“AÑO DE LA INTEGRIDAD NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD” Barranca, Marzo 12 del 2,012 SOLICITO: SOLICITO CONSTATACIÓN POLICIAL IN SITU. SEÑOR (ES): 1) COMANDANTE DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ - BARRANCA 2) SOT. ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE CONSTATACIONES POLICIALES. COMISARIA P.N.P. DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA Presente.De mi mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a formular petición en forma individual, por escrito ante la autoridad competente, la que está obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en los Artículos 2º inciso 20), primer párrafo de la Constitución Política del Perú, en defensa de mi derecho de propiedad constitucionalmente reconocido e intereses patrimoniales de la suscrita, PROCEDO A EXPRESAR
LO
SIGUIENTE: I - MOTIVO DE LA SOLICITUD.Que, en merito a los Artículos 923º (sobre el derecho a la propiedad) y demás pertinentes del C.C., concordante con los Arts. 2º inciso 16) y 70º de la Constitución Política del Perú y, en tanto ostentar la propiedad de mi bien inmueble (vivienda), sito en el Jr. Castilla, Pasaje Callao Nº 166 – Distrito y Provincia de Barranca, SOLICITO CON ANIMUS DE DUEÑA, LA CONSTATACIÓN POLICIAL IN SITU DEL LUGAR EN MENCIÓN, CON EL OBJETO DE EVIDENCIAR QUE VENGO EJERCIENDO EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE MI BIEN ANTES ACOTADO, DEBIENDO VERIFICAR QUE EN EL MISMO HAGO VIDA EN COMÚN (familiar y personal); y DESCRIBIR DETALLADAMENTE MIS BIENES MUEBLES ACCESORIOS -ENSERES Y OTROS- QUE SE ENCUENTRAN EN EL INTERIOR DE MI VIVIENDA; TODO ÉSTO EN EJERCICIO REGULAR DE DERECHO DE UNO DE LOS PODERES INHERENTES A MI LEGITIMO DERECHO A LA PROPIEDAD QUE OSTENTO DE MANERA VIGENTE Y QUE RECAE SOBRE DICHO BIEN INMUEBLE, por lo que, en tal sentido, la mencionada constatación DEBERÁ SER ANOTADA Y/O REGISTRADA INTEGRALMENTE EN SUS LIBROS CORRESPONDIENTES ADSCRITOS A ÉSTA COMISARIA P.N.P. DE BARRANCA PARA LOS FINES DE LEY, y conforme a los antecedentes de hechos y derecho que paso argumentar: II - FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO RESPECTO DE MI CONSTATACIÓN POLICIAL.1.- ANTECEDENTES INFORMATIVOS: Que, es debido anotar que, vengo ejerciendo mi legitimo derecho de propiedad sobre el bien inmueble en mención, desde el 15.05.2001 aproximadamente, en que celebrara con la
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persona de Don Esteban Peña Melgarejo, un contrato privado de compraventa de bien inmueble baldío, es decir, vengo ejerciendo mi derecho a la propiedad sobre dicho bien por espacio de casi 11 años consecutivos, viviendo en forma continua, pacífica y pública como propietaria con justo titulo y, de buena fe, sin tener inconveniente con nadie en lo absoluto. 2.- En tal sentido, es debido también mencionar que, mi referido contrato privado por razones naturales a raíz de una lluvia intempestiva y, sin tener el mayor cuidado, se destruyó, siendo irreparable su pérdida, y cuando he querido subsanarlo, no quiere a la fecha por razones que desconozco el ex propietario, hacerme un nuevo contrato al respecto, exponiéndome una negativa innecesaria que no entiendo, pese haberle cancelado el integro de la compra.
A tal efecto, para salvaguardar mi derecho constitucional a la propiedad y, con el animus de
comprobar lo antes acotado a fin de subsanar por mi cuenta dicha perdida documentaria es que solicito la presente constatación policial, máxime si, la totalidad de mis vecinos colindantes pueden dar fe de lo expuesto, en tanto son conocedores y testigos presenciales, directos, que me he venido desempeñando con animus de dueña, por el espacio acotado, desenvolviendo no sólo mi vida familiar con mi menor hijo (Brayan Alexis Pariachi Acuña – 15 años), mi señora madre (Ricardina Vásquez Lucas – 66 años) y, mis dos hermanos (Hna. Angélica Alicia Bautista Vásquez – 36 años y Hno. Américo Román Acuña Vásquez – 44 años), y sus hijos de mi hermana (Angella Anyaipoma Bautista – 12 años y María Angélica Anyaipoma Bautista – 09 años); todos haciendo vida familiar en común, sino también desarrollándome en forma libre y en un ambiente sano que me da bienestar personal como legitima propietaria, razón más que, suficiente como para solicitar el amparo de la presente petición, siendo que es conforme a la ley civil, constitucional y, deberá ser acogida por vuestra institución policial, en todos sus extremos. ANEXO: 01.- Copia Simple de mi D.N.I. POR TANTO.Al Comisario, sírvase proveer, registrar y constatar la presente SOLICITUD, en los libros correspondientes, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, conforme a ley. AL ÚNICO OTROSI DIGO: Por ser de vital importancia, la suscrita señala como su DOMICILIO REAL, HABITUAL Y PERMANENTE, SITO EL JR. CASTILLA, PASAJE CALLAO Nº 166 – DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA. Aprovecho la oportunidad para reiterar las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente; ................................................................ MARÍA ISABEL ACUÑA VASQUEZ D.N.I. Nº 15858381 LA PROPIETARIA C.C. Departamento de Constataciones Policiales.
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“AÑO DE LA INTEGRIDAD NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD” Barranca, Marzo 14 del 2,012 SOLICITO: SOLICITO CONSTATACIÓN POLICIAL IN SITU. ADJUNTO DOCUMENTOS. SEÑOR (ES): 1) COMANDANTE DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ - BARRANCA 2) SOT. ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE CONSTATACIONES POLICIALES. COMISARIA P.N.P. DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA Presente.De mi mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a formular petición en forma individual, por escrito ante la autoridad competente, la que está obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en los Artículos 2º inciso 20), primer párrafo de la Constitución Política del Perú , en defensa de mi derecho de propiedad constitucionalmente reconocido e intereses patrimoniales de la suscrita, PROCEDO A EXPRESAR LO SIGUIENTE: I - MOTIVO DE LA SOLICITUD.Que, en merito a los Artículos 896º, 907º, 912º, 914º (sobre presunción legal de propiedad) y demás pertinentes del C.C., concordante con los Arts. 2º inciso 16) y 70º de la Constitución Política del Perú y, en tanto ostentar de buena fe la propiedad de mi bien inmueble (vivienda), sito en el Jr. Castilla, Pasaje Callao Nº 166 – Distrito y Provincia de Barranca, SOLICITO CON ANIMUS DE DUEÑA, LA CONSTATACIÓN POLICIAL IN SITU DEL LUGAR EN MENCIÓN, CON EL OBJETO DE EVIDENCIAR QUE VENGO EJERCIENDO LA POSESIÓN INMEDIATA DE MI BIEN ANTES ACOTADO, DEBIENDO VERIFICAR QUE EN EL MISMO HAGO VIDA EN COMÚN (familiar y personal); y DESCRIBIR DETALLADAMENTE LOS BIENES MUEBLES ACCESORIOS DE MI PROPIEDAD QUE SE
ENCUENTRAN EN EL INTERIOR DEL LUGAR ; TODO ÉSTO EN EJERCICIO REGULAR DE
DERECHO
DE UNO DE LOS PODERES INHERENTES A MI LEGITIMO DERECHO A LA PROPIEDAD
QUE OSTENTO DE MANERA VIGENTE Y QUE RECAE SOBRE DICHO BIEN INMUEBLE, por lo que, en tal sentido,
la mencionada constatación DEBERÁ SER ANOTADA Y/O REGISTRADA
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INTEGRALMENTE EN SUS LIBROS CORRESPONDIENTES ADSCRITOS A ÉSTA COMISARIA P.N.P. DE BARRANCA PARA LOS FINES DE LEY, y conforme a los antecedentes de hechos y derecho que paso argumentar: II - FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO RESPECTO DE MI CONSTATACIÓN POLICIAL.1.- ANTECEDENTES INFORMATIVOS: Que, es debido anotar que, vengo ejerciendo de hecho mi legitimo derecho de propiedad sobre el bien inmueble en mención, por más de 21 años consecutivos, desenvolviendo dicho derecho constitucional, en forma continua, pacífica y pública como propietaria con justo titulo, adquirido por decurso del tiempo y, de buena fe, sin tener inconveniente con nadie en lo absoluto. 2.- A efectos de comprobar lo antes mencionado, señalo que la totalidad de mis vecinos colindantes pueden dar fe de lo expuesto, en tanto son conocedores y testigos presenciales, directos, que me he venido desempeñando con animus de dueña, por el espacio acotado, desenvolviendo no sólo mi vida familiar con mi menor hijo (Brayan Alexis Pariachi Acuña – 15 años), mi señora madre (Ricardina Vásquez Lucas – 66 años) y, mis dos hermanos (Hna. Angélica Alicia Bautista Vásquez – 36 años y Hno. Américo Román Acuña Vásquez – 44 años), y sus hijos de mi hermana (Angella Anyaipoma Bautista – 12 años y María Angélica Anyaipoma Bautista – 09 años); todos haciendo vida familiar en común, sino también desarrollándome en forma libre y en un ambiente sano que me da bienestar personal, razón más que, suficiente como para solicitar el amparo de la presente petición, siendo que es conforme a la ley civil, constitucional y, deberá ser acogida por vuestra institución policial, en todos sus extremos. ANEXO: 01.- Copia Simple de mi D.N.I. POR TANTO.Al Comisario, sírvase proveer, registrar y constatar la presente SOLICITUD, en los libros correspondientes, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, conforme a ley. AL ÚNICO OTROSI DIGO: Por ser de vital importancia, la suscrita señala como su DOMICILIO REAL, HABITUAL Y PERMANENTE, SITO EL JR. CASTILLA, PASAJE CALLAO Nº 166 – DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA. Aprovecho la oportunidad para reiterar las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente; 4
................................................................ MARÍA ISABEL ACUÑA VASQUEZ D.N.I. Nº 15858381 LA PROPIETARIA C.C. Departamento de Constataciones Policiales
“AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO´´ Barranca, Agosto 15 del 2,011
