planta: edificio con más de 14 viviendas por planta. DERIVACIÓN INDIVIDUAL: Líneas constituidas por conductor de fase + neutro + protección que enlaza el contador con la general de distribución . Irá alojado en galería o tubo vertical. (Para suministros trifásicos, ascensores, grupos presión, etc ..., irán 3 conductores de fase + neutro + protección) . INTERRUPTOR DE CONTROL DE POTENCIA (ICP) : Colocado normalmente dentro de la vivienda, próxima al cuadro. Sirva para controlar la potencia controlada y se desconecta cuando los aparatos conectados a la instalación suman potencia superior a la contratada. Según la potencia contratada y las características de superficie utilizada se puede hablar de los siguientes GRADOS DE ELECTRIFICACIÓN DE LAS VIVIENDAS : MÍNIMA: hasta 3000 w - 2 circuitos ;Alumbrado y Fuerza para superficies hasta 80 metros cuadrados . MEDIA : hasta 5000 w - 4 circuitos ; Alumbrado, fuerza, lavadora-calentador y cocina para superficies entre 80 y 150 metros cuadrados .
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ELEVADA : hasta 8000 w - 6 circuitos ; Alumbrado, fuerza, lavadora-calentador, cocina, aire acondicionado y calefacción para superficies hasta 2000 metros cuadrados . CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN : situado a la entrada de cada vivienda (o local) para proteger la instalación interior . Formado por : Interruptor diferencial general, que protege contra contactos indirectos, interrumpiendo la corriente si existe una derivación . Diferencial de cortocircuitos . Automáticos (PIA), son aquellos interruptores que se colocarán tantos como número de circuitos interiores haya. Se desconecta cuando la suma de la potencia de los aparatos eléctricos conectados simultáneamente sobrepasa la del propio PIA o cuando se produce un cortocircuito . CABLEADO INTERIOR . Formado por: Conductos : Son aquellos elementos por donde discurren los conductores, van empotrados en rozas y generalmente son de tubo flexible de plástico . Conductores : con parte metálica (cobre) y material aislante cubriéndola . Éstos conductores se suelen diferenciar a través de colores. CAJAS DE REGISTRO : reciben los conductos y los conductores y en su interior se realizan las conexiones pertinentes a través de clemas de conexión . INTERRUPTOR : mecanismo destinado a interrumpir o cortar un circuito . CONMUTADOR: mecanismo destinado para accionar un puesto de luz desde dos lugares . ENCHUFE O TOMAS DE CORRIENTE : para conectar cualquier aparato al suministro de corriente eléctrica . TOMA DE TIERRA: Es aquel dispositivo que une partes de la instalación eléctrica con la tierra para proteger a personas y materiales, además de conducir a dicha tierra las corrientes que se produzcan por defecto así como las descargas atmosféricas . Está formada por : Conductor de protección, recorre la instalación interior acompañando al conductor de fase y neutro . Derivaciones, enlazan la línea principal con el dispositivo de protección . Línea principal, conductores de cobre aristado con color amarillo-verde . Línea de enlace, une la línea principal con el electrodo en arqueta registrable . Electrodo, es el anillo que conecta con las picas (separadas un mínimo de 4 metros) .
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III. INSTALACIONES DE GASES COMBUSTIBLES Son aquellas instalaciones que suministran los gases combustibles, comunes a una pluralidad de usuarios y localizadas en un mismo inmueble . III .1.
TIPOS DE GASES Y CARACTERÍSTICAS PODER CALORÍFICO kcal/m' .N
CARACTERÍSTICAS
1°FAMILIA - GAS CIUDAD (GAS DE FÁBRICA) - MEZCLAS DE GASES DE OTRAS FAMILIAS CON AIRE .
4 .200
- Mezclas de hidrógeno, oxido de carbono y anhídrido carbónico y nitrógeno - Fácil combustión - Aplicación a usos domésticos - De tipo húmedo
2°FAMILIA -GAS NATURAL - MEZCLAS DE GASES DE LA 3° FAMILIA CON AIRE
10 .500
- Superior presión de distribución . - De tipo seco - Aplicación a usos domésticos - No tiene casi pérdidas en su transporte y transformación desde los gasoductos hasta punto final de consumo .
3° FAMILIA GLP (GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO) -PROPANO -BUTANO
111 .2.
11 .800 11 .000
- Aplicación en construcciones aisladas - Al tener mayor poder calorífico, implica que para obtener la misma cantidad de energía total se necesitan diámetros menores . - Se comercializan envasados en depósitos móviles .
INSTALACIÓN : CARACTERÍSTICAS GENERALES . SUMINISTRO : Pueden realizarse las instalaciones de este tipo por el exterior de los edificios (fachada o patios interiores), con las siguientes características: Alimentadas desde redes generales de distribución (lª y 2ª familias) Alimentación desde redes particulares alimentadas por depósitos (3ª familia) Alimentadas desde depósitos o botellas (3ª familia) La presión máxima del gas en el interior de edificios habitados no podrá rebasar nunca los 4 kg/cm2 Se evitará el paso de los gases más densos a través de sótanos (de hacerlo deberán forrarse con fundas de acero continuo) Cada abonado tendrá una válvula de cierre del servicio del gas que se dispondrá en el exterior de la vivienda.
-
Montantes de distribución siempre vistos o en cajetines ventilados.
-
La distancia mínima a otra tubería paralela, 3 cm.
-
Si se cruzan dos tuberías, su separación mínima es de 1 cm.
111.2.1. MATERIAL DE LAS TUBERÍAS. -
COBRE:
Para gases de las tres familias. La presión de utilización dependerá de las soldaduras de los tubos . Instalaciones vistas o enterradas. Máximo tramo empotrado : 40 cm.
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ACERO:
Para gases de la la y 2' familia Para gases de la 3a familia sólo podrán utilizarse acero estirado. Instalaciones empotradas, vistas o enterradas. Deberán protegerse contra la oxidación .
PLOMO:
Para gases de la la y 2' familia (con presiones inferiores a 0.05 atm) Instalaciones vistas o enterradas . Sólo se podrán empotrar tramos de 40 cm máximo .
POLIETILENO : Enterradas en l' y 2' familia 111.2.2. PARTES DE UNA INSTALACIÓN. Red de distribución exteriores: Conjunto de tuberías instaladas en terrenos públicos que distribuyen gas a casos y edificios . Acometida : Parte de la canalización comprendida entre la red de distribución y la llave del ramal . Llave del ramal : Permite cortar el suministro de gas a un inmueble . Se instalará en arqueta de acometida exterior nunca a menos de 30 cm del muro exterior del edificio . A partir de este punto comienza la instalación interior que queda bajo la responsabilidad del usuario . Instalación interior : Formada por : Tallo : tramo posterior a la arqueta que entra en el edificio (vertical) Ramal interior (distribuidor) : Tramo posterior al tallo que discurre por el interior del edificio hasta el montante. Contadores : los hay : en derivación: en el interior de cada vivienda. en batería, agrupados en un cuarto independiente de otros aparatos y con aberturas (2) de 200 cm2. -
Divisionarios o en batería de rellano, a la entrada de cada vivienda.
Columna : Canalización vertical desde el distribuidor a las derivaciones . Derivación. Desde la columna a los aparatos de consumo. Evacuación de humos: para facilitar el salida de los productos generados por la combustión de gas : Orificios o rejillas de salida (arriba y abajo) Extractor mecánico. Conducto de humos, vertical e independiente de otros conductos del edificio, hasta chimenea. Tiro natural directamente al exterior . Deberán cumplir los conductos de evacuación: Pendiente del tramo inclinado ascendente mínima del 3% Los tramos interiores desde la salida del aparato hasta la salida a ventilación (exterior o través de conductos) serán máximo de 3 m. En evacuación directa al exterior, serán conductos metálicos con pared interior lisa y alejados 40 cm de cualquier abertura permanente .
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IV. INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN . Son aquellas que proporcionan a los seres humanos las condiciones óptimas de confort (entre 22 y 27° C) IV.1 .
SISTEMAS DE CALEFACCIÓN.
Estos sistemas de calefacción se dividen en dos grandes grupos: a) según el mecanismo de transmisión de calor y b) según el grado de centralización. A)
Según el mecanismo de transmisión de calor: Por convección, que a su vez podrá ser : Natural, donde la cesión de calor se efectúa a través de los radiadores y el elemento transmisor de calor es el agua. Se base en la diferencia de peso específico entre el agua caliente y la fría., lo que da lugar a la circulación del agua que se calienta en la caldera a través de una serie de tuberías que llegan a los radiadores, ceden calor y circulan por tuberías de retorno a menor temperatura (20° C menos, aproximadamente) y se repite el ciclo. Este sistema se completa con la presencia de bombas que introducen la presión suficiente. Forzada . Se basa en la utilización de un elemento generador de aire caliente que lo impulsa a través de una red de conductos que desembocan en rejillas difusoras . Hay tipos muy variados que pueden entrar a complementar las instalaciones de climatización (bombas de calor, ...) Por radiación, donde partiendo del agua caliente, se logra por medio de la inclusión de las tuberías en suelos (lo mas normal = suelos radiantes), techos y paredes, que calientan dichos paramentos para posteriormente transmitirlo al recinto.
B)' Por el grado de centralización: Autónomo o individual . Central individual (viviendas unifamiliares) Central colectiva (viviendas plurifamil ¡ares)
IV.2
SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN. Red bitubular con retorno directo. Consta de: Tubería de ida con agua caliente Derivación a cada emisor. Tubería de retorno desde cada emisor (radiador) con circulación en sentido contrario desde el último aparato . Red bitubular con retorno invertido: Tiene los mismos elementos que la anterior, pero comienza el retorno en el primer aparato de la tubería de ida (no en el último) Red monotubular, donde ida y retorno van por la misma tubería.
IV.3.
ELEMENTOS DE PRODUCCIÓN DE CALOR.
Son las calderas, que las hay de distintos materialesy potencias según la tipología del edificio (unifamiliar o plurifamiliar), también de la anterior, dependerá su ubicación (cuarto de máquinas o calderas) De igual forma variarán en función del combustible que utilicen: Los combustibles serán variados y según su estado dependerán los depósitos donde se almacenen .
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SÓLIDOS: -
madera carbón.
Actualmente tienden a desaparecer y se almacenan en cuartos cercanos a la caldera .
LÍQUIDOS : Hidrocarburos clase B, con punto de inflamación menor a 55° C Gasolina Nafta Petróleo y disolventes Hidrocarburos clase C, con punto de inflamación entre 55 y 120° C Gas-oil Diesel-oil Fuel-oil Hidrocarburos clase D, con punto de inflamación es mayor de 120° C Asfaltos Parafinas Vaselinas Lubricantes . GASES. Hidrocarburos clase A, cuando su tensión de vapor es superior a 1Kg/Cm2 a 0°C . Metano Propano Butano Otros gases licuables . IVA.
ALMACENAMIENTO DE CARBURANTES Y COMBUSTIBLES LÍQUIDOS. Se podrán realizar en: Recipientes fijos: que con las limitaciones que por cada caso o producto que almacenen se establezca, se podrán instalar: Sobre el nivel del terreno o superficie . Semienterradas. Bajo el nivel del terreno, que puede estar enterrado o en fosa. Recipientes móviles, que se podrán apilar en función de su forma, material y dimensiones, en las mismas condiciones que los recipientes fijos (excepto la de enterrados)
V.
INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO . ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO.
Son aquellas que garantizan el confort interior a través de la impulsión forzada de aire frío o caliente, según se necesite, previamente fabricado a través de determinada maquinaria. La emisión del aire se realiza a través de: Rejillas en paredes . Difusores de techo (en varias direcciones) Difusores lineales (en usa sola dirección) De igual manera se recogerá el aire viciado interior a través de los chorros de retorno que podrán ubicar : En techos (problemas de absorción de aire aún no viciado) En paredes . 216
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Temario Bomberos Ayuntamiento En suelos (poco recomendables por la suciedad que pueden recoger) Sistema de distribución: Este sistema es o todo aire o aire-aire, donde la unidad que produce el frío o el calor para posteriormente impulsarlo, lo hace a través del tratamiento exclusivo del aire (exterior y el viciado absorbido)
VI.
INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE PERSONAS O MERCANCÍAS.
Son aquellas que sirven para la circulación de personas y cosas además de permitir la conexión entre distintas partes de un edificio . ASCENSORES . Son aquellos aparatos instalados permanentemente que sirve determinados niveles mediante una cabina cuyas dimensiones y constitución permiten el acceso de personas . Generalmente pueden ser: Electromecánicas (con polea) De impulsión oleodinámica (con pistón hidráulicos) MONTACARGAS . Son aparatos instalados de forma permanente que sirve a determinados niveles y consta de una cabina que se desplaza a lo largo de guías y es inaccesible a las personas por sus dimensiones y constitución . ESCALERAS MECÁNICAS . Son equipos móviles capaces de transportar un gran número de personas por unidad de tiempo: Pueden ser reversibles en su dirección .
VII.
INSTALACIONES DE PROTEC CIÓN Y SEGURIDAD .
Son aquellas que dotan a los edificios de las condiciones necesarias de protección contra eventualidades e intrusismo . INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) Son aquellas destinadas a la detección y extinción de los incendios que pudieran declararse en un edificio . desarrollarán Se en temas posteriores. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INTRUSOS . Son aquellas destinadas a la vigilancia, detección y actuación contra elementos ajenos e intrusos del edificio. Podrán constar de sistemas de vigilancia a través de circuitos cerrados de video o televisión formado por una cadena de cámaras-monitor independientes, compartiendo algún elemento mediante un equipo de selección adecuado . Otros sistemas de detección serían : Detección periférica de zonas concretas . Detección perimétrica (barreras microondas, detectores sísmicos, detección volumétrica por ultrasonidos, capacitadores de proximidad, etc ...)
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INSTALACIONES DE PARARRAYOS. Son aquella destinadas a evitar que entre personas y edificio o entre las partes metálicas del edificio se creen diferencias de tensión que hagan peligrar las vidas de unas o provocar incendios por las otras . Se compondrán de elementos de captación que deberán conectarse a una red conductora de derivaciones y a la instalación de puesta a tierra. Los pararrayos podrán disponerse : En puntos De tipo jaula (protección volumétrica) o malla. De tipo ionizante-radioactivo (protección volumétrica con cabeza de captación) VIII.
INSTALACIONES AUDIOVISUALES .
REDES DE TELEFONÍA . Sirven para transmitir palabras, sonidos y cierto tipo de señales . RED DE VOZ Y DATOS . Sirven para centralizar en un solo elemento (rack) las instalaciones de telefonía y de transmisión de datos del edificio. INSTALACIÓN DE ANTENAS COLECTIVAS . Son las instalaciones para señales de Tv y Fin en edificios de varias viviendas, se compondrán de equipos de captación (separados de líneas de alta tensión), equipos de ampliación y distribución, cajas de distribución para encuentros entre líneas verticales y ramales horizontales y las cajas de toma donde se conectarán los receptores de Tv y FM . Las partes de la instalación se conectarán a la red de puesta de tierra del edificio .
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TEMA 17
INFRAESTRUCTURA URBANA DE MADRID . DEFINICIONES Y TIPOS DE SERVICIOS : RED DE GALERÍAS DE SERVICIO . RED DE SANEAMIENTO . I. I.1.
RED DE GALERÍAS DE SERVICIO. DEFINICIÓN
Se denomina red de galerías de servicio al conjunto de pasos o túneles subterráneos visitables que son utilizados para instalar en ellas distintos tipos de servicios como agua, teléfono, electricidad, etc . Suelen situarse a poca profundidad, a un metro y medio aproximadamente, y su tamaño depende del número y características de los servicios en ellas instalados.
SECCIONES TIPO DE UNA GALERÍA PRINCIPAL
SECCIÓN TIPO DE UNA GALERÍA PARA ACOMETIDA PARTICULAR Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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1.2.
TIPOS En Madrid son cuatro los tipos diferentes: TIPO 1 --> De 3,25 X 1,90 con anden lateral para instalación de vías o carriles que faciliten mediante vagonetas el transporte de materiales TIPO 2 --> De 3,40 x 2,50, es la de mayor dimensión, disponiendo de doble andén para transporte de materiales
Las de TIPO 1 y TIPO 2 se disponen en calles importantes albergando al menos diez tipos de servicios diferentes. TIPO 3 De 2,30 x 2,10, de bóveda arqueada y posibilidad de fijación de soportes para conducciones de tipo diverso . Dispone de un rebaje lateral en el enrase para recogida de residuos o derrames líquidos. TIPO 4 --> "Estricta". De 1,50 x 1 . Semivisitable por sus reducidas dimensiones .
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Las de TIPO 4 y TIPO 3 están pensadas para calles de menor entidad donde la falta de espacio impide la construcción de mayores . Existen asimismo los accesos de personal, con un cuarto anexo a la galería propiamente dicha, donde se reúne y cambia el personal que trabaja en ella, además de un servicio . Por otra parte las galerías de servicio disponen de accesos de materiales, ensanchamientos de la galería con dimensiones aproximadas de 4,50 x 1,20, pensados para el almacenamiento y bajada de materiales utilizados en la construcción de las diversas canalizaciones en ellas alojadas . Debemos considerar como circunstancias determinantes de su construcción, la densidad del tráfico, la frecuencia de avería y fugas de las instalaciones en ellas dispuestas debido a la vejez de los servicios, necesidad de cambio de pavimento (como habíamos comentado) . Las galerías de servicio no se comunican con los edificios . En resumen las ventajas de las galerías de servicio las podríamos resumir en : 1. 2. 3. 4. 5.
Disminución de los hundimientos y socavones en la vía pública . Supresión casi total de zanjas y calas. Mejor conservación de los pavimentos co una vida mas larga. Localización más sencilla de averías y fugas . Mayor control del estado de las diferentes redes en ellas contenida .
El propietario de las galerías de servicios de la estructura urbana es el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, aunque suele alquilar espacios de las mismas a Compañías o Empresas para que suministren sus servicios por ellas.
L3.
RELACIÓN DE LAS GALERÍAS MÁS IMPORTANTES
-
ARTURO SORIA
Manoteras -Cruz de los Caídos . J .Costa-R . Fernández Villaverde- Reina Victoria.
-
-RONDAS vda.Ciudad e Barcelona- .Dr Esquerdo- Fco.Silvela-
BULEVARES
Colón- Sagasta- Alberto Aguilera/Marqués de Urquijo .
-
RETIRO
Pacífico - Menéndez Pelayo - Ppe de Vergara
-
ATOCHA
Pza. Jacinto Benavente- Alfonso XII
-
EJE PRINCIPAL
Delicias- Ferrocarril /P° del Prado - Castellana- Colón
CASTELLANA
Nuevos Ministerios -Pza Castilla (Dos laterales)
-
GRAN VÍA- PRINCESA ATOCHA- RONDA DE VALENCIA- ACACIAS .
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RELACIÓN DE TODAS LAS GALERIAS CON SUS LONGITUDES GALERÍA DE SERVICIO
LONGITUD
GALERÍA DE SERVICIO
LONGITUD
ACACIAS, PASEO
1 .099
FRANCISCO SILVELA
3 .683
AGUSTÍN DE BETANCOURT
510
GRAN VÍA
1 .235
ALBERTO AGUILERA
1 .874
IBIZA
445
ALCALDE SAINZ DE BARANDA
285
JOAQUÍN COSTA
2.598
ALFONSO XII
1 .830
JUAN DUQUE
618
ANTONIO LÓPEZ
2 .271
LÓPEZ DE HOYOS GTA .
243
ARCIPRESTE DE HITA-MENÉNDEZ VALDÉS
308
MANUEL BECERRA PZA .
415
ARTURO SORIA
5 .875
MARQUÉS DE URQUIJO
998
ATOCHA
1 .355
MAYOR
938
ATOCHA RONDA
1 .350
MELANCÓLICOS PASEO
1 .100
BAILÉN
756
MENÉNDEZ PELAYO AVDA .
2 .779
BARBARA DE BRAGANZA
233
MONTERA
350
BILBAO GLORIETA
259
M-30
2 .059
CARRANZA
711
NARVAEZ
1 .453
CASTELANA PASEO
6 .089
PADRE CLARET
1 .200
CIUDAD DE BARCELONA, AVDA .
300
PIO Xll
495
CONCHA ESPINA
889
PIRÁMIDES GTA .
503
DELICIAS PASEO
1 .691
PRADO PASEO
1 .806
DOCE DE OCTUBRE
95
PRINCESA
2 .583
DOCTOR ESQUERDO
7 .538
PRÍNCIPE DE VERGARA
7 .144
DOCTOR MARAÑÓN-MARÍA DE MOLINA
670
PUERTA DEL SOL
545
EMBAJADORES
948
PUERTA DE TOLEDO GTA .
386
EMBAJADORES GLORIETA
496
RAIMUNDO FERNÁNDEZ VILLAVERDE
1 .924
EMPERADOR CARLOS V
300
RECOLETOS PASEO
1 .390
ESPAÑA PZA .
1 .036
REINA VICTORIA
1 .008
FERNANDO VI
378
RUIZ JIMÉNEZ GTA.
334
FLORIDA PASEO
711
SAGASTA-ALONSO MARTÍNEZ PZA.
1 .365
SAN FRANCISCO-GRAN VÍA
1 .198
SAN JUAN DE LA CRUZ
325
SAN VICENTE CUESTA
478
SANTIAGO BERNABEÚ
725
SEGOVIA
456
SEGOVIA RONDA
1 .917
SERRANO
2 .764
SERRANO JOVER
250
TOLEDO
1 .254
TOLEDO RONDA
1 .448
VALENCIA RONDA
450
OLAVIDE, PAZA.
572
222
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II. 11.1 .
RED DE SANEAMIENTO. DEFINICIÓN
Madrid depura el total de las aguas residuales que genera, más de 16 .000 litros por segundo .
Esto se consigue por medio de una red de colectores que supera los 4.000 kilómetros de longitud, y un sistema de siete estaciones de regeneración de aguas residuales, donde éstas son tratadas y devueltas a los cauces receptores, ríos Manzanares y Jarama, de acuerdo con las normativas medioambientales vigentes. Como consecuencia de este proceso se obtienen al día más de mil toneladas de fango que, unavez tratado, es apto para su aplicación en agricultura, jardinería y mejora de suelos . Asimismo, en el proceso de digestión anaerobia de estos fangos se obtiene biogás (mezcla de metano y dióxido de carbono) que, mediante la utilización de motogeneradores, produce al año más de 50 millones de Kw / h, lo que permite obtener aproximadamente el 60% de la energía eléctrica requerida para el funcionamiento de plantas de aguas residuales. El Plan de Saneamiento Integral II tiene como objetivo ampliar y mejorar, las instalaciones existentes para devolver a los cauces de los ríos aguas regeneradas por lo menos con la calidad que exige la normativa vigente ; además los nuevos desarrollos urbanísticos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid aumentarán sensiblemente el volumen de aguas residuales a tratar.
11.2.
ACOMETIDAS
Reciben el nombre de ramales que, partiendo del interior de los edificios, recogen los desagües de las viviendas y los llevan hasta el alcantarillado público, por tanto al menos en parte deben discurrir bajo las calles . Normalmente son del mismo tipo que el saneamiento de la calle donde desaguan ; es decir si este es tubular, aquellas también lo son, y si es visitable, igualmente ocurre con la acometida aunque sus dimensiones son más reducidas generalmente (1,40 x 0,70). Se inician dentro del inmueble, en un pozo que recoge todos los servicios de la finca llamado pozo general de recogida de bajantes, y suelen llegar al colector sin más pozos, o a lo sumo, con uno o más, llamado de acometida (situado en el portal o en la acera) inmediatamente delante. Actualmente las normas Municipales prohiben la existencia de estos pozos en las aceras, exigen que dentro de las acometidas visitables se lleven las aguas entubadas, llegando al colector sole el tubo uno la galería, para impedir el acceso a la finca por este conducto . Sin embargo, existen muchas antiguas que no cumplen tal normativa.
Todas las acometidas son de propiedad y competencia privada, aunque el Ayuntamiento tiene derecho a inspeccionarlas y exigir su reparación si se encuentran en mal estado La recogida de las aguas por medio de colectores puede realizarse a través de colector simple si son calles estrechas y de colector doble si son calles de gran anchura.
11.3.
ALCANTARILLADO
La red de alcantarillado está constituida por túneles subterráneos ( colectores ) de diferentes formas y medidas que se extienden por el subsuelo de toda la ciudad y, además, recogen los vertidos de colectores procedentes de otros municipios limítrofes.
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La red de alcantarillado se compone de dos colectores principales en la cuenca del Manzanares, que van a ambos lados del río y otros de gran sección que vierten a ellos a través de las antiguas vaguadas (hoy desaparecidas en su mayoría), de las que toman el nombre : colectores de la Veguilla, Fresno, Cantarranas, Valdemarín, Pozuelo, etc ... Estos, a su vez reciben aportaciones de las conducciones de las calles importantes, ramificadas por todas las restantes calles a donde van a parar los desagües de las fincas .
11.4.
RED BÁSICA DE COLECTORES
El tamaño de cada colector depende del caudal de agua que deban desaguare, por lo que es muy variado . Los pequeños son tubulares que tienen diámetros comprendidos entre 0,20 y 1,00 m. Este tipo de alcantarillas se denominan NO VISITABLES.
A partir de aquí pasan a secciones ovoides rectangulares abovedadas, o circulares de gran diámetro (hasta 3,00m) de todas las dimensiones imaginables, siendo la más frecuente de 1,700 m. de altura y 0,70 de ancho, que pueden o no tener andén para el paso del personal . A estas se las denomina VISITABLES. La longitud total de la red municipal es de 3 .500 Km. de los cuales son visitables 1,600 Km., y el resto tubulares . Existen urbanizaciones no municipales dentro de Madrid cuyas acometidas privadas suman un total de 700 Km. más a añadir a la red total. Para tipos no visitables es preciso disponer de registro directamente sobre la tubería a distancias comprendidas entre 20 y 30 m. que sirven para la limpieza e inspección. Suelen estar situados en el centro de la calzada. En las visitables los pozos son de acceso, ya que los trabajos se efectúan en el interior, y están distanciados entre 100 y 150 m.- bajando a un lado de la galería y no directamente sobre ella, por lo que se necesita un pequeño túnel de conexión denominado cerrojo. En momentos de aguacero las aportaciones debidas a la lluvia se suman a las domésticas, produciendo caudales que pueden llegar a ser 30 veces lo normal . Estos excesos de agua deben evacuarse cuanto antes de los colectores, pues de lo contrario se necesitarían conducciones enormes, de gran costoy reducida utilidad, para ello se dispone de aliviaderos 224
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que dan salida al agua a partir de una cierta dilución al cauce público más próximo, bien directamente o bien a través de túneles exclusivamente dedicados a este fin, que se llaman emisarios, y que por tanto en tiempo seco no funcionan . En el Manzanares existen 29 aliviaderos, la mayor parte sumergidos para evitar olores. Al Jarama van otros 3 .
Muy importante en un alcantarillado es la ventilación, pues las aguas residuales fermentan espontáneamente produciendo cantidades apreciables de C02, compuestos de azufre y algo de metano, sin contar con otros gases que pudieran desprender los vertidos industriales . Dentro del casco urbano la ventilación principal tiene lugar a través de los absorbederos (puntos de entrada de aguas de lluvia), mientras que en los tramos alejados se disponen chimeneas, que son semejantes a los pozos de registro pero están situados sobre la clave del colector y cubiertos por una rejilla . Nunca se debe intentar penetrar a la galería por uno de ellos . En la red no visitable, la ventilación se lleva a cabo por los absorbederos y en los pozos de registro, cuyas tapas de fundición disponen de cuatro taladros para este fin .
El alcantarillado de Madrid, está destinado exclusivamente a la evacuación de aguas residuales, y no alberga ningún otro servicio urbano, careciendo de alumbrado, energía eléctrica o medios de comunicación con el exterior (los radio-emisores no se escuchan fuera). En cuanto a la profundidad, normalmente las no visitables oscilan entre 1,60 m. y 4,00 m.; mientras que las visitables van entre 5,00m y 14.00m, aunque hay excepciones encontrándose tubulares a 10.00 m y visitables casi a 40.00 m En varios puntos de la Capital existen rejas u otros obstáculos para impedir el paso de personas por motivos de seguridad . Tales dispositivos son colocados y manejados por la PolicíaNacional. A modo de resumen se aportan una serie de datos complementarios con respecto a la red de alcantarillado : Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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Longitud :
En el área de la ciudad existen un total de 4.000 km de alcantarillas de las cuales 1 .600 km visitables y 2 .400 km son tubulares .
Absorbederos:
Situados a nivel de calle recogen las aguas pluviales en 74.000 puntos.
Pozos :
Su número es de 87.500 y son accesos a la red de alcantarillado para su inspección, y limpieza.
Materiales usados :
Dependen de la época de su construcción: fábrica de ladrillo y hormigón en masa o armado.
Inspección :
Su estado y funcionamiento se comprueba de forma visual y mediante sistema de TV en circuito cerrado . Existe un programa anual para inspeccionar la red .
Limpieza :
La limpieza, conservación y reparación del alcantarillado municipal es efectuada en la actualidad por la Empresa de Construcciones y Contratas, S .A., que es propietaria de las instalaciones y máquinas para atenderlas, disponiendo de personal especializado en estos trabajos. El Ayuntamiento tiene una misión de inspección y control del servicio, a través de la Sección de Conservación de Alcantarillado, dependiente del Departamento de Agua y Saneamiento, dentro del Área de Urbanismo e Infraestructuras. Se dispone de 24 máquinas para limpieza de tubuladores de distintos tipos, unas son impulsoras de alta presión, otras llevan bomba de vacío para achique, y otras son mixtas con ambos sistemas . La limpiezay reparación en visitables se hace amano con cuadrilla. Existe un servicio permanente las 24 horas al día durante todo el año, que funcionan como turno de guardia desde las 17.00 h. hasta las 8 .00 h. del día siguiente, e igualmente sábados y festivos compuesto por una cuadrilla de poceros con un vehículo ligero, y una máquina con su dotación correspondiente . Todos ellos se encuentran en la base del Camino de Hormigueras . Se dispone igualmente de una emisora conectada con varios vehículos ligeros para casos urgentes. Las operaciones de limpieza se realizan de forma continua en todo Madrid, atendiéndose al saneamiento cuatro veces al año, es decir se hace una limpieza cada tres meses.
La red completa del alcantarillado municipal, aparece representada en 230 planos a escala 1 :2000, que contienen la planta, pozos y elementos especiales, completándose la información con 18 .000 fichas que indican las características y profundidades de cada tramo.
11.5.
RED DE SANEAMIENTO EXISTENTE (COLECTORES) 1 .998 ALCANTARILLADO
TIPO
UNIDADES
LONGITUD~
No visitable
2.092.912
Visitable sin anden
745 .188
Visitable con anden lateral
559 .573
Visitable con anden central
17.184
Rápidos sin escalones
297
4 .523
Rápidos con escalones
1 .042
13 .326
TOTAL 226
3.432.706 Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 44 8 22 611447 98 97
Temario Bomberos Ayuntamiento ABSORBEDEROS TIPO
UNIDADES
Sin especificar
28.059
Antiguos sin arqueta
9.869
Antiguos con arqueta
7.188
Modernos con arqueta (sin bajada)
1 .087
Modernos con arqueta (con bajada)
905
Modernos con rejilla
3.667
TOTAL
50.775 POZOS
TIPO
UNIDADES
Sin especificar
42 .273
Antiguos (sin bajada)
1 .350
Modernos (con bajada)
4.303
De Registro (Sin cámara)
22.334
De Registro (con cámara)
3.657
De Resalto sin cámara ni chimenea (tubulares)
865
De Resalto con doble cámara y chimenea (tubulares) De Resalto (comunes dos galerías)
174 12
De Resalto (en galería)
16
TOTAL
74.983
LOMOS TIPO
UNIDADES
Sin ventana o chimenea de ventilación
474
Con ventana o chimenea de ventilación TOTAL
II. 6.
1 .257 1.731
ESTACIONES DE REGENERACIÓN DE AGUAS RESIDUALES (ERAR)
La red de alcantarillado supone auténticas cuencas de aguas residuales, con desagüe común en las Estaciones Regeneradoras de Aguas Residuales ( ERAR) del municipio de Madrid . La red de alcantarillado de Madrid que es de tipo unitario, es decir se utilizan los mismos conductos para las aguas negras y las pluviales ( lo contrario sería un sistema separativo con conducciones separadas para las aguas Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid. Tlf.: (91) 448 22 61/ 447 98 98
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pluviales y las fecales) . Desemboca en 7 plantas de tratamiento que vierten las aguas regeneradas en las cuencas del río Manzanares y del río Jarama, el primero afluente del segundo y pertenecientes a la cuenca hidrográfica del Tajo. Antes de realizar una breve descripción de cada una de las Estaciones Regeneradoras veamos algunos conceptos básicos sobre el proceso de depuración de las aguas.
al mar.
Las aguas residuales (sucias, fecales, etc) de los edificios y ciudades se dirigen, según los casos, al río o
Antes de realizar ese vertido, debe efectuarse en ellas tratamientos de DEPURACIÓN mediente unos dispositivos MECÁNICO-QUÍMICOS . Los tratamientos son procesos de transformación, destrucción o destoxificación de residuos con el objeto de convertirlos en sustancias inócuas o menos tóxicas . Los tratamientos pueden ser : Primarios :
cuando se utilizan procesos físicos y/o químicos que incluyan la sedimentación de sólidos en suspensión u otros procesos.
Secundarios :
se refiere a tratamientos biológicos(usan microorganismos)
Una vez tratadas las aguas, las materias putrecibles que aún permanezcan en suspensión tras la función biológica realizada se descomponen al entrar en liza otro proceso NATURAL DE DEPURACIÓN que actúa al integrarse de nuevo en su medio (MAR o RÍO) para que así comience un nuevo ciclo biológico . Es aconsejable que las aguas depuradas no desemboquen en las mismas orillas sino que por medio de tuberías lo hagan en el interior mar si es posible en aguas profundas o en el río por debajo de las poblaciones . Las estaciones depuradoras se situarán siempre un una COTA o ALTURA superior al desagüe para que su funcionamiento se produzca por GRAVEDAD. Los procesos de depuración constan de los siguientes pasos : 1.
Arqueta de entrada y desbaste
2.
Desarenado
3.
Decantación Primaria
4.
Tratamiento Secundario
5.
4.1 .
Detención primaria
4.2
Detención secundaria
Cámaras de cloración .
En estos procesos se produce un aprovechamiento de las materias de las aguas depuradas .
228
6.
Espesador y flotación de fangos.
7.
Dispersadores
8.
Secado de fangos .
9.
Gasómetro . Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 44 8 22 61/ 447 98 97
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De la superficie total del término municipal de la capital, el 80% vierte a la cuenca del río Manzanares a través de las ERAR de; "Viveros", "La China", "Butarque", "Sur" y "Sur Oriental". El 20% restante vierte al río Jarama por las plantas de tratamiento de "Valdebebas" y "Rejas" .
ERAR DE VALDEBEBAS Situación : Zona servida :
En la zona NE. de Madrid. Recoge aguas residuales de parte de los distritos de Fuencarral-El Pardo, Hortaleza, Barajas y Ciudad Lineal y del municipio limítrofe de Paracuellos del Jarama.
Vertido de aguas regeneradas : En la márgen derecha del río Jarama . ERAR DE REJAS
Situación :
En el E. de la ciudad, aguas abajo de la subcuenca de Valdebebas .
Zona servida :
Recoge aguas residuales de los distritos de San Blas, y parte de los de Barajas, Ciudad Lineal y Hortaleza .
Vertido de aguas regeneradas : En la márgen derecha del río Jarama .
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r
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ERAR SUR ORIENTAL
Situación :
Se encuentra en el SE de la ciudad, aguas abajo de la ERAR Sur .
Zona servida :
Parte del distrito de Vicálvaro y del término municipal de Rivas-Vaciamadrid
Vertido de aguas regeneradas : En la márgen izquierda del río Manzanares .
ERAR SUR
Situación : Esta subcuenca se encuentra en la zona S.de Madrid. Zona servida : De la ciudad de Madrid regenera aguas residuales de parte de los distritos de Vicálvaro, Puente de Vallecas y Villa de Vallecas . De los municipios limítrofes de Fuenlabrada, Getafe, Humanes, Parla y Pinto regenera las aguas de la Mancomunidad del Culebro, principalmente de origen industrial . Conexiones: Está conectada con las ERAR de Viveros, La China y Butarque por los colectores Sur y Trasvase de Butarque, con el fin de distribuir los caudales de aguas residuales según las necesidades y la capacidad de cada una de las depuradoras citadas . Vertido de aguas regeneradas : En la márgen izquierda del río Manzanares .
ERAR DE BUTARQUE Situación : En la márgen derecha del rio Manzanares aguas abajo de la ERAR La China Zona servida : Recoge las aguas residuales de los distritos de Moncloa-Aravaca, Latina, Caravanchel, Usera y Villaverde;un aporte significativo procede de municipios limítrofes : Alcorcón, Leganes y Pozuelo de Alarcón . ERAR del Zoo de la Casa de Campo: Esta pequeña depuradora, con capacidad para 7.000 h. e., está situada dentro de esta subcuenca y trata las aguas residuales del parque zoológico, que regeneradas se utilizan para el riego de jardines y llenado de estanques del parque citado . Conexiones : Ver ERAR de Sur. Vertido de aguas regeneradas : En la márgen derecha del río Manzanares .
ERAR DE LA CHINA Situación : En la margen izquierda del río Manzanares, aguas abajo de la ERAR Viveros, en el centro, sur de la ciudad . Zona servida : Es la mas antigua en cuanto a comienzo de su funcionamiento y es la mas netamente madrileña . Recoge, total o parcialmente, las aguas residuales de 11 distritos de Madrid: Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán, Chamberí, Moncloa, Puente de Vallecas, Moratalaz y Ciudad Lineal . 230
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Temario Bomberos Ayuntamiento Conexiones : Ver ERAR Sur. Vertido de aguas regeneradas : En la márgen izquierda del río Manzanares .
ERAR DE VIVEROS Situación : En la zona NO de la ciudad . Zona servida : Las aguas residuales proceden de parte de los distritos de Fuencarral, El Pardo, Chamartín, Tetuán y Moncloa-Aravaca . También llegan vertidos de otros municipios : Pozuelo de Alarcón, Majadahonda y Las Rozas . Conexiones : Ver ERAR de Sur . Vertido de aguas regeneradas : En la márgen izquierda del río Manzanares .
11.7.
ALGUNOS DATOS HISTÓRICOS SOBRE EL ALCANTARILLADO EN MADRID S .XVII . Las primeras referencias al alcantarillado de la Villa de Madrid . S .XIX . A mediados del siglo se pusieron en funcionamiento 75 km de alcantarillado . 1934 .
Comenzó la construcción de la depuradora de La China, con tratamiento primario .
1936 .
Existían 500 km de alcantarillado .
1968 .
Plan General de Estaciones Depuradoras : Estaciones de regeneración de aguas residuales (ERAR) : Con tratamiento secundario : Viveros Con tratamiento primario : Rejas, Butarque, Sur, La China . Caudal tratado 43 % del total de las aguas residuales .
I979 .
Plan de Saneamiento Integral I(PSIM I) : Con la realización de este Plan se lograron los siguientes objetivos : * Alcantarillado : Total 3 .123 km . d e los cuales 1 .254 km visitables . * ERAR con tratamiento secundario : "Viveros, "La China, "Butarque, "Sur, "Sur Oriental", "Valdebebas y "Rejas . * Caudal tratado : 100 % de las aguas residuales de Madrid y zonas de ayuntamientos limítrofes (520 M m3/año .) * Ordenanza de Vertidos líquidos industriales . * Laboratorio de análisis de aguas residuales y lodos . * Repoblación del río Manzanares con peces y anátidas .
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Temario Bomberos Ayuntamiento 1997-2003
Plan de Saneamiento Integral II : Las líneas generales de las actuaciones se pueden resumir en : * Ampliar el alcantarillado * Ampliar y garantizar la depuración . * Mejorar la gestión . * Proteger cauces naturales : ríos, arroyos, estanques, etc .
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ESQUEMA DE UNA ERAR
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[TEMA 8 INFRAESTRUCTURA URBANA DE MADRID . DEFINICIONES Y TIPOS DE SERVICIOS : RED DE GAS. RED DE AGUAS . RED DE ELECTRICIDAD I. I.I .
RED DE GAS
J
INTRODUCCIÓN . RESEÑAS HISTÓRICAS.
Entre los Servicios más importantes de la ciudad se encuentra el Gas ; fluido aeriforme que en el siglo XVI el químico Van Helmont, lo significó con el vocablo latino chao que quiere decir CAOS. El gas es definido en el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles como cualquier fluido que se utilice como combustible y se encuentre en estado gaseoso a la presión de 760 mm Hg y temperatura de 15` C . Desde su descubrimiento, se destiló primero de la maderay después de la hulla, usándose principalmente para la iluminación. Más tarde, cuando Edison inventó la lámpara incandescente, el gas continuó su desarrollo con la finalidad de calentar, en cocina, agua, calefacciones, etc . En Madrid el uso del gas se inicia en el reinado de Fernando VII con la colocación de las primeras farolas, de gas, que se fabricaba en laboratorio . En épocas posteriores una compañía inglesa y después francesa, crea la empresa de Gas Madrid . Entre los años 50 y 62 se instalan dos depósitos de 40.000 y 50.000 m' y se construye la gran fábrica de Manoteras en 1967 produciéndose una mejora de la producción a partir de las NAFTAS LÍQUIDAS no carburantes, que son fracciones ligeras del petróleo natural, que se obtienen en la destilación de la gasolina, comouna parte de ésta. Sus variedades se usan como materia prima en la petroquimica, o como disolventes . Esto permite que aumente de su potencial calorífico y la red de distribución . En años posteriores, la Industria Gasista distribuye además del gas ciudad, el butano, propano ; y en la década de los 80 se da paso al "Gas Natural". Al final, las mayores reservas de este gas, la facilidad de su transporte y otras ventajas, hacen que España firme en Julio del 85 el Protocolo de Desarrollo y ampliación de su uso entre el Ministerio de Industria y las Compañías (según el PLAN ENERGÉTICO NACIONAL -P.E.N.-) 1.2.
TIPOS DE GASES.
Los tres tipos de gas característicos de la industria española son : GAS NATURAL (G.N). GAS MANUFACTURADO (G.M.) GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO (G.L.P) Éstos se clasifican por familias, según el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles : FAMILIA I' FAMILIA 2' FAMILIA 3'
GAS MANUFACTURADO . AIRE PROPANADO O BUTANADO DE BAJO ÍNDICE WOBBE AIRE METANADO GAS NATURAL AIRE PROPANADO O BUTANADO DE ALTO ÍNDICE WOBBE BUTANO COMERCIAL PROPANO COMERCIAL
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1.2 .1 . FAMILIAS DE GASES SEGÚN SU PODER CALORÍFICO ALMACENAMIENTO EN MADRID.
Y DE
]'FAMILIA : GAS MANUFACTURADO O GAS CIUDAD . Potencial calorífico de 5.700 a 7.500 Kcal/m3 Antiguamente se gasificaba por la destilación de la hulla. Actualmente se reciben en la factoría vagones cisterna con NAFTA LÍQUIDA y se almacena en grandes depósitos . Dado que contiene algo de azufre, éste se elimina antes su GASIFICACIÓN en los Hornos donde se introduce junto al vapor de agua (pasando por tubos rellenos de un catalizador) . Todo ello sometido a alta presión produce un gas de elevado poder calorífico, baja densidad y gran pureza. También puede obtenerse gas manufacturado a partir del Gas Natural . 2°FAMILIA : GASNATURAL. Potencial calorífico de 9.680 a 13 .850 Kcal/m3 Llega a la fábrica mediante conducciones o mediante transporte y es almacenado en estado líquido, cuando las distancias son inferiores a 4.000 Km, este sistema resulta más económico . Si la distancia es mayor y hay que atravesar el mar pueden usarse buques METANEROS de hasta 60.000 m3 En la actualidad, y debido al aumento de consumo en el mundo, se necesitan a veces grandes gasómetros (de hasta 200.000 m3) . Además se emplean nuevas técnicas de licuefacción por fluidos frigorígenos que por el movimiento de "cascada incorporada" permite reducir hasta 600 veces el volumen de GAS para beneficio del almacenamiento . En Estados Unidos debido a la falta de depósitos acordes a la demanda de consumo se suele almacenar de nuevo el gas transportado en yacimientos ya agotados .
1.3.
GAS NATURAL.
Se llama gas natural a una mezcla de gases cuyos componentes principales son hidrocarburos gaseosos (el metano está en una proporción superior al 70%). El Gas Natural se encuentra en la naturaleza en las llamadas "bolsas de gas", bajo tierra, cubiertas por capas impermeables que impiden su salida al exterior . El gas natural se puede encontrar acompañando al crudo en pozos petrolíferos (gas natural asociado) o bien en yacimientos exclusivos de gas natural (gas natural no asociado) . No existe una teoría rigurosa sobre su formación pero se puede asegurar que proviene de un proceso análogo al de la formación del petróleo . Los otros componentes que acompañan al metano son hidrocarburos saturados (sin dobles o triples enlaces carbono-carbono), como etano, propano, butano, pentano y pequeñas proporciones de otros gases como anhídrido carbónico, nitrógeno y en algún caso ácido sulfhídrico, oxígeno e hidrógeno . La proporción en la que están presentes estos gases no suele sobrepasar ela 15%, aunque hay excepciones, como el gas natural de Lacq (Francia), que contiene aproximadamente un 15% de ácido sulfhídrico. En este caso, el gas natural se somete a un proceso en el que se separa este ácido antes de proceder a la distribución por tuberías.
1 .3.1 . EL GAS NATURAL EN MADRID . El gas natural que actualmente consumimos en Madrid (mediante el P.E.N) procede de Argelia conducido por un gaseoducto de 40 pulgadas de diámetro y 72 Kg/cm2 de presión a través del Estrecho de Gibraltar en cuyo tramo su diseño tiene una curva en planta para soportar las corrientes marinas . Por tierra se encuentra a una profundidad que oscila entre los 4 y los 6 metros . La distribución de Gas Natural en Madrid por tubería responde a una especie de M-30 a donde llega el gas con una presión de 32 Kg/cm2. Hasta ese punto de entrega la propiedad de la instalación es ENAGAS, y a partir de ella es GAS NATURAL en Madrid. 236
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Las ramificaciones desde el punto de entrega tienen una presión de 16 Kg/cm2. Después la presión pasa a ser de 3 Kg/cm2. RANGO DE PRESIÓN Y LONGITUDES EN LA RED DE GAS NATURAL (Madrid) ALTA PRESIÓN (AP)
108 KM
MEDIA PRESIÓN (MPA)
188 KM
MEDIA PRESIÓN (MPB)
139 KM
BAJA PRESIÓN (BP)
1 .213 KM
La presión del gas que llega a los aparatos de uso doméstico es la BP. Para grandes calderas es de 0,2 bares. La mayoría de las tuberías de la red de Madrid (80 %) está a 0,2 bares .
1.3.2
COMPOSICIONES DEL GAS NATURAL POR YACIMIENTOS Y ZONAS .
Los yacimientos de los productos energéticos de los que se sirve España están situados en Argelia, Libia, Mar del Norte y en nuestro país, como son los de Serrablo en Sabiñánigo (Pirineo Aragonés) y el de la Gaviota, situado en la costa Vizcaína de Bermeo . En esta tabla se muestran las composiciones de los diferentes gases naturales según su procedencia: COMPOSICIONES DEL GAS NATURAL % EN LOS POZOS DE EXTRACCIÓN . YACIMIENTO NOMBRE Y FÓRMULA
MAR DEL NORTE (LEMAN BANK)
HOLANDA (GRONINGEN
FRANCIA (LACQ)
ARGELIA (HASSI R'MEL)
LIBIA (ZELTEM)
BERMEO (GAVIOTA)
METANO (CH,)
92
81 .5
69 .2
91 .2
86 .5
87 .0
ETANO (C 2H6)
3 .5
2 .7
3 .3
7.4
12 .4
5 .3
PROPANO (CA)
0 .7
0 .5
1 .0
0.8
0 .2
1 .8
BUTANO (C4H10)
0 .3
0 .1
0.6
0.1
-
0.7
NITRÓGENO (N 2)
2 .9
14 .5
0.6
-
0 .7
3 .8
ANHÍDRIDO CARBÓNICO (C02)
0 .3
0 .7
9.6
0 .5
-
1 .2
ÁCIDO SULFHíDRICO
-
-
15 .2
-
-
-
OTROS
0 .3
-
0 .5
-
0.1
0 .2
1.4.
REDES DE DISTRIBUCIÓN DEL GAS.
Las canalizaciones de distribución tienen como misión el suministro a los consumidores . Este suministro de gas se debe realizar a una presión de utilización dentro de un margen muy preciso . Si lapresión fuese demasiado elevada hay riesgo de desprendimiento de la llama y extensión, y si la presión fuese demasiado baja no permitiría inflamarse al gas . En razón del aumento del número de abonados en las ciudades, de la extensión de sus extrarradios y del crecimiento de los consumos de gas, fue necesario en algunos casos superponera lared de distribución propiamente dicha una red de conductos de presión mas elevada que permitían la inyección de gas en las canalizaciones de baja presión por medio de reguladores . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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Con la llegada del gas a presión (propano, natural) se han creado unas redes alimentadas en media presión que se instalan en condiciones económicas interesantes, consiguiendo la presión óptima mediante reguladores que llevan la presión al valor necesario en el punto de utilización .
1.4.1 . CLASIFICACIÓN DE LAS REDES Antes de clasificar la red vamos a definir las líneas que componen la misma : Línea de Transporte: Conducción que transporta gas desde los centro de producción al centro de tratamiento o a la línea de transmisión. En los centros de producción de GAS NATURAL se produce siempre unacierta cantidad de GN sobrante (mezclado con otros gases no condensables), que es conducida a la antorcha para su incineración . Mediante este proceso se eliminan los gases no deseados. El etano y el metano se separan por utilizarlos comercialmente por separado. Línea Principal : Conducción que transporta gas a varias lineas de servicio. Línea de Servicio o Distribución : Conducción que transporta gas desde una fuente común de suministro a diferentes usuarios .
ESQUEMA DE UNA RED DE DISTRIBUCIÓN .
Una vez definidas las líneas que componen las redes éstas se pueden clasificar según: UBICACIÓN PRESIÓN DE TRABAJO FORMA -
1 .4.1.1.
CLASIFICACIÓN DE REDES SEGÚN LA PRESIÓN DE TRABAJO
De acuerdo con el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, las redes se clasifican según su presión de trabajo en los grupos siguientes :
238
P
0,5 Kg/cm2
BAJA PRESIÓN
(B.P)
MEDIA PRESIÓN A
(M.P.A)
0,5 < P s 0,4 Kg/cm2
MEDIA PRESIÓN B
(M.P.B)
0,4 < P s 4 Kg/cm 2
ALTA PRESIÓN A
(A.P.A)
4 < P s I6 Kg/cm 2
ALTA PRESIÓN B
(A.P.B)
P > 16 Kg/ cm2
.I5
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1.4.1.2.
CLASIFICACIÓN DE REDES SEGÚN SU FORMA
Las redes por su forma pueden clasificarse en: RAMIFICADAS : (DISTRIBUCIÓN EN LÍNEA) : Son redes de forma arborescente, tales que el recorrido del gas desde la fuente al usuario es único . Como el gas circula en una sola dirección, tiene el inconveniente de que en tramos largos hay pérdida de presión en el punto de consumo MALLADAS : (DISTRIBUCIÓN EN MALLA O RED): Son conjuntos de anillos cerradosy conectados entre si y a los puntos de suministro del gas . Como el gas puede circular en cualquier dirección, con esta distribución se consigue evitar lafalta de presión . Las redes malladas son más costosas que las ramificadas, pero presenta la ventaja de un reparto mas equilibrado de presiones y no se interrumpe el servicio en caso de averías y consiguientes reparaciones. En general, las líneas de las viviendas no son malladas .
1.4.1.3.
CLASIFICACIÓN DE REDES SEGÚN SU UBICACIÓN
Según su ubicación y aún siendo difícil definir las fronteras para cada tipo, podemos decir que pueden ser: -URBANAS :
Cuando las redes discurren por zonas con predominio de edificios, tráfico intenso y abundancia de servicio .
- SEMIURBANA :
Zonas residenciales o comerciales, que, aun existiendo edificaciones, no es intenso ni existe abundancia de servicios .
- NO URBANA:
Esta zona podría definirse por redes que atraviesan campos, o extensiones donde la existencia de otros servicios o edificaciones son casuales .
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239
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1.5.
MATERIALES EMPLEADOS EN LA CANALIZACIÓN DEL GAS.
1.5.1. MATERIALES AUTORIZADOS EN LA DISTRIBUCIÓN DEL GAS De acuerdo con las especificaciones dictadas en el Reglamento de Redes de Combustibles Gaseosos, a continuación relacionamos los materiales autorizados para las diferentes canalizaciones atendiendo a su presión . TIPO DE MATERIAL
CANALIZACIÓN APB
APA
MPA
-
-
sí*
sí*
sí*
-
-
sí
sí
sí sí*
Fibrocemento
-
-
-
sí*
sí*
Cobre
-
-
sí
sí
sí
Fundición gris
-
Fundición dúctil Polietileno
sí sí*
BP
sí sí*
sí
sí
MPB
-
Acero
PVC
sí sí
Sólo para combustibles gaseosos de la 1ª y 2ª Familia (Gas manufacturado, Gas Natural, Aire Propanado y Aire Metanado) .
1.5.2. MATERIALES EN DESUSO Y MATERIALES NO AUTORIZADOS L5.2.1 .
MATERIALES ACTUALMENTE NO EMPLEADOS EN CANALIZACIONES
Existen una serie de materiales que, si bien su empleo está completado para Baja Presión y Media Presión A en el Reglamento de Redes y Acometidas para Combustibles Gaseosos, su utilización ha caído en desuso por disponerse actualmente de otros más idóneos . Entre tales materiales se cuentan el fibrocemento y la fundición gris. Cuando una conducción de uno de estos materiales sufre algún deterioro, en lugar de proceder a su reparación se procura sustituir el tramo afectado con polietileno o fundición dúctil .
1.5.2 .2.
MATERIALES ACTUALMENTE NO EMPLEADOS EN ACOMETIDAS
El plomo para la realización de acometidas en Baja Presión es un caso especial, ya que su empleo está autorizado, y se sigue empleando en reparaciones provisionales . No obstante se prevé ir desplazándolo por Polietileno en caso de sustitución de Acometidas y Acometidas de nueva ejecución sobre red existente . I.5.2.3.
MATERIALES NO AUTORIZADOS PERO QUE SE HALLAN INSTALADOS
Existe en particular un material, la plancha asfaltada, que se instaló por profusión en su momento, pero cuyo empleo ya no se halla completado en el Reglamento de Redes y Acometidas para Combustibles Gaseosos. Dado que la plancha asfaltada está además presentando problemas, se sigue una política de sustitución en todas las ocasiones en que haya de intervenirse sobre ella, salvo en aquellos casos muy especiales en que resulte más aconsejable su reparación .
240
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1.5.3.
FUNDICIÓN
El material básico que forma la fundición, al igual que en los aceros, es el hierro, estando éste asociado con carbono, a causa de los procesos de fabricación . Se diferencian por su contenido en carbono : MATERIAL
DE CARBONO
HIERRO
0-0.10%
ACERO
0.10-0.15
FUNDICIÓN
2.2-4
Durante la solidificación del acero, el carbono queda combinado con el hierro . En la fundición se separa de la masa metálica y se presenta bajo la forma de una multitud de laminillas de grafito uniformemente esparcidas. Este grafito puede presentarse en una serie de formas que varía gradualmente entre la estructura laminar (Fundición Gris) y la estructura esferoidal (Fundición Dúctil).
1.5.4. POLIETILENO 1.5.4.1.
GENERALIDADE S
El polietileno es una materia fabricada por síntesis química a partir del etileno . El polietileno, siendo un material muy inerte, presenta una gran resistencia química a los productos agresivos habituales. Es inerte al agua, bases, ácidos orgánicos no oxidantes, soluciones salinas, siendo por ello resistente a la corrosión externa por la acción de suelos agresivos . Tampoco le afectan los gases combustibles en fase gaseosa, si bien en fase líquida pueden ser absorbidos por él, produciendose una pérdida de resistencia mecánica . Este efecto puede compensarse sobredimensionando adecuadamente el espesor de los tubos . El polietileno tampoco se ve atacado por microorganismos, bacterias del suelo ni insectos. Sin embargo, sí se ve afectado por los agentes tensoactivos, tales como detergentes, jabones y potada, y por lo hidrocarburos pesados, parafinas y aromáticos en estado líquido. Igualmente se ve afectado desfavorablemente por la luz (radiación ultravioleta) y el calor, dado que ambos favorecen la oxidación de sus moléculas, con la consiguiente pérdida de propiedades mecánicas y envejecimiento del material. El polietileno tiene un coeficiente de dilatación de aproximadamente 130 a 200 μ m/m° C, unas 10 veces superior al del acero, por lo que en ciertas circunstancia precisará precauciones especiales para su instalación (trazado sinuoso en tramos largos que permita su dilatación) . Este problema queda paliado en gran medida una vez enterrado el tubo, dada la prácticamente nula variación de la temperatura de terreno . Siendo el polietileno un buen aislante eléctrico, con una resistividad de orden de 10 `e Ω.m a 2° C es totalmente insensible a la corrosión electroquímica . Sin embargo dada la posibilidad de formación local de cargas estáticas por ejemplo a causa de la circulación de gas cargado en polvo, será preciso tomar precauciones especiales en las intervenciones en carga, a fin de evitar la formación de chispas en presencia de una mezcla de gas y aire.
I.á.4.2.
PROPIEDADES ESTRUCTURALES
Las propiedades más características del polietileno son su densidad y su índice de fluidez. Los diversos tipos de polietileno comercializados se clasifican por su densidad, medida antes de la aportación de aditivos, en: Polietileno baja densidad, media densidad y alta densidad. Para la fabricación de tubos y accesorios destinados a las conducciones de gas se utiliza polietileno de alta y media densidad, empleándose en España este último exclusivamente . Por otra parte se deben establecer las siguientes limitaciones a su utilización : No deben usarse en lugares donde la temperatura pueda sobrepasar los 50°C. No debe emplearse para canalizaciones al aire libre, no enterradas, dado que se ve afectado desfavorablemente por la acción del oxígeno y de la radiación ultravioleta . Por este motivo no debe almacenarse aire libre durante u periodo de tiempo prolongado. Tecni Gap C/ Garcia de Paredes, 13, 28010 Madrid. TiL (91) 448 22 611447 98 98
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En lo que respecta al tubo de polietileno tipo SDR-11, si bien laNorma UNE 53.333 permite su utilización a 4 bar como presión máxima de servicio, debe tenerse presente que diversos trabajos internacionales desaconsejan su utilización a estas presiones con diámetros superiores a 200 nun debido al incremento de riesgo de propagación rápida de la fisura (STRESS-CRACKING) .
1.5.4.3.
NOMENCLATURA DE LOS TUBOS DE POLIETILENO
Existen varias nomenclaturas para clasificar los tubos de polietileno, siendo una de las más usuales el "Standard Dimension Ratio" (SDR), de origen anglosajón y adoptado en España. Esta nomenclatura define la serie de presión de los tubos mediante la relación entre el diámetro exterior D y el espesor de la pared. Las más usuales son SDR 26, SDR 17,6 (también SDR 17) y SDR 11 . 1.5.4.4.
PRESIONES DE TRABAJO ADMISIBLES EN LOS TUBOS DE POLIETILENO
Generalmente se emplean los tubos SDR 17 Baja Presión y Media Presión A, y los SDR 11 para Media Presión B, quedando los SDR 26 relegados en Baja Presión en caso de entubado, es decir, quedando el tubo de polietileno protegido por el de la canalización antigua. Existen tuberías de polietileno que soportan una presión de 8 bares (12 bares de rotura) para trabajos que normalmente son de 3 bares .
1.5.5. EL ACERO 1.5.5.1.
GENERALIDADE S
Dentro de las aleaciones hierro-carbono, el acero es el material más extendido . Ello es debido a que sus propiedades son las más adecuadas a las necesidades generalmente exigidas, admitiendo tratamientos térmicos, adición de aleantes y otras operaciones que le permiten cubrir cualquier aplicación. Las propiedades del acero son muy variables dependiendo de la composición del mismo y de los tratamientos térmicos posteriores.
1.5.5.2.
LONGITUDES DE TUBERÍA DE ACERO
- Longitud :
Las longitudes standard, también marcadas en API 51 son las siguientes:
LONGITUD (M)
6
12
15
18
24
DENOMINACIÓN
Largo sencillo
Largo doble
-
-
-
Por lo general, la tubería para canalizaciones de gas se suministra en largos dobles (12m). Dimensiones superiores presentan problemas de transporte, ya que requieren transporte especial. Los largos sencillos, por su parte, implican mayor trabajo de soldadura.
1 .6 .
CANALIZACIONES DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE GAS (Orden 26 de octubre de 1983 del M. Industria)
Según esta orden se contemplan las siguientes Instrucciones Técnicas Complementarias . 1.
242
ITC-MIG.5.1. EN ALTA PRESIÓN B (A.P.B.) Para presiones mayores a 16 bar, no superando nunca temperaturas de 120 °C. La profundidad de enterramiento debe ser al menos de 0,8 m, bajo el suelo. En terrenos sin construcción, cultivo, tráfico, etc, podrá ser a partir de 0,6 m. Bajo vías férreas tendrán que estar a partir de 1 m. Cuando existan otras obras se mantendrán las siguientes medidas entre ellas. Si se cruzan, 0,2 m.; si van en paralelo : 0,4 . Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 44 8 22 611447 98 97
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2.
ITC-MIG.5.2. EN ALTA PRESIÓN A (A.P .A.) Para presiones entre 4 y 16 bar, no superando nunca temperaturas de 120 °C . La profundidad de enterramiento debe ser al menos de 0,8 m, bajo el suelo . En terrenos sin construcción, cultivo, tráfico, etc, podrá ser a partir de 0,6 m. Bajo vías férreas tendrán que estar a partir de 1 m. Cuando existan otras obras se mantendrán las siguientes medidas entre ellas. Si se cruzan, 0,2 m.; si van en paralelo: 0,4.
3.
ITC-MIG.5.3. EN MEDIA PRESIÓN B (M.P.B.) No se aplica a estaciones de regulación y medida. (E.R.M) Para presiones entre 0,4 y 4 bar . La profundidad de enterramiento debe ser al menos de 0,5 m, bajo el suelo ; siendo 0,6 cuando la canalización sea de fundición gris. Bajo vías férreas tendrán que estar a partir de 1 m. Cuando existan otras obras se mantendrán las siguientes medidas entre ellas. Si se cruzan, 0,1 m.; si van en paralelo : 0,2 .
4.
ITC-MIG.5.4. EN MEDIA PRESIÓN A (M.P.A.) No se aplica a estaciones de regulación y medida . (E.R.M) Para presiones entre 0,05 y 0,4 bar. La profundidad de enterramiento debe ser al menos de 0,5 m, bajo el suelo; siendo 0,6 cuando la canalización sea de fundición gris. Bajo vías férreas tendrán que estar a partir de 1 m. Cuando existan otras obras se mantendrán las siguientes medidas entre ellas. Si se cruzan, 20 cm. ; si van en paralelo: 30 cm.
5.
ITC-MIG.5.5. EN MEDIA PRESIÓN B (M.P.B.) No se aplica a estaciones de regulación y medida . (E.R.M) Para presiones entre 0,4 y 4 bar . La profundidad de enterramiento debe ser al menos de 0,5 m, bajo el suelo ; siendo 0,6 cuando la canalización sea de fundición gris o fibrocemento . Bajo vías férreas tendrán que estar a partir de 1 m. Cuando existan otras obras se mantendrán las siguientes medidas entre ellas. Si se cruzan, 0,1 m.; si van en paralelo: 0,2.
1.7.
ESTACIONES REGULADORAS Y DE MEDIDA (E.R.M.)
Las ESTACIONES REGULADORAS Y DE MEDIDA (ERM) están en la vía pública. y en cada una de ellas hay una cámara de entrada (CE) y otra de salida (CS) independientes entre sí, De aquí salen los reguladores de presión y ademas tienen, filtros, escaleras,y ventilación superior e inferior ventilación, y por supuesto, escaleras . Pueden ser subterráneas ( de 2 x 4 m aprox.) En superficie habrá tapas metálicas de 0.80 m y al lado la tubería de ventilación superior y una rejilla . En Madrid hay unas 200 ERM de las cuales un 80 % están telmamdadas . La Central de Mandos está en el Paseo de los Olmos, con alarmas anti-intrusismo, de gas, ventilación, cierre de válvulas, incendios, extintores, etc . La alarma anti-intrusismo de una ERM es una bocina. Las tapas llevan dos cierres, uno en forma de triángulo y otro de cuadradillo La red de acometida a cada bloque de viviendas tiene una llave de paso que necesariamente ha de estar en suelo público (acceso desde la calle) . Generalmente las tuberías van por la calzada cerca del bordillo de las aceras y marcadas con una cinta amarilla.
1.8.
ACOMETIDAS .
Están reguladas por la ITC-MIG-6 .1 . y 6.2. En éstas definen: Se entiende por Acometida la parte de la canalización comprendida entre la red de distribución pública la llave de acometida, incluida esta última, que corta el paso de gas a la instalación receptora del o de los usuarios. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid. Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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Consta de: Toma de Acometida
-
-
Tubo de Acometida
-
Llave general de Acometida .
La llave de acometida debe quedar situada próxima al muro del edificio o límite de la propiedad, en zona de dominio público, identificable y accesible. En general, los diámetros más usuales de las tuberías de gas, utilizadas en Madrid son los siguientes: ACOMETIDA DE VIVIENDA : Ø32 cm. ACOMETIDA A FÁBRICA : Ø63 cm. ACOMETIDAS MUY ESPECIALES : Ø90 cm. La acometida a los edificios se produce a MPB (3 bares), en vez de BP (0,2 bares). Estas acometidas parten de un armario de regulación en vertical (con dos reguladores y un filtro), cerrado con tapay llave de cuadrillo . Se encuentra ubicado, por supuesto, en la vía pública . Las líneas de viviendas no son malladas. Es una línea y el gas circula en una sola dirección . Actualmente sobre redes existentes o de nueva canalización las acometidas se realizan con Polietileno, dadas las ventajas intrínsecas de este material .
1.8.1 . TOMA DE ACOMETIDA Las tomas de Acometida se realizan generalmente con una derivación de la red, a la cual se denomina : Te de toma en Carga (la ejecución de la Acometida se puede realizar con presión de servicio en la red). Aunque las Tes de Toma en Carga están diseñadas específicamente para derivaciones sobre redes en servicio, pueden ser empleadas también para canalizaciones nuevas . Las TTC (Te de toma de carga) son utilizadas paraperforar una tubería. Están provistas de una pieza roscada que se maneja con llave allen. MÁQUINA TALADRADORA CON CAMPANA Permite el estrangulamiento de paso en una tubería ESTANCA, CON ELEMENTO DE FIJACIÓN AL TUBO. hasta en un 95 %. Te de toma Simple (la ejecución de Acometida se tiene que realizar sin presión de servicio en la red). A su vez, el uso de derivaciones simples suelen reservarse para trabajos sin carga, aunque es posible su empleo en canalizaciones en servicio (baja presión solamente) si se dispone de utillaje adecuado que permita la perforación de la tuberíay el posterior estrangulamiento del primer tramo del tubo de acometida, pudiendo completarse su instalación en ausencia de gas .
Acometida Baja Presión-Polietileno. (BP-PE, RED PE) 244
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En el caso de que la ejecución de la Acometida se realice sobre red de Fundición y el Ø de la Acometida sea igual o inferior a 1/3 del Ø del tubo, la Te de Toma en Carga se alojará sobre un refuerzo (collarín de toma) en caso contrario la Te de toma en Carga se acoplará directamente a la tubería. Las Tes de Toma en Carga o Te de Toma Simple se emplean únicamente para Acometidas Ø 2" y 3" sobre redes de Fundición o Polietileno, para Acometidas de diámetros superiores se emplean las denominadas, Tes de Derivación.
1.9.
ZANJAS, DIMENSIONES Y CRUCES.
1.9.1. ADECUACIÓN DEL FONDO DE LA ZANJA El fondo de la zanja deberá dejarse libre de piedras y elementos duros que se hayan encontrado en la excavación, procediendo a su saneamiento y compactación cuando no ofrezca garantías de estabilidad permanente . Al fondo de la zanja se le dará una pendiente mínima del 0,5 % cuando la canalización sea para M.P y B.P circulando por ella gas húmedo. No obstante convendrá mantener esta pendiente también en los casos en que por la conducción haya de circular gas seco, a fin de permitir una recogida en puntos adecuados del agua que accidentalmente haya podido entrar en ella. Paragarantizar un apoyo uniforme de la conducción, el fondo de la zanja se rellanará con 0,10 m de arena de río, de tierra fina o tierra procedente de la excavación.
1.9.2. TAPADO DE LA ZANJA Antes de proceder al tapado de la zanja deberán demolerse los puente que se hayan dejado anteriormente, a fin de poder efectuar un relleno y compactación uniformes a lo largo de la conducción . En la primera fase del relleno deberán tomarse las máximas precauciones para que no queden espacios huecos, a cuyo efecto se procederá al retacado y apisonado de las tierras de esta primera capa, insistiendo especialmente en las partes inferiores laterales de la conducción. A continuación se proseguirá con el relleno hasta alcanzar el nivel del suelo en capas de 0,20 m compactándolas de tal forma que se alcance la misma consistencia que tenía el terreno originariamente, no siendo ésta en ningún caso inferior a la del terreno colindante . Se tendrán presentes las Normas y Reglamentos de Vialidad existentes en cada Municipio o Ayuntamiento. Por encima de la conducción a una distancia comprendida entre 0,2 y 0,3 m, se dispondrá una banda de plástico o tela plastificada de color amarillo de 0,40 m o 0,60 m que sirva de aviso a la existencia de la conducción de gas . Recientemente se está aconsejando la instalación de esta malla de señalización además de en el lugar indicado anteriormente, en la zona final de tapado de tierra antes de la cota de hormigonado .
1 .9.3
DESCRIPCIÓN DE LAS ZANJAS DE CONDUCCIONES DE GAS
Como se puede apreciar en las secciones tipo, en primer lugar existe siempre una losa de hormigón del ancho de la zanja y cuyo espesor será variable, con un mínimo de 10 centímetros (en zona de jardín) y máximo de 30 centímetros (en zona de cruce de viales). Inmediatamente debajo de ese hormigón existe un relleno con zahorras en un espesor que oscila entre 80 y 120 centímetros según zonas. Bajo ese relleno se encuentra la malla de polietileno, también de 40 centímetros de ancha y con las mismas indicaciones de peligro. Inmediatamente debajo de esa banda, ya se encuentra la tubería de conducción de gas. Esta tubería es de polietileno de color amarillo y se encuentra rodeada de arena por todas partes.
1.9.4. DISTANCIAS A EDIFICIOS Y OBRAS SUBTERRÁNEAS La distancia mínima recomendable a que debe situarse la canalización con relación a la línea de fachada es de 0,3 metros, facilitando de esta manera a la instalación de las acometidas necesarias. En el caso de que en el transcurso de los trabajos de obra civil se encuentren obras subterráneas tales como cámaras enterradas, túneles, alcantarillas visitables, etc .,se procurará que la distancia mínima entre estas obras y la tubería más próxima sea la indicada en el Reglamento de Redes y acometidas para cada tipo de presión de suministro . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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1.9.5. CRUCES Y PARALELISMOS CON OTROS SERVICIOS La obra civil se realizará de forma que con relación a los distintos servicios que se encuentran en el subsuelo, la distancia mínima entre la tubería y aquellos, tanto en paralelo como en cruce, sea la indicada en el Reglamento de Redes y Acometidas para cada tipo de presión de suministro . Se podrá disminuir dicha distancia en los casos en que sea imprescindible, siempre que se sitúen pantallas entre ambos servicios, a fin de conseguir que no se produzcan interferencias entre ambas canalizaciones .
1.9.5.1.
EJEMPLO DE CRUCE: CON CONDUCCIÓN ELÉCTRICA
Siempre que tenga lugar con un cable de energía eléctrica, se procederá de la siguiente forma: La tubería de polietileno se envainará con una tubería de PVC o similar de diámetro seleccionado en la 1 . La longitud de la vaina será tal que se supere por ambas partes una distancia de 30 centímetros desde la tangente a la generatriz más próxima de la conducción eléctrica . Entre la tubería de polietileno y la de PVC se colocará un aislamiento tubular de espuma de polietileno extrusionado, que rellene completamente el espacio entre ambas. Tangente a la vaina de PVC y entre ella y al conducción eléctrica, se colocará una hilada de ladrillos macizos en todo el ancho de los cables eléctricos y en la longitud que supere en 30 centímetros por cada lado, la vaina. Apoyado en estos ladrillos, y entre ellos y la conducción eléctrica, se colocará una plancha de neopreno de espesor 4 milímetros, con la misma superficie que en el caso anterior . Se seguirán cumpliendo además las limitaciones de separación mínima entre la generatriz de la tubería de polietileno y la de los servicios . Se recuerda que esta distancia mínima será de 0,20 metros. CRUCE CON CONDUCCIÓN ELÉCTRICA.
I.10. INTERVENCIÓN EN LA RED TABLA DE LII Y LSI DE ESTOS GASES. DENSIDAD RELATIVA
Propano
0 .59
2 .2
10
Metano
0 .55
5
15
Butano
1 .52
1 .9
9
Gas Natural
0 .59
4 .7
14
246
Limite inferior de inflamabilidad
Limite Superior de inflamabilidad
GASES
% en volumen en aire
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El Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid puede cerrar cualquier llave o válvula de gas . La apertura, sin embargo, debe realizarla el personal de la Compañía de GAS NATURAL . Esta misma recomendación debemos seguirla en los edificios . Al cerrar una llave de gas es posible que cualquier cocina que estuviera encendida se apague por falta de gas . Como se queda abierta al volver a abrir¡ la llave de paso empezaría a salir el gas en la cocina con el consiguiente riesgo de explosión . Las cocinas a diferencia de los calentadores de agua no tienen electroválvula . El GAS NATURAL es inodoro, por lo que se le añade un odorizante THT (Tetra hidro tiofeno) para poder identificarlo en caso de escape. En este sentido, tendremos en cuenta que, en una RED MALLADA, cualquier corte de válvulas habrá de hacerlo efectivo personal. Cuando la combustión de un aparato de gas no es correcta existe el peligro de explosión o deflagración por acumulación de gas no quemado o de intoxicación . Cualquier fuga de gas en combustión (ardiendo) no tiene por qué ser un peligro potencial. El Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, valorará adecuadamente la conveniencia o no de apagar la fuga (en ocasiones es preferible dejar que arda el gas consumiéndose que apagar la fuga permitiendo que se expanda libremente hacia puntos donde pueden encontrarse fuentes de ignición no controladas) . Antes de cerrar una válvula, debe apagarse una fuga. Las tuberías actuales son de polietileno, enterradas con diámetros variables desde 8 cm a 60 cm. de Ø según los casos . Una cinta amarilla enterrada, nos marca el lugar de las tuberías generalmente por la calzada y cerca del bordillo. Las uniones son soldaduras por termofusión . En el caso de que sea afectada una tubería de conducción de gas, y con independencia de que se haya comunicado o no el trabajo en esa zona, se dará inmediatamente aviso a la Empresa Distribuidora .
X.1 .
APOYO DE LA EMPRESA DISTRIBUIDORA
La Empresa Distribuidora actuará en diversas formas: a) b) c)
Informando, en planos de la situación de la canalización . Indicando sobre el terreno el lugar exacto de la misma . Presentando el necesario apoyo sobre el terreno, supervisando los trabajos en el caso de considerarse conveniente .
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11.
RED DE AGUA
II.1.
EL AGUA EN MADRID .
El embalsamiento, almacenamiento, tratamiento y distribución del agua potable corresponde a la Comunidad de Madrid. Este servicio se realiza a través del Organismo Oficial conocido como Canal de Isabel II. Desde que Madrid se convirtió en una ciudad el principal problema al que tuvo que enfrentarse en el pasado fue el de la escasez de agua debido al desmesurado crecimiento que tuvo su población . De hecho los manantiales existentes dentro de la ciudad o cerca de ella eran manifiestamente insuficientes durante el siglo pasado . En 13848, Bravo Murillo, entonces Ministro de Obras Públicas, comisionó a los Ingenieros de Caminos D. Juan Rato y Dl Juan Ribera, para revisar los distintos proyectos existentes a tales fines . Dichos ingenieros seleccionaron de entre los existentes un proyecto del año 1 .829 en el que la idea base era abastecer a Madrid desde el río Lozoya. El proyecto se aprobó en 1 .851 t se denominó Canal de Isabel II a la conducción que habría de traer el agua potable hasta Madrid. El primer embalse que se construyó fue el del Pontón de la Oliva, obra del ingeniero de Caminos D. Lucio del Valle. El emplazamiento, a la salida de la barra de calizas que va desde Torrelaguna hacia Patones y Alpedrete de la Sierra, no fue acertado, ya que el embalse perdía agua por las filtraciones . Se puso gran empeño y enormes trabajos para intentar atajar dichas filtraciones, con poco éxito y finalmente, hubo que prolongar el canal con un túnel de otros 6 Kms. de longitud para tomar el agua más arriba, en la presa de Navalejos . Las obras duraron siete años y en ellas trabajaron 1 .500 presidiarios, 2.400 obreros libres, 400 bestias y algunas bombas de vapor de modo que tras arduos trabajos, el 24 de Junio de 1 .858, día de San Juan, se celebró solemnemente, con la presencia de Isabel II y su consorte D. Francisco de Asís, la llegada del agua del Lozoya a Madrid . Digamos que la distribución comenzó con tres grandes arterias, una bajando por San Bernardo hacia la Calle Toledo y la Fuentecilla . Otra bajaba por Fuencarral y Montera hasta Atocha y la tercera que cortaba a las dos anteriores desde Neptuno por la Carrera de San Jerónimo y Mayor y Bailén, derivando en otras muchas ramificaciones . A partir de ese momento, se fue extendiendo una amplia red de distribución por todo Madrid y, enseguida fue necesario construir nuevos depósitos, e incluso parte del alcantarillado . Las acequias al aire libre, conocidas con el nombre de "El Canalillo", provienen de esta época y fueron utilizadas para regar las huertas del norte y nordeste de Madrid. En 1 .867, el Canal se incorporó a la Administración del Ministerio de Fomento . Se construyó la presa del Villar, en el Lozoya, aguas arriba de la deNavalejos, y la más pequeña de la Parra, cerca del Pontón, desmontándose la de Navalejos . En 1 .907, siendo Aguinaga Director del Canal, se realizaron importantes trabajos. En Buitrago se construyeron las presas de Puentes Viejas y El Tenebroso . Se completó el tercer gran depósito de Madrid (Plaza de Castilla) y comenzó a funcionar la estación elevadora para suministrar agua a los barrios más altos de la ciudad . Pero Madrid siguió creciendo y se hizo necesario construir un segundo canal, más alto que el primero, que suministraba agua a la red, procedente del río Jarama, desde el embalse del Vado, cerca de Tamajón. Enseguida fue necesario construir otra estación elevadora y un cuarto depósito, intercomunicado con los anteriores. Entre los años 1 .941 y 1971 surgen otros embalses como el de Riosequillo y la Pinilla, en el Lozoya, el del Vellón en el río Guadalix, el del Manzanares en Manzanares el Real y el del Vado en el Jarama . El último gran embalse del Lozoya, el del Atazar, dio lugar a la construcción de un tercer canal, casi todo subterráneo, situado entre los dos anteriores. En la cuenca oeste se explota el río Guadarrama con el embalse de Valmayor y el Alberche con el de Picadas . Todos estos embalses son unidos por unos canales que trasvasan aguas de unos a otros según las necesidades . Pero queda para el viejo Pontón de la Oliva y el Canal de Isabel II el mérito de haber sido los primero en traer agua potable desde el Lozoya hasta Madrid, hace más de 130 años. En la red de distribución, como ya vimos, se han instalado estaciones depuradoras con modernos y complicados sistemas de tratamiento de aguas como las de Torrelaguna y el Bodonal en el sistema Norte y las de Valmayor y Majadahonda en el sistema Oeste. Además el Canal cuenta con otras instalaciones y servicios como son centrales elevadoras, hidroeléctricas, etc . 248
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11.2.
CONDUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA. La conducción y distribución del agua potable en Madrid se realiza por conductos cuyas arterias de hasta 140 mm. van por galerías de 5,60 x 4,35 m. Asimismo existen más de 3 Km. de arterias de 600 a 800 mm. o menores (100, 150, 200, 250, 300, 350, 400, 450, 500, 600 y hasta 900) que van enterradas a una profundidad de 1,50 m. aproximadamente, empleándose el HORMIGÓN PRENSADO con camisa de chapa en las grandes conducciones y las función dúctil y fibrocemento en las menores . El total de arterias del Canal suma unos 5.603 Km. con tuberías que oscilan entre los 50 y los L,750 mm. Los conductos o tuberías de distribución pueden ser : Tomas para edificaciones o fincas: 10, 15, 20, 30, 40, 50, 60, 70, etc . mm. Tomas para hidrantes de 80 a 100 mm. Tomas para industrias : hasta 15 mm. A efectos de servicio la red de distribución está dividida en tres cantones o zonas que, a su vez, están subdivididas en diferentes polígonos . La red puede ser de tres tipos: ANILLO, RAMIFICADA Y MIXTA.
11.3.
CONDUCCIONES SUBTERRÁNEAS Y POR GALERÍAS .
Las conducciones de agua pueden efectuarse por canalizaciones enterradas o bien utilizando las galerías de servicios . Las conducciones de agua pueden ir por otro tipo de galerías no señaladas .
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II. 4. EL CANAL DE ISABEL II. Creado en 1 .851 bajo el impulso del Presidente del Gobierno, Juan Bravo Murillo, con el apoyo de la Reina, el Canal de Isabel II es una empresa pública dependiente de la Comunidad de Madrid a la que fue adscrita por Real Decreto 1 .873/1984 de 26 de Septiembre . En la actualidad, el Canal de Isabel II abastece de agua a Madrid capital y a la mayoría de los municipios y núcleos urbanos de la Comunidad con más de 4 millones y medio de habitantes . A Madrid el agua llega por tres canales principales desde la zona Norte. - El antiguo Canal Bajo que aporta unos 4 m3/seg - El Canal Alto alrededor de 6 m'/seg - El Canal de El Sorbe con 8 m'/seg. La Zona Norte manda sus aguas por el sistema de GRAVEDAD, dada la considerable altura de la sierra, mientras que la zona Oeste utiliza un sistema SOBREPRESIONAL tras varias elevaciones como las de MAJADAHONDA y EL PLANTIO .
250
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11.5.
GRANDES CONDUCCIONES (CANALES)
CANAL
AÑO
KM
CAPACIDAD DE CONDUCCIÓN
ORIGEN
FINAL
CANAL BAJO
1858
58 .1
4 m' /Seg
DEPÓSITO INFERIOR (NUDO CALERIZAS)
3ER DEPÓSITO (ISLAS FILIPINAS
LA PARRA
1904
23 .7
3
AZUD LA PARRA
CANAL BAJO 1
EL GUADALIX
1906
3 .7
4
AZUD EL MESTO
CANAL BAJO
SANTILLANA
1912
36
4.5
PRESA MANZANARES
DEPÓSITO DE EL OLIVAR
EL VILLAR
1912
16 .7
8
PRESA EL VILLAR
D. SUP. (NUDO CALERIZAS)
CANAL ALTO
1940
56
6
DEPÓSITO SUPERIOR (NUDO CALERIZAS)
DEP PZA . CASTILLA
DEL ESTE
1945
13 .7
3 .25
NUDO DE EL OLIVAR
DEP VALLECAS
DEL JARAMA
1960
34 .4
8
PRESA DE EL VADO
DEPÓSITO SUPERIOR (NUDO CALERIZAS)
UNIÓN PZA CASTILLA- BRAVO MURILLO
19521966
3 .7
6 .5
DEPÓSITO PZA CASTILLA
DEPÓSITO BRAVO MURILLO E ISLAS FILIPINAS
EL ATAZAR
19661970
65 .4
16
PRESA DE EL ATAZAR
DEPÓSITO PZA CASTILLA
PICADAS
1967
3 .8
3 .8
EMBALSE PICADAS
NUDO DE MAJADAHONDA
DEL OESTE
1968
3
3
DEPÓSITO EL GOLOSO
DEPÓSITO DE RETAMARES
DEL VELLÓN
1968
6 .7
8
PRESA DE PEDREZUELA
CANAL DE EL ATAZAR
ARTERIA CINTURÓN-SUR
196919851991
22
6
ART. PRINCIPAL ESTE
ART . MAJADAHONDARETAMARES
TRASVASE NAVALMEDIONAVACERRADA
1969
4 .5
5 .8
PRESA DE NAVALMEDIO
EMBALSE DE NAVACERRADA
CANAL DEL SORBE
1971
9 .3
8
AZUD POZO LOS RAMOS
CANAL DE EL JARAMA
ARTERIA MAJADAHONDA, RETAMARES
19731985
14
6
NUDO DE MAJADAHONDA
ARTERIA CINTURA SUR
ARTERIA PRINCIPAL DEL ESTE
1973
17.1
6
NUDO DE EL OLIVAR
ARTERIA CINTURA SUR
CANAL DE VALMAYOR
1976
17 .4
6
PRESA DE VALMAYOR
NUDO DE MAJADHONDA
TRASVASE LAS NIEVES
1976
5 .1
30
AZUD DE LAS NIEVES
EMBALSE DE VALMAYOR
TRASVASE LA ACEÑA- LA JAROSA
1991
10 .2
10
PRESA DE LA ACEÑA
EMBALSE DE LA JAROSA
TRASVASE SAN JUAN MAYOR
1993
32
PRESA DE SAN JUAN
EMBALSE DE VALMAYOR
6
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11.6.
DEPÓSITOS REGULADORES.
DENOMINACIÓN
FECHA ENT. EN SERV .
N . COMPART.
ALT. AGUA
BRAVO MURILLLO
1879
2
ISLAS FILIPINAS
1915
4
VALDELATAS
1915
EL OLIVAR
CAPACIDAD TOTAL (m)
SUPERFICIE (HA)
6 .84 m
188 .412
2 .75
6 .84
463 .500
6 .78
2
2 .7
34 .408
1 .27
1919
2
3 .96
44 .232
1 .12
PZA CASTILLA
1940
3
6 .75
141 .602
2 .09
HORTALEZA
1962
3
5
81 .000
1 .62
SAN BLAS
1965
2
5 .1
53 .767
1 .05
VALLECAS
1967
(12 UNID) 6
8
120 .638
1 .51
EL PLANTÍO
1967
4
6 .5
143 .176
2 .22
EL GOLOSO
1969
1
7 .7
534 .355
6 .94
RETAMARES
1969
4
6 .5
250 .556
3 .85
GETAFE
1975
2
6 .5
254 .897
2 .56
VALMAYOR
1976
2
5
94 .967
2 .00
TRES CANTOS
1978
2
4 .85
78 .624
2 .36
MAJADAHONDA
1984
2
7 .85
40 .000
0 .69
TORRELAGUNA
1989
2
6 .5
13 .500
0 .24
VALGALLEGOS
1990
2
4 .4
20 .500
0 .47
EL CHAPARRAL
1992
2
5
19 .000
0 .39
LA JAROSA
1992
2
3 .5
18 .400
0.54
NAVACERRADA
1992
2
3 .5
20 .000
0.60
NUEVO PORTACHUELO
1993
2
5
0.53
REUNI ÓN
1 99 4
2
9
18 .400 37.000
11.7.
0.56
ESTACIONES DE TRATAMIENTO
DENOMINACIÓN
FECHA ENT. EN SERVICIO
N° DECANTADORES
N° FILTROS
CAPAC . MÁX DE TRATAMIENTO
TORRELAGUNA
1967
6 de 46 m o
24 de 116 m2
6 m'/seg
MAJADAHONDA
1967
-
20 de 125 m2
3 .8 m'/seg
EL BODONAL
1969
3 de 46 m o
20 de 101 m=
4 m'/seg
NAVACERRADA
1969
2 de 32 m o
8 de 70 m2
1 m'/seg
LA JAROSA
1969
I de 32 m o + I de 44 .6 m Ø no
12 de 70 m2
1 .5 m'/seg
SANTILLANA
1972
4 de 34 x 36 m
14 de 125 m2
4 m'/seg
COLMENAR
1976
4 de 4 pisos 40 x 40
64 de 125 m2
16 m'/seg
VALMAYOR
1976
4 de 48 .60 m o
20 de 120 m2
6 m'/seg
ROZAS DE PUERTO REAL
1988
1 de 18 m o
4 de 30 m2
0 .175 m'/seg
PINILLA
1992
2 de 23 .5 m o
8 de 32 m2
0 .416 m'/seg
SAN AGUSTÍN
1992
1 de 25 .5 x 4.60 m
2 de 7 m2
0 .040 m3/seg 3 .500
LA ACEÑA
1994
1 de 31 x 7 .5 m
8 a pres ión
0 .085 m3/seg 7.400 m3/día
252
m3
/día
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ESTACIONES DE ELEVACIÓN.
11.8.
DENOMINACIÓN
FECHA ENT . EN SERVICIO
CAUDAL DE ELEVACIÓN
ALTURA DE ELEVACIÓN
POTENCIA INSTALADA
PICADAS
1967
3 .8 m'/seg
216 m
13 .425 Kw
COLMENAR DEL ARROYO I
1967
3 .8
100
8.243
SAN BLAS
1968
1 .5
75
10625
RETAMARES
1969
1 .2
50
883
TRES CANTOS
1978
2 .0
85
4.240
VALMAYOR
1981
0.24
160
700
SANTILLANA
1981
0 .48
140
1 .720
COLMENAR VIEJO
1982
0.5
145
1 .413
PZA., CASTILLA
1983
5 .0
50
2.650
MAJADAHONDA
1991
2 .8
45
1 .880
VALGALLEGOS
1992
0.38
175
1 .542
PINILLA
1992
0 .4
250
1 .600
VELILLA DE SAN ANTONIO
1992
0.6
158
1 .351
VILLALBA
1992
0.8
200
1 .987
NAVACERRADA
1992
0.24
280
1 .377
HORTALEZA
1993
1 .5
60
1 .250
1994 1994
6 .0
190
19 .000
6.0
1 30
13 .0 0 0
SAN JUAN COLMENAR DEL ARROYO 11
11.9.
RED DE DISTRIBUCIÓN DEL CANAL DE ISABEL II. AÑO
LONGITUD Km.
AÑO
LONGITUD Km .
1 .960
1 .062
1 .965
2 .038
1 .985
4 .441
1 .970
2 .729
1 .990
5 .313
1 .975
3 .382
1 .995
7 .643
1 .980
3 .93 2
1 .997
8 .064
11.10. RED DE RIEGO. La red de riego deberá ser independiente de la red de agua sanitaria. El material de las de las tuberías será de fundición dúctil para diámetros iguales o superiores a 80 mm y polietileno para diámetros inferiores a 80 mm. Dispone de dos arquetas independientes para efectuar la conexión de la red de riego a la red del Canal de Isabel II: La primera arqueta, diseñadapor el Canal, albergará las válvulas de limitación de presión, corte, limpiador del caudal, contador y la válvula de retención y solamente podrán maniobrar los operarios del Canal . La segunda arqueta, están instaladas las válvulas de corte del usuario .
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El Canal tiene establecidas las siguientes limitaciones de volumen y caudal a conducir. VOLUMEN -> 1 .800 m'/ Ha por año año .
CAUDAL -> 0,70 Litros/ seg por Ha.
Una vez consumido el volumen citado el Canal podrá anular la acometida ( precintar ) hasta el siguiente
BOCAS DE RIEGO . SERIES. Colocadas el nivel del pavimento de calle, en las aceras están alimentadas por derivación de la red general, formadas por series para un número determinado de bocas de riego. En cada derivación debe instalarse una llave de corte para las posibles averías. El diámetro mínimo para cada serie de bocas de riego es de 80 mm para un caudal de 5 ó 7 litros/seg. El número de bocas de cada serie se proyectará de acuerdo con la normativa municipal vigente . Normalmente son utilizadas para el riego de Parques y jardines y limpieza de calles.
II. 11 HIDRANTES . 11. 11 . 1 . Funciones la 2a
Servir de conexión y abastecimiento a las mangueras . Abastecer de agua a los vehículos autobomba del Servicio Público de extinción .
Estas funciones se materializan en :control de incendios, extinción de incendios y refrigeración de bienes próximos . 11. 11. 2. Clasificación . - Según el tipo de hidrante : DE BOCA -> Simple boca de salida de tubería provista de racor de conexión . DE COLUMNA -> Tubería columna que conectada a la red subterránea, emerge del suelo y terminada en varias bocas de conexión . DE ARQUETA -> Boca de salida alojada en una arqueta enterrada, cubierta con una tapa al ras del suelo . - Según la situación del hidrante : EXTERIOR -> Situado al aire libre en las inmediaciones de cualquier bien. INTERIOR -> Situado en el interior del edificio. DE CUBIERTA -> Situado al nivel de la cubierta en una terraza o en una plataforma accesible. - Según el régimen de propiedad: PRIVADOS -*Son de propiedad privada y pueden ser utilizados por la brigada del establecimiento, así como por el servicio público de extinción . PÚBLICOS -> Son de propiedad pública ( municipal, territorial, .. .).Están situados en las vías públicas y son de uso exclusivo del servicio público de extinción . Los hidrantes exteriores públicos son, según el país, de arqueta o de columna. Los hidrantes exteriores privados más adecuados son los de columna . Los hidrantes interiores más funcionales son los de boca. Los hidrantes de cubierta pueden ser de boca o, si hay riesgo de congelación, de columna o de arqueta .
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Temario Bomberos Ayuntamiento 11.11 .3 . Dimensiones y bocas de salida . El tamaño se designa por el diámetro nominal de la brida de conexión . Este diametro determina el número y dimensiones en las bocas de salida que pueden funcionar simultáneamente . Los tamaños normalizados más comunes son : HIDRANTE CON BRIDA DE 80 mm .d e diámetro nominal .
Dotación :
1 boca de 70 mm 2 bocas de 45mm
HIDRANTE CON BRIDA DE 100 mm .d e diámetro nominal . Dotación :
1 boca de 100 mm 2 bocas de 70mm
HIDRANTE CON BRIDA DE 150 mm .d e diámetro nominal . Dotación :
1 boca de 100 mm 2 bocas de 70mm
11 .11 .4 Diseño y materiales Los materiales normalizados más frecuentes son : Cuerpo de hidrante Válvulas individuales Racores y tapones Acabado exterior
fundición gris o ductil . bronce o acero inoxidable . aluminio forjado . pintura de protección contra la intemperie color rojo . .
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Temario Bomberos Ayuntamiento
III. LA RED ELÉCTRICA. 111.1. INTRODUCCIÓN. La red eléctrica en el mundo actual constituye el elemento básico de la distribución de la energía, que en parte fundamental beneficia el desarrollo y bienestar de las personas . De la electricidad (como agente natural e invisible) sólo se conocen sus fenómenos y efectos, que el hombre aprovecha. Estos efectos son los mecánicos, luminosos, químicos, fisiológicos, etc . La electricidad se produce normalmente a centenares de kilómetros de los puntos de consumo, transmitiéndose a estos mediante líneas de transporte de muy alta tensión . La estructura general está formada por líneas aéreas que se desparraman a través de todo el territorio configurando un sistema frágil en caso de alteración puntual de sus condiciones iniciales . La mayor ventaja de las corrientes alternas consiste en la posibolidad que tienen las mismas de ser transformadas, y esto facilita su transporte. Para transportar grandes potencias económicas es necesario emplear muy altas tensiones siendo los valores más empleados en Españapara el trasporte de energía eléctrica a grandes distancias los correspondientes a220, 380, raramente 500 e incluso 750 KV. En países como Estados Unidos hasta 1 .000 KV. No existe una reglamentación específica sobre los voltajes en la Red, con lo que dependiendo de múltiples variables se pueden encontrar intervalos de voltaje contradictorios, dependiendo de la fuente de consulta . En Madrid la distribución de la corriente eléctrica la realizan las Empresas UNIÓN FENOSA e IBERDROLA que es la fusión de HIDROELÉCTRICA ESPAÑOLA e IBERDUERO . El consumo de energía eléctrica para uso doméstico y como fuerza electromotriz (máquinas, elementos, dispositivos, servicios públicos como el metro), se efectúa mediante la gestión y distribución de las compañías citadas. Asimismo en la Capital, el Excmo Ayuntamiento de Madrid conllevay supervisa las instalaciones que, como las del Alumbrado Público, son de su competencia y cuyo mantenimiento suelen realizarlo contratas del ramo. Para la Comunidad de Madrid y para las restantes del territorio Nacional existe un organismo de control de REDES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA : la UNIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD S.A. (UNASA)
PRODUCCIÓN Y TRANSMISIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.
111.2. INSTALACIONES ELÉCTRICAS Se distinguen las siguientes: 1. 2. 3. 256
INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN : Centrales INSTALACIONES DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN: Líneas, Subestaciones y Centros de Transformación . INSTALACIONES DE CONSUMO : Industriales y usuarios . Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 44 8 22 611447 98 97
Temario Bomberos Ayuntamiento
La red de distribución se origina a partir de las Centrales según el siguiente esquema: 1. 2. 3. 4. 5. 6.
CENTRAL DE GENERACIÓN DE ENERGÍA . LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN EN ALTA TENSIÓN : (Se pueden dividir en lª y 28 categoría, intercalando en ese caso Subestaciones de Transformación y eventualmente centros de reflexión) ESTACIONES TRANSFORMADORAS DE DISTRIBUCIÓN. LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN EN MEDIA TENSIÓN (O de 3ª categoría) CENTROS DE TRANSFORMACIÓN . LINEAS DE DISTRIBUCIÓN Y DE ALUMBRADO A BAJA TENSIÓN .
111.3. INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN 111.3.1 . Centrales. Es el lugar donde se produce la energía eléctrica a partir de otro tipo de energía : eólica, hidráulica, térmica, etc . Será la energía-fuente la que condicione su ubicación, por lo que generalmente estarán lejos de las zonas urbanas . La energía eléctrica producida es trifásica, a unatensión de 10 a20 KV entre fases. Las Centrales disponen de una estación de transformación en la que la tensión de producción se eleva a la tensión de transporte (entre 66 y 380 KV .) Según la fuente de energía se clasifican en: Centrales hidroeléctricas : Usan energía potencial de un salto de agua, para mover el rotor. Se pueden clasificar a su vez en Centrales hidroeléctricas con regulación, de agua fluyente y de bombeo. Centrales térmicas o termoeléctricas : parten de la energía calorífica obtenida al quemar un combustible, y calentar el agua. Así se forma vapor que se utiliza para poner en movimiento el rotor del alternador . Podemos distinguir dos tipos : convencionales y nucleares . Centrales Solares . Centrales eólicas : aprovechan la fuerza del viento para mover el rotor. Centrales mareomotrices : aprovechan el movimiento de las mareas . Una Central se compone básicamente de: 1. Generador de la energía primaria (presa de agua, caldera de vapor o reactor nuclear, etc .) 2. Grupo transformador de la energía primaria en energía eléctrica (grupo turboalternador) Así se transforma la energía primaria en mecánica, y ésta en eléctrica . 3. Estación de transformación : (estaciones transformadoras de tipo elevador de tensión) que eleva la tensión de producción (10 a 20 KV), a la tensión de transporte (66 a 380 KV). 4. Sala de control. 5. Equipos y servicios auxiliares .
111.4. INSTALACIÓN DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN. 111.4.1.
LÍNEAS DE TRANSPORTE EN ALTA TENSIÓN:
Transportan la energía eléctrica desde las centrales hasta las Subestaciones . El transporte se realiza como se ha dicho anteriormente a tensiones entre 66 y 380 KV, entre fases, que nos permite hacerlo a grandes distancias, utilizando conductores de pequeña sección y con pequeñas pérdidas. Esta etapa configura una red mallada, con líneas aéreas. . Se componen de: 1.
TORRES DE APOYO: Son torres de celosía metálica de acero galvanizado, y su tamaño es proporcional a la tensión de la línea. También pueden ser de madera (zonas rurales) y de hormigón .
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2. 3. 4.
CONDUCTORES : Formados por cables trenzados de aluminio con alma de acero . Las líneas más habituales disponen de 3, 6 ó 12 cables . Su separación depende directamente de la tensión de la línea. Normalmente oscila entre 4 y 5 m. CABLE DE TIERRA (Pararrayos) : Todas las torres tienen toma de tierra y entre ellas están conectadas por un cable . AISLADORES: Son los que fijan y aíslan los conductores de las torres y se colocan en cadenas de aisladores ensamblados y podrán ser: De suspensión: están en posición vertical y soportan el peso del cable. De anclaje: su posición es inclinada, en línea con el cable y soportan toda su tracción.
Hay que reservar una franja de terreno simétrica a lo largo de su trazado en función de la tensión de la línea según la siguiente tabla: TENSIÓN DE LA LÍNEA (KV)
ANCHO EN M.
<66
22
132
30
220
42
380
50
Por razones de mantenimiento se realiza un trazado paralelo y próximo a carreteras y caminos .
111.4.2.
SUBESTACIONES Y CENTROS DE REPARTO :
Las subestaciones son centros de transformación ubicados cerca de las zonas de consumo . Aquí se reduce la tensión de transporte a tensión de distribución (media tensión) entre 10 y 45 KV. Se componen de: 1. 2. 3. 4.
BARRAS DE ALTA TENSIÓN : Distribuyen de forma equilibrada la demanda de energía entre todos los abastecimientos . TRANSFORMADORES : Reducen la alta tensión de transporte a una tensión más adecuada para las líneas de distribución . BARRAS DE MEDIA TENSIÓN : Distribuyen de forma equilibrada ka demanda de energía entre los transformadores. APARATOS DE CORTE Y PROTECCIÓN : como son los seccionadores que en caso de avería permiten una mayor rapidez en la localización de la misma.
Los centros de reparto no producen modificación en la tensión, sino que derivan nuevas líneas en alta tensión y ubican los dispositivos de protección de las líneas .
111.4.3.
LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN EN MEDIA TENSIÓN:
Son las que distribuyen la energía eléctrica desde las Subestaciones hasta los centros de transformación . En zonas urbanas son generalmente subterráneas, más seguras, y en las rurales son aéreas, más baratas. Al igual que las de alta tensión aéreas se componen de apoyos, conductores y aisladores, con dimensiones más reducidas . Las subterráneas se configuran con cables alojados en zanjas de 1,5 m de profundidad, quedando la línea a 1,2 m mínimo, y protegidos por ladrillos testigos. Para tensiones mayores a 45, 66 KV se usan como polietileno (PE), polietileno reticulado (PRC) o etileno propileno (EPR). No existe una reglamentación específica, pero como norma genérica:
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Instalación subterránea de cables hasta 24 KV sin y con rodadura superior de automóviles
Esquema de distribución, M.T. en huso apoyado.
La canalización en terrenos urbanizados discurrirá en las proximidades de carreteras y caminos públicos. Los cables que pueden ir directamente enterrados, deberían ir entubados . En los cruces de calzada siempre irán entubados y hormigonados. Los cruces con línea férrea tendrán una profundidad mínima de 1,5 m. Los cruces o paralelo, con otros cables tendrán una profundidad mínima de 0,25 m. Los cruces o paralelo con cables de teléfono o telégrafo tendrán una profundidad min . de 0,5 m. Los cruces con agua o gas tendrán una profundidad mínima de 0,2 m.
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La organización de la red es de características diferentes a los escalones anteriores . Se hace necesario la distribución en anillo, constituida por una línea de distribución cerrada, incluyendo un máximo de 10 centros de transformación, de los que parten líneas de distribución a baja tensión . Es más idónea la distribución de redes de huso normal, conformada por un máximo de 6 líneas de distribución, conectadas en un extremo con una subestación o centro de reparto con un máximo de 10 centros de transformación por línea de los cuales parte las líneas de baja tensión ; o una variante denominada redes en husos apoyados, con un máximo de un máximo de 6 líneas de distribución, conectadas a dos subestaciónes o centros de reparto con un máximo de 10 centros de transformación por línea de los cuales parte las líneas de baja tensión .
Esquema de distribución a media tensión, según tipología en anillo .
111.4.4 CENTROS DE TRANSFORMACIÓN. Reducen la tensión de distribución a la tensión de consumo que está normalizada en 220/380 V, (220 V entre fase y neutro y 380 V entre fases). Su ubicación estará en función del entorno que le rodee, subterráneo en núcleos urbanos, de superficie en zonas industriales . Se compone de: Uno o varios transformadores . Conexiones a la red de media tensión por un lado, y a la de baja tensión por otro. Parte de maniobra en media tensión (conexión y desconexión de la red, seccionamiento y protección del transformador) . Parte de maniobra en baja tensión (conexión, desconexión y protección de las salidas) Red de tierra y pararrayos . Contador de medida de energía. Edificio o local que contiene las anteriores. 260
Esquema de C .T., configurado con módulos prefabricados.
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En ocasiones hay edificios o industrias que por sus especiales características o importancia tienen el transformador dentro de la propia edificación . En ese sentido incluso podemos encontrar voltajes especiales .
Esquema simplificado y componentes de un C.T.I .
Los Transformadores están constituídos por un cuerpo o núcleo sobre el que van montadas bobinas sin comunicación y con un número de espiras determinado . La corriente entra por una bobina llamada PRIMARIA y se induce a otra denominada SECUNDARIA . El voltaje que se obtiene en la SECUNDARIA es más alto en proporción directa al número de espiras existentes entre ambas bobinas . Los transformadores pueden ser SECOS o HÚMEDOS en función de su refrigeración. Esta se realiza mediante ACEITE, PYRALENE, PARAFINA (para húmedos) o AIRE (en secos) . En función de los elementos de los que esté dotado el TRANSFORMADOR puede ser : -
CENTRO DE TRANSFORMACIÓN CON EQUIPO CENTRO DE TRANSFORMACIÓN CON EQUIPO CENTRO DE TRANSFORMACIÓN CON EQUIPO No están protegidos como las Subestaciones, con clasificar también como : EN CASETA (C .T.C), estas a su vez prefabricado; y EN INTEMPERIE (C.T.I.), sobre 1 ó 2 postes.
SENCILLO. DOBLE. MÚLTIPLE. lo que se pueden en lonja, sótano, y
Centro de transformación intemperie sobre dos postes.
Centros de transformación interior. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . TIL (91) 448 22 61/ 447 98 98
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111.4.5.
LÍNEAS DE BAJA TENSIÓN.
Son las que llevan la energía desde los centros de transformación a los abonados a una tensión de 220/380 V. Se tienden normalmente en posición de anillo cerrado . El límite para la baja tensión de cifra en 1 .000 V. Existen dos sistemas B1, con tensiones de 220 V entre fases y 127 V entre fase y neutro. B2 (todas las nuevas), con tensiones de 380 V entre fases y 220 V entre fase y neutro . Se distribuyen en redes cónicas, en zonas con escasa densidad de población, siendo secciones decrecientes a medida que nos alejamos del C.T., y en redes cilíndricos, para cascos urbanos, con cables de igual sección en toda su longitud .
Arqueta registrable para cables entubados
Arqueta registrable de cambio de sentido.
Los conductores suelen ser de aluminio o cobre, con conexiones a tierra del neutro para redes aéreas cada 500 m. máximo y en los últimos 200 m . de cada derivación . En los cambios de dirección, cruces o carreteras, y cada cierta distancia son necesarias arquetas visitables de registro, que debieran llevar un sumidero o fondo de arena de río para el desagüe . Las zanjas deben sistemáticamente tenderse a ambos lados de las calles con objeto de simplificar la ejecución de las acometidas, dimensiones entre 0,6 por 0,6 m.
111.5. INSTALACIONES DE CONSUMO. III .5.1. INSTALACIONES DOMÉSTICAS: Se componen de: Acometida de compañía . Cuarto de contadores: Como norma general la corriente de la Red entra a un INTERRUPTOR GENERAL y de éste al BARRAJE de distribución donde se colocan fusibles por cada usuario. Cuadro de distribución. Línea de distribución. Puntos de consumo . 262
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111 .5.2 .
INSTALACIONES INDUSTRIALES. Se componen de: Acometida . Cuadro eléctrico general y secundaros. Protección de la instalación .
111.5.3 INSTALACIONES COMERCIALES. Difieren de las anteriores sólo en su tamaño .
IV.
ALUMBRADO PÚBLICO EN MADRID.
IV.1 . DESCRIPCIÓN Se llama alumbrado público al conjunto de los elementos y puntos de luz que forman el manantial necesario de flujo luminoso para una superficie pública . La energía eléctrica para alumbrado se suministra en Madrid por las compañías eléctricas UNIÓN FENOSA e IBERDROLA por zonas o áreas de distribución. La energía llega desde las compañías mencionadas hasta casetas (CENTROS DE MANDO) situadas en armarios metálicos (principalmente en redes en forma de anillo) .
IV .2. CENTROS DE MANDO Y RED DE DISTRIBUCIÓN.
COMPONENTES PRINCIPALES DE UN PUNTO DE LUZ
Como norma general la alimentación es trifásica a una tensión de 380/220 V, incluyendo conductores con neutro y tierra. Bajo tierra los cables concéntricos se colocarán en tubos de cemento o PVC, para permitir su deslizamiento a lo largo. El conjunto tendrá elementos de accionamiento, medida y protección, dispuestos en armarios apropiados, debiendo estar soportados por un bastidor metálico o d material aislante y envolvente . Dispondrán de una puerta de acceso a la caja general de protección, contadores y demás, dispuestos a una altura de 0,3 m. sobre el suelo para evitar efectos del agua, y conectado a la red general de tierra. Los elementos de medida y contadores se disponen en un módulo independiente de los elementos de accionamiento y protección, constituidos por un interruptor automático .
Esquema unifilar de una red de alumbrado público . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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CENTRO DE MANDO UNIFILAR
Desde estos centros, el alumbrado público se reparte para las vías públicas,jardines, monumentos, fuentes, etc ..., interconexionándose en derivación a una línea de conductores de la zona. La línea de conductores va comandada por un contacto que se acciona por relé de célula fotoeléctrica . En el caso de monumentos, fuentes ornamentales iluminadas, etc ., el contador se acciona por medio de botoneras centralizadas en zonas . Puede estar instalado el alumbrado de tal forma que se accione al mismo tiempo la iluminación y las bombas impulsoras de agua .
IV.3 . ARQUETAS Y TAPAS. Los empalmes y derivaciones, estarán situados a 0,3 m. mínimo del rasante o viales en arquetas o cajas exclusivas . Las arquetas se realizarán con hormigón . Irán dotadas de marco y tapa de fundición o acero fundido con junta hermética de goma y la leyenda del servicio de alumbrado del Ayuntamiento de Madrid. La conexión entre línea de alimentación y unidad luminosa se efectúa de dos formas : Arquetas y tapas del Ayuntamiento de Madrid 264
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Líneas aéreas : se emplearán cajas de empalme de tipo estanco con regletas de borne y fusibles en su interior. Líneas subterráneas : cajas empotradas en los propios postes . La red puesta a tierra constituye una componente importante. Consta de electrodos de puesta a tierra, las líneas de enlace a tierra y las conexiones propiamente dichas . Los electrodos pueden ser de picas o de placas (raramente usadas), ubicadas en arquetas registrables a una profundidad de 0,5 m. Según los Servicios y líneas que pasen por ellas, se denominan : SENCILLAS, COMBINADAS Y MÚLTIPLES . Existen también arquetas que, ademas de instalaciones de alumbrado público, llevan servicio para señales y semáforos y según sean, se llaman de cruce, derivación o toma de tierra, con los tipos de I y II, siendo sus medidas más corrientes cuadradas de 0,6 y 0,7, con tapa de 0,79 m. Su fondo varía entre 0,49-0,55 en las de TIPO I y 0,6 m en la de TIPO Il.
IVA FUENTES DE LUZ. Los puntos de luz se colocan a baja, media y superior altura por medio de soportes, columnas, báculos, palomillas, candelabros, brazos, crucetas, etc. y sobre éstos las luminarias, proyectores, lámparas, etc . que a la vez portan lámparas de 250 400, 500, 700, 750 y 1 .000 W, así como complementos de 50, 60, 70, 80 y 125 W.
DIFERENTES LUMINARIAS Y SOPORTES. Las características de las lámparas varían, pudiendo ser: clara u opaca, de fluorescencia, incandescencia en vacío, de vapor de sodio a alta presión (SAP), de vapor de mercurio a alta presión "color corregido"(VMCC), muy utilizadas hasta la utilización de las SAP. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . TIL (91) 448 22 611447 98 98
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Temario
Bomberos
Ayuntamiento
SAP
VMCC
250,400 w 70,150, 1 .000w
250 Y 400 w
RENDIMIENTO LUMINOSO
90-120 lm/w
55 lm/w
VIDA MEDIA
15 .00011
24 .00011
VIDA ÚTIL
8 .000-12 .00011
10 .000 11
COLOR APARENTE
AMARILLO-DORADO
BLANCO-AZULADO
T . DE COLOR
2 .200 °K
4 .000 °K
POTENCIA HABITUAL
IV.5.
SISTEMAS DE SUSTENTACIÓN .
Las luminarias se pueden disponer en: canalizaciones eléctricas . uno o más brazos de candelabro, columna o poste . coronación de candelabro, columna o poste. suspendidas en cables fijadores . fijación lateral sobre muro o pared . Lis sistemas d) y e) deben evitarse . Posteriormente, con una tensión de 380 voltios, se reparte y regula a través de conductos, arquetas y bases de hormigón hasta las columnas y báculos .
e) COMOFIJACIÓN LATERAL SOBRE UN MURO O PARED
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Figura 13 .9 . Ejemplo s de SUSTENTACIÓN de luminarias. Tecni Gap C/ Garcia de Paredes,13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 44 82261/4479897
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SíMBOLOS DE
SOPORTES
BACULO METALICO CANDELABRO DE FUNDICIÓN POSTE DE MADERA POSTE DE HORMIGON BRAZO MURAL
SÍMBOLOS
DE CANALIZACIONES
ELÉCTRICAS
CANALIZACIÓN AREA CANALIZACIÓN AEREA CON CABLE FIADOR CANALIZACIÓN POR FACHADA CANALIZACIÓN SUBTERRANEA . CANALIZACIÓN POR GALERIA CABLE DE INTERCONEXION ENTRE CENTROS DE MANDÓ TOMA DE TIERRA ARQUETA DE PASÓ Ó DERIVACIÓN ARQUETA DE CRUCE DE CALZADA ARQUETA CON TAPA DE FUNDICIÓN SUBMARINO ENTRADA A GALERIA SUBTERRANEA PASÓ DE CANALIZACIÓN SUBTERRANEA A FACHADA CAJA DE EMPALME O DERIVACIÓN CÉLULA FOTOELÉCTRICA CENTRÓ DE MANDÓ EN CASETA COMPAÑIA CENTRO DE MANDÓ FUERA DE CASETA DE COMPAÑIA
SIMBOLOS DE
SOPORTES
BACULO METALICO CANDELABRO DE FUNDICIÓN POSTE DE MADERA POSTE De HORMIGÓN BRAZO MURAL
SIMBOLOS DE CANALIZACIONES
ELÉCTRICAS
CANALIZACIÓN AEREA AEREA CON CABLE FIADOR CANALIZACIÓN CANALIZACIÓN POR FACHADA SUBTERRANEA CANALIZACIÓN CANALIZACIÓN POR GALERIA CABLE DE INTERCONEXION ENTRE CENTROS DE MANDÓ TOMA DE TIERRA ARQUETA DE PASÓ Ó DERIVACIÓN ARQUETA DE CRUCE DE CALZADA ARQUETA CON TAPA DE FUNDICIÓN SUBMARINO ENTRADA A GALERIA SUBTERRANEA PASÓ DE CANALIZACIÓN SUBTERRANEA A FACHADA Ó VICEVERSA CAJA DE EMPALME Ó DERIVACIÓN CÉLULA FOTOELÉCTRICA CENTRÓ DE MANDÓ EN CASETA COMPAÑÍA CENTRÓ DE MANDÓ FUERA DE CASETA DE COMPAÑIA
SIMBOLOS
DE UN IDADES LUMINOSAS (1)
LUMINARIA I LUMINARIA LM LUMINARIA FL LUMINARIA MCC LUMINARIA SAP FAROL FERNANDINO FAROL FERNANDINO FAROL VILLA MCC FAROL VILLA SAP GLOBO MCC GLOBO SAP
MCC SAP
SIMBOLOS DE PROYECTORES (1,2)
PROYECTOR PROYECTOR PROYECTOR PROYECTOR PROYECTOR PROYECTOR PROYECTOR
SIMBOLOS
CON LAMP DE INCANDESCENCIA DE CON LAMP. DE INCANDESCENCIA DE CON LAMP DE INCANDESCENCIA DE CON LAMP. DE MCC CON LAMP DE VAPOR DE MERCURIO CON LAMP DE SAP SUMERGIBLE CON EL SIMBOLO DE
PARA
ESQUEMAS
CONTADOR DE ENERGIA ACTIVA CONTADOR DE ENERGIA REACTIVA INTERRUPTOR MANUAL CONTACTOR FUSIBLE
PROYECCIÓN VIDRIÓ PRENSADO CUARZO-YODO CON
(1) lAS lUMINARIAS Y PROYECTORES CON (2)
HOLOGENUROS
METALICOS
SU LAMP
MAS DE UNA LAMPARA SE PONDRA EL
Nº DE ESTAS, AL LADO DEL SÍMBOLO QUE LE CORRESPONDA.
LA POTENCIA DE CADA TIPO DE LAMPARA SE INDICARÁ AL LADO DE CADA SIMBOLO CORESPONDIENTE
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ORDENANZA GENERAL DE OBRAS, SERVICIOS E INSTALACIONES EN LAS VÍAS PÚBLICAS Y ESPACIOS PÚBLICOS MUNICIPALES APROBADA POR ACUERDO PLENARIO DE 22 DE DICIEMBRE DE 1994
TÍTULO I
CONCEPTOS PRELIMINARES CAPÍTULO 1. Disposiciones generales Artículo 1 .° Objeto de la Ordenanza. Esta Ordenanza tiene por objeto regular, dentro del ámbito de la competencia municipal, las condiciones a que deben ajustarse cuantas obras o instalaciones de servicios se efectúan en el vuelo, suelo o subsuelo de la red viaria y de los espacios libres municipales de dominio y uso público . Art. 2.° Tipos de obras . Esta Ordenanza contempla los siguientes: 1 . Calas: Se consideran calas las aperturas de suelo o pavimento cuya anchura sea inferior a 1,5 metros y su longitud no supere los 25 metros o las que siendo su anchura superior a 1,5 metros, la superficie afectada no supere los 15 metros cuadrados . A efectos de la exacción y tramitación se considera : pública .
a) Cala "programada": es aquella cuya tramitación se inicia con la solicitud de licencia de obras en la vía
b) Cala "urgente" : es la que se inicia mediante la solicitud del permiso de urgencia. El peticionario tendrá que justificar que su actuación se debe a la reparación de una avería en sus instalaciones . En ningún caso sus dimensiones podrán exceder de las de cala. 2. Canalizaciones : Se consideran canalizaciones todas las aperturas del suelo o pavimento cuya longitud exceda de 25 metros o la superficie afectada sea superior a 15 metros cuadrados . En el caso de acometida de alcantarillado, se considerará canalización cuando la longitud supere el ancho de la vía pública. 3. Pasos de carruaje: Las obras necesarias para la construcción o supresión de pasos de carruajes consisten en el rebaje o levantado de bordillos y modificación de acera efectuada para permitir o impedir el acceso de vehículos desde la calzada a un inmueble o parcela. 4. Hidrante : Es aquella conducción de agua de gran sección (100 milímetros de diámetro o más) tomada directamente de la arteria principal de distribución con capacidad suficiente y servicio permanente y terminada en una columna con varias salidas para conexión de mangueras de Bomberos, o bien en una pieza con dispositivo derosca para situar esa columna, de que se provee de tubería de 100 milímetros y que se aloja en una arqueta subterránea provista de tapa para uso exclusivo de los Bomberos.
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5. Otros trabajos : Se recogen en este apartado los tendidos aéreos, la reconstrucción de aceras, las actuaciones sobre galerías o cajones de servicios y en general todos aquellos que afectando a la vía pública no se encuentren recogidos en los apartados anteriores: Art . 3 .° Adecuación a la normativa vigente. Con carácter general las obras reguladas por esta Ordenanza cumplirán las Normas, Pliegos y demás disposiciones vigentes . En particular y por su especial vinculación con esta Ordenanza, son de singular relevancia : - Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización. - Pliego de Condiciones Técnicas Generales, aplicable a los proyectos y ejecución de las obras del Área de Vivienda, Obras e Infraestructuras . - Pliego de Condiciones para el Concurso de las Obras de Conservación y Reforma de los Pavimentos de Madrid . - Pliego de Condiciones para el Concurso de las Obras de Conservación de Galerías de Servicio . - Ordenanza Reguladora de la Señalización y el Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por la Realización de Obras y Trabajos . - Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano . TÍTULO II DISPOSICIONES TÉCNICAS CAPÍTULO I. Instalación de servicios Art . 4.° Modalidad de instalación de servicios. Las conducciones que discurren por el vuelo, suelo o subsuelo de las vías públicas se dispondrán: - En galerías y cajones de servicios . - Enterradas. - Áreas . 1 . Galerías y cajones de servicios: 1 .1 Galerías de servicios. Son aquellas construcciones subterráneas visitables que alojan conducciones de abastecimiento de agua, energía eléctrica y comunicaciones . 1 .2 Cajones de servicios. Son aquellas construcciones de sección generalmente rectangular, accesibles desde el exterior y cubiertas con losas, que podrán estar simplemente apoyadas y sin trabar con las contiguas cuando el peso de cada unidad sea mayor o igual a 75 kg.; en caso contrario se dispondrán en el pavimento piezas contrastadas que inequívocamente definan el eje del cajón en todo su trazado . Se situarán necesariamente bajo las aceras y paralelamente a la línea de bordillo . Podrán ser simples o múltiples, con capacidad suficiente para que los cables y tuberías instaladas queden de forma ordenada, funcional, segura y con holgura para poder realizar los trabajos propios de reparación o sustitución de los servicios instalados.
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1 .3. Construcción de nuevas galerías y cajones de servicios . Conforme a la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales (art. 30), el Ayuntamiento podrá realizar por sí mismo o exigir a Promotores, Compañías de Servicios u Organismos Públicos la construcción de galerías y cajones de servicios, siendo en ambos supuestos con cargo a los citados Promotores, Compañías de Servicios u Organismos Públicos los costes que se originen, en la cuantía estipulada en el art . 31 de la mencionada Ley. En el caso de que la construcción no corresponda a una iniciativa municipal, los interesados pedirán la autorización correspondiente al Ayuntamiento, que podrá establecer las condiciones que estime convenientes . En cualquier caso, el propietario quedará obligado aadmitir la instalación en la galería o cajón de todas las instalaciones compatibles, que los Servicios Técnicos Municipales consideren necesarias . Las empresas que no hayan participado en la construcción podrán usarlas, previo pago de los cánones correspondientes . 2. Servicios enterrados . a) Entubados . Son los que se alojan en tuberías de cualquier tipo de material, de modo que el tendido de cables o conductos se pueda realizar sin necesidad de abrir el pavimento entre dos arquetas de tiro o puntos de sellado consecutivos . Estas instalaciones deberán disponer de arquetas de registro y/o tiro a distancias no superiores a 50 metros, o a las que se establezcan en la licencia, atendiendo a las características del servicio. En la instalación de las tuberías se deberá garantizar que, al realizar inyecciones para consolidar el subsuelo, con presiones de hasta kp/cm2, el material inyectado no pueda penetrar en los tubos, no siendo responsable el Ayuntamiento si ello sucediera . La misma condición se exigirá a las arquetas en cuanto a la estanquidad y normalización . Si el cable o conducción instalado requiriese expresamente algún tipo de protección o aislamiento especiales, deberá ponerse en conocimiento de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, siendo la empresa propietaria de dicha conducción la única responsable del comportamiento de las medidas adoptadas al respecto . b) Simplemente enterrados . Son los que se colocan directamente en el subsuelo sin utilizar ningún tipo de conducto envolvente. 3 . Tendidos aéreos . Son los que discurren por el vuelo de la vía pública, apoyados en soportes y cuya distancia al suelo no puede ser en ningún caso inferiora 6 metros. Quedan expresamente prohibidos, en todo el Término Municipal, salvo en los pasillos o corredores destinados a la instalación de servicios contemplados en el Planeamiento Urbanístico . En aquellos casos en que fuera necesario modificar el trazado de algún servicio aéreo existente, el Ayuntamiento podrá exigir que la línea sea enterrada, al menos en todo el tremo afectado. Los costes originados se imputarán de acuerdo con lo establecido en el art . 13 de esta Ordenanza. En aquellas situaciones excepcionales que justifiquen la instalación aérea, ésta se entiende siempre provisional conforme a las condiciones que se establecerán en la autorización correspondiente, siendo a cargo del titular del servicio los costes que se originen por la retirada o modificación de las líneas cuando el Ayuntamiento lo requiera . Art. 5.º Tipos de redes. 1 . Condiciones generales . Las redes de servicios se instalarán en el vuelo, suelo y subsuelo de acuerdo con lo dispuesto en esta Ordenanza, en el Planeamiento Urbanístico vigente, y en la Normativa de las Compañías Suministradoras . Serán perfectamente identificables, mediante rótulo o impresión en sus elementos visibles en el pavimento . 270
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El Ayuntamiento podrá exigir la retirada de las redes que se encuentren fuera de servicio siempre que su trazado, diámetro o condiciones de instalación lo justifiquen . Excepto las conducciones de gas, las diferentes redes se alojarán en galerías de servicios cuando existan, estén previstas en el planeamiento o el Ayuntamiento estableciera la obligatoriedad de su construcción, salvo imposibilidad justificada que requerirá autorización expresa de los Servicios Técnicos Municipales y del titular de la galería . Cuando una galería se encuentre saturada o la instalación de nuevos servicios altere la ordenada y segura disposición de los existentes, no se autorizará el montaje de nuevas redes . 2. Conducción de abastecimiento de aguas e incendios . Será obligatorio el alojamiento en galerías de servicios de las tuberías de abastecimiento de agua de diámetro mayor o igual a seiscientos milímetros, igualmente, se dispondrán galerías en los cruces de calzada del viario preferente, y en los de anchura superior a 15 metros, cualquiera que fuere el diámetro de la conducción. Estas condiciones serán de obligado cumplimiento con carácter general, salvo en aquellos casos en que las especiales peculiaridades de la instalación aconsejen una solución alternativa, que requerirá aprobación expresa del Ayuntamiento. 3. Conducción de gas . Este tipo de conducciones se instalarán enterradas o entubadas, quedando prohibido expresamente su alojamiento en galerías de servicios y en cajones no rellenos. 4 . Conducciones eléctricas. Los tendidos eléctricos con tensión superior a 45 kv., deberán colocarse siempre enterrados, con las excepciones señaladas en el artículo 4 de esta Ordenanza . Se dispondrán galerías o tubos para el alojamiento de las conducciones eléctricas en los cruces de calzada . 5. Conducciones de telefonía y comunicaciones . Se dispondrán galerías o tubos para el alojamiento de las redes de comunicaciones en los cruces de calzada . 6. Acometidas de alcantarillado . Las acometidas de alcantarillado deberán ser realizadas por empresas especializadas, debiendo para ello estar homologadas por el Ayuntamiento de acuerdo con las normas que a tal efecto se aprueben por el mismo . El diámetro de las tubulares de las acometidas será, como mínimo, de 30 centímetros, debiendojustificarse y aprobarse cuando sea superior. Las pendientes estarán comprendidas entre el 2 y 4 por 100 . Se ejecutará en zanja para profundidades inferiores a 4,5 metros, excepto que por necesidades del tráfico sea necesario, a juicio de los Servicios Técnicos Municipales, su ejecución en mina, en cuyo caso la tubular se dispondrán dentro de una galería de servicio tipo acometida particular, contemplada en la Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización. Cuando la profundidad sea superior a 4,50 metros, la acometida se realizará siempre en mina en las mismas condiciones anteriores, pudiéndose justificar y aprobar situaciones puntuales de ejecución en zanja. En lo relativo a los desagües de las redes de abastecimiento de agua e incendio se estará a lo que establezcan los Servicios Municipales competentes en la conservación de la red de saneamiento . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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TEMA 19 SOCORRISMO : DEFINICIÓN. NORMAS GENERALES DE ACTUACIÓN ANTE UN ACCIDENTE. ANATOMÍA Y FISIOLOGÍA HUMANA : SISTEMA RESPIRATORIO, CARDIO -CIRCULATORIO Y LOCOMOTOR . I.
DEFINICIÓN .
Socorrismo:
Cuidados que se prestan a una persona lesionada en el momento de ocurrir el accidente, con objeto de: evitar la muerte por asfixia, hemorragia, etc . aliviar su dolor evitar el shock evitar lesiones secundarias o infecciones
El Principio fundamental que debe regir nuestra conducta en la atención de una urgencia es: NO AGRAVAR EL DAÑO r Una primera ayuda bien ejecutada puede ser de enorme utilidad para una posterior asistencia médica. Los primeros auxilios no tienen como objetivo reemplazar la asistencia médica, sino, tan sólo, proteger al lesionado hasta que pueda ser asistido por el médico. . I1 .
ACTUACIÓN.
Ante un accidentado el socorrista o persona que presta las primera ayuda deberá actuar con celeridad pero sin precipitarse y tendiendo en cuenta las siguientes consideraciones : 1.
Alejar al accidentado del peligro o causa del accidente, (fuego, gas, electricidad, etc .. .). evitando en lo posible riesgo para los socorristas o asistencia médica.
2.
Considerar siempre la posibilidad de lesión de columna vertebral . Desplazar alaccidentado con la cabeza-tronco-cuello formando un eje rígido.
3.
Realizar una evaluación de las constantes vitales (conciencia, consciencia, respiración y circulación). Para posteriormente preguntarnos si sangra, tiene fracturas o está en shock.
4.
En función de lo que el lesionado tenga, actuaremos o pondriamos en marcha la maniobra de reanimación que conside remos necesaria .
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Temario Bomberos Ayuntamiento Cuadro de la escala "AL VO DO NO" (Cuanto más bajo en la escala tengamos respuesta, peor será elpronóstico)
Pupilas dilatedas
B.
C.
AL
El accidentado está Alerta . Sabe su nombre, dónde está, qué día es.
VO
El accidentado responde de manera adecuada a la Voz, cuando te diriges a él.
DO
El accidentado responde, sólo al Dolor.
NO
El accidentado NO responde a ningún estímulo
Pupilas contraídas
Pupilas desiguales
Al examinar las pupilas hay que determinar su tamaño, si son o no iguales y si reaccionan a la luz (lo normal es que se contraigan ante la luz y se dilaten en la oscuridad) HAY QUE REPETIR LA VALORACIÓN DEL NIVEL DE CONCIENCIA CON BASTANTE FRECUENCIA.
II. II.1 .
SITUACIONES ESPECIALES Y PRIMEROS AUXILIOS . PARADA RESPIRATORIA.
Se entiende por parada respiratoria, el cese repentino de oxígeno a nuestro cuerpo y más especialmente a los órganos vitales (cerebro y corazón) . Si dicha parada respiratoria, en algún caso, excediera de cuatro o cinco minutos se produciría la muerte cerebral . 11.2.
REANIMACIÓN RESPIRATORIA.
La reanimación respiratoria es una técnica de socorrismo que trata de restablecer la llegada de oxígeno al cerebro y corazón, liberando las vías respiratorias de toda obstrucción mecánica . A)
Métodos de respiración artificial .
Ya en el siglo XVI, Vesalio demostró que podía mantener vivo a un cerdo mediante la intubación endotraquial . En la actualidad, los métodos para practicar la respiración artificial son, entre otros :
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INSUFLACIÓN ACTIVA BOCA A BOCA Se basa en que durante nuestra inspiración existen "dos tipos" de aire: uno, permanece en las vías aéreas superiores, tráquea y bronquios, es el volumen muerto otro, llega a los pulmones y alvéolos e intervienen en el recambio gaseoso, es el volumen eficaz En nuestra espiración, el aire del espacio muerto es el que primero expulsamos, es aire no viciado (no ha intervenido en el recambio gaseoso) y su contenido en oxígeno es alto, un 20% Entonces, si realizamos una inspiración profunda y aplicamos nuestra boca sobre la del accidentado, en el espiración, le estamos introduciendo en sus pulmones aire con un contenido bueno de oxígeno (el 20%)
Premisa importante: - empezar la respiración artificial en el mismo lugar del accidente - inmediatamente de producida la parada respiratoria - continuarla todo el tiempo que sea necesario . Forma de realizarla: 1 .2.3 .4.5.-
El asfixiado estará en decúbito supino (echado hacia arriba) y el Socorrista se colocará al lado derecho de la víctima . Con los dedos de la mano izquierda "pinza" las alas de la nariz, colocando la palma de la mano sobre la frente de la víctima . La mano derecha la sitúa el Socorrista debajo de la nuca del accidentado . Una vez colocadas así las manos "arquea" el cuello para abrir el cana respiratorio . El Socorrista inspira aire y aplica su boca alrededor de la boca de la víctima, cubriéndola totalmente y espirando (soplando) el aire dentro de la boca del accidentado . Una vez realizado este punto, se retira la boca, para que la víctima espire pasivamente y se observa si su pecho presenta movimiento al exhalar el aire. Repetir el ciclo unas 15 veces por minuto .
Observaciones : Si se encuentra dificultad para insuflar el aire, recordar: a) b) c)
la nariz debe estar perfectamente tapada la cabeza y cuello de la víctima estarán arqueados totalmente nuestra boca cubrirá perfectamente la de la víctima
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INSUFLACIÓN PASIVA . Método de Sylvester .
paciente, colocado en decúbito supino (boca arriba) Cabeza ladeada se coloca un rodillo de tela debajo de la espalda de la víctima Socorrista, arrodillado a la cabeza de la víctima Técnica . se comienza con una espiración, comprimiendo el tórax para ello se cogen las muñecas de la víctima, se llevan sobre su pecho, se cruzan y el Socorrista "echa" su peso sobre los brazos y tórax del accidentado la inspiración se realiza traccionando los brazos de la víctima, separándolos del cuerpo y llevándolos hacia atrás hasta tocar el suelo se realizarán 8 a 12 movimientos por minuto . Método de Holger-Nielsen
accidentado, en decúbito prono (echado boca abajo) y con la cabeza ladeada las extremidades superiores se flexionan y las manos se cruzan con las palmas boca abajo el Socorrista, arrodillado a la cabeza de la víctima y en sentido contrario
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Técnica :
se comienza con una espiración, para ello: el Socorrista coloca sus manos, los pulgares a nivel de las escápulas, los otros dedos a nivel de las axilas el Socorrista, puestas así sus manos y con los brazos extendidos, se inclina hacia adelante, llevando su peso sobre la espalda del paciente. la inspiración se realiza cogiendo el Socorrista los brazos de la víctima por encima de los codos y tirando de ellos hacia sí, al tiempo que se endereza, sin levantar las manos del paciente del suelo luego deja reposar los brazos en su postura primitiva e inicia un nuevo ciclo la frecuencia de movimiento será de 8 a 12 por minuto .
Método de Schaffer :
paciente en decúbito prono (boca abajo), brazos flexionados y manos cruzadas, sobre ellos, la cabezaladeada Socorrista, sentando a horcajadas sobre los muslos de la víctima, aplicando sus manos sobre las últimas costillas, con los dedos pulgares paralelos a la columna vertebral para conseguir la espiración, el Socorrista, comprime las masas musculares lumbares y el abdomen, enderezándose y apoyándose sobre la víctima para conseguir la inspiración, el Socorrista "afloja" lapresión anterior, volviéndose a sentar sobre la víctima. 11.3.
PARADA CARDIACA.
Es el cese repentino e inesperado del latir del corazón . Esto impide que la sangre circule y como consecuencia de ello el aporte necesario de oxígeno a las células no llega. Diagnóstico de una parada cardiaca. Se diagnostica cuando están presentes todas las condiciones siguientes : A) Inconsciencia. Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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B) C) D)
Falta de respiración. Apariencia de muerte, (Palidez o cianosis). Ausencia de pulso (Carótida o femoral).
11.4. REANIMACIÓN
CARDIACA .
Una vez que hemos comprobado que carece de pulso carotideo iniciamos las maniobras de masaje cardiaco externo para mantener una circulación artificial. ACTUACIÓN. 1°
Se coloca a la víctima boca arriba, sobre una superficie dura.
2°
Localizaremos el punto de compresión que se encuentra dos dedos por encima de la boca del estómago, en el tercio inferior del esternón .
3°
Colocar el talón de un mano con la otra sobre ella sin apoyar los dedos sobre el tórax de la mismas y con los brazos extendidos para evitar la fatiga . Empujar el esternón hacia abajo de manera progresiva, sin golpear, unos 4-5 centímetros y la víctima siempre tumbada.
4°
Combinación entre ventilación y compresiones externas : Un solo socorrista: 2 insuflaciones 15 compresiones
2:15
80 / minuto
Dos socorristas : 1 insuflación 5 compresiones Nota.-
60 / minuto
1 :15
En ambos casos, controlar el retorno del pulso espontáneo cada 1 ó 2 minutos .
En el caso de que la víctima fuera un niño entre 1 y 8 años, la ventilación artificial se realizaría boca a boca más nariz. Uno o dos socorristas : (niños l-8 años) 1 insuflaciones 5 compresiones 5°
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1 :5
180-100 /minuto
El apoyo circulatorio se completa con el control de las hemorragias agudas (elevación + compresión manual + vendaje compresivo) y la prevención del shock colocando al paciente en posición anti-shock y abrigado, siempre y cuando no haya ninguna causa que lo contraindique (Traumatismo craneoencefálico) .
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Compresiones torácicas e insuflaciones
Técnica de localización del punto de compresión
No se debe hacer: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 11 .5.
Mover al herido sin antes habernos dado cuenta de sus lesiones. Moverlo lo estrictamente necesario . Nunca disminuir fracturas ni corregir la deformidad de los miembros . Dar agua ni alimentos al accidentado . Permitir al herido grave que se ponga en pie y menos aun que camine . Tocar y hurgar en las heridas . Poner torniquetes si no es ESTRICTAMENTE NECESARIO. SI NO SE SABE QUE HACER, ES MEJOR NO HACER NADA.
SHOCK .
Alteración en la cual la cantidad de sangre que llega a las células es insuficiente para realizar sus funciones normales . (Insuficiencia circulatoria) . A)
CAUSAS. Pérdida de sangre . Graves infecciones . Alteraciones graves del corazón . Reacciones alérgicas graves . Trastornos nerviosos intensos.
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B)
SÍNTOMAS. Palidez y enfriamiento de la cara y las extremidades Agitación Escalofríos Sudoración fría Sed Angustia Si no pierde la conciencia, esta alejado de todo lo que le rodea, indiferente pero lúcido.
Cuando el shock se agrava se observa: Debilitación del pulso Caída de la presión arterial Respiración superficial C)
TIPOS DE SHOCK . Shock Shock Shock Shock Shock
C)
neurológico, el producido por dolor. séptico, el producido por contaminación . hipovolémico, el producido por la pérdida masiva de sangre . cardiogénico, el producido por el mal funcionamiento del corazón . anafiláctico, el producido por picaduras de insectos (envenenamiento) .
ACTUACIÓN. Colocar al paciente de cúbito supino, con la cabeza baja, sin moverlo ni desplazarlo . Abrigarlo para evitar que se enfríe . Esperar la llegada de la ambulancia, evitando el transporte improvisado . Se procurará su aislamiento para evitarle el ruido o cualquier clase de emociones .
III.
ANATOMÍA Y FISIOLOGÍA HUMANA : INTRODUCCIÓN
La Anatomía Humana es la rama de la Biología que se encarga del estudio de laforma y estructura del hombre como un todo y en cada una de sus partes . El termino fisiología se refiere a la ciencia del FUNCIONAMIENTO de los organismos vivientes, y la fisiología humana estudiara en concreto el funcionamiento del cuerpo humano y a la explicación de la propia vida.
IV.
EL APARATO CIRCULATORIO.
El aparato circulatorio se encarga de distribuir las sustancias nutritivas, tanto líquidas como sólidas y gaseosas, que han sido absorbidas a través de la mucosa intestinal. Las sustancias líquidas y sólidas pasan a la sangre por vía intestinal, mediante la digestión y la absorción, las sustancias gaseosas penetran a través de los pulmones mediante la respiración. El aparato circulatorio está compuesto por un órgano central, el corazón, que impulsa la sangre a modo de bomba aspirante-impelente, y por una serie de vasos sanguíneos que parten del corazón, las arterias, y otros que llegan hasta el corazón desde las distintas partes del organismos, las venas . Tanto las arterias como las venas se ramifican en el interior del organismo en otros vasos de cada vez menor calibre, hasta convertirse en unos vasos extremadamente finos, como cabellos, de ahí que reciben el nombre de capilares. 280
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IV.1 .
EL CORAZÓN .
Es un órgano hueco yde paredes musculares, situado en el centro del tórax entre ambos pulmones. Presenta un forma cónica, con su vértice inclinado hacia la izquierda . Su tamaño, en el hombre adulto, es el de una naranja . Está envuelto y recubierto por una capa serosa denominada pericardio. La cavidad cardiaca esta subdivida por un grueso tabique, en dos partes : corazón izquierdo y corazón derecho . Cada una de estas dos partes está a su vez dividida en dos cavidades comunicadas por un orificio o válvula que sólo se abre hacia abajo. Dichas válvulas se denominan bicúspide o mitra¡ el de la aurícula izquierda y tricúspide el de la derecha. Las cavidades superiores se llaman aurículas, y son pequeñas y de paredes más delgadas que las inferiores, o ventrículos, cuyas paredes son mucho más gruesas y musculadas, presentando en su interior unos resaltes o salientes que sostienen las válvulas anteriormente citadas. Estas válvulas son : en el lado izquierdo, laválvula mitra¡, en el lado derecho, la válvula tricúspide. Las arterias nacen de los ventrículos. Del ventrículo derecho nace la arteria pulmonar, que se bifurca rápidamente en dos ramas, derecha e izquierda, yendo cada una a su correspondiente pulmón. Del ventriculo izquierdo nace la artería aorta, que se va ramificando a medida que desciende por el tórax y abdomen, pegada a la columna vertebral, y cuya misión consiste en llevar sangre oxigenada a todos los órganos y tejidos del organismo . Tanto la arteria pulmonar como la aorta presentan a su nacimiento en el corazón unas válvulas, llamadas sigmoideas, dispuestas de tal forma que permiten tan sólo la salida de la sangre del corazón pero no su reflujo .
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A las aurículas llegan las venas. En la aurícula derecha desembocan las venas cavas ; la superior, que recoge la sangre de la cabeza y de la parte alta del cuerpo, y la inferior, que recoge la sangre del resto del organismo . A la aurícula izquierda llegan las cuatro venas pulmonares, procedentes dos a dos de los respectivos pulmones . IV.2.
LOS VASOS SANGUÍNEOS .
El diámetro o calibre de los vasos sanguíneos es muy variable, oscilando desde los 2-3 cm. del primer tramo de la aorta hasta las 10 micras de los mas finos capilares . Los vasos poseen unas paredes formadas por varias capas de tejidos : epitelial por fuera, conjuntivo a continuación y una tenue capa muscular por dentro . En las arterias predomina la capa conjuntiva, por lo que son más elásticas que las venas, en las cuales predomina la capa muscular de fibra lisa, por lo que desempeñan una función esencialmente contráctil. Los capilares, tanto arteriales como venosos, sólo poseen tejido epitelial . La distribución de los vasos o red vasculardel organismo sigue pues el siguiente orden: corazón-arteriasarteriolas-capilares arteriales-capilares venosos-vénulas-venas-corazón . IV.2.1. LA CIRCULACIÓN SANGUÍNEA . La sangre es impelida por el corazón mediante unas sucesivas contracciones y dilataciones, denominadas sístoles o diástoles respectivamente, de acuerdo con el siguiente ritmo : a)
Sístole auricular : es la contracción simultanea y rápida de las dos aurículas, gracias a la cual la sangre pasa a los ventrículos respectivos a través de las válvulas mitral y tricúspide.
b)
Sístole ventricular: es la contracción simultanea de los dos ventrículos, más lenta pero también mucho más enérgica que la de las aurículas . El sístole ventricular expulsa a presión la sangre de los ventrículos hacia las arterias a través de las correspondientes válvulas sigmoideas (aórtica y pulmonar) .
c)
Diástole cardíaco: es la relajación del corazón o momento de reposo de la actividad muscular contráctil, mientras la sangre procedente de los pulmones va llenando la aurículas .
El corazón se contrae y se dilata (latidos) unas 70-75 veces por minuto (sístoles ventriculares) . La sangre es impulsada hacia las arterias, que se dilatan al recibirla, y avanza como una onda expansiva que se transmite a lo largo de las paredes arteriales, fenómeno perfectamente apreciable a través del pulso, que no es más que la palpación de una arteria sobre un plano duro (sobre un hueso, por ejemplo) . La sangre va perdiendo presión a medida que se aleja del corazón . Esta presión es máxima durante el sístole, y mínima durante el diástole : es lo que se denomina tensión sanguínea, que se determina con unos aparatos por todos sobradamente conocidos . La tensión sanguínea oscila, en el adulto entre 13 y 14 mm Hg para la máxima y 6-7 para la mínima.
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1. Ventilación pulmonar: 2. Circulación menor. 3. Circulación mayor. 4. La utilización periférica del oxígeno. (AL aurícula izquierda, AD: aurícula derecha; VI: Ventrículo izquierdo; VD: Ventrículo Derecho) A)
Tipos de circulación sanguínea
La circulación humana presenta las características de ser doble y completa: doble, porque pasa dos veces por el corazón en el transcurso de un recorrido total por todo el organismo, y completa, porque la sangre arterial y la sangre venosa no se mezclan nunca. La circulación mayor es el recorrido que efectúa la sangre oxigenada o arterial desde que sale por la aorta del ventrículo izquierdo y llega a los tejidos, donde los glóbulos rojos o hematíes ceden su oxígeno y recogen las sustancias de desecho celular, las cuales pasan a través de la delgadísima pared (endotelio) de los capilares arteriales . A continuación, la sangre toma el anhídrido carbónico y las materias de desecho celulares . La hemoglobina de los hematíes se oscurece a consecuencia de este proceso químico, haciéndose la sangre más oscura y espesa (sangre venosa) . La sangre venosa pasa a las venas y llega a la aurícula derecha a través de las venas cavas superior e inferior. Así es, esquemáticamente, la circulación mayor, que utiliza las 3 cuartas partes de la totalidad de la sangre . La circulación menor es el recorrido que efectúa la sangre desde su paso de la aurícula derecha al ventrículo del mismo lado. Luego, la sístole ventricular impulsa esta sangre venosa hacia los pulmones a través de la arteria pulmonar . Cuando la sangre llega a los pulmones tiene lugar el intercambio gaseoso . Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 611447 98 98
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El anhídrido carbónico (CO Z) de la hemoglobina de la sangre venosa se libera por la respiración, mientras que los hematíes se cargan de oxígeno (OZ), con lo que la sangre vuelve a tomar una coloración de un rojo intenso. La sangre ya oxigenada pasa a las venas pulmonares que la conducen hasta la aurícula izquierda, cerrándose así el ciclo de la circulación menor, en la que interviene una cuarta parta de la sangre total. IV.3.
EL SISTEMA LINFÁTICO . Todo el organismo humano está embebido de agua excepto el óseo y cartilaginoso .
El líquido que embebe a los tejidos procede principalmente de la sangre que, a través de los capilares, lo distribuye a todas las zonas del organismo constituyendo el denominadoplasma intersticial. Ahora bien, el plasma o líquido que baña los tejidos posee una circulación propia, realizada a través de una red extensamente ramificada por todo el cuerpo y que comunica con el sistema venoso a la altura de unas venas denominadas subclavias que, como indica su nombre, transcurren por debajo de las clavículas. El conjunto de estos canalículos recibe el nombre de sistema linfático, complementario de la circulación sanguínea, que contiene el liquido denominado linfa. La linfa presentauna composición parecida a la de la sangre, pero sin hematíes ni plaquetas, aunque sí con gran abundancia de leucocitos. La linfa conduce las grasas, emulsionadas en forma de pequeñísimas gotas, hasta la sangre a través como ya hemos dicho, de la vena subclavia izquierda . A lo largo de todo su recorrido, el sistema linfático presenta unos cúmulos redondeados denominados ganglios linfáticos, en cuyo seno se forman los linfocitos, un tipo de glóbulos blancos . El sistema linfático, por lo tanto, desempeña unasfunciones defensivas dentro del organismo . Los ganglios más importantes se encuentran en el cuello, los codos, ingles y rodillas.
V.
EL APARATO RESPIRATORIO .
El oxígeno llega a la sangre mediante el proceso de la respiración. El oxigeno es un gas esencial para la combustión de los azucares como la glucosa, con el subsiguiente desprendimiento de energía que permite la realización de un trabajo y el mantenimiento o la producción de calor. El conjunto de órganos necesarios para introducir en el organismo el oxígeno contenido en el aire que se respira y devolver al exterior el aire enrarecido tras haberse cargado con el anhídrido carbónico constituye el APARATO RESPIRATORIO, esquemáticamente dividido en vías respiratorias y pulmones. V.1 .
VÍAS RESPIRATORIAS . Están constituidas por : la boca, las fosas nasales, la faringe, la laringe, la traquea y los bronquios .
La BOCA y la FARINGE son comunes a los aparatos respiratorio y digestivo, ya que intervienen en las funciones de ambos . Recordemos que la característica mas importante de estos órganos es el cierre de la glotis en el acto de la deglución, con el fin de que el bolo alimenticio no pase a la traquea. Las FOSAS NASALES son unas cavidades anfractuosas, con infinidad de recovecos, tapizadas por una capa mucosa denominada pituitaria, cuya doble función consiste por un lado en calentar el aire que se inspira, y por 284
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otro en humedecerlo y limpiarlo de partículas de polvo . Es posible la realización de esta doble función gracias a la secreción de una mucosidad y a la presencia de cilios en la mucosa pituitaria. La LARINGE es la parte superior de la traquea y comunica con la faringe por la glotis, comunicación que puede cerrarse medianteuna válvula especial denominada epiglotis . En la laringe se encuentran las cuerdas vocales, productoras de los sonidos de la voz articulada cuando el aire inspirado pasa por entre ellas. La laringe esta formada por una serie de cartílagos, unidos entre sí y alrededor de un pequeño hueso denominado hioides (nuez de Adán). La TRÁQUEA es un tubo constituido por cartílagos, en cuya superficie interna existe un epitelio vibatril y células secretoras de un moco protector. Los BRONQUIOS son la continuación de la traquea : ésta sebifurca en dos conductos cartilaginosos, cada uno de los cuales va a parar a uno de los pulmones en cuyo seno se ramifican . V.2.
LOS PULMONES .
Son dos órganos de color rosáceo, envueltos y cubiertos por una membrana serosa llamada PLEURA . El espacio comprendido entre las dos hojas de esta membrana recibe el nombre de CAVIDAD PLEURAL, que contiene un liquido llamado PLEURAL que protege los pulmones del roce contra los huesos del tórax. El pulmón izquierdo es de menor tamaño que el derecho y esta dividido en dos lóbulos . Presenta un su cara antero-interna unas depresión donde se aloja el corazón. El pulmón derecho posee tres lóbulos . En cada uno de los pulmones penetra un bronquio principal, fruto de la bifurcación de la traquea, que se ramifica en dos o tres bronquios secundarios, los cuales se dividen a su vez en bronquiolos que acaban desembocando en un gran numero de alveolos . En cada uno de los dos pulmones penetra, junto con el bronquio principal, una rama de la arteria pulmonar que se ramificaparalelamente a los bronquios y bronquiolos para acabarformando unared de capilares arteriales que cubren a cada lobulillo, a cuyo nivel establecen contacto con los capilares venosos . Estos últimos dan lugar a su vez a venillas pulmonares cada vez de mayor calibre que acaban saliendo del pulmón para confluir en las cuatro venas pulmonares que van a la aurícula izquierda . V.2.1 .
La función respiratoria.
La misión principal de la respiración consiste en conducir el oxigeno del medio ambiente hasta las células y en eliminar de éstas el anhídrido carbónico, en tanto que la sangre se encarga del transporte de los gases entre los pulmones y las células . Dos son, esencialmente, las funciones de la respiración: la ventilación y la hematosis . La VENTILACIÓN es una función mecánica mediante la cual el aire entray sale de los pulmones gracias a los movimientos de inspiración y de espiración respectivamente. En la inspiración se introduce el aire en los pulmones vacíos y se produce un descenso del diafragma. Una inspiración normal comprende aproximadamente medio litro de aire. Si, además, intervienen los músculos que mueven las costillas (músculos intercostales), dilatando el tórax, se realiza entonces una inspiración forzada, que comprende aproximadamente unos dos litros de aire. En la espiración, los músculos se relajan y las costillas y el diafragma comprimen los pulmones, expulsando el aire que estos contienen (espiración normal) . Si se efectúa un esfuerzo suplementario para evacuar más aire, se consigue expeler un litro y medio más (aire de reserva), quedando siempre en los alvéolos un litro de aire que es imposible expulsar (aire residual) .
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La capacidad pulmonar es de unos 5 litros de aire, pero el volumen de aire movilizable entre una inspiración y una espiración forzadas, es decir la capacidad vital, es de 3,5 a 4 litros . La HEMATOSIS es el proceso químico mediante el cual el oxígeno pasa de los pulmones a las células, y el anhídrido carbónico de las células a los pulmones . La hematosis comprende dos fases:
VI.
1ª.
Respiración alveolar : En los alvéolos pulmonares, el oxígeno del aire pasa a la hemoglobina de los hematíes, y el anhídrido carbónico sale del plasma sanguíneo donde se encontraba disuelto, convirtiéndose así la sangre en oxigenada y aptapara llegar hasta las células.
2ª
Respiración celular : En esta ultima, tiene lugar el proceso inverso, es decir la hemoglobina oxigenada (oxihemoglobina) se desprende de su oxígeno -que cede a las células-, mientras que las células se desprenden de su CO2, que pasa al plasma en disolución ; la sangre se hace entonces oscura y pasa de arterial a venosa .
EL APARATO LOCOMOTOR . Consta de dos partes fundamentales : sistema esquelético y sistema muscular .
VI.1 .
SISTEMA ESQUELÉTICO .
El cuerpo humano, al igual que el de todos los vertebrados, esta sostenido interiormente por un armazón óseo llamada esqueleto . El sistema esquelético esta constituido por todos los huesos del cuerpo. Los huesos están unidos entre sí por unos engranajes más o menos móviles : la articulaciones, que pueden ser de tres clases : a) b) c)
Fijas, cuando la soldadura de los huesos no permite ninguna movilidad . Ejemplo : los huesos del cráneo . Se denominan también suturas óseas . Semimóviles : permiten movimientos de poca amplitud. Ejemplo : las articulaciones de las vertebras . Móviles : permiten movimientos máximos de flexión y extensión, y más limitados de rotación . Suelen estar situados entre dos huesos largos; entre ambos huesos, existe un cartílago articular, a modo de almohadilla, y una bolsita llena de un liquido, la sinovia articular. Los huesos de la articulación están unidos por sólidos ligamentos que refuerzan la misma.
VI.l.l . Funciones del sistema esquelético. Las principales son las siguientes : Sostén. Los huesos constituyen el annazón del cuerpo, sobre el cual se disponen las partes blandas . Protección. Los huesos protegen las estructuras vitales blandas alojadas en las cavidades por ellos formadas. Depósito de calcio. El hueso es una reserva de calcio. Formación de elementos celulares de la sangre (hematopoyesis) . 286
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Sostén sólido de los músculos, a los que acompaña en la realización de los movimientos . VI.1.2. LOS HUESOS . Los huesos son sustancias vivas . La diferencia entre el tejido oseo y los otros tejidos reside en que aquel tiene la sustancia intercelular sólida y sin vida, pero en su seno transcurren los vasos sanguíneos . En el cuerpo humano tenemos entre 203 y 206 huesos. En función de la estructura de la sustancia intercelular, los huesos pueden ser esponjosos o compactos . En los primeros existen espacios vacíos, y forman parte de las extremidades de los huesos . El tejido compacto se encuentra situado en la porción central de los huesos. La base del tejido óseo es la osteína, proteína capaz de impregnarse de materias minerales como el calcio y el fósforo . Cuanto más joven es el hueso, mayor es su proporción de osteína y por tanto, mayor su flexibilidad . A)
Clases de huesos .
Los huesos presentan formas muy variadas, aunque se clasifican generalmente en tres grupos: largos, planos y cortos . 1.
Huesos largos : se distinguen dos cabezas o extremos (epífisis), y entre ellas, una porción más estrecha, o caña del hueso (diáfsis). La parte exterior de la diáfisis se denomina periostio . La parte interna contiene una sustancia grasa llamada médula amarilla. En la epífisis, la médula es roja, y en ella se forman los glóbulos rojos de la sangre .
Hueso largo. 2.
Huesos planos: Se caracterizan por que su corte transversal no es redondeado. Ejemplo : omóplato, costillas y los huesos del cráneo .
3.
Huesos cortos : Los que forman la estructura osea de las manos y pies.
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B)
Crecimiento de los huesos .
Los huesos crecen en longitud y en espesor . El crecimiento en longitud tiene lugar durante toda la infancia y pubertad a expensas del llamado cartílago del crecimiento, situado entre la epífisis y la diálisis . El crecimiento en espesor serealiza expensas del periostio, que se está renovando constantemente . Durante los procesos de envejecimiento del organismo, la médula amarilla va destruyendo lentamente al hueso desde su interior, haciéndolo cada vez más delgado y frágil. VI.1 .3. División del esqueleto . El esqueleto humano puede dividirse, para su estudio, en dos partes : esqueleto axil y esqueleto apendicular . El esqueleto axil está formada por 80 huesos que componen el eje del cuerpo: cabeza y tronco (tórax y columna vertebral). El esqueleto apendicular está formado por los huesos de las extremidades superiores e inferiores. A)
Esqueleto de la cabeza Está compuesto por 22 huesos, distribuidos entre el cráneo y la cara. Cráneo : formado por 8 huesos, de ellos 4 impares o únicos (frontal, occipital, etmoides y esfenoides) y 4 pares (2 parietales, 2 temporales) . Cara: formada por 14 huesos unidos entre si, siendo uno móvil (mandíbula) : 1 2 2 2 2 2 2
B)
Vómer (forma el tabique nasal). lagrimales . nasales . cornetes. pómulos . palatinos. maxilares superiores, que unidos forman el maxilar superior con su arcada dentaria.
Esqueleto del tronco Está compuesto por 25 del tórax y 32 o 33 vértebras . Tórax : Formado por 25 costillas, 12 a cada lado y un esternón. Las costillas son arcos flexibles unidos a las vértebras dorsales y por delante al esternón, forman una especie de jaula que protege los pulmones y el corazón, permitiendo con su flexibilidad la respiración . Vertebras : Formado por 32 o 33. 7 cervicales, 12 dorsales, 5 lumbares, 5 sacras (soldadas) y 3 o 4 coxales .
C)
Esqueleto apendicular
Está formado por las extremidades superiores o torácicas ypor las inferiores o abdominales . Se unen al tronco por un conjunto de huesos, llamados respectivamente cinturas escapular y pelviana. Extremidades superiores o torácicas . Lo conforman 32 huesos para cada lado . 288
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La cintura escapular, que las une con el tronco, está formada por la clavícula y el omóplato o escapula. La extremidad propiamente dicha, es decir la parte móvil, consta de tres partes: brazo, antebrazo, y mano, con tres articulaciones : hombro, codo y muñeca . El hueso del brazo es el húmero: el cúbito y el radio son los huesos del antebrazo . La mano esta formada por el metacarpo con sus cinco metacarpianos y, por último, por los dedos. La articulación de la muñeca, o carpo, está formada por 8 huesecillos dispuestos en dos hileras : escafoides, semilunar, piramidal, pisiforme, trapecio, trapezoide, hueso grande y hueso ganchoso. Los metacarpianos se articulan por un lado con los huesos del carpo y por otro con los dedos. Estos constan de tres huesos articulados: falange, falangina y falangeta, excepto el pulgar que carece de la falangina . Extremidades inferiores o abdominales. La cintura pelviana, que las une con el tronco, está constituida por los dos huesos coxales, formados por la soldadura de tres huesos : isquion, ilion y pubis . Los dos huesos coxales forman la cadera que al unirse con la columna vertebral a la altura del sacro, forman una cavidad denominada pelvis en la que alojan el intestino y otros órganos, como la vejiga de la orina y los genitales internos . La parte móvil de la extremidad inferior consta de tres partes: muslo, pierna y pie, y de tres articulaciones : cadera, rodilla y tobillo. El hueso del muslo es el fémur; la tibia y el peroné son los huesos de la pierna . El pie está formado por el metatarso con sus cinco metatarsianos, y por ultimo, por los dedos. En la articulación de la rodilla, que une el fémur con la tibia, se encuentra un hueso libre, la rótula, situada en la parte anterior de la articulación, y cuya misión consiste en impedir la flexión de la rodilla hacia delante . La articulación del tobillo recibe el nombre de tarso y, como la de la muñeca, posee una gran movilidad; esta formada por 7 huesos ; astrágalo, calcáneo, escafoides, cuboides y los 3 cuneiformes o cuñas . Los cinco metatarsianos se articulan por un lado con el tarso y por otro con los dedos del pie, que presentan la misma distribución que los dedos de la mano (falange, falangina y falangeta), excepto el dedo gordo que carece de la falangina .
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VI.2.
EL SISTEMA MUSCULAR .
Si los huesos son el soporte sólido y pasivo del movimiento, los músculos son los elementos activos del mismo. En el cuerpo humano hay alrededor de 600 músculos diferentes , que se pueden dividir en tres clases según sean estriados o esqueléticos, lisos o viscerales y músculo cardiaco o miocardio. Los músculos largos terminan en tendones, gracias a los cuales se unen (insertan) en los huesos. La inserción de los músculos planos se efectúa por medio de las aponeurosis en vez de por los tendones . Estos músculos estriados son de contracción voluntaria . Además de los músculos estriados, largos y planos, existen los músculos de fibra lisa, que forman parte de las paredes de las vísceras y órganos huecos (vasos sanguíneos, estómago, vejiga de la orina, ...). Su contracción es involuntaria .
ESQUEMA MUSCULAR 1.
Músculos estriados
Esqueléticos .
2.
Músculos lisos
Orgánicos Viscerales.
3.
Músculo cardiaco
Corazón .
1.
Esqueléticos: Están situados sobre los huesos, son de contracción voluntaria bajo el mando del sistema nervioso central .
2.
Lisos : forman parte de las vísceras, glándulas y vasos sanguíneos de contracción involuntaria y control nervioso-vegetativo
3.
Cardiaco: lo forma el corazón y lo manda un sistema nervioso autónomo y vegetativo de contracción involuntaria y autónoma . Es estriado .
VI.2.1. Músculos de la cabeza . Craneales : frontal y occipital, que recubren los huesos del mismo nombre. De la cara: reciben el nombre de mímicos porque dan al rostro los movimientos que le conceden su expresividad. Entre ellos: los orbiculares de los párpados, los elevadores del ala de la nariz y los elevadores de los labios, los bucinadores (que permiten hinchar los carrillos y por la tanto soplar), los risorios de Santorini, etc . .. Masticadores: los temporales y maseteros, que mueven el maxilar inferior o mandíbula . VI.2.2.
Músculos del cuello.
Son muy numerosos, citaremos el esplenio, que ejecuta la acción de doblar la cabeza hacia atrás y, el estemocleidomastoideo, que sirve para inclinarla hacia adelante o lateralmente .
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VI.2.3. Músculos del tórax y del abdomen. En la parte anterior, el pectoral mayor, que levanta el brazo, el serrato mayor, que mueve el omóplato y las costillas, los intercostales, que mueven las costillas ; los rectos y los oblicuos del abdomen, con una doble función : por un lado sostener el paquete intestinal, y por otro hacer posible la flexión anterior del cuerpo por la cintura. En la parte posterior, el trapecio, que echa la cabeza hacia atrás y le da un movimiento de rotación : el gran dorsal, que baja el brazo ; el diafragma, músculo de contracción involuntaria y cuya función es esencialmente respiratoria . VI.2.4. Músculos de la extremidad superior. El deltoides eleva el brazo lateralmente hasta la horizontal. El bíceps braquial flexiona el brazo yel tríceps lo extiende : se dice por ello que son dos músculos antagónicos . Los pronadores llevan la palma de la mano hacia abajo ; los supinadores realizan el movimiento opuesto, es decir llevan la palma de la mano hacia arriba. Otros músculos son los flexores y los extensores de los dedos. VI.2.5. Músculos de la extremidad inferior . Los glúteos, voluminosos músculos que forman las nalgas . El sartorio, que permite cruzar las piernas una sobre otra. El bíceps y el cuádriceps crural permiten respectivamente la flexión y la extensión de la pierna. Los gemelos son los músculos que forman la pantorrilla y levantan el talón en el acto de la deambulación . El tibial mueve el pie en varias direcciones . Por ultimo, los flexores y extensores de los dedos . VI.2.6. Fisiología del músculo y del movimiento. Si la anatomía estudia los detalles morfológicos de los órganos del cuerpo, su composición y su estructura en reposo, lafisiología, en cambio, estudia elfuncionamiento normal de estos órganos . Así pues, una vez conocidos los datos más elementales en cuanto a la anatomía de los huesos, músculos y articulaciones, consideramos de interés hacer un breve comentario sobre cómo se realiza el movimiento. Los músculos tienen tres propiedades : la elasticidad, la contractilidad y la tonicidad . El músculo puede alargarse y relajarse, recobrando su primitiva longitud cuando deja de actuar la fuerza que motivo su alargamiento . Puede también acortarse mediante la contracción de sus fibras cuando éstas son excitadas por un estimulo físico pinchazo o corriente eléctrica, por ejemplo) . En las partes del cuerpo donde existen dos músculos, uno agónico y otro antagónico (en el brazo por ejemplo), es decir dos músculos que ejecutan dos funciones opuestas (en el caso del brazo, la flexión y la extensión del mismo), se puede observar cuando el agónico se contrae el antagónico se relaja y, viceversa . Por último, la tonicidad es la propiedad que mantiene los músculos en una continua pero poco intensa contracción permanente isometría , lo que les permite estar en todo momento preparados para actuar. Es ésta una característica peculiar del ser vivo que posee unas masas musculares abundantes y la que produce la temperatura constante de 37 grados centígrados que posee nuestro organismo, temperatura debida a esta reducida pero constante actividad muscular. Los músculos, al contraerse, ejercen unatracción sobre los dos huesos en que se insertan, através de los tendones. Sin embargo, en la mayoría de los casos, uno de los dos huesos se desplaza mucho mientras el otro permanece fijo. El hueso que se desplaza es como una palanca en la que la potencia se aplica en el punto de la inserción muscular y la resistencia es el esfuerzo a realizar o el peso a levantar, por ultimo, el punto de apoyo es la unión de la otra extremidad del músculo con el hueso que permanece fijo. 292
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Los músculos actúan de dos formas: Contraen : Agónicos. Relajan : Antagónicos De apoyo al movimiento: Auxiliares o sinérgicos . VI.2.7. Consecuencias de la contracción muscular. Mecánicas: al modificarse la posición de los huesos, se producen efectos de estática, es decir de cambio de posición del cuerpo en el espacio (de pie, sentado, en de cúbito, etc.. .). Dinámicas: aquellas que intervienen en la marcha, la carrera, el salto, la natación y en todos los gestos. En cada postura o en cada movimiento actúa, es decir se contraen o se relajan, diferentes grupos musculares en completa y perfecta coordinación . VI.2 .8. Efectos físico-químicos . El principal es el desprendimiento de calor debido a la contracción isométrica y a las contracciones voluntarias e involuntarias : se produce así un trabajo que, por tanto, consume energía, la cual debe previamente haber sido acumulada en los músculos. La energía que se consume en la contracción muscular viene suministrada por la glucosa y por el oxígeno. En el sobreesfuerzo, cuando se consume más glucosa de la existente en los músculos, el hígado moviliza entonces sus reservas de glucógeno o almidón e inyecta en la sangre nuevas cantidades de glucosa, que será quemada durante la contracción muscular . Será igualmente necesario que la sangre aporte una mayor cantidad de OZ, para lo cual el corazón acelera sus latidos y el aparato respiratorio el ritmo de la ventilación pulmonar. VI.2.9. Efectos biológicos. La fatiga muscular no es más que el agotamiento momentáneo de la glucosa muscular, o la falta del oxígeno necesario para la realización de dicha combinación, en tal caso, en vez de desprenderse agua y gas carbónico, como ocurre en el esfuerzo normal, se desprende ácido láctico, el cual dificulta cada vez más la contracción del músculo . Una vez que ha cesado la actividad del músculo, el ácido láctico se deposita en forma de cristales entre las fibras musculares, dando lugar a la aparición de las agujetas .
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TEMA 20 HERIDAS Y HEMORRAGIAS : CLASIFICACIÓN Y COMPORTAMIENTO . QUEMADURAS : CLASIFICACIÓN, MANEJO Y COMPLICACIONES . FRACTURAS Y LUXACIONES.
I.
HERIDAS : CLASIFICACIÓN Y COMPORTAMIENTO .
Se puede clasificar de herida a toda pérdida de la integridad y continuidad de la piel, de las mucosas o de cualquier otro tejido subyacente. . I1 .
CLASES DE HERIDAS. Las heridas pueden clasificarse según su profundidad, por el objeto causante de la misma, etc . 1.
Por el aspecto se dividen en: a) b)
2.
3.
Abiertas. Cuando hay hemorragia al exterior. Cerradas. Contusiones .
Por suprofundidad se dividen en: a)
Heridas superficiales. Cuando sólo existe lesión de la piel. Se denominan abrasión o rozadura.
b)
Heridas profundas. Cuando existen lesiones en los tejidos subyacentes a la piel; músculos, órganos, vísceras. Tales heridas pueden ocasionar hemorragias internas .
Por el objeto causante se clasifican en: a)
Heridas punzantes . Son las causadas por objetos agudos (clavos, alfileres, astillas, etc .). Suelen producir poca hemorragia, ya que difícilmente seccionan vasos sanguíneos . Sin embargo, pueden ser muy dolorosas y producir infecciones, así como alcanzar mucha profundidad y llegar incluso a interesar algún órgano interno, con lo que pueden adquirir carácter de gravedad.
b)
Heridas de corte o incisas . Son las provocadas por objetos afilados y cortantes (cristales, cuchillos, tijeras, etc .), o bien producidas desde el interior por una astilla de un hueso fracturado que sale al exterior . Suele producir grandes hemorragias . Laceraciones . Son las heridas ocasionadas por objetos de superficie irregular (sierras, maderas, etc .), que originan un tipo de lesión anfractuosa con bordes irregulares, colgajos, etc. Suelen producir poca hemorragia. Heridas contusas . Son aquellas heridas debidas a contusiones intensas (caídas, golpes, etc, etc .) que provocan la abertura de la piel y de los músculos . Por lo general producen poca hemorragia.
c) d)
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e) f)
I.3.
Heridas con pérdida de sustancia. Son heridas en que se pierde, por arrancamiento, trozos de tejido (piel, músculos, etc .). Heridas sépticas. Son las heridas infectadas, ya por contaminación del propio objeto que las ha producido, ya por infección secundaria originada por contacto con gérmenes .
SÍNTOMAS. Son: 1. 2. 3.
I.4.
Dolor . Hemorragia. Separación de bordes .
COMPORTAMIENTO . Ante todo tipo de heridas se procederá a: 1. 2. 3. 4.
Efectuar la evaluación inicial del paciente (constantes vitales). La detención de la hemorragia. La limpieza de la herida (del centro a la periferia). Cubrir la herida con apósitos y vendajes .
1.
Evaluación inicial .
Se evaluarán las constantes vitales del paciente, es decir, nivel de consciencia, respiración y circulación. 2.
Detención de la hemorragia.
En primer lugar hay que distinguir las características que presenta la hemorragia, la cual puede tener carácter leve o grave, según el calibre y tipo de vaso sanguíneo afectado. * Conducta a seguir : 1.
De ser posible, se situará en posición elevada la región afectada.
2.
Se aplicará frío sobre la herida.
3.
Se comprimirá la región herida. Esta compresión puede ser de varios tipos: Por presión directa: colocando una gasa estéril y apretando con los dedos, con fuerza y durante largo rato. Por compresión indirecta : si la hemorragia e muy copiosa debe avisarse al médico, y mientras se ejerce la presión directa sobre la herida, se ha de presionar indirectamente en la arteria que conduce sangre a la herida. Es preciso conocer un poco de anatomía para localizar el lugar donde debe ejercerse esta presión, ya que la compresión del dedo o a veces del puño, debe aplastar la arteria contra los planos duros del organismos (huesos).
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Temario Bomberos Ayuntamiento Como datos que pueden ser de utilidad se citan las principales arterias del cuerpo y las zonas que irrigan : 1 . Arteria carótida : Corre a lo largo de los lados del cuello y se puede comprimir apretando todo el músculo esternocleidomastoideo. Irriga la parte baja del cuello y hombro . 2 . Arteria subclavia : Heridas en el hombro . 3. Arteria axilar: Se puede comprimir apretando el hueco de la axila. Esta compresión puede hacerse con una bolsa grande de gasas. La arteria axilar irriga el brazo en su parte alta . 4. Arteria humeral: Corre por la cara interna del brazo. Puede comprimirse apretandola contra el humero. 5 . Paquete inguinal: heridas del muslo . 6. Arteria femoral: Puede comprimirse sobre la ingle. Irriga la pierna .
Mediante cinta hemostática y torniquete : La cinta hemostática y el torniquete constituyen un sistema de compresión indirecta de los vasos sanguíneos para detener o disminuir la hemorragia . Lógicamente sólo pueden aplicarse en las extremidades .
La cinta hemostática es una banda de goma elástica que se anuda sin excesiva presión alrededor del miembro lesionado, en el punto más próximo a la herida . Si no se tiene a mano esta cinta elástica, puede hacerse un torniquete con un pañuelo o un trozo de ropa a cuyos extremos se hace dar vueltas a fin de que ejerza un presión . Es muy importante tener en cuenta que este sistema de compresión están sólo un recurso de emergencia, que no puede permanecer colocado más de dos horas y que además durante este tiempo debe afloiarse cada media hora . En estos casos es obligado el traslado urgente a un centro médico .
3.
Limpieza de la herida .
Se lavará la piel que rodea la herida con una gasa impregnada en alcohol o éter. Si la región afectada está cubierta de pelos es mejor afeitarlos o cortarlo previamente . Se quitarán las partículas de cuerpos extraños que puedan estar pegados a los bordes de la herida (arena, vestidos, etc .), arrastrándolas con una gasa o simplemente bañando la herida con abundante agua oxigenada o agua hervida . No se debe restregar ni frotar la herida con las manos .
3.
Desinfección de la herida.
La desinfección sirve para destruir e impedir el desarrollo de los gérmenes que hayan podido llegar a la herida, pues toda herida corre peligro de infectarse. Para una desinfección correcta se ha de secar en primer lugar la herida con una gasa esterilizada y arrastrar la sangre y otros cuerpos extraños con agua oxigenada, procurando no tocarla nunca con las manos . Luego se bañará la herida con solución de tintura de yodo diluida y se aplicarán polvos de penicilina o sulfamidas .
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4.
Vendaje de la herida .
El vendaje tiene como misión mantener el apósito fijo sobre la herida y colaborar a la hemostasis por medio de la compresión . También sirve para inmovilizar la región lesionada. Para el vendaje se emplean vendas esterilizadas, pero si se carece de ellas pueden usarse paños limpios o tiras de tela. El vendaje no debe de ser demasiado apretado, con objeto de no crear problemas en la circulación de la sangre, sólo debe comprimir suavemente . Existen una serie de métodos para vendar las diferentes regiones del cuerpo. Para ello es conveniente que se ensayen los sistemas más comunes para poder aplicarlos en caso necesario . De todas formas un simple vendaje circular pueda colaborar a salir del paso en espera de la intervención del personal sanitario . 1.3.
SUERO ANTITETÁNICO . En toda herida existe el peligro de la infección tetánica, si bien el riesgo es mayor en las heridas extensas, laceradas y sucias. En principio siempre es conveniente aplicar suero antitetánico . Se ha hablado mucho de los peligros de la producción de una alergia a causa de este suero . No obstante, hoy día estos productos están muy purificados y prácticamente no existe peligro alguno, en especial cuando el suero antitetánico está asociado a la globulina gamma.
Il.
HEMORRAGIAS : CLASIFICACIÓN Y COMPORTAMIENTO . Se llama hemorragia a todapérdida de sangre, sea cual sea su origen, causa o importancia .
Las hemorragias pueden serproducidas por heridas y traumatismos o por causas médicas . Las hemorragias por causas médicas son pérdidas de sangre espontáneas procedentes de la abertura de algún vaso sanguíneo de un órgano enfermo y que salen al exterior a través de los oficios naturales del cuerpo (nariz, oídos, ano, uretra, boca) . II.1. CLASIFICACIÓN . Las hemorragias pueden ser: Hemorragias arteriales (sección de una arteria) : la sangre sale a borbotones siguiendo el ritmo de los latidos del corazón . Es de color rojo intenso . Hemorragias venosas (sección de una vena) : lasangre fluye como babeando, en chorro continuo, sin pulsación . Tiene un color rojo oscuro o negruzco. Hemorragias capilares : la sangre sale lentamente por toda la superficie lesionada (hemorragia en sábana), El color es una mezcla de los colores de la sangre arterial y de la venosa . Según el lugar de procedencia de la sangre y el orificio a través del cual sale al exterior, las hemorragias se denominan de diversos modos: * 298
Hematemesis . Es la salida de la sangre en forma de vómito por la boca procedente del esófago, estómago o cualquier otra porción del aparato digestivo. Tecni Gap C/ García de Paredes,13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 44 8 22 611447 98 97
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* * * * * *
Hemoptisis. Emisión de sangre por la boca, procedente del aparato respiratorio . Se expulsa en forma de tos . Enterorragia o melena. Es la pérdida de sangre por el ano, junto con las heces, y procede de los intestinos. Hematuria. Consiste en la emisión de sangre por la uretra mezclada con orina . Metrorragia. Es la expulsión de sangre a través de los genitales femeninos . Epistaxis. Es la pérdida de sangre por la nariz. Otorragia. Es la pérdida de sangre por los oídos .
En este capítulo se trata de las hemorragias de origen médico, ya que las causadas por traumatismos se describen en el capitulo de las heridas . I.2.
HEMORRAGIAS INTERNAS O MÉDICAS. Son aquellas que se producen sin herida ni directa comunicación con el exterior .
. I.2.1
SÍNTOMAS. Las hemorragias pueden ser debidas a roturas de vasos importante (arterias y venas medianas o grandes), adquiriendo entonces carácter de gravedad, que se traduce por signos de anemia aguda. La piel se vuelve pálida y fría. El pulso es débil y muy rápido, la vista se enturbia y se tiene la sensación de respirar insuficientemente . Por ultimo sobrevienen el desvanecimiento y el colapso . Las hemorragias graves que pueden poner en peligro la vida del enfermo son las localizadas en el estómago y en los pulmones, así como las hemorragias genitales femeninas .
I.2.2.
CONDUCTA A SEGUIR .
Existen unas normas generales para socorrer cualquier caso de hemorragia, sea cual sea su origen y localización. Estos primeros auxilios se complementan con los particulares que cada tipo de hemorragia puede requerir. Se procurará detener o reducir la hemorragia: para ello existen los medicamentos llamados hemostáticos, que actúan aumentando la capacidad de coagulación de la sangre (coagulantes) o bien contrayendo (vasoconstrictores) los vasos sanguíneos (Coagulógeno, Trombyl, etc .). Procurar compensar o disminuir los efectos nocivos de la pérdida de sangre sobre los centros nerviosos y cerebrales y el corazón : para ello es conveniente colocar al paciente con la cabeza más baja que las piernas y el tórax con objeto de que la sangre llegue mas fácilmente al corazón y al cerebro . También para aprovechar al máximo la sangre circulante pueden vendarse fuertemente las piernas y los brazos para que en éstos no circule prácticamente la sangre, acumulándose así en el cerebro y el corazón . Cuando la hemorragia no cesa, se acudirá al médico a fin de determinar las causas y localización de la pérdida hemorrágica y realizar los tratamientos especiales que procedan.
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II.
QUEMADURAS.
Son lesiones provocadas por la exposición de cualquier parte del cuerpo a una cantidad de energía superior a aquella que el organismo es capaz de soportar sin daño. Esa energía puede ser calor (fuego, líquidos o vapor caliente, y sólidos calientes), productos químicos (ácidos, bases u otras sustancias corrosivas), la electricidad y las radiaciones ionizantes, etc . .. Las quemaduras al igual que las heridas son lesiones de tejidos blandos y de prioridad de atención relativamente baja. La supervivencia del paciente será siempre lo primero . . II.1
CLASIFICACIÓN. A)
Según su intensidad:
*
De primer grado. Son las quemaduras que presentan enrojecimiento más o menos intenso de la piel.
*
De segundo grado. En estas quemaduras se observa una reacción inflamatoria de los tejidos que produce exudación, con pérdida de plasma y formación de ampollas .
*
De tercer grado. Son aquellas quemaduras en que se aprecia destrucción intensa de todo el espesor de la piel y formación de tejido muerto o necrótico .
B)
Según su extensión :
*
Quemaduras cuerpo. Quemaduras Quemaduras Quemaduras
* * *
leves. Cuando existen quemaduras en menos del 10 % de la superficie total del graves. Cuando afectan del 10 al 33 % de la superficie total. muy graves. Cuando comprenden del 33 al 50 % de la superficie total. gravísimas . Si existe afectación en más del 50 % del cuerpo.
Regla de los "nueve" para valorar la extensión de la quemadura :
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Hay que hacer notar que es más grave la extensión que la intensidad, siendo también de mucha importancia la localización de las quemaduras . Son más graves las del tórax y abdomen, que las del resto del cuerpo. Una medida importante a tomar ante un individuo quemado es el traslado, sin excesivas movilizaciones, a un centro asistencial y mas propiamente, si la quemadura es importante, a una Unidad de Cuidados Intensivos (U.C.I), por la gran cantidad de complicaciones que pueden presentar estos enfermos (infecciones masivas, fallos renales, complicaciones pulmonares, cardíacos, etc .). Sin embargo, indicamos unas medidas de suma urgencia para el profano que evitan en lo posible causar daño al quemado . En una quemadura es más importante no hacer nada si nose sabe que hacer, que hacer algo sin saber el gran numero de complicaciones a que se expone el accidentado a quien intentamos socorrer. 11.2.
CONDUCTA A SEGUIR. En las quemaduras de primer grado se cubrirá la quemadura con un producto dermatológico adecuado, preferentemente graso, y se pondrán encima unas gasas estériles . En las quemaduras de segundo grado se seguirá el mismo criterio, pero teniendo buen cuidado de no romper nunca las ampollas que se formen sobre la zona quemada, son la mejor protección de la misma . En las quemaduras de tercer grado, además de lo anterior, cubrir la zona con apósitos estériles secos; si el área quemada es muy extensa cubrir al paciente con una sabanilla estéril . Proteger a la victima de temperaturas extremas. En ningún caso administrar nada por vía oral. Mantener caliente a la víctima. En las quemaduras graves no deberá tocarsejamas la piel quemada ni con las manos ni con otros objetos contaminados a fin de evitar las posibles infecciones . No se le quitará la ropa, puesto que al intentarlo se pueden arrancar tejidos sanos o necróticos que pongan al descubierto estructuras que abran las puertas a posteriores infecciones masivas .
QUEMADURAS QUÍMICAS . Se producen cuando la piel entra en contacto con un producto ácido o básicos fuertes o cualquier otro material corrosivo . La quemadura progresará mientras la sustancia corrosiva esté en contacto con la piel, por lo tanto, nuestra actuación irá dirigida a eliminar el contacto entre el agente químico y el cuerpo de la víctima . La rapidez es fundamental, comenzar inmediatamente a arrojar gran cantidad de agua sobre la zona afectada, despojar a la víctima de sus ropas ya que pueden estar contaminadas por el agente químico y continuar arrojando agua durante como mínimo 30 minutos . En quemaduras de bases fuertes se recomienda una o dos horas de lavado con abundante agua. Hay algunos casos especiales que por su frecuencia o importancia merece la pena comentar a continuación : Tecni Gap C/ García de Paredes, 13, 28010 Madrid . Tlf. : (91) 448 22 61/ 447 98 98
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*
En contaminaciones producidas por cal, la combinación con el agua producirá una sustancia altamente corrosiva (cal viva). Por ello habrá que eliminar toda la cal que se pueda de su ropa y piel usando guantes y después lavar copiosamente durante 30 minutos como mínimo.
*
Metales de sodio. Producen bastante calor cuando se combinan con el agua. Cubriendo la quemadura con aceite se detendrá la reacción al evitar el contacto del sodio con la atmósfera. El ácido hidrofluorídrico . Se usa en los productos de limpieza en seco y en industrias de algunos plásticos y el dolor no cede con el lavado, con lo cual indica que el proceso destructivo de tejidos continúa . Tras 5 o 10 minutos de lavado trasladar rápidamente al hospital para el tratamiento específico (inyección de gluconato cálcico en la quemadura). Las quemaduras químicas en los ojos pueden ser especialmente graves por sus consecuencias especiales . Debemos :
*
Lavar con gran cantidad de agua colocando la cabeza de la víctima directamente debajo del chorro de agua preferentemente tibia durante 30 minutos como mínimo . Tapar ambos ojos con un vendaje ligero y traslado al hospital.
1. 2.
Nunca usar antídotos químicos en los ojos. QUEMADURAS ELÉCTRICAS . El grado de lesión de las quemaduras eléctricas está en relación directa con la resistencia de los diferentes tejidos al paso de la corriente eléctrica, la intensidad de la corriente y la duración de la exposición . La corriente eléctrica cuando entra en el organismo se convierte en calor, a mayor flujo de corriente mayor calor se produce . Se considera que la corriente alterna es más peligrosa que la continua, porque provoca contracciones musculares repetitivas que pueden dificultar una ventilación pulmonar eficaz. Tipos : 1. 2. 3.
De contacto: es la típica lesión eléctrica con un punto de entrada y uno de salida . Por flash: si una persona pasa suficientemente cerca de una fuente de alto voltaje puede provocar la formación de un arco de corriente entre la fuente y él mismo, que alcanza una elevada temperatura provocando lesiones por calor. Por llama: que ocurre cuando la electricidad incendia la ropa o alrededores de una persona.
Conducta a seguir:
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1.
Separar a la persona de la fuente eléctrica mediante un objeto no conductor.
2.
Se debe cortar la corriente eléctrica pero nunca exponernos al riesgo de ser nosotros una nueva víctima de la electricidad, si no se puede hacer sin riesgo, llamar a la compañía eléctrica para que corte el suministro de la zona.
3.
Una vez efectuados los dos pasos anteriores con éxito, proceder a aplicar los mecanismos de R.C.P. si fuese necesario . A continuación, ya con la víctima en estado estable, taponar con gasas estériles los orificios de entrada y salida si existen y trasladar al hospital.
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CONGELACIONES. Son lesiones producidas por el frío, afectan más frecuentemente a las zonas del cuerpo más salientes o menos protegidas (nariz, orejas, manos y pies). La acción del frío se ve favorecida por la humedad, el viento, la inactividad, el calzado demasiado apretado, la fatiga, el alcohol, el tabaco y la deshidratación . Congelaciones superficiales : Son aquellas delimitadas ala piely tejido subcutáneo (como una quemadura de segundo grado) . La piel estará pálida, rígida a la palpitación (pero con los tejidos subyacentes de consistencia normal) con entumecimiento o insensibilidad de la zona afectada. A las pocas horas pueden aparecer ampollas debido al edema que puede dar lugar a los capilares de la zona afectada. Conducta a seguir : 1.
Apartar a la víctima del frío.
2.
Recalentar la zona con calor corporal .
3.
Si se han formado ampollas cubrirlas con una venda seca y estéril .
4.
Traslado al hospital con la zona elevada y protegida del frío.
Congelaciones profundas : afectan generalmente a manos y pies, son lesiones graves que si no son tratadas adecuadamente puede hacer necesario la amputación de parte o la totalidad de la zona afectada . Esta parecerá pálida, dura, fría y completamente insensible al tacto. Conducta a seguir : 1.
Si la extremidad está todavía congelada cuando encontramos al paciente: Dejar congelada las zonas congeladas . Almohadillar la zona para protegerla de traumatismos y mantener alejada de cualquier fuente de calor. Traslado al hospital comunicando la hora prevista de llegada.
2.
Si la extremidad está parcialmente descongelada o a varias horas del hospital (ésto solo debe hacerse con medios adecuados y personal especializado) : Recalentar en baño de agua entre 38 y 42 grados centígrados previa administración de un analgésico potente . Secar la extremidad cuidadosamente y vendarla suavemente con apósitos estériles . Transportar al paciente tumbado y con la zona afectada elevada y bien protegida del frío.
III.
FRACTURAS .
Se entiende por fractura la rotura de un hueso a causa de un golpe o de unafuerte presión, y que a veces puede producirse de forma espontanea, como consecuencia de una enfermedad ósea. Las fracturas son mas frecuentes en edades avanzadas, cuando la elasticidad de los huesos se reduce .
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Las fracturas constituyen uno de los accidentes mas frecuentes, y por lo tanto es importante poseer cierta amplitud de conocimientos sobre sus principales características. 111 .1.
FORMAS DE FRACTURA. Existen diversas formas de fracturas, y cada una de requiere una actuación diferente :
111 .2.
a)
Fracturas simples. Son aquellas en que el hueso se ha partido en dos mitades en una rotura sin astillas, de bordes limpios .
b)
Fracturas compuestas. Son aquellas en que el hueso se rompe en varios trozos .
c)
Fractura conminuta. Es aquella en que el hueso se ha roto en fragmentos muy numerosos y pequeños .
d)
Fractura cerrada. Es la que en el lugar en que se ha producido la fractura conserva los tejidos intactos, esto es, sin lesionar.
e)
Fractura abierta. Es aquella que presenta heridas en el lugar de la rotura, ocasionada por el extremo del hueso roto, que puede asomar al exterior .
f)
Fractura completa. Es aquella en que se observa la rotura completa de todo el diámetro del hueso y los dos extremos del hueso se hallan completamente separados .
g)
Fractura incompleta . En este tipo de fractura el hueso sólo se ha roto parcialmente, sin que exista separación de fragmentos.
h)
Fractura complicada. Es la que junto con la rotura del hueso presenta lesiones de los nervios, vasos sanguíneos, tendones, etc.
SÍNTOMAS. Dolor súbito, localizado en el lugar exacto de la lesión . El dolor aumenta cuando se intenta mover la región lesionada . Impotencia funcional. No puede accionarse el miembro lesionado . Deformación o desviación de la constitución normal de la región . Movilidad anormal del hueso, ya que se desvía o desplaza en el lugar de la fractura si se le mueve suavemente . Crepitación de la zona lesionada a causa del roce de la superficie rota. Hematomas e hinchazón de la región lesionada en muchos casos . Acortamiento .
111 .3.
CONDUCTA A SEGUIR.
Se colocará al lesionado de forma que la parte afectada esté lo mas cómoda posible y pueda apoyarla zona lesionada sobre un plano resistente que impida el desplazamiento de los huesos fracturados . Si la fractura es abierta y hay herida se procederá a desinfectarla y a contener la hemorragia y se administrará suero antitetánico y antibióticos . Nunca se manipulará o se intentaran, colocar los fragmentos de los huesos bajo la piel.
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Se aplicará una bolsa de hielo en el lugar de la fractura . Se inmovilizarán los fragmentos óseos, y se vendará la región lesionada. Para inmovilizar los fragmentos óseos puede utilizarse unas tablillas de madera o de metal o incluso cartón muy duro, acolchonándolos previamente . Es conveniente inmovilizar no sólo el lugar de la fractura sino también las articulaciones más próximas . Cuando se traslade al lesionado deben tomarse toda clase de precauciones siendo la principal la de mantener la inmovilidad de la región fracturada, especialmente cuando se sospeche una posible fractura en la columna vertebral . 111 .4.
CONSOLIDACIÓN DE LAS FRACTURAS .
Las fracturas se sueldan por un mecanismo natural de los hueso, en los cuales crece una sustancia especial, que forma el llamado callo óseo entre los extremos fracturados . El callo óseo primero es blando y mucho mayor que el diámetro del hueso roto. Poco a poco durante el tiempo de consolidación que dura de 25 a 40 días, según el tamaño de los huesos y el tipo de fractura el callo va endureciéndose y reduciendo su tamaño, y la fractura puede considerarse curada. Aunque las extremidades inferiores el proceso de consolidación dura el mismo tiempo que en los otros huesos del cuerpo, es conveniente esperar por lo menos 60 días antes de apoyar el peso del cuerpo sobre el hueso fracturado . A veces la reducción o enfrentamiento de los extremos óseos fracturados no ha sido correcta por lo que se sueldan imperfectamente y se originan desviaciones óseas, que en muchas casos han de ser intervenidas quirúrgicamente . También existen enfermedades generales y del sistema óseo que dificultan o impiden la consolidación de las fracturas . III .S. TIPOS DE FRACTURAS MAS CORRIENTES . a)
Fracturas de los huesos del cráneo . Los golpes fuertes en el cráneo pueden producir fracturas en la bóveda o en la base del mismo . Todas presentan carácter de gravedad pero en especial las de la base del cráneo, ya que pueden HABER SECCIONADO LA MÉDULA . En las grandes fracturas de bóveda los huesos pueden penetrar en el cerebro y dar lugar a lesionar nerviosas y parálisis irrecuperables. Por lo general toda fractura de cráneo se acompaña de shock y de conmoción cerebral con pérdida de conocimiento . Conducta a seguir * Se reclinará al accidentado en posición de semisentado o tendido apoyandole la cabeza en un cojín blando o en una almohada improvisada . * Se procurará que mantenga ladeada la cabeza para que si vomita no se obstruyan las vías respiratorias . * Se aplicará frío local en la cabeza (bolsa de hielo) . * Se rodeará el lesionado de un ambiente tranquilo . * Se trasladará al accidentado con urgencia.
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b)
Fracturas de clavícula Es una de las fracturas mas frecuentes, especialmente cuando se trata de niños pequeños, en los que a menudo pasan desapercibidas durante días. Por lo general se observa inmovilidad del brazo correspondiente y crepitación o desviación de la columna afectada . Conducta a seguir * No mover bruscamente el brazo ni el hombro . * Se acostará al lesionado para que con la imnovilidad y el reposo se evite la contractura de los músculos de la zona clavicular y sea mas fácil luego reducirla fractura . * Si se traslada al accidentado a un centro medio quirúrgico es conveniente colocarle bajo la axila una pelota o almohadilla, y doblarle el codo en ángulo recto, fijado en esta posición el brazo al tórax por medio de una venda o de un pañuelo anudado al cuello (brazo en cabestrillo).
c)
Fracturas de las extremidades superiores Las fracturas de las extremidades superiores pueden ser del brazo, del húmero obien del antebrazo, en el que pueden fracturarse el cúbito el radio . En las fracturas altas o del húmero existe una tendencia a la separación de las partes fracturadas, por lo cual es conveniente movilizarlas con tablas o férulas anchas y vendar posteriormente con el antebrazo doblado en ángulo recto. En las fracturas de los huesos del antebrazo es preferible no realizar ninguna cura y en espera de que el accidentado sea trasladado o llegue el médico, mantener el antebrazo en reposo, apoyándolo en la cama o almohadón. Si el accidentado debe trasladarse por sí mismo se colocará una férula o tabla en la cara interna del antebrazo y se venderá sobre el mismo poniendo el brazo en cabestrillo . Las fracturas de muñeca son producidas normalmente por una caída en la que se apoya violentamente la planta de la mano en el suelo. Esta fractura suele ser doble, ya que acostumbra lesionarse el cúbito y el radio en su tercio inferior muy cerca de los huesos de la muñeca. Como primera medida a tomar ante el traslado del enfermo a un centro quirúrgico, se procederá a una inmovilización de la mano.
d)
Fracturas de costillas Se sospechará la existencia de una fractura de costilla siempre que se haya sufrido un traumatismo en el tórax. El paciente sufre un dolor localizado en cierta parte del tórax, tiene dificultades y sufre dolor al respirar, tiene acceso de tos, estornudo, etc. Conducta a seguir * En tales casos los primeros auxilios consistirán en la inmovilización del tórax en posición de expiración, es decir, después de haber expulsado el aire . Ello puede hacerse con esparadrapo que rodea la mitad lesionada del tórax, desde la columna vertebral hasta el esternón.
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Temario Bomberos Ayuntamiento * Debe acostarse el enfermo de modo que se apoye sobre el lado de la lesión, de modo que esta quede inmovilizada y además permita la respiración del lado sano .
e)
Fractura de las extremidades inferiores Cuando se fractura algún hueso de las piernas (fémur, rotula, tibia o peroné) se presentan siempre los síntomas generales de todas las fracturas . Las fracturas de cuello de fémur, o sea, de la extremidad superior de este hueso epífisis) con desviación hacia su articulación con los huesos coxales, son muy frecuentes en las personas de edad avanzada ya que cualquier simple caída o puede causar este tipo de fractura debida a la descalcificación de esta parte del hueso originada por la sensibilidad. Conducta a seguir * Se colocará el enfermo tendido con la pierna lesionada extendida y apoyada sobre la cama, un poco elevada . * Se dispondrá de dos tablas largas . Una de ellas se colocará en la parte externa de la pierna de manera que llegue hasta la axila, luego se fijará tres o cuatro partes del cuerpo por medio de vendas . La otra tabla se colocará en la parte interna de la pierna, de modo que llegue hasta la ingle.
Fracturas de la columna vertebral Por lo general las fracturas de la columna vertebral son consecuencia de caídas o golpes muy fuertes, ocurridas en accidentes de trabajo, de trafico, etc . Existe sospecha de fractura de la columna vertebral cuando junto con la localización del golpe y del dolor se observan síntomas de parálisis en las cuatro extremidades o en las dos piernas . También puede presentarse perdida de la sensibilidad.
g)
Conducta a seguir * Reclinar con gran cuidado al accidentado sobre un plano rígido, y llamar al médico con urgencia. * No debe moverse ni desplazarse al enfermo ni permitirle que realice movimiento alguno. Incluso el traslado lo ha de llevar a cabo persona especializado, ya que existe el peligro de que las vertebras rotas se desplacen y seccionen o lesionen la médula espinal, provocando traumatismo (parálisis) irreversibles .
IV.
LUXACIONES. Se entiende por luxación la dislocación de las cabezas oseas articulares que se salen de un sitio habitual.
Por lo general son consecuencia de traumatismos, sobreesfuerzos articulares y movimientos bruscos, etc . y pueden estar complicadas con hemorragias, fracturas, esguinces musculares, etc . Se suelen presentar con mayor frecuencia en la edad adulta. A)
Síntomas. Dolor agudísimo y brusco que aumenta al intentar el menor movimiento de la articulación afectada. Deformación de la zona luxada. Ausencia de movilidad del miembro. Tumefacción y pequeñas hemorragias .
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Conducta a seguir.
B)
Se colocará al individuo y al miembro afectado en la posición más cómoda y adecuada para que la región anatómica no sufra y se mantenga en reposo. Se aplicará una bolsa de hielo o una compresa fría sobre la zona luxada. No se intentaran maniobras de reducción (es decir, no se pretenderá volver el miembro a su posición correcta) ya que se podrían ocasionar fracturas en los huesos que forman el sector afectado y que por lo general no suelen estar dañados por la luxación. Se llevará al lesionado a un centro asistencial para su cura y correcta inmovilización .
V.
POLITRAUMATISMOS.
Paciente que, a continuación de untraumatismo importante, presenta lesiones en más de un órgano, aparato o sistema, que le pueden suponer un riesgo vital, las lesiones pueden afectar al cráneo, columna vertebral, tórax, abdomen o extremidades, predominando las fracturas, hemorragias y quemaduras . Las lesiones presentadas por estos heridos dependen de tres mecanismos, a menudo asociados : El golpe directo que causa heridas, roturas y fracturas abiertas o no. Plegamiento brusco y exagerado del eje vertebral, que provoca fracturas . La contusión de las vísceras respectivas cavidades (bazo, cerebro, hígado, riñones, pulmón, etc .) que puede provocar su aplastamiento y rotura. Los cuadros clínicos que se presentan son muy complejos, mudables en el tiempo y polimorfos, por cuanto se hallan en relación con las lesiones superficiales y evidentes como son las profundas, que pueden pasar inadvertidas en un primer examen . Es importante tener en cuenta que todos los politraumatizados están constantemente bajo la amenaza de shock traumático, de la asfixia y la hemorragia, lo cual determina que el pronóstico sea siempre reservado . En la atención a una víctima que ha sufrido un politraumatismo debemos considerar que el tiempo es oro, la eficacia de todo lo que hagamos debe compararse con el tiempo que cuesta hacerlo . Por lo tanto, nuestra actuación en el escenario del accidente dependerá del grado de lesiones del paciente, si es un paciente crítico nos limitaremos a realizar aquellas intervenciones imprescindibles para mantenerle con vida.
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Información
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García de Paredes,13 28010 Madrid
4482261 447 98 97 5934954
ACCESO AL CENTRO
METRO:
Iglesia, Quevedo, Rios Rosas AUTOBUSES : 37, 3,149, 16, 61 y N 10 PARKING : C/. Viriato
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TEMAS DE BOMBEROSDe¡ servicio de extinción de incendios del
Ayuntamiento de Madrid A C A D E M 1 A
Gta . Puente de Segovia n° 3 28011 MADRID Tel. 526 24 74 Fax 526 00 68
TEMARIO ELABORADO POR : LUIS MILLÁN
(Suboficial del Cuerpo de Bomberos de Madrid)
Temas:
BOMBEROS DEL AYUNTAMIENTO. DE MADRID
1.
La Constitución Española de 1978 . Principios Inspiradores. Estructura .
2.
Organización Territorial del Estado . El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid
3.
Administración Pública: Concepto y Clases . Especial Referencia a la Administración Local. La Tasa por la Prestación del Servicio de Extinción de incendios del Ayuntamiento de Madrid. Causas para su Percepción .
4.
Organos de Gobierno Municipal : El Alcalde, el Pleno, Comisión de Gobierno. Las Ramas, Arcas y Servicios.
5.
Protección Civil: Definición y Funciones Básicas.
6.
Dirección de Servicios de Protección Civil y Bomberos . Organización y Funcionamiento
7,
Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid, TITULO PRELIMINAR Y TITULO I: Conceptos Técnicos
8.
Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid, TITULO II: Normas de carácter general aplicables a todo tipo de edificación.
9,
Triángulo y Tetraédro del Fuego.
10.
Mecanismo de extinción
11.
Clasificación de los fuegos
12,
Agentes extintores: Gaseosas, líquidos y sólidos
13,
Conductividad, dilatación, escalas de temperaturas
14,
Explosiones, detonaciones y deflagraciones
15,
Partes Fundamentales de un edificio,
16,
Instalaciones generales de un edificio Definición y Enumeración
17,
Infraestructura urbana de Madrid, Definiciones. Tipos de servicios: Red de saneamiento y red de galenas de servicios
18,
Infraestructura Urbana de Madrid . Definición. Tipos de servicios: Red de Gas, Red de Agua y Red de Electricidad
19.
Socorrismo: Definición, Normas generales de actuación ante un accidente. Anatomía y fisiología humana: sistema respiratorio, cardo-circulatorio y locomotor
20.
Heridas y Hemorragias : Clasificación y comportamiento. Quemaduras clasificación, manejo y complicaciones. Fracturas y luxaciones.
TEMA 3
3 .1
ADMINISTRACION PUBLICA: CONCEPTO Y CLASES. Especial Referencia a la Administración Local . LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE EXTINCION DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Causas para su Percepción ADMINISTRACION PUBLICA : CONCEPTO Y CLASES EL Título IV de la Constitución "Del Gobierno y de la Administración" dedica algunos preceptos a la Administración Pública. Especialmente el artículo 103 determina que "La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho". a) CONCEPTO Para Royo-Villanova, se administra siempre que se ejerce intencionadamente cierta actividad para la realización de un fin. Dentro de la gran variedad de administraciones, podemos inferir dos tipos fundamentales . 1 .- La Administración Privada, cuando ésta busca la realización de fines privados . Esta administración puede ser realizada tanto por el propio interesado como por otras personas . 2.- La Administración Pública, cuando sus fines son de interés general, esto es, cuando afectan a toda la comunidad política o a una parte de ella . Aquí se administran intereses ajenos, es decir, intereses de la comunidad. Recordaremos que el Art. 103 de la Constitución establece que "la Administración Pública sirve . . . los intereses generales", no intereses propios, sino intereses de toda la comunidad. Dentro del Poder Ejecutivo nos encontramos con dos tipos de actividades : una actividad política, realizada por el Gobierno, y una actividad administrativa, realizada por la Administración Pública. En nuestro Ordenamiento Jurídico, la Ley de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativo de 27 de diciembre de 1956, en su artículo 1° establece que se entenderá por Administración Pública: a) La Administración del Estado, en sus diversos grados. b) Las Entidades que integran la Administración Local. c) Las Corporaciones e Instituciones públicas sometidas a la tutela del Estado o de alguna Entidad Local (se refiere a la llamada Administración Institucional) .
3 .2
A los anteriores apartados, y después de aprobada la Vigente Constitución, hay que añadir la Administración Autónoma. Podemos apreciar que la citada Ley, más que dar un concepto de la Administración Pública, lo que hace es dar una clasificación de la misma. Podemos dejar sentado que nuestro ordenamiento jurídico configura la Administración Pública a la Ley y al Derecho, que es lo que se llama principio de legalidad, es decir, el sometimiento de todos los actos jurídicos de los distintos entes que comprenden la Administración Pública a la Ley previamente aprobada . Además del precepto citado, en la Constitución encontramos otros preceptos en igual sentido : a) "Los ciudadanos y los Poderes Públicos (entre los que se encuentra la Administración) están sujetos a la Constitución y al resto del' Ordenamiento Jurídico". (Art. 9). b) "La Constitución garantiza el Principio de Legalidad" (Art. 9). c) El Gobierno "ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las Leyes". (Art. 97). d) "Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican". (Art . 106) . b) CLASIFICACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Decíamos antes que la Administración Pública está formada por un conjunto de Administraciones Públicas o, más claro, por un conjunto de entes, en los que cada uno de ellos es una Administración Pública . Esto nos lleva a diversas clasificaciones . 1) Administración del Estado, Autónoma, Local e Institucional. Es la clasificación más generalizada, establecida según los tipos de entes . Administración del Estado, llamada también Administración Central, es aquella que tiene intereses generales y su jurisdicción se extiende a todo el territorio nacional, con una sola personalidad jurídica, por cuanto está formada por un solo ente. Administración Autónoma aparece con la Constitución de 1978. Tiene intereses generales, pero su jurisdicción se extiende a parte del territorio nacional, de acuerdo con cada uno de los entes (Comunidades Autónomas) que la forman. Cada Ente tiene personalidad jurídica propia.
Administración Loca/ tiene intereses generales, pero su jurisdicción se extiende a parte del territorio nacional y cada ente (provincia, municipio, etc.) tiene personalidad jurídica propia. Administración Institucional tiene intereses concretos, determinados, su jurisdicción se puede extender a todo el territorio nacional o a parte del mismo, y los Entes (corporaciones, Organismos Autónomos) que la componen tienen personalidad jurídica propia . 2) Administración Territorial y no territorial. En la Administración Territorial, el territorio es un elemento esencial por lo que no puede coexistir dos Entes iguales en el mismo territorio . Sin territorio no pueden existir un Estado ni un municipio, y en un mismo territorio no pueden existir dos estados o dos municipios . Forman parte de la Administración Territorial la Administración del Estado, Administración Autónoma y Administración Local. En la Administración no Territorial, el territorio no es elemento esencial, por lo que pueden coexistir varios entes iguales en un mismo territorio . La Administración Institucional es Administración no Territorial . ESPECIAL REFERENCIA A LA ADMINISTRACION LOCAL Hemos visto que la Administración Local (provincias y municipios) forman parte de la organización territorial del Estado, prevista en el artículo 137 de la Constitución, por lo que en el territorio, al igual que ocurre con la Administración del Estado y la Administración Autónoma, es un elemento esencial, no pudiendo existir dos Administraciones locales iguales en un mismo territorio . Sus fines son generales, y en cada Ente que forma. parte de la Administración Local tiene personalidad jurídica propia. Aunque la importancia de la Administración Local es muy grande, la Constitución sólo dedica tres artículos a la misma (del Art. 140 al 142) entro del Título VIII. Como ya veremos más adelante, la Administración Local en España ha sufrido profundas transformaciones durante el siglo pasado y lo que va de éste. La última modificación es bien reciente. Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985 . Durante muchos años, los Entes locales han luchado contra el centralismo del Estado, que ha tratado de limitar sus competencias al máximo posible, además de ejercer una tutela sobre la generalidad de los Entes Locales. Actualmente, la Constitución garantiza la autonomía de los Entes Locales, aunque todavía quedan por resolver problemas entre los mismos y las Comunidades Autónomas .
ENTIDADES QUE COMPRENDE:
3 .4
La AdminIstración Local está formada por Entes, con personalidad jurídica propia (como los Municipios y las Provincias), y cada Ente por órganos (como los Ayuntamientos y las Diputaciones Provinciales) . Si bien, hasta ahora, nos hemos referido a las Provincias y a los Municipios como Entes de la Administración Local, ello no quiere decir que sean los únicos, por cuanto existen otros aunque se les considere de menor importancia. El artículo 3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de 2 de abril de 1985, establece que son Entidades Locales territoriales : a) Municipio . b) Provincia c) La Isla en los archipiélagos balear y canario . Añade el citado precepto que gozan, asimismo, de la condición de Entidades Locales : Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal, como son los caseríos, parroquias, aldeas, barrios, etc. 1 .-
2.- Las Comarcas u otras Entidades que agrupen varios municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas . . 3 .- Las Áreas Metropolitanas . 4 .- Las Mancomunidades de Municipios. LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE EXTINCION DE MADRID . CAUSAS PARA SU INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE PERCEPCION La Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicio de Extinción de Incendios fue aprobada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 25 de Noviembre de 1994 . En uso de las facultades concedidas por los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre, el Ayuntamiento establece la tasa por prestaciones de Servicios de Extinción de Incendios, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal (Art. 1°) . Hecho Imponible : Constituye el hecho imponible de la tasa, la prestación de los Servicios de Extinción de Incendios y alarmas de los mismos, prevención de ruinas, derribos, inundaciones, salvamentos y otros análogos, bien sea a solicitud de particulares interesados, o bien sea de oficio por razones de seguridad siempre que la prestación de dicho servicio redunde en beneficio del sujeto pasivo.
3 .5
No estarán sujetos al pago de la tasa el serVicio de prevención general de incendios, ni los servicios que se presten en beneficio de la generalidad del vecindario o de una parte considerable del mismo, tales como los prestados en catástrofe o calamidad pública oficialmente declarada (Art, 2°). Sujeto Pasivo : Según el art. 3° son sujetos pasivos de la tasa: a) En concepto de contribuyentes, los usuarios de los respectivos servicios. Se considerarán usuarios los propietarios, inquilinos o usufructuarios de la finca siniestrada . b) En el supuesto de prestación del servicio de extinción de incendio, será sustituto del contribuyente la Entidad o sociedad aseguradora del riesgo. Devengo : Según el Art. 4°sin perjuicio de Id establecido en el Art. 5° epígrafe 4, la tasa se devengará cuando se inicie la prestación del servicio. Se entenderá que se inicia el servicio cuando salgan los efectivos de sus respectivas Bases. Base Imponible y Cuota Tributaria: La cuota tributaria se determinará en función del número de efectivos, tanto personales como materiales, que se empleen en la prestación del servicio y del tiempo invertido . (Art. 5°). A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa: Epígrafe Primero : Equipos Bases. Por cada vehículo, con su correspondiente dotación, por cada media hora o fracción: Vehículo
Pesetas
Coche de primera salida Autobomba Autotanque Autoescala Vehículo de desagües Autoelectro Vehículo de apeos Autogrúa, más vehículo de útiles Vehículo de salvamento acuático Vehículos para fuegos de hidrocarburos Autobomba forestal Vehículo para recuperación de hidrocarburos Vehículo de tendido de mangaje Vehículo de transporte Otros de funcionamiento de motor de gasolina o similar suelto
3700 3800 1800 4100 1000 1000 1600 6700 3200 8500 2600 7100 1300 500 500
Epígrafe Segundo : Personal
3 .6
Pesetas
a) Por cada bombero que exceda de la dotación de vehículos utilizados, cualquiera que sea su categoría, por cada media hora o fracción
340
b) Por cada aparejador, por cada media hora o fracción
455
c) Por cada arquitecto, por cada media hora o fracción
630
Epígrafe Tercero : Material Madera y elementos de anclaje y sujeción por cada metro cúbico empleado
Pesetas 66000
NORMAS APLICABLES A LOS EPÍGRAFES DE LAS TARIFAS QUE ANTECEDEN: Cuando se presten servicios especiales o de demolición se aplicará el coeficiente tres a la tarifa fijada en el epígrafe segundo . 1 .-
2- En el supuesto de prestación de servicios fuera del término municipal, cuando por la duración del siniestro se precise enviar relevo, el tiempo de trabajo, a los efectos de la tarifa de personal, se computará a partir de la salida del Parque y para el personal relevado hasta su regreso al mismo. 3.- Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando salga del Parque la dotación correspondiente, momento en que se inicia, a todos los efectos, la prestación del servicio . Epígrafe Cuarto. Servicio de la Central de Alarmas Automáticas 1 .- La cuota por la utilización del servicio de la central de Alarmas Automáticas será de 32850 pesetas anuales . 2.- El pago de esta cuota será independiente de las que en su caso pudieran devengarse por la prestación del serVicio de extinción de incendios . 3 .- La tasa se devengará el día primero de cada año y tendrá carácter irreducible, salvo que la posibilidad de utilización del servicio cese por decisión municipal, en cuyo caso las cuotas serán prorrateables por mensualidades completas cuando se concedan nuevas autorizaciones que posibiliten la utilización del servicio, iniciándose el devengo de la tasa el día primero del mes en que se haya concedido la autorización o licencia.
3 .7
NORMAS DE GESTION Según el Art. 6° la dirección del Servicio de Protección Civil y Bomberos, causará a la Oficina Gestora de la tasa, dentro de los diez días siguientes a la terminación de la prestación del servicio, un parte de actuación donde conste la identificación de la finca o fincas siniestradas, nombre del usuario del servicio y del propietario de la finca, compañía aseguradora del riesgo y número de póliza, así como la especificación de los servicios prestados, dotación personal y material, tiempo empleado y demás datos necesarios para practicar la correspondiente liquidación. Según el Art. 7° en aquellos supuestos, en que la prestación del servicio no tenga carácter urgente, podrá exigirse el depósito previo de la tasa en la cuantía suficiente para cubrir el Importe de la liquidación correspondiente a los servicios solicitados . Finalizada la prestación del servicio se practicará liquidación definitiva en base a los servicios efectivamente prestados. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS En todo lo relativo a infracciones tributarias y sus distintas calificaciones, así como las sanciones que a las mismas corresponda, será de aplicación las normas establecidas en la Vigente Ley General Tributaria (Art. 8°). DISPOSICION DEROGATORIA Quedan derogadas cuantas Ordenanzas o normas municipales se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en la presente ordenanza . DISPOSICION FINAL La presente Ordenanza surtirá efectos a partir del 1 de enero de 1995 permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa .
TEMA 4
4 .1
ORGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL El Alcalde, El Pleno, La Comisión de Gobierno y Las Areas
ORGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL Dentro de la organización necesaria de los Entes Locales territoriales, el Ayuntamiento es el órgano de gobierno y administración del Municipio, siendo órganos necesarios del Ayuntamiento : 1) 2) 3) 4)
El Alcalde. Los Tenientes de alcalde El Pleno La Comisión de Gobierno en los Municipios con población de derecho superior a 5000 habitantes y, en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento Orgánico o así lo acuerde el Pleno de su Ayuntamiento .
EL ALCALDE: Elección, Deberes Y Atribuciones El Alcalde es el Presidente de la Corporación Municipal . Elección : Según el Art. 140 de la Constitución, el Alcalde será elegido por los Concejales o por los vecino (en pequeños municipios). a) Elección por los Concejales: de acuerdo con la Ley del Régimen Electoral General de 19 de junio de 1985, modificada por la Ley Orgánica de 13 de marzo de 1991, en la misma sesión de constitución de la Corporación se procede a la elección de Alcalde, de acuerdo con el siguiente procedimiento: 1 . Pueden ser candidatos a Alcalde todos los Concejales que encabecen sus correspondientes listas . 2. Si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los Concejales es proclamado electo. 3 . Si no obtiene dicha mayoría, es proclamado Alcalde el concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos . En caso de empate se resolverá por sorteo .
4.2
bj Elección en Municipios entre 100 y 250 habitantes: Dispone el Art. 196 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 19 de junio de 1985 que, en los Municipios comprendidos entre 100 y 250 habitantes, pueden ser candidatos a Alcalde todos los Concejales . Si alguno de los candidatos obtiene mayoría absoluta de los votos de los Concejales es proclamado electo ; si ninguno obtiene dicha mayoría, será proclamado Alcalde el Concejal que hubiere obtenido más votos populares en las elecciones de Concejales . c) Elección por los vecinos: Según el Art. 199 de la Ley Electoral General, los Alcaldes pedáneos son elegidos directamente por los vecinos de la correspondiente Entidad Local por el sistema mayoritario, mediante la presentación de candidatos por los distintos partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores . - Destitución : De acuerdo con el Art. 197 de la Ley Electoral General, modificada por la Ley Orgánica de 13 de marzo de 1991, el Alcalde puede ser destituido de su cargo mediante moción de censura adoptada por la mayoría absoluta del número legal de Concejales . La moción debe ser suscrita, al menos, por la mayoría absoluta de los Concejales e incluir- el nombre del candidato propuesto para Alcalde, quien quedará proclamado como tal en caso de prosperar la moción. La moción debe ser discutida y votada en el plazo de quince días desde su presentación, en un pleno convocado al efecto. Ningún concejal puede suscribir durante su mandato mas de una moción de censura . - Juramento : Antes de comenzar el ejercicio de sus funciones, el Alcalde deberá jurar o prometer el cargo ante el Ayuntamiento Pleno (Art . 18 del Texto Refundido). - Tratamientos: Los Alcaldes de Madrid y Barcelona tendrán tratamiento de Excelencia ; los de las demás capitales de Provincia, de Ilustrísima ; y los de los Municipios restantes de Señoría. Se respetan, no obstante los tratamientos que respondan a tradiciones reconocidas por disposiciones legales (Art. 19 del Texto Refundido) . - Representantes : En cada uno de los poblados y barriadas separadas del casco urbano y que no constituyan Entidad Local, el Alcalde podrá nombrar un representante personal entre los Vecinos residentes en el mismo (Art. 20 del Texto Refundido) .
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También podrá nombrar el Alcalde dichos representantes en aquellas ciudades en que el desenvolvimiento de los serVicios así lo aconsejen. El representante habrá de estar avecindado en el propio núcleo en que se ejerza sus funciones. - Sustitución : Cuando el Alcalde se ausente del término municipal por más de veinticuatro horas sin haber conferido la delegación, o cuando por una causa imprevista' le hubiere resultado imposible otorgarla, le sustituirá el Teniente de Alcalde o quién corresponda, quien deberá dar cuenta de ello al resto de la Corporación (Art. 21 del Texto Refundido) . - Deberes : No existen preceptos específicos que se refieran a los deberes de los Alcaldes, aunque en algunas normas podemos encontrar ciertas referencias . - El Alcalde deberá prestar juramento o promesa de cumplir fielmente sus obligaciones . - El Alcalde es responsable de cumplir el mandato referente a la remisión a las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas de la copia de los acuerdos tomados . - Cuando las resoluciones del Alcalde se adopten con manifiesta infracción legal, el Secretario lo advertirá y hará constar por escrito. - En los artículos 73-78 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de 1985 (el artículo 75 ha sido modificado por Ley de 22 de marzo de 1991), referentes al Estatuto de los miembros de las Corporaciones locales, se determinan diversas responsabilidades de los mismos : a) Los miembros de las Corporaciones Locales están obligados al cumplimiento escrito de los deberes y obligaciones inherentes al cargo . b) Los miembros de las Corporaciones Locales deberán abstenerse de participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de todo asunto, cuando concurra algunas de las causas señaladas por la legislación. c) Los miembros de las Corporaciones Locales están sujetos a responsabilidad civil y penal por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de su cargo. d) Son responsables de los acuerdos de las Corporaciones Locales los miembros de las mismas que los hubiesen votado favorablemente .
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e) Las Corporaciones Locales podrán exigir responsabilidades a sus miembros cuando, por dolo o culpa grave, hayan causado daños y perjuicios a la Corporación o a terceros . f)
Al tratar de la elección del Alcalde se hizo referencia a la moción de censura, por la que el Alcalde puede ser destituido de su cargo .
- Atribuciones del Alcalde : Establece el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986 que el Alcalde preside la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones : 1 . Representar al Ayuntamiento y presidir todos los actos públicos que se celebren en el término municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento de Protocolo . 2 . Dirigir el gobierno y administración municipal . 3 . Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los miembros de la Comisión de Gobierno, si esta existiese . 4 . Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Comisión de Gobierno y de cualesquiera otros órganos municipales, así como decidir los empates con voto de calidad . 5. Hacer cumplir las Ordenanzas y Reglamentos municipales . 6. Dirigir, impulsar e inspeccionar las obras y servicios cuya ejecución o realización hubiese sido acordada, recabando los asesoramientos técnicos necesarios . 7. Exigir a todos los obligados el exacto y diligente cumplimiento de los servicios o cargas de carácter público, tales como estadísticas, padrones, censos, bagajes, alojamientos y prestaciones personales y de transporte . 8 . Dirigir la Policía Urbana, rural, sanitaria, de subsistencia, de seguridad y circulación y de costumbres, publicando al efecto los bandos, órdenes o circulares de instrucciones. 9. La concesión de licencias de apertura de establecimientos y de licencias de obras en general, salvo que las Ordenanzas o las Leyes sectoriales la atribuyan expresamente al Pleno o a la Comisión de Gobierno . 10 . Presidir subastas y concursos para Ventas, arrendamientos, obras, servicios y suministros, y adjudicar definitivamente los que sean de su competencia y provisionalmente aquellos en que haya que decidir la Corporación .
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11 . La contratación y concesión de obras, servicios y suministros cuya cuantía no exceda del 5% de los recursos ordinarios de su presupuesto, ni del 50% del limite general aplicable a la contratación directa, así como de todos aquellos otros que, excediendo de la citada cuantía, tengan una duración no superior a un año o no exijan créditos superiores a los consignados en el presupuesto anual . 12. Suscribir escrituras, documentos y pólizas . 13 . Dictar bandos . 14. Desempeñar la Jefatura superior de todo el personal de la Corporación y como Jefe directo del mismo ejercer todas las atribuciones en materias de personal que no sean de la competencia del Pleno ni de la Administración del Estado . 15 . Ejercer la Jefatura directa de la Policía Municipal, así como el nombramiento y sanción de los funcionarios que usen armas. 16 . Formar los proyectos de Presupuestos con la antelación necesaria para que puedan ser aprobados por el Ayuntamiento dentro del plazo señalado . 17. Disponer gastos dentro de los límites de su competencia . 18 . Desarrollar la gestión económica municipal conforme al Presupuesto aprobado y rendir cuentas a la Corporación de las operaciones efectuadas en cada ejercicio económico. 19. Organizar los servicios de Recaudación y Tesorería, sin perjuicio de la facultad del Pleno para aprobar las formas de gestión de estos servicios . 20 . Conservar en su poder una de las tres llaves del arca de caudales y asistir a los arqueos ordinarios y extraordinarios. 21 . Aprobar las facturas que correspondan al desarrollo normal del Presupuesto . 22. Ejercitar acciones judiciales y administrativas en caso de urgencia, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre . 23 . Sancionar las faltas de obediencia a su autoridad o infracción de las Ordenanzas Municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos. 24 . Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe o infortunio públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas, dando cuenta inmediata al Pleno . 25 . Publicar, ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento .
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26 . La convocatoria de las consultas populares municipales, en los términos del artículo 71 de la Ley de 2 de abril de 1985. 27. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al Municipio y no atribuyan a otros órganos municipales . LOS CONCEJALES El artículo 19 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que el Ayuntamiento está integrado por el Alcalde y los Concejales . Por su parte, el artículo 6 del Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986 dispone que la determinación del número de miembros del Ayuntamiento, el procedimiento para su elección, la duración del mandato y los supuestos de inelegibilidad e incompatibilidad son los regulados en la legislación electoral (Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 19 de junio de 1985, modificada por Ley Orgánica de 13 de marzo de 1991 ; Real Decreto de 8 de marzo de 1991) . Antes de pasar a la elección de los Concejales, vamos a referirnos a las personas que tienen derecho al voto en la elección de los mismos. a) Derecho de Sufragio Activo : El derecho de sufragio activo se refiere a las personas que tienen derecho al voto en la elección de los Concejales . 1 . Españoles: El derecho de sufragio activo corresponde a los españoles
mayores de edad que no estén comprendidos en ninguno de los supuestos que privan del derecho al voto. Para su ejercicio es indispensable la inscripción en el censo electoral .
2 . Extranjeros: Debemos tener en cuenta que también gozan del derecho de sufragio activo en las elecciones municipales los residentes extranjeros en España cuyos respectivos países permitan el voto a los españoles en dichas elecciones, en los términos de un Tratado o en el marco de la normativa comunitaria (Art. 176 de la Ley Electoral General, modificado por Ley Orgánica de 13 de marzo de 1991) . 3 . Personas que no pueden votar: De acuerdo con la legislación electoral, carecen del derecho de sufragio activo: a) Los condenados por sentencias judiciales firme a la pena principal o accesoria de privación del derecho de sufragio durante el tiempo de su cumplimiento, b) Los declarados incapaces en virtud de sentencia judicial, siempre que la misma declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio .
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c) Los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el periodo que dure el internamiento siempre que en la autorización del Juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio. 4. Ejercicio de/ derecho de sufragio: El derecho de sufragio se ejerce personalmente en la Sección en la que el elector se halle inscrito. Nadie puede votar más de una vez en las mismas elecciones. Nadie puede ser obligado o coaccionado bajo ningún pretexto en el ejercicio de su derecho de sufragio, ni a revelar su voto . b) Derecho de Sufragio Pasivo : Se refiere a las personas que pueden ser candidatos a Concejal, aunque dada su extensión sólo mencionaremos algunos supuestos. Son elegibles los españoles mayores de edad, que poseyendo la cualidad de elector, no se encuentren incursos en alguna de las siguientes causas de inelegibilidad : 1 . Los miembros de la Familia Real. 2 . Los Presidentes del Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo,_ Consejo de Estado y Tribunal de Cuentas . 3 . Defensor del Pueblo y sus Adjuntos. 4. Los subsecretarios, Secretarios Generales, Directores Generales . 5 . Los Magistrados, jueces y fiscales en activo . 6 . Los militares y miembros de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad y Policía, en activo. 7 . Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, los Gobernantes y Subgobernadores civiles . 8. Los condenados por sentencia judicial firme, a pena privativa de libertad, mientras dure la condena. 9. Los, deudores directos o subsidiarios de la correspondiente Corporación Local contra quienes se hubiera expedido mandamiento de apremio por resolución judicial.
c) Procedimiento Electoral: Los concejales son elegidos mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en los términos establecidos en la legislación electoral general .
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Dispone el articulo 179 de la Ley del Régimen Electoral General de 19 de junio de 1985 que cada término municipal constituye una circunscripción electoral .
En el Real Decreto de convocatoria es acordado en Consejo de Ministros a propuesta de los MinisterIos de Interior y para las Administraciones Públicas . Para la elección de los Concejales se sigue el mismo sistema electoral que para los Diputados al Congreso, con la salvedad de que no serán tenidas en cuenta las candidaturas que no obtengan, por lo menos, el cinco por ciento de los votos válidos . d) Mandato : El mandato de los miembros de los Ayuntamientos es de cuatro años, contados a partir de la fecha de su elección. Una vez finalizado su mandato, los miembros de las Corporaciones cesantes continuarán sus funciones solamente para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de sus sucesores, y en ningún caso podrán adoptar acuerdos para los que legalmente se requiera una mayoría cualificada. e) Derecho y Deberes de los Concejales : Los presidentes y miembros de las Corporaciones locales gozan, una vez que hayan tomado posesión de su cargo, de los honores, prerrogativas y distinciones propios del mismo que se hallen establecidos en la Ley del Estado o de las Comunidades Autónomas y están obligados al cumplimiento estricto de los deberes y obligaciones inherentes a áquel . Quien ostente la condición de miembro de una Corporación quedará, no obstante, suspendido en sus derechos, prerrogativas y deberes, cuando una resolución judicial firme condenatoria lo comporte . Los miembros de las Corporaciones locales tienen el derecho y el deber de asistir, con voz y voto, a las sesiones del Pleno y a las de aquellos otros órganos colegiados de que formen parte, salvo justa causa que se lo impida, que deberán comunicar con la antelación necesaria al Presidente de la Corporación. Las ausencias de los miembros de las Corporaciones locales fuera del término municipal que excedan de 8 días deberán ser puestas en conocimiento de los respectivos Presidentes, haciéndolo por escrito, bien personalmente o a través del portavoz del grupo político, concretándose, en todo caso, la duración previsible de las mismas . Los miembros de las Corporaciones locales tendrán derecho a percibir retribuciones y a ser dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social los que desarrollen sus actividades en régimen de dedicación exclusiva . Los miembros de las Entidades locales están sujetos a responsabilidad civil y penal por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de su cargo . De los acuerdos de los órganos colegiados serán responsables aquellos de sus miembros que los hubieran votado favorablemente .
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LOS TENIENTES DE ALCALDE Son órganos unipersonales de carácter necesario siendo sus funciones de suplencia y auxilio del Alcalde, siendo libremente designado por éste de entre los concejales que integran la Comisión de Gobierno, y donde esta no exista, directamente de los propios concejales . En Madrid hay cinco Tenientes de Alcalde, que se encargan de sustituir por orden de nombramiento (1°, 2°, 3°, 4° y 5° teniente de alcalde) y en los casos de vacantes, ausencia o enfermedad, al Alcalde . Además cada uno de ellos dirige y coordina una de las cinco Ramas del Ayuntamiento. EL PLENO : Integración y Funciones En primer lugar examinaremos la composición del Pleno del Ayuntamiento, para después pasar a examinar las funciones del mismo . a) Integración : El Pleno del Ayuntamiento estará integrado por todos los Concejales, siendo presidido por el Alcalde (Art. 22 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de 2 de abril de 1985) . Dispone el artículo 179 de la Ley del Régimen Electoral General de 19 de junio de 1985 que cada término municipal constituye una circunscripción en la que se elige el número de Concejales que resulte de la aplicación de la siguiente escala: Hasta 250 residentes De 251 a 1000 residentes De 1001 a 2000 residentes De 2001 a 5000 residentes De 5001 a 10.000 residentes De 10001 a 20.000 residentes De 20001 a 50.000 residentes De 50001 a 100.000 residentes
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De 100 .001 en adelante, un Concejal más por cada 100.000 habitantes residentes o fracción, añadiéndose uno más cuando el resultado sea un número par. En la elección de los concejales en cada término municipal se tendrán en cuenta las cifras de población de derecho resultantes de la rectificación del Padrón Municipal de habitantes referidas al 1 de enero de 1990, debidamente aprobada, o en su defecto, la última rectificación padronal igualmente aprobada (Art. 1 del Real Decreto de 8 de marzo de 1991) .
