ISIDORO RUIZ MORENO Profesor de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales Miembro de la Academia Nacional de Derecho
HISTORIA DE LAS RELACIONES EXTERIORES ARGENTINAS (1810 - 1955)
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a EDITORIAL PERROT flALl 1961
BUENOS AIRES
HISTORIA DE LAS RELACIONES EXTERIORES ARGENTINAS
ISIDORO RUIZ MORENO Profesor de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales Miembro de la Academia Nacional de Derecho
HISTORIA DE LAS RELACIONES EXTERIORES ARGENTINAS (1810 - 1955)
EDITORIAL PEBEOT BUENOS AIRES
AD VER T BN CI A Este libro es la historia de la diplomacia argentina; de la acción de nuestros gobernantes; de sus aciertos; de sus errores. Son los hechos más notorios en que actuaron quienes dieron lo mejor de sus afanes. Es síntesis de actos memorables, de gestiones laboriosas frente a empeños exteriores; y de trabajos extraordinarios en defensa del acervo de la Patria. Lo dedico a la memoria de mi padre, Isidoro JRuiz Moreno, que buena parte tuvo en ella.
I M P R E S O EN LA A R G E N T I N A en los Talleres Gráficos de A. Baiocco y Cía. S.R..L. el 15 de Julio de 1961. - I n s c r i p t o en el Registro Nacional de la Propiedad Intelectual (Ley 11.723)
© EDITORIAL PEBEOT, BUENOS AIKES, 1961
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CAPÍTULO I LA POLÍTICA EXTERIOR ARGENTINA El principio de autodeterminación — El "Llit possidetis Juris de 1810 — Formación del territorio de la República Argentina. El Virreynato del Rio de ela Plata — El pacifismo como norma de conducta de la política exterior de la República Argentina — La solidaridad — Resultados.
Un maestro inolvidable dijo que la República Argentina, altiva ante los fuertes y considerada con los débiles, ha trabajado invariablemente por la paz de la humanidad, evidenciando, al propio tiempo que la nobleza y altura de su política exterior, la liberalidad de sus instituciones y su acción americanista franca y sin dobleces. Esa política, esa acción, ese pensamiento, estampados perdurablemente en documentos, constituyen uno de los acervos morales de que con mayor razón puede y debe enorgullecerse nuestro pueblo; ellos han contribuido, desde los primeros días de la emancipación política del país, a que se cumpla el alto ideal de^ hacer de su territorio una segunda patria para todos los hombres del mundo que quieran habitarlo 2. En las relaciones internacionales de la República Argentina han intervenido tres clases de factores o elementos: el territorial, el jurídico y el político; han estado ausentes el económico y el estratégico. Sus fronteras internacionales no son el resultado de ideas geopolíticas, ni ha intervenido en ellos el principio de la nacionalidad. Sin embargo, tiene importancia su estudio, porque según la acertada opinión de 1 Ruiz MORENO ISIDORO, La política exterior de la República Argentina, p. 10.
La Pradelle, "la frontera es una manifestación de la actividad humana como una creación de la vida colectiva. La frontera ha dejado de ser un hecho geográfico puro y viene a ser, en la ciencia geográfica, un hecho político adaptado. No hay otras fronteras que las fronteras políticas" 1. El territorio de la República Argentina es continuo en su mayor parte, pero tiene una porción discontinua. La primera está formada por las provincias y la plataforma submarina que se extiende bajo el océano Atlántico 2. La parte discontinua está formada por el territorio de Tierra del Fuego y su dominio insular que comprende, entre otras, las islas Malvinas, las Oreadas, la de los Estados, Georgia del. Sud, Shetland del Sur, Sandwich y algunas islas del canal de Beagle, También comprende el territorio de la Antártida Argentina que se extiende en la zona comprendida entre los meridianos 25° y 74°, al sur del aparalelo 60. El territorio de la República Argentina se extiende hasta el "thalweg" en los ríos Pilcomayo, Paraguay, Paraná y Uruguay en la parte que separa del ¡Brasil. Ese límite permanece indeterminado en el Río de la Plata y en el río Uruguay con respecto a la República Oriental del Uruguay. Asimismo está indeterminado en el canal de Beagle. . El territorio argentino debe ser considerado también en la extensión que autoriza el Derecho Internacional Público en' la zona adyacente a sus costas y que se denomina mar territorial3, y que por el art. 2340, inc. 1» del Código Civil, se extiende hasta la distancia de una legua marina que equivale a tres millas. En los comienzos de nuestras relaciones' internacionales han intervenido dos principios fundamentales: el de autodeterminación de los pueblos y el del "utis possidetis juris" de 1810. LA PRADELLE, La frontiere, p. 65. Art. 2 de la Convención de Ginebra sobre mar territorial, 1958. El art. 2 ( de la Convención sobre plataforma continental otorga al Estado ribereño "derechos de soberanía" a los efectos de su exploración y explotación de sus recursos naturales. 3 Convención de Ginebra, Art. 1.
El principio dé autodeterminación. Este principio, fundado en el derecho de los pueblos a resolver sobre sus destinos, fue la regla de conducta del gobierno argentino hacia sus vecinos en los primeros tiempos de la emancipación. Así lo reconoció el bando de la Junta del Paraguay de 14 de septiembre de 1811, que dijo, refiriéndose a la de Buenos Aires: "Después de aplaudir nuestra generosa resolución en el recobro y restauración de nuestra libertad, se contrae a sincerar su «procedimiento en sus expediciones militares dirigidas únicamente a hacer conocer a los pueblos sus más preciosos derechos, a suministrarles fuerzas proporcionadas para reunirse y para hacer respetar la voluntad de ellos contra los impotentes conatos de la tiranía y de las pérfidas intenciones de los antiguos mandatarios, que pretendían esclavizarlos para perpetuarse en el goce de una autoridad indebida, que naturalmente había caducado por precisas consecuencias de la -extinción del poder supremo. Nos protesta igualmente que nada ha distado de las intenciones de aquella ciudad y de su provisional, como la ambición de dominar a los demás pueblos; y que sus vocales, asociados con los diputados de los pueblos unidos solamente, han extendido a ella su jurisdicción así como los mismos diputados mandan y gobiernan también el pueblo de Buenos Aires en consorcio de aquéllos". "Ya habéis visto que el pueblo de Buenos Aires no quiere subyugar o dominar al del Paraguay ni ingerirse en su gobierno, régimen o administración política, sino solamente vivir con nosotros en una verdadera fraternidad de sentimientos para nuestra defensa común y felicidad general, que es lo mismo que había decretado nuestra provincia".
El mismo principio se repite en las instrucciones reservadas que se dan al Capitán General del Ejército de los Andes, Don José de San Martín, en las operaciones de la campaña destinada a la reconquista de Chile. Como punto primero se le señala el siguiente:
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"La consolidación de la independenia de la América de los reyes de España, sus sucesores y metrópoli, y la gloria a que aspiran en esta grande empresa las Provincias Unidas del Sud, son los únicos móviles a que debe atribuirse el impulso de la campaña".
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Las instrucciones continúan: "Nombrará el General igualmente con la misma calidad de provisorio, un presidente que reúna en sí la dirección •ejecutiva de las cuatro causas e invitará al Ayuntamiento para que sin perder momentos proceda a dictar las disposiciones que gradúe necesarias para el restablecimiento del gobierno supremo del pais en los términos más adecuados al sentir común de los habitantes, sin que en esta parte tenga el Genera] ni el ejército intervención pública que la de conservar el orden y evitar de un modo prudente el que la elección sea obra de la intriga de un partido contra la voluntad general y seguridad del ejército. La administración de justicia en asuntos particulares y el gobierno económico y político de los habitantes que fuese entrando bajo la protección del ejército se ejercerán exclusivamente por los jueces o magistrados territoriales con las apelaciones que a las partes le sean permitidas a los tribunales superiores del Estado para cuando tenga expedita sus funciones".
En la proclama que dirigiera San Martín a los habitantes del Perú desde su cuartel general de Santiago de Chile, en noviembre de 13 de 1818, decía: "La fuerza de las cosas ha preparado este gran día de vuestra emancipación política, y yo no puedo ser sino un instrumento accidental de la justicia y un agente del destino. Sensible a los horrores con que la guerra aflige a la humanidad, siempre he procurado llenar mis fines del modo más conciliable con los intereses y mayor bien de los peruanos. Después de una batalla completa en el campo de Maipo, sin escuchar el sentimiento de la más justa venganza por una bárbara agresión, ni el derecho de la indemnización por los graves males causados a Chile, di una completa prueba de mis sentimientos pacíficos. Escribí a vuestro Virrey con fecha 11 de abril de este año, "que sintiese la situación difícil en que estaba colocado, se penetrase de la extensión a que podrían dilatarse los recursos de dos Estados íntimamente unidos, y la preponderancia de sus ejércitos; y en una palabra la desigualdad de la lucha que le amenazaba. Yo lo hice responsable, ante todos los habitantes de ese territorio, de los efectos de la guerra; y para evitarlos, le propuse que se convocase al ilustre vecindario de Lima representándole los sinceros deseos del Gobierno de Chile y de las Provincias Unidas: que se oyese la exposición de sus quejas y derechos, y que se permitiese a los pueblos adoptar libremente la forma de gobierno que creyeren conveniente, cuya deliberación espontánea sería la ley suprema de sus operaciones".
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El Congreso General Constituyente, por ley de 1825, resolvió dejar librado a la libre voluntad de los habitantes de las provincias de Chuquisaca, Cochabamba, La Paz y Potosí determinar su incorporación a Bolivia o a las Provincias del Río de la Plata 1 . Pero si ésta fue la política que siguió en las épocas de la emancipación, la conducta del Gobierno argentino cambió una vez que estuvieron constituidos los estados americanos. Fue así como el I 9 de abril de 1876, en las instrucciones del ministro Irigoyen sobre la cuestión de límites con el Paraguay, se estableció como punto de vista argentino el de "que los Estados que forman parte de un cuerpo político no tienen derecho de segregarse sin el asentimiento de éste". Hoy el derecho internacional moderno confirma esta posición. El derecho de autodeterminación sólo puede aceptarse en la etapa de formación de la nacionalidad, o sea cuando el el Estado aparece en la comunidad internacional. Después se transforma en una secesión que atenta contra la integridad de la Nación. De ahí que cualquier movimiento o declaración que entregue la decisión de sus destinos a una comunidad de hombres sólo puede tener validez si existe el consentimiento del Estado cuyo territorio integra. No sería posible reconocer un cambio en el status político de un territorio cuando debido a una larga ocupación contraria a títulos legítimos, o por la fuerza, no existe realmente libre determinación dado que los movimientos pasionales de un minoría no pueden llegar a distraer el patrimonio sagrado de la Nación. Esto importaría, ha dicho Scelle, admitir que el derecho se destruye a sí mismo 3. 1 Sin embargo, los delegados Alvear y Díaz Vélez que fueron enviados ante Bolívar para reclamar la devolución de Tarija, en nota de 25 de octubre del mismo año le decían "que es anárquico el principio de que un territorio, pueblo o provincia tengan el derecho de separarse, por su propia y exclusiva voluntad, de la asociación política a que pertenece, para agregarse a otra sin el consentimiento de la Primera". ("La gestión diplomática del general Alvear en el Alto Perú", p. XVI). 2 SCELLE GEORGE, Dtoit International Public, p. 119.
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La constitución del territorio argentino tiene su origen, en parte, en las luchas entre España y Portugal y en los actos internacionales que trataron de solucionarlos. Esos actos fueron la bula de Alejandro VI de H93 y los tratados de Tordeci-
lias de 1494, de Utrech de 1715, de Madrid de 1750 y de San Ildefonso de 1774. Como expresa el doctor Vicente G. Quesada, dos grandes objetivos se tuvieron en vista por Carlos III para dividir el extenso virreinato del Perú y crear el del Río de la Plata: la defensa y vigilancia de las costas marítimas de la Patagonia hasta el cabo de Hornos; y formar un estado suficientemente poderoso para contener la pretensión portuguesa que ambicionaba poseer el territorio de la Banda Oriental. Este virreinato fue organizado por necesidades políticas y en previsión de peligros reales. Los franceses se habían apoderado de las islas Malvinas y su retirada costó al gobierno español largas negociaciones. Los ingleses, a su vez, se habían establecido en puerto Egmont. Había que defender esas costas y conservar el dominio amenazado por la penetración portuguesa cuyo avance no podía ser detenido por el virrey de Lima, alejado del teatro de los sucesos, y sin la posibilidad de llegar con tiempo debido a los accidentes geográficos. La cordillera de Los Andes era una barrera entre las poblaciones de una y otra banda e indicaba al monarca español cómo debía demarcar sus posesiones para defenderlas de la agresión extranjera. Así fue como la naturaleza trazó los límites coincidiendo con las necesidades políticas, militares y comerciales de las colonias i. El virreinato del Río de la Plata se creó por la real cédula del I 9 de agosto de 1776 con los territorios de las gobernaciones de Buenos Aires, Paraguay, Tucumán, Potosí, Santa Cruz de la Sierra, Charcas y todos los corregimientos en pueblos y territorios, comprendiéndose los territorios de Mendoza y San Juan del Pico que se separaron de la Capitanía de Chile. No se fijaron límites determinados porque ya estaban señalados a las gobernaciones que se incluían en el distrito del nuevo virreinato a. El 28 de enero de 1782 se crearon ocho intendencias que comprendían las provincias de Buenos Aires, Paraguay,
1 QUESADA VICENTE G., La política del Brasil con las repúblicas del JRlo de la Plata", p. 90.
1 QUESADA VICENTE G., Virreinato del Río de la Plata, p. 9. 2 QUESADA, op cit. p. 45.
Como dijera Quesada: si la integridad de las naciones dependiese únicamente de la voluntad de los habitantes, la geografía política sufriría los cambios de las revoluciones triunfantes; la fuerza sería el único medio para sostener la conservación de los estados, y las sociedades políticas no tendrían el derecho de consolidarse 1. El "Utí possidetis Juris" de 1810 Este es un principio que ha tenido fundamental aplicación en todas las cuestiones de límites de la América española. Según el mismo, la delimitación administrativa colonia] dispuesta por España, vigente en 1810, debía ser la frontera política entre los estados en el momento de la emancipación. La República Argentina invocó el principio del "utis possidetis" como principio de su derecho público externo. Así, en el tratado de límites celebrado entre nuestro país y Chile en 1855, en el artículo 39 se estableció: "Ambas partes contratantes reconocerán como límites de sus respectivos territorios, los que poseían como tales al tiempo de separarse de la dominación española el año de 1810". La República Argentina ha invocado la misma regla en sus cuestiones de límites con Bolivia y Paraguay. No obstante ello, debido a las deficientes informaciones y a los defectuosos mapas coloniales, el principio del "utis possidetis" no impidió que los países americanos tuvieran necesidad de recurrir al arbitraje para solucionar sus cuestiones de límites. Formación del territorio de la República Argentina. El Virreinato del Rio de la Plata
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Santa Cruz de la Sierra, La Paz, Cuyo, Charcas, Potosí y Salta de Tucumán, Los límites del virreinato fueron los siguientes: al norte el río Desaguadero, fronteras con el virreinato del Perú; al oeste, la cordillera de los Andes que lo separaba de la Capitanía General de Chile; -al este, el Océano Atlántico. La demarcación con las posesiones portuguesas estaba fijada por los tratados celebrados entre las dos monarquías. El virreinato así descripto llegó a tener una superficie aproximada de seis millones de kilómetros cuadrados. Producida la emancipación americana a raíz de los sucesos de 1810, el virreinato comenzó a segregarse. La primera segregación fue la del Paraguay, como resultado de los sucesos ocurridos en Asunción, que 'determinaron a los paraguayos a erigirse en estado independiente. Las provincias del Alto Perú, por la ley argentina de 1825, se perdieron definitivamente y pasaron a constituir la República de Bolivia. Vino luego la separación de la Banda Oriental al crearse en 1828 el estado independiente del Uruguay como transacción en la lucha entre la Argentina y el Brasil. Como segregaciones del Virreinato del Río de la Plata, también pueden señalarse los laudos arbitrales que determinaron pérdidas de territorios que correspondían al virreinato. Esos laudos son el del presidente Cleveland, que falló en favor del Brasil la cuestión de las Misiones, y el del presidente Hayes, que resolvió que la Villa Oriental y territorios anexos pertenecían al Paraguay. Como ha dicho Bermejo, la gran nación sucesora del Virreinato del Río de la Plata "está ya mutilada; no es la misma que midió por el norte el paso marcial de Belgrano; no es ya la misma cuyas armas asentó el oriente Alvear y cuyas naves llevara al sur el intrépido Brown; no es ya la misma cuyos lindes trazara al occidente la espada fulgurante de San Martín". "¿Qué ha sido del teatro de tanta gloria?" "Al estallar la revolución de 1810 y durante toda la guerra de la independencia, el Virreinato del Río de la Plata 16
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se extendió desde los confines del Bajo Perú hasta el extremo sur del continente". "Levantado el estandarte de la emancipación, el pueblo argentino no reconoció fronteras que detuviesen su entusiasmo guerrero, porque ellas no existen realmente cuando se trata de llevar a los pueblos, no la usurpación que indigna, sino el sacrificio que emancipa de la servidumbre", "Con Belgrano saca de su letargo tradicional al Paraguay y consagra el derecho americano en las victorias de Salta y Tucumán; emancipa con Rondeau la Banda Oriental del Uruguay; con San Martín reconquista a Chile y el Perú". "Quince años de lucha continuada, de esfuerzos inauditos, realizaron al fin la aspiración del estadista: la América para los americanos. Otras tantas repúblicas levantadas sobre los restos de una dominación de tres siglos vieron brillar por primera vez el sol de la libertad que la bandera argentina llevara estampada en sus girones como emblema de la revolución de Mayo". "La bandera patria flameaba entonces victoriosa desde las riberas del Plata hasta las márgenes del Rimac; desde las regiones heladas de la Patagonia hasta la zona ardiente del Ecuador. Pero, desgraciadamente, si venció siempre por las armas, fue siempre vencida por la diplomacia". "Triunfa en Ayacucho y dicta la ley de 1825 que segrega de su seno las cuatro provincias del Alto Perú. Triunfa en Ituzaingó y consiente en la separación de la Banda Oriental; se cubre de gloria -en Tebicuarí y tolera el aislamiento de la Provincia del Paraguay, cuya independencia reconoce en 1852; triunfa finalmente de esta nación y recoge por trofeos la pérdida de la Villa Occidental". "Unas tras otras hemos visto desgajarse así las ramas del corpulento virreinato. Locura fuera tratar de recogerlas" x. Fue asi como de aquella extensión territorial fijada por el rey de España, hoy sólo queda a la República Argentina, sucesora del Virreinato del Río de la Plata, una superficie de 2.900.000 Km2. Sus fronteras están jalonadas por las manos 1
BERMEJO, ANTONIO, La cuestión chilena, p. VI.
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de los arbitros y no ha adquirido un solo centímetro cuadrado de tierra por la conquista militar. Su única ampliación se ha debido a las nuevas instituciones del derecho internacional que han reconocido a los estados su plataforma submarina y el dominio de las zonas antarticas vecinas y contiguas a su territorio. El pensamiento de los proceres argentinos repudia lo que pudo ser uno de los objetivos de la política de Rosas, esto es, la reconstrucción del Virreinato del Río de la Plata. El general Bartolomé Mitre, en un Artículo publicado en "La Nación" el 28 de abril de 1880, sostuvo que es un sueño la idea de reconstruir el Virreinato como una nación indivisible. Si alguna vez las partes o el todo de lo que formó este distrito volviese a reunirse en un cuerpo único sería por su propia gravitación, como se ha unificado Alemnia e Italia por sus afinidades, pero nunca por combinaciones artificiales ni por la acción violenta que comprometería la propia vida de estas fracciones. Quizá alguna vez los intereses tiendan a consolidarse por la unión, pero no hay que anticiparse a lo que sólo puede ser obra del tiempo y de la mutua atracción 1. Este pensamiento fue reiterado por del Valle y Cañé, quienes en un artículo de "El Nacional" expresaron que no había necesidad de más territorio que los que poseía la Nación; que es vivir en las nubes pensar hoy en la reconstrucción territorial del virreinato, como si fuese un hecho del porvenir fatal e invitable. Nada más exacto que el pensamiento del Dr. Quesada, que expresó: "La prudencia aconsejará ante todo y sobre todo poblar nuestros desiertos, consolidar el orden con la libertad política y civil, antes que pretender anexiones que puedan comprometer el propio crecimiento de la nacionalidad argentina". "Las grandes unificaciones tienen por base la población Citado por QUESADA en Nueva Revista de Buenos Aires, t. 3,
condensada; no se unen los desiertos ni se asimilan estados sin verdaderos intereses materiales y políticos de utilidad que puedan dominar el localismo general antagónico de cada centro o ciudad capital. "Las relaciones internacionales de esta parte de América reposan sobre la inalterabilidad de la geografía política; promover cambios sería quizá suscitar guerras. "La prudencia aconseja ligas aduaneras, tratados de comercio laborales, como si las antiguas fracciones de la vieja unidad colonial se conservasen todavía y dejar luego al desarrollo natural de los sucesos, a las afinidades de raza y de lenguaje, la solución de problemas futuros"2. El pacifismo como norma de conducta de la política exterior de la República Argentina La República Argentina ha decidido todas sus cuestiones por medios pacíficos. En el artículo 39 del Tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación, firmado el 30 de agosto de 1855 con la República de Chile, se especificó: "Ambas Partes Contratantes reconocen como límite de sus respectivos territorios los que poseían como tales al tiempo de separarse de la dominación española el año 1810 y convienen en aplazar: las cuestiones que han podido o puedan suscitarse sobre esta materia para discutirlas después pacífica y amigablemente, sin recurrir jamás a medidas violentas, y en caso de no arribar a un completo arreglo, someter la decisión al arbitraje de una nación amiga". El art. 52 del Tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación firmado entre la Confederación Argentina y Bolivia el 7 de diciembre de 1858, expresa: "Se comprometen las dos Repúblicas contratantes a no recurrir jamás al funesto medio de la guerra; ni a emplear medidas hostiles, en el caso de que se suscite desgraciadamente entre ellas cualquier mo-
p. 406.
1 QUESADA, La política del Brasil con las repúblicas del Río de la Plata, p. 213.
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tivo de queja o desaveniencia que altere sus buenas y fraternales relaciones. Cuando ocurriera un conflicto de esta naturaleza y se hubiere agotado todas las vías pacíficas y conciliatorias, se obligan las dos Partes Contratantes a someter sus diferencias a la decisión arbitral de una tercera potencia. Se obligan igualmente los Gobiernos de las dos Repúblicas a emplear la influencia y ascendiente que les pueda ofrecer su respectiva posición para negociar la adherencia de los demás gobiernos sudamericanos al principio consagrado en este artículo". En el discurso pronunciado en la Segunda Conferencia Panamericana de México de 1901, el delegado argentino dijo lo siguiente: "Por lo que a la República Argentina respecta, esmos autorizados para repetir en su nombre a la Segunda Conferencia Panamericana lo que ella dice a Chile en 1872 y a Colombia en 1880, lo que ha realizado invariablemente en los hechos y sintetizó su política internacional: "Que con tratados o sin ellos, el Gobierno argentino está resuelto a terminar todas las cuestiones internacionales por el arbitraje". "La República Argentina no había esperado la adopción del arbitraje obligatorio estipulado en la Primera Conferencia Panamericana para recurrir a ese medio pacífico de solución, convencida de que, como observaba Washington, el porvenir corresponde a las naciones que, grandes o pequeñas, no se apartan jamás del camino del honor y la justicia". "Todas las múltiples cuestiones de deslinde territorial que, al asumir su propia soberanía, heredara de la comunidad colonial han sido definitvamente resueltas, sin recurrir jamás a la violencia, por transacciones equitativas las más, por el recurso a un juez imparcial las otras". La solidaridad. En una contestación que diera Bernardo de Irigoyen al representante uruguayo le dijo: "el gobierno argentino jamás miró con frialdad las perturbaciones de los estados americanos. No fue indiferente a los peligros que éstos corrieron en su independencia y en su integridad, ni a los deberes que
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impone la buena vecindad; y no ha prescindido en sus relaciones con el gobierno de V.E. de esas reglas permanentes de su política internacional" 1. Una de las reglas invariables de la política internacional argentina ha sido la de no aprovechar las dificultades de los estados vecinos para resolver a su favor las controversias pendientes. En 1846, cuando sucesos internos agitaron la República de Bolivia, el gobierno argentino resolvió postergar la discusión de sus límites hasta que fuera posible tratarlos y solucionarla en circunstancias regulares. Citando ocurrió la guerra del Pacífico entre Chile, Perú y Bolivia, la Argentina decidió no tratar las discusiones sobre cuestiones territoriales hasta tanto la paz reinara en esas regiones, no obstante que el agente enviado por Chile ofreciese solucionarlas de acuerdo a los puntos de vista argentinos -. Resultados Según Mitre, "nosotros cometimos graves errores en " nuestra política internacional con relación al Paraguay. El " primer hecho que salta a los ojos, dice, es que estamos " solos en el mundo sin aliados posibles en nuestras cuestio" nes exteriores, así para la acción conjunta como para pre" venir conflictos por la común influencia. No supimos pro" piciarnos la voluntad del Paraguay, que se inclinaba de " nuestro lado, y lo echamos por exigencias que nosotros " mismos habíamos alentado por antagonismo artificial con " el Brasil, del lado de éste. Nos desligamos del Estado " Orienta], en el hecho de separar nuestra causa de la causa " común del Río de la Plata, dando a nuestra discusión di" plomática un carácter agresivo, estrecho, sin alcance y sin " sentido internacional. Echamos al Brasil del lado de Chile, " que, en odio al Brasil, había condenado nuestra alianza y que él buscaba, cuando nosotros, como el perro de la fá" bula, obedeciendo a sus sugestiones, habíamos arrojado el 1 Memoria R. E., 1876, p. 198. - Memoria R. E., 1884, p. XI.
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' pan por su sombra reflejada en las aguas del Pacífico. De ' aquí las alarmas continuas, de alianza del Brasil, República ' Oriental y Paraguay, con Chile, en nuestro daño... De ' aquí esas evocaciones a una guerra posible con el vecino.. . ' De aquí esos planes sin pies ni cabeza de lanzarnos en ' aventuras guerreras o en alianzas contingentes, o en inter' venciones continentales, para conjurar peligros imaginarios ' o reales, que una mala política internacional ha creado y ' que una política imprevisora podría agravar. . . He aquí la ' justificación más completa de la alianza natural (con el ' Brasil) que hemos venido señalando en la historia y carac' terizando en sus hechos, que a pesar hoy subsistentes, -po1 dría permitirnos asumir un papel respetable en el escenario sudamericano" 1.
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CAPÍTULO II
RELACIONES CON PORTUGAL Y CON BRASIL Primera etapa. Política de Portugal hacia las regiones del Plata. — Las misiones de Moreno y Sarratea. — Reconocimiento de la independencia. — Misión de Valentín 'Gómez. — Guerra con Brasil. Mediación inglesa. — Misión del Dr. Garcia. — Convención Preliminar de Paz entre la República Argentina y el Brasil. — Segunda etapa. Rosas y el Brasil. — La política exterior de la Confederación con el Brasil. — Maniobras del Imperio en el Paraguay. — Una mediación del Brasil. — Los tratados de la Confederación con el Brasil. — Tratado complementario de la Convención Preliminar de Paz de 1828. — La guerra del Paraguay. — Liquidación de la Triple Alianza. — Misión de Quintana. — Tratado Sosa-Tejedor. — Gestiones de Dardo Rocha. — Cuestión de limites con Brasil. — El arbitraje del Presidente Cleveland. — Propuesta de mediación conjunta en la guerra del Pacífico. — Reclamo sobre el tratado de comercio. — Solidaridad de ambos países en 1890. — Incidente diplomático con motivo de la fiebre amarilla. — Contrabando fluvial. — La Argentina y la revolución brasilera de 1893. — El telegrama cifrado N» 9. — Incidentes de 1910. — El tratado del A B C . — Caso de asilo político. — Apoyo a Brasil en la Sociedad de las Naciones. — Guerra de 1939. — Visita de los jefes de Estado. — Síntesis.
En las relaciones internacionales entre la República Ar~ gentina y Brasil pueden distinguirse cuatro etapas. La primera comienza en 1810 y llega hasta 1828 y se caracteriza por la continuación de la lucha secular que mantuvieron las coronas da España y Portugal por el predominio y ocupación 'de la Banda Oriental del Plata. La segunda etapa comienza después de la firma del Tratado Preliminar de Paz que puso fin a la guerra. En este período la política brasilera está dominada por la preocupación que le causan las actitudes y pensamientos de Rosas al
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negarse a reconocer la independencia del Paraguay, su intervención en la Banda Oriental y su posible deseo de reconstruir el Virreinato del Río de la Plata. En esta época la política brasilera es resuelta, como lo revela el tratado de alianza que firma con el Paraguay, y, posteriormente, la alianza con Urquiza para derrocar al tirano de Buenos Aires. La tercera etapa comienza en 1853 con la caída de Rosas. Terminada la guerra del Paraguay, Brasil lucha por el predominio en ese país y en el Uruguay, a fin de evitar la posibilidad de un acercamiento con la República Argentina. Finalizada la cuestión argentino-paraguaya, procura la preeminencia política en la América del Sur. Primera etapa, del Plata,
Política de Portugal hacia las regiones
La República Argentina y Brasil heredaron las discrepancias que separaron a España y Portugal por cuestiones de límites y que movieron a ambas a solicitar al Papa Alejandro VI que resolviese la cuestión de sus posesiones. La bula "inter-caetere" de 1493 adjudicó a España las tierras de América descubiertas o que se descubrieran situadas al occidente de una línea trazada de norte a sud a cien leguas al oeste de las islas Azores y Cabo Verde. Ante el reclamo de Portugal, los dos países firmaron en 1494 el Tratado de oTrdecillas, estipulando una nueva líneas pero a 370 leguas al oeste de las islas de Cabo Verde. En 1680 los portugueses se establecieron en el Río de La Plata en la Colonia del Sacramento, pero fueron expulsados por tropas salidas de Buenos Aires. Esto dio lugar al tratado de Lisboa de 1681 por el que Portugal volvió a ocupar la Colonia. El tratado de Ultrech de 1715 declaró que la Colonia pertenecía a Portugal, Sin embargo, la cuestión no debía resolverse hasta 1750, en que los dos monarcas firmaron el tratado de Madrid, que fijó la frontera entre las colonias portuguesas y españolas, quedando a favor de España la Colonia y territorio adyacente de la ribera norte del Río de la Plata. Dicho tratado de 1750 tiene una importancia capital
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porque es la base de los primeros trabajos, exploraciones y discusiones que después se suscitaron para la demarcación de límites entre la República Argentina y el Brasil. La base de la política de Portugal primero y luego del imperio del Brasil después, tal vez tengan una explicación histórica o geoplítica 1. Los acontecimientos ocurridos en la península, con el cautiverio de Fernando VII, hizo pensar a los políticos de Portugal que su reinado había terminado. Basados en este convencimiento, creyeron conveniente asegurar los derechos eventuales de doña Carlota de Borbón, mujer del regente Don Juan y heredera posible de los derechos de Carlos IV. El conde de Linares, sagaz jefe del gabinete portugués, puso sus ojos en la Banda Oriental y en Paraguay para extender las fronteras hasta el Plata y el Uruguay, apoderarse de los troncos superiores del Paraná y preparar la futura absorción de Corrientes y Entre Ríos que colocaría al imperio brasileño dentro de los grandes ríos de Sud América 2. Con este sentido Portugal desarrolló una política ambigua hacia ambos bandos, unas veces fomentando las operaciones del gobierno de Buenos Aires y otras auxiliando a los realistas de Montevideo. La Revolución de Mayo fue bien recibida por Portugal porque vio en ella el motivo para intervenir en el Plata a fin de asegurar sus ambiciones de expansión territorial. Y al tener noticias de los éxitos de los patriotas en el Alto Perú, comenzó a concentrar tropas en las fronteras de las Misiones y de la Banda Oriental. Las misiones de Moreno y Sarratea La Junta envió una misión a Londres formada por Mariano Moreno, su hermano Manuel y Tomás Guido, la cual debía también negociar con el gobierno portugués su prescindencia en las cuestiones de la Banda Oriental. El objeto 1 2
ALBERDI, Política Exterior. E. P., t. 3, p. 53. LÓPEZ, VICENTE F., Historia de la República Argentina, t. 3, p. 419.
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de la misión era obtener el reconocimiento de la legitimidad del congreso próximo a reunirse y conseguir armas y recursos. La misión no tuvo efecto porque Moreno falleció en el viaje. Por oficio de enero 30 de 1811 el conde de Linhares respondió a la Junta que el príncipe regente no tenía el propósito de mezclarse en los asuntos de España y que no adoptaría otras medidas que las necesarias para evitar la propagación de la guerra civil en sus fronteras. Las complicaciones que producía la intransigencia de Elío y la aparición de tropas portuguesas en el Yaguarón determinaron a la Junta a enviar una nueva misión al Brasil, para la que se eligió a Manuel de Sarratea. Este se vinculó al representante inglés Lord Strangford, quien le ofreció la mediación conjunta con Portugal en el conflicto de Montevideo. La Junta rechazó la iniciativa de tratar con España con otra base que no fuera la independencia, diciendo al conde de Linhares que la cuestión de la reconciliación era de incumbencia del Congreso General. En cuanto al conflicto con Elío, aceptó la mediación portuguesa que indicó como condiciones la pacificación de la Banda Oriental bajo la autoridad de Elío, el levantamiento del bloqueo, la cesación de las hostilidades contra el Paraguay y el nombramiento de comisionados para tratar con España. Como la respuesta de la Junta demorara, Linhares le dirigió un ultimátum haciéndole saber que si no aceptaba las condiciones daría auxilios al gobernador de Montevideo. La Junta hizo ver a Linhares que su mediación significaba su intervención, pero éste llevó adelante sus planes y un ejército bajo el mando del general de Souza penetró en la Banda Oriental no obstante los esfuerzos de lord Strangford que criticó las condiciones del ultimátum 1 . La Junta previno al jefe portugués que no debía proseguir su invasión en la Banda Oriental porque estaba dispuesta a resistirla. Le agregó que el ejército portugués, aunque había
entrado con el título de pacificador, tomaba el carácter de conquistador bajo las insinuaciones de los jefes de Montevideo y con el pretexto de asegurar los derechos eventuales de doña Carlota infanta de España. Souza permaneció en el territorio oriental decidido a quedarse de acuerdo con la política trazada por su gobierno y exigió al Triunvirato el retiro definitivo de Artigas y que lo declarara rebelde en el plazo perentorio de tres días, con el compromiso de no realizar actos de agresión en los dominios del príncipe regente. Esta intimación no fue aceptada por el Triunvirato, por lo que las fuerzas portuguesas decidieron permanecer donde estaban. Ante tal actitud, el marqués de Casa Irujo, representante español, conjuntamente con el de Gran Bretaña, lord Strangford, hicieron los reclamos consiguientes al gobierno de Portugal. En estas circunstancias, el Triunvirato hizo saber a lord Strangford que estaba decidido a intimar al general portugués el retiro de sus tropas bajo la prevención de iniciar las hostilidades, y materializando sus intenciones le envió un ultimátum. El representante inglés actuó con celeridad y comunicó pronto a Buenos Aires que el regente había decidido el envío del teniente coronel Juan Rademaker para negociar un armisticio en base a la retirada de ambos ejércitos a sus fronteras. Y para asegurar el cumplimiento de lo que se acordase ofreció la garantía de Gran Bretaña. Aceptada la mediación llegó Rademaker a Buenos Aires donde fue recibido como huésped de estado y alojado en el fuerte. La negociación tuvo éxito y el enviado portugués firmó el 26 de mayo de 1812 con Nicolás de Herrera, ministro interino de Relaciones Exteriores, una convención de armisticio. Como se ha dicho con razón, este acto de Portugal importó el reconocimiento implícito de la personería internacional del gobierno argentino porque se pactó un verdadero tratado 1. El armisticio estableció un "modus vivendi" que se prolongó hasta 1816.
1 ANTOKOLETZ, DANIEL, La diplomacia de la Revolución de Mayo y las primeras misiones diplomáticas hasta 1813 en "Historia de la Nación Argentina", t. 5, p. 221, ed. 1941.
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1 Ruiz GUIÑAZÚ, Lord Sfrangford y la Revolución de Mayo, p. 222 y 231; ANTOKOLETZ, op. cit. p. 228.
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El general Souza apeló a un pretexto para permanecer en la Banda Oriental, desconociendo validez al tratado hasta tanto fuese ratificado por la regencia. Hecha la ratificación, el regente ordenó la retirada de sus tropas. Con posterioridad interpuso algunas reclamaciones por la actitud de Artigas que continuaba la lucha y luego reclamó por el decreto de la Asamblea General Constituyente que por decreto de febrero 4 de 1813 había dispuesto la libertad de todo esclavo que pisase el suelo argentino. Por mediación de lord Strangford y como precio de una neutralidad que era vital, se modificó ese decreto excluyendo los esclavos que huyeran del Brasil. Juan Martín de Pueyrredón, designado Director Supremo por el Congreso de Tucumán, comunicó a la Asamblea el hecho de la invasión portuguesa mandada por el general Lecor. El cuerpo resolvió pedir explicaciones a Lecor sobre su conducta, que parecía hostil, y a tal efecto se designó a Florencia Terrada y a Miguel Yrigoyen. En esos momentos se pensó, como solución, la de que un príncipe de la casa de Braganza gobernase el país, pero manteniendo 1.a independencia garantizada por Gran Bretaña. Pueyrredón envió al coronel de Vedia en misión confidencial ante el general brasilero. Debía solicitarle que aclarase sus intenciones y respetara el armisticio de 1812, pero Lecor le dijo sin ambajes que "venía en nombre de su rey a recobrar lo que ya en otros tiempos poseyó" 1, si bien tenía instrucciones de guardar la más perfecta neutralidad con Buenos Aires y respetar el armisticio de 1812. Ante la ambigüedad de la respuesta, Pueyrredón convocó la Junta de Corporaciones, la que coincidió con el Congreso en la conveniencia de enviar una misión al Brasil para que obtuviera el reconocimiento de nuestra independencia y la evacuación de la Banda Oriental. Pueyrredón no estuvo conforme con esta actitud dilatoria y creyó más conveniente ir en auxilio del territorio invadido si el Cabildo de Montevideo aceptaba unirse a las Provincias Unidas y reconocer la autoridad del 1 PUEYRREDÓN, CARLOS A., Gestiones diplomáticas en América en "Historia de la Nación Argentina", t. VI, p. 502 y 513.
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Director Supremo y enviar diputados al Congreso, Los representantes orientales que habían venido a pedir auxilio, previamente autorizados para negociar las bases propuestas por Pueyrredón, firmaron el acta de incorporación el 8 de diciembre de 1816, pero Artigas, desgraciadamente, le negó su ratificación. Todo fue inútil, él quería las armas y los auxilios pero no la unión. Pretendía que las Provincias Unidas expusieran todo en favor de la Banda Oriental, pero que ésta permaneciese como estado independiente 1 . No en balde el 24 de julio de 1816 desde su campamento de Purificación había comunicado a Pueyrredón que la Banda Oriental había enarbolado su estandante tricolor y jurado su independencia absoluta y respectiva. Las tropas portuguesas barrieron a las fuerzas de Artigas y entraron en Montevideo. El Director Supremo les intimó la suspensión de las hostilidades, pero Lecor le contestó que no había violado el armisticio de Rademaker, ni la integridad del territorio argentino por cuanto la Banda Oriental se había declarado independiente de las Provincias Unidas, sin que éstas la hubieran podido reducir a su obediencia. Pueyrredón protestó ante Lecor; adoptó medidas para prepararse para la guerra y hasta envió auxilios a Artigas. Sin embargo esta ayuda tuvo que suspenderse ante sus derrotas reiteradas, que convencieron al gobierno argentino que era más conveniente terminar con el poder español en el Perú y combatir luego por la libertad del Uruguay. En 1815 el director Alvarez Thomas designó representante argentino en Río de Janeiro a Manuel José García, quien anunció que se produciría la invasión portuguesa en la Banda Oriental únicamente como consecuencia de las actividades de Artigas y no con el deseo de apoderamiento o conquista. Temeroso el gabinete de Juan VI que Artigas levantase las poblaciones de la Provincia de San Pedro, lindera con la frontera portuguesa, resolvió enviar un ejército al mando del general Lecor para que ocupase la provincia de MonteviPUEYRREDÓN, op. cit., p. 506.
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deo. Artigas fue batido y el ejército portugués entró en la plaza de Montevideo el 20 de enero de 1817. Quesada sostiene que bajo el pretexto de pacificación del Uruguay el rey portugués había resuelto conquistar la Banda Oriental, pues Lecor en sus instrucciones traía la misión de organizar una capitanía portuguesa en la Provincia de Montevideo 1, Esta tesis está confirmada por los hechos, pues Lecor promovió un congreso que se constituyó en Montevideo y declaró la anexión del territorio al reino de Portugal y Brasil como provincia Cisplatina. Reconocimiento de la independencia El 16 de abril de 1821 Juan VI envió una nota a Martín Rodríguez reconociendo la independencia de la República y designó a Juan Manuel de Figueiredo como su agente ante el gobierno de Buenos Aires y demás provincias del Río de la Plata. El representante debía comunicar que los habitantes del país serían tratados en Portugal y Brasil "con toda la consideración que en ellos gozan todas las otras naciones, y de que, de ahora en adelante, los agentes tanto comerciales como diplomáticos de ese gobierno, serán recibidos y tratados por esta Corte con todos los honores, consideraciones y créditos, como por el general derecho de gentes lo acostumbran ser los correspondientes ministros y agentes de los supremos gobiernos de los pueblos". Figueiredo presentó sus credenciales el 28 de julio y sus únicos actos fueron pedir la captura de los desertores del bergantín "Real Pedro" y que no se despacharan pasaportes sin su consentimiento a ningún ciudadano portugués y que se observara con los buques de su nacionalidad iguales prácticas que con los de aquéllos que tenían agentes reconocidos
por los gobiernos. Cinco días después de realizadas estas gestiones falleció repentinamente. Misión de Valentín Gómez El Cabildo de Montevideo no quedó conforme con lo resuelto a instancias de Lecor y tiempo después se dirigió al gobierno de Buenos Aires condenando el voto como nulo y arbitrario en razón de que los cabildos no podían adoptar resoluciones sobre cuestiones de política exterior. En esta situación, Rivadavia, a la sazón ministro de Gobierno y Relaciones Exteriores, intentó una nueva gestión, y designó para la misma al presbítero Dr, Valentín Gómez. En las instrucciones dadas el 24 de junio de 1823 se señala que eran dos los objetos que se buscaban. El primero y principal era lograr la evacuación de las fuerzas del Brasil de todo el territorio de la Banda Orienta], desistiendo de toda pretensión a incorporarlo y reconociéndolo como parte integrante del territorio de las Provincias Unidas del Río de la Plata. El otro era reglar de un modo permanente las relaciones entre los dos pueblos y gobiernos. Las "instrucciones" expresan, además: " el señor Comisionado hará entender al primer Ministro del gabl" nete del Janeiro que el Gobierno del Estado de Buenos Aires " reconoce como sagrado el principio de que la legitimidad única " de todo gobierno es el ser establecido por la voluntad libre de " los pueblos que manda, sea cual fuese su forma; y como tal reco" noce al Brasil; que por lo tanto, cree que es igualmente sagrado " el principio de que la forma de todo Gobierno no incumbe a " ningún otro, sino a los pueblos que lo han establecido. Más que " por los mismos principios, es contrario al derecho público de las " Naciones el que ningún Gobierno ni pueblo puedan adscribirse " como parte integrante de su Nación, territorios y pueblos que " pertenecen a otro". "También convencerá el Señor Comisionado de que su Go" bierno ha considerado y considerará siempre como uno de los " acontecimientos más felices la emancipación del Brasil de Portu" gal, que vendrá a contemplar la independencia del continente "Americano del de Europa; y consiguientemente que sus relacio" nes con el Brasil tendrán para con él la preferencia sobre las " con todo otro Estado",
1 QUESADA, VICENTE G., La política del Brasil con las repúblicas del Piafa, t. 2, p. 73.
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La misión debía claramente influir en el ánimo del emperador "a fin de que prefiriera un convenio racional entre vecinos a una " guerra que no tendrá término por la parte de las Provincias Uni" das hasta que recuperen y aseguren la integridad de su territo"rio... "La demostración la elevará a hacer ver que dicha opi" nión general se pronuncia de un modo tan vehemente que es " imposible que Gobierno alguno pueda existir en adelante sin que " satisfaga el voto de los pueblos, haciendo la guerra más decidi" da para recuperar lo que se les usurpa" 1.
La misión de Valentín Gómez no tuvo éxito porque el Imperio había decidido conservar la provincia cisplatina. De ahí que el 9 de febrero de 1824 se dieran por rotas las negociaciones. Rivadavia hizo todo lo posible por evitar con altura la guerra con el Brasil. Cuenta el general Tomás Iriarte en sus "Memorias", que habiendo designado a Alvear representante ante el gobierno de Estados Unidos, le ordenó que hiciese un rodeo por Londres antes de llegar a su destino y que el objeto de este desvío era instruir a Canning, a cargo del ministerio de Relaciones Exteriores, del estado vidrioso de las relaciones entre ambos países. "Se podía ya entonces prever, dice Iriarte, que la guerra entre estos dos pueblos era inevitable. Mr. Canning tenía interés en evitarla, y Rivadavia, que con gusto también la eludiría mediante la restitución del territorio violado, deseaba que Mr. Canning conociese bien nuestros derechos en todas sus fases y la resolución en que estábamos a disputarla en caso necesario con las armas en la mano, calculando que su mediación podrá evitarnos la guerra' 3. El 18 de abril de 1825 partió de la playa de San Isidro, para desembarcar en la de la Agraciada en Colonia, la famosa expedición comandada por Juan Antonio Lavalleja, conocida en la historia con el nombre de los 33 Orientales. 1 Documentos para la Historia Argentina —Facultad de Filosofía y Letras—. Correspondencia de la Provincia de Buenos Aires relativa .a Relaciones Exteriores, t. 14 p. 226. 2 Rivadavia y Monroe y la guerra argenfino'brasilera, p. 91.
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La campaña de Lavalleja logró rápidamente la adhesión del pueblo uruguayo y tuvo pleno éxito, al punto que llegó a poner sitio a Montevideo, que tuvo que levantar por la llegada de refuerzos. El 25 de agosto en Piedra Alta, departamento de la Florida, Lavalleja convocó una asamblea de todos los pueblos orientales, asamblea que declaró "que su voto general, constante y decidido, era por la unidad con las demás Provincias Argentinas a que siempre perteneció por los vínculos más sagrados que el mundo conoce". Al mismo tiempo, la Asamblea resolvió constituir un gobierno provincial presidido por Lavalleja, designando a Javier Gomenzoro diputado al Congreso Constituyente reunido en Buenos Aires. El Congreso General Constituyente, el 25 de octubre, como consecuencia de los votos de esta Asamblea, reconoció a la Provincia Oriental "incorporada de hecho a la República de las Provincias Unidas del Rio de la Plata, a que por derecho ha pertenecido y quiere pertenecer, obligándose a su defensa y seguridad". Comprendiendo el Gobierno de Buenos Aires que la guerra se avecinaba buscó la alianza del Perú proponiéndole: I 9 , una acción conjunta para reclamar por la ocupación temporaria de Mojos y Chiquitos y la libertad de la provincia de Montevideo para que ésta pudiera disponer de su suerte. 29, por un tratado eventual, convenir la cooperación para la guerra contra el emperador del Brasil a fin de obtener la reparación por los agravios recibidos, "llevando, si fuere preciso, la guerra y la insurrección al centro mismo del imperio, para aniquilar en su cuna la política ominosa que amenaza las libertades de toda América" 1. Más tarde desistió de esta gestión, una vez que se declaró la reincorporación de la Banda Oriental y se expulsó a las tropas extranjeras de su territorio. Entre tanto, la cancillería brasileña formulaba incesantes reclamaciones por la protección que el gobierno dispen1 RESTEILI, E., La gestión diplomática del General Alvear en el Alto Peni, p. 142.
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saba a las fuerzas orientales. Y como fueran contestadas por el Gobierno argentino declinando toda responsabilidad por el hecho de haber prevenido cuál sería la conducta a seguir, el emperador Pedro I declaró la guerra el 10 de diciembre de dicho año. Guerra con Brasil. - Mediación inglesa La guerra hizo que se encararan los acontecimientos internos con un criterio equivocado. Fue así que el Congreso decidió establecer un gobierno nacional, de neto corte unitario, y eligió a Rivadavia Presidente de las Provincias Unidas. La suerte de la guerra fue favorable a las armas argentinas que triunfaron en Ombú, Bacacay y Camacuá. Sin embargo, Rivadavia deseaba obtener una solución pacífica. Según Gregorio Rodríguez, el gobierno argpntino solicitó la mediación de Gran Bretaña para lograr esa solución pacífica que en ese momento estaba confiada a las armas. El gabinete inglés aceptó la mediación y propuso como bases la devolución de la provincia uruguaya a la Argentina, la que debía abonar al Brasil una compensación pecuniaria. La propuesta fue aceptada por el presidente Rivadavia, que ya había previsto la cuestión de la compensación en las instrucciones dadas a Valentín Gómez, dejando librada al criterio del mediador la regulación correspondiente. Sin embargo, al llegar a Buenos Aires el enviado inglés lord Ponsonby, manifestó que el emperador se había negado rotundamente a aceptar las bases que se habían propuesto. En vista de la posición del Brasil, Rivadavia dirigió un llamado a las Provincias para que apoyaran al Gobierno nacional. Sin embargo, la filiación unitaria del Congreso y la sanción de la constitución unitaria de 1826 hizo que las Provincias no respondieran al llamado presidencial. Entonces Rivadavia confió a la suerte de las armas la obtención de una victoria militar que convenciera al emperador del Brasil la conveniencia de llegar a un arreglo pacífico. En medio de esta situación, Rivadavia recibió propuestas del ministro británico para que se lograra la paz mediante 34
la creación de un estado independiente en la provincia uruguaya. Como el Presidente no aceptara la proposición, el enviado inglés manifestó abiertamente su resentimiento. No obstante insistió y entonces Rivadavia consultó al Congreso, cuyo dictamen hizo notar la dificultad de resistir fundadamente a tal propuesta. Se consideró necesario ganar tiempo hasta tanto se lograse una victoria que permitiera obtener ventajas diplomáticas para celebrar la paz sin alterar el pensamiento nacional de recobrar la provincia cautiva. Con este propósito Rivadavia urgió una decisión militar al genera] Alvear, adoptando a la vez una política conciliadora respecto de las proposiciones de lord Ponsonby. Di jóle que aceptaría la proposición siempre que el Gobierno de la Gran Bretaña garantizara la observancia del pacto y la existencia, o más propiamente, la independencia del nuevo estado. Lord Ponsonby negóse de plano a convenir en tal garantía, por lo que la decisión quedó librada a las armas, pues se esperó en vano la respuesta del emperador. Misión del Dr. García Como la situación interna se agravaba pues los caudillos del interior se negaban a enviar ayuda militar, y Buenos Aires con las tropas uruguayas no podía continuar la guerra con éxito, Rivadavia envió al Dr. Manuel José García, su ministro de Relaciones Exteriores, para lograr una paz negociada. El enviado argentino inició sus esfuerzos tomando por base la idea del gobierno inglés de hacer de la Banda Oriental del Uruguay un estado independiente. Sin embargo, el clima del gobierno del Brasil ya era distinto, por cuanto el emperador estaba en un estado de exasperación extraordinaria debido a los contrastes sufridos por sus ejércitos, y consideraba una ignominia el triste resultado de las operaciones militares. A tal extremo había llegado, que en el discurso de apertura de la asamblea anunció su resolución de no dejar las armas hasta que la provincia uruguaya fuese reconocida como parte integrante del Brasil. Además, mane35
jaba las negociaciones personalmente y los ministros no se atrevían a sugerirle ninguna solución que significara la aceptación de la propuesta argentina. Por otra parte, el emperador argüía que el estado anárquico de nuestro país, por la oposición de los caudillos al gobierno de Rivadavia, no le garantizaba la posibilidad de sofocar los movimientos que habían ocurrido en la Banda Oriental y que dañaban los intereses fronterizos del Brasil. El ministro brasileño entregó al Dr. García unas bases de negociación redactadas por el propio emperador, cuyas condiciones eran las siguientes: el gobierno de la República debía reconocer la integridad e independencia del Brasil completada con la incorporación, ya hecha y reconocida, de la provincia cisplatina. Como consecuencia, retiraría sus tropas de su territorio. Además, la República debía pagar los gastos de la guerra que había provocado injustamente al imperio. Fuera de ello, y esto importa destacar, Brasil tenía interés especial por la isla de Martín García, y el tratado debía significarle su entrega, fundado en que era necesaria su posesión para la mejor seguridad de sus fronteras y la tranquilidad de su imperio. Se haría una revisión de los límites y la demarcación definitiva del modo más conveniente para ambos países. La navegación sería libre en los ríos que desaguan en el Plata y se. devolverían los prisioneros, García comprendió que la posición adoptada por el emperador era irreductible. Impresionado por los apuros en que se encontraba Rivadavia y extralimitándose en sus instrucciones, tomó una decisión que significó la humillación para la República Argentina. Fue así como en contraposición a la propuesta del gobierno brasileño presentó un proyecto de tratado por el cual el gobierno de Buenos Aires renunciaba de un modo claro y positivo a sus derechos y pretensiones sobre la provincia de Montevideo. Todos los sacrificios y esfuerzos de la República en defensa de su integridad territorial quedaron olvidados por el Dr, García, y, lo que es más sensible, después de la memorable jornada de Ituzaingó. Era tal la importancia que atribuía García a su gestión, que decidió traer personalmente el tratado para informarlo. 36
Al conocerse el resultado de la concertación de la paz fue grande el alboroto del pueblo, pero tan pronto se conocieron las cláusulas del tratado la indignación fue enorme, Rivadavia se vio obligado a rechazarlo y desautorizó a su enviado, pero su situación se hizo insostenible y renunció a la presidencia el 31 de julio de 18271. Convención preliminar de paz entre la República Argentina y el Brasil. Después de la desgraciada misión de Manuel José García, la guerra continuó en medio de tremendas dificultades, a pesar de que Dorrego, gobernador de. Buenos Aires y encargado de las relaciones exteriores y de la guerra, hiciera los mayores esfuerzos para reaprovisionar el ejército que operaba en la Banda Oriental. Por esa época se produjo una mediación del gobierno británico, interesado en lograr la paz paró evitar que los intereses del comercio continuaran afectados por la guerra que mantenían los dos países. Aceptada la mediación, Dorrego nombró en junio de 1828 como plenipotenciarios argentinos a los generales Juan Ramón Balcarce y Tomás Guido. Los plenipotenciarios debían obtener el retiro de las fuerzas brasileñas de toda la provincia Oriental, lo mismo que sus autoridades políticas y civiles, así como también el abandono de las aguas del Río de la Plata por todas las fuerzas navales del imperio. Una vez retiradas las tropas argentinas y brasileñas, la provincia Oriental tendría plena libertad para unirse, ya sea a la República o al imperio. En ningún caso se concederían indemnizaciones, ni se exigirían los perjuicios 1 La comunicación del ministro Agüero al Dr. García decía así: "El infrascripto se halla autorizado por el Excmo. Sr. Presidente de la República para exponer al Sr. Comisionado el desagrado y reprobación que ha merecido por parte del Gobierno la conducta de V.E. No sólo por haber faltado a la alta confianza que hizo de su persona al conferirle aquella misión, sino especialmente por haber procedido a la celebración de un acto que tanto degrada a la República Argentina y destruye enteramente su ser moral".
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que hubiera sufrido el territorio oriental durante la ocupación de los portugueses y brasileños. Si se sancionase la convención o armisticio, se dejaría para la paz definitiva el arreglo de límites entre el imperio y la República, como también la concertación de un tratado de amistad y comercio o navegación. El ministro inglés lord Ponsonby intervino en la negociación dando consejos, allanando dificultades y contestando las consultas que le formularon los negociadores. Buscó, en fin, de que la paz fuera honorable, según los deseos de la corona británica. En cierto momento de la negociación los delegados argentinos trataron de lograr que la independencia del nuevo estado a crearse tuviera la garantía de Gran Bretaña. El ministro inglés declinó el pedido, manifestándoles que no se hallaba autorizado por su gobierno para contraer ningún compromiso sobre tal garantía. Las negociaciones lograron conciliar los puntos de vista, y el 27 de agosto de 1828 se firmó una convención preliminar de paz cuyo art. I 9 establece: "Su Majestad el Emperador del Brasil declara: la provincia de Montevideo, llamada hoy Cisplatina, se separará del territorio del imperio del Brasil, para que pueda constituirse en estado libre e independiente de toda y cualquier nación, bajo la forma de gobierno que se juzgase conveniente a sus intereses, necesidades y recursos". A mérito de esta declaración, el art. 2° contiene la afirmación de nuestro país en los siguientes términos: "El gobierno de las Provincias Unidas conviene en la declaración de la independencia de la provincia de Montevideo, llamada hoy Cisplatina, y en que se constituya en estado libre e independiente por la forma declarada en el artículo antecedente". Por el art, 39 ambos gobiernos se obligan a defender la independencia e integridad de la provincia de Montevideo por el tiempo y en el modo que se ajustare en el tratado definitivo de paz. El Dr. Vicente G. Quesada, uno de los publicistas que más ha estudiado las relaciones entre nuestro país y Brasil,
enjuicia la convención en los términos siguientes: "La neutralización de la República Oriental del Uruguay, como estado intermedio entre el imperio del Brasil y la República Argentina, fue una solución prudente y necesaria entonces, y una sólida garantía de paz ahora. Las naciones, como los individuos, tienen que aceptar las evoluciones fatales e inevitables de los acontecimientos: la anexión de la provincia cisplatina al imperio era una amenaza y una perturbación para la nación Argentina y tan lo era, que produjo la guerra entre la República y el Imperio; y la reincorporación a los territorios del antiguo virreinato, que formaron las provincias unidas del Río de la Plata alarmaba al Brasil, que ocupó al fin el territorio de la Banda Oriental. La prudencia y la previsión aconsejó, pues, separar la piedra del escándalo y crear una nacionalidad por el concurso y el convencimiento de los estados limítrofes, y en condiciones que la neutralización de su territorio intermedio alejara los conflictos producidos por los celos y rivalidades tradicionales, lo que hacía difícil la armonía de las dos naciones independientes". Segunda etapa. - Rosas y el Brasil En el año 1837 se produjeron fricciones entre Brasil y el gobierno de la República Oriental del Uruguay. Oribe no podía dominar la sublevación de Rivera, que actuaba en la campaña. Por otra parte, éste tenía vinculaciones muy amistosas con personajes de Río Grande del Sur, que más tarde se levantaron contra el imperio dando origen a la revolución de los "zarrapos". En 1842 existió plena amistad entre Rosas y el Brasil al punto de que ante los rumores de que Brown y la escuadra que sitiaba a Montevideo se habían pasado al enemigo, Brasil le ofreció sus propios buques. La preocupación del gobierno brasileño por la revolución de Río Grande fue tan grande, que en marzo de 1843 firmó con Guido, representante argentino, un tratado que establecía la alianza ofensiva y defensiva entre el emperador y Rosas contra Rivera y los republicanos de Río Grande, con la
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clara finalidad de pacificar la República Oriental y dominar la rebelión de esa provincia. Sin embargo, a pesar del significado de este tratado que atraía al imperio a una política naval conforme con «1 gobierno a'rgentino, Rosas rehusó aprobarlo con el pretexto que era necesaria la conformidad de Oribe como presidente del Uruguay. El rechazo de Rosas fue un error diplomático muy grave, pues las relaciones con el Brasil se enfriaron y el imperio cambió radicalmente de política respecto al problema de la Banda Oriental y de la intervención extranjera. Poco después se apartaría de su posición de estricta neutralidad. El ministro brasileño Sinimbú desconoció el bloqueo argentino sobre Maldonado y cuando Arana reclamó por esta actitud ante Ponte Ribeiro, ministro del Brasil en Buenos Aires, éste le contestó defendiendo esa conducta. Los términos de la nota fueron considerados injuriosos por Arana, que invitó al representante extranjero a retirarla y, como no lo hiciera, le mandó sus pasaportes. Guido más tarde obtuvo que el emperador desaprobase la conducta de sus emisarios. El 19 de abril de 1847 Guido solicitó que en cumplimiento del art. 3' de la Convención de 1828 se pidiese la inmediata desocupación de los puntos del territorio del Uruguay dominados por las fuerzas anglo-francesas. El gobierno del Brasil contestó que varias notas del gobierno argentino le habían negado constantemente el derecho de intervenir en las discusiones internas de la República Oriental y que el gobierno imperial, habiendo aceptado la explicación del gabinete argentino de que su intervención en dicho país no atacaría su independencia, aceptaba iguales explicaciones que habían dado Francia y Gran Bretaña con motivo de la intervención en esa República. Por todo esto el imperio no intervendría antes de hecho el tratado definitivo de paz que debía especificar los casos, modos y tiempo para la intervención conjunta. Un memorándum redactado por el vizconde de Abrantes dio origen a reclamos diplomáticos. Las relaciones entre Brasil y el gobierno de Buenos Aires se fueron haciendo cada 40
vez más difíciles porque se volvía a las discusiones anteriores. Así, en una nota del 12 de abril de 1847, la cancillería brasileña decía que el gobierno imperial podía citar planes de ambición de España para engrandecerse con el territorio del Brasil y sospechar que el de la Confederación era el continuador de esta política porque insistía en la vigencia de los tratados de 1777 y 1778, rotos por la guerra de 1801. Esta nota tenía un párrafo en el que se expresaba que el gobierno del Brasil estaba convencido de que sus más esenciales intereses exigían que no continuara una neutralidad inactiva, como mero espectador de la guerra en el Plata y que le correspondía, sin recurrir a hostilidades, porfiar por la pacificación. Guido pidió explicaciones sobre esas palabras y solicitó una declaración franca, pero la contestación fue evasiva. En 1844 la situación comenzó a ser tirante a raíz del envío de un representante del Brasil ante el gobierno del Paraguay, cuya independencia y soberanía reconoció. Al enterarse Guido del reconocimiento brasileño, en 1845 presentó una protesta en nombre de su gobierno, pero el ministro Limpo de Abreu la rechazó. En 1850 el acercamiento con el Paraguay se hizo más efectivo mediante el tratado del 25 de diciembre que concertó una alianza defensiva contra Rosas y el acuerdo de auxiliarse para obtener la libre navegación del Paraná. Esta posición fue adoptada a raíz de la autorización dada a Rosas por la legislatura de Buenos Aires el 18 de marzo de 1850, para disponer, sin limitaciones, de los recursos necesarios para incorporar el Paraguay a la Confederación Argentina. Según Cárcano, "el imperio aplicaba un criterio oportunista y utilitario a su conducta. Prudente cauteloso, escurridizo, variaba de actitudes y procedimientos según las circunstancia, pero conservaba inalterable su orientación política y obraba con plena seguridad. Cuando se debilitó el apoyo de la intervención europea y parecía probable la caída de Montevideo, sin comprometerse en tratados ni protocolos, ordenó directamente a su ministro en el Uruguay: "Si Rosas continúa sus preparativos bélicos manifieste al gobierno de 41
la defensa que el Brasil se declara su aliado y sostenedor de la plaza y comunique el hecho por expreso" 1. Quesada es de opinión semejante: "Rosas promovió la tempestad en el momento mismo en que cesaba la intervención anglo-francesa. El Brasil temió que, victorioso de Montevideo, sometiese al Paraguay y con recursos poderosísimos atacase al imperio: determinó entonces a su caída por la guerra",,. "La preocupación del gobierno brasileño era impedir la formación de un estado poderoso por su extensión territorial, que pudiese equilibrar el poder del imperio. Para impedirlo necesitaba mantener la independencia del Paraguay y la de la República Oriental, y, en cuanto a la intervención de la política interna de sus vecinos no lo hacía sino para preservar al imperio de eventualidades futuras" 2. El gobierno del Uruguay había destinado ante la Corte de Río a Lamas, uno de sus diplomáticos más hábiles. Lamas luchó incansablemente contra Guido haciendo ver al Brasil el peligro que le significaba la política exterior de Rosas, al afectar la independencia del Uruguay y Paraguay con su idea de reconstruir el virreinato y la clausura de los ríos. La invasión efectuada por el barón de Jacuby en el Uruguay a fines de 1849 provocó la ruptura definitiva con Buenos Aires. Para esa fecha, la situación política del imperio había cambiado. El ministerio conservador y partidario de la neutralidad armada fue reemplazado por un gabinete liberal que sostuvo la intervención efectiva. A los pocos días de constituirse, Guido exigió satisfacciones por ciertos discursos contrarios a su gobierno que se habían pronunciado en la Cámara de Diputados. Pero a pesar >de insinuar que si no era satisfecho se retiraría de la Corte, no obstante que las satisfacciones no le fueran dadas no insistió, y aconsejó a Rosas dar por terminado el incidente. En esa época ocupó la cartera de Relaciones Paulino José Soarez de Souza y con él terminaron las vacilaciones del CÁRCAMO, RAMÓN ]., De Caseros al 11 de Septiembre, p. 14. QUESADA, La política del Brasil con las Repúblicas del Río de la Plata, t. 2, p. 166 y 193. 1 2
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imperio para combatir a Rosas. Guido había protestado por la invasión de Jacuby; urgió la respuesta pero Soarez de Souza se negó a darla alegando que Oribe no estaba reconocido por el imperio como Presidente de la República Oriental, ni el gobierno de Buenos Aires tenía jurisdicción sobre el territorio uruguayo; por lo tanto, "Guido carecía de poderes para promover la reclamación que había entablado. Para obviar este razonamiento de carácter procesal Oribe envió una nota a Guido por la cual se adhería plenamente a la reclamación argentina y aprobaba la representación que había asumido en nombre de la República Oriental de Uruguay. No obstante esto, no obtuvo contestación, hecho que exaltó la soberbia de Rosas, quien ordenó a su ministro que exigiera enérgicamente y sin demora las satisfacciones y explicaciones que se le debían, al mismo tiempo que se castigara a Jacuby y a sus cómplices. Como la cancillería del Brasil se negara a estas solicitaciones, Guido por orden recibida de su gobierno pidió sus pasaportes y regresó a Buenos Aires. Corría el año 1850. Oribe por su parte rompió relaciones con el encargado de negocios del Brasil y declaró que no tomaría en consideración ninguna reclamación ulterior. Por esa época comenzaba a gestarse el pronunciamiento y la campaña libertadora del general Urquiza. El gobierno , de Entre Ríos por medio de agentes de su más absoluta confianza, había entablado negociaciones con el ministro brasileño en Montevideo, Sousa da Silva Pontes y el ministro Herrera, del Estado Oriental. Se llegó así al tratado de alianza que se firmó en Montevideo el 29 de mayo de 1851 entre Brasil, Entre Ríos y el gobierno de esa ciudad. Esta alianza fue restringida, por sugestión de Brasil, a garantizar la independencia del Uruguay, que era su objetivo dominante y también para ponerse a cubierto de posibles complicaciones con Francia e Inglaterra. Debe advertirse que Urquiza estaba ya resuelto a la cruzada libertadora sin esperar la concertación de la alianza, como lo prueba el hecho de que se pronunció contra Rosas antes de la concertación del tratado 1. 1 Ruiz MORENO, MARTÍN, La revolución contra la tiranta y la Organización Nacional, t. 1, p. 224.
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El tratado disponía que el Estado de Entre Ríos, Brasil y la República Orienta] se unían en alianza ofensiva y defensiva, con el objeto de obtener la independencia y pacificar el territorio de la República del Uruguay, haciendo salir del territorio al general Oribe y a las fuerzas argentinas que mandaba, y cooperando para que, restituidas las cosas a su estado normal, se procediese a la elección libre de presidente de la República según la constitución del Estado Oriental. Esta primera cláusula se completaba con el artículo 23, que preveía una invitación al gobierno del Paraguay para entrar en la alianza. En esta forma se condenaba la política del dictador que se había negado a reconocer la independencia del Paraguay. Por el artículo 17 los aliados se garantizaban mutuamente su respectiva independencia y soberanía e integridad de sus territorios sin perjuicio de los derechos adquiridos. El artículo 15 disponía que si el gobierno de Buenos Aires llevase la guerra a cualquiera de las potencias aliadas, individual o colectivamente, la alianza se tornaría contra dicho gobierno. La escuadra del Brasil debía tener como uno de sus principales objetivos, ayudada por la fuerza de los aliados, la custodia y seguridad de los ríos Paraná y Uruguay y mantener la libertad del tráfico fluvial. Lograda la pacificación de la República y restablecida la autoridad del gobierno de Montevideo, en todo el país, las fuerzas aliadas de tierra repasarían sus respectivas fronteras y permanecerían estacionadas en ellas hasta que tuviera lugar la elección del Presidente de la República. Los aliados se comprometían también a sostenerlo durante todo el tiempo que reclamara la paz interior durante el transcurso del primer período presidencial. Cárcano dice que la serie de disposiciones, hábilmente relacionadas y concordantes, obra cautelosa del Brasil, destinada a garantizar especialmente la independencia del Paraguay, pudieron firmarla sin hesitar los estadistas argentinos, que no tenían el propósito ni la ambición de reconstruccio44
nes territoriales imposibles, que sólo habrían podido conservarse con los riesgos de la volencia. "El general Urquiza al firmar el tratado de alianza asentó la lápida a la cavilación del viejo virreinato y tranquilizó al menos momentáneamente al imperio, siempre devorado por la fiebre hereditaria de innecesarias expansiones y siempre temeroso y en guardia sobre el porvenir de la república rival. El tratado no fue un triunfo de la diplomacia brasileña, porque no se triunfa donde no se opone resistencia. Fue la victoria de los santos principios e intereses bien entendidos, que fundó el equilibrio político de las naciones del Plata". "La coalición se había combinado sobre el interés común de todos los pueblos que la componían: la guerra a Rosas, la destrucción de su monstruoso poder, tan funesto para las libertades y bienestar del pueblo argentino, como incompatible con la tranquilidad y seguridad de las naciones vecinas". "Brasil, después de observar largo tiempo una actitud incierta, decidió emprender la cruzada contra Rosas, movido por múltiples intereses de considerable importancia, estimulado con fervor por el gobierno de la defensa. A la visión manchega del virreinato reconstruido por la prepotencia argentina agregaba el temor de que el dictador llevara sus armas sobre Río Grande, fomentara el sentimiento republicano tan vivo y tumultuoso y conmoviera las bases institucionales del imperio". "La pretensión histórica y continua de extender sus fronteras hasta el Plata obedece a necesidades tradicionales y errores persistentes sobre población, subsistencia y seguridad. Necesitados de la libre navegación y comercio de los ríos del Plata, en lo alto de sus corrientes estaban situados los estados más ricos y prósperos de su jurisdicción y ellos eran entonces el único medio de comunicación con el Janeiro".1 El tratado de alianza del 29 de mayo se completó con una convención que se firmó el 21 de noviembre del mismo año para oponerse a los preparativos bélicos que hacía 1
CÁRCANO, op. cit. p. 83.
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Rosas. Por dicho acuerdo se estableció que la guerra se haría contra Rosas y no contra la Confederación y que las fuerzas brasileñas y uruguayas serían auxiliares de las argentiñas. El emperador del Brasil se comprometió a prestar a Entre Ríos y Corrientes cien mil patacones mensuales durante cuatro meses, que el gobierno que sucediera al tirano debería reconocer como deuda de la Confederación Argentina. Además de estos auxilios, el gobierno imperial facilitaría dos mil espadas de caballería y los suplementos de armas y municiones de guerra que le fueran requeridas y tuviere disponibles, todo lo cual debería serle pagado como el empréstito. Los gobiernos de Entre Ríos y Corrientes, por su parte, se comprometieron a emplear toda su influencia ante el gobierno que se organizare en la Confederación Argentina para que acordara y consintiera la libre navegación del Paraná y de los demás afluentes del Río de la Plata para todos los buques de los estados ribereños. Con el triunfo de Caseros, Brasil se aseguró el reconocimiento de la independencia del Paraguay, la consolidación de la independencia del estado uruguayo, la apertura de los ríos interiores, la conservación de las misiones y la seguridad de las fronteras. En esta forma consolidó su política exterior que había ya obtenido con la concertación de los famosos tratados de 1851 firmados por Andrés Lamas, enviado del Uruguay. Brasil, por medio de esos tratados, se preocupó especialmente en asegurar sus límites con el Uruguay afectando los derechos que tenía la Argentina a territorios que nunca habían pertenecido a la colonia de Portugal. En los tratados de 1851 se prescindió totalmente de la República Argentina, y, lo que es más grave, se firmó una alianza para asegurar la independencia de los dos estados contra cualquier dominación extranjera, que no podía ser otra que la de nuestro país. Es decir que esa alianza estaba dirigida contra la nación que combatió en defensa del Estado Oriental, que contribuyó a su independencia y que la salvó de la dictadura y de la influencia de Rosas. Mientras combatía de frente por idea-
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les comunes, sus aliados la excluían de convenciones premeditadas y concluidas a su espalda. El conocimiento de los tratados produjo sorpresa e indignación en Montevideo y tampoco tuvieron aceptación en Brasil, porque el imperio, por medio de esos acuerdos, había abusado de su posición, imponiendo condiciones a un país chico que en otra época no hubiera logrado si su aliado, la República Argentina, no hubiese estado combatiendo por su libertad.1 La política exterior de la Coníederación con el Brasil Establecido el gobierno provisional después de Caseros, Urquiza trató de no demorar el restablecimiento de las relaciones exteriores y la solución de las cuestiones de límites. La cuestión fundamental que se presentaba a las nuevas autoridades era aclarar las relaciones con el imperio, que había sido aliado en la lucha contra la tiranía, y que, por el hecho de los tratados de 1851, había impuesto su predominio en el estado Oriental. Para esa misión se designó al general Guido ministro plenipotenciario ante el emperador. Con este motivo se produjo una incidencia internacional. En efecto, de la Peña, ministro de relaciones exteriores designado por el gobernador de Buenos Aires, recibió del enviado imperial Carneiro Leao, que permanecía en Montevideo, una nota en la que le pedía explicación sobre el nombramiento del general Guido para su misión ante el emperador. Dicha comunicación era insólita por cuanto excedía las facultades del plenipotenciario. De la Peña le contestó preguntándole con qué título el enviado brasileño solicitaba declaraciones sobre actos soberanos y privativos del gobierno provisional. Sin embargo, desde el punto de vista legal, 1 CÁRCAMO, Del sitio de Buenos Aires al Campo de Cepeda, p, 22. Véase sobre esta cuestión QUESADA, VICENTE, La política brasilera-uruguaya en "Nueva Revista de Buenos Aires", t. III, p. 508.
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el gobierno de Buenos Aires no tenía atribuciones, por cuanto en esa época todavía no existía el gobierno encargado de las Relaciones Exteriores en nombre de toda la República, Planteadas así las cosas, la misión de Guido quedó suspendida, pero este incidente dio como resultado que se resolviese delegar en Urquiza la facultad de la dirección de las relaciones exteriores. Trece días después de Caseros, Carneiro Leao, preocupado por la situación interna del Uruguay, inició una gestión ante Urquiza, Entendía el diplomático brasilero que su gobierno aceptaba la plena validez de los tratados de Lamas sin mencionar que los ajustes y convenciones previstos ?n el artículo 21 de esos tratados debían celebrarse con el Presidente electo, después que el gobierno Oriental se hubiese constituido. Como el enviado brasileño reclamara la colaboración argentina en virtud de la convención de 1828, Urquiza precisó que la alianza tenía como único objeto preservar la integridad del Estado Oriental. De ahí que los aliados no tenían derecho para intervenir en las luchas internas, debiendo acatar las resoluciones que adoptara el pueblo oriental, de acuerdo a las leyes que se diera. Como Carneiro insistiera, Urquiza le contestó en forma categórica y dio por terminada la discusión. Al día siguiente de asumir Urquiza su calidad de Encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación, designó a su propio ministro, Luis José de la Peña, con retención de su empleo, enviado extraordinario ante los gobiernos del Uruguay y del Brasil, Era necesaria una acción inmediata porque se complicaba en Montevideo la discusión con Brasil, cuyo gobierno sostenía la validez de los tratados firmados con Lamas, mientras el presidente uruguayo se negaba a cumplirlos, hasta tanto no fueran aprobados por la legislatura. La situación podía agravarse porque en la frontera estaba estacionado un cuerpo de ejército listo para la invasión, y barcos de guerra brasileros estaban anclados en el puerto de Montevideo. La situación era casi crítica, porque el enviado del Brasil se 48
mostraba intransigente y se sabía que el partido colorado preparaba una revolución apoyado por el imperio. El Dr. de la Peña comprendió que la situación podía derivar hacia un conflicto, en el que la República Argentina no podría permanecer apartada. Las activas gestiones de de la Peña y la intervención directa del general Urquiza hicieron posible una transacción mediante la cual el gobierno uruguayo admitió la vigencia de los tratados de Lamas al mismo tiempo que el representante del Brasil aceptó que dichos tratados fueran modificados. El general Urquiza garantizó la ejecución de los tratados por acta de mayo de 1852, pero esta garantía no fue ratificada por el Congreso y quedó, por esta razón, sin validez. Maniobras del imperio en el Paraguay Finalizada la cuestión de] Estado Oriental con la misión de de la Peña, Urquiza se preocupó por afianzar la vinculación con el Paraguay y resolver las cuestiones pendientes. Para esta misión fue designado el Dr. Santiago Derqui, cuya actividad será estudiada en el capítulo referente a las relaciones con el Paraguay. En sus negociaciones con López, Derqui obtuvo que éste consintiera en entregar al gobierno argentino el territorio de Misiones que poseía el Paraguay, éxito que estuvo en peligro de perderse debido a la diplomacia del Brasil que intentó cruzarse a la actividad del representante argentino. Al saber el ministro brasileño que el gobierno del Paraguay había resuelto entregar las Misiones, manifestó que su gobierno tendría que intervenir en el asunto. El presidente López, con decisión, comunicó al enviado del Brasil que el tratado estaba ratificado y que ese territorio había dejado de pertenecer al Paraguay. Terminaba, así, la influencia de la diplomacia brasileña en el Paraguay y este país se inclinaba hacia la Confederación Argentina. Brasil, entonces, tuvo idea de comprar el territorio de Misiones para llegar con su frontera hasta el Paraná. Derqui, comprendiendo los propósitos imperiales, realizó una 49
maniobra audaz, como fue la de convenir con el gobierno paraguayo que retirara sus fuerzas militares a fin de que tropas argentinas suministradas por Pujol, gobernador de Corrientes, pasaran a reemplazarlas. Pero en momentos en que se iba a llevar a cabo este procedimiento, Derqui recibió orden de su gobierno de solicitar al Paraguay que suspendiera la evacuación de las Misiones por el temor que se tenía de que la anarquía de Buenos Aires penetrara en el territorio. De esta,suerte la diplomacia brasileña, que había sido vencida por los esfuerzos del negociador argentino, triunfó por la falta de habilidad de su gobierno. . . •
Una mediación del Brasil
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Con motivo de la lucha entre la Confederación y Buenos Aires, en 1853 se produjo una mediación del Brasil. Urquiza, que había sido su aliado, invitó al imperio a ofrecer su mediación para poner término a la guerra civil. Obtenida la aceptación de Buenos Aires se reunieron comisionados de los dos bandos para poder tratar la situación. Lamentablemente la firmeza de las posiciones de ambos hizo que la mediación no tuviera éxito. Más tarde, ante la traición del coronel Coe, que entregó la escuadra de la Confederación a Buenos Aires mediante el pago de una fuerte suma de onzas de oro, Urquiza se dirigió a la legación del Brasil solicitando se emplearan las fuerzas de la escuadra a fin de evitar hostilidades de parte de una autoridad que Brasil no reconocía. El gobierno brasileño, muy prudentemente, no comprometió su actitud limitándose a decir que estaba obligado a guardar la más estricta neutralidad. Los tratados de la Confederación con el Brasil Instalado definitivamente Urquiza como presidente de la Confederación, se preocupó en terminar las cuestiones de límites y afianzar la política exterior. Con Brasil, que había mantenido una neutralidad absoluta en la querella entre la Confederación y Buenos Aires, entabló negociaciones para
concertar tratados que substituyeran los que habían sido hechos para derrocar a Rosas. Brasil aceptó complacido la idea y designó como repre£entante suyo al ¡vizconde de Abaeté Paulino Limpo de Abreu, quien con Juan María Gutiérrez, ministro de Relaciones Exteriores, procedieron en Paraná a redactar el tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación. La discusión tuvo como base el proyecto presentado por el representante del Brasil y el 7 de marzo de 1856 se llegó a la firma del tratado que entró en vigencia el 25 de junio del mismo año. Por el artículo I 9 se declara que habrá perfecta paz y firme y sincera amistad entre los dos países. Cada una de las partes se compromete a no apoyar directa ni indirectamente la segregación de porción alguna de los territorios de la otra, ni la creación en ellos de gobiernos independientes en desconocimiento de la autoridad central (art. 2 9 ), Por el artículo 39 confirman y ratifican la declaración contenida en la Convención Preliminar de Paz de 1828, así como también confirman y ratifican la obligación de defender la independencia e integridad de la República Oriental del Uruguay. Se establece en el tratado que "se considerará atacada la independencia e integridad de ese Estado en los casos que ulteriormente se acordasen en concurrencia con su gobierno y también en el caso de conquista 'declarada y cuando alguna nación extranjera pretendiese mudar la forma de su gobierno, o designar o imponer la persona o personas que hayan de gobernarla". Por el artículo 59 los dos países confirman y ratifican la declaración y reconocimiento de la independencia del Paraguay. Brasil no podía dejar de buscar en el tratado el afianza' miento de la libertad fluvial, tan generosamente declarada por el general Urquiza y la Constitución argentina. Por eso, en diversos artículos se establece que las embarcaciones de ambas países, tanto mercantes como de guerra, podrán navegar los ríos Paraná, Uruguay y Paraguay en la parte que les perteneciera (art. 14) y comerciar en toda forma com-
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prometiéndose a colocar y mantener balizas y señales para facilitar la navegación (arts, 15 y 16). Si llegare a estallar la guerra entre cualquiera de los Estados del Río de la Plata o de sus confluentes, ambas partes quedan obligadas a mantener la libre navegación de los ríos citados, no ptidiendo haber otra excepción sino con respecto a los artículos de contrabando de guerra (art. 19). La situación de la isla de Martín García, que siempre preocupó a Brasil, como que en esa época era la llave de la navegación de los ríos, hizo que se insertara en el art. 18 un texto similar al del tratado celebrado en 1851 con Uruguay. Dicho artículo dispone: "Reconociendo las Altas Partes Contratantes que la isla de Martin García puede por su posición embarazar e impedir la libre navegación de los afluentes del Río de la Plata en que están interesados sus ribereños, reconocen igualmente la conveniencia de la neutralidad de la referida isla en tiempo de guerra ya entre los Estados del Plata, ya entre uno de éstos y cualquier otra potencia, en utilidad común y como garantía de la navegación de los referidos ríos; y por lo tanto acuerdan: "I 9 - Oponerse por todos los medios a que la posición de la isla de Martín García deje de pertenecer a uno de los Estados del Plata interesados en su libre navegación. "29 - Tratar de obtener de aquél a quien pertenezca la posesión de la isla, que se obligue a no servirse de ella para impedir la libre navegación de los otros ribereños y signatarios de los tratados de 10 de julio de 1853 y que consienta en su neutralización en tiempo de guerra, así como en que se forme en ella los establecimientos necesarios para seguridad de la navegación interior de todos los Estados ribereños y de las naciones comprendidas en los tratados de 10 de julio de 1853". Para facilitar el comercio las dos partes convienen en aplicarse mutuamente el tratamiento de la cláusula de la nación más favorecida condicional (art. 6°). Se consideran buques de ambas nacionalidades a los que fueran poseídos, tripulados y navegados según las leyes de los respectivos países
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(art. 7"). Se establece que los nacionales que residan en el territorio de una de las dos partes contratantes estarán exentos de todo servicio militar obligatorio (art. 8 9 ). Se obligan igualmente a entregarse a los desertores (art. 9 9 ). En caso de que una de las dos Altas Partes Contratantes estuviese en guerra con una tercera se observarán distintas disposiciones referentes a contrabando de guerra, y a no permitir la instalación de tribunales de presas en su territorio (art. 10 9 ). Se establecerá la mercadería que deba ser considerada contrabando de guerra (art. I I 9 ) . En caso de guerra con una tercera potencia se acuerda en que no se permitirá que ningún ciudadano de ambos países pueda cooperar en favor de sus enemigos (art. 12 9 ). Finalmente se resuelve establecer en los ríos un sistema uniforme de recaudación de los respectivos derechos de aduana, puerto, faro, pilotaje y policía (art. I? 9 ). 1 En 1857 pareció inminente la guerra entre el Paraguay y Brasil debido a la negativa de López de reconocer y respetar la libre navegación de sus aguas jurisdiccionales. Con el propósito de liquidar pacíficamente el incidente, el emperador envió a Asunción a José María Páranos, quien se detuvo en Paraná para proponer la concertación de una convención fluvial con el gobierno de la Confederación. A fin de tratar con el enviado brasileño se designó a los ministros Santiago Derqui, del Interor, y Bernabé López, de Relaciones Exteriores. La convención fue firmada el 20 de noviembre de 1857 y está en vigencia desde el 20 de julio de 1858. Por el art. I 9 se establece que la navegación de los ríos Uruguay, Paraná y Paraguay es libre para el comercio de todas las naciones desde el Río de la Plata hasta los puertos habilitados o que se habilitaren en cada uno de los dichos ríos. La libertad de navegación concedida a todas las banderas no se entiende respecto de los afluentes, ni de la que se haga de puerto a puerto de la misma nación. Tanto esta navegación como aqué1 Instrumentos Internacionales de Carácter Bilateral suscriptos por la República Argentina, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, t. 1, p. 219.
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lia podrá ser reservada por cada Estado para su bandera (art. 2 9 ). Los buques de guerra de los Estados ribereños gozarán también de la libertad de tránsito y de entrada, en todo el curso de los ríos habilitados para los buques mercantes. Los buques de guerra de las naciones ribereñas solamente podrán llegar hasta donde les fuese permitido en cada Estado ribereño (art, 3 9 ). El tratado dispone que "el practicaje de los ríos, donde se juzgare necesario ,será ejercido por las personas que cada Estado ribereño habilitare para ese fin (art. 27 9 ). Sin embargo, cada gobierno puede declarar facultativo para todos los buques entre los límites de su territorio, el servicio del practicaje, con excepción de los buques de guerra, los buques de cabotaje y los buques que no demandasen más agua que la correspondiente al máximo de las bajadas en cada río (arí. 29?)". El resto de las disposiciones del tratado se refiere a las obras y trabajos que deban hacer ambos países y a las reglas relativas al tráfico de los buques por los ríos.1 El 27 de noviembre Páranos firmó un protocolo de empréstito solicitado por el gobierno de la Confederación, por el que se facilitaron 300.000 patacones en seis mensualidades con interés del 6 % a partir del I 9 de enero de 1860. Poco después llegó a Paraná el financista brasileño barón de María fue con el que se convino la instalación de un banco en Rosario. El ministro Páranos aprovechó su estadía para concertar otros dos tratados: uno sobre extradición y entrega de esclavos y otro sobre límites. Ninguno de estos tratados se canjeó y quedaron sin efecto. Tratado complementario de la convención preliminar de paz de 1828 El artículo 3° de este convenio, que puso fin a la guerra con el Brasil, preveía el establecimiento de un régimen 1
Instrumentos Internacionales de Carácter Bilateral, t. 1.
definitivo de independencia del Estado Oriental. Para convenir este régimen hubo acuerdo en celebrar un nuevo tratado. El gobierno del Paraná designó al Dr. Luis José de la Peña, quien se reunió en Montevideo con Lamas, representante del Uruguay, y Páranos, del Brasil. El delegado argentino debía, además, obtener un tratado de alianza para reincorporar Buenos Aires a la Confederación. La propuesta de de la Peña no tuvo eco en los otros negociadores, quienes afirmando su adhesión y simpatía al gobierno del Paraná rehusaron toda negociación sobre una alianza ofensiva. Con esta actitud Brasil permanecía fiel a su política de neutralidad en la lucha civil argentina. Los delegados extranjeros estimaron que el gobierno argentino podía sentirse desairado si su representante volvía sin haber tenido éxito. Para evitar esta situación difícil se propuso discutir un tratado sobre el Uruguay. En este acuerdo, firmado el 2 de enero de 1859, se repitieron las estipulaciones sobre reconocimoiento de una nación libre e independiente como Estado intermedio entre el Brasil y la Argentina. En esta forma quedaban suprimidas las causas de guerra y se garantizaba al Uruguay su integridad y neutralidad bajo la custodia del Imperio y de la Confederación 1 . La misión de de la Peña fue considerada un fracaso y el tratado quedó frustrado. 1 Por el art. 1' de este tratado se declaró que la República Oriental del Uruguay no se podrá incorporar, ni refundirse, en todo o en parte con el Brasil o la Argentina, ni colocarse bajo el protectorado de ninguno de ellos. Que no podrá disminuir su territorio. Por el art. 4° la República Argentina y el Brasil contraen la obligación perpetua de defender la independencia del Uruguay. En el art. 9" se definen los deberes d-e neutralidad del Uruguay. En el art. 11' se establece la prohibición de permitir que en el territorio de los tres países se preparen expediciones para atacar a cualquier de ellos. Ver el juicio de Quesada sobre este tratado en "Nueva Revista de Buenos Aires", t. 3, p. 398, La Alianza contra Rosas y Oribe.
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La guerra del Paraguay Francisco Solano López, presidente del Paraguay, fue instado por el partido blanco del Uruguay para que interviniera en la política del Río de la Plata. En respuesta a un pedido formal de intervención, hecho por el representante uruguayo el 25 de agosto de 1864, el gobierno paraguayo protestó ante Viana de Lima, ministro brasileño en Asunción, por la intervención de su país en el estado Oriental. Brasil no atendió el reclamo paraguayo, y conjuntamente con el general Flores produjeron la caída del gobierno blanco. López entonces consideró que había llegado el momento de intervenir para impedir que se alterase la situación política y el equilibrio en la región del Plata. El 16 de octubre de 1864 llegó a Asunción la noticia de que el ejército brasileño había cruzado la frontera uruguaya y ocupado la Villa de Meló. López ordenó apresar el buque "Márquez de Olinda" de bandera brasileña, que hacía la carerra entre Río de Janeiro y la provincia de Matto Grosso. El representante brasileño protestó por la captura y pidió sus pasaportes. Fuerzas paraguayas invadieron Mato Grosso apoderándose de Coimbra, Albuquerque y Corumbá. Se comenzó a hablar de la expedición a Río Grande. Producido el estado de guerra, los gobernantes de Brasil, Uruguay y Paraguay comunicaron al gabinete argentino la situación en que se encontraban, Nuestro gobierno, como amigo y vecino, lamentó la calamidad que amenazaba a todos y afirmó que se mantendría en un estado de absoluta neutralidad, a la que estaba obligada por los tratados firmados en 1856 con ambos países. Rufino de Elizalde, ministro de relaciones exteriores de la República Argentina, al contestar en enero de 1865 la comunicación del consejero José María Da Silva Páranos, enviado extraordinario y ministro del emperador del Brasil en Buenos Aires, le dijo: "Lamentando el gobierno la gue" rra que ha surgido entre los gobiernos de S.M. el Empe" rador del Brasil y del Paraguay, no cesará de hacer los " más sinceros votos por su pronta conclusión, y porque des56
" aparezcan los males que va a producir a pueblos amigos; " cumpliendo como neutral con los deberes que le imponen " los principios del derecho de gentes y los tratados vigentes " de la República Argentina".1 El 14 de enero de 1865 Berges, ministro de relaciones exteriores paraguayo, envió una nota a nuestra Cancillería para solicitar el consentimiento del gobierno argentino, a fin de que los ejércitos de la República del Paraguay pudieran atravesar el territorio de la provincia de Corrientes para atacar al Brasil. Elizalde contestó expresando que Brasil y Paraguay tenían una frontera común por donde podían ejercer las hostilidades y que permitir el paso por territorio argentino equivaldría a convertir a éste en un teatro de guerra, porque habría que acordar al Brasil el mismo privilegio. En consecuencia, se negó el permiso solicitado. Esta negativa llevó al congreso del Paraguay a declarar el 18 de marzo de 1865 que aprobaba la conducta del Poder Ejecutivo para con el Imperio del Brasil, "en la emergencia traída por su política amenazadora del equilibrio de los Estados del Plata y por la ofensa directa inferida al honor de la dignidad de la Nación". Como consecuencia declaró la guerra al gobierno argentino. Se produjo la invasión a Corrientes y la toma de dos vapores argentinos, lo que movió al presidente Mitre a dirigirse al Congreso para que lo autorizara a declarar la guerra. Con este motivo los tres países que habían sido llevados a la guerra por López firmaron el I 9 de mayo el tratado que se conoce con el nombre de "Tratado de la Triple Alianza", del que se ha dicho que "en los anales de la diplomacia argentina no se encuentra un tratado del significado e importancia de éste" 2. Estanislao Zeballos atribuye a la influencia del Brasil muchas de las disposiciones del tratado, entre ellas, la que 1 Documentos relativos a la declaración de guerra del gobierno argentino al del Paraguay, p. 35. 2 ZEBALLOS, ESTANISLAO, El tratado de alianza, exposición hecha en la Universidad de Buenos Aires el 30 de agosto de 1872, p. 16.
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disponía que permanecería . en secreto. El gobierno argentino ,según Zeballos, no tenía motivo para desprestigiarse con estos misterios si una intención sagaz no le hubiese impulsado a ello. Otra cláusula que revela la influencia brasileña es el artículo 69 que establecía el compromiso solemne de no deponer las armas sino de común acuerdo "y hasta que no hayan derrocado la autoridad del actual gobierno del Paraguay". Zeballos dice que "la diplomacia argentina se dejó arrastrar por las pretensiones del Brasil y consciente o inconsciente firmó esas cláusulas sorprendentes" 1. Se produjo la larga lucha que finalizó con el exterminio del ejército paraguayo y la muerte de López- pero en el proceso de liquidación de la guerra chocaron los intereses de la Argentina y Brasil. En 1868 era Sarmiento presidente de la Nación y Mariano Várela ministro de Relaciones Exteriores. En momentos en que las fuerzas aliadas ocupaban Asunción y que López aún se defendía en el norte, Várela procuró aplicar las cláusulas del tratado con un sentimiento de simpatía para el vencido. Para cruzarse a las intenciones del Brasil, Várela expuso su teoría tan conocida diciendo: "sin embargo el gobierno argentino ha sostenido hace muy poco en discusiones con el Representante del Emperador del Brasil, que la victoria no da derechos a las naciones aliadas para declarar, por sí, límites suyos los que el tratado señala" 3. Esta tesis fue resistida por muchos, por cuanto significaba apartarse del texto del Tratado de la Triple Alianza. El presidente Sarmiento, ante la oposición que se había desencadenado .invitó a una consulta al general Mitre, a la que asistieron iodos sus ministros, que eran Vélez Sarsfield, Avellaneda, Gorostiaga y Várela. En esa reunión Mitre dijo que "el gobierno argentino no podía sostener que la victoria no da derechos, cuando precisamente ha comprometido al país en una guerra para afirmarlo con las armas. Que si la victoria no daba derechos, la guerra no había tenido razón de ser, Op. cit, p. 35.