CARTA – SOLICITUD Nº - 2011, SOBRE REQUIERO INFORME ESCRITO BAJO RESPONSABILIDAD FUNCIONAL, RESPECTO DE HECHOS SUSCITADOS EN LA DILIGENCIA DE FECHA 08.08.2011 Y DEMÀS ACTOS DE INCONDUCTA FUNCIONAL CONEXOS A LA MISMA, ASI COMO LAS DEMÀS DILIGENCIAS REALIZADAS LOS DÌAS 09, 10, 11, Y 12.08.2011. SEÑOR (ES): 1) LIC. JULIO ARMANDO BORJA QUINECHE DIRECTOR DE LA UGEL Nº 16 - BCA 2) C.P.C. CÈSAR FERNANDEZ GARAY ADMINISTRADOR - ÀREA DE GESTIÒN ADMINISTRATIVA DE LA UGEL Nº 16 - BCA AMBOS A NOTIFICARSE EN FORMA CONJUNTA EN SU DOMICILIO LABORAL, SITO EN LA CALLE ARICA Nº 491 – DISTRITO DE BARRANCA Presente.De mi mayor consideración;
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Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a la libertad de expresión y, a formular petición en forma individual (Carta – Solicitud), por escrito ante la autoridad competente inmediata, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad funcional, conforme a lo dispuesto en los Artículos 2º incisos 4) y 20), primer párrafo de la Constitución Política del Perú, en defensa de los derechos laborales constitucionalmente reconocidos, legitimidad en la categoría laboral de trabajador, respeto a su honra, honor, buena imagen personal y profesional e intereses del suscrito, entre otros, PROCEDO EN MI CALIDAD TRABAJADOR PÙBLICO ABOGADO DE APOYO DE LA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA DE LA UGEL Nº
16
– BARRANCA,
SIENDO AGRAVIADO
CON
LOS ACTOS
DE
HOSTILIZACIÒN LABORAL Y OTROS PRESUNTOS ILICITOS QUE SE VIENEN EFECTUANDO EN MI CONTRA, TENGO A BIEN EXPRESAR LO SIGUIENTE: I - MOTIVO DE LA SOLICITUD - CARTA.Que, dando cumplimiento a la Ley de Procedimientos Administrativos, Ley N° 27444, por simplificación administrativa, a las Directivas y Normas vigentes del Ministerio del Interior, peticiono que la presente solicitud: 1) Para consignar denuncia por materialización sistemática de actos hostiles y ostensibles maltratos a mi persona (faltamientos de palabra al extremo de cohibirme constantemente - violencia y amenaza, actos contra la moral que afectan la dignidad del trabajador, múltiples acusaciones infundadas, calumnias, injurias y difamaciones, entre otros), así como también cambio inmotivado de colocación en lugar distinto de trabajo, a lo que anteriormente venia realizando lo que perjudica sus intereses por haberlo rebajado de categoría laboral (porque de se el abogado de apoyo de la O.A.J ahora soy el apoyo del estadístico realizando labores de digitación), iniciados desde el 08.08.2011, a horas 10:00 a.m. aproximadamente los cuales se extendieron hasta las 12:30 p.m. del medio día por parte de mis superiores, principalmente del Director Regional de Asesoría Jurídica de la DRELP, Abogado Daniel Córdova Paucar, quien fue que tomo la decisión arbitraria de ponerme a disposición de personal, sin mayor sustento y, el Jefe de AGA, Administrador encargado de la Dirección de la Ugel Nº 16 – Bca, C.P.C. César Fernández Garay, para el día 08.08.2011 y, en ese sentido, la constatación policial deberá ser anotada y/o
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registrada integralmente en sus libros correspondientes, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, debiendo evidenciar lo siguiente: 1.- Expónganme las razones del porque me encuentro laborando en el Área de AGI, porque se me ha reducido a la categoría de apoyo del estadístico, quien es mi inmediato, y, por que realizo labores específicamente de digitación de censo escolar las que vengo desempeñando diariamente durante la tarde del 08.08.2011, hasta la fecha, pese a que soy trabajador Abogado Miguel Ángel Milla Samillan, dado que, según contrato anexo en copia el mismo hasta el 08.08.2011, hasta antes de las 11:00 a.m., (hora en que llego aproximadamente, el Abogado Daniel Córdova), era
el único trabajador público que se encontraba en la Oficina de
Asesorìa Jurídica, a cargo de hecho y custodiando la misma, en su condición de Abogado de Apoyo que es para
lo que realmente se le contrato por concurso público según el
referido contrato a fin desempeñar principalmente labores materiales de asesoria e informes legales previos, facultativos, voluntarios no vinculantes, entre otros, dado que, aquel centro de labores (OAJ) se encuentra adscrito al Área de Administración, es decir, es una oficina administrativa institucional de mero trámite; razones las antes pedidas a constatar que, por escrito cursado a mi persona, dentro del plazo de ley, que se me deberá hacer llegar o notificar personalmente a fin de mantenerme en conocimiento ficto de los hechos que se me viene ocultando hasta la fecha . 2.- Expónganme las razones del Administrador y/o al Director de la Ugel, por orden de quien se le puso a disposición de personal, al trabajador Abogado Miguel Ángel Milla Samillàn, así como para que conste porque motivos laborales justos se ordeno su traslado de lugar de ser abogado de apoyo de OAJ a ser apoyo del estadístico en AGI, su reducción de categoría de labores diarias realizadas de emitir informes facultativos a ser un mero digitador del censo escolar, y constar los argumentos suficientes del porque configuró o avaló los actos
de
discriminación
ASI
IRREGULARMENTE
SE
ENCUENTREN
ORDENADO POR UNA RESOLUCIÒN DE LA DRELP QUE, NO TIENE COMPETENCIA ADMINISTRATIVA DIRECTA, como para sin mayor argumento laboral justo se materialice que no asuma la encargatura de la OAJ el Abogado de Apoyo, cuando debiendo hacerlo por ser CAP, se ha preferido antes a un
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abogado externo que no se encuentra dentro de las funciones administrativas – por ser CAS -, y conste con que documento notificado a la SISTEMA
DE
TRÀMITE
DOCUMENTARIO,
DEBIENO
Ugel VÌA ADJUNTAR
TAL
SUSTENTO PROBATORIO, que exprese o autorice al superior, facultades como para ordenar a esta Ugel, materializar hasta la fecha, dicho acto de disposición del abogado a personal y luego a AGI , debiendo adjuntarse a su escrito de respuesta, los respectivos cargos fedateados de notificación del sistema de tramite documentario de la Ugel; razones las antes pedidas a constar que, por escrito que se curse a mi
persona, dentro del plazo de ley, el cual se me deberá hacer
llegar o notificar personalmente a fin de mantenerme en conocimiento ficto, los hechos que se me vienen
ocultando hasta la fecha, no sabiendo con que
animus, y que pese a mis continuas peticiones verbales, me viene esquivando conversación Ud. Señor Director y el Administrador no sabe que decirme porque al parecer a él tampoco le han informado, entonces me pregunto con que tenacidad en día de la diligencia ilegal se afirmaba de parte de èl y del Director de Asesorìa Jurídica de la Drelp que, ello se hacian responsables, que iban a asumir la jefatura y, por ende conocimiento de toda la diligencia, es más, que sabrían de los informes técnicos de recomendación que advirtió la fiscalía, así como el representante de la Drelp. 3.- Expónganme las razones mediante documento escrito, si conforme al derecho a la defensa que mantiene el Abogado de Apoyo suscrito, porque hasta la fecha desconoce los motivos de su disposición al personal y, los motivos de su intervención, más si se le ha hecho estar presente físicamente en las diligencias de fecha 08.08.2011, que se han extendido a los días 09, 10, 11 y 12 de Agosto de los corrientes, de no ser así (de no permitírsele estar presente) en presencia de quien se han realizado dichas diligencias todos esos días y quienes las llevaban a cargo, sin perjuicio
de esto, constatar si obra cargos de notificación al Abogado,
donde le comuniquen si le han hecho participe por escrito de las actas de dichas diligencias independientes, o de los informes fiscales y/o administrativos pertinentes dado que estuvo un superior de nombres Daniel Córdova; razones las antes pedidas a constatar que, por escrito cursado a mi persona, dentro del plazo de ley, que se me deberá hacer llegar o notificar personalmente a fin de
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mantenerme en conocimiento ficto de los hechos que se me viene ocultando hasta la fecha. 4.- Expónganme las razones del porque se han revisado las maquinas Computadora, documentos en su custodia, documentos personales, que posiblemente empleaba el Abogado de apoyo, por orden de quien, bajo que responsabilidad jefatural ¿Qué persona ordeno ello y con que documento?, o en su defecto quien asumió la responsabilidad por dicha actuación o diligencia el día 08.09.2011, así como por los demás días (del 09.08 al 12.08.2011) dado que solamente la secretaria de la Fiscalía era la única que asistía a levantar “no se sabe que actas” y con que autorización documentaria que respete las normas de investigación, las normas procesales y la formalidad para la obtención de la prueba licita y, no incurrir en prueba prohibida que vicie de nulidad a la supuesta investigación, y bajo que documento notificado que autorice ello,
estando a
dichas respuestas conste también, cual era el objeto inicial de la diligencia de fecha 08.08.2011, que a estas alturas debe conocerlas, con que documento se comunico la realización de la misma y por cuanto días se extendió, y con que documento se ordeno la extensión y autorización para su realización por parte de la Ugel, asimismo quien ordeno, quien asumió la responsabilidad y porque se extendió la diligencias a otras actuaciones no constadas en documento inicial oficial que haya sido notificado previamente; razones las antes pedidas a constar por escrito cursado a mi persona, dentro del plazo de ley, que se me deberá hacer llegar o notificar personalmente a fin de mantenerme en conocimiento ficto de los hechos que se me viene ocultando hasta la fecha. 5.- Expónganme las razones, si por orden de Daniel Elías Córdova Paucar (Memo
Nº 610 – 2011 – DPSIII – UGEL Nº 16 - BCA) quien dijo asumir
responsabilidad y
la jefatura de la OAJ, dispuso a personal al abogado
de apoyo, entonces como se explica PORQUE FUE EL ADMINISTRADOR QUE POR ENCARGO DEL DIRECTOR ACTUAL SUSCRIBÌO DICHO MEMORANDUM, SI SEGÙN SE EVIDENCIA LA MÀXIMA AUTORIDAD DANIEL CORDOVA ASUMÍA EL CARGO POR ENCONTRARSE EL MISMO AUTORIZANDOSE TAL COMO SE OBSERVA EN VIDEOS DE PRENSA, LA PREGUNTA CONSTATAR