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Para mantener el número de Concejales que forman el Pleno del Ayuntamiento, la Ley del Régimen Electoral General, artículo 182, establece la siguiente normativa : En caso de fallecimiento, incapacidad o renuncia de un Concejal, el escaño se atribuirá al candidato o, en su caso, al suplente de la misma lista a quien corresponda, atendiendo a su orden de colocación . En el caso de que, de acuerdo con el procedimiento anterior, no quedasen más posibles candidatos o suplentes a nombrar, los quórum de asistencia y votación previstos en la legislación vigente se entenderán automáticamente referidos al número de hecho de miembros de la Corporación subsistentes. Sólo en el caso de que tal número de hecho llegase a ser inferior a los dos tercios del número legal de miembros de la Corporación, se constituirá una Comisión Gestora, integrada por todos los miembros de la Corporación que continúen y las personas de adecuada idoneidad o arraigo que, teniendo en cuenta los resultados de la última elección municipal, designe la Diputación Provincial o, en su caso (cuando no haya Diputación), el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, para completar el número legal de miembros de la Corporación . En los supuestos de disolución de Corporaciones locales por acuerdo del Consejo de Ministros, previsto en la legislación básica de Régimen Local (Art. 61 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local de 2 de abril de 1985), deberá procederse a la convocatoria de elecciones parciales para la constitución de una nueva Corporación dentro del plazo de tres meses, salvo que por la fecha en que esta debiera constituirse, el mandato de la misma hubiese de resultar inferior a un año . Mientras se constituye la nueva Corporación o expira el mandato de la disuelta, la administración ordinaria de sus asuntos corresponderá a una Comisión Gestora designada por la Diputación Provincial, o en su caso, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, cuyo número de miembros no excederá del número legal de miembros de la Corporación . Ejercerá las funciones de Alcalde aquel Vocal que resulte elegido por mayoría de votos entre todos los miembros de la Comisión . b) Constitución del Ayuntamiento: Las Corporaciones municipales se constituyen en sesión pública el vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones, salvo que se hubiese presentado recurso contencioso - electoral contra la proclamación de los Concejales electos, en cuyo caso se constituye el cuadragésimo día posterior a las elecciones .
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A tal fin se constituye una Mesa de Edad, integrada por los elegidos de mayor y menor edad, presentes en el acto, actuando como Secretario el que lo sea de la Corporación . La Mesa de Edad comprueba las credenciales presentadas o acreditaciones de la personalidad de los electos . Realizadas la operación anterior, la Mesa de Edad declarará constituida la Corporación si concurren la mayoría absoluta de los Concejales electos . En caso contrario, se celebrará sesión dos días después, quedando constituida la Corporación cualquiera que fuere el número de Concejales presentes . c) Funciones del Pleno del Ayuntamiento : De acuerdo con lo establecido en el Art. 50 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986 y el artículo 22 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de 1985, corresponden al Pleno, una vez constituido conforme lo dispuesto en la legislación electoral, las siguientes atribuciones : 1 . Elegir y destituir al Alcalde de su cargo. 2. Controlar y fiscalizar los órganos de gobierno municipales . 3 . Aprobar el municipal .
Reglamento
Orgánico,
las
Ordenanzas y
demásdisposiciones decarácter general que seande la competencia
4. Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales, alteración del término municipal, creación o suspensión de Municipios ; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del Municipio y el cambio de nombre de éste, y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo . 5 . Aprobar la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo de la Entidad, y determinar el número y características del personal eventual, así como aprobar la oferta anual de empleo público . 6 . La fijación de la cuantía global de las retribuciones complementarias, dentro de los límites máximos y mínimos. 7 . Aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal, con sujeción a las normas reglamentarias que dicte el Estado . 8. Aprobar las bases que hayan de regir en los concursos de provisión de puestos de trabajo, con sujeción a las normas básicas que dicte el Estado .
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9 . La autorización o denegación de compatibilidad del personal al serVicio de la Entidad Local para un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público, así como la resolución motivada reconociendo la compatibilidad o declarando la incompatibilidad del citado personal para el ejercicio de actividades de la Entidad Local. 10 . Separar del servicio a los funcionarios de la Entidad, ratificar el despido del personal laboral e imponer sanciones por faltas graves o muy graves a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que no supongan la destitución del cargo ni la separación definitiva del servicio . 11 . La determinación de los recursos propios de carácter tributario, la aprobación y modificación de los Presupuestos, la disposición de gastos en los asuntos de su competencia y la aprobación de las cuentas. 12. Acordar las operaciones de crédito o garantía y conceder quitas y esperas, así como el reconocimiento extrajudicial de créditos . 13 . La alteración de la calificación jurídica de los bienes del Municipio, previo expediente en el que se acredite su oportunidad y legalidad. 14. La adquisición de bienes y la transacción sobre los mismos, así como su enajenación o cualquier otro acto de disposición, incluyendo la cesión gratuita a otras Administraciones o Instituciones Públicas y a instituciones privadas de interés público sin ánimo de lucro . 15. La concesión, arrendamiento o cesión de uso de bienes por más de cinco años, siempre que su cuantía exceda del 10% de los recurso ordinarios de su Presupuesto . 16. La regulación del aprovechamiento de los bienes comunales y la cesión por cualquier título del aprovechamiento de esos bienes . 17. El ejercicio de acciones administrativas y judiciales y la defensa en los procedimientos incoados contra el Ayuntamiento. 18 . El planteamiento de conflicto de competencias a otras Entidades Locales y demás Administraciones Públicas. 19 . La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones Públicas . 20 . La aprobación de los planes y demás instrumentos de ordenación y gestión previstos en la legislación urbanística. 21 . La aprobación de la forma de gestión de los serVicios y de los expedientes de municipalización .
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22. La contratación de obras, servicios y suministros cuya duración excedan de un año o exija créditos superiores a los consignados en el Presupuesto anual de la Entidad y la aprobación de pliegos de condiciones generales a que deban sujetarse los contratos de la Corporación . 23 . La aprobación de los proyectos de obras cuando la contratación de su ejecución sea de su competencia, conforme a lo dispuesto en el apartado anterior. 24 . Conceder medallas, emblemas, condecoraciones u otros distintivos honoríficos y conferir títulos de hijos predilectos o adoptivos o de miembros honorarios de la Corporación. 25 . Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial, y las demás que expresamente le confieran las leyes.
Debemos tener en cuenta que el Pleno del Ayuntamiento puede delegar la mayoría de las atribuciones reseñadas en el Alcalde y en la Comisión de Gobierno . El acuerdoplenario de delegación se adoptará por mayoría simple y surtirá efectos desde el día siguiente al de su aprobación. LA COMISION DE GOBIERNO Establece el artículo 20 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de 1985 que la Comisión de Gobierno exista en los Municipios con población de derecho superior a 5000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno del su Ayuntamiento. Según Real Decreto de 11 de julio de 1986, la población de derecho del Municipio está constituida por el total de los residentes en el Padrón Municipal de Habitantes, presentes y ausentes . a) Composición : La Comisión de Gobierno está integrada por el Alcalde, que la preside, y los Concejales nombrados libremente por él como miembros de la misma . El número de Concejales no podrá ser superior al tercio del número legal de miembros de la Corporación . A los efectos del cómputo no se tendrán en cuenta los decimales que resulten de dividir por tres el número total de Concejales . El Alcalde puede cesar libremente, en todo momento, a cualquiera de los miembros de la Comisión de Gobierno .
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b) Competencias de la Comisión de Gobierno : La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento tiene las siguientes atribuciones :
1 . La asistencia permanente e indelegable al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones . Es una atribución propia e indelegable de la Comisión de Gobierno . Para el cumplimiento de esta atribución, la Comisión de Gobierno será informada de todas las decisiones del Alcalde. Esta información tendrá carácter previo a la adopción de la decisión siempre que la importancia del asunto así lo requiera . 2 . Las atribuciones que le deleguen al Alcalde o al Pleno, así como aquellas atribuciones que expresamente le asignen las leyes . LAS COMISIONES INFORMATIVAS Las Comisiones Informativas están integradas exclusivamente por miembros de la corporación y se configuran como órganos sin atribuciones resolutorias (órganos complementarios, a diferencia de los anteriores que son obligatorios) que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos al Pleno . Pueden ser de dos tipos : PERMANENTES Y ESPECIALES . JUNTAS MUNICIPALES DÉ DISTRITO En la legislación local vigente las Juntas Municipales de Distrito se conciben como órganos territoriales de gestión desconcentradas, cuya finalidad será la mejor gestión de los asuntos de la competencias municipal y facilitar la participación ciudadana en el respectivo ámbito territorial . Su composición, organización y ámbito territorial se deja a la decisión del Pleno del Ayuntamiento mediante decreto regulador aprobado por el mismo . Tenemos una Junta Municipal en cada uno de los 21 distritos en que está dividido Madrid: O1 .- Centro 02 .- Arganzuela 03 .- Retiro 04.- Salamanca 05 .- Chamartin 06 .- Tetuán 07.- Chamberi 08 .- Fuencarral 09 .- Moncloa 10 .- Latina 1 1 .- Carabanchel
12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 .
Usera Puente de Vallecas Moratalaz Ciudad Lineal Hortaleza Villaverde Villa de Vallecas Vicálvaro San Blas Barajas
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Las Juntas Municipales de Distrito, según quedaron constituidas por acuerdo plenario de 12 de julio de 1991, estaban integradas por un concejal - presidente, designado libremente por la alcaldía y 18 vocales (concejales y vecinos), nombrados también por la alcaldía a propuesta de los grupos políticos presentes en el Ayuntamiento, en proporción a los resultados electorales . Las Juntas Municipales de Distrito están concebidas no solamente como órganos de participación, sino también como órganos de desconcentración bien por delegación del Ayuntamiento pleno, bien por la delegación del alcalde presidente. La política desconcentradora se inicia esencialmente mediante la delegación de determinadas competencias del alcalde en los concejales presidentes de juntas; por ello su figura toma un realce notable al asumir dichas atribuciones que les configuren como un órganoesencial de acción y ejecución dentro de los distritos . La Ley Especial de Madrid les atribuía exclusivamente la representación de la Alcaldía en los actos oficiales dentro del distrito, la ejecución de las decisiones de la junta, la expedición de certificaciones e informes y otras de naturaleza análoga; sin embargo, los decretos de la delegación de la alcaldía comprenden un campo de actividad de gran extensión en todas las Areas Municipales y así les corresponde : En materia de consumo y abastos: Inspeccionar los mercados de distrito, galerías de alimentación y comercio minorista, conceder o denegar licencias para el ejercicio del comercio minorista, ejercer la inspección higiénica de alimentos, etc. En materias de cultura, educación, Juventud y deportes: Fomentar y desarrollar las fiestas populares y actividades culturales en el distrito, tales como campamentos, campañas de cine, teatro, música, etc. Con relación alArea de Régimen Interior: Recibir escritos e instancias dirigidas a la propia junta o cualquier otro servicio municipal, tramitar altas, bajas y modificación del padrón de habitantes y visar las certificaciones que sobre el mismo se expidan. Respecto a los servicios de salud.- Desarrollar dentro de los programas generales, las campañas de vacunación escolar, informar los expedientes de apertura de farmacias, gestionar y programar los centros de promoción de la salud, gestionar los servicios de ayuda a domicilio, etc. En materias de seguridad, circulación y transportes: Autorizar la celebración de actos deportivos y culturales, procesiones y otros en las vías públicas por distrito, proponer la aprobación de medidas de ordenación circulatoria, etc.
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En relación con las materias de urbanismo e infraestructuras las funciones que se atribuyan alcanzan especial importancia y extensión, dirigiéndose en múltiples direcciones : tanto en concesión de licencias para blanqueo revoco de patios, escaleras y portales, retejado de cubiertas, reparación de canalones, pintura y revoco de fachadas, cerramiento de solares, etc. Como en materia de disciplina urbanística tales como suspender y precintar aquellas obras que se realicen en el distrito sin licencia y, cautelarmente, aquellas obras cuya licencia corresponda a la gerencia municipal de urbanismo, ordenar el cese y clausurar las actividades que se ejerzan en el distrito sin la licencia pertinente, ordenando incluso su precintado; ordenar y, en su caso, llevar a cabo en ejecución sustitutoria, aquellas obras que fueren precisas para restablecer, dentro de su competencia, la legalidad urbanística infringida. mobiliario urbano municipal, En obras y servicios: La conservación del pavimentos, bocas de riego, puentes e hidrantes, colegios públicos, mercados municipales, parque y jardines, casas de baño y servicios de limpieza viaria entre otras. En materia económica: Le corresponde la dirección de la gestión tributaria derivada de la concesión de autorizaciones y licencias que sean de su competencia ; autorizar los contratos que no excedan de dos millones de pesetas siempre que no tengan duración superior a un año a requieran crédito condignado en más de un ejercicio económico, etc. En definitiva la figura del Concejal Presidente se constituye en el jefe de la acción municipal dentro del distrito las Juntas Municipales de Distrito se reúnen con carácter ordinario por lo menos una vez al mes y, en general, adaptan su funcionamiento al del Pleno . El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 27 de mayo de 1992 aprueba las actuales normas de participación ciudadana en el Ayuntamiento de Madrid, donde se regula la participación vecinal en las Juntas Municipales de Distrito. Esta participación directa del vecino en la vida municipal se lleva a efecto a través de los denominados consejos sectoriales, de los cuales pueden ser miembros las asociaciones ciudadanas y los vecinos residentes en el distrito, o lo que, no siéndolo, desempeñen su trabajo en el mismo . La presidencia de todos los consejos corresponde al presidente de la junta municipal o vocal en quien delegue . Los Consejos Sectoriales tienen como función estudiar y cuantificar los problemas del distrito dentro del ámbito de competencia específica del propio Consejo ; elevar al Pleno de las junta municipal, a través de su presidente, las propuestas oportunas en orden a la solución de los problemas planteados ; mantener el seguimiento de los acuerdos adoptados por la junta municipal sobre propuestas del consejo sectorial de distrito . Los Consejos Sectoriales que existen en cada distrito son: sanidad, consumo y abastos, cultura, educación, juventud y deportes, servicios sociales, urbanismo, medio ambiente, circulación y transportes .
RAMAS Y AREAS DE SERVICIO
4. 17
Las Arcas : El Ayuntamiento pleno, en sesión celebrada el 6 de julio de 1983 aprobó una nueva organización de los servicios municipales en la que se sentaron los siguientes criterios: La totalidad de los serVicios, dependencias, unidades o centros del Ayuntamiento de Madrid, ya sean de carácter administrativo, técnico, consultivo, de asesoramiento, de estudio o mixto, actúen bajo la superior dirección, control y supervisión del Alcalde, de los Concejales Delegados de Area o de los Concejales Presidentes de las Juntas Municipales de Distrito, a quienes, según sus respectivas atribuciones propias o delegadas, incumbe la responsabilidad de procurar que aquellos ejecuten puntual y eficazmente las decisiones de los órganos de gobierno del municipio . - En consecuencia, los funcionarios titulares de cargos, plazas o puestos de jefaturas sean cuales fueren los cuerpos, grupos o escalas a los que pertenezcan, así como su nivel o grado de-' responsabilidad y el carácter de la propia plaza o cargo, actúen en todo caso bajo el control y con arreglo a las directrices de los órganos unipersonales enumerados en el párrafo anterior, a _ los que corresponde la responsabilidad de las áreas en que quedan agrupados los diferentes servicios del Ayuntamiento. La totalidad de los servicios municipales, se decía en ese acuerdo, se integrarían en grandes Áreas que se constituirán así como las divisiones superiores en la nueva estructura. Sin embargo, el Decreto de 17 de febrero de 1993 instituye una organización innovadora creando lo que se denomina "ramas", dentro de las cuales se integran todas las áreas de servicio que han perdido, de esta manera, ese carácter distintivo que venían ostentando, toda vez que quedan bajo la fiscalización, coordinación y dirección general del teniente alcalde de la rama en que se integran. Las Ramas : Son las grandes divisiones de los servicios, administrativos y técnicos, que han supuesto una innovación respecto de la organización anterior a efectos de una mayor operatividad y eficacia, coordinándose las actividades que guardan relación dentro de los fines que atiende el municipio .
Servicios Generales :
4.18
Secretaria General: Según determina el Art . 92 de la Ley 7/1985, el Secretario General asume las funciones dé fe pública y asesoramiento legal de la Corporación y del Alcalde. Depende orgánicamente del Primer Teniente de Alcalde y es asistido directamente por el Vicesecretario General y el Oficial Mayor, que asumen las funciones que el Secretario General expresamente les delegue y desempeñan, por ese orden, las propias de éste en caso de vacante, ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria . Dependen directamente del Secretario General, un departamento central y los departamentos de constitución y funcionamiento corporativo ; de registros municipales, y de contratación . También afecta a la secretaría donde está el servicio contencioso . Intervención General. Al Interventor General le competen las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico - financiera y presupuestaria y la contabilidad, conforme a lo establecido en el citado Art. 92 de la Ley 7/85 . Depende del concejal delegado de economía y hacienda y está asistido por el viceinterventor. Estas funciones se llevan a efecto a través de los siguientes departamentos: central, de fiscalización de gastos, de fiscalización de ingresos, de información contable, de control financiero de entes públicos y organismos, de control financiero de empresas, de intervención de urbanismo y obras. Tesorería: Según lo establecido en el referido Art. 92 de la Ley 7/85, el Tesorero tiene atribuidas las funciones de manejo y custodia de los fondos y valores del municipio, comprendidos los bienes almacenables, y en general, todas las relativas a tesorería de la corporación; dependiendo asimismo orgánicamente del concejal delegado de economía y hacienda . Cuenta con estos departamentos: de recaudación ejecutiva, de estudio e informes, de gestión recaudadora y tesorería, de gestión y planificación de tesorería .
4. 1 9
Organigramas : El nuevo organigrama del Ayuntamiento Pleno celebrado en sesión ordinaria de 29 de mayo de 2000 y publicado en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid 'con fecha 15 de junio de 2000, agrupó las Areas y Servicios del mismo en cinco ramas, al frente de las cuales se encuentran los Tenientes de Alcalde. La estructura moderna queda reflejada de la siguiente forma. Los servicios Administrativos del Ayuntamiento de Madrid se estructuran y organizan en las Ramas, integradas por las Areas y Servicios que a continuación se especifican : RAMA I: DE COORDINACION GENERAL DE SERVICIOS, CULTURA Y SERVICIOS COMUNITARIOS -
Coordinación y Servicios Generales Coordinación de Distritos Relaciones Institucionales
Concejalía de Servicios de Calidad y Nuevas Tecnologías Area de Cultura, Educación, Juventud y Deportes Area de Promoción de la Igualdad y Empleo. Doña Mercedes de la Merced Monge, Primera Teniente de Alcalde RAMA II: DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS -
Gerencia Municipal de Urbanismo Urbanismo Estética Urbana
Area de Vivienda y Rehabilitación Urbana Area de Obras e Infraestructuras Don Ignacio del Rio García de Sola, Segundo Teniente de Alcalde RAMA III: DE ATENCION SOCIAL, POLICIA MUNICIPAL Y MOVILIDAD URBANA - Policía Municipal Concejalía de Servicios de Movilidad Urbana Concejalía de Servicios de Protección Civil y Bomberos Area de Servicios Sociales Doña María Tardón Olmos, Tercera Teniente de Alcalde .
4. 20
RAMA IV: DE MEDIO AMBIENTE Y SALUD Y CONSUMO -
Saneamiento Contaminación Atmosférica Residuos Sólidos
Concejalía de Servicios de Limpieza Urbana y Desarrollo Medioambiental . Area de Salud y Consumo Don Adriano García - Loygorri Ruiz, Cuarto Teniente de Alcalde RAMA V: DE HACIENDA, PERSONAL Y REGIMEN INTERIOR -
Hacienda, Economía y Comercio
Area de Personal Area de Régimen Interior y Patrimonio Don Pedro Bujidos Garay, Quinto Teniente de Alcalde. Sin perjuicio de la superior dirección que ostenta la Alcaldía Presidencia sobre la Administración Municipal, y de la de coordinación general de las distintas Ramas que por delegación del Alcalde le corresponde a la Primera Tenencia de Alcaldía, la organización municipal se estructura en las siguientes Ramas, Areas y Servicios, al frente de las cuales existe un Teniente de Alcalde, un Concejal Delegado y un Concejal Responsable, respectivamente, con las atribuciones que al respecto les encomiende esta Alcaldía Presidencia, tal como establece el Art. 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
T-4 (S de junio de 2000 ALCALDÍA PRESIDENCIA Ayuntamiento en sesión ordinaria escelentísimo Pleno el siguiente acuerdo: celbrad el día 29 de mayo de 2000, adoptó "Quedar enterado de is proclamación por la Junta Electoral Central de don Ángel Lara Martín de Bernardo como Concejal de este Ayuntamiento, a efxtos de cubrir la vacante producida por renuncia de doña María Luisa Cetro Fonseca, por estar incluido como candidato siguiente al último de los clectos en la lista de Izquierda Unida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182 de la Ley Orgánica S/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General" . Asimismo se significa que el mencionado Concejal ha tomado posesión de su cargo en la citada sesión plenaria del día 29 de mayo de 2000. Lo que k comunico para su conocimiento y efectos. Madrid. 30 de mayo de 2000-El Secretario General, PAULINO MARTÍNI HERNÁNDEZ El
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria cele-
brada el día 29 de mayo de 2000, adoptó el siguiente acuerdo:
"Quedar enterado de la proclamación por la Junta Electoral Central de don Íñigo Henríquez de Luna Losada como Concejal de este Ayuntamiento, a efectos de cubrir la vacante producida por renuncia de doña María Dolores Flores Cerdán, por estar incluido como candidato siguiente al último de los electos en la lista del Partido Popular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 de la Ley Orgánica 5/1985, de l9 de junio, de Régimen Electoral General. Asimismo se significa que el mencionado Concejal ha tomado posesión d< su cargo en la citada sesión plenaria del día 29 de mayo de 2000. Lo que Ir comunico para su conocimiento y efectos. Madrid- 30 de mayo de 2000.-E1 Secretario General, PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de mayo de 2000, adoptó el siguiente acuerdo : '-Quedar enterado . de la proclamación pot la Junta Electoral Central de don Carlos Maria Martínez Serrano como Concejal de este Ayuntamiento, a efectos de cubrir la vacante producida por renuncia de don Juan Antonio Gómez-Ángulo Rodríguez por estar incluido como candidato siguiente al último de los electos en la lista del Partido Popular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182 de la Ley Orgánica S/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General". . .. Asimismo se significa que el mencionado Concejal ha tomado posesión de su cargo en (a citada sesión plenaria del día 29 de mayo de 2000. Lo que Ir comunico para su conocimiento y efectos. Madrid, 30 de mayo de 2000.-E1 Secretario Genera! PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria cele-brada el día 29 de mayo de 2000, adoptó el siguiente acuerdo: °Quedar enterado de la proclamación pot la Junta Electoral Central de don José Tomás Serrano Guío como Concejal de este Ayuntamiento, a efxtos de cubrir la vacante producida por renuncia de doña María Jesús Fraile Fabra, por estar incluido como candidato siguiente al último de los electos en la lista del Partido Popular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182 de la Ley Orgánica S/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General" . Asimismo se significa que el mencionado Concejal ha tomado posesión de su cargo en la citada sesión plenaria del día 29 de mayo de 2000. Lo que k comunico para su conocimiento y efectos . * Madrid, 30 de mayo de 2000.-El Secretario General. PAULINO
BOLETÍN
DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Decreto
El señor Alcalde Presidente con fecha 29 de mayo de 2000, ha dictado el siguiente Decreto:
"Por Decreto de esta Alcaldía Presidencia de fecha tres de julio de 1999 se dispuso la composición de la Comisión de Gobierno por Concejales miembros de la Corporación . La Comisión, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, estará Integrada por el Alcalde y por un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por el Alcalde. Con efectos del pasado 2i del presente mes de mayo se ha producido la renuncia de los Concejales, miembros de esta Comisión, don Juan Antonio Gómez-Ángulo Rodríguez, doña María Dolores Flores Cerdán y doña María Jesús Fraile Fabra, que han sido nombrados para diversos cargos de la Administración del Estado siendo por canto conveniente acomodar la estructura y organización del Ayuntamiento a la nueva situación. En su virtud y en uso de las atribuciones que me confiere el art. 23 de la Ley 7185 citada, en relación con los artículos 43 .2, 52 y 53 y demás concordantes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 256S/86, de 28 de noviembre, vengo en disponer. "PRIMERO .- Nombrar a don Fernando Martín Vidal y a don Carlos María Martínez Serrano, Concejales integrantes de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, modificando mis anteriores Decretos de tres de julio de 1999, y de diecisiete de febrero de 2000, por lo que la Comisión de Gobierno quedará por esta Alcaldía, que la presidirá y por los sIguientes integrad Concejales : Doña María Mercedes de la Merced Monge Don Ignacio del Río García de Sola Doña María Tardón Olmos Don Adriano García-Loygorri Ruiz Doña Elena de Utrilla Palombi Don Pedro Bufidos Garay Don Sigfrido Herráez Rodríguez Don Miguel Ángel Araujo Serrano Don Simón Viñals Pérez Doña Beatriz María Elorriaga Pisarik Don Antonio Moreno Bravo Don Alberto López Viejo Doña María Antonia Suárez Cuesta Don Fernando Martínez Vidal Doña María Begoña Larrainzar Zaballa Don Carlos María Martínez Serrano SEGUNDO.- El presente Decreto torrará en vigor en el mismo momento de su firma sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el art. 44 .2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986 : TERCERO.- Del presente Decreto se dará cuenta de forma individualizada al Pleno Corporativo a efectos de que quede enterado del mismo, de conformidad con lo establecido en el art 44 .4 en relación con el 38 .d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y RÉgImen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986". Lo que le comunico para su conocimiento y efectos. Madrid, 31 de mayo de 2000,--E1 Secretario General, PAULINO . r . Martín Hernández. L
BOLETÍN
DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID DECRETO
El seriar Alcalde Presidente con fecha 29 de mayo de 2000" ho dictado el siguiente Decreto :
"Por Decreto de esta Alcaldía de fecha tres de julio de 1999 se dispuso el nombramiento de los Tenientes de Alcalde, quienes además de asumir las funciones atribuidas legalmente de sustituirme en los casos previstos en la legislación vigente, han venido ejerciendo las atribuciones delegadas en cada uno de ellos en los Decretos de sus respectivos nombramiemos . Con efectos del pasado Z3 del presente mes de mayo se ha producido la renuncia de los Concejales que han sido nombrados para diversos cargos de la Administración del Estado siendo por tanto conveniente acomodar la estructura y organización del Ayuntamiento a la nueva situación. Con el fin de normalizar el funcionamiento de ta actividad municipal es necesario proceder nuevamente a la designación de quienes han de ostentar is condición de Tenientes de Alcalde como órganos directos de apoyo y colaboración e, incluso, potenciales sustitutos del Alcalde, y regular la delegación de determinadas atribuciones referidas a aspectos generales de la actividad municipal o a sectores concretos de la misma. En virtud de la expuesto y en uso de las facultades que me confieren los artículos 21 .2 de la Ley 7/85 de 3 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 46 .1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86. de 28 de noviembre. vengo en disponer : "PRRIMERO.Nombrar a don Pedro Bufidos Garay, Concejal miembro de la Comisión de Gobierno . Quinto Teniente de Alcalde. SEGUNDO.- Como Quinto Teniente de Alcalde asumirá la fun-cióndesu ti uiralAcalde nlos términosyconlamplitud prevista en los artículos 23 .3 de la Ley 7/1985 y 47 .1 del Real Decreto 2568/1986 cuando no sea sustituido por la Primera. el Segundo. la Tercera o el Cuarto Teniente de Alcalde, según el orden de prelación de sus respectivos nombramientos. . TERCERO.- Igualmente y como Quinto Teniente de Alcalde ejercerá por mi delegación las siguientes funciones : I. Firmar las escrituras y contratos de cualquier naturaleza y, en general, de los documentos en los que se concreten cualesquiera negocios jurídicos en que intervenga la Corporación, sin perjuicio de que por la Secretaría Genera! se pongan previamente en conocimiento de la Alcaldía Presidencia, mediante relación, las escrituras preparadas para firma. 2. Firmar las certificaciones, previos los informes emitidos por los distintos Servicios, en expedientes promovidos por organismos oficiales o por particulares. 3. Firmar los siguientes documentos : Mandamientos de pago referidos al Presupuesto Municipal y a operaciones no presupuestarias, las relaciones correspondientes a dichos mandamientos y, en general, cuantos la Alcaldía pueda autorizar, ordenes de pago mediante transferencias, cheques y demás instrumentos a través de los que se materializan los pagos de los mandamientos anteriormentemencionados; devolucionesde fianzayrelación deactasde inspección . 4, Aprobación, Iras los trámites oportunos, de las cuentas a justificar rendidas, correspondientes a las partidas de gastos y cuyos justificantes no excedan de 15 millones de pesetas. CUARTO ._ En el caso de vacante, ausencia, enfermedad o
impe-dimentodecualquierclasede steT nientedeAlcalde,serásutido en las facultades y funciones en él delegadas por los restantes Tenientes de Alcalde, de acuerdo con el orden de prelación de sus nombramientos. QUINTO,- El régimen jurídico de la presente delegación será el previsto con carácter general en los artículos 114 a 118 del '- Funcionamiento y Régien Jurídico
15 de junio de 2000 de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, salvo en lo relativo a! recurso de reposición que será resuelto por el órgano delegado . SEXTO .- Dejar sin electa todas las delegaciones que se hubieren realizado a favor del Quinta Teniente de Alcalde por porte de la Alcaldía Presidencia con anterioridad al presente Decreto Et presente Decreto entrará en vigor en el mismo SÉPTIMO.momento de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficia( del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 44 .2 dei Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidadcs Locales, de 28 de noviembre de 1986 . OCTAVO .- Del presente Decreto se dará cuenta de forma individualizada al Pleno Corporativo, a efectos de que quede enterado del mismo, de conformidad con lo ESTABLECIDO en el articulo 46 .1 en relación con el 38 .d) dei Reglamento de -Organización; Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986". Lo que le comunico para su conocimiento y efectos. Madrid, 31 de mayo de 2000 - El Secretario General, PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ
DECRETO El señor Alcalde Presidente con fecha 29 de mayo de 2000. ha
dictado el siguiente Decreto:
ra
"Por Decreto dé esta Alcaldía de fecha tres de julio de 1999 se dispuso el nombramiento de los Tenientes de Alcalde. quienes además de asumir las funciones atribuidas legalmente de sustituirme en los casos previstos en la legislación vigente, han venido ejerciendo las atribuciones delegadas en cada uno de ellos en los Decretos de sus respectivos nombramientos . Con efectos del pasado 23 del presente mes de mayo se ha. producido la renuncia de los Concejales que han sido nombrados para diversos cargos de la Administración del Estado siendo por tanto conveniente acomodar la estructura y organización de! Ayuntamiento a la nueva situación. = Con el fin de normalizar el funcionamiento de la actividad municipal es necesario proceder nuevamente a la designación de quienes han de ostentar la condición de Tenientes de Alcalde como órganos directos de apoyo y colaboración e, incluso, potenciales sustitutos del Alcalde, y regular la delegación de determinadas atribuciones referidas a aspectos generales de la actividad municipal o a sectores concretos de la misma. En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que me los articules 21 .2 de la Ley 7/85 de 2 de abril. Reguladora confier de las Bases de Régimen Local y 46 . i del Reglamenta de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Rea! Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, vengo en disponer: "PRIMERO .- Nombrar a don Ignacio del Río García de Sola, Concejal miembro de la Comisión de Gobierno, Segundo Teniente de Alcalde. SEGUNDO.- Como Segundo Teniente de Alcalde asumirá la función de sustituir al Alcalde en los términos y con la amplitud prevista en los artículos 23 .3 de la Ley 7/1985 y 47 .I del Real Decreto 2568/1986, cuando no sea sustituido por la Primera Teniente de Alcalde. TERCERO.- Igualmente y como Segundo Teniente de Alcalde ejercerá por mi delegación las siguientes funciones: 1 . La firma de (as escrituras y contratos de cualquier naturaleza y, en general, de los documentos en los que se concreten cualesquieranegociosjurídicos en que intervenga laCorporación, sin perjuicio de que por la Secretaba General se pongan previamente en conoci-
BOLETÍN
15 de junio de 2000 miento de la Alcaldía Presidencia, mediante relación, las escrituras preparadas para fuma . 2. La firma de certificaciones, previos los Informes emitidos por los distintos Servicios, en expedientes promovidos por organismos oficiales o por particulares . 3 . La fuma de los siguientes documentos : Mandamientos de pago referidos al presupuesto Municipal y a operaciones no y, . las relaciones correspondientes a dichos mandamientos presutai en general, cuantos la Alcaldía pueda autorizar, órdenes de pago mediante transferencias, cheques y demás instrumentos a través de los que se materializan los pagos de los mandamientos anteriormente mencionados ; devoluciones de fianza y relación de actas de inspección. 4. Aprobación, tras los trámites oportunos, de las cuentas a rendidas, correspondientes a las partidas de gastos y cuyos justificantes no excedande15justifcar mil ones de pesetas. CUARTO. En el caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento de cualquier clase de este Teniente de Alcalde, será sustituido en las facultades y funciones en él delegadas por los restantes Tenientes de Alcalde, de acuerdo con el orden de prelación de sus nombramientos. QUINTO.- El régimen jurídico de la presente delegación será el previsto con carácter general en los artículos 114 a 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, salvo en lo relativo al recurso de reposición que será resuelto por el órgano delegado . SEXTO . Dejar sin efecto todas las delegaciones que se hubieren realizado a favor del Segundo Teniente de Alcalde por parte de la Alcaldía Presidencia con anterioridad al presente Decreto. SÉPTIMO. El presente Decreto entrará en vigor en el mismo momento de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 44 .2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986. OCTAVO .- Del presente Decreto se dará cuenta de forma individualizada al Pleno Corporativo, a efectos de que quede enterado del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 .1 en relación con el 38 .d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986 ." . Lo que le comunico para su conocimiento y efectos . Madrid, 31 de mayo de 2000.- -El Secretario General, PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ
DECRETO El señor Alcalde Presidente con fecha 29 de mayo de 2000. ha dictado el siguiente Decreto :
"Por Decreto de esta Alcaldía Presidencia de fecha tres de julio de 1999 se dispuso el nombramiento de los Concejales Responsables de Servicio en que se estructura la Administración Municipal entre los Concejales miembros de la Corporación. Con efectos del pasado 23 del presente mes de mayo se ha producido la renuncia de los Concejales que han sido nombrados para diversos cargos de la Administración del Estado siendo por tanto conveniente acomodar la estructura y organización del Ayuntamiento a la nueva situación, como se establece en mi Decreto de estructuración administrativa del Ayuntamiento de esta misma fecha. Por lo que haciendo taso de las atribuciones que me confiere el articulo 213 de la Ley 7/85; de 2 de abril. Reguladora de las Bases * - de Régimen Local, en relación con;los artículos 43 .1 y 43 .5 .4 del
DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, vengo en disponer: "PRIMERO .Nombrar Concejales Responsables de los ServIcios que a continuación se especifican, a los siguientes Concejales miembros de la Comisión de Gobierno, quienes ejercerán las atribuciones delegadas por esta Alcaldía en dichos órganos: Concejal Responsable de los ServIcios de Movilidad Urbana . rama de Atención Social, Policía Municipal y Movilidad Urbana . Don Sigfrido Herráez Rodríguez. Concejal Responsable de los Servicios de Calidad y Nuevas Tecnologías . Rama de Coordinación de Servicios, Cultura y Servicios Comunitarios . Don Carlos María Martínez Serrano . SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor en el mismo momento, de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 44 .2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986. TERCERO.- Del presente Decreto se dará cuenta de forma individualizada al Pleno Corporativo, a efectos de que quede enterado del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 .1 en relación con el 38 .d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986." Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.
Madrid, 31 de mayo de 2000-E1 Secretario General, PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ -
DECRETO El señor Alcalde Presidente con fecha 29 de mayo de 2000, ha dictado el siguiente Decreto :
"Por Decreto de esta Alcaldía Presidencia de fecha tres de julio de 1999 se dispuso el nombramiento de los Concejales Delegados de las Áreas en que se estructura la AdminIstración MunIcipal entre los Concejales miembros de la Corporación . Con efectos del pasado 23 del presente mes de mayo se ha producido la renuncia de los Concejales que han sido nombrados para diversos cargos de la Administración del Estado siendo por tanto conveniente acomodar la estructura y organización del Ayuntamiento a la nueva situación, como se establece en mi Decreto de estructuración administrativa del Ayuntamiento de esta misma fecha. Por lo que haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21 .3 de la Ley 7/85, de 2 de abril. Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con los artículos 43 .1 y 43.5 .é) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 . 'de noviembre, vengo en disponer. "PRIMERO .- Nombrar Concejales Delegados de las Áreas, que a continuación se especifican, a los siguientes Concejales miembros de la Comisión de gobierno, quienes ejercerán las atribuciones delegadas por esta Alcaldía en dichos órganos : ÁREA DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES Don Fernando Martínez Vidal. ÁREA DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y EMPLEO Doña María Antonia Suárez Cuesta. SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor en el mismo momento de su firma. sin perjuicio de su. publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 44 .2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986 . TERCERO. Del presente Decreto se dará cuenta de forma indi-
BOLETÍN
DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
el mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 .1 en Ilación con el 38 .d) del Reglamento de Organización, uncionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 e noviembre de 1986 .U que le comunico para su conocimiento y efectos.
Madrid. 31 de mayo de 2000 .-El Secretario General, PAULINO Martín HERNÁNDEZ.
DECRETO El señor Alcalde Presidente con fecha 29 de mayo de 2000, ha dictado el siguiente Decreto:
"Por Decreto de esta Alcaldía de fecha tres de julio de 1999 se ispuso el nombramiento de los Presidentes de las Juntas lunicipales de Distrito entre los Concejales miembros de la corporación.
Con efectos del pasado . 23 del presente mes de mayo se ha producido la renuncia de los Concejales que han sido nombrados para .versos cargos de la Administración del Estado siendo por tanto :cesario determinar la nueva estructura y organización del yuntamiento. Por lo que haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21 .3 de la Ley 7/85, de 2 de abril. Reguladora de las Bases Régimen Local, en relación con los artículos 43 .1 y 43 .5 .c) del eglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico las Entidades Locales. aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 noviembre. vengo en disponer. "PRIMERO .- Nombrar Presidentes de las Juntas Municipales de distrito que a continuación se especifican, a los siguientes oncejales miembros de la Corporación. quienes ejercerán las atribucones delgads porestaAlcaldíaendichosórganos: Junta Municipal del Distrito de CENTRO Don Carlos María Martínez Serrano En sustitución de doña María Antonia Suárez Cuesta Junta Municipal del Distrito de SALAMANCA Don Íñigo Henríquez de Luna Losada En sustitución de don Fernando Martínez Vidal Junta Municipal del Distrito de BARAJAS Don José Tomás Serrano Guío En sustitución de doña María Carmen Rodríguez Flores SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor en el mismo momento de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín icial de la Comunidad de Madrid v en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo .2 del Reglamento de Organización. Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986 . TERCERO.- Del presente Decreto se dará cuenta de forma indilualizada al Pleno Corporativo, a efectos de que quede enterado mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 .1 en ación con el 38 .d) del Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 noviembre de 1986 .l-0 que 1e comunico para su conocimiento y efectos . Madrid, 31 de mayo de 2000 .-El Secretario General, PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ .
DECRETO El señor Alcalde Presidente con fecha 29 de mayo de 2000. ha aprobado el siguiente Decreto:
"Por Decreto de esta Alcaldía de fecha tres de julio de 1999 se dispuso el nombramiento de los Tenientes de Alcalde, quienes ade.e t además de asumir las funcones tribuidas legalmente de ,4_ ..._ .__..-_
15 de junio de 2000 las atribuciones delegadas en cada uno de ellos en los Decretos de sus respectivos nombramientos. Con efectos del pasado 23 del presente mes de mayo se ha producido la renuncia de los Concejales que han sido nombrados para diversos cargos de la Administración del Estado siendo por tanto conveniente acomodar la estructura y organización del Ayuntamiento a la nueva situación. Con el fui de normalizar el funcionamiento de la actividad municipal es necesario proceder nuevamente a la designación de quienes han de ostentar la condición de Tenientes de Alcalde como órganos directos de apoyo y colaboración e, incluso, potenciales sustitutos del Alcalde, y regular la delegación de determinadas atribuciones referidas a aspectos generales de la actividad municipal o a sectores concretos de la misma. En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que me confieren los artículos 21 .2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 46 .1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, vengo en disponer. -PRIMERO.- Nombrar Primera Teniente de Alcalde a la Concejala miembro de la Comisión de Gobierno. doña María Mercedes de la Merced Monge, quien sin perjuicio de la función que le atribuye el ordenamiento vigente de sustituir al Alcalde en los supuestos de ausencia, enfermedad o impedimento. que ejercerá en todo caso con carácter preferente respecto de los demás Tenientes de Alcalde, asumirá por mi delegación las siguientes atribuciones : 1 . La ffrmi de las escrituras y contratos de cualquier naturaleza y, en de los documentos en los que se concreten general. cualesquiera negocios jurídicos enque intervenga laCorporación.sin perjuicio de que por la Secretaría General se pongan previamente en conocimiento de la Alcaldía Presidencia, mediante relación- las escrituras preparadas para firma. '_ . La firma de certificaciones, previos los informes emitidos por los distintos Servicios, en expedientes promovidos por organismos oficiales o por particulares . 3. La firma de los siguientes documentos: Mandamientos de pago referidos al Presupuesto Municipal y a operaciones no . las relaciones correspondientes a dichos mandamientos presutai y. en general. cuantos la Alcaldía pueda autorizar, órdenes de pago mediante transferencias . cheques y demás instrumentos a través de los que se materializan los pagos de los mandamientos anteriormente mencionados : devoluciones de fianza y relación de actas de inspección. 4. Aprobación, Iras los trámites oportunos, de las cuentas a justificar rendidas, correspondientes a las partidas de gastos cuyos justificantes no excedan de 15 millones de pesetas. SEGUNDO .- Ejercerá, sin perjuicio de lo dispuesto en los
ap rtadosprec dentes,enlostérminosdelartículo43delRealDecreto 2568/86, de 28 de noviembre, las atribuciones que le delegare esta Alcaldía Presidencia en relación con proyectos, materias o asuntos concretos, tanto de carácter general como de carácter especial, afecten a una o varias de las Ramas de actividad municipal. En todos estos casos, la delegación podrá contener todas las facultades delegables de la propia Alcaldía, Incluida la de dictar resoluciones vinculantes para otras autoridades del Ayuntamiento o para terceros interesados, con eficacia circunscrita al tiempo de realización del proyecto, al del plan establecido o al de la total ejecución del asunto . TERCERO.- En el caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento de cualquier clase la Primera Teniente de Alcalde será sustituida por los restantes Tenientes de Alcalde según el orden de prelación de los nombramientos respectivos. CUARTO.- El régimen jurídico de la presente delegación será el previsto con carácter general en los artículos 114 a 118 del
BOLETÍN DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
15 de junio de 2000 relativo al recurso de reposición que será resuelto por el órgano delegado . QUINTO.- Dejar sin efecto todas las delegaciones que se hubieren realizado a favor del Primer Teniente de Alcalde por parte de la Alcaldía Presidencia con anterioridad al presente Decreto. SEXTO .- El presente Decreto entrará en vigor en el mismo momento de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 44 .2 del Reglamento de Organización . Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986 . SÉPTIMO.- Del presente Decreto se dará cuenta de forma individualizada al Pleno Corporativo, a efectos de que quede enterado del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 .1 en relación con el 38 .d) del Reglamento de Organización . Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986 ." Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.
Madrid. 31 de mayo de 2000 .-El Secretario General, PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ.
DECRETO El señor Alcalde Presidente con fecha 29 de mayo de 2000, ha dictado el siguiente Décreto :
"Por Decreto de esta Alcaldía Presidencia de fecha tres de julio de 1999 se dispuso la delegación en los Tenientes de Alcalde de las atribuciones de cada una de las Ramas. en que se estructuraba en aquella fecha la Administración Municipal. Con efectos del pasado 23 del presente mes de mayo se ha producido la renuncia de los Concejales que han sido nombrados para diversos cargos de la Administración del Estado siendo por tanto conveniente acomodar.l a estructura y organización del Ayuntamiento a la nueva situación, como se establece en mi Decreto de estructuración administrativa del Ayuntamiento de esta misma fecha. Por ello y en uso de las atribuciones que me confiere el art. 23 .4 de la Ley 7/85 de 2 de abril. Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el art. 43 .5 .b . de l Reglamento de Organización . Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, vengo en adoptar la siguiente resolución : "PRIMERO .- Los Tenientes de Alcalde ejercerán las atribuciones delegadas por esta Alcaldía Presidencia respecto de cada una de las siguientes Ramas en que se estructura la Administración Municipal: I. RAMA DE COORDINACIÓN GENERAL DE SERVICIOS, CULTURA Y SERVICIOS COMUNITARIOS Doña Mercedes de la Merced Monee, Primera Teniente de Alcalde II . RAMA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCCTURAS Don Ignacio del Río García de Sola, Segundo Teniente de Alcalde III. RAMA DE ATENCIÓN SOCIAL, POLICÍA MUNICIPAL Y MOVILIDAD URBANA Doña María Tardón Olmos, Tercera Teniente de Alcalde IV. RAMA DE MEDIO AMBIENTE Y SALUD Y CONSUMO Don Adriano García-Loygorri Ruiz, Cuarto Teniente de Alcalde V, RAMA DE HACIENDA, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR Don Pedro Bujidos Garay, Quinto Teniente de Alcalde SEGUNDO.- Dejar sin efecto cuántos Decretos relativos a las atribuciones delegadas por la Alcaldía Presidencia en los Tenientes de Alcalde respecto de cada una de las Ramas en que se estructura la Administración Municipal, se hubieren dictado con anterioridad al presente. TERCERO.- 0 presente Decreto entrará en vigor en el trismo momento de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín
Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 44 .2 del Reglamento de oRGANIZACIÓN Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre.de 1986 . CUARTO .- Del presente Decreto deberá darse cuenta de forma individualizada al Pleno Corporativo, a efectos de que quede enterado de su contenido de conformidad con lo establecido en el artículo 44 .4 en relación con el 38 .d) del Reglamento de Organización . Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986 ." Lo que le comunico pam su conocimiento y efectos .
Madrid, 31 de mayo de 2000 .-0 Secretario General, PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ.
DECRETO El señor Alcalde Presidente con fecha 29 de mayo de 2000, ha dictado el siguiente Decreto :
"Por Decreto de esta Alcaldía de fecha tres de julio de 1999 se dispuso el nombramiento de los Tenientes de Alcalde, quienes además de asumir las funciones atribuidas legalmente de sustituirme en los casos previstos en la legislación vigente, han venido ejerciendo las atribuciones delegadas en cada uno de ellos en los Decretos de sus respectivos nombramientos. Con efectos del pasado 23 del presente mes de mayo se ha producido la renuncia de los Concejales que han sido nombrados pata diversos cargos de la Administración del Estado siendo-por tanto conveniente acomodar la estructura y organización del Ayuntamiento a la nueva situación. Con el fin de normalizar el funcionamiento de la actividad municipal es necesario proceder nuevamente a la designación de quienes han de ostentar la condición de Tenientes de Alcalde como órganos directos de apoyo y colaboración e, Incluso, potenciales sustitutos del Alcalde, y regular la delegación de determinadas atribuciones referidas a aspectos generales de la actividad municipal o a sectores concretos de la misma. En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que me confieren los artículos 21 .2 de la Ley 7/85 de 2 de abril. Reguladora de las Bases de Régimen Local y 46 .1 del Reglamento de Organización, FuncIonamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre. vengo en disponer : PRIMERO.- Nombrar a don Adriano García-Loygorri Ruiz. Concejal miembro de la Comisión de Gobiemo, Cuarto Teniente de Alcalde. SEGUNDO .- Como Cuarto Teniente de Alcalde asumirá la función de sustituir al Alcalde en los términos y con la amplitud previstaenlos artículos23. de laLey7/1985 y47.1del RealDecreto 2568/1986, cuando no sea sustituido por la Primera, el Segundo o la tercera Teniente de Alcalde, según el orden de prelación de sus res. pectivos nombramientos. TERCERO.- Igualmente y como Cuarto Teniente de Alcalde ejercerá por mi delegación las siguientes funciones : 1 . Firmar las escrituras y contratos de cualquier naturaleza y, en general, de los documentos en los que se concreten cualesquiera negocios jurídicos en que intervenga la Corporación, sin perjuicio de que por la Secretaría General se ponga previamente en conocimiento dela Alcaldía Presidencia, mediante relación, las escrituras preparadas para firma. 2. Firmar las certificaciones, previos los Informes emitidos por los distintos ServIcios, en expedientes promovidos por organismos oficiales o por particulares . 3. Firmar los siguientes documentos: Mandamientos de pago referidos al Presupuesto Municipal y a operaciones no presupuestarias las relaciones cor espondientes adichos mandamientos y,en
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Boletín DEL AYUNTAMIENTO DE MADRiD mediante transferencias . cheques y demás instrumentos a través de los que se materializan los pagos de los mandamientos anteriormente mencionados: devoluciones de fianza yrelacióndeactas de inspección . 4 . Aprobación . tras los trámites oportunos, de las cuentas a justifcar endias,corespondients al spartidasgeastosycuosjustificantes no excedan de 15 millones de pesetas. CUARTO .- En el caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento de cualquier clase de este Teniente de Alcalde, será su ti uido enlas facultades yfunciones néldel gad sporlos restantes Tenientes de Alcalde, de acuerdo con el orden de prelación de sus nombramientos. QUINTO .- El régimen jurídico de la presente delegación será el previsto con carácter general en los artículos 114 a 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, salvo en lo relativo al recurso de reposición que será resuelto por el órgano delegado . SEXTO.- Dejar sin efecto todas las delegaciones que se hubieren realizado a favor del Cuarto Teniente de Alcalde por parte de la Alcaldía Presidencia con anterioridad al presente Decreto. SÉPTIMO.- El presente Decreto entrará en vigor en el mismo momento de su firma- sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid v en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. conforme a lo establecido en el artículo 44 .2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. de _8 de noviembre de 1986 ." Lo que le comunico para su conocimiento v efectos.
Madrid . 31 de mayo de 2000 .-El Secretario General, PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ .
DECRETO El señor Alcalde Presidente con techa 29 de mago de 2000 . ira dictado el siguiente Decreto :
"Por Decreto de esta Alcaldía. de fecha tres de julio de 1999 se dispuso el nombramiento de los Tenientes de Alcalde, quienes además de asumir las funciones atribuidas letalmente de sustituirme en los casos previstos en la legislación vigente. han venido ejerciendo las atribuciones delegadas en cada uno de ellos en los Decretos de sus respectivos nombramientos. Con efectos del pasado 23 del presente de mayo se ha producido la renuncia de los Concejales que han sido nombrados para diversos cargos de la AdministracIón del Estado siendo por tanto conveniente acomodar la estructura _v organización del Ayuntamiento a la nueva situación. Con el fin de normalizar el funcionamiento de la actividad municipal es necesario proceder nuevamente a la designación de quienes han de ostentar la condición de Tenientes de Alcalde como órganos directos de apoyo y colaboración e, incluso, potenciales sustitutos del Alcalde, y regular la delegación de determinadas atribuciones referidas a aspectos generales de la actividad municipal o a sectores concretos de la misma. En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que me confieren los artículos 21 .2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 46 .1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, vengo enaprobd disponer . "PRIMERO.- Nombrar a doña María Tardón Olmos, Concejala miembro de la Comisión de Gobierno, Tercera Teniente de Alcalde. SEGUNDO,- Como Tercera Teniente de Alcalde asumirá la función de sustituir al Alcalde en los términos y con la amplitud previs-
15 de junio de 2000 Teniente de Alcalde, según el orden de prelación de sus respectivos nombramientos. TERCERO.- Igualmente y como Tercera Teniente de Alcalde ejercerá por mi delegación las siguientes funciones: 1 . La firma de las escrituras y contratos de cualquier naturaleza y, en general, de los documentos en los que se concreten cualesquiera negocios jurídicos en que intervenga la Corporación, sin perjuicio de que por la Secretaría General se pongan previamente en conocimiento de la Alcaldía Presidencia, mediante relación, las escrituras preparadas para firma. 2. La fuma de certificaciones, previos los informes emitidos por los distintos Servicios, en expedientes promovidos por organismos oficiales o por particulares . 3. La firma de los siguientes documentos : Mandamientos. de . . pago referidos al Presupuesto Municipal y a operaciones no presup estarias, lasrelacionescor espondientesa dichosmandamientos y, en general, cuantos la Alcaldía pueda autorizar, órdenes de pago mediante transferencias, cheques y demás instrumentos a través de los que se materializan los pagos de los mandamientos anteriormente mencionados; devoluciones de fianza y relación de actas de inspección. 4, Aprobación, los trámites oportunos, de las cuentas a tras jycgdpalrjueosntif, ustificantes no excedan de 15 millones de pesetas . CUARTO,- En el caso de vacante, ausencia. enfermedado impedimento de cualquier clase de esta Teniente de Alcalde, será sustiruida en las facultades y funciones en ellas delegadas por los restantes Tenientes de Alcalde, de acuerdo con el orden de prelación de sus nombramientos. QUINTO: El régimen jurídico de la presente delegación será el previsto con carácter general en los artículos 114 a 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, salvo en lo relativo al recurso de reposición que será resuelto por el órgano delegado . SEXO .- Dejar sin efecto todas las delegaciones que se hubieren realizado a favor del Tercer Teniente de Alcalde por pare de :a Alcaldía Presidencia con anterioridad al presente Decreto . SÉPTIMO: El presente Decreto entrará en vigor en el mismo momento de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 44 .2 del Reglamento de Organización . Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986 . OCTAVO .- Del presente Decreto se dará cuenta de forma individualizada al Pleno Corporativo, a efectos de que quede enterado del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 en relación con el 38 .d) Reglamento de Organización, Funcionamiento v Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986 ." Lo que le comunico para su conocimiento.
Madrid, 31 de mayo de 2000 .-El Secretario General, PAULINO MARTÍN HERNÁNDEZ-
DECRETO El señor Alcalde Prrsidente con fecha 29 de mayo de 2000. ha dictado el siguiente Decreta :
"El Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales atribuye al Alcalde la organización y estructuración de los servicios administrativos municipales, Una vez constituida la nueva Corporación Municipal, surgida de las elecciones municipales de1.13 de junio de 1999, esta Alcaldía Presidencia -- -+ en el servicio de estas facultades organizativas dictó el decreto el 3 -1- dictó el el 3
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los servicios del Ayuntamiento configurada por las grandes Ramas en que se articula la Administración Municipal y en las que se integrara las Áreas y Concejalfas de Servicios adscritas a cada una de ellas . fijando al mismo tiempo los facultades que habrían de ejercer por mi delegación los Concejales a los que les fueron encomendadas . Aparte de la renuncia presentada por la Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida, doña María Luisa Castro Fonseca, las bajas producidas en el Equipo de Gobierno como consecuencia de las renuncias a su cargo de Concejal de D. Juan Antonio GómezAngulo Rodríguez, doña María Jesús Fraile Fabra y doña María Dolores Flores Cerdán . Primer Teniente de Alcalde, Delegada del Área de Cultura, Educación, Juventud y Deportes y Delegada del Área de Promoción de la Igualdad y Empleo, respectivamente, quienes han sido designados para ocupar otros cargos en la Administración del Estado, hacen preciso remodelar algunos aspectos de la actual estructura, cuya concepción básica se mantiene,reordena do et rminad sÁreas par justar mejorsu conteidos .
ción municipal se estructura en las siguientes Ramas, Áreas y Servicios, al frente de las cuales existe un Teniente de Alcalde, un Concejal Delegado y un Concejal Responsable, respectivamente, con las atribuciones que al respecto le encomienda esta Alcaldía Presidencia, tal como establece el art. 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. TERCERO.- Por delegación de esta Alcaldía Presidencia, y sin perjuicio de las facultades que la misma pudiera avocar o reservarse en posteriores decretos, los Tenientes de Alcalde asumirán, respecto de la Rama de su responsahilidad, las siguientes atribuciones :
Por todo ello, y a reserva de cuanto pueda determinar en su día el Reglamento Orgánico de la Corporación, al amparo de la Disposición Adicional Cuarta del Reglamento de Organización. Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en concordancia con los artículos 43 .3, 120 y 121 de este trismo Reglamento, vengo en disponer. "PRIMERO.- Los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Madrid se estructuran y organizan en las siguientes Ramas, integradas por las Áreas que a continuación se especifican :
1. Señalar y hacer cumplir las directrices generales de la Rama en la que se integran los Servicios de Coordinación General, Coordinación de Distritos, Relaciones Institucionales, Relaciones Internacionales, Comunicación, Coordinación de la Información, Protocolo, Calidad y Nuevas Tecnologías, Cultura, Educación, Juventud y Deportes y Promoción de la Igualdad y Empleo. 2. Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos, Bandas y demás disposiciones legales que afecten al Municipio, dentro de las competencias de esta Rama. _ 3. Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su Rama, respetando las competencias que en este particular tienen del gad s otrs órganosmunic pales.
I.
II .
III.
IV
V.
RAMA DE COORDINACIÓN GENERAL DE SERVICIOS, CULTURA Y SERVICIOS COMUNITARIOS - Coordinación y Servicios Generales - Coordinación de Distritos - Relaciones Institucionales Concejalía de Servicios de Calidad y Nuevas Tecnologías ÁREA DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES ÁREA DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y EMPLEO RAMA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS - Gerencia Municipal de Urbanismo - Urbanismo - Estética Urbana ÁREA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN URBANA ÁREA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS RAMA DE ATENCIÓN SOCIAL, POLICíA MUNICiPAL Y MOVILIDAD URBANA - Policía Municipal Concejalía de Servicios de Movilidad Urbana Concejalía de Servicios de Protección Civil y Bomberos Área de Servicios Sociales RAMA DE MEDIO AMBIENTE Y SALUD Y CONSUMO - Saneamiento - Parques y Jardines - Contaminación Atmosférica - Residuos Sólidos Concejalía de Servicios de Limpieza Urbana y Desarrollo Medioambiental . ÁREA DE SALUD Y CONSUMO RAMA DE HACIENDA, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR - Hacienda, Economía y Comercio ÁREA DE PERSONAL ÁREA DE RÉGIMEN INTERIOR Y PATRIMONIO
SEGUNDO.- Sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía Presidencia sobre la Administración Municipal, y de la de coordinación general de las distintas Ramas que por MI delegación le corresponde a la Primera Tenencia de Alcaldía, la organiza-
I. RAMA DE COORDINACIÓN GENERAL DE SERVICIOS, CULTURA Y SERVICIOS COMUNITARIOS .
4, Promover, proyectar, dirigir y ejecutar la política municipal en la Rama de su competencia . 5. Cooperar directa y permanentemente con el Alcalde en los cometidos que a éste corresponden como Jefe Superior de la Administración Municipal. A estos efectos tendrá atribuidas las funciones de armonización de la organización municipal y de inspección del procedimiento administrativo. 6. La coordinación de las distintas Ramas en las que se estructuranlosServic os delAyuntamiento medianteladetrminación de los criterios básicos a que deba ajustarse el establecimiento de las instrucciones precisas para la eficaz gestión de los asuntos de competencia municipal. 7. El seguimiento continuo de los objetivos fijados para cada una de las Ramas así como del desarrollo de la gestión de las mismas, a cuyo fin cooperará y prestará su asistencia y colaboración a los titulares de aquéllas, quienes, a su vez, deberán facilitarle cuanta información y ayuda pudiere necesitar para el desempeño de su función coordinadora. 8. Resolver las solicitudes de autorización para intervenir en los órganos colegiados centrales del Ayuntamiento conforme a las Normas de Participación Ciudadana. 9. Supervisarlas campañas informativas y de publicidad que se proyecten por los servicios municipales incluidos folletos, carteles, boletines, etc., para conseguir unidad de imagen corporativa . 10 . Dirigir y encauzar las relaciones con el Tribunal de Cuentas. 11 . Resolver los expedientes relativos al Registro de Contratistas . 12 . Convocar sesiones conjuntas de las Comisiones Informativas para el estudio de asuntos comunes. 13 . Coordinar los programas, planes y presupuestos cuyo desarrollo corresponda a las Juntas Municipales de Distrito . 14. Elaborar estudios e informes que, en materia de división territorial, régimen jurídico, personal, organización. mecanización y servicios se refieran a las Juntas Municipales de Distrito . 15 . Tramitar los expedientes de alteración del término municipal. 16. Informar con carácter, previo a su aprobación, los Reglamentos y Ordenanzas municipales, excepción hecha de las de carácter fiscal . -
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DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
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17 . Informar, con carácter previo a su aprobación por el órgano competente, los criterios de unificación de procesos administratios y de coordinación propuestos por las distintas Ramas en mate¡as delegadas en las Juntas Municipales de Distrito, y dictar las instrucciones que en dichas materias sean igualmente elaboradas or aquéllas . 18 . Dictar instrucciones a los Concejales Presidentes de las untas Municipales de Distrito para el mejor desarrollo de su competencia. 19 . Informar y resolver los conflictos de atribuciones que se planteen entre las Juntas o entre éstas y las Ramas, Áreas y Servicios ¡e la Administración Municipal . 20 . Coordinar y fijar los criterios unitarios de actuación en elación con la participación ciudadana que, canalizada a través le los respectivos órganos, se desarrolle en los distintos )istritos . 21 . Resolver las peticiones que se formulen relativas a la inscrip ón en lRegistroMunIcipalde Asocia ones Vecinales, así omo, en su caso, las renovaciones anuales de las inscripciones, tramitando al efcto losexp dientsop rtunos. 2?. Tramitar las solicitudes de subvenciones que presenten las Federaciones. Uniones y Confederaciones de Asociaciones . conforne a lo dispuesto en las Normas de Participación Ciudadana. 23 . Coordinar y supervisar cuantas actuaciones se realicen en nateria de relaciones públicas y de proyección externa. 24 . Mantener relaciones con las distintas Administraciones Públicas. 25 . Queda adscrita a esta Rama el Gabinete de Prensa . 26 . Coordinar los servicios informativos de todas las Áreas. 27 . Fijar las líneas generales de actuación en aplicación de las cormas relativas a Protocolo y Ceremonial . 28 . Organizar y dirigir los actos de carácter oficial y los conmenorativos de¡ Ayuntamiento _y colaborar en los actos propios de cada )istrito. a petición de ellos. '_9. Promover y mantener las relaciones de¡ Ayuntamiento con os organismos . instituciones o asociaciones nacionales e internacionales deAutorida esoCorporaciones Locales y cuidarde la paricipación del Ayuntamiento . 30. Mantener relaciones con la Unión Europea. potenciando aquellas que permitan optimizar la obtención de recursos de financiación proced ntes defondos comunitarios. 31.. Desarrollar
y,
en su caso, iniciar y orientar las relaciones
ombuiltaers .directas odgvnéizces trnacioles, mupaits coduelqr .noatulez
32 . Resolver los expedientes relativos a las inscripciones en el registro de la Propiedad Industrial . 33 . Queda adscrito a esta Rama el Centro de Estudios 'Mesonero Romanos' . 34 . Ejercer la dirección superior. coordinación y supervisión de a Secretaría General, sin perjuicio de las funciones que legalmente corresponden a su titular y de¡ Servicio Contencioso . 35 . Gestionar las Direcciones de Servicios de¡ Gabinete Técnico le la Alcaldía, de Relaciones Públicas y Protocolo y de Estudios y de Asesorarniento. así como los Servicios integrados en las mismas . adscritos directamente a la Alcaldía Presidencia. 36. Dirigir y coordinar los servicIos de Estadística y Padrón de Habitantes, y otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por el Departamento de Estadística . 37 . Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre Concejales Titulares de Rama. 38 . Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir en el ejercicio de las facultades delegadas entre los Concejales integrantes dela Rama. 39 . La gestión de la Tasa por expedición de documentos r el Servicio Contencioso .
adminstraivos respectoalbastanteodepoder spor Slaecr tarí Gen ral .
que su resolución correspondo ¿ti Pleno Municipal o así lo disponga especialmente la Alcaldías Presidencia o la Comisión de Gobierno . 41 . Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que aparezcan ultimados en todos sus trámites, referentes a materias propias de su competencia . Al frente de los SERVICIOS DE CALIDAD Y NUEVAS TEC. TECNOLOGIAS integrados en esta RAMA, existirá un CONCEJAL RESPONSABLE, quien por mi delegación ejercerá las siguientes atribuciones : 1 . Establecer las directrices generales de los Servicios de Calidad y Nuevas Tecnologías . 2. Desarrollar la gestión de cuantos asuntos le encomiende el Titular de la Rama de entre las materias que sean de la competencia de éste . 3. Inspeccionar. fiscalizar y coordinar la actividad de los Servicios a su cargo. 4. Incorporar el modelo de gestión de la Calidad Total en el Ayuntamiento de Madrid, teniendo como objetivo al ciudadano. 5. Gestionar el cambio cultural de la organización por la vía de la gestión de¡ conocimiento, el rediseño de los procesos y la evalua ción y mejora continua de los servicios públicos . 6. Decidir las estrategias para incorporar a la ciudad de Madrid las infraestructuras de telecomunicaciones (red de cable de fibra óptica u otros sistemas de transmisión) que den soporte a la sociedad de la información, coordinando los servicios municipales implicados y los agentes externos en la implantación y explotación de dichas infraestructuas.
7 . Impulsar y dirigir la incorporación de la infraestructura de telecomunicaciones y, en especial la red corporativa, en el Ayuntamiento de Madrid para el mejor funcionamiento de los servicios municipales. 8. Dirigir y potenciar los canales de atención al ciudadano (Teléfono 010, Telemático y Presencial), Línea Madrid y. en especial . implantar el sistema de atención presencial en todo el ámbito municipal. 9. Impulsar y potenciar la incorporación de las nuevas tecnologías en los sistemas de atención al ciudadano. 10 . Elevar al Titular de la Rama propuestas de resolución de cuantos asuntos relativos a las materias objeto de delegación puedan afectar a terceros . 11 . Proponer al Titular de la Rama la elevación ala Comisión Informativa correspondiente de los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno Municipal . o así lo disponga, especialmente la Alcaldía Presidencia . o la Comisión de Gobierno . Sin mengua de la facultad de superior dirección que corresponde a esta Alcaldía,. se integran en esta Rama las ÁREAS DE CULTURA . EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES Y PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y EMPLEO, al frente de cada una de las cuales estará un CONCEJAL DELEGADO, quien ejercerá por mi delegación las siguientes atribuciones:
ÁREA DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES l . Fijar y hacer cumplir las directrices generales de¡ Área en la que se integran los servicios de Cultura, Educación, Juventud y Depones. ?. Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos, Bandos y demás dIsposiciones legales que afecten al Municipio, dentro de las competencias de esta Área . 3. Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su
15 de junio de 2000 4. Dirigir el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Ayuntamiento en virtud de convenios suscritos con el Estado o con organismos de la administración Pública o entidades privadas en materia cultural y colaborar con esos organismos públicos o privados, a fin de desarrollar programas culturales dentro del término municipal . 5 . Promover la creación de instituciones culturales . 6. Desarrollar y dirigir todo tipo de actividades que dichas instituciones puedan llevar a cabo, bien dentro de su propia esfera, bien en colaboración con otras instituciones públicas o privadas y, específicamente, inspeccionar, fiscalizar y vigilar la actividad de Bibliotecas y Museos Municipales, Imprenta artesanal, Hemeroteca y archivo de la Villa, Planetario, Centro Cultural de la Villa de Madrid, Centro Cultural de Conde Duque y de los Teatros Español y Madrid . Tal facultad entraña la atribución de poder resolver las incidencias relacionadas con la materia tratada y, singularmente, la de poder concertar contrataciones de prestación de servicios personales con carácter puntual, derivado y temporal con cargo al capítulo segundo, como así también la de concertar alquileres de infraestructuras . 7. Concertar contrataciones laborales de carácter especial de artistas, personal técnico y auxiliar que colaboren en la producción de espectáculos públicos con cargo a las partidas del Capítulo 1 cuya gestión le corresponde. 8. Elevar al órgano colegiado competente la concesión de medallas, honores y distinciones y la dedicación y denominación de vías públicas . 9. Elevar al órgano colegiado competente las propuestas de dedicación, asignación y cambio de denominación de las vías públicas, plazas, parques, mercados de distrito y centros comerciales de barrio aprobadas por las Juntas Municipales de Distrito . 10 . Fomentar y coordinar la celebración de fiestas de arraigo popular en colaboración con otros organismos e instituciones, sin perjuicio de las facultades atribuidas en esta materia a los Concejales Presidentes de las Juntas Municipales de Distrito . 11 . Coordinar las actividades de los centros culturales municipales, cuya gestión le corresponda a esta Área. 12. Mantener contacto permanente con los órganos de la Administración del Estado y de la Comunidad autónoma. así como con otros organismos públicos y privados que desarrollen activida des y programas relacionados con las competencias delegadas en materia educativa 13 . Procurar los medios y recursos suficientes para conseguir una acción eficaz de los servicios a su cargo en materia educativa. 14 . Establecer los criterios y disponer los medios necesarios para hacer efectiva la participación municipal en la programación educativa. 15 . Proponer e informar la celebración de convenios en materia . educativa en los ámbitos previstos por la legislación vigente con el resto de administraciones Públicas y/o Instituciones Privadas . 16 . asumir las relaciones con las distintas administraciones Educativas para la creación, conservación, mantenimiento y vigilancia de centro docentes públicos y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. 17 . Programar y coordinar la oferta global de actividades extraescolares en el ámbito municIpal. 18 . Regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias de la docencia . 19 . Dirigir la política municipal en materia de juventud,anlizando y canlizando su necsidaes ypeticones . 20 . Fijar la política deportiva munIcipal. 21 . Coordinar los programas de actividades formativas y de tiempo libre que hayan de desarrollarse en los Centros Culturales y Casas de la Juventud. 22 . La gestión de los ingresos relativos a las competencias que por el presente se delegan, sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos, y que, a título indicativo, se concretan en:
BOL ETÍN DEL AYUNTAMI ENTO DE MADRID - Tasa por entrada y visitas a Museos Municipales y al Planetario de Madrid. - Tasa por obtención de Copias de Planos y Documentos Administrativos, Fotografías y Microfilmes, en cuanto a los hechos imponibles de su competencia. - Tasa por prestación de servicios de piscina e instalaciones deportivas . - Precios públicos por Prestación de Servicios y actividadesSoci-Cultrales ydeEsparcimento, respcto ldeoshecosimponbles de su competencia. - Los precios públicos, en relación a las obligaciones devengadas con anterioridad a su supresión por haber cambiado su naturaleza jurídica a tasa, de los que hasta dicha fecha se vinieran gestionando . - Transferencias corrientes y de capital . - Otros ingresos de derecho público y privado. 23 . Elevar a la Comisión Informativa correspondiente los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno o así lo disponga especialmente la Alcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno. 24. Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que se refieran a materias propias de la competencia de esta Área y aparezcan ultimados en todos sus trámites .
ÁREA DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y EMPLEO 1 . Fijar y hacer cumplir las directrices generales del Área. 2. Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos, Bandos y demás disposiciones legales que afecten al Municipio. dentro de las competencias de esta Área. 3. Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su Área, respetando las competencias que en este particular tienen delegadas otros órganos municipales . 4. Elaborar y, en su caso . coordinarla ejecución de un Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres. 5. Introducir el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en todas las áreas sectoriales del Municipio. Para ello será preceptivo informar las normas, así como prestar.asesoramiento y colaboración a los proyectos de las dIferentes Ramas. Áreas o Servicios. 6. Promover que en los estudios e información los datos estén desagregados por sexo .. 7. Proponer e impulsar medidas, tanto preventivas como integradoras,tend tes aelimnarlas ituacionesdedsiguald y desventaja social de las mujeres. 8. Proponer e impulsar actuaciones que favorezcan la igualdad de oportunidades en los ámbitos de la Educación, Salud, Economía., Empleo, Urbanismo, Servicios Sociales, Cultural, Deporte, Transporte, Medioambiente, etc., que favorezcan la autonomía personal y económica, y la calidad de vida de las mujeres, con especial incidencia en la erradicación de la violencia. 9. Promocionar, desarrollar y difundir en el ámbito municipal toda clase de acciones tendentes a incrementar la presencia de las mujeres en los distintos ámbitos de la vida social y en los procesos de toma de decisiones . 10 . Fomentar las estrategias tendentes a conciliar la vida profesional y familiar de mujeres y hombres. 11 . Contribuir en la labor de sensibilización social a través de publicaciones y de la difusión en medios de comunicación de los recursos municipales disponibles, y de la participación en encuentros, jornadas y cursos relacionados con competencias de su Área y en particular, en el cambio de actitud respecto a la distribución de los roles de hombres y mujeres.
boletín DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
l5 de junio de 2000
12 . Proponer e impulsar acciones, en coordinación con el Área !e Servicios Sociales, para la atención de los sectores de población social, marginación o indigencia con especial le desproteccción
dedicaciónadseoanutqlpyifm,rcjgvó
emergencia social . 13 . Detectar posibles discriminaciones indirectas por razón de sexo en el personal al servicio de la Administración Municipal y prop nerestrategiasparasuelim nación. 14 . Planificar y gestionar los planes de formación y reinserción laboral en coordinación con d IMEFE, así como impulsar los planes e empleo municipal para las mujeres, tanto por cuenta ajena. como estimulando su actividad empresarial . 15 . Canalizar denuncias de casos concretos do discriminación or razón de sexo !6 . Coordinar el Servicio de la Policía Municipal de atención a Mujer. 17. Impulsar y fomentar los proyectos de iniciados social complem ntarios de losprogram s munic pales,tantol s promvidos por Asociaciones de Mujeres coma los de ONGs quc trabajen en loor de la mujer. 18 . Fomentar y mantener contacto con Instituciones y organismos públicos yprivados que desarrollen actividades yprogramasespecíficamente relacionados con la mujer, para el intercambio de información, divulgación, yrealización de estudios c
a) Información Urbanística, Normalización Técnica, Documentación y Programación Económica de esta Rama . b) Planeamiento y Gestión Urbanística en todas sus fases . 5. Dirigir y fiscalizar la actividad urbanística de las Empresas Municipales de Gestión del Suelo, coordinándolas entre sí, con la Gerencia Municipal de Urbanismo y con los Entes Públicos y Particulares que posean suelo colindante con el de ellas. 6 . Dependerá de esta Rama la Gerencia Municipal de Urbanismo. 7. Ejercer las competencias derivadas de las funciones que la Ordenanza de Prevención atribuye al Departamento de Prevención de Incendios, relativas a Licencias de Obras, de actividades e Insta_ lociones y de Funcionamiento, cuya concesión corresponde al Gerente Municipal de Urbanismo, así como la facultad de dictar Órdenes de ejecución para la subsanación de las deficiencias que se adviertan en materiades gurida contraincendiosy dla eimponer lasmultasprevistas en esta Ordenanza, debiendo proponer al Órgano competente la aplicación de las demás sanciones establecidas en las mismas . 8. Fijar las directrices generales y coordinar la actuación de los distintos servicios municipales que incidan en la Integración ordenada de los diversos elementos que conforman el conjunto urbano desde su consideración estética y ornamental . 9. Proteger y defender el paisaje y la estética urbana y los aspectos ornamentales de la ciudad, así como su Patrimonio histórico y artístico. 10 . La gestión de los ingresos, relativos a las competencias que por el presente se delegan, sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos, y que, a título indicativo, se concretan en :
investigación relacionados con las competencias delegadas en su rea. l4 . Facilitar, a través de los servicios de Información de las - Tasa por de Copias de Planos y Documentos juntas Municipales de Distrito y del Servicio 010, información sobre . Obtención Adminstvo, FotgrafísyMicolme, n alcunto sheco los servicios generales y específicos orientados al Plan de imponibles de su competencia. oportunidades entre mujeres y hombres. " - Tasa por utilización del Simulador de Transporte en Vehí20. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por culo Privado. Ayuntamiento en virtud de convenios suscritos coa organismos de - Transferencias comentes y de capital . Administración Pública o entidades privadas en materia de su - Otros ingresos de derecho público. competencia: y colaborar con dichos organismos públicos o privados - Derechos de superficie (in de desarrollar actuaciones orientadas a la consecución de la igualdad de oportunidades. - Ventas y otros ingresos de derecho privado. 21 . Fomentar la cooperación internacional con otras ciudades - Ingresos por aprovechamiento urbanístico . para el desarrollo solidario de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. 11 . Resolver los conflictos de atribuciones, que pudieran sumir Elevar a la Comisión correspondiente los en el ejercicio de las facultades delegadas entre los Concejales integrantesde la Rama. 22. informativa asuntos relacionadosconlasmateriasdesucompet ncia. siemprequesu solución corresponda al Pleno o así lo disponga especialmente la 12 . Elevar a la Comisión Informativa correspondIente los asunalcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno . tos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su 23 . Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que se resolución corresponda al Pleno Municipal o así 1o disponga, especialmente, la Alcaldía Presidencia ola Comisión de Gobierno . refieran a materias propias de la competencia de esta Área v ap rezcan ultimados entodos ustrámites. l3 . Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que se refieran a materias propias de la competencia de esta Rama y aparezcan ultimados en todos sus trámites . Sin mengua de la facultad de superior dirección que corresponde II. RaMA DE URBANISMO, VIVIENDA a esta Alcaldía, se integrarán en esta Rama las ÁREaS DE E INFRAESTRUCTURAS VI ENDAY REHABILTACIÓNURBAN YDE OBRAS EINFRAESTRUCTRAS, falrente cde adaunadelascuales taráunCONI . Señalar y hacer cumplir las directrices generales de la Rama la que se integran los servicios de Urbanismo, Vivienda e infraestructuras y Estética Urbana 2. Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos, Bandos y más disposiciones legales que afecten al Municipio, dentro de las competencias de esta Rama" 3. Imponer las sanciones provistas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su alguna, respetando las competencias que en este particular tengan legadas otros órganos municipales. 4. Adoptar las resoluciones que exija la ejecución y desarrollo las materias que a continuación se indican, en la esfera de las competencias que le han sido delegadas y siguiendo las directrices marcadas* por los órganos municipales correspondientes; '
CEJAL DELEGADO, quien ejercerá por mi delegación las siguientes atribuciones :
Área
DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN URBANA
l . Fijar y hacer cumplir las directrices generales del Área de Vivienda y Rehabilitación Urbana. 2. Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos, Bandos y demás disposiciones legales que afecten al Municipio, dentro de las competencias de esta Rama. , 3. Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en e! ámbito municipal referentes a su
15 de junio de 2000 Área, respetando las competencias que en este particular tengan delegadas otros órlanos municipales . 4. Asumir la Vicepresidencia de la Empresa Municipal de la Vivienda en los términos del artículo 20 de los Estatutos que rigen la Sociedad . 5. Conservación de los Monumentos Municipales . 6. Rehabilitación de edificios con niveles de protección 1 y Q, de propiedad municipal y de cualesquiera otros que la Alcaldía detemtine. 7. Mantener las relaciones precisas con los órganos correspondientes de la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma que tengan atribuidas competencias en materia de vivienda, así como con cualquier organismo público o privado con actuaciones en esta materia. 8. Recabar los informes necesarios para el seguimiento de la aplicación de la política municipal en materia de vivienda y de rehabilitación urbana . 9. Fomentar colaboraciones de instituciones dedicadas a la investigación de necesidades de vivienda de los distintos sectores de la población. 10. Elevar a la Comisión Informativa correspondiente los asuntos relacionados con las materias de su competencias, siempre que su resolución corresponda al Pleno o así lo disponga especialmente la Alcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno . 11 . Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que se refieran a materias propias de la competencia de esta Área y aparezcan ultimados en todos sus trámites .
ÁREA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS 1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales del Área. 2. Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos, Bandos y
demásdiposIcioneslgaesqueafectnMaluicpo, dentrode las competencias de esta Área . 3. Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su Área, respetando .las competencias que en este particular tienen delegadas otros órganos municipales . 4. Adoptar las resoluciones que exija la ejecución v desarrollo de las materias que a continuación se indican, en la esfera de su competnciay siguendolasdirectricesmarcdasporlosórganosmunicipales correspondientes : a) Proyectos de urbanización y edificación . b) Conservación de la pavImentación y alumbrado de las vías públicas . c) Fiscalización y control de los servicios y suministros de gas, electricidad y teléfonos, sin perjuicio de las facultades atribuidas en esta materias a otros órganos municipales . d) Rehabilitación de los edificios de propiedad municipal, sin perjuicio de las atribuciones conferidas en esta materia al Área de Vivienda y Rehabilitación Urbana. e) Diseño, conservación v características del mobiliario urbano, en coordinación con la Rama de Medio Ambiente y Salud y Consumo, con las excepciones de la señalización de tráfico y de los elementos necesarios para la limpieza urbana . f) Diseño y construcción de grandes parques y fuentes ornamentales en coordinación con la Rama de Medio Ambiente y Salud y Consumo. 5. Coordinar y supervisar las competencias en materia de mantenimiento urbano y autorizar el uso de la vía pública por los particulares con actividades que no supongan un uso normal, sin perjuicio de las facultades atribuidas en esta materia a los Concejales Presidentes de las Juntas Municipales. 6. Conceder las licencias que sean preceptivas para la realización de obras en la vía pública, de calas y canalizaciones, declarar-la
BOLETÍN
DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
caducidad cuando proceda y tramitar y resolver los expedientes sancionadores que lo deriven de las mismas . De dichas licencias deberá darse traslado con carácter preceptivo a Junta Municipal a fin (lo garantizar la coordinación la precisa con loscorespndit servico responsables de la conservación y mantenimiento de la vía pública. 7. La gestión de los ingresos, relativos a las competencias que por el presente se delegan, sin perjuicio de las atribuidas a otros y que, a título Indicativo, se concretan en : órganos, - El Impuesto sobre Construcciones, InstalacIones y Obras en relación a las que se realicen en la vía pública y cuya autorización le competa, sin perjuicio de las competencias concurrentes que correspondan a otros órganos municipales . - Tasa por prestación de servicios urbanísticos, en lo que se refiere a las licencias por actuaciones estables derivadas de obras e Instalaciones en la vía pública cuya autorización le competa. - Tasa por prestación de servicios relativos a las Obras en la Vía Pública cuya autorización le competa - Tasa por Utilización Privativa y por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, en lo que se refiere a los epígrafes relativos a las Obras en la Vía Pública, cuya autorización le competa. - Los precios públicos, en relación a las obligaciones devengadas con anterioridad a su supresión por haber cambiado su naturaleza jurídica a tasa, de los que hasta dicha fecha se vinieran gestionando. - Transferencias corrientes y de capital y otros ingresos . 8. Elevar a la Comisión Informativa correspondiente los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno o así lo disponga especialmente la Alcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno . 9 . Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que se refieran a materias propias de su competencia de esta Área y aparezcan ultimados en todos sus trámites .
III. RAMA DE ATENCIÓN SOCIAL, POLICÍA MUNICIPAL Y MOVILIDAD URBANA 1 . Señalar y hacer cumplir las directrices de la Rama en la que se integran los servicios de Policía Municipal, Movilidad Urbana, Protección Civil y Bomberos y Servicios Sociales . 2. Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos, Bandos y demás disposiciones legales que afecten al Municipio, dentro de las competencias de esta Rama. 3 . Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su Rama, respetando las competencias que en este particular tengan delegadas otros órganos municipales . 4. Sancionar cualquier acto de desobediencia a la Autoridad municipal en el ámbito de las competencias delegadas. 5. Organizar y dirigir el Cuerpo de la PolIcía Municipal. 6. Nombrar a los funcionarios en prácticas y de carrera que usen armas, así como imponer sanciones a los mismos, excepto la de separación definitiva del servIcio . 7 . Expedir, controlar y retirar las tarjetas de armas clasificadas en los arts . 3 y 105 del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/93, de 29 de enero, así como ejercer la función sancionadora tribuida a laAlcaldíaPresidencia enclcitadoReglamento. 8. Ejercer las atribuciones conferidas a la Alcaldía Presidencia por la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Activ da esRecreativasypor el Reglamento Gen raldeEspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas, aprobado por Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, excepto aquellas que por sus propias características técnicas sean competencia de otros servicios municipales
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BOLETÍN DEL AYUNTAMIENTO
DE MADRID
9. Ejercer las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en los supuestos contemplados en el art . 23, apartado f). 26 apartados d), e), g), h), g), h), i), m), n) y o), articulo 25 y artículo ¡) y j) ; así como la de imponer las sanciones que para cada supuesto prevé la propia Ley Orgánica. 10 . Ejercer las atribuciones conferidas al Municipio por la Ley 2/85, de 21 de enero, sobre Protección Civil y demás disposiciones reguladoras de la materia, excepto aquellas que por sus propias car cterísticas técnias seancompetncia de otrs ervic osmunic pales.
l5 de junio de 2000, 9.
Tramitar y elevar
al
Titular de la Rama las propuestas
relativs alosepdientsdeconstrución delosaprcmientos par residntesydeuso mixtoecptoaquelosquetnga elcarácterd
complementarios de una obra municipal, respecto de los cuales se emitirá informe cu relación con los pliegos de condiciones técnicas y económico-administrativas. l0 . Tramitar y elevar al de la Rama las propuestas a la relativas a la explotación Titular de los aparcamientos para residentes y de uso misto. sin perjuicio de las competencias delegadas en otros órganos municipales . t I . Tramitar y elevar al Titular de la Rama la concesión de autorelaciones para 1r ocupación temporal de la vía pública en los siguientes supuestos :
11 . Ejercer las competencias derivadas de las funciones que la Ordenanza de Prevención atribuye al Departamento de Prevención de Incendios, así como la facultad de dictar brames de ejecución para la subsanación de las deficiencias que se adviertan en materia de seguridad contra incendios y la de imponer las multas previstas en esta Ordenanza, debiendo proponer al órgano competente la aplicación de las demás sanciones establecidas en la misma. 12. Resolver las propuestas elevadas por los Concejales Responsables de los Servicios de Movilidad Urbana y de Protección Civil y Bomberos en relación con los asuntos relativos a las materias objeto de delegación que puedan afectar a terceros . l3 . Resolver los conflictos de atribuciones, que pudieran surtir el en ejercicio de las- facultades delegadas entre los Concejales integrantes de la Rama. 14 . La gestión de los ingresos, relativos a las competencias que por el presente se delegan, sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos,y que,atí ulo Indicativo, se concretanen:
publicitarios, documentales o similares, incluyéndose en esta autorizcón tanto el rodaje como las reservas de espacio que los mismospuedanl evar aprejad, reca ndo,en su caso,los informesnecsarios de
- Tasa por expedición de Documentos Administrativos respecto de los supuestos de expedición de tarjetas de armas. - Tasa por retirada de vehículos de la Vía Pública_ - Transferencias corrientes y de capital y otros ingresos
o Servicios Municipales. Bastará la simple otros Órganos comuáaicación,cuandoelrodaje, aún ecesitando la cotacióndeuna pequeña superficie en espacios destinados al tránsito de peatones, no necesite la utilización de equipos electrotécnicos, no dificulte la circulación al el tráfico peatonal y el equipo de trabajo nó supere las l5 personas .
I5 . Elevar a la Comisión Informativa correspondiente los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda .al Pleno municipal o así lo disponga espcialment la AlcadíaPresidenciao la ComisóndeGobierno. Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que se 16. refieran a materias propias de la competencia de esta rama y aparezcanultimados en todos sustrámites. Al frente de los SERVICIOS DE MOVILIDAD URBANA Y DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS integrados en esta Rama_ existirá un CONCEJAL RESPONSABLE, de cada uno de ellos quiénes por mi delegación ejercerá las siguientes atribuciones :
SERVICIOS DE MOVILIDAD
URBANA
1 . Establecer las directrices generales de los Servicios de Circulación y Transportes para la Movilidad Urbana. 2. Ordenar y regular el uso y utilización normal de las vías públicas para la mayor compatibilidad entre vehículos y peatones . 3 . Realizar estudios y análisis en orden a definir los criterios de ' equilibrio entre el tráfico rodado y el peatonal. 4. Dictar tos disposiciones particulares que exija el mejor fun. funcionamieato de los servicios de auto-taxi y vehículos de alquiler. 5. Dictar las normas reguladoras de circulación, señalizcón_ y estacionamiento y transporte de viajeros y mercancías . 6. Dirigir y regular las actuaciones de ordenación de tráfico a realizar por los efectivos de la PoLicía Municipal asignados. 7. Mantener las debidas relaciones con entidades públicas o particulares que presten servicios o tengan competencias en materia de movilidad urbana -circulación y transportes- dentro del término municipal o afecten a (as mismas . 8. Tramitar y elevar al Titular de la Rama las propuestas relativas a los expedientes de construcción de los aparcamientos subterráneos de rotación de concesión municipal y a la gestión de la explotación.
a) Ocupación temporal de vías públicas para la realización de actuaciones que exijan el empleo de medios auxiliares, tales corno grúas, equipos de bombeo de hormigón u otros elementos análogos. b) Ocupación temporal de vías públicas para la realización de diversas actuaciones, en que existirás carriles restringidos al o reservados al transporte las público, así como las relativas actuaciones que rse alicen cenaltránsieosenqueporsu carcterísticas e prevacortarlacirulación. c)
Ocupación temporal de vías públicas y espacios libres municipalesparalarealizacióndetod s lasrodajescinematográficos,
12. Tramitar y elevar al Titularde la Rama las propuestas de sanción por la utilización con fines publicitarios de cualquier tipo de vehículo o remolque, en circulación o estacionado, cuya finalidad principal sea la transmisión de un mensaje publicitario . l3 . Elevar al Titular de la Rama las propuestas de imposición de las sanciones previstas en la Ordenanza Reguladora de la Placa Identificativa de Ciclomotores a quienes Incumplan las prescripciones contenidas en la misma. 14 . Elevar al Titular de la Rama las propuestas de autorización de circulación de vehículos pesados y caravanas señalando losit nera iosporlosque han de discuri yelcor espondiente srvico de acompañamiento por la Policía Municipal. I5 . Elevar al Titular de la Rama las propuestas de autorización de transporte escolar y de menores. 16 . Elevar al Titular de la Rama las propuestas de autorización de transportes de vertidos y escombros. 17 . Elevar al Titular de la Rama las propuestas de autorización para la prestación de servicios de mudanzas . 18 . Elevar al Titular de la Rama las propuestas de autorización de las zonas de realización de prácticas para la obtención del permiso de conducir. l9 . Elevar al Titular de la Rama las propuestas de resolución de cuantos asuntos relativos a las materias de movilidad urbana objeto de delegación puedan afectar a terceros. 20 . La gestión de los ingresos relativos a las competencias que por el presente se delegan y que a título indicativo, se concretan en : - Tasa por expedición de documentos administrativos respecto de los supuestos de la licencia anual para el transporte de tierras y escombros y las autorizaciones de uso en el servicio de autotaxis de nuevos modelos u otros elementos. - Tasa por licencias y autorizaciones administrativas de autotaxisyvehículos dealquiler. - Tasa por el estacionamiento de vehículos en determinadas zonas de la capital (ORA). .
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BOLETíN DEL AYUNTAMIE NTO DE MADRID
15 de junio de 2000 - Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, respecto de las reservas de espacio y ocupación temporal de las vías públicas y espacios libres municipales cuya autorización les competa . - Tasa por prestación de servicios especiales para la circulación de transportes pesados y caravanas. - Canon inicial de aparcamientos. - Los precios públicos, en relación con las obligaciones devengadas con anterioridad a su supresión por haber cambiado su naturaleza jurídica a tasa, de los que hasta dicha fecha se vinieran gestionando . - Transferencias corrientes y de capital y otros ingresos .
10 . Proponer al Titular de la Rama la elevación a la Comisión Informativa correspondIente de los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno Municipal o así disponga especialrtiente la Alcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno . Sin mengua de la facultad de superior dirección que corresponde a esta Alcaldía, se integra en esta Rama el ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, al frente de la cual estará un CONCEJAL DELEGADO, quien ejercerá por .mi delegación las siguientes atribuciones :
21 . Proponer al Titular de la Rama la elevación a la Comisión Informativa correspondiente de los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno MunIcipal o así lo disponga especialmente la Alcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno .
ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES
SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS l . Establecer las directrices generales de los servicios de Protección Civil v Bomberos . 2. Fijar los criterios con arreglo a los cuales se desarrollará la acción permanente municipal en materia de protección civil. 3. Elaborar los correspondientes planes municipales de protección civil para su aprobación por los órganos competentes . 4 . Organizar y dirigir el Cuerpo de Bomberos proponiendo y ejecutando los planes de funcionamiento y adquisición de material, mejora y actualización del mismo. 5. Señalar las líneas de actuación preventiva en materia de protección civil en las que podrán integrarse los siguientes aspectos : - Realización de pruebas o simulaciones de prevención de riesgos y calamidades públicas. - Instalación, organización y mantenimiento de Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento . - Promover. organizar y mantener la formación del personal de los servicios relacionados con la Protección Civil. - Realización de las actividades necesarias tendentes a la participación voluntaria de los ciudadanos en la protección civil. fundamentalmente en lo relativo a la prevención de situaciones de emergencia que puedan afectarles en el hogar. edificios para uso residencial, etc. 6. Elevar al Titular de la Rama las propuestas derivadas de la Ley de 21 de enero, sobre Protección Civil v demás 2/1985, disposic ones reguladoras de lamateria. excpto aquel asquepor su propias características técnicas sean competencia de otros Servicios Municipales . 7. Elevar al Titular de la Rama y al de la de Urbanismo. Vivienda e Infraestructuras, en función de las respectivas competencias delegadas, las propuestas relativas a las funciones que la Ordenanza de Prevención atribuye al Departamento de Prevención de Incendios, así como las relativas a órdenes de ejecución para la subsanación de las deficiencIas que se adviertan en materia de securidad contra Incendios y las de imposición de multas previstas en esta Ordenanza. 8. Elevar al Titular de la Rama las propuestas de resolución de cuantos asuntos relativos a las materias objeto de delegación puedan afectar a terceros. 9. Velar por la remisión por los servicios técnicos y a su cargo, de los datos y antecedentes precisosadminstrvo para la gestión por la Rama de Hacienda. Personal y Régimen Interior de la Tasa por ServIcios de Extinción de Incendios y, en su caso, de las Contribuciones Especiales por ampliación o mejora de dicho
i, 2.
Fjar y hacer cumplir las directrices generales del Área. Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos, Bandos y
demásdiposiconeslgaesqueafectnMaluicpo, dentrode las competencias de esta Área . 3. Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referente a su Área, respetando las competencias que en este particular tengan delegadas otros órganos municipales . 4. Detección y estudio de las necesidades sociales en el término municipal. 5. La planificación y programación de la red de atención de servicios sociales en el ámbito del municipio de Madrid- de acuerdo con lo establecido en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y en la Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. 6. Coordinar todas las actuaciones que en materia de servicios sociales se gestionen en el municipio, con facultad de dictar instruc ionesciones, circulares y normasdecualquier tipo, inclusopararegularla actividad de estos servicios y sus instalaciones en cualquiera de los ámbitos territoriales que por razón de descentralización existan actualmente o puedan crearse en lo sucesivo . 7 . Garantizar la prestación de los servicios sociales generales dentro del marco de la legislación vigente en la materia. 8 . Garantizar la atención específica a aquellos sectores de población en situaciones de desprotección social, marginación o indigencia a través de medidas adecuadas a la problemática de cada colectivo. 9. Llevar a efecto cuantas actuaciones sean precisas a fin de procurar el equilibrio de las dotaciones y servicios sociales entre los distritos, así como la igualdad en las condiciones de acceso a los mismos . 10 . Promover actuaciones en materia de bienestar social para los sectores de población destinatarios de los servicios. garantizando, en su caso, la coordinación con otras Ramas. Áreas. Servicios y Juntas Municipales de Distrito. 11 . Coordinar la organización y funcionamiento de los centros y servicios de ámbito distrital, proponiendo las medidas necesarias para su adecuación a las directrices generales fijadas para los mismos . 12. Promover e impulsar cuantas actividades sean necesarias para contribuir a propiciar el desarrollo de una mayor participación y colaboración de la sociedad ante los problemas de marginación y desprotección social . 13 . Formular conjuntamente con el Área de Personal . la programación y gestión de los planes de formación específica del personal de Servicios Sociales . 14 . Promover fórmulas de colaboración para el logro de un mayor grado de coordinación de los recursos sociales existentes y creación de otros de interés común . 15 . Aprobar gastos cuya cuantía no exceda de 15 tnillones de pesetas, para la atención de personas físicas o núcleos familiares, en situación de necesidad social, con cargo a las partidas presu puestarias cuya gestión le corresponda, sin perjuicio de las facultades atribuidas en materia de ayudas y subvenciones a otros órganos
I Boletín DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID 6. La gestión de los ingresos, relativos a las competencias que 1 presente se delegan. sin perjuicio de las atribuidas a otros órgay que, a título indicativo, se concretan en : Tasa por Prestación del Servicio de Apartamento para ores. _ Los precios públicos . en relación a las obligaciones
dev ngad s cona teriorida asus presión porhabercambiadosunaturcnado. fecha se vinieran gestioa usa, de los que hasta dicha jurídica _ Transferencias corrientes y de capital. - Otros ingresos de derecho público y privado. l7, Elevar a la Comisión Informativa correspondiente los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su lución corresponda al Pleno Municipal o así lo disponga espenente la Alcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno . 18 . Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que se eran a materias propias dula competencia de esta Área y aparezultimados en todos sus trámites .
RAMA DE MEDIO AMBIENTE Y SALUD Y CONSUMO I . Señalar y hacer cumplir las directrices generales de la as en la que se integran los servicios de Saneamiento. Parques Jardines, Contaminación Atmosférica, Limpieza Urbana, iduos Sólidos y Desarrollo Medioambiental . y Salpd v asumo. 2. Hacer cumplir las Ordenanzas . Reglamentos, Bandos y dedisposiciones legales que afecten al Municipio. dentro de las apetencias de esta Rama. 3 . Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a enes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su ~a, respetando las competencias que en este particular tengan gados otros órganos municipal. 4. Coordinar todas las actividades municipales que guarden reón con el medio ambiente y el seguimiento de la política mediobiental. 5. Ejercer todas las facultades atribuidas a la Alcaldía sidencia por la Ordenanza de Protección del Medio Ambiente )ano, excepto las relativas a las clausuras y precintados que prolan . 6. Inspeccionar. fiscalizar y coordinar la actividad de los servis a su cargo. 7. Señalar las directrices de la actividad munIcipal en la gestión los siguIentes servicios : - Suministro de agua v saneamiento . - Contaminación atmosférica . - Residuos Sólidos Urbanos . - Mantenimiento v conservación de : Parque del Retiro . Casa Campo, Parque del Oeste, Quinta de la Fuente del Berro, Parque .peal del Manzanares M-30, Parque Enrique Tierno (Delicias), rque El Capricho (Alameda de Osuna), Quinta de los Molinos, íncipe Pío, Dehesa de la Villa, Cuña Verde de Latina, Paque de adolongo, Las Cruces y aquéllas otras zonas que figuren en el ventario Municipal de Conservación de Zonas Verdes atribuidas a ta Rama . - Ecología urbana y calidad ambiental. 8- , Iniciar y tramitar los expedientes de expropiación que con~ve la ejecución del II Plan de Saneamiento Integral de Madrid, asa lino la facultad de solicitar la declaración de urgencia de los misos a los órganos competentes de la Comunidad de Madrid. 9. Autorizar y disponer .compromiso de gasto, así como recocer las obligaciones de pago derivadas de las actuaciones expro-
15 de junio de 2000 piatorias necesarias para la ejecución del II Plan de Saneamiento Integral de Madrid . 10 . Mantener contactos con las Entidades suministradoras de agua potable a la poblacton . así como con la representación de la Corporación en el Canal de Isabel ál, Manifestando cuando proceda los criterios municipales ru dicha materia. 11 . Conceder las licencias ras o autorizaciones para la instalación de hidrantes y de series de boeas de riego y tramitar y resolver los expedientes sancionadores que se deriven de las mismas . De dichas licen cias o autorizaciones deberá darse traslado con carácter preceptivo a la Junta Municipal correspondiente a fin de garantizar la coordinación precisa con los servIcios responsables de la conservación y mantenimiento de la vía pública. 12 . Controlar y reconocer las obligaciones de pago por el consumo de agua empleado para mantenimiento y conservación de los parques y zonas verdes relacionados en el párrafo anterior 7 y también para la limpieza viaria. 13 . Elaborar un Plan Director de Mejoras para la Gesrtión y Conservación de las Zonas Verdes y Arbolado Urbano para su aplicación en colaboración con las Juntas Municipales de Distrito . 14 . Diseñar y construir ajardinamientos de plazas y medianas, instalar nuevo arbolado viario y renovación del existente, dentro del programa Madrid Verde. 15 . Coordinar y supervisar las actividades municipales y los servicios de conservación y mantenimiento de los Parques Históricos y autorizar el uso por los particulares de los espacios públicos en los mismos- sin perjuicio de las facultades atribuidas en materia de licencias a las juntas Municipales de Distrito . 16. Gestionar el Pabellón de los Jardines de Cecilio Rodríguez y las construcciones anexas a éste, sin perjuicio de su conservación y mantenimiento por el Área del Régimen Interior y Patrimonio. 17 . Conformarlas propuestas de pago por prestaciones de servicios y construcción de obras contratadas en materia de su competencia, para su remisión a la Rama de Hacienda- Personal y Régimen Interior. 18 . La gestión de los ingresos, relativos a las competencias que por el presente se delegan. sin perjuicio de las atribuidas a otrosórga-nos.vque,a árido ndicativo,seconcretan:e - Tasa por Utilización de Vertederos y otros Servicios Especiales de la Rama de Medio Ambiente y Salud y Consumo. respecto de los hechos imponibles de su competencia y con la excep ción de los hechos imponibles relativos a la utilización de vertederos municipales y compactador estático . - Tasa por Obras en la Vía Pública, en cuanto a los hechos imponibles relativos a su competencia- Precios públicos por Prestación de Servicios y Actividades Socio-Culturales y de Esparcimiento. en cuanto al Pabellón de los Jardines de Cecilio Rodríguez. - Los precios públicos, en relación a las obligaciones devengadas con anterioridad a su supresión por haber cambiado su naturaleza jurídica a tasa, de los que hasta dicha fecha se vinieran gestionando. -. Transferencias corrietes y de capital. - Otros ingresos de derecho público. 19 . Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir en eá ejercicio de las facultades delegadas entre los Concejales integrantes de la Rama . 20 . Elevar a la Comisión Informativa correspondiente los asuntos relacionados con las materias de su competencia . siempre que su resolución corresponda aá Pleno Municipal, o así lo disponga, especialmente la Alcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno . 21 . Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que se refieran a materias propias de la competencia de esta Rama y aparezcan ultimados en todos sus trámites. , Al frente de los SERVICIOS DE LIMPIEZA URBANA Y DESARROLLO MEDIOAMBIENTAL- integrados en esta Rama, existirá un CONCEJAL RESPONSABLE, quien por mi delegación ejercerá las siguientes atribuciones :
15 de junio de 2000 SERVICIOS DE LIMPIEZA Y DESARROLLO MEDIOAMBIENTAL l . Establecer las directrices generales de los servicios de Limpieza Urbana, Eliminación y Tratamiento de residuos inertes y Desarrollo Medioambiental, así como la dirección y gestión de los mismos . 2. Desarrollar la gestión de cuantos asuntos le encomiende el Titular de la Rama de entre las materias que sean de la competencia de éste. 3. Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los Servicios a su cargo. 4. Elevar al Titular de la Rama propuestas de resolución de cuantos asuntos relativos a las materias objeto de delegación puedan afectar a terceros . 5. Homologar e instalar en la vía pública cualquier clase de elementos que sea necesario para la limpieza urbana. 6. Autorizar la instalación de contenedores en la vía pública con arreglo a las Orde nanzas Municipales . 7. La gestión de los ingresos, relativos a las competencias que por el presente se delegan, sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos, y que, a título indicativo, se concretan en : - Tasa por Utilización de Vertederos y otros Servicios Especiales de la Rama de Medio Ambiente y Salud y Consumo. respecto de los hechos imponibles de su competencia y con la excepción de los hechos imponibles relativos a la utilización de vertederos municipales y compactador estático. - Los precios públicos . en relación a las obligaciones devengadas con anterioridad a su supresión por haber cambiado su naturaleza jurídica a Tasa . de lo que hasta dicha fecha se vinieran gestionando . - Transferencias comentes y de capital . - Otros ingresos de derecho público. 8. Proponer al Titular de la Rama la conformidad de las propuestas de pago por prestaciones de servicios y construcción de obras contratadas en materias de los servicios a su tarso. 9. Proponer al Titular de la Rama la elevación a la Comisión Informativa correspondiente de los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno Municipal. o así lo disponga. especialmente la Alcaldía Presidencia, o la Comisión de Gobierno. Sin mengua de la facultad de superior dirección que corresponde a esta alcaldía se integra en esta Rama el ÁREA DE SALUD Y CONSUMO, al frente de la cual estará un CONCEJAL DELEGADO quien ejercerá por mi delegación las siguientes atribuciones :
ÁREA DE SALUD Y CONSUMO I . Fijar y hacer cumplir las directrices generales del Área. 2. Señalar las líneas generales de actuación en el ámbito de la higiene y salud público, el consumo, la salubridad pública y la ordenación alimentaria. 3. Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos, Bandos y demás disposiciones legales que afecten al Municipio, dentro de las competencias de esta ArEa, 4. Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su Área, respetando las competencias que en este particular tienen delegadas otros órganos municipales. 5. Planificar, programar, controlar y evaluar las actividades de la Escuela de Sanidad y Consumo. con vista a la mejor formación en estas materias a la población general. 6. Dirigir los Servicios de-Salud Laboral, en coordinación con
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hasta su posible transformación o inclusión en los servicios de Prevención exigidos por la legislación vigente aplicable al caso . 7 . Dirigir la Oficina de Salud para Madrid procurando la mejor interrelación entre la red nacional con las autonómicas y locales, y en su caso, con la europea y la OMS. 8 . La dirección, gestión y evaluación de las actividades preventivas sanitarias y asistenciales de los centros y establecimientos médicos y quirúrgicos de competencia municipal. Resolver las cues tiones relacionadas con el desarrollo de sus actividades, coordinándolas entre sí y con las acciones de salud a cargo de las Entidades Públicas y Organismos Autónomos que ejercen funciones asistenciales, de acuerdo con la normativa que en todo momento establezca el órgano planificador del Estado y prevea la Ley General de Sanidad . 9. Dirigir el funcionamiento de los Servicios. del Laboratorio Municipal de Higiene y de los Centros de Promoción de la Salud cuya gestión y programación igualmente le corresponda, así como la gestión de las acciones sanitarias de carácter profiláctico y la policía sanitaria en el ámbito de su competencia. en lugares públicos y medios de transporte, colaborando en las luchas sanitarias y control de zoonosis, de acuerdo con las normas establecidas y las que se prevén en la Ley General de Sanidad. 10 . Dirigir los servicios de Asistencia Municipal de Urgencia y Rescate (Samur-Protección Civil). Resolver las cuestiones relacionadas con el desarrollo de sus actividades, coordinándolas entre sí y las acciones similares a cargo de Entidades Públicas u Organismos Autónomos. 11 . Dirigir y organizar el Cuerpo de Voluntarios de Protección Civil. proponiendo y ejecutando los planes de funcionamiento y adquisición de material, mejora y actualización del mismo. 12 . Ejercer, en coordinación con los servicios de Coordinación de la Rama de Coordinación General de Servicios, Cultura y Servicios Comunitarios, la inspección higiénica y de consumo de todo tipo de productos, alimentos y servicios de uso y consumo común que se ofrezca al consumidor en los grandes establecimientos comerciales . sancionando las infracciones que en esa materia se cometan. 13 . Dirigir y coordinar la inspección médica en materia de salubridad pública, gestionando cuantos asuntos de carácter profiláctico _v de policía sanitaria sean de su competencia . 14 . Organizar, dirigir e inspeccionar los aspectos sanitarios vinculados a las actividades relacionadas con los servicios funerarios y cementerios en el ámbito de la competencia municipal. 15 . Dirigir y coordinar la inspección sanitaria. de consumo y de salubridad de la Empresa Mixta Mercamadrid, así como de su Unidad Cárnica. 16 . Gestionar las acciones sanitarias, de carácter profiláctico y de policía sanitaria en viviendas: 17 . Desarrollar dentro de los programas generales, las campañas de vacunación escolar. 18 . Mantener contacto permanente con los órganos de la Administración del Estado y con otros organismos públicos que desarrollen funciones relacionadas con la salud, la higiene de los alimentos, la salubridad pública y la protección del consumidor. 19 . Colaborar en cuantas acciones de promoción de la salud y educación sanitaria se atribuyan a las Entidades Públicas de los Entes Territoriales . 20 . Información de los consumidores y usuarios . Recepción, tramitación y resolución a través de la oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de las consultas y reclamaciones relacionadas con los bienes, productos y servicios puestos a su disposición dentro del ámbito de su competencia y la remisión de éstas, en su caso, a las Entidades u Organismos competentes. 21 . Edición de publicaciones dirigidas a los ciudadanos para suministrarles información sobre temas relativos a la salud y el consumo. 22. Planificación y evaluación de las campañas de inspección de todo tipo de productos, alimentos y servicios de uso y consumo
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23 . Control de calidad de dos productos relacionados en dos Anexos 1 y II del Read Decreto 28711991, de 8 de marzo, y de acuerdo con da normativa vigente en el read Decreto 1945183, Read Decreto 50193 y Read Decreto 2207195, para comprobar su origen, dentidad adaptación a da normativa vigente, etiquetado, presentación, publicidad y dos demás requisitos o signos externos que hacen referencia a sus condiciones de seguridad. dentro de das Campañas y actuaciones programadas que organice y ejecute directamente el 24 . Promover y verificar da implantación de Sistemas de autocontrol en das empresas y actividades del sector alimentario y no alimentario, en colaboración con dos servicios sanitarios adscritos a as juntas Municipales de Distrito . 25. Promover, implantar y verificar Sistemas de Calidad en dos servicios municipales relacionados con da higiene alimentaria, salubridad pública y el consumo en .general, conjuntamente con dos Servicios de Coordinación del Titular de la Rama de Coordinación General de Servicios, Cultura y Servicios Comunitarios. 26. Ejercer das competencias legalmente atribuidas a la Junta arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid y en particular da Designación de sus miembros y el fomento del arbitraje de consumo t través de las asociaciones de consumidores y de das organizaciones empresariales. 27 . Adoptar en general cuantas medidas se consideren convenientes para da atención, defensa y protección de dos consumidores y usuarios . Apoyar y fomentar das acciones de consumidores y usuarios, así como concederles subvenciones . conforme al procedimiento establecido en las normas reguladoras de concesión de subvenciones en el ámbito territorial del Municipio de Madrid. con cargo a programas cuya gestión de corresponda . 28 . Fomentar da formación y educación de dos usuarios . consumidores y empresarios en materias relacionadas con da salud pública. :¡consumo da higiene alimentaria v da salubridad pública en gene29 . Realizar o fomentar controles y análisis de dos productos y .a de uso consumo común. ordinario y generalizado servicios y travésde dos mediosdelMunic pioc laborandoc notrasentidaes y organismos . 30 . Adoptar das medidas urgentes y requerir las colaboraciones precisas en dos supuestos de crisis y emergencia que afecten a da seguridad de dos consumidores v usuarios . coordinando da red de alerta alimentaria y no alimentaria (S .A .H .A .) en el municipio de Madrid. 31 . Colaborar con dos Servicios Técnicos Veterinarios de das Juntas Municipales de Distrito en das actuaciones precisas frente a da aparición de cualquier foco zoonótico o epizoótico en das explotacionesdelMunicpo. 32. Realizar campañas de identificación y vacunación
obligatoriasde dos animalesde compañía(per osygatos) encolaboración :on das Juntas Municipales de Distrito . 33 . Elaborar el censo de dos animales de compañía (perros y tatos) y aplicar das medidas de control de animales vagabundos . abandonados y agresores. en colaboración con das Juntas Municipales de Distrito . 34 . Ejercer da potestad sancionadora por infracciones que se sometan en das materias a que se refieren dos Anexos 1 y Il, del real Decreto 287191, de 8 de marzo y de acuerdo tambIén con el read Decreto 1945183, el Read Decreto 50193 y el real Decreto 2207195, sin perjuicio de das competencias atribuidas en esta materia a dos concejales Presidentes de Juntas y a dos que se dará conocimiento de os expedientes sancionadores por infracciones cometidas en das materias aludidas en sus respectivos Distritos. 35 . Informar, recabar Informes, asesorar y, en su caso, auxiliar a os Presidentes de Juntas de Distrito en materia de sanidad, consumo, ligiene alimentaria y salubridad pública, en colaboración con dos Servicios de Coordinación Territorial. 36 . Controlar dentro del término municIpal el transporte de todo tipo de alimentos
15 de junio de 2000 37 . Elaborar conjuntamente ron dos Servicios de Coordinación Territorial dos programas. planc% y presupuestos relacionados con el consumo, la higiene alimentaria y da salubridad pública cuyo desarrollo pueda corresponder a das Juntas Municipales de Distrito . 38 . Dictar das instrucciones a los Servicios que se integran en das Secciones de Sanidad y Consumo (de das Juntas Municipales de Distrito conjuntamente con da Rama Coordinación General de Servicios, Cultura y Servicios Comunitarios 39 . La gestión de dos ingresos . relativos a das competencias que por el presente se delegan. sin perjuicio de das atribuidas a otros órganos, y que, a título indicativo, se concretan en : - Tasa por Prestación de ServicIos del Laboratorio Municipal de Higiene. - Tasa por Prestación de Servicios Sanitarios . - Tasa por autorizaciones administrativas para da prestación de servicios funerarios en el municipio de Madrid respecto del transporte y da inspección, sin perjuicio de das competencias atribuidas a otros órganos municipales . - Tasa por Expedición de Documentos Administrativos. en relación a das certificaciones por servicios veterinarios . - Los precios públicos, en relación a das obligaciones devengadas con anterioridad a su supresión por haber cambiado su naturaleza jurídica a tasa . d e dos que hasta dicha fecha se vinieran Gestionando - Transferencias corrientes y de capital. - Otros ingresos de derecho público y privado. 40. Elevar a da Comisión Informativa correspondiente dos asuntos relacionados con das materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda ad Pleno o así do disponga especialmente da Alcaldía Presidencia o da Comisión de Gobierno . 41 . Decreta.- da conclusión y archivo de dos expedientes que se refieran a materias propias de su competencia de esta Área y aparezcan ultimados en todos sus trámites .
V Rama DE HACIENDA, PERSONAL Y Régimen interior d . Señalar v hacer cumplir das directrices generales de la rama en da que se integran dos Servicios de Hacienda, Economía .v Comercio . Personal y régimen Interior y Patrimonio . 2. Hacer cumplir das Ordenanzas, reglamentos . Bandos demás disposiciones legales que afecten al Municipio. dentro de das competencias de esta Rama . 3 . Imponer das sanciones previstas en da legislación vigente a quienes incumplan das Normas en el ámbito municipal referentes a su rama respetando das competencias que en este particular tienen delegadas otros órganos municipales . 4. Queda adscrito a esta rama el Centro Municipal de Informática (CEMI). 5. Ejercer da superior dirección de dos Servicios de Intervención General y Tesorería Municipal. sin perjuicio de das funciones que legalmente corresponden a sus titulares, y en su caso, de la Unidad Centrad de Tesorería. 6. Fomentar el Presupuesto General Municipal y elevarlo al Pleno de .la Corporación para su aprobación, enmienda o devolución . 7 . Ordenar da incoación de expedientes de modificación de créditos presupuestarios y elevar da propuesta de resolución ad órgano competente . 8. Proponerla aprobación de operaciones de crédito y tesoreria así como da emisión y amortización de empréstitos y das destinadas a cobertura y gestión de riesgos derivados de da evolución de dos tipos de interés y tipos de cambio . 9. realizar cuantas actuaciones sean necesarias para da gestión y desarrollo del endeudamiento munIcipal; Incluyendo das relativas a das operaciones de cobertura y gestión de riesgos.
IS de junio de 2000 10 . Formalizar las operaciones de crédito, a cono y largo plazo, en cualesquiera de sus modalidades y las destinadas a cobertura y gestión de riesgos, salvo en aquellas en que esta Alcaldía Presidencia actúe por sí, y aprobar los gastos financieros originados por !a ejecución de operaciones de tesorería. 11. Planificar la actuación económica y financiera de la Corporación, mediante la utilización de, entre otros, los instrumentos contemplados en la Ley de Haciendas Locales. ' 12 . Proceder al reconocimiento y liquidación de la obligación de los compromisos o disposiciones de gastos legalmente contraídos, sin perjuicio de las facultades atribuidas en esta materia a otros órganos municipals . 13 . Rendir la Cuenta General formada por la Intervención General. 14 . Ordenar los pagos, indistintamente, con los Tenientes de Alcalde, a través de la firma de los siguientes documentos : a) Mandamientos de pago referidos al Presupuesto Municipal, al de la Gerencia Municipal de Urbanismo, y a operaciones no y las relaciones correspondientes a dichos mandamientos. presutai b) Órdenes de pago mediante transferencias, cheques y demás Instrumentos a través de los que se materializan los pagos de los mandamientos anteriormente mencionados . I5 . Adoptar las resoluciones que se deriven de los documentos y expedientes justificativos de los pagos correspondientes a operaciones no presupuestarias . 16 . Aprobar los coeficientes de actualización de precios en los contratos en que proceda. l7 . Resolución de las peticiones de pago de intereses de demora . 18 . Entender en todos los asuntos de cuya resolución puedan derivarse derechos y/o compromisos y obligaciones de contenido económico . 19 . Elaborar y proponer los proyectos relativos a la imposición, supresión y ordenación de los tributos municipales y de los precios públicos . 30. Elaborar y proponer al órgano competente para su aprobación los proyectos de Ordenanzas de Gestión, Recaudación e Inspección, de las Ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos y precios públicos . su modificación o derogación . 21 . Dirigir una vez que hayan sido aprobadas, la aplicación de las Ordenanzas Reguladoras de los distintos ingresos del Ayuntamiento, dictando, en su caso, las oportunas instrucciones interpretativas a las que habrá de atenerse su aplicación por losdistintosórganos yservic osmuní.municpales 22 . Proponer los convenios . conciertos para la liquidación y/o recaudación de los derechos a favor de la Hacienda Municipal, y para la simplificación del cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas de aquellos . 23 . Proponer la celebración de convenios de colaboración, la aceptación de competencias delegadas, la participación en consorcios, u otras formas de cooperación entre Entidades Públicas, en orden a los tributos e ingresos de derecho público que conciernan a este Ayuntamiento . 24 . La gestión de todos los ingresos municipales que cor espondan a esteAyuntamiento,yde los recargosestablecidos sobre los mismos a favor de otras Entidades o Administraciones, todo ello sin perjuicio de las competencias delegadas en otros órganos municipales . 2S . Corresponden al titular de esta rama las siguientes atribuciones delegadas: a) La declaración de la prescripción y la devolución de ingresos Indebidos, sin perjuicio de la competencia de otros órganos municipales. b) La Incoación, trámite y resolución, con imposición, en su caso, de las sanciones que procedan, por infracciones tributarias o por incumplimiento de los deberes y obligaciones relativos la los ingresos de derecho público, y el trámite y resolución de los recursos
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que se interpongan en relación a las mismas, todo ello, sin perjuicio de las competencias delegadas en otros órganos municipales . c) Efectuar las consultas escritas que se formulen de conforme dad con lo dispuesto en la Ley de Haciendas Locales y en la Le General Tributaria, en relación a los tributos y precios públicos gestionados por este Ayuntamiento. d) La formación, aprobación y exposición de las matrículas padrones correspondientes a los tributos de vencimiento periódico notificación colectiva, sin perjuicio de que se hubiere atribuido otros órganos municipales la gestión del tributo. e) En general, cuantas competencias correspondan en materia tributaria a la Alcaldía Presidencia y no hayan sido expresa y exclusivamente delegadas en otros Órganos Muncipales. 26 . Acordar la compensación de deudas y créditos concurrente de conformidad con lo establecido en la normativa vigente. 27 . Reconocer y los beneficios sin perjuicio aplicar fiscales, delacompetnciatribudaotrsórganosmunicpales, einstarde Administración que corresponda, las compensaciones que procedan 28 . Resolver los recursos que se interpongan contra los lacre de aplicación y efectividad de los tributos y demás ingresos c derecho público y en general cuantas solicitudes y reclamaciones se formulen contra la gestión de los ingresos que por el presente le atribuyen. 29 . Disponer, de acuerdo con la normativa aplicable y en ámbito de las competencias a su Rama, la correspondientes supensió lde aejcutivda ldeosactosimpugnadososujetolarevisón en vía administrativa y del procedimiento recaudatorio y, en su caso la liquidación de los intereses de demora y la liberación y devolución de las garantías y depósitos constituidos a tal fía; todo ello, sin pe juicio de las competencias atribuidlas a otros órganos municipales Asimismo, le corresponde en todo caso, resolver sobre el reembolso del coste de tos avales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley c Derechos y Garantías del Contribuyente . 30 . Aprobar la declaración de fallidos propuesta por la Tesorería Municipal. 3l . Ejercer las potestades de investigación, comprobación, liguidación y sanción, a través de los servicios de Inspección de Tribute y aprobar los planes de inspección municipal de tributos . 32 . Tramitar y resolver, a través de la Tesorería Municipal y I" servicios recaudatorios a su cargo, las solicitudes de frac ionaiento yaplazamiento depago, la incautación dedepósitosy ejecución de garantías constituidas a resultas de las
que se pro reclamaciones comunesvai dneclumpito dlesputo los supuestos de fraccionamiento o aplazamiento de plago. 33 . Tramitar y aprobar las liquidaciones que procedan en I supuestos de ejecución sustitutoria, sin perjuicio de las competencias delegadas en otros órganos municipales . 34 . Proponer al órgano competente la interposición de reclamaciones y recursos o el acatamiento de los fallos de las cuestiones ligadas glosas en materia de tributos o ingresos públicos estatales y autora micos, gestionando y controlando su efectividad: 35 . Decretar la incautación de cantidades con motivo de pro ámelas judiciales o administrativas de embargo. 36 . Tramitar y aprobar los gastos derivados del cumplimiento las resoluciones o fallos de los Tribunals con cargo la las partida cuya gestión le corresponda, sin perjuicio de la competencia atribuida da en esta materia a otros órganos municipals. 37 . Incoar, tramitar y resolver los expedientes por infracción las normas de tráfico y circulación, con la imposición de las sanciones raes a que, en su caso, hubiere lugar, el trámite y resolución de recursos interpuestos en relación a las mismas ; y, en general, too las derivadas de la potestad sancionadora que se desprendan del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos la Motor y Seguridad Vial y disposiciones concordantes, que correspondan este Ayuntamiento . 38, Aprobar los modelos de avales y garantías la constituir F los interesados, conforme a lo stablecido en las Ordenanzas
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Reglamentos Municipales y declarar la conformidad de las constituidas a efectos de la suspensión de los tributos e ingresos de derecho público. 39 . Proponer las directrices generales de la política económica municipal, la programación financiera a medio y largo plazo y el estudio y la adopción de las medidas que hagan aconsejable la buena marcha de la economía municipal. 40. Analizar y formular propuestas sobre la forma de gestión y régimen económico-financiero de los xrvicios públicos municipales . 41 . Planificar y coordinar la actuación económico-financiera de las Empresas Municipales y Organismos Autónomos, con la colaboración de sus órganos gerenciales. 42. Estudio e informe preceptivo de los convenios y contratos de por Organismos Autónomos y carácter plurianual, que se que firmen se deriven derechos u obligacionesEmpresa de Municipales, de los contenido económico, evaluando su coso y rendimiento . 43 . Dirigir la elaboración de cuantos estudios x estimen necsario, en el ámbito económico, referidos al Municipio de Madrid . 44. D seguimiento y el control de la ejecución presupuestaria de los gastos municipales. las funciones de gestión y recaudación de recursos 45 . En económicos lasunidaesoxrvicosquelasrealicenactuarán ade cuerdo con los criterios y conforme a las directrices y procedimientos establecidos por esta Rama. sin perjuicio de la competencia y dep ndenciaorgánicadelas Áreas o JuntasMunic palesdeDistritoaque pertenezcan. 46. Inspeccionar, fiscalizar y vigilar las actividades y resolver las cuestiones relativas al régimen de Mercados Centrales. Matadero Municipal y canales alternativos de comercialización. 47, Resolver las cuestiones jurídico-administrativas relativas a las actividades que se ejerzan en las instalaciones de la Unidad Alimentaria de Madrid 48 . Planificar las actuaciones precisas para elaborar los estudios de viabilidad comercial necesarios para el normal desarrollo de las estructuras comerciales. 49 . Informar sobre el impacto comercial de la implantación de agrupaciones comerciales y grandes superficíes. 50 . Realizar las actuaciones necesarias para la instalación de nuevos Mercados de Distrito y Centros Comerciales de Barrio.co rdiná dolas conlasJuntas. Rams.Arcas oServic osMunic pales que corresponda. 51 . Realizar las actuaciones necesarias para la transformación de Mercados de Distrito, no gestionados directamente por el Ayuntamiento, en Centros Comerciales de Barrio . 52. Autorizar los cambios de propiedad de las Galerías de Alimentación . 53 . Desafectas. en coordinación con las Juntas Municipales . las Galerías de Alimentación . 54 . Estudiar la forma de gestión de los Mercados de Distrito y Centros Comerciales de barrio y proponer la correspondiente resolución. 55 . Inspeccionar los Mercados de Distrito . Centros Comerciales de Barrio y Galerías de Alimentación para comprobar su estado de conservación y, en su caso. proponer las medidas a adoptar. 56 . Resolver las cuestiones suscitadas por falta de acuerdo entre los adjudicatarios de locales para la realización de obras tendentes a ' la mejora de los edificios e instalaciones de los Mercados de Distrito 7 Centros Comerciales de Barro. S7 . Tramitar los expedientes de aprobación y modificación de las tarifas ordinarias correspondientes a los derechos de ocupación de los locales de los Mercados de Distrito y Centros Comerciales de Barrio gestionados en rÉgimen de concesión administrativa. 58. Tramitar los expedientes de aprobación de tarifas especiales correspondientes a los gastos de obras tendentes a mejorar los edificios e instalaciones de los Mercados de Distrito y Centros Comerciales de Barrio. 59 . Tramitar los expedientes de fijación de tarifas por el uso de los aparcamientos de los Mercados de Distrito y Centros
IS de junio DE 2000 Comerciales de Barrio cuando sean explotados por sus respectivos concesionarios. 60. Tramitar a propuesta Je Mercamadrid. S.A ., los expedientes de aprobación de las tarifas Je ocupación de los locales de los Mercados Centrales y las de peaje de la Unidad Alimentaria . 61 . Elaborar cuantas estudios se consideren de interés en orden al comercio . 62 . Proponer e impulsar las medidas necesarias para la re structuración del comercio. 63 . Elaborar y proponer la aprobación de Reglamentos y Ordenanzas Municipales Reguladores del Comercio . 64 . Fomentar y apoyar las asociaciones de comerciantes . 65 . Fomentar y apoyar la política de formación del comerciante . 66 . Estudiar fórmulas de financiación para la realización de proyertos de reestructuración comercial y cursos de formación de comerciantes. 67 . Proponer las medidas necesarias para erradicar la venta ambulante ilegal en coordinación con las Juntas y Áreas Municipales que corresponda_ 68 . Informar. recabar informe. asesorar y, en su caso, auxiliar a los Presidentes de las Juntas de Distrito en materia de Mercados de Distrito . Centros Comerciales de Barrio . Galerías de Alimentación v toda clase de establecimientos del comercio . 69 . Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir en el ejercicio de las facultades delegadas entre los Concejales integrantesde laRama. 70 . Elevar a la Comisión Informativa correspondiente los asuntos relacionados con las materias de su competencia. siempre que su resolución corresponda al Pleno Municipal o así lo disponga especialmente la Alcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno . 71 . Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que x refieran a materias propias de la competencia de esta Rama yaparezcanultimados en tod s su trámites. Sin mengua de la facultad de superior dirección que corresponde a esta Alcaldía se integran en esta Rama las ÁREAS DE PERSONAL Y DE RÉGIMEN INTERIOR Y PATRIMONIO al frente de cada una de las cuales estará un CONCEJAL DELEGADO, quien ejercerá por mi delegación las siguientes at r ibuciones:
ÁREA DE PERSONAL 1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales del Área en la que x integran los servicios de PerSonal . 2. Hacer cumplir las Ordenanzas . Reglamentos . Bandos y demás disposiciones legales que afecten al Municipio, dentro de las competencias de esta Área. 3. Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su Área, respetando las competencias que en este particular tengan delegadas otros órganos municipales . 4. La Jefatura directa del personal de la Corporación, salvo el ejercicio de la Jefatura de la Policía Municipal . 5 . Efectuar las convocatorias derivadas de la oferta anual de empleo público, designar los vocales titulares y suplentes de lostribunales calif doresdelaspruebas lectivas sque convquen,así como el informe y propuesta en relación con los recursos de alzada contra las resoluciones de dichos tribunales : nombrar funcionarios de carrera de la Corporación, a propuesta del tribunal calificador, a quiénes superen las correspondientes pruebas, excepto si han de portar armas. , 6. Aprobar las convocatorias y resolver los sistemas para la provisión de puestos de trabajo y efectuar los cambios de destino del perSOnal de la Corporación . , 7. Contratar, declarar la extinción de los contratos del personal laboral de la Corporación, elevar a la Alcaldía Presidencia propuesta de despido, y asignar a este personal a los distintos puestos previstos 1700
Boletín
15 de junio de 2000 la Corporación de en las correspondientes relaciones aprobadas por adoptar las decisiones acuerdo con la legislación laboral, así como socIal . seguridad que correspondan en materia de en los tér8, Nombrar y cesar al personal Interino y eventual minos previstos en la legislación vigente. 9, Ejercitar todas las facultades disciplinarias atribuidas por la legislación vigente a esta Alcaldía respecto a todo el personal, salvo el que use armas, exceptuando, en todo caso, la separación del servicio . 10, La declaración de situaciones administrativas y la jubilación de todo el personal, así como el ejercicio de aquellas facultades conferidas a esta alcaldía por los convenios colectivos municipales o por los acuerdos plenarios que regulen las condiciones de trabajo. 11, DIrigir la gestión del régimen retributivo del personal y, en especial, la asignación individualizada de las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas, sin perjuicio de su distribución que corresponde a la Comisión de Gobierno, 12, Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por el Secretario General referentes al personal de la Corporación. 13, La autorización y compromiso de gasto y el reconocimiento y liquidación de las obligaciones correspondientes a gastos de toda índole derivados de la gestión de personal (retribuciones, seguridad social, centros hospitalarios, consignaciones, ayudas económicas, indemnizaciones, seguros, etc,). 14 . Dar cumplimiento al contenido de los mandamientos y exhortos provenientes de las autoridades judiciales relacionados con el personal, 15 . La programación y gestión de los Planes de Formación del Personal Municipal, sin perjuIcio de la necesaria coordinacIón con el Concejal del Área de Servicios Sociales en materia de formación específica del personal de estos servicios . 16 . Queda adscrita a esta Área la Escuela Municipal de Formación. 17 . Mantener relaciones con las organizaciones sindicales y desarrollar la política municipal en esta materia. 18 . Ejercer la dirección, coordinación y supervisión de los Servicios de Organización y Planificación de Recursos Humanos. l9 . Elevar a la ComIsión Informativa correspondiente los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno Municipal o así lo especialmente la Alcaldía Presidencia o la Comisióndisponga de Gobierno, 20 . Decretar la conclusión v_ archivo de los expedientes que se refieran a materias propias de la competencia de esta Área y aparez can ultimados en todos sus trámites .
áREA DE RÉGImEN
INTERIOR Y PATRIMONIO
1 . Fijar y hacer cumplir las directrices generales del Área en la que se integran los Servicios de Régimen Interior, Almacén de Villa, Talleres Generales y Patrimonio Municipal, y Conservación de Edificios, 2, Hacer cumplir las Ordenanzas, Reglamentos . Bandos y demás disposiciones legales que afecten al Municipio, dentro de las competencias de esta Área . 3. Imponer las sanciones previstas en la legislación vigente a quienes incumplan las normas en el ámbito municipal referentes a su Área, respetando las competencias que en este particular tengan delegadas otros órganos municipales . 4, Realizar cuantas actuaciones sean precisas en materia de suministros de bienes o servicios necesarios para el funcionamiento de la Administración MunIcipal, incluso aquellos cuyo gasto haya de realizarse con cargo a programas cuya gestión genérica esté encomendada a otras Ramas o Áreas de actuación, con excepción de las que específicamente estén encomendadas a las mismas,
DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
5. Gestionar el Patrimonio Municipal y de manera específica tramitar cualquier operación que dé lugar a altas o bajas en los integrantes del mismo, quedando facultado para recabar de biens servicio municipal los datos necesarios para ello . cualqier 6. Tramitar los expedIentes relativos a la adquisición y enajenación del llatrimonio Municipal . 7. Realizar la gestión del cobro de los derechos económicos derivados del Patrimonio Municipal, así como llevar a cabo las actuaciones necesarias para la rentabilización de los bienes integrantes de éste, bien directamente por cualquiera de los medios de gestión previstos legalmente, bien indirectamente, cuando se trate de servIcios encomendados a otras Ramas o Áreas (aparcamientos, marquesinas, mercados, etc,), en cuyo caso éstas vendrán obligadas a facilitarle los datos que les sean solicitados, 8. Tramitar los expedientes de aprovechamiento de cualquier naturaleza de los bienes de propiedad municipal tanto de dominio público como de propios, sin perjuicio de las facultades atribuidas en esta materia a otros órganos municipales, 9, Dirigir la gestión del almacén de Villa, 10 . Ostentar la Jefatura directa de los Servicios de Comunica iones (cor eos, teléfon s, telégrafos, etc,) asícomotambiénla de cualquier otro sistema que pueda implantarse (radio, televisión por cable, etc,), siendo de su competencia el mantenimiento de sistemas, líneas, etc. 11, Tramitar y gestionar las pólizas de seguros tendentes a cubrir la responsabilidad patrimonial municipal derivada del funcionamiento de sus servicios, 12, Ordenar la utilización del Parque automovilístico y de Talleres Generales, 13, Controlar los consumos de gas, electricidad, agua, etc,, adoptando o proponiendo la adopción de las medidas que estime procedentes para mayor economía en el gasto. 14 . Gestionar y ordenar los trabajos que deban realizarse en el Servicio de artes Gráficas Municipales, 15 . Tramitar los expedientes de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento con motivo de los daños y perjuicios causados por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos . 16 . ConservacIón de los edificios municipales . 17 . La gestión de los ingresos, relativos a las competencias que por el presente se delegan, sin perjuicio de las atribuidas a otros y que, a título indicativo, se concretan en : óganos, - Tasa por Expedición de Documentos administrativos er. cuanto a la inserción de anuncios de carácter preceptivo en licitaciones y adjudicaciones de contratos y concesiones en el Boletín de : Ayuntamiento, - Cánones por la utilización privativa o aprovechamiento especial, respecto de las concesiones cuyo trámite le competa y sin perjuicio de la competencia de los servicios de tráfico y circulációr en lo que se refiere al canon inicial de aparcamientos . - Tasa por Prestación de Servicios de Retirada- Almacenaje Depósito de Efectos en el almacén de Villa . - Transferencias corrientes y de capital. - Otros ingresos de derecho público y privado. 18 . Elevar a la Comisión Informativa correspondiente lo asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempr que su resolución corresponda al Pleno MunIcipal o así lo dispor ga especialmente la Alcaldía PresIdencia o la Comisión d Gobierno, l9 . Decretar la conclusión y archivo de los expedientes que s refieran a materias propias de la competencia de esta Área y apare: can ultimados en todos sus trámites . CUaRTO,- asimismo, los Tenientes de alcalde de cada una o las Ramas y Concejales Delegádos de Área ostentarán, por mi delegación,aaedlnptrsimgbáuco las siguientes:
j 2º
BOLETÍN DEL Ayuntamiento DE MaDRID 1, Preparar y adjudicar, conforme al procedimiento establecido sea su ea cada caso, los contratos administrativos, cualquiera que no exceda de cien millones de clase, o privados, cuya no superior a un año y no exijan créditos tengan una duracióncuantía pesta, consignados en las partidas presupuestarias cuya los superiores a gestión les haya sido encomendada. procedimientos 2, Presidir las subastas, los concursos y los suscribir las escrituras públicas y documentos administranegociads, tivos y devolver las fianzas de los contratos objeto de delegación . 3, Autorización y disposición o compromiso de gasto en los límitesngdolyrcapIebiuqmítvsó sometidos a intervención previa y tramitados en documento contable de la A-D-O (autorización-DIsposición-Reconocimiento Obligación), que se efectúen con cargo a partidas cuya gestión les
corresponda 4, El Concejal Delegado del Área de Régimen Interior y Patrimonio realizá) la contratación (autorización y compromiso 0 disposición de gasto así como el reconocimiento y liquidación de derivadas de éstos), de los suministros inferiores obligaciones las a 2,000,000 de peas,, con cargo a las respectivas dotaciones presupuestarias de las correspondientes Ramas, Áreas o Servicios cuando lo soliciten los Tenientes de alcalde y los Concejales de las mismas, 5, D Concejal Delegado del Área de Cultura, Educación, y Deportes realizará la contratación laboral de carácter Juventd (autorización y compromiso o disposición de gasto, así como espcial el reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de éstos) de artistas, personal técnico y auxiliar que colabore en la producción de espectáculos públicos con cargo a las partidas del Capítulo 1 cuya gestión le corresponde. 6, Preparar, en su caso, conforme al procedimiento legalmente establecido en cada caso, los contratos que se efectúen con cargo a partidas asignadas orgánicamente a las Juntas Municipales de Distrito, cuya gestión corresponda al Área o Servicio, siendo la aprobación y adjudicación competencia del Concejal Presidente o del Pleno de la Junta, respectivamente. 7, Preparar, en su caso, conforme al procedimiento legalmente establecido en cada caso, los contratos que se efectúen con cargo a las partidas del Capítulo 6 asignadas orgánicamente a las Juntas Municipales de Distrito, cuya gestión corresponda al Área o Servicio, siendo la aprobación y adjudicación competencia del Concejal Presidente o del Pleno de la Junta, respectivamente. 8, Los Tenientes de alcalde de cada una de las ramas, los Concejala Delegados de las Áreas y los Concejales Responsables de Servicios ejecutarán los acuerdos que conlleven la realización de gastos de carácter plurianual con cargo a partidas presupuestarias cuya gestión la corresponde, otros sin perjuicio de las facultades atribuíds en esta materia a órganos municipales, = 9, aprobar, tras los trámites oportunos, las cuentas a justificar rendidas, correspondientes a las paridas de gasto cuya gestión les corresponde y cuyos justificantes no excedan de 15 millones de pesetas tes, 10, El Titular de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen interior, realizará la adjudicación-autorización y compromiso de ,:. gasto así como el reconocimiento y liquidación de las obligaciones r derivadas de gastos correspondientes a los contratos que, preparados por las Áreas Municipales con cargo a las partidas cuya gestión les corresponda se tramiten con arreglo al procedimiento de Caja rápida 11, Tramitar y proponer al órgano competente la concesión de ayudas y subvenciones a entidades e instituciones cuyo ámbito de actuación esté relacionado directamente con las materias de su competencia -
12, Dar cuenta a la Comisión de Gobiemo y Comisiones informativas respectivas, en la primera sesión que celebren, de las resoluciones que se refieran a adjudicaciones de contratos a efectos de que queden enteradas de las mismas,
l5 de junio de 2000 QUINTO B . Las competencias en orden a la gestión de los ingresos que se delegan por el presente Decreto en los Tenientes de Alcalde y Concejales al frente de cada una de las referidas ramas y Áreas, con la excepción del Titular de la rama de Hacienda, personal y Interior, cuyas atribuciones se han concretado en su régimen lugar, tendrán el siguiente alcance: oprtun Respecto de la gestión tributaria : la recepción y trámite a) de las declaraciones y/o autoliquidaciones; la asistencia e información a los sujetos pasivos y obligados tributarios; la práctica y notificación de las liquidaciones provisionales y demás actos de gestión ; la gestión de la recaudación en el período voluntario de pago y los trámies preparatorios para el inicio en su caso, del procedimiento de apremio, sin perjuicio de las funciones reservadasadminstrvo a la Tesorería Municipal; la declaración de la prescripción ; la incoación, tramitación y resolución, con la imposición, en su caso, de las sanciones ayque hubiere lugar, de los expedientes infracciones la resolución de los recursos que se por interpongan en relación tribuas a las mismas, sin perjuicio de las que corresponden a la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Ínterior con motivo de las actuiones de inspección tributaria ; el reconocimiento y aplicación de los beneficios fiscales : la devolución de ingresos ; la rectificación de errores materiales y la revocación de los actos no declarativos de derechos cuya anulación no corresponda al Pleno ; así como colaborar enordenala comprobacióneinvestigaciónde los hechosimponibles, con los servicios de la inspección tributaria, cuya competencia corresponde exclusivamente al Titular de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen ÍnteriorRespecto de los precios públicos, las mismas facultades b) enunciadas en la letra anterior para la gestión tributaria, con las adaptaciones correspondientes a la naturaleza jurídica de este tipo de ingresos . y en particular, la investigación, comprobación, rectificación y liquidación de los mismos. c) respecto de las subvenciones, transferencias corrientes y de capital, otros ingresos indeterminados y demás de derecho público, así como los originados conforme a las normas de derecho privado, todas las facultades de gestión que correspondan de acuerdo con su naturaleza, sin perjuicio de las que tenga atribuidas a la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior. 2. En orden a los ingresos cuya catión ejerzan por mi delegación, corresponderán asimismo a los Tenientes de alcalde y Concejales a que se refiere el apartado anterior, las siguientes atribuciones: a)
resolver los recursos de reposición que se interpongan contralosactosadeplic ónyefctivdaleostribuos y demás ingresos de derecho público cuya gestión les competa; y, en general, cuantas solicitudes y reclamaciones se formulen contra la gestión de los ingresos que por el presente se les atribuye ; disponer, cuando proceda, la suspensión de la ejecutividad de los actos impugnados, o sujetos a su revisión en vía administrativa, y del procedimiento recaudatorio, liquidando, en su caso, los correspondientes intereses de demora ; así como acordar la liberación y devolución de las garantías y depósitos constituidos a tal fin, en los supuestos en que corresponda b) Llevar a perro y debido cumplimiento, una vez firmes y acatadas, las resoluciones administrativas y judiciales en materia de cuya gestión les competa, anulando necesarioso dictando los actos ingreso liquidatorios que sean y disponiendo lo preciso adminstrvo para la devolución y cancelación de los depósitos y garantías o, en su caso, para que los órganos municipales correspondientes puedan disponer su incautación o ejecución, o instaría ante quien corresponda cuando no estuvieran constituidas ante este ayuntamiento, c) Velar por la emisión y remisión por los servicios técnicos y administrativos a su cargo, de los oportunos informes para el trámiteyresolución ldeosrecurso contralaprovidenciadeapremioy trámite y actos de ejecutivo, y para el demás recaudación en período 1801
I5 de junio de 2000 resolución de los expedientes de aplazamiento y fraccionamiento, de compensación de deudas, y los de reembolso del coste de las garantías, a petición de la Rama de Hacienda, Personal y RÉgimen Interior. d) Dictar cuantos naos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a la gestión material de los ingresos cuya gestión corresponda.RrseiSdCalunomtpvcg/jÁb
3 . las competencias en orden a la gestión material de los ingresos que por el presente Decreto se encomienda a los Concejales Responsables de Servicios, tendrán el alcance que se señala en los anteriores apartados 1 y 2, sin perjuicio del sometimiento al Titular de la Rama en que se integren, de las resoluciones y actos jurídicos que ta corresponda dictar. SEXTO.- Las delegaciones conferidas por d presente Decreto a las Titulares de cada una de las Ramas y Concejala Delegados de las Áreas en que u estructura la Administración Municipal, abarcarán tanto la facultad de dirigir los Servicios como la de gestionarlos en incluida !a facultad de resolver mediante actos adminstrvo general, afecten que a terceros . Asimismo, ejercerán todas las facultades que correspondan al órgano delegante, sin limitación ni condición alguna pan su ejercicio, salvo las que esta Alcaldía avoque en cualquier momento o se reserve en decretosposteriores SÉPTIMO.- Las delegaciones. conferidas por d presente Decreto a los Concejales de Servicios abarcarán tanto la Responsables facultad edirgirlos servicos asucargocmoladeg stionarlosen general, con excepción de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros OCTAVO.- Los Titulares de Rama. respecto de las Áreas comprendidas en la Rama de su responsabilidad ordenarán la incoación y formularán propuesta de acuerdo de cuantos asuntos hayan de ser sometidos por los correspondientes Concejales Delegados, incluso por via de urgencia a dictamen de Comisión Informativa o a resolución dei Pleno o de lá Comisión de Gobierno . Respecto de aquellos otros asuntos que por su naturaleza afecten a dos o mts Ramas de la Administración Municipal, corresponderá además, a la Primera Teniente de Alcalde ejercer las atribuciones conferidas con carácter general a los Titulares de Rama en el apartado anterior. NOVENO.D régimen jurídico aplicable será el establecido con carácter general en los artículos 114 a 118 del reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locals, salvo en lo relativo al recurso de reposición que será resuclto por el órgano delegado. DÉCIMO .- Como mecanismos de coordinación, tal como 43.5.c) el artículo del Reglamento de Organización establc . Funcionamiento y RÉgimen Jurídico de las Entidades Locales, se establece entre otros, las circulares, instrucciones, evacuación de consultascriterios y emisión de dictámenes, reuniones sectoriales y unifcaó de UNDÉCIMO .- Las presentes delegaciones se hacen sin perjuicio de fas específicas en cualquier Concejal para la direcón gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas art. 43.4 y delegaciones Artos o Servicios con sujeción a lo establecido en c! rams, del reglamento de Organización . Funcionamiento y rÉgimen Jurídico de las Entidades Locales. sancionadora DUODÉCIMO.- Con respecto a la potestad delgad , es taráa dloispuestoan Llaey30192,de26 ndeoviembre, de rÉgimen Jurídico de las Administraciones Públicas y, del Procedimiento Administrativo Común y demás disposicionesestatales oautonómicas aplicables. DECIMOTERCERO .- Dejar sin efecto cualquier Decreto anterior sobre structuración y organización de los Servicios Administrativos, así como todas las delegaciones efectuadas con anterioridad al presente Decreto en los Titulares de Rama, Concejales Delegados de Área y Concejala Responsables de Servicios.
BOLETÍN DEL AYUNTAMIENTO
DE MADRID
DECIMOCUARTO .- El presente Decreto entrará en vigor en el mismo momento de su firma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en el art. 44.2 del Reglamento de Organización Funcionamiento y RÉgimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986 . Del presente Decreto deberá darse cuenta al DECIMOQUINTO.Pleno de forma individualizada a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el art, 44 .4 en relación con el 38 .d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y RÉgimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986". Lo que k comunico para su conocimiento y efectos. Madrid, 31 de mayo de 2000 -El Secretario General, PAULINO Martín HERNÁNDEZ
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Estructura Orgánica del Ayuntamiento de Madrid : `' AYUNTAMIENTO PLENO GRUPOS POLÍTICOS
COMISIONES INFORMATIVAS COMISIÓN DE GOBIERNO
GABINETE TÉCNICO ALCALDÍA PRESIDENCIA DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE ESTUDIOS Y ASESORAMIENTO
ALCALDE :
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE Y PROTOCOLO RED PÚBLICAS
JOSÉMARÍA ALVAREZDELMANZANO
JOSE
ALCALDE PRESIDENTE DEL MAZANO
IA ALVAREZ
GABINETE TÉCNICO PRIMERA TÉCNICO ALCALDÍA -'` ._ .
¡ DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE RELACIONES INSTITUCIONALES DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE RELACIONES INTERNACIONALES
Dá
DE
CONCEJALÍA DE SERVICIOS DE ..' . MOVILIDAD URBANA D.
LA MERCED
CONCEJALÍA
DIRECCIÓN DE SERVIDOS
AREA DE SERVICIOS SOCIALES
DE SERVICIOSDECALIDADY NUEVASTECNOLOGÍAS
Dª BEATRIZ ELORRIAGA PISARIK. .
CALIDAD
cuLTURA
n
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE
DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEP. DIREC. SERV.DE PROMOCIÓN DÉ LA IGUALDAD Y EMPLEO GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO
D
ÁREA DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
RAMA DE MEDIÓ AMBIENTE, . SALUD Y CONSUMO
ÁREA DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y EMPLEÓ
D . -; ANTONIO GARCÍA LOYGORRI RUIZ
dª mª
D. ALBERTOLOPEZ VIEJO. ÁREA DE SALUD Y CONSUMO
DIREC. SERV. PARA EL DESARROLLO URBANO
DIREC. SERV, DE SECRETARIA JURÍDICA
D . SIMÓN VINALS
RAMA DE URBANISMO, VIVIENDA ^. E INFRAESTRUCTURAS.: ! .'" :
DREC . SERV. D E PROTECCIÓN I Y BOMBEROS CIVIL
DIRECCIÓN DE SERVICIOS SOCIALES
DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE PARQUES Y JARDINES D .S . GESTIÓN RESIDUOS Y CALIDAD AMBIENTAL
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE HIGIENE Y SALUD PÚBLICA D . S .CONSUMO,ORDENACIÓN ALIMENT. Y SALUBR . PÚBLICA
INTERVENCIÓN GENERAL
RAMA DE HACIENDA
AREA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN URBANA
(V)
D.
D.
PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR '
PEDRO BUJIDOS GARAY.
. . .. . . .- .._ . . .. . .
Dá . ELENA
DE URTRILLA
PALOMBI
Ciudad Lineal Hortaleza Villaverde Villa Vallecas Vicálvaro San Blas Barajas
dirección DE SERVICIOS DE INGR E SOS
DIREC. SERV . EMPRESAS MUNIC Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS
.
DIREC. SERV. GESTIÓN DE MULTAS DE CIRCULACIÓN DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE COMERCIO
JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO Fuencarral-El Pardo Moncloa-Aravaca Latina Carabanchel Usera Puente Vallecas Moratalaz
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE PRESUPUESTOS
DIREC . SERV . ORGANIZACIÓN Y RÉG IMEN JURÍDICO
AREA DE OBRAS INFRAESTRUCTURAS
REC . SERV. CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN DE INFRAEST.
Centro Arganzuela Retiro Salamanca Chamartín Tetuán Chamberí
REC. SERV. DE TRANSPORTES YAPARCAMIENTOS
TESORERÍA MUNICIPAL
DIREC. SERV. DE EDIFICACIÓN
.REC . SERV . CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURAS
PÉREZ .
D-. IGNACIO DEL RÍO GARCÍA DE SOLA.
DIREC . SERV. DEL PLAN GENERAL DIREC . DEL ÁREA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE CIRCULACIÓN
CONCEJALÍA DE SERViCIOS DE - . LIMPIEZA URBANA Y DESARROLLO MEDIOAMBIENTAL
DIREC. SERV. ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN INTERNÓ
DIRECCIÓN DE SERVIDOS PaRA LA GESTIÓN PRIVADA
'
DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE TRÁFICO Y SEGURIDAD
DIRECCiÓN DE SERVIDOS DE AGUAS Y SANEAMIENTO SERANO
_
-
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE POLICÍA MUNICIPAL
MIGUEL ANGEL
D.
DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE GESTIÓN E INFR. INFORMACIÓN of
SI CONCEJALÍA DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS
DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE COMUNICACIÓN
GABINETE TÉCNICO TERCERA DE ALCALDÍA TENENCIA
DIREC. SERV. ADMINISTRATIVOS - DE TRAFICO Y SEGURIDAD
MARÍA TARDÓN OLMOS.
MA DE COORDINACIÓN GENERAL DE SERVICIOS, CULTURA _ := Y SERVIDOS COMUNITARIOS
Dá . MERCEDES
DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE COORDINACIÓN TERRITORIAL
L0: LOPEZ DE HIERRO. DEL HIERRO.
RAMA DE ATENCIÓN SOCIAL POLICÍA MUNICIPAL Y MOVILIDAD
SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE ESTUDIOS Y ORG . ADMTVA.
Y
DIRECCIÓN DE SERVIDOS DE PERSONAL AREA DE PERSONAL Dá
BEGOÑA LARRAINZAR ZABALLA.
DIREC . SERV . ORGANIZACIÓN Y PLANIF . RECURSOS HUMANOS D . S . RELACIONES LABORALES NEGOC . Y CONDIC. EMPLEO
DIREC . SERV . INTERNOS, COMPRAS Y PATRIMONIO
Servicios Municipales Autónomos Servicios Mixtos Participación Municipal
ÁREA DE RÉGIMEN INTERIOR Y PATRIMONIO D.
ANTONIO MORENI BRAVO.
DIREC . SERV . TELECOMUNICAC. TALLERES Y CONS. EDIFICIOS GERENCIA DE ARTES GRÁFICAS
TEMA 5
5. 1
PROTECCIÓN CIVIL. DEFINICION. FUNCIONES BÁSICAS. ¿Qué es la Protección Civil? Es un servicio público, cuya misión es evitar, reducir o corrregir, los daños que puedan en los casos de grave causarse a personas. y bienes por situaciones de emergencia riesgo,ca tástrofe ocalmid pública,bienporlación edlmntosnaturles, medios técnicos o conductas humanas, tanto en tiempo de paz como de guerra. Es, en definitiva la protección física de las personas y los bienes . INTRODUCCION: La, l 2/8_ 5 de 21 de EUr, o sobre Protección Civil, constituye el marco legal institucional para llevar a cabo una amplia política de seguridad y poner en funcionamiento el sistema de Protección Civil(que no es otra cosa que un conjunto de actividades llevadas a cabo de acuerdo con una ordenada y previa planificación), respetando los principios de legalidad constitucional, pudiendo exigir de modo directo la colaboración de los ciudadanos . Es el primer instrumento jurídico (se ajusta al derecho) regulado sobre esta materia en España. La ley se ampara en la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho a la vida y a la integridad física, como primero y más importante de los derechos fundamentales (lo dice el artículo 15 de la Constitución), en los principios de unidad nacional y solidaridad territorial (artículo 2 de la Constitución), en las exigencias esenciales de eficacia y coordinación administrativa (artículo 103 de la Constitución) y en la posibilidad de imponer deberes a los particulares para hacer frente a los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública (artículo 30 de la Constitución) . Es, por tanto, un derecho y un deber para los ciudadanos . Vamos a ver cómo se estructura dicha ley de Protección civil: Dispone de 4 apartados, con exposición de motivos, 6 Capítulos, 19 Artículos, 1 Disposición Adicional, 1 Disposición Transitoria y 4 Disposiciones Finales. Apartado L FUNDAMENTOS DE LA LEY: La identifica como la protección física de las personas y los bienes en situación de grave riesgo colectivo, mencionando los artículos de la constitución en que se ampara o basa . Apartado II. ORGANIZACIÓN: Corresponde al estado principalmente, por cuanto constituye una competencia de protección de personas y bienes integrada en el área de la seguridad pública . Sus mecanismos de actuación, son básicamente técnicas de planificación y de coordinación a nivel superior.
5 .2
Apartado III. ACTUACIÓN: La Protección Civil actúa a través de procedimientos de ordenación, planificación, coordinación y dirección de los distintos servicios públicos relacionados con la emergencia que se trate de afrontar. Apartado IV. AUTOPROTECCIÓN.La tarea fundamental del sistema de Protección Civil, consiste en establecer el óptimo aprovechamiento de las posibles medidas de protección a utilizar . Consecuentemente, debe de plantearse no solo de forma que los ciudadanos alcancen la protección del estado y demás poderes públicos, sino procurando que ellos estén preparados para alcanzar por si mismos tal protección. En los supuestos dé emergencia que requieran la actuación de la Protección Civil, una parte importante de la población depende, al menos inicialmente, de sus propias fuerzas. Como ya hemos dicho, dispone de seis Capítulos, vamos a enumerar sus títulos : CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO
I. Disposiciones Generales . II. Deberes y Obligaciones . III. Actuación en caso de emergencia y planes de Protección Civil. IV. Actuaciones preventivas en materia de Protección Civil. V. Organización básica en materia de dirección y coordinación . VI. Infracciones y sanciones.
Vamos a definir brevemente algunos conceptos o acepciones manejadas hasta ahora: CALAMIDAD PúBLICA : Es la desgracia o infortunio que alcanza a muchas personas (ejemplo un terremoto) CATÁSTROFE : Suceso desgraciado que altera gravemente el orden regular de las cosas (ejemplo una colisión de trenes) EMERGENCIA: Accidentes súbitos (incendios) GRAVE RIESGO : Posibilidad de que suceda un daño, desgracia o contratiempo .
5 .3
FUNCIONES O MISIONES BÁSICAS DE PROTECCIÓN CIVIL Identificar los factores potenciales de riesgo en cada área territorial . Elaborar los planes de intervención de los servicios coordinados de Protección Civil . Elaborar el catálogo de recursos humanos y materiales movilizables para actuación coordinada en situación de emergencia . Coordinar la actuación de dichos servicios . Realizar programas de información a la opinión pública sobre la colaboración de los ciudadanos con Protección Civil . Organizar y promover programas de formación del personal profesional y voluntario para los servicios de Protección Civil. Asegurar el funcionamiento normal de los servicios esenciales (agua, luz, etc) Estudiar y proponer medidas para la reparación de los daños catastróficos, previendo la no repetición de los mismos . ADMINISTRACIONES COMPETENTES : La ley de 21 de enero de 1,985, establece que la Protección Civil es un servicio público, en cuya organización y funcionamiento, además de en su ejecución, participarán todas las administraciones públicas y los ciudadanos . ORGANOS COMPETENTES : El Real Decreto 1/8/85, en su Artículo 3, dispone que las actuaciones en materia de Protección Civil corresponden a: El Estado (Ministro del interior) C.C.A.A. (Presidente) Municipios (Alcalde) Entidades Insulares Provincias . ÓRGANOS SUPERIORES: A) Gobierno de la Nación. Es el órgano superior de dirección y coordínación. B) Ministro del Interior. Es la superior autoridad, C) 1 . Comisión Nacional de Protección Civil. Es el órgano superior de carácter coordinador, consultivo y deliberante . 2. Dirección General de Protección Civil . Organo directivo que ejerce las competencias del Estado . Estos dos organismos dependen directamente del Ministro del Interior y son a nivel nacional .
5. 4
D) Comisión de Protección Civil en cada comunidad, compuesta por representantes de la administración del estado (un mínimo de tres miembros), de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales, con las siguientes funciones: 1 . Informar de las normas técnicas que se dicten en su ámbito territorial . 2 . Participar en la coordinación de las acciones en los órganos de P . Civil . 3 . Homologar los planes de Protección Civil de su comunidad .
DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN DE LA P. CIVIL EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA : 1) 2) 3) 4)
Los alcaldes (si la contingencia no rebasa los límites del.municipio) Delegados de Gobierno en comunidades autónomas uniprovinciales . Subdelegados de Gobierno en comunidades autónomas pluriprovinciales. Ministro del Interior a nivel nacional .
LA PROTECCIÓN CIVIL EN LOS AYUNTAMIENTOS : Destacan las siguientes normas: 1) Los alcaldes pueden adoptar personalmente y bajo su responsabilidad, las medidas adecuadas necesarias para la movilización de la Protección Civil, dando cuenta inmediata al pleno, en caso de catástrofe o desgracia. 2) El municipio ejerce la competencia en materia de Protección Civil y Prevención de incendios. 3) Las corporaciones municipales aprobarán los planes de Protección Civil . 4) Los municipios de más de 20 .000 habitantes deben prestar servicio de Protección Civil (disponer como mínimo de una Oficina Técnica) y Bomberos. Refiriéndonos especialmente al Ayuntamiento de Madrid: Es el encargado de dirigir y organizar a los voluntarios . Existe un departamento encargado de Protección Civil . El Reglamento del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid establece que, dentro de las funciones, además de la lucha contra el fuego, tiene que colaborar en misiones de protección civil.
5.5
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE PROTECCIÓN CIVIL. Existe a tres niveles: -
Central o estatal. Autonómico . Local
CENTRAL O ESTATAL: Gobierno de la Nación. Ministro del Interior (superior autoridad) Comisión Nacional de Protección CiviI Dirección General de Protección Civil. AUTONÓMICO: -
Presidente de la Comunidad Autónoma. Estructuras Organizativas. Coordinación de los demás servicios.
LOCAL: Ayuntamiento Alcalde Concejal Delegado Juntas locales de Protección Civil Servicios Municipales de intervención inmediata. Entidades colaboradoras Voluntariado. MISIONES DE PROTECCIÓN CIVIL: -
Protección del Estado Autoprotección Realización de los planes de emergencia(territoriales y especiales)
OBJETIVOS DE PROTECCIÓN CIVIL: -
Formación del personal Que los ciudadanos conozcan la legislación vigente en materia de P . Civil
MEDIDAS PREVENTIVAS NECESARIAS PARA ENFRENTARSE A LAS EMERGENCIAS : - Educación cívica
5 .G
-Realización de pruebas y simulacros -Promoción y control de la autoprotección -Formación del personal
-
Conocimiento de las normas de comportamiento .
-
Gran voluntad y sacrificio (vinculación voluntaria y desinteresada)
PARTICIPA"CON PROTECCIÓN CIVIL: Entidades colaboradoras (Cruz Roja Española, Unión de Radioaficionados Españoles, Asociaciones de Ayuda en Carretera, Asociación Scout de España,) Agrupaciones Voluntariado ( Agrupaciones de colaboradores voluntarios constituidas por los Ayuntamientos o Gobiernos civiles) Autoprotección : Corporativa y Ciudadana. (Corporativa se lleva a cabo en edificaciones de pública concurrencia dedicados a usos potencialmente peligrosos . Ciudadana se traduce en la organización de vecinos de edificios destinados a residencia familiar y se articula en torno a domicilios, manzanas, barrios, distritos, municipios) . OBLIGACIONES CON PROTECCIÓN CIVIL : Todos los ciudadanos mayores de 18 años (están especialmente obligados, según la Ley, aquellas personas en situación legal de desempleo, los que realizan la prestación social sustitutoria y los excedentes de cupo del servicio militar). Todas las administraciones .
SERVICIOS COORDINADOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE MANDO :
5. 7
ORDEN (Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Policías Autónomas y Municipales, Vigilantes Jurados, etc.) TRANSMISIONES(Redes telegráficas y telefónicas del Estado) LOGÍSTICOS (Parque Móvil de los Ministerios civiles, E.M.T., Renfe, empresas privadas de transporte). INFORMACIÓN Y RELACIONES PÚBLICAS (Secretaría de Estado para la información, gabinetes de prensa, medios de comunicación) PARTICIPACIÓN CIUDADANA (Personal y medios proporcionados por las agrupaciones municipales de voluntarios, asociaciones empresariales, entidades colaboradoras y, en último término, el resultante de la movilización obligatoria (art. 30.4 de la Constitución)) . OPERATIVOS DE SEGURIDAD ALARMA(Red de alarma a la Protección Civil, Red de mando aéreo de combate, servicio Conemrad) OSCURECIMIENTO (Servicios técnicos municipales, empresas de electricidad, titulares o inquilinos de inmuebles) REFUGIOS(Servicios técnicos provinciales y municipales, servicios del MOPU, Ayuntamientos) EVACUACIÓN, DISPERSIÓN Y ALBERGUE (los integrados en los servicios de orden, logísticos, sanidad, acción social y los específicos designados para el servicio) . OPERATIVOS DE SOCORRO SOCORRO Y SALVAMENTO (Cuerpos de bomberos, grupos especiales de la Guardia Civil, servicios de búsqueda y salvamento aéreo, ayuda en carretera, grupos de espeleo socorro, federaciones de montaña, actividades subacuáticas). DEFENSA ATÓMICA Y QUÍMICA (Junta de energía nuclear, consejo de seguridad nuclear) . SANIDAD Y DEFENSA BIOLÓGICA(Servicios sanitarios públicos y privados, Cruz Roja, médicos privados) . INCENDIOS (servicios incendios de la comunidad, provinciales, locales, públicos, privados, bomberos voluntarios)
-
ACCIÓN SOCIAL(Cruz Roja, Cáritas, Fundaciones benéficas) .
-
REHABILITACIÓN DE LOS SERVICIOS PUBLICOS(servicios municipales de agua, gas, electricidad)
5 .8
AUTOPROTECCION PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ARTÍSTICO Y CULTURAL. PROTECCIÓN AGRICULTURA MONTES Y GANADERÍA. PROTECCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES, COMERCIALES Y ADMINISTRATIVOS . (servicios de los ministerios de Educación y Ciencia; Cultura, Agricultura y Pesca, Industria y Energía, Sanidad y Seguridad Social, Ayuntamientos) . NORMA BÁSICA DE PROTECCIÓN CIVIL Para completar el tema que nos ocupa, hemos de hablar inexcusablemente de la Norma Básica de Protección Civil. Efectivamente, el Capítulo III de la Ley de Protección Civil "De la actuación en caso de emergencia y Planes de Protección Civil", en su artículo 8, establece que el Gobierno, a propuesta del Ministro del Interior, habrá de aprobar una Norma Básica que contendrá las directrices esenciales para la elaboración de los planes territoriales y especiales . Dicha Norma Básica fue aprobada el día 24 de Abril de 1 .992 y publicada en el B .O .E. el día 1 de Mayo de 1.992, entrando en vigor al día siguiente . Los Planes de Protección Civil, según dicha Norma Básica, pueden ser: -
TERRITORIALES ESPECIALES
Los Especiales, a su vez, se dividen en : -
ESPECIALES BÁSICOS -INUNDACIONES -SISMOS -QUÍMCOS (SEISMOS SEÍSMOS) ESPECIALES
-TRANSPORTE MERCANCIAS PELIGROSAS -INCENDIOS FORESTALES -VOLCÁNICOS .
BÁSICOS
-SITUACIONES BÉLICAS
5.9
-EMERGENCIAS NUCLEARES
Algunas directrices para la elaboración de los Planes, según la Norma: DEFINICIÓN DEL OBJETIVO Y ALCANCE. DETERMINACIÓN DE LA FIGURA DEL DIRECTOR DEL PLAN. CADA PLAN TERRITORIAL TIENE QUE TENER UN C.E .C.O .P. (Centro de Coordinación Operativa) . TODO C.E.C.O.P . PODRÁ FUNCIONAR COMO C.E.C.O.P.I. (CECOPI) (Centro de Coordinación Operativa Integrado) . REGULACIÓN GENERAL VIGENTE SOBRE PROTECCIÓN CIVIL 4 de Mayo 1960.Dirección General de Protección Civil. 24 Julio 1980 .Comisión Nacional de Protección Civil. 21 Marzo 1986 . Sobre la Comisión Nacional de Protección Civil . 24 Abril 1992.Se aprueba Norma Básica de Protección Civil. 1 Mayo 1992. Se publica BOE. Norma Básica de Protección Civil. 21 Enero 1985 .Se aprueba Ley de Protección Civil 25 Enero 1985 . Entra en vigor la Ley de Protección Civil. El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Madrid de fecha 30 de Abril de 1 .986, aprueba el Catálogo de Recursos Municipales Movilizables, humanos y materiales, para casos de emergencia . ANTECEDENTES SOBRE PROTECCIÓN CIVIL: El 23 de Enero de 1 .941 se crea la Jefatura Nacional de la Defensa Pasiva .
6.1
DIRECCION DE SERVICIOS DE PROTECCION CIVIL Y BOMBEROS . ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Decreto dictado por el Sr. Alcalde presidente del excelentísimo Ayuntamiento de Madrid con fecha 29 de mayo de 2000, con referencia a los servicios de Protección Civil y Bomberos, publicado en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid con fecha del 15 de junio de 2000. l.
Establecer las directrices generales de los servicios de Protección Civil y Bomberos .
2.
Fijar los criterios con arreglo a los cuales se desarrollará la acción permanente municipal en materia de protección civil.
3.
Elaborar los correspondientes planes municipales de Protección Civil para su aprobación por los órganos competentes .
4.
Organizar y dirigir el Cuerpo de Bomberos proponiendo y ejecutando los planes de funcionamiento y adquisición de material, mejora y actualización del mismo.
5.
Señalar las líneas de actuación preventiva en materia de Protección Civil en las que podrán integrarse los siguientes aspectos: Realización de pruebas o simulaciones de prevención de riesgos y calamidades públicas . Instalación, organización y mantenimiento de Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento. Promover, organizar y mantener la formación del personal de los servicios relacionados con la Protección Civil . Realización de las actividades necesarias tendentes a la participación voluntaria de los ciudadanos en la Protección CiviL fundamentalmente en lo relativo a la prevención de situaciones de emergencia que puedan afectarles en el hogar, edificios para uso residencial, etc.
6.
Elevara¡ Titular de la Rama las propuestas derivadas de la Ley 2/1985 de 21 de enero, sobre Protección Civil y demás disposiciones reguladoras de la materia, excepto aquellas que por sus propias características técnicas sean competencia de otros Servicios Municipales .
7.
Elevar al Titular de la Rama y al de la de Urbanismo, Vivienda e Infraestructura, en función de las respectivas competencias delegadas, las propuestas relativas a las funciones que el Reglamento de Prevención atribuye al Departamento de Prevención de Incendios, así como las relativas a órdenes de ejecución para la subsanación de las deficiencias que se adviertan en materia de seguridad contra incendios y las de imposición de multas previstas en este R.P.I. Elevar al Titular de la Rama las propuestas de resolución de cuantos asuntos relativos a las materias objeto de delegación puedan afectar a terceros.
8. 9.
Velar por la remisión por los servicios técnicos v administrativos a su cargo, de los datos y antecedentes precisos para la gestión por el Arca de Hacienda. Economía v Comercio de la Tasa por Servicios de Extinción de Incendios r, en su caso, de las Contribuciones Especiales por ampliación o mejora de dicho servicio .
l0. Proponer al Titular de la Rama la elevación a la Comisión Informativa correspondiente de los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno Municipal o así lo disponga especialmente la Alcaldía Presidencia o la Comisión de Gobierno .
TEMA 6
6.2
DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS . ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO . El 26 de enero de 1 .990 se aprueba por el Ayuntamiento Pleno la reorganización del Servicio en base a la consecución de los siguientes fines : - Evitar en lo posible que se inicie un siniestro
es
-
En caso de que se produzca, tratar de conseguir que no baya .pé.~ida&:-pma= y que los daños materiales se reduzcan al máximo.
-
Disponibilidad de los medios, de respuesta suficientes para lograr la supresión del siniestro en el tiempo, más reducido posible-
-
Adecuación . .,._ de medios humanos y mater iales para conseguir un servicio digno ., eficaz.
- _Disponer de los medios de estudio, información y análisis de los nuevos productos exigidos por modernas reglamentaciones, con el fin de est e al día en cualquier cuaestión reglamentaria por la Comunidad Europea y que estén vinculadas por tanto al fuego 9 ( (equipos, materiales, maquinaria). Por todo esto, la Direccion de Servicios de P C. y Bomberos se encuentra estructurada -
DEPARTAMENTO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS
-
DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CIVIL
-
DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS Y NORMATIVA DEL FUEGO
-
(DEPARTAMENTO) ESCUELA DE BOMBEROS Y PROTECCIÓN CIVIL
Todos estos departamentos estarán coordinados por el titular ,de la Dirección de Servicios de P.C. y Bomberos con las funciones de: representar al Cuerpo de Bomberos. asesorar y colaborar con el Concejal responsable y la dirección y coordinación técnica de los cuatro departamentos que la integran .
6.3
DISPOSICIONES GENERALES : I . El Ayuntamiento de Madrid, presta directamente con sus medios propios el Servicio de Extinción de Incendios (S .E .I .) al municipio de la Capital . NO de la Comunidad Autónoma de Madrid. (C.A .M .) 2.
Está encuadrada en la III RAMA DE ATENCIÓN SOCIAL, POLICÍA MUNICIPAL Y MOVILIDAD URBANA .
Policía Municipal Concejalía de Servicios de Movilidad Urbana Concejalía de Servicios de Protección Civil y Bomberos Area de Servicios Sociales . 1 . FUNCIONES: Además de la lucha contra el fuego: 1 . Atender al salvamento de personas o bienes en todos los siniestros que se produzcan en el término municipal de la Villa de Madrid, además de la colaboración y coordinación con las restantes Comunidades Autónomas, si fuera necesario. 2 . Mantener un eficaz sistema de prevención e investigación en los -siniestros de relevancia, haciendo que se cumpla el Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad Autónoma de Madrid 3 . Llevar a cabo asistencia técnica en todo lo que concierne a sus departamentos técnicos al efecto . 4 . Campañas de divulgación y colaboración en misiones de seguridad ciudadana y protección civil . 5 . Mantener contacto e intercambio técnico con otros Servicios de Extinción nacionales y extranjeros .
La prestación del Servicio de Extinción de Incendios se ajusta a los principios de los derechos fundamentales de los ciudadanos y libertades públicas en los términos que marca la ley y la Constitución Española. A.
Todos pueden recabar nuestra actuación, sin límite de edad, nacionalidad o condición, entendiéndose necesaria nuestra actuación.
6.4
B.
* En caso de calamidad colectiva susceptible de ocasionar riesgo inminente para la integridad o tranquilidad de las personas, daños graves en los bienes de domicilio público o privado, aunque con motivo u ocasión de tales intervenciones se considerasen lesionados derechos individuales o hubiese que producir perjuicios patrimoniales .
C.
Por su carácter de Servicio esencial, la recepción y el uso del S .E.I. es obligatorio y nadie puede negarse a recibir la ayuda del S .E .I., "siempre que se considere necesaria nuestra actuación" .
D.
El S.E .I. no está obligado a actuar en entidades o empresas que cuenten con personal y material propio especializado en la lucha contra el fuego, a no ser que la magnitud del siniestro sobrepase la capacidad de respuesta eficaz o exista riesgo de propagación a otras fincas o edificios colindantes . "TASA".
2. ORGANIZACIÓN : "
El S.E.I. actuará bajo la superior autoridad y dependencia directa del Alcalde. Presidente del Ayuntamiento cuyas funciones podrá delegar en: el Concejal de la Rama o en cualquier otro miembro de la Corporación .
1.
El Ayuntamiento de Madrid puede suscribir convenios de colaboración con otros Ayuntamientos o municipios limítrofes para actuaciones conjuntas.
2.
El Ayuntamiento también puede suscribir convenios con la Comunidad Autónoma de Madrid en la prestación de auxilio o en colaboraciones conjuntas . como: cursos, maniobras, actuaciones, exhibiciones, etc.
3.
A petición urgente, sin formalidad alguna del Gobierno de la Nación, ni de la de autoridades de Protección Civil, ni de nadie, ni siquiera de la ciudad perjudicada, el Alcalde de Madrid puede mandar efectivos y material del S .E.I. a cualquier lugar del territorio nacional donde ocurra un siniestro que por su carácter de catástrofe, lo considere oportuno .
"
SOLO EL ALCALDE, NO EL S.E.I. NI EL JEFE DE GUARDIA
4.
El que esté al frente de las dotaciones actuantes, cumplirá las instrucciones de la autoridad encargada de las labores de rescate, pudiendo hacer cualquier observación técnica al respecto que beneficien las tareas de salvamento, extinción, etc. "pero siempre comandados por sus mandos naturales".
5.
El personal del Cuerpo de Bomberos, tendrá la consideración de funcionario de carrera de Servicios Especiales "(profesional)".
6.
Además está considerado como agente de la autoridad.
6. 5
7.
El Cuerpo de Bomberos se estructura de forma jerarquizada aunque tenga carácter civil, para sus mejores fines, dadas las peculiaridades especiales del S.E.I.
8.
Todo el personal cumplirá puntual y exactamente los servicios que tenga encomendados según las órdenes que reciba de sus mandos naturales y específicos .
9.
Salvo lo dispuesto en la ley reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio (caso de guerra o seguridad nacional)
El artículo 9 de la Ley Orgánica 4/81, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio de conformidad con el artículo 116 de la Constitución establece que: 1 . Una Ley Orgánica regulará los estados de alarma, excepción y sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes . 2. El Estado de Alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo . El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden losefectos de la declaración. 3 . El Estado De Excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados . La autorización y proclamación del Estado de Excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración que no podrá exceder de 30 días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismo requisitos. 4. El Estado de Sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta absoluta dei Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno . El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones . 5 . No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los Estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieran en un periodo de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás Poderes Constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos Estados . Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos Estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.
6.6
6. La declaración de los Estados de Alarma. Excepción y Sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y de las leyes. Una vez declarado el Estado de Alarma, todas Administración Pública del territorio afectado por la órdenes directas de la autoridad competente, en cuanto de las personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles duración o naturaleza..
las autoridades civiles de la declaración, quedarán bajo las sea necesario para la protección servicios extraordinarios por su
TODOS LOS _FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE BOMBEROS SE AGRUPAN EN:
UNA SOLA LÍNEA JERÁRQUICA ESTRUCTURADA EN DOS ESCALAS: LA TÉCNICA O DE MANDO LA OPERATIVA O EJECUTIVA
DOS ESCALAS
TECNICA O DE MANDO
OPERATIVA O EJECUTIVA
JEFE DE DEPARTAMENTO O INSPECTOR JEFE JEFE DE SECCION O SUBINSPECTOR JEFE ZONA SUBINSPECTORES DE O UNIDADES OFICIALES
OFICIALES (NO TITULADOS) Fin. SUBOFICIALES SARGENTOS CABOS BOMBEROS SARGENTOS . BOMBEROS CONDUCTORES Y CABOS
Conforme al Art. 22 del Reglamento para todos los Bomberos en general, quienes hacen su prestación en forma de actuación directa en el siniestro deberán : 1 . Realizar guardias de 24 horas en los parques y turnos asignados turnándose con los de su categoría. 2. Asistir a los siniestros que se le ordene .
6 .7
Para los conductores en general son las mismas funciones que para los bomberos con la salvedad de efectuar la revisión y puesta a punto de los vehículos que tengan asignados, dando novedades y emitiendo informe de las anomalías observadas. La prestación del SerVicio de Protección Civil y Bomberos se puede hacer de dos formas : Una como actuación directa en siniestro . (A.D.S.) Y existe otra forma de prestación de servicio "Apoyo Técnico" (A.T.) donde está integrado el personal con . profesiones o cualificaciones precisas para el funcionamiento coordinado del S.E.I. además de personal que por su edad u otras circunstancias no pueden prestar directamente su servicio en siniestro. Tendrán el horario establecido según su función de 8 ó 24 horas realizando su cometido específico según el cargo. Por lo que existe personal de A.D.S. y A.T. dentro del Cuerpo de Bomberos. FUNCIONES PARA TODOS EN GENERAL : Art. 26 1 . Cuidar el material, trato adecuado de los medios e instalaciones . 2. Proponer cuantas mejoras estime convenientes. 3 . Cumplir en general las órdenes que reciba de sus superiores en asuntos del Servicio . 4. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento . 5 . Realizar dentro de su horario visitas e inspecciones a edificios, establecimientos, etc. Dentro de su zona de actuación. 6. Colaborar en trabajos especiales, teóricas, maniobras, etc. 7. Asistir a siniestros fuera de turno cuando la importancia de aquel lo requiera, por orden del Jefe de Departamento . 8 . Realizar dentro de su jornada prácticas de gimnasia y maniobras . 9. Realizar tareas de mantenimiento. preventivo del parque, asegurándose del buen uso y conservación del mismo.
6 .8
PRINCIPIOS GENERALES DEL MANDO Art. 27. "
Todo el personal está obligado a cumplir las órdenes que reciba de sus inmediatos superiores en asuntos relacionados con el Servicio . Sin dilación alguna y atendiéndose exactamente al contenido de la orden, pudiendo consultar si tiene dudas graves y fundadas al respecto.
"
Tendrá consideración de mando, no solo aquel que esté nombrado en propiedad para el cargo, sino también quien accidentalmente desempeñe tal función.
"
Los mandos procurarán que el personal a su cargo actúe con plena libertad e iniciativa dentro del círculo de sus respectivas atribuciones .
"
En todos los actos del Servicio, el personal con mando asumirá siempre el puesto de mayor responsabilidad asumiendo a todos los efectos el riesgo que corran los qué estén a sus órdenes (en siniestros o servicios) .
"
Todas las órdenes serán dadas única y exclusivamente por sus mandos naturales, sin que sea admisible injerencia de cualquier otra autoridad extraña, se le hará ver la imposibilidad de tal obediencia indicándole al mando que deba dirigirse.
"
Todo miembro del Cuerpo tiene la obligación de conocer a sus mandos superiores jerárquicos de su propia línea de mando. Todo tipo de servicio o actividad en el que intervengan conjuntamente dos o más mandos, se realizará solo sobre las órdenes de uno solo, en consecuencia deberá observarse rigurosamente la sucesión jerárquica del Cuerpo es decir, prevalecerá el que esté de guardia, si subsistiese colisión en el mando, se seguirán sucesivamente los criterios de mayor antigüedad en la categoría y en su defecto el de mayor edad.
"
Cuando se trate de actividades u operaciones especiales y concretas se seguirán las instrucciones dadas al respecto por la Dirección del Servicio.
"
Cuando hagan acto de presencia en las dependencias del cuerpo o en siniestro autoridades municipales señaladas, el que esté al mando deberá dar de inmediato las novedades que existieran, cumpliendo las órdenes que en su caso le sean dictadas.
"
El Cuerpo de Bomberos actuará bajo la superior autoridad y dependencia directa del Alcalde Presidente, cuyas funciones podrá delegar en el Concejal de la Rama o Área de Seguridad o cualquier otro miembro de la Corporación.
6 .9
PRINCIPIOS GENERALES DEL MANDO : ÓRDENES Se entiende por ÓRDEN aquella prescripción imperativa que dictada para ser cumplida es el medio para el logro de los fines propios de una institución jerárquicamente organizada, como es el caso del Cuerpo de Bomberos.
LAS ÓRDENES PUEDEN SER: " " "
Verbales o escritas Generales o particulares Ordinarias o extraordinarias
Verbales : Comunicaciones orales durante la guardia o en las maniobras, así como en siniestro. Escritas : Individuales o particulares (orden expresa a uno solo) Generales y ordinarias : Son denominadas ORDEN DELCUERPO
ORDEN DEL CUERPO Este tipo de órdenes abarca un sin fin de aspectos que se producen con periodicidad, por ejemplo: normas, disposiciones, acuerdos, instrucciones, cambios de personal, horarios, anuncios, cursos, nombramientos, etc. "
La ÓRDEN DEL CUERPO : se entiende conocida por TODOS no pudiendo alegar en ningún caso desconocimiento de la misma. (para lo cual será leída diariamente en el relevo de la guardia durante un mínimo de 6 días) quedando posteriormente colocada en el tablón de anuncios del Parque .
"
Son Órdenes EXTRAORDINARIAS : las que responden a hechos o actos de destacada importancia o solemnidad, y/o aquellas cuyo conocimiento requiera una urgencia especial.
6 .10
SECCIÓN SEGUNDA :
DE INGRESOS Y ASCENSOS ARTÍCULO 8 1
El ingreso en el Cuerpo de Bomberos se Verificará mediante méritos realizados en convocatoria pública y posteriormente curso de selección en la Escuela del Cuerpo .
2
Las pruebas serán de carácter teórico práctico debiendo acreditarse las cualidades intelectuales y profesionales que exigen las peculiares misiones del Cuerpo .
ARTÍCULO 9 Como condiciones específicas para concurrir a las pruebas selectivas se exige : A
PARA LA ESCALA TÉCNICA O DE MANDO
1
La categoría de Oficial (titulación) y curso de formación en la Escuela de Bomberos
2
No exceder de 35 años salvo los procedentes de la Escala Operativa
3
Titulación universitaria de carácter técnico superior (Licenciado)
4
Servicio militar cumplido o estar exento
5
No estar incluido en el cuadro de exenciones fisicas
6
Los procedentes de la Escala Operativa deberán superar los Cursos que a efecto establezca la Escuela de Bomberos
B
PARA LA ESCALA OPERATIVA
1
El ingreso será siempre por categoría de bombero o de bombero conductor, mediante oposición y posterior curso de formación
2
Ser mayor de edad (no más de 34 años) y de 35 años para los bomberos conductores
3
Graduado escolar o titulación similar
4
Acreditar un oficio mediante prueba selectiva : albañil, carpintero, electricista, fontanero, pocero, etc.
5
Servicio militar cumplido o exento
6
No estar incluido en el cuadro de exenciones fisicas que reglamentariamente se determine
ARTÍCULO 1 0
6.11
1
La baja en el Cuerpo se producirá por las causas que determine la legislación vigente aplicable a los funcionarios
2
Siempre que se pueda integrar en el Servicio de Apoyo Técnico se evitará la baja por razones de edad o condiciones físicas
3
Podrá integrarse en dicho servicio de apoyo técnico, cumplidos los 50 años, lo prescriban los servicios médicos o soliciten de forma voluntaria
ARTÍCULO 11 1
El ascenso en la escala técnica se producirá mediante los procedimientos establecidos por la ley
2
Poseer diploma de capacitación para el empleo superior expedido por la Escuela de Bomberos
3
No figurar en su expediente personal nota desfavorable o sanción disciplinaria
ARTÍCULO 12 1
El ascenso en la Escala Operativa se producirá siempre mediante procedimientos establecidos por la ley, juzgados por un tribunal calificador constituido por miembros del cuerpo al efecto, podrán concurrir todos los miembros del cuerpo de dicha escala pertenecientes a las categorías inferiores y que reúnan las siguientes condiciones : a) No figurar en su expediente personal nota desfavorable o sanción disciplinaria b) Poseer el diploma de capacitación para el empleo expedido por la Escuela de Bomberos c) Tener la siguiente antigüedad anterior
" " " " " " "
Bombero ascenso a cabo 6 años Bombero ascenso a sargento 10 años 4 años Cabo ascenso a Sargento Cabo ascenso a Suboficial 6 años Sargento ascenso a Suboficial 2 años Sargento ascenso a Oficial 4 años 2 años Suboficial ascenso a Oficial
6. 12
ARTÍCULO 13 Anualmente se convocarán todas aquellas vacantes que se produzcan dentro del C .B . para su mejor servicio. UNIFORMIDAD Y VESTUARIO ARTICULO 54 1 . La plena uniformidad en todos los componentes del cuerpo pone de manifiesto el grado de respeto que se tiene a la profesión. 2. No se establecen más diferencias exteriores en la uniformidad que correspondientes según categoría y grado de mando.
las
3 . Existirá un uniforme de trabajo o de parque y otro de ataque a fuego, también podrá existir un uniforme de gala o de paseo, igualmente se dispondrá lo necesario respecto a la uniformidad de verano y de invierno. ARTÍCULO 55 l . El uso del uniforme del cuerpo es obligatorio para todos los que estén de servicio. 2. La escala técnica estará obligada a vestir de uniforme cuando la dirección lo exija para todos los actos concretos o actividades determinadas . 3 . Previa autorización de la dirección y con motivo justificado los miembros del cuerpo podrán vestir la uniformidad reglamentaria en actos dentro o fuera del servicio. _ ARTÍCULO 56 El aseo personal es indispensable complemento de la correcta uniformidad, el personal que entre de guardia será revisado por el mando responsable a fin de comprobar su pulcritud personal y perfecta uniformidad, sin perjuicio de dar parte por escrito de aquellos que no lo cumplan.
6 . 13
ARTíCULO 57 El Ayuntamiento de Madrid deberá cuidar en todo momento la uniformidad y en general el equipamiento del Servicio . Se fijará el periodo de tiempo medio de duración de cada prenda o útil personal, en caso de deterioro prematuro se procederá a su reposición (previo informe al respecto).
NORMAS SOBRE .LA CORTESÍA ARTÍCULO 58 1 . El trato entre los miembros del cuerpo cualquiera que sea la categoría, ha de ser digno y cortés y de auténtico compañerismo, basándose en el respeto recíproco. 2. El respeto, la corrección, la prudencia y la discreción son normas básicas a seguir por todos los miembros del cuerpo y de igual trato incluso superado se seguirá con los ciudadanos en general .
6. 14
EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID EXISTEN DOCE PARQUES DE BOMBEROS Y ESTÁN DISTRIBUIDOS EN CUATRO ZONAS :
ZONA ZONA ZONA ZONA
NORTE: 4, 9, 11 CENTRO : 1, 3,6 ESTE: 2, 7, 8 SUR: 5, 10, 12
CLASIFICACION DE LOS PARQUES : Grandes : 1°, 2°, 5° Medianos: 8°, 9°, 11°, 12° Pequeños : 3°, 6°, 7°, 10° Mini Parque: 4°
ZONA NORTE ZONA CENTRO
ZONA SUR PARQUE 1° :
ESTE
SANTA ENGRACIA - C/ Santa Engracia, 118
PARQUE 2º: VENTAS o MANUEL BECERRA - C/ Rufino Blanco, 4 PARQUE 3°:
PUERTA DE TOLEDO - Puerta de Toledo, 6
PARQUE 4°:
TETUAN - C/ Viña Virgen, 4
PARQUE 5º:
SANTA M' DE LA CABEZA - C/ Sta. Mª de la Cabeza, 95
PARQUE 6°:
DIRECCIÓN - C/ Imperial, 8
PARQUE 7°:
SAN BLAS - C/Avda. De Hellín, s/n°
PARQUE 8°:
VALLECAS (Museo y Escuela) - C/ Pío Felipe, s/n°
PARQUE 9° :
LA VAGUADA - B° DEL PILAR - C/ Monforte de Lemos, s/n°
PARQUE 10° :
VILLAVERDE - C/ San Norberto, s/n°
PARQUE 11° :
HORTALEZA - C/ Mesena con Avda. San Luis
PARQUE 12° :
ALUCHE - Avda. de los Poblados, s/n'
ZONA
6. 15
ORGANIGRAMA DEL SERVICIO DE PROTECCION CIVIL Y BOMBEROS
I TENENCIA DE ALCALDIA ' RAMA DE COORDINACIÓN
;
II. TENENCIA DE ALCALDIA RAMA DE URBANISMO,
GENERAL DE SERVICIOS, CULTURA
VIVIENDA E
Y SERVICIOS COMUNITARIOS
INFRAESTRUCTURAS
IV. TENENCIA DE ALCALDIA RAMA DE MEDIO AMBIENTE Y SALUD Y CONSUMO
V. TENENCIA DE ALCALDIA RAMA DE HACIENDA, PERSONAL Y REGIMEN INTERIOR
il
I I TENENCIA DEALCALDÍA RAMA DE ATENCIÓNSOCIALY POLICÍA MUNICIPALw
6.16 URBAN
MOVILDA
AREA DE SERVICIOS SOCIALES
POLICIA MUNICIPAL
CONCEJALIA DE SERVICIOS DE MOVILIDAD URBANA
Y
6. 17
BOMERS Y . .c p
CIVL
PROTECIÓN
DE
SERVICO
LOS
DE
DIRECTO
DEPARTAMENTO DE
DEPARTAMENTO
DEPARTAMENTO
DE
DE EXTINCIÓN DE
ESTUDIOS Y
DEPARTAMENTO
INCENDIOS
NORMATIVA DEL
DE ESCUELA DE
FUEGO
BOMBEROS Y P .C .
PREVENCION
Y PROTECCIÓN CIVIL
6. 1 8
DEPARTAMENTO DE PREVENCION Y PROTECIÓN CIVIL
Y PROTECCION CIVIL
SUBINSPECCION
SUBINSPECCION DE
SECCION DE
SECCION
DE PROYECTOS
INSPECCIONES (Adj .Dep .Ext)
PROTECCION CIVIL
ADMINISTRATIVA
NEGOCIADO DE TRAMITACION DIVISION DE LICENCIAS
DIVISION
NEGOCIADO
DE
DE
INVESTIGACION
REGISTRO
DIVISION DE LICENCIAS
DIVISION DE PLANES
NEGOCIADO DE CONTROL
DIVISION OPERTATIVA VA
NEGOCIADO DE TRAMITACION
6. 1 9
SUBINSPECCION DE
SUBINSPECCION DE
SUBINSPECCION DE
EXTINCION DE INCENDIOS
PLANA MAYOR
MEDIOS TECNICOS
ASESORIA JURÍDICA ZONA
ZONA
ZONA
ZONA
NORTE
ESTE
CENTRO
SUR
U. COMUNICACION SUBINSP. DE
U. ACTUALIZACION
TELEMATICA
DE DATOS U. DE ANALISIS
P. 4
P. 2
P. 1
P. 5
UNIDAD DE
P. 9
P. 7 .8 P
P. 3
P. 10
PERSONAL
P.6
P. 12
P.11
U. PROGRAMACION Y EXPLOTACION SUBINSP. DE TALLER Y ALMACEN
UNIDAD ADMINISTRATIVA
U. TALLER
U. ALMACEN
CENTRAL DE COMUNICACIONES UNIDAD DE JEFATURA DE GUARDIA
INFORMACIÓN
SUBINSP.D E Y
U. OBRAS
MANTENIMIENT
RELACIONES
DE PARQUES E
EXTERIORES
HIDRANTES
U. MANTENIMIENTO DE HIDRANTES
6. 20
OFICINA
SUBINSPECCION DE
SUBINSPECCION
SUBINSPECCION DE
TECNICA
INVESTIGACION Y
DE MATERIALES Y
REGLAMENTACION
COOPERACION
EDIFICIOS
Y NORMATIVA
Adjunto al Dpto.del S.E .I .
REGISTRO DOCUMENTACION
NEGOCIADO DE
GRÁFICA
COORDINACION CODIFICACION
INFORMATIVA ARCHIVO TECNICO
DIRECCION DE
CONSEJO RECTOR
SECRETARIA
CVIL
PROTECIÓN
DE
6 .2 1
LA ESCUELA
GABINETE
JEFATURA DE
RELACIONES
FONDO
PEDAGOGICO
ESTUDIOS
EXTERNAS
BIBLIOGRAFICO
MEDIOS
UNIDAD DE DOCUMENTACIÓN
BOMERS Y
MOB
UNIDAD
DIDACTICOS
AREAS DE
REPRODUCCION
AUDIOVISUALES
ESTUDIO
AREA DE
AREA DE
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TECNOLOGIA
EDIFICACION
MANIOBRAS
M.MATERIALES
U.ESPECIALES
PRE PREVENCION
NORMATIVA
CONSEJO ACADÉMICO CLAUSTRO DÉ PROFESORES PROFESORADO TUTORIAS DELEGADOS DE CURSO ALUMNOS
AREA DE INTERVENCION
AREA DE TELEMATICA
ESCULA
LA
DE
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LA ESCUELA DE BOMBEROS Y PROTECCION CIVIL Está considerada como otro Departamento del Servicio de Extinción de Incendios y se rige por su propio reglamento interno, aprobado por el Ayuntamiento en pleno del 30 de. abril de 1991. OBJETIVOS GENERALES: Planificación y aplicación de todos los aspectos y materiales que engloban la formación y profesionalidad de -los componentes del Cuerpo de Bomberos y de voluntarios de Protección Civil.
ESCUELA DE BOMBEROS
Organos de Gobierno
Consejo Rector Dirección Secretaría
Organos de Enseñanza
Dirección Subdirección (Jefe Estudios) Jefe Responsable de Area Consejo Académico Claustro de Profesores
Organos Auxiliares
Gabinete Pedagógico Fondo Bibliotecario y Documental
FUNCIONES ESPECIFICAS: Art. 2. La Escuela del Cuerpo de Bomberos del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, tendrá a su cargo, entre otras, las funciones siguientes : a) Organización y desarrollo de los cursos selectivos para el ingreso en el Cuerpo, capacitación para el ascenso y especialización y "reciclaje" del personal . b) Diseñar los distintos planes de enseñanza con sus respectivos programas, tanto de formación básica, como de ascenso, especialización y formación permanente. c) Desarrollar los mencionados planes y programas, impartiendo las materias teóricoprácticas adecuadas a los objetivos de los distintos programas . d) Organización y desarrollo periódico de actividades, tales como ciclos de conferencias y coloquios sobre temas relacionados con el Servicio y destinadas no sólo al propio personal del Cuerpo, sino también de divulgación general.
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e) Celebrar convenios de colaboración, intercambio y estudios con otros Cuerpos de Bomberos, Organismos e Instituciones en materia de formación . 17
Propuestas de bases técnicas para las convocatorias de ingreso así como la redacción de textos y material didáctico relativo al Servicio.
Art. 3. En todos los cursos de la Escuela, y en especial en los de ingreso y ascenso, se buscará no sólo la formación profesional propiamente dicha, sino que además se deberán impartir enseñanzas sobre la jerarquía, organización y funcionamiento del Cuerpo . Art. 4. De todos los cursos, seguidos con aprovechamiento la Escuela expedirá los correspondientes diplomas . Art. S. Todos los miembros del Cuerpo de Bomberos están obligados a seguir aquellos cursos realizados dentro de su jornada de trabajo, que por la Dirección de Servicio se señalen, y en especial los de perfeccionamiento o actuación y especialización . -
DEPARTAMENTO DE ESTUDIO Y NORMATIVA DE FUEGO OBJETIVOS ESPECIFICOS : El estudio de siniestros, que comprenderá el de su origen, desarrollo y medios utilizados para combatirlos, se llevará a cabo cuando por su interés específico lo requiera la Concejalía Responsable o la Dirección de Protección Civil y Bomberos. La colaboración con la Autoridad Judicial sobre el estudio de siniestros en los términos del párrafo anterior . El estudio de la normativa abarcará la recopilación, codificación e inclusión en las correspondientes bases de datos de todos aquellos documentos que tengan relación, directa o indirecta, con el riesgo de incendio y con los equipos y maquinaria empleados en la lucha contra el fuego . El estudio textos y publicaciones técnicas abarcará la codificación e inclusión en las correspondientes bases de datos de documentación científica y técnica que refleje los conocimientos más recientes, extraída de las siguientes fuentes : a) b) c) d)
Libros técnicos Revistas técnicas especializadas, nacionales y extranjeras. Publicaciones y estudios de centros oficiales y privados . Ponencias de congresos, conferencias, simposiums, y cursos a los que asista personal del Departamento .
6. 24 El estudio sobre equipos de construcción se engloba en el marco de la Directiva Europea de Productos de la Construcción (Directiva 89/106/CEE, cuya transposición al derecho interno español se encuentra el Real Decreto 1630/1992 de 29 de diciembre), en el ámbito específico del "Documento Interpretativo n° 2 : Seguridad en caso de incendio" de desarrollo de dicha Directiva. Abarcará la inclusión en base de datos de nuevos productos, tanto de protección activa como de protección pasiva. Para los casos en que se requiera un estudio pormenorizado sobre algún producto, se podrán desarrollar pruebas en Laboratorios Oficiales del Fuego, que serán coordinadas por el Departamento de Estudios y Normativa del Fuego, y se realizarán a iniciativa del propio Departamento o a petición de los demás Departamentos del Servicio. Son asimismo objetivos específicos: 1 . Participar en el programa AENOR para elaboración de Normas UNE, dentro de la Comisión de Seguridad contra Incendios . 2 . Conexión e intercambio de experiencias, documentación, actuaciones y tecnología con laboratorios de investigación y centros de programación y estudios sobre protección de incendios . 3 . Coordinar con -la Gerencia Municipal de Urbanismo la adscripción de terrenos para futuras dependencias de la Dirección dé Servicios de Protección Civil y Bomberos, así como el señalamiento de directrices para proyectos de Parques de Bomberos. 4. Llevar a cabo el control de la inteligencia del edificio, instalaciones y su programación de la sede de la Dirección de Servicio, así como la dotación de nuevas instalaciones que se vayan requiriendo . 5 . Llevar a cabo las asistencias técnicas que le sean encomendadas por mandato de la Dirección de Servicio. 6 . Cooperar en la modificación de normativa de protección contra incendios. 7 . Colaborar con la Gerencia Municipal de Urbanismo en la redacción de los Planes Especiales Temáticos (PET . 01 ; PET 18 ; PET. 20).
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REGLAMENTO DE LA COMUNIDAD DE MADRID ESTRUCTURA Y COMENTARIOS AL INDICE Consta el citado Reglamento en su índice de los siguientes apartados que pasamos a comentar de manera elemental : EXPOSICION DE MOTIVOS : Preámbulo de carácter esencialmente jurídico en el que se expresan las causas que dan origen a la necesidad de redacción del Reglamento . TITULO PRELIMINAR En el se exponen los objetivos del- mismo, el ámbito de aplicación territorial así como los proyectos y obras a los que les es de aplicación, las diferentes competencias autonómicas y municipales, las condiciones que deben contemplar la documentación de solicitud de licencias así como aspectos de relación con la Comunidad Económica Europea. TITULO PRiMERO : En él se definen una serie o conjunto de setenta y ocho términos o conceptos técnicos así como sus características, de uso y efectos exclusivos de este Reglamento. TITULO SEGUNDO : Establece un conjunto de normas de carácter general de aplicación a todo tipo de edificaciones y comprende los siguientes capítulos . Capítulo 1` En el se determinan las normas generales de diseño en base a las siguientes condiciones : Condiciones Condiciones Condiciones Condiciones (hidrantes) Condiciones Condiciones
de entorno y accesibilidad . de compartimentación. de evacuación. de las instalaciones en
núcleos
urbanos
de los edificios en altura (EGA). de los graderíos y estructuras provisionales .
Capítulo 2°.- En el que se establecen las condiciones de las instalaciones generales de un edificio y de los recintos donde se ubican así como las responsabilidades y normas de mantenimiento . Capítulo 3°.- En el que se definen las instalaciones de protección contra incendios y la responsabilidad y condiciones de mantenimiento . Capítulo 4°.- En el que se especifican las condiciones de comportamiento de los elementos y materiales de construcción frente al fuego en cuanto a sus cualidades de estabilidad, resistencia y reacción al fuego así como la responsabilidad de su mantenimiento .
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TITULO TERCERO : En el se definen las condiciones particulares de cada uno de los usos específicos o tipo de actividad, estableciéndose los siguientes: Viviendas Garaje aparcamiento . Sanitario Espectáculos y reunión, que se subdivide en cinco grupos . Oficinas Cultural y docente . Residencial público Comercial y Industria Almacén . Cada uno de estos usos comprende: Una sección de definición y conceptos Una sección dedicada a sectorización . Una sección de evacuación. Una sección de condiciones específicas de estabilidad, resistencia y reacción al fuego y Una sección de particularidades especiales del propio uso. TITULO CUARTO : De carácter eminentemente jurídico-legal establece las condiciones y facultades de inspección y el régimen sancionador, las disposiciones transitorias que determinan los aspectos del Reglamento que tiene carácter retroactivo y los plazos para su adaptación, una disposición derogatoria que anula todas las demás normas en la materia de igual o inferior rango y una disposición final que define la fecha de entrada en vigor del Reglamento. APENDICES : De carácter auxiliar para la aplicación técnica del Reglamento comprende los siguientes : Apéndice 1°: Apéndice 2° : Apéndice 3° : Apéndice 4° : Apéndice 5° : Apéndice 6°: Apéndice 7°: Apéndice 8° :
Especifica métodos para la determinación y/o comprobación de la estabilidad al fuego aceptados por este Reglamento . Establece el procedimiento aceptado por este Reglamento para la determinación de la carga de fuego ponderada de un sector de incendio . Establece el procedimiento para la determinación en un sector de incendio del factor de ventilación. Presenta los valores de resistencia al fuego de una serie de habitual de elementos constructivos tradicionales. Especifica el grado de peligrosidad según el catálogo CEA de una serie de diversos productos de almacenamiento . Especifica la potencia calorífica de diversos productos . Enumera las normas EN o UNE actualmente en vigor a las que se hace referencia en el articulado del Reglamento . Contiene un conjunto de esquemas aclaratorios del articulado .
REGLAMENTO DE PRE VEN CION DE INCENDIOS D E LA COMUNIDAD DE MADRID TITULO PRELIMINAR : Objetos, Ambitos de Aplicación y Competencias . TITULO PRIMERO : Conceptos Técnicos . TITULO SEGUNDO: edificación.
Normas de Carácter General aplicables a todo tipo de
CAPITULO 1° : Normas de diseño. CAPITULO 2°: Instalaciones generales en los edificios CAPITULO 3° : Instalaciones de protección contra incendios CAPITULO 4° : Comportamiento de los elementos y materiales de construcción ante el fuego. TITULO TERCERO : Usos Específicos " " " " " " " " "
CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO CAPITULO
1°: Vivienda 2° : Garaje Aparcamiento . 3°: Sanitarios . 4° : Espectáculos y Reunión (Grupos 1, 11, 111, IV y V). 5°: Oficinas 6°: Cultural y Docente 7°: Residencial Público 8°: Comercial 9°: Industrial 10°: Almacén .
TITULO CUARTO: Inspección y Sanción " "
CAPITULO 1°: Potestades de Inspección y Sanción CAPITULO 2°: Potestad Sancionadora .
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICION DEROGATORIA DISPOSICION FINAL
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APENDICES : " " " " " " " "
APÉNDICE 1°: Determinación y/o comprobación de la estabilidad al fuego de los sistemas estructurales. APÉNDICE 2°: Determinación de la carga de fuego ponderada en un sector de incendio . APÉNDICE 3° : Determinación del factor de ventilación en un sector de incendio . APÉNDICE 4' . Resistencia al fuego de los elementos constructivos APÉNDICE 5°: Grado de peligrosidad de diversos productos según catálogo CEA APÉNDICE 6°: potencia calorífica de diversos productos APÉNDICE 7°: Normas EN o UNE actualmente en vigor a las que se hace referencia en el articulado como "EN o UNE correspondientes" . APÉNDICE 8°: Esquemas aclaratorios del articulado .
D Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad Autónoma de Madrid. Publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid en el suplemento n° 14 correspondiente al día 18 de Enero de 2000 y entrando en vigor a los veinte días siguientes a su publicación.
-lo
u
. Publicados en BOCAM B.C.A.M. BOCM BOCAM 18-1-2000 ENTRA EN VIGOR 8 DE FEBRERO DE 2000 8 b
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bocam .BMCO A M.
TEMAS 7 y 8 REGLAMENTO DE PREVENCION DE INCENDIOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID I. COMUNIDAD
DE MADRID
A) Disposiciones Generales Consejería de Medio Ambiente 171 DECRETO 341/1999, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid. El presente Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid da cumplimiento a la Disposición Final Segunda de la Ley 19/1999, de 29 de abril, de modificación de la Ley 1411994, de 28 de diciembre, por la que se regulan los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Madrid, en la que se indica que el Gobierno aprobará un Reglamento que regule la prevención de incendios en el ámbito de sus competencias . El cumplimiento de dicho mandato, exige a la Administración actitudes previsoras ante los problemas y no acciones provocadas como consecuencia de emergencias que se produzcan, anticipándose mediante la planificación y la elaboración de una normativa actualizada y acorde con los riesgos existentes, que evite pérdidas personales y materiales . La Legislación vigente en materia de protección. contra incendios en la edificación contenida en el NB-CPI-96 Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios, de aplicación en todo el territorio nacional, aun cuando es más completa que su antecesora, presenta ciertas lagunas al no contemplar casos específicos como son los referidos al riesgo derivado de los usos industrial, almacén y espectáculos y reunión, así como la obligatoriedad de las condiciones del entorno y accesibilidad . Asimismo, el presente Reglamento da respuesta adecuada a lo previsto en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, en todo lo referido a las condiciones de prevención y protección contra incendios en los locales donde se desarrollen este tipo de actividades . Por último, en materia de seguridad industrial, cuya competencia corresponde al Estado, siguiendo una reiterada doctrina jurisprudencial (Sentencias del Tribunal Constitucional 203/1992, 14/1994, 243/1994 y 313/1994), este Reglamento no pretende sino establecer una normativa complementaria o adicional de la Estatal y de aquellas emanadas de la Comunidad de Madrid.
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En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 23 de diciembre de 1999 DISPONGO ARTICULO ÚNICO Se aprueba el Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid, cuyo texto se inserta a continuación . DISPOSICION DEROGATORIA ÚNICA Quedan derogadas todas las disposiciones existentes de igual o inferior rango, sobre materia que es objeto de este Reglamento . DISPOSICION FINAL ÚNICA El presente Reglamento entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. En Madrid, a 23 de diciembre de 1999 El Consejero de Medio Ambiente CARLOS MAYOR
El Presidente ALBERTO RUIZ-GALLARDON
* Publicación en el Boletín Oficial de la CA .M. del 18 de Enero de 2000. Entrando en vigor el 8 de Febrero de 2000.
REGLAMENTO DE PREVENCION DE INCENDIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID TITULO PRELIMINAR Objeto, ámbito de aplicación y competencias Articulo I Objeto
El presente Reglamento da cumplimiento a la Disposición Final Segunda de la Ley 19/1999, de 29 de abril, de modificación de la Ley 14/1994, de 28 de diciembre, por la que se regulan los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Madrid, y asimismo establece el marco jurídico adecuado a las previsiones contenidas en el artículo 6 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. Tiene por objeto establecer las condiciones de seguridad contra el incendio no premeditado, en las edificaciones y actividades, con el fin de tratar de evitar las posibilidades de iniciación, propagación, y pérdida de vidas humanas, así como reducir al máximo la pérdida de bienes y facilitar las operaciones de extinción
Artículo 2 Ambito de aplicación 1 . Es aplicable el presente Reglamento, en todo el ámbito de la Comunidad de Madrid, a todos los proyectos y obras de nueva edificación, reforma o reestructuración, cambio de uso y cambio de titularidad, así como a todas aquellas actividades de nueva implantación. 2. Con respecto a los edificios y actividades ya existentes, se ajustará a lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda, no autorizándose obras de ampliación o reforma que supongan en cualquier aspecto incremento del riesgo o peligrosidad en sí mismo o para su entorno, y sólo se permitirán obras o cambios de uso que mejoren las condiciones de seguridad . 3 . Cuando en un recinto o actividad con licencia en vigor se pretenda variar temporalmente, en alguna forma, cualquiera de las condiciones amparadas por la licencia, se debe solicitar la autorización correspondiente, con una antelación de un mes como mínimo, aportándose información detallada del objeto de la modificación . Artículo 3 Competencias 1 . La Comunidad de Madrid y los Municipios incluidos EN su territorio ejercerán la competencia en materia de prevención y extinción de incendios en los términos establecidos en la Ley 14/1994, de 28 de diciembre, modificada por la Ley 19/1999, de 29 de abril, por la que se regulan los servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Madrid y demás legislación aplicable . 2. En función de la Ley 14/1994, de 28 de diciembre, modificada por la Ley 19/1999, de 29 de abril, los municipios con población superior a 20.000 habitantes, que teniendo obligación de prestar el servicio de prevención y extinción de incendios, y que por sus características peculiares les resultare muy dificil o imposible prestar el servicio, podrán llegar a acuerdos con la Comunidad de Madrid en los términos de dicha Ley y en los previstos en la legislación estatal, mediante convenio de financiación del servicio, en el que se establecerá la contribución del Municipio, de acuerdo con la población del mismo . Los citados convenios de financiación incorporarán la dispensa del Municipio de la obligación de presentación del servicio, conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local. 3 . Los Planes de Autoprotección de los edificios y establecimientos, obligados por el presente Reglamento a su elaboración e implantación, deben disponer de informe favorable de la Comunidad de Madrid o del Organismo Municipal que tenga otorgadas las competencias en materia de Prevención de Incendios .
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Artículo 4 Documentación En la documentación que compone los expedientes de solicitud de Licencia de Obra o de Actividades e Instalaciones, deben quedar reflejadas las condiciones de seguridad contempladas en el presente Reglamento, y como mínimo las siguientes: l . Condiciones de Seguridad que deben quedar reflejadas en la memoria: a) Del mobiliario o asientos necesarios para el funcionamiento de la actividad, cuando se requiera en cada uso . b) Cálculo de la evacuación c) De la estabilidad, resistencia y reacción al fuego d) De la detección y alarma de incendios. e) De los pulsadores de alarma f) De los extintores de incendio g) De la extinción automática h) Del alumbrado de emergencia i) De la señalización j) Cálculo del control de humos k) Del abastecimiento de agua 1) De la alimentación eléctrica secundaria o de emergencia m) Del bloqueo y retención de puertas n) De los ascensores de emergencia 2. Condiciones de seguridad que deben quedar reflejadas en los planos: a) b) c) d) e) _
De entorno y accesibilidad De los usos de cada recinto De compartimentación Dimensionado de vías de evacuación De la ventilación natural De las bocas de incendios equipadas g) De los hidrantes h) De la columna seca i) Dimensionado del control de humos En cualquier caso la documentación de proyecto y la certificación de final de obra deben estar suscritas por técnico competente para ejercer su profesión en la edificación o sus instalaciones y visados por su colegio profesional, o en su caso por el órgano de supervisión de la Administración . En ambos documentos deberá quedar de manifiesto el cumplimiento del contenido del presente Reglamento .
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Artículo 5
Productos fabricados y comercializados en algún estado miembro de la Unión Europea Serán admitidos todos los productos fabricados y comercializados en algún estado miembro de la Unión Europea que cumplan las condiciones de la Directiva 89/106/CEE, del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los estados miembros sobre los productos de construcción . TITULO I Conceptos Técnicos Artículo 6 Definición de términos y características A efectos de este Reglamento, los conceptos técnicos que se contemplan son: 1 . ABASTECIMIENTO DE AGUA CONTRA INCENDIOS .- Suministro natural o artificial de agua capaz de alimentar, con caudal y presión adecuada, una o varias instalaciones de protección contra incendios, durante el tiempo de autonomía requerido en este Reglamento para cada una de ellas. En los casos en que las condiciones de infraestructura hidraúlica de la zona no permitan, en estudio teórico, garantizar suficiente caudal y presión de abastecimiento de agua, serán exigibles aljibes para reserva de agua. Estos aljibes, si fuera necesario, deben estar complementados con los correspondientes grupos de presión. El abastecimiento de agua se debe ajustar a lo especificado en las normas EN o UNE correspondientes . (*) 2. ACTIVIDAD PRIMARIA.- Queda definida por el uso fundamental del edificio o establecimiento 3 . ACTIVIDAD SECUNDARIA.- Queda definida por aquella que es complementaria de la primaria . Se encuadran también en este concepto aquellas actividades que, sin ser complementarias de la primaria, se ubican dentro de la misma edificación y están situadas dentro de su ámbito de influencia. En ambos casos, las medidas de protección de estas actividades se deben regir por lo que para cada una de ellas determina la normativa específica . (*) UXE: Una Norma Española E.N. : Equivalencia y unificación con Normas Europeas
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4. ALIENACIÓN ELECTRICA SECUNDARIA O DE EMERGENCIA.- Es la destinada a proporcionar alimentación eléctrica a uno o varios sistemas, equipos o instalaciones de un edificio, ante el fallo de la fuente de alimetación habitual. Cualquiera que sea esa fuente de alimentación, debe estar capacitada para hacer funcionar los sistemas, equipos o instalaciones a los que sirve con una autonomía mínima según lo requerido por el más exigente de los sistemas, equipos o instalaciones a los que alimenta . Debe cumplir las siguientes condiciones : a) Fuentes de alimentación Deben estar independizadas de las de suministro habitual y proceder de una o varias de las siguientes: - Otra Compañía distinta de la de suministro habitual o de la misma compañía si las líneas, siendo independientes, proceden de distinta subestación o centro de transformación . - Un grupo electrógeno - Un sistema de baterías de acumuladores _ b) Cuadros de distribución y protecciones suministro Deben estar independizados de los de habitual, constituyendo sector de incendios respecto de éstos y además en grado RF-60 como mínimo. c) Líneas de distribución Deben estar protegidas frente a la acción del incendio, durante el tiempo que en cada caso se especifica en el Reglamento . 5. ALMACENAMIENTO EN ALTURA.- Aquel en que el producto almacenado supera los 5m, medidos desde el suelo del recinto . 6 . ALTURA DE EVACUACION.- La diferencia dé cota máxima a salvar, en cualquier tramo del recorrido, entre el nivel de un origen de evacuación y el del espacio exterior seguro . T .ALUMBRADO DE EMERGENCIA .- Instalación que tiene como función facilitar la visibilidad en caso de emergencia . Debe ajustarse a las normas UNE o EN correspondientes y al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e ITC correspondientes, del Ministerio de Industria . Además debe cumplir las siguientes condiciones : a) La instalación debe ser fija y proporcionar una iluminancia mínima de 3 lux en recintos ocupados por personas y en las vías de evacuación, y de 5 lux en los inicios de los caminos de evacuación y donde se precise maniobrar instalaciones . b) Siempre que sea posible, las luminarias se siturán a una altura máxima de 2,20 m sobre el nivel del suelo .
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8. ANCHO DE PASO .- La dimensión transversal al sentido de evacuación de cualquier vía de evacuación, por el que deban circular o atravesar personas durante una evacuación. 9. ASCENSOR DE EMERGENCIA.- Aquel dotado de llamada prioritaria para el uso del Cuerpo de Bomberos, con dos fuentes independientes de alimentación eléctrica, de las que la segunda debe garantizar al menos una autonomía de una hora de funcionamiento a plena carga y ser manejable desde el interior de la cabina . Debe cumplir las siguientes condiciones : a) La capacidad de carga mínima debe de ser 630 Kg b) Debe tener una superficie de cabina mínima de 1,40 m2 y un ancho de paso mínimo de 0,80 m. c) El recinto por el que discurre el camarín debe ser sector de incendio independiente, excepto del recinto de maquinaria del ascensor, o tener acceso desde el recinto de una escalera que a su vez sea sector de incendio independiente. 10. BAJO RASANTE .- A efectos de este Reglamento, se considera bajo rasante toda superficie ocupable, situada por debajo del nivel de la calle, en la que todos los recorridos precisen salvar en sentido ascendente una altura de evacuación mayor a 1,5m 11 . BLOQUEO Y RETENCION DE PUERTA.- Mecanismos destinados a mantener puertas o compuertas en posición contraria a la función para la que está destinada y que, en caso de emergencia o de fallo en el suministro de la energía que los acciona, se liberan automáticamente dejando la puerta o la compuerta en posición de ejercer dicha función. a) Deben estar conectados al sistema de detección de incendios para su accionamiento automático y disponer un sistema manual de accionamiento. b) Los mecanismos o automatismos de retención o de bloqueo de puertas, deben ser de tipo siempre cerrada o de tiempo siempre libre, respectivamente, ante un fallo de suministro de energía. 12 . BOCA DE INCENDIOS EQUIPADA (BIE). - Conjunto de elementos necesarios para transportar y proyectar agua desde un punto fijo de una red de abastecimiento de agua hasta el lugar del fuego. Puede ser de 2 tipos, BIE-45 con sección de 45 mm de diámetro nominal y BIE-25 con sección de 25 mm de diámetro nominal, ambas deben ajustarse a lo especificado en las normas EN o UNE correspondientes . Además deben cumplir las siguientes condiciones : a) Las bocas de incendios equipadas de 45 mm de diámetro se deben situar de forma que el centro del soporte quede a una altura comprendida entre 0,90 m y 1,50 m, medida desde el pavimento del suelo.
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b) Las bocas de incendios equipadas de 25 mm de diámetro se deben situar de forma que la boquilla del surtidor y la válvula manual, si existe, se encuentre a una altura comprendida entre 0,90 m y 1,70 m del pavimento del suelo . c) El abastecimiento de agua para las BIE debe permitir alimentar durante una hora, al menos, las dos BIE hidráulicamente más desfavorables, en las condiciones de presión y caudal indicadas. Todas las BIE deben estar accesibles en todo momento y ser fácilmente visibles o estar señalizadas . d) La presión estática que debe suminsitrar una BIE estará comprendida entre 3,5 kg/cm2 y 6 kg/cm2 e) Para el cálculo del área cubierta por una BIE se tendrá en consideración el recorrido real de la manguera y el alcance del chorro de agua desde la boquilla, que se establece en 5 m. La red de distribución debe estar protegida contra heladas en todo su trazado .
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g) La instalación debe estar dotada como mínimo de: - Lanza, que debe permitir alcanzar caudales mínimos admisibles de 3,3litros/segundo para bocas de 45 mm de diámetro, y 1,6 Vs para las de 25 mm de diámetro . - Racores, tipo "Barcelona" que se ajustarán a las caractensticas determinadas en las normas EN o UNE correspondientes . - Manómetro, capaz de medir entre cero y la máxima presión que se alcance en la red. - Válvula, resistente a la corrosión y oxidación, pudiendo ser de apertura automática en la instalación de 25 mm de diámetro . - Soporte de devanadera para ambos tipos o de plegadora para la de 45 mm de diámetro. 13 . CAMINO DE EVACUACION.- El recorrido protegido a realizar hasta el espacio exterior seguro o hasta un sector de incendios que disponga de una o más salidas de edificio y siempre que ese sector de incendios sea considerado sector de riesgo nulo . No contabilizan como camino de evacuación los aparatos elevadores (salvo los que constituyan sector de incendios independiente y disponga de sistema de alimentación eléctrica secundaria o de emergancia), las escaleras, rampas y pasillos mecánicos, y aquellos recorridos en que se sitúen puertas giratorias, tornos o elementos similares que entorpezcan en alguna forma la libre circulación. a) Debe dedicarse exclusivamente a circulación de personas y constituir sector de incendio . Cuando estén situados en el exterior del edificio, todo elemento delimitador de otro sector de incendio, situado a menos de 1,5 m de dicho camino, debe ser como mínimo PF-30.
b) Su medición se realiza según el recorrido real, medido sobre el eje en caso de escalera, pasillo y rampas.
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c) La reacción al fuego de los revestimientos en suelos debe ser M2 y en paredes y techos Ml, como máximo. d) Además del alumbrado ordinario debe disponer de alumbrado de emergencia e) Debe estar señalizado. f) Debe carecer de obstáculos, aunque en él pueden existir elementos salientes localizados en las paredes, tales .como soportes, cercos, bajantes o elementos fijos de equipamiento, siempre que, salvo en el caso de extintores, se respete el ancho mínimo libre establacido en este Reglamento admitiéndose una reducción máxima de 10 cm. g) En ningún caso se permiten elementos que puedan ocasionar enganche en la ropa de las personas o con los que se pueda tropezar. h) Queda prohibida la colocación de espejos o elementos decorativos que puedan inducir a error en ellos . 14 . CARGA DE FUEGO.- Expresa las calorías desprendidas en la combustión total de una determinada cantidad de productos . Para un determinado sector de incendios puede expresarse como: a) Carga de fuego total: Es la suma algebraica de los productos del peso de cada uno de los materiales contenidos en dicho sector por la potencia calorífica de cada uno de ello, expresada en megacalorias (Mcal) o en megajulios (MJ). b) Carga de fuego unitaria: Viene determinada por la relación entre la carga de fuego total y la superficie útil del sector, expresada en Mcal/m2 o en MJ/ m2 15 .CARGA DE FUEGO PONDERADA.- Expresa los riesgos previsibles de la iniciación y desarrollo de un incendio en un determinado sector de incendio . Se determina partiendo de la carga de fuego unitaria, multiplicada por los siguientes factores de ponderación del riesgo: a) Factor de Riesgo de Desarrollo (Rd). Pondera la carga de fuego en función de la virulencia o de la velocidad de desarrollo previsible del incendio. b) Factor de Riesgo de Activación (Ra). Pondera la carga de fuego en función de la existencia o no en el sector de elementos que favorecen la iniciación del incendio . c) Factor de Riesgo de Pérdida de Vidas Humanas (Rv). Pondera la carga de fuego en función de las posibilidades previsibles de que se produzcan víctimas humanas, tanto como consecuencia de las condiciones de evacuación o de las características físicas de las personas involucradas, como consecuencia de la densidad de ocupación previsible.
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La determinación de la carga de fuego ponderada, en un sector de incendio, puede realizarse mediante el procedimiento expuesto en el Apéndice 2° de este Reglamento .
16 . COLUMNA SECA.- Se considera columna seca una instalación de ataque al fuego, para uso exclusivo del Cuerpo de Bomberos . Deben ajustarse a lo especificado en las normas EN o UNE correspondientes . Además debe cumplir las siguientes condiciones : a) Debe estar constituida por una conducción vacia, de acero galvanizado de 80mm de diámetro, que partiendo de lugar accesible a los vehículos del Cuerpo de Bomberos, en su discurrir vertical, esté provista de bocas de salida de plantas, y de válvulas de expansión de aire en su parte superior. b) La toma de alimentación, con centro a 90 cm del suelo, debe constar de conexión siamesa con llaves incorporadas y racores tipo "Barcelona" de 70 mm de diámetro, con tapa y disponer de llave de purga de 25 mm de diámetro . c) Todo el conjunto se encerrará en hornacina o similar de 55cm de ancho, por 40 cm de alto y 30 cm de profundidad mínimos . Debe ser fácilmente localizable e identificable, y en su tapa de cierre, de simple resbalón para llave de cuadrillo de 8 mm, figurará la inscripción "USO EXCLUSIVO DE BOMBEROS". d) Las bocas de toma en pisos deben estar provistas de conexión siamesa con llave incorporada y racores tipo "Barcelona" de 45 mm de diámetro con tapas. Su altura, aproximada a 0,90 m medida desde el pavimento del suelo. e) Cada cuatro plantas, como mínimo, se debe disponer de una llave de seccionamiento, situada por encima de la conexión siamesa . Todas las llaves de la instalación, deben ser del modelo de bola con palanca incorporada . g) La instalación debe ser capaz de resistir una presión de 20 Kg/cm2 durante dos horas sin que aparezca ningún punto de fuga en la misma. 17. COMPARTIMENTACION .- Sistema de limitación de espacios cuya función consiste en eliminar o evitar las posibilidades de propagación de un incendio . a) Todo elemento compartimentador debe estar acreditado como tal. Su acreditación debe estar respaldada por ensayo de laboratorio oficialmente reconocido para poder realizar tales ensayos. Los ensayos deben ajustarse a lo determinado al efecto por las normas EN o UNE correspondientes . b) Siempre que se recurra a elementos compartimentadores no sancionados por los sistemas ordinarios de la edificación, debe ser aportada como documentación de expediente, la demostrativa de acreditación .
15 18 . CONTROL DE HUMOS Y TEMPERATURAS .- Sistema de ventilación natural o mecánica destinado a evacuar los humos y el calor de un incendio en recintos de gran volumen, a fin de evitar la confluencia del sentido de circulación de los humos con. los recorridos de evacuación de los ocupantes dentro del mismo ámbito y con las vías de penetración de los serVicios de intervención . a) En obras de nueva planta sólo se admiten los sistemas de ventilación natural . b) Los sistemas de ventilación mecánica únicamente se admiten en obras de reforma o remodelación o cuando por razones de carácter histórico-artístico o similares no sea aconsejable aplicar los sistemas de ventilación natural . c) A los efectos de diseño, cálculo, materiales e instalación de estos sistemas, se debe seguir las condiciones que establezcan las normas europeas . Mientras no exista normativa europea vigente, se admitirán soluciones suficientemente justificadas, técnica y documentalmente 19. CORTINA DE AGUA.- Sistema de boquillas abiertas de actuación automática y manual, dispuestas en línea, con el fin de establecer pantalla de aislante del calor. a) Este sistema no es admitido como sustituto de elementos resistentes al fuego ni como pantalla ante el humo. b) Se requiere aplicar una densidad mínima de agua de 14 l/m por cada metro de longitud de la cortina, debiéndose proyectar sobre el pavimento del suelo una franja longitudinal con anchura de 2 m como mínimo . 20. DENSIDAD APARENTE DE LA CARGA DE FUEGO.- Indice que representa la incidencia, en un determinado volumen de materia sólida combustible, de la cantidad de aire ocluido entré dicha materia, en la velocidad con que se desarrolla su combustión completa . Es inversamente proporcional a dicha velocidad y se calcula dividiendo la carga de fuego total en Mcal, de un determinado volumen de producto o productos sólidos combustibles, por dicho volumen de m3. Se expresa en McaV m3 21 . DETECCIÓN Y ALARMA DE INCENDIOS .- Sistema que tiene como función activar una instalación de respuesta ante la iniciación de un incendio o avisar a las personas posiblemente afectadas. Todo sistema de detección y alarma de incendios debe estar instalado cumpliendo lo especificado en las normas E.N o UXE correspondientes . Debe estar compuesto por. a) Central de detección y alarma, donde se reflejará la zona afectada, provista de señales ópticas y acústicas (para cada una de las zonas que se proyecten), capaces de transmitir la activación de cualquier componente de la instalación . Si no está permanentemente vigilada debe situarse en zona calificada sector de riesgo nulo y transmitir una alarma audible a la totalidad del edificio o actividad .
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b) Los puestos de control de los sistemas fijos contra incendios deben estar conectados con la central de deteción y alarma, cuando ésta exista. c) Detectores, que deben ser del tipo que se precise en cada caso, pero deben estar certificados por organismo de certificación oficialmente reconocidos para ello .
d) Fuente secundaria de suministro de energía électrica que garantice, al menos, 24 horas en estado de vigilancia más 30 minutos en, estado de alarma. Esta fuente secundaria puede ser específica para esta instalación o común con otras de protección contra incendios. Cuando una instalación de pulsadores de alarma de incendios esté conectada a la central de detección y alarma ésta debe permitir diferenciar la procedencia de la señal de ambas instalaciones . 22. EDIFICIO EN ALTURA.- Aquel cuya diferencia de cota entre la cara superior del último forjado habitable y todas las salidas de edificio a vía pública sea mayor de 28 m. 23 . ELEMENTO COMPARTIMENTADOR .- A efectos de este Reglamento se entiende por elemento compartimentador aquel que, cumpliendo las condiciones de determinado grado de RF o PF, delimita un sector de incendio, un sector de incendio independiente o un recinto . 24 . ESCALERA DE INCENDIO .- Aquella escalera que permite la evacuación de las personas que ocupan o se encuentren en un edificio o actividad y que no cumple las condiciones constructivas o de diseño de una escalera para evacuación . Sólo se permite en caso de reforma o cambio * de uso. Debe cumplir las siguientes condiciones : a) Sus tramos deben ser rectos. b) Su anchura debe ser de 0,80 m como mínimo . c) Los peldaños deben tener una contrahuella de 20 cm como máximo y una huella de 24 cm como mínimo y su superficie debe evitar los tropiezos o enganches . d) Debe contar con defensas y barandillas adecuadas . e) Debe estar señalizada y sus accesos libres de obstáculos. f) Se permite que el último tramo, que dé acceso a una zona exterior, pueda realizarse con sistema basculante o desplegable de fácil manejo .
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25 . ESCALERA EXTERIOR PARA EVACUACION.- Aquella escalera abierta que discurre por el exterior de un edificio . Sus condiciones de construcción y de diseño son las mismas que las exigibles a la escalera de evacuación, permitiéndose como variante, que el último tramo de acceso a una zona exterior segura pueda realizarse como sistema basculante o desplegable de fácil manejo. 26. ESCALERA PARA EVACUACION.- Aquella escalera que permite la evacuación de personas que ocupan o se encuentran en un edificio o actividad . Debe cumplir las siguientes condiciones de diseño: a) Cuando se trate de edificios de uso público, cada tramo debe tener tres peldaños como mínimo y quince como máximo. b) La escalera de varios tramos rectos y desarrollo no longitudinal, debe disponer de mesetas intermedias, como mínimo, iguales a las del ancho del tramó de la escalera. c) La escalera de varios tramos rectos y desarrollo longitudinal, debe disponer de mesetas intermedias, como mínimo, de 1 m. d) Todos los peldaños deben ser iguales en cuanto a dimensiones en sección . La huella, medida en proyección horizontal debe estar comprendida entre 28 cm y 35 cm. La tabica o contrahuella debe estar comprendida entre 13 cm y 18,50 cm. e) En escaleras de evacuación ascendente, los peldaños deben tener tabica y carecer de bocel. f) Deben disponer de una barandilla, con pasamanos a 0,90 m de la altura para ancho igual o inferior a 1,40 m; y para ancho superior a 1,40 m barandillas con pasamanos de manera que entre dos de estos elementos la distancia máxima que los separe sea de 1,40m. g) Toda puerta que dé acceso a una escalera no puede barrer en su apertura sobre el peldañeado . Las escaleras situadas en los recorridos de evacuación deben cumplir, además, las siguientes condiciones : Ser estables al fuego en grado coincidente con el superior grado del recinto o sector de incendio a que sirve. En el caso de escalera con trazado curvo, la huella se mide a 50 cm del borde interior y no debe ser mayor que 42 cm en el borde exterior. En dichas escaleras se computa como ancho útil la zona en la que la dimensión de huella sea mayor que 17 cm.
