REVISTA DE HISTORIA MODERNA ANALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE N° 25 - 2007 ISSN: 0212-5862
EL CONFLICTO SUCESORIO (1700-1715) Universidad de Alicante Alicante, 2007
Revista patrocinada por
CKRIH
Revista de Historia Moderna es una publicación científica de periodicidad anual donde pueden encontrarse aportaciones originales sobre investigación histórica relativa al área de Historia Moderna en castellano y dirigida tanto a especialistas como a estudiosos del tema. Revista de Historia Moderna aparece recogida en la base de datos ISOC (CINDOC).
La presente publicación ha sido realizada en el marco del proyecto de investigación concedido por el Ministerio de Ciencia y Tecnología a este Departamento de Historia Moderna (N° de referencia del proyecto HUM2006-8769).
Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de los trabajos contenidos en este volumen pueden reproducirse ni transmitirse sin el permiso expreso de la institución editora.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA (Asociada a la Fundación Española de Historia Moderna)
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N°25 ANALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE (Revista fundada por Antonio Mestre Sanchis) ISSN: 0212-5862 CONSEJO ASESOR Gérard DUFOUR. Universidad Aix-en-Provence Teófanes EGIDO. Universidad de Valladolid Pablo FERNÁNDEZ ALBALADEJO. Univ. Autónoma de Madrid Manuel FERNÁNDEZ ÁLVAREZ. Real Academia de Historia Francisco Javier GUILLAMÓN ÁLVAREZ, Universidad de Murcia Enrique MARTÍNEZ RUIZ. Univ. Complutense de Madrid Carlos MARTÍNEZ SHAW. Univ. Nacional de Educación a Distancia Pere MOLAS RIBALTA. Universidad de Barcelona Joseph PÉREZ. Univ. Bordeaux III Bernard VINCENT. CNRS CONSEJO DE REDACCIÓN Director: Enrique GIMÉNEZ LÓPEZ Secretario: Jesús PRADELLS NADAL Vocales: Armando ALBEROLA ROMA Francisco ARANDA PÉREZ David BERNABÉ GIL María José BONO GUARDIOLA Marta DÍEZ SÁNCHEZ Inmaculada FERNÁNDEZ DE ARRILLAGA Francisco FERNÁNDEZ IZQUIERDO María del Carmen IRLES VICENTE Mario MARTÍNEZ GOMIS Cayetano MAS GALVAÑ Primitivo PLA ALBEROLA Juan RICO JIMÉNEZ Emilio SOLER PASCUAL SECRETARIADO DE PUBLICACIONES UNIVERSIDAD DE ALICANTE Preimpresión e impresión: :£: Espagrafic © Revista de Historia Moderna Depósito Legal: A-81 -1982 Redacción, dirección e intercambios: Departamento de Historia Medieval y Moderna. Universidad de Alicante Apdo. Correos 99. E-03080 ALICANTE. Telf.: 96 590 34 43 Distribución y suscripción: Marcial Pons Libreros, S. L. San Sotero, 6 - 28037 MADRID,
[email protected]
EL CONFLICTO SUCESORIO (1700-1715)
REVISTA DE HISTORIA MODERNA ANALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, N° 25, 2007 ISSN: 0212-5862
EL CONFLICTO SUCESORIO (1700-1715)
UNIVERSIDAD DE ALICANTE ALICANTE, 2007
La Revista de Historia Moderna dedicará el monográfico correspondiente al año 2008 al tema «Élites sociales y poder territorial», coordinado por los Dres. David Bernabé Gil y Primitivo J. Pía Alberola. Aquellos miembros de la Fundación Española de Historia Moderna que deseen participar deberán enviar sus originales al Departamento de Historia Moderna de la Universidad de Alicante antes del 15 de diciembre de 2007.
SUMARIO Revista de Historia Moderna, n° 25. Alicante, 2007 I S S N : 0 2 1 2 - 5 8 6 2 . 376 p á g s .
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
El exilio de los borbónicos valencianos
11
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
53
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
Las milicias de Felipe V La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
89
ROSA M a ALABRÚS
El eco de la batalla de Almansa en la publicística
113
DAVID MARTÍN MARCOS
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
129
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la guerra de sucesión española según la obra de Francisco de Castellví «Narraciones históricas» (1700-1715)
149
ANA ÁLVAREZ LÓPEZ
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
179
ANNE DUBET
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a principios del siglo XVIII
207
VIRGINIA LEÓN SANZ
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
235
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes ....
257
CARMEN PÉREZ APARICIO
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfica y estado de la cuestión
303
VARIA MARÍA LÓPEZ DÍAZ
Del ayuntamiento borbónico al primer municipio constitucional: el caso de Santiago de Compostela
331
Resúmenes
359
Abstracts
365
Normas
371
EL EXILIO DE LOS BORBÓNICOS VALENCIANOS ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ Universidad de Alicante
El P. Nicolás Belando decía en su Historia Civil que, tras la entrada de Basset en Valencia y la rendición de la capital, «se dio el permiso para que saliese el que quisiera de la ciudad, y lo ejecutaron el arzobispo, con grande número de títulos y nobles, y de los ministros togados el regente y once de los oidores, habiendo ejecutado lo mismo, antes de la rendición, el virrey»1. Según la nómina de los valencianos que partieron al exilio, y que elaboró el Consejo de Aragón a fines de 17062, fueron 433 los que abandonaron el Reino, aunque su número, en la realidad, fue muy superior. Además del arzobispo Folch de Cardona, tres canónigos valencianos, dos alicantinos y otros dos de Xátiva figuraban entre las dignidades eclesiásticas. Eran 39 los eclesiásticos seculares, y 96 los regulares, distribuidos entre franciscanos (27), dominicos (17), Jerónimos (17), jesuítas (15), trinitarios descalzos (14), agustinos (5) y carmelitas calzados (1). Tal y como señalaba Belando, eran 12 los magistrados de la Audiencia que abandonaron Valencia pues únicamente el oidor civil Manuel Mercader y Calatayud, natural de la comarca de la Marina3, se había sumado a la causa del Archiduque y, por ello, nombrado regente de la Audiencia austracista en los primeros días de 17064. También
1. Nicolás BELANDO: Historia civil de España, sucesos de la guerra y tratados de paz, desde el año de mil setecientos, hasta el de mil setecientos y treinta y tres, Madrid 1740, Vol. I, p. 193. 2. A. H.N. Consejos Leg. 17.827 Nómina de las Dignidades, Ministros, Caballeros, Religiosos y Particulares del Reino de Valencia que, por no sujetarse a otro Dominio que al de la Majestad del Sr Felipe V (que Dios guarde) abandonaron sus casas y haciendas, hecha en ejecución del Decreto de V. M. publicado en 9 de los corrientes. 3. Carmen PÉREZ APARICIO: «La Guerra de Sucesión en España», en La transición del siglo XVII al XVIII, vol. XXXVIII de la Historia de España de Ramón Menéndez Pidal, Madrid 1994,p.393.E118de agosto de 1717 el Archiduque le concedió la gracia de Sumiller de corina, en Francisco de CASTELLVI: Narraciones históricas, Madrid 1998, vol. II, p. 432. 4. Carmen PÉREZ APARICIO: «La política de represalias y confiscaciones del Archiduque Carlos en el País Valenciano, 1705-1707», en Estudis 17(1991), pp. 149-196, especialmente pp. 159-160.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
11
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
habían salido de territorio valenciano los gobernadores de Valencia, Xátiva y Alicante, el asesor de los de Castellón y Valencia, el procurador patrimonial de la gobernación alicantina, y los tenientes de gobernador de Valencia y Xátiva. Lo habían hecho así mismo el baile general de Alicante, acompañado de su teniente, tesorero y racional, y en el tribunal de la bailía de Valencia su asesor y el receptor. Igualmente habían dejado Valencia el inquisidor más antiguo del tribunal y el procurador general de la orden de Montesa. La nobleza titulada había abandonado Valencia casi en su totalidad, acompañados de sus familias: la condesa de Castrillo, el conde de Parcent, el de Villanueva con su mujer, el del Real con su mujer y dos hijos, el de Castellar, el de Almenara, con su esposa y tres hijos, al igual que el de Carlet, y los marqueses de Malferit, Bélgida, con sus tres hijos, el de Albaida, con su esposa y cuatro hijos, y el de la Escala, con su mujer. Se sumaban a ellos 49 caballeros de la ciudad de Valencia, 19 de Alicante, 17 de Onteniente, 10 de Xátiva y otros de 6 de diversas localidades, como Cocentaina, Alcoy, Beniganim, Murviedro o Cálig, Se contabilizaron 22 ciudadanos, algunos del estamento militar y otros abogados, y 107 particulares, de diversas poblaciones, entre los que se hallaban los gobernadores de los señoríos de Catarroja5, Castellón de Rugat y Buñol6, y los justicias de Alicante y Enguera, con sus respectivos tenientes. Se unían a todos ellos 20 mercaderes franceses de Valencia y Alicante, de los que seis pasaron a Madrid, dos a la población manchega de El Provencio y otros a Albacete y distintos lugares de Castilla la Nueva, aunque es sabido que otros fueron deportados a Barcelona7. Las circunstancias de su salida de Valencia, sus peripecias en el exilio castellano, la situación, con frecuencia desesperada, en la que se encontraron, faltos de medios para su subsistencia, en condiciones de miseria y necesidad, la ayuda que recibieron de Felipe V, los cargos y mercedes que solicitaron como premio a su fidelidad y a sus sacrificios, y las gracias que obtuvieron del monarca, suponen una posibilidad de aproximación a la realidad del felipismo valenciano en los años trágicos de la guerra y la primera postguerra. El 14 de enero de 1707 Felipe V, ante las muchas «instancias con motivo de las miserias que están padeciendo» los valencianos leales asilados en la Corte, ordenó que los 141.577 rls. que habían sido confiscados en Madrid a valencianos austracistas, se repartieran «para que no lleguen a morir de hambre y experimenten en algún modo los efectos de su Real conmiseración, en atención a lo que han padecido y perdido». El 14
5. Vicente Porcella, refugiado en Madrid con su mujer e hijos, uno de ellos tullido en un cama, recibió 480 rls. de socorro en abril de 1707, en A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Consulta del Consejo de Aragón. Madrid 14 de abril de 1707. 6. El castellonense Jaime Andreu, que había sido soldado en Cataluña en las guerras hispano-francesas del reinado de Carlos II, había accedido a la Gobernación de Buñol para acabar con el bandolerismo. Abandonó territorio valenciano acompañando al Virrey Villagarcía, pero al llegar a Siete Aguas Antonio del Valle le ordenó que regresara a Buñol, y se retiró definitivamente cuando abandonaron Valencia las tropas del Conde de las Torres, residiendo en Madrid desde octubre de 1706, en A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de Jaime Andreu. 7. Carme PÉREZ APARICIO: De l'algament maulet al triomfbotifler, Valencia 1981, p. 52.
12
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
de abril el Consejo de Aragón elaboró un listado de nombres, donde figuraba la cantidad asignada a cada sujeto8. Tras el éxito de Almansa y la recuperación de Valencia el 8 de mayo, el Consejo elaboró una Memoria de los sujetos a quienes V. M. puede servirse mandar socorrer, que en realidad era una lista complementaria de la anterior, y que donaba ayudas en metálico para que pudieran restituirse a sus casas9. El proceso seguido para la elaboración de los listados y la concesión de ayudas fue descrito por el presidente del Consejo de Aragón, Rodrigo Manrique de Lara, conde de Frigiliana, a Grimaldo en carta fechada el 15 de diciembre de 1707, cuando prácticamente todo el trámite de reparto de ayudas ya había finalizado. Al igual que la nómina elaborada a fines de 1706, Manrique de Lara había dividido a los valencianos exilados en Ministros, Títulos, Caballeros, Particulares y Eclesiásticos, con especial consideración hacia los dos primeros grupos, que habían recibido la ayuda mayor, cifrada de media en unos 3.800 rls. Para las restantes tres categorías, las cantidades oscilaron, en función de informes previos, entre los 2.000 rls. que había recibido el que más, y los 500 rls. el que menos. No había sido fácil realizar esas discriminaciones en los socorros: «he procurado informarme exactísimamente de los que hoy se hallan en la Corte habiendo dejado sus casas y conveniencias siendo difícil pesar cuales sean los que padecen mayor necesidad, porque siendo en todos igual la razón de no tener hacienda que socorrerse y haber perdido la que poseían no hay alguno que no considere por el mayor y más justificado su ahogo»10. EL BLOQUE DE LA MAGISTRATURA La casi unanimidad de la magistratura valenciana por mantenerse leal a Felipe V tiene su explicación en la estrecha y duradera vinculación que sus miembros tenían con la administración real en Valencia, como asesores de las distintas gobernaciones y su intervención, por comisión de los virreyes, en la persecución del bandolerismo y en la represión del levantamiento campesino en La Marina de 1693, que tanta similitud tenía con los acontecimientos de 1705". Pedro José Borrull había sido catedrático durante 16 años antes de ocupar la asesoría del justicia criminal de Valencia y ejercer como asesor del Portanveus del General Gobernador de la capital. Esta experiencia fue determinante para su elección el 12 de septiembre de 1689 para oidor de causas criminales en la Audiencia foral, interviniendo en la represión de la Segunda Germanía12. Andrés Montserrat Crespí de Valldaura fue gobernador de Castellón durante el virreinato del marqués de Castelrodrigo, y se distinguió en la represión del bandolerismo
8. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Consulta del Consejo de Aragón, Madrid 14 de abril de 1707. 9. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Consulta del Consejo de Aragón, Madrid 15 de junio de 1707. 10. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Manrique de Lara a Grimaldo, Madrid 15 de diciembre de 1707. 11. Carmen PÉREZ APARICIO: «Reivindicaciones antiseñoriales en el País Valenciano. De la Segunda Germanía a la Guerra de Sucesión», en Estudis 24 (1988), pp. 247-279. 12. Sebastián GARCÍA MARTÍNEZ: Valencia bajo Carlos II, Villena 1991, pp. 566-568.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
13
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
en su demarcación13. Bruno Salcedo Vives fue comisionado en 1679 por el virrey Veragua para la persecución de bandidos, desde 1687 «se empleó seis años ejecutando prisiones de la mayor consecuencia al real servicio» como asesor del Portanveus de la Gobernación de Orihuela14, y Castelrodrigo le volvió a comisionar para reprimir sediciosos en 1693'5. Cuando se hallaba huido de Valencia en 1706, pasando grandes dificultades, Salcedo recordaba que de las dietas de la persecución de delincuentes y bandidos todavía se le adeudaban 1.260 libras16. El alcoyano Francisco Deseáis fue asesor de las Gobernaciones de Xátiva, entre 1681 y 1694, y de Orihuela entre 1694 y 170417. Durante su estancia en Xátiva fue comisionado en 1684 por el virrey conde de Cifuentes, y en 1693 Castelrodrigo le encomendó «recibir información de testigos contra los reos» del levantamiento campesino de aquel año en La Marina18. Pedro Doménech, recibió en 1794 el encargo del virrey de erradicar el juego19, y dos años después era designado asesor de la Gobernación de Valencia, cargo que también desempeñó entre julio de 1701 y agosto de 1704 Francisco Despuig Mercader. Quizá la experiencia más espectacular fuera la vivida por el magistrado alicantino Damián Cerda, cuando cubría el cargo de asesor de la Gobernación de Orihuela. En diciembre de 1781 fue comisionado por el virrey Aguilar para perseguir forajidos, y el 12 de noviembre de 1688 sufrió un atentado cuando se hallaba en su casa de Alicante por el bandolero Salvador Berenguer, un labrador de Novelda que había formado partida y actuaba en aquel término y en los de Alicante y Villajoyosa, y del que resultó herido por arma de fuego un criado del propio Cerda20. En el periodo inmediatamente anterior a la sublevación austracista alguno de estos magistrados tuvieron encargos relevantes. El ya citado Damián Cerda, asesor de la Gobernación de Xátiva en 1704, pasó a la villa de Altea, con comisión del virrey Villagarcía, para averiguar el recibimiento que la población de distintos pueblos de La Marina había dispensado a la Armada aliada durante su ancoraje en aquella bahía2'. Sus informes no ayudaron a que el virrey tomara conciencia de los peligros de la situación, pues en mayo de 1704, tras recorrer las tierras de La Marina, Cerda había transmitido la tranquilidad que, suponía, existía en la comarca: «...habiendo en pocos meses, por los encargos de V. E., transitado por los lugares más principales de las montañas, y hasta Valí de Guadalest, Villajoyosa, Finestrat, Relleu y otros, les considero con gran quietud y seguridad sin que haya podido comprender la menor noticia de infidelidad ni desasosiego,
13. Ibídem, p. 253. 14. Teresa CANET APARISI: La Magistratura Valenciana (s. XVI-XVII), Valencia 1990, p. 184. 15. Sebastián GARCÍA MARTÍNEZ: Op. Cit. p. 247.
16. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Bruno Salcedo solicitando socorro. 17. Teresa CANET APARISI: Op. Cit. p. 185.
18. 19. 20. 21.
Sebastián GARCÍA MARTÍNEZ: Op. Cit. pp. 232 y 279, 567-8 y 580-1. Ibidem. p. 256. Ibídem. pp. 225 y 422. Enrique GIMÉNEZ LÓPEZ: «El desembarco aliado en Altea en 1704 y el Virrey Marqués de Villagarcía», en Homenaje al Dr. D. Sebastián García Martínez, Valencia 1988, vol. II, pp. 269-284.
14
REV1STADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
ya en tanto tiempo me persuado se hubiera descubierto alguna centella22». También hacía alguna referencia a las correrías de Basset, quien había desplegado una gran actividad en Altea, redactando cartas para distintos lugares del Reino, pero Cerda consideraba que muy probablemente se habría embarcado de nuevo en la Armada aliada23. Todavía fue mayor la responsabilidad otorgada a Vicente Falcó por su experiencia militar. Falcó había servido en el Tercio de Infantería Española de Tomás Arias Pacheco entre 1677 y 1680, y pasó a Valencia para cubrir las sustituciones de teniente de gobernador y baile general. En 1692, atendiendo a su curriculum militar, Castelrodrigo le encargó la visita de las costas de poniente del Reino con el propósito de mejorar las fortificaciones, especialmente el nuevo recinto exterior que de orden del virrey se había iniciado en Alicante tras el bombardeo de la plaza por la escuadra francesa en julio de 1691, especialmente el nuevo baluarte de San Carlos para la defensa del arrabal de San Francisco24. En mayo de 1699 fue encargado por Carlos II de la administración de la Real Hacienda en la ciudad de Alicante, y en 1700 el presidente del Consejo de Castilla, Manuel Arias Porres, y el corregidor de Madrid, Francisco Ronquillo, lo comisionaron para que organizase la remisión a Madrid del grano desembarcado en Alicante para socorro de la Corte. En septiembre de 1700 Falcó fue nombrado gobernador de Orihuela y, pese a que el cargo tenía una duración trienal, le fue renovado el 10 de octubre de 1703, y continuó hasta el 27 de noviembre de 1705 en que, atendiendo a su delicada salud, se le dio plaza de capa y espada en la Audiencia de Valencia. Durante su mandato las costas de su gobernación fueron visitadas por la Armada aliada en 1703, 1704 y 1705, y el propio Falcó describió en un largo memorial todos los avatares vividos en ese trienio: en 1703 tuvo noticia por Vicente Tous, castellano del castillo de Altea, «de que la Armada enemiga ancoraba con intención de hacer aguada en aquel río, y que se hallaba sin pólvora para oponerse a sus designios; le socorrió desde luego con cuanto le pidió». En 1704, pudo conocer, por unos desertores, que la Armada angloholandesa se dirigía a Barcelona, por lo que «dispuso el aviso de todo a D. Francisco Velasco, Virrey y Capitán General de aquel Principado», e igualmente pudo informar al conde de Tolosa, gracias a los datos que le suministraron cuatro desertores ingleses, de las acciones que preparaba la flota aliada sobre Ceuta y Málaga25, «y con su relación se logró, no sólo la noticia cierta de las ideas de los enemigos y calidad de su armamento, sino también la resolución del combate que se vio en las costas de África, sobre Málaga». En ese año
22. A. H. N. Consejos, Leg. 18.438 Damián Cerda al Virrey de Valencia, Altea 28 de mayo de 1704. 23. Casiano Infante confesó en su interrogatorio que Baset portaba una agenda con multitud de nombres anotados, pudiendo observar entre ellos el de D. Jacinto Fomer, lo que sorprendió al interrogador, Damián Cerda, quien escribió «que siendo de Alicante lo conozco, pero no comprendo tenga mácula, ni me persuado pueda faltar a sus obligaciones», en A. H. N. Consejos, Leg. 18.438 Damián Cerda al Virrey de Valencia, Altea 28 de mayo de 1704. 24. Pablo ROSSER LIMIÑANA: Origen y evolución de ¡as murallas de Alicante, Alicante 1990, pp. 101- 116. 25. Teodosio VARGAS-MACHUCA y José Antonio RuiZ: «Consecuencias de la Guerra de Sucesión en Ceuta», en La Guerra de Sucesión en España y América, Sevilla 2001, pp. 183-204, y Vicente BACALLAR: Comentarios de la Guerra de España, Madrid 1957, pp. 74-75.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
15
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
de 1704 desembarcaron en Alicante unos 100 irlandeses que se dirigían a combatir a Portugal enviados por Luis XIV, y que por falta de medios el gobernador tuvo que proporcionarles víveres para que pudieran proseguir viaje. Desde Alicante Falcó remitió munición y pólvora a Cádiz, Málaga y Gibraltar, y procuró mantener en condiciones de combate a la exigua milicia local que debía defender la plaza ante un posible ataque anglo-holandés. El 10 de agosto de 1705, según su testimonio26, «ancoraron en aquella Playa seis bajeles a vista de las Armadas de Inglaterra y Holanda, y desembarcado un cabo solicitó, por el medio de unos pliegos del Archiduque de Austria, que diese la obediencia, y en medio de hallarse sin prevención y sin Milicia, se portó tan valeroso que no quiso recibirles, sin dar otro contento que el de la prontitud de derramar toda su sangre en defensa de la Plaza que V. M. le había encargado. Otro pliego llegó a sus manos, que dijeron ser del Príncipe de D'Armstad, y sin abrirle, no menos animoso, se pasó a las del Marqués de Villagarcía para que le dirigiese a las de V. M.»27. Tras la toma de Denia y la sublevación de la comarca de La Marina, el gobernador Falcó puso todo su esfuerzo en evitar la caída de Alicante y la sublevación en la Vega Baja de Orihuela, hasta que el 20 de noviembre de 1705 se trasladó a Valencia para tomar posesión de la plaza de consejero de capa y espada de la Audiencia, para la que había sido nombrado el 20 de junio. La procedencia social de los magistrados, y sus vínculos familiares, les hacían consustancialmente enemigos de un movimiento que respondía «al descaro plebeyo», y a «la hez de la población», como denunciaba José Manuel Miñana28. Antes de llegar a la regencia de la Audiencia en 1705, José García Azor había obtenido la pavordía secundaria de leyes en 1680, era arcediano de Alpuente, en la diócesis de Segorbe, y vicario general del arzobispado de Valencia29. Pedro José Borrull fue catedrático de Código e Instituía de la Universidad de Valencia entre 1669 y 168530. Bruno Salcedo había tenido a su cargo la visita de la Acequia Real de Alcira y el Real Derecho de Amortización, y era caballero de la orden de Montesa y señor de la baronía de Pamís, en Ondara, lo que en su opinión fue causa de ser su casa «blanco de las iras de Basset». Su hermano Antonio, también caballero de Montesa, se encontraba en Pamís cuando la baronía fue saqueada por los campesinos austracistas: «no sólo saquearon el referido lugar y
26. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Vicente Falcó Blanes de Belaochaga. 27. Las crónicas borbónicas subrayaron este gesto de fidelidad, y la carta remitida a la ciudad por Felipe V el 28 de agosto de 1705, donde afirmaba «tendré presente estos obsequios para favoreceros y honraros». Reproducida en la crónica del jesuíta Juan Bautista MALTES: Hice ilustrada. Historia de la muy noble, leal y fidelísima ciudad de Alicante, edición de Ma Luisa Cabanes, Alicante 1991, ff. 391-391v. Una referencia a este suceso en Joaquim E. LÓPEZ I CAMPS: «La invasió austracista del Regne de Valencia (1701-1705)», enAfers 52 (2005), pp. 521-540. 28. José Manuel MlÑANA: La Guerra de Sucesión en Valencia. De bello rustico valentino, Edición de F. J. Pérez i Dura y J. M" Estellés y González, Valencia 1985, pp. 36 y 43. 29. Jon ARRIETA ALBERDI: El Consejo Supremo de la Corona de Aragón (¡494-1707), Zaragoza 1994, p. 606. 30. Amparo FELIPO ORTS: La Universidad de Valencia durante el siglo XVII (161 i-1707), Valencia 1991, p. 310.