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ES, POR QUE NO FIRMO EL MISMO EL MEMO EN MENCIÒN SI ERA UNA ORDEN
SUYA
OJO
TENIENDO
EN
CUENTA
LAS
COMPETENCIAS
ADMINISTRATIVAS, es más, conste si dicha orden de disposición, si fue por los motivos de dar facilidades a las investigaciones por actos de corrupción (no se dice de quien), entonces por que al terminar dichas diligencias que han durado durante cuatro días o más llevadas a cabo por la secretaria, porque al termino de éstas que son independientes o sucesivas, NO SE HA RESPUESTO A SU LUGAR DE TRABAJO, al Abogado Miguel Ángel Milla Samillan, en su puesto de origen - OAJ -, si esa era la orden inicial, por que no
se ha cumplido,
cual ha sido el motivo legitimo y legal de la variación de haber existido alguno COMO PARA EXTENDERLA HASTA LA FECHA Y SEGUIR MANTENIENDO AL ABOGADO EN EL AREA DE AGI y, más aún, conste porque
se ha
designado temporalmente a un Abogado externo - CAS - y bajo que orden y documento oficial, si teniendo el mismo su condición de contratado externo que no tiene mayor vinculo con la institución (Dr. Percy Zevallos), si no teniendo facultades como para asumir funciones administrativas en la OAJ por ser CAS (TAL COMO LO DIJO EL ADMINISTRADOR EN UNA CONFERENCIA DE PRENESA PÙBLICA EL DÌA 12.08.2011), porque se encuentra en lugar del Abogado de apoyo, o en su defecto peor aún fungiendo por reemplazo del asesor jurídico Jhimmy Reyes Anzualdo de la OAJ, asumiendo funciones administrativas, ¿cual es el acto administrativo invalido que lo esta avalando ilegalmente?, puesto que, cuando era debido mínimamente existía un contratado por CAP, como es el Abogado de Apoyo hostilizado y maltratado, como para asumir por encargo la misma OAJ, situación que con razones justas laborales deberá explicar y constatar por escrito cursado a mi persona, dentro del plazo de ley, razones que se me deberá hacer llegar o notificar personalmente a fin de mantenerme en conocimiento ficto de los hechos que se me viene ocultando hasta la fecha. Lo antes peticionado, se me deberá absolver bajo responsabilidad funcional, así como los dos puntos de los fundamentos de hechos acotados, dado que siendo la máxima autoridad de ésta Ugel debe velar por el normal cumplimiento y el respeto de los derechos laborales de sus trabajadores, y esto más si es con el animus de no advertir
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incurrir en un presunto delito de omisión funcional o similar, entre otros como abuso de autoridad, coacción, secuestro, vulneración del honor, buena imagen y reputación, etc que desde ya se han configurado por parte de los intervinientes irregulares que participaron en la diligencia del 08.08.2011. A tal fin, señalo que, sin perjuicio de quedar anotada la presente, referencial de parte, así como acredite sus argumentos de respuestas, en el plazo de ley, en merito a los antecedentes y fundamentos que a continuación detallo: II - FUNDAMENTOS DE HECHO DE MI SOLICITUD - CARTA.1.- ANTECEDENTES INFORMATIVOS: Que, hasta la fecha la preocupación del suscrito, ante la incomunicación que mantengo de parte de Uds. mis jefes superiores (Director de la Ugel y Administrador), ahora claro ésta, encontrándome en una área distinta, como es AGI, ya que, no sólo se me ha corrido traslado por documentación que explique las razones laborales justas que dispongan mi actual situación laboral y, sobre todo que puedan justificar el actuar o las razones laborales de traslado de mi persona de una oficina de mi centro laboral a otra área como es AGI, así como porque de la reducción
de categoría de ser Abogado de Apoyo a pasar a ser de apoyo del
estadístico del área de AGI que hasta la fecha se mantiene, entre otros excesos detallados en el petitorio del presente y en el punto 2 que más adelante se consta, así como porque no se ha hecho ni de conocimiento de la Ugel, si el Asesor de Drelp, dijo que el asumía la responsabilidad sobre este tema de las actas que, obviamente debe tener conocimiento sobre lo actuado al igual que Ud. SEÑOR DIRECTOR Y/O ADMINISTRADOR, del contenido y objeto de cada una de las más de 04 diligencias realizadas, estando a que las 03 últimas, se realizo sólo por la asistente en función fiscal mujer de la fiscalía en la OAJ, es decir, sin presencia de los fiscales adjunto, Fernando Nilo Ayala Borja y Dulio Álvarez Bobadilla, que inicialmente de forma arbitraria, abusiva, con coacción, con animus consumativo de secuestro, con tentativa de lesionar al abogado, entre otros ilícitos no sólo lo presionaron, amenazaron y configuraron tentativa de agresión infundada en su contra, perjudicándolo en todo momento dentro de su participación introductoria, a partir de tales inconductas sistemáticas denotadas por dichos funcionarios en toda la diligencia de fecha 08.08.2011, así como del funcionario que dirigió toda la diligencia tal como ha quedado
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grabado por parte de la prensa televisiva, puesto que, es el Director de Asesoria Jurídica de la Drelp, Daniel Córdova Paucar, quien no solamente asumió responsabilidad como el mismo lo dijo, sino que, inicio, materializo, consumo y dispuso al Abogado de Apoyo Miguel Ángel Milla Samillàn, a disposición de personal sin causa justa laboral, a parte que, lo maltrato, lo acuso y le ofendió el honor como persona y su dignidad y el Administrador encargado como Director, también conjuntamente con el penúltimo de los mencionados violento su intimidad laboral y personal, al intervenir irregularmente la Oficina de Asesoria Jurídica de la Ugel. 2.- Por último, peticiono a los funcionarios que expongan los argumentos pertinentes que puedan sustentar o aclarar lo que a continuación dejo constancia, en lo que concierne a los hechos irregulares en mi agravio, así como de la presunta pérdida de algunos documentos institucionales que se me hace saber por murmuraciones y que se encontraban bajo mi custodia en la OAJ, dado que, aprovechándose de ello no se me ha dejado dejar inventario del mismo, ya que, con un accionar violento y agresivo de los Fiscales Adjunto, Fernando Nilo Ayala Borja y Dulio Álvarez Bobadilla, el Director de Asesoria Jurídica de la Drelp, Daniel Córdova Paucar y el Administrador encargado como Director, se me ha retirado de la OAJ, ya que me retiraron de la diligencia con un objetivo recorte de mis derechos constitucionales como la libertad puesto que me han secuestrado por espacio de una hora y media y algo más, vulneración de mis derechos laborales y faltamientos a mi honor todos estos actos acaecidos el 08.08.2011 desde las 10:00 a.m. hasta las 12:30 a.m. del mismo día, es más, con la sustracción de mis efectos personales y laborales como documentos bajo mi custodia dentro de la OAJ
y dentro de la Ugel, es más sin las garantías del caso, sin estar
presente en los días que se ha extendido indebidamente la diligencia, escucho que murmuran a mis espaldas creando un clímax laboral pésimo, originado por esta incomunicación de hechos sucedidos en mi contra al parecer, más sólo han mencionado se va castigar ejemplarmente no sabiendo que hechos, privándome a pesar que lo he solicitado por escritos en múltiples FUT, del acceso a la información pública, es más el crear un clima propicio como mis superiores para que, por parte de los trabajadores se tejan rumores de haber escuchado que los
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intervinientes antes acotados de la irregular diligencia han evidenciado cosas irregulares administrativamente sin que llegue formalmente una explicación escrita de ello a mi persona Abogado y, más si fuere motivada laboralmente sobre los hechos de mi disposición laboral injustificada
por más de una
semana, menos dejo constancia que hasta la fecha, desde la intervención irregular no se me ha informado por parte de la fiscalía de las diligencias que se han extendido al parecer en mi contra, no sabiendo porque motivos, causas u orígenes, sin perjuicio de no saber el objeto de cada una de las mismas y demás, así como de las actas o informes administrativamente que hayan sido apreciado en dichos actos de diligencias que, hasta la fecha a mi persona no se me ha comunicado, lo que desde ya es ilegal, dado que, me tienen aislado de todo conocimiento hasta la fecha, habiéndome solamente pedido formalmente la entrega de llave de la OAJ, a través de un acta que hasta la fecha tampoco se me entrega, razón por la que, ante semejantes actos arbitrarios de hostilizaciòn y otros, me siento vulnerado pese a que, con fecha 05.08.2011, ya he cumplido un año efectivo de labor constante debiéndose más que conculcar mis derechos laborales, reconocer por mis derechos adquiridos el respeto a la totalidad de ellos, por lo que, procedo a partir de la presente, a denunciar lo indebido, producto del irregular e ilegal accionar anteriormente descrito. ANEXOS: 01.- Copia Simple de mi Contrato de Trabajo. 02.- Copia de mi última Boleta de Pago. 03.- Copia del Memo ilegal que me ponen a Disposición de personal. 04.- Copias de mis 07 FUT, donde solicito toda la información que se me esta prohibiendo su conocimiento, dado que, no se me permite conversar con mis superiores y, hasta la fecha no obtengo respuesta en lo absoluto razón por la que procedo de esta forma. POR TANTO.A los Funcionarios, sírvase responder la presente, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, en el plazo de ley.
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AL PRIMER OTROSI DIGO: Por ser de vital importancia, señalo como
mi
DOMICILIO REAL DEL SUSCRITO, SITO EL JIRÒN ZAVALA Nº 330 - 332 DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA. Aprovecho la oportunidad para reiterar las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente; ..................................................................................... MIGUEL ANGEL MILLA SAMILLÀN D.N.I. Nº 80328544 ANTES TRABAJADOR PÙBLICO – ABOGADO DE APOYO DE LA O.A.J. - AGA AHORA APOYO DEL ESTADISTICO DE A.G.I.