1 Op. cit., p. 35. n •» T 2 Ver supra, p. 107,
puesto que en definitiva ella no habría resuelto nada. Que sostener tal doctrina era asumir ante el país una tremenda responsabilidad, declarándole que su sangre derramada, su tesoro gastado, todos sus sacrificios hechos, no habían tenido más objeto que volver a poner todo en cuestión. Que conforme en que deberíamos ser generosos con el vencido, no debíamos elevar esta generosidad hasta la categoría de principio absoluto, por cuanto esto no sólo nos hacía perder las ventajas adquiridas, sino que también condenábamos la guerra misma". Más tarde añadió: "cuando la guerra se hace con un propósito decidido, el derecho es de quien lo obtiene". El presidente abandonó la política de su ministro y lo reemplazó por Carlos Tejedor. Sarmiento entonces pensó solucionar el conflicto por medio de una negociación, pero ésta se hizo en forma tan desacertada, que en la nota dirigida a Río se aludió a Itttzaingó, hiriendo así el sentimiento público brasileño. I/iguidaeión de la triple alianza. - Misión de Quintana Vencido López, el gobierno provisorio del Paraguay celebró con los aliados los protocolos de 1869, 1870 y 1871. La diplomacia brasileña, siempre previsora e inteligente, cuidó los frutos de la victoria, en contraste con la despreocupada actitud del gobierno argentino. Para afirmar su posición., Brasil envió a Asunción 'a uno de sus más hábiles diplomáticos, Silva Páranos, cuyo objetivo era la constitución de un gobierno paraguayo para poder tratar, ya que López, militarmente vencido, no podía regresar. Correspondía que el gobierno de nuestro país se hiciera representar, pero se abstuvo de hacerlo, abandonando las ventajas materiales conquistadas con sangre argentina. Como dice Caillet Bois, desde ese momento la diplomacia argentina se deslizó por un sendero tan absurdo como equivocado.1 La necesidad de tratar con este gobierno provisorio fue 1 CAILLET Bois, RICARDO, Nuestra política exterior desde la caída de Rosas hasta la época actual (primera parte). "Rev. de Informaciones de la Escuela Superior de Guerra", p. 34.
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ya motivo de discrepancia entre Argentina y Brasil. En el deseo de imponer los frutos de la victoria, el ministro brasileño sostuvo que ese gobierno provisorio tenía competencia para firmar ajustes complementarios del tratado de 1» de mayo. El representante argentino, apoyado por el uruguayo, opinó que ese gobierno que se establecía por voluntad de los aliados no era apto para celebrar tratados, "que sólo pueden celebrarse en virtud de las atribuciones con que los poderes constituidos son investidos por la ley fundamental o por la s'oberanía originaria del pueblo y que comprometen los derechos y los intereses permanentes del país" 1. Finalizada la guerra, los aliados procuraron ponerse de acuerdo sobre las bases del tratado de paz que debían celebrar con el Paraguay, y con ese objetivo se celebró en Buenos Aires una reunión a fines de 1870 y principios de 1871. En esas conferencias, a las que asistió Páranos, se acordó "que se comprendiera en un tratado o instrumento general de paz, las disposiciones de interés común o general; y en actos especiales o separados, los ajustes de límites, así como también lo que debe quedar al arbitrio de cada una de las partes interesadas por lo que toca a las indemnizaciones, gastos y perjuicios de guerra". Tejedor declaró que aceptaba la separación concerniente a los ajustes de límites "bajo la condición de que no habría para su gobierno acuerdo definitivo entre los aliados sin que quedasen resueltos todos los puntos que comprenden los ajustes definitivos de paz con el Paraguay inclusive el de límites" 2. Para llevar a cabo este propósito se reunieron en Asunción, Manuel Quintana por la Argentina, Rodríguez por el Uruguay y el barón de Cotegipe por el Brasil. El enviado del Brasil tenía hábiles agentes en todo el país y cuatro mil soldados respaldaban sus actividades diplomáticas en Asunción. El representante argentino contaba con trescientos hombres casi desarmados, sin un solo cañón y con dos buques que no estaban en condiciones de combatir. 1 Memoria R. E., 1872, p. 12. Ver capítulo Relaciones con et Paraguay, p. 109. a Memoria R. E., p. 20.
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Para esa época la política internacional de ambos países seguía direcciones opuestas, desde que Sarmiento cambiara de rumbo frente al Brasil. El 9 de marzo de 1869 en un memorándum argentino se dijo que "si con el Paraguay ani" quilado somos hoy exigentes, no esperemos simpatías cuan" do ese pueblo renazca. Esperémoslas si lo contemplamos " en su desgracia, a pesar de los enormes sacrificios y de la " sangre derramada". En ese año Mariano Várela, ministro de Relaciones Exteriores, había enunciado su tesis de que "la victoria no da derechos". Con estas posiciones tomadas se reunieron los representantes en Asunción. Quintana sostuvo que los aliados debían apoyarse mutuamente; que no podían hacer convenios por separado; que no se podía imponer la demolición de Humaitá e insistió en que la cuestión de límites argentino-paraguayos debía ser resuelta de acuerdo al art. 16 del Tratado de la Triple Alianza. Cotegipe recordó que en un convenio posterior se había establecido que la cuestión de límites se resolvería por un tratado especial. Cotegipe, con mucha hablidad, intrigó a los paraguayos señalándoles la amistad de Brasil hacia ellos y terminó por sostener que trataría separadamente, porque el tratado de la alianza, en su ley y en su espíritu, establecía que los convenios sobre límites se harían por separado. La cancillería brasileña sostuvo que era absurdo pretender que los tratados de límites entre su gobierno y el de Paraguay pudiesen depender de la ratificación de la República Argentina y que el art. 49 del tratado de la Triple Alianza establecía solamente el compromiso de los aliados de no deponer las armas sino de común acuerdo y solamente después de derribada la autoridad del gobierno entonces existente en el Paraguay; e igualmente el de no negociar separadamente con el enemigo común, ni celebrar tratados de paz, treguas o armisticios, ni convención alguna para suspender o concluir la guerra sino de perfecto acuerdo entre ellos. En cuanto al desconocimiento de la validez de la cláusula del protocolo relativa a las fortificaciones paraguayas de Humaitá, Itamaratí, sostuvo que siempre fue considerada 61
por su gobierno y el del Uruguay como parte integrante del tratado, sin que pudiera aceptar el argumento de Quintana de que no había sido aprobado por el congreso argentino, porque los gobiernos aliados no podían ser responsables por lo que debía o dejó de hacer el gobierno argentino. Quintana negó el derecho a pactar por separado y resolvió regresar a Buenos Aires, sin haber siquiera abierto las negociaciones con el gobierno del Paraguay, a pesar de los pedidos de éste para que no se retirara. El presidente Sarmiento aprobó esta conducta. El representante brasileño quedó dueño del campo y no tardó en imponer la política de su país, que se materializó en los tratados firmados en enero de 1872. Por el tratado de límites Brasil se apropió de un tercio del territorio paraguayo y estableció que las indemnizaciones de la guerra se fijarían benévolamente por su parte, sin comprometerse a retirarse del territorio ocupado. Tan pronto se conoció en Buenos Aires el triunfo de Cotegipe se planteó una seria cuestión con el ex aliado, porque Paraguay resultaba prácticamente transformado en un feudo del Brasil. El 15 de febrero de 1872 Tejedor protestó contra el tratado Cotegipe-Loizaga, manifestando que prácticamente el gobierno imperial podría conservar en el Paraguay, por tiempo indefinido y aún después del tratado de paz, el número de fuerzas que considerase necesario para el mejor cumplimiento de los ajustes, garantiendo, por sí solo, por el espacio de cinco años, la independencia e integridad territorial de la República. Cláusula semejante importaría también la ocupación militar, a discreción de uno de los vencedores en su solo provecho, o sea la permanencia de un estado de guerra; o, lo que es peor, una alianza del vencido y uno de los vencedores contra la alianza de ayer, o si se prefiere todavía, un protectorado del Brasil en favor del Paraguay 1. La tirantez entre los dos gobiernos dio motivo a un agrio cambio de notas.2 1 Memoria R. E. 1872, p. 139. Apéndice de la memoria del Ministro de Relaciones Exteriores presentada al Congreso Nacional en el año 1872, 2
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La tensión aumentó considerablemente y el fantasma de la guerra se presentó ante los dos países. Sin embargo, el representante brasileño en Buenos Aires sugirió que se enviara una misión a Río de Janeiro. Sarmiento aceptó la sugestión y designó al general Mitre, confiado en que sus vinculaciones con los hombres públicos del Brasil aseguraba el éxito de la misión. En 1872 Mitre se trasladó ante la corte de Río y con gran tenacidad obtuvo lo que se proponía. Después de conversar con Río Branco adquirió la convicción de que el Brasil, después de haber arreglado sus cuestiones con el Paraguay, no aceptaría todas las consecuencias del Tratado de Alianza para la paz sino hasta donde le indicaran sus conveniencias; y cuando más, nos acompañaría moralmente en la cuestión de los límites hasta la línea del Pilcomayo, sin perder de vista alguna combinación sobre las islas del Atajo, El Tratado de Alianza se hizo cuando el partido liberal se hallaba en el poder. Por eso, los conservadores brasileños estimaron que los límites que se fijaban en el Chaco para la Argentina era una exorbitancia. Unos consideraban que no correspondían a nuestro derecho, y otros se oponían basados en los intereses futuros del Imperio. No renegaron abiertamente del tratado, pero Páranos, cuando estuvo en el Paraguay, generalizó la idea de que la vecindad argentina en la Villa Occidental, frente a Asunción, era un peligro político, militar y económico para el país. Por otra parte, como habían realizado sus tratados sin el concurso argentino, creían no .necesitar más de nuestra colaboración y nuestra garantía, sabiendo que por el momento, a causa de la situación interna del país, más se necesitaba de la cooperación de ellos que ellos de la nuestra para conseguir del Paraguay lo que querían.1 El 19 de noviembre de ese año Mitre celebró con el marqués de San Vicente el convenio que terminó las divergencias entre los dos países mediante una .declaración que reconocía en todas sus fuerzas el tratado de alianza; Brasil se i Memoria R. E. 1874. Nota de Mitre a Tejedor 30 de junio 1873.
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comprometía a cumplir sus obligaciones y dar todas las garantías; los tratados de Cotegipe eran considerados con vigor legal; la Argentina negociaría con el Paraguay de acuerdo a las bases de 1865; Brasil cooperaría para su aceptación y desocuparía la isla argentina, Atajo o Cerrito,1 y en unión de las fuerzas argentinas evacuaría todo el territorio paraguayo.3 Mientras tanto, la diplomacia imperial desenvolvía una actitud febril en la Asunción. Había maniobrado^ tan hábilmente que aparecía como defensora del Paraguay frente a nuestro país. Tratado Sosa-Tejedor Rio Branco consideró llegado el momento de encarar una nueva negociación en Río, e insinuó que era deseable que fuera el mismo Tejedor. Aceptada la propuesta brasileña, Paraguay designó como representante suyo a Jaime Sosa. A este enviado se le dieron las siguientes instrucciones: 1 ? ) Abandono espontáneo de la propuesta de arbitraje y su sustitución por la línea del Pilcomayo, aceptada ad referéndum por el general Mitre. 2 9 ) Aceptación de esta línea por el Brasil, con la declaración, del retiro inmediato de las fuerzas brasileñas que ocupaban Asunción y la isla del Atajo o Cerrito, inclusive la Villa Occidental. El presidente del Paraguay, Jovellanos, que desconfiaba •de su ministro Gil por sus conexiones con la legación del Brasil, pero que tenía plena confianza en Sosa, dio a éste •contrainstrucciones reservadas. En este documento hay un párrafo sorprendente. "En el deseo de remediar en algo los males que aquejan al país, invocando su patriotismo, lo autorizó para efectuar los tratados con la República Argentina bajo la base de la desocupación inmediata brasileña, por 1 Esta isla situada casi frente a Corrientes fue ocupada desde el principio de la guerra por fuerzas brasileras. a Memoria R. E., 1873, p. 220. CÁRCAMO, La misión Mitre en el Brasil "Anales de la Facultad de Derecho", t. 3, p. 5,
más que a ello se opongan las instrucciones oficiales que, como Lid. sabe, han sido redactadas en la legación brasilera".1 El nudo de la cuestión consistía en los esfuerzos que hacía el gobierno argentino para terminar con la ocupación del territorio del Paraguay por las fuerzas del Brasil, que se prolongó hasta cinco años después de terminada la guerra. Además, se quería resolver la cuestión de límites de acuerdo a nuestros derechos, los que eran bloqueados por la hábil diplomacia del Brasil, que ayudaba al gobierno paraguayo en su negativa a reconocer los derechos argentinos sobre el Chaco. La falta de apoyo del Brasil a la República Argentina para solucionar la cuestión de límites más allá de la línea del río Pilcomayo, obedeció a los recelos que siempre tuvo acerca de la intención del gobierno,argentino de reconstruir el virreinato del Río de la Plata. Según refiere Arbó, los estadistas del imperio, a pesar de lo dispuesto por el art. 16 del Tratado de Alianza que adjudicaba a la República Argentina todo el Chaco hasta Bahía Negra, habían resuelto que no convenía a los intereses del Brasil tener límites comunes muy extensos con nuestro país, y que más convenía a la paz, tranquilidad y seguridad del imperio tener un Estado cuña como el Paraguay, entre ambos Estados. Razones de orden político militar hicieron que el vizconde del Uruguay, al evacuar una consulta del Consejo de Estado, manifestara que el pensamiento tradicional constante y previsor del Brasil fue siempre mantener la independencia del Paraguay, y también que éste tuviese el territorio necesario para impedir el contacto inmediato entre la frontera del Brasil y la Argentina. Dicho personaje decía que "lo que en verdad producía pena es lo pactado en el artículo 16. Queda la Confederación Argentina dueña de toda la margen derecha del Paraná hasta el Iguazú, y lo que es más aún, de toda la margen derecha del Paraguay hasta la Bahía Negra, próximo al fuerte de Coimbra. Por este artículo, al mismo tiempo 1
QUESADA, ERENESTO, Los tratados argentino-paraguayos, p, 402.
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que se asignan al Brasil límites mucho más acá de lo que se podría pretender, se atribuye a la Confederación una gran parte de la América del Sur, que ambicionó siempre, sin atreverse nunca a manifestar abiertamente sus aspiraciones".1 La negociación diplomática fue muy interesante porque Sosa inspiraba a los brasileños absoluta confianza, conociendo ellos las instrucciones oficiales que traía, pero sin sospechar las contrainstrucciones oficiales que le había dado el presidente. Tejedor también contaba con el representante paraguayo, aunque desconfió, en un principio, de su actuación. En momentos en que comenzó la negociación, la situación era ventajosa para Brasil, por cuanto se encontraba en el apogeo del II Imperio con un estadista como Páranos al frente del gobierno. En contraposición, la Argentina acababa de salir de una revolución. La conferencia comenzó entre los tres representantes, pero a espaldas de ella, los representantes brasileños trataron de influir en el ánimo del representante del Paraguay. Entendían que debía subordinarse a todo lo que le dijeran, y llegaron a indicar a Sosa que en la conferencia con Tejedor debía pedir que continuara la ocupación del territorio paraguayo por las tropas del Brasil. Tejedor propuso que si se celebraba un tratado de límites por transacción, la desocupación del territorio debía efectuarse a los tres meses. Si se sometía a arbitraje, el "statu quo" debía consistir: I 9 ) la guarnición brasileña de la Asunción tendría un número igual a las fuerzas argentinas que ocupaban Villa Occidental; 2 9 ) la isla de Atajó o Cerrito sería desocupada y entregada a la República Argentina, lo mismo que la Villa Occidental. Confiados en Sosa, contestaron los brasileros que no obstante su oposición a la desocupación sin recibir antes los actos de perfeccionamiento constitucional, otra cosa sería si el Paraguay reconocía el dominio de la Argentina sobre la isla. Ante la firme actitud de Tejedor, Páranos comenzó a inquietarse y llamó a Sosa para comunicarle que Brasil ja1
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ARBO, HIGINIO, Libre navegación de los ríos, p. 171.
más aceptaría la pretensión argentina, y le aconsejó que provocara el rompimiento de las negociaciones. Mientras tanto, Sosa, en cumplimiento de las contrainstrucciones de su presidente, estaba en tratos directos con Tejedor, buscando una transacción para que fuera inmediatamente desocupado el territorio de su patria. Pronto quedó formalizado el convenio, de modo que cuando se reunieron de nuevo con los plenipotenciarios del Brasil, el acuerdo argentino-paraguayo estaba terminado. Fue así como al iniciarse las conversaciones Tejedor presentó sus dos proposiciones: la de transacción en los términos convenidos con el representante del Paraguay o el arbitraje. Confiando en el rechazo paraguayo, Páranos expresó que la elección quedaba entregada al Paraguay. Entonces ¡Sosa dijo que optaba por la transacción porque ella importaba la ventaja de poner término inmediato al problema. Estas palabras dejaron estupefactos a los plenipotenciarios brasileros, que no se convencían de que Sosa no actuara de acuerdo a las miras del Brasil. Para tratar de doblar la voluntad del diplomático paraguayo o ganar tiempo a los efectos de interrumpir la negociación. Páranos pidió una postergación de la conferencia. Estaba tan enojado, que por todos los medios trató de obtener que Sosa se retractara, llegando hasta la violencia verbal. Pero todo fue inútil .porque Sosa se mantuvo firme alegando que ya no podía retirarse. En la nueva reunión Tejedor sostuvo que con la aceptación del diplomático paraguayo la cuestión había terminado. Quesada expresa el siguiente juicio: "Con la firma de " aquellos convenios a que se había arribado después de la " laboriosa negociación, la República Argentina obtenía un " gran triunfo diplomático. En realidad, representaba más " bien una satisfacción moral, pues no se retiraba de allí la " ocupación argentina ni se arriaba nuestra bandera; en se" gundo lugar, separaba al Paraguay del séquito del Brasil, " porque si se aprobaba el tratado, era indudable que signi" ficaba ello el aniquilamiento de la influencia brasilera, y si " no se aprobaba, quedaría un germen de desconfianza que 67
" lo paralizaría; en tercer lugar, derrotaba al Brasil, ponien" do al desnudo su diplomacia ventajera y demostrando que " era él y no el Paraguay el causante de los anteriores fra" casos en las negociaciones; por último, significaba una " compensación por la guerra y un triunfo de la discutida " política de la triple alianza, inaugurando la era de una be" néfica influencia argentina en el Paraguay".1 Para el Paraguay los beneficios eran mayores, pues se libraba de la ocupación militar brasilera, del peso de la deuda argentina, restablecía la cordialidad con este país y se sacudía de la tutela imperal, cediendo solamente un pequeño pedazo de tierra que no importaba sino una satisfacción al amor propio argentino, como era la ocupación de la Villa Occidental. El tratado Tejedor-Sosa fue indiscutiblemente un gran triunfo argentino y una derrota de la diplomacia brasilera. Tejedor en una entrevista con el emperador le preguntó su opinión sobre el tratado contestándole Pedro II que creía que no sería aprobado. Esta opinión le fue ratificada por Río Branco, quien le dijo que el tratado nada valía porque sería desaprobado y que era preferible optar por el arbitraje. Tejedor le contestó en forma negativa, e incomodado por la actitud del emperador y su ministro, decidió marcharse de Río dando por terminada la negociación. El viaje precipitado de Tejedor impidió la firma de los protocolos de la conferencia y esto sirvió de pretexto a Brasil para expresar su disconformidad. Pero nuestro enviado había comunicado telegráficamente lo ocurrido y nuestro Ministerio de Relaciones Exteriores ordenó al cónsul general, único representante argentino en Asunción, que preparara el terreno para la aprobación de los tratados. Las autoridades paraguayas se comprometieron a hacerlo si recibían los tratados antes que la legación del Brasil, quedando convenido que en cuanto se recibieran los instrumentos, se los haría aprobar en una sola sesión por el Congreso, y se comunicaría al Brasil el hecho consumado. 1
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QUESADA, ERNESTO, op, cit. p. 442.
Lamentablemente, por descuido de la cancillería argentina llegó a Asunción el correo del gabinete del Brasil antes que nuestro consulado recibiera los tratados. La legación brasilera inmediatamente ejerció fuerte presión y obtuvo que el gobierno del Paraguay desaprobara los tratados y dejara cesante a Sosa de su cargo. El gobierno del Brasil consideró que el tratado firmado entre Tejedor y Sosa y la partida de Tejedor merecían una observación. En un memorándum pasado al gobierno argentino expresó que había prescindido de las formalidades diplomáticas al partir de la corte de Río de Janeiro sin despedirse del Jefe del Estado. Veía, además, en la cesión de Villa Occidental una estipulación contraria al acuerdo de 19 de noviembre de 1872 y al principio sentado en el Tratado de Alianza, según el cual los aliados se obligaban a respetar la integridad del territorio paraguayo. La cancillería argentina contestó que Tejedor se retiró sin solicitar una audiencia especial porque en una entrevista privada del 28 de mayo había anunciado al emperador su decisión de ausentarse para pedir órdenes, y que no podía presentar carta de retiro, pues era probable su regreso a Río de Janeiro tan pronto como el gobierno del Paraguay aprobase los tratados. No había por consiguiente ninguna violación de la ética diplomática. En cuanto al reconocimiento de la Villa Occidental se expresó que el convenio no importaba una cesión territorial a cambio de una cesión pecuniaria, por cuanto la Villa Occidental fue siempre considerada por el gobierno argentino como parte del territorio de esta República; y que la renuncia al derecho de indemnización por los gastos de la guerra, pactada en convención separada, sólo importaba un acto de benevolencia por parte del gobierno argentino hacia la República del Paraguay. No había pues estipulaciones que contrariasen el acuerdo de noviembre ni qvie estuviesen en pugna con el tratado de Alianza. Con estas explicaciones ambos gobiernos dieron por terminado el incidente. El triunfo de Rio Branco fue efímero, porque en junio de 1875 su gabinete caía derrotado a causa del fracaso de 69
las conferencias diplomáticas y la celebración del tratado Sosa-Tejedor. En el Senado, Nabuco, Saraiva y Cotegipe atacaron crudamente al ministerio reprochándole la presión que el gobierno había ejercido para que no se aprobara el tratado TejedorSosa. Gestiones de Dardo Rocha La situación económica del Paraguay se agravó y la vinculación con Brasil se enfrió. En este momento se realizó una misión oficiosa que el ministro de Relaciones Exteriores de la Argentina, Dr. Pardo, encargó al senador Dardo Rocha con el carácter de agente confidencial. Rocha llevaba toda la documentación oficial del ministro Sosa, pero evidentemente llegaba tarde. Comprendiendo la situación en que podía encontrarse decidió negociar directamente un tratado y con este motivo celebró una conferencia con el presidente del Paraguay. Convenidas las bases del tratado, nuestro enviado se encontró con que no tenía la plenipotencia para firmarlo, ni siquiera autorización para celebrarlo. Esto motivó que tuviera que bajar a Corrientes a fin de que el gobierno le enviara las plenipotencias necesarias. Se dice que este viaje despertó las sospechas del representante del Brasil, que echó mano a todos sus recursos para cambiar el ánimo del presidente paraguayo a fin de que se negara a firmar el tratado. El representante brasilero obtuvo tal éxito, que llegado Rocha y convenido la firma del acuerdo para el día siguiente, al presentarse a la casa de gobierno recibió del oficia] de guardia de parte del presidente de la República la orden de salir inmediatamente de la casa. Más tarde excusó su actitud por la presión brasilera y aceptó continuar la negociación, pero no ya directamente sino por intermedio de otras personas. A pesar de las promesas. Rocha no recibió ninguna noticia de la decisión paraguaya y comprendiendo el papel desairado en que estaba colocado regresó a Buenos Aires sin saludar ni al presidente ni al canciller del Paraguay. La di70
plomada brasilera había triunfado de nuevo sobre la diplomacia argentina. Un acontecimiento de política interna paraguaya, como fue el cambio de gabinete y el reemplazo del canciller Pardo por el Dr. Bernardo de Irigoyen en la Argentina permitió llegar a la solución tan deseada del tratado definitivo, no obstante que el barón de Cotegipe que donimaba en el gabinete del Brasil había declarado que su política era la de la paz armada, preocupado por la tendencia argentina a la reconstrucción del virreinato. Cambiados los ministros paraguayos ocupó el de Relaciones Exteriores José Urdapilleta, adversario del Brasil y gran patriota. Valiéndose de Gondra, un argentino que había hecho fortuna y que se había radicado en Asunción, el gobierno paraguayo logró interesar a Rocha para que sugiriera al gobierno argentino la concertación del tratado definitivo. Esa negociación se llevó en la mayor reserva para evitar que la dipomacia brasilera tomara intervención y obstaculizara las aspiraciones argentinas. Ernesto Quesada estima que por el tratado de 1876, "la República Argentina cedía nuevamente: cerraba el ciclo de la discusión diplomática de la cuestión paraguaya acordando al Paraguay todo lo que solicitaba y adoptando las soluciones de la diplomacia imperial. Pero era necesario terminar de una vez por todas con aquel problema; era preferible ceder, para asegurar, en cambio, la tranquilidad de estos países alejando los temores constantes de una guerra inminente" 1. Cuestión de límites con Brasil Ya se ha dicho que la Argentina y Brasil heredaron el pleito de límites que mantuvieron las coronas de España y Portugal. Para solucionarlo se celebraron varios tratados. El primero fue el de Madrid (1750), que determinó la delimitación a seguirse por los comisionados encargados de la demarcación. Con este motivo se hizo una relevación del teQUESADA, op. cit., p 509.
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rritorio y los representantes levantaron un mapa que fue denominado después, en posteriores negociaciones, como "mapa de las Cortes". Los comisionados no pudieron ponerse de acuerdo y el tratado de 1750 fue dejado sin efecto por el tratado de El Pardo, de 1761. Posteriormente ambos países firmaron un nuevo tratado en San Ildefonso en 1777. Según la opinión argentina, el tratado de 1777 estableció la verdadera ubicación del río Pepirí, accidente geográfico que tuvo vital importancia en la cuestión de límites. Este tratado fue interpretado en el terreno por los demarcadores reales, quienes convinieron en una nueva exploración, que fue realizada por Oyarbide, representante de España, y un comisario portugués. La demarcación del territorio no pudo llevarse a cabo, de modo que el tratado de 1777 quedó rigiendo este problema hasta 1857 en que Brasil abrió negociaciones con la República Argentina para resolver el litigio heredado.1 El 30 de noviembre de 1857 el enviado del Brasil, consejero Silva Párannos, presentó una memoria para promover el arreglo de la cuestión de Misiones. El gobierno argentino designó al ministro de Relaciones Exteriores, Dr. Bernabé López, y al ministro del Interior, Santiago Derqui, para negociar con el diplomático del imperio. El H de diciembre de 1857 se convino un tratado de límites por el que se establecía que el territorio de la Confederación Argentina se dividía del imperio del Brasil por el río Uruguay; perteneciendo toda la margen derecha u occidental a la Confederación y la izquierda u oriental al Brasil, desde la boca del afluente Cuareim hasta la del Pepirí Guazú donde las posesiones brasileras ocupan las dos márgenes del Uruguay. Por el art. 2' se declaró que los ríos Pepirí Guazú y San Antonio son los que fueron reconocidos en 1759 por los demarcadores del tratado de 1750 celebrado entre Portugal y España. El tratado fue aprobado por la comisión de legislación 1 Los escritores brasileros han negado siempre la vigencia de este tratado de 1777. Ver ESTANISLAO ZEBALLOS, Cuestiones de límites entre la República Argentina, el Brasil y Chile. Memoria del Ministerio de Relaciones Exteriores, 1892, p. 13 y sgtes.
y negocios constitucionales del Senado en junio de 1858, pero lo impugnaron varios senadores. Uno de ellos consideró que no había habido motivo especial para no hacer mención, en el tratado, de un extenso territorio que podía considerarse como argentino, por haber sido del dominio español. Se refería al conocido con el nombre de "Misiones del Uruguay" que no fue asignado a la República Oriental cuando se estipuló la independencia por el tratado de 1828, y que había quedado, por lo tanto, como parte integrante de nuestro país, en virtud de haber pertenecido al Virreinato de Buenos Aires. Otro senador, para aclarar el asunto, propuso sustituir el art. 2° por el texto siguiente, que fue aprobado por ambas cámaras: "Es entendido que los ríos Pepirí Guazú y San Antonio, que se designan como límites en el artículo I 9 del tratado, son los que se hallan más al oriente con estos nombres, según consta en la operación a que se refiere el artículo 29 del mismo". En esta forma se afirmaba la posición argentina que consistía en la discrepancia sobre ubicación de los ríos. Mientras Brasil pretendía por límite el río que entra al Uruguay aguas abajo del Uruguay Pitá y busca las vertientes del río, puesto que desagua en el Iguazú, la República Argentina sostenía los derechos que le daban los tratados firmados con Portugal y España, que establecían que el límite debía correr por el sistema de los ríos situados aguas arriba del Uruguay Pitá. Los primeros eran los ríos occidentales y los últimos los ríos orientales, o sea el Pepirí Guazú y San Antonio Guazú, denominados Chapecó y Jangada por los exploradores brasileros. La negociación quedó suspendida hasta 1876 en que el barón Aguiar D'Andrada, acreditado ante el gobierno de la República Oriental, vino a Buenos Aires en misión especial para continuarlas. El ministro de Relaciones Exteriores Bernardo de Irigoyen aceptó continuar las negociaciones, pero propuso unas bases que la cancillería brasilera se negó a aceptar, declarando terminada la negociación de D'Andrada. El gobierno argentino resolvió insistir y dio instruccio-
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nes al ministro Domínguez en 1877 para que continuara la negociación sobre la cuestión de límites. El ministro de Relaciones del Brasil, barón de Cotegipe, no estaba dispuesto a continuarlas porque preveía que la política argentina, empeñada en una lucha interna le ofrecería oportunidades más propicias. Según Zeballos, ansiaba ganar tiempo para que por medio de la ocupación del territorio disputado se encontrara en mejor posición en el debate. Este fue el origen de las medidas gubernativas del imperio adoptadas en 1879 y 1880, mandando fundar colonias militares en la frontera de las provincias de Paraná sobre la zona litigosa. Si el gobierno argentino hubiera protestado enérgicamente, el gobierno imperial se había detenido porque no llevaba el propósito de provocar el conflicto. Lamentablemente la República Argentina estaba dividida en dos campos por una sangrienta contienda y el gobierno, ocupado en defender su existencia, se limitaba a acusar recibo de las notas en que el plenipotenciario argentino en Río comunicaba las agresiones y aconsejaba las medidas del caso. Entre estas medidas estaban las de enviar fuerzas armadas y hacer sentir la posesión efectiva de la República en aquellos lugares del Alto Uruguay. Al mismo tiempo nuestro representante Domínguez obtenía del emperador que desautorizase el envío de militares para facilitar el arreglo de la cuestión de límites. En 1881 Domínguez aconsejó al gobierno que abriera negocaciones para arreglar la cuestión. Poco después Brasil propuso un arreglo directo o una transacción, que Domínguez aconsejó que se aceptara. No prosperó esta tentativa y mientras tanto, por decreto del 16 de marzo de 1882, el gobierno argentino creó la Gobernación de Misiones como afirmación de nuestros derechos soberanos a ese territorio, Brasil comprendió que la actividad legislativa argentina podría perjudicarle e inició gestiones para el arreglo definitivo de los límites. El 2 de junio de 1882 el barón Araujo Goldim, de acuerdo a instrucciones de su gobierno, observó al nuestro que se había dictado un decreto dividiendo en cinco departamentos el territorio de las Misiones. Como el gobierno imperial no podía aceptar ningún acto de jurisdic-
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cion de Jas autoridades argentinas en un territorio que estaba en litigio entre ambos países, proponía la apertura de negociaciones para un ajuste definitivo de la cuestión. El Dr. de la Plaza, a la sazón ministro de Relaciones, contestó aceptando la propuesta y señalando que ya antes, en 1876, hubo un cambio de proposiciones que quedaron sin efecto por indicaciones del barón de Cotegipe. Al mismo tiempo señaló que había una colonia militar brasilera ubicada en territorio argentino y que convendría su retiro para la mejor solución del asunto. El representante del Brasil contestó la nota del Dr. de la Plaza acompañando un memorándum que demostraba el derecho del Brasil, y sostuvo que las colonias militares fundadas en la margen izquierda del río Chapecó y en la derecha del Chopín, se encontraban en territorio brasilero. El memorándum fue contestado por de la Plaza en nota de enero 30 de 1883, que demostró, en forma acabada la solidez de los derechos argentinos. Sin embargo, una nueva nota del representante del Brasil refutó la anterior y terminó proponiendo que se designara una comisión mixta para explorar los cuatro ríos Pepirí Guazú, San Antonio, Chapecó y Chopín.1 No pudiendo ponerse de acuerdo, la negociación iniciada quedó sin efecto. Araujo Goldim fue sustituido por el barón de Alendar, quien el 30 de diciembre de 1884 presentó un contra-memorándum. En ese memorándum introdujo un nuevo elemento, pues por primera vez mencionó al río Chopín, que no era uno de los cuatro ríos que limitaba la cuestión secular, sino una quinta corriente de agua. El gobierno argentino aceptó la propuesta del Brasil y el 28 de setiembre de 1885 se firmó en Buenos Aires un tratado entre el representante del Brasil y el ministro argentino Ortiz. Este tratado disponía que se nombrase una comisión para reconocer los ríos Pepirí Guazú y San Antonio Guazú y los dos situados al oriente de ellos conocidos por los nombres de Chapecó y Chopín, así como el territorio comprendido entre 1
Memoria Relaciones Exteriores año 1886, p. 197 a 292.
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los cuatro ríos. Las comisiones debían reunirse en Montevideo y tenían que levantar en común planos de los cuatro ríos y del territorio que los separa para presentarlos a sus gobiernos, quienes en vista de esas memorias y planos procurarían resolver amigablemente la cuestión, celebrando un tratado definitivo. Las comisiones del Brasil y de la Argentina, que fueron presididas por el barón de Capamema y por el coronel José Ignacio Garmendia, iniciaron sus operaciones en 1885. No obstante esto, las negociaciones no pudieron terminar hasta que el 7 de setiembre de 1889 entre el ministro brasilero barón de Alengar y el canciller argentino Norberto Quirno Cosía, en los salones de la legación del Brasil en Buenos Aires, como deferencia al país vecino en homenaje a su aniversario nacional, se firmó un tratado de arreglo directo y arbitraje. Por este convenio se estableció que la discusión de derecho quedaría cerrada en el plazo de noventa días contados desde la conclusión del reconocimiento del terreno. Terminado este plazo sin solución amigable, la cuestión tendría que ser sometida al arbitraje del presidente de los Estados Unidos. La frontera tendría que ser constituida por los ríos que ambos países habían designado y el arbitro sería invitado a pronunciarse por una de las partes, como juzgase justo, en vista de las razones y de los documentos que produjese. El tratado fue aprobado por el Congreso argentino sin observaciones y el canje de ratificaciones tuvo lugar en Río de Janeiro el 4 de noviembre de 1889. A fines de ese mismo año Brasil cambió su forma de gobierno adoptando la República. Este acontecimiento fue festejado por un decreto especial del gobierno argentino. 1 que 1
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Buenos Aires, Diciembre 3 de 1889. Considerando: Que el pueblo brasilero ha proclamado la República, sustituyéndola al régimen monárquico, en la única región de Sud-América donde se mantuvo después del grito libertador de Mayo, lanzado en 1810 desde la ciudad de Buenos Aires; Que este acontecimiento robustece y prestigia las aspiraciones humanas hacia el régimen de las instituciones libres, no solamente por la implantación de las mismas en un grande Estado de tradi-
favoreció la oportunidad de un arreglo directo. Fue así como se iniciaron negociaciones entre los ministros de Relaciones Exteriores de ambos países Estanislao Zeballos y Quintino Bocayuba, quienes el 30 de enero de 1890 firmaron en Montevideo un tratado que importaba una transacción, con ventaja territorial para Brasil. ciones monárquicas, sino también por la manera culta, reposada y magnánima con que la opinión pública ha operado la transición, sin que la violencia o el abuso del triunfo hayan herido los sentimientos humanitarios del Brasil y del mundo; Que si bien la República cultivó siempre sinceras y cordiales relaciones con el monarca don Pedro II, ella no puede asistir con indiferencia al coronamiento de la revolución institucional sudamericana difundida por San Martín y Bolívar al frente de los ejércitos libertadores que, partiendo de las orillas del Plata y de !as costas del mar Caribe, pasaron las más altas cordilleras para asistir a la cita inmortal del campo de Ayacucho; Que la circunstancia de adoptar la república brasilera la forma federativa por la cual lidiaron los argentinos hasta incorporarla a su ley fundamental, prestigia mayormente ante ellos la revolución que han proclamado los Estados Unidos del Brasil; Que los recíprocos sentimientos de simpatía que los pueblos y gobiernos de la República Argentina y del Brasil se han demostrado con frecuencia, se robustecen en presencia de la comunidad de ideales políticos e institucionales, creada por los sucesos del 15 de noviembre; Que el 19 del mismo mes el Gobierno de la República acordó continuar sus relaciones diplomáticas con los Estados Unidos del Brasil, rindiendo el debido homenaje a su soberanía; Que en el día de la fecha S. E. el Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del Brasil ha presentado al Gobierno la circular del Ministerio de Relaciones Exteriores de su pais, fecha 19 de noviembre, avisando a las naciones la proclamación de los Estados Unidos del Brasil y adjuntando la carta autógrafa del Jefe del Poder Ejecutivo que acredita al Sr. Barón de Alencar para continuar en el desempeño de sus altas funciones; El Presidente de la República en acuerdo general de Ministros
DECRETA: Art. 1' — Celebrar en la forma ordenada por este acuerdo el advenimiento de la República de los Estados Unidos del Brasil, señalando al efecto el dia 8 de diciembre. Art. 2° — La bandera nacional será enarbolada en todos los establecimientos públicos, fortalezas y buques de guerra de la Nación. 77
Desgraciadamente el partido monárquico obtuvo mayoría en el Congreso y atacó la obra de la República centrando su discrepancia en el tratado celebrado, que fue desaprobado por la Cámara de Diputados. No cabía demorar por más tiempo la solución del litigio y se recurrió al arbitraje designándose al Dr. Zeballos como representante argentino. Por Brasil actuó Rio Branco. El arbitraje del presidente Cleveland En 1841 Brasil fundó varias villas en el territorio litigioso de Misiones, entre ellas la del Palmar. Fundado en esta posesión, Brasil argumentó en su momento que el gobierno argentino no podía ignorar el establecimiento de brasileños en aquellas regiones porque se había hecho público en 1841, época en la que la República tenía una legación en Río de Janeiro. Añadió que si se creía con derechos al territorio sitúaArt. 3° — Los buques de la armada nacional surtos en los puertos de la República y en el extranjero, empavesarán y harán los más altos honores que por las ordenanzas corresponden a este caso. Art. 4° — La intendencia de la Capital de la República será invitada a hacer en la noche del día expresado, la iluminación de las calles, plazas y monumentos públicos, y a promover entre el vecindario el embanderamiento e iluminación de los edificios particulares. Art. 5' — El Ministro de Relaciones Exterires visitará a S. E. el Sr. Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del Brasil, presentándole los votos de la República Argentina por la felicidad de su Patria en la nueva vida política que inaugura. Art. 6' — Este acuerdo será especialmente comunicado a S. E. el Sr. Ministro del Brasil y trasmitido por telégrafo al Ministro de la República Argentina en Río de Janeiro. Art. 7° — Los señores gobernadores de las provincias y territorios de la Nación serán invitados a asociarse a esta celebración. Art, 8' — Remítase copia de este acuerdo a los ministros del Interior y de Guerra y Marina para el debido cumplimiento de la parte que a cada uno le corresponda. Art. 9" — Comuniqúese, publíquese y dése al Registro Nacional. JUÁREZ CELMAN Estanislao S. Zeballos — N, Quirno Costa. — W. Pacheco. — Filemón Posse. — E. Racedo.
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do al Este del Peperí Guazú y San Antonio, debía haber protestado, como protestó, contra la ocupación de las islas Malvinas por Inglaterra 1 . La protesta argentina en realidad, se presentó el 13 de febrero de 1863, siendo ministro de Relaciones Exteriores Rufino de Elizalde. Sin embargo, el delegado del Brasil ante el arbitro sostuvo que jamás hubo protesta efectiva. Lamentablemente, no fue posible presentar en el arbitraje la prueba de esa protesta, como tampoco fue posible presentar las instrucciones dadas a los demarcadores del tratado de 1750, en las que se indicaban las características del río Pepirí. Si la República hubiera podido exhibir el texto de esas instrucciones firmadas por los plenipotenciarios de España y Portugal, el fallo tal vez le habría sido favorable, porque los caracteres de ubicación de los ríos eran claros y definitivos. Dichas instrucciones no pudieron ser encontradas ni en el Ministerio de Relaciones Exteriores ni en los archivos españoles. El Brasil había mantenido en los archivos de España, durante muchos años, funcionarios de gran capacidad que prepararon el material que había de ser presentado al arbitraje en forma completa. La República Argentina tenía un material trunco, y como señalara Zeballos, le faltaban documentos y los mapas más importantes. Mandó por ellos cuando ya corrían los términos del arbitraje. El arbitraje fue dado en Washington el 5 de febrero de 1895 por Cleveland y fue favorable al Brasil. En su parte pertinente expresa: "de acuerdo con los precedentes citados, " habiendo examinado y considerado debidamente los argu" mentos, documentos y probanzas sometidas por las respec" tivas partes, de acuerdo con las estipulaciones de dicho tra1 Efectivamente la afirmación brasilera señaló la deficiente actuación de Rosas, encargado de las relaciones exteriores argentinas que no ignoró las negociaciones brasileras-uruguayas sobre límites. El representante argentino en Río, Sarratea, tenía instrucciones de presenciar las negociaciones y sin embargo el gobernador de Buenos Aires no protestó por el tratado de 1851 entre Brasil y Uruguay, que dispuso de territorios indiscutiblemente argentinos por sucesión de los derechos de España. GSCHWIND, JUAN, La política internacional argentina durante la dictadura de Rosas, p. 101, Rosario 1925.
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" tado, por el presente doy la siguiente decisión y fallo: que " el límite entre la República Argentina y los Estados Uni" dos del Brasil en aquella parte sometida a mi arbitramento " y decisión, es formado y debe establecerse por y sobre los "ríos Pepirí (también llamado Pepirí Guazú) y San AntoJ < nio, a saber: los ríos que el Brasil ha designado en su ale"" gato y documentos que ha sometido a mi examen, como " constituyendo el límite y precitado sistema denominado del " oeste".1 Inmediatamente después de conocer el resultado, •el gobierno argentino hizo saber al del Brasil que estaba dispuesto a dar cumplimiento al laudo y que esperaba las indicaciones del uso para proceder de común acuerdo .a la demarcación de la línea divisoria. Zeballos ha dicho que "el culto de la historia exige afirmar que el Brasil " tenía razón en la cuestión de Misiones. Así lo demostraron " al gobierno argentino el general Garmendia y el ingeniero " Virasoro, peritos de límites que al explorar el terreno com" probaron el error de hecho con que España había sostenido " esta cuestión contra Portugal" 3. Para poner en ejecución el laudo, el 9 de agosto de 1895 se firmó en Río de Janeiro un protocolo que fue reconsiderado por otro de 1" de octubre de 1898. Pocos días después se firmó en Río un tratado para establecer la línea divisoria internacional cuyo artículo I 9 establece que "comienza en el J I río Uruguay frente de la boca del río Cuareim y sigue por " el thalweg de aquel río hasta la boca del río Pepirí Gua'" zú. La margen derecha occidental del Uruguay pertenece a " la República Argentina y la izquierda u oriental al Brasil. "De la boca del río Pepirí Guazú la línea sigue por el " álveo de ese río hasta su cabecera principal, donde conti" núa por el terreno más alto hasta la cabecera principal del " río San Antonio y de ahí por su álveo hasta su desembo1 Instrumentos Internacionales de Carácter Bilateral, t. 1, p. 272. 2 "Rio Branco", en R. D. H. y L., t. 41, p. 416. Zeballos al aceptar la designación de representante argentino expresó: "La cuestión de Misiones tiene diversos y capitales puntos de vista, algunos de los que amparan indiscutiblemente la razón argentina, mientras que otros rela•cionados con los hechos, suscitan incertidumbres graves".
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" cadura en el río Iguazú. Pertenece a la República Argén" tina el territorio al oeste de la línea divisoria en toda la " extensión de cada uno de los dos ríos y de la línea que " divide el terreno más alto entre los cabeceras de los mis" mos ríos. Pertenece al Brasil el territorio que queda al este " (art. 2'). La línea sigue por el thalweg del río Iguazú hasta su desembocadura en el río Paraná, perteneciendo a la República Argentina la margen meridional o izquierda del mismo Iguazú y al Brasil la septentrional o derecha (art. 3 9 ). Las islas del Uruguay y del Iguazú seguirán perteneciendo al país indicado por el thalweg de cado uno de esos ríos (artículo 4 ? ). El 2 de agosto de 1900 nuestro representante Gorostiaga firmó con el ministro de Relaciones Exteriores del Brasil, Magalaez, un convenio por el cual se dieron instrucciones a las comisiones mixtas para la demarcación de la frontera. La comisión, en los ríos Uruguay e Iguazú, debía seguir la línea del thalweg determinado por el canal principal de mayor calado y más fácil de navegar, debiendo apreciar estas condiciones en el momento de la demarcación. El 4 de octubre de 1909 se firmó entre ambos países un protocolo por el que se confirmó la aprobación prestada separadamente por ambos gobiernos a todos los trabajos ejercidos por la comisión argentino-brasileña de conformidad al fallo arbitral de 1895, del tratado de límites de 1898 y de las instrucciones de 1900. En la misma fecha se firmó una convención complementaria del tratado de límites de 1898 que tendría por objeto facilitar la delimitación de la frontera en el río Uruguay hasta el extremo austral y la isla brasilera del Cuareim. El 4 de abril de 1910 se firmó un convenio por el que se aprobaron los trabajos de la Comisión Mixta ArgentinoBrasileña que tuvo a su cargo la demarcación de la frontera. El 27 de diciembre de 1927 se firmó en Buenos Aires una convención complementaria de límites para establecer el que corresponde sobre el río Uruguay desde la línea que une 81
el hito brasileño de la Barra del Cuareim. El canje de ratificaciones de esta convención fue hecho en 1941. En esta forma se puso fin al largo pleito de límites que separó a ambos países y hoy entre la Argentina y el Brasil no queda ninguna cuestión territorial a dilucidar.
y que la interpretación debería ser la de que cumplida la estipulación por una de las partes, la otra debía corresponderle con favores iguales y equivalentes.
Propuesta de mediación conjunta >e!n la guerra dtel Pacífico
Durante la celebración de la primera conferencia interamericana en Washington, nuestros delegados presentaron, conjuntamente con los brasileros, un proyecto de arbitraje. En la comunicación enviada al ministro de Relaciones Exteriones, Sáenz Peña y Quintana, decían que habían entendido que la estrecha intimidad que se mantiene con los representantes del Brasil concuerda con la política de nuestro gobierno, claramente manifestada en los últimos acontecimientos de aquella nación. Creían que ambas Repúblicas, que tenían pendiente una cuestión sobre límites territoriales, debían presentarse ante las demás naciones unidas políticamente y apoyando declaraciones generosas para la paz del continente; "la actitud de ambos países desautorizó los viejos rumores que han venido circulando sobre hostilidades secretas del Brasil para con la República Argentina, y si algún político alentaba aquella propaganda convenía desautorizarla con declaraciones solidarias, como las que habían tenido el honor de presentar".
El gobierno argentino se preocupó siempre por el restablecimiento de la paz en la guerra que mantenía Chile contra Bolivia y Perú. Por eso, cuando tuvo conocimiento de que no había tenido éxito la mediación de Estados Unidos, propuso en 1880 al gobierno del emperador las bases de una mediación conjunta y amistosa para presentar a los gobiernos en lucha. El proyecto comprendía a todos los estados americanos que, simpatizando con la idea, quisieran asociarse a ellos para unir sus buenos oficios. No fue posible concluir un pronto arreglo con el gobierno del Brasil y los triunfos chilenos en Chorrillos y Miraflores y la entrega de Lima sin resistencia, modificaron a tal punto la posición de los beligerantes que ante las exigencias de Chile hubiera sido necesario el cambio de las bases de la proyectada mediación.
Solidaridad de ambos países en 1890
Reclamo sobre el tratado de comercio En 1885 se produjo una discrepancia con motivo de una ley brasilera que autorizaba a elevar los derechos de importación sobre el charqui y sebo argentino. Nuestro gobierno reclamó invocando la cláusula de la nación más favorecida consagrada en el art. 6 del tratado de 1856, pero el del Brasil manifestó que no había habido el propósito de violar el tratado. Con respecto a la clásula en cuestión, expresó que para ser aplicable era necesario que existieran tres condiciones, o sea igualdad, reciprocidad y compensación. Por tanto, no habiéndose cumplido esas condiciones, la Argentina no tenía derecho a ningún reclamo. La nota del ministro argentino Ortiz demostró que la igualdad y la reciprocidad existían 82
Incidente diplomático con motivo de la fiebre amarilla En octubre de 1891 apareció la fiebre amarilla en el puerto de Santos y sus gérmenes se propagaron a otras regiones del Brasil. Por este motivo el gobierno argentino declaró afectado dicho puerto y sospechosos los demás del mismo estado, Brasil protestó contra las medidas sanitarias adoptadas por las autoridades argentinas, sosteniendo que importaba una violación de la convención sanitaria vigente entre ambos países fuera de los perjuicios que causaba a su comercio. El hecho cierto de la propagación de la enfermedad en territorio argentino justificó las medidas adoptadas. 83
Contrabando fluvial A raíz del incremento del contrabando que se hacía desde el Uruguay, Paraguay y Brasil a través de los ríos e islas, el gobierno argentino adoptó medidas tendientes a impedirlo. Estas medidas consistieron en prohibir el comercio entre los puertos de la República y los puertos ribereños de las naciones limítrofes por medio de embarcaciones sin cubierta y sin arboladura, cuya capacidad fuese menor de diez toneladas de registro. El representante del Brasil en Buenos Aires reclamó en 1891 por considerar que esta medida era contraria a la plena libertad de navegación de los ríos que bañan tierras argentinas y brasileras, garantida al Brasil por un tratado en vigencia. El reclamo no prosperó porque esas embarcaciones en ríos angostos eran el vehículo seguro del contrabando. Además, reglamentar policialmente el comercio no importaba alterar los términos del tratado sino únicamente limitar y combatir los delitos contra las leyes aduaneras. La Argentina y la revolución brasilera de 1893 En 1893 se produjo un movimiento revolucionario en el Estado de Rio Grande bajo la dirección del contraalmirante Custodio José de Meló, quien se sublevó en la bahía de Río de Janeiro. Con motivo de estos sucesos la legación de Brasil en Buenos Aires solicitó que se internara a los complicados en la revolución para impedir el embarque de armas y de otros elementos para los sublevados. El gobierno argentino, en cumplimiento de sus deberes para con una nación amiga, no permitió que desde territorio argentino partiesen elementos perturbadores, e internó a los revolucionarios que manifestaban intención de trasladarse al Brasil. Triunfante el gobierno legal, la escuadra revolucionaria entró en nuestra rada el 16 de abril del año siguiente. Cus-
todio de Meló comunicó al gobierno argentino que no pudiendo continuar la lucha por falta de recursos, había llegado a Buenos Aires con la escuadra a fin de acogerse a la soberanía argentina, a cuyo efecto hacía entrega de sus buques para que se les diera el destino consiguiente. El gobierno contestó que las naves que habían llegado al puerto quedaban bajo el amparo de las leyes argentinas e hizo saber al ministro del Brasil que tan pronto esas naves cumplieran la cuarentena serían puestas a su disposición. Asi se hizo, y el 4 de mayo los buques fueron entregados al gobierno del Brasil. Como los refugiados brasileros de la escuadra carecían de medios de subsistencia, se dispuso que se les diera asilo provisorio en las dependencias de inmigración y se les atendiera con todo lo necesario para dejar cumplidos los deberes de neutralidad y los sentimientos humanitarios del pueblo argentino. El telegrama cifrado N? 9 Bajo este nombre se conoce un incidente que tuvo lugar con motivo de la publicación de un artículo del Dr. Estanislao Zeballos en la "Revista de Derecho" en 1908. En este artículo Zeballos manifestaba que el barón de Río Branco había ordenado a los representantes brasileros en el extranjero la divulgación de las pretensiones imperialistas de la República Argentina haciendo saber, en los altos círculos sociales, que soñaba con el dominio de Bolivia, del Paraguay, del Uruguay y de Río Grande. Que debía demostrarse que el Brasil, en homenaje a la justicia, amparó a los débiles en defensa de los intereses internacionales. Rio Branco desmintió esta afirmación en una publicación oficial y afirmó que el telegrama había sido falsificado. Expresó que siendo Zeballos ministro de Relaciones Exteriores, obtuvo copia de un telegrama cifrado recibido en tránsito para Santiago de Chile, pero que dicha copia estaba adulterada porque en ningún momento había dado las instrucciones
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que se le adjudicaban. Rio Branco publicó el texto del telegrama en su forma real y para demostrar la falsificación divulgó la cifra de dicho telegrama. Hizo además una referencia a una carta que escribió en 1900 a Gorostiaga en la que le decía que era hijo de un hombre que fue siempre sincero amigo de la nación argentina. Y desearía que se pudiese decir de él, también, que durante su pasaje por el gobierno hizo lo que pudo para disipar viejos errores y estrechar las relaciones de buena armonía entre los dos pueblos. "Estoy cada vez más convencido de que una cordial inteligencia entre la Argentina, Brasil y Chile sería de gran provecho para cada una de las tres naciones y tendría influencia benéfica dentro y fuera de nuestros países". Incidentes de 1910 En el mes de mayo de 1910 en algunas ciudades y poblaciones de la República Argentina y del Basil grupos de individuos excitados por noticias falsas o exageradas, se entregaron a manifestaciones hostiles contra agencias consulares y emblemas nacionales colocados en esos lugares o enarbolados en establecimientos populares. Con tal motivo el encargado de negocios interino de nuestro país, Campólo, y el ministro de Relaciones Exteriores del Brasil, Rio Branco, firmaron en Río el 15 de agosto de 1910 un protocolo sobre esos hechos en el que se dejó constancia de que las autoridades de ambos países habían tomado prontas y enérgicas medidas para impedir o reprimir las depredaciones. Además se declaró que los dos gobiernos lamentaban esos hechos de irreflexible desconsideración, afirmando que los incidentes no habían podido perturbar sus relaciones en manera alguna, ni modificar el sincero y firme propósito en que estaban de colaborar para que se estrechasen siempre más los lazos de íntima amistad y buena vecindad entre las dos naciones "como tanto convienen a los grandes intereses de ambos y a los de nuestro continente". 86
El tratado del ABC Se señala a Roque Sáenz Peña como el precursor de la idea de una entente argentino-brasileña-chilena.1 Con motivo de la reunión que celebraron en Buenos Aires los cancilleres Murature, de la Argentina; Muller, del Brasil, y Lira, de Chile, el 25 de mayo de 1915, y con posterioridad a la mediación amistosa de estos tres países en el conflicto suscitado en 1914 entre Estados Unidos y México, se firmó el Tratado del ABC, cuyas principales disposiciones son las siguientes: las controversias que por cualquier cuestión se originaren en el futuro y que surgieran entre las tres partes contratantes o entre dos de ellos y que no hubieran podido ser resueltas por la vía diplomática ni sometidos a arbitraje, deberán ser sometidos a la investigación e informe de una comisión permanente (art. I 9 ) . Para constituir la comisión permanente, cada una de las partes contratantes designará un delegado (art. 3'). Las controversias serán referidas para su investigación e informe a la comisión, inmediatamente después que las negociaciones diplomáticas hayan fracasado para solucionarlas. Cualquiera de los gobiernos interesados en 'la controversia podrá hacer la convocatoria respectiva, para cuyo efecto bastará comuni'c^r oficialmente esta ¿decisión a los otros dos gobiernos (art. 4 ? ). Sometido el informe a los respectivos gobiernos y no habiéndose éste producido dentro de los términos estipulados, las partes recuperarán toda su libertad de acción para proceder como crean conveniente a sus intereses en el asunto de la investigación (art. 6 9 ). Este tratado no ha sido ratificado y se le han hecho serias objeciones porque se ha dicho que debiendo estar formada la comisión por tres miembros designados uno por cada parte, resultaría que toda divergencia entre dos de éstos quedaría librada principalmente a la gestión de uno solo. Además, los opositores al pacto han manifestado que no había razón para no completar el abecedario, extendiendo el pacto 1 SILVA, CARLOS ALBERTO, La Política Internacional de la Nación Argentina, p. 264.
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a las repúblicas americanas. Esta crítica era exacta porque se podía creer que los estados del ABC se proponían afianzar su hegemonía en Améria del Sur y acentuar el intervencionismo.1 Los partidarios de la aprobación del pacto han considerado que importa una contribución de importancia al espíritu pacifista del continente. Que habiendo actuado con éxito en el conflicto entre EE.UU. y México, era conveniente constituir en forma permanente un entendimiento que comenzara por establecer entre dichos tres estados la forma de dar una base real para la solución de toda clase de conflictos entre los mismos.
tante argentino en Ginebra iniciara una protesta común de los representantes latinoamericanos en mérito a la estrecha solidaridad con los países hermanos. Guerra de 1939 Brasil declaró la guerra a Alemania e Italia a raíz de que submarinos del Eje le hundieron cinco barcos. Con este motivo, el 24 agosto de 1942 se dictó un decreto por el cual se estableció que nuestro país no consideraría al Brasil en la situación de país beligerante y le acordaría todas las facilidades inherentes a la defensa de sus intereses que a su juicio le fueran necesarios.
Caso de asilo político En 1924 se asiló en la embajada argentina en Río Janeiro el Dr. Macedo Suárez. Otorgado el asilo por nuestro embajador, se iniciaron las tramitaciones pertinentes para que el asilado, que había permanecido un mes en la embajada argentina, pudiese salir del territorio brasileño. La demora obedeció a que el Gobierno del Brasil temía que Macedo Suárez, desde Montevideo o Buenos Aires, desarrollase actividades revolucionarias. Por eso, la cancillería brasileña se negó en principio a otorgar pasaporte al refugiado político, pero se pudo solucionar el incidente mediante una declaración de éste por la cual se comprometió a no volver de Europa para el Río de la Plata hasta que hubiesen variado las circunstancias políticas. Apoyo a Brasil en la Sociedad de las Naciones En 1935 el representante soviético en un discurso pronunciado en Ginebra emitió expresiones agraviantes para algunos países y gobiernos americanos, entre ellos el Brasil. Inmediatamente nuestro gobierno resolvió que el represen1 ISIDORO Ruiz MORENO, Derecho Internacional Público, t. 2, p. 376, 2' edición.
Visita de los jefes de Estado En agosto de 1899 el general Roca, como presidente de la República, visitó en Río de Janeiro a Campos Salles, presidente del Brasil, quien en octubre de 1900 retribuyó la visita viniendo a Buenos Aires. El 15 de agosto de 1933 el presidente Getulio Vargas, invitó al presidente de la Nación, general Agustín Justo, a ser huésped del Brasil con motivo de la firma de varios convenios. Aceptada la invitación, la visita se hizo en el mes de octubre en el acorazado "Moreno" con los exploradores "Mendoza", "Tucumán" y "La Rioja" y una escuadrilla aérea. En medio de grandes agasajos se firmaron los siguientes acuerdos: Tratado de comercio y navegación; Convenio de prevención y represión del contrabando; Tratado de extradicción; convenios para reglamentar la navegación aérea; exposición y muestras de productos nacionales; fomento del turismo; intercambio intelectual y artístico; revisión de los textos de historia y geografía; acuerdo para canje de publicaciones; puente internacional y tratado de conciliación. Para retibuir la visita que hiciera a Río de Janeiro el presidente argentino, el presidente Getulio Vargas en el mes 59
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de mayo de 1935 vino a Buenos Aires. En nuestra capital fue intensamente agasajado, y aprovechando su estadía se firmaron una serie de acuerdos sobre protocolo adicional al tratado de extradición firmado en 1933: convenio sobre luchas civiles; protocolo para la construcción del puente internacional sobre el rio Uruguay; convenio para el fomento del intercambio de profesores y estudiantes. El 28 de octubre de 1943, como expresión del espíritu de acercamiento entre los dos pueblos, se designó con el nombre de "Presidente Getulio Vargas" al tramo argentino del puente internacional sobre el río Uruguay.
"fronteras naturales". Concluye el mencionado autor diciendo con acierto: "La obsesión secular del imperio la corrige la República de Diodoro. La unidad y solidaridad que la Argentina y el Brasil cultivan en nuestros días con sentimiento y convicción no sólo significa la paz del Río de la Plata. Es también el equilibrio y la unión del sur".1 Urquiza primero y Mitre después comprendieron las ventajas de un acercamiento con Brasil. Por suerte esa línea de conducta sabia y efectiva ha sido seguida por los presidentes posteriores concretándose en la frase de Roca: "Nada nos divide y todo nos aproxima" 2.
Síntesis Las relaciones internacionales entre la Argentina y Brasil han tenido una evolución bien nítida desde los días de la Independencia. Cárcano la ha señalado al referirse a la desmembración del Virreinato del Río de la Plata y de los diversos países que se formaron, "productos de la anarquía e impotencia argentina y de la sugestión y acción brasileña decidida, constante y valiente con la convicción tradicional de que la desmembración del antiguo virreinato es una necesidad vital para conservar en sudamérica la seguridad y hegemonía del imperio. Falseando la enorme masa del Virreinato, el Brasil aplicó su fuerza a consolidar la disgregación. Al mismo tiempo que reprime la revolución separatista de Río Grande, produjo con su diplomacia, sus ejércitos y su armada, la formación de las pequeñas repúblicas del sur, que se debaten dentro de la descomposición emanada de la emancipación colonial. En esta larga lucha contó siempre con el concurso de Inglaterra, a quien no le interesan las aventuras heroicas de la conquista mediterránea sino los puertos libres y los mercados abiertos para su comercio mundial".. . No falta ni un instante en todos los sucesos desarrollados en la región del Plata. Es centinela y actor infatigable por su diplomacia previsora. Sirve con admirable persistencia y celo su política tradicional. Ejercita la intervención clandestina o manifiesta sobre las repúblicas del sur y busca siempre las
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CÁRCANO, La guerra del Paraguay, p. 138 y 168. Estos conceptos se atribuyen erróneamente a Sáenz Peña. El general Roca los dijo en 1907 durante su viaje a San Pablo. 1 2
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CAPÍTULO III RELACIONES CON EL PARAGUAY Relaciones entre la Junta de Buenos Aires y la de Asunción. Tratado de 1811. — La independencia paraguaya. Disidencias con Rosas. — Relaciones con la Confederación Argentina. — Mediación argentina en el conflicto estadounidense-paraguayo. — Mediación del Paraguay en las luchas internas de la Argentina. — Misión de la Peña. — Pretensiones de Solano López sobre el equilibrio del Plata. — La guerra con el Paraguay. — La Triple Alianza. — La ocupación de la Villa Occidental. La frase de Várela. — La instalación de un Gobierno provisorio en el Paraguay. — La misión Mitre en el Paraguay. — Diferencias con Tejedor. — Misión Derqui. Tratado Irigoyen-Machain. — El arbitraje del Presidente Hayes. — Incidentes fronterizos. — Tratado de arbitraje. — Asilo político. — Mediación de 1905. — Arreglo de la cuestión de límites. — Reclamaciones por la revolución paraguaya de 1910. — Revolución de 1911. Ruptura de relaciones. — Acuerdo complementario de límites. — Condonación de la deuda de guerra y devolución de trofeos. — La guerra del Chaco.
Relaciones entre la Junta de Buenos Aires y la de Asunción. Tratado de 1811 Producidos los sucesos del 25 de mayo, la Junta de Buenos Aires envió a Asunción al coronel paraguayo José Espinóla, que se había mostrado favorable al nuevo orden y que se encontraba accidentalmente en la ciudad. Espinóla había asegurado que un grupo numeroso apoyaría el movimiento contra el gobernador Velasco, que permanecía fiel a España y mal dispuesto hacia Buenos Aires por resentimientos económicos y cuestiones de límites fallados a favor de Corrientes. Espinóla no tuvo éxito y debió escapar del país. El cabildo abierto del 24 de julio reconoció al Consejo
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de Regencia de Cádiz y resolvió guardar armoniosa correspondencia con Buenos Aires, pero suspendiendo todo reconocimiento de superioridad. La junta consideró que estas actitudes eran hostiles y llegó a amenazar a las autoridades paraguayas sin éxito alguno. 1 Velasco invadió Misiones, por lo que la Junta decretó la separación de Misiones del Paraguay. Asimismo envió a Asunción al capitán Juan Francisco Arias para tratar con los vecinos más caracterizados, pero el nuevo enviado no pudo entrar en el territorio paraguayo. En acción ofensiva, Velasco hizo entrar una columna de tropas en territorio argentino y ocupó Curupaytí, entonces dependiente de Corrientes. También una escuadrilla naval paraguaya desembarcó en esta ciudad y requisó varios buques sin que fuera posible oponerle resistencia. Ante esas acciones, la Junta dio por terminadas las relaciones pacíficas y determinó enviar una expedición militar al mando de Manuel Belgrano para liberar al Paraguay "de sus tiranos". La expedición no tuvo éxito y después del armisticio de Tacuarí pudo retirarse hacia el Paraná con los honores de la guerra, pero como se ha dicho "el guerrero vencido se convirtió en diplomático triunfador". Las ideas que había expuesto ante el jefe paraguayo Cabanas progresaron y el 14 de Mayo de 1811 estalló un movimiento en Asunción que puso fin a las autoridades españolas. Producida la revolución en Paraguay, se designó una junta que integraron Caballero, Yegros y Gaspar Rodríguez, de Francia. Este último maniobró para apoderarse del gobierno y cuando se sintió fuerte convocó un congreso de corporaciones y vecinos que eligió una Junta Gubernativa independiente, la cual se dirigió a la Junta de Buenos Aires asumiendo la actitud de poder soberano y estableciendo las condiciones bajo las cuales el Paraguay estaba dispuesto a formar parte de la liga americana. Esa nota, según Mitre, es el origen de toda la política que después seguiría el Paraguay para separarse de las Provincias Unidas del Río de la Plata. 1 Ruiz MORENO, ISIDORO JORGE, Relaciones (1810-1852), p. 3 y sigts, '
argentino-paraguayas
La nota dice que "se engañaría cualquiera que llegase a imaginar que la intención de la provincia había sido entregarse al arbitrio ajeno, y hacer dependiente su suerte de otra voluntad'». El Paraguay se manifestaba dispuesto a formar parte de una asociación política en unión con las demás provincias, pero siempre partiendo de la federación y sobre la base de la independencia recíproca de ambas juntas. Finalizaba la nota diciendo que era condición del acuerdo la de que mientras no se reuniese el Congreso General de las Provincias, el Paraguay se gobernaría por sí mismo, con absoluta independencia de la Junta de Buenos Aires. Al tener conocimiento de la revolución ocurrida en el Paraguay, la Junta de Buenos Aires designó al general Belgrano y al Dr. Vicente Anastasio Echeverría para que realizaran una negociación diplomática cuya finalidad era no sólo señalar la conveniencia de que aquella provincia quedase sujeta al gobierno centra], sino también indicarle la amenaza que significaba el Brasil, Pero previendo al mismo tiempo la resistencia que ofrecería el Paraguay, dado los antecedentes expuestos, facultó a los representantes para que en el caso de que no fuese admitida la finalidad de conservar la unión, tratasen de pactar entre ambos gobiernos una liga ofensiva y defensiva. Esto importaba el germen del reconocimiento de la independencia del Paraguy que no había podido ser sometido por las armas y que no se atrevía a dominar por la diplomacia.1 Belgrano y Echeverría llegaron a Comentes y dieron aviso de su arribo pidiendo permiso a la Junta del Paraguay para seguir hasta Asunción. Aquélla les hizo saber que no podía acceder a la petición si el gobierno de Buenos Aires no declaraba previamente que reconocía la independencia del Paraguay. El Triunvirato contestó manifestando que, no debía dudarse de su sinceridad y recomendó acelerar la comunicación con los comisionados Belgrano y Echeverría.2 La aceptación de las exigencias del Paraguay se debió al deseo de 1 3
MITRE, Historia de Belgrano, t. I, p. 20. SÁNCHEZ QUELL, Política Internacional del Paraguay, p. 14.
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obtener un aliado para poder atender la lucha con Portugal, no sólo llamando la atención de las tropas portuguesas por uno de sus flancos, sino también para obtener auxilio de hombres para sus ejércitos debilitados. Con este motivo se enviaron nuevas instrucciones para dejar en mayor libertad de acción a los comisionados, pero éstas llegaron cuando ya se había firmado el tratado del 12 de abril de 1811. Este tratado es de una importancia capital para comprender el significado de la política internacional posterior, hasta llegar al reconocimiento definitivo de la independencia del Paraguay. En el preámbulo se habló de "provincias confederadas" a lo que hasta entonces se llamaban "provincias unidas", y en los artículos 49 y 5? se materializó la idea separatista del Paraguay. Por el art. 49 se declaraba incluido en los límites del Paraguay el departamento de La Candelaria, situado en la margen izquierda del rio Paraguay. En realidad ,el art. 59 es el más importante porque fija definitivamente la posición del Paraguay. En dicho artículo se decía: "por consecuencia de la independencia en que queda esta provincia del Paraguay de la de Buenos Aires, conforme a lo convenido en la contestación oficia] de 28 de agosto último, decidiendo ambas partes contratantes estrechar más y más los vínculos y empeños que unen y deben unir ambas provincias en una federación y alianza indisoluble se obligan cada una por la suya no sólo a conservar y cultivar una sincera, sólida y perpetua amistad, sino también a auxiliar y cooperar mutua y eficazmente con todo género de auxilios, según permitan las circunstancias de cada una, toda vez que los demande el sagrado fin de aniquilar y. destruir cualquier enemigo que intente oponerse a los progresos de nuestra justa causa y común libertad".1 Mitre piensa que este tratado sancionó, en cierto modo," 1847.
FLORENCIO VÁRELA, Tratados de los Estados del Río de la Plata,
la segregación del Paraguay y la disolución política del antiguo virreinato del Río de la Plata que hasta entonces formaba una sola comunidad. El Triunvirato aprobó el tratado hecho por Belgrano y Echeverría, pero negó su aprobación al art. 4° porque consideró que este territorio pertenecía a las Provincias Unidas. El Paraguay sostuvo, por su parte, que el departamento de La Candelaria había estado comprendido siempre en la jurisdicción real y episcopal de la provincia. Continuando en su política de separarse de las Provincias Unidas, el 19 de marzo de 1812 la Junta del Paraguay pidió a la de Buenos Aires el envío de todas las causas civiles y criminales que se encontraban en la antigua capital del virreinato, alegando que separadas las jurisdicciones bajo el régimen de la independencia acordado en los tratados, la Junta debía asumir el reconocimiento .de dichos cargos. El gobierno de Buenos Aires satisfizo el pedido y ordenó que se hiciera la devolución solicitada. Empeñado el Triunvirato en su lucha contra los realistas de Montevideo solicitó auxilios materiales a la Junta del Paraguay, la que contestó que ya los había enviado directamente a Artigas. El Triunvirato entonces reclamó a Francia para que en lo sucesivo tratase con Buenos Aires todo lo relacionado con las relaciones exteriores. El reclamo surtió efecto, pues el gobierno paraguayo expresó que en adelante se evitaría lo sucedido porque no había tenido el propósito de romper el pacto federativo con Buenos Aires que consagró el tratado de 12 de octubre de 1811. Así lo hizo saber directamente al propio Artigas. Una nueva incidencia del mismo tipo se produjo poco después, el 8 de julio de 1812, con motivo del reclamo del Triunvirato por haber descubierto que las autoridades paraguayas trataban directamente con'los españoles de Montevideo. Dichas autoridades respondieron que de acuerdo a los principios del derecho de gentes la Provincia del Paraguay era libre e independiente para comprometerse según su voluntad, hacer alianzas y concluir tratados, sin estar obligada a rendir cuentas a nadie de sus operaciones a condición de 97
no afectar directa o indirectamente las convenciones con los demás aliados. Que ningún pueblo tenía derechos a inmiscuirse en los de otro y que los acuerdos federativos debían limitarse a los artículos determinados por los tratados. Antokoletz sostiene que la tesis paraguaya no respondía a la verdad histórica porque el tratado de 1811 no atribuyó al Paraguay los derechos de Estado libre e independiente, sino los de provincia autónoma integrante de las Provincias Unidas, gozando de autonomía provisional hasta la reunión del congreso general a la que el Paraguay se había comprometido a hacerse representar.1 Como el Paraguay no enviara auxilios para la lucha contra Montevideo, el Triunvirato creó un impuesto al tabaco proveniente de esa provincia, que fue protestado por el gobierno paraguayo por considerarlo contrario al artículo adicional al tratado. Reclamó también por el embargo de unos fondos recapturados de los corsarios de Montevideo. El Triunvirato ofreció su devolución, pero el Paraguay exigió la supresión del impuesto al tabaco. Para solucionar el entredicho se envió a Asunción a Nicolás Herrera, quien debía estrechar los vínculos con el gobierno de Asunción y reclamar la evacuación de La Candelaria, persuadirlo de la necesidad de enviar diputados al congreso y oponerse a la influencia de Artigas. Como Herrera encontrase actitudes dilatorias aconsejó a Buenos Aires medidas enérgicas de carácter financiero y hasta de orden militar, que el Triunvirato no consideró oportuno disponer. Más tarde un congreso de más de mil cien delegados paraguayos resolvió por unanimidad el 30 de septiembre de 1813 que el Paraguay no enviara diputados a Buenos Aires. Al mismo tiempo creó un gobierno a cargo de dos cónsules y para afirmar su carácter de Estado independiente dio a la provincia el nombre de "Primera República del Sud". El Triunvirato al enterarse ordenó a Herrera que no hiciese ninguna declaración o acto que pudiera importar un reconocimiento expreso o tácito de la resolución paraguaya
porque ello importaría admitir su separación. Herrera debió retirarse temiendo hasta por su vida.1 La actitud de Francia siempre fue hostil a Buenos Aires, como lo demuestra el hecho de que por oficio de enero 19 de 1813 aconsejara a Artigas que no respetara la Asamblea General constituyente ni se dejara dominar por el gobierno argentino. El gobierno de Buenos Aires intentó varias veces atraer al Paraguay a la unión con las demás provincias. En 1815 el Director Supremo Carlos María de Alvear invitó al dictador Francia para que el Paraguay concurriera al Congreso General a reunirse en Tucumán que juraría la independencia de las Provincias Unidas. Francia no aceptó la invitación, manifestando que el Paraguay había sellado sus destinos con la resolución inquebrantable de mantener su independencia. Una tentativa más fue hecha en 1816 por el Director General Juan Martín de Pueyrredón, que envió a Asunción, como emisario secreto, al coronel Baltazar Vargos con la misión de promover una cooperación entre los descontentos y obtener por este medio un cambio de política paraguaya. No tuvo éxito, pues fue descubierto y encarcelado.2 Una tercer tentativa fue hecha por el general Martín Rodríguez, quien en 1823 envió al Paragual al Dr. Juan García de Cosió, con el intento o finalidad de obtener la asistencia del Paraguay al Congreso Constituyente, Tres veces nuestro enviado se dirigió a Francia desde Corrientes para ponerlo en conocimiento del objeto de su misión; y las tres veces ni siquiera obtuvo respuesta. Siendo Director Alvear, propuso a Francia un convenio mediante la entrega de 25 fusiles por cada cien paraguayos que le enviara para combatir a Artigas. El dictador no aceptó la extraña propuesta 3. 1 CANTER, JUAN, La Asamblea General Constituyente en "Historia de la Nación Argentina", t. VI, p. 122. 3
SÁNCHEZ QUELL, op. CÍt. p. 46.
ZORRILLA DE SAN MARTÍN, cit. por PUEYRHEDÓN, C., Gestiones diplomáticas en América, en "Historia de la Nación Argentina", t. VI, p. 444. 3
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ANTOKOLETZ, op. cit. p. 233.
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En 1827 se notificó oficialmente a Francia la ascensión de Rivadavia a la presidencia de la República y sus deseos de entablar relaciones. Nuevamente Francia guardó silencio y llegó hasta suspender el permiso de barcos para Buenos Aires. En 1831 Francia vetó la instalación de una colonia británica en Misiones que había autorizado el gobierno dé Buenos Aires y demostrando aspiraciones sobre ese territorio, envió patrullas para recorrerlo. Los conflictos con Corrientes se hicieron frecuentes por las incursiones paraguayas. Para atajarlas, en 1832 el gobernador Ferré envió tropas al territorio entre el Aguapey y el Uruguay, dando cuenta a Francia. El dictador respondió que esa zona pertenecía al Paraguay y que la sostendría por las armas. Sin embargo, los incursores se retiraron ante la aproximación del coronel López Chico con fuerzas argentinas. En octubre de 1832 se declaró la guerra entre Corrientes y Paraguay. El gobernador delegado de Buenos Aires, Manuel Vicente Maza, ofreció el concurso de la provincia y todas las demás provincias se adhirieron. Ferré se mantuvo a la defensiva, pero en diciembre de 1833 al subir Atienza a la gobernación, fuerzas paraguayas ocuparon Candelaria con ánimo de establecerse definitivamente. Comunicado el hecho al gobierno de Buenos Aires, éste contestó que no creía en una agresión formal de Francia, pero que no omitiría esfuerzo alguno para impedir la desmembración del territorio argentino. Para repeler la invasión el gobierno de Corrientes celebró un tratado con Santa Fe y Entre Ríos de acuerdo al Pacto de 1831. Sin embargo, los hechos no se agravaron y ambos contendientes quedaron en expectativa si hostilizarse, si bien fuerzas paraguayas continuaron ocupando zonas del norte de Corrientes. La independencia paraguaya. Disidencias con Rosas Al fallecer Francia, que había mantenido al Paraguay alejado totalmente del mundo exterior, el gobierno paragua100
yo comenzó sus relaciones exteriores. Uno de sus primeros actos fue el tratado de comercio y provisional de límites firmado con Corrientes el 31 de mayo de 1841, que significó una medida hostil a Rosas en guerra con los correntinos. El 25 de noviembre de 1842 el congreso reunido en Asunción proclamó la independencia y aprobó el tratado con Corrientes. El acto de la independencia fue notificado al gobierno del Brasil, que inmediatamente la reconoció. Para obtener el reconocimiento argentino se envió a Buenos Aires a Andrés Gil. El gobernador de Buenos Aires respondió que no le era posible hacerlo porque el acto debía ser pronunciado por un congreso general de las provincias y las circunstancias no le permitían reunirlo. Advirtió que permitiría el comercio fluvial pero bajo pabellón argentino, porque el río Paraná le pertenecía a Buenos Aires de hecho y de derecho y de costa a costa. En su respuesta López señaló que la Confederación ya había admitido la segregación de la Banda Oriental y del Alto Perú y que la sanción de 1842 no era más que la ratificación del pronunciamiento paraguayo de 1813. En vista de la situación de guerra que existía con Corrientes, Rosas cerró el Paraná a la navegación con esa provincia. Corrientes, en represalia, detuvo a todos los buques despachados de Buenos Aires con destino al Paraguay. López protestó y las complicaciones de la cuestión amenazaron con una guerra entre Corrientes y el Paraguay. El incidente fue solucionado mediante el tratado de 21 de diciembre de 1844 que estableció reglas adelantadísimas para la época, como ser la exención del derecho de visita para los buques mercantes escoltados por navios de guerra; el pabellón enemigo no perjudicaba la propiedad privada y el pabellón cubría la mercancía siempre que no fuera contrabando de guerra. López creyó removidos los obstáculos con Buenos Aires y ofreció firmar una convención, pero Rosas por los decretos del 8 y 17 de enero, cerró la navegación del Paraná y prohibió el comercio con el Paraguay desde Buenos Aires y la Banda Oriental, hasta tanto el gobierno paraguayo no denunciara el tratado con Corrientes. Se negó a firmar una 101
convención y sin rodeos expresó la conveniencia de que el Paraguay formase parte de la Confederación. López cortó toda comunicación oficial. Firmó con Corrientes el 17 de noviembre de 1845 un tratado de alianza y declaró la guerra a Rosas. Una columna de tropas paraguayas al mando de Solano López, hijo del presidente, entró en territorio correntino para reunirse al ejército que mandaba el general Paz. Urquiza venció a la retaguardia de Paz en Laguna Limpia y este contraste decidió a la columna paraguaya a repasar el Paraná. Con esta acción quedó terminada la alianza correntina-paraguaya. Vencido Madariaga, en Vences, subió al gobierno Virasoro, que con la venia de Rosas permitió el comercio con el Paraguay. Poco después fuerzas paraguayas ocuparon la isla de Apipé, por cuyo motivo el gobierno argentino solicitó su devolución a Corrientes. En 1846 el gobierno de Washington, creyendo que la Confederación Argentina reconocería la independencia paraguaya, invitó al ministro argentino general Alvear a que le diera explicaciones al respecto. Alvear expuso las razones que Rosas tenía para no hacer ese reconocimiento que importaba la segregación de la Provincia del Paraguay. En vista de esto el gobierno americano desistió de practicar el reconocimiento, y para terminar con las diferencias, el encargado de negocios en Buenos Aires, William Trent, ofreció su mediación. Rosas la aceptó, pero ocurrió un acontecimiento inesperado. Al mismo tiempo que esto sucedía en Buenos Aires, el representante de Estados Unidos en Río de Janeiro formuló el mismo ofrecimiento a nuestro representante en la Corte, general Guido. La base de la negociación sería el reconocimiento de todas las pretensiones paraguayas. Como Guido no las rechazara de plano, Rosas por intermedio de Arana, ministro de relaciones exteriores, le envió una fuerte reconvención, haciendo saber que el único reconocimiento que admitía era el de la soberanía paraguaya al igual de la que tenían las demás provincias confederadas, con la promesa de abrir los ríos a la navegación en cuanto aquel país integrara el nuestro.
López aceptó los buenos oficios americanos sobre la base preliminar del reconocimiento de la independencia del Paraguay como nación soberana, enteramente distinta de la Confederación Argentina. El único resultado de esta mediación fue un decreto del gobernante paraguayo poniendo fin a la guerra que ya había cesado de hecho. En 1849, ante un giro de la diplomacia brasileña respecto a las relaciones con el Paraguay, López intentó un entendimiento con Rosas. El ministro paraguayo Várela se dirigió a Arana solicitando la renovación del tratado de 1811, dejándose para más adelante la cuestión de la independencia o anexión del Paraguay a la Confederación. En realidad lo único que se buscaba era la libertad de navegación del Paraná, excluyendo a las naciones extranjeras. En vez de aceptar esta negociación, la respuesta del gobierno argentino fue la autorización dada por la Legislatura de Buenos Aires el 18 de marzo de 1850 para que Rosas lograra la incorporación del Paraguay por la fuerza. Esta actitud causó alarma en el gobierno paraguayo y también en el del Brasil, que siempre temía la posibilidad de la reconstrucción del virreinato del Río de la Plata. Para impedirlo los dos gobiernos firmaron un tratado por el que se obligaban a prestarse mutua asistencia y socorro en caso de que la República o el Imperio fueran atacados por la Confederación Argentina. Asimismo, ambos se obligaban a mantener la independencia de la Banda Oriental del Uruguay. Relaciones con la confederación argentina Derrocado Rosas, Urquiza trató de solucionar las cuestiones con el Paraguay y con esta finalidad envió a Asunción a Santiago Derqui provisto de plenos poderes para reconocer la independencia. Este reconocimiento se hizo el 15 de julio de 1852. Derqui además, firmó un tratado en el que se señalaba al río Paraná como límite por el sur, lo cual implicaba para la Argentina la posesión definitiva de las misiones situadas entre ese río y las tranqueras de Loreto. Sin embargo, el
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Congreso argentino encarpetó por mucho tiempo el Tratado Varela-Derqui hasta que finalmente en 1855 el Congreso de Paraná rechazó el acuerdo por considerar vulnerados los derechos territoriales argentinos, Al mismo tiempo solicitó al presidente Urquiza que invitase al gobierno del Paraguay a una nueva negociación. Al año siguiente se designó al general Guido para que buscara un acuerdo sobre los límites y obtuviera la solución de las distintas cuestiones pendientes. Guido no logró éxito en su misión por las prevensiones que tenían las autoridades paraguayas a raíz del rechazo del tratado firmado por Derqui. Nuestro representante explicó que el general Urquiza no tenía poderes para imponer la ratificación del tratado, pues era asunto de la competencia del Congreso, Sostuvo el dominio de la Argentina al Chaco, pero las negociaciones se limitaron a un acuerdo sobre comercio y a la declaración de que la navegación de los ríos Paraná, Paraguay y Bermejo era completamente libre. Con respecto a la cuestión de límites se resolvió aplazar la discusión. El tratado fue aprobado por el Congreso argentino en 1856 y se canjearon las respectivas ratificaciones. Mediación argentina en el conflicto estadounidense-paraguayo En 1857 Urquiza debió mediar en un conflicto entre Estados Unidos y el Paraguay. Un americano llamado Hopkins había desarrollado una compañía industrial y naviera en Asunción. Obtuvo la designación como cónsul americano y por un tiempo gozó de la influencia del presidente López. Pero no le duró mucho el éxito. La llegada al Paraguay del vapor "Water Wicht" con algunos ciudadanos estadounidenses despertó recelos en López, que decidió retirar su apoyo a la empresa y a Hopkins. Comenzaron pronto las hostilidades y la situación se agravó cuando la batería de Itapirú hizo fuego contra el vapor mientras remontaba el Paraná, produciéndole algunas bajas. Hopkins y sus compatriotas huyeron de Asunción y pi104
dieron amparo diplomático a su gobierno. La Secretaría de Estado inició el reclamo pertinente, pero como López negara satisfacciones, el presidente Buchanan en 1857, decidió obtener la debida reparación por medio de la fuerza. Debidamente autorizado por el Congreso, ordenó que una flota de dieciséis unidades de guerra y dos mil cuatrocientos tripulantes obtuviera las satisfacciones que el Paraguay le negaba. Noticiado Urquiza de la partida de la expedición, consideró sumamente grave que una escuadra extranjera subiera por el Paraná para obtener una satisfacción por la fuerza. Solicitó permiso al Congreso para trasladarse al Paraguay y habiéndosele acordado, fue a Corrientes donde debía entrevistarse con López. Como López no concurriera a la cita, Urquiza debió trasladarse a Asunción donde encontró al gobierno paraguayo preparándose para la guerra. Fue necesaria toda la energía de Urquiza para convencer a López de que era de todo punto de vista imposible e inconveniente la resistencia. Llegada la escuadra de Estados Unidos el presidente argentino obtuvo que el asunto fuera solucionado por la vía diplomática y en forma satisfactoria. Mediación del Paraguay en las luchas internas de la Argentina En 1859 se produjo el conflicto entre la Confederación y la provincia de Buenos Aires. Solano,López, hijo del presidente, creyó llegado el momento de practicar una intervención diplomática para asegurar el equilibrio en el Río de la Plata. Autorizado por su padre bajó a Buenos Aires y como negociador hábil y prudente obtuvo éxito. Ambas partes aceptaron la mediación y López introdujo en el convenio la garantía del Paraguay para el cumplimiento del pacto de unión. Según Cardozo, la conservación de la unidad argentina constituía para López una de las condiciones del equilibrio en el Río de la Plata y, por lo tanto, condición de la independencia paraguaya que era consecuencia de ese equilibrio. Una confederación argentina, dividida definitivamente 105
en dos porciones, sería presa fácil del imperio del Brasil, que por ese camino rompería a su favor el equilibrio del Río de la Plata imperando sin influencias ni contrapesos en los destinos de todos los pueblos del sur.1 López recibió el agradecimiento y homenaje de los dos gobiernos, pero en medio de estos agasajos tuvo un serio disgusto. Embarcado en el "Tacuarí", buque de guerra paraguayo, y despedido con salvas de artillería se vio obligado a regresar porque la escuadra inglesa apostada en el río hizo •amagos de apoderarse de su persona. Esta actitud británica respondía a la represalia que quería tomar por la prisión de un ciudadano inglés que no había sido debidamente explicada. López volvió a Buenos Aires y requirió la intervención •del gobierno para hacer respetar su investidura que había sido afectada en plena jurisdicción de Buenos Aires. Tejedor, gobernador de la provincia, manifestó que no se encontraba en condiciones de dar la seguridad que se le pedía y López debió abandonar la ciudad por la vía terrestre resentido por la acción de la escuadra inglesa y por la actitud de las autoridades de Buenos Aires, que ni' siquiera le presentaron excusas ni protestaron por el incidente consumado en aguas argentinas. Misión de la Peña Antes de regresar Urquiza de su exitosa mediación entre el Paraguay y Estados Unidos, puso en conocimiento de López su decidido propósito de someter a Buenos Aires, para lo cual le solicitó vapores para el transporte de tropas, algunos cañones y lo invitó a tomar parte en la campaña. Para hacer efectivas las promesas a López, Urquiza designó a de la Peña comisionado especial en el Paraguay, El nuevo enviado firmó un protocolo el 5 de Mayo de 1859 sobre entrega de cuatro vapores. Poco tiempo después, de la Peña regresó a Asunción con •el objeto de celebrar un tratado definitivo de límites, nave1
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CARDOZO, EFRAÍN, Vísperas de la guerra del Paraguay, p, 57,
gación y comercio y uno de alianza para incorporar a Buenos'Aires. De la Peña presentó cuatro proyectos. El de límites reproducía en sus líneas principales el de Derqui, que ya fuera rechazado por el Congreso de la- Confederación. López presentó como contrapropuesta otros cuatro, que importaban el rechazo de los primeros y la ruptura de las negociaciones. En el de límites pretendía el dominio del Paraguay a todo el Chaco en la margen derecha del río Paraguay, y a las Misiones en la orilla izquierda del Paraná. Para resolver la cuestión del Chaco proponía una reunión de delegados de ambos países y de Bolivia, porque sostenía que el convenio argentino-boliviano de 1858 despojaba al Paraguay de sus derechos. Era la primera vez que Paraguay exponía esa pretensión al Chaco. Se negaba la alianza contra Buenos Aires y en sustitución ofrecía un convenio mutuo para no auxiliar ni permitir el tránsito terrestre o fluvial. El enviado argentino desconoció la pretensión al Chaco y en términos claros y enérgicos reclamó el cumplimiento de la promesa de facilitar cuatro vapores para la campaña contra Buenos Aires. López, creyendo que la Confederación iba a ser derrotada, se negó a entregarlos y propuso su mediación que no le fue aceptada. De la Peña dio por terminadas las negociaciones y regresó. Pretensiones de Solano López sobre el equilibrio del Plata En 1865, sospechando la parcialidad del gobierno argentino en favor de Flores y enfriadas las relaciones con Brasil, los gobernantes uruguayos dirigieron su política hacia el gobernante del Paraguay, en la convicción de que era el único que podía evitar la absorción de su país por la Argentina. El canciller uruguayo Herrera sabía que López tenía veleidades de intervenir activamente en los asuntos del Río de la Plata y pensó que mediante una hábil gestión lanzaría la influencia paraguaya contra la política adversa de la Argen107
tina. La prensa uruguaya atribuyó a Flores el propósito de provocar la anexión del Uruguay a la República Argentina y un comunicado de la cancillería al cuerpo diplomático de Montevideo reflejó serias aprehensiones en ese sentido. ' Con estos antecedentes Herrera dispuso que su representante en Asunción recabara la ayuda paraguaya expresándole que el sojuzgamiento del Uruguay rompería el equilibrio del Plata con gran peligro para la independencia del Paraguay. No fue difícil inclinar a López a la gran aventura, que colmara sus aspiraciones. Resuelto a hacerse oír, decidió pedir explicaciones sobre la exactitud de los cargos uruguayos y en ese sentido, el 6 de septiembre de 1863 envió una nota al gobierno argentino. , Mientras tanto. Mitre, que había recibido noticias sobre las intrigas uruguayas, envió a Norberto de la Riestra como informante confidencial a Asunción. La nota de López fue contestada el 2 de octubre negándose todas las acusaciones uruguayas. Esto no satisfizo a López, que insistió para que se le dieran explicaciones sobre los propósitos del gobierno argentino, ofreciendo su mediación. Esta exigencia fue acompañada por el envío de un barco de guerra, el "Tacuarí", que debía estacionarse en el Río de la Plata por si fuera conveniente su presencia. El gobierno argentino guardó silencio. Esta actitud disgustó mucho a López, a lo que se sumó el rechazo de su pretensión de ser arbitro en el diferendo argentino-uruguayo. Mitre había escrito a López anunciándole el envío de Mármol como negociador, pero ni fue el enviado ni la nota fue contestada. López envió una segunda nota y luego una tercera, insintiendo siempre sobre el mismo asunto. Esta última era bastante fuerte y molestó mucho en Buenos Aires. Se produjo una carta personal de López a Mitre en la que le anunció una cuarta nota pidiendo explicaciones, esta vez sobre el armamento de Martín García y el estacionamiento de fuerzas en el litoral. El 16 de diciembre se despachó desde Buenos Aires una comunicación para López, que condicionaba la respuesta 108
a sus intimaciones a una explicación sobre lo que había de concreto entre Paraguay y Uruguay. Esta solicitud molestó a López, quien haciendo mérito de una deferencia especial hacia la Argentina, dio explicaciones acerca de la posición del Uruguay, pero exigió las que a su vez había solicitado. Terminaba su comunicación con el aviso de que había ordenado al buque de guerra "Tacuarí" que se trasladase a Buenos Aires a recibir la respuesta. Mientras tanto se aprestó para la guerra. El 31 de diciembre se contestó en tono conciliatorio la nota referente a Martín García y en la misma fecha Mitre respondió a la carta de López. Cuando llegó el "Tacuarí", la respuesta • oficial argentina estaba lista, pero las explicaciones no satisfacieron los deseos paraguayos. Una nueva nota fue despachada a Buenos Aires el 6 de Febrero de 1864. Cardozo piensa que a esta altura de los acontecimientos Mitre quería conservar al Paraguay lejos del Río de la Plata, porque de lo contrario se hubiera roto el inestable equilibrio logrado después de Pavón. "Ni a la Argentina ni al Brasil convenía que desde lo alto de los ríos tropicales irrumpiese el Paraguay con su incógnito poderío y sus muy conocidas ansias de vigorosa actuación internacional. Dar el gusto al Paraguay proporcionándole las explicaciones solicitadas equivaudría a consagrar su derecho a intervenir en cuantas cuestiones se suscitasen en el futuro, y ello no podría agradar a los dos grandes países cuya inteligencia estaba anudándose, paulatina pero sólidamente".1 Mitre se resolvió finalmente por escribir una carta a López, pero sin satisfacer las reclamaciones paraguayas. Le" expresó que la Argentina era neutral en la lucha uruguaya, pero porque lo había decidido, sin tener que dar cuenta a nadie de sus actos. En su comunicación de febrero 20 de 1864 decía: "Respecto del armamento de Martín García y de movimientos militares a que ese gobierno ha hecho referencia oficialmente, nadie nos ha pedido explicaciones y si alguno lia intentado hacerlo respecto de lo primero, lo hemos enceCARDOZO, E., op. cit. p. 312.
