TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PROYECTO:
"MEJORAMIENTO CANAL Y RIEGO TECNIFICADO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE LAMBRAMA DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC" ESPECIALIDAD EN CANAL Y RIEGO TECNIFICADO TECNIFICADO
CHALHUANCA, ABRIL DEL 2018
TÉRMINOS DE REFERENCIA SERVICIO PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PROYECTO: "MEJORAMIENTO CANAL Y RIEGO TECNIFICADO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE LAMBRAMA DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC" ESPECIALIDAD EN CANAL Y RIEGO TECNIFICADO
1.- INTRODUCCIÓN: La municipalidad provincial de Aymaraes financiará la contratación de un profesional que elabore el estudio de inversión pública del proyecto: "MEJORAMIENTO CANAL Y RIEGO TECNIFICADO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE LAMBRAMA DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC" en la especialidad de Canal y Riego Tecnificado; en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública.
2.- ANTECEDENTES: El área donde se intervendrá con el proyecto comprende a la comunidad Campesina de Lambrama, los mismos que no disponen de un adecuado servicio de agua del sistema de riego, por lo que las familias no pueden desarrollar una agricultura intensiva, la mayor parte de la población vienen produciendo en condición de secano, cuentan con canal abierto de tierra y muchas se pierde por infiltración, los principales productos de esta zona son la papa, maíz, trigo, arveja y haba, con rendimientos muy bajos, producidos totalmente con tecnología orgánica pero que no es reconocida en el mercado, debido a una tecnología con que producen en una sola campaña no llegan a comercializar y con ello no logran mejorar su calidad de vida, en general existe un estancamiento en la producción agrícolacon bajos rendimientos, aplicación de tecnologías inadecuadas. Por las razones antes expuestas y a fin de poder solucionar este problema que aqueja a los pobladores de la comunidad Campesina de Lambrama, los productores de este sector vienen gestionando ante instituciones del estado para su formulación del estudio y ejecución, hasta ahora sin resultados. En ese sentido, la Municipalidad Provincial de Aymaraes asume la responsabilidad de elaborar el estudio del Expediente Tecnico del Proyecto "MEJORAMIENTO CANAL Y RIEGO TECNIFICADO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE LAMBRAMA DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC", a fin de revertir la necesidad con la intervención de dicho proyecto para promocionar el mejoramiento de la calidad de vida de sus pueblos.
2.1 Situación Negativa La limitada disponibilidad de recursos hídricos para irrigar las áreas agrícolas mencionadas.sumandose a ellos la deficient y limitada infraestructura de riego en cabecera de areas agricolas , perdidas de agua de riego en los canales de conduccion, distribucion. 3.- HIPÓTESIS DEL PROBLEMA Se ha logrado identificar a la comunidad Campesina de Lambrama, a partir de las diferentes manifestaciones declaradas por los pobladores, que el problema principal que afronta la población de la zona es el “Bajo Nivel De Producción y Productividad De Los Cultivos en la comunidad comunidad Campesina de Lambrama, Distrito de Chalhuanca, Provincia de Aymaraes”, debido a
la limitada disponibilidad de recursos hídricos para irrigar las áreas agrícolas mencionadas, y limitada infraestructura de riego en cabecera de áreas agrícolas, pérdida de agua de riego en los canales de conducción y distribución debido que el riego es a gravedad.
Hipótesis Específicas: Limitada disponibilidad de recursos hídricos. Pérdida de agua de riego en los canales de conducción y distribución.
Las hipótesis descritas en los términos de referencia son referenciales. El profesional, a través de la visita de campo y el diagnóstico, identificará la problemática real en la Comunidad de Lambrama.
4.-OBJETIVOS 4.1 Objetivo de la elaboración del Estudio .
El objetivo del Proyecto es el mejoramiento del servicio de agua para Riego de la comunidad de Lambrama, distrito Chalhuanca, con el fin de aumentar la cantidad y calidad de la producción zonal y así contribuir a un incremento sustentable de los ingresos de los productores para garantizar la producción agrícolas con productos que garanticen la seguridad alimentaria de los pobladores y el excedente a los mercados locales de la zona y las ciudades cercanas como es Chalhuanca. 4.2. Objetivo del término de referencia
El presente término de referencia tiene como objetivo establecer las condiciones técnicas/económicas, sobre las cuales se enmarcarán los servicios del consultor para la elaboración del Expediente Tecnico. Los alcances técnicos establecidos en el presente Término de referencia no son limitativos, el proyectista de considerarlo necesario podrá ampliarlos o profundizarlos pero no reducirlo, siendo responsable de todos los trabajos y estudios que realice en cumplimiento de dicho término de referencia.