05.- Copia de un documento que he obtenido, ya que por error ha sido notificado por parte de la fiscalía a mi domicilio ay que se encuentra dirigido para la persona de JHIMMY REYES ANZUALDO, en la que figura la Disposición Nº 02 del 08.08.2011, NOTIFICADA RECIEN EL DÌA 10.082011 a horas 17:30 p.m., sino no me equivoco, donde se evidencia que la diligencia llevada irregularmente estaba programada para el día 09.08.2011, y siendo una de exhibición de bienes, no sabiendo que BIENES
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(MATERIALES
O
INMATERIALES,
DOCUMENTALES
PRIVADOS
O
INSTITUCIONALES, LEGAJOS, ETC.), por cuanto no explica en dicha disposición ello, siendo esto irregular, por no estar notificada a tiempo ni siquiera en el mismo acto de diligencia, estaba orientado a investigar solamente al investigado Sr. Jhimmy Reyes anzualdo, más no al Abogado de Apoyo Miguel Ángel Milla Samillan, ni sus efectos personales y de custodia como documentos institucionales, maquinas u otros, pero sin embargo extralimitándose, allanaron, induciendo a error, y violentaron a persona jurídica en su espacio de la OAJ, violentaron entre otros, para terminar evidenciando una innecesaria casería de brujas entre otros maltratos efectuada en su contra el día de la diligencia ilegal.
“AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO´´ Barranca, Agosto 15 del 2,011
SOLICITO: CONSIGNAR DENUNCIA POLICIAL DE PARTE EN EL LIBRO DE DENUNCIA CORRESPONDIENTE Y REQUIERO CONSTATACIÒN POLICIAL IN SITU. SEÑOR (ES): 1) COMANDANTE DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ 2) SOT. ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE POLICIALES COMISARIA DE BARRANCA 15
CONSTATACIONES
Presente.De mi mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a la libertad de expresión y, a formular petición en forma individual, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en los Artículos 2º incisos 4) y 20), primer párrafo de la Constitución Política del Perú , en defensa de los derechos laborales constitucionalmente reconocidos e intereses del suscrito, PROCEDO EN MI CALIDAD TRABAJADOR PÙBLICO ABOGADO DE APOYO DE LA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA DE LA UGEL Nº 16 – BARRANCA, SIENDO AGRAVIADO CON LOS ACTOS DE HOSTILIZACIÒN LABORAL QUE SE VIENEN EFECTUANDO EN MI CONTRA, A EXPRESAR LO SIGUIENTE: I - MOTIVO DE LA SOLICITUD.Que, dando cumplimiento a la Ley de Procedimientos Administrativos, Ley N° 27444, por simplificación administrativa, a las Directivas y Normas vigentes del Ministerio del Interior, peticiono que la presente solicitud: 1) Para consignar denuncia por materialización sistemática de actos hostiles y ostensibles maltratos a mi persona (faltamientos de palabra al extremo de cohibirme constantemente - violencia y amenaza, actos contra la moral que afectan la dignidad del trabajador, múltiples acusaciones infundadas, calumnias, injurias y difamaciones, entre otros), así como también cambio inmotivado de colocación en lugar distinto de trabajo, a lo que anteriormente venia realizando lo que perjudica sus intereses por haberlo rebajado de categoría laboral (porque de se el abogado de apoyo de la OAJ ahora soy el apoyo del estadístico realizando labores de digitación), iniciados desde el 08.08.2011, a horas 10:00 a.m. aproximadamente los cuales se extendieron hasta las 12:30 p.m. del medio día por parte de mis superiores, principalmente del Director Regional de Asesoría Jurídica de la DRELP, Abogado Daniel Córdova Paucar, quien fue que tomo la decisión arbitraria de ponerme a disposición de personal, sin mayor sustento y, el Jefe de AGA, Administrador encargado de la Dirección de la Ugel Nº 16 – Bca, C.P.C. Cèsar Fernandez Garay, para el día 08.08.2011 y, en ese sentido, la constatación policial deberá ser anotada y/o
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registrada integralmente en sus libros correspondientes, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, debiendo evidenciar lo siguiente: 1.- Comprobar in situ en que área se encuentra laborando, bajo el cargo de quien, y que labores específicamente esta realizando o desempeñando diariamente el trabajador Abogado Miguel Ángel Milla Samillàn , dado que, según contrato anexo en copia el mismo hasta el 08.08.2011, hasta antes de las 11:00 a.m., (hora en que llego aproximadamente, el Abogado Daniel Córdova), era el único trabajador público que se encontraba en la Oficina de Asesorìa Jurídica, a cargo de hecho y custodiando la misma, en su condición de Abogado de Apoyo que es para lo que realmente se le contrato
por concurso público según el referido contrato a fin
desempeñar principalmente labores materiales de asesoria e informes legales previos, facultativos, voluntarios no vinculantes, entre otros, dado que, aquel centro de labores (OAJ) se encuentra adscrito al Área de Administración, es decir, es una oficina administrativa institucional de mero trámite; razones las antes pedidas a constatar que, por escrito cursado a mi persona, dentro del plazo de ley, que se me deberá hacer llegar o notificar personalmente a fin de mantenerme en conocimiento ficto de los hechos que se me viene ocultando hasta la fecha . 2.- Comprobar in situ, debiendo constatar la explicación al jefe de personal y/o al Administrador y/o al Director de la Ugel, en caso no encontrarse el primero de los mencionados, por orden de quien se le puso a disposición de personal, al trabajador Abogado Miguel Ángel Milla Samillàn , así como para que constate porque motivos laborales justos se ordeno su traslado de lugar, su reducción de categoría de labores diarias realizadas, y constatar los actos de discriminación para no asumir la encargatura de la OAJ, dado que era un Abogado de Apoyo o de segunda, más si se ha preferido antes a un externo que no se encuentra dentro de las funciones administrativas - CAS - , y constatar con que documento notificado a la Ugel dicho acto de disposición
que exprese o autorice al superior, facultades para del abogado a personal , debiendo constarse la
existencia de los respectivos cargos de notificación del sistema de tramite documentario de la Ugel; razones las antes pedidas a constatar que, por escrito cursado a mi persona, dentro del plazo de ley, que se me deberá hacer llegar o notificar
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personalmente a fin de mantenerme en conocimiento ficto de los hechos que se me viene ocultando hasta la fecha. 3.- Comprobar in situ, si conforme al derecho a la defensa que mantiene dicho Abogado de Apoyo, quien hasta la fecha desconoce el porque de su disposición al personal, se le ha hecho estar presente físicamente en las diligencias de fecha 08.08.2011,
que se han extendido a los días 09, 10, 11 y 12 de Agosto
de los corrientes, de
no ser así (de no permitírsele estar presente) en
presencia de quien se han realizado dichas diligencias todos esos días y quienes las llevaban a cargo, sin perjuicio
de esto, constatar si obra cargos
de notificación al Abogado, donde le comuniquen si le han hecho participe por escrito de las actas de dichas diligencias independientes, o de los informes fiscales y/o administrativos pertinentes dado que estuvo un superior de nombres Daniel Córdova; razones las antes pedidas a constatar que, por escrito cursado a mi persona, dentro del plazo de ley, que se me deberá hacer llegar o notificar personalmente a fin de mantenerme en conocimiento ficto de los hechos que se me viene ocultando hasta la fecha. 4.- Comprobar in situ, de versión del Administrador y/o al Director de la Ugel, si se le han revisado las maquinas Computadora, documentos en su custodia, que posiblemente empleaba el Abogado de apoyo, por orden de quien, bajo que responsabilidad o en su defecto quien asumió la responsabilidad por dicha actuación o diligencia, y bajo que documento notificado que autorice ello, estando a dichas respuestas constatar, cual era el objeto inicial de la diligencia de fecha 08.08.2011, con que documento se comunico la realización de la misma y por cuanto días se extendió, y con que documento se ordeno autorizar su realización por parte de la Ugel, asimismo quien ordeno, quien asumió la responsabilidad y porque se extendió la diligencias a otras actuaciones no constadas en documento inicial oficial que haya sido notificado previamente; razones las antes pedidas a constatar que, por escrito cursado a mi persona, dentro del plazo de ley, que se me deberá hacer llegar o notificar personalmente a fin de mantenerme en conocimiento ficto de los hechos que se me viene ocultando hasta la fecha .