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rrado dentro del límite de lo que correspondía a la libre navegación de los ríos en cuanto a los derechos de los neutrales, y esto, tratándose de potencias signatarias del tratado que consagró aquella libre navegación y en que se hacía respetar a Martín García, que por lo que respecta a nuestro perfecto derecho para armar o no dicha isla, ha sido expresamente reconocido por esas potencias no obstante las gestiones que en contrario había hecho cerca de ellas el gobierno- oriental, lo que no podía dejar de ser, puesto que la isla de Martín García es territorio argentino en el que el país puede ejercer la más completa soberanía, fortificándolo como lo halle por conveniente, sin que esto se considere como una amenaza para los demás, militando las mismas circunstancias que respecto de las fortificaciones de Hurnaitá o cualquiera otra que se halle en su caso".1 Fue grande el disgusto de López, pero su reacción no : fue violenta. Dio por inexistente la carta de Mitre hasta que '. recibiese contestación a la última nota paraguaya, y cesaron ¿ l a s comunicaciones entre los dos gobiernos. La guerra con el Paraguay Por nota del H de enero de 1865, José Bergés, ministro de Relaciones Exteriores del Paraguay, se dirigió a Elizalde para solicitar el consentimiento de nuestro gobierno "a fin " de que los ejércitos de la República del Paraguay puedan " transitar el territorio de la provincia argentina de Corrien" tes, en el caso de que a ello fuese impelido por las opera" ciones de la guerra que se halla empeñado este país con el " Imperio del Brasil". Se hacía referencia en la nota a los motivos que habían obligado al Paraguay a aceptar la guerra que le había provocado el imperio. Esperaba que el gobierno argentino consentiría en la solicitud, haciendo la salvedad que el tránsito se efectuaría sin gravamen del vecindario y con toda la consideración debida a las autoridades argentinas. Señalaba que no habría 1
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Archivo del general Mitre, t. 2, p. 58/59.
complicación o reclamación del gobierno brasileño desde que existía el antecedente del año 1855 cuando el gobierno imperial, con el consentimiento del gobierno de Buenos Aires, hizo subir una escuadra numerosa con tropas de desembarco por las aguas del Plata y del Paraná hasta el río Paraguay, a fin de inciar su política con el apoyo de su escuadra y de su ejército. Como tampoco el gobierno argentino hiciera cuestión por este paso, ese silencio corroboraba la convicción de qué se había acogido hospitalaria y amistosamente a la escuadra brasileña, que entró en el territorio argentino para proveerse de todo género de recursos. Estimaba, por lo tanto de justa reciprocidad acceder al pedido del Paraguay, ya que habían admitido el tránsito del ejército del Brasil. Elizalde contestó el 9 de febrero de 1865 manifestando el sentimiento que embargaba al presidente de la República por el estallido de la guerra entre gobiernos vecinos y amigos, y notificó que la República Argentina se había propuesto observar la más estricta neutralidad. El gobierno argentino, "fiel a sus deberes de neutral y consultando los intereses de la Nación, no consideraba conveniente acceder a lo^ solicitado por el gobierno paraguayo". Agregaba que aun cuando el derecho del gobierno argentino para expresar su negativa era indiscutible y bastaba sólo enunciarlo para que fuera acatado, en atención a la consideración que tenía para el Paraguay le expresaba las razones que fundamentaban la negativa. En este sentido se señalaba que el tránsito no era absolutamente necesario por cuanto ambos beligerantes tenían una extensa y dilatada frontera por donde podían ejercer las hostilidades sin pasar por territorio argentino; que el gobierno del Paraguay ya lo había hecho, invadiendo y tomando parte del territorio brasileño de la provincia de Matto Grosso. Además, por los tratados vigentes y por los principios sobre navegación de los ríos, tenía libre y expedito el tránsito por agua para las naves mercantes y de guerra. Acordando el tránsito al gobierno del Paraguay, habría que reconocérselo al Brasil y entonces el territorio neutral argentino vendría a ser el teatro de la guerra. El gobierno argentino no se consideraba obligado por
el antecedente del año 1855, ya que el neutral puede acordar o negar el tránsito a los beligerantes en uso de un derecho que en ningún caso puede comprometer. Por consiguiente, podía acordarlo en una guerra y negarlo en otra posterior cuando la experiencia le hubiera demostrado el error que padecía. Por lo .demás, el tránsito se hizo por agua de acuerdo a disposiciones vigentes. Añadió que la reciprocidad consistía en acordar en una guerra la misma cosa a los beligerantes y no dar preferencia uno sobre el otro. No habría reciprocidad entre el tránsito inocente por aguas navegables para arribar a una negociación pacífica, que el mismo Paraguay aceptó, y el tránsito con un fin que se declaraba hostil. El mismo 8 de Febrero de 1865, Elizalde dirigió otra nota a su colega del Paraguay pidiéndole explicaciones amistosas sobre las causas que producían la perturbación que significaba el hecho del aumento de las guarniciones en el territorio que ocupaba el gobierno del Paraguay en la margen izquierda del Paraná, cuyo dominio era reclamado por la República Argentina. En el mensaje que dirigiera Mitre al Congreso de la Nación, pidiéndole autorización para declarar la guerra, manifestó que mientras el gobierno argentino esperaba la respuesta a este pedido de explicaciones, fiado en la fe del tratado que establecía que si sobrevenía la guerra entre la República Argentina y la del Paraguay, las hostilidades no podrían empezar entre ambos países, sin previa notificación recíproca seis meses antes de un rompimiento, la respuesta paraguaya había sido el ataque alevoso al puerto de Corrientes y el apresamiento de los vapores de guerra "25 de Mayo" y "Gualeguay", el asesinato de parte de sus tripulaciones, la prisión de los demás, el cañoneo de la ciudad de Corrientes, su ocupación, la incitación a la revolución y a la guerra civil en la República y los actos hostiles más injustificables contra el honor y la dignidad de la Nación. El pedido del Poder Ejecutivo fue presentado el 4 de Mayo y el 9 del mismo mes el Congreso Nacional autorizó la declaración de guerra al Paraguay. El decreto de la misma
fecha, fundado en las razones expuestas, expresaba en su parte dispositiva: "Articulo I9. Que en virtud de los actos alevosos, cri"minales y hostiles designados y comprobados, la República "Argentina está en guerra con el Gobierno del Paraguay. "Articulo 2?. Que la República Argentina no depondrá "las armas hasta no derrocar al gobierno del Paraguay, y "obtener las reparaciones e indemnizaciones debidas y las "garantías necesarias para asegurar la paz. "Artículo 3? Que la República Argentina, en la guerra "a que ha sido provocada, respetará la independencia y soberanía de la República del Paraguay". Llegadas las notas argentinas a Asunción, el gobierno las puso en conocimiento del Congreso paraguayo, quien el 18 de marzo de 1865 declaró la guerra al gobierno argentino hasta que diera las seguridades y satisfacciones debidas a los derechos, a la honra y a la dignidad de la nación paraguaya y a su gobierno. En el mismo acto aprobó la conducta de López para con el imperio del Brasil. La declaración se fundaba en la negativa a permitir el tránsito o el paso de las fuerzas paraguayas por el territorio de Comentes para atacar al Brasil y la alianza con este país en contra de los intereses del Paraguay. Finalizaba la declaración diciendo que no era "compatible con la seguridad de la República y con la dignidad de la Nación y su gobierno tolerar por más tiempo este proceder ajeno a toda moralidad y ofensivo al respeto que se debe a la Nación paraguaya"; y también que era indudable "la mancomunidad del gobierno de la Confederación Argentina con el Imperio del Brasil, para dislocar el equilibrio de los Estados del Plata", Bergés, por nota de marzo 29 de 1865, comunicó a Elizalde la declaración de guerra. Acusó recibo de las notas del 9 de febrero y expresó que tenía íntima convicción de que el gobierno argentino favorecía al Brasil, patentizando una hostilidad contra el Paraguay. Señalaba el apoyo a la revolución de Flores, y mencionaba el hecho de que el gobierno argentino no había dado las explicaciones amistosas que le habían solicitado sobre este proceder. Hacía hincapié, tam-
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bien, en la constitución de un comité revolucionario de exilados paraguayos y del hecho de que la prensa oficial de Buenos Aires insultaba y calumniaba al gobierno del Paraguay. Convencido, pues, de que la política del gobierno argentino amenazaba los más vitales intereses del Paraguay, ponía en su conocimiento la declaración de guerra que había aprobado el Congreso Nacional. La triple alianza Los gobiernos de la Argentina, del Imperio del Brasil y de la República del Uruguay, persuadidos que la paz, seguridad y bienestar de sus respectivas naciones era imposible mientras existiera el gobierno de López y de que era una necesidad imperiosa reclamada por los más grandes intereses hacer desaparecer ese gobierno, resolvieron celebrar un tratado de alianza ofensiva y defensiva en la guerra que les había promovido el gobierno del Paraguay.1 Este tratado fue firmado el I 9 de mayo de 1865. En razón de que las operaciones de la guerra se llevarían a cabo en el territorio de la República Argentina o en la parte del territorio paraguayo limítrofe con Ja misma, se resolvió confiar al general Bartolomé Mitre, presidente de la República Argentina, el mando y dirección de los ejércitos aliados. Las fuerzas navales estarían bajo el mando inmediato del vicealmirante Tamandaré, comandante en jefe de la escuadra del Brasil y las fuerzas terrestres de la República Oriental del Uruguay, una división argentina y otra de las fuerzas brasileras que designaren sus respectivos jefes superiores, formarían un ejército bajo las órdenes del general Venancio Flores, gobernador provisorio de la República Oriental del Uruguay. Las fuerzas terrestres del emperador del Brasil formarían un ejército bajo las órdenes de su general brigadier Manuel Luis Osorio (art. 3 9 ). Por el art. 4P los aliados se comprometieron a no deponer las armas sino de común acuerdo, "y hasta que no hayan Memoria de Relaciones Exteriores, 1872, p. 3.
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derrocado a la autoridad del actual gobierno del Paraguay, y a no negociar con el enemigo común separadamente, ni firmar tratado de paz, tregua, armisticio, ni convención alguna para poner fin o suspender la guerra sino de perfecto acuerdo de todos". Este artículo motivó serias discrepancias entre los aliados. Mientras la Argentina sostuvo que su texto no permitía la formulación de tratados de límites por separado, Brasil y Uruguay sostuvieron el punto de vista contrario, •**" En el art. 7° se declaró que la guerra no se hacia contra el Paraguay "sino contra su gobierno". Por el art. 8° los aliados se obligaron a respetar la independencia, soberanía e integridad territorial de la República del Paraguay. En consecuencia, el pueblo paraguayo podría escoger su gobierno y darse las instituciones que quisiera, no pudiendo incorporarse ni pedir protectorado- de ninguno de los aliados como consecuencia de la guerra. La independencia sería garantida colectivamente por las partes contratantes durante un período de cinco años (art. 9').1 Por el art. 11» los aliados se reservaban los derechos de hacer los ajustes necesarios tendientes a asegurar la libre navegación de los ríos Paraná y Uruguay. Asimismo, se reservaron concertar entre sí los medios más propios para garantir la paz con la República del Paraguay, una vez que fuera derrocado su gobierno (art. 12 P ). Los aliados exigirían de ese gobierno el pago de los gastos de guerra que se vieran obligados a aceptar, así como reparación e indemnización de los daños y perjuicios causados a sus propiedades públicas y particulares, y a las personas de sus ciudadanos, sin expresa declaración de guerra, y de los daños y perjuicios verificados posteriormente, con violación de los principios que rigen el derecho de guerra (art. 14»), Otro artículo fundamental y que dio motivo a serias divergencias entre los aliados, fue el relativo a las cuestiones de límites, cuyo texto establecía: "Para evitar las discusiones 1 "y guerras que traen consigo las cuestiones de límites, queda 1 El 30 de julio de 1877, por un protocolo firmado en Montevideo, acordaron los aliados que el término de la garantía colectiva empezaría a contarse desde esa fecha.
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"establecido que los aliados exigirán del Gobierno del Para"guay que celebre con los respectivos gobiernos, tratados de" finitivos de límites bajo las bases siguientes: "La República Argentina será dividida de la República "del Paraguay por los ríos Paraná y Paraguay hasta encon"trar los límites con el Imperio del Brasil, siendo éstos por "la margen derecha del río Paraguay, hasta la Bahía Negra. "El Imperio del Brasil se dividirá de la República del "Paraguay del lado del Paraná por el primer río abajo del "Salto de las Siete Caídas, que según la reciente carta de "Mouchet, es el Igurey, y desde la desembocadura del Igu"rey, y por él arriba, hasta encontrar sus nacientes. "Del lado de la margen izquierda del Paraguay, por el "río Apa, desde su desembocadura hasta sus nacientes. "En el interior por las cumbres de la sierra de Mara"cayú siendo las vertientes del este del Brasil, y las del oeste "del Paraguay, y tirándose de la misma sierra líneas las más "derechas, en dirección a las nacientes del Apa y del Igu"rey" (art. 16'). Los aliados se garantieron recíprocamente el fiel cumplimiento del convenio y para conseguir este resultado acordaron que en el caso de que una de las altas partes contratantes no pudiese obtener del Paraguay el cumplimiento de lo pactado, los otros emplearían activamente sus esfuerzos para hacerlos respetar, Si estos esfuerzos fuesen inútiles concurrirían con todos sus medios para hacer efectiva la ejecución de lo pactado (art. 179). Por el art. 189 el tratado debía conservarse secreto hasta que se consiguiera el fin principal de la alianza. Un protocolo firmado el mismo I 9 de mayo establecía: "I 9 — Que en cumplimiento del tratado de alianza se "harían demoler las fortificaciones de Humaitá, y en adelante no se permitiría que se levantasen otras de igual natu"raleza que pudieran impedir la fiel ejecución de las estipula"ciones del tratado; "29 — Que siendo una de las medidas necesarias para "garantir la paz con el gobierno que se establezca en el Pa"raguay, no dejar armas ni elementos de guerra, las que se 116
"encontraren, serán divididas por partes iguales entre los "aliados; "39 — Que los trofeos y botín que fueran tomados al "enemigo se dividan entre los aliados que hayan hecho la "captura". El tratado de alianza fue aprobado por el Congreso Nacional el 24 de mayo de 1865, pero la ley del 8 de junio de 1868 declaró que el protocolo referente al tratado de la Triple Alianza debía ser sometido a la aprobación del Congreso de conformidad al artículo 67, inciso 19 de la Constitución Nacional. En la nota que el Poder Ejecutivo remitiera al Congreso con los ocho protocolos de las conferencias celebradas en Buenos Aires por Tejedor y Silva Paranhos, Sarmiento expresó que "es necesario contribuir a la reorganización de la República nacida de las ruinas del despotismo, respetando su integridad territorial, sin concederle por eso después de la victoria lo que antes de ella le negábamos. Es necesario tomar las garantías convenientes para asegurar la paz futura y libre navegación de los ríos, sin violación de los principios de la ley internacional, sin ofensa de los derechos de independencia del Paraguay, sin faltar a la fe prometida por el protocolo anexo al tratado, que es ley de los gobiernos brasilero y oriental pero no de la República Argentina. Es necesario indemnizarnos de los gastos enormes de la guerra, y hacer indemnizar a los particulares que han sufrido por ella; pero contemplando la exhaustez en que por mucho tiempo se hallará el Tesoro argentino". Más adelante expresaba: "el Gobierno argentino no está dispuesto a reconocer al Paraguay la propiedad de la parte de territorio del Chaco usurpado a la República, y que sólo ha poseído aprovechando la anarguía del país, pero que semejante posición no confiere derechos, ni por los principios comunes, ni por el derecho de gentes. Más fácil le sería renunciar en cambio la deuda pública a que en ejecución del Tratado de Alianza quedará obligado el Paraguay". El gobierno argentino declaraba también que no estaba dispuesto a mantener la estipulación que prohibía al Para-
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guay levantar nuevas fortificaciones en su costa, punto éste sobre el que Brasil hacía cuestión capital, Se daba como razón la de que semejante estipulación comprometería los derechos de soberanía e independencia, siendo además inútil por cuanto las fortificaciones habían sido arrasadas durante la guerra, y los aliados, por aplicación de la ley de las Naciones, tenían los medios para impedirle hacer construcciones que obstaran a la libre navegación de los ríos y franca comunicación con todo el mundo. 1 La ocupación de la Villa Occidental. La frase de Várela "
En cierta oportunidad, la autoridad del puerto de Asunción exigió a un industrial que sacara patente para un establecimiento que tenía en el Chaco. El interesado se dirigió al general Emilio Mitre, quien el 25 de noviembre de 1869 negó a las autoridades paraguayas jurisdicción sobre Villa Occidental, manifestando que el Chaco era exclusivamente argentino. Poco tiempo después mandó una guarnición a establecerse en ese paraje. El gobierno provisorio paraguayo reclamó por esta ocupación sosteniendo que Villa Occidental era un antiguo pueblo fronterizo del departamento de la capital, creado por los esfuerzos y capitales de la nación paraguaya y que lo necesitaba para dar abrigo y alimento a una parte de las familias, y también para evitar los ataques de los indios. El proceder del general Mitre fue aprobado por el gobierno argentino, quien en nota de 27 de diciembre de 1869 firmada por Manuel Várela, manifestó: "La República Argentina cree y sostiene, apoyada en títulos incontestables, que el territorio que se cuestiona le pertenece exclusivamente, y que su posesión por parte del Paraguay ha sido una usurpación a derechos nuestros. Residiendo ese territorio por la victoria de las armas aliadas, su ocupación ha sido un hecho natural y lógico. Sin embargo, el gobierno argentino ha sostenido hace muy poco
tiempo en discusiones con el representante de S.M. el Emperador del Brasil, que la victoria no da derechos a las naciones aliadas para declarar por sí, límites suyos los que el tratado señala. "Cree mi Gobierno, hoy como entonces, que los límites deben ser discutidos con el gobierno que se establezca en el Paraguay, y que su fijación será establecida en los tratados que se celebren después de exhibidas por las partes contratantes, los títulos en que cada uno apoya sus derechos. •-f*~- "Así al ocupar el Chaco, la República Argentina no resuelve la cuestión de límites: toma por el derecho de la victoria de lo que cree ser suyo, dispuesto a devolverlo si el Paraguay presenta pruebas que venzan a las nuestras cuando la cuestión de derecho se trate. "El representante de S.M. el Emperador del Brasil, en nota que dirige al General en Jefe del Ejército argentino, parece que asiente de esta misma doctrina, de lo que se felicita mi Gobierno, porque de ese modo la cuestión de límites tanto con nosotros como con el Brasil será resuelta, y retroceder de ella hoy, sería poner en duda nuestros legítimos derechos, dando nuestros mismos pretextos que oponemos más adelante. "Las razones generales que acabo de exponer me excusan de entrar en otras consideraciones a que hacen lugar la nota que contesto, agregándose sobre todo las circunstancias de no ser el Gobierno actual del Paraguay, gobierno creado con sujeción a bases dadas por los poderes aliados el que debe discutir y firmar los tratados de límites. "Como lo ha manifestado antes, en opinión del gobierno argentino estos tratados para que produzcan el resultado benéfico de asegurar la paz, la armonía y la buena amistad del Paraguay con las naciones que se han visto forzadas a llevarle la guerra, es necesario que sean celebrados con el gobierno que con entera libertad se dé esa república cuando desaparezca de su suelo el déspota que la oprimía".1 1
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Memoria de Relaciones Exteriores, 1870, p. 164.
Memoria Ministerio de Relaciones Exteriores, 1872, p, 17.
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provisorio tuviera el carácter de un gobierno nacido de la soberanía popular. En esta situación no podría firmar los ajustes definitivos de la paz y el gobierno argentino deseaba que para resolver este delicado asunto se tomara como base la verdad, la realidad de los hechos, las estipulaciones del tratado del 1° de mayo y la rigidez de los principios. Los aliados se habían comprometido a dejar al Paraguay en libertad de organizarse una vez vencido López; y habían estipulado que con el gobierno que naciera de esa organización se celebrarían los tratados que garantizaran la paz para el futuro. No se creía llegado, aún, el momento señalado en el tratado por más que se estuviera cerca de él. Además "si los poderes aliados están comprometidos a respetar la soberanía y la independencia del Paraguay; si los pocos hombres que escapen a la bárbara destrucción a que han sido condenados todos por el dictador de aquel infortunado país, tienen derecho, según nuestros propios compromisos, para darse el gobierno que quieran, no podríamos hoy exigir justamente de un gobierno que va a establecerse por nuestra voluntad, que celebre tratados que sólo puedan contraerse en virtud de las atribuciones con que los poderes constituidos son investidos por la ley fundamental o por la soberanía originaria del pueblo, y que comprometen los derechos y los intereses permanentes del país. Los efectos inmediatos de una imposición semejante pueden ser favorables a la alianza, pero los resultados futuros le serán dañosos, porque habremos dejado en el Paraguay un germen de odios que más tarde o más temprano habrían de estallar, porque los pueblos jamás olvidan lo que consideran un ultraje a sus derechos y una humillación al decoro nacional".. . "La prudencia, la buena política, el respeto al infortunio, nos obligan a no ser exigentes sino por el contrario, generosos, y sobre este punto se han anticipado ya manifestaciones que revelan que los aliados estarán de acuerdo".. . "El Gobierno argentino piensa, pues, que en la actualidad lo único que conviene es dar la mano a los pocos paraguayos que en la Asunción existen, ayudándolos a construir un gobierno provisorio que preparase la organización futura del país: el gobierno que
La instalación de un gobierno provisorio en el Paraguay A pesar de la comunidad especial que una alianza de guerra había establecido entre la Argentina y Brasil, razones políticas e intereses de este país dieron motivo a serias fricciones entre los dos gobiernos. Una de estas cuestiones fue la discrepancia sobre la posibilidad de firmar tratados definitivos con el gobierno provisorio del Paraguay que sucedió a López. En 1869 los ciudadanos paraguayos levantados contra el poder de López solicitaron de los gobiernos aliados el establecimiento de un gobierno provisorio. Se aceptó este pedido y el 2 de junio de dicho año se firmó un protocolo en el que estableció como condición la de que debía preparar los ajustes definitivos de la paz. % Silva Párannos sostuvo ante nuestro ministro Várela que era posible firmar los tratados definitivos con el gobierno i provisorio que se instalara en Asunción. Pensaba que su crea' ción era una necesidad urgentísima, en bien de los intereses de los aliados y del pueblo paraguayo y tal vez fuera el • único medio de llevar adelante los propósitos de la alianza. Aceptaba que la verdadera teoría era la de que no se deben i firmar tratados sino con gobiernos regularmente establecidos ¿_y constiíucionalmente autorizados para celebrarlos, Sin emSargo, estimaba que la aplicación de esa teoría a causas graves, violentas o excepcionales, como era el de la situación paraguaya .hacía impracticable su aplicación, y pretendía anteponer las ficciones a la realidad de los hechos y a sus indeclinables circunstancias. Decía en forma clara y realista: "la guerra tiene también sus leyes especiales e imperiosas. Una de esas leyes es que el vencedor no puede esperar que el vencido le marque la época y el modo como deben aceptarse las garantías que debe darle. O el estado de guerra se prolonga, o la paz tiene que ser firmada por el gobierno existente, sea provisorio o permanente". Várela consideró que no era posible, en la situación en que se encontraba el Paraguay, considerar que el gobierno
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contribuye a la terminación de la guerra por los medios morales y materiales de que pueda valerse: un gobierno que dejando la libertad de acción de que los ejércitos aliados necesitan para llevar a término sus propósitos, administre el país y propenda a su bienestar; un gobierno que contrayendo el compromiso de no dejar las armas hasta que López desaparezca dal Paraguay, nada tenga que hacer con los tratados que los aliados exigieran más tarde como garantía para el futuro del gobierno que nazca de la organización que el país se dé". El representante uruguayo apoyó la tesis del gobierno argentino. "^ El gobierno provisorio aceptó las prescripciones de la alianza pero se exceptuó la cuestión de los límites, pues se otorgó al Paraguay el derecho de hacer valer sus títulos para proponer modificaciones en su propio interés. Sin embargo, este derecho no importó poner en tela de juicio todos los limites cuestionados antes de la guerra, sino únicamente los de una parte del Chaco, según declaración del mismo gobierno paraguayo. Por consiguiente, nacida la cuestión de límites en cierta parte del Chaco, con motivo de la ocupación de Villa Occidental por fuerzas argentinas, sólo a este punto debió referirse toda la controversia o cuando más a los territorios adyacentes al norte del Pilcomayo.1 «—-- El 20 de, junio de 1870 se reunieron en Asunción el general Julio de Vedia, representante de la República Argentina; Silva Paranhos, representante del Brasil, y los señores Loizaga y Rivarola, miembros del gobierno provisorio del Paraguay, a fin de establecer las bases para hacer un jicuerdo provisorio de paz. En el protocolo que se redactó se expresó que la muerte de López y el aniquilamiento de su ejército había puesto término de hecho a la guerra. Que esto imponía a los aliados el deber de dejar plena libertad para la reorganización política del Paraguay y la elección de sus autoridades. Las cláusulas del acuerdo expresaban: "Arí. 1« Queda restablecida la paz entre la República Argentina, la República Oriental, el Imperio del Brasil y la República del 1
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Memorándum de Mitre. Memoria R. E., 1870, p. 233.
Paraguay. Art. 2» el Gobierno Provisorio del Paraguay ratifica las declaraciones que hizo al aceptar el protocolo del 2 de junio de 1869 y acepta en el fondo el tratado de la Triple Alianza celebrado el 1' de mayo de 1865, reservándose para los arreglos definitivos con el Gobierno permanente, las modificaciones de este mismo tratado que pueda proponer el gobierno paraguayo en el interés de la República". Por el art, 39 el gobierno paraguayo se reconocía obligado a celebrar los tratados a que se refiere el Pacto de la Triple Alianza, dejando establecido que la navegación del Alto Paraná y del río Paraguay, en las aguas territoriales de la República, quedaba franqueada a los buques de guerra y mercantes sin que pudiera impedirse la libertad de esa navegación común. Por el art. 49 los aliados se comprometieron a no influir directa ni indirectamente en la organización y elección del gobierno permanente del Paraguay, y por el art. 6' se dispuso que los tratados a que se refería el de la Triple Alianza deberían ser celebrados tan pronto se eligiera el gobierno permanente de dicha república.1 " En octubre de 1871 se inició la negociación simultánea de los aliados, que fracasó por falta de acuerdo entre ellos. •Brasil aprovechó esta situación y concluyó en forma unilateral su tratado de límites con Paraguay. Por este tratado que negoció el barón de Cotegipe, Paraguay le cedió todos los límites cuestionados antes de la guerra y determinados por el tratado de Alianza, salvo una pequeña modificación. Producido el retiro de Manuel Quintana, representante argentino, como protesta por este acto, se alteraron las reía-, ciones de los aliados y quedaron en suspenso los ajustes colectivos que debían regularizar su respectiva situación para asegurar una paz permanente. .,Los tratados celebrados separadamente por Brasil con Paraguay dieron motivo a que el gobierno argentino, con fecha 27 de abril de 1872, interpusiera una queja ante la 1
Memoria R. E., 1870, p. 158.
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cancillería paraguaya. Expresaba la nota firmada por Tejedor, que el gobierno argentino consideraba que los tratados firmados con Cotegipe eran una infracción a la Alianza que podía tener consecuencias internacionales, desde que ese gobierno había consentido una ocupación militar indefinida, y la garantía de uno solo de los aliados. Agregaba que "en todos los debates del Río de la Plata, por otra parte, esta Repúbilca está interesada, no sólo por su posición geográfica, sino también por los resultados de la guerra de que recién se ha salido". El ministro de Relaciones Exteriores del Paraguay contestó el reclamo manifestando que su gobierno no tenia la culpa de lo ocurrido. Atribuía a la propia Alianza el no haber cumplido debidamente el tratado preliminar de paz, en el que se estipulaba que el establecimiento del gobierno permanente del Paraguay se efectuaría en el término de tres meses. No obstante esta estipulación, después de diecisiete meses de haberse celebrado, la Alianza no había podido hacerlo debido al desacuerdo o desinteligencia que surgió entre los representantes brasileño y argentino, "En semejante situación no quedaba al gobierno paraguayo otra alternativa que la de llevar indefinidamente una existencia anómala o tratar separadamente con cada uno de los aliados. De ahí que resolviera seguir esta vía celebrando sus tratados con el imperio del Brasil sin mengua de los intereses argentinos". Terminaba manifestando que estaba dispuesto a concluirlos amistosamente con el gobierno argentino. En 1872 el gobierno del Paraguay acreditó una misión especial ante el gobierno argentino para solucionar la cuestión de los límites, pero en sus pretensiones excedió la situación territorial anterior a la guerra, pues reclamó la isla del Cerrito y todo el Chaco hasta Bahía Negra, territorio al que nunca había tenido derecho. Como única transacción amigable aceptaba retrotraer las cosas al estado en que se encontraban a la época del tratado de 1852 (Derqui) que nuestro país ya había rechazado. Esto significó, por supuesto, el fracaso de la misión. 124
La misión Mitre en el Paraguay. - Diferencias con Tejedor Allanadas con Brasil las dificultades que nacieron de los tratados de Cotegipe, era urgente poner término al estado de incertidumbre en que se hallaban las relaciones argentino-paraguayas. Con esta finalidad el 1? de marzo de 1873 se designó al general Mitre representante argentino para continuar la negociación pendiente con el Paraguay. Nuestro enviado debía sostener en forma terminante que la isla del Atajo pertenecía a la República. Llegado Mitre a Asunción, comenzó por tomar contacto con el representante de Brasil para ponerse de acuerdo sobre varios puntos y comunicarle sus ideas y propósitos en cuanto fuera conveniente con el representante del Paraguay. Mitre estableció, desde el principio, que debía darse por liquidada la cuestión de Misiones porque este territorio pertenecía a la República Argentina. Aceptado este punto de vista se resolvió que la única materia a discutir era la que se refería al Chaco, si bien el delegado paraguayo declaró que mantenía los derechos a la isla del Atajo. El 7 de mayo de 1873 se firmó en Asunción un protocolo en el que se dejaron establecidos los lincamientos que se acaban de exponer. En el transcurso de las deliberaciones, el presidente del Paraguay ofreció a nuestro delegado que se fijara la línea del Pilcomayo como límite extremo del territorio argentino. Sobre este punto Mitre comunicó a Tejedor que el representante del Brasil le había dicho que hasta esa línea contara con el apoyo brasileño. Después de tratar, sin éxito, de mejorar la posición argentina. Mitre se convenció de que se tenía que buscar una transacción y comunicó al gobierno que había llegado a la conclusión de que no era posible el ajuste de ningún tratado de límites si no se cedía Villa Occidental, no sólo por los derechos que creían tener los paraguayos a este territorio, sino porque ningún gobierno tendría poder para firmarlo. Expresaba en su comunicación: "obtenidas las mayores ventajas en las otras cuestiones de límites, y puesta fuera de 125
cuestión nuestra soberanía hasta la margen derecha del Pilcomayo, creo que no debemos insistir sobre la posesión de la Villa Occidental: I 9 porque al conceder al Paraguay el derecho de proponer modificaciones al tratado de Alianza en cuanto a límites, se tuvo en vista precisamente la Villa Occidental, lo que importaba una promesa de ceder en este punto, pues de lo contrario el acuerdo preliminar de paz no tendría objeto ni seriedad; 29 porque no habiendo hecho valer entonces los títulos que reconocía el tratado de alianza y los que nos daba la.victoria, menos podría relacionarse hoy en condiciones más desfavorables; 39 porque tratándose de desiertos en que la República no ha tenido ni tiene dominio de hecho, la Villa Occidental constituye un título de posesión en favor del Paraguay; 4? porque la Villa Occidental aun cuando tenga su importancia como posesión, sería un punto destacado de nuestras fronteras que nos obligaría a esfuerzos lejanos para sostenerlo, siendo siempre motivo de celos y dificultades entre los dos limítrofes; 59 porque habiendo realizado el Brasil sus tratados definitivos con el Paraguay y comprendiendo 'la garantía los tratados que los aliados celebren, y no las bases del tratado mismo, el Brasil no tiene interés ninguno en acompañarnos en esta cuestión hasta sus últimas consecuencias, y por lo tanto no nos acompañará moralmente sino hasta cierto punto en nuestras exigencias respecto del Paraguay; 6° porque adoptando la línea del Pilcomayo se evitan no sólo con el Paraguay las dificultades que podrían sobrevenir en el futuro si no ajustásemos nuestros tratados de límites con él, sino también porque se resolvería de hecho nuestra cuestión de límites con Bolivia". Tejedor no participó de los puntos de vista de Mitre. Se mostró intransigente en cuanto a ceder el Chaco, porque teníamos derecho a Villa Occidental en virtud del "uti possideíis" y porque a su juicio "era el único trofeo positivo que nos quedaba de la guerra". Mitre, con criterio realista, insistió en que Villa Occidental, como punto avanzado o destacado de nuestra frontera, no convenía a los intereses argentinos. Estimaba que las consideraciones que debían tomarse en cuenta afectaban a la vez la política internacional 126
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y la-política interna. La primera, decía, aconsejaba establecer relaciones con los limítrofes y aliados de una manera sólida y permanente, creando la buena amistad en el presente y alejando todo motivo de división en el futuro; y esto se conseguiría adoptando la línea del Pilcomayo, con lo cual quedaríamos amigos del Paraguay, en buenos términos con el Brasil y en vía de arreglarnos con Bolivia, apartando de nuestro camino un motivo de desconfianza y de discordia, como lo sería, y debía serlo siempre, un punto que, como la Villa Occidental, era una población originariamente paraguaya que siempre estaría presente ante los ojos de ese país como un despojo hecho en nombre de la fuerza, aun cuando así no lo fuese. No celebrándose los tratados definitivos quedaría perennemente como una amenaza de guerra futura.1 Mitre insistió en que la declaración de que la victoria no da derecho alguno, dejó sin razón, en cuanto a límites, al tratado de alianza y la razón de la guerra, perdiendo a la vez la influencia del triunfo y el apoyo de los aliados. Cuan'do posteriormente el gobierno argentino quiso reaccionar contra esa declaración, ya era tarde y el acuerdo preliminar de paz con el Paraguay era una consecuencia de sus mismas declaraciones elevadas a la categoría de principio, dejando pendiente, para ser tratado en condiciones más favorables, la cuestión que entonces con más medios y con más ventajas pudo ser definitivamente resuelta. La discrepancia entre Tejedor y Mitre se ahondó, y como consecuencia, Mitre no pudo obtener la aquiescencia de su gobierno para aceptar la línea del Pilcomayo. Tejedor autorizó a nuestro representante para que, en caso de insistencia, declarara interrumpida la negociación, lo que hizo Mitre, si bien oficialmente expresó que se alejaba de Asunción para pedir instrucciones a su gobierno. En esta forma quedaron interrumpidas las negociaciones. Tejedor en su "Memoria" manifiesta que establecidos los derechos de la República por el Tratado de I 9 de mayo hasta Bahía Negra, el gobierno creía ser generoso ofrecienMemoria de Relaciones Exteriores, 1874, p. 149.
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do al Paraguay, como transacción, desde el río más inmediato, al norte de la Villa Occidental, hasta Bahía Negra, Además, «1 arbitraje para todo el territorio, al norte de dicho río, con inclusión de la Villa Occidental, El Paraguay, no sólo rehusó lo primero, sino también el fallo imparcial de un tercero. Por su parte, el representante del Brasil en la Asunción declaró, según sus instrucciones, que tampoco le era posible apoyar esas proposiciones. Lo malo del caso fue que la opinión de Mitre fue publicada en la Memoria de 1874, y en conocimiento de ella, Paraguay ya no quiso ceder. Por eso, cuando Bernardo de Irigoyen afrontó el problema de los límites, tuvo que aceptar el hecho consumado. Misión Dergui, - Tratado Irigoyen-Machain En noviembre de 1875 se acreditó al Dr. Manuel Derqui como representante argentino en el Paraguay. Los acontecimientos políticos que tuvieron lugar en Asunción, poco antes del arribo del ministro argentino y las manifestaciones de la opinión pública, aconsejaban terminar con urgencia los arreglos pendientes. Nuestro gobierno consideró que debía conducir los negocios serenamente, sin precipitación y de acuerdo a su política desinteresada. Por eso comunicó a Derqui que no estaba dispuesto a aprovechar las dificultades ni las agitaciones de los Estados vecinos para resolver sus diferencias con ellos. Que por el contrarío prescidiría de toda situación inconsistente, por favorable que fuese, pues anhelaba que aquellas cuestiones fueran siempre resueltas bajo la influencia del convencimiento y en épocas tranquilas y permanentes. Confiaba en que la rectitud de su política y el desprendimiento de sus miras, serían reconocidas por el Paraguay en días más o menos cercanos; y en esta seguridad no tenía interés en precipitar los ajustes pendientes, aun cuando estaba dispuesto a entrar en una nueva negociación, la que, a su juicio, debía tener lugar en Buenos Aires. Derqui transmitió estas declaraciones al gobierno del Pa-
raguay, que designó a su ministro de Relaciones Exteriores, Facundo Machain, para celebrar los ajustes definitivos destinados a consolidar la paz entre ambas naciones. El Dr. Irigoyen invitó entonces al gobierno del Brasil a que tomara parte en las negociaciones que se celebrarían en esta capital. El emperador aceptó la propuesta designando al consejero Francisco Javier Aguiar D'Andrada. El presidente Avellaneda designó representante de la República a Bernardo de Irigoyen, su minisírto de Relaciones Exteriores. Como resultado de esta reunión, celebrada en enero de 1876, se firmaron varios acuerdos entre los delegados de la Argentina y el Paraguay. La principal de estas convenciones fue el tratado definitivo de paz, del 3 de febrero de 1876. Por el art. I 9 "declárase, de conformidad a lo estipulado en el acuerdo preliminar de 20 de junio de 1870, restablecida la paz y amistad entre la República Argentina y la del Paraguay, y entre los ciudadanos de una y otra República, comprometiéndose ambos gobiernos a conservarlas perpetuamente sobre la base de perfecta reciprocidad y justicia en todas sus relaciones". "La designación definitiva de los límites que dividen la República del Paraguay y de la Argentina se establecerá en un tratado especial, que será firmado simultáneamente con éste y que tendrá la misma fuerza y valor que el presente" (art. 2'), Por el art, 3' la República del Paraguay reconocía y aceptaba la obligación áz pagar el importe de los gastos de guerra que hizo la República Argentina. Por el art. 49 nuestro país aceptaba el pago de las indemnizaciones por los gastos de guerra y de los daños causados conforme a una serie de reglas que se fijaron. A los efectos de examinar y liquidar las indemnizaciones mencionadas se nombraría una comisión mixta compuesta de dos jueces y de dos arbitros (art. 6 9 ). Por el art. 89 la Argentina se comprometía a acordar al Paraguay las mayores concesiones en la forma de pago de sus créditos o rebajas, en las mismas condiciones que lo hicieran sus aliados. 729
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En el art. 9' se estableció la obligación de devolver los prisioneros de guerra en poder de ambas partes. En el art, 109 los dos gobiernos se comprometían recíprocamente a hacer respetar los lugares de sus respectivos teritorios en que habían sido sepultados los soldados muertos en la guerra. Por el art, 12» se declaró "La navegación de los ríos Uruguay, -Paraná y Paraguay es libre para el comercio de todas las naciones, desde el río de la Plata hasta los puertos habilitados y que se habilitaren para ese fin por los respectivos Estados". "La libertad de la navegación de los ríos Uruguay. Paraná y Paraguay concedida a todas las banderas, no se extiende a los afluentes ni respecto de la que se haga de puerto a puerto de la misma Nación" (art. 139). En esta misma cláusula se consignó que la navegación de cabotaje podría ser reservada por cada Estado para su bandera, siendo libre a los ciudadanos de los dos Estados cargar sus mercaderías en las embarcaciones empleadas en ese comercio interior. El art. 14 dispuso: "Los buques de guerra de los estados ribereños gozarán también de la libertad de tránsito y de entrada en todo el curso de los ríos habilitados para los buques mercantes. Los buques de guerra de las naciones no ribereñas solamente podrán llegar hasta donde cada estado ribereño lo permita, no pudiendo la concesión de un Estado extenderse fuera de los límites de su territorio ni obligar en forma alguna a los otros ribereños". Por el art. 189 se convino en que ambos gobiernos establecerían un régimen uniforme de navegación y policía para los ríos Paraná, Paraguay y Uruguay. En el art, 209 el gobierno de la República Argentina confirmó y ratificó la obligación de respetar perpetuamente la independencia, soberanía e integridad de la República del Paraguay, de acuerdo a los artículos 89 y 99 del Tratado celebrado con el imperio del Brasil y la República Oriental el I 9 de mayo de 1865. "Si por desgracia sobreviniese alguna grave desinteligencia entre las dos partes contratantes, ellas se comprometen, antes de recurrir al extremo de la guerra, a emplear el 130
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medio pacífico de solicitar y admitir los buenos oficios de una o más naciones amigas" (art. 21 9 ). Para el caso de que estallara un conflicto se fijaron varias cláusulas, entre las que se destaca la de que las propiedades y bienes de los ciudadanos de ambos países no estarán sujetas a embargo, secuestros, cargas o imposiciones que no gravitasen sobre las propiedades o bienes de los nacionales (art. 229). En el art, 23" la República del Paraguay aceptó los principios de la declaración del Congreso de París de 1856 sobre prohibición del corso, la regla de que la bandera neutral cubre la mercancía enemiga con excepción del contrabando de guerra y la de que el bloqueo para ser obligatorio debe ser efectivo, esto es, mantenido por una fuerza suficiente para impedir el acceso al litoral enemigo. En el art. 249 se estableció que quedaba entendido que e] Tratado no perjudicaba las estipulaciones especiales que la República Argentina hubiese celebrado con el Imperio del Brasil y la República Oriental, ni las que fuesen celebradas más adelante, sin perjuicio de las obligaciones que contraía con la República del Paraguay. En la misma fecha se firmó el tratado de límites. En el art. I 9 se estableció: "La República del Paraguay se divide por la parte del Este y Sud de la República Argentina por la mitad de la corriente del canal principal del río Paraná desde su confluencia con el río Paraguay hasta encontrar por su margen izquierda los límites del Imperio del Brasil; perteneciendo la isla de Apipé a la República Argentina, y la isla de Yaciretá a la del Paraguay, como se declaró en el Tratado de 1856". Art. 2': "Por la parte del Oeste, la República del Paraguay se divide de la República Argentina por la mitad de la corriente del canal principal del río Paraguay, desde su confluencia con el río Paraná, quedando reconocido definitivamente como perteneciente a la República Argentina el territorio del Chaco hasta el canal principal del río Pilcomayo, que desemboca en el río Paraguay", Art, 39 "Pertenece al dominio de la República Argentina la isla del Atajo o Cerrito. Las demás, firmes o anega-
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das, que se encuentran en uno u otro rio, Paraná y Paraguay, pertenecen a la República Argentina o a la del Paraguay según sea su situación más adyacente al territorio de una u otra República con arreglo a los principios de Derecho Internacional que rigen esta materia. Los canales que existen entre dichas islas, incluso la del Cerrito, son comunes para la navegación de ambos Estados", Art. 4 P : "El territorio comprendido entre el brazo principal del Pilcomayo y Bahía Negra se considerará dividido en dos secciones, siendo la primera la comprendida entre Bahía Negra y el río Verde, que se halla en los 23 grados lOm. de latitud sud, según el mapa de Mouchez; y la segunda, la comprendida entre el mismo río Verde y el brazo principal del río Pilcomayo, incluyéndose en esta sección la Villa Occidental. El gobierno argentino renuncia definitivamente a toda pretensión o derecho sobre la primera sección". "La propiedad o derecho en el territorio de la segunda sección, incluso la Villa Occidental, queda sometida a la decisión definitiva de un fallo arbitral". Art. 59: "Las dos Altas Partes Contratantes convienen en elegir al Excmo. Señor Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica como arbitro para resolver sobre el dominio a la segunda sección de territorio a que se refiere el artículo que precede". Por el art. I I 9 se dispuso que quedaba convenido que durante la prosecución del juicio arbitral y hasta su terminación, no se haría innovación en la sección sometida a arbitraje que era la del medio y que si se produjese algún hecho de posesión antes del fallo, no tendría valor alguno ni podría ser alegado en la discusión como un título nuevo. Se convino, también, que las nuevas concesiones que se hicieran por el gobierno argentino en la Villa Occidental no podrían ser invocadas como título a favor, importando únicamente la continuación del ejercicio de la jurisdicción que tenía en la fecha del tratado y que continuaría hasta el fallo arbitral, para no impedir el progreso de aquella localidad, en beneficio del Estado a quien fuese adjudicada definitivamente. 132
Se acordó en el art. 129 que si el fallo arbitral fuese en favor de la República Argentina, ésta respetaría los derechos de propiedad y posesión emanados del gobierno del Paraguay, indemnizándolos por el valor de sus edificios públicos. Igual cláusula se estableció para el caso de que el Paraguay resultase vencedor en el arbitraje. En la misma fecha se firmó un tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre los dos países. Irigoyen explicó la razón de la concertación del tratado de límites, manifestando que el tratado de Alianza había establecido en su artículo 169 el derecho de la República Argentina para exigir el reconocimiento de su dominio en el Chaco hasta Bahía Negra, y el compromiso de los aliados de sostener esos límites. No fue ciertamente aquélla una designación caprichosa, ni menos el resultado de ambiciones insensatas que habrían estado en desacuerdo con nuestra política tradicional. Los límites señalados fueron conforme con los derechos de la República, El Paraguay, como provincia del virreinato, estuvo siempre limitada al Oeste por el río de ese nombre. Después del movimiento de la emancipación, aquella provincia adoptó una política sombría y recelosa, sin romper por esto los vínculos que la ligaban a las demás del Río de la Plata. El aislamiento en que el Paraguay se mantuvo bajo el gobierno del Dr. Francia, según el Dr. Irigoyen, no nulificó los vínculos que ligaban aquella provincia a las del antiguo virreinato. La independencia del Paraguay, declarada en 1842, fue reconocida en 1852; y no habiéndose designado en ese acto los límites de la nueva República, los límites antiguos de origen español continuaron señalando su territorio, porque las demarcaciones coloniales sirvieron de base a las nuevas nacionalidades de este continente. Las ocupaciones insignificantes y transitorias que pudo practicar en la margen del río Paraguay el gobierno del Dr, Francia y los que le sucedieron, y las guarniciones militares que establecieron para defenderse contra las invasiones de los indios del Chaco, carecieron de importancia legal. Esos hechos, producidos al amparo del aislamiento en que se reconcentró el Paraguay mientras la Argentina luchaba por su
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independencia, no constituyeron derecho alguno en favor de la provincia, que, violentada por sus dictadores, se segregó del movimiento y de la vida nacional. Así lo entendió siempre el gobierno argentino; y el de la Confederación, al desaprobar en 1856 el tratado firmado por el Director Provisorio, envió una legación al Paraguay para que hiciera saber que sostendría siempre el derecho a la posesión, ocupación y soberanía del territorio denominado Gran Chaco hasta la margen derecha del río Paraguay. El gobierno argentino, sosteniendo inflexiblemente después de la guerra las prescripciones del tratado de Alianza, no habría inferido el más ligero agravio a la integridad del Paraguay; habría reivindicado simplemente el ejercicio de su soberanía en aquella región. Animado, sin embargo, de un espíritu generoso hacia el pueblo abatido por hondas adversidades, le acordó el derecho de proponer, en los ajustes definitivos, modificaciones a los límites establecidos en el Pacto de Alianza, Esta concesión alentó al gobierno del Paraguay, que extendió al principio sus pretensiones al Chaco hasta el río Bermejo, reduciéndolos más tarde hasta la margen izquierda del río Pilcomayo. Aún cuando el artíc^o recordado establecía el derecho de la República, el gobierno no creyó propio separarse completamente de las declaraciones generosas que encontró consignadas en las negociaciones anteriores, y haciéndolas efectivas, sino en toda su extensión, en aquella que había creído compatible con los intereses y con el decoro de la República, renunció al territorio comprendido entre Bahía Negra y el río Verde en el grado 23 de la latitud, consintiendo en someter la cuestión del territorio comprendido entre los ríos Verde y Pilcomayo al fallo del Presidente de los Estados Unidos de América.1 Aprobados el Tratado de Paz y el de Límites, Brasil retiró su cuerpo de ejército estacionado en Asunción y desocupó la isla de Cerrito. Por su parte, las fuerzas argentinas 1
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Memoria R. E., 1876, p. VI y sigts.
estacionadas en Villa Occidental se retiraron antes de producirse el laudo. Este retiro importó una condescendencia del gobierno argentino, que la hizo deliberadamente en obsequio a la quietud de un pueblo extenuado y para demostrar que los aliados rechazaban toda idea de predominio sobre la República del Paraguay. Por el art. 99 del Tratado de Paz, la Argentina y Paraguay se comprometieron a devolver los prisioneros de guerra. Al discutirse el artículo, el representante del Paraguay manifestó la dificultad en que se hallaba su gobierno para proveer a la traslación de los prisioneros que deseaban regresar a su país. Aún cuando no existían en la Argentina paraguayos en calidad de prisioneros, pues todos se hallaban en completa libertad antes de terminada la guerra, el gobierno argentino, como acto amistoso hacia el pueblo paraguayo, facilitó el regreso de los ciudadanos de aquel país, que habiendo llegado en calidad de prisioneros anhelaban volver a su patria. Con este objeto fue puesto a disposición del gobierno vecino, por el tiempo que fuera necesario, uno de los vapores de la Armada Nacional que llevó los ciudadanos a su patria. El arbitraje del presidente Hayes En cumplimiento de las disposiciones de] tratado de paz, el presidente Avellaneda solicitó al presidente de Estados Unidos que aceptara ser arbitro en la cuestión con Paraguay. Para preparar la memoria a presentarse al arbitro, se comisionó a Ángel Carranza el estudio de los antecedentes que demostraban los títulos argentinos al territorio del Chaco hasta Bahía Negra. Fundados en el "uti possidetis" colonial, se debía sostener, en especial, que los estados que forman parte de un cuerpo político no tienen derecho a segregarse sin asentimiento de éste, como lo demostraban todos los antecedentes americanos. El presidente de Estados Unidos, Hayes, aceptó la misión de arbitro y el 12 de noviembre de 1878 dictó su sen135
tencia. Su texto es el siguiente: "Habiendo considerado debidamente las referidas memorias y documentos, fallo que la "dicha República del Paraguay tiene legal y justo título al "mencionado territorio comprendido entre los ríos Pilcomayo "y Verde, y a la Villa Occidental situada en aquél. Y en "consecuencia, declaro como de dicha República del Para"guay el territorio situado en la margen izquierda del río de "ese nombre entre el río Verde y el brazo principal del Pil"comayo .incluyendo la Villa Occidental",
el canje de las ratificaciones tuvo lugar en la misma ciudad de Asunción el 5 de junio de 1902. Por dicho tratado los dos países se obligaban a someter a arbitraje todas las controversias, de cualquier naturaleza y por cualquier cuestión que surgiere entre ellas, en cuanto no afectasen los preceptos de la Constitución de uno u otro país y siempre que no pudiesen ser solucionadas por la negociación directa. El tratado excluía las cuestiones que hubiesen sido objeto de arreglo definitivo entre las partes y tenía una duración de diez años.
Incidentes fronterizos
Asilo político
En 1891 el gobierno argentino atendió deferentemente una solicitud para que se dispusiera la internación de grupos revolucionarios refugiados en El Chaco después del fracaso de una revolución ocurrida en territorio paraguayo. Como los exilados amenazaban perturbar nuevamente la paz del Paraguay, se procedió a su internación. En ese mismo año se produjo un incidente a raíz de que un tal Fariña fue sacado con engaños del territorio argentino, por un oficial paraguayo que lo condujo preso a Villafranca. El gobierno paraguayo manifestó en un principio que no estaba dispuesto a devolver al detenido por haberlo sometido a los tribunales del país. Presentada la reclamación oficial por el gobierno argentino, ya que el hecho se había producido en nuestro territorio, el gobierno paraguayo no sólo resolvió separar al oficial actor del atentado, sino también restituir a Formosa al citado Fariña. Con esto se dio por terminado el incidente y se retiró la nota de reclamación.
En el mes de enero de 1903 se produjo una revolución que depuso al presidente de la República, señor Acebal. La legación argentina dio asilo al presidente, como también a varios altos funcionarios del gobierno depuesto. El nuevo gobierno no molestó ni persiguió a nadie dando toda clase de facilidades a la legación argentina. Mediación de 1905 Durante el mes de agosto de 1905 estalló en el Paraguay un movimiento revolucionario que conmovió a toda esa república. El gobierno argentino instruyó a nuestra legación para que, poniéndose de acuerdo con el representante del Brasil, hiciera lo posible para evitar la lucha entre los dos bandos y que tanto los revolucionarios como el gobierno se apoderasen de buques de bandera argentina. A tal efecto se envió una flotilla a patrullar los ríos. Después de una serie de acontecimientos la gestión argentina tuvo éxito, pues el 12 de diciembre se firmó a bordo del monitor argentino "El Plata" el acta de paz.
Tratado de arbitraje El 6 de noviembre de 1899 se firmó en la ciudad de Asunción un tratado general de arbitraje que fue modificado en un artículo por el Congreso argentino en el acto de su aprobación. Aceptadas las modificaciones por el Paraguay,
Arreglo de la cuestión de límites El 31 de marzo de 1905 el Dr. Caminos, representante paraguayo en Buenos Aires, se dirigió al Dr, Rodríguez La137
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rreta, ministro de Relaciones Exteriores, para proponerle la designación de una comisión mixta que estableciera cuál era el brazo principal del Pilcomayo, sosteniendo que dicho brazo lo constituía el brazo sudoccidental del mismo río, Aceptada la propuesta se firmó un convenio el 11 de setiembre de 1905 que fue complementado por un protocolo celebrado con el Dr. Estanislao Zeballos en 1907. Relacionado con este asunto, el 12 de abril de 1921 el Dr. Pueyrredón, ministro de Relaciones Exteriores, comunicó al enviado del Paraguay, señor Sallez, que después de un estudio atento del asunto y para responder a las decisiones del gobierno del Paraguay, se le hacía saber que en opinión del gobierno argentino, el brazo norte del río Pilcomayo era el límite que habían tomado en cuenta tanto el tratado 'de límites como el arbitro que intervino en el asunto, Redamaciones por la revolución paraguaya de 1910 En 1910, a raíz de la revolución ocurrida en el Paraguay, el gobierno argentino reconoció como presidente al coronel Jara y mantuvo con su gobierno las relaciones de buena vecindad que las conveniencias recíprocas aconsejaban, observando una conducta de total prescindencia en las cuestiones que afectaban a la política interna. En este .sentido nuestras autoridades pusieron especial empeño en impedir que en nuestro territorio se organizaran elementos que pudieran servir para favorecer la causa de cualquiera de los bandos políticos. Al comenzar la revolución, el Poder Ejecutivo tuvo noticias de que tanto fuerzas gubernativas como 'revolucionarias, para obtener elementos a su favor, se habían apoderado de varios buques mercantes de bandera argentina. Inmediatamente de conocidos estos hechos se entabló la reclamación correspondiente con pleno éxito, pues de inmediato el gobierno del Paraguay devolvió los buques y dio las explicaciones del caso, con la promesa del oportuno pago de los daños y perjuicios. El apresamiento de los buques de bandera argentina fue agravado por algunos actos de las fuerzas armadas que im-
portaban entorpecimiento a la navegación de los ríos. A fin de impedir la repetición de tales actos, y para mantener la más estricta neutralidad, se estableció una vigilancia especial, por medio de una escuadrilla naval. Revolución de 1911. - Ruptura de relaciones En 1911 se produjeron serios incidentes en la República del Paraguay que finalizaron con la ruptura de relaciones diplomáticas con la Argentina. En dicho año el administrador de la aduana de Encarnación, detuvo al vapor de matrícula argentina "Ibera" con el pretexto que llevaba artículos de contrabando. Al principio fueron inútiles todos los reclamos que se hicieron, hasta que por nota de diciembre 5 de 1912 el ministro de Relaciones Exteriores paraguayo dio completa satisfacción. Hizo saber a nuestro representante en Asunción que se había ordenado la instrucción del respectivo sumario para castigar al empleado que resultase culpable y que se habían dado instrucciones especiales a las autoridades del litoral para que ajustasen estrictamente sus actos a las leyes aduaneras y de policía fluvial, con la notificación de que todo procedimiento contrario sería desaprobado y castigado por el gobierno. Con respecto a la reclamación presentada por el propietario propuso someter el reclamo a la decisión de un tribunal arbitral. En 1911 nuestro canciller Dr. Bosch instruyó al ministro en Asunción para que reuniera al cuerpo diplomático a fin de impedir el bombardeo de Asunción o cualquier otra plaza indefensa. Convocado el cuerpo diplomático se resolvió encargar a los ministros argentino y brasileño gestionaran que no se bombardease la capital y las otras ciudades abiertas o indefensas, previa comunicación verbal al gobierno y a los comandantes de los buques revolucionarios. Enterado el ministro de Relaciones Exteriores paraguayo expresó su conformidad. Como consecuencia, el cuerpo diplomático dio instrucciones a los comandantes navales paira que impidieran el bombardeo.
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El teniente de navio Segundo R. Storni, comandante del cañonero argentino "Rosario", recibió encargo, conjuntamente con un jefe brasileño, de comunicar a las autoridades revolucionarias lo acordado por el cuerpo diplomático. Estas autoridades no aceptaron lo resuelto y consideraron que era un acto que no estaba de acuerdo al Derecho Internacional. Comenzaron los incidentes a raíz de que el gobierno instaló una pieza de artillería dentro de la ciudad de Asunción que bombardeó los barcos revolucionarios por encima de los buques argentinos. Ante este hecho el almirante O'Connor comunió a las autoridades que por esos actos la plaza dejaba de ser abierta y quedaba suspendido el derecho de garantía acordado por el gobierno argentino para evitar el bombardeo de la ciudad. Se le contestó que dicha pieza sería retirada del radio urbano. Al recibirse noticias de que un paraje al norte de la ciudad era bombardeado por un buque revolucionario, salieron uno argentino y otro brasileño para impedirlo. Al regresar él torpedero "Torne", después de constatar que era incierta la noticia, fue tiroteado por gente emboscada en la costa. Horas más tarde se hicieron disparos sobre otro barco argentino. Con este motivo se presentó una enérgica reclamación al gobierno, manifestándosele que si no impedía esos atropellos, la fuerza argentina la contestaría con elementos propios. Poco después el gobierno paraguayo comunicó que había declarado piratas a los buques revolucionarios. El nuestro hizo saber que de acuerdo a los principios del derecho internacional y jurisprudencia establecida, entendía que no debía tratar como piratas a los buques insurrectos a menos que cometiesen violación del derecho de gentes en detrimento de los intereses argentinos o cuando abordaran un puerto de la República. Un nuevo incidente se produjo a raíz de que muchos ciudadanos paraguayos, huyendo de las tropas del gobierno, se asilaron en el cañonero "Paraná". Nuestro representante les dio asilo y solicitó al gobierno se impartieran las órdenes necesarias para que pudieran salir del territorio nacional respetando la inviolabilidad de sus personas, de acuerdo al tra140
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tado de Derecho Penal Internacional de Montevideo. Las autoridades paraguayas sostuvieron que no eran perseguidos políticos sino ciudadanos que pretendían eludir el servicio militar y adictos a la subversión en armas. Adujeron asimismo que el derecho de asilo no podía servir como medio de fomentar sediciones y que no tenía más alcance y propósito que salvaguardar la vida de los perseguidos políticos. El conflicto se agravó porque un nuevo grupo de revolucionarios paraguayos se refugió en el vapor "Lambaré". Al mismo tiempo varios barcos mercantes argentinos fueron tiroteados desde tierra. El gobierno paraguayo expresó que no se había dado cumplimiento a los principios de derecho internacional porque el barco "Lambaré", sin comunicar la lista de los asilados, los había llevado a territorio argentino. Esta afirmación fue replicada por el almirante O'Connor haciendo presente que los refugiados eran revolucionarios que habían buscado asilo en su fuga, en una verdadera avalancha humana. Agregó que todos los que trajeron armas habían sido desarmados y que entre los refugiados figuraban hombres distinguidos del partido opositor. Señaló finalmente que el jefe de la división brasileña había recibido también algunos asilados en los buques de guerra y que los despachó el mismo día hasta la ciudad de Corrientes, haciendo lo mismo que él había hecho. Los incidentes menudearon al acusarse a alguna autoridad argentina de permitir que se llevara contrabando de guerra o materiales para los revolucionarios. Los buques argentinos "Aimará" e "Iguazú" fueron detenidos por las autoridades paraguayas y obligados a cambiar de itinerario para transportar fuerzas del gobierno. El vapor "Paso de la Libertad" fue intimado a detenerse por un barco de guerra y después de arriársele el pabellón las fuerzas lo ocuparon militarmente. Un destacamento gubernamental invadió el establecimiento de la sociedad anónima "Quebrachales Fusionados" de Puerto María y obligó a la peonada a seguirlos para incorporarse al ejército. Iguales atropellos se cometieron en establecimientos de Puerto Sastre. 141
El 22 de enero de 1912 la cancillería paraguaya contestó los reclamos de nuestra legación en Asunción negando que las fuerzas leales hubieran hecho fuego contra las embarcaciones argentinas. Agregaba que en el caso de que algunas balas hubieran caído cerca de dichos barcos, para poder deslindar responsabilidades era preciso poner en. claro si el jefe de la escuadra argentina había observado las costumbres marítimas evitando ponerse en la zona de peligro, "o si ha habido imprudencias o abusos de la hospitalidad que se le brinda". En la nota se decía que el gobierno no cedería bajo la presión de la fuerza y que si el gobierno argentino no quisiera conformarse a las prescripciones estipuladas en tratados y se prevaliera de su superioridad material, Paraguay remitiría todos los antecedentes a la Comisión del Congreso de la Haya y a todas las naciones amigas, abrigando la esperanza de que algún día no se pudieran formar en el seno de la Argentina las revoluciones que destruyen al Paraguay. La reacción de nuestro gobierno fue instantánea. Por telegrama de enero 23 de 1912 se hizo saber a nuestro representante que el presidente Sáenz Peña había resuelto que si en el término de veinticuatro horas el Paraguay no rectificaba la nota y daba explicaciones, el personal de la legación debía retirarse de inmediato. Transcurrido el término de veinticuatro horas sin recibir contestación, el ministro Martínez Campo se embarcó con el personal de la legación a bordo del cañonero "Paraná", después de haber entregado el archivo al cónsul general argentino. El 24 de enero, un día antes del retiro del personal argentino, el canciller paraguayo había reclamado por lo que consideraba una ofensa al presidente, porque al regresar a Asunción en un buque de guerra brasileño no había recibido los honores correspondientes al pasar frente a la escuadra argentina. Esa nota fue recibida el día 25, fecha en que se retiraba el ministro argentino, pero pasada al contraalmirante O'Conor, éste informó que si no se rindieron honores fue porque habiendo renunciado el presidente a su cargo y salido 142
del territorio paraguayo asilado en un buque brasileño, al regresar en igual forma, no correspondía rendirle honores. El 10 de febrero de 1912 el presidente del Paraguay, Liberato Rojas, designó a don Federico Codas ministro de Relaciones Exteriores para que obtuviera la solución del incidente con el objeto de reanudar las relaciones. El 17 de febrero de ese año se firmó un protocolo por el cual el ministro paraguayo aclaró que la nota del 22 de enero no había tenido propósitos de inferir agravio alguno a la República Argentina, cuya sinceridad de procedimiento había sido siempre reconocida. Retiraba los conceptos que pudieran lesionar la dignidad argentina, pues ellos no respondían al sentimiento amistoso del gobierno paraguayo. Informaba que los disparos hechos a los buques argentinos provenían de fuerzas irregulares que no pertenecían al ejército nacional y que no estaban bajo su control. Aceptadas las explicaciones, el 19 de febrero se declararon restablecidas las relaciones diplomáticas. Acuerdo complementario de límites La Argentina y el Paraguay habían liquidado su cuestión de límites por el tratado del 3 de febrero de 1876 y el laudo arbitra] del 12 de noviembre de 1878. Sin embargo, faltaba la determinación geográfica de parte del cauce del río Pilcomayo. Se presentaba un problema de orden geográfico y geológico, por cuanto el cauce del río que corre en su zona central por terrenos llanos y pantanosos, con frecuencia cambiaba su curso, haciendo imposible adoptarlo como límite en todo su recorrido. Para solucionr este problema el 5 de julio de 1939 se firmó en Buenos Aires un tratado entre el ministro de Relaciones, Cantilo, y el representante paraguayo Arbó, en el que se convino fijar el límite definitivo en tramos del río Pilcomayo en zonas que se especificaban. En otras zonas, para determinar la línea de frontera entre el Salto Palmar y Horqueta, se resolvió constituir una comisión mixta de técnicos de ambos países que debían estudiar el terreno. En esa misma fecha se firmó un protocolo especial,
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complementario del tratado de límites, que se refería a la comisión mixta, la cual, en caso de acuerdo, debía proponer la línea divisoria en la frontera indeterminada. La comisión argentino-paraguaya realizó estudios técnicos y el 16 de junio de 1944 presentó su informe señalando la línea divisoria en la zona central e indicando a la vez, como parte integrante del tratado, la obligación que asumirían por igual ambos países limítrofes, de realizar determinadas obras de canalización y embalse destinadas a dar estabilidad al curso de las aguas. Aceptadas estas conclusiones, los dos países firmaron en Buenos Aire el 1' de junio de 1945 el tratado definitivo de límites. Por el art. 59 del convenio Cantilo-Arbó se estableció que a los efectos de la vigilancia policial dentro de la zona fijada en el art. 3', se constituiría por ambos gobiernos una policía civil para la protección de los pobladores, sus bienes y haciendas. A este objeto la zona se dividió por una línea que partiendo del fortín paraguayo Tifurqué llegaba hasta el fortín argentino Salazar. La policía argentina tomó a su cargo la parte oeste de dicha zona y la paraguaya la parte este de la misma. En el protocolo complementario se convino que ambos gobiernos se comprometían a permitir que los aviones militares o civiles que tuvieran misiones que cumplir en los trabajos encomendados a la comisión mixta, podían volar en la zona de litigio y fuera de ella. El mismo día 5 de julio de 1939, coincidiendo con la visita que hiciera a la Argentina el presidente del Paraguay, •^general Estigarribia, se firmó un convenio sobre tráfico fronterizo entre Paraguay y Argentina representados por el Dr. Arbó y el canciller Cantilo. Por este convenio los dos gobiernos, penetrados de la necesidad de evitar dificultades al tráfico de pequeñas cantidades de frutos o productos entre las regiones fronterizas de uno y otro territorio destinadas al abastecimiento de los pobladores de esas regiones; y teniendo en consideración las . características especialísimas de ese tráfico, acordaron -conceder todas las facilidades a la internación de los frutos o
productos que fueran materia del mismo y cuyo valor no excediese del limite máximo que oportunamente se fijaría. En 1941 se firmó un convenio para dar facilidades a la navegación del río Paraguay y también se canjearon notas reversales relativas al dragado y balizamiento de dicho río. Condonación de la deuda de guerra y devolución de trofeos
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El I 9 de setiembre de 1922 el presidente Irigoyen envió al Congreso de la Nación un mensaje y un proyecto de ley para que se declarase extinguida la deuda pública que el Paraguay se había comprometido a abonar a la Argentina en concepto de las indemnizaciones por los gastos de guerra, por los daños causados a las propiedades públicas y los intereses previstos en el referido tratado. Por ley N? 12.747 dictada el 13 de agosto de 1942, la República Argentina declaró extinguida la deuda e intereses que por el tratado definitivo de paz de febrero de 1876, la República del Paraguay contrajo con la República Argentina por los gastos de guerra y daños materiales. La guerra del Chaco Con motivo de la guerra que estalló entre Paraguay y Bolivia por parte del Chaco, la República Argentina tuvo una intensa actividad diplomática en forma unilateral y en coincidencia con otros países americanos. Por razones de método, toda esa actividad y los antecedentes pertinentes, están estudiados en el capítulo "Relaciones'con Bolivia" en la parte relativa a "Mediaciones argentinas en el conflicto con el Paraguay".
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CAPÍTULO IV RELACIONES CON LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Las primeras relaciones con la Banda Oriental y Artigas. — Intervención de Rosas en ]a Banda Oriental. — Apoyo a la independencia uruguaya. — Tratado de 1859 complementario de la Convención Preliminar de Paz de 1828. — La revolución de Venancio Flores y la ruptura de relación de 1863. —• Convenio con Brasil sobre el Uruguay. — La Triple Alianza y la guerra del Paraguay. — Mediación argentina •en 1872. — Revolución de Entre Ríos de 1873. — Acuerdo de 1876 sobre prescindencia en las luchas civiles. — Mediación de 1875. — Respeto de la soberanía uruguaya. — Cuestión por la revolución de Arredonde. — Congreso de Montevideo de 1889. — Mantenimiento de la legación argentina. — Tratado de arbitraje obligatorio. —• Defensa de la soberanía uruguaya. — Ruptura de relaciones (1932). — Apoyo al Uruguay frente a Rusia Soviética. — Protesta argentina por las islas Malvinas, — Cuestiones de límites. —> Cuestión de límites en el río Uruguay. — La cuestión de Martín García. — El Río de la Plata.
Las primeras relaciones con la Banda Oriental y Artigas La Junta de Buenos Aires establecida el 25 de mayo de 1810, al hacer saber a los gobiernos y cabildos la noticia de su instalación, solicitó su reconocimiento y el envío de diputados para resolver los destinos de los pueblos del Virreinato del Río de la Plata. Comunicado el acontecimiento a los de la Banda Oriental, las autoridades de Maldonado, Colonia y Soriano respondieron afirmativamente el 4, 7 y 9 de junio respectivamente. Sin embargo, Montevideo, a pesar de haber dado en un primer momento una respuesta afirmativa pero condicional .determinó desconocer a la Junta e 147
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informó al resto del país su adhesión al gobierno de Elío. Se iniciaron así una serie de hostilidades que terminaron con el convenio suscripto el 20 de octubre de 1811 entre Elío, gobernador de Montevideo, y el Triunvirato de Buenos Aires. Hasta 1811 España dominó toda la Banda Oriental y parte del territorio de Entre Ríos, pero pronto s'e produjo un exitoso levantamiento de las poblaciones rurales que fue acaudillado por Artigas. Se puso a sitio a Montevideo, pero el gobierno de Buenos Aires, para impedir la invasión portuguesa, celebró un armisticio con la autoridad española de la plaza. Esto motivó la protesta de Artigas y el germen de su distanciamisnto de Buenos Aires, puesto de manifiesto cuando roto el armisticio se puso sitio a Montevideo por segunda vez. Artigas había aceptado ser jefe subordinado de la Junta de 1810, que lo había designado para asegurarse la adhesión de la Banda Oriental, Sin embargo, desde un principio hizo pública .su voluntad de que dicho territorio debía constituir una unidad autónoma, como las del resto de las Provincias Unidas. Con esta finalidad envió en 1813 a Buenos Aires a Tomás García de Zúñiga, quien el 5 de abril firmó un pacto por el que se estableció una confederación ofensiva y defensiva con el resto de las Provincias Unidas. El segundo Triunvirato argentino convocó en 1813 la Asamblea General Constituyente e invitó a las autoridades orientales a enviar representantes. Artigas para adoptar una decisión, convocó un congreso en Peñarol. En esta reunión impuso su criterio y se designaron diputados con instrucciones precisas de sostener el sistema de confederación por medio de un pacto recíproco entre las provincias que formarían el nuevo estado. De esta suerte, el Uruguay tendría su propia constitución dentro de las Provincias Unidas. Los diputados orientales fueron rechazados por la Asamblea por cuestiones de forma relacionadas con su elección. El Triunvirato para esa fecha había intentado, sin éxito, combatir la influencia de Artigas contraría a su tendencia centralista. El rechazo de los diputados produjo una revuelta general, por lo que el gobierno de Buenos Aires intentó inte-
grar la Asamblea co nuevos diputados uruguayos. Con esta finalidad Rondeau, jefe de las fuerzas que sitiaban Montevideo, reunió un nuevo congreso, libre de la influencia de Artigas y se designaron diputados que no llegaron a incorporarse, La política de Rondeau produjo el rompimiento definitivo con Artigas, que se retiró con sus tropas del sitio de Montevideo. Los pueblos de Entre Ríos y Corrientes, bajo su influjo, se levantaron contra Buenos Aires declarándose independientes. En esta situación, el director Posadas intentó un arreglo con Artigas por medio de Francisco Antonio Candiotti y fray Mariano Amaro. Ambas partes firmaron un convenio "ad referendum" en el que se reconocía que Entre Ríos y Corrientes se habían declarado independientes por sí mismos y se establecieron bases de una alianza para luchar contra los españoles. Posadas no ratificó el tratado y por decreto creó las provincias de Entre Ríos y Corrientes sujetas a la autoridad central. El 7 de marzo de 1814 creó la provincia de la Banda Oriental y este acto se completó más tarde con el establecimiento de guarniciones militares. El 20 de junio de 18H, Vigodet capituló en Montevideo; entonces Artigas salió de su campamento de Belén 'y trató con Alvear. Sin embargo no hubo nada definitivo, y poco después comenzaron las hostilidades de la guerra civil que terminó con el triunfo de Artigas en el combate de Guayabos (1815). Como consecuencia de este triunfo, el ejército de Buenos Aires evacuó todo el territorio oriental y la ciudad de Montevideo, retirando armamentos militares, cuya devolución reclamó Artigas sin éxito. Caído Alvear, el gobierno interino convocó un Congreso Genera] en Tucumán. Artigas, por su parte, convocó otro Congreso al que fueron invitados los pueblos de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Santa Fe y Córdoba. Antes de la reunión de este Congreso, Alvarez Thomas, que había sustituido a Rondeau a la caída de Alvear, envió como comisionados ante Artigas a Pico y Rivaróla. La negociación se hizo sobre la base de que el Director argentino reconocería la independencia uruguaya y el dere-
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cho de Entre Ríos y Corrientes para decidir sus destinos, pero Santa Fe debía quedar para Buenos Aires. Artigas propuso que se diera igual derecho que aquéllas a Córdoba y Santa Fe, exigiendo la devolución de los efectivos militares retirados de Montevideo. Pidió asimismo que se .reconociera una deuda de $ 200.000 en favor del Uruguay. Ninguna de estas exigencias le fueron aceptadas. Una diputación artiguista vino a Buenos Aires para insistir en sus pretensiones, pero Alvarez Thomas y su ministro Tagle le comunicaron que la solución debía encontrarse en fijar el río Paraná como línea de demarcación, renunciándose a toda indemnización. En 1816 se produjo una revolución en Santa Fe, ayudada por fuerzas de Artigas. Alvarez Thomas ordenó a Belgrano dirigirse con tropas para sofocarla. Belgrano desde Carcarañá destacó a Díaz Vélez para buscar un arreglo con los jefes revolucionarios, pero éste se puso de acuerdo con aquéllos y firmó el tratado de Santo Thomé, comprometiéndose a derrocar al Director Alvarez Thomas. Por este convenio los tratados de paz y de unión definitivos debían ser ratificados por el gobierno de Buenos Aires, por el de Santa Fe y Artigas. Los tratados no fueron ratificados y se envió a Miguel del Corro a entrevistarse con Artigas. Este le comunicó que la negativa de Buenos Aires a la ratificación impedía la asistencia al Congreso reunido en Tucumán x Ante la invasión portuguesa al territorio uruguayo, Pueyrredón invitó a Artigas que acatara la autoridad de las Provincias Unidas mientras se alistaba un ejército para rechazar la invasión. Artigas no aceptó esta invitación y como el gobierno portugués diera seguridades de que sus propósitos no eran hostiles sino de seguridad propia, el gobierno argentino decidió no intervenir. Artigas no tuvo éxito contra las tropas de Portugal y 1 BUSANICHE, JOSÉ Luis, El litoral y el Congreso de Tucumán, en "La Nación", 9 de julio de 1941.
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fue vencido en la batalla de Tacuarembó. Lecor, jefe portugués, entró en Montevideo y bajo su influencia un Congreso reunido en Montevideo el 18 de julio de 1821 decidió la anexión del Uruguay al reino de Portugal y Brasil como Provincia Cisplatina. Como se ha referido en páginas anteriores al tratar las relaciones con Brasil, el Cabildo de Montevideo declaró nula la resolución del Congreso. Con este motivo, Rivadavia comisionó a Valentín Gómez para que hiciera desistir al emperador de anexarse al Uruguay. Ya se han expuesto estos antecedentes y el fracaso de la misión de Gómez, como también la expedición de Lavalleja y los 33 orientales, cuya gesta terminó con el Congreso de la Florida que proclamó la unión de los pueblos orientales a las provincias argentinas. Poco después Pedro I emperador del Brasil, el 10 de diciembre de 1825 declaró la guerra. Iniciada la lucha entre el imperio y las Provincias Unidas, el estancamiento de las operaciones llevó a la concertación de la Convención preliminar de paz del 27 de agoto de 1828, por la cual ambas partes convinieron en reconocer el derecho de la Provincia Oriental para constituirse en Estado soberano y en asegurar su libertad e independencia por el tiempo y en el modo que debía establecerse en el tratado de paz. Esta convención preliminar tenía un artículo adicional, propuesto por los negociadores argentinos Guido y Balcarce, al que se le dio el mismo valor del texto de la convención. Nuestros representantes manifestaron: "que la creación de un Estado nuevo e independiente en la Banda Oriental, de una extensión litoral prolongada en el Río de la Plata y dueño de los mejores puertos, exigía la adopción de medidas preventivas contra todos los obstáculos que en el transcurso del tiempo pudiese hacer nacer ese nuevo Estado, ya por imposiciones o restricciones, que en uso de su derecho reconocido intentase aplicar, ya que por una influencia extraña pudiera apoderarse de los consejos de un gobierno naciente para optar a privilegios en la navegación, con perjuicios de los intereses comerciales de ambos Estados." 151
En julio de 1832, Pérez, presidente del Senado de la República Oriental del Uruguay, comunicó a Rosas que se había producido una revolución contra el presidente Rivera. Dicho movimiento estuvo encabezado por Lavalleja y ante el epligro, el gobernante uruguayo hizo saber al tirano argentino lo sucedido, "como una de las partes contratantes de los preliminares de paz celebrados en el año 1828". Es decir, recordaba a nuestro país la garantía que habíamos contraído para mantener la independencia del Uruguay. Rosas guardó silencio y sólo después que las armas leales al gobierno lega] hubieron restablecido el orden. Maza, como ministro de Relaciones Exteriores, contestó el 31 de agosto haciendo saber la satisfacción por e] éxito obtenido. Giménez Pastor es de opinión que la revolución de Lavalleja contó con el apoyo de Rosas, quien la había fomentado por medio de un enviado especial suyo que tuvo por misión pedir a Rivera la entrega de los emigrados argentinos o su confinamiento en forma opresiva, arguyendo que desde territorio extranjero conspiraban contra él. Rivera fijó como condiciones que se señalara plazo para la emigración, con la promesa de que una vez terminado podrían volver al país con goce de sus fortunas y empleos. Además, que se diera a cada uno de los confinados una pensión para que pudiera vivir. Y como el gobernante uruguayo no se avino a someterse a sus exigencias, azuzó contra él a Lavalleja.1 En 1833 el gobernador de Buenos Aires se negó a admitir un representante diplomático del Uruguay argumentando que no tenía todavía personalidad internacional. Levantado el bloqueo inglés en el Río de la Plata por la Convención Mackau-Arana, el 22 de enero de 1841. Rosas expidió un decreto prohibiendo la navegación de los ríos Uruguay y Paraná a todo buque que no llevase la
patente argentina. Este decreto tenía la finalidad política y económica de arruinar a la Banda Oriental y paralizar el comercio paraguayo y correntino. Por eso, el 11 de enero el gobierno uruguayo decretó el corso contra las embarcaciones de la Confederación prohibiendo traficar con sus puertos, excepto el de Corrientes. El I 9 de marzo de 1835 subió a la presidencia del Uruguay el genera] Manuel Oribe, sucediendo en ella al general Rivera. Apenas había transcurrido un año de su gobierno cuando Rivera se sublevó ayudado por Lavalle y varios jefes argentinos emigrados de la tiranía de Rosas. Oribe solicitó ayuda a Rosas, quien se excusó de hacerlo, fundado en que no tenía autorización de las provincias confederadas y porque no creía que hubiera urgencia en enviar fuerzas. Oribe pudo sofocar la intentona, pero dos años después, en 1838, Rivera, en una segunda revolución ayudada por los jefes argentinos, derrocó al gobierno legal. Oribe, a quien sólo le faltaban cuatro meses para terminar su período presidencial, tuvo que emigrar a Buenos Aires donde pasó a ser subalterno de Rosas como jefe de sus tropas.1 El 31 de diciembre de 1838 la provincia de Corrientes firmó con el Uruguay un tratado de alianza defensiva y ofensiva declarando que, en ningún caso, se debía entender que estaba dirigida contra la Confederación argentina sino cotra Rosas y su tiranía. Instalado Rivera en la presidencia del Uruguay, intentó un arreglo con Rosas, que éste no admitió, al enterarse de la partida de Lavalle y sus compañeros para invadir Entre Ríos. Poco después hizo invadir el territorio uruguayo con tropas al mando del general Echagüe, que fue derrotado en Cagancha el 29 de diciembre de 1839. Derrotadas en 1842 en Arroyo Grande las fuerzas aliadas de la provincia de Corrientes y de Rivera, no quedó en el territorio argentino enemigos con que Rosas tuviera que
1 GIMÉNEZ, PASTOR A., La diplomacia del restaurador, en "La Nación", 2 de febrero de 1941.
1 Ruiz MORENO, MARTÍN, La revolución contra la tirana y la Organización Nacional, t. 1, pág. 352, Rosario, 1905,
Intervención de Rosas en la Banda Oriental
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combatir. Entonces, calificando a Oribe como aliado, sin que mediara un tratado con tal objeto, le dio el mando de un ejército, compuesto casi íntegramente de argentinos, para que fuera al Uruguay a reconquistar un gobierno que había perdido hacía cuatro años, poco tiempo antes de terminar su período legal. El 16 de diciembre de 1842 Oribe pasó el río Uruguay apoyado por el ejército de Entre Ríos al mando de Urquiza, como auxiliar suyo por órdenes de Rosas. Urquiza venció a Rivera en India Muerta y de esta suerte Oribe quedó dueño de todo el territorio de su país, menos la plaza de Montevideo, a la que puso sitio sin poderla tomar. Los gobiernos de Gran Bretaña y Francia ofrecieron su mediación, este último país en virtud del art. 49 del tratado de 1840 por el que Rosas se había obligado a reconocer la absoluta independencia del Uruguay. El tirano contestó exigiendo, como condición indispensable para convenir la suspensión de hostilidades, que los mediadores reconocieran el bloqueo absoluto decretado contra los puertos que ocupaba el gobierno de Montevideo. La mediación no tuvo éxito y terminó por la actitud dilatoria de Rosas, que sostenía que debía reconocerse a Oribe como presidente legal. El gobierno de Montevideo intentó una gestión ante Urquiza. Con tal propósito envió reservadamente a Benito Chain y Urquiza aceptó la misión, pero ante la prudencia de los uruguayos suspendió la negociación y se dirigió a Rosas a explicarle su actitud. Este, por intermedio de Arana, le comunicó que debía abstenerse de toda ingerencia en las cuestiones de la Banda Oriental y que los unitarios querían perderlo en combinación con los ministros extranjeros. No obstante este fracaso, el gobierno de Montevideo pidió nuevamente a Urquiza que mediara y éste aceptó, pensando ponerse de acuerdo con Oribe, a quien le propuso una suspensión de las hostilidades. Sin embargo, al comunicarle a Rosas el asunto, éste le manifestó su desagrado, y la mediación quedó nuevamente frustrada. Resuelto Urquiza a terminar con la dictadura de Rosas y a organizar constitucionalmente la República Argentina, en
diciembre de 1850 comisionó a Cuyas y Sampere para que en forma reservada gestionase una alianza con el gobierno de Montevideo y entrase en conversaciones con el representante del Brasil. Herrera y Obes, ministro del gobierno de Montevideo, aceptó la invitación, a la que se sumó el gobierno brasileño, cuyas relaciones con Rosas habían llegado a un punto crítico. Pronunciado Urquiza contra Rosas, el I 9 de mayo de 1851, el 29 de ese mismo mes firmó un tratado de alianza con el gobierno uruguayo y con el emperador del Brasil para afianzar la independencia y pacificar la República Oriental del Uruguay, haciendo salir del territorio a Oribe y las fuerzas argentinas que mandaba. Obtenida la pacificación de la República y restablecida la autoridad del gobierno oriental, las fuerzas aliadas debían retirarse a sus respectivos países. Se convino especialmente que si por causa de la alianza el gobierno de Buenos Aires declarase la guerra a los aliados, individual o colectivamente, la alianza se tornaría en común contra dicho gobierno. Respecto a la isla Martín García, en poder de fuerzas orientales, se estableció que su manutención incumbiría a cada uno de los aliados, correspondiendo a la escuadra brasileña proteger dicha isla y la libre navegación de las embarcaciones de los aliados. Los gobiernos de Entre Ríos y Corrientes debían consentir la libre navegación del Paraná en la parte en que fueran ribereños. Se previo que el gobierno del Paraguay pudiera tener intereses de entrar en la alianza y por un artículo del tratado se lo invitó a adherir. Esta invitación no fue aceptada. Rosas se preparó para someter a Urquiza y para hacerle fr&nte el 21 de noviembre de 1851 los aliados firmaron una convención que completó el tratado originario. Por el art. 1' se declaró que los aliados no pretendían hacer la guerra a la Confederación Argentina, ni coartar de cualquier modo que fuera la plena libertad de sus pueblos o la independencia de la nación. El único objeto que tenían era "libertar al pueblo argentino de la opresión que sufre la dominación tirá755
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nica del Gobernador don Juan Manuel de Rosas y auxiliarle para que, organizado en la forma regular que juzgue más conveniente a sus intereses, a su paz y amistad con los Estados vecinos, puede constituirse sólidamente, estableciendo con ellos relaciones políticas y de buena voluntad, de que tanto necesitan para su progreso y engrandecimiento". Se determinó que Entre Ríos y Corrientes tomarían la iniciativa de las operaciones de guerra como partes principales de ella y que Brasil y el Uruguay serían meros auxiliares, aportando los contingentes" que pudieran. El 18 de junio de 1851 el ejército de Urquiza atravesó el río Uruguay y comenzó su campaña contra las tropas de Oribe que huyeron hacia Montevideo sin presentar batalla. El 6 de octubre se firmó un armisticio y suspensión de hostilidades, y el 8, Urquiza le intimó la rendición en plazo perentorio. Oribe se entregó sin firmar capitulación e inmediatamente Urquiza pronunció la frase: "No hay vencedores ni vencidos". Asegurada la situación de la Banda Oriental, Urquiza inició la campaña contra Rosas y la victoria de Caseros le dio el triunfo definitivo sobre la tiranía. Apoyo a la independencia uruguaya El 12 de enero de 1858 el gobierno del Uruguay hizo saber al de la Confederación Argentina que se encontraba en estado de guerra debido a que hombres y armas habían partido del puerto de Buenos Aires para imponer un gobierno contrario a la voluntad del pueblo oriental y destruir su carta constitucional, lo que importaba un ataque a su independencia. Como a su juicio estos hechos importaban el caso previsto en la Convención Preliminar de Paz de 1828 y arts. 3 y 4 del Tratado del 7 de marzo de ese año celebrado con el Brasil, solicitaba al gobierno argentino declarara si estaba o no dispuesto a cumplir con los deberes que se impuso en dicha Convención, o sea, sostener la independencia oriental en acuerdo con el imperio o separadamente. 156
Ante esta situación, el gobierno argentino consideró que había llegado el caso de cumplir con esas obligaciones y por acuerdo del 23 de enero de ese año se resolvió que el presidente de la Confederación, general Urquiza, quedaba autorizado para mover las fuerzas que creyese necesario sobre el territorio oriental, en sostén del gobierno legal, para afirmar su soberanía e independencia. Tratado de 1859 complementario de la Convención Preliminar de Paz de 1828 Esta convención, que puso fin a la guerra entre la Argentina y el Brasil, previo un acuerdo posterior definitivo sobre la independencia del Uruguay. Debido a una razón de método los antecedentes han sido expuestos en el capítulo refsrente a las relaciones entre ambos países y a ellos se remite al lector. La revolución de Venancio Flores y la ruptura de relaciones de 1863 El gobierno del Partido Blanco del Uruguay sospechó desde un principio que las actividades del general Venancio Flores, antiguo oficial de Mitre, presidente de la República, eran favorecidas y auxiliadas por las autoridades argentinas. Con este motivo, en mayo de 1862 presentó una protesta, pero el gobierno argentino le aseguró que no tenía ningún compromiso para ayudar a los emigrados uruguayos contra el gobierno de Berro. Prometió Mitre que por todos los medios de su alcance, oficiales y particulares, impediría la turbación dz la paz en el Uruguay. Estas explicaciones no satisfacieron al gobierno de la vecina orilla, que envió a Buenos Aires a Octavio Lapido para formular nuevas reclamaciones, que fueron rechazadas por Elizalde. Sin embargo, pruebas evidentes demostraron que Flores recibía el apoyo de algunos altos funcionarios argentinos, por lo que el gobierno uruguayo tentó una nueva ges-
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tión por intermedio de Andrés Lamas, muy amigo de Mitre, que no tuvo éxito ante el rechazo categórico de Elizalde. En esa situación y como los preparativos proseguían en territorio argentino, los representantes diplomáticos de Italia, Portugal, Francia e Inglaterra, en nota colectiva pidieron seguridades sobre la neutralidad argentina en la revolución oriental. El gobierno argentino devolvió la nota expresando que importaba un agravio y un ataque a su soberanía. 1 El conflicto se agravó a raíz de la captura del vapor argentino "Salto" por un buque uruguayo en el puerto de Fray Bentos, a raíz de descubrir que llevaba municiones. Nuestra cancillería protestó exigiendo públicas satisfacciones, pero Lamas ofreció someter la cuestión al arbitraje de una nación europea. Elizalde rechazó el arbitraje y anunció represalias, que se materializaron en el apresamiento del barco uruguayo "General Artigas" y el bloqueo de la desembocadura del río Uruguay. Inmediatamente el gobierno uruguayo anunció que quedaban interrumpidas las relaciones oficiales. El Encargado de Negocios de Italia ofreció su mediación y el 29 de junio de 1863 se firmó un protocolo en el que se expresaron mutuas satisfacciones y explicaciones, asegurando el gobierno argentino que sería neutral en la lucha interna del Uruguay. Dado que las relaciones argentino-uruguayas no eran amistosas. Mitre envió a Mármol para una nueva negociación. Mármol impuso como condiciones el retiro de ciertas notas uruguayas por considerarlas ofensivas. El ministro uruguayo, a su vez, pidió que se retirara una nota argentina. Mármol no estuvo conforme y devolvió las notas anunciando verbalmente medidas coercitivas. La situación se complicó por la salida de un buque argentino contraviniendo órdenes uruguayas, cuyas fuerzas le hicieron fuego. El gobierno uruguayo no aceptó la devolución de las notas y propuso un arbitraje. Mármol no lo aceptó, y declarando terminadas las negociaciones pidió sus pa1
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Archivo Mitre, t. 13, pág. 196.
saportes y volvió a Buenos Aires. El 10 de diciembre su conducta fue aprobada por el gobierno, que ordenó a los cónsules argentinos que suspendieran las relaciones oficiales con las autoridades uruguayas. El gobierno uruguayo hizo lo propio y el 18 de diciembre quedaron rotas las relaciones diplomáticas entre ambos países. Inmediatamente se dieron órdenes a la guarnición de Martín García para detener a todo buque de guerra uruguayo que pasara por el río. Ante el cariz que tomaban los acontecimientos, se produjo la mediación del ministro inglés Thorton, que fue aceptado por ambas partes. No tuvo éxito, sin embargo, porque el gobierno uruguayo exigió que, como paso previo, se levantaran las medidas coercitivas adoptadas, a lo cual se negó el gobiernode Mitre. Convenio con Brasil sobre el Uruguay El 22 de agosto de 1864 Rufino de Elizalde firmó con el representante del Brasil, Saravia, un protocolo en el que se dejó consignado: I 9 ) que la paz de la República Oriental del Uruguay era la condición indispensable para la conclusión de sus cuestiones y dificultades internacionales con esa nación. Auxiliar y promover esa paz era un acto provechoso para los tres países; 2°) que cualquiera que fuesen los acontecimientos que ocurrieran, siempre tendrían que ser respetados los tratados que garanten la independencia, integridad territorial y la soberanía de esa República. La Triple Alianza y la guerra del Paraguay Después de la alianza con Urquiza y Corrientes para derrocar a Rosas, la República uruguaya volvió a ser aliada de la Argentina en la guerra que provocó Solano López en 1865. Todos los antecedentes han sido relatados en el capítulo que trata de las relaciones con Brasil, y a dicha exposición se remite al lector.
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10 de marzo de 1874, clausuró los puertos a las procedencias uruguayas. Declaró que el gobierno de aquel país no era juez competente para decidir por sí la continuación de las relaciones comerciales con Entre Ríos, Corrientes y Santa Fe, excluyendo la provincia de Buenos Aires; ni era admisible que ese gobierno encontrase bueno el estado sanitario de una provincia o malo el de otra. Por su parte, Uruguay consideró que la medida que había adoptado entraba dentro de sus facultades soberanas y afirmó que había ejercido un legítimo derecho. Planteadas así las cosas, se produjo la ruptura de relaciones entre los dos países. Sin embargo, al año siguiente para reanudar las relaciones diplomáticas interrumpidas, el Uruguay envió a Buenos Aires en carácter de agente confidencial a Francisco Bauza, secretario del presidente de la República. Nuestro gobierno aceptó al agente y después de las negociaciones de práctica, el 11 de marzo de 1875 en Montevideo, entre Cándido Bustamante, cónsul del Uruguay, y Jacinto Villegas, cónsul argentino, se firmó un protocolo por el que se reanudaron las relaciones diplomáticas.1.