4.3. Objetivo de la consultoría
Los aportes del proyectista deberán reflejarse en su propuesta técnica - económica, considerando que el objetivo principal del servicio, es contar con el Expediente Tecnicol viable y luego continuar con la fase de inversión. Por lo tanto, lo que se pretende con la elaboración del estudio de inversión es lograr lo siguiente:
Las obras que proponga el estudio deben ser las prioritarias para lograr el objetivo indicado en la viabilidad. Para la elaboración de los estudios, materia de la adjudicación, regirá los presentes términos de referencia. El consultor será responsable de todos los trabajos y estudios que realice en cumplimiento a los documentos contractuales y los presentes términos de referencia.
5.- MARCO LEGAL
Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nº 27293, Reglamento y demás normas complementarias. Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dirección General de Política e Inversión – DGPI del MEF o con la Oficina de Programación de Inversiones Sectorial - OPIS, según sea el caso, los proyectos que requieren aprobación de la DGPI o de la OPIS de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27293. Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de julio de 2014. Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado - Aprobado por DECRETO SUPREMO Nº 350-2015-EF. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01, Publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 09 de abril de 2011, que aprueba la directiva Nº001-2011-EF/68.01 Directiva General del Sistema Nacional De Inversión Pública.
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
5 REQUERIMIENTO MÍNIMO DE EQUIPO DE PROFESIONALES 5.1 Equipo de Profesionales Cuadro 01: Equipo de Profesionales- Roles y Funciones
CARGO
FUNCIONES
JEFE DE PROYECTO Ingeniero Agrícola
Cuantificación de la totalidad de áreas agrícolas comprendidas en el ámbito del estudio, determinando la demanda hídrica, evaluación del impacto ambiental y análisis de riesgos ambientales potenciales . Será el responsable de dirigir y coordinar técnicamente la elaboración del proyecto, con el equipo técnico. Realizar estudios a nivel de anteproyecto Realizar una propuesta de Plan de cultivos . Diseño agronómico y programación y plan de riego a nivel de los beneficiarios del proyecto. Planeamiento y diseños del esquema hidráulico.
6.- ASPECTO METODOLÓGICO DEL ESTUDIO 6.1 Enfoque Metodológico
El contenido del estudio del Expediente Tecnico se elabora teniendo en cuenta Para el desarrollo del estudio se debe realizar el trabajo de campo a través de talleres, entrevistas, encuestas, etc. con los beneficiarios; asimismo coordinar con las instituciones involucradas para asegurar la sostenibilidad del proyecto mediante compromisos y convenios con cada uno de ellos. Asimismo se debe realizar la recopilación de información mediante la recolección, síntesis, organización y comprensión de documentos y/o datos de campo, de fuentes secundarias (mapas, datos INEI, libros, revistas, etc.) y/o primarias (encuestas, cuestionarios, entrevistas entre otros). Con esta información se procederá a realizar el Diagnóstico de la situación de las condiciones actuales y pasadas (evidencias cuantitativas, cualitativas, fotográficas, etc.) y posteriormente el análisis del área de influencia y área de estudio, el análisis de la oferta y demanda del servicio, y el análisis de los involucrados con el proyecto. También se realizará el levantamiento topográfico y planteamiento del proyecto de ingeniería, para posteriormente desarrollar el Expediente Tecnico; para ello el equipo de profesionales hará uso de diversos instrumentos metodológicos como Guías, Pautas, Normas, Anexos, formatos y casos prácticos para elaborar el Expediente Tecnico de acuerdo al Sector que corresponde, emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.
También se realizará el levantamiento topográfico y planteamiento del proyecto de ingeniería, para posteriormente desarrollar el Expediente Tecnico; tomando en cuenta el reglamento nacional de edificaciones, reglamento de Metrados y demás normativa técnica vigente relacionada con el proyecto. El Término de referencia describe en forma general los alcances y actividades propias del estudio, que sin embargo, no son limitativas, debiéndose ampliar y profundizar en lo que considere necesario. 6.2 Fuentes y recopilación de información
El equipo de trabajo deberá de indagar, revisar y usar todos los antecedentes relevantes que existan y puedan ser aplicables al estudio en la elaboración, será información primaria o secundaria. Censo de Población y Vivienda INEI-2007 Estadísticas poblacionales. Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Aymaraes. Otros que corresponda.
