i e t o i l b i b a l a n ó i c c u d o r t n
I :
e i r e
S
Biblioteca
Ca t a l o g a c i ó n DE MONOGRAFIAS IMPRESAS Graciela Graciela Spedalieri Spe dalieri
Alfa Alf a g ra n a Ediciones
Graciela Spedalieri
Ca t a l o g a c ió n
DE MONOGRAFÍAS IMPRESAS
Alf A lf agram ag ram a Ediciones
Spedalieri, Graciela Catalogación de monografías impresas / Graciela Spedalieri. - ía ed. - Buenos Aires : Alfagram Alfa gram a, 2007. 2007 . 350 p. p. ; 23 cm. - (Biblio teca Alfagrama. Introducción a la bibliot eco nom ía) ISBN ISBN 978-987-1305-20-9 1. Bibliotecología. 2. Catalogación. 3. Descripción bibliográfica. 4. Reglas de catalo gació n Anglo amer icana. I. Título. II. II. Serie. CDD 025.32
Al A l f ag r am a Edic Ed ic io nes S.R.L 547 547 - 2- of. A (C1066AAK) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4342-2452 E-Mail:
[email protected] www.alfagrama.com.ar Bo l í v a r
Corrección: Ernesto Gutiérrez Composición y armado: Diego Soler Diseño de Tapa: Diego Soler
La reproducción total o parcial de este libro, en cualquier forma que sea, idéntica o modifica da, escrita a máquina, por sistema “multigraph”, mimeógrafo, impreso por fotocopia, fotodupticación, etcétera, no autorizada por los editores, viola derechos reservados. Cualquier utili zación debe ser previamente solicitada.
Primera edición, abril 2007 Impreso Impreso en Argentina - Printed in Argentina Queda hecho el depósito que previene la ley 11.723
© 2007 Alfagrama S.R.L. ediciones
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In d i c e
Ca p í t u l o
1
Or g a n i z a c i ó n d e l a i n f o r m a c i ó n
Control bibliográfico 1.1.1 .1.1 Concepto y ne ce sida si da d 1.1
....................
.......................................................................
14 14
1.1.2 .1.2 Herramientas Herramientas de control bibl bi blio iogr gr á fic o 19 1.2 Catálogos ........................................................................................ 26 1.2.1 .2.1 Concepto Concepto y o b je tiv ti v o s 26 1.2.2 1.2.2 Tipos de ca tá log lo g os ............................................................................39 ................................................
.......................................................................
Ca p í t u l o
2
E l r e g i s t r o b ib ib l io io g r á f i c o 2.1 2.2 2.3
Modelo del universo bibliográfico 54 Patrones Patrones de p u bl ica ció n ............. ................... ............ ............. .............. ............ ............ ............. ............. .......... ... 63 Concepto y componentes del registro bibliográfico 66 ....................................................
...........................
Normas bibliográficas 71 2.4. 2.4.1 1 Normas de descripción y acceso bibl bi blio iogr gráf áfico ico ....................................72 2.4.2 Reseña Reseña histórica del desarrollo de de los códigos de cata catalo loga gaci ción ón . . . . 73 2.4
.......................................................................
2.4.3 2.4.3 Normas de codificación ................................................................... 87 2.4.4 2.4.4 Principales Principales característ características icas de las A A C R 2 R 91 ..........................................
6
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o gr g r a f í a s i m pr pr e s a s
Ca p í t u l o
3
i ó n b ib ib l i o g r á f i c a D e s c r i p c ió
3.1 Paut Pautas as gen genera erales les para para la reco recolec lecció ción n de d a t o s ..... .. ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... .....97 3.2 Organización y elementos: pautas pautas generales 100 para para la trasc trascrip ripció ción n de info inform rmac ación ión ..... .. ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... ... 100
3.2.1 3.2.2 3.2.3 3.2.4
Puntuación ....................................................................................100 Niveles de descripción ........................ .................................................... ........................................... ............... 102 102 Fuentes Fuentes de info in form rmac ació ión................................................ n................................................................... ...................1105 Idioma, Idioma, escritura, escritura, inexactitudes ........................ .................................................... ................................10 1077
3.3 Descripción en general, para libros libros 109 y otro otros s mater teriale iales s monográfi ráfic cosimpresos ...................................... 109
3.3.1 Área del título títu lo y de la mención mención deresponsabilidad deresponsabilidad ...........................110 3.3.2 Área de la edición 130 130 3.3.3 Área de los detalles específicos del materi material al (o tipo de publicación) ............................ .................................................... ....................................... ............... 135 3.3.4 Área de publicación, distribución, dis tribución, etc........................................ etc................................................13 ........1355 3.3.5 3.3 .5 Área de la descripción física ............................ .................................................... ...............................147 .......147 3.3.6 Área de la s e r i e ........................ .................................................... .................................................... ..........................15 ..1588 3.3.7 Área de tas tas n o t a s ............................ .................................................... ................................................1 ........................164 64 3.3.8 Área del número normalizado normal izado y de las » condiciones de disponibilidad.......................................................176 180 3.4 Descrip escripció ción n para para otro otros s tipos tipos de materi mat eriale ales.. s..... ..... .... ..... ...... ..... .... ..... ...... ..... .... ..... ...... ...180 ........................ .......................... .......................
Ca p í t u l o
4
El e c c i ó n d e l o s p u n t o s d e a c c e s o
185 185 4.1. 4.1.11 Fuente de información inform ación ............... ....... ................ ................ ................ ............... ............... ................ ............. ..... 187 187 4.1.2 4.1.2 Otras reglas reglas preli pr elimi mina nare res........................................ s................................................................. .........................18 1888 4.1.3 4.1.3 Cambios ............................ .................................................... .................................................... .................................... ........ 188 188 4.1 Punto Punto de acceso principal principal y puntos deacceso deaccesosecundarios secundarios
..............
4.2 Tipos de responsabilidad según la naturaleza naturaleza delres delrespons ponsabl able e . . . 190 190
4.2.1 4.2.1 4.2.2 4.2.33 4.2. 4.2.4
Autoría p ers er s o n al............................ al .................................................... ................................................ ..........................19 ..1922 Responsabil Respo nsabilidad idad corporativa ...........................................................19 ...........................................................1922 Responsabilidad no determin dete rminada ada 200 200 Título como punto de acceso principal ............................ ...........................................202 ...............202 203 4.3 Tipos Tipos de responsabil responsabilidad idad por número número deresponsables deresponsables 4.3.1 4.3 .1 Responsabilid Respon sabilidad ad única ................................................................ ................................................................... ...203 203 ....................................................
...................
Ca pí pí t u l o 1. 1. Or g a n i za za c i ó n de l a i n t c r m a c ió ió n
4.3.2 4.3. 4.3.2. 2.1 1 4.3.2.2
7
Responsabilidad Respons abilidad múltiple 207 Responsabil Responsabilidad idad co m pa rtid a 208 Colecciones ....................................................................................21 ....................................................................................212 2 ..............................................................
..........................................................
4.3.2.3 Responsabilida Respo nsabilidad d mixta ................................................................... 216 216 4.3.2.3.1 4.3.2.3.1 Responsabilida Respon sabilidad d mixta mixta en obras ya existentes 217 217 ...............................
4.3.2.3.2
Responsabilida Respon sabilidad d mixta en obras nu ev as .......................................... 227
4.4 Reglas Reglas especiales: especiales: publicacione publicaciones s le g a le s 4.4.1 Leyes y decretos con fuerza fuerza de ley 4.4.2 Constituciones
228 229 231 231
......................................
................................................
.........................................................
4.4.3 4.4.3
,
................
Reglament Reglamentos os adm inis tra tivo s................ s...................... ............ ............. ............. ............. .............. ...........232 ....232
Ca p í t u l o
5
Fo r m a d e l o s p u n t o s d e a c c e s o
5.1 Contro ntroll de autoridades...... autoridade s............. ............. ............. ............. ............ ............. .............. ............ ............ .........235 5.2 Forma rma de los los nom nombres bres ...... ... ...... ....... ....... ...... ...... ...... ...... ....... ....... ...... ....... ....... ...... ....... ....... ...... ....... ....... ...238 238 5.2. 5.2.1 1 Nombres Nombres pers pe rs on ale s 238 5.2. 5.2.1. 1.1 1 Elección del n o m br e....................................................................... e.. ..................................................................... 238 .......................................................................
5.2.1.2 5.2.1.3 5.2.1.3
Elección Elecci ón de la forma delno del no m br e................. e........................ .............. ............. ............ ............ ...........244 .....244 Elección del elemento deorden deorden ......................................................247
5.2.2 Nombres geográficos geográ ficos 267 5.2.3 5.2.3 Nombres Nombres de e n tid ti d a d e s ............. .................... .............. ............. ............. .............. ............ ............ ............. ........ .. 272 .....................................................................
Ca p í t u l o 6 Tí t u l o s u n i f o r m e s
6.1 Conc Concep epto to y func fu nción ión..... ............ ............. ............. ............. ............ ............. .............. ............ ............ ............. ........ ..3 311 6.2 6.2 Reglas glas gene genera rale les s ........... .... ............. ............ ............ ............. .............. ............ ............ .............. ............. ........... .....31 314 4 6.2.1 Forma 3*4 3*4 6.2.2 Puntos de acceso secundariosy secundarios y referenci referencias as ..................................... 316 316 ............................................................................................
6.3 Títulos un uniform iformes es indi in divid vidua uales les
......................................................
317 317
6.3.1 6.3.1 Obras posteriores a 1500 1500 ............................................................... 317 317 6.3.2 Obras anteriores a 1500 1500 ................................................................. 3*7 3*7 6.3.3 6.3.3 Adiciones a los títulos un ifo rm es 31S 31S ....................................................
6.4 Títulos Títulos un unifo iform rmes es cole colect ctivo ivos s ...... ... ...... ....... ....... ...... ....... ....... ...... ....... ....... ...... ....... ....... ...... ...... ...... ..... ..324 324 6.5 Reglas especiales especial es para obraslegales obraslegales y religiosas 327 .........................
6.5.1 6.5.1
Leyes, etc........................................................................................ 327
8
Ca t a l o g a c ió ió n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
6.5.2 Tratados in tern te rn ac ion io n a les..................... le s................................ ....................... ........................ .................... ........33 331 1 6.5.3 Sagradas escrituras ........................ .................................... ........................ ........................ ......................333 ..........333
Ca pít u l o 7 C a t a l o g ac ió n a n a t ít i c a 7.1
337 Concepto.....................................................................................337
338 7.2 Métod étodos os de análisis. anál isis............... ............................ .............................. .............................. ........................ ..........338 7.2.1 7.2.1 Puntos de acceso secundarios analíticos
........................................
339
7.2.2 Análisis An álisis de series monográficas y monografías en varias partes.......................................................339 7.2.3 Análi An álisis sis en el área de las notas ......................... ........... .......................... ......................... ................340 ...340 7.2.4 Descripción en varios n ive iv e les.................... le s................................ ........................ ........................ ............... ... 341 341 7.2.5 7.2.5 Analíticas Ana líticas de “ En” En” ........................ .................................... ........................ ........................ ........................ ..............342 ..342 7.3 7.3 Análisis Análisis de publi publica cacio cione nes s perió periódi dica cas s ...... ... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ...344
Bibliografía General
347
Ca p í t u l o 1
a n i z ac ac i ó n Or g an DE LA INFORMACIÓN
lo largo del tiempo, la humanidad ha acumulado un vasto conjunto de conocimientos. Ese conocimiento es transmitido de diversas maneras. La oralidad es una de ellas: una persona transmite verbalmente un conocimiento o información a otra persona, que lo memoriza, y luego a su vez lo transmite a otra, conformando una cadena que permite conservar y difundir el conocimiento. Otra manera de transmitir el conocimiento es registrarlo, inscribirlo de alguna forma en en un un objeto o soporte soport e externo para que pueda ser luego luego tomado desde ese soporte por otras personas. El conocimiento así registrado puede superar obstáculos como el tiempo y la distancia. A
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Se crea entonces una categoría particular de objetos, objetos que contienen conocimiento o información, que podemos denominar entidades portadoras de información. Estas entidades pueden ser objetos tangibles: las tabletas de arcilla utilizadas por los sumerios, los rollos de papiro de los antiguos egipcios, los libros de papel, tos discos magnéticos u ópticos, las cintas de video; todos ellos son objetos tangibles que contienen conocimientos o información de diferentes tipos. Hasta hace relativamente poco tiempo, todas las entidades portadoras de información eran tangibles; el advenimiento de redes de computadoras, en pequeña escala o a escala mundial, como Internet, ha traído consigo un nuevo tipo de entidad portadora de información, que es intangible para quien la consulta. Los documentos digitales almacenados en una computadora remota, a los que se accede a través de la World Wide Web, son también entidades portadoras de información, aunque quien accede a ellas no pueda tenerlas en sus manos. Cuando la información ha sido registrada, una persona que necesita información a la que llamaremos usuario (de la información o de los servicios de información), sólo tiene que seleccionar el objeto que contiene la información que necesita, y recuperar esa información. Mientras la cantidad de entidades portadoras de información disponibles es reducida, es posible seleccionar la entidad adecuada mediante un examen directo. Cuando el universo de entidades portadoras de información es limitado (por ejemplo, la pequeña biblioteca particular de una persona), el encuentro entre quien necesita información y las entidades que la contienen se da a partir del examen directo, hasta hallar la entidad que se corresponde con la necesidad de información. Cuando el universo de entidades portadoras de información se expande, ya no es posible la selección de entidades mediante un examen directo. En una colección de varios cientos o miles de entidades portadoras de información, no resulta efectivo hacer una revisión directa de cada una para encontrar aquellas que satisfagan una determinada necesidad de información. Cuando Cuand o se llega a un punto en el que el encuentro directo di recto entre quien necesita información y las entidades que la contienen ya no es posible, es necesario crear mecanismos que permitan organizar el conjunto de entidades existentes y realizar una selección de las entidades que puedan responder a una necesidad específica de información antes de revisarlas directamente, de manera que sólo se acceda a las entidades que se sabe, o se estima con cierto grado de certeza, que contienen información que responde a la necesidad que origina la búsqueda. La recuperación de la informa-
Ca pí p í t u l o 1. Or g a n i za za c i ó n de l a i n f o r ma c i ó n
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ción registrada en entidades portadoras de información depende de que éstas hayan sido previamente organizadas de alguna manera. Diferentes tipos de instituciones se encargan de facilitar el acceso a la información registrada. Las bibliotecas, archivos, museos, servicios de información, etc., se encargan de organizar conjuntos de entidades portadoras de información para que puedan ser utilizadas por los usuarios. Si bien cada tipo de institución tiene objetivos diferentes, y en general trabaja con entidades portadoras de información de distinta naturaleza, básicamente todas se encargan de: • Reunir entidades portadoras de información, seleccionando de entre la enorme cantidad de materiales existentes, aquellas que son de relevancia para la institución (según el tipo de institución, su especialidad temática, las características de sus usuarios, etc.). Por ejemplo, un museo de numismática coleccionará monedas, una biblioteca infantil coleccionará libros y otros materiales destinados a los niños, un archivo histórico coleccionará documentos originales de valor histórico. • Organizar las entidades portadoras de información, ordenándolas física e intelectualmente; crear listas de las entidades reunidas, es decir, registrarlas, haciéndolas accesibles a una multitud de demandas individuales La organización de las entidades portadoras de información supone la existencia y aplicación de técnicas adecuadas. Por ejemplo, las bibliotecas crean catálogos y ordenan físicamente las entidades de su colección para poder recuperarlas. • Dar acceso a las entidades portadoras de información, para que los usuarios puedan recuperar la información contenida en ellas, y así satisfacer sus necesidades informativas. Los museos exhiben sus colecciones, los archivos facilitan la consulta de sus documentos, las bibliotecas prestan o permiten la consulta de sus recursos, etc. Algunas instituciones instituci ones cumplen cumplen además otra función: función: la de preservar entidades portadoras de información, como una manera de conservar para el futuro el conocimiento y la información que la humanidad ha ido acumulando a lo largo de los siglos. Es una función de primordial de los archivos y los museos; entre las bibliotecas, algunas la cumplen (por ejemplo, las bibliotecas nacionales), y otras no.
14
ió n Ca t a l o g a c ió
1.1
Control bibli ográfico
1.1.1
Concepto y necesidad
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
El conjunto de conocimientos e información que la humanidad ha desarrollado y continúa desarrollando, se registra, para ser transmitido, en entidades concretas, a las que genéricamente denomina mos entidades portadoras portado ras de información información.. Una denominación más especí fica para las entidades reunidas y organizadas por las bibliotecas es recurso bibliográfico. bibliográfico. El término no debe entenderse como restrictivo a un solo tipo de material, el libro, o a los materiales impresos en general. Se uti liza en un sentido amplio: un libro es un recurso bibliográfico, pero tam bién lo es un CD-ROM, o un videocasette, o incluso un documento elec trónico disponible en la World Wide Web, en la medida en que la biblio teca lo coleccione, organice y dé acceso a él. El conjunto de los todos recursos bibliográficos existentes, el universo bibliográfico, es muy exten so, y se expande cada vez más. Para hacer posible la recuperación del conocimiento/información contenido en ese universo, es necesario ejercer sobre él un cierto control, que permita conocer la existencia de los recur sos que lo componen, identificarlos, y recuperarlos cuando sea necesario. Ese control se denomina control bibliográfico. El control bibliográfico se ejerce sobre los recursos bibliográficos como entidades portadoras de información, no sobre la información en sí misma. El control bibliográfico apunta a identificar y organizar las entida des concretas que contienen la información; no se trata de organizar ideas, sino entes que contienen ideas registradas. El control bibliográfico no es una organización filosófica del conocimiento (aunque se valga de algunas herramientas que sí lo son), sino una organización de objetos concretos, tangibles o intangibles, con el fin de hacer que la información contenida en ellos pueda ser recuperada y utilizada. El control bibliográfico puede definirse como el conjunto de métodos y operaciones mediante los que se registran y organizan los recursos que componen el universo bibliográfico, para que puedan ser identificados y recuperados en respuesta a una búsqueda. Implica la creación y almace namiento de información bibliográfica según normas establecidas, y su manipulación para la recuperación. Por ejemplo, hacer una lista de libros o artículos de revistas sobre un tema de nuestro interés es un intento de controlar una porción del universo
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bibliográfico. Supone elegir determinados datos para describir un recurso bibliográfico; ordenar y registrar esos datos en una unidad de información que represente al recurso, a la que denominaremos registro; almacenar los registros en un archivo, es decir, guardarlos, organizados de alguna mane ra; y operar sobre ellos para recuperarlos cuando sea necesario. Un archi vo pequeño, como una lista breve de libros o artículos, no requiere de una organización muy compleja ni de gran cantidad de datos para describir cada recurso, y la recuperación de la información bibliográfica es directa. A medi da que el archivo crece, la organización se hace más compleja, e incluso puede que sea necesario incluir mayor cantidad de datos en los registros, para que éstos permitan distinguir recursos similares entre sí. En una biblio teca personal que contiene una sola obra de Jorge Luis Borges, una lista que incluya el nombre del autor y el título, ordenada por el apellido del autor, puede ser suficiente como registro de esa pequeña porción del uni verso bibliográfico. En una biblioteca especializada en literatura argentina, que posea todas las obras de Borges, y algunas en varias ediciones, o en distintos idiomas, no será suficiente registrar el autor y el título; muchos otros elementos serán necesarios para que cada registro permita identificar el recurso que describe, y la cantidad de registros hará necesario un orde namiento más complejo. Esto requerirá una serie de operaciones, para las que se necesitarán instrucciones y herramientas. Estas operaciones consti tuyen el control bibliográfico. Ronald Hagler (1997, p. 13)1, identifica cinco operaciones fundamenta les del contr co ntrol ol bibl b ibliog iográf ráfico ico,, que Arlene Arlen e Taylor Taylor (1999 (1999,, p. 2)2 aumenta a las seis siguientes: 1. Identificar Identificar la la existencia de todos los recursos bibliográficos que sea posib po sible, le, en todo to doss los sopo so port rtes es
La existencia de un recurso bibliográfico no tiene en la práctica nin guna relevancia si no es conocida. Si un autor publica un libro, pero éste no es distribuido, no tiene ningún valor como entidad portadora de información. Si una persona crea un sitio Web, pero ningún buscador lo recupera, y ningún otro sitio tiene enlaces a él, es como si no existiera. Para que los recursos bibliográficos pue1. HAGLER, Ronald. 1997. The bibliographic record and Information technology. 31-d ed. Chicago: American Library Assoc iation. iatio n. 394 p. ISBN 0-8389-0707-5 The organ izaro n o f information. information. Englewood: Librarles Unlimited. 280 p. 2. TAYLOR, Arlene G. 1999. The ISBN 1-56308-498-8
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Ca t a l o g a ci ci ó n
de m o n o g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
dan transmitir la información que contienen, su existencia debe ser conocida. Los productores y distribuidores de recursos bibliográfi cos se valen de distintos medios para darlos a conocer (catálogos de editoriales, publicidad, reseñas, inclusión en buscadores o direc torios para recursos en la World Wide Web, etc.) 2. Identificar las obras contenidas en los recursos bibliográficos o como parte de ellos
Esta es una distinción muy importante para la tarea de controlar el universo bibliográfico. Es necesario distinguir un recurso bibliográ fico, como objeto que contiene información, de la o las obras que ésta contiene. Un libro es un recurso bibliográfico, que puede con tener una obra (Hamlet), un conjunto de obras (las tragedias de Shakpeare), o parte de una obra (fragmentos de Hamleí). El control bibliográfico debe permitir identificar no sólo el recurso, como enti dad portadorz de un contenido intelectual, sino cada unidad de contenido intelectual incluida en él. 3. Reunir recursos bibliográficos de manera sistemática para formas colecciones
Esta tarea se asocia generalmente a las bibliotecas, pero puede realizarse también en otros ámbitos: una oficina, el hogar, etc. Hasta hace pocos años, las colecciones eran entendidas como el conjunto de recursos bibliográficos que una institución poseía y albergaba. Actualmente, con la existencia de recursos bibliográficos de acceso remoto, que no se poseen pero a los que se puede acce der, esta definición se ha ampliado: una colección es el conjunto de recursos bibliográficos que una biblioteca posee, o a los que puede dar acceso. 4. Producir listas de recursos bibliográficos y obras, preparándolas según reglas normalizadas
Estas listas pueden ser de distinto tipo (catálogos de bibliotecas, bibliografías, índices, catálogos de museos, etc.) y presentarse en distintos formatos físicos (impresas, en soportes digitales, en línea). Deben ser construidas de acuerdo con normas de aceptación general, para poder ser utilizadas lo más ampliamente posible. 5. Proveer todos los puntos de acceso necesarios en estas listas, incluyendo al menos acceso por nombre, título y materia
Para que las listas tengan realmente utilidad, debe ser posible acceder a la información sobre los recursos que contienen a tra vés de distintos elementos, aquellos que son los más comúnmen te utilizados para identificarlos. Quien busca un recurso bibliográ-
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de l a i n f o r ma c i ó n
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fico en particular conoce seguramente su autor o su título, cuando no ambas cosas. Quien no conoce la existencia de un recurso en particular, sabe al menos que busca alguno sobre determinado tema. Para optimizar los resultados de la búsqueda, estos elementos son normalizados para que se presenten siempre de manera consistente, y se colocan en el registro de forma tal que actúan como “puerta de entrada” a la descripción del recurso. La provisión y normalización de los puntos de acceso constituye probablemente el grueso de la tarea de crear registros, pero es la que garantiza una mejor calidad en el resultado de la búsqueda. En listas en formato digital, es posible realizar búsquedas utilizando lo que se denominan palabras clave, es decir, cualquier palabra presente en el registro. Este es el método que utilizan muchos de los buscadores de Internet: buscan la/s palabra/s en el texto completo de las páginas Web que incluyen. Pero cualquiera que haya hecho una búsqueda de este tipo sabe cuán frustrante puede ser obtener como resultado cientos o miles de citas, que una vez revisadas demuestran contener sólo una mención ocasional de aquello que se está buscando. En cambio, cuando la búsqueda se hace no sobre el texto compjeto de un recurso o su registro, sino sobre una serie de elementos que han sido elegidos porque son los más representativos para identificar al recurso, y que además han sido sometidos a un proceso que asegura la consistencia en su forma, la relevancia de los resultados de una búsqueda es muy superior. 6. Proveer los medios para localizar y acceder a cada recurso bibliográfico, o una copia del mismo
Identificar la existencia y relevancia de un recurso es, desde la perspectiva del usuario, sólo una etapa en la búsqueda de información: la búsqueda no estará completa sin el acceso a ese recurso. En la medida en que el usuario disponga de datos sobre la localización física de los recursos (la indicación de que una determinada biblioteca los posee y su ubicación física dentro de la biblioteca, la localización de un recurso electrónico en la World Wide Web), podrá completar su búsqueda. Tradicionalmente, los catálogos de aquellas instituciones que disponen de colecciones han sido capaces de proveer al usuario los medios para que puedan completar su búsqueda, mientras que otros instrumentos (bibliografías, índices), apuntan solamente a hacer conocida la existencia de los recursos bibliográficos, sin proveer necesariamente los medios directos para
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Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
obtenerla. Acceder a un recurso es tanto obtener el recurso en sí mismo (por ejemplo, acceder a un libro a través de préstamo Interbibliotecario), como obtener una copla o acceder a una versión digital. Para los recursos de Internet, la práctica generalizada es proveer la ubicación de cualquier recurso que se cita, dando su URL (localizador uniforme de recurso); la dificultad con este tipo de recurso es que las localizaciones no son permanentes (un sitio Web cambia de ubicación dentro de un servidor, se muda, desaparece, etc.), de modo que se vuelve también difícil Identificar la ubicación de un recurso de manera permanente. Desde una perspectiva amplia, el control bibliográfico excede las tareas que se realizan en una Institución para el control de sus propias colecciones. La definición de control bibliográfico que ofrece el Glosario ALA de bibliotecología y ciencia de la información información lo sitúa en un contexto más amplio: Un término que abarca una serie de actividades bibliográficas: registros bibliográficos completos para todos los documentos a medida que se public an; normalización norm alización de la descripción bibliográfica, provisión de acceso físico a través de consorcios, redes, redes, u otros empre ndimientos cooperativos; y provisión de acceso acceso bibliográ fico a través de la compilación y distri bución de catálogos colectivos y bibliografí biblio grafí as temáticas y a través de centros de servicios servicios biblio gráficos3 gráfic os3..
Esta enumeración de distintos aspectos que conforman el control bibliográfico presenta los pilares fundamentales en tos que éste se basa. En primer lugar, el control desde la producción misma del documento, mediante la creación de registros lo más completos posible, de manera de asegurar que todos los documentos que Integran el universo bibliográ fico estén Identificados y puedan ser recuperados. Los programas de cata logación en la fuente o catalogación en publicación4 son ejemplos de con trol desde la producción del recurso, como también la provisión de metadatos por parte del creador de un recurso electrónico en línea. El control
3. Glosario ALA de bibliotec ología y ciencias de la información. información. 1988. Hear tsill Young editor. editor. Madrid: Díaz de Santos. 473 p. ISBN 84-86251-93-1 4. En los programas de catalogació n en publicación, los editore s envían envían a una agencia catalográ fica (por ejemplo una biblioteca nacional) las pruebas de imprenta de los libros en proceso de publicación. La agencia catalográfica produce registros bibliográficos a partir de esas pruebas y los devuelve al editor, editor, que los public a como parte del libro, generalmente en el dorso de la portada. Como resulta do, el mismo recurso contiene su registro, facilitando la tarea de cada biblioteca que incorpora el libro a su catálogo.
Ca pí p í t u l o 1. Or g a n i za za c i ó n
de l a i n f o r m a c i ó n
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desde la producción misma de los todos recursos es todavía más un objetivo que una realidad. Los registros creados deben ser completos, es decir, contener todos los datos necesarios para permitir una correcta identificación del recurso. Para crear registros bibliográficos completos, y que sean útiles tanto para el usuario como para la mayor cantidad posible de bibliotecas, es necesario utilizar herramientas comunes a todas, o al menos a un gran número de las instituciones que crean registros. El control bibliográfico implica la aplicación de normas o estándares que permitan crear registros uniformes, con los mismos datos, presentados de la misma manera, de modo de facilitar el intercambio de la información bibliográfica y por lo tanto un mejor acceso a los recursos que ésta describe. Los últimos dos elementos de la definición se refieren al acceso, tanto a los documentos en sí como a los registros de los documentos. En el caso de los registros, se menciona la compilación de catálogos colectivos, que representan las colecciones de varias bibliotecas, o de servicio bibliográficos que puedan dar información sobre una porción mucho mayor del universo bibliográfico de lo que puede hacer el catálogo de una sola institución. Finalmente, es muy importante saber que existe un determinado recurso, pero también es importante, y el usuario diría que es aún más importante, que si se conoce su existencia y se lo necesita, se pueda obtenerlo de alguna manera. La definición del Glosario ALA menciona emprendimientos cooperativos para facilitar el acceso a los recursos: redes o consorcios, sistemas de préstamo interbibliotecario, acuerdos entre bibliotecas que permitan que el usuario de una determinada biblioteca pueda acceder a los materiales que posee otra.
1.1.2
Herr ami ami entas entas de con contr ol bibli ogr áfi co
Una de las funciones del control bibliográfico mencionadas anteriormente es la elaboración de listas de recursos bibliográficos y obras. Esas listas pueden ser más o menos complejas, y tener diferentes objetivos, pero comparten una base común: todas implican conformar, para cada entidad portadora de información, un conjunto de datos que permitan identificarla, un registro bibliográfico. Los registros se reúnen y se organizan de diferentes maneras para conformar distintas herramientas que facilitan la recuperación de la información. Esas herramientas pueden clasificarse en los siguientes tipos, cada uno con sus características particulares: catálogos, bibliografías, índices y bases de datos bibliográficas.
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Todas las herramientas de de control bibliográfico, aunque mediante distintos mecanismos, apuntan a cumplir con tres funciones básicas: 1. Función de de identi ide ntifica ficación ción Deben permitir que el usuario pueda identificar una cita que posee con un registro incluido en la herramienta, siempre que el recurso correspondiente esté cubierto en el alcance de la herramienta (por ejemplo, en un catálogo de biblioteca, sólo se encontrará un registro si el recurso que describe forma parte de la colección de la biblioteca). 2. Función de reunión Todos los registros para recursos relacionados o similares deben poder ser reunidos de alguna manera: todas las obras de un autor tienen que poder encontrarse juntas, todas las obras sobre un tema tiene que poder encontrarse juntas, todas las versiones de una misma obra tienen que poder encontrarse juntas, etc. Una manera de lograrlo es a través del control de autoridad (un mecanismo para asegurar que el elemento que se usa para reunir los registros se dé siempre de la misma manera). Cada herramienta, según su estructura y su soporte, puede utilizar diferentes métodos para alcanzar este objetivo; por ejemplo, en una bibliografía impresa, el orden general por tema puede complementarse con un índice por autores, que remita a los registros de recursos pertenecientes a ese autor que se encuentran separados a lo largo del cuerpo principal de la bibliografía. 3. Función de selección o evaluación La herramienta tiene que proporcionar datos suficientes para que el usuario pueda determinar, entre varios registros, cuál es el más adecuado a sus necesidades (por ejemplo, la tercera y no la primera o la segunda edición de un texto de física, o una grabación sonora en disco compacto y no en audiocasette). Catálogos
Nos referimos aquí específicamente a los catálogos de bibliotecas, no catálogos comerciales, catálogos de exposiciones u otros eventos, etc. Estas herramientas cubren, tradicionalmente, los recursos que posee una biblioteca, aunque en la actualidad cada vez más incluyen también aquellos recursos a los que la biblioteca provee acceso, aunque no formen parte de su colección. La cobertura de los catálogos abarca así una pequeña porción del universo bibliográfico. El nivel de información que proveen sobre cada recurso es el necesario para identificarlo y facilitar una
Ca pí p í t u l o 1. Or g a n i z a c ió ió n
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selección en base a criterios generales (formato físico, antigüedad, etc.), pero no proveen un análisis detallado. En general registran un recurso (libro, publicación seriada, etc.) como una unidad, pero no necesariamente ofrecen acceso a un nivel más específico como podría ser un capítulo de un libro, o una ponencia que está incluida en las actas de un congreso científico. La forma de presentación de los catálogos ha ido variando a través del tiempo, desde los catálogos en forma de libro, pasando por los catálogos en fichas, hasta los actuales catálogos automatizados. Bibliografías
Las bibliografías son listas de recursos bibliográficos (libros, artículos de publicaciones periódicas, recursos electrónicos, etc.), que comparten alguna característica en común: pertenecen a un mismo autor (una bibliografía de las obras de Borges); tratan sobre un mismo tema (una bibliografía sobre cambio climático); han sido publicadas en un lugar determinado (una bibliografía de recursos publicados en la provincia de Mendoza); durante un período determinado (los recursos publicados en Mendoza durante el siglo XIX), etc. A diferencia de los catálogos, las bibliografías se ocupan de listar lo que ha sido publicado, no lo que posee una institución en particular. Por ello, hay en general una diferencia básica entre catálogos y bibliografías: un catálogo dará siempre una clave para llegar al recurso, indicará dónde se encuentra, para que el usuario pueda pasar del registro al recurso si así lo desea. En cambio, la bibliografía pretende brindar información sobre los recursos existentes que cumplan con alguna característica definida de antemano (un autor, un tema, un período, etc.). Las bibliografías cubren en general un área mucho menor del universo bibliográfico que los catálogos, dada la especificidad de los materiales que incluyen. En contrapartida, pueden incluir más información sobre cada recurso de lo que generalmente hace un catálogo: es bastante común que a la información que permite identificar un recurso se agregue una descripción más minuciosa, comentarios críticos etc. La bibliografía puede listar recursos como una unidad (libros, publicaciones seriadas, etc.), pero también partes componentes de esas unidades (un capítulo de un libro, un artículo de una publicación periódica, etc.). Su formato físico ha sido tradicionalmente impreso; en la actualidad, como sucede con todas las herramientas bibliográficas, también existen bibliografías en formato digital. índices
Estas herramientas, creadas en general por instituciones con fines de lucro, dan acceso a los contenidos de ciertas recursos
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Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
bibliográficos: artículos dentro de una revista, capítulos de libros, trabajos incluidos en las actas de una conferencia, etc. Por ejemplo, e\ A rt Index producido por H.W. Wilson contiene registros de los artículos que se publican en 450 revistas especializadas en arte. Al ofrecer acceso a las partes componentes de recursos que las bibliotecas registran como unidades (por ejemplo, una publicación periódica), los índices actúan como complemento de los catálogos para ofrecer acceso a las colecciones de una biblioteca: mientras el catálogo registra que la biblioteca posee la revista A rt e s de México, el A r t In d e x lista los artículos publicados en ella. La información que proveen sobre cada parte de un recurso que registran es en general más reducida que la de un catálogo, y con un menor grado de elaboración. Los índices, como las bibliografías, no se limitan a la porción del universo bibliográfico que posee una determinada institución, pero tampoco aspiran a registrar todos los recursos que responden a la temática del índice; cada índice selecciona un cierto número de publicaciones sobre las que dará noticia, y solamente incluye información sobre las partes que integran esos recursos. Al igual que las bibliografías, su objetivo es informar de la existencia de una parte de un recurso, pero no facilitar el acceso físico a ella. Bases de datos bibliográficas
La utilización de computadoras para tareas de control bibliográfico ha dado origen a un nuevo tipo de herramienta, que ofrece grandes ventajas con respecto a las herramientas manuales: permite mayor flexibilidad, actualización, y mejora el nivel de acceso. Pero es bastante difícil definirlas, dado que en realidad, catálogos e índices, cuando están automatizados, son también bases de datos bibliográficas. "Base de datos bibliográfica" es una categoría general de la que participan diferentes herramientas de control bibliográfico en la medida en que estén automatizadas. Dentro de este esquema, existe un tipo particular de base de datos bibliográfica que sí se diferencia de otros instrumentos de control bibliográfico de manera notable: aquellas que no sólo contienen registros que describen recursos bibliográficos (como hacen un catálogo, un índice o una bibliografía), sino que además contienen los recursos mismos. Por ejemplo, bases como Academic Search Premier, de EBSCO, combinan la función de herramienta de control bibliográfico (contiene registros de artículos aparecidos en más de 8.000 publicaciones periódicas), sino que además contiene el texto completo de los artículos correspondientes a 4.500 de esas publicaciones. Algunas bases incluyen también versiones digitales completas de libros, folletos, etc. Estas bases de texto completo borran los
1. Or g a n i za Ca pí p í t u l o 1. za c i ó n de l a i n f o r ma c i ó n
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límites entre herramienta de control bibliográfico y colección; al contener tanto los registros como los recursos que éstos representan, son ambas cosa a la vez. El siguiente cuadro compara el objetivo y cobertura de las herramientas de control bibliográfico
Tipo de herramienta
Cobertura
Objetivo
Catálogo
Colección de una 0 varias
Informar existencia
bibliotecas
y localización
Recursos bibliográficos en un
Informar existencia
Bibliografía
área determinada (temática, geográfica, autor, etc.) Indice
Partes de recursos
Informar existencia
seleccionados dentro de un área determinada
Base de datos
Recursos y paijes de recursos
Informar existencia +
bibliografía
seleccionados dentro de un
proveer copla del recurso
área determinada
(en ciertos casos)
Dentro de cada uno de estos tipos pueden existir a su vez diferencias en cuanto a la información que se ofrece, la forma de organizar esa información, y la forma de recuperarla.
1.1.3
Procesos de control bibliográfico
Para poder crear herramientas de control bibliográfico, es necesario someter a las entidades portadoras de información a ciertos procesos que permitan extraer de ellas la información necesaria para representarlas y recuperarlas. Con esa información se crea una versión abreviada de la entidad original, el registro bibliográfico. Para construir el registro bibliográfico que representa un recurso, es necesario obtener del recurso una serie de datos, traducirlos a un lengua je estandarizado, estand arizado, ordenarlos ordenar los y volcarlos volcarlo s en un soporte. Si ese soporte es digital, será necesario también codificar los datos de manera que puedan
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Ca t a l o g a c ió ió n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
ser interpretados por un sistema automatizado. Los datos a recoger son de dos tipos: • Aquellos elementos que tiene que ver con la forma del recurso, en un sentido amplio, no físico exclusivamente; su forma como entidad portadora de información: cómo se llama, cuándo fue publicado, qué extensión tiene, etc., y también la información sobre la o las obras contenidas en el recurso: quién la creó, bajo qué nombre es generalmente conocida, etc. • Aquellos elementos que describen el contenido del documento en cuanto a su temática: de qué trata. Estos datos se obtiene a través de dos procesos diferentes: la catalogación se ocupa de los aspectos formales de un recurso, y el análisis temático se ocupa de la o las materias de que trata. Relacionado con estos dos procesos, un tercero se ocupa de mantener la consistencia en la forma de los puntos de acceso, y establecer relaciones entre elementos usados como puntos de acceso: el control de autoridades. Catalogación
La catalogación es el proceso por el que se describe de un recurso bibliográfico, se identifica la/s obra/s que contiene, y se determina qué elementos de la descripción y de la obra constituirán puntos de acceso en un catálogo. Implica la recolección de datos y su trascripción según normas estandarizadas, de modo que el resultado sea uniforme y por lo tanto más fácilmente interpretable. El objetivo de la catalogación es recoger de aquellos datos que permitan la identificación de un recurso, su distinción de otros recursos u obras, y la elección por parte de un usuario de un recurso u otro a partir de su descripción. Estos datos se obtienen en general del mismo recurso: su título; el autor; dónde, cuándo y por quién fue publicado; su extensión, etc. La información recogida debe ser luego organizada en una unidad, el registro bibliográfico, que luego se reúne con otros registros en un archivo común, para constituir un catálogo. La catalogación implica realizar una descripción del recurso, y asignar y normalizar algunos elementos que actuarán como puntos de acceso a la descripción. La catalogación se realiza aplicando estándares de descripción bibliográfica y acceso, que facilitan el intercambio de información bibliográfica al asegurar uniformidad y consistencia en los registros, independientemen-
Ca pí p í t u l o 1. Or g a n i za za c ió ió n
de l a i n f o r ma c i ó n
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te de dónde y por quién hayan sido creados: si un registro responde a las mismas normas, contiene los mismos datos en el mismo orden, tomados según las mismas pautas, puede ser utilizado no sólo por la biblioteca que lo creó, sino por cualquier otra, y puede también integrarse en catálogos que contengan registros producidos por distintas bibliotecas, como los catálogos colectivos. Aná lisis te mátic o
El proceso de análisis temático determina el o las materias de las que trata un recurso, y representa esas materias aplicando un vocabulario controlado, o lenguaje natural, para crear puntos de acceso temático para la descripción del recurso. El análisis temático requiere un tipo de análisis del recurso que difiere del necesario para la catalogación, puesto que no debe recoger datos pre sentes en el recurso, sino interpretar la información que éste contiene para establecer de qué trata. Una vez que se ha establecido cuáles son los temas o materias de que trata el recurso, debe representarse esa información de forma que pueda ser recuperada. Es necesario volcar la información a un lenguaje preestablecido, que permita uniformar la manera de expresar el contenido temático de los recursos, es decir, representar un tema o mate ria siempre de la misma forma, ya sea con palabras o con símbolos. El análisis temático provee puntos de acceso para la descripción del recurso trasladando los conceptos del documento al lenguaje de una lista de encabezamie encabe zamientos ntos de materia o tesauro, o a los símbolos símbo los de un sistema de clasificación para la construcción de un catálogo sistemático. La traduc ción de los conceptos de un recurso a los términos de un sistema clasificatorio es lo que se denomina clasificación. El concepto amplio de clasifica ción es la reunión de objetos que comparten características similares en cla ses, y la subdivisión de esas clases en subclases, y así sucesivamente. Los sistemas clasificatorios organizan el conocimiento desde lo general a lo par ticular, brindando un marco conceptual para la ubicación de los conceptos tratados en los recursos. Control de autoridades
El control de autoridades es el proceso mediante el cual se establece y aplica de manera consistente una sola forma autoriza da para cada elemento utilizado como punto de acceso en un catálogo. Implica elegir de un nombre o término para representar un autor, una materia, etc.; establecer la forma que tomará ese nombre como punto de
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acceso, y determinar y representar en el catálogo todas las relaciones nece sarias con otras formas variantes del mismo nombre o concepto y de otros nombres o conceptos relacionados, a través de referencias que guíen al usuario en la consulta del catálogo. El control de autoridades permite al catálogo cumplir con el objetivo de localización de grupos de recursos según criterios tales como el autor, la obra que contienen, o la materia, al asegurar que estos elementos se repre senten siempre de la misa forma, y por lo tanto los registros que los con tienen se recuperen juntos como respuesta a una búsqueda. Cuando se crean registros para catálogos automatizados, a estos tres procesos debe agregarse un proceso de codificación. Para que la informa ción recogida mediante la catalogación y el análisis temático, y normaliza da mediante el control de autoridades, pueda ser ingresada y luego recu perada, en un sistema automatizado, tos datos deben ser identificados mediante códigos que el sistema pueda reconocer e interpretar. La codifi cación permite que un sistema almacene los datos y pueda luego recupe rar aquellos registros que respondan a una consulta específica. La codifica ción es provista por normas denominadas formatos bibliográficos, que esta blecen de qué forma se deben presentar los datos para que el registro sea entendido por un sistema automatizado.
1.2
Catálogos
La organización de una biblioteca implica la creación y mantenimiento de una herramienta de control bibliográfico: el catálogo. Michael Gorman5 afirma que el catálogo, que es es la arquitectura de control bibliográfico de una biblioteca, es uno de los tres pilares en los que ésta se asienta, junto con la colección en sí misma y el personal.