Mediación argentina de 1872 En 1871 se produjo en el Uruguay una revolución contra las autoridades constituidas. El gobierno argentino procuró que se llegara a una solución pacífica y realizó ingentes esfuerzos hasta conseguir la firma de un armisticio que suprimiera las operaciones de guerra. Divergencias entre los contendores, hizo que en cierto modo se denunciara el acuerdo de armisticio, pero posteriormente, el 15 de enero de 1872 Tejedor consiguió que se allanaran las dificultades que impedían la pacificación de la República. Con este motivo, el ministro de Relaciones Exteriores del Uruguay solicitó el 6 de abril de 1872 que el gobierno argentino ejerciera su mediación en el plazo más breve posible. El gobierno argentino designó como mediador al cónsul general en Montevideo, Villegas, quien conjuntamente con los delegados de las partes llegaron a un acuerdo que estableció definitivamente la paz. Revolución de Entre Ríos de 1873 Con motivo de la rebelión de Entre Ríos, en 1873 se produjo un cambio de notas entre los gobiernos argentino y uruguayo, a raíz de haber sido informado este último que algunos buques de guerra argentinos ejercían actos de jurisdicción en la parte del río Uruguay que aquel gobierno consideraba como aguas nacionales. Tejedor aclaró que todo acto realizado en la parte del rio, fuera de la jurisdicción argentina, se debía a un error y que las medidas adoptadas tenían por objeto dominar la sublevación. Ocurrieron algunos otros incidentes, como ser la expulsión de algunos ciudadanos uruguayos de Concordia y la detención de otros en una isla. En 1874 el gobierno uruguayo, por razones sanitarias, cerró sus puertos a los buques que saliesen de la Argentina, E] gobierno argentino interpretó que se hacía una diferenciación contraria a derecho y en represalia, por decreto de 160
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Acuerdo de 1876 sobre prescindencia en las ludias civiles En 1875 se produjo una revolución en el Uruguay. Con este motivo algunos capitanes de buques de guerra orientales detuvieron en aguas argentinas a buques de nuestro país bajo la acusación de ayudar a los revolucionarios. El reclamo de la cancillería argentina llevó a ambos gobiernos a un acuerdo que concertaron el ministro de Relaciones Exteriores, Bernardo de Irigoyen, y Francisco Bauza, representante del Uruguay. El 14 de enero de 1876 ambos delegados resolvieron consignar en un protocolo las principales reglas que las Repúblicas del Plata estaban resueltas a seguir en el caso de que ocurriera en alguna de ellas, revoluciones o trastornos 1
Memoria de Relaciones Exteriores, 1875, pág. 58.
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políticos que perturbaran la tranquilidad. Estas reglas prescribían lo siguiente: "I 9 No permitirán en las respectivas jurisdicciones los enganches o enrolamientos de marineros, soldados o voluntarios destinados a conmover el orden o a sostener perturbaciones internas de uno u otro bando. 29 No permitirán la construcción o armamento de buques destinados a ser empleados contra alguno de los gobiernos como buques de guerra, cruceros o transportes, sea a vela o a vapor. 39 No permitirán la fabricación o expedición de artículos de contrabando de guerra destinados a ser empleados contra uno y otro gobierno. 49 Las expediciones que se apresten para invadir a alguno de los Estados serán disueltas, y los buques, armas o municiones destinados a ellas serán embargadas y entregados al juez legal correspondiente. 5' Los individuos que preparen, dirijan o manden las expediciones a que se refiere el artículo anterior serán puestos a disposición de los tribunales para ser juzgados con arreglo a las leyes del país, 69 Los emigrados políticos que conspiren desde el Estado en que se hayan asilado, contra el orden y gobierno del otro Estado, serán sometidos igualmente a los tribunales para ser juzgados como infractores de la neutralidad o perturbadores de las buenas relaciones internacionales. 79 En casos urgentes los emigrados que conspiren contra el orden de su país será internados a treinta leguas de las costas, bastando para adoptar esta medida, la comprobación de hechos o de proyectos agresivos y sin perjuicio de iniciarse el procedimiento prescripto anteriormente. 89 No se permitirá a los enemigos establecer comités o clubes revolucionarios con el propósito de promover o alentar revoluciones. Tales reuniones serán disueltas. 10' Si la legislación interior de alguna de ambas Repúblicas no fuese bastante para asegurar la ejecución estricta de las reglas anteriores y para reprimir su violación, el gobierno de ella queda obligado a obtener sin demora la sanción de las disposiciones penales que sean necesarias a fin de asegurar el cumplimiento de las presentes estipulaciones".
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Mediación die 1875 Con motivo de la guerra civil uruguaya de 1875 el gobierno argentino ofreció la mediación para tratar de procurar la paz. Andrés Lamas contestó que se darían instrucciones al ministro acreditado ante el gobierno argentino para que negociara un acuerdo en el que quedara establecida la forma en que estos países podían proponer o aceptar los oficios de buena vecindad que el gobierno argentino deseaba ejercer y para que con arreglo a esa forma pudieran ser aceptados. Respeto de la soberanía uruguaya En 1875 el gobierno uruguayo resolvió suspender el servicio y la amortización de las deudas y monetizarlas con un papel de curso forzoso. Ante las quejas de los extranjeros, el cuerpo diplomático acreditado en Montevideo tomó en consideración esta situación y dirigió una nota colectiva protestando contra la ley y haciendo responsable a la nación por los perjuicios y consecuencias que de ella se derivasen. Esta nota fue firmada, también por el cónsul argentino, Al tener conocimiento de lo ocurrido, el ministro Pardo dispuso que nuestro representante consular retirara la firma de la nota y se abstuviera de ejercitar cualquier acto en nombre del gobierno. Manifestó en comunicación de marzo 24 de 1875, que el gobierno argentino consideraba que el representante de una nación extranjera no tenía derecho para inmiscuirse en la legislación del país, limitándose sus facultades a salvaguardar los derechos de su gobierno, vigilar el cumplimiento de los tratados públicos y prestar a sus nacionales la protección que el derecho internacional les acuerda, "Así, por contrarias y repugnantes que parezcan al criterio de las demás naciones, las reglas que adopte otra para su gobierno propio no podrían ser modificadas por los estados extranjeros, a menos que se hallasen afectados por ellas la seguridad o los derechos soberanos de esos estados. Proceder de otra manera sería ejercer una verdadera intervención en los negocios internos del país contra todas las reglas
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y principios en que se basa el derecho internacional en garantía de la perfecta igualdad que debe existir entre las naciones independientes".1 Cuestión por la revolución de Arredondo El representante oriental en Buenos Aires dirigió un pedido el 23 de enero de 1886 haciendo saber que un grupo de emigrados uruguayos había formado un comité para preparar una invasión al territorio uruguayo. Señalaba que en la aduana de Paraná existían fusiles y cañones Krupp que estaban prontos a ser retirados. Nuestro gobierno no consideró viable la medida de internación que se le pedía, ya que sólo había sospechas y no pruebas tangibles de la actividad revolucionaria de los emigrados. Sin embargo, el gobierno uruguayo, con mucha insistencia .reclamó el cumplimiento de los deberes de prescindencia y agregó pruebas que demostraban las actividades revolucionarias. El gobierno argentino hizo declaraciones sobre doctrinas vigentes en derecho internacional, pero el gobierno uruguayo demostró que sus sospechas y sus pedidos estaban abonados por la realidad. Por eso, ante la insistencia uruguaya se impartieron órdenes estrictas a los gobernadores de Entre Ríos, Corrientes y Buenos Aires para que evitaran la salida de grupos armados desde aquellas localidades y desde San Fernando. No obstante esto, los emigrados uruguayos se agruparon en las provincias de Entre Ríos y Corrientes. Con el objeto de disolverlos y desarmarlos, se envió al coronel Bernard con un cuerpo de tropas regulares a fin de impedir a todo trance que pasasen a la Banda Oriental. El coronel Bernard desde Monte Caseros procedió a intimar a los revolucionarios para que se disolvieran y para que entregaran sus armas. El ex general Arredondo, jefe de los revolucionarios, acató las órdenes de Bernard pidiendo se le prometiera un desarme paulatino para evitar protestas. El jefe argentino creyó en la palabra de Arredondo y comenzó a recibir las armas y muni1
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Memoria Relaciones Exteriores, 1875, pág. 98.
ciones. Sin embargo, los evolucionarios en determinado momento retrocedieron por territorio argentino y fueron a apoderarse de trenes y vapores en lugares resguardados para lanzarse a la costa oriental. El gobierno uruguayo se quejó enérgicamente de este hecho, atribuyéndolo al descuido o complicidad de las autoridades argentinas. Adujo que Arredondo había tomado a viva fuerza tres vapores y algunas chatas en la ciudad de Concordia y hecho subir a sus tropas en pleno día, en presencia de toda la población, sin haber sido molestado por ninguna autoridad o funcionario nacional. Después de una larga tramitación se llegó a un acuerdo. El gobierno argentino, el 12 de abril de 1886, comunicó que iba a investigar lo ocurrido y, llegado el caso, a someter a juicio a los que resultaran culpables de los hechos ocurridos. Además, para salvar en adelante los preceptos del Derecho Público y los deberes que imponía la vecindad y la paz de las naciones, proponía que el protocolo celebrado el 14 de enero de 1876 por el ministro de Relaciones Exteriores Irigoyen y el enviado de la República Oriental Francisco Bauza fuera puesto en rigurosa vigencia por ambos gobiernos. Como consecuencia, los incidentes diplomáticos se darían por terminados quedando las relaciones entre ambos gobiernos en el pie de mayor cordialidad y buena armonía. El gobierno uruguayo aprobó la propuesta. Congreso de Montevideo de 1889 En el año 1888, como resultado de un cambio de ideas mantenido por el ministro QuirnoCosta con el representante del Uruguay, Ángel L. Cuestas, en primer término, y luego con su sucesor Gonzalo Ramírez, ambos gobiernos acordaron invitar a algunos estados sudamericanos a un congreso internacional de jurisconsultos a reunirse en la ciudad de Montevideo con el objeto de tratar problemas de derecho internacional privado. La propuesta fue aceptada por Paraguay, Chile, Bolivia, Brasil y Perú, y el congreso se celebró en 1889 con gran éxito. El ministro de relaciones exteriores de la 165
Argentina concurrió a la sesión de apertura, firmándose varias convenciones sobre derecho internacional privado, propiedad literaria, marcas y patentes y profesiones liberales,
Hipólito Irigoyen contestó que en esas circunstancias el gobierno argentino pondría todo su concurso en defensa de la soberanía de la nación uruguaya, asumiendo las responsabilidades consiguientes.
Mantenimiento de la legación argentina
Ruptura de relaciones
En medio de las dificultades financieras del año 1891, el gobierno argentino tuvo un acto de deferencia con el gobierno oriental del Uruguay. A pesar del proyecto despachado para reducir a segunda clase la legación de la República, el congreso argentino resolvió mantener la de primera que existía en esa época,
En 1932 fracasó un movimiento contra el gobierno del general Uriburu y algunos de sus jefes se refugiaron en el Uruguay, donde continuaron sus actividades subversivas. Con este motivo nuestro embajador Cantilo se presentó al ministerio uruguayo llamando la atención sobre la conveniencia de ejercer vigilancia policial en el litoral para evitar la actividad de los emigrados, pues uno de ellos, el teniente coronel Pomar, que había sido conminado a salir del territorio uruguayo, volvió y continuó sus actividades. El 7 de julio Cantilo comunicó al presidente Terra que al zarpar el crucero "Uruguay" para participar de la festividad argentina de la independencia, había subido a bordo un ex jefe del ejército argentino procesado y prófugo, quien había sido recibido con toda cordialidad por la oficialidad uruguaya. El 13 de julio nuestro embajador recibió una comunicación enviada por el ministro de relaciones exteriores del Uruguay y en la que le decía que a consecuencia de la actitud de las autoridades argentinas con el crucero "Uruguay", en la visita de este buque de guerra a Buenos Aires para saludar a la nación argentina, y considerando que esa actitud sin precedentes en la vida de relación de ambos países constituía un agravio a la dignidad uruguaya y a la bandera que ostentaba esa unidad militar, el gobierno había resuelto cortar las relaciones diplomáticas con la Argentina y retirar su embajador de Buenos Aires. En consecuencia, el embajador debía considerar como recibidos sus pasaportes. El 13 de julio de 1932 el gobierno argentino dictó un decreto calificando de intempestiva la ruptura de relaciones diplomáticas sin ningún fundamento. Destacó que aún en el supuesto de que el Uruguay se hubiese sentido molesto por
Tratado de arbitraje obligatorio El 8 de junio de 1899 se firmó entre la República Argentina y la del Uruguay un tratado general de arbitraje con un protocolo adicional por el que se estableció que las partes se obligaban a someter a juicio arbitral todas las controversias de cualquier naturaleza que por cualquier cuestión surgieran entre ellas, cuando no afectasen los preceptos de la constitución de uno u otro país y siempre que no pudiesen ser solucionadas mediante negociaciones directas. No podían renovarse las cuestiones que hubieran sido objeto de arreglos definitivos. El tratado tendría una duración de diez años a contar desde el canje de las ratificaciones, y si no fuese denunciado seis meses antes de su vencimiento, se tendría por renovado por un período igual y así sucesivamente. El canje de las ratificaciones tuvo lugar el 18 de enero de 1902. Defensa de la soberanía uruguaya Con motivo de sospecharse que los colonos alemanes del sur del Brasil pudieran intentar una invasión al territorio del Uruguay, su gobierno pidió a la Argentina le expresara, llegado el caso, si le facilitaría materiales bélicos. El presidente 166
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alguna medida, sólo hubiera correspondido un pedido de explicación o una reclamación que no se había formulado. Se agregó que el retiro se había producido en circunstancias en que el gobierno uruguayo había podido prever la presentación de una reclamación formal por el acto inamistoso que importaba recibir en el buque de guerra que venía a Buenos Aires a un ex jefe militar argentino procesado y prófugo a raíz de tentativas subversivas, que había sido agasajado a bordo por el jefe y los oficiales del mismo, cambiando brindis de confraternidad y otras manifestaciones, no obstante haberse expresado dicha persona en términos hostiles para las autoridades constituidas de la República Argentina. Que lejos de observar una actitud inamistosa con la nave uruguaya, las autoridades argentinas y especialmente las marítimas, habían cumplido rigurosamente con las normas y preceptos que al caso correspondía por tratarse de un buque de un país amigo. Finalmente expresaba que la actitud del gobierno uruguayo se unía a las reiteradas transgresiones a los deberes emanados del tratado de Derecho Penal internacional de Montevideo al permitir las actividades sediciosas de fugitivos políticos argentinos refugiados en territorio uruguayo y probadamente vinculados a elementos subversivos del orden social. Por estas consideraciones decretaba: 1» Desestimar como infundados los motivos que invoca el gobierno de la República Oriental del Uruguay para cortar sus relaciones diplomáticas con el gobierno argentino. 2' Dar por cortadas las relaciones diplomáticas con el gobierno uruguayo y entregar sus pasaportes a su embajador en Buenos Aires. 3' Solicitar del gobierno de Gran Bretaña quisiera hacerse cargo transitoriamente de los intereses argentinos en la República Oriental del Uruguay. Por medio de un comunicado de prensa se especificó el trato dado al buque uruguayo al que se le había enviado un buque explorador para que le hiciera escolta; las atenciones tenidas en el puerto de Buenos Aires con la oficialidad y todos los precedentes argentinos respecto al idéntico tratamiento hecho al buque "Minas Geraes" del Brasil en 1922; a la escuadra inglesa del almirante Capperton; al almirante ale-
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man von Reuter; al recibimiento del príncipe del Piamonte y a la escuadra brasileña que trajo al Dr. Campos Salles, Aclarado debidamente lo ocurrido, bien pronto partió del mismo Uruguay la decisión de restablecer las relaciones rotas en forma tan intempestiva. Fue así como se designó como agente confidencial al Dr. Juan José Amézaga, quien el 12 de setiembre de 1932 dirigió una nota a la cancillería argentina haciéndole saber que las declaraciones y manifestaciones amistosas producidas después de la ruptura habían llevado al convencimiento del gobierno uruguayo de que aquellos actos no habían revestido en realidad el carácter que les habían atribuido. En consecuencia, puso en conocimiento que su gobierno tendría satisfacción en reanudar las relaciones diplomáticas entre ambos países si cel argentino creía que había llegado el momento de hacerlo. Aceptada esta propuesta por la Argentina, se dictaron dos decretos simultáneos en la misma fecha, declarándose restablecidas las relaciones diplomáticas y por reintegrados en sus cargos a los embajadores argentino y uruguayo. Apoyo al Uruguay frente a Rusia Soviética En el mes de diciembre de 1925 el gobierno uruguayo rompió sus relaciones diplomáticas con la Unión Soviética y ordenó que se entregaran los pasaportes a su representante en Montevideo. Como represalia, el gobierno soviético acusó al Uruguay de que había violado el pacto de la Sociedad de las Naciones. En conocimiento de esta presentación el gobierno argentino instruyó a su representante para que hiciera una declaración en favor del Uruguay. Nuestro delegado expuso que el gobierno uruguayo no había cometido la infracción de que se le acusaba y que había ejercido el derecho de conservación que tiene todo estado. Protesta argentina por las islas Malvinas En octubre de 1952 se produjo un incidente diplomático entre ambos gobiernos, cuyos antecedentes fueron publicados
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en un libro azul y blanco. El uruguayo, en oportunidad de un vuelo experimental realizado desde Montevideo a las Malvinas, resolvió poner en ejecución el Convenio de aeronavegación suscrito en 1947 con Gran Bretaña, Dicho convenio establecía un cuadro de rutas para ser habilitado por líneas aéreas del Reino Unido entre Londres y un punto o puntos del Brasil a Montevideo, ya directo o vía Buenos Aires, y desde allí a un punto o puntos en Argentina, y más allá, a las islas Falkland y puntos más allá en ambas direcciones. Nuestro gobierno consideró que la autorización a este último punto implica una violación de nuestros derechos. Estimó que establecido como principio fundamental el de la soberanía sobre su espacio aéreo por parte de los estados subyacentes, sólo apartándose de tales principios podría el Uruguay atribuirse potestad para acordar aterrizajes sobre territorio argentino, facultad ésta que correspondía en forma exclusiva al gobierno de nuestro país. Además, consideraba que el convenio vulneraba en su texto los derechos soberanos de la República Argentina sobre las islas Malvinas, dando un punto de apoyo jurídico para la cesión de esos derechos por parte de una tercera potencia. El gobierno uruguayo no podía desconocer los indiscutibles derechos de la República Argentina sobre esos territorios, y tampoco vulnerar principios fundamentales, reiterados y aceptados unánimemente por la comunidad de las naciones hermanas, sin enervar y hasta destruir injustamente el valioso ejemplo de armonía internacional. La nota argentina enumeraba los antecedentes que comenzaron en 1832 y terminaba haciendo presente que consideraba inadmisible -el hecho de que el gobierno uruguayo mantuviese un funcionario consular en Puerto Stanley, cuya patente consular debía haber sido aceptada por el jefe del estado británico, en cuyo nombre se detentaba una jurisdicción ilícita sobre el territorio de las islas Malvinas. La protesta argentina fue contestada por el embajador uruguayo Márquez Castro el 27 de octubre de 1952, manifestando que la interpretación hecha por el gobierno argen-
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tino en base a los cuadros de rutas anexo al convenio suscrito con Gran Bretaña, no concordaba con el alcance y significado que tiene la mención específica de lugares intermedios y de destino en los cuadros de rutas anexos a los convenios bilaterales de transporte aéreo en general, incluso aquéllos firmados por el gobierno argentino. Dichos cuadros de rutas, decía la nota uruguaya, tienen el solo valor de una indicación geográfica de orientación y desarrollo de la línea aérea, y una serie de puntos en el espacio, susceptibles de ser unidos por vuelos, sin que de ningún modo la mención de cualquiera de esos puntos o lugares configure el ejercicio de una potestad por parte de los estados contratantes, ni menos todavía un pronunciamiento acerca de los derechos que sobre dichos puntos tengan o reivindiquen determinados estados. Tampoco aceptaba la protesta por el hecho del mantenimiento de una oficina consular en Puerto Stanley. Esa ofiteina había sido establecida en 1924 y el gobierno no había innovado nada sino que continuaba una conducta de vieja data. El largo término transcurrido desde que se produjeron los hechos impugnados demostraba que no habían podido tener el alcance o significado que se les atribuía, pues de otro modo habrían provocado la actitud de protesta que ahora asumía el gobierno argentino. Continuaba la nota expresando que el gobierno oriental había sido sorprendido por la protesta formulada, ya que había transcurrido largo tiempo desde que se realizaran los actos aludidos sin que el gobierno de la República Argentina hiciera ninguna manifestación al respecto. Consideraba, por lo demás, que ni del texto del convenio arriba aludido, en su letra o en su espíritu, ni del mantenimiento de un funcionarios consular, resultaba en forma alguna el propósito o el efecto de desconocer los derechos territoriales invocados por el gobierno argentino. Esta primera nota fue contestada el 29 de octubre de 1952 insistiéndose en la protesta. A su vez, el gobierno uruguayo mantuvo su punto de vista en la nota del 10 de noviembre. Esta nota fue replicada por la cancillería argentina
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el 10 de diciembre, especificándose que con las aclaraciones que surgían del cambio de notas se daba por terminado el incidente. Cuestiones de límites Entre nuestro país y el Uruguay se han planteado las siguientes cuestiones de límites: I 9 ) jurisdicción en el río Uruguay y dominio de las islas del mismo; 2') soberanía de la isla de Martín García; 3 9 ) jurisdicción en el Río de la Plata, Cuestión de límites en el río Uruguay En 1833 el gobierno uruguayo dispuso el balizamiento del río Uruguay y para subvenir a los gastos de la obra, estableció un impuesto a la navegación en el río. Como el decreto uruguayo evidentemente desconocía el derecho de la Argentina como condómina, Guido, ministro de relaciones exteriores, en nota del 26 de febrero de 1834 expresó que nuestro gobierno estimaba que el uruguayo debía aceptar la necesidad de un convenio que reconociera igualdad de derechos para los buques de ambas repúblicas. El 6 de diciembre de 1833 el' gobierno argentino solicitó la colaboración del uruguayo para establecer una señal luminosa en el Banco Inglés del Río de la Plata. El gobierno oriental, para tratar este asunto y el balizamiento del Uruguay, designó al senador José Campana. Debido a que el arrecife denominado "Corralito" obstaculizaba la navegación cerca de las ciudades de Salto y Concordia, en 1863 el Uruguay invitó a la Argentina a efectuar en común la voladura de dicho obstáculo. El 30 de abril de dicho año Rufino de Elizalde hizo saber a su colega Herrera que con el objeto de dar facilidades al comercio fluvial se había dispuesto que la zumaca de guerra "San Juan Bautista" fuera al Uruguay a destruir todos los obstáculos que pudieran entorpecer la navegación y especialmente el arrecife "Corralito".
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El gobierno uruguayo consideró que no podía la Argentina tomar una decisión unilateral y para presentar la reclamación del caso designó al ministro Lamas, quien presentó una protesta a Elizalde porque no había sido consultado su gobierno. Elizalde contestó el 12 de mayo comunicando que la Argentina tenía pleno derecho para deshacer los escollos que entorpecían la navegación, situados en el territorio fluvial argentino, con un simple aviso antes de dar principio a la ejecución de los trabajos. Con este motivo se suscitó un cambio de notas entre Lamas y Elizalde debido a que el gobierno uruguayo consideró inoportuna la expedición del barco argentino, mientras Elizalde insistía en que no había razón alguna para solicitar acuerdo para unas obras que se efectuarían sobre parte del territorio fluvial argentino. En vista de la actitud argentina, el gobierno uruguayo destacó a su barco de guerra "Villa del Salto", el cual, fondeado en las inmediaciones del buque argentino, intimó al capitán la suspensión de los trabajos hasta que ambos gobiernos se pusiesen de acuerdo. El 6 de junio de 1863, enterado el gobierno argentino de.lo ocurrido, pidió explicaciones a fin de evitar las desagradables consecuencias que podría producir dicho acto. La cancillería uruguaya el 10 de junio dio las explicaciones que se le pidieron, aduciendo que el comandante uruguayo se había referido a las operaciones que pudiesen haber tenido lugar en la parte del río que correspondía al territorio oriental. El 8 de junio de 1863 fue detenido en el puerto de Fray Bentos el buque mercante argentino "Salto", subvencionado por el gobierno uruguayo, acusado de conducir contrabando de armas para el general Flores en lucha contra el presidente Berro. Para someter la presa al tribunal competente, el vapor argentino fue conducido a Montevideo. Nuestro gobierno reclamó contra ese acto por entender que se había violado el derecho fluvial argentino, sacándose de un buque de nuestra bandera, en un puerto de escala, pertrechos de guerra que iban por territorio fluvial argentino a puertos argentinos.
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El gobierno uruguayo no aceptó la protesta, sosteniendo que había un condominio indiviso en las aguas del río. A raíz de la revolución de la provincia de Entre Ríos el gobierno nacional destacó el pontón de guerra "María Teófila" para que vigilase las costas a fin de impedir suministros de pertrechos a lo rebeldes. Con este motivo, el 10 de julio de 1873, el ministro de relaciones exteriores del Uruguay protestó ante la cancillería argentina, alegando que dicho barco ejercía actos de jurisdicción sobre los buques que navegaban a lo largo de la costa. Agregó que el capitán había visitado los buques o los había intimado que se aproximaran, llegando a hacer fuego sobre los que no le obedecieron. Tejedor contestó que como las aguas estaban indeterminadas era imposible determinar los límites con precisión por las tortuosidades del río y que el error cometido por el jefe del pontón se debía a esa causa y no a otro propósito. El gobierno uruguayo no aceptó esa explicación sosteniendo que no había indeterminación en el río desde que las respectivas jurisdicciones estaban establecidas por el derecho internacional. El 23 de julio de 1873 contestó Tejedor diciendo que el gobierno argentino pensaba que estaban indeterminadas las aguas territoriales de los ríos Uruguay y Río de la Plata, porque comunes ambos a las dos Repúblicas, la anchura de aquéllos y la situación de algunas de sus islas no permitían, o por lo menos sujetaban a error, la aplicación práctica del principio de derecho de gentes que dividía por mitad, en estos casos, la jurisdicción.1 En dicha nota prometió una respuesta sobre los actos que se atribuían al capitán del "María Teófila", aclaración que fue hecha el 8 de agosto manifestando que jamás se había cometido ninguna tropelía, ni se había demorado a los barcos que cruzaban el río más tiempo que el necesario para la notificación de la clausura de los puertos de Entre Ríos. Que tampoco se había tirado a bala, pues los disparos se habían hecho con pólvora a los buques que pasaban a altas horas de la noche y que no hacían caso 1
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Memoria Relaciones Exteriores, 1874, pág. 544.
del llamado. Que no se había salido de los límites de la navegación para evitar que los buques de cabotaje tocasen en los puertos de Entre Ríos. El gobierno uruguayo no se dio por satisfecho y el 10 de agosto exigió una satisfacción categórica porque no aceptaba que la libre navegción del Uruguay pudiera trabarse, aun indirectamente, por actos de violencia que se adoptasen por uno de los ribereños sin acuerdo del otro. En ese sentido el Uruguay negaba a la Argentina el derecho de apostar buques en el río para llamar a los que navegasen en aguas uruguayas para hacerles notificaciones de clausuras de puertos u otras medidas, pues esos actos atentaban contra su jurisdicción. Finalizó dando por cerrada toda discusión hasta que obtuviera las satisfacciones que pedía. Posteriormente, para llegar a un entendimiento, el Uruguay designó como agente confidencial a José Sierra Carranza, que mantuvo una serie de conferencias con el ministro Tejedor. Debido a la indeterminación de las aguas la Argentina y el Uruguay discuten el dominio de catorce islas y se han producido diversos incidentes con motivo del otorgamiento de títulos o actos de policía. Para solucionarlos, en 1916 se firmó un tratado entre Baltasar Brum, ministro de relaciones del Uruguay, y Enrique Moreno, nuestro ministro en Montevideo. Por el art. 1' se estableció que la línea divisoria entre ambos países, desde la desembocadura del Cuareim, límite con el Brasil, seguiría por el "thalweg" del río Uruguay hasta la desembocadura en el Plata, quedando bajo el dominio argentino las islas situadas al occidente de la línea divisoria y bajo el dominio uruguayo las islas situadas al oriente. Por el art. 2° se determinaron las islas argentinas y uruguayas. El tratado fue intensamente combatido por el partido blanco del Uruguay y hasta el presente no ha sido ratificado. La indeterminación continuó y los incidentes se sucedieron, culminando con uno que ocurrió en la isla García. Con este motivo y para evitar la posible repetición de hechos análogos, el 13 de enero de 1938 se firmó en Buenos Aires un acta por la que se convino mantener el "statu quo" existente en las
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islas al I 9 de enero de 1936 hasta la solución definitiva del problema. Ambos gobiernos se comprometieron a estudiar en común el aprovechamiento de la fuerza hidráulica del río, y acordaron la designación de una comisión mixta para efectuar los estudios respectivos. En 1946 se firmó un convenio sobre aprovechamiento en común, por partes iguales, de las aguas del río Uruguay en el Salto Grande. Por dicho convenio se estableció que las medidas que se adoptaran para el cumplimiento del convenio no afectarían ninguno de los derechos de las partes relativos a su soberanía y jurisdicción, así como tampoco los referentes a la navegación del río Uruguay. Sin embargo, el pensamiento oficial del gobierno del Uruguay es el de que la ejecución material de la obra se hará efectiva una vez que se defina el problema de la jurisdicción de las aguas y de las islas del río. La cuestión de Martín García La isla de Martín García permaneció en poder de los españoles hasta el 15 de marzo de 1814, fecha en que el almirante Brown se apoderó por la fuerza de la isla y la retuvo por orden del gobierno de las Provincias Unidas. A fines de 1825, durante la guerra con el imperio del Brasil, fuerzas brasileñas se apoderaron de la isla y procedieron a fortificarla, abandonándola tres meses después en febrero de 1826. Al año siguiente Brown tomó posesión de ella. Enviado García por Rivadavia para lograr la paz con el Brasil, se firmó la famosa convención que fue rechazada. El art. 49 establecía que la isla de Martín García se pondría en el "statu-quo ante bellum" retirándose las baterías y pertrechos. Esta convención significó, indudablemente, que el imperio aceptó que la isla era argentina, con la única condición de que fuese desmilitarizada. Debe destacarse la importancia de esta cláusula, porque fue insertada en el tratado por
insistencia del enviado argentino ante la pretensión del emperador de quedarse con ella. La cuestión sobre el dominio de la isla no volvió a discutirse hasta 1829. Ese año se debatió en la Cámara de Representantes del Uruguay un proyecto para establecer una aduana en Martín García. Durante la discusión varios diputados manifestaron sus dudas de que la isla fuera uruguaya y algunos otros afirmaron que pertenecía a la República Argentina. Sólo dos sostuvieron expresamente que la isla era uruguaya. El proyecto no prosperó. Hasta esa época hubo ocupación argentina por medio de un presidio que el gobierno de Buenos Aires tenía bajo la custodia militar. Martín García continuó bajo la jurisdicción de Buenos Aires sin ninguna interrupción hasta que se produjo el bloqueo de los ríos Paraná, Uruguay y de la Plata por el almirante Leblanc. Comprendiendo este jefe la importancia de la isla, en 1838 con la colaboración de fuerzas uruguayas procedió a ocuparla por la fuerza. Sin embargo, queriendo demostrar que los franceses no habían venido a conquistar territorio, la ofreció al general Lavalle como centro de operaciones contra Rosas. Allí se trasladó Lavalle y poco a poco se le fueron incorporando los que debían ser sus compañeros de cruzada, recibiendo el nombre de "Isla de la Libertad". Firmado el tratado Mackau-Arana el 19 de octubre de 1840, Francia levantó el bloqueo y procedió a la evacuación de Martín García con la reposición de su armamento, tal como estaba el 11 de octubre de 1838, devolviéndose también los dos buques de guerra argentinos capturados durante el bloqueo. El 5 de septiembre de 1845, Garibaldi, jefe de la escuadrilla de Montevideo, acompañado de algunos buques de guerra ingleses, se presentó frente a la isla e intimó al comandante argentino su rendición. Como éste se negara a entregarla, atacó y tomó la isla por la fuerza dejando una guarnición italiana que después se cambió por una guarnición oriental, cuya única ocupación consistía en izar y bajar todos los días su bandera en las fortificaciones.
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Firmado el tratado con la Confederación Argentina, en 1849 Inglaterra ordenó la evacuación definitiva de Martín García y la restitución de los buques capturados. Francia siguió el ejemplo y por la convención del 31 de agosto de 1850 el almirante Lepredour ordenó el levantamiento del bloqueo y la evacuación de la isla y la restitución de los buques y armamentos. Debe destacarse que en ambas convenciones las potencias europeas prescindieron de las fuerzas auxiliares uruguayas sin concederles personalidad alguna. Esto significaba que el gobierno uruguayo aceptaba lo actuado por aquéllos. No obstante esta convención, la isla no fue devuelta y permaneció allí una guarnición uruguaya. La convención tripartita de 1851 firmada entre Brasil, Uruguay y Urquiza, estableció que el sostenimiento de Martín García incumbiría al Brasil y Entre Ríos, siendo deber del comandante de la escuada brasileña proteger la isla y asegurar la libre navegación. En 1851 se firmaron los famosos tratados de Lamas entre Brasil y Uruguay, en uno de los cuales se contempló la situación de Martín García. Por esa convención, ambas partes declararon que por su posición la isla podía servir para embarazar e impedir la libre navegación de los afluentes del Plata en los que tenían interés, y que su neutralidad en tiempo de guerra era conveniente y de utilidad común, así como garantía de la navegación de esos ríos. En tal virtud, convinieron en oponerse a que la soberanía de Martín García dejase de pertenecer a uno de los estados del Plata interesados en su libre navegación. Asimismo acordaron solicitar el concurso de los otros dos estados ribereños para obtener de aquél a quien pertenece o llegase a pertenecer la posesión y soberanía de la mencionada isla, que se obligase a no servirse de ella para embarazar la libre navegación de los otros ribereños y a consentir en su neutralidad en tiempo de guerra. Caído Rosas, el gobierno de la Confederación celebró tratados con Francia, Gran Bretaña y Estados Unidos para la libre navegacón del Uruguay y el Paraná. El art. 59 de cada uno de esos tratados se refirió a Martín García y
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repitió, casi textualmente, el texto del tratado brasileño-uruguayo a que se ha hecho referencia. Urquiza, presidente provisional de la Confederación Argentina, a poco de establecerse, encargó a su ministro de relaciones exteriores Luis J. de la Peña, que pidiese al gobierno uruguayo el retiro de la guarnición que permanecía en la isla. Nuestro ministro expresó en su nota de febrero 25 de 1852 que la ocupación de la isla por fuerzas extranjeras había sido un medio de hostilidad adoptado contra el ex gobernador de Buenos Aires; que no tenía ya objeto, ni podía continuar desde que la guerra había cesado y la Confederación Argentina se había visto libre del tirano. En consecuencia comunicaba que del 10 al 15 de marzo partiría de Buenos Aires una fuerza suficiente para tomar posesión de la isla y mantenerla como correspondía. Esperaba, en consecuencia, que el gobierno uruguayo daría las órdenes consiguientes a fin de que no hubiese ningún inconveniente desde el momento en que las fuerzas argentinas se presentasen en ella. El presidente del Uruguay, Berro, acusó recibo el 28 de febrero y comunicó que había instruido para que se diera posesión de la isla, pero lo había hecho '"salvando todo y cualesquiera derechos que la República pueda hacer valer sobre ella". La toma de posesión se efectuó el 17 de marzo y el 25 del mismo rnes de la Peña, con firmeza, hizo saber al Uruguay que no admitía la reserva puesto que Martín García era parte integrante del territorio de la Confederación Argentina. La afirmación antedicha ha sido plenamente aceptada, con toda nobleza, por el autor uruguayo Agustín de Vedia. "La ocupación de Martín García por los argentinos se remonta al primer período de la independencia. Durante ese tiempo se han afirmado cada vez más en esa posesión enarbolando allí su bandera, invirtiendo en ese territorio sus caudales, levantando poblacionees, fundando establecimientos públicos; todo a la luz del día, sin reclamos, sin protestas o resistencias directas, sin que haya podido siquiera oponér-
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seles un acto convencional, una declaración de límite en contrario".1 Solano López intentó discutir en 1863 el dominio argentino a la isla, pero Mitre, presidente de la Nación, le contestó: "Respecto del armamento de Martin García y de movi" mientes militares a que ese gobierno ha hecho referencia " oficialmente, nadie nos ha pedido explicaciones y si alguno " ha intentado hacerlo respecto de lo primero, lo hemos ence" rrado dentro del límite de lo que correspondía a la libre " navegación áz los ríos en cuanto a los derechos naturales, " y esto, tratándose de potencias firmatarias del tratado que " consagró aquella libre navegación y en que se hacía respe" tar a Martín García, que por lo que respecta a nuestro per" fscto derecho para armar o no dicha isla, ha sido expresa" mente reconocido por esas Potencias no obstante las ges" tiones que en contrario había hecho cerca de ellas el go" bierno oriental, lo que no podía dejar de ser, puesto que la " isla de Martín García es territorio argentino en que el país " puede ejercer la más completa soberanía, fortificándolo co" mo lo halle por conveniente, sin que esto se considere como " una amenaza para los demás, militando las mismas circuns" tancias que respecto de las fortificaciones de Humaitá o " cualquiera otra que se halle en su caso" 2. El Río de la Plata La República Oriental del Uruguay no fue parte en la Convención Preliminar de Paz de 1828 cuyo protocolo adicional se refirió a la libre navegación del Río de la Plata. El primer contacto entre los gobiernos argentino y uruguayo tuvo lugar en 1853 con motivo de la propuesta de las autoridades de Buenos Aires a las de Montevideo para la colocación de un faro al este del Banco Inglés, ofreciendo cooperar a los gastos de su instalación. 1 VEDIA DE AGUST/N, Martín García y la jurisdicción del Plata, pág. 225. 3 Archivo del general Mitre, t. II, pág. 58-59.
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En 1836 Rosas dictó un decreto por el que se recargaban los derechos establecidos sobre los efectos de ultramar, que por trasbordo o reembarco de cabos adentro se introdujesen en la provincia de Buenos Aires. El gobierno uruguayo protestó por considerar afectados sus derechos y el de la Argentina dejó expresa constancia de que no tenía propósitos hostiles, pero hizo presente que las autoridades orientales detenían arbitrariamente los buques argentinos en Las Higueritas para revisarlos. Este hecho era injustificable porque siendo comunes las aguas del río no podía alegarse ningún título. No obstante la firme posición de Rosas respecto al Paraná y al Uruguay y su clausura a la libre navegación, con relación al Río de la Plata admitió el derecho de la República Oriental del Uruguay. En 1853 la legación argentina en Montevideo reclamó con motivo de ciertas medidas aduaneras impuestas por las autoridades uruguayas de Las Higueritas. A raíz de la sanción de la ley de 19 de julio de 1856 dictada por el Congreso de la Confederación, el gobierno uruguayo reclamó por algunas disposiciones. El gobierno argentino rechazó la protesta aduciendo que la ley no hacía diferencia con nación alguna, pues fijaba únicamente puntos geográficos que sirviesen para el objeto que se proponía y que el gobierno del Uruguay, por la extensión de sus costas, podía habilitar puertos en el río. En 1860 la ley N9 240 dio a Juan Libarona, por el término de veinte años, la concesión de cobrar un impuesto en los puertos de la Confederación a los buques que vinieran de cabos afuera, desde el día que esa empresa hubiera establecido en el Banco Inglés o en la isla de Lobos las farolas o luces que había contratado con el gobierno uruguayo. Con motivo de la revolución de Entre Ríos, el gobierno nacional ordenó la revisación de barcos para evitar que llevasen auxilio a los revolucionarios. En 1861 varias balleneras de Buenos Aires detuvieron y registraron algunas embarcaciones uruguayas que navegaban frente a la Colonia. El gobierno uruguayo reclamó por lo que consideró una violación de su territorio. El ministro de Buenos Aires le declaró
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que el hecho se había debido a un exceso de celo mal entendido del jefe de la escuadra. En 1887 el gobierno argentino por intermedio de Sáenz Peña, ministro en Montevideo, solicitó la cooperación del Uruguay para realizar algunas obras de dragaje tendientes a facilitar la navegación en los ríos de la Plata y Uruguay. En 1890 algunas dragas argentinas realizaron trabajos en el banco de Las Limetas, frente al Salto, en aguas uruguayas. Ante el reclamo uruguayo el gobierno argentino dispuso la suspensión de los trabajos. En 1891 se firmó una convención sobre prácticos lemanes por el que ambos gobiernos convinieron en declarar libre esa profesión en el Río de la Plata a favor de todo individuo que poseyera la patente o título correspondiente expedido por las autoridades competentes de una u otra nación. Los prácticos lemanes podrían cruzar a cualquier altura del río y aún fuera de cabos, ofrecer sus servicios a los buques que navegasen con destino a los puertos argentinos u orientales, arribar libremente a ellos, llenar cualquier otra necesidad y permanecer en los mismos el tiempo que juzgaran necesario. Tanto en el río como fuera de cabos, los buques podrían tomar indistintamente práctico argentino u oriental, pero todo buque que zarpara de un puerto en cualquier dirección debería tomar práctico de la nacionalidad de dicha parte. En 1892 se proyectó ahondar el canal del Infierno y se solicitó el consentimiento del Uruguay por el hecho de que parte de las obras "pasa por aguas de jurisdicción oriental", no obstante comenzar en el puerto de Buenos Aires. En 1893 se realizó la canalización de los pasos de Martín García y el gobierno argentino presidido por Pellegrini, siendo Zeballos ministro de relaciones exteriores, solicitó previamente la aquiescencia del gobierno uruguayo para proseguir los trabajos en caso de que tocasen "en algunos puntos y canales sometidos a la jurisdicción de aquel país". En 1897, a raíz de que un buque uruguayo ejerciera actos de autoridad en jurisdicción argentina, el gobierno del Uruguay dio las satisfacciones correspondientes. En 1898, siendo ministro el Dr. Amancio Alcorta, la
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cañonera uruguaya "General Flores" capturó los vapores "Frank", "Venus" y "Doly" en aguas argentinas. Ante el reclamo consiguiente, se labró en Montevideo un protocolo en el que quedó constancia de que el gobierno del Uruguay lamentaba y condenaba el incidente, declarando que no había existido intención de ofender la dignidad argentina ni menos afectar sus derechos, ni invadir el límite de la jurisdicción que corresponde a su gobierno en las aguas del Río de la Plata. En 1901, por medio de un cambio de notas, los gobiernos de la Argentina y el Uruguay acordaron la colocación de boyas luminosas en los canales que comunican con los ríos Paraná y Uruguay. Por nota de enero 17 el ministro de relaciones exteriores Alcorta se dirigió al representante uruguayo diciéndole que la navegación del Plata reclamaba la adopción de algunas medidas para dar seguridad, y que él gobierno argentino entendía que podían ser ejecutadas las obras sin grandes erogaciones con la simple colocación de boyas luminosas en los canales como el del Infierno que comunica con los ríos Paraná y Uruguay. El gobierno argentino tenía todos los elementos necesarios para asegurar los trabajos y antes de tomar resolución alguna, deseaba conocer la opinión del gobierno uruguayo. En este sentido hacía saber al representante uruguayo "que no pretende en manera alguna alterar la jurisdicción que cada país ribereño ejerce en el Río de la Plata", no teniendo otro objeto que hacer efectiva la libre navegación facilitando el recorrido de los canales en aguas hondas, lo que redundaría en beneficio de los estados limítrofes. El 15 de enero contestó el representante uruguayo manifestando que su gobierno dada la salvedad expresa que se consignaba en la nota "por la cual se declara que las obras a realizarse no alteraban la jurisdicción de cada país ribereño en el Río de la Plata, no tenía observación que hacer a la colocación de las boyas luminosas y se asociaba complacido a esa obra de civilización y de progreso". En 1907 el gobierno argentino solicitó la conformidad y cooperación uruguaya para que la marina de guerra practi-
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cara sondajes en aguas uruguayas para levantar un mapa hidrográfico. Para poner término a incidencias que habían tenido lugar en 1907, el gobierno argentino designó a Roque Sáenz Peña, ministro en Montevideo, en misión especial. El 5 de enero de 1910 Sáenz Peña firmó con Gonzalo Ramírez un protocolo sobre la jurisdicción en el río. En dicho instrumento se estableció que "para eliminar cualquier resentimiento que pudiera haber quedado con motivo de pasadas divergencias convienen en que, no habiendo tenido ellos por móvil inferirse agravio alguno, se las considere como insubsistentes y que, por lo tanto, en nada amenguan el espíritu de armonía que las anima ni las consideraciones que mutuamente se dispensan". "La navegación y uso de las aguas del Río de la Plata continuará sin alteración, como hasta el presente, y cualquier diferencia que con ese motivo pudiese surgir será allanada y resuelta con el mismo espíritu de cordialidad y buena armonía que han existido siempre entre ambos países".
CAPÍTULO V RELACIONES CON LA REPÚBLICA DE CHILE Relaciones diplomáticas. — Primeras misiones. — Época de Rosas.— El conflicto con España. — Las depredaciones de los indios. — Guerra del Pacifico. — Incursiones en territorio argentino. — Reconocimientode un gobierno de facto. — Reunión de Mendoza de 1933. — Viajes de cancilleres. — Atención de asuntos chilenos, — Visita de presidentes argentinos. Los problemas territoriales. — La cuestión del Estrecho de Magallanes. — Las pretensiones de Chile a la Patagonia. — El tratado de 1881. — El incidente de San Martin de los Andes, — La reunión del Estrecho. — La cuestión de la Puna de Atacama. — Incidente del lago Periguaycó. — Los "Pactos de Mayo". — Delimitación de la cordillera de los Andes. — El arbitraje del rey de Gran Bretaña. — Demarcación de la frontera. — La cuestión del canal Beagle. — Cuestión de la Antártida.
Las relaciones diplomáticas con la República de Chile han sido las más complejas y difíciles que ha mantenido la República Argentina, en especial durante el siglo pagado, El largo debate sobre el dominio de la Patagonia, la cuestión de límites en la cordillera de los Andes y en el estrecho de Magallanes amenazaron alterar la paz entre los dos pueblos. De ahí que por la importancia que tuvo para ambos países, sea necesario tratar esa cuestión de límites en capítulo separado del correspondiente a la historia de las relaciones políticas.
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RELACIONES DIPLOMÁTICAS Primeras misiones La vinculación con las autoridades de Chile comenzó el 28 de mayo de 1810, fecha en que la Junta Provisional Gubernativa envió una nota circular al Capitán Gobernador del Reino de Chile, García Carrasco, comunicándole su instalación. Con posterioridad las autoridades chilenas propusieron a las de Buenos Aires que se convocara un congreso de los pueblos americanos a fin de concertar un plan general de defensa. La Junta, ante la impracticabilidad de la idea, no se manifestó conforme, pero ofreció celebrar una alianza especial. Chile fue el primer país con el que la Junta de Buenos Aires estableció relaciones diplomáticas a principios de 1810. En esa oportunidad sus hombres enviaron a Buenos Aires a Antonio Alvarez de Jonte, argentino residente en Santiago, con el propósito de concertar una federación entre ambos países para auxilio recíproco. La Junta respondió enviando a Gregorio Gómez como emisario secreto, y luego instó al Cabildo de Santiago para que se crease una Junta similar a la de Buenos Aires. Posteriormente, el 26 de noviembre la Junta designó a Alvarez Jonte comisionado de las Provincias Unidas para que tratara de concertar un gobierno autónomo que se ligara al nuestro en la lucha por la independencia. Más tarde le amplió los poderes designándolo diputado o representante suyo con nuevas instrucciones, siendo uno de sus propósitos fundamentales reclutar soldados para ayuda de Buenos Aires.1 En su actuación, Alvarez Jonte no se mostró prescindente con respecto a las fracciones chilenas y por este motivo el Directorio de Chile pidió su remoción. Su sustituto en 1811 fue Bernardo de Vera y Pintado, quien fue reemplazado por 1 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES y CULTO, Diplomacia de la Revolución, Chile (I). Misión Alvarez de Jonte (Buenos Aires, 1958). CENTENO, Precursores de la diplomacia argentina, en "Rev. de Derecho, Historia y Letras", t. 14, pág. 366.
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Pascual Ruiz Huidobro. A su fallecimiento, su cargo fue ocupado por Juan José Passo. En 1812 el Triunvirato, ante las disputas de las Juntas chilenas, ofreció con éxito su mediación y logró la reconciliación. En ese año se concertó un arreglo en virtud del cual se debía canjear mercurio de Chile por pólvora argentina, convenio que poco después fue denunciado ante la imposibilidad de Chile de cumplirlo por causa de su lucha con el virrey del Perú. El Triunvirato instó en reiteradas oportunidades, pero sin éxito, para que las autoridades chilenas rompieran con Abascal. Ante el éxito de las tropas realistas, que se apoderaron de Talcahuano y Concepción, las autoridades santiaguinas solicitaron auxilios a Buenos Aires. El Triunvirato ordenó de inmediato el regreso de los trescientos veteranos que Chile había enviado en 1811, y ofreció realizar una acción conjunta contra los realistas del Perú. Más tarde dispuso que Las Heras, destacado en Mendoza, se aprestara a atravesar la cordillera con las tropas a sus órdenes y preparó una fuerza en Buenos Aires para ir en socorro de los chilenos. Luego, ante el fracaso de Carrera, se dispuso el envío de una división auxiliar argentina al mando de Balcarce. Al ser designado O'Higgins Director Supremo de Chile en 1817, Pueyrredón, entonces con igual cargo en la Argentina, designó a Tomás Guido como representante para el acto de la toma de posesión del mando. La gesta militar de San Martín en Chile impuso la alianza argentino-chilena, que al decir de Mitre a "fue la primera en el Nuevo Mundo y la única que tuvo un plan de intervención emancipadora, sin propósito de anexión o sometimiento. Es el hecho más trascendental y fecundo en la lucha de la independencia sudamericana porque hizo posible su triunfo de determinar la norma y la regla según las nuevas nacionalidades que debían constituirse en el futuro". "Esta alianza, que nació espontáneamente en los primeros días de 1
Historia del general San Martin, t. I, pág. 282.
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la revolución por el instinto de la común defensa y la identidad de propósitos, se diseñó desde un principio con pretensiones americanas, si bien más platónicas que prácticas, y consolidóse por el mutuo auxilio que ambos países se prestaron, combatiendo unidos bajo sus banderas independientes por la defensa de sus respectivos territorios desde 1811 a 18H"1. Como dice el mismo autor, en la primera época desde 1811 a 1814 la amistad argentino-chilena fue puramente política dentro del círculo de los intereses solidarios de ambos países. Se hizo para la paz como para la guerra, y sus pretensiones continentales no pasaron de vagos proyectos de confederación continental que ni siquiera tuvieron forma diplomática. La alianza quedó definitivamente consagrada con el paso de los Andes y la victoria de Chacabuco. Esta alianza tuvo de grande que no fue el producto de ninguna conveniencia artificia] que no obedeciera a las tendencias naturales de ambos pueblos consultando sus recíprocos intereses; ni se desenvolvió según un plan de intervención y de política internacional. Se impuso militar y políticamente como una ley histórica desde las márgenes del Plata y e] cabo de Hornos hasta la línea del Ecuador, librando pueblos y fundando repúblicas para entregar a los libertados sus propios destinos, determinando la regla y la norma según las cuales las nuevas nacionalidades debían constituirse en el futuro obedeciendo a su espontaneidad. Después de la batalla de Maipú el gobierno chileno nombró a Miguel Zañartu como ministro plenipotenciario ante el gobierno argentino y el 12 de diciembre de 1818 el Congreso reconoció la independencia de Chile. El 5 de febrero de 1819 el representante de Chile, Irizarri, y el ministro de relaciones exteriores Gregorio Tagle, de la Argentina, firmaron en Buenos Aires un tratado para libertar al Perú. Afin de establecer un gobierno propio, las dos partes se obligaban a costear una expedición. Por el art. 29 el ejército 1
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Op cit, t. 2, pág. 68.
argentino-chileno, dirigido contra los mandatarios que dominaban Lima y en auxilio de aquellos habitantes, dejaría de existir tan pronto se hubiese establecido un gobierno por la voluntad libre de sus naturales. En el art. 3» se estableció que el costo de la expedición se trataría recién con el gobierno independiente de Lima y los dos países se garantizaban mutuamente la independencia del estado que debía formarse en el Perú, libertada que fuera su capital. Las Provincias LInidas habían hecho adelantos a Chile para la guerra de la independencia por valor de $ 1.062.313. Para gestionar el cobro de la deuda, el gobierno de Buenos Aires designó en 1822 a Félix de Alzaga en calidad de agente de negocios. Al informar a Rivadavia, ministro de relaciones exteriores, Alzaga le expresó que había sido recibido con disgusto por el Director de Chile, quien comenzó por objetar su designación y le hizo entender su molestia por habers: hecho público el motivo de la negociación, que venía a desvirtuar el convencimiento que tenía el pueblo chileno de que esa deuda se había pagado.1 En vista de estos antecedent:s Rivadavia ordenó el término de la misión. El mismo Alzaga desempeñó una nueva comisión ante el gobierno de Chile en 1823 para obtener la adhesión de la convención firmada en Buenos Aires con los comisarios reales, por la cual se admitía el reconocimiento español de la independencia de los estados americanos y la entrega en común a España de veinte millones de pesos como contribución al sostenimiento de la independencia. La misión tampoco tuvo éxito. La inminencia de la guerra con el Brasil debido a la ocupación de la Banda Oriental movió al gobierno argentino a designar a Ignacio Alvarez Thomas ante el gobierno de Chile. El enviado debía obtener ayuda en la contienda que 1 A/ANPELLI, HUMBERTO, La política diplomática argentina en América (1820-1829) en ACADEMIA NACIONAL DE LA HISTORIA, Historia de la Nación Argentina, t, VI, segunda sección, pág, 409 (Bs. Aires, 1948).
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se avecinaba, y logró que Chile accediera a vender tres corbetas de su escuadra. El 20 de noviembre de 1826 se firmó un tratado entre ambos países por el que se estableció perpetua amistad y buena inteligencia por identidad de principios y comunidad de intereses; se convino, además, garantir la integridad territorial y sostener la independencia contra toda tentativa extranjera de "mudar por la violencia los límites de ambas repúblicas, reconocidos antes de su emancipación o posteriormente en virtud de tratados especiales" y no celebrar tratado de paz, neutralidad ni comercio con España si no aceptaba el reconocimiento de la independencia de todos los estados de América. Este tratado consagró así el principio del "uti possidetis juris" de 1810, reiterado posteriormente en 1856. Época de Rosas El Pacto Federal de 1831 no permitía a las provincias celebrar tratados con los estados extranjeros, no obstante lo cual Mendoza y San Juan firmaron con Chile el 3 de abril de 1835 un tratado de carácter económico, que Rosas toleró. Las miras políticas del mariscal Santa Cruz con la creación de la Confederación Peruano-Boliviana y las aspiraciones de hegemonía de Chile en el Pacífico, produjeron un acercamiento argentino-chileno para una alianza defensivaofensiva contra Bolivia. Sin embargo, desde el principio de la negociación Rosas desconfió de las verdaderas intenciones de Chile, pensando que actuaba sólo en provecho propio. Chile designó un encargado de negocios que en 1837 presentó a Arana las bases de una acción conjunta. Nuestro ministro de relaciones exteriores hizo una contrapropuesta, en la que se establecía que la guerra se haría contra Santa Cruz y no contra los pueblos que dominaba; Tarija debía ser devuelta a la Argentina; Chile debería ser satisfecha de los ultrajes recibidos, pagándosele, además, los gastos ocasionados por la guerra de la independencia; Bolivia debería abo-
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nar a la Argentina los gastos realizados en favor de la independencia boliviana; los límites entre estos dos países se establecerían en forma tal que uno no trataría de ensanchar jamás su poder sobre territorio del otro; Bolivia debería satisfacer los perjuicios ocasionados en suelo argentino por las invasiones toleradas por Santa Cruz, y el ejército boliviano sería reducido. El tratado no se llegó a firmar por diversas causas. La principal fue la desconfianza mutua por falta de coincidencia en los intereses de ambas partes. Chile no aceptaba que el ejército boliviano quedara desarmado e inerme frente a posibles acciones de la Argentina, pues le importaba mucho que Bolivia conservara su independencia. Por otra parte, en cierto momento Rosas tuvo exigencias inadmisibles, como la entrega de ochenta mil pesos fuertes y el suministro de armas, municiones y cañones para preparar tres mil hombres. Los fracasos del ejército argentino mandado por Heredia frente a Bolivia convencieron a Chile que no debía continuar la negociación. El convenio celebrado por Chile con la provincia de Mendoza produjo discrepancias con motivo de su aplicación y del trato que se daba a los ciudadanos chilenos. De ahí las continuas reclamaciones chilenas, que no sólo se dirigieron a Mendoza, sino también a Rosas. A fin de solucionar el entredicho se designó en 1844 a Baldomcro García, quien debía, además, vigilar las actividades de los emigrados. Se le instruyó para rechazar el pedido de que los chilenos no hiciesen el servicio militar y sobre la posibilidad de firmar un tratado de amistad, comercio y navegación, pero autorizándosele únicamente a concretar un acuerdo sobre entrega de delincuentes civiles y políticos. Corrido por la prensa a cargo de los emigrados unitarios, García fue retirado y sustituido por Otero. A fines de 1845 se produjo un incidente a raíz de que las autoridades mendocinas exigieron el pago de pastaje en varios potreros de la cordillera, que Chile consideraba como suyos. El nuevo enviado no sólo debía sostener los derechos
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•argentinos, sino también reclamar contra la violación del territorio por la instalación de una colonia en el centro del estrecho de Magallanes. El conflicto con España Chile y Perú, afectados por el conflicto con España, en 1866 firmaron un tratado de alianza para repeler la agresión contra su independencia o las instituciones democráticas de ambas repúblicas, o de cualquier otra del continente sudamericano. Con este motivo invitaron a la Argentina a que se adhiriese al mismo, y le ofrecieron la mediación de los estados del Pacífico para poner término a la guerra que la triple alianza mantenía con el Paraguay. Elizalde rehusó la adhesión al tratado. Expresó que el gobierno argentino no creía que había llegado el caso de tomar parte en la guerra del Pacífico y aclaró que nunca la declararía sino después de haber agotado los medios conciliatorios. Como consecuencia de este rechazo a la adhesión al tratado, el presidente de Chile en un mensaje al Congreso introdujo conceptos que movieron a nuestro representante en Santiago a dirigir una nota para rectificar tales afirmaciones. En esa nota se aclaró que la República tenía comprometidas todas sus fuerzas en la guerra con el Paraguay y, además, que la guerra entre España y Chile era una contienda parti•cular entre dos estados, de los cuales uno exigía ciertas reparaciones que el otro no se consideraba en el caso de otorqar. El gobierno argentino no había visto en la agresión española ni los caracteres ni los síntomas de un ataque a los derechos esenciales de la nación chilena. Si hubiese visto amenazada la integridad territorial o la soberanía e independencia de Chile, al punto, sin previo llamamiento y sin omitir sacrificios, habría acudido al puesto que le señalaban sus antecedentes históricos. El 31 de marzo de 1866 la ciudad de Valparaíso fue 'bombardeada e incendiada por la escuadra española, a pesar de ser una ciudad esencialmente comercial y sin defensas militarss. Con este motivo, el 27 de abril de dicho año el minis-
tro Elizalde, por intermedio de nuestra legación en Madrid, protestó enérgicamente ante el gobierno de España por un acto que consideró contrario al derecho de la guerra. Invocando los lazos que lo ligaban a los dos países el gobierno argentino expresó que la "misma especialidad de su posición le autoriza y justifica para llevar su voz al de S.M. Católica protestando contra el empleo de medios que considera contrarios a los principios consagrados por el derecho de gentes, y por los perjuicios causados o que se causaren por este motivo en los ciudadanos argentinos y sus propiedades cuya indemnización solicitará oportunamente, y para manifestarle al mismo tiempo las dificultades que habría para la conservación de las buenas relaciones que felizmente existen entre ambos países, si persistiese en emplear estos medios de guerra con los pueblos de América". Las depredaciones de los indios Los indios del sur de Chile acostumbraban robar ganado en la frontera con la Argentina, que lueqo trasladaban a su país y vendían a precios insignificantes. Al tener conocimiento de estos hechos, en 1876 el gobierno argentino pidió la adopción de algunas medidas para impedir las depredaciones. Estimó que se dificultaría la introducción de los ganados robados si se limitaba el paso de las haciendas por lugares habilitados a ese efecto. El gobierno chileno no accedió a este petitorio por considerar que la Constitución de su país, en la parte que aseguraba a todos los habitantes la libertad industria], no permitía la reglamentación solicitada por el argentino. Es evidente que la negativa de Chile no era fundada, desde que el hecho de permitir la introducción de ganado robado, arrebatado a los pobladores argentinos, no podía estar garantido por el régimen de la Constitución chilena. El Dr. Irigoyen sostuvo la tesis de que los autores y los cómplices de grandes robos, sean indios o no, cuando tratan de enajenar los bienes robados, no son personas con capacidad para tratar bajo la legislación de un pueblo civilizado; en ese caso
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son criminales que se entregan sin embarazo alguno a la acción de la justicia. No es posible, agregaba, que el gobierno de Chile, ante la magnitud y evidencia de los hechos que se le han insinuado y que, por un sentimiento de moderación, no se han presentado en todos sus detalles, pensara que cumplía los deberes impuestos por la vecindad, indicando que cada hacendado despojado por los indios debiera trasladarse a Chile a demandar ante los tribunales la devolución de sus ganados. Guerra del Pacífico El gobierno chileno comunicó en 1879 que el 5 de abril había declarado la guerra a Bolivia y Perú. Como consecuencia y considerando un motivo de reciprocidad, a la vez que una obligación de acuerdo a los principios de derecho internacional, pidió que se declarara que las autoridades argentinas observarían la más estricta neutralidad en los sucesos de la guerra. Agregó que desde los puertos de nuestro país y desde la región que limita con Bolivia, próxima al teatro de la lucha, se podían suministrar elementos de acción y combate. Solicitaba, en consecuencia, que se practicase estricta vigilancia para dar cumplimiento de las leyes de la neutralidad. La cancillería argentina a cargo de Montes de Oca contestó el 15 de abril que "el gobierno argentino sin hacer la declaración que se le pide, que no es un deber exigido por las prácticas internacionales, sabrá observar en los graves sucesos que ocurren en el Pacífico y que comprometen el bienestar y el porvenir de tres repúblicas hermanas, la línea de conducta impuesta por la lealtad de los compromisos y seguirá así siempre por la fe pública argentina, nunca puesta en duda ni siquiera sospechada".1 Preocupado el agente de Chile de que se enviara armamento a Bolivia, presentó varias notas pidiendo se impidiera esa remisión. El gobierno argentino le expresó el 7 de 1
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Memoria Relaciones Exteriores, 1879, pág. 309.
junio que pudiendo hacerse el comercio de armas entre las provincias argentinas sin restricciones, así como con los países que no estaban comprometidos en la guerra del Pacífico, no era posible acceder a lo solicitado. Agregó que no había motivo para suponer que las autoridades de Jujuy y Salta no fueran celosas en el cumplimiento de sus deberes, desde que conocían perfectamente las obligaciones que estaban a su cargo. En todo momento la cancillería argentina se preocupó por asegurar la más estricta neutralidad y con ese objeto se envió una nota al general Julio Roca, ministro de Guerra y Marina, llamándole la atención sobre la conveniencia de que los militares en servicio activo se abstuvieran de manifestar públicamente sus simpatías por cualquiera de las repúblicas americanas que se encontraban en guerra. El gobierno argentino estableció su neutralidad, pero no dejó pasar oportunidad para expresar la preocupación que tenia por la lucha de las tres naciones del Pacífico. Para procurar ponerle término, y dado los sentimientos de amistad que tenía con los tres países, propuso una mediación conjunta al Brasil y a los estados americanos que aceptaran la idea de propender a la terminación de la guerra por medios equitativos. Con tal finalidad presentó unas bases al gobierno brasileño, que las acogió con deferencia aún cuando disintió en algunos puntos. Pendiente esta negociación, Estatdos Unidos ofreció su mediación y ante esta actitud nuestro gobierno creyó prudente suspender toda proposición a fin de no interrumpir el curso de las negociaciones que se habían iniciado. Incursiones en territorio argentino En 1891 fuerzas chilenas armadas entraron al territorio argentino sin permiso. Una división al mando del comandante Stephens fue internada, poniéndose en libertad a los prisioneros políticos que traía. Otra división entró a nuestro territorio y después regresó a Chile. El reclamo de nuestro
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gobierno fue deferentemente atendido por Chile, cuyas autoridades dieron las explicaciones del caso. En 1894 la policía argentina detuvo cuatro individuos que formaban una expedición chilena que estudiaba el territorio en que estaba situada la colonia de Palena. El gobierno chileno pidió que fuera puesta en libertad, a lo que se accedió, no obstante considerar que la comisión había pasado a territorio argentino. El telegrama de la autoridad argentina decía que la comisión de ingenieros había sido encontrada levantando planos y haciendo estudios y que después de retirárseles las actas, los croquis y apuntes habían sido puestos en libertad. Reconocimiento de ttni gobierno de facto con Chile En 1924 se produjo en Chile un movimiento que terminó con la renuncia de Alessandri como presidente de la República. Con ese motivo, la Junta comunicó al ministro argentino en Santiago lo que había ocurrido, y que eran propósitos de la misma mantener la continuidad de las relaciones exteriores con la Argentina. En el mes de septiembre, a los pocos días de instalada, la Junta designó a Emiliano Figueroa como agente confidencial para tratar con el gobierno argentino. El 15 de octubre Figueroa fue aceptado en el carácter que traía y con fecha 8 de noviembre se comunicó a la Junta de Chile que se continuaría manteniendo amistosas relaciones diplomáticas con las autoridades provisionales de dicho país. Reunión de Mendoza de 1933
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Como resultado de las gestiones que se hicieron por parte de la Argentina y Chile para poner fin a la guerra entre Bolivia y Paraguay, el canciller chileno Cruchaga Tocornal invitó a su colega argentino a reunirse en Mendoza, La conferencia se realizó el 1' de febrero de 1933 y en ella se acordó una fórmula de pacificación a ofrecerse a ambos 796
beligerantes. 1 El acta se remitió en forma simultánea a los gobiernos del Brasil y Perú, el primero de los cuales hizo algunas observaciones. Puestos todos de acuerdo, el 24 de febrero de 1933 los representantes de los cuatro países, en forma conjunta, entregaron en La Paz y en Asunción la propuesta de pacificación. Aprovechando el encuentro de los dos cancilleres, se acordó promover la reunión de una conferencia económica para considerar: I 9 ) la situación en que se encontraban los países mediterráneos a fin de establecer un régimen de tránsito comercial terrestre y fluvial que favoreciera el intercambio entre esos territorios y los estados con litoral marítimo; 2°) el estudio de posibles acuerdos sobre comunicaciones ferroviarias o carreteras; 3 9 ) la formulación de un convenio entre estados ribereños para mejorar las condiciones de navegabilidad de los ríos internacionales. Se acordó, además, establecer contacto entre ambos gobiernos con respecto al programa de la conferencia panamericana a reunirse en Montevideo; proseguir el estudio sobre el tráfico ferroviario entre los dos países; buscar la solución de la cuestión del canal Beagle por arreglo directo o por la ratificación del protocolo de 1915 para llegar a la realización del arbitraje; modificar el tratado de extradición de 1910; el estudio de un convenio sobre ejercicio de profesiones liberales; la represión del contrabando y la ratificación de la convención sobre policía fronteriza de 1919. Finalmente se convino estudiar fórmulas que permitieran la concertación de ventajas comerciales exclusivas entre los países limítrofes o como aspiración general entre las naciones latino-americanas. Viajes de cancilleres En 1938 el gobierno chileno invitó al ministro de relaciones exteriores Cantilo para que visitara su país. El repre1 Ver en el capitulo "Relaciones con Bolivia" las mediaciones argentinas en el conflicto con el Paraguay.
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sentante argentino fue muy agasajado y en un almuerzo ofrecido por el ministro de Defensa en la Escuela Militar, el funcionario dijo: "Es tan cierto que ninguna nube podrá " empañar la fraternidad de nuestros pueblos, porque sus " instituciones armadas, depositarías fieles de las más nobles " tradiciones nacionales, no han de olvidar la concordia que " practicaron y les regalaron los padres de ambas patrias en " el juramento solemne estampado al pie del Cristo de los " Andes: «Se desplomarán primero estas montañas antes que " argentinos y chilenos rompan la paz jurada a los pies del " Cristo Redentor»", En ese mismo viaje de Cantilo se hicieron declaraciones sobre relaciones económicas y de vialidad e intercambio intelectual. El viaje de nuestro ministro fue retribuido poco después por el canciller de Chile. Con este motivo se firmaron en Buenos Aires, el 3 de junio de 1938, varios convenios sobre intercambio de publicaciones, profesores y estudiantes y revisión de textos de enseñanza,
mandatarios en la que se declaró que sus gobiernos aunarían sus esfuerzos para alcanzar los ideales comunes de sus pueblos, concretando así el espíritu que animó la unión de Chile y Argentina en las gestas históricas de la independencia. Que esta unidad de acción podía traducirse en actos que integrarían y vigorizarían sus economías, por lo que decidían establecer la unión económica de los dos pueblos. Como consecuencia resolvieron: I 9 ) que ambos gobiernos concertarían planes económicos orientados al logro de los objetivos contenidos en la declaración que permitiesen llevar a su mayor amplitud el intercambio comercial; coordinar las respectivas producciones y el comercio, aumentando los saldos exportables; impulsar el proceso de industria mediante el aporte de capitales y de otro recurso al alcance de los respectivos gobiernos; complementar, en suma, las economías de Chile y Argentina. Este sistema sería susceptible de integrarse con los demás estados del continente.
Atención de asuntos chilenos
Con el país vecino tuvo la República graves problemas territoriales. Su importancia y trascendencia preocupó a las más destacadas personalidades de ambos países. La cuestión de la Patagonia fue sostenida desde Chile por los presidentes Montt, Pérez, Errázuriz y Pinto; la mantuvieron los ministros Vargas Fontecilla, Ibáñez, Covarrubias, Fierro, Balmaceda, y todos sus diplomáticos. Sus historiadores, sus hombres de ciencia y hasta sus poetas, pusieron en ella el peso de sus nombres y el de la influencia que ejercían en la opinión pública de aquel país. De nuestro lado comenzó con Arana y fue seguida por Tejedor, Montes de Oca, Pardo, Elizalde e Irigoyen. Motivó profundos estudios de Angelis, Vélez Sarsfield, Frías. Trelles, Bermejo y Quesada, hasta que treinta y siete años de debates en la prensa, en el libro y en la tribuna, lograron convencer cuan ventajosa era una transacción que trajera la paz a los dos pueblos.
En 1948 Chile rompió relaciones diplomáticas con Rusia y Checoeslovaquia. A pedido del gobierno chileno, la Argentina se hizo cargo de la atención de los intereses de ese país. Visita de presidentes argentinos 4
En septiembre de 1910, con motivo de las fiestas del centenario de Chile y por razones de cortesía internacional, el presidente de la República Argentina, Figueroa Alcorta, se trasladó a Santiago para asistir a la celebración de los actos oficiales. En febrero de 1953 el presidente de la República Argentina hizo un viaje a Chile invitado por su gobierno. El 21 de febrero se firmó en Santiago un acta entre ambos 198
LOS PROBLEMAS TERRITORIALES
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Los problemas territoriales que discutieron Chile y la Argentina fueron los siguientes: a) pretensiones sobre la Patagonia y el estrecho de Magallanes; b) límite en la cordillera de los Andes; c) jurisdicción en el canal Beagle y soberanía en las islas Picton, Lennox y Nueva; d) soberanía en la Antártida. La cuestión del Estrecho de Magallanes En 1841 Jorge Mebon solicitó al gobierno de Chile un privilegio por diez años para establecer en el estrecho buques a vapor que sirviesen para remolcar los barcos a vela que debieran atravesarlo. A fin de pronunciarse sobre la petición, el gobierno de Santiago designó a Santiago Ingran, Diego A. Barros y Domingo Espiñeira para que lo asesorara. Los miembros de la comisión informaron sobre "sus dudas en orden a la facul" tad que pueda tener el Ejecutivo para conceder el privile" gio tal cual se pide para navegar todo el Estrecho, pues " éste no puede corresponder totalmente a Chile. Están se" ñaladas las cordilleras como los lindes de! territorio por la " parte del este, y el Estrecho de Magallanes pertenece al " país desde dichas cordilleras a las bocas de occidente. To" ca por supuesto a la Confederación Argentina la otra "parte". No obstante este dictamen, el 21 de septiembre de 1843 una expedición chilena tomó "posesión de los estrechos de Magallanes y su territorio en nombre de la República de Chile", e instaló un establecimiento permanente. Por algún tiempo el gobierno argentino ignoró la ocupación, pero por los informes que se dieron al congreso chileno tuvo conocimiento de la instalación de la colonia de Magallanes. Preocupado Rosas por la intervención europea en el río de la Plata no prestó atención a este problema. Recién el 15 de diciembre de 1847 Arana presentó el primer reclamo. La nota expresaba que las urgentes atenciones que tenía que atender e! gobierno por razones de defensa nacio200
nal y la independencia de la República que estaba amagada por la intervención europea, le habían impedido tomar seguros datos y conocimientos sobre la posición geográfica de dicha colonia, y si estaba situada en territorio chileno o en territorio argentino. Agregaba que el gobierno argentino "ha " llegado a convencerse que la anunciada colonia se halla " situada en territorio de esta República, y que; ocupando el " mismo lugar que en tiempo de la monarquía española tuvo " el puerto de San Felipe conocido hoy por la generalidad " de los geógrafos por Puerto de Hambre, está en la parte " más austral de la península de Brunswick y por consi" guíente al centro del estrecho. Siendo tal la colocación de " la colonia, es claro que ella está fundada en territorio ar" gentino atendidos los límites mismos que la República de " Chile se da en su propia Constitución nacional. La gran " cadena de los Andes ha limitado sus territorios para la " Confederación Argentina, y estos límites naturales han si" do los que en todo tiempo se han reconocido a la Repú" blica de Chile". "En la cumbre oriental de esa cadena empieza a nacer " el territorio argentino, que confina en toda su extensión " hasta el cabo de Hornos. Situado el Puerto Bulnes en la " península indicada, su posición geográfica demarca que " ella ocupa una parte central de la Patagonia, y por conse" cuencia natural, que en su fundación se ha destruido la " integridad del territorio argentino, y su pleno dominio en " las tierras que comprende el estrecho desde el mar Atlán" tico hasta el Pacífico y cuya embocadura en este río alcan" za la gran cordillera de los Andes, límite reconocido de la " República de Chile". "Desde los tiempos más remotos en que la monarquía " española tomó posesión de esta parte de América, y que " estableció las gobernaciones e intendencias, tanto de la ac" tual República de Chile como las de la Confederación, las " órdenes para la vigilancia y policía del estrecho de Maga" llanes, como para otros objetos que le eran relativos, así " como las de sus islas adyacentes y de la Tierra del Fuego, " siempre fueron dirigidas a los gobernadores y virreyes de 201
" Buenos Aires como autoridad a la que estaba sujeta toda " esa parte del territorio". Planteaba la cuestión que derivaba del "uti possidetis" y terminaba manifestando de que no dudaba que, persuadiéndose el gobierno chileno de que la colonia está situada en territorio de la República, daría inmediatamente sus órdenes para que fuera levantada "en justo respeto a esos mismos derechos y al primordial interés de ambas repúblicas de conservar incólumes los vínculos de perfecta amistad que felizmente las unen".1 El gobierno chileno respondió que el territorio que ocupaba la colonia, como asi también todo el estrecho y las tierras adyacentes pertenecían a la República de Chile. Esta nota, a su vez, fue contestada por Arana expresando que el gobierno argentino no podía admitir la pretensión de Chile de que todo el terreno que ocupaba la colonia del estrecho y las tierras adyacentes fueran chilenas. Agregaba que "el " gobierno argentino está seguro que cualesquiera que esos " títulos sean, no pueden invalidar los numerosos muy claros " y tergiversables que él poseía para demostrar sus derechos " de soberanía sobre el estrecho y tierras adyacentes incluso " las del Fuego y que hacen una demostración de la más evi" dente de que dichos territorios siempre han pertenecido y " pertenecen a la Confederación Argentina, y por conse" cuencia, nunca fueron parte integrante del gobierno de " Chile y menos lo son hoy de la República chilena". Terminó anunciando el próximo viaje de un representante diplomático que sería instruido para la prosecución y debida discusión del asunto. El gobierno chileno contestó que ese territorio se había considerado siempre como de su país y que como se anunciaba un enviado argentino, trataría con él "el indiscutible derecho que tiene Chile, no sólo al terreno que ocupa la colonia, sino a todo el estrecho y a las tierras adyacentes y demás que aquéllos designan". Después de la protesta de 1847, hecha con relación a la 1
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Memoria Relaciones Exteriores 1877, tomo 3, pág. 50.
ocupación del estrecho, la cuestión permaneció sin modificaciones por veinte años. Chile continuó la ocupación, sin que de parte de la Argentina se hiciera un acto o se formulara alguna declaración para desconocer sus efectos. El gobierno argentino encargó a Pedro de Angelis que preparara una memoria sobre los títulos y derechos argentinos al estrecho. Este trabajo, presentado el 1" de enero de 1849, fue conocido en Chile, cuyo gobierno designó a Miguel Luis Amunátegui para que refutara el trabajo de Angelis. La memoria de Angelis se pasó en consulta a Vélez Sarsfield, quien escribió otra memoria en la que demostró con amplitud la perfección de los derechos de nuestro país. A su vez, el gobierno chileno volvió a encargar a Amunátegui la refutación de la argumentación de Vélez. Vencida la tiranía en Caseros, el gobierno provisorio de la Confederación designó a José Mármol encargado de negocios en Santiago. El comisionado debía reclamar el dominio de los potreros del Yeso, Valenzuela y los Angeles de la cordillera de los Andes, situados en el lado argentino, e impugnar la ocupación realizada en el estrecho. Mármol resolvió no ir, por lo que se nombró en lugar suyo a Juan Bautista Alberdi, que no aceptó la designación. En 1854, con el objeto de celebrar un tratado de comercio, se designó encargado de negocios a Carlos Lamarca.' Logrado el acuerdo, el 30 de agosto de 1855 se firmó un tratado, que fue ratificado en 1856. El art. 399 de dicho convenio estableció que: "Ambas partes contratantes reconocen " como límites de sus respectivos territorios los que poseían " como tales al tiempo de separarse de la dominación espa" ñola el año 1810, y convienen en aplazar las cuestiones que " han podido o puedan suscitarse sobre esta materia, para " discutirlas después, pacífica y amigablemente, sin recurrir " jamás a medidas violentas, y en caso de no arribar a un " completo arreglo, someter la cuestión al arbitraje de una " nación amiga". El tratado debía tener doce años de duración. Desde esa fecha no se continuó la reclamación del es-
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trecho y a favor de ese silencio y de la negligencia administrativa argentina, Chile lo continuó poseyendo. En 1865 Chile designó a Lastarria representante en nuestro país. Poco después de llegar, el enviado chileno propuso en 1866 una transacción amigable por la cual Chile quedaba con toda la Tierra del Fuego y con las tres cuartas partes del estrecho, además de los valles más ricos de la Patagonia. El gobierno chileno no aprobó la propuesta de su representante. Como los diarios de Buenos Aires se ocuparan de la propuesta suponiendo que Lastarria incluía una parte de la Patagonia, en la línea recta de su plan de división, el representante de Chile aclaró oficialmente "que ni en la discusión verbal, ni en las proposiciones escritas, había hecho por su parte cuestión, ni siquiera mención de los territorios de la Patagonia dominados por la República Argentina".1 En una segunda conferencia, Lastarria trató de adelantar y hacer efectiva su propuesta, pero el gobierno argentino le expresó que todavía no tenía concluidos sus estudios sobre los derechos que le pertenecían; y terminó rechazando la proposición. La negociación quedó en suspenso y Chile continuó en posesión del estrecho, prosiguiendo los reconocimientos y ejerciendo actos de jurisdicción. En 1867 se produjo un incidente diplomático con motivo del discurso del presidente de Chile al abrir las sesiones del Congreso. En ese discurso hizo alusión a la mediación colectiva de los países del Pacífico para evitar la guerra del Paraguay, que fue rehusada por el gobierno argentino, dijo, "después de largas dilaciones". El presidente agregó: "el gobierno argentino se ha negado también a adherir a la 1 Bernardo de Irigoyen sostuvo en la Cámara de Diputados, al discutirse el tratado de 1881, que las palabras de Lastarria fueron las primeras indicaciones de las pretensiones chilenas envueltas en formas sagaces y disimuladas, pues Chile insistió siempre que la Argentina sólo habia poseído los territorios hasta el grado 40. Zeballos sostiene que Lastarria pretendía la mayor parte de la Patagonia, pues se refería a los otros territorios "no" dominados por la Argentina (La política exterior de Chile en "Rev. D. H. y L.", tomo 8, pág. 433).
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alianza ofensiva y defensiva contra España; adhesión que se creyó oportuno proponerle, teniendo en cuenta el verdadero origen y naturaleza de nuestra guerra y los antecedentes his«ímcos de la República". A renglón seguido expresó: "Las estipulaciones del tratado vigente entre Chile y aquella República no consultan la perfecta reciprocidad de ventajas y obligaciones" y anunció la resolución de no prorrogarlo. Informado previamente del discurso, nuestro encargado de negocios Gregorio Beeche no concurrió a la sesión de apertura. Beeche contestó los pasajes del discurso defendiendo la posición adoptada por nuestro país. Las relaciones entre ambos gobiernos se hicieron delicadas, a lo que contribuyeron, también, los reclamos argentinos por las actividades de algunos asilados, que desde Chile organizaban expediciones que actuaban en las provincias del norte. Complicaron la situación las críticas chilenas al tratado de la Triple Alianza, que se firmó para enfrentar la agresión paraguaya. Las pretensiones de Chile a la Patagonia La guerra del Paraguay y la elección presidencial, no permitieron a la Argentina ocuparse de la cuestión con Chile. Recién en enero de 1869 el presidente Sarmiento designó a Félix Frías como enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en misión especial ante el gobierno de Santiago. La elección no podía ser más acertada por las condiciones personales y la competencia del nuevo diplomático que había prestado servicios en el cuerpo consular de Bolivia. ¿Cuál fue, en realidad, la finalidad de la misión de Frías a Chile? Mariano Pelliza estima que sólo propósitos de paz y fraternidad americana inspiraron a Sarmiento a enviar a Chile a un hombre de la ilustración y antecedentes que aquende y allende los Andes se reconocían a Frías. Era menester que se borrasen las impresiones ingratas que había dejado en la opinión argentina la política de Chile durante nuestra guerra con el Paraguay cuando protestara oficialmente de nuestra alianza con el Brasil. Al mismo tiempo, era necesario obtener que el gobierno chileno impidiese que los 205
emigrados que se habían refugiado en sus dominios después de las últimas guerras civiles continuasen encontrando recursos para volver a producir disturbios en las provincias argentinas inmediatas a los Andes. Sarmiento, el viejo amigo de Chile, al elegir a Frías quiso dar prenda de paz enviando al secretario del general Lavalle, que después de llevar a Bolivia los huesos de su jefe, había ido allí a reunirse con los exilados que esperaban la caída de Rosas, Luis V, Várela cree que la misión de Frías no podía tener otro objeto que el de buscar la fórmula conciliatoria que resolviera las cuestiones pendientes desde 1848. Bernardo de Irigoyen, si bien coincide en que la finalidad de la misión de Frías fue disipar las ingratas impresiones de la política de Chile durante la guerra del Paraguay y terminar con las actividades de los emigrados, expresa que no se tuvo en cuenta para enviarlo ni los problemas del Estrecho ni el de los potreros de la cordillera. La conducta de Frías y los actos que realizó durante la primera época de su misión, confirman que esta última interpretación es la exacta. Recibido oficialmente el 19 de marzo de 1869 por el presidente, a principios de abril se dirigió al ministro de relaciones exteriores para comunicarle que el principal objeto de su misión consistía en reanudar las relaciones comerciales sobre la base de un tratado de ventajas recíprocas. Se efectuaron con este motivo diversas conferencias para tratar cuestiones áz navegación, comercio, extradidición y correos. Esto fue todo, porque durante el primer año no se trató la cuestión de límites. Durante el segundo, tampoco se pasó una sola nota ni se realizaron conferencias sobre la ocupación del estrecho de Magallanes. La verdad sobre la misión de Frías se encuentra expuesta en la Memoria de Relaciones Exteriores de 1873, en la que Tejedor, a la sazón titular de la cartera, expresa: "Frías " había terminado los objetivos que lo llevaron a la capital " de Chile, y juzgando que debía aprovechar su conocida " ilustración para ventilar la antigua cuestión de límites, le " propuse, en correspondencia privada, promover el debate a " fin de explorar las pretensiones de aquel gobierno". 206
La negociación, pues, se inició sin instrucciones oficiales, de acuerdo a un intercambio previo de correspondencia privada entre Frías y Tejedor, en la que el primero expuso ciertas dudas al respecto. Pero no obstante no tener instrucciones oficiales sobre el litigio, del estrecho, nuestro ministro permaneció vigilante en defensa de la soberanía argentina sobre los territorios del sur, como lo prueba el incidente del tratado con las tribus pehuelches. El I 9 de enero de 1872 el general chileno Urrutia firmó con los caciques de dichas tribus un tratado por el cual reconocían al gobierno de Chile como fiel amigo, declarando su decisión de acudir al primer llamado que se les hiciera para prestar los servicios que se les exigiese. Es evidente que est2 artículo no podía tener otro significado que reconocer que Chile era el soberano de la tierra que ocupaban los indios, o un tratado de alianza cuya finalidad preveía un eventual conflicto con la República Argentina. Como los valles ocupados por los pehuelches se encontraban al oriente de la cordillera, el ministro argentino protestó por cuanto no podía aceptar un acto de jurisdicción extranjera ejercido en territorio nacional. El gobierno de Chile manifestó con toda lealtad, que Urrutia había carecido de instrucciones y autorización para celebrar el convenio. Con este motivo Frías llamó la atención al cónsul argentino en Arica por haber asistido a la conferencia de la que resultó el convenio, diciéndole que era sensible que considerara como chilenos a los mismos Andes, "olvidándose que la cordillera es el límite que divide las dos repúblicas, como está determinado por la Constitución de Chile, de acuerdo en este punto con las leyes argentinas". El problema de fondo sobre la Patagonia comienza el 1' de mayo de 1872. En esa fecha Frías fue llamado por Ibáñez, ministro de relaciones exteriores, para darle explicaciones acerca del aviso hecho publicar en la prensa inglesa previniendo que Chile no permitiría la explotación adyacente al estrecho de Magallanes y Tierra del Fuego. A pesar de que recibió seguridades de que eso no- implicaba desconocer la jurisdicción argentina a toda la costa oriental de la Pata207
gonia, Frías no aceptó la conducta observada y expresó que la explotación de las islas Quarter Master y Magdalena, al este de Punta Arenas, importaba un avance en el territorio discutido. Como en una de las notas de la cancillería chilena mencionara a Punta Arenas como "parte del territorio patagónico", Frías tuvo algo asi como una premonición de los graves acontecimientos que iban a suceder. Con una clarividencia notable, en su nota de mayo 31 de ese año advierte que esa colonia se estableció en el Estrecho y no en la Patagonia. Con palabras de augur añade: "La Patagonia, el Estrecho " de Magallanes, la Tierra del Fuego, aunque contiguos, son " distintos territorios; y es bueno que no haya confusión en " las expresiones geográficas, a fin de evitarla en los dere" chos y las pretensiones de cada Estado". Por desgracia, los temores de Frías se verían confirmados, porque poco después, y sobre la base de que Punta Arenas estaba ubicada en medio del estrecho, Chile fundaría sus pretensiones a la Patagonia por razones de contigüidad territorial. El 7 de febrero de 1872 el ministro chileno Ibáñez propuso una división que calificó de "conveniente". Esta propuesta consistía en que se diese a Chile toda la parte comprendida dentro del estrecho, la Tierra del Fuego, islas adyacentes y costa del Atlántico hasta llegar a Puerto Deseado. Desde ahí se tiraría una línea hasta llegar a la cordillera de los Andes, que limitaría los dos países. Este proyecto despojaba a la Argentina de la mitad de la Patagonia con todas sus costas del sur y sus principales puertos sobre el Atlántico, San Julián y Santa Cruz, la embocadura del estrecho de Magallanes y la Tierra del Fuego hasta el Cabo de Hornos. No parece sin embargo que esta nota haya llegado a poder del ministro argentino, quien en cumplimiento de instrucciones recibidas ,el 1' de octubre de 1872 presentó una nota al gobierno chileno en la que expresaba que el gobierno argentino creía que había llegado el momento de poner término a la disputa del estrecho de Magallanes. Con el fin de alcanzar tal resultado proponía la siguiente solución: tomar la bahía Beket como punto de partida de la línea divisoria 205
en el estrecho de Magallanes; de ahí correría e] límite en dirección al oeste hasta tocar con la cordillera de los Andes. La generosidad de esta propuesta puede estimarse si se tiene en cuenta que, como Frías lo hacía notar, Chile se quedaría con las dos terceras partes del territorio disputado. Terminaba su nota expresando: "Inútil me parece agregar " que el gobierno argentino, al que es imposible renunciar a " la boca oriental del Estrecho de Magallanes, estará siem" pre dispuesto a celebrar con el gobierno de Chile las con" venciones conducentes a asegurar en todo tiempo y contra " todo evento la libre navegación de ese canal, a fin de que " el comercio universal sea del modo que prescribe el dere" cho de gentes". La significación de este párrafo es extraordinaria. Nueve años más tarde, después de azarosas discusiones y de actitudes de mucha gravedad que hasta movieron a ambas escuadras a zarpar hacia el sur para dirimir por la fuerza la posesión de aquellas regiones, esa idea de Frías tuvo plena consagración en el art. 59 del tratado de 1881. La respuesta dada por Ibáñez el 29 de octubre de aquel año, fue insólita. El ministro chileno rechazó la oferta por no considerarla justa ni equitativa. Pero agregó palabras que hasta ese momento jamás habían sido escuchadas en la República Argentina: "Esta división equivaldría, no a una tran" sacción prudente y racional acerca del vasto territorio que " se cuestiona, sino a la renuncia que haría Chile de los de" rechos que le conceden sobre toda la Patagonia títulos cía" ros y a mi juicio incuestionables". A la enormidad de esta afirmación agregó la propuesta de dividir por mitad todo ese territorio, a partir del río Diamante y por el paralelo 45. En caso de desacuerdo se debería proceder a la designación de arbitro, de conformidad al tratado de 1856. La respuesta dada por Frías el 12 de diciembre de ese año fue aprobada por Tejedor "en su fondo y en su forma", como dice su resolución. Su fondo, por la amplitud de su erudición y la profundidad de su razonamiento, demuestra lo acertado de su designación. Frías dice en su nota: "es " tiempo ya de que se sepa a quién pertenece ese territorio, 209
" de que cada una de las partes exhiba sus títulos, y de que " la luz de una discusión franca y .completa haga ver si real" mente hay una nueva cuestión que resolver entre Chile y " la República Argentina", Refiriéndose a nuestro país, agrega "¿Sus títulos son oscuros o incompletos? ¿Los de Chile " son claros e incuestionables? Ha llegado el momento de " averiguarlo poniéndolos en presencia unos de otros; y mi " gobierno no duda que el de V.E. se apresurará a entrar " en la discusión que se le invita, pues ella debe disipar las " dudas y la inquietud que las acompañan cuando se refie" ren al espacio en que los estados ejercen su imperio". Expresó que era la primera vez que en un documentó del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile se formulaba la pretensión a la comarca conocida por el nombre de Patagonia, sobre la cual la República Argentina se creyó en todo tiempo dueña de esa tierra y ejerció su jurisdicción. Luego señaló la limitada finalidad que tuvo la ocupación del estrecho de Magallanes cuando en 1843 se fundó una colonia en el punto conocido con el nombre de Puerto del Hambre y recordó que el art. I 9 de la Constitución de Chile disponía que: "El territorio de Chile se extiende desde el desierto de Atacama hasta el Cabo de Hornos y desde la cordillera de los Andes hasta el mar Pacífico, comprendiendo el archipiélago de Chiloé todas las islas adyacentes y las de Juan Fernández". Esta disposición, mencionada en las constituciones de Chile de 1822, 1823 y 1828 coincidía con un antecedente que provenía del rey de España, dueño de todas estas regiones. Este antecedente era la real cédula del 21 dé mayo de 1864, en la que el rey estableció que "la cordillera nevada divide el reino de Chile de las Provincias del Río de la Plata y de la de Tucumán". Transcribió Frías una serie de referencias que demuestran que documentos anteriores y posteriores a la fecha de fundación del virreinato del Río de la Plata (1776) establecieron terminantemente que la Patagonia era parte de las provincias que componen la República Argentina. La exposición que hizo prueba que los títulos de los gobiernos del río de la Plata hablan del mar del norte y del sur, es decir de
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la región austral del continente como parte de sus dependencias. Destacó que el mismo autor de la real cédula de erección del virreinato de Buenos Aires, se encargó de explicar en 1778 su sentido en la parte relativa a la Patagonia y señalando dos puntos *de sus costas dijo: "Esta costa pertenece al Virreinato de Buenos Aires y lo ha dicho no una sino tres veces". La lista hecha por Frías de las cédulas reales y de los documentos que probaban la jursidicción del virreinato del Río de la Plata sobre la Patagonia fue impresionante. En una de ellas, en la del 8 de junio de 1781, el gobierno español declaró que los "superintendentes de los establecimientos de la costa patagónica están sujetos a la superintendencia general de la real hacienda del Virreinato de Buenos Aires". Las memorias de los virreyes no dejaban lugar, a dudas sobre el punto. En la del marqués de Loreto, sucesor de Vértiz, se constata que la Patagonia estaba fuera de la juris-' dicción del reino de Chile, el cual empezaba en la cordillera, llamada "Cordillera de Chile". Y no es esto sólo^, por cuanto emancipadas las colonias de España y terminada la guerra de la Independencia, el gobierno de Buenos Aires empezó a ejercer sus actos jurisdiccionales en las lejanas costas del mar Atlántico. Entre estos actos pueden recordarse: la concesión de pesca hecha en 1823 a la colonia fundada en las islas Malvinas, sobre sus costas y en las del continente al sur del río Negro; la designación. de Luis Vernet como gobernador de las Malvinas en 1829 y la protesta del gobierno argentino en 1835 contra la aparición de una misión religiosa cerca del Estrecho de Magallanes. Durante los años 1846, 1847 y 1848 el gobierno de Buenos Aires hizo saber que no se podía extraer guano en la Patagonia sin su consentimiento. En 1868 el Congreso Nacional dictó la ley por la que se concedió a Luis Piedrabuena una porción de terrenos sobre el río Santa Cruz, quien ya se había establecido desde algunos años antes en aquel lugar y que exploró aquel río antes de 1867. Esta larga disquisición histórica y jurídica no fue incon211
veniente para que Frías revelara sus magníficas dotes de escritor y el vuelo de su inspiración literaria. Con frase galana y extraordinario tacto diplomático, tuvo conceptos de verdadera hermandad americana. "No serán " los Andes —dijo— en ningún tiempo obstáculo, como la " historia lo enseña, para que chilenos y argentinos se bus" quen y se reconozcan hermanos en la gloria y en el pro" greso, en la buena fortuna como en las horas de infortu" nio; pero si en un momento de humana flaqueza quisieran " ambos pueblos lanzarse a la guerra, los mismos Andes se " levantarían con toda su colosal grandeza para decirles que " Dios condenó el duelo fratricida". "Las guerras son impo" sibles entre ambos pueblos, y la condición de su paz es " respeto de la justicia. Yo espero que ella sea siempre la " prenda de nuestras fraternales relaciones". Y recordando la frase de Marmolejo, el compañero de Valdivia, de que el reino de Chile era a manera de una vaina de espada angosta y larga, finalizó la nota diciendo: "El gobierno que represento no ignora que dentro de esa vaina hay una espada, puesto que ella brilló al lado de la argentina en los campos de la victoria; per,o él sabe también que esa espada no se sacará en Chile jamás ni para romper la Constitución del Estado ni para herir a los aliados de Chacabuco y de Maipú".1. La posición adoptada por Frías ha dado lugar a críticas por algunas personas que han estudiado el debate art gentino-chileno. ¿Debió admitirse, dijo Pelliza, la discusión sobre la Patagonia o debió rechazarse enérgicamente, cerrándose desde el principio la puerta como se arroja de la casa propia al que pretenda introducirse? Habría sido más propio proceder de este último modo, pero no creemos justificada la censura que alguna vez se ha hecho a nuestro representante en Chile por haber entrado a demostrar la extravagancia de las pretensiones chilenas. El señor Frías —continúa Pelliza— representaba un 1
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Memoria, 1873, pág. 28.