6.3 Técnicas e instrumentos de recolección de datos
Se aplicarán entre otros los siguientes instrumentos: Entrevistas a profundidad Fichas de recolección de información Fichas de revisión de fuentes secundarias Talleres con grupos sociales Observación directa Encuestas relacionadas al servicio. Fichas de encuesta.
Los documentos y/o actas , encuestas de riesgos y peligros, y información adicional que se generen en el proceso de reco pilación de datos serán adjuntados al perfil como parte de los documentos de sostenibilidad. 6.4 Técnicas de procesamiento de la información
La información será procesada en formatos de hoja de cálculo para su exportación a un software estadístico para análisis socioeconómico, demanda oferta, evaluación social. Asimismo se utilizará el programa Ms Project para la programación del proyecto. 6.5 Contenido y Condiciones del servicio 6.5.1 Contenido del estudio
El proyecto surge como una propuesta de solución a problemas identificados en un proceso de planeamiento. La formulación del proyecto sólo debe realizarse luego de buscar optimizar los servicios a intervenir a través de medidas de gestión y/o gastos de capital menores.
En este sentido, el desarrollo del Expediente Tecnico deberá basarse en información obtenida de las visitas de campo (información primaria) y complementada con información Secundaria. La preparación de este estudio debe ser responsabilidad de un equipo multidisciplinario, en el que participan especialistas en los temas relacionados a la formulación del proyecto: evaluación social, a spectos técnicos, ambientales, gestión e implementación, entre otros. 1. RESUMEN EJECUTIVO A. Información general B. Planteamiento del Proyecto C. Determinación de la brecha oferta y demanda D. Análisis técnico del Expediente Tecnico.
2.
3.
4.
5.
E. Costos del PIP F. Evaluación Social G. Sostenibilidad del PIP H. Impacto ambiental I. Gestión del Proyecto J. Marco lógico ASPECTOS GENERALES 2.1. Nombre del proyecto y Localización 2.2. Institucionalidad 2.3. Marco de Referencia IDENTIFICACIÓN 3.1. Diagnóstico 3.2. Definición del problema, sus causas y efectos 3.3. Planteamiento del proyecto FORMULACIÓN 4.1. Definición del horizonte de evaluación del Proyecto 4.2. Determinación de la brecha oferta-demanda 4.3. Análisis técnico de las alternativas 4.4. Costos a precios de mercado EVALUACIÓN 5.1. Evaluación social 5.2. Análisis de Sostenibilidad 5.3. Impacto Ambiental 5.4. Gestión del Proyecto 5.5. Matriz de marco lógico para la alternative seleccionada
6. ANEXOS
Incluir como anexos cualquier información que precise conveniente los puntos considerados en este perfil y documentos de sostenibilidad. 6.5.2
Documentos de Sostenibilidad
6.5.3
Constancia y/o acta de priorización del proyecto emitida la Municipalidad Provincial de Aymaraes. Acta de libre disponibilidad de terreno Padrón de beneficiarios del área de influencia del Expediente Tecnico. Encuestas socio-económicas a la población del área de influencia. Autorización de uso de agua ante la Autoridad Local del Agua (ALA), de la fuente que abastecerá al proyecto. Acta de compromiso de operación y mantenimiento por parte de los beneficiarios y el cálculo del pago de tarifa de agua para riego. Otros documentos de vital importancia para la sostenibilidad y viabi lidad del proyecto.
Estudios Básicos de Ingeniería
Para un adecuado planeamiento y calidad técnica del proyecto, el jefe del proyecto de acuerdo al tipo de proyecto y envergadura deberá realizar y coordinar los siguientes estudios básicos: Estudio topográfico Estudio de Estimación de Riesgo. Estudio hidrológico
6.5.4
Relación de Planos
6.5.5
Plano de Ubicación y Localización, clave, topográfico, parcelario y esquema hidráulico. Plano de infraestructuras propuestas. Plano de Elevación de las infraestructuras propuestas. Plano elevación corte transversal. Plano corte de las infraestructuras propuestas. Plano topográfico.
Costos y presupuesto Alt. 01 y 02.
Presupuesto Análisis de Costos Unitarios Metrados/insumos. Panel fotográfico.