1.2.1
Conc Concepto epto y obj obj etivos eti vos
Un catálogo es un conjunto organizado de registros bibliográficos, creados según normas uniformes y bajo control de autori Internet Cataloging, 5. GORMAN, Michael. 1999. “Metadata or cataloging? cataloging? A false choice”. Journal o f Internet vol. 2 n2 1. p. p. 5-22
Ca pí pí t u l o 1. Or g a n i z a c ió ió n de l a i n f o r m a c i ó n
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dad, que representa los fondos de una o varias colecciones. Una colección puede consistir de cualquiera o de muchos tipos de materiales, como libros, publicaciones periódicas, mapas, grabaciones sonoras, partituras musicales, por nombrar sólo algunas. Tradicionalmente la colección representada por un catálogo ha estado ubicada en un solo lugar, o al menos en diferentes localizaciones dentro de una misma institución. Sin embargo, cada vez más los catálogos representan los fondos de más de una biblioteca, ya que las bibliotecas forman consorcios, o unen sus catálogos con el propósito de utilizar sus recursos de manera compartida, y crean para ello catálogos que representan el conjunto de sus colecciones, a los que se denomina catálogos colectivos. Además, los catálogos incluyen cada vez más recursos electrónicos de acceso remoto, como recursos de Internet, que no se encuentran físicamente reunidos con los demás recursos, y que la biblioteca no posee, pero a los que puede brindar acceso. Siempre que una colección de recursos bibliográficos crece tanto que se hace imposible recordar cada recurso que la compone y su ubicación, es necesario desarrollar algún tipo herramienta de control bibliográfico. Cuando se trata de colecciones reducidas, puede ser una lista sencilla, bajo un solo ordenamiento, que ofrezca para cada recurso unos pocos datos identificatorios y su localización. Pero cuando la colección se vuelve demasiado grande para un planteo tan simple, es necesario un crear una herramienta más elaborada, un catálogo. Crear el catálogo de una colección responde a dos necesidades principales: la recuperación de los recursos bibliográficos que forman la colección, y su inventario. No sólo es imposible recordar qué hay en una colección de cierto tamaño para poder acceder a su contenido, también se vuelve imposible recordar qué ha sido adquirido, perdido, reemplazado, etc. Desde el punto de vista del usuario, el catálogo es la clave para utilizar una colección; desde el punto de vista del bibliotecario, es la clave para administrarla. El catálogo es el intermediario entre el usuario, que tiene una necesidad de información, y la colección de la biblioteca. Es un elemento fundamental en la constitución de una biblioteca: sin catálogo, no hay biblioteca, sino simplemente un depósito de recursos bibliográficos. Es el catálogo el que permite identificar y recuperar los recursos que contienen la información que necesita el usuario. A través del catálogo puede determinarse que, en una colección de cientos, miles o millones de recursos bibliográficos, sólo un pequeño grupo tiene relevancia para responder a una necesidad de información concreta.
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Usuario
I Catálogo
Las funciones de identificación, reunión, y evaluación, comunes a todas las herramientas de control bibliográfico, han ido evolucionando en los catálogos desde la antigüedad hasta nuestros días, a medida que las necesidades de organización de recursos bibliográficos aumentaban, y también a medida que nuevas tecnologías permitían introducir cambios en la estructura y presentación de los catálogos. Hasta el siglo XVI, los catálogos cumplían una función de inventario: el registro de las piezas físicas que integraban una colección, con la finalidad de ofrecer una lista del patrimonio de la biblioteca. Estas listas en tabletas de arcilla, rollos de papiro, pergamino o libro, en un principio ordenadas según la localización física de los recursos, fueron adquiriendo con el tiempo arreglos más elaborados, incorporando criterios tales como orden de acceso, período del autor o fecha de publicación. Pero el objetivo era invariablemente patrimonial; apuntaban a registrar qué poseía una biblioteca, pero no a la recuperación de información sobre los recursos que componían la colección. A partir del siglo XVII, VII, los catálogos comienzan a convertirse en verdaderas herramientas de control bibliográfico, pensadas para facilitar el acceso a los recursos de una colección, y no solamente para registrar un patrimonio. A través de elementos tales como índices por autor y por materia, y una mayor preocupación por la descripción, tanto en su contenido como en su forma, comienzan a apartarse de las limitaciones que impone la función de inventario para tratar de ofrecer un medio de recuperación. El catálogo se convierte así en una lista de localización. El catálogo de la Biblioteca Bodleiana de Oxford de 1620 es considerado el primer catálogo general de una biblioteca que funciona principalmente como una lista de localización, con los registros ordenados por el apellido del autor, o por palabras significativas del título en el caso de los anónimos. La evolución del catálogo de lista de inventario a lista de localización fue un paso muy importante, pero los catálogos presentaban aún muchos
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problemas, debido principalmente a que no existían principios de aceptación general para su compilación. En el siglo XIX comienzan a buscarse enfoques más sistemáticos en la compilación de catálogos, y también comienza a plantearse de manera explícita la discusión sobre cuál es la función que debe cumplir el catálogo. En 1841, Anthony Panizzi, bibliotecario jefe jefe del Museo Británico, redactó junto con con un comité un conjunto de reglas para la compilación del nuevo catálogo de la biblioteca del Museo. Las Rules for the Compilation of the Catalog, conocidas como “91 reglas de Panizzi”, estaban diseñadas para la confección de un catálogo que permitiera no sólo la localización fácil y rápida de un recurso bibliográfico (función que ya cumplían los catálogos), sino también la agrupación de las obras de un mismo autor con sus diferentes ediciones y traducciones. Panizzi sostenía que un usuario puede conocer la obra que busca, pero no puede pretenderse que conozca todas las ediciones de esa obra. El catálogo, por lo tanto, debía no sólo informar sobre la existencia de un libro en particular, sino también reunir las diferentes ediciones y traducciones de una obra. Esta concepción llevaba al catálogo más allá de la función de lista de localización. La distinción entre el recurso bibliográfico y la obra que contiene, que hemos mencionado como una de las funciones del control bibliográfico, es de capital importancia para lograr que los catálogos sean eficaces en la organización y provisión de acceso al universo bibliográfico. El primero en enunciar explícitamente los objetivos del catálogo fue el bibliotecario estadounidense Charles Ammi Cutter, que en 1876 publicó un código de para la compilación de catálogos de tipo diccionario. Cutter, que había observado que la catalogación no se realizaba en forma sistemática, y no había principios que la guiaran, comienza su código estableciendo qué es lo que un catálogo debe poder hacer, como paso previo a determinar cómo deben redactarse y ordenarse los registros que compongan ese catálogo. Según Cutter, los objetivos de un catálogo son: 1.
Permitir Perm itir a una persona encontrar encon trar un libro libr o del cual: (A) el autor, (B) (B) el título tít ulo,, o > es conocido. cono cido. (C) el tema J
2.
Mostrar Mostra r qué posee la biblioteca: bibliotec a: (D) por un autor determinado. (E) sobre un tema determinado. (F) en un género literario determinado.
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Ca t a l o g a c ió ió n
3.
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Ayudar Ayud ar en la elección ele cción de un libro: (G) por la edición (bibliográficamente). (H) por su carácter (literario o temático)6.
Los medios que deben aplicarse para conseguir estos objetivos son pun tos de acceso por autor (para A y D), con referencias desde distintas formas del nombre cuando sea necesario; puntos de acceso por título (para B); pun tos de acceso por materia, con referencias que permitan conectar materias relacionadas, y un sistema de clasificación por materia (para C y E); puntos de acceso por género literario y por lengua (para F); datos descriptivos (edición, pie de imprenta, y notas cuando sea necesario, para G); y notas (para H). Cutter plantea en su enunciado tres objetivos: localización o identifica ción (1), reunión (2), y selección o evaluación (3). El primer objetivo es el del catálogo como lista de localización, que responde a la búsqueda de un recurso conocido. El usuario, que conoce la existencia de un recurso biblio gráfico, trata de determinar si forma parte de la colección de la biblioteca buscándolo por su autor, su título o la materia de ta que trata. En realidad, muchas veces es necesaria una combinación de al menos dos de estos ele mentos para localizar un recurso; la conjunción “o” se transforma en “y”- Un catálogo como lista de localización en general enfatiza más la identificación de recursos que la identificación de obras, y contiene descripciones breves. El segundo objetivo de Cutter es la respuesta a otro tipo de búsqueda: la búsqueda por categorías. Un usuario puede querer conocer todos los recursos de un autor, o sobre una materia, o en un género literario, que integran una colección. Para responder a esa consulta, es necesario que los registros que representan recursos de un autor, un tema, etc., queden reu nidos de alguna manera en el catálogo. Esto implica establecer qué relacio nes existen entre recursos, y conectar los registros de acuerdo con ellas. Los mecanismos necesarios para cumplir con el objetivo de reunión son, por una parte, una descripción más detallada de cada recurso que incluya información sobre relaciones con otros recursos, y por otra parte, el uso de formas normalizadas de los nombres como puntos de acceso, esto es, que el nombre de un autor aparezca siempre de la misma manera, sin importar si en cada recurso aparece con alguna variante. Esta necesidad es opuesta a la de representar los nombres tal como aparecen en el recurso que impli ca la función de identificación. Al requerir medios muchas veces contrapues tos, las funciones de identificación y de reunión entran en conflicto, y una de ellas tiende a prevalecer sobre la otra. 6. CUTTER, Charles A. 1876. Rules for a prínted dictionary catalogue. catalogue. Washington: Government Printing Office. 89 p.
1. Or g a n i z a c ió Ca pí p í t u l o 1. ió n de l a i n f o r ma c i ó n
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El tercer objetivo del catálogo, según Cutter, es ayudar al usuario a deci dir si le interesa o no consultar un recurso, o seleccionar, entre varios recur sos, cuál es el que mejor responde a sus necesidades. Este objetivo de selección o evaluación se cumple a través de los datos que describen al recurso en el registro. Para ayudar en la selección en cuanto al carácter (lite rario o temático), Cutter establece en sus reglas el uso de anotaciones (notas de resumen, por ejemplo). Esta práctica, que se había perdido para los materiales impresos, está resurgiendo en la actualidad aplicada a los recursos electrónicos. Los objetivos de Cutter representan la visión de las funciones del catá logo en un tiempo y con una tecnología determinadas. El enunciado men ciona un solo tipo de recurso bibliográfico: los libros. Desde la segunda mitad del siglo XIX hasta nuestros días, muchos otros tipos de recursos se han sumado a las colecciones de bibliotecas, desde los mismos libros que menciona Cutter pero en versiones microfilmadas, hasta recursos audiovi suales y electrónicos. Los criterios de reunión que establece Cutter se limi tan a autores, materias y géneros literarios (aunque este último nunca fue aplicado tan ampliamente como los otros dos), porque la tecnología predo minante en los catálogos en el siglo XIX y primera mitad del XX -las fichasimponía restricciones a las posibilidades de establecer relaciones. Aún con estas limitaciones, los objetivos de Cutter fueron el enunciado fundamental sobre las funciones del catálogo por más de un siglo. El aspecto más conflictivo del enunciado de Cutter, que puede observar se como un retroceso en la evolución de los catálogos, es que el segundo objetivo no contempla la reunión de distintas ediciones de una misma obra por la que abogara Panizzi. El uso del término “libro” acota la aplicación del enunciado a los recursos bibliográficos como entidades portadoras de información, pero ignora la distinción entre la entidad portadora y su con tenido, teni do, la obra. Esta distinci dist inción ón tiene gran gran importancia para para la compilación compil ación de los catálogos, porque implica el uso de diversos mecanismos que per mitan identificar y reunir las diferentes publicaciones que representan una misma obra, como por ejemplo el uso de títulos uniformes. Disminuye ade más la importancia del segundo objetivo, acentuando las características del catálogo como lista de localización. A mediados del siglo XX, XX, Seymour Lubetz Lubetzky, ky, un catalogador cataloga dor estadouni estad ouni dense a quien se había encomendado revisar los códigos de catalogación en uso en los Estados Unidos, hizo significativos aportes a la concepción de los catálogos imperante en esa época, que se verían reflejados en enun ciados posteriores de los objetivos del catálogo. Para Lubetzky, el catálogo no debe ser una mera recopilación de registros que representan entidades
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individuales, sino un instrumento diseñado de manera sistemática en el que los registros deben estar integrados, como partes componentes del todo. Plantea, como interrogante fundamental, si el catálogo catál ogo "... "... debe ser un registro de los materiales de la biblioteca, de las obras que ellos represen tan, o de ambos am bos”” 7. En un proyecto de código códi go de catalog cat alogaci ación ón que no llegó a publicarse, Lubetzky establece que el catálogo debe cumplir con los siguientes objetivos: 1) Facilitar la localización de una publicación en particular, y 2) Relacionar Relac ionar y reunir las ediciones edicione s de una obra y las obras de un autor.
El reconocimiento de la dicotomía libro/obra y la necesidad de atender a ambos aspectos es uno de los planteos fundamentales de Lubetzky, que retoma la concepción de Panizzi de mostrar una publicación no como una entidad aislada sino en el marco de sus relaciones con otras entidades, par ticularmente con aquellas con las que comparte su contenido intelectual (la obra) y su autor. Aquí aparecen nuevamente las funciones de localización (de las ediciones o publicaciones) y de reunión (de las ediciones de una obra, y de las obras de un autor). El énfasis es diferente al de Cutter: el segundo objetivo adquiere mucha mayor relevancia. La función de selec ción, si bien no aparece mencionada en esta enunciación, es contemplada por Lubetzky como función de la descripción en varios de sus escritos. En 1961, la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecas (International Federation of Library Associations, IFLA), organizó en París la Conferencia Internacional sobre Principios de Catalogación, con el objetivo de establecer principios que pudieran servir de base para la redacción de códigos nacionales de catalogación en materia de elección y forma de los puntos de acceso por autor y por título. Las conclusiones y acuerdos alcan zados quedaron plasmados en un documento conocido habitualmente como los Principios de París. Los Principios, que deben mucho al trabajo de Lubetzky, comienzan fijando los objetivos del catálogo, de los que se derivan los restantes principios. En la sección 2 del documento se estable ce que: 2.
El catálogo debe ser un un Instrumento Instrumento eficiente para averiguar:
7. LUBETZKY, LUBETZKY, Seymour. 2001 [196 [1960]. 0]. “Fundamentáis “Fund amentáis of o f cataloglng ” . En: En: SVENON IUS E., E., MCGARRY D. (eds.) Seymo ur Lubetzky: Lubetzky: writings on the the classical arto fcata login g. Englewood: g. Englewood: Libarles Unllmlted. p. 199-205.
1. Or g a n i za Ca pí p í t u l o 1. za c i ó n
de l a i n f o r ma c i ó n
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2.1 2.1 Si la biblioteca contiene contien e un libro en particular especificado por: a) su autor y título, o b) si el autor no es nombrado en el libro, solamente por el título, o c) si autor y título son Inapropiados o insuficientes para la identificación, un sustituto adecuado para el título; y 2.2 a) qué obras de un autor en particular, y b) qué ediciones de una obra en particular hay en la biblioteca8.
Esta enunciación, que fue la primera ampliamente reconocida y aceptada desde la de Cutter en 1876, reafirma las funciones de identificación (2.1) y de reunión (2.2a) del catálogo. Dado que el tema de la conferencia fueron tos puntos de acceso de autor y título, no se hace referencia al acceso por materias. Tampoco se menciona explícitamente la función de selección, cumplida en general por la descripción bibliográfica; sólo aparece de manera implícita en la mención de las ediciones de una obra, que de alguna manera deben ser diferenciadas (2.2b). El primer objetivo es básicamente igual al primer objetivo de Cutter, con la excepción de la mención de la materia como criterio de búsqueda. El elemento a recuperar es el libro, una publicación en particular. El segundo objetivo, si bien es en general el objetivo de reunión, presenta una diferencia notable con el segundo objetivo de Cutter, porque establece como criterio de reunión no solo al autor, sino también a la obra, reflejando la postura sostenida por Lubetzky y otros expertos. El catálogo debe, entonces, identificar libros/publicaciones, y reunir obras. Tanto en la edición preliminar de los Principios de París9, París9, como en la edición definitiva10, las anotaciones al texto hacen mención a otra función que debe cumplir un catálogo: la de proveer la localización de los recursos registrados en él. La ausencia de mención a esta función en el texto de los Principios se debe a que no corresponde a los puntos de acceso de autor o título, sino a otros elementos del registro que no fueron objeto de estudio en la reunión
8. INTERNATIONALCO NFERENCE ON CATALOGUING CATALOGUING PRINCIPLES. 1963. Report. London: Report. London: International Federation Federation of Library Associations. 293 p. 9. INTERNATIONAL CONFERENCE ON CATALOGUING PRINCIPLES. 1966. Statement Statement o f principies: principies: adopted by the International Conference on Cataloguing Principies, París, October 1961. Annotated ed., with commen tary and examples examp les by A.H. Chaplin, assisted assis ted by Dorothy Anderson. Provisional ed. Sevenoaks: IFLA Secretariat. 10. INTERNATIONAL CONFERENCE ON CATALOGUING PRINCIPLES. 1971. Statement o f principies: principies: adopted at the International Conference on Cataloguing Principies, París, October 1961. Annotat ed ed., with commentary com mentary and example s by Eva Eva Verana assisted by Franz Franz Georg Kaltwasser, P. P. R. R. Lewis, Roger Pierrot. Definitive ed. London: International Federation of Library Associations.
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
de París. De todas maneras, es importante el reconocimiento de su existencia, ya que se trata de una función esencial, que distingue a los catálogos de otros tipos de herramientas bibliográficas como bibliografías o índices. Los Principios Princip ios de París fueron la base para la creación de un buen núme ro de códigos de catalogación en los siguientes treinta años, que asumie ron, aunque no de manera explícita, los objetivos del catálogo allí enuncia dos. Durante ese período, se produjeron significativos cambios en el área de la catalogación, muchos de ellos originados en la aplicación de nuevas tecnologías de la información. La automatización de los catálogos, el desa rrollo de sistemas cooperativos de catalogación, una creciente convergen cia de las normas de control bibliográfico, y la aparición de nuevos tipos de recursos, como los recursos electrónicos de acceso remoto, generaron diversos planteos sobre la vigencia y necesidad de revisión de los objeti vos del catálogo. A principios principio s de la década de 1990 1990,, la Sección de Catalogación de IFLA IFLA encomendó a un grupo de trabajo la realización de un estudio que propor cionara un marco de referencia para lograr una comprensión clara, precisa y compartida por todos sobre qué información debe proporcionar un regis tro bibliográfico y cuáles son las funciones de debe cumplir en respuesta a las necesidades del usuario. Este estudio, titulado Requisitos Funcionales de los Registros Bibliográficos (Functional Requirements of Bibliographic Records)11 , y conocido por su sigla en inglés, FRBR, ha tenido un impor
tante impacto en la comprensión del universo bibliográfico y la concepción del catálogo como herramienta de control bibliográfico. Los FRBR definen los objetivos del catálogo desde un nuevo enfoque: la perspectiva del usua rio, lo que el usuario quiere o puede querer hacer con la información biblio gráfica contenida en un catálogo. Definen una serie de tareas del usuario, como marco para lo que debe ser o permitir hacer un registro bibliográfico, y por ende un catálogo: • encontrar encon trar materiales material es que se correspondan con los criterios de búsquebúsq ueda establecidos (por ejemplo, todos los recursos sobre un tema, o un
recurso publicado bajo determinado título); • iden i dentific tificar ar una entidad (confirmar/distinguir) (por ejemplo, confirmar
que el recurso que se describe en un registro es el que busca el usuario, o para distinguir entre dos recursos que tienen el mismo título); 11. GRUPO DE ESTUDIO DE LA IFLA SOBRE LOS REQUISITOS FUNCIONALES DE LOS REGISTROS BIBLIOGRÁFICOS. 2004. Requisitos funcionales de los registros bibliográficos: informe final. Traducción Traducción de X. Agenjo y M. L. Martínez-Conde. Madrid: Ministe rio de Cultura [en línea] línea] Disponible Dispo nible en: http://travesia.mcu.es/documentos/requisitos.pdfIConsulta:: 30 de septiembre de 2006]. http://travesia.mcu.es/documentos/requisitos.pdfIConsulta
Ca pí pí t u l o 1. Or g a n i za za c i ó n de l a información
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• seleccionar una entidad adecuada a las necesidades (por ejemplo,
seleccionar un recurso en un idioma que el usuario comprenda, o en un formato par el que el usuario dispone del equipo adecuado). (porr ejemplo, ejemplo, solicitar sol icitar un • adquirir adq uirir u obtener obten er acceso a la entidad descrita (po recurso en préstamo, o acceder a un documento electrónico en Internet). Las tareas del usuario/objetivos del catálogo de los FRBR presentan varios avances sobre los enunciados anteriores. Hay una generalización del vocabulario, más adecuado a las características actuales del universo bibliográfico gráfico;; no se habla de “ libros” , sino genéricamente genéricamente de “entidades” “en tidades” , englobando todo tipo de recursos de información a los que pueda dar acceso un catálogo. Por otra parte, no se mencionan bibliotecas y colecciones, situando al catálogo en un plano de instrumento de acceso a recursos más allá de cuestiones de propiedad de los mismos. También desaparecen las restricciones a los criterios de búsqueda que establecían enunciados anteriores: autores y títulos en los Principios de París, autor, título y materia en el enunciado de Cutter. Los FRBR ya no limitan los criterios de búsqueda a los que debe responder un catálogo, puesto que en los catálogos automatizados, cualquier elemento incluido en el registro es potencialmente un criterio de búsqueda. El objetivo de selección o evaluación aparece nuevamente en forma explícita. La selección es una las funciones de la descripción bibliográfica; a partir de los datos incluidos en una descripción, el usuario puede conocer las características del recurso registrado y determinar en base a ellas la utilidad que reviste para él consultarlo. Las tareas del usuario resuelven además una ambigüedad en el objetivo de identificación o localización presente desde Cutter. El primer objetivo de Cutter puede interpretarse de varias maneras: localizar un recurso (o mejor, su registro) en el catálogo, identificar el recurso, o incluso determinar si el recurso está disponible. Los FRBR distinguen estas acciones separándolas como tareas diferentes. Se separa la acción de localizar un registro en el catálogo (encontrar) de la de cotejar ese registro con los datos que se poseen (identificar), o de acceder a la entidad en sí (obtener acceso). Todos estos cambios resultan positivos, pero hay otros aspectos en los que el enunciado de los FRBR se vuelve problemático. Por una parte, se diluye la distinción entre los objetivos de identificación y reunión, ya que la primera tarea engloba tanto encontrar un recurso individual como un conjunto de recursos, lo que tradicionalmente ha sido el objetivo de reunión. Cada uno de estos objetivos responde a un tipo de búsqueda diferente: búsqueda de un ítem conocido o búsqueda por categorías. Los FRBR
Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o gr g r a f í a s i m pr pr e sa sa s
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disminuyen así la importancia del objetivo de reunión. Por otra parte, al generalizar sobre los criterios de búsqueda, no se determinan cuáles son los criterios por los que debe poder recuperar, relegando esta tarea al nivel del diseño de sistemas. Esto puede derivar en el desarrollo de sistemas que respondan a diferentes conjuntos de criterios para la búsqueda, y resulten por ello incompatibles. Deben establecerse al menos criterios mínimos para la recuperación. Para superar estos problemas, Elaine Svenonius12 propone una reformulación de la primera tarea del usuario: Localizar entidades en un archivo o base de datos como resultado de una búsqueda usando atributos o relaciones de las entidades: 1.a Encontrar una entidad individual. 1.b Localizar conjuntos de entidades que representen: Todos los documentos pertenecientes a la misma obra. Todos los documentos pertenecientes a la misma edición. Todos los documentos por un autor determinado. Todos los documentos sobre un tema determinado. Todos los documentos definidos según otros criterios.
De esta manera se vuelve a introducir la distinción entre las funciones de identificación (í.a) y de reunión (í.b) dentro del objetivo general, y a la vez se establecen los criterios mínimos según los cuales debe producirse la reunión en el catálogo. Se vuelven a incorporar los criterios de autor, título y materia, el criterio de reunión por obra y por edición, y se deja la puerta abierta a otros criterios de búsqueda. Además, Además, Svenonius propone la adición de un nuevo objetivo para para el catálogo, que denomina de “navegación”: el usuario debe poder moverse dentro del catálogo siguiendo las relaciones que conectan a las entidades representadas en él: • Navegar una base de datos bibliográfica (encontrar obras relacionadas con una obra dada según distintos tipos de relaciones)13.
Estas críticas han sido recogidas e incorporadas en la más reciente enunciación de los objetivos del catálogo, que es la adoptada por varias reuniones internacionales de expertos en catalogación realizadas en los últimos años. En 2003, la Sección de Catalogación de IFLA inició una serie de reu-
The intellectual foundation o f Information Information organization. Cambridge: MIT 12. SVENONIUS, Elaine. The Press, Press, 200 0.255 p. (Digital (Digital libraries and electronic publishing) publishing) 13. Ibídem.
1. Or g a n i za Ca pí pí t u l o 1. za c i ó n de l a i n f o r m a c i ó n
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niones regionales de expertos en catalogación con el propósito de incrementar la capacidad para compartir información bibliográfica a nivel mundial, a través de la promoción de estándares comunes para el contenido de los registros bibliográficos y de autoridades. Estas Reuniones Internacionales de Expertos para un Código Internacional de Catalogación orientan su trabajo a la redacción de un nuevo conjunto de principios de catalogación de aceptación internacional que reemplace a los Principios de París, ampliándolos con la inclusión de todo tipo de materiales y la consideración de todos los aspectos de los registros bibliográficos, no solamente puntos de acceso de autor y título. El borrador de la Declaración Declaración de de principios principio s internacionales internacio nales de catalogación, catalogación, documento documen to prelimin pre liminar ar aprobado aproba do por la i a Reunión IFLA IFLA de Expertos sobre un Código Internacional de Catalogación, en Francfort, Alemania, Alemania, en 2003, 2003, con modificaciones modificaciones sugeridas en las reuniones reuniones de Buenos Aires (2004), El Cairo (2005), y Seúl (2006), incluye en su sección 3 una enunciación de funciones del catálogo, que representa una síntesis abarcadora de las discusiones sobre los objetivos del catálogo desde el siglo XIX hasta nuestros días. Según la Declaración, Declaración, las funciones del catálogo son: 3.1 Encontrar Encont rar recursos bibliográficos bibliográfi cos en una una colección (real o virtual) como resultado de una búsqueda por medio de los atributos y relaciones de un recurso: 3.1.1 3.1.1 Localizar un recurso determinado. 3.1.2 Localizar conjuntos de recursos que representen. Todos los recursos pertenecientes a una misma obra. Todos los recursos pertenecientes a una misma expresión. Todos los recursos pertenecientes a una misma manifestación. Todas las obras y expresiones de una persona, familia o entidad. Todos los recursos de una materia. Todos los recursos definidos por otros criterios como el idioma, país de publica ción, fecha de publicación, formato, etc., como delimitadores secundarios de un resultado de una búsqueda. Se reconoce que, debido a las restricciones económicas, algunos catálogos bibliográficos pueden no tener registros de partes componentes. 3.2 Identificar Identifica r un un recurso bibliográfico bibliográf ico o agente (es decir, confirmar que la enti dad descrita en un registro se corresponde con la entidad buscada y que se puede distinguir entre dos o más entidades con similares características). 3.3 Seleccionar un recurso bibliográfico adecuado a las necesidades del usua rio (es decir, elegir un recurso que reúna los requisitos del usuario respecto a su contenido, formato físico, etc., o bien, poder rechazar los que no se adecúen a las necesidades expresadas por el usuario).
Ca t a l o g a c ió ió n d e m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
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3.4 Proporcionar acceso al ítem descrito (es decir, proporcionar información que permita al usuario adquirir un documento por medio de la compra, el préstamo, etc., o proporcionar acceso al mismo de forma electrónica a través de una conexión en línea a una fuente remota) o facilitar la adquisición u obtención de registros biblio gráficos y de autoridad. 3.5 Navegar por el catálogo (es decir, proporcionar, por medio de una disposi ción lógica de la información bibliográfica y de una presentación clara, formas dife rentes de navegación a través de las relaciones entre obras, expresiones, manifes taciones e ítems14.
Esta enunciación toma como base las tareas del usuario de los FRBR, ¡unto con las sugerencias de Svenonius sobre la distinción entre los objeti vos de localización y reunión, y la adición del nuevo objetivo de navega ción. El enunciado, como parte de una declaración de principios diseñada para servir de base a un futuro código internacional de catalogación, vuel ve a colocar las funciones del catálogo en el contexto de las bibliotecas y sus colecciones, pero adaptándose al contexto actual al referirse tanto a colecciones reales como virtuales. Se incorporan elementos y terminología de los FRBR, y se utiliza un término genérico, recursos bibliográficos, para englobar todos los tipos de entidades portadoras de información que pue den formar parte de una colección. El punto 3.1.2 expande y clarifica los criterios de reunión propuestos por Svenonius, al establecer como criterios de reunión algunas entidades defi nidas en los FRBR (obra, expresión y manifestación)15. A los autores perso nales se agregan entidades corporativas y familias. Se incluye la posibilidad de otros criterios, como la lengua o el país de publicación, que en general no suelen ser el criterio principal de una búsqueda, sino elemento utiliza dos para calificar y ordenar resultados de búsquedas por otros datos (por ejemplo, la lengua como calificador de una búsqueda por un autor, o la fecha como calificador de una búsqueda por tema).
14. REUNIÓN IFLA DE EXPERTOS SOBRE UN CÓDIGO INTERNACIONAL DE CATALOGACIÓN. 2006. Declaració Declaración n de principios internacionales internacionales de catalogación: catalogación: documento preliminar aprobado po r la Reunión IFLA de Expertos sobre un Código Internacional de Catalogación, i a, Francfort, Francfort,
Alemania, Alema nia, 2003; borrad b orrador or final basado basa do en las resp uestas uesta s de los partic ipantes ipan tes de la IME ICCi ICC i (diciembre 2004) 2004) con las rec omendaciones omendacion es de Buenos Bu enos Aires, agosto 2004 y de El Cairo, diciembre 2005 (actualiza do 03 de abril de 2006). Traducción de E. Escolano Rodríguez; revisión de A. García; actualizado por A. L. Cristán.[en línea] Disponible en: http://www.loc.gov/loc/ifla/imeicc/source/statement-draft3apro6clean-sp.pdf [Consulta: clean-sp.pdf [Consulta: 01 de octubre oc tubre de 2006] 15. Las entidades entidade s y relaciones defin idas en los FRBR son tratadas tratadas en el capítulo 2.
Ca pí pí t u l o 1. Or g a n i za za c i ó n de l a i n f o r m a c i ó n
39
La función de navegación expuesta en 3.5 es más amplia que la pro puesta por Svenonius. La navegación en el catálogo debe darse a través de la ordenación y presentación de la información, es decir que involucra no solamente el contenido de información bibliográfica del registro, sino la manera en que éste se presenta: la visualización de la información en el catálogo. Ésta debe ofrecer medios claros que facititen el movimiento del usuario entre registros. La inclusión de relaciones, no solo entre obras sino también entre expresiones y manifestaciones es una forma de alcan zar este objetivo. Esta enunciación de los objetivos del catálogo, si bien no es aún una declaración aprobada, es la más completa producida hasta ahora. Ha sido redactada tomando como base los enunciados anteriores, reiníerpretándolos y ampliándolos a la luz de los modelos actuales del universo bibliográ fico, los más recientes estudios sobre registros y sistemas bibliográficos, y las nuevas posibilidades que ofrecen los avances tecnológicos.
1.2.2
Ti pos pos de cat cat álogos Según Según su sop orte físico
¿Cómo cumple un catálogo con los objetivos de localización, identificación, selección, acceso y navegación? Lo hace a tra vés de los elementos que componen el registro bibliográfico, y de la forma en que esos registros se organizan en un catálogo manual, o se organizan para su visualización en un catálogo automatizado. La forma de organiza ción en el catálogo o en la visualización está directamente relacionada con uno de los elementos que componen el registro: los puntos de acceso. Pero también está condicionada por otro aspecto: el soporte físico del catálogo. Aunque en la actualidad la mayoría mayoría de los catálogos en funcionamiento en las bibliotecas son catálogos automatizados, existen catálogos antiguos en otros soportes, y es conveniente conocer sus características, para comparar las ventajas y limitaciones de cada formato, y porque los catálogo automa tizados populares actualmente aún presentan características que sólo pue den entenderse en el contexto de la evolución de los catálogos como pro ducto de la tecnología de su época. Según su soporte físico, y en el orden en que se hicieron populares entre las bibliotecas, los catálogos pueden clasificarse en: • Catálogo impreso
En forma de libro, fue una forma popular hasta el siglo XIX; más tarde,
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o gr g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
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sólo grandes bibliotecas publicaron sus catálogos en este formato. Su producción era muy costosa, y quedaban rápidamente desactualiza dos, lo que obligaba a publicar suplementos. En general, el cuerpo del catálogo presentaba los registros en orden según un punto de acceso (autor o materia); en algunos catálogos, índices auxiliares permitían acceder por otros elementos (por ejemplo, índices de materias para complementar catálogos por autor). Fueron gradual mente reemplazados por catálogos en fichas. • Catálogo en fichas
Compuesto por fichas de tamaño estándar (generalmente 7,5 x 12,5 cm.), que se intercalan en un fichero. Cada registro está representado por varias fichas que contienen la misma información, con el agrega do en la parte superior de distintos elementos como puntos de acce so, por los que se ordena la ficha en el catálogo. Su aparición en la segunda mitad del siglo XIX significó una revolución no sólo en la forma de compilar los catálogos, sino en la forma de representar la información en los registros. En un principio, las fichas se escribían en forma manuscrita, luego en máquinas de escribir; algunas bibliotecas implementaron otros métodos de reproducción de fichas. Cuando comenzó a volcarse la información bibliográfica en sistemas automati zados, una de las primeras funciones fue la producción de fichas para los catálogos manuales. Fue el formato predominante durante casi todo el siglo XX. Recién a mediados de la década de 1990 los catálo gos en línea comenzaron a desplazar a los catálogos en fichas. • Catálogo producido producido por computadora computado ra
La primera aplicación de la automatización a los catálogos consistió en el ingreso de la información bibliográfica en computadoras, para volcarla luego en diferentes soportes: inicialmente impreso, luego en microfichas (catálogos COM, Computer output microform), más ade lante en CD-ROM, etc., que se ponen a disposición del usuario para su consulta. Con esta forma de catálogo es posible proveer un catá logo nuevo completamente integrado aproximadamente cada tres meses, en lugar de proveer suplementos que se adjunten al catálo go principal como en los impresos. Marca un cambio fundamental, porque la información comienza a crearse y mantenerse en un sopor te electrónico, pero puede llegar al usuario en formatos no electró nicos; de hecho, significó un resurgimiento de los catálogos impre sos en ciertos tipos de bibliotecas a partir de la década de 1950, especialmente en los Estados Unidos. Estos catálogos producidos
Ca pi p i t u l o 1. Or g a n i z a c ió ió n de l a i n f o r m a c i ó n
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por computadora, usando registros de catalogación legibles por máquina, variaban ampliamente en formato, tipografía, alcance de los detalles bibliográficos, y esquema de actualización. No alcanzaron a tener una difusión muy amplia. • Catálogo en línea
Catálogo automatizado, en el que los registros se almacenan en la memoria de una computadora, y se consultan directamente a través de una terminal, en la que se visualizan los registros que responden a la consulta realizada. La visualización puede comprender el registro completo o partes de él, dependiendo del sistema y/o los deseos del usuario. Cuando ese catálogo está a disposición del usuario, se denomina OPAC, sigla de Online Public Access Catalog (catálogo en línea de acceso público). Hasta la década de 1990, los sistemas de software para catálogos en línea eran muy costosos, estaban diseñados para grandes computadoras, y sólo grandes bibliotecas podían adquirirlos. Posteriormente se desarrollaron sistemas para ser usados en computadoras de cualquier tamaño y su costo se volvió más accesible. De hecho, la proliferación de sistemas y la falta de estandarización en aspectos tales como la forma de presentación de los datos o los criterios de búsqueda establecidos retrotrajeron los catálogos a un estado similar al que existía en la época anterior a la estandarización de los catálogos en fichas, cuando el tamaño de las fichas y el orden y presentación de los datos bibliográficos diferían de biblioteca en biblioteca. La estandarización de los catálogos en línea está aún en proceso; una nueva enunciación de objetivos del catálogo y la creación de directrices para la visualización de registros son contribuciones en esa dirección. Un catálogo efectivo en cualquier formato debe poseer ciertas cualidades que permitan una consulta fácil y un mantenimiento simple. Si es muy complicado, muy voluminoso, o muy costoso, resulta inadecuado para cumplir sus funciones en la recuperación de infromación. Existen ciertos criterios comparativos que permiten juzgar un catálogo: • Flexibilidad y actualización Una colección cambia constantemente, y el catálogo debe reflejarlo. Es necesario agregar y quitar registros, y hacerlo en el menor tiempo posible para que el catálogo sea un reflejo actualizado del contenido de la colección.
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ió n de m o n o g r a m a s i m pr pr e s a s Ca t a l o g a c ió
• Facilidad de consulta/buena presentación El catálogo debe contener ayudas para el usuario, y su presentación debe ser clara y ordenada, para facilitar la búsqueda y la interpretación de los resultados. • Accesibilidad Dónde y cuándo puede consultarse el catálogo es de particular importancia para el usuario, pues define si podrá o no acceder a él. • Bajo costo cos to No pueden desatenderse los aspectos económicos. La compilación de catálogos es de por sí una tarea que representa un alto costo para las bibliotecas, principalmente en recursos humanos. El costo agregado de los recursos materiales necesarios es una consideración que debe tenerse siempre en cuenta. El siguiente cuadro presenta los distintos soportes físicos en los que históricamente se han presentado los catálogos, estableciendo una comparación sobre la manera en que esas formas físicas cumplen con las características de un buen catálogo.
Soporte Soporte físico físico
Flexibilida Flexibilidad dy actualización
Facilidad de Acc Acce esib sibilid ilida ad consulta/buena presentación
Bajo co costo
Catálogo impreso
Queda desactuali
Depende de cada
Es muy costoso.
zado aún antes de
catálogo en particular. puede distribuirse.
ser publicado. No
Las ayudas incluyen
Otras bibliotecas
puede modificarse.
indicaciones en los
pueden adquirirlo.
Gran accesibilidad;
lomos sobre el conte nido de cada volu men, guías en las páginas, etc.
Catálogo en fichas
Muy flexible para
Depende del catálo
Acc eso lim ita do ;
Es barato de imple-
agregar o retirar
go. Métodos: etique
sólo los usuarios
mentar y mantener.
registros. No tan fle
tas en las gavetas,
que concurren a la
xibles para la actua
uso de fichas guía;
biblioteca.
lización de registros
instrucciones.
ya incluidos.
ió n Ca p í t u l o 1. O r g a n i z a c i ó n d e l a i n f o r m a c ió
43
Soporte físico Flexibilidad y Facilidad de Accesibilidad Bajo costo actualización consulta/buena presentación presentac ión Catálogo producido por computadora
La base de datos es Depende del formato
Gran accesibilidad;
Intermedio, con un
flexible, pero no el
de salida.
al igual que el
costo inicial mayor
catálogo que con
Las microfichas no
impreso, puede dis
que luego decrece.
sulta el usuario
son fáciles de con
tribuirse fuera de la
(impreso, CO, etc.).
sultar. En los CD-
biblioteca.
La actualización
ROM, depende de la
depende de cuán a
interfase de consulta. consulta.
menudo de hagan nuevas ediciones.
Catálogo en línea
Muy flexible. Fácil
Depende de la inter
Muy accesible;
Es costoso.
incorporación incorporación y e limi
fase de consulta. La
potencialmente,
Requiere equipa
nación de registros;
búsqueda y visualizavisualiza- desde cualquier
miento, software, y
facilidad facilidad para hacer
ción no están estan
lugar en cualquier
actualización de
cambios en registros
darizadas, lo que
momento a través
ambas cosas.
existentes. Muy
conspira contra la
de Internet.
actualizado; actualizado; los cam
facilidad de consulta.
bios pueden estar disponibles en forma casi inmediata.
El catálogo en línea es el que cuenta con las mayores ventajas, ya que es el que ofrece mayor flexibilidad, actualización, y accesibilidad. Se ha convertido en la forma preferida de catálogo en las bibliotecas, y todos los nuevos catálogos se crean como catálogos en línea. Pero eso no significa que las otras formas hayan desaparecido completamente. Los catálogos por computadora, y los OPACs particularmente, están disponibles desde hace relativamente poco tiempo, y su adopción implica convertir catálogos que están en otros formatos. En algunas bibliotecas, que por diferentes razones no han podido convertir totalmente sus catálogos manuales, coexisten catálogos en ficha para los fondos más antiguos de la colección, y catálogos en línea para los más recientes. La facilidad de consulta como criterio de evaluación es, en todos los tipos de catálogos, más un atributo del catálogo individual que de la categoría: un catálogo impreso con una explicación clara de su cobertura y estructura, ayudas para localizar la sección que se desea consultar, guías en cada página y una tipografía clara puede ser más fácil de consultar que un catálogo en línea sin instrucciones a la vista, sin ayudas en pantalla, sin una presentación clara de los resultados de la búsqueda, y con un diseño cromático
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Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
demasiado vistoso. Es necesario tener en cuenta, sin importar el soporte del catálogo, que el usuario necesitará ayudas para consultarlo. Los catálogos son herramientas complejas, cuyo funcionamiento no suele comprenderse de manera intuitiva; desde su cobertura (qué incluye y qué no incluye), hasta la manera de interpretar los resultados deben ser indicadas de manera clara al usuario para que el catálogo resulte efectivamente fácil de consultar. Según la fundó n que cumplen en la recuperación de Información o administración de la colección. colección.