16
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
casa del suplicante, sino es que absolutamente le quemaron la almazara donde se hace el aceite que valía dos mil ducados de plata, y le destruyeron y robaron su hacienda y cosecha de diversos frutos que importaba más de 3.500 pesos. Y habiéndose retirado a Valencia le tuvieron arrestado y en gravísimo peligro de perder la vida a su rigor y violencia hasta que pudo lograr pasaporte del supuesto virrey conde de Cardona, ejecutando, por mantener la debida lealtad a V. M., el viaje a pie, enfermo, con riesgo continuado de los miqueletes hasta la villa de Requena, donde estuvo cuarenta días sumamente agravado de sus achaques por los accidentes padecidos. Y después pasó a esta Corte, en que ha permanecido cerca de un año con los trabajos y estrechez que se deja considerar»31. En compensación por sus pérdidas solicitó, una vez recuperada Valencia, las propiedades que en la Huerta poseía José Vicente Torres Eiximeno, secretario de la ciudad durante el período austracista, ennoblecido por el Archiduque en 1706, del que Castellví decía que era «hombre popular, y de gran consideración en la plebe»32, y que en el exilio vienes llegó a secretario del Real Sello del Consejo de España33, después de pasar por las cárceles de Pamplona y el Alcázar de Segovia34. También era caballero de Montesa el alcoyano Francisco Deseáis, cuyo padre, Gaspar Deseáis, fue diputado en Valencia de los caballeros de la orden entre 1677 y 1679, mientras que su hermano José Deseáis era caballero de Santiago desde 1687 y fiscal del Consejo de Cruzada desde 170035. Francisco Deseáis se hallaba casado con la valenciana Dorotea Pérez Alós, hija del jurado de Xérica Antonio Pérez, cuyos bienes fueron confiscados por los austracistas36. Tanto Salcedo como Deseáis eran asesores del lugarteniente de Montesa, pues, como ha señalado Teresa Canet, «estos togados intervendrán en las funciones administrativas de Montesa precisamente en virtud de su adscripción a la Audiencia. Y, de hecho, Montesa no contaba con letrados propios, sino con los mismos del tribunal regio»37. Ambos, Deseáis y Salcedo, estaban emparentados, pues Francisco Deseáis era sobrino de los también magistrados Diego y José Deseáis y Salcedo, magistrados de la Audiencia foral fallecidos en 1687 y 167238. También era Deseáis por ascendiente materno el magistrado Pedro Mayor. Estudiante en Salamanca, como los letrados de su familia, Mayor Deseáis fue catedrático en la Universidad de Valencia desde 1685 hasta 1701. Estaba emparentado por matrimonio con Luisa Ruiz Lihory con los Ruiz Lihory Rocafull, cuyos hermanos pertenecían a la pequeña nobleza valenciana. José era titular
31. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Antonio Salcedo Vives. 32. Francisco de CASTELLVÍ: Op. Cít. vol. 1, p. 517, y Carmen PÉREZ APARICIO: «Cambio dinástico y disidencia política en el País Valenciano», en Elíseo SERRANO (ed.): Felipe Vy su tiempo, Zaragoza 2004, vol. II, pp. 119-149. La referencia a Torres Eiximeno en p. 145. 33. Agustí ALCOBERRO: Op. CU p. 53 y Virginia LEÓN: Carlos VJ...p. 270. 34. La renta anual de los bienes confiscados a José Vicente Torres se estimaron en 1713 en 409 Libras 1 sueldo y 10 dineros, en Henry KAMEN: Op. CU. p. 354. 35. A. G. S. Gracia y Justicia Lib. 1.560 Fiscalía del Consejo de Cruzada a D. José Deseáis. 36. Carmen PÉREZ APARICIO: «La política de represalias...», p. 167.
37. Teresa CANET APARISI: La Audiencia valenciana en la época foral moderna, Valencia 1986, p. 170. 38. Sobre la famila Deseáis, vid. Teresa CANET APARISI: La magistratura ...pp. 259-262.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
17
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
de los señoríos de Alfarrasí, Mosquera y Llosa, y Pedro era barón de Alcalalí, y todos ellos salieron de Valencia tras ver sus bienes confiscados por las autoridades austracistas. Francisco Despuig y Mercader era cuñado de Juan de la Torre y Orumbella, magistrado de la Audiencia foral entre 1678 y 1793, de la que fue regente, y Consejero de Aragón, del que fue destituido por no abandonar Madrid durante la primera ocupación de la capital por el Archiduque39, pariente del conde de Albalat, y tio de José de la Torrre Despuig, caballero de Montesa, oidor de la Cnancillería de Valladoiid, alcalde de Casa y Corte y fiscal del Consejo de Cruzada. Vicente Falcó estaba emparentado con Félix Falcó, barón de Benifayó, justicia y jurado de la ciudad de Valencia en diversas ocasiones durante el reinado de Carlos II40, desinsaculado en 1706 por su felipismo41, y designado regidor noble en el primer ayuntamiento borbónico42. El alicantino Pedro Burgunyo pertenecía a una familia que había desempeñado ininterrumpidamente cargos en el municipio alicantino desde 137243, y su hermano Pedro sería designado Regidor decano en el ayuntamiento borbónico constituido en 1709, tras la toma de la ciudad por D'Asfeld44, y Damián Cerda también tenía parientes en ese primer ayuntamiento alicantino al ser cuñado suyo el regidor Francisco Colomina45, hermano de su mujer Antonia Colomina. Especial relevancia familiar tenían los hermanos Montserrat Crespí de Valldaura. Tanto Andrés como Vicente pertenecían a un linaje que, como no cesaban de recordar, servía al rey «más de siete siglos», y que decían tenía su origen en Ponce de Guardia, enviado por el rey de Francia en el año 985 para ayudar al conde de Barcelona Ramón Borrel] en su lucha contra los musulmanes, y que al conquistar el castillo de Montserrat heredó ese apellido. Los Crespí de Valldaura estaban emparentados con el conde de Sumacárcer, reputado borbónico durante el conflicto sucesorio, y durante el siglo XVII Cristóbal Crespí había sido magistrado de la Audiencia entre 1631 y 1635 antes de llegar a ser vicecanciller de la Corona de Aragón en 1652, y Pedro Montserrat había ejercido como oidor de causas criminales y civiles desde 1669 hasta su muerte en 1678. Como ha señalado Teresa Canet, «en Vicente y Andrés Montserrat Crespí de Valldaura confluía una doble tendencia de tradición familiar de servicio, ya que tanto entre sus ascendientes maternos como entre los paternos la inclinación a la toga era un hecho»46. Además Andrés Montserrat estaba casado con Angela de Palafox y Marcilla, hija de Vicenta Crespí de Valldaura, cuyo padre era el conde de Sumacárcer y Cirat, además de estar emparentada con el marqueses de Ariza y de Lazan, con la condesa de Cervelló y
39. Jon ARRIETA ALBERDI: Op. CU. p. 627.
40. 41. 42. 43.
Pablo PÉREZ GARCÍA: El Justicia Criminal de Valencia (1479-1707), Valencia 1991, p. 445. Amparo FELIPO ORTS: Insaculación y élites de poder en la ciudad de Valencia, Valencia 1996, p. 80. A. H. N. Consejos Lib. 2.494 ff. 46v-47 Real Cédula, Madrid 13 de diciembre de 1707. Sobre la familia Burgunyo, vid. Verónica MATEO RlPOLL: Oligarquía y poder en el siglo XVI11. La familia Burgunyo de Alicante, Alicante 1994. 44. A. H. N. Consejos Lib. 2.494 f. 28lv Real Cédula, 23 de febrero de 1709. 45. A. H. N. Consejos Lib. 2.494 f. 282v Real Cédula, 23 de febrero de 1709. 46. Teresa CANKT APARISI: La magistratura...pp. 257-259. la cita en p. 258.
18
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
Bufíol, y con el conde de Montoro, mientras que su hermano Vicente, colegial mayor en el Arzobispo de Salamanca, era caballero de Montesa, bailío de Sueca y estaba casado con María Vicente Cruilles. Estos perfiles aristocráticos, reforzados por lazos de parentesco, de la magistratura valenciana, y su concepción de lealtad al monarca legítimo, al que se sentían unidos por juramento de fidelidad, les llevó a arrostrar la pérdida de su patrimonio y el exilio, en condiciones difíciles que cada uno de ellos relató, con mayor o menor detalle, en memoriales al rey que constituyen testimonios vivos, aunque interesados y subjetivos, de su peripecia personal y la de sus familias. Andrés Montserrat fue enviado por el virrey Villagarcía en 1703 a poner en resguardo las poblaciones costeras «de la parte de Levante» ante la presencia de la Armada enemiga en su primera incursión por el litoral valenciano. Tuvo la responsabilidad de distribuir las milicias «y las demás providencias de su defensa». Tras esa primera experiencia, en 1705 fue enviado por Villagarcía, con despacho de gobernador de Armas, «a las marinas de Altea por ser el partido más expuesto a la invasión y desembarco de los enemigos, y en ellas, y a sus expensas, se mantuvo cuatro meses», cumpliendo con tareas de observador, informando puntualmente al virrey del ataque a Denia. Al frente de las milicias que estaban a su cargo acudió a Gandía, e intentó que la sublevación no se extendiera hacia tierras de la Ribera del Xúquer, sin demasiado éxito, porque las milicias, «flacas y malhumoradas», eran inútiles para intentar cualquier acción militar. Cuando llegaron las tropas de caballería del mariscal de campo Luís de Zúfliga, con 1.800 soldados, a primeros de septiembre de 1705, todos los esfuerzos estuvieron dirigidos a evitar la extensión de la revuelta, y el oidor Montserrat colaboró en la toma del Puerto de Sagra y del cauce del río Molinell47, «arrojando y deshaciendo el cuerpo de sediciosos que le ocupaban». No obstante, el problema de las milicias que comandaba Montserrat parecía no tener solución, pues fracasó en los intentos de recomponer aquellas compañías que habían desertado. La llegada el 9 de septiembre del teniente general José de Salazar abrió una esperanza en el magistrado Montserrat y en el propio virrey, para quien «con él mudará semblante la temeridad de los sediciosos»48. En su reseña de aquellos días, Andrés Montserrat menciona su intervención en el frustrado ataque a Denia del 11 de septiembre, en que incendiaron el arrabal de la ciudad un día antes de que Salazar y Zúñiga abandonaran territorio valenciano con destino a Cataluña, verdadera prioridad desde el desembarco aliado en las cercanías de Barcelona. Decía Montserrat: «pasaron a Denia a incendiar sus arrabales, en cuyas diligencias, como en las demás que motivaron las turbaciones del Reino, llevé la mayor parte del trabajo, y fue tan excesivo que quebrantó gravemente mi salud». Probablemente, la falta de combatividad de sus cada vez más menguadas milicias fue determinante en la postración del magistrado. Según el testimonio de Zúñiga un día después del postrer ataque a Denia, «las milicias, así de caballería como de infantería, no valen cosa ninguna, ni se puede fiar de ellos
47. Sobre ese suceso, vid. José Luis CERVERA TORREJÓN: Basseí: mite i real ¡tal de I 'heroi valencia, Valencia 2003, pp. 85-86. 48. A. H. N. Leg. Consejos 18.743 Villagarcía a Grimaldo, Valencia 7 de septiembre de 1705.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
19
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
cosa ninguna»49. Cuando cayó Valencia Andrés Montserrat, todavía convaleciente, dejó la ciudad, dejando a su madre, mujer e hijos en un convento, y sus propiedades fueron confiscadas por las nuevas autoridades. Acudió a Requena, siguiendo instrucciones del presidente del Consejo de Aragón para ponerse a las órdenes del nuevo virrey, el duque de Arcos, designado para ese cargo en noviembre de 1705: «por mantener la debida lealtad y amor al real servicio de V. M., se salió luego de la ciudad, abandonando madre, mujer e hijos y todo el caudal de sus mayorazgos, y acudiendo a la villa de Requena, señalada Plaza de Armas, pudo entender por diferentes cartas del presidente, conde de Frigiliana, le habia sido a V. M. agradable este real servicio, y que igualmente lo sería permanecer el suplicante en aquella plaza para asistir a su comandante, y al virrey duque de Arcos, como lo hizo a todas horas, bajando al campo y a otros lugares del Reino, manteniéndose en la frontera hasta que el conde las Torres volvió a estos parajes con las tropas»50. También acudió a Requena, tras vagar por La Mancha, Pedro Doménech, «padeciendo en su adelantada edad y pocos haberes contratiempos y trabajos»5'. Bruno Salcedo Vives narró el saqueo de su casa en Valencia por Basset, utilizando el pretexto «de sacar de ella parte del equipaje del regimiento del marqués de Pozoblanco, poniendo al suplicante en paraje de perder la vida el accidente que le ocasionó tal rigor, y sin embargo de esto le puso en riguroso arresto, y confiscó sus bienes, sin haber obtenido más descanso en tantos trabajos que el permiso de salir de dicha ciudad», acompañado de sus tres hijos varones, pues su mujer y dos hijas quedaron confinadas en un convento de Valencia, «sin más asistencia para mantenerse que la piedad de las religiosas por el embargo de todos sus bienes»52. Francisco Despuig estaba enfermo en cama cuando cayó Valencia, «y mal convalecido salió fugitivo de aquella ciudad, abandonando su patrimonio y casa, que después saquearon los sediciosos y rebeldes». Pasó a Yeste, durante un breve período, antes de dejar definitivamente territorio valenciano y refugiarse en Madrid53. Vicente Falcó, hasta su llegada a Madrid, «pasó los las amarguras de innumerables trabajos, y aún desprecios», acompañado de toda su familia54. El estado en que llegaron a la Corte los magistrados valencianos era penoso. Bruno Salcedo llegó a Madrid con sus hijos varones, «menos el mayor, que siendo capaz de tomar las armas sigue las tropas de V. M. sirviendo en el regimiento del marqués de Pozoblanco», y su hermano Antonio. El 18 de enero de 1707 fue nombrado regente de la Audiencia que debía reunirse en Orihuela, ocupada ya por las tropas del obispo Luis Belluga55. Vivía de limosna, «pues saqueada su casa y ocupado su patrimonio del
49. A. H. N. Consejos Leg. 18.743 Zúñiga a Villagarcía, Campo de Denia 12 de septiembre de 1705. 50. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Andrés Montserrat Crespi de Valldaura. 51. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Pedro Doménech. 52. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Bruno Salcedo Vives. 53. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Francisco Despuig Mercader. 54. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Vicente Falcó y Blanes. 55. Pere MOLAS RlBALTA: La Audiencia borbónica del Reino de Valencia, 1707-1834, Alicante 1999, p. 22
20
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11 -51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
enemigo le faltan todos los efectos para dicha satisfacción», en referencia al pago de la medianata por el nuevo cargo, que le resultaba imposible abonar. Por eso solicitaba se le hiciera gracia de ese derecho56. Los hermanos Montserrat llegaron a las proximidades de Madrid a fines de junio de 1706, cuando la capital había sido tomada por el ejército austracista, «por lo que fue preciso quedarse en Getafe» y fueron hechos prisioneros, y liberados por las tropas de Antonio del Valle cuando se produjo la retirada del Archiduque. Este contratiempo les fue muy gravoso a los Montserrat, «por haberle obligado a malvender lo poco que les quedaba, después de un año de peregrinación, con tan graves calamidades que sólo podían encontrar alivio en la real presencia y servicio de V. M.». Cuando llevaba Andrés Montserrat 16 meses de exilio, con su mujer y dos de sus hijos, la situación era, en su narración, desesperada: «no restándole nada que vender, ni encontrando persona que le quiera suministrar los precisos alimentos que para la manutención de su numerosa familia»57, y solicitaba un socorro por vía de limosna o a cuenta de los devengados que se le debían de su sueldo. El 14 de abril de 1707 el Consejo de Aragón propuso socorrer a los hermanos Montserrat con 3.800 rls. a cada uno «para que no lleguen a morir de hambre y experimenten en algún modo los efectos de su real conmiseración, en atención a lo que han padecido y perdido»58, la misma cantidad que recibieron el resto de los magistrados. La muerte le llegó a Pedro Mayor en su exilio madrileño, falleciendo en el Hospital de Aragón, dejando a la viuda, Luisa Ruiz Lihory, con dos hijos «de tierna edad, que el mayor aún no tiene cuatro años», y sin ingresos ni patrimonio. Sólo pudo sobrevivir «porque la suplicante es una mujer noble» y recibía ayuda de parientes y allegados, aunque con dificultades. En junio de 1707 suplicó participar en el reparto de los 3.800 rls. que habían recibido el resto de los magistrados, y «situar unos alimentos para la suplicante y sus pobres hijos, para que consiga verles en edad que, imitando a su padre, puedan sacrificarse al real servicio de V. M. y conseguir la gloria de morir en él»59. La recuperación de Valencia dio lugar a nuevos memoriales en los que los magistrados solicitaban ser premiados por sus penalidades en la hora del triunfo. El regente García Azor fue nombrado Consejero de Aragón en sustitución del austracista De la Torre Orumbella. Con la disolución del Consejo el 15 de julio de 1707 fue nombrado para el Consejo de Hacienda, pero no llegó a tomar posesión porque el 26 de julio pasó a ocupar plaza en el Consejo de Castilla60. Una trayectoria similar siguió Pedro José Borrull, llamado por Miñana «eximio jurisconsulto»61 por ser autor de diversos textos sobre derecho foral62 y contar con la amistad del deán de Alicante, Manuel Martí63. 56. 57. 58. 59. 60. 61. 62. 63.
A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Bruno Salcedo Vives. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Andrés Montserrat Crespi de Valldanra. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Consulta del Consejo de Aragón, Madrid 14de abril de 1707. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D" Luisa Ruiz de Lihory. Janine FAYARD: Los miembros del Consejo de Castilla (1621-1746), Madrid 1982, p. 512. José Manuel MIÑANA: Op. CU. p. 64. Pere MOLAS: La Audiencia...y. 75. Antonio MESTRE: Manuel Martí, el Deán de Alicante, Alicante 2003, p. 88.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
21
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
Borrull sustituyó al austracista catalán José Rull, destituido en octubre de 1706, y el 26 de julio de 1707 pasó al Consejo de Castilla como fiscal64, falleciendo un año después. Su esposa, María Bernarda Ramón, presentó un memorial solicitando al monarca una limosna por haber quedado en la mayor pobreza y con siete hijos a su cargo, aduciendo los servicios prestados por su marido y las penalidades de su exilio. Se le concedieron 300 ducados anuales sobre las rentas reales de Valencia. Tuvo problemas para hacer efectiva esa ayuda, y la Cámara de Casatilla, en consulta de 12 de febrero de 1710, consideraba muy escaso ese auxilio «por lo que sólo corresponde a poco más de real al día a cada persona, cantidad tan módica que no alcanzará para su preciso sustento», y recordaba «los especiales méritos y servicios» de su marido65. También Vicente Montserrat fue nombrado, en primera instancia, fiscal del Consejo de Aragón, para pasar el 20 de julio de 1707 al Consejo de Órdenes, donde permaneció hasta su fallecimiento el 20 de enero de 173866. Si bien fue nombrado el 9 de enero de 1716, junto a José Rodrigo, protector del Hospital de Nuestra Señora de Montserrat en la Corte67, no parece que el Consejo de Ordenes fuera premio que compensara sus sacrificios durante la Guerra. Entre 1720 y 1728 Vicente Montserrat pretendió en siete ocasiones plaza en el Consejo de Castilla, en las vacantes que se producían en el Supremo Tribunal por el fallecimiento de los consejeros Mateo Pérez Galeote, Pedro Afán de Ribera, Francisco Ametller, Cándido de Molina y Francisco Velázquez Zapata. En su pretensión siempre adujo, sin éxito, que «abandonó su casa y plaza en las turbaciones de Valencia»68. Bruno Salcedo, todavía en el exilio madrileño, solicitó en noviembre de 1706 una fiscalía en el Consejo de Aragón, y a poco la plaza dejada vacante en el Consejo de Hacienda por fallecimiento del catalán borbónico José Güell69. Sin embargo, el 28 de junio de 1707 fue nombrado alcalde de Casa y Corte, y el 10 de noviembre de 1713 logró alcanzar plaza en el Consejo de Castilla70, que disfrutaría hasta su fallecimiento el 19 de febrero de 172571. Francisco Deseáis sería premiado con una plaza de oidor en la Cnancillería de Valladolid, que pasó a servir el 12 de agosto de 1707, y que no abandonaría hasta su muerte en 1720. En diciembre de 1707 Vicente Falcó salió de Madrid para tomar posesión como corregidor de Burgos72, donde falleció en 1710.
64. Santos CORONA GONZÁLEZ: Ilustración y Derecho: los fiscales del Consejo de Castilla en el siglo XVIII, Madrid 1992, p. 44. 65. A. H. N. Consejos Lib. ] .911, ff. 121-122 Consulta de la Cámara de Castilla, Madrid 12 de febrero de 1710. 66. Gaceta de Madrid, 4 de febrero de 1738. 67. A. H. N. Consejos Lib. 1.917, ff. 231 -233, Consulta de la Cámara de Castilla, 2227 de mayo de 1716. 68. Ver las consultas en A. G. S. Gracia y Justicia Legs. 135, 138, 139 y 140. 69. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memoriales de D. Bruno Salcedo Vives. 70. Janine FAYARD: Los ministros del Consejo Real de Castilla (1621-1788), Madrid 1982, p. 123, y Gacela de Madrid 14 de noviembre de 1713. 71. Gaceta de Madrid 20 de marzo de 1725. 72. A. G. S. Gracia y Justicia Lib. 1.561.