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Las escaleras situadas en los caminos de evacuación deben cumplir, además de las condiciones de diseño, las siguientes: No se permiten escaleras con trazado curvo. Ser estables al fuego EF-30 Ser discontinuas en ámbito y trazado entre tramos sobre y bajo rasante, a nivel de planta de salida del edificio . Se considera esto conseguido cuando se dé alguna de estas condiciones : - La compartimentación entre ambos tramos mediante elemento continuo PF-60 - La separación mínima entre ambos tramos es de 10 m en el nivel de salida del edificio, con altura de techo superior a 3m y ventilado directamente al exterior. Los tramos sobre rasante deben disponer de ventilación natural directa al exterior a razón, como mínimo, de 1 n-2 de superficie útil en cada planta. Además de las puertas de acceso de cada planta sólo pueden acceder al recinto de la escalera las puertas de los locales de aseo y de los aparatos elevadores. 27. ESPACIO EXTERIOR SEGURO .- Aquel espacio al descubierto que conduce a vía pública y con ancho mínimo superior en 1,50 m al que corresponde en el cálculo dé evacuación de las personas que tienen que servirse del mismo. Si el espacio al descubierto, sin edificación consolidada propia del edificio por debajo del mismo, no es vía pública o no accede a ella debe disponer de superficie suficiente para albergar a la totalidad de los usuarios en proporción de 4 personas por metro cuadrado y estar separado al menos de cualquier hueco de la fachada del edificio 15 m en proyección horizontal . 28 . ESTABILIDAD AL FUEGO (EF). - La facultad que tiene un elemento de edificación para mantener la capacidad portante para la que ha sido instalado, durante el tiempo que se especifica, bajo la acción de un fuego, según normas EN o UNE correspondientes . 29 . ESTABLECIMIENTO .- Todo edificio o recinto del mismo destinado a ser utilizado bajo una titularidad diferenciada y cuyo proyecto de obras de construcción o reforma, así como el inicio de la actividad prevista, sean objeto de control administrativo . 30 . EXTINCION AUTOMÁTICA.- Sistemas fijos de funcionamiento automático, encaminados a controlar un incendio desde sus inicios y a proteger elementos de la edificación, equipos o instalaciones de proceso . En función- del tipo de incendio a controlar y de los elementos de la edificación, equipos e instalaciones de proceso a proteger se establecen los siguientes tipos: a) Sistemas fijos de agua pulverizada . Deben ajustarse para su diseño, cálculo, recepción y mantenimiento a las normas EN o UNE correspondientes .
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b) Sistemas fijos de extinción por espuma fisica. Deben ajustarse para su diseño, cálculo, recepción y mantenimiento a las normas EN o UNE correspondientes . c) Sistemas fijos de extinción por polvo . Deben ajustarse para su diseño, cálculo, recepción y mantenimiento a las normas EN o UNE correspondientes . d) Sistemas fijos de extinción por rociadores automáticos de agua. Deben ajustarse para su diseño, cálculo, recepción y mantenimiento a las normas EN o UNE correspondientes .
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Sistemas fijos de extinción mediante agentes gaseosos . Deben ajustarse para su diseño, cálculo, recepción y mantenimiento a métodos sancionados por la experiencia y la normativa vigente cuando ésta exista, no admitiéndose para instalaciones de nueva implantación los productos no sancionados por la normativa de protección del medio ambiente En los casos en que el sistema disponga de detectores para activar el disparo, en sistemas abiertos, o de detectores de flujo en sistemas de rociadores automáticos, podrá eximirse de detección automática de incendios a los recintos protegidos por el mismo, siempre que dicho sistema esté capacitado para transmitir la alarma por sectores de incendios en las mismas condiciones que sean exigibles para el sistema de detección, aunque esta resulte ligeramente más retardada, excepto en el caso de uso comercial. 31 . EXTINTORES PORTÁTILES.- Instalación manual de ataque al fuego. Debe cumplir las siguientes condiciones : a) Todos los elementos que como tales se utilicen, deben estar homologados ajustándose a lo especificado en el reglamento de Aparatos a Presión, del Ministerio de Industria y Energía, así como a las normas EN o UNE correspondientes . b) Los agentes extintores contenidos en los mismos se deben ajustar a las normas EN o UNE correspondientes . c) Se consideran extintores portátiles, aquellos cuyo peso máximo total sea de 20 Kg. Por encima de ese peso deben disponer de medio dé transporte sobre ruedas. d) Los tipos de extintores, se adecuarán en. función de las clases de fuego establecidas en las normas EN o UNE correspondientes . e) Se deben situar en lugares fácilmente accesibles y visibles, o señalizados cuando no estén localizados . f) En los fijados a paramentos verticales, la parte superior del extintor debe quedar a 1,70 m, como máximo, del pavimento del suelo
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g) Todos los establecimientos a los que se exige esta instalación debe disponer, como mínimo, de dos extintores y deben colocarse en número suficiente para que el recorrido real desde cualquier origen de evacuación hasta un extintor no supere los 15m. Su grado de eficacia debe ser 21A y 113 B, como mínimo .
h) Debe colocarse un extintor en el exterior y próximo a la puerta de acceso de los recintos especiales que se indican en este Reglamento . Ese extintor podrá servir simultáneamente a varios de esos recintos si responde al tipo de riesgo de los mismos . 32. FACTOR DE FORMA Ó MASIVIDAD .- Indice que expresa la capacidad de absorción térmica de un elemento estructural de acero en función de su grado de exposición al fuego. Para un determinado perfil estructural y su disposición y/o, en su caso, tipo de protección, se determina según lo expuesto en la Seción 5ª apartado 3 a) del Apéndice 1º de este Reglamento, y se expresa en m-1 33 . FACTOR DE VENTILACIÓN.- Indice que representa la capacidad de evacuación de humos, así como las posibilidades de disipación térmica durante el desarrollo de un incendio en un sector de incendio, derivadas de los medios de ventilación natural o ventilación natural directa al exterior, disponibles en el mismo. Se puede determinar mediante el procedimiento contenido en el Apéndice 3° de este Reglamento, y se expresa en m1/2. 34. GRADÓ DE CIRCULACIÓN MEDIA DE PERSONAS .- Expresa la cantidad de personas que atraviesan un ancho de 1 m durante su recorrido de evacuación. Se fija en: a) Circulando por escaleras, 100 personas por metro de ancho. b) Circulando en plano horizontal y por rampas, 200 personas por metro de ancho . 35 . GRADÓ DE PELIGROSIDAD.- Expresa la calificación de las materias y mercancías en función del riesgo de incendio que presentan. Se subdivide en seis grados . El grado 1 corresponde a las materias más peligrosas y el grado 6 a aquellas que no presentan riesgo de incendio, según se refleja en el Apéndice 5° de este Reglamento . 36 . GRUPO DE PRESIÓN.- Instalación destinada a suministrar presión y caudal
suficiente, desde el aljibe o depósito de reserva de agua a una o varias instalaciones de protección contra incendios durante el tiempo de autonomía requerido por este Reglamento, cuando la presión requerida para dichas instalaciones no está garantizada por gravedad o por estudio teórico de las condiciones de infraestructura hidraúlica de la zona. Cuando sea necesario grupo de presión en una instalación, éste dispondrá al menos de dos bombas principales y una bomba auxiliar. Cuando ambas bombas principales sean eléctricas, el sistema debe disponer de alimentación eléctrica secundaria o de emergencia . Debe cumplir lo especificado en las normas EN o UNE correspondientes
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37. HIDRANTES .- Sistema de abastecimiento de agua para uso exclusivo del Cuerpo de Bomberos y otro personal debidamente entrenado . Deben ajustarse a lo especificado en las normas EN o UNE correspondientes .. Además deben cumplir las siguientes condiciones : a) La separación máxima admisible entre dos elementos, cuando éstos se precisen, debe ser de 200 m según recorrido real . b) Se deben situar en lugares fácilmente accesibles a los vehículos del Cuerpo de Bomberos y estar debidamente señalizados conforme con las normas EN o UNE correspondientes . c) Deben estar preparados para resistir las heladas y acciones mecánicas . d) Los caudales mínimos que deben suministrar en cada caso serán de 5000m para los de 80mm de diámetro y 1000 Vm para los de 100 mm de diámetro, en ambos casos estos caudales deben ser garantizados durante al menos 2h. la presión de suministro debe ser, como mínimo, de 10 m.c.a. e) Un edificio se considera protegido por hidrantes, cuando cualquier punto de sus fachadas accesibles, a nivel de rasante, se encuentre a menos de 100m de uno de estos elementos . _ 38 . OBRA DE REFORMA.- Se entiende por obra de reforma, cuando se hace mención en este Reglamento, aquella que afecta a elementos de la edificación relacionados con la prevención y extinción de incendios, o que en alguna forma altere el servicio original de los mismos . 39. OCUPACION TEORICA DE CALCULO .- Representa el máximo número de personas que teóricamente puede contener un edificio, establecimiento o recinto, en función de la actividad o uso que en él se desarrolle. 40. ORIGEN DE EVACUACION.- Cualquier punto pisable de un recinto, con las excepciones que quedan reflejadas en cada uso y los recintos de densidad nula. 41 . PARALLAMAS (PF).. - La capacidad de un elemento expuesto al fuego, que para que durante el tiempo que se especifica, o determine, mantenga su estabilidad, no emita gases inflamables por la cara no expuesta y sea estanco al paso de llamas o gases calientes . Todo según normas EN o UNE correspondientes.
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42. PASILLO PARA EVACUACION.- Aquel pasillo que permite la evacuación de las personas que ocupan o se encuentran en un edificio o establecimiento . Debe cumplir las siguientes condiciones : a) Debe carecer de obstáculos, aunque en él pueden existir elementos salientes localizados en las paredes, tales como soportes, cercos, bajantes o elementos fijos de equipamiento, siempre que, salvo en el caso de extintores, se respete el ancho mínimo libre establecido en este Reglamento admitiéndose una reducción máxima de 10 cm. b) En ningún punto del pasillo pueden disponerse menos de tres escalones cuando se trate de edificios de uso público. 43. PLAN DE AUTOPROTECCION .- Estudio de organización de medios humanos y materiales disponibles en una actividad para la prevención del riesgo de incendio así como para garantizar la evacuación e intervención inmediata. a) Su redacción se debe ajustar a las directrices que al efecto determine el órgano competente de la Comunidad de Madrid. b) El Plan de Autoprotección debe estar firmado por el responsable de su implantación . 44 . PRESURIZACION SELECTIVA- Sistema encaminado a generar una sobrepresión de aire en un recinto o sector de incendio, a fin de impedir la penetración en el mismo de los humos generados por un incendio en los recintos o sectores adyacentes, incluso en la situación de puertas de comunicación abiertas. En ningún caso pueden considerarse estos sistemas como sustitutivos de la condición de sector de incendio o sector de incendio independiente del recinto al que sirve, ni de las condiciones de ventilación natural directa al exterior de los recintos de escalera o de los caminos de evacuación protegidos, salvo que, en este último caso, se trate de obras de reforma de edificios ya construidos . A los efectos de diseño, cálculo, materiales e instalaciones de estos sistemas, se deben seguir las condiciones que establezca las normas europeas . Mientras no existan normas europeas vigentes, se admitirán soluciones suficientemente justificadas, técnica y documentalmente . En cualquier caso, estos sistemas deben disponer de alimentación eléctrica secundaria o de emergencia. 45 . PUERTA PARALLAMAS (PF). - Aquellas que cumplen las condiciones determinadas por las normas EN o UNE correspondientes . a) Las puertas colocadas en las vías de eVacuación quedan exentas de la obligatoriedad de disponer de cerco en el umbral .
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b) Toda puerta parallamas enclavada en un elemento constructivo compartimentador de sector de incendio, excepto en uso de vivienda, debe disponer de sistema automático de cierre tras su apertura. Se admite la posibilidad de que tal puerta disponga de un sistema de bloqueo o retención de puertas. c) Cuando este tipo de puerta se enclave en un elemento compartimentador, su grado de parallamas debe ser, al menos, igual a la mitad de la resistencia al fuego exigible al elemento compartimentador. d) Cuando este tipo de puerta disponga de dos hojas, debe incluir en la instalación un selector de cierre e) Cuando las puertas y tapas de registro forman parte de un vestíbulo de independencia el grado de parallamas debe ser, al menos, igual a la cuarta parte del de resistencia exigido al sector de mayor grado. f) La instalación de este tipo de puerta, conlleva la obligatoriedad de aportación de certificado, en el que figuren los resultados del ensayo de laboratorio o bien certificadó del técnico de la obra, en la que se garantice que dichas puertas se corresponden en características con algún modelo ensayado en laboratorio oficialmente reconocido . 46. PUERTA RESISTENTE AL FUEGO.- Aquella que cumple las condiciones determinadas por las normas EN o UNE correspondientes . a) Las puertas colocadas en las vías de evacuación quedan exentas de la obligatoriedad de disponer de cerco en el umbral. b) Toda puerta enclavada en un elemento constructivo compartimentador de sector de incendio, excepto en uso de vivienda, debe disponer de sistema automático de cierre tras su apertura Se admite la posibilidad de que tal puerta disponga de sistema de bloqueo o retención de puertas. c) Cuando este tipo de puertas se enclave en un elemento compartimentador, su grado de resistencia al fuego debe ser, al menos, igual a la mitad del de resistencia al fuego exigible al elemento compartimentador . d) Cuando este tipo de puerta disponga de dos hojas, debe incluir en la instalación un selector de cierre. e) Cuando las puertas y tapas de registro forman parte de un vestíbulo de independencia el grado de resistencia al fuego debe ser, al menos, igual a la cuarta parte del de resistencia exigidos al sector de mayor grado.
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La instalación de este tipo de puerta, conlleva la obligatoriedad de aportación de certificado, en el que figuren los resultados del ensayo del laboratorio o bien certificado del técnico de la obra, en el que se garantice que dichas puertas se corresponden en características con algún modelo ensayado en laboratorios oficialmente reconocidos .
47 . PULSADORES DE ALARMA DE INCENDIOS .- Instalación que tiene como finalidad la transmisión de una señal a una central de detección y alarma, centralizada y permanentemente vigilada, de forma tal que resulte localizable la zona del pulsador que ha sido activado, o en su defecto a un sistema de alarma audible en la totalidad del edificio o actividad . Deben ajustarse a lo especificado en las normas EN o UNE correspondientes . Además deben cumplir las siguientes condiciones : a) Los pulsadores deben ser fácilmente visibles o estar señalizados . b) La distancia a recorrer desde cualquier punto de un edificio protegido por una instalación de pulsadores, hasta alcanzar el pulsador más próximo, debe ser inferior a 25m. c) Se deben situar a una altura máxima de 1,50m d) Los pulsadores deben estar provistos de dispositivo de protección que impida su activación involuntaria . e) La instalación debe estar alimentada eléctricamente, como mínimo, por dos fuentes de suministro, de las cuales la principal debe ser la red general del edificio. La fuente secundaria puede ser específica para esta instalación o común con otras de protección contra incendios. f) En los casos en que exista una instalación de detección automática de incendios, la: instalación de pulsadores de alarma debe estar conectada a la central de detección y alarma. En este caso dicha central debe permitir diferenciar la procedencia de la señal de ambas instalaciones 48. RAMPA PARA EVACUACION .- Su pendiente no debe ser mayor del 12 % para rampas de longitud hasta 3 m, no mayor del 10 % para rampas de longitud hasta 10m y no mayor del 8% para rampas de longitud mayor de 10 m. 49. REACCION AL FUEGO.- Representa la respuesta de los materiales constructivos ante la acción térmica normalizada del ensayo correspondiente, y según normas EN o UNE correspondientes . A efectos de estas normas los materiales, en función de su reacción al fuego quedan clasificados en: - Materiales M0. Incombustibles . - Materiales M1 . Combustible no inflamable. - Materiales M2. Baja inflamabilidad - Materiales M3 . Inflamabilidad media - Materiales M4. Altamente inflamable
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50. RECINTO.- Todo edificio o zona del mismo delimitada por suelo y paredes . Un recinto puede llegar a abarcar una planta entera, en el caso de planta diáfana; e incluso varias de ellas o todo el edificio, si esas plantas están comunicadas entre .sí por escaleras abiertas o por espacios de múltiple altura . Un recinto puede abarcar como máximo un sector de incendio . 51 . RECINTO DE DENSIDAD BAJA- Aquel que presenta una densidad de ocupación inferior a una persona por cada cinco metros cuadrados útiles de recinto . 52. RECINTO DE DENSIDAD ELEVADA .- Aquel que presenta una densidad de ocupación igual o superior a una persona por cada cinco metros cuadrados útiles de recinto . 53 . RECINTO DE DENSIDAD NULA.- Aquel considerado como accesible únicamente a efectos de reparación o mantenimiento y aquellos cuyo uso implique sólo una ocupación ocasional. 54. RECINTO DE GRAN VOLUMEN.- Aquel en el que no es previsible la confluencia del sentido de circulación de los humos de un incendio con los recorridos de evacuación de los ocupantes dentro del mismo ámbito ni con las vías de penetración de los servicios de intervención . Un recinto de gran volumen puede constituir un único sector de incendio, cualquiera que sea su superficie, cuando disponiendo de un sistema de control de humos y temperatura, cumpla alguna de las siguientes condiciones : a) Se desarrolla en una sola planta y la altura mínima de suelo a techo es superior a 5m. b) Se desarrolla en varias plantas con recintos abiertos a un gran espacio de uso exclusivo para circulación de personas (atrio), el cual a su vez, dispone de hueco de comunicación entre todos los niveles, de al menos el 25% de su superficie total en planta, con cubierta practicable a los efectos de control de humos y temperatura . Pueden ser ejemplos de recinto de gran volumen los polideportivos cubiertos, grandes establecimientos industriales, algunos locales de reunión o espectáculos cubiertos, grandes centros comerciales y otros casos similares . 55 . RECINTO ESPECIAL .- Aquel que exige especiales condiciones de protección contra incendios (de sectorización, de evacuación y de instalaciones) y esté especificado en este Reglamento 56. RECORRIDO DE EVACUACION.- El que se realiza desde el origen de la evacuación hasta el espacio exterior seguro; a un camino de evacuación o a otro sector de incendio colindante a) No contabilizan como recorrido de evacuación los aparatos elevadores (salvo los que constituyan sector de incendio independiente y disponga de sistema de alimentación eléctrica secundaria o de emergencia), las escaleras, rampas y pasillos mecánicos y aquellos recorridos en que se sitúen puertas giratorias, tornos o elementos similares que entorpezcan en alguna forma la libre circulación .
b) Su medición se realiza según el recorrido real, medido sobre el eje en el caso de escaleras, pasillos y rampas .
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57. RESISTENCIA AL FUEGO (RF) . - La capacidad de un elemento expuesto al fuego, para que durante el tiempo que se especifica, mantenga su estabilidad, no emita gases inflamables por la cara no expuesta al fuego, sea estanco al paso de llamas o gases calientes y evite que se produzca en la cara no expuesta temperaturas superiores a las especificadas en las normas EN o UNE correspondientes. 58. ROCIADORES AUTOMATICOS DE AGUA- Instalación automática de agua de ataque al fuego. Deben ajustarse a lo especificado en las normas EN o UNE correspondientes. Además deben cumplir las condiciones siguientes : a) En cualquier caso, la instalación debe disponer de sistema de conexión, debidamente identificado, tipo by-pass, que permita la alimentación suplementaria por el correspondiente Cuerpo de Bomberos . b) Los puestos de control de los rociadores automáticos deben estar conectados con la central de detección y alarma, cuando ésta exista . c) Este tipo de instalaciones, que precisen de instalación eléctrica para su funcionamiento, deben estar abastecidas por dos fuentes de suministro, de las que una será la red general de la actividad. La otra deberá garantizar, como mínimo, el tiempo de funcionamiento obligatorio previsto para la instalación. 59. SALIDA DE EDIFICIO.- La puerta o hueco del edificio que comunica con el espacio exterior seguro y de dimensiones mínimas de 0,80 m x 2,00 m. 60 . SALIDA DE EMERGENCIA- Toda salida de recinto, de sector de incendio o de edificio, que tiene como función permitir la evacuación en caso de emergencia . a) Toda salida de emergencia, debe cumplir la condición de salida opuesta. b) Cuando sea exigible la disponibilidad de salida de emergencia, en su dimensionado se partirá del supuesto de anulación de la salida de mayor dimensión en ancho, de las que se disponga. Debiendo el resto, dar respuesta a los cálculos teóricos de evacuación. c) En estos casos, las vías de evacuación a que acceden, deben ser independientes entre sí, en la totalidad de su recorrido. d) Debe estar señalizada. 61 . SALIDA DE RECINTO.- La puerta o paso, que conduce directamente, o a través de otros recintos, hacia una salida de sector de incendio.
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62 . SALIDA DE SECTOR.- Se considera salida de sector: a) Una puerta, de 0,80 m x 2,00 m mínimos, que accede desde un sector a un caminó de evacuación del edificio o al vestíbulo de independencia que precede a ese camino de evacuación . b) Aquella que a ese nivel es salida de edificio. c) El acceso desde un sector de incendio a otro sector de incendio colindante que no sea recinto especial de los mencionados en cada uso, siempre que en el primero exista otra salida de sector, y que en ambos casos, a su través, se pueda abandonar el edificio sin confluir en un mismo sector salvo que éste sea considerado sector de riesgo nulo. 63 . SALIDA OPUESTA- Salida opuesta es aquella que permite la salida de los ocupantes de un recinto o sector bajo cualquier hipótesis de anulación de una de las salidas. Cuando sean exigibles salidas opuestas, al menos una de-ellas debe acceder a otro sector de incendio o al espacio exterior seguro . 64. SECTOR DE INCENDIO.- Recinto delimitado por elementos compartimentadores del grado y superficie útil que en cada caso se determine en este Reglamento . Pueden exceptuarse de esta condición aquellos elementos de la edificación en contacto directo con el exterior, en cuyo caso deben cumplir las condiciones específicas para fachadas. 65 . SECTOR DE INCENDIOS INDEPENDIENTE.- Aquel sector de incendio al que se accede directamente desde el espacio exterior seguro o a través de vestíbulos de independencia. . 66. SECTOR DE RIESGO ALTO.- El sector de incendio en el que se da alguna de las siguientes circunstancias: a) Cuando contenga una carga de fuego ponderada superior a 800 Mcal/m2 (3.347 MJ/M2), ver Apéndice 2° de este Reglamento . b) Cuando almacene más de 100 m3 de productos cuyo grado de peligrosidad sea igual a 3, 2 y/6 1, según el Apéndice 5° de este Reglamento . c) Cuando se manipulen o almacenen productos que emiten gases, vapores o nubes de polvo inflamables, materias susceptibles de inflamación sin aportación de oxígeno, aquellas capaces de ignición por emanación de gases, radiaciones o efectos similares, tanto por sí mismas como por mezclas entre ellas. d) Cuando se manipulen o almacenen productos explosivos e) Cuando se manipulen o almacenen documentos y/o libros incunables o irremplazables u objetos artísticos, a los solos efectos de medios o instalaciones de protección.
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67 . SECTOR DE RIESGO BAJO .- El sector de incendio en el que se da alguna de las siguientes circunstancias : a) Cuando contengan una cara de fuego ponderada mayor de 10 McaVm2 (42 MJ/m 2) y menor o igual a 200 Mcal/m2 (837 MJ/m 2), ver Apéndice 2° de este Reglamento . b) Cuando se almacene hasta 100 m3 de productos cuyo grado de peligrosidad a 4 y/o cuando almacene productos cuyo grado de peligrosidad sea igual a Apéndice 5° de este Reglamento, salvo que se demuestre por cálculo que la fuego ponderada sea menor o igual a 10 Mcal/M 2 (42 MJ/m2 )en cuyo caso será riesgo nulo.
sea igual 5, según carga de sector de
68. SECTOR DE RIESGO MEDIO .- El sector de incendio en el que se da alguna de las siguientes circunstancias : a) Cuando contenga una carga de fuego ponderada mayor de 200 Mcal/m2 (837 MJ/m2) y menor o igual a 800 Mcal/m 2 (3347 MJ/m2), ver Apéndice 2° de este Reglamento . b) .Cuando almacene más de 100 m3 de producto cuyo grado dé peligrosidad sea igual a . 4 y/o cuando almacene hasta 100 m3 de productos cuyo grado de peligrosidad sea igual a 3, 2 y/ó l, según el Apéndice 5° de este Reglamento, salvo que se demuestre por cálculo que la carga de fuego ponderada sea menor o igual a 200 Mcal/m2 (837 MJ/m 2) en cuyo caso será de riesgo bajo, o menor o igual a 10 Mcal/M2 (42 MJ/m2) en cuyo caso será sector de riesgo nulo . c) Cuando almacene productos de combustión espontánea. 69. SECTOR DE RIESGO NULO.- Aquella zona que contiene una carga de fuego ponderada menor o igual a 10 McaVm (42 MJ/m) ver Apéndice 2° de este Reglamento En este tipo de sectores no se establecen prescripciones en este Reglamento, cuando la actividad primaria sea de riesgo nulo . 70. SECTORIZACION.- Ver conceptos de sector de incendio y sector de incendio independiente. 71 . "SEÑALIZACIÓN.- Instalación que tiene como función informar sobre la situación de algún elemento de protección (señalización de instalaciones de protección contra incendios) y sobre la situación de vías de evacuación y de los distintos tipos de salidas para evacuar (señalización de recorridos). Debe ajustarse a lo establecido en las normas EN o UNE correspondientes : a) Señalización de instalaciones de protección contra incendio: -
Todo medio de protección contra incendio de utilización manual, que no sea visible desde algún punto del recinto, debe ser señalizado de forma tal que desde dicho punto sea localizable .
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b) Señalización de recorridos : Todas las salidas de recinto, sector o edificio, de uso público, así como las vías de evacuación, que no sean localizables desde los distintos orígenes de evacuación, deben disponer de señales de esas salidas y señales indicativas de dirección. Deben quedar también señalizados los puntos de cualquier vía de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error. -
Las puertas que situadas en recorridos de evacuación pueden por su situación inducir a error, deben señalizarse con el rótulo SIN SALIDAEn los ascensores que no puedan ser contabilizados para evacuación, en cada acceso se debe disponer de señalización de NO UTILIZAR EN CASO DE INCENDIO . Se prohibe la colocación de carteles y otros elementos que dificulten la visión de cualquier tipo de señalización relacionada con la prevención de incendios. -
72 . TEMPERATURA CRITICA DEL ACERO.- Es la temperatura en grados centígrados a la que supuestamente las secciones de un elemento estructural de acero, en sus condiciones de sustentación o de conexión con el resto de la estructura, pierden la capacidad portante para la que han sido diseñadas, en condiciones normales de servicio . Los valores a adoptar en cada caso, quedan definidos en la Sección 5° apartado 3 .c) del Apéndice 1° de este Reglamento . 73 . USO PRIMARIO .- Igual que actividad primaria 74. USO PUBLICO .- Aquella actividad que implica la existencia de personas que no son ocupantes habituales del edificio. 75. VENTILACION NATURAL .- Aquella que se consigue mediante la apertura de huecos o conductos que acceden al exterior y está destinada a la evacuación de humos en caso de incendio . a) La sección útil de estos huecos debe ser, como mínimo, en proporción de 50 cm2/m2 de superficie útil en planta. b) Cuando se trate de conductos con tramos horizontales, la dimensión vertical de dicho tramo será tal que la línea de máxima pendiente que une cualquier punto del borde inferior de la abertura, con el borde superior opuesto del tramo horizontal, no forme un ángulo menor que 45° y dicha abertura debe estar lo más cerca posible al techo del recinto. En aquellos recintos o establecimientos en los que se requiere la disponibilidad de ventilación natural, pero que por la naturaleza de la actividad se precise que la ventilación permanezca cerrada durante el funcionamiento ordinario de la misma, la ventilación natural podrá permanecer cerrada pero debe disponer de sistemas de apertura automática para caso de incendio.
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76. VENTILACION NATURAL DIRECTA AL EXTERIOR- Aquella que se consigue mediante la apertura de huecos que acceden directamente al exterior, o al menos, a un patio de dimensiones aceptadas para ventilación de habitaciones vivideras en la normativa urbanística y siempre que la superficie de cada hueco sea de 0,50 m2 como mínimo . 77 . VESTIBULO DE INDEPENDECIA.- Recinto delimitado por elementos RF, de grado función del que corresponda al sector a independizar y que tiene como única función la de circulación. Debe cumplir las siguientes condiciones : a) Estar dotado, al menos, de un doble sistema de puertas con dispositivos de cierre automático y selector de cierre cuando la puerta esté compuesta por dos hojas. Cuando una de las puertas comunique con un sector de riesgo nulo dicha puerta puede ser PF en el grado correspondiente . b) A él no accederán más que aseos, ascensores, recintos con carga de fuego nula, los recintos especiales o sectores a independizar y en su caso el espacio exterior. c) La distancia mínima entre los arcos de la zona barrida por las hojas de las puertas será de 0,50 m d) Salvo en los vestíbulos de los recintos de instalaciones de los capítulos 2° y 3° del Título Segundo de este Reglamento, deben disponer de sistemas de ventilación de alguno de los siguientes tipos: d. l) Cruzadas de entrada y salida de aire, de forma tal que el barrido de la corriente recorra la mayor dimensión posible del recinto . d .2) Natural y directa al exterior d.3) Sistema de presurización selectiva. 78. VIA DE EVACUACION.- El recorrido a realizar desde cualquier origen de evacuación hasta el espacio exterior seguro, sean cuales sean las condiciones de sectorización del edificio.
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TITULO SEGUNDO Normas de carácter general aplicables a todo tipo de edificación
CAPITULO PRIMERO Normas de diseño SECCION la Condiciones de entorno y accesibilidad -
Artículo 7 Generalidades Cualquier edificio que se construya, debe realizarse deforma que permita al menos una de sus fachadas, el acceso y maniobrabilidad de los vehículos del Cuerpo de Bomberos. Cuando el edificio sea exento, esta accesibilidad debe hacerse extensiva al menos a dos fachadas . Artículo 8 Condiciones de los viales de acceso a los edificios. 1 . Los viales de acceso a los edificios deben cumplir las condiciones siguientes : a) Anchura mínima libre: 4,5 m. b) Altura mínima libre o gálibo : 4,5 m. c) Sobrecarga de uso: 2000 Kg/m2 2 . En los tramos curvos, el carril de rodadura debe quedar delimitado por la traza de una corona circular cuyos radios mínimos deben ser 5,30 m y 12,50 m, con una anchura libre de circulación de 7,20m. 3 . Los viales de aproximación en fondo de saco, de más de 50 m de longitud, deben permitir la maniobrabilidad de un vehículo de 10 m de longitud . 4. Los viales de acceso a los edificios se deben mantener libres de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros obstáculos que dificulten las posibilidades de accesibilidad .
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TITULO SEGUNDO Normas de carácter general aplicables a todo tipo de edificación
CAPITULO PRIMERO Normas de diseño SECCION 1ª Condiciones de entorno y accesibilidad -
Artículo 7 Generalidades Cualquier edificio que se construya, debe realizarse deforma que permita al menos una de sus fachadas, el acceso y maniobrabilidad de los vehículos del Cuerpo de Bomberos. Cuando el edificio sea exento, esta accesibilidad debe hacerse extensiva al menos a dos fachadas . Artículo 8 Condiciones de los viales de acceso a los edificios. 1 . Los viales de acceso a los edificios deben cumplir las condiciones siguientes : a) Anchura mínima libre: 4,5 m. b) Altura mínima libre o gálibo : 4,5 m. c) Sobrecarga de uso: 2000 Kg/m2 2 . En los tramos curvos, el carril de rodadura debe quedar delimitado por la traza de una corona circular cuyos radios mínimos deben ser 5,30 m y 12,50 m, con una anchura libre de circulación de 7,20m. 3 . Los viales de aproximación en fondo de saco, de mas de 50 m de longitud, deben permitir la maniobrabilidad de un vehículo de 10 m de longitud . 4. Los viales de acceso a los edificios se deben mantener libres de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros obstáculos que dificulten las posibilidades de accesibilidad .
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Artículo 9 Condiciones de la zona de emplazamiento de vehículos de emergencia 1 . Los espacios de emplazamiento de los vehículos deben cumplir las siguientes condiciones : a) b) c) d) e) f) g)
Anchura mínima libre en el espacio de maniobra : 6m. Altura mínima de libre o gálibo: la del edificio . Separación máxima al edificio : 10 m. Distancia máxima hasta cualquier acceso principal al edificio : 30 m. Pendiente máxima, excepto envía pública: 10% Sobrecarga de uso : 2000 Kg/m2 Resistencia al punzonamiento del suelo 10t sobre 20 cm Ø (diámetro)
La condición referida al punzonamiento debe cumplirse en las tapas de registro de las canalizaciones de servicios públicos, sitas en ese espacio, cuando sus dimensiones fueran mayores que 15 cm x 15 cm, debiendo ceñirse a las especificaciones de la Norma.UNE-EN 124:1995 2. Las zonas de emplazamiento de vehículos se deben mantener libres de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros obstáculos, que dificulten dicho emplazamiento. Artículo 10 Condiciones de accesibilidadporfachada. Para que una fachada se considere accesible debe disponer de huecos en cada nivel que cumplan las siguientes condiciones : a) La altura del antepecho respecto del nivel de planta a la que accede no debe ser mayor de 1,20 m. b) Sus dimensiones horizontal y vertical deben ser al menos, 0,80 m y 1,00 m, respectivamente . La distancia máxima entre los ejes verticales de los huecos consecutivos no debe exceder de 25 m, medida sobre la fachada. c) No se deben instalar en fachada elementos que impidan o dificulten la accesibilidad al interior del edificio a través de dichos huecos, a excepción de elementos de seguridad situados en los huecos de las plantas cuya altura de evacuación no exceda de 6m.
Artículo 11 .
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Núcleos urbanos o edificios históricos consolidados. Las actividades que quieran instalarse en núcleos urbanos o edificios históricos consolidados, a las que no les sea posible cumplir alguna de las prescripciones de los artículos precedentes, precisan, además de las autorizaciones que sean necesarias, ser sometidas previamente a la aprobación del Departamento municipal que tenga otorgado por su Ayuntamiento las competencias de Prevención de Incendios en aquellos municipios cuya población sea superior a 20.000 habitantes o del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid en los municipios de hasta 20.000 habitantes . Artículo 12. Zonas edificadas limítrofes o interiores a áreasforestales . Las zonas edificadas limítrofes o interiores a áreas forestales deben cumplir las siguientes condiciones : a) Debe haber una franja de 25 m de anchura, como mínimo, separando la zona edificada de la forestal, libre de vegetación baja o arbustiva, con la masa forestal rebajada y las ramas podadas, así como un camino de 5m, en ella, libre de árboles, junto a la zona edificada . b) La zona edificada o urbanizada debe disponer de dos viales de acceso alternativos, cada uno de los cuales debe cumplir las condiciones expuestas en el artículo 8 de este Reglamento, en caso de que sólo pueda disponer de un vial de acceso éste debe disponer de un anchura igual o superior a 6m. c) Los campamentos de turismo, reglamentados por los Decretos 3/1993, de 28 de enero, sobre Campamentos de Turismo en la Comunidad de Madrid, y 165/1996, de 14 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 3/1993, de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, deben ser equipados a zonas urbanizadas, por lo que deben cumplir lo establecido en las condiciones a) y b) del presente artículo .
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SECCION 2' Condiciones de compartimentación. Artículo 13. Sectores de incendios. 1 . Los edificios y establecimientos deben estar compartimentados en sectores de incendio mediante elementos cuya resistencia al fuego se establece en este Reglamento en función del uso de la actividad o actividades a desarrollar o del nivel de riesgo intrínseco existente en los recintos que comprende cada sector. 2. Todo establecimiento contenido en un edificio debe constituir uno o varios sectores de incendio respecto del resto del edificio, excepto los especificados en cada uso. 3 . Las escaleras generales de un edificio deben constituir sector de incendio siempre que su altura de evacuación sea superior de 10m, y sector de incendio independiente cuando su altura de evacuación sea mayor de 28 m o respecto de las plantas bajo rasante. 4. Los elementos compartimentadores de un sector de incendio deben ser continuos, atravesando falsos techos y falsos suelos, o bien disponiendo de mecanismos de obturación automática. 5. Los pasos de tuberías y conductos que atraviesan elementos compartimentadores deben sellarse para mantener un grado PF igual a la mitad del grado RF del elemento compartimentador. Cuando la tubería o el conducto sea potencialmente transmisor del incendio, debe mantener un grado PF coincidente con el grado RF exigido al elemento compartimentador. Artículo 14. Elementos de compartimentación en sectores de incendio. 1 . Fachadas . a) Cuando un elemento delimitador de sector de incendio acometa a una fachada, la resistencia al fuego de ésta debe ser al menos igual a la mitad exigida al elemento de que se trate, en una franja cuya anchura entre huecos sea como mínimo de 1m. Podrán sustituirse estas franjas por salientes, mínimos de 80 cm que impidan el paso de las llamas.
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b) Cuando el elemento delimitador de sector de incendio acometa a una fachada en quiebro y el ángulo formado por los dos planos exteriores de la misma sea menor o igual que 90° la distancia mínima entre huecos, que no tengan la resistencia al fuego señalada en el párrafo anterior, debe ser de 1,50 m. 2. Cubiertas . a) Cuando un elemento delimitador de sector de incendio acometa a la cubierta, la resistencia al fuego de ésta debe ser al menos igual a la mitad de la exigida al elemento de que se trate, en una franja cuya anchura sea como mínimo 1 m . No obstante, si el elemento compartimentador se prolonga por encima del acabado de la cubierta 0,80m o más, no es necesario que se cumpla la condición anterior. b) Las superficies de cubierta a menos de 5m de un hueco de fachada, correspondiente a otro sector de incendio, deben ser de grado PF igual a la RF del sector de incendio correspondiente a dicha cubierta. 3 . Puertas de paso y tapas de registro. Las puertas de paso entre dos sectores de incendio y las tapas de registro de patinillos o conductos dé servicio de instalaciones deben tener una resistencia al fuego al menos igual a la mitad de la exigida al elemento que separa ambos sectores, o bien a la cuarta parte cuando el paso se realiza a través de vestíbulos de independencia; quedando exentas de estas prescripciones las puertas que acceden directamente al exterior que deben cumplir las condiciones de fachada.
SECCION 38 Condiciones de evacuación. Artículo 15. Generalidades. Cualquier edificio tiene que estar diseñado para facilitar la evacuación en caso de emergencia. Artículo 16. Cálculo de ocupación. 1 . Para la aplicación de las exigencias relativas a la evacuación se utilizarán los valores de la ocupación teórica de cálculo establecidos en este Reglamento para cada uso específico .
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2. Con carácter general, para el cálculo de evacuación, se deben considerar ocupados simultáneamente todos los recintos de un edificio, salvo aquellos en que la dependencia de usos entre ellos permita asegurar que su ocupación es alternativa y los recintos de densidad nula. Artículo 17 . Zonas bajo rasante . 1 . Aquellas zonas en las que todos los recorridos precisen salvar en sentido ascendente una altura de evacuación mayor que 4m, bien en la totalidad del recorrido hasta el espacio exterior seguro o bien en alguno de sus tramos, no podrán destinarse a permanencia habitual de personas, salvo cuando éstas estén vinculadas a puestos de trabajo destinado a mantenimiento o control de servicio del edificio, o cuando se trate de recintos de gran volumen. _ . 2. Se exceptúan de esta condición el uso garaje aparcamiento así como, en edificios o actividades existentes, la planta inmediata a la baja siempre que el cambio de uso suponga disminución del riesgo y de la peligrosidad . Artículo 18. Salidas 1 . En un recinto o sector de incendio son exigibles salidas opuestas cuando se dé alguna de estas circunstancias : a) La ocupación teórica de cálculo sea superior a 200 personas . b) Algún recorrido de evacuación supere los 25 m, excepto en uso de garaje aparcamiento . c) Si se ubica más de 100 personas bajo rasante. 2. Cuando sean exigibles salidas opuestas al menos un recorrido de evacuación debe ser menor o igual a 50 m,. Además desde cualquier origen de evacuación hasta el punto desde donde partan dos recorridos alternativos no debe ser mayor que 25m. Artículo 19. Puertas situadas en vías de evacuación. 1 . Toda puerta de un recinto que no sea de ocupación nula situada en la meseta de una escalera para evacuación, se debe disponer de tal forma que al abrirse no invada el ámbito de paso de esa escalera. Cuando esté situada en la pared de un pasillo para evacuación, se debe disponer de tal forma que, en la zona de pasillo barrido por la puerta, no disminuya el ancho de paso del mismo más de 10 cm.
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2 . Toda puerta, situada a lo largo de un recorrido de evacuación prevista para más de 50 personas, debe cumplir las siguientes condiciones: a) Ser abatible sobre eje vertical, prohibiéndose el sistema de resbalón por canto. En los casos en que sea previsible la permanencia habitual de personas con discapacidad de automoción se admite sistema de puertas correderas . b) La dirección de abertura debe ser coincidente con la de evacuación, excepto en la salida al espacio exterior de los edificios de viviendas (portales) . c) El ancho mínimo debe ser de 0,80 m y el máximo de 1,20 m para puertas de una sola hoja. d) Cuando disponga de dos hojas, el ancho mínimo de cada hoja debe ser de 0,60 m y el máximo de cada hoja de 1,20 m. e) Las puertas de apertura automática deben disponer de un sistema tal que, en caso de fallo del sistema de apertura, se abran las puertas e impidan que éstas se cierren. Si son abatibles deben permitir que su apertura sea manual. Artículo 20. Cálculo de la anchura de puertas, pasos y pasillos. 1 . A efectos de estudio de evacuación, el ancho mínimo de una puerta, paso o pasillo es función de la ocupación teórica de cálculo . 2. El ancho de puertas, pasos y pasillos para evacuación debe dimensionarse en proporción de 1 m por cada 200 personas asignadas a los mismos. 3. En cualquier caso el ancho mínimo de las puertas, pasos y huecos previstos para evacuación debe ser igual o superior a 0,80 m. 4. En cualquier caso el ancho mínimo de los pasillos previstos para evacuación debe ser igual o superior a 1 m. 5. Se admite que el ancho de una puerta situada en una vía de evacuación se reduzca en 10 cm a cada lado de la misma sobre el ancho exigido en este Reglamento para la vía de evacuación a que sirve, y a efectos exclusivos de colocación del cerco de dicha puerta. 6. Las salidas de edificio deben estar dimensionadas de forma que sean capaces de evacuar a todos los ocupantes de su nivel más el flujo de personas procedentes de las escaleras que al mismo acceden .
38 Artículo 21. Cálculo de la anchura de escaleras 1 . A efectos de estudio de evacuación, el ancho mínimo de una escalera es función de la ocupación teórica de cálculo . 2 . El ancho de una escalera para evacuación debe dimensionarse, para cada nivel, en proporción de 1 m por cada 100 personas, asignadas a la misma. Dicho ancho debe mantenerse en el sentido de la evacuación . de 1 m.
3 . En cualquier caso el ancho mínimo de una escalera para evacuación debe ser
Artículo 22. Hipótesis de bloqueo. 1 . Cuando un recinto o sector deba disponer de más de una salida se partirá de la hipótesis de que la de mayor ancho se encuentra bloqueada . 2. En este caso el grado de circulación media de personas, a efectos de cálculo de evacuación, se puede incrementar en un 50%, por ello : a) El ancho de puertas, pasos y pasillos para evacuación no bloqueados debe dimensionarse en proporción de lm por cada 300 personas asignadas a los mismos . b) El ancho de las escaleras para evacuación no bloqueadas debe dimensionarse, para cada nivel, en proporción de 1 m por cada 150 personas, asignadas a las mismas . Dicho ancho debe mantenerse en sentido de la evacuación. Artículo 23 . Compatibilidad de usos 1 . Todo establecimiento contenido en un edificio de usos compartidos debe tener sus vías de evacuación hasta el espacio exterior seguro independientes de las del edificio, cuando su superficie útil sea mayor de 2000 m2. 2 . Las salidas de emergencia pueden acceder a las vías de evacuación del edificio, siempre que su conexión se realice mediante vestíbulos de independencia y que la vía de evacuación reúna todas las condiciones reglamentarias en cuanto a dimensionado e instalaciones . 3 . En el caso de que estas vías sean exteriores, se puede prescindir del vestíbulo de independencia .
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4 . La evacuación de las personas, en uso público, no puede realizarse a través de los recintos de las instalaciones generales de los edificios ni de zonas de uso almacén .
4ª SECCION Instalaciones de protección en núcleos urbanos . Artículo 24. Hidrantes en los viales de acceso a los edificios. La ordenación y urbanización de terrenos a través de figuras de planeamiento debe incluir la instalación de hidrantes en sus redes de abastecimiento de agua con el fin de facilitar la intervención de los Cuerpos de Bomberos. Artículo 25. Hidrantes en los edificios. 1 . Deben contar con la instalación de al menos un hidrantes los edificios establecimientos especificados en los usos de este Reglamento .
o
2. Los hidrantes situados en las calles públicas o privadas, descritos en el artículo 24, pueden tenerse en cuenta a efectos de cumplimiento de las dotaciones indicadas en este artículo. Artículo 26. Instalaciones en campamentos de turismo. Los campamentos de turismo deben contar con las siguientes instalaciones de protección: a) Como mínimo, un hidrante Ø 80 mm y cuando la superficie útil del campamento supere los 50.000 m2 el hidrante debe ser Ø 100 mm. b) Bocas de incendio equipadas, BIE Ø 25 mm, en número y situación tales que bajo su acción quede cubierta toda la superficie del campamento. Se autoriza disponer, por cada boca de incendio equipada, de un tramo complementario de manguera de 30 m de longitud para ampliar su cobertura, siempre que las condiciones de presión y caudal lo permitan .
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SECCION 58 Edificios en altura. Artículo 27. Ámbito de aplicación . Todos los edificios en altura deben cumplir, además de las condiciones generales y por usos establecidas en este Reglamento, las siguientes de esta sección. Artículo 28 Condiciones de los edificios cuya altura de evacuación es mayor de 28 m. 1 . El sector de incendio máximo admisible queda establecido en 1 .000 m2 de superficie útil en plantas sobre rasante . 2. Cada planta del edificio debe constituir sector de incendio independiente respecto del resto de niveles, excepto en el caso de tratarse de un único establecimiento que constituya sector de incendio independiente . 3 . Todos los núcleos de comunicaciones verticales generales del edifico deben ser sector de incendio independiente y sus elementos constructivos delimitadores RF-180 4 .Todos los patinillos de instalaciones deben ser sector de incendio y sus elementos constructivos delimitadores RF-180. 5 . Los huecos de fachadas, en cada caso, deben estar dispuestos de forma que se obstaculice la propagación del incendio a su través, debiendo ser la franja a que se hace mención en el Artículo 14 .1, de 1,50 m como mínimo . 6 . Deben disponer como mínimo de dos escaleras que sean sector de incendio independiente . 7. La estructura, tanto sustentante como sostenida, debe garantizar su estabilidad ante el fuego EF-180. 8. Los elementos constructivos delimitadores de los sectores de incendio deben ser RF-180. 9. En los caminos de evacuación, los revestimientos en paramentos verticales y techos deben ser MO y en suelos MI, como máximo . 10. Se debe disponer, en las zonas comunes del edificio, una instalación de pulsadores de alarma de incendios.
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11 . Deben disponer en todas las plantas y accesibles a todos los usuarios de las mismas, extintores portátiles, en número de dos por vestíbulo de independencia de cada caja de escalera y de grado de eficacia 21 A y 11313 respectivamente, con independencia de los elementos que se precisen por razón del uso que se desarrolle en cada planta. 12. Deben disponer de Bocas de Incendios Equipadas en número y situación tales que bajo su acción quede cubierta la totalidad de la superficie de cada planta. 13 . Debe disponer, al menos, de un hidrantes Q) 100 mm. 14. Deben disponer en cada una de las plantas de todas las cajas de escaleras o en los vestíbulos de independencia que den acceso a ellas, bocas de salida de Columna Seca que, partiendo de la planta baja, discurra hasta alcanzar el último forjado pisable de la edificación. 15 . Deben disponer, al menos, de un ascensor de emergencia Artículo 29. Condiciones de los edificios cuya altura de evacuación es mayor de 50 m. Además de las condiciones expresadas en el artículo anterior deben cumplir las siguientes condiciones : a) Sistema de detección y alarma en cada nivel. b) Deben disponer, al menos, de dos ascensores de emergencia . c) Zonas técnicas que ofrezcan garantías de continuidad, en cuanto a caudal y presión en las últimas plantas, del abastecimiento de agua contra incendio. Artículo 30 . Condiciones de los edificios cuya altura de evacuación es mayor de 100 m. Además de las condiciones expresadas en los artículos anteriores, deben cumplir las siguientes condiciones : a) Toda planta del edificio debe estar compartimentada de forma tal que al menos conforme dos sectores de incendio independientes con salidas opuestas . b) Dichos sectores deben estar dimensionados de forma tal, que en caso de emergencia sean capaces de albergar cada uno de ellos a las personas propias del sector y a las existentes en el sector de mayor ocupación.
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Artículo 31 Plan de autoprolección
Todo edificio en altura debe disponer de Plan de Autoprotección .
SECCION 68 Graderíos y estructuras con carácter provisional Artículo 32.
Distribución de asientos 1 . Deben cumplir las condiciones de distribución de asientos fijadas en cada _ grupo del uso de espectáculos y reunión de este Reglamento . 2. En escaleras puede eximirse de la obligatoriedad de tabica. Artículo 33.
Estabilidad alfuego Quedan exentas de la condición de estabilidad al fuego, siempre que bajo ellas no exista carga de fuego, que su hundimiento no cause daños a terceros ni afecte a la estabilidad mecánica del resto del edificio. Artículo 34. Reacción alfuego
Los elementos sostenidos deben cumplir las condiciones de reacción al fuego fijadas en cada grupo del uso de espectáculos y reunión de este Reglamento . Artículo 35. Condiciones de uso
sidad 6.
Sólo se permite almacenar bajo o sobre ellos productos de grado de peligro -
CAPITULO SEGUNDO
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Instalaciones generales en los edificios SECCION
la
Generalidades Artículo 36 Ambito de aplicación. Las instalaciones generales de un edificio deben cumplir, además de las prescripciones del presente Reglamento, lo establecido en su reglamentación específica y, se desarrollarán bien como parte del proyecto general del edificio o bien en uno o varios proyectos específicos. En ambos casos, los proyectos deben ser redactados y firmados por técnicos titulados competentes . Artículo 37. Empresas instaladoras. 1 .La instalación de aparatos, equipos, sistemas y componentes a que se refiere este capítulo, se debe realizar por empresa instaladora debidamente autorizadas y registradas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid. 2 . La puesta en funcionamiento de estas instalaciones requiere la presentación ante el mismo del correspondiente boletín o certificado de la empresa instaladora, firmado por un técnico titulado competente de su plantilla y visado por su colegio profesional, o en su caso por el órgano de supervisión de la Administración . En la solicitud de licencia de funcionamiento debe figurar una copia del citado boletín o certificado, debidamente sellada por el correspondiente órgano competente de la Comunidad de Madrid. SECCION 28 Características de los recintos donde se ubican Artículo 38 Generalidades 1 . Los recintos donde se sitúa la centralización de estas instalaciones tienen la consideración de recintos especiales, deben ser de uso exclusivo y no se permitirá ningún tipo de almacenamiento en los mismos .
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2 . Todos los recintos contemplados en la presente sección deben disponer de ventilación natural en proporción de 50 cm2 útiles por cada metro cuadrado o fracción de superficie útil. Cuando la instalación Venga definida por la potencia instalada o absorbida la ventilación debe ser función de ésta en proporción de 50 cm2 útiles cada 10KW (8 .604 Kcal/h) si es directa y de 65 cm2 por cada 10 KW (8 .604 Kcal/h) si se realiza mediante conductos . Artículo 39. Centros de transformaciÓn-
Los recintos destinados a alojar en su interior el centro de transformación deben cumplir las siguientes condiciones : a) Si se sitúan bajo rasante, la altura de evacuación ascendente debe ser igual o menor que 4m, salvo que disponga de dos salidas opuestas y una de ellas comunicada directamente con el espacio exterior seguro accesible a los vehículos del Cuerpo de Bomberos. b) Cuando el dieléctrico de los transformadores o aparatos sea inflamable o combustible, de punto de inflamación inferior a 300 ° C, con un volumen unitario superior a 400 1 o que en conjunto sobrepasen los 1600 l, debe disponer de un sistema fijo de extinción automática con agente extintor adecuado . Cuando carezcan de acceso desde el interior del edificio, los volúmenes de dieléctrico mencionados pueden incrementarse a 6001 y 24001 respectivamente . Cualquiera que sea el volumen de dieléctrico, deben constituir sector de incendio independiente respecto del resto de recintos del edificio, con elementos compartimentadores RF-180 . La estructura debe ser EF-180 c) Si la temperatura de inflamación o combustión del dieléctrico utilizado es igual o superior a 300 ° C (aceite de silicona, aislamiento seco a base de resinas, etc.) deben constituir sector de incendio respecto del resto de recintos del edificio, con elementos compartimentadores RF-60 La estructura debe ser EF-60. d) El grado de reacción al fuego exigible a los materiales de revestimiento, en suelos, paredes y techos, debe ser M0, como máximo. e) En las proximidades de cada acceso, preferiblemente en el exterior del recinto, se deben colocar dos extintores de eficacia mínima 113B
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d) El grado de reacción al fuego exigible a los materiales de revestimiento, en suelos, paredes y techos, deben ser M0, como máximo. e) Sus dimensiones deben ser tales que en el frente de cada caldera, donde se sitúa el quemador, exista un paso libre de al menos 1,50m . En los laterales y parte posterior, el paso libre debe ser como mínimo de 0,60m. f) Cuando el combustible sea líquido, el suelo del recinto debe formar cubeto capaz de recoger el líquido derramado. g) En las proximidades de cada acceso, preferiblemente en el exterior del recinto, se debe colocar un extintor de eficacia mínima 113B. h) Deben disponer de sistema automático de detección de incendios y alarma. i)
Cuando el combustible sea líquido se debe disponer de sistema de extinción automática sobre los quemadores .
Artículo 45 Almacenamiento de combustible liquido Los recintos destinados al almacenamiento de los productos combustibles utilizados por las calderas deben cumplir las condiciones de sector de riesgo alto, medio o bajo definidas en este Reglamento, una vez clasificados según el Real Decreto 142711997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-1P 03 "Instalaciones petrolíferas para uso propio". Articulo 46 Recintos de aire acondicionado y ventilación forzada. Los recintos destinados a alojar en su interior instalaciones o equipos destinados . a la producción de aire acondicionado o a ventilación forzada, que den servicio a más de un sector de incendio, deben cumplir con las siguientes condiciones : a) Deben constituir sector de incendio respecto del resto de recintos, con elementos compartimentadores RF-60. La estructura debe ser EF-60 b) El grado de reacción al fuego exigible a los materiales de revestimiento, en suelos, paredes y techos, debe ser M0, como máximo. c) Sus dimensiones deben ser tales que permitan la accesibilidad a todos sus componentes y equipos, dejando libre un paso de, al menos, 1,00 m en la zona de accesibilidad.
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b) Cuando las baterías de acumuladores eléctricos no puedan desprender gases corrosivos o inflamables (las de tipo alcalino o ácido en vasos cerrados y herméticos), los recintos deben constituir sector de incendio respecto del resto de recinto del edificio, con elementos compartimentadores RF-60 La estructura debe ser EF-60 c) El grado de reacción al fuego exigible a los materiales de revestimiento, en suelo, paredes y techos debe ser MO como máximo. d) En las proximidades de cada acceso, preferiblemente en el exterior del recinto, se debe colocar un extintor de eficacia mínima 11313. Artículo 43 Salas de calderas con potencia total hasta SO kw (43200 Kcal/h) Los recintos destinados a alojar en su interior instalaciones generales de calderas, de estas características, excepto en viviendas, deben cumplir las siguientes condiciones: a) En el caso de que el combustible sea gas, deben disponer de sistema de detección de fugas, situado según normas EN o UNE correspondientes, capaz de activar una válvula automática de corte del suministro cuando se alcance una concentración del 50% del límite inferior de explosividad del gas utilizado . Dicha válvula debe ser del tipo normalmente cerrada ante un fallo de suministro de la energía de accionamiento y la reposición del suministro debe ser siempre manual. Se debe situar preferiblemente en el exterior del recinto y, en caso de que esto no fuese posible, se debe colocar lo más próxima a la entrada de la conducción de gas en el mismo . b) Debe constituir sector de incendio de grado PF-30 . Artículo 44 Salas de calderas con potencia total de más de SO Kw (43200 kcal/h) Los recintos destinados a alojar en su interior instalaciones de calderas, de estas características, ademas de las condiciones del artículo anterior, deben cumplir las siguientes condiciones : a) Si se sitúan bajo rasante, la altura de eVacuación ascendente debe ser igual o menor que 4m. b) Deben constituir sector de incendio independiente respecto del resto de recintos, con elementos compartimentadores RF-180 . c) La estructura será EF-180
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d) El grado de reacción al fuego exigible a los materiales de revestimiento, en suelos, paredes y techos, deben ser M0, como máximo . e) Sus dimensiones deben ser tales que en el frente de cada caldera, donde se sitúa el quemador, exista un paso libre de al menos 1,50m . En los laterales y parte posterior, el paso libre debe ser como mínimo de 0,60m . f) Cuando el combustible sea líquido, el suelo del recinto debe formar cubeto capaz de recoger el líquido derramado . g) En las proximidades de cada acceso, preferiblemente en el exterior del recinto, se debe colocar un extintor de eficacia mínima 11313. h) Deben disponer de sistema automático de detección de incendios y alarma . i)
Cuando el combustible sea . líquido se debe disponer de sistema de extinción automática sobre los quemadores.
Artículo 45 Almacenamiento de combustible líquido Los recintos destinados al almacenamiento de los productos combustibles utilizados por las calderas deben cumplir las condiciones de sector de riesgo alto, medio o bajo definidas en este Reglamento, una vez clasificados según el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 03 "Instalaciones petrolíferas para uso propio". Artículo 46 Recintos de aire acondicionado y ventilación forzada. Los recintos destinados a alojar en su interior instalaciones o equipos destinados a la producción de aire acondicionado o a ventilación forzada, que den servicio a más de un sector de incendio, deben cumplir con las siguientes condiciones : a) Deben constituir sector de incendio respecto del resto de recintos, con elementos compartimentadores RF-60. La estructura debe ser EF-60 b) El grado de reacción al fuego exigible a los materiales de revestimiento, en suelos, paredes y techos, debe ser M0, como máximo . c) Sus dimensiones deben ser tales que permitan la accesibilidad a todos sus componentes y equipos, dejando libre un paso de, al menos, 1,00 m en la zona de accesibilidad.
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d) Deben disponer de sistema de detección de incendios conectado a dispositivo de parada automática. Dicho dispositivo debe poder ser accionado desde la central de detección de incendios, cuando ésta exista . e) En las proximidades de cada acceso, preferiblemente en el exterior del recinto, se debe colocar un extintor de eficacia mínima 113B . Artículo 47 Recintos de maquinaria de aparatos elevadores : Los recintos destinados a alojar la maquinaria de aparatos elevadores se deben someter a las siguientes condiciones: a)Deben constituir sector de incendio respecto del resto de recintos del edificio, excepto de los recintos por los que discurren los camarines, con elementos compartimentadores RF-30. La estructura debe ser EF-30. b) El grado de reacción al fuego exigible a los materiales de revestimiento en suelos, paredes y techos debe ser M0 . c) Sus dimensiones deben ser tales que permitan la accesibilidad a la maquinaria dejando libre en dos lados adyacentes de la misma, al menos un paso de un lm. d) En las proximidades del acceso y preferiblemente en el exterior del recinto, se debe colocar un extintor de eficacia mínima 113B . Artículo 48 Recintos por los que discurren los camarines de aparatos elevadores Deben mantener las condiciones de compartimentación del edificio, excepto de los recintos de maquinaria de los mismos, admitiéndose puertas PF en sus accesos . Artículo 49 Recintos de cocinas industriales. Los recintos destinados a contener cocinas industriales para comedores de empresa o similares, así como las situadas en establecimientos o edificios de uso público, se deben someter a las siguientes condiciones : a) Deben ser sector de incendio respecto del resto de recintos del edificio cuando su superficie útil sea superior a 50 m2, con elementos compartimentadores PF-120 o mediante pantallas o barreras de las utilizadas para control de humos y temperaturas En cualquier caso la estructura será EF-120
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b) El grado de reacción al fuego exigible a los materiales de revestimiento, en suelos, paredes y techos, debe ser M0, como máximo . c) Cuando el combustible utilizado sea gas, se debe disponer de sistema de detección de fugas capaz de activar una Válvula automática de corte de suministro cuando se alcance una concentración del 50% del límite inferior de explosividad del gas utilizado, salvo que todos los aparatos de consumo dispongan de válvula de seguridad . Dicha válvula automática de corte será del tipo normalmente cerrada ante un fallo del suministro de energía de accionamiento y la reposición del suminstro será siempre manual . Se debe situar preferiblemente en el exterior del recinto y, en caso de que esto no fuese posible, se colocará lo más próxima a la entrada de la conducción de gas en el mismo. d) En las proximidades de cada acceso, preferiblemente en el interior del recinto, se debe colocar un extintor de eficacia mínima 11313 . Artículo 50 Recintos de lavandería, plancha y almacenes de lencería. Los recintos destinados a alojar en su interior instalaciones generales dé lavandería y plancha, así como los de almacenamiento de ropa, se deben regir por las siguientes condiciones : a) Los recintos de almacenamiento de lencería, de más de 10 m' de producto almacenado, deben constituir sector de incendio respecto del resto de recintos del edificio con elementos de compartimentación RF-120 La estructura debe ser EF-120 de producto almacenado se deben regir por las Los de más de 50 m3 condiciones especificas del uso de almacén. b) Los recintos de lavandería y plancha, deben constituir sector de incendio respecto del resto de recintos del edificio con elementos compartimentadores RF-60 . La estructura debe ser EF-60. Cuando el almacenamiento de lencería se realice en el propio recinto, se debe regir por las condiciones establecidas en el apartado anterior. c) El grado de reacción al fuego exigible a los materiales de revestimiento, en suelos, paredes y techos debe ser M0, como máximo. d) Deben disponer como mínimo de sistema de detección automática y alarma de incendios . e) En las proximidades de cada acceso, preferiblemente en el interior del recinto, se debe colocar un extintor de eficacia mínima 11313.
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SECCION 3ª Características de otras instalaciones Artículo 51 Instalaciones de iluminación ordinaria y defuerza En general, toda la red de distribución eléctrica debe estar protegida de manera que se impida tanto la iniciación de un incendio como su propagación a través de la misma, prestándose especial atención a los casos en que la misma discurra por espacios donde se puedan producir atmósferas corrosivas, inflamables o explosivas; en los cuales, el conjunto de la instalación debe ser antideflagrante y/o resistente a la acción corrosiva previsible. Artículo 52 Electricidad estática Todos aquellos elementos o maquinaria en los que exista posibilidad de generarse electricidad estática, deben disponer de tomas de tierra. Cuando dichos elementos o maquinaria se encuentren situados en recintos donde puedan producir atmósferas inflamables o explosivas, dichos recintos deben estar se dotados de instalación de ventilación forzada capaz de mantener la atmósfera de los mismos por debajo de los niveles peligrosos y, los elementos o maquinaria susceptibles de generar electricidad estática, deben estar dotados de sistema de extinción automática apropiado . Artículo 53 Chimeneas para calderas con potencia total de más de 50 kw (43200 kcal/h) Los humos o gases procedentes de la combustión deben ser evacuados mediante chimenea propia e independiente, de las destinadas a otras instalaciones . que cumpla con las siguientes condiciones : a) Deben constituir sector de incendio en grado RF-120 como mínimo. b) Se prohibe el paso de chimeneas por recintos de almacén de productos combustibles o inflamables y por recintos destinados a dormitorios . c) Debe procederse a la limpieza periódica de las mismas con frecuencia de, al menos, una vez al año para las de usos alternos de hasta seis meses o menos y dos veces al año en todas las demás. Los registros necesarios para realizar estas operaciones tendrán tapas con una RF-120 o se situarán en recintos carentes de materiales combustibles o inflamables .
Artículo 54
51
Conductos de extracción o distribución y retorno de aire . El diseño y montaje de los sistemas de extracción o de distribución y retorno, deben ser tales que mantengan las condiciones generales de compartimentación del edificio, no favorezcan la propagación de un incendio, ni dificulten las condiciones de evacuación. Para ello deben cumplir, como mínimo, las siguientes condiciones: a) Disponer de dispositivos de compartimentación en coincidencia con el elemento constructivo compartimentador que garanticen la imposibilidad de propagación del incendio a su través, Estos elementos entrarán en funcionamiento cuando la alcance 70° C en su interior, cuando sé produzca un incremento brusco de temperatura temperatura de 30° C por encima de la habitual de servicio o bien cuando circule humo entre ellos. Su entrada en funcionamiento se pondrá de manifiesto en la central de detección cuando ésta exista y debe permitir accionamiento manual cuando el caudal que circule a su través sea superior a 10 .000 m3/h, El dispositivo compartimentador y su unión al elemento constructivo deben ser PF en el mismo grado que el exigido para el elemento constructivo compartimentador en el que se encuentre instalado. b) No pueden discurrir por espacios destinados a caminos de evacuación, salvo que se trate de conductos con una resistencia al fuego igual a la exigida a los elementos compartimentadores de dicho camino . c) En cualquier caso, los conductos de extracción, distribución y retorno, deben estar realizados con productos M1 como máximo. Artículo 55
Campanas extractoras de cocinas industriales Las campanas extractoras, con superficie mayor de 2m2 situadas sobre las zonas donde se realice algún proceso de cocinado, deben disponer de sistemas de extinción automática. adecuado a la posible acumulación en la misma de gasas y depósitos en general. Se deben someter a limpieza periódica con una frecuencia mínima de dos veces al año.
Artículo 56 Conductos de evacuación de gasesy vapores, Deben ser independientes de los de cualquier otra instalación y cumplir con las siguientes condiciones: a) Deben constituir sector de incendio en grado RF-60 como mínimo .
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b) Se prohibe su paso a través de recintos de almacén de productos combustibles o inflamables así como por recintos destinados a dormitorio. c) Se deben evitar en la medida de lo posible los tramos horizontales . Cuando esto no sea posible se debe disponer registros de limpieza y dispositivos que permitan la recogida y sangrado de las grasas, con una separación máxima de 3m. dichos registros deben ser, al menos, RF-60 d) Se debe proceder a la limpieza periódica de los mismos . Artículo 57 Tolvas de descarga Deben cumplir las condiciones siguientes : a) Mantener las condiciones de compartimentación de los edificios o establecimientos por los que discurran con elementos compartimentadores RF-120 y compuertas dé registros de descarga PF-60 del tipo normalmente cerradas. b) El recinto donde descarga debe disponer de sistemas de extinción automática . En la embocadura de descarga se debe disponer de compuerta de cierre automático PF-120. Dicha compuerta debe ser del tipo normalmente cerrada ante un fallo de la energía de accionamiento o retención. SECCION 4a Mantenimiento Artículo 58 Responsabilidad de la revisión 1 . En todas las instalaciones y recintos contemplados en el presente capítulo se deben mantener las condiciones de seguridad que en su momento determinaron la concesión de la licencia de funcionamiento, no pudiendo alterarse o modificarse ninguna de ellas sin la correspondiente aprobación del Departamento u organismo que intervino preceptivamente, en materia de prevención de incendios, en la concesión de la misma . 2 . Es responsabilidad del titular de la actividad el mantenimiento de dichas condiciones de seguridad así como del correcto funcionamiento de todas las instalaciones contempladas, recayendo dicha responsabilidad parcial o totalmente, en una empresa mantenedora autorizada y registrada por el órgano competente de la Comunidad de Madrid cuando exista el correspondiente contrato de mantenimiento .
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Artículo 59 Operaciones de revisión 1 . Los aparatos, equipos, sistemas y componentes a que se refiere el presente capítulo, se someterán a operaciones de revisión después de un incendio y, con la frecuencia que establezca la legislación vigente para los diversos tipos de instalaciones, el fabricante, suministrador o instalador, o en su defecto con frecuencia mínima anual . 2. Las actas de las revisiones que deban ser realizadas por empresas autorizadas y registradas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, en las que debe figurar el nombre, sello y número de registro correspondiente, así como la firma del técnico que ha precedido a las mismas, deben estar a disposición de los servicios competentes de inspección en materia de prevención de incendios, al menos durante cinco años a partir de la fecha de su expedición. 3 . En cada tipo de instalación, se deben sustituir o reparar los competentes averiados cada vez que se detecten.
CAPÍTULO TERCERO Instalaciones de protección contra incendios SECCION 1a Generalidades Artículo 60 Ambito de aplicación l . Las instalaciones de protección contra incendios deben cumplir, además de las prescripciones del presente Reglamento, lo establecido en el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y la Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, y desarrollarse bien en uno o varios proyectos específicos . En ambos casos los proyectos deben ser redactados y firmados por técnicos titulados competentes y visados por su colegio profesional, o en su caso por el órgano de supervisión de la Administración . 2. En todo caso se deben indicar los aparatos, equipos, sistemas o competentes que estén sujetos a marca de conformidad .
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Artículo 61 Fmpresas instaladoras 1 . La instalación de aparatos, equipos, sistemas y componentes a que se refiere este capítulo, con excepción de los extintores portátiles, se debe realizar por empresa instaladora debidamente autorizada y registrada por el órgano competente de la Comunidad de Madrid . 2. La puesta en funcionamiento de estas instalaciones requiere la presentación, ante el mismo, de un certificado de la empresa instaladora emitido por un técnico competente titulado designado por la misma. En la solicitud de licencia de funcionamiento debe figurar una: copia del citado certificado, debidamente sellada por el correspondiente órgano competente de la Comunidad de Madrid . Artículo 62 Características
generales
1 . Los elementos manuales de las instalaciones de protección contra incendios deben estar fácilmente accesibles y visibles o localizables . 2 . Los recintos donde se ubiquen la centralización de las instalaciones de protección contra incendios, los equipos de bombeo y la central de control y alarma, deben ser de sector de incendio, al menos, RF-60 y la estructura debe garantizar su estabilidad ante el fuego en grado EF-60.
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SECCION 2a Instalaciones de protección contra incendios Artículo 63 Tipología A efectos del presente Reglamento, se consideran instalaciones de protección contra incendios los siguientes sistemas: Detección y alarma de incendios. Pulsadores de alarma de incendio. Extintores de incendios . Bocas de incendio equipadas . Hidrantes . Columnas secas Extinción automática Alumbrado de emergencia . Señalización Control de humos y temperatura Abastecimiento de agua Alimentación eléctrica secundaria y de emergencia Bloqueo y retención de puertas . Artículo 64 Recintos exentos citan:
Quedan exentos de las siguientes instalaciones los recintos que en cada caso se Detección y alarma de incendios: Aseos, escaleras y pasillos que sean caminos de evacuación . Extintores de incendios : Aseos . Bocas de incendios equipadas: Aseos, escaleras y pasillos que sean caminos de evacuación. Extinción automática: Aseos, caminos de evacuación y sectores de riesgo nulo . Señalización: Aseos.
SECCION 3a
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Mantenimiento Artículo 65 Responsabilidad de la revisión 1 . En toda actividad se deben mantener las condiciones de seguridad que en su momento determinaron la concesión de la licencia de funcionamiento, no pudiendo alterarse o modificarse ninguna de ellas sin la correspondiente aprobación del Departamento u organismo que intervino preceptivamente, en materia de prevención de incendios, en la concesión de la misma. 2 . Es responsabilidad del titular de la actividad el mantenimiento en condiciones correctas de funcionamiento de todas las instalaciones de protección contra incendios, recayendo dicha responsabilidad parcial o totalmente, en una empresa mantenedora autorizada y registrada por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, cuando exista el correspondiente contrato de mantenimiento . Artículo 66 Operaciones de revisión 1 . Los aparatos, equipos, sistemas y componentes a que se refiere este capítulo, se deben someter a operaciones de revisión después de haber funcionado por causa de incendio y además con la frecuencia mínima que se establece en el cuadro incluido al final de esta Sección. 2. Las revisiones que se establecen con frecuencia de un año y de cinco años, deben realizarse necesariamente por una empresa de mantenimiento de las autorizadas y registradas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid. 3 . Las actas de estas revisiones, en las que debe figurar el nombre, sello y número de registro de la Comunidad de Madrid de la empresa de mantenimiento, así como la firma del técnico que ha procedido a las mismas, deben estar a disposición de los servicios competentes de inspección en materias de prevención de incendios, al menos durante cinco años a partir de la fecha de su expedición . 4 En cada tipo de instalaciones, se deben sustituir los componentes averiados cada vez que se detecten.
OPERACIONES DE REVISION DE LAS INSTALACIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS. EQUIPO CADA TRES MESES CADA SEIS MESES
Columnas secas
Extinción automática
Alumbrado de emergencia Señalización Control de humos y temperatura Abastecimiento de agua
Alimentación eléctrica secundaria o de emergencia Bloqueo y retención de puertas
Comprobación de que las boquillas del agente extintor o rociador. : están en buen estado y libres de obstáculos para su funcionamiento correcto Comprobación del buen estado de los componentes del sistema, especialmente de la válvula de prueba en los sistemas de rociadores, o loa mandos manuales de la instalación de los sistemas de polvo, o agentes extintores gaseosos. Comprobación del estado de carga de la instalación de los sistemas de polvo, agentes extintores gaseosos y de las botellas de gas impulsor cuando existan . Comprobación de loa c ircuitos de señalización, pilotos, etc, en los sistemas con indicaciones de control. Limpieza general de todos los componentes Revisión ocular externa
Comprobación de la accesibilidad de la entrada de la calle y toma# de pisos Comprobación de la señalización Comprobación de las tapas y correcto funcionamiento de tus cierres (engrase si es necesario) Comprobar que las llaves de las conexiones siamesas están cerradas Comprobar que las llaves de seccionamiento están abiertas Comprobar que todas las tapas de racores están bien colocadas y ajustadas Comprobar estado de la válvula de desaireación Comprobar estado de la válvula de descarga
FRECUENCIA MINIMA CADA ANO
Comprobación integral, de acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador, incluyendo en todo caso: Verificación de los componentes del sistema, especialmente la dispositivos de disparo y alarma. Comprobación de la carga de agente extintor y del indicador de la misma (medida alternativa del peso o presión) Comprobación del estado del agente extintor Prueba de la instalación en las condiciones de su recepción Verificación integral de toda la instalación
Revisión general Verificación de apertura automática de todos los aireadores y exutorios y, en su caso, de los equipos de extracción o impulsión forzada
Verificación del correcto funcionamiento de todas las pantallas o barreras de humos móviles, así corno estado y situación de las fijas
Verificación por inspección de lodos los elementos, depósitos, válvulas, mandos, alarmas motobombas, accesorios, señales, etc Comprobación de funcionamiento, automático y manual de la instalación de acuerdo con las instrucción del fabricante o instalador Mantenimiento de acumuladores, limpieza de boinas (reposición de agua destilada, etc) Verificación de niveles (combustible, agua aceite, etc) Verificación de accesibilidad a elementos, limpieza general, ventilación de cala* de botabas, etc Las revisiones que figuren en las instrucciones técnicas del fabricante y además puesta en funcionamiento durante un tiempo minimo de 15 minutos
Accionamiento y engrase de válvulas Verificación y ajuste de prensaestopas Verificación de velocidad de motores con diferentes cargas Comprobación de alimentación eléctrica, líneas y protecciones
Las revisiones que figuren en las instrucciones técnicas del fabricante
Verificación integral de toda la instalación
Gama de mantenimiento anual de motores y bombas de acuerdo con las instrucciones del fabricante Limpieza de filtros y elementos de retención de suciedad en alimentación de agua Prueba del estado de carga de baterías y electrolito de acuerdo con las instrucciones del fabricante Prueba, en las condiciona de su recepción, con realización de curvas del abutocimiento con cada fuente de agua y de energía. Verificación integral de toda la instalación
Verificación integral de toda la instalación
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OPERACIONES DE REVISION DE LAS INSTALACIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS FRECUENCIA MINIMA CADA TRES MESES
EQUIPÓ
CADA SEIS MESES
Comprobación de funcionamiento de las instalaciones (con cada fuente de suministro) . Sustitución de pilotos, fusibles, etc., defectuosos Mantenimiento de acumuladores (Iimpieza de bornes . reposición de agua destilada, etc) .
I Detección y Alarma de Incendio _
Pulsadores de alarma de incendios
Comprobación de funcionamiento de lª instalación (con cada fuente de suministro) Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bomes, reposición de agua destilada).
ExtIntores de incendio
Comprobación de accesibilidad, señalización, buen estado aparente de conservación Inspección ocular de seguros, precintos, inscripciones, etc Comprobación del peso y presión en su caso . Inspección ocular del estado de las partes mecánicas (boquilla, válvula, manguera)
Bocas de incendio equipadas
Comprobación de lª buena accesibilidad y señalización de los equipos Comprobación por inspección de todos los componentes, procediendo ª desenrollar lª manguera en toda su extensión y accionamiento de lª boquilla caso de ser de varias posiciones Comprobación, por lectura del manómetro, de lª presión de servicio Limpieza del conjuntó y engrase de cierres y bisagras en puertas del armario.
HIdrantes
Comprobar lª accesibilidad ª su entorno y lª señalización de los hidrantes aterrados Inspección visual comprobando lª estanqueidad del conjunto Quitar las tapas de las salida, engrasar las roscas y comprobar el estado de las 'untas de los racores
Engrasar la tuerca de accionamiento o rellenar la cámara de aceite del mismo, abrir y cerrar el hidrante, comprobando el funcionamiento correcto de la válvula principal y del sistema de drena j e.
CADA AÑO Verificación integral de lª instalación Limpieza del equipo de centrales y accesorios Verificación de uniones roscadas o soldadas Limpieza y reglaje del relés Regulación de tensiones e intensidades Verificación de los equipos de transmisión de alarma Prueba foral de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico Verificación integral de lª instalación Limpieza de sus componentes Verificación de uniones roscadas o soldadas Prueba final de lª instalación con cada fuerte de suministro eléctrico Comprobación del peso y presión en su caso . En el caso de extintores de polvo con botellín de gas de impulsión se comprobará el buen estado del agente extintor y el peso y aspecto externo del botellín Inspección ocular del estado de lª manguera boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas Desmontaje de lª manguera y ensayo de esta en lugar adecuado . Comprobación del correcto funcionamiento de la boquilla en sus distintas posiciones y del sistema de cierre. Comprobación de la estanqueidad de los racores y mangueras y estado de las juntas . Comprobación de lª indicación del manómetro con otro de referencia (patrón) acoplado en el racor de conexión de la man manguera
CADA CINCO AÑOS
A partir de la fecha de timbrado del extintor (y por tres veces) se procederá ªl retimbrado del mismo de acuerdo con lª ITC-MIE-AP5 del Reglamento de aparatos ª presión sobre extintores de incendios (ROE nº149,de junio de 1982 y BOE n° 101 de 28 de abril de 1998)
Lª manguera debe ser sometida ª una Presión de prueba de B S Kg/cm u
IS E
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CAPÍ TULO CUARTO Comportamiento de los elementos y materiales de construcción ante el fuego SECCION 1 8 Generalidades Artículo 67 Ambito de aplicación 1 . Todos los elementos constructivos y materiales utilizados en la edificación deben cumplir, además de lo establecido en su normativa, al menos, las condiciones del presente Reglamento en cuanto a sus cualidades de estabilidad al fuego, parallamas, resistencia al fuego y reacción al fuego. 2 . Dichas condiciones han de quedar demostradas mediante alguno siguientes procedimientos :
de los
a) Mediante el uso de productos, elementos, o materiales de construcción sancionados por la experiencia . b) Haciendo uso de productos, elementos o materiales de construcción que hayan sido sometidos, por alguno de los laboratorios oficialmente reconocidos para realizarlos, a los tipos de ensayo según las normas EN o UNE correspondientes . c) En el caso concreto de la Estabilidad al fuego, se admiten los métodos de cálculo analítico aprobados por la Unión Europea . Provisionalmente y hasta tanto no exista un método oficialmente homologado por la Unión Europea, se admiten los procedimientos recomendados por dicho organismo, o los valores derivados de los mismos contenidos en el Apéndice 1° de este Reglamento . 3 . Para la concesión de la licencia de funcionamiento de la actividad, la ejecución material del procedimiento, elegido ha de quedar acreditada mediante certificado emitido por el técnico competente director de obra, visado por su colegio profesional o en su caso por el órgano de supervisión de la Administración en el que se garantice tanto la forma de aplicación o puesta en obra como, en su caso, los espesores mínimos requeridos.
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SECCION 28 Estructuras Artículo 68 Elementos estructurales
1 . La estabilidad al fuego requerida para cualquier elemento estructural de un edificio, es la que queda reflejada en cada uso específico o, en su caso, la que se establece para los edificios en altura y para los recintos especiales. 2. Las excepciones por debajo de estos valores se .admitirán cuando pueda demostrarse documentalmente, que la carga de fuego ponderada, ver Apéndice 2° de este Reglamento, y el factor de ventilación del sector de incendio al que pertenece, ver Apéndice 3° de este Reglamento, se corresponden con los valores reflejados en la siguiente tabla:
Carga de fuego ponderada (Q)en Mcal/m2 10
FACTOR DE VENTILACION (S) en m"2 S <0,04 30 60 90 120 180 240 240 240
0,04
0,08 :5S<0,12 0,12_5 S 15 15 60 30 15 60 30 15 90 60 30 120 120 90 180 180 120 240 180 180 240 240 240 Tiempos de estabilidad requeridos en minutos
3 . Cuando la estabilidad al fuego requerida sea igual o inferior a EF-30, 'si fuesen necesarias protecciones, se admitirá cualquier tipo de retardador o pintura intumescente, debidamente ensayados por alguno de los laboratorios oficialmente reconocidos, de acuerdo a lo especificado en las normas EN o UNE correspondientes . Artículo 69 Elementos colgantes Todo elemento de edificación colgante, debe garantizar su estabilidad en grado EF-30, excepto en el caso de tratarse de estructura portante del edificio, cuyo grado EF debe cumplir lo especificado en el articulado anterior .
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Artículo 70 Excepciones Quedan exentos de las exigencias de estabilidad al fuego los siguientes casos : a) Los sectores de riesgo nulo. b) Las cerchas, forjados ligeros y formas similares en cubiertas, sobre los que es exigible la aplicación de un retardador o pintura intumescente de grado EF-30, siempre que el suelo sobre el que previsiblemente ha de caer en caso de colapso, esté capacitado para mantener su capacidad mecánica ente el impacto y no se deriven daños a terceros c) Los elementos estructurales exteriores exentos y los elementos de fachada en su cara externa. d) Las estructuras provisionales en exposiciones, espectáculos y similares, siempre que bajo ellas no exista carga de fuego, que su hundimiento no cause daños a terceros niafecte a la estabilidad mecánica del resto del edificio.
SECCION 3ª Materiales de revestimiento, decorativos, ocultos y similares . Artículo 71 Materiales de revestimiento y decorativos El grado de reacción al fuego exigible a cualquiera de los materiales de revestimiento o acabado y decorativos, es el que queda reflejado en los usos específicos y en su caso para los edificios en altura y para los recintos especiales . Artículo 72 Materiales ocultos Los materiales ocultos en el interior de falsos techos o falsos suelos, como los revestimientos de conductos de instalaciones deben ser de grado de reacción al fuego de MI como máximo .
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4' Mantenimiento Artículo 73 Responsabilidad de la revisión 1 . Todos los elementos constructivos y materiales utilizados en la edificación contemplados en el presente capítulo, deben mantener las condiciones que en su momento determinaron la concesión de licencia de funcionamiento, no pudiendo alterarse o modificarse ninguna de ellas sin la correspondiente aprobación del Departamento u organismo que intervino preceptivamente en materia de prevención de incendios, en la concesión de la misma. 2 . Es responsabilidad del titular de la actividad el mantenimiento de dichas_ condiciones . Artículo 74 Operaciones de revisión 1 . Los mecanismos o automatismos de que pudieran disponer los elementos y materiales a que se refiere el presente capítulo, deben someterse a operaciones de revisión después de haber funcionado por causa de incendio y además, con una frecuencia mínima anual, por una empresa de mantenimiento de las autorizadas y registradas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid. 2. Las actas de estas revisiones, en las que debe -figurar el nombre, sello y número de registro de la Comunidad de Madrid de la empresa de mantenimiento, así como la firma del técnico que ha procedido a las mismas, deben estar a disposición de los servicios competentes de inspección en materia de prevención de incendios, al menos durante cinco años a partir de la fecha de su expedición . 3 . En cualquier caso, deben ser restauradas o respuestas las condiciones originales, cuando se detecte cualquier fallo o deterioro de las mismas .
Normativa de prevención de incendios " Normas Reglamentarias :
(Leyes, Decretos, Reglamentos, Ordenes Ministeriales, Normas Básicas, Ordenanzas Municipales y Provinciales)
" De la Administración Pública " Obligatorias ® Reglas Técnicas :
(Normas UNE, Reglas Técnicas CEPREVEN, Instrucciones Técnicas ITSEMAP, Normas NFPA)
" No son obligatorias " Cubren lagunas de la Normativa oficial
" Regulan equipos e instalaciones
Normativa reglamentaria más importante :
NORMA BÁSICA DE LA EDIFICACIÓN CONDICIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN LOS EDIFICIOS
NBE-CPI
Versiones:
NBE-CPI /81 NBE-CPI /82 NBE-CPI /91 NBE-CPI /96
Ministerio de Fomento (Administración del Estado)
ORDENANZA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS
del Ayuntamiento de Madrid
OPI Versiones :
OPPI / 76 OPI / 93
Obligatoria solamente en el Término municipal de Madrid
Normativa reglamentaria más importante: LEY DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS de la Comunidad de Madrid
(Ley 14194 de 1 .995)
REGLAMENTO DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS de la Comunidad de Madrid
Rango jurídico superior a NBE-CPI
Sustituye a OPI de( Ayuntamiento
Normas UNE (UNA NORMA ESPAÑOLA)
" Son normas técnicas o tecnológicas : se refieren a equipos o instalaciones " También regulan condiciones de ensayo de productos, materiales, etc " Por si solas no son obligatorias " Origen :
AENOR
(ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIóN)
" Equivalencia y unificación con normas europeas EN En prevención de incendios o lucha contra incendios se encuadran en la serie 23 .000
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Normativa reglamentaria del M° de Industria : REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS ELECTRICIDAD : " Reglamento de Alta Tensión e Instrucciones ITC-MIE-RAT " Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones ITC-MI-BT APARATOSA PRESIÓN : " Reglamento de Aparatos a presión e Instrucciones ITC-MIE-AP CALEFACCIÓN, AGUA CALIENTE Y CLIMATIZACIÓN : " Reglamento de Instalaciones de calefacción, climatización y agua Caliente sanitaria e Instrucciones IT-IC " Reglamento de plantas e Instalaciones frigoríficas e Instrucciones ITC-MI-IF " Reglamento sobre utilización de productos petrolíferos en calefacción y usos no industriales
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Normativa reglamentaria del M° de Industria : ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIóN DE COMBUSTIBLE : " Reglamento de Almacenamiento de productos Químicos e Instrucciones ITC-MIE-APQ Reglamento de Almacenamiento de GLP en depósitos fijos " Reglamento de Almacenamiento y Distribución de GLP envasado " Reglamento de Almacenamiento y Suministro de GLP a granel para vehículos a motor " Reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos e Instrucciones ITC-MIG " Reglamento de Instalaciones de gas en locales de usos domésticos, colectivos o comerciales " Reglamento de Aparatos que utilizan Gas como combustible e Instrucciones ITC-MIE-AG INSTALACIONES Y PRODUCTOS PETROLÍFEROS : " Reglamento de Instalaciones Petrolíferas e Instrucciones ITC-MI-IP
Otra normativ a reglam entaria : REGLAMENTOS DE ESPECTÁCULOS " Reglamento de Policía de Espectáculos de 1 .935 " Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos de 1 .982 " Ley de Espectáculos Públicos de la Comunidad de Madrid, de 1 .997 URBANÍSTICOS " Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1 .985 " Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1 .997 " Reglamento de actividades Molestas, Insalubres, nocivas y Peligrosas OTRAS DISPOSICIONES SECTORIALES " Prevención de incendios en establecimientos turísticos " Protección anti-incendios en establecimientos sanitarios " Instrucción técnica IT .02 de prevención de Incendios en centros escolares RELACIONADAS CON EL PLAN DE EMERGENCIA
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REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
del Ministerio de Industria
Instalaciones
reguladas :
" Sistemas automáticos de detección de incendio UNE 23 .007 " Sistemas manuales de alarma de incendios Sistemas de comunicación de alarma " Sistemas de abastecimiento de agua UNE 23 .500 " Sistemas de hidrantes exteriores UNE 23 .405, UNE 23 .406 y UNE 23.407 " Extintores de incendio (portátiles) UNE 23 .110 " Sistemas de bocas de incendio equipadas (BIE) UNE 23 .402 y UNE 23 .403 " Sistemas de columna seca " Sistemas de extinción por rociadores automáticos de agua UNE 23 .590 a UNE 23 .597 " Sistemas de extinción por agua pulverizada UNE 23 .501 a UNE 23 .507 " Sistemas de extinción por espuma física de baja expansión UNE 23 .521 a UNE 23 .526 " Sistemas de extinción por polvo UNE 23 .541 a UNE 23 .544 " Sistemas de extinción por agentes extintores gaseosos
9 REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIóN CONTRA INCENDIOS
del Ministerio de Industria
Objetivos : " Certificación de productos e instalaciones : marca
de conformidad "N" de
PRODUCTOS
INSTALADORES MANTENEDORES
" Condiciones de los equipos e instalaciones normas UNE
" Condiciones de mantenimiento
lo
REGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN ITC-MIE AP 5 EXTINTORES DE INCENDIO
REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN MI-BT 025 ALUMBRADO DE EMERGENCIA, DE SEÑALIZACIÓN Y DE REPOSICIÓN
REGLAMENTO DE ALTA TENSIÓN MIE-RAT-14 INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE INTERIOR
REGLAMENTO DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS MIE-APQ 001 ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES MIE-APQ 002 ALMACENAMIENTO DE ÓXIDO DE ETILENO MIE-APQ 003 ALMACENAMIENTO DE CLORO MIE-APQ 004 ALMACENAMIENTO DE AMONIACO ANHIDRO MIE-APQ 005 ALMACENAMIENTO DE BOTELLAS GASES COMPRIMIDOS, LICUADOS Y DISUELTOS A PRESIÓN
II
REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE SANITARIA IT-IC 07 SALA DE MÁQUINAS
REGLAMENTO DE INSTALACIONES PETROLÍFERAS MI-IP 01 REFINERÍAS MI-IP 02 PARQUES DE ALMACENAMIENTO DE LíQUIDOS PETROLÍFEROS MI-IP 03 INSTALACIONES PETROLÍFERAS PARA USO PROPIO MI-IP 04 GASOLINERAS Y SIMILARES
TEMA 9
9. 1
TRIÁNGULO Y TETRAEDRO DE L FUEGO FUEGO : Es la acción de arder, combustión u oxidación de la materia . Aparece o sucede por reacciones químicas . COMBUSTIÓN: Es toda reacción química que se origina mediante un proceso de oxidación rápida sobre determinados materiales, con desprendimiento de calor, a veces también con desprendimiento o emisión de luz. Normalmente son reacciones exotérmicas . (La energía química almacenada en las moléculas, se transforma en energía calorífica) . Existen diferentes tipos de combustiones: -COMBUSTIÓN NO AUTOMANTENIBLE . -COMBUSTIÓN AUTOMANTENIBLE . -COMBUSTIÓN ESPONTÁNEA . -FERMENTACIONES . (Transformación de una sustancia, producida por la acción de otra denominada fermento). MECANISMOS DE LA COMBUSTIÓN: l°) Cuando un combustible sólido entra en combustión, sobre su superficie se ha producido un ataque de 02 (Normalmente mente oxígeno ambiente) . 2°) Para que dicho ataque se efectúe, es necesario que se rompan los enlaces de carbono del combustible, liberando parte de ellos . 3°) Las moléculas de oxígeno, compuestas por dos átomos cada una, se rompen también, quedando éstos átomos en condiciones de atacar al carbono . 4°) Para que se produzca la rotura de los enlaces del combustible y el oxígeno, se necesita una aportación de calor. Dicho calor, es el necesario para en cada sustancia combustible crear su punto dé inflamación . La continuidad de esta reacción es el fuego y en la formación de nuevas sustancias se desprenden cantidades de energía, con las siguientes posibilidades : a) Si la cantidad de energía desprendida de la combustión, es mayor ` que la suministrada en origen, es una reacción exotérmica. Permite la rotura de enlaces de carbono-oxígeno, con reacción continuada. Son las combustiones normales .
9. 2
b) Si la cantidad de energía desprendida en la combustión, es menor que la aportada, la reacción no prosperará, es una reacción endotérmica . SÍ queremos que la combustión se mantenga, será necesario mantener la energía de activación de forma continuada . Es una combustión no automantenible . IGNICIÓN : Temperatura mínima a la que un material comienza a desprender gases o vapores inflamables . INFLAMABILIDAD : Efecto de encenderse una materia, según cualidad y concentración de vapor-aire . Es para cada materia distinta . (Cuanto más dividida se encuentra una materia, más fácil será .,su inflamación) LÍMITE DE INFLAMABILIDAD : Es aquella concentración de combustible y comburente capaz de entrar en combustión, siempre en presencia de energía de activación . PROPAGACIÓN DE LA INFLAMACIÓN : Efécto progresivo de la combustión, según la sustancia y factores que intervengan . LÍMITE SUPERIOR DE INFLAMABILIDAD (L.S.I.): Mezcla más rica en concentración de oxígeno y combustible . LÍMITE INFERIOR DE INFLAMABILIDAD (L.I.L): Mezcla más pobre en concentración de oxígeno y combustible . -Por Debajo (fuera) del límite inferior de inflamabilidad, la mezcla es pobre en combustible, NO ARDE. Por Encima (fuera) del límite superior de inflamabilidad, la mezcla es pobre en oxígeno . NO ARDE.
9.3
COMBUSTIBILIDAD DE LOS MATERIALES : Es la reacción o comportamiento de los materiales ante el fuego. Los regula la norma U.N.E. (una norma española) 23 .727 M-0. INCOMBUSTIBLE . M-1. COMBUSTIBLE NO INFLAMABLE. M-2. BAJA INFLAMABILIDAD . M-3. MEDIA INFLAMABILIDAD. M-4 . ALTA INFLAMABILIDAD .
TRIÁNGULO DEL FUEGO DEFINICIÓN : Antigua teoría de la combustión. Se representaban los factores que intervienen en el fuego mediante un. triángulo equilátero . Tres factores, tres lados . - Combustible o agente reductor. - Comburente u oxidante . - Energía de activación (calor) .
Combustible
Comburente
Energía de activación
TETRAEDRO DEL FUEGO DEFINICIÓN: Moderna teoría de la combustión. Está representado por cuatro elementos, ligados entre sí : -Combustible o agente reductor -Comburente u oxidante -Energía de activación -Reacción en cadena.
9.4
ORÍGENES DEL TETRAEDRO DEL FUEGO : Se pensó que debía haber una causa no considerada hasta ese momento, es decir, un elemento más que mantuviese la combustión. Se llegó a la conclusión de que las moléculas iniciales del combustible se combinaban con el oxígeno, en una serie de etapas sucesivas, llamadas reacción en cadena, hasta llegar a los gases finales de la combustión( C02, C0, H20). Durante éstas etapas intermedias, se forman moléculas inestables (radicales hidróxilos, OH o H0, es decir, hidrógeno y oxígeno) o radicales libres, quienes dan origen y a las llamas, formando nuevos elementos combustibles, hasta terminaralimentcó con el agente reductor, Se llegó, pues, a la conclusión de añadir este elemento más (Reacción en cadena), repsntado los cuatro por medio de un tetraedro (cuatro caras o lados), Los componentes o elementos están ligados entre sí, no puede subsistir la combustión si se elimina cualquiera de ellos. Vamos a definir los 4 COMPONENTES : a) COMBUSTIBLE: Toda sustancia o compuesto que pueda arder, según la concentración de vapor-aire. Según los químicos, el combustible es un agente reductor. Se denomina así a toda sus-tancia capaz de perder uno o varios electrones para combinarse con el comburente .En este proceso, el agente oxidante (oxígeno) recoge los electrones correspondientes y el agente reductor (combustible) se oxida. Son de más fácil oxidación las sustancias o compuestos ricos en hidrógeno y carbono . b)COMBURENTE : Elemento que reacciona con el combustible y que aviva la materia incendiada, Generalmente es el oxígeno, aunque existe otro tipo de agentes oxidantes como el cloro o el flúor. c) ENERGÍA DE ACTIVACIÓN :Calor que proporciona la temperatura necesaria para que cada compuesto o sustancia entre en combustión . d) REACCION EN CADENA: Es el auto mantenimiento de la combustión, a través de la creación de los radicales libres (hidróxilos OH o HO), ya que una vez puesta en marcha progresa por sí misma en velocidad y aumento, dando una energía mayor que la necesaria en orígen, conllevando a un número creciente de las roturas de los enlaces carbono y oxígeno .
DEFINICIÓN DE PIRÓLISIS :
9. 5
Es la descomposición de una sustancia química por el efecto del calor (vapores-gases) . Finalmente, vamos a ver un ejemplo de reacción en cadena entre el hidrógeno y el cloro. Dichas sustancias en la oscuridad pueden permanecer en íntimo contacto durante mucho tiempo, sin reaccionar aparentemente. Basta la aparición de luz solar para que el proceso se realice de forma explosiva, siendo la luz la que desempeña el papel de foco calorífico. EXPOSICIÓN Y DESARROLLO : -La luz disocia algunas moléculas de Cloro en Cloro naciente CL2 = CL+CL -Estos Cloros muy activos reaccionan con moléculas de hidrógeno dando Acido Clorhídrico más Hidrógeno CL+H2=CLH+H -El Hidrógeno, también muy activo, a su vez reacciona con moléculas de Cloro dando elAcido Clorhídrico más Cloro H+CL2=CLH+CL. ¿Cuándo termina la reacción en cadena? -Cuando todos los Cloros han reaccionado con los Hidrógenos H+CL=CLH -Cuando los Cloros reaccionan entre sí CL+CL= CL2 -Cuando los Hidrógenos reaccionan entre sí H+H= H2. En este aspecto está basado uno de los métodos dé extinción o mecanismos empleados por los inhibidores de la reacción en cadena.Son productos de compuestos halogenados que mediante la acción anticatalítica o de inhibición, neutralizan los radicales libres que mantienen la reacción .
TEMA 10
lo. t
TEORÍA DEL CO NTROL D EL FUEGO O MECANISMOS DE EXTINCIÓN INTRODUCCION En este tema trataremos los fundamentos del control del fuego, detallando los cuatro sistemas básicos de extinción: A) B) C) D)
ENFRIAMIENTO DILUCIÓN DEL OXIGENO O SOFOCACIÓN ELIMINACIÓN DEL COMBUSTIBLE INHIBICIÓN QUÍMICA DE LA LLAMA (ROTURA DE LA REACCIÓN EN CADENA)
Sabemos, después del estudio del tema anterior, que eliminando uno de los cuatro elementos que intervienen en la combustión (calor, oxígeno, combustible y reacción en cadena), sea cual fuere el método empleado, apagaremos cualquier fuego . A modo de recordatorio, volvemos a insistir en que la combustión es una reacción química, que consiste en la combinación continua de un combustible(agente reductor) y un oxidante(normalmente oxígeno), motivada por la aportación de calor a ambos de una energía de activación. Todas las reacciones tienen un factor común, son exotérmicas (es decir, transformación de la energía química en calorífica). También hemos de saber que existen algunos metales que poseen características de combustión únicas y que reaccionan sin presencia de oxidante o comburente. En determinadas condiciones, el magnesio y el aluminio arden en atmósferas puras de nitrógeno. En este tema, vamos a tratar el fuego en su aspecto-más común, es decir, la rápida oxidación a temperaturas por encima de los ochocientos quince grados centígrados, con presencia de productos gaseosos muy calientes y emisión de radiaciones. La combustión se puede dar de dos formas diferentes: -
CON LLAMA(incluyendo explosiones) SIN LLAMA(incluyendo las ascuas de profunda incandescencia)
10 .2
MECANISMOS DE EXTINCIÓN : Se denomina mecanismos de extinción a los métodos por los cuales se puede extinguir un fuego . Existen, como ya hemos indicado, cuatro, uno por cada lado del tetraedro .
a) Extinción Por Enfriamiento: En este método, el agua aplicada a chorro directamente o pulverizada, constituye el medio más eficaz para eliminar el calor de los materiales combustibles ordinarios (madera, papel, paja, cartón y otros materiales utilizados en la construcción, mobiliario y enseres de los edificios . Este mecanismo de extinción consigue el enfriamiento del combustible sólido, deteniendo la liberación de gases y vapores inflamables . Un gramo de agua absorbe 540 calorías, por tanto, al tener dicho elemento un alto calor específico, es el mejor refrigerante, además de abundante y barato. b) Extinción Por Dilución Del Oxígeno O Sofocación : Todos sabemos, que el oxígeno (02) está presente en forma de gas, libre en la atmósfera, en una concentración de entre el 20,9-21%, acompañado del 78% de nitrógeno y 1% de argón, helio, CO2 y otros gases nobles. También puede estar combinado en forma de productos, como hipocloritos, cloratos, nitratos, óxidos, peróxidos, etc. Pues bien, hemos de tener encuenta que el término dilución sólo podemos aplicarlo cuando la extinción se trate de de presencia de oxígeno en estado gaseoso libre. En el estado combinado, el 02 queda bloqueado dentro de la molécula y su dilución es imposible. Todos los productos químicos de esta categoría (combinación de oxígeno y otras sustancias) presentan un alto riesgo para su extinción y dan motivo a que éste método de extinción no dé resultado.(el oxígeno no puede diluirse, ni tampoco sofocarlo o aislarlo, ya que forma parte del propio compuesto. La dilución del 02 se logra también por la formación del vapor generado por la aplicación del agua pulverizada en recintos cerrados . Por efecto de la absorción de calor, el agua pasa de líquido a gas o vapor y aumenta su volumen alrededor de 1 .650 1 .700 veces . Un litro de agua produce entorno a 1 .880 litros de vapor. Este vapor, al caer sobre el fuego en un recinto cerrado, diluye o disemina el oxígeno, consiguiendo así, apagar también por sofocación . Los combustibles sólidos, presentan su propia gama de demandas mínimas de 02 . Por ejemplo, se sabe que la madera continúa ardiendo en forma incandescente despues de completar su etapa de combustión con llama, en concentraciones de oxígeno no superiores al 4-5%. El acetileno necesita una concentración de 02 inferior al 4% . Por otra parte, los gases y vapores de los hidrocarburos, no suelen arder cuando el nivel de 02 está por debajo del 15% . Una atmósfera es irrespirable para el ser humano por debajo del 18% de oxígeno .
10 . 3
Ejemplos De Extinción Por Sofocación : -
-
MANTA BATEFUEGOS TAPA SARTÉN
c) Extinción Por Eliminación Del Combustible: Como ya sabemos, el combustible es un agente reductor, por lo que si eliminamos éste, se extinguirá el fuego. Su eliminación puede lograrse apartándolo directamente del fuego(quitar los objetos susceptibles de propagación) o indirectamente separando por algún procedimiento los vapores del combustible en la combustión con llama. En caso de líquidos combustibles o inflamables y gases, cerrando una llave de paso o taponando una fuga . d) Extinción Por Inhibición Química De La Llama : Los métodos de extinción por enfriamiento, por dilución del OZ y separación del combustible, son aplicables a toda clase de fuegos, ya sea de combustión con llama, o sin ella. La extinción por inhibición química de la llama, es aplicable solamente,a los casos de combustión con llama. Este método se conoce parcialmente y en la actualidad es objeto de importantes trabajos de investigación. Aunque no cabe duda de que la llama puede extinguirse por medios químicos, éste hecho se conoce fundamentalmente de forma empírica(a través de la experiencia o basado en ella). Lo más destacado de éste método, es su extremada rapidez y alta eficacia relativa con que llega a la extinción. Es el único método capaz de impedir que se produzca explosión en una mezcla gas-aire o gas-oxígeno, una vez ocurrida la ignición. Este mecanismo de extinción (inhibición química de la llama) se fundamente en que no permite las activas (OH) o radicales, que son los que dan origen y alimentación a las llamas (reacción en cadena).Todavía se desconoce la manera exacta en que las acciones de las especies activas actúan en el proceso de extinción de la llama. Se sabe, sin embargo, con seguridad, que las sustancias que tienen estas propiedades se encuentran en estas categorías : 1. Hidrocarburos Halogenados, líquidogaseosos. Bromotrifluorometano (halón 1301) . Bromoclorodifluorometano (halón 1211). Dibromotetrafluorometano (halón 2402). Prohíbida su fabricación y utilización como agentes extintores desde el pro-tocolo de Montreal en 1994, por el impacto negativo en la capa de ozono. 2. Sales metálicas alcalinas, cuya parte catiónica (electro positiva) es sodio o potasio y la parte aniónica. (electro negativa) es bicarbonato, carbonato o un haluro . Bicarbonato de sodio ( polvo químico-seco). Bicarbonato de potasio (purple K). Carbonato de potasio (monnex). 131G8 Bicarbonato Cloruro de potasio ,P> sodio
"
H catiónica cationica
potasio
carbonato o haluro R
- aniónica
Bicarbonato de sodio Bicarbonato de potasio V
carbonato de
potasio
cloruro de potasio
`t°,%
TEMA 11
11 . 1
CLASIFICACIÓN DE LOS FUEGOS
Todos los cuerpos y materiales se oxidan aunque la velocidad de reacción es muy lenta . Esto significa que se desprende energía y se libera calor, aunque sea tan lenta que no llegamos a percibirlo. Pero si la oxidación es rápida, se llama combustión y cambia el ambiente por las sustancias desprendidas . ' La Combustión es una reacción química que mediante el proceso de oxidación rápida sobre ciertos materiales desprende luz y calor . Esta reacción puede ser: EXOTÉRMICA : Es aquella reacción que desprende más energía que la suministrada. ENDOTÉRMICA : Es todo lo contrario a la anterior, es decir, la energía desprendida es menor que la suministrada. Absorbe calor. La energía desprendida por una combustión es siempre en forma de temperatura y cada sustancia o material, necesita una cantidad distinta de aporte de energía calorífica o temperatura para llegar a su punto de inflamación. Punto de Inflamación es la temperatura más baja en la que una sustancia emite gases combustibles capaces de arder en presencia de una llama o chispa. Ejemplos : . Líquidos
Gasolina = -39°C Aguarrás = +3 5°C Aceite de oliva = +225°C
Sólidos
Madera de Pino +225°C Papel prensado +230°C Poliestireno +345°C (corcho blanco)
CROQUIS TEMA - I I
11 .2
CLASIFICACIÓN DE LOS MATERIALES, SE MIDE SEGÚN SU :
COMBUSTIBILIDAD NORMA UNE 23727 PELIGROSIDAD
MO - INCOMBUSTIBLES Ml - COMBUSTIBLE NO INFLAMABLE M2 - BAJA INFLAMABILIDAD M3 - MEDIA INFLAMABILIDAD M4 - ALTA INFLAMABILIDAD
ALTA: +23°C MEDIA: de +23°C a 61°C BAJA: más de 61°C
LAS SUSTANCIAS COMBUSTIBLES
PUNTO INFLAMACIÓN > +61°C
PUEDEN SER
PUNTO INFLAMACIÓN < +61°C
TRANSMISIÓN DEL FUEGO
PROPAGACIÓN D E LA INFLAMACIÓN
0
INFLAMABLES ->
CONTACTO - JUNTOS PEGADOS, ETC. CONDUCCIÓN -A TRAVÉS DE UN CUERPO INTERMEDIO CONVECCIÓN - MEDIO CIRCUNDANTE (gases, líquidos) RADIACIÓN - RADIACIÓN DE UN CUERPO A OTRO: Rayos caloríficos. LENTA - MENOS DE cm/seg. NORMAL - MEDIDA EN cm/seg. (centímetros segundo) RÁPIDA - MEDIDA EN m/seg. (metros segundo)* MUY RÁPIDA - MEDIDA EN km ./seg. (kilómetros segundo)* * Explosiones
LA PROPAGACIÓN PUEDE SER SEGUN SU DESARROLLO
EN DESCENSO HORIZONTAL VERTICAL RADIACIÓN FRONTAL POR FACHADA (CONVECCIÓN)
11 . 3
CLASIFICACIÓN DE LOS FUEGOS NORMA (UNE 23010)
SEGÚN LA NATURALEZA DEL COMBUSTIBLE
A B C D E
SEGUN FORMA
PLANO: Predominio de Fuego horizontal (no ángulos muertos)
DEL ->
VERTICAL: El Fuego: Horizontal Vertical Inclinado
FOCO
SÓLIDOS . Tejidos, fibras, madera, papel. LIQUIDOS, Gasolinas, fuél, disolventes, etc. GASES. (sometidos a presión) butano, propano, etc. METALES ESPECIALES M Polvo de metal ELECTRICOS (NO CLASIFICADOS NORMA UNE)
si ángulos muerto
ALIMENTADO: Cuando el Fuego, plano o vertical es alimentado por depósito no afectado.
SEGÚN SU SUPERFICIE--> EN LLAMAS
k
PEQUEÑO :-4m2 MEDIANO : Entre 4 m2 y 10 m2 GRANDE: Entre 10 m2 y 100 m2 DE ENVERGADURA : + de 100 m2 a oo (o que las llamas alcanzan alturas superiores a la diagonal media de la super ficie horizontal afectada . 4+8=12 :2=6 m H: 6m
m _.
4m
4m.
8m
4m.
SEGÚN SU
INTERIORES
SiTUACIÓN EXTERIORES
CONTENIDO - enseres CONTINENTE : Elementos construc. Bajo rasante Sobre rasante En E .G.A.
11.4
Todos los materiales se clasifican según su combustibilidad y su peligrosidad, es decir, según su respuesta reacción y comportamiento ante el fuego, para lo cual se hace una serie de pruebas y ensayos y después quedan clasificados en uno de los grandes grupos que existen actualmente y que contempla la O.P .I. en su norma UNE 23 .727 y son : Material M 0 incombustible : piedras, hormigón, vidrio, metales Material M 1 combustible no inflamable: aglomerados ignífugos P .V.C. rígido - melamina Material M 2 baja inflamabilidad : madera gruesa, moquetas, lána cartón, yeso (pladur) Material M 3 inflamabilidad media: madera fina +10 m/m, aglomerado +14m/m, moquetas Material M 4 altamente inflamable : madera -10 m/m, moquetas acrílicas, aglomerado -14m/m, tejidos cortinas, espumas, etc.
También se clasifican según su peligrosidad, es decir, que el punto de inflamación_ de algunas sustancias está comprendido entre estas medidas y temperaturas : ALTA = menos de 23°C MEDIA = entre 23°C y 61°C más de 61°C BAJA-
Peligrosidad
Las sustancias pueden ser combustibles o inflamables Las sustancias combustibles : Son aquellas que en presencia de oxígeno y aportando una , cierta energía de activación (calor) son capaces de arder estando su punto de inflamación por encima de 61° centígrados . Las sustancias inflamables : Son todas aquellas que pueden arder a temperaturas inferiores a 61° centígrados . Las sustancias pueden ser
UNE
Combustibles = 02 + calor = +61°C o Inflamables= 02 +calor = +61°C
Clasificación de los Materiales 23727 Clasificación de los Fuegos 23010
No confundir al estudiar
11 .5
El fuego se transmite de unos cuerpos a otros de 4 formas: TRANSMISIÓN DEL FUEGO
Contacto : Se propaga por contacto directo de la llama con las sustancias próximas de arder. susceptibles
Conduccion: El calor de un fuego o una fuente de calor puede ser conducido a través de un cuerpo intermedio que sea conductor del calor, (y que no arde). Ej: Puertas de acero, tuberías, etc.
Convección : El calor puede viajar dentro de un medio circundante como los gases y líquidos, al calentarse se desprende calor se expande y sube circulando.
Radiación : El calor se puede radiar de un cuerpo a otro por los rayos caloríficos en el espacio igual que el sol., etc .
11. 6
La propagación del fuego además de por su velocidad también se clasifica por su desarrollo : " _ En descenso : Derrame de líquidos inflamados Horizontal : Avanzando de forma concéntrica Vertical : Por altura de las llamas " Radiación frontal:Rayos caloríficos " Por fachada: Efecto de convección (circulando el calor) La propagación de la inflamación : Es el efecto progresivo de la combustión según las sustancias y factores que intervengan en la misma y puede ser de 4 formas : "
Lenta Normal - Medida en cenfmetros/segundo Rápida - Medida en metros/segundo Muy Rápida - Medida en km./segundo
Es evidente que las dos últimas clasificaciones de la propagación del fuego corresponden a explosiones .
CLASIFICACION DE LOS FUEGOS Según la naturaleza del combustible pueden ser de 4 tipos:_ A, B, C, D
(E)
Nos atendremos a la norma UNE 23010 que regula la actual clasificación de los fuegos . Fuegos de clase A: Son los que se producen al arder combustibles sólidos como tejidos, fibras, madera, etc. Retienen el oxígeno en su interior formando brasas, llamados también fuegos profundos y alcanzan temperaturas superiores a 600° C.
11 . 7
Fuegos de clase B: Son los producidos por sustancias combustibles líquidas que se queman dando llama y sólidos que se queman en estado líquido como son gasolinas, fuel, aceites, grasas, alquitrán, parafina. Solamente arden en su superficie, la que está en contacto con el oxígeno del aire, alcanzan temperaturas superiores a los 900° C . Fuegos de clase C: Son aquellos que las sustancias que arden se encuentran en estado gaseoso y a presión, como son: metano, propano, etano, etileno, hidrógeno . Generalmente se encontrarán en recipientes presurizados lo que añade un incremento de la peligrosidad si el fuego afecta al recipiente apareciendo el riesgo de explosión, alcanzan temperaturas superiores a 1 .200° C. Fuegos de clase D: Son los fuegos de polvo de metal y determinados productos químicos o radioactivos, son materiales que en combustión requieren para su extinción agentes extintores especiales y específicos debido a las elevadas temperaturas que desarrollan en la combustión o por su caracter explosivo, no se pueden aplicar técnicas normales de extinción, agua, polvo, CO2, etc. Requieren técnicas especiales de extinción como tierras infusorias, halones, bromuro de metilo, etc., sustancias que actúan sobre la reacción en cadena fundamentalmente, también vienen clasificados o nominados con la letra (M). Las temperaturas que alcanzan los fuegos de este tipo son superiores a 2.000° C. Las empresas o laboratorios que manejan éste tipo de materiales cuentan con sistemas de extinción específicos así como control de volumen de almacenamiento, disposición, temperatura, humedad, etc. O.P .I . Fuegos de clase E: Eléctricos, no clasificados según la norma U.N.E. 23010 . Son aquellos en que los materiales o elementos en combustión son empleados en el transporte, producción o empleo de energía eléctrica, como son: dinamos, transformadores, conductores, motores, electrodomésticos . El incendio es originado o mantenido por la corriente eléctrica que circula por los mismos y puede ser producido por causas ajenas a la corriente eléctrica . Si se interrumpe el paso de corriente eléctrica o el suministro de energía eléctrica serán considerados fuegos de clase A, B, C, etc.
Según la distribución del material combustible o fo rma del foco .
11 . 8
Los fuegos pueden ser: Foco Plano: Cuando el incendio se manifiesta sobre un plano horizontal con predominio dimensional sobre el vertical y la disposición del producto que arde no origina ángulos muertos a la observación directa del incendio desde cualquier punto o emplazamiento próximo al fuego . Ejemplo charcas o manchas de líquidos combustibles . Foco Vertical: Cuando el incendio se manifiesta en varios planos horizontales o inclinados y verticales o cuando varias zonas en combustión quedan ocultas a la observación directa desde cualquier punto. Ejemplo materiales amontonados - pilas con llamas altas que impiden la visión de todo lo que arde o próximo a arder con el consiguiente peligro . Foco Alimentado : Cuando el incendio plano o vertical es mantenido por la aportación de combustible procedente de dispositivos no afectados, aljibes, pozos, tuberías, etc. Fuegos según sus medidas de superficie. Pequeño : Cuando tiene menos de 4 m2 en superficie activa en llamas. Mediano : Cuando tiene entre 4 m2 y 10 m2 en superficie activa en llamas . Grande : Cuando tiene entre 10 m2 y 100 m2 en superficie activa en llamas. De envergadura : Cuando tiene más de 100 m2 en superficie activa en llamas o en los que las llamas alcanzan alturas superiores a la diagonal media de la superficie horizontal afectada. *Diagonal : se dice del segmento que en los polígonos va de un vértice a otro, no inmediato . Ejemplo : fuego en forma de romboide 4+8= 12 m: 2= 6 metros de altura en llamas (Si las llamas alcanzan 6 m de h. será de envergadura .)
K -- 6M G 6M
H /m
11 .9
Según la manifestación y situación en las estructuras o en edificios los fuegos pueden ser: INTERIORES O EXTERIORES. INTERIORES :
Son aquellos incendios que tienen lugar en el interior de los edificios y no han llegado a manifestarse al exterior, éstos incendios ofrecen grandes peligros de sofocación, propagación y explosión, todos los fuegos confinados en interiores generan gran cantidad de gases tóxicos calientes que dificultan su visibilidad, su localización, su envergadura, sus peligros, etc., incluso el poder llegar a ellos debido a las altas temperaturas y calorías acumuladas. Exigen un minucioso reconocimiento y deben extinguirse generalmente sin ventilación previa, un aporte de oxígeno rápido incontrolado por rotura de cristales, puertas, etc., puede proporcionar un violento incremento del incendio con el consiguiente peligro para quienes ejercen las labores de extinción. Es importantísima la coordinación de los equipos de extinción para evitar peligros añadidos al comportamiento lógico del fuego según se está sofocando, humo, calorías, tiro . Distinguimos dentro de los fuegos interiores dos tipos: De contenido : enseres y mobiliario del edificio. De continente: Son los del edificio propiamente dicho o elementos de construcción y decoración como marcos, puertas, paredes, suelos o instalaciones . EXTERIORES : Son aquellos incendios con manifestación visible de las llamas al exterior, por los productos del interior que arden o por haberse propagado a los productos del exterior u originados en estos últimos y ser abastecidos por el aire de oxígeno . Son también exteriores aquellos producidos en el interior de un edificio y se manifiesta al exterior a través de huecos de ventana, puertas, etc. Estos son más fáciles de sofocar por muchos motivos, están localizados, los gases y humo no se acumulan en el interior ni tampoco las calorías, etc . Son más espectaculares a ojos del neófito pero más sencillos para los profesionales . Dependiendo de la cota donde se produzca el fuego pueden ser: Bajo rasante Sobre rasante En edificios de altura
11 .10
Bajo rasante
Presentan gran dificultad para su extinción y localización debido a la inexistencia de visibilidad, acumulación de gases tóxicos, cantidad de calorías, dificultad de ventilación, desorientación, etc. Sobre rasante Presentan gran dificultad del rescate de personas atrapadas por encima del incendio y concentración de humo y calorías. Edificios de altura Se añaden las dificultades de sobre rasante a las longitudes de instalaciones de extinción, pérdida de presión por la altura, pocas vías de escape, grandes distancias en vertical, poca accesibilidad en altura para escalas y poder acceder al edificio por el exterior. Características de los combustibles líquidos Cuando se inflama un líquido, no arde propiamente éste, sino los vapores que emite bajo la acción de la elevación de la temperatura, para cada temperatura, los líquidos emiten una cierta cantidad de vapores hasta que existe un equilibrio y se alcanza la llamada "tensión de vapor" . La inflamación de los vapores que desprende un líquido en contacto con el oxígeno del aire, se produce entre unos límites llamado : Límite inferior de inflamabilidad y Límite superior de inflamabilidad , fuera de estos límites la mezcla de aire vapor no es inflamable.
Cuadro de los límites de inflamabilidad de % de gas y oxígeno LA MEZCLA
L. S . I
%
LÍMITE SUPERIOR DE INFLAMABILIDAD SUPERIOR DE INFLAMABILIDAD
INFLAMBD DE ANGO .R .I R RI
VOLUMEN
OXÍGENO
NO
LÍMITE INFERIOR DE DE INFLAMABILIDAD 1 POBRE EN
%
GAS
(Oj O
AL A ABRIR Y VENTILAR
L A LA CURVA DESCIENDE
7
VE
SUCEPTIBL ES ES CLA Z ME LA
INBLAMD OE
ES DEMASIADO
COMBUSTIBLE
No VOLUMEN
AKDE .
DE DE ARDER O EXPLOTAR 0
LA MEZCLA
lii LII L.I.I.
ES ES DEMASIADO POBRE EN OXÍGENO
A ARDE
INFLAMBD DE RANGO
Ejemplos del límite inferior y superior de inflamabilidad de algunos hidrocarburos :
Gasolinas Kerosenos Gasóleos
L.I.I.
L . S . I.
1,4% 0,7% 6,0%
7,6% 5,0% 13,0%
11 .11
Ejemplo del límite inferior y superior de inflamabilidad de algunos gases :
Metano Propano Butano Gas Natural Gas Ciudad
L.I.I .
L. S. I.
5,3% 2,2% 1,9% 4,7% 5,8%
14,0% 9,5% 8,5% 13,7% 45,6%
Punto de ignición: Es la mínima temperatura a la cual un líquido emite una cantidad suficiente de vapores capaces de inflamarse en contacto con una llama, pero incapaces de mantenerse ardiendo . Punto de inflamación : Es la temperatura a la cual el líquido emite una cantidad suficiente de vapores capares de inflamarse en contacto con una llama y mantenerse ardiendo hasta que se consuma el combustible . , Punto de autoinflamación: Es la temperatura a la cual el líquido emite vapores que se inflaman espontáneamente bajo la acción del calor sin contacto con ninguna llama. En conclusión para que suceda el incendio de un líquido combustible hacen falta los factores siguientes: 1 . Una temperatura mayor que el punto de ignición 2. Una mezcla aire-vapor con una concentración situada en el Rango de Inflamabilidad . 3 . Una energía de activación que nos suministre una temperatura mayor que el punto de autoinflamación .
11 .12
Procedimientos de extinción: Por lo estudiado en el tetraedro del fuego, para conseguir extinguir un fuego debemos anular por lo menos uno de sus componentes .
CALOR
COMBUSTIBLE OXÍGENO ENO
REACCION EN CADENA
TETRAEDRO DEL FUEGO
Eliminación del calor : Es la principal técnica a emplear, el enfriamiento por agua, fácil de encontrar, barata, etc. Eliminación del combustible: Muy pocas veces podemos anular éste componente, solo cuando se trate de conducciones de líquido o gases incendiados, por fuga o rotura de los mismos (accionando alguna llave de cierre) Eliminación del oxígeno: Actuaremos por sofocación, esto es evitando el aporte de oxígeno o que la aportación sea mínima . Esta técnica dependerá de la situación del incendio : exterior o interior. " "
Exterior : Será muy dificil evitar la aportación de oxígeno solo utilizando espumas de baja expansión ATT.F. sintética . Interior : Será más fácil evitar la aportación de oxígeno obteniendo mejores resultados (peligro de posibles reigniciones o acumulación de gases inflamables) llenar bien el recinto .
Eliminación de la Reacción en Cadena: Dado que es una reacción química existen agentes extintores que la anulan encontrándose añadidos en algunos medios de extinción, halón, bromuros, etc. pero no suelen estar a nuestro alcance en la mayoría de las intervenciones, luego no es una técnica empleada por bomberos .
11 .13
No quería terminar el tema sin hablar del "HUMO" que aunque no está clasificado, es el rnás peligroso componente de un incendio y el que más vidas humanas se cobra en un siniestro y por tanto con el que más cuidado debemos tener a la hora de evacuar un edificio o en nuestro caso en el de penetrar en él para sofocar un incendio . EL HUMO : Es el conjunto de gases y partículas que se desprenden de una combustión y esencialmente está compuesto por: " "
Vapor de agua Productos destilados del hollín con partículas de: Carbono, Oxidos y Acidos .
El humo y los gases desprendidos en la combustión se mezclan con el aire ambiente y se mueve exactamente igual que él, en las mismas características de presión y temperatura por lo que le hace especialmente peligroso si está confinado en el interior de un local o recinto . El trío mortal de humos: " Oxido de carbono CO " Acido sulfidrico SH2 " Acido cianídrico CNH *Muchos gases son incoloros, inodoros e insípidos . Incluso desplazan el oxígeno (muy peligroso)
TEMA
12
12 1
AGENTES EXTINTORES. SÓLIDOS, LÍQUIDOS, GASEOSOS. RECORDAMOS: Según la norma U.N.E . 23010, los fuegos se clasifican atendiendo a la naturaleza del combustible : -
CLASE CLASE CLASE CLASE
"A": "B": "C": "D":
SOLIDOS LÍQUIDOS GASES METALES
CLASIFICACIÓN DE LOS AGENTES EXTINTORES : a) SOLIDOS : - Polvos convencionales, (químico-seco) .Su composición es bicarbonato sódico o potásico. (para fuegos de tipo B - C). - Polvos polivalentes, compuestos de fosfatos y amoníaco(para fuegos de tipo A-B-C) - Polvos especiales, compuestos por sal o grafito granulado (no disponibles en recipiente) o cloruro de sodio (para fuegos tipo D). b) LÍQUIDOS :
Agua
Espuma Halón:
Chorro Pulverizada Pesada Húmeda Alta Expansión Media Expansión Baja Expansión - Bromuro de Metilo (Prohibido)
12 . 2
c) GASEOSOS : - COZ (Anhídrido carbónico, nieve carbónica, dióxido, bióxido, etc) - Balones (Hidrocarburos halogenados 1211 y 1301 . Prohibidos) - Nitrógeno (N2)
EFICACIA DE LOS AGENTES EXTINTORES, SEGÚN TIPO DE COMBUSTIBLE .
A
B
C
D
GUA CHORRO
BUENA
NO ACEPT.
NO ACEPT .
X
AGUA 'ULVERIZADA
EXCELENTE
ACEPTABLE
NO ACEPT.
X
SPUMA FISICA
BUENA
EXCELENTE
NO ACEPT.
X
POLVO OLIVALENTE
BUENA
BUENA-EXCE LENTE
BUENA
NO ACEPT .
NO ACEPT.
EXCELENTE
EXCELENTE
NO ACEPT.
CO2
ACEPTABLE
ACEPTABLE
ACEPTABLE
NO ACEPT.
BALONES
ACEPTABLE
BUENA
BUENA
NO ACEPT.
NO ACEPT.
NO ACEPT.
NO ACEPT.
ACEPTABLE
POLVO QUÍMICO SECO
ROD.ESPEC. METALES
:,as X en los fuegos de tipo "D", simbolizan la prohibición absoluta de echar agua.
AGENTES IMPULSORES : CO2:
12 ._>
Es el más utilizado, se emplea en seco y presuriza a : A sí mismo . A los polvos químicos secos Al agua A las espumas
NITRÓGENO : Se emplea en sustitución del CO2, presuriza a: Polvos químicos secos Agua Espumas Halones AIRE:
Unicamente presuriza al agua .
NOTA: No se deben emplear gases impulsores húmedos con los polvos químicos secos y los halones, perjudican sus características extintoras . AGENTES EXTINTORES DEFINICIÓN: Son aquellos materiales o compuestos sólidos, líquidos y gaseosos, que utilizados con los medios adecuados nos sirven para extinguir un fuego . 1. LÍQUIDOS: AGUA (H20) : Molécula con dos átomos de hidrógeno y uno de oxígeno . Líquido incoloro, inodoro e insípido, en su estado natural . Hierve a los 100 grados centígrados, se solidifica a 0 grados centígrados . Dado su alto calor específico, una de sus principales propiedades es su capacidad para absorber calor(poder de enfriamiento), así como el aumento de volumen que experimenta al pasar de su fase líquida a vapor (entre 1 .650-1 .700 veces de volumen) . Un gramo de agua absorbe 540 calorías y con un litro se producen alrededor de 1 .800 litros de vapor. El agua, pues, pasa a ser el mejor y más utilizado agente extintor, tanto por su bajo coste, como por las inmejorables condiciones que aporta. Ataca o elimina, según su utilización, dos de las cuatro caras del tetraedro . Calor y comburente .
LIMITACIONES DEL AGUA COMO AGENTE EXTINTOR:
12 . 4
Su conductibilidad eléctrica - Su densidad (a chorro no sirve para fuegos tipo "B") - Su reacción con ciertos materiales en los que provoca emisión de gases altamente inflamables o aumenta su temperatura . Metales alcalinos o alcalino-térreos, es decir, sodio, aluminio, etc . -
ESPUMAS: El espumógeno es un concentrado de agente emulsor(lleva suspendidas partículas que lo hacen insoluble), que, cuando se le añade agua, forma lo que se denomina "espumante". Este "espumante", con adición de aire nos dará como agente extintor la espuma. Las espumas son un conjunto de burbujas de aire, formadas por soluciones acuosas que, mediante unos aditivos que se le echa al producto, hacen reducir la tensión superficial del producto resultante, con una densidad menor que la del agua. Es,un agente extintor por sofocación (elimina contacto entre comburente y combustible) y también por enfriamiento al llevar agua . Se utiliza para fuegos de tipo "A y B". TIPOS DE ESPUMÓGENOS : De base proteínica (cuernos, pezuñas, pelos) De base sintética (procedimientos industriales que reproducen la composición y propiedades de algunos cuerpos naturales). -Sintéticos simples (B-330 de alta y media expansión) -Fluorosintéticos -AFFF (polivalente de baja y media expansión) ACCIÓN DE LA ESPUMASepara las llamas del oxígeno . - _Absorbe calor. - Evita desprendimiento de los vapores inflamables . - Se aplican generalmente para fuegos de líquidos combustibles e inflamables . LIMITACIONES DE LA ESPUMA COMO AGENTE EXTINTOR- Conductora de la electricidad . - Suelen ser destruidas por aquellos líquidos con punto de ebullición muy bajos (alcoholes, cetonas, nitrilos, disolventes, etc.).A estos líquidos inflamables se les denomina "líquidos polares" y para su extinción necesitan espumas especiales denominadas "A R" (Alcohol Resistant o Resistentes al Alcohol)
2. SOLIDOS
12. 5
POLVO QUÍMICO O SECO: Este agente extintor está constituido por bicarbonato sódico o potásico, mezclado con aditivos que impiden la absorción de humedad, para que el polvo no se apelmace formando grumos . El polvo, al salir a la atmósfera, produce una acción sofocante, forma una capa de bicarbonato sódico o potásico que impide la aportación de oxígeno al combustible. Extingue principalmente por inhibición química de la llama, también por sofocación y algo por enfriamiento. PROS Y CONTRAS DE ESTE AGENTE EXTINTOR: Produce abrasión en máquinas y motores . No es conductor de la electricidad . Puede utilizarse en fuegos en presencia de ella hasta 1000 voltios . Perjudica la visibilidad en grandes cantidades e impide respirar con normalidad . No debe utilizarse conjuntamente con espumas, pues reacciona químicamente . Se descompone a altas temperaturas . Agente extintor apropiado para fuegos de tipo "B y C". POLVO QUÍMICO ANTIBRASA O POLIVALENTE Está compuesto por sales metálicas en su mayoría (fosfatos alcalinos y sales amoníacas) .Tiene unas propiedades similares a las del polvo químico seco, ahora bien, con una principal ventaja, su poder de adherencia . Puede utilizarse en fuegos con presencia de electricidad de hasta 6.000 voltios y hasta 35.000, según su composición . Este polvo, denominado antibrasa por no crearlas en los combustibles del tipo "A", al entrar en contacto con la materia en combustión y por efecto del calor, las sales amoníacas se descomponen desprendiendo amoníaco, dilatando los poros de los cuerpos sólidos y desprendiendo el oxígeno de estos .Por otro lado las otras sales forman una costra de ácido metafosfórico muy estable con el calor, impidiendo la aportación de oxígeno . Apagan principalmente por inhibición química de la llama, también por sofocación y algo de enfriamiento . Este agente extintor, también denominado polvo polivalente por ello, nos sirve para fuegos de los tipos "A,B,C".
.0
.3 .
GASEOSOS
NITRÓGENO (N2) Gas muy estable a altas temperaturas . Como agente extintor actúa rebajando los niveles de concentración de oxígeno, por lo que apaga por sofocación . CO? (DIóXIDO DE CARBONO) En condiciones normales, es un gas compuesto por una molécula con un átomo de carbono y dos de oxígeno. Pesa 1,5 veces más que el aire. Es un gas que puede licuarse fácilmente enfriándolo o comprimiéndolo (esto puede hacerse siempre -por debajo de su temperatura crítica, 3 lo centigrados) .Cuando sale del recipiente como agente extintor y dejarlo expansionar, se solidifica a una temperatura de -78° centígrados formando copos de nieve, origen de su nombre más común, nieve carbónica. No es conductor de la electricidad, ahora bien, se puede cargar de electricidad estática. . Efectivamente, el rápido vaciado de un cilindro de CO2 produce la formación de nieve carbónica y provoca con facilidad descargas eléctricas en la atmósfera, creando un riesgo si la misma es explosiva. No es tóxico en pequeñas cantidades, pero puede producir pérdida de conocimiento en grandes cantidades. (a partir de un contenido del 2% en el aire, altera la conciencia (efecto narcótico), por encima del 7% se puede llegar rápidamente a la pérdida de conocimiento). Actúa sobre dos de las cuatro caras del tetraedro, comburente y calor. Es el mejor agente extintor para fuegos en presencia de electricidad . LMTACIONES DEL COZ. Peligro de reignición en superficies muy calientes . No es efectivo con materiales que desprenden oxígeno . Agente extintor válido para fuegos del tipo "A;B y C '
12
12 . 7
HIDROCARBUROS HALOGENADOS (HALÓN) . Éstas son sustancias a las que se les han sustituido los átomos de hidrógeno por otros de cloro, bromo, flúor o yodo . Como agente extintor actúan por inhibición química de la llama, también por enfriamiento y sofocación. Prohibida la fabricación y utilización de los mismos , excepto las instalaciones fijas de extinción ya existentes. Afectan, como ya dijimos, negativamente a la capa de ozono. Se empleaban para fuegos de tipo "A;B y C". SUSTTIUTOS DE LOS HALONES Con motivo de la prohibición mencionada, se están comercializando en la actualidad unos agentes extintores denominados limpios, cuya composición y características detallamos a continuación: A) Agentes Limpios . Son productos extintores, gaseosos o volátiles, no conductores de la electricidad, que no dejan residuos después de su aplicación . Bajo dicha definición de agentes limpios, dos líneas : - Agentes halocarbonados ó halocarbonos . - Gases inertes . B) Halocarbonados -
Hidrofluorocarbonado (HFCS) Hidroctorofluorocarbonado (HCFCS) Perfluorocarbonado (PFCS) Todofluorocarbonado (IFCS)
Son sustitutos del Halón 1301 (instalaciones fijas de extinción) .Su principal característica es que tienen ODP (éstas son las siglas del factor de deterioro de la capa de ozono) nulo o transitoriamente nulo. CAPACIDAD EXTINTORA: - No conductores de la electricidad . - Son agentes limpios, no dejan residuos después de su utilización, se evaporan rápidamente . - Son gases licuables bajo presión vapor. - Se sobrepresurizan con nitrógeno- Son menos eficaces y más caros que el halón 1301 . Son más pesados que el aire.
C) Gases Inertes
12 . 8
Son mezclas de argón y nitrógeno, pudiendo contener como aditivo anhídrido carbónico (CO2). IG-541 INERGEN: Nitrógeno 50%, Argón 42%, CO2 8%. IG-55 ARGONITE : 50% Nitrógeno, 5°% Argón . IG-01 ARGÓN : 100% Argón. No son tóxicos y una descarga en frío (sin presencia de incendio, de forma fortuita) no presenta problemas para tiempo de respiración cortos para el ser humano. Principio extintor por sofocación . Reduce el nivel de oxígeno hasta el 10-12% Tiene un volumen de almacenamiento de 8 a 10 veces mayor que el Halón 1301 . También son más caros de instalar que el Halón 1301
TEMA 13
13 . 1
CONDUCTIVIDAD.DILATACIÓN.ESCALAS DE TEMPERATURA. INTRODUCCIÓN : De todos es sabido que la temperatura es una manifestación de la energía(calor) que poseen todos los cuerpos, dependiendo dicha temperatura del movimiento de las moléculas (a mayor movimiento, excitación, agitación o velocidad de traslación de los electrones, mayor temperatura adquiere el cuerpo). Estudiaremos los fenómenos que produce el calor en los cuerpos, así como la diferencia entre calor y temperatura. DEFINICIONES : - Conductividad: Es la mayor o menor propiedad que tienen los cuerpos de transmitir el calor a su través . Las principales fuentes de calor son el sol y los combustibles (sólidos, líquidos y gaseosos). - Propagación Del Calor. El calor puede propagarse de tres maneras diferentes: A) RADIACIÓN ( a través del vacio ) B) CONVECCIÓN O CORRIENTE (en líquidos y gases) C) CONDUCCIÓN O CONTACTO( en sólidos) - Calor: El calor de un cuerpo es la suma de la energia cinética (en movimiento) de todas sus moléculas. - Temperatura: La temperatura de un cuerpo es la energía cinética media de sus moléculas.
MEDIDAS DE CALOR: El calor se mide en calorías. -
13 . 2
Caloría:
Cantidad de calor que hace falta para elevar un grado la temperatura de un gramo de agua . Es variable de unas sustancias a otras. (éste dato está tomado con el agua entre 14,5° y 15,5° de temperatura y a una presión atmosférica normal). - Calor Específico: Cantidad de calor que hay que suministrar a un gramo de cualquier sustancia para elevar un grado su temperatura . - Capacidad Calorifica: Cantidad de calor que hay que dar a una sustancia para elevar su temperatura un grado centígrado. La temperatura puede medirse utilizando para ello los termómetros. La unidad de tem- peratura es el grado, pero existen varias escalas . Todas se basan en dos puntos fijos, fusión del hielo y ebullición del agua .
NOTA : La densidad de los cuerpos disminuye con el aumento de la temperatura .
13º 3
LAS ESCALAS Iº TIPOS DE ESCALAS:
A) B) C) D)
CELSIUS O CENTÍGRADA REAMUR FAHRENHEIT ABSOLUTA O KELVIN
- 0°-100° Cº - 0°-80° R- 32°-212°Fº - 273°-373° Kº
- ESCALA FAHRENHEIT: Solo se usa en países de habla inglesa . - ESCALA REAMUR: Ya no se utiliza. - ESCALA ABSOLUTA O KELVIN: Coincide con el llamado cero absoluto(equivale en la escala Centígrada a 273° negativos o bajo cero). Es una temperatura tan baja que en ella un gas cualquiera deja de ejercer presión, quedando sus moléculas completamente inmóviles (energía cinética nula). 2. RELACION ENTRE ESCALAS: A) Para relacionar la escala absoluta o Kelvin con la Centígrada, basta con sumar o restar a la temperatura Centígrada 273º Temperatura absoluta es igual a 273° másmenos la temperatura en Celsius. Ejemplo: 50° Celsius ¿cuántos Kelvin son? . 323° Kelvin ¿cuántos Celsius son?.
50° C+273°= 323° Kelvin 323° K-273°= 50° Celsius
B) Para relacionar las otras escalas hay que hacer igualdades primeramente entre ellas y simplificar, es decir: Centígrada _C-0 100 _ 100 _C 5
Reamur R_-0 80 R 80 R_ 4
Fahrenheit F-32 180 F-32 180 F-32 9
Kelvin K-273 100 K-273 100 K-273 5
13 .4
Como puede verse, hemos dividido los intervalos que existen en cada escala entre ebullición y fusión por un número común para simplificarlo (en este caso la división se ha hecho por 20), de esta manera nos quedan cuatro fórmulas o igualdades que nos permitirán pasar de unas a otras fácilmente. Podemos decir, por tanto, que C 5
F-32 9
R 4
K-273 5
Vamos a ver algunos ejemplos de relación entre escalas : 1°) 50° F ¿cuántos Reamur son? R = F-32 9 .4
/
R 4 = 50-32
. 9
/
4(50-32) = 4x18 = 8° R 9 9
2°) 27° Celsius ¿cuántos Fahrenheit son?. C = F-32 = 27 = F-32 / 9 5 9 5 F= 403 :5 = 80,6° F
243 = 5F-160 / 243+160= 5F / 403= 5F /
13.5
EFECTOS DEL CALOR SOBRE LOS CUERPOS El calor produce sobre los cuerpos dos efectos importantes : A) LA DILATACIÓN . B) LOS CAMBIOS DE ESTADO. a) DILATACIÓN. Es el aumento de volumen que experimentan los cuerpos al ser calentados, en cualquier estado que se hallen (significar que los gases tienen mayor poder de dilatación). Hay, sin embargo, alguna excepción, la más importante el agua, al descender la temperatura de la misma de 4° C a 0° C, se dilata. En el resto de intervalos se comporta normalmente. La dilatación puede producir grandes fuerzas o modificaciones, motivo por el que es tenida muy en cuenta al construir puentes, edificios, etc. sobre todo, si son de estructura metálica. Al estudiar la dilatación, nos encontramos con tres fenómenos: 1 . DILATACIÓN LINEAL. 2. DILATACIÓN SUPERFICIAL . 3 . DILATACIÓN CÚBICA 1.
DILATACIÓN LINEAL:
Es el aumento de longitud de un cuerpo al ser calentado. Su fórmula: Lt= Lo (1+k.t) Lo es la longitud a 0° y "k" el coeficiente de dilatación. Varía según la sustancia de que se trate. 2. DILATACIÓN SUPERFICIAL: Es el aumento de superficie de un cuerpo al ser calentado. Su fórmula : St = So(1+k' .t) "k"' es el coeficiente de dilatación superficial y vale 2 k. 3. DILATACIÓN CÚBICA : Es el aumento de volumen de un cuerpo al ser calentado. Su fórmula : Vt = Vo(1+k" .t) "k'"" coeficiente de dilatación cúbica y vale 3 k. El calor, además de dilatar los cuerpos, puede cambiarlos de estado .
b) CAMBIOS DE ESTADO :
13 .6
l . PROGRESIVOS . 2 . REGRESIVOS . 1 . PROGRESIVOS Aquellos en que el cuerpo absorbe calor y se denominan: A) FUSIÓN. Paso de sólido a líquido (ejemplo, hielo-agua) B) VAPORIZACIÓN : Paso dé líquido a gas (ejemplo agua-vapor-gas) C) SUBLIMACIÓN . Paso de sólido a gas (ejemplo nieve polvo-gas)
2. REGRESIVOS Aquellos en que el cuerpo desprende, cede calor. A) SOLIDIFICACIÓN. Paso de líquido a sólido (ejemplo agua-hielo) B) LICUEFACCIÓN . Paso de gas a líquido (ejemplo gases licuados del petróleo) C) SUBLIMACIÓN . Paso de gas o vapor a sólido . Para conseguir la licuefacción o Ecuación de los gases, es necesario someterlos a determinadas presiones y, además, bajarlos de temperatura . Antiguamente, se pensaba que había algunos gases que no podían licuarse, por lo que fueron llamados gases permanentes, sin embargo, en el año 1890 se consiguió licuar al oxígeno, nitrógeno e hidrógeno, por lo que ya no existen gases permanentes . Esto lo consiguieron cuando se descubrió que ningún gas puede ser licuado, por alta que sea la presión, si se opera por encima de la llamada temperatura crítica. Ejemplo : El CO2 (anhídrido carbónico) tiene una temperatura crítica de 31° Centígrados sobre 0, pues bien, por encima de esta temperatura no podrá ser convertido en líquido, por muy alta que sea la presión a la que le sometamos. Ha de ser por debajo de esta temperatura, necesariamente, y tanto mejor cuando más baja sea la misma.
TEMA 14
14 .1
EXPLOSIO NES. D ETONACIONE S Y DEFLAGRACIONES. DEF INICIONES. INTRODUCCIÓN: Pretendemos, con el estudio de este tema, conocer los fenómenos denominados explosiones . Para la comprensión general del tema, vamos a introducirnos ligeramente en las leyes de los gases perfectos o ideales, ya que casi todos los tipos de explosiones están íntimamente relacionados con dichas leyes. GAS PERFECTO : Se llama así en fisica teórica a un gas ideal, en el cual se considera a las moléculas como puntos geométricos y, por tanto, sin volumen, prescindiéndose también de sus masas y de las atracciones que ejercen entre sí. Tan solo este gas ideal cumple exactamente las leyes llamadas por esto de los gases perfectos y derivadas de la teoría cinética de los gases. Sabemos que todas las sustancias pueden existir en estado gaseoso, dependiendo para ello de la presión y temperatura a que se les someta. Pues bien, el término gas se aplicó a aquellas sustancias que estén en estado gaseoso en condiciones normales de temperatura y presión. - DEFINICIÓNDEL TÉRMINO GAS: Es una acepción griega. Chaos, caos (significa abertura, libertad) . El término gas describe el estado físico de una materia que no tiene forma, ni volumen constante, sino que se adapta a la forma del lugar o recipiente que los contiene, ocupando el volumen completo . Las partículas del gas están en movimiento constante y el efecto del calor sobre los gases es mucho mayor que sobre los cuerpos sólidos . Su principal manifestación, al aumentarlos su temperatura, es la dilatación (aumento de volumen), a mayor temperatura, mayor será el volumen que tiende a ocupar el gas. Los gases, por tanto, tienen gran poder de expansión . Cuando el gas se encuentra en un recipiente cerrado y sus paredes impiden la expansión (como ocurre con cualquier gas metido en un recipiente cerrado y a presión), el aumento de temperatura supone el aumento de la presión del gas, lo que nos obliga a la comprensión y estudio de las leyes de Boyle-Mariotte y Gay-Lussac. Boyle, Robert . Fue un fisico y químico inglés (1627-1691) .Enunció la ley que lleva su nombre . Matiotte, Edme. Físico francés . Fue el primero en usar la ley enunciada por Boyle. Gay-lussac, Louis Joseph . Físico y químico francés . Descubrió que el volumen de un gas aumenta proporcional a la temperatura, el coeficiente de dilatación de los gases perfectos y la ley de las combinaciones gaseosas .
LEY DE BOYLE-MARIOTTE .
14 . 2
El volumen de un gas es inversamente proporcional a la presión ejercida sobre éste. Es decir, a mayor presión, menor volumen de gas. LEY DE GAY-LUSSAC (1' parte) Si la presión de un gas se mantiene constante, el volumen de un gas se modificará en función de la temperatura aplicada sobre él (no está encerrado o contenido en recipientes). Los gases perfectos se dilatan a presión constante y aumentan de volumen a razón de 1/273 veces por cada grado centígrado que asciende su temperatura . LEY DE GAY-LUSSAC (2' parte) A volumen constante(el gas está encerrado), aumentará su presión a razón de 1/273 veces por cada grado centígrado que aumente su temperatura. 1/273 es el llamado coeficiente de dilatación para todos los gases perfectos . CONCLUSIONES DE LAS LEYES: a) b) c) d) e)
A mayor presión, menor volumen . A menor presión, mayor volumen. A mayor presión, mayor densidad de la masa gaseosa. A mayor temperatura, mayor volumen de gas. A mayor temperatura, mayor presión en un recipiente cerrado.
EXPLOSIONES Son liberaciones rápidas, violentas e irreversibles de energía. En su acepción más difundida, el término explosión se refiere a un estallido, asociado con un estrepitoso y agudo ruido y un frente expansivo de presión, que varía desde una onda de choque supersónica a una ráfaga de viento relativamente suave. Se manifiesta con luz, calor, ondas sonoras, sísmicas y liberación de gases. - CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE UNA EXPLOSIÓN: Se define una explosión como una súbita liberación de gas a alta presión en el ambiente. La palabra súbita conlleva que la liberación debe ser lo suficientemente rápida, de forma que la energía contenida en el gas se disipe mediante una onda de choque. Alta presión significa que en el instante de la liberación, la presión del gas es superior a la atmósfera circundante. Se pasa, por tanto, de un estado de energía superior a otro inferior de forma incontrolada .
Existen dos tipos de explosiones : físicas y químicas .
14.3
A) FÍSICAS - Son siempre liberaciones de presión. - Los fenómenos B.L.E.V.E. (explosión de vapores en expansión por líquidos en ebullición) . B) QUlMICAS -
DEFLAGRACIONES . DESCOMPOSICIONES DETONACIONES .
A) FÍSICAS: Cuando se producen por un aumento incontrolado de la presión en un recinto cerrado . NO SON COMBUSTIONES, es decir, no existe ninguna reacción química . Suceden cuando la presión interna rebasa los límites de resistencia de las paredes que contienen el gas. LIBERACIÓN DE PRESIÓN: Es la acción de reventar con estruendo un cuerpo continente por rebasar el contenido los límites de la resistencia de sus paredes. Se produce, ésta explosión fisica, cuando colapsa o cede un contenedor o recipiente, debido a una subida incontrolada de la presión interna. El contenido y restos del contenedor, puede dispersarse en una amplia zona (300 metros aproximadamente) . El fuego, en este tipo de explosiones, puede desencadenarse o no, dependiendo de que el contenido sea combustible o inflamable o no . Los contenedores sujetos a explosiones por liberación de presión van desde grandes tanques fijos de almacenamiento de líquidos o gases licuados inflamables, hasta los pequeños botes de aerosoles. También las calderas de vapor pueden verse sometidas a este tipo de explosiones, conocidas igualmente como fenómeno B .L.E.V.E.
14 . 4
B) QUÍMICAS : Se producen siempre por reacciones químicas . Son combustiones rápidas o muy rápidas, también suceden por descomposición rápida de las materias o sustancias. 1 . DEFLAGRACIÓN : Su definición nos dice que se trata de arder una sustancia súbitamente con llama y sin explosión. Es una combustión rápida, que se produce en atmósferas enrarecidas . Genera intenso calor y resplandores. Sus ondas siempre se expanden a velocidad subsánica, es decir, menos de 340 metros por segundo . Esta explosión puede ocurrir cuando un gas o polvo combustible se mezcla con el aire en unas determinadas proporciones (rango de inflamabilidad) y posteriormente se inflama . A pesar de lo que su definición dice (con :llama y sin explosión), en multitud de circunstancias la mezcla arde tan rápidamente que llega a desencadenar una explosión. Los combustibles gaseosos, los gases naturales, vapores del petróleo, líquidos combustibles e inflamables, así como los propios gases emitidos por la combustión, están sujetos a deflagración .Estos gases y vapores pueden acumularse mezclándose con el aire y permanecer durante horas, si resultan inflamados por una fuente de ignición, pueden provocar una deflagración . Ya sabemos, que para que la mezcla sea inflamable y dé paso a la deflagración, ha de encontrarse entre ciertos límites de concentración (rango de inflamabilidad) . Vamos a ver un ejemplo de límites de explosividad o inflamabilidad de un gas presente en todas las combustiones y, sobre todo, en las incompletas, el CO o monóxido de carbono . Este gas, tiene sus límites de explosividad entre el 12,5% y el 74% de concentración en el aire, si la atmósfera en el interior de una estructura concentra monóxido entre estos límites, con presencia de llama, chispa o calor, se inflamará y deflagará . Vamos a ver algunos ejemplos de sustancias con su límite de explosividad: SUSTANCIA KEROSENO GASOLINA PROPANO GAS NATURAL ACETILENO HIDROGENO
LIMITE INFERIOR 0,7% 1,4% 2,2% 3,8% 2,3% 4%
LMTE SUPERIOR 5% 7,6% 9,5% 13% 80% 75%
Una mezcla de la mitad hacia arriba, dentro del intervalo explosivo (rica en combustible) generará una combustión lenta y duradera, con poca fuerza explosiva, mucho calor y produciendo una especie de zumbido (poco oxígeno) .
14 .5
Una mezcla de la mitad hacia abajo (pobre en combustible), generará una rápida llamarada, con gran fuerza explosiva. No produce mucho calor y la ignición de combustibles cercanos será limitada. Explosión con mucho estrépito (mucho oxígeno) El polvo de casi todos los materiales está sujeto a deflagración, también el polvo dóméstico .Las explosiones de polvo se desencadenan generalmente en silos, talleres de madera, metales, etc. 2. DESCOMPOSICIÓN : Estas explosiones se producen debido a la rápida descomposición de determinados materiales, tales como la pólvora negra y fumifuga, nitroglicerina, fertilizantes (nitrato de amoníaco), dinamita, etc. También por la descomposición de algunos gases, como el hidrógeno y el acetileno que, al exponerlos al calor, a ondas expansivas de otras explosiones e incluso por fuertes impactos, aumento de presión, etc., nos llevan a la explosión, produciendo grandes destrozos. 3 . DETONACIÓN: Definición : Dar estampido o trueno. Es una combustión muy rápida. La reacción se desarrolla y propaga por encima de la _ velocidad del sonido, es decir, más de 340 metros por segundo, siendo, por tanto, supersónica. Produce violentas ondas de choque muy destructivas .
f3
EXPLOSIONES K L
EXPLOSIONES FISICAS
EXPLOSIONES QUIMICAS
LIBERACIONES DE PRESION
REACCIONES UNIFORMES DESCOMPOSICIONES
EXPLOSION TERMICA: Transformación química: abarca toda la masa reactiva . Velocidad de reacción depende : De la temperatura y de la cóncentración de los agentes de la reacción . Aumenta la temperatura, la masa de reacción se acelera y alcanza el punto de autocalentamiento.
REACCIONES DE PROPAGACION
DEFLAGRACIÓN
DETONACIÓN
(Existe un frente de reacción claramente definido, separando el material sin reacción de los productos de la reacción .)
14 .7
Las explosiones por combustión se dan con suficiente asiduidad como para detallar explícitamente cómo se producen : MECANISMO DE LA EXPLOSIÓN POR COMBUSTIÓN : 1°- El gas inflamable o licuado se escapa de un recipiente . 2°- El gas se mezcla con el aire. 3°- Si la mezcla alcanza el rango de inflamabilidad o explosividad arderá (en presencia de energía de activación) . 4°- La mezcla arde rápidamente y produce grandes cantidades de calor. 5°- El calor es absorbido por todos los objetos próximos a la llama o a los productos gaseosos emanados de la combustión a altas temperaturas . 6°- Casi todos los materiales se dilatan cuando absorben calor. Las materias que más se expanderan son las más próximas a la llama, por ejemplo el aire que se dilatará con relación a los grados de temperatura aumentados (1/273 veces por grado) . 7°- Si el aire no se puede expandir, al estar encerrado en una habitación o espacio confinado, el resultado es el aumento de la presión en el interior del recinto . 8°- Si la estructura de la habitación no es suficientemente fuerte como para resistir la presión, de forma rápida y brusca las paredes, cristales y techos se desplazarán de su, posición con un ruido estruendoso y violento. De esta forma se produce la denominada explosión por combustión o de habitación. Vamos a ver, finalmente, para completar el tema de las explosiones que nos ocupa, dos fenómenos que terminan en deflagración y que son considerados, por tanto, como . explosiones : FLASHOVER Y BACKDRAFT FLASHOVER : El flashover se produce en una combustión confinada, existiendo una elevación súbita de calor, dándose una deflagración . Suceden por un mecanismo físico-químico . Los investigadores definen el flashover como "transición entre la fase en que el fuego está localizado cerca de su punto de origen y la generalización del fuego, en la que la mayoría de las superficies combustibles del recinto están ardiendo" . Como se ha dicho anteriormente, este fenómeno sólo puede producirse en un espacio cerrado, puesto que la acumulación de gases bajo el techo (éste cojín de gases es realmente el que deflagra) juega un papel protagonista y además con una suficiente aportación de aire.(si hay limitación progresiva de oxígeno, la amenaza principal es la explosión de humo(backdraft) . Un flashover es un aumento repentino de la velocidad de propagación de un incendio confinado, debido a la súbita combustión de los gases acumulados bajo el techo y a la inflamación generalizada de los materiales combustibles del recinto, como consecuencia de la radiación emitida por dicha capa de gases (dicha capa de gases alcanza la temperatura de 650 grados centígrados) .
BACKDRAFT (EXPLOSIÓN DEL HUMO)
14 .8
Aparece en los incendios en recintos cerrados . Se produce cuando, debido a la falta de ventilación de un recinto, el oxígeno se va consumiendo , dando lugar a una combustión incompleta. Genera, por tanto, grandes cantidades de humo combustible (monóxído de carbono sobre todo) que inunda la totalidad del recinto, pudiendo llegarse a la total autoextinción por agotamiento del comburente . Si durante este fase, un bombero o cualquier otra persona abre una puerta o ventana para acceder a la habitación, permitirá un aporte de oxígeno, que posibilitará la combustión súbita de los gases inflamables allí acumulados, produciendo una deflagración . DIFERENCIA ENTRE FLASHOVER Y BACKDRAFT : El primero aparece en los incendios en recintos cerrados, con una aportación de aire más o menos libre, a través de puertas y ventanas . Por tanto, flashover tiene oxígeno . Mientras que el segundo, sólo puede producirse cuando debido a la falta de ventilación de un recinto, el oxígeno se va consumiendo, dando lugar a una combustión incompleta.
TEMA 15 PARTES FUNDAMENTALES DE UN EDIFICIO
1 5 .1
TEMA 15 PARTES FUNDAMENTALES DE UN EDIFICIO DEFINICION
ESTRUCTURALES
ELEMENTOS DE UNA EDIFICACION
COMPLEMENTARIOS
Cimentación Elementos verticales de sustentación Elementos horizontales de sustentac . Elementos inclinados - Cubiertas Elementos de enlace - Escaleras
Cerramiento exterior Tabiques Puertas Ventanas Solados Revestimientos Decoración
Fontanería Saneamientos Electricidad Instalaciones Ascensores En general Calefacción Aire Acondicionado Agua Caliente, etc .
AUXILIARES
Cimbras Andamios Apeos Encofrados Entibaciones
15.2
INTRODUCCION Antes de definir todos los elementos que componen un edificio, debemos de tener en cuenta las acciones o pesos que sufre o puede llegar a sufrir el mismo, consecuencia de agentes externos y propios dependiendo del tipo de terreno elegido así como el sistema de ejecución o construcción, esto nos servirá para determinar la correcta composición del edificio . Así tendremos : Cargas Permanentes : Peso propio de todos los materiales que componen el edificio. Cargas Variables :
Según el uso del edificio. Según las condiciones climáticas : viento, lluvia, nieve, . . . Según las condiciones del terreno donde se asiente el edificio: peso, resistencia, empujes, etc.
Cargas Indirectas :
Dependiendo de la ubicación geográfica del edificio: asiento del terreno, cargas sísmicas, etc.
Podemos diferenciar en la estructura de un edificio dos partes fundamentales : Superestructura :
Parte del edificio por encima de la rasante del terreno que tiene como misión absorber y repartir las cargas anteriormente descritos de un edificio.
Infraestructura :
Parte de un edificio por debajo de la rasante del terreno y que tiene como misión, transmitir las fuerzas de resistencia al suelo o cimentación de forma repartida y bien compactada y adoptada tanto al material constructivo elegido como al tipo de terreno .
Su SUPERESTRUCTURA
TERRENO O
INFRAESTRUCTURA
entramado ESTRUCTURA DE UN EDIFICIO
RA
15.3
1 . CIMENTACIÓN
Parte del edificio en contacto con el terreno que tiene como objeto transmitir las cargas y acciones exteriores que actúan sobre su estructura, asegurando la sustentación y estabilidad . CLASES DE TERRENO: -
-
ROCAS: Granito y pizarra - 6 a 12 Kg/cm2 TERRENOS COHERENTES : Arcillas -1 a 4 Kg/cm 2 TERRENOS INCOHERENTES : Aridos (grava arena) -- 2,5 a 6 Kg/cm 2 TERRENOS DEFICIENTES : Orgánicos y de echadizos - (no fiables)
SISTEMAS DE CIMENTACION .Depende de la profundidad a la que se encuentre el firme y a la presencia o no de agua, puede ser: -
SUPERFICIAL: firme a 4 6 5 metros PROFUNDA: firme de 5 a 20 metros FIRME INACCESIBLE: más de 20 metros
Los cimientos son los encargados de recibir todas las cargas verticales y horizontales de la construcción, por ello el terreno es fundamental para una buena edificación y sustentación de las construcciones . TIPOS DE CIMENTACIÓN
Zapata aislada Zapata continua Placas de cimentación
1. SUPERFICIAL:
-
2 . PROFUNDA:
- Pilotes :
-
Madera Hormigón inyectado
Z A PATA AISLADA FUERZAS A 45º A 45º
ZAPATA CONTINUA N U A
ZAPATA PLACA DE
c i CIMENTACIÓN
15 .4
ELEMENTOS VERTICALES y HORIZONTALES DE SUSTENTACION : Muros Entramados
1) Muros: Es un elemento con forma prismática o rectangular que soporta y transmite
esfuerzos verticales y horizontales . También dividen espacios.
Sus partes son: -
-
Base Paramentos Coronación
MURO
DE LADRILLO
TERRAZA
2e
CORONACIÓN PARAMENTOS O HACES 0 HACES
PATIO o
BASE
TE TERRENO
-Sección
MUROS.
DE UN ENTRAMADO
POR SU CARGA PUEDEN SER:
Muros de Carga : Actúan por compresión . Muros de Contención: Actúan por flexión Muros de Cerramiento : Sin Cargas CORONACIÓN
CORONACIÓN
Te- TRASDOS
FUSTE
EMPUJE
CUERPO
0 ALZADO
PUNTERA
r
PUNTERA
E
TA Lo GARRRA
O
GAR O
TALÓN
TALÓN O
TACON
TACÓN
15 . 5
POR SU SIMA SITUACIÓN: -
Exteriores: de fachada, de patio o medianería
-
Interiores :
-
De crujía 1°, 2°, 3°, etc . De caja de escalera De sótano De planta 1°, 2°, 3°, etc .
M MURO DE MANZANA DE M O PATIO o PATi p
3 c
32.
O 2º
O
MURO MEDIANERO MURO DE PATO ° DE PATIO OTRAVIESA c5 A
CORNIJAL MURO
1º
MURO DE CAJA DE ESCALERAMURO DECAJA MUROS DE CRUJÍA (1º, 2º,3º) UROS iA
MURO DE FACHADA DE FACHADA
POR SU FORMA -
En Esviaje
-
En talud
-
Doble talud
-
En rampa
-
Curvos
-
Cilíndricos
-
Rectos, etc .
°_
24 3
CRUJÍA
PO PÓRTICOS C o5
15 .6
POR SU COMPOSICION. De tapial . mortero de tierra, arcilla, gravilla, paja. De hormigón : en masa y armado . De fábrica : formado por piezas aparejadas. De mampostería . piezas irregulares de distintos tamaños. De sillería : piezas geométricas . De ladrillo : arcilla De adobe: barro secado .
MUROS DE CONTENCION : los muros de contención se construyen con el fin de limitar la ocupación del terreno por los taludes, tanto en terraplén como en desmonte . Están destinados a contener los esfuerzos horizontales de los empujes de las tierras. Nomenclatura : C CORONACIÓN
FUSTE
EXPLANADA EXPLANADA SUPERIOR OR
o INTRADOS
RELLANO DRENADO
DRENAt)p TRASDOS
EXPLANADA INFERIOR
TALON TALÓN
PUNTERA R PLANO DE APOYO
DE
TALUD DEL TERRENO DEL
15. 7 FABRICA DE LADRILLO :
LADRILLO : Mezcla de arcilla cocida, formando un sólido que tiene unas determinadas
resistencias . Los ladrillos son elementos geométricos regulares de forma prismática, esta forma prismática lo hace apto para construcción por hiladas . 1.
Ventajas : El ladrillo frente al tapial y adobe ofrece mejores resistencias y una mejor homogeneidad en su fábrica, tiene gran adherencia a los monteros, por los que sus fábricas poseen una gran trabazón y homogeneidad . El ladrillo puede emplearse para formar muros resistentes o para muros de cerramiento y distribución por sus elementos resistentes y aislantes .
2.
Cualidades : Colocaciones variadas, lo cual supone una respuesta estética a las exigencias arquitectónicas, textura mate y aspecto irregular, lo que denota el aspecto artesanal de las fábricas . Su forma geométrica nos da infinidad de respuestas constructivas partiendo todas ellas del mismo módulo base. Posible tratamiento de sus juntas.
ESPESOR DEL MURO : Pie de espesor es equivalente a 12 cm. 1 Pie de espesor es equivalente a 25 cm. 1 1/2 Pie de espesor es equivalente a 38 cm 2 Pies de espesor son equivalente a 51 cm. 2 1/2 Pies de espesor son equivalentes a 64 cm. 1/2
'I 24CMO 25 CM M
5 CM 12
2 5CM
CM
N 25 CM
n
IZÓN T 0
SOGA
BL
GRUESO GRUESO
LECHO O TABLA
TESA
CANTO CANTO
DIMENSIONES BASICAS DEL LADRILLO : -
SOGA: 24 ó 25 cm TIZON: 12 cm. GRUESO : 3, 4, 5, 6, 7, 9, 11 cm.
/
1 2 PIE
Pi
(
pi<
15.8 TIPOS DE COL COLOCACIÓN DE LAS PIEZAS CERÁMICAS EN MUROS CORRIDOS - A SOGA: las piezas están colocadas planas sobre la cara de mayor superficie siendo su cara lateral menor, normal al paramento de la pared o muro - A TIZON: Las piezas están apoyadas sobre su cara mayor y forman paramento con su cara lateral menor
- A ROSCA : Las piezas apoyadas sobre su cara lateral mayor con la menor formando paramento
- O SARDINEL : Las piezas apoyadas sobre su cara menor y formando paramento con sus laterales mayores
- HILADAS A CORRIENTE - HILADAS TRISCADAS
15 . 9
TIPOS DE JUNTAS:
RESALTADA
BISEL SENCILLO
BISEL DOBLE
ENRASADA
REMEDA MEDIA CAÑA
JUNTAS DE CERÁMICA : Horizontales: Verticales:
Tendel Llaga
APAREJO : Disposición de las piezas para su mejor trabazón HILADA: Plano horizontal de una línea de ladrillos
TEN TENDEL L LLAGA
TIPOS DE TABIQUES:
15 .10
TABICADO PROPIAMENTE DICHO
CONEJERO O PALOMERO
A LA CAPUCHINA
TABICON
DOBLE DE PANDERETE
A BOFETON A RESTREGON
TIPOS DE
15 . 1 1
LADRILLOS
-
Macizos: Huecos menor al 5% del volumen .
-
Perforados : Huecos del 5% al 33% del volumen . Huecos : Más del 33% del volumen . Puede ser: Sencillo 1 fila Doble : 2 filas Rasilla: Pueden ser: Macizas de 1,5 cm de espesor . Huecas de 3 cm de espesor. Aplantillados : Formas distintas a la paralepipeda .
TIPOS DE COLOCA COLOCACION DEL LADRILLO DE FABRICA
ESPAÑOLA
BELGA
INGLESA
HOLANDESA
GOTICO
15. 1 2
ENTRAMADOS :
Una construcción de entramado es aquella que está constituida por elementos lineales enlazados entre si para transmitir las cargas y acciones hasta la cimentación ; constituyen el esqueleto o estructura de un edificio . Pocas veces vamos a encontrar una construcción de entramado pura, ya que las funciones corrientes de un edificio y las prescripciones constructivas requieren algunos muros de carga para RIGIDIZAR (cajas de escalera y sectores de locales) para estabilizar la obra o entramado . Pueden ser de : -
Madera Hierro Hormigón
Y sus elementos por su disposición en la estructura pueden ser: -
Verticales Horizontales Inclinados
Reciben distintos nombres según el material con que estén realizados aunque cumplan la misma función dentro de la construcción. Ejemplo :
En Madera
En Hierro
En Hormigón
ELEMENTOS VERTICALES Y HORIZONTALES EN LA CONSTRUCCION DE ENTRAMADOS Pie derecho
Vertical
Carrera
Horizontal
Soporte
Vertical
Jacena
Horizontal
Pilar
Vertical
Viga
Horizontal
Todas estas piezas verticales son las encargadas de recibir todo el peso de los elementos horizontales o inclinados de toda la construcción y transmitir de forma repartida todo el peso que tenga o forme el contenido como el continente, más su propio peso a la cimentación, creando una estabilidad y cierta flexibilidad a todo el conjunto constructivo_
15 . 1 3
Todas las piezas o elementos constructivos trabajan dependiendo de su posición a compresión, flexión y tracción, incluso pueden recibir una combinación de varios esfuerzos distintos a la vez.
PIE DERECHO, SOPORTE O PILAR: PIEZAS QUE TRABAJAN A COMPRESION. CARRERA VIGA:
JACENA
O
PIEZAS QUE TRABAJAN A FLEXION TIRANTE O TIRANTAS: PIEZAS QUE TRABAJAN A TRACCION
ELEMENTOS HORIZONTALES DE SUSTENTACION : Suelos o forjados : Son los elementos horizontales resistentes que forman las distintas plantas de un edificio. Su disposición está íntimamente unida a la de los elementos verticales que le van a servir de apoyo (pies derechos, soportes o pilares) El suelo o forjado recibe las cargas del pavimento, tabiquería y sobrecarga de uso (personas o enseres) y los transmite repartidamente junto con su propio peso al entramado vertical de la estructura . Además de su función resistente cumple otras de separación y aislamiento entre plantas . El acabado por su parte superior se denomina pavimento y por la parte inferior el techo.
15 . 1 4
SOLADO - TART r1 A, . . . PAVIMENTO
PARTE
CARRERAJACENA O VIGA RA ó VI
RESISTENTE
TECHO
Yeso
CIELO RASO ESCAYOLA YO LA)
La luz de la viga (longitud de la misma) como la del forjado, no debe exceder de la que constructivamente y económicamente convenga al material que se utiliza. Esta limitación puede estimarse en unos 5 metros para las vigas de madera y de 6 a 7 metros para las de acero y hormigón armado . ' Aunque estos valores podrían superarse cuando las circunstancias funcionales o estéticas lo requieran . VIGA MAESTRA VIGUETAS 1
CARRERA A CE JACENA
V 1 VIGUETAS U E
VIGA
LUZ LUZ
.LUZ
-
LUZ
15 .15
1/3 A
MURO MECHINAL
A
3 CÁMARA DE AIRE DE VIGUETA CA CARRERA A CANECILLO DE PIEDRA E
Di DISTINTOS TIPOS DE
POS ENSAMBLES EMSABLES B
Y Y ACOPLAMIENTOS EN LA MADERA
Ah=
ELEMENTOS INCLINADOS : CUBIERTAS Se denomina cubierta al entramado inclinado que cierra un edificio por su parte superior. Su función es proteger el edificio de los agentes atmosféricos contribuyendo al aislamiento térmico y acústico del mismo, y proporcionando una fácil evacuación de las aguas de lluvia. Según sea la pendiente se clasifican en ; Azoteas: pendientes menores del 15% . Pueden ser transitables (pendiente transitables (del 5% al 15%)
menor del 5%)
o no
Tejados : pendientes mayores del 15%. Se llama pendiente a la inclinación de los faldones, que son planos inclinados que forman los tejados. En una cubierta se distinguen 2 partes fundamentales : La estructura : parte resistente que puede ser de madera, acero u hormigón armado . Elementos de cubrición: Teja plana, curva, pizarra, . . .
15.16
Según la distribución de los faldones puede ser: A un agua A dos aguas A tres aguas Etc . FA
FALDÓN FALDON
A 1 Agua
FALDONES
A 2 AGUAS
A 3 Aguas
A 4 AGUAS
Si las aguas se vierten al exterior de la construcción se llama lima tesa y si lo hace hacia el interior (patio) lima hoya.
LIMA TESA
LIMA HOYA
15 . 17
LAS CUBIERTAS : Para salvar luces mayores sobre los elementos resistentes verticales se colocan unos elementos resistentes que se llaman cerchas, sobre estas se apoyan en sentido perpendicular otros elementos que se llaman correas y sobre éstas los parecillos, cabios o tirantillas y encima el elemento necesario de cubrición de la estructura . TIRANTILLAS CA CABALLETE o
C C-1 CUBIERTA A 2AGUAS DOS AGUAS A 2 AgUAS
cum O CUMBRERA CORREAS CORREAS
HASTIAL
PA PARES
PARECILLOS Cc i
VISERA
TEJA
ALERO Ti RANTE
CORREAS
l
TIRANTILLA A
PAREC, PARECILLOC,
TIPOS DE CUBIERTAS Mansarda Diente de Sierra Par y Picadero Par e Hilera Par y Nudillo Molinera De Tijeras
MANSARRA
D i ENTE DIENTE DE SIERRA Si E
15 . 1 8 PICADERO CADE PO
PAR
FORMA PAR Y PICADERO
HILERA
TIRANTE PAR
PAR R MORO A UN AGUA
PICADERO
FORMA DE PAR HILERA PAR TI TIRANTE ESTRIBO
DtTA DETALLE E
NUDILLO M MURO
PAR y P i CAPARYPICEDEROA2AGUASA DOS AGUAS A 2 AGUAS
CORREAS AS
HILERA PAR NUDILLO O PUENTE 0
PIÑÓN PIÑON O HASTIALo HASTIAL
PARECILLOS S PAR ESTRIBO O CONTRA CARRERA o CONTRACARRERA CORREAS T RAN TIRANTE CAN EGIÓN CARRERA
i EGION CUÑA O TACO A PIÑON O HASTIAL I N CUÑA O TACO
FORMA PAR Y NUDILLO
HASTIAL
AL
FORMA A LA MOLINERA
15 .19
FORMA A TUERA
CABALLETELA RIPIA
SE
O HILERA
PARECIL O OTABLAO RIPIA ,
o
ce 2A
SE PUEDE HACER POR HACER POR REBAJE
INCLINANDO A MEDIA MADERA A MEDiA MADERA
ESTRIBO BO
TIRANTILLA CORREAS O CABIOS
PA R TIRANTE
PAR, CERHA O
PAR
TEJA
CARRERA
MURO
DETALLE DE ARMADURAS :
CANA CANALON
TEJA CURVA
TABLA LA
RIPA PAR
ESTRIBO O CONTRACARRERA B o CONTRACARRERA CA
TIRANTE RA CAP..1?CAR ERA Hut) NUDILLO MURO
TEJA
CANALON
PARES ESTRIBO I BO
CC) PON A
RA S RASIL
CANECILLO E C i N 2o
SOLERÓN
Ti
SOLERN
TIRANTE E
CARRERA
DE HADA
O
MURO
U RU FACHD
DE
NUDILLO
NUDILO
15 . 2 0
ESQUEMA DE UN CONJUNTO DE "ARMAZON DE CUBIERTA% CON SUS DENOMINACIONES
RA
CABALLETE O CUMBRERA
MONTE
_
M
LUCERNARIO
F A FALDÓN FALDON
TESA LIMA TES A
VISERA PETOOCOLA DEVACA ALERO
VACA
OE
LIMA HOYA MA H HOYA
CUBIERTA O TECHUMBRE
BUHARDA PIÑÓN CUHILO O PIÑON STIAL A H
A!
° CUCHILLO
AZOTEA ANTEPECHO
FALDÓN FALDON
SUMIDERO
ALBRDI
LIMA HOYA LIMATESALIMTESA
I LUCERNARIO f
15 . 2 1
CUBIERTAS COMPUESTAS : Para salvar luces mayores sobre los elementos resistentes verticales, se colocan unos elementos resistentes que se llaman cerchas, sobre estas se apoyan en sentido perpendicular unos elementos que se llaman correas y sobre estas los parecillos o cabios y encima el elemento necesario (entableado, enlistonado, ...) para apoyar el material de cubrición de la estructura. UNIONES CLÁSICAS DE LAS CERCHAS :
METÁLICA
A
MADERA
HORMIGÓN ARMADO AviADo GRUPODE CERCHAS DE CERCHAS
PLACA DE NUDO CA DE DC
DETALLE DE UNIONES ROBLONADAS EN CERCHA METALICA
PA PARES
BARRAS DE RELLENO DE
T
DETALLE DE CERCHAS PREFABRICADAS DE HORMIGON ARMADO
TIRANTE ea
15 .22 EMBARBILLADO
DETALLE DE CERCHA EN MADERA : LA CERCHA ESPAÑOLA
cogoTE COYOTE PENDOLÓN
PAR
TORNAPUTA
O JABALCÓN CoN MANGUETA
'TIRANTE
TIRANTILLO DE HIERRO DE H
Eo BRAZDE OA FLEJ
SIMPLE RAYO DE JÚPITER RAYO DE
JUPITER
T' i TIRAFONDOS ,os
D o B DOBLE RAYO DE JÚPITER JUPITER DE
PAR
TIRANTE
CARRERA NUDILLO
PAR Ti TIRANTR t
FORMAS DE UNION DE LOS PARES AL TIRANTE
iD i
CARE NUDILO
15 .2 3
ELEMENTOS DE ENLACE : ESCALERAS Son elementos de la construcción que sirven de comunicación a las distintas plantas de un edificio. También pueden servir de acceso a un edificio, en cuyo caso se denominan escalinatas Están compuestas por: ESTRUCTURA SUSTENTANTE: Peldaños, meseta, barandilla, etc. Es la que recibe las cargas que gravitan sobre la escalera y las transmite al resto de la estructura del edificio. -
ESTRUCTURA DE LA ESCALERA : Pueden apoyarse sobre un muro (muro de caja de escalera) o sobre un entramado y se llaman zancas, que pueden formar parte o no como elemento resistente del entramado del edificio.
El espacio que queda libre entre los elementos sustentantes verticales y horizontales en las que se apoya se denomina hueco de caja de escalera.
DESCANSILLO
D DESCANSILLOS
PELDAÑOS HUECO DE ESCALERA ES
7O
EMBARCO Desembarco
FORJADOS A
L CAJA DE ESCALERA ES
A DE
15 .24
Peldaño : Es el elemento de la escalera que permite avanzar por ella ascendiendo o descendiendo y está compuesto de dos partes, una horizontal que se llama huella, que sería la que permite avanzar y tabica o contra huella que es la que permite ascender o descender . BOCEL O MANPERDAN o MAMPERDAN MANPER HUELLA
-
:1 CA A3
ZANC
Las dimensiones de huella y tabica deben cumplir ciertas condiciones para que se pueda subir o bajar cómodamente. 1 huella + 2 tabicas = 63 6 64 cm. La altura más favorable de una tabica es de 17 cm, a la que correspondería una huella de 29 ó 30 cm. 1 huella = 1 huella=
63 - 2 x 17 = 34; 64-2x 17 =34;
63 - 34 = 29 cm. 64 - 34 = 30 cm.
Las barandillas son elementos de protección o quitamiedos, dando seguridad y sirviendo de ayuda para el ascenso o descenso . La altura de la barandilla debe ser de 90 cm. CABEZADA : Es la altura entre el borde de un peldaño y el techo que tiene por encima. Deberá tener por lo menos : 2, 10 m como mínimo y 1, 80 m en escaleras secundarias . Un tramo de escalera para que sea cómodo tendrá: - Tabicas de menos de 15 cm = 14 a 18 peldaños - Tabicas de más de 15 cm = 8 a 14 peldaños Si no cumple esta condición dispondrán de descansillos
s
SECCioN.
Según su trazado pueden ser:
15 .25
De un tramo recto De dos tramos en ángulo De dos tramos ida y vuelta De tres tramos De un tramo curvo De caracol, etc.
ESCALERAS :
Zancas de metal o madera, no suelen formar parte de la estructura de sustentación del edificio
Zancas de hormigón : si suelen formar pa de la estructura de sustentación del edific
ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS DE UNA EDIFICACION :
15 .26
Como el título indica, todos los elementos contenidos en este apartado son complementarios y por lo tanto no vamos a estudiarlos . La distribución de ventanas, puertas, solados, revestimientos, tabiquería o instalaciones en general, dependerán del tipo y usos del edificio . Los únicos elementos complementarios a los que haremos mención son a los de cerramiento exterior . Los entramados sólo cumplen la función de sustentación soportando y transmitiendo las cargas, pero no las de cerramiento o separación de espacios. Cerramiento exterior: a) Puede ser de ladrilló defabrica. El cerramiento se realiza mediante fábricas de poco espesor o tabicados (ladrillo) que además aísla térmica, acústica y visualmente el interior de la edificación, dejando sólo huecos de luz, ventilación y vistas, dependiendo de la decoración externa y el uso del cerramiento en cuestión. b) Los muros cortina es una forma de cerramiento exterior que permite obtener fachadas continuas en sentido vertical (cortina) formado por módulos que se fijan a una estructura propia sujeta al cerramiento vertical. ORS CORTINA MUROS NA
Se pueden diferenciar tres partes: Estructura metálica del muro cortina Paneles transparentes Paneles opacos.
r FORJADOS RS
PANELES TRANPA TES E
'PANE-LES PANELES OPACOS
Tanto unos paneles como otros cumplirán las funciones de resistencia, aislamiento y decoración. Resistencia : Al choque, durabilidad, agentes atmosféricos, fuego,. .. Aislamiento : Térmico, acústico y lumínico . Decoración : Acabados, colocación, limpieza y revisión.
PI 5
15 .27
ELEMENTOS DE UN ARCO : ESTRIBOS : macizo de fábrica entre los que se tiene el arco . ARRANQUES : puntos de nacimiento del arco. RIÑONES : Zonas intermedias del arco entre arranques y clave.
TIMPANO, ENJUNTA O RECALZADO: Parte de la fábrica que descansa sobre los RIÑONES del arco hasta la altura del trasdós de la clave. CONTRACLAVES : Dovelas a los lados de la clave. SALMERES O ALMOHADAS : Dovelas de arranque del arco. TRASDOS : superficie definida por el paramento superior del arco. INTRADOS O SOFITO : Superficie definida por el paramento inferior del arco . ARCHIVOLTA: Conjunto de molduras que suele decorar el frente de los arcos .
VOLTA
W
ARCHIVOLT
CONTRACLAVE
ES
DOVELAS
INTRADOS
CLAVE E
TRASDOS
RÍÑONES LÍNEA DE ARRANQUE LINEA
TÍMPANO
IMPOSTA
TIMPANO
ESTRIBOS
SALMERES LUZ
QUE
15 . 28
ELEMETOS AUXILIARES DE LA EDIFICACION : Para poder realizar cualquier tipo de construcción contaremos con una serie de elementos auxiliares que nos facilitarán el terminado y fraguado de la construcción y que se van retirando según van entrando en carga o cumpliendo sus funciones los distintos elementos constructivos que componen cualquier edificación . Entre ellos distinguiremos : -
Cimbras : son elementos auxiliares necesarios para la construcción de arcos y bóvedas. CAMON
PENDOLÓN PENDOLON SUPLEMENTARIO
ELEMENTOS DE UNA CIMBRA
FALSO TIRANTE o
PAR
DURMIENTE TIRANTE TE
-
Andamios: construcciones auxiliares provisionales que facilitan las labores de ejecución de obras colocando el material y al operario al nivel más adecuado de trabajo y con garantías de seguridad.
ANDAMIOS DE TUBERIA METALICA, cuya versatilidad, facilidad de montaje, multiplicidad de usos y mayor resistencia, los hacen muy útiles y rentables.
15 . 2 9
Apeos: son estructuras auxiliares de madera o metálicas de carácter provisional con objeto de "descargar" algún elemento resistente determinado o detener movimientos de los edificios (asiento, desplomes, etc.) También se realizan apeos en reformas o modificaciones de la estructura o cuando el edificio amenaza ruina para evitarla o dar seguridad durante el derribo . DETALLE DE ENCUENTROS DEL APEO
EGIÓN EGION
PUNTAL 0
O TORNAPUNTA
DURMIENTE t E ESTACAS
CABECERO OCORREA
o
P PIE DERECHO
DURMIENTE ENT E FORJADO
A
FORJADO ABC
ri U IZO
SUELO
APEO DE UN FORJADO
'P(6CABECERO PIE DERECHO
So
A
ASNILLA O TIRAFON TIRAFÓN ASNICLA AGUJA o
17E EC CUÑAS DE JUEGO
Cu
MECHINAL AGUJA
TiZAPON
P u PUNTAL l..
SOLERA JUEGO DEAS CUÑAS
APEO DE UN MURO (apeo de asnilla)
15 . 3 0
APUNTALAMIENTOS HORIZONTALES
ZAPATA MURAL EGIÓN EGION i PUNTALOTORNAPUNTAIV PUNTAL O TORNAPUNTA
AGUJA A ZAPATA MURAL PUNTAL M MULETILLA
M EC'" i MECHINAL PUNTAL
QTIRAFONDS ZAPATA MURAL i1ESCALDÓN ESCALDON
° O TORNAPUNTA
ZOQUETE PUNTAL O TORNAPUNTA PU
ACODALAMIENTO HORIZONTAL
EMBRIDADO
_ DURMIENTE TORNAPUNTA SOPANDA O VELA VELA
JABALCÓN JABALCON
SOPANDA
CODAL O PUNTAL o .
15 .3 1
_ SO SOLERA MURAL U
LA
BARNDIL ANDMI RODAPIE
RODAPIÉ
M
PALOMILLA PUENTE O PESCANTE o PESCANT
0,50 M
PUENTE O PESCANTE VOLADO EMBRIDADO Y ENCEPADO DE DOS TABLONES
EGION
- GINETA 1 N
ÁL - SUELO AL LAG SI MURAL APT OZ SUELO AL LEGAR SIN VELA su E LO . SI
CUÑA
AL SUCLO.
ENCEPADO Y i EMBRIDADO DE DOS TABLONES TABLONES PU PUNTALDURMIENTE
D EPARALE5 VIGA PUENTE
TORNAPUNTA
.
MANGUET
APEO HORIZONTAL ZAPT
SOPASOPAND
PARALES
JAB LCONJAB LCÓN
NO
]>LEP RECHO DE IE CUÑAS DURMIENT
APEO VERTICAL
EMBARBILLADOS
SÍ SI
15 .3 2
RECERCADO DE VENTANAS
I
50 PAN SOPANDA O CABECEROS CABECCRO RIOSTRAS
DINTEL
Q EN
_ __(.LO VIROTILLO JAMBAS BA;
10 0 ,2-m te DURMIENTE VIROTILLOS CABECERO REPISA o PEANA O REPISA
CRUZ DE SAN ANDRES APEO DE UN HUECO CON ARCO
CRUZ DE SAN ANDRES EN PORTICO
DE
.
LISTON
PENDOLÓNTABL DE TABLA DE MON
LISTÓN
CMÓN M
TIRANTE DE TABLA ESA 1
TRAVIES
DE i
LISTON
SOLERA JUEGO DE CUÑAS DE
V VIROTILLO
DURMIENTE MARRANO O SOLERA MARRANO DURMIENTE o So SOLERA
TORNILLOS PASANTES PASANTES
TRAVESAÑOS ES
PUNTAL
BRIDAS
0 l,
APEO DE UNA PILASTRA 0 COLUMNA
SOLERA
A C
15.33 Encofrados : son elementos auxiliares necesarios para el fraguado del hormigón en la construcción, haciendo la función de molde y una _vez endurecido y fraguado el HORMIGÓN se retira no quedando incorporado al edificio. Tienen que ser impermeables para evitar la pérdida de lechada con poca adherencia y que permita un fácil desencofrado . Pueden ser de madera, metálicos, de plástico, escayola, cartón, .. . D&LES DE
TABLAS DE LOSA
COSTILL COSTIL
CARE CODALES CODALES
TABLA
a7 E
ME DE AGUAR DE PIE
LISTÓN LISTON TRIANGUILAR
CABEZA DE PILAR
BRIZA DE CABEZA BRIDA DE
SOPANDA
JABLCON A
JABLCÓN
ENCOFRADO DE VIGA LIGERA PIE DE PILAR o
ZAPATA
L
COGLA
O
COGLA CUÑAS
SOLUCION CORRECTA
CUÑAS
SOLUCION INCORRECTA, se hincha la madera
PUNTAL
15 . 3 4
Entibaciones : son estructuras provisionales o auxiliares destinadas a contener los taludes o las paredes de las excavaciones en los terrenos. Aunque las excavaciones se realicen en terrenos consistentes, también han de realizarse por motivos de seguridad, distribuyendo adecuadamente el tableado, apuntalamiento o acodalamiento de las piezas que realicen las funciones de sujeción del terreno . Pueden realizarse en vaciados de galenas, zanjas, pozos, etc. Y dependiendo del tipo de terreno será una entibación ligera, semicuajada o cuajada. LIGERA
CUAJADA SEMICUAJADA
ENTIBACIONES EN TERRENOS SENUCUAJADA LIGERA
CUAJADA
15 .A . 1
TEMA 15 : AMPLIACION ENTRAMADOS METALICOS : (sólo hierro - acero) a) VENTAJAS:
Elasticidad, homogeneidad, ductilidad. Se usan secciones pequeñas dada su resistencia Trabaja bien a tracción y compresión . Rapidez de montaje con perfiles normalizados en todo el mundo Facilidad de cálculo en secciones. Tabla de valores estáticos, etc.
b) INCONVENIENTES : Peligro de pandeo al trabajar a compresión. Deformable (cambios de temperatura), bien sea por calor o frio . Poca resistencia al fuego (menos que la madera) es más peligroso. Peligro de corrosión . (humedades) . La resistencia disminuye con la temperatura, por ejemplo : a 500° C la resistencia queda a la mitad. Las dilataciones térmicas producen deformaciones y empujes Para 1000° C y 1 metro de longitud el incremento es de 1,2 cm. Los empujes producir pueden derrumbamientos de la obra. . ANTE EL FUEGO: Emplear revestimientos para impedir el contacto con el fuego, durante un tiempo, limitado, de 1 a 3 horas. - Revestimientos de hormigón de al menos 6 cm. Fibras de laminados (placas) . - Chapados de ladrillo macizo de 1/-pie, etc.
. SOPORTE RIGIDIZADO
VI VIGUETA CONTINUA CONTÍNUA
ACERO ORDINARIO: - Carbono - Manganeso - Silicio Azufre C- Fósforo J Eliminar ALA S
CARTELAS
ALM
viVIGA O JÁCENA JACENA
15A 2
ENTRAMADOS DE HORMIGON:
Mezcla resultante de la unión de áridos con pasta de cemento "porlant", con agua y aglomerante . Mortero: Mezcla de arena, cemento y agua (Hormigón sin áridos gruesos). En el estado inmediato a su elaboración es una masa más o menos plástica que puede adoptar la forma del elemento que lo contiene llamado encofrado (o molde) manteniendo las características geométricas después del fraguado . El hormigón adquiere su resistencia de forma gradual durante el fraguado y endurecimiento llamado "el curado del hormigón". Puede ser armado con varillas de distinto grosor, liso o rugoso, y una disposición del armado dependiendo de la función del molde o pieza de hormigón . Es barato y muy utilizado en construcción (muy resistente) . INCONVENIENTES :
Poca flexibilidad de formas, diseño regular . Tiempo de fraguado, tarda de 21 a 27 días en entrar en carga. Ensayos de poros y áridos . ALUMINOSIS: Enfermedad del hormigón. PELIGRO DE (humedades) .
Vigueta de hormigón y bovedillas de ladrillo
Losa aligerada de hormigón armado
CORROSIÓN
POR
GRIETAS .
Viguetas de hormigón y bloques huecos
Forjado de viguetas
15 .A 3
ENTRAMADOS DE MADERA :
Esqueleto o estructura cuya única función es transmitir cargas o esfuerzos hasta la cimentación . La madera ofrece muchas posibilidades en construcción . El único problema es su encarecimiento y trabajo lento de cajeados y formas, ajustes y escuadras. En constrUcción se clasifican en: - Duras : Roble, castaño, haya. - Blandas : Pino, abeto, álamo . CUALIDADES DE LA MADERA: Ligera, fácil de trabajar. Buena resistencia a compresión y flexión Mejor tensión en dirección de las fibras de la madera Fácil combustión, necesita protecciones e impregnaciones ignifugas . Buen aislamiento térmico Mal aislamiento acústico . En la construcción por la posición y forma de la madera, reciben un nombre distinto cada una de las piezas que componen su entramado .
CA CARRERA SOBRECARGA MADERO DE PISO
Pi'-0
CARE
-ZAPATA
PtE
SOPANDA JABALCÓN JABALCON DERECHO
PIE DERECHO
PEANA CONTRAPEANA PEANA
PU
PUENTE
N MADEROS DE PISO CARRERA DE
SO
Í
PISO
Ejemplos de entramados de madera
_ PIE
Piezas horizontales
ENTRAMADOS De MADERA
Piezas Inclinadas
Piezas Verticales
15.A.4 A.4
Carreras Sobrecarreras Soleras Zapatas Dinteles Peanas Sopandas Durmientes Riostras Jabalcones Cruz de San Andrés Pies Derechos Cornijales Virotillos o puntales Enanos o pilerejos
P i PIE DERECHO D E BOTON BOTÓN SOPORTE DE PIEDRA BOTONERA
A : CARRERA
G: PIE DERECHO
S : MADERO DE PISO
B:SOBRE CARRERA
H: VIROTILLO
T: SOLERA (granito)
C: ENANO
I: SOPANDA
U: CORNIJALES
D : PEANA
J: CRUZ DE S . ANDRES
V: DURMIENTES
E: DINTEL
K: RIOSTRA
X: JAMBAS
F: JABALCON
R: ZAPATA
Z: TAO
15 .P. 1
PATOLOGIA DE LA CONSTRUCCION RUINA INCIPIENTE ESTADOS DE RUINA TIPOS DE PATOLOGIA
RUINA PROPIAMENTE DICHA RUINA INMINENTE
,
APARICION DE GRIETAS
Vivas Muertas
DISGREGACION DE MANIFESTACION MORTEROS : Pérdida de sección DE LOS BOMBEOS Y DESPLOMES : Mucha carga ESTADOS DE RUINA SEPARACION DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES:Ladrillo con hormigón EMPUJES :
PQC0 PELIGROSO.
RUINA INCIPIENTE
Provocan los desplomes y Bombeos
PELIGROSO
RUINA PROPIAMENTE DICHA
MUY PELIGROSO
RUINA INMINENTE
15 .P . 2
GRIETAS : Hay dos tipos: vivas y grietas muertas . VIVAS: Aquellas que progresan con el paso del tiempo . MUERTAS : Aquellas que se estabilizan bien al inicio retracciones, o próximo a las juntas de dilatación.
DIFERENCIAS
de la construcción,
VIVAS: Aparecen como nuevas, bordes limpios y color vivo del material. MUERTAS : Presentan bordes oscurecidos por el polvo y colores apagados .
Entre las maneras de medir la propagación de una grieta, las más usuales son: 1. 2. 3. 4. 5.
Comparador mecánico Calibre o pie de rey Testigo de yeso. Hilos conductores Acotar la grieta.
15 .P .á
LESIONES POR CEDIMIENTOS DEL TERRENO : Suele descender una parte de la cimentación, los cedimientos pueden ser: -
CENTRAL: arrufo LATERAL : quebranto
QUEBRANTO
ARRUFO
FAMILIA DE FISURAS EN UN MURO DE ESQUINA
CEDIMIENTO
FISURAS CARACTERISTICAS EN EL CEDIMIENTO DE UN PILAR CENTRAL
CEDIMIENTO
15 .P.4
LESIONES DE APLASTAMIENTO
Por someter a una pieza o varias a una carga mayor de la que es capaz de soportar.
t
MUROS
EN
ASENTAMIENTO
No es peligrosa
MCTY PELIGROSAS FISURAS POR APLASTAMIENTO EN PILARES
ARCO DE DESCARGA
y5=
COLAPSO Muy peligrosa
15 . P . 5
TIPOS DE ESFUERZOS EN LAS ESTRUCTURAS : TRACCION: Cuando sobre un elemento actúan dos fuerzas en la misma dirección y de igual magnitud, en sentido contrario y divergente .
COMPRESION:
Cuando sobre un elemento actúan dos fuerzas en la misma dirección y de igual magnitud, en el mismo sentido y convergentes
FLEXION: Es cuando un elemento tiende a doblarse por la actuación de dos fuerzas iguales. Aquí se producen esfuerzos de compresión, tracción y cortadura
TORSION: Cuando sobre un elemento actuan dos pares de fuerzas y en sentido opuesto.
PANDEO : Cuando un elemento está sometido a fuerzas de compresión y tiene mucha longitud y poca sección, recibe esfuerzos de pandeo .
CORTADURA : Cuando sobre un elemento actúan dos fuerzas iguales y de sentido contrario, con direcciones paralelas y muy cercanas entre si .
15T.6
TIPOLOGIA DE LAS GRIETAS POR CEDIMIENTO DEL ASIENTO Mala elección del firme Modificación del número de plantas . Errores de dimensiones . Mala ejecución (mal fraguado) . Inadecuado sistema constructivo al tipo de terreno . Fugas de aguas. Excavaciones próximas, etc .
LESIONES DE ADAPTACION : -
Adaptación de morteros Adaptación del plano de asiento .
Sus señas son grietas finas, que se manifiestan nada mas terminar la obra y no comprometen la estabilidad de la misma, ni tampoco de la edificación . LESIONES GENERICAS : Humedades . Movimientos y deformaciones : Giros, asientos, desplazamientos, alabeos . Corrosión. Degradaciones o descomposiciones . Desprendimientos . Manchas Pérdida de salubridad y confortabilidad . CORTANTE ALABEO
FISURA POR TRACCION
FISURA PC Rotación
15 .P . 7
NO CONFUNDIR LESION CON ENFERMEDAD -
Nosotros vemos síntomas, no la enfermedad o la lesión . No debemos tapar la lesión únicamente, por ejemplo : tapar la grieta (papel pintado) El problema es buscar la causa que provoca esa grieta e incidir sobre ella. No confundir fisura con grieta . La fisura es pequeña, la grieta es grande, pero no tiene que ver nada, puede ser muy grave una pequeñísima fisura (microfisura) en un pilar.
FISURAS PELIGROSAS EN UN PILAR DE HORMIGÓN TIPOS DE GRIETAS: Por asiento . Por empujes : vertical y horizontal Cambios de temperatura . Los empujes horizontales pueden ser provocados por. a) Rotación Interna: Pierde la verticalidad hacia dentro b) Rotación Externa : Pierde la verticalidad hacia fuera. Si una grieta esta inclinada, existe un problema de asiento siempre . Si es recta vertical suele ser o de asiento de una parte donde se juntan dos muros sin anudar o de calidad distinta pero suelen ser de retracciones por cambios de temperatura y falta de juntas de dilatación. GRIETA
GRIETA
FRÍO FRIO CA CALOR
ASIENTO
CAMBIOS DE
15 .P . 8
GRIETAS EN UN MURO POR EMPUJES O ASIENTOS
GRIETA R l ETA
EMPUJE
GRIETA ETA
AS ASIENTO ASIENTO
ROTACION EXTERNA E INTERNA
ROTACION DE VIGA SOBRECARGADA
ROTACION POR EMPUJES DE DILATACION
15T.9 FASES DE ACTUACION: -
1° 2° 3° 4°
FASE : FASE : FASE : FASE :
Información Análisis Diagnóstico Tratamiento
(toma de datos) (estudio de datos) (dictamen) (terapeútica) .
ESTADISTICA: CAUSA DE DAÑOS EN CONSTRUCCION : -
Proyecto defectuoso :
37,5
-
Ejecución de obra:
23
-
Materiales defectuosos : 20,5
-
Materiales inadecuados : 11,5
-
Causas diversas :
7,5%
AGENTES QUE CAUSAN DAÑOS EN LA EDIFICACION : -
45% Variaciones térmicas
-
11% Corrosión
-
20,5% Lluvia, viento, nieve .
-
16,5% Carga o sobrecarga
-
6,5% Causas varias
NOTA: Esta parte de la constrUcción, la PATOLOGIA, no se exige en el examen de aspirantes para el Cuerpo De Bomberos del Ayuntamiento de Madrid . Pero es importante tener un mínimo de conocimientos ya que podríais detectar una lesión en una construcción y con ello evitar problemas mayores Luis Millán
TEMA 16
16 . 1
INSTALACIONES GENERALES DE UN EDIFICIO. DEFINICION Y ENUMERACION. INTRODUCCION : Las instalaciones en las edificaciones constituyen la base de acondicionamiento de servicios múltiples para el normal desarrollo de todas las actividades. Dependiendo de la actividad o función para la que esté destinado el edificio, de su forma, de su ubicación, de su altura, del tipo de construcción y del número de personal que residan, trabajen o tengan acceso al mismo, así serán sus instalaciones . El conjunto de servicios que se instalan en los edificios o fincas, tienen como finalidad facilitar un ambiente interior óptimo de acondicionamiento y desarrollo normal de todas sus actividades, o lo que es igual, mejorar la calidad de vida. En edificaciones de grandes dimensiones como industrias, comercios, edificios de altura, etc., debido a la gran demanda de numerosas y complejas instalaciones, éstas se agrupan en espacios comunes abarcando toda una planta a la que se denomina Planta Técnica. Puede estar emplazada en sótanos, cubiertas o plantas intermedias . Las instalaciones discurren por espacios libres y aislados, denominados exclusivos. Pueden ser. Exteriores : Separados del edificio (gran longitud y coste) -
Interiores : Conducto vertical general de instalaciones.
-
Mixtas : Por distintos sitios, ahorrando distancias.
ENUMERACION : a) Instalaciones de salubridad Fontanería: abastecimiento de agua potable fría y caliente Saneamiento: eliminación de residuos y aguas .residuales y fecales. Colectores, arquetas y pozos de registro, alcantarillado Ventilación natural y forzada (humos) Residuos sólidos (tolvas, cuartos de basuras) b) Instalaciones receptoras y distribuidoras de energía Electricidad Gas natural, gas ciudad y gases licuados .
c) Instalaciones de climatización -
-
16.2
Calefacción (calderas) Radiación Aire acondicionado
d) Instalaciones de transporte vertical de personas o mercancías Ascensores Montacargas Escaleras mecánicas Cintas transportadoras e) Instalaciones de protección y seguridad De detección de incendios De alarma De emergencia De extinción de incendios f)
Instalaciones de comunicación
-
Telefonía Megafonía Telex Ordenadores, etc.
a) INSTALACIONES DE SALUBRIDAD -
RED DE AGUA POTABLE
Las instalaciones de suministro de agua potable a los edificios tienen su origen de abastecimiento en la red pública En Madrid el Canal de Isabel II es el encargado del suministro, cuidado y mantenimiento del agua potable a través de un sistema de tuberías distribuidas por toda la ciudad, a una presión media de 8 Kg! cm2. Las conducciones de agua discurren por el subsuelo de la ciudad, por galerías de servicio o enterradas a muy poca profundidad y por encima del alcantarillado, hasta llegar a la entrada de los edificios .
16 . 3
Componentes : - Acometida interior general Instalación - Columnas Instalación interior particular Acometida: Esta enlaza a la red pública con el interior del edificio y consta de:
1) Válvula de toma sobre la tubería de la red de distribución que abre el paso de agua desde la red pública 2) Válvula de registro sobre arquetas normalizada con tapa metálica junto al edificio. A esta válvula sólo tiene acceso el personal técnico del Canal de Isabel II y en intervenciones, los bomberos. Instalación interior general: Es la continuación de la acometida y consta de: 1) Llave de paso, instalada en el interior de la cámara de registro (en el portal) fácilmente accesible . 2) Válvula de retención (llamada antirretorno) porque permite el paso de agua en un solo sentido, evitando que retroceda a la acometida . 3) Contador General : es el elemento de medida que permite la lectura de la cantidad de agua consumida . Columnas: Son tuberías verticales que se elevan desde las partes bajas a las más altas de los edificios, suministrando agua a la instalación de la red interna particular . Instalación interior particular: Es la parte final de la red de suministro de agua y que llega a cada vivienda y consta de: 1) Llave de paso : que se encuentra a la entrada de cada vivienda y que permite la apertura o cierre del agua. 2) Grifos o válvulas de salida de agua: usados para cualquier fin dentro de la vivienda, todos los grifos dispondrán de válvula de cierre para su reparación .
DE acometida
toma
de
valu
válua
toma
DE
retncio
retnció de
valu
contadr
16 .4
AGUA CALIENTE : valiéndose de la instalación de agua fría, los sistemas empleados para producir A .C.S . (agua caliente sanitaria) son :
Sistema Individual A.C .S.
INSTANTANEOS : Gas butano, propano, etc. DE ACUMULACION: Termo eléctrico
Son aquellos que consideran todo el edificio como una unidad, permite obtener en cualquier Sistema Centralizado momento, como en el sistema individual A.C.S . a la temperatura deseada y en cantidades ilimitadas .
- RED DE SANEAMIENTO Son instalaciones cuya finalidad es la de conducir hacia el exterior las aguas usadas y fecales; sin que provoquen molestias a los ocupantes de los edificios, producidos por humedades, ruidos, olores, etc., y consta de:
Tuberías R.D.S .
Arquetas
Derivaciones Manguetón Columnas o bajantes Colectores o albañales
Pozos de registro Sifones
a) TUBERIAS:
Individuales Colectivos
Derivaciones : tienen la misión de conducir el agua sucia desde los aparatos domésticos a las bajantes (recorrido en pendiente del 2% al 5%) Manguetón: es la comunicación con bajantes y a él van a desembocar todas las derivaciones de la vivienda (cocinas, retretes, duchas, etc.,) Columnas o bajantes : conducen el agua usada hasta la parte baja del edificio, pueden ser de fibrocemento, de PVC, etc., el diámetro mínimo será de 100 m/m y estarán ventiladas por su parte superior.
16 .5
Colectores o albañales : Recoge las aguas residuales de las bajantes y con una ligera pendiente (5%), las lleva al exterior del edificio (hasta la arqueta general). Pueden ser de fibrocemento o PVC. Arquetas: Son construcciones realizadas en fábricas de ladrillos y enfoscadas en el interior, a las cuales van a desembocar uno o varios colectores, pudiendo sólo acometer uno por cada lado. Deben ser siempre registrables. Pozos de Registros : es donde van a parar todas las aguas de los colectores y arquetas del edificio para desde ahí, desviarlas a la red de alcantarillado. Todos los pozos de registro como su nombre indica, deben ser registrables y visitables, disponiendo de patés para acceder a su interior. Suelen ser de fábrica de ladrillo y enfoscado en su interior.', La instalación de desagües puede ser de tipo separativo y mixto, dependiendo si las aguas pluviales bajan por la misma conducción de aguas del edificio o por instalación independiente . Sifones : son unas instalaciones que por su forma de codo mantienen el agua en su interior impidiendo que el aire pase de la red de evacuación del edificio, creando malos olores. Pueden ser individuales o colectivos. Alcantarillado : en Madrid es de tipo unitario no pudiendo llevar ningún otro servicio en ellos, lo que significa que las aguas pluviales y las residuales se mezclan en sus canalizaciones hasta su depuración con un caudal medio de 13 m3/sg. Galerías de servicio: túneles subterráneos en forma de bóveda que circundan la ciudad en unos 90 Km. Situados a poca profundidad 1,50 m y siempre por encima de la red de alcantarillado . En el interior de las galerías llevan servicios visitables de: a) Agua potable b) Electricidad c) Telefonía, etc. (comunicacíón) Nunca de aguas fecales o conducciones de gas.
Ventajas de las galerías de servicio :
16 . 6
Disminución de hundimientos y socavones Se evitan las zanjas y molestias Mejor conservación Mejor control de averías Más seguridad en general - INSTALACIONES DE VENTILACIÓN: Se llama ventilación a la renovación de aire viciado que se efectúa en los locales y se considera de dos tipos: a) Ventilación normal : se denomina así a la que se realiza por los huecos que dan al exterior, por donde entra y sale el aire. b) Ventilación forzada : en este tipo de ventilación la entrada de aire se efectúa por huecos que dan al exterior o a local ventilado y la salida, por conducto vertical de tipo forzada o por impulsión al exterior por medios mecánicos . (garajes, sótanos, cines, grandes almacenes) . c) Chimeneas : Para humos procedentes de: - Calefacción y gas - Cocinas (extractores) - Hogares y chimeneas.
- RESIDUOS SÓLIDOS (TOLVAS) CUARTO DE BASURAS. Son conducciones verticales destinadas al vertido de residuos y basuras sólidas por gravedad hasta el cuarto de basuras. El vertido se realiza a través de una compuerta RF. en cada planta, con sistema de cierre automático conduciendo en sentido vertical el vertido hasta el sistema de tolva en la parte baja del edificio (cuarto de basuras). La ventilación de estas conducciones se realizan por medio de rejillas que dan al exterior en el cuarto de basuras y por donde entra el aire, y la salida del mismo se realiza aprovechando generalmente el conducto vertical de vertido . Estas instalaciones precisan de revisiones y limpieza muy periódica, dado el alto riesgo de incendio y propagación que suponen estas conducciones verticales por el efecto chimenea .
16 .7
ASPIRADOR ESTATICO
El aspirador estático, es un elemento que permite crear dentro de él la depresión necesaria para la evacuación de aire viciado . Este elemento puede ser de material de hormigón, cerámica, fibrocemento, plástico, etc. Su instalación se hace en tejados o azoteas . b) INSTALACIONES RECEPTORAS Y DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA - RED ELÉCTRICA Según la fuente de energía utilizada, la CENTRAL ELÉCTRICA será: Hidroeléctrica : Se aprovecha la energía cinética de una masa de agua a cierta altura. Termoeiéctrica: Se utiliza el calor de la combustión producido por combustibles sólidos, líquidos o gaseosos . Eólica: Se aprovecha la fuerza del viento. Solar o Hefotérmica : Se aprovecha la radiación del Sol. Geotérmica: Se aprovecha el calor interior de la Tierra. Maremotriz: Se aprovecha el desnivel del mar producido por las mareas. Nuclear. Se aprovecha el calor producido por las reacciones nucleares. Una central se compone fundamentalmente de: 1. Generador de la energía primaria (presa de agua, de vapor, reactor nuclear,etc) 2. Grupo Transformador de la energía primaria en energía eléctrica (grupo turboalternador). Así se transforma la energía primaria en mecánica, y ésta en eléctrica . 3 . Estación de transformación (estaciones transformadoras de tipo elevador de tensión) que eleva la tensión de producción (3 .000 a 6 .000 v) a la tensión de transporte (110, 220 y 380 Kv) 4. Sala de control 5 . Equipos y servicios auxiliares.
16 . 8
El transporte se hace por medio de tendidos eléctricos aéreos a tensiones altísimas, 380 Kv, yendo a parar directamente a las subestaciones eléctricas que se encuentran en la periferia de la ciudad, aquí se transforma a 60, 45 y 15 Kv y se reparte a los centros de transformación distribuidos por toda la ciudad, ya de forma subterránea . Salíendo la electricidad a una tensión de 380 y 220 voltios, que es como llega a las edificaciones .
tendido aérepaereo
60-45-15 Kv. 60-45-15
SA LTO DE SALTO DE AGUA
subetación con transformador reductor
TENDIDO AÉREO AEREO AE
ex, 3000
110,220,380 Kv.
CENTRAL hidroeléctrica A ó000v
A 6000 V TRANSFORMACIÓN ELEVADOR TRANFORMADOR EN LA CUIDAD SUBTERRÁNEO SUBTERRANEO
ELEVADOR VA .
EDIFICACIONES
LINEA SUBTERRANEA LÍNEA SUBTERÁNEA
EN W LA CUIDAD
EA
Fi
BAJA TENSIÓN 380/220V. A BAJA TENSIÓN BAJA TENSION ON 380 f 220
Transformadores eléctricos: Es una máquina estática que nos transforma la tensión de un sistema eléctrico dado, a una tensión deseada (siempre la tensión en comente alterna). A intemperie Transf. Reductores Transf. Elevadores Clasificación de Transformadores Transf. De Refrigeración Protegidos Secos o en aceites minerales Equipo Transformador sencillo y doble CELDAS de , alta tensión tensión
celda de proteccion protección
LINEA linea de distribución en alta tensión alta alta TEN.SION
TPANS TRANSFORMADOR
cuadro de DE Distribución de baja tensión
línea de distribución DE en baja A TE NS tensiñon
16 . 9
En una edificación existen otras canalizaciones eléctricas destinadas a otros fines como pueden ser: a) Alumbrado de escalera. b) Alumbrado auxiliar para: ascensores, antenas o calderas. c) Alumbrado de emergencia : que es suministrado por un sistema de baterías, un generador eléctrico u otra compañía eléctrica . d) Línea principal de tierra (para evitar accidentes). Como por ejemplo los rayos e) Fuerza motriz (ascensores, escaleras mecánicas, bombas) f) Transformadores para motores, grupos de presión, climatización, etc. PARARRAYOS. Aparato o dispositivo especial que sirve para preservar un edificio o una instalación eléctrica de los peligros de la electricidad atmosférica . Él pararrayos atrae la energía estática que descargan las nubes en las tormentas creando_ un radio de protección al atraer la descarga del rayo. La punta del pararrayos recoge la . electricidad y la canaliza a través de un cable conductor hasta tierra donde se produce la descarga . Dependiendo de la altura a la que esté colocado el pararrayos, la electricidad estática la canaliza hasta la tierra a través de una pica clavada en el suelo. (profundo y húmedo).
NUBES
+ rayo o
PUNTA punta con varias varillas entrelazadas
CABLE
DE
radio de protección
Ti
CABLE a tier aA
DEL PARARRAYOS PICA
-
GAS NATURAL, GAS CIUDAD, GASES LICUADOS:
16 . 1 0
Los gases de uso doméstico son el natural (G.N), gas ciudad o manufacturado (GM) y butano o propano (G.L.P. -Gases licuados del petróleo) generalmente y se distribuyen a través de conducciones directas, por depósito intermedio o en botellas. Potencial calorífico : -
Gas Natural : 9680 a 13850 Kcal/m 3
-
Gas Ciudad: 5700 a 7500 Kcal/m3
-
G.L.P . : 18500 a 22070 Kcal/m3
Los gases utilizados en la industria como hidrógeno, nitrógeno, cloro, acetileno, amoniaco, oxigeno, etc., son servidos por conducciones o cisternas en camión o tren, hasta sus depósitos y otros, por medio de grandes botellones o recipientes a presión.
RED DE GAS NATURAL ENMADRID : Se distribuye a través de tuberías de acero de 508 m/m (20 pulgadas) y Alta presión 16 bar. A partir de esas tuberías y a través de varias estaciones reguladoras de presión y control pasan a las redes de reparto . Madrid está dotado de dos anillos y de dos regímenes de presión. El primero se aplica generalmente a los distritos periféricos, Media Presión B de 0,4 a 4 bar y el segundo se sitúa fundamentalmente en la zona centro del municipio de Madrid, Baja Presión 0.05 bar. Como la red está sometida a múltiples variaciones según el consumo (día, noche, etc.,)la compañía dispone para el control de presión de un puesto de mando central que constituye un cerebro electrónico donde procesan los datos para equilibrar las presiones y control de anomalías, etc. DISTRIBUCION GENERAL DE GAS NATURAL: Se efectúa en forma de malla con 200 estaciones reguladoras de presión y medida normales, 6 comandadas y el 80 % telemandadas, a través de 2000 Km de tubería . Las conducciones de gas son generalmente pintadas de amarillo y también de color granate.
16 . 1 1
DISTRIBUCION GENERAL ENLOS EDIFICIOS. Llave de acometida subterránea (no más de 60 cm de profundidad) y próxima al portal. (a partir de aquí la conducción es lineal) Pasa al armario de regulación donde se encuentra un peine de suminístro centralizado (éste no siempre existe, depende del uso del edificio) Las conducciones verticales suben por fachada o patio, con llave de montante a unos 2 metros de altura de la fachada hasta la llave de abonado en el exterior de cada entrada a la casa, junto al contador individual de consumo y de aquí discurre la conducción por la vivienda hasta cada aparato electrodoméstico o caldera con llave de corte en cada uno de ellos. Este tipo de instalaciones son muy peligrosas y requieren observación y mantenimiento periódico Ninguna conducción general pasará nunca por lugares cerrados, sótanos, garajes, etc. Si atraviesan un muro llevarán una vaina especial que además de proteger la conducción ventile el paso por el mismo. Si por un casual, siniestro, obra, etc., se cierra alguna llave general de suministro en la finca no se puede volver a abrir nunca hasta que todos los vecinos implicados en el corte no estén avisados . DENSIDAD RELATIVA DE LOS GASES. Gas Natural
0.59 Í
Gas Metano
0.55
Propano
1 .52
Butano
2.03
EL AIRE TIENE DENSIDAD 1.
Por este motivo hay gases que se acumulan en el techo al pesar menos que el aire y otros que lo hacen en el suelo al pesar más que el aire . -
Obligación de rejillas de ventilación siempre a los dos niveles .
16. 1 2 c) INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN -
CALEFACION :
Se llama calefacción a las condiciones óptimas de temperatura y humedad relativa en las que se encuentran confortables, la mayor parte de los seres humanos. Para conseguir la temperatura deseada, los sistemas de calefacción pueden ser: a) Calefacción por convección : Natural o forzada b) Calefacción por radiación . Calefacción por convección natural : En este sistema de cesión de calor a los locales se realiza a través de radiadores, siendo el elemento transmisor del calor el agua, por lo que también se denomina calefacción por agua caliente. El agua caliente sale de la caldera a 90° C subiendo hasta el vaso de expansión y desde el mismo, mediante un circuito alimenta a los radiadores. A la salida de los radiadores el agua, en su recorrido, pierde calorías y se encuentra a unos ?0° C. Este sistema de calefacción cuenta con una instalación de retorno del agua a la caldera, donde se inicia de nuevo el ciclo. Calefacción por convección forzada : En estas instalaciones la cesión del calor a los locales se realiza mediante aire. Este puede estar producida por un aparato que posea el hogar propio (generador de aire caliente) o puede producirse por contacto con una batería de caldo (aerotermo) . Los aerotermos son los elementos terminales de este tipo de instalaciones (semejante a los radiadores en el sistema de convección natural). Son unidades compactas de aire impulsado . Consta de un ventilador eléctrico, un filtro de aire, una serie de elementos de caldeo y una boca insufladora provista de rejillas orientables, que proyectan el aire caliente en la dirección deseada. Calefacción por radiación : La cesión del calor a los locales se realiza por medio de agua caliente que circula por unas tuberías, las cuales están empotradas o incluidas en el suelo, techos o paredes . Aunque realmente en la práctica, este sistema sólo se utiliza mediante los llamados suelos calefactores . En paredes y techos no se utiliza.
16 . 1 3
CALDERAS
-
son:
Existen varios tipos de calderas para calefacción y agua caliente centralizada como
conGU ducto de evacuación
IDA
retorno
-
-
Calderas para combustibles sólidos: Madera Carbón: hulla y antracita.
Calderas para combustibles líquidos: No presurizados Si presurizados conducto de evacuación DE
e-
ida DA ,
0" conducto de avacuación D ida
retorno quemador
entrada de combustible
entrada de gas DE gas
r
>
16. 14
-
Calderas para combustibles gaseosos : No presurizados Si presurizados
DEPOSITO DE GAS LICUADO SIN VAPORIZADOR
DEPOSITO ENTERRADO DE GAS LICUADO CON VAPORIZADOR
QUEMADOR NO PRESURIZADO PARA GAS COMBUSTIBLE
QUEMADOR PRESURIZADO PARA GAS COMBUSTIBLE
16. 1 5 Calderas de mural para gas: Ciudad Natural Propano
conducto de evacuación
En casas particulares con uso de botellas individuales : gas butano
salida deaguacaliente r C R retorno vio
IDA entrada de gas
GAS
-
entrada de agua fría
INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO
Estas son canalizaciones que comunican todas las partes de un edificio en sentido vertical y horizontal creando las condiciones óptimas de temperatura y humedad relativa, en las que se encuentran confortables la mayor parte de los seres humanos en épocas de calor o en lugares confinados o con poca ventilación. Este tipo de instalaciones es muy peligroso porque da muchos problemas de propagación del fuego y humo en caso de incendio, creando mucha confusión. . El gas más usado en este tipo de instalaciones es el FREON 22 que no es inflamable ni tóxico, aunque es peligroso porque desplaza el aire. Las instalaciones pueden ser también individuales . linea deaspiración
condensador el gas se hace líquido GAS
EL el liquido se hace gas
V ventilador centrífugo O
gases f 22 r 12 r 500 . 2
SE
CONTROL de flujo
U ventilador axial AL
el condensador puede ser aire agua
i A
16 .16
d) INSTALACIONES DE TRANSPORTE VERTICAL DE PERSONAS O MERCANCIAS -
ASCENSORES Y MONTAcargas CARGAS
Estas son máquinas destinadas al transporte vertical de personas y cargas, consta esencialmente de: - Recinto o caja de ascensor - Cuarto de máquinas - Puertas de acceso en cada planta - Camarín a) Recinto o caja de ascensor : es el hueco vertical que suele discurrir próximo a la caja de escalera y que comunica todas las plantas del edificio. b) -Cuarto de máquinas : si el ascensor es eléctrico, este cuarto se puede encontrar abajo o arriba de la edificación, dependiendo del sistema de poleas y contrapesos que tenga el ascensor . c) Puertas de acceso en cada planta : suelen ser metálicas con un pequeño cristal central, no se pueden abrir si el camarín no se encuentra parado y a nivel en la misma planta por lógica seguridad para los usuarios. d) Camarín: habitáculo destinado al transporte vertical de las personas o cargas. Suele ser fabricado en materiales ligeros y resistentes . Los ascensores pueden ser según su tracción: -
Eléctricos: siempre tienen contrapeso
-
Hidráulicos : tienen un pilar metálico seguido de un cilindro también metálico del que sale una manguera de goma que da presión al sistema. (no tiene contrapeso) .
- ESCALERAS MECÁNICAS O CINTAS TRANSPORTADORAS Instalaciones destinadas al transporte vertical de personas o carga, en la que la distancia a salvar es muy grande y el uso muy continuado por gran cantidad de pasaje. Estas instalaciones se colocan en huecos especialmente diseñados para su uso y constan de: Plataforma de embarco y desembarco del tramo . Cinta o escalera sin fin de peldaño plegable, sujetos a una cadena o tractora y mediante un mecanismo rodante suben o bajan de una forma continuada . Pasamanos con cinta móvil (en escaleras) . Motor eléctrico que mueve todo el mecanismo, emplazado generalmente debajo de la misma escalera y al que se accede levantando la plataforma de embarco si bajas y de desembarco si asciendes.
16 .17
e) INSTALACIONES DE PROTECCION Y SEGURIDAD El objeto de estas instalaciones es establecer las condiciones de seguridad contra el incendio ordinario en la edificación y actividades, con el fin de reducir las posibilidades de su iniciación, tratar de evitar la pérdida de vidas humanas, de reducir las pérdidas materiales y de facilitar las operaciones de extinción y evacuación en caso de siniestro . Todas las condiciones de accesibilidad, compartimentación, evacuación, así como de las instalaciones de cualquier tipo en una edificación vienen reflejadas en el Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad Autónoma de Madrid -
Instalaci ones de detección de incendios:
Los detectores manuales son los "Pulsadores De Alarma". Pero si no hay nadie que vea o localice el incendio, es una instalación inútil. Debido a ello, se han desarrollado los detectores automáticos de incendios y pueden ser: 1 . DE TEMPERATURA : 1 .1 Temperatura Fija, más de 70°C 1 .2 Termovelocimétricos, aumento súbito de temperatura, 6°C por minuto. 1 .3 Termoeléctricos, se basan en el cambio o la producción de corriente eléctrica de algunos metales al calentarse. 2 . DE HUMOS : 2 .1 Iónicos, se basan en cambios de conductividad eléctrica del aire en presencia de humos . Este se ioniza mediante una célula radiactiva.(son de acción muy adelantada) 2 .2 Fotoeléctricos, se basa en la transmisión de la luz en un ambiente con humos. Los hay de 2 tipos principales: de Oscurecimiento y de Dispersión de la Luz. 3 . DE GASES: Se basa en los cambios químicos que se producen en el aire en un fuego. Actúan con posterioridad a los detectores de humos y antes que los de temperatura en un incendio normal.
16 . 1 8
4. DE LLAMAS: Son de efecto más tardío pero su cobertura es prácticamente ilimitada. Detectan la llama viva y las chispas incandescentes . Los hay de 2 tipos: 4 .1 . Infrarrojos, pueden ser activados por el Sol, debiendo protegerse, no se activan por chispas eléctricas . 4.2 Ultravioletas, no se activan por el Sol, ni las luces artificiales corrientes, activándose por la llama viva y por las chispas eléctricas . La situación ideal de los detectores depende del tipo de detector, en general no deben estar ocultos. -
Instalaciones de alarma: l . INSTALACIÓN DE PULSADORES DE ALARMA, la instalación de Pulsadores de Alarma tiene como finalidad la transmisión de una señal a un puesto de control, centralizado y permanentemente vigilado, de forma tal que resulte localízable la zona del pulsador que ha sido activado y puedan ser tomadas las medidas pertinentes. 2. INSTALACIÓN DE ALERTA, la instalación de alerta tiene como finalidad la transmisión, desde un puesto de control centralizado y permanentemente vigilado, de una señal perceptible en todo el edificio, que permita el conocimiento de la existencia de un incendio por parte de los ocupantes . Esta instalación estará asociada a la instalación de Pulsadores de Alarma, así como a las de Detección y Extinción Automática, cuando ésta exista y pueda cumplir todos los requisitos establecidos para aquella. 3 . INSTALACIÓN DE MEGAFONIA, la instalación de megafonía tiene como finalidad el comunicar a los ocupantes del edificio la existencia de un incendio, así como transmitir las instrucciones previstas en el Plan de Emergencia contra Incendios. Deberá complementarse con las adecuadas señales ópticas, cuando así lo requieran las características de los ocupantes del mismo .
16 . 1 9 -
Instalaciones de emergencia : 1 . ALUMBRADO DE EMERGENCIA, tendrá dos fuentes de suministró, una principal y otra secundaria que podrá ser específica o común a otras instalaciones de protección contra incendios. Su autonomía a plena carga será como mínimo de 1 hora. 2.
SEÑALIZACIÓN, se puede englobar en los siguientes grupos : 2.1 Informativas 2 .2 de Prohibición 2.3 de Peligro 2.4 de Obligación
3 . VENTILACIÓN DE VESTÍBULOS DE INDEPENDENCIA Y caminos DE EVACUACION PROTEGIDOS . -
Instalaciones de extinción de incendios: HIDRANTES DE INCENDIOS, son puestos de abastecimiento de agua especiales para los servicios de extinción, con diámetros de 80 y 100 mm. Existen 3 tipos : 1.1 Enterrados 1 .2 Antihielo 1 .3 Columna Húmeda llave
tapaayuntamiento demadrid .
Rracor 70mm 2 racor 100mm
too
bulón bulon valvula válvula
sección de arqueta
16 .20
2 . COLUMNA SECA 3 . BOCA DE INCENDIO EQUIPADA B .I .E, ésta estará compuesta por los siguientes elementos : -
Bocas de incendio equipadas, de 45 y 25 mm de diámetro Fuentes de abastecimiento de agua Red de tuberías de agua
4 . EXTINTORES MÓVILES, contienen un agente extintor que puede ser proyectado y dirigido sobre un fuego por la acción de una presión interna. Esta presión puede obtenerse por una compresión previa permanente, por una reacción química o por la liberación de un gas auxiliar. Los extintores se clasificarán según el agente extintor de la siguiente forma: Extintores Extintores Extintores Extintores Extintores Extintores
de agua de espuma de polvo de anhídrido carbónico (COZ) de hidrocarburos halogenados específicos para fuegos de metales
5 . SISTEMAS FIJOS DE EXTINCIÓN, - Rociadores de agua o SPRINKLER : Consiste en una válvula cerrada que rompe a una determinada temperatura dejándola abierta y posibilitando la salida de agua que choca con un deflector y cae en forma de paraguas, el elemento de rotura suele ser un bimetal o una ampolla de vidrio. La red de tuberías recorre la totalidad del recinto a proteger cubriéndolo en todas sus zonas y disponiendo de un rociador por cada 9 a 16 m2. - Inst. fijas de polvo - Inst . fijas de CO2 - Inst. fijas de halón - Inst. fijas de espuma
CONVENTIONAL montante
PENDENT colgante
HORIZONTAL StOEWALL de pared
f)
INSTALACIONES DE COMUNICACIÓN :
16 . 2 1
La comunicación es el proceso por el cual se transmite información . Esta transmisión de señales será mediante un código común al emisor y al receptor. Son instalaciones destinadas a alimentar los sistemas colectivos de captación y distribución de señales audiovisuales, bien sean de telefonía, radio, televisión, ordenadores, etc. Suelen estar centralizadas en las mismas condiciones que la red telefónica y eléctrica, también por ondas como la TV o radio que utiliza antenas y receptores o satélites artificiales como elemento transmisor. Estos pueden ser pasivos que actúan como reflectores de la radiondas y activos que reciben, almacenan, amplían y retransmiten las ondas inmediatamente o de forma diferida.
1 7.1
TEMA 17 INFRAESTRUCTURA URBANA DE MADRID DEFINICIONES, TIPOS DE SERVICIOS Red de Saneamiento, Red de Galerías de Servicio
RED DE SANEAMIENTO : ALCANTARILLADO COLECTORES: Son los túneles subterráneos de diferentes medidas y formas que constituyen las redes de alcantarillado y que recogen las aguas pluviales, fecales y residuales de las vías públicas, edificaciones y factorías. Todas las aguas recogidas son dirigidas en diferentes formas y por sistemas variados hasta las depuradoras, y desde éstas hasta los ríos. Los conductos o colectores han sido modificados y mejorados en el correr del tiempo y son Servicios Dependientes de Organismos Oficiales. GALERIA DE ACCESO
CONDUCCION PARALELA DE AGUA POTABLE Y RESIDUAL (1858)
ORIGEN DEL ALCANTARILLADO : El origen del alcantarillado en Madrid viene a ser complementario a la distribución del agua potable en el Reinado de Isabel II y data del año 1858 . El vertido de las aguas, una vez usadas, se orientaban al río Manzanares. Hubo un tiempo en el que la recogida de vertidos de aguas residuales se conducían paralelas a la distribución del agua potable, pero se llegó a comprobar que ambas, en algunos puntos contactaban y se contaminaban e incluso llegaban a producir epidemias . En la monarquía de Alfonso XIII se encauzaron los problemas y para ir dando solución se construyeron unos 500 Km. de redes de alcantarillado independiente, que vertían al río .
17. 2
Posteriormente en la República se hicieron de 1,10 m por debajo del enrase, con puntos visitables y con sucesivos enganches . Durante la guerra fueron usados estos colectores como puntos estratégicos, incluso otros fueron minados como se ha observado posteriormente, por la acción de hundimientos, socavones, etc. Ejemplo en el Paseo de la Florida, Abroñigal y otras . Después de la guerra crece en Madrid con desorden y en los años 60 -70 se crean nuevos colectores y surgen planes de mejora y alguna depuración ; pero debido al crecimiento fue insuficiente. En el año 1977 el Ayuntamiento aprueba con la- mayor parte del presupuesto de la corporación el Plan Integral De Saneamiento, por el que se depuran todas las aguas.