Hasta ahora nos hemos referido al catálogo como una única herramienta. Pero el acceso y la administración de una colección requieren la realización de una serie de tareas diferentes, algunas a cargo del usuario en la búsqueda de información, otras a cargo del catalogador para organizar la información que consultará el usuario y administrar la colección de manera eficiente. El soporte físico de un catálogo determina, entre otras cosas, si es necesario uno solo o varios catálogos para cumplir con esas tareas. Cuando se habla del catálogo de una biblioteca, se alude en general a la herramienta que utiliza el usuario para acceder a la colección. Pero para mantener ese catálogo es necesario un sistema que puede involucrar la creación y mantenimiento de otras herramientas auxiliares, y la administración de la colección puede requerir también de herramientas adicionales, como catálogos de autoridad o inventarios. Con catálogos manuales, es necesario compilar varios catálogos diferentes para facilitar la recuperación (por ejemplo, catálogos de autor y catálogos de materia), y también deben compilarse catálogos auxiliares para ayudar en la administración de la colección (por ejemplo, catálogos inventario). Cuando el catálogo es automatizado, las líneas divisorias entre las funciones de recuperación y administración de la colección tienden a diluirse, porque la misma información contenida en una sola base de datos, los mismos registros, puede utilizarse de diferentes maneras para responder a distintos propósitos. Para facilitar la comprensión de todas las funciones que debe cumplir un catálogo o sistema de catálogos, describiremos a continuación los catálogos que componen un sistema manual, porque resulta más sencillo observar las distintas funciones que debe cumplir el sistema cuando cada una es provista por un catálogo separado. En un sistema de catálogos manuales, la parte más visible la constituye el o los catálogos públicos, los que utiliza el usuario para recuperar información sobre la colección. Son “el catálogo” al que nos hemos referido hasta ahora. Por otra parte, para construir el o los catálogos que el usuario va a utilizar, es necesario contar con algunas herramientas de
Ca pí pí t u l o
za c i ó n 1. Or g a n i za
de l a i n f o r m a c i ó n
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apoyo, otros catálogos auxiliares que ayudan al bibliotecario a construir los catálogos públicos. Tenemos así una primera gran división, entre catálogos públicos y catálogos internos. Estos últimos no están a disposición del usuario, sino del bibliotecario. Para poder cumplir con sus objetivos, el catálogo público debe responder a preguntas sobre autores, materias, y títulos (de recursos específicos y de obras). Esto implica que los registros bibliográficos que representan los recursos deben poder agruparse y organizarse por esos elementos. En un catálogo en fichas, para que el usuario pueda encontrar un libro por un autor, es necesario que el autor sea el elemento por el cual se ordena una ficha en el catálogo, es decir un punto de acceso. Para que pueda encontrar el mismo libro por el título, otra ficha con la misma descripción del recurso debe ordenarse por el título, y lo mismo sucede con la o las materias de las que trata el recurso. Un mismo recurso está así representado por varias fichas, cada una encabezada por un elemento diferente. Esas fichas, junto con las que represent representan an a todos tod os los demás demás recursos recursos de la colección, deben ordenarse para conformar el catálogo. Hay varias maneras en que pueden organizarse las fichas. Una de ellas es ordenarlas alfabéticamente por el punto de acceso de cada una, sin importar si se trata de autor, título o materia. La organización de los puntos de acceso alfabéticos en una sola secuencia se denomina catálogo diccionario: diccionario: las fichas encabezadas por Borges como autor, Borges como tema, y Borges como título de un libro formarán parte del mismo catálogo. La ventaja de este ordenamiento es que el usuario debe consultar un solo catálogo, sin importar qué es lo que busca (autor, título, materia). No debe plantearse, antes de comenzar la búsqueda, si su necesidad es encontrar a Borges como autor, a Borges como materia o a Borges como título de un recurso. Todo estará en el catálogo diccionario, ordenado alfabéticamente, que es una forma de ordenación ampliamente conocida y utilizada. La aparente simplicidad del ordenamiento, de todas maneras, no es tal, ya que de inmediato se presentan problemas tales como determinar si Borges como autor debe ubicarse antes de Borges como materia o título. Aunque el ordenamiento sea sencillo y conocido, surgen necesidades de subordenamiento que no tienen respuestas tan evidentes. Por otra parte, a medida que el catálogo crece, se hace cada vez más complicada la consulta. Esto lleva a otra posible forma de organización: el catálogo dividido. Un catálogo dividido es un conjunto de catálogos públicos, cada uno de los cuales responde a la búsqueda de un tipo de elemento diferente. Al menos menos dos catálogos, y tal vez más, más, ordenan ordenan por separado las fichas por autor, título y materia. Una forma de división muy común es hacer un
/
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Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
catálogo por materia, y otro para el resto de los puntos de acceso (autor, título, etc.). También puede subdivldlrse en catálogos por materia, por autor y por título. Los problemas de ordenación desaparecen en gran medida, pero en contrapartida, la división obliga al usuario a preguntarse qué es lo que está buscando, antes de ¡nielar la búsqueda. ¿Obras de Borges? Deberá consultar el catalogo por autor. ¿Obras sobre Borges? Deberá consultar el catálogo por materia. ¿Una obra cuyo título es Borges? Deberá consultar el catálogo de títulos. Y si busca las tres cosas, deberá hacer tres consultas separadas. En un esquema de catálogo dividido aparece una nueva posibilidad para el acceso por materia. Dado que la materia está separada del resto de los puntos de acceso, puede representársela mediante elementos que no son palabras, por ejemplo números. ¿Qué ventajas tiene reemplazar las palabras, un elemento que cualquier usuario puede comprender, por otros elementos que seguramente requerirán un mayor esfuerzo en la búsqueda por parte del usuario? Las ventajas de tal cambio tienen su origen en parte en los problemas de la representación de materias con palabras, que son: • La sinonimia Los Idiomas son en general ricos en sinónimos; existen varios términos para representar una misma materia. En un catálogo, todos los registros de recursos sobre una misma materia deben estar reunidos; por lo tanto, es necesario asegurarse de usar siempre el mismo término para representar a la materia, pero a la vez es necesario contemplar la posibilidad de que un usuario busque esa materia bajo otro término que no ha sido elegido para representarla. ' Las relaciones relacio nes entre entre materias materias Las materias se relacionan unas con otras; por ejemplo, la aritmética y la geometría son parte de la matemática. Al representar las materias con palabras, el orden alfabético separa en el catálogo materias que están relacionadas. Si el usuario Interroga al catálogo sobre una de estas materias, sólo recuperará registros de recursos sobre esa materia específica, y no podrá navegar entre las materias relacionadas. Al representa representarr la mater materia ia con con palabras, palabras, deben deben solucionarse estos dos problemas a través de un mecanismo de indicaciones que guíen al usuario cuando ¡niela su búsqueda por un término que no se utiliza en el catálogo para representar una materia, o para Indicar las relaciones de una materia con otras. Este mecanismo se conoce como referencia, y adopta diferentes formas según sea necesario:
ió n C a p í t u l o 1. O r g a n i z a c i ó n d e l a i n f o r m a c ió
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• Referencias de véase: véase: remiten de un término no utilizado como punto de acceso en el catálogo a otro equivalente que sí es utilizado Médanos véase Dunas
• Referencias de véase además o llamadas: llamadas: remiten de un término usado como punto de acceso en el catálogo a otro término también usado como punto de acceso, para indicar la existencia de una relación entre ambos Dunas véase además Playas Recuperación de Tierras
Los términos usados para representar materias en un catálogo alfabético, así como las referencias y llamadas, se asignan utilizando sistemas alfabéticos de representación, como listas de encabezamientos de materia y tesauros. Estos vocabularios controlados son estructuras en las que están establecidas las relaciones entre términos, que se trasladan al catálogo a medida que se hace necesario. El uso de sistemas de clasificación, que proveen símbolos (combinaciones de letras y números) para representar las materias, soluciona los problemas de sinonimia, ya que el número es uno solo, y de dispersión, porque los símbolos que representan las materias lo hacen de manera jerárquica, reuniendo así las materias relacionadas. Los catálogos sistemáticos de materia presentan otros problemas que deben solucionarse, entre ellos el hecho de que el usuario no necesariamente conoce el sistema de clasificación, y por lo tanto no sabe cuál es la clave que debe usar para localizar una materia. Por ello, los catálogos sistemáticos de materia deben contar siempre con índice alfabético, que actúa como traductor entre la forma en que el usuario formula su pregunta (con palabras) y las claves que utiliza el catálogo para representar las materias (símbolos) En resumen, los catálogos públicos pueden ser uno (catálogo diccionario), o varios (catálogo dividido), en cuyo caso el catálogo de materias puede adoptar dos formas: catálogo alfabético de materias o catálogo siste si ste-mático de materias. Estos materias. Estos son los catálogos que utiliza el usuario para recuperar información sobre los recursos que integran la colección.
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Ca t a l o g a ci ci ó n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Para construir estos catálogos y administrar la colección la biblioteca necesita contar con herramientas auxiliares denominadas catálogos internos. nos. Tradicionalmente, las bibliotecas han compilado uno o varios de los siguientes catálogos: • Catálogo inventario
Responde a una necesidad de control patrimonial, más relacionada con aspectos administrativos de la biblioteca como institución que con necesidades de control bibliográfico. Sus registros deben contener información bibliográfica y también datos administrativos, por ejemplo los referidos a la fecha y forma de adquisición. Los registros se ordenan por el número de inventario asignado al recurso. • Catálogo topográfico
Responde a la necesidad de contar con una lista que refleje el orden de la ubicación física de los recursos que integran la colección, para poder hacer recuento de inventario. Los registros contienen en general la misma información que en los catálogos públicos, pero se los ordena por la clave que representa la ubicación física del recurso, llamada signatura topográfica. Si la biblioteca no tiene obligación administrativa de llevar un inventario por separado, puede servir también para registrar datos administrativos de cada recurso. • Catálogos de autoridad
El objetivo de localización de grupos de recursos según criterios tales como autor o materia requiere que los elementos utilizados como punto de acceso se presenten siempre de la misma manera, y que las relaciones entre elementos usados como puntos de acceso se hagan explícitas en el catálogo. Esto requiere establecer qué formas de esos elementos se van a usar en el catálogo, y establecer las relaciones a través de referencias y llamadas. Estas decisiones deben quedar asentadas en catálogos especiales denominados catálogos de autoridad (de nombres, de materias, etc.). Están compuestos por registros de autoridad, que no representan recursos bibliográficos sino elementos usados como puntos de acceso para los registros bibliográficos. Contienen la forma establecida del elemento, las relaciones que deben hacerse con otros elementos u otras formas de ese mismo elemento, e información sobre las fuentes que llevaron a tomar esas decisiones. El orden de estos catálogos es alfabético. • Catálogos en línea
Los catálogos públicos e internos mencionados son los diferentes elementos que conforman el sistema de catálogos de una biblioteca.
Ca pí pí t u l o 1. Or g a n i za za c i ó n de l a infor mación mación
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En un entorno manual, cada uno era un elemento físico separado: el catálogo diccionario estaba ubicado en un fichero en el área pública de la biblioteca; los catálogos inventario, topográfico y de autoridad se encontraban, cada uno en un fichero, en el área de servicios técnicos de la biblioteca. Si el catálogo público estaba dividido, en el área pública había más de un catálogo. El advenimiento de los catálogos en línea introdujo profundos cambios en este esquema. Hay una diferencia física fundamental entre un catálogo manual y uno automatizado. En un catálogo manual, en fichas o impreso, para representar los varios puntos de acceso de un registro debe reproducirse dicho registro tantas veces como puntos de acceso tenga: tantas fichas como puntos de acceso se han asignado al registro, que se ordenan en alguna de las formas mencionadas. La automatización vuelve innecesaria esa multiplicación de copias: cuando se crea un registro en una computadora, éste existe como una sola unidad; el sistema recoge los elementos que han sido señalados como puntos de acceso y los incluye en distintos listados denominados índices, según el tipo de elemento. Cuando un usuario interroga al sistema por un autor, la búsqueda se hace en el índice de autores, y el sistema conecta el nombre con todos los registros en que ese nombre aparece como autor. Basta con indicar cuáles son los puntos de acceso en el mismo registro, sin duplicarlo, para poder recuperar por cualquiera de ellos. La consecuencia es que ya no es necesario compilar catálogos separados. En los catálogos en línea, una única fuente, la base de datos que contiene todos los registros, permite recuperar y visualizar la información por distintos elementos. A partir de esa única fuente de datos, pueden “crearse” distintos catálogos, según el elemento por el que se interrogue, y según el orden en que se visualice la información. En los catálogos en línea también se diluye la diferencia entre las funciones de recuperación de información por parte del usuario y las funciones de administración de la colección. No es necesario contar con un catálogo topográfico separado, porque la misma información contenida en el catálogo que consulta el usuario puede ordenarse por signatura topográfica par servir al bibliotecario en un recuento de inventario. En el caso del catálogo inventario, que requiere de información adicional a la información bibliográfica, es posible que el registro bibliográfico contenga esos datos, pero que no se visualicen en el catálogo público. El sistema de catálogos de una biblioteca se convierte, en un entorno en línea, en un único catálogo de registros bibliográficos que cumple las funciones de los catálogos públicos y la mayoría de los catálogos internos.
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Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Este catálogo puede cumplir las funciones de catálogo de autor, título, materia, inventario y topográfico, es decir, de todos los catálogos compuestos por registros bibliográficos. Pero no puede cumplir la función de los catálogos de autoridad, porque éstos están compuestos por un tipo diferente de registro. Un catálogo en línea no elimina la necesidad de mantener catálogos de autoridad, aunque lamentablemente, en muchos casos, las bibliotecas dejaron de compilar catálogos de autoridad al automatizar sus catálogos bibliográficos, con lo que se vio afectada la consistencia en los puntos de acceso utilizados. En un sistema automatizado, el catálogo de autoridad constituye una base de datos diferente, pero que puede trabajar en conjunto con la base de datos bibliográfica. Los catálogos en línea permiten que los catálogos de autoridad, ahora también llamados archivos de autoridad, puedan ponerse a disposición del usuario, y en muchos casos funcionen como índices del catálogo bibliográfico. Los sistemas de catálogos en línea han incorporado además nuevos componentes para la administración de la colección, por ejemplo, módulos que permiten administrar el proceso de adquisiciones, y módulos que administran la circulación de tos recursos de la colección, ofreciendo además esta información en el catálogo de acceso público, el OPAC. Esto permite que un usuario pueda saber, en el momento de consultar el catálogo, si un recurso que busca ha sido ya adquirido por la biblioteca aunque no esté aún disponible, o si un recurso se encuentra prestado, y en qué fecha estará disponible nuevamente. Ordenamiento de los catálogos en línea
Dado que los registros no tienen que ser ordenados de un modo lineal, los catálogos en línea de acceso público no pueden clasificarse según los tipos anteriormente mencionados. El ordenamiento interno de registros en computadoras varía mucho de sistema en sistema, pero esto no presenta diferencias apreciables para el usuario. Lo que importa al usuario es la forma en la cual los registros se visualizan en respuesta a una búsqueda. La mayoría de los catálogos en línea son en efecto catálogos divididos, porque el usuario debe elegir en qué índice buscar: autor, título, materia, y algunas veces clasificación y otras notaciones. En este tipo de sistemas, un nombre como tema es casi siempre buscado a través del índice temático, separando los registros de recursos que tratan sobre una persona de los registros que representan las obras de esa persona. Algunos sistemas permiten la búsqueda en dos índices al mismo tiempo utilizando los conectores “y”, “o”, “y no”, generalmente a través de formularios que automáticamente crean una búsqueda Booleana, si el usuario entiende que
Ca p It u l o 1. Or g a n i z a c ió ió n de l a infor mación mación
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el nombre de la persona debe ser tipeado tanto en el campo de autor como en el de materia. Vlrtualmente, todos los sistemas permiten también búsquedas por palabra clave (keyword) por casi cualquier palabra en cualquier registro. Una búsqueda de un nombre como palabra clave recuperará todos los registros de recursos de y sobre la persona, pero también cualquier registro que mencione a la persona en cualquier otro carácter; el resultado de la búsqueda será un conjunto más numeroso de registros, pero muchos de ellos pueden no responder a la necesidad de información que origina la búsqueda, y obligan al usuario a revisar un mayor número de registros para determinar cuáles le pueden ser útiles y cuáles no.
7
Ca p í t u l o
>
2
El r e g i s t r o b i bl bl i o g r áf i c o
Los catálogos están compuestos por unidades de información que representan los recursos bibliográficos que integran una colección, o a los que se ofrece acceso. Esas unidades se denominan registros bibliográficos. Para comprender mejor las características de los registros, es necesario conocer cómo está compuesto el universo bibliográfico, y cuáles son los principales aspectos de los recursos bibliográficos que deben considerarse en la creación de registros. Es lo que haremos en las próximas secciones, antes de estudiar el registro en sí mismo.
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2.1
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Mod elo del universo bi bli ogr áfico
Entre 1992 y 1996, un Grupo de Estudio de IFLA desarrolló un modelo conceptual del universo bibliográfico denominado Requerimiento Requerimientoss funcionales para para regist registros ros bibliográ ficos1 (Funct (Functiona ionall Requirements for Bibliographic Records'), más conocido por su sigla en
inglés, FRBR. El informe final del grupo fue publicado en 1998 y la traduc ción al español en 2004. Los FRBR proporcionan una visión del universo bibliográfico independiente de cualquier código de catalogación o sistema que lo ¡Triplemente. Su intención es establecer un marco lógico que ayude a comprender la descripción bibliográfica, y sirva de base para el desarro llo de normas. El estudio utilizó una técnica de análisis denominada modelo entidad/relación, que consiste en identificar las entidades que conforman el campo objeto de estudio, establecer las características o atributos que corresponden a cada entidad, y las relaciones que existen entre ellas. En este caso, se identificaron las entidades que son objeto principal de inte rés por parte del usuario en un registro bibliográfico, y se estableció qué atributos y relaciones eran más importantes para el usuario en el momen to de realizar una búsqueda, interpretar sus resultados, y navegar por el universo bibliográfico. El informe contiene una descripción del modelo conceptual, con las entidades, sus relaciones y atributos, una enunciación de las tareas del usuario (ya mencionada en el capítulo 1), y una propuesta de registro bibliográfico basado en el modelo desarrollado. De estos aspectos, los dos primeros han sido los que han tenido mayor impacto, ya que han servido de base para la revisión de normas bibliográficas y el rediseño de siste mas, y han ofrecido una nueva perspectiva sobre el universo bibliográfico, la estructura y relaciones de los registros bibliográficos, y también un voca bulario más preciso. Las entidades identificadas en el informe se clasifican en tres grupos: Grupo 1: productos del esfuerzo intelectual y artístico • Obra • Expresión 1. GRUPO DE ESTUDIO DE LA IFLA SOBRE LOS REQUISITOS FUNCIONALES DE LOS REGISTROS BIBLIOGRÁFICOS. 2004. Requisitos funcionales de los registros bibliográficos: informe final. Traducción de X. X. Agenjo y M. L. Martínez-Conde. Martínez-C onde. Madrid: M adrid: Ministe M inisterio rio de Cultura [en [en línea] Disponib le en: en: http://travesia.mcu.es/documentos/requisitos.pdf [Consulta: [Consulta: 30 de septiembre septie mbre de 2006] '
Ca pí p í t u l o 2. 2. El r eg is is t r o bi bl bl i o g r á f i c o
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• Manifestación • ítem Grupo 2: responsables del contenido intelectual y artístico
• Personas • Entidades corporativas Grupo 3: Tópicos de las obras
" • • • •
Conceptos Objetos Eventos Lugares Todas las entidades de los grupos 1 y 2 Entidades Entidades del grupo 1
Las entidades del grupo 1 son los productos del esfuerzo intelectual y artístico. Los FRBR tratan de determinar de una manera más precisa cuál es el objeto del registro bibliográfico, qué es lo que se registra. Mientras los códigos de catalogación actuales se refieren a ítem y obra, muchas veces de manera poco consistente, los FRBR identifican cuatro entidades distintas: obra, expresión, manifestación e ítem, un espectro que comprende desde el aspecto netamente intelectual hasta la instancia física individual de un recurso. La primera entidad definida es la obra, que es una creación intelectual o artística diferenciada. Es una entidad totalmente abstracta, que sólo se reconoce a través de su realización en expresiones, y puede decirse que existe como una instancia más allá de todas sus expresiones. Hamlet de Shakespeare es una obra, más allá de todas las ediciones, versiones, traducciones, etc., que existen de ella. Los límites entre una obra y otra no son siempre fáciles de establecer: ¿hasta qué punto un texto es expresión de una obra, y no una nueva obra? La respuesta a este interrogante no puede ser absoluta en cualquier circunstancia; mucho depende del contexto cultural. Pero es necesaria para poder crear registros bibliográficos, por lo que los FRBR proveen un criterio de delimitación entre expresiones de una obra y obras nuevas. Los textos que incluyen revisiones, actualizaciones, reducciones, ampliaciones y traducciones de un texto son considerados expresiones de una misma obra. En cambio, cuando las modificaciones al texto son de tal naturaleza que implican una contribución intelectual o artística independiente, se considera que se trata de una nueva obra: adaptaciones, paráfrasis, versiones en un género literario diferente, etc.
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i mp mpr e s a s
La entidad abstracta obra se realiza en otra entidad, también abstracta: la expresión, expresión, que es la realización intelectual o artística de una obra, en la forma de notación alfanumérica, musical, o coreográfica, o en forma de sonido, objeto, movimiento, etc. Cada vez que una obra “se realiza” toma una forma específica: esa forma es la expresión. expresión. Por ejemplo, una expresión de Hamlet Hamlet es el texto conocido como Segundo Cuarto, Cuarto, que presenta diferencias con otro texto, conocido como Primer Infolio. Infolio. Las ediciones posteriores se han basado en una u otra de estas expresiones de la obra. La entidad expresión expresión puede ser observada con más claridad en el caso de las traducciones: un texto en español de Hamlet Hamlet es una expresión de la obra, diferente de las expresiones en inglés, y también de otras traducciones al español, que seguramente presentan variaciones en los términos utilizados, y por lo tanto constituyen expresiones distintas. Una obra puede realizarse en varias expresiones distintas, mientras que una expresión corresponde siempre a una sola obra. La expresión es todavía una entidad abstracta; la tercera entidad definida por los FRBR, la manifestación, es una entidad concreta. La manifestación tación es la corporización física de una expresión de una obra. Comprende una amplia gama de soportes físicos: impresos, manuscritos, mapas, recursos electrónicos, medios audiovisuales, etc. Una manifestación comprende el conjunto de objetos que comparten todas sus características al momento de su producción. En algunos casos, se tratará de un solo objeto, por ejemplo, un manuscrito; en otros, será un conjunto, por ejemplo, todos los ejemplares de una edición específica de Hamlet, Hamlet, publicada por la Editorial Losada como parte de su Biblioteca Clásica y Contemporánea en 2005, con el ISBN 9500306646. La última entidad definida en el grupo 1 es el ítem, ítem, que es un ejemplar indivi ind ividua duall de de la manifestació manife stación. n. El El es un un objeto físico, en el caso de de un un libro, el conjunto de hojas impresas encuadernadas juntas. En general es una sola unidad física, pero puede estar compuesto por más de una, por ejemplo en el caso de un libro publicado en varios volúmenes. El ítem, como ejemplificación de la manifestación, es en general igual a la manifestación. Pero puede haber variaciones entre los ítems que pertenecen a una misma manifestación: por ejemplo, un ítem puede tener ciertas marcas particulares (como un autógrafo del autor), que no comparte con todos los demás ítems de la manifestación. El siguiente gráfico muestra las relaciones entre las entidades del grupo 1, que pueden resumirse de la siguiente manera: una obra es realizada mediante una o varias expresiones, que se materializan en una o varias manifestaciones, que se ejemplifica mediante varios ítems.
Ca pí p í t u l o 2. El r eg is i s t r o bi b bll i o gr gr á f i c o
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Fig. 1 entidades del grupo grupo 1 y sus relaciones relaciones
Patrick Le Boeuf (2004, p. 74-75)2 ofrece un ejemplo que ¡lustra las enti dades del grupo 1 de manera clara y didáctica. Le Boeuf presenta los cua tro significa signif icados dos que pueden darse a la palabra “ libro” en el lenguaje común común como equivalentes de las entidades del grupo 1: • El “ libro” libr o”,, como un objeto físico diferenciado, diferen ciado, compuesto compues to de hojas hojas de papel y una encuadernación (y que ocasionalmente puede servir para nivelar la pata de una mesa), es el ítem ítem de los FRBR. • El “ libro” también puede significar “publicación” “publicación ” , como cuando en en una librería pedimos una publicación identificada por un determina do ISBN. Esto es lo que los FRBR denominan manifestación. manifestación. En este caso el “libro” como objeto nos interesa siempre que pertenezca a la clase general que hemos solicitado y no le falten páginas. • El “ libro” libr o” al que nos referimos referimos cuando preguntamos pregun tamos “¿Quién “¿Quién tradujo este libro?”. Podemos tener en mente un texto concreto, el conteni-
BOEUF, 2. LE BOEUF,
Patrick. 2004. “ El mundo feliz de los FRBR” . Principios de Catalogación de IFLA: Paso s hacia un Código Internacional de Catalogación. Informe Informe de la i s Reunión IFLA IFLA de Expertos sobre un Código Internacional de Catalogación, Catalogación, Frankfurt, 2003 Editado por Barbara B. Tlllett, Renate Gompel y Susanne Oehlschlager. The Hague: International Federatlon of Library Assodatlons And Institutlons. (Serie de IFLA sobre Contro l Biblio gráfico , v. v. 26) [en línea] Dispo nible en: http://travesla.mcu.es/documentos/prlncl http://travesla.mcu.es/documentos/prlnclplos_catalogacl plos_catalogaclon_lfla.pdfIConsul on_lfla.pdfIConsulta ta:: 10 de febrero de 2007]
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f.ouoGRAFfAC impr esa s Cata l ogación de f.ouoGRA
do intelectual de una publicación. Es lo que los FRBR denominan expresión. • El “libro” que tenemos en mente cuando nos referimos, con un mayor nivel de abstracción, al contenido conceptual que subyace a todas las versiones lingüísticas, tanto al original como a la traduc ción; la “cosa” que un autor puede reconocer como su obra, incluso, por ejemplo, en una traducción japonesa y aunque no hable japonés y no sea, por tanto, responsable del texto japonés. Es lo que los FRBR denominan obra. La Fig. 2 presenta un ejemplo de las entidades del grupo 1 para el
Martin Fierro de
José Hernández.
La obra Martín Fierro Fierro ha sido realizada en un gran número de expresio nes-, existe nes-, existe un texto original, traducciones a diversos idiomas, y expresiones con características especiales, como ediciones críticas y ediciones con ilus traciones. Algunas de esas expresiones han tenido varias manifestaciones: la edición crítica de Carlos Alberto Leumann fue publicada en 1945 y otra vez en 1958; la versión con ilustraciones de Juan Carlos Castagnino tuvo una manifestación impresa, editada por Eudeba en 1962, y otra manifestación en formato digital, que está disponible como archivo html en el sitio www.literatura.org.ar. ratura.org.ar. A la vez, una biblioteca en particular puede contar con dos ítems de la manifestación impresa con ilustraciones de Castagnino, uno de ellos con un autógrafo del artista. Por otra parte, existen otras obras relacio nadas con la obra Martín Fierro: Fierro: las películas que se han basado en ella son
Ca pí p í t u l o 2. El r eg is is t r o bi b bll i o gr gr á f i c o
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obras nuevas (traslaciones de Martín Fierro Fierro a un formato y un lenguaje expresivo diferentes), pero que están relacionadas con la obra original, formando una “familia” de obras. Entidades Entidades del grup o 2
Las entidades del grupo 2 son las responsables del contenido intelectual o artístico, la producción física y la diseminación, o la custodia de las entidades del primer grupo. Son dos, persona (un persona (un individuo) y entidad corporativa corporativa (una organización o grupo), y se conectan con las entidades del grupo i mediante relaciones específicas, que reflejan el rol de la persona o entidad respecto de la obra/expresión/manifestación/ítem. Por ejemplo, un ítem puede ser propiedad de una persona/entidad, una manifestación puede ser producida por una persona/entidad, una expresión puede ser realizada por una persona/entidad, una obra puede ser creada por una persona/entidad. Las entidades del grupo 2 tienen gran importancia en la recuperación de información bibliográfica: pueden ser “el” dato que el usuario tiene, o pueden ser el elemento que le ayude a navegar por el universo bibliográfico.
Fig. 3 Entidades del grupo 2 y sus relaciones con las entidades del grupo 1
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Entidades del grup o 3
Las entidades del grupo 3 son las materias de las que puede tratar una obra: conceptos, objetos, eventos, lugares, y también todas las entidades de los grupos 1 y 2. Las primeras cuatro entidades son específicamente categorías de materias de las que puede tratar una obra. Las entidades de los otros grupos, por su parte, pueden ser también materia: una obra puede tratar sobre una persona (por ejemplo una biografía) o una entidad (por ejemplo, la historia de una institución), y también puede tratar sobre otra obra o una expresión (como un estudio crítico). Incluso, aunque no sea tan frecuente, una obra puede tratar sobre un ítem, por ejemplo, el único ejemplar conocido de un texto, o uno de los pocos de una manifestación, que presenta características particulares como objeto físico.
Fig. 4 Entidades del grupo 3
Ca pí pí t u l o
2. El
r e g is is t r o b i b bll i o g r á f i c o
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Los FRBR concentran su atención en las entidades de' grupo i, da las que estudian en detalle sus atributos y relaciones. Los atributos son características de las entidades, que sirven al usuario para formular una consulta e interpretar sus resultados. Por ejemplo, el título y su fecha de creación son algunos de los atributos de la obra; la expresión expresión también tiene como atributos un título y una fecha, además de otros como el idioma y la forma. Los atributos de la manifestación comprenden los datos habitualmente incluidos en la descripción de un registro bibliográficos: título, mención de responsabilidad, edición, pie de imprenta, descripción, física, etc. Los atributos del ítem son sus datos de identificación (por ejemplo, cualquier número o símbolo asociado exclusivamente con el ítem, que lo diferencia de cualquier otro ítem en una colección), datos sobre su condición física, tratamiento y acceso. Los FRBR relacionan cada atributo con las tareas del usuario, para determinar cuáles de los atributos de cada entidad revisten mayor importancia para la búsqueda y recuperación de información bibliográfica, y por lo tanto son principales candidatos para ser incluidos en el registro. Las entidades del grupo 2 (personas y entidades corporativas), son tratadas solamente en relación con las entidades del grupo 1. Un estudio similar a los FRBR, pero enfocado a las entidades del grupo 2, fue encomendado a un grupo de trabajo de IFLA establecido en 1999. El estudio, conocido como FRANAR (Functional Requirements for Authority Numbers and Records), Records), y luego como FRAR (Functional Requirements for Authority Records), Records), fue publicado en una versión preliminar en junio de 2005. Las entidades del grupo 3 son objeto de estudio por aparte de un nuevo grupo de trabajo de IFLA establecido en abril de 2005, el grupo FRSAR (Functional Requirements Requirements for f or Subject Su bject Authority Autho rity Record Records). s). Relacione Relaciones s bibliográficas
Las entidades del grupo 1 están inherentemente relacionadas entre sí: un ítem es una ejemptificación de una manifestación, que es la materialización de una expresión, que es la realización de una obra. Pero además de éstas existen muchas otras relaciones entre entidades, que si son explicitadas, permiten crear redes que facilitan la navegación a través del universo bibliográfico. Los FRBR analizan las relaciones bibliográficas como vehículos para establecer vínculos entre las entidades, y también como medio para ayudar al usuario a navegar por el universo representado en el catálogo. Generalmente el usuario buscará una entidad a través de alguno de sus atributos (por ejemplo, el título de una manifestación, el autor de una obra); una vez que
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o gr g r a f ía í a s i mp mp r e s a s
encuentra la entidad que busca, las relaciones reflejadas en el registro bibliográfico de esa entidad le proporcionarán Información adicional que la ayudará a establecer conexiones entre la entidad encontrada y otras entida des relacionadas, que podrían ser de su Interés. Una obra está relacionada con sus expresiones; las expresiones, a su vez, están relacionadas entre sí, ya que son realizaciones de una misma obra. Distintas manifestaciones de una misma expresión, por ejemplo dis tintas ediciones de un mismo texto, también tienen una relación, que es la equivalencia de su contenido. Lo mismo puede decirse de los ítems que ejemplifican una manifestación. Las obras y sus entidades derivadas pueden estar conectadas mediante relaciones de contenido entre obras, que se transmiten a las entidades siguientes en la jerarquía. Los FRBR describen relaciones de equivalencia, relaciones derivativas y relaciones descriptivas. Las relaciones de contenido pueden verse como un continuo entre las obras, sus expresiones, y mani festaciones, y nuevas obras, constituyendo “familias” de obras relaciona das3. Partiendo de una obra original, puede relacionársela con las expresio nes de esa misma obra, y las manifestaciones de esas expresiones, que pueden considerarse equivalentes, es decir, que comparten el mismo con tenido Intelectual o artístico, a través del mismo modo de expresión. Por ejemplo, la obra realizada en una expresión textual que se corporlza en una manifestación Impresa, una reproducción en mlcroforma de la misma expre sión, un facsímil, o una reimpresión; todas estas entidades tienen una rela ción de equivalencia con la obra. Cuando se Introducen variaciones, como una traducción, una edición revisada, expresiones con modificaciones menores como una edición ¡lustrada o una edición abreviada, esas entida des tienen con la obra una relación derivada. Alejándose un poco más de la obra original, otras entidades pueden presentar cambios más Importan tes, pero aún así, siguen teniendo relación con la obra original; es el caso de adaptaciones, sumarlos, imitaciones o parodias, cambios de género. Finalmente, en el extremo opuesto las entidades presentan con la obra ori ginal otro tipo de relación, una relación descriptiva; se trata de nuevas obras que describen la obra original: comentarlos, críticas, etc. Otro tipo de relación de gran Importancia para la recuperación de Infor mación en el universo bibliográfico es la relación todo/parte. Las partes que componen un todo pueden ser Independientes o dependientes de ese todo. Por ejemplo, los capítulos de una obra son partes dependientes de la obra 3. TILLETT, Barbara. 2003. “FRBR (Functional Requirements for Bibliographic Records)”. En: Technicalities, v. 25, n2 5. pp. 1,11-13.
¿ l ’ ÍTULO2. El
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como un todo, mientras que los artículos de una publicación periódica son partes par tes independientes. En general, las partes dependientes no necesitan ser dentificadas por separado del todo, pero las partes independientes pueden ser por sí mismas objeto de identificación y registro. Por ejemplo, la publi cación de las actas de un congreso puede registrarse como un todo, y a la vez, cada uno de los trabajos presentados al congreso e incluidos en la publicación puede registrarse de manera independiente. La necesidad de registrar el todo, la parte o ambas cosas varía según las características de ambos elementos, y el tipo de acceso que desee brindar una biblioteca, o requieran sus usuarios. Existen además relaciones parte/parte, que pueden ser secuenciales, como cuando un parte es continuación de otra, por ejemplo una publica ción periódica que es continuación de otra; o acompañantes, como cuando una parte ha sido creada con el propósito de ser usada junto con otra parte, por ejemplo, un CD-ROM que acompaña un libro de texto. A su vez, las relaciones acompañantes o de compañía pueden ser dependientes o independientes según las partes puedan considerarse lo suficientemente autónomas como para ser utilizadas por separado, o no tengan utilidad más que juntas. La importancia de las relaciones bibliográficas es que, si se explicitan en el registro, facilitan al usuario la navegación por el universo bibliográ fico. Si a partir del registro de una manifestación el usuario puede mover se hacia registros de otras manifestaciones de una misma expresión, todas las expresiones de una misma obra, y además, hacia las obras relacionacas, tanto derivadas como descriptivas, la recuperación se enriquece notaclemente.
2 ,2
Patron Patron es de pub licació n
Los recursos bibliográficos presentan características ciferentes según su soporte material, y también según la forma en que sufren cambios (o no). La modalidad de publicación puede dar lugar a cam bios en el recurso a lo largo del tiempo: un recurso que se publica de una sola vez (como un libro) no sufrirá cambios una vez publicado, pero un recurso que se publica en partes, o a lo largo del tiempo (como una publi cación periódica o un sitio Web) puede cambiar a lo largo de su publica ción, por ejemplo, cambiando un atributo como el título, o una entidad
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Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
como la entidad corporativa de ia que emana. El patrón de publicación de un recurso puede introducir al cambio como un aspecto del recurso, que debe considerarse, y reflejarse en ciertos casos, en el registro. Tradicionalmente, la diferencia entre los recursos que cambian y los que no cambian se reflejaba en las reglas de catalogación mediante el establecimiento de provisiones diferentes para dos tipos de patrones de publicación: publicaciones seriadas y monografías. Pero esta división no correspondía a la realidad: había recursos que no podían ser considerados seriadas, porque no cumplían con los requisitos (publicación en partes sucesivas, con denominaciones numéricas y/o cronológicas para cada parte, y con intención de aparecer indefinidamente), pero tampoco eran monografías, ya que no se publicaban de una sola vez o con un fin predeterminado. Un ejemplo son las publicaciones en hojas sustituibles, que no pueden ser consideradas publicaciones seriadas, porque no se publican en partes sucesivas, pero tampoco puede decirse que sean monografías: una monografía se publica completa de una vez o en un número predefinido de partes (por ejemplo una obra en varios volúmenes), pero no está en constante proceso de cambio. La consecuencia de la visión tradicional era marginar una serie de recursos que no tenían cabida en el esquema monografía/seriada. La aparición de Internet y un nuevo tipo de recurso que podía actualizarse constantemente sin partes separadas y sin denominaciones, como los sitios Web, hizo aún más necesaria una modificación del esquema de patrones de publicación. Se adoptó entonces un nuevo modelo, que contempla nuevas categorías de recursos según su forma de publicación. Este modelo establece dos categorías principales: recursos finitos y recursos continuos, que a su vez se subdividen según el tipo de cambio que experimentan. La Fig. 5 muestra un esquema de la clasificación de los recursos según sus patrones de publicación:
F i g . 5 Tipos de recursos según su patrón de publicación
Monografías
R ec u r s o s I n t e g r a d o s f i n i t o s
Ser i a d as
Recursos Integrados
Ca ppíí t u l o
2. El
r eg is is t r o bi b bll i o g r á f i c o
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Recursos Recursos finito s
Los recursos finitos son recursos bibliográficos publicados de una vez, o a lo largo de un período, pero con una conclu sión predeterminada (completados en un número finito de partes o itera ciones). Se dividen en: • Monografías, Monogra fías, publicada pub licadass en una una sola parte, o en varias partes pero pero con un fin predeterminado. Un libro, en uno o varios volúmenes, es una monografía. • Recursos integrados finitos, en los que se producen cambios de manera integrada, es decir, que cambia el contenido en su conjunto por modificaciones que se integran en el todo, no como partes sepa radas o adiciones; pero que tienen también una conclusión predeter minada, no se proponen aparecer por un período indefinido sino que su publicación cesará en un momento determinado de antemano. Por ejemplo, la página Web de una conferencia, que se actualiza mien tras la conferencia se está realizando, pero en cuanto ésta termina, la página deja de actualizarse y queda fija. Recursos Recursos co ntinuos
Los recursos continuos son recursos bibliográficos que se publican a lo largo del tiempo sin que exista una conclusión prede terminada. Se dividen en: • Publicaciones seriadas, que aparecen en partes sucesivas, general mente numeradas, y pretenden continuar indefinidamente, como las publicaciones periódicas, los diarios o las series monográficas, y • Recursos integrados, que se adicionan o cambian mediante actuali zaciones que no permanecen separadas, sino que se integran para formar un todo, como un sitio Web o una publicación en hojas sustituibles. Cada tipo de recurso en este esquema presenta una forma particular de cambio; las necesidades de reflejar esos cambios y la forma de hacerlo tam bién varían para cada tipo de recurso, por lo que los registros para recur sos en cada patrón de publicación pueden contener datos diferentes. Al crear un registro, debe determinarse en primer lugar a qué tipo de patrón de publicación corresponde, para poder aplicar las reglas de descripción adecuadas.
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2.3
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Concepto Concepto y com pon entes del regist ro
Aplicando Aplicand o la terminología de los FRBR FRBR,, puede definirse al registro bibliográfico como un conjunto de datos, tratados como una unidad, que describe y provee acceso a manifestaciones; e identifica las obras y expresiones relacionadas. Es una representación sintética de un recurso bibliográfico, cuyos datos se obtienen y representan según un con junto de reglas reglas establecidas. El registro registro ocupa el lugar del recurso recurso (esto (esto es, es, lo sustituye) en una herramienta de control bibliográfico (catálogo, índice, bibliografía, etc.). Al ser una representación del recurso, permite hacer un primer examen de ese recurso sin necesidad de acceder físicamente a él, para determinar si es posible que satisfaga la necesidad de información que origina la búsqueda. Un registro es más útil en la medida en que su forma y contenido son predecibles, es decir, están estandarizados. Son sinónimos de registro bibliográfico los términos asiento bibliográfico o catalográfico, y referencia bibliográfica, bibliográfica, aunque en este caso el término se utilice más frecuentemente para denominar a las notas bibliográficas que se ofrecen en un texto. El término registro registro bibliográfico bibliográfi co se utiliza también para denominar la unidad de información sobre un recurso bibliográfico volcada en un sistema automatizado. El conjunto de los datos contenidos en un registro cumple dos funciones: una, como conjunto, de identificación y descripción de un recurso; por otra parte, cada elemento individual puede servir potencialmente como una clave para la recuperación, mediante la cual tos registros que comparten una característica común pueden ser recuperados en conjunto. El registro se compone de tres bloques de datos que cumplen funciones diferentes y se construyen también de acuerdo con reglas distintas. En primer lugar, un registro contiene un conjunto de elementos que describen la manifestación y el ítem, denominada descripción descripción bibliográfica. bibliográfica. Este conjunto de elementos, obtenidos del mismo ítem, es el que permite cumplir con los objetivos de identificación y de selección del catálogo. A través de los datos descriptivos, el usuario determina si el registro describe el mismo recurso que él busca, y si es probable que ese recurso satisfaga su necesidad de información, de acuerdo con diferentes criterios, por ejemplo el tipo de soporte físico (libro, recurso electrónico, etc.), su fecha de publicación, la presencia de determinados elementos como índices, ilustraciones, etc. La descripción es trascripción de datos que aparecen en la manifestación, y cuando es necesario indicación de alguna característica especial del ítem (por ejemplo, un ejemplar autografiado, o con páginas faltantes).
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Fig. 6:
Descripción bibliográfica
____________________________ _________________________ ___
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Historia de la historiografía literaria argentina: desde sus orígenes hasta 1917 / Pedro Luis Barcia-Buenos Aires: Pasco, 1999. 335 p. ; 22 cm. ISBN 987-43-1530-X
Para poder organizar las descripciones en un archivo, proveer acceso a manifestaciones, y reunir obras y expresiones, se asigna a la descripción una serie de elementos denominados puntos de acceso, a través de los cua les se recuperan registros como respuesta a una búsqueda, y se ordenan los registros en la visualización de esa respuesta. Los puntos de acceso son, en su mayoría, elementos normalizados que se construyen de acuerdo a reglas: los nombres personales se reordenan, las materias se representan con términos o códigos tomados de vocabularios controlados, etc. La con sistencia en la representación de un elemento como punto de acceso es un aspecto clave para la recuperación, por lo que se los somete a control de autoridades. Los puntos de acceso más habituales se relacionan con la autoría/responsabilidad, el título de la manifestación, y la/s materia/s de las que trata el recurso, que son los elementos por los que más frecuentemen te el usuario realiza una búsqueda. Es evidente que algunos de esos elementos son también necesarios para describir el recurso (sería imposible identificar un recurso sin un títu lo), pero como puntos de acceso cumplen una función distinta, la función de "llevar" a quien hace la búsqueda hacia la descripción completa del recurso contenida en el registro. En un sistema automatizado, cualquier ele mento del registro puede, potencialmente, convertirse en punto de acceso. En la medida en que se den las indicaciones pertinentes al sistema, cual quier palabra dentro de un registro puede servir para recuperarlo. Pero este tipo de búsqueda por lenguaje natural puede responder solamente a la pre gunta ¿está ¿está la cadena de caracteres “ Borges” presente pre sente en el registro?, no a la pregunta ¿Qué obras de Borges están representadas en este catálogo? La búsqueda por palabra clave indica la ocurrencia de una determinada cade na de caracteres, pero no la ocurrencia de un concepto en el registro. Otro aspecto a tener en cuenta es que, mientras los elementos descrip tivos corresponden a una manifestación de una obra, los puntos de acceso deben atender tanto a la recuperación de la manifestación como a la iden tificación y recuperación de la obra.
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Fig. 7 Puntos de acceso para la descripción de la Flg. 6 (por autor, título, alfabético de materia y sistemático de materia)
Barcia, Pedro Luis Historia de la historiografía literaria argentina LITERATURA ARGENTINA-HISTORIA Y CRÍTICA 821.134.2(82). 09
Hay un tercer grupo de elementos que debe necesariamente aparecer en un registro: el conjunto de datos que permita el pasaje del registro al recur so en sí. Los datos de localización y acceso pueden consistir solamente en una indicación de la ubicación física del recurso, como una signatura topo gráfica, o pueden incluir información sobre restricciones al acceso, localiza ciones electrónicas, requerimientos de equipos, etc. Los recursos bibliográficos tangibles que integran la colección de una biblioteca llevan una clave que permite ubicarlos físicamente. Esa clave es denominada signatura topográfica. La signatura topográfica puede estar compuesta por distintos elementos, y representar distintos tipos de órde nes dentro de la colección. Por ejemplo, en una colección ordenada física mente según el orden de incorporación de los recursos puede constar sola mente de un número correlativo. Otro tipo de signatura puede de contener indicaciones sobre la ubicación del recurso en un área determinada, una estantería, número de estante y número de orden en el estante. Cuando el orden físico de los recursos es un orden temático, organiza do según la notación de un sistema de clasificación, la signatura topográ fica se compone de un símbolo que representa la materia, llamado signa tura de clase, y un grupo de elementos que identifican al ítem dentro de su clase, con códigos para el nombre del autor o el título, indicación de número de volumen si se trata de recursos en varios volúmenes, o indica ción de ejemplar si la biblioteca posee más de uno. La signatura topográ fica indica la ubicación de una unidad física, por lo que debe ser única para cada unidad dentro de la colección. Los datos de acceso pueden incluir además información sobre restriccio nes o forma de acceso al recurso, por ejemplo, indicaciones sobre el tipo de préstamo o consulta permitidos. En los sistemas integrados con catálo gos en línea, además, es posible que información sobre el estado de circu lación del recurso (si está disponible o está prestado, y hasta qué fecha) se incluyan también en la visualización del registro.