22
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
Sólo cuatro de los doce magistrados que salieron de Valencia tras la caída de la ciudad en manos austracistas, ocuparon plaza en la nueva Chancillería nacida del decreto de Nueva Planta de junio de 1707. Pedro Doménech fue oidor, nombrado el 30 de mayo de 170773, y en ese puesto permaneció hasta su fallecimiento en 1714. Francisco Despuig se incorporó a la nueva Chancillería como alcalde del crimen en agosto de 1707, y en 1713 fue propuesto por Melchor de Macanaz para abogado real en la sala de Alcaldes de Casa y Corte, y también para magistrado de la Chancillería granadina en atención a que era «caballero y gran letrado», pero sobre todo por no considerar conveniente que continuase ejerciendo en el tribunal de Valencia «por ser valenciano»74. Sin embargo Despuig no abandonó tierras valencianas, y ascendió a oidor de la Audiencia a primeros de 171575, y en ese puesto se mantuvo hasta su fallecimiento el 21 de noviembre de 1740. Juan Burgunyo y Damián Cerda ocuparon sendas fiscalías. Ambos habían sido nombrados para actuar como jueces de confiscaciones en Orihuela y Elche antes de la batalla de Almansa. Burgunyo sería ascendido a oidor del tribunal valenciano en 1709, y en 1713 se trasladó a Madrid como alcalde de Casa y Corte76. Intentó en 1715 llegar a consejero de Indias, apoyado por el consejero de Castilla Juan Milán de Aragón, quien recordó como mérito sobresaliente que «en su antigua Real Audiencia tuvo plaza de abogado patrimonial, la cual sirvió desde el año 1702 hasta que se perdió aquella ciudad, y por no mantenerse con los enemigos se vino a la Corte»77. Cerda fue primero fiscal criminal de la nueva Chancillería, y en 1711 pasó a desempeñar la fiscalía civil por ascenso de Francisco Velázquez a alcalde de Casa y Corte. Otro fallecimiento, el del oidor Isidro San Pedro, le permitió ascender a ese puesto en 1713, ya en la reconvertida Audiencia. Damián Cerda falleció en Moneada en 172578. Aunque no como magistrado, Andrés Montserrat quedó vinculado a la nueva Chancillería desde el 3 de septiembre de 1707 aunque su pretensión, elevada al monarca en diciembre de 1706, era obtener el título de marqués de la Corona de Aragón79, pero tan sólo logró el cargo de alguacil mayor de la Chancillería, que desempeñó hasta
73. A. H. N. Consejos Leg. 17.984 Decreto nombrando Oidor de la Chancillería de Valencia a D, Pedro Domench, 30 de mayo de 1707. 74. A. G. S. Gracia y Justicia Leg. 133 Melchor de Macanaz propone sujetos para plazas vacantes en Consejos y Cnancillerías. 75. Gaceta de Madrid 18 de diciembre de 1714. 76. Gaceta de Madrid 14 de noviembre de 1713. 11. A. G. S. Gracia y Justicia Leg. 133 Sujetos propuestos para plaza togada del Consejo de Indias. El informe reservado de Milán de Aragón lleva fecha de 22 de febrero de 1715. 78. Sobre Cerda, vid. Pere MOLAS RIBALTA: «Las Audiencias de la Corona de Aragón», en Esludis 5 (1976), pp. 115, 120 y 121. 79. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Andrés Montserrat Crespi de Valldaura.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
23
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
que fue nombrado lugarteniente general de la orden de Montesa en 171780, si bien obtuvo la gracia de que el alguacilazgo pasase a su hijo Vicente Montserrat y Palafox81. Otros hijos y descendientes también se beneficiaron de la lealtad y servicios de los magistrados que dejaron Valencia en 1705. Vicente Borrull Ramón, hijo de Pedro José Borrull, fue alcalde del crimen de la Audiencia de Valencia desde 1735 hasta 1741, y oidor de la misma Audiencia desde 1741 hasta 1751, cuando falleció, y siempre adujo como mérito la lealtad de su padre. Otro hijo, José, fue catedrático de la Universidad de Salamanca y fiscal del Consejo de Indias, y su hermano Francisco fue canónigo de Valencia, auditor de la Rota y obispo de Tortosa entre septiembre de 1757 y agosto de 1758, en que murió82. Uno de sus nietos, hijo de Vicente, fue Francisco Javier Borrull y Vilanova, catedrático de Instituta de la Universidad de Valencia desde 1774 hasta 177883, y diputado por Valencia en las Cortes de Cádiz, donde defendió la Inquisición, ya que era familiar del Santo Oficio, y el absolutismo84. Un hijo de Vicente Montserrat fue Joaquín Montserrat Cruilles, militar ennoblecido por sus servicios en la conquista de Ñapóles y Sicilia con el marquesado de Cruilles, y que llegaría a virrey de México en 1760 y a teniente general. De los cinco hijos varones de Bruno Salcedo, dos de ellos, Bruno y Marcos fueron respectivamente monjes bernardo y dominico85. José, que acompañó a su padre en el exilio madrileño, fue caballero de Montesa, comendador de Burriana, sargento mayor de Valencia y regidor de la ciudad desde 1715, con escasa asistencia al consistorio86, y del que se afirmaba que no tenía «inclinación a este oficio»87. Un cuarto hijo, Francisco, estaba casado con Teresa Mateu, hija de Domingo Mateu y Silva, que fue regente de la Audiencia foral entre 1693 y su fallecimiento en 1700. Francisco Salcedo alcanzó la alcaldía del crimen de la Audiencia de Valencia «por los servicios de su padre D. Bruno que murió consejero de Castilla», según señalaba en su informe reservado el consejero Juan Valcárcel Dato88. Por último, Bernardino Salcedo también fue alcalde del
80. Creado en 1593, el lugarteniente tiene a su cargo «muy amplias funciones, tanto gubernativas como contenciosas». Felipe Vio confirmó el 14demayode 1712, en Fernando ANDRÉS ROBRES: «Los decretos de «nueva planta» y el gobierno de la Orden de Montesa», en Antiguo Régimen y liberalismo. Homenaje a Miguel Artola, vol. 3, Madrid 1995, pp. 37-47. 81. Pere MOLAS RiBALTA: La Audiencia...
24
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
crimen en Valencia desde 1717 en consideración a los servicios de su padre y a la fidelidad mostrada por la familia a Felipe V, pues Milán de Aragón, en su informe destacaba que era «hijo de Bruno de Salcedo, ministro del Consejo, y que imitando a su padre en la fidelidad, vino en su compañía a esta Corte el año 1706 cuando los enemigos entraron en Valencia»89. LA NOBLEZA TITULADA El mismo deseo de estabilidad y sentimientos de fidelidad y servicio del que hizo gala el bloque burocrático, mostró una parte mayoritaria de la nobleza valenciana, y a ello habría que añadir el acusado temor a la agitación social alentada por las promesas antiseñoriales de Basset90. Con la excepción de los condes de Cardona, Elda, Cirat, y los marqueses de Boil, Rafal y de la Casta, el resto de los títulos valencianos abandonaron el Reino tras el triunfo austracista. En la relación del Consejo de Aragón de 9 de noviembre de 1706 figuraban, bajo el epígrafe Títulos de Valencia, la condesa de Castrillo, los condes de Parcent, del Real, Villanueva, Castellar, Carlet y Sumacárcer, la marquesa de Bélgida, y los marqueses de Albaida y de la Escala. Habría que añadir los nombres del conde de Cervelló y el marqués del Bosch, que figuraban como Gobernadores de Valencia y Alicante, y la condesa de Buñol que, como suegra del conde de Cervelló, venía consignada entre los miembros de la familia que acompañaron a éste al exilio, el marqués de Malferit, incluido en la relación de caballeros de Xátiva, y el de Rafol, que figuraba entre los caballeros originarios de diferentes lugares del Reino. Otros titulados, de la más linajuda aristocracia castellana, vieron sus bienes valencianos confiscados. Al duque del Infantado le secuestraron la villa de Alberic, y los lugares de Alcocer, Gavarda y Ayora91. El de Arcos, marqués de Elche, perdió momentáneamente las villas de Elche, Crevillente, Aspe, y los lugares de Patraix y Planes, y el de Gandía, Pascual Francisco de Borja Carroz, sus numerosos estados como conde de Oliva y Villalonga, y marqués de Llombai. El duque de Medinaceli, Luís de la Cerda y Aragón, duque de Segorbe y marqués de Denia, vio secuestradas las ciudades de Denia y Segorbe, las villas de Jávea y Ondara, y numerosos lugares de señorío92. El hijo del que fuera virrey de Valencia desde 1690, marqués de Castelrodrigo, como marqués de Almonacir, vio secuestrado su señorío del mismo nombre, y el marqués de Cocentaina la villa de Cocentaina y los lugares de Penella, Alcudia, Turballos, Gayanes, Alcocer y
89. A. G. S. Gracia y Justicia Leg. 133 Informe de Juan Milán de Aragón para la provisión de la Alcaldía del Crimen de la Audiencia de Valencia, 9 de abril de 1715. 90. Sobre las motivaciones de la nobleza valenciana por una u otra opción, vid. a Juan A. CHIQUILLO PÉREZ: «La nobleza austracista en la guerra de Sucesión: algunas hipótesis sobre su participación», en Esludis 17 (1991), pp. 115-147. 91. Vicente SEGUÍ ROMA: La Guerra de Sucesión en Ayora, Alicante 1991. 92. Vid. las jurisdicciones señoriales en Valencia en Henry KAMEN: La Guerra de Sucesión en España, Barcelona 1974, pp. 436-439 y, sobre todo, en Antonio GIL OLCINA: La propiedad señorial en tierras valencianas, Valencia 1979.
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
25
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
Muro. El marqués de Aitona, de linaje catalán y con una activa presencia en la Guerra de Sucesión a favor de Felipe V93, como barón de Chiva, vio su villa secuestrada, y la marquesa de Llanera y condesa de Olocau, María Sanz Vilaragut, perdió sus señoríos de Llanera, Olocau y Gatova, y todo el valle alto de Carraixet. La participación de los nobles borbónicos valencianos en los acontecimientos de la guerra fue, salvo excepciones de algunos titulados que se mantuvieron expectantes en los primeros momentos, de colaboración con el virrey Villagarcía, aunque de eficacia dudosa. El marqués de Albaida, Ximén Pérez Milán de Aragón, estaba bien relacionado en la Corte desde que en 1690 fue embajador del reino ante Carlos II para solicitar la continuidad del conde de Altamira como virrey de Valencia94; allí recibió la merced de gentilhombre de cámara, e intervino poco después en la represión de la revuelta campesina en La Marina de 1693 «con 800 hombres pagados a sus costas», y «no se retiró a su casa hasta que desalojados quedó desvanecido aquel motín»95. Cuando se produjo la toma de Denia, su hijo, el conde de Buflol96, pasó a la comarca con una compañía de 50 infantes y otra de 30 caballos, y el marqués contribuyó con 50 doblones. Una vez perdida Valencia, el marqués de Albaida, con su mujer, Micaela Mercader, partió para Utiel, de donde se trasladó a San Clemente y, con la toma de Madrid por el Archiduque, quedó residiendo en Villarejo de Salvanés «hasta que Madrid se restituyó a la obediencia de S. M.». El conde de Carlet, Felipe Lino Castellví, miembro de una de las grandes casas valencianas por su tradición y renta97, tuvo una posición ambigua en los primeros momentos, y en sus memoriales intentó subrayar su desprecio por las ofertas que le llegaron de las nuevas autoridades: «estando ya con las botas calzadas para ponerse a los píes de V. M. en nombre de aquellos magistrados, frustró sus designios la repentina sublevación con que se entregó a ajeno dominio, y aunque al suplicante, por su séquito, o por su notoria afición a la nación francesa, cuyos naturales, de muchos años a esta parte, tenían en su casa entrada y patrocinio, se le hicieron largas y alegres promesas; pero las abandonó con sus casas, estados y más de ochocientos mil pesos de renta, a sólo impulso de su fidelidad»98. Cuando los austracistas le secuestraron la villa de Carlet, el lugar de Benimodo y la baronía de Tous", dejó Valencia el 11 de enero de 1706, acompañado de su mujer y tres de sus hijos, «y pisando a cada paso un peligro,
93. Pere MOLAS RIBALTA: «El Marqués d'Aitona a la Guerra de Successió», en Bulletí de la Societat Catalana d'Estudis Histories, XI (2000), pp. 51-59. 94. Sebastián GARCÍA MARTÍNEZ: Op. Cit. pp. 242-244.
95. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial del Marqués de Albaida. 96. El pleito por la sucesión del condado de Buflol se sustanció en la Audiencia en 1705. Los pretendientes perdedores, Galcerán Mercader Cernecio y María Cervelló fueron austracistas, en Juan A. CHIQUILLO PÉREZ: Op. CU. p. 134.
97. Jorge CÁTALA SANZ: Rentas y patrimonios de la nobleza valenciana en el siglo XVII!, Madrid 1995, pp. 23-25. 98. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial del Conde de Carlet. 99. Carme PÉREZ APARICIO: «La política de represalias...», p. 193.
26
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
buscado y seguido de los enemigos, se trasladó a Castilla». Una vez dejada en Madrid su familia pasó a Aragón para luchar por recuperar Barbastro, pero tuvo que regresar de nuevo a la seguridad de Castilla. Cristóbal Crespí de Valldaura, conde de Sumacárcer, primogénito de la condesa de Castrillo, se hallaba emparentado con la aristocracia castellana, pues en 1698 se había casado con Josefa Hurtado de Mendoza, hija de los condes de Orgaz, y heredera del título después de que su padre se pasara al austracismo, una circunstancia compartida por otros nobles valencianos, como el conde de Parcent, casado con una de las hijas de los marqueses de Santa Cruz, de la misma familia de los Hurtado de Mendoza, y también exiliados en Viena tras la contienda100. Desde los primeros instantes de la sublevación en Valencia, Sumacárcer se puso a las órdenes del virrey, y había acompañado al teniente general José de Salazar cuando este llegó en apoyo de Luis de Zúñiga en los intentos por sofocar la revuelta en la Marina. El conde dejó Valencia en marzo de 1706, acompañado de su madre, la condesa de Castrillo, su mujer y cinco hijos, arrostrando grandes dificultades pues, según su testimonio, «los enemigos le dificultaron la salida con varios pretextos, que pudo lograr fugitivo y con sólo el vestido que llevaba puesto». Se incorporó a las tropas del conde de las Torres, e intervino en los ataques a Alcira101 y Xátiva en la primavera de 1706, hasta la retirada del ejército borbónico de tierras valencianas, «por cuyo motivo se pasó el suplicante a la raya de Andalucía a conducir su mujer y familia, librándola de los enemigos que infestaban la Mancha»102. El conde de Villanueva, Jerónimo Vallterra, que era caballero de Montesa y comendador de Burriana, recibió el 18 de agosto de 1705 órdenes del virrey para pasar a Denia e impedir el desembarco de las tropas, pero cuando llegó a la comarca se encontró aislado y sitiado en Xávea hasta la llegada del teniente general José Salazar. Cuando las tropas de Salazar abandonaron Valencia, Villanueva pasó a Villarreal y, posteriormente, a Cullera, intentando hacer efectivas las órdenes de sofocar la revuelta pero sin medios para cumplirlas, regresando a Valencia «un día antes de que ésta se perdiera, y solicitó el que los enemigos no la ocupasen, siendo uno de los que asistieron a la puerta de San Vicente para la defensa de aquella ciudad; pero habiéndola ocupado los enemigos pidió D. Jerónimo pasaporte, el que le dieron cuando al virrey, y gustoso abandonó su casa, la encomienda, y cuanto tenía por no estar en otro dominio que el de V. M.». Acompañado de su mujer, «burlando las repetidas acechanzas de los miqueletes, por quienes en varias partes estaban cortados los caminos, y habiendo encaminado su viaje a Zaragoza, a donde ha sido preciso hacer alguna detención a fin de disponer el reparo de que necesitaba la salud de su mujer, harto quebrada de las fatigas de la fuga, destemplanzas de las nieves y sobresaltos del camino»103. Ya sin su esposa se trasladó
100. Virginia LEÓN SANZ: Entre Áustrias y Borbones, Madrid 1993, p. 184. 101. Alcira estuvo bajo control borbónico entre el 12 de abril y el 9 de junio de 1706, en Eugenio GARCÍA ALMIÑANA: «La Guerra de Sucesión en la villa de Alzira a través de la correspondencia municipal (1703-1707)», en AI-Gezira 3 (1987), pp. 193-230. 102. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial del Marqués de la Escala. 103. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial del Conde de Villanueva.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
27
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
a Requena, y se puso a las órdenes del conde de las Torres, «e hizo toda la campaña, asistiendo en todas las ocasiones que se ofrecieron, y con especialidad en el ataque de la ciudad de Xátiva, y habiendo V. M. contramandado aquellas tropas, las siguió D. Jerónimo toda la campaña, y aunque V. M. resolvió restituirse a esta Corte, lo continuó agregado de voluntario al regimiento de caballería, de que es coronel el marqués de Pozoblanco, y desde el Campo de Tarazona salió destacado para el ataque a Cuenca, y asistió en todas las ocasiones que se ofrecieron hasta la rendición de esta ciudad» I04. De otros titulados valencianos sólo sabemos que se hallaban exiliados en la Corte, y que recibieron 3.800 rls. de los bienes embargados a valencianos rebeldes. Así sucede con el marqués del Bosch, que fuera gobernador de Alicante hasta su rendición, con el conde de Almenara, José Antonio Próxita, que dejó Valencia con su mujer y tres de sus hijos, o con Juan Basilio Castellví Coloma, conde de Cervelló, y gobernador de Valencia, que también fue socorrido con igual cantidad en Madrid, pese a que existían dudas sobre su fidelidad, quizá porque no fue muy activo en la defensa de Valencia y porque su familia tuvo a destacados dirigentes austracistas105, que finalmente fueron determinantes en su desafección a los Borbones. Fue, no obstante, regidor de Valencia en su primer ayuntamiento106, pero también es cierto que su familia fue observada con desconfianza por las autoridades borbónicas, y Rodrigo Caballero afirmó de los Castellví que «a ninguno de esta familia tengo por seguro», después de que Jaime Castellví Coloma, hermano del conde de Cervelló, rindiera el castillo de Miravete sin ofrecer resistencia y que, cuando la guerra se había ya inclinado de manera decidida hacia Felipe V, apareciera en Morella narrando una rocambolesca huida107. En 1710, tras la segunda ocupación de Madrid por el Archiduque, el conde de Cervelló se pasó al austracismo108, como lo hizo el Arzobispo Folch de Cardona, también familia suya, exiliándose en Viena en 1713 y alcanzando la Grandeza de España'09 y un puesto de consejero de la secretaría de la negociación de Sicilia en 1720, cuando aquel reino fue incorporado a la corona austríaca110. Por sus sacrificios y fidelidad, los titulados valencianos solicitaron recompensas variadas para sí o para sus familias. El marqués de Albaida, durante su exilio en la 104. 105. 106. 107.
A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial del Conde de Vülanueva. Kamen dice que «claramente» era austracista, en Op. CU. p. 328. A. H. N. Consejos Lib. 2.494, ff. 46v-47 Real Cédula, Madrid 13 de diciembre de 1707. Enrique GIMÉNEZ LÓPEZ: «El peligro austracista en tierras valencianas tras la Guerra de Sucesión», en Anales valentinos 26 (1988), pp.315-329. 108. Amparo FELIPO ORTS: «La repercusión de la política de confiscaciones de Felipe V sobre D. Juan Basilio de Castellví, conde de Cervelló y marqués de Villatorcas», en Estudis 31 (2005), pp. 253-268. Sobre la actividad del conde de Cervelló en su exilio austríaco y sus relaciones con simpatizantes en España, vid. Antonio MESTRE SANCHIS: «Los austracistas: proyectos culturales y crítica política», en Apología y crítica de España en el siglo XVIII, Madrid 2003, pp. 119-165. 109. Pedro MORENO MEYERHOFF: «Los Grandes de España creados por el Archiduque en la Corona de Aragón», en Eliseo SERRANO (ed.): Felipe Vy su tiempo, Zaragoza 2004, vol. II, pp. 363-403. 110. Agustí ALCOBERRO: L'exili austracista (1713-1747), Barcelona 2002, pp. 127 y 176 y Virginia LEÓN: Carlos VI. El emperador que no pudo ser rey de España, Madrid 2003, p. 269.
28
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
Corte, demandó se le diera una de las casas confiscadas en Madrid para residir con su familia en sitio decoroso, «y librarse del excesivo gasto que le ocasiona el no tenerla y haber de pagar sus alquileres», y pidió para su hijo, el marqués de Buñol, la merced de gentilhombre de cámara, y para él plaza en el Consejo de Italia o de Indias, «con futura sucesión a ausencias y enfermedades para dicho su hijo»"1, y recordaba que en el Consejo de Indias existían dos vacantes, dejadas por Juan Larrea y Juan Castro Gallego. El febrero de 1707, ante las escasas posibilidades de que prosperara su súplica, solicitó con otro memorial la plaza de baile general de la ciudad y Reino de Valencia para cuanto este se recuperase"2. Tuvo que conformarse finalmente con el título de regidor de Valencia, concedido en diciembre de 1707, si bien eximiéndole del pago del derecho de la medianata"3, una gracia que también obtuvieron muchos de los titulados que salieron de Valencia a primeros de 1706, como los condes de Castellar, Almenara, del Real, Villanueva, Sumacárcer, Parcent y Faura, y los marqueses de la Escala, Mirasol"4 y Malferit"5. También plaza en el Consejo de Indias solicitó el conde de Albalate, José Sorell Roca. Decía en su memorial que había perdido todo lo que tenía en Valencia y Cataluña, y que se hallaba «con la precisión de asistir a su sobrino, que con el mismo motivo dejó su casa, y estaba en paraje de ni poderle vestir ni dar de comer pues le faltaba a sí propio»"6. El sobrino al que hacía referencia era José Torán Sorell, quien debía heredar el título, ya que José Sorell no tenía descendientes directos, y que logró en 1714 la alcaldía del crimen de la Audiencia de Valencia con la recomendación de Macanaz, quien hizo referencia a la condición de heredero del condado de Albalat de Torán, y a su exilio de 1706: «es caballero que hereda la casa y estado del conde de Albalat; buen letrado, criado en Castilla, siguió al rey en los años de 1706 y 1710. Será una elección muy acertada y aplaudida sobre muy justa»"7, si bien su primo José Mercader y Torán fue un destacado austracista, ennoblecido en Viena por Carlos VI. En el período de incertidumbre comprendido entre el triunfo borbónico de Almansa y el decreto de junio de 1707 que abolía los fueros, algunos nombres de los nobles exiliados fueron propuestos, y aceptados por el rey, en el intento postrero del Consejo de
111. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial del Marqués de Albaida. Pasó al Consejo de Aragón el 27 de octubre de 1706. 112. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial del Marqués de Albaida. Pasó al Consejo de Aragón el 28 de febrero de 1707. 113. A. H. N. Consejos Lib. 2.496, ff. 46v-47, Real Cédula, Madrid 13 de diciembre de 1707. 114. Para celebrar la entrada de las tropas de Felipe V en Valencia el marqués de Mirasol concedió carta de libertad a su esclavo negro, en Vicente GRAULLERA: Los notarios de Valencia y la Guerra de Sucesión, Valencia 1987, p. 62. 115. María del Carmen IRLES VICENTE: Al servicio de los Bortones. Los regidores valencianos en el siglo XVIII, Valencia 1996, pp. 20-22. 116. A. H. N. Consejos Leg 18. 450 Memorial del Conde de Albalate. Pasó al Consejo de Aragón el 14 de abril de 1707. 117. A. G. S. Gracia y Justicia Leg. 133 Melchor de Macanaz propone sujetos para las plazas vacantes.
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
29
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
Aragón por mantener la figura del virrey, la continuidad de la Generalidad, si bien eligiendo el rey a sus diputados, y la sustitución del sistema insaculatorio para la provisión de las autoridades municipales por otro sin sorteo, cuyos Justicia y Juráis serían ahora designados directamente por el monarca, aunque la duración de su mandato seguiría siendo anual"8. El conde de Villanueva, que antes de la recuperación de Valencia decía estar 15 meses y medio fuera de su casa, enfermo y falto de medios al encontrarse desposeído de sus rentas"9, ya que los austracistas le habían secuestrado la villa de Villanueva, los lugares de la baronía de Castellmontant, Montanejos, Arañuel, Fuente de la Reina, la Baronía de Torres-Torres, y los lugares de Algimia, Alfara, Canet, Godella, Rocafort y El Pujol, fue nombrado el 30 de mayo de 1707 diputado de la nueva Generalitat, junto al arzobispo Folch de Cardona, el conde de Carlet, D. José de Cardona Pertusa, Pedro Luís Blanquer e Ignacio Bojoní120, todos ellos huidos de Valencia tras la entrada de Basset y residentes en Madrid, un nombramiento éste efímero, ya que la Generalitat fue abolida el 29 de junio, cuando quedaron derogados «todos los fueros, leyes, usos y costumbres de los Reinos de Aragón y Valencia, mandando se gobiernen por las leyes de Castilla». Tras ser nombrado regidor de Valencia, en 1713 Villanueva fue compensando con una plaza de consejero de Órdenes, en consideración a su condición de teniente general del Rey en la orden de Montesa, de la que era caballero, desde 1708. El conde de Carlet, otro de los designados para esa fantasmagórica Generalidad, decía haberse mantenido en Madrid en los primeros meses «con lo poco que pudo sacar de Valencia entre la prisa y el riesgo, pero que consumido ya todo», después de un año, no le quedaba otro recurso que la piedad del rey121. Salvo el socorro de 3.800 rls. concedido por el Consejo de Aragón el 14 de abril de 1707, Carlet sólo alcanzó una regiduría en el ayuntamiento valenciano, si bien el presidente de la Cnancillería, Pedro Colón de Larreategui, llegó a proponer su nombre para encabezar uno de los nuevos corregimientos que debían sustituir a las gobernaciones forales122, en su proyecto frustrado de que contaran con corregidores de capa y espada y de letras en lugar de gobernadores militares. Cristóbal Crespí de Valldaura, conde de Sumacárcer, suplicó en noviembre de 1706 que Felipe V le honrase «con llave de entrada en la Real Cámara», y que sus encomiendas de Ademuz y Castelfabi, de la orden de Montesa, se prorrogaran una vida más en sus hijos, pues cinco lo habían acompañado al exilio123. Sumacárcer recibió
118. A. H. N. Consejos Leg 18.190 Consulta del Consejo de Aragón, 20 de mayo de 1707. 119. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial del Conde de Villanueva. 120. Resolución Real de 30 de mayo de 1707 ala consulta del Consejo de Aragón de 20 de mayo, en Mariano PESET REIG: Bulas, Constituciones y Documentos de la Universidad de Valencia (1707-1724), Valencia 1977, pp. 49-51. 121. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial del Conde de Carlet. Pasó al Consejo de Aragón el 12 de marzo de 1707. 122. Enrique GIMÉNEZ LÓPEZ: Militares en Valencia (1707-1808), Alicante 1990, pp. 21-22. 123. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial del Conde de Sumacárcer. Pasó al Consejo de Aragón el 24 de noviembre de 1706.