ALCANTARILLA VISITABLE
COLECTORES: El saneamiento de Madrid es de tipo UNITARIO, es decir, se utilizan los mismos conductos para las aguas negras y las pluviales . Vierte a dos cuencas; la del Manzanares y la del Jarama, correspondiendo aproximadamente el 80% del total a la primera y el 20% restante a la segunda, siendo la divisoria el eje nudo norte (Arturo Soria - Hermanos García Noblejas). El caudal medio que produce la ciudad en tiempo seco es de 11 m3/sg. Antes del desagüe al río se depura la totalidad de las aguas con tratamiento primario y secundario, en siete estaciones depuradoras. La red de alcantarillado se compone de dos colectores principales en la cuenca del Manzanares, que van a ambos lados del río y otros de gran sección que vierten a ellos a través de las antiguas vaguadas (hoy desaparecidas en su mayoría), de las que toman el nombre: colectores de la Veguilla, Fresno, Cantarranas, Valdemarín, Pozuelo, . . . etc. Estos a su vez reciben aportaciones de las conducciones de las calles importantes, ramificadas por todas las restantes calles, a donde van a parar los desagües de las fincas. En la cuenca del Jarama, las aguas llegan por las galerías de Rejas y Valdebebas, hasta las depuradoras correspondientes . campo de cas
_ z sur
r p. sol
viveros
a a
N
p. extremadura
butarque
17. 3
CONSTITUCION DE LA RED: El tamaño de cada colector depende del caudal de agua que deba desaguar, por lo que es muy variado . Los pequeños son tubulares que tienen diámetros comprendidos entre 0,20 m y 1,00 m; este tipo de alcantarillado se denomina no visitable . A partir de aquí pasan a secciones ovoides rectangulares abovedadas, o circulares de gran diámetro (hasta 3,00 m) de todas las dimensiones imaginables, siendo la más frecuentes de 1,70 m de altura y 0,70 m de ancho, que pueden o tener andén para paso del personal. A estas se les llama vísitables . La longitud total de la red municipal es de 3 .500 Km, de los cuales son visitables 1 .600 Km, y el resto tubulares. Existen urbanizaciones no municipales dentro de Madrid, y las acometidas de los inmuebles, siempre privadas, que suponen en total alrededor de 700 Km más. Para tipos no visítables es preciso disponer de registro directamente sobre la tubería, a distancias comprendidas entre 20 y 30 m. Sirven para limpieza e inspección y suelen estar situados en el centro de la calzada . En las visitables, los pozos son de acceso, ya que los trabajos se efectúan en el interior, y están distanciados entre 100 y 150 m, bajando a un lado de la galería y no directamente sobre ella, por lo que se necesitan un pequeño túnel de conexión que se llama cerrojo . Las uniones de colectores secundarios con principales, son puntos de discontinuidad forzosa, en que deben interrumpirse los andenes si son visitables. A veces la profundidad de las galerías es diferente, y para salvarla se disponen de rápidos de la misma sección pero con fuertes pendientes, donde el agua alcanza grandes velocidades, por lo que en el andén se disponen escalones.
COLECTOR TUBULAR
17 .4
En momentos de aguacero las aportaciones debidas a la lluvia se suman a las domésticas, produciendo caudales que pueden llegar a ser 30 veces lo normal. Estos excesos de agua deben evacuarse cuanto antes de los colectores, pues de lo contrario se necesitarían conducciones enormes, de gran costo y reducida utilidad, para ello se disponen los aliviaderos, que dan salida al agua a partir de cierta dilución, al cauce público más próximo, bien directamente o bien a través de túneles exclusivamente dedicados a este fin, que se llaman emisarios, y que por tanto en tiempo seco no funcionan . En el Manzanares existen 29 aliviaderos, la mayor parte sumergidos para evitar olores. Al Jarama van otros tres. Muy importante en un alcantarillado es la ventilación, pues las aguas residuales fermentan espontáneamente produciendo cantidades apreciables de CO2, compuestos de azufre y algo de metano, sin contar con otros gases que pudieran desprender los vertidos industriales . Dentro del casco urbano la ventilación principal tiene lugar a través de los absorbederos (puntos de entrada de aguas de lluvia), mientras que en los tramos alejados se disponen chimeneas, que son semejantes a los pozos de registro, pero están situados sobre la clave del colector y cubiertos por una rejilla . Nunca se debe intentar penetrar a la galería por uno de ellos.
En la red no visitable, la ventilación se lleva a cabo por los absorbederos y en los pozos de registro, cuyas tapas de fundición disponen de cuatro taladros para este fin. El alcantarillado de Madrid, está destinado exclusivamente a la evacuación de aguas residuales, y no albergan ningún otro servicio urbano, careciendo de alumbrado, energía eléctrica o medios de comunicación con el exterior (los radio - emisores no se escuchan fuera) . En cuanto a la profundidad, normalmente las no visitables oscilan entre 1,50 m y 4,00 m mientras que las visitables van entre los 5,00 m y 14,00 m. Aunque hay excepciones encontrándose tubulares a 10,00 m y visitables a casi 40,00 m. En varios puntos de la Capital, existen rejas u otros obstáculos para impedir el paso de personas, por motivos de seguridad . Tales dispositivos son colocados y manejados por la Policía Nacional .
17.5
ACOMETIDAS : Reciben el nombre los ramales, que partiendo del interior de los edificios, recogen los desagües de las viviendas y los llevan hasta el alcantarillado público, por tanto al menos en parte deben discurrir bajo las calles. Normalmente son del mismo tipo que el saneamiento de la calle donde desaguan, es decir, si éste es tubular, aquellas también lo son y si es visitable, igualmente ocurre con las acometidas, aunque sus dimensiones son más reducidas (generalmente 1,40 x 0,70 m) . Se inician dentro del inmueble, en un pozo que recoge todos los servicios de la finca, llamado pozo general de recogida de bajantes, y suelen llegar al colector sin más pozos, o a lo sumo con uno mas, llamado de acometida (situado en el portal o en la acera) inmediatamente delante.
ACOMETIDA PARTICULAR
Actualmente las normas Municipales prohiben la existencia de estos pozos en las aceras, y exigen que dentro de las acometidas visitables se lleven las aguas entubadas, llegando al colector solo el tubo y no la galería, para impedir el acceso a la finca por este conducto . Sin embargo, existen muchas antiguas que no cumplen la normativa . Todas las acometidas son de propiedad y competencia privada, aunque el Ayuntamiento tiene derecho a inspecionarlas y exigir su reparación si se encuentran en mal estado. La recogida de las aguas por medio de colectores pueden ir por medio de colector simple si son calles estrechas y con colectores doble cuando son calles de gran anchura .
POZO DE REGISTRO
GALERIA VISITABLE
POZO DE RESALTO
17 .6
COLECTORES HACIA LAS DEPURADORAS : La evacuación de las aguas de las fincas se realiza por medio de bajadas hasta arquetas y desde estas, por conductos, hasta los pozos de las fincas . Desde estos pozos pasan las aguas a otros llamados generales que van a los colectores . Los pozos cuando no son visitables suelen tener de 1,50 a 14,00 m. Las visitables son aquellas que tienen una profundidad de 5 .00 a 14.00 m Todos los vertidos, salvo los de pozos negros, están dirigidos hacia el río; bien entrando por su margen izquierdo o derecho (en la actualidad, pasan las aguas antes por las depuradoras) . RAMALES : Hay diferentes tipos de Ramales de los colectores. Unos recogen ¡as aguas en forma de "T" o espina de pescado, esto facilita el desalojo de aguas fecales a residuales de las tuberías. ej : los de Pinos, Altas, Abroñigaies, etc. ramales
ramales
5
5
colector general i o R
COLECTORES HACIA DEPURADORAS : La evacuación de las aguas se efectúa por bajadas desde los edificios o fincas a las arquetas, y desde estas, por conductos a los pozos de las fincas y desde estos, a los pozos generales que van a los colectores. Los conductos pueden ser tubulares o cilíndricos (pueden ser de 0,20 a 1,00 m) o los colectores visitables de bóveda arqueada de varias medidas. LAS EVACUACIONES PUEDEN SER (por los sistemas) a) Sistema Unitario: cuando la recogida de las aguas pluviales y las fecales van juntas, como el existente en Madrid. b) Sistema Separativo: Cuando conducen las aguas pluviales y fecales por separado . Todos los vertidos excepto los pozos negros, están orientados sus vertidos hacia las depuradoras y desde estas a los ríos .
17 . 7
DEPURADORAS MAS IMPORTANTES : Cuenca del Manzanares : el 80%
1 . La de Viveros : En la carretera de la Coruña. 2. La de la China: Que recogen las aguas de dos importantes colectores 3 . La de Butarque: Con recogida de las zonas de cementerio de Carabanchel . 4 . De la Zona Sur: Fuera de la demarcación de Madrid (parte de Getafe) 5 . Zona Oriental : Zonas de San Martín de la Vega, y otras. Cuenca del Jarana : el 20% Esta cuenca recibe el 20% de las aguas vertidas en Madrid; principalmente a través de las depuradoras de: 6 . Valdebebas 7 . Rejas A estas zonas corresponden Coslada, Torrejón, etc. Y otras zonas donde están previstos otros colectores . El total de los vertidos a los ríos suman más de 13 m31s. O
manzres o ri
T
el pardo £L pardo pardo p! peña grande
e
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fuencarral
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valdebebas
barajas
aravaca hortaleza
aeropuerto rejas
viveros canillejas LE
CASA casa de campo
vicalvaro vicálvaro VALLECas A IL sur oriental !
LA la china
carabanchel alto
sur
estación depuradora colector butarque
17 . 8
DEPURACION DE LAS AGUAS RESIDUALES : Las aguas residuales (sucias, fecales, etc.) de los edificios y ciudades, se las dirige según casos, al río o al mar . Antes de ese vertido, debe de realizarse en ellas tratamientos de DEPURACION, y estos se efectúan por medio de unos dispositivos MECANO - QUÍMICOS Una vez pasadas las aguas, las materias putrecibles que aún queden en el agua depurada tras la función biológica realizada, otro proceso NATURAL actúa también de forma que al integrarse nuevamente en su medio (MAR o RIO) comience un nuevo ciclo biológico. Es aconsejable que las aguas depuradas no desemboquen en las mismas orillas sino que por medio de tuberías lo hagan en el interior del río o mar y si es posible en aguas -profundas y aguas debajo de las poblaciones . Las estaciones depuradoras se situarán siempre en una COTA o ALTURA superior al desagüe para que funcione por GRAVEDAD . AGUA SUCIA 1. 2. 3. 4.
Arqueta de entrada y desbaste. Desarenado Decantación primaria Tratamiento secundario:
5. Cámaras de coloración.
Detención primaria. Detención secundaria.
Aprovechamiento de las materias de las aguas depuradas . En cada uno de los procesos anteriores, parte de las materias en suspensión (sólidos, etc.) para su aprovechamiento y mejor rendimiento, se realizará su siguiente proceso . 6. 7. 8. 9.
Espesor y flotación de fangos . Dispersores . Secados de fangos . Gasómetro (Recuperación de energía, gas,...)
ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
17 .9
La limpieza, conservación y reparación del alcantarillado municipal, esta actualmente contratado con la empresa Construcciones y Contratas S .A. que es propietaria de instalaciones y máquinas para atenderla disponiendo de personal especializado en estos trabajos. El Ayuntamiento tiene una misión de inspección y control del servicio, a través de la Sección de Conservación de Alcantarillado, dependiente del Departamento de Agua y Saneamiento, dentro del Arca de Urbanismo e Infraestructuras. Se dispone de 24 máquinas para limpieza de tubuladores, de distintos tipos, unas son impulsoras de alta presión, otras llevan bomba de vacío para achiques y otras son mixtas con ambos sistemas. La limpieza y reparación en visitables se hace a mano, con cuadrillas. Existe un servicio permanente 24 horas del día durante todo el año, que funciona como turno de guardia desde las 17 h hasta las 8h del día siguiente, e igualmente sábados y festivos, compuesto por una cuadrilla de poceros con un vehículo ligero, y una máquina con su dotación correspondiente . Todo ello se encuentra en la base del camino de Hormígueras . Se dispone igualmente de una emisora conectada con varios vehículos ligeros para casos urgentes . Las operaciones de limpieza se realizan de forma continua en todo Madrid, atendiéndose al saneamiento cuatro veces al año, es decir se hace una limpieza cada tres meses. La red completa del alcantarillado municipal, aparece representada en 230 planos a escala 1=2000, que contiene la planta, pozos y elementos especiales, completándose la información con 18000 fichas que indican las características y profundidades de cada tramo. Actualmente en Madrid existe el Plan de Saneamiento Integral II, de 1997 al 2003 . Las lineas generales de actuación se pueden resumir en: Ampliar el alcantarillado . Ampliar y garantizar la depuración. Mejorar la gestión y mantenimiento Proteger cauces naturales, ríos arroyos, estanques, . . .
17 . 10
GALERIAS DE SERVICIO Son túneles subterráneos que en forma de bóveda arqueada, en su mayoría, circundan unos 90 Km la ciudad por el subsuelo a diferentes profundidades. Así una galería de servicio es un túnel o camino subterráneo de sección variable, visitable, es decir, apto para ser recorrido por personas, y en el que se alojan una serie de conducciones o redes correspondientes a servicios que una gran ciudad necesita. De ordinario están situadas a poca profundidad (alrededor de 1,50 m) del pavimento de la calle, y siempre a una altura superior a la red de alcantarillado a la que vierten mediante sumideros aquellas aguas procedentes de filtraciones, desagües o roturas eventuales que en ellas se produzcan. Los servicios en ellas instalados son varios pero los más corrientes son lo: de agua potable, electricidad y telefonía . En cuanto a las dimensiones dependen directamente de la importancia de la calzada donde estén situadas número de servicios y características de los mismos . En nuestra ciudad son cuatro los tipos y dimensiones existentes : TIPO 1: De 3,25 x 1,90 con anden lateral para la instalación de vías o carriles que faciliten, mediante vagonetas, el transporte de materiales . TIPO II: De 3,40 x 2,50, es la de mayor dimensión, disponiendo de doble anden para transporte de materiales . Dispuestas ambas en calles importantes albergando al menos diez servicios . TIPO 111: De 2,30 x 2,10. De bóveda arqueada y posibilidad de fijación de soportes laterales y canalón, para conducciones de tipo diverso . Dispone de un rebaje lateral en el enrase, para recogida de residuos o derrames líquidos. TIPO IV: Estrictas de 1,50 x 1,00. Son semivisitables
17 . 1 1
TIPOS DE GALERIAS DE SERVICIO EN MADRID
TIPO I: 3 .25 x 1 .90
TIPO III: 2.30 x 2.10
TIPO II: 3 .40 x 2.50
TIPO IV: 1 .50 x 1 .00
NOTA: Estas medidas son del espacio interior de la galería sin contar el ancho del muro o bóveda.
17. 1 2
Existen asimismo los accesos de personal, con un cuarto anejo a la galería propiamente dicha, donde se reúne y cambia el personal en ella trabajando, además de un servicio con ducha. También disponen las galerías de servicio de accesos de materiales, ensanchamiento de la galería con dimensiones aproximadas de 4,50 x 1,20 pensados para almacenamiento y bajada de los materiales utilizados en la construcción de las diversas canalizaciones en ella alojadas. La rentabilidad de las galerías de servicio, esta totalmente demostrada, a pesar de la gran inversión necesaria para su construcción, eso si es necesario efectuar un estudio de los diferentes casos, escogiendo el momento, en que vaya a ser cambiado el firme de la vía pública donde vaya alojada. Debemos considerar como circunstancias determinantes de su construcción la densidad de tráfico, la frecuencia de averías y fugas de las instalaciones en ellas dispuestas, debido a la vejez de los servicios, necesidad de cambio de pavimento, etc. Por otra parte es de considerar no sólo la renovación en buena medida del cambio de pavimento al disminuir el número de zanjas y calas que se efectúan, sino el canon quedeseen pagar al Ayuntamiento las distintas compañías propietarias de los servicios . Así pues las ventajas de las galerías de servicio podríamos resumir : 1) Disminución de los hundimientos y socavones en la vía pública 2) Supresión casi total de las zanjas y calas. 3) Mejor conservación de los pavimentos con una vida más larga 4) Más fácil localización de averías y fugas. 5) Mayor control del estado de las diferentes redes en ellas contenidos
17. 1 3
GALERIAS MUNICIPALES MAS IMPORTANTES : Arturo Soria (Manoteras - Cruz Caídos) Rondas (Avd . C. Barcelona - Dr. Esquerdo - Fco. Silvela - J. Costa - R. Fdez . Villaverde - Reina Victoria) . Bulevares (Colón- Sagasta -A Aguilera - M. Urquijo) Retiro (M. Pelayo- Pacífico - P . Vergara) Atocha (Pza. Benavente - Alfonso XII) Eje Principal (Delicias - Ferrocarril- Pso. Prado Castellana a Colón) . Castellana (Desde N. Ministerios a Pza. Cristina) Dos laterales . Gran Vía - Princesa Atocha - R Valencia - Acacias. El propietario de las galerías de servicio dentro de la estructura urbana es el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, aunque éste suele alquilar espacios de las mismas a Compañías o Empresas para que suministren sus servicios por ellas.
18 . 1
TEMA 1S INFRAESTRUCTURA URBANA DE MADRID DEFINICIONES, TIPOS DE SERVICIOS Red de Gas, Red de Agua y Red de Electricidad EL GAS EN MADRID INTRODUCCION Entre los Servicios importantes de la ciudad se encuentran el "Gas". El Gas es un fluido aeriforme que en el siglo XVI el químico Von Helmont, lo significo con el vocablo latino CHAOS que quiere decir "CAOS". El Gas desde su descubrimiento, se destiló primero con la madera y después con hulla, usándose para la iluminación . Más tarde al desplazarle la lámpara incandescente de Edison, el "gas" continúo su desarrollo para calentar los alimentos, el agua, la calefacción, etc. En Madrid el uso del "gas" se inicia en el reinado de Fernando VII colocándose las primeras farolas con gas, fabricado en un laboratorio . En épocas posteriores una compañía inglesa, y después francesa, crean la empresa de Gas de Madrid . Entre los años 50 y 62 se instalan en dos nuevos depósitos de 40.000 y 50 .000 m3 y al crearse la nueva fábrica. de Manoteras, en 1967 se comienza la sustitución del carbón por las NAFTAS LIQUIDAS no carburantes con lo que se consigue un aumento de su potencial calorífico y con él, mayor consumo, y aumento de su red de distribución . En años posteriores, la Industria Gasista distribuye además del gas ciudad, el butano, propano ; y en la década de los 80 se da paso al "Gas Natural". Las mayores reservas de este gas, la facilidad en su transporte y otras ventajas, hace que en España se firme en julio del año 1985 el Protocolo de Desarrollo y ampliación de su uso entre el Ministerio de Industria y las Compañías (según el PLAN ENERGETICO NACIONAL -P.E.N.)
18 .2
GASES, YACIMIENTOS Y ZONAS
1 . Principales Gases De La Industria Del Gas Los tres tipos de gas característicos de la industria española son: Gas Natural (G.N). Gas Manufacturado (G.M .) Gases Licuados del Petróleo (G.L.P.). Los yacimientos de los productos energéticos de los que se sirve España, están situados en Argelia, Libia, Mar del Norte y en nuestro país, el de Serrablo de Sabiñanigo (Pirineo Aragonés) y el de Gaviota, situado en la costa vizcaína de Berneo, con mayor reserva éste último .
YACIMIENTOS FRANCIA ARGELIA (LACQ) (HASSI R'MEL)
NOMBRE Y FORMULA
E NORTE (LEMAN BANK)
HOLANDA GRONINGEN
LIBIA (ZELTEM)
BERMEO (GAVIOTA)
METANO (CH4)
92
81 .5
69.2
91.2
86.5
87.0
ETANO (C2H6)
3 .5
2.7
3.3
7.4
12.4
5 .3
PROPANO(C3H8)
0.7
0 .5
1 .0
0.8
0.2
1 .8
BUTANO (C4H10)
0.3
0 .1
0 .6
0.1
-
0.7
NITROGENO (N2)
2.9
14.5
0 .6
-
0.7
3 .8
ANHÍDRIDO CARBONICO (CO2)
0 .3
0.7
9.6
0.5
-
1 .2
ACIDO SULFHIDRIDO
-
-
15 .2
-
-
-
OTROS
0 .3
-
0.5
-
0.1
0 .2
18 . 3
2. Familias De Gases Según Su Poder Calorífico Y Su Almacenamiento En Madrid 1' FAMILIA : Gas Manufacturado o Gas Ciudad Potencial Calorífico: de 5 .700 a 7.500 kcal / m3 Antiguamente se gasificaba por la destilación de la hulla. Actualmente se reciben en la Factoría vagones cisternas con NAFTA LIQUIDA y se almacena en grandes depósitos y como contiene algo de azufre, este se elimina antes de su gasificación en los hornos donde se introduce junto a vapor de agua (pasando por tubos rellenos de un catalizador) que a alta presión se consigue un gas de elevado poder calorífico, baja densidad y gran pureza. También puede obtenerse gas manufacturado a partir del Gas Natural . 2a FAMILIA: Gas Natural Potencial Calorífico: de 9.680 a 13 .850 kcal / m3 Llega a la fabrica mediante conducciones o mediante transporte y es almacenado en estado líquido cuando las distancias son inferiores a 4 .000 Km este sistema resulta más económico. Si la distancia es mayor y hay que atravesar el mar pueden usarse BUQUES METANEROS de hasta 60.000 m3 . En la actualidad y debido al aumento de consumo en el mundo, se necesitan a veces grandes gasómetros (de hasta 200.000 m). Además se emplean nuevas técnicas de licuefacción por fluidos frigorígenos que por el movimiento "de cascada incorporada" permite reducir hasta 600 veces el volumen del gas para beneficio del almacenamiento . En Estados Unidos debido a la falta de depósitos acorde a la demanda de consumo se suele almacenar de nuevo el gas transportado en yacimientos ya agotados .
GAS NATURAL
1& .4
ORIGEN Y COMPOSICION Se denomina gas natural a una mezcla de gases, cuyos componentes principales son hidrocarburos gaseosos (en particular, el metano está en proporción superior al 70%) . El gas natural se encuentra en la naturaleza. en las llamadas "bolsas de gas", bajo tierra, cubiertas por capas impermeables que impiden su salida hacia el exterior. El gas natural se puede encontrar acompañado al crudo en pozos de petróleo (gas natural asociado) o bien en yacimientos exclusivos de gas natural (gas natural no asociado). No existe una teoría rigurosa sobre su formación, pero se puede asegurar que proviene de un proceso análogo al de la formación del petróleo. Los otros componentes que acompañan al metano son hidrocarburos saturados (sin dobles o triples enlaces carbono - carbono), como etano, propano, butano, pentano y pequeñas proporciones de otros gases como anhídrido carbónico, nitrógeno y en algún caso ácido sulfhídrico, oxígeno e hidrógeno . La proporción en la que están presentes estos gases no suele sobrepasar el 15% aunque hay excepciones, como el gas natural de Lacq (Francia) que contiene aproximadamente un 15% de ácido sulfhídrico. En este caso, el gas natural se somete a un proceso en el que se separa el ácido sulfhídrico antes de proceder a su distribución por tuberías.
EL GAS NATURAL EN MADRID El Gas Natural que actualmente consumimos en Madrid (mediante el P.E.N.) procede de Argelia conducido por un gaseoducto de 40 pulgadas de diámetro y 72 Kg/cm2 de presión a través del Estrecho de Gibraltar en cuyo tramo su diseño tiene una curva en planta para soportar las corrientes marinas. Por tierra se encuentra a una profundidad que oscila entre los 4 y los 6 metros . La distribución de Gas Natural en Madrid por tubería responde a una especie de M-30 a donde llega el gas a una presión de 32 Kg/cm2 . Hasta este punto de entrega la propiedad de la instalación es ENAGAS, y a partir de ella es GAS NATURAL en Madrid. Las ramificaciones desde el punto de entrega tienen una presión de 16 Kg/cm2 . Después la presión pasa a ser de 3 Kg/cm2. La presión del gas que llega a los aparatos de uso doméstico es la BP. Para grandes calderas es de 0,2 bares. La mayoría de las tuberías de la red de Madrid (80%) está a 0,2 bares.
18 . 5
Rango de Presiones y Longitudes en la Red de Gas Natural (Madrid) RED DE ALTA PRESION B (APB)
Superiores Á 16 bar
Grandes distancias
RED DE ALTA PRESION A (APA)
De 4 Á 16 bar
108 Km
RED DE MEDIA PRESION B (MPB)
De 0,4 Á 4 bar
188 Km
RED DE MEDIA PRESION A (MPA)
De 0,05 Á 0,4 bar
139 Km
RED DE BAJA PRESION (BP)
Inferiores Á 0,05 bar
1213 Km
3' FAMILIA: Gases Licuados del Petróleo (G.L.P.) Potencial Calorífico : de 18 .500 Á 22.070 Kcal/m3. Almacenamiento en fÁbrica Repsol, en Pinto. Se almacenan y transportan Á presión para mantenerlos en estado líquido . Estos hidrocarburos están presentes en los crudos y en disolución con el resto de los componentes de los que se separa por destilación fraccionaria . Los G.L.P. sufren una desulfuración hasta mantener una concentración de azufre menor de 0,1 gr/m3 de los que se obtiene en propano y el butano . FORMULAS : Etano C2 FU
Propano: C3H8
Butano: Ca H10
18 . 6
2. Mediante Tanques Fijos: tienen distintos volúmenes para satisfacer las distintas necesidades y se recarga periódicamente mediante camiones cisterna . 3 . Mediante Redes de Distribución : a partir de un tanque fijo o un conjunto de ellos, se realiza la distribución a cada usuario, doméstico, comercial o industrial . Mediante una red de canalizaciones, facturándose individualmente el gas previa lectura del contador. DENSIDAD RELATIVA DE LOS GASES Gas Natural Gas Metano Gas Propano Gas Butano
0,59 0,55 1,52 2,03
EL AIRE TIENE DENSIDAD 1
Butano
PROPANO
ESQUEMA de PROCESO GNL
GNL ARGELIA Libia
GNL
GNL
lCompresión
GivL
GNL VAPORIZADORES
Torres DE FRACCIONAMIENTO
AGUA
TRATADA
Fled 35 Gas emisión
Calderas Agua al mar" CAPTACIÓN de agua de mar
Pied 72 Kg/cm3 Gas emisión ESQUEMA DE t TERMINAL DE
Vaporizadores SATÉLITE
SATELI PLANT
En todo este proceso se produce una cierta cantidad de GN sobrante (mezclado con otros gases no condensables), que es conducida a la antorcha para su incineración . Mediante este procedimiento se eliminan los gases no deseados .
18 . 7
El Gas Natural es inodoro e incoloro por lo que no se ve ni huele, por eso se le añade un odorizante THT (tetra hidro tiofeno) para identificarlo a un escape por su fuerte olor a huevos podridos . Si alguna vez el gas está ardiendo es mejor dejarlo así hasta que no se valore si conviene apagarlo o no, lo mejor es cortar el suministro en válvula próxima al escape y controlar las llamas hasta su sofocación . CLASIFICACION DE REDES SEGÚN SU FORMA: Las redes por su forma pueden clasificarse en: - RAMIFICADAS (distribución en línea) : Son redes de forma arborescente, tales que el recorrido del gas desde la fuente al usuario es único. Como el gas circula en una sola dirección, tiene el inconveniente de que en tramos largos hay pérdida de presión en el punto de consumo .
- MALLADAS (distribución en malla o red) : Son conjuntos de anillos cerrados y conectados entre sí y a los puntos de suministro del gas. Como el gas puede circular cualquier dirección, con esta distribución se consigue evitar la falta de presión. Las redes malladas son más costosas que las ramificadas, pero presenta la ventaja de un reparto más equilibrado de presiones y no se interrumpe el servicio en caso de averías y consiguientes reparaciones . En general, las líneas de las viviendas no son malladas .
18 . 8
ESTACIONES REGULADORAS Y DE MEDIDA (E.RM) Las ESTACIONES REGULADORAS Y DE MEDIDA (E.R.M.) están en la vía pública y en cada una de ellas hay una entrada (CE) y otra de salida (CS) independientes entre sí. De aquí salen los reguladores de presión y además tienen filtros, escaleras y ventilación superior e inferior . Pueden ser subterráneas (de 2 x 4 m aprox). En superficies habrá tapas metálicas de 0,80 m y al lado la tubería de ventilación superior y una rejilla. En Madrid hay unas 200 ERM de las cuales un 80% están telemandadas. La Central de Mandos está en el Paseo de los Olmos, con alarmas anti intrusismo, ventilación, cierre de válvulas, incendios, extintores, etc. La alarma antiintrusismo de una ERM es una bocina. Las tapas llevan dos cierres, uno en forma de triángulo y otra de cuadrillo 0. La red de acometida a cada bloque de viviendas tiene una llave de paso que necesariamente ha de estar en el suelo público (acceso desde la calle). Generalmente las tuberías van por la calzada cerca del bordillo de las aceras y marcadas con una cinta amarilla. Por encima de la tubería avisando de su presencia en posibles reparaciones . MATERIALES AUTORIZADOS EN LA DISTRIBUCION DEL GAS: POLIETILENO, ACERO Y FUNDICION DUCTIL 1. EL POLIETILENO : Propiedades : Es una materia fabricada por síntesis química a partir del etileno, es un material muy inerte, presenta gran resistencia química a los productos agresivos habituales . Es resistente al agua, bases, ácidos orgánicos no oxidantes, soluciones salinas, etc . Siendo por ello resistente a la corrosión externa por la acción de los suelos agresivos. Tampoco le afectan los gases combustibles en fase gaseosa, si bien en fase líquida pueden ser absorbidos por él, produciéndose una pérdida de resistencia mecánica, este efecto puede compensarse sobredimensionando adecuadamente el espesor de los tubos. El polietileno tampoco se ve atacado por microorganismos, bacterias del suelo ni insectos. Inconvenientes : El polietileno ; sin embargo, si se ve afectado por los agentes tensoactivos, tales como detergentes, jabones, hidrocarburos pesados, parafinas en estado líquido . Igualmente se ve afectado desfavorablemente por la luz (radiación ultravioleta) y el calor, dado que ambos favorecen a la oxidación de sus moléculas, con la consiguiente pérdida de propiedades mecánicas y envejecimiento del material. El polietileno tiene un coeficiente de dilatación aproximado de unas 10 veces superior al acero, por lo que en ciertas circunstancias precisará precauciones especiales para su instalación (trazado sinuoso en tramos largos que permita su dilatación).
18 . 9
Este problema queda paliado en gran medida una vez enterrado el tubo dada la prácticamente nula variación de la temperatura del terreno . El polietileno es un buen aislante eléctrico, es totalmente insensible a la corrosión electroquímica. Sin embargo dada la posibilidad de formación local de carga estática por ejemplo a causa de la circulación de gas cargado con polvo, será preciso tomar precauciones especiales en las intervenciones en carga, a fin de evitar la formación de chispas en presencia de una mezcla de gas y aire. Propiedades estructurales del polietileno : Las propiedades más características del polietileno son su densidad y su índice de fluidez . Los diversos tipos de polietileno comercializados se clasifican por su densidad, medida antes de la aportación de aditivos, en : polietileno baja densidad, media densidad y alta densidad . Para la fabricación de tubos y accesorios destinados a las conducciones de gas utiliza polietileno de alta y media densidad, empleándose en España este último exclusivamente . Por otra parte se deben establecer las siguientes limitaciones a su utilización: No deben usarse en lugares donde la temperatura pueda sobrepasar los 50° C. No debe emplearse para canalizaciones al aire libe, no enterradas, dado que se ve afectado desfavorablemente por la acción del oxígeno y de la radiación ultravioleta . Por este motivo no debe almacenarse aire libre durante un periodo de tiempo prolongado . Las tuberías actualmente son enterradas con diámetros variables, desde 8 cm a 60 cm de diámetro, según casos. Una cinta amarilla enterrada nos marca el lugar de la tubería. Generalmente por la calzada y cerca del bordillo a poca profundidad entre 0,80 y 0,60 m como máximo y sobre una cuna de arena de río de 0,10 m mínimo dé grosor para proteger y apoyar la conducción, además de una ligera pendiente M 0,5 0/ó` mínimo por si circula por la conducción gas húmedo ; no obstante, convendrá mántener ' esta pendiente también en los casos en que por la conducción haya de circular gas seco a fin de permitir una recogida en puntos adecuados del agua que accidentalmente haya podido entrar en ella. Las uniones son por termofusión.
2. EL ACERO : Generalidades : Dentro de las aleaciones hierro-carbono, el acero es el material más extendido . Ello es debido a que sus propiedades son las más adecuadas a las necesidades generalmente exigidas, admitiendo tratamientos térmicos, y .otras operaciones que le permitan cubrir cualquier aplicación . Las propiedades del acero son muy variables dependiendo de la composición del mismo y de los tratamientos térmicos posteriores . Por lo general, la tubería para canalizaciones de gas se suministra en largos dobles (12m). Dimensiones superiores presentan problemas de transporte, ya que requieren transporte especial . Los largos sencillos (6m), por su parte, implican mayor trabajo de soldadura . ACOMETIDAS EN LAS FINCAS Se entiende por acometida la parte de la canalización comprendida entre la red de distribución pública y la llave de acometida, incluida esta última, que corta el paso de gas a la instalación receptora de él o de los usuarios. Consta de:
Toma de acometida Tubo de acometida Llave general de acometida
La llave de acometida debe quedar situada próxima al muro del edificio o límite de la propiedad, en zona de dominio público, identificable y accesible . En general los diámetros más usados de las tuberías de gas utilizados en Madrid son los siguientes: Acometida a vivienda 32 cm de diámetro Acometida a fábricas 63 cm de diámetro Acometida muy especiales 90 cm de diámetro . La acometida a los edificios se producen a M.P. (3 bares) en vez de B.P. (0,2 bares) . Estas acometidas parten de un armario de regulación en vertical (con dos reguladores y un filtro) cerrado con tapa y llave de cuadrillo . Se encuentra ubicado, por supuesto, en la vía pública. Las líneas de gas en viviendas no son malladas, es una conducción lineal y el gas circula en una sola dirección. Las conducciones de gas son generalmente pintadas de amarillo o granate3. FUNDICIONDUCTIL : (Cobre) Se utiliza fundamentalmente para las instalaciones interiores particulares de las fincas hacia los puntos de consumo Las instalaciones son siempre vistas para evitar acumulaciones de gas con el consiguiente peligro de explosión.
INTERVENCIONES EN LA RED : Límite inferior de inflamación
Límite superior de inflamación
GASES
DENSIDAD RELATIVA
Propano
1,52
2,2
9,5
Metano
0,55
5,3
14
Butano
2,03
1,9
8,5
0,59
4,7
13,7
Gas Natural
en volumen de aire
El Cuerpo de Bomberos de! Ayuntamiento de Madrid puede cerrar cualquier llave o válvula de gas. La apertura, sin embargo, debe de realizarla el personal de la compañía de Gas Natural. Esta misma recomendación debemos seguirla en los edificios. Al cerrar una llave de gas es posible que cualquier cocina que estuviera encendida se apague por falta de gas. Como se queda abierta al volver a abrir la llave de paso empezaría a salir el gas en la cocina con el consiguiente riesgo de explosión. Las cocinas a diferencia de los _ calentadores de agua no tiene electroválvula. Tendremos en cuenta que al ser una red mallada cualquier corte de válvulas se realizarán en un mínimo de 2 llaves y por personal técnico. No así en una red ramificada o lineal que aquí si podremos actuar con más eficacia al ser sólo una llave y en línea que garantizará el corte del suministro . Cuando la combustión de un aparato de gas no es correcta existe el peligro de explosión o deflagración por acumulación de gas no quemado o de intoxicación . Cualquier fuga de gas en combustión (ardiendo) no tiene por que ser un peligro potencial . El Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, valorará adecuadamente la conveniencia o no de apagar la fuga (en ocasiones es preferible dejar que arda el gas consumiéndose que apagar al fuga permitiendo que se expanda libremente hacia puntos donde pueden encontrarse fuentes de ignición no controladas . En el caso en que sea afectada una tubería de conducción de gas, y con independencia de que se haya comunicado o no, el trabajo en esa zona se dará inmediatamente aviso a la empresa Distribuidora que actuará de diversas formas : a) Informando, en planos de la situación de la canalización . b) Indicando sobre el terreno el lugar exacto de la misma. c) Presentando el necesario apoyo sobre el terreno, supervisando los trabajos en los casos en que se considere conveniente .
18 . 1 2
ABASTECIMIENTO DE AGUA EN MADRID INTRODUCCION Creado en 1851 bajo el impulso del Presidente del Gobierno, Juan Bravo Murillo, con el apoyo de la Reina, el Canal de Isabel II es una empresa pública dependiente de la Comunidad de Madrid, a la que fue adscrita por el Real Decreto 1873/ 1984 de 26 de septiembre . En la actualidad el Canal de Isabel II abastece de agua a Madrid capital y a la mayoría de los municipios y núcleos urbanos de la Comunidad de Madrid con 4 .699.000 habitantes . AGUA POTABLE EN MADRID El embalsamiento, almacenamiento, tratamiento y distribución corresponde a la Comunidad de Madrid.
del agua potable
Este servicio importante se realiza a través del Organismo Oficial autónomo llamado Canal de Isabel II. Desde que Madrid se convirtió en una ciudad de alguna entidad, el primer problema con que ha tenido que enfrentarse fue el de la escasez de agua. El primer monarca. que tuvo esta preocupación fue Carlos III encargando un proyecto de canal en 1769 al que le sucedieron otros, todos ellos inviables, por unas u otras causas, pero lo más importante radicaba en la idea de intentar traer el agua del Jarama, no sólo por su mala calidad e insuficiencia, sino fundamentalmente por la dificultad de subirla a Madrid . Fue el reinado de Isabel II y estando de primer ministro Bravo Murillo, cuando se tomó en consideración un proyecto de 1829 en el que la idea base era la de construir un gran canal que trajera a Madrid las aguas recogidas en el punto denominado del Pontón de la Oliva, en la localidad de Torrelaguna a través de 77 Km. todas ellas procedentes del río Lozoya, naciente en la Laguna de Peñalara y afluente del Jarama. Las obras duraron 7 años y en ellas trabajaron 1500 presidiarios, 2400 obreros libres, 400 bestias y algunas bombas de vapor, de modo que el 24 de junio de 1858 fueron inauguradas las obras por la Reina Isabel II y S.M. el rey consorte D. Francisco de Asís La distribución comenzó con tres grandes arterias, una bajando por San Bernardo a pasar por la C/ Toledo a la Fuentecilla ; otra bajaba por Fuencarral y Montera hasta Atocha; y otra que cortaba ambas desde Neptuno por la Carrera de San Jerónimo y Mayor a Bailén, derivando en otras ramificaciones .
18 . 1 3
Con las aguas sobrantes del consumo de Madrid y mediante una instalación a cielo abierto, "el canalillo" regaba las huertas del norte y nordeste de Madrid . Posteriormente se siguen construyendo nuevos depósitos y presas de aguas arriba, aprovechándose todas las posibilidades hídricas de Madrid de manera que surgen los embalses entre 1941 y 1971 de Riosequillo, Pinilla y el Atazar en el Lozoya, el Vellón en el Guadalix, el de Manzanares del Real en el Manzanares y el del Vado en el Jarama. En la cuenca Oeste se explota el río Guadarrama con el embalse de Valmayor y en el Alberche con el de Picadas. Esquema de los embalses y ríos principales que abastecen a Madrid
Rio Lozoya
Embalses Principales De la zona Norte El Agua llega por Gravedad
Embalses Principales De la Zona Oeste El agua llega por sistema sobrepresional
Pinilla Riosequille El Atazar
Río Guadalix -- - El Vellón Río Manzanares
- Manzanares del Real
Río Jarama
- El Vado
Río Guadarrama Río Aulencia
Valmayor
Río Álberche - - Picadas
18 . 1 4
Todos estos embalses son unidos por unos canales que transvasan agua de unos a otros según las necesidades . Se instalan estaciones depuradoras con modernos y complicados sistemas de tratamiento de aguas, efectuándose las estaciones de depuración de Torrelaguna y Bodonal en el sistema Norte y las de Valmayor y Majadahonda en el sistema Oeste. Además el Canal de Isabel II cuenta con otras instalaciones y servicios como son centrales elevadoras, hidroeléctricas y una complicada red de distribución por todo el área metropolitana . CANAL DE ISABEL II A Madrid llega agua por tres canales principales desde la zona Norte. El antiguo Canal Bajo que aporta unos 3 m3/sg. El Canal Alto alrededor de 9 m3/sg. El Nuevo del Atazar que aporta aproximadamente 12 m3/sg. La zona Norte manda sus aguas por el SISTEMA DE GRAVEDAD por su considerable altura; y las de zona Oeste en sistema SOBREPRESIONAL tras varias elevaciones de presión como las de MAJADAHONDA y el PLANTIO .
Sistema de llegada de agua
Zona Norte
Gravedad
Zona Oeste
Sobrepresional
Los conductos llevan el agua hasta 13 grandes depósitos reguladores que mantienen una presión de 12 a 18 Kg/cm 2 . Previamente se disponen de estaciones depuradoras modernas como las de Torrelaguna, Bodonal en el Sistema Norte y las de Valmayor y Majadahonda en el sistema Oeste .
esquema general de las instalaciones PINILLA
C
D rn
0 NAVALMEDIO O .p, 0 C9 LA JAROSA
9-P
jaros
9
Ir guoadrm ri
S
soamburil samburiel o
rio
manzres io r 0
LAS las nieves
0 -Y G
NAVACERRADA
0
11 0
O
VALMAYOR , 9
MANZANARES EL REAL
F
RIOSEGUILLO
m
loza rio PUENTE VIEJAS el villar EL VA DO
POZO DE LOS RAMOS
EL VILLAR
guadlix o i r
0
90 i
EL VELLON
iELMESTO
rio jarama
0
r sobre io
O
r
D EL ATAZAR ILA PARRA rio la parra
r D n D
O Z rn 0 PICADAS
18 . 1 6 CONDUCCION Y DISTRIBUCION DEL AGUA La conducción y distribución del agua potable en Madrid se realiza por conductos, cuyas arterias de hasta 140 m/m, van por galerías de 560 x 435 m de Chamartín, Bravo Murillo y Santa Engracia . Así mismo existen más de 32 Km de arterias de 600 a 900 m/m o menores (100, 150, 200, 250, 300, 350, 400, 500, 600 y hasta unos de 900 mlm) que van a una profundidad de 1 .50 m aproximadamente empleándose el HORMIGON PRENSADO con camisa de chapa en las grandes conducciones y las de función dúctil y fibrocemento en las menores. El total de arterias del Canal son unos 5603 Km y tuberías de 50 a 1750 mlm . Los conductos o tuberías de distribución pueden ser: Tomas para edificaciones o fincas de unos diámetros (sección) de 10, 15, 20, 30, 40, 50, 60, 70, etc.. m/m Tomas para hidrantes de 80 a 100 m/m. Tomas para industrias de hasta 150 mlm. A efectos de servicio se divide en 3 cantones o zonas que a su vez están subdivididas en diferentes polígonos, la red puede ser de tres tipos: ANILLO, RAMIFICADA Y MIXTA ALi alimentación ció - alimentación ARTERIA DE arteria de conducción tuberías de distribución /
ALi N alimentación i
RED DE ANILLOS RAMFICADA
RED RAMIFICADA DE DISTRIBUCIÓN
MIXTA RED DISTRIBUCION arteriadeconduc ión
tuberías de distribución
DE
18.17
En la actualidad la distribución de agua del canal de Isabel 11 se ha ampliado a gran escala al dotarse de agua a multitud de puntos de la Comunidad de Madrid. CONDUCCIONES SUBTERRÁNEAS Y POR GALERIAS:
TUBOS DE AGUA ENTERRADOS EN ZANJAS
CONDUCCION DE AGUA SOBRE GALERÍA CON ANDEN LATERAL
18 .18
CONDUCCION DE AGUA SOBRE GA galeria CON ANDEN CENTRAL
OBSERVACION : Las conducciones de agua pueden ir por otro tipo de galenas no señaladas . MONTAJE DE UNA ACOMETIDA PARTICULAR A UNA FINCA
pieza de enlace válvula de toma LA DE MA
18 . 1 9
LA RED ELECTRICA INTRODUCCION:
La red eléctrica en el mundo actual, constituye el elemento básico de la distribución de la energía, que en parte fundamental beneficia el desarrollo y bienestar de las personas . De la electricidad como agente natural e invisible, sólo se conocen sus fenómenos y efectos, que el hombre los aprovecha como son los mecánicos, luminosos, químicos, fisiológicos, etc. En Madrid la distribución de la corriente eléctrica la realizan las Empresas UNION FENOSA e HIBERDROLA que es la fusión de Hidroeléctrica. Española e Iberduero . El consumo de energía eléctrica para uso doméstico y fuerza electromotriz para todo tipo de máquinas, elementos, dispositivos, incluidos servicios públicos como Metro, Trenes, etc, lo distribuyen las Compañías citadas . Así mismo en la Capital, el Excmo . Ayuntamiento de Madrid conlleva y supervisa instalaciones que como las de Alumbrado Público son de su competencia y que su mantenimiento suele efectuarlo contratas del ramo. Para la Comunidad de Madrid y para las restantes del territorio Nacional dispone de un CONTROL DE REDES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA LA UNIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD S .A (UNESA). DEFINICION: Instalación Eléctrica: es todo conjunto de aparatos y circuitos asociados en previsión de un fin particular; producción, conversión, transformación, transmisión, distribución o utilización de la energía eléctrica. TIPOS DE INSTALACIONES : ALTA TENSION : 380, 220, 132, 66, 45 Kv -
MEDIA TENSION: 30, 20, 11 Kv
-
BAJA TENSION : Cuando sea igual o inferior a: 1000 V para Corriente Alterna (C. A) 1500 V para Corriente Continua (C .C)
18.20
TENSIONES : Las tensiones más utilizadas en la Baja Tensión son: 127 V entre fase y neutro y 220 V entre fases; denominadas B l(220/127V) 220 V entre fase y neutro y 389 V entre fases ; denominadas
B2
(380/220V)
CENTROS DE PRODUCCION ELECTRICA Según la fuente de energía utilizada, la CENTRAL ELÉCTRICA será: ' Hidroeléctrica: Se aprovecha la energía cinética de una masa de agua a cierta altura. Termoeléctrica : Se utiliza el calor de la combustión producido por combustibles sólidos, líquidos o gaseosos . Eólica: Se aprovecha la fuerza del viento . Solar o Heliotérmica: Se aprovecha la radiación del Sol. Geotérmica : Se aprovecha el calor interior de la Tierra. Maremotriz: Se aprovecha el desnivel del mar producido por las mareas . Nuclear : Se aprovecha el calor producido por las reacciones nucleares . Una central se compone fundamentalmente de : 1 . Generador de la energía primaria (presa de agua, de vapor, reactor nuclear,etc) 2. Grupo Transformador de la energía primaria en energía eléctrica (grupo turboalternador). Así se transforma la energía primaria en mecánica, y ésta en eléctrica. 3 . Estación de transformación (estaciones transformadoras de tipo elevador de tensión) que eleva la tensión de producción (3.000 a 6.000 v) a la tensión de transporte (110, 220 y 380 Kv) 4 . Sala de control 5 . Equipos y servicios auxiliares. El transporte se hace por medio de tendidos eléctricos aéreos a tensiones altísimas, 380 Kv, yendo a parar directamente a las subestaciones eléctricas que se encuentran en la periferia de la ciudad, aquí se transforma a 60, 45 y 15 Kv y se reparte a los centros de transformación distribuidos por toda la ciudad, ya de forma subterránea . Saliendo la electricidad a una tensión de 380 y 220 voltios, que es como llega a las edificaciones .
18 .21
PRODUCCION Y TRANSMISION DE LA CORRIENTE ELECTRICA Generadores : Los generadores pueden ser de mayor o menor magnitud y forma; pues podemos llamar a los que producen comente continua DINAMOS o MAGNETOS y a los más conocidos los denominan ALTERNADORES que son los que producen corriente alterna. A la electricidad producida por los generadores en las Centrales (de 3000 a 6000 Kv) se traslada a los Transformadores Elevadores que la elevan a altos voltajes a unos 110000 a 220000 voltios y en la red especial hasta 380 Kv para hacer más fácil y económica la transmisión y por consiguientes compensar pérdidas. Desde los transformadores y en Alta tensión se traslada la corriente por medio de tendidos aéreos hasta otros transformadores reductores próximos o dentro de las poblaciones, desde donde se reparte a poblaciones e industrias de baja tensión. S SALTO DE AGUA DE
TENDIDO AÉREO DE 60 45 14 Kv Go-
IS
SUBESTAG0N CONTRANSFORMADOR REDUSCTOR P-
TENDIDO AÉREO 119 220 380 Kv
Fo 2.M A P,
CENTRAL HIDROELECTRICA 300 A 6000 V TRNASFORMADOR ELEVADOR Hi SOW A
V TRANSFORMADOR SUBTERRÁNEO EN LA CIUDAD
6n/
LÍNEA SUBTERRÁNEA EN LA CIUDAD EA EN
EDIFICACIÓN BAJA TENSIÓN 380/220V 3901 220 V
De las CENTRALES generada la corriente de 3000 a 6000 V, se la eleva a 110, 220,380 y hasta 600 KV, por medio de TRANSFORMADORES ELEVADORES, (en atención a las pérdidas). La TRANSMISIÓN o transporte de electricidad se efectúa con tendidos aéreos con cables de alma de acero hasta las SUBESTACIONES .
18 .22 A FUENCARRAL (HE]
A A S.S. DE LOS REYES DE tOS
A S AS.S. DELOSREYES DE UDS REYES
POSICION POSICIÓN FUTRA VALDEBEBA
A REFEMA
CANILLAS
1l
CANILLAS REFEMA
HORTALEZA
IBERIA
I BARAJAS
CRISTALERIA
CAN1
PROYECTO
EL COTO CANILLAS
MOVIL CANILLAS
CHAMARTIN , AZCA
AEROPUERTO
,EL COTO COTO9
AZCA
MUÑOZA 1
I B. ESPAÑA PROSPERIDAD COMCEPCIÓN PROSPERIDAD CONCEPCIÓN
CANILLEJAS
T-.11
P LAS MERCEDES P. LAS MERCEDES CITI-PAC
S . FERNANDO
ENASA
Q1' rRENFE
PROYECTO
FUNCIONAMIENTO EN 150V
BºBILBAOPROYECTO BILBAO
SALAMANCA SALAMANCAC.LA MONEDA
PROYECTO
C LA
EDO
SANBLAS PROYECTO RÍAS
PROYECTO,
MEDIODIA
1
COSLADA
POLIGONO 38
r
1 PEÑUELAS PROYECTO
)
MORATALAZ
C C. DE LA PLATA LA
/ PROYECTO NUMANCIA
VICÁLVARO VICALVARO PROYECTO TO
VALDERRIBAS
RIVAS
VALLECAS' VALLECAS
PUENTE PRINCESA PRINCESA
SAN DIEGO
ALTO ALTO PALOMERAS
RENFE A A LOECHES
PROYECTO
AHIJONES
MERCAMADRID A LA CHINA
DEPURADORA
VILLAVERDE VILLAVERDE PROYECTO
VILLAVERDE
HVEILARD VERTSA
A A GETAFE
1 A A C.N. ALMARAZ
A C.I. ACECA
ENADIMSA
A GETAFE
AA
DEPURADORA SURORIENTAL S ORIENTAL
SUBESTACIONES DE MADRID Y PROVINCIA Desde las subestaciones el transporte de la electricidad sale reducida a 60, 45 ó 15 KV y llevada hasta los TRANSFORMADORES REDUCTORES que cambian la tensión a 380 - 220 V empleada para uso doméstico o fuerza electromotriz.
18. 23
TRANSFORMADORES
Los transformadores están constituidos por un cuerpo o núcleo, sobre el que van montadas bobinas sin comunicación y con espiras de distinto número en ellas. . La corriente entra por una bobina que es el "Primario" se induce a la otra que ES el "Secundario". La electricidad que sale por el secundario es tanto más alta, cuanto mayor sea la razón entre el número de espiras de secundario y primario . Los transformadores pueden ser secos o húmedos y su refrigeración se realiza por ACEITES, PYROLENO, PARAFINA Y AIRE (secos) . Por elementos de que estén dotados pueden ser: Centro de Transformación con equipo sencillo Centro de Transformación con equipo doble Centro de Transformación con equipo múltiple. Centros de Transformación con equipo sencillo.
Centros de Transformación con equipo doble .
18 .24
Desde los transformadores la corriente a 220 ó 380 para uso doméstico y fuerza electromotriz a los usuarios sale canalizada y enterrada . A veces, el transformador se encuentra en la edificación (si es de importancia) o el voltaje ser mayor, en edificios singulares o industrias determinadas. CONTADORES : Como norma general la corriente de la Red entra a un Interruptor General y de este al barraje de distribución donde se colocan fusibles por cada usuario INSTALACION DE ENTRADA A UN EDIFICIO
18 .A. I
AMPLIACION INSTALACIONES ELECTRICAS Las instalaciones eléctricas las podemos dividir en dos grandes grupos según la tensión del servicio: 1 . Instalaciones de Alta tensión 2. Instalaciones de Baja tensión. INSTALACIONES ELECTRICAS DE ALTA TENSION - Definición: Se calificará como instalaciones de Alta tensión, todo conjunto de aparatos y circuitos asociados en previsión de un fin particular : producción, conversión; transformación, transmisión, distribución o utilización de la energía eléctrica, cuyas tensiones nominales sean superiores a 1 .000 V para corriente alterna y 1 .500 V para corriente continua . - Tensiones: Las tensiones más usuales utilizadas son las de 11 Kv, 20 Kv, 30 Kv, 45 Kv, 66Kv, 132 Kv, 220 Kv y 380 Kv. Las tensiones de 11, 22 y 30 Kv son las denominadas normalmente Media Tensión . - Tipos de Instalaciones: Las dividiremos en tres grupos : a) Líneas : Estas a su vez se dividen en dos grupos : 1 . Líneas de Alta Tensión o de Transporte: Son aquellas cuya tensión nominal es de 45, 66, 132, 220 ó 380 Kv . Estas líneas unen los centros dé producción (Centrales Térmicas, nucleares, hidráulicas) con las E.T o S.T o bien unes diversas E.T y S.T. Pueden ser aéreas o subterráneas . Atendiendo a la parte aérea que es la visible, en general están constituidas por apoyos metálicos tipo celosía con el aislamiento que le corresponde a su tensión de servicio . El número de conductores será de 3 6 múltiplo de 3, existiendo además en la cabeza de la torre 1 ó 2 conductores de guarda (de menor sección)
18 .A2
2. Líneas de Media Tensión o de Distribución : Son aquellas cuya tensión nominal es de l l, 20 ó 30 Kv . Estas líneas unen las diversas E.T. o S .T . con los Centros de Transformación o unen diferentes Centros de Transformación . Pueden ser aéreas o subterráneas . Atendiendo a la parte aérea que es la visible, esta puede ser desnuda (convencional) o trenzada aislada. Las primeras se distinguen por sobre apoyos metálicos de presilla o celosía, siendo en algunas ocasiones de madera o de hormigón, teniendo el aislamiento que le corresponde a su tensión de servicio. El número de conductores será de 3 ó múltiplo de 3, no existiendo por lo general, salvo casos muy excepcionales, el conductor de guarda . Las segundas se distinguen por formar un único conjunto los tres conductores, trenzadas alrededor de un cable fiador . Su color puede ser negro o rojo. Los elementos de maniobra son: El interruptor automático situado en celda de línea en E.T. oS.T. Seccionador unipolar ( con cuchillas o fusibles) o tripolar Interruptor aéreo. 3 . Estación y subestaciones transformadoras : Son las encargadas de reducir la tensión de llegada a otra inferior . Si la tensión de entrada es hasta 66 Kv, se denominará Subestación Transforrnadora (S.T.) y para tensiones superiores se llamará Estación Transformadora (E.T.) A grandes rasgos estas instalaciones contienen los transformadores de potencia y accesorios de AT/AT o AT/MT, los elementos de protección y maniobra (diversos tipos de relés, bucholz, interruptores y seccionadores), cuadros de señalización y celdas de líneas de M.T. Los cables que unen los transformadores de potencia con las celdas o de éstas a las columnas de salida de M.T. van por lo general en galerías o atarjeas, por lo que aún siendo una instalación subterránea son fácilmente accesibles . Los interruptores son aparatos dotados de un cierto poder de ruptura y están destinados a determinar la apertura o cierre de los circuitos, para lo cual tienen dos posiciones de reposo, que corresponden, una a la apertura (interruptor abierto) y la otra al cierre (interruptor cerrado). En estas instalaciones los interruptores son de los denominados automáticos (llamados también disyuntores), que tienen cierre voluntario y apertura automática bajo condiciones predeterminadas o voluntarias.
1&A3
Existen varios tipos, siendo por lo general de ruptura de aceite, o en hexafluoruro . Los seccionadores llamados también desconectadores, son aparatos que abren y cierran circuitos únicamente cuando estos están sin carga y en condiciones normales de funcionamiento . El tipo de seccionador es tripolar 4 . Centros de Transformación : Son los encargados de reducir la tensión de Media tensión a una tensión utilizable por el usuario, es decir, de Baja Tensión. Existen 3 tipos claramente diferenciados, el de intemperie, el subterráneo y el de caseta. Los de intemperie se caracterizan porque, en general, el transformador está sujeto en cabeza de un apoyo metálico tipo presilla o celosía, estando el cuadro B .T. a un metro del suelo aproximadamente. Como aparatos de maniobra en M.T . puede existir un seccionador colocado en el apoyo anterior o bien un interruptor de ruptura en aire con un cierto poder de corte y mando en base situado en el propio apoyo o en el anterior. En baja tensión la maniobra se realiza en el cuadro de Baja Tensión. Los de caseta se distinguen porque toda la aparamenta eléctrica está contenida dentro de un edificio o local. Estos locales cuando van en superficie se distinguen por el tipo de puerta. de entrada (que incluye por lo general , ventilaciones), por la ventilación en fachadas, etc. y si son subterráneas se distinguen por las trampas de acceso del personal y de máquinas, así como las rejillas de ventilación, todas ellas situadas en la acera. La aparamenta se distribuye dentro del local en las denominadas celdas. Estas pueden contener o bien un seccionador (sin poder de corte) o un interruptor (con poder de corte). Uno de los interruptores irá acompañado de fusibles como protección del transformador a los cortocircuitos . En las celdas tipo prefabricado (metálicas) los elementos de corte son siempre interruptores, siendo el que va acompañado de fusibles del tipo ruptofusible, es decir, preparado para abrir, bien por fusión de un fusible bien por una acción voluntaria accionando el dispositivo de disparo manual. Los interruptores más usuales instalados son los denominados de ruptura por soplado de aire comprimido, ruptura por autoformación de gas de soplado, de corte en haxafloruro y en aceite (interruptor automático) . Existirá además una celda que contiene el transformador que reduce la M.T. a B .T. En el caso de C.T. particular de abonado, podrá existir una celda que aloje los transformadores de tensión e intensidad para la medida. Asimismo, en el mismo local existirá el cuadro de B.T. caso de ser un C.T. de la empresa suministradora .
- INSTALACIONES ELECTRICAS DE BAJA TENSION
18.A4
a) Definición: Se calificará como instalación eléctrica de baja tensión, todo conjuntó de aparatos y circuitos asociados en previsión de un fin particular: producción, conversión transformación, transmisión, distribución o utilización de la energía eléctrica, cuya tensión nominal sean igual o inferior a 1 .000 V para corriente alterna y 1 .500 V para corriente continua . b) Tensiones : Las tensiones utilizadas son las siguientes : 127 V entre fase y neutro y 220 V entre fases, denominadas B1 (220,127V) - 220 V entre fase y neutro y 389 V entre fases, denominadas B2 (380,220V) c) Tipos de instalaciones: Las dividiremos en 6 grupos : Cuadro de B.T: Es de donde parten las distintas líneas de B.T. y contienen los fusibles de protección de dichas líneas . Existen dos tipos de cuadros de B .T. : 1 . Los denominados descubiertos 2. Los denominados modulares . La diferencia fundamental entre uno y otro de cuadro reside, aparte de las dimensiones, en que los fusibles van acompañados de su portafusibles en el caso del modular y en los otros no, necesitando para su extracción una maneta específica. . En el centro de transformación intemperie el cuadro de B .T. podrá además llevar incorporado un interruptor con poder de ruptura en caso de no ser modular. Líneas: Unen el cuadro de B.T. con la Caja General de Protección (CGP) o la Caja General de Protección y Medida (CPM) o en su defecto a una caja de bornes en el caso de instalaciones antiguas. Pueden ser de dos tipos: 1 . Aéreas 2. Subterráneas
18A5
Atendiendo a la parte AEREA que es la visible, ésta puede ser desnuda (convencional) o trenzada aislada . Las primeras se distinguen por ir sujetas sobre aisladores de porcelana o vidrio que corresponden a la tensión de servicio. El tipo de apoyo puede ser metálico, de hormigón o madera, caso de estar empotrada directamente en el terreno, o postecillos metálicos o de madera caso de ir sobre tejados . La red desnuda se compone en general de cuatro conductores de la que derivan hasta la CGP o CPM por lo menos dos de ellos. En ocasiones esta red va acompañada de un quinto hilo que corresponde al alumbrado público. La red trenzada se distingue por formar un conjunto los cuatro conductores, siendo su color negro. - Caja General de Protección : Es el inicio de la línea repartidora que la une con la centralización de contadores . Contiene los fusibles que protegen dicha línea . Estos fusibles pueden ser tipo cuchilla sin portafusibles, cuya extracción se realiza con una maneta específica, o del tipo cilíndrico con portafusibles incorporado . Las Cajas Generales de Protección pueden ser de interior o exterior. Las primeras se situarán en el portal o en la fachada del edificio en el interior de un nicho mural con puerta ornamentada. Si la alimentación es por red aérea se podrá encontrar instalada en el hueco de la escalera, lo más cerca posible de la línea de alimetación. Las segundas irán en fachada a una altura adecuada sobre el suelo. Caja General de Protección y Medida: Es utilizada para abonados individuales (sobre todo en urbanizaciones o casas unifamiliares), contienen los contadores de energía y fusibles del tipo cilíndrico con portafusibles. Centralización de contadores : Se utilizará para alojar los contadores destinados a medir el consumo de energía eléctrica de cada usuario . Por lo general está situado en un cuarto específico para albergarla, pudiendo estar en ciertos casos y dependiendo de su, magnitud en el zaguán del edificio o en algunos casos en la terraza. La centralización está formada por uno o varios módulos o conjuntos destinados a albergar fundamentalmente el embarrado general, los fusibles de seguridad, los aparatos de medida, el embarrado general de protección, bornes de salida y puesta a tierra. En algunos casos va acompañado de un desconectador con fusibles o de un interruptor omnipolar de corte en carga por accionamiento manual instalado éste dentro de una envolvente modular.
18.A.6 Cuadro distribución de dispositivos de mando y protección : Lo más cerca posible de la entrada del local o vivienda del abonado, se establecerá un cuadro de distribución de donde partirán los circuitos interiores y en el que se instalarán : l.
2.
3.
Un interruptor diferencial (obligatoria su instalación a partir del año 1973) . Destinado a la protección contra contactos indirectos. Un interruptor general automático de corte omnipolar que permite su accionamiento manual, para protección contra sobrecargas y cortocircuitos . Dispositivos de protección contra sobrecargas y cortocircuitos de cada uno de los circuitos interiores de la vivienda o local.
Generalmente son pequeños interruptores automáticos (PIA) aunque en ciertos casos se, pueden encontrar fusibles
TEMA 19
19 . 1
SOCORRISMO DEFIN ICION.NORMAS GENERALES DE ACTUACION ANTE UN ACCIDENTE . ANATOMIA Y FISIOLOGIA HUMANA SISTEMA RESPIRAT ORIO, CARDIO-CIRCULATORIO Y LOCOMOTOR
1. SOCORRISMO. CONCEPTO : Es el conjunto de primeros auxilios y cuidados que se deben prestar á una persona lesionada hasta la llegada de personal especializado con el objeto de: Evitar la muerte por asfixia paro cardiaco, hemorragia etc. Aliviar su dolor. Evitar el shock. Evitar lesiones secundarias o infecciones . Los. primeros auxilios no pretenden reemplazar la asistencia médica sino, tan sólo, proteger al lesionado hasta que pueda ser asistido por este , se pueden realizar sobre otras personas o sobre nosotros mismos . - Urgencia: Es una situación que exige una actuación rápida. - Emergencia : Es una situación de urgencia máxima que no se puede demorar Ja vida del enfermo corre peligro . OBJETIVOS 1 . No agravar el estado de la víctima. 2. Asegurar el traslado a un centro sanitario en condiciones adecuadas . PREMISAS 1. 2. 3. 4. 5.
Tranquilidad . Composición de lugar. Dominio de la situación . Hacer sólo aquello de lo que se esté seguro . Evitar actuaciones intempestivas .
19 . 2
PAUTAS GENERALES DE ACTUACION ANTE UN ACCIDENTE. Las normas elementales de los primeros auxilios son 1) PROTEGER . Proteger el lugar de los hechos con el fin de que se produzca un nuevo
accidente, señalizando, iluminando etc .
2) ALERTAR. A los servicios de socorro por el medio más rápido, Hay que indicar siempre: Lugar o situación del accidente. Tipo de accidente/incidente . Número aproximado de heridos. Circunstancias que pueden agravar la situación . La persona que llama ha de identificarse ya que las llamadas anónimas no inspiran confianza. 3) SOCORRER . Actuar rápidamente pero manteniendo la calma, de la rapidez con la que se actúe dependerá el resultado final . Hacer un recuento de Víctimas, pensando que puede haber víctimas ocultas. No atender al paciente que más grite, sino. Seguir un orden de prioridades . En caso de catástrofe despreciaremos a las personas que estén muy mal y a las que tengan heridas leves . Efectuar " in situ" la evaluación inicial de los heridos, Extremar las medidas de precaución en el manejo del accidentado ya que no sabemos las lesiones que tiene, No se dará nunca de comer ni beber . Tranquilizar a los heridos, Ante una perdida de conciencia no se moverá ni golpeara a los heridos, Mantener al herido con una temperatura ideal un aumento o disminución brusca puede agravar su estado
19 .3
EVAULACION INICIAL DEL PACIENTE. A) Evalua cion Inicial . Se efectúa " in Situ".Consiste en realizar una valoración global . del estado de la víctima para determinar el alcance de sus lesiones , establecer las prioridades de actuación y tomar las medidas necesarias en cada caso : 1. 2. 2. 4.
Valoración primaria.( conciencia, respiración y circulación) RC.P. (sí es necesario) Valoración Secundaria ( búsqueda de otras lesiones) Tratamiento definitivo .
B) Valoración Primaria. 1. Valoración del estado de consciencia: Para ello se estimula al paciente hablándole y comprobando sus reacciones. ( A=alerta, V=verbales, D=doloroso, N=no responde .) 2. Control de la vía aérea: Asegurar permeabilidad de la vía aérea, con el objeto de permitir el paso del aire hacia los pulmones .La vía aérea puede estar obstruida por la lengua en pacientes inconscientes. go Métodos manuales de control de la vía aérea a . Hiperextensión del cuello y elevación de la mandíbula, siempre que no se sospeche lesión en columna cervical .
19.4 b. Elevación de la mandíbula sin hiperextensrón,en caso de sospecha de columna
cervical,para no mover el cuello .
c . Retirada de cuerpos extraños de la boca de la víctima.
3. Valoración de la respiración. Comprobar si hay respiración espontanea,para ello hay que ver,oir y sentir. Si existe duda iniciar ventilación artificial .
- Métodos orales de respiración artificial Boca a Boca. Boca a Nariz. Boca a Boca-Nariz. Boca a Estoma .
4. Valoración de la circulación y control de la hemorragia aguda
19 . 5
Comprobar el pulso carotideo, iniciando masaje cardiaco en caso de que no haya.Detener la hemorragia aguda aplicando presión directa sobre la herida .En caso de hemorragia masiva como primera medida debe ser la contención de la misma. C) Valoracion Secundaria . Se realiza una vez aseguradas las constantes vitales y con el siguiente orden: 1.
Examen Neurológico básico. -Nivel de conciencia: A-V-D-N. -Valorar la sensibilidad y capacidad de movimiento de las extremidades .
2.
Cabeza. -Heridas, contusiones, hemorragias . -Lesiones oculares. -Lesiones óseas .
3.
Tórax. -Heridas, fracturas etc. -Dolor o dificultad al respirar.
4.
Abdomen. -Heridas, contusiones etc. -Dolor abdominal .
5.
Extremidades. -Heridas, contusiones etc. -Deformidades u otros signos de fractura.
Esquema de valuación c w evaluacióninicialevaluacioninicial
C
MAI
05 ® Valoración primaria
NO RESPIRA NO PULSO
- CONTROL VIA AÉREA V. RESPIRACION V. CIRCULACION CONTROL HEMORRAGIA
8
r,
resucitaciónrcpr.c.p. .
f
s
r
tratamiento definitivo '
valoración secundaria < t
r
EXAMEN NEUROLÓGICO EXAMEN CABEZA Y CUELLO EXAMEN TORAX, ABDOMEN Y EXTREMIDADES .
REANIMACIÓN
19 . 7
CARDIOPULMONAR BASICA (RC.P.) Objetivo de la Respiración y Circulación Respiración : Captar oxígeno del aire imprescindible para las células del organismo . Circulación : Llevar sustancias nutritivas y el oxigeno todos los tejidos del organismo .
captado por los pulmones,a
a) Parada Cardio-respiratoria (P.C.R): Es la interrupción brusca e inesperrada de la respiración y circulación espontánea.Es potencialmente reversible . b) Resucitación Cardiopulmonar (R.C.P.): rcp Es un conjunto de maniobras encaminadas a revertir una parada cardio-respiratoria, evitando que se produzca la muerte biológica por lesión cerebral irreversible .Las células cerebrales resisten sin oxigeno 4 minutos,por eso es importante iniciar las maniobras antes de transcurrido este tiempo . _ - Inicio y fin de la R .C. P. -
Inicio : La R .C.P . se iniciará cuando se comprueba que falta alguna de las funciones vitales . Fin, cuando
1 . La víctima se recupera. 2. El socorrista se agota o puede ser relevado. 3 . El medico lo indique.
- Fundamentos en que nos basamos para la realización de la R.C.P. a) El aire que respiramos tiene entre un 15 y un 20% de , oxigeno suficiente para mantener la presión parcial de oxígeno compatible con la vida,esta es de 75 mmg. b) Está comprobado que una compresión externa en el tórax si, está bien hecha, puede mantener un gasto cardiaco entre el 6 y 30% del normal,lo que es suficiente para mandar sangre a los órganos imprescindibles . .
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN .
19 . 8
1 . Valorar estado de consciencia . hablarle etc . 2 . Apertura de las vías aéreas. a) Si respira: - P.L.S . controlando y vigilando constantes vitales. b) Si no respira: - Colocarle en posición decúbito supino, sobre una superficie lisa y dura. - Maniobra "frente-nuca-menton".Desplazar la cabeza hacia atrás con una mano mientras se sostiene la barbilla hacia arriba con la otra. -
Control de la columna cervical en caso de lesión no hiperextensión.
-
Verificar presencia de materias extrañas y extraerlas con los dedos
3 : Iniciar ventilación artificial . - En una persona que no respira o cuya ventilación es poco eficaz a pesar de haber realizado la apertura de las vías aéreas se debe practicar la respiración artificial: "
Método Boca a Boca. Con la cabeza del accidentado en hiperextension mantener la boca ligeramente abierta mientras que con la otra mano taponamos la nariz. Comenzaremos con 2 insolaciones lentas.Verificar que el tórax se eleva. "
Método Boca a Nariz. Es utilizada en caso de obstrucción de la boca y/o heridas etc., que impidan la anterior.
"
Método Boca a Estoma . Langerictomizados .
"
Método Holger-Niclsen . Se utiliza cuando las vías respiratorias de la víctima están obstruidas ( agua, sangre, vómitos) y siempre que se tenga la seguridad que no existen fracturas ni lesiones internas. ( Ej . : ahogados) Se tumba boca abajo levantando los brazos por las axilas.
19 . 9
"
Método de Sylvester. Es poco utilizado, se tumba a la víctima boca arriba con los brazos sobre el pecho tirando de los brazos hacia arriba y presionándolos sobre el pecho .
"
Maniobra de Heimlich : Se utiliza cuando alguien no puede respirar debido a un atragantamiento . Se coge al paciente por detrás y se coloca nuestro puño en la boca del estómago y lo comprimimos con un golpe seco fuerte y hacia arriba . Si estuviera inconsciente se le realiza la maniobra en el suelo sentándonos sobre su pelvis comprimiendo el diafragma .En lactantes y niños dar golpes interescapulares corn la cabeza hacia abajo . En embarazadas y obesos, presionaremos sobre el tercio medio del estemón hacia arriba.
MÉTODO
SYLVESTER MÉTODO HOLGÉR-NIELSÉN HOLGER-NIELSEN
3.
Determinar la existencia de parada cardiaca.
19 . 1 0
- Comprobar la existencia de pulso en la arteria carótida durante 5-10 segundos colocando los dedos al lado de la nuez . 4. Iniciar el masaje cardiaco. - Si no hay pulso : 1 . Colocar al accidentado sobre una superficie dura y lisa. 2. Localizar el punto de compresión , en el tercio inferior del esternón . ( sobre el apéndice xifoides) . - Técnica 1 . Buscar el borde de las costillas y seguirlo hasta llegar al esternón. 2. Sobre el apéndice xifoides del esternón,situar dos dedos y al lado de estos,sobre el esternón,el talón de una mano. 3.
Colocar el talón de la otra mano encima de la anterior.
4 . En posición correcta el socorrista balancea su cuerpo arriba y abajo ligeramente desde las caderas,de forma que presione perpendicularmente sobre el esternón del accidentado, comprimiendo así el corazón. 5 . Para seguir el ritmo correcto se cuenta en voz alta : " y uno,y dos y tres,y uno . ." comprimiendo cada vez que se dice el número y aflojando cuando se dice la "y". "
Posición Del SOCOrrista Durante El Masaje Cardiaco
- Empujar el esternón hacia abajo , sin golpear, unos 4 o 5 cm. Comprimiendo así el corazón, contando "y uno" "y dos" etc.
5. Combinación entre compresiones e insuflaciones .
adultos SOCORRISTAS INSUFLACIONES COMPRESIONES
NIÑOS' (1 A:8)
LACTANTES f 0=1)
ló2
1
1
1Socorrista 2 insuflaciones 2 Socorrista 1 insuflacion. 1 Socorrista 15 compres¡ . . 2 Socorrista 5 compres¡
1
1
5
5
FRECUENCIA(resp)
12-15
15-20
20-25
VELOCIDAD
80/100 comp./ min
80/100comp./min.
100/120 comp .! min
METODO
B-B. B-N. B-E
B-B . B-N
B-BN
Ap.Xifoide(1 mano)
Eje intermamilar(3-4 )
LUGAR DE COMPRESION "
Ap.Xifoides Xifoídes( 2 manos)
COMPLICACIONES AL INICIAR LA R.C.P.
1 . Pacientes con dentadura postiza . 2. Vómitos,girar la cabeza hacia un lado,sino existe lesión cervical. 3. Aerofagia. Presionar suave y progresivamente bajo el apéndice xifoides para provocar el erupto . "
COMPLICACIONES DE LA RC.P .
La ejecución incorrecta del masaje cardiaco acarrea 1 . Fracturas de costillas,por no ejercer la presión sobre el esternón. 2. Neumotórax,perforación del pulmón por fractura de costilla . 3 . Fractura de la apéndice xifoides por presión sobre el . 4, Alteraciones eléctricas del ritmo cardiaco cuando el paciente tiene pulso.
19 . 1 2
PROCEDIMIENTO DE ACTUACION DE R.C.P . BASICA : PROTEGER ALTERAR SOCORRER
Comprobar estado de conciencia ¿RESPONDE?
si
2 Insuflaciones completas yseguidas
NO
Pedir ayuda Colocar a la víctima en posición de RCP Abrir vias aéreas Comprobar cuerpos extraños si
2 min
NO
¿RESPIRA? si
Ciclos de 2 INSUFLACIONES Y 15 COMPRESIONES
NO
si V VALORACION
NO
¿TIENE PULSO?
¿RETORNO LA RES RESPIRACIÓN ESPONTÁNEA?
5- 10 min
si
SECUNDARIA ¿P.L.S .?
si
¿RETORNO EL PULSO ESPONTANEO? NO
%.SANGRA? -
HEMOSTASIA: Presión Directa y elevación . Punto de compresión arterial Tomiquete en último caso
Buscar otras lesiones
a) b) c)
a)
- PREVENIR SHOCK
b)
- Colocar a la víctima en la posición adecuada según sus lesiones
Hemorragias intemas, shock, fracturas, quemaduras, ete Colocar a la víctima en posición según lesiones
NO
19 . 1 3
SITUACIONES ESPECÍFICAS DE PRIMEROS AUXILIOS "
LIPOTÍMIA: pérdida de consciencia breve, superficial y transitoria, debida a una disminución brusca del flujo sanguíneo cerebral .
"
SINCOPE : Paro súbito y generalmente breve de la circulación y/o respiración q . cursa con pérdida brusca de conocimiento . COMA: Es la pérdida de la conciencia prolongada, con disminución o ausencia de los reflejos protectores y de reacción ante estímulos externos. Podemos dif. Tres tipos . - SOMNOLENCIA: Responde a ordenes verbales simples y complejas, y estímulos dolorosos . -OBNUBILACIÓN: Responde a O.V .S . y a E.D. no O.V.C. -ESTUPOR: Sólo responde a E .D . -COMA PROF.: No responde a nada.
"
SHOCK : Es un estado siempre grave que puede aparecer siempre inmediatamente después de un accidente o bien al poco tiempo de haberse producido . El paciente . presenta piel pálida y fría, cara desencajada, sudor frío, amodorramiento, respiración superficial. Podemos destacar: -TRAUMÁTICO : A consecuencia de traumatismos . -HIPOVOLÉMICO : A consecuencia de una gran perdida de sangre. -CARDIOGÉNICO : Por un infarto . -SÉPTICO : Por contaminación del cuerpo . -ANAFILÁCTICO : Alergia a algo.
Ante un shock debemos de actuar : 1 . Tender al herido con la cabeza baja. 2. Mantenerlo en reposo absoluto . 3 . Abrigarle, animarle y evitarle emociones .
.14 19
POSICIONES DEL PACIENTE SEGÚN LESIONES : P.L.S. : Inconscientes. Heridos En El Tórax: Semisentado . Heridos En El Abdomen: Decúbito supino con piernas flexionadas . Shock: Decúbito supino cabeza baja. Hemorragia Interna : Decúbito supino con cabeza baja. Hemoptisis : Semisentado . Hematemesis : Decúbito supino. rodillas flexionadas y p .l .s. Melenas : ídem a hematemesis .
19 . 1 5
ANATOMIA Y FISIOLOGIA HUMANA: SISTEMAS RESPIRATORIO, CARDIO-CIRCULATORIO
Y LOCOMOTOR
Anatomía: Es la ciencia que se estudia la estructura del cuerpo humano mediante la disección . La Anatomía estudia la forma y estructura del cuerpo humano. Fisiología : Es la ciencia que estudia la dinámica de los cuerpos organizados . Estas dos ciencias forman parte de la Biología . 1 .SISTEMA RESPIRATORIO. La función del sistema respiratorio es proporcionar Oxigeno y eliminar CO2 del metabolismo de las celulas .Captar 02 del exterior y expulsar CO2. Consta de dos partes : 1 . Vías respiratorias. 2.Pulmones . 1 .Vías respiratorias . Nariz Sus funciones son 1 .Introducir aire 2.Limpiar el aire .(vibrisas o cilios) 3 .Calentar el aire(pituitaria roja). Faringe . Es un conducto mixto: digestivo y respiratorio ( epiglotis),comunica por arriba con la boca y fosas nasales y por abajo con laringe y esófago . Laringe. Se encuentran las cuerdas vocales.Es.un órgano de fonación. Traquea. Es un tubo de unos 15cm. aplastado en su cara posterior que circula por delante del esofago.La traquea penetra en los pulmones bifurcándose . Cada uno de estas bifurcaciones se denominan Bronquios .
Bronquios.
19 . 1 6
La bifurcación de la traquea se llama carina. Cada bronquio se introduce en los pulmones por los hilios pulmonares .
Bronquiolos.
Una vez que el bronquio principal entra en el hilio se divide en tres bronquios lobares para el pulmón derecho y dos para el izquierdo .Los bronquios se ramifican en bronquiolos y cada bronquiolo en ALVEOLOS que es donde se realiza el intercambio de gases con los capilares ( vasos sanguíneos muy pequeños ) entre la atmósfera y la sangre .Este proceso de transformación de sangre se denomina HEMATOSIS . 2.Pulmones. Son dos masas esponjosas separados por un espacio que se llama Mediastino que es donde se alberga el corazon.Estan recubiertos por una doble membrana, denominada pleura, que es húmeda y que ayuda al deslizamiento de los pulmones por el espacio pleural. El pulmón derecho tiene 3 lóbulos,separado por dos cisuras. El pulmon izquierdo tiene 2 lóbulos para dar cabida al corazón, separado por una cisura . FISIOLOGIA APARATO RESPIRATORIO . Hay dos tipos de respiración: a) Respiración externa o pulmonar: Es el intercambio gaseoso que se produce en los alveolos .Tambien se le llama Hematosis. b) Respiración interna o celular: Es el intercambio de 02 y CO2 que se produce en las células. La respiración en general tiene tres fases : 1 . Inspiración. - Es la entrada de aire en los pulmones .En ella el tórax se expande .El aire entra por debajo de la presión alveolar o pulmonar, es decir, la presión atmosférica es menor que la presión pulmonar. PR. AT. Menor PR. PULMONAR . 2 . Espiración. - Es la salida de aire de los pulmones por encima de la presión alveolar o pulmonar. PR. AT. Mayor PR. PULMONAR. 3 . Relajación . - No entra ni sale aire. PR AT. = PR. PULMONAR .
19. 17
Los pulmones siempre tienen aire residual cuya presión es la misma que la atmosférica . El músculo principal de la respiración es el diafragma pero también intervienen los . Pectorales, Intercostales y huesos de la caja torácica. El hombre absorbe por día de 400 a 500 l, de 02 y elimina de 400 a 450 l . de Anhidrido Carbónico ( C02).Por sus pulmones pasan alrededor de 8 .000 1. de sangre y 10.000 1 . de aire .A medida que crecemos el numero de respiraciones decrece, siendo en la edad adulta de 15 a 20 por minuto .
Alveolus Aorta
Tráquea
Bronquios Bronquiolos El aire entra en los alveolos
Alveolos
Arterias pulmonares Vena cava superior
Difusión de C02 _
Red capilar Difusión del oxígeno
19 .18
2.SISTEMA CARDIO-CIRCULATORIO . Tiene como misión suministrar a las células oxigeno y sustancias nutritivas eliminando sustancias de desecho y Anhídrido carbónico ( CO2 ) . El sistema circulatorio se divide en dos partes : 1.Corazón. 2.Vasos sanguíneos. -Arterias . -Venas . -Capilares . 1.Corazón . Es el elemento fundamental del sistema circulatorio . Su función es bombear o impulsar sangre a todo el organismo ( 4 o 5 1. por minuto ). El músculo cardiaco tiene tres paredes o membranas : - Pericardio: Pared más externa y es membrana doble.(mesocardio y epicardio) - Miocardio: Pared intermedia. - Endocardio : Pared mas interna . El corazón se divide en cuatro cavidades : -2 Auriculas ( derecha e izquierda ) en la parte superior. -2 Ventriculos ( derecho e izquierdo ) en la parte inferior . E1 lado derecho e izquierdo del corazón NO se comunican, ya que en la parte derecha hay sangre venosa ( sucia ) y en el lado izquierdo sangre arterial ( cargada de O 2 ) . La parte derecha derecha del corazón comunica la A_ D. con el V. D. a través de la válvula TRICUSPIDE. La parte izquierda del corazón comunica la A. I. con el V.I. a través de la válvula MITRAL. Aurícula derecha.Desembocan en ella: Vena cava superior. Vena cava inferior. Seno coronario . Aurícula izquierda. 4 venas pulmonares .
Ventrículo derecho. - Manda sangre a través de la A. Pulmonar .
Ventrículo Izquierdo . - Manda sangre a través de la A . Aorta.
19.19
Los ventrículos son más grandes que las aurículas,y dentro de estos el ventrículo izquierdo, es mayor que el derecho. Los ventrículos a su vez tiene mayor grosor que las aurículas . A la salida de los ventrículos hay unas válvulas llamadas sigmoideas . El corazón funciona gracias a dos movimientos : SISTOLE. Es la contracción del músculo cardiaco . DIÁSTOLE. Es la relajación . Estas contracciones se hacen de forma rítmica con el mismo orden: 1° Contracción de las aurículas ( sistole auricular ). 2° Contracción de los ventrículos ( sístole ventricular ). 3° Relajación de aurículas y ventrículos ( diástole ). Se denomina ciclo cardiaco y dura 0,8 seg. 0,1 segundos . * Sístole auricular 0,3 segundos . * Sístole ventricular 0,4 segundos. * Diástole. Total 0,8 segundos .
El corazón se contrae en un adulto 70-80 veces por minuto . Y tiene un gasto cardiaco de 4-5 l. por minuto . Se llama volumen sistolico a la cantidad de sangre expulsada por los ventrículos cada vez que se contraen. 1,701 . por ventrículo . La sangre en el corazón ENTRA. por las AURICULAS y SALE por los VENTRICULOS. ,
Aorta Vena cava superior Arteria pulmonar V Venas pulmonares Aurícula derecha
Válvula tricúspide Ventrículo derecho Vena cava inferior -
Aurícula izQuierda Válvula pulmonar Válvula mitral Ventrículo izquierdo
19 .20
2.Vasos Sanguíneos.
ARTERIAS. Son unos vasos sanguíneos que tienen dirección centrifuga ( del centro hacia fuera ), porque o salen del corazón o son ramificaciones de estas . Las arterias contienen sangre arterial ( 02 ) menos la arteria pulmonar que conduce sangre venosa ( CO2). En su constitución predomina la capa conjuntiva,por lo que son más elásticas que las venas . -Arteria Aorta: es la ramificación más larga y voluminosa del organismo . También se le llama Callado. Sale del V.I. .Es la mas grande y voluminosa del organismo . Tiene ramificaciones : - Arterias Humerales: Es el hueso del brazo. Riega las dos extre. Superiores . - Arterias Femorales: Riegan las extremidades Inferiores . - Arterias Coronarias: Irrigan el corazón rodeándolo como una corona. - Arteria Carótida: Llevan sangre al cuello y cráneo. - Arteria Pulmonar: Sale del V.D. y lleva sangre a los pulmones . VENAS. Son los vasos sanguíneos que tienen dirección centrípeta( de la periferia hacia dentro) porque entran en el corazón o son afluentes de las que entran . Entran a través de las Aurículas. La sangre circula por las venas gracias a parte del impulso cardiaco que queda y a las válvulas en su luz que evitan que esta retorne,esto se debe a la presión que tienen que soportar.Predomina la cap muscular de fibra lisa. Las venas conducen sangre venosa salvo las venas pulmonares que contienen sangre arterial (02). En la A.D. entran 3 venas : - Vena Cava Superior : Recoge sangre venosa de la cabeza cuello y extremidades superiores . - Vena Cava Inferior: Recoge la sangre del abdomen y miembros inferiores. - Vena Porta: Lleva sangre desde el intestino al hígado . - Venas Yugulares: Llevan la sangre desde el cuello y cráneo hasta el corazón . En al A.1. entran las 4 venas Pulmonares que provienen de los pulmones . CAPILARES . Son vasos sanguíneos extremadamente pequeños y finos que se interponen entre las arterias y venas mas pequeñas y tras de sus paredes se produce el intercambio entre sangre y tejidos.
FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL SISTEMA CIRCULATORIO .
19 .2 1
Hay dos tipos de circulación: 1.Circulación
Mayor.
Sale del V .I. por la arteria Aorta y va hacia todo el organismo, cuando se produce el intercambio retorna por las Venas Cava Inferior y Superior a al A.D. *
Ventrículo Izquierdo. Arteria Aorta.
* * *
Venas Cavas . Vena Coronaria . Aurícula Derecha.
SALE.
ENTRA.
2.Circulación Menor. Sale del V .D. por la Arteria Pulmonar hacia los pulmones y allí recoge 02 y regresa por las 4 venas Pulmonares a la A.I. * *
Ventrículo Derecho . Arteria Pulmonar .
SALE.
* *
Venas Pulmonares. Aurícula Izquierda.
ENTRA.
La circulación humana tiene 3 características : Es doble, porque la sangre da dos vueltas . Es cerrada porque la sangre siempre va por vasos, no se introduce en los tejidos. Es completa, es decir, 1a sangre venosa no se mezcla con la arterial .
19 .22
Vena yugular Vena cava superior
Arteria carótida Arteria izquierda subclavia Corazón
Vena Pulmonar
inferior
aorta
venacava
Arteria braquial Arteria femoral
Vena safena
Arteria femoral profunda
Arteria tibial anterior
COMPONENTES SANGUINEOS Parte solida - Glóbulos rojos,hematíes o eritrocitos : 4-5 millones x mm3 en sangre.transportan 02 . - Glóbulos blancos o Leucocitos : 6 .500-7.000 x mm3 en sangre.Función defensiva . - Plaquetas o trombocitos :
200 .000- 300.000 x mm3 .Intervienen en la coagulación de la sangre
Además contiene azucares,proteinas y grasas.
Parte líquida - Plasma sanguíneo .
19 .23
3. APARATO LOCOMOTOR
La Anatomía y la Fisiología son ciencias que forman parte de la Biología,la ciencia que .se dedica al estudio de los seres vivos. I .DEFINICIÓN DE ANATOMÍA . La palabra Anatomía deriva (volver, repetir),es decir,volver a cortar.
del
griego
de
tomos(cortar,diseccionar) y
ana
Tiene por objeto el estudio de la forma y estructura del cuerpo humano,a la que se le ha denominado también Morfología. Los cambios lentos y progresivos de la forma serían propios de la Anatomía( Ej . La forma variable de los huesos y músculos en las distintas edades) . 2.DEFINICIÓN DE FISIOLOGÍA . Fisio :viene del griego significa naturaleza, Logos : estudió. Luego la fisiología es el estudio de la naturaleza . Es la ciencia biológica que estudia la dinámica de los cuerpos organizados . (Ej . Los cambios bruscos debido a la excitación del nervio, los procesos digestivos, etc.) Aparato Locomotor . DEFINICIÓN Es el conjunto de estructuras que vinculan al constitución .
individuo a través de la posición y
Posición Anatómica DEFINICIÓN De pie erguido, rodillas y pies juntos,con brazos y manos en rotación externa y pegados al cuerpo . ESTÁ CONSTITUIDO POR - Huesos (esqueleto) . - Articulaciones . - Músculos. Parte pasiva : Huesos y articulaciones . Parte activa : Músculos
Osteología . Artrologíá Miología
19. 24
3.1 ESQUELETO Es el conjunto de huesos organizados que están unidos entre si mediante articulaciones, aproximadamente son 206.(208 según autores "apófisis lenticular del yunque") Las funciones de los huesos son múltiples dependiendo de su estructura. FUNCIONES 1' . Proteger las partes blandas. (encéfalo, cerebro, cerebelo, corazón ,pulmones .) 2' .Sustentador : donde se apoyan los músculos para hacer palanca y poder moverse. 3'.Dar consistencia a los miembros y posibilitar la función del aparato locomotor y en general cualquier tipo de movimiento . 4' En el tórax además de proteger, ayuda y posibilita la respiración . 5'Almacén de minerales . (Cl, Flúor, Magnesio . .) 6'Lugar de origen de las células sanguíneas . (médula ósea roja y amarilla) FORMA Y ESTRUCTURA DE LOS HUESOS. Forma . Para el estudio de las generalidades de los huesos nos basamos en tres parámetros básicos :longitud, grosor y anchura . Según predomine uno sobre otro diferenciaremos tres tipos de huesos -
HUESOS LARGOS : En ellos predomina la longitud sobre las otras dos dimensiones . Su principal función es el movimiento.
- HUESOS PLANOS o ANCHOS : Predominan la anchura y longitud sobre el grosor . - HUESOS CORTOS. En ellos las tres dimensiones son aproximadas . Los huesos que no pueden clasificarse en ninguno de estos grupos por presentar huecos, entrantes, salientes, etc, se denominan huesos irregulares . (esfenoides) .
19 . 25
Estructura En cuanto a su constitución ,los huesos cortos y los huesos planos es bastante parecida. Básicamente están formados por una cubierta de tejido óseo compacto a modo de cáscara y finísimas travéculas en su interior entrecruzadas de tejido óseo denominado tejido óseo esponjoso. Más compleja es la estructura de un hueso largo. Hay una parte central que es la que básicamente le da la longitud y que es más estrecha por los extremos, DIAFISIS . Los extremos de los huesos son más anchos que la diáfsis y se denominan EPIFISIS . La intersección entre epífisis y diálisis se denomina METÁFASIS .( en principio no es un hueso, sino un cartílago que en la etapa de crecimiento dará la longitud al hueso.) Todos los huesos están rodeados por una membrana denominada PERIOSTIO. Si realizamos un corte transversal en el centro de la diálisis nos encontramos con un canal que la recorre en toda su longitud, es el CANAL MEDULAR. Las células que componen los huesos se denominan OSTEOBLASTOS . Las células destructoras del hueso se denominan OSTEOCLASTOS . Para hacer el estudio de los huesos los dividiremos en tres partes (*): a)Cabeza b)Tronco c) Extremidades . a) Grupo Capital O De La Cabeza. Se divide en dos regiones : Caneo y cara.
Craneo :
Lo constituyen 8 huesos , que tienen la función de proteger el cerebro, que es . el componente principal del sistema nervioso y son los siguientes -Frontal 1 -Parietal 2 -Occipital 1 -Temporal 2 -Etmoides i -Esferoides l . Cara : Esta compuesta por : 14 huesos. - Nasales 2 - Lagrimales 2 - Maxilar superior 2 - Maxilar inferior 1 . ( Hueso móvil.)
-Cornetes inferiores 2 -Pómulos o malares 2 -Palatinos 2 -Vomer 1
b) Grupo Del Tronco(*),
19 . 26
Constituido por la columna o eje central y dos grandes cinturas óseas la cintura superior o escapular y la cintura inferior o pélvica . La columna vertebral sirve de sostén al craneo y a los huesos del tronco . Esta constituido por 24 vértebras y por dos huesos más, el sacro y coxis. De arriba a abajo se distribuyen así Vértebras Cervicales 7. Vértebras Dorsales 12. Vértebras Lumbares 5. Sacro 1 Coxis 1 . Las vértebras son completas en el caso del Sacro e incompletas en el caso del Coxis. El sacro se forma por la fusión de 5 vértebras y el cóccix por la fusión de 2 a 5. Todas las vértebras están unidas entre sí por los discos cartilaginosos, que tienen función amortiguadora . Todas las vértebras están formadas por tres partes a. Cuerpo b . Arco c. Apófisis. Todas tienen 3 apófisis (2 transversas y 1 espinosa)claramente diferenciadas,sobre todo a nivel dorsal .En las vertebras cervicales y lumbares las apófisis transversas son más rudimentarias . La 7' cervical recibe el nombre de "prominente" . La columna vertebral tiene a nivel cervical y a nivel lumbar dos curvaturas denominadas LORDOSIS y otras dos a nivel dorsal y región sacro-coccígea denominada CIFOSIS. Caja torácica o celomática :La constituyen las costillas y el esternón . En ella se alojan corazón y pulmones . De las 12 vértebras torácicas, salen las costillas unidas en su mayoría al esternón. Hay 12 pares de costillas y se dividen del modo siguiente - 7 pares de costillas verdaderas, - 3 pares de costillas falsas y - 2 pares de costillas flotantes . En total hay 24 costillas de las cuales sólo se articulan con el esternón los siete pares de costillas verdaderas. Los tres pares de costillas falsas se unen por un cartílago a la séptima verdadera El Esternón que en el adulto es un hueso, en el niño lo podemos encontrar separado en dos porciones denominadas Mangoy cuerpo.
c) Gr upo De Las Extremidades .
17 .27
Son simétricas y se clasifican en - Extremidad Superior : formada por hombro, brazo, antebrazo y mano.(64 huesos) - Extremidad Inferior : formada por cadera, muslo, pierna y pie. (62 huesos) Extremidad Superior Escápula u Omoplato. Clavícula.
Hombro : Brazo :
Húmero.
Antebrazo : Mano
Cúbito Radio l . Huesos del Carpo (8) : escafoides, semilunar, piramidal,pisiforme, trapecio, trapezoide, hueso grande, ganchoso . 2. Metacarpo : formado por 5 metacarpianos .
3 . Dedos : formada por 3 falanges cada uno,a excepción del dedo gordo que posee solo dos. Estas falanges se pueden denominar de dos formas (falange, falangina y falangeta o proximal, media y distal). Extremidad inferior Los huesos que la forman son Cintura Pélvica . Formada por dos Iliacos o Coxales, y que en el niño la constituyen el Ilión, Isquión y Pubis. Tenemos un coxal izdo y otro derecho . Muslo : Pierna :
Fémur. Tibia ( maleolo externo) Peroné. (maleolo internó)
Entre el fémur y la pierna se encuentra la Rótula .(sólo se articula con el fémur) Pie :
1 . Tarso (7) . 2. Metatarso .
Astrágalo, calcáneo,escafoides,cuboides y las tres Cuñas. Constituido por 5 metatarsianos .
3 Dedos . Constituidos por tres huesos cada uno a excepción del dedo gordo y se denominan falange falangina y falangeta o proximal,media y distal.
d) Existen otros huesos como Hioides :
19 . 28
Inserción del estemocleidohioideo y de la membrana tiroidea)
Los denominados huesos Oticos(del oido) . Yunque, martillo y estribo. Estos forman parte de un subgrupo el visceral y el Otico . 3.2 AR TICULACIONES. Son las estructuras que sirven de unión entre los huesos y dan la movilidad entre los miembros, junto con los ligamentos tendones y cápsulas articulares . . Atendiendo a su grado de movilidad se clasifican entres grupos 1. Fijas o suturales, también llamadas sinartrosis . Son articulaciones inmóviles y fijas en la que no es posible el movimiento . Ej : Articulaciones de los huesos del cráneo . . 2.Semimóviles o Sínfisis,también llamadas anfiartrósicas . Son articulaciones que tienen cierto grado de movilidad,en ellas las superficies articulares se encuentran por alguna estructura interpuesta(cartílago ó ligamento) por lo que sólo es posible un ligero movimiento . Ej . vértebras, sínfisis del pubis costillas . 3.Móviles diartrosis Son articulaciones con gran amplitud de movimiento . Ej : Art. coxo-femoral,art . húmero-escapular. . Dentro de estas también se denominan como : trocleares o uinglimo (tobillo, cúbito), trocoides y condíleas(radio.carpo tarso) (un grado de libertad de movimiento)codo, Silla de montar (2 grados movimiento .)dedo gordo mano. Enartrosis (3 grados de movimiento)art. escápulo-humeral . Las principales articulaciones, como la rodilla codos, cadera, hombro tienen cápsulas articulares compuestas en su interior de líquido sinovial. El cartílago articular hará que el deslizamiento entre las superficies articulares sea más fácil . La membrana sinovial se encarga de la formación de líquido sinovial,que sirve para lubricar las superficies articulare .
3.3 MOSCULOS.
19. 29
Es el componente activo del aparato locomotor. Está formado por conjuntos de fibras musculares alargadas y diferenciadas que se agrupan en haces musculares que a su vez se agrupan entre sí, formando el músculo. Todas estas fibras forman el. cuerpo del músculo,que se unen al uso muscular y terminan en los tendones y este a su vez en los huesos en la mayoría de los casos.(músculos cutáneos, de la lengua, oculares, en sinoviales, y esfinteres .) Tendones . Son de color blanco nacarado . Constituidos por tejido conjuntivo llamado tejido fibrilar. El Peritenomio es el tejido conjuntivo laxo que rodea al tendón y que se une al músculo por medio del perimisio, junto con una membrana de capa delgada llamada Miolema. El músculo esta recubierto por una membrana denominada fascia . La Aponeurosis está formada por tejido conjuntivo en forma de hojas robustas de grosor apreciable En el cuerpo humano tenemos unos 650 músculos aproximadamente(según literaturas). La masa muscular representa en un hombre el 42% y en la mujer el 36%,aunque si estos son deportistas estos porcentajes aumentan. El músculo esta formado en un 70-75% de H20,proteinas 20%,4-6% lípidos,sales 1% y glúcidos 2%. Los músculos pueden ser de contracción voluntaria(estriado) o de contracción involuntaria (lisa) . a) Músculos estriados. Esquelético y cardiaco .Los controla el SNC. b) Músculos Lisos . Orgánicos y viscerales.Los controla el SNV.
A) FISIOLOGIA DEL MUSCULO ESTRIADO. Las fibras musculares posees dos características excitabilidad y contractibilidad . Ante cualquier estímulo las fibras se excitan produciendo un acortamiento de su estructura dando como resultado el movimiento de los huesos . Las fibras pueden ser de dos tipos : Blancas y rojas . El trabajo muscular se realiza siempre a la par, habiendo músculos que se contraen y otros que a la vez se relajan son los Agonistas y Antagonistas . Existen a su vez otros músculos que a su vez realizan una función estabilizadora,que contribuyen o dan apoyo al movimiento .
19 . 30
Atendiendo al movimiento que realizan se clasifican en . Flexores, extensores, adductores, abductores , rotadores y elevadores . OTRAS CLASIFICACIONES a. Configuración externa . Deltoides Romboides, trapecio, serrato, redondos etc . . b . Por el número de cabezas de origen . Biceps 2,Triceps 3,cuadriceps 4. c. Atendiendo al vientre carnoso :Digástricos, poligastricos y por la estructura semimembranososo y semitendinoso . d. Por su situación. Intercostal, frontal, plantar etc. e. Por los orígenes e inserciones : esternocleidomastoideo, coracobracial,etc . f. Por la duración de susfibras. Recto, oblicuos, transversos. . . g. Atendiendo a la disposición de sus fibras con relación al tendón : fusiforme, penniforme, bipenniforme, orbiculares.
h. Otras clasificaciones. Largos y delgados, cortos y gruesos, y anchos y planos . TONO MUSCULAR En reposo los músculos se encuentran con una ligera actividad o tensión, esta ligera contracción se denomina Tono Muscular . El TM es la base de la postura y en consecuencia de la acción de las células nerviosas de la médula espinal. Permite por ej . estar de pie, si no hubiese TM las piernas se flexionarían y el cuerpo se desequilibraría.
Tipos de tonacidad 1 . Hipertónico : tono muscular exagerado, tensión. 2. Hipotónico : falto de tono, débil . (lentitud, pasividad) 3 . Equilibrio . Tono normal, flexible, vivo.
Propiedades del tono muscular l . Excitabilidad : respuesta a todo estímulo ambiental, la E generada se convierte en E mecánica. 2 . Elasticidad . Posibilidad de elongarse y volver a su tamaño original . 3 . Contractibilidad : capacidad de acortar sus fibras y aumentar su espesor sin variar el volumen .
PRINCIPALES MUSCULOS . l . Cabeza - Frontal - Temporal - Occipital 2. Cara - Orbicular de los párpados - Pequeño cigomático - Gran cigomático. - Triangular del los labios - Orbicular de los labios . - Masetero - Mentón - Transverso de la nariz - Elevador común de las alas de la nariz y labio superior. - Bucinador - Cuadrado de la barba o depresor del labio inferior . 3. Cuello : - Esternocleidomastoideo - Omohioideo - Tirohioideo - Esternohioideo - Escalenos - Esplenio - Miohioideo - Digástrico . 4. Tronco : a) Parte anterior. - Pectoral mayor
-
Pectoral menor Subclavio. Serrato. Oblicuo mayor Oblicuo menor Transverso del abdomen. Recto del abdomen. Deltoides.
19 . 3 1
h Parte posterior - Dorsal ancho .
- Trapecio . - Deltoides parte posterior. - Supraespinoso - Infraespinoso - Redondo mayor - Redondo menor. - Romboides. - Angular del Omóplato . Extremidad Superior . 5. Brazo - Deltoides . - Biceps braquial . - Coracobraquial - Braquial anterior - Triceps braquial . 6 .Antebrazo (transparencia n°21)
6.1Cara anterior a) Grupo profundo - Pronador cuadrado - Flexor común profundo de los dedos - Flexor propio del pulgar b) Grupo superficial - Pronador Redondo - Palmar mayor - Palmar menor - Flexor común superficial de los dedos. - Cubital anterior .
6.2 Caraposterior. a) Grupo profundo: -
Extensor largo del Extensor corto del pulgar Extensor propio del índice Abductor propio del pulgar Supinador corto. Anconeo
19 . 32
b)Grupo Superficial Interno: - Extensor común de los dedos - Extensor propio del meñique - Cubital posterior . Externo : -Primer Radial - Segundo Radial.
7. Mano
- Lumbricales - Interoseos . - Flexores propios - Separadores propios. Etc . 8. Hombro. - Deltoides. 9. Cadera O Region Coxal . -
Psoas iliaco mayor y menor o Iliopsoas . Pectineo . Piramidal de la Pelvis . Obturador externo Obturador interno Cuadrado femoral Geminos superior e inferior .
- Musculatura Glutea: - Gluteo mayor - Gluteo mediano - Gluteo menor. Parte anterior del muslo - M. Cuadriceps. - Sartorio - Pectilineo "
Cara interna: - Recto interno . - Adductores.(Aproximadores) .
19 . 33
Parte Posterior del Muslo. - Biceps Femoral o crural . - Semimembranoso - Semitendinoso . - Popliteo .
10. Pierna O Pantorrilla . Parte anterior. - Tibial anterior.
- Extensor largo común de los dedos. - Extensor largo del dedo gordo. - Músculos peroneos laterales. . Parte posterior. - Gemelos o gastrocnemios .
-
Soleo . Plantar delgado Flexor largo del dedo gordo . Tibial posterior. Flexor largo de los dedos.
11. Pie - Músculos interoseos plantares . - M. interoseos dorsales. -M. extensores cortos.
19 . 34
19.35
3 .SISTEMA LOCOMOTOR . Es el conjunto de organos destinados a mover el cuerpo . Esta constituido por: Huesos y articulaciones, que constituyen la parte pasiva. Musculos, que constituyen la parte activa . A) ESQUELETO HUMANO. Es el conjunto de huesos organizados que estan unidos entre si mediante las articulaciones, aproximadamente son 203-206 huesos . Las funciones de los huesos son: Proteger las partes blandas del organismo . Sustentar a los musculos para hacer palanca y moverse . Se regeneran en caso de fractura, por si solos. _, Ayudan en el torax a la respiracion. Almacen de minerales. B) ANATOMIA DEL HUESO. Estan cubiertos por una membrana que se llama PERIOSTIO y que tiene cierta elasticidad sirviendole al hueso de funda o contencion. TEJIDO OSEO . Puede ser de dos tipos: *Compacto .Tiene mayor dureza y esta en la parte exterior de todos los huesos . *Esponjoso. No oferze dureza y esta en la parte interior de los huesos cortos y en las cabezas de los huesos largos . En los huesos largos se llama Medula Amarilla ( tejido esponjoso ) y la parte interior de huesos cortos es Medula Roja ( tejido esponjoso ). La parte central de un hueso largo se llama DIAFISIS y las cabezas del mismo EPIFISIS . En el centro de la diafisis hay un canal que recorre toda su longitud que es el CANAL MEDULAR . Las celulas que componen los huesos se llamna OSTEOCITOS . Forma.
Tres tipos de huesos: -Largos. Predomina la longitud . Su funcion fundamental es el movimiento. -Cortos. Predomina la anchura. Se parados y conectados entre si por castilagos . -Planos. Son las tres dimensiones aproximadas .
19 .36
C) ARTICULACIONES. Son las estructuras que sirven de union entre los huesos. Sirven para sujetar, sustentar y permitir que los huesos se muevan. Tipos. 1 . Fijas o suturales .Tambien llamadas sinartrosis.Son articulaciones fijas e inmoviles.Ej . Craneo .Es tejido cartilaginoso o cartilagos . 2. Semimoviles . Tambien llamadas anfiartrosicas.Tienen movimiento limitado .Ej . vertebras .Es cartilago con liquido sinovial . 3. Moviles o diartrosis .Permiten el movimiento . Ej. Extremidades . Es una membrana sinovial que desprende liqido sinovial que tiene efecto lubricante . D)MUSCULOS. Constituyen la parte activa del sistema locomotor y hay aproximadamente 650. El musculo esta formado por una vaina de tejido conjuntivo . En su interior estan las celulas musculares o fibra muscular. Estas' celulas son alargadas siendo lisas ras de musculos lentos e involuntarios y estriadas las de musculos con movimientos rapidos y voluntarios . Sin embargo el corazon tiene celulas estriadas . El tejido conjuntivo del musculo se une en los extremos sin celulas musculares formando los tendones que son los que se " enganchan " a los huesos . El musculo esta recubierto por una membrana doble llamada FASCIE. El musculo esta formado en un 70-75% de H2O, proteinas 20%, 4-6% lipidos, sales 1% y glucidos 2% . La masa muscular representa en el hombre el 42% y en la mujer el 36% . fisiología del musculo. Las fibras musculares poseen dos caracteristicas : Excitabilidad . Contractibilidad .
de pie.
Ante cualquier estimulo se excitan produciendo un acortamiento de su estructura dando como resultado el movimiento de los huesos . El trabajo muscular se realiza siempre a la par, es decir, cuando un musculo se contrae necesita que otro se relaje para permitir que produzca el movimiento . Tono Muscular. Es la ligera actividad que tienen los musculos aun cuando no producen movimiento.Ej . Estar Cuando un musculo trabaja en exceso, la circulacion se activa para llevar mas O2 a al celula muscular y acumulandose toxinas ( lactosa ) pueden producirse agujetas.
Frontal Esternocleidomastoideo Deltoides Bíceps Supinador largo Flexor del antebrazo
Cuádriceps
Tibia] anterior
Pectoral mayor Serrato anterior Radial externo - Recto abdominal Vasto externo Vasto interno Peroneo Sóleo
Infraespinoso
Redondo mayor
Dorsal ancho
Trapecio -Deltoides Tríceps
Cubi t al posterior
Cubital anterior
Glúteo mayor Semitendinoso
Bíceps femoral
Semimembranoso Tendón de Aquiles
Gemelos
TEMA 20 HERIDAS Y HEMORRAGIAS : CLASIFICACIO N Y COMPORTAMIENTO. QUEMADURAS : CLASIFICACION, MANEJO Y COMPLICACIONES . FRACTURAS Y LUXACIONES : CLASIFICACIO N Y MANEJO. ESPECIAL MENCION A: TRAUMATISMOS TRAUMATISMOS CRANEAL ES.DE COLUMNA: POLITRAUMATIZADO: DEFINICION . DIAGNOSTICO . MANEJO.
LHERIDAS. Herida es toda perdida de continuidad ( rotura ) de la piel secundaria a un traumatismo . Los síntomas de las heridas son : Dolor. Hemorragia . Separación de los bordes de la piel. Contusión es toda lesión traumática sin solución de continuidad en la piel ( no hay rotura ) .Pueden ser - Mínima. No presenta desgarro o alteración el único síntoma es dolor. - I er Grado_Rotura de pequeños vasos que da lugar a pequeños cúmulos de sangre en la dermis (Equimosis o cardenal) . - 2 er Grado: La sangre extravasada en mayor cantidad se sitúa en el tejido celular subcutaneo ( Hematomal . - .3er Grado: Muerte de los tejidos profundos (necrosis),al cabo de un tiempo la piel muere por falta de aporte nutritivo . Derrame interno .
Primeros auxilios -
20.2
Inmovilizar la zona . Aplicar frío local mediante compresas de agua fria No pinchar los hematomas . Vendaje compresivo. Valoración por personal facultativo .
Los traumatismos pueden ser : -Cerrados o contusiones : La piel esta intacta, no se ha abierto . -Abiertos o heridas: La piel esta rota.Son potencialmente más peligrosas por el riesgo de infección . a) Clasificación de las Heridas. I .Según el agente que los produce -Incisas. Producida por objeto cortante. Bordes limpios y regulares . -Contusas. Producida por objeto romo. Bordes irregulares . - Punzantes. Heridas con poca superficie y muy profundas . -Inciso-contusas . Producida por objetos cortantes que actuan de forma tangencial o bien por objetos romos casi cortantes II. Según su forma - Heridas lineales : el trazo que dibuja puede ser de distintas formas rectas, curvas,estrella,etc -Heridas en colgajo : la piel cuelga a través de un pedículo .(nunca cortarlo) go Heridas con perdida de sustancia .Es un grado superior al anterior,aquí el pedículo queda seccionado . (avulsión) b) Factores de Gravedad. - Infección,presencia de cuerpos extraños,o suciedad evidente - Hemorragia . - Localización : (cara manos,orificios naturales,tórax,abdomen,etc) - Extensión. - Profundidad
c) Forma de actuación .
20 . 3
- Heridas Graves . 1°Evaluación inicial de la víctima . 2°Neutralizar hemorragia y prevenir aparición del shock. 3°Cubrir la herida con apósitos estériles y procurar el traslado en posición adecuada . 4°No extraer cuerpos extraños enclavados y fijarlos para que no se muevan durante el traslado 5°Si hay perdida de sustancia se pude colocar sobre la herida una gasa vaselinizada para evitar adherencias . - Heridas Leves. 1°Desinfección del material de curas . 2°Lavar y desinfectarnos las manos. 3°Limpiar la piel próxima con agua y jabón y posteriormente, con un antiséptico siempre del centro hacia la periferia o en espiral,achorro . . 4°Tapar la herida con apósito estéril . 5°Se puede dejar manar la sangre al principio para favorecer la autolimpieza de la herida. Normas fundamentales : En ningún caso se hurgará en la herida para tratar de extraer cuerpos extraños, ni por cualquier otro motivo . Las gasas estériles se deben manejar siempre con pinzas desinfectadas. Se puede dejar sangrar durante un par de minutos las heridas leves para facilitar su autolimpieza. Traslado a un centro sanitario,para valoración de suturas .
Casos especiales
20 .4
1 . Heridas perforantes en tórax. -Neumotoráx abierto : Es la presencia de aire en la cavidad pleural,producida por la entrada de aire desde el exterior(herida torácica) . Síntomas diferenciales con las heridas leves - Dolor muy intenso - Dificultad respiratoria Primeros auxilios - Taponamiento oclusivo parcial (un lado sin cerrar) - Traslado urgente en posición semisentado . - No extraer cuerpos extraños alojados(inmovilizarlos) - Vigilar constantes vitales con frecuencia . - No dar de beber a la víctima. 2. Heridas perforantes en abdomen,complicaciones más frecuentes Hemorragia interna : pensar la aparición de shock hipovolémico . Perforación del tubo digestivo . Salida de asas intestinales . Primeros auxilios - Cubrirlas con un apósito estéril humedecido . - Traslado urgente al hospital en posición decúbito supino con piernas flexionadas . - No extraer cuerpos extraños alojados. - No reintroducir contenido intestinal . - Vigilar constantes vitales . - No dar de comer ni beber. 3. Amputaciones traumáticas 3 .1 Cuidados en la zona de amputación -Control de la hemorragia . -3 .2 Cuidados de la parte amputada -Cubrirla con apósitos estériles . -Introducirla en una bolsa de plástico. -Colocarla dentro de otra bolsa,con hielo en su interior .
20 .5
2 HEMORRAGIAS . Es la salida de sangre de los vasos sanguíneos como consecuencia de la rotura de los mismos . a) Clasificación de las Hemorragias. go Hemorragias externas . La sangre sale a través de una herida. - Hemorragias internas . La sangre se acumula en el interior del cuerpo . - Hemorragia exteriorizada. La sangre sale a través de un orificio natural . - Hemorragia intersticial : son hemorragias _producidas por contusiones que se localizan en los espacios intercelulares .
Clasificación según sea el tipo de sangre Hemorragia arterial. Es de color rojo vivo,sale a borbotones . 2. Hemorragia venosa. Es de color oscuro,sale de forma continua . 3. Hemorragias capilares : en forma de sábana 1.
- HEMORRAGIAS EXTERNAS. Se actuara de la siguiente forma: 1°. 2' 3° 4°
Tumbar al afectado . Presión directa sobre la herida y elevar extremidad . Vendaje compresivo . Hacer presión sobre los puntos de compresión arterial .
Hay unos 12 puntos de control - Arteria facial. - Arteria temporal superficial. - Arteria carótida: heridas en el cuello. - Arteria subclavia: heridas en el hombro. - Arteria axilar. heridas en el brazo. - Arteria humeral: heridas en el antebrazo. - Arteria radial - Arteria cubital. - Arteria Iliaca. - Arteria femoral: heridas en la pierna. - Arteria poplitea - Arteria pedia
5°
6° 7º
20 . 6
Como último recurso colocaremos un torniquete . Siempre por encima de la herida y por encima de la articulación entre el corazón y la herida. Usar materiales suaves y anchos ( pañuelo ). No retirar el torniquete una vez aplicado . Se mantendrá como máximo 3 horas. Reflejar la hora en que se hace apuntándolo en la frente del afectado . En caso de amputación traumática aplicar directamente torniquete . Prevenir el shock.
Shock Hemorrágico Se produce como complicación de la hemorragia aguda. Es un estado clínico en el cual la cantidad de sangre que llega a las células es insuficiente o inadecuada para que puedan hacer su función normal . Los síntomas son propios de cualquier hemorragia interna. - HEMORRAGIAS INTERNAS: Es cuando la sangre queda embolsada en el interior de una cavidad o una víscera y cada localización tiene un nombre específico . Síntomas: Pulso débil y muy rápido Palidez en el rostro . Fuerte shock. Piel fría y húmeda. Desasosiego,obnubilación y coma. Taquipnea . Disminución de la PA. Causas : Huesos fracturados . Golpes abdominales . Heridas por armas de fuego . Actuación : 1° Tumbar al paciente con las piernas ligeramente elevadas (posición antishock ) . 2° Abrigarlo bien. 3° Traslado urgente .
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3. HEMORRAGIAS EXTERIORIZADAS.
Son aquellas en la sangre sale por un orificio natural :
-
Epistaxis.Salida de sangre por la nariz. Presión, con los dedos del tabique nasal con la cabeza inclinada hacia delante.
go Otorragia. Salida de sangre por el oído. Puede ser producida por una rotura de tímpanos como consecuencia de una explosión o un traumatismo craneal . P.L.S. sobre el oído sangrante. Hemoptisis . Salida de sangre por la boca . procedente del aparato respiratorio . Se expulsa al toser. Hematemesis. Salida de sangre por la boca procedente del aparato digestivo posos de café ). En los dos casos anteriores : Víctima semisentado . No dar de comer ni beber nada. Prevención de_ 1 shock. Traslado a Centro hospitalario. - Melena. Salida de sangre por el ano. Víctima semisentado . No dar de comer ni beber. Traslado urgente .Ojo falsa melena: hemorroides . go Metrorragia . Sangrado por la vagina . - Hematuria . Sangre en la orina. Puede indicar fractura de pelvis que a su vez ha roto la vejiga de la orina. Traslado urgente,posición decúbito supino con almohada debajo de las rodillas . . %VOLUMEN SANGUINEO PERDIDO
CLASE I Hasta 15%
CLASE II
CLASE III
15-30%
CLASE IV
30-40%
40% o más
120-140~
>140/MIN
FRECUENCIA CARDIACA
< 100/min
AMPLITUD DEL PULSO
LLENO
DISMINUIDO +
DISMINUIDA
RELLENO CAPILAR
=
DISMINUIDO +
DISMINUIDO ++
FRECUENCIA RESPIRATORIA NIVEL DE CONSCIENCIA
14-20/min ANSIOSO
10 -20 /min
20-30/MIN INTRANQUI
++
30-40/min CONFUSO +
DÉBIL DISMINUIDO > 35~ CONFUSO ++
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3.QU EMADURAS .
Concepto : Es toda lesión producida por el calor en cualquiera de sus formas . El tiempo Ja exposición y la temperatura son los factores determinantes de la gravedad de esta. a) Clasificación Quemaduras.
de
las
- Según Profundidad . - Según Extensión . - Según Localización.
,POEMS
EM dermis s tejido cecular subcutáneo ;
-PROFUNDIDAD . 1er. Grado. Afectan solo a la epidermis ( capa mas externa ). La piel esta enrojecida y dolorosa . ERITEMA. 2° Grado. Afectan a la epidermis y a la dermis . Aparecen ampollas ( flictenas ) y son más dolorosas que las anteriores. 3er Grado. Destrucción de todo el espesor de la piel . Aparecen ESCARAS y no suelen ser dolorosas al destruir los tejidos nerviosos, aunque la zona de alrededor si duele.La restitución de la piel siempre está alterada, dejando cicatrices. -EXTENSIÓN . 1 . Leves. Afectan a menos del 10% del cuerpo . 2 . Graves. Entre el 10 y el 50%. 3 . Muy Graves. Entre el 50 y el 70% . 4. Mortal. Mas del 70% . -Regla de Wallace o de los Nueve: La palma de la mano equivale a 1% de la superficie del cuerpo . Cabeza y cuello . 9%. Tórax y abdomen . 18% . Espalda. 18%. Extr. Superiores .( Brazo, antebrazo, mano ). 9% cada una. Extr . Inferiores . ( muslo, pierna, pie ) . 18% cada una. Genitales . 1%.
-LOCALIZACIÓN .
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Si afecta a cabeza o cuello se puede producir una hinchazón o edema de glotis que suele producir la asfixia porque destruye las vías respiratorias . Tambien son graves - Las que afectan a cara,manos,pies,genitales. - Quemaduras complicadas con fracturas y lesiones graves de tejidos blandos. - Enfermos con cardiopatias . - Niños y ancianos . - Cuando afectan a vías respiratorias .(quemadura inhalatoria) . b) Formas de actuación . Dependiendo del tipo de quemadura actuaremos de la siguiente forma: - Quemaduras térmicas . l°.
Alejar a la víctima de la fuente de calor. Se debe impedir que la víctima corra sofocándole las llamas con una manta haciéndole rodar . 2° Evaluación Inicial. Asegurar permeabilidad de las vías aéreas . 3° Aplicar agua generosamente sobre la herida, no retirándole de la quemadura restos de tejidos y ropa. 4° Proteger la quemadura con apósitos estériles humedecidos con agua . Detiene la acción del calor y alivia el dolor. 5° En las de 3 er. Grado no aplicar agua y cubrir las quemaduras con apósitos estériles humedecidos . No pinchar las flictenas. No dar de beber ni comer. No retirar ropa quemada 6° Retirar anillos y relojes etc. 7°. Si la quemadura es extensa prevenir el shock 8°. Procurar el traslado a un centro especializado lo antes posible . - Quemaduras químicas . 1° 2°
Arrojar gran cantidad de agua sobre la zona afectada. Se procede a retirar la ropa y se sigue echando agua (15-20) .Después actuar como en el resto de las quemaduras . 3° Casos especiales: -Cal . No echar agua . Retirar cal y después lavar abundante . -Metales de Sodio . No echar agua. Cubrir con aceite. -Ceniza caliente. Sumergir la zona afectada. -Ojos. Gran cantidad de agua. Las quemaduras acidas forman una capa negra y dura. Las quemaduras producidas por bases forman una capa blanca y blanda .
Quemaduras eléctricas. Tipos:
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-Tipo 1 o quemadura de contacto . Un punto de entrada u otro de salida ( ojo de buey ) . - Tipo II o flash. Formación de un arco de corriente. - Tipo III o por llama. Se incendian las ropas de una persona.
Tratamiento. 1° 2 3° 4°
Cortar la corriente antes de tocar a la víctima. Si esto no es posible aislarnos con objetos aislantes sin tocar a la víctima directamente Evaluación Primaria. Cubrir la zona afectada ( orificios de entrada y salida ) con apósitos estériles . Traslado a hospital .
Otros tipos de lesiones que puede provocar Parada cardiorrespiratoria,secundariamente a la falta de respiración o como resultado directo del choque eléctrico . Axfisia por prolongado contacto con la electricidad que causa contracción en los músculos respiratorios. Alteraciones neurológicas. Fracturas,luxaciones o incluso lesión cervical.
4.FRACTURAS Y LUXACIONES. El sistema músculo-esquelético esta formado por: Huesos .Estructuras sólidas que proporcionan soporte rígido al organismo . Articulaciones . Puntos móviles de unión entre los huesos a través de las cuales se efectúan los movimientos corporales . Ligamentos . Refuerzan la unión entre los huesos a nivel de las articulaciones, permitiendo unos movimientos e impidiendo otros . Músculos. Con su contracción y dilatación hacen posible los movimientos articulares . Tendones . Son la unión entre los músculos y el hueso .
Tipos de lesiones:
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Fractura . Lesión de hueso . Luxación . Lesión articular . Esguince . Lesión ligamentosa . Contractura . Lesión muscular . Rotura fibrilar. Puede ser muscular o tendinosa. a) FRACTURAS . Es la solución de continuidad de un hueso.Se llama "foco de fractura" a los extremos óseos separados y al hematoma que se produce . -Clasificación . - Abiertas. Hay una herida sobre la zona de la fractura con o sin el hueso sobresaliendo por la misma. - Cerradas . No hay herida. -Síntomas de las fracturas. - Dolor. Es el síntoma principal que aumenta con la movilización de la zona . - Deformidad Hay que comparar con el miembro sano. - Acortamiento. Se produce cuando un extremo roto " monta " con el otro. - Inflamación y amorotamiento. . Bien por la hemorragia o por el edema. - Impotenciafuncional. No puede mover la zona afectada. -Complicaciones . - Hemorragia y shockhipovolémico. El hueso fracturado puede romper algún vaso sanguíneo . - Lesiones nerviosas. Por el mismo mecanismo anterior. - Infección. Provocada por la herida en fracturas abiertas. - Causas de la fractura Son debidas a agresiones mecánicas de origen interno y externo.Los mecanismos de producción de fuerza son 1 . Compresión . 2. Tracción. 3. Flexión. 4. Torsión. 5. Fuerzas acción cortante o cizallamiento . 6. Sobrecarga.
- Tipos de fractura según la dirección de la línea de fractura.
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l . Fracturas transversales . 2 . Fracturas longitudinales . 3 . Fracturas oblicuas. 4 . Fracturas espiroideas 5. Fracturas empotradas. - Según su localización en el hueso,pueden ser 1 . Diafisiarias 2. Epifisiarias (extraarticulares y articulares) - Según el grado de intensidad de la fractura 1.
Completas (rompen todo el espesor del hueso) Sencillas Complicadas Conminutas .
2. Incompletas (no rompen todo el espesor) Entallo verde Fisuras . -Tratamiento . 1°. Evaluación Inicial. 2° . Inmovilizar adecuadamente la zona afectada. 3°. Procurar reposo y elevación de la zona fracturada si es posible . 4°. Aplicar hielo . 5°. Retirar anillos , relojes,pulseras etc. 6°.Cubrir la herida con apósitos estériles en caso de fracturas abiertas,antes de proceder a su inmovilización y cohibir la hemorragia .(en su caso). 7°. Traslado a Centro Sanitario . En caso de hemorragia primero cohibir la misma. ( fractura abierta ) No intentar reducir fractura. Si hay que inmovilizar se procurará hacerlo con una FERULA: 0 0 0
Férulas espinales. Su misión es inmovilizar la columna. Férulas rígidas. Es no flexible pero se adapta a la extremidad . Férulas neumáticas. Pueden ser hinchables o de vacío. Férulas de tracción. No se intenta reducir la fractura sino oponerse .
Principales inmovilizaciones
Can pañuelos triangulares :
Con u n soporte ríg ido :
Inmovilización de la tibia y el peroné.
Inmovilización de la rótula.
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b) LUXACIONES.
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Es la separación permanente de las superficies articulares, hasta entonces en contacto . Implica la rotura de los ligamentos que tratan de mantener unidos los huesos afectados. Una subluxación,es una luxación incompleta . -Síntomas . - Dolor. Es el síntoma más importante . - Impotenciafuncional. No se puede mover la articulación. - Deformidad . Es el signo principal . Comparar con el miembro sano . -Tratamiento . 1° 2° 3°
Inmovilizar articulación tal y como se encuentre. No intentar reducir luxación . Traslado .
D) TRAUMATISMOS
DEL CRÁNEO Y DE LA CARA.
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El sistema nervioso central ( SNC, ) se compone de: Encéfalo : Cerebro . Cerebelo . Bulbo raquídeo . Medula espinal .( protegida por la columna vertebral ) Anexos al SNC: membranas Meninges : que lo recubren .(duramadre,piamadre,aracnoides) Liquido cefaloraquideo : liquido que flota en el SNC . Sirve como transporte y como elemento amortiguador de traumatismos . Cualquier lesión en estos órganos es de consecuencias graves, de ahí, lo importante de preservar estas zonas. - Síntomas . Alteración del estado de la conciencia: A (alerta), V (verbales), D Dolorosos, N (negativos) . Alteraciones en el tamaño y simetría de laspupilas . MIOSIS (contraidas) . MIDRIASIS (dilatadas)_,o anisocoria .(un ojo miosis y otro midriasis) Vómitos . Otorragias, epixtasis . Dolor de cabeza. Aparición de hematomas periorbitarios o en apófisis mastoides Respiración anormal o ausente Heridas en cuero cabelludo Amnesia: APT ( post-traumatica) : no recuerda lo ocurrido desde el accidente. AR (retrograda) : no recuerda situaciones previas al accidente. - Tratamiento . 1° 2°
Mantener eje cabeza-tronco. Mantener permeabilidad vías aéreas. NO HIPEREXTENSION del cuello . ( Evaluación inicial ) 3° Vigilar constantes vitales. 4° No cubrir al paciente, ni darle medicación. 5° No mover objetos empalados . 6° Traslado del paciente en "camilla de cuchara" . Si el accidentado presenta un objeto empalado en la mejilla que obstruye la vía aérea es la UNICA ocasión en que debemos retirar el objeto .
e) TRAUMA TISMO DE LA COLUMNA VERTEBRAL.
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Son lesiones traumáticas que afectan a uno o varios de los huesos o articulaciones que componen la columna vertebral . Se suelen producir por caídas sobre los pies desde gran altura, accidentes de trafico caída de rayo,armas de fuego etc.Su importancia radica en que puede ocasionar la compresión o sección (total o parcial) de la médula espinal . - Síntomas. a) Lesión Osea. - Dolor localizado . (nuca,hombros, espalda) - Deformidad - Contractura muscular . b) Lesión Medular. - Perdida de movilidad en algún miembro . - Insensibilidad,total o parcial . - Hormigueos. c) Perdida de esfínteres. - Falta de reflejos . - Priapismo en el hombre. - Tratamiento . 1° 2' 3° 4°
Mantener eje. Cabeza-cuello-tronco . Mantener permeabilidad y constantes vitales . ( Evaluación Inicial ) Traslado debidamente inmovilizado en "camilla de cuchara" . Reevaluar constantemente .
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f) POLITRA UMATIZADO.
Es el paciente que, a consecuencia de un traumatismo importante presenta lesiones en mas de un órgano, aparato o sistema, y que al menos uno de ellos , le pueden suponer un riesgo vital. Estas lesiones suelen afectar al cráneo, columna vertebral, tórax, abdomen o extremidades, predominado las fracturas, heridas,hemorragias y quemaduras . - Primeros Auxilios : Es necesario efectuar de una manera rigurosa la evaluación inicial con el objeto de Determinar el alcance de sus lesiones . Establecer prioridades de actuación. Adoptar las medidas en cada caso Asegurar el traslado dela víctima a un centro hospitalario en condiciones adecuadas. - Tratamiento . 1° 2° 3° 4° 5° 6°
Evaluación primaria y secundaria .( asegurar respiración, circulación) . Controlar hemorragias agudas y shock. Inmovilizar manteniendo eje cabeza-cuello-tronco . (puente y cuchara) Estabilizar fracturas. Tratar heridas y quemaduras . Traslado urgente vigilando constantes .
consciencia,
OTRAS SITUACIONES DE URGENCIA .
20 .1 R
ALTERACIONES DE LA CONSCIENCIA . l . Lipotimia (desvanecimiento y desmayo) - Concepto : Pérdida de consciencia breve superficial y transitoria(segundos o minuto s),debido a una disminución brusca del flujo sanguíneo del cerebro . Previo a la pérdida de conocimiento se manifiesta con
.
- Sensación de mareo y flojedad de piernas . -Alteraciones visuales y/o auditivas . - Piel pálida y fría, sudorosa(cara) - Sensación de ahogo sofc y
- Causas - El miedo,las emociones intensas,las visiones desagradables(p . ej . sangre),son causas habitales . - El calor excesivo y los ambientes cercados favorecen el mecanismos de producción. - La pérdida de sangre - Primeros auxilios Si la persona siente que se va a marear -Tumbarla en posición horizontal sobre su espalda(decúbito supino) y elevar las piernas 45°. - Aflojarle la ropa que puede oprimirle (cuello,cintura etc) - Mantener la permeabilidad de la vía aérea. -Mantenerle tumbado unos minutos hasta que recupere la consciencia . - Si por ejemplo está deshidratado se le dará de beber si tiene una hemorragia hbrá que cortarla.
2. Síncope.
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- Concepto : Pérdida y generalmente breve de la circulación que causa pérdida total y repentina de consciencia .La evolución del coma viene desde la lipotimia y puede llevarnos al coma - Causas Son las mismas que en la lipotimia . - Síntomas En un principio aparece la sintomatología de la lipotímica alertando de la inmediata instauración del síncope, aunque a veces no se inicia como la lipotimia y el individuo cae desvanecido súbitamente . - Primeros auxilios - Iniciar las maniobras de RCP en caso necesario . - Si se mantiene las constantes vitales,actuar como en el caso de una lipotimia. -Tambien se le puede poner en PLS hasta que recupere el conocimiento. 3. Coma . - Concepto :Es la pérdida de consciencia prolongada, con disminución o ausencia de reflejos protectores(deglución,tos,etc)y de reacción ante estímulos externos . Tiene 4 estadios principales A-V-D-N. - Causas Se distinguen cuatro grandes causas - Traumatismos : Tras caidas o golpes violentos sobre la cabeza . - Intoxicaciones. Alcohol,medicamentos,etc . -Alteraciones metabólicas. Diabetes . -Alteraciones neurológicas : epilepsia,accidentes cerebro vasculares,etc . - Primeros auxilios 1. 2. 3.
Evaluación inicial . Colocar al paciente en PLS Vigilar las constantes vitales periodicamente y procurar traslado acentro sanitario .
DOLOR TORÁCICO AGUD O Y DOLOR DE ORIGEN MUSCULAR.
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a) Dolor torácico -Suele ser intenso,a veces insoportable acompañado de una sensación subjetiva de gravedad . -El enfermo lo define como una fuerte opresión o quemazón en cualquier zona del tórax o epigastrio, aunque suele ser más frecuente en la zona retroestemal(corbata) y siempre es un dolor profundo en el interior del tórax y de líomites mal definidos . -Normalmente se irradia a brazo izquierdo y/o cuello . -Su duración es variable y superior a 30 segundos . Se suele acompañar de gran sudoración,dificultad respiratoria,náusea y malestar general (debilidad). b.):-Dolor de origen muscular -
Es facilmente definible como dolor . La localización es variada,pero siempre superficial y de límites bien definidos . El dolor aumenta con la palpación de la zona. Pueden existir antecedentes de traumatismos .
c) Abdomen agudo. Concepto : Dolor abdominal agudo que puede deber a cualquier proceso intraabdominal que surge repentinamente.Normalmente la solución es quirúrgica. . - Signos-sintomas - Dolor abdominal difuso de aparición más o menos brusca . - Generalmente,de varias horas de evolución. - Rigidez e hipersensibilidad abdominal (vientre en tabala)- Posición antiálgica. - .Primeros auxilios - Dieta absoluta. - Traslado urgente a centro hospitalario en la posición más cómoda para el paciente(decúbito supino con rodillas flexionadas .
d) Cuadros convulsivos
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Concepto : Las convulsiones son contracciones enérgicas e involuntarias del sistema muscular esquelético,queon secundarias a derramescerebrales,originados por una irritación de los centros nerviosos motores cerebrales. -
- Tipos . - Convulsiones epilépticas. - Convulsiones febriles . - Convulsiones histéricas. 1. Crisis epiléptica Fases l . Inicialmente el sujeto grita(no siempre),pierde el conocimiento brusca y repentina y cae al suelo. 2. Fase de contracción muscular intensa y generalizada,con un breve paro respiratorio (10-20 segundos) . 3 . Fase de sacudidas breves y generalizadas,respiración ruidosa,hipersalivación,pérdida de orina.El paciente puede morderse la lengua (2-3 minutos) . 4. Período postconvulsivo .Progresivamente el sujeto se despierta confuso desorientado y no se acuerda de lo que ha pasado (10-30 minutos) - Primeros auxilios - NO sujetar a la víctima ;dejar que suceda la crisis - Apartar los objetos de alrededor de la víctima - Aflojar las ropas de alrededor del cuello y cintura . - Intentar introducir en la boca . un objeto duro,para evitar que se muerda la lengua. - Colocar a la víctima en PLS despues del período postconvulsivo . - Explorar posibles lesiones debidas a la caida (heridas fracturas,etc) - La revisión médica se recomienda sistemáticamente . 2. Convulsiones febriles Son convulsiones que aparecen por las altas temperaturas,sobre todo en niños,o la inmadurez del sistema termorregulador . : Baños de agua tibia o aplicación de compresas para que descienda la Primeros auxilios fiebre .
3. Convulsiones Histéricas .
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Son crisis nerviosas por excitación psíquica en sujetos de inestabilidad emocional o psíquica. Primeros auxilios : aislar al sujeto para que no se sienta protagonista . Aspersiones de agua fria en el rostro . INSOLACIÓN Y GOLPE DE CALOR Concepto : es la respuesta del organismo a una agresión producida por el calor. Causas : Acción directa y prolongada del sol sobre el organismo(cabeza)debido a una gran expoxición. Síntomas -Cara congestionada -Dolor de cabeza -Sensación de fatiga y sed intensa -Náuseas y vómitos. -Calambres musculares,convulsiones . -Sudoración abundante en la insolación,que cesa en el golpe de calor,en este caso la piel esta seca,enrojecida y caliente. -Alteraciones de la consciencia(somnolencia),respiración y circulación . - Primeros auxilios -Colocar al paciente en un lugar fresco y ventilado,a la sombra. -Posición decúbito supino,semisentado. -Aplicar compresas deagua fría en la cabeza. -Darle de beber agua fresca a pequeños sorbos . -Observación por parte del médico.
DESHIDRATACIÓN
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- Concepto : disminución acusada del agua total del organismo,que cursa con alteración de todos los procesos metabólicos . - Causas Ingesta insuficiente Aumento de las pérdidas - Lactantes :fiebre,diarrea,vómitos -Adultos : agotamiento por calor,pérdida acentuada de sudoración,pérdida acentuada por diarrea y vómitos .
agua por gran
- Signos - síntomas -Signo del pliegue. -Sequedad de la lengua,y de la mucosa bucal, -Pulso rápido y débil . -Alucinaciones,delirio e incluso coma. - Primeros auxilios Es fundamental sospechar y reconocer existencia (antecedentes), Rehidratar a pequeños sorbos . Revisión médica. PICADURAS DE INSECTOS Generalmente son leves,produciendo inflamación,enrojecimiento y prúrito en la zona afectada. Pueden revestir gravedad si - Son multiples . - Afectan a la cavidad oral y/o garganta - La persona es hipersensible(shock anafiláctico) . - Primeros auxilios hielo .
- Aplicar una compresa encima de la picadura con. amoniaco rebajado,vinagre o
- En caso de picadura en el interior de la boca hacer chupar hielo durante el traslado al hospital. - Vigilar las posibles alteraciones de las constantes vitales en los casos graves .
20.24
MORDEDURAS DE ANIMALES a. Animales domésticos y salvajes Principalmente tiene dos complicaciones - La infección (tétanos) - La rabia : Enfermedad mortal debida a ún virus que sepresenta en la saliva del animal enfermo,y que se transmite al hombre por contacto directo (mordedura,arañazo,o saliva depositada sobre una herida) . - Primeros auxilios meticulosa de la herida con agua y jabón. - Cohibir la hemorragia,en sú caso . - Cubrir la heridas con apósitos estériles . - Traslado obligatorio a centro sanitario para profilaxis antitetánica y posterior vacunación antirrábica(en caso necesario) . - Sí es posible,hay que comprobar sí el animal que ha mordido está contaminado_ por el virus, capturarlo y llevarlo a ún veterinario . - Limpieza
b. Mordedura de Víbora - Características - Lesión que consiste en dos puntos rojos,separados entre sí por 1 cm aproximadamente,dolorosos,por los que inocula el veneno . - Inflamación local progresiva. - Amorotamiento de la piel . - Medía hora más tarde,se altera el estado general : malestar súdoración,dolor de cabeza . - Primeros auxilios - Colocar una ligadura (entre la herida y el corazón) que impida únicamente el retorno venoso. - Mantener en reposo lazona afectada. - Desinfectar la herida y aplicar frío local(hielo) - Traslado urgente para lainyección de suero-antifidio(antes de una hora) - No efectuar incisiones en la herida. - No succionar el veneno .
20 . 25
EL PARTO Las fases del parto son tres 1. Período de dilatación. 2 .Período de expulsión . 3 . Alumbramiento . 1 . Dilatación -El cuello del útero se dilata progresivamente, para permitir la salida del feto(2 a 9 cm) . -Puede durar varias horas. -Contracciones uterinas(dolores) espaciados(20-I0-5) siendo menor el espacio de tiempo cuanto más se acerca el período expulsivo. -Expulsión del tapón muco-sanguinolento,que cierra el cuello uterino durante el embarazo, -Rotura dela bolsa de aguas,generalmenrte al final de este período . 2. Expulsión. - Contracciones uterinas dolorosas cada dos o tres minutos .(deseos de empujar) - Lavarse las manos cuidadosamente . -Colocar a la madre tumbada bajo su espalda,con las piemas separadas y flexionadas . - Sólida de la cabeza : protección del periné materno : si el cordón umbilical está alrededor del cuello del niño quitarlo, -Rotación de la cabeza del bebé y salida del hombro superior y sujetar,no tirar del niño en ningún momento, -Limpiar las vías aéreas del niño de secrecciones . -En caso de que el bebé no respire iniciar RCP lactantes . -Abrigarlo y colocarlo sobre la madre, -Ligar cordón umbilical por dos sitios a unos 20 cm de la tripita del niño. Iniciar traslado a centro sanitario . 3 . Alumbramiento Es la salida de la placenta (aproximadamente 1/2 hora después del nacimiento del niño) - No tirar del cordón umbilical para provocar su salida, - Conservarla par inspección médica. - Limpiar la vulva materna y colocar un apósito con piernas entrecruzadas y eleVadas ligeramente . -
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TEMA 1 LA CONSTITUCION ESPAÑOLA INSPIRADORES. ESTRUCTURA. 1.
DE
1978.
PRINCIPIOS
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1.978
El término Constitución se aplica a la Ley Suprema de un Estado, donde se recogen los principios que lo rigen, siendo redactada por una Asamblea constituyente, representante de la soberanía nacional, que reside en los propios ciudadanos. El concepto Constitución aparece a la par que el Estado de Derecho, con su característico reparto y división de Poderes, en los tres clásicos: legislativo, ejecutivo y judicial . La historia de las Constituciones -españolas, comienza, en rigor, con la de Cádiz de 1 .812, a la que siguieron las de 1 .837, 1 .845, 1 .869, 1 .876, y ya en este siglo la de 1 .931 (que cambia el Régimen político a República), terminando con la actual de 1.978 . (No se consideran Constituciones verdaderas ni el Estatuto de Bayona de 1 .808, ni el Estatuto Real de 1 .834) . 1 .1 .
CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN .
Una Constitución es el conjunto de normas que establecen tanto la estructura y funciones de los órganos de poder del Estado, como los principios básicos a que tiene que ajustarse el poder en su actuación y sus relaciones con los gobernados (derechos de los ciudadanos). 1 .2.
LA TRAN SICIÓN POLÍTICA .
Consisitió en el paso pacífico de un régimen dictatorial a un sistema democrático y consitucional de corte europeo . La transición se inicia tras la muerte del General Franco, en noviembre de 1 .975, planteándose tres alternativas políticas : * El inmovilismo . Conservar el sistema político establecido en las Leyes Fundamentales. * La reforma . Reformar y adaptar las Leyes Fundamentales a la nueva situación del país. * La ruptura Crear un nuevo sistema político . Se adoptó una vía intermedia, la ruptura pactada, que consistió en una sustitución radical de las Leyes Fundamentales del franquismo mediante una reforma que partía del respeto formal a esas mismas leyes .
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Esta opción se materializó en el Proyecto de Ley para la Reforma Política, aprobado en 1 .976, donde se reconoció la soberanía popular y la elección por sufragio universal de unas Cortes Bicamerales para abordar el proceso de reforma constitucional . 1 .3.
CONSTITUCIÓN DE 1978
Las Cortes elegidas el 15 de junio de 1 .977, decidieron elaborar una Constitución, para adecuar el sistema jurídico y el modelo de Estado a la nueva realidad política y social de España, tras la desaparición del anterior Jefe del Estado y su régimen político . En julio de 1 .977 la Comisión de Asuntos Constitucionales del Congreso de los Diputados designa a la Ponencia, que elaborará el borrador de la Constitución, estando formada por siete miembros : Fraga Iribame (Alianza Popular), Roca y Junyent (Minoría Catalana), Solé Tura (P .C.E.), Peces-Barba Martínez (P .S .O .E), Pérez Llorca (U.C.D.), Herrero Rodríguez de Miñón (U.C.D.) y Cisneros Laborda (U.C.D .). Después de dieciséis meses de debates, finalmente, la Constitución fue: APROBADA POR LAS CORTES GENERALES, EN SESIÓN SEPARADA DEL CONGRESO Y EL SENADO EL 31 DE OCTUBRE DE 1 .978. RATIFICADA POR EL PUEBLO ESPAÑOL EN REFERÉNDUM EL 6 DE DICIEMBRE DE ESE AÑO. SANCIONADA Y PROMULGADA POR EL REY EL 27 DE DICIEMBRE DE 1 .978. PUBLICADA en el B.O.E . EL 29 DE DICIEMBRE DE 1 .978, entrando en vigor ese mismo día. . 1 .4 .
CARAC TERÍSTICAS GENERALES
La Constitución española de 1 .978, posee las siguientes características principales : ESCRITA: de tipo continental, estando recogida en un texto, a diferencia de la inglesa . EXTENSA : con pormenorización de los derechos fundamentales, y de los Poderes públicos e instituciones . La más extensa después de la de 1 .812 . RÍGIDA : pues tiene un procedimiento especial para ser reformada, que dificulta su movilidad. CONSENSUADA : por estar elaborada 'mediante consenso o acuerdo de las principales formaciones políticas, representativas de las tendencias populares. NORMATIVA : pues la Constitución es una norma que forma parte del Ordenamiento jurídico nacional, y gran parte de sus preceptos, en particular los relativos a los derechos fundamentales de los ciudadanos, pueden ser aplicados directamente por los órganos judiciales. CODIFICADA: por estar en forma de código, estructurada en Títulos, Capítulos, secciones y Artículos . NEUTRAL: al no imperar en su proceso de elaboración una ideología dominante . MONÁRQUICA: establece como forma política del Estado la Monarquía Parlamentaria . DEMOCRÁTICA O POPULAR : proclama la soberanía popular . REFRENDADA : fue ratificada por el pueblo mediante referéndum.
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1 .5.
TRANSCENDENCIA DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
a) Trascendencia jurídica. La Constitución es el conjunto de normas supremas del país . b) Trascendencia política . Es el resultado del ejercicio de la soberanía nacional . c) Trascendencia sociológica. Es un código de valores en evolución. 2.
PRINCIPIOS INSPIRADORES
Los principios básicos se establecen en el artículo 1 de la Constitución donde se establece que España propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político . A lo largo de la Constitución se recogen otros principios que podemos agrupar : 2.1 .
PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN POLÍTICA.
Entre otros podemos señalar la soberanía popular, la Monarquía Parlamentaria como forma política de Estado, la unidad e indisolubilidad de la nación española, la autonomía, el castellano como lengua oficial, etc. 2.2 .
PRINCIPIOS OUE INFORMAN LA ACTIVIDAD DE LOSPODERES PÚBLICOS.
Sometimiento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, promoción de las condiciones necesarias para posibilitar la libertad e igualdad de los ciudadanos, etc. 2.3 .
PRINCIPIOS OUE INFORMAN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO .
1 . Principió de legalidad . Sometimiento a la ley de todos los poderes del Estado . 2. Principio de jerarquía normativa. Orden jerárquico. de las leyes, ocupando la Constitución el primer lugar . 3 . Principio de publicidad de las normas. Obligación de publicar las leyes en el B .O.E., entrando en vigor, como norma general, a los 20 días de su publicación . 4. Principio de no retroactividad de las disposiciones no favorables . Las normas no favorables no tendrán aplicación a situaciones anteriores a su aprobación . 5 . Principio de seguridad jurídica. No hay delito ni pena sin ley que los establezca. No hay pena sin juicio legal. 3.
ESTRUCTURA.
La Constitución española se estructura en 169 artículos, un Preámbulo, un Título Preliminar y 10 Título . Consta de cuatro Disposiciones Adicionales, nueve Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria y una Disposición Final. En el Preámbulo, donde se afirma que la Nación española tiene la voluntad de: garantizar la convivencia democrática, consolidar un Estado de Derecho, con imperio de la Ley como expresión de la voluntad popular, proteger el ejercicio de los derechos humanos por parte de los ciudadanos, y establecer relaciones pacíficas con todos los pueblos .
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TÍTULO PRELIMINAR : Art. 1 al 9. Soberanía popular, Unidad nacional, el castellano y demás lenguas españolas, banderas española y autonómicas, capitalidad de Madrid, Partidos Políticos, sindicatos y asociaciones empresariales, Fuerzas Armadas, respeto a la Ley, libertad e igualdad y garantías jurídicas . TÍTULO I: "De los derechos y deberes fundamentales", arts. 10 a 55. TÍTULO II: "De la Corona", arts. 56 al 65 . TÍTULO III: "De las Cortes Generales", arts : 66 al 96. TÍTULO IV: "Del Gobierno y la Administración", arts. 97 al 107 . TÍTULO V: "De las relaciones entre el Gobierno y la Administración", arts . 108 al 116 . TÍTULO VI: "Del Poder Judicial", arts . 117 al 127. TÍTULO VII: "Economía y Hacienda", arts . 128 al 136. TÍTULO VIII: "De la Organización Territorial del Estado", arts . 137 al 158 . TÍTULO IX: "Del Tribunal Constitucional", arts. 159 al 165 . TÍTULO X: "De la reforma constitucional", arts . 166 al 169. PARTE DOGMÁTICA : En ella se encuentra la proclamación del sistema de valores, principios, creencias y definiciones políticas que han de presidir la vida nacional, especialmente la definición del régimen político y el sistema de libertades públicas. Comprende el Preámbulo, Título Preliminar y título I. PARTE ORGÁNICA . Recoge los órganos de poder, su composición y funciones . Comprende desde el título II, artículo 56, hasta el título X, artículo 169 .
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2.2 . A)
Derechos y deberes fundamentales de los españoles .
Derechos : * Civiles y políticos :
- A la vida. - Libertad ideológica, religiosa y de culto. - Libertad y seguridad jurídica. - Al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen . - Libertad de residencia y circulación. - Libertad de opinión. - De reunión y asociación. - Participación política . * Sociales: - Trabajo. - Sindicación y huelga . - Régimen público de la Seguridad Social . - Salvaguarda de los derechos económicos y sociales de los trabajadores en el extranjero . - Negociación colectiva . - Vivienda. - Medio Ambiente . * Culturales: - Educación y libertad de enseñanza . - Acceso a la cultura. * Económicos : - Propiedad privada. - Libertad de empresa . - Organización profesional . * Protección a la familia : - Pleno derecho del hombre y la mujer para contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. - Protección jurídica a la familia . - Protección al menor. B) * * * * *
Deberes :
Defensa de España. Contribución a los gastos públicos en igualdad y progresividad. Trabajar . Conservación del medio ambiente . Conocer y usar el castellano como lengua oficial del Estado .
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ESQUEMA - RESUMEN
1.
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1.978 1 .1 . Elaboración . A partir de la "LEY PARA LA REFORMA POLÍTICA" como NORMA PUENTE Las Cortes democráticas pasan a ser constituyentes . El resultado es un texto ambiguo e impreciso, fruto de la filosofia dispar de las diferentes fuerzas políticas. LA CONSTITUCIÓN ES LA NORMA SUPREMA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO . 1 .2 .
Características .
* Larga . * Texto Complejo . * Ecléptica: Poco conciso . * Rígida : Reforma por procedimiento complejo exigiendo mayorías cualificadas y referéndum . * Monárquica : Forma de Estado Monarquía Parlamentaria . . * Autonomista : Unidad del Estado y autonomía de nacionalidades y regiones. * Liberal : Reconoce la propiedad privada, la herencia, la libertad de empresa, etc. * Democrática y refrendada. 1 .3 .
Trascendencia .
Jurídica, Política y Sociológica . 2.
PRINCIPIOS INSPIRADORES 2.1 .
Principios .
* Artículo 1 C .E. : Igualdad, libertad, justicia y pluralismo político . A) Principios de organización política . B) Principios que informan la actividad de los poderes públicos . C) Principios que informan el ordenamiento jurídico.
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3.
ESTRUCTURA
* *
10 títulos en función de las materias reguladas. 169 artículos, 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 derogatoria y 1 final . 3 .1 .
Partes.
* Dogmática : -Título Preliminar y el Título 1. - Grandes principios . - Definiciones fundamentales que inspiran el desarrollo y la vida social . - Fomentan el desarrollo del Estado . - Protegen los Derechos Fundamentales. * Orgánica :
- Resto de los títulos: - División de poderes. - Organización territorial. - Distribución de competencias a entidades públicas territoriales . * Preámbulo: Valores y principios de lo que se va a desarrollar . * Disposiciones adicionales y transitorias : Organización territorial. * Derogatoria : Deroga leyes. * Final : Previene la vigencia inmediata. 3.2.
Títulos.
Título Preliminar .
Principios esenciales del sistema político .
Título I:
De los derechos y deberes fundamentales.
Título II:
De la Corona.
Título III:
Dé las Cortes Generales.
Título IV:
Del Gobierno v la Administración .
Título V:
De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Título VI:
Del Poder Judicial .
Título VII:
Economía y Hacienda .
Título VIII:
De la Organización territorial del Estado .
Título IX:
Tribunal Constitucional .
Título X:
Reforma Constitucional .
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TEMA 2 LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO. EL ESTATUTO DE A AUTONOMÍA DE LA COMUNIDAD A UTONOMA DE MADRID. 1.
LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO.
Está recogida esta materia en el Título VIII de la Constitución . A su vez este título está dividido en tres Capítulos: 1- Principios generales (arts . 137, 138 y 139). 2- Administración Local (arts. 140, 141 y 142) . 3- Comunidades Autónomas (arts. 143-158) . Comienza con el art. 137 cuyo texto es : "El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan . Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses" . Este artículo establece la organización tripartita de nuestra Administración: Estado, Comunidades Autónomas y Local (Municipios y Provincias) . Además recogía la posibilidad de que se formasen Comunidades Autónomas, pero en ningún caso la obligación . Esta posibilidad, se ha hecho realidad y actualmente todo el territorio nacional está dividido en diecinueve Comunidades Autónomas. El artículo 138 recoge los principios de solidaridad e igualdad territorial, ya que el Estado debe velar por un equilibrio económico, adecuado y justo entre las distintas partes del territorio y atendiendo en particular a las islas. Las diferencias entre los Estatutos de Autonomía nunca pueden implicar privilegios económicos o sociales . El artículo 139 establece la igualdad de derechos y obligaciones para todos los españoles, con independencia de la parte del Estado en que se encuentren. Además recoge parte del art. 19 de la propia Constitución, diciendo que ninguna autoridad podrá obstaculizar directa o indirectamente la libertad de circulación y establecimiento de personas, y la libre circulación de bienes, en todo el territorio español .
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* Principios generales : 1.
Principio de solidaridad de nacionalidades y regiones .
El Estado velará por el establecimiento de un equilibrio económico,adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español. 2.
Principio de igualdad económica y social.
Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos y sociales . De ello se deriva : * Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. * Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español. 3.
Carácter democrático.
La elección de los miembros de las Corporaciones Locales, se hará por elección de los vecinos del Municipio . También es democrática la elección de los Parlamentos regionales de las Comunidades Autónomas . 4.
Progesiva descentralización.
Traspaso de competencias a los Entes de la Administración Local y acercamiento de la Administración a los problemas de la vida local y regional . 5.
Principio de suficiencia financiera.
Las Haciendas Locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la Ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas. Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles.
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2.
EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID .
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Madrid fue aprobado por L.O . 3/1 .983 de 25 de Febrero, sufriendo posteriormente dos modificaciones : - Por L.O. 2/9 1 de 13 de Marzo, que modificó el art. 11 .5. - Por L.O. 10/94 de 24 de Marzo, que modificó los arts . 26, 27, 28 y 30 y derogó el art. 31 . El Estatuto cuenta con 64 artículos (Título Preliminar y seis Títulos más, dos Disposiciones Adicionales, siete Disposiciones Transitorias y una Disposición Final). . Su estructura y contenido es la siguiente : Título preliminar (arts . 1-8) . Disposiciones generales. Título I (arts. 9-24) . De las Instituciones y Gobierno de dividido en tres Capítulos: - Capítulo 1. - Capítulo 11. - Capítulo III .
la
Comunidad. Está
De la Asamblea de Madrid. Del Presidente de la Comunidad de Madrid. Del Consejo de Gobierno.
Título II (arts . 25-34). De las competencias de la Comunidad. Título III (arts. 35-45) . Del régimen jurídico . Está dividido en tres Capítulos: - Capítulo I. - Capítulo II. - Capítulo III .
Disposiciones generales. De la Administración. Del control de la Comunidad de Madrid.
Título IV (arts . 46-50). De la Organización Judicial . Titulo V (arts. 51-63) . Economía y Hacienda. Título VI (art. 64) . Reforma del Estatuto . 2 Disposiciones Adicionales . 7 Disposiciones Transitorias. 1 Disposición Final. El Estatuto entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, porque así se indica en su disposición final, es decir, el 1 de Marzo de 1983 .
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2 .1.
TÍTULO PRELIMINAR.
Art . 1 : el pueblo de Madrid se constituye en Comunidad Autónoma, que recibirá el nombre de Comunidad Autónoma de Madrid. Art. 2: el territorio de la Comunidad es el de los municipios comprendidos dentro de los límites de la provincia de Madrid . Art. 3 : la Comunidad se organiza territorialmente, en municipios con personalidad jurídica y autonomía para la gestión de sus propios intereses . Los municipios podrán agruparse para gestionar servicios comunes 9 coordinar actuaciones . Art. 4: recoge la bandera, escudo e himno. Este art. ha sido desarrollado por Ley de la Asamblea de 23 de Diciembre de 1 .983 . Art . 5 : la sede de las Instituciones de la Comunidad es la Villa de Madrid. Algunos servicios, dependencias u organismos podrán localizarse en otro lugar del territorio, siempre que lo apruebe una Ley de la Asamblea. Art. 6 : la Villa de Madrid tendrá un régimen especial regulado por Ley votada en las Cortes. Art. 7: los ciudadanos dula Comunidad de Madrid son titulares de los derechos y deberes establecidos en la Constitución. Será considerado ciudadano de la Comunidad todo español que tenga vecindad administrativa en cualquiera de sus municipios . Podrán gozar de los derechos políticos de este Estatuto, los españoles residentes en el extranjero cuya última vecindad administrativa fuese en la Comunidad, cuando así lo acrediten en el Consulado, así como sus descendientes inscritos como españoles, si así lo solicitan. Art . 8 : las instituciones de autogobierno son la Asamblea, el Consejo de Gobierno y el Presidente .
2.2 .
TÍTULO PRIMERO.
Determina las Instituciones y gobierno de la Comunidad, definidas por: la Asamblea Legislativa, el Presidente de la Comunidad y el Consejo de Gobierno.
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A.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA.
Según el art. 9 del Estatuto, es el órgano legislativo y representativo del pueblo de Madrid, ejerce la potestad legislativa, aprueba y controla el presupuesto, impulsa, orienta y controla la acción del Consejo de Gobierno y ejerce las competencias que le atribuyen la Constitución, este Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico . La Asamblea además de estar regulada por el Capítulo primero del Título primero del Estatuto, tiene un Reglamento -que fue aprobado por la Asamblea-, de 18 de Enero de 1 .984 . Además existe la Ley Electoral de la Comunidad de Madrid, de 16 de Diciembre de 1 .986, modificada por la Ley de 21 de Marzo de 1 .991 . A.1 . : Elección, Constitución y Composición: a) Elección.
La Asamblea es elegida por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara. La elección se realiza por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en base a las siguientes reglas. La circunscripción electoral es la provincia.
b) La constitución de la Asamblea . La constitución de la Asamblea será comunicada por su Presidente al Rey, al Congreso, al Senado y al Gobierno de la Nación y al Presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad. c) Composición .
La Asamblea está compuesta por un Diputado por cada 50.000 habitantes o fracción superior a 25 .000, de acuerdo con los datos actualizados del censo de población (103 en la actualidad).
Los Diputados no estarán ligados por mandato imperativo y no percibirán una retribución fija por su cargo representativo, sino únicamente las dietas que se determinen por su ejercicio. Una Ley de la Asamblea regulará las causas de incompatibilidad e inelegibilidad para las elecciones de la misma. La adquisición de la condición plena de Diputado requerirá la prestación de la promesa o juramento de acatamiento de la Constitución y del presente Estatuto de Autonomía. A.2 . : Funcionamiento : La Asamblea elegirá entre sus miembros al Presidente, la Mesa y la Diputación Permanente. Se dotará de su propio reglamento, cuya aprobación y reforma serán sometidas a una votación final sobre su totalidad, que requerirá el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los diputados. Funcionará en pleno y comisión.
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La Asamblea se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias. En el primer supuesto se reunirá durante un máximo de cuatro meses al año, en dos períodos de sesiones, comprendidos entre septiembre y diciembre el primero, y entre febrero y junio, el segundo . Entre los períodos de sesiones ordinarias, en los supuestos de expiración del mandato y de disolución de la Asamblea, funcionará una Diputación Permanente . A.3. : Competencias : 1 . El ejercicio de la potestad legislativa propia de la Comunidad Autónoma . 2 . El control de la acción del Consejo de Gobierno. 3 . La aprobación de los presupuestos y de las cuentas de la Comunidad. 4. La potestad de establecer y exigir tributos . 5 . La elección del Presidente del Consejo de Gobierno. 6. La designación de los senadores que han de representar a la Comunidad . Respecto a la potestad legislativa, hay que hacer dos consideraciones: 1- Por ley de la Asamblea se podrá regular el ejercicio de la iniciativa legislativa popular y de los ayuntamientos, para aquellas materias que pertenezcan al ámbito de actuación de la Comunidad. 2- La Asamblea sólo podrá delegar la potestad legislativa en el Consejo de Gobierno, en términos idénticos a los arts . 82, 83 y 84 de la Constitución, que regulan la delegación de las Cortes Generales en el. Gobierno. B.- EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD. El Estatuto trata del Presidente de la Comunidad en el Capítulo segundo del Título primero, en concreto los arts . 17-20. Además está regulado en la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en los arts . 4-17 . El Presidente de la Comunidad de Madrid ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en la misma. Preside y dirige la actividad del Consejo de Gobierno, designa y separa a los Consejeros y coordina la Administración. El Presidente podrá delegar funciones ejecutivas y de representación propias en los Vicepresidentes y demás miembros del Consejo de Gobierno. Es responsable, políticamente, ante la Asamblea . Si la Asamblea otorga por mayoría absoluta su confianza a dicho candidato, el Rey procederá a nombrarle Presidente de la Comunidad Autónoma de Madrid . De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después y la confianza se
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entenderá otorgada si obtuviere mayoría simple. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores. Si trascurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza de la Asamblea, ésta quedará disuelta, convocándose de inmediato nuevas elecciones, teniendo en cuenta, que el mandato de esta nueva Asamblea durará , en todo caso, hasta la fecha en que debiera concluir el mandato de la primera . Elegido el Presidente, será nombrado por el Rey por Real Decreto, publicado en el B .O .E. y en el B .O.C.M. Presidente de la Comunidad, previa deliberación del Consejo de Gobierno, puede plantear ante la Asamblea la cuestión de confianza sobre su programa o una declaración política general.. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados . Si la Asamblea negara su confianza, el Presidente de la Comunidad . presentará su dimisión ante la Asamblea, cuyo Presidente convocará en el plazo máximo de quince días, la sesión plenaria para la elección de un nuevo Presidente, de acuerdo con el procedimiento del art. 18 . La Asamblea podrá exigir responsabilidad sobre la política del Presidente o del Consejo de Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura. Esta habrá de ser propuesta, al menos por un quince por ciento de los Diputados y habrá de incluir un candidato alternativo a la Presidencia. La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación . Si la moción de censura no fuese aprobada por la Asamblea, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones . Si la Asamblea adoptara una moción de censura, el Presidente de la Comunidad de Madrid presentará su dimisión ante la Asamblea y el candidato incluido en aquélla se entenderá investido de la confianza de la Cámara. El Rey le nombrará Presidente de la Comunidad. C. EL CONSEJO DE GOBIERNO . Está regulado en el Capítulo tercero del Título primero del Estatuto, es decir en los arts. 21 al 24, y en la Ley de Gobierno y Administración de 13 de Diciembre de 1983, en sus arts . 18-31 . El Consejo de Gobierno es el órgano colegiado que dirige la política de la Comunidad de Madrid, correspondiéndole las funciones ejecutivas y administrativas, así como el ejercicio de la potestad reglamentaria en materias no reservadas en el Estatuto a la Asamblea. Además el Consejo de Gobierno, puede dictar Decretos Legislativos, previa autorización de la Asamblea.
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En cuanto a la composición del Consejo de Gobierno, lo componen el Presidente y un número de Consejeros no superior a diez, pudiendo nombrarse uno o más Vicepresidentes . El Consejo de Gobierno mediante Decreto, podrá variar la denominación y el número de las Consejerías, con el límite de que éstas no pueden ser superiores a diez. Lo mismo puede hacer el Presidente al inicio de la legislatura. Los miembros del Consejo de Gobierno serán nombrados y cesados por el Presidente . Para ser miembro del Consejo no es preciso ser Diputado, pero para ser Vicepresidente sí . El Conse jo_ de Gobierno cesa: a) b) c) d) e)
Tras celebrarse elecciones a la Asamblea. Pérdida de una cuestión de confianza o moción de censura. Dimisión del Presidente. Incapacidad del Presidente . Fallecimiento del Presidente . 2 .3 .
TÍTULO SEGUNDO.
Este título contiene las competencias de la Comunidad de Madrid. Las competencias se pueden dividir en tres grupos : 1- Competencias legislativa : corresponde a la Comunidad la plenitud de la función legislativa, es decir, legislar, desarrollar la legislación y ejecutar . 2- Competencias de desarrollo legislativo y ejecución : corresponde a la Comunidad el desarrollo legislativo, incluida la potestad reglamentaria y ejecución, siempre en el marco de la legislación básica del Estado. 3- Competencias de ejecución : corresponde a la Comunidad, en los términos que establezcan las leyes y normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva. 1. COMPETENCIAS LEGISLATIVAS : 1234-
La organización de sus instituciones de autogobierno. Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio . La ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Las obras públicas de interés de la Comunidad dentro de su propio territorio .
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56789-
Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad, y en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable. La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. Casinos, juegos y apuestas, con exclusión de las Apuestas Mutuas DeportivoBenéficas. Espectáculos públicos . Servicio meteorológico de la Comunidad. 2. COMPETENCIAS EJECUCIÓN .
123456-
DE
DESARROLLO
LEGISLATIVO
Y
El desarrollo de las funciones que corresponden a la Administración del Estado sobre las Corporaciones Locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre régimen local . El régimen de los montes y aprovechamientos forestales con especial referencia a los montes vecinales en mano común, montes comunales, vías pecuarias, pastos y régimen de las zonas de montaña. Sanidad e higiene . Coordinación hospitalaria en general, incluida la Seguridad Social . La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales, en los términos que establezca la Ley Orgánica. Defensa del consumidor y usuario .
También le corresponde la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que conforme al apartado 1 del art. 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado I del art. 149 y de la Alta Inspección parra su cumplimiento y garantía . 3. COMPETENCIAS DE EJECUCIÓN. 123456-
Protección del medio ambiente, incluidos los vertidos industriales y contaminantes en las aguas del territorio de la Comunidad de Madrid. Denominaciones de origen, en colaboración con el Estado. Comercio interior. Asociaciones . Ferias internacionales. Gestión de las prestaciones y servicios sociales del sistema de Seguridad Social: Inserso . La determinación de las prestaciones del sistema, los requisitos para establecer la condición de beneficiario y la financiación se efectuará de acuerdo con las normas establecidas por el Estado en el ejercicio de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el número 17 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución .
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789-
Productos farmacéuticos . Propiedad industrial. Propiedad intelectual. 3 .4.
TÍTULO TERCERO.
Este título trata sobre el Régimen Jurídico, y está dividido en tres capítulos. Cap. 1) DISPOSICIONES GENERALES. Las competencias de la Comunidad de Madrid se entienden referidas a su territorio . Le con-responderá a la Asamblea la potestad legislativa, y al Consejo de Gobierno la potestad reglamentaria y la función ejecutiva . Las competencias de ejecución llevan Implícita la potestad reglamentaria para la organización interna de los servicios, la administración, y en su caso, la inspección . La Comunidad de Madrid es un ente de Derecho Público, con personalidad . jurídica y plena capacidad de obrar. Su responsabilidad será exigible de la forma que establezca la legislación del Estado en esa materia. En el ejercicio de sus competencias ejecutivas, la Comunidad de Madrid gozará de ciertas potestades y privilegios : a) b) c) d)
Presunción de legitimidad y ejecutoriedad de sus actos, y los poderes de ejecución forzosa y revisión en vía administrativa. Potestad de expropiación. Potestad de sanción. Facultad de utilización del procedimiento de apremio. Cap. 2) LA ADMINISTRACIÓN .
La Comunidad ejerce sus funciones administrativas a través de los órganos, organismos y entidades que se establezcan, dependientes del Consejo de Gobierno, pudiéndose delegar dichas funciones en las entidades locales, cuando así lo autorice una Ley de la Asamblea. Las leyes de la Asamblea serán promulgadas por el Presidente de la Comunidad en nombre del Rey, y se publicarán en el B .O.E . y en el B .O .C .M., entrando en vigor el día de su publicación en el B.O.C.M. Los Reglamentos también serán publicados en ambos Boletines.
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El Consejo de Gobierno, podrá interponer recursos de inconstitucionalidad, suscitar conflictos de competencia y personarse ante el Tribunal Constitucional en los términos previstos en la Constitución y en la L.O.T .C. Cap. 3) CONTROL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA . 123-
Las leyes de la Asamblea, serán controladas por el Tribunal Constitucional . Los actos y reglamentos, y toda la actuación de los órganos ejecutivos y administrativos, serán controlados por la jurisdicción contenciosoadministrativa. Las materias económicas y presupuestarias serán controladas por el Tribunal de Cuentas, que remitirá un informé a las Cortes y a la propia Comunidad.
3 .5 .
TÍTULO CUARTO.
Este Título trata sobre la organización judicial. El Tribunal Superior de Justicia es el máximo órgano judicial de la Comunidad, sin perjuicio de la jurisdicción del Tribunal Supremo. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial . Dicho nombramiento se publicará en el B.O.C .M. por orden del Presidente de la Comunidad. El resto de magistrados, jueces y secretarios de dicho Tribunal será nombrado en la forma prevista en las Leyes Orgánicas del Poder Judicial y del Consejo General del Poder Judicial . El Consejo de Gobierno de la Comunidad instará la convocatoria de concursos y oposiciones para cubrir plazas vacantes en Madrid de magistrados, jueces, secretarios y personal al servicio de la Administración de Justicia . Dicha convocatoria será realizada por el órgano competente . En relación con la administración de justicia, y exceptuada la militar, corresponde a la Comunidad: 12-
Al Consejo de Gobierno, ejercer todas las facultades que las leyes orgánicas del Poder Judicial y del Consejo General del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación. A la Asamblea, participar en la delimitación de las demarcaciones ter itorialesen la Comunidad, yen lalocalización de la sede de sucapitalidad .
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3 .6 .
TÍTULO QUINTO.
Es el Título dedicado a Economía y Hacienda. La Comunidad de Madrid, dentro de los principios de coordinación con las haciendas estatal y local, goza de autonomía financiera, es titular de bienes de dominio público y de patrimonio y hacienda propios, de acuerdo con la Constitución, el presente Estatuto, la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y demás normas que la desarrollan . Son bienes de la Comunidad dé Madrid : a) b) c)
Los que integran el patrimonio de la Diputación Provincial de Madrid en el momento de aprobarse el Estatuto . Los afectos a servicios traspasados a la Comunidad. Los que adquiriese la Comunidad por cualquier título jurídico válido.
Además la Comunidad podrá adquirir, administrar y enajenar los bienes que integran su patrimonio . El régimen jurídico de ese patrimonio será regulado por una Ley de la Asamblea, así como su administración, defensa y conservación . La Hacienda de la Comunidad está formada por: 123456789lo-
Rendimientos de los tributos propios. Recargos que establezca la Comunidad sobre impuestos estatales, en los términos que establezca la ley reguladora de los mismos. Asignaciones complementarias que se establezcan en los Presupuestos Genrales del Estado con destino a la Comunidad. Participaciones en los impuestos estatales no cedidos . Rendimientos de los impuestos cedidos por el Estado . Transferencias del Fondo de Compensación Interterritorial y de otros fondos destinados a favorecer el desarrollo regional . Rendimientos derivados del patrimonio de la Comunidad y los ingresos de derecho privado, herencias, legados y donaciones. Ingresos derivados de la imposición de multas y sanciones en el ámbito de sus competencias. Productos de las operaciones de créditos . Otros recursos que se le atribuyan de acuerdo con las Leyes del Estado .
Así mismo, la Comunidad colaborará con el Estado y los Ayuntamientos en todo lo relativo al régimen fiscal y financiero.
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Deben regularse por Ley de la Asamblea : a) b) c)
El establecimiento, modificación y supresión de sus propios tributos, así como sus bonificaciones y exenciones. El establecimiento, modificación y supresión de los recargos sobre los impuestos del Estado, de acuerdo con la L.0. de Financiación de las Comunidades Autónomas. El régimen general presupuestario de la Comunidad, de acuerdo con la legislación del Estado . Corresponde al Consejo de Gobierno:
a) b)
Aprobar los Reglamentos generales de sus propios tributos . Elaborar las normas reglamentarias precisas para gestionar los impuestos estatales cedidos, según los términos de dicha cesión .
Respecto al Presupuesto será único y anual e incluirá ingresos y gastos de la Comunidad y de los organismos, instituciones y empresas que dependan de ella. El Presupuesto lo elabora el Consejo de Gobierno y también lo ejecuta. La Asamblea lo examina, enmienda, aprueba y controla . El proyecto de Ley del Presupuesto anual debe presentarse dos meses antes de que expire el ejercicio en vigor. Por último, en relación con las empresas y entidades financieras públicas: a) b) c)
El Consejo de Gobierno designará a las personas que le representarán en dichas entidades y empresas, cuando éstas actúen dentro dula provincia de Madrid. La Comunidad podrá ser titular de empresas públicas y de entidades de crédito y ahorro. La Comunidad debe elaborar un programa anual de actuación del Sector Público. Este programa debe coordinarse con el Presupuesto Anual. 3 .7 .
TÍTULO SEXTO .
Recoge el procedimiento de reforma del Estatuto . La Inciativa corresponde al Consejo de Gobierno, o a la Asamblea, a propuesta de un tercio de sus miembros, o de dos tercios de los municipios de la Comunidad, cuya población represente la mayoría absoluta de la Comunidad de Madrid. En todo caso, la propuesta de reforma requiere aprobación por dos tercios de la Asamblea y posterior aprobación mediante ley orgánica por las Cortes Generales . Si la propuesta no es aceptada por la Asamblea o por las Cortes, no podrá someterse a nuevo debate y nueva votación de la Asamblea, hasta que transcurra un año .
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TEMA 3 Administración Pública : Concepto y clases. Especial referencia a la Administración Local, La tasa por la prestación del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Madrid: Causas para su percepción. 1.
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: CONCEPTO Y CLASES . 1 .1 .
CONCEPTO .
Conjunto de órganos integrados en el Poder Ejecutivo, dotados de personalidad jurídica propia para la gestión de intereses colectivos, que tienen como finalidad realizar una actividad para satisfacer las necesidades públicas, con subordinación a la Ley. 1 .2 .
TIPOLOGÍA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
Nuestra Constitución establece un sistema plural de Administraciones Públicas o personas jurídico-públicas . Sin perjuicio de otras clasificaciones, las Administraciones Públicas se pueden dividir en dos grandes grupos : A) Territoriales y no territoriales . Son Administraciones territoriales : la estatal, las autonómicas, y los Municipios, Provincias, Islas y demás Entidades Locales que tienen reconocido ese carácter por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Tienen funciones generales y fines totales a realizar en un determinado territorio . Administraciones no territoriales serían las restantes, por ejemplo algunos consorcios. B) Corporaciones e Instituciones . Corporaciones. Tienen como base una comunidad de personas, que constituyen uno de sus elementos esenciales, a las que son comunes unos determinados intereses que el Estado considera que también son de interés público . Tenemos : *
Corporaciones representativas de intereses profesionales y económicos . Cámaras agrarias, Cámaras de comercio, industria y navegación, Cofradías de pescadores, Comunidades de regantes y los Colegios Profesionales .
*
Corporaciones que cumplen finalidades sociales : La ONCE.
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Instituciones. Tienen un origen fundacional . Son creadas por otra Administración Pública para el ejercicio de parte de sus competencias . Existen diferentes tipos de Entidades Institucionales : 1) Organismos autónomos. Son Entidades Públicas descentralizadas con la finalidad de organizar y administrar un servicio público . (INSALUD, Correos, Biblioteca Nacional) . 2) Entidades de Derecho Público . Son Entidades institucionales creadas para desarrollar actividades, normalmente de carácter empresarial, en régimen de Derecho Privado.(TVE, RENFE, INI, CANAL DE ISABEL II, etc .). 3) Sociedades mercantiles . Son Entidades basadas en títulos representativos del capital, cuya titularidad pertenece a una Administración Pública Territorial, a un Organismo Autónomo o a un Ente de Derecho Público, en cuantía mayoritaria . Frente a los anteriores, su forma de organización es privada. (Banco de Crédito Agrícola S .A., Banco de Crédito Industrial S.A., Banco Exterior de España S .A ., Informática de la Comunidad de Madrid, I.T .V.). 1 .3 .
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES PUBLICA ESPAÑOLA.
DE
LA ADMINISTRACIÓN
Estos principios se extraen del artículo 103 de la C .E., donde se establece "La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho" . * Principio de servicio a los intereses generales. La Administración tiene como fin el interés público. * Principio de eficacia. La Administración ha de tener un resultado efectivo en sus actuaciones lo que exige: una utilización idónea y razonable de los recursos humanos y materiales; una programación, mecanización y celeridad de los trabajos, etc. * Principio de jerarquía . Se llama jerarquía al vínculo o relación que surge entre los distintos órganos de la Administración diferenciados entre sí por clases o categorías, pero con identidad material de competencias o cometidos. Este principio conlleva relaciones de subordinación entre los órganos . * Principio de descentralización . Supone la transferencia de competencias de la Administración del Estado a las otras Administraciones territoriales (Comunidades Autónomas, Provincias, Municipios, etc.), corporativa o institucional .
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Principio de desconcentración . * Transferencia de competencias de los órganos superiores a otros órganos medios o inferiores de una misma Administración . Por ejemplo cuando el Alcalde "delega" competencias en los Tenientes de Alcalde o en los Presidentes de las Juntas Municipales de Distrito. Así la Administración se acerca más al ciudadano . * Principio de coordinación . Este principio exige una armonización en la actuación de todos los órganos de la Administración Pública y es complemento de los principios de jerarquía, descentralización y desconcentración . 1 .4.
SOMETIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN A LA LEY Y . AL DERECHO .
Nuestra Constitución reconoce en el artículo 9 .3 el principio de legalidad, elemento imprescindible en un Estado de Derecho. Este principio supone que la Administración, en su actuación, debe sujetarse a la Ley y el Derecho . Este sometimiento de la Administración y la Ley y a los principios generales del Derecho implica la posibilidad que tienen los ciudadanos de exigir este modo de actuar ante los Tribunales. La efectiva aplicación del principio de legalidad supone : *
* *
Atribución de la potestad reglamentaria a la Administración, dentro de los cauces dados por las Cortes Generale . Sometimiento de la potestad reglamentaria de la Administración al control de los Tribunales. La responsabilidad civil .de la Administración . La creación de un supervisor de la actividad administrativa : El Defensor del Pueblo .
2.
ESPECIAL REFERENCIA A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.
*
2 .1 .
CONCEPTO .
La Administración Local es aquella parte de la Administración Pública integrada por una serie de instituciones dotadas de personalidad jurídico-pública. La Constitución Española (C.E.) habla de la Administración Local en su título VIII, destacando los artículos : 137 .
El Estado se organiza territorialmente en Municipios, Provincias y las Comunidades Autónomas que se constituyan . Todas estas Entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses .
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140.
Establece la autonomía de los Municipios, determinando que su gobierno y administración corresponde a los Ayuntamientos .
141 .
Define la Provincia.
142 .
Establece que las Haciendas Locales se nutrirán de sus tributos propios y de la participación en los del Estado y las Comunidades Autónomas (CC .AA.). 2 .2.
ENTIDADES QU E COMPRENDE .
La Administración Local no es una, sino plural. El art. 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) señala las siguientes: A) Entidades Locales Territoriales: 1. El Municipio. Es la Entidad Local básica de la organización territorial del Estado, con personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Sirve, además, como cauce para la participación ciudadana en los asuntos públicos. Sus elementos son: a) El territorio . Es el término municipal en que el Ayuntamiento ejerce sus funciones. b) La población. Puede clasificarse en : - Transeúntes : Aquéllos que viven en un Municipio que no sea el de su residencia habitual. - Residentes : Los inscritos como tales en el Padrón Municipal . c) Organización . Conjunto de órganos encargados del Gobierno y administración municipales . La organización está atribuída por Ley a: Los Concejos Abiertos, en los Municipios que adopten este régimen, y a los Ayuntamientos, en los restantes . 2. La Provincia . El art . 141 de la C .E. la define como entidad local con personalidad jurídica propia determinada por la agrupación de Municipios . Sus elementos son: a) El territorio . Suma de los territorios de los Municipios que la integran. b) La población. Suma de los residentes de los Municipios que la integran. c) Organización . Gira en torno a la Diputación Provincial . Sus órganos de gobierno son: el Pleno, la Comisión de Gobierno y el Presidente . 3. La Isla. En los archipiélagos balear y canario, la Isla se configura como Entidad local territorial. Sus órganos de gobierno son el Presidente y el Cabildo (Canarias), o el Consejo Insular (Baleares) .
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B) Otras Entidades Locales : 1. Entidades inframunicipales . Son Entidades Locales menores que administran intereses de núcleos de población dispersos y diferenciados del núcleo en el que se asienta la capitalidad del Municipio . Su denominación tradicional es la de aldeas, caseríos, parroquias, barrios, concejos, pedanías, etc. 2. Las Comarcas. Son Entidades que agrupan a varios municipios con características e intereses comunes que precisan de una gestión propia o prestación de un servicio en su ámbito . 3. Areas metropolitanas . Son Entidades Locales integradas por los Municipios de grandes aglomeraciones urbanas . Su finalidad es atender determinados servicios y obras que requieren una planificación conjunta y una coordinación entre todos los núcleos de población que la configuren. 4. Las Mancomunidades de Municipios . Son asociaciones de Municipios, con personalidad y capacidad jurídica propias, constituidas para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia . Son de carácter voluntario y se someten al régimen de Derecho Administrativo . Se regulan por Estatutos que recogerán : su ámbito territorial, objeto y competencia, órganos de gobierno y recursos, plazo de duración, etc .
3 .1
LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID : CAUSAS PARA SU PERCEPCIÓN.
Se regula en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios de Extinción de Incendios, aprobada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 25 de noviembrede 1994 . Artículo primero . En uso de las facultades concedidas por los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, este Ayuntamiento establece la tasa por prestaciones de Servicios de Extinción de Incendios, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal . I.
Hecho imponible
Art. 2°. 1 . Constituye el hecho imponible de la tasa, la prestación de los Servicios de extinción de incendios y alarmas de los mismos, prevención de ruinas, derribos, inundaciones y otros análogos, bien sea a solicitud de los interesados, o bien sea de oficio por razones de seguridad siempre que la prestación de dicho servicio redunde en beneficio del sujeto pasivo . 2. No estarán sujetos al pago de la tasa el servicio de prevención general de incendios, ni los servicios que se presten en beneficio de la generalidad del vecindario o de una parte considerable del mismo, tales como los prestados en casos de catástrofe o calamidad pública
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oficialmente declarada. II .
Sujeto pasivo
Art. 3°. 1 . Son sujetos pasivos de la tasa en concepto de contribuyentes, los usuarios de los respectivos servicios . Se consideraran usuarios las personas fisicas y jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria que soliciten o que resulten beneficiadas o afectadas por los servicios a que se refiere esta Ordenanza . En el supuesto de prestación de servicios que afecten o beneficien a bienes de que sean titulares distintas personas o entidades, tales como propietarios, inquilinos o usufructuarios de los mismos, todas ellas quedarán solidariamente obligadas frente a la Hacienda Municipal, sin perjuicio de lo que se dispone en el apartado 2 de este mismo precepto. 2 . En el supuesto de prestación del servicio de extinción de incendios, será sustituto del contribuyente la Entidad o Sociedad aseguradora del riesgo. IIl .
Devengo
Art. 4°. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5°. Epígrafe 4. La tasa se devengará cuando se inicie la prestación del servicio . Se entenderá que se inicia el servicio cuando salgan los efectivos de sus respectivas Bases . IV.
Base Imponible y Cuota Tributaria
Art. 5°. 1 . La cuota tributario se detenninará en función del número de efectivos, tanto personales como materiales, que se empleen en la prestación del servicio y del tiempo invertido . 2. A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa: Epígrafe primero. Equipos bases Por cada vehículo, con su correspondiente dotación, por cada media hora o fracción : Pesetas Coche de primera salida Autobomba Autotanque Autoescala Vehículos de desagües Autoelectro Vehículo de apeos Autogrúa, más vehículo de útiles Vehículo de salvamento acuático
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3 .700 3 .800 1 .800 4 .100 1 .000 1 .000 1 .600 6 .700 3 .200
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Vehículo para fuegos de hidrocarburo Vehículo para recuperación de hidrocarburos Autobomba forestal Vehículo de tendido de mangaje Vehículo de transporte Otros de funcionamiento de motor de gasolina o similar suelto
8.500 7.100 2.600 1 .300 500 500
Epígrafe segundo . Personal a) Por cada bombero que exceda de la dotación de vehículos utilizados, . . . .. .. . . . ... . . . . . . . . . . . cualquiera que sea su categoría, por cada media hora o fraccíón : . . . .. . . . . . . . .. .. . . . . . . . . . . . . . 340 b) Por cada aparejador, por cada media hora o fracción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . .. . . . . . . .. . . . . . . . 455 c) Por cada arquitecto, por cada media hora o fracción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . .. . . . . . . . 630
Pesetas
Epígrafe tercero . Material
Pesetas
Maderas y elementos de anclaje y sujección por cada metro cúbico empleado ... .. . . . . . . . . . .. . . .. . . . . .. . . .. . . . . . .. . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . .. . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . 66.000 Normas aplicables a los epígrafes de las tarifas que anteceden : 1 . Cuando se presten servicios especiales o de demolición se aplicará el coeficiente tres a las tarifas fijadas en el epígrafe segundo . 2 . En el supuesto de prestaciones de servicios fuera del término municipal, cuando por la duración del siniestro se precise enviar relevo, el tiempo de trabajo, a los efectos de la tarifa de personal, se computará a partir de la salida del Parque y para el personal relevado hasta su regreso al mismo . 3 . Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando salga del Parque la dotación correspondiente, momento en que se inicia, a todos los efectos, la prestación del servicio . Epígrafe cuarto. Servicio delaCentral de AlarmasAutomáticas l . La cuota por la utilización del servicio de la Central de Alarmas Automáticas será de 32 .850 pesetas anuales . 2. El pago de esta cuota será independiente de las que en su caso pudieran devengarse por la prestación del servicio de extinción de incendios . 3 . La tasa se devengará el día primero de cada año y tendrá carácter írreducible, salvo que la posibilidad de utilización del servicio cese por decisión municipal, en cuyo caso las cuotas serán prorrateables por mensualidades completas. 4. También se prorratearán las cuotas por mensualidades completas cuando se concedan nuevas autorizaciones que posibiliten la utilización del servicio, iniciándose el devengo de la tasa el día primero del mes en que se haya concedido la autorización o licencia.
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V.
Normas de gestión
Art. 6°. La dirección del Servicio de Protección Civil y Bomberos, cursará a la Oficina Gestora de la tasa, dentro de los diez días siguientes a la terminación de la prestación del servicio, un parte de actuación donde conste la identificación del bien o bienes siniestrados, nombre del usuario del servicio y titulares del bien, compañía aseguradora del riesgo y número de póliza, así como la especificación de los servicios prestados, dotación personal y material, tiempo empleado y demás datos e indicaciones necesarias para practicar la correspondiente liquidación . Art. 7°. En aquellos supuestos, en que la prestación del servicio no tenga carácter urgente, podrá exigirse el depósito previo de la tasa en la cuantía suficiente para cubrir el importe de la liquidación correspondiente a los servicios solicitados . Finalizada la prestación del servicio se practicará liquidación definitiva en base a los servicios efectivamente prestados. VI.
Infracciones y sanciones tributarios
Art. 8°. En todo lo relativo a infracciones tributarios y sus distintas calificaciones, así como las sanciones que a las mismas corresponda, serán de aplicación las normas establecidas en la vigente Ley General Tributaria. Disposición derogatoria Quedan derogadas cuantas Ordenanzas o normas municipales se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en la presente Ordenanza . Disposición final La presente Ordenanza surtirá efectos a partir del 1 de enero de 1995, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
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TEMA 4
ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL : EL ALCALDE. EL PLENO. LA COMISIÓN DE GOBIERNO. LAS AREAS. 1.
ORGANIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID .
Esta materia ha sido regulada, fundamentalmente por dos normas: La Ley Reguladora de las Bases por Régimen Local 7/1985, y el Real Decreto Legislativo 781/1986, aunque hay que advertir que una multitud de normas completan, interpretan y singularizan el convenio de las dos que, sin duda, son la piedra angular del derecho local . Respecto a la organización de los municipios, y en especial el de Madrid, hay que decir que se basa en la existencia de dos tipos de órganos: - Órganos necesarios: Son los esenciales en todo municipio . - Órganos complementarios: Complementan a los obligatorios . Los órganos obligatorios son el Alcalde, los Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Comisión de Gobierno . Los órganos complementarios (a estudiar en Madrid) son las Comisiones Informativas, las Ramas, las Empresas Municipales, las Áreas, las Juntas de Distrito, los Servicios, los Consorcios . . 2.
ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL .
Es la organización referida al gobierno y administración del ayuntamiento y que distingue órganos políticos a través de los que se llevan a cabo las funciones, de la organización los burocrática que son los órganos administrativos a los que corresponde la preparación y ejecución de los actos emanados de los órganos de gobierno, así cómo la prestación de los servicios públicos. 3.
EL ALCALDE .
Es el órgano de carácter unipersonal que ocupa el vértice de la administración municipal. Las funciones principales del alcalde son : 1 .- Presidir personalmente o por representación todos los órganos colegiados de gobierno del ayuntamiento . 2.- Dirigir el ayuntamiento como institución política y su correlación como administración municipal. 3 .- Representar por excelencia al ayuntamiento .
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El papel del alcalde, en la actualidad, no es presidencialista o personalista pues, en definitiva, el alcalde es un concejal más cuya elección se produce según las siguientes reglas : Pueden ser candidatos todos los concejales que encabecen sus correspondientes listas . Si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los concejales es proclamado electo . Si alguno de ellos obtiene dicha mayoría, es proclamado alcalde el concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el correspondiente municipio . En caso de empate se resolverá por sorteo. Antes de comenzar el ejercicio de sus funciones el alcalde deberá jurar o prometer el cargo ante el ayuntamiento pleno . No obstante, el alcalde cuenta y desarrolla con importantes competencias, ostentando y desarrollando decisivas parcelas de poder, siendo básico en ese sentido la comisión de gobierno que es nombrada libremente. por el alcalde . Además posee la llamada "competencia residual" que implica la atribución de aquellas competencias no expresamente atribuidas por ley a otro órgano municipal . Ahora bien, como novedad legislativa está la posibilidad de la moción de censura, que pueden adoptar la mayoría absoluta del número de legal de concejales. Esta moción habrá de ser suscrita al menor por la tercera parte de los concejales, incluyendo el nombre del candidato propuesto para alcalde, el cual quedará proclamado como tal en caso de prosperar la moción. Apuntar, por otro lado, que ningún concejal puede suscribir durante su mandato más de una moción de censura . 3 .1 .
LOS TENIENTES DE ALCALDE
Son órganos unipersonales de carácter necesario siendo sus funciones de suplencia y auxilio del alcalde, siendo libremente designados por éste de entre los concejales que integran la comisión de gobiemo, y donde ésta no exista, directamente de los propios concejales . En Madrid hay cinco Tenientes de Alcalde, que se encargan de sustituir por orden de nombramiento (1°, 2° ,3 4°. y 5a teniente de alcalde) y en los casos de vacantes, ausencia o enfermedad, al Alcalde. Además cada uno de ellos dirige y coordina una de las cinco Ramas del Ayuntamiento . 4
EL PLENO MUNICIPAL
Es por excelencia el órgano de Gobierno y administración municipal, está presidido por el Alcalde e integrado por los ciudadanos que indirectamente se autogobieman a través de este órgano . Su carácter colegiado lo configura como el lugar idóneo para el debate, discusión y decisión de los asuntos de la vida municipal ; las competencias o materias de las que entiende el pleno son las de mayor importancia y trascendencia, si bien cabe la delegación de algunas materias en favor de otros órganos de gobierno .
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El Pleno puede reunirse en régimen de sesiones ordinarias de periodicidad establecida y extraordinarias, que pueden ser además, urgentes. El Pleno celebrará sesión ordinaria como mínimo cada tres meses (el Pleno del Ayuntamiento de Madrid celebra sesión ordinaria cada mes) y extraordinaria cuando así lo decida el presidente o lo solicite al menos la cuarta parte del número legal de los miembros de la corporación . Los acuerdos municipales se aportan, como regla general, por mayoría simple de los miembros presentes ; existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos. No obstante, los asuntos de mayor trascendencia requieren el voto favorable de las dos terceras partes del número de hecho y, en todo caso, de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación . El Pleno del Ayuntamiento de Madrid esta formado por 53 Concejales, con la siguiente representación política: 28 Concejales del Partido Popular, 20 Concejales del Partido Socialista Obrero Español, y 5 Concejales de la Formación Política Izquierda Unida. 5
LA COMISIÓN DE GOBIERNO .
La Ley 7/85, de 2 de abril Reguladoras de las Bases de Régimen Local, señala como órgano necesario en los Municipios con una población superior a 5 .000 habitantes a la Comisión de Gobierno . La misma Ley dice que esta Comisión estará formada por el Alcalde y un numero de Concejales no superior a 1/3 del numero legal de los mismos, nombrados libremente por el Alcalde . En las ultimas Elecciones Municipales del 13 de junio, en el Ayuntamiento de Madrid se eligieron a 53 Concejales, por lo que la Comisión esta formada por el Alcalde y 17 Concejales, que son: 5 Tenientes de Alcalde, los 9 Concejales Delegados de las Areas y los 3 Concejales Responsables de Servicios . Según el Decreto del Alcalde Presidente de fecha 3 de julio de 1999, sus componentes serán, a demás del Alcalde que la preside los siguientes Concejales . D . Juan Antonio Gómez- Angulo Rodríguez ----------( le' Teniente Alcalde ) Da. Ma . Mercedes de la Merced Monje. --------------- ( 2ª Teniente Alcalde ) D. Ignacio del Río García de Sola. --------------------- ( 3` Teniente Alcalde) Da. María Tardon Olmos . -------------------------------- (4a Teniente Alcalde ) D. Adriano García-Loygorri Ruiz. --------------------- ( 5° Teniente Alcalde) Da . Ma. Dolores Flores Cerdan . ----- ( Concejala Area Igualdad y Empleo ) Da. Elena de Utrilla Palombi . ------- ( Concejala Area Obras e Infraestructuras ) D. Pedro Bujidos Garay . ------------ ( Concejal Area Hacienda,Economia y Comercio )
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Da. D. D. Da. D. Da. D. D. D.
Ma Jesús Fraile Farra.---- (Concejala Area Cultura, Educacion, Juventud y Deportes) Sifrido Herraez Rodríguez . ----------------- (Concejal Area Vivienda y Rehabilitación) Simón Viñals Pérez . --------------------------------- (Concejal Area Salud y Consumo) Beatriz Ma . Elorriaga Pisarik . --------------------- ( Concejala Area Servicio Sociales ) Antonio Moreno Bravo . -------------- ( Concejal Area Régimen Interior y Patrimonio ) Begoña Larrainzar Zaballa . ------------------------------- ( Concejala Area de Personal ) Miguel Angel Araujo Serrano .---- ( Concejal servicios Protección Civil y Bomberos ) Alberto López Viejo .(Cjal . Servicios Limpieza Urbana y Desarrollo Medioambiental) Fernando Martínez Vidal . ------------- ( Concejal Servicio Circulación y Transportes )
La Comisión de Gobierno ejercerá por delegación del Alcalde Presidente las siguientes funciones 1 .- Aprobar la oferta de empleo publico de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas . 2.- Conocer con carácter previo a la aprobación por el Pleno Corporativo, las variaciones de la plantilla municipal . 3.-La defensa y conservación del patrimonio municipal,sin perjuicio de las disposiciones especificas respecto de la gestión y administración del Patrimonio Municipal del Suelo 4 .- El arrendamiento o cesión de uso de bienes por plazo inferior a 5 años siempre que su cuantía no exceda del 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto Municipal,sin perjuicio de la competencia atribuida a otros órganos municipales . 5.- La adquision de bienes y el derecho cuando su valor no supere el 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto ni los 500 millones de pesetas, asi como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos. La de bienes inmuebles siempre que esté prevista en el Presupuesto . La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el Presupuesto . 6 .- Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planteamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la* de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización . 7.- las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso,los mil millones de pesetas incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a 4 años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejército ni la cuantía señalada. Todo ello sin perjuicio de las competencias que por mi delegación tengan atribuidas otros órganos municipales en materia de contratación . 8 .- La aprobación de todos los proyectos de obras y de servicios que, estando previstos en el presupuesto,hayan sido delegado por esta Alcaldía para su contratación o concesión. 9.- Devolver las fianzas de los contratos cuya adjudicación le corresponda por la presente delegación .
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10.- La aprobación de la liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento y de sus organismos autónomos, así como la rectificación de los saldos iniciales de derechos obligaciones de presupuestos cerrados . 11.- La aprobación y disposición de gastos en las materias y cuantías que le son delegadas por este Decreto y en -las no delegadas en otros órganos municipales, en materia no contractual . 12.- Aprobar, tras los tramites oportunos, las cuentas a justificar rendidas, en los casos en que por la cuantía de sus justificantes su aprobación no este delegada en otros órganos municipales . 13.- La aprobación de las campañas culturales y de extensión educativa semanas culturales e intercambios con otras ciudades ; asimismo las campañas publicitarias, encuestas y otras actividades relacionadas con la comunicación . 14 .- La aprobación de las campañas de salud y servicios sociales . 15 .- La concesión de becas escolares . 16.-La aprobación de las ayudas al estudio 17.- La concesión de subvenciones a los Mercados de Distrito y Centros Comerciales de Barrio, en los términos previstos en la Ordenanza vigente . 18.-La concesión de subvenciones presupuestadas para Campañas de Promoción de productos alimenticios . fachadas .
19 .-La concesión de subvención para transformación de calderas y limpieza de
20.- Aprobar el diseño de procesos y métodos de gestión administrativa como resultado de los trabajos de racionalización e informatización de unos y otros, con sus manuales de tramitación y demás documentación complementaria, en cuanto se acomoden alas normas y criterios básicos de la Ley 30192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y no contengan innovaciones procedimentales que requieran su sanción por el Pleno Corporativo . La Comisión de Gobierno celebrara sesión ordinaria los viernes de cada semana a las 9 horas, en primera convocatoria y 1 hora después, en segunda. Este horario se adelantara en treinta minutos en caso de que coincida en el mismo dia de la sesión ordinaria del Ayuntamiento de Madrid.
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5.1
LAS COMISIONES INFORMATIVAS
Las Comisiones informativas están integradas exclusivamente por miembros de la corporación y se configuran como órganos sin atribuciones resolutorias (órganos complementarios, a diferencia de los anteriores que son obligatorios) que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos al pleno. Pueden ser de dos tipos: permanentes y especiales . 5 .2
JUNTAS MUNICIPALES DEL DISTRITO.
En la legislación local vigente las juntas municipales de distrito se conciben como órganos territoriales de gestión desconcentrada, cuya finalidad será la mejor gestión de los asuntos de la competencia municipal y facilitar la participación ciudadana en el respectivo ámbito territorial . Su composición, organización y ámbito territorial se deja a la decisión del pleno del Ayuntamiento mediante decreto regulador aprobado por el mismo . Actualmente existe una junta municipal en cada uno de los 21 distritos en que está dividido el término municipal de Madrid: 1.-J.M.D. 2 .- J .M.D. 3 .- J .M.D. 4 .- J .M.D. 5 .- J .M .D. 6 .- J .M.D. 7 .- J .M .D. 8 .- J .M .D 9 .- J .M.D. 10 .- J .M.D. I 1 .- J .M .D. 12 .- J .M .D. 13 .- J .M.D. 14 .- J .M .D. 15 .- J .M.D. 16 .- J .M .D. 17 .- J .M .D. 18 .- J .M.D. 19 .- J .M.D. 20 .- J .M.D. 21. .- J .M.D.
CENTRO . -------------------------- MªAntonia Suarez Cuesta . ARGANZUELA .----------------- - Eva Duran Ramos. RETIRO . --------------------------- Mª. Dolores Navarro Ruiz . SALAMANCA . ------------------ - Fernando Martinez Vidal. CHAMARTIN. ------------------- - Miguel Angel Araujo Serrano. TETUAN . -------------------------- Luis Asua Brunt. CHAMBERI-------------- ----------- Luis Asua Brunt FUENCARRAL-- EL PARDO .---Mª Nieves Saez de Adana Oliver . MONCLOA-ARAVACA . ------ Mª . Dolores Navarro Ruiz LATINA . ---------------------------- Antonio Moreno Bravo . CARABANCHEL . ---------------- - Carlos Izquierdo Torres . USERA . ------------------------------ Carlos Izquierdo Torres PUENTE DE VALLECAS. ------- Eva Duran Ramos. MORATALAZ . -------------------- - José Fernández Bonet CIUDAD LINEAL. ---------------- Carmen Torralba González . HORTALEZA . --------------------- Mª_ Carmen Rodríguez Flores . VILLAVERDE . ------------------- - Mª . Nieves Saez de Adana Oliver. VILLA DE VALLECAS. ---------- Angel Garrido Garcia . VICALVARO . --------------------- - Carmen Torralba González . SAN BLAS. -------------------------- José Fernández Bonet. BARAJAS- --------------------------- Mª. Carmen Rodríguez Flores .
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Las juntas municipales de distrito, según quedaron constituidas por acuerdo plenario de 12 de julio de 1991, estaban integradas por un concejal-presidente, designado libremente por la alcaldía, y 18 vocales (concejales y vecinos), nombrados también por la alcaldía a propuesta de los grupos políticos presentes en el ayuntamiento, en proporción a los resultados electorales . Las juntas municipales de distrito están concebidas no solamente como órganos de participación, sino también como órganos de desconcentración bien por delegación del ayuntamiento pleno, bien por delegación del alcalde presidente . La política desconcentradora se inicia esencialmente mediante la delegación de determinadas competencias del alcalde en los concejales presidentes de juntas; por ello su figura toma un realce notable al asumir dichas atribuciones que les configuran como un órgano esencial de acción y ejecución dentro de los distritos . La ley especial de Madrid les atribuía exclusivamente la representación de la alcaldía en los actos oficiales dentro del distrito, la ejecución de las decisiones de la junta, la expedición de certificaciones e informes y otras de naturaleza análoga ; sin embargo, los decretos de la delegación de la alcaldía comprenden un campo de actividad de gran extensión en todas las áreas municipales, y así les corresponde : Los Concejales Presidentes de Junta, por delegación del Alcalde Presidente (Decreto de 3 de julio de 1999), en el ámbito territorial de sus respectivos distritos, y sin perjuicio de las funciones de coordinación que corresponden a la Alcaldía Presidencia y de las atribuidas a los Concejales Delegados en las distintas Ramas y Areas de administración municipal, tienen delegadas las siguientes funciones : 1.- EN MATERIA DE REGIMEN INTERIOR Recibir escritos e instancias dirigidas a la propia Junta o a cualquier otro Servicio Municipal . Informar de los Servicios municipales y recibir reclamaciones sobre su funcionamiento. Visar las certificaciones expedidas por los jefes de Oficina Municipal en relación con . los documentos que obren en la Junta. Tramitar altas, bajas y modificaciones del Padrón de Habitantes y visar las certificaciones que, en relación en el mismo, se expidan. " Inspeccionar y vigilar la conservación del patrimonio Municipal situado en el distrito . 2 .- EN MATERIA DE HACIENDA Y ECONOMIA Proponer al Arca de Hacienda, Economía v Comercio la imposición de aquellos tributos o precios públicos que correspondan a la prestación de un servicio o a la realización de una actividad administrativa o de una obra pública de su competencia o al aprovechamiento especial del dominio público del Distrito y que constituyan hechos no gravados por ninguna otra exacción munidipal . Promover la elaboración de estudios para la mejora de la economía del distrito y sobre la forma de gestión de los servicios públicos, así como adoptar las oportunas medidas basadas en aquéllos.
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La gestión de los ingresos relativos a las competencias que por el presente se delegan, sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos y se concretan en: Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, Tasa por Expedición de Documentos Administrativos, Tasa por Utilización privativa o Aprovechamiento Especial el Dominio Público Local, Tasa por Utilización de Mercados Municipales, Tasa por Autorizaciones Administrativas para la prestación de Servicios Funerarios, Tasa por Obras en la Vía Pública, Tasa por Prestación de Servicios de Piscinas e Instalaciones Deportivas y Casas de Baños, Tasa por obtención de copias de planos y documentos administrativos, fotografías, y microfilmes, Precios Públicos por Prestación de Servicios y Actividades Socioculturales y de esparcimiento, Precios Públicos en relación a las obligaciones devengadas con anterioridad a su supresión por haber cambiado su naturaleza jurídica a tasa, Transferencias corrientes y de capital, Multas y sanciones pecuniarias y otros ingresos de derecho público y privado . Las competencias en orden a la gestión de los ingresos que se delegan por el presente Decreto tendrán el siguiente alcance : 1 Reconocer y liquidar los derechos tributarios y los recursos procedentes de los precios públicos y demás derechos . 2 . La devolución de ingresos y la declaración de la prescripción . 3 . El reconocimiento y aplicación de los beneficios fiscales en el marco de los supuestos previstos por la Ley y por las Ordenanzas Fiscales. 4. La rectificación de errores materiales y la revocación de los actos no declarativos de derechos cuya anulación no corresponda al Pleno. 5 . La recepción de las declaraciones de alta, baja o variación. y, en su caso, los actos individuales de inclusión, variación o exclusión de las matriculas de aquellos tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva cuya gestión les competa ; la resolución de los recursos y reclamaciones que se susciten contra las inscripciones y recibos individuales derivados de dichas matrículas . 6. Contestar las consultas tributarias formuladas por los sujetos pasivos y demás obligados tributarios. 7. La práctica de las comprobaciones que sean necesarias para la liquidación de los tributos y demás derechos de su competencia, cuando no correspondan a actuaciones de comprobación e inspección, y a la práctica de las liquidaciones resultantes, que están reservadas a la Inspección de Tributos del Area de Hacienda, Economía y Comercio . 8 . Respecto de las subvenciones, transferencias cirrientes y de capital, otros ingresos indeterminados y demás de derecho público, así como los originados conforme a las normas de derecho privado, todas las facultades de gestión que correspondan de acuerdo con su naturaleza, sin perjuicio de las que tengan atribuidas el Area de Hacienda, Economía y Comercio . En orden a los ingresos cuya gestión ejerzan delegada por la Alcaldía Presidencia, les corresponden las siguientes atribuciones : 1 . Resolver los recursos de reposición que se interpongan contra los actos de aplicación y efectividad de los tributos y demás ingresos de derecho público cuya gestión les competa y, en
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general, cuantas solicitudes o reclamaciones se formulen contra la gestión de los ingresos que por el presente se les atribuye. 2. Velar por la emisión y remisión por los servicios técnicos a su cargo, de los oportunos informes y antecedentes para el trámite y resolución de los recursos contra la providencia de apremio y demás actos de recaudación en período ejecutivo y de los expedientes de aplazamiento y fraccionamiento, de compensación de deudas y los de reembolso del coste de avales, a petición del Area de Hacienda, Economía y Comercio . 3 . Llevar a puro y debido cumplimiento, una vez firmes y acatadas, las resoluciones administrativas y judiciales en materia de ingresos cuya gestión les' competa, anulando o dictando los actos administrativos liquidatorios que sean necesarios, incluida la liquidación y cancelación de los depósitos y garantías o, en su caso, para que los órganos municipales correspondientes, puedan disponer su incautación o ejecución, 0 instarla ante quien corresponda cuando no estuvieren constituidas ante este Ayuntamiento . 4. La asistencia e información generales a los contribuyentes e interesados en cualesquiera tributos e ingresos de derecho público municipales y colaborar con el Area de hacienda, Economía y Comercio en orden a la gestión y aplicación de las Ordenanzas reguladores de los ingresos municipales en el ámbito de su distrito . 5. Proponer al Área de Hacienda, Economía y Comercio la adopción de criterios interpretativos en orden a los ingresos de su competencia . 3.- EN MATERIA DE CIRCULACION Y TRANSPORTES Aprobar y autorizar, en su caso, dentro de las normas y ordenanzas de carácter general en las vías públicas no incluidas en la Red Básica de Transporte, entendiendo por tal aquella en la que circulan autobuses de la E.M.T., medidas tales como instalación de horquillas u otros obstáculos,' reservas especiales para minusválidos, permisos de señalización para pasos de carruajes, instalación de elementos de protección de pasos de carruajes, vallas de protección de peatones . Autorizar la celebración de actos deportivos y culturales, procesiones, etc., en las vías públicas del Distrito . Previo Informe de la Concejalía de Servicios de Circulación y Transportes, cuando fuera necesario cortar el tráfico . Formular cuantas propuestas estime oportunas en orden a la adopción de medidas de ordenación circulatoria . Gestionar las bajas y modificaciones de¡ Registro de Ciclomotores, adscrito orgánicamente al Area de Hacienda, Economía y Comercio . Recibir las peticiones iniciales, efectuar el sorteo y publicar los listados en el tablón de anuncios de la Junta en relación con la adjudicación de plazas de aparcamiento para residentes, así como recibir las solicitudes relativas a altas, bajas y listas de espera correspondientes a estos aparcamientos . 4.- EN MATERIA DE OBRAS, INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE Dirigir y gestionar con cargo a partidas presupuestarias cuya administración le corresponda, de acuerdo en el régimen de contratas municipales' y aprobando las propuestas de pago pertinentes, los siguientes, servicios : conservación y reforma de pavimentos, de edificios
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municipales, de instalaciones deportivas elementales, de zonas verdes excepto las atribuidas a la Rama de Medio Ambiente, de bocas de riego, de mobiliario urbano y de alumbrado público . Incoar y resolver los expedientes derivados de infracciones por incumplimiento de la Ordenanza General de Obras, Servicios e Instalaciones en las vías y espacios públicos municipales . Informar los expedientes que se instruyan como consecuencia de daños y perjuicios causados a los bienes de dominio y uso público . Informar los expedientes de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento . 5.- EN MATERIA DE URBANISMO A. Actuaciones Comunicadas . Recibir los escritos que con carácter preceptivo han de remitir los interesados, a la Junta correspondiente, para dar cuenta de su intención de llevar a cabo actuaciones urbanísticas . B. Licencias Urbanísticas . a .- Conceder en suelo urbano, suelo urbanizable programado y programado incorporado el PGOUM las siguientes licencias : a.1 .- Licencias de nueva planta, reconstrucción, sustitución, ampliación y recuperación tipológica. a.2 .- Licencias de restauración, consolidación y acondicionamiento de edificios . a.3 .- Licencias de conservación de edificios . a.4 .- Licencias de reestructuración general o parcial, y, reconfiguración de edificios . a.5 .- Licencias de reestructuración puntual . a.6 .- Licencias de obras exteriores de edificios, no incluidas en ninguno de los grupos anteriores . a.7 .- Licencias de demolición total o parcial de edificios . a.8 .- Licencias de movimiento de tierras, no afectos a obras de urbanización o edificación . a.9 .- Permisos provisionales para vaciado de solares y construcción de muros de contención . a.1ó .- Licencias para colocación de andamios . a.11 .- Licencias demuestras, rótulos y banderines. a.12 .- Licencias de soportes publicitarios . a.13 .- Licencias para la instalación de grúas, siempre que se monten para obras cuya concesión de licencia se encuentre delegada. a.14 .- Licencias de . calas en los edificios . a.15 .- Licencias para la instalación de grúas y medios similares en aceras y otros espacios libres de uso público . a.16 .- Licencias de vallado de obras . a.17 .- Licencia de vallado de solares . a.18 .- Licencias de obras de acondicionamiento de espacios libres de parcela que impliquen implantación de instalaciones, incluso construcción de piscinas y otras instalaciones deportivas .
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a.19.- Licencias de obras de urbanización de carácter complementario o puntual. Licencias de obras para instalaciones ligeras de carácter fijo propias de los servicios públicos o actividades mercantiles . a.2ó.- Licencias de tala de árboles previo informe de la Rama de Medio Ambiente . a.21 .- Licencias de instalaciones de depósito o almacenamiento al aire libre. a.22.- Licencias de ocupación de terrenos por feriales, espectáculos u otros actos comunitarios al aire libre . a.23.- Licencias de instalación de actividades en todo tipo de locales independientes y viviendas dentro de un edificio. a.24 .- Licencias de instalación de actividades en edificios de uso exclusivo no residencial. a .25 .- Licencias para instalaciones de garajes - aparcamientos, calderas, ascensores y porteros automáticos . a.26 .- Licencias de primera ocupación . a.27.- Licencias de funcionamiento para el ejercicio de toda actividad calificada y, puesta en marcha de instalaciones. a.28.- Cuando se trate de actuaciones urbanísticas tramitadas por al procedimiento de Licencia Unica. b.- Evacuar, previos los oportunos informes técnicos, las consultas .sobre licencias municipales cuya concesión les corresponda . c.- Conceder las licencias que sean preceptivas para la instalación de tendidos aéreos provisionales . d.- Elevar la propuesta de aprobación a los órganos que la tengan encomendada de los Planes Especiales para el Control Ambiental de Usos . C. Autorizaciones . a.- Autorizar el uso por los particulares de las vías y espacios libres públicos municipales para instalar en ellos quioscos, . veladores, cabinas, puestos, etc. b.- Autorizar la limpieza de pozos negros y fosas sépticas . c .- . Autorizar el uso de bocas de riego. d.- Autorizar los pasos de carruajes y reconstrucción de aceras. D. Disciplina Urbanística . a.- Dictar cuantas resoluciones sean precisas para restaurar el orden urbanístico infringido . b.- Imponer las sanciones procedentes . c.- Dar cuenta a la Jurisdicción Ordinaria de los ilícitos urbanísticos o del incumplimiento de órdenes municipales .
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Ordenar el cese y clausura de las actividades que se ejerzan en el distrito sin licencia de actividad e instalación o funcionamiento . d.-
e.- Precintar las actividades o instalaciones a que se refiere el apartado anterior cuando no se cumpla lo ordenado respecto del cese o clausura. f.- Disponer la adopción de medidas correctoras para el ejercicio de actividades y el funcionamiento de instalaciones que infrinjan la normativa urbanística aplicable . g.- Ejercer la inspección dulas obras que se lleven a cabo en el distrito . h .- Informar y, ejecutar los programas de Inspección urbanística que se diseñen conjuntamente por los Servicios de Coordinación Territorial y la Gerencia Municipal de Urbanismo . i.- Ejecutar deshaucios administrativos decretados por el Gerente Municipal de Urbanismo en los casos, de ruina inminente. j .- Ordenar, en relación con obras o actividades e instalaciones que no sea de su competencia, el cese de las actividades y la paralización de las obras que se realicen en el distrito sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones de la misma, dando inmediata cuenta a la Gerencia Municipal de Urbanismo para que continúe la tramitación y adopte la correspondiente resolución. 6.- EN MATERIA DE SALUD, CONSUMO Y COMERCIO Inspeccionar, fiscalizar y vigilar en materia de consumo las actividades relativas a los mercados de distrito, centros comerciales de barrio, galerías de alimentación y establecimientos independientes . Ejercer dentro del distrito la inspección higiénica y de consumo de todo tipo de productos, alimentos y servicios de uso y consumo común . Conceder licencias de apertura y funcionamiento para el ejercicio del comercio minorista en los locales de los mercados de distrito y galerías de alimentación así como las relativas a los situados en los Mercados Centrales . Gestionar las acciones sanitarias y de carácter profiláctico y de policía sanitaria de establecimientos públicos. Ejercer la inspección y el control de las piscinas públicas y privadas del distrito, con exclusión de las unifamiliares o de uso individual . Facilitar, información al consumidor, en coordinación con la Oficina de Información al Consumidor . Ejercer el control higiénico - sanitario de todas las explotaciones ganaderas del Distrito . Conceder las autorizaciones de temporada de las piscinas públicas y de las privadas de uso común . Proponer al Area que tenga atribuida la competencia en materia de comercio, la construcción de nuevos mercados de distrito, centros comerciales de barrio, la supresión o demolición de los ya existentes y la desafectación de las galerías de alimentación, en su caso.
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Autorizar las cesiones de los situados y cambios de actividad en mercados de distrito y centros comerciales de barrio . Conceder licencias de obras de mejora, reforma y acondicionamiento en mercados, centros comerciales de barrio y galerías de alimentación . Controlar la ubicación de las explotaciones ganaderas. Controlar las condiciones higiénico - sanitarias de animales en los términos de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales . Fomentar la educación sanitaria de los consumidores y empresarios en materia de consumo higiene alimentaria. 7.- EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES Formular propuestas, de acuerdo con las necesidades del distrito a efectos de la elaboración de los planes y programas que realice el Area de Servicios Sociales, participando así en su formación . Ejecutar los planes y programas de servicios sociales en el distrito, determinando las prioridades en su desarrollo . Gestionar los centros de tercera edad, comedores y demás equipamientos de servicios sociales municipales ubicados en el distrito . Gestionar los servicios sociales en el ámbito del distrito (ayuda a domicilio, escuelas infantiles, etc.), con arreglo a las normas que les sean de aplicación . 8.- EN MATERIA DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES Dirigir, programar y gestionarlos centros culturales y casas de juventud del distrito. Proponer a la Junta Municipal de Distrito para su elevación al Ayuntamiento Pleno, a través de la correspondiente Comisión Informativa, la asignación y los cambios de denominación de las vías públicas, plazas, parques, colegios públicos y mercados de distrito y centros comerciales de barrio . Fomentar y desarrollar fiestas populares y actividades culturales en el distrito, tales como campamentos, visitas turísticas, campañas de cine, teatro y música y otras análogas, así como informar sobre las mismas . Autorizar el uso de las instalaciones deportivas básicas, cuya administración no corresponda al Instituto Municipal de Deportes (IMD) . Autorizar el uso de los edificios escolares del distrito para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias de la docencia . 9.-EN MATERIA DE SEGURIDAD Ejercer las competencias atribuidas a la Alcaldía Presidencia por la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana .
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10.-EN MATERIA DE CONTRATACIÓN Preparar y adjudicar conforme a lo previsto en el procedimiento legalmente establecido en cada caso, los contratos administrativos, cualquiera que sea su clase, o privados cuya cuantía no exceda de 5 millones de pesetas, tengan una duración no superior a un año y no exijan créditos superiores a los consignados en las partidas presupuestarias cuya gestión les haya sido encomendada y devolver las fianzas constituidas para responder de los mismos . Presidir las subastas, los concursos suscribir las escrituras públicas y documentos administrativos de las contrataciones efectuadas con motivo de la presente delegación, así como los que se deriven de las efectuadas por el Pleno de la Junta Municipal de Distrito, siempre y cuando se trate de contratos cuya preparación y adjudicación les corresponda conforme a dicha delegación y se efectúen con cargo a partidas cuya gestión tengan atribuidas . Autorizar y comprometer gastos cuya cuantía no exceda de 5 millones de pesetas . Proceder al reconocimiento y liquidación de la obligación de los compromisos o disposiciones de gastos legalmente contraídos, referidos a las partidas cuya gestión les corresponda . El Concejal del Area de Régimen Interior y Patrimonio realizará la contratación de los suministros inferiores a 2 millones de pesetas, con cargo a las respectivas dotaciones presupuestarias de las correspondientes Juntas Municipales de Distrito, cuando lo soliciten los Presidentes de las diferentes Juntas. Aprobar y adjudicar los contratos que se efectúen con cargo a partidas presupuestarias del Capítulo 6, cuya gestión corresponda a una Rama, Area o Servicio y, sin embargo, estén asignados orgánicamente a su correspondiente Junta Municipal de Distrito hasta el límite de 5 millones de pesetas, cuando su plazo de ejecución sea inferior a 1 año y no exijan créditos superiores a los consignados en las partidas presupuestarias cuya gestión les haya sido encomendada y devolver las fianzas constituidas para responder de los mismos . Ejecutar los acuerdos que conlleven la realización dé gastos de carácter plurianual con cargo a partidas presupuestarias cuya gestión les corresponde, sin perjuicio de las facultades atribuidas en esta materia a otros órganos municipales . El Concejal Delegado del Area de Hacienda, Economía y Comercio realizará la adjudicación así como el reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de gastos correspondientes a contratos que, preparados por las Juntas Municipales de Distrito con cargo a las partidas cuya gestión les corresponda, se tramiten por el sistema de Caja Rápida. Dar cuenta a los Plenos de las correspondientes Juntas Municipales, en la primera sesión que celebren, de las resoluciones que se refieren a adjudicaciones de contratos, a efecto de que queden enterados de las mismas . 11 .- EN MATERIA SANCIONADORA Velar por el cumplimiento de Ordenanzas, Reglamentos y Bandos y demás disposiciones legales y apercibir de sanción a los particulares que los incumplan, pudiendo sancionar su infracción con, multas en la cuantía que en las mismas se establecen. En materia de Salud y Consumo corresponderá a los Concejales Presidentes la imposición de las sanciones por infracciones leves tipificadas en la normativa vigente.
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Sancionar cualquier acto de desobediencia a la Autoridad Municipal, en el ámbito de las competencias delegadas por la Alcaldía Presidencia . Imponer las multas coercitivas previstas por las disposiciones vigentes, en las cuantías que éstas fijen y en el ámbito de sus competencias . 12 : EN MATERIA DE SUBVENCIONES Conceder ayudas económicas y subvenciones con cargo a programas cuya gestión presupuestaria les corresponda y cuyo importe no exceda de 5óó.óó0 pesetas. 13.- EN MATERIA DE MATRIMONIOS CIVILES Autorizar. Matrimonios en la forma que el propio Código Civil establece, facultándoles para que en el ámbito de su distrito adopten las medidas precisas para disponer de un local debidamente habilitado para la correspondiente ceremonia y, en general, para alcanzar de forma coordinada la mayor flexibilidad en el ejercicio de esta función . El matrimonio será autorizado en cada caso por el Concejal Presidente de la Junta Municipal de Distrito por el que hubieran optado previamente los contrayentes y, en defecto de esta opción, por el de la Junta Municipal de Distrito en que esté domiciliada la contrayente . 14.- EN MATERIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA En virtud de las competencias que les han sido atribuidas cómo propias por la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantía de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, los Concejales Presidentes de Junta incoarán los expedientes sancionadores de las infracciones tipificadas en la misma, de las cuales elevarán la correspondiente propuesta de sanción, a través de los Servicios de Coordinación Territorial . En definitiva, . la figura del concejal presidente se constituye en el jefe de la acción municipal dentro del distrito las juntas municipales de distrito se reúnen con carácter ordinario por lo menos una vez al mes y, en general, adaptan su funcionamiento al del pleno. El ayuntamiento pleno, en sesión de 27 de mayo de 1992, aprueba las actuales normas de participación ciudadana en el ayuntamiento de Madrid, donde se regula la participación vecinal en las Juntas Municipales de distrito . Esta participación directa del vecino en la vida municipal se lleva a efecto a través de los denominados conseios sectoriales, de los cuales pueden ser miembros las asociaciones ciudadanas y los vecinos residentes en el distrito, o los que, no siéndolo, desempeñan su trabajo en el mismo . La presidencia de todos los consejos corresponde al presidente de la junta municipal o vocal en quien delegue . Los consejos sectoriales tienen como función estudiar y cuantificar los problemas del distrito dentro del ámbito de competencia específica del propio consejo ; elevar al pleno de la
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junta municipal, a través de su presidente, las propuestas oportunas en orden a la solución de los problemas planteados; mantener el seguimiento de los acuerdos adoptados por la junta municipal sobre propuestas del consejo sectorial de distrito . Los consejos sectoriales que existen en cada distrito son: sanidad, consumo y abastos ; cultura ; educación ; juventud y deportes; servicios sociales; urbanismo ; medio ambiente ; circulación y transportes .
6
SERVICIOS GENERALES 6.1 .
SECRETARÍA GENERAL
Según determina el art. 92 de la Ley 7/1985, el secretario general asume las funciones de fe pública y asesoramiento legal de la corporación y del alcalde . Depende orgánicamente del 1 ° teniente de alcalde y es asistido directamente por el vicesecretario general y el oficial mayor, que asumen las funciones que el secretario general expresamente les delegue y desempeñan, por ese orden, las propias de éste en casos de vacante, ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria . Dependen directamente del secretario general, un departamento central y los departamentos de constitución y funcionamiento corporativo ; de registros municipales, y de contratación . También afecto a la secretaría está el servicio contencioso . 6 .3 INTERVENCIÓN
GENERAL
Al interventor general le competen las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria y la contabilidad, conforme a lo establecido en el citado art. 92 de la Ley 7/85 . Depende del concejal delegado de economía y hacienda y está asistido por el viceinterventor. Estas funciones se llevan a efecto a través de los siguientes departamentos : central; de fiscalización de gastos; de fiscalización de ingresos; de contabilidad ; de informatización contable; de control financiero de entes públicos y organismos ; de control financiero de empresas ; de intervención de urbanismo y obras .
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6.4
TESORERÍA .
Según lo establecido en el referido art. 92 de la Ley 7/85, el tesorero tiene atribuidas las funciones de manejo y custodia de los fondos y valores del municipios, comprendidos los bienes almacenables, y en general, todas las relativas a tesorería de la corporación, dependiendo asimismo orgánicamente del concejal delegado de economía y hacienda. Cuenta con estos departamentos: de recaudación ejecutiva; de estudios e informes ; de gestión recaudatoria y tesorería, de gestión y planificación de tesorería .
RAMAS Y ÁREAS DE SERVICIOS
7
7.1 .
LAS ÁREAS .
El Ayuntamiento pleno, en sesión celebrada el 6 de julio de 1983, aprobó una nueva organización de los servicios municipales en la que se sentaron los siguientes criterios : Que la totalidad de los servicios, dependencias, unidades o centros del ayuntamiento de Madrid, sea cual fuere el carácter de los mismos, administrativo, técnico, consultivo, de asesoramiento, de estudio o mixto, actúe bajo la superior dirección, control y supervisión del alcalde, de los concejales delegados de área o de los concejales presidentes de las juntas municipales de distrito, a quienes, en el ámbito de las respectivas atribuciones propias o delegadas, incumbe la responsabilidad de procurar que aquellos ejecuten puntual y eficazmente las decisiones de los órganos de gobierno del municipio . Que, en consecuencia, los funcionarios titulares de cargos, plazas o puestos de jefaturas sean cuales fueren los cuerpos, grupos o escalas a los que pertenezcan, a sí como su nivel o grado de responsabilidad y el carácter de la propia plaza o cargo, actúen en todo caso bajo el control y con arreglo a las directrices de los órganos unipersonales enumerados en el párrafo anterior, a los que corresponde la responsabilidad de las áreas en que quedan agrupados los diferentes servicios del ayuntamiento . La totalidad de los servicios municipales se decía en ese acuerdo, se integrarían en grandes áreas que se constituirán así como las divisiones superiores en la nueva estructura . Sin embargo, el Decreto de 17 de febrero de 1993 instituye una organización innovadora creando lo que se denomina "ramas", dentro de las cuales se integran todas las áreas de servicios que han perdido, de esta manera, ese carácter distintivo que venían ostentando, toda vez que quedan bajo la fiscalización, coordinación y dirección general del teniente alcalde de la rama en que se integran.
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7.2
LAS RAMAS
Son las grandes divisiones de los servicios, administrativos y técnicos, que han supuesto una innovación respecto de la organización anterior a efectos de una mayor operatividad y eficacia, coordinándose las actividades que guardan relación dentro de los fines que atiende el municipio . Dentro de la organización administrativa del Ayuntamiento de Madrid se crean 5 Ramas al frente de cada una hay un Teniente de Alcalde ( Decreto del Alcalde Presidente de 3/7 1999 ) Los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Madrid se estructuran y organizan en las siguientes Ramas, integradas por las Areas y Servicios que a continuación se especifican: I . RAMA DE COORDINACIÓN GENERAL DE SERVIOS, CULTURA Y SERVICIOS COMUNITARIOS . Juan Antonio Gómez - Ángulo Rodríguez - Coordinación General de los Servicios. - ARFA DE CULTURA, EDUCACION,JUVENTUD Y DEPORTES. - ARFA DE SERVICIOS SOCIALES - AREA DE SALUD Y CONSUMO - AREA DE PROMOCION DE LA IGUALDAD Y EMPLEO Il.
RAMA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, HACIENDA, PERSONAL Y REGIMEN INTERIOR Maria Mercedes de la Merced Monje -
III
Relaciones Institucionales . Coordinación Territorial. AREA DE HACIENDA,ECONOMIA Y COMERCIO AREA DE PERSONAL AREA DE REGIMEN INTERIOR Y PATRIMONIO
RAMA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA Ignacio del Río García de Sola - Gerencia Municipal . - Urbanismo _ - ÁREA DE VIVIENDA Y REHABILITACION URBANA - ARFA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS .
IV.
RAMA DE POLICIA MUNICIPAL, TRAFICO Y PROTECCION CIVIL María Tardon Olmos - Policía Municipal .
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CONCEJALIA DE SERVICIOS DE CIRCULACION Y TRANSPORTES - CONCEJALIA DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS -
V.
RAMA DE MEDIO AMBIENTE Adriano García - Loygorri Ruiz -
Saneamiento Parques y Jardines Contaminación Atmosférica Residuos Solidos CONCEJALIA DE SERVICIOS DE LIMPIEZA URBANA Y DESRROLLO MEDIOAMBIENTAL
Sin perjuicio de la superior dirección que ostenta la Alcaldía Presidencia sobre la Administración Municipal, y de la de coordinación general de las distintas Ramas que por delegación del Alcalde le corresponde a la Primera Tenencia de Alcaldía, la organización municipal se estructura en las siguientes Ramas, Áreas y Servicios, al frente de las cuales existe un Teniente de Alcalde, un Concejal Delegado y un Concejal Responsable, respectivamente, con las atribuciones que al respecto les encomiende esta Alcaldía Presidencia, tal como establece el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales .