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Fig. 8: Datos de localización y acceso
#
U. Info
Inve Inven ntar tario
X
DUN
503910
Signatura Estado de Topográfica Disponibilidad
SLP Lh4782
Tipo de Préstamo
Consulta
Estado Actual
Próxima Fecha Disponible
No Prestable
Un registro puede tomar diferentes formas, según el soporte que se uti lice. Durante la mayor parte del siglo XX, el soporte tradicional fue la ficha, un rectángulo de cartulina de 7,5 por 12,5 cm., en el que la información se disponía de manera que el punto de acceso por el que debía intercalarse la ficha en el catálogo apareciera a la cabeza del registro, con los datos de localización (signatura topográfica) generalmente en el ángulo superior izquierdo, y la descripción a continuación del punto de acceso. Fig. 7 Ficha catatográfica
821.134 821.134 B496
Barcia, Pedro Luis Historia de la historiografía histori ografía literaria argentina: argentina: desde sus orígenes hasta 1917 / Pedro Luis Barcia-Buenos Aires: Aires: Pasco, Pasco, 1999 1999.. 335 p. ; 22 cm. ISBN 987-43-1530-X
A partir de la difusión de los sistemas automatizados, el registro registro se convir tió, físicamente, en un conjunto de señales electromagnéticas u ópticas almacenadas en un disco de computadora, un CD-ROM, etc., que puede ser visualizado de diferentes maneras por el usuario: a través de una pantalla, a través de una salida de impresora, enviado como mensaje de correo elec trónico, etc. En un sistema automatizado, además, es posible visualizar dife rentes combinaciones de datos contenidos en el registro y con diferentes presentaciones. Por ejemplo, el usuario puede elegir en muchos sistemas
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entre una visualizaron breve y una completa, una visualización con etiquetas textuales para cada dato (Fig. 10), una visualización en forma de ficha catalográfica (Fig. 11), etc. A la vez, el catalogador puede visualizar el mismo registro con las etiquetas codificadas de un formato bibliográfico, incluyendo datos administrativos y de control que aparecen en las visualizaciones del usuario (Fig. 12). Fig. 10: Visualización del registro con etiquetas textuales
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Normal
Ficha Breve
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Ul f CIVHIIACIONIS U n i d a d d e I n f o r m a c i ó n C CC CC ISBN 84 309 0594 4 Tipo de Material Libros Tipo de Soporte Im preso Titulo 1
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Responsables Brande!, F ernanil Lditorial Fecha Desde
Icenos 1993
Lugar Madrid País España I d i o m a E s p añ añ o l Extensión 496 páginas M I S IO IO R J A S O C I A l ; I IJ IJ S T O R I A F C O N O M IC IC A ; C I V I I I / A C I O N ; I S I A M ; M I I S I I I M A M S ; P.Ol'A; Al Pl> Pl> . A; Cl UNA; IAPON; RU SIA; URSS; URSS; IND IA; AMI PICA l Al I\A ; M a t e r i a s 1U P.Ol'A;
HI8TORIOGRAI 1A Fecha de Alta 10/06 /200 0
F i g . 1 1 : Visualización del registro en formato de ficha catalográfica
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Marc 21
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J
I ¡cha Flibliográt >»CIVNI/ACIOMK >»CIVNI/ACI OMK
930.85 BPA Braudel, Fernand Las civilizaciones actuales : estudio de historia económica y social. -- Madrid (España) : Tecnos, 1993. 1993. 496 p. ISBN: 84 309 0594 4 HISTORIA SOCIAL, HISTORIA ECONOMICA; CIVILIZACION; ISLAM: MUSULMANES; EUROPA; AFPICA; CHINA; JAPON; RUSIA; URSS; INDIA; AMERICA LATINA; HISTORIOGRAFIA
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Fig. 12: Visualización del registro en formato MARC 21
Visualiz Visualizació ación: n:
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Ficha Br eve
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2.4
social
Normas Normas bib lio gráfi cas
El uso de normas es inherente al concepto de control bibliográfico. No se concibe la posibilidad de ejercer control sobre una porción, pequeña o grande, del universo bibliográfico, sin la aplicación de normas que faciliten la tarea y la hagan uniforme y consistente. Más aún, el objetivo de controlar el universo bibliográfico requiere de la aplicación de normas de uso general, aplicadas por la mayor cantidad posible de Instituciones dedicadas a la creación de registros: ninguna biblioteca por sí misma puede aspirar a controlar el universo bibliográfico, muchas veces ni siquiera la pequeña porción que compone sus colecciones. El control bibliográfico es una tarea que requiere cooperación. Y la cooperación no es posible sin un conjunto de reglas aceptadas y aplicadas por todos los participantes. El uso de normas bibliográficas comunes: • Facilita el Intercambio de Información bibliográfica al remover los obstáculos causados por prácticas diferentes, tanto a nivel local como a nivel Internacional. • Mejora la calidad de los registros bibliográficos, asegurando su
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de m o n o g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
consistencia, y por lo tanto facilita la recuperación de información. • Promueve un uso más más eficiente de los recursos, puesto puest o que permite trabajo cooperativo y el aprovechamiento de registros producidos por diversos programas e instituciones, como los programas de catalogación en la fuente o los catálogos de bibliotecas disponibles en la World Wide Web. La creación de registros requiere la aplicación de un conjunto de normas, que se ocupan de distintos aspectos: descripción, asignación de puntos de acceso bibliográficos, asignación de puntos de acceso por materia, control de autoridades, codificación para sistemas automatizados, etc. Los aspectos relacionados con la descripción y acceso bibliográficos, incluyendo el control de autoridades para puntos de acceso bibliográficos, son cubiertos por normas de descripción bibliográfica y códigos de catalogación. El acceso por materia es provisto por listas de encabezamientos de materia, tesauros y sistemas de clasificación. La codificación de registros para su ingreso y utilización en sistemas automatizados es provista por los formatos bibliográficos, que se componen de una estructura de datos y un conjunto de instrucciones para su aplicación.
2.4.1
Nor Nor mas de descri descri pci pci ón y acceso acceso bibliogr áfi co
Son aquellas que determinan los datos a registrar para la descripción de un recurso y la asignación de puntos de acceso (excepto los relacionados con el contenido temático), y establecen además la forma de presentación de esos datos. En general, se las denomina normas o reglas de catalogación, aunque el sentido de lo que abarca el término varía entre una norma o código y otra. Podemos distinguir actualmente dos grupos: por un lado, las normas de descripción bibliográfica, que determinan los elementos que debe contener la descripción bibliográfica en un registro, el orden y la puntuación con que deben ser presentados; y los códigos de catalogación, que en general se basan en normas de descripción bibliográfica, elaborando sobre ellas y complementándolas con instrucciones para la asignación de forma de los puntos de acceso. Entre las normas de descripción bibliográficas, las más conocidas y (International onal Standard Bibliog raphic raph ic ampliamente aceptadas son las ISBD (Internati Description). Fueron creadas a partir de 1971, con el objetivo de facilitar el intercambio internacional de registros bibliográficos mediante la normalización
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de los elementos utilizados en la descripción. Cada ISBD es un esquema que establece qué datos deben registrarse para descripción de un determinado tipo de recurso, en qué orden deben darse esos datos, y qué puntuación debe acompañarlos para facilitar su identificación. Las ISBD fueron creadas con el objeto de proporcionar un esquema común que pudiera ser incorpo rado por los códigos de catalogación, de modo de hacer que los registros producidos según diferentes códigos fueran más fácilmente comprensibles e intercambiables. Existen esquemas separados para distintos tipos de recursos: ISBD (M) para monografías impresas, ISBD (CR) para recursos con tinuos, ISBD (A) para materiales antiguos, ISBD (CM) para materiales carto gráficos, y un esquema general que sirve de base a todos los demás, ISBD (G), general. Los ISBD son esquemas de datos para la descripción, que deben ser com plementados con instrucciones para la asignación de puntos de acceso. Los códigos de catalogación ofrecen normas para ambos aspectos. En general, los códigos de catalogación actualmente en uso en todo el mundo se basan en los ISBD para las reglas sobre descripción, y en mayor o menor medida, en los Principios de París APRA las reglas sobre puntos de acceso por responsa bles y títulos. Existen códigos de catalogación nacionales, y otros de alcance internacional. En Europa, por ejemplo, es habitual la existencia de códigos propios de cada país, como las Reglas de Catalogación Catalogación españolas o las Rególe Rególe italiane di catalogazione catalogazione perautori, perautori, mientras que los países angtoparlantes en general utilizan un código común, las Anglo American Cataloging Rules, o Reglas de Catalogación Angloamericanas. Angloamericanas. Este código ha alcanzado gran difusión internacional, y ha sido adoptado por otros países fuera del área lingüística del inglés. Es el código más difundido en América Latina, que tradicionalmente no ha desarrollado códigos propios, sino que ha adoptado códigos de uso internacional. Actualmente, los códigos nacionales van cediendo terreno a la necesidad de una compatibilización cada vez mayor en la creación de registros bibliográficos que facilite su intercambio. Algunos paí ses que contaban con un código nacional han adoptado las Reglas de Catalogación Angloamericanas, y existe además un movimiento hacia la crea ción de un único código internacional de catalogación.
2.4.2
Reseña histórica del desarrollo de los códigos de catalogación
Puede considerarse que la catalogación moderna surge a mediados del siglo XIX, coincidiendo con la aparición de la biblioteca
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L
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pública como institución, fruto de una demanda social que tenía su origen en la Revolución Francesa, y que determinó entre otras cosas la centralización de las colecciones de libros, y el principio de que los mismos debían ser accesibles al público en general. Por otra parte, es en este siglo que empiezan a cobrar importancia las bibliotecas nacionales, como la biblioteca del British Museum, Museum, que actualmente es la British Library, la Biblioteca Nacional de España, la Library ofCongress ofCongress de los Estados Unidos, etc. Hay, por lo tanto, un fuerte movimiento en el área de las bibliotecas, y eso repercute, entre otros aspectos de su funcionamiento, en la confección de sus catálogos. Empiezan a aparecer entonces reglas para la confección de los catálogos, o reglas de catalogación. Los primeros códigos de reglas para la catalogación aparecieron hacia mediados del siglo XIX. En 1841, en Gran Bretaña, Anthony Panizzi, bibliotecario jefe del Museo Británico publicó las Rules Rules fort he Compilation Compilation ofthe ofth e Catalog, redactadas Catalog, redactadas por él y un comité, para el catálogo de la biblioteca del British Museum. Estas reglas, habitualmente conocidas como las “91 reglas de Panizzi”, estaban diseñadas para la confección de un catálogo alfabético principalmente de autores personales y entidades, que permitiera al usuario la localización fácil y rápida de una obra, así como la agrupación de las obras de un mismo autor con sus diferentes ediciones y traducciones. Las reglas de Panizzi constituyeron un paso muy importante en la historia de la catalogación, porque fueron el primer código sistemático, estructurado, organizado, de catalogación, y también por la envergadura de la biblioteca para la que se redactó. En 1853, en los Estados Unidos, Charles Jewett publica un informe titulado Smithsonian Report on the Construction of Catalogs of Libraries, and their Publication by Means of Sepárate, Stereotyped Titles, with Rules and Examples. Examples. Estaba basado en las 91 reglas de Panizzi, e introduce la discusión de un elemento que no estaba presente en ellas: los encabezamientos de materia, aunque si bien sólo en forma de sugerencias. Lo más interesante del trabajo de Jewett es su idea de crear un catálogo general de todas las bibliotecas públicas de los Estados Unidos: para ello, considera imprescindible la existencia de un código de catalogación común a todas las bibliotecas, para lo que ofrece las reglas contenidas en su informe. Una vez logrado el objetivo de compilar un catálogo general de todas las bibliotecas públicas de los Estados Unidos, podría extenderse a otros países, a fin de lograr algún día la compilación de una bibliografía universal. El número creciente de bibliotecas públicas y el acceso cada vez mayor de la población a los libros creó nuevas demandas de parte de los usuarios. El acceso que ofrecían los catálogos hasta ese momento era básicamente
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por autores. Los usuarios comenzaron entonces a demandar un acceso por materias. Para responder a estas nuevas demandas, un bibliotecario norte americano, Charles Ammi Cutter, publica en 1876 la primera edición de su obra Rules for a Printed Dictionary Catalogue, Catalogue, titulada en ediciones poste riores RulesforaDictíonaryCatalog. RulesforaDictíonaryCatalog. Contenía Contenía 369 reglas que cubrían la des cripción bibliográfica, con puntos de acceso por autor y fiulo, encabeza mientos de materia, y reglas para el ordenamiento de los registros en el catálogo. En este código se encuentran además delineados los objetivos y las funciones que debe cumplir un catálogo (permitir encontrar un libro del que se conoce el autor, o el título, etc.)5. Estos principios han tenido una enorme influencia en todos los códigos de catalogación publicados desde entonces hasta nuestros días. Cutter plantea que la catalogación debe hacerse pensando en la comodidad del usuario antes que en la del catalo gados El código, como su nombre lo indica, está pensado para un tipo par ticular de catálogo, el denominado catálogo diccionario, en el que puntos de acceso de diferente naturaleza (autor, título, materia, etc.) se reúnen en un solo orden alfabético. A la vez que esto sucedía en los Estados Unidos e Inglate Inglaterra rra,, en otros países se producían también códigos de catalogación. En Prusia se publi có, en 1899, un código para la compilación de catálogos, que fue luego adoptado por un gran número de bibliotecas en Alemania y otros países centroeuropeos y escandinavos. Se las conoce como las Instrucciones Prusianas, Prusianas, y su objetivo original era la compilación de un catálogo colecti vo unificado, realizada por la Biblioteca Estatal de Prusia -el Deutscher Gesamtkatalog-, Gesamtkatalog-, que integró a muchas bibliotecas de Alemania y Austria. Este código representa la llamada corriente prusiana de catalogación, que tiene dos diferencias básicas con la corriente anglo-americana, repre sentada por los códigos de Panizzi, Jewett y Cutter: • Un concepto diferente para la ordenación de los títulos, títul os, más grama tical. Para la corriente prusiana, los títulos deben ordenarse bajo la primera palabra gramaticalmente independiente (generalmente un sustantivo), en lugar de la primera palabra significativa (cualquier palabra que no sea un artículo) de la corriente anglo-americana. • Un concepto diferente de autoría. Para la corriente prusiana, autor sólo era el autor personal; por lo tanto, una institución no podía ser autor, y sus obras debían registrarse bajo el título, al igual que las obras anónimas. Para la corriente anglo-americana, en cambio, las 5. Los objetivos del catálogo según Cutter son tratados en el capítulo 1.
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instituciones podían considerarse autores, y por lo tanto sus obras se registraban bajo por el nombre de la institución. • Estas dos diferencias, diferencia s, que pueden parecer menores, marcan marcan una divi di vi sión profunda. Los catálogos producidos según uno u otro grupo de principios difieren notablemente entre sí; más registros bajo el títu lo, y un orden casi conceptual de los títulos en los catálogos de la corriente prusiana, y muchos registros bajo entidades, y un orden más directo en los títulos en los catálogos de la corriente anglo-americana. Las diferencias entre ambas corrientes fueron superándose a lo largo del siglo XX. En 1902 se publicaron en España las Instrucciones para la redacción de los catálogos en las bibliotecas biblioteca s públicas del Estado. Estado. Éste es considerado el primer código español de catalogación, y estaba inspirado en las Instrucciones Prusianas, enrolado por tanto en la corriente prusiana de catalogación. Las Instrucciones españolas tuvieron una segunda edición en 1941, con algunas modificaciones, y luego reimpresiones hasta 1960. En el año 1908, se publicó el primer código surgido del trabajo conjun to bibliotecarios a nivel internacional. Las Catalog Rules: Autho Au thorr and Title Title Entries, también conocidas como Anglo An glo American Code, Code, fueron redactadas por bibliotecarios norteamericanos y británicos, y reflejaba la influencia de los códigos anteriores (Cutter, Panizzi, aun de las Instrucciones Prusianas), así como también la práctica de la Library of Congress. Esto se debía a que muchas bibliotecas en los Estados Unidos habían comenzado a utilizar el servicio de fichas catalográficas ofrecido por LC, que catalogaba sus propias colecciones, pero además reproducía y distribuía sus fichas a las bibliote cas interesadas en adquirirlas. De esta forma, muchas bibliotecas podían contar con registros de excelente calidad en sus catálogos, y reservar el tra bajo de crear registros originales sólo para aquellos materiales para los que LC no proveía fichas. Por esta razón, el código de 1908 se basó en gran medida en la práctica de LC; las bibliotecas que recibían las fichas de LC querían aplicar las mismas reglas al crear sus propios registros, de modo que sus catálogos fueran consistentes. En este código, además, se eliminó la parte correspondiente a los encabezamientos de materia, y a partir de allí este aspecto ha quedado excluido en los códigos angloamericanos de catalogación. Otra característica de este código, que se mantendrá también en adelante, eran sus destinatarios: las grandes bibliotecas académicas y de investigación, y no las bibliotecas públicas. En Europa, durante la década de 1920, se inició la reorganización de una importantísima biblioteca: la Biblioteca Vaticana. Esta reorganización planteó
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la necesidad de crear un código de reglas para la compilación del catálogo de libros de la Biblioteca Vaticana. Como los fondos para el proyecto de reorganización habían sido en gran medida aportados por instituciones nor teamericanas, y particularmente la Fundación Carnegie para la Paz Internacional, los bibliotecarios que trabajaron en la redacción del código fueron en su mayoría norteamericanos, y por lo tanto el código que redac taron, si bien se basó en un código italiano anterior, siguió la corriente Norme per il catalogo catalogo deglist d eglist am pati (Normas anglo-americana. anglo-americana. Se denominó Norme para la catalogación de impresos). A pesar de haber sido creado para una biblioteca en particular, las Normas fueron un código de carácter internacio nal, con una gran influencia de la corriente catalográfica angloamericana, de la que durante mucho tiempo fue la más completa exposición. Fue publica do en 1931, y traducido a varios idiomas, entre ellos el español. Fue, en su época, el código más completo y mejor organizado, por lo que tuvo gran difusión internacional. Era una síntesis de prácticas europeas y norteameri canas. Pero al haber sido creado para una biblioteca en particular, no podía evitar ser un reflejo de las características de esa biblioteca: una biblioteca de investigación, con materiales eruditos y muy valiosos, para la que era necesario un código muy detallado y específico; muchas de sus reglas no se adaptaban a las necesidades de otros tipos de bibliotecas. Las Normas o Reglas Vaticanas, como se las conoció también, incluían reglas para la descripción, puntos de acceso por autores y títulos, y puntos de acceso por materias. Fueron adoptadas en la Argentina por un gran número de bibliotecas; más allá de su indudable calidad, la traducción al español las puso al alcance de todo tipo de bibliotecas. Desde comienzos de la década de 1930, en los Estados Unidos comen zó a observarse la necesidad de revisar el código de 1908. Se estableció un comité especial dentro de la American Library Association (ALA), y existía la intención de volver a trabajar en conjunto con instituciones británicas, e incluir también otros países. Pero la situación internacional que desembo có en la Segunda Guerra Mundial, impidió que este propósito se llevara a cabo. En 1942 se presentó una versión preliminar del código redactado por c atalog g rules: Au thor th oran an d Title Entrles, que de las 88 el comité de ALA, ALA catalo páginas del código angloamericano de 1908, había pasado a tener 408 páginas. Constaba de dos partes, una para puntos de acceso y otra para descripción. El código fue duramente criticado por su excesivo detallismo, ya que parecía querer ofrecer una respuesta para cada posible situación que pudiera presentarse. Mientras tanto, se hacía cada vez más necesario para las bibliotecas en los Estados Unidos contar con las reglas que utilizaba LC para la confección
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de m o n o gr g r a f í a s i m pr pr e s a s
de sus fichas. Por ello, LC publicó eni949 sus Rules for Descriptive Cataloging in the Library of Congress Adopted by the American Library Associatio Asso ciation. n. Este código se ocupaba solamente de la descripción, sin incluir reglas para determinación y forma de los puntos de acceso. Cubría no sólo libros, sino también otros tipos de materiales: publicaciones periódicas, mapas, música, microfilms, etc. Debido a que LC había decidido publicar sus reglas sobre descripción, y en parte también porque la versión preliminar de su código no había sido muy bien recibida, ALA decidió publicar en la edición definitiva solamente las reglas referidas a elección y forma de los puntos de acceso. Ambos códigos, pues, se complementaban. Este se denominó ALA Catalog C ataloging ing Rules for Author Auth or and Title Entries, y fue publicado también en 1949. Igualmente, el código de ALA fue duramente criticado, pues sus reglas resultaban muy complejas y muchas veces arbitrarias. El principal crítico del código y de la filosofía que entrañaba fue Seymour Lubetzky, quien en una obra titulada Cataloging Rules and Principies, hizo un profundo análisis del código de ALA de 1949, criticándolo por ser innecesariamente largo y confuso, con reglas que se superponían y se duplicaban en la resolución de un mismo caso. Además, según Lubetzky, el código carecía de un orden lógico que facilitara su aplicación. Este estudio fue recibido muy favorablemente, y ALA formó un comité para la redacción de un nuevo código. El mismo Lubetzky fue más tarde designado editor del nuevo código. En 1960 apareció la versión preliminar del Código editado bajo la dirección de Lubetzky. Comenzaba con una exposición de objetivos, a la manera del código de Cutter casi un siglo antes, y luego desarrollaba las reglas específicas para alcanzar esos objetivos. En lugar de hacer las reglas partiendo de los posibles casos que pudieran presentarse y desde allí determinar cómo redactar los registros, que había sido la metodología del código de ALA, Lubetzky partía de los objetivos que debían cumplir los registros, y basándose en ellos se redactaban las reglas. Lubetzky siempre había sido partidario de "ir a la regla y no a las excepciones", es decir, basar las reglas en principios generales y no en particularidades de cada caso. El trabajo de Lubetzky representaba un gran cambio para la práctica existente, y por ello, fue recibido con una mezcla de entusiasmo y algo de temor por el costo que pudiera significar la implementación de los cambios que proponía. El código de Lubetzky nunca llegó a editarse en su versión final. En 1961 tuvo lugar uno de los hechos más relevantes en la evolución de los códigos de catalogación. Entre el 9 y el 18 de octubre de ese año, expertos en catalogación de 53 países y doce organizaciones internacionales se reunieron en la International Conference on Cataloging Principies,
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convocada por IFLA. La conferencia se centró en la discusión sobre los puntos de acceso de autor y título para los registros bibliográficos. En 1961, un acontecimiento de gran importancia marca el inicio de una tendencia irreversible hacia la internacionalización de principios y reglas de catalogación. Entre el 9 y el 18 de octubre de ese año, representantes de 53 países y 12 organizaciones internacionales se reunieron en París para participar de la Conferencia Internacional sobre Principios de Catalogación convocada por IFLA. El objetivo de la reunión era discutir principios para la elección y forma de los puntos de acceso de autor y título en los catálogos, que pudieran servir de base en la redacción de códigos nacionales de catalogación. Las conclusiones y acuerdos alcanzados quedaron plasmados en un documento conocido habitualmente como los Principios Princip ios de París. París. Este documento fue un gran paso hacia la normalización internacional de los códigos de catalogación. Las Las Reglas Ang lo Americanas Americanas de Catalogación, Catalogación, i Bed.
Los Principios de París, París, junto con la versión preliminar del código de Lubetzky, que había renunciado como editor del nuevo código de ALA, sirvieron de base al trabajo que encararon ALA y Library Association de Gran Gran Bretañ Bretaña a para para redactar redactar un un nuevo código angloamericano. angloamericano. Como resultado de esta cooperación, en 1967 se publicaron las Anglo Ang lo American Cataloging Rules Rules (Reglas Anglo Americanas de Catalogación). Si bien fue el resultado del trabajo conjunto de instituciones estadounidenses y británicas, los acuerdos no llegaron a ser totales, por lo que el código se publicó en dos versiones diferentes, una británica y otra norteamericana. Los motivos de desacuerdo fueron varios. Uno de ellos concernía a la terminología utilizada, ya que aunque se tratara del mismo idioma, los términos específicos utilizados en la materia no eran siempre los mismos. Otro motivo de desacuerdo lo constituyó el grado de adherencia a los Principios de París. Mientras las instituciones británicas propugnaban un código completamente en línea con los enunciados de París, en los Estados Unidos la preocupación por el impacto de los cambios que esto supondría en los catálogos de las grandes bibliotecas llevó a una actitud más cautelosa respecto de la adopción de los Principios. El código cód igo estaba estab a estructurad estruc turado o en tres partes. La Parte Parte I contenía conte nía reglas sobre los puntos de acceso, basadas, aunque no completamente, en los Principios de París. La Parte II comprendía las reglas sobre descripción, basadas en el código de LC de 1949. La Parte III estaba dedicada a materiales no librados (materiales en otros soportes que no fueran impresos), con reglas tanto para la descripción como para los puntos de acceso, basadas
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también en el código de LC de 1949, y otras reglas complementarias de LC. El nuevo código fue recibido con una mezcla de sentimientos. Por una parte, significaba un claro avance sobre códigos anteriores, dado que se basaba en principios y no en excepciones. Por otra parte, los compromisos con prácticas anteriores y la falta de adhesión total a los Principios de París fueron considerados de manera negativa. La implementación de este código no fue completa. Significaba un gran cambio y un gran costo para las grandes bibliotecas, por lo que muchas lo adoptaron con restricciones. La Library of Congress, por ejemplo, decidió que aplicaría las reglas para la descripción y la elección de los puntos de acceso, pero para la forma de los puntos de acceso sólo aplicaría el nuevo código en los casos de nuevos encabezamientos. Los encabezamientos ya establecidos según reglas anteriores seguirían utilizándose sin cambios. Dado que muchas bibliotecas en los Estados Unidos utilizaban las fichas de LC, adoptaron también la misma política. Al tiempo que se publicaban publicaban las AACR AACR,, la Americ American an Librar Libraryy Association Association y la Library Association acordaron establecer un mecanismo de revisión continua del código, del que participaban además LC y la Canadian Library Association. Entre 1969 y 1975 se realizaron varias enmiendas y cambios al código. Los Principios de París no sólo tuvieron influencia en las reglas angloamericanas. Otros países redactaron nuevos códigos de acuerdo con ellos. El caso más notable fue el de Alemania, que redactó unas nuevas Regeln für die alphabetische Katalogisierung, conocidas por su sigla RAK, en las que se apartó de la corriente prusiana, al establecer la posibilidad de registros bajo entidades, y la construcción literal de las entradas por título. En Suecia y Dinamarca también se produjeron nuevos códigos. Las ISBD
La Conferencia de París significó la unificación de criterios en un plano internacional en cuanto a los puntos de acceso. Faltaba unificar criterios sobre la descripción, y este aspecto también tuvo su reunión clave. En 1969, en Copenhague se reunió el International Meeting of Cataloging Experts. De esta reunión participaron expertos de dos ramas, catalogadores y bibliógrafos, y se trabajó sobre dos estudios encargados previamente a los especialistas A.H. Chaplin y Michael Gorman. Como resultado de la reunión, se creó un grupo de trabajo internacional con el propósito de establecer normas para la descripción bibliográfica de materiales monográficos. Las normas debían ayudar a cumplir los siguientes objetivos:
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• Hacer que los registros registr os producidos produc idos en un un país o en una lengua pudie pu die-ran ser fácilmente comprendidos en otros países y por personas de otras lenguas. • Hacer que los registros pudieran ser incorporados en catálogos o archivos sin importar en qué país hubieran sido producidos. • Facilitar la conversión de registros en soporte impreso a soportes legibles por máquina. Para cumplir con estos objetivos, se normalizó el orden de los elementos en la descripción, y se desarrolló una puntuación específica para distinguirlos. En 1971, se publicó un documento titulado ISBD (M): International Standard Bibliographic Description (for Single Volume and Multi-Volume Monographs). Monographs). No era todavía una norma, sino una serie de recomendaciones; en los años siguientes, las recomendaciones fueron aceptadas y adoptadas por las bibliografías nacionales de varios países. En su aplicación surgieron algunos problemas de ambigüedad en ciertas reglas, falta de detalle en otras, etc., por lo que luego de una nueva reunión internacional en Grenoble, se publicó la primera edición del ISBD (M) ya (M) ya como norma, y una serie de recomendaciones para una ISBD(S), Seriáis. Seriáis. La primera edición de las ISBD (S) (S) apareció en 1977. \Así como se habían producido ISBDs ISBDs para monografías y para publicaciones seriadas, se vio la necesidad de establecer un ISBD ISBD general, que pudiera servir de base para la redacción de normas para otros tipos de materiales. La ISBD (G) (G) se publicó en 1977. Luego aparecieron ISBD ISBD para Non Book Materials Mate rials (NBM), (NBM), Cartographic Cartographic Materials (CM), (CM), y otros soportes. Como había sucedido con los Principios de París en la década anterior, la aparición de las ISBD ISBD llevó a la revisión de muchos de los códigos de catalogación existentes. En los países angloparlantes, la aparición de las ISBD llevó a una revisión de algunos capítulos de las AACR, publicados entre 1974 y 1976. En 1974, LC comenzó a aplicar las nuevas normas para la descripción, y fue seguida por muchas otras bibliotecas. Las Las Reglas Reglas Angloamericanas Angloamericanas de Catalogació Catalogación, n, 2 - ed. ed.
Una revisión de capítulos de las AACR no era suficiente para acomodar los cambios producidos desde 1967, principalmente la aparición de las ISBD y el énfasis cada vez mayor en materiales que no tenían forma de libro, o materiales especiales. Si bien tas AACR contenían reglas para materiales especiales, éstas fueron consideradas inadecuadas
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desde el principio, lo que generó la aparición de códigos específicos para distintos tipos de materiales. Desde un punto de vista práctico, las revisio nes de reglas ocurridas desde 1969, que se publicaban en boletines de LC para el texto norteamericano y de Library Association para el texto británi co, hacían ya muy difícil la utilización del código. La preparación de lasAACR2 comenzó en 1974. Se formó un comité con junto, el Joint Joint Steering Committee Committee for the Revisión of AACR, AACR, formado por representantes de instituciones bibliotecarias de los Estados Unidos (Library of Congress y American Library Association), Gran Bretaña (Library Association Associa tion y British Librar Library), y), y Canadá Canadá (Canad (Canadian ian Committee on Cataloging, Cataloging, Canadian Library Association). El comité decidió que la nueva edición del código debía adherir en forma completa a las normas internacionales exis tentes, particularmente los Principios de París y las ISBD, y tal como le había sido encomendado, sería publicado en una sola versión que reconci liara las diferencias entre las versiones norteamericana y británica de la pri mera edición. El comité designó como editores para la revisión del código a Michael Gorman, de la British Library, y Paul W. Winkler, de LC. La segunda edición de las AACR se publicó en el año 1978, y constitu yó un cambio profundo en la práctica catalográfica de los países angloparlantes. De hecho, a pesar de presentarse como la segunda edición de un código ya existente, difiere tanto de la 1- ed. que bien puede consi derarse una obra completamente nueva. En vista del impacto que su apli cación representaría, se estableció que la implementación del código se haría recién en 1981, de modo de dar tiempo a las bibliotecas para plani ficar el cambio. Durante la década de 1980 se publicaron tres suplementos con modifi caciones al código (1982, 1984 y 1986), y se aprobaron otras modificacio nes que no fueron publicadas por separado. Por ello, en 1988 se hizo una nueva edición con todos los cambios ocurridos desde 1978. Se consideró que los cambios no eran tan radicales como para justificar denominarla 3ed., por lo que se la denominó 2- ed. revisada, o AACR2R. Fue publicada en formad e libro, y también como carpeta de hojas sustituibles, con la intención de facilitar la incorporación de nuevas enmiendas. Desde 1986, se agregó al Joint Steering Committee un representante del Australian Committee on Cataloguing, Cataloguing, institución que había participado como observadora desde 1981. Nuevas enmiendas al código fueron publicadas en 1993, y una nueva revisión incorporando esas enmiendas y otros cambios introducidos entre 1992 y 1996 se publicó en 1998, en forma de libro y por primera vez en for mato electrónico (CD-ROM). En 1999 y 2001 aparecieron nuevas enmiendas,
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incluyendo en este último año una revisión completa del capítulo 9, dedica do a archivos de computadora, que cambió su nombre por el de recursos electrónicos y comenzó a incluir reglas para recursos de acceso remoto. La última revisión del código se publicó en 2002, incorporando las enmiendas de 1999 y 2001, con una revisión completa del capítulo 3, Materiales Cartográficos, y del capítulo 12, anteriormente Publicaciones Seriadas, que pasó a llamarse Recursos Continuos, incorporando nuevos conceptos sobre los patrones de publicación, a partir de las recomendacio nes de la International Interna tional Conference on the Principies Principie s and Future Future Development ofAACR, y en consonancia con los esfuerzos liderados por IFLA para lograr la armonización de distintas normas sobre el registro de publicaciones seriadas y otras similares. La versión de 2002 apareció en carpeta de hojas movibles. Posteriormente, se publicaron enmiendas en 2003, 2004 y 2005, que no serán consolidadas en una nueva edición del código, ya que el Joint Steering Committe ha comenzado a desarrollar un nuevo código de catalo gación que reemplazará a las AACR, titulado provisionalmente RDA: Resource Description and Access. Access.
Las AACR2, si bien originalmente desarrolladas en el área de los países angloparlantes, ha trascendido sus fronteras originales, para convertirse en un código internacional. Ha sido traducido a muchos idiomas (árabe, mala yo, chino, danés, finlandés, francés, italiano, japonés, noruego, portugués, sueco, turco, urdu, español, checo, Catalán, ruso, griego), y es utilizado por un gran número de bibliotecas en todo el mundo. En América Latina, es el código utilizado por la mayoría de las bibliote cas. En 1983, la Organización de Estados Americanos y la Universidad de Costa Rica publicaron una traducción al español de la edición de 1978, rea lizada por bibliotecarios de Costa Rica, Colombia, Chile y México. Las dis tintas enmiendas entre 1978 y 1996, incluyendo la 2- ed. revisada de 1988, nunca fueron publicadas en español. Recién en 1998 se publicó una nueva traducción, correspondiente a la edición revisada en inglés de ese mismo año. En 2004 se publicó una nueva edición en español, que contiene la ver sión revisada en inglés de 2002, y las enmiendas de 2003. Las dos últimas ediciones en español han sido publicadas por Rojas Eberhardt Editores, de Colombia. Hacia un código internacio nal de catalogación
Durante la última década se han producido varios hechos que han marcado una aceleración en las tendencias a la unifica ción internacional en materia de normas de control bibliográfico. En 1997,
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además de la publicación del informe FRBR, se realizó la International Conference on the Principies and Future Development ofAACR ofAACR (Conferencia Internacional sobre Principios y Futuro Desarrollo de las AACR), organizada por el Joint Steering Committe Committee e for the Revisión Revisión ofAA o fAACR CR en en Toronto, Canadá. Se invitó a expertos de todo el mundo para que contribuyeran al desarrollo de un plan de acción para el futuro de las Reglas de catalogación Angloamericanas. Algunas de las recomendaciones de esta esta reunión ya han han sido incorporadas al código, como la nueva concepción de serialidad que llevó a la modificación del capítulo 12 para introducir el concepto de recursos continuos y recursos integrados junto con el tradicional de publicación seriada. Otras recomendaciones han llevado a la realización de estudios detallados sobre los principios básicos sobre los que se basan las reglas y sobre la estructura lógica del código. Todos estos estudios, junto con los aportes de los FRBR, constituyen el punto de partida para la revisión de las Reglas de Catalogación Angloamericanas que actualmente lleva a cabo el Joint Steering Committee, con el objetivo de redactar un nuevo código. Los FRBR también han tenido influencia en los desarrollos recientes en material de control de autoridades. Entre las recomendaciones del informe FRBR figuraba la de extender la aplicación del modelo entidad/relación al estudio de los registros de autoridad. Para ello, la IFLA constituyó el grupo de Trabajo sobre Requisitos Funcionales y Numeración de los Registros de Autoridad (FRAN (FRANAR AR,, por su sigla en inglés). inglés). El objetivo del grupo era era definir los requisitos funcionales de los registros de autoridad y estudiar la viabilidad de asignar un Número Normalizado Internacional de Información de Autoridad (ISAD (ISADN) N) a cada cada registro registro para para facilitar su identificación ide ntificación e intercambio. Este último aspecto ha sido postergado por el momento, por lo que el grupo se ha concentrado en los requisitos funcionales (y cambiado el nombre a Requisitos Funcionales de los Registros de Autoridad, FRAR). Un borrador del informe fue dado a conocer en octubre de 2005, y se trabaja actualmente en los comentarios recibidos, para la redacción del informe final. En materia de códigos de catalogación, IFLA ha trabajado intensamente en los últimos años. La Sección de Catalogación de la División IV, Control Bibliográfico, emprendió un proceso de revisión de los Principios de París, que han servido de base a los códigos de catalogación desde principios de la década de los 60. Los Principios de París fueron establecidos para catálogos en fichas. La automatización ha introducido numerosos cambios y ha abierto muchas posibilidades que antes no existían; era necesario hacer una revisión de los principios para adaptarlos al entorno actual. Por otra parte, se ha acentuado la tendencia a tratar de lograr mayores consensos y uniformidad a nivel internacional.
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Para hacer esta revisión, la Sección de Catalogación preparó en 2003 un informe preliminar, que actualiza y reafirma los Principios de París, pero llevándolos hacia los conceptos de los FRBR y enfocándolos hacia los catálogos en línea, así como hacia la planificación para sistemas futuros. El informe preliminar es usado como documento de base para una serie de Reuniones IFLA de Expertos sobre un Código Internacional de Catalogación,
que comenzaron en 2003 y culminarán en 2007. Las reuniones se realizan a nivel regional, y reúnen a editores de reglas de catalogación y expertos catalogadores del mayor número posible de países. La primera, para Europa y América del Norte, se realizó en Frankfurt, Alemania, en 2003. La segunda, para América Latina y el Caribe, tuvo lugar en Buenos Aires en agosto de 2004. La tercera, en El Cairo en 2005, reunió a los catalogadores de Medio Oriente y el Norte de África. La cuarta, para Asia, se realizó en Seúl en 2006. El ciclo se cerrará en 2007, con una reunión para catalogadores de África en Durban, Sudáfrica. En cada reunión se analiza y discute el documento base con los agregados o modificaciones propuestos por la reunión anterior, y aprobados por los participantes de todas las reuniones realizadas hasta el momento. De esta manera, se busca lograr un consenso internacional sobre los nuevos principios. La finalidad de todo el proceso es incrementar la capacidad de compartir información bibliográfica a nivel internacional, por medio de la promoción de normas para la creación de registros bibliográficos y de autoridad. De todas maneras, es necesario recordar que los principios no son reglas, sino bases para crear reglas, de modo que la utilidad de estos nuevos principios de catalogación residirá en servir de fundamento para la redacción de nuevos códigos de catalogación. En este aspecto, la intención de la Sección de Catalogación de IFLA es avanzar todo lo posible hacia la creación de un código internacional de catalogación, que pueda ser aceptado por la mayor cantidad posible de países. RDA: Descripción y acceso a recursos
En este contexto de cambios conceptuales y mayor internacionalización, el Joint Steering Committee for the Revisión of AACR está redactando un nuevo código de catalogación que reemplazará a las AACR AACR.. Con este nuevo código, cuyo título tentativo es Resource Description and Access (Descripción y Acceso a Recursos) se pretende simplificar, clarificar y actualizar las Reglas de Catalogación Angloamericanas. No implicará, según sus redactores, un cambio revolucionario, pero sí una mejora en la estructura del código que facilite su aplicación a los nuevos tipos de
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recursos, una mayor consistencia en la resolución de situaciones similares, y una simplificación para hacer más sencillo su uso. Existe también la inten ción de hacer un código que pueda ser aceptado lo más ampliamente posi ble a nivel internacional. La manera de lograr estos objetivos es que las reglas del código estén firmemente basadas en principios, y que estos prin cipios sean de aceptación internacional. El nuevo código aplicará los con ceptos de los FRBR, y también los principios que están siendo desarrolla dos por las reuniones de expertos que organiza IFLA. El nuevo código estará totalmente diseñado para un entorno digital. Será en sí mismo un recurso basado en la Web (aunque también existirán versiones impresas), que contemplará la catalogación de recursos digitales y de todo tipo; el resultado de su aplicación serán registros para ser usa dos en un ambiente digital (Internet, OPACs, etc.) La estructura propuesta para el nuevo código comprende: • • • • • • • •
Introducción general Parte I-Descripción Parte ll-Relaciones Parte lll-Cont lll- Control rol de autoridad Apéndices Normas Normas para la visualiz visu alizació ación n de registros en los OPAC OPAC Uso de abreviaturas, mayúsculas, numerales Glosario
Tanto la Parte I como la Parte II incluirán información sobre el acceso. El catalogador que necesita hacer una breve descripción podrá aplicar sola mente la Parte I. Para una catalogación en mayor profundidad, que incluya relaciones con otras obras y entidades, se podrá aplicar también la Parte II. Esta Parte cubrirá el control de autoridad, que no existe explícitamente en las actuales Reglas de Catalogación Angloamericanas. Los apéndices incluirán, además de los que actualmente contienen las reglas de Catalogación Angloamericanas, uno sobre formas de visualización de registros. Este es un aspecto en el que existe poca normalización, lo que genera problemas a la hora de interpretar datos en distintos catálogos. Si el mismo código de catalogación ofrece una guía para la forma de visuali zar los registros en los catálogos, será mucho más sencillo estandarizar la presentación de datos. El nuevo código está en proceso de redacción y su publicación se anun cia para ei año 2008.
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2.4.3
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Norm Nor mas de codif codif i caci caci ón
Si bien no es materia de este libro la codificación de registros en entornos automatizados aplicando un determinado formato bibliográfico, en atención a que actualmente casi la totalidad de los regis tros bibliográficos se crean para ser incorporados a catálogos en línea, revi saremos brevemente las características de las normas de codificación de registros bibliográficos. En entornos automatizados, las normas para la creación de registros bibliográficos necesitan ser complementadas con normas para la codifica ción de los registros que permitan su almacenamiento, recuperación y mani pulación por un sistema automatizado. Estas normas de codificación se denominan formatos bibliográficos. Según el Glosario ALA (1988, p. 149), un formato es: la or or ganizaci gani zación ón de de dat dat os en un un medi medio o de i ngreso ngr eso,, almace almacena nam mi ent ent o, o sali da y el el códi código go o conj conju unto de i nstr ucci cci ones que que gobierna gobier nan n esa or gan ganii zaci zaci ón6.
La definición presenta dos aspectos: uno, la estructura de datos, y otro, las instrucciones para volcar la información en esa estructura. La estructu ra es un listado de elementos con la definición de ciertas características de los mismos, pero su aplicación requiere de un conjunto de indicaciones que permitan volcar la Información de manera coherente y uniforme. Las reglas de catalogación proporcionan la estructura catalográfica de un registro; un formato proporciona su estructura informática. El formato permi te, básicamente, que un sistema automatizado identifique cada registro biblio gráfico como una unidad, y dentro de él, cada uno de los elementos Informa tivos necesarios. Cada elemento debe poder ser reconocido por el sistema, bien por su posición en el registro, bien por un código o etiqueta, para poder recuperarlo y organizar la vlsuallzación de las respuestas a una búsqueda. La definición del Glosarlo ALA introduce además otra dimensión con respecto a los formatos: puede decirse que en realidad, en un sistema automatizado se utiliza más de un formato. La estructura de datos no es una sola: hay varias, que cumplen distintas funciones: una para ingresar los datos, que es a la que habltualmente se aplica el término formato bibliográfico; otra, la que utiliza el sistema para almacenar los datos en 6. Glosario ALA de bib lioteco logía y ciencias de la la información. información. 1988 1988.. H eartsillYo ung editor. Madrid: Díaz de Santos. 473 p. ISBN 84-86251-93-1 84-86251-93-1
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memoria y trabajar sobre ellos; otras para la forma en que esos datos van a salir del sistema, formatos de visualización (en pantalla o impresos) o formatos de comunicación o intercambio que permitan que los registros producidos por un sistema puedan ser incorporados e interpretados por otros sistemas. La aplicación de un formato bibliográfico para la codificación de datos no implica que ya no sea necesario utilizar un código de catalogación. Son dos instancias que conviven y no es posible eliminar ninguna de ellas. Un formato bibliográfico establece qué códigos identifican un dato determinado, pero no indica cómo ni de qué fuente debe tomarse el dato, de qué manera debe transcribirse, o cuándo debe usarse. Estas instrucciones son las que provee un código de catalogación. Los formatos ofrecen un marco, una estructura vacía que requieren el complemento de normas que indiquen cómo crear el contenido (códigos de catalogación, listas de encabezamientos de materia, sistemas de clasificación, etc.) En un catálogo automatizado, hay tres elementos independientes que deben aplicarse en conjunto: 1. Un programa de software para el ingreso, manipulación, recuperación y visualización de la información bibliográfica. 2. Un formato bibliográfico: la estructura de datos que va a permitir al sistema manipular la información. 3. Un código de catalogación, que va a indicar de qué manera deben registrarse los datos. Cada uno de estos elementos cumple funciones diferentes, y es necesario distinguirlos para poder determinar qué aspectos de los registros bibliográficos rige cada uno, y a cuál debe recurrirse para resolver un problema determinado. Los formatos como estructura informática se basan en una norma técnica internacional, la norma ISO ISO 2709, 2709, Formato Formato para el intercambio int ercambio de información bibliográfica en cinta magnética. Fue magnética. Fue publicada en 1973 y luego revisada en 1981 y 1996. Establece la estructura que deben tener los registros bibliográficos en soporte electrónico para su intercambio. De acuerdo con ella, un registro se compone de: 1. Una cabecera, que qu e consta cons ta de 24 caracteres. caractere s. Es la que indic in dica a el comienzo de un registro. Esos caracteres contienen información codificada sobre las características principales del recurso, el registro y la estructura de datos del formato
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2. Un directorio, compuesto por un segmento para cada campo presente en el registro, que permite a los sistemas localizar la información correspondiente a cada campo dentro del registro. 3. Campos de datos, de longitud variable, separados por un separador de campos 4. Un código de finalización del registro
Fig. 13: Estructura de un registro según la norma ISO 2709
CABECERA CAB ECERA
DIRECTO DIRECTORIO RIO
CAMPO CA MPOS S DE DATOS
F/R
Los campos de datos pueden, a su vez, estar precedidos por indicadores y divididos en subcampos. Estos elementos (campos, subcampos, indicadores), de denominan designadores de contenido. Tanto los campos como los subcampos pueden tener dos tipos de longitud: fija (siempre la misma cantidad de caracteres), o variable (tantos caracteres como sea necesario). Además, dado que ciertos datos pueden ser múltiples dentro de un registro, campos y subcampos pueden ser definidos como repetibles, y así utilizarse más de una vez dentro del mismo registro. Cada repetición es una ocurrencia. Campos y subcampos se identifican mediante etiquetas. La ISO 2709 no establece cómo deben ser las etiquetas de campos y subcampos, por lo que cada implementación puede decidir el número de caracteres a utilizar, si serán numéricos o alfabéticos, etc. Para los subcampos, la etiqueta, llamada habitualmente identificador de subcampo, suele estar compuesta por dos elementos: un carácter que actúa como delimitador indicando dónde comienza un subcampo, y es siempre el mismo dentro de un sistema, y otro carácter alfabético o numérico que identifica de qué subcampo se trata. La norma establece la existencia de un tercer elemento de identificación de contenidos: los indicadores. Estos caracteres numéricos o alfabéticos que se colocan al comienzo de un campo sirven para indicar al sistema, por ejemplo, qué tipo de dato contiene un campo, o que una cierta cantidad de caracteres al comienzo del campo no debe alfabetizarse. Los indicadores no se identifican mediante etiquetas, sino por la posición que ocupan: cada campo que utiliza indicadores debe tener definidas una o más posiciones, y
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cada posición se utiliza para un dato diferente. Como se trata de informa ción codificada, el formato tiene que especificar cuáles son los códigos que se pueden utilizar en cada posición. Todos los formatos y sistemas que se basan en la ISO 2709 utilizan cam pos. Pero el uso de subcampos e indicadores es optativo. Así, dos implementaciones de la norma pueden utilizar esquemas diferentes en cuanto a los elementos de designación de contenidos. Un formato puede utilizar sub campos pero no indicadores (como FOCAD y BIBUN), o no utilizar ninguno (como CEPAL), o utilizar ambos (como MARC21), y en todos los casos cons tituye una implementación válida de la norma. A su vez, la norma tampoco establece la cantidad de indicadores, ni si éstos deben ser numéricos o alfa béticos, ni los códigos a utilizar para los campos y subcampos. La norma técnica da un esquema muy general, y luego cada formato o sistema va a establecer sus propias especificaciones, y por ejemplo, decidir utilizar dos posiciones de indicadores, como MARC21, o seis, como INTERMARC. En resumen, la norma ISO 2709 establece una estructura para los regis tros bibliográficos, pero una estructura informática, no la estructura de datos. Por otra parte, esa estructura se aplica a la transmisión de registros, por lo que no necesariamente la forma en que se almacenan los registros dentro de un sistema debe responder a la norma. En general, cuando nos referimos a un formato bibliográfico, damos por sobreentendido que existe una estructura informática como la que provee la ISO 2709, y nos referimos más específicamente a la estructura del área que hemos denominado Campos de datos, es decir, el listado de campos con sus características y las instrucciones para volcar en ellos la informa ción bibliográfica. En el caso de MARC21, como se indicó anteriormente, la información provista se registra en los campos de datos y también en algu nas posiciones de la cabecera. La norma ISO 2709 no da instrucciones sobre los datos que debe con tener un registro, ni tampoco sobre la forma que deben tener los designadores de contenido. Se limita a indicar que el registro deberá tener cam pos, y podrá tener también subcampos e indicadores, pero éstos no son mandatorios, y pueden utilizarse o no, solos o combinados. Las implementaciones particulares de la norma, los formatos bibliográficos en sí, pueden hacer uso de uno o todos los designadores de contenido permitidos. Esta estructura es la que deben tener los registros para poder ser comu nicados entre sistemas; en general, no se observa cuando se ingresa o visua liza información en un catálogo automatizado, pero está presente cuando se exportan registros de un sistema para incorporarlos a otro sistema.