30
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
únicamente el título de regidor de la ciudad de Valencia, título que también recibió el conde del Real, Ximén Pérez de Calatayud, que había visto secuestrados sus señoríos de la villa del Real, y los lugares de Montserrat, Millars, Pedralba, Bugarra, Ráfol de Salem y Beniatjar, y había vivido en Madrid de la caridad del Consejo de Aragón'24. El marqués de la Escala, solicitó en noviembre de 1706 el empleo de correo mayor de la ciudad y Reino de Valencia para su persona y casa125, pero tuvo que conformarse con una regiduría en el primer ayuntamiento borbónico de Valencia126. El conde de Parcent, José Cernesio Odescalchi, tuvo un mayor reconocimiento, pues además de la regiduría valenciana, obtuvo en julio de 1709 la merced de grandeza de segunda clase para su casa. Para pagar el derecho de medianata solicitó licencia al rey para vender algunos bienes de sus mayorazgos, como un censo que poseía sobre los lugares de Cuart y Aldaya, y tierras en la huerta de Valencia «hasta en cantidad de ocho mil doblones, o en su defecto cargar esa misma cantidad a censo sobre sus casas y mayorazgos en aquel Reino, con relevación de la prueba de la conversión para que más fácilmente pueda hallar quien compre las heredades u otorgue el censo». Justificaba esas urgencias económicas en «los repetidos contratiempos y excesivos gastos que le han ocasionado las turbaciones del Reino de Valencia», y a la reparación de sus casas en la capital y en el campo, ya que «le saquearon y maltrataron los enemigos» sus propiedades en Parcent, Benigembla, Vernisa, Setla, Mira-rosa, Almássera y Benferri. La Cámara de Castilla emitió un dictamen contrario a la concesión de esa licencia por «oponerse directamente a la práctica, estilos y leyes de Castilla», que obligaban a un largo y complejo trámite procedimental127. LA NOBLEZA NO TITULADA Y LA FIDELIDAD DE LOS PARTICULARES Además del marqués del Bosch, gobernador de Alicante, abandonaron territorio valenciano su procurador patrimonial, Antonio Soler y Seva, el teniente de gobernador de Valencia, Vicente Monsoriu, y el asesor de aquella gobernación, Luis Vicente Salvador Pelegrí, el gobernador de Xátiva, Francisco Rocafull y su teniente, Juan Ortiz de Malferit128, el asesor del gobernador de Castellón, Pedro de Benavente, que huyó a Madrid, «constituido en la mayor miseria y necesidad», y suplicando algún destino
124. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Razón de la forma en que parece se podrán distribuir los 141.577 rls., Madrid 13 de diciembre de 1707. 125. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial del Marqués de la Escala. Pasó al Consejo de Aragón el 17 de noviembre de 1706. 126. María Fernanda MANCEBO: «El primer ayuntamiento borbónico de la ciudad de Valencia», en Estudios de Historia de Valencia, Valencia 1977, pp. 293-307. 127. A. H. N. Consejos Lib. 1.911, ff. 46v-49 Consulta de la Cámara de Castilla, Madrid 30 de julio de 1709. 128. Sus bienes fueron confiscados por los austracistas, en Carnien PÉREZ APARICIO: «La política de represalias...», p. 167.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
31
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
en la administración territorial castellana129. Monsoriu recibió en Madrid la ayuda de 3.800 rls. fijada por el Consejo de Aragón para magistrados y titulados en el exilio, mientras que Rocafull, pese a ser gobernador, sólo recibió 2.000 rls.130. El asesor de la gobernación valenciana y Dr. en Derecho Luis Vicente Salvador Pelegrí, que fue comisionado para perseguir bandidos en 1697 por el virrey Alonso Pérez de Guzmán, fue de los primeros en salir de Valencia, pues abandonó la ciudad el último día de 1705. Pasó a Madrid y allí recibió instrucciones de trasladarse de inmediato a Requena, y estuvo en la capital hasta que el empuje de los austracistas le obligó a abandonarla a finales de junio «y venirse a las cercanías de Madrid», dejando en Requena todas sus pertenencias131. En Vallecas malvivió en una posada, enfermo, hasta que recibió 2.000 rls. de limosna del Consejo de Aragón. También se retiró a tierras castellanas el asesor de la bailía general Felipe Ripoll, acompañando al virrey Villagarcía. Ripoll había estado vinculado a la administración de la Hacienda Real en Valencia durante los veinte años anteriores, y en Castilla decía haber estado a punto de perecer «a manos de la necesidad y de la indecencia», pues afirmaba que «habiendo vendido y consumido en quince meses que falta de su casa los pocos efectos que pudo sacar de ella», se encontraba sin poder adquirir los más precisos alimentos132, por lo que recibió 2.000 rls. de socorro para sus sustento. El Receptor de les Pucunies de la bailía de Valencia, Juan Milán de Aragón, a diferencia de otros miembros de administración regnícola, obtuvo el socorro máximo de 3.800 rls., probablemente por ser miembro de una familia de distinguida militancia borbónica, y de la que formaban parte nobles titulados, como el marqués de Albaida, dignidades de la catedral, destacados miembros de la orden de predicadores o caballeros de órdenes militares, como Vicente Milán que, junto a Juan, su hermano, había participado en la represión de la revuelta campesina de 1693, Vicente en Jalón con soldados de Moncofa, y Juan en Denia133. Por último, también se habían exiliado los integrantes de la bailía de Alicante134, su baile general Pablo Martínez de Vera, su teniente Gabriel Palavicino, el tesorero Eusebio Salafranca y el racional y delegado del asesor, Ignacio Palavicino, caballero de Montesa, que se había destacado en la defensa de la ciudad cuando fue atacada por Francisco García de Avila y por las tropas inglesas. Junto con su hermano Gabriel, que servía interinamente como castellano de la fortaleza de Santa Bárbara, que defendieron hasta el 6 de septiembre de 1706, en que fue tomada por los regimientos de infantería de Hotham y Sybourg al mando
129. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de Pedro Antonio Benavent Catalán. Pasó al Consejo el 15 de junio de 1707. 130. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Consulta del Consejo de Aragón, 14 de abril de 1707. 131. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Representación de D. Luis Vicente Salvador Pelegrí. 132. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Felipe Ripoll. Pasó al Consejo de Aragón el 20 de septiembre de 1706. 133. Sebastián GARCÍA MARTÍNEZ: Op. Cit. p. 554.
134. Sobre la Bailía de Alicante, vid. Armando ALBEROLA: Jurisdicción y propiedad de la tierra en Alicante (ss. XVIIy XVIII), Alicante 1984, pp. 345-357.
32
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
del Mayor John Richard135. Según su testimonio, «cediendo a la fuerza enemiga dejaron ambos el castillo con las capitulaciones que fueron notorias, quedando D. Gabriel, su hermano, y el suplicante errando con sus numerosas familias por los lugares leales de Castilla, habiéndoles los enemigos saqueados todos sus muebles, destruido y confiscado todos sus raíces, y reducidos a la última miseria de la extrema necesidad»136. La nobleza no titulada de la ciudad de Valencia, los Caballers, tomaron por lo general una posición proborbónica, y en algunos casos sirvieron al virrey en los frustrados intentos por sofocar la revuelta en su fase inicial. Vicente Milán de Aragón, caballero de la orden de San Juan de Jerusalén, pese a su minusvalía, pues le faltaba un pie que perdió en un combate naval contra una embarcación berberisca frente a Denia, participó con su sobrino el conde de Buñol en la compañía de milicias que pagó su hermano, el marqués de Albaida, y se retiró a Valencia cuando el coronel Nebot, con su regimiento de caballería, se pasó al austracismo («maldad execrable», la llamó Miñana), provocando la huida del duque de Gandía a Madrid, la rendición de Alcira el 13 de diciembre sin resistencia, y abriendo la puerta de Valencia a Basset. Ya en la capital, Villargarcía lo empleó en la asistencia de rondas, y salió con el virrey hacia Requena tras la ocupación de la ciudad el 16 de diciembre de 1705. Cuando llegó a la frontera con Valencia Antonio del Valle, se incorporó a sus tropas. Participó en los ataques a Alcira y Xátiva, bajo las órdenes del conde de las Torres, con 18 fusileros pagados a su costa, y cuando el ejército borbónico abandonó territorio valenciano se refugió en Villarejo de Salvanés, hasta que el Archiduque abandonó Madrid, porque la falta de medios le imposibilitó acompañar a Felipe V. En octubre de 1706 solicitó un subsidio, o un empleo «en mar o tierra»137, y el Consejo de Aragón le entregó 2.000 rls., mientras que su hermano Cristóbal, que también lo acompañó al exilio, recibió únicamente 600. Los hermanos Dionisio y Tomás Ros Castelví también recibieron un trato similar. Dionisio obtuvo 2.000 rls. de bienes confiscados, mientras que Tomás tan sólo 500 rls. Los servicios del primero eran muy superiores a los de Tomás, mero acompañante de su hermano. Dionisio Ros era caballero de Montesa, barón de Almiserá, en la comarca de La Safor, y auditor de las tropas del rey en Valencia. Cuando tuvo lugar el desembarco aliado en Denia se dirigió a combatirlo, y fue hecho prisionero en Gandía, de donde pudo escapar y refugiarse en Castilla con su mujer y sus ocho hijos. En Madrid encontró cobijo en una casa propiedad del duque de Gandía, cerca de Caballero de Gracia138, donde residía en compañía de Andrés Berdún, un servidor de la casa ducal, cuyos hijos también la sirvieron, Ignacio Berdún como secretario del conde de Benavente,
135. David FRANCIS: The First Peninsular War, 1702-1713. Londres, 1975, pp. 272-275. 136. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Ignacio Palavicino. Pasó al Consejo de Aragón el 9 de mayo de 1707. 137. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Vicente Milán de Aragón. Pasó al Consejo de Aragón el 12 de octubre de 1706. 138. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Testimonio a favor de D. Gaspar de Castelví, Madrid 6 de noviembre de 1706.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
33
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
y autor de la obra Derechos de los condes de Benavente a la Grandeza de Primera Clase, que se publicaría en Madrid en 1753, y Francisco como abogado, llegando a ser posteriormente alcalde mayor de Valencia y Murcia, y corregidor de distintas poblaciones valencianas. Dos de los ocho hijos de Dionisio Ros, Francisco y Jerónimo Ros Malferit, caballeros de Montesa, sirvieron junto a su padre en las proximidades de Denia y, posteriormente a las órdenes del coronel Pedro Corbí. Durante su exilio en Madrid reivindicaron sus servicios, y solicitaron plaza de capitán en regimientos de caballería e infantería. Dionisio Ros fue premiado con una alcaldía del crimen de la Cnancillería de Valencia en 1713, pero falleció antes de poder tomar posesión139. Pedro Luis Blanquer poseía experiencia militar en las campañas del frente catalán contra Francia, pues había vivido la derrota del Ter en 1694, sufrido la demolición de Castellfollit un año después por el duque de Vendóme, y los sitios de Hostalric en 1696 y Barcelona en 1697140, y en la frontera extremeña. Por esa razón fue enviado por el virrey Villagarcía a Denia «a poner en armas a la gente de aquellos contornos, como lo ejecutó, y por encargo del mariscal de campo D. Luis de Zúñiga desalojó a los rebeldes de los puertos de Sorel y Sagra, de cuya ejecución volvieron a la debida obediencia de V. M. todos los lugares hasta las murallas de Denia, donde asistió a la quema de su arrabal, retirándose después, y con nuevo orden pasó a la villa de Vinaroz, lugar de frontera, porque se había entregado Tortosa a los rebeldes, la que encontró poseída y guarnecida de enemigos, lo que avisó a dicho virrey, y se le mandó pasase al castillo de Morella, aplicándose dos meses a su defensa». Cuando intentó regresar a la ciudad de Valencia para participar en su defensa, ya era tarde, tuvo que huir a Aragón, y pasó a Madrid para participar con Felipe V en el ejército que sitió Barcelona en la primavera de 1706141, y tuvo que retirarse a Francia, acompañando al rey en su regreso a España, y en Atienza, donde se había acantonado el ejército borbónico para recuperar la iniciativa y volver a tomar Madrid, «enfermó de las fatigas padecidas en el camino, y de allí siguió a V. M. a esta Corte»142. Quien sufrió por las actividades borbónicas de Blanquer fue su familia, que permaneció en Valencia. Acusado de traidor e incendiario, sus hermanos fueron puestos en prisión y saqueadas sus propiedades. Los caballeros Jorge Núñez Valterra, Jaime Borras, Gaspar Castelví Grau Arellano, Tomás March Vives y Pedro Ruiz Lihori al igual que Dionisio Ros, eran señores de vasallos. Núñez Valterra era titular de los señoríos de Samper, Selva y Cartaina. Acompañó a las tropas del conde de las Torres, y con ellas intervino en el ataque a Alcira «manteniendo a sus costas porción de gente». Estuvo de guarnición en el castillo del Montesa, y de allí pasó a Villarejo de Salvanés, junto al marqués de Albaida y Vicente Milán de Aragón. Núñez Valterra pretendió el título de marqués, y que su señorío de Samper
139. Pere MOLAS RlBALTA: La Audiencia...y. 22. 140. Antonio ESPINO LÓPEZ: Catalunya durante el remado de Carlos II, Barcelona 1999, pp. 152-202. 141. Joseph Maria TORRAS 1 RIBE: La Guerra de Successió i els setges de Barcelona, Barcelona 1999, pp. 170-175. 142. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Pedro Luis Blanquer.
34
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
quedara desagregado de Xátiva143, deseando para él la plena jurisdicción. Obtuvo, sin embargo, el título de regidor de Valencia en el primer ayuntamiento borbónico, como también lo lograron los caballeros exiliados Jaime Borras, barón de Palanques y Hortells, Antonio Escrivá144, Francisco Milán de Aragón, José Cardona Pertusa, Félix Falcó y Jerónimo Valterra, hijo del barón de Petrés, que el 4 de abril de 1707 fue nombrado Lugarteniente de la Orden de Montesa145. Gaspar Castelví era titular de los señoríos de Benafer y Erragudo, en el Alto Palancia. Intervino activamente en la defensa de la ciudad de Valencia en 1705 como capitán de una compañía de milicias, «donde amenazaban los mayores riesgos de la sublevación, y especialmente en la puerta de San Vicente, donde consistía el mayor y más crecido número de los sublevados que solicitaban la rendición». Se refugió en el edificio del Santo Oficio con su mujer, Teresa Sanz de Castelví, mientras su casa era saqueada, con temor a que se asaltara su escondite. Pudo escapar «milagrosamente» disfrazado de inquisidor en uno de los coches del tribunal, y pasó a Madrid. No sólo le fueron secuestrados sus señoríos de Benafer y Erragudo, sino las cinco alquerías que poseía en la Huerta de Campanar, en las afueras de Valencia, «que es lo más precioso y estimable de aquel Reino», y heredades en diferentes localidades valencianas, como Foyos, Albal, Burjasot y Torrente, «de forma que después de lo perdido y saqueado la renta que importan estos bienes llegará a cuatro mil pesos anuales con que me mantenía con el lucimiento correspondiente a mi calidad, con coches tiro de cuatro muías, dos caballos y crecida familia»146. Aunque durante su exilio en la Corte Gaspar Castelví pretendió una plaza de capa y espada en el Consejo de Hacienda147, sólo fue recompensado con una regiduría en su ciudad natal. Tomás March Vives era barón de Pobla Llarga, en la Ribera Alta. Cuando en agosto de 1705 tuvo noticia de la pérdida de Denia se puso al frente de doce de sus vasallos, a los que dio armas y caballo, y se puso a las órdenes de Francisco Rocafull, gobernador de Xátiva y, posteriormente, a las del teniente general Salazar y del Mariscal de Campo Zúñiga, participando en el incendio del arrabal de Denia. Cuando se perdió la capital, March se unió a las tropas del conde de las Torres, y fue guía de Mahony «como inteligente y experimentado en aquel País», y pudo formar una compañía de infantería, con patente de capitán para Miguel Jacinto Gisbert. Tuvo que refugiarse en Madrid, con su mujer y familia, y decía en su memorial de solicitud de socorro que había «vendido hasta los caballos», por lo que suplicaba el
143. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Jorge Núñez Valterra. Pasó al Consejo de Aragón el 29 de noviembre de 1706. 144. La condición de Caballero de Antonio Escrivá Híjar era dudosa. Poseía los señoríos de Torre de'en Lloris y Miralbó, recibió 1.000 rls. de socorro durante su exilio en Madrid, y fue nombrado regidor en el primer ayuntamiento borbónico, pero el presidente de la Chancillería, Pedro Colón, manifestó sus escrúpulos a que entrara en la corporación con espada, en María del Carmen IRLES VICENTE: El régimen municipal...pp. 53-57. 145. Fernando ANDRÉS ROBRES: Op. CU. p. 43.
146. A. H. N. Consejos Lcg. 18.476 Memorial de D. Gaspar Castelví Grau Amilano. 147. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Gaspar Castelví Gran Arellano. Madrid 13 de diciembre de 1707.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
35
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
título de marqués, que se le denegó148. Por último, Pedro Ruiz Loheri, barón de Alcalalí, Mosquera y la Llosa y señor de Alfarrasí, era hermano de José Ruiz Loheri, que también vio sus bienes confiscados y fue desterrado de Valencia el 10 de abril de 1706149. Pedro Ruiz estaba al frente de la milicia formada por los gremios de la capital en 1705, dado que contaba con prologados servicios en la vigilancia de la costa y había servido como voluntario en Cataluña en las guerras franco-españolas del reinado de Carlos II. Cuando cayó Valencia fue encarcelado durante más de dos meses, y ya en libertad escapó de la ciudad, dejando atrás un patrimonio que le rentaba anualmente unos 7.000 pesos, y a su mujer y sus cuatro hijos que tuvieron que refugiarse en un convento. De sus señoríos, tres fueron quemados y su casa de Valencia saqueada, «sin dejarle cosa, pues se llevaron hasta las mantillas de sus hijos»150. Se agregó al regimiento de Órdenes Viejo de Castilla, interviniendo en choques armados en Alcira, Cullera y Xátiva, hasta que tuvo que pasar a la Corte, donde se quejó amargamente por recibir únicamente 1.000 rls. de socorro, lo que consideró ofensivo para quien esperaba ser nombrado coronel. Ciertamente Ruiz Loheri, que vivía en una posada en la madrileña calle Silva y acumulaba una deuda de tres meses por su manutención, tenía la salud deteriorada, y consideraba «agravada su estimación» por haber sido incluido en el tercer grupo de los que recibían ayuda del Consejo151, y haber sido denegada su solicitud de obtener el grado de coronel por haberlo sido de milicias urbanas y no tener patente real. Otro de los solicitantes de título de marqués fue el valenciano Juan Ruiz de Corella, que había sido gobernador del condado de Cocentaina por designación de su titular el conde de Santiesteban. Tres meses antes del ataque a Denia tenía bajo su responsabilidad la defensa de Morella, de donde salió para acompañar al regimiento de Dragones de Miguel Pons y Mendoza, hermano del conde de Robres, para recuperar Alcañiz152 y defender Fraga y Monzón153, y posteriormente al marqués de Pozoblanco en sus incursiones por tierras valencianas, hasta que finalmente se recluyó en la Corte154. Le acompañó al exilio el morellano Pablo de Pedro Sebastián, que también sirvió bajo las órdenes de Miguel Pons en tierras de Aragón155.
148. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Tomás March Vives. Pasó al Consejo de Aragón el 7 de marzo de 1707. 149. Carmen PÉREZ APARICIO: «La política de represalias...», p. 171.
150. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Pedro Ruiz Lohery. Pasó al Consejo el 11 de junio de 1707. 151. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Razón de la forma en que parece se podrán distribuir los 141.577 rls. confiscados. 152. Nicolás BELANDO: Op. Cit. 1, p. 210.
153. Conde de ROBRES: Historia de las Guerras Civiles de España, Zaragoza 1882, pp. 254-255. 154. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Juan Ruiz de Corella Vergada. Pasó al Consejo de Aragón el 1 de marzo de 1707, y su solicitud de título de Marqués fue denegada en consulta de 10 del mismo mes. 155. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de Pablo de Pedro Sebastián. Pasó al Consejo el 26 de marzo de 1706.
36
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
Otros integrantes de la pequeña nobleza de la ciudad de Valencia también colaboraron con el virrey en el verano y otoño de 1705. José Cardona estuvo con José de Salazar, y cuando sus tropas dejaron Valencia participó en las labores de vigilancia nocturna de la ciudad hasta que huyó a Utiel con su mujer y familia y, posteriormente, tras «divagar por varios lugares de Castilla», llegó a Madrid. Sus cuatro heredades, «de las mejores de la Huerta de Valencia», fueron saqueadas, y calculó las pérdidas en más de 6.000 doblones156. Otro de los nobles valencianos, Carlos Vidal Alcocer Monpalau, cayó prisionero de los austracistas y fue encarcelado en Xátiva, pero después de 40 días de presidio logró escapar y se enroló en el regimiento del marqués de Pozoblanco, con caballo y armas a su costa, «habiendo sido preciso vender hasta los vestidos y caballos, despidiendo dos criados para poder alimentarse»157. Ya en el exilio madrileño, donde también se encontraban tres de sus hermanos, solicitó el grado de capitán de caballos, pero únicamente recibió un socorro de 600 rls. que, en su opinión, le desmerecía158. El también noble Vitorino García Villanueva, nieto y sobrino de magistrados de la Audiencia foral159, se agregó al regimiento de Antonio Montenegro tras salir de Valencia hasta que la enfermedad le obligó a marchar a Madrid160, y por situaciones similares pasaron José Jofre161 y Diego Mercader Carcajona, hijo del barón de Cheste, que acompañó al conde de las Torres primero, sirvió en el regimiento de Pedro Ronquillo después, y posteriormente estuvo a las órdenes de Daniel Mahony en la defensa de Alicante162.
156. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. José Cardona Pertusa. Pasó al Consejo de Aragón el 9 de marzo de 1707. Obtuvo título de regidor de la ciudad de Valencia el 13 de diciembre de 1707, en A. H. N. Consejos Libro 2.494, ff. 46v-47. 157. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Carlos Vidal. Pasó al Consejo de Aragón el 21 de febrero de 1707. 158. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Carlos Vidal. Pasó al Consejo de Aragón el 24 de mayo de 1707. 159. Era nieto, por parte de padre, de Francisco LuisAriño, que fue Oidor civil entre 1610 y su fallecimiento en 1626, y de Jaime García por parte de madre, Oidor criminal entre 1646 y su muerte en 1649. Era, a su vez, sobrino del Oidor de causas civiles Francisco Aguirre. 160. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Vitorino García Villanueva. Pasó al Consejo el 9 de octubre de 1706. Suplicaba una de las cuatro coadjutorías del oficio de Mestre Racional del Reino de valencia, que había quedado vacante por muerte de Luis Terrera. 161. Jofre abandonó su casa y hacienda y se agregó a las tropas borbónicas «hasta quefaltándole los medios, la necesidad le obligó a venirse a esta Corte, donde se halla sin tener de qué alimentarse y con tanta desnudez que no tiene más camisa que la lleva encima»., en A H N Leg, 18476 Memorial de D. José Jofre. Pasó al Consejo de Aragón el 14 de febrero de 1707. 162. Daniel Mahony, de origen irlandés, levantó a su costa un Regimiento de Dragones irlandeses, pollo que recibió el grado de Coronel. Ascendido en mayo de 1705 a Brigadier, se encontraba en 1706 defendiendo Alicante como Gobernador y ya con el grado de Mariscal de Campo, que había recibido en febrero de ese año. Su defensa de la plaza le valió el título de Conde de Mahony en noviembre de 1706, y un mes después fue destinado al gobierno de Cartagena. Murió el 10 de enero de 1714 como Teniente General.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
37
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
De los ocho regidores de la ciudad de Valencia de la clase de ciudadanos, al menos seis vivieron el exilio. Juan Bautista Bordes procedía de Denia, donde era administrador de la Rentas Reales desde 1696, y por ese motivo «le saquearon su casa y talaron sus campos», y tuvo que huir a Castilla tras dejar escondidas en un convento de Valencia a una hija y dos hermanas, donde pretendió una de las cuatro coadjutorías de mestre racional en octubre de 1706163. Coadjutor del mestre racional por dote de su mujer Vicenta Palop, era Claudio Bonavida, cuyas propiedades fueron confiscadas por el gobierno austracista en diciembre de 1705164. Tras la recuperación de Valencia recuperó su cargo, ahora con el nombre de contador de la contaduría de la ciudad, y cuando fue nombrado regidor hubo dudas sobre la incompatibilidad de los dos cargos, pero fue confirmado en febrero de 1708, declarándose compatibles ambos oficios165. El tercero de los regidores de la clase de ciudadanos era Miguel Jerónimo Llop, un abogado que ejercía para la ciudad, para la Inquisición y para la Santa Cruzada en 1705, y que fue nombrado Racional tras la toma de Valencia en de mayo de 1707l6í'. Cuando ftie atacada Valencia se presentó ante el virrey con armas y caballo al considerarse ciudadano de inmemorial y, según su testimonio, «salió fugitivo a pie y con mucho peligro, abandonando cuanto tenía»167. Fue auditor de las tropas del conde de las Torres, y posteriormente se agregó en Uclés al regimiento del marqués de Pozoblanco hasta que se refugió en Madrid. También estuvo en Madrid, «con alguna indecencia en el vestido», el que sería regidor Isidro Costa de Alón168, acompañado de los desterrados Félix Cebriá, Juan Bautista Ramón y José Rivera Borja, como aquel receptores de la cédula de regidores ciudadanos de Valencia fechada el 30 de diciembre de 1707. La pequeña nobleza alicantina fue mayoritariamente felipista. En diciembre de 1708, con el casco urbano de Alicante ya recuperado para las armas borbónicas, aunque no el castillo que coronaba el monte Benacantil, Macanaz escribió a Grimaldo desde la ciudad para señalar que «todas las familias primeras que no estaban en el reino de Murcia, o en otros lugares, se embarcaron, quedando solas las miserables»169. De hecho, el oidor de la nueva Chancillería valenciana, el castellano Tomás Melgarejo y Gamboa, nombrado juez de confiscados de Alicante, elaboró un listado de 274 nom-
163. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Juan Bautista Bordes. Pasó al Consejo de Aragón el 17 de octubre de 1706. 164. Carmen PÉREZ APARICIO: «La política de represalias...», p. 155.