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5.- Comprobar in situ, del jefe de personal y/o al Administrador y/o al Director de la Ugel, en caso no encontrarse el primero de los mencionados, si por orden ilegal de Daniel Elías Córdova Paucar (Memo Nº 610 – 2011 – DPSIII – UGEL Nº 16 BCA) quien dijo asumir responsabilidad y la jefatura de la OAJ, PORQUE FUE EL ADMINISTRADOR QUE POR ENCARGO DEL DIRECTOR ACTUAL SUSCRIBÌO DICHO MEMO, SI SEGÙN SE EVIDENCIA LA MÀXIMA AUTORIDAD DANIEL CORDOVA ASUMÌA EL CARGO POR ENCONTRARSE EL MISMO AUTORIZANDOSE TAL COMO SE OBSERVA EN VIDEOS DE PRENSA, LA PREGUNTA CONSTATAR ES, POR QUE NO FIRMO EL MISMO EL MEMO EN MENCIÒN SI ERA UNA ORDEN SUYA OJO TENIENDO EN CUENTA LAS COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS,
es más, se constate si dicha
orden ilegal de disposición, SI sólo era por motivos de dar facilidades a las investigaciones por actos de corrupción (no se dice de quien), entonces por que al terminar dichas diligencias que han durado durante cuatro días o más llevadas a cabo por la secretaria, al termino de éstas que son independientes o sucesivas no se sabe, no se ha repuesto al Abogado Miguel Ángel Milla Samillan, en su puesto de origen, si esa era la orden ilegal inicial, por que no se ha cumplido, cual ha sido el motivo legitimo y legal de la variación de haber existido alguno y, más aún, se constate porque se ha designado temporalmente a un Abogado y bajo que orden y documento oficial, si teniendo el mismo su condición de contratado externo que no tiene mayor vinculo con la institución (Dr. Percy Zevallos), si no teniendo facultades como para asumir funciones administrativas en la OAJ por ser CAS (TAL COMO LO DIJO EL ADMINISTRADOR EN UNA CONFERENCIA DE PRENESA PÙBLICA EL DÌA 12.08.2011), porque se encuentra en lugar del Abogado de apoyo, o en su defecto peor aún fungiendo por reemplazo del asesor jurídico Jhimmy Reyes Anzualdo de la OAJ, asumiendo funciones administrativas, ¿cual es el acto administrativo invalido que lo esta avalando ilegalmente?, puesto que, cuando era debido mínimamente existía un contratado por CAP, como es el Abogado de Apoyo hostilizado y maltratado, como para asumir por encargo la misma OAJ, situación que con razones justas laborales deberá explicar y constatar por escrito cursado a mi persona, dentro del plazo de ley, razones que se me deberá hacer llegar o notificar
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personalmente a fin de mantenerme en conocimiento ficto de los hechos que se me viene ocultando hasta la fecha. Lo antes peticionado, se me deberá absolver bajo responsabilidad funcional, así como los dos puntos de los fundamentos de hechos acotados, dado que siendo la máxima autoridad de ésta Ugel debe velar por el normal cumplimiento y el respeto de los derechos laborales de sus trabajadores, y esto más si es con el animus de no advertir incurrir en un presunto delito de omisión funcional o similar, entre otros como abuso de autoridad, coacción, secuestro, vulneración del honor, buena imagen y reputación, etc que desde ya se han configurado por parte de los intervinientes irregulares que participaron en la diligencia del 08.08.2011. A tal fin, señalo que, sin perjuicio de quedar anotada la presente, referencial de parte, así como su comprobación objetiva en el lugar de los hechos - in situ -, que en el plazo de ley, cumpliremos con el requisito administrativo esencial de adjuntar el respectivo arancel o bauchers por concepto de 02 Especies Valoradas (pagos administrativos) para recabar oportunamente la Copia Certificada de Denuncia y la Constatación Policial debida, la que, será expedida por el Banco de la Nación de la ciudad de Barranca, en merito a los antecedentes y fundamentos que a continuación detallo: II - FUNDAMENTOS DE HECHO DE MI CONSTANCIA DE DENUNCIA POLICIAL DE PARTE O MERAMENTE REFERENCIAL Y SU CONSTATACIÓN POLICIAL.1.- ANTECEDENTES INFORMATIVOS: Que, hasta la fecha la preocupación del suscrito, ante la incomunicación que mantiene de parte de sus jefes inmediatos (Director de la Ugel y Administrador) no sólo de documentación sobre mi situación laboral actual que justifique razones laborales de traslado de un centro a otro, de reducción de categoría de ser Abogado de Apoyo a ser apoyo del estadístico del área de AGI, entre otros detallados en el petitorio del presente y en el punto 2, así como las actas de las más de 04 diligencias, estando a que las 03 últimas, se realizo sólo por la asistente en función fiscal mujer de la fiscalía, es decir, sin presencia de los fiscales adjunto, Fernando Nilo Ayala Borja y Dulio Álvarez Bobadilla, que inicialmente de forma arbitraria, abusiva, con coacción, con animus consumativo de secuestro, con tentativa de lesionar al abogado, entre otros ilícitos no sólo lo presionaron, amenazaron y configuraron tentativa de agresión infundada en su contra, perjudicándolo en todo
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momento dentro de su participación introductoria, a partir de tales inconductas sistemáticas denotadas por dichos funcionarios en toda la diligencia de fecha 08.08.2011, así como del funcionario que dirigió toda la diligencia tal como ha quedado grabado por parte de la prensa televisiva, puesto que, es el Director de Asesoria Jurídica de la Drelp, Daniel Córdova Paucar, quien no solamente asumió responsabilidad como el mismo lo dijo, sino que, inicio, materializo, consumo y dispuso al Abogado de Apoyo Miguel Ángel Milla Samillàn, a disposición de personal sin causa justa laboral, a parte que, lo maltrato, lo acuso y le ofendió el honor como persona y su dignidad y el Administrador encargado como Director, también conjuntamente con el penúltimo de los mencionados violento su intimidad laboral y personal, al intervenir irregularmente la Oficina de Asesoria Jurídica de la Ugel. 2.- Por último, dejamos constancia policial de los hechos irregulares en mi agravio, así como de la presunta pérdida de algunos documentos institucionales que se me hace saber por murmuraciones y que se encontraban bajo mi custodia en la OAJ, dado que, aprovechándose de ello no se me ha dejado dejar inventario del mismo, ya que, con un accionar violento y agresivo de los Fiscales Adjunto, Fernando Nilo Ayala Borja y Dulio Álvarez Bobadilla, el Director de Asesoria Jurídica de la Drelp, Daniel Córdova Paucar y el Administrador encargado como Director, se me ha retirado de la OAJ, ya que me retiraron de la diligencia con un objetivo recorte de mis derechos constitucionales como la libertad puesto que me han secuestrado por espacio de una hora y media y algo más, vulneración de mis derechos laborales y faltamientos a mi honor todos estos actos acaecidos el 08.08.2011 desde las 10:00 a.m. hasta las 12:30 a.m. del mismo día, es más, con la sustracción de mis efectos personales y laborales como documentos bajo mi custodia dentro de la OAJ y dentro de la Ugel, es más sin las garantías del caso, sin estar
presente en los días que se ha extendido
indebidamente la diligencia, escucho que murmuran a mis espaldas creando un clímax laboral pésimo, originado por esta incomunicación de hechos sucedidos en mi contra al parecer, más sólo han mencionado se va castigar ejemplarmente no sabiendo que hechos, privándome a pesar que lo he solicitado por escritos en múltiples FUT, del acceso a la información pública, es más el crear un clima
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propicio como mis superiores para que, por parte de los trabajadores se tejan rumores de haber escuchado que los intervinientes antes acotados de la irregular diligencia han evidenciado cosas irregulares administrativamente sin que llegue formalmente una explicación escrita de ello a mi persona Abogado y, más si fuere motivada laboralmente sobre los hechos de mi disposición laboral injustificada por más de una semana, menos
dejo constancia que hasta la
fecha, desde la intervención irregular no se me ha informado por parte de la fiscalía de las diligencias que se han extendido al parecer en mi contra, no sabiendo porque motivos, causas u orígenes, sin perjuicio de no saber el objeto de cada una de las mismas y demás, así como de las actas o informes administrativamente que hayan sido apreciado en dichos actos de diligencias que, hasta la fecha a mi persona no se me ha comunicado, lo que desde ya es ilegal, dado que, me tienen aislado de todo conocimiento hasta la fecha, habiéndome solamente pedido formalmente la entrega de llave de la OAJ, a través de un acta que hasta la fecha tampoco se me entrega , razón por la que, ante semejantes actos arbitrarios de hostilizaciòn y otros, me siento vulnerado pese a que, con fecha 05.08.2011, ya he cumplido un año efectivo de labor constante debiéndose más que conculcar mis derechos laborales, reconocer por mis derechos adquiridos el respeto a la totalidad de ellos, por lo que, procedo a partir de la presente, a denunciar lo indebido, producto del irregular e ilegal accionar anteriormente descrito. ANEXOS: 01.- Copia Simple de mi Contrato de Trabajo. 02.- Copia de mi última Boleta de Pago. 03.- Copia del Memo ilegal que me ponen a Disposición de personal. 04.- Copias de mis 07 FUT, donde solicito toda la información que se me esta prohibiendo su conocimiento, dado que, no se me permite conversar con mis superiores y, hasta la fecha no obtengo respuesta en lo absoluto razón por la que procedo de esta forma. 05.- Copia de un documento que he obtenido, ya que por error ha sido notificado por parte de la fiscalía a mi domicilio ay que se encuentra dirigido para la persona de JHIMMY REYES ANZUALDO, en la que figura la Disposición Nº 02 del 08.08.2011, NOTIFICADA RECIEN EL DÌA 10.082011 a horas 17:30 p.m., sino no me equivoco,
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donde se evidencia que la diligencia llevada irregularmente estaba programada para el día 09.08.2011, y siendo una de exhibición de bienes, no sabiendo que BIENES (MATERIALES
O
INMATERIALES,
DOCUMENTALES
PRIVADOS
O
INSTITUCIONALES, LEGAJOS, ETC.), por cuanto no explica en dicha disposición ello, siendo esto irregular, por no estar notificada a tiempo ni siquiera en el mismo acto de diligencia, estaba orientado a investigar solamente al investigado Sr. Jhimmy Reyes anzualdo, más no al Abogado de Apoyo Miguel Ángel Milla Samillan, ni sus efectos personales y de custodia como documentos institucionales, maquinas u otros, pero sin embargo extralimitándose, allanaron, induciendo a error, la OAJ, violentaron entre otros para terminar evidenciando una innecesaria casería de brujas entre otros maltratos efectuada en su contra el día de la diligencia ilegal. POR TANTO.Al Comisario, sírvase proveer, registrar y constatar la presente en los libros correspondientes, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, conforme a ley. AL PRIMER OTROSI DIGO: Por ser de vital importancia, señalo como
mi
DOMICILIO REAL DEL SUSCRITO, SITO EL JIRÒN ZAVALA Nº 330 - 332 DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA. Aprovecho la oportunidad para reiterar las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente; ..................................................................................... MIGUEL ANGEL MILLA SAMILLÀN D.N.I. Nº 80328544 ANTES TRABAJADOR PÙBLICO – ABOGADO DE APOYO DE LA O.A.J. - AGA AHORA APOYO DEL ESTADISTICO DE A.G.I. C.C. Departamento de Constataciones Policiales
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``“AÑO DE CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ ´´ Barranca, Setiembre 16 del 2,010 SOLICITO: CONSIGNAR DENUNCIA POLICIAL DE PARTE EN EL LIBRO DE DENUNCIA CORRESPONDIENTE, BAJO APERCIBIMIENTO DE RESPONSABILIDAD FUNCIONAL. TÉNGASE EN CUENTA NEGATIVA U OMISIÓN INJUSTIFICADA DE APOYO POLICIAL Y OTROS. SEÑOR (ES): COMANDANTE DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ DEPARTAMENTO DE CONSTATACIONES POLICIALES COMISARIA DE BARRANCA Presente.De nuestra mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimos Derechos a la libertad de expresión y, a formular peticiones en forma individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en los Artículos 2º incisos 4) y 20), primer párrafo de la Constitución Política del Perú, en defensa de los derechos constitucionalmente reconocidos e intereses de los suscritos, PROCEDEMOS EN NUESTRA CALIDAD DE ASOCIADOS PRESUNTAMENTE AGRAVIADOS DE LA ASOCIACIÓN DE TRANSPORTISTAS Y CHOFERES NOCTURNOS DE SERVICIO DE TAXI COLECTIVO “JOSÉ OLAYA”, BARRANCA – PATIVILCA – BUENOS AIRES PORVENIR, A EXPRESAR LO SIGUIENTE: I - MOTIVO DE LA SOLICITUD.Que, dando cumplimiento a la Ley de Procedimientos Administrativos, Ley N° 27444, por simplificación administrativa, a las Directivas y Normas vigentes del Ministerio del Interior, peticionamos que la presente denuncia deberá ser anotada y/o registrada
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integralmente en su libro correspondiente, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional y, a efectos de no advertir incurrir en un presunto delito de omisión funcional o similar.