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Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid COMISIONES INFORMATIVAS
AYUNTAMIENTO PLENO COMISIÓN DE GOBIERNO
GABINETE TECNICO ALCALDÍA PRESIDENCIA
DIRECCIóN DE SERVICIOS DE ESTUDIOS Y ASESORAMIENTO
ALCALDE PRESIDENTE
DIRECCIóN DE SERVICIOS DE REL. PÚBLICAS Y PROTOCOLO D.S. GABINETE TECNICO PRIMERA TENENCIA ALCALDÍA SECRETARIA GENERAL
DIRECCIóNCOORDINACIóN GENERALDE SERVICIOS DIRECCIóN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN . JUVENTUD Y DEP. DIRECCIóN DE SERVICIOS DE CULTURA DIRECCIóN DE SERVICIOS SOCIALES DIRECCióN DE Servicios DE HIGIENE Y SALUD PÚBLICA
D.S. DE CONSUMO, ORDENAC. ALIMENT. YSALUBR . PÚBLICA DIRECCIóN DE SERVICIOS PROMOCIÓN IGUALD. EMPLEO DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE RELAC. INSTITUCIONALES DIRECCIóN DE SERVICIOSDE Coordinación DIRECCIóN DE COMUNICACIóN D.S . DE ATENCIÓN YGESTIÓN DE LA INFORMACIÓN
GRUPOS POLITICOS
GERENCIA MUNICIPALDE URBANISMO O. S. ORGANIZACIóN Y REGIMEN INTERNO
PRIMER TENIENTE DE ALCALDE RAMA DE COORDINACIÓN GENERAL DE SERVICIOS, CULTURA Y SERVICIOS COMUNITARIOS
ÁREA DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
ÁREA DE SERViCIOS SOCIALES
DIRECCIÓN DE SERV . PARA EL DESARROLLO URBANO
TERCER TENIENTE DE ALCALDE
DIRECCIóN DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN PRIVADA
RAMA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE SECRETARIA JURÍDICA DIRECCIóN DE SERVICIOS DEL PLAN GENERAL
ÁREA DE ViVIENDA Y REHABILITACIÓN URBANA
DIRECCIÓN DEL ÁREA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS DIRECCIóN DE SERVICIOS DE EDIFICACION
AREA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS
O.S . DE CONSERVACIóN Y REHABILITACIÓN DE INFRAEST. D.S. DE CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURAS
AREA DE SALUD Y CONSUMO
AREA of PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y EMPLEO
SEGUNDO TENIENTE DE ALCALDE RAMA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, HACIENDA, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR
GABINETE DE LA CUARTA TENENCIA DE ALCALDÍA
CUARTO TENIENTE DE ALCALDE
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE MUNICIPAL POLICÍA
RAMA DE POLICÍA MUNICIPAL, TRÁFICO Y PROTECCIÓN CIVIL
DIRECCIóN DE SERVICIOS DE TRÁFICO YSEGURIDAD DIREC. SERV . ADMINISTRATIV. DE TRÁFICO Y SEGURIDAD DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE CiRCULACIóN
CONCEJALÍA DE SERVICIOSDE CIRCULACIÓN Y TRANSPORTES
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTES Y APARCAMIENTOS
INTERVENCIóN GENERAL
DIRECCIóN DE SERVICIOS DE PRESUPUESTOS DIRECCIóN DE SERVICIOS DE INGRESOS D. S. DE ORGANIZACIÓN Y REGIMEN JURÍDICO
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE PARQUESY JARDINES
QUINTO TENIENTE DE ALCALDE AREA DE HACIENDA, ECONOMíA Y COMERCIO
D. S. EMPRESAS MUNICIPALES Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE COMERCIO D.S . DE GESTIóN DE MULTAS DE CIRCULACIÓN
D.S, PARA GEST. DE RESIDUOS YCALIDADAMBIENTAL
RAMA DE MEDiO AMBIENTE
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE AGUAS Y SANEAMIENTO
CONCEJALIA DE SERVICIOS DE LIMPIEZA URBANA Y DESARROLLO MEDIOAMBIENTAL
Juntas Municipales de Distrito
DIRECCIóNDE SERVICIOS DE PERSONAL
D. S. ORGANIZACIÓN Y PLANIF. RECURSOS HUMANOS
DIRECCiÓN DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBER .
CONCEJALIA DE SERVICIOS DE PROTECCIóN CIVILYBOMBEROS
TESORERÍA MUNICIPAL
AREA DE PERSONAL
Centro
Fuencarral-El Pardo
D. S.RELACIONES LABORALES NEGOC. YCONDIC. EMPLEO Arganzuela loa-Aravaca Monc D. S. INTERNOS . COMPRASY PATRIMONIO D. S. TELECOMUNICACIONES, TALLERES Y CON. EDIFICIOS GERENCIA DE ARTES GRÁFICAS
ÁREA DE REGIMEN iNTERIOR Y PATRIMONIO
Servicios Municipales Autónomos
Servicios Mixtos Participación Municipal
Retiro
Latina
Salamanca
Hortaleza Villaverde
Carabanchel
Villa Vallecas
Usera
Chamartín
Ciudad Lineal
Vicálvaro
Tetuán
Puente Vallecas
San Blas
Chamber(
Moratalaz
Barajas
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TEMA 5 PROTECCIÓN CIVIL. DEFINICIÓN. FUNCIONES BÁSICAS. 1.
PROTECCIÓN CIVIL. 1 .1 .
DEFINICIÓN .
La protección civil es un servicio público que se orienta al estudio y prevención de las situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe extraordinaria o calamidad pública en las que pueda peligrar, en forma masiva, la vida e integridad fisicas de las personas y a la protección y socorro de éstas y sus bienes en los casos en que dichas situaciones se produzcan . Se basa en la constitución española que establece la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho a la vida y a la integridad fisica como primero y más importante de todos los derechos fundamentales -art. 15-, en los principios de unidad nacional y solidaridad territorial -art. 2- y en las exigencias esenciales de eficacia y coordinación administrativa -art. 103-. 1 .2.
PRINCIPIOS INFORMADORES DE LA PROTECCIÓN CIVIL .
1.2.1. AUTONOMÍA DE ORGANIZACIÓN Y DE GESTIÓN . Todas las administraciones públicas, en sus ámbitos competenciales respectivos, deben disponer de capacidad suficiente para organizar su protección civil . 1.2.2. COORDINACIÓN : La total cobertura de la protección al ciudadano y a sus bienes hace necesaria la coordinación de la estructura orgánica y recursos operativos utilizables . Esta coordinación se hace igualmente imprescindible en el terreno de las actuaciones . 1.2.3. COMPLEMENTARIEDAD. La aplicación de este criterio tiende a evitar la duplicidad o ausencia de medios en el conjunto de las actuaciones . 1 .2.4. SUBSIDIARIEDAD. En una estructura general de protección civil formada por distintos niveles orgánicos de intervención, los superiores deben atender a la emergencias que, por sus características, no puedan afrontar los inferiores con sus propios recursos.
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1.2 .5. SOLIDARIDAD. El principio de solidaridad es fundamental para una acción de conjunto, ya que las consecuencias de una catástrofe o calamidad pública afectan a la totalidad de las administraciones públicas y de los ciudadanos . 1.2.6 . INTEGRABILIDAD. La organización y actuación de los medios de cada una de las administraciones públicas deben ser conseguidas de forma que se asegure su integración eficaz . 1.2.7. GARANTÍA EN LA INFORMACIÓN . Debe existir una garantía de que la información sobre riesgos, medios, recursos, organización y actuaciones es completa y extensiva a las administraciones públicas llamadas a intervenir, así como a los ciudadanos que tienen el deber de colaborar. 1.2.8. PLANIFICACIÓN . Toda acción de protección civil debe obedecer a unos criterios comunes. Por tanto, el primer paso ha de ser la elaboración de normas para, después, adaptarlas mediante planes concretos que regulen la actuación de la protección civil. 1 .3 .
PARTICIPANTES .
La magnitud y trascendencia de los valores que están en juego, exige poner a su contribución los recursos humanos y materiales pertenecientes a todas las administraciones públicas civiles (local, autonómica y central) y militares, así .como de organismos públicos y de entidades privadas . También deben participar, los ciudadanos mediante el cumplimiento de los correspondientes deberes y la prestación de su colaboración voluntaria : Art . 30.4 de la Constitución : 'Podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública." Art . 4 de la Ley de Protección Civil : "Todos los ciudadanos, a partir de la mayoría de edad, estarán sujetos a la obligación de colaborar personalmente en la protección civil en caso de requerimiento por las autoridades competentes" . 1 .4.
FUNCIONES BÁSICAS .
Las funciones básicas de la protección civil como servicio público con las siguientes: PREVISIÓN : Análisis de los supuestos de riesgo, sus causas y efectos, así como de las zonas que pudieran resultan afectadas. PREVENCIÓN : Estudio de las medidas oportunas, para evitar o reducir y controlar las situaciones de riesgo potencial y los daños que pudieran derivar de estas.
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PLANIFICACIÓN : Planificar las líneas de actuación para hacer frente a las situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública que pudieran presentarse. INTERVENCIÓN : Coordinar y dirigir la intervención de todos los elementos de la protección civil, es decir, servicios de las administraciones públicas civiles y militares, organismos públicos y entidades privadas, asociaciones de voluntarios y en general, de todos los ciudadanos cuya participación sea necesaria para hacer frente a las situaciones de emergencia declaradas . REHABILITACIÓN : Asistir a los órganos institucionales competentes en la planificación y activación de medidas para la rehabilitación de los servicios públicos esenciales y para el restablecimiento de las condiciones socio-económicas y ambientales indispensables para normalizar la vida de las comunidades afectadas. 1 .5.
CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA .
1.5.1. DE ÁMBITO MUNICIPAL . Aquellas que, abarcando exclusivamente el territorio de un solo término municipal, puedan ser controladas con la utilización de los medios propios de la corporación local correspondiente, con la colaboración de los medios de otras administraciones prevista en la planificación homologada de la emergencia. 1.5.2. DE ÁMBITO COMARCAL, INSULAR O PROVINCIAL. Aquellas que, afectando a uno o varios términos municipales, puedan ser afrontadas con los medios propios de las administraciones correspondientes, o con los de otras administraciones según lo previsto en la planificación homologada de emergencias, y cuyas consecuencias socio-económicas, puedan ser asumidas por las mismas. 1.5.3. DE ÁMBITO AUTONÓMICO . Aquellas que, teniendo lugar en el territorio de la respectiva comunidad, pueden ser controladas mediante la reglamentaria planificación homologada y las consecuencias socioeconómicas afrontadas con medios propios. 1 .5.4. DE ÁMBITO ESTATAL. Aquellas situaciones de riesgo o catástrofe públicas que: 1 .- Rebasen los límites territoriales de una o más provincias o de una comunidad autónoma o la capacidad de los medios utilizables por éstas. 2.- Determinen la movilización o empleo de recursos extraordinarios. 3 .- Las consecuencias socio-económicas desborden las posibilidades de las propias administraciones territoriales y exijan una intervención decisiva de la administración central.
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1 .6 .
ESQUEMA
JERÁRQUICO-FUNCIONAL
DE
LA
PROTECCIÓN
La estructura organizativa de protección civil refleja los niveles básicos en los que se articula la administración pública del Estado . A cada uno de estos niveles de intervención corresponderá una propia estructura de protección civil para el desempeño de las funciones de su competencia, organizada de acuerdo con los esquemas jerárquicos que a continuación se señalan.
1.6.1 . NIVEL MUNICIPAL. Funciones : Promover la formación e información de la población . - Estudiar los riesgos y confeccionar el catálogo de medios y recursos . - Elaborar y mantener actualizados los planes de actuación. - Activar los planes de emergencia municipal de protección civil. - Dirigir la coordinación de los medios y estructuras operativas. - Rehabilitar los servicios públicos afectados . - Promover programas de previsión, prevención y planificación . - Garantizar la información sobre protección civil a otros niveles de la administración pública. -
A) Corporación Municipal: * Estructura jerárquica:
En condiciones de normalidad : la que el municipio considere más idónea . En condiciones de emergencia: la que está prevista en el plan de emergencia . * Estructuraoperativa:
En condiciones de normalidad : la que determine el municipio . En condiciones de emergencia : se actuará según lo establecido en el plan de emergencia . 1 .6.2. NIVEL PROVINCIAL, INSULAR O COMARCAL. Funciones - Las mismas del municipio en su ámbito . - Pueden constituir estructuras organizativas y operativas mancomunadas, responsables de la protección civil en las islas, comarcas y municipios carentes de medios y recursos.
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B Nivel provincial, insular o comarcal : * Estructurajerárquica: La determinada por sus órganos de gobierno, según las directrices básicas del plan de protección civil homologado por la comisión de protección civil de cada comunidad autónoma. * Estructura operativa: ° En condiciones de normalidad: la que determine cada órgano de gobierno competente . En condiciones de emergencia: lo que determine cada plan de acuerdo con las características del ámbito territorial . 1.6.3. NIVEL AUTONÓMICO. Funciones : - Actuaciones normativas de previsión y prevención . - Estudiar y elaborar bancos de datos sobre riesgos y recursos. - Elaborar, homologar y actualizar los planes de sus respectivos ámbitos . - Pueden constituir estructuras organizativas responsables de la protección civil en las comunidades autónomas . C) Nivel autonómico: * Estructurajerárquica: Corresponde a cada Comunidad Autónoma definir la estructura jerárquica de su protección civil . * Estructura operativa: - En condiciones de normalidad : la que determinen sus respectivos gobiernos. - En condiciones de emergencia: Se adaptará a la estructura operativa prevista en el correspondiente plan homologado de protección civil . 1.6.4. NIVEL CENTRAL. Funciones : - Elaborar las normas básicas de protección civil . - Establecer el catálogo de las actuaciones que pueden dar origen a una situación de emergencia, así como de los lugares en que se realicen. - Diseñar modelos formativos y soportes didácticos .
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- Establecer las directrices básicas para regular la autoprotección . - Elaborar y establecer un sistema informático de protección civil . - Elaborar los planes especiales de protección civil de ámbito nacional. - Declarar las situaciones de emergencia de ámbito nacional, y actuar los planes de protección civil. - Ejercer la dirección, coordinación e inspección de las acciones y medios de ejecución de los planes de protección civil. - Requerir a las administraciones públicas, organizaciones privadas y ciudadanos, la colaboración en cuantas actuaciones de protección civil sean precisas . - Disponer la intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y solicitar la colaboración de las fuerzas armadas. - Requerir a las autoridades locales y autonómicas la intervención de sus cuerpos de policía y otros servicios relacionados con protección civil. - Mantener relaciones con organizaciones extranjeras y organismos internacionales afines . D) Gobierno: Ministerio del Interior: Dirección General de Protección Civil, Comisión Nacional de Protección Civil Y Delegación del Gobierno : Gobierno Civil.
ESQUEMA - RESUMEN 1.
NOCIONES BÁSICAS SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA Y PROTECCIÓN CIVIL .
I)
FUNDAMENTOS :
Identifica doctrinalmente la protección fisica de las personas y bienes, en las siguientes situaciones : - De grave riesgo colectivo . - En la que la seguridad y la vida de las personas puedan peligrar o sucumbir masivamente . - Calamidad pública o catástrofe ordinaria . Amplia política de seguridad : Fundamento jurídico : la Constitución . - Derecho a la vida. - Derecho a la integridad fisica . I.1 CONTRIBUCIÓN DE: * Recursos humanos. * Medios materiales .
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Coordinación y eficacia administrativa pública en: - Organizaciones, - Empresas y - Particulares . Se impondrán los deberes para: - Grave riesgo, - Catástrofe y - Calamidad pública. "Marco legal para el funcionamiento de un sistema conjunto de protección civil que pueda exigir prestaciones a quienes corresponda tanto a funcionarios como a particulares" . II)
ORGANIZACIÓN :
La protección civil es un servicio público que corresponde a la administración del estado. * Planificación y * coordinación . Ambas dentro de un marco jurídico. III)
NORMA BÁSICA DE PROTECCIÓN CIVIL
*. CEE establece planes para riesgos específicos . * Directrices esenciales para la elaboración de planes territoriales y especiales. -Principios: a.) Responsabilidad . a.1 .) Complementariedad , a.1 .1 .) Integrabilidad . b) Autonomía de organización y gestión . b .1 .) Subsidiariedad c) Coordinación. c .1 .) Solidaridad . c.1 . L) Garantía de información .
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2.
OBJETIVOS DE LA PROTECCIÓN CIVIL * Prevención. * Planificación . * Coordinación.
"Se fundamentan en la Constitución, art. 15, obligación de los poderes públicos a garantizar el derecho a la vida y a la integridad fisica de los ciudadanos como primero y más importante de los derechos fundamentales ." . Obligatoriedad de disponibilidad en los casos de emergencia de todos los recursos humanos de las organizaciones públicas a las que se les podrá imponer obligatoriedad de actuar. Obligación del ciudadano, ayuntamiento, comunidades autónomas y estado. Los ciudadanos a partir de la mayoría de edad estarán sujetos a la obligación de colaborar personal y materialmente en la protección civil en caso de requerimiento de la autoridad . Formas de participación : - Autoprotección, - Entidades colaboradoras y - Voluntarios . 3.
OTROS ASPECTOS SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA Y PROTECCIÓN CIVIL.
A) SEGURIDAD CIUDADANA:
Actividad dirigida a la protección de personas y bienes y el mantenimiento de la tranquilidad u orden ciudadano .
Derechos que comprende la seguridad ciudadana : 1 .- Derecho 2 .- Derecho 3 .- Derecho 4.- Derecho 5 .- Derecho
a la vida. a la libertad personal . de inviolabilidad del domicilio . a la libre residencia y circulación . a la propiedad .
B) PROTECCIóN CIVIL: Servicio público . Es el conjunto de disposiciones y acciones encaminadas a evitar, reducir o corregir los daños causados a personas o bienes en situación de emergencia o en los casos de riesgo, catástrofe o calamidad pública en la paz o en la guerra
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*
*
Su organización y funcionamiento y ejecución corresponde a las administraciones públicas . La ley de enero del 85 es el medio jurídico que tiene el gobierno para llevar a cabo su cometido, quedando definidas sus competencias y obligaciones de todos los estamentos y entidades públicas y los ciudadanos . Nivel territorial, local, autonómico y estatal .
4.
PROTECCIÓN CIVIL EN CUANTO A SERVICIO PÚBLICO .
*
Funciones : 1) Previsión: Análisis de los supuestos de riesgos, causas y sus efectos . Zonas que pudieran ser afectadas. 2) Prevención : 2. l .) Observar, 2.2) evitar y 2.3) reducir las situaciones de riesgo potencial y daños derivados. 3) Planificación : de las líneas de actuaciones para hacer frente a situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad públicas . 4) Intervención : Actuaciones encaminadas a proteger y socorrer la vida de las personas y sus bienes . 5) Rehabilitación: Establecimiento de servicios públicos indispensables para la vuelta a la normalidad .
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TEMA 6 DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.
1.
LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS
Mediante Decreto de 11 de Julio de 1 .99 1, se reorganiza el antiguo departamento de incendios, constituyéndose la dirección de servicios de protección civil y bomberos de la que pasan a depender tanto el departamento de extinción de incendios como la que fuera sección de prevención de incendios que se amplia y constituye un departamento de nueva creación que se denominó en principio departamento de protección civil y con posterioridad departamento de prevención y protección civil. Con posterioridad, a esa fecha y al objeto de facilitar, tanto el cumplimiento de ese decreto donde se hablaba de un gabinete de formación y de las academias de formación y perfeccionamiento profesional, de los cuerpos de policía municipal y bomberos, como completar el servicio de bomberos en la faceta de investigación, se crean la escuela de bomberos y protección civil y el departamento de estudios y normativa del fuego . De tal forma, en la actualidad la dirección de servicios de protección civil y bomberos está subdividida en cuatro departamentos : - Departamento de extinción de incendios . - Departamento de prevención de incendios y protección civil . - Departamento de estudios y normativa del fuego . Escuela de bomberos y protección civil (igualmente con categoría de departamento) . En cuanto a su dependencia, y por el Decreto de la Alcaldía-Presidencia publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento el 18 de julio de 1 .996, los servicios de protección civil y bomberos se engloban en la Rama de Policía Tráfico e Infraestructuras. 1) Alcalde- presidente . 2) Concejal Responsable . 3) Dirección de los servicios de protección civil y bomberos . 4 .1) Departamento de extinción de incendios . 4.2) Departamento de estudios y normativa del fuego. 4.3) Departamento de prevención y protección civil . 5) Escuela de bomberos y protección civil (categoría de departamento) .
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2.
EL DEPARTAMENTO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS .
Tiene como misiones principales : la atención directa a los siniestros, la planificación de las necesidades del departamento, la coordinación de sus tres secciones, la previsión de necesidades de personal y material, proponer a la dirección de la escuela programas de formación para personal de nuevo ingreso, actualización de conocimientos y nuevos ascensos, etc. Para el logro de todos sus objetivos se estructura en tres secciones: - Sección de extinción . - Sección de medios técnicos. - Sección de plana mayor. 2 .1 .
LA SECCION DE EXTINCIÓN .
Se ocupa directamente de la atención a los siniestros, así como de la instrucción general de sus componentes (maniobras, etc), de la distribución de los puestos de trabajo del personal de la sección de la dirección de operaciones y personal en los siniestros que esté presente el jefe de sección, de la vigilancia, inspección y control por personal y material de su sección, de proponer la planificación del servicio en parques, material y personal, etc. La sección de extinción divide el término municipal. de Madrid en cuatro zonas, con tres parques de bomberos en cada una de ellas, y que son las siguientes: * Zona centro : Parque 1° : C/. Santa Engracia, 118 . Parque 3°: Puerta de Toledo, 6 . Parque 6°: C/. Imperial, 8 . * Zona norte : Parque 4' . C/. Viña Virgen, 4 (Tetuán). Parque 9°: Avda. . Monforte de Lemos, s/n (B° del Pilar). Parque 11° : C/. Melena, esquina avenida de San Luis (Hortaleza) . * Zona este. Parque 2° : C/. Rufino Blanco, 2.(-4) Parque 7° : Avda. . de Hellín, s/n (San Blas) Parque 8° : C/. Pío Felipe, s/n (Vallecas) . * Zona sur: Parque 5°: Paseo de Santa María de la Cabeza, 95 . Parque 10°: C/ . San Norberto esquina Avenida Real de Pinto (Villaverde) . Parque 12°: Avda. . de los Poblados, s/n (Aluche) . Al frente de cada una de ellas se encuentra un subinspector jefe de zona.
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Todos estos parques, en función del personal que los atiende, los vehículos asignados, y el número de intervenciones que realizan tienen la denominación de : grande, mediano, pequeño y miniparque. Con esta distribución de parques en el término municipal se garantiza uno de los principios más importantes de este servicio, que es que no haya punto alguno de la ciudad donde no pueda acudir un "tren de ataque" en el tiempo de 4 a 6 minutos desde la llamada de auxilio (en Madrid, un "tren de ataque" está compuesto por una autobomba con un mando, un cabo, cinco bomberos y un conductor, más una autoescala con un cabo, dos bomberos y un conductor) En caso de siniestro de grandes proporciones en el que se requieren refuerzos, el "tren de ataque" enviado iniciaría los primeros trabajos de contención hasta la llegada de dichos refuerzos, estimándose un tiempo de respuesta de 10 a 15 minutos para los vehículos de la zona y de 20 minutos en el resto de parques . Históricamente, destacaremos que los dos primeros parques de bomberos que funcionaron como tales en el municipio fueron el parque 1° y el parque 3°, construidos ambos en la primera década de este siglo y que fueron ubicados en lo que por aquel entonces eran los límites de la ciudad. Bajo la jefatura de la sección de extinción, se encuentra así mismo la jefatura de guardia, compuesta por los oficiales del servicio que, en número de dos, y en turnos rotatorios de 24 horas : Controlan el funcionamiento de todos los parques, el personal de guardia y el material, recibiendo novedades, partes e informes de actuación en siniestro . Contactan con los mandos de los parques y con los vehículos por emisora y telefonía. Cuando el caso lo requiere efectúan la asistencia al siniestro asumiendo el mando . Contacta y transmite novedades al jefe de la sección de extinción . Al frente de cada parque, se encuentra el mando de turno de parque con las misiones siguientes : - Desarrollo de guardas en los parques. - Nombramiento de dotaciones de vehículos y servicios. - Ejecución de prácticas y maniobras . - Salidas a siniestro y realización de partes, etc. Todo bajo las órdenes directas del jefe de guardia, existiendo mandos operativos para los tres turnos de guardia por parque y otros que efectúan las suplencias en libranzas o permisos. Existen además : un grupo de coordinadores deportivos para efectuar la preparación fisica, una inspección médica (clínica de bomberos-parque l2°), otros servicios complementarios ; unidad de buceo, unidad de corte, cámara de humos.
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2 .2.
LA SECCIÓN DE MEDIOS TÉCNICOS Y MANTENIMIENTO.
Dividida en tres subinspecciones, dependientes directamente del jefe de la sección, se ocupan directamente de las funciones que éste asume y son las siguientes: *Subinspección de Telemática, con tres unidades : - Unidad de Comunicaciones . - Unidad de Actualización de datos . - Unidad de Programación y Explotación . Sé ocupa de todas las transmisiones y el proceso informático . * Subinspección de Mantenimiento de parques e hidrantes, con dos unidades : - Unidad de Mantenimiento de hidrantes . - Unidad de Obras. Se encarga de las obras y mantenimiento de los parques de bomberos y de la revisión y mantenimiento de la red de hidrantes . * Subinspección de taller y almacén, con dos unidades: - Unidad de taller . - Unidad de almacén . Se ocupa del mantenimiento y reparación de los vehículos del servicio así como del almacén de vestuario, herramientas, etc . 2.3 .
LA SECCIÓN DE PLANA MAYOR.
Se divide en cuatro unidades : unidad administrativa unidad de personal. unidad información y relaciones exteriores v asesoría jurídica. Se ocupa fundamentalmente de los asuntos administrativos internos como pueden ser : cambios en las vacaciones, permisos o licencias legales, trámites burocráticos así como de recibir posibles actuaciones legales contra el servicio o representar a este jurídicamente en sus actuaciones contra otros, exige la tasa por la prestación del servicio de extinción, etc . 3.
EL DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CIVIL.
Tiene como misiones principales : dirigir y coordinar la elaboración y ejecución de los distintos planes de emergencia y evacuación que se consideren previsibles según las características de la ciudad : programar, supervisar y fijar los criterios técnicos en las inspecciones en los locales de pública concurrencia de la ciudad, en materia de prevención de
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incendios, dirigir coordinar y en su caso elaborar propuesta sobre normativa que afecta a la función y competencia de los trabajos que el departamento tiene encomendados ; dirigir y controlar la formación del cuerpo de voluntarios de protección civil "villa de Madrid" y sus correspondientes planes de actuación; todo ello en aplicación del marco legal vigente con el objeto de entrar o aminorar las consecuencias en los supuestos de siniestros o calamidad pública . El departamento de prevención está dividido en tres secciones: - Sección de proyectos. - Sección de inspección . - Sección de mantenimiento (planificación) . 3 .1 .
. LA SECCIÓN DE PROYECTOS.
Tiene como misión la revisión sobre proyectos de las medidas de protección contra incendios en los edificios o locales . Tiene tres divisiones : división de licencias, división de información, división de planos. 3 .2 .
LA SECCIÓN DE INSPECCIÓN .
Tiene como misión la inspección de los locales para comprobar si cumplen la normativa vigente en materia de seguridad contra incendios . Tiene tres divisiones: división de licencias, división de información, división de control . 3.3 .
LA SECCIÓN DE MANTENIMIENTO (PLANIFICACION)
La componen dos divisiones: la división de estudios técnicos y documentación y la división operativa . La división de estudios técnicos y documentación tiene como misiones la elaboración del "inventario de riesgos potenciales" dentro del término municipal, la elaboración del "catálogo de recursos movilizables" tanto del sector público como del privado, al objeto de tener conocidos previamente los recursos a utilizar en cada caso; la elaboración de planes municipales de emergencia por sectores de actividad o tipos de emergencia, orientación y asesoramiento técnico al ciudadano en la confección de planes de autoprotección, colaborar con la división operativa facilitando los datos necesarios para la realización de simulacros y supuestos de evacuación ; recopilación de toda la normativa vigente reguladora con la protección civil ; relación con otros organismos oficiales y organización de congresos, conferencias, etc.
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La división operativa es la parte visible del departamento de prevención ; debe disponer de gran movilidad y estar dotada de medios propios que permitan su actuación en las situaciones de riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública . Está formada por el cuerpo de voluntarios "Villa de Madrid", este cuerpo de voluntarios está dividido en dos ramas : la rama de operaciones, que está formada por personas adiestradas y con conocimientos para prestar diversos tipos de ayuda a los servicios públicos cuando sea necesario, estas ayudas son muy variadas, siendo normalmente de carácter social y de apoyo a entidades que lo han suscitado, y la rama de infraestructura y formación que es la encargada de prestar el apoyo material necesario a la de operaciones . Dentro de esta rama hay cinco especialidades : vehículos (ambulancias, land-rover, de mando), transmisiones, sanidad, intendencia y administración . 4.
EL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS Y NORMATIVA DEL FUEGO.
Sus objetivos son: el análisis de las propuestas de edificaciones de nuevos parques de bomberos con todos los estudios relativos tanto a su ubicación como su zona de influencia, morfología arquitectónica e instalaciones especializadas incluyendo el seguimiento de las obras de edificación de los mismos. Así mismo el análisis y estudio de nuevos materiales, maquinaria y equipos de función de las necesidades planteadas por los departamentos de extinción y prevención. Conjuntamente puede añadirse la coordinación con el laboratorio de investigación y control del fuego (LICOF), la participación en el programa AENOR del Ministerio de Industria y Energía, el estudio y seguimiento de los convenios de cooperación con entidades públicas y privadas en el marco de la protección contra incendios, etc. Para cubrir todos los objetivos se estructura en tres secciones y un órgano auxiliar: - Sección de reglamentación y normativa . - Sección de investigación y cooperación. - Sección de materiales y edificios . La sección de reglamentación y normativa, tiene como fin principal la información a todos los departamentos de la dirección del servicio de toda la reglamentación anterior y vigente que pueda afectarles, así como el estudio de nuevos proyectos de reglamentación nacional y directivas europeas vinculadas al fuego o a los equipos y maquinaria para combatirlo, además de la traducción de la normativa europea y el estudio de la correlación entre ésta y la nacional en todo lo que tiene que ver con el fuego y su extinción, métodos de ensayo, pruebas de laboratorio, etc. La sección de investigación y cooperación tiene como fin realizar los estudios necesarios para conocer la proyección de futuro de las actuaciones, tanto en materia de extinción como de prevención de incendios, así como la idoneidad de los medios empleados, conocer la evolución de las tácticas y técnicas de extinción apropiadas en otros servicios . La sección de materiales y edificios tiene como fines la implantación de nuevas instalaciones técnicas y el estudio y diseño de nuevos parques de bomberos tanto de cara a la funcionalidad operativa como al confort del personal de intervención .
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Por último, se dota al departamento con un órgano auxiliar, constituido por un negociado de coordinación informática y una oficina técnica . 5.
LA ESCUELA DE BOMBEROS Y PROTECCIÓN CIVIL,. Las funciones de la escuela de bomberos y protección civil son :
- Organización y desarrollo de los cursos selectivos para el ingreso en el cuerpo, capacitación para el ascenso y especialización y reciclaje del personal. - Diseñar los distintos planes de enseñanza con sus respectivos programas, tanto de formación básica como de ascensos y especialización y formación permanente . - Desarrollar los mencionados planes y programas impartiendo las materias teórico-prácticas adecuadas a los objetivos de los distintos programas . - Organización y desarrollo periódico de actividades tales como ciclos de conferencias y coloquios sobre temas relacionados con el servicio y destinados, no sólo al propio personal del cuerpo, sino también de divulgación general . - Celebrar convenios de colaboración, intercambio y estudio con otros cuerpos de bomberos, organismos e instituciones en materia de formación . - Propuestas de bases técnicas para las convocatorias de ingreso asi como la redacción de textos y material didáctico relativo al servicio . Para el desempeño de sus funciones se dota a la escuela con tres tipos de órganos : - órganos de gobierno . - órganos de enseñanza . - órganos auxiliares . 5 .1 .
ÓRGANOS DE GOBIERNO.
5.1 .1 . EL CONSEJO RECTOR El gobierno fundamental de la escuela, está en el consejo rector, con las funciones de: aprobar el plan general de estudios anual, los programas de actividades del plan y las propuestas de nombramiento de profesorado ; estudiar y aprobar el presupuesto ordinario, etc. Se trata de un órgano colegiado compuesto por : - Presidente : el Alcalde-Presidente . - Vicepresidente : el Concejal responsable de la Rama de Policía, Tráfico e Infraestructuras. - Vocales : el director de la escuela de bomberos, el director de los servicios de protección civil y bomberos, el jefe del departamento de extinción, el jefe del departamento de estudios y normativa del fuego, un representante de cada grupo político de los representados en la corporación municipal y un representante de cada una de las centrales sindicales con representación en la junta de personal . - Secretario : el secretario general del ayuntamiento, o persona en la que delegue .
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5.1 .2. EL DIRECTOR DE LA ESCUELA DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS Nombrado por el alcalde-presidente con categoría de jefe de departamento, es el encargado de desarrollar las instituciones que emanen del consejo rector, auxiliado por un subdirector y una secretaría, y tiene como funciones principales elaborar y proponer al consejo rector: la aprobación del plan general de estudios anual, la aprobación de los programas de actividades del plan, las promesas de nombramiento del profesorado así como sus bajas o las propuestas de bajas de alumnos, la aprobación de proyectos del presupuesto ordinario, etc. 5.1.3. LA SECRETARÍA Engloba toda la estructura burocrática de la escuela . Sirve de apoyo a los órganos de gobierno y a los de enseñanza y auxiliares . Consta de un jefe de negociado, cuatro auxiliares administrativos y el personal del cuerpo de bomberos que por su especialidad se determine . 5 .2.
ÓRGANOS DE ENSEÑANZA.
5.2.1. EL DIRECTOR DE LA ESCUELA DE PROTECCIÓN CIVIL. Y BOMBEROS. Independientemente de las funciones relativas a la dirección de la escuela, ejerce la dirección de toda la actividad docente, pudiendo delegar en los jefes responsables de área los asuntos que estime oportunos . Como tal, marca las directrices generales de la planificación, programación y desarrollo de la enseñanza ; convoca y preside las reuniones del consejo académico, etc. 5.2 .2. EL SUBDIRECTOR DE LA ESCUELA. Es el jefe pedagógico de la misma . Nombrado por la alcaldía presidencia con categoría de jefe de sección adjunto a la dirección, dirige y coordina las áreas de formación. 5.2.3. LOS JEFES RESPONSABLES DE ÁREA . Los jefes responsables de área responden de todo lo congruente a su área de materias asignadas así como del cumplimiento de los objetivos del plan general de estudios y de cada curso o actividad . 5.2.4. EL CONSEJO ACADÉMICO . El principal de los órganos de enseñanza compuesto por el director o subdirector y los jefes responsables de área. Entre sus funciones está decidir los criterios de coordinación de las áreas, establecer los objetivos generales de cada área, etc.
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5.2.5. EL CLAUSTRO DE PROFESORES . Compuesto por todo el personal docente de la escuela, presidido por el director o subdirector de ésta, tiene como funciones : proponer criterios generales sobre selección de contenidos de las asignaturas, así como de evaluación o de recuperación, etc . 5 .3 .
ÓRGANOS AUXILIARES .
Son órganos que no imparten directamente la enseñanza ni intervienen en su desarrollo, pero sirven de apoyo a la misma . Están bajo la dependencia inmediata del director de la escuela . 5.3.1. EL GABINETE PEDAGÓGICO . Aporta los criterios didácticos básicos para la planificación y desarrollo de la enseñanza ; asesora sobre los aspectos psicotécnicos que deben reunir los componentes del cuerpo . 5.3 .2. EL FONDO BIBLIOGRÁFICO Y DOCUMENTAL . Es el que tiene en depósito los libros, textos y demás documentación de interés para las actividades formativas de la escuela. ESQUEMA - RESUMEN
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS 1) Departamento de prevención y protección civil. 2) Departamento de extinción de incendios . 2.1) Sección de plana mayor: - Unidad administrativa. - Unidad de personal. - Unidad de información y relaciones exteriores. - Asesoría jurídica. 2.2 .) Sección de extinción : -
Subinspección zona centro . Parques 1°, 3° y 6°. Subinspección zona norte: Parques 4°, 9° y 11°. Subinspección zona este : Parques 2°, 7° y 8°. Subinspección zona sur. Parques 5°, 10° y l2°.
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2.3) Sección de medios técnicos: 2.3 . 1) Subinspección de telemática: - Unidad de comunicaciones . - Unidad de actualización de datos. - Unidad de programación y explotación . 2.3 .2) Subinspección de mantenimiento de parques e hidrantes : - Unidad de mantenimiento de hidrantes y - Unidad de obras . 2.3 .3 .) Subinspección de taller y almacén: - Unidad de taller y - Unidad de almacén . 3) Departamento de estudios y normativa del fuego . 4) Escuela de bomberos y protección civil.
ESCUELA DE BOMBEROS Y PROTECCIÓN CIVIL 1 . Director 2. Consejo Rector . 3 . Consejo Académico: 3 .1 . Director a) Secretaría. b) Gabinete pedagógico c) Fondo bibliotecario . 3 .1 .1 . Subdirector * * * * * * *
Jefe de Estudios Jefe de área de tecnología . Jefe de área de prevención de incendios . Jefe de área de estudios y normativa del fuego . Jefe de área de intervención en siniestros . Jefe de área de medios técnicos . Profesores .
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Madri e Ayuntamieo dl Bombers d Oposicn
DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN
CIVIL
I)Sección de proyectos : * División de licencias . * División de información . * División de planos . 2) Sección de inspección: * División de licencias. * División de información . * División de control . 3) Sección de mantenimiento (planificación) : * División de estudios técnicos y documentación . * División operativa: ** Rama de operaciones . * * Rama de infraestructura y formación .
EL SERVICIO CONTRAINCENDIOS Por la legislación general de Régimen Local y por la especial de su municipio tiene atribuida la prestación de este servicio directamente con medios propios en todo el término municipal . 1) La actuación del servicio de extinción de incendios sé ajustará al principio de respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos y a las libertades públicas en los términos de la constitución y las leyes. Las intervenciones se entenderán justificadas cuando existieren situaciones de siniestro y calamidad colectiva susceptibles de ocasionar riesgo inminente para la integridad o tranquilidad de las personas o daños graves en los bienes de dominio público o privado . Cuando la actuación beneficie a determinadas personas o sean claramente provocadas por estas quedan obligados a satisfacer los servicios prestados según la tarifa de la ordenanza fiscal . El servicio de extinción de incendios se declara con carácter obligatorio por su importancia para la protección civil y tranquilidad ciudadana. Toda persona aún menor de edad o incapacitado psíquico tiene derecho a recabarla actuación del servicio. El Ayuntamiento denunciará las falsas alarmas .
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2) Toda persona, incluso menor o disminuido psíquico tiene derecho a recabar la actuación del servicio de extinción de incendios . El Ayuntamiento denunciará las falsas alarmas. El Ayuntamiento podrá suscribir convenios con los ayuntamientos limítrofes para la actuación conjunta o la C .A. .M. El Alcalde de Madrid podrá ordenar el envío de efectivos y material a cualquier lugar del territorio nacional en el que se hubiese producido un siniestro que por su magnitud revista carácter de calamidad pública : Bajo la petición urgente del Gobierno del Estado, Autoridad encargada de la protección civil o Alcalde de un municipio. - El servicio de extinción de incendios no está obligado a actuar en siniestros que se produjesen en locales, dependencias, establecimientos sitos en territorio municipal que en ellos se cuenten con medios y personal propio y especializado en la lucha contra el fuego a no ser que la magnitud del siniestro sobrepase la capacidad de respuesta eficaz y exista riesgo de propagación .
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Murcia) Saéz (Joaquín ZOna Incedios Extincó Seción Norte á U U G
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CONEJAL RESPONSABLE SERVIC OS PROTECIÓN CIVLYBOMBEROS(María Tardón Olmos)
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Zona Sur
Parques 5°, 100 y 120
Dep.Prevención yProtec ión Civil(Jesús deBenito Fernández) tu tu U
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Manzo) del Álvarez Marí (José N
Unidad Información y Relaciones Exteriores Asesoría Jurídica
(José Paz Báez)
(Ángel Pingarrón)
Sección Mantenimiento
>Dep.EstudiosyNormativa(JoséPascualMartinez) Ú
División de Licencias
Negociado de Control Negociado Tramitación. División de Licencias. División de Planes. División Operativa
(Florentino
Lafuente)
Sección Administrativa (Dolores González)
Sección Investigación y Cooperación
División Investigación '
Negociado Registro Negociado Tramitación Documentación Gráfica Codificación Negociado Coordinación Informática
Sección Materiales y Edificios Sección Reglamentación v Normativa. (Ángel Moya-Angeler) Jefes de Áreas
Secretaría
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Area de Ciencia y Tecnología y Coordinación,_ D. Manuel Iglesias Rodriguez.
CALDE-PRSINT AL
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Almacén
Unidad Administrativa
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Actualización de Datos
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(J . M. Pérez Soria)
Subinspección Mantenimiento Parques
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Zona Centro
(Diego Gallardo Galeote)
Subinspección Taller-Almacén {Frco. García Herguedas)
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Parques 2°, 7° y 80
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Zona Este
(Fugenio Amores Fresno)
Subinspección . Telemática (José Luis Sanz Berzosa)
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Parques 4°, 9° y 110
N Escuela
Área de la Edificación . -------------------------- D. Miguel Castro de la Sen. Área de Medios Técnicos .------------------------.- D. Enrrique LópezVentura. Rodriguez) Iglesia Rodriguez Área (Manuel Iglesia (Manuel deEscuela Equipos y Herramientas ----------------- D. Fernando Munilla Suárez. Área de Telemática . ------------------------------- D. Jose Luis Sanz Berzosa. Área de Intervención .
D. Juan M. Redondo Toral.
Área de Maniobras .-------------------------------- D. Juan M. Redondo Toral .
Área de Unidades Especiales .---------------------- D. Rafael Ferrandiz Albendea . Área de Prevención. ----------------------------- D. Jesús de Benito Fernandez. Área de Normativa .
D. José Pascual Martinez.
Área de Formación para el Ingreso.---------------- D. Eugenio Amores Fresno .
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TEMA 7 ORDENANZA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS . TÍTULO PRELIMINAR. CONCEPTOS TÉCNICOS . El Ayuntamiento de Madrid regula toda esta actividad de prevención de la Ordenanza de Prevención de Incendios (OIP), aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 28 de Junio de 1993, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 4 de Agosto de 1993 y entrando en vigor a los 3ó días de su publicación . La presente Ordenanza será aplicable a todos los proyectos de obras de nueva edificación, reforma o reestructuración, cambio de uso y a todas aquellas actividades nocivas de nueva implantación. Está estructurada de la siguiente forma : TÍTULO PRELIMINAR Capítulo I Capítulo II
Conceptos básicos
TÍTULO I Capítulo I. Normas de carácter general. Sección 1ª Accesibilidad . Sección 2ª Condiciones de compartimentación . Sección 3ª Evacuación . Sección 4ª Edificios en altura. Capítulo IL Instalaciones . Señalización e iluminación. Sección . lª Sección 2` Electricidad. Sección 3ª Instalaciones de calderas y chimeneas . Instalaciones de aire acondicionado y ventilación. Sección 4ª Sección 5ª . Instalaciones de extinción . Sección 6ª Mantenimiento y uso. Capítulo III. Sección 1ª Estructuras . Sección 2ª Materiales . TÍTULO II
USOS ESPECÍFICOS. -
Capítulo I. Uso de vivencia. Capítulo II. Uso de garaje - aparcamiento . Capítulo III. Uso sanitario . Capítulo IV. Uso de espectáculos . Capítulo V. Uso de reunión. Capítulo VI. Uso de oficinas . Capítulo VIL Uso cultural y docente . Capítulo VIII. Uso. residencial público . Capítulo IX. Uso comercial. Capítulo X. Uso de almacén .
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Sección lª Generalidades. Sección 2ª Almacenamiento de líquidos inflamables . Sección 3ª Archivos . Sección 4ª Almacenamiento de gases o materias que den origen a polvos o vapores y mezclas explosivas . Sección 5ª Almacenamiento de materiales de nitrato de celulosa, piroxinas y películas de acetato de celulosa. Sección 6ª Almacenamiento de materias explosivas. Sección 7ª Almacenamiento de productos de combustión espontánea . Capítulo XI. Usó de industria. CAPÍTULO III
RÉGIMEN JURÍDICO .
Capítulo L Disposiciones Transitorias . Disposiciones Finales . Anexo 1 . Anexo II. Anexo III . Anexo IV. Anexo V. Anexo VI . Anexo VII. Anexo VIII.
Estabilidad al fuego . Reacción al fuego . Resistencia al fuego de elementos constructivos . Riesgo industrial . Carga de fuego ponderada . Documentación gráfica complementaria . Evacuación por escaleras . Señalización . . Normas UNE citadas . Disposiciones legales relacionadas con la protección contra incendios.
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TITULO PRELIMINAR CAPÍTULO I Art. 1 . Es objeto de la presente Ordenanza establecer las condiciones de seguridad contra el incendio ordinario en la edificación y actividades, con el fin de reducir las posibilidades de su iniciación, tratar de evitar la pérdida de vidas humanas, de reducir las pérdidas materiales y de facilitar las operaciones de extinción . Art. 2 . Es aplicable la presente Ordenanza a todos los proyectos de obra de nueva edificación, reforma o reestructuración, cambio de uso y a todas aquellas actividades no inocuas de nueva implantación . Art. 3. 1. Cuando un edificio o actividad existente no cumpla con los preceptos de esta Ordenanza, no sé permitirán normas de ampliación o reforma que supongan en cualquier aspecto incremento del riesgo o peligrosidad en sí mismas o en su entorno, autorizándose únicamente obras totales o parciales encaminadas a mejorar las condiciones de seguridad. 2 .1. En todo local o actividad con licencia en vigor, cuando por cualquier necesidad, de forma temporal precisen modificar en alguna forma cualquiera de las condiciones autorizadas deberá solicitar autorización para dicha modificación con un mínimo de un mes de antelación para su informe por el órgano competente de conformidad con el Artículo 4 . Entendiéndose denegada la autorización en caso de que en dicho plaza no haya recibido autorización expresa . Art. 4. 1 . En el departamento de Prevención de Incendios intervendrá mediante informe, en los expedientes de solicitud de Licencias de Obras, de Actividades e Instalaciones y de Funcionamiento . de aquellas a que sea aplicable esta Ordenanza, siempre que se cumpla alguno de los siguientes requisitos : a) b) c) d)
Cuando la superficie total edificada sea igual o superior a 25óó m2 . Cuando se trate de edificios en altura (EGA). Cuando la ocupación teórica máxima previsible sea igual o superior a 2óó personas, excepto en zonas de recreo al aire libre . Cuando tratándose de actividades comprendidas en el uso de Almacén o Industrial, estén englobadas en los conceptos de riesgo alto o medio de acuerdo con lo que se establece en el capítulo X, Sección lª y Capítulo XI, o bien las materias que se manipulan o almacenan se encuentran incluidas entre las Secciones 2ª, 3ª, 4ª, 5ª, 6' y 7ª del citado Capítulo X.
4.2. Los informes d dicho Departamento se referirán a la documentación de proyecto para el caso de solicitudes de Licencias de Obras, Actividades e Instalaciones. y serán resultado de las inspecciones que se realicen, previas a la concesión de la Licencia de Funcionamiento. Art. 5. Aquellas actividades a las que son aplicables esta ordenanza que no se encuentren incluidas en los Apartados a). b), c) o d) de Artículo anterior, serán informadas en
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materia de seguridad contra incendios, directamente por el Organismo que tramita la solicitud de licencia. Art. 6. Será preceptivo y previo, el informe del Departamento de Prevención de Incendios, en aquellos casos especificados, sin el que no podrán expedirse por el órgano que tramita la solicitud de licencia. Art.7. 1 . En la documentación que compone los expedientes de solicitud de licencias, deben quedar reflejadas las condiciones de seguridad contempladas en la presente Ordenanza, mencionadas en proyecto básico y determinadas en proyecto de ejecución. 7-2- En cualquier caso la documentación de proyecto debe estar suscrita por técnico componente para ejercer su profesión en la edificación o sus instalaciones . Art. 8. Se podrán proponer al Organismo que conceda la licencia, por el técnico o por entidad competente, modificaciones sobre las soluciones contempladas en esta Ordenanza siempre que éstas se ajusten al espíritu de la misma. Las modificaciones, únicamente serán admitidas, cuando el caso concreto no esté explicitado en el contenido del artículo o se juzguen suficientemente justificadas técnicamente por el Departamento de Prevención . Art. 9. En los no contemplados en la presente Ordenanza, pero que por sus características o circunstancias pudieran estar comprendidos en su ámbito, les serán aplicadas por analogía las prescripciones de la misma que tengan similitud con el caso contemplado .
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CAPITULO II Conceptos Técnicos Art. 10. S efectos de La presente Ordenanza los conceptos técnicos de a prevención de incendios son los siguientes : l . ALMACENAMIENTO EN ALTURA : Todo aquel cuya altura supere la de 6 metros desde el pavimento de suelo. 2 . ALTURA DE EVACUACIÓN : La diferencia de cota entre el .nivel de un origen de evacuación y el del espacio exterior seguro en recorridos se evacuación ascendente o descendente . 3 . ALUMBRADO DE EMERGENCIA : Todo sistema de alumbrado alimentado eléctricamente con dos fuentes de suministro, de las que la principal, será la red general del edificio y la secundaria la específica de la instalación. Su autonomía de funcionamiento a plena carga será como mínimo de una hora y su puesta en funcionamiento automática, con el fallo del suministro de la red general (caída de la tensión de alimentación por debajo del 7ó% de su valor nominal) . Este tipo de alumbrado se ajustará a lo especificado al efecto en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e I.T.C . correspondiente, del Ministerio de Industria. Cuando se utilicen aparatos autónomos, éstos deberán haber sido homologados y cumplirán con las especificaciones de la Norma UNE 2ó-ó62 y 20-392. Este tipo de instalación será fija y proporcionará una iluminancia mínima de 3 lux en zonas ocupadas por personas, de 5 lux en los inicios de los recorridos de evacuación, de 3 lux en los recorridos de evacuación y de 5 lux donde se precise maniobrar instalaciones. 4. ASCENSOR . D E EMERGENCIA : Aquel dotado de llamada prioritaria para uso del Servicio de Extinción de Incendios, de dos fuentes independientes de alimentación eléctrica, de las que la segunda garantizará al menos una autonomía de una hora de funcionamiento a plena carga y manejable desde el interior de la cabina. La capacidad de carga mínima será de 360 kgs. 5. BOCA DE AGUA CONTRA INCENDIOS (BIE) : A efectos de la presente Ordenanza se considera boca de agua contra incendios, al instalación manual de ataque al fuego con secciones de 45 ó 25 milímetros de diámetro nominal . Estarán provistas como mínimo de: a) Lanza o surtidor resistente a la corrosión, y a la acción mecánica a que ha de ser sometida y dotada de : " Boquilla con ppsibilidad de accionamiento que permita la salida del agua en chorro o pulverizada, permitiendo alcanzar caudales mínimos admisibles de 3,3 litros/segundo-para bocas de 45 mm de diámetro con las presiones mínimas_ especificadas en cada uso especifico . " Sistema de apertura y cierre en el casó de que no exista en la boquilla.
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b) Manguera de longitud máxima de 15 meros en las de diámetros nominales de 45 mm ó de 3ó metros de longitud máxima en las de 25 mm y de características técnicas ajustadas a lo especificado en la norma UNE 23-ó91 : La de 25 mm de diámetro será de trama semirrígida, no autocolapsable y capaz de recuperar su sección circular una vez que se suprima la causa de deformación . c) Racor de tipo "Barcelona" que se ajustará a las características determinadas en las Normas UNE 23-40ó . d) Manómetro capaz de medir entre cero y la máxima presión que se alcancé en la red . e) Válvula resistente a la corrosión y oxidación; pudiendo ser de apertura automática en la instalación de 25 mm de diámetro . f) Soporte de devanadera para ambos tipos o de plegadora para el de 45 mm de diámetro. g) Las bocas de agua contra incendios de 45 mm de diámetro se situarán de forma que el centro del soporte quede a una altura comprendida entre ó,9ó m y 1,50 m medidos desde el pavimento del suelo. h) Las bocas de agua contra incendios de 25 mm de diámetro se situarán de forma que la boquilla del surtidor y la válvula manual, si existe, se encuentre a una altura comprendida entre ó,9ó m y 1,7ó m del pavimento del suelo. i) Armario empotrado o de superficie para la instalación de 45 mm de diámetro que permita fácilmente el despliegue de la manguera sin ocasionar estrangulaciones en ella. La presión (P) que debe suministrar una BIE estará comprendida : 3,5 kg/cm2 < P< 6 kg/cm2. La red de distribución estará protegida contra heladas en todo su trazado . 6. CAMINO DE EVACUACIÓN : El recorrido á realizar desde cualquier salida de recinto o planta hasta .la vía pública o espacio exterior seguro. No contabilizarán como camino de evacuación, los aparatos elevadores de cualquier tipo, las escaleras mecánicas y aquellos en los que se sitúen tornos o similares ..
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7. CAMINO DE EVACUACIÓN PROTEGIDO: El recorrido a realizar desde su iniciación hasta vía pública o espacio exterior seguro y proyectado con el único fin de garantizar la evacuación en caso de emergencia . Constituirá sector de incendio independiente . 8. CARGA DE FUEGO: Expresa las calorías desprendidas en la combustión total de una determinada cantidad de productos . 9 . COLUMNA SECA: Instalación para uso exclusivo del Servicio Contra Incendios. Estará constituida por conducción vacía, de acero galvanizado ; de 8ó mm. de diámetro, que partiendo de lugar accesible a los vehículos del Servicio Contra Incendios, en la caja de escalera esté provista de bocas de salida en pisos y válvula de expansión de aire en su parte superior. La toma de alimentación, con centro a 90 cm. del suelo, constará de conexión siamesa con llaves incorporadas y racores tipo Barcelona (UNE 23-400) de 7ó mm. de diámetro, con tapas. En este mismo punto dispondrá de llave de purga de 25 mm. de diámetro . Todo el conjunto se encerrará en hornacina o similar de 55 cm . de ancho, por 40 cm. de alto y 3ó cm. de profundidad mínimos, será fácilmente localizable e identificable y en su tapa de cierre de simple resbalón para llave de cuadradillo de 8 mm. figurará la inscripción "USO EXCLUSIVO DE BOMBEROS". 10. COMBUSTIBILIDAD : A efectos de esta Ordenanza los materiales, en función de su reacción al fuego quedan clasificados : Material MO - incombustible . Material M 1 - combustible no inflamable . Material M2 - baja inflamabilidad. Material M3 - inflamabilidad media. Material M4 - altamente inflamable . Esta clasificación se basa en la respuesta del material ante la acción térmica normalizada del ensayo correspondiente (UNE 23-727) que se hace extensivo para la clasificación de todos los materiales y/o productos. 11 . CORTINA DE AGUA: Sistema de rociadores abiertos de actuación automática o manual dispuestos en línea, con el fin de establecer pantalla aislante del calor. 12. DETECCIÓN AUTOMÁTICA : Todo sistema de detección deberá estar instalado cumpliendo lo especificado en las Normas UNE 23-727 . Deberá estar compuesta por: a) Equipo de control y señalización, provisto de señales ópticas y acústicas (para cada una de las zonas que se proyecten), capaces de transmitir a personas responsables . b) Detectores, que podrán ser del tipo que se precise en cada caso, pero que deberán estar_ homologados por laboratorio oficialmente reconocido para ello .
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El número y distribución de este tipo de elementos, deberá estar justificado en la documentación técnica de proyecto de ejecución. c) Fuente secundaria de suministro de energía eléctrica que garantice, al menos, 24 horas en estado de vigilancia y 3ó minutos en estado de alarma . 13. EDIFICIO EN ALTURA (EGA): A efectos de la presente Ordenanza se considera edificio en altura (EGA) todo aquel que disponga de más de ocho plantas sobre rasante o de plantas en las que existan puntos, cuya altura de evacuación, sea igual o superior a 28 metros. Este tipo de edificio queda calificado no evacuable. 14. EDIFICIO NO EVACUABLE : Edificio no evacuable es aquel que por su naturaleza o por la del uso que en él se desarrolla, precisa de estudio especial de manera que el diseño del mismo cumpla con el cometido de posibilitar el salvamento de las personas son necesidad de evacuación . 15. ELEMENTO COMPARTIMENTADOR : A efectos de esta Ordenanza se -entiende por elemento compartimentador aquel que cumpliendo las condiciones de determinado grado de RF delimita un sector de incendio, un sector de incendio independiente o un recinto o zona especificados. 16. ESCALERA EXTERIOR : La que discurre por el exterior de un edificio. Sus condiciones de construcción son las mismas que las exigibles para la escalera normal de servicio al edificio, permitiéndose como variante, que el último tramo de acceso a zona exterior segura queda realizarse con sistema basculante o desplegable de fácil manejo. 17. ESPACIO EXTERIOR SEGURO : Aquel a descubierto con superficie suficiente ara contener a los ocupantes del edificio. Dicha superficie se determina a razón de ó,5 m /persona, de forma tal, que ninguno de sus puntos se encuentre situado a una distancia de la salida, en metros, mayor de ó,1 P, siendo P el número de ocupantes y excluyéndose una franja de 2 metros paralela y contigua a la fachada de salida. Si el espacio abierto a que se accede no está comunicado con la vía pública u otros espacios abiertos, la anchura de dicha franja se aumentará hasta 15 metros . En este caso la superficie restante deberá ser capaz de albergar a los ocupantes del edificio a razón de ó,5 m /persona como mínimo . 18. ESTABILIDAD AL FUEGO (EF) : La facultad que tiene un elemento para durante el tiempo que se especifica bajo la acción de un fuego, mantener la capacidad portante para la que ha sido instalado . Según Norma UNE 23-ó93 . 19 . EXTINTORES PORTÁTILES : Todos los elementos que como tales se utilicen, deberán estar homologados ajustándose a lo especificado en el Reglamento de Aparatos a Presión, del Ministerio de Industria y Energía, así como a la Norma UNE 23-110 . Los agentes extintofes contenidos en los mismos se ajustarán a las Normas UNE 23-6ó1 ; 23-602 y 23-6ó7 .
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Se consideran extintores portátiles, aquellos cuyo peso máximo total sea de 2ó Kg. Por encima de este peso deberá disponer de medio de transporte sobre ruedas. Los tipos de extintores, se adecuarán en función de las clases de fuego establecidas en la Norma UNE 23-010 . Se situarán en lugares fácilmente accesibles, visibles o señalizados cuando no se dé esta última posibilidad. Fijados a paramentos verticales, la parte superior del extintor quedará a 1,70 metros máximo del pavimento del suelo, y de forma que el recorrido real máximo para alcanzar un elemento no sea superior a 15 m . 20. HIDRANTE : Sistema de abastecimiento de agua para uso exclusivo del Servicio Contra Incendios . Puede ser de dos tipos : - Enterrado. - En columna . Las secciones se acometida podrán se de 1ó0 mm. de diámetro o de 80 mm. de diámetro, especificándose en cada uso el necesario, cuando se precise de este tipo de elemento . Deben estar preparados para resistir-las heladas y acciones mecánicas . La conexión a la red de distribución será independiente para cada unidad, admitiéndose el anillo cuando se trate de una única actividad y el sistema circunde al edificio . El sistema de cierre será de válvula de tipo compuerta o de bola. Se situarán en lugares fácilmente accesibles a los vehículos del Servicio Contra Incendios y debidamente señalizados conforme a la Norma UNE 23-ó33 . La separación máxima admisible entre dos elementos, cuando éstos se precisen, será de 200 metros . Los caudales mínimos que deben suministrar en cada caso serán de 500 litros/minuto para los de 8ó mm. de diámetro y 1 .óóó litros/minuto para los de 1óó mm . de diámetro, en ambos casos estos caudales deben ser garantizados durante al menos 2 horas. Cuándo por cualquier circunstancia no se pudiera garantizar el abastecimiento de agua directo desde la red pública (en estudio de cálculo de proyecto), se deberá disponer de depósitos de reserva de agua, que dotados de los correspondientes grupos de presión, garanticen las condiciones expuestas. En este caso la presión de suministro deberá ser como mínimo de 10 m .c.d .a. Un edificio se considera protegido por un hidrante, cuando cualquier punto de las fachadas a nivel de rasante se encuentre a menos de 10ó metros de aquel. 21 . OCUPACIÓN TEÓRICA MÁXIMA PREVISIBLE. Representa el máximo número de personas o aforo que teóricamente puede contener un edificio, local, etc ., en función de la actividad o uso que en él se desarrolle. 22. ORIGEN DE EVACUACIÓN : Se considera origen de evacuación cualquier punto ocupable de un recinto . Se exceptúan las viviendas, despachos de oficina privada <50m2, habitaciones de uso residencial público y de uso sanitario, en los que el origen de evacuación se puede tomar desde la puerta de acceso a dichos locales .
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23. PARALLAMAS (PF) : La capacidad de un elemento expuesto al fuego, para que en el tiempo que se determine mantenga su estabilidad no emita gases inflamables por la cara no expuesta y sea estanco al paso de la llama y gases calientes . Todo según Norma UNE 23-093 . 24 . PLAN DE EMERGENCIA: Estudio de organización de medios humanos y materiales disponibles para la prevención del riesgo de incendio así como para garantizar la evacuación o intervención inmediata . Su redacción se ajustará a las normas que en cada momento determine el organismo competente . 25. PULSADOR DE ALARMA : Tiene como finalidad la transmisión de una señal a un puesto de control, centralizado y permanentemente vigilado, de forma tal que resulte localizable la zona del pulsador que ha sido activado . Los pulsadores habrán de ser fácilmente visibles y al distancia a recorrer desde cualquier punto de un edificio protegido por una instalación de pulsadores, hasta alcanzar el pulsador más próximo, habrá de ser inferior a 25 metros. Se situarán a una altura accesible a discapacitados fisicos. Los pulsadores estarán provistos de dispositivo de protección que impida su activación involuntaria . La instalación estará alimentada eléctricamente, como mínimo por dos fuentes de suministro, de las cuales la principal será la red general del edificio. La fuente secundaria podrá ser específica para esta instalación o común con otras de protección contra incendios. En los casos en que exista una instalación de detección automática de incendios, la instalación de pulsadores de alarma podrá estar conectada al misma equipo de control y señalización . En este caso el equipo de control y señalización permitirá diferenciar la procedencia de la señal de ambas instalaciones . 26. RECORRIDO DE EVACUACIÓN : El que se realiza desde el origen de evacuación hasta el espacio exterior seguro o a un camino de evacuación protegido o a otro sector de incendio . Su medición se realiza según el recorrido real, medido sobre el eje en el caso de pasillos, escaleras o rampas . No contabilizarán como recorrido de evacuación, los aparatos elevadores de cualquier tipo, las escaleras mecánicas y aquellos recorridos en que se sitúen tornos o similares . 27. RESISTENCIA AL FUEGO (RF) : La capacidad de un elemento para que durante el tiempo que se especifica ante la acción de un fuego, mantenga su estabilidad, ausencia de emisión de gases en la cara no expuesta al fuego, estanquidad al paso de la llama y gases calientes y evite que se produzcan en la cara no expuesta temperaturas superiores a las especificadas en la Norma UNE 23-093 . 28. RIESGO ALTO: A efectos de la presente Ordenanza se consideran zonas de riesgo alto las incluidas en la definición de zona peligrósa y las mencionadas en cada caso.
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29. RIESGO MEDIO : A efectos de la presente Ordenanza se consideran zonas de riesgo medio : Locales destinados a depósitos de basura y residuos combustibles cuando su superficie construida sea superior a 15 m' . Cocinas con superficie edificada superior a 2ó m2 excepto en el uso de vivienda. Zonas destinadas a taller de mantenimiento, almacén de lencería, mobiliario, o de cualquier producto combustible, cuando el volumen total de zona es superior a 20ó m3. Todas aquellas zonas mencionadas como tales en cada uso específico . 30. RIESGO BAJO : A efectos de la presente Ordenanza. se consideran, zonas de riesgo bajo cualquiera de las no incluidas en los dos grupos antes especificados . 31 . ROCIADORES AUTOMÁTICOS : Las instalaciones de rociadores de agua deberán realizarse, adaptándose a lo establecido en las Normas UNE 23-59ó, 23-591 . 23-592, 23-593, 23-594 . La red de tuberías de distribución será de uso exclusivo para la protección contra incendios. El disparo de las cabezas se efectuará siempre automáticamente, admitiéndose el sistema de acción previa, combinando la acción de esta instalación con el sistema de detección si existen ambos. El abastecimiento de agua deberá estar garantizado mediante acometida a red general pública, o a depósito de agua de reserva con volumen suficiente para asegurar el funcionamiento del sector de la instalación más desfavorable hidráulicamente, durante una hora. En cualquier caso, la instalación dispondrá de sistema de conexión que permita la alimentación por el Servicio de Extinción de Incendios, con identificación Este tipo de instalación estará completado con puesto de control donde se reflejará la sectorización proyectada . Este puesto dispondrá a su vez, de señal acústica detectora de activación de cualquier componente de la instalación . Dispondrán de válvula de prueba en cada sector y en el punto hidráulicamente más desfavorable en cada caso. Los puestos de control estarán conectados con la central de alarmas, cuando ésta exista . Cuando se trate de cortina, se dispondrá además de dispositivo manual para cada sector . 32. SALIDA DE EDIFICIO : La comunicación del edificio con el espacio exterior seguro y de dimensiones mínimas ó,80 m . x 1,9óm. 33. SALIDA DE EMERGENCIA : Toda salida de recinto, de planta o de edificio, que tiene como función permitir la evacuación en caso de emergencia . 34 . SALIDA DE PLANTA : a) El arranque, en la planta considerada, de la escalera que conduce a una planta de salida_ del edificio con acceso a la misma.
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b) Una puerta de 0,80 m. x 1,9ó m . mínimos que accede a un recinto de escalera, que siendo sector de incendio, conduzca a una planta de salida del edificio. c) El acceso a un vestíbulo de independencia, que conduce a una escalera o pasillo protegidos que permiten llegar a una planta de salida del edificio . d) Aquella que a ese nivel es salida del edificio. e) El acceso desde un sector a otro sector de incendio independiente, siempre que en el primero exista otra salida de planta, o a otro sector y que en ambos casos, a su través, se pueda abandonar el edificio sin confluir en un mismo sector. En este caso, la superficie del sector de evacuación debe ser capaz de albergar su propia ocupación teórica más la del sector evacuado (ó,5 m2 pisable/persona) dentro de una superficie a menos de 3ó metros desde la puerta considerada . 35. SALIDAS OPUESTAS Y ALEJADAS : Las que cumplen la condición de que las rectas que unan los centros de ambas con cualquier punto del local situado a menos de 45 metros de ellas, no formen entre sí un ángulo menor de cuarenta y cinco grados. Se exceptúan de esta condición, los puntos del local situados a menos de 5 metros de las puertas consideradas . 36. SALIDA DE RECINTO: La puerta o paso, que conducen directamente, o a través de otros recintos, hacia una salida de planta . Las dimensiones mínimas admisibles son: 0,70 m. x 1,90 m. 37. SECTOR DE INCENDIO : Recinto delimitado por elementos resistentes al fuego del grado que en cada caso se determina y que encierra una o varias actividades definidas por un único uso . 38. SECTOR DE INCENDIO INDEPENDIENTE: Aquel que cumpliendo el concepto de sector de incendio tiene su acceso directamente desde el exterior o a través de vestíbulo de independencia . 39. VENTILACIÓN NATURAL: Aquella que se consigue mediante la apertura de huecos o conductos que acceden al exterior. 40. VENTILACIÓN NATURAL Y DIRECTA AL EXTERIOR: Aquella que se consigue mediante la apertura de huecos que acceden, al menos, a un patio de dimensiones aceptadas para ventilación en normativa urbanística y siempre que la superficie de hueco sea de ó,5ó m2 como mínimo. 41 . VESTÍBULO DE INDEPENDENCIA : Recinto delimitado por elementos RF, de grado función del que corresponda al sector o local a independizar y que tiene como única función la de circulación . Debe cumplir las siguientes condiciones : -
Estar dotado de; al menos, un doble sistema de puertas con dispositivo de cierre automático y selector de cierre cuando la puerta esté compuesta por dos hojas.
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A él no accederán más que zonas de aseos, ascensores, los recintos o sectores a independizar y en su caso el espacio exterior seguro . La distancia mínima entre los arcos de la zona barrida por las hojas de las puertas y cualquier paramento frente a ellos será de ó,5ó m. Disponer de sistema de ventilación cruzada de entrada y salida de aire, de forma tal que el barrido de la corriente recorra la mayor dimensión posible del recinto . O bien disponer de ventilación natural y directa al exterior . Serán vestíbulos de independencia exclusivos, aquellos que no podrán ser utilizados más que para la evacuación de los locales que independizan . 42. ZONA PELIGROSA : A efectos de esta Ordenanza quedan calificadas como peligrosas, aquellas zonas que por la actividad o uso que en ellas se desarrollan, impliquen riesgo o peligrosidad destacable . Se incluyen en éste concepto : Cuartos de baterías de acumuladores de tipo no estanco centralizadas . Zonas destinadas a taller de mantenimiento, almacén de lencería, de mobiliario o de cualquier producto combustible - cuando el volumen total de la zona es superior a 4óó m3. Cuartos de calderas de potencia superior a 100 Kw. Salas de transformador con potencia instalada superior a 1ó0 KVA. Sala de grupo electrógeno con potencia nominal instalada superior a 2óó KVA . Locales de almacenamiento de combustible para consumo. Sala de máquinas de aire acondicionado centralizado . Las zonas de trasteros de superficie útil total superior a 5óó m2. El sector de escenario en teatros .
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TEMA 8 TÍTULO 1 CAPÍTULO 1 Normas de Carácter General Sección
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Accesibilidad
Art. 11 .1 . Cualquier edificio que se construya, deberá realizarse de forma que permita al menos en una de sus fachadas, el acceso y maniobrabilidad de los vehículos del Servicio de Extinción de Incendios. 2. Cuando el edificio sea exento, esta accesibilidad debe hacerse extensiva, al menos a dos fachadas opuestas. 3. Se considera una fachada accesible cuando: a) Permite la maniobrabilidad y posicionamiento del vehículo pesado a distancia no superior a 10 metros de la fachada. b) La distancia entre el vehículo posicionado y el acceso al edificio no es. superior a 30 metros. c) La zona pisable por el vehículo está capacitada para soportar una carga de 2 .00ó kp/m2. d) Se disponga de huecos en cada planta, que permitan el acceso desde el exterior, al personal del Servicio de Extinción de Incendios. La distancia horizontal entre estos huecos no puede ser superior a 20 metros . 4. Quedan exceptuados de estas prescripciones los edificios destinados al uso de vivienda unifamiliar aislada . 5. Los edificios existentes y aquellos en los que por las condiciones de su entorno no sea posible la .aplicación de las anteriores prescripciones, quedan exceptuados de su cumplimiento, siendo objeto de planteamientos especiales, que cumpliendo con el espíritu de lo regulado, deben ser sometidos previamente a la aprobación del Departamento de Prevención. Sección 2ª Condiciones de compartimentación: Art. 12.1. Todos los edificios y establecimientos cerrados estarán compartimentados en sectores de incendios mediante elementos resistentes al fuego, de grado función del uso que en cada uno de ellos se desarrolle. 2. La superficie máxima admisible de un sector de incendio es menor de 2 .500 m2, pudiendo duplicarse esta dimensión cuando la totalidad del sector esté protegido por sistemas de rociadores de funcionamiento automático . 3. Las excepciones al contenido del párrafo anterior se especifican en el Título 11 en función del uso del edificio o establecimiento .
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Art. 13.1 . Constituirán sector de incendio independiente: a) Cada edificio respecto de sus medianeros o colindantes . b) Cada una de las plantas bajo rasante respecto del resto del edificio. Excepto en el caso de dar servicio a un único uso que constituya sector de incendio respecto del resto. c) Las zonas calificadas de riesgo alto en todo caso y las de riesgo medio, respecto de caminos de evacuación. d) Los caminos de evacuación en los recorridos de evacuación cuando así se especifica. e) Los usos que se especifican en el Título 11. f) Las zonas calificadas no evacuables. 2. Constituirán sector de incendio : a) Las zonas calificadas de riesgo bajo respecto de caminos de evacuación . b) Los caminos de evacuación en los recorridos de evacuación cuando así se especifica. c) Los usos que se especifican en el Título 11. d) Los patinillos de instalaciones en todo su recorrido . e) Los cuartos de contadores eléctricos. f) Los cuartos de maquinaria de aparatos elevadores . Art. 14. Deberá existir compartimentación en a) Recinto de galerías de servicios en las zonas coincidentes con los elementos delimitadores del sector de incendio . b) Zonas en las que se contienen objetos de valor histórico, artístico, científico, económico, etc. c) Zonas o locales en los que se ubican centrales de protección contra incendios. d) Los caminos de evacuación. Art. 15. Cualquier elemento compartimentador de dos sectores de incendios deberá disponer del grado RF correspondiente al del sector de mayor RF. Art. 16. 1 . Cuando un elemento compartimentador acomete a una fachada o cubierta, el grado RF de esta será, en una franja de 1 metro perpendicular al elemento compartimentador, de grado RF al menos la mitad M exigido a aquel. 2. La anchura de esta franja debe medirse sobre los planos de la fachada o cubierta y en caso de existir elementos salientes mayores de 50 cms., la anchura podrá reducirse en la dimensión del citado saliente. 3. Si el elemento compartimentador acomete en un quiebro de la fachada y el ángulo exterior formado por dos planos de la misma, es inferior a 135°- la anchura de talfranja será al menos de 2 metros .
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Art. 17. Se considera que los pasos de tuberías y conductos a través de un elemento compartimentador no reducen su resistencia al fuego cuando : a) La sección del hueco de paso es menor de 50 cm'. b) Se trate de tuberías de agua a presión, siempre que el hueco de paso está ajustado al conducto . c) Los componentes que conforman la instalación poseen un grado de resistencia al fuego, al menos igual a la mitad del exigido al elemento compartimentador. Excepto en el caso de tratarse de instalaciones potencialmente transmisoras del incendio, en cuyo caso el grado RF, debe ser coincidente con el exigido al elemento compartimentador . Art. 18. Las paredes delimitadoras de los caminos de evacuación y de los vestíbulos de independencia deberán tener un grado RF coincidente con el exigible á los sectores de incendio por los que discurra o a los que acceda. Art. 19. 1 . Toda puerta de paso entre dos sectores de incendio y las tapas de registro de patinillos o conductos de servicios de instalaciones, tendrán un grado de resistencia al fuego, al menos igual a la mitad del exigido al elemento compartimentador que separa ambos sectores. 2. Cuando las puertas y tapas de registro forman parte de un vestíbulo de independencia, el grado de resistencia podrá ser igual a la cuarta parte del exigido al sector de mayor grado . 3. Toda puerta enclavada en un elemento constructivo compartimentador de sector de incendio, excepto en uso de vivienda, debe disponer de sistema automático de cierre tras su apertura. 4. Se admite la posibilidad de que tal . puerta permanezca abierta durante el funcionamiento de la actividad de que se trate, siempre que dispongan de dispositivos que garanticen el cierre automático en caso de incendio y en horas de inactividad laboral . Art. 2ó. La distancia mínima entre toda ventana y todo hueco (o lucernario de cubierta), siempre que dichos huecos y ventanas pertenezcan a sectores de incendio diferentes, será mayor de 2,5ó metros . Art. 21 . Se podrán exigir medidas especiales de compartimentación y/o de prevención en general, entre aquellas actividades, que por su proximidad y naturaleza pudieran dar lugar a notable incremento M riesgo por mutua influencia . Sección 3ª Evacuación. Art. 22 . A efectos de lo contemplado en el Art. 8, el espíritu básico de las condiciones de evacuación se centra en el tiempo, partiendo de: 1 . Cualquier edificio debe estar diseñado de forma que la evacuación total de la ocupación teórica máxima previsible se desarrolle en un tiempo igual o inferior a 10 minutos, excepto en los edificios calificados EGA (edificio de gran altura) los de uso sanitario con hospitalización, establecimientos penitenciarios y los calificados no evacuables . 2. Para cada planta el tiempo teórico de evacuación total será igual o inferior a 3 minutos, excepto en uso sanitario con hospitalización y las zonas calificadas no evacuables .
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Art. 23 . 1 . No se permite la ocupación de personas en ninguna zona de un edificio desde la que el recorrido de evacuación precise salvar en sentido ascendente una altura mayor de 4 metros, en la totalidad del recorrido o en alguno de sus tramos . 2. Se exceptúan de esta-prescripción el uso de garaje-aparcamiento y aquellos casos en que se trate de personas vinculadas a puestos de trabajo destinados a mantenimiento o control de servicios del edificio, así como cuando se trate de recintos de gran. volumen en los que no sea previsible la confluencia de la evacuación con el sentido ascendente de los humos . 3. En edificios o .actividades existentes, quedan excluidas de esta prescripción las plantas inmediatas a la baja, siempre que el cambio de uso suponga disminución del riesgo y peligrosidad . Art. 24. Ningún origen de evacuación podrá distar más de 25 metros de una única salida de planta. Art. 25. Cuando el recorrido de evacuación supere los 25 metros se deberá disponer de otras salidas que cumplan las siguientes condiciones : a) Que ningún punto de origen de evacuación diste más de 45 metros de una salida de edificio u otro sector de incendio independiente o un camino de evacuación protegido . b) Que la situación de las salidas cumpla la condición de opuestas y alejadas. c) La longitud de recorrido desde todo origen de evacuación hasta algún punto en el que parten al menos dos recorridos de evacuación alternativos hacia sendas salidas opuestas y alejadas, no será mayor de 15 metros . Art. 26 . Son exigibles salidas opuestas y alejadas además de en el caso contemplado en el artículo anterior: a) Cuando en plantas bajo rasante la ocupación teórica del recinto supere las 50 personas y la altura de evacuación sea superior a 2 metros . b) Cuando la altura de evacuación descendente sea igual o superior a 28 metros . c) Cuando la ocupación máxima teórica previsible sea igual o superior a 100 personas. Art. 27. Cuando sean exigibles salidas opuestas y alejadas, los caminos de evacuación accedan serán independientes entre sí. a que Art. 28. Todos los niveles de un edificio deberán quedar comunicados entre si mediante escaleras, que a su vez deben ser estables al fuego en grado coincidente con el de superior grado al que sirvan. Art. 29. Las escaleras generales que sirven a un edificio en los recorridos de evacuación, deben cumplir las siguientes condiciones : a)Ser discontinuas en ámbito y trazado a nivel de planta baja entre tramos sobre y bajo rasante . Se considera esto conseguido cuando se den una de estas tres condiciones : a.1) La compartimentación entre ambos tramos mediante elemento continuo resistente al fuego RF-180 de alma llena que independice espacios.
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a .2) La separación mínima de ambos tramos es de 10 metros en un mismo nivel con altura de techo superior a 3 metros y ventilado directamente al exterior o a.3) Cuando uno de los tramos acceda directamente al exterior del edificio . b) Disponer de ventilación natural y directa al exterior a razón como mínimo de 1 m2/planta, prohibiéndose cualquier tipo de sistema de ventilación mediante chimeneas o extracción mecánica como única al fin pretendido . Se exceptúan de esta última prescripción los tramos de escalera que relacionan la planta baja con las de bajo rasante, que deberán estar dotadas de vestíbulo de independencia interpuesto entre el recinto de escalera y resto de planta en cada nivel. c) Se desarrollarán en recinto propio, con acceso a través de puertas RF o PF de grado función del uso y sector al que sirvan, dotadas de sistema de cierre automático y con sentido de apertura coincidente con el de evacuación, sin invadir el ámbito de paso de la escalera. Se exceptúan de esta última prescripción las escaleras que sirvan a plantas cuya altura de evacuación sea menor de 1ó metros . d) Al recinto de escalera no podrán acceder directamente, aparte de las mencionadas puertas, más que locales destinados a aseos o de limpieza siempre que éstos no constituyan almacenamiento . e) La estructura será EF de grado coincidente con el de mayor de los exigidos a los sectores a que sirven. f) Los tramos serán rectos, con un máximo de 15 peldaños y un mínimo de 3. g) Las mesetas intermedias dispondrán de dimensiones minimas iguales a la del ancho del tramo. h) Todos los peldaños serán iguales en cuanto a dimensiones . La huella de 27 cm. como mínimo, medida en proyección horizontal y la tabica o contrahuella de 18,50 cm. como máximo, ajustándose a la proporción de h + 2t = 64. Los peldaños en escaleras de evacuación ascendente tendrán tabica y carecerán de mamperlán. i) Dispondrán de pasamanos a ó .90 m. dé altura en la siguiente forma : Para anchos inferiores a 1,2ó m. al menos de uno. " Para anchos superiores o iguales a 1,20 m. de dos, uno a cada lado. j) Para anchos iguales o superiores a 2,40 m. se dispondrá además, de pasamanos intermedios en la directriz del tramo . k) De igual. forma se tratarán las de mayor ancho dividiendo pasos de 1,2ó m. Art. 30. 1 . Toda escalera de un edificio utilizada en recorrido de evacuación descendente deberá disponer de ancho tal que verifique la ecuación : A > P/16ó en la que: . A: Ancho de la escalera en metros, en cada nivel. P: Número de personas que deban utilizar la escalera en el conjunto de todas las plantas situadas .por encima de la considerada .
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2. Cuando la escalera deba ser utilizada en recorrido de evacuación ascendente la ecuación a cumplir será: A> P/(160-1ó h) en que: h : Altura de evacuación en metros . P : Número de personas que deban utilizar la escalera en el conjunto de todas las plantas por debajo de la considerada . 3. En cualquier caso el ancho mínimo será de 1,00 m. en escaleras y pasillos . Art. 31 . Toda escalera proyectada en camino de evacuación protegido además de las condiciones anteriores deberá cumplir en ancho, la ecuación : A > (P-3S)/160 en la que : S : Superficie útil del recinto de la escalera en el conjunto de las plantas, en metros cuadrados, en la que se incluyen tramos, rellanos y mesetas intermedias, por encima o por debajo de la considerada según sea descendente o ascendente respectivamente . Art. 32. Cuando en una misma planta deban salvarse distintos niveles en un camino de evacuación que sirve a más de 5ó personas, podrá hacerse uso de escaleras siempre que el número de peldaños no sea inferior a tres, o bien de rampas con pendiente igual o inferior al 12% y acabado de pavimento antideslizante . Art. 33. Cualquier elemento de paso que deba ser utilizado en un recorrido de evacuación horizontal deberá disponer de un ancho a razón de 1 metro por cada 200 personas que deban utilizarlo. Art. 34. Las escaleras y pasillos situados en los caminos de evacuación protegidos deberán cumplir, además de las condiciones para los normales de servicio del edificio: a) Estar compart¡mentados respecto de los recintos, sectores o plantas, mediante un vestíbulo de independencia RF función del grado que corresponda al elemento al que sirven . b) Estar ventilados natural y directamente con superficies de ventilación mínimas de 1 m2 por planta para escaleras y ó,2 L m2 para pasillos, siendo L la longitud del pasillo en metros . Cuando por cualquier circunstancia justificada, no pudiera realizarse la ventilación natural y directa (plantas bajo rasante por ejemplo), la ventilación podrá realizarse mediante conductos independientes de entrada y salida de aire, dispuestos exclusivamente para esta función. Estos conductos deberán tener una sección útil incluso en rejillas, a razón de 5ó cm2 por cada m3 de recinto y su disposición igual a la descrita para los vestíbulos de independencia . c) Disponer de señalización y de iluminación de emergencia que facilite la visibilidad total del peldañeado: d) Los huecos que accedan al exterior estarán situados como mínimo a una distancia horizontal de 1,5 metros de cualquier zona que no tenga un grado parallamas PF-30 .
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e) Los pasillos y escaleras en caminos de evacuación protegidos conducirán hasta la
planta de salida del edificio y la distancia máxima entre el final de dichos caminos y la salida del edificio no podrá ser superior a 15 metros, siempre que en este último tramo no exista riesgo de incendio o esté a su vez compartimentado respecto de otros recintos de riesgo medio o alto ; mediante vestíbulos de independencia. En su defecto deberá acceder al espacio exterior seguro . Art. 35. No se admite el sistema de sobrepresión como única protección ante el humo. Art. 36. Toda puerta utilizada en recorrido de evacuación debe cumplir con las siguientes condiciones : a) Estar señalizada cuando sirva a más dé 50 personas . b) Abrir abatiendo sobre eje vertical en dirección coincidente con la de, evacuación, cuando sirvan a más de 100 personas . c) Disponer de un ancho de hoja: 0,80 m. < a < 1,20 m d) Cuando la puerta disponga dé dos hojas el ancho mínimo de hoja será > 0,6ó m. e) Disponer de mecanismos de apertura que funcionen mediante suave presión, que no precise agacharse para su manejo ni sufran deformación por efecto del calor que los pueda inutilizar o bloquear . No se admite el cierre por canto. f) En caso de existencia de mecanismos con mando remoto, éste deberá quedar automáticamente inutilizado en caso de falta de energía. Art. 37. Cuando en un pasillo de evacuación, se sitúe una puerta que a él acceda, la hoja se dispondrá de forma tal que la superficie barrida por la misma, en el pasillo, no disminuya la anchurá del mismo en más de 1ó cm . Art. 38. 1 . No se permiten salientes en los paramentos verticales de los caminos de evacuación, que reduzcan el ancho de éstos en más de 10 cm. En estos casos el ancho del tramo se medirá según el estrechamiento mayor. 2. En ningún caso se permiten elementos que puedan ocasionar enganche en la ropa de las personas o con los que se pueda tropezar. Art. 39. Queda prohibida la colocación de espejos o elementos decorativos que puedan inducir a error en los caminos de evacuación. Art. 40. Cuando los pasillos o escaleras de evacuación sirvan a recintos, sectores o plantas de alto riesgo o peligrosidad, el acceso a aquellos deberá realizarse a través de vestíbulo de independencia. Art. 41 . 1 . Quedan éxcluidas de las condiciones de ventilación y compartimentación los pasillos y escaleras-que abiertas, discurran por el exterior del edificio. 2. En estos casos únicamente ha de preverse que los huecos que a ellos accedan, no imposibiliten su uso por causa del incendio, en todo su recorrido .
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Art. 42. A efectos de evacuación no contabilizan las puertas giratorias, de corredera, ni aquellas en las que se sitúen tornos o elementos de control similares . Art. 43 . Se permite la instalación de puerta de control con mando de apertura distancia o automático siempre que la misma disponga de sistema que permita su utilización como puerta ordinaria ante cualquier fallo de aquellos. Art. 44. Los materiales utilizados como revestimiento ó acabado superficial en los caminos de evacuación protegidos deberán ser como máximo : M 1 en techos y paredes. M 2 en suelos. En los no protegidos, como máximo: M 2 en techos y paredes . M 3 en suelos . Salvo las excepciones contempladas en los usos específicos . Sección 4.ª Edificios en Altura Art. 45 . A efectos de la presente Ordenanza se consideran edificios en altura, todos aquellos que se disponen con más de ocho plantas sobre rasante o de plantas en las que existan puntos cuya altura de evacuación sea igual o superior a 28 metros . Art. 46. El sector de incendio máximo admisible queda establecido en 1 .000 m2 en plantas sobre rasante. Art. 47 . Cada planta del edificio deberá constituir sector de incendio independiente respecto del resto de niveles, excepto en el caso de tratarse de un único uso que constituya sector de incendio independiente . Art. 48. Todos los núcleos de comunicaciones verticales generales del edificio constituirán sector de incendio independiente y sus elementos delimitadores RF-180 . Art. 49. 1 . Todos los registros de patinillos de instalaciones deberán ser RF-180 . 2. No obstante, si al patinillo se accede desde vestíbulo de independencia, es suficiente que el elemento de cierre sea RF-60. Art. 50. La estructura, tanto sustentante como sostenida, deberá ser EF-180 . Art. 51 . Los revestimientos en paramentos verticales y techos en las vías de evacuación serán MO y. en suelos M1 máximo .
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Art. 52. Dispondrán además de la escalera normal del edificio, de otra que también constituirá camino de evacuación protegido, dando lugar a la disponibilidad de al menos dos salidas de planta y/ o sector siendo ambas accesibles a todos los usuarios de cada planta. Art. 53. Los accesos en cada planta a las cajas de escalera que existan deberán estar dimensionados partiendo M supuesto que uno de ellos (el más desfavorable) puede quedar bloqueado o inaccesible . Art. 54. Deberán disponer en cada una de las cajas de escaleras, de Columna Seca, que partiendo de la planta baja, discurra hasta alcanzar el último plano pisable de la edificación . Art. 55. Deberá disponerse en todas las plantas y accesibles a todos los usuarios de las mismas, extintores portátiles, en número de dos por vestíbulo de independencia previo a cada caja de escalera y de grado de eficiencia 13A y 89B respectivamente, con independencia de los elementos que se precisen por razón del uso que se desarrolle en cada planta. . Art. 56. Se dispondrá de bocas de agua contra incendios en número y situación tales que bajo su acción quede cubierta la totalidad de la superficie de cada planta, cuando el uso sea distinto del de vivienda . Art. 57. Las cajas de escalera y, en general, los caminos de evacuación dispondrán de iluminación de emergencia . Art. 58. Todos los elementos fijos de partición interior deberán ser RF-60 como mínimo . Art. 59. Deberán disponer de al menos dos ascensores que presten servicio a la totalidad de las plantas . Art. 6ó. Los ascensores dispondrán de dos fuentes independientes de suministro de energía eléctrica, la segunda de funcionamiento automático y con autonomía mínima de una hora. Al menos uno de ellos cumplirá las condiciones de Ascensor de Emergencia. Art. 61 . 1 . Cuando la altura de evacuación sea igual o superior a 5ó metros deberá disponer además: a) Sistemas de detección y alarma en cada nivel . b) De al menos tres ascensores . c) De sistemas especiales de bombeo de agua por extinción de incendios. d) De zonas técnicas en que el abastecimiento de agua ofrezca garantías de continuidad en cuanto a caudal y presión en las últimas plantas . 2 . Los huecos de fachadas, en cada caso, deberán estar dispuestos de forma que se obstaculice la propagación del incendio a su través, debiendo ser la franja a que se hace mención en el Artículo 16, dé 1,80 metros como mínimo .
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Art. 62. En edificios de uso de vivienda con altura de evacuación superior a 50 metros y en los de cualquier otro uso, cuando aquella sea superior a 28 metros, al menos un ascensor cumplirá las siguientes condiciones : a) Tener una capacidad de carga de 630 kg. b) Tener una superficie de cabina > 1,40 M2, con anchura de paso > ó,80 m. c) Estar dotado de posibilidad de alta velocidad. d) Capacidad de manejo de la doble acometida de energía eléctrica desde el interior de la cabina. e) Disponer en planta de acceso al edificio, junto a los mandos del ascensor, de un pulsador bajo tapa de vidrio con la inscripción "USO EXCLUSIVO DE BOMBEROS", cuyo fin sea requerir el envío del ascensor , a dicha planta y permitir su maniobra exclusivamente desde la cabina . Art. 63 . 1 . En edificios de vivienda, de altura de evacuación igual o superior a 80 metros, además, deberá disponerse por encima de la altura de evacuación de 5ó metros, de bocas de agua contra incendios en número y situación tales que bajo su acción quede cubierta la totalidad de la superficie de cada planta. 2. En cualquier uso cuando la . altura de evacuación sea igual o superior a 80 m . la coronación del edificio estará proyectada de forma tal que permita al mismo el acceso de helicópteros . El hueco que permita la comunicación con este recinto deberá reunir las condiciones expresadas para salida de caminó de evacuación . Art. 64. En edificios cuya altura de evacuación sea igual o superior a 100 metros, además de las condiciones expresadas en los Artículos anteriores, se deberá disponer de: a) Zona o zonas de concentración de personas accesible a todo usuario del edificio, que permitiendo albergar a la totalidad de la ocupación teórica previsible, garantice su seguridad en permanencia de al menos durante 48 horas. b) El trazado de al menos uno de los ascensores y una de las escaleras deberá ser discontinuo e independizado, a la altura de la planta intermedia . Art. 65 . Los edificios cuya altura de evacuación sea igual o superior a 2ó0 metros, además deberán : a) Estar acompañados de estudio técnico que garantice la imposibilidad de propagación del incendio a través de las fachadas . b) La discontinuidad e independencia del trazado de escaleras y ascensores, (mencionada en el Artículo 641) se hace extensiva a todos estos sistemas cada 5ó metros aproximados, con excepción del ascensor previsto para uso de bomberos . Art . 66. Todo edificio calificado EGA deberá disponer de Plan de Emergencia informado favorablemente por el Departamento de Prevención .
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CAPÍTULO 11 INSTALACIONES Sección 1 .2 Señalización e Iluminación Art. 67. 1 . Deben disponerse señales indicativas de dirección de recorridos de evacuación, frente o en toda salida de evacuación que debe servir en uso público a más de 50 personas de ocupación máxima previsible o que no sea claramente visible desde cualquier origen de evacuación . 2. En todos los recorridos en los que existan alternativas que puedan inducir a error. Art. 68. Los letreros de señalización cumplirán lo establecido en las Normas UNE 23 034. Art. 69. 1 . Todo medio de extinción de incendios de utilización manual, que no sea fácilmente visible desde algún punto de un local, debe ser señalizado de forma que se facilite . su localización. 2. Estas señales se ajustarán a lo dispuesto en la Norma UNE 23-ó33 y su tamaño el que resulte de aplicar los criterios indicados en la UNE 81-501 . Art. 70. En cualquier caso la señalización distinguirá entre SALIDA y SALIDA DE EMERGENCIA. Art. 71 . Se señalizará como SIN SALIDA toda puerta que situada en camino de evacuación pueda por su situación inducir a error en el recorrido del camino. Art. 72. Se deberá disponer de alumbrado de emergencia, en todo local de uso público, en vestíbulos de independencia, en recorridos de evacuación, en los locales donde se ubiquen actividades calificadas como peligrosas, locales donde se sitúan equipos generales de instalaciones comunes del edificio, y aparcamientos de más de 5 vehículos. Sección 2 .ª Electricidad. Art. 73 . Además de las normas que determina la presente Ordenanza, los usos e instalaciones a que se refiere la misma, cumplirán las exigencias y especificaciones que señala la normativa vigente en esta materia. Art. 74 . Los centros de transformación con transformadores y/o aparatos cuyo dieéctrico sea inflamable o combustible, de punto de inflamación inferior a 300°C, con un volumen unitario superior a 6óó 1. o que en conjunto sobrepase los 2 .400 1 . deberán disponer de un sistema fijo de extinción automática, con agente extintor adecuado. Cuando se sitúen en el interior de un edificio, con acceso desde el mismo, se reducirán estos volúmenes a 400 1 . y 1 .600 1 . respectivamente . Art. 75 . Todos aquellos elementos en los que exista posibilidad de generarse electricidad estática, deberán disponer de tomas de tierra.
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Sección 3.ª Instalaciones de calderas y chimeneas . Art. 76. Las calderas se situarán en recintos que deben reunir las siguientes condiciones : a) Constituirán sector de incendio independiente con grado de resistencia RF-180 y estructura EF-240. b) Sus accesos dispondrán de vestíbulo de independencia, excepto en los casos en que tales accesos siendo independientes y compartimentados con elementos RF-180, conduzcan directamente al exterior. c) Estarán dotados de ventilación natural independiente y los conductos tendrán una sección útil incluso en rejillas a razón de 50 cm2 por cada 10.000 Kcal/h . d) Sus dimensiones deben ser tales que dispongan de al menos un paso de 1,50 m. en todo el entomo de la caldera . e) En el caso de que el combustible sea líquido, el suelo del recinto deberá formar cubeto capaz de impedir el derrame del líquido fuera del mismo . f) En el caso de que el combustible sea gas, dispondrá de sistema de detección de acumulación del gas en el ambiente . 2. Las calderas con potencia nominal igual o superior a 300.0ó0 Kcal/h . que se sirvan de combustible líquido deberán disponer de sistema de extinción automática en los quemadores . Art. 77 . No se permite la ubicación de calderas e instalaciones reguladoras de temperatura en general, por debajo del primer sótano un en un edificio, excepto en el caso de disponibilidad de más de un acceso, que estos sean opuestos y alejados y que, al menos, uno de ellos siendo exclusivo, conduzca directamente a espacio abierto accesible a los vehículos del Servicio Contra Incendios. Art. 78. En el caso de calderas individuales, que precisen de almacenamiento contiguo de combustible, se autoriza su colocación en cualquier recinto distinto del de estancia o paso, y siempre que los elementos compartimentadores del mismo sean RF-90. Las que no tengan almacenamiento contiguo, se adaptarán en su instalación a las normas que al efecto determine el Ministerio de Industria. Art. 79. Queda prohibido cualquier tipo de almacenamiento en el cuarto de calderas, así como la colocación de productos combustibles . Art. 80. El almacenamiento de los productos combustibles utilizados para calefacción, debe realizarse en recinto independiente, accesible, para uso exclusivo, que constituya sector de incendio, compartimentado con elementos RF-240, y ventilado de forma natural, con sección útil incluso en rejillas a razón de 5ó cm2 por cada m3 de recinto . Art. 81 . Los gases o humos procedentes de la combustión deben ser evacuados mediante chimenea propia e independiente de las destinadas a otros usos, de la estructura del edificio, resistente al fuego RF-180, estanca en todo su recorrido y separada de cualquier elemento de combustibilidad igual o superiora M 1 .
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Art. 82. No se permite el paso de chimeneas por locales de almacén de productos combustibles o inflamables ni por recintos de dormitorios . Art. 83. 1 . Deberá procederse a la limpieza periódica de chimeneas con frecuencia de al menos una vez al año para las de usos alternos de hasta seis meses y dos veces al año en las de uso continuado . 2. Los registros necesarios para realizar estas operaciones se situarán en locales carentes de materiales combustibles o inflamables . Art. 84. Las salas de calderas de potencia nominal igual o superior a 5ó0.óóó Kcal/h. dispondrán de sistema automático de detección de incendios. Sección 4.ª Instalaciones de aire acondicionado
Y
ventilación
Art. 85. Los conductos de distribución de aire en cualquier caso, deben estar realizados con productos MO. Art. 86. Los conductos de distribución de aire que deban atravesar elementos delimitadores de un sector de incendios, o de distintas propiedades, deberán: a) Disponer de dispositivos de compartimentación en coincidencia con el elemento constructivo compartimentador, que garanticen la imposibilidad de propagación del incendio por el interior del conducto . Estos elementos funcionarán cuando la temperatura interior alcance 7ó-°C o cuando se produzca una temperatura de 30°-C por encima de la de servicio o cuando circule humo por el interior del conducto . Su funcionamiento será expresado en la central de detección cuando ésta exista y permitirá accionamiento manual cuando el caudal sea Q >_ 10.000 m3/h. b) Ser EF en la zona de contacto del conducto con el elemento delimitador, de forma que se garantice la efectividad del dispositivo compartimentador. El grado de EF será el mismo que el exigido para el elemento delimitador. Art. 87. No podrán utilizarse para retomo de aire los espacios por los que discurran recorridos de evacuación, salvo cuando la instalación esté diseñada para evacuación de humos procedentes de incendio. Sección 5.ª Instalaciones de extinción Art. 88. Todos los elementos manuales de las instalaciones de extinción de incendios deberán estar accesibles en todo momento y visibles, al menos uno de los elementos exigibles, desde cualquier punto de origen de evacuación . En caso contrario, deberán estar señalizados de forma que se permita fácilmente su localización . Art. 89. 1 . En-los casos en que se exige la disponibilidad de instalaciones de agua contra incendios y las condiciones de infraestructura de la zona no permite, en estudio, garantizar suficiente caudal o presión de abastecimiento de agua, serán exigibles depósitos de
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agua para reserva, con capacidad suficiente para abastecer durante una hora al menos dos BIE y/o la zona de rociadores automáticos más desfavorable hidráulicamente en las condiciones de presión y caudal que para cada una de ellas se exija, para lo que deberán estar acompañados de los correspondientes grupos de presión . 2. Para el cálculo del área-cubierta por una BIE se tendrá en consideración el recorrido real de la manguera de 15 m. y el alcance teórico de 10 metros del chorro del agua, siempre que no haya obstáculos . Art. 90. Todo establecimiento dotado de sistemas automáticos de extinción de incendios queda exento de la exigencia de la detección, siempre que los primeros manifiesten su activación en central de control, óptica y acústicamente . Art. 91 . Deberán disponer de sistemas automáticos de extinción de incendios mediante rociadores, todo aquel local cuya carga de fuego previsible sea igual o mayor a 5ó0 Mj/m2 2 (1,2ó Mcal/m 2), excepto en los casos contemplados en los usos específicos . Art. 92. Las instalaciones de extinción que precisen de alimentación eléctrica para su funcionamiento, deberán hacerlo mediante edificio o actividad, la otra deberá garantizar como mínimo el tiempo de funcionamiento obligatorio previsto para la instalación . Sección 6.ª Mantenimiento , uso Art. 93 . 1 . En toda actividad se deberán mantener las condiciones de seguridad que en su momento determinaron la concesión de la licencia de actividad e instalación y la de funcionamiento, no pudiendo alterarse o modificarse ninguna de ellas sin la correspondiente autorización municipal o sin ponerlo en conocimiento del Departamento de Prevención. 2. Será responsabilidad del titular de la actividad el mantenimiento y uso de los medios de seguridad . Art. 94. Todo tipo de instalación de seguridad contra incendios deberá ser sometido a operaciones de revisión después de haber funcionado por causa de incendio y además con la frecuencia que se especifica en los cuadros incluidos al final de esta Sección. Art. 95. Cuando para la verificación de pruebas se necesite trasladar parte de una instalación fuera del recinto que protege, se dispondrá de elementos de reserva que cubrirán la función, a fin de no dejar desguarnecida la zona de que se trate. Art. 96. Todo plan de Ordenación Municipal deberá tener en consideración la inclusión de instalaciones de hidrantes para abastecimiento de agua de los vehículos del Servicio Contra Incendios .
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ANUAL
SEMESTRAL
ABASTECIMIENTO DE AGUA EXTINCIÓN DE POLVO
TRIMESTRAL
MENSUAL
DIARIO
Puesta en marcha de equipos . (Para grupos Diesel durante 15 minutos como mínimo) Revisión general
EXTINCIóN AGENTES GASEOSOS
Revisión de
de presión botel asde Cae. Estadode válvulas manuales . Estado de gas Impulsor Revisión general
Revisión general
ALARMA ALUMBRADO EMERGENCIA
DE
Revísión general
Revisión externa
Señalización ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA SECUNDARIA NOTA:
QUINCENAL
ocular
Revisión general
Las que figuren en las instrucciones técnicas del fabricante
La prueba de presión a que deben ser sometidas las mangueras de BIE se realizarán a 15 kg/cm2 (1 .470 KPa) . Los extintores portátiles deberán ser sometidos además a las operaciones de retimbrado y recarga que para Aparatos a Presión dispone el Ministerio de Industria . y Energía.
ANUAL DETECCIÓN AUTOMÁTICA
Limpieza de detectores
SEMESTRAL
Examen general de todos sus componentes externos
COLUMNA SECA
Examen general de componentes externos. Posición de llaves
EXTINTORES PORTÁTILES
Revisión por personal autorizado . (Revisión general)
QUINCENAL DIARIO Puesta en acción de prueba dispositivos de equipo de control y señalización
Desmontaje y ensayó de manguera, boquiIla,sistemadecierre, estanqueldad de juntas de fidelidad Verifcaón del de racores. manómetro. Prueba de presión
HIDRANTE
MENSUAL
Activación detectores rearmables . Análisis visual detectores no rearmables . Resto de Instalación
BIE
ROCIADORES
TRIMESTRAL
Operaciones de fabricante . Comprobación de peso y presión.
Comprobación de situación despejada de cabezas . Activación de válvulas de pruebas .
Situación y accesibilidad
Accesibilidad yseñalización Análisis vísual de equípos externos Comprobación de presión
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CAPÍTULO III Características de los Materiales de Construcción Sección 1 .ª Estructuras Art. 97 . La estructura, tanto sustentante como sostenida en cualquier tipo de edificio, deberá garantizar su estabilidad ante la acción de un incendio de acuerdo con las normas UNE-23093 y 238ó6. Los grados de estabilidad quedan reflejados en cada uso específico y las excepciones por debajo de los mismos se admitirán, cuando pueda demostrarse documentalmente o mediante inspección de comprobación que la carga de fuego previsible en la zona de que se trate es inferior a 6ó Mcal/m2 (250 MJ/m2) . Art. 98. Las cubiertas acristaladas se admiten, siempre que se dispongan sistemas que garanticen su estabilidad durante el tiempo de evacuación del edificio. Art. 99. Quedan exentas de las exigencias de protección de estructuras ante el fuego : a) Las cerchas y formas similares en cubiertas, sobre las que es exigible la aplicación de un retardador, siempre que el suelo sobre el que previsiblemente ha de caer, esté capacitado para mantener su estabilidad ante el impacto . b) Los elementos estructurales exteriores exentos. c) Los elementos de fachada en su cara exterior. d) Las estructuras provisionales en exposiciones, espectáculos y similares, siempre que bajo ellas no exista carga de fuego y que su hundimiento no cause daños a terceros, ni afecte a la estabilidad del resto del edificio. Art. 10ó. Todo elemento de edificación colgante, deberá garantizar su estabilidad EF-30, excepto en el caso de tratarse de estructura, cuyo EF debe cumplir lo especificado en el articulado anterior. Sección 2.á Materiales Art. 1ó1 . Los materiales situados en el interior, de falsos techos, o suelos elevados, así como los revestimientos de conductos de aire acondicionado y ventilación deben ser de grado de combustibilidad máximo Ml . Art, 1ó2. 1 . El comportamiento ante el fuego de cualquier elemento constructivo a que se hace referencia en esta Ordenanza, deberá quedar suficientemente demostrado en la documentación presentada con la solicitud de licencia, mediante la aportación de resultados de ensayos realizados en laboratorio oficialmente reconocido para este tipo de estudio y en los que se reflejen los resultados obtenidos según Normas UNE 23727, 23ó93, 23801 y 238ó2 para reacción, elementos de obra, acristalados y puertas respectivamente . 2. Esta documentación debe tener una antigüedad menor de 5 años . 3. Los productos fabricados y comercializados en un estado miembro de la CE que están conformes con las especificaciones en vigor en dicho estado, serán admitidos siempre que dichas especificaciones" marquen un nivel de seguridad equivalente al exigido en esta Ordenanza y que el laboratorio autor de los ensayos ofrezca garantías equivalentes a las exigidas para los laboratorios españoles oficialmente reconocidos .
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TEMA 9 TRIÁNGULO Y TETRAEDRO DEL FUEGO 1.
EL FUEGO. 1 .1 .
CONCEPTO .
Una de las posibles definiciones del Fuego es aquélla que lo entiende como la manifestación de un proceso de oxidación rápido con un aumento de temperatura y de luz. En el proceso de oxidación el agente oxidante más importante es el oxígeno debido a su mayor afinidad con la mayoría de las materias orgánicas; el combustible necesario para la oxidación puede ser cualquier material que pueda ser oxidado . La reacción de oxidación que se produce en los fuegos es siempre exotérmica, esto es con desprendimiento de calor. En el proceso de combustión se produce una disociación de gases en moléculas simples que ascienden y arden, en parte, en la llamó y el resto se expande en forma de humo. Hay que diferenciar entre fuego e incendio, éste último es el accidente o efecto no deseado producido por el fuego. 1 .2 .
CONCEPTOS RELACIONADOS CON EL FUEGO.
IGNICIÓN : Es la acción o el efecto de un material al estar en combustión cuando se ha utilizado una energía activadora . AUTOIGNICIÓN : Es la acción o el efecto de un material al estar en combustión cuando no ha sido necesario el uso de una energía activadora. INFLAMABILIDAD : Es la propiedad que tienen algunos materiales para poder arder produciendo llamas. COMBUSTIÓN: Es la reacción de oxidación que se realiza al juntar una materia combustible y un oxidante o comburente en presencia de una energía de activación. COMBUSTIBLE : Cualquier materia que es capaz de arder en presencia de oxígeno mediante una energía activadora . Puede darse en estado sólido, líquido o gaseoso . COMBURENTE: El más importante es el oxígeno, éste se encuentra en el aire en una proporción del 21% . ENERGÍA ACTIVADORA : Es la que provoca la combustión en el combustible y el comburente.
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HUMO: Son pequeñas partículas de diferente tamaño, color y cantidad que se producen como resultado de una deficiente combustión. LLAMA: Es un gas incandescente ; la llama se produce siempre en la combustión de combustibles gaseosos y líquidos, y también en los sólidos que produzcan suficientes compuestos volátiles . 2.
REACCIONES QUÍMICAS . 2.1 . REACCIONES EXOTÉRMICAS Y ENDOTÉRMICAS .
Las reacciones exotérmicas son aquéllas en las que se produce una liberación global de energía; necesitan un pequeño aporte de energía para su actuación. Las reacciones endotérmicas son aquellas en las que se produce una pequeña liberación de energía, pero necesitan un gran aporte de energía para su actuación. Exotérmicas : energía liberada > energía activación . Endotérmicas: energía liberada < energía activación . 2 .2 .
REACCIONES DE OXIDACIÓN-REDUCCIÓN .
La oxidación es la combinación de una sustancia con el oxígeno ; la reducción, por el contrario, es la disminución del contenido en oxígeno de una sustancia . Ejemplos : ZnO Mg +1/2 O2 ----- MgO ; + C ----- Zn + CO Se dice que el Magnesio se ha oxidado y que el óxido de zinc se ha reducido. Los procesos de oxidación y reducción siempre van unidos, ya que para que uno se oxide (gane oxígeno) el otro ha de reducirse (perder oxígeno) . La oxidación puede ser lenta, como en el caso del hierro al oxidarse con el oxígeno del aire. En este caso, aunque toda oxidación es una reacción exotérmico, como el periodo de tiempo en el que se produce es muy grande, la energía se disipa sin producir un incremento de temperatura . Cuando la velocidad de reacción es alta, la energía producida aumenta la temperatura, que al elevarse provoca que se incremente la velocidad de reacción, pudiendo crear así una reacción en cadena . Este tipo de reacción es el que se da en los casos de combustión .
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3.
COMBUSTIÓN.
Reacción de oxidación-reducción, entre una sustancia combustible y el oxígeno del aire con: - Gran parte de oxígeno . - Gran desprendimiento de calor: es una reacción exotérmica . - Reacción en cadena : se usa parte del calor como energía de activación.
3 .1 .
TIPOS DE COMBUSTIÓN.
* Combustión completa : se da cuando el suministro de oxígeno es abundante, se originan CO2 y H2O. Combustión del gas butano : C4 111o + 13/202 ------ 4 CO2 + 5 H20+ calor * Combustión incompleta : se da cuando hay escasez de oxígeno, se producen CO y H2O. Combustión incompleta del gas butano : calor + 2O H 5 + CO 4 - 9/20 + 01 C4H El monóxido de carbono producido en una combustión incompleta es un agente reductor ; la presencia de monóxido de carbono en la zona del incendio da lugar a una atmósfera reductora que necesita oxígeno de cualquier forma, esto constituye una amenaza de explosión si se produce repentinamente una ventilación súbita del espacio . En las operaciones de extinción puede también producirse una atmósfera reductora inflamable si el carbono y el vapor de agua están presentes y ambas sustancias se calientan por el fuego a altas temperaturas dándose la reacción : C + H2O CO + H2 Esta reacción puede darse en cualquier momento en un fuego intenso ; tanto el monóxido de carbono como el hidrógeno son agentes inflamables y reductores . En las combustiones incompletas se producen elementos intermedios que forman el humo. Por humo entendemos 1 conjunto de gases y partículas que se desprenden en una combustión . Su parte visible está formada por vapor de agua, diversos productos de destilación y hollín. Su parte no visible está formada por los gases liberados de la combustión, anhídrido carbónico, monóxido de carbono, ácido sulfhídrico y ácido cianídrico, etc. Muchos de los cuales son altamente venenosos .
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Podríamos también hablar de: * Combustión lenta : Es la que se produce sin luz y con poco calor . * Combustión rápida: Es la que se produce con luz, calor y llamas. * Combustión instantánea : La más típica es la explosión. Cuando la velocidad de propagación de la llama es menor que la velocidad del sonido (340 m/s), a la explosión de la denomina Deflagración, en el caso contrario se la denomina Detonación . * Combustión espontánea : Es la que se produce como resultado de reacciones químicas de distintas materias orgánicas .
4.
TRIÁNGULO 4 .1 .
DEL FUEGO Y TETRAEDRO DEL FUEGO.
INTRODUCCIÓN .
Es una representación gráfica que se utiliza para explicar el fuego en base a tres factores que son considerados como los lados del triángulo, y sin cualquiera de los cuales no puede realizarse, éstos son: combustible, comburente y energía de activación.
COMBUSTIB
LE
COMBURENTE (02)
REACCION EN CADENA
Ya desde los griegos se ha observado detenidamente el fuego, y se han ido extrayendo distintas hipótesis sobre la combustión . Una de estas ideas era que durante la combustión algo se CALOR perdía (el principio de inflamabilidad) se escapaban llamas y quedaban cenizas ligeras. También se demostró que el aire era indispensable en la combustión ; Boyle intentó quemar azufre en el vacío sin éxito . En 1 .902, Stahl desarrolló la teoría del flogisto, principio inflamable que contenían los cuerpos . Cuanto más flogisto tenía un cuerpo más inflamable era, el flogisto se iba escapando durante la combustión (por esto el cuerpo no podía arder otra vez) y se dispersaba en el aire que lo acogía (por eso el aire era imprescindible en la combustión) .
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Las teorías actuales sugieren que no hay desprendimiento durante la combustión, sino incorporación de oxígeno. Se empezó a sospechar esto cuando se observó que después de la combustión no se producía una pérdida de peso, algo lógico si suponemos que en este proceso se ha perdido flogisto . 4 .2 .
TRIÁNGULO DEL FUEGO.
Es una representación gráfica de la antigua teoría de la combustión en la que se relacionan los factores o componentes que intervienen en el fuego. Estos componentes son: combustible, oxígeno y calor. La supresión de uno o varios de estos componentes extinguirá el fuego, ya que se rompería el triángulo . 4.3 .
TETRAEDRO DEL FUEGO.
Es el resultado de la moderna teoría de la combustión . Se representó en un principio como un cuadrilátero, pero posteriormente se ha llegado a la representación en forma de tetraedro, ya que cada uno de los elementos está ligado á los otros tres y depende directamente de ellos. La supresión de uno o más componentes extinguirá el fuego, ya que en sentido figurado, rompemos el tetraedro . 4 .4.
COMPONENTES DEL TETRAEDRO . 4 .4.1. CALOR
FUEGO
Es una manifestación de la energía, se produce por la fricción originada al ponerse en movimiento las moléculas de un cuerpo . La unidad de calor es la caloría, que se define como la cantidad de calor necesaria para elevar un grado de temperatura la masa de un gramo de agua. El calor puede transmitirse de un cuerpo a otro por alguno (o varios) de estos procedimientos : -Radiación: Transmisión del calor a través del vacío, en línea recta desde la fuente que produce el calor hasta los objetos que lo reciben . Ejemplo : el calor del sol .
CALOR
COMBUSTIBLE
8 U
AUTOMANTENIMIENTO
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DEL
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-Conducción : Transmisión del calor a través de las moléculas de un cuerpo . Ejemplo: calentando el extremo de una barra de hierro, se calienta en su totalidad . -Convección : Transmisión del calor a través de una corriente que se genera en el interior del medio transmisor (líquido o gas) Ejemplo : el aire al calentarse se dilata y se eleva haciendo descender al aire frío, produciéndose una corriente ascendente que va caldeando el ambiente de arriba hacia abajo.
4.4.2 . COMBUSTIBLE . Decimos que un cuerpo es combustible si es apto para reaccionar químicamente y producir una combustión (fuego) . Por el contrario, decimos que es incombustible si no es apto para producir dicha combustión. Combustible : - Sólidos: carbón, madera, paja, papel, etc. - Líquidos : gasolina, petróleo, aceite, alcohol, etc. - Gaseosos : acetileno, butano, gas natural, etc . Decimos que un cuerpo combustible es inflamable cuando por efecto del calor vaporiza gases combustibles que pueden arder y transformarse en llamas. Decimos que un cuerpo combustible es no inflamable cuando cesa la combustión al retirarse el foco calorífico. 4.4 .3. COMBURENTE (OXÍGENO) . Es un gas que está contenido en la atmósfera en una proporción de volumen del 21% y sin cuya existencia no pueden arder las materias combustibles . Si la proporción de oxígeno, por enrarecimiento baja al 15%, la combustión se debilita sensiblemente . Por debajo de esta proporción, el fuego se apaga . Químicamente podemos hablar de un agente oxidante que puede oxidar, a un combustible (reductor) y al reaccionar se reduce a sí mismo. 4 .4.4. REACCIONEN CADENA . Como se decía anteriormente, cuando la velocidad de reacción es alta, la energía producida aumenta la temperatura que al elevarse provoca que se incremente la velocidad de reacción, creándose así una reacción en cadena . Si dividimos la llama en varias zonas, vemos que la reacción de combustión es una reacción en cadena puesto que los productos que se obtienen al reaccionar en una zona de la llama son los que reaccionan en sus diferentes zonas.
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TEMA 10
MECANISMOS DE EXTINCIÓN 1.
MECANISMOS DE EXTINCIÓN .
Tal como se vio al explicar el tetraedro del fuego, los elementos indispensables para que se produzca un incendio son: Combustible . - Comburente . - Calor. - Reacción en cadena . Si se elimina cualquiera de estos elementos, el tetraedro no estará completo y el resultado será la extinción del incendio. Los mecanismos de extinción se basan en la actuación de un agente extintor sobre uno o varios de los cuatro elementos.
2.
EXTINCIÓN POR ENFRIAMIENTO.
El mecanismos de extinción actúa disminuyendo la cantidad de calor hasta alcanzar temperaturas por debajo de la del punto de incendio, consiguiendo la extinción . El agente extintor que produce el mayor efecto de refrigeración es el agua, fundamentalmente en su paso de fase líquida a vapor, en el que absorbe 62ó calorías por gramo de agua . También tienen cierto efecto de refrigeración, aunque mucho menor que el agua, el anhídrido carbónico (C02), halones y en menor medida el polvo antibrasa .
3.
EXTINCIÓN POR SOFOCACIÓN O DILUCIÓN DEL OXÍGENO.
Este mecanismo de extinción actúa sobre el oxígeno (comburente) eliminando por completo su contacto con el combustible o diluyendo la concentración de oxígeno a valores que sitúan a la mezcla de vapores de combustible oxígeno por debajo del límite inferior de inflamabilidad . Los agentes extintores que actúan por dilución del comburente son el anhídrido carbónico y los halones . Las espumas intervienen por sofocación aislando el comburente del combustible . Este efecto se puede conseguir también por un sistema mecánico : tapando la boca de un recipiente en combustión, cubriendo con una manta a una persona cuya ropa se está quemando .
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4.
EXTINCIÓN POR INHIBICIÓN DE LAS REACCIONES EN CADENA .
El mecanismo de extinción se fundamenta en la inhibición de las reacciones en cadena por un efecto de carácter químico . Los agentes extintores que proporcionan este efecto de inhibición química son los halones y el polvo químico seco.
5.
EXTINCIÓN POR ELIMINACIÓN DEL COMBUSTIBLE.
La actuación se basa en la retirada total o parcial del combustible que se está quemando o del qué se va a quemar con el avance del frente de llamas . La eliminación del combustible es un procedimiento de extinción que se utiliza en los casos siguientes : - Cuando en el local incendiado haya combustibles sólidos que se extinguen muy dificilmente aunque se empleen grandes cantidades de agua . Este grupo comprende:
Por una parte, los sólidos disgregados o porosos qué contienen gran cantidad de aire en su intenor y autoaumentan su combustión tales como las pilas de carbón, la viruta de madera, balas de heno, etc. Por otra parte comprende los combustibles sólidos de gran poder calorífico como neumáticos o palets de madera que, además, suelen almacenarse en pilas, lo que facilita la aportación de oxígeno y la rapidez de propagación .
Estos materiales, siempre que sea posible, deben ser retirados del local incendiado y depositados al aire libre en un lugar seguro. Allí se controlará su combustión y se procederá a su paulatina extinción . - Cuando en el local incendiado haya combustibles que desprendan grandes cantidades de humo muy denso . En este grupo están comprendidos casi todos los combustibles citados en el apartado anterior. -. Cuando en el local incendiado haya combustibles todavía no afectados por el incendió y que resulta fácil y conveniente retirar del local . Este grupo comprende los vehículos y los objetos de fácil retirada.
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- Cuando en el local incendiado haya productos combustibles o no, que puedan ser afectados por el humo, como es el caso de los productos alimenticios . - Cuando falten medios de extinción apropiados . En este caso se pueden realizar dos tareas :
*
La retirada de los combustibles móviles .
*
La demolición de los combustibles fijos (elementos constructivos o arbolado que pueden servir de propagación de incendio) .
- Cuando se trate de conducciones de líquidos o gases que se hayan incendiado por una fuga o rotura en las mismas . Podremos actuar accionando alguna llave que cierre la catalización, su justificación reside en que si se apagara la llama de la fuga sin cortar el escape, podría ocasionar un ambiente explosivo por la mezcla de gases inflamables en el aire.
6.
PUNTO DE INFLAMACIÓN .
- Punto de ignición : Es la temperatura a la cual un líquido emite una cantidad de vapores capaces de inflamarse en contacto con una llama pero incapaces de mantenerse ardiendo . - Punto de inflamación : Es la temperatura a la cual, un líquido emite una cantidad de vapores capaces de inflamarse en contacto con una llama y mantenerse ardiendo hasta que se consuma el combustible . - Punto de autoinflamación : Es la temepratura a la cual un líquido emite vapores que se inflaman espontáneamente bajo la acción del calor, sin el contacto con ninguna llama.
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7.
LÍMITES DE INFLAMABILIDAD .
La inflamación de los gases que desprende un líquido mezclados con el oxígeno del aire o la inflamación de un gas inflamable determinado mezclado con el oxígeno del aire se produce entre unos límites porcentuales llamados "límite inferior de inflamabilidad" y "límite superior de inflamabilidad" . Fuera de estos límites, la mezcla aire-gases no es inflamable. * Ejemplos : Punto de Inflamación
- gasolinas - kerosenos - gasóleos
- 40° C 37° C 65° C
Límite Inferior de Inflamabilidad
-gas natural -propano - butano - acetileno - hidrógeno
4,7%0 2,1% 1,9% 2,5% 4%
muy inflamables inflamables combustibles .
Límite Suieperior de Inflamabilidad
15% 9,6% 8,5% 81% 75%
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TEMA 11 CLASIFICACIÓN DE LOS FUEGOS
1.
EN FUNCIÓN DE LA NATURALEZA DEL COMBUSTIBLE .
Atendiendo al comportamiento ante el fuego de los diversos materiales combustibles, internacionalmente se ha acordado agruparlos para definir las siguientes clases de fuegos : 1 .1 .
Fuegos Clase A.
Son los producidos o generados por combustibles sólidos como madera, carbón, paja y en general, materiales carbonáceos . Retienen el oxígeno en su interior formando brasas. 1 .2.
Fuegos de Clase B.
Son los producidos o generados por combustibles líquidos tales como gasolinas, kerosenos, gasóleos, aceites, etc., ó aquellos sólidos que a la temperatura de ignición son líquidos tales como asfaltos, ceras, parafinas, etc. , solamente arden en su superficie, que está en contacto con el oxígeno del aire . 1 .3 . Fuegos de Clase C. Son los producidos o generados por sustancias gaseosas tales como propano, butano, metano, gas natural, etc. 1 .4.
Fuegos de Clase D .
Son los producidos o generados por materiales combustibles tales como magnesio, uranio, aluminio en polvo, soplo, etc. El tratamiento para extinguir estos fuegos debe ser minuciosamente estudiado .
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1 .5 . Fuegos de Clase E. En realidad no es ninguna clase específica de fuego, ya que en este grupo quedan incluídos los combustibles que arden en presencia de cables y equipos eléctricos bajo tensión . El incendio es originado o mantenido por la corriente eléctrica y afecta a los medios de producción, transporte y empleo de la misma (dinamos, transformadores, motores, cables, electrodomésticos, etc) lo cual produciría un fuego de clase A, generalmente .
2.
EN FUNCIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA MATERIA COMBUSTIBLE. 2 .1 .
FOCO PLANO .
Cuando el incendio se manifiesta sobre el plano horizontal, con predominio en dimensión sobre el vertical, y la disposición del producto que arde no origina ángulos muertos a la observación directa del incendio desde cualquier punto o emplazamiento próximo . Son los incendios de charca o manchas de líquidos combustibles o de productos sólidos dispersos y próximos en los que predominan notablemente llamas bajas de la superficie horizontal afectada.
2 .2 .
FOCO VERTICAL.
Cuando el incendio se manifiesta en varios planos horizontales o inclinados y verticales o cuando varias zonas en combustión quedan ocultas a la observación directa desde cualquier punto. Son los incendios de materiales amontonados en pilas en los que predominan las llamas altas procedentes de los planos bajos o medios que llegan a fusionarse en una sola .
2 .3 .
FOCO ALIMENTADO .
Cuando el incendio, de foco plano ó vertical, es mantenido por la aportación de combustibles procedentes de depósitos no afectados: aljibes, pozos, tuberías, etc.
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3.
EN FUNCIÓN DE SU TAMAÑO. l .- PEQUEÑO:
Menos de 4 m2 de superficie activa en llamas.
2.- MEDIANO :
De 4 a 10 m2 de superficie activa en llamas .
3 .- GRANDE:
De 10 a 100 m2 de superficie activa en llamas.
4.- DE ENVERGADURA :
Más de 100 m2 de superficie activa en llamas. Las llamas alcanzan una gran altura, generalmente .
4.
EN FUNCIÓN DE SU MANIFESTACIÓN EN LAS ESTRUCTURAS O EDIFICIOS. 1. 4
FUEGOS INTERIORES .
Son aquellos que tienen lugar en el interior de los edificios y no han llegado a manifestarse al exterior. Dado el poco aporte de oxígeno tienden a consumir el contenido en el interior del local afectado y el de los propios materiales en combustión, que convertidos en brasas no producen abundante humo ni gases calientes, creándose una presión elevada de gases tóxicos y combustibles . Dentro de los incendios interiores distinguiremos los incendios del contenido y los incendios del edificio (sus componentes) . Dependiendo de la cota de fuego, haremos otros división en los fuegos interiores : 4.1 .1. Fuegos Interiores Bajo Rasante. Este es un tipo de fuegos que presenta la máxima dificultad al desarrollarse con inexistencia de visibilidad, acumulación de gases tóxicos y gran cantidad de calorías. 4.1.2. Fuegos Interiores Sobre Rasante. Presentan la dificultad de posibilidad de personas atrapadas por encima o al nivel del incendio. 4.1 .3.
Fuegos Interiores en Edificios en Altura .
A la dificultad de cualquier incendio sobre rasante se añaden las que se originan por las largas longitudes de trabajo en vertical .
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4 .2 .
FUEGOS EXTERIORES .
Son aquellos incendios con manifestación visible de llamas al exterior por los productos del interior que están ardiendo o por haberse propagado a los productos del exterior o haberse originado en estos últimos y ser oxigenados por el aire libre. Debido a la aportación del oxígeno que favorece la combustión, esta será violenta y rápida.
5.
CARACTERÍSTICAS DE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS.
Lo que realmente arde de los líquidos inflamables son los vapores emitidos por el aumento de la temperatura . 1 . Límite inferior y superior de inflamabilidad, fuera de estos, la mezcla formada por el aire y el vapor del combustible, no es inflamable . 2. Temperatura de los líquidos.
Punto de ignición, temperatura mínima de inflamación al contacto con una llama, pero no se mantiene . Punto de inflamación, temperatura a la cual se inflama con una llama y sigue ardiendo . Punto de autoinflamación, temperatura a la cual se inflaman espontáneamente sin contacto con la llama.
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TEMA 12 AGENTES EXTINTORES: GASEOSOS, LÍQUIDOS Y SÓLIDOS. 1.
AGENTES EXTINTORES.
Son aquellos materiales o compuestos que utilizados con los medios adecuados, nos sirven para conseguir la extinción de un incendio. Vamos a estudiar los más importantes indicando sus propiedades, de que manera operan en la extinción, en que tipo de incendios pueden utilizarse, etc. A)
AGENTES EXTINTORES GASEOSOS.
a) ANHÍDRIDO CARBÓNICO . El anhídrido carbónico cuya fórmula es CO2, se conoce también como dióxido de carbono o nieve carbónica. En condiciones normales es un gas, puede licuarse fácilmente enfriándolo y comprimiéndolo, y si se deja expansionar nuevamente se puede solidificar. En un recipiente cerrado se encuentra generalmente en estado líquido con una zona superior en estado gaseoso ; a 31° C se transforma en gas totalmente; por debajo de -78° C se solidifica. No debe almacenarse a temperaturas más bajas de ó° C pues disminuye su capacidad de descarga . Otra propiedad de este gas es que al salir del recipiente en el que se encuentra en estado líquido y gaseoso, se expansiona y enfría alcanzando la temperatura de -78° C, solidificándose, en forma de copos de nieve, lo que da origen a su nombre común. Debido a su densidad 1,5 veces mayor que la del aire desplaza a este y por tanto al oxígeno, por lo que actúan en los incendios por sofocación o dilución del mismo . Por otra parte, debido a la temperatura de salida del gas, actúa también rebajando la temperatura de la materia en combustión y del medio que la rodea, aunque este efecto no es muy importante . No es tóxico en pequeñas cantidades, pero puede producir la pérdida de conocimiento cuando se respira en grandes concentraciones, debido más a la falta de aire que al efecto tóxico del CO2. No es conductor de la electricidad . Las principales limitaciones para su uso en los incendios son : El peligro de reignición que existe en el caso de superficies muy calientes o de rescoldos cuando desaparece la atmósfera del CO2 . El peligro de descarga en recintos cerrados para la respiración humana .
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Para que la espuma sea eficaz frente a los productos líquidos se debe cumplir que: El producto peligroso debe ser líquido a presión atmosférica y a la temperatura ambiente . Desde el punto de vista químico el producto no debe resultar destructivo para la espuma. El producto no deberá reaccionar con el agua. El fuego ha de ser superficial . Los incendios tridimensionales o de derramamientos no pueden apagarse fácilmente a menos que el producto tenga un punto de inflamación por debajo de la temperatura de la solución.
1 .- ESPUMA QUÍMICA (EN DESUSO). Se obtiene por la reacción que se produce entre una solución de agua y bicarbonato sódico con otra de sulfato de aluminio a la que se agrega un estabilizador a fin de mantener la compacidad de la espuma creada.
2.- ESPUMA FÍSICA . Se obtiene por medios mecánicos, incorporando aire a una mezcla de agua y espumógeno . La proporción aproximada para obtener 1 m3 de espuma es: 3 litros de espumógeno, 97 litros de agua y 900 1litros de aire .
* Espuma física de tipo proteínico : Formada esencialmente por proteínas (restos de animales) tratadas por hidrólisis a las que se agregan ciertas sales metálicas para darle consistencia . El espumógeno (conocido por turógeno) actualmente no se emplea por haber presentado muchos inconvenientes (en desuso) . * Espuma física de tipo sintético : Contiene productos detergentes sintéticos que forman la espuma . * Espumógeno : Producto líquido que, disuelto en agua en la proporción adecuada, es capaz de producir una espuma por incorporación de aire. * Espumante : Disolución de espumogeno en agua .
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2.- AGUA- PULVERIZACIÓN O NEBLINA . En los últimos años se han conseguido claros progresos en la eficacia de la extinción de fuegos descargando el agua en forma de pulverización o neblina . Cuando el agua se aplica en considerable cantidad como pulverización o neblina sobre un fuego, el primer efecto es el de proporcionar una poderosa refrigeración a causa del elevado índice de vaporización del agua que se transforma en vapor. El vapor así creado actuará reduciendo la concentración de oxígeno en la zona del fuego. Pero además existe otro efecto químico que es el más importante, algo parecido al comportamiento del anhídrido carbónico cuando se combinaba con el carbono libre ; también aquí se producen reacciones de vapor con el carbono que afectan a la reacción en cadena . Con las neblinas o pulverizaciones podemos combatir no solamente los fuegos de tipo A, sino también los fuegos de líquidos inflamables y las situaciones de riesgo eléctrico (con precaución) .
3.- AGUA - ADITIVOS .
fisicas:
Son compuestos químicos que se añaden al agua para modificar sus propiedades
- Agua ligera: Se obtiene por la adición de un producto que aumenta la tensión superficial del agua. Tiene la propiedad de hacer flotar el agua sobre líquidos inflamables insolubles. - Agua mojada o húmeda : Se obtiene por la adición de un producto que disminuye la tensión superficial del agua. Aumenta, por tanto, su poder de penetración para atacar los incendios de la clase A en los que la combustión se realiza en materiales porosos . b) ESPUMAS. Son un conjunto de burbujas llenas de aire, formadas por una solución acuosa con un espumógeno que aumenta la tensión superficial del producto resultante y logra una densidad menor que la del agua. La acción de la espuma extintora en incendios se caracteriza esencialmente por un triple efecto: en los líquidos inflamables, la espuma absorbe el calor, del combustible y de las superficies sólidas adyacentes, realiza la separación fisica de las llamas y del oxígeno en la superficie del combustible y por último, entra el desprendimiento de vapores inflamables procedentes del combustible . Si la espuma posee una suficiente estabilidad intrínseca también puede evitar, durante periodos prolongados, que vuelva a iniciarse el incendio del combustible .
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Otra propiedad muy importante es el aumento de volumen que experimenta al pasar de líquido a vapor, que a la presión atmosférica es de 1 .7óó veces. De manera que un fuego se apagará mejor y se causarán menos daños cuando más finamente pulverizada se lance el agua, ya que se vaporizará casi totalmente produciendo una gran refrigeración y generando una gran cantidad de vapor de agua que desplazará el oxígeno del aire, lo que reforzará la extinción por sofocación. Sin embargo, presenta estas limitaciones como agente extintor. 1 .- Su reacción con ciertos materiales en los que produce emisión de gases inflamables y aumento de temperatura con posibilidad de explosiones como en los fuegos de aluminio, . sodio, etc. 2 .- Su conductividad eléctrica, es decir, su facilidad para permitir a la corriente circular por ella. 3 .- Su temperatura de congelación, no pudiéndose utilizar con valores inferiores a 4° C debido a que experimenta un aumento de volumen que reventaría las conducciones y depósitos, siendo además imposible su impulsión con los medios normales de extinción .
1.- AGUA-CHORRO SÓLIDO . El medio más universal, más utilizado y más simple, aunque no el más eficaz, es el agua en chorro continuo lanzada sobre la zona de fuego. Es de gran importancia que el chorro se utilice únicamente en fuegos de clase A. Los combustibles inflamables no solubles (clase B) que están ardiendo, al ser más ligeros que el agua, flotarán sobre ella y se propagarán a nuevas zonas, los combustibles inflamables solubles (ciase B) se diluirán y continuarán ardiendo (el alcohol continúa siendo un combustible peligroso incluso después de diluido al 50% con agua). El chorro sólido de agua sirve para enfriar los sólidos inflamables, que mediante volatilización por el calor del fuego, aumentan los vapores inflamables . Estos sólidos se mojan y se empapan hasta lograr una condición segura. Se crea una determinada cantidad de vapor que sirve, sin duda para reducir la concentración de oxígeno dentro de las llamas, pero este efecto es estrictamente incidental . Para todos los fines, el fuego es literalmente ahogado por el peso del agua. Se obtiene una considerable ventaja si el agua se descarga formando un chorro sólido en situaciones en las que el acceso constituye un problema, ya que pueden lograrse grandes alcances; sin embargo, la eficacia se ve limitada en cuanto que solamente del 5 al 1ó% del agua descargada interviene realmente en lograr la extinción .
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b) HALONES . Generalmente son derivados halogenados de hidrocarburos, principalmente metano (C-4) y del etano (C2H6), en los que se han sustituido varios átomos de hidrógeno (H), por átomos de elementos químicos denominados halógenos como flúor (F), cloro (Cl) y bromo Los principales compuestos halogenados utilizados como agentes extintores son : difluorclorobromometano (1211), trifluorbromometano (13ó1), bromuro de metilo (1ó01) y tetracloruro de carbono (104) . Como gas impulsor se utiliza el difluordiclorometano (122). Suelen actuar como agentes sofocantes impidiendo que el oxígeno se mantenga en contacto con el combustible . También actúan sobre la reacción en cadena disociándose térmicamente en sus radicales libres aniónico y catiónico y catalizando la unión del (OH) y (H) portadores de la cadena de reacción de combustión, impidiendo la continuación de la llama. Se emplean para combatir fuegos eléctricos y de gases inflamables . Tienen el inconveniente de que alguno de ellos es tóxico cuando se descompone por el calor del incendio por lo que hay que tomar precauciones en locales cerrados y utilizar equipos de respiración autónoma. Actualmente se está procediendo a su eliminación progresiva por el impacto ambiental que producen, al destruir la capa de ozono de la atmósfera junto con otros productos,
B)
AGENTES EXTINTORES LÍQ UIDOS.
al AGUA. El agua, componente principal de la materia de la naturaleza, es el elemento más versátil para la extinción . Es un líquido incoloro e insípido en su estado natural ; hierve a los 1óó° C desprendiendo vapor y se hiela a 0° C . Una de sus principales características es su gran capacidad para absorber calor en sus cambios de estado : para transformar 1 gramo de agua a 0° C en vapor de agua a 1óó° C se necesitan 640 calorías, de las que 10ó se invierten en elevar la temperatura del agua de 0° C a 1óó° C y el resto (540 calorías) se consume exclusivamente en la formación de vapor de agua . En la formación de vapor por contacto del agua con el fuego se produce un efecto de enfriamiento cinco veces mayor que el conseguido por el agua misma, por tanto, cuanto mayor sea la superficie de contacto con el fuego, más fácilmente puede vaporizarse el agua, mayor será la refrigeración que se produzca y mayor será su poder de extinción .
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* Coeficiente de expansión : Relación entre el volumen final de la espuma obtenida y el volumen original del espumante que la produce . Depende del espumógeno y del equipo utilizado en la producción de espuma. * Espuma de baja expansión : La que tiene un coeficiente de expansión inferior a 20, estando los valores normales entre 7 y 10 . Son espumas bastante densas, con un elevado contenido en agua; son útiles en consecuencia, para apagar por sofocación y por enfriamiento y una delgada capa de espuma es suficiente para impedir la emisión de vapores . * Espuma de media expansión : La que tiene un coeficiente de expansión entre 20 y 20ó, con valores normales de 50 a 100 . Con ellas se puede obtener un importante volumen de espuma con poco espumante y permiten cubrir rápidamente grandes superficies o inundar pequeños recintos . * Espuma de alta expansión : La que tiene un coeficiente de expansión superior a 200, con valores normales entre 50ó y 1 .000. Se trata de espumas muy ligeras, que permiten rellenar rápidamente grandes espacios. Apagan por sofocación pero tienen poco efecto refrigerante (burbujas de 1 centímetro de diámetro) .
B)
AGENTES EXTINTORES SÓLIDOS.
a) POLVO QUÍMICO SECO (POLVO BC). Constituido por bicarbonato sódico o potásico mezclado con diversos aditivos que impiden la absorción de humedad evitando que el polvo se apelmace obturando las boquillas de impulsión . Sus principales propiedades son: Es hidrófugo, no mezclándose con el agua. No es tóxico, pero en grandes concentraciones perjudica la visibilidad y puede causar dificultades en la respiración . Puede utilizarse en fuegos con presencia de electricidad de hasta 1 .0óó voltios de tensión. Cuando se lanza sobre un incendio, se produce la disolución química del bicarbonato sódico : 2 Na H C03 + calor ----- Na C03 + H2 O + CO2, que produce una acción sofocante de doble efecto, formándose por un lado una costra de carbonato sódico que impide la aportación del oxígeno, y por otro lado, actuando el CO2 desplazando el aire con lo que se disminuye la proporción del comburente . No obstante, su mayor efecto se produce en su actuación química, sobre la reacción en cadena ; el efecto de enfriamiento es prácticamente nulo. Es eficaz en fuegos de clase B, también en fuegos de clase C, aunque debe asegurarse el corte de gas o la obturación de la fuga para que no se forme una mezcla de gas y aire susceptible de inflamación (explosión) .
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b) POLVO POLIVALENTE (POLVO ABC O ANTIBRASA) . Se compone de mezclas de sales metálicas, en su mayoría fosfatos alcalinos y sales amónicas . Por efecto del calor, las sales amónicas se descomponen desprendiendo amoniaco, que dilata los poros de los cuerpos sólidos liberando el oxígeno que en ellos se encuentra contenido. Las otras sales forman una costra de ácido metafosfórico, impidiendo la aportación del oxígeno . Los efectos generales son similares a los del polvo químico seco, con la ventaja de poseer un gran poder de adherencia a las superficies y poder utilizarse en fuegos con tensión eléctrica de hasta 6.000 voltios. Se utiliza en pequeños fuegos de clase A, además de los de clase B y C .
c) PRODUCTOS ESPECIALES PARA METALES. Son arenas especiales (tierra de infusorios, grafito), que se emplean en los fuegos de metales o clase D, actuando por sofocación . El área incendiada se cubre con una capa de arena de suficiente espesor y en su totalidad, para evitar dejar huecos por donde penetre el oxígeno del aire . * La arena común puede ser un buen agente extintor para fuegos de clase A, actuando por sofocación.
* CUADROS-RESUMEN .
CLASE DE FUEGO A
B
C
D
AGUA A CHORRO
00
-
-
-
AGUA PULVERIZADA
000
0
-
-
ESPUMA FÍSICA
00
00
-
-
POLVO POLIVALENTE
00
00
00
-
POLVO SECO
-
000
00
-
CO2
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0
-
-
HALONES
0
00
00
PRODUCTOS ESP. PARA METALES
-
-
-
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0
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MECANISMOS DE EXTINCIÓN
SOFOCACION
ENFRIAMIENTO enfriamiento
REACCIÓN EN CADENA
ELIMINACIÓN DEL COMBUSTIBLE
AGUA A CHORRO
ó
ó
-
-
AGUA PULVERIZADA
óó
óóó
0
-
óóó
00
-
-
POLVO POLIVALENTE
ó
-
000
-
POLVO SECO
ó
-
000
-
C02
ó
0
0
-
HALONES
ó0
-
000
-
óó0
-
-
ESPUMA FÍSICA
PRODUCTOS ESP . PARA METALES
000 = EXCELENTE ó0 = BUENO 0 = ACEPTABLE - = NO ACEPTABLE
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TEMA 13 CONDUCTIVIDAD . DILATACIÓN. ESCALAS DE TEMPERATURA
1 . CONCEPTO DE TEMPERATURA. Las moléculas que formas los cuerpos, poseen movimientos vibratorios desordenados de mayor o menor intensidad. Estos movimientos, que tienen lugar continuamente y cuyas características son independientes del tamaño y de la forma del cuerpo, reciben el nombre de "agitación térmica" . Cuanto más rápido es el movimiento vibratorio de las moléculas se dice que su agitación térmica es mayor; con objeto de evaluarla, se define una magnitud fisica denominada "temperatura" . Temperatura de un cuerpo es una medida que expresa el grado de agitación térmica de sus moléculas . Aunque la agitación térmica no es perceptible visualmente, sí es apreciada por el sentido del tacto, debido a la sensación fisiológica de frío o calor que produce ; por consiguiente, la temperatura permite distinguir los cuerpos calientes de los cuerpos fríos. 2.
MEDICIÓ N DE TEMPERATURAS : TERMÓMETROS .
Las sensaciones fisiológicas de frío y calor, tienen un carácter muy relativo, ya que dependen de las circunstancias en que sean parecidas. Así consideradas dos personas, una de las cuales muy abrigada caminando por la calle en invierno, en tanto que la otra se encuentra en un recinto caliente con poca ropa, es claro que si ambas se trasladan a un recinto templado, la primera sentirá sensación de calor, mientras que la segunda sentirá sensación de frío . Es cierto, por tanto, que la sensación de frío o calor que experimentamos las personas, es subjetiva y que, como consecuencia, no sirve para cuantificar la temperatura . Para evitar este inconveniente se construyen aparatos de medida denominados termómetros cuyo funcionamiento está basado en la observación de las variaciones que experimenta alguna propiedad de los cuerpos que depende directamente de la temperatura . Termómetros son aparatos destinados a medir la temperatura de los cuerpos. Entre las propiedades termométricas de los cuerpos, esto es, entre las propiedades que tienen relación directa con la temperatura, la más utilizada en la construcción de termómetros es la dilatación, ya que las variaciones de volumen que experimentan los cuerpos como consecuencia de los cambios de temperatura tienen una dependencia muy regular con respecto a ésta.
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3.
ESCALAS TERMOMÉTRICAS.
El funcionamiento de un termómetro se basa en el hecho de que las sustancias aumentan de volumen al aumentar su temperatura . Por ello, se puede medir un aumento de temperatura comprobando la variación de volumen que experimenta cierta cantidad de una sustancia, denominada "sustancia termométrica", que en la mayor parte de los casos es un líquido . La sustancia termométrica más utilizada es el mercurio, empleándose también, aunque menos frecuentemente el alcohol coloreado. Independientemente de la sustancia termométrica utilizada, los termómetros como todos los instrumentos de medida, va provisto de una graduación. La graduación de un termómetro se efectuará tomando dos puntos fijos que corresponde a las temperaturas a que tienen lugar dos fenómenos caloríficos bien conocidos : la fusión del hielo y la ebullición del aguaaaa ; el intervalo de temperatura existente entre ellos se divide en un cierto número de partes que se denominan grados . Grado es cada una de las partes en que se divide el intervalo de temperatura a comprendido entre el punto de fusión del hielo y el de ebullición del agua . Según el valor de la temperatura asignada a cada uno de los puntos fijos y según el número de divisiones o grados que en ellos se establezcan, se pueden considerar diferentes escalas termométricas, las principales son: Celsius, Kelvin, Fahrenheit y Reaumur .
3 .1 .
ESCALA CELSIUS O CENTÍGRADA.
Es la más utilizada internacionalmente para usos prácticos, en ella el intervalo de temperatura existente entre los dos puntos fijos, se divide en 1ó0 partes iguales llamadas "grados centígrados", asignando el grado cero a la temperatura de fusión del hielo y el grado 100 a la de ebullición del agua. Grado centígrado es la centésima parte del intervalo de temperatura comprendido entre el punto de fusión del hielo y el de ebullición del agua . Se presenta por: °C.
3 .2.
ESCALA KELVIN .
Parte de la existencia de un cero absoluto de temperatura. (-273° C), a la cual, cesa todo tipo de movimiento molecular. El intervalo entre grados kelvin y grados centígrados es el mismo, así para una temperatura de ó° C le corresponden : 273 + 0 = 273 grados kelvin (se representa por ° K) = 273 ° K. La escala kelvin es la más interesante bajo el punto de vista científico .
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3 .3 .
ESCALA FAHRENHEIT.
Se utiliza solamente en Inglaterra y Estados Unidos. Su única ventaja consiste en que las temperaturas atmosféricas ordinarias vienen siempre expresadas por números positivos . El intervalo existente entre los dos puntos fijos se divide en 180 partes iguales llamadas "grados fahrenheit", asignando el grado 32 a la temperatura de fusión del hielo y el grado 212 a la ebullición del agua. Grado fahrenheit es la cientoochentava parte del intervalo de temperatura existente entre el punto de fusión del helio y el de ebullición del agua. Se representa por °F.
3 .4.
ESCALA REAUMUR.
La escala Reaumur es de origen francés y su interés es puramente histórico, ya que en la actualidad está totalmente en desuso . El intervalo es de 80 partes iguales ; "grados Reaumur", con el grado cero como temperatura de fusión del hielo y el de ebullición del agua . Se presenta por °R.
3.5 .
CORRESPONDENCIA ENTRE LAS ESCALAS TERMOMÉTRICAS .
Tomaremos siempre como base la escala celsius o centígrada y de ella deduciremos las restantes. Las equivalencias son : C = Celsius ;
F = Fahrenheit ;
C+273=K;
C=K-273 ;
K = Kelvin; C
F-32
100
180
R = Reaumur ; C 100
R 80
C
R
10
8
9
Ejemplo : Expresar en las restantes escalas termométricas la temperatura de 297° K. Como sabemos : C = K - 273 ; C = 297 - 273 = 24° C . 24
F-32
100
180
(F-32) 100 =24x 180 ; F-32=
24 x 180 100
F = 43,2 + 32 = 75,2° F.
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= 43,2 ;
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Tercer paso : 24
R
24
R
100
80
10
8
Rx 10=24x8 ;
Rx 10= 192 ; R=
192 10
9
R = 19,2 ºR; Por tanto: 297° K = 24° C = 75,2° F = 19,2° R;
4.
TERMÓMETROS DE MERCURIO .
El mercurio es el único metal que se encuentra en estado líquido a la temperatura ambiente . Estas dos cualidades, la de ser un metal y por tanto, buen conductor del calor y la de ser líquido, suponen una mayor facilidad para observar las variaciones de volumen y hacen del mercurio la sustancia termométrica más utilizada . Los termómetros de mercurio están constituidos por un depósito de vidrio que contiene a dicho metal y un tubo capilar graduado por el que asciende al aumentar su volumen por efecto de un incremento de temperatura .
5.
CONCEPTO DE CALOR.
Como hemos visto, las moléculas de los cuerpos están sometidas a movimientos vibratorios que son los causantes de las sensaciones fisiológicas de frío o calor que experimentamos al tocarlos. Como consecuencia de estos movimientos, las moléculas poseen una energía cuya cuantía total, para un cuerpo determinado, se conoce con el nombre de calor. El calor, también llamado energía térmica, es una forma de energía que se manifiesta en los cuerpos debido al estado de agitación de sus moléculas . Recordando la temperatura como la propiedad que determina el nivel calorífico de los cuerpos, es evidente que calor y temperatura son dos magnitudes estrechamente relacionadas aunque de distinta naturaleza, en efecto, la energía total que posee un cuerpo como consecuencia de la agitación de sus moléculas, esto es, su energía térmica, depende por una parte del número de moléculas, esto es, su energía térmica, depende por una parte del número
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de moléculas, osea de la masa del cuerpo, y por otra del nivel de intensidad de los movimientos, es decir, de la temperatura . De acuerdo con esto, un cuerpo de mucha masa es capaz de almacenar una gran cantidad de calor aunque su temperatura no sea muy elevada, tal como sucede, por ejemplo, con el agua de una piscina calentada al sol. Asimismo, un cuerpo de poca masa almacena muy poca cantidad de calor aunque su temperatura esa muy elevada, como por ejemplo un alfiler, que se calienta hasta la incandescencia . Si entonces, asimilamos los cuerpos a depósitos de calor, veamos que sucede cuando se ponen en contacto dos cuerpos que se encuentran a distinta temperatura . Como sabemos, si dos depósitos de agua se ponen en comunicación el líquido circula desde el de mayor nivel hasta el de menor nivel independientemente de la cantidad de líquido contenida en cada depósito ; pues bien, de igual modo, cuando se ponen en contacto dos cuerpos a distinta temperatura, es decir a diferente nivel térmico, el calor se transfiere desde el cuerpo de mayor temperatura al de menor temperatura aunque este último contenga más cantidad de calor. Por consiguiente, al igual que se precisa una diferencia de nivel entre dos depósitos para que un líquido pueda circular de uno a otro, también se necesita una diferencia de temperatura para que pueda haber transferencia de calor de un cuerpo a otro . Esta transferencia de calor cesa en el momento en que ambos cuerpos adquieren la misma temperatura, independientemente de la cantidad de calor que en ese momento tenga cada uno de ellos.
5 .1 .
UNIDAD DE CALOR.
Puesto que el calor es una magnitud fisica, es necesario definir la unidad que ha de servirnos para medirla . Esta unidad recibe el nombre de caloría : Caloría es la cantidad de calor que se necesita para elevar 1° C la temperatura de un grado de agua pura. Se designa por cal . Esta teoría, a la que técnicamente se conoce con el nombre de "caloría pequeña", es una unidad que resulta excesivamente reducida para un gran número de aplicaciones, por ello es frecuente la utilización de la kilocaloría o "caloría grande", que equivale a mil calorías y se representa por: 1 kcal = 1000 cal
5 .2.
CALOR ESPECÍFICO.
Como hemos visto, la cantidad de calor que posee un cuerpo depende, entre otras cosas, de la masa del mismo, ahora bien, no todas las sustancias poseen la misma capacidad para almacenar calor, sino que una misma masa de diferentes sustancias se puede comportar de distinta manera según la estructura interna que poseen sus moléculas. Así, a igualdad de temperatura, un kilogramo de agua es capaz de almacenar más cantidad de calor que un kilogramo de hierro, lo cual es debido a que las moléculas de agua, requieren para sus movimientos de vibración más energía que las moléculas de hierro . Con objeto de caracterizar esta mayor o menor capacidad de las diferentes sustancias como almacenes de calor, define una característica de las mismas que se denomina "calor específico" .
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Calor específico de una sustancia es la cantidad de calor que se necesita para elevar 1° C la temperatura de un gramo de la misma . Se representa por c(minúscula) . El calor específico es distinto para cada sustancia y varía ligeramente con la temperatura . Si bien esta variación es tan pequeña que se considera inexistente. Calor específico de algunas sustancias : agua alcohol aluminio carbón vegetal cinc cobre cuarzo estaño hielo hierro latón mármol mercurio níquel oro plata plomo
viario
1,00 0,55 0,22 ó,19 ó,ó9 0,1ó ó,19 0,ó6 ó,48 ó,11 0,10 0,22 0,ó3 ó,11 0,ó3 ó,ó6 ó,ó3 ó,2ó
El hecho de que el calor específico del aluminio por ejemplo, sea 0,22, significa que se requieren 0,22 calorías para elevar 1° C la temperatura de un gramo de dicho metal . Según la definición de caloría, resulta evidente que el calor específico del agua es la unidad ; este calor específico es mayor que el de cualquier otra sustancia excepto el hidrógeno y el helio .
5 .3 .
CANTIDAD DE CALOR.
Cuando un cuerpo se calienta o se enfría, absorbe o desprende una cierta cantidad de calor cuyo valor se puede calcular a partir de la masa del cuerpo, de su calor específico y del número de grados que aumenta o disminuye su temperatura . Consideramos un cuerpo cuyo calor específico es c, lo que supone que se necesitan c calorías para elevar 1° C la temperatura de un gramo de dicho cuerpo . Si la masa del cuerpo es M gramos en lugar de un gramo, la cantidad de calor que se precisa para aumentar su temperatura 1° C es de : M x c ; finalmente si en lugar de elevar la temperatura 1° C se desea aumentarla desde una temperatura t1 hasta una temperatura t2, la cantidad de calor necesaria (Q), es :
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.
Ejemplo :
xc(t2-1) =M Q
Calcular la cantidad de calor que se necesita para elevar desde 20° C hasta 100° C, la temperatura de una barra de aluminio de 200 gramos de masa.
1) M = 200 grs; t, = 2ó° C ;
t2 =
100° C; c = ó,22 (consultado en la tabla).
2) Sustituyendo en la fórmula : Q = M x c (t2 - t1) = 20ó x 0,22 (100 - 20) = 3 .520 cal. = 3,52 Kcal.
5 .4.
CAPACID AD CALORíFICA .
Capacidad calorífica de un cuerpo es la cantidad de calor que se necesita para elevar su temperatura 1° C. Se designa por C (mayúscula) . Es evidente que si un cuerpo de masa M está forjado por una sustancia de calor específico C, su capacidad calorífica es: C = M x c. Si un cuerpo está formado por varias sustancias su capacidad calorífica se obtiene sumando las capacidades de todas y cada una de sus partes . Ejemplos : Calcular la capacidad calorífica de una pieza de aluminio de 25 gramos de masa. C=mxc=25x0,22=5,5cal/ºC
Un termómetro es tal que la masa del mercurio es de 50 gr. y la del vidrio es de 32 gr. Calcular su capacidad calorífica . C=C1+C2= 1,5+6,4=7,9cal/°C. C, = m, x c, = 50 x ó,03 = 1,5 caI/º C; c2 = m2 x c2 = 32 x 0,20 = 6,4 cal/' C ;
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5 .5 .
PRINCIPIOS DE LA CALORIMETRÍA .
Todos los intercambios de calor que tienen lugar entre los cuerpos se verifican obedeciendo a dos principios, denominados "principios de la calorimetría" que son : " Principio de las transformaciones inversas: "La cantidad de calor que recibe un cuerpo cuando se calienta desde una temperatura ti hasta otra temperatura tf, es igual ta la cantidad de calor cedida por este cuerpo cuando se enfría desde tf hasta 1".
Ejemplo: En un ejemplo anterior hemos calculado que una barra de aluminio recibe una cantidad de calor de 3,52 kcal cuando se calienta desde 20° C hasta 100° C . Pues bien, si dicha barra se deja enfriar sobre una mesa, cuando su temperatura haya descendido desde 100 ° C hasta 20° C, habrá desprendido 3,52 kcal, cantidad de calor que habrá ido a parar al aire que rodea la barra así como también a la base en que se apoyó. " Principio de igualdad en los intercambios de calor. "Cuando se verifica un intercambio de calor entre dos cuerpos, la cantidad cedida por uno de ellos es igual a la cantidad absorbida por el otro". Ejemplo : en un vaso de vidrio de 150 grs. de masa que se encuentra a una temperatura de 18° C, se introducen 200 grs . de agua a 80° C . ¿A qué temperatura quedará el sistema formado por ambos cuerpos cuando se haya alcanzado el equilibrio térmico? Al introducir el agua en el vaso, ésta se enfriará cediendo calor al vaso, el cual, como consecuencia, verá aumentada su temperatura . El equilibrio térmico se alcanza cuando ambos cuerpos adquieren la misma temperatura . Supongamos que este equilibrio se consigue a una temperatura t, la cual, lógicamente tendrá un valor intermedio entre 18° C y 80° C, en este momento, las cantidades de calor cedida por el agua y absorbida por el vaso serán: Q1 = m x c (t2 - t i) = 200 x 1 (80 - t) = 16 .000 - 2óót; Q1 = 16.0óó - 200t . Q2=mxc(t2-t1)=150x0,20(t-18)=30t-540 ;Q2=30t-540.
Considerando que según el principio de igualdad en los intercambios de calor la cantidad de calor cedida por el agua tiene que ser igual a la cantidad de calor absorbida por el vaso, podemos expresar: 16 .0 - 200t = 30t - 540; 20ót + 3ót = 16 .000 + 540; 230 t = 16.540, t=
16.540 230
=71,9°C ;t = 71,9 °C .
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6.
DILATACIÓN.
Dilatación es la variación de volumen (aumento) que experimentan los cuerpos al modificar su temperatura . Este fenómeno se manifiesta con carácter más acusado en los gases que en los líquidos, y en éstos más que en los sólidos, lo cual unido a ciertas peculiaridades propias de cada estado hace que su estudio se realice independientemente .
6 .1 .
DILATACIÓN DE SÓLIDOS .
Aunque un sólido siempre se dilata en sus tres dimensiones, cuando se trata de varillas de hilos o la dilatación de su longitud es mucho más acusada que la de otras dos dimensiones, hasta tal punto que en muchos casos en los que se manejan elementos de gran longitud, tales como carriles, cables, etc. únicamente se tiene en cuenta el aumento que experimenta dicha dimensión ; se trata dé un caso de "dilatación lineal" . Asimismo, cuando se trata de cuerpos en forma de láminas o chapas en las que una de sus dimensiones es muy pequeña en relación a las otras dos, el fenómeno se estudia solamente en su aspecto superficial, ya que el aumento de espesor es prácticamente despreciable en comparación con el aumento de superficie . En estos casos, el fenómeno recibe el nombre de "dilatación superficial". Finalmente, cuando se considera el aumento experimentado por las tres dimensiones del cuerpo, el fenómeno se denomina "dilatación cúbica".
6.1 .1. DILATACION LINEAL. Aunque el aumento de longitud que experimenta un cuerpo como consecuencia de la dilatación es casi imperceptible, sus repercusiones pueden ser importantes . Obras de arquitectura e ingeniería tales como edificios o puentes pueden llegar a deformarse de forma peligrosa si no se consideran adecuadamente los efectos de la dilatación (por ejemplo, la torre Eiffel tiene una diferencia de altura de 13 centímetros entre un día de invierno a -5° C y un día de verano a 30° C) . Para estudiar el fenómeno de la dilatación lineal es preciso definir una propiedad térmica de las sustancias denominada "coeficiente de dilatación lineal" : Coeficiente de dilatación lineal de una sustancia es el aumento que experimenta cada unidad de longitud de la misma al aumentar su temperatura un grado centígrado . Se representa por : 1 .
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Coeficientes de dilatación lineal de algunas sustancias : aluminio bronce cobre cuarzo fundición hierro oro vidrio
0,000024
0,000018
0,000014
0,000004 0,000010
0,000012
0,000014 0,000009
6.1 .2. DILATACIÓN SUPERFICIAL.
Para estudiar el fenómeno de la dilatación superficial es preciso definir una propiedad térmica de las sustancias denominada "coeficiente de dilatación superficial2 . Coeficiente de dilatación superficial de una sustancia es el aumento que experimenta cada unidad de superficie de la misma al aumentar su temperatura un grado centígrado . Se representa por: s . El coeficiente de dilatación superficial no es independiente del coeficiente de dilatación lineal, sino que, en realidad ambos coeficientes, que son formas distintas de expresar una misma característica, se hallan relacionados .
6.1 .3. DILATACIÓN CÚBICA. Para estudiar el fenómeno de la dilatación cúbica es preciso definir una propiedad térmica de las sustancias denominada "coeficiente de dilatación cúbica" . Coeficiente de dilatación cúbica de una sustancia es el aumento que experimenta cada unidad de volumen de la misma al aumentar su temperatura un grado centígrado . Se representa por d . El coeficiente de dilatación cúbica, al igual que el coeficiente de dilatación superficial, está relacionado con el coeficiente de dilatación lineal de la sustancia considerada .
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6 .2.
DILATACIÓN DE LiQUIDOS
Dada la naturaleza fisica de los líquidos no tiene sentido hablar en ellos de dilatación lineal o superficial, sino únicamente de dilatación cúbica. En consecuencia, el volumen que alcanza un líquido de volumen inicial Vó, al aumentar su temperatura t° C viene dado por la expresión: V = Vo (1 + gt), donde g, es el coeficiente de dilatación del líquido : aceite de oliva ácido sulfúrico agua alcohol éter glicerina mercurio petróleo
ó,0ó072 0,óó055 0,ó0018
ó,ó011ó ó,ó0160 ó,0ó050
ó,00018
0,0ó100
6.2.1. "UN ABRIGO DE HIELO".
El agua presenta un extraño y curioso comportamiento en lo que sé refiere a la forma que en se verifica su dilatación . Cuando se calienta a partir dé 0° C, en lugar de aumentar de volumen como les ocurre a todos los demás líquidos, disminuye y sigue manteniendo este comportamiento hasta llegar a los 4° C . Una vez alcanzada esta temperatura, si se sigue calentando, el volumen aumenta, siguiendo el comportamiento general, esto significa que el agua alcanza su máxima densidad a 4° C. Este extraño comportamiento es providencial para que los peces no mueran congelados durante el invierno . En efecto, cuando las bajas temperaturas del aire en un día de invierno, enfrían el agua, al principio este enfriamiento se produce homogéneamente en toda su masa; pero una vez que se llega a los 4° C si el frío continúa, las capas superficiales de agua se enfrían a 3,2,1° C, etc. Ahora bien, estas capas al tener menos densidad que el agua a 4° C, quedan en la parte superior, mientras que el agua del interior sigue a 4° C. En el momento en que la capa superficial del agua alcanza los 0° C aparece una placa de hielo, la cual va aumentando su grosor paulatinamente a medida que el frío penetra en el interior, pero en cuanto alcanza un espesor apreciable, actúa a modo de abrigo impidiendo que el frío de la atmósfera llegue al interior (el hielo es mal conductor del calor) . -
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De esta forma, en lugares en los que el invierno es muy riguroso, los ciudadanos pueden estar soportando temperaturas de -20° C, mientras que en el interior del río los peces se encuentran a 4° C, protegidos por una gruesa capa de hielo .
6 .3 .
DILATACIÓN DE GASES.
Las leyes de los gases, así como sus propiedades, pueden interpretarse a través de un modelo teórico según el cual la materia en general y los gases en particular están formados por un número muy grande de pequeñas partículas que están en continuo movimiento . Las ideas más importantes sobre las que se sustenta este modelo, denominado teoría cinético-molecular de los gases, son las siguientes :
1 .-
Un gas está formado por un gran número de partículas diminutas, que son aún más pequeñas si se las compara con las distancias que las separan y con el tamaño del recipientes que las contiene.
2 .-
Las partículas que componen un gas están moviéndose permanentemente de forma desordenada .
3 .-
En su movimiento, estas partículas chocan entre sí y con las paredes del recipiente, tanto en uno como en otro caso, estas colisiones son perfectamente elásticas, esto es, no se pierde ninguna cantidad de energía cinética durante el choque.
Con la teoría cinético-molecular, de los gases, se justifican algunas de las propiedades de los mismos, que estudiamos a continuación : La presión que ejerce un gas es el resultado de los múltiples choques de las moléculas que componen el gas con las paredes del recipiente que las contiene . Si disminuimos las dimensiones del recipiente, aumentarán dichos choques, si introducimos mayor cantidad de gas, también aumentarán los choques . Así pues, mayor número de choques es sinónimo de mayor presión, lo que implica que los gases, a diferencia de sólidos y líquidos, pueden comprimirse . La temperatura a la que se encuentra un gas depende de la velocidad media con la que se mueven las moléculas que componen dicho gas, de esta manera la temperatura será mayor cuanto mayor sea esta velocidad media . Al igual que los líquidos, los gases no tienen forma definida, y adoptan la forma del recipiente que los contiene; no obstante, a diferencia de los líquidos, los gases no presentan una superficie límite y ocupan todo el volumen del lugar en que se encuentran .
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7:
FORMAS DE TRANSMISIÓN DEL CALOR.
Como hemos visto con anterioridad, al ponen en contacto dos cuerpos con diferente nivel térmico, el cuerpo caliente cede calor al cuerpo frío hasta que se igualan sus temperaturas . El calor se transmite además de unos cuerpos a otros, incluso a través de un mismo cuerpo, siempre que en él existan partes a diferente temperatura . En ambos casos el transporte de calor se establece espontáneamente pudiendo efectuarse de tres formas distintas: por conducción, por convección y por radiación .
7.1 .
CONDUCCIÓN.
Con objeto de comprender el modo en que tiene lugar esta forma de transmisión del calor, veamos el experimento siguiente : la figura representa un recipiente metálico en el que se han soldado tres varillas de hierro, cobre y plata, las tres de las mismas dimensiones . Inicialmente se recubren las tres varillas de una fina capa de cera cuya finalidad es poner en evidencia su calentamiento, ya que cuando éste se produzca, la cera se fundirá. A continuación si se vierte en el recipiente un líquido caliente, tal que agua hirviendo, se observa que el calor se transmite del agua al recipiente, de éste a las barras y que continúa transmitiéndose por éstas, pero no instantáneamente, sino de forma progresiva. La transmisión del calor por las barras es perfectamente perceptible por la cera que las recubre, la cera fundida aparece en primer lugar, en los extremos soldados al recipiente y la línea que separa la cera fundida de la que no lo está, va avanzando lentamente hacia los extremos libres, siendo la velocidad de avance distinta para cada varilla. El calor se propaga por las varillas mediante un proceso consistente en que las moléculas más próximas al recipiente, van cediendo parte del calor adquirido a las siguientes más próximas, éstas a las siguientes y así sucesivamente hasta el final, de modo que van elevando su nivel de excitación sin alterar sus posiciones relativas dentro del cuerpo, lo que implica que existe un transporte de energía pero no de materia. Pues bien, esta forma de transmisión del calor se conoce con el nombre de "conducción": Conducción es la transmisión del calor a través de un cuerpo sin que se altere la posición de sus moléculas.
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7.1.1 . COEFICIENTE DE CONDUCCIÓN (CONDUCTIVIDAD) . Realizando la experiencia anterior con barras de otros materiales puede comprobarse que los metales conducen el calor mejor que las demás sustancias, y de entre todos ellos, la plata es el mejor conductor. Con objeto de analizar la mayor o menor facilidad de conducción de las distintas sustancias, se establece un valor denominado "coeficiente de conducción" o "conductividad", que se define para cada material en comparación con el de la plata, a la que convencionalmente se le asigna el coeficiente 10ó . El hecho de asignar a la plata el valor 100 no debe interpretarse como que dicho metal es un conductor perfecto del calor, sino que es el mejor conductor que se conoce, puesto que no existe el "perfecto conductor del calor" como tampoco existe el "perfecto aislante del calor" . Entre los cuerpos sólidos, el amianto, el corcho y el fieltro, presentan unos coeficientes de conducción muy bajos, lo que supone que son muy buenos aislantes del calor. Asimismo son buenos aislantes todas las sustancias porosas o troceadas, tales como serrín, sal, paja, etc. Por lo que se refiere a los líquidos y a los gases, los primeros presentan un coeficiente de conducción muy bajo y en los segundos, dicho coeficiente es prácticamente nulo como corresponde a la falta de contacto entre sus moléculas. Coeficientes de conducción de algunos metales : Plata Cobre Oro Aluminio Hierro Plomo
100 74 53 40 13 9
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TEMA 14 EXPLOSIONES, DETONACIONES Y DEFLAGRACIONES. DEFINICIONES 1.
EXPLOSIONES.
La palabra explosión ha adquirido tantos matices en su significado que no puede ser empleada con la precisión debida . Para comprender qué es una explosión, lo mejor es considerarla como un efecto o resultado de otro fenómeno ; por ejemplo, un recipiente contiene una mezcla inflamable de gas y aire, la mezcla entra en ignición y el aumento de presión resultante rompe el recipiente, se hablaría entonces de explosión . Sin embargo, si el mismo recipiente experimentara una presión debida al vapor de agua, en exceso de sus límites de resistencia, se rompería con la misma facilidad . Por tanto, en un sentido más amplio, la explosión es un efecto producido por una expansión violenta y rápida de gases. Este proceso de transformación rápida, fisica o química, de un sistema de energía mecánica, acompañada por un cambio de su energía potencial, puede también ir acompañado de una onda expansiva y de la destrucción de los materiales o estructuras que lo encierra. El esfuerzo mecánico realizado durante la explosión se debe a la rápida expansión de los gases, siendo indiferente el que estos gases existan previamente o que se forman durante el proceso explosivo. 2.
DETONACIONES Y DEFLAGRACIONES .
Los términos deflagración y detonación están íntimamente relacionados con el término explosión; aunque ninguno de los dos fenómenos, según el significado que damos á estas palabras, participe en la explosión . Por ejemplo, la explosión de un recipiente debida a una presión de vapor superior a sus límites de resistencia, o la explosión de un cilindro de gas a causa de que sus paredes se han debilitado por la corrosión no tienen nada que ver con la deflagración o la detonación, aunque incorrectamente es muy frecuente el término indiferenciado de los términos detonación y explosión . Se llama deflagración a una reacción exotérmica que se propaga a través de los gases ardientes por conducción, convección y radiación a un material que todavía no ha entrado en reacción. En este proceso la zona de combustión avanza a través de la materia a una velocidad inferior a la del sonido dentro de los materiales sin reaccionar, por contraste, la detonación es una reacción exotérmica caracterizada por la presencia de ondas de choque en el material que establece y mantiene la reacción . Una característica diferenciadora estriba en que la zona de reacción se propaga a una velocidad mayor que la del sonido dentro del material sin reaccionar.
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El principal mecanismo calorífico es el de la comprensión por choque; el aumento de la temperatura se relaciona directamente con la intensidad de la onda expansiva en lugar, de venir determinado por la conducción térmica . Todos los materiales detonantes tienen una velocidad característica que es constante bajo ciertas condiciones fisicas de composición, temperatura, densidad, etc. La liberación de energía química por la reacción proporciona energía a la onda expansiva, que de otra forma perdería presión. Así puede decirse que la detonación es una onda de choque exotérmica, mantenida por la reacción química. En principio, cualquier material capaz de liberar energía rápidamente puede mantener una expansión inicial, pero en la práctica, la tasa de energía debe ser lo suficientemente grande para superar las pérdidas de dicha energia en un espacio abierto . En años recientes se ha comenzado a emplear el término explosión térmica para designar la descomposición exotérmica de un material inestable, contenido en un espacio cerrado, a través de toda su masa, debido a autocalentamiento . Al aumentar la temperatura, la tasa de descomposición del material inestable aumenta también . La expansión térmica del material, las generaciones de gases o ambas, tienen generalmente por resultado la destrucción del recipiente que contiene dicho material. Las circunstancias que conducen a la explosión térmica afectan no sólo a la tasa de descomposición del material inestable, sino también a la forma geométrica del recipiente que lo contiene, puesto que ésta se relaciona directamente con las características de transferencia del calor. Si la tasa de pérdida de calor es mayor que la de generación debida a la descomposición química, la reacción se reducirá . Si la tasa de descomposición da como resultado una generación de calor mayor que la pérdida del mismo, la temperatura de la masa aumentará y producirá una descomposición constantemente acelerada. Normalmente, los procesos que participan en la preparación de una explosión térmica requieren mucho tiempo porque las temperaturas aumentan hasta el punto en que la reacción comience a acelerarse, sin embargo, los procesos de ignición de la deflagración o de la detonación son bastante cortos .
2 .1 .
EXPLOSIONES POR DEFLAGRACIÓN O DETONACIÓN DE GASES.
Según las definiciones anteriores, si un recipiente contiene una mezcla de aire y vapor inflamable y si se produjera la ignición de esta mezcla con el consiguiente aumento de la presión que da como resultado la ruptura del envase, podemos afirmar inequívocamente que existe una explosión. Si el recipiente no se rompiese, sino que debido a su alta resistencia, contuviera la deflagración o detonación, no habría explosión porque el criterio de esfuerzo mecánico no se habría cumplido .
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2.2.
EXPLOSIONES POR DEFLAGRACIÓN DE POLVOS.
La inflamación de polvos combustibles suspendidos en el aire es similar a la de las mezclas de aire y gas inflamable, con la excepción de que las mezclas de aire y polvo combustible que se encuentran normalmente no suelen detonar. En ciertos casos, tales como en las minas de carbón con túneles prolongados y, por tanto, con un elevado grado de confinamiento, se han producido detonaciones en nubes de polvo de carbón.
2 .3 .
EXPLOSIONES NEBULIZADOS .
POR
DEFLAGRACIÓN
DE
MATERIALES
La llamada "explosión de nieblas" es la deflagración de una niebla de pequeñas gotas pulverizadas de líquidos inflamables suspendidas en el aire . Estas nebulizaciones se forman, generalmente, por la combustión de vapores inflamables en el aire. La ignición de estas nieblas puede dar por resultado deflagraciones violentas .
2.4.
EXPLOSION ES DE NUBES DE VAPORES.
Se ha utilizado esta expresión para describir las consecuencias de la inflamación de una nube de gran tamaño sin confinar (al aire libre) de una mezcla de vapor nebulizado. Si la nube combustible es bastante grande, puede crear presiones elevadas importantes que producirán desperfectos en las estructuras cercanas . Este fenómeno puede ser considerado como Una forma, combinada de deflagración y detonación de una mezcla de gas y material nebulizado; en los últimos años, la liberación accidental de grandes cantidades de vapores inflamables como ciclohexano, etileno y propano, ha originado accidentes causantes de destrucciones enormes en complejos industriales y zonas civiles contiguas.
2.5 .
EXPLOSIONES POR LIBERACIÓN DE PRESIÓN .
Durante su empleo normal, las calderas, las bombonas de gas y otros recipientes de presión están diseñados para soportar presiones precalculadas, contándose con un factor de seguridad razonable para impedir su ruptura por presiones anormalmente altas, como las que pudieran ocurrir al calentar una bombona de gas. La presión que puede romper estos recipientes
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es generalmente 4 veces superior a la que soportan en su uso normal, además estos recipientes están normalmente provistos de uno o varios dispositivos para el alivio de urgencia de la presión, tales como tapones fusibles, discos de ruptura o válvulas de seguridad. La rotura de estos recipientes puede deberse a múltiples factores, tales como la ausencia, mala instalación o mal funcionamiento de alguno de los dispositivos de eliminación de la presión, a un defecto del propio recipiente, a una fuente de calor puntual o a la mezcla no intencionada de alguna materia que da por resultado una reacción química incontrolada dentro del recipiente. Un tipo de explosión por liberación de presión es el denominado "bleve" (Boiling Liquid Expanding Vapor Explosion ; explosión de vapor al expandirse un líquido en ebullición) ; se trata de un término relativamente reciente, ya que fue utilizado por primera vez en 1.957 en USA, para definir una determinada clase de explosiones cuyas causas y efectos no habían sido bien explicados hasta entonces por las energías puestas normalmente en juego en una explosión normal . :
"BLEV
a)
Para poder comprender el efecto "BLEVE" es necesario recordar algunos conceptos fisicos relacionados con el cambio de estado de líquido a vapor y el calor latente preciso para el mismo . Normalmente, cuando una sustancia alcanza la temperatura constante de cambio de fase de líquido a vapor denominada "temperatura de ebullición", hierve; sin embargo en ciertas condiciones esa temperatura se rebasa sin que se produzca el cambio de fase, de forma que el líquido se puede encontrar sobrecalentado por encima de la temperatura a la cual le correspondería haber pasado a la fase vapor. Generalmente ésto ocurre cuando el líquido se encuentra sometido a presión dentro de un recipiente. Se trata de una situación inestable que se rompe brúscamente cuando cambian las condiciones que la mantenían. Cuando un recipiente conteniendo un gas licuado 'o un líquido sobrecalentado, sufre un descenso brusco de presión por rotura del mismo, producida bien sea por defecto de la chapa o de una soldadura, o bien por un recalentamiento del depósito que debilite su resistencia, una parte del líquido pasa bruscamente a vapor ya que dispone en sí mismo del calor latente precisó para su vaporización, cuando' la cisterna o el recipiente se rompen en dos o más fragmentos, el líquido que queda retenido en las zonas cóncavas de los mismos, al vaporizarse en forma rápida debido al "bleve" aumenta brusca y enormemente su volumen y produce el efecto de un cohete, pudiendo impulsar dichos fragmentos a grandes distancias . Según la definición del término, observaremos que los mecanismos para liberar energía son puramente fisicos, incluyendo los efectos de proyectiles volantes y explosiones . Si el líquido en ebullición liberado es inflamable o combustible, probablemente arderá en presencia del aire y producirá energía térmica, aunque la combustión de los materiales inflamables es una consecuencia secundaria del "bleve" .
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2.6 .
EXPLOSIONES DE DESCOMPOSICIÓN.
Ciertos compuestos endotérmicos (contienen más energía que los elementos que los forman; su descomposición libera esta energía) pueden descomponerse casi instantáneamente, los ejemplos más notables de reacciones de descomposición rápida de este tipo son las explosiones de acetileno e hidrógeno . Las descomposiciones explosivas se acompañan generalmente de una liberación de grandes cantidades de gases calientes . En general, puede decirse que la velocidad a la que se liberan los gases calientes, ya sea debida directamente a la reacción o a la rotura del recipiente determina la violencia de la explosión. Muchos materiales, que no se consideran explosivos en sí pueden detonar si se encuentran en cantidades suficientemente grandes o si están contaminados . Un ejemplo notable es el nitrato amónico en concentración de tipo fertilizante, cuya detonación se puede iniciar, si se encuentra en volumen suficiente, debido a algún impacto fuerte tal como el que pudiera recibir a causa de otra exposición.
2.7.
DETONACIONES NUCLEARES .
La detonación nuclear se produce como resultado de la formación de diferentes núcleos atómicos por la redistribución de los protones y neutrones dentro de los núcleos, interactuantes, lo cual puede producirse por dos procesos distintos : fisión (rotura del núcleo) y fusión (unión de núcleos); el proceso de fisión se logra mediante el empleo de uranio 235 y plutonio 329, en el de fusión, dos núcleos de peso ligero se funden conjuntamente para formar un núcleo de un átomo de más peso. Se emplea con este fin un isótopo de hidrógeno pesado llamado deuterio . El tipo de energía cedido en la detonación depende de la naturaleza del dispositivo nuclear y del medio ambiente en que tiene lugar la detonación . Como regla general, en una detonación aérea la onda expansiva y su impacto representan aproximadamente el 50% de la energía liberada, la energía térmica aproximadamente el 35%, mientras que la radiación nuclear representa la cantidad restante. La liberación de energía procedente de armas nucleares se expresa como el equivalente en kilotones (mil toneladas) de TNT . Las primeras bombas nucleares liberaban energías equivalentes a 2ó kilotones de TNT, pero actualmente existen armas con capacidad de varios megatones (mil kilotones) .
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TEMA 15 COMPOSICIÓN CONSTRUCTIVA DE UN EDIFICIO . DEFINICIONES Los elementos que intervienen en una edificación tienen distintas funciones. Unos sirven para que el edificio se sostenga y otros para hacerlo habitable . Por ello haremos una clasificación, atendiendo a estos conceptos, en Estructurales y Complementarios. Cimentación ESTRUCTURALES : Estructura Todos aquellos elementos cuya misión es absorber las cargas del edificio . Elementos de enlace Cubierta Cerramientos COMPLEMENTARIOS : Todos aquellos elementos cuya función es hacer Particiones habitable el edificio . Instalaciones Pavimentos
Parte de la construcción Superficiales que sirve de base al edificio Profundas Parte de la construcción De muros de que transmite las cargas del carga Entramada edificio a la cimentación Sirven de unión entre dis- Escaleras, rampas, etc. tintos niveles Parte del edificio que lo cierra por su parte superior. Parte del edificio cuya única función es cerrarlo en todo su perímetro protegiéndolo de los agentes atmosféricos . Todos los elementos cuya función es separarlas distintasdependencias de la vi enda.
Cimentación: Es la parte inferior de la construcción, que queda en contacto con el terreno v se apoya en él, y cuya misión es trasmitir a éste las cargas que actúan sobre la estructura del edificio . Dentro de las cimentaciones podemos encontrar distintos tipos: Superficiales . Profundas . Cimentaciones superficiales: Son aquellas que encuentran firme a poca profundidad . Hay varios tipos a) Zapatas continuas : Su misión es la de cimentar muros de carga . Se llaman continuas porque abarcan toda la longitud del muro, b) Zapatas aisladas : Su misión es la de cimentar pilares . c) Placas de cimentación Son una especie de zapatas en las que prima la superficie sobre la profundidad . Se usan cuando el terreno no es capaz de absorber los esfuerzos que se le están transmitiendo v se necesita mayor superficie de cimentación -
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Muro Pilar
Zapata
Zapata
Zapata aislada
Zapata continua
Pitares
Placa
Placas de cimentación Cimentaciones profundas : Se usan cuando el firme lo encontramos a mucha profundidad, o bien el terreno sobre el que se va a cimentar tiene poca resistencia. Para este tipo decimentaciónseusanlospilotes.
Estructura: Es la cace del edificio cuya misión es transmitir las cargas a la cimentación. La estructura puedeser: De
muros de carga.
Entramada. Estructura de muros de carga : Las cargas que gravitan
el edificio se transmiten sobre a la cimentación a través de
muros realizados a base de
Forjados
ladrillo, piedra, hormigón armado, etc . Se utiliza en edificios de poca altura .
Cimentación
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Muros de carga
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Estructuras entramadas : Las estructuras entramadas están compuestas de dos partes : Entramado horizontal : Forma el suelo de las distintas plantas y está compuesto de elementos resistentes, viguetas, y elementos aligerantes, bovedillas . Entramado vertical : Compuesto de elementos verticales, pilares, y elementos horizontales, vigas. Las estructuras entramadas se pueden realizar de distintos materiales : Madera . Hierro . Hormigón armado . Entramados de madera: El entramado de madera horizontal está compuesto de viguetas de madera y entre ellas se podrá colocar un simple entablado, una bóveda de rasillas, etc. El entramado vertical está compuesto de elementos horizontales, carreras, y elementos verticales, pies derechos . Aparecen además otros elementos auxiliares que mejoran la construcción y que se explican en el. dibujo siguiente : Viguetas o maderos de piso
Entablado
Sobrecarrera
Carrera Zapata Jabalcones Pie derecho
Formación de entramado de madera
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Entramado metálico : El entramado horizontal podrá estar compuesto por viguetas metálicas o de hormigón, y elementos aligerantes a base de bovedillas (de cerámica, de plástico, etc .). El entramado vertical está compuesto de elementos horizontales, jácenas, que se apoyan en los verticales, soportes .
Viguetas
,Jácena Soporte
Entramado de hormigón armado: El entramado horizontal está compuesto por viguetas de hormigón armado y elementos aligerantes, bovedillas (de cerámica, de plástico, de hormigón armado, etc .) . El entramado vertical está compuesto por elementos horizontales, vigas, v elementos verticales, pilares.
Pilar
Viga
V Vigueta Bovedilla
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ESCALERAS: Son elementos de unión entre forjados a distinto nivel . Pueden tener uno o varios tramos. Las escaleras pueden ser parte de la estructura, en cuyo caso se realizan mediante losas de hormigón, o bien apoyarse en la estructura mediante vigas zancas . Los peldaños de las escaleras se componen de tabica y huella . Meseta o rellano
Huella
Tabica viga zanc ol sa
Escalera de un tramo
Escalera de dos tramos
: CUBIERTAS
Es el elemento que cierra el edificio en su parte superior . Tiene como mision el proteger al edificio de las inclemencias del tiempo . contribuyendo al aislamiento térmico .y acústico del mismo. y proporcionándole una fácil `. necesaria evacuación de las aguas Fundamentalmente, y según su inclinación, existen dos tipos de cubiertas Cubierta plana Comúnmente se llaman azoteas Su pendiente es menor del 5% Cubierta inclinada mayor del 5%
Pendiente
DEFINICIONES PREVIAS
Faldón- Plano inclinado que forma el tejado . En funcion del número de faldones, diremos que una cubierta es a un agua, a dos aguas, etc . Aleros Panes de la cubierta que sobresalen de la linea de fachada. Caballete : Intersección de dos faldones . Limas : Intersección de dos faldones consecutivos, pudiendo ser saliente . limatesa. y entrante, limahova Peto
Faldón comprendido entre dos limas, de forma triangular.
Hastial : Parte de muro que queda entre faldones, de forma triangular
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Faldón Limahova
Limatesa
Limatesa
Limahova
Caballete
Peto
Hastial
Peto Peto
Alero
Hastial
Las cubiertas están formadas, generalmente, por dos elementos, los materiales necesarios para su revestimiento (tejas, pizarras, zinc, etc.) y la armadura o entramado que la sustenta . En función de cómo esté realizada la estructura tendremos los siguientes tipos de cubiertas : Cubierta de par y picadero : Es una cubierta a una o dos aguas, en la cual las piezas paralelas en sí, van en la dirección de la pendiente . Dichas piezas se llaman pares.
Cubierta a la molinera : Las piezas paralelas entre sí en este caso se disponen en la dirección perpendicular a la pendiente. Dichas piezas se llaman correas. Listones
Correas
Pares
Cubierta de par y picadero Cubierta de par e hilera : Cubierta a dos aguas en la que los pares se prestan mutuo apoyo a través de una pieza longitudinal llamada hilera . Los pares se apoyan en su parte inferior en una pieza llamada estribo . Cada cinco o Estribo seis pares se coloca un tirante de acero
Cubierta a la molinera
Hilera Par Tirante
Cubierta de Par e Hilera Madrid Seccion Sindical de U .G .T . en el Ayuntamiento de
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Cubierta con cerchas : La cercha es la estructura resistente de la cubierta . Se compone de tirante, pares; pendolón y tornapuntas . Sobre las cerchas se disponen las correas y, sobre ellas los cabios o parecidos. Después se podrá colocar un entablado o enlistonado .
Cubierta formada por tabiquillos y tablero cerámico: Es una cubierta en la que se realizan unos tabiques a base de ladrillos hueco doble o sencillo, dejando huecos entre ellos, y sobre los cuales se apoyar, Inos rasillones cerámicos, que forman un tablero para apoyar el material de cubrición. Cabios o Parecillos Pendolón
Correas
Par
Jabalcón
tabiques palomeros
rasillón
Tirante
foriado
Cubierta con Cerchas
Cubierta formada por tabiquillos y tablero cerámico
CERRAMIENTOS Hoy en día, debido al uso de estructuras entramadas, se hace necesario disponer un cierre de dicha estructura, para hacer al edificio habitable, es lo que llamamos cerramientos Dependiendo del material de se utilice, hay diversos tipos : Cerramiento de ladrillo . Cerramiento a base de paneles prefabricados. Muros cortina : Cerramientos muy ligeros a base de vidrio o plástico, que se coloca sobre una estructura ligera anclada a la propia estructura del edificio y que se extiende por delante de los forjados
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TEMA 16 INSTALACIONES GENERALES DE UN EDIFICIO. DEFINICIÓN Por instalaciones entendemos todos aquellos elementos complementarios de una construcción que contribuyen a dotar a la misma de unas condiciones de habitabilidad, confort y bienestar . Para su estudio las enumeraremos en los siguientes grupos : Salubridad : Fontanería (agua fría y caliente) Saneamiento (alcantarillado, depuración) Ventilación Basuras Receptoras y distribuidoras de energía : Electricidad Gas (natural, ciudad; licuado) Climatización : Calefacción (agua, radiación) Aire acondicionado Transportes : Ascensores Montacargas Escaleras mecánicas Cintas transportadoras Protección y seguridad : Contra el fuego (extintores, detectores, columnas secas, etc.) Pararrayos Alarmas Audiovisuales : Teléfono Televisión Megafonía Telex Circuitos cerrados de vídeo Instalaciones de agua fría . Las instalaciones de suministro de agua potable a los edificios, tienen su origen de abastecimiento en la Red Pública . De esta red saldrá la acometida, en la que se encontrará una válvula de toma sobre la tubería de la red de distribución que abre el paso del agua desde la red pública. Junto al edificio, habrá una válvula de registro sobre arqueta normalizada con tapa metálica Ya dentro del edificio se situará, en el interior de una cámara impermeable Y fácilmente accesible, el contador general de agua, dos llaves de corte y la Seccion Sindical de U .G .T. en el Ayuntamiento de Madrid
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válvula de retención, llamada antirretorno, para evitar que el agua de la finca retroceda a la acometida. De ahí, la instalación continuará hasta la batería de contadores, a partir de los cuales saldrá una ascendente hasta cada vivienda . De no haber batería de contadores, del contador general de la finca saldrá una ascendente que repartirá el agua a todas las viviendas. A la entrada de cada vivienda habrá una llave de paso que dará paso a la instalación interior de la vivienda, pudiendo existir o no en su interior. contador individualizado
Instalación de tipo contador único y distribución por grupo único de columnas
Acometida
Válvula de registro
Válvula de toma
Llaves de
paso
Contador
TIPOS DE ISTALACIONES DE AGUA FRÍA
Válvula de retención
TIPOS DE VÁLVULAS
Contador único y distribución por grupos múltiples de columnas .
Compuerta .
Contador único y distribución vertical por grupo úni co de columnas .
Asiento .
Contadores divisionarios centralizados . Contadores divisionarios en cada vivienda y distribución vertical por grupo único de columnas.
Esférica. Retención . Reductora de presión Seguridad .
Hoy en día la instalación que se realiza es la de contadores divisionarios centralizados . Instalaciones de agua caliente. Las instalaciones de agua caliente son complemento o seguimiento de las de agua fría . TIPOS DE INSTALACIONES Producción centralizada con contadores divisionarios en cada vivienda y distribución vertical por grupo único de columnas . Producción individual a partir de cualquier esquema de agua fría. Producción centralizada con contador único para cada nivel de presión y distribución vertical por grupos múltiples de columnas . Producción centralizada con contador único para cada nivel de presión y distribución vertical por grupo único de columnas .
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La red interior de agua caliente se ajustará a los siguientes criterios:
1 . Cada columna servirá diez plantas como máximo .
2. En las instalaciones centralizadas la acometida de la red interior de agua fría se hará después de cada grupo de presión y válvula reductora.
3 . En estas instalaciones será necesaria la columna de retorno, cuando la longitud entre el calentador o acumulador y el punto más alejado sea de más de 12 metros .
4. La red separada más de 30 cm. de conducto o cuadro eléctrico y a más de 4 cm. de conducto de agua fría y nunca por debajo de ésta. 5 . En la red mixta de circuito abierto, el acero antes que el cobre (en sentido de la circulación del agua) .
ca Sistemaspr aproduciguaclient U
1 I
Individual c
0 L
L
acU entralizdo
Instantáneos
Los que obtienen agua caliente inmediata a su calentador . Estos calentadores son de gas butano o propano . Los gases producidos en la combustión deben ser evacuados a través de, un conducto que finaliza en la cubierta
De acumulación
Llamados termoeléctricos, concebidos para soportar la presión de la red de alimentación de agua y la presión del agua al calentarse.
Es aquella que considera a todo el .edificio como una unidad . Permite obtener en cualquier momento y' ala temperatura deseada, agua calienta sanitaria en cantidades ilimitadas. Este sistema precisa de una caldera como foco de produc ión décalorpas ndo.aunel mentopsterio (acumlador), quetndrá como mínimo una hora de suministro.
Saneamiento : Tienen como finalidad eliminar las aguas pluviales y las residuales. La instalación de saneamiento consta de los aparatos sanitarios, sus desagües, sifones y bajantes para comunicar los saneamientos y tejados con los colectores a red de alcantarillado . Ventilación : Se llama ventilación a la renovación de aire viciado que se efectúa en las viviendas y locales. Los sistemas de ventilación se consideran de dos tipos: 1 . Ventilación normal: Se denomina ventilación normal a la que se realiza por los huecos que dan al exterior por donde entra y sale el aire . 2 . Ventilación forzada : En este tipo de ventilación, la entrada de aire se efectúa por huecos que dan al exterior o a local ventilado, y la salida se efectúa por conducto vertical de tiro forzado o por impulsión al exterior por medios mecánicos (extractores) Electricidad : Las instalaciones de la red de distribución eléctrica en los edificios con tensiones de 220/380 voltios, parten de las acometidas que instalan las propias Compañías suministradoras y seguidamente entran en las edificaciones a una Caja General de Protección pa sando posteriormente por diferentes elementos y finalizando en los puntos de consumo de los usuarios. Dichos componentes son los siguientes:
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l . Caja General de Protección: Es el elemento de la red interior del edificio donde se realiza la conexión con la acometida de la Compañía eléctrica . Estará situada en el portal o fachada, e irá provista de cortocircuitos - fusibles, uno por cada fase; en los edificios que se alimenten directamente desde un Centro de Transformación, las cajas generales irán provistas de cuchillas seccionadoras en lugar de fusibles . 2 . Línea Repartidora : Es la línea que enlaza la Caja General de Protección con la centralización de contadores . Está constituida por tres conductores de Fase, un conductor Neutro y otro de Protección (carga máxima 150 KW). Si la linea repartidora se alimenta directamente de un centro de transformación, la carga máxima será de 240 KW. 3 . Centralización de Contadores: Es el conjunto de aparatos destinados a la medida del consumo de energía eléctrica. 4 . Derivaciones individuales . Líneas constituidas por un solo conductor de fase, un neutro y uno de protección que enlaza cada contador de la centralización, con el correspondiente Cuadro General de Distribución. Las derivaciones para suministros trifásicos (ascensores, grupos de presión, etc.), estarán constituidas por tres conductores de fase, un neutro y otro de protección. 5 . Interruptor de Control de Potencia: Está colocado en el interior de la vivienda, próximo al cuadro general de distribución, y sirve para controlar la potencia utilizada por el usuario. 6. Cuadro General de Distribución : Situado a la entrada de cada local o vivienda para proteger la instalación, así como al usuario sobre contactos e intensidades . Está constituido por un Interruptor Diferencial, e Interruptores pequeños (automáticos magnetotérmicos) en igual número al de circuitos de la instalación interior (normalmente cuatro). 7. Cajas de derivación : Colocadas a una distancia aproximada de 20 cm. del techo, son las destinadas a alojar las conexiones de los conductores . Calefacción : Se llama calefacción a las condiciones óptimas de temperatura en las que se encuentran confortables los seres humanos (entre 22 y 27 °C .) . Para conseguir la temperatura deseada, los sistemas de calefacción pueden ser: Calefacción por convección. Natural . Forzada . Calefacción por radiación. 1 . Calefacción por convección natural : La cesión de calor se realiza a través de radiadores, siendo el elemento transmisor del calor el agua. Su funcionamiento se basa en la diferencia de peso específico (densidad) entre el agua caliente y la fría, diferencia que da lugar a la circulación del agua que se calienta en la caldera y se conduce por una red de tuberías a los radiadores a través de los cuales, cede parte de su calor a los locales produciéndose un enfriamentodelagu,ysiendocnduia másbajtemprau, yatrvésude ncirutode retorno, de nuevo a la caldera. El agua caliente sale de la caldera subiendo hasta el vaso de expansión y desde él, mediante un circuito, a los radiadores . Este sistema se completa y mejora, asegurando estos ciclos de circulación del agua, mediante una o varias bombas, que introducen en el sistema una presión suficiente para adaptarse a cualquier instalación . _ 2 . Calefacción por convección forzada . En estas instalaciones la cesión del calor a los locales se realiza mediante aire producido por un generador de aire caliente o por contacto con una batería de caldo (aerotermo) . Los aerotermos son unidades compactas de aire impulsado Seccion Sindical
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que constan de un ventilador eléctrico, un filtro de aire, una serie de elementos de caldeo y una boca insufladora provista de rejillas orientables que proyectan el aire caliente en la dirección deseada . 3 . Calefacción por radiación : La cesión del calor se realiza por medio de agua caliente que circula por unas tuberías, las cuales están empotradas en suelos, techos o paredes . En la práctica los tubos calefactores sólo se empotran en el suelo, mediante los llamados suelos radiantes, ya que las paredes radiantes, resultan de un espesor muy grande y antieconómicas, y los techos radiantes, exigen prácticamente la total superficie del techo como área transmisora, imposibilitando la colocación de otro tipo de instalaciones. Complementaria de esta instalación son las calderas, así como los depósitos para almacenar los combustibles que alimentan dichas calderas . TIPOS DE CALDERAS Para combustibles sólidos Para combustibles líquidos Para combustibles gaseosos Mural (para gas)
Madera. Carbón (hulla, antracita) No presurizada. Presurizada (Gasoil, Fuel-oil) No presurizada Presurizada
Gas ciudad, gas natural, gas propano, gas butano
Transportes: Su misión es básicamente la de ayudarnos a salvar los distintos niveles de un edificio (ascensores, montacargas ; escaleras mecánicas, etc .). Los ascensores tendrán una consideración especial en edificios de más de 8 plantas, o más de 28 m. de altura de evacuación, Protección : Tratan de incorporar al edificio de la necesaria protección ante eventualidades como incendios, tormentas, robos, etc. Para la lucha contra incendios las instalaciones con que cuentan los edificios son : Instalaciones de detección de incendios. De temperatura. De humos De gase De llamas Instalaciones de alarma Instalaciones de pulsadores de alarma . Instalaciones de alerta . Instalaciones de megafonía. Instalaciones de emergencia . Alumbrado de emergencia y señalización . Ventilación de vestíbulos de independencia Instalaciones de extinción de incendios . Hidrantes de incendios . Columna seca . Bacas de incendios. Seccion Sindical de U.G .T. en el Ayuntamiento de Madrid
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Extintores móviles. Sistemas fijos de extinción.
Audiovisuales : Son aquellas instalaciones que se ocupan de los sistemas de captación, distribución y toma de señales de TV y radio, así como de la canalización para la red telefónica desde la acometida de la compañía hasta cada toma .
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TEMA 17 LAS GALERÍAS DE SERVICIO . DEFINICIÓN SON TÚNELES SUBTERRÁNEOS QUE EN FORMA DE BÓVEDA ARQUEADA -en su mayoría- CIRCUNDAN UNOS 90 KM. LA CIUDAD POR EL SUBSUELO A DIFERENTES PROFUNDIDADES . TEMA 1 : GALERÍAS DE SERVICIO . Una galería de servicio es por tanto, un túnel o camino subterráneo, de sección variable, visitable, es decir, apto para ser recorrido por personas, y en el que se alojan una serie de conducciones o redes correspondientes a servicios que una ciudad necesita . De ordinario están situadas a poca profundidad (alrededor de 1,50 m) del pavimento de la calle, y siempre a una altura superior a la red de alcantarillado procedentes dé a la que vierten mediante sumideros aquellas aguas . filtraciones, desagües o roturas eventuales que en ellas se produzcan . Los servicios en ellas instalados son los de agua potable, electricidad y telefonía, etc. En cuanto a las dimensiones dependen directamente de la importancia de la calzada donde estén situadas número de servicios y características de los mismos . 0,45 En nuestra ciudad son cuatro los tipos y dimensiones existentes: TIPO 1 : De 3,25 x 1,90, con andén lateral para la instalación de vías o carriles que faciliten, mediante vagonetas, el transporte de materiales .
0 0,75
0,75
0 2,50 N
0,30 r 0,30 r 0,45
1,90
0,45
TIPO 2 : De 3,40 x 2,50, es la de mayor dimensión, disponiendo de doble andén para transporte de materiales . Dispuestas en calles importantes albergando al menos diez servicios.
0 v
0
o2,50
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0,45
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TIPO 3 : De 2,30 x 2,10. De bóveda arqueada y posibilidad de fijación de soportes, para conducciones de tipo diverso . Dispone de un rebaje lateral en el enrase, para recogida de residuos o derrames líquidos.
O 0,40
0
2,30 N
0,35 M O
2,10 TIPO 4. "ESTRICTA" ; de 1,50 x 1 .
N O.
0,25
O 1,50 Estas dos últimas pensadas para calles de menor entidad donde, la falta de espacio impide la construcción de mayores .
of) 0,25 N
ó-
Esta última llamada estricta", tiene el carácter de semivisitable por sus reducidas dimensiones .
1,00
Existen asimismo los accesos de personal, con un cuarto anejo a la galería propiamente dicha, donde se reúne y cambia el personal en ella trabajando, además de un servicio . También disponen las galerías de servicio de accesos de materiales, ensanchamientos de la galería con dimensiones aproximadas de 4,50 x 1,20, pensados para el almacenamiento y bajada de los materiales utilizados en la construcción de las diversas canalizaciones en ella alojadas . La rentabilidad de las galerías de servicios, pesar de la gran inversión necesaria para su efectuar un estadio de los diferentes casos, vaya a ser cambiado el firme de la vía pública
está plenamente demostrada, a construcción, eso si es necesario escogiendo el momento en que donde vaya alojada .
Debemos considerar como circunstancias determinantes de si construcción, la densidad de tráfico, la frecuencia de averías y fugas de las instalaciones en ellas dispuestas, debido a la vejez de los servicios, necesidad de cambio de pavimento, etc .
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,M
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Por otra parte es de considerar no sólo la renovación en buena medida del cambio de pavimento para disminuir el número de zanjas y calas que se efectúa, sino el canon que deseen pagar al ayuntamiento las distintas ptas. m.l. y compañías propietarias de los servicios. (Actualmente está en año) . Así pues las ventajas de las galerías de servicio las podríamos resumir : 1) 2) 3) 4) 5)
Disminución de los hundimientos y socavones en la vía pública . Supresión casi total de las zanjas y calas . Mejor conservación de los pavimentos con una vida más larga . Más fácil localización de averías y fugas. Mayor control del estado de las diferentes redes en ella contenidos .
GALERÍAS MUNICIPALES MÁS IMPORTANTES . ARTURO SORIA (Manoteras-Cruz Caídos) RONDAS (Avda . C. Barcelona-Dr. Esquerdo-Fco . Silvela-J.Costa-R . Fdez. Villaverde-Rein a Victoria) BULEVARES (Colón-Sagasta-A. Aguilera-m . Urquijo) . RETIRO (M. Pelayo-Pacífico-P. Vergara) ATOCHA (Pza . Benavente-Alfonso XII) EJE PRINCIPAL (Delicias-Ferrocarril-P° Prado-Castellana a Colón) CASTELLANA (desde N . Ministerios a Pza. Cristina) Dos laterales . GRAN VÍA-PRINCESA. ATOCHA-R. VALENCIA-ACACIAS . El propietario de las galerías de servicio dentro de la estructura urbana es el Excmo . Ayuntamiento de Madrid, aunque éste suele alquilar espacios de las mismas a Compañías o Empresas, para que suministren sus servicios por ellas .
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ALCANTARILLADO DE MADRID RED DE ALCANTARILLADO COLECTORES
0,26
Los colectores son túneles subterráneos de diferentes medidas y formas que constituyen las redes de alcantarillado y que recogen las aguas PLUVIALES, FECALES Y RESIDUALES de las . vías públicas, edificaciones y factorías;
c
enfoscado fratasado con
r- M-450 para FCA.deladrillo
CC ladrillo
Todas las aguas recogidas son dirigidas en diferentes formas y por sistemas variados hasta las Depuradoras, y desde éstas hasta los ríos.
c
0,50 enlucido
0
Los conductos o colectores han sido modificados y mejorados en el correr del tiempo y son Servicios dependientes de Organismos Oficiales.
0,30 GALERIA
DE ACCESO
ORIGEN DEL ALCANTARILLADO El origen del alcantarillado en Madrid viene a ser complementario a la distribución del agua potable en el Reinado de Isabel II y data del año 1858. El vertido de las aguas -una vez usadas- se orientaban al río Manzanares. Hubo un tiempo, en el que la recogida de vertidos de aguas residuales se conducían paralelas a la distribución del agua potable ; pero se llegó a comprobar que ambas, en algunos puntos --contactaban- y se contaminaban e incluso llegaban a producir epidemias . En la monarquía de Alfonso XIII, se encauzaron los problemas, y para ir dando solución, se construyeron unos 500 Km . De redes de alcantarillado independiente que vertían al río . Posteriormente en la República se hicieron de 1,10 m . por debajo del enrase, con puntos visitables y con sucesivos enganches . Durante la guerra fueron usados estos colectores como puntos, estratégicos, - incluso otros fueron minados como se ha observado posteriormente, por la acción de
CONDUCCION PARALELA DE AGUA POTABLE Y RESiDUAL ( 1_858
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hundimientos, socavones, etc. Ejemplo: P° de la Florida, Abroñigal y otras. Después de la Guerra crece Madrid con desorden y en los años 60-70 se crean nuevos colectores y surgen planes de mejora y alguna depuración ; pero debido al crecimiento es insuficiente .
0 1,80
En el año 1977 el Ayuntamiento aprueba con la mayor parte del presupuesto de la corporación el plan integral de saneamiento, por el que se depuran todas las aguas .
1,20
COLECTORES . El saneamiento de Madrid es de TIPO UNITARIO, es decir, se utilizan los mismos conductos para las aguas negras y las pluviales. Vierte a dos cuencas; las del Manzanares y la del Jarama, correspondiendo aproximadamente el 80% del total a la primera y el 20% restante a la segunda, siendo la divisoria el eje nudo norte-Arturo Soria-Hermanos García Noblejas . El caudal medio que produce la ciudad en tiempo seco es de 11m/seg . Antes del desagüe al río se depura la totalidad de las aguas con tratamiento primario y secundario, en siete estaciones depuradoras. La red de alcantarillado se compone de dos colectores principales en la cuenca del Manzanares, que van a ambos lados del río y otros de gran sección que vierten a ellos a través* de las antiguas vaguadas (hoy desaparecidas en su mayoría), de las que toman el nombre : colectores de la Veguilla, Fresno, Cantarranas, Valdemarín, Pozuelo, . . ., etc . Estos a su vez reciben aportaciones de las conducciones de las calles importantes, ramificadas por todas las restantes calles, a donde van a parar los desagües de las fincas. En la cuenca del Jarama, las aguas llegan por las galerías de Rejas y Valdebebas, hasta las depuradoras correspondientes .
enfoscado fratasado con m-450 para fca. fabrica de ladrillo
0,10
ALCANTARILLA VISITABLE
Casa de Campo de
EdPxeatsromu
CONSTITUCIÓN DE LA RED. El tamaño de cada colector depende del caudal de agua que deba desaguar, por lo que es muy variado . Los pequeños son tubulares que tienen diámetros comprendidos entre 0,20 m. y 1,00 m .; este tipo de alcantarillas se denomina no visitable .
Pº de extremadura
Sol del
Puerta
Río Manzanares Carabanchel alto
La china
Villaverde
Sur
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188
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid COLECTORES A AMBOS
LADOS
A partir de aquí pasan a secciones ovoides rectangulares, o circulares de gran diámetro (hasta 3,00 m.) de todas las dimensiones imaginables, siendo la más frecuente de 1,70 m . de altura y 0,70 m. de ancho, que puede o no tener andén para paso del personal . A estas se las llama visitables . La longitud total de la red municipal es de 3.500 Km ., de los cuales son visitables 1 .600 Km . Y el resto tubulares . Existen urbanizaciones no municipales dentro de Madrid, y de las acometidas de los inmuebles, siempre privadas, que suponen en total alrededor de 700 Km . Más . Para tipos no visitables es preciso disponer de registro directamente sobre la tubería, a distancias comprendidas entre 20 30 m . sirven para limpieza e instalación y suelen estar situados en el centro de la calzada . En las visitables, los pozos son de acceso, ya que los trabajos se efectúan en el interior, y están distanciados entre 100 y 150 m. bajando a un lado de la galería y no directamente sobre ella, por lo que necesitan un pequeño túnel de conexión que se llama cerrojo . Las uniones de colectores secundarios con principales, son puntos de discontinuidad forzosa, en que deben interrumpirse los andenes si son visitables . A veces la profundidad de las galerías es diferente, y para salvarla se disponen rápidos de la misma sección pero con fuertes pendientes, donde el agua alcanza grandes velocidades, por lo que en el andén disponen escalones .
DEL
colector
RIO
tubular
0.20
.
0,12 0,25 0,70 0,25
En momentos de aguacero las aportaciones debidas a la lluvia se suman a las domésticas, produciendo caudales que pueden llegar a ser 30 veces la normal . Estos excesos de agua deben evacuarse cuento antes de los colectores, pues de lo contrario se necesitarían conducciones enormes, de gran costo y reducida utilidad, para ello se disponen los aliviaderos, que dan salida al agua a partir de una cierta dilución, al cauce público más próximo, bien directamente a través de túneles exclusivamente dedicados a este fin, que se llaman emisarios, y que por tanto en tiempo seco no funcionan . En el Manzanares existen 29 aliviaderos, la mayor parte sumergidos para evitar olores . Al Jarama van otros tres .
POZO DE
REGISTRO GALERIA visitable
0,50 enlucido
EMISARIO AL RIO
Aliviadero
depuradora
0,30
Muy importante en un alcantarillado es la ventilación, pues las aguas residuales fermentan espontáneamente produciendo cantidades apreciables de C02, compuestos e azufre y algo de metano, sin contar con otros gases que
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0,25
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Tragante a
pudieran desprender los vertidos industriales . Dentro del casco urbano la ventilación principal tiene lugar a través de los absorbederos (punto de entrada de aguas de lluvia), mientras que en los tramos alejados se disponen chimeneas, que son semejantes a los pozos de registro, pero están situados sobre la clave del colector y cubiertos por una rejilla . Nunca se debe intentar penetrar a la galería por uno de ellos .
0,35
En la red no visitable, la ventilación se lleva a cabo por los absorbederos y en los pozos de registro, cuyas tapas de fundición disponen de cuatro taladros para este fin . El alcantarillado de Madrid, está destinado exclusivamente a la evacuación de aguas residuales, y no alberga ningún otro servicio urbano, careciendo de alumbrado, energía eléctrica o medios de comunicación con el exterior (los radio-emisores no se escuchan fuera) . En cuanto a la profundidad, normalmente las no visitables oscilan entre 1,50m . y 4,00m. ; mientras que las visitables van entre 5,00m . y 14,00m ., aunque hay excepciones encontrándose tubulares a 10,00m. y visitables casi a 40,00m .
a 0,70 0,25 e 1,20 1,20
0,300,30
POZO PARA ABSORBEDERO
En varios puntos de la Capital, existen rejas u otros obstáculos para impedir el paso de personas, por motivos de seguridad. Tales dispositivos son colocados y manejados por la Policía Nacional . ACOMETIDAS Reciben el nombre los ramales, que partiendo del interior de los edificios, recogen los desagües de las viviendas y los llevan hasta el alcantarillado público, por tanto, al menos en parte deben discurrir bajo las calles. Normalmente son del mismo tipo que el saneamiento de la calle donde desaguan, es decir si éste es tubular, aquellas también lo son y si es visitable, igualmente ocurre con la acometida aunque sus dimensiones son más reducidas (generalmente 1,40 x 0,70m) . Se inician dentro del inmueble, en un pozo que recoge todos los servicios de la finca, llamado pozo general de recogida de bajantes, y suelen llegar al colector sin más pozos, o a lo sumo con uno más, llamado de acometida (situado en el portal o en la acera) inmediatamente delante . Actualmente las normas Municipales prohiben la existencia de estos pozos en las aceras, y exigen que dentro de las_ acometidas visitables se lleven las aguas entubadas, llegando al colector solo el
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Oposición
tubo y no la galería, para impedir el acceso a la finca por este producto . Sin embargo, existen muchas antiguas que no cumplen la normativa . Todas las acometidas son de propiedad y competencia privada, aunque el Ayuntamiento tiene derecho a inspeccionarlas y exigir su reparación si se encuentran en mal estado. La recogida de las aguas por medio de colectores puede ir por medio de colector simple si son calles estrechas y con colector doble cuando son calles de gran anchura . RAMALES .- Hay diferentes tipos de Ramales de los colectores . Unos recogen las aguas en forma de "T'° o espina de pescado (ejemplo : Los de Pinos-Altas, AbroñigaIes, etc.). RECOGIDA DE LAS AGUAS POZO GENERAL
SUMIDERO 0 ABSOVEDERO
A CAMARA DE DESCARGA
POZO
C
ACOMETIDA
E
F
D
ACOMETIDA
POZO DE REGISTRO
POZO 'G RESALTO
Edificio
H
I
ALIVIADERO DEPURADORA
COLECTORES HACIA LAS DEPURADORAS La evacuación dé las aguas de las fincas se realiza por medio de bajadas hasta arquetas y desde estos por conductos hasta los pozos de las fincas . Desde estos pozos pasan las aguas a otros llamados generales que van a los colectores . Los pozos cuando no son visitables suelen tener de 1,50 a 4,00m . . Los visitables son aquellos que tienen una profundidad de 5,00 a 14,00m . Todos los vertidos - salvo los de pozos negros - están dirigidos hacia el río ; bien entrando por su margen izquierda o derecha (en la actualidad pasan las aguas antes por las depuradoras) .
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0,25
r . 0,20
0,70
de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid POZO
POZO DE POZO DE REGISTRO
DE RESALTO
VISGALERIA ITABLE
5
U <
Los conductos pueden. ser tubulares o cilíndricos (que pueden ser de 0,20 a 1,00m .) o os colectores visitables de bóveda arqueada de varias medidas . LAS EVACUACIONES PUEDEN SER : Por los "Sistemas" : A) Sistema unitario cuando la recogida de las aguas pluviales y fecales van juntas, como el existente en Madrid .
150RÍOOMAR
Distancia máxima entre pozos 50 m.
B) Sistema separativo cuando conducen las aguas pluviales y fecales por separado. Todos los vertidos excepto los pozos negros, están orientados sus vertidos hacia las depuradoras y desde estas a los ríos .
Distancia máxima entre
pozos 50 m.
río o mar
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DEPURADORAS MÁS IMPORTANTES CUENCA DEL MANZANARES : EL 80% 1 .- LA DE VIVEROS.- En la Carretera de La Coruña . 2 .- LA DE LA CHINA .- Que recoge las aguas de dos importantes colectores . 3 .- LA DE BUTARQUE .- Con recogida de las zonas de cementerio Carabanchel . 4 .- DE ZONA SUR.- Fuera de la demarcación de Madrid (parte Getafe, etc.). 5.- ZONA ORIENTAL .- Zonas de San Martín de la Vega y otras . CUENCA DEL JARAMA : EL 20% Esta cuenca recibe el 20% de las aguas vertidas en Madrid ; principalmente a través de las depuradoras de VALDEBEBAS, REJAS, etc. A estas zonas corresponden COSLADA, TORREJÓN, etc. y otras zonas donde están previstos otros colectores . EL TOTAL DE LOS VERTIDOS A LOS RÍOS SUMAN MÁS DE 12 m3 POR SEGUNDO riomanzan res 9a
r9 z9 9
El pardo PARDO
PARDO
ó
FUENCARRAL
c.
jarm río
PEÑA GRANDE
VALDEBEBAS
ARAVACA
7
BARAJAS HORTALEZA
AEROPUERTO
VIVEROS
REJAS
CANILLEJAS
CASA DE casa de campo
VICALVARO VALLECAS
CARABANCHEL ALTO ESTACION depuradora COLECTOR
sur
LA CHINA
SUR
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ORIENTAL
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TEMA
18
EL GAS EN MADRID . ABASTECIMIENTO DE AGUA EN MADRID. RED ELECTRICA. EL GAS EN madrid INTRODUCCION Entre los servicios importantes de la ciudad se encuentra el "Gas" . El "Gas" es un fluido aeriforme que en el siglo XVI el químico Von Helmont, lo significó con el vocablo latino -chaos-, que quiere decir "C A O S". El Gas desde su descubrimiento, se destiló primero con la madera y después con hulla, usándose para iluminación. Más tarde al desplazarle la lámpara incandescente de Edison, el "gas" continuó su desarrollo para calentar los alimentos, el agua, la calefacción, etc. En Madrid el uso de "gas" se inicia en el reinado de Fernando VII colocándose las primeras farolas con gas, fabricado en un laboratorio. En épocas posteriores una compañía inglesa, y después francesa, crea la empresa de Gas de Madrid. Entre los años 50 y 62 se instalan dos nuevos depósitos de 40 y 50.000 m3 y al crearse la nueva gran fábrica de Manoteras en 1967 se comienza la sustitución del carbón por las NAFTAS LIQUIDAS no carburantes con lo que se consigue un aumento de su potencial calorífico, así como un mayor consumo y aumento de su red de distribución .
Luz de Gas
-
Fernando V
En años posteriores, la Industria Gasista distribuye además del gas ciudad, el butano, propano ; y en la década de los 80 se da paso al "Gas Natural" . Las mayores reservas de este gas, la facilidad en su transporte y otras ventajas, hace que España se firme en Julio del año 85 el Protocolo de Desarrollo y ampliación de su uso entre el Ministerio de Industria y las Compañías (según el PLAN ENERGETICO NACIONAL -P.E.N.-)
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GASES/ YACIMIENTOS I /ZONAS PRINCIPALES GASES DE LA INDUSTRIA DEL GAS
Los tres tipos de gas característicos de la industria española son: - El Gas Natural (G.N.) - El Gas manufacturado (G.M.) - Los gases licuados del petróleo (G.L.P.) Los yacimientos de los productos energéticos de los que sirve España, están situados en Argelia, Libia, Mar del Norte y en nuestro país, el de Serrablo en Sabiñaniego (Pirineo Aragonés 25 .000 M te .) y el de Gaviota, situado en la Costa Vizcaína de Berneo (reserva 120.000 Mte .). FAMILIAS DE GASES SEGÚN ALMACENAMIENTO EN MADRID.
SU
__PODER CALORÍFICO
Y
SU
1' FAMILIA : GAS MANUFACTURADO O GAS CIUDAD Potencial calorífico : De 5 .700 a 7 .500 kcal/m3 . Almacenamiento: en Fábrica de Manoteras . Antiguamente se gasificaba por la destilación de la hulla. Actualmente se reciben en la Factoría vagones cisternas con NAFTA LIQUIDA y se almacena en grandes depósitos - y como contiene algo de azufre éste se elimina antes de su GASIFICACION en los Hornos donde se introduce junto a vapor de agua (pasando por Tubos rellenos de un catalizador ) que a alta presión se consigue un gas de elevado poder calorífico, baja densidad y gran pureza. También puede obtenerse gas manufacturado a partir del Gas Natural. 2a FAMILIA : GAS NATURAL
Potencial calorífico : de 9 .680 a 13 .850 kcal/m3 . Almacenamiento: en la Factoría de Manoteras. Llega a la fábrica mediante (1) Conducciones o (2) mediante transporte y almacenamiento en estado líquido (cuando las distancias con inferiores a 4.000 kms.) el transporte del Gas es más barato - si es mayor o atravesando mares-), tiene dificultad, y se usan buques METANEROS de hasta 60.000 m3 . En la actualidad y debido al aumento de consumo en el mundo, se necesitan a veces, grandes gasómetros de hasta 200 .0000 m3 . Además se emplean nuevas técnicas de licuefacción por fluidos frigorígenos que por el procedimiento llamado "cascada incorporada", permiten reducir hasta 600 veces el volumen del GAS, para beneficio del Almacenamiento . Piénsese que a falta de espacios y depósitos en los Estados Unidos, se suele almacenar de nuevo el gas, en yacimientos AGOTADOS .
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196
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Oposición
GAS NATURAL
(ORIGEN Y COMPOSICION)
Se denomina gas natural a una mezcla de gases, cuyos componentes principales son hidrocarburos gaseosos (en particular, el metano está en proporción superior al 70 %). El gas natural se encuentra en la naturaleza en las llamadas "bolsas de gas", bajo tierra, cubiertas por capas impermeables que impiden su salida hacia el exterior. El gas natural se puede encontrar acompañando al crudo en pozos petrolíferos (gas natural asociado) o bien en yacimientos exclusivos de gas natural (gas natural no asociado). No existe una teoría rigurosa sobre su formación, pero se puede asegurar que proviene de un proceso análogo al de la formación del petróleo. Los otros componentes que acompañan al metano son hidrocarburos saturados (sin dobles o triples enlaces carbono - carbono), como etano, propano, butano, pentano y pequeñas proporciones de otros gases como anhídrido carbónico, nitrógeno y en algún caso ácido sulfhídrico, oxígeno e hidrógeno . La proporción en la que están presentes estos gases no suele sobrepasar el 15 %, aunque hay excepciones, como el gas natural de Lacq (Francia), que contiene aproximadamente un 15 % de ácido sulfhídrico En este caso, el gas natural se somete a un proceso en el que se separa el ácido sulfhídrico antes de proceder a su distribución por tuberías. En la tabla 2.1 se muestran las composiciones de diferentes gases naturales de distintas procedencias .
Composiciones del gas natural Nombre
Metano Etano Propano Butano Otros Nitrógeno Anhídrido carbónico Acido sulfhídrico
Composiciones del gas natural (% volumen) en el pozo de extracción Area
Mar del Norte Holanda
Yacimiento Fórmula CH4
Leman Bank
Groningen
Francia
Argelia
Libia
Lacq .
Hassi R'Mel
Zeltem
69 .2
91 .2
92.0
81.5
C2 H6
3.5
2.7
C3 H8
0.7
0.5
1.0
0.8
0.6
0.1
0.3
0.1 -
C4 H10 -
0.3
N2
CO2 SH2
14. .9 5 0..3 -
0.7 -
7.4 .3
3
0 .5 2
Bermeo Gaviota 86.5
87.0
12.4
5.3
-
0.3
1.8 0.7
0.1
0.2
0.6
0.5
0.7
3.8
9.6 15.2
-
-
1.2 -
DISTRIBUCION - Mediante canalizaciones de gas. - Mediante su transporte y almacenamiento en estado líquido.
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19'
Oposicion de Bomberos
del Ayuntamiento de Madrid
ESQUEMA DE UNA TERMINAL DE GAS NATURAL Butano
Propano
Esquema de proceso GNL
GNL
GNL
. GNL
Compresión
Bombas
GNL
GNL Argelia Libia Torres de fraccionamiento
Agua tratada
Vaporizadores
Calderas Agua al mar
Red 35 kg/cm3 Gas emisión Red 72 kg/cm3 Gas emisión
Vaporizadores
Captación de agua de mar
Planta satélite
. . .Esquema de una terminal de GNL En todo este proceso se produce una cierta cantidad de GN sobrante (mezclado con otros gases no condensables), que es conducida a la antorcha para su incineración. Mediante este procedimiento se eliminan los gases no deseados . 3' FAMILIA: GASES LICUADOS DEL PETROLEO (G.L.P.) Almacenamiento : en Fábrica Repsol (Pinto) Potencial calorífico: De 18.500 a 22 .070 kcal/m3 . Se almacenan y transportan a presión para mantenerlos en estado liquido . Estos hidrocarburos están presentes en los crudos y en disolución con el resto de los componentes de los que se separa POR DESTILACION FRACCIONARIA. Los G.L.P. sufren una desulfuración hasta mantener una concentración de AZUFRE MENOR de 0,1 glm de los que se obtienen el PROPANO y BUTANO .
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_198_
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid GASES LICUADOS DEL PETROLEO (G.L.P.)
PRODUCCION Y COMPOSICION. Se denominan así el propano, butano y sus mezclas, que se almacenan y transportan a presión para mantenerlos en estado líquido . Estos hidrocarburos están presentes en los crudos y en disolución con el resto de los componentes de los que se separa por destilación fraccionaria. Algunos gases naturales contienen propano y butano en pequeñas proporciones ; en estos casos, se suelen extraer antes de proceder a la distribución del GN por tuberías. Los GLP sufren una desulfuración hasta mantener una concentración de azufre menor de0,1 g/mm3 (n), y una separación en la que se obtienen sus dos productos más importantes : el propano y el butano comerciales, en los que el principal componente es el que da el nombre al producto. . Componentes principales de los GLP
Nombre Etano Propano n-Butano o Butano normal ¡-butano o isobutano
Fórmula ' C2 H6 C 3 H8 CH4 10 C4 H10
-Fórmula desarrollada CH 3 CH 3 CH 3 CH 2 -CH3
CH 3-CH2CH2-CH 3 CH3-CH-CH3 CH3
El butano presenta dos formas isómeras con propiedades diferentes. En la tabla 22.2 se indican las fórmulas químicas del etano, propano yu de las dos formas isómeras del butano ; en la table 2.3 se muestra un ejemplo de composiciones típicas del butano y el propano comerciales .
Ejemplo tipo de composición de los GLP comerciales Componente Etano Propano [Butano N-Butano To t al
-
Butano comercial (/o volumen) 0,46 9,14 30,80 59,60 100.00
Propano comercial (°/u volumen) 0,63 87,48 6,30 5,59 100.00
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LA DISTRIBUCION DE LOS GASES EN MADRID El transporte y reparto de gases en Madrid ha de entenderse por grupos y con las consideraciones siguientes: A) GASES DE USO DOMESTICO . Son los gases NATURAL, CIUDAD y BUTANO, los que generalmente se distribuyen a través de conducciones directas. Por depósito intermedio o en botellas. B) GASES DE USO EN LA INDUSTRIA . Los gases usados en la Industria, Organismos y Entidades de importancia, son el GAS NATURAL, PROPANO, HIDROGENO, NITROGENO, COLOR, ACETILENO, AMONIACO, BUTADIENO, etc. son servidos, unos por conducciones o cisternas de vagones y camiones hasta sus depósitos y otros por medio de grandes botellones C) LOS GASES NO USADOS EN MADRID . Pero que transitan por la Ciudad o su entorno hacia otros puntos de España; transportados por ferrocarril, carretera o gasoducto . LA DISTRIBUCION PRESIONES Y CONDUCTOS
D E GAS NATURAL
Desde la Fábrica de Manoteras sale el "Gas" a la Red de transporte por unas tuberías de acero de 20 pulgadas 508 m/m y ALTA PRESION, 16 bares. A partir de esas tuberías y a través de varias estaciones reguladoras pasa a las redes de reparto . Madrid está dotado de dos anillos y de dos regímenes de presión. El primero se aplica generalmente a los distritos periféricos MEDIA PRESION 4 Bar (tuberías de acero y polieleno, y el segundo se sitúa fundamentalmente en la zona Centro del Municipio de Madrid a Baja Presión, 0,05 bar, con tuberías de fundición dúctil y polietileno . Como la red está sometida a múltiples variaciones, según consumo, la Compañía dispone para el control de los 2 .000 km. de tuberías de un puesto de MANDO CENTRAL que constituye un cerebro electrónico donde se procesan todos los datos. Un puesto de MANDO DE CONTROL DE ANOMALIAS . Asimismo, como la Distribución general se efectúa en forma de MALLA, se dispone en Madrid de 168 (E .R.M.) Estaciones reguladoras de Presión y medida 168 normales, 6 comandadas y 2 telemandadas . Del primero anillo de distribución llamado periférico parten los distintos gasoductos que cubren los cuatro puntos cardinales .
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200
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VAGON CISTERNA CAMION CISTERNA
TRANSPORTE
La señalización de peligro para vagones y contenedores cisterna se contempla en un PANEL NARANJA de 0,40 x 0,30 m. con una raya central, su parte inferior señala el número de identificación del producto según la O.N.U. y su parte superior el número de identificación de PELIGRO, que para el GAS es el n° 2 su primera cifra siendo la 2' y 3' el peligro subsidiario, ejemplo. 3 INFLAMABLE
6- 5 o.n.u. onu
0,30 1965
o4o
-
Las conducciones de gas generalmente son pintadas en amarillo con cruces de franjas ROJAS : en edificaciones e industrias específicas, pero al no haber regla definida hasta que se regula la de Comunidad Europea, las conducciones exterior - han de ser pintadas -; pero por lo general se pintan de granate. GASES LICUADOS DEL
PETROLEO
DISTRIBUCION - Altura sin válvula: 475 mm . - Diámetro exterior: 300 mm . - Altura de la válvula: 72 mm .
. Botellas UD-125 y UD-110.
- Espesor de la chapa: 3,2 mm .
Las botellas se ven sometidas a tres pruebas:
- Peso en vacío: 13,9 kg (aproximadamente).
- Una prueba de presión hidráulica de 30 bar (sin válvula). - Seguidamente se monta la válvula y se realiza una prueba de estanques- dad con aire a 7 bar.
- Capacidad: 26,11.
- Aleatoriamente, se elige una botella de cada 200 y se somete a presión
-Caperuza - Válvula
Asa
Casquete superior -Soldadura Etiqueta de Peligro XA 2 A
Casquete interior
0 :300
23
.. .
_, . . Hombre preparado Taravehículo Carga que l eva
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In de
madrid
Aro base base
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GASES LICUADOS DEL PETROLEO DISTRIBUCIÓN
TIPOS DE embases
USUALES
" Envases de 15 o más kg de gas. En este grupo, el envase generalizado y de carga útil normalizada es el que contiene 35 kg de gas combustible (propano). En la figura 5.28 se observan las cotas y características constructivas de estos envases, que tienen una capacidad total de 83 I . La construcción de estos envases se realiza soldando a los extremos de una virola (de chapa de acero) dos casquetes de la misma chapa. En el casquete inferior se fijael aro base. En el centro del casquete superior se encuentra el collarín, con un agujero roscado para alojar la válvula.
1430
0300
Botella de 35 kg de GLP
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GASES LICUADOS DEL PETROLEO
DISTRIBUCION
La distribución de los gases licuados del petróleo (butano y propano), se realiza de las siguientes formas: " -- Mediante envases móviles (bombonas) . Las bombonas son recipientes cilíndricos de acero con cargas útiles de: " 12.5 kg de butano comercial (normalizado el envase como UD-125), utilizado en el mercado doméstico fundamentalmente . 11 kg de propano comercial (normalizado el envase como UD-110), utilizado en el mercado doméstico para calefacción integral de la vivienda y en el mercado comercial e industrial de pequeño consumo. " 35 kg de propano comercial (normalizado el envase como 1-350), utilizado en el mercado
doméstico para grandes consumos y en el mercado comercial e industrial de consumo medio.