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2.4.4
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Pr i nci nci pales pales car car acterí acterí sti cas de de las las AA CR 2R
Las AACR2R son un código completo, en el sentido de que contienen normas tanto para la descripción como para la asignación y forma de los puntos de acceso. Si bien no lo mencionan ni dan instrucciones explícitas sobre el tema, pueden utilizarse como base para aplicar control de autoridades para puntos de acceso por autor y título. El código está destinado a bibliotecas generales de cualquier tamaño, aunque puede ser también utilizado por bibliotecas especializadas o de otros tipos, según se indica en la Introducción general. Para responder a las necesidades diferentes que pueden presentar bibliotecas de distinto tipo y tamaño, el código ofrece algunos mecanismos de adaptación que pueden ser aplicados según el criterio de la biblioteca. Estos mecanismos son: • Niveles de descripción, que permiten crear descripciones más o menos completas dentro del mismo esquema de datos, según las necesidades de un catálogo en particular, o de un tipo de recurso • Reglas alternativas, que ofrecen ofrecen solucion solu ciones es diferentes dif erentes para un un mismo problema o situación • Reglas optativas, que la bibliotec bibl ioteca a puede elegir aplicar apli car o no no Una biblioteca debe determinar el nivel de descripción que adoptará (en general o para tipos específicos de recurso), qué reglas alternativas aplicará, y si hará uso de las regla optativas. Estas decisiones deben registrarse como política de la biblioteca en un manual de procedimientos, y aplicarse de manera consistente. Las reglas se presentan acompañadas de ejemplos. La Introducción General aclara que los ejemplos son ilustrativo, es decir, acompañan y demuestran las provisiones de una regla, pero de ninguna manera deben tomarse como reglas en sí mismas. Si hay discrepancias entre una regla y sus ejemplos, debe resolverse según indica la regla; tampoco deben tomarse los ejemplos como ampliaciones de las instrucciones de las reglas. Las AACR2R están div d ivid idid idas as en dos partes. La Parte I comprende compr ende las reglas para la creación de descripciones bibliográficas para todo tipo de recursos. Está dividida en trece capítulos. El primero contiene reglas para la descripción en general, aplicables a todo tipo de recursos. Los capítulos 2 a 11 contienen reglas específicas para distintos tipos de materiales: Capítulo 2: Monografías Monografías impresas (libros, folletos y pliegos impresos)
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i mp mp r e s a s
• Capítulo Capí tulo 3: Materiales Materi ales cartográficos (mapas, planos, plano s, globos, globo s, cartas de navegación, etc.) • Capítulo 4: Manuscritos (individuales (individ uales y colecciones) • Capítulo 5: Música impresa • Capítulo Capí tulo 6: Grabaciones Grabacio nes sonoras (discos, cintas, etc.) etc.) • Capítulo 7: Películas y videograbaciones • Capítulo 8: Materiales gráficos (fotografías, dibujos técnicos, diapo sitivas, etc.) • Capítulo 9: Recursos electrónicos (tangibles, como CD-ROMs, diskettes, etc., e intangibles, como recursos de Internet) • Capítulo 10: Artefactos tridimensionales y realia (objetos juegos, especímenes para exhibición, etc.) • Capítulo 11: Microformas (microfichas, microfils, etc.) El capítulo 12 se dedica a un tipo de recurso según su patrón de publi cación, independientemente de su formato físico: los recursos continuos, que incluyen tanto las publicaciones periódicas como los recursos integra dos. El capítulo 13 trata del registro de recursos según sus relaciones todo/parte, esto es, el análisis o catalogación analítica. Los capítulo capít uloss de la Parte Parte I están diseñados diseña dos para ser usados usado s en conjun to según las características del recurso a registrar. El capítulo 1 es la base de toda descripción, ya que contiene las reglas generales aplicables a cual quier tipo de recurso. Pero según sea el recurso que se registra, será nece sario complementar las reglas del capítulo 1 con las reglas del capítulo específico para el tipo de material, y si fuera necesario, las reglas para el patrón de publicación. Por ejemplo, si se registra una monografía impresa, debe utilizarse el capítulo 1 junto con el capítulo 2; si se trata de una par titura, se utilizará el capítulo 1 junto con el capítulo 5, etc. Si además el recurso es un recurso continuo, será necesario aplicar las reglas correspon dientes del capítulo 12; por ejemplo, un recurso electrónico integrado, como un sitio siti o Web, Web, deberá describirse describir se según las indicacio indi caciones nes de los capít c apítulos ulos 1 (general), 9 (recursos electrónicos) y 12 (recursos continuos). Dado que es necesario consultar más de un capítulo a la vez para crear una descripción descrip ción,, las reglas de la Parte Parte I están numeradas numer adas según un esque esq ue ma que facilita el movimiento entre capítulos. Cada regla se identifica mediante un número compuesto por varias partes: el número de capítulo, el número del área a la que corresponde el elemento que se trata, una letra que identifica el elemento o dato, y números correlativos para las reglas sobre el mismo elemento. Por ejemplo, la regla 1.1B es la regla del capítu lo 1, área 1 de la descripción, que corresponde al título propiamente dicho
-
Ca pí p í t u l o 2. is t r o b ib ib l i o g r á f i c o 2. El r eg is
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(identificado como B). 1.1B1, 1.1B2, 1.1B3, etc., son reglas sobre título propiamente dicho dentro de la regla general. En los siguientes capítulos las reglas numeradas .iB corresponden siempre al título propiamente dicho: 2.1B, 3.1B. 4.1B, etc. De esta manera, el catalogador puede ir de un capítulo a otro consultando las reglas sobre un mismo elemento de manera rápida y sencilla. La Parte II del código trata sobre los puntos de acceso, su elección, forma y relaciones. Comprende los siguientes capítulos: • • • • • •
Capítulo Capítulo Capítulo Capítulo Capítulo Capítulo
21: 22: 23: 24: 25: 26:
Elección de los puntos de acceso Encabezamientos de personas Nombres geográficos Encabezamientos de entidades corporativas Títulos uniformes Referencias
Si bien las reglas sobre la forma de los puntos de acceso de los capítulos 22, 23 y 24, y las reglas sobre títulos uniformes en el capítulo 25, se presentan como si debieran aplicarse en cada punto de acceso que se determina para un registro, deben ser utilizadas como base para el establecimiento de formas autorizadas de los nombres que ingresan por primera vez en un catálogo, como parte de un proceso de control de autoridades. El código incluye cinco apéndices, cuyas provisiones tienen la misma fuerza fuerz a que las reglas r eglas en las partes p artes I y II II: • Apéndice A: uso de mayúsculas en los puntos de acceso, la descripción, y según la lengua. • Apéndice B: abreviaturas autorizadas en los puntos de acceso y en la descripción. • Apéndice C: uso de numerales en los puntos de acceso y en la descripción. • Apéndice D: glosario de términos técnicos, definidos exclusivamente según su uso en el código. Incluye un listado de equivalencias de términos en inglés y español. • Apéndice E: artículos iniciales en los puntos de acceso. * Las reglas se completan con un índice alfabético, que remite a la regla que trata cada término incluido. Los restantes capítulos de este libro están dedicados a la creación de
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
registros bibliográficos para monografías, mediante la aplicación de las Reglas de Catalogación Angloamericanas, Angloamericanas, 2- ed. Revisada. Las reglas anali zadas corresponden a la última edición en español, Reglas de Catalogación Catalogación Angloamericanas Angloam ericanas,, 2- ed., revisión de 2002, actualización de 2003, publica da por Rojas Eberhardt en 2004. El capítulo 3 trata la creación de la descripción para una manifestación/ítem de una publicación monográfica impresa, según las reglas de los capítulos 1 y 2 de tas AACR2R. El capítulo 4 trata la determi nación de los puntos de acceso, según las reglas del capítulo 21 de las AACR2R AACR2R;; si bien las reglas reglas se aplican a cualquier tipo de recurso recurso (finito o continuo), se hace hincapié en su aplicación a recursos monográficos. El capítulo 5 trata la forma de los nombres personales, nombres geográficos y nombres de entidades usados como puntos de acceso, según los capítu los 22, 23 y 24 de las AACR2R. El capítulo 6 se ocupa de los títulos unifor mes para obras y expresiones, de acuerdo con las reglas del capítulo 25 de las AACR2R. Finalmente, el capítulo 7 aborda el tema del análisis o catalo gación analítica, el registro de partes componentes de un recurso mayor que pueden describirse y a las que se puede dar acceso mediante diferen tes mecanismos, explicados en el capítulo 13 de las AACR2R. Los ejemplos ofrecidos a lo largo de los siguientes capítulos se aplican a la instrucción o regla que acompañan, y no deben ser tomados como ejemplo de aplicación de otras reglas.
Ca p í t u l o
>
3
p c i ó n b i bl bl i o g r áf i c a Des c r i pc
La creación de un registro bibliográfico comienza por ia descripción del recurso, es decir, la recopilación de una serie de datos tomados del mismo recurso y en algunos casos de otras fuentes, cuya finalidad es cumplir con dos de los objetivos del catálogo: • Identificar un un recurso recurso bibliográfi biblio gráfico co (confirmar que la entidad entida d descrita en un registro se corresponde con la entidad buscada y distinguir entre dos o más entidades con similares características). • Seleccionar un recurso bibliográfico adecuado a las necesidades del usuario (elegir un recurso que reúna los requisitos del usuario res-
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Ca t a l o g a c ió ió n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
pecto de su contenido, formato físico, etc., o bien, rechazar los que no se adecúen a esas necesidades). La información que se incluye en la descripción debe ser la necesaria y suficiente para cumplir con estos dos objetivos. Tanto la falta como el exce so de información pueden conspirar contra la utilidad del registro. Debe tomarse en consideración el tipo de catálogo y de usuario al que se sirve, lo que puede determinar la necesidad de ofrecer mayor o menor cantidad de información en el registro. La descripción es trascripción de información tomada de determinadas fuentes dentro o fuera del recurso, que están específicamente indicadas por las reglas. Una vez que se ha descrito el recurso, es necesario agregar a esa descripción puntos de acceso, es decir elementos que facilitarán la recupe ración del registro y la organización en la visualización de los resultados de una búsqueda en el catálogo. LasAACR2R dedican la primera parte (capítulos 1-13) a la descripción. El capítulo capít ulo 1 contiene contien e reglas generales para la descripció descr ipción n de todo tipo tip o de materiales. Los capítulos siguientes, desde el 2 hasta el 11, se ocupan de tipos específicos de materiales, ejemplificando reglas y agregando aquellos elementos que son particulares de cada tipo. Los capítulos 12 y 13 presen tan reglas específicas para recursos continuos (publicaciones seriadas y recursos integrados) y el registro de analíticas. La segunda parte del códi go comienza en el capítulo 21; los números 14 a 20 fueron dejados intencionalmente en blanco para cubrir la descripción de nuevos materiales que pudieran aparecer, pero nunca fueron utilizados. La estructura de la primera parte del código obliga a trabajar con más de un capítulo al mismo tiempo. Si se describe, por ejemplo, una grabación sonora, es necesario consultar a la vez el capítulo 1, Reglas generales para la descripción, descripción, y el capítulo 6, Grabaciones sonoras. sonoras. El capítulo 1 contiene las reglas generales, y los capítulos subsiguientes remiten a él para el tra tamiento de cada tema, a menos que se trate de un aspecto que requiere un tratamiento específico para un tipo de material; en ese caso, el capítu lo 1 es el que remite al capítulo capítu lo específico. esp ecífico. Para Para facilitar facili tar la consulta, consulta , el sis sis tema de numeración de esta parte del código establece correlaciones entre las reglas para un mismo elemento en los distintos capítulos. Por ejemplo, la regla sobre mención de responsabilidad en el capítulo 1 es la 1.1B; en el capítulo 2 es la 2.1B, en el 3 la 3.1B, y así sucesivamente. Este esquema se repite en los capítulos 1 a 12.
Capítul o 3. Desc escrr ipció ipció n
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bibl iogr áf ica
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Pautas Pautas gen erales para la recolección de datos
La descripción de un recurso bibliográfico implica trascripción de información que aparece en el mismo recurso, recogida de acuerdo con ciertas pautas establecidas por el código. Para describir el recurso, el catalogador debe hacer una lectura que le permita identificar los datos esenciales, distinguir cada tipo de dato y determinar si corresponde o no registrarlo. Esta lectura técnica es diferente de la lectura recreativa o informativa; no implica la lectura completa del recurso, sino una revisión rápida que permita reconocer los elementos que facilitan la identificación del recurso y ayudan a seleccionarlo. Esto implica, por parte del catalogador, conocimiento de la estructura del tipo de recurso y de las convenciones en cuanto a la presentación de la información bibliográfica. La lectura técnica debe comenzar por la parte del recurso que ofrece los datos más importantes para la identificación. El código denomina a esta parte fuente principal de información, y establece cuál es para cada tipo de recurso. En los libros y otros materiales impresos, es la portada o página de título. En ella se reúnen habitualmente el título en su forma más completa, el nombre del creador o responsable principal, una indicación de la edición, si existe, y algunos de los datos de publicación (generalmente el lugar y el nombre del editor, aunque puede aparecer también la fecha) El primer elemento a considerar es el título, que es un elemento clave para la identificación. Es un dato que no puede faltar en la descripción, a punto de que si el recurso no tuviera un título, el catalogador deberá redactar uno. No es posible crear un registro sin un título. El título tal como aparece en la fuente principal de información se denomina título propiamente dicho, y es en general la forma más completa que aparece en el recurso. Pero puede no ser la única: muchas veces, otra parte del recurso, como la cubierta o el lomo del libro, contienen otras formas del título. Cuando esas formas presentan variaciones importantes, el catalogador debe tomar nota de ellas, para determinar si es necesario incluirlas también en el registro. En la misma portada pueden aparecer variantes del título, en la forma de un título alternativo o de títulos paralelos. El título alternativo, común en las publicaciones hasta fines del siglo XIX, es un segundo título introducido por la conjunción o a continuación del título propiamente dicho, como en Doña
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Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Rosita la soltera solte ra o El lenguaje de las flores. El título paralelo es el título pro
piamente dicho en otra lengua, que generalmente aparece en publicaciones que contienen textos en más de un idioma. El título propiamente dicho aparece a veces acompañado de otros elemen tos que lo complementan o clarifican, como subtítulos, antetítulos, etc. Éstos se denominan genéricamente otra otra información información sobre el título, y generalmente se distinguen por aparecer en una tipografía diferente a la del título, separa dos de él por algún signo de puntuación o por espacios de interlíneas. La fuente principal contiene también, en la mayoría de los casos, el nombre del autor, que suele aparecer cerca del título, muchas veces Inclu so antes de él. El nombre del autor puede aparecer solo o con agregados que dan cuenta de sus títulos académicos o profesionales. A veces existe una conexión gramatical entre el título y el nombre del autor, como cuan do el título va seguido de la preposición por po r y luego el nombre del autor, pero en la mayoría de los casos no existe esa conexión, y es la ubicación, la tipografía y también la ausencia de datos acerca del rol de la persona lo que indica que se trata del autor. Puede haber más información sobre el autor en otras fuentes dentro del recurso, como la contratapa, las solapas, el prólogo, etc. Esa información puede ser útil en el momento de normali zar el nombre del autor. El autor no es el único responsable que puede aparecer mencionado en el recurso. Traductores, ilustradores, editores intelectuales y otros colabora dores suelen ser nombrados en la fuente principal, o en otras fuentes del recurso. La ubicación de la mención incidirá en la inclusión o no del nom bre en el registro. Una vez identificados los datos correspondientes al título y a las men ciones de responsabilidad, el catalogador debe determinar si existe o no indicación de edición. La portada, el dorso de la portada, otras páginas pre liminares o el colofón pueden contener la indicación de que el ítem perte nece a una edición en particular del recurso. Menciones tales como 23 edied ición, 4- edición actualizada, o Edición conmemorativa permiten identificar expresiones diferentes de una obra, y pueden ser datos de valor para el usuario en el momento de distinguir o seleccionar el recurso. El lugar de publicación, el nombre del editor y la fecha de publicación, comúnmente conocidos como pie de imprenta, constituyen otro conjunto de datos que el catalogador debe localizar e identificar. Generalmente aparecen en la portada o en el dorso de la portada, donde pueden incluir además información sobre derecho de autor y fecha de copyright, que en ciertos casos será necesario registrar. Estos datos cumplen también un
Ca p ítít u l o 3. Descr ip ción b ibl ibl iogr áf ica
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importante rol en la selección: el nombre de un editor puede ser conocido por la calidad o ciertas características de sus publicaciones que hagan que el usuario prefiera la manifestación de una obra publicada por ese editor antes que otra manifestación de la misma obra publicada por un editor diferente. La fecha es un elemento clave en la selección, particularmente en determinadas disciplinas o áreas, en las que la antigüedad del recurso puede denotar que su contenido es obsoleto. La descripción del recurso en tanto objeto es parte de la información que debe volcarse en un registro. El catalogador deberá establecer, revisando el recurso, datos tales como su extensión, su tamaño y otras características que hacen a su presentación física. Estos elementos son comunes a la descripción de muchos tipos de materiales, pero la forma de medirlos variará de un tipo a otro: la extensión de un libro puede medirse en cantidad de páginas o volúmenes, mientras que la de una grabación sonora se mide en tiempo de ejecución. Otro dato que el catalogador debe localizar, si existe, es la pertenencia del recurso a una serie, y los elementos que identifican a ésta. Una serie es un conjunto de recursos que además de tener sus propios títulos son publicados bajo un título común, con o sin una numeración dentro de la serie. Por ejemplo, la Biblioteca Alfagrama, Alfagrama, de la que forma parte este libro, es una serie. La pertenencia a una serie puede indicar que el recurso tiene ciertas características que pueden interesar al usuario, y por ello es un dato importante para ayudar en la selección de una manifestación sobre otra. La serie puede aparecer en varias fuentes diferentes dentro del recurso. A veces figura en una página especial, anterior a la portada, que se denomina portada de serie. Otras veces puede aparecer en otras páginas preliminares, o aún en la cubierta o el envase del recurso. La presencia de términos tales como Serie o Colección puede Colección puede ayudar a su identificación, aunque no siempre forman parte del título de la serie. Otro elemento que puede ayudar a identificar el título de una serie es la presencia de un número relacionado con él, aunque a veces el número de la serie no aparece junto con el título de la serie, sino en otra ubicación en el recurso. El catalogador debe además ser capaz de determinar qué otros datos presentes o no en el recurso son necesarios o útiles para la identificación, la distinción o la selección del recurso, e incluir esas informaciones en notas. Las notas pueden contener datos tales como variantes del título propiamente dicho, información sobre la edición, audiencia a la que está destinado el recurso, el contenido de recursos en varias partes físicas, etc.
100
Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e sa sa s
3.2
Organización Organización y elemento s: pautas generales para la trascripción de información
Los elementos que componen la descripción se organizan en ocho áreas, cada una de las cuales contiene un tipo específi co de datos. Esta estructura de datos es la establecida por los ISBD. Las áreas son: 1. Área del título títu lo y de de la mención de responsabi respon sabilida lidadd 2. Área de la edición 3. Área de los detalles específicos del material (o tipo de publicación) 4. Área de publicación, distribución, etc. 5. Área de la descripción física 6. Área de la serie 7. Área de las notas 8. Área del número normalizado y de las condiciones de disponibilidad Cada área está compuesta por varios datos, que deben registrarse en el orden prescrito y con una puntuación determinada.
3.2.1
Punt Punt uaci uaci ón
La regla 1.0C1 establece una serie de pautas genera les para el uso de la puntuación en la descripción. Las funciones principa les de la puntuación son: • Delimitar Delimi tar las áreas de la descripción: • Indicar la naturaleza del elemento que sigue al signo de puntuación, puntuaci ón, o está encerrado en él. Las áreas se delimitan anteponiendo un punto espacio guión largo espa cio (. -) a cada área, excepto la primera de cada párrafo. Por lo tanto, el uso de estos signos dependerá de la manera en que se visualice en regis tro, si en uno o varios párrafos. La presentación tradicional de las áreas en los catálogos en fichas contaba de dos párrafos principales, con las áreas
ibl iogr áf ica Ca p ítít u l o 3. Descr ip ción b ibl
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3 y 4 en el primero y las áreas 5 y 6 en el segundo, luego cada nota del área 7 en un párrafo separado, y finalmente el área 8 en otro párrafo.
i, 2,
Usuarios de la información : formación y desafíos / Rosa Emma Monfasani, Marcela Fabiana Curzel. - 1a ed. - Buenos Aires : Alfagrama, 2006. 222 p. : ¡I. ¡I. ; 23 cm. — (Bibli (Bi bliote oteca ca Alfagra Alf agrama) ma) Bibliografía : p. 211-222 ISBN 987-22074-9-6
Algunos catálogos automatizados mantienen mantienen ésta como una una de las visualizaciones posibles. Otras visualizaciones posibles presentan cada área en un párrafo separado, con o sin etiquetas identificatorias, o los datos desagregados de alguna otra manera. Usuarios de la información : formación y desafíos / Rosa Emma Monfasani, Marcela Fabiana Curzel 1a ed. Buenos Aires : Alfagrama, 2006. 222 222 p. : il. ; 23 cm. (Biblioteca Alfagrama) Alfagrama) Bibliografía : p. 211-222 ISBN 987-22074-9-6
La puntuación que identifica a cada elemento se da como parte de las reglas para cada área, ya en general su significado depende del contexto del área en que se encuentre. Existen sin embargo algunos signos cuyo significado se mantiene a través de las áreas de la descripción. Son los corchetes y los puntos suspensivos. Los [ ] (corchetes) se utilizan para indicar que un elemento no ha sido tomado de la fuente prescrita de información para el área en que se encuentra. f ( ' >
[elemento que no se ha tomado de la fuente prescrita]
Estas interpolaciones pueden corresponder a datos ciertos, o a una con jetura que hace hace el catalogados catalogado s En este último caso, caso, al uso de corchetes corchetes se agrega un signo de interrogación de cierre. [dato conjeturado?]
1 , )
A ' M y ) , « / 3 q V M
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o gr g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
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Cuando elementos contiguos dentro de una misma área van entre cor chetes, se usa un solo par, excepto en el caso de la designación general del material del área primera, que siempre va en un par de corchetes individual. [Buenos Aires : s.n.]
Cuando los elementos a encerrar entre corchetes pertenecen a áreas diferentes, cada uno lleva su propio par de corchetes. [Nueva ed.]. ed.]. - [Bogotá] [Bogotá] :
Los ... (puntos suspensivos) se utilizan para indicar la omisión de parte de un elemento, por ejemplo, parte de un título muy extenso. Cuando lo que se omite o no está presente es todo un elemento o un área completa, no se utilizan los puntos suspensivos. El uso de espacios antes y después de cada signo es general, y se ofre ce en la misma regla 1.0C1. El siguiente cuadro sintetiza el uso de espacios con los signos de puntuación prescritos por las reglas. Signos precedidos y seguidos de espacio
: (dos puntos) puntos ) ; (punto (punt o y coma) / (barra) ... ... (puntos suspensivos)
Signos precedidos de espacio
( [
(paréntesis de apertura) (corchete de apertura)
Signos seguidos de espacio
, ) ]
(c (coma) (punto) (paréntesis (paréntesi s de cierre) (corchete de cierre)
-
(guión)
Signos ni precedidos ni seguidos de espacio
3.2.2
Niveles Niveles de detalle deta lle en la descripción descrip ción
Las Reglas de Catalogación Angloamericanas, 2- ed. revisada (AACR2R) se presentan como un código destinado a bibliotecas generales de todo tamaño, pero que puede ser utilizado también por
Ca p í t u l o 3. Descr
ipción bibl bibl iogr áf ica
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bibliotecas especializadas y de otros tipos. Bibliotecas de diferente tipo pueden tener distintas necesidades en cuanto a la información que ofrecen sus catálogos. No requiere la misma cantidad de información descriptiva, por ejemplo, el catálogo de una biblioteca escolar que el de una biblioteca especializada de investigación. La necesidad de los usuarios de una biblioteca escolar se ve satisfecha con una cantidad reducida de información descriptiva. En cambio, las necesidades de un investigador requieren de mucha más información, que puede incluir no sólo el título, autor y la fecha de publicación de un recurso, sino también una detallada descripción física que indique la presencia de determinados tipos de ilustraciones, o las diversas menciones de responsabilidad de una edición en particular. Esta amplitud no sería posible sin algunos mecanismos que permitan ajustar el código a las necesidades de bibliotecas de diferente tipo. Uno de esos mecanismos es la posibilidad de describir los recursos bibliográficos con distintos niveles de detalle, siempre dentro del mismo esquema de orden y presentación de los datos. La regla 1.0D establece que la descripción de un recurso puede hacerse en uno de tres niveles posibles. Cada uno de los niveles representa el mínimo de datos a proporcionar si se elige ese nivel, y puede ser complementado con otros datos a criterio de la biblioteca. El primer nivel representa el conjunto mínimo de datos que puede darse para identificar un recurso (regla 1.0D1). Debe incluir al menos los siguientes elementos: • Título propiamente dicho. • Primera mención de responsabi respon sabilidad lidad,, cuando sea diferente en forma forma o número del punto de acceso principal. • Mención de edición. • Detalles Detall es específicos espec íficos del d el material (o tipo de publicación). publicación ). • Primer editor, editor, distribuidor, distribu idor, etc. etc. • Fecha de publicación. • Extensión. • Nota/s. • Número normalizado. Pinturas Pinturas y breve biografía. biografía. - Ed. Ed. bilingüe. bilingüe. - Libertarias/Prodhu Libertarias/Prodhufi, fi, 1994. 1994. 156 p. Incluye referencias bibliográficas (p. 145-154) e índice.
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o gr g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
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Este nivel es adecuado para pequeñas colecciones en bibliotecas generales o escolares. El segundo nivel consiste en un conjunto más completo de datos (regla 1.0D2). Álos que componen el primer nivel, se agregan: • Designación Design ación general del material (si se opta por utilizar utili zar este elemento). elemento). • Primer título paralelo, y otro en español españo l si se cumplen determinadas condiciones (regla 1.1D2). • Otra Otra información informac ión sobre el título. • Todas las menciones de responsabilidad que se apliquen. • Primera Primera mención de responsabilida respons abilidadd relacionada relaciona da con la la edición. • Primer lugar de publicaci publi cación. ón. • Otros detalles físicos del material. • Dimensiones. • Serie. Pinturas y breve biografía = Paintings and a brief biography / José Herná ndez Quero ; edición edició n de Miguel Héctor Fernández Fernánd ez Carrión ; prólogo de Camilo José Cela. - Ed. Ed. bilingüe. - Madrid : Libertarias/Prodhufi, Libertar ias/Prodhufi, 1994. 156 p. : il. (algunas col.) ; 20 cm. (Biblioteca de arte ; 3) Incluye referencias bibliográficas (p. 145-154) e índice.
Este es el nivel utilizado por muchas agencias catalográficas nacionales. El tercer nivel representa la aplicación de la totalidad de los elementos que sean aplicables a un recurso en particular (regla 1.0D3). A los datos ya mencionados para los niveles anteriores debe agregarse: • Todos los títulos paralelos que aparecen en la fuente principal de información. • Todas las menciones de responsabilidad relacionadas con la edición. • Todos los lugares de publicación publi cación,, distribución, distri bución, etc. que correspondan. • Todos los editores, distribuidores, etc. que correspondan. • Material Mater ial complement comple mentario ario citado ci tado en el área 5. El tercer nivel responde a las necesidades de bibliotecas especializadas y de investigación. Los niveles de descripción permiten no sólo adaptar el código a las necesidades de una biblioteca, sino que aún dentro de un mismo catálogo es posible aplicar distintos niveles de descripción según el tipo de material.
Ca p ítít u l o 3. Descr ip ción b ibl ibl iogr áf ica
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Aquellos Aquello s materiales que son de mayor interés interés para para los usuarios de la biblio bib lio-teca, o que requieren mayor cantidad de datos para su identificación, pueden describirse en un nivel más completo, mientras que otros materiales pueden describirse en un nivel menor de detalle. Por ejemplo, en una biblioteca cuya colección contiene material de estudio pero también una pequeña proporción de obras de ficción, es posible determinar un segundo nivel de descripción para el material de estudio y un primer nivel para el material de ficción. Las decisiones sobre nivel de descripción y codificación deben tomarse de manera uniforme, no caso por caso, sino con criterios generales, y asentarse en el manual de procedimientos de la biblioteca.
3.2.3
Fuentes de información
Parte esencial de la instrucción de transcribir información para redactar la descripción es la determinación de las fuentes de las que debe tomarse la información. Si se indica “transcriba el título” sin especificar dónde debe buscarse ese título, seguramente habrá muchas descripciones distintas para el mismo recurso. Un catalogador tomará el título del primer lugar en que lo encuentre, otro del lugar donde lo vea más completo, otro del lugar donde lo vea más breve. Para asegurar que la descripción sea útil para la identificación, y que las descripciones creadas por distintos catalogadores sean compatibles entre sí, es necesario establecer de dónde deben ser tomados los datos. El código indica, para cada tipo de material, una fuente principal de información, y fuentes prescritas para cada una de las áreas de la descripción. La regla 1.0A y las reglas X.oB en los capítulos siguientes contienen esta información. La fuente principal es generalmente aquella que presenta la mayor cantidad de los datos más importantes para la identificación del recurso, como el título, el responsable y los datos de publicación. La información que aparece en esta fuente principal debe preferirse a la que aparezca en otras fuentes. La fuente principal puede ser unitaria, como lo es generalmente la portada en un libro, o colectiva, como la secuencia de créditos en una película. Aveces, también los libros pueden presentar fuentes principales colectivas: una portada que ocupa dos páginas enfrentadas, o dos páginas sucesivas que por su diseño constituyen una unidad. Cuando la fuente principal de información es colectiva, el conjunto se considera como una unidad. Otras fuentes prescritas incluyen partes del recurso que generalmente contienen un tipo de dato en particular, y también fuentes externas al
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Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
recurso, como catálogos editoriales, obras de referencia, etc. Para algunas áreas, las fuentes prescritas se dan en orden de prioridad, es decir que deben tomarse los datos que aparezcan en la primera fuente prescrita con preferencia a los de la segunda, y así sucesivamente. La fuente principal y las fuentes prescritas son la “norma”: cuando se vuelca un dato en un registro, se presume que se lo ha tomado de la fuente principal o una fuente prescrita. Cuando el dato ha sido tomado de otra fuente que no es la prescrita para el área a la que pertenece, debe indicarse encerrando el dato entre [ ] (corchetes) Las fuentes de información para libros y otros recursos monográficos impresos se detallan en al regla 2.0B. La fuente principal de información es la portada. Las fuentes prescritas para cada área son: • Área 1 • Áreas 2 y 4 • Área 5 • Área 6 • Áreas 7 y 8
Sólo Só lo la fuente principal princi pal de información inform ación (portada). (portada). Portada, otros preliminares prelimin ares y colofón. Todo el recurso. Portada de la serie, portada de la monografía, cubierta, resto del recurso. Cualquier Cualq uier fuente (todo el recurso y fuentes exter ñas al recurso).
Puede suceder que un recurso no tenga portada, por ejemplo, un folleto en el que no hay más fuente que la misma cubierta. Cuando no hay una portada, debe identificarse la fuente que la sustituya en la función de brindar los datos para la identificación del recurso, por ejemplo, la cubierta (regla 2.0B1). El sustituto de la portada debe identificarse en una nota. Cuando ninguna parte del recurso puede reemplazar a la portada, deben tomarse los datos de cualquier fuente que está disponible. Recursos con varías fuentes principales de información (regla 1.0H) 1.0H)
Un recurso puede tener más de una fuente principal de información. El caso más común se presenta en los recursos en varias partes físicas, en los que cada parte presenta una fuente principal de información. Pero también en recursos en una sola parte es posible que exista más de una fuente principal, por ejemplo, un libro que contiene varias obras, cada una de ellas con una portada independiente, y ninguna portada general para el conjunto. El principio general para estos casos es tomar como base para la descripción la primera fuente principal que aparezca. En los recursos en varias
Ca p ítít u l o 3. Desc escrr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
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partes físicas, la descripción debe basarse en la fuente principal de información de la primera parte publicada, o de la primera parte que esté disponible (regla 1.0H2). Cuando no es posible determinar cuál es la primera parte, debe usarse la más completa, o en última instancia un envase o elemento unifícador. En los libros publicados en varios volúmenes, se estila en general utilizarse la portada del primer volumen, o la portada del primer volumen que pueda consultar el catalogados Las variaciones en los datos que puedan existir entre la primera fuente principal y las demás se registran en notas o se agregan a los datos de la primera parte, según indiquen las reglas correspondientes al tipo de dato. En los recursos en una sola parte física, la presencia de varias fuentes principales de información se resuelve según el caso (regla 1.0H1): • Cuando hay una una fuente principal princip al de información informació n para cada obra obra denden tro de un recurso, deben considerarse como una fuente principal colectiva, es decir, como una unidad. • Si una de las fuentes es más más reciente que las demás, demás, se debe preferir ésa. • Cuando las diferentes fuentes presentan al recurso bajo diferentes aspectos, por ejemplo como un recurso independiente y como parte de un recurso mayor, debe basarse la descripción en la fuente que corresponda al aspecto bajo el que se ha elegido registrar el recurso. • Cuando las fuentes se presentan en varios idiomas, debe elegirse la que corresponda al idioma del recurso. Si el recurso está en varios idiomas, debe elegirse la fuente que corresponda al original, a menos que el recurso sea una traducción (por ejemplo, obras con textos paralelos en idioma original y traducción). Si no puede aplicarse este criterio, se elige la fuente principal según el orden de prioridad establecido en el apartado d) iii) de la regla 1.0H1: en primer lugar el español, luego inglés, francés, portugués, alemán, luego otros idiomas que se escriban en alfabeto latino, etc.
3.2.4
Idi oma, escr scr it ur a, i nexacti exacti tudes tudes Idioma y escritura de la descripción (regla 1.0E)
La trascripción de información de las fuentes prescritas debe hacerse respetando el idioma, y de ser posible la escritura, en que se presentan los datos en las siguientes áreas: • Área 1 (título y mención de responsabilidad).
10 8
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i mp mp r e s a s
• Área 2 (edición). • Área 4 (publicación, distribución, etc.). • Área 6 (serie). Cuando deben hacerse interpolaciones (i.e., agregar datos que no aparecen en la fuente prescrita) a estas áreas, debe hacerse en lo posible en el idioma del recurso, excepto que se trate de abreviaturas establecidas en el apéndice de abreviaturas o interpolaciones prescritas por la regla, o la designación general del material, que se registra en el idioma del catalogados y no del recurso. Las áreas 5 (descripción física), 7 (notas) y 8 (número normalizado y condiciones de disponibilidad), se registran en el idioma del catalogados es decir, el idioma del usuario del catálogo al que está destinado el registro. Cuando el idioma del recurso se escribe en un alfabeto diferente del latino, la biblioteca puede decidir latinizar la información. Este procedimiento, también llamado transliteración o romanización, consiste en reemplazar los caracteres de otro alfabeto por su equivalente en el alfabeto latino. No se trata de una traducción, pues los términos se mantienen en el idioma original, sino de un cambio en la representación gráfica. Existen tablas de transliteración que establecen la equivalencia entre los caracteres de una escritura y los del alfabeto latino. Puede existir más de una tabla para cada escritura, por lo que la aplicación de diferentes tablas puede dar lugar a diferentes formas de latinización de un término. Por ejemplo, la aplicación de diferentes tablas de romanización para los caracteres chinos resulta en las formas Pekín o Beijing para el nombre de la ciudad capital de China. Inexactitudes (regla 1.0F)
Los datos que aparecen en el recurso pueden contener errores ortográficos, tipográficos, gramaticales o de otro tipo. El principio de transcribir información de la fuente implica que los errores deben trascribirse tal cual aparecen en las áreas que requieren una trascripción exacta de los datos de la fuente (áreas de título, edición, publicación, serie). Para que resulte claro que el error proviene de la fuente, y no de la trascripción, la regla 1.0F establece la forma de indicar los errores o datos equivocados. Cuando se trata de errores de ortografía, tipográficos o gramaticales, se trascribe la palabra tal cual aparece, y puede indicarse el error de varias formas: Agregand Agregandoo [sic] a continuación de la/s palabra/s, sin indicar la forma correcta. Esta forma se utiliza principalmente cuando se trata de errores
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
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que no afectan la comprensión de la palabra o el dato, y por lo tanto no requieren ofrecer la forma correcta. Políticas sociales para la de [sic] reducción de la pobreza : acción del Frente Social de Ecuador, 2003-2007
• Agregando la forma correcta, precedido de la abreviatura i.e., entre corchetes. Esta forma se utiliza cuando la forma errónea registrada en el recurso puede impedir la comprensión del dato, por ejemplo, cuando lo que está mal escrito es un nombre o un apellido. Armonización de la legislación legislación laboral y social social en el MERSOS MERSOSUFt UFt [I.e [I.e.. MERCOMERCOSUR] /compilación, Juan José Ross, Virginia Domínguez
• Haciendo Hacien do un agregado entre corchetes corchetes cuando el error consiste consi ste en la ausencia de una letra. 500 años de lucha por la tierra : estudios sobre propiedad rural y refo[r]ma agra ria en Guatemala / edición de J.C. Cambranes.
La falta de acentos y otros signos diacríticos no se consideran error orto gráfico. Deben agregarse a los datos según el uso del idioma correspon diente, sin ninguna indicación de que han sido adicionados por el catalogador (regla 1.0G)
3.3
Descripció Descripció n en gen eral, para libr os y otros materiales monográficos impresos
Esta sección presenta las reglas generales para la descripción, establecidas en el capítulo 1, junto con las reglas específicas para la descripción de libros, folletos y pliegos impresos, contenidas en el capítulo 2. Cuando la regla del capítulo 1 cubre toda la información necesa ria, y la regla equivalente del capítulo 2 sólo agrega ejemplos, se citará sola mente la regla del capítulo 1. Cuando el capítulo 2 ofrece instrucciones adi cionales, se citará también la regla correspondiente del capítulo 2. La estruc tura de la parte descriptiva del código implica el uso combinado del capítu lo 1 y el o los capítulos específicos. El esquema de numeración facilita esta
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Ca t a l o g a c ió ió n
de m o n o g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
consulta cruzada, al utilizar las mismas letras y números luego del número de capítulo para las reglas sobre un mismo elemento.
3.3.1
Ár ea del tí tulo y de la menci menci ón de responsabi res ponsabi li dad
El área 1 es el área de título y mención de responsabilidad. Está compuesta por los siguientes elementos: Título propiamente dicho o título alternativo. Título de suplemento o sección [designación general del material] = título paralelo : otra Información sobre el título / mención de responsabilidad principal de autor 1, autor 2 ; mención de responsabilidad subsiguiente.
Este esquema representa todos los elementos del área. Difícilmente se presenten todos en un mismo caso. Algunos aparecen raramente, como el título alternativo, otros con más frecuencia, como otra información sobre el título. Cualquiera de ellos puede no aparecer, con excepción del título propiamente dicho. Cuando un elemento no aparece, no se indica omisión. Las reglas de cada área comienzan con una regla A, regla preliminar, que contiene indicaciones sobre puntuación dentro del área, y la fuente de información prescrita para el área. Para el área 1, la puntuación es la siguiente (reglas 1.1A1, 2.1A1) . Título Títul o de de suplemento suplem ento o sección [Designación general del material] = Título paralelo : Otra Otra información sobre el título / Primera Primera mención de responsabilidad ; menciones de responsabilidad responsabilid ad subsiguientes , segunda o tercera tercera persona o entidad nombrada dentro de una una misma mención de responsabilidad, siempre que la fuente no provea ya manera de conectarlas, por ejemplo la conjunción y. y. La fuente de información prescrita para el área es la fuente principal de información (regla 1.1A2). En el caso de los libros, es la portada. Toda información que se coloque en esta área pero no haya sido tomada de la fuente principal debe registrarse entre corchetes. La fuente principal no siempre presenta los datos en el orden en que
Ca p ítít u l o 3. Descr ipció ipció n bibl bibl iog iog r áfic a
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las reglas indican registrarlos. Es común que el nombre del autor o princi pal responsable aparezca antes del título, como primer elemento de la por tada. Cuando esto sucede, deben reordenarse los elementos, de manera de citar siempre en primer lugar el título propiamente dicho, y a continuación los demás datos, a menos que razones gramaticales impidan separar los elementos y reordenarlos como indican las reglas. Aparece: Apare ce:
Sarah T. Escobar Carballal COTIZACIÓN DE COLECCIONES BIBLIOTECARIAS Fundamentos y procedimientos para una valoración
Se registra:
Cotización de colecc ion es biblio tecarias : fun damento s y procedimientos para una valoración / Sarah T. Escobar Carballal. Carballal.