A tal fin, señalamos que, sin perjuicio de quedar anotada la
presente denuncia referencial de parte, que en el plazo de ley, cumpliremos con el requisito administrativo esencial de adjuntar el respectivo arancel o bauchers por concepto de Especie Valorada (pago administrativo) para recabar oportunamente la Constatación Policial debida, la que, será expedida por el Banco de la Nación de la ciudad de Barranca, en merito a los antecedentes y fundamentos que a continuación detallamos: II - FUNDAMENTOS DE HECHO DE NUESTRA CONSTANCIA DE DENUNCIA POLICIAL DE PARTE O MERAMENTE REFERENCIAL.1.- ANTECEDENTES INFORMATIVOS: Los suscritos, ante las múltiples negativas de los directivos de nuestra asociación, a entregar los balances económicos de nuestra entidad, así como a brindarnos el debido estado de cuenta de la Cuenta de Depósito en Soles N° 101006211001111390, de la Agencia Barranca Caja Municipal Sullana, Tipo de Cuenta Individual; advertimos indicios de manejos irregulares, por parte de nuestros directivos, en tal sentido, a efectos de confirmar la veracidad y objetividad de nuestras sospechas, decidimos acercarnos el día de hoy 16.09.2010, a horas aproximadamente 10:30 a.m., a la Caja Municipal Sullana, entidad en donde mantenemos nuestra cuenta y, siendo los mismos representados de hecho por los asociados Don José Eduardo Nuñez Barrionuevo y Don Luis Ulises Diaz Gonzales, para conversar con el Gerente General de la referida entidad bancaria, a fin de solicitar el estado de cuenta de nuestra asociación, fue el mismo, quien luego de acceder a dicha información, nos refirió que el estado de cuenta reflejaba la suma de S/. 30.00 Nuevos Soles, cuando aproximadamente debía de encontrarse un saldo de S/. 2,165.00 Nuevos Soles, a lo que, atónitos y sorprendidos por tal suceso, debido a que, dicho dinero se debía utilizar para las necesidades primordiales de nuestra asociación, revirtiéndose en nuestros asociados y, no habiendo autorizado ninguno de los socios, desde el mes de Diciembre del 2009, movimiento bancario alguno, menos mediante acta de asamblea en pleno, el que, se pueda disponer, es que, procedimos a comunicar a los demás asociados de los hechos irregulares y, aprovechando que, habíamos sido
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citados, conforme a las múltiples esquelas que previamente para el día de hoy, se nos cursaron a todos los asociados a fin de llevar a cabo una sesión extraordinaria, a horas 4:00 p.m., a fin de tratar la agenda (actividades a realizarse por V aniversario y presentación de documentos a la Municipalidad Provincial de Barranca), es que decidimos emplear dicha sesión formal, para formular nuestro reclamo y el perjuicio de la disposición dineraria indebida de nuestros aportes de asociados, así como cuestionar el porque se había dispuesto del dinero de la asociación, como único recurso propio, sin la autorización formal debida de la asamblea como máximo órgano. 2.- Y estando en la sesión, luego de tocar el primer punto de agenda, y al referirnos como se iba financiar los costos, el Tesorero Don Javier Nivin, indico que el no iba sacar ningún sol de la cuenta de la asociación que se mantiene en la Caja Sullana (hasta por la suma de S/. 2,165.00 Nuevos Soles), sino hasta el mes de Diciembre del año en curso, a lo que, los sucritos en orden sucesivo le increpamos que, habíamos concurrido a dicha entidad bancaria y, que nos habían expuesto que no existía más que la sola cantidad de S/. 30.00 Nuevos Soles, a lo que el referido tesorero en actitud dolosa, con su silencio, confirmo que, se había dispuesto irregularmente de la suma acotada y, peor aun, sin autorización de la asamblea, en consecuencia, dicho dinero depositado, se habría aprovechado en beneficio del directivo en mención, por autorización ilegal del Presidente, Don Miguel Ángel Cerna Palomino, quien afirmo verbalmente a nuestro Compañero Don José Eduardo Nuñez Barrionuevo, que el había retirado el dinero (S/. 2,165.00 Nuevos Soles), conjuntamente con el tesorero en beneficio personal de éste último, es decir, investidos de su calidad de directivos con sus funciones de dar o devolver dicha suma, se habrían en su provecho o de tercero apropiado indebidamente de la suma de dinero de nuestra asociación, sin tener para ello, sustento de actas de asamblea pertinentes. 3.- Ante tal suceso, hemos presionado para que, los malos directivos, suspendan la sesión y, otorgándole un plazo para el día 17.09.2010, a horas 4:00 p.m., como para continuar con la misma y, se produzca la entrega en dicho acto, del dinero en efectivo, íntegramente, bajo apercibimiento de denunciar por ante el Ministerio Público y el Poder Judicial, sus responsabilidad administrativa, civil y penal, sin perjuicio de lograr su separación definitiva de nuestra asociación aplicándoseles el reglamento y nuestros
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estatutos, en virtud que habrían actuado en forma contraria a nuestras normas internas, aprovechándose de forma ilegal de nuestro dinero o aportes, en perjuicio económico de la asociación. 4.- Por último, dejamos constancia policial de los hechos irregulares en nuestro agravio, así como de la presunta pérdida de los libros de actas y demás , que los directivos denunciados han afirmado, a expensas y, como consecuencia de querer ocultar objetivamente su accionar, a efectos de dilatar y evitar dejar constancia inmediata del hecho de la no devolución del dinero retirado indebidamente de la Caja, a tal efecto, de no devolverse el dinero tal como ha quedado pactada para el día de mañana, por parte de los directivos involucrados, los miembros suscritos, procederemos a partir de la presente, a denunciar lo indebido, producto del irregular accionar anteriormente descrito. POR TANTO.Al Comisario, sírvase proveer y registrar la presente denuncia en el libro correspondiente, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, conforme a ley. AL PRIMER OTROSI DECIMOS: Que, dejamos constancia que, el Técnico P.N.P. Idrugo, siendo la hora 6:30 p.m., del día 16.09.2010, al concurrir los sucritos para asentar la denuncia debida, éste efectivo se negó, atentando contra nuestros derechos constitucionales, a actuar conforme a sus funciones, en el sentido, de proceder a no anotar y/o registrar la presente denuncia, denotando con ello, una evidente conducta omisiva de sus funciones, sin perjuicio de advertir con sus dichos una usurpación de funciones, ya que, nos requirió como requisito para anotar la denuncia que le solicitábamos asentar, todos los medios de prueba de nuestra denuncia, sino no procedía, fungiendo con este accionar, como si fuera el titular de la acción penal, a sabiendas que, esa actitud es por demás irregular, lo que peticionamos accesoriamente, al Señor Comisario, aperturar proceso disciplinario correspondiente, por lo que la conducta que se denuncia de su efectivo a cargo, se deberá TENER EN CUENTA LA NEGATIVA U OMISIÓN INJUSTIFICADA DE APOYO POLICIAL REQUERIDO OPORTUNAMENTE, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional.