gobierno honrado, cuya política fue siempre recta y desinteresada; que jamás usurpó una vara de terreno a sus vecinos; que se desprendió generosamente de ricos territorios para fundar en ellos tres nacionalidades soberanas e independientes: Bolivia, el Estado Oriental y Paraguay. El señor Frías se encontraba favorecido con todos estos argumentos, demostraciones y pruebas 'necesarias para patentizar la insensatez de las pretensiones de Ibáñez, comparables únicamente con la de ciertos abogados que como medio de obtener algo en una transacción centuplican las pretensiones del demandante. "El gobierno argentino tenía en su favor la opinión de los geógrafos, de los historiadores, de los principales estadistas de Chile; tenía centenares de documentos emanados del rey de España y de sus autoridades, estableciendo que toda la Patagonia y el Estrecho pertenecían al virreinato de Buenos Aires. Tenía documentos de los gobernadores de Chile y después de la emancipación, reconociendo nuestra amplia jurisdicción en la Patagonia y Estrecho. Tenía un acto internacional moderno de Chile reconociendo que los límites de aquella República al oriente son la cordillera de Jos Andes, Ése acto internacional es el tratado celebrado con España para el reconocimiento de la independencia de Chile". Por estas consideraciones —concluye Pelliza— el representante argentino creyó de su deber levantar sobre aquella desautorizada pretensión la excelencia de nuestros títulos. Bernardo de Irigoyen, el hombre que tuvo el mérito de lograr el cese definitivo de las aspiraciones chilenas sobre la Patagonia, en su memorable discurso sobre el tratado de 1881, hizo el elogio de la actitud de Frías. Recordó su propuesta para dividir el Estrecho de Magallanes sin tocar la cuestión de los potreros de la cordillera, creyendo probablemente que estaba terminada. Pero agregó inmediatamente: "No se crea que mi recuerdo de la proposición del señor " Frías importa la más ligera censura; al contrario pienso " que el ministro argentino procedió con sensatez al pre213
" sentarla porque resolvía la controversia sin detrimento del" decoro, ni de los intereses de nuestro país, que nunca estu" vieron ligados al Estrecho". El juicio de Irigoyen tiene el mérito que fluye de estas palabras suyas: la discusión sobre la Patagonia "fue sostenida durante tres años con ilustra" ción, con toda la contracción y rectitud que el Sr. ,Frías acreditó, y que le han recomendado a la consideración na" cional; él rebatió victoriosamente las pretensiones de Chile " y patentizó, con documentos importantes, nuestro dere" cho. Aun cuando él puede juzgar de otro modo mis tra" bajos, yo me complazco en ser justo aplaudiendo su pa" triotismo". A raíz de una concesión de cincuenta leguas de terreno al sur del río Santa Cruz, otorgada por el gobierno argentino, el representante de Chile en Buenos Aires, Blest Gana, dirigió en 1872 una protesta al gobierno argentino sosteniendo que el acto de la concesión importaba la violación del "statu quo" implícitamente establecido por el tratado vigente entre Chile y la República Argentina. Tejedor contestó rechazando la protesta e indicándole que el territorio de la Patagonia no podía entrar ni entró en el arreglo, desde que sobre dicho territorio el gobierno chileno no había manifestado aspiración oficial ni había existido la más pequeña población chilena que pusiese en duda los derechos argentinos. Terminó Ja nota manifestando que no debía seguir la discusión sobre los límites, puesto que la negociación estaba radicada en Santiago. En 1872 el senado chileno, en su sesión del 26 de junio, reconoció que el gobierno de su país no debía extender su jurisdicción en el estrecho de Magallanes a las islas Santa Magdalena y Quater Master. Sin embargo Chile, en su afán de mantener sus supuestos derechos a ía Patagonia, alteró en varias oportunidades el "statu quo" y realizó actos de posesión para justificar su pretendida jurisdicción. Es así como en el año 1873 el gobernador de Punta Arenas ordenó una expedición al río Santa Cruz. Esa expedición se realizó por el buque "Abtao", que condujo varios funcionarios que construyeron una casa de madera dejando en ella 214
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\s hombres que había llevado. Al mismo río, estudió la topografía del terreno e hizo el inventario de un establecimiento perteneciente a un francés. Nuestro representante reclamó del gobierno chileno la aclaración pertinente, que le fue suministrada por el ministro Ibáñez volviendo a insistir sobre la soberanía chilena a la Patagonia. Como Ibáñez sostuviera que la construcción se había hecho en territorio de Chile, Frías observó que en los documentos oficiales que se refieren a la ocupación del estrecho en 1843, consta que su gobierno no entendió tomar entonces posesión de parte alguna de las riberas del Atlántico. Recordó asimismo que la legación argentina no había cesado de negar que Chile poseyera títulos suficientes para disputar la Patagonia Oriental y que había declarado que el gobierno miraría todo acto de ocupación en las costas del Atlántico como una violación de sus territorios. A fin de verificar la exactitud de las explicaciones dadas, con motivo de la expedición enviada por el gobernador de Punta Arenas, el gobierno argentino despachó el buque "Escuela Náutica" con la misión de efectuar un reconocimiento prolijo, porque corrían rumores de que existía ocupación chilena no obstante las afirmaciones oficiales en contrario que se habían hecho. Al tener conocimiento del viaje del buque, el ministro chileno en Buenos Aires, Blest Gana, pidió explicaciones diciendo que estaba alarmado por el anuncio de una expedición militar a la parte austral de la Patagonia, lo cual podría sacar la discusión diplomática del terreno pacífico. Tejedor, ministro de relaciones exteriores, contestó el 22 de abril de 1873 con su energía característica: "V.E. se ha equi" vocado. No son dudas contra los títulos de Chile a la Pa" fagonia los que expuse en mi contestación. Fue pura y sim" plemente negación de títulos que no conozco, y de pose" sión que no se ha comprobado". La firmeza con que Frías buscara alejar la acción de Chile de las costas del Atlántico, fue motivo de un largo cambio de notas con la cancillería transandina. Con este motivo transmitió a Tejedor su opinión de que debía expresarse 275
a Chile que el gobierno argentino se negaría a incluir el territorio de la Patagonia en cualquier arbitraje. Tejedor no siguió esta prudente opinión, pero muchos años después Bernardo de Irigoyen, tal vez recordando la advertencia de Frías, rectificaba la falla de su antecesor, y lograba evitar el arbitraje para obtener definitivamente el reconocimiento de Chile de los derechos argentinos a toda la Patagonia. El canciller chileno, en una larga nota de abril 7 de 1873 replanteó sus aspiraciones. El extenso documento de Ibáñez concluía insistiendo en la primitiva oferta de transacción, y para el caso que no fuera aceptada, declaraba terminada la discusión sobre límites, debiéndose proceder a la designación del arbitro. Frías contestó el 12 de agosto anunciando que pronto enviaría la réplica a la nota del 7 de abril, y que no consideraba posible que en una discusión sobre disputa de límites todo se redujera a la presentación de sus respectivos títulos, sin el debate contradictorio consiguiente. Cumplió su palabra, y el 20 de septiembre envió su estudio, que agotaba prácticamente el problema de los límites. No quedó argumento o antecedente sin una réplica fundada en un análisis minucioso o en el cotejo con documentos y razones históricas o geográficas. Exhibió Frías una erudición asombrosa y una fuerza de argumentación impresionante, que le sirvieron para demostrar la falacia de la argumentación contraria, la cual, no satisfecha ya con la línea del río Diamante, pretendía correrla hasta el río Negro, límite de la provincia de Buenos Aires. La tesis de Chile se basaba en dos argumentos principales: I 9 ) al crearse el virreinato del Río de la Plata, el rey sólo separó de su territorio la región de Cuyo; por lo tanto, el resto quedó bajo jurisdicción chilena; 2') ocupado el centro del estrecho, había que admitir que esa ocupación se extendía a todas las regiones adyacentes. Frente al primer argumento, Frías aprobó en forma luminosa que jamás hubo actos de jurisdicción de Chile que se ejercieran a este lado de los Andes, y como sus gobiernos, siempre consideraron que no tenían autoridad para pasar a través de la cordillera. En cuanto a la segunda pretensión,
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nuestro enviado sostuvo que mal podía considerarse extendida la ocupación a las tierras contigua al estrecho, cuando en ella ya existía establecida la jurisdicción argentina. Y no sin cierta sorna dijo que si bastara para hacerse dueño de tan vasta región sentar el pie en una de sus extremidades, .Chile había llegado tarde en 1843 a la Patagonia, pues ya estaba tomada desde mucho antes, desde 1780, por el establecimiento fundado en las márgenes del río Negro. Frías cuida también del buen nombre argentino, como lo demuestran sus frases, que estampa para contestar la afirmación de que nuestro país se oponía a la obra benéfica de Chile en el estrecho. "La historia toda de la República Ar" gentina —dice— contesta esos cargos. Jamás fue inspirada " su política por móviles tan mezquinos, jamás intentó satis" facer miras ambiciosas a expensas de los demás. Ha soste" nido guerras que detuvieron de una manera deplorable el " desenvolvimiento de los gérmenes de bienestar que en abun" dancia encierra su suelo, pero nunca fue arrastrada a ellas " por otra causa que la de defender su propia independencia " o la de los estados vecinos". La nota de Frías, dentro del lenguaje propio de las comunicaciones diplomáticas, tiene su energía. Es así como al referirse a exploraciones chilenas sin aviso previo y a la mención amistosa de Ibáñez de los servicios argentinos, Frías secamente dice: "Recordando aquellos y otros actos que omi" to, la moneda con que ellos se nos pagan hoy no parece " marcada con el sello de la gratitud". Comenzaron así a ponerse tensas las relaciones entre los dos hombres, porque el ministro chileno acusó el golpe en su comunicación de enero 28 de 1874. Recordó la circunspección que deben observar los enviados extranjeros, y en erudito y largo estudio buscó refutar la argumentación argentina en base a antecedentes españoles, tratando de demostrar que cuando los documentos se referían a la Patagonia, como dependiente del virreinato de Buenos Aires, se hacía referencia sólo a la costa y no al interior. Debe advertirse que la tesis de la posesión quería salir ya del estrecho, quebrantando declaraciones anteriores y aspi277
raudo a llegar a los establecimientos formados al amparo de la colonia Punta Arenas, que, como es notorio, ocupaba una mínima parte en la península de Brunswick. Al año siguiente Chile intentó una nueva alteración. La ocupación no se limitaría ya al estrecho, como en 1843, ni a los establecimientos formados bajo la protección de la colonia. La jurisdicción no se detenía en los términos señalados por el mismo gobierno de Chile en 1872. Anuncióse que la posesión había sido siempre hasta el río Santa Cruz, y la jurisdicción, que sólo podía llegar hasta las islas situadas a veinte milas de Punta Arenas, alcanzaba en el año 1876, según el gobierno chileno, a Monte León situado a ciento cincuenta millas al norte del estrecho. Esto le daba derecho para capturar en esa región a un buque mercante entregado a operaciones de comercio. La comunicación de 28 de enero se envió impresa con nota del 10 de febrero, dándose como razón que el gobierno argentino había hecho pública la del 20 de septiembre que trataba de rebatir. Frías no tardó en reaccionar frente a este procedimiento, y en nota de febrero 17 señaló que era una innovación que despojaba a las comunicaciones de las condiciones que el Derecho Internacional autoriza. La contestación de Frías, de febrero 17 de 1874, culminó en su refutación al destacar que la cancillería chilena se había mantenido siempre fuera del terreno real de la cuestión; es decir, muy lejos de la época en que se erigió el virreinato de Buenos Aires, y apartada del sistema del ttti possidetis. Agregó que no se había citado ni un solo documento oficial de fecha posterior al año 1776, y que cualquiera fuera la inteligencia que se diera a la Ley de Indias que fundó la audiencia de Chile, perdía todo su valor ante providencias reales posteriores en dos siglos, que señalaron a Chile y a la • Argentina límites distintos de los qué se atribuían a la Audiencia crecía en 1609. Y remataba destacando que en todas las respuestas que había recibido no se había tenido presente, jamás, la Real Orden de Carlos II de 1684, que separó Chile de nuestro país por la cordillera de los Andes. Ibáñez no dejó de responder, y lo hizo en febrero 25 218
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de 1874. Mantuvo sus puntos de vista y dio por terminada la discusión. v • La vigilancia de Frías de los derechos argentinos fue constante. No dejó pasar ninguna oportunidad que pudiera tomarse como consentimiento con su violación. Es así como protestó en octubre 9 'de 1873 con motivo de un proyecto para construir un faro en el cabo de las Vírgenes situado en el Atlántico a la entrada del estrecho de Magallanes. Reclamó luego, el 9 de febrero de 1874, por la expedición proyectada por un cuidadano francés a la Tierra del Fuego con apoyo oficial de Chile. Pero todo fue inútil. Chile había resuelto seguir una línea de conducta con un planteamiento táctico que Frías no podía conocer. Ese planteamiento fue evidenciado en el oficio del 1? de octubre de 1876 enviado por su cancillería a Diego Barros Arana, ministro en Buenos Aires, en la que le decía que "siempre me ha parecido que debemos sostener que nos pertenece la Patagonia sólo para asegurar la posesión completa del estrecho"... Después de las discusiones entre Ibáñez y Frías, el gobierno de Chile pidió que la negociación se trasladara a Buenos Aires sosteniendo que, agotada la discusión, había llegado el caso de estipular el arbitraje. En 1874 el representante chileno en Buenos Aires, Blest Gana, de acuerdo a nuevas instrucciones, propuso resolver la cuestión por medio del arbitraje, tal como se había convenido por el tratado de 1856. Tejedor aceptó, y confidencialmente dijo que el gobierno argentino estaría de acuerdo en que comprendiera la Patagonia, el estrecho y la Tierra del Fuego. Esta declaración, aunque hecha en forma confidencial, fue imprudente, porque hasta ese momento la posición argentina había sido la de rechazar toda pretensión sobre la Paíagonia. Por supuesto, el gobierno chileno aceptó con suma complacencia la nuev^ posición de la cancillería argentina. Entre Tejedor y Blest Gana se convino que ambos gobiernos se abstendrían de hechos nuevos en esos parajes; que la navegación continuaría libre y que cualquiera fuese el resultado del arbitraje los dos gobiernos declaraban solem219
nemente que el estrecho sería considerado libre y neutralizado en favor de la navegación de todo el mundo. La expedición del buque "Brown" volvió a alarmar a Blest Gana, no obstante las explicaciones que dio el gobierno argentino, al extremo que con motivo de un proyecto de colonización sobre el río Negro dijo a nuestro ministerio, el 25 de junio de 1875, que su gobierno no consentiría acto alguno que amenguara su soberanía en toda la extensión de los territorios de que se encontraba en actual y pacífica posesión y que tenía su límite natural en el río Santa Cruz. Chile había otorgado concesiones de tierras en el estrecho y en la Tierra del Fuego, lo que importaba una violación al "statu. quo" convenido. Para contrarrestar esas actividades, el gobierno argentino proyectó establecer una línea de navegación subvencionada hasta el río Santa Cruz. El ministro chileno Blest Gana en junio de 1875 consideró que se pensaba atentar contra el ejercicio de la soberanía chilena y presentó una protesta en términos amenazantes, llegando a decir que si con ese motivo surgían emergencias difíciles, Chile las afrontaría resueltamente, responsabilizando al agresor. Inmediatamente de presentada esta protesta se ausentó para Brasil con el objeto de lograr combinaciones diplomáticas que afianzasen las pretensiones de su gobierno. Esos trabajos fracasaron por la actitud del gobierno del imperio, y cabe consignar que los esfuerzos de Blest Gana no tuvieron el respaldo de los hombres sensatos de Chile. Pardo, ministro de relaciones, rechazó la protesta y señaló que en 1872 Chile se comprometió solemnemente a no estorbar la jurisdicción argentina en las cosías del Atlántico y a no avanzar de Punta Arenas. Finalizó su nota destacando las violaciones chilenas a la promesa convenida de no innovar. La nota de Pardo fue contestada por el secretario de la legación, Lira, que en términos descomedidos reiteró la propuesta de arbitraje. Tocó a Bernardo de Irigoyen responder y lo hizo el 23 de agosto de 1875 en forma extensa, reseñando las posiciones 220
de ambas partes.1 Agregó que nunca la Argentina ofreció abdicar la jurisdicción que siempre había ejercido en las costas del Atlántico y territorios del sur. La nota fue enérgica y expresó el desagrado que causaba la forma inusitada de expresar los recelos del representante de Chile. Con esta nota se cerró el debate en Buenos Aires porque Irigoyen hizo saber que el presidente de la República había resuelto dirigirse al gobierno de Chile. El gabinete chileno cambió el tono impreso por sus representantes, que a nada bueno llevaba, y se dirigió al gobierno argentino manifestándole que a pesar de los deplorables hechos ocurridos .anhelaba que la discusión tomara otro carácter en los términos que deben emplearse cuando se debaten cuestiones que interesan al porvenir de pueblos ligados por antecedentes dignos de contemplación. Ésta comunicación fue contestada en términos conciliatorios y poco después Chile dio por terminada la gestión de quien puso en peligro la cordialidad de ambos países sustituyéndolo con Diego Barros Arana, personaje de gran calidad. Lamentablemente, un nuevo acto vino a complicar la negociación. En julio de 1875, en medio del debate áspero que afectaba la armonía de los dos países, el gobierno chileno manifestó que no creía agotados los arbitrios conciliatorios, y que si no fuera posible armonizar las pretensiones en una transacción, proponía que se constituyese e] arbitraje estipulado en 1856. El gobierno argentino aceptó la propuesta, pero el apresamiento del barco "Jeanne Amelie" efectuado por la fragata "Magallanes", de la marina chilena, dio por tierra con esos buenos propósitos. El barco mercante había emprendido viaje a la costa patagónica y se ocupaba de la extracción de guano en virtud del permiso otorgado por el cónsul argentino en Montevideo sin conocimiento de nuestro gobierno. En 1876, en las inmediaciones de la isla Monte León, fue apresado por la "Magallanes", quien puso tripulación a bordo para llevarlo a Punta Arenas. Cuatro días después, frente a Punta Dúngenes, se 1
PELLIZA, op. cit., pág. 214.
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perdió totalmente; la tripulación fue desembarcada en Punta Arenas y permaneció detenida durante algunos días. Nuestro país no estaba preparado para la guerra, por lo que se optó por hacer una enérgica reclamación solicitando que se reprobara el procedimiento del comandante de la "Magallanes" y se pagara la indemnización por los daños y perjuicios que hubieran sufrido los propietarios, cargadores o tripulantes del barco apresado. El gobierno chileno comenzó negándose a tal reclamo. Adujo que desde 1873 sostenía que su país estaba resuelto a no consentir que en territorio de su jurisdicción, cuyo límite por el norte era el río Santa Cruz, ejercitase otra nación actos de dominio que sólo correspondía a ella. La réplica del Dr, Irigoyen fue enérgica, indicando que nunca el gobierno argentino había aceptado semejante pretensión. Recordó el texto claro del artículo 39 del Tratado de 1856 que estableció que no se permitiría a ninguno de los dos gobiernos dirimir por medios violentos las divergencias que se suscitaren y destacó que la constitución de Chile fijaba sus límites y que de ninguna manera las autoridades podían extralimitarse en el ejercicio de su jurisdicción. Asimismo hizo una reseña de todos los actos públicos hechos por el gobierno argentino y recordó la concesión de 1868 hecha en favor del capitán Luis Piedrabuena en la isla de los Estados, situada sobre el cabo de Hornos, la parte más austral del continente, como la mejor demostración de la efectividad de la jurisdicción argentina y de la falta de derecho de Chile para pretender soberanía sobre él Atlántico,1 El caso tuvo complicaciones con Francia, pues el gobierno francés resolvió proteger al propietario de la nave y reclamó a nuestro país las indemnizaciones consiguientes.3 La cuestión fue resuelta mediante el acuerdo del 30 de mayo de 1875. Por este protocolo los gobiernos de la Argentina y Chile se comprometieron a pagar por mitad los perjuicios sufridos por los reclamantes franceses a consecuencia 1 Memoria Relaciones Exteriores, año 1877, tomo I. 2 Ver capítulo "Relaciones con Francia".
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de la captura mencionada. Posteriormente, el 30 de julio del mismo año se firmó un protocolo adicional por el cual el gobierno chileno se comprometió a atender el reclamo del ciudadano argentino Quevedo por los daños que había sufrido como resultado del apresamiento del buque, Irigoyen y Barros Arana iniciaron una nueva negociación bajo la base de que tuviera un carácter estrictamente confidencial, que sólo debía publicarse en caso de que ambos países aceptaran las bases de la transacción propuesta por el primero. El gobierno chileno no sólo no las aceptó sino que las dio a publicidad a pesar de la promesa de reserva.1 El convenio preveía el arbitraje, debiendo mantenerse mientras tanto el "staíu quo" en las cuestiones en disputa. En cuanto al límite, la línea divisoria debería pasar por los puntos más altos que separaran las aguas. Según Irigoyen, aun cuando las bases estaban acordadas por el plenipotenciario chileno y eran conformes a sus instruciones, el gabinete de Santiago ordenó a su representante suspender la negociación y trasladarse a Río de Janeiro. El motivo fue la cláusula 5* que establecía el "statu quo". Según Pelliza, rechazado por el gobierno de Chile el acuerdo Irigoyen-Barros Arana, la posición del negociador se hizo difícil por cuanto había pactado con plenos poderes y consultado previamente a su gobierno antes de aceptar cada una de las cláusulas convenidas. De. ahí su viaje a Río, Sustituido Irigoyen en el ministerio por Rufino de Elizalde, Barros Arana regresó a Buenos Aires para continuar la negociación. El resultado fue el convenio Elizalde-Barros Arana de 1878, que era la reproducción del firmado con Irigoyen en 1877, con modificaciones en la cuestión del arbitraje. Pero, apenas firmado, Elizalde propuso una transacción o una limiatción del arbitraje que lo pudiese dejar sin efecto en todo o en parte. Tal propuesta no fue aceptada por Chile. Todo parecía terminado, cuando inopinadamente, en circunstancias que Manuel A. Montes de Oca, reemplazante 1
Exposición del ministro Montes de Oca al Congreso, 1878, p. V.
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de Elizalde, ocupaba la cancillería, el 11 de mayo de 1878, el propio Barros Arana, en cumplimiento de órdenes de su gobierno, comunicó que Chile no aceptaba el acuerdo y seis días después se fue a Montevideo. Como pretexto dijo que la redacción era vaga y que el gobierno chileno quería que se estableciese claramente que se sometía al arbitraje la Patagonia, el estrecho y la Tierra del Fuego. El asombro del gobierno argentino fue grande, ya que el tratado se había hecho con plenos poderes y consultándose una a una las cláusulas escritas. Lo grave era que Avellaneda, en atención a estas circunstancias, había comunicado al Congreso que el arreglo de la cuestión de límites con Chile había tenido una solución feliz y que pronto le sería sometido para su aprobación. Fue necesario un nuevo mensaje para explicar lo ocurrido, informando que el gobierno de Chile estaba notificado de que el tratado se mandaría al Congreso, así como también de que había tenido conocimiento de toda la negociación. Con palabras lapidarias Avellaneda terminaba su comunicación diciendo: "Una vez interrumpidas las ne" gociaciones por otras manos que las nuestras, quedamos " tranquilamente en nuestro derecho y sabremos sostenerlo " con firmeza y prudencia, hasta que mejores inspiraciones " abran nuevamente el camino de los arreglos decorosos y " pacíficos. Tras de los derechos que afirmamos hay un pue" blo. La América lo sabe, y no necesitamos pregonarlo". "Es inútil inflamar las pasiones cuando existe clara la " justicia. Nuestra política externa fue en todo tiempo ele" vada, conciliadora y prudente. Creo firmemente que no per" derá en lo sucesivo ninguno de estos dictados". "Las luchas de nuestros partidos son siempre violentas " y suelen a lo menos ser acerbas cuando no son sangrientas. " Pero las cuestiones exteriores han quedado fuera de la at" mósfera apasionada, y podemos decir sin jactancia que sólo " existe en presencia de ellas el patriotismo que busca sus " inspiraciones en la dignidad nacional y el sentimiento de " las grandes conveniencias públicas. Hagamos votos y aune" mos nuestros esfuerzos para que este gran bien no desapa" rezca".
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Como consecuencia de esta actitud de Chile, el gobierno argentino dispuso el retiro de la legación argentina de Santiago. Barros Arana desde Montevideo dio por terminada su misión y marchó a Europa. La situación entre la Argentina y Chile se hizo sumamente tirante, ya que a la actitud del gobierno transandino con motivo del tratado Elizalde-Barros Arana se sumó su falta de satisfacciones por el incidente de la "Jeanne Amelie" que nuestro gobierno reclamaba. Todo presagiaba una ruptura de hostilidades y aun una declaración de guerra. Por si algo faltara, se produjo un nuevo incidente grave. La corbeta de guerra de Chile "Magallanes" apresó a la barca inglesa "Devonshire" en momentos que cargaba guano en la caleta argentina Monte León, con permiso de nuestras autoridades y a muchas leguas de distancia de la boca del estrecho de Magallanes. Este apresamiento se consideró como un acto bélico y los preparativos para la guerra comenzaron en medio de los ánimos excitados. Se sublevó la opinión pública que exigió medidas de fuerza para reparar el agravio. El gobierno se encontró en dificultades para sobreponerse a esas justas exigencias, sobre todo porque en esos momentos la Nación no estaba preparada para la guerra, y esto no era posible hacerlo público. No obstante esto, el presidente Avellaneda consideró que, a pesar de todo, había que ejercer la autoridad argentina en la zona desconocida por Chile y ordenó que una pequeña escuadra formada por el monitor "Los Andes", la cañonera "Uruguay" y otro pequeño buque llamado "Constitución" iniciaran su navegación hacia el sur. En las instrucciones dadas el 8 de noviembre de 1878 se establecía lo siguiente: "Si al lle" gar a Santa Cruz encontrase en la desembocadura o río ade41 lante uno o más buques de guerra chilenos con ánimo de " estorbar el desembarco de nuestras fuerzas y la toma de " posesión de la margen sur de dicho río, o si estando esta" blecida nuestra estación naval llegasen buques chilenos con " el propósito de oponerse a los actos de jurisdicción y de " dominio que en los artículos anteriores se expresan, el jefe "de la estación les intimará de la manera más formal y so225
" lemne el abandono del río y de su desembocadura y si des" atendieran esta intimación, después de poner en ellos toda " la responsabilidad de la agresión, la hará efectiva por la " fuerza consultando las reglas del honor y del deber".1 Naves chilenas también partieron para el sur. El gobierno argentino hizo una enérgica reclamación a Chile, en la que solicitaba que se reprobara el procedimiento del comandante de la corbeta "Magallanes" y pedía la .indemnización de los daños y perjuicios que hubieran sufrido los propietarios cargadores o tripulantes del barco apresado. Todo anunciaba —dice Pelliza— un próximo encuentro sobre los mares del rígido polo austral, donde el cañón iba a tomar la palabra para dirimir la cuestión de límites que no habían podido resolver la discreción y el buen sentido de los hombres de estado. Otro incidente vino a complicar la situación. A raíz de la publicación en los diarios de Santiago de documentos que probaban la legitimidad de nuestros derechos a la Patagonia, se produjeron en aquella ciudad manifestaciones de odio contra la Argentina, que el propio gobierno de Chile y los hombres sensatos condenaron con energía. Cuando nada parecía que pudiera impedir la contienda armada, del propio gobierno chileno partió una acción tendiente a restablecer la paz. El cónsul argentino Sarratea fue llamado por el gabinete de Santiago, por intermedio de un amigo, con el objeto de conferenciar sobre los medios posibles de reanudar las relaciones interrumpidas. Las proposiciones hechas a Sarratea fueron atendidas por el gobierno argentino, quien el 14 de noviembre de 1878 lo designó ministro plenipotenciario para firmar el convenio. Previamente Chile había devuelto incondicionalmente la barca "Devonshir;" y dado su palabra de que esos hechos no se repetirían. El 6 de diciembre de ese año se firmó el acuerdo "Sarratea-Fierro" por el que se convino un procedimiento arbitral que debía tener como fundamento de la sentencia, los principios del "uti possidetis" establecido en el art. 39 del 1
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Rev. de D. H. y L., nota en t. I, pág. 243.
tratado de 1856 y el de que en la América española no existían territorios que pudieran considerarse "res nullius". Mientras el tribunal no resolviera la cuestión de límites, la República Argentina ejercería jurisdicción en el mar y costas del Atlántico e islas adyacentes y la República de Chile en el mar y costas del estrecho de Magallanes, canales e islas adyacentes. Se preveía un "statu quo" por el término de catorce meses prorrogables y la navegación del estrecho libre para todas las banderas. Según Montes de Oca este convenio fue un pacto de paz porque Chile estaba preparada para una guerra exterior.1 Parecía que todo estaba Arreglado y así lo entendió el gobierno argentino, que aprobó el convenio sin observación, resolviendo pedir su ratificación en cuanto se reuniera el Congreso. Por su parte, lo habían aceptado el Poder Ejecutivo, el consejo de Estado y el Senado de Chile, Sin embargo, el ministro de relaciones exteriores chileno, en una circular ,reservada dirigida a los intendentes, les había informado que el arbitraje comprendía a la Patagonia. Esta interpretación condenó el convenio al fracaso.. En efecto, el gobierno de Chile designó representante suyo en Buenos Aires a José Manuel Balmaceda. 2. Montes de Oca, ministro de relaciones exteriores, en conocimiento de la instrucción enviada a los intendentes chilenos, hizo presente que este punto de vista no era compartido por el gobierno argentino, que entendía que había quedado excluida la cuestión de la Patagonia y que para hacer posible la aprobación del mismo por el Congreso era indispensable aclarar la cuestión por medio de tin protocolo que excluyese ese teExposición presentada ante el Congreso Nacional, 1879, pág, 7. Dice Ernesto Quesada que Balmaceda le confesó que traía la facultad de transigir en la cuestión de límites en cualquier forma a cambio de la neutralidad argentina en la guerra perú-boliviana y chilena. "Con la muerte en el alma iba a firmar cualquier tratado", pero con toda sorpresa de su parte, Avellaneda y Montes .de Oca le hicieron esta declaración: "La Argentina no es país que aprovecha las dificultades de su adversario". VICENTE G. QUESADA, Mis me/norias diplomáticas, Buenos Aires, 1907, pág. 23. Ver, Monts de Oca, op. cit. pág. XIV. 1 2
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rritorio del arbitraje. Balmaceda no aceptó esta solución, por lo que Montes de Oca le manifestó que cumpliendo un deber se presentaría el convenio al Congreso, pero que estaba persuadido de que éste no lo aprobaría cuando tomara conocimiento de la distinta interpretación que le daban los dos gobiernos. Como el gobierno argentino deseara aplazar la presentación al Congreso del pacto "Sarratea-Fierro", a fin de continuar negociando bases de transacción, arbitraje limitado y (concesiones recíprocas, el 3 de junio de 1879 se firmó un acuerdo de "statu quo" entre Montes de Oca y Balmaceda y un protocolo sobre libre navegación del estrecho de Magallanes. El 5 de junio de 1879 el ministerio de Guerra de la República Argentina creó dos subdelegaciones marítimas en la costa sur, una en Puerto Deseado y otra en Río Gallegos. Balmaceda guardó silencio, pero después presentó una protesta manifestando que hasta tanto no^fuese aprobado el convenio no podía suponerse que Chile consentiría esos actos. Nuestro ministro le contestó que el gobierno argentino no tenía que esperar el consentimiento del gabinete de Santiago para hacer efectiva la Constitución Nacional y las leyes del Congreso en esa extensión del territorio argentino. El tratado "Sarratea-Fierro" fue sometido a la aprobación legislativa pero el Congreso lo rechazó. Igual suerte corrió el acuerdo de "statu quo". Montes de Oca, convencido que era inútil insistir en el arreglo directo que había propuesto, o hacer nuevas proposiciones de transacción, entregó a Balmaceda un proyecto de arbitraje que no llegó a aprobarse porque Chile estaba ocupado en la guerra del Pacífico. Seis negociaciones fracasaron ante las pretensiones de Chile a la Patagonia. No quedaba, pues, más remedio que prepararse para cualquier eventualidad y para afrontarla se resolvió la adquisición de nuevos armamentos y buques de guerra. Felizmente,- en esta "situación ocurrió la intervención de los ministros de Estados Unidos que llevó a la firma del tratado de 1881. 225
El tratado de 1881 En 1880 el ministro de Estados Unidos en Santiago, Tomás A, Osborne, dirigió al ministro americano acreditado en Buenos Aires, A. Osborne, proponiéndole que se ofrecieran a los dos gobiernos, en el carácter de mediadores amistosos, para obtener la solución de la cuestión de límites. Aceptada la idea se produjo entre ellos un intercambio telegráfico que hizo posible el acuerdo de los países, concretado en un tratado que se firmó en Buenos Aires el 23 de junio de 1881 por Bernardo de Irigoyen, ministro de relaciones exteriores, y el cónsul chileno Francisco Echeverría. Este tratado estipula lo siguiente: Art. I 9 "El límite en" tre la República Argentina y Chile es de norte a sud hasta " el paralelo 52° de latitud, la cordillera de los Andes. La "línea fronteriza correrá en esa extensión por las cumbres " más elevadas de dichas cordilleras que dividen las aguas y " pasará por entre las vertientes que se desprenden a un lado " y otro. Las dificultades que pudieran suscitarse por la exis" tencia de ciertos valles formados por la bifurcación de la " cordillera y en que no sea clara la línea divisoria de las " aguas, serán resueltas amistosamente por dos peritos nom" brados uno de cada parte". Art. 29 "En la parte austral del continente y al norte del " estrecho de Magallanes el límite entre los dos países será " una línea que partiendo de Punta Durgeness se prolongue " por tierra hasta Monte Dinero; de aquí continuará hacia el " oeste siguendo las mayores elevaciones de la cadena de co" linas que allí existen hasta tocar la altura de Monte Aimond. " De este punto se prolongará la línea hasta la intersección " del meridiano 70° con el paralelo 52° de latitud y de aquí „ seguirá hacia el oeste coincidiendo con este último paralelo " hasta el divortia-aquarium" de los Andes. Los territorios " que quedan al norte de dicha línea pertenecerán a la Re" pública Argentina y a Chile los que se extiendan al sur, " sin perjuicio de lo que dispone respecto de la Tierra del " Fuego e islas adyacentes en el art. 39". Art. 39 "En la Tierra del Fuego se trazará una línea que 229
" partiendo del punto denominado Cabo del Espíritu Santo "en la latitud 52 grados 40 minutos, se prolongará hacia el " sur, coincidiendo con el meridiano occidental de Green" wich, 68 grados 34 minutos hasta tocar en el canal Beagle. " La Tierra del Fuego, dividida de esta manera, será chilena "en la parte occidental y argentina en la parte oriental. En " cuanto a las islas, pertenecerán a la República Argentina " la isla de los Estados, los islotes próximamente inmediatos " a ésta y las demás islas que haya sobre el Atlántico, al " oriente de la Tierra del Fuego y costas orientales de la Pa" tagonia; y pertenecerán a Chile todas las islas al sur del " canal Beagle hasta el cabo de Hornos y las que haya al " occidente de la Tierra del Fuego". La cláusula 5*, que neutraliza las costas del estrecho en todo su curso, fue el origen de continuos ataques al gobierno de Santiago. Sin embargo, prevaleció el juicio sereno, y el gobierno de Chile aprobó el tratado lo mismo que el Congreso. En el mensaje que el Dr. Irigoyen envió al cuerpo diplomático argentino para explicar el tratado, se especificó que nuestro país había facilitado la solución definitiva prescindiendo de su derecho a la parte oriental del estrecho, a condición de que el canal quedara abierto a todas las banderas y neutralizado a perpetuidad. El tratado de 1881 fue aprobado por ley nacional número 1116 de 11 de octubre de 1881. Sin embargo, ambos gobiernos no se ocuparon de la cuestión de límites hasta 1883, a raíz de las instrucciones que el ministro Victorino de la Plaza diera a la legación argentina en Chile para que se procediera a la demarcación. Chile dilató esta operación arguyendo que tenía que ocuparse del arreglo de las reclamaciones del Perú. Luego, en 1887 propuso que se hiciese practicar un reconocimiento en alguno de los territorios contiguos a la línea de la probable demarcación en razón de que ciertos lugares, de pertenencia dudosa, podrían estar en el territorio de Chile o en el de la Argentina, El ministro de relaciones exteriores Quirno Costa no aceptó esta propuesta, porque la penetración en el terri-
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torio vecino de las comisiones podría ser causa de agitación y alarma en los pueblos. En vista de esta actitud, el presidente Balmaceda, de Chile, aceptó proceder a la demarcación definitiva. El 20 de agosto de 1888 se firmó una convención adicional por la que se estableció que la designación de los peritos prevista en el tratado de 1881 se haría dentro del término de dos meses contados desde el canje de las ratificionss de ese convenio. Ratificado el convenio por la ley N9 2488, el canje se hizo el 11 de enero de 1890. En cumplimiento de ese convenio el gobierno argentino nombró perito al ingeniero Octavio Pico y el de Chile a Diego Barros Arana. A raíz de que se ofrecieron en Londres acciones de una compañía para adquirir veinticuatro leguas de tierra sobre el ferrocarril del Chubut a Bahía Nueva, el gobierno de Chile ordenó a su representante en Buenos Aires, Guillermo Matta, que reclamara por lo que creía un avance argentino en territorio litigioso. Con este motivo el ministro argentino Zeballos y Matta formularon en 1889 una declaración recíproca por la que se dejó establecido que todo acto de uno u otro gobierno que extendiera su jurisdicción hasta la parte de la cordillera de dudoso dominio, por no haberse trazado todavía el límite, no afectaría los resultados de la demarcación que se iba a practicar. Esta declaración tenía carácter general y aplicable a toda la frontera desde Bolivia a la isla Navarino. Dificultades suscitadas entre los peritos llevaron a ambos gobiernos a firmar un Protocolo Adicional y Aclaratorio del tratado de límites de 1881 que se celebró en Santiago el 1* de mayo de 1893, firmándolo Norberto Quirno Costa por la Argentina y el ministro de Guerra y Marina de Chile, Isidoro Errázuriz. Este protocolo tenía por objeto fijar definitivamente las posiciones de ambos países. Es así como en el art. 29 se estableció "que a juicio de sus gobiernos respectivos y según el " espíritu del tratado de límites, la República Argentina con" serva su dominio y soberanía sobre todo el territorio que " se extiende al oriente del encadenamiento principal de los " Andes hasta las costas del Atlántico, como la República de
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/ II \ Chile el .territorio occidenta " entendiéndose que por las disposiciones de dicho tratado la " soberanía de cada estado sobre el litoral respectivo es abso" luía de tal suerte que Chile no puede pretender punto algu" no hacia el Atlántico como la República Argentina no pue" de pretenderlo hacia el Pacífico". El nuevo convenio especificó que no menoscababa en lo más mínimo el espíritu del tratado de 1881 (art, 10"), pero, en el hecho, significó modificaciones del mismo en cuanto dispuso que Chile debía tener las costas de los canales del Pacífico (art. 29) y se aseguraba a la Argentina la bahía de San Sebastián (art. 4?). 1 En agosto de 1893 Zeballos, en nombre del gobierno de Pellegrini, renovó ante Chile la sugestión de un arreglo directo e invitó al ministro de relaciones exteriores de Chile a una conferencia en Mendoza. El gobierno chileno, después de consultar con Barros Arana, rechazó la idea de la transacción directa dentro de la cordillera aduciendo que no podía renunciar a ciertos accidentes del "divortium aquarum" en el oriente de los Andes. El 6 de septiembre de 1895, en Santiago de Chile el representante argentino Quirno Costa y el ministro Mata, firmaron un convenio relativo a la cuestión de límites con el propósito de que la demarcación continuara sin interrupción, cumpliéndose los convenios de 1881, 1888 y 1893. El 17 de abril de 1896, entre nuestro ministro Quirno Costa y el representante de Chile, Adolfo Guerrero, se firmó un acuerdo para facilitar la ejecución de los tratados de límites. Por este instrumento se estableció que las operaciones que se ejecutasen en conformidad al tratado de 1881 y al protocolo de 1893, se extenderían en la cordillera hasta el paralelo 23 de latitud austral, debiendo trazarse la línea divisoria entre este paralelo y el 26° 52' 45", concurriendo a la operación ambos gobiernos y el de Bolivia, que sería solicitado al efecto. 1 SABATE LICHTSCHEIN, D,, La soberanía argentina sobre las islas Picfon, Lemox y Nueva, Buenos Aires, 1959, pág. 39.
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Por el art. 2' se estableció que si ocurriesen divergencias entre los peritos al fijar en la cordillera de los Andes los hitos divisorios al sur del paralelo 26 y no pudieran allanarse amigablemente por acuerdo común, quedarían sometidas al r fallo de S.M. británica, a quienes las partes contratantes designaban desde ese momento en el carácter de arbitro encargado de aplicar estrictamente en tales casos las disposiciones del tratado y protocolo mencionado, previo estudio del terreno por una comisión que el arbitro designaría. Con respecto a la ubicación que en ese momento tenía el hito de San Francisco entre los paralelos 26 y 27, resolvieron que no fuera tomado en consideración como base o antecedente obligatorio, estimándose las operaciones y trabajos como estudios para la fijación definitiva de la línea. La aplicación de las líneas fronterizas establecidas en el tratado de 1881 se confió, como se ha dicho, a los peritos Barros Arana y Pico. Los peritos no pudieron ponerse de acuerdo, pues en 1892 el perito chileno propuso el criterio del "divortium aquarum" para guiar el límite) aun cuando al seguirlo fuese necesario abandonar las más altas cumbres de los Andes. Pico rechazó esta declaración que Barros Arana pretendía deslizar incidentalmente y exigió que ellos no se ocuparan de debates teóricos sino de operaciones geográficas. El perito de Chile ante esta actitud suspendió las conferencias. Pico agotó los esfuerzos para convencer a su colega de que no debían tratarse las cuestiones diplomáticas, puesto que tenían que limitarse al estudio de la cordillera, de acuerdo con las instrucciones argentinas de abril de 1890 aceptadas por el gobierno chileno. Ante el peligro que importaba la suspensión de los trabajos, fue necesaria una gestión ante el gobierno de Chile para obtener que Barros Arana se decidiese a continuar los estudios. Sin embargo, la brecha estaba abierta y las discrepancias volvieron a suscitarse con el perito Moreno. Al fijarse el límite ,en la región vecina al paralelo 52° de latitud sur se produjo otra discrepancia entre los peritos. Como consecuencia, el 29 de agosto de' 1898 se firmó en la ciudad de Santiago un acta en la que se dejó constancia de
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y.
los puntos de vista de cada uno de ellos. La diferencia radicaba en que Barros Arana sostenía un criterio hidrográfico, limitándose al desarrollo de los ríos con prescindencia de la referencia del tratado de 1881 a la línea de las más altas cumbres de la cordillera de los Andes. El perito argentino Francisco P. Moreno mantenía, por su parte, que la línea fijada en el tratado de 1881 debía ser establecida en el encadenamiento central o principal de la cordillera de los Andes. Este punto de vista fue sostenido por el gobierno argentino, que inspirado en los antecedentes de la transacción, sostuvo que la cresta de la cordillera, base fundamental del convenio, separa los dos países, y que toda interpretación que condujera a sacar la frontera de la cordillera era violatoria de los tratados; que a ese extremo se llegaría llevando la línea por el divorcio continental de las aguas desde que el "divortium aquarum" de las corrientes que bajan a ambos océanos se apartan con frecuencia de su dorso fracturado y se trasladan más al oriente, alcanzando a veces hasta la región plana de las pampas. Tan ajeno había sido siempre a la idea de los gobiernos, seguir inflexiblemente la línea divisoria continental y abandonar la cordillera, que el gobierno argentino desde 1883 hasta 1898 estableció fortines militares, campos de labranza y aduanas en el lago Lacar —que se encuentra al este de los Andes aunque sus aguas corren hacia el Pacífico—, sin que Chile protestara por estas acciones. Por otra parte, Chile también buscó incorporar a su territorio, hasta 1893, el valle de los Patos, llevando su línea divisoria por una cadena cortada por el río del mismo nombre. El representante argentino sostuvo, en síntesis, que la división de aguas de que hablan los tratados es la división de aguas de la cresta de la cordillera de los Andes; es decir, la línea de intersección de las vertientes de la cadena principal, que es la más elevada, la más continuada, con dirección general más uniforme en la que sus laderas vierten mayor caudal de agua y que la línea que corriera sobre ella debía cortar los ríos que con sus fuentes en ramales laterales o en
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las pampas patagónicas atraviesan la cordillera al dirigirse al occidente. En vista de que los peritos no se pudieron poner de acuerdo, por acta firmada en Santiago el 22 de septiembre de 1898 entre el ministro chileno La Torre y el representante argentino Norberto Pinero se convino remitir al gobierno británico copia del acta de las opiniones de los peritos para que con arreglo a la base 3» del compromiso del 17 de abril de 1896 resolviera las citadas divergencias y determinara la línea divisoria en la región nombrada, previo estudio del terreno por la comisión que debía designarse. El incidente de San Martín de los Andes El 30 de marzo de 1898 el ministro de Chile en la Argentina, Walker Martínez, protestó por la fundación del pueblo de San Martín de los Andes que había hecho el general Rudecindo Roca en el valle del Lacar por una desviación del río Fénix. El representante chileno sostuvo que estos actos importaban la violación del acuerdo Zeballos-Maíta establecido en 1889, por el cual ambas naciones declararon que se abstendrían de realizar actos que perturbaran la ejecución del tratado de 1881. Sostenía en esa oportunidad el ministro de Chile, que el lugar donde se había fundado San Martín de los Andes, como toda la cuenca del Lacar, pertenecía a Chile. Señaló que los actos del gobierno argentino, al hacer concesiones de tierras y disponer mensuras, eran violatorios de ese acuerdo. La protesta fue contestada por el ministro de relaciones exteriores Amancio Alcorta, quien la rechazó sosteniendo que los actos de jurisdicción que se habían ejercido y ejercían las autoridades argentinas en esa región, eran perfectamente lícitos, desde que la zona pertenecía a la Argentina y siempre había estado bajo su dominio. Ese territorio había estado poseído con anterioridad al acuerdo de 1889, pues desde 1881 se habían realizado operaciones militares contra los indios y desde 1883 se habían efectuado disposiciones administrativas y legislativas, como lo probaba el establecimiento del fuerte
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Maipú el 27 de marzo de 1883 para someter a una tribu de indios que permaneció desde entonces bajo la dependencia de las autoridades argentinas, comprendidas en la gobernación del Neuquén, Con respecto a la desviación del río, hacía notar que según los informes recogidos se trataba de una pequeña toma de agua que habría sido hecha por colonos para el regadío de sus tierras, sin que esta explicación importara ni afirmara la soberanía argentina sobre esas regiones. El Dr. Alcorta hizo la siguiente declaración: "en medio " de las agitaciones producidas desde que se inició la demar" cación para aplicar en el terreno los principios consagra" dos en el tratado de 1881, el gobierno argentino ha carac" terizado su conducta por una prudencia y una reserva que " muchas veces han sido clasificadas de timoratas, pero que " han respondido siempre al anhelo vehemente de no prestar " discusiones o de mantener éstas fuera del alcance de las "pasiones populares, a fin de no comprometer opiniones que " sería difícil retirar más tarde y no convertir en cuestión de " amor propio nacional cuestiones que debían quedar libradas " exclusivamente al estudio y. solución de funcionarios de " competencia científica". Además, como el representante chileno utilizara distintas locuciones que se referían al sitio por donde debía pasar la línea divisoria según el tratado de 1881, el Dr. Alcorta recordó que este tratado y el protocolo de 1893 habían establecido que "siendo el límite entre la República Argen" tina y Chile de norte a sur hasta el paralelo 52° la cordi" llera de los Andes, la línea fronteriza correrá en esa exten" sión por las más elevadas cumbres de dicha cordillera que " divide las aguas y pasará por entre las vertientes que se " desprendan de un lado a otro, entendiéndose por vertientes " según el idioma y la opinión de distinguidos geógrafos y " del mismo perito de Chile no sólo las vertientes de los " ríos, sino los costados de las montañas por donde bajan "las aguas". Cabe hacer notar que el arbitraje definitivo del gobierno británico acordó a la República Argentina el pleno dominio del valle del río Lacar. En realidad, como lo ha demostrado
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Zeballos,1 Roca no había innovado en nada. Se había limitado a confirmar la traza del pueblo establecido en 1883 y a sustituir el nombre por el de San Martín de los Andes. Un cacique indio había ocupado diez años antes esas tierras por concesión del gobierno argentino, y al oeste del lago existían pobladores nacidos en Chile que arrendaban los campos al mismo gobierno argentino pagando el precio en la capital de la gobernación del Neuquén. La posesión argentina, pues, era antigua, pública y de buena fe y el gobierno chileno carecía de .fundamento para interponer su reclamo. El 25 de junio de 1898 se celebró una conferencia entre el ministro Alcorta y el representante de Chile, "Walker Martínez. Esta conferencia se realizó a pedido del representante chileno, que obedeciendo instrucciones de su gobierno, estaba encargado de hacer presente al gobierno argentino "la conveniencia de buscar algún medio de poner término a las incertidumbres y desconfianzas que actualmente turban la tranquilidad de los dos países". Con ese objeto propuso unas bases para acelerar la solución definitiva de las discrepancias. El ministro contestó aceptando en principio la idea, pero rechazando las bases presentadas por Chile, por cuanto no sólo establecían plazos muy angustiosos,. sino que también afectaban los convenios que establecían la labor de los peritos y de los gobiernos. Por esta razón y por el respeto a los compromisos contraídos, le expresó que no le era permitido dejar de lado hasta la misma intervención de los gobiernos, para que se limitaran a enviar al arbitro las actas de los peritos, excusando la discusión entre ellos. A su vez, nuestro ministro propuso otras bases que tampoco fueron aceptadas por el representante chileno. Ante esta discrepancia, el mismo enviado dio por terminada la conferencia. La reunión, del estrecho La cuestión de límites entre los dos países seguía agitando el ambiente y preocupando a los gobiernos y a los pueblos. 1 Incidente diplomático sobre San Martin de los Andes, "Revista de Derecho, Historia y Letras", tomo I, pág. 105.
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En 1899 los presidentes de los dos países. Roca y Errázuriz, con el propósito de aquietar las pasiones, disipar los malentendidos y procurar atemperar la situación, concertaron una entrevista en el estrecho de Magallanes. La reunión tuvo lugar el 15 de febrero de 1899 frente a Punta Arenas con la presencia de buques de guerra argentinos y chilenos. Ambos presidentes se encontraron en la cubierta del "O'Higgins" y se dieron un abrazo que ha pasado a la historia con el nombre del "abrazo del estrecho". Hubo entrevistas a bordo de los buques de guerra de ambos países y se celebró una reunión en Punta Arenas. La fragata argentina "Presidente Sarmiento" acompañó a los buques chilenos hasta Valparaíso y el crucero "Centeno" de Chile lo hizo hasta Buenos Aires en compañía de los barcos argentinos. En el mensaje que Roca dirigió al Congreso hizo mención a la participación que había tenido el ministro americano Buchanan en la solución, a la que había contribuido prestando un servicio eminente a los dos países. La cuestión de la Puna de Atacama El pacto de tregua firmado en 1884 entre Chile y Bolivia, concedió a Chile la ocupación de una parte del territorio boliviano hasta que estuviera concertado el tratado de paz. Por este tratado Chile obtuvo de Bolivia la cesión del desierto de Atacama hasta el grado 24°, pero "manu militari" se apoderó de la parte situada entre los 23° y 24° y ocupó "protempore" .según el tratado de 1884, la extremidad norte hasta el Loa. Una circunstancia fortuita hizo que Chile ampliara su posesión y penetrara en territorio que pertenecía a la República Argentina. En 1884 apareció el cólera en las provincias argsntinas del norte. El gobierno chileno, aprovechando esta situación y con el propósito de establecer un cordón sanitario, ordenó que algunas tropas descendieran al oriente de los Andes hacia la Puna, Catamarca, Salta y Jujuy, formulando declaraciones oficiales de que las únicas aspiraciones era llegar hasta las más altas cimas de la cordillera de los Andes. 238
Esta penetración alarmó al gobernador de Salta, que pidió al gobierno nacional la defensa de su jurisdicción, amenazada por las tropas chilenas que habían destituido a las autoridades designadas por Salta reemplazándolas por chilenas. En esta penetración llegaron hasta Antofagasta. El presidente de Chile informó de los hechos al Congreso y el ministro argentino Uriburu, sin apreciar la realidad de la penetración, envió copia del mensaje a nuestra cancillería. El ministro de relaciones exteriores, Ortiz, señaló a nuestro representante el hecho de la ocupación de Antofagasta, que pertenecía a la República Argentina, e instruyó a nuestro representante para que recabara del gobierno chileno una explicación que aclarara la ocupación, que nuestro gobierno no podía aceptar porque se consideraba dueño de esos territorios sobre los que siempre había ejercido su dominio eminente. Uriburu informó qua no consideraba oportuno pedir explicaciones, pues en realidad no se había producido la ocupación chilena, no obstante haber afirmado lo contrario el gobierno de Salta. También indicó que lo que en Chile se conocía con el nombre de Antofagasta era la región marítima antiguamente conocida por Cobija. Zeballos dice que el ministro Ortiz, inducido por las confusiones geográficas de Uriburu, aceptó y aprobó las vistas de éste, y la reclamación no se hizo. Chile con esto quedó instalado en territorio netamente argentino. 1 Bolivia reclamó por la penetración chilena y demostró que la presencia de sus fuerzas al otro lado de la cordillera de los Andes importaba la violación del acuerdo de tregua. Expresó que ese convenio se reducía a ocupar hasta Zapaleri 23°, de suerte que como Antofagasta del Desierto estaba en la prolongación del grado 25 y 26, la reclamación argentina era fundada. Debido a la discrepancia sobre el verdadero trazado en la región de la Puna de Atacama, el 2 de noviembre de 1898 se firmaron en Santiago de Chile dos actas con el propósito 1 La Puna. Derecho Público Hispano-Americano. "Revista de Derecho, Historia y Letras", tomo III, pág. 149.
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de terminar la cuestión. Por una de ellas se convino celebrar en la ciudad de Buenos Aires una conferencia con el objeto de trazar la línea divisoria entre los paralelos 23° y 26°, 52' y 45" de latitud austral, en cumplimiento de lo establecido en la base primera del acuerdo del 17 de abril de 1896. Además, se debía establecer y proyectar las soluciones que correspondían en los asuntos que pudieran interesar directa o indirectamente a los dos países y que fueron sometidos expresamente a su deliberación. La conferencia se compondría de diez delegados, cinco designados por la República Argentina y cinco por la de Chile. En caso de que los delegados no llegasen a un acuerdo, debían comunicar a sus gobiernos respectivos a fin de que se pusiera en marcha el procedimiento convenido en la otra acta firmada en la misma fecha. Por esta acta, los dos gobiernos convinieron en designar un delegado argentino y otro chileno para que conjuntamente con el ministro de los Estados Unidos acreditado en la República Argentina, en calidad de demarcadores, y teniendo en cuenta la documentación y antecedentes de la cuestión, procedieran por mayoría a trazar de una manera definitiva la línea divisoria a que se refiere el tratado de 1896. Trazada la línea divisoria, la comisión demarcadora la pondría en conocimiento de los gobiernos respectivos a fin de que se comunicara al de Bolivia y se procediera a establecer en el terreno los hitos divisorios que se considerara necesario en los puntos de aquella línea. El gobierno designó como integrantes de la primera comisión a los generales Mitre y Victorica y a los Dres. Bernardo de Irigoyen, José E. Uriburu y Juan José Romero. Reunidas las dos comisiones en la ciudad de Buenos Aires no pudieron ponerse de acuerdo, por lo que debió entrar en función la comisión restringida prevista en el segundo convenio. Esta comisión quedó integrada por Uriburu por parte de la República Argentina, Mac Iver por parte de Chile y William Buchanan como representante de los Estados Unidos. El 24 de marzo de 1899 reunidos en la casa de la lega-
ción de los Estados Unidos, ambos delegados, chileno y argentino, propusieron las respectivas líneas divisorias. Ante las discrepancias que manifestaban los representantes de los dos países, la solución fue dada por el ministro americano, que siguiendo la práctica de su país, reconoció el hecho notorio de la ocupación chilena durante dieciséis años. Zeballos sobre esta cuestión expresa: "Poco después de los acaecimientos políticos de 1825 el trapecio comprendido entre el paralelo 23°, las cumbres más altas de los Andes y la línea quebrada de Zapaleri, Aluvión y Socomba, fue siempre gobernada por Bolivia. Eran bolivianas y no argentinas las autoridades que de la región desalojó la invasión chilena en 1884, pero los derechos históricos argentinos revivieron con la modificación del tratado Quirno Costa-Vaca Guzmán, que cedía a Bolivia la mayor parte del territorio que el arbitro acababa de declarar argentinos". El arbitro debió, pues decidir entre la ocupación efectiva de San Pedro de Atacama y de su territorio por Chile y la cesión que Boh'via hiciera a la República Argentina en 1893. Si el gobierno argentino hubiera por lo menos protestado, la ocupación chilena de 1884 y 1886 y las leyes posteriores creadoras de las provincias de Atacama y de Antofagasta y la cesión boliviana, habrían influido notablemente en el ánimo del honorable Buchanan. Pero una serie de negligencias -'gnorantes y debilidades argentinas, consumadas de 1884 a 1888. consintieron solemnemente la ocupación". La decisión de Buchanan no fue fundada, siguiendo el mismo sistema que aplicaron los presidentes Cleveland y Hayes en los arbitrajes con Brasil y Paraguay. Según Zeballos, "Los arbitros políticos no dan las razones de sus fallos. El sistema aplicado a la República Argentina en las cuestiones del Chaco, de Misiones y La Puna suscita críticas, especialmente en los países vencidos. Pero yo lo encuentro razonable. Exponer las motivos en cuestiones tan complicadas y graves, obligaría con frecuencia a dar al laudo el volumen de un libro analítico de los argumentos y de las pruebas. Se publicaría un motivo permanente de debates y de incertidumbres en las buenas relaciones de los es-
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tados. El sistema tiene la ventaja de facilitar el olvido y la concordia, a objetos también esenciales del arbitraje internacional".1 Incidente del lago Periguaycó En 1901 el representante chileno en Buenos Aires hizo una presentación a nuestra cancillería sosteniendo que oficiales y soldados del ejército argentino incursionaban en territorio chileno situado en la zona del lago Periguaycó. Agregó que todo avance u ocupación verificada por cualquiera de los dos gobiernos en territorio disputado y sometido al fallo del arbitro, importaría una violación de acuerdos y declaraciones que se debían respetar escrupulosamente. El ministro de relaciones exteriores Alcorta contestó la nota chilena negando que fuerzas argentinas hubieran modificado la situación establecida por el convenio de arbitraje. Agregó que desde antes del tratado de 1881 y después de éste y del de 1893, que determinaron los límites entre los dos países en la cordillera de los Andes, y la línea fronteriza en su encadenamiento principal, la República Argentina conservó su soberanía territorial al oriente de esa línea y ejerció hasta el lago Pequiriguaycó actos de posesión y de dominio por medio de sus fuerzas militares y autoridades civiles y por disposiciones legislativas y administrativas que fueron reconocidas por las autoridades militares y civiles de Chile. El 29 de diciembre de 1901, para terminar el incidente a que había dado lugar el cambio de notas, se firmó en Buenos Aires entre Alcorta y el representante de Chile, Carlos Concha, un acta por la cual los dos gobiernos acordaban respetar y hacer respetar todos los compromisos contraídos y entre ellos las declaraciones formuladas en 1889, teniendo en consideración la situación creada en septiembre de 1898, fecha en que las divergencias de los peritos y de los gobiernos fueron sometidas al arbitraje de Gran Bretaña. Asimismo se comprometieron a no producir ni permitir que se produjera 1
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Op. cit. tomo 3, pág. 632.
acto alguno que tendiera a desvirtuar el resultado de la solución que debía darse por el arbitro y no ejecutar ni permitir que se ejecutase acto alguno que por su carácter civil o militar pudiese ser causa de nuevas agitaciones entre los dos países y que perturbaran las cordiales relaciones que ambos gobiernos tenían la firme voluntad de mantener. Los "Pactos de Mayo" No obstante los acuerdos contenidos en el tratado de 1881, en el protocolo adiciona] de 1893, en el acuerdo de 1896 y en las actas firmadas para asegurar la fiel ejecución de los tratados del mismo año, como así también del "encuentro del estrecho" de los presidentes Roca y Errázuriz, las buenas relaciones no se restablecían y el mantenimiento de la paz se complicaba día a día, a pesar de haberse convenido el arbitraje del gobierno inglés. Los ánimos estaban exaltados y ambos gobiernos habían encargado nuevos buques de guerra. Se vivía prácticamente en la paz armada, y hasta espíritus sensatos y pacíficos creían que la guerra era el único medio de poner término a la situación planteada. 1 En este ambiente el presidente Roca designó al doctor José Antonio Terry como ministro en Chile. Ambos países se recelaban. La República Argentina no miraba con simpatía las expansiones territoriales de Chile después de la guerra contra Perú y Bolivia. Chile, por su parte, temía nuestra ingerencia en el Pacífico, y por tal razón quería que en los convenios que se pudieran suscribir se incluyera alguna referencia a esa zona. Terry, dándose cuenta que en ello radicaba la principal dificultad para terminar la negociación, obtuvo que la llamada "cláusula del Pacífico" fuese incluida en los convenios a firmar en forma de acta preliminar al tratado de arbitraje. Ambos gobiernos manifestaron que no tenían propósitos de expansiones territoriales. El texto argentino dice que la polí1 BIDAU, BONIFACIO, los pactos de mayo. Memorias Relaciones Exteriores, 1904, pág. 247.
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tica constante del país era procurar resolver las cuestiones con los otros estados de un modo amistoso y que se había obtenido ese resultado sin intervenir en los asuntos internos o externos de ellos. Resuelta la cuestión del Pacífico, las negociaciones terminaron inmediatamente y s? firmaron los textos de los acuerdos el 28 de mayo de 1902 entre Terry y el ministro de relaciones exteriores de Chile, Vergara Donoso. Los "Pactos de Mayo" comprendieron un tratado general de arbitraje, un acta por la que se pidió al arbitro inglés la designación de una comisión para fijar sobre el terreno los deslindes que ordenase en su sentencia sobre la cuestión de límites y un convenio sobre limitación de armamentos. Por este acuerdo los dos gobiernos desistieron de adquirir las naves de guerra en construcción en los astilleros europeos; se comprometieron a no aumentar durante un período de cinco años sus armamentos navales y en disminuir sus escuadras hasta llegar a un acuerdo que produjese una discreta equivalencia. Para cumplir lo pactado, el 9 de enero dz 1903 Luis María Drago, ministro de relaciones exteriores argentino y el representante de Chile, Concha, firmaron un acuerdo para vender en el más breve plazo posible los buques en construcción en Italia e Inglaterra. En caso de no ser posible, los buques se terminarían, pero en ningún caso se incorporarían a las respectivas escuadras. Para mayor seguridad se acordó que los buques no podrían salir de los astilleros sin orden del gobierno inglés y cuando se lo pidieren, de común acuerdo, ambos países. Finalmente, para llegar a la equivalencia pactada, se dispuso que los acorazados "Garibaldi" y "Pueyrredón" de la Argentina y el "Capitán Prat" de Chile fueran desarmados. Por acta de julio 10 de 1902 firmada en Santiago por Terry y Vergara Donoso, se convino, en relación con la convención sobre armamentos navales, que no era necesaria la enajenación de buques si se buscaba la directa equivalencia eri el desarme u otros medios en la extensión conveniente a fin de que ambos gobiernos conservasen las escuadras necesarias ,el uno para la defensa natural y el destino permanente de la República de Chile en el Pacífico y el otro para la de-
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fensa natural y destino permanente de la República Argentina en el Atlántico y Río de la Plata. 1 El tratado fue aprobado por el congreso por ley N' 4092 de 30 de julio de 1902. Para realzar el significado de los Pactos de Mayo, el gobierno argentino envió una misión presidida por el teniente general Luis María Campos. La delegación fue agasajada con toda cordialidad y para retribuir esa visita, el gobierno chileno, al año siguiente, envió una delegación presidida por el vicealmirante Jorge Montt, ex presidente de la República. Dicha delegación fue espléndidamente atendida por las autoridades argentinas y por el general Roca, presidente de la República. La cordialidad de las relaciones chileno-argentinas se acentuó con la inauguración de la estatua del Cristo de los Andes. Delimitación de la cordillera de los Andes Con motivo de la construcción de caminos en la cordillera entre los 41° y 50°, dispuestas por las autoridades chilenas y de algunas incidencias ocurridas en la orilla del Seno de La Ultima Esperanza, ambos gobiernos llegaron a un acuerdo que se firmó en Santiago de Chile el 25 de diciembre de 1901 por el que se resolvió mantener la'situación en que se encontraban los dos países el 22 de setiembre de 1898, fecha en que se resolvió someter las divergencias de los peritos y de los gobiernos a la decisión del gobierno británico. En cumplimiento del convenio se dieron órdenes inmediatas para que se retirasen de la orilla mencionada tanto la policía argentina como la chilena. Además se convino que ambos gobiernos continuarían las negociaciones con el objeto de reglamentar el servicio de policías que fuera necesario esta1 Esta aclaración fue sugerida por el ministro Joaquín V. González al general Roca después de la firma de los "Pactos" como forma de lograr su aprobación en ambos países, desechando las suspicacias. (GONZÁLEZ, "Obras completas", t. 10, p. 171).
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blecer en alguna de las regiones del territorio comprendido entre las líneas de ambos peritos. Por otra acta firmada el mismo día se estableció que los caminos hechos por las autoridades chilenas sólo habían tenido por finalidad estudiar los lugares, estableciéndose que no se reconocía acto alguno que importase ocupación de los terrenos en que debía trazarse por el arbitro la línea divisoria entre ambos países. El 28 de mayo de 1902 en Santiago de Chile se firmó un acta entre Vergara Donoso y Terry, en la que ambos países acordaron pedir al arbitro inglés, en la parte sometida a su fallo, nombrase una comisión que fijase en el terreno los deslindes que ordenara en su sentencia. El arbitraje del rey dte Gran Bretaña Como ya se ha señalado, debido a que surgieron divergencias entre los peritos de la Argentina y Chile relativas a la línea de limitación a trazarse de conformidad con el tratado de 1881 y el protocolo de 1893, se sometió a la decisión del "Gobierno de Su Majestad Británica" las diferencias que se habían producido. Estas cuestiones eran las siguientes: I 9 ) La región del Paso de San Francisco. 2 9 ) La cuenca del lago Lacar. 3 9 ) La región que se extiende desde las inmediaciones del lago Nahuel Huapí a las del lago Viedma. 4 ? ) La región adyacente al Seno de la Ultima Esperanza. El tribunal consideró conveniente que se hiciera un estudio previo del terreno, como lo determinaba la convención de 1896. A tal efecto se designó a uno de los miembros del tribunal, el coronel Tomás Holdich ,del Cuerpo de Ingenieros Reales y vicepresidente de la Real Sociedad Geográfica, para que se trasladara como comisionado al territorio disputado acompañado de una comisión compuesta de oficiales ingleses. La comisión visitó todos los puntos accesibles del territorio en litigio, que ofrecían importancia para la solución 246
de la cuestión, y adquirió gran cantidad de informes adicionales sobre problemas que ofrecían ciertas dificultades. Los informes presentados al tribunal fueron de gran valor y lo habilitaron para formular las recomendaciones que en definitiva aceptó el arbitro. El rey Eduardo VII, que había sucedido a su madre la reina Victoria, el 20 de noviembre de 1902 dictó el laudo que puso fin a las divergencias de Chile y Argentina en la cordillera. Los puntos de vista sostenidos por ambos gobiernos diferían fundamentalmente. La República Argentina sostenía el criterio de la frontera orográfica, determinada por las más altas cumbres de la cordillera de los Andes. Chile estimaba que la definición contenida en el tratado y el protocolo, sólo podría hacerse efectiva por una línea hidrográfica que formaba la división de las aguas entre los océanos Atlántico y Pacífico, dejando para la Argentina las cuencas y todos los ríos que se derramaban en el Atlántico dentro de la línea de la costa argentina y para Chile las cuencas de todos los ríos que se derramaban en el Pacífico dentro de la línea de la costa chilena. Ahora bien, debido a que la exploración de la parte más meridional del continente se había hecho de una manera imperfecta, no se supo que la configuración de la cordillera de los Andes, entre las latitudes de los grados 41 y 52 sur, en la extensión en que se habían planteado las divergencias, no presentaba las mismas continuidades de elevación y coincidencia con las líneas orográficas e hidrográficas que tenía más al norte. La investigación realizada por la comisión inglesa demostró que las líneas orográficas eran en muchos puntos irreconciliables y no se conformaban al espíritu de los compromisos firmados entre las partes. En dicha región del sur es mayor el número de picos prominentes que están esparcidos en mayor anchura y son numerosos los valles transversales por los cuales fluyen ríos en dirección al Pacífico. La línea de división de aguas continental sigue accidentalmente las altas montañas, pero con frecuencia se extiende al oriente de las más altas cumbres de los Andes y muchas ve24 7
ees ss encuentra a elevaciones relativamente bajas en dirección de las pampas argentinas. Ante esta situación de hecho, la comisión británica consideró que la cuestión que había que dilucidar no era simplemente la de decidir cuál de las dos líneas alternativas era la verdadera, sino más bien la de determinar, dentro de los límites de las pretensiones extremas, la línea precisa que interpretara la intención de los instrumentos diplomáticos celebrados entre las partes. El laudo estableció lo siguiente: "Art. 1») El limite en la región del paso de San Fran" cisco se formará por la línea divisoria de aguas que se ex" tienda desde el hito ya erigido en ese paso hasta la cum" bre de la montaña llamada Tres Cruces. "Art. 2') La cuenca del lago Lacar se atribuye a la Ar" gentina. * "Art. 3') Desde el paso Pérez Rosales hasta las inme" diaciones del lago Viedma el límite pasará por el monte " Tronador y de allí hasta el río Palena por las líneas divi" sorias de aguas determinadas por ciertos puntos obligato" rios que hemos fijado sobre los ríos Manso. Puelo, Feta" leu fu y Palena (o Carreuleuf ú ) , atribuyendo a la Argenti" na las cuencas superiores de esos ríos arriba de los puntos " que hemos fijado, incluyendo los valles de Villegas, Nuevo " Cholillo, Colonia 16 de Octubre, Frío, Huemules y Corco" vado, y a Chile las cuencas inferiores debajo de esos pun" tos. "Desde el punto fijado en el río Palena, el límite seguirá " el río Encuentro hasta el pico llamado Virgen, y de allí " hasta la línea que hemos fijado cruzando el lago General " Paz, y de allí por la línea de división de las aguas determi" nada por el punto que hemos fijado sobre el río Pico, de " donde ascenderá a la principal división de aguas del conti" nente sudamericano en Loma Baguales y seguirá esa partici" pación de aguas hasta una cumbre localmente conocida por "la Galera". El laudo estableció que la cuenca superior del río Pico se atribuía a la Argentina y la cuenca inferior a Chile. Toda 248
la cuenca del río Frías se dio a Chile. Asimismo se establecieron líneas que cruzando el lago Buenos Aires, el lago Pueyrredón y el lago San Martín atribuían las porciones occidentales de las aguas de estos lagos a Chile y las porciones orientales a la Argentina, comprendiéndose en los encadenamientos divisorios los picos de San Lorenzo y Fitz Roy. En el art. 4' se fijó el límite desde las inmediaciones del monte Stokes hasta el paralelo 52° de latitud sur por la división de aguas continental. En el art. 59 se dijo que una definición más detallada de la línea de frontera se encontrará en el informe que había sido sometido por el tribunal inglés y en los mapas suministrados por los peritos de la República Argentina y de Chile, sobre los cuales el límite "que hemos decidido ha sido delineado por los miembros de un tribunal y aprobado por nosotros". El tribunal a que hace referencia el art. 59 del laudo fue nombrado por la reina Victoria para examinar, considerar e informar respecto de las diferencias que se habían suscitado entre los gobiernos argentino y chileno. Demarcación de la frontera El 9 de enero de 1903, Drago, ministro de relaciones exteriores de la Argentina, firmó en Buenos Aires con Concha, representante de Chile, un convenio por el cual ambas partes convinieron en pedir al gobierno británico encomendase a la comisión que debía trazar la línea divisoria a que se refería su laudo arbitral, que fijase en el terreno los hitos que correspondían a la línea establecida por la comisión demarcadora entre los grados 23 y 26. En 1904 se firmó entre Chile y la República Argentina una serie de convenios para facilitar la demarcación de la cordillera de los Andes. Por uno de ellos, suscrito el 2 de mayo entre Terry, canciller argentino, y Vergara Donoso, se dispuso que si en el curso de las operaciones de demarcación de las lineas rectas indicadas en el arbitraje, resultara que 249
esa línea costease alguna serranía u otro accidente natural que por su proximidad a las mismas pudieran ofrecer una frontera más permanente, la comisión mixta de común acuerdo podría proponer a los respectivos gobiernos la sustitución de esta línea por límites naturales sobre una base de una equitativa compensación, La cuestión del canal Beagle El art. 3" del tratado de 1881 establece que la Tierra del Fuego será dividida en dos partes, la occidental y la oriental. "En cuanto a las islas, pertenecerán a la República Ar" gentina la isla de los Estados, los islotes próximamente in" mediatos a ésta y las demás islas que haya sobre el Atlán" tico, al oriente de la Tierra del Fuego y costas orientales " de la Patagonia; y pertenecerán a Chile todas las islas al " sur del canal Beagle hasta el cabo de Hornos y las que " haya al occidente de la Tierra del Fuego". El tratado no estableció el sistema de división de las aguas del canal y este hecho y la falta de definición geográfica sobre la ubicación del propio canal, han motivado una cuestión sobre jurisdicción territorial que ha separado a los gobiernos argentino y chileno. Hasta 1892 la República Argentina ejerció la jurisdicción efectiva en las islas Picton, Lennox y Nueva por medio de visitas frecuentes de nuestros buques de la armada nacional, lo mismo que a la isla Navarino. a Asimismo, el gobernador de Tierra del Fuego ejercía su jurisdicción sobre los territorios de las tres primeras. Sin embargo, en 1895 comenzó la penetración de Chile por medio de concesiones territoriales sobre las referidas islas y poco después las ocupó en forma total. En noviembre de 1904 el gobierno de Chile reclamó a nuestro país, formalmente, el dominio de las islas Nueva, Picton y Lennox. 1 ZEBAT.LOS, E., El incidente de límites con Chile sobre las Islas Nueva u Picton, "Rev. D. H. y L.", tomo 20, págs. 460-638.
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El 28 de junio de 1915 José Luis Murature, canciller argentino, y Emilio Ligueroa Larraín, firmaron un protocolo por el que se sometía la controversia al arbitraje del gobierno británico. En la conferencia que se realizó en Mendoza'el 2 de febrero de 1933 los cancilleres de la Argentina y de Chile acordaron "buscar cuanto antes la solución de la cuestión del canal de Beagle, por arreglo directo o en subsidio, acelerando la ratificación por los dos gobiernos, del protocolo de 1915, para llegar a la realización del arbitraje". Como este convenio no fue ratificado, el 4 de mayo de 1938 los ministros Cantilo por la Argentina y Gutiérrez por Chile firmaron un convenio de arbitraje para resolver la soberanía de las islas del canal de Beagle. Por este convenio ambos países designaron como arbitro al Procurador General de los Estados Unidos, Mr. Cumming, quien debería proceder a determinar, "de acuerdo con los tratados en vigor, a cuál de las altas partes contratantes corresponde la soberanía sobre las islas Picton, Nueva y Lennox e islotes adyacentes, e islas que se encuentren dentro del canal de Beagle, entre Tierra del Fuego por el norte y península Dumas e isla Navarino por el sur". Este protocolo no fue ratificado y la renuncia a su cargo del Procurador americano dejó al convenio sin poderse cumplir. En 1954 ambos gobiernos llegaron a un principio de acuerdo y en 1955 el gobierno argentino envió al de Chile un proyecto de convenio que no fue contestado u observado. Cuestión de la Antártida Las negociaciones diplomáticas entre la Argentina ¡y Chile sobre el continente antartico, comenzaron en 1905 por medio de contactos entre el ministro de relaciones exteriores de Chile, Puga Boren, y el representante argentino Lorenzo Anadón. Años más tarde, con motivo del decreto chileno sobre un sector en la Antártida, tuvieron lugar en Santiago en 1940 conversaciones reservadas entre el consejero del minis-
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terio de relaciones exteriores Dr, Isidoro Ruiz Moreno, y el representante chileno Dr. Julio Escudero Guzmán. El 12 de julio de 1947 el ministro argentino Bramuglia y el ministro de relaciones de Chile, Gómez, firmaron en Buenos Aires una declaración conjunta relativa a la Antártida Sudamericana. En esa declaración expresaron que "con" vencidos como están de los indiscutibles derechos de sobe" ranía de la República Argentina y de Chile sobre la An" tártida Sudamericana, propician la solución de un plan de " acción armónico de ambos gobiernos en orden al mejor co" nocimiento científico de la zona Antártida mediante expli" caciones y estudios técnicos; que asimismo consideran con" veniente una labor común en lo relativo al aprovechamiento " de las riquezas de esta región; y que es su deseo llegar lo " antes posible a la concertación de un tratado argentino" chileno de demarcación de límites en la Antártida Sud" americana". Al año siguiente, el 4 de marzo de 1948, el embajador argentino La Rosa firmó en Santiago de Chile con el ministro de relaciones exteriores Vergara Donoso una declaración conjunta de conformidad a lo acordado por la anterior. En este nuevo documento se estableció que hasta tanto se pactara, mediante acuerdo amistoso, la línea de común vecindad en los territorios antarticos de ambos países, se declaraba: I 9 ) "Que ambos gobiernos actuarán de mutuo acuerdo " en la protección y defensa jurídica de sus derechos en la " Antártida Sudamericana, comprendida entre los meridianos " 25° y 90° de longitud oeste de Greenwich, en cuyos terri" torios se reconocen la República Argentina y Chile indis" entibies derechos de soberanía. 2 9 ) "Que están de acuerdo en continuar su acción de " administración, de exploración y vigilancia y fomento en la " región de frontera en sus respectivas zonas antártidas, den" tro de un espíritu de cooperación recíproca. 3') "Que a la mayor brevedad y, en todo caso, en el " curso del presente año proseguirán las negociaciones hasta " llegar a la concertación de un tratado general de demarca" ción de límites en la Antártida Sudamericana". 252
El 18 de diciembre de 1947 el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile entregó a la embajada argentina en Santiago una nota verbal en la que manifestaba que con relación al viaje al teritorio chileno antartico de una nueva expedición de la armada nacional, ponía en conocimiento que el gobierno de Chile daba valor "de actos de mera tolerancia a la instalación de construcciones con fines científicos en la isla Gamma, archipiélago de Melchor, dentro de los límites del territorio nacional, como asimismo a las incursiones que se realicen o puedan realizarse a otros puntos de la Antártida chilena". Esta nota fue contestada por el ministerio de Relaciones Exteriores con fecha 29 de enero de 1948. Dijo nuestra cancillería que en coincidencia con el espíritu de la declaración del 12 de julio entendía que las reservas contenidas en la nota verbal que contestaba "contienen el carácter de una me" ra formalidad, y, en consecuencia, y con el mismo alcance " que se da a las reservas chilenas, mi gobierno desea ex" presar que las expediciones argentinas actúan dentro del " sector antartico argentino, formulando por su parte las re" servas del caso por los actos que pudieran realizar en el " mismo sector las expediciones chilenas que lo visiten". Con motivo de la publicación de algunas cartas geográficas chilenas, en las que figuraba parte de la Antártida argentina como perteneciente a dicho país, el 21 de diciembre de 1950 el gobierno argentino hizo una formal reserva de derechos y soberanía. Anteriormente, el de Chile había formulado una reserva semejante por los mapas argentinos expuestos en la V Asamblea General del Congreso Panamericano de Geografía e Historia.
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CAPÍTULO VI RELACIONES CON BOLIVIA, PERÚ, VENEZUELA, MÉXICO, PANAMÁ Y COLOMBIA RELACIONES CON LA REPÚBLICA DE BOLIVIA La misión de Alvear y Díaz Vélez. — Cuestión de Tarija. — Época de Rosas. Guerra con Santa Cruz. — Revolución contra Melgarejo. — Reclamaciones sobre el Chaco. — Cuestión de límites. — Guerra del Pacífico. — El memorándum de Reyes Cardona. — Ruptura de relaciones diplomáticas. — Reconocimiento del gobierno de Bolivia. — Buenos oficios argentinos. — Tratado complementario sobre vías de comunicación. — Mediaciones argentinas en el conflicto con Paraguay.— Vinculación económica comercial. — Reconocimiento de la Junta Revolucionaria de Bolivia. — Expulsión e internación de políticos bolivianos.
La misión de Alvear y Díaz Vélez. - La cuestión de Tarija La victoria de Ayacucho terminó con el poder español en América, pero el general Olañeta quedó con fuerzas en el Desaguadero. Fue finalmente reducido por Sucre, cuyas tropas ocuparon el Alto Perú. El 9 de mayo de 1825 el Congreso Constituyente argentino resolvió que se enviara una misión ante Bolívar para felicitarlo por su triunfo e invitar a las cuatro provincias del Alto Perú a que enviasen representantes al Congreso como reconocimiento de que pertenecían a las Provincias del Río de la Plata. Se declaró asimismo que "aunque las cuatro provincias han pertenecido siempre a este Estado, es voluntad del Congreso que ellas queden en plena libertad para disponer de su suerte, según crean convenir mejor a sus intereses y a su felicidad". En cumplimiento de la ley dictada, Las
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Heras designó al general Alvear y a D, José Miguel Díaz Vélez como ministros plenipotenciarios. Aparte de la finalidad específica que debía cumplir la misión, Alvear debía demostrar a Bolívar cuan peligroso era, para la independencia y libertad de América, la política adoptada por la corte de Brasil en su pretensisón de usurpar la Banda Oriental, y la conveniencia de unirse estrechamente para hacer desaparecer del continente el espíritu de esa política del emperador. Con motivo de la ocupación brasileña de la provincia de Chiquitos, el gobierno argentino amplió las instrucciones autorizando a los delegados a concertar una alianza defensiva y ofensiva. Ocupada Tarija por fuerzas de Sucre, por orden de Bolívar, nuestro gobierno encargó a Alvear y Díaz Vélez gestionaran la devolución de Tarija a Salta y el retiro de las fuerzas. A todo esto, el cabildo de Tarija había resuelto incorporarse al Alto Perú en resolución que fue desconocida por el gobernador de Salta, Juan Antonio Alvarez de Arenales, que afirmó que no había existido manifestación popular. Sostuvo, asimismo, que cualquier resolución destinada a producir la segregación de una parte del territorio nacional debía ser aprobada por el Congreso General. Sucre se opuso argumentando que Tarija era el granero del país; que la voluntad del pueblo era incorporarse al Alto Perú y que era un territorio que estratégicamente permitía amenazar a Chuquisaca, Potosí y Chibchas. Alvear adujo ante Bolívar que no había existido tal movimiento espontáneo del pueblo sino la obra de individuos del Alto Perú que buscaban la incorporación territorial, y refutó el argumento específicamente militar con éxito, pues obtuvo de Bolívar la orden de entregar Tarija. La orden se cumplió, pero continuaron las maniobras para que volviera a Bolivia, al punto que Díaz Vélez, que había quedado como representante argentino, acusó al coronel O'Connor de promover un movimiento separatista. El ministro de relaciones de Bolivia desechó la acusación alegando que Bolívar no había resuelto nada en definitiva y que su orden debía ser ratificada por el congreso boli-
viano. Sostuvo, además, que la cuestión debía ser resuelta por un tratado de limites a fin de determinar a qué país pertenecía. Mañosamente se hizo reunir al Cabildo para que pidiera la anexión de Tarija a Bolivia. El 23 de septiembre de 1822 el congreso del Perú declaraba que Tarija pertenecía a Bolivia "porque la naturaleza así lo indica". Los derechos argentinos a Tarija eran clarísimos. En 1810 dependía de la provincia de Salta y la ley del congreso argentino de 1825 no innovó esta situación, desde que se refirió únicamente a Potosí, Charcas, Cochabamba y La Paz. Ese mismo congreso, por ley de noviembre 30 de 1826, promulgada por Rivadavia, formó una provincia con el territorio de Tarija con todos los derechos y prerrogativas establecidas en favor de las demás provincias y mantuvo al teniente gobernador Echazú, repuesto por el gobernador de Salta, general Arenas, después de haber sido removido por Sucre. Lamentablemente, en 1857 por pedido del arzobispado boliviano, el Vaticano separó el territorio de Tarija de la diócesis de Salta, a la que seguía perteneciendo como prueba de los antiguos derechos argentinos. Esto dio lugar a una protesta del enviado de nuestro país ante el Papa, Juan del Campillo» por cuanto significaba el reconocimiento de un desmembramiento político de un territorio argentino. Después de la misión de Alvear y Díaz Vélez, el gobierno de Dorrego nombró en 1827 al Dr. Bustos como representante en Bolivia. Época de Rosas. - Guerra contra Santa Grúa Los gobiernos de Bolivia miraron con simpatía la causa de los unitarios en su lucha contra Rosas y el presidente Santa Cruz siempre estuvo dispuesto a ayudarlos. Ante el avance de las tropas federales contra la Liga del Interior, Santa Cruz, a pedido de Alvarado, gobernador de Salta, ofreció su mediación a Quiroga, que no la aceptó. Entonces los vencidos se retiraron a territorio boliviano donde fueron. protegidos por Santa Cruz, lo mismo que a los que
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hostilizaron a los gobiernos federales del norte. Como los reclamos de estos gobernantes no fueran atendidos, Rosas, encargado de las relaciones exteriores, envió en 1832 a Pedro Feliciano Sáenz de Cavia a pedir la internación de los emigrados. La falta de tacto en sus gestiones hizo que Cavia no sólo fuera declarado persona no grata, sino que también el gobierno boliviano expresara que no era la oportunidad de entablar negociaciones dado que el es.tado de las provincias argentinas no aseguraba a Bolivia reciprocidad ni garantías seguras en las estipulaciones que se llegaran a convenir. Balcarce al frente del gobierno de la República, por razones políticas no consideró oportuno requerir las explicaciones del caso. Santa Cruz siguió en su protección abierta a los unitarios, pero Chile comenzó a preocuparse por su hegemonía en el Pacífico, a medida que el poder de aquél crecía con el establecimiento de la confederación perú-boliviana. Frente a una guerra inevitable con los chilenos, Santa Cruz buscó asegurar la paz con la Argentina, y a tal efecto designó a Armaza como encargado de negocios ante el gobierno de Buenos Aires. Rosas se negó a recibirlo con el pretexto de que la credencial no hacía referencias a su calidad de encargado de las relaciones exteriores de la Confederación. Para esa época Rosas ya estaba dispuesto a iniciar la guerra contra Santa Cruz de acuerdo con Chile. a En esta disposición recibió el apoyo entusiasta de los Heredia, gobernadores de Tucumán y Salta, que coincidían con él en que se presentaba una oportunidad ventajosa para recuperar el territorio de Tarija, detentado por Bolivia y vengar los agravios recibidos por la ayuda a los unitarios y la hostilidad económica que había realizado al gravar la importación argentina. El 13 de febrero de 1837 Rosas decretó el cese de toda comunicación con Perú y Bolivia, y el 19 de mayo declaró 1 BARBA, ENRIQUE M., Zas relaciones exteriores con ios países ame' rtcanos, en "Hist. de la Nac, Arg.", tomo VII, 2» ed., pág. 219.
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]a guerra, a pesar de los escasos elementos con que contaban las provincias del norte, que esperaron en vano los recursos y ayuda de Buenos Aires. Rosas invocó como razones, para hacer tal declaración, la ayuda a los unitarios, la ocupación por la fuerza de territorio peruano y la circunstancia de que este hecho alteraba el equilibrio de los países limítrofes del Perú y Bolivia. Santa Cruz trató de evitar la lucha dando explicaciones a través de un enviado especial, el general O'Brien. Asimismo, pidió la mediación de Gran Bretaña, cuyo ministro en Buenos Aires sugirió un armisticio como paso previo a la pacificación final. Pero todo fue en vano; las exigencias puestas por Rosas para aceptar la mediación hicieron que el representante extranjero suspendiera la negociación. El norte argentino no estaba preparado para la guerra, como lo demuestra el hecho de que cuando avanzó un ejército boliviano por la quebrada de Humahuaca en 1838, el general Heredia, jefe de las tropas argentinas, se retiró y quiso renunciar porque no encontró apoyo ni cooperación en el gobernador de Buenos Aires. Jujuy sólo pudo movilizar ochocientos hombres y Salta un poco más. Rosas solamente remitió cinco mil pesos oro para la guerra y demostró apatía, creyendo que aquélla debía hacerse con partidas volantes. La ineficacia de las fuerzas argentinas era tal, que Chile protestó en mayo de 1838 por la forma cómo se llevaban las operaciones. Exigía que se invadiera el territorio de Bolivia. En cambio, el general boliviano Braun se instaló en Humahuaca, nombró jueces y otras autoridades hasta Tumbaya, en territorio argentino sin encontrar oposición. El 18 de abril de 1838 Santa Cruz expidió una proclama en la que dijo que no teniendo enemigos para combatir daba por terminada la guerra, A ello se agregó que se produjo una fuerte sublevación contra Santa Cruz, uno de cuyos lugartenientes, el general Miguel de Velazco, hizo saber al gobernador de Jujuy, Mariano Iturbe, que su país, Oruro, se había sustraído a la obediencia de Santa Cruz y que en consecuencia, la guerra de hecho había terminado y restablecido la paz, el comercio
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y buenas relaciones con la Argentina. Le propuso que la Puna, que había sido ocupada por fuerzas bolivianas, quedase en poder de Bolivia hasta la reunión del congreso de ésta. Los gobernadores de Salta y Jujuy rechazaron la propuesta por tratarse de territorio argentino. Dice Ruiz Moreno que si Rosas se hubiese preocupado, siquiera mediatamente de cumplir el compromiso que contrajo con Chile, y el que asumió ante el propio país al declarar la guerra a Bolivia, sin autorización ni tampoco noticia previa a las provincias que le habían confiado su representación exterior, Tarija sería hoy una provincia 'argentina, no por derecho de conquista del que siempre abominó nuestro país, sino como resultado lógico de un conflicto en el que hubiéramos quedado vencedores. * Caído Santa Cruz se produjo una situación caótica en Bolivia hasta que subió al poder Ballivián. Algunos aconsejaron a Rosas que aprovechara la situación para reincorporar Tarija, pero éste contestó que "no es digno de la República Argentina reincorporarle hoy por la fuerza, ni reclamar nuestros derechos en circunstancias que Bolivia se encuentra afligida y envuelta en la anarquía". Ballivián siguió protegiendo a los argentinos expatriados, pero en 1843 nombró un encargado de negocios ante el gobierno argentino que propuso la firma de un tratado que no se llevó a cabo. Rosas designó en 1844 a Lahitte como ministro en Bolivia, pero éste no llegó a hacerse cargo de su puesto. Como el gobierno boliviano prestara ayuda o tolerara las incursiones de algunos emigrados al territorio argentino, Arana hizo los reclamos consiguientes pero sin éxito. En 1834 al producirse la ocupación inglesa de las Malvinas, Maza puso lo ocurrido en conocimiento' de todos los países americanos. El gobierno de Bolivia con este motivo ofreció su apoyo al de la República Argentina. 1 Ruiz MORENO, ISIDORO, Don Juan Manuel de Rosas, la integridad territorial y la soberanía de la República Argentina, pág. 13.