" -- Mediante tanques fijos. Los tanques fijos tienen distintos volúmenes para satisfacer las distintas necesidades y se recargan periódicamente mediante camiones cisternas con propano comercial . Están destinados al mercado doméstico, para chales individuales, para mercado comercial e industrial de cualquier volumen de consumo y para servicio a surtidores de gas combustible para automoción (en este último caso se emplean mezclas de butano y propano comerciales). -- Mediante redes de distribución .- A partir de un tanque fijo o un conjunto de ellos, se realiza la distribución a cada usuario, doméstico, comercial o industrial, mediante una red de canalizaciones, facturándose individualmente el gas previa lectura de un contador. (Los datos parciales son de "Gas Natural", RED DE GAS EN EL MUNICIPIO DE MADRID Red Red de alta presión A.P . , entre 4 16 bares Red de media presión B (M.P.B .), entre 0.4 4 bar. Red de media presión A (M.P.A.), , entre 0.05 0.4 bar. Red de baja presión (B.P.), menor 0.005 bar.
Kilómetros 108 188 139 1 .213
FUENTE : Gas Madrid, S.A. Información específica.
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ABASTECIMIENTO DE AGUA A _MADRID
INTRODUCCION Creado en 1 .851 bajo el impulso del Presidente del Gobierno, Juan Bravo Murillo, con el apoyo de la Reina, el Canal de Isabel II es una empresa pública dependiente de la Comunidad de Madrid, a la que fue adscrita por Real Decreto 1873/1984 de 26 de septiembre. En la actualidad el Canal de Isabel 11 abastece de agua a Madrid capital y a la mayoría de los municipios y núcleos urbanos de la Comunidad con 4.699 .000 habitantes . El Cuerpo de Bomberos de Madrid, para conocer el Abastecimiento a la Capital, ha de interpretar los datos Técnicos que se reflejan en este Tema. AGUA AGUA POTABLE EN MADRID El embalsamiento, almacenamiento, tratamiento y distribución del agua potable corresponde a la Comunidad de Madrid. Este servicio importante se realiza a través del Organismo Oficial autónomo llamado CANAL DE ISABEL II. Desde que Madrid se convirtió en una ciudad de alguna entidad, el primer problema con que ha tenido que enfrentarse fue el de la escasez de agua.
LLUVIA ó NIEVE
El primer monarca que tuvo esta preocupación fue Carlos III encargando un proyecto de canal en 1 .769 al que sucedieron otros, todos ellos inviables, por unas u otras causas, pero lo más importante radicaba en la idea de intentar traer las aguas del Jarama, no solo su mala calidad e insuficiencia, sino fundamentalmente por la dificultad de subirlas a Madrid. Fue en el reinado de Isabel 11 y estando de primer ministro Bravo Murillo, cuando se tomó en consideración un proyecto de 1 .829, en el que la idea base era la de construir un gran canal que trajera a Madrid las aguas recogidas en el punto denominado del Ponton de la Oliva, en la localidad de Torrelaguna a través de 77 kms. Todas ellas procedentes del río Lozoya, naciente en la Laguna de Peñalara y afluente del Jarama.
PANTANO ó PRESA
Las obras duraron siete años y en ellas trabajaron 1 .500 presidiarios, 2 .400 obreros libres, 400 bestias y algyunas bombas de vapor, de modo que el 24 de junio de 1 .858
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2(
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fueron inauguradas las obras por la reina Isabel 11 y S .M. el Rey consorte D. Francisco de Asís. La distribución comenzó con tres grandes arterias, una bajando por San Bernardo a pasar por la c/ Toledo a la Fuentecilla; otra bajada por Fuencarral y Montera hasta Atocha; y otra que cortaba ambas desde Neptuno por la Carrera de San Jerónimo y Mayor a Bailén, derivando en otras muchas ramificaciones.
Embalses principales
Con las aguas sobrantes del consumo de -Madrid y mediante una instalación a cielo abierto, "El canalillo" regaba las huertas del norte y nordeste de Madrid. Posteriormente se siguen construyendo nuevos depósitos y presas de aguas arriba, aprovechándose todas las posibilidades hídricas de Madrid de manera que surgen los embalses entre 1 .941 y 1 .971 de Riosquillo, Pinilla y el Atazar en el Lozoya, el Vellón en el Guadalix, el de Manzanares el Real en el Manzanares y el de Vado en el Jarama. En la cuenca oeste se explota el río Guadarrama con el embalse de Valmayor y en el Alberche con el de las Picadas . Todos estos embalses son unidos por unos canales que transvasan agua de unos a otros según las necesidades .
zona norte
PINILLA
0 RIOSEGUILLO
< 0
1 1
O
Guadalix
Se instalan estaciones depuradoras con modernos y complicados sistemas de tratamiento de aguas, efectuándose las estaciones de Torrelaguna y Bodonal en el sistema Norte y las de Valmayor y Majadahonda en el sistema oeste . Además el Canal cuenta con otras instalaciones y servicios como son centrales elevadoras, hidroeléctricas y una complicada red de distribución por todo el área Metropolitana .
N
EL ATAZAR Ríoloz ya
9
EL VELLON
31,y
MANZANAREs EL REAL
EL VADO Manzanares
jarm ío
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206
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CANAL DE ISABEL II
A Madrid llega el agua por tres canales principales desde Zona Norte.
CYII
El Antiguo Canal Bajo que aporta unos 3 m3/seg. . El Canal Alto alrededor de 9 m3/seg.
Enmblases principales zona oeste,
El Nuevo del ATAZAR que aporta aproximadamente 12 m3/seg. Asimismo y capítulo aparte lo constituye el embalse de Santillana con Canal y traída propia anexionada también al Canal de Isabel II. La zona Norte manda sus aguas por el "Sistema de Gravedad" por su considerable altura; y las de zona Oeste en sistema SOBREPRESIONAL tras varias elevaciones de presión como las de MAJADAHONDA Y EL PLANTIO.
guadrm
N O
aulenci o rí
Los conductos llevan el agua hasta 13 grandes depósitos reguladores que mantienen una presión de 12 a 18 Km2. Previamente se disponen de estaciones depuradoras modernas como las de Torrelaguna, Bodonal en el sistema Norte y las de Valmayor y Majadahonda en el sistema Oeste.
río
VALMAYOR 9
O PICADAS
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207
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PINILLA 0 RIOSEGUILLO
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NAVACERRADA
1
LA JAROSA O guadrm ío
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ABASTECIMIENTO DE AGUA A LA COMUNIDAD DE MADRID PLANO GENERAL
Q
DEPOSITOS REUULADORES ESTACIONES DE ELEVACION ESTACIONES DE TRATAMIENTO GRANDES CONDUCCIONES ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES
estructuraurbana alcalá de Henares
MADRID
took embalselaspicadas picadas
móstoles mostoles IS
I
W fuenlabrada
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
CONDUCCIONES SUBTERRÁNEAS Y POR GALERÍAS
Tubos de agua enterrados en zanja
Relleno material de exca cavación . Relleno exento de áridos
Tubería de conducción de agua . Relleno de arena
DE AGUA SO
Conducción BRE GALERÍA CON ANDEN LATERAL
CONDUCCIÓN DE AGUA SOBRE GALERIA CON ANDEN CENTRAL
0,29
: Las conducciones de agua pueden ir OBSERVACIÓN
°
por otro tipo de galerías no señaladas .
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210
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
TUBERIAS, CONEXIONES , ACOMETIDAS Y LLAVES MONTAJE DE UNA ACOMETID A PARTICULAR EN UNA 1 DISTRIBUCIÓN DE AGUA
Válvula de com
polietileno Válvula de toma
Llave de cuadradillo platina
á Valvula con platina
pieza enlac
válvula con cuello
A
B
B
c.
J d (mm) 1
120
(25
150 200
250 300 350
D (mm)
IIK
144
170 222
274
Dmax (mm)
189
216
24?
296 353
Los valores de los tamaños se refieren a presiones it son normalizados
D
D ..
400 450 500 600
326
(3781 429 (48tn
410 (465)
nominales de
635
5( ; 525
20 Kg/cm2 Los diámetros de 350 y 450 mm
DETALLE DEL MONTAJE DE LA UNIÓN DE TUBOS DE Policloruro Extremo del tubo con forma de enchufe
DE VINILO MEDIANTE PEGADO
Extremo liso del tubo
Capa de adhesivo Extremo del tubo en forma de enchufe Arco o anillo de caucho especial Revestimiento protector Extremo liso del tubo
A ENCHUFE Y CORDON DETALLE DEL MONTAJE DE LA UNIÓN DE TUBOS DE FUNDICIÓN
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no
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
EMBALSAMIENTO DEL AGUA EMBALSES
DENOMINACION
RIO
PRESA
FECHA de entrada
ALT. (m) Sobre
en SERVICIO
EL VILLAR PUENTES, VIEJAS RIOSEQUILLO EL Yado PINILLA
PICADAS
PEDREZUELA (antes el Vellón) NAVALMEDIO LA JAROSA NAVACERRADA MANZANARES EL REAL EL ATAZAR VALMAYOR LOS MORALES LA ACEÑA TOTAL
1879 Lozoya Lozoya 58 19 Lozoya Jarama 1,960. 1967 Lozoya Alberche t967 1968 Guadalix Navalmedio La Jarosa Samburiel Manzanares Lozoya Aulencia
196 196 1969 1912-71
Los Morales Aceña
Gravedad (a)
Gravedad (b) Bodegagruesa Gravedad .(b) Gravedad (b) Gravedad (a)
R10
LA PARRA EL MESTO POZO PE LOS RAMOS LAS NIEVES
Lozoya Guadalix Sorbe
Guadarrama
-
Escoltera
1988
Gravedad(b) Gravedad (al
56
Escollera (b) .
LONG (m)
CAPACIDAD DE EMBALSE (Hm 3 )
107
69
33 59
(b)
PRESAS * Denominación
6
Gravedad (b) (Gbr)aved
. . .Bóveda gruesa
1991
50
Gravedad (a) ): Graved(b)
1972
1976
Cimientos
TIPO
324,28 1 .060,26 178,20 294,50
22,4
53,0 50,0 55,7
145
52 .50
218
38,1 15
41
395
0,7
54 47 . 40 134 60 28
67
213 516,7
1 .355,20
484
1 .215,10 201 340
40,9
7,2
11,0
91,2
425 .3
124 .4 2 .3 23,7 960.9
DE DERIVACIÓN
FECHA DE ENTRADA EN SERVICIO
1904 1906
1972 1976
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CONDUCCION A OUE DA ORIGEN
CANAL DE LA PARRA CANAL DEL GUADALIX CANAL DEL SORBE TRASVASE DE LAS NIEVES
213
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GRANDES CONDUCCIONES CANALES DENOMINACIÓN
FECHA DE ENTRADA EN SERVICIO
LONGITUD
Canal Bajo
1858
58,1 Km
Canal de la la Parra
1904
23,7 Km
Canal del Guadalix
1906
3,7 Km
CAPACIDAD DE CONDUCCION m3/seg.
intero Depósito
Calerizs)
36 Km
Canal del Villdr
1912
16,7 Km
8
Canal Alto
1940
56 Km
6
Canal del Este
1945
13,7 Km
3,2
_
Canal Bajo
Canal del Jarama
1960
34,4 Km
8
m3/seg
Unión entre Depósitos Pza. Castilla-Bravo Murillo
1952-1966
Canal del Ataza r
1966-1970
Canal de Picadas
1967
49,2 Km -
.3 3,8 m3/seg
Canal del Oeste
1968
30,7 Km .
3
Canal del Vellon
1968
6,7 Km .
8
m3/seg .
1969-1985 1991
21,5 Km .
6
m3/seg .
Trasvase NavalmedioNavacerrada
1969
4,5 Km .
Canal del Sorbe
1971
9,3 Km .
3,7 Km 65,4 Km
6,5 m3/seg .
16
Real __
/seg
m3/seg .
m3/seg
3.º depósito-Islas Filipi Canal Bajo
m3/seg m
(Nudo
m-3/seg Azud de la Parra . m43,/5seg
1912
Cintura Sur
FINAL
. .:
Canal de Santillana
Art
ORIGEN
Presa de E^04 superio Depósito (Nudo Calreizs)
Depósito de El Olivar Depósito superior (Nudo Calerizas) 4.º depósito-Pza- Casti
o deE Oliva, l
6.º depósito-Valle cas
PresadVado El e
Depósito superior (Nudo Calerizas)
4`.; depósito-Pza Castilla
2.º y 3.« depósitos-Br Murillo e Islas Filipinas
Presa deAtazr Elezadorade Picadas (Embalse de Picadas) " 9.º depósito-El
4.º depósito-Pza- Casti Nudo de Majadahonda
Goloso
Presa de Pedrezuela
11.º depósito-Retamar Canal de El Atazar
Arteria Principal del Este
Arteria MajadahondaRetamares
5,8 m3/seg .
Presa de Navalmedio
Embalse de Navacerra
8
m3 /seg .
Azud Pozo de Los. Ramos
Canal de El Jarama
Km .
6
m3/seg .
Nudo de Majadahonda
Arteria Cintura Sur
Arteria Majadahonda-Retama -Retama
1973-1985
Arteria Principal del Este
1973
17,1 Km .
6
m3/seg .
Nudo de El Olivar
Arteria Cintura Sur
Canal de Valmayor
1976
17,4 Km .
6
m3/seg .
Presa de Valmayor
Nudo de Majadahonda
Trasvase de Las Nieves
1976
5,1 Km .
30
m3/seg .
Azud de Las Nieves
Embalse de Valmayor
Trasvase La Aceña-La Jarosa
1991
10,2 Km .
10
m3/seg .
Presa de La Aceña
Embalse de La Jarosa osa
14
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214
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
DEPOSITOS REGULADORES
DENOMINACION
-
BRAVO MURILLO
1879
ISLAS FILIPINAS
2
1915
VALDELATAS
1919
PLAZA DE CASTILLA HORTALEZA
EL PLANTIO
1967
EL GOLOSO
3,96 m
3
6,75 m
141 .602 m3
3
5,00 m
81 .000 m3
2
5,10 m
(12 uni.) 6
8,00 m
53 .767 m3
4
6,50 m
1
7,70n
4
6,50 m
2
6,50 m
2
5,00 m
2
4,85 m
2
7,85 m
1969 1969
GETAF
1975
VALMAYOR IUDAD TRES CANTOS
MAJADAHONDA
1976 1978 1984
ESTACIONES
DENOMINACION
FECHA DE ENTRADA EN SERVICIO
TOR RELAGUNA
1967
EL BODONAL
1969
LA JAROSA
1969
COLMENAR
1976
ROZAS DE PUERTORREAL
1988
MAJADAHONDA NAVACERRADA SANTILLANA VALMAYOR PINILLA LA
ACEÑA
1967 1969 1972 1976 1992
463 .500 m3
2
1940
1967
188.412 m3
2,70 m
1965
VALLECAS
6,84 m
CAPACIDAD TOTAL SUPERF (Ha 1
2
1962
SAN BLAS
6,84 m
4
1915
EL OLIVAR
RETAMARES
FECHA ENTRADA NUMERO EN SERVICIO DE COMPARTIMEN ALTURA DE AGUA
DE
34.408 m3
44.232 m3 -
120.638 m3 143 .176 m3
2,75 6,78 1,27 1,12 2,09 1,62 1,05 1,51 2,22
534.355 m3
6,94
250.556 m3
3,8T
254.897 m3 94.967 m3
78.624 m3 40 .000 m3
2,56 2,00 2,36 0,69
TRATAMIENTO
NUMERO DE DECANTADORES 6 de 46 m .
NUMERO DE FILTROS
CAPACIDAD MA DE TRATAmiento
24 de 116 m2
6 m3/seg
20 de 125 m2
-
20 de 101 m2
3 de 46 m
3,8 m3/seg 4 m3/seg
8 de 70 m2
1
4 de 34 x 36 m.
12 de 125 m2
4
4 de 48,60 m
20 de 120 m2
2 de 32 m 1 de 32 m
+ 1 de 44,6 m
8 P .40 x 40 m . 1 de 18 m 2 de 23,5 m
en proyecto
Seccion Sindical de U .G .T. en el Ayuntamiento de Madrid
12 de 70 m2 64 de 125 m2
4 de 30 m2
8 de 32 m2
m3/seg
1,5 m3/seg
m31S
16 m3/seg 6
M31S
0,175 m3 /s 0,416 m3/s 0,250 m3/seg
215
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
ESTACIONES DE ELEVACION DENOMINACION
PICADAS COLMENAR DEL ARROYO SAN BLAS RETAMARES TRES CANTOS VALMAYOR SANTILLANA COLMENAR VIEJO PLAZA DE CASTILLA MAJADAHON DA VALGALLEGOS ` PINILLA HORTALEZA VELILLA DE SAN ANTONIO . VILLALBA
POTENCIA FECHA DE ENTRADA CAUDAL DE ELEVACION ALTURA DE ELEVA , INSTALADA (Kw) EN SERVICIO
1 967 1967 1968 1969 1978 1981 1981 1982 1983 1985 1991 1992 1992 1992 1992
s REDES - DE
216 m 100 m 75 m 50 m 85 m 160 m 140 m 145 m 50 m 40 m 175 m 250 m 60 m 158 m 200 m
3,8 m3/seg. 3,8 m3/seg. 1,5 m3/seg . 1,2 m3/seg. 2,0 m3/seg . 0,24 m3/seg . 0,48 m3/seg. 0,5 m3/seg. 5,0 m3/seg. 1,6 m3/seg . 0,38 m3/seg. 0,4 m3/seg. 1,2 m3/seg . 0,6 m3/seg. 0,8 m3/seg.
13 .425 8 .243 1 .625 883 4 .240 700 1 .720 1 .413 2.650 1 .058 1 .542 1 .600 1 .000 1 .351 1 .987
DISTRIBUCION *
AÑO
LONGITUD DE LA RED EN Km .
1960 1965 1970 1975 1980 1985 1990 1991
1 .062 2 .038 2 .729 3 .382 3 .932 4 .441 5 .313 5 .603
Los 5.603 Km de tubería actuales tienen diámetros que oscilan desde 50 a 1.750 mm.
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216
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
'
RED ELÉCTRIC A INTRODUCCIÓN
La red eléctrica en el mundo actual, constituye el elemento básico de la distribución de la energía, que en parte fundamental beneficia el desarrollo y bienestar de las personas . De la electricidad -como agente natural e invisible- solo se conocen sus fenómenos y efectos, que el hombre los aprovecha como son los mecánicos, luminosos químicos fisiológicos , etc. En Madrid la distribución de la corriente eléctrica la realizan las Empresas UNION FENOSA e HIBERDROLA que es la fusión de Hidroeléctricas Española é Iberduero. El consumo de energía eléctrica para usó doméstico y fuerza electromotriz para todo tipo de máquinas, elementos, dispositivos (incluidos servicios públicos como Metro, Trenes, etc.) lo distribuyen las Compañías citadas . Asimismo en la Capital, él Excmo. Ayuntamiento de Madrid conlleva y supervisa instalaciones que como las de Alumbrado Público son de su competencia y que su mantenimiento suelen efectuarlo contratas del ramo. Para la Comunidad de Madrid y para las restantes del territorio nacional se dispone de un control de REDES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA la UNION NACIONAL DE ELECTRICIDAD, S.A. (UNESA).
Seccion Sindical de U .G.T. en el Ayuntamiento de Madrid
21'
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
CENTROS DE PRODUCCIÓN ELÉCTRICA La producción de energía eléctrica se efectúa en Centrales. Las Centrales tienen como fundamento el mover Generadores , y estos pueden ser pequeños (de corriente continua, como dínamos o magnetos) o bien los situados en CENTRALES con GENERADORES ALTERNADORES que son movidos por la acción del AGUA, el CARBóN o HIDROCARBUROS, la ENERGÍA NUCLEAR, la RADIACIÓN DEL SOL o la ACCIÓN DEL VIENTO .
Nuclear T
- HIDRAÚLICA
3 KV GENERADOR 6 KV Líneas deA.T. Alta tensiónaltatension de 220 KV a 45 KV
TÉRMICA termica
CASETAS Cia.
acopla miento del anillo para circuitos de la misma Tension
TRANSFORMADOR CENTRAL, de 3- ó 6 Y_V
TRANSFORMADOR SUB SUBESTACION 220 KV a 45KV ó 1 5 KV
a 45 y 220KV ó más 220
TRANSFORMADOR DISTRIBUIDOR 15 KV a menor ó 380V V
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Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
PRODUCCIÓN Y TRANSMISIÓN DE LA CORRIENTE ELÉCTRICA. GENERADORES : Los Generadores pueden ser de mayor o menor magnitud y forma; pues podemos llamar a los que producen corriente continua (dínamos y magnetos), y a los más conocidos los denominan ALTERNADORES que son los que producen corriente ALTERNA. A la Electricidad producida por los Generadores en las Centrales (de 3 a 6 Kv) se traslada a los Transformadores elevadores que la elevan a altos Voltajes a unos 110-a 220.000 Voltios para hacer más fácil y económica la transmisión y por consiguiente compensar pérdidas. Desde los transformadores y en Alta tensión se traslada la corriente por medio de tendidos aéreos hasta otros transformadores reductores próximos o dentro de las poblaciones, desde donde se reparte a poblaciones e industrias en baja Tensión .
Los
n 30 de 6000 V
transformadores elevan el voltaje de corriente alterna para su transmisión...
de unos 110 a 220 .000 Volt
Planta generadora con transformadores elevadores
y red especial 380Kw
De 132 KV.
Unos 60 a 45.000 y 1 SKV
220_
380 Voltios Subestación con transformadoresreductores
Transformador reductor de línea de transmisión
..y
lo
la reducen para eléctrica ~misión de línea
Seccion Sindical de U .G .T. en el Ayuntamiento de Madrid
21
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid -
De las CENTRALES generada la corriente de 3 a 6000 V. se la eleva a 110, 220, 380 y hasta 600 KV por medio de TRANSFORMADORES ELEVADORES (en atención a las pérdidas) . La TRANSMISION o transporte de electricidad se efectúa con tendidos aéreos con cables de alma de acero, hasta las SUBESTACIONES :
CAPITAL Y PROVINCIA A FUENCARRAL
(HE)
A
A S.S. DE lAS
S.S. DE LOS REYES POSICIÓN fUTURA
VALDEBEBA VALDEBERA
REFEMA . REFEMA CANILLAS HORTALEZA
REYES
IBERIA
BARAJAS
CRIS--cRIA
ló
CANIL AS PROYECTO
A
MOVIL CANILLAS ! CANILLAS
CHAMARTIN
AEROPUERTO MUÑOZA
. EL COTO P
AZCA
B.ESPAÑA
P LAS MERCEDES CITI-PAC
PROSPERIDAD CONCEPCIÓN CONCEPCION
CLA
COSLADA
SANBLAS PROYECTO km POLIGONO 38 38
PEÑUELAS
PROYECTO
PROYECTo
PROYECTO
MEDIODIA
MAZARREDO
RENFE
18Kv
B° BILBAO
C.LA MONEDA
ENASA
PROYECTO
CANILLEJAS
FUNCIONANDO EN 18kV d
SALAMANCA
aLOECHS
S. FERNANDO
i Ó
NUMANCIA PROYECTO
C DI LA PLATA
1 VICALVARO VICÁLVARO PROYECTO
MORATALAZ
PROYECTO
VALDERRIBAS
VALLECAS PUENTE PRINCESA
A LOECHES
SAN DIEGO PROYECTO DI `P AHIJONES
O
ALTO ALTO PALOMERAS
RIVAS RENFE A A LOECHES
PROYECTO
MERCAMADRID DEPURADORA VILLAVERDE
LA CHINA
PROYECTO
VILLAVERDE
HE VERTRESA
A A GETAFE
a ct ACECA C.T. ACECA A A GETAFE A C NA LA CENTRALNUCLEARDE ALMARAZ C.N.
Seccion Sindical de U .G .T. en el Ayuntamiento de Madrid
ENADIMSA A DEFURADORA SUR ORIENTAL S ORIENTAL
220
RED sus SUB FUENCARRAL (he) (HE)
ICA
-VOLTAJE
DE LA CIUDAD
SUB . SAN SEBASTIAN DE LOS REYES
LINEAS - Y
SUBESTACIONES
II INI,N
IIIIOIII
VALDEBEBA
SUB .BARAJAS
S UB . HORTALEZA SUB . PROSPERIDAD SUS . CHAMARTIN SUB. MAJADAHONDA (HE) MAJADAHONDA /HE) sue ALCORCON (HE)
SUB . EL EL COTO
SUB . AZCA 14 í . NORTE
y IBERIA
SUB. PTE.PRINCESA
SUB . AHIJONES
SUB.COSLADA
SUB LOS HUEROS
PALOMERAS
VALDERRIBAS
RENFE
SUB.RIBAS RIBASVACIAMADRID
SUB.VALLECAS
SUB MERCAMADRID
D,
D. LA CHINA SUB SUB. RETAMAR (ID) (id)
SUB.VILLAVERDE (HE) D. .. IHEI
D. VERIRESA
DEl
SUB.MEJORADA DEL CAMPO
SUB.LOECHES
CAMPO
" SUBESTACIÓN DE U F SUBESTACION DE OTRAS EMPRE*S
A
0 O
D. ENADIMSA
RADIO NACIONAl
LEGANÉS LEGANS SUB
--- RED DE 220 kV SUBTERRANEA AZUL b= ---RED DE 132 kV - ROJO
D .CADAGUA
SUB.ARGANDA
SUB. MORALEJA (HE)
SUBESTACION PARTICULAR
---RED DE 380 kV - ROJO -RED DE 220 kV AEREA - A%QL
SURORIENTAL D.D . SUR
D.BUTARQUE SUB.GETAFE
11 0
SUB.PUENTE SAN FERNANDO DE HENARES `jFERNANDO
RENFE
SUB.MORATALAZ POLIG.38
MARINA
DE HENARES
MANCO BANCO DE ESPAÑA F.N.M.T. - #NASA SUB. CANILLEJAS
USA CE LA MONEDA
SUB . CERRO DE LA PLATA .
SUB.VILLAVICIOSA
SUB .ALCALA DE HENARES
AEROPUERTO `A LA MUÑOZA SUB.SAN FERNANDO
SUB . CONCEPCION
SUB. SALAMANCA SUB . MEDIODIA SUB . MAZARREDO
SUB ALCALAII
I.N.T.A.
-RED DE 66 y 45 kV - VERDE ---RED DE 45 kV SUBTERRÁNEA-verde
ASLAND
SUB MORATA (HE) SUB.S. MARTIN LA VEGA ú DE CORTE !L EL CORTE INGLÉSEL CORTE INGLES
LINEA DE 220 kV, PROPIEDAD DE REDESA, OUE DA SERVICIO AL'TREN DE ALTA VELOCIDAD (TAV) MADRID-SEVILLA
SUB . PERALES
'SUB . S . MARTIN DE La vega I vega1 N DE LA VEGA I
SUBESTACIONES A COFRENTES
SUB.VALDEMORO EMORd
A J M J.M.ORIOL
A OLMEDILLA
A ALMARAZ ALMARÁZ
U / FENOSA IBERDROLA
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid w fuencarral he
A SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
w 1 f DE LOS " REYES1 POSICIÓN
FUTURA
O REFEMA CANILLAS
majdhon
he
VALDEBEBA
HORTALEZA
IBERIA
BARAJAS
CRISTALERÍA
LOECHES
CANILlAS
a REFEMA PROYECTO MOVIL CANILLAs
CHAMARTIN
EL
AZCA
AEROPUERTO
MUÑOZA
COTO
S. FERNANDO P LAS PLÍGONO DE LAS MERCEDES ENASAENAS RENFE CITI-PAC Fe~_ CANILLEJAS
B. ESPAÑA
PROSPERIDAD CONCEPCIÓN
NORTE
FUNCIONAMIENTO EN 18 kW a
BºPRBILBAO PROYECTO OYECTO
SALAMANCA CASA DE LA MONEDA
COSLADA POW SAN BLAS
MEDIODIA
MAZARREDO
LOECHES s
POLIGONO 38
PEÑUELAS PROYECTO
MORATALAZ
NUMANCIA PROYECTO PROYECTO
C C.DE LA PLATA LA PLATA CUESTA DE LA PLATA
PROYECTO
PROYECTO
ARO
VALDEBEBAS
VALLECAS
PUENTE PUENTE PRINCESA
ALTO PALOMERAS
SAN DIEGO PROYECTO
RIVAS RENFE w LOECHES
AHIJONES MERCAMADRID ~ADORA LA CHINA
VIllAVERDE PROYECTO VILLAVERDE
VILLAVERDE HE
HE VERTRESA
A A GETAFE
A CT A C.T. ACECA CT ACECA A CN CENTARL NUCLEAR DE ALMARAZALMARÁZ
RELACION DE SUBESTACIONES Ahijones : 45/15 kV Alcalá de Henares I : 132/45 y 132/15 kV Alcalá de Henares 11 :132/15 kV Alto de Palomeras: 45/15 kV
Aranjuez I : 132/45 y 45/15 kV Aranjuez 11 : 45/15 kV Arganda : 45/15 kV Azca : 45/15 kV Barajas : 45/15 kV Canillas : 45/15 kV
Canillejas : 45/15 kV Cerro de la Plata : 45/15 kV Colmenar de Oreja : 45/15 kV Concepción : 45115 kV Coslada : 220/45 y 45/15 kV Chamartin : 45/15 kV El Colo : 45/15 kV
Hortaleza : 220/45 . 45/15 kV VALDEMORO: 45/15kV
MADRID
ENADIMSA
A GETAFE
" DEPURADORA SUR ORIENTAL SUR ORIENTAL
Y PROVINCIA Mazarredo : 45/15 kV Mediodía : 45/15 kV Mejorada: 45/15 kV Mercamadrid: 132/15 kV Moratalaz: 45/15 kV
Norte : 220/45 y 220/15 kV
Perales : 45/15 kV
Polígono 38 : 45/15 kV Prosperidad: 220/15 kV Pto . San Femando : 220/45 kV
Puente Princesa : 132/45 y 132/15 kV Rivas : 132/15 kV Salamanca : 45/15 kV
San Fernando : 45/15 kV San Juan : 11/132 kV
-
San Martín de la Vega 1 : 45/15 kV San Martín de la Vega 11 : 45/15 kV
San Sebastián de los Reyes : 380/220 kV
Vallecas : 220/45 Y 45/15 kV LOECHES 400/220, 220/132 132/45 v 45/15, kV Kv huéros : Los 65/151Kw Sindical de U .G .T . en el Villaviviosa de Odón 380/220 y 220/132Kv
222
Oposicion de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
Desde las SUBESTACIONES el transporte de la electricidad sale reducida a 60, 45 o 15 KV y llevada hasta los TRANSFORMADORES REDUCTORES que cambian la TENSION a 380 220 V empleada para uso doméstico o fuerza electromotriz.
TRANSFORMADORES Los Transformadores están constituidos por un cuerpo o núcleo, sobre el que van montadas bobinas sin comunicación y con espiras de distinto número de ellas. La corriente entra por una bobina que es el "PRIMARIO" se induce a la otra que es el "SECUNDARIO" . La electricidad que sale por el secundario es tanto más alta, cuanto mayor sea la razón entre el número de espiras de secundario y primario . Los transformadores pueden ser secos o húmedos y su refrigeración se realiza por ACEITE, PYRALENE y AIRE (secos) . Por elementos de que estén dotados pueden ser : CENTRO DE TRANSFORMACIÓN CON EQUIPO SENCILLO CENTRO DE TRANSFORMACIÓN CON EQUIPO DOBLE CENTRO DE TRANSFORMACIÓN CON EQUIPO MÚLTIPLE Desde los TRANSFORMADORES la corriente a 220 o 380 para uso doméstico y fuerza electromotriz a los usuarios, sale canalizada y enterrada. A veces, el transformador se encuentra en la edificación (si es de importancia) o el Voltaje ser mayor, en edificios singulares o industrias determinadas .
CONTADORES Como norma general la corriente de la RED entra a un INTERRUPTOR GENERAL y de este al barraje de distribución donde se colocan fusibles por cada usuario . VER TRANSFORMADORES Y ENTRADA A FINCA
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2
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DIFERENTES CENTROS DE TRANSFORMACIÓN Los Centros de Transformación según los elementos de que estén dotados pueden ser de equipo SENCILLO, DOBLE o MULTIPLE. Centro de transformación con equipo sencillo Centro de transformación con equipo doble
TRANSFORMADORES
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224
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INSTALACIÓN DE ENTRADA A EDIFICACIÓN
IEB-5
4 ] ICB 43
Fase . neutro
Equipo de amplificación y distribucion de la antena
Fase Fase .neutro . protección
110 20 20 Fase .neutro .CB 45
Fase Fase .neutro .proteccion
110 20 20 Fase .neutro`
IEB-42 Fase
e 43 Fase.neutro.protección . IEB-40 110 120
B 52 52 B
IEB-37
a
ICB 35 5
:i E ICB 34 4
60
Acometida
Conducción enterrada de puesta a tierra
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225
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ALUMBRADO PUBLICO
O
DESCRIPCION
Se llama Alumbrado Público, al conjunto de los elementos y puntos de luz, que forman el manantial necesario de flujo lumia~ para una superficie pública .
La energía eléctrica para alumbrada se suministra en Madrid por las Compañias eléctricas : IBERDUERO) por zonas
Union Fenosa , e Iberdrola (HIDROELECTRICA e ó áreas de distribución-
acometida de la compañía SUMINISTRADORA de ENERGÍA
CENTRO DE MANDO .
4 POLO$
ESQUEMA UNIFILAR w W h. VARH. 3-220/380 v .
50 Hz.
IDA
13
C-3
C-2
C-1
3
MANDO
3
C-4 3
ESPACIO PARA POSIBLES INTERRUPTORES DIFERENCIALES
SALIDAS A circuitos DE alumbrado (N* DE SALIDAS variable según PROYECTO]
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227
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La energía llega desde las compañías respectivas al uso municipal, hasta casetas (.Centros de Mando) situados en armarios metálicos.( Desde estos
por redes en forma de anillos)-
centros, el 'Alumbrado Público'
se reparte para las vías públicas,jardines,monumentos, fuentes etc etc.,interconexionándose a una línea de conductor
en DERIVACIÓN de zona .
La linea de conductores de zona, van comandadas por un contactor que
se acciona por celé de Célula
fotoeléctrica-
OA
En el
caso de Monumentos,
ESQUEMA DE MANDO 'CIE t celulosa fotoelectrica
Fuentes ornamentales iluminadas etc...; el contactor se ac-
ciona por medio de botoneras centralizadas en zonas.
c-1
C-2
C-3
C-4
contactores de salidas
Puede estar instalado el alumbrado de tal .forma, que se accione . al
mismo tiempo la iluminación y las bombas impulsoras del agua de las fuentes .
Los puntos de luz se colocan a baja, media y superior altura por medio de
Soportes,Columnas, Báculos, Palomillas, Candelabros,Brazos, Crucetas etc etcy sobre estos las luminarias,proyectores, lámparas etc que a la vez portan lámparas de 250, 400, 500 700, 750 y 100 Watios así como complementos de 50, 60,70,80, y 125 Watios.
Las caracteristicas de las lámparas varían entre :
Clara u opaca¡
y son de fluorescencia, incandescencia en vacío y las mas usuales por vapor
de
Sodio a alta presión. 228
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Desde el Centro de Mando, la energía para alumbrado público se distribuye con fases
y neutro
CENTRO DE MANDO. CONEXIONADO BASTIDOR NORMAL
CENTRO DE MANDO . CONEXIONADO BASTIDOR ESPECIAL.
N"11011
Po t~
s
i - 2 CONTADORES (ACTiva Y REACtiva ). 23 ESPACIO PARA TRANSFORMADORES DE INTENSIDAD DE BARRA - i INTERRUPTOR AUTCMAT= MAGNETOTÉRMICO PASANTE 14 - 4 O~OIES á - 4 IN72mumm ~ROaTTW MANDO POR ~TÁ LATERAL 4i -12 CoroxíRa~ Gt spADOd COM YA PRTES DETET^ 7 r 4 DE 4 POLOS IENSíel~ 3OaA . =*--4,ORUOV< MCAL,d1A001DA. CON SUS PARTES DETi74510N 1 - S IORNAS MQU LRA NEGRA PARA CAlLE DE 2,5A: 25CM 1 ELOiExro 2 1o -1o §MaMACALE iG+an1 . cON 1A3E EMATIca . 11 - i SOPORTE AYlA CAlLE YATERlAI. AISLANTf FASE R COLOR4iAts -i7~lE .3 COIDR YARROM FASE # COLOR NEGRO 0 COLOR AnL NE~
ó
~. . '
Kuu
r ooawcaa+ES
.LEADO DE CADA MODULO SE PROYECTAA " EL CAS Sm WTERFERIR CON OTRAS .
6.90 Pº Cwt f -2
2- 3 3-i 4-2 S-2
6- 6 7- 2 6 -1
,,CQ,ON£5 A QEnMR EN CADA PROYECTO
P4 Cal9 - 3 BORNAS DE BAOIELTTA NEGRA PARA CAÜE DE 2,5A CONTADCRES (ACTM YREACTIVI) ESPACIO RARA DE !(TENSIOAD ID -9 BORNASPARACABLE MASTA~1ELEMEMTOY 2 CON BASE DE ESTEATrTA DERIVACIONES MCSTA 16 CE BARRA PASANTE 11 - 1 SOPORTE ~CABLE DE MATERIAL AISLAIITE INTERRUPTOR AUTD"TICa.61AGtETgURMICID FASE R CnLDR GRIS CONTACTORES FASE S COLOR MÁRRON MEALIPSOR SEMI-ROTATIVO MANDO POR MANETA LATERAL FASE T COLOR YEGRO NEUTRO 0 COLOR AZUL CCI:TACFRQXTC5 CALHRADOS CON SUS TENSION PARTES DE CUBIERTAS ~RUPTOR DIFERENCIAL DE 4 POLOS " EL CABLEAQO DE CADA MOOUD SE PROYECTARA SOBRA SENS+BILIDAD 30 wA Ca^DO 1o A CoN SUS EL MISMO SIN INTERFERIR CON ViROS Cara "n IINWW PARTES DE TELAS" CUBIERTAS
coarAORc~
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2<
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Un
conductores samáforos .
eléctricos van guiados por canalizaciones subterráneas
gen ralmente bajolas acerasyenalgunos caso par le asaotros servic oscom los
CANALIZACIÓN SUBTERRÁNEA
s
F
á
relleno sart 43,33
tubos
3 y semaforos semáforos parasantealumbrado 43,53 43,33 43,33 sel pc t8
a baculo o centro de mando e tornillo de purga
cruce
DE calzadas
conductores de cobre. aceras con aislamiento vv-700 V
EN TIERRA
mangueta tipo tubular AC 36 38 1 0,
0,11 11
. 0, 80 0,80
0,11
0,80
0,8
3
!91!~ le- ¿? fabrica de ladrillo racor¿?de v3 de ¿? ¿?
a r0,17es La sección del conductor de
0,40
tubo PVC 90 LB-4 mm
0,17
salida de pica, será como mínimo 3,5 mm2Cu.
La sección de los conductores de venida de báculos ó columnas y 3,5 mm2 cuadro de ¿? desde la soldadura de derivación, estará de acuerdo con MEBT 039 .
ACERAS PAVIMENTADAS
Se instalará pica del al final cada igual cuadroó inferior y en el centro de ¿? La resistenciaunamáxima sistemade será a 10 Ohmnios aislamiento w- 720 yv color verde amarillo
pelar Las puntas 10m antesdesoldar
sección proyecto.según
DETALLE DE
PICA DE ACERO trenzado¿? " ¿? 20 m , 32 m y21,064 í " ¿? s y de 3,00 de longitud x
SOLDADURA DE DERIVACIÓN
CAE
a EN EXAMEN
PICA PARA TOMA DE TIERRA
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A L U M B R ADO
P U B L I C O
COMPONENTES PRINCIPALES DE UN PUNTO DE LUZ
SOBRE
(i) LAMPARA de
BACULO
VAPOR DE SODIO
(2), LUMINARIA (3) BALASTRO (4) CONDENSADOR (5) CEBADOR (6) FUSIBLE (7) TABLA DE CONEXIONES (8) BACULO (9) HORMIGON (10) ARMADURAS DE ACERO (11) TUBO DE PLASTICO (12)CABLE
CONDUCTOR
(13)ELECTRODO DE
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PICA
23
de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid
Oposición
LUMINARIAS- LAMPARASI PALOMILLAS- CANDELABRO
postes
postes
LUMINARIAS
LAMPARAS
PALOMILLAS modelo Villa
modelo Fernando VII
CIMENTACION
Las dimensiones A y B del dado de cimentación anclaje se determinan en la Tabla 16 en función uz . Hen mmetros AXAXB en mmetros 8 10 12
0.65 x 0.65 x 0.80 15
1
0.80 X 0,80 X 1 .00 0.80 X 0.80 X 1 .20 140 x mv1.0x1.0x1.40 do
m m en L 500 500
70 70
CANDELABRO
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232_
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TAPA DE FUNDICIION PARA ARQUETA
0- LAS ARQUETAS Y SUS TAPAS
0.
En las arquetas, según los Servicios y
Ayuntamiento ayto.
0,15 0,70
0,15 0 . ?m
líneas que pasen . por ellas se denominan : "SENCILLAS", "COMBINADAS" y "MULTIPLES" .
0,02
Existen igualmente arquetas que además
0 ó
ó
de instalaciones de ALUMBRADO PUBLICO llese
van servicio para señales y semáforos, y
gun
sean, se llaman de "CRUCE" DERIVACIÓN
0 TOMA DE TIERRA con los TIPOS de I, III,
0,45 ó
II y
siendo sus medidas más corrientes cuadradasdm.0dtcy,eao7pn69
Su fondo varía entre 0,49 + 0,55 en -
I UM regulación de trafico DE TRAFICO
las de TIPO I y las de 0,60 total para el TIPO II con base al interior de forma CONI
0 .00
o,R
Qa
f Q 0
TERRenO nATUral compacto
Ó
Seccion Sindical de U.G .T. en el Ayuntam en
q, .
o.s:
0.15
CA .
'n
-Madrid
0,48
0,17
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LA CORRIENTE
ELECTRICA
REGISTR O
La energía para alumbrado es suministrada por las Compa público Rías Eléctricas IBERDROLA - -(,según zonas) "Centros de Mando"
o
y FENOSA
hasta los --de Distribucióñ.
puntos
40 caja de protección
una tensión de 380 v., se reparte y regula através de con
Posteriormente con ductos,
arquetas y base . de hormigón, 'hasta las co-
lumnas y báculos .
Generalmente lleva tres fases y neutro y según sean los puntos de luz
y lumina-
rias se contactan (en fases de 220 y neutro) en ór denes alternativas según sean 1,
2 o
4
los
puntos de luz ; de
brazos . Por lo general la fases pasan por fusi-
bles y de estos, llegan a la cabeza de la farola La diversidad de modelos y ti
pos de columnas, tensor
báculos,
postes, candelabros,
millas, etc .,
palo
suponen variación de/
sus registros y,
por tanto,
de sus/
zonas de localización ; y lugares de intervención para efectuar el --"CORTE DE EMERGENCIA" .
Si se suma también, conductores
la dupli-
cidad de cables conductores -que/ a veces llevan- hacen que la AC TUACIÓN DE BOMBEROS deba de hacer se con la máxima PREVENCIÓN .
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1401
,
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TEMA 19 SOCORRISMO: DEFINICIÓN. NORMAS GENERALES DE ACTUACIÓN ANTE UN ACCIDENTE. ANATOMÍA Y FISIOL0GÍA HUMANA: SISTEMA RESPIRATORIO, CARDIO-CIRCULATORIO YLOCOMOTOR. 1.
SOCORRISMO. 1 .1
DEFINICION .
Los primeros auxilios son el conjuntó de normas de actuación dirigidas a mejorar o limitar el pronóstico de un accidentado o enfermo repentino. Estas normas deben prestarse en el lugar de los hechos y en espera de 1 allegada de personal especializado que complete la asistencia. El socorrismo es el hecho de aplicar correctamente estas normas de actuación, cuyo conocimiento puede resultar enormemente beneficioso para cualquier vida humana. 1.2.
DECÁL OGO DEL SOCORRISTA.
Prestar los primeros auxilios no sólo requiere conocer las normas de actuación para cada caso concreto, sino también tener presente una serie de principios generales que nos permitirán tener controlada cualquier situación . Estos principios nos aportarán una metodología de trabajo que nos servirán para cualquier tipo de accidente. El manual del socorrista civil del ministerio del interior francés describe perfectamente estos principios en un decálogo 1 .- Estar tranquilos pero actuar rápidamente . La tranquilidad no sólo da confianza al accidentado, sino también a las personas del entorno y a uno mismo ; la ansiedad y el pánico son emociones que se transmiten rápidamente . Un ambiente sereno y relajado favorece la rapidez de actuación y, por tanto, mejora el pronóstico del accidentado . 2.- Hacer una composición de lugar. En todo accidente hay que conocer el alcance real del lesionado y de la situación en general: número de accidentados, gravedad de los lesionados, heridos ocultos bajo unos escombros, canalizaciones de gas rotas, cables de alta tensión rotos, presencia de humos que puedan ser inhalados, etc. Cada caso requerirá de una composición de la situación, que debe durar breves momentos. 3.- Dejar al herido acostado sobre la espalda . Tumbado boca arriba es la postura más eficaz para combatir el estado de shock, de esta forma se evita el secuestro de sangre por parte de las extremidades inferiores a la vez que aumenta el retorno venoso del corazón . Otra buena acción es elevar las piernas para conseguir un menor secuestro de sangre por parte de las mismas.
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Manejar al herido con gran precaución. Mover al herido y manipularlo sin cuidado antes de haberlo examinado correctamente puede suponer un grave perjuicio para él. 4.-
5.- Examinar bien al herido. Se debe seguir una sistemática de exploración para saber el alcance real de las lesiones. No hay que conformarse con una lesión, porque pudiera haber otras. La valoración del estado de consciencia, de la ventilación, la frecuencia cardiaca, las hemorragias, el sistema nervioso y el aparato locomotor son las de mayor importancia . 6.- No hacer más que lo indispensable . . Se trata de prestar las primeras curas necesarias para poder realizar un traslado en condiciones pero sin grandes demoras . 7.- Mantener al herido caliente. Todo accidentado debe mantener la temperatura corporal constante; una pérdida o aumento de temperatura pueden agravar el cuadro . Envolverlo en una manta, toalla, chaqueta, etc. Pueden ser suficientes . 8.- No dar jamás de beber a una persona sin conocimiento . Es obvio que sin damos de beber a un inconsciente, parte del líquido se va a introducir por la vía aérea inferior. Existen otros casos en los que tampoco debe darse de beber al herido: cuando padezca traumatismo abdominal o cuando se presuma que debe ser operado . 9.- Tranquilizar al enfermo. Saber dominar la ansiedad del accidentado es una medida del todo necesaria para no perder el control de la situación, en muchas ocasiones, serán los curiosos los que necesitan una dosis de psicología para contener sus emociones . Hay que l i herido vean las- lesiones, hay que expresarse con lenguaje evitar, que la gente ;cpropio relajado, suave y lleno de ánimo para que se contagie el ambiente . 10.- Evacuar al herido, en posición acostado, lo más rápidamente posible hacia el hospital o puesto de socorro . La evacuación debe hacerse de forma dirigida y organizada hacia un lugar donde estén preparados para atender a ese herido en condiciones : un traumatismo en un ojo hay que evacuarlo a un hospital, donde hay urgencias de oftalmología . 2.
NORMAS GENERALES DE ACTUACIÓN ANTE UN ACCIDENTE.
1) Proteger : Hay que asegurar el lugar de los hechos (señalizándolo), al objeto de evitar que se produzca un nuevo accidente. 2) Alertar : Hemos de avisar a los servicios de socorro por el medio más rápido. Hay que indicar siempre: lugar o situación del accidente, tipo de accidente o incidente, número aproximado de heridos, circunstancias que pueden agravar la situación . La persona que llama ha de identificarse y decir desde donde lo hace, las llamadas anónimas no inspiran confianza. Si estamos solos, la primera acción será. socorrer a las víctimas y después avisar . 3) Socorrer : Debemos actuar rápidamente pero manteniendo la calma . Haremos un recuento de víctimas, pensando en la posibilidad de la existencia de víctimas ocultas . No atenderemos al primer accidentado que nos encontremos o al que más grite, sino siguiendo
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un orden de prioridades, efectuando "in situ" la evaluación inicial de los heridos . Extremaremos las medidas de precaución en el manejo del accidentado ya que en esta fase no conocemos con certeza el alcance de las lesiones. 3.
EVALUACIÓN INICIAL DEL PACIENTE.
La evaluación de las alteraciones vitales que se producen en un individuo después de algún traumatismo requieren una metodología de exploración e interrogatorio . Si el accidentado está consciente, nos podrá contestar a las preguntas que le hagamos : - ¿qué le ha ocurrido? o ¿como ha sido el accidente? - ¿cuánto tiempo ha transcurrido? - ¿qué síntomas presenta? ¿qué le duele? Hay que valorar su estado real de consciencia formulándole preguntas sencillas (que diga el día y el mes actual ; el lugar donde se encuentra; nombre de cinco objetos . Sus respuestas nos situarán en su verdadero estado de .orientación temporal-espacial, es decir, su estado de consciencia . Si el accidentado está inconsciente se procede directamente al resto de la exploración . 3 .1 .
VALORACIÓN PRIMARIA DEL PACIENTE.
Se identifican las situaciones que supongan una amenaza inmediata para la vida del paciente. Debe consistir en un rápido reconocimiento de las funciones vitales ; simultáneamente se iniciará la restauración de dichas funciones o resucitación en caso necesario. 1 .- Control de la vía aérea : Hay que asegurar el mantenimiento de la permeabilidad de la vía aérea con el objeto de permitir el paso del aire hasta los pulmones . 2 .-Valoración de la respiración : Comprobar la respiración para asegurar el intercambio de oxígeno a nivel pulmonar. Si existe la menor duda sobre su existencia se debe iniciar la ventilación artificial . 3 .- Valoración de la circulación y control de la hemorragia aguda : Hay que comprobar y valorar el pulso carotideo al objeto de verificar el transporte de oxígeno hasta los tejidos, iniciando el masaje cardiaco en caso necesario. Se detendrá la hemorragia aguda aplicando presión directa sobre la herida.
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3.2.
VALORA CIÓN SE CUNDARIA DEL PACIENTE.
Se realiza una vez aseguradas las funciones vitales y consiste en la exploración detallada del paciente, por sectores de la cabeza a los pies buscando posibles lesiones. Sistemática de actuación: 1 .- Examen neurológico básico : los miembros .
Nivel de consciencia, exploración motora y sensitiva de
2.- Cabeza : Cuero cabelludo y cara; heridas, contusiones . Signos de fractura : otorragia, hematomas, lesiones oculares, fractura o luxación del maxilar inferior . 3.- Cuello : cervical.
Inmovilización ante la menor sospecha de fractura o luxación de la columna
4.- Torax:
Lesiones externas, heridas, dolor torácico.
5.- Abdomen : Heridas y contusiones dolor abdominal, hemorragia interna . 6.- Extremidades : Heridas sangrantes, contusiones . puntos dolorosos. Deformidades u otros signos de fractura.
3 .3 .
TRATAMIENTO DEFINITIVO .
Se lleva a cabo en el medio hospitalario.
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4.
ALTERACIONES DE LA CONSCIENCIA . RESPIRACIÓN
PULSO
CONSCIENCIA
PUPILAS
RESPUESTA A ESTÍMULOS DOLOROSOS
LIPOTIMIA
Normal
Normal
Consciente pero disminuida
Normal
Normal
SÍNCOPE
Normal
Normal
Inconsciente
Normal
Normal
SHOCK
Superficial
Débil y rápido
Consciente o inconsciente
Normal
Normal
COMA SUPERFICIAL
Superficial
Débil
Inconsciente
Normal
Responde
COMA PROFUNDO
Muy
Muy alterado o ausente
Inconsciente
Alteradas
No hay respuesta.
alterada o ausente
LIPOTIMIA. Disminución del estado de consciencia pero sin que se llegue a perder por completo (los clásicos mareos) . Causas: alteraciones de la glucosa en la sangre, hemorragias, deshidrataciones, infartos, histeria. SÍNCOPE. Pérdida transitoria del conocimiento por falta de alguno de los sustratos energéticos de las neuronas, como el oxígeno y la glucosa . Causas : las mismas que en la lipotimia . SCHOCK . Insuficiencia generalizada en la llegada del oxigeno a los tejidos del organismo . Schock distributivo : por causas sépticas o infecciosas o por deshidratación grave ; shock hemorrágico : por hemorragias masivas ; shock cardiogénico: por infartos, insuficiencia cardiaca, etc. ; shock obstructivo : por trombosis; shock traumático: por traumatismos . COMA. Estado de sueño, más o menos profundo, ocasionado por una alteración en el tronco cerebral . Causas : hemorragias, contusiones, tumores, etc. Puede variar del coma grado I, con pérdida de consciencia pero respuesta a cualquier estímulo, al coma grado IV o muerte cerebral .
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5.
REANIMACIÓ N cardiopulmonar 5 .1 .
CONTROL DE LA VÍA AÉREA.
La medida más urgente es mantener libre el canal respiratorio entre los alvéolos y la atmósfera, a tal efecto se realiza la maniobra de hiperextensión de la región cervical. Esta extensión máxima del cuello hacia atrás lleva la mandíbula hacia adelante y esta, a su vez, arrastra a la lengua para dejar las vías aéreas permeables . La maniobra frente-nuca- mentón parte de una hiperextensión cervical: se coloca una mano en la parte posterior de la región cervical y el talón de la otra en la frente del accidentado para hacer la acción de palanca hacia atrás, una vez realizada la hiperextensión colocamos los dedos de la mano que teníamos en la nuca, en el mentón o barbilla para tirar de la mandíbula hacia atrás y arriba manteniendo la otra mano en la misma posición sobre la frente . Durante toda la maniobra, el paciente está colocado en decúbito supino en plano duro. al reanimar se sitúa arrodillado a uno de los costados y a la altura de sus hombros. En aquellos individuos con posible lesión de la columna cervical está totalmente prohibida la hiperextensión cervical ; en su lugar se tirará de la mandíbula intentado separarla de su base al tiempo que se abre la boca . Una vez realizada la maniobra correspondiente, se verificará la limpieza de la cavidad bucal de la víctima, extrayendo las materias extrañas que . pudiera contener (normalmente . con el dedo índice "en gancho") .Es imprescindible siempre realizar el control de la vía aérea en primer lugar en los accidentados inconscientes, por el peligro de obstrucción al tragarse su propia lengua tras haber controlado totalmente la vía.aérea comprobaremos si respira . Para ello situados de rodillas a uno de sus costados, acercando la cara a su boca notaremos la presencia de la respiración, al tiempo que BOCA A BOCA DIRECTA Y boca A NARIZ observamos los desplazamientos respiratorios del pecho (oído en su boca y vista en su tórax) . Si EL existe respiración y el paciente no es traumatizado procederemos a situarlo en la postura lateral de seguridad, si es un traumatizado se mantendrá en la postura en que se encontró . En el supuesto de que falte la respiración, es decir, no se escuche salir aire por la boca o fosas nasales, no se mueva el pecho y no se sienta el aire exhalado en la cara, se deberán practicar de forman inmediata las maniobras de respiración artificial . VIGILAR
TORAX
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5 .2.
MANIOBRAS DE RESPIRACIÓN ARTIFICIAL.
Existen varios métodos para sustituir la respiración ausente, de entre ellos, el que mayor eficacia ha demostrado y, por supuesto, con el que mayor número de éxitos se ha conseguido, ha sido el de insuflar aire exhalado por el reanimador a la víctima. Este método tiene variantes dependiendo de la edad de la víctima o de posibles lesiones o circunstancias que acontezcan. El más conocido es el boca a boca. En él, previo pinzamiento de la nariz con los dedos, se juntan los labios del reanimador a la boca del reanimado de tal forma que el sellado entre ambos sea perfecto impidiendo que se escape el aire por las comisuras de los labios . Una vez asegurado esto, se procede a insuflar el aire de la expiración en la víctima, observando posteriormente su salida . Si el aire entra y sale sin ninguna dificultad la técnica no tiene problemas, y se puede seguir ejecutando ; en caso contrario, habrá que revisar de nuevo la boca de la víctima para localizar y extraer los posibles objetos que la obstruyan . La cadencia que debe mantenerse es de comienzo dos insuflacciones lentas seguras, ésto asegura la inflación total de los pulmones y comprueba la inexistencia de obstrucciones en la vía aérea. A continuación se realizará una insuflación cada cinco segundos con el objeto de mantener un total de 12-15 respiraciones por minuto. Otros métodos alternativos a la a boca respiración boca EN LOS BEBES : Soplar con suavidad dentro de la boca son : el boca a nariz que Y de la nariz . VIGILAR EL PECHO se realizará en aquellos con el dedo pulgar pacientes en los que, por dentro de la boca cualquier motivo sea imposible realizarlo por la boca; el boca a bocanariz: en este método, la boca del reanimador abarca la boca y la nariz los niños; el boca a estoma debe realizarse de la víctima, siendo el adecuado para reanimar a en pacientes que presenten traqueotomías . Estas maniobras de respiración artificial no tienen contraindicaciones que impidan su práctica, así pues, cualquier sospecha de paro respiratorio (la comprobación de una parada respiratoria, se hace a veces, muy difícil) justifica la puesta en marcha de las maniobras expuestas .
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5.3.
MASAJE CARDIACO EXTERNO .
Ocurre con bastante frecuencia que la ausencia de respiración se acompaña de falta de circulación . para su reconocimiento bastará con intentar localizar el pulso a nivel de la arteria carótida, situada a ambos lados del cuello justo entre el cartílago tiroides (nuez) y la musculatura del cuello. No se debe tomar el pulso con el dedo pulgar, pues tiene pulso propio; se tomará con los dedos índice y corazón presionando suavemente la arteria para no taponarla por completo . La toma de pulso debe ser una medida tranquila y lenta pues podríamos iniciar maniobras de recuperación a individuos con contracciones cardiacas débiles pero efectivas . La ausencia de pulsos periféricos no diagnostica parada cardiaca. Si comprobamos que existe pulso central y existe respiración colocaremos al paciente en posición lateral de seguridad. Si existe pulso central pero no respiración: existe únicamente parada respiratoria por lo que continuaremos con la respiración artificial al ritmo de 12-15. Respiracion es minuto. Si no existe pulso central : aunque exista respiración, ésta será muy débil y tenderá a extinguirse pues, normalmente, la ausencia de pulso central detennina la ausencia de respiración. En caso de no haber pulso central, aunque sí respiración, practicaremos el masaje cardíaco externo . En caso de no haber pulso central ni respiración practicaremos la reanimación cardio-pulmonar (R .C .P.) . Antes de su descripción es necesario conocer que estudios científicos han demostrado la eficacia de las maniobras de R .C.P. si se realizan de la forma más precoz y con la mejor técnica posible, incluso por personal no sanitario . Ello es debido a que, por un lado, el cerebro comienza a lesionarse de forma severa, a partir de los cuatro minutos de la falta de respiración y circulación; por otro lado las maniobras aseguran los mínimos necesarios para la supervivencia siempre que se realicen perfectamente. Cualquier fallo en la técnica no sólo supondrá la posibilidad de nuevas lesiones, sino que además las posibilidades de éxito disminuirán considerablemente . Masaje cardíaco externo: con él se intenta devolver la contracción al corazón o, al menos, sustituirla durante el tiempo que esté ausente . Su ejecución precisa la localización del punto de compresión sobre el tórax, en la mitad inferior del esternón. Para ello se recorrerán las arcadas costales (lugar donde se juntan las costillas sobre el abdomen) hacia el esternón ; una vez situados en el punto de unión se salvará el apéndice xifoides colocando dos dedos
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juntos por encima de él (los dedos índice y medio) y perpendiculares al eje longitudinal del cuerpo . A continuación de los dedos se encuentra la zona donde se realizará la compresión sobre el corazón. El masaje cardíaco se realiza, exclusivamente, con el canto de la mano manteniendo los brazos y los codos completamente rectos . En esta posición se comprime el pecho del paciente para que descienda unos 4 a 5 cms. sobre la espalda, esta distancia es suficiente para comprimir el corazón y producir un movimiento de la sangre similar al producido en la persona viva. Debemos asegurar una superficie dura, y lisa bajo la víctima ; la compresión debe ser enérgica y puntual para que el esternón suba por sí solo sin ninguna resistencia . El ritmo será de 80 compresiones por minuto . 5.4.
R.C.P. REANIMACIÓN CARDIO-PULMONAR).
Se realiza cuando no existe respiración ni pulso central. Tras haber permeabilizado la vía aérea, se procederá a la maniobra de R.C.P. que variará en función de encontrarse 1 ó 2 socorristas presentes . Con un solo reanimador : alternar 2 insuflaciones cada 15 compresiones ; ritmo de compresiones : 80/minuto, cada 4 ciclos comprobando pulso carotideo . Con dos reanimadores : alternar 1 insuflación cada 5 compresiones ; ritmo de compresiones : 80/minuto, cada 10 ciclos comprobando pulso carotideo. Estos ritmos no deben suspenderse hasta que personal médico cualificado se haga cargo de la situación o hayan transcurrido al menos 30 minutos desde su inicio. Cada cinco minutos se deberá comprobar si la víctima ha recuperado sus funciones vitales, teniendo en cuenta no invertir más de 5 segundos en esta comprobación . En caso de que la víctima se recupere, la situaremos en posición lateral de seguridad. Complicaciones en la R.C.P. : La ejecución incorrecta del masaje cardiaco puede acarrear complicaciones que pueden agravar la situación del accidentado : 1 .- Fractura de costilla por no ejercer las compresiones sobre el esternón . 2.- Pneumotórax, perforación del pulmón por fractura de costilla. 3 .- Fractura del apéndice xifoides por presionar sobre él. 4.- Alteraciones eléctricas del ritmo cardiaco, cuando se realiza masaje cardiaco a un individuo que tiene pulso . Hay que tomar el pulso sin prisas y con suavidad ; ante la duda iniciaremos las maniobras de reanimación . 5.- Alteraciones hemodinámicas del corazón cuando se hace el masaje cardiaco funcionando el corazón.
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Complicaciones en la respiración artificial: 1 .- Paciente con dentadura postiza : quitársela. 2.- Vómitos : girar su cabeza hacia un lado (si no hay lesión cervical) o girar el eje cabeza-cuello tronco totalmente . 3.- Aerofagia: presionar suave y progresivamente bajo el apéndice xifoides para provocar un erupto. 4.- Obstrucción de la vía' aérea: en pacientes conscientes por atragantamientos y enclavamiento de cuerpos extraños, en pacientes inconscientes por caída de la lengua sobre la pared posterior de la faringe . Actuación : en paciente consciente con obstrucción incompleta, animarle a toser; en paciente consciente con obstrucción completa, maniobra de Heimuch, en paciente inconsciente con obstrucción completa, maniobra de Heimuch. 5.- Lesiones cervicales : la sospecha de una lesión obliga a efectuar una subluxación de la mandíbula sin hiperextensión en la nuca. R.C.P. en lactantes : Apertura de la vía aérea: hiperextensión moderada del cuello. Ventilación artificial : técnica boca a boca-nariz ; frecuencia de 20-25 respiraciones por minuto. Comprobación del pulso humeral . Masaje cardiaco externo : localización del punto de compresión ; efectuar las compresiones torácicas con dos dedos hasta conseguir un descenso de 2 centímetros ; frecuencia 100-120 compresiones/ minuto. R .C .P : alternancia 5 compresiones-1 ventilación (con uno o dos reanimadores) . Obstrucción de la vía aérea: golpes interescapulares . R .C.P . en niños : Apertura de la vía aérea: hiperextensión del cuello. Ventilación artificial : técnica boca a boca ó boca-nariz (según edad) ; frecuencia 15-20 respiraciones por minuto. Comprobación del pulso carotideo . Masaje cardiaco externo : localización del punto de compresión ; efectuar las compresiones torácicas con el talón de la palma de una mano hasta conseguir un
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descenso de 3 centímetros ; frecuencia 80-100 compresiones/minuto. R.C .P. alternancia 5 compresiones-1 ventilación (con uno o dos reanimadores) . Obstrucción de la vía aérea: golpes interescapulares 6 maniobra de Heimuch . 6.
MANIOBRA DE HEIMLICH.
* Con el accidentado de pie o mejor sentado, nos colocaremos por detrás para coger el puño de su mano con las nuestras y ejercerle una gran fuerza hacia dentro y hacia arriba justo debajo de la parrilla costal, en el estómago . Esta maniobra se repetirá las veces necesarias hasta que expulse el objeto enclavado . Si el accidentado está consciente debe intentar hacer un hipo artificial al tiempo que se ejerce la fuerza para aumentar mucho más la presión intratorácica . * Una variante es aplicar la misma presión teniendo al individuo en decúbito supino y con el socorrista encima del accidentado . * En lactantes o niños pequeños se les coge por los pies y cabeza abajo se golpea entre las escápulas . 7.
MUERTE APARENTE Y MUERTE REAL.
Se habla de muerte aparente cuando un individuo presenta signos de cese de las funciones vitales, hay que comprobar la función respiratoria, cardiaca y nerviosa para establecer el diagnóstico de muerte aparente. La muerte aparente es el primer paso hacia la muerte real, si no actuamos rápidos y precisos se instaurará la muerte real . Signos de muerte real : - La muerte aparente: el cese de las funciones vitales . - Los fenómenos cadavéricos : * Enfriamiento cadavérico : la temperatura desciende lentamente en las primeras 3 horas . Hace un brusco descenso entre las 3 y 10 horas y vuelve a descender lentamente. * Rigidez cadavérica: a las 3 horas empieza un lento proceso de contractura muscular de la mandíbula a los pies. La rigidez es completa a las 24 horas y empieza a desaparecer a partir de las 48 horas por los fenómenos de putrefacción . * La mancha verde : aparece en el flanco derecho inferior del abdomen y va creciendo en forma de diana de color verde claro a partir de las 24 a 48 horas. * Livideces cadavéricas : la falta de oxígeno ocasiona una rotura de los capilares que tiñen la superficie de la piel de color rojo violáceo.
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ANATOMÍA Y FISIOLOGÍA HUMANA : SISTEMAS RESPIRATORIO, CARDIO-CIRCULATORIO YLOCOMOTOR. 1.
ANATOMÍA Y FISIOLOGÍA.
La anatomía humana es la rama de la biología que trata de la morfología (forma) y estructura de los órganos del cuerpo humano. La fisiología humana es la rama de la biología que trata de las funciones de dichos órganos. Vamos a estudiar, pues, los sistemas: respiratorio, cardio-circulatorio y locomotor en función de su morfología, estructura y funcionamiento, es decir, en función de su anatomía y fisiología. 2.
SISTEMA RESPIRATORIO. 2.1 .
RESPIRACIÓN .
Aunque a menudo se entiende por respiración el conjunto de movimientos que permiten que el aire entre y salga de nuestros pulmones, la respiración celular, es un fenómeno diferente, que tiene una importancia biológica primordial . Se conoce con el nombre de respiración celular al proceso químico mediante el cual los nutrientes se degradan, en presencia de oxígeno y liberan de un modo gradual la energía que contienen, de forma que pueda ser utilizada por las células ; si consideramos la glucosa almacenada en las células, el proceso se puede resumir así: C 6 H12 O6 + 6 O2 -> 6CO2 + 6 H2O + energía C6 H12O 6 : glucosa almacenada en 6O 2 : oxígeno de la respiración . 6CO2 : dióxido de carbono
las células .
6 H2O : agua
La energía que se libera en la respiración se utiliza para hacer posible el trabajo muscular y el del resto de los órganos para permitir que se reduzcan las reacciones quimicas que las células precisan, y para contribuir a la producción de nuevas células que favorezcan el crecimiento corporal y que reemplacen a las que van muriendo . 2 .2 .
EL APARATO RESPIRATORIO .
El aparato respiratorio tiene la misión de intercambiar, gases entre la atmósfera y la sangre y está íntimamente relacionado con el circulatorio, que es el encargado de transportar esos gases entre los pulmones y todas las células del organismo. Está constituido por los pulmones y las llamadas vías respiratorias que son : nariz, faringe, laringe, tráquea y bronquios.
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El aire del exterior penetra por las fosas nasales y, a su paso por la nariz, se filtra, se cimenta y humedece de modo que el aire que llega a los pulmones está en condiciones adecuadas . Además de esta función, la nariz tiene la misión de percibir los olores, gracias a los receptores olfativos que en ella se sitúan, así como la de formar cámaras huecas para la resonancia de la voz. C02
El aire pasa a la faringe o garganta, que es una especie de tubo de unos 12 cm . de longitud que tiene funciones respiratorias y digestivas, pues sirve de paso al aire, y a los alimentos ingeridos. Por otra parte, también cumple la función de ser una cámara de resonancia para la voz .
La laringe es una vía corta situada en la parte media del cuello que une la faringe con la tráquea. Su pared está sostenida por piezas cartilaginosas, una de las cuales (epiglotis) tiene forma de lengueta e impide el paso de los alimentos por las vías respiratorias dirigiéndolos hacia el esófago.
CO2
02
Pulmones
02
C02
02
La laringe es el órgano responsable Proceso de la respirución. con sus 4 FASES. l. Venrilación pulmonar de la voz. La capa mucosa que la reviste menor 2. Circulación forma unos pliegues denominados cuerdas 3. Circulación mayor. 4. Utilización periférica de! oxígeno vocales, que tienen la propiedad de vibrar (Al = aurícula izqda. AD = aurícula al paso del aire y producir ondas sonoras VD = ficha., Vi = ventrículo izdo. ventrículo dcho. ). que, después de ser moduladas por los músculos dula cara, lengua y labios dan lugar al lenguaje hablado . . La tráquea tiene forma de tubo de unos 11 cm . de longitud y 2,5 cm. de diámetro y está localizada por delante del esófago . Sus paredes están formadas por músculo liso y tejido conjuntivo elástico y poseen unos anillos de cartílago en forma de letra C, cuyas paredes abiertas se hallan frente al esófago y permiten a éste expandirse hacia la tráquea durante la deglución. Los anillos cartilaginosos forman un soporte rígido que hace que las paredes de la traquea no se colapsen e impidan el paso del aire . En ocasiones la tráquea puede obstruirse, ya sea por aplastamiento accidental de los anillos, por inflamación de la mucosa o por la entrada de aumentos u objetos mientras la epiglotis está abierta . La tráquea se divide en dos ramas denominadas bronquios, cada una de las cuales penetra en uno de los pulmones . Allí se bifurcan en bronquios menores que continúan dividiéndose en tubos cada vez más finos ó bronquiolos, presentando un aspecto semejante al tronco de un árbol con sus ramas, por lo que se denomina árbol bronquial. Los bronquios tienen anillos de cartílago, semejantes a los de la tráquea, que van siendo reemplazados por placas cartilaginosas a medida que la ramificación progresa, desapareciendo finalmente en los
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bronquiolos . Los bronquiolos terminales se subdividen en ramas microscópicas que dan lugar a los llamados conductos alveolares. Estos terminan en un grupo de sacos alveolares o alvéolos . Las paredes de estos alvéolos están formadas por una capa de epitelio, y se encuentran en contacto con los capilares sanguíneos, de forma que los gases pueden difundir con facilidad entre ambos . Estos capilares proceden de la última ramificación de la arteria pulmonar y constituirán el inicio de las venas pulmonares . Cada pulmón posee alrededor de unos 150 millones de alveolos, por lo que la superficie que existe para el intercambio de gases... Se ha calculado que si se extendieran los alveolos de los pulmones alcanzarían una superficie de 90 m2. Los pulmones son dos órganos deforma cónica alojados en la cavidad torácica, que están constituídos por el conjunto de bronquiolos, alvéolos y capilares rodeados de tejido conjuntivo. Su parte inferior tiene forma cóncava y se adapta a la convexidad del diafragma . Se hallan envueltos por una membrana con dos capas denominada pleura, que les proporciona proyección . La capa externa de la pleura está unida a la cavidad torácica y la interna cubre directamente los pulmones, entre ellas hay un espacio o cavidad pleural, lleno de un líquido lubricante que impide la fricción entre ellos y les permite adaptarse a los movimientos de la ventilación pulmonar . 2 .2.1 . INTERCAMBIO DE GASES EN LOS PULMONES . El aire atmosférico que penetra en los alveolos tiene una presión parcial de oxígeno superior a la que hay en la sangre venosa de los capilares que lo rodean, por lo que el oxígeno pasa a la sangre por difusión. Algo semejante sucede con el dióxido de carbono pero en sentido contrario . El intercambio de gases se facilita por ciertas adaptaciones anatómicas como el pequeñísimo espesor de la membrana del alveolo y del capilar (0,004 mm. en total) y el hecho de que la sangre y el aire tengan una gran superficie de contacto entre sí; los capilares que rodean a los alveolos son tan estrechos qué los glóbulos rojos han de fluir por ellos en una sola fila. Otro factor de importancia es la superficie disponible para el intercambio de gases ; cualquier anomalía pulmonar que haga disminuir la superficie formada por alveolos y capilares influirá en la eficacia de la respiración . Una vez realizado el intercambio gaseoso en los pulmones, la sangre se desplaza por las venas pulmonares hacia el corazón donde es impulsada a los tejidos corporales en los que se produce un nuevo intercambio gaseoso, aunque en sentido contrario : el oxígeno se difunde de la sangre a los tejidos y el dióxido de carbono de los tejidos a la sangre. 2.2 .2. TRANSPORTE DE GASES EN LA SANGRE . Para aumentar la cantidad de oxígeno que puede ser transportado por la sangre, éste abandona el plasma y se combina con la hemoglobina de los glóbulos rojos, así la presión de oxígeno en la sangre disminuye de nuevo y puede pasar al plasma mayor cantidad de oxígeno desde los alveolos . Cuando todas las moléculas de hemoglobina se han combinado con oxígeno la presión de éste en los alveolos y en el plasma se ha igualado y la sangre sale de los
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pulmones . La unión del oxígeno con la hemoglobina, para producir oxihemoglobina, es reversible, de forma que cuando la sangre llega a las células la oxihemoglobina se descompone y el oxígeno se desplaza hacia las células .
El CO (monóxido de carbono) tiene la propiedad de combinarse con la hemoglobina pero de modo irreversible, es decir, que no puede separarse . Al no haber hemoglobina libre la sangre no puede llevar a cabo el transporte de oxígeno . Si la situación continúa, todas las moléculas de hemoglobina se van combinando con el CO y en pocas horas puede sobrevenir la muerte .
2.2 .3. VENTILACIóN
PULMONAR.
Es el proceso mediante el que se renueva el aire contenido en los pulmones y tiene lugar gracias a los llamados movimientos respiratorios, que son inspiración (tomar aire) y espiración (expulsión de aire) .
Las contracciones de los músculos intercostales y del diafragma determinan un aumento del volumen de la caja torácica y los pulmones que juegan un papel pasivo son arrastrados por la pleura. Al aumentar el volumen de los pulmones se produce una bajada de presión en los alveolos y el aire entra por las vias respiratorias .
La inspiración, pues, es un fenómeno activo mientras que la espiración es pasiva pues se produce por la relajación de los músculos intercostales y del diafragma, que vuelven a su posición original .
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3.
SISTEMA CARDIO-CIRCULATORIO 3 .1 .
ESTRUCTURA DEL APARATO_ CIRCULATORIO .
El aparato circulatorio humano tienen una estructura básicamente igual que la del resto de los vertebrados. consta de un órgano muscular, el corazón que bombea la sangre hacia el interior de un sistema de vasos sanguíneos cerrados . Las arterias son vasos que se ramifican repetidas veces, llevando la sangre desde el corazón hasta todos los órganos del cuerpo . De sus ramificaciones más pequeñas la sangre fluye hacia los capilares, cuyas paredes son tan finas que los nutrientes y el oxígeno pueden pasar por difusión a través de ellos y llegar a las células, a la vez que los desechos de ésta pasan a la sangre. Después de circular por la red capilar, la sangre penetra en las venas que son los vasos que la conducen. de regreso al corazón. El corazón es un órgano hueco de forma ligeramente cónica, cuyas paredes están constituidas por un tipo especial de músculo, el músculo cardiaco; que hace posible que el corazón se contraiga y dilate rítmicamente impulsando la sangre hacia las arterias .
cava vena cava superior arteria pulmonar
pulmonar vena
arterias pulmonares
pulmonares venas
venas pulmonares
aurícula izquierda aurícula derecha ventrículo izquierdo
ventrículo derecho , vena cava inferior ;
diseminación de la excxación auricular
nódulo auricular marcapaso
Se encuentra situado en la cavidad torácica, entre los pulmones, y está envuelto por una membrana denominada pericardio . 3.1 .1 . CARACTERÍSTICAS DEL MÚSCULO CARDIACO . Este tipo de músculo que constituye el monocardio o zona responsable de la contracción, se diferencia de los demás en tres características principales : - Sus lineales ejemplo . transmita en
fibras son ramificadas y están entrelazadas unas con otras, en lugar de ser y paralelas como las de los músculos que mueven los brazos y las piernas, por Esto permite que la contracción comience en un punto del corazón y se todas direcciones .
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La contracción y relajación rítmica se genera en el propio músculo cardíaco en forma de latidos, y no procede de impulsos del sistema nervioso (un corazón separado del cuerpo y colocado en una solución salina permanece latiendo durante algún tiempo) . -
- El músculo cardiaco no experimenta fatiga, a pesar de contraerse sin parar durante años . El corazón late de 60 a 70 veces por minuto, en un adulto en reposo, pudiendo llegar a más de 150 durante un ejercicio intenso . Esto representa unos 100.000 latidos al día y un movimiento de 14.000 litros de sangre. El corazón está dividido en dos mitades completamente separadas por un tabique longitudinal, cada una de las cuales presenta a su vez, dos cavidades. Las cavidades superiores se denominan aurículas y tienen una pared muscular relativamente delgada cada una de ellas se comunica con la correspondiente cavidad inferior denominada ventrículo . Hay un sistema de válvulas que permiten el paso de la sangre desde cada aurícula a su ventrículo correspondiente, pero impiden el movimiento en sentido contrarío . 3 .1 .2 . FUNCIONAMIENTO DEL CORAZON. Su funcionamiento consiste básicamente en movimientos de contracción y dilatación que tienen lugar de forma coordinada en las aurículas y en los ventrículos; simultáneamente a la contracción de las aurículas se produce la dilatación de los ventrículos, y cuando estos se contraen las aurículas se dilatan. La contracción se conoce con el nombre de sístole y la dilatación con el de diástole. Veamos como tiene lugar una contracción cardíaca completa, es decir, un ciclo cardíaco tomando como punto de partida la sístole auricular . Durante esta fase las dos aurículas se contraen simultáneamente e impulsan la sangre hacia los ventrículos que se encuentran dilatados, es decir, en diástole . La sangre desoxigenada de la aurícula derecha pasa al ventrículo derecho a través de la válvula tricúspide; la sangre oxigenada pasa de la aurícula izquierda al ventrículo izquierdo a través de la válvula mitral o bicúspide. Mientras dura la sístole auricular, los ventrículos se están llenando de sangre y las válvulas semilunares de las arterías se encuentran cerradas . Una vez que la sístole auricular y la diástole lentricular han terminado los pasos se invierten, es decir, las aurículas inician la diástole y los ventrículos la sístole. Durante la
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diástole auricular, la sangre desoxigenada procedente de las diversas partes del cuerpo entra a la aurícula derecha por las venas cavas superior e inferior . Simultáneamente la sangre oxigenada procedente de los pulmones entre en la aurícula izquierda a través de las venas pulmonares . En esta primera fase de la diástole auricular, las válvulas mitral y tricúspide permanecen cerradas y los ventrículos se encuentran en sístole. En la sístole ventricular la sangre es bombeada a las respectivas arterias ; el ventrículo izquierdo envía sangre oxigenada a la aorta mientras que el derecho impulsa la sangre desoxigenada a las arterias pulmonares ; en ambos casos las válvulas semilunares están abiertas permitiendo el paso de la sangre. Existen, pues, dos fenómenos que controlan el movimiento de la sangre a través del corazón : al apertura y cierre de las válvulas y la contracción y dilatación del miocardio . Estas dos actividades carecen de una estimulación directa del sistema nervioso, pues las válvulas se controlan por los' cambios de presión que se producen en el interior de las aurículas y los ventrículos y la contracción del músculo cardiaco es estimulada por un tejido nervioso que se encuentra en las propias paredes del corazón. Los impulsos del sistema nervioso influyen solo sobre la velocidad de la contracción cardiaca. Como cualquier otro órgano el corazón necesita un suministro regular de sangre que les aporte oxígeno y nutrientes. Para ello cuenta con las arterias coronarias. 3.1 .3. LOS VASOS SANGUÍNEOS . Existen tres tipos de vasos sanguíneos: arterias, venas y capilares, que constituyen una red de tubos que transportan la sangre desde el corazón a todos los tejidos del organismo y desde ellos, nuevamente al corazón. Del corazón salen dos grandes arterias que, ramificándose en vasos de menor calibre se dirigen a las distintas regiones del cuerpo ; las arterias gruesas se dividen en arteriolas que, a su vez, se ramifican en innumerables vasos microscópicos o capilares . Una vez realizado el intercambio de . gases entre sangré y tejidos, los capilares se reúnen en grupos para formar vénulas que van confluyendo en tubos mayores que son las venas o vasos que recogen la sangre de los tejidos y la llevan al corazón . 3.1 .4 . ESTRUCTURA DE LOS VASOS SANGUÍNEOS. Las paredes de las arterias y las venas constan de tres capas : la capa externa, formada por tejido conjuntivo fibroso; la capa media, formada por músculo liso y la capa interna formada por tejido conjuntivo y una lámina de endotelio que está en contacto con la sangre. La capa externa de las arterias es resistente a la presión interna pero también permite la contracción y dilatación de estos vasos al ritmo de los impulsos del corazón ; el músculo liso de la capa media está formado por el sistema nervioso autónomo que controla su contracción o relajación, regulando así el diámetro del vaso, y por tanto, la cantidad de sangre que llega a un órgano particular.
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Una característica distintiva de las venas es que poseen válvulas a lo largo de todo su trayecto para evitar el retroceso de la sangre. Las paredes de los capilares están constituidas únicamente por una capa de endotelio que puede considerarse continuación del revestimiento endotelial de las arterias y venas . 3 .1 .5 . CIRCU LACIÓN MENOR Y CIRCULACIÓN MAYOR. Todos los vertebrados excepto los peces, presentan una circulación doble, es decir, tienen dos circuitos circulatorios . Uno de ellos se establece entre el corazón y los pulmones y el otro entre el corazón y el resto del organismo . La denominada circulación menor o pulmonar se inicia con la contracción del ventrículo derecho que impulsa la sangre desoxigenada a la arteria pulmonar, la cual se divide en dos ramas que se capilarizan al llegar a los pulmones, para poder efectuar el intercambio gaseoso. Una vez realizado este intercambio, la sangre es transportada por las venas pulmonares hasta la aurícula izquierda que se encuentra en diástole. En este circuito circulatorio la sangre va del corazón a los pulmones y regresa de nuevo al corazón; su función es, por tanto, efectuar el intercambio de gases respiratorios . La circulación mayor o sistemática, comienza con la contracción de al aurícula izquierda que impulsa la sangre oxigenada procedente de los pulmones al ventrículo izquierdo que se halla en diástole. Una vez lleno de sangre, el ventrículo se contrae y la envía por la arteria aorta; esta sangre oxigenada, pasa por un sistema de arteriolas y capilares hasta ceder el oxígeno a todas las células . El intercambio de gases que tiene lugar en la intimidad de los tejidos se realiza en sentido inverso al que se produce en los pulmones . Los capilares se unen para formar vasos que llevan la sangre de retorno al corazón ; esta sangre desoxigenada y cargada de dióxido de carbono regresa por las venas cavas hasta la aurícula derecha que está en diástole. Cuando se ha llenado se contrae y la sangre pasa al ventrículo derecho, repitiéndose el ciclo completo . Así pues, la parte derecha del corazón contiene sangre desoxigenada, también llamada sangre venosa, y la izquierda sangre oxigenada, o sangre arterial . También es importante resaltar que las arterias constituyen siempre vías de salida de la sangre desde los ventrículos, mientras que las venas son siempre vías de entrada de sangre alas aurículas . 3 .1 .6. SISTEMA ARTERIAL Integrado por todo el conjunto de arterias . Del corazón salen las dos principales : I : Arteria pulmonar: Sale del ventriculo derecho y se ramifica en dos para llevar la sangre desoxigenada a los pulmones . Arteria pulmonar derecha y arteria pulmonar izquierda . II: Arteria aorta : Sale por el ventriculo izquierdo, sube formando la aorta ascendente, se curva después constituyendo el cayado de la aorta y desciende por delante de la columna vertebral dando lugar a la aorta descendente . * Desde la aorta ascendente : aorta coronaria derecha e izquierda : rodean al corazón a modo de corona e irrigan el miocardio . * Desde el cayado de la aorta:
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Arteria carótida primitiva izquierda : irriga la parte izquierda de la cabeza pasando por el cuello . - Arteria subclavia izquierda : pasa por debajo de la clavícula dirigiéndose al brazo izquierdo. Al penetrar en el mismo se llama arteria humeral, dividiéndose en el antebrazo en las arterias cubital y radial, las cuales al ramificarse forman las arterias que irrigan la mano. - Tronco braquicefálico arterial derecho: formado por la unión de la carótida y la subclavia derecha. Cada una de estas arterias sigue su camino correspondiente irrigando la mitad derecha de la cabeza y el brazo derecho respectivamente.
-
* Desde la aorta descendente: - Arterias intercostales : irrigan las paredes del tórax. -Tronco . . .: corto y grueso se ramifica en : Arteria gástrica: irriga el estómago, Arteria esplénica : irriga el bazo. Arteria hepática : irriga el hígado . - Arteria mesentérica superior: llega al intestino delgado . - Arteria mesentérica inferior: intestino grueso . - Arterias renales : los riñones . - Arterias gonadales : irrigan los genítales ; en la mujer se llaman arterias ováricas y en el hombre arterias espermáticas . * Desde la aorta descendente (al nivel de la pelvis) : Se divide en dos ramas : arteria iliaca primitiva izquierda y arteria iliaca primitiva derecha; cada una de ellas se bifurca en las arterias iliacas internas, que irrigan el bajo vientre y las arterias iliacas externas que cuando ingresan en el muslo constituyen las arterias femorales, que descienden por detrás de las rodillas denominándose entonces arterias poplíteas, dividiéndose de nuevo en las arterias tibial y peroneal que al dividirse originan las arterias que irrigan los pies. 3 .1 .7. SISTEMA VENOSO . Integrado por todo el conjunto de venas. Existen dos sistemas venosos : * Sistema venoso superficial : localizado cerca de la superficie corporal, recoge la sangre procedente de los capilares de la piel . * Sistema venoso profundo : discurre paralelo al sistema arterial, recibiendo estas venas el mismo nombre de la arteria a la que acompaña. 1 : venas pulmonares : proceden de los pulmones y vierten en la aurícula izquierda del corazón : - 2 venas pulmonares derechas y - 2 venas pulmonares izquierdas . 11 : vena cava inferior: vierte también en la aurícula derecha la sangre recogida de las venas intercostales, gástrica, esplénica, hepática, mesentéricas, renales y guadales .
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A la altura de la cuarta vértebra lumbar se divide en dos venas iliacas primitivas derecha e izquierda formadas por la unión de las venas ilíacas internas, que proceden del bajo vientre y las venas ilíacas externas que proceden de las extremidades inferiores y que se originan por la unión de las femorales, poplíteas, tibiales, peroneales, etc. A lo largo de la cara interna de la extremediad inferior se extiende la vena más larga del cuerpo humano perteneciendo al sistema venoso superficial . Esta vena se denomina safena interna, y sigue en trayecto ascedente desde el pie hasta la parte superior del muslo donde termina en la vena femoral. También en la cara externa de la pierna se encuentra la safena externa, que sigue una dirección ascendente para ir a drenar posteriormente a la vena polítea. 3.2 .
EL SISTEMA LINFÁTICO .
Todos los tejidos están recorridos por una densa red de capilares que se denomina lecho capilar. La sangre oxigenada que fluye de las arteriolas al lecho capilar tienen una presión elevada, gracias a la cual, parte del plasma atraviesa la pared capilar y pasa a formar parte del líquido intersticial . El líquido filtrado contiene fundamentalmente agua con oxígeno disuelto, glucosa, ácidos grasos, glicerina, aminoácidos, vitaminas, sales y hormonas . Este líquido intersticial se encuentra bañando las células y de él toman los nutrientes el oxígeno, expulsando el dióxido de carbono y otras sustancias de desecho. Mientras ocurre este fenómeno, la presión de la sangre de los capilares va disminuyendo y se incrementa la concentración de proteínas, ya que el agua y las sustancias solubles se han cedido al líquido intersticial; en estas circunstancias la sangre absorbe parte del líquido intersticial que penetra a través de la amígdalas palatinas condut pared capilar . El líquido intersticial no linfático derecho limo absorbido pasa a unos finísimos tubos Conducto torácico cerrados en un extremo denominados capilares linfáticos, que se encuentran en las proximidades de los capilares y ,son casi tan numerosos como ellos. bazo
El líquido que pasa a los capilares linfáticos adquiere el nombre de linfa ; los capilares dan lugar a vasos linfáticos pequeños que van a confluir en otros mayores provistos de válvulas que impiden el retroceso de la linfa. Al final de su recorrido los vasos linfáticos convergen en dos canales principales, el canal torácico y el conducto linfático derecho, cada uno de los cuales recoge la linfa de diferentes zonas del cuerpo ; ambos vasos vierten su contenido en las venas subclavia izquierda y derecha .
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ganglios linfáticos
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El sistema linfático constituye, pues, una vía auxiliar para el retorno del líquido intersticial a la circulación general ; por otro lado también desempeña un importante papel en la transferencia de las grasas absorbidas en el intestino . La linfa es impulsada por las contracciones de los músculos esqueléticos adyacentes que comprimen los vasos linfáticos, así como por los movimientos respiratorios del tórax. Este tipo de contracciones musculares favorecen también el retorno de la sangre por las venas. 3.2 .1 . GANGLIOS LINFÁTICOS . En las intersecciones de los vasos linfáticos hay unos nódulos denominados ganglios linfáticos, provistos en su interior de canales estrechos por donde circula la linfa. A medida que pasa por estos canales se pone en contacto con las células que los revisten que tienen múltiples funciones : fagocitar microorganismos y restos de células muertas, producir linfocitos y monocitos (defensas) y desempeñar un papel muy importante en los procesos de inmunidad si la cantidad de microbios que entran en el ganglio es muy grande, éste se inflama y aumenta de tamaño lo que es fácil de advertir en los ganglios del cuello, las axilas y la ingle. 4.
APARAT O LOCOMOTOR .
Se podría definir al aparato locomotor como el conjunto de órganos que realizan la función de la locomoción, que es la facultad que tienen los seres vivos de poder trasladarse de un lugar a otro bien andando, bien mediante la carrera o el salto. Esta definición restringiría el estudio del aparato locomotor a las extremidades inferiores, sin embargo las estructuras que integran el aparato locomotor incluyen a los miembros superiores que permitirán al hombre la capacidad de previsión de las cosas y, por tanto, su manipulación, así como aquellos qué se encargan de la masticación y los elementos músculo-esqueléticos que se encargan de los movimientos respiratorios . En general, el aparato locomotor está constituido por unas formaciones que tienen un origen embriológico común y que son: huesos, articulaciones y músculos . 4 .1 .
HUESOS.
La osteología es la ciencia que se encarga del estudio de los huesos . Podemos definir a los huesos como órganos de color blanquecinos, duros y resistentes, cuyo conjunto constituye el esqueleto. El esqueleto tienen en el hombre un peso equivalente a un tercio del peso total del cuerpo y un peso algo inferior en la mujer. El esqueleto está subdividido en dos partes : esqueleto axial y esqueleto apendicular.
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4.1 .1 . ESQUELETO AXIAL. Constituido por la superposición de una serie de piezas óseas denominadas vértebras, cuyo conjunto forma la columna vertebral que se haya situada en la línea media posterior y constituye el eje vertical del esqueleto. Su parte superior sostiene el cráneo delante del cual se encuentra el macizo facial, ambos forman la cabeza ósea. En su extremo inferior las vértebras se sueldan y adelgazan formando dos huesos : el sacro y el cóccix . El conjunto craneovertebral aloja en su interior al sistema nervioso central . De la parte media de la columna vertebral se separan a ambos lados las costillas en número de doce para cada lado. Por delante se articulan con el esternón, por medio de los cartílagos costales, excepto las dos últimas que quedan libres llamadas costillas flotantes . El conjunto de las costillas, cartílagos costales, esternón y una parte de la columna vertebral forman una caja denominada tórax. 4 .1 .2 . ESQUELETO APENDICULAR . En el esqueleto apendicular los miembros están unidos a la columna vertebral por medio de dos cinturas: escapular en el caso de los miembros superiores y pelviana en los miembros inferiores. La cintura escapular está constituida por los huesos, la clavícula por delante y el omoplato o escápula por detrás siendo ligera y móvil . Además de su cintura de unión el miembro superior comprende tres segmentos con sus respectivos huesos : el brazo con el húmero, el antebrazo con el cúbito y el radio y la mano con los huesos del carpo el metacarpo y las falanges. La cintura pelviana es común para dos huesos coxales, unidos por detrás con inferior también presenta tres segmentos : peroné y el pie con el tarso, el metatarso y
los dos miembros inferiores y está formada .por los el sacro, que se articula con el cóccix. El miembro el muslo con el fémur, la pierna con la tibia y el las falanges.
4.1 .3 . CONFIGURACIÓN DE LOS HUESOS. Según sus dimensiones los huesos se presentan en tres formas principales : * Huesos largos : predomina la longitud sobre el espesor y el ancho ; constan de un cuerpo o diáfisis y de dos extremos o epífisis . La unión de la diáfisis con la epífisis se llama metáfisis . Ejemplo : fémur. * Huesos cortos : de pequeño volumen sus tres dimensiones son semejantes . Ejemplo: huesos del carpo y del tarso . * Huesos planos : Predominan la longitud y el ancho y tienen poco espesor . Ejemplo: omóplato . En el hueso del adulto se reconocen dos partes en sección : el hueso compacto, que forma una capa periférica continua y sirve de estuche de contención y el hueso esponjoso constituido por una estructura de laminillas o celdillas con una orientación que permite al hueso una mayor resistencia a las presiones o a las tracciones que debe soportar .
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Se denomina periostio a una membrana fibroelástica que rodea la superficie exterior de los huesos, excepto las partes revestidas por cartílago articular y los lugares en que se insertan tendones y ligamentos . La médula ósea se encuentra en el canal medular de los huesos largos y en las cavidades del tejido esponjoso ; participa en la renovación de las células de la sangre y no interviene en la vida del hueso normal . 4.1 .4. FUNCIONES DE LOS HUESOS . Además de sus funciones protectora y de sostén, el hueso constituye un almacén de calcio y otros elementos, participando así activamente en el mantenimiento del equilibrio cálcico del organismo . Sin embargo, desde el punto de vista del aparato locomotor, su función principal es la de servir como palanca sobre la que actuarán los músculos que en él se insertan. Si consideramos a la médula ósea como parte integrante del hueso, éste tendrá una función como formador de células de la sangre . 4.2.
ARTICULACIONES .
La artrología o sindesmología es la ciencia que tiene por objeto el estudio de las articulaciones . Se denomina articulación a la unión de dos o más piezas óseas o cartilaginosas . Las articulaciones suelen dividirse en tres grupos de distinta estructura v fisiología : - Sinartrosis o articulaciones sin movimiento : son articulaciones en las que no es posible movimiento alguno entre los huesos que la forman, este tipo de articulación se encuentra entre los huesos del cráneo y de la cara. - Anfiartrosis o articulaciones de movimiento restringido : son articulaciones con movimientos limitados y de poca amplitud, presentan entre los dos cuerpos articulares una masa de tejido fibrocartilaginoso que los une fuertemente aunque permitiéndoles un cierto grado de movilidad . Son de este tipo las articulaciones entre los cuerpos vertebrales . - Diartrosis o articulaciones dotadas de movilidad : son las articulaciones más perfeccionadas del cuerpo humano, en ellas no existe una unión interósea pues entre los dos cuerpos articulares se interpone una cavidad articular. Las diartrosis (también llamadas articulaciones sinoviales) constituyen la parte esencial del aparato locomotor pues permiten que los huesos, accionados por los músculos se desplacen para realizar todos los movimientos que son característicos del aparato locomotor. Son ejemplos de este tipo la mayoría de las articulaciones conocidas : hombro, rodilla, muñeca, tobillo, etc. Las superficies articulares son los extremos de los huesos, el cartílago articular hará que el deslizamiento entre las superficies articulares sea más fácil . Medios de unión de los huesos que permiten mantener el contacto entre las superficies articulares y que están constituidos por la cápsula articular y los ligamentos que la refuerzan. La cápsula articular
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tapizada en su interior por una membrana conocida como sinovial, que se encarga de la formación del líquido sinovial ; este líquido sirve para lubricar las superficies articulares y para nutrir al cartílago articular. 5.
DESCRIPCIÓN DEL APARATO LOCOMOTOR. 5.1 . HUESOS. 5.1 .1 . CABEZA. - Huesos del cráneo : un frontal, dos parietales, un occipital, dos temporales, dos etmoides, dos esfenoides . - Huesos de la cara : dos nasales, dos unguis o lacrimales, dos pómulos o malares, un vómer, dos cornetes, dos maxilares superiores, dos palatinos, un maxilar inferior. - Hueso hiloides (en el cuello) . 5.1 .2 . TRONCO. - Columna vertebral : siete vértebras cervicales, doce vértebras dorsales, cinco vértebras lumbares, cinco vértebras sacras soldadas (forman el hueso sacro) tres pequeñas vértebras coxígeas soldadas (forman el cóxis) . Caja torácica: un esternón, doce pares de costillas: siete verdaderas, tres falsas y dos flotantes . 5 .1 .3. EXTREMIDADES.
- Cintura escapular : dos clavículas, dos omoplatos . - Extremidades superiores : dos húmeros, dos cúbitos, dos radios, dos carpos (forman las muñecas y constan cada uno de un escafoides, un semilunar, un piramidal, un pisiforme, un trapecio, un trapezoide, un hueso grande y un hueso ganchoso), dos metacarpos (constan cada uno del 1°-, 2°, 3°-, 4°-, 5°- metacarpianos), veintiocho falanges (1ª, 2ª y 3ª en cada dedo, excepto el pulgar que solo tiene lá y 3á) . - Cintura pelviana : dos huesos coxales (cada uno formado por un ¡león, un isquión y un pubis) . - Extremidades inferiores : dos fémur, dos rótulas, dos tibias, dos peronés dos tarsos (forman el tobillo y constan cada uno de un astrágalo, un calcáneo, un escafoides, un cuboides y tres cuneiformes), dos metatarsos (formados cada un por 1°-, 2`-', 3°, 4`-' y 5`--' metatarsianos), veintiocho falanges (lá, 2ª y 3ª en cada dedo, excepto el dedo gordo que tiene 1" y 3á) .
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LOS PRINCIPALES HUESOS DEL esqueleto humano
cabeza
cráneo cara
clavícula clavicula
omóplato omoplato esternon esternón 12 12 pares de costillas de húmero
tronco
columna vertebral cúbito .
extremidades superiores
radio
ileón isquiónisqueón pubis
coxal coxis
carpo
dedos fémur femur
rótulas
extremidades inferiores tibia peroné tuso metatarso
dedos
parietal
etnoides esfenoides nasal
occipital lemporal maxilar inferior
maxilar superior
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6.
MÚSCULOS .
La muología es la ciencia que tiene por objeto el estudio de los músculos . El músculo órgano activo del aparato locomotor, su aspecto es el de una masa carnosa de color rojo es el pardo debido a la existencia de pigmentos y sangre, de forma variable y con la capacidad de contraerse, es decir, disminuir su longitud bajo el influjo de una excitación produciendo el desplazamiento de los huesos gracias a las articulaciones . Músculo esquelético : es el tipo de tejido muscular, responsable del movimiento del esqueleto y de órganos como el globo ocular y la lengua . El músculo esquelético se denomina también músculo voluntario ya que puede ser controlado por la voluntad del individuo y también músculo estriado debido a que la disposición de las proteínas contráctiles de la célula muscular da lugar a la aparición de estriaciones transversales . Se estima que su número es de unos 500 en el cuerpo humano, correspondiendo a algo menos del 50% del peso corporal total (aproximadamente 30 Kg. para un individuo de 70 Kg). Los músculos se fijan por sus extremos a superficies llamadas puntos de inserción, casi todos ellos sobre el esqueleto, pero algunos se insertan en la piel, ojo, lengua, etc. El músculo puede insertarse directamente aunque por lo general lo hace por intermedio de un tendón; los tendones son estructuras fibrosas, de coloración blanquecina, muy resistentes y prácticamente inextensibles, que prolongan el músculo hasta su lugar de inserción . Ordinariamente se distinguen dos inserciones en un músculo: - la inserción de origen, superior o proximal y - la inserción terminal, inferior o distal ; De estas inserciones durante el movimiento una se toma como punto fijo y la otra como punto móvil; la contracción muscular acerca el punto móvil al punto fijo. Los músculos están rodeados por fascias, que son membranas fibrosas que los envuelven con la misión de contenerlos durante la contracción muscular . Los músculos esqueléticos poseen gran variedad de formas, sin embargo todos ellos tienen la misma estructura básica compuesta por células con muchos núcleos y extremadamente alargadas que suelen definirse como fibras musculares, las cuales oscilan considerablemente de diámetro y pueden extenderse a través de toda la longitud de un músculo alcanzando más de 35 cm. de longitud. Se consideran tres tipos de fibras musculares: - Fibras rojas o aeróbicas, encargadas de las contracciones lentas y de larga duración; - Fibras blancas o anaeróbicas, que son de contracción rápida pero que no resisten mucho tiempo este requerimiento ; - fibras intermedias se pueden convertir en unas u otras dependiendo de su utilización . La contracción del músculo esquelético está controlada por los grandes nervios motores cuyas fibras nerviosas se ramifican individualmente en el interior del músculo para inervar un grupo de fibras musculares ; el conjunto formado por cada neurona y el grupo de fibras musculares que inerva se llama unidad motora, la precisión del movimiento producido por un músculo determinado dependerá del grado de inervacion del mismo, la excitación de
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cualquier nervio motor produce la contracción simultánea de las fibras musculares correspondientes ; la vitalidad muscular depende de la conservación del nervio que las inerva, que si se lesiona provoca su atrofia. Los músculos están dotados de dos cualidades : * Tono muscular: es el grado de contracción fisiológica que el músculo presenta en reposo y que nos permite el mantenimiento de actitudes posturales . * Contracción muscular: que puede ser isométrica o estática, cuando el músculo se pone en tensión pero no se modifica su longitud, por lo tanto no hay movimiento ; isotónica concéntrica (o dinámica concéntrica), el músculo se acorta y produce el acercamiento de sus inserciones ; isotónica excéntrica, el músculo sufre un alargamiento que separa sus inserciones oponiéndose de forma continuada al mismo. La contracción muscular posee dos cualidades: la fuerza que depende de la longitud y volumen de las fibras musculares y la velocidad, que es una condición propia de la fibra muscular. La ejecución de los movimientos requieren cierto grado de coordinación de las contracciones musculares; los músculos que participan, en la realización de un movimiento determinado se llaman agonistas, los músculos que se oponen a los agonistas y por su contracción pueden impedir o invertir un movimiento se llaman antagonistas . Si analizamos la acción mecánica de los músculos comprobamos que las diversas partes del esqueleto son semejantes a palancas y poseen, como ellas, un punto de apoyo, una potencia y una resistencia . El punto de poyo es el punto inmóvil en toro al cual gira la palanca, en el hombre lo constituye la articulación; la potencia es la fuerza que impulsa a la palanca a desplazarse y está representada por el músculo o músculos que se insertan en ella ; la resistencia es la fuerza que se debe vencer. 6.1 .
MÚSCULOS DE LA CABEZA .
Músculos epicraneanos : Son músculos planos que recubren el cráneo, se insertan directamente en la piel ; dos frontales, dos occipitales, dos temporales, seis auriculares. Músculos de la cara: - Músculos de los párpados : dos orbiculares de los párpados . - Músculos de la nariz y el entrecejo : dos superciliares, dos piramidales de la nariz, un transverso de la nariz, dos elevadores de la nariz. - Músculos de la boca : un orbicular de los labios, dos elevadores del labio superior, dos zigomáticos menores, dos zigomáticos mayores, dos caninos, dos bocinadores, dos risorios, dos triangulares de los labios, dos cuadrados del mentón, una b... del mentón. - Músculos masticadores: dos temporales, dos maseteros, dos pterigoideos externos, dos pterigoideos internos .
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6.1 .1
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MÚSCULOS DEL CUELLO .
- Músculo cutáneo: sus inserciones son en la piel, desde la barbilla extendiéndose por encima del cuello cubriendo parte de los pectorales . - Músculos ... : mueven la laringe al tragar. - Músculos esternocleiomastoideos: esternocleidosmastoideos uno a cada lado del cuello; giran la cabeza a los lados y la inclinan adelante. - Músculos escalenos: elevan las primeras costillas e inclinan la cabeza a los lados. - Músculos esplentos: en la parte posterior del cuello, inclinan la cabeza hacia atrás. - Músculos provertebrales: flexionan la región cervical de la columna vertebral . 6.1 .2. MÚSCUL OS DEL TRONCO. * Músculos de la espalda: - Músculos trapecios : cubren la región posterior del cuello y la superior de la espalda; incluida la cabeza hacia atrás y mueven los hombros. - Músculos romboides : por debajo de los trapecios, mueven los omóplatos . - Músculos infraespinosos y supraespinosos : imprimen movimiento al omóplato y al húmero. - Músculos grandes dorsales: mueven los brazos hacia atrás y abajo. - Músculos erectores raquídeos : grupos musculares que se insertan entre la apófisis de las vértebras ; mantienen la posición erguida de la columna y realizan los pequeños giros entre las vértebras . * Músculos del pecho y abdomen : - Músculos pectorales mayores y menores: acercan el brazo al tronco e intervienen eri la respiración . - Músculos serratos: levantan las costillas durante la inspiración. - Músculos intercostales : situados entre las costillas; intervienen en la respiración. - Músculo diafragma : forma el tabique que separa el tórax del abdomen ; inteviene en la respiración . - Músculos oblicuos del abdomen: forman las paredes laterales del abdomen ; flexionan la columna hacia delante. - Músculos rectos del abdomen: van desde las costillas al pubis; comprimen la cavidad abdominal . * Músculos del periné: músculos transversos del periné, músculo elevador del ano, músculo coxígeno, esfinter anal, esfinter uretrovaginal (exclusivamente en la mujer) .
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LOS PRINCIPALES MUSCULOS músculos DEL CUERPO
fronuf ocdpital
orbicular de los ojos orbicular de los labios
deltoides trapecio triceps tríceps grandorsal dorsal
extensor dejos dedos
temporal masetero buconador esternodeidomastoideo
pectoral deltois
Noto abdomendel abdomen rlcto
.pronad supinador
oblicuo del abdomen
glúteo gluteo
bices crural bíceps crural
g
cuadriceps cuádriceps cuatríceps
tibial
tendón de Aquiles
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flexor de los dedos
6.2.
MÚSCULOS DE LAS EXTREMIDADES, 6.2.1 . EXTREMIDAD SUPERIOR.
* Hombro: - Músculo deltoides : eleva el brazo separándolo del cuerpo. - Músculo subescapular : provoca la rotación del brazo. - Músculos redondos mayor y menor: desplazan el brazo hacia atrás y lo hacen descender . * Brazo : - Músculo bíceps: flexiona el antebrazo sobre el brazo. - Músculo braquial : flexiona el antebrazo . - Músculo tríceps : extiende el antebrazo . * Antebrazo : - Músculos supinadores : rotan el antebrazo y al cruzar el radio sobre el cúbito colocan la palma de la mano hacia abajo . - Músculos pronadores: rotan el antebrazo colocando la palma de la mano hacia arriba . - Músculos flexores de los dedos. - Músculos extensores de los dedos. * Mano: - Músculos interóseos: entre los metacarpianos. - Músculos lumbricales : mantienen unidos los metacarpianos . - Músculo palmar : forma la palma de la mano. - Músculo de la eminencia tenar: mueven el dedo pulgar. - Músculo de la eminencia hipotenar : mueven el meñique. - Tendones de los músculos del antebrazo . 6.2.2. EXTREMIDAD INFERIOR. * Nalga: músculos glúteos, mayor, mediano y menor; extienden el muslo y lo rotan hacia afuera. * Muslo : -
Músculo psoas ilíaco: flexiona el fémur sobre la pelvis . Músculo sartorio : flexiona el muslo y facilita la acción de cruzar la pierna . Músculo cuadríceps: flexiona el muslo y extiende la pierna. Músculo bíceps crural : flexiona la pierna sobre el muslo. Músculo semimembranoso: flexiona la rodilla .
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Músculo semitendinoso : flexiona la rodilla. - Músculo recto interno : flexiona la rodilla. - Músculos aductores: participan en el movimiento de cruzar las piernas . -
* Pierna: - Músculos gemelos y sóleo: extienden el pie elevando el talón; se insertan en el calcáneo formando el tendón de aquiles . - Músculo tibial anterior : flexiona el pie sobre la pierna. - Músculos peroneos : mueven el tobillo . - Músculos flexores de los dedos del pie . - Músculos extensores de los dedos del pie. * Pie : - Músculo pedio : en el torso del pie, extiende los dedos. - Músculos umbricales : extienden los dedos. - Músculos interóseos: entre los metatarsianos . - Músculo cuadrado plantar : curva la bóveda plantar - Músculos de la eminencia plantar externa : mueven el dedo pequeño . - Músculos de la eminencia plantar interna: mueven el dedo gordo. - Tendones de los músculos de la pierna.
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TEMA 20 HERIDAS Y HEMORRAGIAS: CLASIFICACIÓN Y COMPORTAMIENTO. QUEMADURA :. CLASIFICACIÓN, MANEJO Y COMPLICACIONES. FRACTURAS Y LUXACIONES: CLASIFICACIÓN, MANEJO. ESPECIAL MENCIONA : TRAUMATISMO CRANEAL. TRAUMATISMO DE COLUMNA. POLITRAUMATIZADO. DEFINICIÓN, DIAGNÓSTICO, MANEJO, COMPLICACIONES.
1.
HERIDAS .
Toda pérdida de continuidad en la piel o en las mucosas producidas por cualquier objeto al aplicarle una fuerza circunstancial . 1 .1 . X
CLASIFICACIÓN :
Según el agente que las produce :
Producidas por objetos puntiagudos capaces de pinchar . La herida producida sangra poco, profundas y poco extensa . - Incisas : Producidas por la acción de un objeto cortante (navaja, cuchillo) . Los bordes son amplios, rectos y muy sangrantes. Precisan de sutura para juntar los bordes . Producidas por objetos con superficie roma. "bocado" . Los bordes no se - Contusas : pueden continuar. - Inciso-contusas: Las producen objetos cortantes que actúan de forma tangencial o bien con objetos romos casi cortantes . Son más amplias, limpias y sangrantes.
- Punzantes :
X
Según su forma :
- Heridas en colgaic : La piel se descuelga por la/o acción del objeto ya sea cortante o contundente de forma tangencial . - Heridas con pérdida de sustancia : grado superior al anterior, el pedículo de unión se separa, se caracteriza por la irregularidad .
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1 .2.
SÍNTOMAS :
- Dolor intenso en la zona . - Hemorragia. - Separación y discontinuidad de la piel y a veces tejido muscular . * Afección : - Vásculo-nerviosa : Sección de un nervio . Pérdida de movilidad . - Muscular y tendinosa: pérdida de movilidad inmediata recuperable a la cicatrización muscular y reunión tendinosa. 1 .3 . ACTUACIÓN: Hasta que se produce la presencia de los servicios médicos de urgencia. Están en función de la sintomatología y complicaciones de las propias heridas : - Infecciones (medio sucio): donde se producen . - Shock por hemorragia . 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) para
La herida debe de quedar lo más limpia y desinfectada posible . Manipulación de la misma con la máxima asepsia tanto de las manos como de los aparatos utilizados. Lavar la herida con agua limpia, jabón o compuesto antiséptico . El lavado será a chorro, así la presión arrastrará a los cuerpos extraños. Si es necesario se frotará con un cepillo estéril para limpiar y producir substancias . La herida se debe de desinfectar de dentro a afuera para no introducir cuerpos extraños en el interior. Si hay hemorragia se deja que se manifieste (arrastre) y una vez desinfectada se hace compresión digital o vendaje compresivo a través de una gasa estéril. Si no sangra se coloca igualmente tina gasa estéril para cubrir la herida y no se infecte. Traslado o presencia rápida de una asistencia médica. Recordar que toda herida por insignificante que parezca supone una administración de la vacuna antitetánica si no se está vacunado . Si hay pérdida de sustancia se puede colocar sobre la herida una gasa vaselinizada evitar adherencias . 1 .4.
NO SE DEBE HACER:
a)
Nunca colocar algodón sobre la herida puede dejar restos de tejido que dificultan la cicatrización favoreciendo la infección. b) Nunca utilizar pomadas antibióticas ni polvos antisépticos ; su mala uitlización dificulta su posterior cicatrización. c) No tratar de curar heridas complicadas por circunstancias en el propio siniestro . d) Una herida donde existe un cuerpo extraño introducido no se debe de extraer nunca y no cortar los colgajos. 2. HEMORRAGIAS .
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Es la salida incontrolada de sangre de la circulación por rotura de los vasos sanguíneos . Heridas, contusiones y fracturas son las causas más frecuentes . 2 .1.
CLASIFICACIÓN :
* Según el vaso que se rompe: - Arterial - Venosa y - Capilar. * Según el sitio donde se produce : - Externa - Intersticial : - hematomas y - equimosis (por contusión) - Interna : - Cavidad y - Víscera: se puede exteriorizar por orificios también los producidos por una fractura cerrada. 2.2. SÍNTOMAS . Respuestas del organismo a la falta de oxihemoglobina en los tejidos. - Palidez de la piel . - Pulso rápido y débil. Taquicardia . - Respiración rápida. - Disminución de la presión arterial . - Desaparición del estado de consciencia . Estado de shock. Estado de coma.
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*Normas de Actuación. Asegurar la permeabilidad de la vía aérea y valorar la respiración y circulación. Exploración primaria. 2) . Colocar al herido en decúbito supino para evitar que le sobrevenga el estado de shock. 3) Dejar que salga al principio sangre para que arrastre cuerpos extraños o microbios . Aplicar una 4) presión constante sobre la herida (durante 10 minutos) con la ayuda de apósitos limpios a ser posible estériles para que se pueda coagular de manera estable . Si es una extremidad que no presenta fractura , elevar dicha extremidad . Si la hemorragia es pequeña la compresión será digital y si es mayor con la mano o sitio con un vendaje de compresión. 5) Si con las anteriores medidas no cesa la hemorragia deberemos presionar sobre los puntos que afecten a la circulación arterial que son zonas donde las arterias de gran y medio calibre se hacen superficiales y accesibles a la presión digital contra una superficie ósea. El conocimiento de estos sitios permite actuar rápida y eficazmente porque el propio accidentado puede presionarse sobre estos puntos mientras acude las asistencias médicas o los aparatos para el torniquete. 1}
- En el brazo: arteria humeral . Hay que presionar en la parte interna del brazo entre los bíceps y el hueso. Se usa para toda herida que queda por debajo del punto de presión, mano, antebrazo, brazo (parte interna). - El muslo: Arteria femoral. Se puede localizar después de la ingle y en la cara interna del muslo en el tercio medio, se presiona contra el fémur, en caso de hemorragia en pie muslo y pierna .
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ue
Otros puntos de compresión : a) Arteria facial: presión sobre el borde inferior y posterior de la mandíbula . b) Ángulo posterior de la mandíbula : mandíbula . c) Arteria temporal (superficialmente) : presión, parte anterior de la oreja. d) Arteria carótida primitiva: entre la tráquea y el borde anterior interno del músculo. esternocleidomastoideo . e) Arteria subclavia: presión sobre la primera costilla . f) Arteria axilar: presionar la axial contra el brazo . g) Arteria radial: presión sobre la cara anterior del brazo : emorragias de la mano. h) Arteria cubital : se localiza en el lado interno o cubital del antebrazo . i) Arteria iliaca: presión sobre el centro de la ingle. j) Arteria poplitea: presión en el hueco poplíteo. k) arteria pedia: compresión sobre la parte superior del empeine 6) Si a pesar de efectuar estas compresiones arteriales la hemorragia continua realizaremos un torniquete en aquellos casos 'en los que las circunstancias de ejecución o de traslado van a dificultar la realización de otro tipo de paralización de la hemorragia, por lo que hacemos:
El torniquete: produce daños al estancar el riego, ciertos miembros pueden necrosarse. * Los torniquetes deben de hacerse con una banda ancha de 2 a 5 cm. para no lesionar los tejidos subyacentes, previamente se hace compresión arterial . Se apreta manivelando la banda que miembro hasta que ceda circunda el la hemorragia.
Técnica de colocación de un torniquete .
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* * * * *
Si es arterial se aplica entre el corazón y la herida. Si es venosa, se pone entre la herida y la parte más distante de las extremidades . El torniquete debe de estar próximo a la lesión . El torniquete no se debe de mantener más de tres horas . Se señalizará en la frente del accidentado la hora que se le aplicó el torniquete para saber el tiempo real de que se dispone para hacer la sutura del vaso afectado . *Importante :
- En las hemorragias el nivel de gravedad no se determina por su localización, una herida en la cabeza no es más grave que la producida en la pierna, la sangre que se pierde en la primera es de 20 cm3 y en la segunda de 1 .500 cm - El traslado debe de hacerse con atención previa. Hay que taponar las heridas antes o durante el traslado del herido .
3.
QUEMADURAS.
Es una lesión producida por la exposición térmica a cualquiera de las formas de emitir calor. Su gravedad depende del tiempo de exposición y de la temperatura .
9 18 Frente
9
18
9
9
18 18 Espalda 1 18
14
1
9 18 Frente 18 Espalda14
18 NIÑO
Origen: - laboral, - accidental, - doméstico . 3.1 .
ADULTO
CLASIFICACIÓN :
3.1.1 . Según el agente causante : * Térmicas : Acción directa del calor, ya sean cuerpos sólidos (brasas) líquidos o gaseosos . * Químicas: Agentes químicos y "
Eléctricas : Efecto eléctrico . 3.1 .2. Según la profundidad de la quemadura :
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ae
ue
1° grado: afección en la capa más superficial de la piel, la epidermis. El síntoma más característico es el eritema o piel enrojecida acompañada de dolor. De 6 a 8 días. 2° grado : Se altera la dermis y la epidermis . El síntome es la ampolla o fuctema con dolor intenso puede ser superficial o profunda . De 20 a 25 días. 3° grado : se produce la muerte de las tres capas de la piel : epidermis, dermis e hipodermis. Pudiendo afectar a músculos nervios y tendones, vasos, etc . Aparece una costra negra (necrosis) . Lesión indolora pero con dolor alrededor. Valoración: Según la extensión: Superficie . Regla de las nieves o de Walance : - Genitales (1%) . - Cabeza y cuello . ^). - Extremidad superior. (9%) . - Muslo. (9%). - Pierna. (9%). - Pie. (9%) . - Parte anterior del tórax. (9%) . - Parte posterior del tórax. ^) . - Parte anterior del abdomen. (9%) . - Parte posterior del abdomen . (9%) . En los niños : - Cabeza y cuello (18%) . - Extremidad superior (9%). - Extremidad inferior (13 %). - Parte anterior del tórax: abdomen (18%) . - Parte posterior del tórax : E . Baja (18%) . - Genitales (10%). Gravedad de la quemadura: * Quemadura de l ° y 2° grado . - Hasta un 10% quemadura leve . -Del 10% al 33% quemadura grave . - Superior al 33%, quemadura muy grave . - Del 40 % al 50%, pueden ser mortales . * Quemadura de 3° grado : por encima del 2% grave. *Normas de Actuación ante una Quemadura.
* Toda la actuación debe ir dirigida a evitar o elimiar las posibles complicaciones .
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* Diferencias las quemaduras de las lesiones leves . * La rapidez de actuación en el quemado es muy importante . Pasos: 1) 2) 3) 4) 5)
Valorar el estado general de la víctima : exploración primaria . Si un individuo está ardiendo hay que sofocar las llamas con una manta, haciéndole rodar o echándole agua suavemente de todos modos al final hay que enfriarle, sino se irá quemando durante el trayecto al hospital. Si las quemaduras son importantes hay que prevenir el estado de shock poniéndole colocado de decubito supino . Retirarle los adornos y relojes . Valorar: - ¿con qué se ha quemado? - Tiempo de exposición . - Lugar. - Tiempo transcurrido, hasta que se el enfría. - Posibilidad de inhalación . - Valoración de la extensión y profundidad de las quemaduras . Quemaduras químicas :
1 .- Retirar la ropa y después echar agua para arrastrar los residuos. 10-15 2 .- Cubrir y traslado.
17 m.
Quemaduraseléctricas : 1 .- Desconectar la corriente o al afectado por mediación de aislantes (pértigas). 2 .-' Reanimación cardio-respiratoria 3 .- Cubrir la zona afectada (orificios de entrada y salida) . Traslado urgente .
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FRACTURAS Y LUXACIONES. CLASIFICACIÓN Y MANEJO. TRAUMATISMO CRANEAL . POLITRAUMATISMO. TRAUMATISMO DE COLUMNA. DIAGNÓSTICO, MANEJO Y COMPLICACIONES. 1.
FRACTURAS.
Se entiende por fractura la pérdida de continuidad a nivel de la estructura rígida del aparato locomotor : el hueso. Los mecanismos de producción de las fracturas pueden ser por: 1 .- Fuerzas de compresión o sobrecargas . 2.- Fuerzas de acción cortante o cizallamiento. 3 .- Fuerzas de flexión : 4.- Fuerzas de torsión . 5.- Fuerzas de tracción. 1 .1 .
CLASIFICACIÓN. 1.1.1. SEGÚN LA DIRECCIÓN DE LA LÍNEA DE FRACTURA .
1 .2.3 .4 .5 .-
Fracturas longitudinales . Fracturas transversales. Fracturas oblicuas. Fracturas espiroideas . Fracturas empotradas .
Si no se produce desplazamiento de los fragmentos la fractura es recta, sí existe desplazamiento será desviada. 1 .1 .2 . SEGÚN SU LOCALIZACIÓN DENTRO DEL HUESO . - Diafisarias : localizadas en la diáfisis o porción larga del hueso. - Epifisarias: localizadas en la epífisis o extremo del hueso. - Extraarticulares : fuera de la articulación. - Articulares : de peor pronóstico que las anteriores porque afectarán al cartílago articular.
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1 .1 .3 . SEGÚN EL GRADO DE INTENSIDAD DE LA FRACTURA. * Completas : - Sencillas : son fracturas limpias acaecidas en todo el espesor del hueso. - Complicadas : se presentan varias fracturas en un mismo hueso o segmento corporal . * Incompletas : - En tallo verde : seda solo en niños ; ocurre igual que al romperse una caña verde; sólo se rompe un lado de la cortical del hueso . - Fisuras : la línea de fractura afecta sólo a una de las dos corticales del hueso. 1 .1 .4. SEGÚN EL POSIBLE GRADO FRACTURA .
DE INFECCIÓN
DE LA
l.- Cerradas : Son aquellas fracturas que no presentan herida. No hay contacto entre el hueso y el exterior. 2.- Abiertas : Son fracturas en las que se establece contacto entre el hueso y el exterior, ello supone un mayor riesgo de infección y hemorragias . Las fracturas abiertas presentan dos tipos: fractura abierta de dentro a fuera; es el hueso el que sale hacia fuera rompiendo la piel . Fractura abierta de fuera a dentro : es una fuerza externa la qué penetra hasta el hueso . Esta acción externa va a suponer un mayor riesgo de infección que las anteriores. a) Cerrada sin desviación (sencilla) . b) Cerrada con muchos fragmentos (con minuta) . c) Abierta desviada . d) Cerrada desviada. 1 .2.
SÍNTOMAS .
Los síntomas dependerán del tipo de fractura y su localización : - dolor en el foco de fractura que aumenta a la presión o intento de movilización . - Impotencia funcional, total o parcial . - Deformidad del miembro. - Inflamación y amoratamiento . - Herida, si la fractura es abierta . - Movilidad anormal . - Crepitación .
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Los dos últimos síntomas no deben ser comprobados por el socorrista porque pueden causar complicaciones . Puede aparecer sintomatología vascular y nerviosa, en forma de extremidad fría, falta de pulso, hormigueo o falta de sensibilidad. No hay que manipular nunca una posible fractura porque se pueden causar lesiones a nivel vascular y nervioso. Hay que prevenir, también, la posibilidad de hemorragias externas e infecciones (en las fracturas abiertas) e incluso de shock. 1 .3 .
NORMAS DE ACTUACIÓN .
No movilizar al accidentado si no es absolutamente necesario (por ejemplo en caso de incendio) para evitar agravar la fractura. Retirar anillos, relojes y pulseras, en caso de afectación de la extremidad superior. Explorar movilidad y sensibilidad distales (extremidades) . Nunca reducir la fractura, se pueden causar lesiones muy graves. La restauración de la normalidad ósea es únicamente misión del médico tras comprobar las radiografias . Inmovilizar el foco de la fractura, bloqueando siempre una articulación por encima y otra por debajo del foco de fractura, evitando movimientos bruscos en la zona afectada. En caso de fracturas abiertas, cohibir la hemorragia (si existe) y cubrir la herida con apósitos estériles antes de proceder a la inmovilización . Traslado a un centro sanitario para su tratamiento definitivo, con las extremidades elevadas (si han sido afectadas) una vez inmovilizadas, tapándolo con una manta si es preciso . 1 .3 .1 . INMOVILIZACIONES. * Cara : Solamente podemos actuar en fracturas del maxilar inferior, inmovilizando por medio de un barboquejo improvisado (pañuelo, cinturón, etc.). * Costillas : No hace falta inmovilizar . Se debe trasladar al accidentado sentado para que no aumente la amplitud de los movimientos y aparezca el dolor. Dedos: Se inmovilizan uniendo el dedo fracturado con el de al lado . * Miembros superiores : En la fractura de brazo, el tórax bien almohadillado puede servir de férula, fijando el miembro al cuerpo por medio de un cabestrillo y después fijándolo al tórax por medio de un vendaje . También en la fractura de brazo, emplear dos férulas una interna y otra externa desde la articulación del codo hasta el hombro y fijar al cuerpo con un cabestrillo. En la fractura de codo : inmovilizar el codo en la posición que presente y fijarlo al cuerpo en cabestrillo, o bien, una férula a lo largo de todo el brazo del hombro a la muñeca (en caso de codo estirado) . En la fractura de antebrazo : emplear dos férulas una interna y otra externa desde el codo a la palma de la mano y fijar al cuerpo con un cabestrillo, teniendo la
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precaución de no impedir la movilidad de los dedos . En la fractura de la mano : envolver e inmovilizar la mano sobre una tabla desde la punta de los dedos hasta sobrepasar la muñeca y fijar al cuerpo con un cabestrillo . Miembros inferiores : En la fractura de muslo emplearemos dos férulas, una interna del pie a la entrepierna y otra externa del pie hasta la cintura . en la fractura de pierna, dos férulas que se extenderán desde el pie hasta sobrepasar la rodilla . En fractura o aplastamiento del pie : desatar el calzado pero no quitarlo, almohadillar e inmovilizar el pie en la posición que presenta. Fractura de rodilla : inmovilizarla en la posición que presente en toda la extensión de la pierna (igual que en la fractura del muslo) . Coxis : Dos férulas anchas que van desde los pies hasta las axilas a lo largo de todo el cuerpo por los costados . X
1 .3 .2. PRECAUCIONES AL INMOVILIZAR. - Se utilizarán férulas o entablillados que, según las circunstancias se construirán con tablillas, ramas de árbol, planchas, etc. Estas férulas deberán ser fuertes; suficientemente largas, es decir, su longitud será mayor que la comprendida entre las dos articulaciones que limitan la fractura; almohadilladas, especialmente en los extremos . - Las férulas se fijarán fuertemente por medio de ataduras que no se colocarán nunca a nivel de la fractura y cuyos nudos se apoyarán sobre la férula situada en la parte externa. Atar a las ligaduras de los extremos dando una vuelta a cada férula antes de ser apretadas para evitar que se deslicen. - En miembros inferiores: pasar las ataduras o cuerdas aprovechando los espacios libres, especialmente al nivel del tobillo y la rodilla, separando a su vez la pierna sana para facilitar las maniobras . Completar el almohadillado, especialmente al nivel de los espacios que crea la deformación . Desatar o cortar el calzado y colocar el pie, si no está lesionado y con mucho cuidado, en ángulo recto con relación a la pierna y no en vertical con relación al suelo pues la fractura se desplazaría, manteniendo la posición del pie por medio de un lazo en 8, que a su vez para sobre las férulas. La fijación debe ser lo suficientemente fuerte para que las férulas no se desplacen, pero no en exceso ; el pie no debe estar ni frío ni amoratado . Para saber si la inmovilización es correcta: con una fractura de pierna, el herido no debe poder doblar la rodilla ; con una
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fractura a nivel del muslo no debe poder sentarse . - En miembros superiores : después de realizada la inmovilización debemos tener presente que la mano no debe estar fría ni amoratada y los dedos deben tener movimiento (si no se trata de fractura de mano o dedos) . 2.
LUXACIONES . 2.1 .
LESIONES ARTICULARES .
Son aquellas agresiones que afectan a alguno de los componentes de una articulación : cartílago articular, ligamentos, membrana sinovial, etc. 2 .1 .1 . CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES ARTICUL ARES. * Lesiones de la cápsula articular y los ligamentos: - Distensión articular. - Esguince articular. - Luxación . * Distensión articular : los ligamentos y la cápsula se someten a una tracción anormal, produciendo un estiramiento o elongación de los mismos pero sin llegar a descargarlos . * Esguince articular: si la fuerza es superior que en el caso anterior se produce el desgarro del ligamento ; fuerzas muy grandes pueden producir la rotura del ligamento. Hay varios grados de esguince hasta la rotura total. En el esguince se produce una separación momentánea de las superficies articulares: 2 .2 .
LUXACIÓN Y SUBLUXACIÓN .
Luxación es la dislocación repentina y total de los extremos articulares . La cabeza articular abandona la cavidad donde se aloja, ello supone un desgarro de parte de la cápsula y los ligamentos de esa articulación con una separación permanente de las superficies articulares. Si la dislocación es solamente parcial, se habla de subluxación . Las luxaciones van a estar producidas fundamentalmente por caídas en hiperextensión desgarrando el aparato ligamentoso y capsular; las articulaciones más afectadas son las del hombro y la acromio-clavicular .
2.3 .
SiNTOMAS.
Los síntomas inciertos se corresponden a un posible esguince, pero la presencia de los
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síntomas ciertos ya orientan claramente hacia una luxación. El diagnóstico seguro se hará por radiología. Síntomas inciertos : dolor, impotencia funcional, hinchazón, formación de hematoma. Síntomas ciertos: deformidad (respecto al miembro sano), cavidad articular vacía, impotencia funcional muy grande . Las luxaciones presentan todos los síntomas ciertos, mientras que las subluxaciones pueden presentar únicamente los síntomas inciertos . 2.4 .
NORMAS DE ACTUACIÓN .
1 .- Nunca hay que realizar la reducción de la articulación pues se podrían lesionar vasos y nervios ; la reducción de la articulación corre a cargo de personal sanitario especializado por lo que trasladaremos rápidamente al accidentado a un centro especializado . Pasadas unas 12 horas se producen importante contracturas musculares que dificultan muchísimo la reducción . 2 .- La inmovilización se lleva a cabo tal como nos encontramos la articulación, sin reducción previa. Una vez en el centro médico, los especialistas se encargarán de realizar la reducción e inmovilización definitiva y su tratamiento . Las inmovilizaciones serán iguales que en los casos de fracturas de articulaciones . 3.
TRAUMATISMO CRANEAL.
Es el producido por un impacto de intensidad moderadamente grave que va a producir lesiones físicas en cuero cabelludo, cráneo e incluso cerebro . 3 .1 .
SÍNTOMAS.
La gravedad del traumatismo dependerá de la altura de la caída, velocidad del vehículo, forma de producirse la lesión, etc: - Alteración del estado de consciencia (shock, coma). - Salida de sangre por los orificios naturales (oídos, nariz). - Presencia de signos neurológicos anormales (parálisis facial, hemiplejia -parálisis de un lado del cuerpo-, afasia -pérdida del habla-, etc) . - Presencia de vómitos . - Dolores de cabeza .
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3 .2.
NORMAS DE ACTUACIÓN.
Mantener la permeabilidad de la vía aérea, controlando respiración y circulación (exploración primaria) . Vigilar las constantes vitales con frecuencia. Traslado urgente a un centro sanitario en posición lateral de seguridad si la víctima está inconsciente (traslado en posición lateral de seguridad sobre el oído sangrante, si es su caso, almohadillado bajo la cabeza y con el paciente correctamente inmovilizado) . X
Importante : Controlar siempre la columna cervical, manteniendo, si es posible, el eje cabeza-cuello-tronco . 3 .3 .
COMPLICACIONES.
Dependiendo de la intensidad del traumatismo craneal puede verse afectado el sistema nervioso central (zona cervical hasta el cerebro). Asimismo puede verse alterado el estado de consciencia, entrando en shock o estado de coma. Es posible, además que nos encontremos con casos de pérdida de masa encefálica, en cuyo caso, mantendremos las constantes vitales sin intentar recomponer la masa encefálica perdida sino únicamente estabilizando al herido en espera de las asistencias . 4.
POLITR AUMATISMO.
Paciente que, a consecuencia de un traumatismo presenta lesiones en más de un órgano, aparato o sistema que le pueden suponer un riesgo vital. Las lesiones más frecuentes suelen afectar al cráneo, columna vertebral, tórax, abdomen y extremidades, predominando fundamentalmente las fracturas, hemorragias, heridas y quemaduras . La calidad de la asistencia prestada al politraumatismo desde los primeros momentos del siniestro, así como su estabilización previa al traslado van a condicionar, no sólo su pronóstico vital, sino también el índice de complicaciones y secuelas, de tal forma que se considera que un primer auxilio mal efectuado puede ser más perjudicial que la ausencia del mismo . 4.1 . cuerpo .
SÍNTOMAS.
Los propios de fracturas, quemaduras, hemorragias, etc y en puntos diversos del
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4.2 .
NORMAS DE ACTUACIÓN.
Este tipo de pacientes precisa de una valoración y actuación rápidas y secuenciales que son las siguientes: 1 .2 .3 .4.5 .6.7.-
Observar si está consciente o inconsciente . Observar si respira . Percibir si tiene latido cardíaco. Observar si sangra por alguna parte del cuerpo . Identificar posibles lesiones óseas . Informarse sobre el padecimiento actual del paciente. Informarse de los antecedentes clínicos del paciente.
En el caso de que la víctima esté consciente podrá colaborar en la identificación de su estado, señalando zonas dolorosas o posibles padecimientos que note, y además podrá ser mejor movilizado hacia adecuados lugares de llegada del equipo de emergencia ; no olvidemos que en muchos casos, el politraumatismo puede encontrarse en mitad dula calzada o en el interior de un vehículo, con el riesgo que conlleva. La inconsciencia de la víctima debe ponernos en alerta por: mayor gravedad potencial de su estado, imposibildiad de colaborar en el reconocimiento de sus padecimientos, necesidad de presuponer la existencia de máximas lesiones y potencial, peligro de asfixiarse con su propia lengua . Una vez que se haya identificado la situación de la víctima, se podrá actuar sobre ella teniendo en cuenta que solo debemos realizar lo que estemos seguros para no causar daños: 1 .2.3 .4.-
Control de la vía aérea con protección de la columna cervical. Control de respiración, pulso ; en caso necesario reanimación cardio-pulmonar . Control de hemorragias externas (si existen). Si no existen lesiones de columna, cuello o cráneo, colocar a la víctima en posición antishock. 5.- Control de nivel de consciencia y posibles convulsiones . 6 .- Inmovilización de las posibles lesiones óseas . 7 .- Tratamiento de quemaduras, heridas, etc . 8 .- Traslado urgente al centro más cercano.
En caso de cerciorarnos de la llegada inminente de las emergencias sanitarias iremos comprobando, no obstante, todos los puntos anteriores en previsión de posibles accidentes. 4 ..3 .
COMPLICACIONES .
- Fracturas :
de columna, cráneo, tórax, extremidades, etc . Abiertas o cerradas y con sus complicaciones . - Hemorragias : externas, internas y con sus complicaciones . - Parada respiratoria y circulatoria . - Alteraciones de la consciencia : shock, coma, etc. - Quemaduras y heridas graves, etc.
5.
TRAUMATISMO DE COLUMNA.
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ae
ae
Este es un caso especial cuya importancia radica en que, en función de su intensidad puede originarse la compresión o la sección (parcial o total) de la médula espinal . En todos los pacientes con heridas de cara, cabeza, cuello, hombros y todos los que presentan inconsciencia pueden sospecharse lesiones asociadas de columna vertebral . 5 .1 .
SÍNTOMAS .
Dolor en la nuca, hombros, espalda, zona lumbar (según la localización de la lesión), una lesión de columna no es sinónimo de pérdida de movilidad de los miembros, sino que puede coexistir con movilidad conservada ya que puede no estar lesionada la médula espinal y sí la parte ósea.
cervical 7
torácico 12 tocicas 12
Posible deformidad, contractura muscular, impotencia funcional. * En caso de afectación medular, además :
5 lumbares 5
Parálisis muscular en uno o varios miembros. Falta de sensibilidad en el tacto en uno o varios miembros (parcial o total) . Hormigueos o picores en los dedos de manos y pies. Incontinencia de esfinteres'(heces y orina).
sacro sacro 1(5)
5 .2.
Coccyx coxis 1(4)
NORMAS DE ACTUACIÓN.
Las medidas que se deben recomendar van encomendadas a evitar desplazamientos óseos que pudieran comprimir la médula espinal . Los puntos de actuación son : * Recogida del accidentado : La recogida es un aspecto muy importante de los primeros auxilios a un traumatizado en la columna ; el buen manejo del accidentado determinará su pronóstico. 1 .-
No mover al accidentado, en caso necesario mantener en bloque el eje: cabeza-cuellotronco .
2.-
Control de las vías aéreas, respiración y pulso .
3.En caso de tener que recoger al accidentado por causas de fuerza mayor (no van a acudir emergencias sanitarias), buscar ayuda urgentemente pues se necesita un mínimo de tres personas para recoger correctamente al traumatizado . Procurarse asímismo, un plano duro
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(camilla rígida o similar) para depositar al herido. Método de recogida del puente:
*
Se necesitan 4 socorristas . Tres de los socorristas se colocarán sobre el accidentado con una pierna a cada lado de él . Uno debe estar a la altura de las rodillas, otro a nivel de la cadera y el tercero sobre la región de la nuca. El cuarto socorrista tiene la misión de aguantar la cabeza del accidentado y colocar, en su momento, el plano duro. Colocar cada uno sus manos por debajo de la región del accidentado que le toca: rodillas, cadera, nuca y cabeza . Uno de los socorristas debe ser el que dirija la operación. El éxito de la recogida radica en ir al unísono los cuatro socorristas; el accidentado se debe recoger en bloque para que no haya desplazamientos en la columna. El socorrista que dirige da la voz de "preparados" para que todos se sitúen correctamente ; a la voz de "arriba" todos suben al accidentado a la vez, en este momento el socorrista que aguanta la cabeza debe situar el plano duro debajo del accidentado, a la voz de "abajo" todos colocan al traumatizado sobre el plano duro que se ha colocado debajo .
X
Método de recogida de la cuchara
Se necesitan 3 socorristas, se utiliza este método cuando sólo se puede recoger a la víctima por uno de los lados. A la voz de "preparados" los tres socorristas están en un mismo lado con una rodilla en el suelo ,y las manos juntas en forma de cuchara por debajo del accidentado . Cada socorrista debe bloquear su correspondiente región: uno las rodillas, otro la cabeza y el tercero hombros y cabeza . A la voz de "arriba" todos los integrantes bloquean los distintos segmentos de la víctima y la suben hasta el pecho de los socorristas, ello supone dar un cuarto de giro al accidentado, pero siempre como un bloque único . A la voz de "abajo" se sitúa a la víctima, muy suavemente, sobre el plano duro que previamente se tenía preparado .
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4.-
Inmovilización : Se realiza una vez efectuada la recogida en plano duro . Este debe ser lo suficientemente ancho . Colocar acolchamiento en las zonas que no toquen al plano duro: nuca, región lumbar y rodillas . Fijar los pies en ángulo recto con las piernas. Movimientos de rotación, también se pueden fijar ambos lados del cuerpo (con sacos de arena, mantas, etc.) para que no se desplace . Sujetar con cuerdas o vendas la víctima al plano duro. Si vomita hay que girar todo el plano duro, nunca rotar la cabeza . Una vez realizada la inmovilización hay que trasladar urgentemente al traumatizado.
5.-
Transporte : se debe realizar a un centro especializado, con el paciente siempre inmovilizado, en zona estable y totalmente horizontal, en decúbito supino.
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Manual de Instalaciones Receptoras
Introducción En el presente Manual de Instalaciones Receptoras, se definen los esquemas tipo de las instalaciones que mejor se adaptan a las características de distribución utilizando elementos de regulación y seguridad adecuados, así como las prescripciones y criterios de diseño, de cálculo y de construcción de las mismas, los materiales, elementos y accesorios que se utilizan y las condiciones de ubicación y conexión de los aparatos a gas. El presente Manual de Instalaciones Receptoras está basado en el Reglamento de Instalaciones de Gas en Locales Destinados a usos Domésticos, Colectivos o Comerciales (Real Decreto 1853/1993, de 22 de Octubre), y recoge las experiencias del Grupo Gas Natural en el diseño y construcción de las instalaciones receptoras hasta una presión máxima de distribución de media presión B, así como las condiciones de instalación de los aparatos a gas, incluyendo las últimas innovaciones tecnológicas. Este Manual de Instalaciones Receptoras está concebido principalmente para dar a conocer los criterios de diseño y construcción de instalaciones receptoras del Grupo Gas Natural a las empresas que participan en el diseño y construcción de instalaciones receptoras de gas, tanto en los edificios de nueva construcción como en los edificios ya construidos. Debido a que en la Comunidad de Castilla y León el Organismo competente en materia de instalaciones de gas tiene promulgada normativa adicional al citado Reglamento de Instalaciones Receptoras de Gas en Locales Destinados a Usos Colectivos o Comerciales referente a la seguridad de las instalaciones de gas natural (Orden de 25 de Mayo de 1993 de la Consejería de Economía y Hacienda, corrección de errores de la Orden de 25 de Mayo de 1993 y Orden de 5 de Abril de 1994 por la que se modifica y adapta la de 25 de Mayo de 1993), se desarrollan a continuación los aspectos que en materia de seguridad de instalaciones se indican en las citadas Ordenes, de obligado cumplimiento en la Comunidad de Castilla y León y no están contempladas en el citado Reglamento de Instalaciones de Gas, y por lo tanto no incorporadas en el presente Manual por ser su difusión de ámbito nacional.
Gas Castilla y León
Complemento al Manual de Instalaciones Receptoras para su aplicación en la Comunidad Autónoma de Castilla y León
Módulo 2 En aquellas instalaciones en locales destinados a usos ciolectivos o comerciales que precisen regulación de presión por estar alimentadas desde redes de distribución que trabajen en media presión B dispondrán, además de lo solicitado en el Reglamento de Instalaciones de Gas, de una electroválvula de corte (normalmente cerrada) comandada por detector de gas, que deberá cumplir las prescripciones del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión MIE BT 026.
A continuación se muestra un esquema de instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados alimentadas desde una red en media presión B. Esta modificación es extensiva a todos los gráficos y textos del Manual donde aparezca la llave de vivienda.
11
En general, para todos los diseños de instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares o unifamiliares, en el inicio de la instalación interior, deberá instalarse una llave de corte en el interior de la vivienda y otra en el exterior, accesibles ambas desde el interior de la misma (llave de vivienda en el interior y en el exterior de la misma). 5
6
7
10
14
12
13 13
8
14
9
Tramos en MPB
Q
Tramos en MPA Tramos en BP
4
Q 3 2
A-25 ó A-50
Q
1 Instalación común
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
1. Conexión del armario de regulación con el tramo en media presión B (ver 2.1-1). 2. Armario de regulación A-25 o A-50 de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. 3. Centralización de contadores. Ha de estar situada en zona comunitaria 4. Toma de presión a la entrada de la centralización de contadores. 5. Llave de abonado. Hace las funciones de llave de entrada del contador. 6. Regulador de abonado MPA/BP de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural con válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático incorporada.
7. Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador. 8. Contador G-4 9. Toma de presión a la salida del contador. 10. Llave de vivienda. Situada en el exterior de la vivienda. Ha de ser accesible desde el interior de la misma. 11. Límite de vivienda. 12. Llave de vivienda. Igual que 10 en accesibilidad y situada en el interior de la vivienda 13. Llave de conexión de aparato. 14. Aparato de utilización.
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Módulo 3
Módulo 4
Los tramos de acometida interior aéreos se han de construir en acero al carbono sin soldadura, unidos entre sí o mediante piezas accesorias con soldadura eléctrica que se podrá realizar de dos formas:
Los factores de simultaneidad que deben aplicarse para la determinación del caudal de la instalación común cuando existe calefacción individual en las viviendas (S2) son los siguientes:
- A tope, asegurando la calidad de las mismas con control radiográfico según las especificaciones de la norma UNE 14.011 grado 1 ó 2 y realizadas por soldadores homologados. - Utilizando accesorios de acero forjado de anclaje y soldadura tipo ANSI (Socket weld end 3000 libras), no precisando en este caso control radiográfico ni soldador homologado. Los contadores se ubicarán en recintos o armarios centralizados, siempre en zonas comunitarias y serán accesibles desde zona de uso común del edificio, excepto en los edificios ya construidos en que por su configuración arquitectónica no sea posible la centralización. El conjunto de conducciones y accesorios que discurren entre la salida del conjunto de regulación y la llave situada en el exterior de la vivienda será de acero al carbono.
Nº de viviendas
Factor de simultaneidad (S2)
1
1,0
2
0,9
3
0,88
4
0,66
hasta 6
0,60
hasta 15
0,55
mayor de 15
0,50
Módulo 6 Los locales destinados a contener aparatos a gas de circuito abierto para producción de agua caliente o calefacción de tiro natural (atmosféricos), deberán disponer de conductos de evacuación de los productos de la combustión del tipo definido en las Normas Tecnológicas (NTE-ISH/1974). En los edificios existentes que no tengan chimeneas, únicamente se podrán colocar aparatos a gas de circuito estanco.
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Introducción En el presente Manual de Instalaciones Receptoras, se definen los esquemas tipo de las instalaciones que mejor se adaptan a las características de distribución utilizando elementos de regulación y seguridad adecuados, así como las prescripciones y criterios de diseño, de cálculo y de construcción de las mismas, los materiales, elementos y accesorios que se utilizan y las condiciones de ubicación y conexión de los aparatos a gas. El presente Manual de Instalaciones Receptoras está basado en el Reglamento de Instalaciones de Gas en Locales Destinados a usos Domésticos, Colectivos o Comerciales (Real Decreto 1853/1993, de 22 de Octubre), y recoge las experiencias del Grupo Gas Natural en el diseño y construcción de las instalaciones receptoras hasta una presión máxima de distribución de media presión B, así como las condiciones de instalación de los aparatos a gas, incluyendo las últimas innovaciones tecnológicas. Este Manual de Instalaciones Receptoras está concebido principalmente para dar a conocer los criterios de diseño y construcción de instalaciones receptoras del Grupo Gas Natural a las empresas que participan en el diseño y construcción de instalaciones receptoras de gas, tanto en los edificios de nueva construcción como en los edificios ya construidos. Debido a que en la Comunidad de Madrid el Organismo competente en materia de instalaciones de gas tiene promulgada normativa adicional al citado Reglamento de Instalaciones Receptoras de Gas en Locales Destinados a Usos Colectivos o Comerciales referente a la seguridad de las instalaciones de gas natural, y en particular, requisitos adicionales sobre la instalación de aparatos de producción de agua caliente sanitaria, para calefacción o mixtos y conductos de evacuación (Orden 2910/1995 de 11 de Diciembre de la Consejería de Economía y Empleo, Dirección General de Industria, Energía y Minas), se desarrollan a continuación los aspectos que en materia de seguridad de instalaciones se indican en la citada Orden, de obligado cumplimiento en la Comunidad de Madrid y no están contempladas en el citado Reglamento de Instalaciones de Gas, y por lo tanto no incorporadas en el presente Manual por ser su difusión de ámbito nacional.
Gas Natural, SDG, S.A.
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Módulo 6 Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación. Los conductos de evacuación cumplirán los siguientes requisitos:
- El terminal del deflector deberá quedar separado 0,4 m de cornisas y aleros, y sobresaliendo del paramento exterior del edificio que atraviesa o de cualquier otro impedimento 0,1 m. - Cuando desemboque próximo a la unión de dos paramentos verticales, el extremo final del conducto, deberá guardar al menos 0,4 m de separación, medidos éstos en paralelo a cualquiera de los paramentos citados.
• Para evacuación a través de conducto colectivo o directa al exterior:
Paramento exterior
- La pendiente del tramo ascendente será como mínimo de un 3%. - La longitud desde el collarín de embocadura del aparato hasta su conexión a un conducto colectivo "tipo shunt" o chimenea específica, tendrá una longitud máxima equivalente de 3 m, admitiéndose un máximo de dos cambios de dirección. Cada cambio de dirección, entendiendo por éste aquel con ángulo superior a 45o, equivaldrá a disminuir en 0,75 m la longitud total.
≥ 10 cm ≥ 40 cm
Paramento exterior
• Para evacuación directa al exterior a través de fachada: - Se instalará un deflector de demostrada eficacia a través de ensayos acreditados. - En caso de evacuación directa al exterior, si se instala un tramo vertical de al menos 50 cm, ni éste ni el cambio de dirección adicional se considerarán a efectos del cálculo de la longitud equivalente antes citada.
≥ 40 cm
≥ 10 cm
Deflector eficiente
20 cm
Longitud equivalente: 0,75 m
Pendiente ascendente mínima: 3 %
50 cm
Longitud equivalente del conducto: máximo 3 m
>10 cm No se considera en la longitud equivalente
- En caso de que un aparato esté instalado en una galería considerada como zona exterior, deberá tener conducto de evacuación como si la misma estuviese cerrada.
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Elección del tipo de aparato a instalar • En fincas de nueva construcción o rehabilitadas Los aparatos de circuito abierto y tiro natural se conectarán a conductos de evacuación de productos de la combustión colectivos "tipo shunt", específicos o exclusivos para este cometido. En caso de no ser posible, se instalarán: - De circuito estanco - De circuito abierto y tiro forzado
• En edificio ya construido de nueva gasificación
• En edificio ya construido con cambio de combustible Es aquel en el que el aparato existente y en uso, de circuito abierto de tiro natural de producción de agua caliente sanitaria, calefacción o mixto, debe ser adecuado para su funcionamiento con gas natural. En este supuesto, se permite la evacuación directa al exterior, debiéndose cumplir en el conducto de evacuación de productos de la combustión los requisitos ya mencionados. De no poder cumplirse los requisitos mencionados, podrá instalarse un sistema de extracción forzada, en los casos en los que el aparato esté homologado para su funcionamiento con el sistema citado, que será instalado por un Servicio Técnico Autorizado
Es aquel en el que no existen aparatos a gas de circuito abierto de tiro natural para producción de agua caliente sanitaria, para calefacción o mixtos en el momento de la gasificación. Este tipo de aparatos únicamente podrán ser instalados si los productos de la combustión son evacuados a través de conductos colectivos "tipo shunt" o chimenea específica. En caso de no cumplirse lo anterior, los aparatos a instalar deberán ser: - De circuito abierto de tiro forzado - De circuito estanco Aparatos que incorporan sistemas de extracción forzada
Excepcionalmente, los aparatos de producción de agua caliente sanitaria de circuito abierto de tiro natural podrán ser instalados con conducto de evacuación de productos de la combustión directa al exterior.
• En sustitución de aparatos Cuando se sustituya un aparato a gas por otro, la elección del nuevo se regirá por lo especificado para los edificios ya construidos de nueva gasificación.
Complemento al Manual de Instalaciones Receptoras para su aplicación en la Comunidad Autónoma de Madrid
Cuadro resumen
Aparatos de circuito abierto de tiro natural Aparatos de circuito estanco
Edificio de nueva construcción
Aparatos de circuito abierto de tiro forzado Calentadores Calderas
S.P.C. a través de pared al exterior Calentadores Calderas
Shunt o chimenea general
Calentadores
Calderas
Calentadores Calderas
Sí
Sí
Sí
Sí
No
No
Sí (*)
Sí (*)
Sí Sí Sí
Sí Sí Sí
Sí Sí Sí
Sí Sí Sí
Sí (*) Sí (*) Sí (*)
No Sí (*) No
Sí (*) Sí (*) Sí (*)
Sí (*) Sí (*) Sí (*)
Edificio ya construido: -Nueva gasificación -Cambio de combustible -Sustitución de aparatos
(*) Cumpliendo requisitos adicionales en conducto de evacuación.
Complemento al Manual de Instalaciones Receptoras para su aplicación en la Comunidad Autónoma de Madrid
Condiciones de instalación de aparatos de circuito estanco y de circuito abierto de tiro forzado
Resolución de problemas de tiro Para resolver problemas de tiro en evacuación directa a través de fachada, se podrá instalar un sistema de extracción forzada en las condiciones ya establecidas.
Tanto en la instalación de unos como de otros, se seguirán las especificaciones del fabricante en lo referente a dimensiones, trazado, longitud, etc., y en particular en los de circuito abierto de tiro forzado, las siguientes: - No se permite la conexión a conductos de evacuación colectivos. - Podrá desembocar bien a través de fachada, bien a chimenea individual diseñada a tal fin. - Deberá ser estanco en todo su recorrido, tanto por las características del material utilizado, como por el procedimiento empleado para la ejecución de las uniones.
Actuaciones de los Servicios de Asistencia Técnica y los Instaladores Autorizados Con carácter previo a su intervención, acreditarán su condición ante el usuario en todas sus actuaciones, y en particular en las de puesta en marcha y en la adecuación de aparatos para su funcionamiento con gas natural. Contarán con los medios técnicos adecuados con los que comprobarán, de manera expresa, que el aparato se encuentra funcionando, en lo que al proceso de combustión se refiere, dentro de los límites de homologación, es decir: la cantidad de monóxido de carbono (CO) exento de aire y de vapor de agua en productos de la combustión debe ser inferior a un 0,1% ó 1.000 ppm, medido éste una vez que la combustión se haya estabilizado y las temperaturas de las distintas partes sean las de régimen. Del mismo modo, se comprobará que el gasto calorífico del aparato no supera el máximo establecido.
Aparatos de circuito abierto de tiro forzado conectados a chimenea individual
Introducción
El Grupo Gas Natural tiene como objetivo prioritario el asegurar unos niveles óptimos de calidad y seguridad en el suministro y utilización de los gases combustibles que distribuye, objetivo que también es compartido por CONAIF. Con esta finalidad se ha concebido este Manual de Instalaciones Receptoras, destinado a dar a conocer a las Empresas Instaladoras y a los profesionales que actúan en el Sector, los criterios de diseño y construcción de las instalaciones receptoras a utilizar en el ámbito de actuación del Grupo Gas Natural, siendo de aplicación tanto en edificios de nueva construcción, como en los edificios ya construidos. En el presente Manual de Instalaciones Receptoras, se definen los esquemas tipo de estas instalaciones, concretando los elementos de regulación y seguridad que deben incorporar, así como las prescripciones y criterios a utilizar en su diseño, en su cálculo, en los materiales y accesorios y en su construcción, así como las condiciones de conexión y de ubicación, que deben reunir los aparatos de gas. El contenido de este Manual está basado tanto en las exigencias del Reglamento de instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales (Real Decreto 1853/1993, de 22 de Octubre), como también en las experiencias del Grupo Gas Natural y de CONAIF en el diseño y la construcción de las instalaciones receptoras y en las condiciones que debe reunir la instalación de los aparatos de gas, incluyendo además las últimas innovaciones tecnológicas. Gas Natural agradece las aportaciones que CONAIF ha efectuado en la elaboración de este Manual, lo que ha permitido incorporar las experiencias del colectivo de empresas instaladoras y así asegurar al mismo tiempo, tanto la mejor calidad posible como que sea un elemento de ayuda a los instaladores en su ejercicio profesional. El Grupo Gas Natural espera que este Manual de Instalaciones Receptoras constituya una guía activa para los profesionales del sector y se propone actualizarlo periódicamente con los avances tecnológicos que surjan, así como con las observaciones de mejora que nos hagan llegar los profesionales que lo utilicen.
Gas Natural SDG, S.A.
Índice de Módulos
1. Generalidades
2. Esquemas tipo de instalaciones receptoras
3. Diseño y construcción
4. Cálculo de instalaciones receptoras
5. Materiales, elementos y accesorios
6. Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas
7. Ensayos y verificaciones
8. Documentación técnica
1
Generalidades
3
Diseño y construcción
1.1. Gas natural. Principales características
3.1. Prescripciones de trazado de tuberías
1.2. Unidades de medida utilizadas
3.2. Criterios de situación de elementos y accesorios
1.3. Terminología
3.3. Construcción de instalaciones receptoras
1.4. Simbología
2
Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.1. Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B 2.2. Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A 2.3. Instalaciones receptoras conectadas a redes en baja presión
4
Cálculo de instalaciones receptoras
4.1. Datos básicos para el cálculo de instalaciones receptoras 4.2. Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos 4.3. Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
5
Materiales, elementos y accesorios
5.1. Tuberías 5.2. Dispositivos de corte 5.3. Tallos 5.4. Elementos de regulación y seguridad 5.5. Contadores 5.6. Accesorios
6
Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas
6.1. Tipos de aparatos a gas. Configuración de los locales y espacios donde se ubican 6.2. Evacuación de los productos de la combustión de los aparatos a gas de circuito abierto 6.3. Entrada de aire para la combustión de aparatos a gas de circuito abierto 6.4. Condiciones de instalación de aparatos a gas de circuito estanco 6.5. Condiciones especiales para la ubicación de aparatos a gas de circuito abierto en edificios ya construidos 6.6. Condiciones de conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora
7
Ensayos y verificaciones
7.1. Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras 7.2. Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B 7.3. Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A 7.4. Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras conectadas a redes en baja presión
8
Documentación técnica
8.1. Clasificación de las instalaciones en base a la documentación técnica que generan 8.2. Certificado de acometida interior en edificio habitado 8.3. Certificado de instalación común en edificio habitado 8.4. Certificado de instalación individual en edificio habitado
1
Generalidades
1.1. Gas natural. Principales características
1.2. Unidades de medida utilizadas
1.3. Terminología
1.4. Simbología
1.1 Gas natural. Principales características
1 Generalidades
Gas natural Se denomina gas natural a la mezcla de hidrocarburos gaseosos en la que predomina fundamentalmente el metano (en proporción superior al 80 %), que se encuentra en la naturaleza en yacimientos subterráneos, bien solo o bien compartiendo los mismos con petróleo. La composición volumétrica tipo del gas natural tiene variaciones según sea su procedencia, y los suministros actualmente en España oscilan alrededor de los siguientes valores: Composición
Tipo 1
Tipo 2
- Metano (CH4):
85,2%
91,4%
- Etano (C2H6):
13,6%
7,2%
- Hidrocarburos superiores:
0,4%
0,8%
- Nitrógeno (N2):
0,8%
0,6%
Características del gas natural Poder calorífico superior (PCS) El poder calorífico superior de un gas combustible (en adelante PCS) es la cantidad de calor producido por la combustión completa de una unidad de masa o volumen de gas suponiendo que condense el vapor de agua que contienen los productos de la combustión. El PCS del gas natural se expresa normalmente en base a volumen, y es del orden de 42 MJ/m3(s) (10.000 kcal/m3(s)), aunque varía según su composición. La (s) se refiere a condiciones standard de presión y temperatura, que se definirán más adelante. Es un valor que debe facilitar la Empresa Suministradora y que el técnico debe conocer de forma previa al inicio del diseño de las instalaciones receptoras de gas natural. Para los gases tipo dados, los valores del PCS oscilan alrededor de 43,9 MJ/m3 (s) (10.500 kcal/m3 (s)) para el Tipo 1 y de 42,4 MJ/m3 (s) (10.130 kcal/m3 (s)) para el Tipo 2.
Poder Calorífico Inferior (PCI) El poder calorífico inferior de un gas combustible (en adelante PCI) es la cantidad de calor producido por la combustión completa de una unidad de masa o volumen de gas sin que condense el vapor de agua que contienen los productos de la combustión. Para el gas natural, el PCI representa, aproximadamente, el 90% del PCS.
Peso específico (masa volumétrica) El peso específico o masa volumétrica del gas natural es la relación existente entre una masa de dicho gas y el volumen que ocupa en unas condiciones de referencia de presión y temperatura dadas, normalmente expresándose en kg/m3 (n).
1.1-1
1 Generalidades
1.1 Gas natural. Principales características
Densidad relativa La densidad relativa del gas natural es la relación existente entre su peso específico y el del aire, expresados ambos en las mismas condiciones de referencia de presión y temperatura. La densidad relativa del gas natural puede oscilar entre 0,55 y 0,65 dependiendo de su composición. Para el gas Tipo 1 oscila alrededor de 0,62, y para el gas Tipo 2 alrededor de 0,6. En todos los casos es inferior a 1, lo que supone que el gas natural es más ligero que el aire, a diferencia de los gases licuados de petróleo (GLP), como son el butano y propano comercial y sus mezclas.
Indice de Wobbe El índice de Wobbe de un gas combustible es el cociente entre su PCS y la raíz cuadrada de la densidad relativa, expresado en unidades de PCS. A igualdad de presión y temperatura de suministro, un gas combustible que tuviera el mismo índice de Wobbe que el gas natural sería intercambiable con él. La norma UNE 60.002-90 ó UNE EN 437 clasifica los gases combustibles en tres familias en función de su índice de Wobbe: 1ª Familia Gases combustibles con bajo índice de Wobbe (22,4 ÷ 24,8 MJ/m3 (s) ó 5.350 ÷ 5.925 kcal/m3 (s)), como son los gases manufacturados (fabricados a partir de cracking de naftas o reforming de gas natural), el aire metanado (mezcla aire - gas natural) y el aire propanado (mezcla aire - propano comercial) de bajo poder calorífico. 2ª Familia Gases combustibles con un índice de Wobbe de grado medio (39,1 ÷ 54,7 MJ/m3 (s) ó 9.340 ÷ 13.065 kcal/m3 (s)), como son el gas natural y el aire propanado de alto poder calorífico. Los gases tipo mencionados anteriormente tienen un índice de Wobbe que oscila alrededor de 55,46 MJ/m3 (s) para el Tipo 1 y 54,68 MJ/m3 (s) para el Tipo 2.
1.1-2
3ª Familia Gases combustibles con alto índice de Wobbe (72,9 ÷ 87,3 MJ/m3 (s) ó 17.400 ÷ 20.850 kcal/m3 (s)), como son los gases licuados de petróleo (GLP), es decir, el butano y el propano comerciales. Todos los gases de una misma familia tienen un índice de Wobbe similar, de manera que pueden intercambiarse sin que sea necesario modificar ni la instalación receptora ni los aparatos de consumo. En todo caso se precisará un pequeño ajuste de los mismos.
1 Generalidades
1.2 Unidades de medida utilizadas
Unidades de longitud, superficie y volumen
Unidades de caudal másico y volumétrico
Las unidades de longitud, superficie y volumen normalmente utilizadas en el diseño y construcción de instalaciones receptoras y en la ubicación y conexión de los aparatos a gas son las siguientes:
Las unidades de caudal másico y volumétrico normalmente utilizadas en el diseño y construcción de instalaciones receptoras y en la ubicación y conexión de los aparatos son las siguientes:
Unidades de longitud
Unidades de caudal másico
Metro (m): Longitud de tramos de instalación, distancias en la ubicación de aparatos y ventilaciones.
Kilogramo/hora (kg/h): Para expresar el consumo de los aparatos a gas. No es una unidad normalmente utilizada para el gas natural.
Centímetro (cm): Distancia de tuberías de gas a otros servicios, ubicación de aparatos y ventilaciones. Milímetro (mm): Diámetros de tuberías, elementos o accesorios y espesor de las tuberías. Pulgada ("): Diámetros de tuberías y diámetros de roscas de elementos y accesorios (llaves, contadores, reguladores,etc.)
Unidades de superficie Centímetro cuadrado (cm2): Para la definición de superficies de ventilación de recintos, de entradas y salidas de aire y de salida de productos de la combustión. Metro cuadrado (m2) Para la definición de superficies de recintos.
Unidades de caudal volumétrico Metro cúbico/hora (m3/h): Para expresar el consumo de los aparatos a gas y el caudal circulante por los tramos de una instalación receptora de gas en unas condiciones de referencia determinadas. Litro/hora (l/h): Para expresar el consumo de pequeños quemadores y para expresar los caudales de fuga de una instalación receptora en unas condiciones de referencia determinadas. Litro/minuto (l/min) Para expresar el caudal de agua suministrado por aparatos a gas de producción de agua caliente sanitaria.
Unidades de volumen Metro cúbico (m3): Para la medición de consumos de gas y para la definición de locales en los que se instalan aparatos a gas. Litro (l): Para expresar el volumen de una instalación receptora.
1.2-1
1.2 Unidades de medida utilizadas
1 Generalidades
Unidades de presión
Unidades de energía y potencia
Los tramos de las instalaciones receptoras están clasificados en función de la presión que se disponga en los mismos. La clasificación de los tramos de instalación por presiones es la siguiente:
Las unidades de energía y potencia normalmente utilizadas son las siguientes:
Alta presión: Superior a 4 bar efectivos (o relativos).
Unidades de energía Las unidades de energía normalmente utilizadas son las siguientes: - Megajulio (MJ)
Media presión B: Comprendida entre 0,4 y 4 bar efectivos (o relativos).
- Kilocaloría (kcal) - Termia (te) - Kilovatio-h (kWh)
Media presión A: Comprendida entre 0,05 y 0,4 bar efectivos (o relativos).
La tabla siguiente muestra la equivalencia entre las unidades de energía más utilizadas:
Baja presión: inferior o igual a 0,05 bar efectivos (o relativos).
MJ
te
kcal
kWh
MJ
1
0,2389
238,9
0,2778
te
4,186
1
103
1,163
kcal
4,186.10-3
10-3
1
1,163.10-3
Las unidades normalmente utilizadas para cada escalón de presión son las siguientes:
kWh
3,6
0,86
860
1
Tramos en media presión B: Se utiliza el bar y el kilogramo por centímetro cuadrado (kg/cm2).
Unidades de potencia
Las instalaciones alimentadas en alta presión son principalmente instalaciones industriales, normalmente de gran capacidad, y no son objeto del presente manual.
Tramos en media presión A: Se utiliza principalmente el bar o el milibar (mbar), pero también suele utilizarse el kilogramo por centímetro cuadrado (kg/cm2), y el milímetro de columna de agua (mm cda).
1.2-2
- Termia/hora (te/h)
La tabla siguiente muestra la equivalencia entre las unidades de potencia más utilizadas:
La equivalencia entre estas unidades, referidas a 1 atmósfera (760 mm columna de mercurio) es la siguiente:
Atm
- Kilocaloría/hora (kcal/h)
- Kilovatio (kW)
Tramos en baja presión: Se utiliza principalmente el milibar (mbar), aunque también se utiliza el milímetro de columna de agua (mm cda).
2
Las unidades de potencia normalmente utilizadas son las siguientes:
Atm
bar
mbar
kg/cm
mm cda
1
1,01325
1013,25
1,0333
10.333
kW kcal/h te/h
kW
kcal/h
te/h
1
860
0,86
1,163.10-3
1
10-3
1,163
103
1
1 Generalidades
1.2 Unidades de medida utilizadas
Condiciones de referencia La cantidad de materia, y por lo tanto de energía, contenida en un volumen dado de gas depende de las condiciones de presión y temperatura a las que este se encuentre, ya que se trata de un fluido compresible. Es por ello que para indicar correctamente el volumen ocupado por un gas, además de la unidad de medida empleada, se han de especificar las condiciones en que se ha realizado dicha medición. Las condiciones de referencia de presión y temperatura más comúnmente utilizadas son las condiciones normales y las condiciones standard. Los valores de presión y temperatura de cada una de estas condiciones de referencia son:
Condiciones normales - Presión absoluta: 1,01325 bar (0 bar efectivos) - Temperatura absoluta: 273,15 K (0°C) Las condiciones normales se expresan colocando (n) después de la unidad de volumen (ej. m3 (n)/h)
Condiciones standard - Presión absoluta: 1,01325 bar (0 bar efectivos) - Temperatura absoluta: 288,15 K (15°C) Las condiciones standard se expresan colocando (s) después de la unidad de volumen (ej. m3 (s)/h)
1.2-3
1 Generalidades
1.3 Terminología
Empresa Suministradora
Accesibilidad
Es la titular de una concesión de servicio público de suministro de gas que realiza la entrega del fluido a las instalaciones receptoras del o de los usuarios.
La accesibilidad es la medida de la facilidad para realizar operaciones, tanto de explotación como de reparación o mantenimiento, en los dispositivos, elementos y accesorios de las instalaciones receptoras de gas.
Empresa Instaladora Empresa Instaladora es toda empresa legalmente establecida que, incluyendo en su objeto social las actividades de montaje, reparación, mantenimiento y revisión de instalaciones de gas y cumpliendo los requisitos mínimos establecidos, acreditados mediante el correspondiente certificado de Empresa Instaladora de gas otorgado por los Servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma, se encuentra inscrita en el registro correspondiente y está autorizada para realizar las operaciones de su competencia, ajustándose a la reglamentación vigente y siempre de acuerdo con las reglas de una buena actuación profesional.
Dependiendo del grado de facilidad para realizar estas operaciones, la accesibilidad se clasifica en tres grados: Accesibilidad grado 1 Se entiende que un dispositivo, elemento o accesorio de una instalación receptora de gas tiene accesibilidad grado 1 cuando su manipulación puede realizarse sin necesidad de abrir cerraduras, y el acceso tiene lugar sin necesidad de disponer de escaleras convencionales o medios mecánicos especiales.
Accesibilidad grado 2 Se entiende que un dispositivo, elemento o accesorio de una instalación receptora de gas tiene accesibilidad grado 2 cuando está protegido por armario, registro practicable o puerta, provistos de cerradura con llave normalizada. Su manipulación debe poder realizarse sin disponer de escaleras convencionales o medios mecánicos especiales.
Accesibilidad grado 3 Se entiende que un dispositivo, elemento o accesorio de una instalación receptora de gas tiene accesibilidad grado 3 cuando para su manipulación se precisan escaleras convencionales o medios mecánicos especiales, o bien que para acceder a él hay que pasar por zona privada o que aún siendo común sea de uso privado.
1.3-1
1 Generalidades
Elementos para ventilación o protección de tuberías Los elementos para ventilación o protección de tuberías de gas son aquellos que aíslan las mismas del local o recinto por donde discurren o las dotan de protección mecánica contra golpes o choques. Estos elementos pueden ser los siguientes: Vainas Una vaina es una funda exterior a la tubería de gas (contratubo) de material adecuado para realizar las funciones de ventilación o protección, y que sólo puede contener una tubería. Conductos Un conducto es un canal cerrado de obra o, preferiblemente, metálico que puede alojar a una o a varias tuberías de gas para su ventilación o protección. Pasamuros Un pasamuros es una vaina destinada a alojar la tubería de gas para darle protección mecánica cuando ésta deba atravesar un muro.
Acometida La acometida es la parte de la de canalización de gas comprendida entre la red de distribución y la llave de acometida, incluida ésta. La acometida no forma parte de la instalación receptora. Su construcción y mantenimiento es responsabilidad de la Empresa Suministradora. Es criterio del Grupo Gas Natural que una acometida alimente a un solo edificio, salvo casos excepcionales debidamente justificados.
1.3-2
1.3 Terminología
Instalación receptora de gas La Instalación receptora de gas es el conjunto de conducciones, elementos y accesorios comprendidos entre la llave de acometida, excluida ésta, y las llaves de conexión de aparato, incluidas éstas. Por lo tanto, quedan excluidos de la instalación receptora, además de los aparatos a gas, los tramos de conexión comprendidos entre las llaves de conexión de aparato y los aparatos a gas. Una instalación receptora puede suministrar a varios edificios siempre y cuando estén ubicados en terrenos de una misma propiedad. En el caso más general, una instalación receptora se compone de la acometida interior, la instalación común y las instalaciones individuales:
Acometida interior Es el conjunto de conducciones, elementos y accesorios comprendidos entre la llave de acometida, excluida ésta, y la llave de edificio, incluida ésta. Instalación común Es el conjunto de conducciones, elementos y accesorios comprendidos entre la llave de edificio, o la llave de acometida si aquélla no existe, excluida ésta, y las llaves de abonado, incluidas éstas. Instalación individual Es el conjunto de conducciones, elementos y accesorios comprendidos entre la llave de abonado, o la llave de acometida o de edificio, según el caso, si se suministra a un solo abonado, excluida ésta, y las llaves de conexión de aparato, incluidas éstas.
1 Generalidades
Dispositivos de corte del suministro de gas Son elementos incorporados a la instalación receptora y que permiten cerrar el suministro de gas a diversos tramos de la misma o a los aparatos a gas. Los dispositivos de corte del suministro de gas asociados a una instalación receptora de gas son los siguientes: Llave de acometida Es el dispositivo de corte más próximo o en el mismo límite de la propiedad, accesible desde el exterior de la propiedad e identificable, que puede interrumpir el paso de gas a la totalidad de la instalación receptora. La llave de acometida es el límite de responsabilidad de la Empresa Suministradora, quien determina su ubicación. Llave de edificio Es el dispositivo de corte más próximo o en el muro de cerramiento de un edificio, accionable desde el exterior del mismo, que puede interrumpir el paso de gas a una instalación, individual o común, que suministra a uno o a varios usuarios ubicados en el mismo edificio. Asimismo, es necesaria en aquellos casos excepcionales y debidamente justificados que se alimente a más de un edificio con la misma acometida. La llave de edificio es necesaria siempre que el tramo comprendido entre la llave de acometida y el muro de cerramiento del edificio sea superior a 10 m si es enterrado o a 25 m si es aéreo o visitable. En el caso de que la acometida interior sea enterrada, la Empresa Suministradora determinará dónde ubicarla.
1.3 Terminología
siempre que en la instalación común exista más de un montante colectivo. Llave de abonado Es el dispositivo de corte que, perteneciendo a la instalación común, establece el límite entre ésta y la instalación individual y que puede interrumpir el paso de gas a una única instalación individual. La llave de abonado es necesaria en todos los casos, debiendo ser accesible desde zonas de propiedad común, salvo en aquellos casos en que exista autorización expresa de la Empresa Suministradora. Llave de vivienda o de local privado Es el dispositivo de corte que, situado lo más próximo posible al punto de penetración de la instalación en la vivienda o local privado, o estando situada en el exterior es accesible desde el interior, permite acceder al usuario al corte o apertura del suministro de gas al resto de su instalación individual. Llave de contador Es el dispositivo de corte que ha de estar situado lo más cerca posible de la entrada del contador de gas. Llave de conexión de aparato Es el dispositivo de corte que, formando parte de la instalación individual, está situado lo más próximo posible a la conexión de cada aparato a gas y puede interrumpir el suministro de gas a cada unos de ellos. La llave de conexión de aparato no debe confundirse con las llaves de mando que llevan incorporadas los aparatos a gas. La llave de conexión de aparato es necesaria en todos los casos y debe estar ubicada en el mismo local en que se ubica el aparato a gas.
Llave de montante colectivo Es el dispositivo de corte que permite cortar el paso de gas al tramo de instalación común que suministra a varios abonados situados en un mismo sector o ala de un edificio. La llave de montante colectivo es necesaria
1.3-3
1 Generalidades
Conjunto de regulación Se denomina conjunto de regulación al regulador de presión y a los elementos y accesorios que acompañan al mismo, como son el filtro, las llaves de corte, las tomas de presión, la tubería de conexión, válvulas de seguridad, etc. Cuando el conjunto de regulación va alojado en un armario se le denomina armario de regulación. Los armarios de regulación de presión de entrada en media presión B y presión regulada a media presión A o a baja presión están normalizados y sometidos a controles de diseño y calidad por el Grupo Gas Natural. Su clasificación en cuanto a capacidad y elementos y/o accesorios que incorporan es la siguiente: Armario de regulación A-6 Son conjuntos de regulación de presión de entrada en media presión B y presión regulada a baja presión con un caudal nominal de 6 m3 (n)/h para fincas unifamiliares de usos domésticos y que incorporan el contador. Armario de regulación A-10 Son conjuntos de regulación de presión de entrada en media presión B y presión regulada a baja presión con caudal nominal de 10 m3 (n)/h para fincas bifamiliares de usos domésticos y que incorporan dos contadores, o para fincas unifamiliares de gran consumo o locales de uso colectivo o comercial y que incorporan un solo contador.
1.3 Terminología
Armario de regulación A-100 Son conjuntos de regulación de presión de entrada en media presión B y presión regulada a baja presión con caudal nominal de 100 m3 (n)/h para instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales o en casos especiales para instalaciones receptoras plurifamiliares con autorización de la Empresa Suministradora en base a un estudio previo. En aquellos casos especiales en que por las características de la instalación o de los aparatos a gas instalados en locales destinados a usos colectivos o comerciales, se necesite una presión regulada superior a baja presión, se podrán instalar conjuntos de regulación con presión de entrada en media presión B y presión regulada a media presión A cuando se justifique técnicamente su necesidad. A continuación, se definen los elementos y accesorios más importantes asociados a un conjunto de regulación. Regulador El regulador es el dispositivo que permite reducir la presión aguas abajo del punto donde esté instalado a otro valor menor, manteniéndolo dentro de unos límites establecidos para un rango de caudal determinado. Válvula de seguridad por exceso de presión Se entiende por válvula de seguridad por exceso de presión al dispositivo que tiene por objeto interrumpir el suministro de gas aguas abajo del punto donde se halla instalada cuando la presión del gas exceda de un valor predeterminado.
Armario de regulación A-25 Son conjuntos de regulación de presión de entrada en media presión B y presión regulada a media presión A o a baja presión, para alimentar instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares o en locales destinados a usos colectivos o comerciales, con caudal nominal de 25 m3 (n)/h.
Válvula de seguridad por defecto de presión Se entiende por válvula de seguridad por defecto de presión al dispositivo que tiene por objeto interrumpir el suministro de gas aguas abajo del punto donde se halla instalada cuando la presión del gas esté por debajo de un valor predeterminado.
Armario de regulación A-50 Son conjuntos de regulación de presión de entrada en media presión B y presión regulada a media presión A o a baja presión, para alimentar instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares o en locales destinados a usos colectivos o comerciales, con caudal nominal de 50 m3 (n)/h.
Válvula de alivio Se entiende por válvula de alivio al dispositivo que conecta la instalación receptora de gas con el exterior y que permite reducir la presión de la instalación por evacuación directa de gas al exterior cuando ésta supere un valor prefijado.
1.3-4
1 Generalidades
1.3 Terminología
Contador
Locales
El contador de gas es un dispositivo que permite conocer el volumen de gas consumido en un período de tiempo determinado.
A efectos del presente manual, los locales son aquellos espacios de la edificación susceptibles de contener instalaciones de gas, sus elementos y accesorios, o los aparatos a gas.
Salvo autorización expresa de la Empresa Suministradora, los contadores de gas deben ubicarse en recintos situados en zonas comunitarias accesibles, centralizados total o parcialmente en locales técnicos o armarios, si se trata de instalaciones en fincas plurifamiliares, o de forma individual en armario o nicho si se trata de instalaciones en fincas unifamiliares o en locales destinados a usos colectivos o comerciales. Los recintos para la ubicación de contadores de gas pueden ser de los siguientes tipos: Local técnico Es aquel local de la edificación destinado exclusivamente a contener una parte o la totalidad de los contadores de gas y sus accesorios de las instalaciones individuales correspondientes a dicha edificación. Armario Es aquel recinto con puertas cuya capacidad se limita a la de contener una parte o la totalidad de los contadores de gas y sus accesorios de las instalaciones individuales del edificio en el que estén situados, no pudiendo entrar las personas en él, pero debiendo tener las dimensiones adecuadas para poder realizar las operaciones de explotación y mantenimiento con normalidad. En el caso de instalaciones en viviendas unifamiliares, el contador deberá alojarse en un armario o nicho, con las características citadas anteriormente, situado en el límite de propiedad.
Limitador de caudal Se entiende por limitador de caudal el dispositivo que tiene por objeto interrumpir el paso de gas a la instalación receptora, aguas abajo del punto donde está instalado, cuando el caudal que circula por la misma es superior a un valor establecido, no teniendo lugar su rearme hasta que se haya corregido la causa que provocó la circulación de un caudal de gas superior al establecido.
Los locales se clasifican en función de su uso, y pueden ser de uso doméstico, de uso colectivo o comercial o de uso comunitario. Locales destinados a usos domésticos Son aquellos locales destinados a vivienda de las personas. Locales destinados a usos colectivos o comerciales Son aquellos locales a los que habitualmente concurren personas ajenas a los mismos para recibir o desarrollar determinados servicios o actividades, o aquellos en los que se ubican calderas de calefacción y/o agua caliente sanitaria de uso comunitario. Tendrán esta consideración locales tales como edificios institucionales, restaurantes, hoteles, salas de fiestas, cines, oficinas, escuelas, cuarteles, hospitales, locales de culto religioso, almacenes, mercados, comercios o locales similares, quedando incluidos aquellos locales industriales donde se utilice maquinaria a escala artesanal. Locales destinados a usos comunitarios Son aquellos locales de la edificación que no están destinados ni a vivienda ni a usos colectivos o comerciales ni a salas de calderas de uso comunitario. Normalmente son zonas de paso de personas, como pueden ser los vestíbulos, escaleras, rellanos, etc. Asimismo, los locales también se clasificarán según su configuración, debiéndose prestar especial atención a los locales semisótano o primer sótano. Local semisótano o primer sótano Se considera como semisótano o primer sótano al local que se encuentre a un nivel inferior en más de 60 cm, con relación al nivel del suelo exterior de la calle o de un patio de ventilación, en todas las paredes que conforman el citado local.
1.3-5
1 Generalidades
Viviendas unifamiliares aisladas o independientes Son aquellas viviendas que no tienen paredes en común con otras, como pueden ser los chalets independientes. Viviendas unifamiliares adosadas Son aquellas viviendas que comparten medianeras con otras viviendas, bien compartiendo estructura, como es el caso de viviendas pareadas o en hilera, o sin compartirla, como es el caso de viviendas unifamiliares urbanas. Cámara sanitaria Cámara situada entre el terreno y el forjado estructural del suelo de la finca para evitar el paso de humedades procedentes del terreno.
1.3 Terminología
Conexión de aparatos a gas La conexión de un aparato a gas es el tramo de conducción destinado a unir éste con la instalación receptora, y está comprendida entre la llave de conexión de aparato y la toma de gas del aparato, excluidas ambas. La conexión del aparato se realizará en base a la siguiente clasificación: Aparatos a gas considerados fijos Se considerarán como aparatos a gas fijos los siguientes: - Todos los aparatos a gas que deban estar inmovilizados. - Todos los aparatos a gas que deban estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión.
Aparatos a gas
- Todos los aparatos a gas encastrables.
Son los dispositivos destinados al consumo de gas mediante la combustión completa del mismo, aprovechando el calor generado para su utilización en diversas actividades, como pueden ser la cocción, la producción de agua caliente, la calefacción, etc.
La conexión de los aparatos considerados fijos se realizará mediante conexión rígida o semirrígida.
Los aparatos a gas se clasifican, en función de sus características de combustión, en aparatos a gas de circuito abierto y de circuito estanco.
- Todos los aparatos a gas no inmovilizados (móviles o desplazables).
Aparatos a gas de circuito abierto Los aparatos a gas de circuito abierto son aquellos en los cuales el aire necesario para realizar la combustión completa del gas se toma de la atmósfera del local donde se encuentran instalados. Los aparatos a gas de circuito abierto se clasifican a su vez en aparatos a gas que no necesitan estar conectados a un conducto de evacuación y aparatos a gas que sí lo necesitan, pudiendo ser estos últimos de tiro natural o de tiro forzado. Aparatos a gas de circuito estanco Los aparatos a gas de circuito estanco son aquellos en los cuales el circuito de combustión (toma de aire, cámara de combustión y salida de productos de la combustión) no tienen comunicación alguna con la atmósfera del local en el que se encuentran instalados.
1.3-6
Aparatos a gas considerados móviles Se considerarán como aparatos a gas móviles los siguientes:
- Todos los aparatos a gas accionados mediante motor. La conexión de los aparatos considerados móviles se realizará mediante conexión flexible.
1 Generalidades
Entrada de aire y evacuación de los productos de la combustión Los aparatos a gas de circuito abierto necesitan en el local donde están ubicados una entrada de aire para poder efectuar la combustión completa del gas natural, así como un sistema para evacuar los productos de la combustión al exterior. Para ello, necesitan contar con una serie de elementos, dispositivos o espacios de la edificación para evacuar los productos de la combustión al exterior, como pueden ser los siguientes: Conducto de evacuación El conducto de evacuación es una conducción rígida y lisa interiormente que, conectado a un aparato a gas, evacúa los productos de la combustión al exterior. No todos los aparatos a gas han de estar conectados a conducto de evacuación, ya que los aparatos de cocción, los de calefacción que utilicen directamente el calor generado de potencia inferior a 4,65 kW (4.000 kcal/h), las máquinas de lavar y/o secar ropa, los lavavajillas, las neveras y otros aparatos de potencia inferior a 4,65 kW (4.000 kcal/h), a excepción de los de producción de agua caliente sanitaria, no es preciso que estén conectados. Cortatiro El cortatiro es un dispositivo situado en el circuito de evacuación de los productos de la combustión de un aparato a gas destinado a disminuir la influencia del tiro y del retroceso sobre el funcionamiento del quemador y la combustión.
1.3 Terminología
Shunt Se entiende por shunt al tipo de conducto general especialmente diseñado para la evacuación de los productos de la combustión de los aparatos a gas conectados al mismo o para la evacuación del aire viciado de un local, con la particularidad de que la salida de cada planta no va unida directamente al conducto general principal, sino a un conducto auxiliar que desemboca en aquella después de un recorrido vertical de una planta, siendo el conducto principal del tipo vertical ascendente, terminando por encima del nivel superior del edificio. Shunt invertido Se entiende por shunt invertido al tipo de conducto general especialmente diseñado para proporcionar la entrada de aire necesaria a los locales de cada planta por donde discurre, siendo el conducto general vertical ascendente y efectuándose la entrada de aire a cada planta a través de un conducto auxiliar de recorrido vertical que se inicia en la planta inferior, lugar donde deriva del conducto principal. Patio de ventilación Es aquel patio situado dentro del volumen del edificio, y en comunicación directa con el exterior en su parte superior, que es susceptible de ser utilizado para realizar la ventilación (entrada de aire, salida de aire viciado y evacuación de productos de la combustión) de los locales que den al citado espacio en los que estén ubicados aparatos a gas. En el caso de contar en su parte superior con un techado protector contra la lluvia, éste deberá dejar libre una superficie lateral de comunicación con el exterior igual o superior a la superficie transversal mínima que se exija al citado patio.
Chimenea general del edificio Se entiende por chimenea general del edificio a un conducto especialmente diseñado para la ventilación (salida de aire viciado) y/o evacuación de los productos de la combustión de los aparatos a gas que, teniendo sus conexiones con locales del edificio, tiene una única salida a nivel superior a la cubierta del edificio. A la chimenea general de un edificio no pueden conectarse conductos provenientes de extractores mecánicos de aire viciado ni de aparatos a gas de tiro forzado.
1.3-7
1 Generalidades
1.3 Terminología
Presiones de diseño de instalaciones receptoras
Tipos de soldadura por capilaridad
Para el diseño de instalaciones receptoras se ha de tener en cuenta una serie de rangos de presiones en función de la presión de cada tramo, como son las siguientes:
Los tipos de soldadura que se utilizan en la construcción de instalaciones receptoras de cobre o acero inoxidable están clasificados en función del punto de fusión del material de aportación de la siguiente manera:
Presión de servicio La presión de servicio es la presión a la cual trabaja, según su diseño, un tramo o la totalidad de una instalación receptora en un momento determinado. La presión de servicio no puede exceder de la presión máxima de servicio. Presión máxima de servicio La presión máxima de servicio es la presión máxima a la cual puede trabajar, según su diseño, un tramo o la totalidad de una instalación receptora. Presión de garantía en llave de acometida La presión de garantía es la presión mínima de que se puede disponer en el inicio de la instalación receptora, es decir a la salida de la llave de acometida. Presión de tarado La presión de tarado es aquella presión predeterminada a la que están ajustadas cada una de las funciones de un regulador o válvula de seguridad.
1.3-8
Soldadura blanda La soldadura blanda es aquella soldadura en la que la temperatura de fusión del material de aportación es inferior a 500 °C. Está prohibida la realización de soldadura blanda mediante aleación estaño-plomo como material de aportación. Soldadura fuerte La soldadura fuerte es aquella soldadura en la que la temperatura de fusión del material de aportación es superior o igual a 500 °C.
1 Generalidades
1.4 Simbología
La simbología a utilizar en la representación de instalaciones receptoras es la siguiente:
Símbolo
Denominación
Símbolo
Denominación
ø
Diámetro de la tubería
Ac
Tubería de acero
IX
Tubería de acero inoxidable
Cu
Tubería de cobre
PE
Tubería de polietileno
ø 50 Ac BP
Tubería vista
Tubería empotrada
ø 10 Ac MPB
Tubería enterrada
ø 50 Ac MPA
Tubería en conducto
Tubería en vaina
ø 50 Ac 50 Cu
Cambio clase de tubería
ø100 Ac 50 Cu
Cambio clase y diámetro de tubería
ø100 Ac 50 Ac
Cambio diámetro de tubería
Codo 30°
1.4-1
1 Generalidades
Símbolo
1.4-2
Denominación
1.4 Simbología
Símbolo
Denominación
Te
Cruz
Tapón
Manguito
Disco ciego
Brida ciega
Punto de derivación en cruz de tuberías
Punto de derivación en "T" de una tubería
Pasamuros
Junta dieléctrica
Punto alto
Llave de paso manual
Regulador de presión
Regulador de presión con válvula de seguridad por máxima y por mínima presión incorporada
Regulador de presión con válvula de seguridad por mínima presión incorporada
Regulador de presión con válvula de seguridad por máxima presión incorporada
Regulador de presión con válvula de seguridad por máxima y mínima presión y de alivio incorporadas
Regulador de presión con válvula de seguridad por máxima presión y de alivio incorporadas
1 Generalidades
Símbolo
➞
Denominación
1.4 Simbología
Símbolo
Denominación
Filtro
Válvula de seguridad por máxima presión
Válvula de seguridad por mínima presión
Válvula de alivio
Válvula de mariposa
Válvula de esfera
Manómetro
Llave de corte automático
Toma de presión
Q
Limitador de caudal
Contador de gas
Tubo flexible metálico
Tubo flexible con dispositivo de seguridad
Conducto para evacuación de los productos de la combustión
Conducto de entrada de aire y evacuación de los productos de la combustión (Circuito estanco)
Extractor de aire
1.4-3
1 Generalidades
Símbolo
Denominación
Símbolo
Denominación
Cocina con horno
Cocina sin horno
Horno independiente
Calentador instantáneo de agua
Calentador acumulador de agua
Caldera de calefacción
Caldera mixta
Estufa fija
Estufa móvil
Radiador mural de circuito estanco
Radiador mural de circuito abierto con conducto de evacuación de productos de la combustión
Generador de aire caliente
Frigorífico a gas
1.4-4
1.4 Simbología
G
Otros aparatos a gas
2
Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.1. Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B
2.2. Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A
2.3. Instalaciones receptoras conectadas a redes en baja presión
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.1 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B
Esquema del tramo en media presión B La realización del tramo en media presión B dependerá del tipo de armario de regulación (ver 5.4. Conjuntos de regulación, tipos y seguridades). Los armarios de regulación tipos A-6, A-10, A-25 y A-50 se instalarán preferentemente empotrados en la fachada, prevestíbulo o en el muro límite de la propiedad.
Diseño tipo para acometida con armario de regulación empotrado en muro o fachada. (Solución preferente para A-6, A-10, A-25 y 50)
Diseño tipo para armario de regulación situado en fachada o azotea con llave de acometida en vía pública
Diseño para armarios de regulación con llave de acometida en el interior del armario Armario de regulación (A-6, A-10, A-25 o A-50)
Límite propiedad
Llave de acometida en interior de armario 0,50 ≤ h ≤ 1,50 m
Suelo; acera de la vía pública
Acometida de PE empotrado con vaina (longitud máxima de empotramiento 2,50 m). No es instalación receptora, lo realiza la Empresa Suministradora
Red distribución MPB
Tramos en MPB
Suelo de la azotea o acera de la vía pública
Armario de regulación (A-25, A-50 ó A-100)
Llave de acometida (1)
Acometida
0,50 ≤ h ≤ 1,50 m
Llave de edificio (2) Acometida interior (2)
Red distribución MPB
Instalación común (plurifamiliares) Instalación individual (colectivos o comerciales)
Diseño para armarios de regulación con llave de acometida en vía pública Armario de regulación (A-6, A-10, A-25 o A-50)
Límite propiedad
Llave de acometida situada en vía pública
(1) La llave de acometida ha de estar situada en la vía pública. (2) La llave de edificio no siempre existe, por lo tanto puede no existir la acometida interior. Es obligatoria si después de la llave de acometida existe un tramo enterrado de más de 10 m o aéreo o visitable hasta el edificio de más de 25 m.
Suelo; acera de la vía pública
Tubo de PE empotrado con vaina (longitud máxima de empotramiento 2,50 m).
Red distribución MPB
2.1-1
2.1 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares aisladas o adosadas
8
3
4 5
A-6 2
7
6
7
8
A-10 Unifamiliar
1
Tramos en MPB Tramos en BP
1. Conexión del armario de regulación con el tramo en media presión B (ver 2.1-1). 2. Armario de regulación A-6, o A-10 unifamiliar de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. 3. Límite de la propiedad. 4. Límite de edificio. 5. Llave de vivienda. Puede estar situada en el exterior de la vivienda, pero ha de ser accesible desde el interior de la misma. 6. Toma de presión en vivienda. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación. 7. Llave de conexión de aparato. 8. Aparato de utilización.
2.1-2
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.1 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B
Instalaciones receptoras en fincas bifamiliares o en viviendas unifamiliares adosadas (comparten armario de regulación)
8 4 3
5
7
6
7
2
8
A-10 Bifamiliar
1
Tramos en MPB Tramos en BP
1. Conexión del armario de regulación con el tramo en media presión B (ver 2.1-1). 2. Armario de regulación A-10 bifamiliar de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. 3. Límite de la propiedad. 4. Límite de vivienda. 5. Llave de vivienda. Puede estar situada en el exterior de la vivienda, pero ha de ser accesible desde el interior de la misma. 6. Toma de presión en vivienda. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación. 7. Llave de conexión de aparato. 8. Aparato de utilización.
2.1-3
2.1 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados
10 12
11
12
13
13
5
6
7
8
14
9
Q 4
Q 3 2
A-25 ó A-50
Q
15 1 Instalación común
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Tramos en MPB Tramos en MPA Tramos en BP
1. Conexión del armario de regulación con el tramo en media presión B (ver 2.1-1). 2. Armario de regulación A-25 o A-50 de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. 3. Centralización de contadores. 4. Toma de presión a la entrada de la centralización de contadores. 5. Llave de abonado. Hace las funciones de llave de entrada del contador. 6. Regulador de abonado MPA/BP de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural con válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático incorporada. 7. Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador.
2.1-4
8. 9. 10. 11.
12.
13. 14. 15.
Contador G-4 Toma de presión a la salida del contador. Límite de vivienda. Llave de vivienda. Puede estar situada en el exterior de la vivienda, pero ha de ser accesible desde el interior de la misma. Toma de presión en vivienda. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación. Llave de conexión de aparato. Aparato de utilización. En previsión de nuevas instalaciones individuales donde no se instale el regulador de abonado, se deberá colocar una identificación endeleble que indique que la presión es MPA.
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.1 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda Sólo en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores (autorización de la Empresa Suministradora, ver 3.2)
12
4 5 6 7
3
8
9 10 11
Q 11
12
Q
Q 2
A-25 ó A-50
1 Tramos en MPB
13 Instalación común
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Tramos en MPA Tramos en BP
1. Conexión del armario de regulación con el tramo en media presión B (ver 2.1-1). 2. Armario de regulación A-25 o A-50 de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. 3. Llave de abonado. Ha de ser accesible desde zona comunitaria, en caso contrario, se ha de disponer de la autorización previa de la Empresa Suministradora. Puede hacer las funciones de llave de vivienda si es accesible desde el interior de la misma. 4. Límite de vivienda. 5. Llave de entrada del contador. Puede no existir por hacer sus funciones la llave de abonado. Puede hacer las funciones de llave de vivienda. 6. Toma de presión a la entrada del regulador de abonado.
7. Regulador de abonado MPA/BP de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural con válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático incorporada. 8. Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador. 9. Contador G-4. 10. Toma de presión a la salida del contador. 11. Llave de conexión de aparato. 12. Aparato de utilización. 13. En previsión de nuevas instalaciones individuales donde no se instale el regulador de abonado, se deberá colocar una identificación endeleble que indique que la presión es MPA.
2.1-5
2.1 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales
12
4
8
5
7
10
11
6 2
3
1
G
G
9
G 11 12
A-6 A-10 unifamiliar A-25 A-50 ó A-100 Tramos en MPB Tramos en BP
1. Conexión del armario de regulación con el tramo en media presión B (ver 2.1-1). 2. Armario de regulación A-6, A-10 unifamiliar, A-25, A-50 o A-100 de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. 3. Armario del contador. El armario del contador se ubicará en el exterior y si ello no es posible, podrá ubicarse en el interior del local privado con la autorización de la Empresa Suministradora. En los armarios de regulación A-6 y A-10 unifamiliar, el contador se encuentra integrado en los mismos. 4. Toma de presión a la entrada del contador. Sólo si el conjunto de regulación y el contador no están situados en el mismo armario.
2.1-6
5. LLave de entrada del contador. 6. Contador. 7. Llave de salida del contador (obligatoria a partir de G-16, incluido) 8. Toma de presión a la salida del contador. 9. Límite de local privado. 10. Llave de local privado. Puede estar situada en el exterior del local privado, pero ha de ser accesible desde el interior del mismo. 11. Llave de conexión de aparato. 12. Aparato de utilización.
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.1 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares, polivalentes para GLP y gas natural
11 15 78
10
12 13 14
Exclusivamente para aquellas instalaciones que inicialmente, y de forma transitoria, se suministren con GLP 4
9
Q 14
5
6
15
Q
3
Q 2
A-25
1 Instalación común
Tramos en MPB Tramos en MPA Tramos en BP
1. Conexión del conjunto de regulación con el tramo en media presión B. 2. Armario de regulación y centralización de contadores. 3. Armario de regulación A-25 de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. 4. Llave de abonado. Hace las funciones de llave de entrada del contador. 5. Contador. 6. Toma de presión a la salida del contador. 7. Llave de entrada del regulador de abonado. Puede hacer las funciones de llave de vivienda si es accesible desde el interior de la misma. 8. Toma de presión a la entrada del regulador de abonado.
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
NOTA: Este tipo de esquema de instalaciones se aplicará en zonas donde se suministre inicialmente GLP
9. Regulador de abonado MPA/BP de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural con válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático o manual. 10. Limitador de caudal insertado en la rosca de salida del regulador de abonado. 11. Límite de vivienda. 12. Llave de vivienda. Puede estar situada en el exterior de la vivienda, pero ha de ser accesible desde el interior de la misma. 13. Toma de presión en vivienda. 14. Llave de conexión de aparato. 15. Aparato de utilización.
2.1-7
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.2 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A
Instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares aisladas o adosadas
9
Q
4
3
1
5
6
8
7
8
9
2
Red Distribución MPA
1. Acometida. 2. Llave de acometida. 3. Armario del contador. Ha de contener lo siguiente: — Llave de abonado. Hace las funciones de llave de entrada del contador. — Toma de presión a la entrada del regulador de abonado — Regulador de abonado MPA/BP de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural con válvula de seguridad por defecto de presión incorporada — Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador. — Contador G-4. — Toma de presión a la salida del contador.
Tramos en MPA Tramos en BP
4. Límite de propiedad. 5. Límite de edificio o vivienda. 6. Llave de vivienda. Puede estar situada en el exterior de la vivienda, pero ha de ser accesible desde el interior de la misma. 7. Toma de presión en vivienda. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación. 8. Llave de conexión de aparato. 9. Aparato de utilización.
2.2-1
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.2 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados
12
16 13 14
15 15
7
8
9
16
10 11
Q
5 6
Tramos en MPA
Q
Tramos en BP
Q Red Distribución MPA 1
2
17
3
4
Acometida interior
1. 2. 3. 4.
5. 6. 7. 8.
Instalación común
Acometida. Llave de acometida. Acometida interior. Llave de edificio. No siempre existe y, por lo tanto, puede no existir la acometida interior. Es obligatoria si después de la llave de acometida existe un tramo enterrado de más de 10 m o aéreo o visitable de más de 25 m hasta el edificio. Centralización de contadores. Toma de presión a la entrada de la centralización de contadores. Llave de abonado. Hace las funciones de llave de entrada al contador. Regulador de abonado MPA/BP de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural con válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático incorporada.
2.2-2
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
9. Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador. 10. Contador G-4. 11. Toma de presión a la salida del contador. 12. Límite de vivienda. 13. Llave de vivienda. Puede estar situada en el exterior de la vivienda, pero ha de ser accesible desde el interior de la misma. 14. Toma de presión en vivienda. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación. 15. Llave de conexión de aparato. 16. Aparato de utilización. 17. En previsión de nuevas instalaciones individuales donde no se instale el regulador de abonado, se deberá colocar una identificación endeleble que indique que la presión es MPA.
2.2 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda
6 14
Sólo en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores (autorización de la Empresa Suministradora, ver 3.2)
8 5
7
9
10
11 12
13
Q 14
13
Q Tramos en MPA Tramos en BP
Red Distribución MPA 1
Q
2
3
4 15
Acometida interior
1. 2. 3. 4.
Instalación común
Acometida. Llave de acometida. Acometida interior. Llave de edificio. No siempre existe y, por lo tanto, puede no existir la acometida interior. Es obligatoria si después de la llave de acometida existe un tramo enterrado de más de 10 m o aéreo o visitable de más de 25 m hasta el edificio. 5. Llave de abonado. Ha de ser accesible desde zona comunitaria o, en caso contrario, se ha de disponer de la autorización previa de la Empresa Suministradora. Puede hacer las funciones de llave de vivienda si es accesible desde el interior de la misma. 6. Límite de vivienda. 7. Llave de entrada del contador. Puede no existir por hacer sus funciones la llave de abonado. Puede hacer las funciones de llave de vivienda.
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
8. Toma de presión a la entrada del regulador de abonado. 9. Regulador de abonado MPA/BP de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural con válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático incorporada. 10. Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador. 11. Contador G-4. 12. Toma de presión a la salida del contador. 13. Llave de conexión de aparato. 14. Aparato de utilización. 15. En previsión de nuevas instalaciones individuales donde no se instale el regulador de abonado, se deberá colocar una identificación endeleble que indique que la presión es MPA.
2.2-3
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.2 Instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A
Instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales 18 15 G 4 5
6
7
8 9 10
14 17
16 11
G
13 G
12 17 1
18
2 3
Red Distribución MPA
1. Acometida. 2. Llave de acometida. 3. Armario del regulador y contador. El armario del regulador y contador se ubicará en el exterior, y si ello no es posible podrá ubicarse en el interior del local privado con autorización de la Empresa Suministradora. 4. Llave de regulador. Si la distancia hasta la llave de contador es corta, puede hacer las funciones de llave de contador. 5. Toma de presión a la entrada del regulador. 6. Filtro. 7. Regulador MPA/BP de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. 8. Toma de presión a la salida del regulador. 9. Válvula de seguridad por defecto de presión de rearme manual de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural.
2.2-4
Tramos en MPA Tramos en BP
10. Toma de presión a la entrada del contador. 11. Llave de entrada del contador (si no hace sus funciones la llave de regulador). 12. Contador. 13. Llave de salida del contador (obligatoria a partir de G-16 incluido) 14. Toma de presión a la salida del contador. 15. Límite de local privado. 16. Llave de local privado. Puede estar situada en el exterior del local privado, pero ha de ser accesible desde el interior del mismo. 17. Llave de conexión de aparato. 18. Aparato de utilización.
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
2.3 Instalaciones receptoras conectadas a redes en baja presión
Instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares aisladas o adosadas 9
4
Q
5
6
8
7
8
9
3
1
2
Red Distribución BP
Tramos en BP
1. Acometida. 2. Llave de acometida. 3. Armario del contador. Ha de contener lo siguiente: — Llave de abonado. Hace las funciones de llave de entrada del contador. — Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador. — Contador G-4. — Válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación. — Toma de presión a la salida del contador. 4. Límite de propiedad. 5. Límite de edificio o vivienda. 6. Llave de vivienda. Puede estar situada en el exterior de la vivienda, pero ha de ser accesible desde el interior de la misma. 7. Toma de presión en vivienda. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación. 8. Llave de conexión de aparato. 9. Aparato de utilización.
2.3-1
2.3 Instalaciones receptoras conectadas a redes en baja presión
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados
12 16
13
14 15 15
7
8
16
9 10 11
Q 6 Tramos en BP
Q 5
Q
Red Distribución BP 1
2
3
Acometida interior
1. 2. 3. 4.
5. 6. 7. 8.
4
Instalación común
Acometida. Llave de acometida. Acometida interior. Llave de edificio. No siempre existe y, por lo tanto, puede no existir la acometida interior. Es obligatoria si después de la llave de acometida existe un tramo enterrado de más de 10 m o aéreo o visitable de más de 25 m hasta el edificio. Centralización de contadores. Toma de presión a la entrada de la centralización de contadores. Llave de abonado. Hace las funciones de llave de entrada del contador. Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador.
2.3-2
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
9. Contador G-4. 10. Válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación. 11. Toma de presión a la salida del contador. 12. Límite de vivienda. 13. Llave de vivienda. Puede estar situada en el exterior de la vivienda, pero ha de ser accesible desde el interior de la misma. 14. Toma de presión en vivienda. 15. Llave de conexión de aparato. 16. Aparato de utilización.
2.3 Instalaciones receptoras conectadas a redes en baja presión
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda Sólo en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores (autorización de la Empresa Suministradora, ver 3.2)
7
6
14 8
9
10
11
12
13
Q
14
13
Q
Tramos en BP
Red Distribución BP 1
2
5
3
4
Acometida interior
1. 2. 3. 4.
Q
Instalación común
Acometida. Llave de acometida. Acometida interior. Llave de edificio. No siempre existe y, por lo tanto, puede no existir la acometida interior. Es obligatoria si después de la llave de acometida existe un tramo enterrado de más de 10 m o aéreo o visitable de más de 25 m hasta el edificio. 5. Toma de presión en montante colectivo. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación y el sistema de precintado de la misma. 6. Llave de abonado. Ha de ser accesible desde zona comunitaria o, en caso contrario, se ha de disponer de la autorización previa de la Empresa Suministradora. Puede hacer las funciones de llave de vivienda si es accesible desde el interior de la misma.
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
7. Límite de vivienda. 8. Llave de entrada del contador. Puede no existir por hacer sus funciones la llave de abonado. Puede hacer las funciones de llave de vivienda. 9. Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador. 10. Contador G-4. 11. Válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación. 12. Toma de presión a la salida del contador. 13. Llave de conexión de aparato. 14. Aparato de utilización.
2.3-3
2.3 Instalaciones receptoras conectadas a redes en baja presión
2 Esquemas tipo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales 15 12 G 4 5 6 7
G
11 14
13 10
8
G
9 14 1
15
2 3
Red Distribución BP
1. Acometida. 2. Llave de acometida. Ha de estar situada en la vía pública. 3. Armario del contador. El armario del contador se ubicará en el exterior, y si ello no es posible, podrá ubicarse en el interior del local privado con autorización de la Empresa Suministradora. 4. Llave de entrada del armario del contador. Si la distancia a la llave de contador es corta, puede hacer las funciones de llave de contador. 5. Toma de presión a la entrada de la válvula de seguridad por defecto de presión. 6. Válvula de seguridad por defecto de presión de rearme manual de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. La Empresa Suministradora informará sobre la necesidad de su instalación.
2.3-4
Tramos en BP
7. Toma de presión a la entrada del contador. 8. Llave de entrada del contador (si no hace sus funciones la llave de entrada del armario del contador). 9. Contador. 10. Llave de salida del contador (obligatoria a partir de G-16 incluido). 11. Toma de presión a la salida del contador. 12. Límite de local privado. 13. Llave de local privado. Puede estar situada en el exterior del local privado, pero ha de ser accesible desde el interior del mismo. 14. Llave de conexión de aparato. 15. Aparato de utilización.
3
Diseño y construcción
3.1. Prescripciones de trazado de tuberías
3.2. Criterios de situación de elementos y accesorios
3.3. Construcción de instalaciones receptoras
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Prescripciones generales de trazado de tuberías Las tuberías deberán estar ubicadas generalmente de la siguiente manera: Vistas (inmovilizadas con elementos de sujeción adecuados)
Pared
Tubería de gas
Empotradas en paredes o muros (muros no resistentes, sin huecos)
Elementos de sujeción
Alojadas en vainas o conductos ventilados
Enterradas (no se permite por suelos de viviendas o locales)
Gas
Vaina ventilada por ambos extremos
Gas
3.1- 1
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Las tuberías podrán discurrir por: — Zonas comunitarias. — El interior de las viviendas si las alimentan. — El interior de locales destinados a usos colectivos o comerciales, si los alimentan.
De lo contrario, deben ir alojadas en vainas o conductos con las funciones de conducir eventuales fugas y de protección mecánica.
Centralización de contadores Patio
1
1
1
2
2
2
2
1
1
1
Patio
2
2
2
2
2
2
2
2
3
1. Locales o zonas destinados a usos comunitarios. 2. Vivienda. 3. Local destinado a usos colectivos o comerciales.
3.1-2
1
1
3
1. Locales o zonas destinados a usos comunitarios. 2. Vivienda. 3. Local destinado a usos colectivos o comerciales.
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
No se permite el paso de tuberías por el interior de: 1. Conductos de evacuación de productos de la combustión o chimeneas. 2. Conductos de evacuación de basuras o de productos residuales. 3. Huecos de ascensores o montacargas. 4. Locales que contengan maquinaria o transformadores eléctricos. 5. Locales que contengan recipientes o depósitos de combustibles líquidos (no se consideran como tales los vehículos a motor, o un depósito nodriza). 6. Forjados que constituyan el suelo o techo de las viviendas. 7. Conductos o bocas de aireación o ventilación no destinados a alojar tuberías de gas. 8. Por cámaras sanitarias de suelos elevados sobre el terreno. 4 2
NO
1
NO NO 6
3
NO
7
5 NO NO NO 8
NO 8
NO 8
NO 8
NO 8
NO 8
3.1- 3
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Prescripciones para tuberías vistas Las distancias mínimas de separación de una tubería vista a otras tuberías, conductos o suelo serán:
curso cruce paralelo Conducción de agua caliente
3 cm
1 cm
Conducción eléctrica*
3 cm
1 cm
Conducción de vapor
5 cm
1 cm
Chimeneas
5 cm
5 cm
Suelo
5 cm
........
* No se consideran como tales los cables de telefonía, antenas de televisión, telecontrol, etc.
Chimenea o conducto de evacuación de los productos de la combustión Conducción eléctrica o de agua caliente
Curso paralelo. Distancia mínima: 5 cm
Conducción de vapor Cruce. Distancia mínima: 1 cm
Gas
Gas
Curso paralelo. Distancia mínima: 3 cm
3.1-4
Curso paralelo. Distancia mínima: 5 cm
Cruce. Distancia mínima: 1 cm
Cruce. Distancia mínima: 5 cm
Las tuberías vistas deben estar inmovilizadas por dispositivos de sujeción adecuados, situados de tal manera que quede asegurada la estabilidad y alineación de la tubería (ver ficha 3.3, Instalación de tuberías vistas)
Tubería inmovilizada
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Prescripciones para tuberías alojadas en vainas o conductos Las tuberías deberán discurrir por el interior de vainas o conductos ventilados en los siguientes casos: Cuando precisen protección mecánica por estar expuestas a golpes o choques al estar situadas en zona comunitaria, a excepción de tuberías de acero con uniones soldadas.
Cuando deban discurrir por cámaras cerradas, por ejemplo: falsos techos, cámaras aislantes, huecos de la construcción, altillos, etc,...
Gas
Vaina continua ventilada por ambos extremos al exterior de la cámara. Cámara cerrada
Vaina de acero
Conducto ventilado por ambos extremos al exterior de la cámara.
Gas
Cámara cerrada
En zona exterior, cuando se coloquen enterradas y exista un local por debajo de ella con el nivel superior del forjado próximo a la tubería. Pavimento
Gas
Vaina
Cuando la tubería discurra a través de una vaina empotrada por el interior de paredes exteriores.
Relleno de tierra
Canal
Pared acabada
Vaina
A-B B El canal debe quedar completamente relleno
A
Huecos a obturar Forjado Local
Preparación pared
También para proteger su instalación cuando la tubería discurra enterrada por zonas al aire libre, como pueden ser prevestíbulos o soportales.
No se permitirá el contacto de las vainas o conductos metálicos con armaduras metálicas de la edificación ni con otras tuberías.
3.1- 5
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Prescripciones para tuberías empotradas Acceso a armarios empotrados
Limitado a casos excepcionales
Para facilitar la accesibilidad a armarios empotrados en fachadas, en los límites de propiedad o prevestíbulos destinados a contener conjuntos de regulación y dar así continuidad al material utilizado en la acometida, se permitirá el empotramiento de tubo de acero o de polietileno, este último en el interior de una vaina, hasta una altura máxima de 1,50 m.
La modalidad de tubería empotrada, que ha de ser necesariamente de acero o de acero inoxidable y su recorrido el mínimo imprescindible, está limitada al interior de un muro o pared y se podrá utilizar para conectar dispositivos alojados en cajetines o para rodear obstáculos de la construcción, debiéndose obturar los huecos que contenga la pared alrededor del tubo. En instalaciones en locales destinados a usos colectivos o comerciales, la longitud de empotramiento está limitada a 0,40 m.
Arqueta empotrada Tapa desmontable Tubo PE
Ventilación
Vaina
0,50 ≤ h ≤ 1,5 m
Elemento constructivo no estructural o sometido a carga o tensión Longitud de empotramiento de tubo de PE con vaina ≤ 2,5 m
Cuando la tubería discurra empotrada las uniones sólo podrán ser soldadas y no debe existir contacto con otras tuberías o armazones metálicos del edificio.
Uniones mecánicas prohibidas
En cualquier otra ubicación del conjunto de regulación, por ejemplo en la azotea, se permitirá el empotramiento de tubo de acero en una longitud máxima de 0,40 m
3.1-6
No debe existir contacto con las partes metálicas del edificio
NO
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Prescripciones para tuberías enterradas Para los tramos de la instalación receptora que discurran enterrados, se deberán tener en cuenta para su instalación los criterios establecidos en el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos según la presión de distribución y el material de la tubería, recomendándose el polietileno como material del tramo.
Es criterio del Grupo Gas Natural que las acometidas interiores enterradas se construyan en polietileno. Asimismo, los tramos enterrados desde la llave de acometida, o desde la llave de edificio hasta el edificio de la instalación común o hasta el muro límite donde se sitúe el contador de la instalación individual, también es criterio del Grupo Gas Natural que se construyan en polietileno, utilizando las mismas técnicas de canalización que para las acometidas interiores enterradas, recomendadas por la Empresa Suministradora.
Mínimo:0,5 m
Mínimo: 0,30 m (cruce)
Tubería de gas Tubería de gas
Otro servicio Mínimo: 0,30 m (curso paralelo)
Malla señalizadora de la presencia de la tubería Distancia inferior a la mínima
Protección Tubería de gas
Para distancias inferiores a las mínimas se ha de intercalar una protección adecuada.
GAS
GAS
GAS
Se ha de tener siempre presente que no está permitido instalar tuberías enterradas en el suelo de viviendas o de locales destinados a usos colectivos o comerciales.
3.1- 7
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Prescripciones específicas de trazado para tuberías en media presión B Su recorrido discurrirá, necesariamente, por:
No podrán discurrir por el interior de viviendas o locales
— El exterior de las edificaciones. — Por zonas al aire libre.
En casos excepcionales que fuera inevitable que discurrieran por el interior de la edificación, deberá justificarse a la Empresa Suministradora. En estos casos, las tuberías deberán estar alojadas en una vaina de acero continua y ventilada. Si el local es una sala de calderas o un recinto destinado a la ubicación de contadores y debe ubicarse en él el conjunto de regulación, éste estará situado en el punto más cercano de penetración de la tubería en el local, no siendo en este caso necesario que la tubería de entrada esté contenida en una vaina.
Conjunto de regulación
Local no destinado a sala de calderas o recinto donde se ubican los contadores Conjunto de regulación
Patio de ventilación
Sala de calderas o recinto donde se ubican los contadores Limitado a casos excepcionales
3.1-8
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Prescripciones específicas de trazado para tuberías en media presión A Necesidad de alojar la tubería en una vaina o conducto metálico Cuando las tuberías deban discurrir entre el pavimento y el nivel superior del forjado por zonas exteriores, o cuando la tubería tenga que discurrir inevitablemente por un primer sótano, ésta deberá ser de cobre, de acero o de acero inoxidable, continua, es decir, sin llaves de corte ni uniones que no sean soldadas, y además deberá alojarse en el interior de una vaina o conducto metálico cuyos extremos abiertos comuniquen con el exterior o con un patio de ventilación, o comunique sólo uno estando el otro soldado a la tubería.
Relleno de tierra
Gas
Vaina
Pavimento
Exterior o patio de ventilación
Vaina o conducto metálico Primer sótano
Exterior o patio de ventilación
Soldado
Vaina o conducto metálico Primer sótano Forjado Local
3.1- 9
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Prescripciones específicas de trazado para tuberías en baja presión Condiciones para el trazado de tuberías por sótanos Si la tubería tuviera que discurrir inevitablemente por un primer sótano que está suficientemente ventilado y el gas distribuido es menos denso que el aire, ésta deberá ser de cobre, de acero o de acero inoxidable y continua, es decir, sin llaves de corte ni uniones que no sean soldadas. En este caso, si la tubería es de cobre las uniones se realizarán con soldadura fuerte. Tiene la consideración de sótano suficientemente ventilado aquél que dispone de una entrada y una salida de aire para ventilación en comunicación directa con el exterior o con un patio de ventilación, dispuestas en paredes opuestas y separadas entre sí, tanto vertical como horizontalmente, una distancia mínima de 2 m. Tanto la entrada como la salida de aire han de tener una superficie libre mínima, medida en cm2, igual a 10 veces la superficie en planta del recinto, medida en m2, con un mínimo de 200 cm2. S ≥ 10 x A, mín. 200 cm2
Cuando las entradas y salidas de aire sean rectangulares, su lado menor (a) y su lado mayor (b) deben guardar la siguiente proporción: 1 < b/a < 1,5 Además, si la comunicación con el exterior o patio de ventilación se realiza a través de conductos, la superficie libre (S) de la entrada y salida de aire deberá multiplicarse por un factor de corrección que dependerá de la longitud del conducto, tal como se indica en la tabla siguiente: Longitud del conducto (m) 3 ≤ L ≤ 10
1,5
10 < L ≤ 26
2
26 < L ≤ 50
2,5 Patio de ventilación Espacio o local no destinado a vivienda
Acera S
S
donde:
Separación horizontal ≥ 2 m
S: Superficie libre de entrada o salida de aire para ventilación en cm2. A: Superficie en planta del recinto en m2 Cuando estas superficies libres de ventilación sean superiores a 200 cm2, podrán subdividirse, pero siempre en superficies de como mínimo 200 cm2.
3.1-10
Factor de corrección de la superficie libre de paso
≥2m
S
S
Sótano suficientemente ventilado
Planta (A m2)
3 Diseño y construcción
3.1 Prescripciones de trazado de tuberías
Si la tubería tuviera que discurrir inevitablemente por un primer sótano que no está suficientemente ventilado o el gas distribuido es más denso que el aire, ésta deberá ser de cobre, de acero o acero inoxidable, continua, es decir, sin llaves de corte ni uniones que no sean soldadas, y además deberá alojarse la tubería en el interior de una vaina o conducto metálico cuyos extremos abiertos comuniquen con el exterior o con un patio de ventilación, o comunique sólo uno estando el otro soldado a la tubería. En este caso, si la tubería es de cobre, las uniones se realizarán con soldadura fuerte.
Exterior o patio de ventilación
Exterior o patio de ventilación Soldado
Vaina o conducto metálico
Vaina o conducto metálico Primer sótano
Primer sótano
3.1- 11
3 Diseño y construcción
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Situación de armarios de regulación (entrada en media presión B con salida a media presión A o baja presión) Los armarios de regulación deberán instalarse adosados o empotrados en la pared, salvo los que se instalen en el interior de armarios o locales técnicos de centralización de contadores, o en el interior de salas de calderas, donde se podrá prescindir del armario.
0,50 ≤ h ≤ 1,5 m
Armario empotrado en límite de propiedad, fachada o azotea.
Los armarios de regulación, tanto si están adosados como si están empotrados, deberán instalarse de manera que la base inferior del mismo esté situada a una altura respecto al nivel del suelo comprendida entre 0,50 m y 1,50 m. En caso de que no sea posible respetar esta altura, deberá consultarse con la Empresa Suministradora su ubicación.
0,50 ≤ h ≤ 1,5 m
Tubo de acero (con protección mecánica cuando lo necesite)
Armario adosado en límite de propiedad, fachada, muro del edificio o azotea.
3.2-1
3 Diseño y construcción
Se deberán situar, necesariamente, en zonas de las edificaciones que se hallen al aire libre, como pueden ser: 1 Fachada o muro límite de la propiedad. 2 Prevestíbulos o soportales. 3 Azoteas. Cuando el armario de regulación se sitúe en la fachada o muro límite de la propiedad o en prevestíbulos o soportales, su conexión de entrada será preferentemente de polietileno empotrado con vaina o acero, empotrado o visto, según el caso. Cuando el armario de regulación se sitúe en azotea el tramo de instalación en media presión B se realizará con trazado visto y podrá ser de acero, acero inoxidable o cobre.
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Se podrán instalar en el interior de una sala de calderas a la que se suministra gas o en un recinto destinado a la ubicación de contadores, siempre que se encuentre este recinto en una de las zonas anteriormente citadas, sin necesidad de estar alojado en un armario.
Conjunto de regulación
Sala de calderas suministrada con gas natural
Como caso excepcional, y siempre que la Empresa Suministradora lo autorice por escrito, se podrán situar los armarios de regulación en zonas interiores de uso comunitario lo más cerca posible del cerramiento de la edificación que lo separe del exterior, debiendo ser estancos respecto al local que los contiene y que ventilen directamente al exterior.
3
Conjunto de regulación
1 2
3.2-2
Prevestíbulo ventilado
Recinto ventilado destinado a la centralización de contadores
En todos los casos la accesibilidad ha de ser grado 2 para la Empresa Suministradora, a excepción de cuando se situan en salas de calderas.
3 Diseño y construcción
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Situación de reguladores de abonado (entrada en media presión A con salida a baja presión) Reguladores de abonado de caudal nominal hasta 6m3/h con válvula de seguridad por defecto de presión incorporada.
Reguladores de abonado de caudal nominal superior a 6 m3/h.
Este tipo de regulador ha de ser de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural, de ejecución preferentemente en escuadra e instalado a la entrada del contador, a excepción de las instalaciones polivalentes para GLP y gas natural donde será preferentemente lineal y situado lo más cerca posible de la entrada de la vivienda.
Este tipo de regulador, utilizado básicamente para instalaciones en locales colectivos o comerciales, ha de ser de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural y se instalará preferentemente en zonas exteriores a la edificación con accesibilidad grado 2, siempre antes que el contador.
Se ubicará en los recintos destinados a la centralización de contadores y su accesibilidad será grado 2 para la Empresa Suministradora en los edificios de nueva construcción y lo más cerca posible de la entrada de la vivienda en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores.
Este tipo de reguladores pueden llevar incorporado o no una válvula de seguridad por defecto de presión. Si no la llevan incorporada hay que instalarla independiente en un punto de la instalación entre el regulador y el contador, preferentemente.
Si el contador está situado en vivienda o se trata de una instalación polivalente para GLP y gas natural, se procurará situarlo en galerías o zonas ventiladas, de manera que el recorrido de la instalación en media presión A por el interior de locales comunitarios accesibles o por la propia vivienda sea el menor posible.
El conjunto compuesto por el regulador, la válvula de seguridad por defecto de presión y el contador es conveniente que se ubiquen en un mismo local o armario específico.
En el caso de que deba instalarse en el interior de la vivienda, su ubicación tendrá las mismas limitaciones que el contador (ver 3.2-12).
Regulador de abonado en escuadra para acoplar a contador
Regulador de abonado recto para instalaciones polivalentes para GLP y gas natural
3.2-3
3 Diseño y construcción
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Situación de válvulas de seguridad Válvula de seguridad por exceso de presión.
Válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático
Válvula de seguridad por exceso de presión
Este tipo de seguridad es necesaria en conjuntos de regulación de media presión B y debe estar incorporada en todos los casos en el regulador.
Válvula de seguridad por defecto de presión.
Conjunto de regulación tipo A-6 Válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático
Este tipo de seguridad es necesaria en las instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión B y en media presión A. En las instalaciones alimentadas en baja presión deberá consultarse con la Empresa Suministradora la necesidad o no de instalarla. La válvula de seguridad por defecto de presión ha de tener accesibilidad grado 2 para la Empresa Suministradora. La seguridad por defecto de presión en las instalaciones receptoras, en función de la presión de alimentación del tipo de instalación, se garantizará mediante las soluciones siguientes:
Conjunto de regulación tipo A-10 bifamiliar
En instalaciones alimentadas desde redes en media presión B: - En instalaciones alimentadas por conjuntos de regulación A-6 y A-10 (MPB/BP), será de rearme automático, su caudal máximo será de 6 m3/h y estará situada a la salida del contador. - En instalaciones alimentadas por conjuntos de regulación A-25 y A-50 (MPB/MPA) para fincas plurifamiliares y A-100 en casos especiales de fincas unifamiliares con autorización de la Empresa Suministradora en base a un estudio previo, será de rearme automático y estará incorporada en el regulador de abonado. Para el caso especial de instalaciones polivalentes para GLP y gas natural estará igualmente incorporada en el regulador de abonado, pero podrá ser de rearme automático o manual. - En instalaciones alimentadas por conjuntos de regulación A-10 unifamiliares, y para A-25, A-50 y A-100 en locales destinados a usos colectivos o comerciales, deberá estar incorporada en el regulador.
3.2-4
Válvula de seguridad por defecto de presión
Válvula de seguridad por exceso de presión
Conjunto de regulación tipo A-100 para instalaciones en locales de usos colectivos o comerciales. En los conjuntos de regulación A-25 o A-50, o el A-100 en casos especiales, para fincas plurifamiliares, el regulador solo incorpora seguridad por exceso de presión.
3 Diseño y construcción
En instalaciones alimentadas desde redes en media presión A: - En instalaciones cuyo consumo nominal sea inferior a 6m3/h (normalmente instalaciones domésticas), será de rearme automático y estará incorporada en el regulador de abonado.
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Regulador de abonado que incorpora válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático
- En instalaciones cuyo consumo nominal sea superior a 6m3/h (normalmente instalaciones en locales colectivos o comerciales podrá estar incorporada al regulador o ser externa al mismo, y generalmente de rearme manual estando situada, preferentemente, antes del contador.
En instalaciones receptoras alimentadas desde redes en baja presión (consultar con la Empresa Suministradora): - En instalaciones cuyo consumo nominal sea inferior a 6m3/h (normalmente instalaciones domésticas) será de rearme automático y estará situada a la salida del contador. - En instalaciones cuyo consumo nominal sea superior a 6m3/h (normalmente instalaciones en locales colectivos o comerciales podrá estar incorporada al regulador o ser externa al mismo, y generalmente de rearme manual estando situada, preferentemente, antes del contador.
Válvula de seguridad por defecto de presión para Q > 6 m3/h de rearme manual independiente del regulador
Válvula de seguridad por defecto de presión para Q ≤ 6 m3/h de rearme automático
3.2-5
3 Diseño y construcción
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Situación de contadores Los contadores podrán estar centralizados, total o parcialmente o de forma individual. La distancia máxima desde el totalizador de la métrica del contador hasta el suelo no superará los 2,20 m, o, en caso contrario, se habrá de disponer por escrito de autorización previa de la Empresa Suministradora.
En fincas unifamiliares el contador se situará en un recinto tipo armario o nicho situado en el límite de la propiedad, con accesibilidad grado 2 para la Empresa Suministradora.
Armario de contador
Llave de abonado accesible desde zona común o, en caso contrario, se habrá de disponer por escrito de autorización previa de la Empresa Suministradora
≤ 2,20 m
Local cocina
Instalación centralizada de contadores
Galería o terraza ventilada
Instalación individual del contador.
Solución admitida para nuevas instalaciones en edificios ya construidos sin posibilidad de centralizar los contadores.
3.2-6
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
3 Diseño y construcción
En fincas plurifamiliares los contadores se han de instalar centralizados en recintos, de forma total o parcial en local técnico o armario, situados en zonas comunitarias o en el límite de la propiedad, con accesibilidad grado 2 para la Empresa Suministradora.
Ejemplos de ubicación de contadores en vestíbulo y trazado de montantes
2
2
2
2 3
3 1
1. Centralización de contadores. 2. Patio de ventilación. 3. Tubería por vaina o conducto ya que se trata de locales no comunitarios no alimentados por la tubería de gas.
1
1. Centralización de contadores. 2. Patio de ventilación.
Los tramos de la instalación receptora desde la centralización de contadores hasta cada una de las viviendas deben discurrir preferentemente por patios o por el exterior de la edificación
3.2-7
3 Diseño y construcción
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Ejemplos de centralización de contadores en azotea
2
3
2
3
2 3
1
1
1
3
1
1 1
1. Patio de ventilación. 2. Centralización de contadores (total o parcial). 3. Instalación en azotea.
2
3 3
3
1
2
2
4
4
1
3
4
4
1. Montante general por fachada 2. Centralización de contadores (total o parcial). 3. Instalación en azotea. 4. Patio de ventilación.
Los tramos de la instalación receptora desde la centralización de contadores hasta cada una de las viviendas deben discurrir preferentemente por patios o por el exterior de la edificación
3.2-8
3 Diseño y construcción
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Otra solución puede ser la centralización parcial de contadores en rellano a través de un conducto técnico. Ejemplo de instalación de contadores centralizados en rellanos con ventilación vertical a través de los conductos.
Detalle de dos plantas tipo y ventilación superior en azotea de un conducto técnico de centralización parcial de contadores.
3 3 3 2
3 3
2
3 1
1. Montante o ascendente por vestíbulo. 2. Montante o ascendente por fachada. 3. Centralización de contadores en rellano.