165. A. H. N. Consejos Lib. 2.494, ff. 83v-85. 166. Sergio VILLAMARTIN GÓMEZ: «La organización del primer ayuntamiento borbónico en Valencia (17071709)», en Eliseo SERRANO (ed.): Felipe Vy su tiempo, Zaragoza 2004, vol. II, pp. 491 -509. 167. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Miguel Jerónimo Llop. El 14 de abril de 1707 recibió 1.600 rls. de socorro por vía del Consejo de Aragón. 168. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Isidro Cosía de Alón. El 15 de junio de 1707 recibió 15 doblones de limosna. 169. A. H. N. Estado Leg. 350 Melchor de Macanaz a José Grimaldo, Alicante 9 de diciembre de 1708.
38
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
bres que habían podido justificar su fidelidad borbónica, de los que 37 eran caballeros y ciudadanos170. Cuando era previsible la distribución del territorio valenciano en corregimientos y se meditaba sobre el perfil de sus titulares, la Cámara de Castilla solicitó a la Cnancillería de Valencia información sobre valencianos que unieran a su condición de fieles borbónicos la de ser personas prestigiadas y capaces, para tenerlos en cuenta a la hora de proponer nombres para los futuros corregimientos. La lista elaborada por el tribunal171 incluía a miembros de destacadas familias valencianas que habían sufrido persecución y exilio durante la contienda sucesoria. Y entre ellos se encontraban los alicantinos Nicolás Pérez de Sarrio, Pedro Burgunyo y José Fernández de Mesa. El primero era señor de Formentera, en la Vega Baja del Segura, y había participado en la defensa de la ciudad contra los austracistas, exiliándose a Castilla; el segundo era hermano del magistrado de la Cnancillería y antiguo miembro de la Audiencia foral Juan Alfonso Burgunyo, y también se había distinguido en la defensa del castillo de Alicante como sargento mayor de la plaza, primero contra los ataques de Francisco García de Ávila, en los momentos iniciales de la guerra, y posteriormente hasta la rendición del conde de Mahony172, con el que se embarcó para Cádiz, tras aceptar las capitulaciones de rendición, y de allí se trasladó a Madrid, donde solicitó ingresar en algún regimiento y que se concediera la castellanía de Alicante, con grado de coronel173. En febrero de 1709, ya recuperada Alicante, sería nombrado regidor decano de la primera corporación alicantina174. El tercero de los propuestos, José Fernández de Mesa, pertenecía a una de las más señaladas familias alicantinas. Durante la guerra había sido teniente del gobernador de la ciudad, el marqués del Bosch, y se vanagloriaba de haber actuado con rigor y haber encarcelado a muchos sospechosos para mantener la seguridad de la plaza, «sin que la piedad y dependencia de paisanos limitase el rigor que correspondía a tomar las resoluciones más convenientes». Pasó a Murcia para solicitar al obispo Belluga el envío de tropas de socorro y víveres a Alicante, cuando la ciudad estaba sitiada. No pudo reincorporarse a la defensa del castillo y quedó preso en las cárceles de la ciudad junto con su padre, Gaspar Fernández de Mesa, ya octogenario. De allí «fueron sacados por las calles públicas, y atados los pasaron con otros buenos vasallos de diversas clases a las cárceles de Elche». Murió su padre, y pudo escapar de Elche y refugiarse en Murcia. Fue premiado con una regiduría de la clase de nobles, y en 1715 solicitó llave de gentilhombre de cámara del Rey, pretensión que, pese a contar con el
170. Jesús PRADELLS NADAL: Del foralismo al centralismo. Alicante ¡700-1725, Alicante 1984, pp. 167178. 171. Joan Mercader dio a conocer esa relación de candidatos valencianos. Cfr. Joan MERCADER RIBA: Felip Vi Catalunya, Barcelona 1968, pp. 257-259. 172. Jesús PRADELLS NADAL: Op. CU. pp. 70-73.
173. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Pedro Burgunyo Remiro. 174. A. H. N. Consejos Lib. 2.494 f. 28Iv.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
39
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
beneplácito de la Cámara, y una resolución real que apuntaba escuetamente «lo tendré presente»175, no llegó a concretarse. Los hermanos Ignacio y Gabriel Paravecino, también miembros de la nobleza alicantina, y caballeros de Montesa, se destacaron en la defensa del castillo, del que el segundo era castellano en funciones. Abandonaron Alicante cuando se formalizó la capitulación de la fortaleza, y ambos quedaron «errando con sus numerosas familias por los lugares leales de Castilla, habiéndoles los enemigos saqueado todos sus muebles, destruido y confiscado todos sus raíces, y reducidos a la última miseria de la extrema necesidad»176. Ignacio Bojoní, por su condición de Jurat en 1706, fue detenido y llevado preso a bordo de uno de los navios ingleses que habían apoyado la toma del castillo. Cuando fue devuelto desnudo a la ciudad escapó a Castilla con su mujer y sus cinco hijos, y llegado a Madrid solicitó un título nobiliario «para sí y todos sus descendientes»177, que fue desatendido con una escueta anotación del Consejo de Aragón de 7 de junio de 1707: «nada»178. Otro de los Jurats, Juan Bautista Sirera, pasó por idéntica humillación, que describió con detalle: «y para saciar su venganza los enemigos le condujeron a bordo de un navio en donde le tuvieron en carnes vivas, cargado de prisiones, amenazándole con que le habían de ahorcar a él y a otros camaradas suyos, poniendo los cordeles a la vista para acongojarles más, apellidándoles de traidores a su rey legítimo, y que como rebeldes e inobedientes les habían de hacer morir. Y entre tanto llegase la hora de la operación les quitaron por tres días naturales el sustento de comida y bebida, y pasando los dieron unas habas tan asquerosas y podridas que no era posible comerlas; y para cubrir sus carnes les dieron a cada uno una camisa de terliz embreada, la que les ocasionaba mayor tormento. Y después de este tiempo los bajaron a la bodega del navio para privarles de la luz y la vista de la gente, teniéndoles en prisiones, y con la imposibilidad de moverse a un lado y a otro. Y después de este riguroso tratamiento los volvieron a tierra, llevándoles a casa del brigadier inglés, quien después de pasado un día les dio libertad sin que el suplicante, ni ninguno de los jurados que estaban juntos pudiesen tener ningún alivio por haberles saqueado generalmente cuanto tenían en sus casas, y el suplicante asegura a V. M. que lo que perdió pasa de más de cuatro mil doblones, de que resulta el total desamparo y recurso para alimentarse a sí, a su mujer e hijos. Salió de la ciudad casi en carne vivas y a píe por venir a los lugares de V. M. que no habían padecido la desgracia de dicha ciudad, en cuyo tránsito padeció lo que no es ponderable, por faltarle los medios y las fuerzas que por el maltrato que le hicieron los enemigos le redujeron casi al último trance de su vida»179. Una descripción que resulta válida por otros testimonios que contaron esa misma vejación, como el de Francisco Vergara Mallebrera, que también sufrió «violentas barbaridades» a bordo de un
175. A. H. N. Consejos Lib. 1913, ff. 77-79 Consulta de la Cámara de Castilla, Madrid 22 de enero de 1716. 176. A. H. N. Consejos Lib. 18.476 Memorial de D. Ignacio Paravecino. 177. A. H. N. Consejos Lib. 18.476 Memorial de D. Ignacio Bojoní Scorcia. 178. A. H. N. Consejos Lib. 18.450 Minuta del Consejo de Aragón, 7 de junio de 1707. 179. A. H. N. Consejos Lib. 18.476 Memorial de D. Juan Bautista Sirera.
40
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
buque inglés, antes de escapar con su mujer y siete de sus hijos»180. Al igual que Bojoní, también solicitó título nobiliario Francisco Pascual de Ibarra, que se había destacado en la solución del problema de las bandositats de la Marina desde 1679, siendo asesor del baile general de Alicante, por comisión del duque de Veragua, cuando «estaban el campo y los caminos sin cultivo, ni libertad, habiendo embarcado 120 parciales a los presidios de Italia»181, en realidad fruto de la negociación con algunos de los cabecillas, con la oferta de que se trasladasen a Milán como soldados durante tres años, formando compañía bajo la capitanía de su jefe del grupo, en este caso Eugenio Cruanyes182. Muerto en el exilio madrileño sin haber logrado el título de marqués que solicitaba, su viuda, Josefa Alfonsa Martínez de Vera, hermana del marqués del Bosch, solicitó socorro para los siete hijos, dos varones y cinco doncellas, que dependían de ella, y que a Ventura, su hijo mayor, se le hiciera merced de una compañía de caballos183. Entre los que salieron de Alicante acompañando a Daniel Mahony a Cádiz y posteriormente a Murcia, se encontraban alicantinos que solicitaron gracias y mercedes diversas. Bartolomé Martín, que participó en la recuperación de Cartagena, y con su familia asilada en Murcia, pretendió la capitanía del puerto de Alicante con la superintendencia de su comercio y derecho a asistir a las juntas de salud. El Consejo de Aragón consideró que sin haber controlado por entero el territorio valenciano toda concesión de oficios era prematura por los «inconvenientes en conceder semejantes gracias hasta la recuperación de Valencia, en cuyo caso podrá V. M., con más entero conocimiento, pasar a premiar a los que se hubieren señalado en su real servicio, y así por esto, como por no tener noticia de lo que pretende este sujeto, como por haber sido V. M. servido por su Real Decreto de 22 del pasado hacerle merced, y a otros dos hermanos suyos de 400 ducados de plata de renta a cada uno en bienes confiscados, entiende que V. M. puede servirse mandar se excuse la gracia que suplica»184, y el soldado de milicias locales Felipe Martínez, «que había logrado quitar un estandarte de la Reina Ana» cuando intervino en la toma de Elche, pidió un «empleo correspondiente a dicho servicio»185. Entre los letrados con experiencia en la administración foral, y que al igual que los anteriores habían sufrido atropellos y pérdidas de familiares y patrimonio, también se encontraban nombres alicantinos, como los de José Milot, que fue asesor del gobernador de Alicante, Domingo Corsiniani, auditor de la capitanía de la ciudad, o Benito Arques Mingot, que desde 1698 ejercía el cargo de provisor de municiones y armas de Alicante, y que pudo escapar en 1706, tras soportar diversas vejaciones y ver sus propiedades rústicas taladas, a Elda y Jumilla, hasta recalar en Murcia, dejando en el camino a su padre, su mujer y dos de sus hijos, muertos por «la mucha necesidad y
180. A. H. N. Consejos Lib. 18.476 Memorial de D.Francisco Vergara Mallebrera, 181. A. H. N. Consejos Lib. 18.476 Memorial de D. Francisco Pascual de ¡barra. 182. Sebastián GARCÍA MARTÍNEZ: Op. Cit. pp. 213-214.
183. A. H. N. Consejos Lib. 18.476 Memorial de D" Josefa Alfonsa Martínez de Vera. Pasó al Consejo de Aragón en 25 de marzo de 1707. 184. A. H. N. Leg. 18.476 Consulta del Consejo de Aragón, Madrid 10 de marzo de 1707. 185. A. H. N. Leg. 18.476 Memorial de Felipe Marín.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
41
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
miseria»186. Todos ellos fueron premiados con regidurías de Alicante en la clase de ciudadanos187, y con ellos también es posible encontrar numerosos particulares que adujeron servicios relevantes para obtener algún tipo de ayuda, como la viuda de D. Nicolás Escorcia, Josefa Escorcia Noguerales, refugiada en Murcia, pese a que los austracistas «le ofrecieron varios partidos de gran conveniencia», o Bautista Orts, Justicia del lugar de San Juan, en la huerta de Alicante, que informó a las autoridades de la ciudad de los movimientos de Francisco García de Ávila en el primer asedio que sufrió Alicante, y que por ello tuvo que huir a Castilla con su familia188. En la vecina Hoya de Castalia se concentró uno de los núcleos más numerosos de partidarios de Felipe V en Valencia. De esa comarca llegaron las milicias que apoyaron a los borbónicos alicantinos que defendían la ciudad de los campesinos armados de Francisco García de Ávila189, y de la villa de Ibi, una de sus poblaciones, partió uno de los más reputados borbónicos valencianos, Pedro Corbí, con 100 hombres de Onil, Castalia, Xixona y Bañeres para ponerse a las órdenes del mariscal Luis de Zúfliga en su intento de sofocar la revuelta en la Marina y recuperar Denia. Hecho prisionero tras el paso de Rafael Nebot al austracismo, y conducido por Basset a Valencia, pudo escapar y regresar a su comarca, donde levantó a más de 1.000 hombres que aseguraron la fidelidad de la Hoya, y acompañaron a Belluga en el sitio de Onteniente y en su cuartel general de Villena, en la frontera castellana con Valencia190, colaborando con el obispo en evitar que Fuente la Higuera cayera en manos austracistas. En marzo de 1706, Corbí suplicó el empleo de capitán de caballos, con su sueldo correspondiente, para que su mando fuera más eficaz, o como él mismo señalaba en su memorial ««para con más graduación poder acalorar estas milicias, y que éstas le obedezcan para tenerlas prontas para el resguardo de Alicante y rincón de este Reino, por ser las villas de Ibi, Tibi, Xixona, Castilla, Onil, Biar, Elda, Petrel y Monóvar el antemural de él y de Castilla, y dichas villas claman porque el suplicante sea su capitán, habiéndole seguido sus vecinos con voluntad y valor en todas las referidas funciones»191. Se unió a la tropas vencedoras en Almansa, y obtuvo el grado de coronel. En 1709 fue nombrado gobernador militar y corregidor de Xixona, villa que había recibido el 20 de junio de 1708 el título de ciudad y capital de la comarca de la Hoya por «las circunstancias tan apreciables de honor, lustre y nobleza que la asisten, y a lo que ha gastado en la manutención y alojamientos repetidos de mis reales tropas, y a lo mucho que ella y sus hijos solicitaron la defensa de la plaza y castillo de Alicante, y exponiéndose varias veces por introducir en ella los socorros necesarios, al
186. Jesús PRADELLS NADAL: Op. CU. p. 166.
187. A. H. N. Cornejos Lib. 2. 494,ff.282v. 188. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de Bautista Orts. Recibió una ayuda de 15 doblones, en Ibidem. Memoria de los sujetos a quienes V. M. pude servirse mandar socorrer. Madrid, 15 de junio de 1707. 189. Nicolás BELANDO: Op. CU. vol. I, p. 247.
190. Juan Bautista VlLAR: El Cardenal Luis Belluga, Granada 2001, pp. 53-58. 191. A. H. N. Consejos Leg. 18.746 Memorial de D. Pedro Corbí. Pasó al Consejo de Aragón el 5 de marzo de 1706.
42
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
evidente riesgo de la vida, además de servirme a expensas propias dentro de su castillo, donde murieron algunos durante el penoso y porfiado sitio que padeció; y atendiendo también a la especialísima fidelidad con que en todos tiempos se ha mantenido dicha villa, y que tan constantemente lo ha acreditado en las turbaciones de dicho Reino de Valencia, siendo una de las primeras ciudades y villas de él que tomó las armas en su defensa por singularizarse en el afecto y amor a mi Real persona»192. Corbí fue corregidor de Xixona hasta su fallecimiento en mayo de 1753, aunque con el grado de brigadier que había obtenido en 1747 por su actuación contra los corsarios berberiscos en la Marina de Elche, perteneciente al territorio de su corregimiento193. Alguno de sus colaboradores más cercanos durante la guerra, como Francisco García Ibáñez, vecino de Xixona, recibió la patente de capitán de granaderos, y suplicó en febrero de 1707 el privilegio de nobleza194, y el gobernador del castillo de Bafieres, Raimundo Casamayor, tenía como motivo de orgullo que su fortaleza, junto a las de Peñíscola y Montesa, eran las únicas valencianas que se habían mantenido fieles a Felipe V, pese a haber «sido sitiado en dieciséis ocasiones por los enemigos»195. Todas las poblaciones que comprendían el territorio controlado por Pedro Corbí (Castalia, Onil, Tibi, Ibi, Biar, Petrer, Monovar y Bafieres) obtuvieron del monarca el máximo reconocimiento al otorgarles el título de Muy Nobles, Fieles y Leales «por su singular fidelidad, amor y celo a mi Real persona, que unánimes y conformes protestaron cuando la rebelión de aquel Reino»196, además de confirmar la licencia concedida por Corbí a sus vecinos de poder portar armas, y la ratificación de todos los privilegios y gracias que tuvieren «en cuanto no se opongan a la Nueva Planta de gobierno»197. En zonas donde el apoyo al austracismo fue notable, el número de exiliados borbónicos que hemos localizado es escaso. Cocentaina se unió al bando austracista por atender Basset a su petición de dejar de ser señorío y pasar a villa de realengo. Su gobernador, el alcoyano Tomás Capdevila, no pudo evitar la deserción de los vecinos: «Trabajó cuanto pudo y era de su obligación para que aquellos naturales se mantuviesen debajo del feliz y suave dominio de V. M., como lo consiguió hasta que apoderados los sediciosos y los enemigos del Reino, con la ciudad de Valencia, se dejaron ir los de aquel condado». Tuvo que soportar la violencia antiseñorial, dirigida hacia su residencia de gobernador del señorío, que fue saqueada con «furor», «para vengar su rabia por la fidelidad y amor al servicio de V. M. con que le miraban»198. Su exilio en Madrid estuvo repleto de dificultades, pues tenía mujer y ocho hijos, y pese a recibir en diciembre de 1706 un socorro de 50 doblones, en mayo de 1707 pedía ayuda para volver a su Alcoy natal para
192. A. H. N. Consejos Lib. 2.494, ff. 157v-161. 193. Gaceta de Madrid!*) de agosto de 1747. 194. A. H. N. Consejos Leg. 18.746 Memorial de D. Francisco García Ibáñez. Pasó al Consejo de Aragón el 17 de febrero de 1707. 195. A. H. N. Consejos Leg. 18.746 Memorial de D. Raimundo Casamayor. 196. A. H. N. Consejos Lib. 2.494, ff. 180v-183. 197. A. H. N. Consejos Lib. 2.494, ff. 188. 198. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Tomás Capdevila.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
43
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
no morir de hambre199. De la vecina Alcoy, que pronto reconoció al Archiduque200, sólo sabemos de dos de sus vecinos que se exiliaron a Castilla. Diego Capdevila Cárdenas abandonó la villa nada más proclamar rey a D. Carlos, y pasó a servir como voluntario en el regimiento de carabineros de Ordenes, hasta que «no pudiéndose sostener con el corto sueldo de la plaza» pasó a Madrid a la espera que Valencia volviera a la obediencia del rey Felipe201, y Laureano Ayz, probablemente familiar del justicia electo en 1706 Ambrosio Ayz, y miembro de uno de los linajes alcoyanos que tuvieron con frecuencia responsabilidades en el gobierno municipal durante los siglos XVI y XVII. En Onteniente, que fue saqueado tanto por borbónicos como por austracistas, destacó por su lealtad la familia Sancho, que tradicionalmente había ocupado cargos en el gobierno municipal. Gaspar Juan Sancho durante la revuelta de 1693 había asistido con hombres a su costa al gobernador de Xátiva, Ventura Ferrer, para sofocar la revuelta campesina, y cuando en 1705 tuvo noticia de la toma de Denia, al contar ya con 80 años de edad, envío a sus hijos Jerónimo y José a Gandía para ponerlos al servicio de las autoridades que intentaban oponerse a la propagación del austracismo. Cuando Francisco García de Ávila atacó Onteniente en diciembre de 1705 intentó que fuerzas procedentes de Castilla socorrieran la villa, «pero como la mayor parte de aquel pueblo se hallaba infecto y codicioso por el robo, fue ninguna su resistencia, y quedó ocupada la villa por los sediciosos»202. Gaspar y sus hijos huyeron a Hellín, sin poder sacar de la villa a sus familias. Jerónimo y José se pusieron a las órdenes del obispo Belluga en Villena, y acompañando a sus tropas recuperaron Onteniente y la saquearon, «siendo los primeros que ocuparon el convento de San Francisco a fuerza de armas». Cuando Onteniente se rindió definitivamente al ejército borbónico el 28 de abril de 1707 las autoridades militares designaron a José Sancho nuevo Justicia, y con la instauración del nuevo municipio, tanto José como Jerónimo fueron nombrados regidores. El 20 de febrero de 1709 un Real Decreto concedió a Gaspar Sancho, que había solicitado el título de marqués en diciembre de 1706, escudo de armas en el que debía figurar «un brazo armado que tiene una flor de lis en campo de otro con el mote de la orla que dice tenui eum, nec dimitan», como reconocimiento a su fidelidad203. Orihuela y Elche, en la frontera sur valenciana, fueron las primeras poblaciones de entidad recuperadas por el ejército borbónico, pues Orihuela fue tomada y saqueada el 10 de octubre de 1706, y Elche el 21 de ese mismo mes por Berwick. Más que sentimiento favorable al Archiduque otras motivaciones incidieron en la proclamación como rey de D. Carlos por estas dos localidades. En Orihuela, las malas relaciones entre el obispo Belluga y el marqués de Rafal, gobernador borbónico de Orihuela,
199. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Tomás Capdevila. Pasó al Consejo de Aragón el 18 de mayo de 1707. 200. Rogelio SANCHIS LLORENS: Alcoy y la Guerra de Sucesión, 1700-1709, Alicante 1969, pp. 51-74. 201. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de Diego Capdevila Cárdenas. 202. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Gaspar Juan Sancho. Pasó al Consejo de Aragón el 24 de diciembre de 1706. 203. A. H. N. Consejos Lib. 2.494, ff. 278v-280v.