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Reclamo contra Melgarejo En 1871 el cónsul argentino en La Paz fue requerido por una fuerza armada durante la revolución contra Melgarejo para que entregara una suma en razón de un empréstito forzoso que se había decretado. Como nuestro cónsul Marquiegi protestara, fue llevado a la cárcel y maltratado. A fin de salvar la situación, el cónsul se vio en la necesidad de hipotecar una casa y entregar el dinero. Terminada la dominación de Melgarejo, la Asamblea Constituyente reunida en Sucre sancionó una ley de indemnizaciones cuyo articulado reconocía el pago de una indemnización. Como pasara el tiempo y no se hiciera lugar o se demorara el pago de la indemnización a la familia del cónsul argentino, nuestra legación reclamó y el gobierno de Bolivia reconoció la justicia del pedido y efectuó el pago. Redamaciones sobre el Chaco Bolivia tuvo pretensiones sobre el territorio del Chaco que discutió nuestro país con Paraguay. El tratado de la Triple Alianza firmado en 1865 estableció en su art, 16 que la República Argentina estaría dividida del Paraguay por los ríos Paraná y Paraguay hasta encontrar los límites con el imperio del Brasil, que serían la Bahía Negra. Tan pronto se hizo público este tratado, el gobierno de Bolivia hizo sus reclamaciones contra esa cláusula porque consideraba que desconocía sus derechos a la región del Chaco en la que ella había tenido posesión. Sin embargo, esta reclamación era infundada, porque en una nota reversal firmada por los aliados quedó convenido que dicho artículo no perjudicaba cualquier reclamación que hiciera Bolivia sobre algún territorio de la margen derecha del Paraguay; y que se refería solamente a las cuestiones suscitadas por el Paraguay. El representante de Bolivia interpuso el reclamo el 27 de febrero de 1869, pero el cancillar Mariano Várela le hizo saber que las cuestión de límites del Chaco no se podría resolver hasta que no finalizase la guerra con el Paraguay, 261
Que por lo demás, se le había comunicado oficialmente que los derechos que podía alegar habían sido salvados por las actas reversales de los aliados. Como consecuencia de estas conversaciones, se hizo una declaración en el protocolo de 27 de febrero de 1869 en el sentido de que la cuestión de límites entre los dos países sería resuelta después de terminada la guerra con el Paraguay. Finalizada la contienda Bolivia pretendió intervenir en las discusiones de los aliados con el Paraguay para fijar los límites. A tal efecto el ministro de relaciones exteriores, Casimiro Corral, el 8 de febrero de 1871 envió una nota a Tejedor haciéndole saber la designación de Reyes Cardona para intervenir en la negociación. El gobierno de Bolivia se alarmó por esa fecha sobre una supuesta instalación de fortines argentinos en el Chaco y reclamó por nota de 3 de mayo de 1872. Tejedor le hizo saber que ese hecho no se había producido. La negociación con Cardona fue agria. Este reclamó con acritud por la legislación que el gobierno argentino había dictado respecto al territorio del Chaco que Bolivia consideraba como suyo. Tejedor contestó no menos enérgicamente que el gobierno argentino había ejercido su autoridad legislativa con el mismo derecho que el congreso boliviano había legislado sobre esos mismos territorios, de los que había tomado posesión sin títulos de ninguna clase. En 1878 el gobierno de Bolivia, en un acto poco amistoso para la paz, preparó un memorándum que dirigió a los ministros de relaciones exteriores de todos los gobiernos de América exponiendo la cuestión del Chaco y las pretensiones argentinas a Tarija. En 1884 el congreso argentino sancionó una ley por la que se dispuso una expedición militar que debía recorrer los territorios del Chaco austral en la región comprendida entre los ríos Bermejo y Pilcomayo, Con este motivo el encargado de negocios de Bolivia en Buenos Aires reclamó invocando un "modus vivendi" que se habría establecido entre los dos países hasta tanto se resolviera la cuestión de límites. 262
Nuestro ministro de relaciones exteriores Dr. Francisco J. Ortiz rechazó con firmeza el reclamo boliviano que pretendía revivir sus pretensiones a los territorios del Chaco. Demostró cuál era la verdadera situación y negó que existiera ningún "modus vivendi" acordado entre los dos países. Expresó también cuáles eran las finalidades de dicha expedición y dejó bien sentado que la ley relativa a la ocupación militar de la zona no tenía carácter que pudiera reputarse, ni remotamente, como empleo de fuerzas militares con objeto de apoderarse de ningún territorio extraño o que se encontrara dentro del perímetro disputado con Bolivia. "Es asimismo cierto, decía, que cualquier ocupación que llegue a efectuarse de un territorio que no fuese positivamente argentino, bien sea de los que pertenecen a Bolivia o de los que se hallan en discusión de títulos, esta ocupación no daría derechos de soberanía a la República Argentina cualquiera sea el tiempo que se mantenga en su poder, consecuente con el principio de que la sola posesión no da la propiedad ,no existiendo como no existen en América territorios considerados res nullis". 1 En octubre de 1921 el representante boliviano en Buenos Aires dirigió una nota a nuestra cancillería con motivo de la demarcación del límite entre la República Argentina y Paraguay, en el Pilcomayo. En dicha nota se hacía saber que Bolivia mantenía derechos a los territorios situados en la margen oriental de dicho río. Como contestación se le dijo por nuestro ministerio que la cuestión pendiente con el Paraguay había quedado definitivamente resuelta por el tratado de 1876 y el fallo arbitral de 1878. Los aludidos actos internacionales al solucionar la divergencia que existía entre los dos países, deslindando los respectivos territorios, consagraron la soberanía de la República Argentina en esa región: "de modo que no es posible a mi gobierno aceptar las reservas que formula Bolivia por una reclamación que nos es extraña". Memoria Relaciones Exteriores, 1885, pág. 18.
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Cuestión de límites La cuestión de límites con Bolivia tuvo su origen en la forma como se constituyó el estado boliviano y, principalmente, por la incorporación al mismo de las cuatro provincias argentinas del Alto Perú. Organizado aquel país, no fue posible deslindar con precisión las fronteras comunes, pero quedó establecido, de conformidad con una declaración del gobierno de Buenos Aires de 1825, que los límites se fijarían de acuerdo al "uti possidetis" de 1810, Pasó bastante tiempo sin que se llegase a precisar la línea demarcatoria. El primer paso que se dio en el sentido de solucionar la cuestión, fue el tratado de amistad, comercio y navegación de 1865 cuyo artículo 20 establecía que los límites serían arreglados por una convención especial. Sin embargo, el ministro de Bolivia que lo había estipulado, solicitó la reconsideración de ese artículo y fue suprimido de común acuerdo sin sustituirlo por otro que determinara las bases para un acuerdo ulterior. Este tratado no fue aprobado por Bolivia. En 1874 fue enviado a La Paz el Dr. José Evaristo Uriburu con el objeto de negociar un tratado definitivo, pero debió permanecer más de tres años sin haber conseguido comenzar las negociaciones. En 1872 Reyes Cardona, enviado de Bolivia, sometió a la consideración de nuestro gobierno la fijación de una línea divisoria que consistía en el "statu-quo" de las ocupaciones militares, no pudiendo avanzar las tropas argentinas al norte de los fortines ni los bolivianos al sur. Este protocolo se firmó el 29 de agosto de 1872, pero la situación política de Bolivia dificultó la negociación definitiva. En 1884 el ministro de Bolivia, Vaca Guzmán, inició nueva gestión para solucionar la cuestión de límites y en 1889 se firmó con Norberto Quirno Costa el tratado definitivo. Este tratado fue aprobado por ambos gobiernos, y se canjearon las ratificaciones en Buenos Aires en 1893. Previamente se había firmado un protocolo para terminar la cuestión de límites.
Se dijo en dicho documento que las reclamaciones habidas imponían establecer un modus vivendis que las evitase en adelante. En consecuencia, se fijó como límite provisorio en el Chaco, el grado 22 hasta la intersección con el río Pilcomayo, ejerciéndose la jurisdicción de Bolivia al norte y la de la República Argentina al sur de dicho grado. Por su parte correspondía a la República de Bolivia entenderse con la del Paraguay para la fijación de sus límites territoriales. En los demás puntos fuera del Chaco, en el que Bolivia lindaba con la República Argentina, cada uno de los dos gobiernos quedaba obligado a no avanzar en sus actuales posesiones. Él arreglo provisorio, mientras la cuestión se resolvía definitivamente, no importaba renuncia alguna respecto de los territorios sobre las que una y otra nación invocaban derechos. El tratado de 1889 importó una transacción de los dos países. La República Argentina renunció a los derechos sobre la provincia de Tarija y una parte del territorio del Chaco; Bolivia, en cambio, renunció a sus derechos sobre la Puna de Atacama. El congreso argentino, al aprobar el tratado, modificó el art. I 9 y esa modificación fue aceptada por el gobierno boliviano. Debido a la acción de Chile, que quería aclarar la cesión de la Puna de Atacama que nos había hecho Bolivia, fue necesario enviar una misión diplomática porque este país parecía desentenderse de las obligaciones contraídas por el tratado. Esa misión fue confiada a Dardo Rocha, quien tuvo éxito y logró que se suscribiera con el ministro Cano el protocolo de 1895. La delimitación fue motivo de otros protocolos como los firmados en 1898, 1902 y 1904, todos los cuales fueron rechazados por el senado argentino en 1910. Una nueva misión de Rocha en 1911 logró que se concertase el protocolo Rocha-Pinilla, por el que se declaró que el tratado de 1889 era una ley que debían cumplir los dos países y hacer la demarcación de acuerdo con el mismo, sin tener en consideración los protocolos que lo habían modificado. En 1895 comenzó la demarcación, pero por errores del 265
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mapa de Moussy, que había sido tomado como base, y que no ubicaba con exactitud ciertos accidentes geográficos, se produjeron cuestiones en razón de que algunas poblaciones de Bolivia tenían que pasar a la soberanía argentina. Para rectificar el límite conocido se firmó un nuevo tratado en 1925, que fue aprobado por ambos gobiernos, y como consecuencia del mismo, la población de Yacuiba y las Juntas del San Antonio quedaron para Bolivia. El 10 de febrero se firmó en Buenos Aires un protocolo adicional al tratado de 1925. Simultáneamente con la firma de este protocolo se firmó un tratado para la construcción del primer tramo del ferrocarril de Yacuiba a Santa Cruz de la Sierra y Sucre y de un oleoducto entre Oran y los pozos petrolíferos bolivianos del Bermejo. Asimismo se concertó entre ambos países y el Paraguay un convenio para el aprovechamiento de las aguas del río Pilcomayo. Por medio de notas reversales cambiadas el 27 de enero de 1936 Argentina y Bolivia manifestaron que era de mutua conveniencia que la cuestión de límites pendientes fuese resuelta cuanto antes a fin de evitar incidentes fronterizos e interpretaciones equívocas que pudieran perturbar las buenas y armoniosas relaciones existentes entre ambos Estados. Se comprometieron a no innovar sus respectivas posiciones y a dejar sin efecto cualquier innovación posesoria producida en la zona o zonas ya demarcadas o por demarcar. Asimismo, a no otorgar nuevas concesiones sobre tierras o minas en las zonas que por efecto del tratado de 1925 debían pasar de la soberanía argentina a la boliviana o viceversa. Como consecuencia de la demarcación de la línea fronteriza establecida por el tratado de límites de 1925, las zonas de Toldos y Bermejo pasaron a jurisdicción argentina. Como era conveniente acordar todas las facilidades posibles a los pobladores para lograr su normal desenvolvimiento y su más rápida adaptación a la nueva situación creada por el tratado, por decreto del 10 de marzo de 1944 se declaró libre de derechos las operaciones de exportación 266
de productos nacionales o nacionalizados que se realizasen desde dichas zonas con destino a Bolivia hasta el 1' de marzo de 1947. Como había quedado sin determinar cuál era el límite entre la Argentina y Bolivia entre la intersección del paralelo 22 con el río Pilcomayo y la localidad Esmeralda, el 10 de febrero de 1941 se firmó en Buenos Aires un nuevo protocolo adicional al tratado de 1925, por el que se estableció el límite internacional por el río Pilcomayo, entre D'Orbigny y Esmeralda. Guerra del Pacífico Con motivo de la guerra que seguía contra Chile, el gobierno boliviano protestó por la interdicción argentina sobre el comercio de armas dispuestta en 1879 y consideró que las órdenes expedidas eran opuestas al derecho internacional y a las estipulaciones del tratado de comercio celebrado en 1865 entre los dos países. En presentación hecha el Ministerio de Relaciones Exteriores el 10 de agosto de 1880, expresó que cuando estalló la guerra del Pacífico el comercio de armas estaba permitido en la República Argentina y que esta situación debía continuar. Hizo hincapié además, de que por el tratado de 1868 estaba consagrado el principio del libre tránsito comercial sin ninguna prohibición, restricción o gravamen. Consideraba que el tratado debía aplicarse porque Bolivia tenía obstruidas todas sus salidas al Pacífico, no quedándole más vía que la Argentina. Por consiguiente, si ésta le fuese cerrada, habría un acto de hostilidad contra Bolivia a quien se entregaría maniatada contra el enemigo, alterando el principio sentado por la Argentina de que la victoria no da derechos. El 22 de diciembre de 1880 contestó el Dr. Irigoyen el reclamo manifestando que era exacta la libertad de comercio, pero que estaba también admitido que cuando las expediciones de armas son hechas por los agentes de los beligerantes y en escala considerable, al grado de convertirse en verdaderos auxiliares de la guerra, los gobiernos neutrales deben tomar
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las diligencias que esté en la esfera de sus facultades para impedirlas, a fin de no verse en la necesidad de concentrar operaciones iguales al otro beligerante, convirtiendo su territorio por esta tolerancia, en centro de expediciones que no están de acuerdo con una política imparcial. Agregó que las leyes de la República autorizaban el comercio de armas que los particulares habían aprovechado esa libertad, haciendo algunas expediciones para Chile y otras para Bolivia sin que el gobierno argentino hubiera alcanzado a impedirlo, porque revistiendo todas las condiciones de negocios privados, y habiéndose verificado en escala poco importante, escapaban a la acción de las autoridades. Pero no podía desprenderse de sus facultades para impedir expediciones que apartándose de los límites de negocios exclusivamente privados o mercantiles, se propusieran beneficiar a uno solo de los beligerantes, pues ello estaría en desacuerdo con su política neutral en la lucha que desgraciadamente dividía a las otras repúblicas hermanas. í Incidente por la publicación del memorándum de Reyes Cardona En 1893 se produjo una incidencia con el gobierno boliviano a raíz de que en la memoria del Ministerio de Relaciones Exteriores se publicó un memorándum que el ministro de Bolivia, Mariano Reyes Cardona, acreditado en el Río de la Plata, había dirigido a su país con expresiones torpes y groseras y cargos gratuitos contra el nuestro. Interpuesto el reclamo y el pedido de explicaciones consiguientes, la cancillería boliviana explicó que no había un propósito ofensivo sino que se había resuelto publicar todos los antecedentes de las cuestiones de límites y que con ese motivo se consignó en los anexos de la memoria los documentos relativos al caso. En la nota explicativa del ministtro de relaciones exteriores se expresó que las apreciaciones del mencionado memorándum no interpretaban el sentimiento del gobier1
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Memoria Relaciones Exteriores, 1881, pág. 47.
no boliviano hacia el de nuestro país. Nuestro representante en nota de enero 15 de 1894 informó que había conversado con el presidente de Bolivia, quien le declaró que si lo hubiera leído por segunda vez no se habría publicado, y el vicepresidente, accidentalmente encargado de la cartera, inegnuamente le manifestó su contrariedad por idéntica causa que artibuyó primero a un empleado y después al deseo del ministro Cano de reunir los antecedentes sobre la cuestión histórica. Informado el gobierno argentino de estas explicaciones las aceptó y dio por terminado el incidente. Ruptura de relaciones diplomáticas El gobierno argentino aceptó la propuesta de ser arbitro, que le formularan Perú y Bolivia, para resolver una cuestión de límites. En el compromiso se estableció que se trataría de un arbitraje de derecho y que, en todo caso, el arbitro debía decidir según la equidad. Por fallecimiento del Dr. Manuel Quintana asumió el cargo de arbitro el vicepresidente de la nación Figueroa Alcorta. Terminado el estudio, y ya en vísperas de dictar el laudo, Escalier, representante de Bolivia, el 6 de julio de 1909 presentó una nota al ministerio de Relaciones Exteriores a cargo del Dr. Victorino de la Plaza, pidiendo que el arbitro suspendiese el laudo para la realización de una inspección ocular. Nuestro ministro respondió a este pedido en forma negativa por haber sido presentado fuera de término y por estar el pleito en condiciones de ser sentenciado. Terminado el estudio, se fijó el día 9 de julio para la entrega de la sentencia a ambas partes. El representante de Bolivia excusó verbalmente su asistencia y luego la confirmó por nota, aduciendo que su gobierno, en razón de la excitación reinante en el país, creía necesario, antes de comprometer su aceptación, conocer las razones de orden superior por las cuales se dictaba el laudo, en el que estaban comprometidos los intereses de Bolivia. Hacía presente que se abstendría de notificarse por cuanto ello implicaría aceptar el fallo. 269
El laudo se publicó en los diarios y el representante boliviano reclamó por este hecho. El Dr. De la Plaza le hizo saber que el gobierno argentino no podía esperar el estudio que el gobierno boliviano hiciera de los términos del laudo y menos de la aceptación que estuviera o no dispuesto a prestarle. La situación se complicó por hechos que se produjeron en La Paz. Toda la prensa comenzó a atacar sin altura al arbitro y se produjeron manifestaciones públicas en contra de nuestro país y su presidente, al punto que se apedreó en dos oportunidades el recinto de la legación argentina. El presidente de Bolivia, Ismael Montes, presentó excusas oficiales y la promesa de medidas de seguridad, no obstante lo cual la situación del personal diplomático argentino se tornó peligrosa. Nuestro gobierno ordenó al representante exigir explicaciones satisfactorias y, en caso contrario, pedir sus pasaportes y retirarse, previa entrega de la legación y los archivos al representante de Estados Unidos. Paralelamente a los sucesos de La Paz, se produjeron en Tupiza, Oruro y otras ciudades bolivianas graves manifestaciones anti-argentinas. En Tupiza se atacó al edificio del consulado, se rompieron los vidrios y se destruyó el asta de la bandera argentina, cometiéndose otros ataques contra las propiedades de varios ciudadanos argentinos. Sin embargo, parte del ejército y la oficialidad boliviana de La Paz no estaban de acuerdo con el desborde popular y fue así que el general Pando exigió y obtuvo del presidente el mando del ejército y prometió al ministro argentino que cesarían los desbordes, dándole amplias garantías y satisfacciones. Ante esta actitud se ordenó a nuestro ministro Fonseca que aceptase la excusa y diera por terminado el incidente. Sin embargo, la situación se complicó a raíz de una circular telegráfica dada por el propio presidente de Bolivia a los prefectos provinciales en la que empleó términos contrarios a la Argentina. En presencia de hechos que constituían una actitud inexplicable, el gobierno argentino consideró que no era compatible con su dignidad continuar manteniendo relaciones amistosas con el gobierno de Bolivia y comunicó a su repre270
sentante en Buenos Aires que había ordenado en la fecha el retiro de su ministro en La Paz. Como consecuencia, le intimaba salir del territorio dentro del término de veinticuatro horas a contar desde la entrega de la nota. Ese mismo día nuestro representante se retiró de La Paz y entregó los archivos al representante estadounidense. Rotas las relaciones diplomáticas el gobierno de Bolivia no asistió a la IV Conferencia Panamericana que se reunió en Buenos Aires en 1910. Diversas gestiones oficiosas de tres gobiernos amigos no obtuvieron resultado para que se restablecieran las relaciones, hasta que durante la presidencia de Sáenz Peña, Bolivia designó al ex presidente Pando como agente confidencial para procurar la solución. El 13 de diciembre de 1910 se celebró un protocolo por el cual el gobierno de Bolivia reconocía la sinceridad y el espíritu de rectitud del presidente de la Nación Argentina al pronunciar como arbitro el laudo del 9 de julio de 1909. Agregó que al formular ciertas observaciones dz orden jurídico el gobierno boliviano había conservado sus tradicionales sentimientos y afecto a la Nación Argentina. En virtud de este protocolo aprobado el 9 de enero de 1911 y en vista de las satisfacciones obtenidas, se declararon restablecidas las relaciones diplomáticas con Bolivia. Reconocimiento del gobierno de Bolivia En 1920 el gobierno de Estados Unidos solicitó en forma confidencial la opinión del gobierno argentino sobre la oportunidad del reconocimiento de la autoridad que en Bolivia ejercía el poder. El ministro Pueyrredón el 10 de septiembre hizo saber que se consideraba que aún no había llegado la oportunidad de reconocer al gobierno "de facto" por no estar constituido en la forma que determinaba la carta fundamental de ese país. Según la constitución, el Poder Ejecutivo debía ser desempeñado por un solo ciudadano como presidente de la nación, en tanto que el gobierno se hallaba formado por una junta de tres personas que constituían un poder ejecutivo colegiado. 271
Como las informaciones que había recibido hacían saber que en breve el pueblo sería convocado a elecciones, el gobierno argentino era de opinión que se esperara a que se hallara organizado el gobierno definitivo para hacer efectivo dicho reconocimiento. Buenos oficios requeridos por Bolivia Con motivo de la invitación que el gobierno de Estados Unidos hiciera a Chile y Perú para que se reunieran a fin de poner término a las divergencias existentes entre ambos países como consecuencia del tratado de Ancón, el 20 de enero de 1922 el ministro de relaciones exteriores de Bolivia se dirigió a la cancillería argentina para que se apoyara su gestión a fin de que el gobierno americano incluyera a Bolivia en las conversaciones que se iban a realizar. El 25 de febrero de 1922 el ministro Pueyrredón contestó la nota boliviana haciéndole saber que "la forma invariable de conducta iníernacional que el gobierno argentino se ha fijado, es de no intervenir en las controversias o cuestiones que se susciten entre los países hermanos de América, sino tan sólo cuando sus oficios solidarios sean requeridos por todas las partes contendientes". Tratado complementario sobre vías de comunicación El 21 de septiembre de 1925 el ministro argentino Carrillo firmó en La Paz con el ministro de relaciones exteriores Diez de Medina un convenio complementario de vías de comunicaciones. Este protocolo tenía como propósito la solidaridad y el eslabonamiento de intereses comunes con Bolivia para abrir la ruta de nuestras arterias fluviales a su comercio y dar salida a la riqueza del sur y centro boliviano. En esta forma se realizaba una aspiración del norte argentino que veía en la navegación del río Bermejo la solución de uno de sus problemas más fundamentales, como era el del transporte económico. Por este tratado el gobierno argentino debía man-
dar realizar por su cuenta los estudios y proyectos correspondientes para poner en condiciones de navegabilidad el Bermejo desde su desembocadura en el río Paraguay hasta las juntas de San Antonio, así como la construcción de un puerto en este último punto. El gobierno argentino debía procurar, también, que el ramal a Tarija, estipulado en la convención ferroviaria celebrada entre ambos gobiernos, pasara por las juntas del San Antonio para ver si era posible prolongarlo hacia el interior de Bolivia rumbo a Potosí. Mediaciones argentinas en el conflicto del Paraguay con Bolivia Ante el fracaso de gestiones directas para solucionar el problema del Chaco, en 1907 el ministro Estanislao Zeballos propuso la mediación argentina que fue aceptada. Ambos países firmaron en Buenos Aires en enero de 1907 el convenio Pinillas-Soler, por el que se convino someter la causa pendiente al fallo arbitral del presidente de la República Argentina. Lamentablemente esta mediación no pudo progresar debido a que el 20 de julio de 1909 quedaron interrumpidas las relaciones diplomáticas entre la Argentina y Bolivia como consecuencia del laudo arbitral pronunciado por el presidente argentino en la cuestión de límites en Boliva y Perú. Acusaciones recíprocas que se hicieron Paraguay y Bolivia sobre concesiones a empresas extranjeras, produjeron una nueva tirantez de relaciones. Para impedir cualquier conflicto, el 24 de noviembre de 1924 el canciller argentino Gallardo ofreció los buenos oficios de nuestro país. Esta gestión no pudo prosperar debido a que ambos gobiernos se encontraban en conversaciones directas. Como las conversaciones quedaron estancadas, Gallardo, el 5 de agosto de 1925, sugirió la conveniencia de renovar el ofrecimiento de buenos oficios conjuntamente con el Brasil. El 22 de abril de 1927 ambos gobiernos firmaron en Buenos Aires el protocolo Gutiérrez Díaz-León por el cual aceptaron los buenos oficios de la Argentina, designando plenipo-
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tenciarios para que se reunieran en Buenos Aires. El gobierno argentino designó al consejero legal del ministerio de relaciones exteriores, Dr, Isidoro Ruiz Moreno, para que asistiera a las conferencias en carácter de observador y para que suministrara las informaciones y elementos que requirieran las negociaciones. En esta conferencia las partes debatieron extensamente los problemas jurídicos y de hecho que habían planteado el conflicto, y como no pudieron ponerse de acuerdo, el observador argentino, para terminar el impase producido, sugirió que se organizara una policía internacional que se hiciera cargo de los fortines, obligándose Bolivia y Paraguay a retirar sus fuerzas. Sin embargo, cuando fueron a determinarse los detalles de la desmilitarización surgieron inconvenientes que produjeron la suspensión del acuerdo y la interrupción de los trabajos de la conferencia. El observador argentino logró que las reuniones, que parecían fracasadas, se reanudaran en 1928, pero trató en vano que las partes aceptaran un modus vwendi que hubiera podido evitar la prolongada guerra que se suscitó entre los dos países. Al hablar el delegado de Bolivia, Sánchez Bustamante, en la reunión final se refirió a la actuación del Dr. Ruiz Moreno y dijo que "éste pudo salvar con inteligencia momentos difíciles para la conferencia" y agregó que "el Paraguay y Bolivia lo reconocerán como apóstol de la paz". * El gobierno argentino en cuanta oportunidad tuvo, tra,tó de que se pusiera fin a la cuestión boliviano-paraguaya. Es así como con motivo de la asunción al mando de la segunda presidencia de Hipólito Irigoyen, éste reiteró al nuevo enviado paraguayo Dr. Ayala el ofrecimiento de los buenos oficios argentinos. Asimismo, durante el gobierno de la revolución de 1930, el Dr. Bosch como ministro de relaciones exteriores hizo empeños que no tuvieron resultado porque se produjo el rompimiento de relaciones entre los dos países. Llegado a la presidencia el general Justo, intentó de nuevo obtener la terminación del conflicto y apoyó con toda sinceridad los esfuerzos de la Comisión de Neutrales reunida en Washington. Aceptó, Política argentina en la guerra del Chaco, pág. 110.
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además, un proyecto de buenos oficios a realizarse en forma conjunta con Brasil, Chile y Perú. Como continuara la lucha propuso que la Comisión de Neutrales hiciera una solemne declaración de que las causas territoriales en América no deben ser resueltas por la fuerza. Conjuntamente con los miembros de la Comisión de Neutrales y de los cuatro países limítrofes, la Argentina firmó la declaración del 3 de agosto de 1932 por la que se exhortó a Bolivia y Paraguay a que sometieran inmediatamente la solución de la controversia a un arbitraje u otro medio que fuera aceptable para ambos y expresaron que las naciones de América no reconocerían arreglo territorial alguno de esta controversia que no fuera obtenido por medios pacíficos, ni la validez de adquisiciones territoriales que fueran obtenidas por ocupación o conquistadas por la fuerza de las armas. Para disipar malos entendidos, el gobierno argentino retiró la misión militar que tenía en el Paraguay. El 6 de agosto de 1932 firmó con Brasil, Chile y Perú una nueva invitación para que se depusiera la actitud bélica, haciéndose un ofrecimiento con el objeto de transmitir a ambas naciones alguna sugestión que produjera la solución conciliatoria. A pesar de la actitud irreductible de ambos contendientes, el gobierno argentino continuó sus trabajos para obtener la paz. Fue así como a fines de diciembre de 1932 se encomendó al Dr. Ruiz Moreno que fuera en misión confidencial ante el presidente del Paraguay, Dr. Eusebio Ayala, a conversar con él para lograr la solución. El Dr. Ruiz Moreno trató la suspensión de hostilidades; el retiro de ambos ejércitos de la zona de operaciones a fin de que quedaran allá únicamente destacamentos de policía civil; el sometimiento de la cuestión a la Corte Permanente de Justicia Internacional; la desmovilización de los ejércitos y la devolución de prisioneros. Comunicadas estas bases al gobierno boliviano, éste no las aceptó por considerar que el sometimiento a la Corte de Justicia no resolvería el problema de fondo. . / Por sugestiones del canciller chileno Cruchaga Tecomal, el 1 y 2 de febrero de 1933 se reunieron los ministros de relaciones de Chile y la Argentina y redactaron el acta de
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Mendoza" en la cual acordaron someter a ambos beligerantes una fórmula para buscar la terminación de la guerra. Comunicada el acta, Paraguay manifestó su aceptación, no así Bolivia, que observo que los gobiernos de Argentina y Chile, al adoptar una actitud desvinculada de Brasil y Perú y de los componentes de la Comisión de Neutrales de Washington, habían salido del marco señalado por ellos mismos en el acta de Mendoza, y del margen de los preceptos del derecho internacional. Consideraba que había parcialidad en favor de la tesis paraguaya y afirmaba que los gobiernos de Argentina y Chile ejercían un acto de presión diplomática anunciando que recaería sobre Bolivia la responsabilidad del fracaso. El 8 de mayo de 1938 el ministro argentino refutó punto por punto las observaciones de Bolivia y concluyó la nota haciendo saber que se ponía término a los empeños de la cancillería argentina que había buscado la paz entre los dos países. Chile contestó en términos parecidos. Como por decreto de mayo 10 cíe 1933 el gobierno paraguayo declaró la guerra a Bolivia, el 13 de mayo el gobierno argentino declaró su neutralidad. Este decreto fue completado con una serie de medidas de carácter económico para asegurar la absoluta neutralidad argentina en la frontera y en las aguas jurisdiccionales. Con este motivo se cursaron diversas instrucciones a los ministerios y a los gobernadores de provincia, haciéndoles saber cómo se debía actuar en caso de que ingresaran al territorio argentino tropas beligerantes, desertores o aeronaves. Paralelamente con las gestiones realizadas por la Argentina y Chile, la Liga de las Naciones se ocupaba en el mismo problema. Esas gestiones se desarrollaban muy lentamente, lo que movió al canciller boliviano a manifestar los deseos de que la Comisión de Neutrales y los países limítrofes continuaran sus esfuerzos. El gobierno argentino cuando fue consultado dijo que convenía mantener una actitud expectante y que sólo en el caso de que la Liga no obtuviera resultado y terminara sus gestiones, correspondería esperar la coyuntura favorable que hicieran viable nuevas gestiones amistosas. Respecto al tráfico en las fronteras se dispuso.que los 276
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Ferrocarriles del Estado debían ejercer un estricto control sobre dicho tráfico para distinguir lo que se refiriera al abastecimiento de la población civil y Yacuiba, del que pudiera ir directamente para el ejército en operaciones. La legación de Bolivia en Buenos Aires entregó varias notas sucesivas consultando sobre las medidas que tomaría el gobierno argentino ante el conflicto y la forma de aplicación de la neutralidad. Se le contestó siempre, haciendo saber que mantendría una estricta neutralidad conforme a las disposiciones del derecho internacional. Se resolvió que la aduana de La Quiaca se mantendría libre de tránsito de mercaderías de y para Bolivia, aun cuando se tratase de aquellas que se considerasen contrabando de guerra relativo (víveres, nafta, ganados, etc.), siempre que dichas mercaderías fuesen de propiedad privada y no convoyes oficiales, o sea, que no habría libre tránsito de las mercaderías consignadas a las autoridades. En la aduana de Pocitos se permitiría el pase de lo que se presumía destinado al consumo de las poblaciones civiles bolivianas situadas al norte de Aguaray. En cuanto al régimen de los ríos de La Plata, Paraná, Uruguay y Paraguay y sus afluentes, se resolvió mantener el libre tránsito de y para Bolivia y Paraguay, aun cuando se tratase de contrabando de guerra relativo, siempre que dichas mercaderías fuesen de propiedad privada y no convoyes oficiales. No habría limitación para los elementos sanitarios, pero en cuanto a los aviones, éstos sólo podrían salir o trasbordar en puertos, radas o aguas argentinas, siempre que estuviesen desarmados y fuesen de propiedad particular. Con anterioridad a la declaración de la neutralidad argentina nuestro ministro en Asunción hizo saber que se había concertado el canje de prisioneros entre Bolivia y Paraguay, habiendo solicitado permiso el gobierno paraguayo para la entrega de los bolivianos en Formosa y recibir los suyos en Embarcación. En esta oportunidad, como en otras semejantes, el gobierno argentino resolvió, por razones de orden humanitario y para contribuir, a abreviar* penurias, que el tránsito por territorio argentino fuese autorizado por un itinerario 277
determinado bajo seguridad y control de las autoridades militares argentinas. El 3 de agosto de 1933 el Consejo de la Sociedad de las Naciones invitó a Argentina, Brasil, Chile y Perú a intervenir en el conflicto del Chaco, a fin de arreglar el diferendo. Esta invitación fue declinada por los cuatro gobiernos. El 11 de octubre de 1933, reunidos en Río de Janeiro los ministros de relaciones exteriores de la Argentina y de Brasil y los ministros de Bolivia y de Paraguay, firmaron "el acta de Río" en la que se declaró que el conflicto del Chaco podía ser resuelto por medio del arbitraje. La reacción en Bolivia fue favorable al acta de Río, no así la del Paraguay. En determinado momento, a mediados de enero de 1934; la Sociedad de las Naciones invitó al gobierno argentino para que ejerciera su influencia moral. Los gobiernos de Gran Bretaña y Estados Unidos le sugirieron que interpusiera su influencia moral para la solución de la paz en el conflicto del Chaco. El 21 de diciembre de 1933 el presidente Justo dirigió a los presidentes del Paraguay y Bolivia una nueva exhortación para poner fin a la contienda. El 28 de mayo de 1934 el gobierno boliviano pidió el apoyo argentino, como miembro del Consejo, para que votara en favor del arbitraje jurídico sobre la totalidad de la cuestión territorial del Chaco. Habiéndose descartado la fórmula propuesta por la Comisión de la Liga de las Naciones, objetada por Paraguay y Bolivia, el gobierno argentino se creyó obligado a reanudar sus gestiones pacifistas con motivo del receso en que entraron el Consejo y la Asamblea de la Liga. A tal objeto, durante el mes de junio de 1934, hizo empeñosas exploraciones para buscar la aceptación del plan que había preparado. Paraguay aceptó la propuesta argentina, pero Bolivia la rechazó. En el mes de enero de 1935 el gobierno de Chile propuso a la Argentina una gestión conjunta ante los dos países. Con tal objeto se envió al Dr. Podestá Costa en misión confidencial al Paraguay. La gestión no tuvo éxito por cuanto el Paraguay resolvió retirarse de la Sociedad de las Naciones. No obstante esto, continuaron en sus esfuerzos y el 14 de 275
marzo hicieron una declaración conjunta en la comisión consultiva. El 27 de marzo de 1935 el ministro del Paraguay declaró en nombre de su gobierno que consideraba indispensable constituir de inmediato un cuerpo mediador. Aceptada su propuesta, el cuerpo mediador formado por la Argentina, Brasil, Chile, Perú, Estados Unidos y Uruguay logró el éxito buscado y el 7 de junio se llegó a la concertación de dos protocolos por los cuales se ponía fin a las hostilidades. Los cancilleres de las naciones beligerantes convinieron en solicitar que el cuerpo de mediadores pidiera al presidente de la Nación Argentina convocase la conferencia de la paz para ratificar el convenio y resolver la cuestión relacionada con la cesación de hostilidades. El gobierno argentino aceptó y el I 9 de julio de 1935 se inauguró en Buenos Aires la conferencia definitiva que puso fin a la guerra del Chaco. Vinculación económica comercial El 2 de abril de 1940 se firmó entre los ministros Cantilo y Ostria Gutiérrez un acta por la cual se estableció la vinculación económica y comercial de los dos países. El gobierno argentino debía adelantar al de Bolivia los fondos necesarios para la construcción del primer tramo del ferrocarril Yacuiba-Santa Cruz, o sea desde la frontera boliviana argentina hasta Villa Montes. Además le facilitaría $ 500.000 para que fueran invertidos en la construcción de nuevos pozos en los yacimientos petrolíferos de Samandita. Concluida la primera sección del ferrocarril, el gobierno de Bolivia entregaría a la Argentina la cantidad de fueil oil o petróleo crudo necesario para reembolsar gradualmente los fondos. El gobierno argentino, previos los estudios correspondientes, construiría un oleoducto que uniera los yacimientos petrolíferos de propiedad del Estado boliviano ubicados en la zona del Bermejo, con Oran. El 17 de septiembre de 1942 se reunieron los presidentes Ramón Castillo y Enrique Peñaranda, de Bolivia, en la frontera de ambos países. 279
Por un cambio de notas efectuado en febrero de 1942 se convino que la República Argentina facilitaría al gobierno de Bolivia la suma de $ 12,200.000 para ser invertida en la construcción del tramo fronterizo del ferrocarril hasta Yacuiba y Santa Cruz de la Sierra, en la forma y condiciones señaladas en el tratado sobre vinculación ferroviaria del mes de febrero de 1941. Asimismo se firmó un acuerdo por cambio de notas para la venta de petróleo boliviano a la República Argentina, por el cual nuestro país podía adquirir durante el término de diez años todo el petróleo que produjera el yacimiento del Bermejo. En su deseo de vincular a los dos países, los ministros de relaciones exteriores de la Argentina y Bolivia, Rote y Anzer Matienzo, el 6 de febrero de 1942 firmaron en Buenos Aires un convenio sobre vinculación carretera que se completó con un intercambio de notas reversales, las cuales fueron aprobadas por el Poder Ejecutivo argentino por decreto de febrero 27 de 1947. En 1947 se firmó un convenio sobré cooperación económica financiera y cultural entre ambos países. Con respecto al régimen aduanero, las partes declararon libres de pago de derechos de importación a los productos y mercaderías originarios del territorio de uno de los dos países que se introdujeran en él otro para ser consumidos o industrializados. El gobierno argentino otorgaría al de Bolivia por el término de\o años un crédito organizaría una sociedad mixta-argentino-boliviana de fomento económico y la República Argentina estimularía la inversión de capitales privados en Bolivia. Para desarrollar un plan de obras públicas boliviano el Instituto Argentino de Promoción de Intercambio daría un empréstito hasta la suma de $ 60.000,000 % Los medios de transporte de cada uno de las altas partes contratantes gozarían en el territorio de la otra, del trato más favorable, de acuerdo a sus respectivas legislaciones. Finalmente nuestro país se comprometía a comprar 8.000 toneladas anuales de estaño fino.
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Reconocimiento de la Junta Revolucionaria de Bolivia A raíz de la instalación de una junta en La Paz como culminación de un movimiento revolucionario, el gobierno argentino una vez que comprobó la solidez de esas autoridades, el apoyo popular con que contaba, su decisión de hacer efectivos los compromisos internacionales y su inclinación democrática, decidió su reconocimiento por medio del decreto del 12 de agosto de 1946. Expulsión e internación de políticos bolivianos En 1949 el gobierno argentino decretó la expulsión de Víctor Paz Estenzoro y algunos otros ciudadanos bolivianos a pedido del gobierno de Bolivia. Dichas personas se habían asilado en territorio argentino a raíz de los sucesos de julio de 1946, pero como violaron el Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo realizando actos peligrosos para la paz pública de Bolivia, fueron invitados a retirarse del país al ser detenidos en oportunidad de cruzar la frontera argentino-boliviana con el propósito de intervenir en la revolución. Por la misma causa se decretó la internación de varios ciudadanos complicados en actividades revolucionarias. REPÚBLICA DEL PERÚ rotativoRELACIONES de 50.000.000CON de LA pesos. Se Misión de Félix Alzaga. — Gestión de Mosquera. Congreso de Panamá. — Misión de Alvarez Thomas. El tratado continental*. — Tratado de alianza argentino-peruano. —• Ofrecimiento de buenos oficios al Perú. — Guerra del Pacífico. — Buenos oficios argentinos en la cuestión peruano-ecuatoriana.
Misión de Félix Alzaga Debido a que el gobierno de las Provincias Unidas había adelantado al Perú la suma de 501.931 pesos con destino a la guerra de la Independencia, en marzo de 1822 se decidió enviar en misión a D. Félix Alzaga para gestionar su cobro. 281
Sin embargo, esta misión fue dejada sin efecto por Rivadavia en atención a los momentos difíciles por que atravesaba aquel país, En 1823 Alzaga fue comisionado ante las autoridades de Lima para obtener la adhesión a la convención firmada en Buenos Aires con los comisionados reales por la que se reconoció la independencia americana y se convino una ayuda pecuniaria a España de 20.000.000 de pesos. El gobierno peruano dilató la respuesta porque quería conocer previamente la opinión de Bolívar. Por otra parte, había resuelto abrir negociaciones con los jefes realistas para informarse si ellos se oponían a la convención. Producida la sublevación del Callao encabezada por dos sargentos pertenecientes al regimiento argentino "Río de la Plata", Alzaga trató de negociar con los sublevados pero sin éxito. Ante este resultado resolvió abandonar Lima sin lograr la finalidad de su misión. Gestión de Mosquera. - Congreso de Panamá En 1823 el gobierno colombiano envió a Buenos Aires a Joaquín Mosquera con el propósito de concertar un tratado que preveía un congreso continental. De sus conversaciones con Rivadavia sólo surgió un pacto de amistad y alianza defensiva contra España o cualquiera otra dominación extranjera. En 1825 el gobierno del Perú, en nombre del de Colombia, invitó al de Buenos Aires para que se hiciera representar en el congreso que Bolívar había resuelto realizar en Panamá en 1826. Las Heras como gobernador encargado de las relaciones exteriores, envió un mensaje al Congreso General Constituyente pidiendo autorización para concertar una alianza defensiva con los otros países de América e iniciar relaciones comerciales. El Congreso se limitó a autorizar los gastos necesarios para el envío de delegados al congreso de Panamá, que, en definitiva, no fueron nombrados. 252
Misión de Alvarez Thomas. - El Tratado Continental Conocido el triunfo de Ayacucho, el gobierno argentino designó en 1824 a Alvarez Thomas como representante en el Perú. A raíz de la ocupación de las provincias de Mojos y Chiquitos por tropas brasileñas, Alvarez Thomas logró que el Consejo de Estado del Perú designase un plenipotenciario para que conjuntamente con uno argentino reclamasen por la ocupación ilícita. La misión de Alvarez Thomas finalizó sin haber logrado la firma de un tratado de amistad y comercio que fue su principal objetivo. Las actividades del filibustero Walker dieron lugar a la firma en 1856 del Tratado Continental entre Perú, Chile y Ecuador, invitándose a la Argentina a adherir al mismo. El gobierno presidido por Urquiza declinó la invitación. Posteriormente, a raíz de la anexión de Santo Domingo a España y la invasión francesa a México. Perú en 1862 volvió a invitar a nuestro país para que adhiriera al Tratado Continental por medio de su representante Buenaventura Seoane. Rufino de Elizalde, ministro de relaciones exteriores, contestó el 10 de noviembre de 1862 manifestando que no había motivos para admitir la existencia de una amenaza contra América, ni creía que serían suficientes los medios que se proponían para conjurar ese peligro si realmente existiese". La América independiente, decía, es una entidad política que no existe ni es posible constituir por combinaciones diplomáticas. "La América conteniendo naciones independientes, con necesidades y medios de gobiernos propios, no puede nunca formar una sola entidad política. La naturaleza y los hechos la han dividido y los esfuerzos diplomáticos son estériles para controlar la existencia de esas nacionalidades con todas las consecuencias forzosas que se deben derivar de ellas". "La República Argentina está identificada con Europa cuya acción siempre ha sido partidaria de civilización al igual que las demás repúblicas americanas. No hay un elemento europeo antagonista de un elemento americano". Por eso "si una nación europea por cuestión con una nación americana 253
acudiese a la guerra y emplea medios que importen una amenaza a los derechos de las demás naciones, esto seria un hecho particular que puede dar mérito a medidas y arreglos especiales, pero jamás puede ser motivo de establecer medidas generales sobre actos generales", Como el representante peruano insistiera y usara algunas expresiones inadecuadas sobre la posición adoptada por el gobierno argentino, Elizalde, en una segunda nota enviada el 22 de noviembre de 1862, sintetizó la línea de política de nuestro país. Dijo que había sido "acordar a todos los hombres del universo que vengan a residir a su territorio la plenitud de todos los derechos civiles y comerciales, sin distinción de raza/ y sin exigir reciprocidad. Respetar el derecho de los individuos y de los pueblos. No comprometer medio de defensa poniendo limitación a los medios de hostilidades que tienen los débiles contra el fuerte. Salvar el principio de soberanía natural. Evitar el antagonismo con los gobiernos y pueblos de Europa. Y atraer, por el contrario, todas las fuerzas y elementos que posean para desenvolver nuestros medios de prosperidad y poder. Fomentar y consolidar la reconstrucción de las nacionalidades de América .que imprudentemente se han dividido y subdividido. No ponerse en oposición de otros gobiernos sólo porque no acepten nuestra forma de gobierno. Buscar la armonía con los Estados Unidos lejos de excluirlos y ponerse en disidencia con ellos. Resistir toda agresión a cualquiera de los estados americanos para conquistar y mudar la forma de gobierno republicano. Abandonar la idea de un congreso americano imposible e inútil; y celebrar más bien tratados de alianzas para la defensa y seguridad común". La reunión americana propuesta por el Tratado Continental se consideraba imposible e inconveniente porque la unión de los pueblos de América tiene que ser obra de la acción de sus legislaciones y de los tratados parciales fundados en sus intereses reales". No obstante eso la Argentina estaba dispuesta a tomar de acuerdo con los demás gobiernos medidas eficaces para la defensa común. A raíz de la ocupación de las islas Chinchas por España el gobierno peruano convocó a un congreso en Lima en 284 '
1864 al que asistieron Bolivia, Chile, Ecuador, Guatemala, Salvador y Venezuela. El cuerpo diplomático en Lima hizo una enérgica protesta contra la ocupación española, a la que adhirió nuestro representante Sarmiento, acreditado ante el gobierno del Perú. Su actitud fue posteriormente aprobada por el gobierno argentino. Nuestro país no concurrió al congreso de Lima, pues Sarmiento había sido instruido para que sólo actuara como observador, No obstante esto, cediendo a los empeños del cuerpo diplomático, se incorporó al congreso. Tratado de alianza argentino-peruano En 1872 el gobierno boliviano propuso al Perú un tratado de alianza para precaverse de la amenaza que significaba la expansión de Chile y el peligro de que agrandara el suyo a costa del territorio boliviano. El 6 de febrero de 1873 se firmó la alianza entre los dos países. Perú consideró de suma conveniencia buscar la adhesión de la República Argentina para hacer inalterable la paz en Sud América, Con tal propósito nombró representante suyo ante nuestro gobierno al Dr. Irigoyen, encomendándole que buscara la adhesión argentina. Irigoyen mantuvo varias conversaciones con Carlos Tejedor, ministro de relaciones exteriores argentino, quien desde el principio le señaló la posibilidad de que Chile, para contrabalancear' la adhesión argentina, buscase el apoyo del Brasil. Fuera de esto, hizo hincapié en que no estaban concluidas las cuestiones de límites con Bolivia, lo cual sería un obstáculo para la concertación del tratado de alianza. Como contrapropuesta propuso la celebración de un tratado de alianza defensiva sólo entre la Argentina y el Perú, proyecto que no fue aceptado por la cancillería de Lima. Recién en el mes de septiembre el Poder Ejecutivo argentino se inclinó decididamente por la adhesión al tratado boliviano-peruano y se firmó un convenio que fue aprobado por la Cámara de Diputados no obstante la oposición de Rawson y de dos partidarios de Mitre.
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Pasado al Senado, el senador Torrent pidió la postergación del asunto a los efectos de estudiarlo porque consideraba que habría que estudiarlo más y dar tiempo a que se resolviera la cuestión de limites con Bolivia. El asunto no se volvió a tratar y la proyectada adhesión argentina quedó definitivamente sin llevarse a cabo. Ofrecimiento de buenos oficios del Perú A mediados de 1875 el gobierno del Perú, temiendo que surgiesen serias complicaciones entre la República Argentina y Chile con motivo de la cuestión de límites, ofreció sus. buenos oficios a fin de que se llegara a un arreglo pacífico que evitara la contienda. El gobierno argentino manifestó que tomaría en consideración el ofrecimiento si la paz entre ambas repúblicas llegase a estar en peligro. Chile también decidió aceptar el ofrecimiento. Como las divergencias continuaran, el 14 de noviembre de 1878 Perú reiteró su ofrecimiento. En esta oportunidad el canciller Montes de Oca expresó que la cuestión de límites entre las dos repúblicas se encontraba felizmente en vía de arreglo merced a los esfuerzos de una política conciliadora. Guerra del Pacífico La actitud de la República en la guerra que Perú y Bolivia mantuvieron con Chile en 1879 está estudiada en el capítulo "Relaciones con Chile". Buenos oficios argentinos en la cuestión peruano-ecuatoriana En 1909 llegó al gobierno argentino el rumor de que los gobiernos del Perú y del Ecuador efectuaban preparativos militares que presagiaban la posibilidad de una guerra con motivo de la cuestión de límites que había sido sometida al fallo del rey de España por el tratado de 1887. Por iniciativa de 256
Estados Unidos, Argentina y Brasil ofrecieron sus buenos oficios para buscar una solución amistosa sobre la base del compromiso de retirar las tropas de las fronteras y suspender los aprestos bélicos. Ecuador y Perú aceptaron el ofrecimiento y procedieron de acuerdo a lo indicado, evitándose así una guerra que parecía cosa segura. Para terminar con Jas cuestiones, ambos mediadores propusieron que se firmase un protocolo mediante el cual los dos países debían darse mutuas explicaciones por los actos de sus respectivas fuerzas en las fronteras, comprometiéndose a aceptar la línea que los mediadores llegaran a sugerir como solución definitiva de los litigios sobre límites. La proposición no fue aceptada por el Ecuador por considerar que le era imposible firmar un protocolo semejante hasta tanto el rey de España no dictara el fallo arbitra] o renunciase a hacerlo. Como poco después España declinara su cargo de arbitro, los mediadores invitaron a Perú y al Ecuador a someter la cuestión a la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya. Perú aceptó la nueva propuesta, pero el Ecuador la rechazó sosteniendo que la cuestión pendiente afectaba los intereses vitales del país y era de aquellas que se excluían expresamente del arbitraje. Declaró que en ningún caso podía someter la cuestión a la Corte sin llevar conjuntamente los litigios que mantenía con la República de Colombia, dado que existía un tratado que la obligaba a proceder de esa manera. La cuestión quedó sin resolución hasta que en 1941 apareció de nuevo el fantasma del conflicto armado. Para evitarlo, el gobierno argentino, conjuntamente con Brasil y Estados Unidos, el 8 de mayo ofrecieron sus amistosos servicios para obtener la solución final. Desgraciadamente se produjeron choques en las fronteras, pero una nueva gestión logró el cese de las hostilidades. El problema fue remitido a una conferencia que se celebró en Río de Janeiro donde se llegó a la concertación de un tratado de límites entre ambos países, con Brasil, Estados Unidos, Chile y Argentina como garantes. 257
RELACIONES CON LA REPÚBLICA DE VENEZUELA Política del Triunvirato y del Directorio. — Buenos oficios en el diferendo por la Guayana inglesa. — Arbitraje argentino.
Política del Triunvirato y del Directorio El 15 de marzo de 1812 el Triunvirato reconoció la independencia de Venezuela y le ofreció su alianza en comunicación firmada por Rivadavia, dirigida al agente venezolano en Londres, Luis López Méndez. Más tarde, el mismo Rivadavia, felicitó al congreso de Cundinamarca por su instalación y le ofreció cencertar una alianza entre los dos países. Pueyrredón en 1816 inició relaciones diplomáticas con Bolívar, quien contestó dando "las gracias más expresivas por la honra que mi patria y yo hemos recibido de V.E. y del pueblo independiente de la América del Sur; de ese pueblo que es la gloria del hemisferio de Colón, el sepulcro de los tiranos y conquistadores y el baluarte de la Independencia Americana". Aceptó la reciprocidad entre los ciudadanos de ambos países diciendo que los argentinos serían recibidos "como miembros de nuestra sociedad venezolana" Terminó expresando Ja esperanza de que cuando se completara la independencia se formara un cuerpo político con todas las repúblicas, para que se "presente la América al mundo con un aspecto de majestad y grandeza sin ejemplo en las naciones antiguas". Buenos oficios en el diferendo con Gran Bretaña por el asunto de la Gnayana El 20 de mayo de 1891 el enviado extraordinario y ministro de Venezuela, Pedro Rojas, en cumplimiento de instrucciones recibidas solicitó la interposición oficiosa dd gobierno argentino ante el gobierno británico para que la cuestión de límites de la Guayana fuera sometida al fallo arbitral, o en su defecto, al estudio de una comisión científica.
Nuestro gobierno aceptó el pedido y resolvió ofrecer sus buenos oficios en nota firmada por Eduardo Costa. La gestión no prosperó por estar interrumpidas las relaciones entre Gran Bretaña y Venezuela. El gobierno argentino instruyó a nuestro representante en Londres para que expresara sus deseos de que ambos países llegaran al arbitraje para dirimir la controversia de limites. Estas instrucciones fueron reiteradas por pedido de Venezuela para que se apoyaran las gestiones de su agente en Londres. Arbitraje argentino Con motivo de un conflicto suscitado con Estados Unidos, el gobierno de Venezuela firmó un tratado por el cual ambas partes decidieron recurrir al arbitraje. El presidente de Venezuela designó como arbitro al Dr. Roque Sáenz Peña, ministro argentino en Italia y Suiza. Sáenz Peña, después de aceptar el cargo, debió declinarlo por haber sido proclamado candidato a la presidencia de la República. RELACIONES CON LA REPÚBLICA DE MÉXICO Mediación entre México y Estados Unidos. — Reconocimiento de] gobierno de Carranza.
Mediación entre Méjico y Estados Unidos En 1904 Méjico acreditó por primera vez un representante ante el gobierno argentino. En 1914 se produjo una cuestión de cierta gravedad entre Estados Unidos y Méjico debido al estado caótico de este último país azotado por movimientos revolucionarios. El gobierno argentino creyó necesario aclarar cuál era su posición, porque se había hablado de su ingerencia en la lucha. El ministro Murature, en circular a nuestros representantes en el exterior, les especificó que el gobierno argentino 289
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era totalmente prescindente en los acontecimientos y que considraba que toda intervención extraña perturbaría las posibles soluciones de advenimiento. La situación se complicó a raíz de que un piquete de marinería americana fue apresado en Tampico por fuerzas mejicanas. El gobierno de Estados Unidos consideró que estaba afectada su soberanía y como las reclamaciones diplomáticas no le dieron satisfacciones, desembarcó fuerzas navales en Veracruz. Como los hechos se complicaban y la lucha parecía inminente, el gobierno argentino instruyó a nuestro embajador en "Washington, Naón, para que ofreciera una mediación conjunta con los representantes de Chile y Brasil. Aceptada la mediación, se celebraron reuniones en "Niágara Falls" y se logró la firma de un protocolo que solucionó definitivamente la cuestión. Por dicho convenio se estableció que los asuntos internos debían ser resueltos por los partidos mejicanos en lucha, sin intervención extraña. Estados Unidos renunció a toda indemnización de guerra y a toda satisfacción internacional, comprometiéndose a reconocer al gobierno provisional cuando estuviera organizado. Se logró así un pleno éxito que fue vivamente elogiado en todas partes.
pues el gobierno de Estados Unidos trataba de imponer su voluntad a un pueblo libre, independiente y soberano. El ministro de relaciones Murature contestó al día siguiente haciéndole saber que el gobierno argentino en todo momento permanecía de acuerdo con su política tradicional de respeto a la soberanía, y que en esas reuniones diplomáticas había sido planteado desde su origen el concepto de eliminar y atenuar cualquier acto o designio que pudiese constituir una intromisión en los asuntos internos de Méjico y sobre cualquier propósito de intervención armada. Concluía expresando que unificadas las opiniones dentro de ese acto fundamenta], la conferencia obedecía a una alta inspiración de solidaridad panamericana; antes que un motivo de alarma el pueblo de Méjico debía ver en ella un propósito de la amistosa consideración que nos merecía su suerte. En esa conferencia se trató el reconocimiento del gobierno provisional, y se estableció que el gobierno de Carranza era el único que reunía las condiciones para ser reconocido como un gobiernto de facto.
RELACIONES CON LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Reconocimiento del gobierno de Carranza En 1915 se produjo una revolución en Méjico contra el gobierno constituido. El gobierno de Washington, preocupado por las consecuencias, invitó a los representantes de la A.B.C. a conferenciar en Washington para acordar la pacificación. El presidente Benustiano Carranza, de Méjico, dirigió el 9 de agosto una nota al presidente Plaza en la que le expresaba que esperaba que la gestión del repersentante argentino se inspirara en las ideas y sentimientos de que no se intentaría inmiscuirse en asuntos exclusivos de la soberanía de Méjico. La nota decía que sería un error imperdonable que el gobierno argentino se hiciera cómplice de crimen contra su raza, contribuyendo a provocar una guerra entre dos naciones americanas,
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Reconocimiento de su independencia. — Pedido panameño de buenos oficios con Costa Rica. — Arbitraje del embajador argentino.
Reconocimiento de su independencia En noviembre de 1903 se produjo en Panamá un movimiento revolucionario que culminó con su separación de Colombia y su constitución en nación independiente. El gobierno argentino tuvo conocimiento de lo ocurrido por comunicación de nuestra legación en Estados Unidos y por las autoridades provisionales del nuevo país que solicitaron su reconocimiento. Nuestro representante en Washington, García Merou, hizo saber que el presidente de Estados Unidos y el secretario
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de Estado deseaban con empeño que se realizara ese reconocimiento. El gobierno argentino contestó que el reconocimiento se haría en el momento oportuno y cuando la república de Panamá tuviera sus poderes legalmente constituidos y su gobierno consolidado. Entendía por tal, el momento en que hubiese la certeza de que la existencia de la nueva república armonizaba con los preceptos del derecho de gentes y que no descuidaba en lo más mínimo los deberes internacionales. Se quería evitar de este modo, que una resolución prematura pudiese causar agravio a-la susceptibilidad de una nación amiga. Esta decisión se mantuvo no obstante que el ministro argentino hizo saber que el gobierno americano se empeñaba en obtener ese reconocimiento, y que consideraba como un acto de reprobación tácita y de hostilidad oculta la demora en hacerlo. Recién el 2 de marzo de 1904 el presidente Roca se resolvió a practicar el reconocimiento, cuando tuvo la certidumbre, merced a hechos indubitables, que la Constitución de la República de Panamá se amoldaba a las exigencias del Derecho Internacional. En este proceder la concillería argentina actuó de acuerdo con los gobiernos de Chile, Brasil, Uruguay, Paraguay y Bolivia.
El canciller Pueyrredón contestó negativamente la petición aduciendo que era tradicional norma de conducta para la intervención en las relaciones entre países americanos, la de realizarla solamente a petición de ambas partes en carácter conciliatorio, como amigable componedor. Por tanto, tratándose de un asunto ya definido por un fallo arbitral no se consideraba habilitado para prestar los oficios requeridos en esta emergencia. Arbitraje del embajador argentino El 23 de abril de 1921 el embajador argentino ante el gobierno americano informó que el gobierno de Panamá, conjuntamente con el de Estados Unidos, habían decidido someter al arbitraje del embajador argentino en Washington las reclamaciones pecuniarias pendientes entre ciudadanos americanos y el gobierno de Panamá. El gobierno argentino lo autorizó para que aceptara esta honrosa designación.
RELACIONES CON COLOMBIA
Pedido panameño para buenos oficios con Costa Rica En 1921 el gobierno de Panamá envió a la Argentina a Arnodio Arias como representante. El nuevo diplomático presentó un memorándum sobre el conflicto de límites que mantenía su país con Costa Rica. La situación se había complicado porque no se había dado cumplimiento al arbitraje que el presidente de Francia, Loube, había pronunciado en 1900. Las dos partes habían convenido en someter la interpretación del laudo a la decisión del "Chief justice" de Estados Unidos, quien declaró inexistente la línea trazada por el mandatario francés, y fijó otra línea de demarcación. Panamá desconoció esta nueva sentencia aduciendo que el arbitro se había excedido en las facultades del compromiso. Arias solicitó una gestión amistosa de la Argentina para solucionar la cuestión.
Desde época temprana se mantuvieron relaciones con Colombia, país cuyo gobierno designó como representante en Buenos Aires al deán argentino Gregorio Funes. El 8 de marzo de 1823 se celebró entre el gobierno de Buenos Aires y la República de Colombia un tratado de amistad y alianza defensiva que fue ratificado, primero por la provincia de Buenos Aires y luego por el Congreso General Constituyente de 1825. El 27 de noviembre de 1863 el ministro de relaciones exteriores argentino contestó una nota enviada por su colega de Colombia haciéndole presente que nuestro gobierno no tenía motivo alguno para creer en la existencia de una amenaza que pudiese poner en peligro la -independencia o las instituciones republicanas de ninguno de los estados sudame-
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ricanos, pero se complacía en declarar "que si alguna vez ese peligro existiese el gobierno sería de los primeros en ponerse de acuerdo con los demás gobiernos americanos para proveer a la defensa y seguridad común". En 1880 Colombia dirigió una invitación al gobierno argentino presidido por el genera] Roca para concertar una reunión de los países americanos en Bogotá. Por nota de 10 de diciembre se aceptó la invitación y se formularon varias observaciones a la solicitud que había hecho el gobierno colombiano para que la Argentina adhiriera a un tratado de arbitraje celebrado con Chile. Nuestro ministro Bernardo de Irigoyen dijo que el gobierno argentino daba al arbitraje toda la importancia que el de Colombia le atribuía, pero creía que el propósito de la nota que se contestaba no alcanzaría a realizarse por la conciencia aislada de aquel principio. Creía el gobierno argentino que el principio del arbitraje debía ser acompañado con otros no menos importantes, como eran los siguientes: 1') el del "uti possidetis" de 1810; 2 9 ) la desautorización explícita de las tentativas de anexión violenta o de conquista; 3') el resguardo de las nacionalidades americanas de segregación sediciosa que nunca se hicieron sentir, pero que no dejaron de intentarse en otras partes instigadas por ambiciones turbulentas; 4°) una declaración en la que se dejara bien establecido que "no hay en la América española territorios que pueden ser considerados "res nullius" y que iodos los que ella contiene, por desiertos y alejados que se hallen, pertenecen a las antiguas provincias españolas investidas después de 1810 del rango de estados libres y soberanos; 6') una declaración que estableciera que en ningún caso podrán iniciarse hostilidades entre los estados sudamericanos sin aviso transmitido con la anticipación conveniente para conciliar las necesidades de la guerra con la amplitud de la paz; 7 9 ) que si contra los esfuerzos comunes se proyectasen luchas armadas, que éstas no fueran acompañadas de la desolación con que los ejércitos de la antigüedad marcaban sus itinerarios sombríos, Por estas consideraciones, el presidente de la República 294
Argentina creía que la conferencia a convocarse debería tener horizontes más amplios, porque no consideraba que la estipulación aislada del arbitraje fuera eficaz para eliminar las discordias internacionales. Para asistir a ese congreso se designó a Miguel Cañé como primer representante argentino en Colombia, pero como la mayoría de los países americanos no enviaron delegados, la reunión no tuvo lugar. Con motivo de la ruptura de relaciones diplomáticas entre Chile y Rusia, el gobierno de Colombia pidió al gobierno argentino que se encargara de la atención de los intereses colombianos en Rusia, que estaban a cargo de Chile en ese país. En 1931 se produjo un conflicto entre Colombia y Ecuador que los llevó a la ruptura de sus relaciones oficiales. El gobierno argentino ofreció su mediación, la que, admitida por ambos países, tuvo pleno éxito, pues logró que se reanudaran las relaciones diplomáticas. RELACIONES CON CUBA
Durante la lucha del pueblo cubano con España, el gobierno de Colombia propuso en 1872 una acción conjunta a los países de origen hispano para que con el apoyo de Estados Unidos se intercediera en favor de Cuba. El gobierno argentino aceptó la propuesta en la inteligencia de que la acción común no revestiría otra forma que la de una mediación. En caso de que la mediación fuese aceptada por España y que los obstáculos sólo se refiriesen a los gastos que le hubiere ocasionado la lucha por la independencia, nuestro gobierno sugería que el acuerdo se buscase en una obligación que Cuba debería reconocer con una garantía a prorrata de los países mediadores. El 26 de mayo de 1902 el presidente Estrada Palma comunicó a la Argentina que el 20 de dicho mes había quedado constituida la república de Cuba en virtud de haber terminado la ocupación de Estados Unidos y por su asunción al Poder Ejecutivo de acuerdo a la Constitución. Agregó que 295
era propósito invariable de su gobierno mantener las' más estrechas y cordiales relaciones de amistad con el pueblo argentino, I El presidente Roca le contestó el 22 de julio de ese mismo año felicitándolo por el acontecimiento y expresándole la satisfacción por el establecimiento de las relaciones entre los dos países, $ En 1951, con motivo de la revolución de Batista, el gobierno argentino hizo saber que la república, ajustándose a su invariable política de no intervenir en los asuntos internos de los Estados y de acuerdo con la resolución de Bogotá, seguía manteniendo con el gobierno cubano las relaciones que siempre habían vinculado a ambos países.
CAPITULO VII RELACIONES CON LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA
Posición ante el movimiento emancipador. — Misión Saavedra y Aguirre. — Misión del general Alvear. — Restablecimiento de relaciones diplomáticas. — Mediación americana ante Rosas. — El ataque a las Malvinas. — El reclamo Hale. — Mediación de Estados Unidos. — Tratado de reciprocidad comercial. — Auxilio americano a ciudadanos argentinos. — Los sucesos de Venezuela y la doctrina de Drago. — Mediación del A.B.C. — Guerra de 1914. — Reclamo americano por derechos aduaneros. — Guerra de 1939. Declaración de no beligerancia.— Conflicto por la conducta argentina durante la guerra. — La República Argentina y la Doctrina de Monroe.
Posición ante el movimiento emancipador El gobierno de Estados Unidos tuvo grandes simpatías para la causa de la emancipación argentina. Con el concepto realista de los anglo-sajones el secretario de Estado, Smith, comprendió que los sucesos de Buenos Aires llevaban fatalmente a la disolución de los vínculos con España. De ahí que el 28 de junio de 1810 designara a Joel Robert Poinsett para que viniera a nuestra capital "en vista de una separa" ción política de la madre patria y del establecimiento de un " sistema independiente de gobierno nacional que coincidirá " con los sentimientos y política de los Estados Unidos, a" fin de promover las más amistosas relaciones y el más " liberal comercio entre los habitantes de este hemisferio". James Monroe diría más tarde al enviado de su país que "como habitantes del mismo hemisferio, como vecinos, los Estados Unidos no pueden permanecer espectadores impa-
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sibles de un momento tan importante. El destino de esas provincias debe depender de ellas mismas. Sin embargo, si dicha revolución tiene lugar, no puede dudarse de que nuestras relaciones con ellas serán más íntimas y nuestra amistad más fuerte que lo que puede serlo mientras sigan como colonias de cualquier potencia europea", A diferencia de la política inglesa, que buscaba la reconciliación entre la corona de España y sus colonias, la de los Estados Unidos apoyaba las ideas de independencia. Madison en su mensaje al Congreso el 5 de noviembre de 1811 expresó la necesidad de no permanecer indiferente ante los destinos de las nuevas nacionalidades de la parte sur del continente y una comisión parlamentaria aconsejó que una vez consolidada su condición de naciones se establecieran con ellas relaciones comerciales. En este orden de ideas, Madison instruyó a los representantes americanos en París, San Petersburgo y Londres para que expresasen a los gobiernos el interés con que Estados Unidos consideraba la independencia de las colonias españolas. Poinsett fue recibido por la Junta de Buenos Aires en el carácter de agente de negocios del gobierno de Estados Unidos, pero posteriormente fue nombrado cónsul general. Misión Saavedra y Aguirre El 5 de junio de 1810 la Junta confió una misión confidencial a Diego Saavedra y Juan Pedro Aguirre para informar al gobierno de Estados Unidos la verdadera finalidad y carácter del movimiento. Los enviados expresaron a Monroe la aspiración de constituirse en nación independiente, el deseo de contar con la simpatía de su gobierno y le pidieron permiso para adquirir armas. El secretario de Estado impu•so a los delegados del placer con que miraban la emancipación sudamericana y los autorizó a que contrataran recursos, expresándoles que oficialmente no podía hacerlo en razón de las relaciones que se mantenía con España. Sin embargo, el gobierno estadounidense apeló al recurso de devolver de sus arsenales gran cantidad de material bélico a la casa produc-
tora para que ésta lo vendiera a los patriotas, quienes por falta de medios sólo pudieron adquirir una pequeña partida Monroe aprovechó la oportunidad para exponer los inconvenientes de la mediación inglesa y fue tan visible su apoyo a la causa nuestra, que debió responder a una protesta del representante español. Al caer Alvear lo sucedió como Director Supremo el coronel mayor Alvarez Thomas, quien de inmediato se dirigió al cónsul americano Halsey el 10 de marzo de 1815, dándole cuenta de su designación y expresándole el deseo de estrechar relaciones con Estados Unidos y la esperanza de recibir ayuda, "especialmente implementos de guerra, teniendo la seguridad de que su precio será abonado". El 16 de enero de 1816, Alvarez Thomas envió al presidente Madison una nota en la que le comunicaba la próxima reunión del Congreso General y le anunciaba la declaración de independencia. Le expresaba la designación del coronel Martín Thompson como diputado en misión reservada para requerir auxilios para la defensa. La designación de Thompson fue cancelada después por Pueyrredón, por su actuación indiscreta y la falta de tacto que contrarió las instrucciones que se le habían dado. Al declararse la independencia, el gobierno argentino envió al presidente de Estados Unidos copia del acta, pero no acreditó un nuevo agente. En 1816 el coronel Devereux, como representante de un grupo de capitalistas americanos, ofreció un empréstito de 2.000.000 de pesos que fue autorizado por el congreso de Tucumán. Como la operación demorara el propio cónsul de Estados LInidos, Mr. Thomas Lloyd Halsey. se interesó personalmente ante Monroe y Pueyrredón escribió al presidente Madison para que lo aprobara. El gobierno americano envió en 1817 a Worthington como agente especial en nuestro país, Chile y Perú. El agente traía la misión de explicar la imposibilidad de aprobar el empréstito en virtud de sus relaciones con España que le impedían intervenir en la contienda. El 28 de marzo de 1817 se designó a Manuel Hermene-
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tó^**:
gildo de Aguirre como agente en Estados Unidos. Aguirre concentró sus actividades en obtener el reconocimiento de la independencia haciendo notar los éxitos militares de San Martín para contestar la observación de inestabilidad que se le oponía. En 1818 se produjo un serio incidente con motivo de la orden de expulsión del cónsul Halsey a causa de sus relaciones con Artigas y por haber introducido en Buenos Aires unos panfletos sediciosos publicados en Baltimore contra el gobierno. Sin embargo, dos días después se revocó la orden por consideración especial hacia los Estados Unidos, pero se solicitó a su gobierno que retirara a Halsey, lo que fue inmediatamente atendido. El 28 de febrero de 1818 llegaron a Buenos Aires los comisionados Bland, Graham y Rodney enviados por el presidente norteamericano para estudiar las condiciones del país, la estabilidad de su gobierno y los recursos con que contaba para mantener la independencia. Monroe vaciló mucho antes de reconocer la independencia argentina no obstante el informe favorable de Rodney y el apoyo entusiasta a la idea que prestó Henry Clay. Su actitud se debió a la negociación que mantenía con España para la adquisición de la Florida. De ahí que no ratificara el tratado que su enviado Worthington celebró con Pueyrredón y se negara a reconocer a De Forest como cónsul de las Provincias Unidas. Pero resueltas definitivamente todas las cuestiones con España, el 8 de marzo de 1822 Monroe, en un mensaje al Congreso, aconsejó el reconocimiento de la independencia de las Provincias Unidas, Venezuela, Nueva Granada, Chile, Perú y Méjico.
"cuánto convendría el que a los dos grandes principios de la abolición de la guerra de corso y de la no colonización europea en el territorio de América, se agregara este otro, que ninguno de los gobiernos nuevos de este continente mude por la violencia sus límites reconocidos al tiempo de la emancipación. Así podría sofocarse la semilla de guerra que brotando juntamente con los nuevos Estados, tendrían una influencia funesta en su civilización y en sus costumbres". Este es el más remoto antecedente del principio moderno del no reconocimiento de la conquista territorial consagrado por la doctrina Stimpson e inserto en las cartas de la OEA y de las Naciones Unidas. Alvear llegó a Estados Unidos en octubre-de 1824 con las instrucciones dadas por Rivadavia, ministro de relaciones exteriores, cuya principal indicación era la de obtener que el gobierno americano empleara su influencia para que Brasil no traspasara sus límites y dejara libre a la Banda Oriental. Monroe puso en conocimiento de nuestro enviado que él había hecho lo posible para que las demás potencias aceleraran el reconocimiento de la independencia y le informó sobre el estado de este problema en el ambiente internacional. Le expresó, también, que los Estados de América podían sacar de Estados Unidos, armas, municiones, buques, y todos los auxilios que necesitasen para continuar la guerra. Más tarde, actuando con Adams, obtuvo de éste la declaración de que el gobierno americano se prestaría gustoso a ser mediador entre la corte del Brasil y el gobierno de Buenos Aires.
Misión del gemeral Alvear
Después del fracaso del congreso de Panamá de 1826, Estados Unidos se desentendió de la emancipación argentina. Tan es así que Adams, Clay y Jackson tuvieron muy poco interés en mantener relaciones, como lo demuestra el hecho de que este último no quiso aprovechar la oportunidad de ratificar por tratado el acuerdo tácito existente según el cual los ciudadanos norteamericanos disfrutaban de garantías per-
El 3 de mayo de 1824, en el mensaje inaugural de la cuarta Legislatura de Buenos Aires, el gobierno aludió a la declaración de Monroe al referirse a la misión que se confiaba al general Carlos María de Alvear, designado ministro en Washington, quien debería expresar al gobierno de la Unión
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Restablecimiento de relaciones diplomáticas
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sonales y de comercio iguales a las que recibiac los subditos ingleses. Los derechos diferenciales sobre tonelaje, que puso en situación desigual a sus barcos, dio por resultado que la cancillería de los Estados Unidos prestara mayor atención a las relaciones entre los dos países. Un hecho que ayudó a preparar la intensificación de esas relaciones fue la intervención anglo-francesa en Montevideo en 1842, que hizo que Rosas olvidara el incidente de las Malvinas, y que por medio de los oficiales navales norteamericanos manifestara que no se oponía al restablecimiento de las relaciones diplomáticas. En vista de esto, en 1843 se envió a Buenos Aires a Watterson en calidad de agente especial con instrucciones de informar sobre la situación de la Confederación en lo que tuviera relación con los norteamericanos. Este agente debía insistir en los reclamos pendientes y tratar de obtener el mismo trato para la marina americana, habiéndosele autorizado, también, a buscar el restablecimiento de la paz, Rosas recibió con toda cordialidad al enviado americano, que quedó muy impresionado con su persona, y en abril de 1844 le anunció que el gobierno argentino tenía interés en reanudar las relaciones. En vista de esto el secretario Calhoun designó a Brent como encargado de negocios en Buenos Aires. Mediación americana ante Rosas En 1844 se produjo un incidente con motivo de la poca feliz actuación del capitán de un buque de guerra americano que se sintió ofendido por unos disparos que hizo una goleta argentina sin ninguna trascendencia. Con tal pretexto apresó algunos barcos argentinos, pero la llegada del nuevo representante americano solucionó el incidente mediante excusas que se dieron a nuestro gobierno y la declaración que se reconocía el bloqueo decretado por Rosas sobre Montevideo, que había sido desconocido por el marino norteamericano. Un nuevo incidente se suscitó a raíz de dicho bloqueo. Un jefe naval americano manifestó su acuerdo con el mismo. 302
pero el representante Brent desautorizó su conducta y esta actitud fue aprobada por su gobierno. El 22 de septiembre Brent, en nombre de su país, negó a los almirantes de Francia y de Inglaterra la facultad para declarar el bloqueo de las costas y puertos de las provincias de Buenos Aires. Pronto esto hizo sentir la acción de Estados Unidos a través de la actuación de Hopkins, enviado comercial del presidente Polk. Este personaje debía investigar la disposición del gobernador López, del Paraguay, para hacer factible los buenos oficios americanos ante Rosas. Hopkins tuvo éxito en su gestión con López al prometerle mediar ante el gobierno de Buenos Aires y de ejercer presión sobre Rosas para obtener la libre navegación de los ríos. Fue así como consiguió franquicias comerciales importantes. Con la base de este convenio, Brent sometió una propuesta de mediación a Rosas, quien el 26 de febrero comunicó su aceptación. Como consecuencia, al día siguiente despachó instrucciones a Urquiza para que no invadiera el Paraguay por ningún motivo. El 16 de marzo Rosas hizo saber los términos en que podría hacerse la paz con el Paraguay. Aceptaba reconocerle su integridad territorial, autonomía en los asuntos internos y la libre navegación de los ríos, siempre que integrara la Confederación Argentina. Los límites territoriales serían fijados más adelante. Esta declaración irritó a Hopkins, quien consideró inaceptables estos términos y se fue a Montevideo dejando una carta extremadamente fuerte que- motivo la ira de Rosas. Con esto se dio término a la mediación, pero ante la protesta de Alvear por los términos de la carta, el gobierno americano presentó las debidas excusas y aseguró que sería removido. En realidad el presidente Polk no había tenido intervención en el plan de mediación y manifestó que sus agentes carecieron de autorización para hacerlo. En 1845 la prensa americana condenó en forma unánime y reiterada el bloqueo del Rio de la Plata. Un comentario de la prensa motivó el reclamo del embajador de Gran Bretaña ante la secretaría de Estado. El ministro americano, al 303
declinar su responsabilidad, agregó que el gobierno de los Estados Unidos no tenía intención de intervenir u oponerse en forma alguna a los esfuerzos realizados por los gobiernos de Francia y Gran Bretaña para la pacificación de ambas repúblicas sudamericanas. Es decir, que el gobierno de Polk, después de la desacertada actuación de sus representantes, había decidido adoptar una política de absoluta prescindencia. Cabe advertir que el representante inglés hizo presente al secretario Buchanan que Gran Bretaña no tenia el propósito de adquirir territorios en el Río de la Plata sino simplemente poner término a la guerra interna que perjudicaba al comercio de todos. Que se buscaría la paz por el acuerdo de las partes, pero que en caso contrario estaban decididos a imponerla por la fuerza. En cierto momento la guerra con Francia pareció inevitable, cuando en 1850 el almirante Lepredour recibió un contingente de hombres de refuerzo. En esta oportunidad Harris, encargado de negocios de Estados Unidos, notificó a Rosas que no tuviera esperanzas de que su país ayudase a la Argentina en caso de conflicto. Al insistir el tirano en que estaba obligado a suministrarle ayuda de acuerdo a la doctrina de Monroe, Harris le respondió que el único apoyo que se le podría prestar sería de carácter moral y que eso ya se había hecho hasta donde se consideraba útil y necesario. El ataque a las Malvinas Un decreto del gobierno autorizó en 1823 a Luis Vernet a instalarse en las Malvinas. En cumplimiento de sus funciones y de las instrucciones recibidas, Vernet debía vigilar la actuación de los pescadores. Vernet previno a los capitanes de los barcos americanos que debían solicitar permiso al gobierno de Buenos Aires, pues de lo contrario, en la próxima estación de pesca no podrían ejercer sus actividades. No obstante esta prevención, al año siguiente fuerzas de Vernet descubrieron a tres barcos americanos que estaban pescando sin permiso. Inmediata-
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mente procedió a su captura y en uno de ellos vino a Buenos Aires. Enterado el cónsul Slacum de lo ocurrido, comunicó el hecho al comandante Silas Duncan de la corbeta "Lexington", quien decidió recurrir a vías de hecho para proteger a sus connacionales. Hizo saber al gobierno que iba a viajar a las Malvinas para defenderlos e intimó la entrega de Vernet como culpable de piratería y robo, para ser juzgado como correspondía. El 31 de diciembre de 1831 llegó a las Malvinas, tomó prisionera a la pequeña guarnición y destruyó todas las instalaciones, después de haber saqueado las casas. El gobierno argentino reaccionó de inmediato cancelando el "execuatur" al cónsul Slacum. Con posterioridad llegó como encargado de negocios Francis Bailis, quien en cumplimiento de sus instrucciones llamó la atención del gobierno argentino sobre el procedimiento de Vernet. Los hechos del comandante Duncan y la enérgica reclamación del gobierno argentino, hicieron que Bailis solicitase sus pasaportes, y abandonase el país dejando el asunto pendiente. El general Álvear al frente de la legación argentina en Washington, reclamó por los hechos de Duncan ante el secretario de Estado Webster. El ministro americano contestó el 4 de diciembre de 1841 sugiriendo que se suspendiese la discusión hasta que se resolviese la cuestión con Gran Bretaña sobre la posesión de las islas. Interpuesto un nuevo reclamo por el ministro Domínguez en 1884 primero y luego por Vicente Quesada, ambos fueron contestados el 18 de marzo de 1886 por el secretario de Estado F. J. Bayard. La nota americana rechazó las dos protestas. Comenzó recordando que Álvear había reanudado la discusión, pero que Webster sugirió la conveniencia de suspender la decisión del gobierno americano sobre la responsabilidad que le pudiera caber al capitán Duncan hasta tanto se arreglara la controversia pendiente entre nuestro país y Gran Bretaña sobre la jurisdicción de las islas Falkland. Dijo la nota que se pensaba que los Estados Unidos, hasta que no se arreglara la respectiva controversia no debía dar una respuesta final al general Álvear. 305
Después de hacer referencia al origen del título argentino y a la existencia dudosa de la promesa secreta por la cual Gran Bretaña se retiró de las Malvinas, la nota contestó el reclamo que se hizo fundado en la doctrina de Monroe y agregó: "Como la nueva ocupación positiva de las islas Falkland por la Gran Bretaña en 1833 se llevó a cabo en virtud de un título a que decía tener derecho y que bien lo había declarado y sostenido aquel gobierno, no se hecha de ver que la doctrina de Monroe, invocada por parte de la República Argentina, tenga aplicación alguna al caso. Según los términos en que fue proclamado aquel principio de derecho internacional, queda expresamente excluido de todo efecto retroactivo". A continuación se expresó que aun cuando se evidenciara que la República Argentina poseyera el legítimo título a la soberanía de las Malvinas, habían amplias razones como para defender la conducta del capitán Duncan de 1831. En efecto, desde principios de la existencia política de Estados Unidos, ciudadanos de ese país se ocupaban de la pesca en las islas Malvinas con el objeto de seguir su ocupación, sin que se presentaran dificultades de parte de los individuos que estaban en posesión positiva del territorio. Ese estado de cosas continuó hasta 1829, cuando Vernet, que "pretendía obrar como gobernador militar de las islas en virtud de la autorización del gobierno de Buenos Aires, principió a negarles por medios violentos a los ciudadanos de este país el derecho que tenían para ocuparse de pescar en las islas Falkland o en las costas del continente al sur del río Negro". Se hizo hincapié en que el decreto nombrando a Vernet jamás fue publicado y que éste, mientras apresaba a los buques americanos, dejaba pasar a los británicos, a pesar de la cuestión territorial existente entre los dos países. Si el gobierno de Estados Unidos hubiera conocido el propósito del gobierno argentino de establecer una prohibición de los derechos usuales de pesca en los mares del sur, sin duda hubiera impugnado ese derecho, porque de acuerdo a las leyes internacionales existía el derecho de pesca en las aguas adyacentes a la costa de un país dentro de sus límites territoriales. 306
Además, esta regla estaba sujeta a una excepción que había sido reconocido en muchos tratados anteriores al tiempo en que se intentó, sin previo aviso, excluir a los ciudadanos americanos de la pesca en las islas Malvinas o en las costas de sudamérica al sur de río Negro. Se mencionó una serie de tratados que dieron forma al derecho preexistente y reconocido de que la soberanía que tiene una nación sobre las playas y aguas adyacentes, en manera alguna se debilita o corre peligro por el otorgamiento de permisos a los ciudadanos o subditos de una potencia extranjera a pescar, salar y ahumar los pescados en playas que no están habitadas por los propios ciudadanos o subditos de aquélla. Terminaba la nota manifestando que nada se había demostrado en ese momento que existiera responsabilidad por el hecho ocurrido en las Malvinas en 1831, ni que fuera necesario dirimir la disputa internacional por medio del arbitraje como había sido propuesto por nuestro representante Domínguez en la nota de 29 de julio.a La nota de Bayard fue ampliamente rebatida por el canciller Ortiz en la comunicación que dirigiera el 6 de mayo de 1886 a Quesada. La refutación comenzó destacando el error de geografía en que se había incurrido. Nuestro ministro señaló que en el archipiélago existen dos grandes islas, la Malvina del oeste y la Malvina del sud. En ésta fue donde en 1764 fundó Bougainville la colonia que después fue vendida a los españoles, que habían reclamado por aquella ocupación. En la Malvina del oeste se establecieron los ingleses en 1766 y de ahí fueron expulsados por Ignacio Madariaga en 1770. Restituidos los ingleses a la mencionada colonia de Puerto Egmont, la abandonaron en 1774 sin volver más a ella. Es decir, que sólo sobre la isla de Puerto Egmont tuvieron lugar las controversias con Inglaterra sobre el mejor derecho. Por consiguiente, si los actos del capitán Duncan hubieran tenido lugar en la Malvina del oeste y la antigua colonia de Puerto Egmont, se explicarían las observaciones aducidas por el gobierno de Estados Unidos, pero tratándose Memoria Relaciones Exteriores, 1887, pág. 193.
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de un asalto llevado contra la colonia argentina fundada en la Malvina del este, en el puerto de La Soledad, que jamás estuvo en poder de Inglaterra, la conducta debía ser calificada en forma distinta. "En cuanto a las objeciones que hizo el Sr. Bayard, de que al invocarse en la nota de 29 de julio la doctrina de Monroe se procedía con poca exactitud, porque si se aplicase a la ocupación de las islas Falkland por Inglaterra en 1833 se le daría un efecto retroactivo que no tiene, V.E. debe hacer notar que la observación del ministro de Estado sería perfectamente aceptable si Inglaterra hubiera vuelto a ocupar Puerto Egmont o Malvina del oeste, puesto que allí había tenido una colonia y ejercido actos de posesión, pero que, tratándose de la ocupación de las islas del este o Soledad, donde nunca había flameado la bandera británica ni alegado esa nación mejores derechos que los de España, el recuerdo de esa doctrina era muy oportuno y muy digno de llamar la atención del gobierno de Estados Unidos, puesto que, por una rara inteligencia o sensible olvido de los antecedentes, se presentó sosteniendo los intereses de Inglaterra al reconocer títulos preexistentes a los hechos en que se encuentra complicado de una manera desfavorable el capitán Duncañ". Ortiz negó que fuera cierto que no se hubiera dado publicidad al decreto designando a Vernet como comandante del gobierno militar de las Malvinas, pues la noticia apareció en los periódicos y se publicó en el registro oficial. En cuanto al derecho de pesca consagrado por los tratados y prácticas internacionales, la nota argentina destaca que desde la independencia de los Estados Unidos en 1776 no existió en las islas Malvinas ningún establecimiento que no fuera español y sujeto siempre a la inmediata superintendencia del gobierno de Buenos Aires. Que la costumbre de los ciudadanos americanos de ocuparse de la pesca en aquellas aguas no había sido nunca autorizada por leyes o convenios internacionales, siendo varias las reales, órdenes expedidas por la Corte de Madrid a fines del siglo XVIII para preservar las costas e islas del sur de todo contacto con las marinas 308
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extranjeras. Recordó la prohibición de la pesca contenida en el art. 4» del tratado de 28 de octubre de 1790 firmado entre España y Gran Bretaña, por medio del cual el gobierno inglés se obligaría a emplear los medios más eficaces para que la navegación y la pesca de sus subditos, en el océano Pacífico y en los mares del sur, no sirvieran de pretexto a un comercio ilícito con los establecimientos españoles. Con este propósito se estipuló expresamente que los ciudadanos británicos no navegarían ni pescarían en dichos mares a distancias de diez leguas marítimas de gran parte de las costas ocupadas por España. La nota rechazó firmemente la calificación de acto de piratería, haciendo saber que Vernet no retuvo para sí ningún buque de los capturados, pues los remitió al gobierno de Buenos Aires, quien dispuso la instrucción de juicio de presa consiguiente. Terminó la presentación insistiendo en los derechos argentinos y en que era factible que se podía solucionar la cuestión por medio del arbitraje. En v cumplimiento de las instrucciones recibidas, el 4 de mayo de 1887 Quesada presentó una nota a Wallace, Secretario de Estado, desarrollando el punto de vista del gobierno argentino. En esta nota hizo un estudio exhaustivo de los antecedentes históricos y jurídicos que demostraban el derecho de la República Argentina, no sólo a exigir la indemnización o proceder al arbitraje por el atropello cometido por el capitán Duncañ, sino también a la soberanía de las islas. Nuestro representante comenzó haciendo presente que el gobierno argentino no tenía por qué exponer los títulos que le daban incuestionablemente soberanía a la isla del este o Soledad, en la que jamás tuvo posesión Gran Bretaña, que nunca protestó ni gestionó la evacuación de ella por parte de los españoles, que la poseyeron desde que la población de Puerto Luis les fue cedida por compra hecha a los franceses, primeros ocupantes de la isla, hasta 1810, en que en virtud de la revolución de la independencia fue transitoriamente evacuada. La posesión en que el gobierno argentino se encontraba de dicha isla le daba derecho a no ser despojado de ella por la fuerza, destruyendo su población y 309
\o un robo terminando el juicio tomando prisioneros a sus moradores, en medio de la más profunda paz. El título de ocupante de buena fe y la posesión continuada por actos oficiales y públicos imponía a las otras naciones el deber de respetar esa posesión y les inhibía de recurrir a actos de hostilidad, excusando después dar de ella satisfacciones por suponer que la soberanía de esa isla hubiera sido gestionada o reclamada por una tercera potencia. Después de la extensa exposición de los títulos argentinos Quesada insistió en que era inadmisible que se hubiera perpetrado el ataque a mano armada a una colonia en medio de la paz. Por consiguiente, se esperaba que después de la evidencia de los títulos argentinos, el gobierno de los Estados Unidos aceptaría el arbitraje propuesto para terminar un debate, tan largo tiempo aplazado.1 En el mensaje enviado por el presidente de los Estados Unidos al Congreso en el año 1885 se incluyó un párrafo referente a la cuestión de las Malvinas, que fue considerado perjudicial para nuestros derechos. Con este motivo, nuestro representante en Washington pidió explicaciones del caso haciendo presente que no podía asentir con su silencio el injusto calificativo de "piratical colony", pues pendiente una discusión diplomática iniciada por su antecesor el Sr. Domínguez, no había equidad para considerarla como "holy groundless". El Poder Ejecutivo prestó inmediatamente su aprobación al acto de Quesada, que demostró la inconsistencia de aquellos calificativos. Por otra parte, eran inexplicables los indicados conceptos por cuanto el gobierno de Estados Unidos no había rechazado nuestra reclamación por los daños que causó la fragata "Lexington". El reclamo argentino permanece pendiente,
provisional. ' A los nueve años, el ministro residente americano reclamó en 1875 el pago de una indemnización por los daños y perjuicios que le había causado a Hale el hecho del proceso. La cancillería argentina rechazó el reclamo, pero ante la insistencia de Estados Unidos se convino en designar un arbitro. Presentado el asunto a la Cámara de Diputados para su aprobación fue rechazado. La mayoría de diputados opinó que el interesado debía haber agotado la vía judicial si se creía afectado, pero que no era posible sentar un precedente, que sería funesto para el país, al admitir una gestión diplomática en esas condiciones. El representante de Estados Unidos no desistió de su reclamación, por lo que en enero de 1884 el ministro Ortiz le hizo saber que la única manera de terminar el asunto era recurrir a un arbitro para que determinase si había lugar para la reclamación y, en caso afirmativo, cuál sería el monto de la indemnización. No habiendo sido posible llegar a un acuerdo, no obstante que el asunto se discutió también en Washington con el representante argentino, el Poder Ejecutivo resolvió enviarlo al Congreso donde quedó sin solucionarse. Mediación de Estados Unidos Con motivo del conflicto que se planteó en 1880 entre la nación y la provincia de Buenos Aires, el ministro Osborn ofreció la mediación de Estados Unidos. La nota fue contestada por el canciller Benjamín Zorrilla aceptándola para su oportunidad.
El reclamo Hale En 1866 el ciudadano norteamericano Guillermo Hale fue procesado en Rosario bajo la inculpación de haber come1
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Memoria Relaciones Exteriores, 1887, pág. 201.