Aberturas de ventilación
1 Ejemplo de alimentación a cuatro viviendas con contadores en rellano.
Entrada de aire del exterior
3 2
2
3
2 1
1. Planta baja. 2. 1er Piso. 3. Azotea.
1. Centralización de contadores en rellano. 2. Patio de ventilación. 3. Tubería por vaina o conducto.
3.2-9
3 Diseño y construcción
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Los recintos destinados a la centralización de contadores, total o parcial, deberán estar adecuadamente ventilados (ver ficha 3.3, Centralización de contadores) y tener las dimensiones necesarias para permitir su correcto mantenimiento.
6
H
3 5
L Preferentemente H≥L
4
Los recintos destinados a la centralización de contadores estarán reservados exclusivamente para instalaciones de gas, no destinándose al almacenamiento de cualquier material o aparato ajeno al mantenimiento de las mismas. Se evitará que una conducción ajena a la instalación de gas atraviese el recinto de centralización de contadores. En caso de no ser posible se deberán tomar las medidas necesarias tal como se indica en el apartado 4.1.4. de la Instrucción Técnica Complementaria MI-IRG-04 "Recintos destinados a la instalación de contadores" del Reglamento de Instalaciones de Gas en locales Destinados a Usos Domésticos Colectivos o Comerciales. Conducción de otro servicio
1 2
Alternativas a la entrada de aire: 1. Entrada de aire directa. 2. Entrada de aire directa por conducto para salvar local contiguo. 3. Entrada de aire directa por conducto (debe llegar hasta 0,5 m del suelo). Alternativas a la salida de aire viciado: 4. Salida de aire directa al exterior. 5. Salida de aire directa o por conducto al exterior en la parte superior. 6. Salida de aire directa o por conducto para salvar local contiguo (preferentemente, la altura del conducto vertical ha de ser mayor o igual que la longitud del conducto horizontal).
3.2-10
3 Diseño y construcción
Queda prohibido situar los contadores a un nivel inferior al primer sótano.
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Podrán situarse en un primer sótano, pero el gas distribuido ha de ser menos denso que el aire, deberán incrementarse en un 10% las ventilaciones (ver ficha 3.3, Centralización de contadores) y habrán de comunicar directamente con el exterior o con un patio de ventilación.
1
1
2
Sótano 1
Sótano 1
3
Sótano 2 2
1. Patio ventilado. 2. Centralización de contadores.
Gas distribuido menos denso que el aire 1. Patio ventilado. 2. Ventilaciones directas al exterior o a patio de ventilación con superficie libre mínima aumentada un 10% cuando menos. 3. Centralización de contadores.
3.2-11
3 Diseño y construcción
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
Caso particular de contador instalado en el interior de la vivienda
En edificios ya construidos, cuando por razones de estructura del edificio u otras consideraciones no pudieran instalarse los contadores centralizados en zona comunitaria, se podrán instalar en el interior de la vivienda o local privado, pero habrá de instalarse en zona comunitaria la llave de abonado con accesibilidad grado 2 ó 3 para la Empresa Suministradora. Si ello no fuera posible, se deberá disponer de autorización por escrito de la Empresa Suministradora para instalar la llave de abonado en zonas no comunitarias.
Cuando se sitúen en el interior de un armario, éste deberá contar con dos aberturas de 5 cm2 de sección mínima cada una, una situada en la parte superior y otra situada en la parte inferior, en comunicación con el exterior o con un local convenientemente ventilado.
Exterior o patio de ventilación
Local que dispone de ventilaciones que dan al exterior
5 cm2
5 cm2
5 cm2
5 cm2
En estos casos, se instalará el contador lo más cerca posible del punto de penetración de la tubería en la vivienda (galería o local donde se instalen los aparatos a gas).
Solución aconsejable
Contador en armario
No se podrá instalar el contador en cuartos de baño y de aseo, en dormitorios, ni bajo la vertical de la fregadera o pila de lavar. Zona comunitaria
NO NO
NO 1 2
3
2 1
Zonas prohibidas en una vivienda para instalar el contador:
1.Llave de vivienda. Puede no existir por hacer sus funciones la llave de abonado, pero siempre que sea accesible desde el interior de la vivienda. 2.Llave de abonado accesible desde zona comunitaria. Si ello no fuera posible, se debe disponer de autorización por escrito de la Empresa Suministradora.
3.2-12
1. En el aseo 2. En el cuarto de baño 3. Dormitorio 4. Bajo la fregadera
4
≥ 0,2 m
Deberá limitarse en lo posible la situación del contador en el mismo armario que la fregadera aunque se respete la distancia mínima de 0,2 m a cualquier conducción de desagüe.
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
3 Diseño y construcción
Caso excepcional en edificios ya construidos en los que el contador ha de ubicarse inevitablemente en un local en el interior de la vivienda. La distancia mínima entre el contador y los aparatos a gas y los interruptores y tomas de corriente eléctrica será la siguiente:
0,40 m a aparatos de cocción (cocinas y hornos). Cuando estas distancias no puedan respetarse, deberá intercalarse una pantalla protectora de material incombustible que cubra totalmente la proyección lateral del contador.
Pantalla de protección
≥ 0,40 m
< 0,40 m
0,20 m a aparatos de producción de agua caliente sanitaria y de calefacción. Cuando estas distancias no puedan respetarse, deberá intercalarse una pantalla protectora de material incombustible que cubra totalmente la proyección lateral del contador.
Pantalla de protección
≥ 0,20 m
< 0,20 m
0,20 m a interruptores, mecanismos, dispositivos y tomas de corriente eléctrica. Cuando estas distancias no puedan respetarse, deberá intercalarse una pantalla protectora de material incombustible que cubra totalmente la proyección lateral del contador. Pantalla de protección
≥ 0,20 m
≥ 0,20 m
< 0,20 m
< 0,20 m
3.2-13
3 Diseño y construcción
3.2 Criterios de situación de elementos y accesorios
4
6
Situación de dispositivos de corte de suministro
7
5
3
1
2 1.Llave de acometida. Es la llave que, perteneciendo a la red de distribución, da inicio a la instalación receptora siendo obligatoria en todos los casos. Su emplazamiento y accesibilidad lo decidirá la Empresa Suministradora de acuerdo con la propiedad, situándola enterrada próxima al límite de propiedad o en el interior de un armario de regulación en el mismo muro límite de la propiedad. 2. Llave de edificio. Será obligatoria en los siguientes casos: — Cuando exista un tramo enterrado de más de 10 m o con trazado visto o visitable de longitud superior a 25 m desde la llave de acometida. — Cuando la instalación receptora alimente a más de un edificio (caso excepcional. Debe justificarse). Esta llave se situará lo más cerca posible del muro de cerramiento del edificio, decidiendo su emplazamiento la Empresa Suministradora de acuerdo con la propiedad. La accesibilidad ha de ser de grado 2 ó 3 para la Empresa Suministradora. 3. Llave de montante colectivo. Será obligatoria cuando exista más de un montante colectivo en la instalación receptora. La accesibilidad ha de ser grado 2 ó 3 desde zona comunitaria o pública para la Empresa Suministradora, debiendo ser bloqueable y precintable. 4. Llave de abonado Es la llave que, perteneciendo a la instalación común, da inicio a la instalación individual, siendo obligatoria en todos los casos. La accesibilidad ha de ser grado 2
3.2-14
desde zona comunitaria o desde el límite de la propiedad para la Empresa Suministradora, debiendo ser bloqueable y precintable. En casos excepcionales, siempre que lo autorice expresamente la Empresa Suministradora, podrá situarse la llave de abonado en zonas privadas (interior de viviendas o locales). 5. Llave de vivienda o de local privado. Se situará de manera que el tramo anterior a la misma dentro de la vivienda o local sea el más corto posible, o bien en el exterior de la misma pero accesible desde el interior. Esta llave deberá ser de grado de accesibilidad 1 para el usuario 6. Llave de contador. Se situará en el mismo local y lo más cerca posible de la entrada del contador. Debe ser bloqueable y precintable. 7. Llave de conexión de aparato. Es la llave donde finaliza la instalación receptora, siendo obligatoria en todos los casos. Ha de estar situada lo más cerca posible del aparato a gas y ubicada en el mismo recinto. La accesibilidad ha de ser grado 1 para el usuario, debiendo ser bloqueable y precintable. Casos en que una llave puede ejercer varias funciones. Una llave integrante de una instalación común o individual puede ejercer dos funciones o más si reúne los requisitos exigidos a cada una de las llaves (por ejemplo la llave de abonado puede ejercer la función de llave de contador o de la llave de vivienda, cuando el contador se sitúe en el interior de la vivienda y sea accesible desde su interior).
3 Diseño y construcción
Unión de tuberías y accesorios
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
DN ≤ 50 Soldadura eléctrica o soldadura oxiacetilénica
Acero
Acero
Unión mediante soldadura La unión mediante soldadura puede realizarse para tuberías del mismo material (cobre-cobre, acero-acero o acero inoxidable-acero inoxidable) o para tuberías de distinto material (cobre-acero, cobre-acero inoxidable o acero-acero inoxidable), pudiendo en este último caso intercalar elementos de transición de aleación de cobre (cobre-aleación de cobre-acero y cobre-aleación de cobre-acero inoxidable). Las características de las tuberías y accesorios se muestran en la ficha 5.1.
DN ≤ 50
DN > 50 Soldadura eléctrica Acero
Acero
Asimismo, puede realizarse la unión mediante soldadura entre tuberías de cobre, acero o acero inoxidable con accesorios de aleación de cobre, básicamente para la instalación de dispositivos de corte, tomas de presión, etc.
DN > 50
A continuación, se describen las características de cada uno de estos tipos de unión por soldadura. Acero-acero Las uniones de tuberías de acero entre sí o con sus accesorios (manguitos, codos, curvas, reducciones, derivaciones, etc.), se realizarán, en general, mediante soldadura eléctrica, pudiéndose utilizar la soldadura oxiacetilénica para la unión de tubos de DN 50 o inferior, aunque se recomienda la soldadura eléctrica para tramos en media presión B. En el caso de que los tubos estén protegidos contra la corrosión mediante galvanizado, antes de efectuar el proceso de soldadura deberá eliminarse previamente la capa de zinc de protección de los extremos a unir. Si no es posible eliminar esta protección, se procederá a efectuar soldadura oxiacetilénica utilizando un conjunto de varilla y desoxidante que impida la destrucción de la capa protectora galvanizada. Debido a que el proceso de soldadura para tubos galvanizados es complicado y de difícil ejecución, al igual que su proceso de pintado, se recomienda utilizar siempre el tubo de acero sin revestimiento galvánico.
Acero inoxidable - acero inoxidable Las uniones de las tuberías de acero inoxidable se realizarán mediante soldadura fuerte por capilaridad por mediación de un accesorio adecuado (manguitos, codos, curvas, reducciones, derivaciones, etc.). Este tipo de soldadura fuerte por capilaridad se realizará con material de aportación con aleación de plata con un contenido no inferior al 40 % de plata y exenta de metaloides, aluminio, mercurio y antimonio (punto de fusión 655 °C), específico para el acero inoxidable.
Acero inoxidable
Acero inoxidable
3.3-1
3 Diseño y construcción
Acero - acero inoxidable La unión de una tubería de acero con una de acero inoxidable se realizará bien directamente mediante soldadura fuerte con material de aportación con aleación de plata con un contenido no inferior al 40 % de plata y exenta de metaloides, aluminio, mercurio y antimonio (punto de fusión 655 °C) específico para el acero inoxidable, o bien intercalando un elemento de transición de cobre o aleación de cobre (ver soldadura de este tipo de material con acero o acero inoxidable).
Acero
No se permite el empleo de aleación estaño-plomo como material de aportación para realizar una soldadura blanda.
Cobre
Cobre
Aleación de cobre
Acero inoxidable
Cobre - cobre o aleación de cobre Las uniones de las tuberías de cobre y sus accesorios, bien sean de cobre o de aleación de cobre, se realizarán mediante soldadura por capilaridad a través de un accesorio adecuado (manguitos, codos, curvas, reducciones, derivaciones, etc.). No se admitirá en ningún caso el abocardado de tubo para soldar por capilaridad. Se unirán mediante soldadura fuerte por capilaridad, aunque podrá utilizarse soldadura blanda por capilaridad para baja presión en instalaciones en locales destinados a usos domésticos que no discurran por un primer sótano. En el resto de casos y en las instalaciones en media presión A o media presión B, la soldadura siempre será soldadura fuerte por capilaridad. La soldadura fuerte por capilaridad se realizará con material de aportación de aleación de plata con un contenido no inferior al 40 % de plata y exenta de metaloides, aluminio, mercurio y antimonio (punto de fusión 655 °C). También puede realizarse soldadura fuerte a tope por bordón con material de aportación de aleación de cobre (conocida como soldadura al amarillo) con un contenido no inferior al 50 % de cobre y exento de metaloides, aluminio, mercurio y antimonio (punto de fusión 850 °C). La soldadura blanda por capilaridad se realizará con material de aportación de aleación estaño-plata, con un contenido entre el 3,5 % y el 5 % de plata (punto de fusión 255 °C).
3.3-2
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Cobre o Aleación de cobre - acero La unión de un tubo o accesorio de cobre con un tubo o accesorio de acero se realizará intercalando un accesorio de aleación de cobre. La unión de un accesorio de aleación de cobre con una tubería o accesorio de acero se realizará por soldadura fuerte a tope con bordón con material de aportación de aleación de cobre (conocida como soldadura al amarillo). El material de aportación para soldadura fuerte con aleación de cobre ha de tener un contenido no inferior al 50 % de cobre y exento de metaloides, aluminio, mercurio y antimonio (punto de fusión 850 °C). Aleación de cobre - acero inoxidable La unión de un accesorio de aleación de cobre con una tubería o accesorio de acero inoxidable se realizará por soldadura fuerte por capilaridad con material de aportación de aleación de plata con un contenido no inferior al 40 % de plata y exenta de metaloides, aluminio, mercurio y antimonio (punto de fusión 655 °C), específico para el acero inoxidable.
Acero o acero inoxidable
Aleación de cobre
Cobre
3 Diseño y construcción
Uniones mediante sistemas mecánicos Las uniones mediante sistemas mecánicos se utilizarán principalmente para unir elementos o accesorios, como pueden ser contadores, reguladores, llaves de corte, tomas de presión, etc. (ver Módulo 5 Materiales, elementos y accesorios), a las tuberías de gas. Las uniones mediante sistemas mecánicos sólo podrán utilizarse en tuberías vistas o alojadas en armarios o cajetines, no pudiéndose utilizar este tipo de uniones cuando la tubería discurra empotrada, por el interior de vainas o conductos o por un semisótano o primer sótano. Las uniones mediante sistemas mecánicos para tuberías enterradas estarán limitadas a la unión de tubo de polietileno con acero o cobre mediante enlaces de transición fijos o monobloc, como pueden ser los tallos normalizados por el Grupo Gas Natural y que éste puede facilitar, tal como se indica en la ficha 5.3. y deben cumplir los requisitos allí expuestos. Las uniones mediante sistemas mecánicos que se podrán utilizar en tuberías vistas o alojadas en armarios o cajetines serán los siguientes: Enlace por junta plana Se utilizará preferentemente este tipo de enlace mecánico para conectar los elementos y accesorios pertenecientes a la instalación receptora con las tuberías de gas, y en particular los siguientes: Dispositivos de corte de suministro (llaves de paso). Contadores de paredes deformables G-4, G-6, G-16 y G-25 Reguladores y válvulas de seguridad por defecto de presión Tanto el enlace como la junta plana deberán cumplir las prescripciones referentes a características, materiales y dimensiones que le son de aplicación de las indicadas en las normas UNE 19.680 o UNE 60.708, a excepción del material de la junta plana, que deberá ser de elastómero y cumplir las prescripciones de la norma UNE 53.591, o bien, si es de otro material, deberá cumplir una norma de reconocido prestigio que le sea de aplicación y tener probada su idoneidad para instalaciones receptoras de gas.
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Enlace por junta plana
Enlace por bridas Se utilizará el enlace por bridas para conectar los contadores de pistones rotativos y los contadores de turbina, así como los contadores de paredes deformables G-40, G-65 y G-100. Para las dimensiones de las bridas de contadores de pistones rotativos y turbinas, al no estar contemplado en la norma UNE 60.510 el tipo de conexiones, deberán consultarse los catálogos de los fabricantes para conocer las dimensiones de las mismas. Para las dimensiones de las bridas de los contadores de paredes deformables G-40, G-65 y G-100, deberán tenerse en cuenta las prescripciones que se indican en la norma UNE 19.153 o en la norma DIN 2526. Asimismo, se utilizará el enlace mecánico por bridas cuando sea necesario instalar llaves de paso de diámetro superior a 100 mm que no están contempladas en la norma UNE 60.708, o bien sea necesaria su presencia por tener que instalar un tramo de tubería de gran diámetro que deba poder retirarse fácilmente (carrete). En estos casos, las bridas deberán cumplir las prescripciones que se indican en las normas UNE 19.152, 19.153, 19.282 y 19.283. Las juntas deberán ser de elastómero y cumplir la norma UNE 53.591, o bien, si son de otro material, deberán cumplir una norma de reconocido prestigio que le sea de aplicación y tener probada su idoneidad para instalaciones receptoras de gas.
Enlace por bridas
3.3-3
3 Diseño y construcción
Unión roscada Sólo se admitirán uniones roscadas para realizar la conexión de elementos tales como reguladores, tomas de presión, filtros, manómetros, llaves de paso con rosca hembra, etc., aunque es preferible que las llaves de paso dispongan de rosca macho para enlace por junta plana. En la unión roscada, el tipo de rosca será rosca gas y se realizará la estanquidad mediante productos sellantes que cumplan las prescripciones que se indican en la norma UNE 60.722 o norma equivalente de reconocido prestigio.
No se permitirá el empalme de tuberías mediante unión roscada.
Unión polietileno-cobre o polietileno-acero La unión polietileno-cobre (PE-Cu) o polietilenoacero (PE-Ac) se realizará mediante un enlace de transición, fijo o desmontable según el caso, que cumpla los requisitos que exige la Empresa Suministradora a estos tipos de enlaces.
3.3-4
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
3 Diseño y construcción
Instalación de tuberías Instalación de tallos normalizados La instalación de los tallos normalizados por el Grupo Gas Natural, cuyas características y dimensiones se muestran en la ficha 5.3, se realizará de la siguiente manera: ●
●
Unir mediante soldadura el tramo visto de acero o cobre, según el caso, del tallo a la tubería ascendente, teniendo en cuenta que el tramo de polietileno ha de quedar enterrado y la vaina protectora del enlace de transición PEAc o PE-Cu ha de quedar una parte enterrada y la otra vista. Dejar preparada la instalación para que la Empresa Suministradora realice la soldadura de conexión del tallo de polietileno con el tramo proveniente de la llave de acometida o de la llave de edificio. Para ello, se deberá proteger convenientemente el tubo de polietileno para que no quede expuesto a golpes o choques ni directamente a la acción de la luz.
Soldadura: Cobre-cobre Acero-acero
Tramo ascendente de la instalación receptora de cobre o acero (mismo material que el tallo)
Tallo normalizado de cobre o acero
~ 30 cm
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Asimismo, los tramos enterrados desde la llave de acometida, o desde la llave de edificio, hasta el edificio en la instalación común o hasta el muro límite donde se sitúe el contador en la instalación individual, también es criterio del Grupo Gas Natural que se construyan en polietileno, utilizando las mismas técnicas de canalización que para las acometidas interiores enterradas, recomendadas por la Empresa Suministradora. Para los tramos enterrados que se realicen después de contador, podrá utilizarse tubo de acero, cobre o polietileno que cumpla las especificaciones indicadas en la ficha 5.1, con uniones soldadas. Se recomienda utilizar tubo de polietileno con uniones soldadas por electrofusión mediante accesorios electrosoldables. Para la elección de los accesorios electrosoldables y las técnicas y maquinaria de soldadura, se seguirán las directrices que para ello tiene establecidas la Empresa Suministradora. La soldadura deberá realizarla en todos los casos personal debidamente acreditado. Cuando se utilice el tubo de polietileno, la transición entre la parte enterrada y vista debe realizarse mediante tallos normalizados por el Grupo Gas Natural de PE-Ac o PE-Cu, según el caso, que cumplan las características indicadas en la ficha 5.3. Cuando se utilice cobre o acero, deberá protegerse convenientemente contra la corrosión y encintarse con un solape del 50% con una cinta antihumedad adecuada. La transición entre la parte enterrada y vista se realizará mediante una vaina de protección sellada con una pasta de estanquidad no endurecible.
Instalación de tuberías vistas
Instalación de tuberías enterradas Tal como se ha mencionado anteriormente, es criterio del Grupo Gas Natural que las acometidas interiores enterradas se construyan en polietileno.
Cambios de dirección Los cambios de dirección de tuberías de acero podrán realizarse, preferentemente, mediante un accesorio de acero, con la curvatura adecuada, con uniones por soldadura a la tubería o por curvado directo del tubo en frío, debiendo utilizar preferentemente tubo de acero sin soldadura hasta un diámetro nominal de 2" y mediante un sistema de curvado que asegure la continuidad del diámetro y del espesor del tubo.
3.3-5
3 Diseño y construcción
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Los cambios de dirección de tuberías de cobre y de acero inoxidable se realizarán mediante accesorios con uniones por soldadura por capilaridad a la tubería. En caso que sea imprescindible y hasta DN 18, podrá admitirse el curvado del tubo de Cu o Ac inox. en frío mediante máquina curvadora, asegurando que se mantiene el diámetro interior en la zona de curvado. Posición relativa respecto a otros servicios Cuando se instalen en el mismo plano vertical conducciones de agua, gas y electricidad, la situación relativa de las tres conducciones que se recomienda, respetando las distancias, será la siguiente: Techo
Gas Electricidad Agua Acero, acero inoxidable y cobre Suelo
Sujeción de las tuberías Las tuberías que componen una instalación vista deben quedar conveniente sujetas para soportar el peso de los tramos y evitar deslizamientos. Asimismo, cuando se considere necesario, podrán tener unos puntos fijos que habrán de servir de anclaje de la tubería para que los esfuerzos por dilatación se originen a partir de ellos, construyéndose soldando a la tubería un elemento robusto que posteriormente se acoplará mediante tornillos a un soporte anclado a una pared o techo. Para tubería de acero, se podrá aceptar como sustitución del elemento soldado la utilización de dos abrazaderas (tipo varilla curvada) separadas entre sí la distancia equivalente a un diámetro de la tubería, de manera que quede firmemente sujeta a dos soportes anclados en la pared.
3.3-6
Acero exclusivamente
3 Diseño y construcción
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Las tuberías de gas necesitan disponer de elementos de sujeción en los tramos horizontales y verticales que cumplan lo prescrito en la ficha 5.6. Los elementos de sujeción deben aislarse convenientemente cuando se instalen en el exterior, aunque es conveniente que se aislen también los situados en el interior de locales. Tanto en los tramos verticales como en los horizontales estos elementos de sujeción serán abrazaderas, aunque en los tramos que discurran por garajes o aparcamientos podrán ser soportes-guía cerrados en los tramos horizontales y soportes de apoyo sin guía en los cambios de dirección de los tramos horizontales.
Tanto las abrazaderas como los soportes guía cerrados no deben ejercer una fuerte presión sobre la tubería una vez han sido apretados, sino que deben apretar lo justo para soportarla. La separación máxima entre los elementos de sujeción de las tuberías, considerando ésta como la separación entre dos soportes o entre soporte y llave de paso, depende del material y diámetro de las mismas y de si se trata de tramos horizontales o verticales, tal como se indica en la siguiente tabla:
Debe preverse un elemento de sujeción lo más cerca posible de las conexiones de las llaves de corte, a no ser que éstas lo lleven incorporado, de los reguladores, de las válvulas de seguridad por defecto de presión y de los elementos y accesorios en general pertenecientes a la instalación.
Material de la tubería
Diámetro de la tubería
Separación máxima (m) Tramo horizontal
Cobre y Acero Inoxidable
Tramo vertical
D ≤ 15 mm
1,0
1,5
15 < D ≤ 28 mm
1,5
2,0
28 < D ≤ 42 mm
2,5
3,0
D > 42 mm
3,0
D ≤ 1/2 "
1,5
2,0
1/2" < D ≤ 1"
2,0
3,0
1" < D ≤ 1 1/4"
2,5
3,0
D > 1 1/4"
3,0
1 por planta, máx. 3,5
Acero
1 por planta, máx. 4,0
3.3-7
3 Diseño y construcción
Distancias de las tuberías a paredes y techos Para facilitar las operaciones de limpieza, revisión y mantenimiento, es recomendable que las tuberías estén separadas una cierta distancia de paredes y techos, y a continuación se indican cuales son las distancias mínimas aconsejables en cada caso: ●
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Cuando una tubería de gas se instale paralela a un rincón vertical, las separaciones mínimas serán de 1 radio de la tubería a una pared y de 2 radios de la tubería respecto a la pared contigua.
Rincón vertical Pared
Distancia a paredes:
Pared
La distancia de separación entre una tubería de gas y una pared en la que se instale discurriendo paralelamente a la misma será, como mínimo, la equivalente a su radio exterior y en ningún caso inferior a 10 mm. d
≤ 135 °
d/2
d/2
d
d
d
Pared Pared Pared
d/2
d
Cuando una tubería de gas se instale paralela a un rincón horizontal, las separaciones mínimas serán de 10 mm al techo y 2 radios de la tubería a la pared. Rincón horizontal elevado
●
Distancia a techos:
Techo
La distancia de separación entre una tubería de gas y un techo en el que se instale discurriendo paralelamente al mismo será, como mínimo, de 10 mm.
mín. 10 mm Pared
Techo d
d
mín. 10 mm
●
Distancia a rincones:
Excepcionalmente, y para evitar excesivos cambios de dirección en la instalación, se admitirá el contacto con los pilares o relieves que no sean metálicos en longitudes que no superen los 70 cm.
Se considera rincón cuando el ángulo que forman dos paredes contiguas, o el techo y una pared, sea menor de 135o. Los rincones pueden ser verticales, cuando estén formados por dos paredes, y horizontales, cuando estén formados por pared y techo.
3.3-8
Techo
Relieve no metálico
Zona de contacto ≤ 70 cm
3 Diseño y construcción
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Previsión de efectos por dilatación Cuando las tuberías de gas se instalen por el interior de garajes o por espacios sometidos a radiación solar directa o a saltos térmicos o estacionales muy fuertes (∆T>35o), deberá diseñarse la instalación receptora teniendo en cuenta que es conveniente dotarlas de una mayor protección ante dilataciones importantes de la tubería, por lo que debe preverse un trazado que permita la deformación de las conducciones por efecto de la dilatación sin llegar a romperlas. Para ello, deberán existir los cambios de dirección necesarios para absorber las dilataciones producidas, o en caso de que ello no fuera posible, corregir los efectos mediante compensadores de dilatación.
Protección mecánica En los trazados de conducciones debe evitarse al máximo la necesidad de utilizar protección mecánica. Será necesaria la protección mecánica de las tuberías cuando éstas estén expuestas a golpes o choques por hallarse situadas en zonas comunitarias accesibles.
Tapón de elastómero
Vaina de acero inoxidable de protección de la tubería de cobre
h ≥ 1,80 m
Vaina de cobre con resina de poliuretano de protección del enlace de transición PE-Cu
Tallo normalizado PE-Cu
Para realizar la protección mecánica, se tendrán en cuenta las características de vainas, conductos y tallos normalizados PE-Cu que se indican en el módulo 5 Materiales, elementos y accesorios. Cuando las tuberías estén situadas en lugares susceptibles de recibir roces o choques de vehículos, deberán estar protegidas de forma especial mediante tubos de acero de diámetro exterior no inferior a 40 mm doblados en forma de U y empotrados en la pared por sus extremos, formando aros de protección que rodeen la tubería hasta una altura mínima de 1 m. La distancia mínima de separación de la mencionada protección a la tubería será igual o superior a 50 mm y la separación entre centros de dos aros protección consecutivos será de 25 cm, por lo que se necesitarán, como mínimo, 4 aros de protección.
Protección contra vehículos
≥ 1m
Tubería de cobre
Tubo de acero
0,25 ≥ 1m
0,25 ≥1m 0,25
Protección mecánica por vaina de acero
Protección mecánica por conducto metálico o de obra
0,25
50 mm
Asimismo, será necesaria la protección mecánica para el tramo de tubo de cobre proveniente de un tallo normalizado PE-Cu en una altura no inferior a 1,80 m, que ya incorporan.
ø ext 40 mm. Tubo de acero
3.3-9
3 Diseño y construcción
Protección contra la corrosión Las tuberías de acero que no estén galvanizadas deberán estar convenientemente protegidas contra la corrosión, mientras que ello no será necesario para tuberías de acero inoxidable o de cobre. Para realizar una correcta protección contra la corrosión de tuberías de acero no galvanizadas se ha de realizar, como mínimo, lo siguiente: Limpieza mecánica o manual para desprender el óxido y la suciedad adherida.
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
La vaina debe quedar convenientemente sujeta a la pared o techo por el que se instala paralelamente la tubería o al cual atraviesa. Si se instala paralelamente, se sujetará la vaina a la pared o techo con abrazaderas para el diámetro y material de la misma, y si la vaina atraviesa la pared o el techo, deberá inmovilizarse rellenando el hueco resultante entre la pared o techo y la vaina mediante un material de construcción adecuado, como puede ser mortero de cemento, yeso, etc, a ser posible sin retracción de fraguado.
Cepillado y desengrasado de la tubería. Aplicación de una imprimación anticorrosiva adecuada. Pared o techo
Aplicación de una pintura de acabado para exteriores (dos capas como mínimo). Pintado y señalización Para disimular al máximo su paso por zonas comunitarias, patios o fachadas, o por el interior de las viviendas, las tuberías deben estar convenientemente pintadas de un color lo más parecido posible al muro que las soporta, debiendo identificarse con franjas de color amarillo o la palabra «GAS» en las zonas donde pueda confundirse con otros servicios, y al menos una vez en la instalación común, lo más cerca posible de la llave de montante, si existe, o en una zona visible.
Tubería de gas
Vaina
La tubería que se aloje en el interior de una vaina o conducto, ya sea para darle protección mecánica, para realizar la ventilación o para atravesar paredes o muros, debe cumplir las características que se indican en la ficha 5.6, apartado de vainas, conductos y pasamuros, y ha de procurarse que no quede en contacto con la vaina o conducto, y en ningún caso deberá hacer contacto si la vaina o conducto es metálica.
3.3-10
No debe existir contacto entre la tubería y la vaina
Instalación de la vaina paralela a suelo o techo
Las tuberías cobre y de acero inoxidable no es necesario que se pinten, pero si es necesario que se señalicen convenientemente cuando sea necesario.
Instalación de tuberías alojadas en vainas o conductos
Abrazaderas
Pared o techo
Tubería
Vaina
Relleno del hueco mediante material de construccción adecuado (mortero de cemento, yeso. etc, a ser posible sin retracción de fraguado)
Instalación de la vaina atravesando paredes o techos
3 Diseño y construcción
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Cuando una vaina atraviese una cámara, cielo raso, falsos techos o similares, deberán sobresalir los extremos de la misma 1 cm de la pared, a excepción de las vainas pasamuros que podrán quedar a ras de pared, y cuando atraviese un techo o perpendicularmente una cámara o cielo raso, deberá sobresalir por su parte inferior 1 cm y por su parte superior 10 cm como mínimo si accede a un local y 30 cm como mínimo si accede al aire libre, debiendo en este último caso estar protegida contra la entrada de agua de lluvia.
Las tuberías que se alojen en el interior de un conducto deberán estar separadas entre si y a las superficies interiores del conducto una distancia mínima equivalente al diámetro exterior de la tubería, con un mínimo de 20 mm. Si un conducto, además de realizar las funciones de ventilación de las tuberías, tiene a su vez la finalidad de realizar la ventilación de un recinto, por ejemplo de un local técnico de centralización de contadores, su sección libre deberá ser, como mínimo, la exigida para cada caso. Aunque no está limitado el número de tubos que puede contener un conducto, éstas deberán instalarse paralelas en un mismo plano, y la sección transversal del conducto no podrá ser superior a 0,3 m2.
Tubería de gas
Vaina d ≥ Øext. tubería, mín 20 mm
1 cm
1 cm d Conducto Instalación de la vaina atravesando paralelamente cámaras, cielos rasos, falsos techos o similares
Tuberías de gas Local cubierto
Local al aire libre
d
Sección transversal limitada a 0,30 m2 No hay limitación del número de tubos que contiene
Instalación de tuberías alojadas en conductos
d ≥ 0,10 m
1 cm
d ≥ 0,30 m
1 cm
Instalación de la vaina atravesando perpendicularmente un techo o cámara, cielos rasos, falsos techos o similares
Para facilitar el mantenimiento o la reparación de las tuberías incluidas en el interior de un conducto, es conveniente realizar en el mismo registros practicables estancos, que deberán tener accesibilidad grado 2 o 3. Las vainas y conductos metálicos deberán protegerse convenientemente del medio exterior que los rodea antes de su instalación, y en ningún caso podrán quedar en contacto con estructuras metálicas ni con otras tuberías.
3.3-11
3 Diseño y construcción
Instalación de tuberías empotradas Cuando se tengan que empotrar tuberías, que será en casos excepcionales y limitado al menor recorrido posible, debiendo ser de acero o de acero inoxidable que cumplan las características y requisitos indicados en la ficha 5.1, Tuberías. Si se utiliza acero como material de la tubería empotrada, ésta deberá protegerse convenientemente mediante pintado y encintado con un solape del 50 % con cinta antihumedad. Las llaves y uniones mecánicas deberán estar alojadas en cajetines ventilados que tengan las dimensiones suficientes para realizar las operaciones de revisión y mantenimiento sin dificultad. Para instalación de armarios de regulación de presión de entrada en media presión B tipos A-6, A-10, A-25 y A-50 con tubo entrada de polietileno empotrado con vaina, deberá empotrarse la vaina cumpliendo las condiciones de instalación indicadas para este tipo de conjuntos de regulación en esta misma ficha 3.3.
3.3-12
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
3 Diseño y construcción
Instalación de armarios de regulación, reguladores de abonado y válvulas de seguridad por defecto de presión
Instalación de armarios de regulación para media presión B Los armarios de regulación para media presión B, podrán instalarse empotrados o adosados a un muro, en función de las características constructivas de la edificación, siguiendo para ello las directrices dadas por la Empresa Suministradora. Los armarios de regulación para media presión B deberán cumplir las prescripciones indicadas en la ficha 5.4 y ser de un modelo aceptado por el Grupo Gas Natural.
Instalación de armarios de regulación Los armarios de regulación tipo A-6, A-10, A-25 y A-50 deben instalarse, preferentemente, empotrados en fachada, prevestíbulos, soportales o en el muro límite de propiedad. Los armarios de regulación A-25, A-50 y A-100 podrán instalarse,además, en el interior de los armarios o de los locales técnicos de centralización de contadores, o en el interior de salas de calderas a las que alimenten, siempre que cumplan los requisitos que se exigen en la ficha 3.2. para la situación de los conjuntos de regulación. En este caso, los conjuntos de regulación podrán instalarse sin armario y deberán sujetarse convenientemente a una de las paredes del recinto. A la hora de empotrar un armario de regulación de los tipos anteriormente indicados, se ha de tener en cuenta lo siguiente: — La base inferior del mismo debe quedar a una altura comprendida entre 0,50 y 1,50 m, empotrando una vaina, generalmente de PVC, desde esta base inferior hasta el punto
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
conveniente de la vía pública para facilitar la introducción del tubo de polietileno que enlaza directamente con la llave de entrada, siendo realizada en todos los casos por personal autorizado por la Empresa Suministradora. En este tipo de armarios si no se instala llave de acometida en la vía pública, ha de instalarse en el exterior de la puerta la placa señalizadora «LLAVE DE ACOMETIDA EN ARMARIO», ya que la misma se encuentra en el interior del mismo. Esta placa señalizadora ha de encontrarse en el interior del armario. — Una vez empotrado el armario en el hueco correspondiente, así como la vaina para facilitar la introducción del tubo de polietileno, se deberán rellenar con mortero de cemento los intersticios existentes entre el armario o la vaina y el hueco en el que se aloja, para evitar la formación de cavidades, y la conducción o conducciones de salida, según el caso, deberán empotrarse en una masa de mortero de cemento, estando debidamente protegidas contra la corrosión y encintadas con un solape del 50 % con cinta antihumedad.
Solución preferente para A-6, A-10, A-25 y A-50
Tubo PE
0,50 ≤ d ≤ 1,5 m
Vaina Longitud del empotramiento ≤ 2,5 m
Armario empotrado en fachada, prevestíbulo, soportal o en el muro límite de la propiedad con entrada en polietileno empotrado con vaina
3.3-13
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
3 Diseño y construcción
— En el caso de que no pueda conectarse con polietileno un armario empotrado, deberá conectarse con tubo de acero empotrado, debidamente protegido contra la corrosión y encintado con un solape del 50 % con una cinta antihumedad adecuada, en una masa de mortero de cemento.
Cuando por razones constructivas del edificio el armario de regulación no pudiera empotrarse en la fachada o en el muro límite de la propiedad, se podrá colocar adosado, pero teniendo en cuenta, al igual que cuando se instala empotrado, que la altura de la base inferior del armario ha de estar comprendida entre 0,50 y 1,50 m, o bien se instalará en la azotea del edificio adosado o empotrado.
Solución preferente para A-50 y A- 100
Exclusivamente cuando no pueda empotrarse el armario
Tubo de acero 0,50 ≤ d ≤ 1,5 m
0,50 ≤ d ≤ 1,5 m Tallo normalizado
Tubo empotrado de acero
Tubo de PE Armario empotrado en fachada, prevestíbulo, soportal o en el muro límite de la propiedad con entrada en acero empotrado.
3.3-14
Armario adosado en fachada, prevestíbulo, soportal o muro límite de propiedad con entrada en acero (tallo normalizado)
3 Diseño y construcción
Instalación de reguladores de abonado
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Regulador de abonado lineal
La instalación de los reguladores de abonado con presión de entrada en media presión A y presión regulada a baja presión, se limitará a la instalación del mencionado regulador de abonado intercalado en la instalación individual. Estos reguladores de abonado deberán cumplir las prescripciones indicadas en la ficha 5.4. y ser de un modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. Instalación de reguladores de abonado de Qnom < 6 m3/h Para la instalación de los reguladores de abonado con caudal nominal inferior o igual a 6 m3/h, que normalmente son de ejecución en escuadra para su instalación acoplada al contador, tal como se indica en la ficha 5.4, deberá preverse en la parte de la instalación en la que conecta la entrada del regulador, un accesorio para unión por junta plana (racord 2 piezas) de 3/4", pues dicho regulador incorpora en su entrada un accesorio macho-macho de rosca cilíndrica de 3/4" que va roscado y sellado al cuerpo del regulador. La salida de los reguladores que se acoplan directamente sobre la rosca de entrada de un contador tipo G-4 incorporan un accesorio de unión por junta plana (racord 2 piezas) de 7/8", y las que se intercalan en la instalación incorporan una rosca macho de 3/4". Estos reguladores de abonado llevan incorporada una válvula de seguridad por defecto de presión de rearme automático, por lo que no debe preverse la instalación de una válvula de seguridad por defecto de presión en la instalación receptora. Regulador de abonado en escuadra
Instalación de reguladores de abonado de Qnom > 6 m3/h Para la instalación de los reguladores de abonado de caudal nominal superior a 6 m3/h, que son de ejecución axial, tal como se indica en la ficha 5.4, deberá preverse que una de las uniones con la instalación, la de entrada o la de salida, debe realizarse con unión roscada de 1", 1 1/2" o 2", según el caso, y la otra unión será por junta plana, por lo que deberá preverse la instalación de un enlace por junta plana (racord 2 piezas) e incorporar en la parte correspondiente del regulador un accesorio macho-macho de rosca cilíndrica, sellado al cuerpo del regulador, que disponga de la rosca adecuada, 1", 1 1/2" o 2", según el caso. Si por motivos constructivos o de trazado de la instalación no fuera posible proceder al montaje o desmontaje del regulador sin desmontar parte de la instalación, podrán realizarse las dos uniones, es decir, la de entrada y la salida, con enlaces por junta plana. Estos reguladores de abonado pueden o no llevar incorporada válvula de seguridad por defecto de presión, por lo que debe preverse la instalación de una válvula de seguridad por defecto de presión en la instalación receptora en el caso de que no la lleven incorporada.
3.3-15
3 Diseño y construcción
Instalación de válvulas de seguridad por defecto de presión La instalación de las válvulas de seguridad por defecto de presión se limitará, al igual que en caso de los reguladores de abonado, a la instalación de la mencionada válvula intercalada en la instalación individual. Estas válvulas de seguridad por defecto de presión deberán cumplir los requisitos que se indican en la ficha 5.4. y ser de un modelo aceptado por el Grupo Gas Natural. Instalación de válvulas de seguridad por defecto de presión de Qnom < 6 m3/h Para la instalación de las válvulas de seguridad por defecto de presión con caudal nominal inferior o igual a 6 m3/h, que son de ejecución en escuadra, tal como se indica en la ficha 5.4, deberá preverse en la parte de la instalación en la que se conecta la salida de la válvula un accesorio para unión por junta plana (racord 2 piezas) de 7/8", pues se acopla directamente sobre la salida de un contador tipo G-4. Deberá preverse en la parte de la instalación en la que conecta la salida de este tipo de válvula de seguridad por defecto de presión un accesorio para unión por junta plana (racord 2 piezas) de 7/8", pues dicha válvula incorpora en su salida una rosca macho cilíndrica de 7/8".
3.3-16
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Instalación de válvulas de seguridad por defecto de presión de Qnom > 6 m3/h Para la instalación de las válvulas de seguridad por defecto de presión de caudal nominal superior a 6 m3/h, que son de ejecución axial, tal como se indica en la ficha 5.4, deberá preverse que una de las uniones con la instalación, la de entrada o la de salida, debe realizarse con unión roscada de 1", 1 1/2" o 2", según el caso, habiendo de ser la otra unión por junta plana, por lo que, asimismo, deberá preverse en la instalación un enlace por junta plana (racord 2 piezas) e incorporar en la parte correspondiente de la válvula un accesorio macho-macho de rosca cilíndrica, sellado al cuerpo de la válvula, que disponga de la rosca adecuada, 1", 1 1/2" o 2", según el caso. Si por motivos constructivos o de trazado de la instalación no fuera posible proceder al montaje o desmontaje de la válvula sin desmontar parte de la instalación, deberán realizarse las dos uniones, es decir, la de entrada y la salida, con enlaces por junta plana.
3 Diseño y construcción
Instalación de contadores La instalación de los contadores de gas de los tipos indicados en la ficha 5.5, podrá realizarse de forma individual o de forma centralizada, total o parcialmente.
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
UNE 23.727, en obra de fábrica enlucida interiormente o con características similares, debiendo tener las dimensiones suficientes para alojar la llave de contador, el contador y el regulador de abonado, y/o la válvula de seguridad por defecto de presión, según el caso, para uno o dos usuarios, y permitiendo efectuar con normalidad su lectura y los trabajos de mantenimiento, conservación o sustitución de los mismos.
Instalación de un sólo contador La instalación de un contador de forma individual debe realizarse siempre contenido en un armario o nicho, en fincas unifamiliares, en locales destinados a usos colectivos o comerciales. No precisarán estar alojados en un armario o nicho los contadores que inevitablemente tuvieran que instalarse en el interior de una vivienda por tratarse de un edificio ya construido sin posibilidad de centralizarlos. Instalación de contadores en armario o nicho En las instalaciones receptoras en fincas unifamiliares o en locales destinados a usos colectivos o comerciales, el contador deberá estar contenido en un armario, empotrado o adosado, que podrá contener uno o dos contadores, situado preferentemente en la fachada o muro límite de la propiedad, de la vivienda o del local privado, según el caso, a una altura tal que la métrica del contador no supere los 2,20 m, aunque preferentemente se instalarán de manera que la base inferior del armario se sitúe a una altura comprendida entre 0,50 y 1,50 m. Si el armario se instala empotrado, una vez colocado el mismo en el hueco correspondiente, se deberán rellenar con mortero de cemento los intersticios existentes entre el armario y el hueco que lo contiene, para evitar la existencia de cavidades, y las conducciones de entrada y de salida deberán estar debidamente protegidas contra la corrosión y encintadas con un solape del 50 % con cinta antihumedad, a no ser que la entrada se realice en polietileno envainado, y empotrarse en una masa de mortero de cemento, igual como lo expresado para la instalación de armarios de regulación. Los armarios o nichos deberán construirse con plancha galvanizada, con materiales plásticos de características como mínimo M-2 según norma
Armario de contador situado en la fachada o muro límite de la propiedad
Ventilación 5 cm2 por puerta no estanca
Altura métrica contador ≤ 2,20 m
0,50 ≤ d ≤ 1,50 m preferentemente
Armario de contador adosado
Ventilación 5 cm2 por puerta no estanca
Altura métrica contador ≤ 2,20 m
0,50 ≤ d ≤ 1,50 m preferentemente
Armario de contador empotrado (solución preferente)
3.3-17
3 Diseño y construcción
Los armarios para instalaciones en fincas unifamiliares alimentadas desde redes en media presión B están normalizados por el Grupo Gas Natural y contienen el conjunto de regulación, el contador y la válvula de seguridad por defecto de presión. Las características de estos armarios que contienen los conjuntos de regulación, que son los tipos A-6 y A-10, se indican en la ficha 5.4, y se han de instalar tal como se indica en el apartado correspondiente de la presente ficha 3.3. Los armarios o nichos para la instalación de un sólo contador o un máximo de dos, deben disponer de una abertura para ventilación de 5 cm2 en su parte inferior y superior, respectivamente. Para evitar la introducción de objetos extraños en el interior del armario o nicho, se podrá realizar la ventilación de los mismos a través de la parte inferior o superior de la puerta, construyéndola de manera que no sea estanca tal como se realiza en los armarios de regulación. La puerta de acceso al citado armario o nicho deberá abrir hacia afuera y disponer de cerradura con llave normalizada por la Empresa Suministradora. Cuando en el armario o nicho se instalen dos contadores, junto a cada llave de contador deberá fijarse una placa metálica o de plástico rígido que lleve grabada de forma indeleble la indicación de los datos del usuario. La instalación de los contadores de paredes deformables tipo G-4, y ocasionalmente G-6, debe realizarse siempre mediante el soporte de contador adecuado que se indica en la ficha 5.6, que debe emplearse en todos los casos. El resto de contadores de paredes deformables se instalarán apoyados en la base del armario o en una repisa del mismo capaz de soportarlos. La instalación de contadores de pistones rotativos o turbina se realizará siguiendo las instrucciones del fabricante Instalación de un contador en vivienda Los contadores que se instalen en vivienda por tratarse de instalaciones en edificios ya construidos en los que no hay posibilidad de centralizarlos, se procurará alojarlos en el interior de un armario, que debe tener las dimensiones suficientes para alojar la llave de contador, el contador y el regulador de abonado o la válvula de seguridad por defecto de presión, según el
3.3-18
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
caso, permitiendo efectuar con normalidad su lectura y los trabajos de mantenimiento, conservación o sustitución de los mismos. Los citados armarios deberán disponer de una abertura para ventilación de 5 cm2 en su parte inferior y superior, respectivamente, que den preferentemente al exterior o a un patio de ventilación, o en su defecto que den a un local convenientemente ventilado, es decir, que tenga comunicación directa con el exterior, preferentemente, o bien indirectamente a través de un local contiguo que sí la tenga. Si el contador no se aloja en el interior de un armario, se instalará preferentemente en galerías o terrazas que tengan la consideración de espacio exterior, en zonas donde quede asegurada su protección mecánica y contra la lluvia. Los citados armarios o el contador, según el caso, se instalarán a una altura tal que la métrica del contador no supere los 2,20 m. La instalación de los contadores, que en estos casos serán de paredes deformables tipo G-4, y ocasionalmente tipo G-6, debe realizarse siempre mediante el soporte de contador adecuado que se indica en la ficha 5.6, que debe emplearse en todos los casos.
Altura métrica contador ≤ 2,20 m
Instalación de contador en vivienda sin armario, preferentemente en galerías consideradas zona exterior.
3 Diseño y construcción
Instalación centralizada de contadores
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Centralización de contadores en armario (la puerta de acceso ha de abrir hacia afuera y disponer de cerradura normalizada por la Empresa Suministradora).
Los contadores podrán centralizarse en local técnico o armario, de forma total o parcial, o bien podrá utilizarse como otra solución la centralización parcial por conducto técnico en rellano.
Centralización en local técnico o armario La diferencia entre un local técnico y un armario para la centralización de contadores, es que el local técnico es un local perteneciente a la edificación destinado exclusivamente a contener contadores de gas y sus elementos y accesorios asociados, mientras que el armario es un recinto con puertas que, sin poder entrar las personas en él, las operaciones de lectura, mantenimiento, conservación y sustitución de los elementos que lo componen se realiza desde el exterior. Tanto los locales técnicos como los armarios de centralización de contadores deben tener las dimensiones suficientes para alojar la llave de contador, el contador y el regulador de abonado o la válvula de seguridad por defecto de presión, según el caso, de cada uno de los usuarios, y permitir efectuar con normalidad su lectura y los trabajos de mantenimiento, conservación o sustitución de los mismos.
Altura métrica contadores ≤ 2,20 m
S
Superficies de ventilación S (cm2) ≥ A (m2) x 10 mín 200 cm2 (A= Superficie en planta del armario en m2)
Centralización de contadores en local técnico (la puerta de acceso ha de abrir hacia afuera y disponer de cerradura normalizada por la Empresa Suministradora).
En el diseño de un local técnico se deberá tener en cuenta que tanto las dimensiones del local como las de la puerta de acceso sean suficientes para que una persona pueda entrar y salir con normalidad. Los contadores que se instalen centralizados en local técnico o en armario serán de paredes deformables tipo G-4, y ocasionalmente tipo G-6. La centralización de contadores, total o parcial, según el caso, en local técnico o armario, puede realizarse mediante módulos prefabricados construidos de acuerdo con la norma UNE 60.490, instalando el número de módulos precisos para completar la centralización. Junto a cada llave de contador deberá fijarse una placa metálica o de plástico rígido que lleve grabada de forma indeleble la indicación del piso y puerta de la vivienda a la cual suministra.
Altura métrica contadores ≤ 2,20 m
S
Superficies de ventilación S (cm2) ≥ A (m2) x 10 mín 200 cm2 (A= Superficie en planta del local en m2)
3.3-19
3 Diseño y construcción
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Longitud del conducto (m)
Factor de corrección de la superficie libre de paso
3 ≤ L ≤ 10
1,5
10
2
26 < L ≤ 50
2,5
Estas aberturas para la ventilación situadas en la parte inferior y superior, respectivamente, del recinto de centralización de contadores, deberán tener una superficie libre mínima cada una, medida en cm2, igual a 10 veces la superficie en planta del recinto, medida en m2, con un mínimo de 200 cm2.
A continuación se muestra un ejemplo práctico de instalación centralizada de contadores en local técnico y en armario para contadores G-4.
470
S (cm2) ≥ 10 x A (m2), mín. 200 cm2
470
Para realizar la adecuada ventilación de un local técnico o de un armario de centralización de contadores, éste deberá disponer de una abertura situada en su parte inferior, comunicando directamente con el exterior o indirectamente a través de espacio permanentemente ventilado, como puede ser un vestíbulo de entrada, y otra situada en su parte superior, comunicando directamente con el exterior o con un patio de ventilación, debiendo estar adecuadamente protegidas para evitar la entrada de cuerpos extraños.
donde:
80
Cuando las entradas y salidas de aire sean rectangulares, su lado menor (a) y su lado mayor (b) deben guardar la siguiente proporción:
≥ 60
100
3.3-20
≥ 1000
≥ 310
1 < b/a < 1,5
Además, si la comunicación con el exterior o patio de ventilación se realiza a través de conductos, la superficie libre de la entrada y salida de aire deberá multiplicarse por un factor de corrección que depende de la longitud del conducto, tal como se indica en la tabla siguiente:
≥ 310
Cuando estas superficies libres de ventilación sean superiores a 200 cm2, podrán subdividirse, pero siempre en superficies de como mínimo 200 cm2.
570
A = Superficie en planta del recinto, local técnico o armario, en m2
470
S = Superficie libre de entrada o salida de aire para ventilación en cm2
320
320
360
3 Diseño y construcción
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Para gases menos densos que el aire (por ejemplo el gas natural), se admitirá instalar los contadores en un primer sótano, pero aumentando la superficie libre mínima de ventilación al menos en un 10 %, tal como se indica en la ficha 3.2, y comunicando las aberturas de ventilación directamente con el exterior. Además, la puerta de acceso al recinto deberá ser estanca respecto del mismo, es decir, no habrá de tener aberturas y deberá ajustarse en todo su perímetro al marco mediante una junta de estanquidad.
Patio ventilado
Tanto si la centralización de contadores se realiza en local técnico como si se realiza en armario, la puerta de acceso al recinto deberá abrirse hacia afuera y estar provista de cerradura con llave normalizada por la Empresa Suministradora. En los casos en que se trate de un local técnico, la puerta deberá poder abrirse desde el interior sin necesidad de llave. La instalación eléctrica para la iluminación del recinto, caso de que sea necesaria, deberá tener los conductores instalados en conductos de acero, las cajas e iluminaciones ser estancas y el interruptor estar situado en el exterior del recinto, es decir, debe ajustarse a lo dispuesto en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, instrucción MI-BT 026, para las condiciones Clase I, Zona 2. En un lugar visible del interior del recinto, tanto si se trata de local técnico como si se trata de armario, deberá situarse un letrero informativo que contenga, como mínimo, las siguientes instrucciones:
«Prohibido fumar o encender fuegos» «Asegúrese que la llave de maniobra es la que corresponde» «No abrir una llave sin asegurarse que las del resto de la instalación correspondiente están cerradas» Sótano 1
«En el caso de cerrar una llave equivocadamente, no la vuelva a abrir sin comprobar que el resto de las llaves de la instalación correspondiente están cerradas» Ventilaciones directas al exterior o patio de ventilación con superficie libre mínima aumentada un 10% cuando menos
Centralización de contadores
Puerta de acceso estanca
Además, en el exterior de la puerta del recinto deberá situarse un letrero informativo, grabado de forma indeleble, que contenga, como mínimo, las siguientes instrucciones: «Gas»
Instalación de los contadores centralizados en un primer sótano ( sólo para gases menos densos que el aire)
«Prohibido fumar en el local o entrar con una llama»
3.3-21
3 Diseño y construcción
Centralización en conducto técnico Cuando por razones constructivas del edificio no pudieran centralizarse los contadores, total o parcialmente, en local técnico o armario, podrá utilizarse como otra solución la centralización de forma parcial en conducto técnico construido en zona comunitaria y accesible desde el rellano de la escalera. Los conductos técnicos deberán ser verticales y construidos de forma que presenten un trazado lo más rectilíneo posible en toda su trayectoria a través del edificio. Para la ventilación de los conductos técnicos deberá existir una entrada de aire en su parte inferior con una superficie libre mínima de 100 cm2, comunicada con el exterior directamente o bien indirectamente a través del vestíbulo de entrada y debidamente protegida para evitar el paso de cuerpos extraños, y una salida de aire en su parte superior con una superficie libre mínima de 150 cm2, comunicada directamente con el exterior y debidamente protegida para evitar la entrada de agua de lluvia y cuerpos extraños. Al atravesar el forjado de cada planta deberá preverse una superficie libre mínima de 100 cm2 para asegurar el tiro de aire para la ventilación del mencionado conducto técnico. Cuando dicha superficie libre sea superior a 400 cm2, deberá estar protegida por una reja desmontable capaz de soportar, como mínimo, el peso de una persona. La puerta de acceso a los contadores en cada planta de la escalera deberá abrirse hacia afuera y disponer de cerradura con llave normalizada por la Empresa Suministradora, siendo además estanca respecto del rellano de la escalera, es decir, no ha de contener aberturas y ha de ajustarse en todo su perímetro al marco mediante una junta de estanquidad. Los contadores que se instalen centralizados en conducto técnico serán de paredes deformables tipo G-4, y ocasionalmente tipo G-6. La centralización parcial de contadores en conducto técnico puede realizarse mediante módulos prefabricados construidos de acuerdo con la norma UNE 60.490, instalando el número de módulos precisos para completar la centralización.
3.3-22
3.3 Construcción de instalaciones receptoras
Junto a cada llave de contador deberá fijarse una placa metálica o de plástico rígido que lleve grabada de forma indeleble la indicación del piso y puerta de la vivienda a la cual suministra.
Ventilación superior: S ≥ 150 cm2 Azotea
Ventilación de paso a través del forjado: S ≥ 100 cm2 (Si S ≥ 400 cm2 debe estar protegido por una reja desmontable que soporte, al menos, el peso de una persona)
Primer piso
Planta baja Entrada de aire exterior Ventilación inferior: S ≥ 100 cm2
Instalación de la centralización de contadores en conducto técnico (Para casos en que no pueda centralizarse en local técnico o armario)
4
Cálculo de instalaciones receptoras
4.1. Datos básicos para el cálculo de instalaciones receptoras
4.2. Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4.3. Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Características del gas distribuido Para proceder al diseño de una instalación receptora de gas deberán conocerse previamente las características del gas distribuido, que deberán ser facilitadas en todos los casos por la Empresa Suministradora. Las características que deberá facilitar la Empresa Suministradora serán las siguientes: Familia y denominación del gas
4.1 Datos básicos para el cálculo de instalaciones
Tipo de instalación Para el cálculo de una instalación receptora deberá tenerse en cuenta el tipo de edificación en la que se va a realizar, pues en función de la tipología de la misma, varía la instalación. Las instalaciones receptoras de gas pueden alimentar a los siguientes tipos de edificaciones:
Edificios de nueva construcción Edificios ya construidos
Poder calorífico superior los cuales, a su vez, se clasifican en: Densidad relativa del gas suministrado Indice de Wobbe
Fincas unifamiliares
Grado de humedad
Fincas plurifamiliares
Presión de garantía a la salida de la llave de acometida
Locales destinados a usos colectivos o comerciales
Diámetro nominal de la llave de acometida y características del tubo de salida si ésta se ubica enterrada Los datos que facilite la Empresa Suministradora serán datos válidos para el cálculo de la instalación, pero no podrán utilizarse fuera de este contexto. Si la instalación receptora se realiza en una zona en la que actualmente no existe gas natural, pero para la cual la Empresa Suministradora indica que existe la previsión de efectuar un futuro cambio de gas, ello deberá tenerse en cuenta a la hora de diseñarla. Es fundamental conocer la presión de garantía en la llave de acometida, pues de ello depende la necesidad de prever escalado de presiones o no (MPB, MPA o BP).
Grado de gasificación El grado de gasificación de las viviendas y de los locales destinados a usos colectivos o comerciales es la previsión de potencia simultánea máxima individual con que se quiere dotar a las mismas. Dicho grado de gasificación de las viviendas será el que, de acuerdo con las previsiones de uso, determine el responsable del proyecto y dirección de obra, así como en su caso la petición expresa del usuario.
4.1-1
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Se establecen los siguientes grados de gasificación:
4.1 Datos básicos para el cálculo de instalaciones
nominal de un aparato a gas se calculará según la siguiente expresión:
Grado 1 Se prevé una potencia simultánea máxima individual de 30 kW (25,8 te/h) Grado 2 Se prevé una potencia simultánea máxima individual que está comprendida entre 30 y 70 kW (25,8 y 60,2 te/h). Grado 3 Se prevé una potencia simultánea máxima individual superior a 70 kW (60,2 te/h). En instalaciones para locales destinados a usos colectivos o comerciales en los que se instalen aparatos a gas de elevada potencia o un número elevado de ellos, la previsión de potencia simultánea máxima se determinará en cada caso concreto con la justificación del cálculo.
Determinación del caudal nominal de un aparato a gas El caudal nominal de un aparato a gas depende de su gasto calorífico por el aparato y del poder calorífico superior del gas distribuido. El gasto calorífico de un aparato a gas es la potencia que consume en su funcionamiento normal, que no debe confundirse con la potencia útil o nominal, que es la que entrega el aparato. El gasto calorífico de un aparato a gas puede venir expresado en base al poder calorífico superior del gas (PCS) o en base al poder calorífico inferior del gas (PCI). Para calcular el caudal nominal de un aparato a gas será suficiente dividir el gasto calorífico, generalmente indicado en su placa de características, expresado en base al PCS o en base al PCI, por el poder calorífico del gas suministrado, superior o inferior en función de como se exprese el gasto calorífico. Normalmente el gasto calorífico que se indica en la placa de características de un aparato a gas viene referido al PCS, por lo que el caudal
4.1-2
Qn =
GC PCS
donde: Qn = Caudal nominal del aparato a gas expresado en m3(s)/h GC = Gasto calorífico del aparato a gas referido al PCS expresado en kW PCS = Poder calorífico superior del gas expresado en kWh/m3(s) Para los aparatos de uso doméstico de los cuales se desconozcan sus características, puede considerarse, de forma orientativa, el gasto calorífico de los mismos referido al PCS que se indica en la tabla adjunta, y para un gas natural con un PCS de 11 kWh/m3(s) (9.500 kcal/m3(s)) sus caudales nominales serán los que se indican en esta misma tabla:
Tipo de aparato
Gasto calorífico kW(kcal/h)
Caudal nominal (m3(s)/h)
11,6 (10.000)
1,1
5,8 (5.000)
0,5
Calentador de 5 l/min
11,6 (10.000)
1,1
Calentador de 10 l/min
23,2 (20.000)
2,1
Caldera mixta (10 l/min) 23,2 (20.000)
2,1
Caldera mixta (13 l/min) 30,9 (26.600)
2,8
Caldera de calefacción pequeña mediana grande
14,0 (12.000) 18,6 (16.000) 23,2 (20.000)
1,3 1,7 2,1
Radiador mural
4,7 (4.000)
0,4
Secadora
4,7 (4.000)
0,4
Cocina-horno Encimera
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.1 Datos básicos para el cálculo de instalaciones
Caudal máximo de simultaneidad de instalaciones individuales
Caudal máximo de simultaneidad de acometidas interiores e instalaciones comunes
Cuando en una instalación individual doméstica estén instalados más de dos aparatos a gas, es poco probable que todos ellos estén funcionando a su potencia nominal de forma simultánea.
La determinación del caudal máximo de simultaneidad de las acometidas interiores o de las instalaciones comunes se efectuará sumando los caudales máximos de simultaneidad de cada una de las viviendas existentes en el edificio susceptibles de alimentarse de la misma acometida interior o de la misma instalación común, asignando como mínimo el caudal de simultaneidad correspondiente al Grado 1 de gasificación a aquellas viviendas que no esté previsto que se conecten a la instalación común por no existir instalación individual, y multiplicando el resultado por un coeficiente de simultaneidad que es función del número de viviendas y del tipo de aparatos instalados, tal como se muestra a continuación:
Por ello, a la hora de diseñar las instalaciones individuales, la acometida interior y la o las instalaciones comunes, se han de tener en cuenta los caudales máximos de simultaneidad de las instalaciones individuales domésticas, que se calcularán mediante la siguiente fórmula: Qsi=A+B+ C+D+......+N 2 donde : Qsi = Caudal máximo de simultaneidad en m3(s)/h
Qsc=∑Qsi x Sn donde: Qsc = Caudal máximo de simultaneidad de la acometida interior o de la instalación común en m3(s)/h Qsi = Caudal máximo de simultaneidad de cada vivienda o local en m3(s)/h Sn = Factor de simultaneidad, función del número de viviendas que alimenta la instalación común y de que estén instaladas o no calderas de calefacción.
A y B = Caudales de los dos aparatos de mayor consumo en m3(s)/h C, D, ..., N = Caudales del resto de aparatos en m3(s)/h Si el caudal máximo de simultaneidad de una instalación individual es inferior al correspondiente al Grado 1 de gasificación, es decir, que la potencia simultánea máxima individual sea inferior a 30 kW (25.800 kcal/h), deberá tomarse como mínimo este caudal, expresado en m3(s)/h, como valor del caudal máximo de simultaneidad de la instalación individual. Para instalaciones individuales en locales destinados a usos colectivos o comerciales, al igual que en el grado 3 de gasificación, se deberá determinar en cada caso concreto el caudal máximo de simultaneidad, en función de los aparatos a gas instalados o previstos y de la previsión de uso de los mismos, recomendándose que se tienda, en caso de duda, a la suma de caudales nominales de los aparatos a gas instalados o previstos.
De la tabla siguiente, se escogerá el factor de simultaneidad S1 cuando no existan calderas de calefacción instaladas, y el factor S2 cuando sí que existan: nº viv.
S1
S2
1
1,00
1,00
2
0,50
0,70
3
0,40
4
0,40
5 6 7
nº viv.
S1
S2
8
0,30
0,45
9
0,25
0,45
0,60
10
0,25
0,45
0,55
15
0,20
0,40
0,40
0,50
25
0,20
0,40
0,30
0,50
40
0,15
0,40
0,30
0,50
50
0,15
0,35
En zonas climáticas frías, se recomienda utilizar siempre el factor S2 , a no ser que la caldera de calefacción sea colectiva.
4.1-3
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.1 Datos básicos para el cálculo de instalaciones
Potencia nominal de utilización simultánea
Longitud equivalente de la instalación
La determinación de la potencia nominal de utilización simultánea de una acometida interior, de una instalación común, o de una instalación individual, se realiza multiplicando el caudal máximo de simultaneidad de la acometida interior, de la instalación común o de la instalación individual, según el caso, en m3(s)/h, por el poder calorífico superior del gas .
Al circular un gas por una conducción se produce una disminución de su presión, llamada pérdida de carga, que es debida en primer lugar por el roce del gas con las paredes de la canalización y en segundo lugar por el roce en los diversos accesorios de la misma, como son codos, válvulas, derivaciones, etc.
Por ejemplo, la potencia nominal de utilización simultánea de una acometida interior o de una instalación común sería: Pnsc = Qsc x PCS donde: Pnsc = Potencia nominal de utilización simultánea de la acometida interior o de la instalación común, según el caso, expresada en kW (kcal/h). Qsc = Caudal máximo de simultaneidad de la acometida interior o de la instalación común, según el caso, expresado en m3(s)/h. PCS = Poder calorífico superior del gas distribuido, expresado en kWh/m3(s), (kcal/m3(s)) y la potencia nominal de utilización simultánea de una instalación individual sería: Pnsi = Qsi x PCS donde: Pnsi = Potencia nominal de utilización simultánea de la instalación individual, expresado en kW (kcal/h) Qsi = Caudal máximo de simultaneidad de la instalación individual, expresado en m3(s)/h. La potencia nominal de utilización simultánea es un dato que se solicita en los certificados de instalación de gas, tal como se indica en el módulo 8.
4.1-4
Para compensar este segundo efecto de pérdida de carga y simplificar los cálculos, se toma como longitud del tramo de la instalación la longitud real (LR) incrementada en un 20 %, denominándose longitud equivalente (LE).
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Método de cálculo de la pérdida de carga Para calcular la pérdida de carga en un tramo de instalación se utiliza la fórmula de Renouard lineal para baja presión y media presión A hasta 100 mbar, y la fórmula de Renouard cuadrática para media presión A superior a 100 mbar, media presión B y alta presión (esta última no es objeto de este manual). Las fórmulas de Renouard lineal y cuadrática, con sus condicionantes, son las siguientes:
4.1 Datos básicos para el cálculo de instalaciones
Para calcular la velocidad máxima del gas dentro de un tramo de la conducción se aplicará la siguiente fórmula:
V = 354 x Q x P-1 x D-2
donde: V es la velocidad del gas en m/s Q es el caudal en m3(s)/h P es la presión absoluta al final del tramo en bar D es el diámetro interior de la conducción en mm.
Fórmula de Renouard lineal (P < 100 mbar) ∆P = 23.200 x dr x LE x Q1,82 x D-4,82 donde: ∆P es la diferencia de presión entre el inicio y el final de un tramo de instalación en mbar dr es la densidad relativa del gas LE es la longitud equivalente del tramo en m Q es el caudal en m3(s)/h D es el diámetro interior de la conducción en mm Fórmula Renouard cuadrática (P > 100 mbar)
P12 - P22 = 48,6 x dr x LE x Q1,82 x D-4,82 donde: P1 y P2 son las presiones absolutas (la efectiva o relativa más la atmosférica) al inicio y al final de un tramo de instalación en bar dr es la densidad relativa del gas LE es la longitud equivalente del tramo en m Q es el caudal en m3(s)/h D es el diámetro interior de la conducción en mm Se ha de tener en cuenta además que ambas fórmulas son válidas siempre que: La velocidad del gas dentro de la conducción no supere los 20 m/s.
Pérdida de carga admitida La pérdida de carga en una instalación receptora es la máxima disminución de presión que puede producir la circulación del gas que alimenta a los aparatos instalados, y su valor deberá distribuirse entre los diferentes tramos de la instalación.
La pérdida de carga admitida en una instalación, variará en función de la presión de garantía de que se disponga en la salida de la llave de acometida, ya que en la llave de conexión de aparato siempre debe disponerse de una presión mínima requerida para el correcto funcionamiento de los aparatos a gas.
En la ficha 4.2 del presente módulo de cálculo de instalaciones receptoras, se muestran los criterios de pérdida de carga admitida y reparto de la pérdida de carga por tramos, así como los diámetros mínimos a utilizar en los tramos de las instalaciones, en función de la tipología de las mismas según se describieron en el módulo 2 del presente manual.
4.1-5
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
Contenido En la presente ficha se exponen los criterios relativos a pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos, que se han de tener en cuenta en el cálculo de instalaciones receptoras de gas natural, tanto comunes como individuales. A continuación, se muestran dichos criterios en función de la instalación de que se trate, clasificados de la siguiente manera: Según el tipo de edificio al que alimenten: Fincas unifamiliares Fincas plurifamiliares Locales destinados a usos colectivos o comerciales Según la presión de la red de distribución a la que estén conectadas: A redes en media presión B A redes en media presión A A redes en baja presión
4.2-1
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Esquema del tramo en media presión B Diseño tipo para armario de regulación situado en fachada, prevestíbulo o azotea con llave de acometida en vía pública Armario de regulación
B
Llave de acometida en vía pública
ø min A-B = 16 mm Llave de edificio
A
P min A 1 bar
Acometida interior
V max. AB = 20 m/sg
Instalación común (plurifamiliares) Instalación individual (colectivos o comerciales)
Red Distribución MPB
4.2-2
Tramos en MPB
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares aisladas o adosadas conectadas a redes en media presión B
Límite de propiedad
Límite de edificio
C
B
A Llaves de conexión de aparato
C
Armario de regulación A-6 o A-10 unifamiliar (incluyen contador) Tramos en MPB
Presión de regulación 22 mbar
Tramos en BP
Armarios de regulación A-6 Punto/Tramo P. mín. (mbar)
A
A-B
19,3
B
B-C
16,8
Armarios de regulación A-10 unifamiliar C
16,3
Punto/Tramo P. mín. (mbar)
A
A-B
19,3
B
B-C
16,8
C
16,3
∆P máx. (mbar)
2,5
0,5
∆P máx. (mbar)
2,5
0,5
Ø mín. (mm)
16
10
Ø mín. (mm)
20
10
4.2-3
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas bifamiliares o en viviendas unifamiliares adosadas (comparten armario de regulación) conectadas a redes en media presión B
Límite de propiedad
Límite de vivienda
C B
C
Llaves de conexión de aparato
A
Tramos en MPB Tramos en BP Armario de regulación A-10 bifamiliar (incluye contadores) Presión de regulación 22 mbar
Punto/Tramo P. mín. (mbar)
A
A-B
19,3
B
B-C
16,8
16,3
∆P máx. (mbar)
2,5
0,5
Ø mín. (mm)
16
10
4.2-4
C
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados conectadas a redes en media presión B
Límite de vivienda
F
E
de F Llaves conexión
Llave de vivienda
de aparato
Llave de abonado
B
C
D Q
Armario de regulación A-25 ó A-50
Q
A
Presión de regulación 55 mbar
Q
Tramos en MPB Tramos en MPA Tramos en BP
A
A-B
B
Punto/ Tramo P.mín. (mbar)
50,4
∆P máx. (mbar) Ø mín. (mm)
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Instalación común
25,4
25,0
13
B-C C Reg. abon.
22(*)
C-D Contador
20,5
D
D-E
19,3
1,2
E
E-F
16,8
F
16,3
2,5
0,5
16
10
( )
* Presión de regulación.
4.2-5
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda conectadas a redes en media presión B Sólo en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores
Límite de vivienda Llave de abonado
C
D
F
E Q
F Llaves de
B
conexión de aparato
Q
Armario de regulación A-25 ó A-50
A Q
Presión de regulación 55 mbar
Tramos en MPB Tramos en MPA Tramos en BP
A
A-B
B
B-C
C
C-D Reg. abon.
D
25
22(*)
20,5
Punto/ Tramo P.mín. (mbar)
50,4
∆P máx. (mbar) Ø mín. (mm) ( )
* Presión de regulación.
4.2-6
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Instalación común
25,4 25,0
0,4
13
13
D-E Contador
E
E-F
19,3 1,2
F
16,3 3,0 10
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales
Límite de local privado
D
C
B
A
Llave de local privado
Llaves de conexión de aparato
D
Armario de regulación A-6, A-10 unifamiliar, A-25, A-50 ó A-100
Tramos en MPB
Presión de regulación 22 mbar
A
Tramos en BP
A-B
B
Punto/Tramo P. mín (mbar) ∆P máx. (mbar) Ømín. (mm)
20,5
B-C Contador
20
C
C-D
18,2
D
16,3
Contador G-16 ÷ G-40
0,5 —
1,8
1,9(*) —
( )
* Este valor puede aumentarse hasta 2,5 mbar si corresponde colocar un contador de capacidad igual o inferior a G-6.
4.2-7
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares, polivalentes para GLP y gas natural conectadas a redes en media presión B Exclusivamente para aquellas instalaciones que inicialmente, y de forma transitoria, se suministran con GLP
Regulador de abonado Llave de vivienda
D Q
D C
B Armario de regulación y centralización de contadores
D Llaves de conexión de aparato
Llave de abonado Contador
A
Q
Conjunto de regulación A-25 Q
Presión de regulación 150 mbar
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Instalación común
Tramos en MPB
NOTA: Este tipo de esquema de instalaciones se aplicará en zonas donde se suministre inicialmente GLP
Tramos en MPA Tramos en BP
A
A-B
B
B-C Reg. Abon.
C
50
22(*)
20,5
Punto/Tramo P. mín (mbar)
130
∆P máx. (mbar) Ømín. (mm) (*)
Presión de regulación con gas natural
4.2-8
C-D
D
16,3
80
4,2
10
10
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares aisladas o adosadas conectadas a redes en media presión A
D B
Límite de propiedad
C
Límite de edificio o vivienda
F
E
Q
D Llave de vivienda
Llaves de conexión de aparato
F A Llave de acometida Tramos en MPA Tramos en BP
Red Distribución MPA
A
A-B
B
B-C Reg. abon.
C
25
22(*)
20,5
Punto/ Tramo P.mín. (mbar)
50
∆P máx. (mbar)
25
Ø mín. (mm)
13
C-D Contador
D
D-E
19,3 1,2
E
E-F
16,8
F
16,3
2,5
0,5
16
10
* Presión de regulación.
( )
4.2-9
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados conectadas a redes en media presión A
Límite de vivienda
F
E Llave de vivienda
Llave de abonado
C
B
F Llaves de
conexión de aparato
D
Tramos en MPA Q
Tramos en BP
Q
Q
Red Distribución MPA Llave de acometida
A
Acometida interior
A
A-B
B
B-C Reg. abon.
C
25
22(*)
20,5
Punto/ Tramo P.mín. (mbar)
50
∆P máx. (mbar)
25
Ø mín. (mm)
13
* Presión de regulación.
( )
4.2-10
Instalación común
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
C-D Contador
D
D-E
19,3
1,2
E
E-F
16,8
F
16,3
2,5
0,5
16
10
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda conectadas a redes en media presión A Sólo en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores
Llave de abonado
Límite de vivienda
B
C
E
D Q
E Llaves de
conexión de aparato
Tramos en MPA Tramos en BP
Q
Red Distribución MPA Llave de acometida
Q
A
A
A-B
B
B-C Reg. abon.
C
25
22(*)
20,5
Punto/Tramo P.mín. (mbar)
50
∆P máx. (mbar)
25
Ø mín. (mm)
13
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Instalación común
Acometida interior
C-D Contador
D
D-E
19,3
1,2
E
16,3
3,0
10
* Presión de regulación
( )
4.2-11
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
Instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales conectadas a redes en media presión A Límite de local privado
B
D
C
E
Llave de local privado
Llaves de conexión de aparato
E A
Llave de acometida
Tramos en MPA Tramos en BP
Red Distribución MPA
A
A-B
B
B-C Reg. abon.
C
25
22(1)
20,5
Punto/Tramo
P.mín. (mbar)
50
25
Ø mín. (mm)
—
(2)
D
D-E
18,7
E
16,3
Contador G-16 ÷ G40
∆P máx. (mbar)
(1)
C-D Contador y V.S. mín
1,8
1,4(2)
—
Presión de regulación. Este valor puede aumentarse hasta 2,0 mbar si corresponde colocar un contador de capacidad igual o inferior a G-6.
4.2-12
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares aisladas o adosadas conectadas a redes en baja presión
E B
Límite de propiedad
C
D
Q
Llave de vivienda
Llaves de conexión de aparato
E A Tramos en BP
Llave de acometida
Red Distribución BP
NOTA: Consultar con la Empresa Suministradora la necesidad de instalar la válvula de seguridad por defecto de presión
A
A-B
B
Punto/Tramo
P.mín. (mbar)
18,9
B-C Contador y V.S. mín
18,4
∆P máx. (mbar)
0,5
Ø mín. (mm)
20
C
C-D
17,2
1,2
D
D-E
16,7
E
16,2
0,5
0,5
16
10
4.2-13
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados conectadas a redes en baja presión Llave de abonado
Límite de vivenda
D
Llave de vivienda
B
E E Llaves de
conexión de aparato
C Q
Tramos en BP Q
Q
Red distribución BP Llave de acometida
A
Acometida interior
Instalación común
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
NOTA: Consultar con la Empresa Suministradora la necesidad de instalar la válvula de seguridad por defecto de presión
A
A-B
B
Punto/Tramo
P.mín. (mbar)
18,9
18,4
∆P máx. (mbar)
0,5
Ø mín. (mm)
20
4.2-14
B-C Contador y V.S. mín
C
C-D
17,2
1,2
D
D-E
16,7
E
16,2
0,5
0,5
16
10
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda conectadas a redes en baja presión
Llave de abonado
Límite de vivienda
C
B
Sólo en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores
Q
D D Llaves
de conexión de aparato
Q
Red Distribución BP Llave de acometida
Q
A
Acometida interior
NOTA: Consultar con la Empresa Suministradora la necesidad de instalar la válvula de seguridad por defecto de presión
Tramos en BP
A
A-B
B
Punto/Tramo
P.mín. (mbar)
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Instalación común
18,9
B-C Contador y V.S. mín
17,9
∆P máx. (mbar)
1,0
Ø mín. (mm)
20
C
C-D
16,7
1,2
D
16,2
0,5
10
4.2-15
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.2 Pérdidas de carga admisibles y diámetros mínimos
Instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales conectadas a redes en baja presión Límite de local privado
B
D
C
Llave de local privado
Llaves de conexión de aparato
D
A
Llave de acometida
Tramos en BP
Red Distribución BP
NOTA: Consultar con la Empresa Suministradora la necesidad de instalar la válvula de seguridad por defecto de presión
A
A-B
B
Punto/Tramo P. mín. (mbar) ∆P máx. (mbar) Ømín. (mm) ( )
18,9
B-C Contador y V.S. mín
18,4
C
C-D
16,6
16,2
Contador G-16 ÷ G-40
0,5 —
1,8
0,4 (*) —
* Este valor puede aumentarse a 1,0 mbar si corresponde colocar un contador de capacidad igual o inferior a G-6.
4.2-16
D
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Proceso de Cálculo
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
∆Pi=∆PTOTALx
Li L TOTAL
L TOTAL=∑Li
siendo i el número de tramos.
De acuerdo con lo expuesto en las fichas 4.1 y 4.2 del presente módulo 4, referentes a datos básicos para el cálculo de instalaciones, pérdidas de carga admitidas y diámetros mínimos, se seguirán los pasos que se indican a continuación para realizar el dimensionado de una instalación receptora:
9. Iniciar el proceso de cálculo determinando el diámetro teórico mínimo del primer tramo, utilizando para ello la fórmula de Renouard (ver ficha 4.1), en la que LE es la longitud equivalente del tramo estudiado, ∆P la pérdida de carga determinada en el paso 8, Q el caudal máximo de simultaneidad que circulará por el tramo en condiciones de referencia y dr la densidad relativa del gas respecto del aire.
1. Conocer las características del gas que se suministrará a la instalación receptora, así como su presión de distribución. Estos datos deben solicitarse a la Empresa Suministradora.
10. Elegir el diámetro comercial del tubo igual o superior respecto al teórico obtenido mediante el cálculo anterior, teniendo en cuenta los criterios de diámetros mínimos determinados en el paso 8.
2. Realizar el trazado de la instalación receptora según las características de la edificación, determinando la longitud de cada tramo de instalación y seleccionar la arteria principal.
11. Determinar la pérdida de carga real del tramo mediante la fórmula de Renouard, tomando ahora como diámetro el correspondiente al interior del tubo comercial elegido en el paso 10, la longitud equivalente del tramo, el caudal de circulación del mismo y la densidad relativa del gas.
3. Elegir el material con el que se construirá la instalación receptora. Para los tramos de instalación receptora a partir del armario de regulación se podrá utilizar cobre, acero o acero inoxidable. Para los tramos de instalación receptora anteriores al armario de regulación se podrá utilizar acero, cobre o polietileno, recomendándose éste último si se trata de un tramo enterrado o empotrado con vaina. 4. Determinar los caudales nominales de cada aparato instalado o previsto en cada instalación. 5. Determinar el caudal máximo de simultaneidad de cada vivienda del edificio. De ser inferior al correspondiente al Grado 1 de gasificación o alguna vivienda no se conecta a la instalación común, se le asignará como mínimo el caudal de simultaneidad correspondiente a dicho Grado 1 de gasificación (ver 4.1). 6. Determinar el caudal máximo de simultaneidad de la acometida interior, si existe, y de la instalación común, considerando los caudales máximos de simultaneidad de todas las viviendas, estén conectadas a la instalación común o no. 7. Determinar la longitud equivalente de cada tramo de instalación receptora. 8. Conocer la distribución de la pérdida de carga y el diámetro mínimo en cada tramo de la instalación receptora. En aquellos casos en los que se haya asignado una pérdida de carga a una parte de la instalación que contenga más de un tramo, se procederá a determinar la pérdida de carga de cada tramo utilizando el concepto de pérdida de carga por metro lineal según la siguiente expresión:
12. Determinar la nueva pérdida de carga a utilizar en el tramo siguiente (i+1) utilizando para ello la siguiente fórmula:
∆Pi+1=(∆PTOTAL-∑∆Pi(*)) x (*)
LI+1 LTOTAL-∑Li
Debe utilizarse la pérdida de carga real calculada en el punto 11.
13. Repetir el proceso descrito entre los puntos 9 al 12 hasta llegar al tramo final de la arteria principal. 14. Seleccionar una arteria secundaria y adoptar como pérdida de carga máxima admisible la correspondiente al nudo donde enlaza con la arteria principal. 15. Repetir el proceso descrito en los puntos 9 al 12. Una vez se han determinado los diámetros comerciales de todos los tramos de la instalación receptora, se realiza un cuadro resumen del diseño de la instalación receptora por tramos, en los que se incluirá, como mínimo, lo siguiente: Longitud real del tramo. Material de la conducción del tramo. Diámetro comercial del tramo. Pérdida de carga real del tramo. Caudal máximo del tramo. Presión inicial y final del tramo Velocidad del gas en el tramo
4.3-1
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Ejemplos Prácticos
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Es una finca de nueva construcción. Existen 15 viviendas en la finca.
A continuación se desarrollan dos ejemplos prácticos de cálculo de instalaciones receptoras plurifamiliares, ya que son este tipo de instalaciones las más complejas de calcular, al existir tramos a diferentes presiones y estar formadas por una parte común y cada una de las instalaciones individuales. Los ejemplos escogidos para desarrollar el cálculo de instalaciones receptoras son los siguientes: 1. Cálculo de una instalación receptora de gas natural conectada a una red de distribución en media presión B para una finca plurifamiliar con contadores centralizados.
Es una finca de 5 plantas con tres viviendas por planta. Cada vivienda está equipada con cocinahorno, calentador instantáneo de 10 l/min y caldera de calefacción pequeña.
Consultando a la Empresa Suministradora nos indica que:
El gas distribuido es gas natural (2ª familia). El poder calorífico superior del gas es: PCS = 11 kWh/m3(s) ( 9.500 kcal/m3(s) )
2. Cálculo de una instalación receptora de gas natural conectada a una red de distribución en media presión A para una finca plurifamiliar con contadores en vivienda.
La densidad relativa del gas natural es de 0,62.
3. Cálculo de una instalación receptora de gas natural conectada a una red de distribución en baja presión para una finca plurifamiliar con dos montantes con contadores en vivienda.
Es un gas seco.
El primer ejemplo es representativo de una instalación receptora en un edificio de nueva construcción, y el segundo y tercer ejemplos son representativos de instalaciones receptoras en edificios ya construidos sin posibilidad de centralizar los contadores. En estos ejemplos se realizará el cálculo de la arteria principal de la instalación receptora, es decir, de la instalación común y de una instalación individual.
Ejemplo 1 Cálculo de una instalación receptora de gas natural conectada a una red de distribución en media presión B para una finca plurifamiliar con contadores centralizados Debemos realizar el diseño de la instalación receptora de gas en una finca plurifamiliar con las siguientes características:
4.3-2
El índice de Wobbe es de 14 kWh/m3(s) (12.065 kcal/m3(s))
La distribución se realiza en media presión B, por lo que la Empresa Suministradora garantiza 1 bar en la llave de acometida. Debe preverse la instalación de un conjunto de regulación MPB/MPA. En los casos en los que se precisa instalar un armario de regulación y está situado en el límite de la propiedad y su base está situada a una altura comprendida entre 0,50 y 1,50 m del suelo, que es la solución más aconsejable, tanto por economía como por seguridad, la llave de acometida estará ubicada dentro del conjunto de regulación, no en la vía pública, por lo que no existirá instalación receptora en media presión B.
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Trazado de la instalación receptora y longitudes de los tramos Según las características del edificio, el trazado de la instalación receptora, de acuerdo con los criterios de tipología de instalaciones receptoras expuestos en el módulo, 2 es el siguiente:
Caldera de calefacción pequeña
Calentador Llave de vivienda
E
G
H
I
D
Llave de Regulador abonado de abonado Armario de regulación en límite de propiedad
Centralización de contadores en vestíbulo o prevestíbulo
A
Cocina-horno
F
Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada del contador Contador Q
C
Q
B
Presión de Regulación 55 mbar
Q
Tramos en MPB Tramos en MPA Tramos en BP
Hasta 15 instalaciones individuales
(1)
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Instalación común
Tramo A-I: arteria principal
Tramo Longitud Real (m)
A-B
C-D
D-E
E-G
G-I
E-F
G-H
5
variable(2)
2
2
2
4
1
(1) La conexión del conjunto de regulación se realizará siguiendo los criterios establecidos en el módulo 2 del presente manual para el tramo en media presión B, teniendo en cuenta que se instalará en el límite de propiedad.
(2) La longitud del tramo C-D es variable, ya que depende de la planta en que se encuentre cada una de las instalaciones interiores. Supondremos para el cálculo que la longitud del tubo entre plantas de la finca es de 3 m, por lo que al tener 5 plantas, la longitud del tramo C-D en el caso más desfavorable será de 15 m (5º piso) y en el caso más favorable será de 3 m (1er piso).
4.3-3
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Material de las conducciones
Cocina-horno: Qco= 11,6 kW / 11 kWh/m3(s)= 1,1 m3(s)/h
Para el diseño de la instalación receptora propuesta, se escoge tubo de cobre de 1mm de espesor como material de las conducciones para los tramos de instalación receptora a partir del armario de regulación.
Calentador de agua de 10 l/min: Qcl= 23,2 kW / 11 kWh/m3(s)= 2,1 m3(s)/h Caldera calefacción pequeña: Qcf= 14 kW / 11 kWh/m3(s)= 1,3 m3(s)/h
Para el tramo en media presión B anterior al conjunto de regulación se escogerá polietileno como material de la conducción, ya que se ha decidido instalar el conjunto de regulación en el límite de la propiedad.
Determinación del caudal nominal de cada tipo de aparato a gas Para la determinación del caudal nominal de los aparatos a gas, debemos conocer el gasto calorífico de cada uno de ellos y el poder calorífico superior del gas suministrado realizando el cociente entre ambos, tal como se indica en la ficha 4.1. Como se ha dicho anteriormente, los aparatos de que dispone cada instalación individual son cocina-horno, calentador de agua de 10 l/min y caldera de calefacción pequeña, cuyos gastos caloríficos son los siguientes: Cocina-horno: 11,6 kW (10.000 kcal/h) Calentador de agua de 10 l/min: 23,2 kW (20.000kcal/h) Caldera de calefacción pequeña: 14,0 kW (12.000 kcal/h) El valor facilitado por la Empresa Suministradora del poder calorífico superior del gas natural es de 11 kWh/m3(s) ( 9500 kcal/m3(s) ), por lo que aplicando lo expuesto en la ficha 4.1 para el cálculo del caudal nominal de los aparatos, resulta lo siguiente:
4.3-4
Determinación del caudal máximo de simultaneidad de las instalaciones individuales Debido a que la edificación es de nueva construcción, todas las viviendas disponen de los mismos aparatos a gas, por lo que el caudal de simultaneidad será el mismo para todas las instalaciones individuales. El cálculo del caudal de simultaneidad de las instalaciones individuales se realizará de acuerdo con los criterios expuestos en la ficha 4.1: Qsi=A+B+
C+D+...+N 2
donde : Qsi= Caudal máximo de simultaneidad en m3(s)/h A y B = Caudales de los dos aparatos de mayor consumo en m3(s)/h C, D, ..., N = Caudales del resto de aparatos en m3(s)/h Por lo tanto, conociendo los caudales nominales de los aparatos a gas de que disponen las viviendas, el caudal de simultaneidad de cada instalación individual será el siguiente:
Qsi = 2,1 + 1,3 + 1,1/2 m3(s)/h = 3,9 m3(s)/h
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Determinación del caudal máximo de simultaneidad de la instalación común
Determinación de la longitud equivalente de cada tramo de instalación receptora
El cálculo del caudal de simultaneidad de la instalación común se realizará de acuerdo con los criterios expuestos en la ficha 4.1, teniendo en cuenta que todas las viviendas tienen el mismo caudal máximo de simultaneidad:
El cálculo de la longitud equivalente de un tramo de instalación receptora se realizará, tal como se indica en la ficha 4.1, incrementando en un 20 % la longitud real del tramo.
Qsc=nºviv.xQsixSn
A continuación, se muestra la tabla de longitudes reales y longitudes equivalentes de la arteria principal de la instalación receptora objeto del cálculo:
donde: Qsc = Caudal máximo de simultaneidad de la instalación común en m3(s)/h
Tramo
Qsi = Caudal máximo de simultaneidad de cada vivienda o local en m3(s)/h
Longitud Real (m)
5
15(1) 3(2)
Longitud Equival. (m)
6
18(1) 2,4 3,6(2)
Sn = Factor de simultaneidad, función del número de viviendas que alimenta la instalación común y de que estén instaladas o no calderas de calefacción.
(1)
Debido a que se trata de una instalación común que alimenta a viviendas que tienen calefacción, deberemos escoger el factor de simultaneidad S2 de la tabla correspondiente de la ficha 4.1.
(2)
A-B C-D D-E E-F E-G G-H G-I 2
4
2
4,8 2,4
1
2
1,2
2,4
Caso más desfavorable Caso más favorable
El factor de simultaneidad también depende del número de instalaciones a las que alimente la instalación común. Como existen 15 viviendas en la finca, el factor de simultaneidad S2 es igual a 0,40. El caudal máximo de simultaneidad de la instalación común será:
Qsc = 15 x 3,9 m3(s)/h x 0,40 = 23,5 m3(s)/h
Por lo tanto, se necesitará un conjunto de regulación A-25 (caudal nominal de 25 m3(n)/h).
Distribución de la pérdida de carga y diámetro mínimo en cada tramo de instalación receptora.
Para realizar la distribución de la pérdida de carga en cada tramo de la instalación receptora, así como para asignar el diámetro mínimo de cada tramo, se tendrán en cuenta los criterios dados por la Empresa Suministradora.
4.3-5
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Para el gas natural, se tendrán en cuenta los criterios expuestos en la ficha 4.2 sobre pérdidas de carga admisible y diámetros mínimos en instalaciones receptoras en finca plurifamiliares con contadores centralizados, alimentadas desde redes de media presión B y que, aplicados a la instalación receptora objeto del cálculo, son los indicados en la tabla que se muestra a continuación.
Punto/Tramo
A
P. mín (mbar)
50,4
∆P máx. (mbar) ø mín. (mm)
4.3-6
A-B
B
Reg. abon.
Salida reg. abon.
Cont.
P.reg. 25,4 22 mbar 20,5 25,0 13
Salida cont. C
C-D
19,3 1,2
D
D-F D-I D-H
16,8
F I H 16,3
2,5
0,5
16
10
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Determinación del diámetro de cálculo y del diámetro comercial de cada tramo. Cálculo de la pérdida de carga real en cada tramo. Para la determinación del diámetro de cada tramo de conducción se utilizará la fórmula de Renouard. Utilizando la pérdida de carga máxima admisible se obtendrá el diámetro mínimo del mismo.
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
la única incógnita: D = [(23.200 x dr x LE x Q1,82)/∆P]1/4,82 Sustituyendo los valores en la fórmula, resulta un diámetro teórico de 17,8 mm.
Como la presión efectiva a partir del conjunto de regulación es inferior a 100 mbar, se utilizará la fórmula de Renouard lineal:
Una vez se ha calculado el diámetro teórico mínimo necesario, se ha de determinar el diámetro comercial por exceso, de acuerdo con lo expuesto en el módulo 5 referente a prescripciones de materiales, y se calculará la pérdida de carga real en el tramo con este diámetro aplicando la fórmula de Renouard,
∆P = 23.200 x dr x LE x Q1,82 x D-4,82
∆Preal = 23.200 x dr x LE x Q1,82 x Dcom.-4,82
Se tendrá en cuenta para todos los tramos que la densidad relativa del gas suministrado, tal como se ha indicado anteriormente, es 0,62.
teniendo en cuenta además que deberá cumplirse: V < 20 m/s
Tramo A-B El tramo A-B es el tramo comprendido entre la salida del conjunto de regulación y la entrada de la batería de contadores, y corresponde a la instalación común de la instalación receptora. Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Longitud real: 5 m Longitud equivalente: 6 m Presión en inicio tramo: 50,4 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 25 mbar(*) Caudal: 23,5 m3(s)/h (caudal de simultaneidad de la instalación común)
(*)
Tal como se indica en la tabla resumen de pérdidas de carga admisibles para el tramo A-B.
Se trata de calcular el diámetro teórico mínimo que produciría la pérdida de carga máxima admisible, y para ello se utilizará la fórmula de Renouard lineal despejando el diámetro, que es
Como la instalación receptora se realiza en cobre, el primer diámetro comercial por exceso superior a 17,8 mm es el de 20 mm (Cu 20x22), la pérdida de carga real resultante es de 14,42 mbar. Como la presión mínima admisible en el punto de inicio del tramo (A) es de 50,4 mbar, la presión en el punto final del tramo (B) será la diferencia entre la presión inicial y la pérdida de carga real, es decir, 36,0 mbar. Para el cálculo de la velocidad del gas en el tramo se necesita conocer la presión absoluta del gas al final del tramo en bar, que será la suma de la presión efectiva, expresada en bar, más la de referencia (1,01325 bar), lo que resulta:
Pabs. = 36,0/1000 +1,01325 = 1,04925 bar
La velocidad del gas será la siguiente:
V = 354 x Q x Pabs.-1 x D-2 = 19,8 m/s < 20 m/s
4.3-7
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Aunque 19,8 es inferior a 20 m/s es un valor muy próximo. Para que la velocidad no sea tan elevada, escogeremos el siguiente diámetro comercial: 26mm (Cu 26x 28).
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Regulador de abonado El regulador de abonado ha de estar situado a la entrada del contador y la presión mínima que se garantiza en la salida del mismo es de 20,5 mbar.
Por lo tanto se ha de recalcular el tramo, y las características del tramo A-B son las siguientes:
Contador Tramo A-B Longitud real del tramo: 5 m Longitud equivalente del tramo: 6 m Caudal: 23,5 m3(s)/h (caudal de simultaneidad de la instalación común) Pérdida de carga máxima admisible: 25 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 17,8 mm Diámetro comercial del tramo: 26 mm (Cu 26x28) Presión en el inicio del tramo: 50,4 mbar Pérdida de carga real: 4,07 mbar Presión final tramo: 46,3 mbar Velocidad del gas: 11,6 m/s
Aunque no se calcularán los tramos de conducción correspondientes a la batería de contadores, sí que se indicarán las características necesarias para el diseño de la instalación que aportan el regulador de abonado y el contador.
4.3-8
El contador tiene una pérdida de carga máxima admisible de 1,2 mbar. Al disponer de una presión mínima a la salida del regulador de abonado de 20,5 mbar, y teniendo una pérdida de carga de 1,2 mbar, la presión mínima de que se dispondrá a la salida del contador, es decir, en el punto C, será de 19,3 mbar. A partir de la salida del contador, en este caso el punto C, puesto que cada instalación individual dispone de más de un tramo,se utilizará como método de reparto de la pérdida de carga el descrito en los puntos 8 a 12 del proceso de cálculo de esta misma ficha 4.3, basado en el concepto de reparto de la pérdida de carga por metro lineal de instalación.
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Tramo C-D El tramo C-D pertenece a la instalación individual de la arteria principal, y es el tramo que va desde la batería de contadores hasta la entrada de la vivienda.
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
admisible indicada en la tabla resumen para el tramo D-I más la pérdida de carga sobrante del tramo anterior: ∆Pmáx D-I = 0,5 + 0,84 = 1,34 mbar
Como ya se ha mencionado anteriormente, se calculará el tramo C-D para el caso más desfavorable, es decir, con una longitud de 15 m. Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 15 m Longitud equivalente: 18 m Presión en inicio tramo: 19,3 mbar
Tramo D-E El tramo D-E es el tramo comprendido entre la llave de vivienda y la ramificación de la instalación que va a la cocina. Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Pérdida de carga máxima admisible: 2,5 mbar(*)
Longitud real: 2 m
Caudal: 3,9 m3(s)/h (caudal de simultaneidad instalación individual)
Longitud equivalente: 2,4 m
(*)
Tal como se indica en la tabla resumen de pérdidas de carga admisibles para el tramo C-D.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-B, se obtiene para el tramo C-D lo siguiente:
Presión en inicio tramo: 17,6 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 1,34 x 2/6 = 0,45 mbar (*) Caudal: 3,9 m3(s)/h (caudal de simultaneidad instalación individual) (*)
Se ha calculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el D-I, que es el de mayor longitud y caudal.
Tramo C-D Longitud real del tramo: 15 m
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-B, se obtiene para el tramo D-E lo siguiente:
Longitud equivalente del tramo: 18 m Caudal: 3,9 m3(s)/h (caudal de simultaneidad instalación individual) Pérdida de carga máxima admisible: 2,5 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 18,4 mm Diámetro comercial del tramo: 20 mm (Cu 20x22) Presión en el inicio del tramo: 19,3 mbar Pérdida de carga real: 1,66 mbar Presión final tramo: 17,6 mbar Velocidad del gas: 3,4 m/s Pérdida de carga sobrante: 0,84 mbar
Tramo D-E Longitud real del tramo: 2 m Longitud equivalente del tramo: 2,4 m Caudal: 3,9 m3(s)/h (caudal de simultaneidad instalación individual) Pérdida de carga máxima admisible: 0,45 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 17,3 mm Diámetro comercial del tramo: 20 mm (Cu 20x22) Presión en el inicio del tramo: 17,6 mbar Pérdida de carga real: 0,22 mbar
A partir del punto D, se tomará como tramo principal el tramo D-I, por ser el mayor longitud y caudal, por lo que la pérdida de carga máxima admisible será la suma de la pérdida de carga
Presión final tramo: 17,4 mbar Velocidad del gas: 3,4 m/s
4.3-9
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Tramo E-G
Tramo G-I
El tramo E-G es el comprendido entre la ramificación de la cocina y la del calentador.
El tramo G-I es el tramo de instalación que alimenta a la caldera de calefacción.
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Longitud real: 2 m
Longitud real: 2 m
Longitud equivalente: 2,4 m
Longitud equivalente: 2,4 m
Presión en inicio tramo: 17,4 mbar
Presión en inicio tramo: 16,9 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: (1,34-0,22) x 2/(6-2) = 0,56 mbar (*)
Pérdida de carga máxima admisible: 1,34-0,22-0,5 = 0,62 mbar (*)
Caudal: 3,4 m3(s)/h (caudal calentador más caldera de calefacción)
Caudal: 1,3 m3(s)/h (caudal nominal de la caldera de calefacción)
(*)
(*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el E-I, descontándole la pérdida de carga real calculada hasta el tramo anterior.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-B, se obtiene para el tramo E-G lo siguiente:
La pérdida de carga máxima admisible en el tramo, por ser un tramo final, está calculada como diferencia de la admitida total y la real calculada hasta el punto de inicio.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-B, se obtiene para el tramo G-I lo siguiente:
Tramo E-G
Tramo G-I
Longitud real del tramo: 2 m
Longitud real del tramo: 2 m
Longitud equivalente del tramo: 2,4 m
Longitud equivalente del tramo: 2,4 m
Caudal: 3,4 m (s)/h (caudal del calentador más caldera de calefacción)
Caudal: 1,3 m3(s)/h (caudal de la caldera de calefacción)
Pérdida de carga máxima admisible: 0,56 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 0,62 mbar
Diámetro mínimo de cálculo: 15,6 mm
Diámetro mínimo de cálculo: 10,6 mm
Diámetro comercial del tramo: 16 mm (Cu 16x18)
Diámetro comercial del tramo: 13 mm (Cu 13x15)
Presión en el inicio del tramo: 17,4 mbar
Presión en el inicio del tramo: 16,9 mbar
Pérdida de carga real: 0,50 mbar
Pérdida de carga real: 0,23 mbar
Presión final tramo: 16,9 mbar
Presión final tramo: 16,7 mbar
Velocidad del gas: 4,5 m/s
Velocidad del gas: 2,8 m/s
3
4.3-10
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Tramo E-F
Tramo G-H
El tramo E-F es la ramificación de la instalación que alimenta a la cocina.
El tramo G-H es el tramo de instalación que alimenta al calentador.
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Longitud real: 4 m
Longitud real: 1 m
Longitud equivalente: 4,8 m
Longitud equivalente: 1,2 m
Presión en inicio tramo: 17,4 mbar
Presión en inicio tramo: 16,9 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 1,34-0,22 = 1,12 mbar (*)
Pérdida de carga máxima admisible: (1,34-0,22-0,50)= 0,62 mbar (*)
Caudal: 1,1 m3(s)/h (caudal nominal de la cocina)
Caudal: 2,1 m3(s)/h (caudal del calentador)
(*)
(*)
La pérdida de carga máxima admisible en el tramo, por ser un tramo final, está calculada como diferencia de la admitida total y la real calculada hasta el punto de inicio.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-B, se obtiene para el tramo E-F lo siguiente:
La pérdida de carga máxima admisible en el tramo, por ser un tramo final, está calculada como diferencia de la admitida total y la real calculada hasta el punto de inicio.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-B, se obtiene para el tramo G-H lo siguiente:
Tramo E-F
Tramo G-H
Longitud real del tramo: 4 m
Longitud real del tramo: 1 m
Longitud equivalente del tramo: 4,8 m
Longitud equivalente del tramo: 1,2 m
Caudal: 1,1 m (s)/h (caudal de la cocina)
Caudal: 2,1 m3(s)/h (caudal del calentador)
Pérdida de carga máxima admisible: 1,12 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 0,62 mbar
Diámetro mínimo de cálculo: 10,1 mm
Diámetro mínimo de cálculo: 10,6 mm
Diámetro comercial del tramo: 10** mm (Cu 10x12)
Diámetro comercial del tramo: 13 mm (Cu 13x15)
Presión en el inicio del tramo: 17,4 mbar
Presión en el inicio del tramo: 16,9 mbar
Pérdida de carga real: 1,15 mbar
Pérdida de carga real: 0,23 mbar
Presión final tramo: 16,3 mbar
Presión final tramo: 16,7 mbar
Velocidad del gas: 3,6 m/s
Velocidad del gas: 2,6 m/s
3
(**)
Se ha escogido el diámetro comercial inferior por estar muy próximo al de cálculo y la presión al final del tramo no es inferior al mínimo exigido.
A continuación, se muestra la tabla resumen con los resultados obtenidos en el cálculo de cada tramo de la instalación receptora para el caso más desfavorable, es decir, el tramo C-D de 15 m de longitud así como para el caso más favorable de 3 m de longitud y el trazado de la instalación receptora indicando los diámetros comerciales de cada tramo.
4.3-11
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Tabla resumen Ejemplo 1 Instalación receptora de gas natural conectada a una red en media presión B en finca plurifamiliar con contadores centralizados
Instalación común, regulador de abonado y contador Tramo
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
5
6
23,5
50,4
A-B
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar 25,00
17,8
26
4,07
Reg. Abonado
P.Fin. mbar
V<20 m/s
46,3
11,6
20,5
Contador
20,5
1,20
19,3
Caso más desfavorable: Tramo C-D = 15 m Tramo
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar
P.Fin. mbar
V<20 m/s
C-D
15
18
3,9
19,3
2,50
18,4
20
1,66
17,6
3,4
D-E
2
2,4
3,9
17,6
0,45
17,3
20
0,22
17,1
3,4
E-G
2
2,4
3,4
17,4
0,56
15,6
16
0,5
16,9
4,5
G-I
2
2,4
1,3
16,9
0,62
10,6
13
0,29
16,6
4,3
( )
E-F
4
4,8
1,1
17,4
1,12
10,1
10 *
1,15
16,3
3,6
G-H
1
1,2
2,1
16,9
0,62
10,6
13
0,23
16,7
2,6
( )
* Se ha escogido el diámetro comercial inferior por estar muy próximo al del cálculo y la presión al final del tramo no es inferior al mínimo exigido.
Caso más favorable: Tramo C-D = 3 m Tramo
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
C-D
3
3,6
3,9
19,3
2,50
13,2
16
D-E
2
2,4
3,9
18,3
0,68
15,9
E-G
2
2,4
3,4
17,7
0,69
G-I
2
2,4
1,3
17,2
E-F
4
4,8
1,1
G-H
1
1,2
2,1
4.3-12
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar
P.Fin. mbar
V<20 m/s
0,97
18,1
5,2
16
0,65
17,7
5,2
15,0
16
0,50
17,2
4,5
0,88
9,8
10
0,81
16,4
4,4
17,7
1,38
9,6
10
1,15
16,5
3,6
17,2
0,44
11,9
13
0,29
16,9
4,4
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Ejemplo 1 Instalación receptora conectada a una red de gas natural en media presión B en finca plurifamiliar con contadores centralizados Calentador
Relación de diámetros comerciales Caso más desfavorable: Tramo C-D= 15 m
D
E
Centralización de contadores en prevestíbulo
Cu 26x28 Cu 20x22
H
I
Caldera de calefacción
G F
Cu 16x18
Cocina-horno
Cu 13x15 Cu 10x12
Hasta 15 instalaciones individuales Calentador
C Armario de regulación
Caldera de calefacción
B D
A
E
H
I
G Cocina-horno
F C Caso más favorable: Tramo C-D= 3 m Tramo A-I: arteria principal
Caso más desfavorable: Tramo C - D = 15 m Tramo Diámetro comercial
A-B
C-D
D-E
E-G
G-I
Cu 26x28
Cu 20x22
Cu 20x22
Cu 16x18
Cu 13x15
E-F
G-H
Cu10x12 Cu13x15
Caso más favorable: Tramo C - D = 3 m Tramo Diámetro comercial
A-B
C-D
D-E
E-G
G-I
Cu 26x28
Cu 16x18
Cu16x18
Cu16x18
Cu10x12
E-F
G-H
Cu10x12 Cu13x15
4.3-13
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Ejemplo 2 Cálculo de una instalación receptora de gas natural conectada a una red de distribución en media presión A para una finca plurifamiliar con contadores en vivienda
Consultando a la Empresa Suministradora nos indica que:
El gas distribuido es gas natural (2ª familia).
El poder calorífico superior del gas es: PCS = 11 kWh/m3(s) ( 9.500 kcal/m3(s) ).
Debemos realizar el diseño de la instalación receptora de gas en una finca plurifamiliar con las siguientes características:
La densidad relativa del gas natural es de 0,62.
El índice de Wobbe es de 14 kWh/m3(s) ( 12.065 kcal/m3(s) ).
Es una finca habitada. Es un gas seco. Existen 8 viviendas en la finca.
Es una finca de 4 plantas con 2 viviendas por planta.
Cada vivienda está equipada con cocina-horno y caldera mixta de calefacción y agua caliente sanitaria de 10 l/min.
La distribución se realiza en media presión A, por lo que la Empresa Suministradora garantiza 50 mbar en la llave de acometida.
La llave de acometida está situada en la vía pública y como mínimo será de DN 25 con un tubo de salida de polietileno de DN 32 (Øint = 26,2 mm). Da autorización escrita para situar los contadores en vivienda por no poder centralizarse.
4.3-14
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Trazado de la instalación receptora y longitudes de los tramos Según las características del edificio, el trazado de la instalación receptora, de acuerdo con los criterios de tipología de instalaciones receptoras expuestos en el módulo 2, es el siguiente:
Reg. de abonado Llave de abonado
E2
Caldera mixta de 10 l/min
I
K
Q
G
H
J
Contador
D1
D
C2
E1 F
E
D2
Limitador de caudal
Cocina-Horno
C1
C
Tramos en MPA
B2
Tramos en BP
B1
B
Llave de acometida
Red Distribución MPA
A' A Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato)
Instalación común
Instalación común Tramo Longitud Real (m)
A-A'
A'-B
B-B1 B-B2
B-C
C-C1 C-C2
C-D
D-D1 D-D2
D-E
E-E1 E-E2
4
4
1
3
1
3
1
3
1
Instalaciones individuales Tramo Longitud real (m)
F-G
H-I
I-J
I-K
2
1
3
2
4.3-15
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Material de las conducciones
Cocina-horno: Qco= 11,6 kW / 11 kWh/m3(s) = 1,1 m3(s)/h
Para el diseño de la instalación receptora propuesta, se escoge tubo de cobre de 1 mm de espesor como material de las conducciones para los tramos vistos de la instalación receptora, tanto de instalación común como de instalaciones individuales, es decir, a partir del punto A’. Para el tramo A-A’, que es enterrado, se escoge polietileno, siguiendo los criterios establecidos por el Grupo Gas Natural para tuberías enterradas.
Caldera mixta de 10 l/min: Qmx= 23,2 kW / 11 kWh/m3(s) = 2,1 m3(s)/h
En la transición de la parte enterrada a la parte vista, conocida como tallo, es donde se realiza la transición polietileno-cobre, por lo que se utilizará un tallo normalizado por el Grupo Gas Natural de los que se indican en la ficha 5.3 del presente manual.
Determinación del caudal nominal de cada tipo de aparato a gas Para la determinación del caudal nominal de los aparatos a gas, debemos conocer la potencia nominal de cada uno de ellos y el poder calorífico superior del gas suministrado, y realizar el cociente entre ambos, tal como se indica en la ficha 4.1. Como se ha dicho anteriormente, los aparatos de que dispone cada instalación individual son cocina-horno y caldera mixta de calefacción y agua caliente sanitaria de 10 l/min, cuyos gastos caloríficos son los siguientes: Cocina-horno: 11,6 kW (10.000 kcal/h) Caldera mixta de 10 l/min: 23,2 kW (20.000 kcal/h) El valor facilitado por la Empresa Suministradora del poder calorífico superior del gas natural es de 11 kWh/m3(s) ( 9.500 kcal/m3(s) ), por lo que aplicando lo expuesto en la ficha 4.1 para el cálculo del caudal nominal de los aparatos, resulta lo siguiente:
4.3-16
Determinación del caudal máximo de simultaneidad de las instalaciones individuales Se supondrá que todas las viviendas tienen el mismo grado de gasificación, es decir, que todas las viviendas disponen de aparatos a gas de similares características, por lo que el caudal de simultaneidad será el mismo para todas las intalaciones individuales. Cuando se diseñen instalaciones para alimentar edificios ya construidos se recomienda utilizar un nivel de equipamiento similar a éste (como mínimo con Grado 1 de gasificación), que aunque puede no corresponderse con el actual, habitualmente se tiende a él cuando, en un futuro, se sustituyen los aparatos. El cálculo del caudal de simultaneidad de las instalaciones individuales se realizará de acuerdo con los criterios expuestos en la ficha 4.1: Qsi=A+B+
C+D+...+N 2
donde : Qsi = Caudal máximo de simultaneidad en m3 (s)/h A y B = Caudales de los dos aparatos de mayor consumo en m3 (s)/h C, D, ..., N = Caudales del resto de aparatos en m3 (s)/h Por lo tanto, conociendo los caudales nominales de los aparatos a gas de que disponen las viviendas, el caudal de simultaneidad de cada instalación individual será el siguiente:
Qsi = 2,1 + 1,1 m3(s)/h = 3,2 m3(s)/h
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Determinación del caudal máximo de simultaneidad de la instalación común
Determinación de la longitud equivalente de cada tramo de instalación receptora
El cálculo del caudal de simultaneidad de la instalación común se realizará de acuerdo con los criterios expuestos en la ficha 4.1, teniendo en cuenta que variará de un tramo a otro en función del número de viviendas que alimente el tramo ya que todas las viviendas tienen el mismo caudal máximo de simultaneidad:
El cálculo de la longitud equivalente de un tramo de instalación receptora se realizará, tal como se indica en la ficha 4.1, incrementando en un 20 % la longitud real del tramo. A continuación, se muestra la tabla de longitudes reales y longitudes equivalentes de la arteria principal de la instalación receptora objeto del cálculo:
Qtramo=nºviv.tramoxQsixSn
Instalación común donde: A-A'
A'-B
B-B1 B-B2
B-C
Longitud real (m)
4
4
1
3
Longitud equiv. (m)
4,8
4,8
1,2
3,6
Tramo Qtramo= Caudal máximo de simultaneidad de un tramo de la instalación común en m3 (s)/h Qsi = Caudal máximo de simultaneidad de cada vivienda o local en m3(s)/h Sn = Factor de simultaneidad, función del número de viviendas que alimenta la instalación común y de que estén instaladas o no calderas de calefacción.
Debido a que se trata de una instalación común que alimenta a viviendas que tienen calefacción, se deberá escoger para cada tramo el factor de simultaneidad S2 de la tabla correspondiente de la ficha 4.1.
Tramo
C-C1 C-C2
C-D
D-D1 D-D2
D-E
E-E1 E-E2
Longitud real (m)
1
3
1
3
1
Longitud equiv. (m)
1,2
3,6
1,2
3,6
1,2
F-G
H-I
I-J
I-K
Longitud real (m)
2
1
3
2
Longitud equiv. (m)
2,4
1,2
3,6
2,4
Por lo tanto, los caudales de simultaneidad de la arteria principal (tramo A-E), serán los siguientes:
A-B: QAB = 8 viv. x 3,2 m3(s)/h x 0,45 = 11,4 m3(s)/h
Instalaciones individuales
B-C: QBC = 6 viv. x 3,2 m3(s)/h x 0,50 = 9,5 m3(s)/h
Tramo
C-D: QCD = 4 viv. x 3,2 m3(s)/h x 0,55 = 7,0 m3(s)/h
D-E: QDE = 2 viv. x 3,2 m3(s)/h x 0,70 = 4,4 m3(s)/h
4.3-17
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Distribución de la pérdida de carga y diámetro mínimo en cada tramo de instalación receptora.
Para realizar la distribución de la pérdida de carga en cada tramo de la instalación receptora, así como para asignar el diámetro mínimo de cada tramo, se tendrán en cuenta los criterios dados por la Empresa Suministradora. Para el gas natural, se tendrán en cuenta los criterios expuestos en la ficha 4.2 sobre pérdidas de carga admisible y diámetros mínimos en instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda, alimentadas desde redes de media presión A y que, aplicados a la instalación receptora objeto del cálculo, son los siguientes:
Punto/Tramo
A
P. mín (mbar)
50
∆P máx. (mbar) ø mín. (mm)
4.3-18
A-G
G
25 25,0 13
Reg. abon. P. reg. 22 mbar
Salida reg. abon.
Cont.
20,5
Salida cont. H
H-J H-K
19,3 1,2
J K
16,3 3,0 10
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Determinación del diámetro de cálculo y del diámetro comercial de cada tramo. Cálculo de la pérdida de carga real en cada tramo.
Para la determinación del diámetro de cada tramo de conducción se utilizará la fórmula de Renouard. Utilizando la pérdida de carga máxima admisible se obtendrá el diámetro mínimo del mismo. Como la presión efectiva a partir de la llave de acometida es inferior a 100 mbar, se utilizará la fórmula de Renouard lineal:
Instalación común Tramo A-A’ El tramo A-A’ es el tramo comprendido entre la salida de la llave de acometida y el enlace de transición polietileno-cobre del tallo, es decir, corresponde a la parte enterrada de la instalación común, siendo polietileno el material de la conducción. Está fijado por la Empresa Suministradora que el diámetro mínimo del tubo de polietileno sea DN 32. Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 4 m Longitud equivalente: 4,8 m
∆P = 23.200 x dr x LE x Q1,82 x D-4,8
Presión en inicio tramo: 50 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 25 x 4/20 = 5,0 mbar (*)
Se tendrá en cuenta para todos los tramos que la densidad relativa del gas suministrado, tal como se ha indicado anteriormente, es 0,62. Dado que la instalación común tiene más de un tramo, se utilizará como método de reparto de la pérdida de carga el descrito en los puntos 8 a 12 del proceso de cálculo de esta misma ficha 4.3, basado en el concepto de reparto de la pérdida de carga por metro lineal de instalación. La elección del tramo principal se realizará en dos etapas:
1. Para la instalación común, se iniciará en la salida de la llave de acometida (punto A) y finalizará en la entrada del regulador de abonado (punto H) más alejado (corresponde al 4º piso, derivación del punto J). Su distancia será de 20 m e irá decreciendo a medida que se vayan calculando los sucesivos tramos. 2. Para las instalaciones individuales, desde la salida del contador, punto H, hasta la llave de conexión de la cocina, punto J. En este caso la distancia será de 4 m.
A continuación se inicia el proceso de calculo de la instalación común y de cada una de las individuales que constituyen la instalación receptora.
Caudal: 11,4 m3(s)/h (*)
Se ha tomado como tramo principal el tramo comprendido entre la llave de acometida y la entrada al regulador de abonado de las viviendas del 4º piso, por ser el tramo de mayor longitud: (4 + 4 + 3 + 3 + 3 + 1 + 2 = 20 m).
Se ha de calcular el diámetro teórico mínimo que produciría la pérdida de carga máxima admisible, utilizando para ello la fórmula de Renouard lineal despejando el diámetro, que es la única incógnita: D = [(23.200 x dr x LE x Q1,82)/∆P]1/4,82 Sustituyendo los valores en la fórmula, resulta un diámetro teórico de 18,1 mm. Como puede comprobarse, este diámetro es inferior al del tubo de Pe DN 32 (26,2 mm), por lo que se utilizará un tallo DN 25 (Pe DN 32 SDR 11 y Cu 20x22) tal como se indica en la ficha 5.3, y se calculará la pérdida de carga real en el tramo con este diámetro aplicando la fórmula de Renouard: ∆Preal = 23.200 x dr x LE x Q1,82 x Dcom.-4,82 Se tendrá en cuenta además que deberá cumplirse que: V < 20 m/s
4.3-19
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Realizando los cálculos con este diámetro, resulta una pérdida de carga real de 0,84 mbar. Como la presión mínima admisible en el punto de inicio del tramo (A) es de 50 mbar, la presión en el punto final del tramo (A’) será la diferencia entre la presión inicial y la pérdida de carga real, es decir, 49,2 mbar. Para el cálculo de la velocidad del gas en el tramo se necesita conocer la presión absoluta en bar del gas al final del tramo, que será la suma de la presión efectiva, expresada en bar, más la de referencia (1,01325 bar), lo que resulta:
Tramo A’-B El tramo A’-B es el tramo comprendido entre el enlace de transición polietileno-cobre del tallo, es decir, cuando la instalación receptora comienza a ser vista, y la primera derivación de la instalación. A partir de el punto A’, se utilizará cobre como material para toda la instalación receptora, tanto para la común como para las individuales. Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 4 m Longitud equivalente: 4,8 m Presión en inicio tramo: 49,0 mbar
Pabs. = 49,2/1000 +1,01325 = 1,06245 bar
Pérdida de carga máxima admisible: (25-0,84) x 4/(20-4) = 6,04 mbar (*) Caudal: 11,4 m3(s)/h
La velocidad del gas será la siguiente:
V = 354 x Q x Pabs.-1 x D-2 = 5,5 m/s < 20 m/s
Por lo tanto, las características del tramo A-A’ son las siguientes:
(*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la entrada del regulador de abonado del 4º piso, pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo A’-B lo siguiente:
Tramo A-A’
Tramo A’-B
Longitud real del tramo: 4 m
Longitud real del tramo: 4 m
Longitud equivalente del tramo: 4,8 m
Longitud equivalente del tramo: 4,8 m
Caudal: 11,4 m3(s)/h
Caudal: 11,4 m3(s)/h
Pérdida de carga máxima admisible: 5,0 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 6,04 mbar
Diámetro mínimo de cálculo: 18,1 mm
Diámetro mínimo de cálculo: 17,4 mm
Diámetro comercial del tramo: 26,2 mm (tallo DN 25, Pe 32 SDR 11 y Cu 20x22)
Diámetro comercial del tramo: 20 mm (Cu 20x22)
Presión en el inicio del tramo: 50 mbar Pérdida de carga real: 0,84 mbar Presión final tramo: 49,2 mbar Velocidad del gas: 5,5 m/s
4.3-20
Presión en el inicio del tramo: 49,2 mbar Pérdida de carga real: 3,10 mbar Presión final tramo: 46,1 mbar Velocidad del gas: 9,5 m/s
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Tramo B-C
Tramo C-D
El tramo B-C es el tramo comprendido entre las derivaciones del 1er y el 2º piso.
El tramo C-D es el tramo comprendido entre las derivaciones del 2º y el 3er piso.
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Longitud real: 3 m
Longitud real: 3 m
Longitud equivalente: 3,6 m
Longitud equivalente: 3,6 m
Presión en inicio tramo: 46,1 mbar
Presión en inicio tramo: 41,2 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: (25-0,84-3,10) x 3/(20-4-4) = 5,27 mbar (*)
Pérdida de carga máxima admisible: (25-0,84-3,10-4,89) x 3/(20-4-4-3) = 5,39 mbar (*)
Caudal: 9,5 m3(s)/h
Caudal: 7,0 m3(s)/h
(*)
(*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la entrada del regulador de abonado del 4º piso, pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo B-C lo siguiente:
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la entrada del regulador de abonado del 4º piso, pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo C-D lo siguiente:
Tramo B-C
Tramo C-D
Longitud real del tramo: 3 m
Longitud real del tramo: 3 m
Longitud equivalente del tramo: 3,6 m
Longitud equivalente del tramo: 3,6 m
Caudal: 9,5 m (s)/h
Caudal: 7,0 m3(s)/h
Pérdida de carga máxima admisible: 5,27 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 5,39 mbar
Diámetro mínimo de cálculo: 15,8 mm
Diámetro mínimo de cálculo: 13,9 mm
Diámetro comercial del tramo: 16 mm (Cu 16x18)
Diámetro comercial del tramo: 16 mm (Cu 16x18)
Presión en el inicio del tramo: 46,1 mbar
Presión en el inicio del tramo: 41,2 mbar
Pérdida de carga real: 4,89 mbar
Pérdida de carga real: 2,78 mbar
Presión final tramo: 41,2 mbar
Presión final tramo: 38,4 mbar
Velocidad del gas: 12,4 m/s
Velocidad del gas: 9,2 m/s
3
4.3-21
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Tramo D-E
Tramos E-Ei (i=1,2)
El tramo D-E es el tramo comprendido entre las derivaciones del 3er y el 4º piso.
Los tramos E-E1 y E-E2 son los correspondientes a las derivaciones del 4º piso y llegan hasta las correspondientes llaves de abonado.
Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 3 m
Los datos básicos para el cálculo de los tramos son:
Longitud equivalente: 3,6 m
Longitud real: 1 m
Presión en inicio tramo: 38,4 mbar
Longitud equivalente: 1,2 m
Pérdida de carga máxima admisible: (25-0,84-3,10-4,89-2,78) x 3/(20-4-4-3-3) = 6,70 mbar(*)
Presión en inicio tramo: 35,1 mbar
Caudal: 4,4 m3(s)/h
Pérdida de carga máxima admisible: (25-0,84-3,10-4,89-2,78-3,32) x 1/(20-4-4-3-3-3)= 3,36 mbar (*)
(*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la entrada del regulador de abonado del 4º piso, pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo D-E lo siguiente:
Caudal: 3,2 m3(s)/h (*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la entrada del regulador de abonado del 4º piso, pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para los tramos E-Ei lo siguiente:
Tramo D-E
Tramos E-Ei (i=1,2)
Longitud real del tramo: 3 m
Longitud real del tramo: 1 m
Longitud equivalente del tramo: 3,6 m
Longitud equivalente del tramo: 1,2 m
3
Caudal: 4,4 m (s)/h
Caudal: 3,2 m3(s)/h
Pérdida de carga máxima admisible: 6,70 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 3,36 mbar
Diámetro mínimo de cálculo: 11,2 mm
Diámetro mínimo de cálculo: 9,1 mm
Diámetro comercial del tramo: 13 mm (Cu 13x15)
Diámetro comercial del tramo: 13 mm (Cu 13x15)
Presión en el inicio del tramo: 38,4 mbar
Presión en el inicio del tramo: 35,1 mbar
Pérdida de carga real: 3,32 mbar
Pérdida de carga real: 0,60 mbar
Presión final tramo: 35,1 mbar
Presión final tramo: 34,5 mbar
Velocidad del gas: 8,8 m/s
Velocidad del gas: 6,3 m/s
Ahora calcularemos las derivaciones correspondientes al 4º piso, que son las que presentan unas condiciones más desfavorables, por lo que el diámetro comercial que se escoja podrá utilizarse en los tramos equivalentes de los pisos que están por debajo.
4.3-22
Como se ha indicado anteriormente, los tramos B-Bi, C-Ci y D-Di se realizarán con el mismo diámetro comercial que los tramos más desfavorables E-Ei, es decir, con tubo Cu 13x15.
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Instalaciones individuales
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para los tramos Ei-G lo siguiente:
El cálculo de las instalaciones individuales se realizará en dos etapas: 1. Se calculará en primer lugar el tramo comprendido entre la llave de abonado y la entrada del regulador de abonado para el caso más desfavorable, que corresponde a las instalaciones del 4º piso (a partir de los puntos Ei). 2. Se calcularán en segundo lugar los tramos comprendidos desde el regulador de abonado hasta las llaves de conexión de aparato. Esta segunda etapa de cálculo será común para todas las viviendas, ya que para el regulador de abonado se supone la mínima presión garantizada a la salida. A continuación, se procederá a realizar el cálculo del tramo comprendido entre la llave de abonado y la entrada del regulador de abonado del 4º piso, que como ya se ha mencionado anteriormente es el caso más desfavorable por lo que el diámetro comercial que se escoja podrá utilizarse en los tramos equivalentes de los pisos que están por debajo.
Tramos Ei-G (i=1,2) Longitud real del tramo: 2 m Longitud equivalente del tramo: 2,4 m Caudal: 3,2 m3(s)/h Pérdida de carga máxima admisible: 9,47 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 8,5 mm Diámetro comercial del tramo: 13 mm (Cu 13x15) Presión en el inicio del tramo: 34,5 mbar Pérdida de carga real: 1,20 mbar Presión final tramo: 33,3 mbar Velocidad del gas: 6,3 m/s
Tramos Ei-G (i=1,2) Los tramos Ei-G corresponden a los tramos comprendidos entre las llaves de vivienda y la entrada a los reguladores de abonado del 4º piso. Los datos básicos para el cálculo de los tramos son: Longitud real: 2 m Longitud equivalente: 2,4 m Presión en inicio tramo: 34,5 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 25-0,84-3,10-4,89-2,78-3,32-0,60 = 9,47 mbar (*) Caudal: 3,2 m3(s)/h (*)
La pérdida de carga máxima admisible en el tramo, por ser un tramo final, está calculada como diferencia de la admitida total y la real calculada hasta el punto de inicio.
Como hemos indicado anteriormente, los tramos Bi-G, Ci-G y Di-G se realizarán con el mismo diámetro comercial que los tramos más desfavorables Ei-G, es decir, con tubo Cu 13x15. A continuación, se procederá a realizar el cálculo de los tramos comprendidos entre el regulador de abonado y las llaves de conexión de aparato, que, como ya se ha mencionado anteriormente, será común para todas las instalaciones individuales.
4.3-23
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Regulador de abonado
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo H-I lo siguiente:
El regulador de abonado ha de estar situado a la entrada del contador y la presión mínima que se garantiza en la salida del mismo es de 20,5 mbar.
Tramo H-I Longitud real del tramo: 1 m
Contador El contador tiene una pérdida de carga máxima admisible de 1,2 mbar. Al disponer de una presión mínima a la salida del regulador de abonado de 20,5 mbar, y teniendo una pérdida de carga de 1,2 mbar, la presión mínima que se dispondrá a la salida del contador, es decir, en el punto H, será de 19,3 mbar.
Longitud equivalente del tramo: 1,2 m Caudal: 3,2 m3(s)/h Pérdida de carga máxima admisible: 0,75 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 12,4 mm Diámetro comercial del tramo: 13 mm (Cu 13x15) Presión en el inicio del tramo: 19,3 mbar Pérdida de carga real: 0,60 mbar
Tramo H-I Presión final tramo: 18,7 mbar
El tramo H-I es el tramo comprendido entre la salida del contador y la derivación a la cocina. Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 1 m Longitud equivalente: 1,2 m Presión en inicio tramo: 19,3 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 3 x 1/4 = 0,75 mbar (*) Caudal: 3,2 m3(s)/h (*)
Se ha tomado como tramo principal el comprendido entre la salida del contador (punto H) y la llave de conexión de la cocina (punto J) por ser el tramo de mayor longitud: (1 + 3 = 4 m).
4.3-24
Velocidad del gas: 6,4 m/s
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Tramo I-J
Tramo I-K
El tramo I-J es el tramo de la instalación que alimenta a la cocina.
El tramo I-K es el tramo de la instalación que alimenta a la caldera mixta de calefacción y agua caliente sanitaria.
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 3 m Longitud equivalente: 3,6 m Presión en inicio tramo: 18,7 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 3-0,60 = 2,40 mbar (*) Caudal: 1,1 m3(s)/h
Longitud real: 2 m Longitud equivalente: 2,4 m Presión en inicio tramo: 18,7 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 3-0,60= 2,40 mbar (*) Caudal: 2,1 m3(s)/h
(*)
La pérdida de carga máxima admisible en el tramo, por ser un tramo final, está calculada como diferencia de la admitida total y la real calculada hasta el punto de inicio.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo I-J lo siguiente:
(*)
La pérdida de carga máxima admisible en el tramo, por ser un tramo final, está calculada como diferencia de la admitida total y la real calculada hasta el punto de inicio.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo I-K lo siguiente:
Tramo I-J
Tramo I-K
Longitud real del tramo: 3 m
Longitud real del tramo: 2 m
Longitud equivalente del tramo: 3,6 m
Longitud equivalente del tramo: 2,4 m
Caudal: 1,1 m (s)/h
Caudal: 2,1 m3(s)/h
Pérdida de carga máxima admisible: 2,40 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 2,40 mbar
Diámetro mínimo de cálculo: 8,1 mm
Diámetro mínimo de cálculo: 9,7 mm
Diámetro comercial del tramo: 10 mm (Cu 10x12)
Diámetro comercial del tramo: 10 mm (Cu 10x12)
Presión en el inicio del tramo: 18,6 mbar
Presión en el inicio del tramo: 18,7 mbar
Pérdida de carga real: 1,03 mbar
Pérdida de carga real: 2,03 mbar
Presión final tramo: 17,8 mbar
Presión final tramo: 16,7 mbar
Velocidad del gas: 6,4 m/s
Velocidad del gas: 7,2 m/s
3
A continuación, se muestra la tabla resumen con los resultados obtenidos en el cálculo de cada tramo de la instalación receptora común y tramos de las instalaciones individuales, y el trazado de la instalación receptora indicando los diámetros comerciales de cada tramo.
4.3-25
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Tabla resumen Ejemplo 2 Instalación receptora de gas natural conectada a una red en media presión A en finca plurifamiliar con contadores en vivienda
Instalación común Tramo
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar
P.Fin. mbar
V<20 m/s
A-A'
4
4,8
11,4
50,0
5,00
18,1
26,2
0.84
49,2
5,5
A'-B
4
4,8
11,4
49,2
6,04
17,4
20
3,10
46,1
9,5
B-C
3
3,6
9,5
46,1
5,27
15,8
16
4,89
41,2
12,4
C-D
3
3,6
7,0
41,2
5,39
13,9
16
2,78
38,4
9,2
D-E
3
3,6
4,4
38,4
6,70
11,2
13
3,32
35,1
8,8
E-Ei
1
1,2
3,2
35,1
3,36
9,1
13
0,60
34,5
6,3
P.Fin. mbar
V<20 m/s
33,3
6,3
P.Fin. mbar
V<20 m/s
Instalaciones individuales Tramo comprendido entre llave de abonado y entrada al regulador (caso más desfavorable tramo Ei-G 4º piso Tramo Ei-G
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
2
2,4
3,2
34,5
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar 9,47
8,5
13
1,20
Instalaciones individuales a partir del regulador de abonado (igual para todas las instalaciones) Tramo
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar
Reg. abon.
20,5
Contador
20,5
1,20
19,3
H-I
1
1,2
3,2
19,3
0,75
12,4
13
0,60
18,7
6,4
I-J
3
3,6
1,1
18,7
2,40
8,1
10
0,86
17,8
3,6
I-K
2
2,4
2,1
18,7
2,40
9,7
10
2,03
16,7
7,2
4.3-26
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Ejemplo 2 Instalación receptora de gas natural conectada a una red en media presión A en finca plurifamiliar con contadores en vivienda
Relación de diámetros comerciales
Limitador de caudal insertado en la rosca de entrada Regulador de abonado del contador
Llave de abonado
E1
E E2
H
Caldera mixta de 10 l/min
K
I
Q
G
F
J D2
C2
Contador
D1
D
Cocina-horno
C1
C
Pe DN 32 Cu 20x22
B2
Cu 16x18
B1
B
Cu 13x15 Cu 10x12
Red Distribución MPA
A'
A Llave de acometida
Instalación común Tramo Diámetro comercial
A - A'
A' - B
B-C
C-D
D-E
Pe DN 32
Cu 20x22
Cu16x18
Cu16x18
Cu13x15
F-G
H-I
I-J
I-K
Cu 13x15
Cu 13x15
Cu 10x12
Cu10x12
B- Bi C-Ci D-Di E-Ei Cu13x15
Instalaciones individuales Tramo Diámetro comercial
4.3-27
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Ejemplo 3 Cálculo de una instalación receptora de gas natural conectada a una red de distribución en baja presión para una finca plurifamiliar con dos montantes con contadores en vivienda
Consultando a la Empresa Suministradora nos indica que:
El gas distribuido es gas natural (2ª familia).
El poder calorífico superior del gas es: PCS = 11 kWh/m3(s) ( 9.500 kcal/m3(s) ).
La densidad relativa del gas natural es de 0,62. Debemos realizar el diseño de la instalación receptora de gas en una finca plurifamiliar con las siguientes características:
El índice de Wobbe es de 14 kWh/m3(s) ( 12.065 kcal/m3(s) ).
Es una finca habitada.
Es un gas seco.
Existen 16 viviendas en la finca.
La distribución se realiza en baja presión, por lo que la Empresa Suministradora garantiza 18,9 mbar en la llave de acometida.
Es una finca de 4 plantas con 4 viviendas por planta.
Cada vivienda está equipada con encimera y caldera mixta de calefacción y agua caliente sanitaria de 13 l/min.
La llave de acometida está situada en la vía pública y como mínimo será DN 32 con un tubo de salida de polietileno de DN 40 (Øint = 32,7 mm). Da autorización escrita para situar los contadores en viviendas por no poder centralizarse.
4.3-28
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Trazado de la instalación receptora y longitudes de los tramos Según las características del edificio, el trazado de la instalación receptora, de acuerdo con los criterios de tipología de instalaciones receptoras expuestos en el módulo 2, es el siguiente: Caldera mixta de 13 l/min
Limitador de caudal
Llave de abonado
Contador
G
I
J
L
K
Q
F'2
F
F'1 F2
F'
F1
H VS. mín
Encimera
Q
E'2
E'
E'1 E2
E
E1
D'2
D'
D'1 D2
D
D1
C'2
C'
C'1 C2
C
C1
Q
Q
Llave de montante colectivo
Red Distribución BP
Tramos en BP
B
Llave de acometida
A'
A
Instalación común
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato)
Instalación común Tramo Longitud Real (m)
A-A'
A'-B
B-C B-C'
C-C1,2 C'-C'1,2
C-D C'-D'
D-D1,2 D'-D'1,2
D-E D'-E'
E-E1,2 E'-E'1,2
E-F E'-F'
10
3
2
1
3
1
3
1
3
F-F1,2 F'-F'1,2 1
Instalaciones individuales Tramo Longitud real (m)
G-H
I-J
J-K
J-L
1
2
1
3
4.3-29
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Material de las conducciones Para el diseño de la instalación receptora propuesta, se escoge el acero como material de las conducciones para los tramos vistos de la instalación común (tramos A'-F1,2 y A'-F'1,2) y el cobre para las instalaciones individuales (tramos G-L y G-K). Para el tramo A-A', que es enterrado, se escoge el polietileno, siguiendo los criterios establecidos por el Grupo Gas Natural para tuberías enterradas. En la transición de la parte enterrada a la parte vista, conocida como tallo, es donde se realiza la transición polietileno-acero, por lo que se utilizará un tallo normalizado por el Grupo Gas Natural de los que se indican en la ficha 5.3 del presente manual.
Determinación del caudal nominal de cada tipo de aparato a gas Para la determinación del caudal nominal de los aparatos a gas, debemos conocer el gasto calorífico de cada uno de ellos y el poder calorífico superior del gas suministrado y realizar el cociente entre ambos, tal como se indica en la ficha 4.1. Como se ha dicho anteriormente, los aparatos de que dispone cada instalación individual son encimera y caldera mixta de calefacción y agua caliente sanitaria de 13 l/min, cuyas potencias son las siguientes: Encimera: 5,8 kW (5.000 kcal/h) Caldera mixta de 13 l/min: 30,9 kW (26.600 kcal/h) El valor facilitado por la Empresa Suministradora del poder calorífico superior del gas natural es de 11 kWh/m3(s) ( 9.500 kcal/m3(s) ), por lo que aplicando lo expuesto en la ficha 4.1 resultan los siguientes caudales nominales:
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Determinación del caudal máximo de simultaneidad de las instalaciones individuales Se supondrá que todas las viviendas tienen el mismo grado de gasificación, es decir, que todas las viviendas disponen de aparatos a gas de similares características, por lo que el caudal de simultaneidad será el mismo para todas las intalaciones individuales. Cuando se diseñen instalaciones para alimentar edificios ya construidos se recomienda utilizar un nivel de equipamiento similar a éste (como mínimo con Grado 1 de gasificación), que aunque puede no corresponderse con el actual, habitualmente se tiende a él cuando, en un futuro, se sustituyan los aparatos. El cálculo del caudal de simultaneidad de las instalaciones individuales se realizará de acuerdo con los criterios expuestos en la ficha 4.1:
Qsi=A+B+
C+D+...+N 2
donde : Qsi = Caudal máximo de simultaneidad en m3 (s)/h
A y B = Caudales de los dos aparatos de mayor consumo en m3 (s)/h
C, D, ..., N = Caudales del resto de aparatos en m3 (s)/h
Por lo tanto, conociendo los caudales nominales de los aparatos a gas de que disponen las viviendas, el caudal de simultaneidad de cada instalación individual será el siguiente:
Encimera: Qen= 5,8 kW / 11 kWh/m3(s) = 0,5 m3(s)/h Caldera mixta de 13 l/min: Qmx= 30,9 kW / 11 kWh/m3(s) = 2,8 m3(s)/h
4.3-30
Qsi = 2,8 + 0,5 m3(s)/h = 3,3 m3(s)/h
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Determinación del caudal máximo de simultaneidad de la instalación común
Determinación de la longitud equivalente de cada tramo de instalación receptora
El cálculo del caudal de simultaneidad de la instalación común se realizará de acuerdo con los criterios expuestos en la ficha 4.1, teniendo en cuenta que variará de un tramo a otro en función del número de viviendas que alimente el tramo y que todas las viviendas tienen el mismo caudal máximo de simultaneidad:
El cálculo de la longitud equivalente de un tramo de instalación receptora se realizará, tal como se indica en la ficha 4.1, incrementando en un 20 % la longitud real del tramo. A continuación, se muestra la tabla de longitudes reales y longitudes equivalentes de la arteria principal de la instalación receptora objeto del cálculo:
Qtramo=nºviv.tramoxQsixSn
Instalación común
donde: Qtramo= Caudal máximo de simultaneidad de un tramo de la instalación común en m3 (s)/h Qsi = Caudal máximo de simultaneidad de cada vivienda o local en m3(s)/h Sn = Factor de simultaneidad, función del número de viviendas que alimenta la instalación común y de que estén instaladas o no calderas de calefacción.
Tramo
A-A'
A'-B
B-C B-C'
C-C1,2 C'-C'1,2
C-D C'-D'
Longitud real (m)
10
3
2
1
3
Longitud equiv. (m)
12
3,6
2,4
1,2
3,6
Tramo Debido a que se trata de una instalación común que alimenta a instalaciones individuales que tienen calefacción, deberemos escoger para cada tramo el factor de simultaneidad S2 de la tabla correspondiente de la ficha 4.1. Por lo tanto, los caudales de simultaneidad de la arteria principal, tramo A-F o A-F', ya que la instalación es simétrica desde el punto B, serán los siguientes:
D-D1,2 D'-D'1,2
D-E D'-E'
E-E1,2 E'-E'1,2
E-F E'-F'
F-F1,2 F'-F'1,2
Longitud real (m)
1
3
1
3
1
Longitud equiv. (m)
1,2
3,6
1,2
3,6
1,2
G-H
I-J
J-K
J-L
Longitud real (m)
1
2
1
3
Longitud equiv. (m)
1,2
2,4
1,2
3,6
A-B: QAB = 16 viv. x 3,3 m3(s)/h x 0,40 = 21,4 m3(s)/h
Instalaciones individuales 3
3
B-C y B-C': QBC = 8 viv. x 3,3 m (s)/h x 0,45 = 12,0 m (s)/h
Tramo 3
3
C-D y C'-D': QCD = 6 viv. x 3,3 m (s)/h x 0,50 =10,0 m (s)/h D-E y D'-E': QDE = 4 viv. x 3,3 m3(s)/h x 0,55 = 7,3 m3(s)/h E-F y E'-F': QEF = 2 viv. x 3,3 m3(s)/h x 0,70 = 4,7 m3(s)/h
4.3-31
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Distribución de la pérdida de carga y diámetro mínimo en cada tramo de instalación receptora.
Para realizar la distribución de la pérdida de carga en cada tramo de la instalación receptora, así como para asignar el diámetro mínimo de cada tramo, se tendrán en cuenta los criterios dados por la Empresa Suministradora. Para el gas natural, se tendrán en cuenta los criterios expuestos en la ficha 3.4. sobre pérdidas de carga admisible y diámetros mínimos en instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda alimentadas desde redes de media presión A y que, aplicados a la instalación receptora objeto del cálculo, son los siguientes:
Punto/Tramo
A
P. mín (mbar)
18,9
A-H
Cont. y V.S. mín
17,9
∆P máx. (mbar)
1,0
ø mín. (mm)
20
4.3-32
H
Salida cont. I
I-K I-L
16,7 1,2
K L
16,2 0,5 10
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Determinación del diámetro de cálculo y del diámetro comercial de cada tramo. Cálculo de la pérdida de carga real en cada tramo.
común, siendo polietileno el material de la conducción. Está fijado por la Empresa Suministradora que el diámetro mínimo del tubo de polietileno sea DN 40. Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 10 m
Para la determinación del diámetro de cada tramo de conducción se utilizará la fórmula de Renouard. Utilizando la pérdida de carga máxima admisible se obtendrá el diámetro mínimo del mismo. Como la presión efectiva a partir de la llave de acometida es inferior a 100 mbar, se utilizará la fórmula de Renouard lineal: ∆P = 23.200 x dr x LE x Q1,82 x D-4,82 Se tendrá en cuenta para todos los tramos que la densidad relativa del gas suministrado, tal como se ha indicado anteriormente, es 0,62. Dado que la instalación común tiene más de un tramo se utilizará como método de reparto de pérdida de carga el descrito en los puntos 8 a 12 del proceso de cálculo de esta misma ficha 4.3, basado en el concepto de reparto de pérdida de carga por metro lineal de instalación. El tramo principal se iniciará en la salida de la llave de acometida (punto A) y finalizará en la salida de la llave de conexión de la caldera mixta (punto L) del 4º piso. Su distancia será de 31 m e irá decreciendo a medida que se vayan calculando los sucesivos tramos, y la pérdida total de carga admisible será de 15 mbar, sin contar la del tramo H-I (contador) que es de 1,2 mbar. A continuación se inicia el proceso de cálculo de la instalación común y de cada una de las individuales que constituyen la instalación receptora.
Longitud equivalente: 12 m Presión en inicio tramo: 18,9 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 15 * 10/31 = 0,48 mbar (*) Caudal: 21,4 m3(s)/h (*)
Se ha tomado como tramo principal el tramo comprendido entre la llave de acometida y llave de conexión de la caldera mixta de las viviendas del 4º piso, por ser el tramo de mayor longitud: (10 + 3 + 2 + 3 + 3 + 3 + 1 + 1 + 2 + 3 = 31 m).
Se ha de calcular el diámetro teórico mínimo que produciría la pérdida de carga máxima admisible, y para ello se utilizará la fórmula de Renouard lineal despejando el diámetro, que es la única incógnita:
D = [(23.200 x dr x LE x Q1,82)/∆P]1/4,82
Sustituyendo los valores en la fórmula, resulta un diámetro teórico de 45,1 mm. Como puede comprobarse en la ficha 5.1, el diámetro comercial superior a éste, el de 51,5 (PE DN 63) que corresponde a un tallo DN 50 (PE DN 63 SDR 11 y Ac 2") tal como se indica en la ficha 5.3, y se calculará la pérdida de carga real en el tramo con este diámetro aplicando la fórmula de Renouard, ∆Preal = 23.200 x dr x LE x Q1,82 x Dcom.-4,82
Instalación común Tramo A-A’ El tramo A-A’ es el tramo comprendido entre la salida de la llave de acometida y el enlace de transición polietileno-acero del tallo, es decir, corresponde a la parte enterrada de la instalación
Se tendrá en cuenta además que deberá cumplirse: V < 20 m/s
4.3-33
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Realizando los cálculos con este diámetro, resulta una pérdida de carga real de 0,25 mbar. Como la presión mínima admisible en el punto de inicio del tramo (A) es de 18,9 mbar, la presión en el punto final del tramo (A’) será la diferencia entre la presión inicial y la pérdida de carga real, es decir, 18,6 mbar. Para el cálculo de la velocidad del gas en el tramo se necesita conocer la presión absoluta del gas al final del tramo en bar, que será la suma de la presión efectiva, expresada en bar, más la de referencia (1,01325 bar), lo que resulta:
Pabs. = 18,6/1000 +1,01325 = 1,03185 bar
Tramo A’-B El tramo A’-B es el tramo comprendido entre el enlace de transición polietileno-acero del tallo, es decir, cuando la instalación receptora comienza a ser vista, y la primera derivación de la instalación, es decir, hasta el punto en que se divide en dos montantes, siendo la instalación receptora a partir del punto B simétrica, por lo que sólo se calcularán los tramos correspondientes a un montante, ya que los correspondientes al otro montante serán iguales. A partir de el punto A’, se utilizará el acero como material para toda la instalación común (hasta las llaves de abonado). Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 3 m
La velocidad del gas será la siguiente:
Longitud equivalente: 4,8 m Presión en inicio tramo: 18,6 mbar
V = 354 x Q x Pabs.-1 x D-2 = 2,8 m/s < 20 m/s
Pérdida de carga máxima admisible: (15-0,25) * 3/(31-10) = 0,18 mbar (*) Caudal: 21,4 m3(s)/h (*)
Por lo tanto, las características del tramo A-A’ son las siguientes:
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la llave de conexión de la caldera mixta de las viviendas del 4º piso pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo A’-B lo siguiente: Tramo A-A’ Tramo A’-B Longitud real del tramo: 10 m Longitud equivalente del tramo: 12 m Caudal: 21,4 m3(s)/h Pérdida de carga máxima admisible: 0,48 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 45,1 mm Diámetro comercial del tramo: 51,5 mm (tallo DN 50, Pe 63 SDR 11 y Ac 2")
Longitud real del tramo: 3 m Longitud equivalente del tramo: 3,6 m Caudal: 21,4 m3(s)/h Pérdida de carga máxima admisible: 0,18 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 43,2 mm Diámetro comercial del tramo: 53,1 mm (Ac 2")
Presión en el inicio del tramo: 18,9 mbar
Presión en el inicio del tramo: 18,6 mbar
Pérdida de carga real: 0,25 mbar
Pérdida de carga real: 0,07 mbar
Presión final tramo: 18,6 mbar
Presión final tramo: 18,6 mbar
Velocidad del gas: 2,6 m/s
Velocidad del gas: 2,6 m/s
4.3-34
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Tramo B-C
Tramo C-D
El tramo B-C es el tramo comprendido entre la derivación de los dos montantes y las derivaciones del 1er piso.
El tramo C-D es el tramo comprendido entre las derivaciones del 1er y el 2º piso.
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 3 m
Longitud real: 2 m
Longitud equivalente: 3,6 m
Longitud equivalente: 2,4 m
Presión en inicio tramo: 18,5 mbar
Presión en inicio tramo: 18,6 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: (1,5-0,25-0,07-0,1)* 3/(31-10-3-2) = 0,20 mbar (*)
Pérdida de carga máxima admisible: (1,5-0,25-0,07)* 2/(31-10-3) = 0,13 mbar (*)
Caudal: 10 m3(s)/h
3
Caudal: 12 m (s)/h (*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la llave de conexión de la caldera mixta de las viviendas del 4º piso pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo B-C lo siguiente:
(*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la llave de conexión de la caldera mixta de las viviendas del 4º piso pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo C-D lo siguiente:
Tramo B-C
Tramo C-D
Longitud real del tramo: 2 m
Longitud real del tramo: 3 m
Longitud equivalente del tramo: 2,4 m
Longitud equivalente del tramo: 3,6 m
3
Caudal: 12 m (s)/h
Caudal: 10 m3(s)/h
Pérdida de carga máxima admisible: 0,13 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 0,20 mbar
Diámetro mínimo de cálculo: 34,1 mm
Diámetro mínimo de cálculo: 31,6 mm
Diámetro comercial del tramo: 36 mm (Ac 1 1/4")
Diámetro comercial del tramo: 36 mm (Ac 11/4")
Presión en el inicio del tramo: 18,6 mbar
Presión en el inicio del tramo: 18,5 mbar
Pérdida de carga real: 0,10 mbar
Pérdida de carga real: 0,11 mbar
Presión final tramo: 18,5 mbar
Presión final tramo: 18,4 mbar
Velocidad del gas: 3,2 m/s
Velocidad del gas: 2,7 m/s
4.3-35
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Tramo D-E
Tramos E-F
El tramo D-E es el tramo comprendido entre las derivaciones del 2º y el 3er piso.
El tramo E-F es el tramo comprendido entre las derivaciones del 3er y el 4º piso.
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Los datos básicos para el cálculo del tramo son:
Longitud real: 3 m Longitud equivalente: 3,6 m Presión en inicio tramo: 18,4 mbar Pérdida de carga máxima admisible: (1,5-0,25-0,07-0,1-0,11) * 3/(31-10-3-2-3) = 0,22 mbar(*) Caudal: 7,3 m3(s)/h (*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la llave de conexión de la caldera mixta de las viviendas del 4º piso pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo D-E lo siguiente:
Longitud real: 3 m Longitud equivalente: 3,6 m Presión en inicio tramo: 18,5 mbar Pérdida de carga máxima admisible: (1,5-0,25-0,07-0,1-0,11-0,23) * 3/(31-10-3-2-3-3)= 0,22 mbar (*) Caudal: 4,7 m3(s)/h (*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la llave de conexión de la caldera mixta de las viviendas del 4º piso pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo E-F lo siguiente:
Tramo D-E
Tramo E-F
Longitud real del tramo: 3 m
Longitud real del tramo: 3 m
Longitud equivalente del tramo: 3,6 m
Longitud equivalente del tramo: 3,6 m
3
Caudal: 7,3 m (s)/h
Caudal: 4,7 m3(s)/h
Pérdida de carga máxima admisible: 0,22 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 0,22 mbar
Diámetro mínimo de cálculo: 27,5 mm
Diámetro mínimo de cálculo: 23,3 mm
Diámetro comercial del tramo: 27,3 mm (Ac 1")(**)
Diámetro comercial del tramo: 27,3 mm (Ac 1")
Presión en el inicio del tramo: 18,4 mbar
Presión en el inicio del tramo: 18,1 mbar
Pérdida de carga real: 0,23 mbar
Pérdida de carga real: 0,10 mbar
Presión final tramo: 18,1 mbar
Presión final tramo: 18,0 mbar
Velocidad del gas: 3,4 m/s
Velocidad del gas: 2,2 m/s
(**)
Se ha escogido un diámetro inferior al teórico de cálculo por ser éste un valor muy cercano al diámetro comercial y porque se supone que podrá ganarse en los tramos siguientes la diferencia de pérdida de carga. Si no fuera así, debería recalcularse con un diámetro comercial superior.
4.3-36
Ahora calcularemos las derivaciones correspondientes al 4º piso, que son las que presentan unas condiciones más desfavorables, por lo que el diámetro comercial que se escoja podrá utilizarse, si se cree conveniente, en los tramos equivalentes de los pisos que están por debajo aunque algunos de éstos por cálculo salgan inferiores, como se verá más adelante.
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Tramos F-Fi (i=1,2) Los tramos F-F1 y F-F2 son los correspondientes a las derivaciones del 4º piso y llegan hasta las correspondientes llaves de abonado. Los datos básicos para el cálculo de los tramos son: Longitud real: 1 m Longitud equivalente: 1,2 m Presión en inicio tramo: 18,0 mbar Pérdida de carga máxima admisible: (1,5-0,25-0,07-0,1-0,11-0,23-0,1) * 1/(31-10-3-2-3-3-3)= 0,09 mbar (*)
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Instalaciones individuales Siguiendo con el cálculo del tramo principal, a continuación se realizará el cálculo de las instalaciones individuales del 4º piso, que son las más desfavorables. Tramos Fi-H (i=1,2) Los tramos Fi-H corresponden a los tramos comprendidos entre las llaves de vivienda y la salida de la llave de contador de las instalaciones individuales del 4º piso. Los datos básicos para el cálculo de los tramos son: Longitud real: 1 m
Caudal: 3,3 m3(s)/h (*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la llave de conexión de la caldera mixta de las viviendas del 4º piso pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para los tramos F-Fi lo siguiente:
Tramos F-Fi (i=1,2) Longitud real del tramo: 1 m Longitud equivalente del tramo: 1,2 m
Longitud equivalente: 1,2 m Presión en inicio tramo: 18,0 mbar Pérdida de carga máxima admisible: (1,5-0,25-0,07-0,1-0,11-0,23-0,1-0,06) * 1/(31-10-3-2-3-3-3-1 = 0,08 mbar (*) Caudal: 3,3 m3(s)/h (*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la llave de conexión de la caldera mixta de las viviendas del 4º piso pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para los tramos Fi-H lo siguiente:
Caudal: 3,3 m3(s)/h Pérdida de carga máxima admisible: 0,09 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 19,6 mm
Tramos Fi-H (i=1,2)
Diámetro comercial del tramo: 21,7 mm (Ac 3/4")
Longitud real del tramo: 1 m
Presión en el inicio del tramo: 18,0 mbar
Longitud equivalente del tramo: 1,2 m
Pérdida de carga real: 0,06 mbar
Caudal: 3,3 m3(s)/h
Presión final tramo: 18,0 mbar
Pérdida de carga máxima admisible: 0,10 mbar
Velocidad del gas: 2,4 m/s
Diámetro mínimo de cálculo: 19,4 mm Diámetro comercial del tramo: 20 mm (Cu 20x22) Presión en el inicio del tramo: 18,0 mbar Pérdida de carga real: 0,08 mbar
Como hemos indicado anteriormente, los tramos C-Ci, D-Di y E-Ei se calcularán más adelante, cuando se calculen las instalaciones individuales correspondientes al 1er, 2º y 3er piso.
Presión final tramo: 17,9 mbar Velocidad del gas: 2,9 m/s
4.3-37
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Tramo H-I: contador
Tramo J-L
El tramo H-I contiene el contador y tiene asignada una pérdida de carga máxima admisible de 1,2 mbar.
El tramo J-L es el tramo de la instalación que alimenta a la caldera mixta.
Al disponer de una presión mínima en el punto H 17,9 mbar, y teniendo una pérdida de carga de 1,2 mbar, la presión mínima que se dispondrá en el punto I será de 16,7 mbar.
Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 3 m Longitud equivalente: 3,6 m Presión en inicio tramo: 16,5 mbar
Tramo I-J El tramo I-J es el tramo comprendido entre la salida del contador, o la de la válvula de seguridad por defecto de presión, si existe, y la derivación a la encimera.
Pérdida de carga máxima admisible: 1,5-0,25-0,07-0,1-0,11-0,23-0,1-0,06-0,08-0,17= = 0,33 mbar(*) Caudal: 2,8 m3(s)/h (*)
Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 2 m Longitud equivalente: 2,4 m Presión en inicio tramo: 16,7 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 1,5-0,25-0,07-0,1-0,11-0,23-0,1-0,06-0,08)* 2/(31-10-3-2-3-3-3-1-1) = 0,20 mbar (*) Caudal: 3,3 m3(s)/h (*)
Se ha recalculado la pérdida de carga máxima admisible por metro, tomando como tramo principal el comprendido entre la llave de acometida y la llave de conexión de la caldera mixta de las viviendas del 4º piso pero descontando la pérdida de carga real calculada hasta el momento y la distancia de los tramos ya calculados.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo I-J lo siguiente:
La pérdida de carga máxima admisible en el tramo, por ser un tramo final, está calculada como diferencia de la admitida total y la real calculada hasta el punto de inicio.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo J-L lo siguiente:
Tramo J-L Longitud real del tramo: 3 m Longitud equivalente del tramo: 3,6 m Caudal: 2,8 m3(s)/h Pérdida de carga máxima admisible: 0,33 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 17,7 mm Diámetro comercial del tramo: 20 mm (Cu 20x22) Presión en el inicio del tramo: 16,5 mbar Pérdida de carga real: 0,18 mbar Presión final tramo: 16,3 mbar
Tramo I-J Longitud real del tramo: 2 m Longitud equivalente del tramo: 2,4 m Caudal: 3,3 m3(s)/h Pérdida de carga máxima admisible: 0,20 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 19,3 mm Diámetro comercial del tramo: 20 mm (Cu 20x22) Presión en el inicio del tramo: 16,7 mbar Pérdida de carga real: 0,17 mbar Presión final tramo: 16,5 mbar Velocidad del gas: 2,9 m/s
4.3-38
Velocidad del gas: 2,4 m/s
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Tramo J-K El tramo J-K es el tramo de la instalación que alimenta a la encimera. Los datos básicos para el cálculo del tramo son: Longitud real: 1 m Longitud equivalente: 1,2 m Presión en inicio tramo: 16,5 mbar Pérdida de carga máxima admisible: 1,5-0,25-0,07-0,1-0,11-0,23-0,1-0,06-0,08-0,17 = = 0,33 mbar (*)
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Realizando los cálculos de la forma mencionada anteriormente, y partiendo de los puntos C, D y E, se calcularán los tramos C-Ci, D-Di y E-Ei, así como los tramos de las instalaciones individuales correspondientes a cada piso. A continuación, se muestran las tablas resumen con los resultados obtenidos en el cálculo de cada tramo de la instalación receptora común e individuales del 4º piso, caso más desfavorable, 3er piso, 2º piso y 1er piso, caso más favorable, y el trazado de la instalación receptora indicando los diámetros comerciales de cada tramo.
Caudal: 0,5 m3(s)/h (*)
La pérdida de carga máxima admisible en el tramo, por ser un tramo final, está calculada como diferencia de la admitida total y la real calculada hasta el punto de inicio.
Realizando el mismo proceso que para el tramo A-A’, se obtiene para el tramo J-K lo siguiente:
Tramo J-K Longitud real del tramo: 1 m Longitud equivalente del tramo: 1,2 m Caudal: 0,5 m3(s)/h Pérdida de carga máxima admisible: 0,33 mbar Diámetro mínimo de cálculo: 7,5 mm Diámetro comercial del tramo: 10 mm (Cu 10x12) Presión en el inicio del tramo: 16,5 mbar Pérdida de carga real: 0,08 mbar Presión final tramo: 16,4 mbar Velocidad del gas: 2,4 m/s
4.3-39
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Tabla resumen Ejemplo 3 Instalación receptora conectada a una red en baja presión en finca plurifamiliar con dos montantes con contadores en vivienda
Instalación común Tramo
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar
P.Fin. mbar
V<20 m/s
A-A'
10
12
21,4
18,9
0,48
45,1
51,5
0,25
18,6
2,8
A'-B
3
3,6
21,4
18,6
0,18
43,2
53,1
0,07
18,6
2,6
B-C
2
2,4
12,0
18,6
0,13
34,1
36
0,10
18,5
3,2
C-Ci
1
1,2
3,3
18,5
0,15
17,6
21,7
0,06
18,4
2,4
C-D
3
3,6
10,0
18,5
0,20
31,6
36
0,11
18,4
2,7
D-Di
1
1,2
3,3
18,4
0,14
18,0
21,7
0,06
18,3
2,4
D-E
3
3,6
7,3
18,4
0,22
27,5
27,3(*)
0,23
18,1
3,4
E-Ei
1
1,2
3,3
18,0
0,09
19,6
21,7
0,06
18,0
2,4
E-F
3
3,6
4,7
18,1
0,22
23,3
27,3
0,10
18,0
2,2
F-Fi
1
1,2
3,3
18,0
0,09
19,6
21,7
0,06
18,0
2,4
( )
* Se ha escogido un diámetro inferior al del teórico de cálculo por ser éste un valor muy cercano al diámetro comercial y porque una vez realizado el cálculo ha podido repartirse la pérdida de carga adicional en el resto de tramos.
Instalaciones individuales del 1er piso (caso más favorable) Tramo Ci-H
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
1
1,2
3,3
18,4
Contador y V.S. mín.
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar 0,17
17,2
20
18,3
P.Fin. mbar
V<20 m/s
0,08
18,4
2,4
1,20
17,1
I-J
2
2,4
3,3
17,1
0,38
16,9
20
0,17
17,0
2,9
J-L
3
3,6
2,8
17,0
0,77
14,8
16
0,53
16,4
3,8
J-K
1
1,2
0,5
17,0
0,77
6,3
10
0,08
16,9
1,8
4.3-40
4 Cálculo de instalaciones receptoras
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
Instalaciones individuales del 2º piso
Tramo Di-H
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
1
1,2
3,3
18,4
Contador y V.S. mín.
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar 0,15
17,6
20
18,2
P.Fin. mbar
V<20 m/s
0,08
18,2
2,9
1,20
17,0
I-J
2
2,4
3,3
17,0
0,33
17,3
20
0,17
16,9
2,9
J-L
3
3,6
2,8
16,9
0,67
15,3
16
0,53
16,3
3,8
J-K
1
1,2
0,5
16,9
0,67
6,5
10
0,08
16,8
1,8
P.Fin. mbar
V<20 m/s
0,08
18,0
2,9
1,20
16,7
Instalaciones individuales del 3er piso
Tramo Ei-H
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
1
1,2
3,3
18,0
Contador y V.S. mín.
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar 0,10
19,4
20
17,9
I-J
2
2,4
3,3
16,7
0,20
19,3
20
0,17
16,5
2,9
J-L
3
3,6
2,8
16,5
0,33
17,7
20
0,18
16,3
2,4
J-K
1
1,2
0,5
16,5
0,33
7,5
10
0,08
16,4
1,8
P.Fin. mbar
V<20 m/s
0,08
17,9
2,9
1,20
16,7
Instalaciones individuales del 4º piso (caso más desfavorable)
Tramo Fi-H
L.Real m
L.Equi. m
Caudal m3(s)/h
P.Ini. mbar
1
1,2
3,3
18,0
Contador y V.S. mín.
Dp.Adm. D.Calc. D.Com. Dp.Real mbar mm mm mbar 0,10
19,4
20
17,9
I-J
2
2,4
3,3
16,7
0,20
19,3
20
0,17
16,5
2,9
J-L
3
3,6
2,8
16,5
0,33
17,7
20
0,18
16,3
2,4
J-K
1
1,2
0,5
16,5
0,33
7,5
10
0,08
16,4
1,8
4.3-41
4.3 Proceso de cálculo de instalaciones receptoras. Ejemplos prácticos
4 Cálculo de instalaciones receptoras
Ejemplo 3 Instalación receptora conectada a una red en baja presión en finca plurifamiliar con dos montantes con contadores en vivienda Llave de abonado
F
F'1 F2
F'
F'2
Caldera mixta
Limitador de caudal V.S. mín
F1
H
I
J
L
K
Q
G E'2
E'1 E2
E'
Contador
Encimera
E1
E
Q
D'2
D'1 D2
D'
D
D1 Q
C'2
C'1 C2
C'
C
C1 Q
Llave de montante colectivo
Red Distribución BP
Pe DN 63 Ac 2"
B
Llave de acometida
Ac 1 1/4" Ac 1" Ac 3/4"
A'
A
Cu 20x22 Cu 16x18 Cu 10x12 Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato)
Instalación común
Instalación común Tramo
A - A'
A' - B
B-C B-C'
C-C1,2 C'-C'1,2
C-D C'-D'
D-D1,2 D'-D'1,2
D-E D'-E'
E-E1,2 E'-E'1,2
E-F E'-F'
F-F1,2 F'-F'1,2
Diámetro comercial
Pe DN 63
Ac 2"
Ac 11/4"
Ac 3/4"
Ac 1 1/4"
Ac 3/4"
Ac 1"
Ac 3/4"
Ac 1"
Ac 3/4"
Tallo normalizado DN 50
Instalaciones individuales Tramo Diámetro comercial
4.3-42
G-H
I-J
J-L
J-K
1er y 2º
Cu 20x22
Cu 20x22
Cu 16x18
Cu 10x12
3er y 4º
Cu 20x22
Cu 20x22
Cu 20x22
Cu 10x12
5
Materiales, elementos y accesorios
5.1. Tuberías
5.2. Dispositivos de corte
5.3. Tallos
5.4. Elementos de regulación y seguridad 5.5. Contadores
5.6. Accesorios
5 Materiales, elementos y accesorios
5.1 Tuberías
Tipos de tuberías Las tuberías que forman parte de las instalaciones receptoras han de ser de materiales con las características mecánicas adecuadas a la función que han de desempeñar y que no sufran deterioros ni por el gas distribuido ni por el medio exterior con el que están en contacto. Si esto no se cumple, deberán estar protegidos por un recubrimiento eficaz. Por ello, las tuberías que formen parte de las instalaciones receptoras, con las limitaciones que más adelante se expondrán, podrán ser de los siguientes materiales: Cobre Acero Acero inoxidable Polietileno A continuación, se desarrollan las características y limitaciones de cada uno de estos materiales.
5.1-1
5 Materiales, elementos y accesorios
Tuberías de cobre
5.1 Tuberías
El tubo de cobre ha de estar compuesto por cobre desoxidado con fósforo con alto contenido en fósforo residual, denominado C-1130 según la norma UNE 37.141 y con un espesor mínimo de 1 mm.
Los accesorios para la ejecución de uniones, reducciones, derivaciones, codos, curvas, conexiones por junta plana, etc., mediante soldadura por capilaridad estarán fabricados de tubo de cobre de las mismas características que el tubo al que han de unirse o podrán ser accesorios mecanizados de bronce o latón de características y propiedades según norma ISO 1338 (bronce y latón) o UNE 37.103 Parte 1 Ref. 6440 (latón), preparados para soldar al tubo de cobre por capilaridad. Las medidas y tolerancias de los accesorios de cobre, bronce o latón serán acordes con las características dimensionales del tubo al que han de unirse.
Las características mecánicas, así como las medidas y tolerancias, son las que se determinan en la citada norma UNE 37.141, y han de suministrarse en barra (estado duro), no permitiéndose el empleo de tubo en estado recocido (o blando) suministrado en rollo.
En la siguiente tabla, se muestran las dimensiones más usuales de los tubos de cobre según la citada norma UNE 37.141.
El tubo de cobre utilizado para la construcción de instalaciones receptoras de gas ha de ser tubo redondo de precisión estirado en frío sin soldadura, para su empleo con accesorios (manguitos, codos, etc) soldados por capilaridad.
Dimensiones de los tubos de cobre (según UNE 37.141) Diámetro exterior (mm)
Diámetro interior (mm)
Espesor (mm)
12
10
1
10 x 12
15
13
1
13 x 15
18
16
1
16 x 18
22
20 19,6 19
1 1,2 1,5
20 x 22 19,6 x 22 19 x 22
28
26 25,5 25
1 1,2 1,5
26 x 28 25,6 x 28 25 x 28
35
33 32,6 32
1 1,2 1,5
33 x 35 32,6 x 35 32 x 35
42
40 39,6 39
1 1,2 1,5
40 x 42 39,6 x 42 39 x 42
54
51,6 51
1,2 1,5
51,6 x 54 51 x 54
64
61 60
1,5 2
61 x 64 60 x 64
76
73 72
1,5 2
73 x 76 72 x 76
89
85 84
2 2,5
85 x 89 84 x 89
108
104 103
2 2,5
104 x 108 103 x 108
5.1-2
Denominación usual (øint x øext)
5 Materiales, elementos y accesorios
5.1 Tuberías
Los tubos de acero deberán cumplir la norma UNE 19.040 en lo relativo a dimensiones y las normas UNE 19.045 o 19.046, según sean con soldadura o sin soldadura, respectivamente, en lo relativo a las características de los mismos.
Tuberías de acero El tubo de acero utilizado para la construcción de instalaciones receptoras de gas será de la calidad y dimensiones adecuadas a la instalación y al sistema previsto de unión entre tubos.
Los accesorios para la ejecución de uniones, derivaciones, codos, curvas, conexión por junta plana, etc., mediante soldadura, estarán fabricados con acero de las mismas características que las del tubo al que han de unirse.
El tubo de acero se fabrica normalmente a partir de banda de acero laminada en caliente y soldada longitudinal o helicoidalmente.
Las medidas y tolerancias de los accesorios de acero serán acordes con las características dimensionales del tubo al que han de unirse.
La composición del tubo de acero soldado, helicoidal o longitudinalmente, ha de cumplir lo establecido en la norma UNE 36.090 y el tubo de acero sin soldadura ha de cumplir lo establecido en la norma UNE 36.080
En la siguiente tabla, se muestran las dimensiones más usuales de los tubos de acero según la citada norma UNE 19.040.
Dimensiones de los tubos de acero (según UNE 19.040) Diámetro nominal (Dn)
Diámetro exterior (mm)
Diámetro interior (mm)
Espesor (mm)
Denominación usual (por ø rosca)
10
17,2
12,6
2,3
3/8"
15
21,3
16,1
2,6
1/2"
20
26,9
21,7
2,6
3/4"
25
33,7
27,3
3,2
1"
32
42,4
36
3,2
1 1/4"
40
48,3
41,9
3,2
1 1/2"
50
60,3
53,1
3,6
2"
65
76,1
68,9
3,6
2 1/2"
80
88,9
80,9
4,0
3"
100
114,3
105,3
4,5
4"
125
139,7
129,7
5,0
5"
150
165,1
155,1
5,0
6"
5.1-3
5 Materiales, elementos y accesorios
5.1 Tuberías
Tubería de acero inoxidable El tubo de acero inoxidable utilizado para la construcción de instalaciones receptoras se fabrica normalmente por conformación mecánica de banda de acero inoxidable soldada longitudinalmente mediante soldadura eléctrica. La composición del tubo de acero inoxidable será del tipo F 3504 (X 6 Cr Ni 19-10) según norma UNE 36.016. En lo relativo a características y dimensiones, el tubo de acero inoxidable debe cumplir lo prescrito en la norma UNE 19.049.
Los accesorios para la ejecución de uniones, derivaciones, codos, curvas, conexión por junta plana, etc., mediante soldadura, estarán fabricados con acero inoxidable de las mismas características que las del tubo al que han de unirse mediante soldadura por capilaridad. Las medidas y tolerancias de los accesorios de acero inoxidable serán acordes con las características dimensionales del tubo al que han de unirse. En la siguiente tabla, se muestran las dimensiones más usuales según la citada norma UNE 19.049.
Dimensiones de los tubos de acero inoxidable (según UNE 19.049)
Diámetro exterior (mm)
Diámetro interior (mm)
Espesor (mm)
12
10,8
0,6
12 x 0,6
15
13,8
0,6
15 x 0,6
18
16,6
0,7
18 x 0,7
22
20,6
0,7
22 x 0,7
28
26,4
0,8
28 x 0,8
35
33
1
35 x 1
42
39,8
1,1
42 x 1,1
5.1-4
Denominación usual (øext x espesor)
5 Materiales, elementos y accesorios
5.1 Tuberías
Polietileno El tubo de polietileno utilizado para la construcción de instalaciones receptoras, limitado a tramos enterrados o empotrados en paredes exteriores protegidos con vaina, deberá cumplir las prescripciones que se indican en la norma UNE 53.333 y las Empresas Suministradoras asesorarán en todo lo relativo a características dimensionales y técnicas de unión. La unión de los tubos de polietileno se realizará por soldadura a tope o por soldadura por electrofusión, utilizando los accesorios adecuados en cada caso. Los tubos de polietileno se clasifican por su diámetro exterior y por el SDR, que es la relación existente entre el diámetro exterior y el espesor del tubo. Los tramos en polietileno que deban estar sometidos a media presión A o media presión B deberán ser, como mínimo, de SDR 11 y los tramos que deban estar sometidos a baja presión deberán ser, como mínimo, SDR 17,6. Es criterio del Grupo Gas Natural que las acometidas interiores enterradas se realicen en polietileno y sean propiedad de las Empresas Suministradoras del Grupo Gas Natural, por lo que siempre que sea necesario realizar una
acometida interior enterrada en una instalación, la Empresa Instaladora deberá comunicarlo a la Empresa Suministradora para que ésta se responsabilice de la construcción de dicha acometida interior enterrada. Los accesorios para la ejecución de uniones, derivaciones, codos, curvas, etc., mediante soldadura, estarán fabricados con polietileno de las mismas características que las del tubo al que han de unirse mediante soldadura a tope o por electrofusión. Las medidas y tolerancias de los accesorios de polietileno serán acordes con las características dimensionales del tubo al que se han de unirse. Los accesorios de polietileno preparados para realizar soldadura por electrofusión y los accesorios preparados para realizar soldadura a tope deberán ser compatibles con el tubo al que han de soldarse. Debido a las especiales características del tubo de polietileno, las Empresas Suministradoras asesorarán en todo lo relativo a características de los accesorios, técnicas de unión y maquinaria a utilizar y podrán suministrar los materiales necesarios (tubo, accesorios, maquinaria, etc) En la siguiente tabla, se muestran las dimensiones de los tubos más usuales utilizadas para la realización de tramos de instalación enterrados:
Dimensiones de los tubos de polietileno Baja presión
Media presión
Diámetro exterior (mm)
SDR
Diámetro interior (mm)
SDR
Diámetro interior (mm)
20
11
14
11
14
32
11
26,2
11
26,2
40
11
32,7
11
32,7
63
11
51,5
11
51,5
90
11
73,6
11
73,6
110
17,6
97,5
11
90
5.1-5
5 Materiales, elementos y accesorios
Tipos de dispositivos de corte Los dispositivos de corte utilizados para la construcción de instalaciones receptoras de gas, conocidos generalmente como llaves de corte, han de cumplir las características en cuanto a funcionamiento, mecánicas y materiales, indicadas en la norma UNE 19.679. En todos los casos las llaves de corte serán de accionamiento manual y de obturador esférico.
5.2 Dispositivos de corte
Estos tipos de llaves se utilizan básicamente como llaves de edificio, de montante colectivo, de abonado, de vivienda o como llaves intermedias de la instalación. También se utilizan como llaves de conexión de aparato cuando el aparato a gas está considerado como fijo y su conexión es rígida. 3. Llave de contador recta macho-hembra con conexiones por junta plana. 4. Llave de contador en escuadra macho-hembra con conexiones por junta plana. (3)
(4)
Las características y dimensiones de las llaves de corte de obturador esférico se especifican en la norma UNE 60.708, la cual muestra los diferentes tipos de conexiones que pueden tener las llaves (roscadas, unión por junta plana, etc.). Todas las llaves de corte cuya presencia sea obligatoria en la instalación receptora (llave de abonado, de contador, de conexión de aparato, etc) deben poder ser precintables y bloqueables. Debido a que la norma UNE 60.708 solo contempla hasta el diámetro nominal 100 mm, para diámetros nominales superiores podrán instalarse llaves de obturador esférico, de mariposa u otras, siempre que cumplan la correspondiente norma UNE o norma de reconocido prestigio aceptada por algún país de la CEE.
Estos tipos de llaves se utilizan exclusivamente para conexión de contadores.
5. Llave macho-macho con pata y conexiones por junta plana.
Las llaves de corte más usuales en instalaciones receptoras son las siguientes: 1. Llave hembra-macho con conexiones rosca gas hembra y junta plana. 2. Llave macho-macho con conexiones por junta plana.
(1)
(2)
Este tipo de llaves se utiliza normalmente como llave de conexión de aparato, es decir, como extremo de la instalación receptora.
A continuación, se muestra la tabla que recoge las dimensiones de las conexiones de los tipos de llaves mencionados anteriormente, de acuerdo con la norma UNE 60.708.
5.2-1
5 Materiales, elementos y accesorios
5.2 Dispositivos de corte
Dimensiones de las conexiones de las llaves de corte utilizadas normalmente
Denominación de la llave
Diámetro nominal
Diámetro rosca cónica
Diámetro rosca cilíndrica
Llave macho-macho con conexiones por junta plana (cilíndrica)
10 15 20 25 32 40 50 65 80 100
G 3/8" G 1/2" G 3/4" G 1" G 1 1/4" G 1 1/2" G 2" G 2 1/2" G 3" G 4"
G 1/2" G 3/4" G 1" G 1 1/4" G 1 1/2" G 2" G 2 1/2" G 3" G 3 1/2" G 4 1/2"
Llave de contador recta macho-hembra con conexiones por junta plana
20 25
— —
G 7/8" G 1 1/4"
40 50
— —
G 2" G 2 1/2"
10 15 20 25
— — — —
G 1/2" G 3/4" G 1" G 1 1/4"
Llave hembra-macho con conexiones rosca gas hembra (cónica) y junta plana (cilíndrica)
Llave de contador en escuadra macho-hembra con conexiones por junta plana
Llave macho-macho con pata y conexiones por junta plana
5.2-2
5 Materiales, elementos y accesorios
5.3 Tallos
Tallos Tubo de acero o cobre
500
Se conoce como tallo a la parte de la instalación receptora que realiza la transición de la parte enterrada de la misma a la parte vista o empotrada en muros.
Resina de poliuretano 400
Enlace monobloc PE-Ac o PE-Cu
Los tallos que se utilicen para la realización de instalaciones receptoras deberán estar compuestos por dos materiales distintos unidos por un enlace fijo o monobloc, siendo polietileno el material para la parte enterrada y acero o cobre para la parte vista o empotrada en muros. El enlace monobloc polietileno-acero o polietileno-cobre deberá estar protegido por una vaina metálica rellena de resina de poliuretano como protección antihumedad. Los tallos de polietileno-cobre con salida del tubo al exterior para instalación vista, incorporan una vaina de acero inoxidable en el tramo exterior hasta una altura de 2 m protegida por un tapón de elastómero para evitar la entrada de agua, para dar protección mecánica al tubo de cobre.
200
Tubo de PE
Tallo normalizado polietileno-acero o polietileno-cobre (en este caso ha de llevar vaina de protección de acero inoxidable).
Tapón de elastómero Tubo de cobre
Los tallos deberán ser de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural y tener su correspondiente contraseña de aprobación.
Vaina de protección del tubo (acero inoxidable)
Las Empresas Suministradoras asesorarán sobre las características y dimensiones de los tallos que deben utilizarse, así como de los puntos donde pueden adquirirse los tallos que cumplan la normativa que les es de aplicación y aseguren un adecuado diseño y calidad.
Vaina metálica de protección del enlace
En las tablas que se indican a continuación, se muestran las dimensiones de los tallos polietileno-acero y polietileno-cobre normalmente utilizados en la construcción de instalaciones receptoras.
Vaina metálica de protección del enlace
2m
Resina de poliuretano
Vaina de protección de acero inoxidable para tallos normalizados polietileno-cobre.
5.3-1
5 Materiales, elementos y accesorios
5.3 Tallos
Dimensiones de los tallos polietileno-acero
Diámetro nominal
Diámetro tubo de polietileno (mm)
Diámetro tubo de acero (mm)
25
32 SDR 11
33,7 (1")
32
40 SDR 11
42,4 (1 1/4")
50
63 SDR 11
60,3 (2")
80
90 SDR 11
88,9 (3")
Dimensiones de los tallos polietileno-cobre
Diámetro nominal
Diámetro tubo de polietileno (mm)
Diámetro tubo de cobre (mm)
Diámetro vaina protección tubo (acer. inox.)
25
32 SDR 11
22 (20 x 22)
35 (32 x 35)
32
40 SDR 11
42 (40 x 42)
63,5 (60,5 x 63,5)
50
63 SDR 11
54 (51 x 54)
76 (73 x 76)
5.3-2
5 Materiales, elementos y accesorios
Armarios de regulación para media presión B Los armarios de regulación para media presión B están compuestos básicamente por:
5.4 Elementos de regulación y seguridad
Para evitar la existencia de aberturas de ventilación que puedan dar pie a la introducción de objetos extraños, ésta se realiza a través del perímetro de la puerta del armario que no es estanca.
Armarios de regulación A-6
Toma de presión a la entrada (zona MPB) Llave de entrada (zona MPB) Filtro Regulador que incorpora en todos los casos la seguridad por exceso de presión y puede incorporar en algunos casos la seguridad por defecto de presión y la seguridad por alivio Toma de presión a la salida del regulador (zona BP o MPA) excepto en unifamiliares y bifamiliares Llave de salida (zona BP o MPA) excepto en viviendas unifamiliares Toma de presión de salida (zona BP o MPA) En algunos casos, como se verá más adelante, pueden incorporar, asimismo, el contador y la válvula de seguridad por defecto de presión con rearme automático.
El tipo A-6 es un armario de regulación de caudal nominal 6 m3/h con presión de regulación de 22 mbar para instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares. El regulador lleva incorporada la seguridad por exceso de presión de rearme manual y válvula de alivio. Incorpora válvula de seguridad por defecto de presión con rearme automático situada a la salida del contador G-4, incorporado en el mismo armario. La llave de entrada del conjunto de regulación puede realizar las funciones de llave de acometida, ya que está previsto que se conecte directamente la acometida en dicha llave, la cual dispone de un enlace mecánico a compresión para polietileno de DN 20 o para DN 32.
Los armarios de regulación han de estar construidos de forma compacta y cumplir la normativa que les es de aplicación en cuanto a materiales y características de funcionamiento.
Este enlace mecánico permite, asimismo, la conexión directa de tubo polietileno DN 20, de cobre ø 16 x 18 o acero ø 1" en un tipo de llave, y polietileno DN 32, cobre ø 25 x 28 o acero ø 1" en otro.
Los armarios de regulación están normalizados en función de su capacidad y el tipo de instalación receptora a la que alimentan.
El tubo de conexión de salida es de cobre ø 20 x 22 y sobresale un mínimo de 20 cm por la parte superior del armario.
Los armarios de regulación deberán ser de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural y tener su correspondiente contraseña de aprobación. Las Empresas Suministradoras asesorarán sobre las características y capacidad de los armarios de regulación que deben utilizarse, así como de los puntos donde pueden adquirirse los armarios de regulación que cumplan la normativa que les es de aplicación y aseguren un adecuado diseño y calidad. La conexión de entrada al armario de regulación se realizará por la parte inferior del armario y la conexión de salida por la parte superior derecha del mismo.
Armario de regulación A-6
5.4-1
5 Materiales, elementos y accesorios
Armarios de regulación A-10 El tipo A-10 es un armario de regulación de caudal nominal 10 m3/h con presión de regulación a 22 mbar para instalaciones receptoras en fincas bifamiliares, locales destinados a usos colectivos o comerciales, o unifamiliares de gran consumo.
5.4 Elementos de regulación y seguridad
En el modelo unifamiliar, no existe tubo de salida, sino que el conjunto finaliza con un racord dos piezas para unión por junta plana de 1 1/4" para poder salir con tubo de cobre o acero roscando un accesorio adecuado y soldando a continuación el resto de tramos de la instalación.
El regulador lleva incorporada la válvula de seguridad por exceso de presión con rearme manual y válvula de alivio. Este conjunto tipo de regulación está previsto para alimentar a dos instalaciones individuales con sus respectivos contadores G-4 incorporados en el mismo armario, y con válvula de seguridad por defecto de presión con rearme automático situada a la salida de cada contador en el caso del modelo bifamiliar, o para una instalación unifamiliar de gran consumo o local destinado a usos colectivos o comerciales, incorporando en este caso la seguridad por defecto de presión en el regulador, así como un contador G-6. La llave de entrada del conjunto de regulación puede realizar las funciones de llave de acometida, ya que está previsto que se conecte directamente la acometida en dicha llave, la cual dispone de un enlace mecánico a compresión para polietileno de DN 20 o para DN 32. Este enlace mecánico permite, asimismo, la conexión directa de tubo polietileno DN 20, de cobre ø 16 x 18 o acero ø 1" en un tipo de llave, y polietileno DN 32, cobre ø 25 x 28 o acero ø 1" en otro. En el modelo bifamiliar, los tubos de conexión de salida son de cobre ø 20 x 22 y sobresalen un mínimo de 20 cm por la parte superior del armario.
Armario de regulación A-10 unifamiliar
Armarios de regulación A-25 El tipo A-25 es un armario de regulación de caudal nominal 25 m3/h con presión de regulación de 55 mbar para instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares y presión de regulación de 22 mbar para instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales. El regulador lleva incorporada la válvula de seguridad por exceso de presión con rearme manual. El regulador de los armarios de regulación que alimenten a instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales deberán incorporar, asimismo, la válvula de seguridad por defecto de presión con rearme manual.
Armario de regulación A-10 bifamiliar
5.4-2
Los armarios de regulación para instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares no incorporarán la válvula de seguridad por defecto de presión, sino que la incorporarán cada una de las instalaciones individuales.
5 Materiales, elementos y accesorios
5.4 Elementos de regulación y seguridad
La llave de entrada del conjunto de regulación puede realizar las funciones de llave de acometida, ya que está previsto que se conecte directamente la acometida en dicha llave, que dispone de un enlace mecánico a compresión para polietileno de DN 20 o para DN 32.
El regulador de los armarios de regulación que alimenten a instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales deberán incorporar, asimismo, la válvula de seguridad por defecto de presión con rearme manual.
Este enlace mecánico permite, asimismo, la conexión directa de tubo polietileno DN 20, de cobre ø 16 x 18 o acero ø 1" en un tipo de llave, y polietileno DN 32, cobre ø 25 x 28 o acero ø 1" en otro.
Los armarios de regulación para instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares no incorporarán la válvula de seguridad por defecto de presión, sino que la incorporarán cada una de las instalaciones individuales.
No existe tubo de salida, sino que el conjunto finaliza con un racord dos piezas para unión por junta plana de 1 1/2" para poder salir con tubo de cobre o acero roscando un accesorio adecuado y soldando a continuación el resto de tramos de la instalación.
La llave de entrada del conjunto de regulación puede realizar las funciones de llave de acometida, ya que está previsto que se conecte directamente la acometida en dicha llave, que dispone de un enlace mecánico a compresión para polietileno de DN 32.
Armario de regulación A-25
Armario de regulación A-50
Armarios de regulación A-50 El tipo A-50 es un armario de regulación de caudal nominal 50 m3/h con presión de regulación de 55 mbar para instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares y presión de regulación de 22 mbar para instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales. El regulador lleva incorporada la válvula de seguridad por exceso de presión con rearme manual.
Este enlace permite, asimismo, la conexión directa de tubo de polietileno DN 32, cobre ø 25 x 28 o acero ø 1". No existe tubo de salida, sino que el conjunto finaliza con un racord dos piezas para unión por junta plana de 2 1/2" para poder salir con tubo de cobre o acero roscando un accesorio adecuado y soldando a continuación el resto de tramos de la instalación.
5.4-3
5 Materiales, elementos y accesorios
5.4 Elementos de regulación y seguridad
Armarios de regulación A-100 El tipo A-100 es un armario de regulación de caudal nominal 100 m3/h con presión de regulación de 22 mbar para instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales, salvo casos especiales de instalaciones receptoras plurifamiliares con autorización de la Empresa Suministradora en base a un estudio previo, cuya presión de regulación será de 55 mbar. El regulador de los armarios de regulación que alimenten a instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales deberán incorporar, asimismo, la válvula de seguridad por defecto de presión con rearme manual. Los armarios de regulación para instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares no incorporarán la válvula de seguridad por defecto de presión, sino que la incorporarán cada una de las instalaciones individuales. El tubo de conexión de entrada al conjunto de regulación es de acero ø 1 1/2". El tubo de conexión de salida es de acero ø 3" y sobresale un mínimo de 20 cm por la parte superior del armario.
5.4-4
Armario de regulación A-100
5 Materiales, elementos y accesorios
5.4 Elementos de regulación y seguridad
Características de funcionamiento En la tabla que a continuación se indica, se muestran las características de funcionamiento de los reguladores y los disparos de las seguridades en función de la presión nominal de salida (presión de regulación) que incorporan los armarios de regulación A-6, A-10, A-25, A-50, y A-100.
Características de funcionamiento de reguladores y seguridades
Presión de entrada
Presión de regulación
1 ÷ 4 bar
22 mbar
55 mbar
Características de regulación
Pn Pn + 7,5% Pn - 7,5%
22,0 24,0 20,5
55,0 59,0 51,0
Seguridad por exceso de presión
Pd Pd + 10% Pd - 10%
70,0 77,0 63,0
125,0 137,5 112,5
Seguridad por alivio
Pd Pd + 10% Pd - 10%
45,0 49,5 40,5
80,0 88,0 72,0
Seguridad por defecto de presión
Pd
10 ≤ P ≤ 15,0
—
5.4-5
5 Materiales, elementos y accesorios
Reguladores de abonado para media presión A Los reguladores de abonado para media presión A, están compuestos básicamente por:
5.4 Elementos de regulación y seguridad
La disposición de este tipo de reguladores puede ser recta o en escuadra, aunque normalmente son en escuadra (entrada en horizontal y salida en vertical), pues se instalan a la entrada del contador, con los siguientes tipos de conexiones: Entrada:
Rosca gas macho 3/4"
Salida:
Racord 2 piezas (unión por junta plana) de rosca gas 7/8" para acoplar a contador y rosca gas macho 3/4" para intercalar en la instalación.
Toma de presión aguas arriba del regulador Llave de entrada al regulador Regulador (puede incorporar seguridad por defecto de presión de rearme automático) Toma de presión aguas abajo del regulador Los reguladores de abonado para media presión A, normalmente no están contenidos en un armario formando un elemento compacto como ocurre con los armarios de regulación para media presión B, sino que se montan a la vez que la instalación receptora y se intercala el regulador entre la llave de abonado y el contador. Los reguladores de abonado deberán ser de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural y tener su correspondiente contraseña de aprobación. Las Empresas Suministradoras asesorarán sobre las características y dimensiones de los reguladores de abonado así como de los puntos donde pueden adquirirse los reguladores de abonado que cumplan la normativa que les es de aplicación y aseguren un adecuado diseño y calidad. Los reguladores de abonado que se utilicen en instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A, o para instalaciones individuales alimentadas desde un armario de regulación conectado a una red en media presión B con salida en media presión A, se clasifican en función de si su caudal nominal es igual o inferior a 6 m3/h o si es superior a éste.
Este tipo de regulador de abonado lleva incorporada la válvula de seguridad por defecto de presión, que es de rearme automático. Las características de funcionamiento del regulador y de la válvula de seguridad por defecto de presión que lleva incorporada, son las siguientes: Presión de entrada: 25 ÷ 200 mbar Presión de regulación: 22 mbar ± 10 % (20 ÷ 24 mbar) Disparo seguridad defecto presión: 10 ÷ 15 mbar Aforo rearme seguridad defecto presión: 8 ± 3 l/h a 200 mbar de entrada
Regulador de abonado en escuadra
Regulador de abonado lineal
Regulador de abonado con Qnom. ≤ 6 m3/h Los reguladores de abonado con caudal nominal inferior a 6 m3/h se utilizan básicamente para instalaciones en locales de uso doméstico.
5.4-6
Regulador de abonado de caudal nominal 6 m3/h con válvula de seguridad por defecto de presión con rearme automático incorporada
5 Materiales, elementos y accesorios
5.4 Elementos de regulación y seguridad
Regulador de abonado con Qnom. > 6 m3/h Los reguladores de abonado de caudal nominal superior a 6 m3/h se utilizan principalmente para instalaciones individuales en locales destinados a usos colectivos o comerciales. La disposición de este tipo de reguladores es recta, es decir, alineadas la entrada y la salida con el mismo diámetro de conexión a la entrada que a la salida, rosca hembra gas.
Regulador de abonado de caudal nominal superior a 6 m3/h
Este tipo de reguladores de abonado normalmente no llevan incorporada una válvula de seguridad por defecto de presión. Los reguladores de abonado existentes en el mercado y que cumplen estas características, tienen conexiones de 1", 1 1/2" y 2" rosca hembra gas, con caudales máximos de aproximadamente 15, 30 y 65 m3/h. Las características de funcionamiento del regulador son las siguientes: Presión de entrada: 25 ÷ 200 mbar Presión de regulación: 22 mbar ± 10 % (20 ÷ 24 mbar)
5.4-7
5 Materiales, elementos y accesorios
5.4 Elementos de regulación y seguridad
Válvulas de seguridad por defecto de presión
Válvula de seguridad por defecto de presión con Qnom. ≤ 6 m3/h
En las instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión B o en media presión A, se ha de asegurar la interrupción de suministro por defecto de presión. En las instalaciones receptoras alimentadas en baja presión, se ha de consultar a la Empresa Suministradora la necesidad o no de instalarla.
Las válvulas de seguridad por defecto de presión con caudal nominal inferior o igual a 6 m3/h son con rearme automático y se utilizan en instalaciones individuales en locales de uso doméstico, alimentadas desde armarios de regulación MPB/BP A-6 y A-10 bifamiliares, o bien desde redes de distribución en baja presión cuando lo indique la Empresa Suministradora.
En las instalaciones receptoras alimentadas en baja presión por no existir regulador y algunos tipos de instalaciones receptoras alimentadas en media presión, las válvulas de seguridad por defecto de presión son externas al regulador y pueden ser de dos tipos, de rearme automático y de rearme manual. Las Empresas Suministradoras asesorarán sobre las características y dimensiones de las válvulas de seguridad por defecto de presión que deben utilizarse, así como de los puntos donde pueden adquirirse las válvulas de seguridad por defecto de presión que cumplan la normativa que les es de aplicación y aseguren un adecuado diseño y calidad. Las válvulas de seguridad por defecto de presión, al igual que los reguladores de abonado, se clasifican en función de si su caudal nominal es igual o inferior a 6 m3/h o si es superior a éste. La presión de disparo de este tipo de válvulas de seguridad ha de estar comprendida entre 10 y 15 mbar.
5.4-8
La disposición de este tipo de válvulas de seguridad por defecto de presión es en escuadra (entrada en vertical y salida en horizontal), pues han de instalarse a la salida del contador, con los siguientes tipos de conexiones: Entrada:
Racord 2 piezas (unión por junta plana) de rosca gas 7/8
Salida:
Rosca gas 7/8" macho
Las válvulas de seguridad por defecto de presión deberán ser de modelo aceptado por el Grupo Gas Natural y tener su correspondiente contraseña de aprobación.
5 Materiales, elementos y accesorios
5.4 Elementos de regulación y seguridad
Válvula de seguridad por defecto de presión con Qnom. > 6 m3/h Las válvulas de seguridad por defecto de presión con caudal nominal superior a 6 m3/h son normalmente de rearme manual y se utilizan para instalaciones individuales en locales colectivos o comerciales cuyo consumo nominal sea superior a los 6 m3/h y estén alimentadas desde armarios de regulación A-25 o A-50 para fincas plurifamiliares o bien desde una red en media presión A o en baja presión. La disposición de este tipo de válvulas de seguridad es normalmente recta, es decir, alineadas la entrada y la salida con el mismo diámetro de conexión a la entrada que a la salida, rosca hembra gas. Las válvulas de seguridad por defecto de presión existentes en el mercado, y que cumplen estas características, tienen conexiones de 1", 11/2" y 2" rosca gas hembra, con caudales máximos de aproximadamente 15, 30 y 65 m3/h.
5.4-9
5 Materiales, elementos y accesorios
Contadores de gas Los contadores de gas son dispositivos que registran el volumen de gas consumido. Para la medición de volúmenes de gas en instalaciones individuales en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales, se pueden utilizar contadores de tipo volumétrico o de tipo de velocidad. En los contadores de tipo volumétrico, el mecanismo de medida desplaza un volumen constante de gas de forma cíclica, registrándose el mismo en el totalizador mientras exista consumo. Son contadores de tipo volumétrico los de membranas o también llamados de paredes deformables y los de pistones rotativos. Los contadores de tipo de velocidad se basan en que el caudal de gas es proporcional a la velocidad. Integrando el caudal se obtiene el volumen de gas consumido en un período determinado. Son contadores de tipo de velocidad los de turbina. Los contadores de gas están regulados por la Orden del M.O.P.U. de 26 de Diciembre de 1.988. Se clasifican según la designación "G" la cual establece el caudal nominal y a partir de éste el máximo y el mínimo que corresponde a cada contador. El caudal mínimo que puede medir un contador dentro de los límites de error máximos admitidos depende del rango de medición para el cual haya sido aprobado. Para instalaciones individuales de uso doméstico se utilizará habitualmente el contador de membrana G-4, salvo en casos excepcionales como viviendas unifamiliares con grandes consumos que puede ser necesario instalar un contador G-6. Para seleccionar el tipo y capacidad del contador al diseñar una instalación individual en un local destinado a usos colectivos o comerciales, deberá consultarse a la Empresa Suministradora, quién en función de los caudales máximos y mínimos previstos y de las características de funcionamiento de los aparatos a gas que se prevé instalar y de las posibles ampliaciones futuras, decidirá el tipo de contador y capacidad que mejor se adapta a las características de la instalación.
5.5 Contadores
Contadores de paredes deformables Los contadores de paredes deformables constan de una envolvente o carcasa y un conjunto de medición formado por dos cámaras, subdivididas internamente por una membrana, el sistema de correderas y el sistema de transmisión del movimiento al exterior. El gas penetra en las cámaras de medición desplazando la membrana interna hacia uno de los extremos de la misma. Al llegar al final de la carrera el sistema de correderas ha obturado la entrada de gas a la cámara que se estaba llenando y al mismo tiempo ha permitido que la cámara que se encontraba llena se haya podido vaciar vehiculando el gas hacia la salida del contador. El sistema de transmisión se encarga de enlazar el desplazamiento de las correderas y membranas de manera que resulte un movimiento continuo y de accionar el totalizador externo donde se acumula el volumen medido por el contador. El volumen de gas desplazado en un ciclo completo se denomina volumen cíclico y es un dato representativo de cada contador. Las características más destacables de los contadores de membrana son el amplio rango de medición que proporcionan, normalmente 1:150, así como una pérdida de carga muy reducida lo que permite su empleo en instalaciones receptoras en baja presión. Los contadores de membrana están disponibles en el mercado en los tipos correspondientes a la designación "G" comprendidos entre G-4 y G-160.
000 000 ,00 0
A continuación se indican las características de funcionamiento de los tres tipos de contadores mencionados.
5.5-1
5.5 Contadores
5 Materiales, elementos y accesorios
En la tabla siguiente se indican las dimensiones y características más relevantes de los contadores de paredes deformables según se establece en la norma UNE 60.510.
Capacidades y dimensiones características de los contadores de paredes deformables
Contador (denom. G)
Distancia entre ejes (mm)
Altura máxima (mm)
Conexiones
Caudal máximo m3(n)/h
Caudal mínimo m3(n)/h
G-4
160
305
G 7/8" (1)
6
0,04
G-6
250
350
G 1 1/4" (1)
10
0,06
G-16
(3)
420
G 2" (1)
25
0,16
G-25
(3)
510
G 2 1/2" (1)
40
0,25
G-40
(3)
660
DN 65 (2)
65
0,40
G-65
(3)
860
DN 80 (2)
100
0,65
G-100
(3)
940
DN 100 (2)
160
1
G-160
(3)
1.120
DN 150 (2)
250
1,6
(1)
Conexión roscada según norma ISO 228.
(2)
Conexión por medio de bridas PN 10 según norma UNE 19.153 o DIN 2526.
(3)
Distancia no prescrita por norma.
5.5-2
5 Materiales, elementos y accesorios
Contadores de pistones rotativos Estos contadores están constituidos por dos pistones de forma lobular montados sobre ejes independientes, conectados mecánicamente mediante engranajes idénticos, denominados de conjugación. Giran como consecuencia del par motor generado por la diferencia de presión entre la entrada y la salida del contador. El giro del contador provoca el desplazamiento de un determinado volumen de gas que queda contenido entre los pistones y la carcasa y recibe el nombre de volumen elemental. En un ciclo completo de un contador se desplazan cuatro volúmenes elementales. Los tipos más habituales son los comprendidos entre las designaciones G-16 a G-250. El rango de medida aprobado para estos contadores es 1:20 aunque actualmente existen contadores aceptados con rangos 1:30 y 1:50 lo cual permite la utilización de contadores de pistones rotativos en instalaciones en las que típicamente se instalaban contadores de membranas con el consecuente ahorro económico que ello representa. A fin de evitar que las impurezas que pudiera arrastrar el gas llegaran a trabar los pistones y, en consecuencia, interrumpir el suministro de gas, es necesario instalar un filtro de malla metálica a la entrada del contador. La norma UNE 60.510 no fija las dimensiones exteriores ni las conexiones de estos contadores por lo que deberá consultarse a los fabricantes para conocer las características dimensionales de un modelo determinado.
5.5 Contadores
Contadores de turbina Los contadores de turbina están constituidos por un cuerpo en el que en su interior se encuentra una rueda de álabes normalmente dispuesta axialmente. Existe un difusor a la entrada del contador que tiene la función de enderezar el flujo de gas. El paso del gas por el interior del contador imprime un movimiento de giro al rodete. La velocidad angular del mismo es proporcional al caudal vehiculado por el contador. El giro de la turbina es conducido al exterior por medio de un tren de engranajes que acciona el totalizador situado en el cabezal del contador. Los tipos más habituales son los comprendidos entre las designaciones G-100 a G-1000. El rango de medida aprobado para estos contadores es 1:20 aunque actualmente existen contadores aceptados con rangos 1:30. Para un funcionamiento correcto de los contadores de turbina se requiere que aguas arriba del mismo se disponga de un tramo recto de tubería con una longitud de 5 veces el diámetro nominal. Asimismo, es aconsejable que aguas abajo del contador se disponga de un tramo recto de longitud equivalente a 3 veces el diámetro nominal. La norma UNE 60.510 no fija las dimensiones exteriores ni las conexiones de los contadores por lo que deberá consultarse a los fabricantes para conocer las características dimensionales de un modelo determinado.
0000 00,0 00
000000,000
5.5-3
5 Materiales, elementos y accesorios
5.5 Contadores
En la tabla siguiente se indican los caudales máximos y mínimos correspondientes a los contadores con designaciones G más habituales en las instalaciones individuales en locales destinados a usos colectivos o comerciales. Se indican los caudales correspondientes a un rango de medición 1:20 mencionados en la norma UNE 60.510.
Capacidades más usuales de los contadores de pistones rotativos y turbina
5.5-4
Contador (denom. G)
Caudal máximo m3(n)/h
Caudal mínimo m3(n)/h
G-16
25
1,3
G-25
40
2
G-40
65
3
G-65
100
5
G-100
160
8
G-160
250
10
G-250
400
20
G-400
650
32
G-650
1.000
50
G-1.000
1.600
80
5 Materiales, elementos y accesorios
5.6 Accesorios
Vainas, conductos y pasamuros
Conducto
Las vainas, conductos y pasamuros que se utilizan para enfundar un tramo de instalación receptora pueden emplearse para varias funciones:
Tuberías de gas
Vaina de acero
1. Para dar protección mecánica a la tubería que contienen (protección para tuberías expuestas a golpes o choques, etc.). En estos casos, si se trata de una vaina siempre será de acero, y si se trata de un conducto podrá realizarse con materiales metálicos (acero, aluminio, cobre, latón, etc.) con un espesor mínimo de 1,5 mm o bien de obra con un espesor mínimo de 5 cm.
Protección mecánica mediante vaina
2. Para acceder con tubo de polietileno a armarios empotrados destinados a contener conjuntos de regulación.
Conducto de obra (e ≥ 5 cm)
En estos casos, la vaina será de un material con rigidez suficiente y conformado para adaptarse al lugar donde va a ir alojada. Normalmente estas vainas son de P.V.C. curvadas en caliente.
Vaina Conducto metálico (e ≥ 1,5 mm)
0,50 ≤ d ≤ 1,50 m
Tubo PE
Protección mecánica mediante conducto
5.6-1
5 Materiales, elementos y accesorios
3. Para realizar la ventilación de tuberías que pasan por primeros sótanos, cámaras, altillos, cielos rasos, falsos techos, etc. Cuando discurran tuberías en media presión A por primeros sótanos o tuberías en baja presión por primeros sótanos no suficientemente ventilados (ver ficha 3.1), las vainas o conductos serán metálicos (acero, aluminio, cobre, latón, etc.). En los otros casos, las vainas y conductos podrán ser metálicos (acero, aluminio, cobre, latón, etc.), de material de rigidez suficiente no deformable (por ejemplo P.V.C.), o bien ser conductos o cajetines de obra.
5.6 Accesorios
Es conveniente utilizar centradores para evitar el contacto del tubo con la vaina.
Pared o muro
Tubería de gas
Pasta no endurecible de relleno
5. Para disimular las tuberías por motivos decorativos. Tubo de gas
Vainas para ventilación de la tubería
Conducto para ventilación de la tubería
Cuando por motivos decorativos se deban ocultar tuberías de gas, éstas deberán estar alojadas en vainas o conductos ventilados de materiales metálicos (acero, aluminio, cobre, latón, etc.), de material de rigidez suficiente no deformable (por ejemplo P.V.C.), o bien en conductos o cajetines de obra ventilados.
Conducto ventilado
Tubería de gas
4. Para atravesar paredes o muros. Cuando deba atravesarse una pared o muro de un local, deberá enfundarse la tubería mediante una vaina metálica (acero, aluminio, cobre, latón, etc.) o bien de material no deformable de rigidez suficiente (por ejemplo P.V.C.). Esta vaina, que es conocida con el nombre de «pasamuros», deberá quedar inmovilizada en la pared o muro y se introducirá la tubería a su través. Es conveniente obturar, mediante una pasta no endurecible, el hueco existente entre la vaina y la tubería a no ser que se utilice para ventilación.
5.6-2
Rejilla de ventilación
Cuando una vaina o conducto tenga que realizar varias funciones, el material de las mismas se escogerá teniendo en cuenta los materiales previstos para la función más exigente.
5 Materiales, elementos y accesorios
5.6 Accesorios
El diámetro interior de la vaina será, como mínimo, 10 mm superior al diámetro exterior del tubo. Tan sólo podrá ser inferior a 10 mm la diferencia de los diámetros cuando por razones constructivas (espacio insuficiente, distancia a otros servicios, contacto con estructuras metálicas, etc.) no sea posible colocar una vaina de diámetro superior, Tubería de gas
D+10
D
Vaina
Tubería de gas
D D+10
Cuando se utilicen vainas o conductos metálicos (acero, aluminio, cobre, latón, etc.) deberán protegerse del medio exterior y no habrán de estar en contacto con estructuras metálicas ni con otras tuberías. A continuación, se muestra una tabla resumen en la que se indican las funciones que puede realizar una vaina o conducto y los materiales permitidos.
Función
Material vainas (contienen una sola tubería)
Material conductos (pueden contener una o varias tuberías)
Protección mecánica
Siempre de acero
Materiales metálicos (acero, aluminio, cobre, latón, etc,.), con espesor mínimo de 1,5 mm De obra, con espesor mínimo de 5 cm.
Tubo PE acceso armarios
Material no deformable de rigidez suficiente (p. ej. P.V.C)
No se puede realizar por conducto.
Ventilación tuberías Atravesar paredes o muros Motivos decorativos
Materiales metálicos (acero, aluminio, cobre, latón, etc,.)
Materiales metálicos (acero, aluminio, cobre, latón, etc,.)
Material no deformable de rigidez suficiente ( p. ej. P.V.C.)
De obra
5.6-3
5 Materiales, elementos y accesorios
5.6 Accesorios
Elementos de sujeción de tuberías Las tuberías que se instalen en la modalidad «vistas», deberán estar conveniente sujetas a las paredes o techos mediante elementos de sujeción del tipo abrazaderas o soportes-guía.
Aislamiento de elastómero
Estos elementos de sujeción podrán ser, en función de la tipología de la instalación, simples o múltiples, es decir, que sujeten a una sola tubería o a varias (peine de tubos proveniente de la centralización de contadores).
Abrazadera con tirafondo
El diseño de los elementos de sujeción mencionados, es decir, las abrazaderas y los soportes guía, ha de ser tal que cumplan las siguientes condiciones:
— El anclaje de la abrazadera ha de poder realizarse directamente a la pared, bien por empotramiento o bien atornillada con tacos de expansión. El anclaje del soporte-guía se realizará por empotramiento en la pared o techo. — El sistema de fijación de la abrazadera a la tubería no ha de poder realizarse manualmente ni por presión, sino que para su montaje y desmontaje deberá utilizarse un útil adecuado (destornillador, llave fija, etc.). — El diseño de la abrazadera ha de ser tal que en ningún caso pueda producirse contacto de la tubería con la pared, techo o soporte. En el caso de abrazaderas múltiples, su diseño deberá asegurar, además, que no existe contacto entre tuberías. — Han de estar construidos con materiales metálicos de probada resistencia (acero, acero galvanizado, cobre, latón etc.) debidamente protegidas contra la corrosión y no deberán estar en contacto directo con la tubería, sino que deberán aislarse de la misma a través de un revestimiento, banda de elastómero o material plástico preferentemente, o bien encintando convenientemente la tubería en la zona de contacto. Cuando el tubo sea de acero inoxidable, el material de los elementos de sujeción no será ferrítico.
5.6-4
Abrazadera simple (hierro)
Abrazadera múltiple (hierro)
Aislamiento de elastómero
5 Materiales, elementos y accesorios
5.6 Accesorios
Tomas de presión El tipo de toma de presión que se ha de utilizar en los diferentes tramos de instalaciones receptoras donde son necesarias, depende de si la presión del tramo es inferior o igual a 150 mbar o superior.
Tomas de presión para P ≤ 150 mbar Las tomas de presión para presiones iguales o inferiores a 150 mbar están formadas por un accesorio de tipo cilíndrico provisto de un pequeño orificio en contacto con el gas y con un obturador cónico, realizando la estanquidad por compresión metal contra metal entre el orificio y el obturador al roscar éste sobre el accesorio.
Toma de débil calibre para soldar Este tipo de accesorio está previsto para soldar mediante soladadura fuerte a tubo de cobre o de acero inoxidable en el punto donde se necesite, bien directamente al tubo, taladrándolo y abocardándolo previamente, o bien, preferentemente, intercalando en la tubería un accesorio de derivación con salida 10x12 mediante soldadura por capilaridad, siendo ésta «soldadura blanda» para presiones inferiores o iguales a 50 mbar y «soldadura fuerte» para presiones superiores a 50 mbar hasta 150 mbar.
Este obturador cónico va provisto de un canal longitudinal para canalizar el gas a través de él cuando se afloja con un destornillador apropiado, y así obtener una consigna para lectura de presión. Este tipo de toma de presión está prevista para que se enchufe a ella un tubo flexible de elastómero o de material plástico para establecer conexión con un dispositivo de medida de presión (manómetro de columna de agua, de esfera, presiógrafo, etc). Existen dos tipos de tomas de presión para presiones inferiores a 150 mbar, la soldada y la roscada, siendo conocidas por "tomas de débil calibre":
Toma de débil calibre para roscar Este tipo de accesorio dispone de rosca gas macho 1/8", por lo que para tubos de acero deberá soldarse una derivación con rosca 1/8", taladrando a su través antes de roscarla, y para tubos de cobre y acero inoxidable deberán intercalarse en el punto de la instalación donde se necesite los accesorios adecuados para efectuar su conexión.
5.6-5
5 Materiales, elementos y accesorios
Tomas de presión para P >150 mbar Las tomas de presión para presiones superiores a 150 mbar hasta 4 bar, conocidas como «toma Peterson», están formadas por un accesorio de tipo cilíndrico con rosca gas macho 1/4" que contiene en su interior una empaquetadura de elastómero de estanquidad, y por un tapón de cierre con junta roscado (rosca 1/8" cilíndrica). Este tipo de toma de presión está prevista para conectar un accesorio especial provisto de una aguja perforada que se clava en el elastómero perforando todo su espesor, con lo que se consigue tener consigna para lectura de presión. Este accesorio se rosca sobre la toma en lugar del tapón de cierre y se le conecta un dispositivo de medida de presión adecuado (manómetro de esfera, presiógrafo, etc.). Al retirar el accesorio, debe volver a colocarse el tapón de cierre. Para instalar las tomas Peterson sobre tubo de acero, deberá soldarse previamente en el punto de la instalación donde se necesite una derivación con salida rosca hembra gas de 1/4", taladrando el tubo a su través antes de roscarla. Para instalar las tomas Peterson sobre tubo de cobre o de acero inoxidable, deberán intercalarse en el punto de la instalación donde se necesite los accesorios adecuados para efectuar su conexión.
5.6-6
5.6 Accesorios
5 Materiales, elementos y accesorios
5.6 Accesorios
Soporte de contador El soporte de contador se deberá utilizar cuando se instalen para contadores de paredes deformables de los modelos G-4 y G-6 de forma individual.
Instalación soportes de contador
00 00 00 ,00 0
00 00 00 ,0 00
Instalación modelo S-1 para contadores G-4
Instalación modelo S-2 para contadores G-6
5.6-7
5.6 Accesorios
5 Materiales, elementos y accesorios
En los gráficos adjuntos se muestran los planos constructivos de dos modelos de soporte de contador habituales, S-1 y S-2, para contadores G-4 y G-6 respectivamente.
Cotas en mm.
50
110
50
30
Achaflanada
72
ø5
Línea de doblado
90°
6
ø40
25
±0,5
ø 32 ø 42
125
32
25
80
80 160 ±0,5
Modelo S-1 para contadores G-4
5.6-8
25
2+0,5
5 Materiales, elementos y accesorios
5.6 Accesorios
40,5
40,5
251
60
ø5
60
Achaflanada
113
22
Cotas en mm.
Línea de doblado
90°
39 ±0,5
43
9
49
168
r. 50
2+0,5
166 250 ±0,5 10
34
20
6
8
Tornillo de 1/4 W
11
515
81
34
68
65
40 12 16 12
r. 40
190
Como puede observarse en los citados gráficos, los soportes de contador S-1 y S-2 están formados por una pieza en ángulo que se atornilla a la pared quedando sujeto por las conexiones de entrada y salida una vez apretadas, absorbiendo dicho soporte los esfuerzos provinientes de la instalación. El soporte S-2 incluye, además, una guía de apoyo del contador que se desplaza hasta la base del mismo para soportarlo, ya que al ser de mayor peso, se podrían dañar las roscas de conexión. Los soportes de contador S-1 y S-2 estarán construidos de chapa de acero de 2 mm de
Modelo S-2 para contadores G-6
espesor laminada en frío, de calidad A 00 según la norma UNE 36.086 Parte I o equivalente. La guía de apoyo del soporte S-2 estará construida con perfil en «U» comercial con las medidas indicadas en los gráficos adjuntos. Los soportes de contador deberán estar adecuadamente protegidos contra la corrosión y pintados, recomendándose que sean del mismo color que los contadores. Las Empresas Suministradoras asesorarán sobre la instalación de soportes de contador e indicarán los puntos donde pueden adquirirse los soportes de contador que aseguren una adecuada calidad.
5.6-9
6
Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas
6.1. Tipos de aparatos a gas. Configuración de los locales y espacios donde se ubican
6.2. Evacuación de los productos de la combustión de los aparatos a gas de circuito abierto
6.3. Entrada de aire para la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
6.4. Condiciones de instalación de aparatos a gas de circuito estanco
6.5. Condiciones especiales para la ubicación de aparatos a gas de circuito abierto en edificios ya construidos
6.6. Condiciones de conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Tipos de aparatos a gas Los aparatos a gas son los dispositivos que aprovechan el calor generado en la combustión completa del gas para su utilización en diversas actividades, como pueden ser la cocción, la producción de agua caliente, la calefacción, etc. Los aparatos a gas que se conecten a instalaciones individuales en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales deberán cumplir lo dispuesto en el Reglamento de Aparatos que Utilizan Gas como Combustible y estar debidamente homologados por el organismo competente.
6.1 Tipos de aparatos a gas. Configuración de los locales y espacios donde se ubican
Los aparatos a gas de circuito abierto para usos colectivos o comerciales han sido diseñados para cubrir necesidades no domésticas, como pueden ser calderas de agua caliente o de calefacción de uso comunitario o colectivo, hornos de panaderías y pastelerías, aparatos de cocción colectivos, etc. En función de su utilización, configuración y potencia de los aparatos a gas de circuito abierto, éstos deberán estar o no conectados a un conducto de evacuación de los productos de la combustión y necesitarán unas determinadas aportaciones de aire para la combustión. Aparatos a gas de circuito abierto
Todos los aparatos a gas deben disponer de un dispositivo de seguridad por extinción o detección de llama en todos sus quemadores que impida la salida del gas sin quemar, a excepción de los quemadores superiores y descubiertos de los aparatos domésticos de cocción cuyo uso presupone vigilancia continua. Los aparatos a gas se clasifican en función de las características de combustión de los mismos, y pueden ser aparatos de circuito abierto de tiro natural o forzado y aparatos de circuito estanco.
Aparatos a gas de circuito abierto Los aparatos a gas de circuito abierto son aquellos en los cuales el aire necesario para realizar la combustión completa del gas se toma de la atmósfera del local donde se encuentran instalados, por lo que necesitan unas condiciones de ventilación determinadas (entrada de aire y evacuación de los productos de la combustión). Los aparatos a gas de circuito abierto pueden ser utilizados para uso doméstico o para usos colectivos o comerciales. Los aparatos a gas de circuito abierto para uso doméstico son aquellos que han sido concebidos esencialmente para cubrir las necesidades de cocción, agua caliente, calefacción, secado de ropa, etc. de las viviendas
No necesita estar conectado a conducto de evacuación
Necesita estar conectado a conducto de evacuación
Los aparatos a gas de circuito abierto que no necesitan estar conectados a conductos de evacuación de los productos de la combustión son los siguientes: ●
Aparatos de cocción, como pueden ser cocinas-horno, encimeras convencionales y vitrocerámicas, hornos independientes, calentadores de platos, barbacoas,etc.
●
Aparatos de calefacción que utilicen directamente el calor generado, como pueden ser radiadores infrarrojos, que cumplan los siguientes requisitos: Que su potencia nominal no sea superior a 4,7 kW (4.000 kcal/h). Que su potencia nominal esté comprendida entre 4,7 y 7 kW (entre 4.000 y 6.000 kcal/h) y el volumen del local sea superior a 70 m3. Que la potencia nominal total de los aparatos instalados en un local de volumen superior a 70 m3 no supere los 2,4 kW (2.000 kcal/h) por cada 25 m3 de volumen del local.
6.1-1
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
No obstante, estos aparatos deberán incorporar, además del dispositivo de seguridad por extinción de llama, un dispositivo analizador de atmósfera que interrumpa el paso de gas cuando la concentración de anhídrido carbónico (CO2) supere el valor establecido en el Reglamento de Aparatos que Utilizan Gas como Combustible, a excepción de los aparatos de este tipo instalados en locales de más de 1.000 m3 de volumen bruto cuya potencia total instalada por cada 25 m3 de local no supere los 1,2 kW (1.000 kcal/h), que podrán no incorporarlo. ●
Máquinas de lavar o secar ropa y lavavajillas, que incorporan quemadores de gas, neveras y otros aparatos cuya potencia nominal no supere los 4,7 kW (4.000 kcal/h).
El resto de aparatos a gas de circuito abierto precisan estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión, es decir, los calentadores de agua, las calderas de calefacción, los generadores de aire caliente, etc. Los aparatos de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión pueden ser de tiro natural o forzado. En los de tiro natural, la evacuación de los productos de la combustión se efectúa sin necesidad de medios mecánicos que los impulsen, mientras que en los de tiro forzado, los productos de la combustión son impulsados mediante un dispositivo mecánico. En las fichas 6.2 y 6.3, se describen las condiciones de instalación de este tipo de aparatos a gas, es decir, los sistemas de evacuación de los productos de la combustión y la entradas de aire para la misma.
6.1-2
6.1 Tipos de aparatos a gas. Configuración de los locales y espacios donde se ubican
Aparatos a gas de circuito estanco Los aparatos a gas de circuito estanco son aquellos en los cuales el circuito de combustión (entrada de aire y salida de los productos de la combustión) no tienen comunicación alguna con la atmósfera del local en el que se encuentran instalados. Este tipo de aparatos son habitualmente de uso doméstico, básicamente radiadores murales, calderas de calefacción y calentadores de agua. En la ficha 6.4, se describen las condiciones de instalación de este tipo de aparatos a gas.
Aparato a gas de circuito estanco Salida productos de la combustión
Deflector
Toma de aire
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Configuración de los locales donde se ubican los aparatos a gas
Los locales que contengan aparatos a gas deberán tener una serie de características de ventilación y configuración en función del tipo de aparatos que se instalen, así como de los espacios de donde se tome el aire para la combustión o a los que se evacúen los productos de la combustión.
6.1 Tipos de aparatos a gas. Configuración de los locales y espacios donde se ubican
2. Los locales destinados a dormitorios, cuartos de baño, de ducha o de aseo, no podrán contener aparatos a gas de circuiro abierto. En este tipo de locales exclusivamente podrán instalarse aparatos a gas de circuito estanco, si bien es preferible instalarlos en otros locales.
NO NO NO
Las restricciones a la configuración de locales para la ubicación y/o ventilación de los aparatos a gas son las siguientes: 1. Los locales situados por debajo de un primer sótano no podrán contener aparatos a gas. En el caso de que el gas suministrado sea más denso que el aire (por ejemplo aire propanado), tampoco podrán instalarse aparatos a gas en un primer sótano.
3. Los locales destinados a usos colectivos o comerciales en los que se instalen calderas de calefacción y/o de producción de agua caliente sanitaria de potencia util superior a 70 kW (60.200 kcal/h), deben cumplir la norma UNE 60.601 en todo lo relativo a condiciones de instalación, de ubicación y de ventilación, así como otros requisitos que allí se indiquen.
Patio ventilado
Sótano 1
Sótano 2
Sólo si el gas es menos denso que el aire
NO
Sala de calderas P. útil > 70 kW (60.200 kcal/h) Cumplir requisitos norma UNE 60.601
6.1-3
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
4. Los aparatos a gas de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión y sean de tiro natural (calentadores, calderas de calefacción, generadores de aire caliente, etc,.) se instalarán preferentemente en galerías o terrazas, locales especialmente diseñados para ubicar este tipo de aparatos a gas, u otros locales, ya sean exclusivos o bien destinados, además, a otros servicios, como pueden ser lavaderos, garajes individuales, cuartos trasteros, etc. Se recomienda que no se instale un aparato de este tipo en un local-cocina o en un local donde esté instalado un extractor mecánico de aire viciado o sea previsible su instalación. En caso de tener que instalarlo, se recomienda instalar en el local aparatos de circuito abierto de tiro forzado o de circuito estanco.
Aparato a gas de circuito abierto que necesita estar conectado a conducto de evacuación de los productos de la combustión de tiro natural
Extractor mecánico de aire viciado
EVITAR
Exterior o patio de ventilación
Fijado a la pared Extractor mecánico de aire viciado Aparato a gas de circuito abierto de tiro forzado o de circuito estanco
PREFERENTEMENTE
6.1-4
6.1 Tipos de aparatos a gas. Configuración de los locales y espacios donde se ubican
5. Dos locales pueden considerarse como un único local, a efectos de condiciones de instalación de aparatos a gas, cuando se comunican entre sí mediante aberturas permanentes cuya superficie libre total sea como mínimo de 3 m2.
Superfície abertura permanente< 3m2
Locales independientes
Superfície abertura permanente ≥ 3m2
Local único
6. Los locales pertenecientes a viviendas en los que se instale algún aparato a gas de circuito abierto que no necesite estar conectado a conducto de evacuación, además de los requisitos de entrada de aire y salida de aire viciado, deben cumplir los siguientes requisitos: ●
Tener un volumen bruto mínimo de 8 m3, entendiéndose como volumen bruto el delimitado por las paredes del local sin restar el correspondiente al mobiliario que contenga.
●
Si los aparatos instalados en el local no incorporan un dispositivo de seguridad en todos sus quemadores por extinción o detección de llama, como son los quemadores superiores y descubiertos de los aparatos domésticos de cocción, el local debe disponer de una ventilación rápida, por si fuera necesaria, a través de una abertura practicable (puerta o ventana) con una superficie libre mínima de 0,4 m2 que dé directamente al exterior o a un patio de ventilación.
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.1 Tipos de aparatos a gas. Configuración de los locales y espacios donde se ubican
Si el local no dispusiera de esta abertura practicable, deberá tener una puerta fácilmente practicable que dé acceso a otro local que sí disponga de la mencionada abertura practicable al exterior o a un patio de ventilación.
Exterior o patio de ventilación Ventana
los aparatos domésticos de cocción no incorporen dispositivo de seguridad por extinción o detección de llama, pero deberán comunicar con un local que sí cumpla los requisitos anteriormente citados.
Ventilación rápida. Abertura practicable S ≥ 0,4 m2
Volumen armario cocina < 8 m3
Aparato a gas de circuito abierto que no necesita estar conectado a conducto de evacuación y no dispone de dispositivos de seguridad en todos sus quemadores
A < 30 cm Exterior o patio de ventilación
Puerta
Aparato a gas de circuito abierto que no necesita estar conectado a conducto de evacuación y no dispone de dispositivos de seguridad en todos sus quemadores
Volumen bruto del local ≥ 8 m3
Abertura practicable S ≥ 0,4 m2
Local donde están situados los aparatos
Abertura practicable S ≥ 0,4 m2
7. Los locales destinados a usos colectivos o comerciales, en los que se instale uno o varios aparatos a gas de circuito abierto que no necesiten estar conectados a conducto de evacuación cuya potencia nominal simultánea para usos de cocción y/o preparación de alimentos y/o bebidas sea superior a 30 kW (25.800 kcal/h), deben cumplir los siguientes requisitos: ●
Puerta practicable
●
Si el local es un armario-cocina, es decir, un local destinado sólo a usos de cocción y cuya anchura utilizable sea como máximo de 30 cm estando la puerta cerrada, éste no precisará tener un volumen bruto mínimo de 8 m3 ni disponer de ventilación rápida aunque los quemadores superiores y descubiertos de
Volumen bruto ≥ 8 m3
Los locales en los que se ubiquen este tipo de aparatos deben tener un volumen bruto mínimo que sea función de la potencia total instalada de los aparatos que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación (Ptnc), según la siguiente expresión:
Si Ptnc se expresa en kW: V (m3) = Ptnc x 0,86 Si Ptnc se expresa en kcal/h: V (m3) = Ptnc /1000
6.1-5
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
●
6.1 Tipos de aparatos a gas. Configuración de los locales y espacios donde se ubican
En locales en que fuera necesario disponer de ventilación rápida por instalarse aparatos de cocción que no incorporan un dispositivo de seguridad en todos sus quemadores por extinción o detección de llama, el local debe disponer de una ventilación rápida, por si fuera necesaria, a través de una abertura practicable (puerta o ventana) con una superficie libre mínima de 0,4 m2 que dé directamente al exterior o a un patio de ventilación.
8. Los locales donde se instalen sólo aparatos a gas de circuito estanco o sólo aparatos a gas de circuito abierto que necesiten estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión, no tendrán restricciones en cuanto a volumen mínimo del local y a necesidad de disponer de ventilación rápida.
Si ello no fuera posible, deberá consultarse con la Empresa Suministradora la solución a adoptar. Exterior o patio de ventilación
Ventilación rápida. Abertura practicable S ≥ 0,4 m2
Ventana
No existe límite de volumen ni necesidad de ventilación rápida
Aparato a gas de circuito abierto que no necesita estar conectado a conducto de evacuación y no dispone de dispositivos de seguridad en todos sus quemadores
Volumen bruto local: V (m3)= Ptnc (kW) x 0,86 (Ptnc (kcal/h)/1.000 mín 8m3
Local destinado a usos colectivos o comerciales
6.1-6
Local con sólo aparatos de circuito abierto conectado a conducto de evacuación o con aparatos de circuito estanco
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.1 Tipos de aparatos a gas. Configuración de los locales y espacios donde se ubican
Configuración de los espacios destinados a ventilación Para la realización de la ventilación de los locales que contienen los aparatos a gas, es decir, para la aportación de aire para la combustión y para la evacuación del aire viciado o de los productos de la combustión, según el caso, se necesita que esta ventilación se realice al exterior, es decir, al aire libre, o a espacios situados o no dentro del volumen de la edificación, que tengan esta consideración.
de los locales que contengan aparatos a gas, deberán tener una sección transversal mínima de 4 m2, no debiendo su lado menor ser inferior a 2 m. Si están cubiertos por su parte superior con un techado protector contra la lluvia, éste deberá dejar libre una superficie lateral mínima de comunicación con el exterior de como mínimo el 25% de su superficie en planta, debiendo ser siempre superior a 4 m2. Cuando se evacúen productos de la combustión a un patio de ventilación, se recomienda instalar un conducto en la parte inferior del citado patio para aportar aire del exterior con el fin de asegurar la renovación de aire en el mismo.