Titulo Titu lo propiame prop iame nte di cho (reglas 1.1 1.1B, 2.1B) 2.1B)
El título propiamente dicho debe transcribirse respe tando su redacción, orden y ortografía. Esto significa que no deben intro ducirse alteraciones en el título, aunque éste no respete alguna regla gra matical, o contenga un error ortográfico. La presencia de signos diacríticos debe respetarse, pero su ausencia no debe considerarse un error ortográfi co. Si un título en un idioma que utiliza signos diacríticos carece de ellos, deben agregarse cuando corresponda. Esto se debe a que la ausencia de signos tales como los acentos en español muchas veces se debe a cuestio nes técnicas de la impresión, y no a un error. Los signos de puntuación y las mayúsculas no necesariamente deben respetarse al transcribir el título. Debido a que varios signos de puntuación tienen un significado preciso en la descripción del área, su transcripción como parte del título podría dar lugar a interpretaciones erróneas de los datos. Por ejemplo, los puntos suspensivos indican que se ha omitido parte de un dato. Si un título que contiene puntos suspensivos es trascrito tal como aparece, al leer el registro puede pensarse que cierta parte del título ha sido omitida. Por ello, tanto los puntos suspensivos como los corchetes deben deben ser reemplazados por guión largo largo - y paréntesis paréntesis ( ) respectivamen te. La barra puede transcribirse, pero sin anteponer ni posponer espacios, para que no se confunda con la barra que precede a la mención de respon sabilidad. Otros signos que no provocan conflicto con la puntuación pres crita para le título, como signos de interrogación, exclamación, o comas, pueden transcribirse tal como aparecen, incluso cuando son el último ele mento del título, y a continuación debe registrarse la puntuación que corresponde al elemento siguiente.
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o gr g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
Aparece: Se registr a:
Matemática... ¿Estás ¿Estás ahí? Mat em áti ca- ¿Estás ahí? ahí?
El uso de mayúsculas en la fuente principal de información muchas veces responde a criterios de diseño y no al uso correcto de mayúsculas en el idioma del título. Es por eso que tampoco deben respetarse necesariamente. El uso de mayúsculas debe regirse por las provisiones del Apéndice A, que indica hacerlo según las normas normas del idioma del título. Así, en español debe registrarse con mayúscula la inicial de la primera palabra y las iniciales de nombres propios, en alemán la inicial de la primera palabra y las iniciales de sustantivos, etc. El inglés constituye una excepción, ya que si bien las reglas del idioma indican utilizar mayúsculas iniciales para todas las palabras significativas de un título, en el registro catalográfico sólo deben utilizarse mayúsculas iniciales para la primera palabra y los sustantivos propios. La regla A.4A1 indica que deben registrarse con mayúscula inicial la primera palabra del título propiamente dicho, de un título alternativo, de un título paralelo y de un título citado dentro de otro título. No se incluye en esta enumeración la otra información sobre el título, por lo que no debe iniciarse con mayúscula. Cuando el título incluye signos que no pueden ser copiados en la transcripción porque el sistema utilizado no dispone de los caracteres adecuados, deben reemplazarse por una breve descripción de esos signos, que se da entre corchetes porque se trata de una interpolación. Por ejemplo, cuando un título contiene una fórmula matemática que utiliza símbolos no disponibles en el juego de caracteres del sistema en el que se vuelcan los datos, el catalogador debe proveer una breve descripción de la fórmula entre corchetes, y si es necesario, redactar una nota que amplíe la información. Aparece:
Atlas de Hidrógeno Hidrógeno Neutro Galáctico Galáctico para la Región 270° <= 1 <= 310° : -7° <= ? <= 2 0
Se registra:
Atlas de hidró geno neutro gal áctic o para la región 270° 270° [meno r o igual que] 1 [menor o igu al que] 310° : -7° [menor o igual que] [beta] [menor o igual que] 2°
El título alternativo se considera parte del título propiamente dicho, y se transcribe inmediatamente a continuación de éste, separado por la conjunción o entre comas. Aparece: Aparece:
La lira argentina argentina
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iog iogrr áf ica
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o Colección de las piezas poéticas dadas a luz en Buenos Aires durante la guerra de su Independencia Se regis tra:
La lira argent ina, o, Colecc ión de las piezas po étic as dadas a luz en en Buenos Aires du rante la guerr a de su Independencia
Título que que incluye una mención de responsa bilidad (regla 1.1B2)
En algunos casos, el título incluye el nombre del autor o de una persona o entidad que tiene responsabilidad sobre el contenido del recurso, o el nombre de un editor o distribuidor. Cuando esto sucede, debe transcribirse tal cual aparece. Los mejores poemas de Víctor Domingo Silva
Esto sucede con más frecuencia en algunos idiomas como el inglés, en los que el uso del caso posesivo convierte a la mención del responsable y al título en una sola unidad gramatical. Fodor’s New York Titulo que es a la vez mención de respon sabilidad (re gla 1.1B3 1.1B3))
Puede suceder que un nombre aparezca en la fuente principal de información a la vez como título de la obra y como responsable de ella. Debe transcribirse tal cual aparece, y no repetirse como mención de responsabilidad. Magrltte
Título propiamente dicho extenso (regla 1.1B4) Si el título propiamente dicho es muy extenso, puede abreviarse, pero bajo ciertas condiciones: • no antes de las primeras cinco palabras, y • sin perder información esencial La omisión se indica con puntos suspensivos. La regla no indica a qué
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Ca t a l o g a c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
se considera un título extenso; queda a juicio del catalogador determinarlo, y decidir también si es posible abreviarlo según las condiciones citadas. De todas maneras, el uso de títulos muy extensos no es habitual en la actualidad, por lo que esta regla se aplica con más frecuencia a publicaciones anteriores al siglo XX. Recurs Recursos os sin fuente p rincip al de información (regla 1.1B .1B7)
El título propiamente dicho es el que aparece en la fuente principal de información. Cuando por cualquier motivo, el recurso carece de esa fuente, el catalogador debe crear un título para el recurso. Para ello, deberá revisar el recurso, si es posible consultar también otras fuentes, y redactar un título breve y descriptivo. Como el título creado no ha sido tomado de la fuente prescrita, debe darse entre corchetes. [Diccionario inglés-español español-inglés] (El recurso carece de portada, pero por su contenido puede determinarse que se trata de un diccionario bilingüe)
El hecho de que el código autorice la creación de un título para registrar un recurso marca la importancia de este elemento dentro de la descripción. Son muy pocos los datos que deben registrarse obligatoriamente, aunque no aparezcan en el recurso. El título propiamente dicho es uno de ellos. Titulo propiamente dicho en más de una lengua (regla 1.1B8) 1.1B8)
Cuando el título aparece en dos o más lenguas, sólo una de esas formas puede ser considerada título propiamente dicho. Se determinará según el contenido del recurso: el título que corresponda a la lengua del contenido principal del recurso será el título propiamente dicho. Si no es posible elegir según el contenido, lo que sucede generalmente cuando todo el contenido del recurso aparece en varios idiomas, se debe elegir como título propiamente dicho el que aparezca en primer lugar en la fuente principal de información. Los demás serán considerados títulos paralelos, y registrados de acuerdo con la regla 1.1D. Aparece:
Rules of procedure procedure Reglement ¡nterleur Reglamento Interno
Se registra como título propiamente dicho: Rules of procedures
Ca p ítít u l o 3. Desc escrr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
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Se registran co mo título paralelos: paralelos: = Reglement in terieur = Reglamento Reglamento interno
Suplementos Suplementos (regla (regla í.iB g)
Cuando el recurso es un suplemento o sección de un recurso mayor, y el título del suplemento aparece separado del título propiamente dicho del recurso mayor, se registra primero en título propiamente dicho del registro mayor, seguido de un punto, y a continuación el título del suplemento o sección. Conferencias internacionales americanas. Primer suplemento, 1938-1942. Título colectivo y títulos Individuales (regla 1.1B 1.1B10) 10)
Si la fuente principal de información presenta un título general para el recurso, pero además incluye títulos individuales de obras incluidas en el recurso, se debe registrar el título colectivo como título propiamente dicho. Los títulos individuales deben registrarse en una nota de contenido. Aparece:
Jane Austen Austen NOVELAS COMPLETAS Orgullo y prejuicio Sensatez y sentimientos sentimi entos Persuasión Mansfleld Park Emma La abadía de Northanger
Se registra:
Novelas comp letas / Jane Austen
Nota
Contenido: Contenid o: Orgullo y prejuicio. Sensatez y sentimientos. sentimie ntos. Persuasión. Mansfleld Park. Emma. La abadía de Northanger Designación general del material (regla 1.1C)
En un catálogo pueden convivir registros para diversos tipos de materiales (impresos, audiovisuales, recursos electrónicos, etc.). Es necesario que el usuario pueda determinar, de manera rápida, de qué tipo de recurso se trata. La designación general del material es un término que identifica en forma genérica el tipo de material que describe el registro. Se coloca al comienzo de la descripción para alertar tempranamente al usuario y ayudarlo a seleccionar recursos de los tipos que le interesan, o que puede consultar porque tiene acceso al equipamiento necesario. La regla 1.1C sobre designación general del material es una regla optativa: puede aplicarse o no, según la decisión de la biblioteca. Puede utilizarse para todo tipo de materiales, no utilizarse para ninguno, o utilizarse sólo para algunos. Cualquiera sea la decisión que adopte la bibliote-
r
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Ca t a l o g a ci ci ó n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
ca, debe registrarla en su manual de procedimientos y aplicarla de manera consistente. La regla presenta dos listas de términos. La lista i, compuesta por términos de carácter general, se aplica en Gran Bretaña. En el resto del mundo, incluyendo los países de América Latina, se utiliza la lista dos, más extensa, que contiene términos más específicos que la lista i. Esta doble lista es uno de los últimos vestigios de las diferencias entre las versiones británica y norteamericana que tuvieron las Reglas Angloamericanas de Catalogación en su primera edición. La designación general del material se registra a continuación del título propiamente dicho, entre corchetes. La reina de Granada [texto] / Francisco Joaquín Gutiérrez
El título alternativo o el título de un suplemento o sección se consideran parte del título propiamente dicho, por lo que la designación general del material debe registrarse después de cualquiera de ellos. Moby Dick, o, La ballena blanca [texto] / Melvilie
La designación general del material no ofrece información detallada sobre el tipo específico de material; indica por ejemplo que se trata de una grabación sonora, pero no establece si es un casette o un CD. Los detalles específicos se registran en el área 5 de descripción física. Una política habitual en muchas bibliotecas es utilizar la designación general del material para todos los recursos que no sean textos impresos, es decir, aplican todos los términos de la lista, excepto texto. Titulo par alelo (regla 1.1D .1D)
El título paralelo es el título propiamente dicho en otra lengua y/o escritura, que aparece en la fuente principal de información. Es común que en recursos cuyo contenido se encuentra en varios idiomas, el título aparezca en afluente principal en los idiomas del texto. Pero también puede aparecer el título en varios idiomas en la fuente principal aunque el recurso no contenga material en cada uno de ellos. En ambos casos, el primer título se considera título propiamente dicho (regla 1.1B8), y los demás se consideran títulos paralelos y se registran en el orden en que aparecen en la fuente principal de información, precedidos de = (signo de igual).
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
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Pintores de Tigua = Indigenous artists of Ecuador
Según el nivel de descripción que se aplique, puede ser necesario transcribir uno o todos los títulos paralelos (regla 1.1D2). En un segundo nivel de descripción, se registra el primer título paralelo, y un segundo si hay uno en español. Aparece:
Traités multilatéraux multilatéraux Multilaterale Vertraüge Multilateral treaties Tratados multilaterales
Se registra:
Traités Traités multilatéraux = Tratados Tratados multilaterales
Sólo cuando el título propiamente dicho y el primer título paralelo están en una escritura que no utiliza el alfabeto latino, y no hay título paralelo en español, se debe transcribir un segundo título paralelo en otro idioma, según el orden de preferencia que establece la regla. En un tercer nivel, deben transcribirse todos los títulos paralelos que aparecen en la fuente principal de información. Aparece:
Traités multilatéraux multilatéraux Multilaterale Vertraüge Multilateral treaties Tratados multilaterales
Se registra:
Traités Traités multilatéraux = Multilaterale Vertráge = Multilateral treaties = Tratados m ultilaterales
Titulo en idioma origin al (regla 1.1D 1.1D3)
Cuando el recurso contiene una traducción, el título original puede aparecer en la fuente principal de información. Si aparece citado en la fuente principal antes del título propiamente dicho, o si parte del recurso se encuentra en la lengua original, se lo considerará título paralelo. Si estas condiciones no se cumplen, es decir, si el título original no aparece en la fuente principal de información, y antecede al título o parte del contenido está en el idioma del título original, no se considera título paralelo, y por lo tanto no se registra en el área 1, sino en una nota. Otra información sobre el título (regla 1.1E)
Este elemento puede incluir datos diferentes: el subtítulo, un antetítulo u otros elementos que aclaran o complementan el título y que aparecen en la fuente principal de información. La trascripción se
i ( > > ) , > \ f > y
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Ca t a l o g a c ió ió n
de m o n o gr g r a f í a s i m pr pr e s a s
hace según las mismas reglas que para el título propiamente dicho: respetar la redacción, el orden y la ortografía, sin respetar necesariamente la puntuación y el uso de mayúsculas. Se le antepone : (dos puntos). Aparece: Aparece :
COTIZACIÓN DE COLECCIONES BIBLIOTECARIAS Fundamentos y procedimientos para una valoración
Se registra: registra:
Cotización Cotización de colecciones bibliotecarias : fundamento s y proc edimientos para una valoración
Puede haber más de un segmento de otra información sobre el título, por ejemplo un antetítulo y un subtítulo. Se las registra en el orden en que aparecen en la fuente (regla 1.1E2), anteponiendo dos puntos a cada segmento. La dimensión ambiental en la educación básica primaria : en regiones amazó nicas de países seleccionados del Tratado de Cooperación Amazónica : docu mento regional de trabajo / preparado por Susana Soüller Toledo, María A. Cecilia Mendlola Vargas. Otra información extensa extensa sobre el títu lo (regla 1.1 1.1E3)
Al igual que con el título propiamente dicho extenso, existe la posibilidad de abreviar otra información sobre el título extensa, aplicando las mismas provisiones: abreviar si no se pierde información esencial, nunca antes de las primeras cinco palabras, e indicar la omisión mediante el signo de omisión (puntos suspensivos). No deben abreviarse las palabras individualmente. Existe otra opción: registrar la otra información extensa sobre el título en una nota. Aparece en la fuente prlncipakRéglmen de mediación y conciliación Ley 24.573 Concordada con el decreto reglamentarlo 91-98 Complementado con decreto 624/00, resoluciones de la AFIP, del Ministerio de Justicia y acordadas de la Corte Suprema Formularlos oficiales y modelos de actuación práctica Se registra:
Régimen de mediación y con ciliació n : ley 24.573 24.573
Nota:
“Concordada “Concor dada con el decreto reglamentarlo reglamentar lo 91 -98 Complementado con decreto 624/00, resoluciones de la AFIP, del Ministerio de Justicia y acordadas
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
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de la Corte Suprema. Suprema. Formularios oficiales ofici ales y modelos de actuación práctica"
Es preferible registrar en una nota información que corresponde a la his toria bibliográfica del recurso, como el hecho de que todo o parte del con tenido del recurso ha sido publicado con anterioridad como parte de otra publicación. Otra información información sobre el títu lo que contiene un nombre (regta 1.1E4)
Cuando la otra información sobre el título incluye el nombre de una persona o entidad responsable o et nombrt de un editor o distribuidor, y ese nombre es parte integral de la otra información sobre el título, debe transcribirse tal cual aparece. Si se trata de la mención de res ponsabilidad o parte de ella, no será necesario repetirla luego. Se conside ra que la presencia de la preposición “de” o su equivalente en otros idio mas, seguida de un nombre, convierte a ese nombre en parte integral de la otra información sobre el título. Aparece:
Aquí me pongo a contar Los mejores cuentos de Luis Landriscina
Se registra:
Aqu í me pongo a co ntar : los mejores cuento s de Luis Landriscina.
Otra información sobre el título y otros elementos del título (regla 1.1E5)
La otra información sobre el título puede correspon der al título propiamente dicho, a un título suplemento o sección, o a un título paralelo. En cada caso, debe registrarse a continuación del elemento al que corresponde. Aparece Apar ece::
Gerardo Kayser El dialecto rioplatense The River Píate dialect with a pronuncíation chart
Se registra: registra:
El dialecto dialecto rioplatense = The River River Píate Píate d ial ec t: with a pronuncíation pronuncíation c hart / Gerardo Gerardo Kayser Kayser..
Cuando hay títulos paralelos, y tanto el título propiamente dicho como el o los títulos paralelos tienen otra información sobre el título, se privile-
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
gia la claridad, y se cambia el orden de los elementos. En lugar de dar la otra Información sobre el título a continuación del último título paralelo, se da cada bloque de otra información sobre el título a continuación del títu lo propiamente dicho o título paralelo al que corresponde. Aparece:
Oliver Goldsmith Goldsmith She stoops to conquer or The mistakes of a night A comedy comedy La dama-sirvienta o Los enredos de una noche Comedia
Se registra:
She stoo ps to conquer, or, or, The mi stakes of a n ig h t: a comedy = La dama-sirvienta, o, Los enredos de una noche : comedia / Oliver Goldsmith
Menciones de re sponsab ilidad (regla 1.1F .1F)
La regla 1.1F1 indica registrar las menciones de res ponsabilidad que aparezcan “de manera prominente” en el recurso, en la forma en que aparecen. La mención debe ir precedida de una / (barra). Aparece en la portada:
Saki Las aventuras de Reginald
Se regist ra:
Las aventu ras de Reginald / Saki Saki
La expresión “de manera prominente”, explicada en la regla 0.8 de la Introducción General, significa que la mención a la que se aplica debe ser una mención formal y estar ubicada en una de las fuentes prescritas para las áreas 1 y 2. Esas fuentes son, en el caso de los libros, la portada, otras páginas preliminares, y el colofón. Por lo tanto, sólo pueden registrarse en el área área 1 las menciones menc iones de respon re sponsabil sabilidad idad que aparezcan en la fuente prin pri n cipal de información, o en caso de ser considerado necesario, las que apa rezcan en otras páginas preliminares y colofón. Si la mención se toma de las fuentes prescritas para el área 2 debe registrarse entre corchetes. La posibilidad de dar una mención de responsabilidad entre corchetes no debe interpretarse como una invitación a registrar en esta área cualquier mención de responsabilidad que no aparece en la fuente principal de información. Sólo cuando la importancia de la mención lo justifique debe utilizarse esta opción, por ejemplo, cuando se asigna un punto de acceso por un respon sable que no aparece en la portada sino en una página preliminar. La regla 1.1F2 indica que si no aparece en el recurso una mención de responsabilidad de manera prominente (es decir, en las fuentes de informa-
Ca p í t u l
o 3.
ipció n Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
121
ción para las áreas i y 2), 2), no no debe construirse construir se ni tomarse de otra parte del ítem. La mención de responsabilidad no es un elemento obligatorio si no está presente. Si es necesario dar una mención que no aparece de manera prominente, debe darse en una nota. La mención de responsabilidad no consiste solamente de uno o varios nombres, sino que puede incluir también términos o frases que aparecen en la fuente principal conectados con el o los nombres mencionados. Pueden ser conjunciones, preposiciones, etc., que se transcriben tal cual aparecen; por ejemplo la conjunción “y” se transcribe como “y”, o como si aparece de esa manera en la fuente. Si no aparece ningún término acompañando al nombre o los nombres, no debe agregarse. Pueden también ser frases que indiquen el rol cumplido por las personas o entidades nombradas. No se utilizan abreviaturas en la mención de responsabilidad, a menos que éstas aparezcan en la fuente de información, en cuyo caso deben ser transcriptas tal como aparecen. Aparece:
The Beatles Versiones libres Compilado y comentado por Gustavo Gómez Córdoba
Se registra:
The Beatles : version es libres / co mp ilado y comentado por Gustavo Gómez Córdoba
Las menciones de responsabilidad pueden ser varias, puesto que puede haber diferentes grados de responsabilidad con respecto a un recurso. La primera mención de responsabilidad o mención de responsabilidad principal, constituye un primer nivel. Otras menciones subsiguientes de responsabilidad constituyen niveles menores. Aparece:
Publlo Publlo Cornello Tácito ANALES ANALES Edición , Introducción y notas de Pedro J. Quetglas Traducción de Carlos Coloma
Se registra:
Anales / Publio Cornelio Tácito ; edición, introducción y notas de Pedro Pedro J. Quetglas ; traducción de Carlos Coloma.
En cada nivel de responsabilidad puede haber nombrada más de una persona o entidad que realizan la misma función. En cada nivel pueden registrarse hasta tres personas o entidades. Esto se conoce como la “regla
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
de tres”. Tres es el número máximo para un determinado tratamiento de los responsables, tanto en la descripción como en la determinación de los puntos de acceso; hasta tres, se resuelve de una manera, más de tres se resuelve de otra. Los responsables dentro de un mismo nivel se registran tal como aparecen, anteponiendo comas al segundo y tercero nombrados, si no están ya relacionados mediante una conjunción (regla 1.1F4). Aparece:
FEUDALISMO Y CONSOLIDACIÓN DE LOS PUEBLOS HISPÁNICOS (siglos XI-XV) por por Julio Valdeón José M. Salrach Javer Zabalo
Se registra:
Feudalismo Feudalismo y consoli dación de los pueblos hispánicos : siglos XI-XV XI-XV / po r Julio Valdeón, José M. Salrach, Javer Zabalo
En un recurso con tres autores mencionados en un pie de igualdad (la misma tipografía y distribución), y otro u otros colaboradores que cumplen funciones diferentes, los tres autores constituyen la mención de responsabilidad principal, y el/los otros colaboradores, menciones de responsabilidad subsiguiente. Si un mismo nivel de responsabilidad incluye más de tres personas o entidades, se registra sólo la primera, y se indica la omisión de las demás con el signo de omisión omis ión y la abreviatura el al. —que significa signifi ca “y otros” — entre corchetes (regla 1.1F5) Aparece:
Massimo Montanari (compilador) EL MUNDO EN LA COCINA Historia, identidad, intercambios Jean-Pierre Devroey Jean-Louis Flandrin Dominique Fournier Jack Goody Bruno Laurioux Máximo Montanari Antoni Riera-Melis Franqoise Sabban Ariel Toaff
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
Se registra:
bibl iogr áf ica
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El mundo en la cocin a : histor ia, identi dad, intercambios / Massimo Montanari compilador ; Jean -Pierre Devro ey... [et al.] al.]
Las menciones de responsabilidad se dan en el orden en que aparecen en la fuente principal, a menos que resulte poco claro, en cuyo caso se hará en el orden que tenga más sentido (regla 1.1F6). Aparece:
Traducción: Traducción: María José José Rodellar Rodellar BESTIARIO DE TOLKIEN DAVID DAY
Se registra:
Bestiario de Tolkien Tolkien / David David Day Day ; trad uc ció n María José Rodellar Rodellar
También los nombres de las personas pueden incluir datos complementarios o aclaratorios: títulos académicos, términos de tratamiento, indicación de pertenencia a instituciones, etc. En ciertas disciplinas es común que el nombre del autor vaya precedido o seguido de la abreviatura de un título académico, como Dr. o Ph.D. En general. Esos términos no deben transcribirse junto con el nombre en la mención de responsabilidad, a menos que se presente alguno de los siguientes mencionados en la regla 1.1F7, que son los siguientes: • Cuando no se puede eliminar el o los términos por razones gramaticales. Estudio presentado a la Comisión Nacional Agraria / por el Sr. don Félix Cuevas en defensa de sus Intereses
• Cuando si se elimina elimin a ese término sólo queda que da un nombre de de pila o un apellido. Esta situación puede presentarse con cierta frecuencia en los nombres de personas de vida religiosa, que pueden identificarse con un título acompañado sólo de un nombre de pila, o sólo de un apellido. Flos sanctorum : vida de los santos de los cuarenta y un primeros días del año / escrito por el padre Rlvadeneyra y otros
• Cuando el término de tratamiento sea necesario para identificar a la persona, como sucede en el caso de mujeres casadas de habla inglesa sólo identificadas por el nombre del marido Dios sobre todas las cosas / Mrs. Charles E. Cowman.
124
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
(La autora es la esposa de Charles E.
Cowman)
• Cuando se trata de un título de nobleza u honorífico británico La historia del análisis por medio de los rayos X / por Sir Lawrence Bragg
En cualquier otro caso, estas adiciones al nombre no se registran, y tampoco se indica la omisión. Aparece: Aparece:
Principios Principios de la calidad total total Vincent K. Omachonu, Ph. D. Universidad de Miami Coral Gables, Florida Joel E. Ross, Ph. D. Florida Atlantic University Boca Ratón, Florida
Se registra:
Principios de la calidad tot al Z Vincent K. Omachon u, Joel E. Ross
Avec Av eces es puede suceder que la mención mención de responsabilidad responsabi lidad tal como apaapa rece en la fuente principal sea engañosa, y no presente a la persona o entidad nombrada en su función real: es el caso de alguien cuyo nombre aparece sin ninguna aclaración en la fuente principal, pero al revisar el recurso es claro que su función ha sido la de compilador, y no autor, del contenido del recurso. Si se transcribe la mención de responsabilidad tal como aparece, se da una ¡dea errónea de la función de la persona o entidad. Para salvar esta situación, debe agregarse una breve aclaración de la función de la persona o entidad (reglas 1.1F8, 2.1F2). Como todo agregado que no ha sido tomado de la fuente prescrita, debe registrarse entre corchetes [ ]: Aparece: Aparece:
Documentación medieval de la diócesis de San Sebastián en el Archivo Vaticano Siglos XIV-XV Saturnino Rulz de Lolzaga
Se registra:
Documentación medieval de la diócesis de San Sebastián en el Archivo Vaticano : siglos XIV-XV / [compilado por] Saturnino Ruiz de Loizaga.
Ca p í t u l
o 3.
Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
125
Títulos paralelos y menciones menciones de responsa bilidad (reglasi.iFio, 1.1F11)
Cuando un recurso tiene título paralelo, pueden darse varias posibilidades con respecto a la mención de responsabilidad: • Que aparezca una sola mención de responsabilidad. Se registra a continuación del último título paralelo. Aparece en la fuente principal: principal: Diccionario de comercio exterior Dictionary of foreign trade Víctor G. Abad Gonzales Se registra: registra:
Diccionario de com ercio exterior = Dictionary of foreign trade / Víctor G. Abad Gonzales
• Que la mención de responsabilidad aparezca también “en paralelo”, es decir que haya una mención en la lengua del título propiamente dicho, y otra en la del título paralelo. En este caso, es necesario reunir a cada título con su mención, alterando el orden habitual de presentación de los datos para facilitar su comprensión: Aparece en la fuente principal:
Memorándum presentado por el gobierno del Ecuador al excelentísimo señor don Richard M. Nixon, vicepresidente de los Estados Unidos de Norte América América Memorándum presented by the government of Ecuador to His Excellency Mr. Richard M. Nixon, vicepresident of the United States of America.
Se registra: registra:
Memorándu m / presentado por el gob ierno del del Ecuador al excelentí excelentísimo simo señor don Richard Richard M. Nixon, Nixon, vicepresidente de los Estados Unidos de Norte A m er ic a = Me m o r án d u m / p re s en t ed by t h e governm ent of Ecuador to His His Excellency Mr. Richard Richard M. Nixon, vicepresident of the United States of Am erica. erica.
126
Ca t a l o g a c i ó n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Al igual que lo que sucede con la otra otra información sobre el título, cada cada mención se asocia al título al que corresponde. Puede darse también una combinación de título, otra información sobre el título y mención de responsabilidad en paralelo: Distribución y conservación de la vicuña (Vicugna vicugna): informe / preparado por Hernán Torres = Distribution and conservaron of the vicuña (Vicugna vicugna): a report / prepared by Hernán Torres.
• Que el título propiamente dicho esté en un solo idioma, y la mención de responsabilidad aparezca en más de un idioma. En ese caso, sólo se registra la mención de responsabilidad que aparece en el idioma del título propiamente dicho (regla 1.1F11) Aparece en la fuente principal: ANNUAL REPORT REPORT International Institute for Educational Planning/lnstitut International de Planificaron de l’Éducation/Institutio Internacional de Planeamiento de la Educación Se registra:
Annual report / International Institu te fo r Education al Planning
Optativamente, pueden registrarse todas las menciones en paralelo Annual report / International Institute for Educational Planning = Instituí International de Planificaron de l’Éducation = Institutio Internacional de Planeamiento de la Educación Frases Frases sustan sus tantiv tivas as (regla (reg la 1.1F .1F12) 12)
Las frases sustantivas que aparecen en la fuente principal pueden estar relacionadas con el título o con la mención de responsabilidad. Para determinar cómo registrarlas, debe establecerse qué función cumplen: • Si dan información in formación sobre s obre el carácter de la obra, se registran como otra información sobre el título Aparece:
La industria y el poder Drama en tres actos por Trinidad Manuel Pérez
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
Se registra:
bibl bibl iogr áf ica
127
La indus tria y el pod er : dr ama en tres acto s / po r Trinidad Trinidad Manuel Pérez Pérez
• Si dan información sobre el papel de la persona o entidad nombrada, se registran como parte de la mención de responsabilidad Aparece:
Antología de poetas franceses contemporáneos contemporá neos Selección y traducción en verso con opiniones, notas y noticias bibliográficas por Edmundo Bianchi
Se registra: registra:
Antología de poetas franceses con tempo ráneos / selección selección y traducción en verso verso con o piniones, notas y noticias bibliográficas por Edmundo Bianchi
Mención de responsabilidad responsabilidad incluida en el título (regla 1.1F13)
Tanto en el título propiamente dicho como en la otra información sobre el título puede aparecer ya incluido el responsable del recurso. Cuando esto sucede, no se vuelve a repetir el dato en la mención de responsabilidad, a menos que estuviera repetido en la misma fuente. Aparece: Apare ce:
El Hamlet de Shakespeare Ensayo de interpretación, traducción española en verso y notas de Salvador de Madariaga
Se registra:
El Hamlet de Shakesp eare / ensayo de int erpretació n, traducción española española en verso verso y notas de Salvador Salvador de Madariaga
En este ejemplo, el nombre del autor aparece como parte del título propiamente dicho; no se repite en la mención de responsabilidad. Aparece en la fuente principal: Jorge Luis Luis Borges Borges BORGES POR ÉL MISMO Se registra: registra:
Borges por él mismo / Jorg e Luis Borges
En este caso, el nombre del autor aparece en la fuente por sí mismo y como parte del título, por lo que debe transcribirse en el título y nuevamente como mención de responsabilidad.
128
Ca t a l o g a ci ci ó n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Mencio nes que no incluy i ncluyen en no mbres (1.1 (1.1F1 F14) 4)
Una mención puede no incluir un nombre propio. A veces el autor es descrito pero no nombrado; otras veces la responsabilidad recae sobre un grupo que no tiene un nombre; incluso hay menciones que indican la existencia de una responsabilidad, pero no al responsable (por ejemplo, una frase como “traducido del griego”). Aunque la mención no incluya nombres, debe transcribirse como tal, precedida de una barra. Relación del martirio del venerable padre Diego Luis de San Víores de la Compañía de Jesús / escrita por un misionero de la isla de Goan (San Juan), también jesuíta.
La mención de responsabilidad puede incluso contener palabras o frases que no son nombres, ni conectores, pero que ofrecen información útil. Esas palabras o frases deben también transcribirse como parte de la mención de responsabilidad. La pesca y las industrias pesqueras en el Perú : con recomendaciones para su futuro desarrollo / Informe presentado por los miembros de la misión americana del “Fish and Wildlife Service” del Departamento del Interior de los Estados Unidos de Norte América, contratada por el supremo gobierno del Perú el año 1941. Otros elementos en la fuente p rinc ipa l (reg la 1.1 1.1F15)
No todos los elementos que aparecen en la fuente principal deben necesariamente transcribirse. A veces, la portada de un libro puede incluir un lema, una cita textual u otro elemento ajeno a la información bibliográfica necesaria para identificar el recurso. Esos elementos deben ignorarse al realizar la trascripción, y su omisión no debe indicarse. Aparece en la fuente principal: Encuentre la paz interior MANDALAS Teoría y práctica 85 modelos para pintar Se registr a:
Marídalas : teoría y prácti ca : 85 mo delos para pint ar
En este ejemplo, puede observarse la diferencia entre información relacionada con el título (el subtítulo “Teoría y práctica”, la información sobre
Ca p ít í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
129
el número y tipo de las Ilustraciones Incluidas), y la frase que encabeza la portada, que no guarda relación directa con el título como elemento bibliográfico. De la misma manera, una cita de un autor o una obra reconocida puede formar parte de la fuente principal, pero no debe registrarse. Recursos Recursos sin si n titu t itu lo colectivo colectiv o (regla (r egla s 1.1 1.1G G, 2.1G) 2.1G)
Ciertos recursos que contienen varias obras no llevan un título común para todo el recurso. A veces sólo mencionan en la fuente principal de Información las obras contenidas; otras veces, no existe siquiera una fuente principal de Información única para todo el recurso. Para determinar su tratamiento, se debe establecer si hay una parte u obra predominante en el recurso. La presentación tipográfica en la fuente principal, si existe, y la extensión relativa dentro del recurso son pautas a considerar para determinar la presencia de una obra predominante. SI existe una obra predominante, se trata el recurso como una manifestación de esa obra, y se utiliza el título propiamente dicho de la obra predominante como título propiamente dicho para el recurso. Las otras obras deben ser citadas en una nota (regla 1.1G1) Aparece en en la fuente principal: princ ipal:
LA REINA DE GRANADA Francisco Joaquín Gutiérrez. El extraño visitante
Se registra:
La reina de Granada / Francisco Joaquín Gutiérrez
Nota:
Con: El extraño visitante, visit ante, p. [71 [71 ]-117
SI no hay una obra predominante (por ejemplo, cuando hay dos o más obras presentadas en la fuente principal de Información con el mismo nivel de Importancia), existen dos opciones: • Descri Des cribir bir el ítem como com o una unidad (regla 1.1G .1G3): 3): se registran regi stran los l os títutít ulos de las partes en el orden en que aparecen en la fuente principal o en el recurso. Los títulos se separan con punto y coma si la mención de responsabilidad es la misma para ambos. Aparece: Aparece:
Lope Lope de Vega Vega Fuente Ovejuna
130
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
Peribáñez y el comendador de Ocaña El mejor alcalde, el rey El caballero de Olmedo Se registr a:
Fuente Ovejuna ; Peribáñez y el com end ado r de Ocaña ; El mejor alcalde, el rey ; El caballero de Olmedo / Lope de Vega
Si la mención de responsabilidad es diferente, debe registrarse por separado la información completa para cada obra, anteponiendo un punto a los datos de la cada una después de la primera. Aparecen en la fuente principal: Lope de Vega Vega El caballero de Olmedo Calderón de la Barca La vida es sueño Se regi str a:
El cabal lero de Olm edo Z Lop e de Vega. La vida es sueño / Calderón de la Barca.
Si se utiliza designación general del material, ésta va siempre detrás del primer título propiamente dicho. El caballero de Olmedo [texto] / Lope de Vega. La vida es sueño / Calderón de la Barca.
• Hacer Hacer descripciones descrip ciones separadas (esto (esto es, es, crear crear registros independi indep endienentes) para cada obra, y unirlos mediante notas de “Con” (regla 1.7B21). Esta opción resulta adecuada, por ejemplo, para aquellos libros que contienen dos obras, cada una de las cuales se inicia en un extremo del libro, y tiene su propia fuente principal independiente. En estos casos, no resulta posible determinar cuál es la obra que debe considerarse la primera; es mejor crear registros separados, y conectarlos mediante una nota de “Con”.
3.3.2
Área de la edición edició n
El área 2 es el área de mención de la edición. Una edición es el conjunto de todos los ejemplares de un recurso producidos a
Ca p It u l
o 3.
Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
131
partir de una misma matriz, y publicados por la misma entidad. El área está compuesta por los siguientes elementos: Mención de edición ; mención de edición subsiguiente / mención de responsabi lidad relativa a la edición.
Esta área no siempre aparece en la descripción. Si en el recurso no aparece una mención de edición, no se registra ningún dato ni se indica la omisión del área. Las menciones de edición pueden ser numéricas, o pueden hacer referencia a alguna característica de la edición, como el ámbito geográfico al que está destinada, la ocasión para la que se realiza, etc. Muchos de los términos comúnmente utilizados en las menciones de edición en distintos idiomas tienen abreviaturas prescritas: edición/edition/édition/edizione (e<±), revisada (rev.), corregida (corr.), aumentada (aum), etc. Pero no todos los términos que pueden aparecer tienen una abreviatura prescrita; por ello, es necesario consultar siempre el Apéndice B para asegurarse de utilizar las abreviaturas correspondientes. Si un término no figura, se registra completo; no deben crearse abreviaturas para términos que no aparezcan listados en el apéndice. La puntuación prescrita para el área es la siguiente (regla 1.2A1) , mención de edición edici ón subsiguiente / primera primera mención mención de responsabilidad ; mención subsiguiente subsiguie nte de de responsabilidad responsabil idad Las fuentes prescritas de las que debe tomarse la información en los libros y otros recursos impresos son la fuente principal de información (portada), otras páginas preliminares y colofón (regla 2.0B2) Mención de edición (reglas 1.2B, 2.2B)
La mención de edición se transcribe tal como aparece en el recurso en cuanto a los términos usados y el orden, pero utilizando: • Números arábigos en lugar de palabras o números romanos, con abreabre viaturas de numerales según se indica en el Apéndice C de numerales.
132
ci ó n Ca t a l o g a ci
Aparece: Aparece: Se registra:
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Primera edición 1“ ed .
• Palabras abreviadas de acuerdo al al Apéndice B de abreviaturas Aparece: Aparece: Se registra:
Segunda edición corregida y aumentada 2" ed. corr. y aum.
No se registran menciones que no aparecen en el recurso (excepto que se aplique la regla 1.2B5). Por ejemplo, no se registra 1- ed. a menos que explícitamente aparezca el dato en una fuente prescrita. La regla 2.2B de mención de edición para libros establece que deben transcribirse las menciones de edición que indiquen la presencia de diferen cias con otras ediciones del recurso. Muchas veces, los editores utilizan la mención de edición de manera muy libre, denominando ediciones a meras reimpresiones (que son reproducciones exactas, sin cambio alguno, de la edición). Para poder establecer si una edición presenta cambios con respec to a ediciones anteriores, el catalogador debería disponer de esas edicio nes anteriores para hacer la comparación. Como esto generalmente no ocu rre, la práctica habitual es atenerse a la información que provee el recurso, y registrar una mención de edición aunque sea evidente que no hay cam bios con respecto a ediciones anteriores, como sucede, por ejemplo, con obras de ficción que llegan a tener más de 30 “ediciones”. Una edición puede llevar una identificación que no consista en un núme ro. A veces, el elemento que identifica una edición hace referencia a la cobertura geográfica del recurso {Edición para el Noroeste'); Noroeste'); a algún aconte cimiento que la edición conmemora {Edición {Edición conmemorativa d del el centenario); al idioma del recurso {Edición {Edición bilingüe); bilingüe ); o al hecho de que se trata de una edición subsiguiente de un recurso {Nue {Nueva va edición) edi ción).. La presencia de térmi nos tales como edición, versión, etc., deben tomarse como indicación de que se está en presencia de una mención de edición. Estas menciones se transcriben respetando las mismas provisiones vistas anteriormente, es decir, utilizando abreviaturas para los términos que aparecen listados en el Apéndice B de abreviaturas. abreviaturas. Aparece: Se registr a:
Edición Edición bilingüe inglés español Ed. bilingü e inglés español
Una regla optativa (1.2B4) permite dar una mención de edición aún cuando no aparezca en el recurso, siempre que se sepa que el recurso es
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
133
una edición diferente, porque contiene modificaciones con respecto a una edición previa. Al tratarse de una interpolación o agregado, esa mención debe darse entre corchetes [ ]. [Nueva ed.]
Menciones paralelas de edición (reg la 1.2B5 1.2B5))
Cuando un recurso presenta títulos paralelos, puede suceder que la mención de edición también aparezca en más de un idioma. La regla 1.2B5 ofrece dos soluciones posibles. La primera es transcribir solamente la mención de edición que corresponde al título propiamente dicho. Aparece en la fuente principal:
Guía de formularios formulari os de inmigración
En el dorso de la portada:
First edition August 2003 Primera edición Agosto 2003
Se regis tra:
1" ed.
Si no existe una mención en el idioma del título propiamente dicho, debe transcribirse la primera que aparezca. La regla ofrece, optativamente, la posibilidad de registrar todas las menciones de edición que aparecen en el recurso, anteponiendo el signo = (igual) a cada una excepto la primera. Para el ejemplo anterior, se registra: 1a ed. = 1st ed
Menciones de responsabilidad relacionadas con la edición (1.2C)
Una edición puede tener menciones de responsabilidad que le son propias, es decir, que corresponden a esa particular edición, o a algunas ediciones, pero no a todas las ediciones del recurso. Por ejemplo, el responsable de la revisión en la cuarta edición de un recurso tiene responsabilidad sólo sobre esa cuarta edición revisada, pero no la ha tenido sobre las ediciones anteriores. En esos casos, la mención no debe registrarse en el área primera sino en el área segunda, y darse luego de la mención de edición, precedida de una / (barra). No deben usarse abreviaturas al transcribir la mención de responsabilidad, a menos que aparezcan en la fuente de información.
Ca t a l o g a ci ci ó n
13 4
Aparece:
d e m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Tercera Tercera edición enteramente enteramente refundida y muy aumentada por Rudolf Kóstler
Se registr a:
3’ ed. enter amen te refundid a y muy aum entad a / por Rudolf Kóstler
Cuando no puede determinarse claramente si la mención corresponde sólo a una edición o a varias, o cuando no existe una mención de edición, la mención de responsabilidad que supuestamente pertenece a la edición debe registrarse en el área i. Nunca puede haber un área 2 sin una mención de edición. En el caso de primeras ediciones, hay que considerar que todas las menciones son menciones de responsabilidad del recurso en su conjunto, no de la edición, y ponerlas en el área primera. Menciones de revisiones de una edición (regla 1.2D, 2.2D)
Un recurso puede tener una mención de edición seguida de una mención de revisión de la edición. La mención de revisión se registra a continuación de la mención de edición, o de la mención de responsabilidad relativa a la edición, precedida de , (coma). Se utiliza mayúscula para la primera palabra de cada una de las menciones, a menos que se trate de un número. Aparece:
Primera edición edición Segunda reimpresión, corregida y ampliada
Se regi str a:
1aed ., 2a reimp . corr. y amp liad a
La indicación de que se trata de una reimpresión no siempre debe tomarse como mención de revisión de una edición; en general, la reimpresión no presenta cambios con respecto a una edición, por lo que no es necesario registrarla. Sólo se indica cuando hay modificaciones con respecto a la edición (regla 1.2D3) Aparece: Se reg is tra:
Tercera Tercera edición, Sexta reimpresión reimpresión 3a ed.
La mención de revisión de la edición puede tener también una mención de responsabilidad (regla 1.2E1). Debe registrarse a continuación de la mención de revisión, precedida de / (barra) Aparece: Aparece:
4a edición, 6a reimpresión reimpresión corregida por Alfonso Cuevas. Cuevas.
Se registra:
4a ed., 6a reim p. corr. / po r Alfo nso Cuevas
Ca p ít ít u l o 3. Descr ipció ipció n bibl bibl iogr áf ica
3-3-3
135
Ár ea de los detalles det alles especí es pecíff i cos del mater mater i al ( o ti po de publi publicación) cación)
El área tercera, de detalles específicos del material, se utiliza para registrar características particulares de determinados tipos de recursos. Se aplica a materiales cartográficos (capítulo 3), música (capítulo 5), microformas (capítulo 11) y recursos continuos (capítulo 12). También se aplicó a recursos electrónicos (capítulo 9) hasta las enmiendas de 2004. Para cada tipo de recurso, el área puede contiene distintos tipos de datos. Por ejemplo, en los registros de materiales cartográficos el área contiene detalles tales como menciones de escala y proyección, coordenadas y equi noccios, etc. En los registros de recursos continuos, contiene datos de designación numérica y/o cronológica de publicaciones seriadas. El área 3 no se utiliza en la descripción de libros y otros materiales monográficos impresos.
3.3.4
Ár ea de publi publicac cacii ón, ón, dist di strr i buci bució ón, etc.
El área 4 contiene los datos relacionados con la publicación y distribución de un recurso. Se registran aquí lugares, nombres y fechas relacionadas con la actividad de publicar, distribuir o fabricar un ítem. Está compuesta básicamente por los siguientes elementos: Lugar de publicación : nombre del editor, fecha.
Algunos de estos elementos pueden pueden ser múltiples (po (porr ejemplo, ejemplo, varios lugares de edición). Además, la ausencia de algunos datos puede dar lugar a la inclusión de otros, por lo que las configuraciones del área pueden variar. La puntuación prescrita para el área es la siguiente (regla 1.4A1) ; Lugar Lugar de de publicación mencionado luego luego del primer lugar de publi publi cación : Nombre del editor, editor, distribuidor, distribu idor, etc. etc. [Mención de función de editor, distribuidor, etc.] , Fecha Fecha de publicació publ icación, n, distribució distri bución, n, etc. etc. (Datos de fabricación) : Nombre del fabricante fabri cante , Fecha Fecha de fabricac fabr icación ión
136
Ca t a l o g a c i ó n
de m o n o g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
El siguiente esquema muestra el uso de los signos de puntuación. Primer lugar de publicación, distribución, etc. ; segundo lugar de publicación, dis tribución, trib ución, etc. : primer prime r editor, distribuidor, etc. : segundo segu ndo editor, distribuidor, distribu idor, etc., fecha de publicación. (Lugar de fabricación : nombre del fabricante, fecha de fabri cación)1.