Tratado de reciprocidad comercial En 1891 el ministro de Estados Unidos acreditado en Buenos Aires, inició una negociación invitando al gobierno argentino a celebrar un tratado de reciprocidad comercial
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con arreglo a la ley Mac Kinley, sancionada por el Congreso de los Estados Unidos, El canciller Zeballos, de acuerdo a instrucciones del presidente de la República, contestó la nota manifestando que como el "bilí" Mac Kinley reposaba sobre la compensación de los intereses comerciales no existía esa compensación en el proyecto presentado. Mientras la República Argentina no pasaría por las aduanas norteamericanas sino una reducida parte de sus cueros libres de derechos, los Estados Unidos importarían por las aduanas argentinas de quince a veinte millones de pesos. Por otra parte, refiriéndose solamente a concesiones gratuitas y no a las otorgadas mediante ventajas reciprocas, no creía el gobierno argentino que el comercio de compensación favoreciera sus intereses. El hecho de tener buenos clientes en Europa hacía que la República Argentina no viera en el sistema de reciprocidad una ventaja para su comercio, pero no obstante esto, para conservar y ampliar las liberales tradiciones en favor de importaciones de artículos procedentes de Estados Unidos, proponía que quedara subsistente la introducción libre de derechos de los productos importados de Estados Unidos que se fijaran, y que se declararía libre de derechos de importación a toda clase de maquinaria agrícola y kerosén. Después de intercambiadas varias notas se resolvió instruir al ministro de la República en Washington para que terminara la negociación. Auxilio americano a ciudadanos argentinos En 1898 el gobierno de los Estados Unidos ofreció los servicios de los diplomáticos y cónsules americanos residentes en Turquía para prestar auxilio a los ciudadanos argentinos.' El gobierno por nota de 28 de mayo aceptó y agradeció el ofrecimiento, con la advertencia de que reembolsaría a los funcionarios consulares y diplomáticos los auxilios dispensados o que se dispensasen a los marineros argentinos desvalidos, pidiendo que, cuando ello sucediera, se le comunicara el monto de los gastos. Agregó que siendo tan pocos 312
los casos de protección a ciudadanos argentinos que podían ocurrir, no creía llegado el momento de celebrar un convenio sobre el particular. Los sucesos de Venezuela y la doctrina de Drago En el mes de diciembre de 1902 García Merou, enviado argentino ante los Estados Unidos, comunicó que los gobiernos de Alemania e Italia habían apresado la escuadra venezolana, bombardeado varias de sus ciudades y establecido un bloqueo sobre las costas de Venezuela. Esta agresión tenía por objeto obtener el cobro de la deuda pública que el gobierno venezolano no atendía debido a la lucha civil que asolaba al país. Nuestro ministro de relaciones exteriores, Luis María Drago, de acuerdo con el presidente de la República, general Roca, le dio instrucciones con fecha diciembre 29 de 1902 para que presentara una nota al gobierno de Washington haciéndole presente que el cobro militar de los empréstitos supone la ocupación territorial para hacerla efectiva; y la ocupación territorial significa la supresión o subordinación de los gobiernos locales en los países a que se extiende. Esta situación contrariaba los principios muchas veces proclamados por las naciones de América, y muy particularmente, a la doctrina de Monroe, con tanto celo sostenida y defendida en todo tiempo por Estados Unidos y a la que la República Argentina había adherido solemnemente antes de ese momento. En la nota se decía textualmente¡ "lo único que la República Argentina sostiene y lo que vería con gran satisfacción consagrado con motivo de los sucesos de Venezuela por una nación como los Estados Unidos que goza de tan grande autoridad y poderío, es el principio ya aceptado de que no puede haber expansión territorial europea en América, ni opresión de los pueblos de este continente, porque una desgraciada situación financiera pudiese llevar a alguno de ellos a diferir el cumplimiento de sus compromisos. En una palabra, el principio que quisiera ver reconocido es el de que la 313
deuda pública no puede dar lugar a la intervención armada ni menos a la ocupación material del suelo de las naciones americanas por una potencia europea". La nota así concebida fue el origen de la doctrina Drago, doctrina que, como su propio autor lo aclaró más tarde, tenía un contenido meramente político y circunscripto a los países americanos. En contestación a la nota de Drago, el secretario de Estado, Hay, envió un memorándum fechado el 17 de febrero de 1903. En este documento se hacía referencia al mensaje que el presidente Roosevelt había hecho al Congreso el 3 de diciembre de 1901, en el que manifestó: "Que por la doctrina Monroe no garantizamos a ningún estado contra la represión que pueda acarrearle su inconducta, con tal de que esa 'represión no asuma la forma de adquisición de territorio por ningún poder no americano". Terminaba la nota manifestando que el gobierno de Estados Unidos vería siempre con satisfacción que las cuestiones sobre la justicia de los reclamos de un estado contra otro que surja de agravios individuales o de obligaciones nacionales, lo mismo que las garantías para la ejecución de cualquier laudo que se dicte, sean librados a la decisión de un tribunal de arbitros universales. Mediación del A • B. C. 1 En 1914 fuerzas del ejército del general mejicano Huerta apresaron en Tampico a un piquete de marinos norteamericanos. Estados Unidos consideró afectados sus derechos y como su reclamación no recibiera las explicaciones debidas para considerar satisfecho el agravio, el gobierno americano envió tropas a Veracruz para apoyar sus exigencias. La guerra pareció inevitable por el giro de los acontecimientos. En esta circunstancia los gobiernos de la Argentina, Chile y Brasil ofrecieron sus buenos oficios para la solución pacífica del incidente. El presidente americano Wilson primero, y el 1
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Ver capitulo "Relaciones con Brasil".
genera] Huerta enseguida, convinieron en suspender las hostilidades ya iniciadas para ventilar sus diferencias bajo el auspicio de las naciones mediadoras. Poco después ambos gobiernos nombraban sus delegados que con los representantes de la Argentina, Brasil y Chile abordaron su tarea en la conferencia reunida en Niágara Falls, obteniéndose pleno éxito en la gestión. Guerra de 1914 El 5 de febrero de 1917 el embajador americano en Buenos Aires comunicó a nuestra cancillería que su gobierno había resuelto retirar su embajada de Bélgica y entregar los pasaportes al embajador alemán en vista del anuncio del gobierno imperial de reanudar la guerra submarina ilimitada. Agregaba que si Alemania ejecutaba su amenaza, el presidente americano pediría al Congreso lo autorizara a emplear la potencia nacional en la protección de sus ciudadanos. El ministro Pueyrredón contestó el 9 de febrero haciéndole saber que el gobierno argentino se había dirigido al gobierno alemán en nota del 7 de febrero de 1917, comunicándole que ajustaría su conducta a los principios y normas fundamentales del derecho internacional. El 7 de abril de 1917 el embajador americano hizo saber que se había declarado la guerra con Alemania. Nuestro ministerio el 10 de abril contestó la nota expresando: "en vista de las causas que han inducido a los Estados Unidos de América a declarar la guerra al gobierno del imperio alemán, reconoce la justicia de esa resolución, en cuanto ella se funda en la violación de los principios de la neutralidad consagrados por reglas de Derecho Internacional que se consideraban conquistas definitivas de la civilización". Reclamo americano por derechos aduaneros Con motivo de la rebaja del 50 % de los derechos aduaneros que se hizo a ciertos productos chilenos, de acuerdo al
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modus vivendi comercial firmado en 1932, Estados Unidos reclamó para los productos americanos igual tratamiento invocando el tratado de 1853 y la cláusula de la nación más favorecida. El gobierno argentino contestó el 23 de enero de 1933 haciendo saber que no era posible acceder a esa petición porque los arts. 39 y 4? del tratado vigente entre ambos países no autorizaban a reclamar en favor de productos similares y de procedencia norteamericana sin ofrecer una compensación equivalente a las rebajas que fueron concedidas a los productos de Chile, Francia, Gran Bretaña e Italia. Guerra de 1939. - Declaración de no beligerancia Con motivo de la declaración de guerra de Estados Unidos contra Japón a raíz del ataque a Hawai, por decretos de 9 y 12 de diciembre de 1941 se declaró que la República Argentina no consideraba a los Estados Unidos de América en la situación de país beligerante con respecto a Japón, Alemania e Italia. Conflicto por la conducta argentina durante la guerra Durante el año de 1944 y subsiguientes, las relaciones entre el gobierno argentino y el de Estados Unidos fueron sumamente delicadas. El presidente Castillo, notoriamente inclinado en favor de Alemania por creer en su triunfo, fue derribado por un movimiento militar el 4 de junio de 1943. El gobierno militar, presidido por el general Ramírez, continuó la simpatía por el régimen nazista. Estados Unidos tuvo referencias concretas de que el grupo de mayores que se había apoderado del gobierno en La Paz había sido ayudado y apoyado por los coroneles argentinos que gobernaban en Buenos Aires o que tenían preponderancia en el gobierno militar. El gobierno de Washington consideró peligroso que coroneles argentinos en concomitancia con militares bolivianos formaran un block antipan316
americano para propugnar abiertamente la ideología del nazifascismo. Tres acontecimientos hicieron que dicho gobierno, de una tolerancia pacífica, pasara a una actitud contraria a la Argentina. El 21 de enero de ese año las autoridades inglesas detuvieron en Trinidad al cónsul auxiliar argentino Helmut por tener pruebas de que estaba al servicio del espionaje alemán. Un diario de Montevideo publicó el facsímil de una carta interceptada en la que demostraba la íntima colaboración entre funcionarios del régimen de Ramírez y agentes de la embajada de Alemania. Además, se probaba que había íntima conexión con el gobierno alemán. El gobierno americano resolvió hacer conocer la vinculación que existía o que había existido entre el gobierno argentino y la revolución de Bolivia. Parece que se había resuelto hacer públicas las pruebas de complicidad en esa revolución a fin de justificar sanciones económicas contra la Argentina. El presidente Ramírez tuvo noticias de lo que iba a ocurrir, y reuniendo precipitadamente a sus ministros, decidió que para evitar la acción americana lo más conveniente era romper relaciones con el régimen nazi. El 26 de enero de 1945 Ramírez rompió relaciones diplomáticas con Alemania y Japón y este acto privó al gobierno de Washington de la oportunidad de publicar lo que tenía preparado. Obligado Ramírez a dejar el poder, quienes lo sucedieron no cambiaron su orientación totalitaria. Advertido de esto, el gobierno de Estados Unidos continuó preocupado por la posición argentina, contraria al panamericanismo y bajo su inspiración se produjo una situación práctica de aislamiento de la Argentina. Fue así como el embajador americano Armour fue llamado por su gobierno pocos días antes de la fecha nacional del 9 de julio, para evitar en esta forma el contacto oficial con las autoridades argentinas. Bajo la inspiración americana la mayoría de los gobiernos fueron retirando sus representantes diplomáticos acreditados en Buenos Aires, pero estas medidas no conmovieron al régimen de los hombres que gobernaban al país. Ante esta 317
situación se produjo una acción directa de Estados Unidos, que se tradujo en la declaración que hizo el secretario de Estado, Hull, el 26 de julio, en la que acusó a la Argentina de haber desertado de la causa de los aliados. Afirmó que nuestro gobierno había causado tremendo daño al quebrantar deliberadamente su promesa hecha en La Habana en 1940 de cooperar contra el eje y al ayudar notoria y abiertamente a los enemigos declarados de las Naciones Unidas. Tales declaraciones no sólo rehusaban el reconocimiento al régimen de Farrell sino que recomendaban que todas las Naciones Unidas y sus adherentes cortaran relaciones. El secretario Hull hizo una nueva declaración, pero días después el presidente Roosevelt fue más categórico al formular una nueva declaración en la que indicaba que la Argentina se hallaba bajo influencias nazi-fascistas. El principal significado de esta declaración presidencial fue el de indicar que la política del gobierno americano había sido adoptada de acuerdo con los demás gobiernos americanos. En ese año de 1942 el subsecretario interino de Estado de los Estados Unidos, pronunció un discurso afirmando que dos repúblicas americanas permitían que su territorio fuese utilizado por funcionarios y agentes del eje como base para desarrollar actividades hostiles. Con tal motivo el gobierno argentino recabó informes sobre el particular al embajador de Estados Unidos, quien le entregó tres memorándums sobre actividades realizadas en nuestro país por agentes del eje. Las averiguaciones practicadas por la policía demostraron que el agregado naval a la embajada alemana, capitán de navio Niebur, dirigia una organización de espionaje. En las actuaciones llevadas a la justicia, la Corte Suprema pidió al Poder Ejecutivo recabase la conformidad del gobierno alemán para que el marino quedase sometido a la jurisdicción nacional. Como la embajada alemana contestó que no permitía que su agregado naval fuese sometido a la jurisdicción de los tribunales argentinos, el gobierno argentino solicitó de Alemania el retiro de su funcionario en base a que las constancias
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de las investigaciones probaban que había cometido actos no compatibles con sus funciones diplomáticas en un país neutral. El 27 de octubre de 1944 el gobierno argentino pidió a la Unión Panamericana que convocara a una nueva reunión de ministros de relaciones exteriores de las repúblicas americanas a fin de que estudiaran el problema argentino. El secretario interino de Estado. Stettinius, declaró a la prensa, que Estados Unidos no se opondría a la reunión. Padilla Ñervo, de Méjico, apoyó el pedido argentino sosteniendo que debía dársele la oportunidad de enmendar su error y colaborar con los demás pasíes americanos. Esta propuesta fue aceptada, pero a fines de diciembre sufrió una derivación. No se hizo la invitación como si se tratara de una reunión de cancilleres, sino que se convocó en Méjico a una conferencia especial llamada Conferencia Interamericana sobre problemas de la guerra y de la paz, de la que se excluyó al gobierno argentino. Transcurrido cierto tiempo y como las tentativas de los adversarios políticos para derribar al dictador argentino no tuvieron éxito, el gobierno americano cambió de táctica, creyendo en esta forma que lo atraería a su política. Fue así como acreditó una serie de embajadores complacientes con lo que se restableció la amistad oficial. La República Argentina y la Doctrina de Monroe La posición de la República Argentina frente a la doctrina enunciada por el presidente Monroe no ha seguido una línea de continuidad histórica. En efecto, en °-\e del general Las Heras a! inaugurarse la cuarta Legislatura de Buenos Aires, hizo una declaración referente a la misión que se confiaba al general Alvear. En esa declaración aceptó que la doctrina de Monroe era una doctrina de carácter continental, proponiendo a Estados Unidos que se expresara que debían reconocerse los límites existentes en los países al tiempo de la independencia. Posteriormente, el 24 de agosto de 1826 el gobierno argentino preguntó al de Estados Unidos si la doctrina era o
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no aplicable en el caso de que alguna potencia europea auxiliara de algún modo al emperador del Brasil para sostener la guerra declarada a las Provincias Unidas del Río de la Plata. Y que si dicha declaración era igualmente aplicable en el caso de que el emperador, como rey de Portugal, intentase sacar de ese reino o de algunos de sus dominios cualquier clase de auxilio para sostener la guerra. Henry Clay contestó el 3 de enero de 1828 diciendo que la declaración de Monroe debía ser considerada sólo como un acto voluntario y común, y que no había obligación o compromiso que pudiese invocar cualquier nación extranjera. Que si llegase el caso de la intervención europea y se considerase necesario resolver si el país debería entrar o no en la guerra, sólo el Congreso sería competente para resolver tal cuestión. Un nuevo reconocimiento de la doctrina de Monroe tuvo lugar cuando Rosas insistió ante el encargado de negocios Harris, en Buenos Aires, de que su país debía ayudar a la Argentina. Nuevamente el representante americano manifestó que no era un caso de obligación de la doctrina de Monroe y que sólo había un apoyo moral. Otro reconocimiento de la doctrina fue hecho por el representante argentino con motivo de la ocupación de las Malvinas. En esa oportunidad, como se ha dicho, el ministro Bayard declaró que la doctrina no tenía efecto retroactivo. Finalmente, en la famosa nota del Dr. Drago hay una expresa invocación a la doctrina de Monroe. Sin embargo, la posición definitiva del gobierno argentino fue expresada en 1928 con alcances que coincidieron con la posición del propio gobierno americano. En 1928 en la reunión del comité de seguridad y arbitraje de la Liga de las Naciones, el representante argentino, de acuerdo a instrucciones de su gobierno, hizo la declaración siguiente refiriéndose al art. 21 del Pacto de la Liga: "Considero de mi deber objetar en nombre de la verdad histórica la redacción de dicho artículo. La doctrina de Monroe, de que trata, constituye una declaración política de Estados Unidos. La política contenida en esta declaración, oponiéndose en su tiempo a los propósitos de la Santa Alianza y alejando las amenazas de reconquista 320
europea en América, ha prestado en los momentos iniciales de la independencia tan grandes servicios que ha hecho y hará siempre honor a los Estados Unidos, cuya historia política cuenta al servicio de la libertad y de la justicia tantas y tan bellas páginas. Pero sería inexacto dar, como lo hace el art. 21, a un modo de ejemplo, el nombre de entente regional a una declaración política unilateral que jamás ha sido, que yo sepa, aprobada explícitamente por los demás países americanos .
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CAPÍTULO VIII RELACIONES CON GRAN BRETAÑA La política inglesa con la Revolución de Mayo. — Misión de Matías Irigoyen. — Misión de Manuel Moreno. — La actividad exterior del Triunvirato. — Misión de Sarratea. — La política exterior del Directorio. Misión García. — El reconocimiento de la Independencia. Tratado de 1825. — La intervención inglesa en el río de la Plata. — La nacionalidad de los hijos de ingleses. — Doctrina de Tejedor. — Reconocimiento del rio de la Plata. — Incidente por la sucursal del Banco de Londres. — Cuestiones planteadas durante la 1* guerra mundial. — Guerra de 1939. — La cuestión de las Malvinas. — La cuestión de la Antártida y de las islas Oreadas, Shetland y Georgias del Sur.
La política con la Revolución de Mayo La emancipación de las colonias españolas abrió al comercio inglés el gran mercado que le había estado vedado por la ciega y absurda política colonial española. La Revolución de Mayo tuvo un neto carácter liberal y republicano, y por eso no gozó de la simpatía del gabinete inglés, que nada pudo hacer en favor de la corona española, debido a los poderosos intereses comerciales representados en el parlamento. Gran Bretaña, a pesar de formar parte de la Pentarquía, no secundó los planes de la Santa Alianza para ayudar a España a reconquistar sus colonias. En un principio el gobierno inglés, inspirado por Castlereagh, propició una mediación a base de la reconciliación del rey de España con sus subditos americanos y el establecimiento de la libertad de comercio para todas las naciones. Sin embargo, la política 323
inglesa cambió al retornar Fernando VII e instalar el absolutismo en España. No sólo prohibió a sus subditos la venta de armas a los insurgentes, sino que indujo al gobierno de Estados Unidos a imitar su conducta; consintió la invasión portuguesa; se apoderó de un buque patriota; pretendió mantener un influjo exclusivo en nuestros negocios y fomentó la obstinación de España y el artículo adicional del tratado de Madrid. Por todo esto Rivadavia llegó a calificar de "inhumana la política del gobierno británico". 1 . Más tarde, con Canning en el poder, cambió la opinión del gobierno inglés y lord Strangford, ministro acreditado en Río de Janeiro, pudo favorecer el triunfo de los hombres de Buenos Aires, base de la libertad de comercio que tanto interesaba a Inglaterra. La Junta de Mayo, por prestigio, necesitaba el reconocimiento internacional y con esa finalidad lo solicitó de Gran Bretaña el 28 de mayo a través de su representante en Río de Janeiro, Lord Strangford, que ya estaba trabajado por Padilla, Pueyrredón y Rodríguez Peña, contestó inmediatamente en forma muy amistosa prometiendo comunicar todo a su gobierno "a fin de que se instruya.. . de la buena causa que sostienen". Al mismo tiempo les hacía saber la buena voluntad de la corte del Brasil hacia los revolucionarios de Buenos Aires. En nota de agosto 10 la Junta le hizo saber que la situación de los negocios era muy crítica y que "nuestra íntima unión a los intereses de la Gran Bretaña exige más medidas eficaces y prontas que sofoquen en su raíz las injustas empresas de cuatro hombres aturdidos que por desgracia dominan y precipitan a Montevideo". 2 Lord Strangford se convirtió en el consejero y en el hombre de los buenos oficios de la Junta ante la corte brasileña y el representante de España. Hubo activa correspon1 BELGRANO, MARIO, La Santa Alianza. ~ Los comisionados al exterior en "Historia de la Nación Argentina", tomo VI, pág. 671. 3 Correspondencia de Lord Síranglord y de la situación naval británica en el Río de la Plata con el gobierno de Buenos Aires, Archivo General de la Nación, pág. 11. Ruiz GUIÑAZÚ, E., Lord Strangford y la Revolución de Mayo,
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dencia, y hasta le fue enviada una memoria sobre el estado del comercio, dando motivo a que se valiera de Manuel Anacleto Padilla como agente suyo para mantener la inteligencia con los patriotas. La actuación del representante de Inglaterra fue de una innegable eficacia positiva para la causa de la independencia al hacer ineficaz el bloqueo hispánico decretado por Vigodet, gobernador de Montevideo, y al oponerse a las aspiraciones portuguesas a la Banda Oriental. Como el bloqueo era de fundamental importancia para la suerte de las actividades de la Junta, ésta se dirigió a lord Strangford reclamándole su cooperación naval para la defensa del río de la Plata, afectada por la conducta del capitán Elliot, que llegó hasta suspender las actividades de los barcos mercantes de su país con el pretexto de que tenía que recibir nuevas órdenes. La queja de la Junta fue atendida reemplazándose a Elliot por el capitán Ramsay, francamente partidario de Buenos Aires. Designado Elio como virrey del río de la Plata, decretó de inmediato un nuevo bloqueo de Buenos Aires. Este hecho fue comunicado por la Junta a lord Strangofrd, invocando las protestas de amistad que tenía hechas y los compromisos que había tomado de mantener abierto el puerto para proteger el comercio de los ingleses. Pero el enviado británico guardó silencio debido a que su país mantenía buenas relaciones con España, a la que ayudaba en la lucha contra Napoleón. Poco después se recibió la noticia de la derrota de Belgrano en el Paraguay y entrada de un ejército portugués por las fronteras del Yaguarón. La Junta volvió a dirigirse a Lord Strangford llamándoble la atención por lo que consideraba un abandono. Entre el almirante de Courcy y el virrey español de Montevideo se produjo un serio entredicho a raíz de que el primero solicitó el levantamiento del bloqueo. Como Elio se negara, el marino inglés le comunicó que protegería de todas maneras el comercio inglés, y así lo hizo. El 20 de abril de 1811 el representante de Gran Bretaña 325
dirigió una larga nota a la Junta en la que la instaba a respetar la autoridad de Fernando VII ofreciendo sobre esta base la mediación de Inglaterra con la salvedad de que la propuesta "no envuelve ninguna disposición de parte de mi corte a intervenir en los negocios políticos de la monarquía española, o a sostener algún sistema inconsistente con la liberalidad y justicia y con la permanente prosperidad de la América española",1 Las bases debían ser: retirada de las tropas patriotas de la Banda Oriental; cesación del bloqueo y duración del armisticio bajo la mediación amistosa de Gran Bretaña. Cuando llegó esta comunicación a Buenos Aires la situación había sufrido un vuelco favorable: se había salvado el ejército de Belgrano; la campaña uruguaya se había insurreccionado; tropas argentinas habían pasado el rio y estaban en marcha hacia Montevideo, cuyas fuerzas habían sido batidas en varios combates. En esta situación, la Junta contestó a lord Strangford reprochándole que no se hubiese dignado contestarle sus notas anteriores sobre el bloqueo. Le dijo que entre América e Inglaterra se trataba de la prosperidad comercial y que ésta nada tenía que ver con la unión o desunión de América con España. Con respecto al vínculo con el monarca español le hacía saber que habíamos destruido el sistema colonial y que el armisticio sólo era posible si "el gabinete inglés reconociera la independencia recíproca de los dos Estados". Terminaba, en consecuencia, rechazando la mediación. Sin embargo, tiempo después aceptaría el armisticio a raíz de una propuesta de mediación hecha por el marqués de Wellesley en 1811 a las cortes de Cádiz.
en misión secreta con el objeto de adquirir armamentos y solicitar los oficios del gobierno inglés contra las pretensiones del regente de Portugal. Al entrevistarse con el marqués de Wellesley, Irigoyen le comunicó que su misión tenía por finalidad pedir la protección de Gran Bretaña contra cualquier potencia que intentare oponerse a las resoluciones del pueblo de Buenos Aires. El ministro inglés le contestó que no podía recibir oficialmente emisarios de las colonias españolas en virtud de la posición adoptada de auxiliar a España en su lucha contra Francia, pero que estaba dispuesto a proteger a todo gobierno que combatiera a Napoleón. Aseguró la protección de Inglaterra contra las pretensiones de Portugal, pero rechazó el pedido de auxilio de armas, y terminó ofreciendo la mediación para la eventual reconciliación con España. Misión de Manuel Moreno1 En diciembre de 1810 la Junta resolvió enviar a su secretario Mariano Moreno para que conjuntamente con su hermano Manuel y Tomás Guido, en calidad de secretarios, se trasladasen a Europa a tratar con el gobierno inglés y lograr, de paso, un arreglo con Portugal. Fallecido Moreno en alta mar, su hermano Manuel se entrevistó en Londres con Wellesley, quien le notificó la decisión de Gran Bretaña de no intervenir en los asuntos interiores de la monarquía española en virtud de la acción conjunta que seguía contra Napoleón. La actividad exterior del Triunvirato
Misión de Matías de Irigoyen 2 El 29 de mayo de 1810 la Junta designó al teniente de navio Matías dé Irigoyen para que se trasladara a Londres a Apéndice al tomo 3, pág. 575 de la Historia de la R. Argentina, de López. Correspondencia de Lord Strangford, p, 58. 2 Archivo General de la Nación, Misión Matías de Irigoyen.
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Producido el cambio dé gobierno en Buenos Aires con la transferencia de poderes de la Junta al Triunvirato, Chiclana, Sarratea y Passo se dirigieron a lord Strangford para que continuaran las relaciones amistosas pidiéndole sus bue1 Archivo General de la Nación, Misión de Manuel Moreno y Tomás Cuido en Londres.
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nos oficios a raíz de la ocupación de la Banda Oriental por los portugueses al mando del mariscal Souza. Este había recabado del gobierno de Buenos Aires el envío de representantes con plenos poderes para negociar la pacificación y el reconocimiento de la infanta Carlota como soberana. El pedido del Triunvirato fue atendido y lord Strangford, esta vez juntamente con el embajador español, inició gestiones ante la corte del Brasil. Una nueva mediación del representante inglés tuvo lugar con motivo del rompimiento ocurrido entre el gobierno de Buenos Aires y el de Montevideo a raíz de las actividades de Artigas y de la negativa de los portugueses a retirarse de la Banda Oriental. Vigodet recibió el apoyo material de la corte del Brasil y cuando se avecinaban las operaciones militares la mediación de lord Strangford consiguió la paz. Para ello obtuvo el consentimiento del regente y luego hizo saber a nuestro gobierno que éste aceptaría un armisticio sobre la retirada de ambos ejércitos a sus fronteras. Para asegurar el cumplimiento de lo que se acordase ofreció la garantía de Gran Bretaña. Las relaciones entre el Triunvirato y el representante inglés siempre fueron cordiales, y en dos oportunidades, a su pedido, intervino ante las autoridades chilenas en favor de los intereses de Gran Bretaña. En efecto, en 1813 medió para que se devolviera la fragata "Fama" detenida en ejercicio del derecho de angaria en el puerto de Valparaíso. En el mismo año obtuvo que las autoridades de Chile declararan que no permitirían en su territorio la venta de presas marítimas como las que había hecho la fragata norteamericana "Essex" al apresar cinco navios ingleses. Misión de Sarratea a Inglaterra Para afianzar las relaciones con Gran Bretaña el gobierno decidió enviar a Manuel de Sarratea a Inglaterra, quien previamente debía entrevistar a lord Strangford en Río de Janeiro para obtener auxilios o una autorización para adquirir armas a cambio de ventajas comerciales. Se tenía en
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vista, principalmente, impedir la reconquista de estas tierras por España y que se rechazase cualquier negociación que tendiera al reconocimiento de la regencia de Cádiz, ya que estaba decidido separarse de ella. Únicamente en caso de que Inglaterra insistiera erula mediación, se podrían aceptar condiciones que envolviesen la cesación de hostilidades con las autoridades españolas. í Apoyado por el representante inglés, Sarratea en Río trató de concertar un armisticio con el embajador de España, marqués de Casa Irujo, no obstante la negativa de éste a reconocer el carácter de enviado del gobierno de Buenos Aires. La gestión no prosperó porque Vigodet pretendió que las provincias prestaran juramento a la constitución de la monarquía española y fidelidad al rey. Sarratea llegó a Londres en época poco propicia para cumplir su misión, pues derrotado Napoleón, Fernando VII volvía al trono. Ante este hecho Gran Bretaña, aliada suya, tuvo que alterar su política exterior con los países de América, y el 28 de agosto de 1814 prohibió a sus subditos la entrega de armas y auxilios para los patriotas americanos. La política exterior del Directorio. - Misión García Con la renuncia de Posadas al cargo de Director Supremo se produjo el nombramiento del general Carlos María de Alvear, quien para imponer sus ideas de gobierno, subordinó la política interna a la externa y siguió una política exterior peligrosa enviando en misión secreta ante lord Strangford a Manuel José García. La misión que García debía realizar en Río de Janeiro ha sido duramente criticada y, con sobrada razón, por los historiadores argentinos. 2 Tenía por finalidad, nada menos, 1 BELGRANO, MARIO, La política externa con tos Estados de Europa (1813-1816), en "Historia de la Nación Argentina", tomo VI, pág. 415, primera sección. 2 CANTER, J., La revolución de abril de- 1815 y la organización del nuevo Directorio, "Historia de la Nación Argentina", tomo VI, pág. 265. MITRE, Historia de Belgrano, tomo II, pág. 635.
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•que la de solicitar el protectorado de Inglaterra para nuestra patria. Alvear, ante el temor de que volviese a caer en manos de España, dijo a lord Strangford en nota de 25 de enero de 1815: "en estas circunstancias solamente la generosa na" ción británica puede poner un remedio a tantos males, aco" giendo en sus brazos a estas provincias que obedecerán a " su gobierno y recibirán sus leyes con el mayor placer, por" que conocen que es el único medio de evitar la destrucción " del país, a que están dispuestos antes que volver a la anti" gua servidumbre, y esperan de la sabiduría de esa nación " una existencia pacífica y dichosa". Habló también de que esa disposición era "la más favorable" y conveniente y que "Inglaterra, que ha protegido la " libertad de los negros en la costa de África, no puede aban" donar a su suerte a los habitantes del rio de la Plata en el " acto mismo en que se arrojan a sus brazos generosos". a Pueyrredón atribuye esta inaudita proposición a la juventud de Alvear y a su impaciencia, debida a la hostilidad hacia su persona, pero esta misma causa debió hacerlo pensar que jamás habrían aceptado los argentinos su proyecto, pues el ejército ya había resistido su designación. El del Perú le negó obediencia con la aprobación de San Martín, y el Cabildo de Buenos Aires le era hostil. Su caída, a raíz de la sublevación de Fontezuelas, es la mejor prueba de lo que se dice. En otra nota dirigida al ministro de relaciones exteriores, Alvear hacía saber que las Provincias Unidas eran inhábiles para gobernarse por sí mismas "y que necesitaban una mano exterior que las dirigiese y contuviese en la esfera del orden antes que se precipitasen en los horrores de la anarquía". "Es necesario se aprovechen los momentos, que vengan tropas que impongan a los genios díscolos, y un jefe plenamente autorizado que empiece a dar al país las formas que sean de su beneplácito, del rey y de la nación". Por suerte, García no entregó la nota a lord Strangford, 1 PUEYRREDÓN, CARLOS ALBERTO, Gestiones diplomáticas en América, en "Historia de la Nación Argentina", tomo VI, pág. 448.
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pero llegó a su destinatario la del ministro. Asimismo decidió hacer derivar su negociación, no hacia el protectorado, sino hacia una mediación de Inglaterra, que no prosperó. Alvarez Thomas, nuevo Director Supremo, dio por terminada la misión de García, que había sido secreta hasta para Rivadavia y Belgrano, que se encontraban en esa época en Río de Janeiro. El reconocimiento de la Independencia El reconocimiento de la independencia de los países americanos, efectuado el 28 de marzo de 1822 por los Estados Unidos, influyó para que los hombres de gobierno de Gran Bretaña se decidieran a imitar su ejemplo. Es así como Castlereagh, en vísperas de la conferencia de Viena del Directorio europeo, pensase en un reconocimiento "de facto". Canning, que lo sucedió, fue más decidido e hizo público su pensamiento de que las colonias españolas no podrían permanecer mucho tiempo sin ser reconocidas políticamente, pues ello producía grandes perjuicios a los intereses de todos los países europeos, Canning intentó hacer ceder a España, reacia a ese reconocimiento, pero ante su negativa determinó proceder directamente, apoyado por numerosas entidades comerciales y financieras. Venciendo a miembros del gabinete, entre ellos al duque de Wellington y la misma opinión del rey, en la sesión del parlamento del 7 de febrero hizo leer un mensaje en el que anunciaba el reconocimiento de la independencia. En octubre de 1829 el gobierno inglés designó a Woodbine Parish cónsul general en Buenos Aires. A pesar de su mero carácter de agente comercial, tenía la misión de informar sobre la situación del país a fin de que se pudieran establecer relaciones oficiales. Las informaciones debieron ser favorables porque el 2 de febrero de 1825 se firmó el tratado de Amistad, Comercio y Navegación que aún tiene vigencia. El tratado fue firmado entre Parish como plenipotenciario de Gran Bretaña y Manuel José García, ministro de relaciones exteriores del gobierno argentino. Este tratado sig331
nificó el reconocimiento de nuestra independencia y la consagración de los principios liberales que más tarde quedarían incorporados y reconocidos por la Constitución Nacional de 1853. Se acordó a los ciudadanos de ambos países el derecho de entrar, permanecer y residir en cualquier parte de los mismos. Se les aseguró la absoluta libertad de conciencia; el derecho de practicar su culto y celebrar misa dentro de su propiedad o en las capillas o iglesias que edificaran, como también el derecho de enterrar a los ingleses en sus propios cementerios que podrían establecer y mantener. Se agregó a este régimen la facultad de disponer de sus propiedades por actos entre vivos o por testamento, y si falleciera un subdito inglés sin disposición de última voluntad, el cónsul general o sid! representante tendría derecho de nombrar curadores para encargarse de las propiedades del difunto. Se declaró perpetua amistad entre los dos países y recíproca y absoluta libertad de comercio. Los subditos estaban exentos de todo servicio militar obligatorio de cualquier clase y de todo empréstito forzoso; de requisiciones militares y exentos de pagar ninguna contribución ordinaria bajo pretexto alguno que fuera mayor de las que pagaran los ciudadanos del país. Se admitía la facultad de nombrar cónsules para la protección del comercio en el territorio de ambos países y las Provincias Unidas se obligaban a cooperar en la abolición del comercio de esclavos en el que estaba interesado el gobierno inglés. La excepción del servicio militar revestía una importancia especial porque derogaba, con respecto a los ingleses, la ley de la legislatura de Buenos Aires de 10 de abril de 1821, que exigía a todos los extranjeros prestar servicios en las milicias de la provincia. Según Ravignani, para el momento histórico en que se firmó y la mentalidad que existía en el país, que impuso de un modo permanente y cerrado el ejercicio del catolicismo sin tolerar otras religiones, el tratado con Inglaterra constituyó una honda revolución. 1 1 El congreso nacional de 1824-1827, en "Historia de la Nación Argentina", tomo 7, primera sección, pág. 110. Rosas llegó a decir a Mandeville que consideraba al convenio "como el tratado de nuestra independencia". El tirano tuvo para los ingle-
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Como Rivadavia hubiera sido designado ministro plenipotenciario ante las cortes de Gran Bretaña y Francia, se le encomendó la misión de presentar al gobierno inglés la ratificación del tratado. Así lo hizo éste en la casa de campo de Canning debido a que el gobierno inglés se negó a reconocer su doble investidura, exigiendo una sola para Gran Bretaña. Por esta razón no pudo ser presentado personalmente al rey. Rivadavia tuvo algunos inconvenientes con el gobierno inglés porque éste se negó a intervenir en la cuestión de la Banda Oriental. Además no estuvo conforme con ciertas manifestaciones de Canning que consideró injuriosas para los enviados de otras repúblicas americanas; y como no se tuviera con él la consideración debida a su investidura diplomática, celoso de su dignidad solicitó sus pasaportes y regresó a Buenos Aires. La intervención inglesa en el río de la Plata Para hacer respetar el bloqueo que había establecido sobre el puerto de Montevideo, el gobierno argentino por decreto de 13 de febrero de 1845, dispuso que quedaba prohibida la entrada a Buenos Aires de los buques que hubieran violado ese bloqueo. Habiéndose hecho efectiva esa prohibición con seis buques británicos, Gran Bretaña reclamó pidiendo indemnizaciones para sus propietarios. Para resolver el incidente se designó como arbitro al presidente de Chile José Joaquín Pérez, quien el I 9 de agosto de 1870 laudó en favor de la Confederación Argentina declarando que no estaba obligada a pagar ninguna indemnización. ses una amistad desmedida, obsequiándoles franquicias superiores a sus derechos. Cady dice que al yomper con Leblanc se arrojó en manos de su amigo Mandeville, quedando la usurpación de las Malvinas relegada al olvido. En su afán de atraerlos, los exceptuó de la obligación legal de renunciar a su soberanía de origen, que los demás extranjeros debían cumplir al contraer enlace con argentinas. En 1839 otorgó a Parish los despachos de coronel de caballería del ejército de la Confederación, carta de ciudadanía de la República y autorización para usar en su escudo las armas de la Confederación.
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Gran Bretaña intervino activamente en los conflictos que ocurrieron en el río de la Plata con motivo de la acción de Francia frente a Rosas. Por razones de método la acción conjunta con dicho país se refiere en detalle en el capítulo siguiente. Caída la dictadura resista, Gran Bretaña firmó con la Confederación Argentina el 10 de julio de 1853 un tratado sobre libre navegación de los ríos Paraná y Uruguay, Por este tratado la Confederación, "en el ejercicio de sus derechos soberanos", permitió la libre navegación de esos ríos, en toda la parte de su curso que le perteneciera, a los buques mercantes de todas las naciones (art. 1'). Con respecto a la isla de Martín García ambos países acordaron en emplear todo su influjo para que la posesión de la isla no fuera retenida ni conservada por ningún estado del río de la Plata que no hubiere dado su adhesión al principio de su libre navegación. La nacionalidad de los hijos de ingleses El proyecto de ley de ciudadanía, por la que se declaraba que son argentinos de origen los hijos de extranjeros nacidos en el territorio nacional, motivó un reclamo del encargado de negocios de Gran Bretaña. Desconociendo el principio de que no hay derecho adquirido contra una ley de orden público, el representante británico el 21 de agosto de 1863 presentó un reclamo fundado en que la ley no podía tener efectoretroactivo, esto es, que de conformidad con la ley del 29 de septiembre de 1857 los hijos de ingleses, nacidos en el país, debían continuar siendo de nacionalidad' británica. Elizalde replicó que era inadmisible la pretensión de que la república no pudiera derogar sus leyes cuando lo considerase necesario, puesto que se trataba del ejercicio de su poder soberano, y agregó que la doctrina de Gran Bretaña era precisamente la de que no se podía negar a un Estadoextranjero el derecho a la sumisión de aquellos que son nacidos en su territorio. El representante inglés no estuvo de acuerdo con estas. 334
conclusiones, por lo que fue necesario hacerle saber que sí los representantes de las grandes potencias europeas pretendían establecer la doctrina de que las concesiones hechas a sus subditos por el espíritu liberal y progresista de los gobiernos de América debían ser perpetuas e inmutables, habría muy pocos gobiernos dispuestos a conceder a los extranjeros las facilidades, privilegios y libertades que el gobierno' argentino había consignado en las leyes fundamentales de la república. Doctrina de Tejedor En 1871 el ministro de Gran Bretaña solicitó la opinióndel gobierno argentino respecto al derecho que pudieran tener algunos ciudadanos británicos por los daños que habían sufrido como consecuencia de los sucesos de la provincia de Entre Ríos. Tejedor, ministro de relaciones exteriores, por nota de junio 13 de 1871, manifestó que "el gobierno no se " cree responsable de los daños causados por las fuerzas re" beldes, que en ningún caso fueron autoridades argentinas.. " El gobierno nunca ha estado en la obligación ni por los " tratados ni por la ley de las naciones, de proteger la pro" piedad de los extranjeros situada y establecida dentro del " país enemigo y contra los mismos enemigos. La protección " especial que todo gobierno justo debe a sus propios ciuda" danos, como a los extranjeros, cesa cuando éstos se hallan " dentro del territorio de que los rebeldes se hayan posesio" nado y desde el momento mismo en que por causa de la " guerra termina allí el poder y la jurisdicción del gobierno' " nacional". "El gobierno no se cree tampoco responsable de los da" ños causados por las fuerzas nacionales, ejerciendo legal" mente sus derechos de guerra en territorio hostil y contra " los habitantes sublevados, porque los extranjeros que viven" y ejercen el comercio dentro del territorio rebelde, lo hacen "exponiéndose a las resultas; porque el hecho de residir y " comerciar allí los constituye enemigos en" común con el resíO' " de los habitantes, y por eso sin duda, nunca, ni en ningún
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" caso, semejantes reclamaciones han sido admitidas y termi" nadas favorablemente al reclamante tratándose de una na" ción que haya sido capaz de defenderse o ha estado en li" bertad de rehusar a tan injustas pretensiones", í Reconocimiento del río de la Plata El 8 de junio de 1871 el ministro de Gran Bretaña se dirigió al ministro de relaciones exteriores don Carlos Tejedor para comunicarle que el Almirantazgo de S.M, tenía necesidad de reconocer de nuevo, "en el interés del comercio, una parte del río de la Plata entre Buenos Aires y Montevideo", habiendo decidido emplear una parte de las fuerzas navales británicas estacionadas en estas aguas. Tejedor, por nota de junio 20 de 1871, contestó que el gobierno argentino deseando contribuir por su parte al buen resultado de los estudios había dispuesto que el ministerio de la Guerra y Marina ordenase a la Capitanía del Puerto facilitase con ese objeto los elementos de que pudiera disponer. 3 Incidente por la sucursal del Banco de Londres En 1876 el gobierno de Santa Fe ordenó la liquidación de la sucursal del Banco de Londres en Rosario. Algunos días después, el banco embarcó una cantidad de metálico con destino a Buenos Aires. El gobierno de Santa Fe estimó que dicho acto era contrario a lo dispuesto sobre la liquidación •de los establecimientos bancarios y ordenó la devolución del dinero extraído de la casa de Rosario y el depósito en el Banco Provincial de una suma en metálico igual a la emisión que el Banco de Londres tenía en circulación. Este depósito de¿>ía responder por la conversión del papel emitido, que el Banco estaba obligado a retirar en su liquidación. El gerente se negó a cumplir la resolución. Entonces fue 1 2
Memoria Ministerio de Relaciones Exteriores, 1872. Memoria Ministerio de Relaciones Exteriores, 1872, pág. 12.
arrestado y se clausuró la caja del Banco hasta que se verificase el depósito ordenado. Con este motivo las legaciones de Alemania y de Gran Bretaña interpusieron los reclamos consiguientes, que no fueron aceptados por el gobierno nacional. Fue a raíz de estos acontecimientos que el Dr. Bernardo de Irigoyen, a la sazón ministro de relaciones exteriores, expuso su célebre teoría, conocida después como "doctrina argentina sobre no nacionalidad de las sociedades anónimas". Al reclamo interpuesto por el ministro inglés, que consideró que el hecho constituía "una de las más graves ofensas que jamás se hayan cometido por las autoridades de un país contra los subditos de otro", el ministro argentino indicó que el Banco de Londres, si se consideraba perjudicado, tenía expedito los caminos legales para demandar y obtener reparación ante los tribunales de la provincia. En cuanto a la ofensa, replicó que "el Banco de Londres es una sociedad anónima; " es una persona jurídica que sólo existe con fines determi" nados. Las personas jurídicas deben su existencia exclusi" vamente a la ley del país que las autoriza y, por consi" guiente, no hay en ellas nacionales ni extranjeros; no hay " individuos de existencia material con derecho a protección " diplomática. La sociedad anónima es una persona mo" ral, enteramente distinta de los individuos que contribuye" ron a formarla y aunque sea formada exclusivamente por " ciudadanos extranjeros, no tiene derecho a protección di" plomática porque no son las personas las que se ligan. " Asócianse simplemente los capitales bajo forma anónima, " lo que importa, como la palabra lo indica, no haber nom" bre, nacionalidad ni responsabilidad individual comprome" tida". En una nueva nota enviada a la legación inglesa, el Dr. Irigoyen, siguiendo su punto de vista decía: "El capital de " las sociedades anónimas está constituido por acciones, con " abstracción completa de las personas, y tal es su carácter " en todas las legislaciones. Esas acciones se transfieren, y " las que hoy están en poder de ingleses pueden pasar fácil" mente a ciudadanos de otra nación. Si, pues, la circunstan'337
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" cia de pertenecer los accionistas a un país imprimiese a la " sociedad anónima el carácter nacional que les asiste, ten" dremos una entidad que podría variar diariamente de na" cionalidad, y reviste también en algún caso una multiplici" dad de nacionalidades, lo que originaría serias complicacio" nes a la vez que envolvería el desconocimiento de las leyes " locales que dan origen a esas sociedades". El asunto pudo tener una derivación muy seria, porque en una conversación mantenida en 1876 por el representante inglés y el abogado de la legación, éste expresó, en nombre del diplomático, que una cañonera inglesa había salido para Rosario. El Dr. Irigoyen reaccionó ante esta manifestación y declaró que ella dificultaba las gestiones que él pudiera hacer. El ministro inglés significó entonces que el viaje de la cañonera tenía por único objeto recibir a su bordo el depósito y los caudales del Banco de Londres. Irigoyen no encontró satisfactoria esta explicación y manifestó que los caudales del Banco de Londres estaban tan seguros en una cañonera inglesa como en cualquier punto del territorio nacional en el que existieran autoridades. Comprendiendo la gravedad de la manifestación, el representante extranjero aclaró en una nueva nota que el despacho del buque de guerra a Rosario tenía como única finalidad la de prestar ayuda a las autoridades locales si ésta la pidiese en caso de necesidad, así también como para dar auxilio a los subditos ingleses y a sus bienes si le fuese permitido. Cuestiones planteadas durante la I9 Guerra Mundial Con motivo de la guerra europea y de las restricciones que los beligerantes impusieron a los neutrales, los gobiernos de Gran Bretaña y Francia habían dispuesto la detención de algunos buques. Con este motivo se produjo en 1915 la detención de valijas postales procedentes de la Argentina a bordo de buques neutrales en aguas jurisdiccionales británicas o atravesando territorio francés para dirigirse a puerto neutral.
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El gobierno argentino reclamó al de la Gran Bretaña y éste dio la seguridad de que la correspondencia oficial argentina no había sido ni sería en ningún caso violada. El 8 de agosto de 1918 el ministro inglés en Buenos Aires comunicó que su gobierno había tomado en consideración las medidas que sería necesario adoptar durante el período de transición después de la cesación de los hostilidades, cuando el comercio de su país y de los aliados volviese a sus condiciones normales. En la aplicación de muchas medidas prohibitivas, se había considerado necesario hacer una distinción respecto a países para los que se había establecido una prohibición de exportar cierta mercadería, a fin de evitar se terminasen las existencias de las que eran vitales, y para impedir que cayeran en poder del enemigo. El gobierno inglés comprendía que la aplicación diferencial de la prohibición de exportación no estaba estrictamente de acuerdo con la letra del tratado comercial celebrado con la Argentina en 1825, cuyo art. 49 dispone que las prohibiciones de exportación a uno de los países no serán aplicadas en los territorios del otro, a menos de que se aplicaran igualmente a las exportaciones similares de otros países. El gobierno inglés agregaba, que si bien algunas de las restricciones estaban en oposición a la letra del tratado, creía que las explicaciones dadas harían comprender al gobierno argentino que no se pretendía alterar el espíritu de dicho tratado. En 1919, con motivo de haber adquirido el gobierno argentino el vapor "Bahía Blanca" de bandera alemana, la legación británica en Buenos Aires entregó un memorándum por el cual hacía saber que el ejecutivo aliado de Tansportes Marítimos no opondría objeción alguna a la adquisición del barco y para que navegara bajo bandera argentina, siempre que el gobierno hiciese una declaración formal de que la Adquisición definitiva del buque debía ser decidida por la Comisión Aliada de Reparaciones, cuyas resoluciones tendrían que ser aceptadas. Además, el gobierno argentino en ingún caso retendría buques alemanes internados en puertos argentinos mientras se hallasen pendientes de arreglo las reclamaciones contra esos buques por derechos portuarios y otros gastos.
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El 31 de diciembre se rechazó la pretensión británica. Se hizo saber que el "Bahía Blanca", barco mercante alemán que se hallaba en nuestro puerto desde el comienzo de la guerra, había sido adquirido en marzo de 1918, incorporándose a su marina de guerra tripulado por personal de la armada y dirigido por oficiales de la escuadra, Su dominio había sido transmitido sin restricciones, pactos ni reservas de ninguna naturaleza. La compra, cuyo precio en efectivo fue abonado con conocimiento oficial del gobierno británico por intermedio de una institución bancaria vinculada a otra de las naciones beligerantes, había sido precedida de larga tramitación ante el gobierno alemán y los armadores. Finalmente hízose presente que en la adquisición no se había violado la "Declaración de Londres" por cuanto se trataba de una compra real de absoluta buena fe efectuada por el gobierno de una nación soberana para sus fines propios, incorporando a los servicios públicos una nave que no se hallaba en estado de navegar y que, asilada en puerto neutral, no corría ninguno de los peligros de la guerra. Por tanto, la notificación a los beligerantes del cambio de bandera se había hecho a los efectos de la libre navegación del buque, pero no para el perfeccionamiento de su adquisición. La legación británica contestó manifestando que si bien no renunciaba de manera alguna a sus derechos como parte en la Comisión de Reparación, el gobierno inglés, en cuanto le concernía, no se proponía adoptar medida alguna para impedir que el buque saliera de aguas territoriales argentinas. Guerra de 1939 El 5 de septiembre de 1939 la embajada británica comunicó al gobierno argentino que se habían establecido listas de materiales que se consideraban como contrabando absoluto y como contrabando condicional de guerra. Dentro de esta categoría figuraba toda clase de comida y productos alimenticios, pienso, forraje, ropas y artículos de materiales usados en su producción. Esta nota fue contestada por la cancillería argentina el •340
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8 de septiembre de 19-10 expresando que el gobierno argentino oponía todas las reservas necesarias respecto a la lista de contrabando condicional en cuanto trabara la exportación de una serie de artículos de alimentación propios de la producción agropecuaria argentina, respecto a los cuales el país tenía ya hechas manifestaciones expresas y terminantes. La comunicación recordaba que en la VI Conferencia panamericana de La Habana de 1928 la delegación argentina hizo insertar un párrafo en la Convención sobre neutralidad en la que se declaraba que no estaba prohibida la exportación de productos alimenticios ni materias primas. Con el mismo criterio, en la conferencia de Consolidación de la Paz, celebrada en Buenos Aires en 1936, la Argentina había formulado una reserva en el sentido de que en ningún caso podrían considerarse como contrabando de guerra los artículos alimenticios o materias primas destinadas a las poblaciones civiles de los países beligerantes, ni existiría el deber de prohibir los créditos para la adquisición de dichos artículos o materias primas que tuvieran el destino señalado. El 10 de septiembre del mismo año la embajada británica comunicó que a los efectos de ejercer los derechos sobre el contrabando de guerra, había dispuesto que los buques podían dirigirse a puertos determinados a los efectos de la revisación del cargamento. Una vez efectuada esta operación, le sería entregado un salvoconducto para facilitar el resto del viaje, pero si el buque no recalase voluntariamente, correría el riesgo de ser conducido a un país de control de contrabando, si no fuera posible el reajuste apropiado en alta mar por los buques ingleses. La cancillería argentina, el 15 de septiembre de 1938, expresó su pesar por la decisión por cuanto causaría trastornos al comercio, e hizo reservas sobre las reclamaciones que pudiera verse obligada a formular en defensa de sus derechos e intereses. El 29 de noviembre el ministerio de relaciones exteriores envió un memorándum a Gran Bretaña y Francia formulando reservas con respecto a los procedimientos que los países beligerantes ponían en práctica para el secuestro de las 341
exportaciones alemanas y la guerra de minas realizada por Alemania, Esto dio motivo a un intercambio de notas con esos gobiernos en que se discutió la interpretación de la Declaración de París de 1856 y denlas convenciones de La Haya de 1907. i En 1941 la República Argentina representó los intereses de Gran Bretaña, Australia, Canadá y Nueva Zelandia en Japón y Manchuria. En 1942 el gobierno británico solicitó a nuestro país que se permitiese la exportación de pertrechos de guerra cuya materia prima podía ser suministrada para su fabricación. Con este motivo el gobierno argentino dio un decreto permitiendo la exportación de armas, municiones y materiales de guerra adquiridos por Gran Bretaña con la condición de que las materias primas necesarias fueran suministradas por ese gobierno. La cuestión de las Malvinas El primer conflicto con Gran Bretaña por las islas Malvinas ocurrió en el año 1829. El 10 de junio el gobernador Martínez Rodríguez resolvió que las islas Malvinas y las adyacentes al cabo de Hornos en el mar Atlántico, estarían gobernadas por un comandante político y militar designado por el gobierno y cuya sede debía estar en la isla de la Soledad. Este decreto se complementó con el nombramiento de Luis Vernet. El encargado de negocios inglés Parish, al tener conocimiento del decreto, se presentó el 19 de noviembre manifestando que por órdenes de su gobierno expresaba que el gobierno argentino se había arrogado "una autoridad incompatible con los derechos de la soberanía británica sobre las islas Malvinas. Fundaba su reclamo en el descubrimiento y subsiguiente ocupación de dichas islas. Agregaba que el retiro de las fuerzas inglesas ocurrido en el año 1774 no podía consi1 Ruiz MORENO, ISIDORO, Modernas concepciones del Derecho Internacional, pág. 45.
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derarse como una renuncia de los derechos que tenían, porque esa medida había sido adoptada por razones económicas, pero dejándose en la isla vestigios y señales de posesión. El gobierno argentino se limitó a acusar recibo de la reclamación reservando la discusión para cuando se lo permitieran las circunstancias por las que atravesaba. El 2 de enero de 1833,' el comandante Onslow* jefe de las fuerzas navales de Gran Bretaña estacionadas en Sud América, llegó a la isla Soledad y desde la fragata "Clio" comunicó al comandante José María de Pinedo que al día siguiente izaría en tierra el pabellón nacional para hacer efectivo "el derecho de soberanía sobre estas islas en nombre de su majestad británica". Pinedo protestó contra la decisión del capitán inglés porque importaba una agresión violenta en plena paz y un acto de despojo contra tina nación amiga. Todo fue inútil; al día siguiente el pabellón argentino fue arriado y devuelto al comandante argentino al mismo tiempo que se izaba la bandera inglesa,1 El 15 de enero de 1833 Manuel Vicente Maza, ministro encargado del Departamento de Relaciones Exteriores, protestó por la ocupación de las Malvinas en la isla de Soledad ante el encargado de negocios de Gran Bretaña, Felipe G. Gore, quien le contestó en enero 27 haciéndole saber que no tenía instrucciones de su corte para responder al gobierno argentino. El 22 de enero Maza protestó oficialmente contra "las pretensiones que pudiera tener el gobierno de Gran Bretaña a las islas Malvinas y la ocupación que ha hecho de ellas, como igualmente contra el insulto inferido al pabellón de la república y por los perjuicios que ésta ha recibido y pueda recibir a consecuencia de los expresados procedimientos y demás que ulteriormente tengan lugar por parte del gobierno inglés a este respecto". Al mismo tiempo que elevaba esta protesta, hacía saber al encargado de negocios inglés su decidida resolución de sostener los derechos, expresándole que deseaba mantener ilesas las buenas relaciones que se ha1 Ruiz MORENO, ISIDORO (H.), El proceso, poe Izt ocupación de las Malvinas, en "Jurisprudencia Argentina".
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K".
bían cultivado hasta ese momento con la Gran Bretaña. Hacía notar que el procedimiento era violento y descomedido y que se había realizado en medio de la más profunda paz cuando la existencia de estrechas y amistosas relaciones entre ambos gobiernos por una parte y las mayores cordialidades y pureza de intenciones de que había hecho ostentación Inglaterra, no daban lugar a esperar que tan bruscamente fueran cortadas y engañada la confianza en que descansaba la República Argentina, El H de febrero de 1833 el ministro Maza instruyó a nuestro representante en Londres, Manuel Moreno, para que presentara una protesta ante el gobierno inglés por los hechos ocurridos, y para el caso de que se negara a reconocer a la República Argentina el derecho al dominio a. las islas, se esforzara en obtener que Gran Bretaña sometiera la cuestión a un arbitro. El 17 de junio de 1833 Moreno presentó al vizconde Palmersiton, secretario de Negocios Extranjeros, una memoria protestando por el procedimiento del gobierno de Su Majestad para arrogarse la soberanía y posesión de las islas que eran parte del territorio nacional. En la nota Moreno expuso todos los antecedentes históricos y jurídicos que justificaban el dominio de nuestro país a dichas islas como sucesor de los derechos de España, Reclamó luego por el despojo que se había hecho y pidió las debidas reparaciones por las lesiones y ofensas inferidas. El 8 de enero de 1834, Palmerston contestó la protesta de Moreno. Comenzó por recordar el reclamo efectuado por Parish el 19 de noviembre de 1829, que no tuvo respuesta ni objeción de parte nuestra a los .derechos de Gran Bretaña defendidos en la protesta. Por consiguiente, el gobierno argentino no debía esperar, después de esas declaraciones explícitas, que Gran Bretaña se sometiera en silencio a los actos posesorios argentinos, ni podía tampoco sorprenderse de las medidas que se habían tomado con objeto de reclamar derechos que nunca se habían abandonado. A continuación expuso los antecedentes que a su juicio justificaban el derecho inglés. El 29 de diciembre de 1834 Moreno respondió al alegato
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inglés e insistió ante el duque de Wellington en el reclamo presentado por la agresión a las Malvinas. En su nota volvió a sostener el incuestionable derecho de nuestro país y terminó expresando que el gobierno de las Provincias Unidas se veía en el deber de declarar que no podía aceptar la posición inglesa. Pedía, por tanto, la devolución de la isla del este y de su establecimiento del puerto Soledad en el estado en que se hallaba antes de la agresión de la corbeta "Clío". El 21 de noviembre de 1838 Arana, en instrucciones manuscritas secretas que envió a Moreno le decía lo siguiente: "insistirá así que se le presente la ocasión oportuna en el reclamo respecto de la ocupación de las islas Malvinas, y entonces explorará con sagacidad sin que se pueda trascender ser idea de este gobierno si habría disposición en el de S.M.B. a hacer lugar a una transacción pecuniaria que sirva para cancelar la deuda pendiente del empréstito argentino".1 La deuda a que se referían las instrucciones era el saldo impago del empréstito contraído por Rivadavia con la firma inglesa Baring-Brothers en 1824. Gran Bretaña no aceptó la negociación porque consideraba que las islas eran de su propiedad. Una nueva negociación u ofrecimiento hecho por el ministro Insiarte en 1842 a Falconet, representante de los banqueros, tampoco tuvo resultado. El 18 de diciembre de 1841 Moreno insistió ante lord Aberdeen para que se resolviera de una vez el reclamo a la posesión de las Malvinas. Como Aberdeen hiciera saber que el gobierno británico no reconocía a la República Argentina ningún derecho a dichas islas, Moreno presentó una nueva nota el 19 de febrero de 1842 insistiendo en -nuestros derechos. El ministro inglés contestó el 5 de marzo la nueva re1 Expediente Segunda reclamación presentada por et ministro argentino en Londres, 1848, N' 3, pág. 2. Ver mi artículo Una negociación sobre las Malvinas, en "La Prensa" del 11 de julio de 1941. LAVALLE COBO, JORGE, Et nacionalismo de liosas, en "Anuario de la Sociedad de Historia Argentina, tomo II, pág. 631.
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clamación de Moreno y le ratificó la decisión británica de negarse a admitir lo que se pedia. Finalizaba su nota manifestando que "el gobierno de Su Majestad debe considerar como definitiva la declaración con que el infrascripto concluyó su nota del 15 del anterior repitiendo la determinación del gobierno de S.M, de no permitir que sean infringidos los indubitados derechos de la Gran Bretaña sobre las islas Falkland". Moreno respondió el 10 de marzo para dejar a salvo los derechos de la Argentina y expresó: "Para que el silencio de las Provincias Unidas no se tome por una implícita aquiescencia, que las Provincias Unidas no pueden ni podrán jamás conformarse con la resolución del gobierno de S.M. del 5 del presente que considera injusta y ofensiva a sus derechos y reproducen sus protestas de 1833 y 1834 contra la soberanía asumida por la corona de Gran Bretaña en las islas Malvinas y contra el despojo y ejecución del establecimiento de la república en puerto Luis por la corbeta "Clío" con las reparaciones que son de demandar no menos que por todo acto consiguiente a aquel procedimiento, cuyas protestas el gobierno de las Provincias Unidas deja en todo el valor que ahora o en otro tiempo puedan tener". En 1849 Palmerston expresó en la Cámara de los Comunes que la cuestión de las Malvinas había cesado por la aquiescencia de una de las partes y la perseverancia de la otra. Moreno, de inmediato, el 31 de julio se dirigió al canciller inglés manifestándole que el silencio no se debía tener como conformidad de lo que él había dicho, puesto que la Argentina nunca había consentido el despojo de su soberanía sobre las Malvinas, y que el silencio de los representantes en Londres se debía a que se consideraba agotada la discusión y s no como un consentimiento tácito o expreso que de ningún modo había dado el gobierno argentino. Palmerston en su respuesta dijo que cualquiera que fuera la importancia que el ministro argentino diera a las declaraciones hechas, ellas no alteraban en manera alguna el estado de la cuestión pendiente, que debía considerarse para ellos en el mismo estado en que quedó en 1843.
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Hasta 1884 no medió entre la Argentina y Gran Bretaña cambio de notas o reclamos por el despojo de las Malvinas. Recién en ese año el ministro británico en Buenos Aires solicitó informes con motivo de ciertas notas que anunciaban la publicación de un Atlas en el que se incluirían las Malvinas como territorio nacional. Esto dio motivo a que el ministro de relaciones exteriores, Francisco J. Ortiz, contestara que la publicación de un mapa no alteraría en ningún sentido el estado de la cuestión relativa a la soberanía de las islas. El representante inglés no se dio por satisfecho y respondió que hacía constar la formal protesta de su gobierno contra la inclusión de las Malvinas en el mapa o de cualquier decisión que la autorizara. Estas manifestaciones motivaron una extensa nota del ministro Ortiz, de fecha 2 de enero de 1886, en la que adjuntó un memorándum sobre el conflicto de las Malvinas. La nota argentina rechazó la protesta y reafirmó el derecho argentino contra el despojo violento efectuado por Inglaterra en un territorio donde jamás había existido posesión británica y porque ese hecho habría afectado el derecho argentino heredado de España, que desde 1774 había asegurado sus derechos. A raíz de esta comunicación se produjo un intercambio de notas en las que cada parte mantuvo su posición. El 3 de noviembre de 1887 nuestro ministro en Londres, Domínguez, presentó una nota al ministerio inglés reclamando un pronunciamiento sobre el memorándum presentado por el canciller Ortiz. La respuesta que recibió expresaba que para el gobierno británico la discusión estaba cerrada y que no podía consentir en reabrir el asunto. El 9 de noviembre de 1887 Norberto Quirno Costa, ministro de relaciones exteriores, hizo saber al representante inglés que "el gobierno argentino mantiene su protesta a la ilegítima ocupación de las islas Malvinas; que no abandona ni abandonará jamás sus derechos a esos territorios y que en todo tiempo, hasta que le sea hecha justicia, las considerará como parte integrante del dominio de la República Argentina fundado en prioridad del descubrimiento y en la prioridad de la ocupación, y en la posesión iniciada y ejercida, en
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el reconocimiento tácito y explícito y en la adquisición por tratado de esos títulos que pertenecían a España". El gobierno inglés se mantuvo en su posición, lo que originó una nueva nota argentina el 12 de junio'de 1888 en la que se reiteró el formal propósito del gobierno argentino de mantener siempre sus derechos a la soberanía de las islas Malvinas, de las que fue violentamente privado en plena paz. Desde esa fecha, los gobiernos argentinos no han dejado pasar oportunidad para afirmar sus derechos. Es así como el 30 de noviembre de 1925 el ministerio de Relaciones Exteriores xechazó la observación inglesa respecto a la instalación de una estación inalámbrica en las Oreadas del Sud. En esa oportunidad se hizo saber que la república, respecto a las oficinas construidas en territorio argentino, procedería de acuerdo con lo propuesto en los convenios internacionales.. El 15 de diciembre de 1927 se rechazó otra nota británica presentada con motivo de la comunicación hecha a la Oficina de la Unión Postal Universal de Berna afirmando la soberanía argentina en las Malvinas. A raíz de una notificación de Bélgica, que comunicaba la firma de una convención con Gran Bretaña, en la que se mencionaba a las islas Malvinas como colonia británica, el gobierno argentino hizo saber al representante belga que nuestro país mantenía su protesta por la ocupación indebida de las precitadas islas. En 1933, con motivo de una emisión de estampillas argentinas en las que se incluían las Malvinas como formando parte de nuestro territorio, se produjo una protesta británica que fue contestada reiterando la plena validez de la emisión postal. En ocasión de una emisión de estampillas hecha por la Administración Postal de Gran Bretaña en conmemoración del centenario de la posesión de las islas, el gobierno argentino hizo saber a la Unión Postal Universal de Berna que la correspondencia que llegase a la república, franqueada con dichas estampillas, sería considerada como carente de franqueo y se le aplicarían las disposiciones correspondientes pa348
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K f, ra tales casos, es decir, el pago por el destinatario del frangí \\o reglamentario más la multa respectiva. fc '* El 17 de febrero de 1933 se dieron instrucciones a los diplomáticos y cónsules argentinos sobre la función de los pasaportes expedidos por las autoridades británicas a las personas nacidas en las islas Malvinas. Se hizo saber que no siendo posible revisar los pasaportes británicos deberían otorgarse pasaportes argentinos. En 3 de junio de 1947 el embajador británico comunicó a la cancillería que se había resuelto extender a las Malvinas el acuerdo de la conferencia de Londres sobre patentes dé propiedad alemana. Nuestro ministro reiteró las afirmaciones de que las islas son argentinas y que nuestro derecho es incontrovertible. En la III Sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1948), a raíz de una manifestación de origen inglés se volvió a hacer una aclaración sobre las Malvinas. Nuestro representante declaró que la soberanía de las islas . Malvinas pertenece de jure a nuestro país. Sus palabras fueron contestadas por el delegado británico, quien dijo que su gobierno jamás había puesto en duda su soberanía sobre dichas islas. Una nueva declaración sobre los derechos argentinos fue efectuada el 24 de marzo de 1949 en las Subcomisiones de Colonias y de territorios ocupados. En las conferencias internacionales las delegaciones argentinas siempre han hecho reservas o declaraciones frente a textos que pudiesen afectar el derecho argentino. Los representantes ingleses contestaron esas afirmaciones sosteniendo el derecho de su país. La cuestión, de la Antártida y de las islas Oreadas, Shetland y Georgias del Sur En 1908 el gobierno inglés, prevalido de su posesión de hecho de las islas Malvinas, dictó una carta patente por la que declaró como dependencias de las' islas Falkland, las Georgias, Oreadas, Shetland, Sandwich y el territorio cono349
cido como Tierra de Graham. Esta Carta llegó hasta a considerar como dependencia del gobierno británico parte del territorio de la Patagonia. Con este motivo y para rectificar la anterior, en 1917 se dictó otra Carta Patente suplementaria en la que se definieron los límites de las pretendidas dependencias. Se ha dado como fundamento el hecho del descubrimiento efectuado por navegantes británicos. En 1903 una expedición escocesa, de carácter particular, estableció un observatorio en la isla Laurie de las Oreadas. Al año siguiente la expedición escocesa entregó oficialmente el observatorio al gobierno argentino, quien lo aceptó y puso desde esa fecha funcionarios argentinos. En 1925 Gran Bretaña llamó la atención al gobierno argentino con motivo de la instalación de una estación de radiotelegrafía en dicho observatorio. Manifestó que bajo las convenciones telegráficas internacionales la señal de llamada debía solicitarse a través del gobierno británico por ser el titular del dominio del territorio. Nuestro gobierno contestó que con referencia a las estaciones radiotelegráficas instaladas en territorio argentino actuaría de acuerdo con las convenciones. Ante esta manifestación, el gobierno británico el 14 de abril de 1926 insistió en sus derechos a la soberanía de la isla. En 1927 la estación comenzó a funcionar y como Gran Bretaña tuviera conocimiento por la Oficina Telegráfica Internacional de Berna de que la Argentina había solicitado la señal de llamada sin intervención británica, reclamó por nota de 9 de septiembre de 1927. El reclamo fue contestado el 20 de enero de 1928 alegándose que la República Argentina tenía indiscutibles derechos sobre las Oreadas. Nuevas discrepancias se suscitaron entre los dos países a raíz de una protesta inglesa del 17 de diciembre de 1927, con motivo de una declaración argentina hecha a la Oficina Posta] de Berna expresando que la jurisdicción argentina se extendía de-jure y de-facto sobre las Oreadas y Georgias del Sur. La protesta inglesa fue contestada por el gobierno argentino insistiendo en sus derechos. El I 9 de junio de 1937 nuestro embajador en Londres llamó la atención al ministro de relaciones exteriores sobre
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una declaración del ministerio de Agricultura y Pesquerías hecha en la sesión de la conferencia ballenera respecto a que las dependencias estaban bajo la jurisdicción del gobierno de las islas Falkland, que pertenecían a la Argentina. El ministerio inglés contestó que el carácter y propósito de la conferencia ballenera no tenía nada que ver con cuestiones de jurisdicción, e hizo saber que la reserva argentina no afectaba de ninguna manera los derechos británicos a las dependencias de las islas Falkland. El 3 de junio de 1946, con motivo de la emisión de estampillas para las islas Malvinas, el gobierno argentino hizo saber que mantenía el derecho a las mismas. Posteriormente, el 17 de diciembre de 1947, el embajador inglés volvió sobre el asunto para poner en conocimiento del gobierno argentino los hechos y derechos por los cuales su gobierno mantenía sus pretensiones a la isla. Decía la nota que el gobierno había contemplado con inquietud las actividades desarrolladas en territorio antartico británico por la expedición naval argentina que visitó parte de las dependencias de las islas Malvinas, incluyendo la Tierra de Graham, las islas Shetland del Sur y de las Oreadas del Sur, sin realizar las gestiones previas ante las autoridades administrativas británicas competentes, llegando, en algunos casos, hasta a erigir lo que se presumían eran señales argentinas de soberanía. Estas visitas habían sido objeto de protestas por parte de los magistrados británicos ante las respectivas autoridades argentinas de los puestos ocupados. Señalaba que el 9 de abril de 1947 un magistrado británico, actuando en nombre del gobernador de las Malvinas, había entregado personalmente una nota a un funcionario argentino del puerto de la isla Gama, informándole que había cometido un acto de violación del territorio confiado a su custodia. En esa nota el embajador afirmaba que las islas han estado ininterrumpidamente, desde hace más de un siglo, bajo la efectiva administración británica. Añadía que los reclamos argentinos no tenían valor y que el derecho inglés se basaba en el descubrimiento, a lo que había que añadir las diversas medidas realizadas para hacer que su ocupación y adminis-
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tración fueran efectivas, sin contar las minuciosas exploraciones de los diferentes territorios que habían hecho funcionarios británicos. Hacía presente que los argumentos de la reclamación argentina basados en la continuidad geológica de las islas como prolongación del continente sudamericano, a juicio del gobierno de Su Majestad no tenía fuerza alguna en derecho internacional. Agregó que había recibido instrucciones para sugerir que el gobierno argentino solicitase cuanto antes al gobierno británico el arrendamiento de las bases que sus nacionales habían ocupado en la isla Gama. Adelantaba que esa solicitud sería gustosamente concedida para permitir la continuación de la obra emprendida en una estrecha cooperación con los británicos. Pero agregó que si el gobierno argentino no estaba dispuesto a admitir la validez de los derechos del gobierno británico sobre la isla Gama o cualquier otra región incluida en las dependencias de las islas Malvinas, o considerara que su propio derecho es el bueno, proponía que el asunto se llevase ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Con fecha 23 de diciembre del mismo año la embajada envió una nota complementaria de la anterior. Ambas notas fueron contestadas el 28 de enero de 1948 reiterando el derecho argentino a las islas Malvinas y al sector antartico. Con respecto a la propuesta de llevar el asunto a la Corte Internacional de Justicia se hizo saber que nuestro país el 12 de julio de 1942 había suscrito con Chile un convenio por el cual se reconocían mutuamente sus derechos de soberanía sobre la Antártida sudamericana. Como consecuencia, la Argentina no podía quebrar la declaración acudiendo por sí sola ante el Tribunal de Justicia de La Haya. Por otra parte, la Argentina, que ejercía soberanía de derecho y de hecho sobre su sector antartico, al peticionar ante la entidad internacional podría aparecer en la situación del estado que solicita algo que es suyo, pero cuya posesión efectiva no ejerce; y esto era contrario a la realidad que demostraban las instalaciones permanentes antarticas. Terminaba reiterando el pensamiento del gobierno argentino de que se podría encontrar la justa solución en una conferencia inter-
nacional convocada al efecto, para lo cual ofrecía como sede la ciudad de Buenos Aires. En 1949 se llegó a un acuerdo con Gran Bretaña y Chile para no enviar barcos de guerra al sur de los 60 grados de latitud durante la temporada antartica de 1948-1949, con excepción de los movimientos de rutina que habían sido habilitados durante algunos años. Esta declaración fue reiterada en años posteriores. Con motivo de la instalación de un puesto argentino en puerto Paradise en la Tierra de Graham, el embajador británico en Buenos Aires presentó una reclamación en la que transmitía el rechazo de las reclamaciones argentinas de soberanía sobre ciertos territorios británicos de las dependencias de las islas Malvinas. Insistió en el derecho de Gran Bretaña, y finalizó manifestando que su gobierno creía conveniente someter el caso a la Corte Internacional de Justicia con el propósito de solucionar pacíficamente los conflictos. Reiteró el deseo de su gobierno para solucionar esas divergencias en un espíritu de amistad. Por nota del I 9 de junio de 1951 la cancillería argentina rebatió los pretendidos derechos de Gran Bretaña afirmando que el gobierno argentino consideraba actos violatorios de su soberanía la administración, instalación, expediciones científicas y de exploración británicas no autorizadas que se hubieran realizado en las islas Malvinas, Georgia del Sur, Sandwich del Sur y Sector Antartico argentino. Respecto al deseo de someter el caso a la jurisdicción de La Haya, el gobierno reiteró la posición de la república en el sentido de que no podría someter a juicio del organismo internacional territorios que son de su legítima pertenencia y de los que tiene posesión efectiva. En 1951 y 1953 Gran Bretaña renovó su ofrecimiento de llevar el pleito a la corte, pero el gobierno argentino no aceptó la invitación. En vista de esta actitud, el 4 de mayo de 1955 el gobierno inglés se presentó ante la Corte ínter353
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nacional de Justicia de La Haya iniciando una acción contra la República Argentina para que se determinase a qué país pertenecía la soberanía territorial de las islas Sandwich, Georgias, Oreadas, Shetland y tierras de Graham y de Coats,a Nuestro país, que no ha aceptado la jurisdicción compulsoria de la corte, declinó concurrir.
CAPÍTULO IX RELACIONES CON FRANCIA Misiones de Le Moyne y Valentín Gómez. — La agresión del comandante Venanciourt. — El bloqueo francés del rio de la Plata. — La intervención anglo-francesa. —• Tratado sobre navegación de los rios. — El incidente de la "Jean Amelle". — Detención de un buque argentino. — Préstamo financiero.
Misiones de Le Moyne y Valentín. Gómez
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The Polar Record, tomo 8, N» 53, págs. 125/151, 1956.
La emancipación de las colonias españolas fue considerada con simpatía por Napoleón, pero Luis XVIII abandonó esa política favorable. Los hombres de gobierno de Francia comprendieron que la reconquista española era una utopía y consideraron más conveniente, para evitar la instalación del régimen republicano, que se propiciara la constitución de diversas monarquías con príncipes españoles. El 4 de marzo de 1818 el Director Supremo Pueyrredón envió una comunicación al presidente del consejo de ministros, duque de Richelieu, invitándolo a establecer relaciones con las Provincias Unidas, dado que el divorcio con la metrópoli era definitivo. Por esa época llegó a Buenos Aires el coronel Le Moyne, que había venido al rio de la Plata para alejar a los bonapartistas del círculo de Pueyrredón; protestar contra las empresas que partiendo de Buenos Aires pudieran liberar al cautivo de Santa Elena, y anunciar que Europa no vería con agrado la implantación de una república en América. Le Moyne fue recibido por Pueyrredón, a quien trató de convencer sobre las ventajas de una monarquía constitucio-
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nal para nuestro país sobre la base del duque de Orleans, sugestión que no pareció descabellada al Director. 1 Esta visita lo determinó a designar al canónigo José Valentín Gómez comisionado extraordinario ante la corte de París y demás potencias europeas. El representante debía oir proposiciones del ministerio francés y tratar que influyera para que se lograra la paz. Además, procuraría la concertación de un empréstito y, en caso de que se tratara la independencia de la Banda Oriental, proponer que. fuera parte integrante de nuestro país. Gómez realizó una labor ímproba en la que se discutieron las candidaturas de varios príncipes para la posible monarquía ríoplatense y ofreció, a cambio del reconocimiento de nuestra independencia por España, el pago de una suma de dinero como compensación, o bien, privilegios mercantiles. Sin embargo, todo era inútil ante la intransigencia de España que preparaba la expedición de Morillo para someter por la fuerza a los insurgentes. Gómez transmitió a Buenos Aires una propuesta de Francia a base de una monarquía constitucional con el duque de Lúea, casado con una princesa del Brasil. El director Rondeau la envió al Congreso, que la consideró como una propuesta provechosa para iniciar negociaciones con Inglaterra y lograr su reconocimiento de la independencia. Cuando Gómez recibió autorización para proseguir la negociación, el gobierno francés dio por terminado el asunto, según parece, por no haber obtenido el apoyo del zar Alejandro I, que reputaba indispensable dentro de la política de la Santa Alianza. La agresión del comandante Venancourt Concertada la paz con el Brasil en virtud de la convención preliminar de 1828, las fuerzas armadas argentinas re1 BELGRANO, MARIO, La Sania Alianza y los comisionados al exterior, págs. 679 y 682. La Francia y la monarquía en el Plata, pág. 41.
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gresaron al país con serio peligro para el orden político existente, por cuanto los jefes militares consideraban inadmisible que se hubiera renunciado a la Banda Oriental. De ahí que el 1' de diciembre de 1828 se sublevara el ejército bajo la dirección del general Lavalle secundado por los generales Paz, Alvear, Rodríguez, Soler, Cruz y el almirante Brown, La crisis militar se complicó con cuestiones de orden interno y desembocó en la tragedia del fusilamiento de Dorrego, la ascensión al poder de Lavalle y el alzamiento de la campaña con López y Rosas. Derrotado Lavalle, se designó gobernador delegado al general Martín Rodríguez y se nombró un consejo de gobierno. Bajo el gobierno de Martín Rodríguez, el 10 de Abril de 1821 la legislatura de Buenos Aires sancionó una ley por la que se imponía a todo extranjero dueño de tienda, pulpería o almacén, o propietario de bienes raíces o que ejerciera algún oficio, la obligación de alistarse en los cuerpos de milicias, quedando sujeto a todos los cargos que reconocían los ciudadanos de su clase. Al día siguiente de su publicación el comandante inglés O'Brien hizo llegar al gobierno una protesta de varios subditos ingleses residentes en Buenos Aires. El gobierno desechó el reclamo y elevó los antecedentes a la Junta de Representantes. En realidad, la ley cayó en desuso por las vivas reclamaciones que presentaron los países extranextranjeros cada vez que se la quiso aplicar. Durante el gobierno de Lavalle los franceses formaron el batallón "Los amigos del orden" para colaborar en la defensa de Buenos Aires. Lo hicieron sin coacción alguna, para proteger sus vidas y sus bienes que corrían peligro si triunfaban las montoneras y los indios salvajes que Prudencio Rosas, hermano de Juan Manuel había traído del sud de la Provincia para sitiar a Buenos Aires. El propio cónsul de Francia, Mendeville, aprobó la formación del batallón, pero poco después se rectificó y pidió su disolución a raíz de que Rosas amenazó de muerte a seiscientos franceses que se habían enrolado en las fuerzas de Lavalle. El 1' de Abril de 1829 el gobierno decretó el llamado de 357
los extranjeros a prestar servicio militar obligatorio de acuerdo con la ley de la Provincia, vigente en la época. Protestaron los representantes de Estados Unidos e Inglaterra y el cónsul francés. Este último lo hizo en términos descomedidos y el gobierno le contestó enérgicamente, desconociéndole el ministro Díaz Vélez facultades para hacer reclamaciones diplomáticas. De nuevo reclamó el cónsul por considerar que el decreto era injusto y vejatorio contra los franceses. La nota no le fue contestada y después de una entrevista oficial pidió sus pasaportes y se fue a Montevideo. No tardó en producirse la agresión francesa. Venancourt, comandante de la escuadra francesa en el río de la Plata, resolvió por su cuenta y riesgo ejercer un acto de represalias. Con noticias recibidas de Buenos Aires de las fuerzas resistas que informaron que los buques no tenían tripulaciones, en la noche del 21 de Mayo de 1829, sin ninguna intimación y en forma aleve, trescientos marineros franceses atacaron a seis buques argentinos que estaban anclados en el puerto. La "Argentina" fue incendiada; la "General Belgrano" saqueada y apresados los buques "Río Bamba", "General Rondeau", "Pontón Cacique" y "11 de Junio". Los franceses pusieron en libertad a los detenidos políticos que estaban presos en los buques y se apoderaron de ellos. Rosas dirigió al almirante francés una nota en la que le expresó su "más sincero y justo homenaje de reconocimiento" por los sucesos ocurridos respecto a la escuadra argentina. Le manifestó su reconocimiento por haber libertado a los prisioneros detenidos a bordo y le informó que había tenido comunicaciones interesantes con el cónsul Mendeville. Terminaba solicitando: I 9 que la escuadra argentina tomada a los insurrectos no fuera devuelta, es decir que quedara'en poder de los extranjeros; 2° que "se tornen los buques nacionales que se encuentran en Paraná"; 39 que se le permitiera tener una entrevista en la Ensenada; 4? que en dicho lugar él pondría a disposición del comandante francés "la carne fresca que necesitare diariamente para los buques y navios 355 .
que quisiera proveer o pudiera desear el susodicho, comandante". Su hermano Prudencio se encontraba en la Ensenada encargado de suministrar a la escuadra francesa todo lo que necesitase "desde Quilmes hasta el Tuyú y en toda la costa y puertos en donde se encuentren sus tropas ellas están dispuestas a ejecutarlo".1 En contraste con esta actitud, el pueblo de Buenos Aires se indignó por el atropello cometido y pretendió atacar el consulado de Francia. El gobierno dé Lavalle protestó y exigió ¡i, la entrega de los buques. Se concertó un acuerdo conviniéndose •i,¡ en esa devolución y la modificación del decreto de movilización estableciéndose que el servicio militar de los franceses sería voluntario y no obligatorio. Se cedió en obsequio a la buena armonía que se quería conservar con Francia, no obstante lo cual, Venancourt dilató por tres veces la devolución de los buques argentinos a instancias de Juan Manuel de Rosas. Lavalle, no obstante consumarse la devolución, dispuso que el cónsul argentino en París, Juan Larrea, pidiese al gobierno francés el castigo de Venancourt. Este reclamo no prosperó porque cuando Larrea presentó su nota, Lavalle y Rosas habían convenido por los convenios de Junio y Agosto de 1829 cesar las hostilidades y entregar el gobierno al general Viamonte. El nuevo gobernador, por intermedio de Guido, ministro de relaciones, ordenó que se continuara el reclamo contra Venancourt. Sin embargo, tres meses después, Rosas, . electo gobernador de Buenos Aires, disponía que Tomás Manuel de Anchorena, su ministro de relaciones exteriores, suspendiera la reclamación diplomática entablada. De ese modo, dice Romero Carranza: "Rosas dejó morir aquella justa reclamación, lo cual constituye una prueba más de su intervención en él alevoso ataque francés a los barcos argentinos".a 1 LAVALLE COBO, JORGE, El nacionalismo de Rosas, en "Anuario de la Sociedad de Historia Argentina, 1941", pág. 632. LEVENE, RICARDO» La sublevación del 1" de noviembre de 1828 y tos gobiernos de Lavalle y Viamonte, en Hist. de la Nac. Argentina, I 3 se'cción, t, 7, ps. 240 y sigs. 3 ROMERO CARRANZA, AMBROSIO, La juventud de Félix Frías, p. 89, Buenos Aires, 1960.
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El bloqueo francés del Río de la Plata En 1830 se produjeron las primeras incidencias con el cónsul de Francia a raíz de una protesta que éste presentó con motivo de ciertas publicaciones de los diarios de Buenos Aires. Pero en realidad, lo que agravó la situación fue un decreto de Rosas que volvió a disponer el servicio militar para los extranjeros de acuerdo a la ley de 1821. El representante francés Vins de Paysac presentó un reclamo fundado en los términos de la capitulación firmada con Venancourt, que eximió a los franceses de esta carga. Tomás Manuel de Anchorena, ministro de relaciones exteriores, rechazó la protesta alegando que los franceses no estaban amparados por la franquicia otorgada a los ingleses por el tratado de 1825 y en razón de que la capitulación con el almirante francés no tenía validez dado que a Lavalle nunca se lo había reconocido como gobernador de Buenos Aires. De ahí que los subditos de Francia debían cumplir la ley o retirarse del país. El representante de Francia no insistió. Drago dice que Anchorena olvidó que el propio Rosas, en el pacto de Cañuelas suscripto el 24 de junio de 1828, había reconocido al general Lavalle como gobernador y capitán general provisorio de la provincia y que había agradecido a Venancourt la devolución de los barcos, * Poco después fue designado representante en Buenos Aires M. de la Foret, pero Rosas se negó a reconocerlo a causa de su actuación anterior con Chile y de su intervención en la'guerra peruano-boliviana. Su sucesor debió soportar una espera de un año antes de ser recibido y con la condición de que no constituiría un precedente para el futuro. En 1834 se firmó un tratado de comercio y amistad por el que se establecía la exención del servicio militar para los ciudadanos de ambos países y el tratamiento de la nación * DRAGO, MARIANO, El bloqueo francés de 1838 en el Río de la Plata, pág. 59, A juicio de este autor fue Rosas, por razones de política interna, el que provocó el conflicto con Francia, Romero Carranza sostiene que es falsa la afirmación resista de que Francia nos quiso convertir en colonia suya; op. cit, ps, 85 y 104.
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ífiO
más favorecida. La Legislatura de Buenos Aires, por influencias de Rosas, se negó a aprpbar el tratado, En 1837 se produjo el famoso entredicho de Bacle que daría origen al bloqueo. Bacle fue un litógrafo de renombre a quien se detuvo bajo la acusación de estar en connivencias con los unitarios y de vender un mapa a Bolivia. El vicecónsul Aimé Roger, al frente del consulado, intercedió para que se lo pusiera en libertad o se lo juzgara, pero ni siquiera se respondió a sus comunicaciones. A fines de ese año Roger volvió a reclamar con motivo de la prisión de Pedro Lavié, a quien se había detenido acusado de robo. Arana, ministro de Rosas, guardó silencio. En noviembre se produjo un nuevo reclamo del funcionario francés a raíz de la incorporación a la milicia de dos ciudadanos franceses. Con este motivo pidió se acordara a ellos la exención del servicio militar que regía para los ingleses. Rosas demoró doce días el acuse de recibo de la reclamación francesa y recién el 12 de diciembre de ese año hizo saber que se ocuparía del reclamo, una vez que quedara libre de la atención de asuntos muy graves que le preocupaban. Contestó de inmediato Roger haciendo presente que aceptaría esa dilación si el gobierno de Buenos Aires consentía en suspender la aplicación de sus pretensiones ordenando: I 9 la libertad de Basle; 29 la exoneración del servicio de las milicias que se había impuesto a sus nacionales; 39 la comparencia inmediata de Lavié antes los jueces encagados de juzgar su culpabilidad o inocencia. El gobierno no respondió de inmediato y como hiciera incorporar a las milicias a otro francés, Roger hizo una tercera presentación al ministerio de Relaciones Exteriores. Como transcurrieran dieciséis días sin recibir respuesta, el cónsul dirigió el 5 de enero de 1838 una nota enérgica protestando contra un silencio que consideraba ofensivo al gobierno del rey de Francia y reclamando oficialmente su cesación inmediata. Expresó que su país sólo abrigaba hacia Buenos Aires sentimientos de benevolencia y no pedía cosa alguna contraria a la dignidad de un pueblo, pues solamente reclamaba la ejecución de las leyes de la justicia y del derecho de gentes, 361
fe
kr.
' Recién en enero de 1838 contestó Felipe Arana sosteniendo que el reclamo sobre el servicio militar era infundado por cuanto no existía con Francia un tratado análogo al de 1825 con Inglaterra que establecía la exención del servicio militar. Le hizo presente, además, que el carácter de cónsul interino no lo autorizaba a tratar como pretendía y que no se le contestarían sus notas. Como el gobierno insistiera en esta posición, el 10 de marzo de 1838 el cónsul francés pasó una última nota reiterando sus reclamos y solicitando sus pasaportes para el caso de que el ministro de relaciones exteriores no consiguiera obtener del gobernador la autorización de contestar de un modo satisfactorio las justas demandas que se le había hecho por orden del gobierno francés. Arana contestó al cónsul enviándole sus pasaportes y Roger se trasladó a Montevideo, Roger comunicó estos hechos a París y sugirió que se utilizara la fuerza contra Rosas. En enero de 1839 su gobierno lo autorizó a requerir los auxilios del almirante Leblanc, estacionado en Río de Janeiro, Leblanc se trasladó a Buenos Aires para intentar una acción conciliatoria ante Rosas, a quien le pidió: I 9 ) Que suspendiera la aplicación de los principios que obligaban a los franceses a un régimen distinto al de los ingleses, o sea, que fueran tratados de acuerdo a la nación más favorecida hasta la conclusión de un tratado; 2 9 ) Que se reconociera al gobierno francés el derecho de reclamar indemnizaciones en favor de los franceses que hubieran tenido que sufrir injustamente en sus personas o propiedades como consecuencia de actos del gobierno argentino; y 39) Que se mandase juzgar inmediatamente a Lavié, que continuaba en prisión. La ^nota de Leblanc fue contestada por Arana el 26 de marzo negándole también personería para representar al gobierno francés y haciéndole presente que ningún francés se encontraba en la cárcel o sujeto al servicio militar. Agregó que el gobernador de Buenos Aires no tenía ningún propósito contra Francia, pero que nunca se sometería a conceder privilegios por medio de la boca del cañón. El almirante francés 362 ,
se negó a tratar con el ministro de relaciones exteriores pretendiendo hacerlo sólo con el gobernador y después de aclarar que sólo pedía la suspensión del servicio militar, el 28 de marzo declaró bloqueados el puerto de Buenos Aires y todo el litoral del río de la Plata perteneciente a la República Argentina, dando permiso a las embarcaciones para partir hasta el día 16 de junio como plazo de favor. El 3 de abril Arana protestó por este bloqueo ilegal sin declaración de guerra. Ante esta medida, Rosas con la esperanza de iniciar nuevas negociaciones, comunicó a Leblanc que había puesto en libertad a Lavié y dado .de baja de la milicia a todos los subditos franceses. Dio también seguridades personales de que en el futuro se daría a los franceses un debido trato. Sin embargo, Leblanc contestó que era menester garantías oficiales y la renuncia explícita de proceder en forma semejante en el porvenir. Haciendo propuestas de la amistad de su gobierno pedía en síntesis lo siguiente: I 9 ) un compromiso de tratar a los franceses y a sus propiedades como lo eran las personas de la nación más favorecida; 2 9 ) reconocer al gobierno de Francia el derecho de reclamar indemnización en favor de los franceses que hubieran sufrido injustamente en su persona o propiedades por actos del gobierno de Buenos Aires. Inmediatamente Rosas dio estado público a] conflicto con Francia y obtuvo el apoyo de la Sala de Representantes, con la excepción de cuatro votos. Recibió también la aprobación a su política de parte de los gobernadores de la Confederación, pero no declaró la guerra a Francia. El bloqueo continuó y fue aprobado por el gobierno de Francia, En París la cuestión del Plata provocó una enérgica reacción porque se consideró que Francia había sido insultada. La presión de la opinión pública hizo que el conde Mole, cediendo a las críticas del parlamento, diera instrucciones a Roger para que presentara un ultimátum al gobierno de Buenos Aires y le exigiera amplias satisfacciones. Previamente hubo una gestión dé García de Zúñiga, agente confidencial de Oribe, que fue portador ante Rosas 363
de una protesta de arreglo aceptada por el cónsul francés. Rosas rechazó la propuesta, por lo que Roger presentó el ultimátum. En dicha nota se establecían las mismas exigencias consignadas o transmitidas por García de Zúñiga y se dejaba especial constancia de que Francia no tenía ninguna idea de invasión y de conquista del territorio de la república, cuya independencia había sido reconocida solemnemente. Arana en esta emergencia solicitó la mediación de Mandeville, ministro de Gran Bretaña, sobre la base del arbitraje del gobierno inglés y la designación de ministros plenipotenciarios para tratar esos asuntos. Esta mediación fue rechazada por Roger, lo que motivó la réplica de Arana al ultimátum. No obstante la vigencia del bloqueo hubo una tentativa para terminarlo. Por intermedio de Roger, el almirante francés propuso a Rosas la celebración de un tratado que otorgaría la condición de nación más favorecida a los residentes franceses y la promesa de aceptar las reclamaciones y pago de indemnizaciones por los perjuicios ocasionados. Rosas rechazó esta proposición a pesar de la presión del ministro inglés. Ante este rechazo, Roger presentó un ultimátum en el que advirtió que Francia no vacilaría en aplicar todos los medios de que disponía para terminar la lucha en el caso de que no se le contestara dentro de 48 horas. El ministro Arana contestó en forma rápida rechazando la reclamación, pues explicó que Bacle como Lavié eran culpables, y que el pedido de cuarenta mil pesos corno indemnización era exorbitante e inadmisible porque estaban complicados en un plan para derribar a Rosas. Las otras demandas podían tratarse por vía diplomática, pero bajo amenazas eran inadmisibles. Medió nuevamente Mandeville, siempre dispuesto a intervenir para evitar los perjuicios que sufría el comercio británico, e invitó a Roger a trasladarse a Buenos Aires a una conferencia con Arana. Roger, a pesar de haber aceptado la reunión, a último momento pretextó que había recibido nuevas instrucciones y se quedó en Montevideo. Poco después comenzaron las hostilidades por las fuerzas combinadas de Rivera y de Francia, que el 10 de octubre 364
ocuparon la isla Martín García y realizaron actos de fuerza en los ríos Uruguay, Paraná y de La Plata. El propósito era provocar el levantamiento del litoral, plan que conocía Rosas a través del ministro inglés por informes del cónsul en Montevideo. Los unitarios de Montevideo formaron la Comisión Argentina, que recibió seguridades del cónsul francés Baradere de que se respetaría la integridad del territorio e independencia argentina. Mientras tanto, las fuerzas navales francesas levantaron el bloqueo de los puertos de Corrientes y ayudaron a Lavalle a estblecerse en Martín García y luego pasar a Entre Ríos. Así las cosas, el 4 de abril de 1839 el comodoro Nicholson, jefe de las fuerzas navales de los Estados Unidos en el Atlántico sur, se dirigió a Rosas ofreciéndole sus buenos oficios para un arreglo amigable entre Francia y el gobierno de Buenos Aires sobre bases muy semejantes a las transmitidas por García Zúñiga. Previamente Nicholson había conversado con el almirante Leblanc y Buchet de Martigny. Rosas rechazó las bases ofrecidas manifestando que continuaría el servicio militar de los subditos franceses en la Argentina, en igualdad de condiciones con los demás extranjeros que no tuvieran tratado. Negó las indemnizaciones pedidas y exigió que el gobierno de Francia se obligara a pagar a la República Argentina todos los perjuicios que le habían causado las fuerzas francesas con el bloqueo y en las demás hostilidades que habían sostenido contra la Confederación Argentina. La firmeza adoptada por el gobierno de Francia en los primeros momentos cedió, y su política exterior cambió influenciada por Inglaterra, que en todo momento estuvo muy cerca de Rosas. Leblanc fue reemplazado por Dupotet con instrucciones de actuar de acuerdo con el ministro inglés y negociar con Rosas, y no comprometer el éxito de sus gestiones por los intereses de Rivera y los unitarios. El 29 de febrero se celebró una conferencia entre Dupotet, Mandeville y Arana a bordo de la corbeta inglesa '"Acteon" conviniéndose unas bases para resolver la cuestión. 365
f" Sin embargo, llegado Thiers al gobierno, Francia resolvió enviar una expedición con refuerzos. La política inglesa nuevamente se hizo sentir y obtuvo el cambio de las instrucciones y la reducción de las tropas con relevo del jefe que protestara por estas medidas. En su reemplazo fue designado el barón de Mackau. El jefe francés, apremiado por los emigrados y por el ministro uruguayo se limitó a considerarlos como simples auxiliares, anunciándoles que su misión era negociar. Las negociaciones tuvieron lugar con el ministro Arana, pero lamentablemente éste accedió a que fueran hechas a bordo del buque francés "Boulonnaise" en' vez de que se llevaran a cabo en territorio nacional. Con la mediación del ministro inglés Mandeville se pudieron allanar algunos inconvenientes y el 29 de octubre de 1840 se concertó un convenio que fue ratificado por Rosas. El tratado Mackau-Arana dio a Francia las satisfacciones que había exigido. El gobierno argentino reconoció la obligación de pagar indemnizaciones cuyo monto debería ser fijado por una comisión mixta y, en caso de divergencia, diferido al arbitraje de una tercera potencia designada por Francia. El bloqueo francés fue levantado y la isla Martín García devuelta. El gobierno de Buenos Aires se obligó a respetar la independencia del Uruguay, sin perjuicio de sus derechos naturales toda vez que lo reclamasen la justicia, el honor y seguridad de la Confederación Argentina. Hasta la conclusión de un tratado, los ciudadanos franceses en la Argentina y los argentinos en Francia serían tratados como los subditos de la nación más favorecida. Sin embargo, las ventajas otorgadas a los ciudadanos de estados americanos no se harían extensivas a los franceses. Se daría una amnistía en favor de los proscriptos que abandonaran su lucha contra el gobierno de Buenos Aires. Según Cady el tratado fue bastante equitativo en lo que se refiere a los intereses franceses, pero abandonó por completo, a los aliados de Francia y dejó al Uruguay librado a su suerte. í 1
CADY, J., op. cit, pág. 106.