Los metrados y análisis de precios unitarios corresponderán estrechamente y estarán compatibilizados entre sí, en codificación, identificación, procedimientos constructivos, métodos de medición y bases de pago. Los metrados se efectuarán considerando las partidas de obra a ejecutarse, la unidad de medida, los diseños propuestos indicados en la planta, perfil longitudinal, secciones transversales, cortes longitudinales, diseño y detalles constructivos específicos. Los análisis de precios unitarios para cada partida del proyecto deberán considerar la composición de mano de obra, equipo, materiales y rendimiento correspondientes. Estos análisis se efectuarán detallados tanto para los costos directos, como los indirectos (gastos generales fijos y variables). El Presupuesto de Obra deberá ser calculado basado en los metrados de obra y los análisis de precios unitarios, diferenciando los costos directos, indirectos, gastos generales, utilidad y el IGV que corresponda. 6.5.6 Presentación de Informes
El estudio del Expediente Tecnico, será presentado en un único informe dentro de los quince (60) días calendarios de aprobado el Término de referencia, corresponde al estudio del Expediente Tecnico Culminado, y deberá estar suscrito por el Equipo de Trabajo y por cada profesional responsable en cada una de las especialidades. Una vez viabilizado el Expediente Tecnico, el estudio debe ser presentado en un (01) original y una (01) copia con su respectivo CD con los archivos correspondientes al estudio en los formatos en los cuales fueron creados e incluidos los estudios realizados en planta así como los especializados. Dicha presentación será considerada como un requisito de primer orden en la recepción final del Estudio Definitivo, en cuyo contenido debe figurar los textos en Microsoft Word; los cuadros y gráficos y la evaluación económica social en Microsoft Excel (oferta-demanda, balance- oferta, demanda, costos de inversión, operación y mantenimiento) y los planos además de la información topográfica. 6.5.7 Lugar y Forma de presentación del Servicio
De existir observaciones al Expediente Tecnico presentado, se le dará al Jefe del Proyecto un plazo prudencial en función a su complejidad para realizar el levantamiento y subsanaciones requeridas. Dicho plazo no podrá ser mayor a Diez (10) días calendario, y se contará a partir de la recepción de las observaciones por parte del Jefe del Proyecto. Si pese al plazo otorgado, el jefe de proyecto no cumple a cabalidad con el levantamiento de observaciones, la Municipalidad lo emplazará notarialmente para que satisfaga a cabalidad tal requerimiento en un plazo de cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato y sin perjuicio de la aplicación de penalidades correspondientes por incumplimiento.
El jefe del proyecto deberá adjuntar los pliegos de observaciones al Perfil correctamente absueltas con la debida responsabilidad y seriedad; para ello la Unidad Formuladora corroborará si las observaciones fueron absueltas antes de remitirlos a la OPI-MPA; caso contrario se le devolverá el estudio al Jefe del Proyecto y se considerará como no presentado. El Equipo de Trabajo presentará el Informe Definitivo correctamente elaborado a la Gerencia de Estudios y Proyectos de la Municipalidad Provincial de Aymaraes, previo coordinación con el equipo técnico para su revisión y registro en el Banco de Proyectos. El Informe Definitivo será presentado en ORIGINAL debidamente firmado, y hacer entrega de un CD con los archivos correspondientes al estudio. Toda la documentación que se presente deberá tener un índice y numeración de páginas, mostrarán el sello y firma de los profesionales del equipo técnico; asimismo cada especialista firmará en señal de conformidad los documentos de su especialidad. 6.5.8
Revisión, levantamiento de observaciones y aprobación del estudio a. Revisión
Evaluador revisará el Expediente Tecnico, en el plazo que estipula la directiva del SNIP y comunicará sus observaciones al equipo técnico de ser el caso. El periodo que permanece el perfil en la OPI para su evaluación, aprobación y/o Viabilización no es materia de contabilización dentro de los plazos señalados para la ejecución del contrato. La Oficina de Estudio y Proyectos será la responsable del monitoreo y seguimiento del estudio de preinversión. b.
Levantamiento De Observaciones
De existir observaciones al Expediente Tecnico presentado, se le dará al consultor un plazo prudencial en función a su complejidad para realizar el levantamiento y subsanaciones requeridas. Dicho plazo no podrá ser mayor a Diez (10) días calendario, y se contará a partir de la recepción de las observaciones por parte del consultor. Si pese al plazo otorgado, el consultor no cumple a cabalidad con el levantamiento de observaciones, la Municipalidad lo emplazará notarialmente para que satisfaga a cabalidad tal requerimiento en un plazo de Cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato y sin perjuicio de la aplicación de las penalidades correspondientes por incumplimiento. El consultor deberá adjuntar los pliegos de observaciones al Perfil correctamente absueltas con la debida responsabilidad y seriedad; para ello la Unidad Formuladora corroborará si las observaciones fueron absueltas antes de remitirlos a la Unidad Evaluadora; caso contrario se le devolverá el estudio al consultor y se considerará como no presentado.
c.