Las fuentes de información prescritas para el área 4 son las mismas que para el área 2, en el caso de los libros y otros recursos monográficos impresos: la fuente principal (portada), otras páginas preliminares, y el colofón (regla 2.0B2) Los datos a registrar en el área son en su mayoría nombres geográficos, nombres de entidades y fechas. Los nombres se registran tal como aparecen en el recurso, omitiendo preposiciones a menos que esto afecte la construcción gramatical (regla 1.4B4). Algunos elementos pueden abreviarse, siguiendo las indicaciones del Apéndice B de abreviaturas. Lugar de publicación, distribución, etc. (regla 1.4C)
El lugar de publicación, distribución, etc. es la ciudad o localidad en la que tiene su sede el editor o distribuidor. Debe registrarse tal como aparece en el recurso, respetando el idioma; no debe traducirse, aunque existe una forma en español. Aparece: Aparece: Se regist ra
London London London
Si el nombre del lugar aparece en más de un idioma, debe darse el que corresponde al idioma del título propiamente dicho; si esto no es posible, debe darse el primero que aparece. Si la forma en que aparece el nombre hace que sea difícil identificar el lugar, se puede agregar, entre corchetes por tratarse de una interpolación, otra forma del nombre del lugar, preferentemente en español (regla 1.4C2). Esta regla debe aplicarse en casos en que el lugar aparezca con un nombre antiguo o poco conocido, no que aparezca simplemente en otro idioma. Aparece: Aparece: Se registra:
Novi Novi Ebora Eboraci ci Novi Eboraci [Nueva York]
1. Dado que la presencia de algunos de estos elementos es m utuamente excluyente, este esquema no representa un caso caso real, real, sino solam ente el uso de los elementos de puntuación.
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
13 7
Nombre de un lug ar mayo r (regla 1.4C 1.4C3) 3)
La fuente de información puede contener, además del nombre del lugar, un nombre geográfico mayo, como un estado, provincia o país. Si en la fuente de información el nombre del lugar aparece acompañado de un nombre geográfico mayor, se lo puede agregar si se considera necesario para identificar el lugar, o para distinguirlo de otros lugares con el mismo nombre. Aparece: Se regi st ra:
San Juan - Puerto Rico San Ju an, P.R P.R.
La regla no ofrece criterios para determinar cuándo es necesario agregar el lugar mayor; es el catalogador quien debe decidir. No es necesario aplicar esta provisión cuando se trata de grandes ciudades, que son suficientemente conocidas. Si el nombre del país, provincia, etc., no aparece en la fuente de información, pero se considera necesario para identificar el lugar, se puede agregar. La adición debe hacerse entre corchetes, usando una forma del nombre en español si existe, y las abreviaturas prescritas en el Apéndice B de abreviaturas si fuera fuera posible, a menos menos que en la fuente fuente el nombre del lugar mayor ya figure abreviado, en cuyo caso se registra tal cual aparece. Aparece: Se registra:
Aparece: Se registra:
Santiago Santiago Santiago [Chile]
Santiago Santiago Santiago [Cuba]
Si el nombre geográfico mayor ya aparece en la fuente de información, no es necesario hacer una adición. Aparece: Se registra:
Santiago de Chile Santiago de Chile
Nombre del lug ar abreviado abreviado
Si el nombre del lugar de publicación, distribución, etc. aparece en la fuente de información en una forma abreviada, debe transcribirse tal como aparece, y luego agregar una aclaración, o lo que resta del nombre para completarlo, entre corchetes.
Ca t a l o g a c ió ió n
13 8
Aparece: Se regi str a:
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
B.A. B.A. B.A. [i.e. Buenos Air es]
Varios Varios lugares de publicaci publi cación ón (regla 1.4C 1.4C5) 5)
Cuando el editor, distribuidor, etc., tiene sedes en varias ciudades, es posible que en la fuente de información aparezcan citados varios lugares. Debe registrarse siempre el primer lugar de publicación nombrado. Sólo en los siguientes casos, se agrega otro u otros lugares, precedidos de punto y coma: Cuando algún lugar (que no sea el primero) aparece más destacado que los demás. Aparece: Se regist ra:
Barcelona Barcelona BUENOS AIRES AIRES México México Barcelon a ; Buenos Aires
Cuando uno de los lugares citados (que no sea el primero o el que aparece destacado), está en el país en el que se está catalogando el recurso. Esto implica que, para el mismo recursos, agencias catalográficas de diferentes países resolverán de manera distinta. Aparece:
Grijalbo México Barcelona Buenos Aires
Se registr a:
Méxic o ; Buenos Aires : Grijalbo (para una agencia catalográfica de Argentina) Argentina)
México : Grijalbo Grijalbo (para (para una agencia agencia catalogr áfica de México)
México ; Barcelona : Grijalbo (para una agencia catalográfica de España)
Sin tuga r de publicación (1.4 (1.4C6 C6))
El elemento “lugar de publicación” debe estar siempre representado en el registro. Cuando en las fuentes prescritas no aparece nombrado un lugar de publicación, distribución, etc., puede tratar de inferirse un lugar probable a partir de otros datos que aparezcan en el recurso, de fuentes de referencia que estén rápidamente disponibles, o aún mediante la consulta en catálogos en línea de otros registros de recursos del mismo editor. Si puede determinarse un lugar probable, se registra entre corchetes y con un signo de interrogación, que indica que ese dato no es seguro.
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
13 9
[Rosario?]
Cuando no es posible dar un lugar de publicación (localidad) probable, debe darse un país, seguro o probable, entre corchetes. [Argentina] [Argentina?]
Esta es la única circunstancia en la que se registra el nombre de un país por sí solo como lugar de publicación. En cualquier otro caso, el país puede ser una adición, pero no el lugar de publicación. Si no es posible dar un lugar o un país probables, debe registrarse la ausencia de este dato mediante la abreviatura s.l. (Slne loco, loco, es decir sin luga/}, luga/}, entre corchetes. [S.L]
La regla 1.4C7 ofrece la opción de agregar al lugar la dirección completa del editor, entre paréntesis. Esta opción apunta a retener información de editores pequeños o difíciles de localizar, por lo que la regla indica no aplicar esta provisión a los grandes editores comerciales. De todos modos, no es una opción muy utilizada. Buenos Aires (Florida 950, 1005, Buenos Aires) Nombre Nombre del editor ed itor (regla 1.4D 1.4D))
A continuación del/los del/los lugar/ lugar/es es de publicación publicac ión que le corresponden, se registra el nombre del editor, distribuidor, etc., en la forma más breve en que pueda ser correctamente identificado a nivel internacional (regla 1.4D2). No hay instrucciones explícitas sobre cómo abreviar nombres. En general, deben omitirse los siguientes elementos: • Palabras que indique i ndiquen n que se trata de de una empresa empresa comercial: Cía., S.A., Ltd., Inc., Inc., etc. Aparece: Se transc ribe:
Martínez Martínez Roca, Roca, S.A. S.A. Martínez Roca
• Palabras que indiquen la función de editor: Editorial, Editores,
140
ci ó n Ca t a l o g a ci
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Ediciones, etc.; en inglés, términos tales como Press, Publisher, Books, etc.; siempre que no sean parte integral del nombre. Aparece: Aparece: Se trans cri be:
Editorial Editorial Seix Barra Barrall Seix Barral
Pero Aparece: Aparece: Se trans crib e:
Ediciones Ediciones del Centro Centro Ediciones del Centro
• Artículos iniciales • Nombres de pila, en el caso de editores con nombre y apellido, a menos que el nombre de pila sea necesario para diferenciarlo de otro editor del mismo apellido. Pueden también abreviarse los nombre de pila, utilizando iniciales; esta solución permite abreviar, pero sin correr el riesgo de que el nombre del editor se confunda con otro. Aparece: Aparece: Se trans crib e:
Javier Vergara Vergara Editor Editor J. Vergara
Si el nombre del editor, distribuidor, etc., aparece en más de un idioma, se debe registrar el que aparece en el idioma del título propiamente dicho; si no aparece un nombre en el idioma del título propiamente dicho, debe registrarse la primera forma del nombre que aparezca. Optativamente, pueden darse las formas abreviadas en todos los Idiomas, tratándolas como menciones paralelas, esto es, anteponiendo un signo igual a cada una excepto la primera. Al establecer la forma forma más más abreviada que pueda ser reconocida internacionalmente, no deben omitirse del nombre los siguientes elementos:
a) Palabras Palabra s o fases que que indican la función que cumple la entidad entida d o persona nombrada (siempre que no sea la de editor mismo) : producida por Manrique Zago para ... : distribuido por ...
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
141
El término Editorial, si bien no debe registrarse siempre, puede en ciertos casos ser necesario para diferenciar entidades. Muchas entidades crean una editorial para publicar sus materiales, y la denominan agregando el término Editorial al nombre de la entidad, pero son dos entes diferentes. Por ejemplo, la editorial de la Universidad de Quilmes se llama Universidad de Quilmes Editorial. Ambas son entidades diferentes; si al registrar a la editorial se elimina el término Editorial del nombre, no se distingue de la primera. En estos casos, debe retenerse el término Editorial en la trascripción. b) Elementos del d el nombre que diferencian al editor, editor, distribuido distr ibuidor, r, etc., de otros con nombres similares Espasa Calpe Espasa Calpe Argentina
Hasta las enmiendas de 2002, cuando el nombre del editor aparecía mencionado en el área primera, como parte de alguno de los elementos del título o de la mención de responsabilidad, en el área 4 debía registrarse en una forma mínima. Por ejemplo, si el título del catálogo de un museo incluía el nombre completo de éste, o si se registraba como mención de responsabilidad, en el área 4 se registraba solamente “el Museo”. La razón era no repetir información que ya aparecía completa en la misma descripción. Esta regla fue eliminada debido a que en los catálogos automatizados, el área de publicación no es solamente parte de la descripción, sino que puede utilizarse como fuente para la búsqueda y recuperación de información, al menos en la forma de búsqueda por palabra clave. Para que el dato del editor sea útil para la recuperación, es necesario que aparezca en una forma reconocible; menciones como “el Museo” o “la Asociación” Asoc iación” no lo son en absoluto. ab soluto.
Varios editores edito res (regla (reg la 1.4D5) 1.4D5)
Si un recurso ha sido publicado por dos o más editores, etc., debe registrarse siempre el primero nombrado. Se agrega el nombre de otro editor sólo en los siguientes casos: a) Cuando dos o más entidades aparecen unidas en una sola mención.
W Í M i M R I M i n M M ' I P W M
142
Ca t a l o g a ci ci ó n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
: Centro-Instituto de Estudios Socioeconómicos y Fomento del Desarrollo por encargo de ACDI
b) Cuando el primero nombrado es un distribuidor, es decir quien tiene a su cargo solamente la comercialización, y luego aparece mencionado el editor. Aparece:
Distribuido por el Fondo de Cultura Económica Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
Se registra:
: distribuido por el Fondo Fondo de Cultura Económ ica : Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
c) Cuando un editor (que no sea el primero) aparece destacado en la fuente. Aparece:
Ayuntamiento de Alcalá la Real Real CENTRO PARA LA EDICIÓN DE LOS CLASICOS ESPAÑOLES
Se registra:
Alcalá la r ea l: Ayuntamiento de Alcalá la R ea l; [España]: Centro para la Edición de los Clásicos Españoles
d) Cuando alguno de los editores nombrados (que no sea el primero) es del mismo país donde se está catalogando el recurso. Aparece:
Instituto Internacional Internacional del Desarrollo Ediciones Nuevos Tiempos Madrid Buenos Aires
Se registr a:
Madri d : Institut o Internacio nal del Desarrollo ; Buenos Aires : Ediciones Nuevos Tiempos
En algunas ocasiones, el nombre del editor es parte de una jerarquía de entidades, por ejemplo, cuando se nombran en la fuente sellos editoriales que pertenecen a un editor mayor. La instrucción de las reglas es dar el nombre en la forma más breve que pueda ser reconocida internacionalmente, de manera que no deben registrarse otros elementos de la jerarquía que no sean necesarios para la identificación. En el caso planteado, el nombre del sello editorial es suficiente, y no hace falta mencionar la editorial mayor.
Ca p ít ít u l o 3. Descr ipció ipció n bibl bibl iogr áf ica
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Una situación diferente se presenta cuando el editor es una entidad cor porativa que pertenece a una entidad mayor, y los distintos elementos de la jerarquía aparecen nombrados en la fuente de información. Aplicando la misma provisión de la regla, será necesario determinar cuáles de los ele mentos de la jerarquía son necesarios para identificar al editor, y registrar solamente esos. Por ejemplo, si el editor es una facultad que forma parte de una universidad, el nombre de la universidad será necesario para iden tificar a la facultad, y por lo tanto habrá que registrar ambas. En cambio, si el editor es un instituto que depende de una entidad mayor, pero su pro pio nombre permite identificarlo, no será necesario registrar los datos de la entidad mayor. No hay provisiones en cuanto a la puntuación a utilizar cuando se registran varias entidades en una jerarquía como editores; gene ralmente, se separan los nombres con comas. Aparece:
Facultad Facultad de Ciencias Económic Económicas, as, Universidad de Buenos Aires
Se registr a:
: Facultad de Ciencias Económ icas, Universidad de Buenos Aires
Distribuidor
Si bien las reglas mencionan la transcripción del nombre del editor, distribuidor, etc., en la mayoría de los casos que hemos visto hasta ahora, sólo el nombre de un editor es registrado. El nombre del distribuidor no siempre aparece mencionado, y cuando lo está, suele apa recer en segundo lugar, y por lo tanto en general no es registrado. Una regla optativa, la 1.4D5, permite registrar el nombre y el lugar del distribuidor, a continuación de los datos del editor. Sin editor, distribuidor, etc. (regla 1.4D6)
Siempre debe aparecer algún dato en el segundo elemento del área 4. Si no se conoce el nombre del editor, distribuidor, etc., se debe indicar la ausencia del dato mediante la abreviatura s.n. (s/'ne nomine, es decir, sin nombre), entre corchetes. Buenos Aires : [s.n.] Fech Fecha a de publicación, distribución, etc. etc. (r egla í ^ F )
La fecha de publicación es el año en que ha sido publicado, distribuido, etc. un recurso. Este es un dato de gran importan-
144
Ca t a l o g a c i ó n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
cía para los objetivos de identificación y de selección del catálogo, ya que en muchos casos puede permitir al usuario una valoración a priori sobre los contenidos del recurso. Debido a su importancia, si la fecha de publicación no aparece en el recurso, el código indica utilizar otras fechas como sustituías (fecha de copyright, fecha de fabricación), o aún estimar una fecha de publicación probable. Si se ha registrado una mención de edición en el área 2, la fecha de publicación debe corresponderse con esa mención. Si no hay una mención de edición, debe registrarse la fecha de la primera publicación de la edición a la que pertenece el recurso. Aparece: Aparece:
Se registra: registra:
Primera edición: edición: abril de 2003
Área 2:
Ved .
Áre Á rea a 4:
, 2003
La fecha se registra en números arábigos, independientemente de la forma en que aparezca en el recurso. Si la fecha no pertenece a los calendarios gregoriano o juliano, debe registrarse tal como aparece, y aclarar entre corchetes la fecha correspondiente al calendario gregoriano. Debe registrarse la fecha que aparece en el recurso, aunque se sepa que es errónea (regla 1.4F2). En ese caso, se agrega una aclaración entre corchetes. Aparece:
1898 1898 (pero hay elementos que prueban que es una publicación de fines del siglo XX, no XIX)
Se reg is tra:
1898 [i.e. 1988] 1988]
Si es necesario, las discrepancias entre la fecha registrada y la adición pueden aclararse en una nota. Cuando el recurso pertenece a una reimpresión, y aparecen citadas las fechas de la edición y de la/s reimpresión/es, se registra la fecha que corresponda a los datos del área 2 (regla 1.4F3). Si se ha registrado solamente la mención de edición, sin indicación de la reimpresión, la fecha de publicación es la que corresponde a la edición. Si se ha registrado la mención de edición con la reimpresión, debe darse como fecha de publicación la de la reimpresión. Aparece:
Primera Primera edición: edición: 1994 1994 Novena reimpresión: 1999
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
Se regi str a:
145
bibl bibl iogr áf ica
Ár ea 2:
Ved.
Ár Á r ea 4:
, 1994
Si la fecha de distribución difiere de manera significativa de la de publicación, y la agencia catalogadora lo considera importante, se puede agregar la fecha de distribución entre corchetes (regla 1.4F4) Optativamente, la fecha de copyright se puede agregar a continuación de la fecha de publicación, si difiere de ésta (regla 1.4F5) Aparece:
Octava edición: edición: Abril Abril 1976 1976 © 1959
Se registr a:
,1976, c1959
Esta adición optativa tiene por objeto ofrecer un dato más certero sobre la fecha de producción de los contenidos detrecurso. Sin fecha de public ación ació n (reglas ( reglas 1.4F6,1.4 1.4F6,1.4F7) F7)
Si se desconoce la fecha de publicación, distribución, etc., debe sustituirse por los siguientes datos, en orden de preferencia: a) Fecha Fecha de copyright, copyrig ht, que se indica mediante una c que precede al número Aparece:
Se regi str a:
© 2003
, c2003
b) Fecha de fabricación (en los libros, impresión), que se indica mediante una frase breve Aparece:
Se terminó de imprimir en Indugraf Indugraf S.A., S.A., sanchez de Loria 2251, Bs.As., en el mes de julio de 1998.
Se regi str a:
, imp resió n de 1998 1998
Si el recurso no contiene ninguna de estas fechas, el catalogador debe dar una fecha aproximada. Para ello, debe revisar el recurso en su totalidad, y aún recurrir a fuentes externas si fuera posible, y establecer una fecha con alguno de los siguientes formatos: Un ano u otro
[1980 o 1981]
14 6
Ca t a l o g a c ió ió n d e m o n o g r a f ía í a s i m pr pr e s a s
Fecha probable
[1980?]
Fecha aproximada
[ca. 1980]
Década segura
[197-]
Década probable
[197-?]
Siglo seguro
[18-]
Siglo probable
[18-?]
La variedad de posibilidades que ofrece la regla obedece a la necesidad de brindar una fecha, aunque sea probable y poco específica. En los recursos monográficos en una sola parte no existe la opción de indicar que no hay una fecha, como en el caso del lugar y el nombre del editor. Los recursos continuos (publicaciones seriadas, recursos integrados) y los recursos monográficos publicados en varias partes físicas, presentan situaciones diferentes en cuanto a la presencia y posibilidad de estimar una fecha de publicación, por lo que la regla 1.4F8 ofrece provisiones específicas que incluyen la posibilidad de no dar una fecha de publicación y ofrecer la información sobre fecha en una nota. Período Período de publicació n (regla 1.4F8) 1.4F8)
Los recursos monográficos en varias partes pueden publicarse a lo largo de un período, que puede abarcar varios años. Cuando la fecha de publicación es un período, se registran como números extremos la primera y última fecha de publicación. Aparece:
Se regis tra:
En el el primer volumen volumen
1990 1990
En el último volumen
1997
, 1990-1997 1990-1997
Cuando el recurso está en curso de publicación, y por lo tanto no puede darse la última fecha, se registra la primera fecha de publicación seguida de un guión. Aparece:
En el el primer volumen 2004 En el segundo volumen 2005 El tercer y último volumen aún no ha sido publicado
Se regis tra:
, 1990-
Optativamente, cuando el recurso ha sido publicado en su totalidad, se agrega la última fecha de publicación.
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
14 7
Datos de fabricación (regla 1.4G)
Cuando no es posible registrar los datos de publicación (lugar, nombre del editor), y por lo tanto los dos primeros elementos del área se registran como [S.l. : s.n.], deben agregarse los datos del fabricante cuando se encuentran presentes en el recurso. En el caso de los libros, son los datos del impresor, que suelen aparecer en el colofón. Esta información se agrega a continuación de los elementos del área, entre paréntesis, con la misma puntuación y siguiendo las mismas instrucciones que para registrar los datos de publicación. [S.l. : s.n.], s.n.] , impresi imp resión ón de 1895 (Buenos Aires Aire s : Imprenta ABC)
La fecha de fabricación no se repite si ya se ha dado como sustituto de la fecha de publicación (regla 1.4G3) Optativamente, pueden registrarse los datos del fabricante siempre que sean diferentes del editor (regla 1.4G4). No es una opción muy utilizada.
3.3.5
Ár ea de descri descr i pción pci ón f í si ca
El área 5 contiene la descripción física del recurso. Tiene una relación muy directa con el tipo de material que se está registrando, ya que si bien los elementos van a ser siempre los mismos, no se representa de la misma manera la extensión de un recurso impreso (dada en páginas, hojas, volúmenes), que la de una videograbación (dada en la cantidad de unidades físicas y la duración total), o la de un recurso electrónico (que puede tomar varias formas). Por eso, en esta área se invierte la relación entre el capítulo capítul o 1 y los capítulos capítul os específicos: espe cíficos: mientras que hasta en las demás áreas los capítulos específicos sirven de apoyo y complemento al capítulo 1, en el área 5 el capítulo 1 da pautas muy generales, pero el grueso de la información para cada tipo de recurso se da en el capítulo específico. Los elementos del área son: Extensión : otros detalles físicos ; dimensiones + mención de material complementario (detalles físicos del material complementario)
La puntuación prescrita para el área es la siguiente (regla 1.5A1):
14 8
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o gr g r a f í a s i m pr pr e s a s
: Otros detalles físicos ; Dimensiones + Material Materi al complementario complemen tario (Detalles físicos del material complementario) La fuente de información prescrita para el área en los libros y otros recursos monográficos impresos es el recurso en su totalidad. El área 5 describe los aspectos físicos del recurso que se cataloga. Si el mismo recurso está disponible en otros formatos (por ejemplo, un libro también publicado en microforma o como recurso electrónico), en el área 5 del registro del libro sólo deben darse los datos físicos del libro. Los datos de otros formatos disponibles pueden darse optativamente en una nota (regla 1.5A3). 1.5 1.5 B Extensión d el íte m (reglas 1.5B, 1.5B, 2.5B)
La extensión del recurso se describe en términos de la cantidad de unidades físicas que lo componen, registrada en números arábigos, y seguida de una designación específica apropiada según el tipo de recurso. Para los libros y otros recursos monográficos impresos, la extensión se registra como número de volúmenes y/o paginación. Esto dependerá de si se trata de recursos en una sola parte o en varias partes físicas. Si el recurso consta de una sola parte física (un volumen), la extensión se describe como la cantidad de partes que componen esa unidad física, tal como las presenta el recurso. Generalmente se trata de páginas (cada cara impresa de una hoja) u hojas (impresas en una sola cara), aunque algunos recursos pueden tener columnas numeradas. Un recurso puede contener una sola secuencia numerada de hojas, páginas o columnas, o varias, del mismo o de distinto tipo de unidades. Cuando aparecen varias secuencias numeradas en forma separada, deben registrarse también por separado. Para registrar una secuencia numerada (regla 2.5B2), se debe tomar la última unidad numerada de la secuencia, y registrar ese número, seguido de la abreviatura que corresponda al tipo de unidad (p. para página, h. para hoja, etc., según el Apéndice B. de abreviaturas) 123 p. 42 h. 526 columnas
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n bibl bibl iogr áf ica
14 9
Es común encontrar, aún dentro del mismo tipo de unidad, diferentes secuencias: páginas preliminares numeradas en romanos, el cuerpo del testo en arábigos, etc. Si son secuencias del mismo tipo de unidad (todas páginas, todas hojas, etc.), debe registrarse la última página numerada de cada secuencia, y dar la abreviatura correspondiente al final de la última secuencia. xviii, 326 p.
Si son secuencias de distinto tipos de unidades, se registra cada secuencia por separado, agregando cada abreviatura al número que le corresponde. 82 p„ 93 h.
Si las páginas están señaladas con una secuencia alfabética (letras en lugar de números), se registran las letras como una secuencia. Aparece: hojas identificadas con letras desde la a hasta la m Se registr a:
a-m h.
En algunos recursos pueden aparecer secuencias sin numerar. Por ejemplo, algunos editores agregan al final del volumen un grupo de páginas no incluidas en la numeración del texto, que contienen información sobre otras publicaciones, series, etc., del editor. Las secuencias no numeradas no deben registrarse, a menos que: • Todo el recurso, o una parte sustan sus tancia cial, l, no esté numerado • La secuencia secue ncia no numerada incluya algún elemento element o al que se haga haga referencia en una nota (por ejemplo, una lista de citas bibliográficas) En estos casos, se debe contar o calcular la cantidad de páginas, hojas, etc. Si se las cuenta, se registra el número exacto entre corchetes. 54, [26] p.
Si se las calcula, se las registra sin corchetes, precedidas de la abreviatura ca. (circa, es decir cerca dé) xil, 150, ca. 30 p.
150
ci ó n Ca t a l o g a ci
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e sa sa s
Siempre se registra el dato de la última unidad numerada, tal como aparece. En caso de que ese dato esté equivocado (un error de impresión, por ejemplo), o dé una idea errónea de la extensión de la secuencia, se registra tal como aparece y luego se da el dato correcto entre corchetes. Aparece:
234 (numeración (numeración de la última página, página, pero la secuencia indica que debería ser 204)
Se regis tra:
234 [i.e. 204] 204] p.
Se considera que hay dos secuencias cuando cada una comienza contando desde i, no cuando simplemente cambia el sistema de numeración, por ejemplo de romanos a arábigos, pero dentro de la misma secuencia de numeración (regla 2.5B5). Si el cambio es sólo en el sistema de numeración, se considera una sola secuencia y se registra solamente el dato de la última unidad. Si el recurso es parte de un recurso mayor (por ejemplo, un volumen de un recurso en varios volúmenes), puede suceder que el recurso está numerado como parte de una secuencia mayor. Se registran los números de inicio y fin de la secuencia de numeración, precedidos de la abreviatura correspondiente al tipo de unidad (regla 2.5B6) p. 110-322
Si coexisten en el recurso una paginación propia y otra que corresponde al recurso mayor, el área 5 debe registrar la numeración propia del recurso que se cataloga, y la numeración que corresponde al recurso mayor debe registrarse en una nota (regla 2.5B14) Aparece:
Páginas Páginas numeradas desde 1/312 1/312 hasta 229/54 229/541 1 (simultáneamente)
Se regi str a:
229 p.
Nota:
Páginas también numeradas: 312-541
Si el recurso no tiene una paginación o foliación, se procede igual que cuando hay una secuencia sin numerar: se calcula o se cuenta el total de unidades (regla 2.5B7). Cuando se trata de muchas páginas, se da la cantidad como una aproximación. ca. 200 p.
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
151
Cuando pueden contarse fácilmente, de da el número exacto entre cor chetes. [96] p.
A veces, los recursos recursos presentan presentan paginaciones complicadas o irregulares, irregulares, con varias secuencias, distintos tipos de unidades, etc. Pueden resolverse esos casos de varias maneras (regla 2.5B8): • Registrar el número total de páginas u hojas, y dar a continuación continuac ión la indicación en varias paginaciones. 500 p. en varias paginaciones
• Si hay una o unas unas pocas secuencias secuenc ias principale princ ipales, s, registrar registr ar el número número de unidades de las secuencias principales, y dar luego entre cor chetes el número total de las secuencias restantes. 124, [42] p.
• Describir Descr ibir la extensión exten sión del recurso en términos términ os de la unidad física general: 1 v. (varias paginaciones) paginaciones)
Las hojas o páginas de láminas incluidas en un recurso pueden estar numeradas por separado. Deben registrarse luego de la/s secuencia/s de pagina pag inació ción n del texto (regla 2.5 B1 B10) 0).. vi, 142 p., 20 p. de láms.
Cuando existen hojas plegadas, deben indicarse (regla 2.5B10). 30 h. plegs. 154 p., 25 p. de láms. (algunas plegs.)
En algunos recursos, particularmente cuando contienen textos paralelos en más de un idioma, las secuencias de paginación se encuentran interca-
15 2
ci ó n Ca t a l o g a ci
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
ladas, como repitiéndose. Debe registrarse cada secuencia por separado, y agregar una nota que explique el caso (regla 2.5B12). vi, 120,120 p. En nota: Páginas opuestas con numeración repetida
A veces un mismo recurso recurso contiene dos textos, o dos versiones versio nes de un texto, pero no en un orden secuencial convencional. Cada texto tiene su portada, una en cada “extremo” del recurso, y de allí en adelante desarrolla su paginación hasta un punto en el que puede observarse que las páginas que continúan se encuentran invertidas. En esos casos, se registran las secuencias correspondientes, comenzando por la que corresponde a la fuente principal de información en la que se basa la descripción del recurso (regla 2.5B14). Recursos en más de un volumen
Cuando el recurso consta de más de una parte física, debe registrarse como extensión la cantidad de partes físicas (regla 2.5B16). En el caso de los libros, se da la cantidad de volúmenes, seguida de la abreviatura correspondiente. 2 v. v.
Los recursos en varias partes físicas pueden publicarse a lo largo de un período, y no siempre se sabe, cuando comienzan a publicarse, de cuántas partes constarán. La extensión de un recurso en curso de publicación se deja abierta, registrando tres espacios en blanco y agregando la abreviatura correspondiente (regla 2.5B21). El dato puede completarse cuando el recurso ha sido publicado en su totalidad. V. Si el término volumen no fuera apropiado, la regla 2.5B17 ofrece una lista de otros que pueden utilizarse: partes, folletos, piezas, estuches, portafolios. Las divisiones en partes físicas, que habitualmente llamamos volúmenes, no siempre coinciden con las divisiones que el propio autor ha establecido en su obra (volúmenes bibliográficos). El autor puede estructurar su obra en un número determinado de volúmenes bibliográficos, y el editor publicar la obra en un número diferente de volúmenes físicos, reuniendo varios volúmenes en uno, o separando uno en varias partes. En esos casos,
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
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se debe registrar la cantidad de volúmenes bibliográficos seguido de la cantidad de partes físicas (regla 2.5B18). 4 v. en 5
Cuando las diversas partes físicas tienen una sola numeración correlativa, se registra a continuación de la cantidad de partes, entre paréntesis (regla 2.5B19). Aparece:
El primer volumen volumen cubre las páginas i-xxii, 1-423, 1-423, y el segundo las páginas 424-946
Se regis tra:
2 v. (xxii, 946 p.) p.)
Si en los volúmenes que siguen al primero aparecen paginaciones preliminares, no deben tomarse en cuenta. Optativamente, puede registrarse siempre la paginación de las partes físicas, aunque no sea una secuencia corrida (regla 2.5B20). 3 v. (ix, 266; x¡, 314 p.) Otros de talles tal les físi cos (regl ( reglas as 1.5 1.5C, 2.5C) 2.5C)
Los detalles físicos a registrar varían de acuerdo con el tipo de recurso. Para los libros y otros impresos, este dato refleja la presencia de material ilustrativo. Cuando el recurso contiene ilustraciones, se registra como otro detalle físico la abreviatura //. v, 179 p. ; il.
La regla 2.5C ofrece la opción de registrar el tipo específico de ilustraciones incluidas, siempre que pertenezcan a alguno de los tipos que lista la misma regla. Estos tipos son: • • • • • • •
Cuadro genealógicos Escudos de armas Reproducciones facsimilares Formularios Mapas Muestras Partituras musicales
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a c ió ió n Ca t a l o g ac
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
• Planos • Retratos (individuales y grupales) Muchos de estos términos tienen abreviaturas prescritas, por lo que debe consultarse el Apéndice B de abreviaturas para registrarlos. Se deben dar en orden alfabético. 432 p. : mapas 432 p. : facsíms., facsí ms., mapas
Si se desea destacar sólo algunos tipos de ilustraciones entre las presentes en el recurso, se registra la abreviatura ¡I., y a continuación las de los tipos de ilustraciones a destacar. 201 p. : ¡I., ¡I., mapas, retrs. ret rs.
Si ninguno de los términos de la lista describe adecuadamente las ilustraciones, puede utilizarse otro término que no aparezca en la lista. No se consideran ilustraciones los cuadros que contienen cifras o palabras, las ilustraciones de la portada, las viñetas y decoraciones menores. Cuando las ilustraciones son a dos o más colores, se agrega la abreviatura col. A la mención de ilustración correspondiente (regla 2.5C3). Aparece: Aparece:
Todas las Ilustraciones coloreadas
Se registra:
432 p . : il. col.
Aparece: Aparece:
Algunas Ilustraciones Ilustraciones coloreadas coloreadas
Se registra:
432 p . : il. il. (algunas col.) col.)
Aparece: Aparece:
Varios tipos de ilustraciones, uno de ellos coloreado
Se registra:
432 p. : il., facsíms., mapas col.
Si las ilustraciones están numeradas, o resulta fácil determinar su número, se registra la cantidad de ilustraciones en números arábigos (regla 2.5C4). Aparece: Aparece: Se registra:
Ilustraciones Ilustraciones numeradas numeradas 1 a 50 50 432 p. : 50 il.
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
Aparece:
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Pocas Pocas ilustraciones, que pueden contarse
Se registr a:
432 p .: 10 mapas
Cuando se describe un recursos que consiste total o mayoritariamente de ilustraciones, como libros que reproducen imágenes de obras de arte o fotografías, se indica todas il. o principalmente il., o se reemplaza la abreviatura il. por la de un tipo específico de (regla 2.5C5): 432 p. : todos retratos 432 p. : principalmente retratos
Si el material ilustrativo no integra el cuerpo del recurso, sino que se ubica separado, por ejemplo en un bolsillo interior, debe darse la descripción correspondiente según las reglas precedentes, y agregar una nota que indique la cantidad y ubicación de los materiales ilustrativos (regla 2.5C6). Aparece:
3 mapas separados del del libro, libro, ubicados en un bolsillo adherido a la contratapa
Se reg is tra:
: ¡I., ¡I., map as
Nota:
Incluye 3 mapas en bolsillo de contratapa Dimensiones Dimension es (regla s 1.5D 1.5D, 2.5D)
En los libros y otros recursos impresos, la dimensión a registrar es la altura, en centímetros (regla 2.5D1). El dato va precedido de punto y coma. 432 p. : il. ; 24 cm.
No se registran decimales; las fracciones se redondean siempre hacia el siguiente número entero. Mide:
22 centímetros
Se registra:
22 cm.
Mide:
20,4 centímetros
Se registra:
21 cm.
156
Ca t a l o g a c ió ió n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Cuando la altura es menor a 10 cm., se registra en milímetros. Mide:
78 milímetros
Se registra:
78 mm.
Sólo en formatos especiales se da además el ancho del libro (regla 2.5D2): • Cuando el ancho es menor que la mitad mitad de la altura (libros (lib ros muy altos y angostos). 50 p. : il. ; 25 x 10 cm.
• Cuando el ancho es mayor que la mitad de la altura (libros apaisa dos). 50 p. : il. ; 25 x 20 cm
Cuando un recurso se publica en varios volúmenes, es posible que no todos tengan la misma altura. Deben registrarse solamente los valores extremos, la altura menor y la altura mayor (regla 2.5D3). 10 v. v. ; 20-25 20- 25 cm. Material complementario (reglas 1.5E, 2.5E)
Se denomina material complementario al material que ha sido publicado con el recurso que se cataloga, y está destinado a ser utilizado con él. Por ejemplo, un manual del docente que acompaña un texto escolar, o un CD-ROM con actividades o ejercicios que acompaña un manual técnico. Existen diferentes opciones para el tratamiento del material complemen tario (regla 1.5Ei). Dependerá de las características del recurso y de las necesidades y conveniencias de la biblioteca, la elección de la forma más adecuada para cada caso, o para un tipo de casos. Las opciones son: • Describir Descri bir el material complementario comple mentario en el área 5, 5, a continuac cont inuación ión de las dimensiones. Se registra el número de unidades y el nombre del
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
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material complementario, precedido del signo más. Se utiliza generalmente cuando el material complementario ha sido publicado simultáneamente con el recurso, está diseñado exclusivamente para ser utilizado en conjunción con éste, la mención de responsabilidad coincide con la del recurso, o tiene un título genérico, como Manual del de l docente, docente, Guía de aplicación, etc. Aparece: Aparece: Se registra:
Un libro libro de 108 108 página páginas, s, acompañado acompañado de un CD-ROM CD-ROM 108 108 p . ; 22 cm . + 1 CD-RO M (4 3/4 plg.).
Esta opción puede complementarse, optativamente, con una descripción física del material complementario, que incluya extensión, otros detalles físicos y dimensiones, registrados entre paréntesis a continuación de la mención del material complementario. Aparece:
Un libro libro de 170 170 páginas, páginas, acompañado acompañado de un manual manual de ejercicios de 45 páginas, con ilustraciones
Se regi str a:
170 p .; 24 cm . + 1 manu al de ejerci cio s (45 (45 p . : ¡I .; 20 20 cm.) cm.)
• Describir Descr ibir el material complementario complementari o en en una una nota. nota. Esta opción opció n se utiliza generalmente cuando los datos que pueden registrarse en el área 5 no resultan suficientes para describir el material complementario, por ejemplo, cuando el material complementario tiene un título distintivo y no uno general. • Hacer una descripción descr ipción multinivel. multinive l. Esta es es una forma forma de catalogación catalogaci ón analítica que permite realizar, dentro de un mismo registro, una descripción completa de cada una de las partes que constituyen un recurso. No es un método muy utilizado. • Tratar Tratar el material complementario comple mentario como un un recurso separado, y hacer un registro independiente. Generalmente se aplica cuando el material complementario no se publica simultáneamente con el recurso, o tiene un título que es significativamente diferente, o la mención de responsabilidad es distinta de la del recurso. Esta opción permite ofrecer una descripción completa para cada elemento. Los registros deben conectarse mediante notas que informen de la presencia del material que se ha registrado por separado.