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En cumplimiento del art. 39 se designaron los miembros de la comisión mixta siendo los argentinos Tomás Guido, Eduardo Lahitte y Francisco Beláustegui, El monto de las indemnizaciones se fijó en 163.725 pesos, suma inferior a la que en realidad se debía pagar. El hecho de haber aceptado que el tercer arbitro fuera designado por el propio gobierno francés interesado en el asunto ha sido duramente calificado, y con razón, pues el informe de los propios representantes argentinos dice que tuvieron que ceder a ciertas imposiciones francesas ante la amenaza de la designación de esa persona.1 La intervención anglo-francesa El tratado firmado con Mackau permitió que Rosas continuara la lucha en la Banda Oriental. Rivera buscó la ayuda de Brasil y pidió su mediación pero sin éxito. En 1841 el gobierno de Francia presidido por Guizot, en combinación con el de Gran Bretaña, trató de que cesaran las hostilidades y con tal objeto comisionó al conde Lurde para que obtuviera que Rosas no insistiera en que la paz se estableciera sobre la base de designar a Oribe presidente del Uruguay, Esta mediación tampoco prosperó porque Rosas no aceptó dicha base. El triunfo de Oribe en Arroyo Grande le permitió llegar a Montevideo, ante cuya defensa se estrelló durante nueve años. El avance del jefe resista motivó una enérgica nota anglo-francesa de diciembre 16 de 1842 en la que se reclamó la cesación de las hostilidades y el regreso de los ejércitos a sus fronteras. Rosas contestó con evasivas y prosiguió la intervención argentina en territorio uruguayo. Se produjeron por esa época algunas acciones de las fuerzas navales extranjeras y el almirante inglés Purvis obligó a Brown, jefe de la flota argentina que sitiaba'a Montevideo, a levantar el bloqueo, aprovechándose el momento para desembarcar 1 DRAGO, MARIANO, La capitulación de ffosas en la convención Mackau-Arana, en "La Voz del Interior", agosto 10 de 1954.
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tropas francesas e inglesas para colaborar en la defensa de la plaza. En 1845 Francia designó al barón Deffaudis como ministro de Buenos Aires y Gran Bretaña a Guillermo Gore Ouseley. Este último presentó, en forma confidencial, un memorándum para lograr la cesación de las hostilidades y el retiro de las tropas argentinas. El gobierno de Rosas contestó que tenía precedencia una gestión análoga de M. Brent, representante americano, y que el retiro de sus fuerzas se haría cuando Oribe lo creyera conveniente. Llegado Deffaudis al país, ambos representantes insistieron en dos oportunidades en los puntos expuestos, fundados en los tratados de 1828 y 1840 que obligaban a respetar la independencia del Uruguay, desconocida por Rosas al pretender imponer como presidente a Oribe por medio de tropas argentinas. Reclamaron, también, por los perjuicios que sufría el comercio. Se produjo un cambio de notas entre ambas partes, pero ninguna cedió en sus posiciones, por lo que ambos representantes emplazaron al gobernador a retirar sus fuerzas en el término de diez días o a expedirles sus pasaportes. Retirados a Montevideo y como Rosas no hubiera contestado una nota de julio 21 sobre suspensión de hostilidades, los mediadores, que habían comunicado que su misión era defender la independencia del Uruguay, declararon el bloqueo el 18 de septiembre de 1845. Como consecuencia de esta medida de guerra se sucedieron una serie de acciones navales en el rio Paraná como el combate de la Vuelta de Obligado y el del paso del Tonelero. En 1846 Inglaterra confió una nueva misión a Mr. Hood con instrucciones más conciliadoras. Ante el fracaso de Ouseley y de Deffaudis el gobierno británico obtuvo que Francia encomendara al mismo representante la gestión de los dos países. Hood negoció con Rosas llegando hasta a reconocer el título de Oribe como presidente del Uruguay y de su ministro de relaciones exteriores. El barón Deffaudis se negó rotundamente a aceptar estas condiciones y tampoco aceptó
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la fecha de levantamiento del bloqueo. La misión Hood, pues, no pudo prosperar, y debió retirarse. Pero ya en los gabinetes europeos había deseos de terminar el conflicto. A tal efecto se designaron nuevos comisionados; por parte de Francia, el conde Walewsky y por Gran Bretaña lord Howden. Asimismo se designó jefe de la escuadra inglesa a Herbert, amigo personal de Rosas. Llegados a Buenos Aires los comisionados presentaron sus bases que fueron contestadas con una contrapuesta de Arana, que en el fondo obstaculizaba deliberadamente toda negociación, 1 pues se negaba la libertad de navegación de los ríos y la garantía de la independencia del Uruguay. Entre ambos comisionados se produjo una evidente discrepancia sobre la forma de llevar la negociación, en razón, principalmente, de la notoria parcialidad del inglés hacia Rosas. Howden se trasladó a Montevideo y ante la negativa de su gobierno de aceptar unas bases de arreglo con Oribe, dispuso el retiro de la escuadra inglesa y el retiro de los armamentos desembarcados en la ciudad. En esta forma el bloqueo se debilitó apreciablemente porque quedaron solas las naves francesas para asegurarlo. La actitud de Howden produjo discrepancias entre los dos gobiernos y para terminar la cuestión del río de la Plata acordaron una nueva misión a cargo de Roberto Gore por Inglaterra y de Gros por Francia. Estos comisionados trataron de lograr un arreglo con Oribe, quien después de haber aceptado un armisticio recibió la orden de Rosas de romper las negociaciones y retirar toda propuesta de paz. Los sucesos del año 1848 en Europa influyeron en los mediadores y con el pretexto de no haber recibido nuevas instrucciones, Gore dio fin a la intervención inglesa dejando solos a los franceses. Poco después Gros levantó el bloqueo de Buenos Aires, limitándose las naves francesas a impedir las comunicaciones de Buenos Aires con Oribe. Rosas pronto pasó a la ofensiva. En septiembre de 1848 1 CADY, J. F., La intervención extranjera en eí 7?í'o de la Piafa, pág. 235.
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expulsó al representante de Cerdeña a cargo de los asuntos franceses e ingleses a raíz de una disputa por haber enarbolado la bandera francesa y se negó a reconocer como cónsul de Inglaterra a Hood hasta que no se dieran satisfacciones por los agravios hechos a la Confederación, La cuestión con Rosas terminó cuando el gabinete inglés resolvió retirarse definitivamente de la intervención conjunta. Para ello dio instrucciones a su representante Southern, quien el 24 de noviembre de 1849 firmó con Arana una convención que acordó las bases siguientes: evacuación de las fuerzas inglesas de la isla Martín García; devolución de los buques argentinos apresados y saludo al pabellón de la Confederación Argentina con disparos de cañón. Las divisiones argentinas repasarían el Uruguay cuando el gobierno francés desarmase la legión extranjera y todos los demás extranjeros de la guarnición de Montevideo evacvtasen el territorio de las dos repúblicas del Plata y se celebrara un tratado de paz. El gobierno inglés ofrecería sus buenos oficios para conseguir estos objetivos de su aliada. El .gobierno inglés reconocía que la navegación del río Paraná era una navegación interior de la Confederación Argentina sujeta solamente a sus leyes y reglamentos; se estableció el mismo régimen para el río Uruguay en común con el estado Oriental. Mediante esta convención quedaba restablecida la perfecta amistad entre los dos gobiernos. La convención fue debidamente ratificada. Lepredour, por Francia, inició negociaciones que concluyeron en un acuerdo que también fue aceptado por Oribe. Este tratado, sin embargo, produjo serias divergencias en la Asamblea francesa, que retuvo el envío de nuevas instrucciones a Lepredour para llegar al acuerdo definitivo. Por fin, el 31 de agosto cíe 1850 pudo lograrse la coincidencia que, sin llenar las pretensiones francesas por completo, importaba una relativa moderación a las exigencias anteriores de Rosas. a Las bases eran semejantes al tratado con Inglaterra en 1 PRABOSCHI, ROBERTO, Rosas y las relaciones exteriores con Francia e .Inglaterra, en "Hist. de la Nac. Argentina, segunda sección, tomo VII, pág. 208.
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lo concerniente a la evacuación de Martín García, devolución de presos, saludo al pabellón y reconocimiento de la navegación de los ríos interiores de la Confederación. Un cuerpo de fuerzas argentinas, igual en número a las francesas y una cuarta parte de la marinería de desembarco, debía quedar en Montevideo hasta dos meses después del armisticio con Oribe, fecha en que partirían las tropas francesas. El tratado fue enviado a París, conjuntamente con el celebrado con Oribe, pero no fueron tratados por la Asamblea en razón de que la situación había cambiado por el pronunciamiento de Urquiza y la definitiva derrota de Oribe, que fue obligado a levantar el sitio de Montevideo el 8 de octubre de 1851. Tratado sobre navegación de los ríos El 10 de julio de 1853 se firmó en San José de Flores el tratado con el emperador de Francia para establecer el régimen de libre navegación de los ríos Paraná y Uruguay teniendo como objeto estrechar los vínculos de amistad que existían entre los dos países. Este tratado es idéntico al firmado con Gran Bretaña sobre la navegación de los ríos y establece en su art. &° que se extenderá a Francia los derechos e inmunidades otorgados a cualquier otro Estado. El tratado fue firmado por Salvador María del Carril y José Benjamín Gorostiaga en representación del general Urquiza, director provisorio de la Confederación Argentina. El incidente de la "Jeanne Amelle" El apresamiento de la "Jeanne Amelie" hecho por la fragata chilena "Magallanes" * dio lugar a que el representante de Francia reclamará a nuestro país la indemnización por los perjuicios sufridos por el buque, quedando libre el gobierno Ver capitulo sobre "Relaciones con Chile".
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argentino para ejercitar su acción contra el de Chile, Fundaba su pedido en que como se había autorizado al barco francés a ejercer su comercio en jurisdicción argentina, correspondía a nuestro país hacer respetar su soberanía y reparar los perjuicios que hubiera sufrido el subdito extranjero. El gobierno argentino no accedió al pedido, fundado en la doctrina sostenida en diversas épocas por la propia Francia y por Inglaterra, de que los gobiernos están obligados únicamente por sus actos y por los que se ejecuten con su beneplácito o aprobación. El representante francés no aceptó este punto de vista y ante la firmeza de la cancillería argentina, contestó que había recibido instrucciones de su gobierno de suspender el reclamo haciendo reserva de su derecho. El 17 de diciembre de 1910 se firmó en Santiago un convenio entre la República Argentina y la de Chile con motivo del reclamo de los herederos del señor Vandevelde sobre el apresamiento de la barca "Jeanne Amelie". Ambos gobiernos encontraron justificada la reclamación y dispusieron que cada uno abonara el 50 % a los herederos del reclamante, de acuerdo a los protocolos suscriptos en el año 1885. Aprobado el convenio se procedió al canje de las ratificaciones en Santiago el 30 de julio de 1924.
Préstamo financiero Por un convenio firmado el 14 de enero de 1918 el gobierno argentino concedió al de Francia un crédito de cien millones de pesos oro. Como Francia no estuviera en condiciones de pagarlo, se convino en la misma fecha de 1921 que se prorrogara el pago para el 12 de enero de 1922. Posteriormente se acordaron sucesivas prórrogas.
Detendón de un buque argentino En el mes de mayo de 1916 las autoridades francesas detuvieron en Cardiff al vapor argentino "Curú Malan" y lo requisaron para llevar carbón a Francia. Esta barco había sido comprado por la casa Tornquist que el gobierno francés sospechaba de servir a los intereses de Alemania. Nuestro gobierno reclamó de inmediato y obtuvo que Francia, a pesar de tener razones muy serias para proceder como lo había hecho, en homenaje al pedido argentino y como prueba de amistad, desistiera de su acción sin que por ello renunciara al derecho de continuar las investigaciones acerca de los intereses enemigos bajo el pabellón neutral. 372 .
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CAPÍTULO X RELACIONES CON ESPAÑA La actuación de los primeros gobiernos patrios. — Los comisionados regios. — El reconocimiento de la Independencia. — El conflicto del Pacífico. — Créditos de subditos -españoles. — Cortesías reciprocas. — Cuestiones sobre derecho de asilo en la guerra civil española. — Convenio sobre servicio militar.
La actuación de los primeros gobiernos patrios La Junta de 1810 comunicó al marqués de Casa Irujo, representante de España en Río de Janeiro, su instalación como gobierno provisorio. El marqués consideró que no debía reconocerla, y dejó la carta sin respuesta, en el convencimiento de que la invocación a Fernando VII era sólo'un pretexto que indicaba una tendencia de separación de la metrópoli y contraria a la integridad de la monarquía española. Las relaciones entre los hombres de Buenos Aires y las autoridades españolas de Montevideo entraron en conflicto y no tuvo éxito una misión confiada a Juan José Paso, secretario de la Junta. Poco después, el 13 de agosto, la Junta rompió relaciones con la de la Banda Orienta], porque su autoridad no era respetada ni acatada por los funcionarios de Montevideo. No pasó mucho tiempo sin que a instancias de Casa Irujo se decretase el bloqueo de Buenos Aires por parte de la escuadrilla española, que en realidad no tuvo mayor efecto por cuanto fue desconocido por los buques británicos. Esta actitud motivó serias fricciones entre el representante inglés y el español, que reclamó sin éxito por las- medidas que él
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consideró parciales pidiendo la efectividad del bloqueo. Vigodet, gobernador de Montevideo, reclamó ante el almirante inglés, quien le contestó que su deber era proteger el comercio inglés sin mezclarse en la lucha entre los dos bandos. La regencia de España, autorizada por las cortes, designó a Javier de Elío como virrey y capitán general del río de la Plata, hombre de carácter violento que consideró a los patriotas como rebeldes y trató por todos los medios de someterlos por la fuerza. Elío comenzó por pedir a lord Strangford que terminaran las concesiones de la flotilla británica con los usurpadores de Buenos Aires. Inmediatamente, el 15 de enero se dirigió a la Junta, al Cabildo y a la Audiencia para que reconocieran su autoridad, pero como las tres entidades unánimemente rechazaran sus títulos y pretensiones, los declaró traidores a la patria. Poco después declaró un nuevo bloqueo a Buenos Aires, que tampoco fue respetado por los buques ingleses. La mediación del gobierno inglés, propuesta a las cortes de Cádiz llevó a la firma del tratado de octubre 20 de 1811, por medio del cual el virrey se encargaba de obtener el retiro de las tropas portuguesas a sus fronteras. Es interesante destacar, que en uno de los artículos se preveía que en caso de invasión extranjera Buenos Aires y Montevideo se comprometían para auxiliarse en el rechazo de los enemigos. No obstante la fuerza de este compromiso, el gobernador español de Montevideo lo desconoció tan pronto el Triunvirato le reclamó su cumplimiento. En efecto, el gobierno de Buenos Aires comunicó a Vigodet que las tropas portuguesas no se habían retirado y que con sus actividades habían producido un choque con Artigas. Por ello, de conformidad con lo pactado, le reclamaba que concurriera con todas sus fuerzas a rechazar la agresión extranjera. La respuesta de Vigodet fue sorprendente. Calificó de criminal la conducta de Artigas, y comunicó que dejaría que los portugueses lo combatieran y que impediría los auxilios que se enviaran desde Buenos Aires. El gobierno echó en cara a Vigodet su falta de cumplimiento a lo pactado. Este pidió auxilio a los portugueses.
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quienes le ofrecieron ayuda para luchar contra Buenos Aires poniendo a su disposición sus barcos de guerra para evitar el envío de refuerzos a Artigas. En estas circunstancias medió nuevamente lord Strangford, quien obtuvo con la misión de Rademaker que se llegase a un armisticio y a una verdadera paz con la corte de Río, Como el armisticio no había comprendido a la plaza de Montevideo, el Triunvirato se dirigió a Vigodet proponiéndole la cesación completa de las hostilidades mediante el envío de representantes de la Banda Oriental a la Asamblea Genera], sometiéndose al gobierno de Buenos Aires. Vigodet rechazó airado la propuesta y la lucha siguió hasta la capitulación de la plaza el 20 de junio de 18H, mediante la acción combinada de las fuerzas de tierra al mando de Rondeau y Alvear y las de mar bajo las órdenes de Brown. Este éxito de las fuerzas patriotas fue puesto en conocimiento del representante de Gran Bretaña en Río, quien contestó por nota del 15 de julio de 1814 expresando: "con " franqueza, que aunque esa capital pudiese con su acostum" brado heroísmo prolongar por algún tiempo una lucha des" igual contra los recursos que la España podría emplear, " con todo, es, a lo menos posible, que esta continuación de " hostilidades sería al fin completamente infructuosa, en cuan" to a cualquier vista de separación de la metrópoli y que no " serviría sino para atraer sobre esas provincias nuevas calami" dades y desgracias reiteradas". "Cuánto más ventajoso no " sería para ese gobierno el retirarse de la contienda con hon" ra y seguridad como ahora bien se puede aprovechándose " de la crisis que le presenta la vuelta de su Soberano para " el trono de sus antepasados". Para llevar este consejo a la práctica, indicaba Ja conveniencia de enviar inmediatamente diputados al rey para presentarle "los votos de fidelidad de sus subditos de este hemisferio y para recibir de su real mano el deseado don de una pacificación sólida y equitativa". Previendo que el monarca español fuera hostil a los hombres de Buenos Aires, sugería que se recurriese a la mediación del gobierno de Gran Bretaña para que fueran "sepul377
tadas en un olvido profundo y eterno todas las circunstancias pasadas". Gervasio Antonio Posadas, a la sazón Director Supremo de las Provincias Unidas, contestó con serena altivez la nota del enviado inglés. Le agradeció su consejo aclarándole que "los pueblos de la Unión han peleado por sus derechos: ellos no han sido los primeros en entrar en la lucha; pero no pueden verla concluida sin asegurar la libertad. Este don precioso es el único que forma la salud de los pueblos; sin él los nombres de prosperidad y seguridad son voces a que no puede atribuirse significación alguna". Le hace saber que se enviarán diputados a Fernando VII, "y espero que sean oídos no ya para obtener un perdón " vergonzoso de culpas que no se han cometido, ni para con" tentarse con un olvido humillante de las ocurrencias pasa" das, que ni satisfaría nuestro honor ni a nuestra justicia, " sino para obtener de reales manos la seguridad de las pre" tensiones de estos pueblos compatibles con los derechos de " la corona y la cesación de las calamidades en que han en" vuelto al continente americano la insensatez, las pasiones y " la ambición de las autoridades que dejó el reinado anterior " y continuaron los gobiernos establecidos en su ausencia". La designación de representantes recayó en Belgrano y Rivadavia, quienes debían pasar por Río de Janeiro para tomar contacto con lord Strangford y recibir sus recomendaciones para la corte de Londres. El objetivo de la misión era el de buscar una solución para lograr la paz paralizando los preparativos hispánicos de reconquista. En este orden de ideas los diputados estaban autorizados a aceptar proposiciones justas del rey que debían ser consutladas "a los Pueblos". En suma, se trataba de ganar tiempo. Se decidió que Belgrano quedase en Londres y que Rivadavia fuese a Madrid instruyéndolo reservadamente de las miras del gobierno que sólo tenían por objeto la independencia política del continente o, por lo menos, la libertad civil de "estas Provincias". En Río de Janeiro lord Strangford puso a su disposición
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una fragata de guerra y les declaró que su gobierno había manifestado al Brasil que no permitiría su ingerencia en los asuntos del Río de la Plata ni que atentara a su territorio. El representante de España, Villalba, a su vez, les ofreció un barco español para que se dirigieran directamente a Madrid, tratando de evitar así la intervención de Gran Bretaña. Por su parte, aconsejó al monarca moderación respecto a las gestiones. Mientras tanto Sarratea, en atención a la intransigencia que demostraba el rey de España, adoptó la idea de proponer a Carlos VI la coronación de su hijo en el trono del río de la Plata. Belgrano y Rivadavia aceptaron este plan, dado el vuelco que había sufrido la situación europea con el regreso de Napoleón, pero la propuesta fue rechazada por el monarca. Nuestros representantes no tuvieron acceso en Londres a las esferas oficiales y el gobierno decidió su regreso ante la inutilidad de sus gestiones frente a la posición adoptada por el de España. Sin embargo, un cambio de actitud hizo que Rivadavia fuese invitado por el rey .a trasladarse a Madrid. Allí mantuvo varias entrevistas con el ministro CebaIlos, pero la actividad de un corsario argentino cerca de Cádiz y el bloqueo del Callao, así como la falta de una contestación clara que exigía el ministro, fueron causas para que el rey, creyendo que todo se había realizado de mala fe, dispusiera la salida de Rivadavia del territorio español. Criticado por algunos, se ha dicho por Ravignani que Rivadavia, desplegó una acertada conducta y que usó de todos los procedimientos de un hábil diplomático, sabiendo que las posiciones de ambas partes eran irreductibles. * En 1820 estalló la revolución de Cádiz encabezada por Riego, que obligó a Fernando VII a convocar a las cortes y a reconocer la Constitución de 1812. Rivadavia creyó llegado el momento de aprovechar las circunstancias para lograr la paz y el reconocimiento de la independencia y entabló 1 BELGRANO, MARIO, La política externa con los Estados de Europa, pág. 438.
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negociaciones con el embajador de España duque de San Carlos. Pero todo fue inútil, porque como él dijera en carta a Alvear "no hay que esperar algo que nos importe de los españoles, porque ni ellos demorarán un día la invasión como lo puedan practicar, ni entrarán por concuerdo alguno que libre al país de un estado civil colonial". Los comisionados regios -1' Sin embargo hubo una tentativa española para tratar de solucionar la cuestión de sus colonias. A raíz de la sublevación de Riego y del restablecimiento de la Constitución de 1812, el rey dio un "manifiesto a los habitantes de ultramar" en el que incitaba a los americanos a deponer su hostilidad invitándolos a enviar delegados a España para tratar con las cortes sus problemas. De lo contrario, debían atenerse a las consecuencias de la lucha y consiguientes represalias. En junio de 1820 Fernando VII nombró comisionados, para que trasladándose a América procurasen el restablecimiento del orden y la conciliación. Para tratar en Buenos Aires fueron designados Herrera, Comyn y Mateo. Al fondear el barco frente a Buenos Aires los comisionados reales solicitaron un salvoconducto para desembarcar como delegados del rey constitucional de España y poder residir con plena libertad y seguridad durante el tiempo de la misión. La Junta de Representantes les hizo notar que el rey tenía declarada la guerra y hostilizaba con sus ejércitos a estos territorios, de suerte que si la autorización que traían "era extensiva a reconocer, antes de toda negociación, la preliminar e indispensable base de la independencia que ésta y las demás provincias en Congreso General han establecido", ello alejaría los inconvenientes. Esta posición, verdadero antecedente de una defensa BELGRANO, MARIO, La política exterior del gobierno de Martín Rodríguez. El reconocimiento de la independencia, en "Hist, de la Nac. Argentina", segunda sección, tomo VI, pág. 375. a
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continental de los países de América, no fue aceptada por los comisionados que se retiraron a Montevideo desconociendo facultades a la Junta por que exigiera, ante todo, la absoluta independencia de la América del Sur, "asumiendo el carácter de sus apoderados universales, y no siendo otra cosa que unos meros representantes del distrito de Buenos Aires". a Asimismo sugirieron que se enviaran a Madrid comisionados especiales debidamente autorizados para tratar de concluir lo más conveniente al interés común. La Junta contestó que no considerándose de una misma familia no existían intereses comunes, pero que si se reconociera el hecho de la emancipación política, "pronta y gustosa toda esta parte de América" podría tratar y concluir con España lo más conveniente. Hubo una segunda tentativa de arreglo en el año 1822 por medio de los nuevos comisionados Pereira y La Roble, que debían venir a América "a oir y recibir proposiciones para comunicarlas al gobierno de Madrid". La Junta de Representantes decidió admitirlos pero con la condición de que no se celebraría ningún tratado que no fuera precedido "de la cesación de la guerra en todos los nuevos estados del continente americano y el reconocimiento de su independencia". De nuevo el gobierno argentino afirmaba su posición de solidaridad americanista uniendo su suerte y destino al de todos los pueblos del continente. Los comisionados, en vista de la difícil situación en que se encontraban los ejércitos realistas en el Perú, cedieron a esta proposición y firmaron el 4 de julio de 1823 con Rivadavia una "Convención Preliminar". Sus principales cláusulas disponían: 1' que a los setenta días de ratificada la convención cesarían las hostilidades; 29 que se restablecían las relaciones comerciales entre las provincias de la monarquía española, las que ocu1 BELGRANO, MARIO, La política exterior del gobierno de Martín Rodríguez, El reconocimiento de la independencia, en "Hist. de la Nac. Argentina", segunda sección, tomo VI, pág. 375.
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?. '.'.;.
pan las armas de S.M.C. y Jos Estados que ratificasen la convención durante la suspensión de las hostilidades; 39 que se respetarían y admitirían en los puertos los í, pabellones de unos y otros Estados; • r . 4* que durante la suspensión de las hostilidades el got bierno del Estado de Buenos Aires negociaría me! diante .un plenipotenciario de las Provincias Unidas del Río de la Plata la celebración del tratado definitivo de paz y amistad entre S.M.C. y los demás Estados del continente americano. 59 que luego que el gobierno de Buenos Aires fuese autorizado por la Junta de Representantes para ratificar la convención negociaría con los gobiernos de Chile, Perú y demás provincias del río de la Plata su acceso a ella; los comisionados reales adoptarían las medidas que creyesen necesarias para que por parte de las autoridades de S.M.C. obtuviese la convención el más pronto y cumplido efecto. La Junta de Representantes dio autorización para que eí gobierno ratificase la convención. Lo facultó también para negociar con los Estados de América, una vez celebrado el tratado definitivo de paz con España, a fin de que pudiesen reunir, entre todos, la suma de veinte millones de pesos com destino al sostenimiento de la independencia de España. Rivadavia, en el debate, en su calidad de ministro de gobierno, sostuvo que "Buenos Aires no quería nada que no fuese común a toda América" y que "no recibiría la independencia no siendo' simultánea a los demás pueblos". Esta convención, en la que España trataba en un pie de igualdad con los "Estados del Continente Americano", importó un pleno y verdadero reconocimiento de su independencia. El gobierno de Buenos Aires envió dos misiones para obtener la adhesión de dichos Estados. Don Félix Alzaga fue comisionado a Chile, Perú y Colombia, 'y el general Las Heras a Bolivia. Ninguna de ellas tuvo éxito y la convención: perdió todo efecto con la toma de Cádiz por los franceses y 352
la caída del gobierno constitucional de España, que dio como resultado la declaración de nulidad de los actos realizados por los comisionados españoles. El 19 de' junio de 1823 la Junta de Representantes de la Provincia de Buenos Aires dictó una ley por la que se establecieron las bases de la negociación con España. Por esta ley se dispuso que el gobierno no celebraría tratados de neutralidad, de paz ni de comercio con España si previamente no cesaba la guerra en todos los nuevos Estados del continente americano y el reconocimiento de su independencia. El reconocimiento de la independencia f-; ' '.
El 9 de julio de 1857 Alberdi firmó en Madrid un tratado por el cual se reconoció la independencia argentina. En este tratado no sólo se estipuló el reconocimiento de la independencia por parte de España y la aceptación de la deuda pública colonial por la Argentina, sino también el principio del "jus sanguinis" para los hijos de españoles nacidos en nuestro país. El tratado no fue aprobado, por lo que Alberdi debió realizar un nuevo convenio que se firmó en 1859. Con toda habilidad, al aceptar el reconocimiento de la deuda española hasta el 25 de mayo de 1810, época en que se fijó la fecha de la evacuación del territorio por las fuerzas realistas, Alberdi hizo que España admitiese que nuestro país es el más antiguo de la cronología de los Estados americanos. Nuestro representante cuidó también, que por el art. 49 se nos transmitieran todos los privilegios que tenía España en estos territorios, entre ellos el de Patronato, De esta manera la Santa Sede no podría desconocerlo con el pretexto de que siendo un privilegio concedido a los reyes de España, no había pasado al gobierno argentino por obra de la revolución. La previsión de Alberdi se vio confirmada porque con motivo de la ratificación del tratado, el nuncio en Madrid reclamó reiteradamente ante la corte española para que no lo hiciera. El tratado no pudo entrar en vigor porque el art. 31e de la Constitución Nacional, reformada en 1860, hizo la salve-
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dad de que no era obligatorio para la provincia de Buenos Aires por ser uno de los tratados ratificados después del pacto del 11 de noviembre de 1859. El gobierno de Mitre encomendó a Balcarce la concertación de un nuevo tratado que se firmó en 1863 y es el que está en vigor. El conflicto del Pacífico Como consecuencia del conflicto que mantenía con Perú, España acusó al gobierno de Chile de no ser neutral en la contienda. Después de negociaciones se firmó un tratado para poner fin a la discusión, pero el gobierno de España lo dedaró inexistente porque su representante se apartó de las instrucciones. Con este motivo, el canciller argentino Elizalde el 15 de septiembre de 1865 hizo presente al representante español el pesar con que se había enterado de que habían fracasado las negociaciones. En la misma oportunidad ofreció la mediación del gobierno argentino. Esta mediación, ofrecida también a Chile, fue negociada asimismo con los gobiernos del Uruguay, Brasil, Francia y Gran Bretaña a los efectos de obtener su participación. Sin embargo, antes de que se concretara la mediación se abrieron las hostilidades entre españoles y chilenos. Frente a esta situación de hecho, el gobierno de la reina ya no podía aceptar la mediación, que era inútil desde que estaban rotas las hostilidades. El 31 de marzo de 1866 una escuadra española bloqueó Valparaíso y bombardeó e incendió deliberadamente la ciudad. Este hecho produjo gran indignación y el gobierno argentino, en nota del 27 de abril reclamó por esta acción de guerra. Hizo presente que estaba ligado a ambos países por vínculos especiales, pero que entendía que esa situación le autorizaba para llevar su voz ante el gobierno español protestando por el empleo de medios que consideraba contrarios a los principios consagrados por el Derecho de Gentes y por los perjuicios causados o que se causaran por este motivo a los ciudadanos argentinos y sus propiedades, cuya indemnización solicitaría oportunamente. Terminó manifestando las
dificultades que "habría para la conservación de las buenas relaciones que felizmente existieron entre ambos países y que por su parte pone especial esmero en cultivar y estrechar si persistiese en emplear estos medios de guerra con los pueblos de América". España contestó atribuyendo a Chile maniobras destinadas a encubrir sus preparativos para destruir la escuadra española. Créditos de subditos españoles Durante la guerra de la independencia numerosos subditos españoles sufrieron perjuicios. Ante el reclamo interpuesto, el gobierno argentino designó comisiones para que estableciera la justicia del pedido y el monto de los perjuicios. Posteriormente, en 1868 el Congreso aprobó las liquidaciones efectuadas por la suma de un millón ciento once mil ochenta y tres pesos y lo mandó pagar a sus sucesores cualquiera fuese la nacionalidad. Cortesías recíprocas En 1902 a pedido del representante español en Buenos Aires, el gobierno argentino designó una delegación especial para que lo representara en las fiestas de la coronación de Alfonso XIII. A esta delegación se agregaron después jefes de la fragata "Sarmiento" anclada en Cádiz para participar de las fiestas. En 1910 con motivo del centenario de Mayo, España envió una misión presidida por la infanta Isabel. Cuestiones sobre derecho de asilo en la guerra civil En el mes de junio de 1936 el embajador argentino Raúl García Mansilla se encontraba en San Sebastián cuando estalló el movimiento revolucionario que derrocó al gobierno de la república. En esa situación otorgó asilo a cinco o seis 355
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personalidades políticas españolas, que le fueron reclamadas por el comité rojo de la localidad de Saraus. La autoridad local se declaró impotente y comunicó a nuestro representante que no sería responsable de las represalias con que amenazaba el comité si no entregaba a sus asilados. El gobierno argentino impartió instrucciones al embajador de mantener y amparar por todos los medios a los asilados, y reclamó al gobierno de España por la situación que se le había creado a su representante. Le hizo saber, además, que mantendría con toda energía el derecho de asilo, y reclamó garantías para que el embajador, su familia y sus asilados, así como el personal de la embajada, pudieran desplazarse con seguridad hacia la frontera marítima o terrestre más próxima, pero sin abandonar en ningún momento a los asilados. Convenio sobre servicio militar El 18 de octubre de 1949 se firmó en Buenos Aires un protocolo por el que se convino que los españoles hijos de inmigrantes españoles que se encuentren en la República Argentina a la edad del cumplimiento de las leyes del servicio militar podrán, si optan por este procedimiento, cumplir su servicio militar en la República Argentina. En tal circunstancia las leyes españolas los eximirán de la obligación similar en su país de origen.
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CAPÍTULO XI RELACIONES CON ITALIA Y ALEMANIA RELACIONES CON ITALIA Conflicto de Rosas con el reino de Cerdeña, — Cuestión sobre buques italianos surtos en el puerto de Buenos Aires. — Detención de un cónsul de Italia. — Mediación argentina. — El tratado de Versailles. —• Cortesías internacionales. —• Guerra de Abisinia. — Guerra de 1939.— Reconocimiento de la república italiana.
Conflicto de Rosas con el reino de Cerdeña El 20 de octubre de 1834 el gobierno de Buenos Aires dictó un decreto estableciendo que no se reconocería ningún cónsul de los Estados que no hubiesen reconocido la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Como el rey de Cerdeña designara a un vecino de Buenos Aires y ciudadano argentino como agente consular, Rosas dispuso la devolución de las credenciales. Ante este rechazo el rey envió al barón Picolet d'Hermillon con poderes suficientes para reconocer la independencia, lo que hizo el 12 de mayo de 1837. El enviado sardo tuvo dificultades con el gobierno de Rosas a raíz de haber aceptado la representación de los intereses de Francia y de tramitar en su legación un juicio sucesorio de un ciudadano francés. Felipe Arana, al tener conocimiento de este hecho, reclamó para los jueces argentinos la jurisdicción para entender en los juicios sucesorios de las personas fallecidas en el país, negando a los franceses seme-
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jante privilegio por la ausencia de un tratado que consagrara ese régimen de excepción. En 1848 se produjo un incidente de mayores consecuencias. D'Hermillon pidió permiso para que sus conciudadanos sardos pudieran enarbolar la nueva bandera de su país un día de fiesta nacional. Como el permiso no llegara, el cónsul instó a los particulares para que enarbolaran la bandera en sus domicilios. La situación hizo crisis y bajo la acusación de que el cónsul no había sido neutral en la guerra contra Inglaterra y Francia y de que su conducta inamistosa agraviaba el honor de la Confederación, se decretó su expulsión entregándosele los pasaportes. En vano intentó el cónsul aclarar su conducta negando los hechos; sus notas le fueron devueltas y se le conminó a abandonar el país. Cerdeña dio explicaciones amistosas y en 1850 designó un nuevo enviado. Cuestión sobre buques surtos en el puerto de Buenos Aires En 1862 se produjo un hecho delictuoso en el puerto de Buenos Aires a bordo del buque italiano "Vicenzo Giannello". El cónsul de Italia pretendió intervenir como juez instructor para dar principio a la formación del proceso, según las leyes vigentes en Italia, debiéndose considerar al culpable desde aquel momento bajo la jurisdicción de los tribunales de Italia. El cónsul invocó disposiciones de la provincia de Buenos Aires, pero como el autor del homicidio fuera retirado por la policía, el encargado de negocios de Italia presentó una protesta. Elizalde, ministro de relaciones exteriores, hizo saber que las leyes de la provincia no obligaban a la nación y que la República Argentina sostenía, de acuerdo al derecho internacional, que los buques mercantes anclados en puertos extranjeros están sujetos a la legislación del estado del puerto. No obstante, deseoso de mantener buenas relaciones y tratándose de un caso especial —ya que el cónsul de Italia se podía haber considerado autorizado por las leyes provincia388
les, con la aclaración de que el hecho no sentaba precedente— puso a su disposición al reo que reclamaba. Poco después se volvió a plantear un hecho semejante con motivo de un homicidio a bordo del buque "Lombardia" de bandera italiana, también en el puerto de Buenos Aires. El gobierno argentino no hizo lugar al pedido, fundado en que el caso "Gianello" había sido de excepción, con la declaración expresa de que no serviría de precedente. Detención de un cónsul italiano En 1886 se produjo una reclamación del representante de Italia a raíz de la detención que había sufrido el agente consular Carone en Gualeguay. Estudiados los antecedentes se comprobó que éste, al frente de un grupo de compatriotas, había tenido un incidente con otro grupo de connacionales por la posesión de la "Sociedad Italia". Notificada la autoridad, el comisario procedió a detener a todos los que participaron en el conflicto. El ministro de Italia reclamó con insistencia por lo que consideró una violación a las inmunidades de su agente consular. Sin embargo, el ministro de relaciones exteriores, Dr. Quirno Costa, no aceptó el reclamo por cuanto se había probado que los hechos en los cuales había sido detenido el cónsul no eran actos cumplidos en el ejercicio de sus funciones sino meramente particulares. Recordó al ministro de Italia que en ese caso los gobiernos no pueden observar la conducta de las autoridades, como había hecho el gobierno argentino cuando las autoridades italianas detuvieron al cónsul argentino en Palermo, José Estagno, por no pagar sus deudas, y que en esa ocasión no se presentó ningún reclamo. Mediación argentina En 1913 se produjo una cuestión entre el Uruguay e Italia en la que intervino el gobierno de nuestro país a reque359
rimiento de aquéllos. Se propuso el arbitraje como único medio de solución amistosa, y aceptada la propuesta ambos gobiernos designaron como arbitro al presidente Sáenz Peña, quien declinó la designación por considerar que nuestra intervención en los actos preparatorios lo inhibían para desempeñar el cargo. El tratado de Versailles El 29 de octubre de 1920 el representante de Italia comunicó al ministerio de relaciones exteriores que las principales potencias aliadas tenían noticias de que agentes alemanes, a pesar de las prohibiciones del tratado de paz, intentaban vender en algunos estados neutrales fusiles, submarinos y material de guerra alemán. Los gobiernos aliados tenían la convicción de que el gobierno argentino, dándose cuenta de la gravedad de la cuestión, adoptaría medidas para que fuesen observadas las cláusulas del tratado de Versailles. El 28 de diciembre de 1920 el ministro argentino Torelo comunicó al representante italiano que para la República Argentina el tratado de Versailles era un "res Ínter alios acta". Cortesías internacionales En 1924 el gobierno argentino concedió autorización para que una compañía de un barco de la Real Marina italiana pudiese desembarcar en el territorio de la república con armas y bandera para desfilar el 25 de mayo ante el presidente de la nación. Otro acto demostró los tradicionales vínculos de amistad con Italia. En 1924 vino al país en misión cordial el príncipe heredero del Piamonte Humberto de Saboya, que fue agasajado con gran brillo por las autoridades y el pueblo argentino.
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Guerra de Abisinia Con motivo de la agresión de Italia a Etiopía la Asamblea de la Sociedad de las Naciones resolvió aplicar sanciones al gobierno italiano. De acuerdo a la resolución adoptada, el gobierno argentino dictó un decreto por el cual hizo mención a la condición de miembro de dicha sociedad que le imponía el derecho y el deber de cooperar en el mantenimiento de la paz. El decreto prohibió la exportación y reexportación y tránsito con destino a Italia y sus posesiones, de armas, municiones y materiales de guerra cuya enunciación se haría en cada caso. Asimismo dictó otro decreto por el cual la Oficina de Control de Cambios no debía conceder permiso para la compra de divisas destinadas a la contratación de empréstitos, otorgamiento de créditos, suscripción de acciones u obligaciones o papeles similares que se realizasen por cuenta o en favor del gobierno italiano o de las autoridades locales o corporativas del reino. Un tercer decreto dispuso que no se daría curso a ningún permiso de exportación o de reembarco con destino a los puertos del reino de Italia o de sus posesiones que comprendieran diversos productos como animales de transporte, caucho, algunos minerales, petróleo, carbón y sus derivados. La embajada de Italia reclamó por las medidas adoptadas, pero nuestro gobierno le manifestó que tales disposiciones tenían como causa el cumplimiento de la resolución de la Sociedad de las Naciones. Concluida la conquista de Etiopía por las fuerzas italianas, el gobierno de Italia comunicó que se había dictado un decreto por el cual los territorios y pueblos que pertenecían al imperio de Etiopía se habían puesto bajo la soberanía plena e integral del reino de Italia. Nuestro gobierno contestó manifestando que se veían en el caso de formular la reserva consiguiente que le imponían los principios de su tradición jurídica internacional. Como la Asamblea de la Sociedad de las Naciones pasara a receso sin adoptar ninguna resolución, el gobierno argentino instruyó a su representante
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en Ginebra para que solicitara una nueva convocatoria de/la Asamblea. Aceptada esta propuesta el cuerpo se reunió/de nuevo y resolvió, en junio de 1936, el levantamiento def las sanciones. Como consecuencia, el 1 1 de julio se dejarojí sin efecto las medidas adoptadas contra Italia. Guerra de 1939 En 1941 con motivo de la guerra europea, el gobierno de Italia solicitó a la Argentina la atención de sus intereses en Colombia, Honduras, Canadá, Costa Rica, Nicaragua, Cuba, Salvador, Guatemala, Panamá, Haití, Perú, Méjico y República Dominicana. El gobierno argentino aceptó las representaciones con las reservas necesarias que pudieran derivarse de los compromisos y acuerdos de orden continental a que había adherido. Los gobiernos de Cuba, Salvador, Guatemala, Panamá, Haití, Perú y Méjico solicitaron a nuestro país que no continuara la atención 'de los asuntos italianos en virtud de la recomendación N9 36 aprobada en la Reunión de Consulta de Río de Janeiro que dispuso que "Ningún Estado americano autorizase a otro del continente para asumir ante su gobierno la representación de los intereses de un país extracontinental que no tenga relaciones diplomáticas o se encuentre en guerra con naciones de este hemisferio". La cancillería contestó que teniendo en cuenta los deseos manifestados había hecho saber al gobierno de Italia que se veía precisado a abandonar la representación que venía ejerciendo. El 25 de agosto de 1941 se firmó en la ciudad de Buenos Aires un acuerdo con Italia, mediante el cual se transfirieron al gobierno argentino la propiedad de las naves mercantes italianas refugiadas en puertos de la república. Por este convenio el gobierno argentino se comprometió a no utilizarlos en favor de las potencias beligerantes o contra Italia y sus aliados, reservándose el gobierno italiano el derecho de readquirir los buques vendidos con la correspondiente cláusula de opción.
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El 23 de mayo de 1946 la cancillería argentina dirigió notas a todos los gobiernos latinoamericanos invitándolos a realizar una gestión en conjunto ante los Estados Unidos, Gran Bretaña, Francia y Rusia, para que los términos del tratado de paz a celebrarse con Italia fueran justos y equitativos, considerando que el pueblo italiano estuvo ajeno a las decisiones que lo llevaron a la guerra. Se hizo mérito de la contribución que los brazos italianos habían hecho en la economía argentina y a la vinculación que existía con los hijos de los emigrantes italianos que por las leyes de nuestro país eran argentinos. La mayoría de los pueblos latinoamericanos se adhirió a la iniciativa argentina. Reconocimiento de la república italiana Con motivo de la instalación provisional de la República italiana, el 20 de julio de 1946, el presidente de la Argentina envió un telegrama al presidente De Nicola augurándole éxitos en su futura misión. Con esta comunicación quedó reconocida la República de Italia, RELACIONES CON ALEMANIA Reconocimiento. — Incidente de la sucursal del Banco de Londres.— Caso Metzlaff. — La primera guerra mundial. —> El caso del "Monte Protegido". — El caso del vapor "Toro", — Expulsión del ministro alemán, — Aplicación del tratado de Montevideo de 1899. — Cláusula de la nación más favorecida y el tratado de 1857. — La denuncia unilateral del tratado de Locarno. — Guerra de 1939.
Reconocimiento El 11 de abril de 1843 Juan Cristian Zimmerman, cónsul de Hamburgo, reconoció la Confederación Argentina. El 28 de septiembre de 1844 lo hizo el reino de Prusia. 393
El 27 de febrero de 1852 se reconoció al cónsul de Hannover y el 28 se designaron los cónsules argentinos en Hamburgo y Bremen. El 19 de septiembre de 1857 se firmó un tratado de amistad, comercio y navegación entre la Confederación Argentina y Prusia y los demás miembros del "Zollverein" alemán. Incidente de la sucursal del Banco de Londres Como consecuencia del incidente ocurrido en 1876 entre las autoridades de la provincia de Santa Fe y la sucursal del Banco de Londres y Río de la Plata que se ha relatado anteriormente, la legación de Alemania reclamó ante el gobierno argentino por la detención del gerente de aquella sucursal, que era de nacionalidad alemana. El canciller Irigoyen no aceptó la protesta, sosteniendo que los ciudadanos extranjeros que residen en el territorio de la república y que se encuentran sometidos a un procedimiento judicial, tienen abiertos todos los recursos que las leyes han establecido para corregir los errores o extralimitación de los tribunales inferiores. Y mientras el asunto esté en trámite ante esos tribunales no hay denegación de justicia y no es posible aceptar reclamaciones diplomáticas porque no compete al gobierno de la nación conocer en aquellos asuntos. Esta actitud, mantenida con firmeza, dio término al incidente. Caso Metzlaff En abril de 1887 el marinero alemán Metzlaff fue herido de muerte por el comisario de Colastiné. El gobierno de Santa Fe exoneró en un primer momento al comisario y le inició el juicio correspondiente, pero poco tiempo después fue puesto en libertad y restablecido en sus funciones. El representante de Alemania inició gestiones para que la causa se activara y se aplicara al culpable el condigno castigo. Al mismo tiempo nuestro ministro en Berlín, Carlos Cal394
vo, fue requerido para que el caso se llevara en forma correcta y se le expresó la sorpresa que tenía el gobierno alemán de que el comisario hubiera sido repuesto sin haber sido absuelto por la justicia. El ministerio de relaciones exteriores urgió al gobernador de Santa Fe la solución correcta del asunto. Este consideró que el asunto quedaba terminado con el pago de dos mil pesos hecho por el comisario a la viuda de la víctima. El ministro de Alemania no aceptó la solución manifestando que en ningún país civilizado la pena de homicidio queda relevada con la entrega de una suma de dinero. Insistió, pues, para que el gobierno nacional obtuviera del de Santa Fe la reparación debida. Como transcurrieran tres años sin que el gobernador contestara las comunicaciones del Poder Ejecutivo de la Nación, el presidente de la república invitó a conferenciar al gobernador D. Juan M. Cafferata. En esa conferencia le significó la urgencia de resolver el asunto, que comprometía la civilización política de la provincia y la violación de los artículos 5» y 106» de la Constitución de la nación, que disponen la obligación de asegurar la administración de justicia. A pesar de la promesa de obtener un pronto despacho, nada se hizo, por lo que se le urgió desde Buenos Aires. Como ni siquiera acusara recibo de la comunicación, Estanislao Zeballos, ministro de relaciones exteriores, le requirió la separación del comisario y un informe sobre el estado de la causa, recordando al gobernador las disposiciones constitucionales que se refieren al trato a darse a los extranjeros y la obligación de afianzar sus relaciones con los países extranjeros (arts. 14», 20» y 27»). El gobernador contestó una larga nota justificando la actitud adoptada y empleando frases irrespetuosas para el ministro de Alemania. Por orden de Pellegrini, presidente de la república, los términos inconvenientes fueron testados y Zebaílos en 1892 dirigió una extensa y enérgica nota al gobernador en la que le notificó que si dentro del término de ocho días no se comunicaba la suspensión del comisario y una relación prolija de la causa, el presidente de la república 395
procedería como lo considerara oportuno. Era el anuncio de la intervención. El gobernador de Santa Fe dispuso el encarcelamiento del comisario acusado y la continuación de la causa. El incidente diplomático quedó así terminado. I» Guerra mundial El 3 de agosto de 1914 el ministro alemán en Buenos Aires comunicó al gobierno argentino que desde .el I 9 de ese mes su país se hallaba en estado de guerra con Rusia. En la misma fecha el canciller argentino Murature manifestó al enviado alemán que el gobierno argentino mantendría la más estricta neutralidad en la contienda. A esta nota de Alemania se sucedieron comunicaciones de Francia, Bélgica, Rusia y Gran Bretaña, por lo que el. 5 de agosto de dicho año, por medio de un decreto especial, se hizo saber que mientras durara el estado de guerra entre las naciones antes citadas o entre algunas de ellas, el gobierno de la república mantendría la más estricta neutralidad. Para hacer efectiva esta disposición se seguirían las reglas de doctrinas y procedimientos consignados en la convención relativa a los derechos y deberes de las potencias neutrales suscripta en La Haya el 18 de octubre de 1907. 1
El caso del "Monte Protegido" El 4 de abril de 1917 un submarino alemán hundió en alta mar al buque argentino "Monte Protegido". El gobierno argentino reclamó enérgicamente considerando que el hundimiento constituía una ofensa a la soberanía argentina, que ponía en el caso de formular la justa protesta y la reclamación de las explicaciones consiguientes. El gobierno, continuaba la nota, espera que Alemania, reconociendo el derecho que asiste a la república, le daría las satisfacciones debidas, desagraviaría el pabellón y acordaría la reparación del daño material. El 28 de abril el secretario de Estado Zimmerman con396
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testó el reclamo diciendo que se lamentaba la pérdida del buque argentino y que se estaba dispuesto a dar la reparación por el daño causado. Por su parte Luxburg, ministro alemán en Buenos Aires, expresó el sentimiento del gobierno imperial por el hundimiento del velero argentino e hizo presente que era una consecuencia lamentable de la condición de guerra intensiva a la que se veía obligado su gobierno a causa de los acontecimientos de Europa, pero que en manera alguna podía considerarse una falta de respeto a la bandera nacional argentina. En prueba del especial interés desgobierno y pueblo alemán en mantener la simpatía que abrigaban por el pueblo argentino y sus instituciones se había resuelto que en la primera oportunidad la escuadra alemana saludara el pabellón argentino. El gobierno argentino aceptó las explicaciones en cuanto reconoció la plenitud del derecho de la república y quedó convenido el nombramiento de una comisión de arbitraje constituida por un representante de cada parte. La comisión fijó en $ 120.000 la indemnización que se debía pagar por el hundimiento del "Monte Protegido". Alemania cumplió su promesa de desagraviar el pabellón por el hundimiento de los buques "Monté Protegido" y "Toro". En una ceremonia celebrada en el puerto de Kiel el 22 de septiembre de 1921 se izó la bandera argentina a bordo del acorazado "Hanover" y fue saludada militarmente por toda la tribulación bajo los acordes del himno nacional argentino. El caso del vapor "Toro" Por nota del 2 de febrero de 1917, Luxburg comunicó que por razones apremiantes de la guerra y en vista de la forma de lucha ilegal iniciada por Gran Bretaña, su gobierno había resuelto impedir sin dilación y con todas las armas disponibles, el tráfico en las zonas de bloqueo que circundaban a Gran Bretaña, Francia, Italia y en la parte occidental^ del Mediterráneo. Por consiguiente, los buques neutrales ten-' •drían que navegar por las zonas de bloqueo a su propio 397
riesgo y los que se hallaran en puertos de dichas zonas de bloqueo podrían zarpar antes del 5 de febrero y tomar la ruta más corta hacia la zona libre. Solicitaba que se hiciera la debida prevención a los barcos argentinos que eventualmente estuviesen en viaje y repetía la advertencia hecha el 8 de febrero de 1916 sobre el trato de buques mercantes armados, en el sentido de que los nacionales de las potencias neutrales no viajaran en dichos buques porque serían considerados y tratados por las fuerzas de combate imperiales como beligerantes, aun fuera de las zonas de bloqueo. El ministerio de relaciones contestó el 7 de febrero diciendo que el gobierno argentino "lamenta que S.M. Imperial se haya creído en el caso de adoptar medidas tan extremas, y declara que ajustará su conducta como siempre a los principios y normas fundamentales del Derecho Internacional". El 22 de junio el vapor argentino "Toro", en viaje a Genova, fue detenido en las proximidades de Cabo Esparte!. El jefe del submarino revisó los papeles del barco argentino y considerando que llevaba contrabando de guerra absoluto incondicional, como estaban calificados la lana, cueros y carne, lo hundió a cañonazos después de hacer que la tripulación se alejara en los botes salvavidas. El gobierno argentino ordenó a su representante en Alemania que presentara la correspondiente reclamación, lo que se hizo el 9 de julio de ese año. En la nota se expresaba que "el gobierno argentino al contestar la nota del gobierno imperial alemán anunciando la guerra submarina ilimitada, declaró que la república ajustaría su conducta a las normas y principios fundamentales del Derecho Internacional. Fue fundándose en este concepto que formuló su reclamación en el caso del "Monte Protegido" y que aceptó las explicaciones del gobierno imperial alemán, en cuanto ellos reconocían la plenitud del derecho de la república y satisfacía la reclamación en todos sus términos. Al proceder así este gobierno entendía que aquella actitud tenía el alcance de colocar en lo sucesivo a los buques argentinos al amparo de las medidas de guerra de que había resuelto hacer uso el gobierno imperial; pero ante la reiteración del hecho las satisfacciones mo595
rales y la indemnización del daño material serían insuficientes para salvar el derecho vulnerado. En consecuencia se ve en el caso de formular nueva protesta y reclamar, además del desagravio moral y de la reparación del daño, la seguridad del gobierno alemán de respetar en lo sucesivo los barcos argentinos en su libre navegación de los mares". Alemania entregó a nuestro representante la contestación a la protesta invocando las razones del derecho de guerra que le permitía destruir los buques que llevaran contrabando de guerra, en cuyas condiciones se encontraban las lanas, cascos y tanino, considerados por Gran Bretaña como contrabando. Además, el hecho se produjo próximo a Gibralíar, una de las bases navales más fuertes del enemigo, lo que autorizaba a suponer que el destino presunto del navio era un puerto enemigo. Agregaba que si el gobierno argentino creía que el comandante del submarino no hubiese procedido de conformidad con las reglas internacionales, el gobierno alemán recibiría las aclaraciones del gobierno argentino para estudiarlas y considerarlas debidamente. Si de las averiguaciones resultase que las reglas internacionales no permitían el hundimiento del "Toro", el gobierno alemán estaba dispuesto a indemnizar a los reclamantes. Al mismo tiempo expresaba que el sensible accidente no había sido causado por la menor falta de respeto al pabellón argentino ni de parte del gobierno alemán ni de su marina. Nuestro gobierno no aceptó la posición adoptada por Alemania. Como ésta invocara la Declaración Naval de Londres, la nota argentina expresó: "No es ese el plano en que el gobierno argentino ha colocado sus reclamaciones, ni es el que acepta para sostener sus derechos de nación neutral y soberana. Las divergencias existentes entre el gobierno de Su Majestad Imperial Alemán y el gobierno argentino deben resolverse por principios y conceptos neutrales. La plenitud de la soberanía nacional al comprender la inmunidad del derecho ampara las actividades que debe desplegar para realizar su comunidad con el mundo y no es dable admitir que mientras ellos garantizan plenamente la persona y los bienes de los subditos alemanes en la república, los intereses
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argentinos en los mares sean atacados y destruidos por las escuadras del imperio". "No es concebible que sus productos naturales se califiquen en momento alguno como contrabando de guerra y jamás han figurado en tal calidad en los tratados celebrados por ella. Son el fruto del esfuerzo de la nación en su labor vital, no para satisfacer exigencias de la guerra, sino para las necesidades normales de la humanidad. El gobierno argentino no puede así reconocer que el intercambio de la producción nacional del país sea motivo de una calificación bélica restrictiva de su régimen, librado de acción y de evidente menoscabo a su soberanía". Por estas consideraciones insistió en la reparación solicitada en la seguridad de que fueran respetados, en lo sucesivo, los buques argentinos en su libre navegación de los mares. Para solucionar el conflicto Alemania propuso hacer una declaración por la que estaba dispuesta a abonar el monto del vapor y reconocer la libertad de los mares a la navegación argentina, siempre que el gobierno argentino declarase al mismo tiempo que procuraría que no salieran buques de bandera argentina en viajes a través de la zona de guerra establecida por los diferentes beligerantes. Nuestro gobierno rechazó en forma terminante esta propuesta de arreglo y en vista de esto, por nota de agosto 28 firmada por Luxburg el gobierno alemán comunicó, que había resuelto indemnizar al gobierno de la República Argentina los daños causados por el hundimiento de dicho buque y someter la fijación del vapor y de aquellos al mismo procedimiento que en el caso del "Monte Protegido". Agregó que aunque su libertad de acción se hallaba limitada por los procedimientos ilegales de sus enemigos, con respecto a la navegación argentina cumpliría las normas del Derecho Internacional. Expulsión del ministro alemán El gobierno americano interceptó una correspondencia de Luxburg a través de la legación de Suecia en Buenos
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Aires. En la comunicación interceptada, el representante alemán decía que el gobierno argentino había despachado dos pequeños buques, el "Oran" y el "Guazú", que estaban acercándose a Burdeos, con el propósito de cambiar de bandera. Que a dichos buques había que dejarlos pasar, si era posible, o si no, hundirlos sin dejar rastro. Por otro telegrama Luxburg calificaba al ministro interino de relaciones exteriores "como un notorio asno y anglofilo" que en una sesión secreta del Senado había dicho que la Argentina exigiría de Berlín la promesa de no hundir los barcos argentinos y que si no se aceptase esto, las relaciones se romperían. En un telegrama posterior insistió en que a los barcos argentinos había que compelerlos a volver, dejarlos pasar o hundirlos sin dejar rastros. En vista de esta comunicación, el 12 de septiembre de 1917 el gobierno argentino declaró persona no grata al ministro de Alemania y le entregó su pasaporte, dando asi por terminada su misión diplomática en el país. Cabe consignar que el gobierno alemán había desaprobado la conducta de Luxburg. Aplicación del tratado de Montevideo a los ciudadanos alemanes En 1928 la embajada de Alemania en Buenos Aires consultó al ministro de relaciones exteriores acerca de si los ciudadanos alemanes en la Argentina gozaban del beneficio y la protección del tratado de Montevideo en virtud de lo dispuesto por una ley alemana. Motivaba la pregunta una sentencia que había sostenido que como la adhesión de Francia y España al Tratado de Montevideo había sido aceptada por un decreto, de conformidad con la Constitución no existía en realidad tratado porque no había mediado la sanción legislativa. El ministerio de relaciones exteriores hizo saber a la legación de Alemania que los ciudadanos alemanes gozaban en la república de los privilegios emanados del tratado de
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Montevideo, El fundamento de esa resolución radicaba en que por la naturaleza del tratado no era necesario la sanción de una ley, como lo demostraban todos los antecedentes de las distintas adhesiones que había aceptado nuestro país por decreto. Cláusula de la nación más favorecida y el tratado de 1857 Con motivo del modas vivendi firmado con Chile en 1932, el gobierno de Alemania, por intermedio de su legación en Buenos Aires, solicitó que en virtud del tratado de 1857 se le aplicara la rebaja del 50 % de los derechos aduaneros a las mercaderías igualmente producidas y fabricadas en Alemania. El gobierno argentino contestó que no estaba en condiciones de acceder al pedido desde que la cláusula de la nación más favorecida incluida en el tratado era de carácter condicional. Es decir, que debía existir efectiva reciprocidad para poder gozar de las franquicias concedidas a Chile. La denuncia unilateral del tratado de Locarno Con motivo de la denuncia del tratado de Locarno hecha por Alemania, el gobierno argentino hizo una declaración en la Sociedad de las Naciones en el sentido de que la República Argentina, de conformidad con las orientaciones de su política nacional, y de acuerdo con el respeto escrupuloso de los compromisos internacionales sobre los cuales descansaba la paz del mundo, se adhería a todo principio vinculado con la santidad de los tratados. Agregó que habíamos considerado siempre que los tratados no deben ser denunciados de una manera unilateral, aun en el caso de que fueran concertados por tiempo indeterminado. En consecuencia, el gobierno argentino se adhería al proyecto de resolución pr&' sentado por Francia y Bélgica que condenaba la actitud de Alemania. 402
Guerra de 1939 En el curso de 1942 submarinos alemanes atacaron a los barcos argentinos "Victoria" y "Río III", hundiendo a este último. El gobierno argentino reclamó ante el de Alemania y obtuvo plena satisfacción, explicándosele que el ataque se debió posiblemente al hecho de que la tripulación del submarino no identificó debidamente a los buques argentinos. Se ofreció también pagar las indemnizaciones correspondientes. Debido a las actividades de espionaje fue necesario que el gobierno argentino hiciera retirar al capitán Nieburg agregado naval a la embajada de Alemania. Pero esas actividades continuaron, y el 21 de enero de 1944 al gobierno argentino dispuso se investigara el proceder del cónsul argentino Helmud, que en viaje de servicios a Europa había sido detenido en Trinidad por las autoridades inglesas acusado de agente al servicio de Alemania. La investigación demostró la veracidad del cargo, por lo que nuestro gobierno dispuso la ruptura de relaciones diplomáticas con los países del Eje, fundada en que la reiteración de los actos demostraba que agentes encubiertos actuaban en nuestro país según un plan meditado de sus gobiernos para tomar al territorio de la república como centro de sus actividades ilícitas. En consecuencia, por decreto del 26 de enero de 1944 se declararon rotas las relaciones diplomáticas con los gobiernos de Alemania y Japón y se mandó entregar los pasaportes a sus representantes diplomáticos. E] 27 de enero del mismo año se dictó un decreto declarando totalmente suspendido todo el intercambio comercial y financiero con Alemania y Japón y territorios dominados por esas naciones. Inmediatamente se solicitó a Suecia que atendiera el cuidado de los intereses argentinos en ambos países. Por su parte, Suiza, a pedido de Alemania y Japón, se encargó de los asuntos de dichos países en territorio argentino. Después del combate de Punta del Este entre barcos ingleses y el acorazado alemán "Graf Spee", el buque entró en el puerto de Montevideo. Vencido el plazo acordado por el gobierno uruguayo, el acorazado zarpó de Montevideo y 403
poco después su tripulación lo hundió en aguas del río de la Plata. Previamente la embajada alemana en Buenos Aires, en combinación con el capitán, había fletado varias embarcaciones de bandera argentina para que fueran a traer a la tripulación, que llegó a Buenos Aires el 18 de diciembre de 1939. A raíz de este desembarco, el 19 de diciembre el gobierno argentino dispuso la internación/del comandante y de los oficiales en la ciudad de Buenos Aires; en las provincias o territorios mediterráneos la de los tripulantes. Posteriormente, por otro decerío, fijó como zona de internación la isla Martín García, Alemania reclamó por la internación y solicitó que sus marinos permanecieran en la Argentina en pleno goce de su libertad. El gobierno del Reich opinó que no correspondía la internación debido a que se trataba de náufragos que habían llegado al territorio de un país neutral a bordo de vapores de bandera también neutral. La cancillería argentina contestó el 27 del mismo mes afirmando que la internación estaba de acuerdo al derecho internacional debido a las particularidades del caso. Estas particularidades indicaban que no se trataba realmente de náufragos sino de una tripulación cuyo comandante había dispuesto voluntariamente el hundimiento del crucero y que previamente había contratado barcos para que fueran a buscarlos. Por decretos de 1944 y 1945 se puso bajo la dependencia de un consejo de administración las sociedades y los bienes que. pertenecían a alemanes y japoneses. El 27 de marzo de 1945 se declaró la guerra a Alemania y Japón, y el 18 de mayo se creó la Junta de Vigilancia y Disposición Final de la Propiedad Enemiga, la que tuvo a su cargo la custodia, administración y liquidación de la propiedad alemana y japonesa. La ley N? 14.049 de agosto 30 de 1951 declaró terminado el estado de guerra existente entre la Argentina y Alemania. Esta ley establece, además, que no afecta los derechos que frente a Alemania tiene la república y sus nacionales en concepto de indemnización por daños de guerra. Dispone, asimismo, que el régimen de los bienes de propiedad de Ale404
\ dsiposiciones legales en vigencia. El Poder Ejecutivo solicitó el 12 de septiembre que se aprobase la gestión hecha con las autoridades de Alemania para establecer relaciones diplomáticas y crear una embajada con sede en Bonn, Por su parte, el gobierno federal alemán respondió favorablemente a esa gestión argentina y solicitó el "placet" para su representante en Buenos Aires. De este modo quedaron establecidas las relaciones entre los dos países,
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CAPÍTULO XII RELACIONES CON LA SANTA SEDE, SUECIA, FINLANDIA, JAPÓN Y LA UNION SOVIÉTICA RELACIONES CON LA SANTA SEDE Primeros decretos de los gobiernos patrios. Misión de Alberdi. — Expulsión de monseñor Matera, Misiones de Balcarce y de Calvo. — El caso de monseñor de Andrea. — Conflicto por la designación de monseñor Boneo.
Primeros decretos de los gobiernos patrios Por decreto del 3 de diciembre de 1810 los miembros de la Junta resolvieron que desde esa fecha ningún tribunal, corporación, jefe militar o eclesiástico confiriera empleo público a ninguna persona que no hubiera nacido en estas provincias. Por otro decreto del 23 de marzo de 1813 se suprimió el Tribunal de la Inquisición en todos los pueblos del territorio de las Provincias Unidas del Río de la Plata, declarándose devuelta a los ordinarios eclesiásticos, su primitiva facultad de velar sobre la pureza de las creencias por los medios canónicos que únicamente puede conformar al espíritu de Jesucristo, guardando el orden y respetando el derecho de los ciudadanos. La Asamblea General en su sesión del 4 de junio de 1813, declaró que el Estado de las Provincias Unidas del Río de la Plata "es independiente en toda autoridad eclesiástica que exista fuera de su territorio, bien sea de nombramiento o presentación real". 407
La misma Asamblea dictó una ley sobre obispados por la cual se declaró que las comunidades religiosas de las Provincias Unidas del Río de la Plata quedaban, mientras no se determinase lo contrario ,en absoluta independencia de todos los prelados existentes fuera del territorio del Estado. Prohibía, asimismo, que el Nuncio Apostólico residente en España pudiese ejercer acto alguno de jurisdicción en el territorio de las Provincias Unidas del Río de la Plata; y dado que los obispos de estas regiones habían reasumido sus primitivas facultades ordinarias, podían usar y gozar plenamente de sus respectivas diócesis mientras durara la incomunicación con la Santa Sede. Durante los primeros veinte años no hubo comunicación con la Santa Sede, El Papa no quería comprometerse con la corte española teniendo o demostrando simpatía para los revolucionarios, y León XII, por una encíclica de 1825, condenó la emancipación americana. * Pero la incomunicación con Roma no fue absoluta, como lo demuestra la regularización de dos franciscanos, que habiéndola obtenida del Papa, presentaron la documentación para que se diera el "pase", trámite que se otorgó, lo mismo que la notificación del previsor del obispado. Sin embargo, las relaciones oficiales no se admitieron porque no se había realizado un concordato. El 21 de diciembre de 1822 la Junta de Representantes de la Provincia dictó una ley sobre reforma del clero. Siendo gobernador de Buenos Aires el general Juan José Viamonte, creyó conveniente entablar relaciones con Roma, y a tal efecto el 8 de octubre de 1829 se dirigió al Papa. Expresó su disposición de hacer un concordato para bien de la Iglesia y resguardo de los derechos de una nación independiente. Expresó que el gobierno había creído llegado el momento de que se designara un obispo titular y propuso a tal efecto a los doctores Zavaleta y Medrano. Esta comuni1 CARBIA sostiene, sin embargo, que este pontífice estuvo siempre resuelto a aceptar el estado de cosas creado -en América. La revolución de mayo y la Iglesia, pág. 306.
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cación fue contestada el 13 de marzo de 1830 y se designó a monseñor Medrano como vicario apostólico. Con motivo de esta designación, el fiscal Agrelo suscitó una cuestión solicitando que el obispo Medrano hiciese un juramento ante escribano por el que se comprometía a guardar, cumplir y hacer cumplir las leyes, estatutos, usos, costumbres y reglas del Estado. Como consecuencia de este dictamen el 31 de enero de 1831 Balcarce dio un decreto declarando que las relaciones con la Santa Sede debían regirse por acuerdos nuevos, pues el patronato de Indias había terminado con el dominio español. De conformidad con este decreto Medrano prestó el juramento requerido. En 1832 el Dr. Mariano Escalada presentó al gobierno la bula por la que había sido nombrado obispo de Aulón, "in partibus infidelium" sin que previamente hubiera sido propuesto para esa designación por parte del gobierno de la provincia. Fundado en que la presentación para tal designación, como para todos los demás beneficios de su Iglesia le correspondía, en virtud del derecho de patronato, que tenía y que había ejercido antes y después de su separación de la metrópoli española y de la iglesia de España, el gobierno ordenó retener la bula que afectaba la soberanía nacional y el derecho de patronato, dirigiéndose al Papa para que "mejor informado no dé lugar ni permita se haga perjuicio ni novedad en nada de lo que ha pertenecido y pertenece a los derechos y prerrogativas nacionales del patronato del Estado en las Iglesias de su territorio". Habiendo sido designado nuevamente Medrano en la forma correspondiente, el 24 de mayo de 1834, en presencia del ministro de relaciones exteriores, general Tomás Guido, el obispo prestó juramento de ser fiel a la nación reconociendo su soberanía y alto patronato y se comprometió también a que no aceptaría ni recibiría dignidad alguna que no le confiriera el gobierno de la nación y que se abstendría en sus comunicaciones con la Santa Sede de lo que estuviera prohibido por. las leyes. El 27 de febrero de 1837 Rosas dictó un decreto por el que resolvió que ninguna persona o autoridad civil o eclesiástica de la provincia de Buenos Aires podía reconocer el 409
valor ni prestar obediencia ni conformidad a ningún documento pontificio recibido después del 25 de mayo de 1810 que apareciera sin el debido pase o "exequátur" de la autoridad encargada de las relaciones exteriores de la República. La separación de Buenos Aires, después de la caída de Rosas y de la sanción de la Constitución de 1853, produjo una serie de dificultades porque los asuntos eclesiásticos debían realizarse con intervención del vicario capitular de la diócesis residente en Buenos Aires. De ahí que surgiera la idea de entablar relaciones diplomáticas con la Santa Sede, a cuyo efecto Urquiza, como presidente de la confederación, designó a los señores Bonfiglioli, Jiménez y Filipini como agentes confidenciales en ciertos asuntos religiosos, y más tarde, en 1857, a Alberdi como ministro plenipotenciario ante la Santa Sede gobernada por Pío XI. Alberdi tenía como misión principa] la de obtener la creación de la diócesis del litoral para evitar la dependencia del obispado de Buenos Aires de las regiones de Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes. Alberdi presentó un memorándum sobre la situación política de la república con respecto a los intereses de la Iglesia en el que expresó el deseo del gobierno argentino de celebrar un concordato. El 13 de febrero de 1858 el gobierno argentino reconoció como delegado apostólico de la Santa Sede, con residencia en Paraná, a monseñor Marini. El 30 de septiembre de 1858 se designó enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en misión especia] al Dr. Juan del Campillo, quien debía negociar un concordato que debería ser ratificado por nuestro gobierno dentro del término que se fijara y con arreglo a las leyes de la Confederación Argentina. Del Campillo obtuvo el reconocimiento del obispo de Paraná y la designación de monseñor Segura, que había sido presentado por el gobierno argentino. En cuanto a la concertación de un concordato, el Vaticano no aceptó el proyecto presentado por Del Campillo, que tendía a asegurar el ejercicio del patronato nacional en la presentación de obispos y asegurar en favor del presidente el "exequátur" de todas las breves y bulas que debiesen cumplirse en territorio argentino. 410
El 8 de julio de 1858 del Campillo protestó ante el Papa por el hecho de haber dispuesto el desmembramiento del distrito de Tarija de la diócesis de Salta, sin intervención del gobierno argentino. El reclamo se fundó en que podría interpretarse como que la Santa Sede reconocía la desmembración política del territorio argentino, ocurrido por un acto de sublevación que no había sido consentido. Como acto de deferencia se dispuso dar el pase al breve vaticano con la condición de que este acto en nada perjudicase los derechos no renunciados por la nación, ni sobre los límites de su territorio, ni sobre la protección de sus iglesias. Expulsión de monseñor Matera, Misiones de Balcarce y de Calvo En 1884 el gobierno de la República Argentina, en pleno ejercicio de su facultad soberana, dispuso que fuera laica la enseñanza en las escuelas costeadas por el tesoro público. La discusión de este proyecto nacido en una de las cámaras del Congreso Nacional y su definitiva sanción, dio motivo a un grave incidente con el nuncio papal Matera. Este pretendió oponerse a la sanción, aceptándosele, por deferencia, que expusiera sus ideas en conferencias confidenciales. La intemperancia de dicho delegado llegó hasta a oponerse a que vinieran al país maestras normales contratadas por el Poder Ejecutivo en Estados Unidos para la dirección de esos establecimientos de enseñanza. Durante esos episodios se produjeron sucesivas demostraciones de intolerancia religiosa, traducidas en manifesía•ciones de clubes en los que figuraban siempre algunos miembros importantes del clero; en sermones intemperantes en los templos; en la fundación de diarios con iguales objetos y en la emisión de pastorales de vicarios y obispos, destinadas a introducir la perturbación en el mantenimiento y dirección de las escuelas públicas fundadas hacía algunos años y que funcionaban perfectamente. Esta coincidencia hizo comprender al gobierno que el 411
delegado apostólico no era extraño a estos actos, no obstante la prudente reserva que guardaba. * El delegado apostólico se trasladó a Córdoba donde el vicario Clara había lanzado un anatema contra la Escuela Nacional prohibiendo que los padres católicos enviasen a sus hijas. En esa ciudad un grupo de señoras, entre las que se hallaba la directora de la Escuela Normal, le pidió una entrevista que tenía por objeto pedirle que levantara el anatema. Monseñor Matera contestó que accedería a esa solicitud siempre que el ministro de instrucción pública declarase en un documento oficial: I 9 que la intención del gobierno no era propagar la religión protestante; 2? que permitiera la enseñanza del catecismo católico en la escuela normal; y 3' que se permitiera al obispo visitar la escuela cuando lo juzgare conveniente para convencerse de que se cumplía la segunda condición. Al tener conocimiento el gobierno de ese acto, impropio de un ministro extranjero, que importaba una intromisión indebida en asuntos de carácter interno regidos por las leyes del Congreso y por medidas administrativas del Poder Ejecutivo, creyó de su deber pedir una explicación del significado de esta declaración y.así lo hizo en una nota concebida en términos comedidos en que se pedía la referida aclaración. Monseñor Matera contestó con una nota insólita, que obligó al canciller Oríiz a devolvérsela, pues no podía aceptar un escrito en que atribuía al gobierno la inspiración de artículos de un diario que atacaba sus actividades y que terminaba con un ultimátum o emplazamiento irrespetuoso e inaudito. El delegado apostólico, sin contestar las notas del ministerio que se habían mantenido reservadas, hizo publicar al día siguiente por la prensa no solamente la nota que le había sido devuelta, sino también una carta privada que había dirigido al presidente de la república, general Roca, conteniendo ofensas extraordinarias y caluminosas contra el primer 1
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Memoria Relaciones Exteriores 1885, pág. 330.
magistrado de la nación y algunos de sus ministros. Esta actitud determinó el inmediato envío de sus pasaportes. A pesar de haberlos recibido, el delegado apostólico dirigió al ministro de relaciones exteriores un nuevo oficio que le fue devuelto cerrado. No obstante esto, al día siguiente lo dio a la prensa haciendo saber su protesta contra su expulsión "y contra todas las doctrinas emitidas y todas las medidas, recientemente adoptadas en perjuicio de la libertad y de los derechos propios de la iglesia católica y contra todas aquellas que se amenacen adoptar en el porvenir". Estas declaraciones, hechas en nombre de la Santa Sede, eran de extrema gravedad porque desconocían el derecho de soberanía del Estado argentino, afectando las buenas relaciones entre la Iglesia y el Estado. El general Roca, en "el deseo de evitar llegar a ese extremo, resolvió enviar a Mariano Balcarce, nuestro ministro plenipotenciario acreditado ante Francia, para que la Santa Sede desaprobara la conducta observada por monseñor Matera y explicar sus deseos de mantener buena armonía y demostrar la lealtad de nuestro gobierno. Balcarce, convencido de que una acción directa en Roma no tendría resultado, se valió del nuncio en París para hacer llegar al cardenal Jacobini un pliego enviado por el gobierno argentino que contenía las explicaciones del incidente. Poco después, el nuncio entregó a nuestro enviado en París la contestación de la Santa Sede. En dicha nota, redactada en términos corteses pero enérgicos, se pretendía en cierto modo justificar el proceder incalificable de monseñor Matera. Se hacía una recopilación de las quejas que la Iglesia pretendía tener contra el gobierno argentino y se formulaba una manifestación final en la que se expresaba que para que se restablecieran las relaciones amistosas era necesario previamente remover las causas graves y las justas preocupaciones de la Santa Sede. Como consecuencia de esta nota quedaron rotas las relaciones diplomáticas entre el gobierno argentino y la Santa Sede. El ministro Balcarce al conocer los términos de la nota,
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manifestó a nuestro gobierno que los términos en que estaba redactada importaba en el hecho aceptar tácitamente la explicación. Agregó que esta contestación demostraba que era inútil e inconveniente su traslado a Roma para solucionar el incidente y que quedaba abierto el camino a futuras negociaciones cuya oportunidad el gobierno debía determinar. Años más tarde, el canciller Amancio Alcorta encomendó a Carlos Calvo, nuestro ministro en Francia y Bélgica, que realizara sondeos con el Papa León XIII para reanudar las relaciones diplomáticas. Estas gestiones tuvieron éxito y por decreto del 10 de junio de 1899 se dio a Calvo las credenciales ante la Santa Sede. Por su parte, el Vaticano designó como internuncio a monseñor Sabatucci, quien fue reconocido por el presidente Roca el 23 de mayo de 1900. El caso de monseñor de Andrea Al fallecer en 1923 el arzobispo de Buenos Aires monseñor Espinosa, el presidente Marcelo Alvear presentó a la Santa Sede al obispo de Temnos, monseñor Miguel De Andrea, como candidato para ocupar el cargo. El Vaticano consideró que el candidato propuesto no llenaba las condiciones, lo que hizo que monseñor de Andrea elevara la renuncia a] cargo. El gobierno argentino rechazó dicha renuncia, pero monseñor de Andrea insistió en ella con el propósito de evitar un conflicto entre la Argentina y la Santa Sede. El gobierno argentino, no obstante considerar que eran respetables las razones que obligaban al obispo a persistir en su actitud, resolvió no aceptarla; pero ante la insistencia en la renuncia, el presidente finalmente la aceptó. Conflicto por la designación de monseñor Boneo En 1924 el nuncio comunicó que la Santa Sede había designado como administrador apostólico de la arquidiócesis de Buenos Aires, a monseñor Juan Agustín Boneo. obispo de
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Santa Fe. El canciller Gallardo le comunicó que tratándose de un cargo que se ejerce en el territorio de la República, la documentación correspondiente debía ser previamente sometida al gobierno de la Nación. Monseñor Boneo se negó a presentar la documentación respectiva aduciendo que ninguna ley ni ninguna disposición constitucional le obligaba a presentar previamente al gobierno el nombramiento pontificio. Con este motivo el Poder Ejecutivo requirió dictamen al Procurador de la Nación, quien insistió en la presentación. Acatada esta disposición por monseñor Boneo, fue remitida la documentación a la Corte Suprema para que le diera el correspondiente pase de acuerdo con la disposición constitucional pertinente. El alto tribunal encontró que dicha documentación no llenaba los requisitos legales y afectaba el derecho de patronato, por cuanto el nombramiento había sido realizado por el mismo pontífice en pugna con el art. 68, inc. 8' de la Constitución. Habiendo sido vulnerado este derecho, la Corte Suprema, por sentencia del mes de febrero de 1925, resolvió negar el acuerdo para el pase de la documentación que contenía la designación. El presidente Alvear, por decreto de febrero 17 del mismo año, determinó retener la documentación que contenía la designación. Es decir, resolvió que el Vaticano no podía nombrar vicario apostólico para gobernar a los obispos argentinos. RELACIONES CON FINLANDIA La vinculación oficial entre la Argentina y Finlandia quedó establecida el 11 de mayo de 1918, de conformidad a una solicitud del presidente de aquel país de 17 de diciembre de 1917. Con motivo de la agresión rusa el secretario general de la Sociedad de las Naciones remitió al gobierno argentino el voto de la asamblea por el que se había hecho un llamamiento a todos los miembros de la Liga para que aportasen a Finlandia la asistencia material y humanitaria que les fuera posible. Para responder al pedido, por decreto de 8 de enero de 1940, el presidente de la nación resolvió que se facilitase a dicho país
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la cantidad de cincuenta mil toneladas de trigo que sería reembolsada en la forma y tiempo que considerase oportuno el gobierno finlandés. RELACIONES CON SUECIA Suecia y la Argentina iniciaron relaciones oficiales el 3 de enero de 1846, Existen entre ambos países diversos tratados y acuerdos y con motivo de la guerra declarada a Alemania y Japón, el gobierno argentino solicitó al sueco en 1944 se hiciera cargo de nuestros intereses en Alemania, Austria, Japón, Bulgaria, Francia, Hungría y Rumania. Al ocupar las fuerzas aliadas los territorios de Alemania y Austria, la atención de los asuntos argentinos quedó sin efecto. RELACIONES CON JAPÓN En 1904 el emperador del Japón acreditó por primera vez un representante en la Argentina. El 27 de marzo de 1945 nuestro país declaró la guerra a Alemania y al Japón por ser su aliado. El gobierno argentino concurrió a la conferencia de San Francisco en septiembre de 1951 y suscribió el tratado de paz. En esa oportunidad, nuestro país hizo una reserva al art. 2» inc. e) vinculada a los derechos argentinos a nuestro sector en la Antártida. Se dejó establecido que esa disposición del tratado debe interpretarse a la luz de la disposición de la Carta de las Naciones Unidas y que ninguna cláusula puede obligar a someter el asunto a procedimientos de arreglo de ninguna naturaleza. El tratado fue aprobado por la ley N9 11.118. RELACIONES CON LA UNION SOVIÉTICA Con motivo de la revolución rusa y los sucesos que fueron consecuencia de la misma, se produjo un grave entredicho entre el gobierno argentino y el régimen de los soviets rusos.
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Las turbas bolcheviques desconocieron la inviolabilidad del consulado argentino en Petrogrado, agraviaron nuestra insignia y pusieron en la cárcel al canciller Naveillan, quien por los malos tratos recibidos falleció en la prisión. Esto dio motivo a que el gobierno argentino se negara a reconocer al gobierno de los soviets y continuara aceptando al señor Stein, antiguo ministro de los zares, como representante de Rusia. El gobierno, en un informe remitido a la Cámara de Diputados el 31 de agosto de 1928, hizo saber los fundamentos de la posición argentina. Dijo el canciller Gallardo que el Poder Ejecutivo consideraba indiscutible el derecho de cada Estado a dictarse las instituciones destinadas a regirlo, pero que entendía que a ese derecho fundamenta], emanado de su calidad de soberano, va aparejado el deber correlativo de respetar la organización de los demás. Por eso la Argentina no podía admitir la convivencia internacional con el gobierno de Rusia, que desconocía ese deber elemental y tampoco podía tolerar que hiciera propaganda comunista al amparo de los privilegios diplomáticos. No habría posibilidad de reconocer a ese gobierno si previamente a todo Rusia no daba amplio y satisfactorio desagravio a la república y abonaba la consiguiente indemnización a la familia Naveillan; mientras no se cambiara la orientación de dicho gobierno y se decidiese a respetar en el exterior el derecho de los demás Estados a darse la organización que prefirieran absteniéndose de toda propaganda contraria al orden social e institucional de los mismos; mientras mantuviera vinculaciones con la Tercera Internacional, que se había propuesto destruir la sociedad actual y no renunciase a considerar justificable el empleo de todas las medidas para llegar al triunfo de su propuesta; mientras eso no ocurriera sería peligroso reconocerlo y mucho más tolerar sus legaciones en la forma cómo se habían establecido, principalmente en Europa, bajo el disfraz de sociedades de comercio que encubrían verdaderos focos de propaganda revolucionaria. El 10 de septiembre de 1921 el comisario del pueblo de relaciones exteriores Tchicherine telegrafió al gobierno argentino manifestando que con el deseo de reanudar las rela-
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ciones comerciales y en el convencimiento de que esa relación contribuiría eficazmente a la prosperidad de ambos países, pedía se le informara si se aceptaría un agente comercial ruso para comprar cereales y otros productos. Se le contestó que no había inconveniente en acceder a lo solicitado. Con motivo de la agresión de Rusia a Finlandia y la denuncia del pacto de no agresión que tenía celebrado, el 4 de diciembre de 1939 el gobierno argentino instruyó a su delegado para que en la reunión del día 13 expresara que no habiendo tenido en común con la Unión Socialista sino la relación forzosa conque dentro de la sociedad debemos todos servir a un mismo ideal internacional, no se la podría continuar considerando miembro de la Sociedad de las Naciones. Continuó la agresión de Rusia y el 14 de diciembre el Consejo de la Sociedad de las Naciones declaró que la Unión de la República Socialista Soviética había dejado de ser miembro de la Sociedad de las Naciones. El 6 de junio de 1946 el ministro de relaciones exteriores Bramuglia, debidamente autorizado por el presidente, celebró un acuerdo con el mandatario de la Unión República Socialista Soviética de Rusia, mediante el cual se convino establecer recíprocas relaciones diplomáticas y nombrar embajadores. Dicho acuerdo fue enviado al Congreso el 3 de julio y aprobado el 21 de septiembre por ley N' 12.841.
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ÍNDICE
GENERAL
CAPÍTULO I LA POLÍTICA EXTERIOR ARGENTINA El principio de autodeterminación. — El "uti possidetis juris" de 1810. — Formación del territorio de la República Argentina. El Virreinato del Río de la Plata. — El pacifismo como norma de conducta de la política exterior de la República Argentina. — La solidaridad, — Resultados
CAPÍTULO II RELACIONES CON PORTUGAL Y CON BRASIL Primera etapa. Política de Portugal hacia las regiones del Plata. — Las misiones de Moreno y Sarratea, — Reconocimiento de la Independencia. — Misión de Valentín Gómez. — Guerra con Brasil. — Mediación inglesa. — Misión del Dr. García. — Convención Preliminar de Paz entre la República Argentina y el Brasil. — Segunda etapa. Rosas y el Brasil. — Maniobras del Imperio en el Paraguay. — Una mediación del Brasil. — Los tratados de la Confederación con -el Brasil. — Tratado complementario de la Convención Preliminar de Paz de 1828. — La guerra del Paraguay. — Liquidación de la Triple Alianza. Misión de Quintana. — Tratado Sosa-Tejedor. — Gestiones de Dardo Rocha. — Cuestión de limites con Brasil. — El arbitraje del Presidente Cleveland. — Propuesta de mediación conjunta en la guerra del Pacifico. — Reclamo sobre el tratado de comercio. — Solidaridad de ambos países en 1890. — Incidencia diplomática con motivo de la fiebre amarilla. — Contrabando fluvial. — La Argentina y la revolución brasilera de 1893. — El telegrama cifrado de N' 9. — Incidentes de 1910. — El tratado del A B C . — Caso de asilo político. — Apoyo a Brasil en la Sociedad de las Naciones. — Guerra de 1939. — Visita de los Jefes de Estado. — Síntesis
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CAPÍTULO III
CAPÍTULO V
RELACIONES CON EL PARAGUAY
RELACIONES CON LA REPÚBLICA DE CHILE
Relaciones entre la Junta de Buenos Aires y la de Asunción, Tratado de 1811. — La independencia paraguaya. Disidencias con Rosas. — Relaciones con la Confederación Argentina. — Mediación argentina en el conflicto estadounidense-paraguayo. — Mediación del Paraguay en las luchas internas de la Argentina. — Misión de la Peña. — Pretensiones de Solano López sobre el equilibrio del Plata. — La guerra con el Paraguay. — La Triple Alianza. — La ocupación de la Villa Occidental. La frase de Várela. — La instalación de un Gobierno provisorio en el Paraguay. — La misión Mitre en el Paraguay. —• Diferencias con Tejedor. — Misión Derqui, Tratado Irigoyen-Machain. — El arbitraje del Presidente Hayes. — Incidentes fronterizos. — Tratado de arbitraje. — Asilo político. — Mediación de 1905. — Arreglo de la cuestión de límites. — Reclamaciones por la revolución paraguaya de 1910. — Revolución de 1911. Ruptura de relaciones. — Acuerdo complementario de límites. — Condonación de la deuda de guerra y devolución de trofeos. — La guerra del Chaco
Relaciones diplomáticas. — Primeras misiones. — Época de Rosas. — El conflicto con España. — Las depredaciones de los indios. — Guerra del Pacífico. — Incursiones en territorio argentino. — Reconocimiento de un gobierno de facto. — Reunión de Mendoza de 1933. —. Viajes de Cancilleres. — Atención de asuntos chilenos. — Visita de Presidentes Argentinos. Los problemas territoriales. — La cuestión del Estrecho de Magallanes. — Las pretensiones de Chile a la Patagonia. — El tratado de 1881. — El incidente de San Martín de los Andes. —• La reunión del Estrecho. — La cuestión de la Puna de Atacama. — Incidente del lago Periguaycó. — Los "Pactos de Mayo". — Delimitación de la Cordillera de los Andes. — El arbitraje del Rey de Gran Bretaña. — Demarcación de la frontera. — La cuestión del Canal de Beagle. — Cuestión de la Antártida 185
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CAPÍTULO VI RELACIONES CON BOLIVIA, PERÚ, VENEZUELA, MÉXICO, PANAMÁ Y COLOMBIA
CAPÍTULO IV RELACIONES CON LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Las primeras relaciones con la Banda Oriental y Artigas. — Intervención de Rosas en la Banda Oriental. — Apoyo a la independencia uruguaya. — Tratado de 1859 complementario de la Convención Preliminar de Paz de 1828. — La revolución de Venancio Flores y la ruptura de relaciones de 1863. — Convenio con Brasl sobre el Uruguay. — La Triple Alianza y la guerra del Paraguay. — Mediación argentina de 1872. — Revolución dé Entre RÍOS de 1873. — Acuerdo de 1876 sobre prescindencia en las luchas civiles. — Mediación de 1875. —• Respeto de la soberanía uruguaya. — Cuestión por la revolución de Arredondo. — Congreso de Montevideo de 1889. — Mantenimiento de la legación argentina. Tratado de arbitraje obligatorio. — Defensa de la soberanía uruguaya. — Ruptura de relaciones en 1932. — Apoyo al Uruguay frente a Rusia Soviética. — Protesta argentina por las Islas Malvinas. — Cuestiones de límites. — Cuestión de limites en el rio Uruguay. — La cuestión de Martín García. — El Río de la Plata 147
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Relaciones con la República de Bolivia. La misión de Alvear y Díaz Vélez. — Cuestión de Tarija. — Época de Rosas. Guerra con Santa Cruz. — Revolución contra Melgarejo. — Reclamaciones sobre el Chaco. — Cuestión de limites, — Guerra del Pacífico. — El memorándum de Reyes Cardona. — Ruptura de relaciones diplomáticas. — Reconocimiento del gobierno de Bolivia. — Buenos oficios argentinos. — Tratado complementario sobre vías de comunicación. — Mediaciones argentinas en el conflicto con Paraguay. — Vinculación económica comercial. — Reconocimiento de la Junta Revolucionaria de Bolivia. — Expulsión e internación de políticos bolivianos 255 Relaciones con la República del Perú. Misión de Félix Alzaga. — Gestión de Mosquera. Congreso de Panamá. — Misión de Alvarez Thomas. El Tratado Continental. — Tratado de alianza argentino-peruano. — Ofrecimiento de buenos oficios al Perú. — Guerra del Pacífico. — Buenos oficios argentinos en la cuestión peruano-ecuatoriana 281 Relaciones con la República de Venezuela. Política del Triunvirato y del Directorio. —• Buenos oficios en el diferendo de la Guayana inglesa. — Arbitraje argentino 288
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CAPÍTULO IX filiaciones con la República de México, Mediación entre México y Estados Unidos. — Reconocimiento del gobierno de Carranza Relaciones con la República de Panamá. Reconocimiento de su independencia. — Pedido panameño de buenos oficios con Costa Rica. — Arbitraje del embajador argentino. . Relaciones con Colombia Relaciones con Cuba
RELACIONES CON FRANCIA 289 291 293 295
CAPÍTULO VII RELACIONES CON ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA Posición ante el movimiento emancipador. — Misión Saavedra y Aguirre. — Misión del General Alvear. — Restablecimiento de relaciones diplomáticas. — Medíacinó americana ante Rosas. — El ataque a las Malvinas. — El reclamo Hale. — Mediación de Estados Unidos. — Tratado de reciprocidad comercial. — Auxilio americano a ciudadanos argentinos. — Los sucesos de Venezuela y la doctrina de Drago. — Mediación del A.B.C. — Guerra de 1914. — Reclamo americano por derechos aduaneros. — Guerra de 1939. Declaración de no beligerancia. — Conflicto por la conducta argentina durante la guerra. — La República Argentina y la doctrina de Monroe 297
Misiones de Le Moyne y Valentín Gómez. — La agresión del comandante Venancourt. — El bloqueo francés del Río de la Plata. — La intervención anglo-francesa. — Tratado sobre navegación de los ríos. — El incidente de la "Jeanne Amelie". — Detención de un buque argentino. — Préstamo financiero 355
CAPÍTULO X RELACIONES CON ESPAÑA La actuación de los primeros gobiernos patrios. — Los comisionados regios. — El reconocimiento de la independencia. — El conflicto del Pacifico. — Créditos de subditos españoles. — Cortesías recíprocas. — Cuestiones sobre derecho de asilo en la guerra civil española. — Convenio sobre servicio militar 375
CAPÍTULO XI RELACIONES CON ITALIA Y ALEMANIA
CAPÍTULO VIII RELACIONES CON GRAN BRETAÑA La política inglesa con la revolución de Mayo. — Misión de Matías Irigoyen. — Misión de Manuel Moreno. — La actividad exterior del Triunvirato. — Misión de Sarratea a Inglaterra. — La política exteror del Directorio. Misión de García. — El reconocimiento de la independencia. Tratado de Í825. — La intervención inglesa en el Río de la Plata. — La nacionalidad de los hijos ingleses. — Doctrina de Tejedor. — Reconocimiento del Río de la Plata. — Incidente por la sucursal del Banco de Londres. — Cuestiones planteadas durante la 1* guerra mundial. — Guerra de 1939. — La cuestión de las Malvinas. — La cuestión de la Antártida y de las islas Oreadas., Shetland y Georgias del Sur 323
Relaciones con Italia. Conflicto de Rosas con el reino de Cerdeña. — Cuestión sobre buques italianos surtos en el puerto de Buenos Aires. — Detención de un cónsul de Italia. — Mediación argentina. — El tratado de Versailles. — Cortesías internacionales. — Guerra de Abisinia. — Guerra de 1939. — Reconocimiento de la República italiana . . . . 387 Relaciones con Alemania. Reconocimiento. — Incidente de la sucursal del banco de Londres. — Caso Metzlaff. — La primera guerra mundial. — El caso del "Monte Protegido". El caso del vapor "Toro". — Expulsión del ministro alemán. — Aplicación del tratado de Montevideo de 1889. Cláusula de la nación más favorecida y el tratado de 1857. — La denuncia unilateral del tratado de Locarno. — Guerra de 1939 393
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CAPÍTULO XII RELACIONES CON LA SANTA SEDE, SLIECIA, FINLANDIA, JAPÓN Y LA UNION SOVIÉTICA Relaciones con la Santa Sede, Primeros decretos de los gobiernos patrios. Misión de Alberdi. — Expulsión de monseñor Matera, Misiones de Balcarce y de Calvo.— El caso de monseñor de Andrea. — Conflicto por la designación de monseñor Boneo Relaciones con Finlandia Relaciones con Suecia Relaciones con Japón Relaciones con la Unión Soviética
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BIBLIOGRAFÍA
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