44
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
influyeron en que este último se pasara al austracismo en julio de 1706204, además de pesar las seculares diferencias de vecindad entre oriolanos y murcianos205, lo que sirvió de justificación al magistral de la catedral oriolana en el momento de suplicar el perdón de Felipe V pues, en su opinión, la desafección de la ciudad se debió «no a falta de amor a S. M., sino a la antigua displicencia con que siempre habían mirado los naturales de Orihuela a los de Murcia y su Reino, y a las frecuentes amenazas que al presente proferían de saquearles sus bienes, y talar y abrasar sus haciendas»206. En Elche, su condición de señorío del duque de Arcos y el deseo de recuperar su condición de villa realenga, fue un elemento determinante, y por ello la violencia se dirigió contra el gobernador Vitorino Duran Gámir quien «fue robado y desterrado por los enemigos, y obligado a abandonar su crecida familia de mujer y ocho hijos sin tener modo de asistirlas»207. En Orihuela, sólo una pequeña parte de la pequeña nobleza local, con intereses agrarios y jurisdiccionales, abandonó la ciudad tras la desafección del marqués de Rafal, y se refugió en Murcia. Lo hicieron Luis Togores, que era señor de Jacarilla208, y Jerónimo Rocamora, que lo era de Benferri, cuya hacienda fue saqueada y quemada, aunque Rocamora se encontraba en la Corte en 1706 por razones de pleitos con los jesuitas209. La falta de borbónicos acreditados en Orihuela fue causa de las dificultades para la configuración de su primer ayuntamiento210. Además de Togores y Rocamora sólo hemos localizado los memoriales del abogado Luis Maseras, que formó parte de la bolsa de insaculados de mano menor, Pedro Monserrat, que permaneció en Orihuela, aunque sufriendo «muchas extorsiones y vejaciones», y que por ello fue nombrado por Belluga secretario y archivero de la ciudad en diciembre de 1706, Adrián Viudes, que obtuvo privilegio de hidalguía en 1709 «por dos vidas»2", y padre del regidor Juan Francisco Viudes, Tomás Botella, escribano de la gobernación, y encarcelado por orden del marqués de Rafal al negarse a reconocer al Archiduque, y Blas de Cartagena,
204. Sería nombrado Gentilhombre de Carlos III, Virrey de Mallorca en 1709, y Consejero de Estado en Viena. Sobre el papel del Reino de Murcia en la contienda como frontera con la Valencia austracista, vid. Francisco Javier GUILLAMON ALVAREZ y Julio D. MUÑOZ RODRÍGUEZ: «LOS castellanos y
la Guerra de Sucesión: disciplina social y orden político en la Corona de Castilla (1680-1714)», en Cheiron 39-40 (2003), pp. 105-128. 205. Juan Bautista VlLAR: Orihuela, una ciudad valenciana en la España moderna, Murcia 1981, pp. 677684. 206. Alfonso PARDO y Manuel de VlLLENA: El marqués de Rafal y el levantamiento de Orihuela en la Guerra de Sucesión (1706), Madrid 1910, p. 46. 207. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Vitorino Duran Gámir. Aun cuando Berwick, cuando recuperó Elche, le ordenó regresar a Elche, en febrero de 1707 solicitó el gobierno de Castellón. 208. Jesús MlLLAN Y GARCÍA-VÁRELA: Rentistas y campesinos. Desarrollo agrario y tradicionalismo político en el sur del País Valenciano, 1680-1840, Alicante 1984, p. 128. 209. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Jerónimo Rocamora. Rocamora se hallaba en Madrid desde 1703 pleiteando con la Compañía de Jesús por la sucesión del señorío de la Granja. 210. María del Carmen IRLES VICENTE: El régimen municipal...p. 81-83. 211. A. H. N. Consejos Lib. 2.494, ff. 305-314.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
45
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
alguacil mayor del Real Patrimonio de la bailía de Orihuela, y que recibió el título vitalicio de alguacil mayor de sacas y millones de la ciudad en atención «a lo que ha padecido durante las turbaciones pasadas en su persona y casa»212. El cargo de escribano del ayuntamiento de la ciudad tuvo que recaer en Ramón Arboleda, hermano de José Arboleda, médico de la real familia, ambos ausentes de su ciudad natal durante la guerra213. ECLESIÁSTICOS CONTRA LA SEDICIÓN Y LA HEREJÍA Es sabido que una parte importante del clero valenciano apoyó la causa del Archiduque, y contribuyó de manera decisiva a su éxito en los primeros momentos del levantamiento214, pero hay que considerar que también el estamento eclesiástico vivió, como el resto de la sociedad valenciana, una fuerte polarización. Muchos marcharon al exilio, tras identificar al austracismo como enemigo de la fe y denunciar el peligroso contagio que suponía el apoyo de protestantes holandeses e ingleses con sus ejércitos de herejes215. Fray Vicente Ferrer, lector de teología en el convento de Predicadores de Valencia, es representativo de ese clero minoritario valenciano que consideraba que se habían coaligado contra Felipe V el infierno, la herejía y la sedición, y que había que clamar desde el pulpito, el confesionario o en las conversaciones «contra tan execrable maldad, enseñando que eran incapaces de la absolución cuantos deseaban y procuraban tan diabólica novedad, por traidores, perjuros, fautores de herejes y reos de innumerables daños, y un abismo de sacrilegios que consigo lleva una guerra tumultuaria, civil y contra religión»216. Ferrer fue uno de los eclesiásticos expulsados por el virrey Cardona en agosto de 1706, acusado, según se indicaba en el auto de destierro, de introducir el escándalo de que «no se podía rogar por la salud de la Real persona, ni por la felicidad de los progresos de sus Católicas Armas, entibiando por este camino tan desviado de la Ley de Nuestro Señor a los afectuosos vasallos que han admitido gustosos el suave yugo de su legítimo rey, deseado y esperado con ansia. Y otros han elegido el publicar novedades fabulosas contrarias a las continuas misericordias que la Divina omnipotencia difunda en dicha Real persona, que acreditan haberla destinado para monarca de estos dos Católicos Mundos, asegurando con este medio que se aumente el partido de los descontentos y malos vasallos. Y también se han señalado por desafectos en las juntas privadas que entre aquellos se tienen, apartándose de los más apasionados y fieles vasallos de S. M. De lo que han resultado, y resultan, escándalos, y peligra la paz y quietud pública, y
212. A. H. N. Consejos Lib. 2.494, ff. 135v-137 Real Cédula concediendo título vitalicio de Alguacil Mayor de Sacas y Millones de la ciudad de Orihuela, Madrid 2 de mayo de 1708. 213. A. H. N. Consejos Lib. 2.494, ff. 22-23v Título vitalicio de Escribano del Ayuntamiento de Orihuela, Madrid 22 de octubre de 1707. 214. Carmen PÉREZ APARICIO: «El clero valenciano a principios del siglo XVIII: la cuestión sucesoria», en Estudios de Historia de Valencia, Valencia 1977, pp. 247-278. 215. David GONZÁLEZ CRUZ: Guerra de religión entre príncipes católicos. El discurso del cambio dinástico en España y América, Madrid 2002, pp. 23-70. 216. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de Fray Vicente Ferrer O. P.
46
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
hay eminente peligro de daños irreparables»217. Le acompañó su hermano de comunidad Fray Domingo Rioja, que había defendido en el pulpito la justicia de los derechos de Felipe V a la corona218. También fueron desterrado Fray José Güell, dominico de Santo Domingo de Orihuela, «por imprimir en los corazones de los oyentes de sus sermones, y en lo que confesaba, las razones tan sagradas que justifican el verdadero dominio» de Felipe V219, y Fray Francisco Milán de Aragón, hermano del marqués de Albaida, que había sido provincial de la orden dominica, y catedrático de teología en la Universidad de Valencia entre 1670 y 1702220 por «haber levantado el grito a la execrable resolución de tomar las armas sus religiosos contra la Real persona de V. M., y afinde cumplimentar a los herejes que entraron en dicha ciudad de socorro, le desterraron de aquellos países rebeldes, dándole sólo veinticuatro horas de tiempo para ejecutar su partenza, lo que cumplió sin poder sacar más de lo preciso para su avío»221. Milán se refugió en un convento de Castilla «mientras durare la tempestad que la descabellada malicia del demonio ha suscitado contra Dios y contra V. M.», haciéndose eco de la muy extendida tesis de la conjura de Lucifer, las potencias protestantes y el Archiduque contra el rey legítimo y católico monarca, y que se resumía en cuartetos que decían «Que a pesar de Lucifer/ y de toda su cuadrilla/ la corona de Castilla/ para Felipe ha de ser»222. Fray Francisco Oriente, sacristán del convento de los dominicos de Alicante, se refería a los ingleses como «enemigos de Dios y de la Iglesia», lo que, en su opinión, quedaba probado por el trato que le dispensaron cuando ocuparon Alicante, quitándole los hábitos y dejándole desnudo223. Algunos frailes Jerónimos del monasterio valenciano de San Miguel de los Reyes también fueron desterrados a Castilla por el virrey Cardona con similares motivos el 9 de septiembre de 1706, con prohibición expresa de dirigirse a Aragón224. Por utilizar el pulpito para desengañar a los fieles «del error que cometían contra la Ley de Dios y contra el debido vasallaje» fueron expulsados de aquel monasterio los padres Diego Vidal, Vicente Aparicio, Bernardo Cortés, Vicente de San Miguel, Juan de Toro, Juan Bautista Gandía, Pedro Ibáñez y el Dr. José Sánchez, que pasaron a San Clemente, en Cuenca225. Otros vagaron durante meses, «peregrinando
217. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Auto de destierro de Fray Vicente Ferrer. Valencia, 25 de agosto de 1706. 218. Fray Domingo Rioja solicitó el título de Predicador Real, en A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de Fray Domingo Rioja. Pasó al Consejo de Aragón el 27 de mayo de 1707. 219. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de Fray José Güell O. P. Pasó al Consejo de Aragón el 2 de febrero de 1707. 220. Amparo FELIPO ORTS: La Universidad de Valencia...p. 432.
221. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de Fray Francisco Milán de Aragón O. P. 222. Véase el texto «Lucifer en visita y el diablo en residencia», editado en María Teresa PÉREZ PICAZO: La publicistica española en la Guerra de Sucesión, Madrid 1966, vol. II, pp. 121-142. 223. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de Fray Francisco Oriente O. P. 224. Vicente GRAULLERA: Op. CU. pp. 71-72. 225. Fray Diego Vidal solicitó plaza de Predicador Real, en A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de Fray Diego Vidal. Pasó al Consejo el 8 de mayo de 1707.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
47
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
de un lugar a otro», antes de poder llegar a la Corte, como narraba el carmelita calzado Fray Vicente Agramunt, expulsado de Valencia el 25 de agosto de 1706, o el trinitario Fray Bartolomé Casas, que «salió con gran incomodidad de la ciudad de Valencia huyendo de la furia de los malcontentos que pretendían prenderlo por su nunca disimulada fidelidad y declarado amor» a Felipe V. Casas se dirigió a Zaragoza, y tuvo nuevamente que huir, «y no hallando ya en toda la provincia de Aragón convento suyo que no estuviese ya en poder de los enemigos se fue a Atienza, donde incorporándose con el Real Ejército le siguió hasta que S. M. se restituyó a su Corte, donde hasta ahora se ha mantenido, y mantiene, con suma estrechez y necesidad, pues sus hábitos de pobre pasan ya a indecentes»226. La mayor parte de religiosos valencianos residieron en Madrid en conventos de sus respectivas órdenes, pero su situación se agravaba cuando no disponían de lugar donde ser acogidos. Fray Juan Bautista Borbón, religioso de los Siervos de María Santísima en Murviedro, vivió en Madrid «con suma miseria» al no tener convento su orden en la Corte227, y el fraile Jerónimo Juan Bautista Blasco, tras huir de Valencia «a pie, cruzando montes y barrancos», sólo pudo refugiarse en un monasterio de su orden en Segovia. La Compañía de Jesús fue mayoritariamente borbónica, siguiendo la línea marcada por su General Tirso González, aunque tanto Felipe V como el Archiduque contaban con confesor jesuíta228, y algún miembro relevante de la orden fue austracista, como el P. Alvaro Cienfuegos, que llegó a cardenal. El 25 de agosto de 1706 el conde de Cardona ordenó que todos los padres de la Casa Profesa de Valencia debían abandonar la ciudad en el plazo de 24 horas, y de seis días para que salieran del Reino229. El rector del colegio de Orihuela hizo una relación de las vejaciones, prisiones y destierros que padeció la comunidad durante la ocupación austracista de la ciudad, y el saqueo de dos de sus haciendas, con pérdidas de 400 fanegas de trigo y 600 de cebada. Todos los jesuítas de Orihuela fueron recluidos en Callosa de Segura, y tres fueron desterrados porque el colegio oriolano fue destinado a residencia de 400 soldados llegados de Cartagena. Cuando la ciudad fue conquistada por Belluga, nuevamente las propiedades del colegio fueron saqueadas, pero en esta ocasión, decía su rector, los jesuitas «lo toleraron con alegría por juzgar inevitable el primer ímpetu de las tropas, y dieron por bien empleada la pérdida de lo poco que les quedaba por considerarse restituido al suave dominio de V. M.»230. Actitud tan comprensiva fue premiada por el obispo Belluga con
226. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de Fray Bartolomé de las Casas. Solicitó ser honrado con el título de Predicador Real. Pasó al Consejo el 16 de marzo de 1707, y fue recomendado para Predicador, al tiempo que se le daba una limosna «con que subvenir la falta de vestidos que del todo le estrecha». 227. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de Fray Juan Bautista Borbón. Solicitaba socorro para poder vestirse y regresar a Murviedro en junio de 1707. 228. Julián J. LOZANO NAVARRO: La Compañía de Jesús y el poder en la España de los Austrias, Madrid 2005, pp. 376-377. 229. Vicente GRAULLERA: Op. Cit. pp. 71-72. 230. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial deL Rector del Colegio de la Compañía de Jesús de Orihuela. Pasó al Consejo el 5 de febrero de 1707.
48
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
la entrega de 50 fanegas de trigo y la donación de dos casas de relevantes austracistas, como el marqués de Rafal y Esteban León, aunque la Compañía solicitó que el colegio quedara exento de toda contribución o alojamientos. El arzobispo de Valencia, Antonio Folch de Cardona, hijo natural del Almirante de Aragón231, el obispo de Orihuela, José de la Torre Orumbella, y el de Tortosa, con jurisdicción sobre tierras valencianas, Silvestre García Escalona, abandonaron sus diócesis cuando sus sedes pasaron a control austracista. Folch se trasladó a Madrid, acompañado de una nutrida familia episcopal, y el Consejo de Aragón decidió no incluir a sus integrantes en el reparto de socorros porque de hacerlo «no quedaría para tanto necesitado»232. El arzobispo valenciano mantuvo una cierta ambigüedad en los primeros momentos de la revuelta, que lo hicieron sospechoso a ojos del virrey Villagarcía, hasta el punto que de fue amonestado por Felipe V y amenazado con que el Virrey podría asumir la jurisdicción eclesiástica si no endurecía su actitud hacia el clero desafecto, especialmente los franciscanos, la orden del propio arzobispo: «...procedáis en lo que tocare como lo espero y que no será necesario valerme yo de otros medios para atajar el daño que se ha experimentado en esta ocasión, porque mi Real ánimo es que en caso de no hacerlo vos, pase mi lugarteniente y capitán general a proceder contra los eclesiásticos desafectos por los medios permitidos a la Real potestad, como al mismo tiempo de escribiros ésta, se lo he ordenado y os prevengo de ello para que lo tengáis entendido»233. En 1710, en momentos que parecía que la victoria podría inclinarse a favor del Archiduque, Folch de Cardona, que se encontraba en Madrid desde 1709 para la jura del infante D. Luis como príncipe de Asturias, abrazó tardíamente su causa, lo que le valió su exilio definitivo en Viena, donde murió en 1724. José de la Torre se refugió en Murcia con todo su cabildo, excepto su deán, Francisco Rocamora234, en sintonía con el obispo de aquella diócesis, Belluga, pues ambos consideraban el conflicto sucesorio como guerra de religión235. Escalona, refugiado en Madrid, solicitó una ayuda de costa para regresar a su diócesis antes de que Tortosa fuese recuperada en 1708 «por tener la mayor parte de ella en el Reino de Valencia»236. Sólo el obispo de Segorbe, Antonio Ferrer Milán, reconoció al Archiduque, y por ello tuvo responsabilidades en la confiscación de bie-
231. Conxita MOLLFULLEDA I VlNYALLONGA: «Antoni Folch de Cardona», en Catalunya durant la Guerra de Successió, Badalona 2006, vol. III, pp. 108-109. 232. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Manrique de Lara a Grimaldo, Madrid 15 de diciembre de 1707. 233. A. H. N. Consejos Leg. 18.438 E¡! Rey al Arzobispo de Valencia, 30 de junio de 1704. 234. La Junta del Breve le exculpó de la acusación de austracista, en Juan C. SAAVEDRA ZAPATER: «La incorporación a España del clero exiliado durante la Guerra de Sucesión: una aproximación a su estudio», en El cambio dinástico y sus repercusiones en la España del siglo XVIII, Jaén 2000, pp. 479-496. 235. Francisco de CASTELLVI: Op. CU. vol. II, p. 53.
236. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Silvestre García Escalona, Obispo de Tortosa. Pasó al Consejo el 6 de junio de 1707.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
49
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ
nes a eclesiásticos borbónicos237, al igual que los obispos aragoneses de Albarracín y Huesca, austracistas, frente a los prelados de Zaragoza y Tarazona, borbónicos238. Algunas dignidades exiliadas estaban emparentadas con las grandes familias valencianas que también se habían refugiado en Castilla. José Castelví y Antonio Milán de Aragón eran canónigos de la metropolitana de Valencia, y el primero gozaba del privilegio de ser sumiller de cortina de Felipe V. Antonio Milán había levantado a sus expensas varios tercios de infantería, y cuando abandonó Valencia dejó atrás no únicamente la renta de su prebenda, sino dos beneficios en Elche que le producían anualmente 3.000 ducados. Cuando pasó a Utiel, lo esperaba su hermano el marqués de Albaida, y juntos se refugiaron en Madrid «por el recelo de que las tropas del enemigo, que se hallaban en los lugares de aquella vecindad, no les prendiesen». Para mantenerse en la Corte decentemente con su criado, el Consejo de Aragón le hizo merced de 400 ducados de pensión eclesiástica sobre el arzobispado de Valencia, y la hizo extensiva a la primera vacante que se produjera en las diócesis de Orihuela o Segorbe239. Algunos eclesiásticos seculares habían intervenido apoyando a las tropas, no sólo con su auxilio espiritual, sino con las armas en la mano, lo que no fue raro en la contienda, pues en Tarazona se formó un regimiento de eclesiásticos, bajo las órdenes de sus canónigos, y en Valencia los capuchinos de la capital intervinieron directamente en la lucha240. El sacerdote alicantino José Ibarra Paravecino fue hecho prisionero por su condición de capellán de las milicias que defendían el castillo de Alicante, y el sacerdote de Bocairente Jerónimo Alcaraz acompañó a las tropas del conde de las Torres confesando soldados, y las mismas funciones desempeñó posteriormente en el ejército de Belluga. El sacerdote Salvador Sales, que era comisario del Santo Oficio en Valencia, acudió a la defensa de una de las puertas de la ciudad y, después, a la casa de la Inquisición, para «librarla del ciego furor de los rebeldes, que intentaron maltratarla, y aún mudarla». En febrero de 1706 salió de Valencia «con disfraz de paisano» y a pie hasta Villamarchante, donde informó al conde de las Torres de la situación valenciana y de la llegada de Peterborough el día 4 de febrero. En Madrid se dedicó a malvivir y a pretender alguna plaza en el Consejo de Inquisición241. Ignacio Corbí, sobrino del líder borbónico Pedro Corbí, abandonó Alcira después de que sus predicaciones contra los austracistas, tachándolos de herejes, le causaran graves inconvenientes. Siguió a Felipe V hasta Jadraque, «en donde tuvo un balazo que le rompió una pierna», y fue socorrido
237. Carmen PÉREZ APARICIO: «La Guerra de Sucesión en España», en La transición del siglo XVII al XVIII, vol. XXXVIII de la Historia de España de Ramón Menéndez Pidal, Madrid 1994, p. 411. 238. Angela ATIENZA LÓPEZ: «El clero de Aragón frente al conflicto sucesorio», en Elisco SERRANO (ed.): Felipe Vy su tiempo, Zaragoza 2004, vol. I, pp. 375-396. 239. A. H. N. Consejos Lcg. 18.476 Memoriales de D. Antonio Milán de Aragón. Pasaron al Consejo el 7 de enero y el 8 de julio de 1707. 240. Antonio Luis CORTES PEÑA: «La Iglesia y el cambio dinástico», en Eliseo SERRANO (ed.): Felipe Vy su tiempo, Zaragoza 2004, vol. I, pp. 991 -1012. La referencia en p. 1005. 241. A. H. N. Consejos Leg. 18.476 Memorial de D. Salvador Sales. Pasó al Consejo el 23 de mayo de 1707.
50
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
El exilio de los borbónicos valencianos
con 600 rls. para evitar que muriera de hambre242. Como Corbí, también era natural de Ibi el sacerdote Paulino San Juan, que empuñó las armas en las milicias que Pedro Corbí levantó en la Hoya de Castalia, y se convirtió en uno de sus hombres de confianza, participando en las acciones de guerra en las que aquel intervino. También Jacinto Traber, sacerdote de Onteniente, comenzó como capellán del regimiento que formó en la villa su hermano Mateo Traber para recuperar Denia, pero al fracasar y disolverse esa milicia, ambos decidieron ingresar en las tropas del obispo Belluga, guiándolas en su ataque y saqueo de Onteniente. Hecho prisionero en Xátiva, fue encarcelado «con una cadena al cuello y grillos en los pies», y fue puesto en libertad por las gestiones del vicario general que hizo valer su condición de sacerdote243. Pedro Checa Mateo abandonó la carrera eclesiástica por la militar, participando activamente en los sitios de Alcira y Xátiva. Pero lo más habitual era encontrar en la Corte a sacerdotes que habían abandonado Valencia a pie, por caminos poco transitados o campo a través, por «no macularse con aquella rebelión, como por mantenerse bajo el suave, cuanto apacible, dominio de V. M.», como señalaba en su memorial el beneficiado de la parroquia de San Martín de Valencia, Francisco Marín, y que se mantenían con el socorro de las misas y, en muchos casos, «el arrimo de caballeros valencianos», en una comunidad de exiliados que esperaban con ansia el triunfo de su rey que les permitiría el regreso a su patria y el premio correspondiente a su fidelidad, pues son frecuentes los decretos remitidos a los obispos valencianos para que los prelados tuvieran presentes en ascensos «propios de su ministerio» a aquellos eclesiásticos que hubieran manifestado de forma notable «la fidelidad a mi Real persona, cumpliendo con las obligaciones de buen vasallo»244.
242. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Ignacio Corbí. Pasó al Consejo el 7 de abril de 1707. 243. A. H. N. Consejos Leg. 18.450 Memorial de D. Jacinto Traber. 244. Sirva como ejemplo el sacerdote de la parroquial de Onteniente Vicente Colomer, que se vio forzado a dejar su parroquia y a exiliarse en la Corte, donde vivió endeudado hasta que pudo regresar a Almansa primero, y posteriormente a Onteniente, «con los notorios atrasos que le han ocasionado sus trabajos». Un decreto, firmado el 18 de junio de 1708, ordenaba al Arzobispo de Valencia que lo tuviera presente para ascensos por su fidelidad de buen vasallo, en A. H. N. Consejos Lib. 278 ff. 9v-10.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 11-51) ISSN: 0212-5862
51
EL LLAMAMIENTO A LA NOBLEZA DE LAS «DOS ANDALUCÍAS» DE 1706 FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
De todos es conocido el lugar preeminente y, desde luego, merecido que ocupa por su trascendencia plural la Guerra de Sucesión española en la historiografía contemporánea, no solo en nuestro país sino también más allá de sus fronteras, y como se han ido superando en las últimas décadas aquellas primeras apreciaciones, donde el conflicto quedaba circunscrito al antagonismo de dos concepciones políticas, representadas en los bandos contendientes: Austrias contra Borbones, la Corona de Aragón frente a la de Castilla; y proyectadas en una conflagración de carácter triangular: dinástico, internacional y, por último, civil. La simplicidad, muchas veces excesiva, en el desarrollo de estas contraposiciones se ha matizado y enriquecido gracias tanto a la conclusión de textos más sólidos desde dichas perspectivas como a la apertura de nuevas líneas de investigación, lo cual ha creado un vasto abanico de contenidos y una notable producción científica1, según evidencia el planteamiento de una tercera vía, frente a la dualidad Borbón-Habsburgo y no alineada forzosamente con ninguno de los candidatos: nos referimos a la identidad de la Monarquía Católica forjada en los albores del Quinientos2. Dentro de la mencionada diversidad queremos sumarnos con estas páginas a los trabajos centrados en indagar la conducta de los distintos estamentos respecto al fenómeno bélico, entre los cuales destacamos dos vertientes: el examen de la adscripción de los diferentes grupos sociales a una u otra facción (Belmonte LópezHuici, González Mezquita, León Sanz, Guillamón Álvarez, Muñoz Rodríguez) o bien su reacción ante la guerra, a partir de la nueva aportación de la historia cultural (Bel Bravo, Cañada Hornos, Moral Troya, Rueda Jándula). Temática muy unida, por otra
1. Agradecemos a Francisco J. Hernández Navarro y Fernando J. Campese, su inestimable ayuda y colaboración, en la búsqueda y localización de buena parte de esa amplia bibliografía, una muestra de la cual se recoge en el presente trabajo. 2. VÍCENT LÓPEZ, I. M : «Felipe V y la Monarquía Católica durante la Guerra de Sucesión: una cuestión de «estilo», Espacio, Tiempo y Forma. Historia Moderna, t. 7-II, U.N.E.D., Madrid, 1994, pp. 401-402.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
53
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
parte, al análisis de la publicística y propaganda del discurso de fidelidad y lealtad, que construyen ambos bloques para disciplinar la voluntad del mayor número de subditos (Pérez Picazo, Díaz Hernández, Vicent López, González Cruz)3. Igualmente debemos resaltar la situación deficitaria en que se encuentra la investigación de este periodo dentro de la historia andaluza, pues en términos globales ha predominado siempre la visión local y, en casos puntuales, la comarcal4, sin llevarse a cabo ningún estudio integral, bien documentado y exhaustivo, sobre el conjunto de la antigua Bética, en el que se preste atención a la coyuntura socioeconómica, demográfica, política... que atravesaba al estallar la contienda, a la diversidad de posturas ante la misma, a la evolución de unas y otra, a las demandas de la Corona..., en virtud de los intereses y circunstancias de cada población, de los vecinos, de las coordenadas geográficas, de la actuación de sus personajes más relevantes..., así como a las formas de organización militar, la variedad de servicios desarrollados, las fuentes de financiación, las dificultades y el efecto provocado en los municipios por los retos planteados; en suma, al papel jugado
3. B3LM0NTE LÓPEZ-HUICI, M. C : «La nobleza cordobesa durante la Guerra de Sucesión española (1700-1715)», Conferencias de los Cursos de Verano de la Universidad de Córdoba sobre El Barroco en Andalucía, 1. Vil, Universidad y Diputación Provincial de Córdoba, 1987, pp. 21-29. GONZÁLEZ MEZQUITA, M." L.: «Papel y transformaciones de la nobleza castellana en la Guerra de Sucesión española», Estudios de Historia de España, n° V, Buenos Aires, 1996, pp. 183-200. LEÓN SANZ, V: «La nobleza austracista. Entre Austrias y Borbones», Nobleza y sociedad en la España moderna, II, Nobel, Oviedo, 1997, pp. 49-77. GUILLAMÓN ÁLVAREZ, F. J. y MUÑOZ RODRÍGUEZ, J. D.: «La lealtad castellana
en la Guerra de Sucesión: movilización social y representación del poder en una sociedad en guerra», Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, n° 24, Alicante, 2006, pp. 513-536. BEL BRAVO, M. A.; CAÑADA HORNOS, M. J.; DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M.!l; MORAL TROYA, A. y RUEDA
JÁNDULA, I.: La guerra de sucesión en la provincia de Jaén: desde la perspectiva de la «nueva» historia cultural, Instituto de Estudios Giennenses, Jaén, 2002. PÉREZ PICAZO, M." T.: La publicística en la Guerra de Sucesión, 2 vols., Escuela de Historia Moderna, C.S.I.C, Madrid, 1966. DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M.;': «Un acercamiento a la mentalidad y el comportamiento del sector nobiliario durante la Guerra de Sucesión en el Reino de Jaén», El cambio dinástico y sus repercusiones en la España del siglo XVIII. Homenaje al Dr. Luis Coronas Tejada, Universidad y Diputación Provincial de Jaén, 2000, pp. 309-318. VICENT LÓPEZ, 1. M.: «El discurso de la fidelidad durante la Guerra de Sucesión», Espacio, Tiempo y Forma. Serie IV Historia Moderna, n" 13, Madrid, 2000, pp. 61-82, y «La cultura política castellana durante la guerra de sucesión: el discurso de la fidelidad», Los Borbones. Dinastía y memoria de nación en la España del siglo XVII!, Marcial Pons y Casa de Velázquez, Madrid, 2002, pp. 217-244. GONZÁLEZ CRUZ, D.: Guerra de religión entre príncipes católicos. El discurso del cambio dinástico en España y América (1700-1714), Ministerio de Defensa, Madrid, 2002. PEZZI CRISTÓBAL, P.: «La necesaria reactivación de una cuestión historiográfica esencial: La sucesión de la Monarquía Hispánica dentro de la nueva historia mundial», La sucesión de la Monarquía Hispánica, 1665-1725.1, Lucha política en las Cortes y fragilidad económicofiscal en los reinos, Universidad de Córdoba y CajaSur, Córdoba, 2006, pp. 1-12. 4. Destacados ejemplos de esta dimensión son los trabajos de CALVO POYATO, J.: Guerra de Sucesión en Andalucía. Aportación al conflicto de los pueblos del sur de Córdoba, Diputación Provincial de Córdoba, 1982, y «La Guerra de Sucesión en Ecija», Archivo Hispalense, t. LXXII, n" 221, Sevilla, 1989, pp. 5370. PLASENCIA PEÑA, J. J.: Málaga en la Guerra de Sucesión Española. Aspectos militares y políticos, Memoria de Licenciatura inédita, Málaga, 1983. PEZZI CRISTÓBAL, P: La Guerra de Sucesión en VélezMálaga (1700-1714), Diputación de Málaga, 1997.
54
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
por Andalucía en la guerra y en la consolidación de la nueva dinastía5. A tal dimensión regional deseamos incorporarnos con esta sucinta contribución tras decantarnos por una cuestión específica dentro del marco bético: la contestación y proceder de la nobleza de las «dos Andalucías» en 1706 ante el llamamiento general de la Corona, intimándola a coadyuvar, bajo las órdenes del Marqués de Villadarias, a la defensa de dicho territorio6. Por este motivo nos hemos inclinado a repasar en distintos ayuntamientos la respuesta y consecuencias que el requerimiento generó en sus consistorios y, por añadidura, esclarecer las diferencias existentes entre ellos y, de resultas, entre los cuatro reinos andaluces (Sevilla, Córdoba, Jaén y Granada). Por supuesto, no hemos pretendido realizar un análisis completo de todas las ciudades y villas, sino un recorrido por las capitales y concejos principales de cada reino, bosquejando las deliberaciones de los capítulos entre los meses de febrero y junio de ese año7. Con el propósito de
5. Dentro de esta necesaria andadura contamos con la excelente aportación de CALVO POYATO, J.: «LOS ayuntamientos andaluces durante la Guerra de Sucesión», La Guerra de Sucesión en España y América. Actas de las X Jornadas Nacionales de Historia Militar, Deimos, Madrid, 2001, pp. 713-728. 6. Durante el Antiguo Régimen el significado del término Andalucía no correspondía al que presenta en la actualidad. En ese periodo en ningún momento conformó una demarcación administrativa ni militar con entidad propia, pues, como todos sabemos, tras la desaparición del último reducto del poder musulmán en la Península a finales del siglo XV el reino nazarí mantuvo la autonomía jurisdiccional, dado que fue incorporado directamente a la Corona castellana, desvinculándolo así del resto del territorio andaluz. Surgieron, de este modo, las dos Andalucías: la Baja y la Alta, la occidental y la oriental. La primera la compondrían los reinos de Jaén, Córdoba y Sevilla -integrado también por Huelva y Cádiz-, cuya conquista había finalizado en el siglo XIII, y la segunda, el reino de Granada, que englobaba las provincias de Málaga, Granada y Almería. La administración moderna utilizó con frecuencia el vocablo «Andalucía» como sinónimo del reino de Sevilla por antonomasia, si bien, extendido en muchas otras ocasiones a los reinos de Córdoba y Jaén. Sin embargo, lo habitual en la documentación es el uso de la expresión «las Andalucías», a fin de integrar en ella los cuatro reinos. Recurso que facilita enormemente a los investigadores actuales la identificación de las áreas tratadas en las fuentes de la época. Cfr. VILLAS TINOCO, S.: «Andalucía en la Corona de Castilla en la época moderna», Historia de Andalucía, Agora, Málaga, 1996, p. 229. DOMÍNGUEZ ORTÍZ, A.: Sociedad y Estado en el siglo XVIU español, Ariel, Barcelona, 1990, p. 213, y Andalucía ayer y hoy. El presente andaluz visto a través de su evolución histórica, Planeta, Barcelona, 1983, p. 169. 7. El profesor José Contreras Gay realizó un magnífico y esclarecedor trabajo acerca de la situación de Andalucía en uno de los momentos más críticos del conflicto: el año 1706; destacando su análisis sobre el proyecto de reunir un importante ejército andaluz compuesto por miembros del conjunto de sus tierras, a fin de defender el territorio común y frenar así la expansión del bando enemigo. Dentro de ese estudio se hace referencia al llamamiento a la nobleza por la Corona para que se sume a la contienda y participe personalmente en la misma. Si bien, el autor realiza un resumen de lo acontecido en muchos consistorios bélicos y granadinos ante el mandato regio, nuestro propósito se centra en realizar una descripción minuciosa en lo posible, dentro del límite formal, por supuesto, de estas páginas, de lo acontecido en las diferentes sesiones capitulares de los ayuntamientos analizados y así poder dilucidar las similitudes y divergencias entre unos y otros. Desde aquí nuestro agradecimiento al profesor Contreras por darnos a conocer e interesarnos en esta perspectiva global y comparativa de una de las actuaciones que, ante su fracaso, conducirían a ese intento de protección conjunta: «La unión defensiva de los reinos de Andalucía en la Guerra de Sucesión», La Guerra de Sucesión en España y América. Actas X Jornadas Nacionales de Historia Militar, Deimos, Madrid, 2001, pp. 15-78.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
55
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOVS
dar mayor agilidad y virtualidad al texto, al tiempo que enfatizar los conceptos y áreas geográficas tratados, nos ha parecido oportuno dividirlo en una serie de apartados. En primer lugar, los de orden temático: los sucesos de 1706 y la convocatoria a la nobleza andaluza; la construcción del discurso: la figura del soberano y la «cruzada contra los herejes»; la nobleza y su posición ante la Guerra; seguidamente individualizamos la problemática de cada reino: Sevilla, Córdoba, de Jaén y Granada y, por último, algunas reflexiones finales. 1. LOS SUCESOS DE 1706 Y LA CONVOCATORIA A LA NOBLEZA ANDALUZA La muerte de Carlos II desencadenaba un nuevo conflicto supranacional: la pugna por el vasto Imperio de los Habsburgos españoles. Europa, en especial, los territorios de la Monarquía Católica en el Viejo Continente, sufrirán el duelo de Austrias y Borbones. Pero esa disputa, que en un principio parecía iba a mantenerse lejos de la Península, pronto, en poco menos de un lustro, acaba desgarrándola, abriendo lo que la historiografía tradicional ha determinado la tercera dimensión de la guerra, luego de las consabidas vertientes dinástica e internacional. Mientras en Castilla apenas surgieron discrepancias notables, la Corona de Aragón aceptaba-tras el desembarco en las costas catalanas de tropas austracistas en 1705- al pretendiente Habsburgo, cuya llegada a Barcelona conduciría ineluctablemente al enfrentamiento civil. Sin embargo, los motivos que inclinaron a dicha Corona a abrazar la candidatura del archiduque continúan siendo algo confusos. Felipe V, pese a las sempiternas colisiones de Madrid con las Cortes aragonesas y catalanas, admitió el programa político y económico propuesto en aquellas, hasta el punto de asimilarse bastante los privilegios autorizados en esa ocasión a los otorgados, años más tarde, por Carlos de Austria. No obstante, cada uno de los reinos orientales se incorporará al partido austríaco en grado y forma diversas: en Aragón, Valencia y, con menor claridad, en Mallorca el malestar social provocó la filiación populista; en cambio, en el Principado, tal y como subraya Pierre Vilar, la lealtad a la citada facción se basó en una opción política y económica deliberada, ligada a los anhelos sembrados por la recuperación financiera del último cuarto del siglo XVII y gestora de un movimiento de evidente sesgo autonomista y tradicionalista, entre cuyos postulados destacaba el patrocinio de un modelo de vertebración estatal divergente del castellano imperante8. Si bien, Domínguez Ortiz precisa que el sentimiento austracista latente desde 1700 en la zona este peninsular, sobre todo entre las clases bajas y medias, no se hubiera concretado en una acción beligerante sin la irrupción de los ejércitos extranjeros, verdadero detonante de la ruptura de hostilidades. Aun cuando algunos trabajos han relativizado el vigor de la causa austríaca en la Corona de Aragón
8. LEÓN SANZ, V.: Entre Austrias y Barbones. El Archiduque Carlos y la monarquía de España (1700-1714), Sigilo, Madrid, 1993, pp. 14-16, y «La nobleza austracista...», p. 52. VILAR, R: Cataluña en la España moderna. Investigaciones sobre los fundamentos económicos de las estructuras nacionales, t. I, Crítica, Barcelona, 1978, pp. 456-458.
56
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
y considerado que la mayoría de la población apenas mostró interés por el conflicto, lo que parece fuera de toda duda es que el respaldo a dicho bando fructificó en número y eficacia de manera más activa que en el caso opuesto, contando con un arraigo social superior. Pero, según acabamos de indicar, en ninguna de las dos Coronas existió homogeneidad de posturas: hubo felipistas en Aragón y austracistas en Castilla. De hecho, las mayores diferencias se acusaron en el plano estamental más que en el territorial, revelándose de modo muy significativo la frecuencia con que nobleza y estado llano adoptaron actitudes contrapuestas. En general, y aunque con notorias excepciones, la aristocracia castellana permaneció indiferente, y en parte hostil, a los Borbones, mientras el pueblo aceptó apoyar a la nueva dinastía sin excesivos impedimentos, pese al gasto material y humano constante y cada vez más elevado que ello le reportaba; por el contrario, en la Corona de Aragón los términos se intercambiaban9. El examen de las campañas y operaciones de la contienda patentiza la posición de retaguardia en que vivieron prácticamente las Béticas alta y baja durante su desarrollo. Salvo en momentos puntuales, no sufrieron las consecuencias directas de la conflagración, sus tierras se vieron libres de convertirse en campos de batalla. La aportación de efectivos humanos y materiales representará su contribución fundamental a la causa borbónica, a pesar del déficit hacendístico. No podemos olvidar el panorama auténticamente desolador que presentaban los ayuntamientos andaluces, debido a la crisis secular arrastrada, al iniciarse la centuria ilustrada. La voracidad fiscal de los gobiernos anteriores y la pésima gestión de las oligarquías locales los habían catapultado a la ruina y el endeudamiento; de ahí, sus asiduas quejas ante la imposibilidad de satisfacer muchas de las necesidades vecinales y las incesantes demandas reales. Si bien nos consta la tendencia de los munícipes a dramatizar a fin de disminuir las cargas impositivas, también resulta innegable la gran cantidad de problemas que debían solventar y la escasez de medios para sufragar tales requerimientos. Con todo, subsistían los recursos suficientes para afrontar las exigencias de una guerra que se prolongaría a lo largo de una década. En cuanto a los acontecimientos bélicos, en el perímetro andaluz destacan por su mayor repercusión e influjo, ya sea por desarrollarse en el mismo o por su relación directa con ellos, los siguientes: la tentativa contra Cádiz de la flota angloholandesa en 1702, que supuso la primera movilización de la nobleza, la cual respondió con llamativa rapidez, diligencia semejante nunca volverá a repetirse, irá desdibujándose conforme avance el conflicto; al año siguiente, la apertura del frente occidental tras la incorporación de Portugal al bloque aliado, que afectó, en especial, a los municipios del ámbito onubense, dado que primordialmente registró acciones de tipo fronterizo, lo cual unido a su amplia secuencia temporal, desencadenó en la comarca una larga guerra de desgaste; la conquista de Gibraltar en 1704 por la marina angloholandesa y, a los pocos días, la indecisa batalla naval de Málaga; la adhesión casi unánime de
9. DOMÍNGUEZ ORTÍz, A.: Sociedad y Estado..., pp. 38 y 40. LEÓN SANZ, V.: «La nobleza austracista...», p. 53.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
57
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
la Corona de Aragón al bando austracista en el postrer trimestre de 1705, que, entre otras medidas, inducirá al emplazamiento de la nobleza andaluza a la participación en el socorro del país; coyuntura que terminó de agravar la caída de Madrid en junio de 1706, oscureciendo hasta el extremo el horizonte del partido felipista, que alcanzaba así uno de sus peores momentos y, por último, en 1710 cuando por segunda vez el archiduque entraba en la capital de la Monarquía Católica10. El año 1705 ha pasado a la historia de España con un negro y triste baldón: comenzaban los horrores de una dilatada guerra fraticida, que se propagaría desde Murcia al Pirineo y por considerables sectores de la meseta. Entre los meses finales de ese año y enero de 1706 las fuerzas aliadas ocupaban cerca de la totalidad de Valencia y Cataluña. Se temía que la Corona aragonesa en bloque aclamara al pretendiente Habsburgo, solo la represión del motín de Zaragoza en los postreros días de 1705 y la todavía lealtad de Mallorca conseguían frenar el desastre, aunque, eso sí, apenas por unos meses: Aragón y Baleares abandonaron al duque de Anjou al año siguiente, en mayo y septiembre, respectivamente. Parecía que 1706 iba a señalar la derrota definitiva de las tropas borbónicas, asfixiadas por la tenaza enemiga, dada la presión que, aprovechando la sublevación aragonesa, los aliados ejercían por el flanco oeste con incursiones desde Portugal". El terremoto político y la alarma general provocados por estos reveses abocaron a la movilización de todos los recursos materiales y humanos disponibles ante la inminencia de una dura y trascendental campaña. Felipe V determinaba liderar en persona la recuperación de las zonas ocupadas y, paralelamente, reclamar la ayuda del conjunto de la población andaluza, incluidos los privilegiados. El requerimiento a la aristocracia andaluza se formalizó a través de un real despacho, emitido en Madrid el 9 de febrero, y dirigido a todas las ciudades cabeceras de reino y a los ayuntamientos principales. En él se compelía a los nobles de tales municipios y de sus partidos jurisdiccionales, «se interesen, como es justo, en la defensa de su propia patria» -muy significativo el empleo de este vocablo-, o dicho de otro modo, en preservar su integridad territorial, para lo cual habían de colocarse bajo las órdenes del marqués de Villadarias, a cuyo cargo se encontraba la seguridad de la región, en su calidad de Capitán General del ejército y costas de Andalucía12. El origen de esta medida radicaba en la necesidad
10. CALVO POYATO, J.: «LOS ayuntamientos andaluces...», Op. cit., pp. 714-716 y 718-721. VOLTES, R: La
guerra de Sucesión, Planeta, Barcelona, 1990, pp. 101-115 y 123-131. DOMÍNGUEZ ORTÍZ, A.: Sociedad y Estado..., pp. 27-28. SARRIA MUÑOZ, A.: Tarifa a comienzos del siglo XVIJI, Ediciones Sarria, Tarifa, 1996, pp. 248-249. PLASENCIA PEÑA, J. J.: «La batalla de Málaga (1704), Jábega, n° 35, Málaga, 1976, pp. 62-70. CABRERA PABLOS, F. R.: «La batalla naval de 1704 en aguas de Málaga», Jábega, n° 36, Málaga, 1981, pp. 34-43, y «La Batalla Naval de Málaga de 1704», Andalucía en la Historia, n° 3, Sevilla, 2003, pp. 52-59. 11. VOLTES, P: Supra, pp. 106-113 y 129-131. DOMÍNGUEZ ORTÍZ, A.: Sociedad y Estado...,pp. 27-28. 12. Prácticamente el conjunto de los archivos municipales andaluces correspondientes a los concejos principales de aquel momento conservan la copia de este documento, inserta a menudo en sus actas capitulares. No tenemos más que consultar, por ejemplo, los fondos de dichas entidades en Sevilla, Carmona, Jerez de la Frontera, Córdoba, Cabra, Baena, Málaga, Antequera o Almería (Archivo Municipal de Sevilla (A.M.S.), Sección V, tomo 245, documento 37, s.f., y Sección X, tomo 7, 1" Escribanía, s.f. Cabildo: 18
58
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
de reforzar el ejército y salvaguardar la eficacia unitaria. De ahí el hecho de subordinar el servicio nobiliario a la jefatura del citado militar. Debían observar y ejecutar sus directrices «como si inmediatamente las diera nuestra real persona». La autoridad del Marqués era, pues, incuestionable, en virtud de su calidad de delegado regio, al tiempo que se pretendía evitar la aparición de los conflictos, tan habituales, por otro lado, entre las diferentes instituciones y administraciones del Antiguo Régimen. En realidad, el llamamiento competía al estrato medio-bajo del grupo aristocrático más que a la alta nobleza, aunque no se indique expresamente en el documento, los términos en que se redactó así lo delatan. Sin embargo, la resolución regia y los motivos de la misma ya habían sido expuestos por el Secretario de Despacho de Guerra y Hacienda José de Grimaldo13 a las urbes. El propósito de la misiva -con data en Madrid, a 6 de febrero, por tanto, tres días antes que el texto regio-, estribaba en alertar a las autoridades locales de la situación tan crítica que atravesaba el gobierno legítimo y en definir los primeros pasos de la estrategia que éste había concluido seguir en lo tocante a Andalucía, en prevención de los más que potenciales ataques enemigos14. Pero la decisión de su otorgante de remitirla por conducto del marqués de Villadarias -en esos momentos en el Puerto de Santa María- retrasó su recepción por los concejos, de ahí que éstos cono-
de febrero de 1706. Archivo Municipal de Carmona (A.M.C.), legajo 568, fols. lr-2v. Archivo Municipal de Jerez de la Frontera (A.M.J.F.), tomo 85, fols. 758r y ss. Cabildo: 18 de febrero de 1706. Archivo Municipal de Málaga (A.M.M.), Actas Capitulares (A.C.), n° 111, fols. 67r-v. Cabildo: 15 de febrero de 1706. Archivo Histórico Municipal de Antequera (A.H.M.A.), A.C., libro 1700, s.f. Cabildo: 14 de febrero de 1706. Archivo Municipal de Almería (A.M.A.), A.C, libro 16, fols. 13r y ss. Cabildo: 20 de febrero de 1706). CALVO POYATO, J.: Guerra de Sucesión en Andalucía..., pp. 101 y 103. Agradecemos a Rafael Pérez García su desinteresada ayuda al ofrecernos los datos que aportamos en estas páginas sobre el concejo de Antequera. 13. .fosé de Grimaldo (1664-1733) fue nombrado en julio de 1705 primer Secretario del Despacho de Guerra y Hacienda o, como ya denominan las fuentes, ministro de Guerra y Hacienda, alcanzando a finales de 1724 la Secretaría del Despacho Universal y de Estado, que desempeñaría hasta su retiro en 1726 en tres ocasiones, en concreto: del 30 de noviembre de 1714 al 14 de enero de 1724, del 4 de noviembre de 1724 al 12 de diciembre de 1725 y del 14 de abril al 1 de octubre de 1726. Cfr. CASTRO, C. de: A la sombra de Felipe V. José Grimaldo, ministro responsable (1703-1726), Marcial Pons, Madrid, 2004. GUERRERO ELECALDE, R.: «El «partido vizcaíno» y los representantes del rey en el extranjero. Redes de poder, clientelismo y política exterior durante el reinado de Felipe V», El equilibrio de los Imperios: de Utrecht a Trafalgar. Actas de la VIH" Reunión Científica de la Fundación Española de Historia Moderna, Fundación Española de Historia Moderna, Madrid, 2005, p. 90. 14. Al igual que ocurre con el despacho regio, también encontramos la carta de Grimaldo en otros archivos andaluces, por ejemplo en Sevilla, Carmona, Jerez de la Frontera, Málaga, Jaén, Alcalá la Real (A.M.S., Sección V, tomo 245, documento 37, s.f. A.M.C., legajo 568, fols. 9r-10v. A.M.J.F., tomo 85, fols. 760rv. Cabildo: 18 de febrero de 1706. A.M.M., AC, n° 111, fols. 73r-v. Cabildo: 26 de febrero de 1706. Archivo Municipal de Jaén (A.M.J.), A.C., Cabildo: 22 de febrero de 1706. MURCIA CANO, M." T.: «La Guerra de Sucesión en las actas municipales de Alcalá la Real (Jaén)», La Guerra de Sucesión en España y América. Actas de las X Jornadas Nacionales de Historia Militar, Deimos, Madrid, 2001, pp. 772773). Diversos autores han reproducido parcial o íntegramente esta misiva, por ejemplo, J.A. Delgado y Orellana, en el caso de la dirigida al concejo de Arcos de la Frontera («Alistamiento de hijosdalgo en Arcos de la Frontera del año 1706», Hidalguía, n° 86, Madrid, 1968, pp. 66-67).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
59
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
cieran, en ocasiones, el mandato real con algunas fechas de antelación y en muchas otras el mismo día. En el comunicado del Secretario de Despacho apreciamos una importante carga ideológica, con base al uso de la propaganda practicado por la facción felipista durante la guerra. Reputa al soberano de monarca soldado, destacando su valentía por encabezar el ataque contra la Corona de Aragón y el obligado castigo de los rebeldes e invasores, al tiempo que lo proclama protector de la iglesia y la religión, pues subraya la existencia en la coalición aliada de fuerzas herejes, aludiendo de este modo a la participación de Inglaterra y Holanda en el conflicto. Villadarias cumpliría el encargo expidiendo la correspondiente circular el día 13, pero no se limitó a reenviar la carta de Grimaldo sino que ya dictó las primeras instrucciones orientadas a la materialización de la disposición gubernamental: establece el Puerto de Santa María como plaza de armas para la concentración de la nobleza bética15. Y, con data en dicha población, a 24 de febrero, la fijaba para el 15 de marzo, recordando a su vez que el emplazamiento continuaba siendo el previsto16. En cuanto la mencionada correspondencia se presenta en los diferentes ayuntamientos se acuerda inmediatamente, tras el preceptivo acatamiento, su pregón a través de bandos en las plazas principales -conforme señalaba la costumbre- y en las villas y lugares de sus respectivas jurisdicciones, a fin de difundir la orden de Felipe V entre el conjunto de la nobleza. Durante la segunda mitad del mes de febrero se desarrollarán las pertinentes sesiones capitulares. Según hemos podido comprobar -siempre en función de las poblaciones analizadas- la corporación antequerana, en el instante de tener constancia de la llegada del despacho regio, justo una semana después de su emisión, se reunía a las seis de la tarde, y procedía a su lectura. Si bien sus miembros solicitaban al corregidor el aplazamiento del debate sobre las medidas a tomar hasta la jornada siguiente y la convocatoria a cabildo pleno17. El mismo día en que los munícipes antequeranos acudían a la citación, el corregidor de Carmona informaba al consistorio de la recepción del mandamiento real la fecha anterior, y el alcalde mayor de Málaga hacía lo propio en el ayuntamiento malagueño, donde se concertaba (tan) solo la publicación, efectuada en la urbe ese día18. Curiosamente, la carta del marqués de Villadarias en la que adjuntaba la de Grimaldo no se pondría en conocimiento de las autoridades malagueñas hasta casi finales de mes, el día 26, cuando en otros concejos se realizaba la exposición de todos los documentos aludidos en la misma junta capitu-
15. A.M.S., Sección V, tomo 245, documento 37, s.f. A.M.C., legajo 568, fol. 1 Ir. A.M.J.F., tomo 85, fol. 760v. Cabildo: 18 de febrero de 1706. A.M.M., A.C., n" 111, fols. 67r-v. Cabildo: 15 de febrero de 1706. A.M.A., libro 16, fols. 17v-18r. Cabildo: 27 de febrero de 1706. 16. A.M.S., Sección X, tomo 7, Ia Escribanía, s.f. Cabildo: 8 de marzo de 1706.A.M.C, legajo 568, fols. 16r17r. A.M.J.F., tomo 85, fols. 768v-769r. Cabildo: 4 de marzo de 1706. A.M.M., A.C., n" 111, fols. 85r-v. 17. A.H.M.A., A.C., libro 1700, s.f. Cabildo: 14 de febrero de 1706. I8.A.M.C, legajo 568, fols. 2v y 5r-v. A.M.M., A.C., n° 111, fols. 67r-69r. Cabildo: 15 de febrero de 1706.