Aprobación
La Municipalidad provincial de Aymaraes, aprobará y/o viabilizará el Expediente Tecnico a través de la Unidad Evaluadora de la Municipalidad Provincial de Aymaraes. Labores post – estudio: El consultor atenderá las consultas y aclaraciones que le sean solicitados y planteadas por la entidad, en un plazo no mayor de 72 horas. El consultor es responsable absoluto del estudio que realiza, deberá garantizar su calidad y responder por el trabajo realizado, por un periodo de 03 años, desde la fecha de aprobación y/o viabilización del estudio por lo que en caso de ser requerido por la entidad, para absolver consultas no podrá negar su contestación y/o concurrencia. 6.5.9
Penalidades
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Municipalidad Provincial de Aymaraes, podrá tomar las acciones correspondientes al incumplimiento, hasta la posibilidad de la resolución del contrato. Asimismo, la Entidad considera la aplicación de otras penalidades según la lo establece el Artículo 133º, 134º Y 149º del Reglamento de la Ley de Contrataciones vigente. En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicará al Consultor una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Para plazos menores o iguales a treinta (30) días, para bienes, servicios y ejecución de obras: F = 0.40. Para plazos mayores a treinta (30) días: - Para bienes y servicios: F = 0.25. - Para obras: F = 0.15.
6.5.10 Resolución del contrato
En caso que el consultor no cumpla con el plazo establecido (60 días calendarios) para la presentación del Estudio de Pre inversión correctamente elaborado para su aprobación, la MPH con la Sub Gerencia de estudios, Gestión de Inversiones CTI lo emplazará notarialmente para que satisfaga tal requerimiento en un plazo de Cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato y sin perjuicio de la aplicación de las penalidades correspondiente s por incumplimiento. 6.5.11 Recepción y conformidad del estudio
La recepción y conformidad del servicio será responsabilidad de la Unidad de Estudios, Gestión de Inversiones y CTI, que verificará el cumplimiento de las condiciones contractuales. La MPH a través de la Sub Gerencia de estudios, Gestión de Inversiones CTI otorgará la conformidad del servicio luego de la declaratoria de viabilidad e Informe Final por parte de la Unidad Evaluadora – MPH y/o de la DGPI del MEF, si fuera el caso.
7.- COSTOS Y FORMA DE PAGO: La modalidad de ejecución del expediente técnico será por Administración Indirecta. El valor referencial del servicio par a la elaboración del presente expediente técnico asciende a la suma de S/. 5,000.00 (Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), monto que incluye los impuestos de ley y todos los conceptos necesarios para la consecución de los objetivos del presente servicio.
Pago Único.- 100% del Monto Contratado: El pago se realizara al 100% a la entrega del expediente técnico del proyecto: Proyecto "MEJORAMIENTO CANAL Y RIEGO TECNIFICADO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE LAMBRAMA DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC", ante la gerencia de infraestructura de la municipalidad, entregando dos (02) originales debidamente anillado, sellado y firmado, así mismo un (01) CD con toda la información digital del expediente técnico. El pago procede con la revisión, verificación y aprobación del informe por parte de la gerencia de infraestructura, y la resolución correspondiente por parte de la autoridad competente de la municipalidad provincial de Aymaraes. En el caso que el Expediente Técnico sea OBSERVADO, el consultor tiene la obligación de levantar los mismos hasta su conformidad, en dicho caso no se le reconocerá monto alguno mientras se mantenga dicha condición.
ANEXOS: Incluir como anexos toda información que sustente cada uno de los puntos considerados en este estudio.