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AL SEGUNDO OTROSI DECIMOS: Por ser de vital importancia, señalamos como DOMICILIO LEGAL CONJUNTO DE LOS SUSCRITOS, SITO LA CALLE LOS CLAVELES MZ. C, LOTE 3 - URBANIZACIÓN “EL CARMEN” Nº 330 - 332 DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA. Aprovechamos la oportunidad para reiterar las muestras de nuestra especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente; .......................................................................... ..……………………..…………………… JOSÉ EDUARDO NUÑEZ BARRIONUEVO LUIS ULISES DIAZ GONZALES D.N.I. Nº 40756054 D.N.I. Nº 40722315 ASOCIADO ASOCIADO ....................................................................... VICTOR JOSÉ MANCHEGO CURI OSORIO D.N.I. Nº 29697303 TESTIGO DE LOS HECHOS HECHOS
……………………………………………. VICTOR MANUEL REYES D.N.I. Nº 15859546 TESTIGO DE LOS
ANEXOS: 01.A.- Adjuntamos dos copias de D.N.I. y de una Licencia de Conducir. C.C. Departamento de Constataciones Policiales
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``AÑO DE LA LUCHA NACIONAL CONTRA LA CRISIS EXTERNA´´ Barranca, Octubre 02 del 2,009 SOLICITO: CONSTATACIÓN
POLICIAL DE
PARTE SEÑOR: COMANDANTE DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ COMISARIA DE BARRANCA Presente.De nuestra mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a formular peticiones en forma individual, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2º inciso 20), primer párrafo de la C.P.P. y, en defensa de nuestros derechos constitucionalmente reconocidos
e
AGRAVIADOS,
intereses,
PROCEDEMOS
EN
NUESTRA
CALIDAD
DE
A EXPRESAR LO SIGUIENTE: 1.- MOTIVO DE LA SOLICITUD: El efectuar
constatación de parte, en el domicilio real de Don ALBERTO PRINCIPE ROJAS y Doña BRIGIDA VICTORIA PEÑA ESPINOZA, quien viene residiendo en el inmueble de su propiedad, sito en la Calle Manco Cápac Nº 251 – Distrito Barranca - Provincia del mismo nombre, a efectos de verificar que a causa de la conducta de nuestros vecinos colindantes Don JULIO
PALA
ROQUE
(PROPIETARIO - POSEEDOR MEDIATO) y Doña MAGDALENA PALA REYES (GUARDIANA – POSEEDORA INMEDIATA), con dirección domiciliaria en la
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Calle Manco
Cápac Nº 257 – Distrito Barranca - Provincia de Barranca,
VIENEN OCASIONANDO
CON SU CONDUCTA DE HABER COLOCADO, a inicios
del presente año, calaminas sobre su techo, en forma de capilla o techo a dos aguas, contando con un indebido
vacío o desliz hacia mi pasadizo y tragaluz (usurpación de
los aires y vuelos de mi propiedad) que, vierte u orienta directamente las lluvias a modo de drenaje, al interior
de mi vivienda, pese a que, obligadamente dicho vació debería
contar normalmente
con una terminación, a modo de canaletas, a efectos de no
perjudicar o dañar mi inmueble colindante y, no como hasta la fecha se nos viene ocasionando, en nuestra condición de colindantes propietarios; esto, con el sano objeto que, la referidas terminaciones hagan desembocar las repentinas lluvias, en esta temporada de
invierno, al exterior de la calle. 2.- En consecuencia, producto del irregular
accionar anteriormente descrito, actualmente, se viene produciendo y, en forma constante, una serie de daños materiales a mi propiedad (sobre: mi pared y zócalo que producto del fango que ocasionan el drenaje de lluvias, han empezado a honguearse, pudiendo con el tiempo desplomarse, a raíz de la corrosión del agua sobre el suelo, así como principalmente, se viene destruyendo, el piso de tierra que compone a mi pasadizo y tragaluz, el cual, se encuentra inundado constantemente, entre otros perjuicios, etc.), producto de los charcos de agua generados por el mal desemboque de lluvias que originan las caídas de sus calaminas al interior de mi vivienda y, por si fuera poco ello, habiéndoles en reiteradas oportunidades, dado a conocer sobre dichos impasses dañosos de manera verbal y, por escrito, vía conducto notarial, puesto que, incluso, las terminaciones de sus calaminas, vienen sobrepasando indebidamente los aires y vuelos de mi propiedad, mis colindantes, pese a esto, no se han inmutado en lo absoluto, en cuanto a querer solucionar pacíficamente la situación antes descrita. En tal sentido, al amparo que, mi derecho de petición se encuentra enmarcado dentro de los límites del pleno ejercicio regular, SOLICITO DE PARTE, EL APOYO DE UN EFECTIVO POLICIAL, A FIN DE PODER EVIDENCIAR FORMALMENTE LO ANTES INDICADO Y; ESPERANDO CON CARÁCTER DE URGENCIA, LA OPORTUNA EXPEDICIÓN POR ESCRITO DE LA CONSTATACIÓN POLICIAL REQUERIDA. 3.- Por último, dando cumplimiento a las directivas y normas vigentes del Ministerio del Interior, señalo que he cumplido con el requisito
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administrativo esencial de adjuntar el respectivo arancel o Vouchers por concepto de Especie Valorada para Constatación Policial Nº 2006926 - F - 2, expedido por el Banco de la Nación de la ciudad de Barranca, de fecha 02/10/09, (pago administrativo), por la suma pertinente en nuevos soles. Aprovecho la oportunidad, para señalar mi DOMICILIO LEGAL SITO EL JIRÓN ZAVALA Nº 330 - 332 (2DA. CUADRA) – DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA; en tal sentido, reitero las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente; ........................................................ ALBERTO PRINCIPE ROJAS ESPINOZA D.N.I. Nº 15630315 PROPIETARIO
..………………………………………………… BRIGIDA VICTORIA PEÑA D.N.I. Nº 15620456 PROPIETARIA
ANEXOS: 01.A.- Adjunto Original del Vouchers. 01.B.- Adjunto Copias de nuestros D.N.I. 01.C.- Adjunto Copias de Tomas Fotográficas sobre los daños ocasionados, luego de una llovizna.
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C.C. Departamento de Constataciones Policiales
``AÑO DE LA LUCHA NACIONAL CONTRA LA CRISIS EXTERNA´´ Barranca, Mayo 19 del 2,009 SOLICITO: CONSTATACIÓN
POLICIAL DE
PARTE SEÑOR: COMANDANTE DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ COMISARIA DE BARRANCA Presente.De mi mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a formular peticiones en forma individual, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2º inciso 20), primer párrafo de la C.P.P. y, en defensa de mis derechos constitucionalmente reconocidos e intereses, PROCEDO EN CALIDAD DE INTERESADO, A EXPRESAR LO SIGUIENTE: 1.- MOTIVO DE LA SOLICITUD: El poder constatar de parte, el domicilio real de Don PASCUAL PEREZ DÍAZ, quien viene residiendo en el inmueble de su propiedad, sito en la Urbanización San Ildelfonso, Mz. “H”, Lote Nº 10 - Distrito de Barranca - Provincia del mismo nombre . De igual forma, de ser posible se deberá constatar sus ingresos mensuales.
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2.- En tal sentido, al amparo que, mi derecho de petición se encuentra enmarcado dentro de los límites del pleno ejercicio regular, SOLICITO DE PARTE, EL APOYO DE UN EFECTIVO POLICIAL, A FIN DE PODER EVIDENCIAR FORMALMENTE LO ANTES INDICADO Y; ESPERANDO CON CARÁCTER DE URGENCIA, LA OPORTUNA EXPEDICIÓN POR ESCRITO DE LA CONSTATACIÓN POLICIAL REQUERIDA. 3.- Por último, dando cumplimiento a las directivas y normas vigentes del Ministerio del Interior, señalo que he cumplido con el requisito administrativo esencial de adjuntar el respectivo arancel o Vouchers por concepto de Especie Valorada para Constatación Policial Nº …………………………….., de fecha ……/ ……/…….., (pago administrativo), por la suma pertinente en nuevos soles. Aprovecho la oportunidad, para señalar mi DOMICILIO LEGAL SITO EL JIRÓN ZAVALA Nº 330 - 332 (2DA. CUADRA) – DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA; en tal sentido, reitero las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente; ………................................................... EUSEBIO ZUÑIGA GAMARRA D.N.I. N° 15673497 SOLICITANTE
ANEXO: 1.- Adjunto copia de mi D.N.I.
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C.C. Departamento de Constataciones Policiales
``AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CRISIS EXTERNA´´ Barranca, Abril 07 del 2,009
SOLICITO: CONSTATACIÓN POLICIAL SEÑOR: COMANDANTE DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ COMISARIA DE BARRANCA Presente.De mi mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 2º inc. 20), primer párrafo de la C.P.P. y, en defensa de mis derechos constitucionalmente reconocidos e intereses, PROCEDO EN EN CALIDAD DE INTERESADO, A EXPRESAR LO SIGUIENTE: 1.- MOTIVO DE LA SOLICITUD: Que, a efectos
de poder constatar que Doña VELIA MELISSA MANCHEGO FONSECA, viene
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desempeñándose en la actividad independiente de confecciones de ropa y remallado, dentro del inmueble de propiedad de sus padres, sito en la Mz. “C”, Lote Nº 12, AA. HH. PRIMAVERA – BARRANCA, del Distrito y Provincia del mismo nombre; en ese sentido, se deberá constar de ser posible sus ingresos y, demás pertinentes. 2.- Por último, requiero el apoyo de un efectivo policial, a fin de poder evidenciar formalmente lo antes indicado y, esperando CON CARÁCTER DE URGENCIA, LA OPORTUNA EXPEDICIÓN POR ESCRITO DE LA CONSTATACIÓN POLICIAL REQUERIDA; al amparo que, mi derecho de petición se encuentra enmarcado dentro de los límites del pleno ejercicio regular. A tal efecto, en cumplimiento de las directivas y normas vigentes del Ministerio del Interior, señalo que hemos cumplido con el requisito esencial, razón por la que, mantengo en mi poder el Vouchers por concepto de Especie Valorada para Constatación Policial Nº 6615996 – Z – 1, de fecha 03.04.09, (pago administrativo), por la suma de S/. 3.55 Nuevos Soles. Aprovecho la oportunidad, para señalar mi DOMICILIO LEGAL SITO EL JIRÓN ZAVALA Nº 330 - 332 (2DA CUADRA)
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DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA; en tal sentido, reitero las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente;
………................................................... JESÚS OMAR BORJA BAZAN D.N.I. N° 15629248 SOLICITANTE
ANEXO:
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1.- Adjunto copia de mi D.N.I.