158
Ca t a l o g a ci c i ón ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Ár ea de ser i e
3.3.6
El área 6 contiene los datos de la serie cuando el recurso que se cataloga forma parte de una serie monográfica. Una serie es un grupo de recursos independientes unos de otros que además de tener su título propiamente dicho, se relacionan entre sí mediante un título que se aplica al conjunto. La pertenencia a una serie es un tipo de relación entre recursos que puede ser muy significativo para el usuario en la selección y en la navegación por el catálogo. Las series presentan diversas dificultades para su registro. En primer lugar, no siempre es claro si un título o mención que aparece en el recurso es realmente una serie o no. Aveces, elementos que parecen título de serie no lo son; otras veces se produce la situación inversa. No hay reglas infalibles para determinar cuándo se está o no en presencia de una serie; hay mucho de práctica, de experiencia y también conocimiento de un tipo de publicación. De todas maneras, Internet ofrece la posibilidad, inexistente hace algunos años, de consultar catálogos de otras bibliotecas, catálogos colectivos, o sitios web de editores, para determinar si un dato que aparece en el recurso debe tratarse como serie o no. Los elementos que integran el área con más frecuencia son: (Título de la serle; numeración de la serle)
El elemento que identifica a la serie es un título, y como tal, puede aparecer acompañado de los mismos datos que pueden acompañar a un título propiamente dicho: títulos paralelos, menciones de responsabilidad, etc. Por otra parte, las series pueden estar divididas en subconjuntos o subseries, que también deben registrarse. El siguiente esquema presenta todos los elementos que pueden estar presentes en el área 6, aunque no es habitual encontrar casos en los que aparezcan todos: (Título de la serle = Título paralelo de la serie : otra Información sobre el título de la serle / mención de responsabilidad de la serle, ISSN de la serie ; numera ción de la serle. Título de la subserle = título paralelo de la subserle : otra infor mación sobre el título de la subserle / mención de responsabilidad de la subse rle, ISSN de la subserle ; numeración de la subserle)
La puntuación prescrita para el área es la siguiente (regla 1.6A1) (Toda el área)
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
159
= Título paralelo de la serle o subserle : Otra Información sobre so bre el título tít ulo de la serle serl e o subserle subs erle / Mención de responsabilidad responsa bilidad relativa relativa a la serle o subserle , ISSN ISSN de la serle serl e o subserl sub serle e ; Número de la serle serl e o subserle subs erle . Subserle , Título Títu lo de la subserle subse rle a continuación continu ación de una designación designa ción de la subserle Las fuentes de Información prescritas son, en orden de prioridad, la portada de la serle, la portada de la monografía, la cubierta, el resto de la publicación. La portada de la serle es una página adicional de título que contiene el título propiamente dicho de la serle, y a veces otra Información relacionada con la serle (como mención de responsabilidad, numeración, etc.). Esta fuente que ofrece exclusivamente datos de la serle tiene precedencia sobre las demás. Titulo de la serie y elementos relacionados (reglas 1.6B, 1.6C, 1.6D, 1.6E)
El primer elemento del área es el título de la serie, que se transcribe respetando redacción, orden y ortografía, según las mismas pautas establecidas para la trascripción del título propiamente dicho (regla 1.1B) Aparece:
BIBLIOTECA CLÁSICA Y CONTEMPORÁNEA CONTEMP ORÁNEA
Se registra:
(Biblioteca clásica y contemp oránea)
La serle es un dato que puede aparecer varias veces en distintas fuentes de Información del recurso (en la portada de la serle, en la cubierta y en la solapa, por ejemplo), y el título no siempre aparece de la misma manera en todas las fuentes. Cuando el título aparece de varias formas, se elige de acuerdo con la precedencia de las fuentes prescrlptas de Información (I.e., primero la forma que aparece en la portada de la serle; si no hay portada de la serle, el que aparece en al portada de la monografía, etc.) SI las formas variantes son consideradas Importantes, se las puede registrar en una nota. Los títulos paralelos, si existen, se registran siguiendo las mismas pautas que para la transcri tran scripció pción n de los títulos títu los paralel para lelos os en el área i (regla (regla 1.6 1.6C C). Aparece:
Toca y Aprende / Touch Touch and Feel Feel
Se regi str a:
(Toca (Toca y apren de = Touch and feel)
160
Ca t a l o g a ci c i ó n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Sólo se registra otra información sobre el título de la serie cuando es necesaria para la identificación de la serie; por ejemplo, cuando el título de la serie es un título común que puede repetirse en otras series (regla 1.6D). Si debe registrarse, lo que no ocurre con frecuencia, la otra información sobre el título se transcribe tal como se indica para el área i. (Serie 1: maestros y magisterios)
La mención de responsabilidad también debe registrarse solamente en aquellos casos en que es necesaria para la identificación de la serie (regla 1.6E). Las situaciones más comunes que requieren la trascripción de una mención de responsabilidad de la serie son: • Series que emanan de entidades, entidade s, que suelen tener títulos título s muy comunes (Informe técnico, Serie misceláneas, etc.) Debe agregarse como mención de responsabilidad el nombre de la entidad. (Informe (Informe técnico / Aguas Argentinas) Argentinas)
• Cuando Cuan do la serie agrupa tas obras de un autor, y lleva un título títu lo como c omo Obras completas. La mención de responsabilidad debe ser el nombre del autor. (Obras completas / Macedonlo Fernández)
Fuera de estos casos, no se colocan menciones de responsabilidad de la serie. Los directores, editores, etc., de series nunca se registran como mención de responsabilidad de la serie, aunque sus nombres aparezcan citados en la fuente prescrita de información. Aparece:
Colección “Ciencia que ladra.. la dra...” .” Dirigida por DIEGO GOLOMBEK
Se registra:
(Ciencia (Ciencia que ladra)
Número normalizado de la serie (regla 1.6F)
Si la serie tiene asignado un número de ISSN (Internacional Serial Standard Number), y ese número aparece en el recurso, debe registrarse a continuación del último dato del título de la serie que aparezca) título propiamente dicho, título paralelo, otra información sobre
ipció n bibl bibl io io gr áfica Ca p í t u l o 3. Descr ipció
161
el título, o mención de responsabilidad de la serie), precedido de coma. El número, que consta de ocho dígitos organizados en dos grupos de cuatro unidos por un guión, se transcribe tal cual aparece. Avances de investiga i nvestigación, ción, ISSN ISSN 0378-0473 0378-0473 Numeració Numeración n de la serie (regla i.6G )
Los recursos que componen una serie pueden llevar un número correlativo por su orden de aparición. Estas series se denominan series numeradas. Cuando se describe un recurso que pertenece a una serie numerada, debe registrarse el número del recurso dentro de la serie, a continuación del ISSN o del último dato relacionado con el título. Se registra en los términos que da el mismo recurso (volumen, número, etc.), utilizando las abreviaturas del Apéndice B y los numerales tal como establece el Apéndice C. Si no aparece un término relacionado con la numeración, no se agrega uno. Aparece: Se regi str a:
Aparece: Se regi str a:
volumen 4 ; v. 4
15 ; 15
El número se registra siempre con numerales arábigos, independientemente de cómo aparezca en la fuente (regla C.2B1), a menos que al sustituir de esta manera los datos no sean comprensibles, por ejemplo, cuando la numeración está compuesta por un número romano y otro arábigo. En esos casos, no se sustituye, y se registran los numerales romanos tal como aparecen. Las abreviaturas del Apéndice B deben utilizarse aún cuando en la fuente el dato ya aparezca abreviado (regla B.5B). Por ejemplo, si en la fuente aparece Vol. 12, debe transcribirse v. 12, ya que v. es la abreviatura prescrita. Si el recurso está publicado en varias partes físicas, y cada una de ellas tiene un número de serie, se registran esos números como números extremos si son correlativos, o separados por coma si no son correlativos. ; v. 4-6 ; v. 4, 7, 9
162
Ca t a l o g a c ió ió n
d e m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Si la designación no es un número sino otro tipo de elemento (por ejemplo un año, o una letra), se debe registrar tal como aparece. Subserie (regla 1.6H)
Si un recurso pertenece a una subserie dentro de una serie, y tanto la serie como la subserie aparecen mencionadas en el recurso, deben registrarse los datos de la serie seguidos de los datos de la subserie. Aparece:
Colección Austr Austral al 748 Serie Anaranjada : Biografías y vidas novelescas
Se registr a:
(Colección (Colección A u st ra l; 748. 748. Serle anaranjada)
La subserie puede tener un título, o una designación numérica o alfabética. Debe registrarse tal como aparece Aparece: Se regis tra:
Fichas - Serie B (Fichas. Serie B)
Si la subserie tiene una designación numérica o alfabética y también un título, se debe registrar en primer lugar la designación numérico/alfabética, y luego el título precedido de coma. Aparece:
Colección Espirituales españoles españoles Serie A Textos
Se registr a:
(Colección Espirituales españoles. Serle A, Textos) Textos)
Como todo título, el título de la subserie puede estar acompañado de otros elementos: títulos paralelos, otra información sobre el título, menciones de responsabilidad. Si alguno de estos elementos aparece asociado con el título de la subserie, debe tratárselo como se indica con el título de la serie. Esto implica que tanto la otra información sobre el título como la mención de responsabilidad se trascribirán sólo en caso de que sean necesarias para identificar la subserie. La subserie puede tener su propio número ISSN asignado. Si esto sucede, debe darse el ISSN de la subserie, y no el de la serie. El ISSN de la subserie se trascribe tal como el de la serie. Las subseries también pueden ser numeradas. Si el recurso pertenece a
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
163
una subserie numerada, debe registrarse el número del recurso dentro de la subserie a continuación de los datos de ésta, tal como se hace con el número de la serie. Aparece:
Serie Arte Arte Colección Arquitectura, 10
Se registr a:
(Serie (Serie Arte. Colecció n Arq uitect ura; 10)
La existencia de numeración para serie y subserie puede presentarse en varias combinaciones. Una serie numerada puede tener una subserie no numerada, en cuyo caso se registra sólo el número de la serie, junto a los datos de la serie y antes de los de la subserie. Si ambas están numeradas, tanto los datos de la serie como los de la subserie concluirán con un núme ro. Si la serie no es numerada pero la subserie sí, el número debe registrar se al final del área, junto a los datos de la subserie. Es necesario revisar con cuidado el recurso y observar los números que aparecen asociados a la serie y/o la subserie, para determinar a qué elemento corresponde cada número y transcribirlo asociado ese elemento. En raras ocasiones, un recurso que ha sido publicado conjuntamente por dos o más editores, puede pertenecer a dos o más series independientes al mismo tiempo. Deben registrarse todas las menciones de serie por sepa rado, cada una dentro de un par de paréntesis, y una a continuación de la otra sin puntuación intermedia. Aparece:
Colección Colección Biblioteca básica básica de administración pública - Serie especial Publicaciones del Instituto Nacional de Administración Pública
Se regista: regista:
(Colección (Colección Biblioteca básica de administ ración pública. Serie especial) (Publicaciones del Instituto Nacional de Administración Pública) Pública)
3.3.7
Ár ea de not not as
El área 7 es el área de notas. Es la sección del regis tro en la que se incluye información bibliográfica relevante que no ha que dado registrada en las áreas precedentes. Las áreas 1 a 6 contienen infor mación estructurada tanto en forma como en contenido. Las notas, menos estructuradas en general, contienen información que no puede ser registra-
164
Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i mp mpr e s a s
da en las otras áreas. Esta información puede amplificar o aclarar datos que han sido incluidos en alguna de las áreas, o agregar datos nuevos. La regla 1.7 y las reglas .7 de los capítulos subsiguientes ofrecen una lista de notas. Algunas notas se consideran indispensables, otras quedan a criterio del catalogados dependiendo del recurso y las necesidades de los usuarios. La lista no es exhaustiva, por lo que un dato no citado en las reglas puede ser pertinente como nota en un registro determinado. Pero el área de las notas tampoco puede convertirse en un repositorio de todo dato asociado con el recurso que el catalogador pueda localizar. Para redac tar notas que no estén prescritas por las reglas, es necesario preguntarse qué utilidad tiene esa información para el usuario que consulta el registro. ¿A cuál de los objetivos del catálogo respondería? ¿Ayudaría a identificar el recurso? ¿Ayudaría al usuario a seleccionar un recurso sobre otro? ¿Ayudaría a proporcionar acceso al ítem descrito? ¿Ayudaría a navegar por el catálo go? Es importante hacer estas preguntas (y responderlas positivamente) para poder determinar si es necesario hacer una nota por una determinada pieza de información. Además de ampliar la informa información ción descriptiva, descriptiva, las notas pueden pueden servir para justificar la creación de un punto de acceso. Un principio básico de la asignación de los puntos de acceso es que éstos deben estar justificados en la descripción, es decir, que no puede crearse un punto de acceso por un dato que no está incluido en alguna de las áreas. En ciertos casos, una persona o entidad por la que se desea crear un punto de acceso no queda registrada, según las reglas, en las áreas 1-6. Entonces, es posible registrar su rol en una nota, y de esa manera justificar la inclusión de un punto de acceso por ella. La información para las notas puede tomarse de cualquier fuente, tanto interna como externa al recurso (reglas 1.7B2, 2.0B2). El uso de corchetes se limita a datos que se interpolen dentro de una misma nota. La puntuación prescrita para el área (regla 1.7A1) ofrece dos opciones: • Registrar Regist rar todas tod as las l as notas a continuación conti nuación del área anterior, con . (punto espacio guión largo espacio) precediendo a cada nota. Esta opción no es muy utilizada. • Registrar cada nota como un párrafo separado. Esta opción ofrece mayor claridad en la visualización de las notas, y es la que se apli ca generalmente. En las notas formales, el encabezado de la nota va seguido de dos pun tos y espacio, por ejemplo,
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
165
Contenido: Contenid o: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
No debe utilizarse, utiliz arse, dentro de una una nota, nota, la puntuación . - (punto espa cio guión largo espacio). Si es necesario citar, por ejemplo, los datos de las áreas de título, edición y publicación de otro recurso, deben separarse con punto y no con la puntuación prescrita para separar áreas. Esto se debe a que, de utilizarse, el . — (punto espacio guión largo espacio) puede ser interpretado como el fin de una nota y el comienzo de otra. No existen otras provisiones específicas para el área en cuanto a la pun tuación. Cuando se trascriben datos que corresponden a alguna de las áreas anteriores, se debe utilizar la puntuación prescrita para esa área. Forma Forma de las notas
Si bien las notas son menos estructuradas que las demás áreas, existen ciertos principios básicos que deben respetarse en su redacción. • Orden de los datos (regla 1.7A 1.7A3): 3): cuando una nota cita datos dato s relaci rel acio o nados con los datos de las áreas 1-6, debe registrarse en el orden prescrito para el área, y utilizando la misma puntuación. Por ejem plo, si se necesita citar en una nota el título y la mención de respon sabilidad de un recurso relacionado, debe hacerse en la forma Titulo propiamente propiam ente dicho / mención mención de responsabilidad respons abilidad,, y si se requiere dar datos de publicación, debe hacerse en la forma Lugar : editor, fecha. Originalmente publicado: Buenos-Ayres : [s.n.], 1824.
• Citas (regla 1.7A3): Las citas textuales de cualquier fuente se regis tran entre comillas, y se aclara la fuente de la que han sido toma das, cuando no se trata de la fuente principal de información. Como se trata de trascripción directa de la fuente, no debe aplicarse pun tuación prescrita por las reglas. “La publicación del presente libro es resultado directo de la celebración durante los días 24. 25 y 26 de octubre de 1996 del Congreso titulado, “La formación del feudalismo en la Península Ibérica : un balance balance historiográfico” — p. [9], [9],
• Tipos de notas (regla 1.7A3): pueden ser de dos tipos, formales e informales.
16 6
Ca t a l o g a ci ci ó n
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Las notas formales emplean una palabra o frase introductoria. Esto ayuda a estandarizar y facilitar el reconocimiento de la información que se ofrece en la nota, y ahorran tiempo y esfuerzo al catalogador. Por ejemplo, Contenido: Traducción de:
Las notas informales no tienen un elemento introductorio. Deben ser redactadas por el catalogador, siguiendo los principios de brevedad, claridad y buen uso gramatical. Catálogo de una exhibición realizada en la Organización de Estados Americanos.
• Combinaci Comb inación ón de notas (reg (regla la 1.7 1.7A5 A5): ): cuando cuando sea posible, posib le, deben de ben combinarse dos o más notas para formar una sola. • Uso de abreviaturas: deben utilizarse las abreviaturas listadas en el Apéndice B, excepto excepto cuando se hagan hagan citas textuales. • Uso de numerales numeral es (Apéndice (Apé ndice C, C, regla C.4A): C.4A): cuando cuan do la nota comie co miennza con un número, debe registrarse en palabras, a menos que se trate de una cita textual. Notas en que se citan otras ediciones y obras (r egla 1.7A 1.7A4) 4)
Cuando un recurso contiene una obra que está relacionada con otra, esta relación puede registrarse en una nota. Las notas de relación permiten reflejar en el registro las relaciones existentes entre obras, expresiones y manifestaciones, y ayudan al usuario en la tarea de navegar por el catálogo. Las notas de relaciones pueden contener: • Información Información sobre otras ediciones. edicio nes. Deben registrarse los datos da tos necesarios para poder identificar la edición. En general, la mención de edición y la fecha resultan suficientes. Ed. rev. rev. de: Así hablamos. habla mos. 2a ed. ed. 1982.
• Información sobre otras obras y expresiones, expresio nes, y manifestac manife staciones iones de la misma obra. Puede ser necesario, por ejemplo, para citar la obra original cuando se trata de una traducción, para indicar que la obra es continuación de otra, o para informar que fue publicada anteriormente con otro título. La obra/expresión/manifestación relacionada debe
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n bibl bibl iogr áf ica
167
identificarse siempre con su título propiamente dicho. Continúa: Historia genealógica de las primeras familias Italianas de Rosario, siglo XVIII y siglo XIX hasta 1870.
Cuando difiera de la que aparece en el área i, también debe registrarse la mención de responsabilidad ya se en la forma Punto de acceso principal. Título propiamente dicho, o dicho, o en la forma Títul Título o propiamente dicho / mención mención de responsabilidad. responsabilidad. Si es necesario para la identificación, se puede agregar la mención de edición o la fecha de publicación. • Información sobre el original, cuando el recurso catalogado es una reproducción. Cuando el recurso es una reproducción de otro, por ejemplo, un libro en microfilm, deben registrarse en primer término las notas relacionadas con la reproducción, y luego las notas relacio nadas con el original. Si es posible, las notas sobre el original deben combinarse en una sola. Notas descriptivas (reglas 1.7B, 2.7B)
La lista de notas que ofrecen las reglas .7B es una guía, no una enumeración. Las notas deben darse en el orden en que apa recen en las reglas, a menos que se desee destacar una nota de particular importancia. En ese caso, la nota más importante se coloca en primer tér mino. El orden general de las notas es el siguiente: • Notas sobre características caracterí sticas generales del recurso recurso (naturaleza, idioma) • Notas sobre los elementos element os de las áreas 1-6 1-6,, en en el orden de las l as áreas y los elementos dentro de ellas (esto es, notas sobre el título pro piamente dicho en primer lugar, luego notas sobre título paralelo y otra información sobre el título, notas sobre mención de responsabi lidad, notas sobre la edición, y así sucesivamente)
Nota de naturaleza, alcance o forma form a artística artís tica (reglas (re glas 1.7B1,2.7 1.7B1,2.7B1) B1)
Se redacta una nota sobre la naturaleza, alcance o forma artística del recurso, siempre que se considere necesario y no haya quedado de manifiesto en el resto de la descripción. Drama en tres actos
16 8
Ca t a l o g a c ió ió n d e m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Si este tipo de información ya aparece, por ejemplo, como otra información sobre el título, o se desprende de algún otro elemento de la descripción, no es necesario repetirlo como nota. Nota de lengua del recurso recurso y /o traducción traducción o adaptación (reglas 1.7B2,2.7B2) 1.7B2,2.7B2)
Si es necesario hacer alguna aclaración sobre el idioma del recurso, o sobre el hecho de que se trata de una traducción, se redacta una nota, siempre que esta información no haya quedado de manifiesto en el resto de la descripción, por ejemplo, con la existencia de títulos paralelos u otra información sobre el título que lo indique. Traducción de la versión inglesa Texto Texto bilingüe b ilingüe inglés-español
Esta nota incluye también la mención de la obra original cuando el recurso contiene una adaptación, y la relación no queda explicitada en otros elementos de la descripción, como el área de título. Por ejemplo, una adaptación para niños de la Odisea que lleve un título totalmente diferente, y no contenga como otra información sobre el título el dato de que se trata de una adaptación, debe llevar esta información en una nota. Adaptación para niños de: La odisea Nota de fuente del t ítulo propiamente dicho (reglas 1.7B3,2.7B3)
El principio de trascripción de información de las fuentes prescritas es muy importante para asegurar la correcta identificación de los recursos a través de la descripción. El título propiamente dicho es el elemento básico para esa identificación, por lo que si no ha sido tomado de la fuente principal de información, es obligatorio registrar esta circunstancia en una nota. Título del lomo
Generalmente, esta situación se presenta en recursos que carecen de la fuente principal, por lo que los datos deben tomarse de una fuente sustituía, y registrarse en el área 1 entre corchetes.
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
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bibl bibl iogr áf ica
Nota de variantes en en el t ítulo ítul o (reglas 1.7B4,2.7B4) 1.7B4,2.7B4)
El título es un elemento fundamental para la identificación, y puede aparecer en más de una forma en el recurso, por ejemplo, como título propiamente dicho y otra información sobre el título en la portada, y sólo otra información sobre el título en el lomo. Cuando las variantes del título que aparecen en otras fuentes que no son la fuente principal se consideran significativas, es decir que ayudan a la identificación del recurso, pueden registrarse en una nota. Se redacta una nota formal, con un encabezado que mencione la fuente de la variante que se registra. Aparece en la fuente principal: principal : Ley general de de obras obras públicas de la provincia provinci a de Buenos Aires 6.021 Aparece en la cubierta:
Ley de obras públicas
Se registra: registra:
Ley Ley general de obras públicas de la provincia provincia de Buenos Aires 6.021
Nota:
Título de la cubierta: Ley de obras públicas
Si se determina un punto de acceso por una variante del título, es obligatorio redactar la nota por esa variante. Nota de de títulos paralelos y otra información información sobre el títu lo (regla s 1.7E5,2.7B 1.7E5,2.7B5) 5)
En esta nota se transcriben los títulos paralelos que no han quedado registrados en el área 1, por ejemplo, un título original que la regla 1.1D3 indica no incluir en el área 1, o títulos paralelos que no aparecen en la fuente principal de información. También se trascribe aquí otra información sobre el título cuando se la ha considerado muy extensa para incluirla en el área 1. Aparece en la fuente principal:
Régimen de mediación y conciliación conciliació n Ley 24.573 Concordada
con
el
decreto
reglamentario
91-98
Complementado con decreto 624/00, resoluciones de la AFI AFIP, P, del del Ministerio Ministerio de Justicia y acordadas de la Corte Corte Suprema Formularios oficiales y modelos de actuación práctica
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ci ón ón Ca t a l o g a ci
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Se registra: registra:
Régimen de mediación y conciliación conci liación : ley 24.573
Nota:
“Concordada “Con cordada con el decreto reglamentario reglamen tario 91-98 Complementado con decreto 624/00, resoluciones de la AFIP AFIP,, del Ministerio de Justicia Justicia y acordadas de la Corte Suprema. Suprema. Formularios Formularios oficiales y modelos de actuación práctica" práctica"
Como con otras notas, la regla indica que estos datos deben registrarse si se consideran importantes, esto es, si ayudan a cumplir alguno de los objetivos del catálogo, facilitando al usuario la identificación, selección, navegación, etc. Nota de mención mención de respo nsabilid ad (reglas 1.7B6,2.7B6) 1.7B6,2.7B6)
Siempre que sea necesario, se redacta una nota sobre las menciones de responsabilidad que no han quedado registradas en el área 1. Pueden contener información sobre: • Otros autores a los que se atribuye la obra Ha sido atribuido a Tomás Nieto Polo. Cf. Medina. Lima, 1055.
• Menciones Mencio nes que no aparecen de manera manera destacada destac ada Organizado por: Ministerio de Relaciones Exteriores, Colombia, Fundación Friedrich Naumann y Escuela Superior de Administración Pública. (Para los organizadores de un seminario, que no aparecen mencionados en la fuente principal de información)
Como no se pueden determinar puntos de acceso por elementos que no están presentes en la descripción, si se ha decidido un punto de acceso por un responsable que no ha sido registrado en el área 1, es obligatorio hacer una nota que mencione esa responsabilidad. Nota de edición e historia (reglas 1.7B7,2.7B7)
Se registra una nota sobre la edición o la historia bibliográfica del recurso. Por ejemplo, cuando una edición revisada aparece con un título diferente o con una mención de responsabilidad diferente de la original, esta información se registra en una nota. También cuando el recurso contiene una obra literaria que es continuación o secuela de otra. Se redacta como nota formal, y la información se ofrece en el orden de las áreas a las que corresponde, según se establece en 1.74A.
Ca p í t u l
o 3.
ipció n Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
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Reimpresión facsimilar
Originalmente publicada como: Relación de los cristianos salvados del cautiverio por la División Izquierda del Ejército Expedicionario contra los bárbaros, al mando del señor brigadier general D. Juan Manuel de Rosas. Buenos Aires : Impr. del Estado, 1835.
Nota de deta lles específic específicos os del ma teria l (reg la 1.7B8 1.7B8))
Para los tipos de recurso para los que se registra el área 3, esta nota ofrece la posibilidad de ampliar o aclarar la información ofrecida en el área. No se aplica a los libros y otros recursos monográficos impresos. Nota sobre publicación, distri bución, etc. etc. (reglas 1.7B9,2.7B9) 1.7B9,2.7B9)
Si se considera importante, puede redactarse una nota sobre aspectos de la publicación, distribución, etc., que no han quedado registrados en el área 4. Publicado simultáneamente en España
Nota sobre descripción física (reglas 1.7B10,2.7B10)
Los datos sobre aspectos físicos del recurso que no han sido registrados en el área 5 pueden incluirse en una nota, siempre que se los considere importantes. Libro en páginas de cartón duro con superficies de diferentes texturas. (Para un libro infantil que ofrece en cada página una textura diferente para que tocar) La reproducción de la edición de 1781 edición, que comienza en p. [103] con tiene también su propia paginación (vi, 250 p. más páginas preliminares sin numerar)
La regla 2.7B10 indica, además de la aplicación general, redactar notas para los libros en sistema braille u otros sistemas legibles al tacto. En los libros y otros recursos impresos esta nota no es tan común como en otros tipos de recursos, que pueden necesitar de un mayor nivel de detalle en la descripción física de lo que ofrece el área 5.
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ci ó n Ca t a l o g a ci
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Nota Nota sobre materiales complementarios y suplementos (re glas gla s 1.7B11, 1.7B11,2.7B 2.7B11) 11)
La regla 1.5E ofrece varias opciones para registrar la existencia de material complementario que acompaña a un recurso. Una de esas opciones es registrar la información en una nota. Esta nota puede agregar información a la registrada en el área 5, o contener toda la información sobre el material complementario, en cuyo caso no se registra ningún dato en el área 5. Nota de serie se rie (re glas 1.7B12,2. 1.7B12,2.7B12 7B12))
Cuando una información sobre la serie no puede registrarse en el área 6, ya sea por su complejidad o porque es accesoria a los datos registrados, se da en una nota. Algunos casos en que esta nota puede ser necesario son que el recurso sea una reproducción, y el original haya pertenecido a una serie, o que una edición anterior haya pertenecido a una serie pero la que se cataloga no. Originalmente publicado en: Serie de historia general ; no. 7... Nota de tesis (regla 1.7B 1.7B13 13))
Cuando el recurso contiene una tesis o disertación presentada como requisito para la obtención de un grado académico (doctorado, maestría, etc.), debe registrarse esta información en una nota. La nota de tesis, a diferencia de la mayoría de las notas, tiene una estructura fija, con un orden y una puntuación prescritos. Debe incluir la palabra Tesis, seguida del grado académico al que se optó al presentarla, entre paréntesis y en la forma más breve posible. Separado por espacio guión largo espacio, se registran a continuación el nombre de la institución a la que se presentó la tesis, y el año en que se otorgó el grado. Tesis (doctorado) - Universidad de Buenos Aires, 1987
Si el recurso contiene un resumen o una revisión en lugar del texto original de la tesis, debe utilizarse un término adecuado al contenido. Resumen de tesis (doctorado) (doctorado) - Universidad Nacional Nacional de Córdoba, 1945.
Cuando el contenido del recurso está basado en una tesis, pero ha sido revisado, o ha cambiado su título para su publicación, y no hay una mención formal de tesis, debe darse una nota que explique esta circunstancia.
Ca p í t u l
o 3.
Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
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Basada, en parte, en la tesis del autor (Yale Unlverslty), presentada bajo el títu lo: Ricardo Güiraldes and Don Segundo Sombra. Nota de de público a l que está destinado el ítem (reglas 1.7B14,2.7B14)
Si la audiencia a la que está destinado el recurso aparece mencionada explícitamente, se registra en una nota. Para tercer grado
Esta nota es frecuente en publicaciones destinadas al público infantil o escolar, en las que se indica el rango de edades o los cursos para los que está diseñado el recurso. Si la audiencia no aparece mencionada de manera destacada, no es necesario revisar el recurso para tratar de esta blecerla. Nota sobre otros formatos disponibles dispo nibles (regla s 1.7B16 1.7B16,2. ,2.7B1 7B16) 6)
El contenido del recurso que se cataloga puede haber sido publicado en otros formatos físicos. Por ejemplo, un libro puede tener una versión en CD-ROM, o como libro electrónico. Cuando se dispone de esa información, se la registra en una nota. Publicado también en microfilm. Nota de sumario suma rio (regla 17B17,2.7B17) 17B17,2.7B17)
Puede incluirse un sumario breve y objetivo, siem pre que esa información no quede ya de manifiesto en el resto de la des cripción. Es particularmente útil en recursos que no pueden revisarse con facilidad, como aquellos que requieren un equipamiento espacial para su consulta (por ejemplo, materiales audiovisuales, recursos electrónicos). En registros de libros y otros recursos monográficos impresos no suele utilizar se esta nota, excepto en las obras de literatura infantil, en las que se ofre ce una reseña del argumento. Se redacta como una nota formal, encabeza da por el término Sumario. Nota de contenido (reglas 1.7B18,2.7B18)
La nota de contenido se utiliza para: • Indicar Indica r la presencia presenc ia en el recurso de material que no haya quedado quedad o explícito en el resto de la descripción.
17 4
Ca t a l o g a ci c i ón ó n d e m o n o g r a f í a s i m pr pr e sa sa s
• Enfatizar partes del contenido de particular importancia, por ejemplo, textos de documentos reproducidos en apéndices; bibliografía; índices alfabéticos, onomásticos, etc. Bibliografía: p. 215-233 Indice onomástico: p. 320-327
La presencia de apéndices no resulta por sí misma justificativo para una nota de contenido. Si los apéndices contienen material que se desea destacar, se redactará una nota que los mencione. En apéndice: texto del Tratado del Río de la Plata, p. 162-175.
• Registrar el contenido conten ido de una una colección, por ejemplo, una antología antol ogía de cuentos o un volumen de ensayos. Cuando un recurso contiene varias obras separadas, constituyendo una colección tal como la define la regla 21.7, la nota de contenido puede listar los títulos de las obras incluidas. No es obligatorio hacer notas de contenido de las colecciones; la biblioteca puede fijar una política al respecto, estableciendo que se redactarán notas de contenido para determinados tipos de colecciones, o para colecciones que incluyan hasta un determinado número de obras independientes. Algunas bibliotecas han establecido como política realizar notas de contenido de colecciones de hasta 12 independientes. Contenido: Cantar de Roncesvalles — Cantar de los siete Infantes de Lara — Cantar del cerco de Zamora - Cantar de Rodrigo y el el rey Fernando - Cantar de la campana de Huesca.
• Registrar el contenido de un recurso en varias partes físicas. Esta nota facilita al usuario la consulta del recurso, ya que al conocer el contenido de cada parte, puede limitarse a revisar la parte que contiene la información de su interés. Contenido: Contenid o: v. v. 1 Tratado concerniente a la neutralidad permanente permanent e del Canal y al funcionamiento del Canal de Panamá y Protocolo anexo. Tratado del Canal de Panamá. — v. 2 Documentos de ratificación.
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
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Las notas de contenido pueden reflejar el contenido total del recurso o sólo una parte considerada de importancia para la biblioteca. Se redacta como una nota formal, con el encabezado Contenido: o Contenido parcial:, seguido de la enumeración de los elementos o títulos correspondientes. Cuando la nota de contenido cita obras con distintas menciones de respon sabilidad, se registra el título propiamente dicho, y a continuación la men ción de responsabilidad precedida de barra, para cada obra. Contenido: El matadero / Esteban Echeverría - La gallina degollada / Horacio Qulroga - La luna roja / Roberto Roberto Arlt - el hambre hambre / Manuel Manuel Mujica Lálnez - Verano Verano / Julio Cortázar - Hotel Hotel Comercio /Bernardo /Bernardo Kordon - el rojo de culpa / Antonio DI DI Benedetto Nota de números númer os (regla ( regla 1.7B19,2.7 1.7B19,2.7B19) B19)
Si el recurso contiene números que se consideran importantes para la identificación, por ejemplo códigos numéricos o alfanuméricos asignados por la entidad de la que emana el recurso, como suce de en muchos informes técnicos o publicaciones de organismos internacio nales, esos números se registran en una nota. Esta nota no incluye los números normalizados (ISBN, que se registra en el área 8; ISSN, que se registra en el área 6), ni los números que correspondan a la numeración de la serie o subserie, que se registran en el área 6. Nota de ejemplar descrito, descrito, existencias de la biblioteca y restricciones sobre sobre el uso (regla 1.7B20,2.7B20) 1.7B20,2.7B20)
Los datos incluidos en las áreas 1-6 y las notas estu diadas hasta ahora corresponden a la obra, la expresión, y principalmente la manifestación, que es la base de la descripción. Esta nota registra, por el contrario, información que es específica del ítem, el objeto físico que ejemplifica la manifestación que se cataloga, que posee la biblioteca que genera el registro. Los datos a incluir en esta nota corresponden a particularidades del ejemplar, tales como partes faltantes; la presencia de elementos que no son comunes a todos los ejemplares de la manifestación, por ejemplo, un autó grafo del autor; y en los recursos en varias partes físicas, si la biblioteca no posee todas las partes, la enumeración de las partes que efectivamente integran la colección de la biblioteca. Ejemplar numerado y autografiado por el autor
17 6
Ca t a l o g a c ió ió n d e m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Faltan apéndices estadísticos La biblioteca biblio teca posee: v. 1,3 1 ,3,, 5-7
La nota debe incluir también cualquier tipo de restricción a la consulta del recurso que imponga la biblioteca. Sólo consulta en sala Sólo préstamo de fin de semana
Nota de "Con” (regla 1.7B21,2. 1.7B21,2.7B2 7B21) 1)
La nota de “Con:” indica que el recurso contiene, además de lo descrito en las áreas 1-6, otra parte, que debe citarse con todos los datos necesarios para su identificación. Por ejemplo, en recursos independientes que han sido encuadernados juntos, esta nota permite conectar los registros individuales para cada recurso. Cuando el recurso es una colección que carece de título colectivo, y nin guna de las partes que lo integra puede considerarse predominante, la regla 1.1G2 ofrece la opción de hacer descripciones separadas (esto es, registros separados) para cada parte. Esos registros separados deben conectarse mediante una nota de “Con”.
3.3.8
Ár ea del del númer númer o nor norm malizado ali zado y de las condici condi ci ones de disponi disponi bili dad dad
La última área de la descripción es el área del núme ro normalizado y de las condiciones de disponibilidad. Para los libros, el número normalizado es el Internacional Standard Book Number o ISBN. Es un número internacional asignado por agencias autorizadas en cada país, que permite la identificación de cada publicación de manera inequívoca. Comenzó a utilizarse con el nombre de Standard Book Number o SBN en Estados Unidos en 1968. En 1970 se adoptó a nivel internacional con el nombre de ISBN, haciéndose lo propio en la Argentina en 1981. La estructura del ISBN identifica distintos elementos: un país o área lin güística, un editor, y una publicación específica. Los ISBN asignados hasta 2006 constan de 10 dígitos, divididos en tres grupos: el primero identifica el país o área lingüística, el segundo identifica al editor, y el tercero iden tifica una publicación determinada de un título. El último dígito es un dígi-
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
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to de control que permite comprobar automáticamente, mediante operacio nes matemáticas con los dígitos anteriores, la validez del ISBN. 950 - 03 - 0503 - 8 950: Argentina 03: Editorial Losada 0503: Título específico (El príncipe, de Maquiavelo, 2° ed., publicada en la serie Biblioteca clásica y contemporánea) 8: Dígito de control
A partir de 2007, las agencias de ISB ISBN asignarán números de 13 dígitos, que incluyen el prefijo 978 o 979, que identifica a la industria editorial den tro de la estructura del sistema EAN/UCC. El sistema EAN/UCC asigna núme ros a productos y servicios de todo tipo, y permite representarlos con códi gos de barra. De esta forma, los códigos de barra que aparecen en los libros reflejarán su ISBN, facilitando aún más la circulación de información en todas las actividades relacionadas con la industria editorial, lo que puede impactar también en las bibliotecas. No es obligatorio para los editores obtener un ISBN, pero la mayoría lo hace porque se trata de una clave de identificación que simplifica la circu lación de información. Para las bibliotecas, el ISBN resulta muy útil para las tareas de adquisición, y se ha convertido también en un valioso elemento de recuperación e identificación en los catálogos y bases de datos biblio gráficas; muchos procesos de identificación de registros en catálogos auto matizados utilizan el ISBN como uno de los criterios más importantes. Los elementos que componen el área son: Número normalizado (especificación) : condiciones de disponibilidad
El número normalizado debe registrarse siempre que esté disponible. Las condiciones de disponibilidad, que pueden comprender datos tales como el precio o la forma de obtención del recurso, son optativas. El área área puede darse a continuación contin uación de la última nota, precedida precedi da de . (punto espacio guión largo espacio), o como un párrafo separado. El área puede repetirse, cuando deben citarse varios números. Las repeticiones u ocurrencias del área pueden darse una a continuación de otra, separadas por . - (punto espaci esp acio o guión largo espacio). O cada una puede inicia ini ciarr un un párrafo separado. En general, cada número de ISBN se visualiza como párrafo separado en la mayoría de los catálogos.
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ci ó n Ca t a l o g a ci
d e m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
La puntuación prescrita para el área es la siguiente (regla 1.8A1): : Precede a las condiciones de disponibilidad () Encierra una especificación que acompaña al número normalizado.
La fuente de información prescrita para el área es cualquier fuente, tanto interna como externa al recurso (regla 2.0B2) Número Normalizado Norm alizado (reglas (regl as 1.8B, 1.8B, 2.8 2. 8 B)
El ISBN se registra como aparece, precedido de la sigla ISBN, y con los guiones que separan los grupos de dígitos. ISBN 0-846-72395-1
Un recurso puede tener asignados varios ISBN, porque se ha publicado en encuadernaciones o formatos diferentes, o porque se trata de un recurso en varias partes físicas. Por ejemplo, las versiones en rústica y encuadernada de una misma edición tienen asignados ISBN diferentes. Los recursos en varios volúmenes reciben un ISBN para la totalidad del recurso, y uno diferente para cada uno de los volúmenes. Si bien sólo es obligatorio registrar el ISBN del recurso que se está catalogando (regla 1.8B2), por ejemplo el de la versión encuadernada, o el del volumen 1 que es el único existente en la biblioteca, es aconsejable registrar todos los ISBN relacionados porque facilita la identificación del recurso y la identificación del registro como perteneciente a una de las versiones del recurso por parte de otros catalogadores. Cuando se registra más de un ISBN es necesario agregar una especificación a cada número. La regla 1.8E1 indica que las especificaciones deben darse después del número, entre paréntesis. ISBN 92-87-87654-2 (rústica)
Se puede añadir la especificación de la encuadernación aún cuando no exista otra encuadernación diferente, si se considera importante. Cuando la especificación se refiere a las partes de un recurso en varios volúmenes, los números deben darse en orden.
ipció n Ca p í t u l o 3. Descr ipció
bibl bibl iogr áf ica
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ISBN 92-87-73216-X (obra completa) ISBN 92-87-73217-9 (v. 1)
Para las publicaciones seriadas, existe otro número normalizado: el Internacional Standard Serial Number o ISSN. En los libros, puede aparecer un ISSN como número relacionado con la serie a la que pertenece el recurso. En ese caso, el ISSN debe registrarse como parte de los datos de la serie, en el área 6. Excepcionalmente, un recurso puede tener ISBN e ISSN al mismo tiempo. Esto indica que el editor lo ha registrado a la vez como publicación monográfica y como publicación seriada. Si se cataloga el recurso como monográfico, en el área 8 se registrará el ISBN. Condic Condicion iones es de disponibilid ad (regla i.8D )
Las condiciones de disponibilidad son un elemento optativo. Se decide utilizarlo, se registran aquí las condiciones para la obtención del recurso: el precio, si el recurso está a la venta, u otras formas de obtención si no lo está. El precio se registra en números arábigos con el símbolo de la moneda correspondiente. : $ 45
Si no está a la venta, se menciona en forma breve la manera de obtenerlo. : distribución gratuita a los socios
También se puede agregar una especificación a las condiciones de disponibilidad, registrándola entre paréntesis a continuación del dato al que está asociada. : $45 ($5 para socios)
Las condiciones de disponibilidad sólo raramente se incluyen en los registros. Muchas bibliotecas tienen como política no registrarlas, debido a que en ciertos contextos los datos pueden perder rápidamente significación (por ejemplo, el precio), o no estar fácilmente disponibles.
180
3.4
Ca t a l o g a ci c i ón ón
de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Descrip Descrip ción para otros tip os de m ateri ales
La descripción de otros tipos de materiales sigue la misma estructura y principios que los estudiados para los recursos impresos. La estructura de datos, con su división en 8 áreas, elementos establecidos en un orden preciso y puntuación prescrita, que las AACR2R adoptaron de los ISBD, se aplica a la descripción de cualquier tipo de materiales. Lógicamente, algunos tipos requieren datos específicos que no se aplican a otros tipos, o presentan particularidades en la presentación de los datos de las áreas. Más importante aún, las fuentes de información de cada tipo de recurso son diferentes. Los capítulo 3 a 11 de la Parte I del código presentan reglas que cubren estos aspectos para los distintos tipos de materiales que pueden catalogarse en una biblioteca. Estos capítulos funcionan con el capítulo 1 de la misma manera que hemos visto en el capítulo 2: como apoyo y ejemplificación en algunos casos, como “regla principal” en los casos en que las provisiones del capítulo 1 resultan demasiado generales. A continuación ofrecemos una breve reseña de las principales características de la descripción para los recursos incluidos en los capítulos 3 a 11. Mate riales cartográficos (Capítulo (Capítulo 3)
El capítulo 3 cubre materiales cartográficos de todo tipo, incluyendo mapas, planos, globos terráqueos, cartas celestes, cartas de navegación, etc. Una característica especial de este tipo de materiales es la existencia de datos sobre proyección, escala y coordenadas. Para el registro de estos datos se utiliza el área 3, que toma el nombre de Área de los detalles matemáticos y de otros detalles específicos del material. Manuscritos y coleccione colecciones s de manuscritos (Capitulo 4)
El capítulo 4 cubre la descripción de manuscritos individuales y de colecciones de manuscritos. Cualquier documento no publicado, por ejemplo una tesis, puede catalogarse de acuerdo con las reglas de este capítulo. Existen obviamente diferencias en el tratamiento del área 4, ya que no existen datos de publicación. El área se denomina Área de la fecha, ya que sólo contiene ese dato, que es la fecha de producción del manuscrito. Las reglas relacionadas con la catalogación de colecciones de manuscritos son un aspecto muy objetado del capítulo, ya que general el tratamiento que requieren es muy diferente del tratamiento catalográfico. Los archivos, en general, no han adoptado las AACR2R para el tratamiento de sus
Ca p í t u l o 3. Descr ipció ipció n
bibl bibl iogr áf ica
181
colecciones. La utilidad del capítulo reside más en el tratamiento que ofrece para ocasionales documentos manuscritos en una colección de biblioteca, que para el tratamiento integral de colecciones de archivos. Música (Capítulo (Capítulo 5)
El capítulo 5 cubre la descripción de música publicada en forma impresa. A las áreas de la descripción comunes a todos los tipos de materiales, se agrega para la música un área opcional: el Área de la mención de presentación musical. Esta área, que ocupa la posición de área 3 en el registro, puede agregarse para indicar un formato especial de una obra musical, cuando la obra ha aparecido en más de un formato, por ejemplo, Partitura para piano, Partitura de bolsillo, etc. Grabaciones Grabaciones sonoras (Capítulo 6)
Las grabaciones sonoras a registrar según las reglas del capítulo 6 incluyen tanto grabaciones musicales como no musicales, en diversos soportes (discos de diversos tipos; cintas en casettes, carretes, etc.; grabaciones sonoras de películas, etc.). Dado que la designación general del material es genérica (grabación sonora), los detalles sobre el tipo específico se registran en el área 5; datos relacionados con el tipo de grabación (analógica o digital), velocidad, número y configuración de las pistas, etc.) se registran como otros detalles físicos en la misma área 5. Películas Películas y videograbacione videograbaciones s (Capitulo 7)
El capítulo 7 cubre la descripción de diversos tipos de recursos que comprenden la proyección de imágenes en rápida sucesión que crean la ilusión de movimiento. Las videograbaciones pueden presentarse en diferentes soportes: carretes de película, cintas (por ejemplo videocasetes), y también discos ópticos como los DVD (Digital Video Disc). La designación general del material sólo indica las categorías “película” y “videograbación”, por lo que los datos específicos se registran en el área 5. La fuente principal de información es el recurso mismo, lo que implica la necesidad de contar con el equipamiento necesario para poder observarlo. Cuando esto no es posible, el catalogador debe basar la descripción en el envase, aunque la regla establece una diferencia entre envases que son parte constitutiva del recurso (por ejemplo, el contenedor de la cinta del videocasetes, con su/s etiqueta/ adheridas), y los envases que no son parte integrante del recurso, como la caja en la que se guarda en videocasette o el DVD.
18 2
Ca t a l o g a ci ci ó n
d e m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Mate riales gráficos (Capítulo 8)
El capítulo 8 cubre la descripción de todo tipo de materiales gráficos bidimensionales, tanto opacos como destinados a su proyección (siempre que no incluyan imágenes en movimiento, en cuyo caso deben ser considerados videograbaciones y tratados según el capítu lo 7). Esto incluye fotografías, diagramas, dibujos técnicos, originales y reproducciones de arte, diapositivas, etc. El capítulo ofrece reglas para una descripción completa de estos materiales, pero es necesario tener en cuen ta que algunos materiales gráficos pueden ser de interés pasajero o menor para la biblioteca; en muchos casos, una descripción en primer nivel puede ser suficiente. A diferenciad de lo que ocurre con otros tipos de materiales, la lista 2 de designaciones generales del material de la regla 1.1C1 ofrece una variedad de términos para los materiales gráficos, entre ellos diagra ma, diapositiva, dibujo técnico, estampa, original de arte, transparencia, etc. esta lista muestra la diversidad de materiales que se agrupan en el capítulo 8. Recursos electrónicos (Capitulo 9)
El capítulo 9 ofrece reglas para la descripción de un tipo de recurso cuya marcada evolución ha llevado a una frecuente modifi cación de las reglas, y a dos cambios en el nombre del capítulo desde la publicación de las AACR 2- ed. en 1978. Originalmente denominado “Archivos legibles por computadora”, el capítulo 9 pronto resultó inadecua do para registrar los nuevos tipos de recursos que requerían de una com putadora para su utilización. En 1984 se publicó por separado una versión revisada del capítulo 9, como una guía para el uso del capítulo 9 (ALA 1984) titulada Guidelines for Using AACR2 Chapter 9 for Cataloging Microcomputer Software. Esta guía se utilizó para la revisión del capítulo 9 en la revisión de las AACR2 de 1988, en la cual cambió su nombre por “Archivos de com putadora”. Se produjeron posteriormente otros cambios que se reflejaron en la edición de 1998, y nuevamente en las enmiendas de 2002, en que el título del capítulo volvió a cambiar, esta vez por “Recursos Electrónicos”. El rótulo “recursos electrónicos” se aplica a distintos tipos de recursos: por una parte, recursos físicos, tangibles, denominados de acceso directo, como diskettes y CD-ROMs; por otra, recursos intangibles, de acceso remo to, como documentos o sitios disponibles en la World Wide Web. Ambos tipos comparten la necesidad de contar con un equipo de computadora y periféricos para su consulta, pero tienen características muy diferentes, que el capítulo 9 intenta cubrir con reglas especiales para cada uno de los tipos en aspectos tales como la descripción física.
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Artefa ctos tridim tri dimens ensiona ionales les y rea lia (Capítulo (C apítulo 10) 10)
El capítulo 10 contiene reglas para la descripción de objetos en tres dimensiones, tanto naturales como fabricados, ya sea en forma manual o industrial. Esto incluye una gran variedad de elementos tales como juegos, juguetes, objetos de exhibición, modelos o maquetas, animales embalsamados, máquinas, etc. No todas las bibliotecas cuentan con este tipo de materiales, pero, por ejemplo, una biblioteca escolar a cargo de un gabinete de ciencias puede encontrar útiles estas reglas. Al igual que con los materiales gráficos, la designación general del material es menos “general” que para otros tipos de recursos, y su uso muy necesario. El catalogador puede enfrentarse con frecuencia a recursos que no poseen título, por lo que la creación de un título es más habitual para los artefactos tridimensionales que para otros tipos de materiales. El hecho de que deban registrarse tanto objetos producidos comercialmente como objetos naturales hace que el tratamiento de los datos de publicación difiera para cada tipo. Microformas (Capítulo n )
El capítulo n cubre cubre la descripción descri pción de recursos en en microforma, es decir, reproducciones miniaturizadas de textos o gráficos que requieren de un equipo especial para su consulta, ya que no pueden ser leídos a simple vista. Existen distintos tipos de microformas: los microfilms son rollos de película en los que cada cuadro es el equivalente de una página; las microfichas reproducen varias páginas en una tarjeta de material fotográfico. Otro tipo de microforma, los microopacos, han caído prácticamente en desuso. Las microformas pueden contener reproducciones de recursos publicados originalmente en forma impresa, o ser publicaciones originales. Cuando se trata de de reproducciones, las reglas reglas del capítulo capítul o n indican que se debe describir el recurso en términos de la reproducción, y dar los datos del original en notas. Algunas grandes bibliotecas, como la Biblioteca del Congreso de los Estados nidos, han adoptado una política totalmente diferente, registrando los datos del original en la descripción, y las particularidades de la versión en microforma en notas. Esta política se adoptó debido a que la Biblioteca adquiría una gran cantidad de versiones en microforma de recursos que también poseía en formato impreso, y realizar registros totalmente nuevos para cada versión en microforma resultaba muy oneroso, además de provocar confusión en los usuarios, que encontraban en el catálogo descripciones muy diferentes para recursos que, a su criterio, eran ¡guales excepto por la necesidad de contar con un lector de microformas para consultarlos.
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Ca t a l o g a c ió ió n de m o n o g r a f í a s i m pr pr e s a s
Sea cual sea la política que una biblioteca adopte al respecto, siguiendo las reglas de las AACR2 o registrando las reproducciones con los datos del original, debe registrarse en el manual de procedimientos y aplicarse de manera consistente.