Consideración de zona exterior. Tendrá consideración de zona exterior para realizar la ventilación (entrada de aire y salida de productos de la combustión) una galería o terraza si ésta dispone de una superficie permanentemente abierta que sea igual o superior al 40 % de la superficie de sus paredes que den al exterior o a un patio de ventilación con un mínimo de 2 m2, debiendo estar situado el borde superior de esta superficie libre a una distancia inferior o igual a 50 cm del techo de la galería o terraza.
Local donde se ubican los aparatos a gas
Lado menor ≥ 2m
Patio de ventilación
Sección transversal ≥ 4 m2
Zona exterior Patio de ventilación ≤ 50 cm
Superficie lateral ≥ 4m2
S ≥ 40% Stot mín. 2 m2
Patio de ventilación. Los patios de ventilación, que son los espacios situados en el interior del volumen de la edificación, en comunicación directa con exterior utilizados para la ventilación (entrada de aire y evacuación de los productos de la combustión)
Recomendable procurar una aportación de aire
6.1-7
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.2 Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación
Los aparatos a gas de circuito abierto que necesitan estar conectados, siempre han de evacuar los productos de la combustión mediante un conducto adecuado, y debiendo tener acoplado sobre el aparato o incorporado en el mismo un cortatiro en el bloque de salida de los productos de la combustión, es decir, antes de la conexión al conducto de evacuación, a excepción de las chimenea-hogar a gas o similares, que no incorporan cortatiro ni lo llevan acoplado.
Cortatiro acoplado al aparato a gas
productos de la combustión de combustibles gaseosos. Cuando ello no haya sido previsto al diseñar la edificación podrán evacuar directamente al exterior o a un patio de ventilación.
Cortatiro incorporado al aparato a gas
Los conductos de evacuación de los productos de la combustión deberán desembocar, preferentemente, en una chimenea individual, chimenea general del edificio o un conducto colectivo de ventilación, tipo Shunt o similar especialmente diseñado para la evacuación de
Chimenea general (a evitar)
Conducto colectivo de ventilación tipo Shunt (solución preferente)
6.2-1
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
En este último caso, los conductos de evacuación de los productos de la combustión que no tengan posibilidad alguna de ser conectados a una chimenea o conducto, individual o colectivo, y que estén instalados en una galería o terraza que tenga la consideración de zona exterior, o bien que estén instalados en un local y evacúen los productos de la combustión a una galería o terraza considerada zona exterior, deberán prolongarse hasta el límite de la mencionada superficie libre de la galería o terraza con el exterior, en previsión de que en un futuro se cierre la galería mediante un acristalamiento cumpliendo las condiciones de instalación que se indican. Calentador, caldera de calefacción o generador de aire caliente
Límite supericie libre
Zona exterior
No se podrán conectar los conductos de evacuación de aparatos a gas de circuito abierto a chimeneas destinadas a evacuar o en las que se evacúen los productos de la combustión de combustibles líquidos o sólidos.
NO Combustible sólido o líquido
6.2-2
6.2 Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Los conductos de evacuación de los productos de la combustión deberán cumplir los siguientes requisitos técnicos:
●
Ser resistentes a la corrosión y a la temperatura de los productos de la combustión.
●
Ser estancos, tanto el material del conducto como el sistema de unión de los posibles tramos, en especial la unión con la salida del cortatiro.
●
Estar construidos con materiales rígidos no deformables.
●
Mantener la sección libre indicada por el fabricante del aparato en toda su longitud, no estrangulando la salida de los productos de la combustión.
●
Asímismo, es preferible la utilización de sistemas de unión de tramos de conducto que no necesiten el empleo de abrazaderas.
Los conductos de evacuación de los productos de la combustión deberán cumplir, además, los siguientes requisitos en su instalación: ●
Han de ser rectos y verticales por encima de la parte superior del cortatiro en una longitud no inferior a 20 cm si el aparato a gas es de circuito abierto de tiro natural, medidos entre la base del collarín y el primer cambio de dirección.
●
Si se necesita disponer de un tramo del conducto de evacuación que sea necesariamente inclinado en un aparato a gas de circuito abierto y tiro natural, éste deberá tener una pendiente mínima del 3 % y una longitud horizontal lo más corta posible y no superior a 3 m, debiéndose evitar en lo posible el número de cambios de dirección en horizontal.
Asimismo, deberán cumplir las prescripciones que se indican en la Recomendación Sedigas RS-U-03 "Condiciones de evacuación de los productos de la combustión en aparatos de gas de producción de agua caliente sanitaria, calefacción o mixtos".
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
●
6.2 Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Los conductos de evacuación de los productos de la combustión podrán cruzar los altillos, cielos rasos, cámaras, falsos techos o similares total o parcialmente, siempre que no existan uniones en el citado conducto y la longitud de éste que discurre por su interior es inferior o igual a 1 m. Tramo del conducto de evacuación que discurre por el interior de longitud inferior o igual a 1 m y continuo (sin uniones)
Conducto de evacuación sin regulación manual de tiro
≥ 20 cm (tiro natural)
≤ 3m, evitar cambios de dirección en horizontal (tiro natural)
Material térmicamente aislante e incombustible
ø orificio ≥ 10 cm+ ø conducto Pendiente ≥ 3% (tiro natural) Pared material combustible
Altillo, cielo raso, cámara, falso techo o similar
●
Tramo del conducto de evacuación que discurre por el interior de longitud superior a 1m
Evitar en lo posible
Altillo, cielo raso, cámara, falso techo o similar
NO
●
Si los conductos deben atravesar paredes o techos de madera o de otro material combustible, el diámetro del orificio de paso será como mínimo 10 cm mayor que el diámetro exterior del conducto, y éste estará revestido de material térmicamente aislante e incombustible en la zona de paso.
Se evitará en lo posible que el eventual tramo inclinado atraviese otro local que no sea el propio donde se encuentra instalado el aparato.
●
Si el conducto de evacuación dispone de un sistema de regulación de tiro, éste no podrá ser de accionamiento manual.
●
Cuando se encuentren en el mismo local dos o más aparatos de circuito abierto de tiro natural que necesiten estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión y se determine evacuar a una chimenea general o conducto colectivo de ventilación tipo Shunt existente en este local, se podrá desembocar de dos formas: 1. Individualmente en la chimenea general o conducto colectivo de ventilación tipo Shunt, dejando una separación mínima de 15 cm entre las generatrices más próximas de ambos conductos.
6.2-3
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
2. Colectivamente reuniendo estos conductos individuales en un conducto común conectado a la mencionada chimenea general o conducto colectivo de ventilación tipo Shunt, debiendo en este caso dimensionarse el conducto general de forma continua o por tramos, de manera que sea capaz de evacuar los productos de la combustión de los aparatos a él conectados y, además, que los ejes de los conductos individuales en los puntos de empalme con el conducto común formen un ángulo agudo en el sentido del flujo de los productos de la combustión.
6.2 Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Dichos conductos de evacuación se prolongarán verticalmente un mínimo de 50 cm desde el límite de la superficie libre que dé al exterior o a un patio de ventilación si se trata de aparatos de circuito abierto y tiro natural, y se protegerá su extremo superior mediante un deflector contra el efecto regolfante del viento y la penetración de la lluvia. Cuando tampoco sea posible realizar la mencionada prolongación vertical del conducto de evacuación por el exterior, se podrá sustituir esta prolongación vertical por un deflector adecuado. Deflector
Deflector adecuado
≥ 50 cm (tiro natural)
15 cm 15 cm a
a
a a ≥ 0,20 m
Aparatos a gas de circuito abierto de tiro natural
obligatoriamente agudo
Aparato a gas que precisa estar conectado a conducto de evacuación
Imposibilidad de evacuar a una chimenea, individual o general, o a un conducto colectivo de ventilación tipo Shunt a a
a
a ≥ 0,20 m
En ambos supuestos, el extremo final del conducto de evacuación deberá quedar a una distancia no inferior a 40 cm de cualquier abertura de entrada de aire o ventana de un local distinto del que se encuentran instalados los aparatos a gas.
Aparatos a gas de circuito abierto de tiro natural ●
En los casos en que no se haya previsto otra opción al diseñarse la edificación y en consecuencia los conductos de aparatos a gas de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación no puedan conectarse a una chimenea, individual o colectiva, o a un conducto colectivo de ventilación tipo Shunt, podrán evacuar directamente al exterior o a un patio de ventilación.
6.2-4
Entrada de aire ≥ 40 cm
≥ 40 cm
Ventana
Salida de productos de la combustión
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.2 Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación Este tipo de aparatos a gas de circuito abierto siempre han de evacuar los productos de la combustión mediante un sistema que no es solidario al aparato a gas, sino que debe incorporarlo el local donde se instale el mismo, ya que los productos de la combustión se mezclan con el aire del local. Los sistemas para realizar la evacuación del aire viciado, es decir, la mezcla del aire del local con los productos de la combustión, de los locales donde se instalen este tipo de aparatos a gas, son los siguientes:
Tipo 1: A través de un orificio de superficie libre mínima de 100 cm2 que comunique con la chimenea general del edificio o con un conducto colectivo de ventilación tipo Shunt, siempre que ésta tenga su origen en el local o una comunicación con el mismo. El borde inferior del orificio deberá estar situado a una distancia no inferior a 1,80 m del suelo y a una distancia no superior a 1 m del techo del local.
Si el proyectista de la edificación no ha previsto esta solución, deberá adaptarse alguna de las siguientes:
Tipo 2: Mediante un extractor mecánico individual instalado en la parte superior de una pared o ventana que dé al exterior, a un patio de ventilación, o a una chimenea individual. Este extractor individual no puede estar conectado a una chimenea o conducto general del edificio si no ha sido especialmente diseñado para ello, y debe asegurar una superficie libre de paso mínima de 80 cm2 estando parado, no aceptándose para esta función aquellos extractores que disponen de filtros o mallas tupidas en su entrada. En estos casos, deberá realizarse la evacuación del aire viciado por otro de los sistemas descritos. El borde inferior del extractor mecánico deberá estar situado a una distancia no inferior a 1,80 m del suelo y a una distancia no superior a 1 m del techo del local.
Chimenea Superficie libre mínima 100 cm2
< 1m
Extractor mecánico en pared o ventana (sin filtro ni mallas tupidas)
≥ 1.80 m
Superfície libre mínima 80 cm2 estando parado
< 1m
Superficie libre mínima 100 cm2
≥ 1.80 m
< 1m ≥ 1.80 m
Exterior o patio de ventilación
Conducto colectivo de ventilación tipo Shunt
6.2-5
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Tipo 3: A través de una abertura de superficie libre mínima de 100 cm2 practicada en la parte superior de una pared, puerta o ventana que dé al exterior o a un patio de ventilación. El borde inferior de la abertura deberá estar situado a una distancia no inferior a 1,80 m del suelo y a una distancia no superior a 1 m del techo del local.
6.2 Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
La superficie libre del conducto, o de sus extremos si van protegidos con rejillas o deflectores fijos, debe ser igual o superior a la mínima exigida, según se hubiera adoptado el tipo 2 o el tipo 3 de sistema de evacuación del aire viciado si la galería hubiese tenido la consideración de zona exterior. Al igual que en el caso anterior, debe procurarse que la orientación de las láminas de las rejillas favorezca la salida del aire viciado del local.
Las aberturas practicadas en las paredes, puertas o ventanas deberán protegerse con rejillas o deflectores fijos de forma que la superficie libre sea igual o superior a la mínima establecida. Debe procurarse que la orientación de las láminas de las rejillas favorezca la salida del aire viciado del local.
Superfície libre mínima 100 cm2 Rejilla o deflector
Abertura en pared, puerta o ventana
Exterior o patio de ventilación
Superfície libre ≥100 cm2
Puerta de comunicación ≥ 1.80 m
Galería cerrada
< 1m
≥ 1.80 m
Exterior o patio de ventilación
Tipo 4: En los locales que disponen de aparatos a gas de circuito abierto que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación y son contiguos a galerías o terrazas que no tienen la consideración de zona exterior, la salida de aire viciado podrá realizarse a través de la galería o terraza, pero en este caso deberá comunicarse obligatoriamente el local que contiene los mencionados aparatos a gas con el exterior o con un patio de ventilación mediante un conducto estanco que atraviese la galería o terraza.
6.2-6
< 1m
En estos sistemas de evacuación de aire viciado tipo 1, 2, 3 ó 4 mencionados, los aparatos a gas para cocción pueden tener una campana extractora situada encima de los quemadores cuya proyección vertical los cubra parcial o totalmente, siendo preferible que los cubra totalmente.
Sistema de evacuación de aire viciado (tipo 1, 2, 3, ó 4)
Campana extractora
Aparato a gas para cocción
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Tipo 5. En los locales destinados a usos colectivos o comerciales donde se encuentren instalados aparatos de cocción y/o preparación de alimentos y bebidas de potencia nominal superior a 25.800 kcal/h, la evacuación del aire viciado deberá realizarse mediante un conducto de sección adecuada que tenga su inicio en una campana colocada sobre los quemadores del aparato conectada a una chimenea general del edificio o a un conducto individual que dé directamente al exterior a través de un techo o pared lateral teniendo en cuenta que la distancia vertical entre la base de la campana y el orificio terminal de salida del conducto sea superior a 2,5 m. El orificio terminal de salida deberá estar protegido contra la acción de la lluvia y el efecto regolfante del viento con un deflector. La eventual utilización de extractores mecánicos individuales incorporados al sistema de evacuación, que no podrán conectarse a la chimenea general del edificio si no ha sido expresamente diseñada para ello, deberá realizarse asegurando que cuando el extractor esté parado quede una sección libre de paso de 100 cm2, bien sea a través del extractor o bien a través de una abertura suplementaria realizada a tal efecto.
Salida por chimenea de sección adecuada
6.2 Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Salida directa al exterior por pared lateral o techo por conducto de sección adecuada
Campana extractora (Si incorpora extractor mecánico ha de tener una superficie libre superior a 100 cm2 cuando está parado)
h > 2,5 m
Aparato a gas para cocción y/o preparación de alimentos o bebidas Pnom > 30 kW (25. 800 kcal/h)
Consideraciones generales En todos los casos en que la evacuación se efectúe al exterior o a un patio de ventilación, las aberturas de salida de aire viciado deberán estar situadas a una distancia mínima de 0,40 m de cualquier abertura de entrada de aire.
Campana extractora (Si incorpora extractor mecánico, ha de tener una superficie libre superior a 100 cm2 cuando está parado)
Entrada de aire ≥ 40 cm
≥ 40 cm
Aparato a gas para cocción y/o preparación de alimentos o bebidas Pnom > 30 kW (25. 800 kcal/h)
Salida de aire viciado
Ventana de local distinto al que se ubica el aparato
6.2-7
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Excepción Los locales que alojen únicamente aparatos de calefacción que utilicen directamente el calor generado y cuya potencia nominal no sea superior a 4,7 kW (4.000 kcal/h), o siendo superior esté comprendida entre 4,7 y 7 kW (entre 4.000 y 6.000 kcal/h), y el local tenga un volumen bruto de más de 70 m3, no precisarán disponer de ningún sistema de evacuación del aire viciado. En locales cuyo volumen sea superior a 70 m3 tampoco precisan ningún sistema de evacuación del aire viciado los aparatos de calefacción de gasto calorífico inferior o igual a 2,32 kW (2.000 kcal/h) por cada 25 m3 de volumen bruto del local. En todos los casos, los aparatos deberán estar provistos de dispositivos automáticos que impidan la salida de gas en caso de extinción de la llama o no encendido de los quemadores y disponer, además, de un dispositivo analizador de atmósfera. Volumen bruto mínimo 8 m3
Aparato de calefacción que utiliza directamente el calor generado
Si Pnom ≤ 4,7 kW (4.000 kcal/h), o 4,7 kW (4.000 kcal/h) ≤ Pnom ≤ 7 kW (6.000 kcal/h) o gasto calorífico ≤ 2, 32 kW/ 25 m3 local (2.000 kcal/h / 25 m3 local) y volumen bruto ≥ 70 m3, no necesita sistema de evacuación de aire viciado
6.2-8
6.2 Evacuación de los productos de la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Necesidad de una entrada de aire Los locales donde se instalen aparatos a gas de circuito abierto, necesitan disponer de una entrada de aire, la cual debe cumplir una serie de requisitos mínimos para asegurar su correcto funcionamiento.
6.3 Entrada de aire para la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Entrada de aire directa La entrada de aire directa es una abertura permanente practicada en una pared, puerta o ventana, según el caso, o bien un conducto, individual o colectivo, que comunica permanentemente el local donde se hallan los aparatos con el exterior o con un patio de ventilación. Local en el que están ubicados los aparatos a gas
Las dimensiones de la entrada de aire necesaria para la combustión en los locales donde se encuentren instalados aparatos a gas de circuito abierto, es función de la potencia nominal total de los aparatos instalados en el mismo y del sistema de evacuación de los productos de la combustión que utilicen dichos aparatos. La entrada de aire puede realizarse a través de un conducto individual o colectivo, evitándose en este caso los ángulos vivos en su trazado y reduciendo el número de cambios de dirección al mínimo posible, o bien efectuarla directamente en una pared, puerta o ventana, según el caso, del local. La entrada de aire debe estar protegida por una rejilla o deflector y puede estar subdividida en varias aberturas situadas o no en la misma pared, puerta o ventana, según el caso, debiendo la superficie libre o la suma de superficies libres ser igual o superior a la mínima necesaria. Debe procurarse que la orientación de las láminas de la rejilla favorezca la entrada de aire en el local. La entrada de aire para la combustión de aparatos de circuito abierto podrá ser directa o indirecta.
Entrada de aire
Entrada directa de aire
En caso de que la abertura deba situarse en la misma pared que los muebles del local deberá practicarse una abertura en el zócalo de los muebles lo más enfrente posible a la abertura de la pared. Cuando la entrada de aire directa se efectúe mediante conductos individuales, estos podrán ser horizontales o verticales, y en el caso de conductos verticales el sentido de circulación del aire podrá ser ascendente o descendente, debiendo quedar asegurada la circulación de aire bien sea por tiro natural o por medio de ventilador mecánico. Si el gas distribuido es más denso que el aire, exclusivamente se podrá utilizar el sentido ascendente.
Entrada de aire directa por conducto individual horizontal
6.3-1
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Entrada de aire directa por conducto individual ascendente
Sólo para gases menos densos que el aire
Entrada de aire directa por conducto individual descendente
Cuando la entrada de aire se efectúe mediante un conducto colectivo, exclusivamente se admite la circulación de aire ascendente mediante un conducto tipo shunt invertido o similar.
6.3 Entrada de aire para la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Cuando el gas suministrado sea más denso que el aire (por ejemplo el aire propanado), las entradas de aire serán necesariamente directas y, al igual que en otros casos en que se necesite entrada directa de aire, como es el caso de que en el local se instalen aparatos a gas que no necesiten estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión, el borde superior de la abertura de la entrada de aire deberá estar situado a una altura máxima respecto al suelo de 30 cm.
Gas más denso que el aire o entrada de aire necesariamente directa
Entrada de aire directa ≤ 30 cm
Cuando el gas suministrado sea más denso que el aire (por ejemplo el aire propanado) y el local en el que se encuentran instalados aparatos a gas de circuito abierto sea contiguo a una galería o terraza que tenga la consideración de zona exterior, pero la superficie abierta no llegue al nivel del suelo, deberá existir una abertura con una superficie libre mínima de 30 cm2 que comunique la parte inferior de la galería o terraza con el exterior o con un patio de ventilación, debiendo estar situado el borde superior de dicha abertura a una altura máxima respecto al suelo de 30 cm. La entrada directa de aire en el local deberá tener las dimensiones necesarias según el tipo de aparatos que se instalen. Galería o terraza considerada zona exterior
Local con aparatos que utilizan gas más denso que el aire Entrada directa de aire
Superficie abierta no llega al suelo h ≤ 30 cm
S ≥ 30 cm2 Abertura adicional
6.3-2
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.3 Entrada de aire para la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Entrada de aire indirecta Se entiende por entrada de aire indirecta en un local, aquella en la que el aire procede de otro local que tiene una entrada de aire directa y es contiguo al mismo o, como máximo, está separado de él por un pasillo o distribuidor. Este local que posee la entrada de aire directa en ningún caso puede ser un dormitorio o un cuarto de baño, de ducha o de aseo. La abertura que comunica los dos locales, o las dos aberturas que comunican los dos locales si están separados por un pasillo o distribuidor, debe tener, como mínimo, las dimensiones exigidas a la entrada de aire directa según el tipo de aparatos a gas instalados. Local donde se instalan aparatos a gas de circuito abierto
Entrada de aire directa
Vista en planta
Local donde se instalan aparatos a gas de circuito abierto
Dimensionado de la entrada de aire La entrada de aire para la combustión, la cual deberá ser preferentemente directa, o indirecta, en aquellos casos en los que no hay posibilidad de realizarla directa, su dimensionado es función del tipo de aparatos a gas que se instalen en el local y de la potencia nominal de los mismos Por lo tanto, el dimensionado de las entradas de aire dependerá, de si en el local se encuentran instalados aparatos a gas de circuito abierto que necesiten estar conectados a conducto de evacuación o que no lo necesiten, o de los dos tipos, con las restricciones descritas en la ficha 6.1, y de la suma de potencias nominales de cada tipo de aparato.
Local en el que se encuentran instalados exclusivamente aparatos a gas de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación Las entradas de aire podrán ser directas o indirectas y sin limitación de altura con respecto del suelo aunque situadas por debajo de la parte inferior del aparato, a excepción de que el gas distribuido sea más denso que el aire (por ejemplo el aire propanado), en cuyo caso deberá ser necesariamente directa, debiéndose situar la parte superior de la abertura de la entrada de aire a una altura máxima respecto al suelo de 30 cm. Local donde se instalan aparatos de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación
Entrada de aire directa Pasillo o distribuidor
Vista en planta
Altura limitada para gases más densos que el aire
Entrada de aire directa o indirecta (necesariamente directa para gases más densos que el aire)
≤ 30 cm
Local que posee la entrada de aire directa (no puede ser dormitorio, cuarto de baño, de ducha o de aseo)
6.3-3
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.3 Entrada de aire para la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Las dimensiones de la entrada de aire para la combustión en estos casos son las que se indican en la tabla siguiente: Potencia nominal total instalada (Ptc)(1) en kW (kcal/h)
Superficie libre de la abertura (Sea) en cm2
Ptc ≤ 25 (21.500)
Sea ≥ 30
Evacuación aire viciado
Exterior o patio de ventilación
25 (21.500) < Ptc ≤ 70(60.200) Sea ≥ 70 Ptc > 70 (60.200)
Galería o terraza cerrada
≤ 30 cm
(*)
(*) Si Ptc se expresa en kW: Sea ≥ Ptc x 4,3 Si Ptc se expresa en kcal/h: Sea ≥ Ptc /200 (1)
Ptc es la suma de las potencias nominales de todos los aparatos de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación instalados en el local.
Nota: Si el volumen bruto del local donde se ubica el aparato es inferior a 8 m3, la superfície libre de la obertura (Sea) será como mínimo de 100 cm2.
Local en el que se encuentran instalados exclusivamente aparatos a gas de circuito abierto que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación
Entrada de aire indirecta
Entrada de aire directa
●
En los locales en los que se instalen aparatos de calefacción que utilicen directamente el calor generado y que no necesiten estar conectados a conductos de evacuación de los productos de la combustión, tal como se indica en la ficha 6.1, donde la entrada indirecta de aire deberá mantenerse, como mínimo, por el espacio comprendido entre el límite inferior de la puerta que comunica con otro local y el suelo.
Las entradas de aire para la combustión deberán ser directas, a excepción de los siguientes casos que podrán ser indirectas: ●
En los locales en los que se instalen aparatos domésticos de cocción, la entrada de aire podrá ser indirecta cuando se realice a través de una galería o terraza cerrada contigua al local cocina, siempre que los productos de la combustión se evacúen al exterior o a un patio de ventilación, a través de un conducto, con una superficie libre igual o superior a la necesaria que atraviese la galería o terraza cerrada o que conecte el local cocina con una chimenea individual o la general del edificio. En estos casos, tanto las aberturas del local cocina como de la galería o terraza cerrada, deberán tener su parte superior a una altura máxima respecto del suelo de 30 cm.
6.3-4
Aparato fijo de calefacción
Entrada de aire indirecta por el espacio comprendido entre el límite inferior de la puerta y el suelo
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.3 Entrada de aire para la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
El criterio de dimensionado de la entrada de aire para la combustión para los aparatos a gas que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación, es el siguiente:
Potencia nominal total instalada (Pt)(1) en kW (kcal/h)
Superficie libre del conducto (Seac) en cm2 Hasta 2 cambios de dirección
Pt(1) ≤ 70 (60.200)
Seac ≥ 100 (*)
Potencia nominal total instalada (Ptnc)(1) en kW (kcal/h)
Superficie libre de la abertura (Sea) en cm2
Ptnc ≤ 70 (60.200)
Sea ≥ 100
Psim(2) ≥ 30 (25.800) (local col. o com. Pt > 70 (60.200)
Ptnc > 70 (60.200)
(*)
(*) Si Pt se expresa en kW: Seac ≥ Pt x 4,3 x Fc(3) Si Pt se expresa en kcal/h: Seac ≥ Pt /200 x Fc(3)
(*) Si Ptnc se expresa en kW: Sea ≥ Ptnc x 4,3 Si Ptnc se expresa en kcal/h: Sea ≥ Ptnc /200
(1)
Ptnc es la suma de las potencias nominales de todos los aparatos de circuito abierto instalados en el local que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación.
Cuando el local esté destinado a usos colectivos o comerciales en los que se instalen aparatos que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación cuya potencia nominal simultánea para usos de cocción y/o preparación de alimentos y/o bebidas sea superior a 30 kW (25.800 kcal/h), el dimensionado de la entrada de aire para la combustión, independientemente del sistema de evacuación del aire viciado que se utilice según los aparatos instalados, será función de la potencia total instalada de los aparatos no conectados (Ptnc), según la siguiente expresión:
Potencia nominal total instalada (Pt)(1) en kW (kcal/h)
Superficie libre del conducto (Seac) en cm2 Más de 2 cambios de dirección
Pt(1) ≤ 70 (60.200)
Seac ≥ 150
Psim(2) ≥ 30 (25.800) (local col. o com.) Pt > 70 (60.200)
(*)
(*) Si Pt se expresa en kW: Seac ≥ Pt x 4,3 x Fc(3) Si Pt se expresa en kcal/h: Seac ≥ Pt /200 x Fc(3) (1)
(2)
Si Ptnc se expresa en kW: Sea(cm2) ≥ Ptnc x 4,3 Si Ptnc se expresa en kcal/h: Sea (cm2) ≥ Ptnc /200
(3)
Dimensionado de entrada de aire por conducto Cuando la entrada de aire se efectúe por un conducto individual, además de evitarse al máximo los ángulos vivos en su trazado y de reducir el número de cambios de dirección al mínimo posible, la superficie libre del conducto debe ser, como mínimo, la que se expresa en las siguientes tablas:
Pt es la suma de potencias nominales de los aparatos a gas que necesitan estar conectados o que no lo necesitan, según el caso, instalados en el local. Psim es la potencia simultánea de utilización de aparatos a gas que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación para usos de cocción y/o preparación de alimentos y/o bebidas instalados en un local destinado a usos colectivos o comerciales. Fc es un factor de corrección que incrementa la sección libre del conducto en función de su longitud, según la siguiente tabla: Longitud del conducto (L) en m
Factor de corrección de la sección libre de paso (Fc)
3 ≤ L ≤ 10
1,5
10 < L ≤ 26
2
26 ≤ L < 50
2,5
6.3-5
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.3 Entrada de aire para la combustión de aparatos a gas de circuito abierto
Local en el que se encuentran instalados aparatos a gas de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación y aparatos a gas de circuito abierto que no lo necesitan
El dimensionado de la entrada de aire cuando coexistan aparatos a gas que necesitan estar conectados a conductos de evacuación y aparatos a gas que no lo necesitan, dependerá del uso a que esté destinado el local. En locales destinados a usos domésticos en los que coexistan aparatos a gas de estos dos tipos, la superficie libre de entrada de aire dependerá de la potencia total instalada en el local, según se indica en la siguiente tabla:
Potencia nominal total instalada (Ptcn)(1) en kW (kcal/h)
Superficie libre de la abertura (Sea) en cm2
Ptcn ≤ 70 (60.200)
Sea ≥ 100 (2)
Ptcn > 70 (60.200)
(*)
(*) Si Ptcn se expresa en kW: Sea ≥ Ptcn x 4,3 Si Ptcn se expresa en kcal/h: Sea ≥ Ptcn /200 (1)
(2)
Ptcn es la suma de las potencias nominales de todos los aparatos de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación y de todos los que no lo necesitan instalados en el local. Cuando alguno de los aparatos que coexistan en el local tenga una potencia nominal superior a 25 kW (21.500 kcal/h) y que necesite estar conectado a un conducto de evacuación, la superfície libre mínima de la abertura deberá ser de 150 cm2.
6.3-6
Cuando la entrada se efectúe por conducto, se deberá aumentar en 50 cm2 las exigencias de superficie libre mínima. En los locales destinados a usos colectivos o comerciales en los que coexistan aparatos a gas de circuito abierto que necesiten estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión y aparatos a gas de circuito abierto que no lo necesiten, el criterio de dimensionado de la entrada de aire para la combustión será la suma de dos valores, la superficie libre mínima correspondiente a los aparatos que necesitan estar conectados a conducto de evacuación y la superficie libre mínima correspondiente a la suma de la necesaria para cada uno de los aparatos que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación.
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.4 Condiciones de instalación de aparatos a gas de circuito estanco
Consideraciones generales
Condiciones de instalación
Los aparatos a gas de circuito estanco son los únicos aparatos a gas que se pueden instalar en cualquier tipo de local que cumpla los requisitos de instalación que más adelante se indican, ya que tanto la aportación del aire necesario para la combustión como la evacuación de los productos de la combustión no tiene contacto alguno con el local donde se encuentran instalados, no necesitando, por tanto, disponer de entrada de aire en el local.
Los aparatos a gas de circuito estanco deberán estar fijados a una pared o al suelo del local mediante un sistema de sujeción adecuado, de acuerdo con las instrucciones que para ello dé el fabricante del aparato.
Local sin restricción alguna
Aparato de circuito estanco
Salida productos de la combustión
Los locales donde se instalen aparatos a gas de circuito estanco deberán tener conectada la entrada de aire y la salida de los productos de la combustión a conductos, individuales o colectivos, especialmente diseñados para ello, o bien tener, al menos, una pared que comunique directamente con el exterior o con un patio de ventilación para realizar la entrada de aire y salida de productos de la combustión. Cuando los conductos de entrada de aire y salida de productos de la combustión den directamente al exterior o a un patio de ventilación, la salida al exterior del local sólo podrá hacerse a través de las paredes.
Obligatoriamente pared
Fijado a la pared
Entrada de aire Exterior o patio de ventilación
Exterior o patio de ventilación
Aparato a gas de circuito estanco
6.4-1
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.4 Condiciones de instalación de aparatos a gas de circuito estanco
Asimismo, cuando los aparatos de circuito estanco realicen la toma de aire y/o la evacuación de los productos de la combustión de una galería o terraza que tenga la consideración de espacio exterior, se procurará que al menos el conducto de evacuación de los productos de la combustión se prolongue hasta el límite de la mencionada superficie libre de la galería o terraza con el exterior, siempre que sea posible según las instrucciones del fabricante o la configuración de la galería o terraza. Conducto de toma de aire y/o evacuación de los productos de la combustión
En el caso de un aparato a gas de circuito estanco instalado en un local situado en la planta baja a menos de 2,5 m del suelo, el cual evacúe los productos de la combustión al exterior en la vía pública, es conveniente que el conducto de entrada y salida de productos de la combustión y su correspondiente deflector no sobresalgan de la línea de fachada, para lo cual es conveniente realizar un rebaje en el muro y colocar además una rejilla de protección.
Conducto entrada aire/salida productos combustión, no debe sobresalir de la línea de fachada
Exterior
Límite superficie libre con exterior o patio de ventilación
Rejilla de protección
Aparato a gas de circuito estanco
Altura ≤ 2,5 m Galería o terraza considerada zona exterior
Local situado en planta baja
El extremo final del conducto de evacuación de los productos de la combustión deberá estar situado a una distancia mínima de 40 cm de cualquier abertura destinada a la ventilación de locales (entrada de aire o salida de aire viciado) o puerta o ventana de un local distinto del que se encuentren instalados los aparatos a gas. Entrada de aire
≥ 40 cm
≥ 40 cm
Ventana de un local distinto al que se ubica el aparato
6.4-2
Aparato a gas de circuito estanco
Extremo final conducto de evacuación de aparatos a gas de circuito estanco
Salida de aire viciado
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Conductos colectivos de entrada de aire y salida de productos de la combustión
6.4 Condiciones de instalación de aparatos a gas de circuito estanco
SE-DUCT: La aportación de aire se realiza por conducto desde la base del edificio, ascendiendo directamente y alimentando a los aparatos.
Aparato a gas de circuito estanco
Es conveniente que en el local donde se instalen aparatos de circuito estanco exista un conducto único que desemboque por encima de la cubierta del edificio, al que se conecten todos los aparatos de circuito estanco que se encuentren en la vertical de ese local, que disponga de la aportación necesaria de aire y que sea capaz de evacuar los productos de la combustión de todos los aparatos de circuito estanco a él conectados.
Aportación de aire
Existen, básicamente, tres modalidades de construcción de este conducto colectivo para conectar aparatos a gas de circuito estanco, el U-DUCT, el SE-DUCT y los conductos concéntricos, y su empleo no está limitado ni por el número de pisos del edificio ni por la potencia de los aparatos a él conectados.
Aportación de aire
U-DUCT:
Conductos Concéntricos:
La aportación de aire se realiza por conducto desde la parte superior del edificio hasta la base, asciende de nuevo alimentando a los aparatos
La aportación de aire se realiza por el conducto exterior y la evacuación de los productos de la combustión por el interior.
Aportación de aire Aparato a gas de circuito estanco
Esquema SE-DUCT
Conducto de evacuación de los productos de la combustión Conducto de aportación de aire para la combustión
Esquema U-DUCT
Esquema Conductos Concéntricos
6.4-3
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.5 Condiciones especiales para la ubicación de aparatos a gas de circuito abierto en edificios ya construidos
Consideraciones generales Cuando en un edificio ya construido se realice una nueva instalación de gas, se intentará cumplir con todos los requisitos que se indican en las fichas 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4. Sin embargo, cuando por razones de la estructura y configuración de los edificios ya construidos no pudieran cumplirse todos los requisitos de instalación de los aparatos a gas de circuito abierto en las viviendas, se permitirán unas condiciones especiales sustitutorias de instalación de los mismos menos restrictivas, que son las que más adelante se indican. Si en un edificio ya construido tampoco se pueden cumplir las citadas condiciones especiales de instalación, no podrá instalarse el aparato o los aparatos a gas de circuito abierto cuya instalación no las cumpla, debiendo instalar aparatos de circuito estanco que cumplan la misma función.
Condiciones especiales para locales de volumen bruto inferior a 8 m3 en el que se instalen aparatos no conectados En edificios ya construidos, se podrá admitir que los locales donde se instalen aparatos a gas de circuito abierto que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación tengan un volumen bruto mínimo comprendido entre 6 m3 y 8 m3, pero deberá incrementarse en un 20% como mínimo el dimensionado de las entradas de aire para la combustión de los aparatos de circuito abierto instalados en el local, que necesiten o no estar conectados a conducto de evacuación.
Volumen bruto local mín 6 m3
6 m3 ≤ V bruto ≤ 8m3 Sup ent. aire + 20% mín (aparatos conectados y no conectados)
Condiciones especiales para los patios de ventilación En edificios ya construidos, se podrán admitir patios de ventilación para realizar la aportación de aire y la evacuación de los productos de la combustión, cuya superficie en planta sea como mínimo de 3 m2, siendo el lado menor como mínimo de 1 m. Si la parte superior está cubierta, deberá existir una superficie lateral de comunicación abierta con el exterior de 1 m2 si tienen la entrada de aire en su parte inferior con una superficie libre mínima de 300 cm2. En el caso de que no dispongan de dicha entrada de aire, la superficie lateral mínima será de 3 m2 para patios con sección transversal hasta 12 m2 y del 25% de la sección transversal para patios que la tengan superior a 12 m2. En el caso de que no se cumplan a la vez las condiciones de superfície mínima en planta de 3 m2 y lado menor como mínimo 1 m, se admitirá también que se produzca un tiro continuo en el patio de ventilación mediante una abertura o conducto en la parte inferior de dicho patio con una superficie libre mínima de 300 cm2 para producir una entrada directa de aire que asegure una adecuada renovación del aire.
6.5-1
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Ubicación de la entrada de aire directa de locales que contengan exclusivamente un aparato de cocción
Patio de ventilación
Local donde se ubican aparatos a gas
6.5 Condiciones especiales para la ubicación de aparatos a gas de circuito abierto en edificios ya construidos
Sección transversal St ≥ 3 m2
Lado menor ≥ 1m
Si está cubierto: Superficie lateral ≥ 3 m2 si St ≤ 12 m2 Superficie lateral ≥ 0,25 x St si St > 12 m2
Patio de ventilación en edificio ya construido en el que no se cumplen a la vez las exigencias de superficie y cota mínima de lado menor Superficie lateral ≥ 1 m2
Cuando un local que dé directamente al exterior o a un patio de ventilación contenga un aparato a gas de cocción, tipo encimera sin horno, que utilice un gas menos denso que el aire, y en las paredes interiores que lo configuran no se pueda realizar una entrada directa de aire, ya sea por su espesor o por razones constructivas, y no disponga de una puerta en las citadas paredes que dan al exterior o a un patio de ventilación, excepcionalmente se podrá realizar una entrada directa de aire en una ventana que dé al exterior o a un patio de ventilación, siempre que el dimensionado de dicha entrada de aire sea el adecuado según la potencia del aparato de cocción y el borde inferior de la abertura practicada en la ventana esté como máximo a 1,2 m del suelo del local.
Entrada de aire directa del exterior o de un patio de ventilación (excepcionalmente si no se puede realizar en una pared o puerta que dé al exterior o a un patio de ventilación)
≤ 1,20 m
Aportación de aire (Sup. libre ≥ 300 cm2)
6.5-2
Unico aparato a gas instalado en el local (encimera sin horno)
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.5 Condiciones especiales para la ubicación de aparatos a gas de circuito abierto en edificios ya construidos
Condiciones especiales para la evacuación del aire viciado En edificios ya construidos, la evacuación del aire viciado producido por aparatos a gas de circuito abierto que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación, además de poder realizarse por los sistemas descritos en la ficha 6.2 (sistemas de evacuación TIPO 1, TIPO 2, TIPO 3 y TIPO 4), pueden realizarse excepcionalmente por los siguientes sistemas:
Tipo 7 Si coexisten en el mismo local aparatos a gas de circuito abierto que necesitan estar conectados a conductos de evacuación y aparatos que no lo necesitan, la evacuación del aire viciado producido por los aparatos que no necesitan estar conectados podrá efectuarse a través de algún cortatiro dispuesto en aparatos de circuito abierto que necesiten estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: ●
La sección libre del conducto de evacuación sea de 100 cm2.
●
La base de la campana del cortatiro esté situada a una distancia no inferior a 1,80 m del suelo y no superior a 1 m del techo del local.
Tipo 6 Si el único aparato a gas de circuito abierto no conectado a conducto de evacuación existente en el local es una cocina que dispone de una campana que la cubre totalmente, podrá evacuarse el aire viciado a través de un orificio de 100 cm2, situado en el interior de la campana o unido a ella mediante un conducto, que comunique con una chimenea o conducto, individual o colectivo, con el exterior o con un patio de ventilación, pudiendo estar en este caso el borde inferior de dicho orificio a una distancia inferior a 1,80 m del suelo o a más de 1 m del techo del local. La citada campana, que debe cubrir totalmente el aparato de cocción, puede disponer de un extractor mecánico individual, pero no podrá estar conectado a un conducto o chimenea general si no ha sido diseñada especialmente para ello. En este caso, el extractor mecánico debe dejar una superficie libre de paso de 80 cm2 estando parado, no permitiéndose aquellos extractores que disponen de filtros o mallas tupidas en su entrada. (1) Sección libre ≥ 100 cm2 (≥ 80 cm2 si dispone de extractor mecánico)
Conducto individual o colectivo, exterior o patio de ventilación Puede ser mayor de 1m Puede ser menor de 1,80 m
(1)
Con campana cuya proyección vertical cubra totalmente la cocina Unico aparato a gas que no necesita estar conectado a conducto de evacuación existente en el local
Sección ≥ 100 cm2
≥ 0,20 m ≥ 1,80 m
Conducto individual o colectivo, exterior o patio de ventilación
●
La base de la campana del cortatiro podrá estar situada a una distancia inferior a 1,80 m del suelo, pero el conducto de evacuación deberá estar conectado a una chimenea o conducto, individual o colectivo, que disponga de un orificio suplementario con una sección libre no inferior a 50 cm2, estando situada la parte superior de dicho orificio suplementario a una distancia superior a 5 cm por debajo del empalme del conducto de evacuación a la chimenea o conducto, y la parte inferior de dicho orificio suplementario a una distancia no inferior a 1,80 m del suelo y no superior a 1 m del techo del local.
<1m
> 5 cm
(1)
(1) Sección ≥ 50 cm2 cuando h es menor de 1,80 m
≥ 1,80 m h
6.5-3
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.6 Condiciones de conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora
Como ya se ha mencionado anteriormente, todos los aparatos a gas que se conecten a una instalación individual deberán cumplir con las disposiciones y reglamentos que les sean de aplicación, en particular el Reglamento de Aparatos que Utilizan Gas como Combustible, y estar debidamente homologados por el organismo competente.
Aparato a gas de circuito estanco
Al realizar la conexión y puesta en marcha de los aparatos a gas, el agente de puesta en marcha (Servicios Técnicos del fabricante, Empresa Instaladora o Empresa Suministradora) debe comprobar que están preparados para utilizar el tipo de gas que se va a suministrar.
Debe estar inmovilizado
●
Instalación de los aparatos a gas
- Si el aparato dispone de aberturas frontales o laterales entre la carcasa del aparato y el mueble deberá existir una separación mínima de 5 cm. Si esta distancia no pudiera respetarse, el mueble deberá tener enfrentada a la abertura del aparato, otra similar.
Los aparatos a gas se instalarán de acuerdo con las instrucciones que para ello dé el fabricante del mismo, teniendo en cuenta, según sus características, lo siguiente:
●
- En cualquier caso, el mueble que lo contiene deberá estar descubierto tanto por su parte inferior como en la superior. Se admitirá, sin embargo, que en muebles que no sólo se utilicen para alojar el aparato a gas y lleguen hasta el suelo, no estén abiertos por su parte inferior, pero deberán tener una abertura para entrada de aire situada a la altura de la parte inferior del aparato.
Todos los aparatos de circuito abierto que necesiten estar conectados a conducto de evacuación y todos los aparatos de circuito estanco deberán estar instalados fijos al muro que los soporta o al suelo.
●
Aparato a gas de circuito abierto que necesita estar conectado a conducto de evacuación
Debe estar inmovilizado
Los aparatos de producción de agua caliente sanitaria o para calefacción podrán alojarse por motivos decorativos en el interior de muebles que tengan las siguientes características:
La proyección vertical del quemador de cualquier aparato de circuito abierto, situado a más altura que los quemadores de un aparato de cocción, deberá guardar una distancia mínima de 0,40 m con aquél, medida entre las partes más próximas de los quemadores. Cuando se trate de un aparato de circuito estanco, esta distancia podrá reducirse a 20 cm. Cuando esta distancia no pueda respetarse, deberá intercalarse una pantalla protectora de material incombustible que impida que los productos de la combustión o vapores procedentes del aparato de cocción puedan afectar al correcto funcionamiento del otro aparato a gas.
6.6-1
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.6 Condiciones de conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora
Suministradora y no se instale en el interior de un armario, la distancia mínima entre las proyecciones verticales del contador y de un aparato a gas serán las siguientes: 0,40 m cuando se trate de aparatos de cocción (cocinas y hornos)
≥ 40 cm entre proyección vertical de quemadores ≥ 0,40 m Pantalla de protección
0,20 m cuando se trate de calentadores de agua y calderas de calefacción.
≥ 40 cm entre proyección vertical de quemadores
●
≥ 0,20 m
Si la instalación de gas discurre por detrás de los aparatos de cocción o detrás de la proyección vertical de los quemadores, es conveniente dotar a los tubos de gas de una protección adecuada.
Cuando estas distancias no puedan respetarse, deberá intercalarse una pantalla protectora de material incombustible que cubra totalmente la proyección lateral del contador de gas.
Pantalla de protección
Conveniente proteger Tubo de gas
< 0,40 m
Pantalla de protección
●
En un edificio ya construido en el que el contador de gas deba ubicarse inevitablemente en el interior de la vivienda disponiendo autorización por escrito de la Empresa
6.6-2
< 0,20 m
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora La conexión de un aparato a gas a la instalación receptora es el tramo de conducción comprendido entre la llave de conexión de aparato y el aparato a gas. La conexión de un aparato a gas no forma parte de la instalación receptora. La conexión de un aparato a gas puede ser rígida, semirrígida o flexible en función del tipo de aparato que ha de conectarse a la instalación receptora. A continuación se indican las características y condiciones que han de cumplir los tres tipos de conexión del aparato a gas de la instalación receptora, es decir, la conexión rígida, la conexión semirrígida, y la conexión flexible.
6.6 Condiciones de conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora
Conexión rígida La conexión rígida está formada por tramos de tubería que tienen las mismas características que las tuberías utilizadas para construir la instalación individual y los mismos métodos de unión. Por lo tanto, la conexión rígida puede ser de acero, acero inoxidable o cobre con uniones soldadas, siguiendo para su construcción los mismos criterios de instalación que para los tramos de la instalación individual. La unión a la instalación individual, es decir a la llave de conexión de aparato, y al propio aparato se realizará, preferentemente, mediante enlace por junta plana. Se procurará que la longitud de la conexión del aparato a la instalación individual sea lo más corta posible, habiendo instalado la llave de conexión de aparato lo más cerca posible de éste manteniendo su operatividad.
Conexión rígida: mismas características que la tubería de las instalaciones receptoras (cobre, acero, o acero inoxidable)
Conexión semirrígida LLave de conexión de aparato
Instalación receptora
LLave de mando del aparato a gas (no debe confundirse con la llave de conexión de aparato) Conexión del aparato a gas a la instalación receptora (NO FORMA PARTE DE LA INSTALACION RECEPTORA)
La conexión semirrígida está formada por un tubo de acero inoxidable corrugado, con enlaces mecánicos en sus extremos que puede adoptar formas diferentes al ser sometido a flexión. Por lo tanto, a través de la conexión semirrígida se enlaza directamente la llave de conexión de aparato y el propio aparato, no existiendo más uniones que la unión a la llave de conexión de aparato y la del propio aparato.
6.6-3
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
Este tubo de acero inoxidable corrugado con enlaces mecánicos debe cumplir lo dispuesto en la norma UNE 60.713, y sus enlaces mecánicos deben ser por rosca gas, macho o hembra, o por junta plana, pero al menos uno de ellos ha de ser enlace por junta plana.
6.6 Condiciones de conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora
Conexión a instalación receptora
Conexión al aparato a gas
Conexión a instalación receptora
Conexión al aparato a gas
Conexión semirrígida (acero inoxidable corrugado)
Conexión flexible La conexión flexible está formada por un tubo espirometálico o de acero inoxidable corrugado, provisto de una funda que le da gran flexibilidad, y de enlaces roscados en sus extremos, no admitiéndose enlaces por junta plana, disponiendo, además, de un enchufe de seguridad instalado en la pieza base del enlace roscado que se conecta a la instalación individual, que interrumpe el paso de gas cuando se desprende el citado tubo. La conexión flexible se conecta directamente al aparato a gas y puede estar conectada directamente o no a la llave de conexión de aparato. Si no se conecta directamente a la llave de conexión de aparato, el tramo de conducción comprendido entre ésta y el enlace roscado del tubo flexible será de conexión rígida. Las conexiones flexibles, estén formadas por tubo espirometálico o por un tubo de acero inoxidable corrugado, deben cumplir genéricamente lo dispuesto en la norma UNE 60.715 Parte 0.
Tubo flexible espirometálico con enchufe de seguridad (UNE 60.715 Parte 1)
Tubo flexible de acero inoxidable corrugado con enchufe de seguridad (UNE 60.715 Parte 2)
Para quemadores móviles de aparatos a gas de uso colectivo o comercial puede utilizarse la conexión flexible de tubo de elastómero con armadura, interna o externa, y con enlaces mecánicos en sus extremos, debiendo cumplir lo dispuesto en la norma UNE 60.712.
Tubo flexible de elastómero con armadura externa
Las conexiones flexibles formadas por tubos espirometálicos con enchufe de seguridad y enlaces roscados deben cumplir lo dispuesto en la norma UNE 60.715 Parte 1.
Tubo flexible de elastómero con armadura interna
Las conexiones flexibles formadas por tubos de acero inoxidable corrugado con enchufe de seguridad y enlaces roscados deben cumplir lo dispuesto en la norma UNE 60.715 Parte 2.
Tubos flexibles de elastómero con armadura y enlaces mecánicos móviles de aparatos a gas de uso colectivo o comercial (UNE 60.712)
6.6-4
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.6 Condiciones de conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora
La longitud de la conexión flexible será la mínima imprescindible, y en ningún caso será superior a 1,50 m, a excepción de los aparatos móviles de calefacción, en los que no podrá superar los 0,60 m. Las conexiones flexibles formadas por tubos espirometálicos o tubos de elastómero con armadura, deberán quedar conveniente colocadas de manera que no puedan en ningún caso entrar en contacto con las partes calientes del aparato a gas al que alimentan, que sean fácilmente accesibles, que no puedan quedar en modo alguno bajo la acción de las llamas o de los productos de combustión producidos por el aparato y sin obstruir la salida de los mismos. En caso de que esto no fuera posible, sólo podrá instalarse con conexión flexible formada por tubo flexible de acero inoxidable, En consecuencia, dichas conexiones flexibles, formadas por tubos espirometálicos o tubos de elastómero con armadura, no podrán cruzar por detrás de los aparatos de cocción, a excepción de aquellos aparatos que dispongan de aislamiento térmico en la parte posterior, y esto se haya certificado en los ensayos de calentamiento propios de la homologación del mismo y así lo haga constar el fabricante del aparato en las instrucciones de montaje.
NO Parte trasera del horno Conexión flexible de tubo espirometálico o de elastómero con armadura cruzando la parte trasera del horno
Instalación receptora
Llave de conexión de aparato
Las conexiones flexibles formadas por tubo flexible espirometálico o de elastómero con armadura no pueden cruzar por detrás de los aparatos de cocción si éstos no disponen de aislamiento térmico en la parte posterior
Según la consideración de movilidad, los aparatos a gas se clasifican en aparatos a gas considerados fijos y aparatos a gas considerados móviles.
6.6-5
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.6 Condiciones de conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora
Aparatos a gas considerados fijos Tienen la consideración de aparatos a gas fijos todos aquellos que deban quedar inmovilizados una vez realizada su instalación, y en particular los siguientes: ●
Los aparatos a gas de circuito abierto que necesitan estar conectados a conducto de evacuación de los productos de la combustión.
●
Los aparatos a gas de circuito estanco.
●
Los aparatos fijos de calefacción.
●
Los aparatos de cocción cuando deban quedar inmovilizados (normalmente aparatos de cocción para usos colectivos o comerciales).
●
Los aparatos a gas encastrables, como pueden ser las encimeras convencionales o vitrocerámicas, los hornos independientes, etc.
Los aparatos a gas considerados fijos siempre se conectarán a la instalación receptora mediante conexión rígida o semirrígida.
Ejemplos de aparatos a a gas considerados fijos. Conexión rígida o semirrígida
Encimera convencional encastrable
Calentadores y calderas de calefacción
Aparatos fijos de calefacción
Encimera vitrocerámica encastrable
Radiadores murales de circuito estanco
6.6-6
Horno independiente encastrable
6 Condiciones de ubicación y conexión de aparatos a gas.
6.6 Condiciones de conexión de los aparatos a gas a la instalación receptora
Aparatos a gas considerados móviles Tienen la consideración de aparatos a gas móviles todos los aparatos que sean desplazables, es decir, que no estén fijados a una pared o al suelo, y los accionados mediante motor, y en particular los siguientes: ●
Aparatos de cocción desplazables.
●
Aparatos móviles de calefacción.
●
Aparatos de lavar o secar ropa.
●
Lavavajillas que incorporen quemador a gas.
●
Neveras por absorción.
Los aparatos a gas considerados móviles siempre se conectarán a la instalación receptora mediante conexión flexible
Ejemplos de aparatos a gas considerados móviles. Conexión flexible.
Lavavajillas
Cocina-horno desplazable
Secadoras y lavadoras de ropa
Neveras por absorción
6.6-7
7
Ensayos y verificaciones
7.1. Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras
7.2. Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B
7.3. Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A
7.4. Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras conectadas a redes en baja presión
7 Ensayos y verificaciones
Consideraciones generales Todas las instalaciones receptoras una vez construidas y con anterioridad a su puesta en disposición de servicio por parte de la Empresa Suministradora, deberán someterse a una prueba de estanquidad, debiendo su resultado ser satisfactorio, es decir, no debe detectarse fuga alguna. Esta prueba de estanquidad se realizará en todos los tramos que componen la instalación receptora, es decir, desde la llave de acometida, excluida ésta, hasta las llaves de conexión de aparato, incluidas éstas, y siempre antes de ocultar, enterrar o empotrar las tuberías. Siempre que en una instalación receptora existan tramos alimentados a diferentes presiones, en cada tramo se aplicarán los criterios establecidos para el rango de presión de servicio que corresponda en función del esquema de instalación, tal como se indica en el módulo 2. Esta prueba de estanquidad deberá ser realizada por la Empresa Instaladora utilizando como fluido de prueba aire o gas inerte, estando prohibido el uso del gas de suministro o de cualquier otro tipo de gas o líquido. La prueba de estanquidad no incluye a los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores, por lo que éstos deberán aislarse mediante llaves de corte o desmontarse de la instalación, colocando los correspondientes puentes o tapones extremos. Asimismo, la prueba de estanquidad tampoco incluye los aparatos a gas, ni su conexión a la instalación receptora, estén conectados o no a la misma. Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el priocedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
7.1 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras
Con anterioridad a la realización de la prueba de estanquidad, deberá asegurarse que están cerradas las llaves que delimitan la parte de instalación a ensayar, colocados los puentes y tapones extremos necesarios y, además, que se encuentran abiertas las llaves intermedias. Para alcanzar el nivel de presión necesario en el tramo a probar, deberá conectarse en un punto del mismo, generalmente a través de una llave, la de entrada del contador, del regulador, etc, el dispositivo adecuado para inyectar aire o gas inerte, controlando su presión mediante el elemento de medida adecuado al rango de presión de la prueba, inyectando el aire o el gas inerte hasta alcanzar el nivel de presión necesario para realizar la prueba según la presión de servicio del tramo. Una vez alcanzado el nivel de presión necesario para la realización de la prueba de estanquidad, se deja transcurrir el tiempo preciso para que se estabilice la temperatura y se toma lectura de la presión que indica el elemento de medida, comenzando en este momento el período de ensayo. Paralelamente, se maniobrarán las llaves intermedias para verificar su estanquidad con relación al exterior, tanto en su posición de abiertas como en su posición de cerradas. Una vez pasado el período de ensayo, intentando que durante este período la temperatura se mantenga lo más estable posible, se tomará de nuevo lectura de la presión en el aparato de medida y se comparará con la lectura inicial, dándose como correcta la prueba si no se observa disminución de la presión en el período de ensayo. En el supuesto de que la prueba de estanquidad no dé un resultado satisfactorio, es decir, que se observara una disminución de presión, deberán localizarse las posibles fugas utilizando agua jabonosa o un producto similar, corregirse las mismas y repetir la prueba de estanquidad. Si se observaran variaciones de la presión y se intuyera que puedan ser debidas a variaciones de la temperatura, deberá repetirse la prueba en horas en las que se prevea que no se producirán estas variaciones. En el supuesto de que esto no sea posible, se registrará la temperatura del fluido de prueba, aire o gas inerte, a lo largo de la misma, evaluando al final su posible repercusión. Tanto el nivel de presión de la prueba como el tiempo del ensayo dependen de la presión de servicio del tramo, y se indican a continuación.
7.1-1
7 Ensayos y verificaciones
7.1 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras
Prueba de estanquidad para tramos en media presión B
Prueba de estanquidad para tramos en media presión A
La prueba de estanquidad para los tramos de instalación receptora en media presión B deberá realizarse a una presión efectiva (o relativa) mínima de 5 bar, la cual deberá ser verificada a través de un manómetro con fondo de escala no superior a 10 bar y resolución mínima de 0,1 bar.
La prueba de estanquidad para los tramos de instalación receptora alimentados en media presión A, debe realizarse a una presión efectiva (o relativa) que depende del tipo de instalación receptora.
La duración de la prueba de estanquidad será de 1 hora contada a partir de la estabilización de la presión en el tramo, pudiéndose reducir a 1/2 hora cuando la longitud del mismo sea inferior a 10 m. Para considerar correcta la prueba de estanquidad, no deben observarse variaciones de la presión en toda la duración de la prueba.
Para los tramos en media presión A en instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión A, tal como se indica en la ficha 2.2, y los tramos en media presión A de las instalaciones receptoras polivalentes para GLP y gas natural, tal como se indica en la ficha 2.1, la prueba de estanquidad se realizará a una presión efectiva (o relativa) mínima de 1 bar, la cual deberá ser verificada a través de un manómetro con fondo de escala no superior a 2,5 bar y resolución mínima de 0,05 bar. Para los tramos en media presión A en instalaciones receptoras conectadas a redes en media presión B, que son las instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares indicadas en la ficha 2.1, la prueba de estanquidad se realizará a una presión efectiva (o relativa) mínima de 150 mbar, la cual deberá ser verificada, preferentemente, mediante un manómetro de columna de agua capaz de medir 1.500 mm cda, equivalente a 150 mbar. La duración de la prueba de estanquidad en ambos casos será de 15 minutos contados a partir de la estabilización de la presión en el tramo. Para considerar correcta la prueba de estanquidad, no deben observarse variaciones de la presión en toda la duración de la prueba.
7.1-2
7 Ensayos y verificaciones
Prueba de estanquidad para tramos en baja presión La prueba de estanquidad para los tramos de instalación receptora alimentados en baja presión debe realizarse a una presión efectiva (o relativa) mínima de 50 mbar, la cual deberá ser verificada, preferentemente, mediante un manómetro de columna de agua capaz de medir 500 mm cda, equivalente a 50 mbar. La duración de la prueba de estanquidad será, como mínimo, de 10 minutos si la longitud del tramo es igual o inferior a 10 m, o de 15 minutos si la longitud es superior a 10 m, contados ambos a partir de la estabilización de la presión en el tramo. Para considerar correcta la prueba de estanquidad, no deben observarse variaciones de la presión a lo largo de toda la prueba.
7.1 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras
Verificación de la estanquidad de reguladores, válvulas de seguridad y contadores La estanquidad de las uniones y de los elementos y accesorios que componen los conjuntos de regulación, los reguladores de abonado, las válvulas de seguridad por defecto de presión y los contadores, se verificará a la presión de servicio una vez haya concluido satisfactoriamente la prueba de estanquidad de la instalación receptora y con anterioridad a la puesta en disposición de servicio por parte de la Empresa Suministradora. Las posibles fugas se detectarán mediante agua jabonosa, o producto similar, o mediante un detector de gas adecuado si la verificación la realiza la Empresa Suministradora con el gas de suministro.
En las fichas 7.2, 7.3 y 7.4, se muestran las condiciones de realización de la prueba de estanquidad según la tipología de las instalaciones receptoras.
7.1-3
7.2 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión B
7 Ensayos y verificaciones
Esquema del tramo en media presión B
Diseño tipo para armario de regulación situado en fachada o azotea con llave de acometida en vía pública
Conjunto de regulación
B Llave de acometida en vía pública
Llave de edificio
A'
A Instalación común (plurifamiliares)
Acometida interior
Instalación individual (colectivos o comerciales)
Red Distribución MPB
NOTA: Si la acometida interior es aérea o visitable, el tramo a probar es el A-B, y si es enterrada, el tramo a probar es el A'-B, ya que en este último caso la prueba de estanquidad del tramo A-A' la realizará la Empresa Suministradora.
Tramos en MPB
Tramo
Presión efectiva mínima
Duración mínima L≤10m L>10m
A-B A'-B
5 bar
1/2 h
1h
7.2-1
7 Ensayos y verificaciones
7.2 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión B
Instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares aisladas o adosadas
Límite propiedad
A
Límite vivienda
B
Llave de vivienda
B
Llaves de conexión de aparato
B
Conjunto de regulación A-6 o A-10 unifamiliar (incluyen contador)
Tramos en MPB
Presión de regulación 22 mbar
7.2-2
Tramos en BP
Tramo
Presión efectiva mínima
Duración mínima L≤10m L>10m
A-B
50 mbar
10 min
15 min
7 Ensayos y verificaciones
7.2 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión B
Instalaciones receptoras en fincas bifamiliares o en viviendas unifamiliares adosadas (comparten armario de regulación)
Límite propiedad
Límite vivienda
B
B
Llave de vivienda
B
Llaves de conexión de aparato
B
B
A B
Tramos en MPB Tramos en BP Conjunto de regulación A-10 bifamiliar (incluye contadores) Presión de regulación 22 mbar
Tramo
Presión efectiva mínima
Duración mínima L≤10m L>10m
A-B
50 mbar
10 min
15 min
7.2-3
7.2 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión B
7 Ensayos y verificaciones
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados
Límite de vivienda Llave de vivienda
D
D
D Llaves de
conexión de aparato
Llave de abonado
D
D
D B C Conjunto de regulación A-25 ó A-50
D
D
B C A D
Presión de regulación 55 mbar
B C
B Tramos en MPB Tramos en MPA Tramos en BP
NOTA: Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
7.2-4
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Instalación común
Tramo
Presión efectiva mínima
A-B
150 mbar
B-C C-D
Duración mínima L≤10m L>10m 15 min
Regulador de abonado y contador (desmontados)
50 mbar
10 min
15 min
7.2 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión B
7 Ensayos y verificaciones
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda Límite de vivienda
Sólo en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores
Llave de abonado
Llave de vivienda
D
D BC
D Llaves de
conexión de aparato
D
D BC
D Conjunto de regulación A-25 ó A-50
D
D
A BC
Presión de regulación 55 mbar
D
Tramos en MPB Tramos en MPA Tramos en BP
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Instalación común
NOTA: Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
Tramo
Presión efectiva mínima
A-B
150 mbar
B-C C-D
Duración mínima L≤10m L>10m 15 min
Regulador de abonado y contador (desmontados)
50 mbar
10 min
15 min
7.2-5
7 Ensayos y verificaciones
7.2 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión B
Instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales
Llave de local privado
B
A
B
Llaves de conexión de aparato
B
Puente de contador Conjunto de regulación A-6, A-10 unifamiliar, A-25, A-50 ó A-100
Límite de local privado Tramos en MPB Tramos en BP
Presión de regulación 22 mbar
NOTA: Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
7.2-6
Tramo
Presión efectiva mínima
Duración mínima L≤10m L>10m
A-B
50 mbar
10 min
15 min
7.2 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión B
7 Ensayos y verificaciones
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares, polivalentes para GLP y gas natural Exclusivamente para aquellas instalaciones que inicialmente, y de forma transitoria, se suministran con GLP
Límite de vivienda Llave de entrada al regulador de abonado
BC
Llave de vivienda
D
D
D
Llaves de conexión de aparato
Puente de contador
Llave de abonado Conjunto de regulación y centralización de contadores
D
BC
D
D A D
D
BC
Conjunto de regulación A-25
D
Presión de regulación 150 mbar
Instalación común
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Tramos en MPB Tramos en MPA Tramos en BP NOTAS: (A) Este tipo de esquema de instalaciones se aplicará en zonas donde se suministre inicialmente GLP. (B) Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
Tramo
Presión efectiva mínima
A-B
1 bar
B-C C-D
Duración mínima L≤10m L>10m 15 min
Regulador de abonado (desmontado)
50 mbar
10 min
15 min
7.2-7
7.3 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión A
7 Ensayos y verificaciones
Instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares aisladas o adosadas
Límite de propiedad
B
Límite de vivienda
D
D
C C Llave de vivienda
Llaves de conexión de aparato
D A Llave de acometida Tramos en MPA Tramos en BP
Red Distribución MPA
NOTA: Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
Tramo
Presión efectiva mínima
A-B
1 bar
B-C C-D
Duración mínima L≤10m L>10m 15 min
Regulador de abonado y contador (desmontados)
50 mbar
10 min
15 min
7.3-1
7 Ensayos y verificaciones
7.3 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión A
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados
Límite de vivienda
D
D
D Llaves de
Llave de vivienda
conexión de aparato
D
D
Llave de abonado
D
Tramos en MPA
B C
Tramos en BP
D
D
B C D B C
Red Distribución MPA
B
Llave de acometida
A'
A
Acometida interior
NOTAS: (A) Si la acometida interior es aérea o visitable, el tramo a probar es el A-B, y si es enterrada, el tramo a probar es el A'-B, ya que en este último caso la prueba de estanquidad del tramo A-A' la realizará la Empresa Suministradora. (B) Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
7.3-2
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Instalación común
Tramo
Presión efectiva mínima
A-B A'-B
1 bar
B-C C-D
Duración mínima L≤10m L>10m 15 min
Regulador de abonado y contador (desmontados)
50 mbar
10 min
15 min
7.3 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión A
7 Ensayos y verificaciones
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda
Límite de vivienda Llave de abonado
Sólo en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores
D
D BC
D Llaves de
conexión de aparato
Llave de vivienda
D
D
Tramos en MPA
BC
Tramos en BP
D
D
D
Red Distribución MPA
BC D
Llave de acometida
A
A' Acometida interior
Instalación común
NOTAS: (A) Si la acometida interior es aérea o visitable, el tramo a probar es el A-B, y si es enterrada, el tramo a probar es el A'-B, ya que en este último caso la prueba de estanquidad del tramo A-A' la realizará la Empresa Suministradora. (B) Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Tramo
Presión efectiva mínima
A-B A'-B
1 bar
B-C C-D
Duración mínima L≤10m L>10m 15 min
Regulador de abonado y contador (desmontados)
50 mbar
10 min
15 min
7.3-3
7 Ensayos y verificaciones
7.3 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en media presión A
Instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales
D
Llave de local privado
B
C
Llaves de conexión de aparato
D A
Llave de acometida
Límite de local privado
Puente de contador
Tramos en MPA Tramos en BP
Red Distribución MPA
NOTA: Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
7.3-4
Tramo
Presión efectiva mínima
A-B
1 bar
B-C C-D
Duración mínima L≤10m L>10m 15 min
Regulador de abonado y V.S. mín (desmontados)
50 mbar
10 min
15 min
7 Ensayos y verificaciones
7.4 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en baja presión
Instalaciones receptoras en viviendas unifamiliares aisladas o adosadas
Puente de contador y V.S. min.
Límite de vivienda
Límite de propiedad
B
Llave de vivienda
B
Llaves de conexión de aparato
B A
Llave de acometida Tramos en BP
Red Distribución BP
NOTAS: (A) Consultar con la Empresa Suministradora la necesidad de instalar la válvula de seguridad por defecto de presión. (B) Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
Tramo
Presión efectiva mínima
Duración mínima L≤10m L>10m
A-B
50 mbar
10 min
15 min
7.4-1
7.4 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en baja presión
7 Ensayos y verificaciones
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores centralizados
Límite de vivenda
B
B Puente de contador y V.S. min
Llave de vivienda
B Llaves de
conexión de aparato
B
B
Llave de abonado
B Tramos en BP
B B
Red distribución BP Llave de A'
acometida
A
Acometida interior
Instalación común
NOTAS: (A) Si la acometida interior es aérea o visitable, el tramo a probar es el A-B, y si es enterrada, el tramo a probar es el A'-B, ya que en este último caso la prueba de estanquidad del tramo A-A' la realizará la Empresa Suministradora. (B) Consultar con la Empresa Suministradora la necesidad de instalar la válvula de seguridad por defecto de presión. (C) Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
7.4-2
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Tramo
Presión efectiva mínima
Duración mínima L≤10m L>10m
A-B A'-B
50 mbar
10 min
15 min
B
7.4 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en baja presión
7 Ensayos y verificaciones
Instalaciones receptoras en fincas plurifamiliares con contadores en vivienda
Puente de contador y V.S. min Límite de Llave de vivienda abonado Llave de vivienda
Sólo en aquellos edificios ya construidos en los que no pueden centralizarse los contadores
B
B
B Llaves
de conexión de aparato
B
B
Tramos en BP
B
B
Red Distribución BP
B
B
Llave de acometida
A
A' Acometida interior
Instalación común
NOTAS: (A) Si la acometida interior es aérea o visitable, el tramo a probar es el A-B, y si es enterrada, el tramo a probar es el A'-B, ya que en este último caso la prueba de estanquidad del tramo A-A' la realizará la Empresa Suministradora. (B) Consultar con la Empresa Suministradora la necesidad de instalar la válvula de seguridad por defecto de presión. (C) Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
Instalación individual (hasta llaves de conexión de aparato, incluidas éstas)
Tramo
Presión efectiva mínima
Duración mínima L≤10m L>10m
A-B A'-B
50 mbar
10 min
15 min
7.4-3
7 Ensayos y verificaciones
7.4 Prueba de estanquidad de instalaciones receptoras alimentadas desde redes en baja presión
Instalaciones receptoras en locales destinados a usos colectivos o comerciales
Puente de V.S. min
Límite de local privado
B
Llave de local privado
B
Llaves de conexión de aparato
B
A Llave de acometida
Puente de contador
Tramos en BP
Red Distribución BP
NOTAS: (A) Consultar con la Empresa Suministradora la necesidad de instalar la válvula de seguridad por defecto de presión. (B) Si la prueba de estanquidad se realiza conjuntamente con la puesta en disposición de servicio que realiza la Empresa Suministradora, podrá realizarse con los conjuntos de regulación, reguladores de abonado, válvulas de seguridad por defecto de presión y contadores montados, siguiendo el procedimiento establecido por la Empresa Suministradora para efectuar esta prueba.
7.4-4
Tramo
Presión efectiva mínima
Duración mínima L≤10m L>10m
A-B
50 mbar
10 min
15 min
8
Documentación técnica
8.1. Clasificación de las instalaciones en base a la documentación técnica que generan
8.2. Certificado de acometida interior en edificio habitado
8.3. Certificado de instalación común en edificio habitado
8.4. Certificado de instalación individual en edificio habitado
8 Documentación técnica
Consideraciones generales A la hora de diseñar y construir y antes de poner en servicio una instalación receptora de gas, ha de generarse una determinada documentación técnica que refleje las características y condicionantes legales de la misma. En función del tipo de instalación receptora y de la potencia de utilización simultánea de la misma, la documentación técnica que debe elaborarse antes de la construcción o ampliación de una instalación receptora es diferente. Las instalaciones receptoras se clasifican, en base a la documentación técnica que han de generar, en instalaciones receptoras que no necesitan un proyecto técnico específico y las instalaciones receptoras que sí lo necesitan.
Instalaciones receptoras que no necesitan proyecto técnico específico Las instalaciones receptoras que para su construcción o ampliación no necesitan un proyecto técnico específico son las siguientes: - Las instalaciones receptoras individuales cuya potencia nominal de utilización simultánea sea inferior o igual a 70 kW (60.200 kcal/h). - Las instalaciones receptoras comunes cuya potencia nominal de utilización simultánea sea inferior o igual a 700 kW (602.000 kcal/h)
8.1 Clasificación de las instalaciones en base a la documentación técnica que generan
Este tipo de instalaciones receptoras puede diseñarlas y construirlas una Empresa Instaladora GAS (EG) con las siguientes limitaciones:
- Categoría EG-I, sólo media presión A o baja presión para uso doméstico en el interior de las viviendas, y además, que no suponga una transformación de la instalación y los aparatos por un cambio de gas. - Categoría EG-II, todo tipo de instalaciones receptoras excepto las acometidas interiores enterradas. - Categoría EG-III, sin limitaciones. - Categoría EG-IV, sin limitaciones.
Cuando se trate de una acometida interior, la Empresa Instaladora deberá enviar a la Empresa Suministradora tres ejemplares del correspondiente certificado de acometida interior, cuyo modelo y bases de cumplimentación se muestra en la ficha 8.2, y el croquis de dicha acometida interior, especificando con la necesaria claridad su trazado, el material de los tramos, su longitud, los diámetros de las conducciones, los accesorios instalados, los caudales previstos en cada tramo y los esquemas necesarios para definir la instalación. Cuando se trate de una instalación receptora común, la Empresa Instaladora deberá enviar a la Empresa Suministradora tres ejemplares del correspondiente certificado de instalación común, cuyo modelo y bases de cumplimentación se muestran en la ficha 8.3, y el croquis de dicha instalación común, especificando con la necesaria claridad su trazado, el material de los tramos, su longitud, los diámetros de las conducciones, los accesorios instalados, los elementos de regulación y seguridad, los caudales previstos en cada tramo y los esquemas necesarios para definir la instalación.
- Las acometidas interiores cuya potencia nominal de utilización sea inferior o igual a 700 kW (602.000 kcal/h).
8.1-1
8 Documentación técnica
Cuando se trate de instalaciones individuales, la Empresa Instaladora deberá enviar a la Empresa Suministradora, para cada una de las instalaciones individuales, tres ejemplares del certificado de instalación individual, cuyo modelo y bases de cumplimentación se muestran en la ficha 8.4, y el croquis de la instalación individual, especificando con la necesaria claridad su trazado, el material de los tramos, su longitud, los diámetros de las conducciones, los accesorios instalados, los elementos de regulación y seguridad, los elementos de medida y control, los aparatos a gas previstos con sus caudales máximos nominales y los esquemas necesarios para definir la instalación.
8.1-2
8.1 Clasificación de las instalaciones en base a la documentación técnica que generan
8 Documentación técnica
8.1 Clasificación de las instalaciones en base a la documentación técnica que generan
Instalaciones receptoras que necesitan proyecto técnico específico Las instalaciones receptoras que para su construcción o ampliación necesitan un proyecto técnico específico son las siguientes: - Instalaciones receptoras individuales cuya potencia nominal de utilización simultánea sea superior a 70 kW (60.200 kcal/h) - Instalaciones receptoras comunes cuya potencia nominal de utilización simultánea sea superior a 700 kW (602.000 kcal/h). - Acometidas interiores cuya potencia nominal de utilización sea superior a 700 kW (602.000 kcal/h). - Las ampliaciones de una instalación individual, de una instalación común o de una acometida interior, que no necesitaban proyecto técnico específico pero que la potencia de utilización simultánea una vez realizada la ampliación supere los valores mencionados anteriormente. En estos casos, el proyecto técnico específico debe realizarse de toda la instalación, no sólo de la ampliación. - Aquellas instalaciones receptoras que por sus especiales características precisen proyecto de acuerdo con los reglamentos técnicos en vigor. Las instalaciones receptoras que necesitan un proyecto técnico específico para su ejecución o ampliación, no requerirán autorización administrativa, salvo en los casos en que así lo prescriben los reglamentos en vigor. Este tipo de instalaciones receptoras debe diseñarlas un técnico titulado, quién llevará la dirección de la obra, y construirlas una Empresa Instaladora GAS categoría EG-II, EG-III o EG-IV, con las limitaciones que cada categoría de Empresa Instaladora impone
Al igual que para las instalaciones receptoras que no necesitan proyecto técnico específico, cuando en el diseño de la instalación receptora se prevea la existencia de una acometida interior enterrada, debe ponerse en conocimiento de la Empresa Suministradora para programar la construcción de dichos tramos. El interesado, o persona autorizada, deberá presentar en el órgano territorial competente el proyecto específico de la instalación de gas, redactado y firmado por el técnico titulado competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial, que dará trámite al citado proyecto. En el proyecto técnico específico de la instalación receptora de gas deberán figurar, además de cuantas descripciones, cálculos y planos sean necesarios para definirla y, por tanto, construirla, aquellas recomendaciones e instrucciones necesarias para el buen funcionamiento, mantenimiento y revisión de la instalación proyectada. La ejecución del montaje, pruebas e inspecciones reglamentarias de estas instalaciones corresponde a una Empresa Instaladora, y debe llevarse a cabo de acuerdo con el proyecto específico de la instalación. Dicha ejecución será realizada por Instaladores Autorizados, bajo el control y responsabilidad del técnico titulado Director de Obra de la instalación receptora de gas. Una vez realizada la instalación y efectuadas las pruebas e inspecciones reglamentarias y siempre antes de realizar la puesta en disposición de servicio, será necesario que el interesado o persona autorizada presente al órgano territorial competente un certificado de dirección y terminación de obra, suscrito por el técnico titulado que la ha llevado a cabo y visado por el Colegio Profesional correspondiente. Deberá presentarse original y tres copias de dicho certificado de dirección y terminación de obra, que una vez diligenciadas por el órgano territorial quedarán en poder del interesado, siendo sus destinatarios el técnico titulado, el propietario de la instalación y la Empresa Suministradora.
8.1-3
8 Documentación técnica
En este certificado de dirección y terminación de obra se hará constar expresamente que la instalación se ha ejecutado de acuerdo con el proyecto técnico específico registrado en el órgano territorial competente, y que cumple con todos los requisitos exigidos en la reglamentación técnica vigente. Asimismo, se harán constar los resultados de las pruebas y reconocimientos de carácter general o parcial a que hubiera dado lugar, así como, en su caso, las variaciones de detalle que el director técnico haya realizado sobre el proyecto primitivo. Se deberá presentar a la Empresa Suministradora una copia diligenciada del certificado de dirección y terminación de la obra, así como, según el caso, tres ejemplares del certificado de acometida interior aérea, de la instalación común o de cada una de las instalaciones individuales, cuyos modelos y bases de cumplimentación se muestran en las fichas 8.2, 8.3 y 8.4.
8.1-4
8.1 Clasificación de las instalaciones en base a la documentación técnica que generan
8 Documentación técnica
Consideraciones generales El certificado de acometida interior en edificio habitado, cuyo modelo se muestra al final de la presente ficha 8.2, sólo se realizará en aquellos casos en que exista acometida interior. Este certificado es un documento impreso por las dos caras que contiene una serie de bloques de información que han de cumplimentarse debidamente por la Empresa Instaladora para ser entregado a la Empresa Suministradora, la cual una vez ha realizado las comprobaciones reglamentarias necesarias, realizará la puesta en disposición de servicio.
8.2 Certificado de acometida interior en edificio habitado
identificativo de la misma, así como los correspondientes a su categoría (EG-II, EG-III o EG-IV), y a la entidad expedidora, donde se anotará el nombre de los Servicios de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Segundo bloque: Instalador Autorizado En este bloque se solicitan: - Nombre del Instalador Autorizado - Número del carné de Instalador Autorizado - Categoría - Entidad expedidora
Cumplimentación del anverso del certificado El anverso del certificado de acometida interior en edificio habitado está compuesto por cuatro bloques, describiéndose a continuación las bases de su cumplimentación.
Debe ser cumplimentado por el Instalador Autorizado y tienen especial importancia los datos correspondientes al número de carné identificativo del instalador, así como la categoría (IG-II, IG-III o IG-IV), y a la entidad expedidora, donde se anotará el nombre de los Servicios de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Tercer bloque: Declara Primer bloque: Empresa Instaladora En este bloque se solicitan: - Nombre de la Empresa Instaladora
La primera información que se solicita es si la acometida interior se ha realizado nueva, se ha modificado o se ha ampliado, tachándose lo que no proceda. A continuación se solicitan los siguientes datos:
- Categoría
- Dirección de la propiedad
- Dirección
- Potencia nominal de utilización simultánea de la instalación (ver ficha 4.1)
- Número de registro - Entidad expedidora Debe ser cumplimentado por la Empresa Instaladora y tienen especial importancia los datos correspondientes al número de registro
- Número de instalaciones comunes a las que alimenta En este bloque se solicita, además, marcar con un aspa en (1) si el trazado de la acometida interior es aéreo o con un aspa en (2) si el trazado de la misma es enterrado.
8.2-1
8 Documentación técnica
Cuarto bloque: Acompaña En este cuarto bloque se ha de señalar con un aspa la información que acompaña al certificado de acometida interior. Las Empresas Instaladoras han de marcar siempre el apartado relativo al croquis de la acometida interior y si la instalación necesita proyecto técnico específico, así como el apartado correspondiente al certificado de dirección y terminación de la obra. Los otros dos apartados son relativos a acometidas interiores enterradas, las cuales las construyen las Empresas Suministradoras, por lo que no deben ser cumplimentados por las Empresas Instaladoras. A continuación se solicita la fecha, firma del Instalador Autorizado y Sello de la Empresa Instaladora.
8.2-2
8.2 Certificado de acometida interior en edificio habitado
Cumplimentación de reverso del certificado El reverso del certificado de acometida interior en edificios habitados está destinado a ser cumplimentado por la Empresa Suministradora y por el propietario o representante de la finca donde se realiza la instalación, por lo que no ha de ser cumplimentado por la Empresa Instaladora.
8 Documentación técnica
8.2 Certificado de acometida interior en edificio habitado
Certificado de instalación de gas INSTALACIÓN ACOMETIDA INTERIOR EN EDIFICIO HABITADO Empresa instaladora Nombre .................................................................................................................................................................. categoría ....................................... ,dirección ...................................................................................................... número de Registro ............................ ,expedido por ........................................................................................ ...................................................................................... , Instalador autorizado Nombre .................................................................................................................................................................. con carné de instalador autorizado número ....................................................................................................... categoría ....................................... , expedido por .............................................................................................. ...................................................................................... , DECLARA;
Haber realizado / modificado / ampliado la acometida interior siguiente: Dirección: Calle ........................................................................................ , número ............... Población .................................................................................................................................. Potencia nominal de utilización simultánea de la instalación ............................................. Número de instalaciones comunes que alimenta ................................................................
(1)
Que siendo su trazado aéreo la misma ha sido efectuada de acuerdo con las Normas Básicas de Instalaciones de Gas en Edificios Habitados y demás normativas vigentes que le sean de aplicación y que se han realizado con resultado satisfactorio las pruebas de estanquidad que las mismas prevén.
(2)
Que siendo su trazado enterrado, la misma ha sido efectuada de acuerdo con el Reglamento de Redes y Acometidas y demás normativas vigentes que le sean de aplicación y que se han realizado con resultado satisfactorio las pruebas de estanquidad que los mismos prevén.
Y acompaña: - Croquis de la acometida interior ...................................................................................................
(1)
- Certificado de dirección y terminación de la obra de la instalación de gas ...............................
(1) ó (2)
- Plano con detalle de la situación de la acometida interior en planta y alzado ..........................
(2)
- Derecho de servidumbre de paso permanente de la acometida interior enterrada en favor de la Empresa Suministradora .......................................................................................
(2)
Fecha
Firma
Sello de la Empresa
ANVERSO
8.2-3
8 Documentación técnica
8.2 Certificado de acometida interior en edificio habitado
Empresa suministradora Don ........................................................................................................................................................................ , en representación de la Empresa ....................................................................................................................... , domiciliada en ...................................................................................................................................................... ,
DECLARA:
Que en el día de hoy ha comprobado que la instalación, en sus partes visibles, cumple la normativa que le es de aplicación según su trazado, que es estanca al gas a la presión de suministro y que los dispositivos de maniobra funcionan correctamente, quedando la instalación en disposición de servicio.
Fecha
Firma
Sello de la Empresa
Usuario o en su representación
Don ........................................................................................................................................................................ , documento nacional de indentidad .................................................................................................................... , Dirección ............................................................................................................................................................... , en representación de ........................................................................................................................................... ,
DECLARA:
Que en el día de hoy queda enterado de que la acometida interior de referencia está en disposición de servicio y de su responsabilidad en el buen uso y mantenimiento posterior de la misma.
Fecha
Firma
Las menciones a las Normas Básicas han sido sustituidas por el Reglamento de Instalaciones de gas aprobado por el R. D. 1853/93 de 22 de Octubre
REVERSO
8.2-4
8 Documentación técnica
Consideraciones generales
8.3 Certificado de instalación común en edificio habitado
identificativo de la misma, así como los correspondientes a su categoría (EG-II, EG-III o EG-IV), y a la entidad expedidora, donde se anotará el nombre de los Servicios de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.
El certificado de instalación común en edificio habitado, cuyo modelo se muestra al final de la presente ficha 8.3, sólo se realizará en aquellos casos en que exista una instalación receptora plurifamiliar. Este certificado es un documento impreso por las dos caras que contiene una serie de bloques de información que han de cumplimentarse debidamente por la Empresa Instaladora para ser entregado a la Empresa Suministradora, la cual una vez ha realizado las comprobaciones reglamentarias necesarias, realizará la puesta en disposición de servicio.
Segundo bloque: Instalador Autorizado En este bloque se solicitan: - Nombre del Instalador Autorizado - Número del carné de Instalador Autorizado - Categoría - Entidad expedidora
Cumplimentación del anverso del certificado El anverso del certificado de instalación común en edificio habitado está compuesto por cuatro bloques, describiéndose a continuación las bases de su cumplimentación.
Primer bloque: Empresa Instaladora En este bloque se solicitan: - Nombre de la Empresa Instaladora - Categoría - Dirección - Número de registro
Debe ser cumplimentado por el Instalador Autorizado y tienen especial importancia los datos correspondientes al número de carné identificativo del instalador, así como la categoría (IG-II, IG-III o IG-IV), y a la entidad expedidora, donde se anotará el nombre de los Servicios de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Tercer bloque: Declara La primera información que se solicita es si la instalación común se ha realizado nueva, se ha modificado o se ha ampliado, tachándose lo que no proceda.
A continuación se solicitan los siguientes datos: - Dirección de la propiedad
- Entidad expedidora - Potencia nominal de utilización simultánea de la instalación (ver ficha 4.1) Debe ser cumplimentado por la Empresa Instaladora y tienen especial importancia los datos correspondientes al número de registro
- Número de instalaciones individuales a las que alimenta
8.3-1
8 Documentación técnica
Cuarto bloque: Acompaña En este cuarto bloque se ha de señalar con un aspa la información que acompaña al certificado de instalación común. Las Empresas Instaladoras han de marcar siempre el apartado relativo al croquis de la instalación común y si la instalación necesita proyecto técnico específico, así como el apartado correspondiente al certificado de dirección y terminación de la obra. Si se da el caso de que existen tramos enterrados en la instalación común que no los realiza la Empresa Instaladora, podrá cumplimentarse la última línea de este bloque con la siguiente información: LA INSTALACIÓN SE INICIA EN EL PUNTO I Este punto "I" coincidirá con el inicio de la actividad de la Empresa Instaladora y deberá señalarlo en el croquis de la instalación común. A continuación se solicita la fecha, firma del Instalador Autorizado y Sello de la Empresa Instaladora.
8.3-2
8.3 Certificado de instalación común en edificio habitado
Cumplimentación de reverso del certificado El reverso del certificado de instalación común en edificios habitados está destinado a ser cumplimentado por la Empresa Suministradora y por el propietario o representante de la finca donde se realiza la instalación, por lo que no ha de ser cumplimentado por la Empresa Instaladora.
8 Documentación técnica
8.3 Certificado de instalación común en edificio habitado
Certificado de instalación de gas INSTALACIÓN COMÚN EN EDIFICIO HABITADO Empresa instaladora Nombre .................................................................................................................................................................. categoría ....................................... ,dirección ...................................................................................................... número de Registro ............................ ,expedido por ........................................................................................ ...................................................................................... , Instalador autorizado Nombre .................................................................................................................................................................. con carné de instalador autorizado número ....................................................................................................... categoría ....................................... , expedido por .............................................................................................. ...................................................................................... , DECLARA;
Haber realizado / modificado / ampliado la instalación siguiente: Dirección: Calle ........................................................................................ , número ............... Población .................................................................................................................................. Potencia nominal de utilización simultánea de la instalación ............................................. Número de instalaciones individuales que alimenta ........................................................... Que la misma ha sido efectuada de acuerdo con las Normas Básicas de Instalaciones de Gas en Edificios Habitados y demás normativas vigentes que le sean de aplicación, y que se han realizado con resultado satisfactorio las pruebas de estanquidad que las mismas prevén.
Y acompaña: - Croquis de la instalación común .............................................................................................................. - Certificado de dirección y terminación de la obra de la instalación de gas .......................................... ..................................................................................................................................................................... Fecha
Firma
Sello de la Empresa
ANVERSO
8.3-3
8 Documentación técnica
8.3 Certificado de instalación común en edificio habitado
Empresa suministradora Don ........................................................................................................................................................................ , en representación de la Empresa ....................................................................................................................... , domiciliada en ...................................................................................................................................................... ,
DECLARA:
Que en el día de hoy ha comprobado que la instalación de referencia, en sus partes visibles, cumple las Normas Básicas de Instalaciones de Gas en Edificios Habitados, tanto en materiales como en ventilación, que es estanca al gas a la presión de suministro y que los dispositivos de maniobra funcionan correctamente, quedando la instalación en disposición de servicio.
Fecha
Firma
Sello de la Empresa
Usuario o en su representación
Don ........................................................................................................................................................................ , documento nacional de indentidad .................................................................................................................... , Dirección ............................................................................................................................................................... , en representación de ........................................................................................................................................... ,
DECLARA:
Que en el día de hoy queda enterado de la instalación común de gas de referencia está en disposición de servicio y de su responsabilidad en el buen uso y mantenimiento posterior de la misma.
Fecha
Firma
Las menciones a las Normas Básicas han sido sustituidas por el Reglamento de Instalaciones de gas aprobado por el R. D. 1853/93 de 22 de Octubre
REVERSO
8.3-4
8 Documentación técnica
Consideraciones generales El certificado de instalación individual en edificio habitado, cuyo modelo se muestra al final de la presente ficha 8.4, se realizará para todas las instalaciones individuales, es decir, las ubicadas en edificios plurifamiliares, unifamiliares o en locales destinados a usos colectivos o comerciales. Este certificado es un documento impreso por las dos caras que contiene una serie de bloques de información que han de cumplimentarse debidamente por la Empresa Instaladora para ser entregado a la Empresa Suministradora, la cual una vez ha realizado las comprobaciones reglamentarias necesarias, realizará la puesta en disposición de servicio.
Cumplimentación del anverso del certificado El anverso del certificado de instalación individual en edificio habitado está compuesto por cuatro bloques, describiéndose a continuación las bases de su cumplimentación.
Primer bloque: Empresa Instaladora En este bloque se solicitan: - Nombre de la Empresa Instaladora - Categoría - Dirección - Número de registro - Entidad expedidora Debe ser cumplimentado por la Empresa Instaladora y tienen especial importancia los datos correspondientes al número de registro identificativo de la misma, así como los correspondientes a su categoría (EG-I, EG-II, EG-III o EG-IV), y a la entidad expedidora, donde
8.4 Certificado de instalación individual en edificio habitado
se anotará el nombre de los Servicios de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Segundo bloque: Instalador Autorizado En este bloque se solicitan: - Nombre del Instalador Autorizado - Número del carné de Instalador Autorizado - Categoría - Entidad expedidora Debe ser cumplimentado por el Instalador Autorizado y tienen especial importancia los datos correspondientes al número de carné identificativo del instalador, así como la categoría (IG-I, IG-II, IGIII o IG-IV), y a la entidad expedidora, donde se anotará el nombre de los Servicios de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Tercer bloque: Declara La primera información que se solicita es si la instalación individual se ha realizado nueva o se ha ampliado, tachándose lo que no proceda. Además de haber realizado nueva una instalación o de haberla ampliado, existen otras posibilidades como son que se haya modificado parcialmente o que solamente se haya comprobado la misma, habiéndose reservado un espacio en blanco para anotar estos casos, tachándose entonces lo que no proceda. Se entiende que una instalación individual se ha modificado parcialmente cuando estando ya en servicio se haya variado su trazado o se haya realizado una ampliación sustancial de la misma. Se entiende que una instalación se ha comprobado cuando una Empresa Instaladora haya de comprobar y certificar una instalación que no disponga de certificado para tramitar un alta de abono. A continuación se solicitan los siguientes datos: - Dirección de la vivienda o local privado - Potencia nominal de utilización simultánea de la instalación (ver ficha 4.1)
8.4-1
8 Documentación técnica
Cuarto bloque: Acompaña En este cuarto bloque se ha de señalar con un aspa la información que acompaña al certificado de instalación individual. Las Empresas Instaladoras han de marcar siempre el apartado relativo al croquis de la instalación individual y si la instalación necesita proyecto técnico específico, así como el apartado correspondiente al certificado de dirección y terminación de la obra. Si se da el caso de que existen tramos enterrados en la instalación individual situados antes del contador que no los realiza la Empresa Instaladora, podrá cumplimentarse la última línea de este bloque con la siguiente información: LA INSTALACIÓN SE INICIA EN EL PUNTO I Este punto "I" coincidirá con el inicio de la actividad de la Empresa Instaladora y deberá señalarlo en el croquis de la instalación individual. A continuación se solicita la fecha, firma del Instalador Autorizado y Sello de la Empresa Instaladora.
Cumplimentación de reverso del certificado En el reverso del certificado de instalación individual en edificios habitados, a excepción del primer bloque referente a los aparatos a gas, el resto de bloques están destinados a ser cumplimentados por la Empresa Suministradora y por el usuario o representante de la instalación individual, por lo que no ha de ser cumplimentado por la Empresa Instaladora.
Primer bloque: Aparatos de utilización Este bloque consiste en una tabla con 6 columnas en la que se solicitan diferentes datos relativos a los aparatos a gas instalados o previstos instalar. Se ha de mencionar que de las 6 columnas el Instalador Autorizado ha de cumplimentar las
8.4-2
8.4 Certificado de instalación individual en edificio habitado
5 primeras, ya que la última, la de «Agente de puesta en marcha» está destinada a ser cumplimentada por la persona autorizada por la Empresa Suministradora que realiza la puesta en disposición de servicio de la instalación. Por lo tanto, a continuación se indican las bases de cumplimentación de las 5 primeras columnas. 1ª columna: Cantidad En esta columna se registra el número de aparatos a gas de cada tipo instalados o previstos en la instalación. 2ª columna: Aparatos En esta columna se indica el correspondiente tipo de aparatos a gas instalado o previsto, por ejemplo, cocina-horno, calentador instantáneo, caldera mixta, etc. 3º columna: Potencia nominal En esta columna se indica la potencia nominal individual de cada tipo de aparato a gas instalado o previsto, expresada en kW, independientemente del número de aparatos del mismo tipo y potencia que existan. 4ª columna: Instalado En esta columna debe anotarse un aspa para aquellos aparatos a gas que se encuentren ya conectados a la instalación. 5ª columna: Previsto En esta columna debe anotarse un aspa para aquelos aparatos que estuvieran todavía pendientes de conexión o bien porque faltan aún los aparatos a gas. El resto del reverso del certificado de instalación individual, como ya se ha mencionado anterior mente, ha de ser cumplimentado por la Empresa Suministradora y por el usuario de la instalación o su representante.
8 Documentación técnica
8.4 Certificado de instalación individual en edificio habitado
Certificado de instalación de gas INSTALACIÓN INDIVIDUAL EN EDIFICIOS HABITADOS Empresa instaladora Nombre .................................................................................................................................................................. categoría ....................................... ,dirección ...................................................................................................... número de Registro ............................ ,expedido por ........................................................................................ ...................................................................................... , Instalador autorizado Nombre .................................................................................................................................................................. con carné de instalador autorizado número ....................................................................................................... categoría ....................................... , expedido por .............................................................................................. ...................................................................................... , DECLARA;
Haber realizado / ......................................... / ampliado la instalación siguiente: Dirección: Calle ........................................................................................ , número ............... escalera ........................................... , piso ............................................... , puerta ................ , Población .................................................................................................. Potencia nominal de utilización simultánea de la instalación ............................................. Que la misma ha sido efectuada de acuerdo con las Normas Básicas de Instalaciones de Gas en Edificios Habitados y demás normativas vigentes que le sean de aplicación, y que se han realizado con resultado satisfactorio las pruebas de estanquidad que las mismas prevén.
Y acompaña: - Croquis de la instalación individual ......................................................................................................... - Certificado de dirección y terminación de la obra de la instalación de gas .......................................... ..................................................................................................................................................................... Fecha
Firma
Sello de la Empresa
ANVERSO
8.4-3
8.4 Certificado de instalación individual en edificio habitado
8 Documentación técnica
Aparatos de utilización
Cantidad
Aparatos
Potencia nominal (kW)
Instalado
Previsto
Agente de puesta en marcha
Empresa suministradora Don ........................................................................................................................................................................ , en representación de la Empresa ....................................................................................................................... , domiciliada en ...................................................................................................................................................... ,
DECLARA:
Que en el día de hoy ha comprobado que la instalación de referencia, en sus partes visibles, cumple las Normas Básicas de Instalaciones de Gas en Edificios Habitados, tanto en materiales como en ventilación, que es estanca al gas a la presión de suministro y que los dispositivos de maniobra funcionan correctamente, quedando la instalación en disposición de servicio.
Fecha
Firma
Sello de la Empresa
Usuario o en su representación
Don ........................................................................................................................................................................ , documento nacional de indentidad .................................................................................................................... , DECLARA:
Que en el día de hoy queda enterado de que su instalación individual de gas está en disposición de servicio, de la situación en que quedan sus aparatos de utilización de gas, y de su responsabilidad en el buen uso y mantenimiento posterior de la misma.
Fecha
Firma
Las menciones a las Normas Básicas han sido sustituidas por el Reglamento de Instalaciones de gas aprobado por el R. D. 1853/93 de 22 de Octubre
REVERSO
8.4-4
Esta recopilación de Reglamentos y Normas del Ayuntamiento de Madrid viene a continuar el proyecto iniciado, meses atrás, con la publicación, en un volumen, de las Ordenanzas, siguiendo una línea de intención dirigida a editar y divulgar nuestros textos normativos de forma periódica y ordenada, procurando mantener al día su actualización y contribuyendo a su más razonable divulgación . Estatutos y Referencias de Acuerdos de carácter general aparecerán próximamente para completar este panorama normativo . De nuestros Reglamentos, como sucedía con las Ordenanzas, había hasta el momento ediciones sectoriales en publicaciones individualizadas, y se hacía necesaria una recopilación que los mostrase desde su perspectiva global y convenientemente compaginada . Esta tarea se acomete ahora por primera vez y la edición que presentamos pretende, con las lógicas cautelas, una aproximación lo más rigurosa posible a ese proyecto ordenador de los mismos, para que los textos vayan encontrando su ajustada actualización e integrando las sucesivas modificaciones . La edición está cerrada a finales de mayo de 1992 .
Edita: DIRECCIÓN DE SERVICIOS DEL GABINETE DE LA ALCALDÍA PRESIDENCIA Servicio de Documentación Plaza Mayor, 27, 2.°- - 28012 Madrid - Teléfono 588 14 34 Imprime : Artes Gráficas Municipales Depósito Legal: M-28726-92 ISBN: 84-7812-171-4
José María Alvarez del Manzano y López del Hierro Alcalde de Madrid 5
ÍNDICE GENERAL PÁG . Reglamento de Protocolo y Ceremonial .. .... . ...... .. .. .. .... .. .. .. . . ......... .. .. .. .. Reglamento para Concesión de Distinciones Honoríficas .. .. .... .. .. .. .. .... Normas sobre denominaciones y cambios de nombre de vías y espacios públicos urbanos .. .. .. .. .. .. .. ... .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .... .. .. ........ .. .. .. .. .... ..... . Reglamento de Régimen Interior de la Gerencia Municipal de Urbanismo . .. .. .. .. .. .. .. .. .. ... .. .. .... .. .. .. ..... .. ...... .. .. .. .... .. .. .. .. .. .. .. .. .... .. .. .. .. .. .. ......... . Normas de Organización y Régimen Jurídico de la Oficina Técnica Municipal del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid .. .. .. . Reglamento de Instalación de Estaciones de Servicio y Aparatos Surtidores . .. . . .... .... .. .. .... .. .. ..... .. .. .. .. .. .. .. .. .... .. .. .. . . ... .. .. .... . . . . .. .. . . .... .. . .. .. .. .. ... Reglamento de la Empresa Mixta de Estacionamientos Subterráneos de Concesión Municipal ....... . . .. .. .. .. .. .. .... .. .. .. ...... . ........ .. .. ........... .. .. .. .. ... Reglamento de Instalaciones Sanitarias . .. .. .. .. .... .. .. ....... .. ... .. .. .... .. .. .. .. . .. r Reglamento de Régimen Interior para el Personal del Servicio de Limpiezas .. ....... .. .. .. .. .. .. .. .. . . ..... .. .. .. .. .. .... .. .. .. .. .. .. .. .. .... . . .. .. .. .. .. .. .. .. .. . .. Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal .. .. .. .... .. .. .. .. .. .. .... .. . . . .. Reglamento del Centro de Formación y Estudios de la Policía Municipal Reglamento del Cuerpo de Bomberos . .... ..... . . .... .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. ......... .. .. Reglamento del Cuerpo de Voluntarios de Protección Civil .. . .... .. .. .. .. .. Reglamento de la Escuela de Bomberos y Protección Civil . . . .. .. .. .. .. .. .. Reglamento del Patronato de Casas para Funcionarios .. .. .. ... . . .. .. .. .. .. .. .. Reglamento de Régimen y Funcionamiento del Almacén de Villa. .. .... Reglamento de Funcionamiento de los Alojamientos Tutelados .. .... ... . Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales .. . . .... .. .. .. .. ... . . . ..... .. ... . . ... .. . . . . .. .. .. .. . . .. . . .. .. .. .. . . . . . . . .. . . . Reglamento Electoral de los Centros Municipales de la Tercera Edad . Reglamento del Comercio Minorista de la Alimentación . .... .... ... .. .. .. .. . Reglamento de Centros Comerciales de Barrio ... . . ... ..... .. .. ... ........ .. .. .. .. . Reglamento de Prestación de Servicios en los Mercados Centrales de Abastecimiento . .. .. .. .. .. .. .. .. .. ....... .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . . .. .. ..... . . . .. .. .. .. ...... .. . .. Reglamento de Funcionamiento del Mercado Central de Frutas y Verduras .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . ...... .. .. .. .. .. .. .. .. ..... . . ... ..... .. .. .... .. .. .. .. .... .. .. .. .. ... .. .. .. .. ..
9 21 33 41 55 67 73 83 103 113 145 169 203 213 239 257 269 283 309 317 343 365 391 7
PÁG . Reglamento de Funcionamiento del Mercado Central de Pescados ..... . Reglamento de Funcionamiento del Mercado Central de Carnes .. .. .... . Reglamento de Mercados de Distrito ...... .... .. .. .. .. .... .. .. ........ ....... .. .. ....... Reglamento de Prestación de Servicios del Matadero Municipal .. .. ..... Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Junta Arbitral ... Reglamento de Cementerios .......................... .. .. .. .......... ...... ............. ..... Reglamento del Centro Madrileño de Investigaciones Pedagógicas .. . .. Reglamento del Personal Subalterno de Instituciones Escolares ..... ..... Normas de Participación Ciudadana ....... ............ ........... .. .. .. .. ........... .....
425 461 483 1'1'5ó5 529 539 559 569 579
REGLAMENTO DEL CUERPO DE BOMBEROS
APROBADO POR ACUERDO PLENARIO DE 27 DE JULIO DE 1984
CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 .`-' 1 . El Ayuntamiento de Madrid, en el ejercicio de la competencia que sobre esta materia tiene atribuida por la legislación general de Régimen Local y por la especial de su Municipio, presta directamente, con medios propios, el servicio de extinción de incendios en la totalidad del territorio que constituye su término municipal . 2. Las modalidades de prestación del servicio, los derechos y deberes de sus usuarios, su organización y funcionamiento, así como el régimen del personal adscrito al mismo, se rigen por las disposiciones del presente Reglamento, aprobado por la Corporación en uso de la potestad reglamentaria que también legalmente le está conferida . 3. La actuación del Servicio de Extinción de Incendios se ajustará al principio de respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos y a las libertades públicas en los términos de la Constitución y de las leyes que la desarrollan . 4. Las intervenciones del Servicio de Extinción de Incendios se entenderán justificadas, en todo caso, cuando existieren situaciones de siniestro o de calamidad colectiva susceptibles de ocasionar riesgo inminente para la integridad o la tranquilidad de las personas, o daños graves en los bienes de dominio público o privado y aunque, con motivo u ocasión de tales intervenciones, se consideraren lesionados derechos individuales o hubiere que producir perjuicios patrimoniales . 5. Por su carácter de servicio esencial para la protección civil y la tranquilidad comunitaria, la recepción y el uso del Servicio de Extinción de Incendios por parte de los ciudadanos, sean éstos personas individuales o personas jurídicas, se declararán de carácter obligatorio . 6. Toda persona, incluso el menor de edad o el incapacitado, tiene derecho a recabar la actuación del Servicio de Extinción de Incendios en las situaciones de siniestro o de calamidad a las que se refiere el artículo 2.`--' de este 171
Reglamento . El Ayuntamiento de Madrid denunciará las falsas alarmas, con el fin de exigir a sus autores las responsabilidades pertinentes . 7 . Las actuaciones del Servicio de Extinción de Incendios son gratuitas . Sin
embargo, en los supuestos en los que, de conformidad con lo previsto en la legislación de Régimen Local, tales actuaciones beneficien especialmente a personas determinadas o sean provocadas también especialmente por éstas, los usuarios quedan obligados a satisfacer los derechos devengados según la tarifa de la Ordenanza fiscal aprobada por el Ayuntamiento de Madrid . Art . 2 .°- 1 . La actuación del Servicio se extenderá a todo el territorio del término municipal de la Villa de Madrid . 2 . En los términos de la vigente legislación de Régimen Local, el Ayuntamiento de Madrid podrá suscribir convenios de colaboración con los Municipios limítrofes para la actuación conjunta de los respectivos Servicios de Extinción de Incendios . 3 . En iguales términos podrá convenir con la Comunidad Autónoma de Madrid la prestación de auxilio a los Servicios de Extinción de Incendios dependientes de la misma, en los supuestos que conjuntamente se determinen y sin perjuicio de lo que se previene en el apartado siguiente .
4 . A petición urgente, sin formalidad alguna, del Gobierno de la nación, de la Autoridad encargada de la Protección Civil en cada Comunidad Autónoma o del Alcalde del respectivo Municipio, el Alcalde de Madrid podrá ordenar el envío de efectivos y material del Servicio de Extinción de Incendios a cualquier
lugar del territorio nacional en el que se hubiere producido un siniestro que, por su magnitud, revista el carácter de catástrofe o calamidad pública ; en estos casos, las dotaciones del Cuerpo de Bomberos de la Villa de Madrid actuarán bajo la dirección inmediata de sus mandos naturales, pero el funcionario de superior categoría del propio Cuerpo que esté al frente de la expedición cumplirá las instrucciones de la Autoridad que en dicho lugar tenga encomendada la dirección de las tareas para el restablecimiento de la normalidad, a la cual Autoridad, no obstante, podrá formular las observaciones técnicas orientadas a la mejor utilización, con el menor riesgo posible, del personal y del material . 5 . No obstante lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 1 .`-' de este Reglamento, el Servicio de Extinción de Incendios no estará obligado a actuar en los siniestros que se produjeren en locales, dependencias o establecimientos sitos en el término municipal de Madrid y pertenecientes a organismos, entidades o empresas que en los mismos cuenten con medios y personal propios especializados en la lucha contra el fuego, a no ser que la magnitud del siniestro 172
sobrepase la capacidad de respuesta eficaz de los elementos disponibles o exista riesgo de propagación a fincas o edificios colindantes o se produzca una situación de intranquilidad ciudadana . 6 . El Ayuntamiento de Madrid llevará un registro detallado de los organis-
mos, entidades o empresas a que se refiere el apartado anterior y el Servicio de Extinción de Incendios comprobará periódicamente el estado del material y la aptitud del personal, manifestando, en su caso, a aquéllas las deficiencias observadas y las medidas para subsanarlas . De los daños que en personas y propiedades se produjeren por la no adopción de estas medidas se responsabilizará exclusivamente el organismo, entidad o empresa de que se trate . 7 . Las actuaciones del Servicio de Extinción de Incendios en los supuestos indicados en el apartado 5 de este artículo devengarán derechos en todo caso con arreglo a la tarifa de la Ordenanza fiscal correspondiente, a cuyo pago estarán obligados los referidos organismos, entidades o empresas . Art. 3 .`-' El Departamento de Extinción de Incendios tiene como funciones, además de la lucha contra el fuego : 1 . Atender al salvamento de personas y bienes en todos aquellos siniestros que se produzcan dentro del término municipal, salvo lo dispuesto, en cuanto al ámbito, en el artículo 2 .°2 . Mantener un eficaz sistema de prevención e investigación, mediante: a) Inspección y estudio de los siniestros ocurridos, emitiendo informe técnico razonado de sus posibles causas, proponiendo las medidas correctoras futuras que se estimen precisas, así como propuestas de iniciación de expediente sancionador por posible incumplimiento de las medidas de seguridad exigibles por las correspondientes Ordenanzas municipales o normativa superior .
b) Llevar a cabo las asistencias técnicas que le sean encomendadas por mandato de la Dirección del Cuerpo, con emisión de informe sobre las medidas de seguridad, prevención de incendios aconsejables y, en su caso, exigibles . 3 . Realizar, dentro de las posibilidades del Servicio, campañas de divulgación sobre las materias de su competencia para un mayor conocimiento ciudadano de la normativa contra incendios y de las funciones y misiones del Cuerpo de Bomberos . 4 . La colaboración en misiones de seguridad ciudadana y de protección civil con las organizaciones e instituciones existentes, sin que ello afecte a la relación orgánica y jerárquica de los componentes del Cuerpo de Bomberos, salvo lo dispuesto en la Ley Reguladora de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio . 173
5. Mantener el necesario intercambio técnico con otros Servicios de Extinción, laboratorios de investigación, instituciones y organismos nacionales y extranjeros .
circunstancias no puedan actuar directamente en siniestros, siempre que exista una capacidad suficiente debidamente acreditada.
Art. 4.°- El Cuerpo de Bomberos actuará bajo la superior autoridad y dependencia directa del Alcalde Presidente, cuyas funciones podrá delegar en el Concejal del Área de Seguridad o en cualquier otro miembro de la Corporación .
SECCIÓN 2y De los ingresos y ascensos
CAPÍTULO 2. Del personal : organización y clasificación, ingresos y ascensos, derechos y obligaciones generales, funciones de la Escala Técnica y de la Escala Operativa
SECCIÓN 1.ª De la organización y clasificación del personal Art . 5.°- 1 . El personal del Cuerpo de Bomberos tendrá la consideración de funcionario de carrera de Servicios Especiales, y su relación con el Ayuntamiento de Madrid se acomodará a lo establecido en la normativa general local y Reglamentos, en cada caso, para este tipo de funcionarios y demás disposiciones aplicables. 2. El Cuerpo de Bomberos, que se estructura para sus mejores fines de forma jerarquizada, tiene carácter civil, y dadas las peculiaridades de su alta misión, todo el personal del mismo cumplirá puntual y exactamente los servicios que tengan encomendados, según las órdenes que reciban de sus mandos superiores respectivos. Art. 6.°- Todos los funcionarios del Cuerpo de Bomberos se agruparán en una sola línea jerárquica, estructurada en dos escalas: la Técnica o de Mando y la Operativa o Ejecutiva . La primera estará compuesta por: Jefe de Departamento o Inspector Jefe, Jefe de Sección y Oficiales . En la Escala Ejecutiva u Operativa, existirán las categorías de Suboficiales, Sargentos, Cabos, Bombero y Bombero Conductor . Art . 7.° Existen dos formas de prestación del Servicio. Una de actuación directa en el siniestro, y otra de apoyo técnico al mismo . En esta última, se integran aquéllos con profesiones o cualificaciones precisas para el funcionamiento coordinado del Servicio; e igualmente los que por su edad u otras 17 4
Art . 8." 1 . El ingreso en el Cuerpo de Bomberos se verificará de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. El mismo se realizará mediante convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, de las pruebas selectivas que se establezcan y posterior curso de formación y selección en la Escuela del Cuerpo . Las referidas pruebas serán de carácter teórico-práctico, debiendo 2. acreditarse aquellas cualidades físicas, intelectuales y profesionales que exigen las peculiares misiones del Cuerpo . Art. 9 .`-' Como condiciones específicas para concurrir a las pruebas selectivas se exigirán, además de las generales para el ingreso en las Administraciones públicas, las siguientes : a) Respecto de la Escala Técnica o de Mando : Primero . El ingreso directo en la Escala Técnica o de Mando lo será por la categoría de Oficial, mediante los procedimientos establecidos por la Ley y posterior curso de formación . Segundo. No exceder de treinta y cinco años, salvo los procedentes de la Escala Operativa . Tercero . La titulación universitaria de carácter técnico, de primer o segundo ciclo que se exija en cada caso según la especialidad de la plaza. Cuarto. Servicio militar cumplido o exento del mismo. Quinto. No estar incluido en el cuadro de exenciones físicas que reglamentariamente se detennine . Sexto . Los procedentes de la Escala Operativa deberán haber superado los cursos correspondientes que al efecto se establezcan en la Escuela del Cuerpo . Dichas enseñanzas habrán de reunir el nivel técnico y académico de las Escuelas Universitarias en aquellas materias que sean necesarias para el desarrollo del mando en el Cuerpo . b) Respecto de la Escala Operativa : Primero . El ingreso en la Escala Operativa lo será siempre por la categoría de Bombero o Bombero Conductor, mediante oposición y posterior curso de formación . 175
Ser mayor de edad y no exceder de treinta años los Bomberos, y de treinta y cinco los Bomberos Conductores . Tercero . Graduado Escolar o titulación similar. Cuarto . Acreditar mediante prueba al efecto el conocimiento de una de las Segundo .
siguientes profesiones, que se consideran útiles para el Servicio : Albañil, carpintero de armar, carpintero de taller, encofrador, cerrajero, electricista, fontanero, montador de estructuras metálicas, cantero, pocero y
conductor mecánico para su propia categoría . Quinto . Servicio militar cumplido, o estar exento del mismo . Sexto . No estar incluido en el cuadro de exenciones físicas que reglamentariamente se determine .
La baja en el Cuerpo se producirá por las causas y en las condiciones que determine la legislación vigente aplicable a los funcionarios . 2 . Siempre que se pueda integrar en el Servicio de Apoyo Técnico, se Art . 10 .1 .
evitará la baja en el Cuerpo por razones de edad o condiciones físicas . En todo caso deberá persistir una capacidad suficiente, debidamente acreditada . 3 . Podrá integrarse en dicho Servicio de Apoyo Técnico a aquellos Bomberos que, cumplidos los cincuenta años, lo prescriban los Servicios médicos correspondientes o lo soliciten de forma voluntaria .
Art . 11 . 1 . El ascenso en la Escala Técnica se producirá, mediante los procedimientos establecidos por la Ley, entre los componentes de dicha Escala que ocupen plaza del orden inmediato inferior. 2 . Poseer el diploma de capacitación para el empleo superior, expedido por
la Escuela del Cuerpo . 3 . No figurar en su expediente personal nota desfavorable consistente en sanción disciplinaria superior a apercibimiento, salvo las prescritas legalmente . El ascenso en la Escala Ejecutiva se producirá siempre mediante los procedimientos establecidos por la Ley, convocados en forma reglamentaria y juzgados por un Tribunal calificador constituido al efecto . Tendrán derecho a concurrir a la convocatoria todos los miembros del Cuerpo de dicha Escala Art . 12 . 1 .
pertenecientes a las dos categorías inmediatas inferiores a la de las plazas objeto de las mismas, siempre que reúnan las siguientes condiciones : a) No figurar en su expediente personal nota desfavorable consistente en sanción disciplinaria superior a apercibimiento, salvo las prescritas legalmente . 176
b) Poseer el diploma de capacitación para el empleo objeto de la convocatoria, expedido por la Escuela del Cuerpo . c) Tener la siguiente antigüedad en el empleo de origen : Bombero para ascenso a Cabo, seis años . Bombero para ascenso a Sargento, diez años . Cabo para ascenso a Sargento, cuatro años . Cabo para ascenso a Suboficial, seis años . Sargento para ascenso a Suboficial, dos años . Sargento para ascenso a Oficial, cuatro años . Suboficial para ascenso a Oficial, dos años . 2 . El nivel de la escala de ascensos, así como el tiempo de permanencia en el grado inferior necesario para optar a una plaza del inmediatamente superior, será el mismo para todos los miembros del Servicio . Art . 13 . Anualmente se convocarán todas aquellas vacantes que se produzcan dentro del Cuerpo de Bomberos, en aras a una máxima disponibilidad del personal . Art. 14 .1 . La Escuela del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, que se regirá por su propio Reglamento, tendrá a su cargo, entre otras funciones, las siguientes : a) Organización y desarrollo de los cursos selectivos para el ingreso en el Cuerpo, capacitación para el ascenso, especialización y reciclaje del personal . b) Organización y desarrollo periódico de actividades, tales como ciclos de conferencias y coloquios sobre temas relacionados con el Servicio y destinados
no sólo al propio personal del Cuerpo, sino también de divulgación general . c) Propuestas de bases técnicas para las convocatorias de ingreso y ascenso, así como la redacción de textos y material didáctico relativo al Servicio . 2 . En todos los cursos de la Escuela, y en especial en los de ingreso y ascenso, se buscará no sólo la formación profesional propiamente dicha, sino que además se deberán impartir enseñanzas sobre el mando y la obediencia propias del Cuerpo .
3 . De todos los cursos, la Escuela expedirá los correspondientes diplomas . 4 . Todos los miembros del Cuerpo están obligados a seguir aquellos cursos realizados dentro de su jornada de trabajo que por la Dirección de Servicio se señalen, y en especial los de perfeccionamiento o actualización y los de especialización . 177
SECCIÓN 3. a Funciones de la Escala Técnica Art. 15 . Funciones del Jefe de l_Departamento de Bomberos . 1 . Corresponde al Jefe del Departamento, la J efatura, mando y representación del mismo, bajo las inmediatas órdenes del Alcalde, y, en su caso, del Concejal del Área de Seguridad o persona en quien aquél delegue . 2 . Le corresponde la jefatura e inspección, a través de la estructura jerárquica establecida, de los servicios propios del Departamento, así como la planificación de sus necesidades .
3 . La coordinación de las Secciones en que se estructura el Departamento . 4 . La proposición de estudios y proyectos para la renovación y perfeccionamiento de los procedimientos, sistemas y métodos de actuación . 5 . La propuesta de las sanciones al personal o de la incoación, en su caso, del correspondiente expediente de responsabilidad administrativa y la imposición de amonestación, así como incoar, en su caso, expedientes de honores y recompensas . 6 . El desarrollo de objetivos y actividades del Cuerpo, y la previsión de las necesidades de personal y material . 7 . Establecerá las medidas oportunas para que todos los miembros del Cuerpo, tanto de la Escala Superior o de Mando como de la Operativa, actúen con plena libertad e iniciativa dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones . Su autoridad se hará notar preponderantemente, por el impulso coordinado que imprima la marcha de los servicios, en orden a una mayor eficacia . 8 . Deberá velar porque las responsabilidades y atribuciones de cada categoría sean indivisibles e indelegables, así como que los mandos no sean absorbentes en el ejercicio de su función, antes bien, establecerá los medios para que el personal a su mando ejerza efectivamente la parte que corresponda a su categoría y cometido . 9 . Cumplimentar cuantos informes sean solicitados por la superioridad relacionados con el Servicio . 10 . Proponer al Concejal responsable del Área los proyectos de los presupuestos económico-financieros, previo informe de las Secciones correspondientes, sin que los mismos tengan carácter vinculante . 11 . Formular propuesta anual de adscripción de personal a los distintos puestos de trabajo afectos al Departamento . 12 . Velar por el cumplimiento del presente Reglamento y demás normativa
que sea de aplicación al Servicio. 13 . Formar parte de los Tribunales calificadores en las oposiciones y concursos en general . 178
14 . Proponer, planificar y proyectar cualquier tipo de ampliación en la organización del Servicio, previo informe de las Secciones correspondientes, sin que los mismos tengan carácter vinculante . 15 . La vigilancia, inspección y control en general del personal y material del Servicio . Para ello, siempre que lo crea conveniente, y la frecuencia que la buena marcha de los servicios exija, pasará revistas generales o parciales a los efectivos del Cuerpo respecto a instrucción, vestuario, material, equipo, mobiliario, locales y dependencias, velando para que estén siempre en perfecto estado de funcionamiento. 16 . Velar por la cualificación profesional de los componentes del Cuerpo, proponiendo a la Dirección de la Escuela los programas de formación para el personal de nuevos ingresos, actualización de conocimientos y nuevos ascensos . 17 . Formalizará las actas provisionales y definitivas del material adquirido, previo informe del Jefe de la Sección de Mantenimiento y Medios Técnicos . 18 . Mantener relaciones técnicas y de trabajo con otros Servicios nacionales y extranjeros . 19 . Asistir a cursos, congresos, comisiones técnicas, etc ., para los que sea designado por sus superiores . Art. 16 . Funciones del . e e de la Se cción de Extinción . 1 . En los supuestos de ausencia del servicio por cualquiera de los motivos previstos normativamente, o cuando el puesto que encontrase vacante, el Jefe de la Sección de Extinción, manteniendo las suyas propias, asumirá las funciones del Jefe del Departamento de Bomberos . 2. Le incumben el mando y la organización de las tareas globales de la Sección, así como la coordinación y directo control de la gestión encomendada a los Jefes de Zona, en tanto a su responsabilidad como Jefes de Guardia o de Parque . 3 . La programación de maniobras y colaboración en la instrucción general del Servicio . 4 . Tramitar asuntos de personal de su Sección (permisos, premios, sancio-
nes, etcétera) . 5 . La distribución interna de los puestos de trabajo del personal de su Sección, de acuerdo con la estructura del Cuerpo . 6 . Realizar los estudios y programación que considere necesarios para el perfeccionamiento de su Sección . 7 . Redactar los informes relacionados con la Sección que sean solicitados por la superioridad. 8 . Formar parte de los Tribunales calificadores en las pruebas de ingreso y ascenso del personal de la Sección de Extinción como suplente del Jefe de Departamento, siempre que fuese designado al efecto .
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9 . Se reunirá periódicamente y en la forma que estime conveniente, al menos una vez al mes, con sus inmediatos subordinados u otros mandos que estime conveniente, para estudiar la programación y coordinación de las tareas encomendadas a la Sección . En estas reuniones se analizarán los problemas planteados en la realización de los diferentes servicios . 10 . Podrá, asimismo, disponer que se celebren reuniones o conferencias análogas entre los miembros de los restantes escalones, cuyos resultados le serán sometidos por escrito por el correspondiente superior jerárquico . 11 . Asistir a los siniestros que juzgue necesarios y a aquéllos que por sus características o importancia sea solicitada su presencia. 12 . Dirigir la actuación y operaciones del personal en los siniestros en que
esté presente . 13 . Organizar un adecuado servicio de inspección en las zonas de actuación de cada Parque, con objeto de exigir el mantenimiento de las medidas de prevención y conseguir que el personal actuante en cada zona conozca los edificios, industrias, locales de espectáculos, etc., que por sus características ofrezcan un riesgo especial, emitiéndose en cada caso el informe correspondiente . 14 . La vigilancia, inspección y control en general del personal y material de su Sección ; para ello, siempre que lo crea conveniente, y con la frecuencia que la buena marcha de los servicios exija, pasará revistas generales o parciales a los efectivos de su Sección, respecto a la instrucción, vestuario, material, equipo, mobiliario, locales y dependencias, velando porque estén siempre en
perfecto estado de revista y funcionamiento . 15 . Velar por el cumplimiento del presente Reglamento y demás normativa legal . 16 . Estudiar las necesidades de ampliación y renovación del material, emitiendo el correspondiente informe técnico al Jefe del Departamento . 17 . Asistir a cursos, congresos y exposiciones técnicas que redunden en una mejora profesional y del propio Servicio . 18 . Proponer la planificación del Servicio en parques, material y personal . 19 . Proponer a la Dirección de la Escuela las necesidades de formación teórico-práctica del personal adscrito a su Sección .
Art . 17 . Funciones del Jefe de la Sección de Mantenimiento y Medios _Técnicos . 1 . Corresponde al Jefe de la Sección de Mantenimiento y Medios Técnicos sustituir al Jefe del Departamento en sus ausencias, cuando las funciones correspondientes a este último no puedan ser asumidas por el Jefe de la Sección de Extinción . 2 . Le incumben el mando y la organización de las tareas globales de la Sección, así como la coordinación y directo control de la gestión encomendada 18 0
a los Jefes de Zona encargados de las tareas de mantenimiento de Parques e hidrantes, comunicaciones y taller-almacén . 3 . Tramitar asuntos de personal de su Sección (permisos, premios, sanciones, etcétera) . 4 . La distribución interna de los puestos de trabajo del personal de su Sección, de acuerdo con la estructura del Cuerpo . 5 . la colaboración en la instrucción general del Servicio . 6 . Realizar los estudios y programación que considere necesarios para el
perfeccionamiento de su Sección . 7 . Redactar los informes relacionados con la Sección que sean solicitados por la superioridad . 8 . Formar parte de los Tribunales calificadores en las pruebas de ingreso y ascenso del personal de la Sección de Mantenimiento y Medios Técnicos como suplente del Jefe del Departamento, siempre que fuese designado al efecto . 9 . Se reunirá periódicamente, y en la forma que estime conveniente, al menos una vez al mes, con sus inmediatos subordinados u otros mandos que
estime conveniente, para estudiar la programación y coordinación de las tareas encomendadas a la Sección . En estas reuniones se analizarán los problemas planteados en la realización de los diferentes servicios . 10 . Asistir a los siniestros que juzgue necesarios y a aquellos que por sus características o importancia sea solicitada su presencia, colaborando con el Jefe
de la Sección de Extinción o Jefe de Guardia a cargo de dicho siniestro y coordinando la actuación de los medios propios de su Sección . 11 . La vigilancia, inspección y control, en general, del personal y material de su Sección ; para ello, siempre que lo crea conveniente, y con la frecuencia que la buena marcha de los servicios lo exija, pasará revistas generales o parciales a los efectivos de la Sección respecto a la instrucción, vestuario, material, equipo, mobiliario, locales y dependencias, velando porque estén siempre en perfecto estado de revista y funcionamiento . 12 . Velar por el cumplimiento del presente Reglamento y demás normativa legal . 13 . Estudiar las necesidades de ampliación y renovación del material, emitiendo el correspondiente informe técnico al Jefe del Departamento . 14 . Asistir a cursos, congresos y exposiciones técnicas, que redunden en una mejora profesional y del propio Servicio . 15 . Proponer a la Dirección de la Escuela las necesidades de formación teórico-práctica del personal adscrito a su Sección . 16 . Recibirá el material adquirido por el Departamento, informando de su adecuación a las características previstas .
Art. 18. Funciones del_Oficial Jefe de zona . A) En servicio de guardia de veinticuatro horas, le corresponde : 1 . Prestar servicio como Jefe de Guardia del Cuerpo, en rotación con los de su categoría, encargándose, como tal, del mando y dirección de las intervenciones del Servicio, correspondiéndole el mando y organización de todo el personal de guardia . 2. Asistir a los siniestros que crea necesario durante su guardia, y a aquellos que por sus características e importancia sea requerido por el mando del Cuerpo de mayor graduación en el siniestro o por el superior jerárquico. 3. Como Jefe de Guardia será responsable de la actuación e intervención del Cuerpo en la prestación del servicio. Sin embargo, tal responsabilidad y el mando pasará, en su caso, al superior de categoría más elevada que asista al siniestro de que se trate. 4. Podrá realizar servicio de imaginaria, según el turno que se establezca, debiendo haber un Jefe localizable en cualquier momento . Dicho servicio se compensará de modo adecuado. 5. Cuando las circunstancia lo exijan, el Jefe de Guardia dispondrá del personal y medios de la Escala Ejecutiva y Técnica adscrito a otras secciones . 6. Tramitar los partes por escrito de los siniestros ocurridos durante su guardia, incorporando a los mismos cuantas aclaraciones estime necesarias; independientemente, y a requerimiento del Jefe de Departamento o de Sección, realizará Memorias complementarias de los partes de siniestro a que haya acudido, con explicación de causas, sistemas de extinción, errores y deficiencias y, en general, cuanto pueda, con carácter constructivo, servir para el mejoraint del Servicio. B) Como Jefe responsable de una zona o área de actuación le corresponde : 1 . La coordinación, supervisión y control de los Parques y eventuales puestos de guardia u otras dependencias del Departamento en su zona. 2. La vigilancia e inspección del personal, exigiendo el cumplimiento del presente Reglamento y demás normativa legal. 3. La vigilancia e inspección del material de que disponen en las dependencias a su cargo, cuidando de su buena conservación, mantenimiento y puesta en servicio . 4. La inspección en su zona de actuación, con objeto de exigir el mantenimiento en buen estado de las medidas de prevención y conseguir que el personal actuante en cada zona conozca los edificios, industrias, locales de espectáculos, etcétera, que por su carácter ofrezcan un riesgo especial, emitiéndose, en cada caso, el informe correspondiente y organizar entre el personal del Parque los equipos y turnos de inspección periódica. 182
5. Organizar y vigilar la realización de maniobras y prácticas teóricas, con asistencia personal a las mismas cuando lo estime conveniente. 6. Tener a su cargo, en su zona, y con la colaboración de los subordinados que considere oportunos, la realización de cursillos, conferencias, simulacros, etcétera, que se programan por el Departamento, emitiendo posterior informe del mismo . 7 . Tratar de resolver cuantos problemas surjan en su zona o área de trabajo respecto al personal y material, poniendo en conocimiento del Jefe de Sección aquellos que por su índole salgan de sus atribuciones. Prestar su colaboración al ser solicitados por sus superiores para formar parte de los Tribunales calificadores . C) A los Oficiales señalados en los dos apartados anteriores les corresponden las siguientes funciones : 1. Proponer al Jefe de la Sección de Extinción cuantos cambios considere necesarios para la mejora de la eficacia del Servicio. 2. Asistir a siniestros de importancia fuera de su turno de trabajo, al ser requerido para ello, que se compensará de modo adecuado. 3. Asistir a los cursillos, congresos, etc ., y, en general, a cuanto se refiere a reciclar su preparación, y, en su caso, con emisión de informe posterior sobre la actividad desarrollada y los aspectos de interés para el Departamento . 4. Colaborar, con carácter general, en trabajos especiales, tanto teóricos como prácticos, dentro de lo correspondiente a su Sección . 5. La instrucción práctica de extinción y maniobras a los miembros de la Escala Operativa, así como la colaboración en los cursos de formación y reciclaje que se organicen en el Servicio. Funciones de la Escala Operativa Art . 19. Funciones del Suboficial. 1. Para quienes hacen su prestación en forma de actuación directa en siniestro : 1.1 . Las funciones del Suboficial que tenga asignado un Parque a sumando o que sustituya al Oficial por ausencia de éste, serán la mismas que las señaladas en el punto B del artículo 18 del presente Reglamento . 1 .2. No concurriendo las circunstancias expresadas más arriba, el Suboficial tendrá las siguientes funciones : a) Realizar guardias de veinticuatro horas, turnándose con los de su categoría, según la periodicidad establecida . 183
b) Asistir a los siniestros que se le ordene y que se ocasionen en su ámbito de actuación, con emisión de informe en su caso . c) Colaborar con el Oficial correspondiente, en el mando del Parque, desarrollando las funciones que por aquél le sean delegadas, cuando el Parque esté al mando de un Suboficial . Art . 20. Funciones del Sargento . Para quienes hacen su prestación en forma de actuación directa en siniestro : 1 . Realizar guardias de veinticuatro horas en los Parques o dependencias del Departamento, turnándose entre los de su categoría . 2 . Asistir a los siniestros que se le ordene, emitiendo, en su caso, informe . 3 . Colaborar en la formación del personal . 4. Colaborar con el Suboficial correspondiente en el mando del Parque, desarrollando las funciones que por aquél le sean delegadas, cuando el Parque esté al mando de un Suboficial. Art. 21 . Funciones del Cabo . Para quienes hacen su prestación en forma Art de actuación directa en siniestro : l . Realizar guardias de veinticuatro horas en los Parques o dependencias del Departamento, turnándose entre los de su categoría. 2. Asistir a los siniestros que se le ordene, emitiendo informe en aquellos casos en que actúe como Jefe de la dotación . 3 . En su calidad de primero en una dotación, pasar revista al término del siniestro, resolviendo o comunicando a sus superiores en caso de anomalías, a los efectos de que la unidad a su mando pueda proseguir el servicio, así como en el momento del relevo, dando las novedades correspondientes a su inmediato superior. Art. 22. Funciones del_ Bo mbero. Para quienes hacen su prestación en forma de actuación directa en siniestro : 1 . Realizar guardias de veinticuatro horas en los Parques o dependencias del Departamento, turnándose entre los de su categoría . 2. Asistir a los siniestros que se le ordene . Art . 23. Funciones del Cabo Conductor- 1 . Realizar guardias de veinticuatro horas en los Parques, turnándose entre los de su categoría. 2. Asistir a los siniestros que se le ordene . 3. Efectuar la revisión y puesta a punto de los vehículos que tenga per184
sonalmente a su cargo, así como llevar el control diario de la conservación y mantenimiento de todos aquellos vehículos que, aun estando asignados a otros Bomberos Conductores, están bajo su mando. Art . 24. Funciones de los Bomberos Conductores. 1 . Las funciones de los Oficiales, Suboficiales, Sargentos y a ós de Conductores serán las que se determinen ; no obstante, se tendrá en cuenta lo dispuesto en general para cada categoría, adaptándolo a las funciones propias de los Conductores . 2. Las funciones de los Bomberos Conductores serán: 2.1 . Realizar guardias de veinticuatro horas en los Parques, turnándose entre los de su categoría . 2.2. Asistir a los siniestros que se les ordene. 2.3. Efectuar la revisión y puesta a punto de los vehículos que tenga asignados inmediatamente después del relevo, efectuando el informe de las anomalías observadas . . 25 . Servicio de apoyo _técnico . Todos aquéllos a quienes se adscriban a tareas de apoyo técnico tendrán el horario establecido en el AcuerdoConvenio vigente, y las funciones que se especifiquen, según las necesidades a cubrir . Art. 26. Para todos en general. 1 . Cuidar el material y, en su caso, el personal a su cargo, dando las novedades correspondientes a su inmediato superior, así como mantener el trato adecuado de los medios e instalaciones del Parque o dependencia en que esté destinado . 2 . Proponer cuantas mejoras estime convenientes para el Servicio . 3. Cumplir y, en su caso, hacer cumplir el presente Reglamento y demás normativa legal. 4. Cumplir, en general, las órdenes que reciba de sus superiores en asuntos relacionados con el Servicio. 5. Realizar, dentro de sus horas de servicio, visitas de inspección a edificios o establecimientos enclavados en su zona de actuación, siempre que así sea ordenado por sus superiores jerárquicos, con emisión de informe. 6. Colaborar en trabajos especiales, tanto teóricos como prácticos, dentro de lo correspondiente a la Sección en que se encuentre destinado . 7. Asistir a siniestros fuera de su turno de trabajo, cuando la importancia de aquél así lo requiera por orden del Jefe del Departamento, compensándose debidamente . 185
8. Realizar, dentro de la jornada de servicio, las prácticas de gimnasia, maniobras necesarias para el buen mantenimiento de la forma física y mejor preparación profesional. 9. Podrán realizar, y dentro de las horas de guardia, aquellas tareas de mantenimiento preventivo del Parque, a fin de asegurar el buen uso y conservación del mismo . CAPÍTULO 3. Principios generales del mando, órdenes, partes y comunicaciones SECCIÓN 1.ª De los principios generales del mando Art . 27. 1. Tal y como señala el artículo 5 .`- ' del presente Reglamento, todo el personal del Cuerpo está obligado a cumplir las órdenes que reciba de sus superiores en asuntos relacionados con el Servicio. 2. Su cumplimiento se hará sin dilación alguna, ateniéndose exactamente a su contenido ; no obstante, podrá consultarse al superior si quien debe cumplir las órdenes tiene dudas graves y fundadas al respecto. 3. Tendrá la consideración de mando no sólo aquel que esté nombrado en propiedad para el cargo correspondiente, sino también quien accidentalmente desempeñe tal función . Art . 28 .1 . Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, los mandos procurarán que el personal a sus órdenes obre con plena libertad e iniciativa dentro del círculo de sus respectivas atribuciones . La autoridad del mando se hará notar, preponderantemente, por el impulso regulador y coordinador que se imprima a la marcha de los servicios en aras a su mayor eficacia. 2. La ponderación, la prudencia y la discreción han de ser virtud primordial de quien ejerce el mando, no prodigando las represiones, sino con fundado motivo; siendo claro, preciso y concreto en las órdenes que imparta, y no sólo cumplirá escrupulosamente sus deberes, sino que cuidará de que todos sus subordinados cumplan las suyas . Art. 29. En todos los actos del Servicio, el personal con mando asumirá siempre el puesto de mayor responsabilidad y buscará en todo momento el lugar adecuado desde donde se pueda controlar y asumir, a todos los efectos, el riesgo que corren los que estén a sus órdenes . 186
Art. 30. 1 . En el Cuerpo de Bomberos, dada su ordenación jerárquica y su especialización y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.° del presente Reglamento, todas las órdenes serán dadas única y exclusivamente por sus mandos naturales internos, sin que sea admisible injerencia de cualquier otra autoridad. El que reciba una orden de persona ajena o autoridad extraña o externa, cortés y respetuosamente, le hará ver la imposibilidad de tal obediencia, indicándole a qué mando del Servicio procedería el dirigirse si lo estimase conveniente . 2. Todo miembro del Cuerpo tiene la obligación de conocer a los superiores jerárquicos de su propia línea de mando. A tal efecto éstos deberán poner los medios para que ese conocimiento sea posible y real. Art . 31 .1. Todo tipo de servicio o actividad en el que intervengan conjuntamente dos o más miembros del Cuerpo se realizará siempre bajo el mando de una sola persona ; en consecuencia, deberá observarse rigurosamente la sucesión jerárquica de un empleo al inmediato inferior. 2. El que esté al frente de una dotación o dotaciones actuantes permanecerá en el mando hasta que sea relevado formalmente por el Jefe de Guardia . 3. En concurrencia de dos o más individuos de igual categoría, prevalecerá el que esté de guardia o de servicio frente al que esté libre o franco de servicio . Si a pesar de ello subsistiera colisión en el mando, se seguirán sucesivamente los criterios de mayor antigüedad en la categoría, mayor antigüedad en el Cuerpo y, en su defecto, el de mayor edad. 4. Sin que ello suponga derogación singular en la cadena natural de mando, cuando se trate de actividades u operaciones concretas, se seguirán las instrucciones dadas al respecto por la Dirección del Servicio para ese supuesto concreto y determinado . Art. 32. Cuando hagan acto de presencia en las dependencias del Cuerpo o en el lugar de un siniestro autoridades municipales de las señaladas en el artículo 4.`' del presente Reglamento o mandos superiores del Cuerpo, el que esté al mando deberá dar de inmediato las novedades que existieran, cumpliendo las órdenes que en su caso le sean dictadas. SECCIÓN 2 .ª De las órdenes Art. 33 .1 . Se entiende por orden aquella prescripción imperativa que, dictada para ser cumplida, es el medio para el logro de los fines propios de una 187
institución jerárquicamente organizada, como es el caso del Cuerpo de Bomberos . 2. Las órdenes pueden ser : a) Verbales o escritas . b) Generales o particulares . c) Ordinarias o extraordinarias . 3. Además, por la Dirección se podrán dictar cuantas instrucciones, circulares y comunicaciones se estimen convenientes para el buen funcionamiento del Servicio. Art . 34. 1 . Se considerarán órdenes generales las que vayan destinadas o afecten a la generalidad de los miembros del Cuerpo, y cuyo contenido debe ser conocidos por todos. 2. Son particulares las que solamente conciernen a determinadas fracciones o componentes del Cuerpo, y por ello sólo es necesario que sean conocidas por los interesados o implicados directamente . Art . 35 . 1 . Se considerarán ordinarias las órdenes que se publiquen con cierta regularidad, para comunicar decisiones y prevenciones del mando que no revistan especial importancia o urgencia . 2 . Son extraordinarias las que respondan a hechos o actos de destacada importancia o solemnidad, y/o aquéllas cuyo conocimiento requiera una urgencia especial . Art. 36. La orden escrita de carácter general y ordinaria se denominará Orden del Cuerpo . Se configurará como el medio básico y primordial para la puesta en conocimiento de todo el personal del Cuerpo de cuantas órdenes e instrucciones dicte la Dirección del Servicio, o que deban ser conocidas por todos, aunque no emanen de esta última. Sin pretender agotar todos los supuestos, fundamentalmente la Orden del Cuerpo abarcará los siguientes aspectos : a) Normas legales y disposiciones y acuerdos que afecten al Cuerpo . b) Instrucciones de la Dirección sobre actos o actividades concretas, y sobre modos y formas de prestación del Servicio, así como la reiteración de las mismas . c) Cambio de uniformidad de verano a invierno, o viceversa. d) Horarios de las actividades a desarrollar en los Parques . e) El anuncio sobre todo lo concerniente a ascensos y provisión de puestos de trabajo . 188
f) El anuncio de cursos, y actividades en general, de la Escuela del Cuerpo . g) Los nombramientos, ceses y bajas, ascensos, premios y felicitaciones, y correcciones relativos al personal, Art. 37. 1 . La Orden del Cuerpo se entenderá conocida por todo el personal, no pudiendo alegarse, en ningún caso, desconocimiento de la misma . Diariamente deberá ser leída o en su caso reiterada o recordada por los mandos al iniciarse el turno de guardia o la jornada laboral . 2. Deberá existir un tablón de órdenes en todos los Parques y demás dependencias del Departamento, en el cual se colocarán única y exclusivamente las órdenes, instrucciones y escritos que deban ser de general conocimiento, y de modo especial la Orden del Cuerpo . Art. 38 . Las órdenes extraordinarias serán dadas a conocer al personal de modo análogo al expuesto en el artículo anterior y en el momento en que la urgencia de su conocimiento lo exija . No obstante, cuando el carácter extraordinario lo sea por su contenido, previamente deberán comunicarse a las autoridades municipales superiores, siempre que ello sea posible . Art. 39 .1 . Las órdenes particulares podrán emanar de la Dirección del Servicio, o en cualquier otro escalón de mando . En este último supuesto, y cuando tengan especial trascendencia, serán precisos el conocimiento y anuencia del superior inmediato, salvo que el carácter muy urgente lo impida. 2. Las órdenes particulares adoptarán preferentemente la forma escrita, salvo durante la prestación de servicios, y contendrán los conceptos y extremos precisos para el conocimiento y ejecución del asunto o servicio a que se refieran ; las mismas se dirigirán al mando de la dependencia a que afecten, o directamente a los interesados si se trata de órdenes individuales . SECCIÓN 3.ª Partes y comunicaciones Art . 40. 1 . Partes es la comunicación que se dirige a un superior para poner en su conocimiento las novedades habidas o cualquier hecho o situación que concierna al Servicio . 2 . El personal del Servicio propondrá a sus inmediatos superiores las sugerencias e iniciativas que considere idóneas para resolver los problemas que plantee el Servicio, atendiendo siempre a la mayor eficacia de las misiones encomendadas al Cuerpo . 189
Art. 41 . Los partes susceptibles de producir actuaciones disciplinarias se formularán siempre por escrito. Igualmente los partes relativos a siniestros lo serán también por escrito, denominándose "parte de siniestro", y además también todos aquellos partes que se determinan seguidamente . Art. 42. 1 . Se considerarán partes ordinarios los que se refieran a hechos que no exijan urgente conocimiento de la superioridad y los que se den al finalizar la prestación de un servicio . 2 . Son extraordinarios los que correspondan a hechos que exijan una decisión urgente por parte de la superioridad o que por su importancia deban ser conocidos inmediatamente por ésta. Art. 43.1 . Los partes ordinarios se cursarán por conducto regular y los extraordinarios se remitirán directamente al escalón de mando que deba conocer el hecho y tenga, en su caso, las atribuciones precisas para resolver el asunto o adoptar las decisiones pertinentes. 2. En los partes, cualesquiera que sea su clase, se empleará un estilo claro y sencillo . Los hechos se expondrán con exactitud y concisión y cada asunto será tratado distinta y separadamente . A tal efecto, podrán existir hojas impresas en las que se cumplimentarán los partes ; los modelos y características de tales impresos vendrán reguladas en anexo al presente Reglamento . 3 . Por los mandos del Servicio se podrá recabar aclaración y/o ampliación del contenido de los partes, que deberá cumplirse sin limitarse a una repetición de lo ya expuesto en la primera parte . Art . 44. Para la redacción y formación material de la correspondencia y documentos oficiales se observarán las siguientes reglas : a) Cada comunicación ha de tratar de un solo asunto . b) Las comunicaciones deben dirigirse a la autoridad o mando correspondiente, y no a la persona que la ejerza o desempeñe. c) En todo documento oficial . antes de la firma, se consignará la antefirma expresiva de la identificación personal . concreta y exacta . d) Los informes deben ser tenninantes y breves, sin perjuicio de la clara exposición del asunto . e) Los mandos, en los informes que se produzcan o que se les interese, manifestarán su opinión o expondrán las razones que la fundamenten . Art . 45.1 . Los mandos darán. sin dilación, curso reglamentario a cuantas peticiones e instancias formule el personal a sus órdenes, acompañadas del correspondiente informe . 190
2. Asimismo, cumplimentarán con toda diligencia los informes que sus superiores les interesen o que reglamentariamente deban emitir, responsabil zándose de la utenticidad elosdatosque enel os seconsigne . Art. 46. Ningún documento ni comunicación oficiales tendrán salida del Departamento sin que figure en ellos el enterado, conforme o visto bueno, según sustituya . el caso, del Director de Servicios o de quien le ir firmado por su autor o informe deberá Todo documento, comunicación material o informante . Art. 47.1 . Todas las oficinas o dependencias del Cuerpo llevarán al día los libros que su cometido o especialidad exijan, en los que se dejará constancia de cuantos asuntos se tramiten, así como de las instrucciones, órdenes, partes y comunicaciones que se reciban y expidan . 2. En todo caso, los libros serán diligenciados por el Jefe del Departamento, con expresión de la fecha en que comiencen los folios numerados de que consten y el objeto a que se dediquen; deberán ser revisados y autorizados con la firma del Director, al menos una vez al año . Art. 48. Para cada miembro del Cuerpo, la Dirección abrirá una ficha profesional, en la cual, además de la filiación y los datos personales, se anotarán cuantas vicisitudes y particularidades afecten al historial profesional de aquél. Art. 49. 1 . En cada Parque los mandos responsables de la guardia deberán dar parte verbal inmediato a sus respectivos superiores de las novedades que se vayan produciendo, en lo relativo al personal, material o cualquier otra circunstancia relevante. El parte verbal se ampliará por escrito para constancia de aquellas informaciones que así se considere preciso . 2. Se deberán dar las correspondientes novedades siempre que el Parque sea visitado por el Director de Servicio, Jefe de Departamento, Jefe de Sección, el Jefe de Zona respectivo y el Jefe de Guardia . Art. 50. 1 . De todas las salidas a siniestro quedará reflejo en el parte de siniestro, debiendo concretarse aquellos aspectos que se determine en el parteimpreso a tal efecto existente . 2. Para la mejor redacción de tales partes, el componente del Cuerpo de menor antigüedad tomará los datos básicos precisos sobre la actuación realizada.
3 . La redacción material del parte de siniestro se hará por el que hubiese estado al mando de la dotación o dotaciones actuantes ; sin perjuicio de que en caso de asistencia de varias dotaciones, cada respectivo mando tome nota de los aspectos que le conciernan . Del parte se dará traslado a la Dirección a través del mando responsable de la guardia en cada Parque . 4. Estos partes deberán ser confeccionados nada más regresar del siniestro, salvo circunstancias excepcionales, no entendiéndose por tal la simple finalización del tumo de guardia. Art. 51 . Al iniciarse el turno de guardia o jornada de trabajo, el mando responsable del mismo en cada Parque o dependencia elaborará y firmará cl parte de relevo, reseñando en el mismo todas las novedades que se encuentre al iniciar su servicio, debiendo, por ello, quedar constancia de aquellas novedades importantes acaecidas en el turno anterior. A tal efecto, este parte será firmado también por el mando saliente de guardia. Art . 52 .1 . A diario, los Bomberos Conductores cumplimentarán el parte impreso correspondiente a cada uno (le los vehículos asignados durante la guardia, y utilizados en maniobra o siniestro, en el que constará el kilometraje y el consumo de lubricante y carburante . 2. El Bombero Conductor que detecte una avería o síntomas de ésta en los carruajes a él adscritos, deberá dar parte inmediato al Cabo de Conductores y sucesivamente al Jefe del Parque 3. De los accidentes o colisiones que sufra el vehículo durante la prestación del servicio o en otras circunstancias, se dará parte por triplicado a través del parte impreso a tal efecto existente. Art. 53 . El Jefe de Guardia deberá cumplimentar por escrito parte en el que constarán todas las novedades habidas durante el turno de guardia en todos los Parques y demás dependencias del Servicio . CAPÍTULO 4. Uniformidad y vestuario Art. 54 . 1 . La plena uniformidad en todos los componentes del Cuerpo, tanto individual como en el conjunto, pone de manifiesto el grado de respeto que se tiene a la profesión . Además, el uso del uniforme se configura como una necesidad real y práctica, en especial en la Escala Operativa, dadas las misiones y servicios del Cuerpo de Bomberos . 19 2
2. No se establecerán más diferencias exteriores en la uniformidad que las que correspondan a las diversas escalas, y en cada una de ellas, a los distintivos de grado y especialidad . 3. Existirá un uniforme de trabajo o de Parque, y otro de ataque a fuego; además, podrá existir uniforme de gala o de paseo. Igualmente se dispondrá lo necesario respecto de la uniformidad de verano y de invierno . Art. 55 . I . El uso del uniforme del Cuerpo es obligatorio para todos los componentes del Cuerpo cuando estén de servicio . 2. Dadas las características funciones de la Escala Técnica, sus miembros estarán obligados a vestir el uniforme, cuando la Dirección lo exija, para actos concretos o actividades determinadas . 3. Previa autorización de la Dirección y con motivo justificado, los miembrosdelCuerpop dránvestir la uniformida reglamentaria enactos en momentos ajenos al Servicio o fuera de éste . Art. 56 . El aseo personal es indispensable complemento (le la correcta uniformidad, en consecuencia, todos los miembros del Cuerpo deberán distinguirse por su esmerada presentación . Diariamente el personal que deba entrar de servicio será revistado en cada Parque por el mando responsable de la guardia, a fin de comprobar su pulcritud personal y perfecta uniformidad, y se subsanarán inmediatamente, en lit medida de lo posible, las deficiencias que se observasen, sin perjuicio de dar parte por escrito de aquellos que, reiteradamente, cometan tales deficiencias o incorrecciones . Art. 57 . El Ayuntamiento de Madrid deberá cuidar de que en todo momento la uniformidad y, en general, la equipación personal de los componentes del Cuerpo se halle en correcto estado de conservación . Se fijará el período de tiempo medio de duración de cada prenda o útil personal ; no obstante, en caso de deterioro prematuro, se procederá a su reposición, pero se recabará la información correspondiente para determinar sus causas, adoptándose las medidas necesarias al respecto . CAPÍTULO 5. Normas sobre cortesía Art. 58 . 1 . El trato entre los miembros del Cuerpo, cualquiera que sea su respectiva categoría, ha de ser siempre y en todo momento digno y cortés . basándose en el respecto recíproco y auténtico compañerismo .
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2. El respeto y la corrección, la prudencia y la discreción, son las normas básicas que habrán de seguir todos los miembros del Cuerpo en sus relaciones con las Autoridades ajenas a éste; igual trato, incluso superado, se seguirá con los ciudadanos en general . CAPÍTULO 6. Normas relativas a los turnos de guardia y al funcionamiento de los Parques SECCIÓN 1.ª De la guardia Art. 59. La atención al servicio de guardia será permanente mediante el establecimiento de los correspondientes turnos de guardia . El personal de apoyo técnico tendrá el horario y funciones precisos para el correcto funcionamiento del Servicio, con sujeción a lo dispuesto en el vigente Acuerdo-Convenio y demás disposiciones de aplicación. Art. 60.1 . Cada Parque o grupo de Parques estará bajo la dirección, supervisión y control de un Jefe de Zona, que será el Jefe delParque. 2 . Durante la prestación del servicio e guardia existirá para todo el ámbito territorial de Madrid un responsable máximo de la misma,' que se denominará Jefe de Guardia, y cuyo puesto será desempeñado por un Oficial titulado del Departamento. Art . 61 . Son funciones del mando responsable de la guardia de cada Parque las siguientes: l . Realizar el relevo y su correspondiente parte. 2. Señalización de las misiones del personal durante la guardia . 3 . Cumplimentar las hojas impresas y libros en lo referente a material, personal e instalaciones del servicio diario del Parque. 4. Dirigir las maniobras diarias . 5 . Acudir a todas las salidas a siniestros y elaboración de los informes al respecto. 6. Control de los carruajes, material, equipos e instalaciones del Parque, con traslado de las novedades a quien corresponda . 7 . Vigilar el cumplimiento del presente Reglamento y de las órdenes e instrucciones que puedan dictarse. 194
Art . 62. Serán misiones del Jefe de Guardia organizar y dirigir la actuación de los siniestros en el término municipal de Madrid durante el tiempo de su servicio. Además, dispondrá lo necesario para que durante la guardia exista una adecuada y equilibrada dotación de material y personal con los efectivos disponibles al hacerse cargo de aquélla ; debiendo hacer, asimismo, un razonado uso de los medios existentes en el Departamento, en orden a estos fines . Art. 63 . 1. De acuerdo con el horario establecido, se realizará el relevo en el turno de guardia . En el momento que sea ordenado, tanto el personal saliente como el entrante deberán reunirse, en forma adecuada, en el lugar del Parque que se determine para tal fin . 2. El mando responsable de la guardia de cada Parque, que sea saliente, deberá pasar lista del personal y revisar el material y los equipos, comunicando el fin de la guardia a todos los presentes . Posteriormente, aquél deberá firmar el parte de relevo confeccionado por el entrante, tal y como señala el artículo 51 del presente Reglamento. 3 . Simultáneamente, el mando responsable de guardia entrante, una vez informado por el saliente de las novedades o instrucciones existentes, pasará la preceptiva lista al personal que inicie el turno de guardia, y a continuación informará a éstos de las instrucciones y órdenes que deban conocer. Finalmente, ordenará hacerse cargo del servicio. En el resto de las dependencias se actuará de forma análoga, suscribiendo el responsable el parte de relevos con las novedades que corresponda reseñar . Art . 64.1 . El personal entrante, inmediatamente después de hacerse cargo del servicio, deberá revisar todo el material que tuviera asignado o del que fuere responsable, comprobando el estado del mismo, que deberá ser de correcto y normal funcionamiento ; a tal efecto se revisarán, equiparán y dejarán en perfecto estado de revista los carruajes y todo el material utilizado durante la guardia anterior. 2. Cuando se observen averías o anomalías preexistentes se deberá dar parte inmediato, dando la baja, en su caso, al vehículo o equipo afectado . Art. 65 . Cuando al efectuarse el relevo se detecten anomalías o incidencias graves que no consten en novedades anteriores o de las que no exista conocimiento en la Dirección del Servicio, y en cambio se presuma su existencia desde tiempo anterior al presente, se instruirá por la Dirección la información correspondiente para dilucidar posibles responsabilidades, adoptándose a tal efecto aquellas medidas que se estimen necesarias.
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Art . 66 . En los diversos actos del relevo o concernientes a la prestación del turno de guardia o jornada de trabajo, deberán confeccionarse los diversos partes existentes que vienen regulados en el capítulo 111 del presente Reglamento . SECCIÓN 2 .' De los Parques Art. 67. Dentro de los Parques, todo el personal del Cuerpo deberá estar preparado para salir en cualquier momento a prestar servicio de su clase. A tal efecto, deberá estar correctamente uniformado, sin perjuicio de las normas que por la Dirección puedan dictarse, en especial para las horas nocturnas . Igualmente, durante el turno de guardia se realizarán los ejercicios gimnásticos, maniobras, actividades formativas, profesionales y operaciones de limpieza y revisión del material que por la Dirección se señalen, todo ello encaminado al logro de una constante y perfecta disposición del personal y del material correspondiente . Art . 68. Durante el turno de guardia o jornada de trabajo se evitarán aquellas actividades y conductas que puedan menoscabar la disciplina y la permanente disposición para el servicio . Todo mando deberá reprender estas incorrecciones, que desmerecen la profesión, con grave detrimento para el espíritu del Servicio . Art . 69 .1 . Nadie podrá ausentarse del Parque o dependencias del Departamento si no es con la autorización pertinente. Para asuntos menores, que no afecten al normal funcionamiento del Servicio, la autorización será la del mando de este Parque o dependencia, que la otorgará por tiempo determinado . Para asuntos personales y familiares cuya duración no se pueda prever, se requerirá el conocimiento y autorización del Jefe de Guardia . En casos graves y urgentes, en que a éste no se le pueda localizar de inmediato, el mando del Parque o dependencia podrá conceder la autorización, sin perjuicio de la posterior comunicación a dicho Jefe de Guardia . 2. En los Parques o dependencias sólo está permitida la permanencia continuada de los miembros del Cuerpo . Se podrá autorizar por el mando del Parque o dependencia el acceso por razones de convivencia personal, siempre que ello no cause alteraciones o perjuicio a la normal actividad del Servicio. Cualquier otra persona que pretenda entrar o permanecer en los Parques precisará autorización expresa de la Dirección . 196
En el resto de las dependencias el Jefe respectivo podrá autorizar la permanencia en iguales supuestos a los señalados anteriormente . Art . 70.1 . Durante el turno de guardia se nombrará un servicio de vigilancia en cada Parque . El mismo se iniciará al comienzo de las actividades habituales del Parque y finalizará en el momento en que se inicie el descanso nocturno, y que coincidirá con el cierre de las puertas del Parque. 2 . Salvo causas excepcionales, el servicio de vigilancia será efectuado por el personal de apoyo técnico. Art . 71 . Por la Dirección se marcarán todas aquellas nomas que sean necesarias para el funcionamiento interno y convivencia de los Parques, en particular los horarios y las actividades a desarrollar, en consonancia con lo determinado por este Reglamento. CAPíTULO 7. Correcciones, premios y honores Art . 72. 1 . Los miembros del Cuerpo de Bomberos estarán sujetos a responsabilidad administrativa civil y penal por sus actos u omisiones en el ejercicio del cargo o que afecten a su condición de funcionarios . Será legislación aplicable la vigente en cada momento para los funcionarios públicos . 2. El Ayuntamiento se hará cargo de la representación, defensa y constitución fianzas de aquellos miembros del Cuerpo, siempre que ella sea consecuencia de ejercicio de las funciones propias de su cargo y que la Corporación no sea del contraria . parte Art . 73 . El régimen disciplinario de los miembros del Cuerpo se regirá por legislación general aplicable . la obstante . a título orientativo, se consideran conductas especialmente No perjudiciales para el normal funcionamiento del Servicio las siguientes : 1 . La no asistencia injustificada al turno de guardia. 2. El abandono del puesto de trabajo sin permiso . 3. El incumplimiento o alteración de las órdenes dadas en siniestro . 4. El incumplimiento, según las diferentes categorías, de lo detenninado en los artículos 15 a 26 del presente Reglamento . 5. Consumir o ingerir alimentos o productos que generen estados de intoxicación en el organismo, por su naturaleza o su cantidad .
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Art. 74 . La ejemplar conducta en el Servicio podrá ser premiada con las recompensas generales existentes para los funcionarios públicos y con las que establece el presente Reglamento, y otras que pudieran establecerse . Art. 75 . De acuerdo con el vigente Acuerdo-Convenio, los veinticinco años en acto de servicio serán significados con una distinción especial . Con ello se tratará de reconocer la capacidad, dedicación y riesgo. Art. 76 . Las distinciones en el expediente tendrán una especial valoración en los ascensos, sin que ello signifique derogación de las condiciones o reglas generales de ascenso . Art. 77 . Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno se otorgará el título o distinción de Bombero Honorario para aquellas personas o instituciones que se destaquen por su ayuda, colaboración y entrega en favor del Cuerpo de Bomberos de la Villa de Madrid, teniendo capacidad de proposición el Cuerpo de Bomberos . CAPÍTULO 8. Nornias relativas a la atención a los siniestros Art . 78 .1 . En el ejercicio de sus funciones los miembros del Cuerpo de Bomberos, cuando estén en acto de servicio, tendrán la consideración de Agentes de la autoridad municipal . 2. Tendrán también la consideración de Agentes de la autoridad municipal el personal del Cuerpo de Bomberos cuando no estando en acto de servicio interviniesen, eventual y provisionalmente, para prevenir o socorrer cualquier tipo de accidente o siniestro, siempre que acreditasen su condición mediante el carné de identidad municipal . Art. 79 .1 . Cuando se acuda a un siniestro, los coches del Departamento harán funcionar las señales luminosas y acústicas para que se les deje vía libre por vehículos y peatones . El Jefe de la dotación tomará nota de los infractores de tal prescripción, poniéndolo en conocimiento de la Dirección del Servicio para su posterior traslado a la Autoridad competente a los efectos legales procedentes . 2 . Los Conductores deberán observar como norma general las reglas de la circulación y harán uso ponderado de su privilegio de preferencia, cuidando especialmente la prioridad de paso en las intersecciones de las vías públicas o las señales de los semáforos, no sin antes adoptar extremadas precauciones 19 8
hasta cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los conductores de otros vehículos han detenido su marcha o se dispongan a facilitar la suya. 3. Al regreso del servicio se circulará con las señales luminosas, salvo orden expresa de la Jefatura de Guardia . Art. 80 . Las dotaciones que acudan a la prestación de un servicio deberán efectuar las comunicaciones radiofónicas que se establezcan. Así, una vez llegados al lugar de los hechos comunicarán esta circunstancia, haciendo una primera y provisional evaluación del siniestro . Durante su permanencia en este lugar deberán comunicar todas las incidencias con informe breve y sucinto de lo actuado, haciendo solicitud de material, equipos y personal que el caso requiera . Finalmente, cuando se retiren, lo harán saber, con expresión de la disponibilidad tanto personal como material de la dotación . Art. 81 . l . Simultáneamente a la salida para la prestación de un servicio, se dará cuenta a la Policía Municipal y/o otras autoridades que estimare necesario. 2. Los Agentes de la Policía Municipal y otras autoridades competentes que concurran tendrán la obligación de mantener un cordón de seguridad, siguiendo las instrucciones de los mandos del Cuerpo de Bomberos en lo relativo al siniestro . Igualmente, vigilarán y custodiarán el almacenamiento y traslado del material procedente del salvamento del siniestro . 3 . Corresponderá al Jefe de la dotación, en caso de que lo juzgue necesario, y al objeto de evitar posibles daños a personas y bienes o facilitar la actuación del servicio, el disponer la evacuación de edificios y locales, la interrupción del suministro de redes de alimentación de agua, gas o electricidad, el establecimiento de zonas de prohibición de paso a personas y tráfico rodado ; sin perjuicio en cualquiera de los casos de su posterior revisión y, en su caso, revocación. Bomberos, las autoridades munici4. A petición del mando del Cuerpo de del personal y material la concurrencia pales darán las órdenes necesarias para siniestro . de otros servicios que se precisen en el serán las competentes para reca5. Las autoridades municipales superiores bar la presencia de otras fuerzas o Cuerpos de servicios de seguridad . Art. 82 .1 . El siniestro deberá ser acotado por medio de dos cordones que serán delimitados por la autoridad del Servicio : el primero o interno, en el cual penetrarán exclusivamente los componentes del Cuerpo de Bomberos y el operaciopersonal requerido por el mismo para colaborar directamente en las 199
nes; dentro de este espacio, todas las órdenes serán dadas, única y exclusivamente, por los mandos del Cuerpo de Bomberos . El segundo cordón o externo, será total o parcialmente concéntrico al primero y en él se establecerán los servicios sanitarios y demás servicios auxiliares precisos. 2. En los casos en que se estime necesario, podrá establecerse un puesto de mando que coordine las actuaciones que se desarrollen con ocasión de la prestación del servicio. 3. Las autoridades municipales darán las órdenes oportunas para el traslado de material procedente de los salvamentos y custodia del mismo, así como para los alojamientos provisionales de las personas que queden sin vivienda . Art. 83 .1 . Las personas que se encuentren o habiten en las viviendas, locales o lugares en que se produzca un siniestro o que vengan afectados por el mismo, procederán a dar todas las facilidades para la actuación de los Bomberos, debiendo acatar las instrucciones de los Jefes y personal del Servicio, aportando la cooperación personal y material en la forma y medida que les sea requerida. Igual conducto de colaboración deberán seguir los propietarios de las casas colindantes al lugar del siniestro . 2. De aquellos que entorpezcan o no faciliten la actuación del Cuerpo de Bomberos se tomará la debida nota para su traslado a la Dirección a los efectos legales oportunos . Art. 84. 1. Antes de retirarse del siniestro se deberán adoptar las medidas de seguridad relativas al propio edificio, a la vía pública y a las propiedades colindantes . A tal efecto se acotará la zona realizándose únicamente los trabajos de consolidación urgentes que sean posibles, que tendrán carácter provisional. 2. Por la Dirección del Servicio se pondrá en conocimiento de los Presidentes de las Juntas Municipales correspondientes u otras autoridades municipales la necesidad de realización de aquellas obras que sean urgentes y, en todo caso, se hará un informe sobre los posibles trabajos a realizar en el edificio . Art. 85 . Finalizado el servicio y antes de subir a los coches para regresar a los Parques, el Jefe de la dotación tomará razón de las novedades relativas al personal y material que se hubiesen producido y posteriormente ordenará subir a los coches o regresar al Parque según los casos o circunstancias . Asimismo, adoptará las medidas necesarias en caso de que existiera alguna anomalía, sin perjuicio de la posterior puesta en conocimiento de su superior . 200
Art . 86. La facultad de dar información relativa al Servicio corresponde al Alcalde, Concejal y demás autoridades de la Corporación, Director de Servicios o a aquellos funcionarios autorizados para ello. CAPÍTULO 9. De las Secciones Sindicales Art . 87. Además de los derechos sindicales como trabajadores de la Administración pública y por las peculiaridades propias del Servicio, la Dirección garantizará: Primero . Un local para las Secciones Sindicales legalmente acreditadas, establecido como punto de reunión y colocación de sus archivos . Segundo. Las Secciones Sindicales podrán convocar asambleas, previa comunicación a la Dirección del Servicio, con arreglo a lo que establezca el Convenio entre la Corporación y los trabajadores. Tercero . La comunicación previa a las Secciones Sindicales dei_ inicio de propuesta de expediente delimitado- de responsabilidades . Cuarto . La participación de las Secciones Sindicales en la elaboración del plan de vacaciones . Quinto. La participación en los Tribunales de selección de personal de nuevo ingreso, así como en las de ascensos, se hará de acuerdo con lo establecido en la legislación y en el Acuerdo-Convenio vigentes . CAPÍTULO 10. De los Servicios Médicos Art . 88 . Se establece una Inspección médica para el Servicio de Bomberos, teniendo en cuenta que para las funciones que el Bombero desempeña se requiere una aptitud física profesional específica y que quien mejor puede determinarla ha de ser personal médico especializado en enfermedades y lesiones propias de los funcionarios de este Servicio. Art. 89. Como complemento a lo establecido en el vigente Acuerdo-Convenio, bianualmente se efectuarán, revisiones médicas a todos los miembros del Cuerpo de Bomberos, salvo en ocasiones especiales que aconsejen una periodicidad inferior . Del resultado de estas revisiones se dará conocimiento particular al interesado y a la Dirección del Servicio. Art. 90. Al efecto de realizar las primeras atenciones médicas a los Bomberos lesionados en el siniestro, y dado que la recuperación de los mismos depende, 201
en gran medida, de la rapidez en que cuenten con la debida asistencia, se creará en el plazo de cuatro años la Sección de Asistencia Sanitaria en Siniestro. Dicha Sección estará formada por facultativos en número suficiente para dar cobertura a las necesidades existentes .
DISPOSICIONES FINALES Primera. Las funciones atribuidas en el presente Reglamento en materia de personal lo son sin perjuicio de las conferidas a la Concejalía de Servicios de Personal y al Ayuntamiento Pleno, en su caso . Segunda. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Reglamento, el Concejal del Área de Seguridad, Circulación y Transportes aprobará, a propuesta del Director de Servicios de Protección Civil y Bomberos, el cuadro de exenciones físicas para el ingreso en el Cuerpo .
REGLAMENTO DEL CUERPO DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIóN CIVIL
DISPOSICIÓN TRANSITORIA Las plazas de Oficiales no titulados seguirán cubriéndose por los procedimientos actuales, hasta tanto la Escuela del Cuerpo reúna las condiciones de otorgar el nivel académico y titulación suficiente, a partir de cuyo momento se constituirá una categoría única de Oficial por ascenso directo del Cuerpo . DISPOSICIÓN DEROGATORIA A la entrada en vigor del presente Reglamento quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al mismo, y en especial el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Bomberos de 29 de mayo de 1931 .
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APROBADO POR ACUERDO PLENARIO DE 30 DE ABRIL DE 1982
INTRODUCCIÓN La Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid se configura como un servicio público, de carácter humanitario, con la misión de organizar, reglamentar y coordinar, en el ámbito local, la protección de la población y de los recursos de todo orden, con el fin de evitar o reducir los riesgos que pudieran derivarse de catástrofes o calamidades públicas en tiempo de paz . En sus fines y organización, la Protección Civil Municipal se ajusta a las disposiciones y estructuras de la Dirección General de Protección Civil . De acuerdo con lo establecido en la Ley de Régimen Local (artículo 104, apartado 4), en el Decreto 398/1981, de 29 de febrero, corresponde a la Corporación Municipal las obligaciones relativas a la Protección Civil en su término . El Alcalde ostenta la Jefatura Local de todos los servicios de Protección Civil en el Municipio . Los programas y los esquemas que se realicen de acuerdo con este Plan. tendrán carácter provisional. Es preciso tener en cuenta que se encuentra en avanzada tramitación en el Congreso la Ley Orgánica reguladora de la defensa nacional y de la organización militar, en cuyo proyecto se atribuye al Ministerio del Interior la competencia sobre la Defensa Civil . Asimismo, la Protección Civil resultará afectada por la regulación legal de lo establecido en el artículo 30-4 de la Constitución, en cuanto a los deberes de los ciudadanos a colaborar en las situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad públicas. CAPÍTULO 1 . Organización y finalidad Artículo 1 .°- Integrado en la Delegación de Seguridad y Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid y dependiente de la Alcaldía Presidencia, a quien corresponde la Jefatura Local de Protección Civil, se constituye el Cuerpo de Voluntarios de Protección Civil, cuyos miembros se regirán por lo establecido en el presente Reglamento, y cuyos fines serán de carácter humanitario con la misión de organizar y coordinar, en el ámbito local, la actuación de aquellas personas que deseen colaborar en tareas dirigidas a evitar y reducir los riesgos que pudieran derivarse de catástrofes o calamidades públicas . 205
Art. 2.°- La relación de estos voluntarios con el Ayuntamiento de Madrid se entiende como prestación de servicios gratuita, desinteresada, benevolente y desprovista de todo carácter laboral o administrativo, estando basada únicamente en sentimientos humanitarios y de buena vecindad . Art . 3 .° Podrán integrarse en el Cuerpo de Voluntarios de Protección Civil, como colaboradores y en situaciones especiales, aquellas personas que por sus condiciones de experiencia y capacidad aporten una específica cooperación a los fines del mismo . Art . 4 .`- ' Podrán inscribirse como voluntarios todas las personas mayores de dieciocho años y que no hayan cumplido los sesenta, previa superación de las pruebas de aptitud y del ciclo de formación y adiestramiento que se establezca. Art. 5 .°- Los aspirantes al Cuerpo de Voluntarios de Protección Civil deberán hacer declaración de no hallarse incursos en causa penal que los invalide para las misiones que se les encomienden y de comprometerse al cumplimiento leal y estricto de la normativa legal y reglamentaria que les afecta, así como de la aceptación plena de todo lo dispuesto en este Reglamento . Art . 6.' Los componentes del Cuerpo de Voluntarios no podrán utilizar la organización dei mismo para realizar actividades de tipo personal, religioso, político . sindical o asociativo. Art . 7.' Los equipos de intervención constituyen la unidad fundamental de los Servicios no especializados y se organizan del siguiente modo : Cada equipo de intervención, mandado por un Jefe de equipo, consta de tres escuadras . Cada escuadra, mandada por su Jefe respectivo, estará formada por tres grupos . Cada grupo, mandado por un Jefe propio, estará integrado por cuatro voluntarios . Los equipos de intervención se agruparán en número de seis, constituyendo las secciones de intervención al mando de un Jefe de esta categoría. Los distritos agruparán las secciones de intervención que se consideren necesarias o que, en su caso, puedan formarse . Art . 8.° El Servicio Técnico de Protección Civil estará al mando de un funcionario del Ayuntamiento de Madrid, nombrado por el excelentísimo señor 206
Alcalde a propuesta del Concejal Encargado de Seguridad y Policía Municipal . Los cargos superiores y colaboradores de este Servicio y los de los Departamentos, Divisiones y Servicios en los que se organice la Protección Civil podrán ser desempeñados, indistintamente, por personal funcionario del Cuerpo de Policía Municipal y Bomberos o por personal voluntario y colaboradores . Los nombramientos serán extendidos por el Concejal Encargado de los Servicios de Seguridad y Policía Municipal a propuesta del Delegado de dichos Servicios. Art. 9.-° Los Jefes de los distritos y equipos de intervención serán designados por el Delegado de los Servicios de Seguridad y Policía Municipal a propuesta del Servicio 'técnico de Protección Civil de la Delegación. Art . 10. Procedimiento similar al anterior se seguirá para los intervención .
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Art. 11 . Cada mando, de acuerdo con su categoría, ostentará, cuando que consistirá en un anagrama o dibujo alegórico de la Protección Civil .
estéde servicoylen aprenda glamentari,eldistnivoref ntea gsuradción,
Art . 12. El Servicio de Protección Civil, dependiente de la Delegación de Seguridad y Policía Municipal, elevará las propuestas que complementen de modo general o especial la normativa del presente Reglamento y el desarrollo de las actividades de los voluntarios y colaboradores . Las instrucciones generales serán visadas por el Concejal Encargado de Seguridad y Policía Municipal y las especiales serán formuladas por el Delegado de ¡os Servicios de Seguridad y Policía Municipal . Con carácter prioritario serán publicadas las instrucciones generales que se refieran a las siguientes cuestiones: Equipo y uniformidad, características específicas y uso de distintivos, ciclos regulares de formación y adiestramiento, acreditación y encuadramiento de los voluntarios y colaboradores, organización de las divisiones, dependencias y servicios no específicamente detallados en el presente Reglamento. CAPÍTULO 2. De la formación Art . 13 . La formación de voluntarios de Protección Civil se dirigirá al adiestramiento del personal voluntario, seleccionando la inscripción y declara207
ción de aptitud, así como a promover la ampliación y especialización de sus conocimientos . Se orientará también a promocionar la extensión de los conocimientos de autoprotección civil a todos los ciudadanos, especialmente a los escolares de cualquier grado de enseñanza. Art . 14. La formación quedará articulada de la siguiente manera: A) La instrucción y adiestramiento de los inscritos como voluntarios en los expresamente convocados para ello. B) La organización de cursillos monográficos, conferencias, prácticas y otros actos con que se perfeccione la instrucción y adiestramiento y se cumplan las convocatorias regulares de formación y prácticas . C) La obtención, clasificación y archivo de la información y documentación requeridas para el mejor funcionamiento y perfeccionamiento del Servicio . D) La relación con otras instituciones y personas que interesen a Protección Civil, pudiendo establecer colaboraciones mutuas determinadas, de acuerdo con nuestra Delegación. E) La publicación de los libros formativos para los voluntarios inscritos y de publicaciones complementarias de divulgación . CAPÍTULO 3. Derechos y obligaciones Art. 15. El voluntario de Protección Civil tiene derecho a usar los emblemas, distintivos y equipos del Servicio, así como los de la categoría que le corresponda, en todos los actos públicos a que sean requeridos, siendo obligatorio su uso en casos de intervención especial, siniestros o calamidades, a efectos de identificación . Art. 16. Asimismo, tiene derecho a elevar sus peticiones, sugerencias y reclamaciones a la Delegación de Seguridad y Policía Municipal, a través de sus mandos naturales o directamente cuando, en el plazo de veinte días, su escrito no hubiera sido contestado . Art. 17. Los riesgos en el servicio del voluntario estarán cubiertos por un seguro de los accidentes que pudieran sobrevenirle durante su actuación, abarcando indemnizaciones por disminución física, invalidez temporal o permanente, defunción y asistencia médico-farmacéutica . Las cantidades a percibir serán fijadas a propuesta de la Delegación de Seguridad y Policía Municipal, de modo adecuado al riesgo y al accidente. 208
Art. 18. Todo voluntario de Protección Civil se obliga a cumplir estrictamente sus deberes reglamentarios, cubrir un mínimo de sesenta horas anuales, cualquier cooperar con su mayor esfuerzo, interés, disciplina y espíritu social en asistencia, evacuación, misión de socorro, ayuda y rescate de víctimas, de su vigilancia y protección de las personas y bienes, así como en toda otra misión autoridades de quienes que le encomienden los mandos de la organización o las dependan durante su actuación . Art. 19. El voluntario deberá incorporarse a la mayor brevedad posible a su lugar de concentración en caso de. catástrofe o emergencia. Art . 20. En ningún caso el voluntario o el colaborador actuarán como miembros de Protección Civil fuera de los actos de servicio. Ello no obsta para que, usando sus conocimientos y experiencias, intervenga, con carácter estrictamente particular, en aquellos hechos requeridos por su deber de ciudadanía . Art. 21 . La pertenencia de los voluntarios y colaboradores al Servicio Municipal de Protección Civil será gratuita y honorífica, sin derecho a reclamar y al Ayuntamiento retribución ni premio alguno, salvo las indemnizaciones en el asistencia que pudieran corresponderle de acuerdo con lo especificado artículo 11 . Art. 22. El voluntario tiene la obligación de mantener en perfectas condiciones de uso el material y equipo que pudiera serle confiado, comprometiénfalta dose a pagar los daños que causara en los mismos debido al mal trato o de cuidado . CAPÍTULO 4. Recompensas y sanciones Art. 23 . El Delegado de Seguridad y Policía Municipal valorará debidamente prestalas recompensas y sanciones que puedan merecer los voluntarios en la y ción de sus servicios y propondrá al Concejal Responsable de Seguridad cuenta, Policía Municipal una escala básica y abierta de las mismas, teniendo en en el para la aplicación de este último concepto, las circunstancias concurrentes en el hecho encomiable o punitivo . Toda recompensa o sanción será anotada expediente personal del voluntario. o Art. 24. Toda acción meritoria, hecho notable o destacado, actos de valor de prestación dignos de elogio en las misiones de prevención, intervención o 209
servicios especiales que realicen los miembros del voluntariado serán recompensados, con reconocimiento por escrito público o, en su caso, con propuestas de recompensas por la Alcaldía de Madrid . Art. 25 . La recompensa, en los supuestos más meritorios, consistirá en una Medalla del Municipio de Madrid al Valor Cívico-Heroico, que podrá ser de bronce, de plata o de oro . Estas distinciones podrán ser concedidas también a los ciudadanos, funcionarios o entidades que se distingan de manera especial en labores de salvamento o de protección civil en general, aunque no pertenezcan al Cuerpo de Voluntarios . Las medallas de bronce y de plata serán concedidas por el excelentísimo señor Alcalde a propuesta del Concejal Encargado de los Servicios de Seguridad y Policía Municipal . La concesión de la medalla de oro se acordará por el Pleno de la Corporación . Art. 26 . Las faltas se consideran leves, graves y muy graves . No se impondrá ninguna sanción sin audiencia del interesado . 1 . Se estimarán como faltas leves y se sancionarán con apercibimiento o suspensión de hasta un mes, atendiendo a las circunstancias que concurran, las siguientes : a) No poner en conocimiento de los mandos de la organización o autoridades la existencia de hechos que puedan suponer riesgo para las personas o los bienes . b) El descuido en la conservación y mantenimiento del equipo y material que tuviera a su cargo en el cumplimiento de las misiones encomendadas . e) La desobediencia a los mandos del Servicio, cuando ello no suponga mal trato de palabra y obra y no afecte al Servicio que deba cumplirse . d) Las demás infracciones u omisiones, con carácter leve, al presente Reglamento . 11 . Se considerarán faltas graves y se sancionarán con suspensión desde uno a seis meses, atendiendo a las circunstancias que concurran, las siguientes : a) Negarse al cumplimiento de las misiones que les sean encomendadas . b) La utilización fuera de los actos propios del servicio del equipo, material y distintivos de Protección Civil . e) El deterioro voluntario, pérdida o sustracción del equipo, material, bienes y documentos del Servicio a su cargo y custodia . d) Las omisiones o infracciones graves a lo preceptuado en este Reglamento y en particular a su artículo 6 .°e) La acumulación de tres faltas leves . 21 0
III . Serán causas de expulsión, como consecuencia de falta muy grave, las siguientes : exigencias del servicio . a) Dejar de cumplir, sin causa justificada, las reiteradamente por b) Observar mala conducta o haber sido sancionado faltas graves . a excepción de las c) Haber sido condenado por cualquier acto delictivo, condenas derivadas de accidentes de circulación . sin causa justificada . d) Utilizar o exhibir las identificaciones del Servicio miembro del Servicio y la e) La agresión de palabra y obra a cualquier cumplirse . desobediencia que afecte a la misión que deba impuestas . f) El negarse a cumplir las sanciones de suspensión que le fueran Reglamenen el presente g) El incumplimiento muy grave de lo establecido to y en especial en su artículo 6 .='
CAPÍTULO 5. Pajas y ceses inferiores a tres Art . 27 . Serán bajas temporales en el Servicio las ausencias debidamente comunicadas . meses que tenga motivos justificados y hayan sido causadas por prestación del Se considerarán igualmente bajas temporales las servicio militar y por embarazo y atención al recién nacido . definitiva Art . 28 . Serán motivo de cese en el Servicio la petición de baja a tres meses, superior por voluntad propia y la incomparecencia injustificada voluntario o el casos, el previa notificación del cese por esta causa . En ambos los efectos colaborador hará entrega de la documentación y, si los tuviere, de interesado, caso procedente, del Servicio de Protección Civil, el cual extenderá al la debida constancia de los servicios prestados .
DISPOSICIÓN TRANSITORIA Seguridad y Policía Este Reglamento, elaborado por la Delegación de en su momento, a las adaptará, Municipal del Ayuntamiento de Madrid, se de Protección Civil . de los Servicios normas que puedan publicarse, reguladoras
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REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE BOMBEROS Y PROTECCIÓN CIVIL
WWW.MUNIMADRID.ES/BOMBEROS
APROBADO POR ACUERDO PLENARIO DE 30 DE ABRIL DE 1981
En el Reglamento del Cuerpo de Bomberos de Madrid, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 27 de julio de 1984, y en su artículo 14. se habla ya del Reglamento de la Escuela de Bomberos, que tendrá, entre otras, las funciones de: "Organización y desarrollo de los cursos selectivos para el ingreso en el Cuerpo, capacitación para el ascenso, especialización y reciclaje del personal . Organización y desarrollo periódico de actividades, tales como ciclos de conferencias y coloquios sobre temas relacionados con el Servicio y destinados no sólo al propio personal del Cuerpo, sino también de divulgación general ." Pues bien, parece ya llegado el momento en que el mencionado Reglamento sea una realidad, y que su articulado responda a los principios que informan las nuevas técnicas tanto desde el punto de vista administrativo como en el de especialización que ha de conseguir , un Cuerpo de élite, que como principal vocación tiene la de salvaguardar la vida y los bienes del pueblo de Madrid . Es por ello que la formación integral de los miembros del Cuerpo ha de ser uno de los postulados fundamentales en la concepción de la Escuela como aglutinador del Cuerpo, pero sin olvidar nunca que el grado de profesionalidad que se alcance será en definitiva el factor fundamental en el desarrollo del trabajo diario, que desembocará sin duda en una mayor eficacia del servicio . Ante los adelantos tecnológicos que nos van invadiendo cada día con mayor fuerza, el Cuerpo de Bomberos de Madrid no puede quedar rezagado y han de ser diseñados los nuevos planes de enseñanza, que alcancen no sólo a la formación básica, sino también a la especialización y a la formación permanente de sus componentes . Estos nuevos planes de enseñanza deben alcanzar un grado tal de perfeccionamiento que los cursos que se impartan en esta Escuela, en modo alguno puedan repugnar a los cursos de formación profesional o escuelas con los que, en su día, podrían incluso ser homologados . En definitiva, el reto de cara al futuro será conseguir que la Escuela de Bomberos de Madrid sea considerada como modélica de las de su clase, tanto en el ámbito Nacional como en la CEE. E. 21 5
que además se deberán impartir enseñanzas sobre la jerarquía, organización y funcionamiento del Cuerpo . Art. 4 .`- ' De todos los cursos, seguidos con aprovechamiento, la Escuela expedirá los correspondientes diplomas .
TÍTULO 1 CAPÍTULO 1 Artículo 1 .°- La Escuela de Bomberos y Protección Civil tiene como objetivo general la planificación y aplicación de todos los aspectos y materias que engloban la formación integral y profesional de los componentes del Cuerpo de Bomberos y de Voluntarios de Protección Civil.
CAPÍTULO 2. De las funciones específicas Art . 2. La Escuela del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid tendrá a su cargo, entre otras, las funciones siguientes : a) Organización y desarrollo de los cursos selectivos para el ingreso en el Cuerpo, capacitación para el ascenso, especialización y "reciclaje" del personal . b) Diseñar los distintos planes de enseñanza con sus respectivos programas, tanto de formación básica como de ascenso, especialización y formación permanente . c) Desarrollar los mencionados planes y programas, impartiendo las materias teórico-prácticas adecuadas a los objetivos de los distintos programas . d) Organización y desarrollo periódico de actividades, tales como ciclos de conferencias y coloquios sobre temas relacionados con el Servicio, y destinado no sólo al propio personal del Cuerpo, sino también de divulgación general. e) Celebrar convenios de colaboración, intercambio y estudios con otros Cuerpos de Bomberos, organismos e instituciones en materia de formación . f) Propuestas en bases técnicas para las convocatorias de ingreso y así como la redacción de textos y material didáctico relativo al Servicio . Art . 3 .° En todos los cursos de la Escuela, y en especial en los de ingreso y ascenso, se buscará no sólo la formación profesional propiamente dicha, sino
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Art . 5 .°- Todos los miembros del Cuerpo de Bomberos están obligados a seguir aquellos cursos realizados dentro de su jornada de trabajo que por la Dirección del Servicio se señalen, y en especial los de perfeccionamiento o actualización y especialización.
TÍTULO II
TÍTULO III
CAPÍTULO 1. De la dependencia orgánica
CAPÍTULO 1. De la organización
Art. 6.°- La Escuela del Cuerpo de Bomberos dependerá _o rgánica funcionalmente de laDirección de Servicios de Protección Civil y Bomberos y .
Art . 8.°- Para el desarrollo de las competencias que le son propias, la Escuela de Bomberos y Protección Civil está integrada por los siguientes órganos :
CAPÍTULO 2. Del ámbito de aplicación Art. 7.°- La presente normativa es de aplicación: a) A todos los miembros del Cuerpo de Bomberos destinados en la Escuela . b) A todo el profesorado . c) A todo el alumnado .
a) órganos de Gobierno
- Consejo Rector . - Dirección . - Secretaría . b) órganos de Enseñanza -
-
Dirección . Subdirección o Jefatura de Estudios . Jefes responsables de Área. Consejo académico . Claustro de Profesores.
e) órganos Auxiliares
Gabinete Pedagógico. - Fondo bibliográfico y documental . -
CAPÍTULO 2. De los órganos de gobierno Art . 9.- El Consejo Rector está compuesto por :
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- Presidente, el Alcalde Presidente. Policías - Vicepresidente, el Concejal responsable del Área de Seguridad y Municipal . - Vocales el Director de los Servicios de Protección Civil y Bomberos, el Jefe del Departamento de Extinción de Incendios, el _Jefe del Departamento de Jefe del Departamento de Estudios Prevención y Protección Civil, el_ NormativadelFuego, elDirector dela Escuela deBomberos yProtec iónCivil un representante de cada Grupo polít de los que configuren la Corporación municipal . - Secretario, el Secretario del Ayuntamiento de Madrid, o persona en la que delegue . 219
Art . 10 . El Consejo Rector tiene las siguientes funciones : a) Aprobar el Plan General de Estudios de actuación anual, a propuesta del Director de la Escuela . b) Aprobar los diferentes programas de actividades en desarrollo del Plan General de Estudios . c) Aprobar las propuestas de nombramiento del profesorado que formule el Director de la Escuela . d) Estudiar y aprobar el preceptivo presupuesto ordinario . e) Elevar a la Alcaldía Presidencia las propuestas de bajas de los funcionarios municipales "en prácticas" en aplicación del régimen sancionador del presente Reglamento . f) Aprobar las bajas de alumnos que no sean funcionarios municipales "en prácticas", en aplicación del mencionado régimen sancionador . g) Proponer cuantas medidas estime pertinentes, para la mejora de las competencias a desarrollar para la Escuela de Bomberos y Protección Civil . h) Determinar el régimen de sus sesiones . Art. 11 . El Director de la Escuela de Protección Civil y Bomberos será nombrado por la Alcaldía Presidencia, con la categoría de Jefe de Departamento, y desarrollará las instrucciones que emanen del Consejo .
En caso de ausencia, enfermedad, etc ., será sustituido accidentalmente por el Subdirector o Jefe de Estudios . Art . 12 . El Director de la Escuela de Bomberos y Protección Civil tiene las siguientes funciones : a) Elaborar y proponer al Consejo Rector la aprobación del Plan General de Estudios de actuación anual . b) Elaborar y proponer al Consejo Rector la aprobación de los diferentes programas de actividades en desarrollo del Plan General .
c) Elevar para su aprobación las propuestas de nombramiento del profesorado, así como la baja de los mismos . d) Formular las propuestas de baja de los alumnos . e) Someter, para aprobación, los proyectos de presupuesto ordinario . f) Dirigir e inspeccionar todas las actividades de la Escuela de Bomberos y Protección Civil . g) Imponer las sanciones disciplinarias de los alumnos, excepto is baja del Centro, competencia del Consejo Rector, comunicando su iniciación a las Centrales Sindicales . 220
h) Formular cuantas propuestas estime necesarias para el desarrollo de las competencias propias de la Escuela de Bomberos y Protección Civil . i) Presidir los órganos de enseñanza y auxiliares del Centro de Formación y Estudios, pudiendo realizar las delegaciones que estime pertinentes en el Subdirector o Jefe de Estudios . Art. 13 . La Secretaría engloba toda la estructura burocrática de la Escuela, sirviendo de apoyo tanto a los Órganos de Gobierno como a los de Enseñanza y Auxiliares . Art. 14 . La Secretaría, para el mejor desarrollo de sus funciones, contará con un Jefe de Negociado t cuatro Auxiliares Administrativos y el resto de personal del Cuerpo que por su especialidad se determine por lá Dirección de la Escuela . A título meramente indicativo, sus funciones serán : - Recepción y registro de toda la documentación dirigida a la Escuela, distribuyéndola a los órganos que corresponda . - Entenderá de todos los asuntos relacionados con el personal, tanto del asignado como plantilla como el profesorado y alumnado . - Será competente en aquellos asuntos relacionados con convocatorias, así como de todas las relaciones externas de la Escuela (correspondencia con otros Organismos e Instituciones, preparación de Congresos, Simposios y Conferen-
cias) . - Entenderá de todos los asuntos relacionados con la planificación y el desarrollo de la enseñanza ; como confección de apuntes, cuadrantes de horarios, pruebas de evaluación, actas de calificaciones . - Será competente en todos los asuntos relacionados con presupuestos, contabilidad, locales e instituciones, adquisición de material de ayuda a la enseñanza y cuidado del mismo .
CAPÍTULO 3 . De los órganos de enseñanza Art . 15 . El Director de la Escuela de Bomberos y Protección Civil , de las funciones atribuidas en los artículos 1 1 y 12, ejerce la _dirección de toda la actividad docente, pudiendo dele gar en los -Jefe s responsa bles de Área . aquellos asuntos que estime oportunos Art . 16 . Las funciones del Director, con respecto a la actividad docente, son las siguientes : 221
a) Marcar las directrices generales de planificación, programación y desarrollo de la enseñanza, para su puesta en práctica, por parte de los Jefes responsables de cada Área de Materias . b) Convocar y presidir las reuniones del Consejo Académico y del Claustro de Profesores. c) Resolver los expedientes disciplinarios de los alumnos, de acuerdo al régimen sancionador del título V, para lo que sea de su competencia. d) Coordinar la actuación de los Jefes responsables de Área en el desarrollo de la programación de las distintas actividades académicas . e) Aprobar las propuestas que le eleven los Jefes responsables de Área sobre temarios de las asignaturas, contenido de los mismos, necesidades de material, sistema de evaluación y recuperación, distribución de las asignaturas en horario, así como todo aquello que pueda contribuir al mejor cumplimiento de los objetivos y funciones de la Escuela . Art. 17. El Subdirector de la Escuela es el Jefe pedagógico de la misma . Es nombrado por la Alcaldía Presidencia, con la categoría de Jefe de Sección Adjunto a la Dirección . Sus funciones serán: - Sustituir al Director en los casos de ausencia o enfermedad . - Cumplimentar las órdenes que reciba del Consejo Rector o del Director de la Escuela . - Dirigir y coordinar el funcionamiento de las Áreas de Formación en que se estructura la organización interna de la Escuela, dando cuenta a la Dirección para su ratificación . - Proponer a la Dirección los planes de estudios, cursos de formación básica, promoción, especialización y los de formación permanente . - Establecer los correspondientes grupos didácticos, una vez aprobados los planes de estudios por el Consejo Rector, y velar por su cumplimiento. - Como responsable de su Área, las propias del cargo . - Asesorar al Director en las propuestas de nombramiento del profesorado . Art. 18. Los Jefes responsables de Área#esponden de todo lo concerniente a su Área de materias asignadas y que quedan especificadas en el capítulo l, título IV, así como del cumplimiento de los objetivos del Plan General de Estudios y de cada curso o actividad, tanto en los aspectos académicos como disciplinarios, observando y haciendo observar el presente Reglamento . Son funciones de los Jefes responsables de Área: 222
a) Desarrollar las directrices marcadas por el Director de la Escuela, elaborando las propuestas de programas y contenidos de las asignaturas que, con relación a cada curso o actividad académica, se vea afectada su Área de responsabilidad . b) Elaborar los textos y cuantos medios de ayuda a la enseñanza estime necesarios, en cumplimiento del apartado a). c) Elevar al Director las propuestas sobre adquisición de material y necesidades de profesorado . d) Proponer sistemas de evaluación y recuperación adecuadas a cada actividad . e) Dar directrices a los profesorados (le su Área, sobre los programas, contenidos, textos y sistemas de evaluación a seguir, efectuando el seguimiento del trabajo de los mismos . f) Efectuar el seguimiento de la marcha académica de los alumnos, dando cuenta de las incidencias al Director de la Escuela . Para el cumplimiento de este cometido, los responsables de Área ejercerán las labores de encargado o tutor de cada curso, cuyas funciones se especificarán en el Diseñódel Plan Tutorial que se lleve a cabo . g) Elevar al Director las propuestas de sanción académica de los alumnos, según lo estipulado en el régimen disciplinario del título V. h) Proponer cuantas actividades estimen complementarias dentro de su Área, como asistencia a Congresos, charlas, coloquios, Cursos en otras Instituciones y contactos con las mismas. i) Impartir las asignaturas que dentro del Área sean de su especialidad, como complemento de su actividad pedagógica . j) Realizar cuantos estudios y proyectos de investigación sean requeridos por los órganos de Gobierno de la Escuela de Bomberos y Protección Civil o los que a propuesta propia sean aprobados por dichos órganos . k) Aquellas funciones que, no recogidas por el presente Reglamento, les sean atribuidas por el Director de la Escuela de Bomberos y Protección Civil, dentro de las funciones propias de su Área. Art. 19. El Consejo Académico está compuesto por : a) Director o Subdirector . b) Jefes responsables de Áreas . c) Secretario, será el responsable de Área de menor antigüedad, o el más joven . 223
Art . 20. Son funciones del Consejo Académico las siguientes : a) Decidir los criterios de coordinación de las distintas Áreas de enseñanza, para conseguir un ensamblaje perfecto entre las mismas . b) Establecer los objetivos generales de cada Área, así como de cada asignatura y actividad académica . c) Estudiar las necesidades de cada Área, en cuanto a profesorado, material, textos, etc . d) Establecer criterios generales de evacuación para las mencionadas Áreas . e) Distribuir cometidos que puedan ser comunes a dos o más Jefes responsables de Área . f) Analizar la marcha general de cada curso o actividad, en especial el rendimiento de los alumnos, aportando las soluciones adecuadas a cada caso, dentro de la labor de acción tutorial. g) En general, estudiar, proponer y resolver cuantos asuntos supere el ámbito de funciones de un solo Jefe responsable de Área. Art . 21 . Para el cumplimiento de las funciones mencionadas, el Consejo Académico se reunirá, al menos, una vez a la semana, convocado por el Director de la Escuela de Bomberos y Protección Civil. Art. 22. El Claustro de Profesores está compuesto por todo el personal docente de la Escuela de Bomberos y Protección Civil, así como por los Jefes responsables de Área, siendo presidido por el Director o Subdirector . Art. 23. Son sus funciones : a) Proponer criterios generales sobre selección de contenidos de las asignaturas que imparten. b) Proponer criterios generales de evaluación y recuperación . c) Elevar propuestas sobre desarrollo de actividades formativas, aportando las necesidades materiales para la ejecución de las mismas . d) Formular cuantas iniciativas estimen necesarias para el mejor desarrollo de su actividad, previa comunicación al correspondiente Jefe responsable de Área a la que pertenezcan . Art . 24. El Claustro de Profesores se reunirá previa convocatoria del Director tor, el cual determinará el régimen de sesiones. 224
' CAPÍTULO 4. De los órganos auxiliares Art. 25. Tienen la consideración de órganos Auxiliares aquellos que no intervienen directamente en el desarrollo e impartición de la enseñanza . pero que sirven de apoyo a la misma, colaborando y asesorando tanto a los órganos de Gobierno como a los de Enseñanza . Art . 26. El Gabinete Pedagógico, bajo la dependencia inmediata del Director de la Escuela cíe Bomberos y Protección Civil, aportará los criterios didácticos básicos para la planificación y desarrollo de la enseñanza, así como para la evaluación de las actividades académicas. Art . 27 . Son sus funciones específicas las siguientes : a) Asesorar sobre los aspectos psicotécnicos que deben reunir los componentes del Cuerpo, elaborando las baterías de tests y criterios para entrevistas, tanto destinados a la selección para el ingreso, ascenso y especialización . b) Orientar sobre los criterios didácticos a tener en cuenta en la elaboración de planificaciones, en el desarrollo de las actividades de enseñanza y en los sistemas de evaluación de los alumnos . c) Asesorar a los Jefes responsables de Área en su labor tutorial . con especial atención al diagnóstico de problemas de aprendizaje, adaptación e integración de los alumnos y tratamiento de los mismos. d) Evaluar la función docente del profesorado, colaborando con ellos en la ejecución de técnicas metodológicas, elaboración de material didáctico y técnicas de evaluación de su propia actividad . e) Elaborar informes psicopedagógicos de los alumnos, realizando las pruebas que se estimen oportunas y dando un tratamiento individualizado a los casos que lo requieran, con conocimiento del Jefe responsable encargado o tutor y del Director de la Escuela. f) Asesorar en la adquisición y utilización de material didáctico y. en general, de cuantos recursos de ayuda pedagógica estimen oportunos . la dependencia Art . 28. El Fondo Bibliográfico y Documental, Protección bajo Civil, tendrá en la Escuela de Bomberos y del Director de inmedat formativas interés para las actividades libros, textos y documentos de epósito los de la Escuela . Art . 29. Se nombrará un encargado o responsable del mismo, dedicado al archivo y custodia, que facilitará su uso a las personas autorizadas, según las normas de funcionamiento que posteriormente se arbitren . 225
CAPÍTULO 5. Del Profesorado Art . 30 . El personal docente se encuadra en los siguientes grupos : a) Profesores, Especialistas, Instructores y Monitores, pertenecientes al Cuerpo (le Bomberos del Ayuntamiento de Madrid . b) Profesores ajenos al Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid . Art. 31 . Los encuadrados dentro del grupo a), podrán pertenecer a la plantilla de la Escuela de Bomberos y Protección Civil ; de la forma siguiente : a) De forma permanente. Dependiendo del responsable del Área correspondiente b) De forma temporal . En función de las necesidades académicas y por el tiempo que se estime conveniente por decisión del Consejo Rector y a propuesta del Director de la Escuela. Art. 32 . La selección del profesorado se realizará según criterio de titulación y experiencia requerida para los diferentes cursos y actividades y constará de las siguientes fases : a) Presentación de currículum vitae al Director de la Escuela de Bomberos y Protección Civil . b) Entrevista personal con el Director y con el Jefe responsable de Área . c) Propuesta razonada del Director para su definitivo nombramiento por el Consejo Rector . Art. 33 . Todo el profesorado estará sometido al presente Reglamento y a cuantas disposiciones se dicten en aplicación del mismo, sin detrimento de las obligaciones a que están sometidos aquellos que tengan la condición de miembros del Cuerpo de Bomberos, por otras disposiciones. Art. 34 . Son funciones específicas de los profesores, sin detrimento de lo recogido en otros capítulos que les sean de aplicación, las siguientes : a) Impartir sus clases, observando los programas, contenidos, metodología y formas de evaluación indicadas por los Jefes responsables de Área. b) Comunicar cuantas incidencias tengan lugar durante el desarrollo de sus clases a los mencionados responsables . c) Asistir a las reuniones de Área convocadas por el Jefe de la misma y a las del Claustro de Profesores . 22 6
imposibilidad de asistencia a clase d) Comunicar con la mayor antelación su . para efectuar la correspondiente sustitución Reglamento podrá suponer Art. 35 . El incumplimiento de las normas de este Consejo Rector. la baja como profesor por decisión del se ajustará a las normas que Art. 36 . El régimen económico del profesorado a tal efecto dicte el Consejo Rector .
TÍTULO IV CAPÍTULO 1. Enseñanza Art . 37. La planificación y desarrollo de la enseñanza se estructura mediante la configuración de Áreas, estando al frente de cada una de ella., un Jefe responsable . Art. 38. Las Áreas agrupan las diferentes materias definidas, en relación a los objetivos docentes comunes ; teniendo lugar la adscripción del profesorado en torno a ellas y siendo la base de donde se derivan la totalidad de las actividades académicas. Art. 39 . Las mencionadas Áreas quedarán estructuradas en la forma que acuerde el- Consejo Rector, para su mayor operatividad; siendo este órgano el que define su número y nombra a los Jefes responsables de Área y, en su caso . los cesa. CAPÍTULO 2. Formación Básica Art . 40. La Formación Básica está dirigida a capacitar a los "funcionarias en prácticas" para el correcto desempeño de las funciones que al Cuerpo ele Bomberos y al de Voluntarios de Protección Civil encomienda la legislación vigente. Art . 41 . Por tratarse de la segunda fase del sistema selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos, se ajustará a lo establecido en las bases de cada convocatoria, en lo relativo al Curso Selectivo de Formación y Prácticas . Art . 42. Aquellos que hubieran superado la fase de oposición, deberán presentarse para la realización del citado Curso en el día que se señale para ,u comienzo, produciéndose la baja del aspirante en caso de incomparecencia sin causa justificada . Art . 43. Para obtener al nombramiento definitivo, es necesario obtener la calificación de "apto" en el mencionado curso, así como no haber incurrido en falta según el régimen sancionador, lleve aparejada la baja como "funcionario , en prácticas" . 228
por el Director de la Art . 44. Las calificaciones definitivas serán elevadas as su tramitación Escuela de Bomberos y Protección Civil al Consejo Rector oportuna. CAPÍTULO 3. Promoción y ascensos superar los Art. 45 . Para el acceso a los empleos inmediatos será preciso Escuela de Asimismo, la convocatorias . distintas cursos que se señalen en las que faciliten preparatorios organizar cursos Civil podrá Bomberos y Protección a aspirante condición de para obtener la exigibles la superación de las pruebas los mencionados cursos de ascenso . capacitación para el Art. 46. El objeto fundamental de dichos cursos es la niveles de que se ejercicio de las responsabilidades del mando, adecuada a los trate, atendiendo dos aspectos fundamentales : - La profundización en los aspectos técnico-profesionales . dichas . - El conocimiento de la función y técnica de mando propiamente nombraArt. 47. En cuanto a la calificación definitiva para el posterior presente 43 y 44 del miento, es de aplicación el contenido de los artículos Reglamento. CAPÍTULO 4. Especialización cursos o actiArt. 48. Tienen la consideración de especialización aquellos a los vidades encaminadas a dotar de conocimientos y aptitudes específicas determinados componentes del Cuerpo de Bomberos para el desempeño de cometidos y misiones. los criteArt. 49 . La Escuela de Bomberos y Protección Civil establecerá pruebas que rios de selección para optar a los mencionados cursos, realizando las se consideren necesarias entre los candidatos. resulten con Art. 50. Finalizados los cursos citados, se entregará a quienes de que se la calificación de "aptos", un diploma acreditativo de la especialidad quede fines trate, que se contabilizará como mérito según el baremo que a tales establecido. 229
CAPÍTULO 5. Formación permanente Art . 51 . La formación permanente engloba el conjunto de actividades encaminadas a la constante actualización de conocimientos y a la potenciación de cuantos aspectos formativos sirvan de enriquecimiento al desarrollo de función del Bombero ; por parte de los miembros la que componen el Cuerpo . Art . 52. La Escuela de Bomberos y Protección Civil elaborará el Plan de Formación Permanente, para que, en los plazos que se estimen oportunos, pueda hacerse extensivo a toda la plantilla; contemplando tanto demandas generales existentes como las específicas . CAPÍTULO 6. Asistencia a Congresos, Simposios, etc. Art . 53 . Independientemente de la organización de este tipo de actividades por parte de la Escuela de Bomberos y Protección Civil, también se procederá al estudio de aquellas organizadas por otras Instituciones y Organismos, seleccionando al personal idóneo para que asista a las que estimen de interés .
TÍTULO V CAPÍTULO 1 . Régimen interior y disciplinario Art . 54. El régimen interior del Cuerpo de Formación y Estudios abarca el conjunto de normas recogidas en el presente articulado, así como cuantas normas de aplicación posteriormente se dicten. Art. 55 . Los alumnos observarán una conducta ajustada a dichas normas, no pudiendo ser sancionadas por faltas no previstas en el presente Reglamento, cometidas mientras ostenten su condición de "alumnos" y sin perjuicio de otras responsabilidades exigibles por su condición de miembros del Cuerpo de Bomberos, o de "Bomberos en prácticas" de acuerdo a la legislación vigente . Art. 56 . Corresponde a todo el profesorado el mantener el orden y la disciplina dentro de sus clases, dando cuenta al respectivo Jefe responsable de Área de aquellas conductas que puedan considerarse como falta por estar así tipificadas . El Jefe responsable de Área, hechas las averiguaciones oportunas, lo pondrá en conocimiento del Director del Centro de Formación y Estudios para la apertura del correspondiente expediente disciplinario, en los casos que proceda . Art . 57 . Corresponde a cualquier persona vinculada al Centro de Formación y Estudios la comunicación de cualquier conducta que pueda ser tipificada como falta, cometida fuera del desarrollo de las clases, sin perjuicio de la especial obligación que tienen los mandos destinados en el Centro de velar por el cumplimiento de estos extremos . CAPÍTULO 2. Derechos y deberes de los alumnos Art. 58. Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que garantice el desarrollo de cuantos aspectos profesionales y humanos sean necesarios para el eficaz cumplimiento de las funciones encomendadas e inherentes a su labor, dentro del marco constitucional de respeto de derechos y libertades .
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Art. 59. Los alumnos tienen derecho a la participación en su proceso formativo, solicitando las resoluciones de dudas que estimen oportunas de los profesores, planteando los problemas que les surjan, en torno al desarrollo de 231
la formación e incluso aquellos que fuera del contexto académico incidan directamente en el mismo. Art. 60. El instrumento que se habilita para la participación de los alumnos es la figura del Delegado, y en ausencia de éste, el Subdelegado, que tiene las siguientes funciones: a) Mantener el orden en su delegación o subdelegación . b) Servir de conducto reglamentario entre sus compañeros y los Mandos responsables del Centro para la comunicación de cuantas problemáticas vayan surgiendo a 1o largo de cada curso . Dichas comunicaciones se realizarán a través del respectivo Jefe responsable con funciones de encargado o tutor, que dará el tratamiento que corresponda a cada caso. Art . 61 . Serán Delegados o Subdelegados provisionales los alumnos mejor clasificados de cada curso según las calificaciones de la oposición cuando se trate de cursos de formación básica y ascensos, pasado un plazo de veinte días, serán elegidos por votación entre los miembros del grupo . En los cursos de especialización y formación permanente por su menor duración, serán Delegados o Subdelegados los alumnos de mayor graduación o mayor antigüedad . Art . 62 . Los alumnos tienen derecho a que el sistema de evaluación de su rendimiento académico se establezca de acuerdo a criterios objetivos, a ser informados del mismo y que sean atendidos en cuanto a la aclaración que necesiten sobre sus calificaciones . Art . 63. Los alumnos tienen derecho a que les sean concedidos permisos previa justificación y de no ser posible, presentando la misma en el posterior plazo de cuarenta y ocho horas . Dichos permisos se concederán con arreglo al Convenio vigente, pero teniendo en cuenta que si el total de las ausencias justificadas supera un 20 por 100 del total de horas establecido para cada curso o actividad, no podrá obtenerse el diploma acreditativo de la realización del mismo . Art. 64. Los alumnos tienen el deber de observar el exacto cumplimiento de cuantas disposiciones les puedan afectar por su condición de funcionario o funcionarios en prácticas, a la que se sumará el cumplimiento del presente Reglamento y normas que se dicten para su aplicación. 232
Art. 65 . Por su condición de alumnos deben : a) Asistir a la totalidad de las clases, salvo en los casos y formas contemplados en el artículo 63, con una actitud positiva de aprovechamiento e interés por las mismas . b) Colaborar con los directivos, profesorado y sus propios compañeros en el desarrollo de las diferentes actividades académicas y, en general, creando el clima de respeto, participación y afán de superación que debe reinar en todo Centro dedicado al estudio y a la enseñanza . c) Comunicar cuantas anomalías observen, a través de los cauces establecidos para ello, cuyo conocimiento y resolución pueda servir de mejoramiento a los objetivos del Centro y que obviamente redundará en beneficio de los mismos . CAPÍTULO 3. Faltas Art . 66. Las faltas cometidas por los alumnos tendrán la calificación de leves, graves y muy graves . Art. 67 . Son faltas leves :
a) Las deficiencias en el aseo personal y en la uniformidad . b) La falta de puntualidad reiterada a las clases, a partir del tercer retraso . c) La falta de asistencia injustificada a varias clases o a todas durante un día . d) El descuido, negligencia o falta de atención durante el desarrollo de las clases, o conducta que puede alterar de forma leve el desarrollo de la vida académica . e) El trato incorrecto o desconsiderado hacia los profesores, superiores, compañeros, subordinados o cualquier persona con la que entre en contacto, en relación con la actividad académica . f) La no utilización del conducto reglamentario para comunicar peticiones, anomalías o quejas, cuando no exista motivo que lo justifique . Art . 68 . Son faltas graves :
a) La falta de obediencia debida a superiores y autoridades . b) Causar graves daños en materiales, mobiliario o locales . c) La notable falta de rendimiento que afecte al desarrollo de las actividades académicas y no constituya falta muy grave . d) La grave desconsideración hacia superiores, compañeros, subordinados u otras personas dentro del ámbito académico . 233
e) Cualquier conducta que pueda ocasionar una perturbación grave de la vida académica . I) Aquellas conductas dirigidas a evadir el control de la disciplina y del cumplimiento del presente Reglamento . g) La comisión de tres faltas leves . Art . 69 .
Son faltas muy graves :
a) El abandono de la actividad académica, entendiéndose como tal la falta injustificada a las clases durante tres días seguidos . b) Las conductas descritas en los apartados b), c), d), e) y f) del artículo 69, cuando tengan la consideración de muy graves . c) La comisión de tres faltas graves .
CAPÍTULO 4 . Sanciones Art. 70 . Por razón de las faltas recogidas en este Reglamento cometidas por quienes ostenten la condición de "alumno" podrán imponerse las siguientes sanciones : a) Apercibimiento . b) Pérdida de hasta 0,50 puntos sobre las calificaciones finales, establecidas de 0a10 . c) Pérdida de hasta un punto sobre las calificaciones finales, establecidas de 0a10 . d) Pérdida de hasta 2 puntos sobre las calificaciones finales, establecidas de 0a10 . e) Pérdida de hasta 3 puntos sobre las calificaciones finales, establecidas de 0 a 10 . f) Separación o baja en el Centro de Formación y Estudios . Art . 71 . Las faltas leves serán corregidas con sanciones correspondientes a los apartados a), b) y c) . Art . 72 . Las faltas graves serán corregidas con las sanciones correspondientes a los apartados d) y e) . Art . 73 . La sanción de separación del Centro de Formación y Estudios sólo podrá imponerse por faltas muy graves ; tratándose de alumnos que ya tengan 23 4
la condición de componentes del Cuerpo de Bomberos, esta sanción llevará aparejada la imposibilidad de solicitar asistencia a cursos durante un período de tres años . Art. 74 . La aplicación de las sanciones para faltas graves, independientemente de que según las calificaciones del alumno puedan suponer que la nota solicitar final del curso sea de "no apto", llevarán aparejadas la imposibilidad de la asistencia a cursos durante dos años . Art . 75 . Las faltas leves podrán imponerse sin más trámites que la audiencia al interesado en el plazo de dos días . Art. 76 . Las faltas graves y muy graves requerirán la incoación del oportuno expediente, cuya tramitación vendrá caracterizada por los principios de sumariedad y celeridad, constando de las siguientes fases :
a) Iniciación : 1 . La iniciación corresponderá al Director del Centro de Formación y Estudios, a propuesta de los Jefes responsables de Área, bien de "motu propio", o bien en cumplimiento de lo recogido en los artículos 56 y 57 del presente Reglamento, cuando reciban por escrito denuncia de terceras personas . 2 . En el escrito de incoación del expediente se nombrará Instructor entre los Jefes responsables de Área, siendo notificado este extremo, así como los hechos imputados, tanto al alumno como al Instructor .
h) Desarrollo : necesarias 1 . El Instructor ordenará la práctica de cuantas diligencias sean del declaración los hechos, recibiendo comprobación de para is determinación y . estime convenientes cuantas personas presunto inculpado y de 2 . En un plazo no superior a cinco días, desde la incoación del expediente un pliego de y a la vista (le las actuaciones practicadas, el Instructor formulará ser de sanción que pudiera imputados y la cargos comprendiendo los hechos
aplicación . días 3 . El pliego de cargos se notificará al inculpado, disponiendo de dos solicitar la práctica documentos o para hacer las alegaciones oportunas, aportar de pruebas que considere necesarias en su defensa . 4 . Contestado el pliego o transcurrido el plazo, el Instructor podrá acordar la práctica de las pruebas solicitadas o denegar las que no considere oportunas, teniendo también un plazo de dos días . 235
5. Cumplimentadas todas estas diligencias, se dará vista del expediente al inculpado de forma inmediata, disponiendo éste de otros dos días para nuevas alegaciones . 6. En el plazo de los tres días siguientes, el Instructor formulará propuesta de resolución determinando la falta cometida, así como la sanción a imponer . 7. Transcurrido el plazo, se remitirá el expediente completo al Director de la Escuela . c) Terminación :
1 . La resolución pone fin al procedimiento disciplinario, siendo competente para imponer la sanción el Director en el caso de las faltas leves y graves y el Consejo Rector en el caso de las faltas muy graves . 2 . La imposición de la sanción será inmediata, pudiendo el órgano competente ordenar al Instructor la práctica de las diligencias que estime oportunas, para lo que dispondrá de un plazo máximo de tres días. 3. La resolución determinará con toda precisión la falta cometida, así como la sanción que se impone, pudiendo estimarse en cualquier caso la inexistencia de falta disciplinaria o de responsabilidad del alumno inculpado . 4. La resolución será notificada al inculpado, que dispondrá de los siguientes recursos: 1 . Contra las resoluciones del Director del Centro de Formación v Estudios ante el Consejo Rector del mismo, disponiendo de un plazo de diez días para la presentación del mismo . 2. Contra las resoluciones del Consejo Rector, la reposición ante el señor Alcalde como Presidente del mismo, disponiendo de un plazo de quince días . 3. El plazo para las resoluciones del Consejo Rector será de un mes como máximo ; para las que correspondan al señor Alcalde, el plazo será el que determine la Ley de Procedimiento Administrativo .
enseñanza y de oficina y, en general, todo lo necesario para el funcionamiento normal de la Escuela para el año siguiente . b) Dicho anteproyecto, conocido y ratificado por el Consejo Rector, se elevará al Concejal Delegado del Área de Seguridad y Policía Municipal, a fin de que se prosiga su tramitación . Art . 79. 1 . Los gastos, conforme al presupuesto aprobado, serán objeto de la correspondiente planificación, con arreglo a las normas que, para los establecimientos e instituciones municipales, señalen las bases de ejecución del presupuesto ordinario de la Corporación . 2. El pago de todas las atenciones consignadas en el Presupuesto de la Escuela de Bomberos se verificará, precisamente, por la Depositaría de Fondos Municipales . 3 . Los haberes, remuneraciones o gratificaciones del personal docente se satisfarán por nóminas confeccionadas por la Escuela y presentadas por la dirección de la misma al Concejal Delegado del Área de Seguridad y Policía Municipal, para su tramitación a los que corresponda . 4. Los pagos del material y suministros de toda clase se verificarán por medio de facturas o recibos tramitados con arreglo a las normas establecidas por la Ley .
DISPOSICIÓN FINAL En virtud de lo dispuesto en el artículo 6.°- sobre convenios de cooperación e intercambio con otras Instituciones y Organismos; se potenciará la participación de alumnos procedentes de otros Cuerpos de Bomberos, corriendo a cargo de sus respectivos ayuntamientos el sostenimiento económico de los servicios de la Escuela que deseen utilizar . Para la mencionada potenciación, se establecerá un sistema de información periódico de los cursos y actividades del Centro .
CAPÍTULO S. Régimen económico Art. 77. El sostenimiento de la Escuela de Bomberos y de las Corporaciones que utilicen sus servicios, en la forma que se señale. Art . 78. a) El Director de la Escuela de Bomberos formulará en el mes de julio de cada año un anteproyecto del presupuesto de gastos, en el que comprenderá el pago de remuneraciones al personal docente, materiales de 236
237
ÍNDICE Páginas I ORDENANZA FISCAL GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCION . ... ... .. .
15
II . IMPUESTOS 1 . Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
77
2. Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas 3. Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica . . ... ... ..... ... ..... ... . ..... ... ..... ... .. . . . .... . ... ... .. ... ... .. .. ... ..... . .. .. . ... ..
99
4. Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras ... .. ... ... .. ... ... ... ..... . ..... ... .. ... ... ... .. ... .. ... ..... .. ... ..... ... ... .. .
109
5. Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana ... ... .. ... ... .. .. . .. ..... ... ..... ... .
123
6. Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios (modalidad cotos de caza y pesca) . ..... .. ... ... .. .. ... ..... ... ... .. ..
137
III. TASAS A) Por prestación de servicios y realización de actividades 1 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios de Extinción de Incendios ... ... ... ... ... ... .. ... ... .. ... ... ... .. . ... .. ... .. ... ... .. ... ... .. ... . . . .. .. ... .. ... .. . . . .. . ... .
141
2. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Especiales por Circulación de Transportes Pesados y Caravanas .. .. ..
145
3. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Retirada de Vehículos de la Vía Pública... . .. ... ... .. ... ... ..... ... ... .. ... ... .. ... ... ... ..... ..... .. ... .. ... ..... ... .....
149
Páginas
Páginas 4. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias y Autorizaciones Administrativas de Autotaxis y Vehículos de Alquiler . . ... ... ... ... .
157
5 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos ....... .............. ... .... ... .......... ... ... ... .. . ... ................... ... ..
161
6. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización de Vertederos Municipales y otros Servicios Especiales del Área de Medio Ambiente y de la Tasa por Prestación de Servicios de Retirada, Almacenaje y Depósito de Efectos en el Almacén de Villa ......... ... ... ... ... ....... ........ ..
165
7 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Saneamiento . . ... ........ ...... ... . .... ... ....... ... ... . ... ............. . .... ... ... ... . ........ ...
173
8. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos .. ........... ........ ... ....... ... ... .... ... ... ...... . ...... ........ .... ... ... ... ... .......
177
9. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Obras en la Vía Pública
191
10 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios en Galerías Municipales ...... ....... ....... . .. ... .... ... ........... . ...... ... ... ......... ... ... 217 11 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios del Laboratorio Municipal de Higiene ......... ... ... ... ... ...... ... ... ... .... ......... 12 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Sanitarios ... ... ... .... . ...... . ...... ... ... . .. ........ ... ....... ..... . ... ........... .... ... ... ... ... .....
13 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Autorizaciones Administrativas para la Prestación de Servicios Funerarios en el Municipio de Madrid . ......... ... ........... ... .. .. ... ... .... .......... ............ ... ... ... ... ... . .. ... .... ... ........ . 14 .
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Apartamentos para Mayores ......... ... .......... ........... ... .... ...... ... ... ...... ..
15 . Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por entrada y visitas a Museos Municipales y al Planetario de Madrid . ........... ... ... . ... ... ... ... ...
16 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Piscinas e Instalaciones Deportivas y Casas de Baños ....... ..........
221 239
243
B) Por utilización privativa o aprovechamiento especial 21 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local ....... .. ..... ..... ..
285
22 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública en favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Suministros . ... .... ........ ... ..... ... ..... ...... ... ..... ... .. ... .. ... .. ... .. ..... 306 23 .
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital . ... ..... ... .. ... .. ..... ... .. ...
311
IV . CONTRIBUCIONES ESPECIALES 1. Ordenanza Fiscal Reguladora de las Contribuciones Especiales .. .. . . ..
317
V. PRECIOS PÚBLICOS 1 . Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por Prestaciones de Servicios y Actividades Socio-culturales y de Esparcimiento ..... ..... ..
INDICE FISCAL DE CALLES, ANEXO A LA ORDENANZA FISCAL GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN, E INSPECCIÓN ... ..... ... ..... ... ..... ...... ... ..... ..... ... .. ..... ... .. .. .
249 253 257 273
19 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización de los Mercados Municipales ... ... ... .......... ... ... ... ..... .... ... ... ......... ... ... ...... .. .......
281
18 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización del Simulador de Transporte en Vehículo Privado .... ... ...... ......... ........................... ... . 277
10
283
331
VI
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Obtención de Copias de Planos y Documentos Administrativos, Fotografías y Microfilmes ...
17 .
20 . Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derecho de Examen .
11
345
l
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS SERVICIOS Redacción actual aprobada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 25 de noviembre de 1994 . Artículo Primero. En uso de las facultades concedidas por los arts . 4 y 106 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril. reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los arts . 15 a 19 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, este Ayuntamiento establece la tasa por prestaciones de Servicios de Extinción de Incendios, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal . 1. Hecho imponible Art. 2`--' . 1 . Constituye el hecho imponible de la tasa, la prestación de los Servicios de extinción de incendios y alarmas de los mismos, prevención de ruinas, derribos, inundaciones y otros análogos, bien sea a solicitud de los interesados, o bien sea de oficio por razones de seguridad siempre que la prestación de dicho servicio redunde en beneficio del sujeto pasivo . 2. No estarán sujetos al pago de la tasa el servicio de prevención general de incendios, ni los servicios que se presten en beneficio de la generalidad del vecindario o de una parte considerable del mismo, tales como los prestados en casos de catástrofe o calamidad pública oficialmente declarada. Il . Sujeto pasivo Art. 3-°. l . Son sujetos pasivos de la tasa en concepto de contribuyentes, los usuarios de los respectivos servicios. Se consideraran usuarios las personas físicas y jurídicas y las Entidades a que se refiere el art. 33 de la Ley General Tributaria que soliciten o que resulten beneficiadas o afectadas por los servicios a que se refiere esta Ordenanza. En el supuesto de prestación de servicios que afecten o beneficien a bienes de que sean titulares distintas personas o entidades, tales como propietarios, inquilinos o usufructuarios de los mismos, todas ellas quedarán solidariamente obligadas frente 141
198
de
ORDENANZA
FISCAL REGALADORA DE LA "PASA POR SERVICIOS DE EXTINCIÓN
ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DF. INCENDIOS
III. Devengo Art . 4- . Sin perjuicio de lo establecido en el art. 5 Epígrafe 4. La tasa se devengará cuando se inicie la prestación del servicio . Se entenderá que se inicia el servicio cuando salgan los efectivos de sus respectivas Bases. IV. Base Imponible y Cuota Tributaria Art. 5º. 1 . La cuota tributaria se determinará en función del número de efectivos, tanto personales como materiales, que se empleen en la prestación del servicio y del tiempo invertido . 2. A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa :
Pesetas
a)
b) c)
Por cada bombero que exceda de la dotación de vehículos utilizados, cualquiera que sea su categoría, por cada media hora o fracción . ... ... . ...... ... .. ... ... . ... ... ... ..... ... . .. ... ... ... ... ... .. ... . .. ... ... ..... ... ... Por cada aparejador, por cada mediahora o fracción ... ... ... .. ... ... Por cada arquitecto, por cada media hora o fracción . . ... .. ... ... ...
340 455 630
Epígrafe tercero. Material Pesetas
66 .000
Normas aplicables a los epígrafes de las tarifas que anteceden: 1 . Cuando se presten servicios especiales o de demolición se aplicará el coeficiente tres a las tarifas fijadas en el epígrafe segundo.
Por cada vehículo, con su correspondiente dotación, por cada media hora o fracción :
142
Pesetas
Maderas y elementos de anclaje y sujeción por cada metro cúbico empleado . ... ... ... .... ... ........ ... . ... ... ..... ... ... . .. ... ... ... ... .. ... ... ... .. . ... ..... ... .
Epígrafe primero. Equipos bases
Coche de primera salida . .. ... ... ... ... ... ... ... ... .. . . . .. . . . .. .. . ... .. . .. ... . .. .. . ... ... ... .. Autobomba .. ... ... .. . . .. .. ... ... ... ..... ... . ... ..... ... ... ... .. . .. . ... .. . ... ... .. ... . .. . . . ... ... ... .. Autotanque .. ... ... .. . ..... ... ... ... .. . .. ... . ... . .... ... ... ... ... ... ... ... ... ... . . ... . .. . . . ... ... ... .. Autoescala .. ... ... ... .. . .. . ... .. . .. ... ... .. . ... .. . ... ... .. . .. ... ... . .. . .. . .. . .. . .. ... .. ... . .. . ... .. . .. Vehículos de desagües . . .. . . . ... .. ... . ... .. . .. ... ... . .. ... ... ... ... ... ... .. . .. . .. .. . ... ... ... .. Autoelectro .. ... ... .. . ... ... .. ... ... ... .. ... . ... ... .. ... ... ... . .. . .. . .. ... ... ... .. . .. . .. . . . ... ... ... .. Vehículo de apeos .. . .. . .. ... ... .. ... ... . ... .. ... ... ... ... .. . .. . ... ... ... .. . .. ... . .. .. . ... ... ... .. Autogrúa, más vehículo de útiles . ... .. ... ... ... . .. ... ... ... ... ... .. . .. . .. . .. ... ... ... .. Vehículo de salvamento acuático .. ... .. . .. . .. . .. . ... .. ... ... ... ... . . . .. . ... .. ... ... ... .. Vehículo para fuegos de hidrocarburos ... ... ... .. . ... ... ... .. . .. . .. . .. .. . ... ... ... .. Vehículo para recuperación de hidrocarburos .. . .. ... ... ... .. . .. . ... .. ... . .. ... .. Autobomba forestal . ... .... . .. . ... .. ... . ... ... .. ... . .. ... ... ... . .. ... ... ... .. ... . .. . . . ... ... ... .. Vehículo de tendido de mangaje .. ... ... ... ... .. . ... ... .. ... . .. . .. . .. .. . ... .. . .. . .. . .. .. Vehículo de transporte .. ..... ... . .. ... ... ... ... ... ... .. . ... ... .. . .. . .. . .. . .. . . . ... .. ... . .. . .. .. Otros de funcionamiento de motor de gasolina o similar suelto . . .. ..
DI! INCLNDIOS
Epígrafe segundo. Personal
a la Hacienda Municipal, sin perjuicio de lo que se dispone en el apartado 2 de este mismo precepto . 2. En el supuesto de prestación del servicio de extinción de incendios, será sustituto del contribuyente la Entidad o Sociedad aseguradora del riesgo .
DH LA TASA POR SERVICIOS DE EXTINCIÓN
3 .700 3 .800 1 .800 4.100 1 .000 1 .000 1 .600 6 .700 3 .200 8 .500 7.100 2.600 1 .300 500 500
2. En el supuesto de prestaciones de servicios fuera del término municipal, cuando por la duración del siniestro se precise enviar relevo, el tiempo de trabajo, a los efectos de la tarifa de personal, se computará a partir de la salida del Parque y para el personal relevado hasta su regreso al mismo. 3 . Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando salga del Parque la dotación correspondiente, momento en que se inicia, a todos los efectos, la prestación del servicio . Epígrafe cuarto . Servicio de la Central de Alarmas Automáticas 1 . La cuota por la utilización del servicio de la Central de Alarmas Automáticas será de 32 .850 ptas ., anuales . 2. El pago de esta cuota será independiente de las que en su caso pudieran devengarse por la prestación del servicio de extinción de incendios. 3 La tasa se devengará el día primero de cada año y tendrá carácter irreducible, 143
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS
salvo que la posibilidad de utilización del servicio cese por decisión municipal, en cuyo caso las cuotas serán prorrateables por mensualidades completas. 4. También se prorratearán las cuotas por mensualidades completas cuando se concedan nuevas autorizaciones que posibiliten la utilización del servicio, iniciándose el devengo de la tasa el día primero del mes en que se haya concedido la autorización o licencia. V. Normas de gestión Art. 6°-. La dirección del Servicio de Protección Civil y Bomberos, cursará a la Oficina Gestora de la tasa, dentro de los diez días siguientes a la terminación de la prestación del servicio, un parte de actuación donde conste la identificación del bien o bienes siniestrados, nombre del usuario del servicio y titulares del bien, compañía aseguradora del riesgo y número de póliza, así como la especificación de los servicios prestados, dotación personal y material, tiempo empleado y demás datos e indicaciones necesarias para practicar la correspondiente liquidación . Art. 7-°. En aquellos supuestos, en que la prestación del servicio no tenga carácter urgente, podrá exigirse el depósito previo de la tasa en la cuantía suficiente para cubrir el importe de la liquidación correspondiente a los servicios solicitados. Finalizada la prestación del servicio se practicará liquidación definitiva en base a los servicios efectivamente prestados. VI. Infracciones y sanciones tributarias Art. 8°-. En todo lo relativo a infracciones tributarias y sus distintas calificaciones, así como las sanciones que a las mismas corresponda, serán de aplicación las normas establecidas en la vigente Ley General Tributaria . Disposición derogatoria Quedan derogadas cuantas Ordenanzas o normas municipales se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en la presente Ordenanza. Disposición final La presente Ordenanza surtirá efectos a partir del 1 de Enero de 1995 permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas .
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