C.C. Departamento de Constataciones Policiales
``AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA´´ Barranca, Setiembre 07 del 2,006 SOLICITO: COPIAS SIMPLES DE MANIFESTACIÓN Y DEMÁS ACTUADOS. SEÑOR: CMDTE. P.N.P. ANDRÉS MENDOZA LORA COMISARIA DE BARRANCA Presente.De mi mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legitimidad para recurrir ante vuestro Despacho en mi calidad de ABOGADO - DEFENSOR DEL DETENIDO WALTER RAÚL SIPAN AGUILAR (46), identificado con D.N.I. Nº 25535000, Alias ``Chava´´ y, atendiendo a sus más elementales derechos como a la Legitima Defensa en todas las instancias, a su derecho de petición y, libertad de obtener información dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 2º inc. 4), 20), primer párrafo, 23) de la Constitución Política del Perú, expreso lo siguiente: 1.- En mérito al proceso de investigación que se le viene prosiguiendo a mi defendido por PRESUNTO DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA (TID), EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO y, teniendo en cuenta que ha rendido manifestación;
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tengo a bien SOLICITAR COPIAS SIMPLES DE LA MANIFESTACIÓN POLICIAL DE MI PATROCINADO Y DEMÁS ACTUADOS (ACTAS DE RECOJO O HALLAZGO, DE INCAUTACIÓN,
REGISTRO
DOMICILIARIO,
PERSONAL
ENTRE
OTROS
DOCUMENTOS), CONFORME AL ART. 84º INC. 6), 7), 8) Y 9) DEL C.P.P., A FIN DE INFORMARSE DEL PROCESO DE INVESTIGACIÓNEN LA QUE SE ENCUENTRA IMPLICADO. 2.- Esperando la sea oportuna la entrega que en forma personal se debe autorizar, aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de mi especial consideración y estima personal. Atentamente; …..….………….............................. WALTER RAÚL SIPAN AGUILAR D.N.I. Nº 25535000
``AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA´´ Barranca, Setiembre 07 del 2,006 SOLICITO:
COPIAS
SIMPLES
DE
MANIFESTACIONES. SEÑOR: CMDTE. P.N.P. ANDRÉS MENDOZA LORA COMISARIA DE BARRANCA Presente.De mi mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legitimidad para recurrir ante vuestro Despacho y, atendiendo a mis derechos de petición y, libertad de obtener información dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 2º inc. 4), 20) primer párrafo de la Constitución Política del Perú, expreso lo siguiente: 1.- En mérito a mi Queja por Abuso de Autoridad y Omisión de Función, solicitud de fecha 16.08.06 y, teniendo en cuenta que, han brindado por ante la Secretaría de la Jefatura, su manifestación policial al respecto, las personas de
DANNY
JESÚS ORTEGA DURAN y, Don HUMBERTO AQUILES ORTEGA DURAN; tengo a bien SOLICITAR COPIAS SIMPLES DE LAS MANIFESTACIONES POLICIALES EN
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MENCIÓN, CONFORME AL ART. 84º INC. 6), 7), 8) Y 9) DEL C.P.P., A FIN
DE
INFORMARSE DEL PROCESO DE INVESTIGACIÓN EN LA QUE FORMA PARTE . 2.- Esperando la sea oportuna la entrega que en forma personal se debe autorizar, aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente;
``AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA´´ Barranca, Agosto 25 del 2,006
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SOLICITO: CONSTATACIÓN POLICIAL SEÑOR: CMDTE. P.N.P. ANDRÉS MENDOZA LORA COMISARIA DE BARRANCA Presente.De mi mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 2º inc. 20), primer párrafo de la C.P.P. y, en defensa de mis derechos constitucionalmente reconocidos e intereses, PROCEDO EN EN CALIDAD DE INTERESADO, A EXPRESAR LO SIGUIENTE: 1.- MOTIVO DE LA SOLICITUD: Que, a efectos de poder constatar que el recurrente viene ejerciendo de forma inmediata, su derecho de propiedad, sobre el Sub - Lote de Terreno Nº 11 – B (sub – dividido con fines de vivienda), ubicado en el AA. HH. PRIMAVERA – BARRANCA, del Distrito y Provincia de Barranca, en su calidad de adjudicatario, máxime si ello, se encuentra respaldado por la certificación notarial de fecha 16.02.05; en ese sentido, se deberá constar las colindancias, las características y el material que compone el lote de terreno de 120.90 m2. En ese orden de ideas, requerimos el apoyo de un efectivo policial, a fin de poder evidenciar formalmente lo antes indicado. 2.- Por último, esperando CON CARÁCTER DE URGENCIA, LA OPORTUNA EXPEDICIÓN POR ESCRITO DE LA CONSTATACIÓN POLICIAL REQUERIDA, en esa perspectiva, manifiesto que, mi derecho de petición se encuentra enmarcado dentro de los límites del pleno ejercicio regular de mi derecho. A tal efecto, en cumplimiento de las directivas y normas vigentes del Ministerio del Interior, señalo que hemos cumplido con el requisito esencial, razón por la que, mantengo en mi poder el Vouchers por concepto de Especie Valorada para Constatación Policial Nº 2631015 – E – 1, (pago administrativo), por la suma de S/. 3.00 Nuevos Soles. Aprovecho la oportunidad, para señalar mi DOMICILIO LEGAL SITO CALLE ARICA Nº 365 (2DA CUADRA) – DISTRITO Y
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PROVINCIA DE BARRANCA; en tal sentido, reitero las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente;
………................................................... MIGUEL ANGEL MILLA SAMILLÁN D.N.I. N° 80328544 SOLICITANTE
ANEXO:
1.- Adjunto copias de mi D.N.I.
C.C. Departamento de Constataciones Policiales
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``AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA´´ Barranca, Agosto 10 del 2,006
SOLICITO: CONSTATACIONES POLICIALES SEÑOR: CMDTE. P.N.P. ANDRÉS MENDOZA LORA COMISARIA DE BARRANCA Presente.De nuestra mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 2º inc. 20), primer párrafo de la C.P.P. y, en defensa de mis derechos constitucionalmente reconocidos e intereses, PROCEDO EN EN CALIDAD DE INTERESADO, A EXPRESAR LO SIGUIENTE: 1.- MOTIVO DE LA SOLICITUD: Que, a efectos de poder constatar que venimos domiciliando habitualmente en la Calle Alfonso Ugarte Nº 491, 493 y 495, segunda piso, (Antes Prolongación Alfonso Ugarte S/Nº, Frente a la Urbanización El Olivar), ello con la finalidad de que se nos pueda otorgar nuestro correspondiente certificado domiciliario; asimismo, para que pueda verificar que venimos arrendando el primer piso de mi propiedad, conformada por tres locales comerciales, ubicados en la Calle Alfonso Ugarte Nº 491, 493 y 495 (Antes Prolongación Alfonso Ugarte S/Nº, Frente a la Urbanización El Olivar), de esta ciudad de Barranca, Distrito y Provincia del mismo nombre, Región Lima y Provincias, conforme obra con cada uno de los Códigos de Medidores de energía eléctrica, así como también constar los nombres de las personas que
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se encuentran actualmente en calidad de arrendatarios. En ese orden de ideas, requerimos el apoyo de un efectivo policial, a fin de poder evidenciar formalmente lo antes indicado. 2.- Por último, esperando CON CARÁCTER DE URGENCIA, LA OPORTUNA EXPEDICIÓN POR ESCRITO DE LA CONSTATACIÓN POLICIAL REQUERIDA, en esa perspectiva, manifestamos que, nuestro derecho de petición se encuentra enmarcado dentro de los límites del pleno ejercicio regular de mi derecho. A tal efecto, en cumplimiento de las directivas y normas vigentes del Ministerio del Interior, señalo que hemos cumplido con el requisito esencial, razón por la que, mantenemos en nuestro poder los tres Vouchers por concepto de Especie Valorada para Constatación Policial (pagos administrativos), cada uno por la suma de S/. 3.00 Nuevos Soles. Aprovecho la oportunidad, para señalar mi DOMICILIO LEGAL SITO JR. CASTILLA Nº 341 (3ER PISO) – DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA; en tal sentido, reitero las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente; ................................................. .. PROSPERO SALAS PRINCIPE D.N.I. N° 15851365 EL ARRENDADOR …………………………………………………………………. EUSTAQUIA FUENTES MELGAREJO DE SALAS D.N.I. N° 15851395 LA ARRENDADORA
ANEXOS:
1.- Adjuntamos copias de nuestros D.N.I.
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C.C. Departamento de Constataciones Policiales
``AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA´´ Barranca, Marzo 20 del 2,006
SOLICITO: CONSTATACIONES POLICIALES SEÑOR: CMDTE. P.N.P. ANDRÉS MENDOZA LORA COMISARIA DE BARRANCA Presente.De nuestra mayor consideración; Por medio de la presente, teniendo legítimo Derecho a formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 2º inc. 20), primer párrafo de la C.P.P. y, en defensa de mis derechos constitucionalmente reconocidos e intereses, PROCEDO EN EN CALIDAD DE INTERESADO, A EXPRESAR LO SIGUIENTE:
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1.- MOTIVO DE LA SOLICITUD: Que, a efectos de poder constatar la solvencia económica de Doña LILI JANETH RAMOS DIAZ, requerimos que con el apoyo de un efectivo policial, se pueda evidenciar formalmente que su actual domicilio real sito en la Urbanización Cesar Augusto Mz. ``C´´ , Lote Nº 91 – Distrito y Provincia de Barranca, viene siendo arrendado a terceras personas (determinar los datos de los inquilinos), razón por la que, en contraprestación percibe una renta mensual (obtener con precisión el monto mensual). 2.- En ese orden de ideas y, a mayor abundamiento, de la verificación de su capacidad económica, se deberá efectuar una constatación policial en las inmediaciones del Comité Empresa de Transportes Supe – Barranca `` María Magdalena ´´, sito la Av. Francisco Vidal Nº 123 – Supe Pueblo – Provincia de Barranca, a fin de evidenciar a cuanto asciende por día, el monto por el alquiler de su vehiculo Combi de PLACA RODAJE: R.E. 7434; CLASE: CTA. RURAL; MARCA: TOYOTA; COLOR: BLANCO – ROSADO; MODELO: HIACE; AÑO: 1,993; Nº SERIE LH 123 – 0014747; Nº DE MOTOR: 3L – 3324416; TIPO CARROCERÍA METROPOLITANO. Asimismo, para evidenciar los datos del tercero a quien le mantiene alquilado. 3.- Por último, esperando CON CARÁCTER DE URGENCIA, LA OPORTUNA EXPEDICIÓN POR ESCRITO DE LA CONSTATACIÓN POLICIAL REQUERIDA, en esa perspectiva, manifiesto que, mi derecho de petición se encuentra enmarcado dentro de los límites del pleno ejercicio regular de mi derecho. A tal efecto, en cumplimiento de las directivas y normas vigentes del Ministerio del Interior, señalo que he cumplido con el requisito esencial, razón por la que, mantengo en mi poder los dos Vouchers por concepto de Especie Valorada para Constatación Policial (pagos administrativos), cada uno por la suma de S/. 3.00 Nuevos Soles. Aprovecho la oportunidad, para señalar mi DOMICILIO LEGAL SITO LA CALLE ARICA Nº 365 – DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA; en tal sentido, reitero las muestras de mi especial consideración y estima personal. Sin otro particular; Atentamente;
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…………......…... …………………………………… JESÚS LUIS RAMIREZ BARRETO D.N.I. Nº 15846550 EL INTERESADO
ANEXO:
1.- Adjunto copia de mi D.N.I.
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