10.- RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR: a.- El consultor asumir á la responsabilidad técnica total por los servicios profesionales prestados par a la elaboración del expediente técnico. b.- La revisión de los documentos y planos por parte de la gerencia de infraestructur a de la municipalidad provincial de Aymaraes, durante la elaboración del estudio, no exime al consultor de la responsabilidad final y total del mismo. c.- El consultor también será responsable por la precisión de los metrados del proyecto, los cuales deben ser congruentes con los metrados reales de la obra. d.- PLAZO MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR: En atención a que el consultor es el responsable absoluto del estudio que realiza, deberá garantizar la calidad del estudio y responder del trabajo realizado, de acuerdo a las normas legales durante los siguientes tres (03) años, desde la fecha de aprobación del expediente técnico por parte de la gerencia de infraestructura de la municipalidad provincial de Aymaraes; por lo que, en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección, no podrá negar su concurrencia. 11.-
RECURSOS MÍNIMOS HUMANOS PROPORCIONAR EL CONSULTOR:
Y
OPERACIONALES
QUE
DEBERÁ
11.1.- Recursos Mínimos Profesionales – Equipo Profesional Responsable: Experiencia del Consultor: El consultor, deberá contar con experiencia mínima de haber participado en la elaboración de Expedientes Técnicos de por lo menos cinco (05) estudios de expedientes técnicos canales de riego tecnificado, en los últimos 05 años, sustentados con copia simple de contrato con su respectiva constancia o conformidad de servicio, cuyo valor mínimo sea igual del valor referencial. En el caso que dicha experiencia se acredite mediante servicios cuya participación haya sido en consorcio, deberá adjuntarse copia del contrato de consorcio. El consultor deberá contar con un plantel profesional que a su juicio sea idóneo, suficiente, con experiencia comprobada y amplios conocimientos, para cumplir los alcances del servicio. Siendo el mínimo indispensable el siguiente:
Jefe del Proyecto:
diploma, constancia o certificado correspondiente, con experiencia no menor a 03 años y como jefe de proyecto o consultor y/o formulador en la elaboración de proyectos en general. Tendrá a su cargo la elaboración del Expediente Técnico del proyecto"MEJORAMIENTO CANAL Y RIEGO TECNIFICADO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE LAMBRAMA DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC", Esta relación no es limitativa y las actividades o servicios que efectúen no son necesariamente exclusivos, pudiendo ocupar uno de los profesionales especialistas el cargo de Jefe del Proyecto. Las constancias o documentos sustentatorios deben tener al menos, nombre del proyecto, fecha en que se llevó a cabo el proyecto y el tiempo en que el referido profesional prestó sus servicios, datos de la entidad o empresa a la cual brindo el servicio. No estar impedido para contratar con el estado. Estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores: Capítulo de Consultor. Curriculum Vitae Documentado. Acreditar su experiencia habiendo participado en la elaboración de expedientes técnicos, debiendo sustentar los requisitos mínimos en el presente término de referencia en temas de proyectos a fines. Se adjuntará cartas compromiso firmadas por cada uno de los profesionales propuestos, en la que se plasme su compromiso para participar en la elaboración del proyecto a realizar.
Todo el personal asignado al proyecto, deberá ser por el tiempo y en la oportunidad que requiera el proyecto. Para la buena ejecución el cual cumplirá con el perfil profesional líneas arriba para el estudio (expediente técnico), cada especialista cumplirá con la “Guía de Contenidos del Expediente Técnico para Solicitudes de Financiamiento en Obras de Infraestructura Educativa” del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, además de parámetros, metodología y normas técnicas que se dispongan; de acuerdo a los plazos y condiciones técnicas y administrativas.
12.- CONSIDERACIONES FINALES: a.- El consultor deberá desarrollar el trabajo en estrecha coordinación con la entidad y su oficina técnica correspondiente asignada para este fin, según cronogramas establecidos. b.- Los gastos que ocasione la participación de profesionales especialistas y del personal técnico de apoyo (digitadores, dibujantes, etc.), así como los estudios necesarios, estarán a cargo del consultor. c.- La entidad proporcionará al consultor la documentación técnica existente relacionada con la intervención y otros documentos disponibles referidos al expediente técnico y las facilidades para el desarrollo del presente trabajo.
d.- La responsabilidad del consultor, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, rige durante la fase de convocatoria y la ejecución de la obra, en la que deberá absolver las consultas inherentes al expediente técnico y aún después de ejecutada la obra; es decir, es responsable por las fallas del expediente técnico en las que haya incurrido. e.- Los informes elaborados por el consultor, que se deriven de la ejecución del presente contrato, tienen el carácter de reservados y son de uso exclusivo de la municipalidad provincial de Aymaraes, no pudiendo revelarse el contenido a personas distintas o entidades ajenas a estas instituciones, salvo con autorización expresa del municipalidadprovincial de Aymaraes. La presente reserva es extensiva a toda información de carácter administrativo, contable, financiero, comercial, laboral, etc., a que tenga acceso en virtud de los servicios que presta. El consultor debe contar con las siguientes especialidades en el Registro Nacional de Proveedores: Consultoría en obras de canals de riego tecnificado.