60
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
lar, caso de Sevilla y Jerez de la Frontera, el 18 de febrero19. No debemos identificar necesariamente la fecha de entrega del correo al representante regio con su notificación al consistorio. Podían surgir multitud de circunstancias para que esta última no se verificase ese día, sino en jornadas posteriores. Evidentemente, en aquellos municipios dependientes de las capitales de reino en referencia a la divulgación de las órdenes de la Corona u otras instancias o autoridades a los que no se les anunciaban a título individual, la transmisión se demoraba aún unas fechas más, si bien los delegados regios actuaban, por lo regular, con bastante diligencia: Osuna recibió la carta del asistente de Sevilla comunicándole el mandato del soberano el 21 de febrero; Arcos de la Frontera, dos fechas después; en el área jiennense, el cabildo de Alcalá la Real daba cuenta de la circular de Villadarias el día 25, y, por ejemplo, en la cordobesa el corregidor Salcedo, esa misma jornada, prevenía a Baena del real despacho20. Por su parte, la misiva de Villadarias en que indicaba la fecha de la concentración sería examinada por los distintos ayuntamientos en los primeros días de marzo21. Más adelante trataremos con mayor detenimiento de cómo se acogió la convocatoria en los cabildos y por la nobleza de cada distrito; en ningún caso comparable a la vivida en 1702 con motivo del ataque al litoral gaditano. La documentación está llena de excusas y lamentos para eludir el llamamiento22. Andalucía no fue el único territorio en que se plantea esta intervención. Con objeto de la defensa de Badajoz, un emplazamiento similar se promoverá también en Extremadura meses después -en abril-, siendo el Marqués de Bay, Capitán General de la provincia y del ejército de la zona, el responsable de instar el servicio de los hijosdalgos y de todos los hombres de más de 15 años capaces de tomar las armas. Así, el 28 de junio se pasaba lista en la ciudad de Mérida a los 47 hidalgos que se presentaron al requerimiento, junto a otros 22 de la urbe precitada23. Y tampoco 1706 inauguraba la puesta en marcha de este tipo de procedimiento. Desde el inicio de la contienda ya se había emprendido en dos ocasiones: en 1702 ante el ataque a Cádiz por la flota angloholandesa, del cual comentamos, páginas atrás, la favorable respuesta nobiliaria, y en 1704, cuya demanda originó un serio conflicto de competencias, que la Corona en 1706 tendrá mucho cuidado en impedir, pues desembocó en la anulación del llama-
19. A.M.M., A.C., n° 111, fols. 72r-75r. Cabildo: 26 de febrero de 1706. A.M.S., Sección X, tomo 7, 1" Escribanía, s.f. Cabildo: 18 de febrero de 1706. A.M.J.F., tomo 85, fols. 758r y ss. Cabildo: 18 de febrero de 1706. 20. Archivo Municipal de Osuna (A.M.O.), A.C., sig. 35,fol. 26r. Cabildo: 21 de febrero de 1706. DELGADO Y ORELLANA, J. A.: Op. cit., pp. 66-67. MURCIA CANO, M." T.: Supra, pp. 772-773. CALVO POYATO, J.:
Guerra de Sucesión en Andalucía..., p. 103. 21. A.M.S., Sección X, tomo 7, 1a Escribanía, s.f. Cabildo: 8 de marzo de 1706. A.M.C, legajo 568, fols. 16r17r, y A.C., libro 129, s.f. Cabildo: 3 de marzo de 1706. A.M.J.F., tomo 85, fols. 768v-769r. Cabildo: 4 de marzo de 1706. A.M.M., A.C., n° 111, fols. 83v-84r y 85r-86v. Cabildo: 9 de marzo de 1706. A.M.A., A.C., libro 16, fol. 18r. Cabildo: 8 de marzo de 1706. 22. CALVO POYATO, J.: «LOS ayuntamientos...», p. 720.
23. LAVADO RODRÍGUEZ, Fabián: «La Guerra de Sucesión en Mérida (1701-1715)», Mérida. Ciudad y Patrimonio. Revista de Arqueología, Arte y Urbanismo, n° 3, Mérida, 1999, p. 132.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
61
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
miento. La polémica estribó en la postergación del Consejo de Castilla por parte del marqués de Canales, Secretario del Despacho Universal, a la hora de su determinación, quien se escudará en la perentoriedad de la situación y en haber seguido la fórmula de los ejecutados por Felipe IV en 1638 y 1649. El Consejo de Castilla decretó la suspensión y Felipe V, ante la contingencia de un problema mayor, se plegó al dictamen, pese a las protestas de sus funcionarios24. 2. LA CONSTRUCCIÓN DEL DISCURSO: LA FIGURA DEL REY Y LA «CRUZADA CONTRA LOS HEREJES» En estos momentos el lenguaje político adoptaba un claro carácter providencialista. Así, el discurso de fidelidad y lealtad al Borbón se sacraliza. Se convierte al monarca en el «candidato de Dios», en protector de la causa divina, por ello todo aquel que se opusiera cometía, a la vez, traición y pecado mortal. Se construye una imagen idealizada de Felipe V, combinando la legitimidad dinástica con la defensa de la ortodoxia católica. La lucha se identificó con el amparo de la religión, a modo de cruzada, frente a la amenaza de los herejes ingleses y holandeses, protestantes aliados del católico archiduque de Austria, cuya pertenencia a la Iglesia de Roma junto a la de muchos de sus partidarios caerá en el olvido y se extenderá el calificativo de hereje al conjunto de la facción. Por tanto, no es de extrañar que estos argumentos alcanzaran gran circulación en una sociedad tan altamente confesionalizada como la castellana25. Además los continuos relatos de sacrilegios, violaciones, ventas de piezas religiosas y otras acciones vandálicas en lugares y con objetos de culto -algunos realmente se produjeron-, exacerbaron los ánimos en aras de esa idiosincrasia confesional, con que se quería dotar a la guerra, ajena por completo a su génesis y fundamentos. De dicha exaltación, hábilmente dirigida por los felipistas, existen infinidad de pruebas. De forma meramente ilustrativa señalamos dos intervenciones de los representantes regios de Sevilla y Córdoba. El asistente de la capital hispalense advierte de la innegable necesidad de la «defensa de nuestra Sagrada Religión y destos Reynos acometidos de tan furioso tropel de enemigos»26. Por su parte, el corregidor Salcedo poquísimas veces omite en sus alocuciones proclamar la naturaleza sagrada de la contienda y la conducta anticatólica de los aliados27. Y a nivel gubernamental no tenemos más que evocar la carta de Grimaldo en que comunicaba a las diferentes ciudades andaluzas la marcha del soberano a la campaña aragonesa: ...disponiéndose Su Magestad a esta jornada con gran número de tropas y con el loable fin de mantener y defender sus buenos vasallos y, sobre todo, la yglesia y la reli-
24. CASTRO, C. de: Supra, p. 90. DOMÍNGUEZ ORTIZ, A.: «La movilización de la nobleza castellana en 1640», Anuario de Historia del Derecho Español, n° 25, Madrid, 1955, pp. 799-823. 25. GUILLAMÓN ÁLVAREZ, F. J. y MUÑOZ RODRÍGUEZ, J. D.: Supra, p. 517. Cfr. VICENT LÓPEZ, I. M.: «El
discurso de la fidelidad...», pp. 61-82, y «La cultura política...», pp. 217-244. 26. A.M.S., Sección X, tomo 7, 1" escribanía, s.f. Cabildo: 8 de marzo de 1706. 27. CALVO POYATO, J.: Guerra de Sucesión en Andalucía..., p. 109.
62
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
jión, que con ymponderable católicos...2S.
dolor se ve auatida y vltrqjada de herejes en domonios
tan
La propaganda borbónica igualmente se esforzó en presentar a un Felipe V infatigable y guerrero. La caída de Madrid en 1706 y el desplazamiento de la corte a Burgos indujo a plantear al monarca la posibilidad de su traslado a Andalucía, lo cual rechazaría categóricamente: «No. Yo quiero pelear y sepultarme bajo la ruina de mi trono» 29 . Varios relatos de sucesos de estos años incidían en esa imagen de rey «incansable» y «batallador». En un impreso de 1707 sobre los acontecimientos del año anterior se recoge: Siete años ha que le tenemos aquí, en los quales apenas se desmontó del caballo, andando el más del tiempo en las campañas en verano y en invierno, sin que el sol, agua, nieve y frío hayan logrado hasta ahora inmutarle el semblante, por más que se revistan de su ceño, visitando todos los días las líneas y filas de sus soldados, hablando con ellos, oyéndoles sus quexas con una paciencia inmensa, sin hostigarle de nada, premiándoles y haziéndoles justicia, según halla que conviene3". 3. LA NOBLEZA: ESPEJO DE VIRTUDES. POSICIÓN DE LA NOBLEZA ANTE LA GUERRA: SU AFILIACIÓN A UNO U OTRO BANDO Domínguez Ortiz ha explicado en reiteradas ocasiones y de manera muy clara la pluralidad del concepto «nobleza». Divide el estamento en tres amplios sectores: en los extremos de la pirámide, los títulos y los simples hidalgos, haciendo especial énfasis en este último término, pues debemos recordar que todo noble, con independencia de su ubicación en el escalafón, era hidalgo; y en el centro se situaba el mal definido estrato de los caballeros, vocablo que había ido evolucionando hasta designar a una clase
28. Este fragmento pertenece a la misiva original enviada al concejo malagueño, cosida en sus libros capitulares (A.M.M., AC, n" 111, fols. 73r-v. Cabildo: 26 de febrero de 1706). Cfr. PEZZI CRISTÓBAL, R: «La utilización de la devoción popular en favor de un soberano», La Religiosidad Popular y Almería. Acias de las II Jornadas de Religiosidad Popular, Instituto de Estudios Almerienses, Diputación Provincial de Almería, 2001, pp. 111-119. 29. MATUTE Y GAVIRIA, J.: Anales eclesiásticos y seculares de la muy noble y muy leal ciudad de Sevilla, metrópoli de la Andalucía, que contienen las más principales memorias desde el año de 1701, en que empezó a reinar el rey D. Felipe V, hasta el de 1800, que concluyó con una horrorosa epidemia, continuación de los que formó D. Diego Ortiz de Zúñiga hasta el año de 1671 y siguió hasta el de 1700 D. Antonio M." Espinosa y Cárcel, tomo I, libro XIX, Guadalquivir, Sevilla, 1997, p. 47. 30. Carta y compendio historial de los sucesos más particulares de nuestra España y sus dominios, del año pasado de 1706, que escrivió en la Corte un fiel vassallo de Su Magestad, a instancias de un amigo suyo sevillano, que la quiere enviar a su correspondiente a Indias. Y otro, con pretexto de copiarla para el mismo efecto, la dio a la estampa, cuya verdad protesta, por si acaso le falta alguna formalidad de las que pide la impresión, que se sepa no es defecto del autor, porque no le passó por la imaginación escirivirla para este fin, en que se pone distinto cuidado, sobre averia entregado en borrador, quando sabe muy bien que es muy distinto lo que se puede escribir a un amigo, de lo que se da al público, y más dentro de España, Imprenta de la Lealtad, Sevilla, 1707, pp. 52-53. Citada por GONZÁLEZ CRUZ, D Supra, pp. 69-70, nota 152.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
63
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
media nobiliaria, por lo general urbana, componente de las oligarquías municipales y más o menos conectada con los «plebeyos ricos» dentro del más amplio sentido de tal expresión en el Antiguo Régimen31. El estado moderno necesitó en sus comienzos el apoyo nobiliario, pese a que su desarrollo se dirigía simultáneamente hacia el control público tanto del ciudadano común como de las élites, nobles o no. El noble español de finales del siglo XVII continuaba sumergido en gran medida en las viejas convicciones medievales: juramento de fidelidad, delito de rebeldía, príncipe natural; y ostentaba la preeminencia en la vida social y política. Probablemente ello devenga del predominio durante dicha centuria de los valores aristocráticos y de la mentalidad nobiliaria. Pero a finales del Setecientos era ya patente la crisis en el seno del estamento, en el que la nueva dinastía solo veía obstáculos para el desarrollo de una monarquía eficiente y con evidentes tintes proabsolutistas32. En Castilla, un porcentaje muy alto de la alta nobleza mostró una actitud no tanto hostil como recelosa e indiferente ante la entronización de la nueva dinastía, solo algunos se opusieron abiertamente; en cambio, la pequeña nobleza y la masa de caballeros e hidalgos apostaron por ella. Sin embargo, en la Corona de Aragón la nobleza titulada sufrió una división más aguda y, aunque en ciertos momentos se alinearon con el partido austracista, su apoyo mayoritario dimanó, en realidad, de las clases populares. El comportamiento de la alta nobleza castellana está vinculado a la postergación a que se halló sometida por Felipe V, en contraposición a la influencia decisiva desarrollada en el reinado precedente. El nieto de Luis XIV seguirá los consejos de su abuelo sobre el peligro de mantenerla en su antiguo status: únicamente se le permitió conservar las prerrogativas exteriores de su dignidad, siendo alejados de los asuntos políticos y de la administración de la monarquía. De ahí que Kamen hable de la profunda desilusión de la aristocracia castellana y de su gran resentimiento hacia el gobierno borbónico. Si el estallido del conflicto se cernía sobre Castilla, territorio de tradición estatal, de gobierno monárquico autoritario y centralista, la nobleza de la Corona de Aragón aún guardaba mayores recelos. Su proceder vendría determinada por su apuesta a favor de una mayor presencia e influencia de sus miembros en los órganos de la monarquía y en el escenario político, jugando a la vez el ascenso social un papel muy significativo. Estos factores pueden explicar su inclinación austracista. Junto a estas explicaciones de índole colectiva, en su calidad de grupo aristocrático, también han de valorarse las motivaciones de tipo personal, desde el servicio a la Corona en las instituciones de gobierno, alianzas y estrategias de parentesco hasta las tensiones y conflictos personales o familiares entre la élite de los diferentes reinos, y Kamen añadirá las lealtades familiares a este grupo de factores. Así, la neutralidad se erige en la postura mayoritaria
31. DOMÍNGUEZ ORTIZ, A.: «La nobleza en la España del siglo XVIII», Señores y campesinos en la Península Ibérica, siglos XVIII-XX, tomo 1: «Os señores da térra», Crítica, Barcelona, 1991, p. 6. 32. M\CZAK, A.: «La relación entre la nobleza y el Estado», Las élites del poder y la construcción del estado, Fondo de Cultura Económica, Madrid, 1997, p. 258. LEÓN SANZ, V.: «La nobleza austracista...», pp. 54-55. KAMEN, H.: La Guerra de Sucesión en España, 1700-1715, Grijalbo, Barcelona, 1974, p. 103.
64
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
dentro del estamento nobiliario. Hay que tener presente que el manifestarse al lado de uno u otro pretendiente implicaba un riesgo muy alto: estaba enjuego la pérdida o no de su poder e influencia. De ahí que se pueda hablar de hábil y prudente indecisión33. La mayor parte de la nobleza titulada andaluza servirá a Felipe V desde el inicio de la guerra. Andalucía y los diversos estados señoriales dispersos por su geografía, se convertirían en bastión y baluarte esenciales para que el Borbón superara los momentos críticos que viviría su causa en los años 1706 y 1710. Incluso llegando a producirse en 1706 un proceso de «unión defensiva» de todos los Reinos de Andalucía, ideado por el de Jaén. Podemos citar varios casos: el Duque de Osuna sería Capitán General de Andalucía (1706-1710), el Duque de Arcos, sería virrey de Valencia (1706), y el Duque de Sessa, embajador y presidente del Consejo de Indias (fallecido en 1709). El único caso contradictorio sería el de Luis de la Cerda, duque de Medinaceli, que llegando a ser virrey de Ñapóles terminó por tener profundas diferencias con el rey entre los años 1706-1707. Sería apresado en 1710, muriendo en prisión en Pamplona al año siguiente sin descendencia. En cuanto al conjunto de la sociedad, al obstruccionismo castellano resulta complicado encontrarle alguna coherencia, solo halla explicación en un pretendido sentimiento xenófobo o en una desesperante pasividad, rayana en lo patológico; mientras que en el alineamiento de los territorios aragonesas junto al archiduque existe una motivación mejor articulada: el foralismo y la protección de las libertades, junto a fundamentos económicos, en el caso catalán o la rebelión social en Valencia34. El principal esteriotipo medieval en relación con la nobleza presentaba a ésta ante todo como guerreros, defensores del reino, del príncipe y de la población, que se perpetúa en la Edad Moderna al encomendarle los estados la función militar, de modo que monopolizará prácticamente los cuadros del ejército, al que se siente vinculada por su concepto del honor. Pero en España se produce en el siglo XVII el «abandono de la vocación guerrera» por parte de este estamento. De aquí que los consejeros de Felipe V consideren muy necesaria la reforma de las fuerzas armadas y el atraer a la nobleza a un servicio que tendía a quedar reservado a los mercenarios. Un decreto de febrero de 1704, resumido en una cédula del 8 de noviembre de 1704, abolió el nombre de tercio y lo sustituyó por el de regimiento, además éstos nacían con una vocación «pedagógica»: escuela de la nobleza. Mas los frutos de esta política tardaron en madurar. De hecho, 33. DOMÍNGUEZ ORTÍZ, A.: Sociedad y Estado...,pp. 40-41. LEÓN SANZ, V: Entre Austrias y Bortones..., p. 191, y «Lanoblezaaustracista...», pp. 54-56 y 60. KAMEN, H.: Op. cit.,p. 108. CHIQUILLO PÉREZ, J.A.: «La nobleza austracista en la Guerra de Sucesión. Algunas hipótesis sobre su participación», Estudis. Revista de Historia Moderna, n° 17, Valencia, 1991, pp. 133-134. Cfr. MOLAS RIBALTA, R: «Dinastías nobiliarias y guerra de sucesión española», El cambio dinástico y sus repercusiones en la España del siglo XVIU. Homenaje al Dr. Luis Coronas Tejada, Universidad y Diputación Provincial de Jaén, 2000, pp. 291-305. 34. VICENT LÓPEZ, I. M.: «Felipe V y la Monarquía Católica durante la Guerra de Sucesión: una cuestión de «estilo», Espacio, Tiempo y Forma. Historia Moderna, n° 7-H, Madrid, 1994, pp. 400-401. VILAR, R: Cataluña en la España moderna. Investigaciones sobre los fundamentos económicos de las estructuras nacionales, t. 1, Crítica, Barcelona, 1978, pp. 456-458.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
65
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
durante la Guerra de Sucesión la Corona tuvo que seguir confiando militares extranjeros, procedentes, en especial, de Flandes o Italia, sin contar el número de generales franceses. Los nobles debían servir en calidad de oficiales, si bien se les equiparaban a ellos «los que vivieren noblemente, aunque fueran hijos de comerciantes», lo que equivalía a igualar riqueza y nobleza, al menos hasta cierto punto35. Las ventajas de una milicia renovada y prestigiada irían, sobre todo, en beneficio de la nobleza, a la que se le reservaban los mejores puestos. De esta manera, los monarcas borbónicos, a la vez que creaban un ejército permanente, abrían para la nobleza una carrera profesional de grandes posibilidades36. De este modo, en 1704 se dio un paso más, entre muchas protestas, hacia el establecimiento del servicio militar obligatorio37. A los nobles se les ofrecían pensiones, ascensos y hábitos de órdenes militares, a los del estado general, «para que no tengan el desconsuelo de no poder aspirar a la nobleza» se les concedía que a los 20 años de servicio no fueran empadronados como pecheros38. Las clases privilegiadas estaban exentas de contribuciones, pero el rey apelaba a su rango pidiéndoles donativos voluntarios. Más la clase noble que había redimido la prestación de sus personas en la guerra por menguadas contribuciones, se resistía a colaborar ahora con donativos y, o bien pedía grandes favores a cambio o tenía la excusa de solicitar al rey que autorizase a desvincular alguna pieza de los mayorazgos, a lo que en todas las ocasiones se negó Felipe V. La actitud de los nobles puso en evidencia su ineficacia respecto a los intereses de la Corona y, como consecuencia, la necesidad de entrar sin más dilación en la reforma de la administración municipal39.
35. M\CZAK, A.: «La relación entre la nobleza y el Estado», Las élites del poder y la construcción del estado, Fondo de Cultura Económica, Madrid, 1997, p. 240. MORALES MOYA, A.: «Milicia y nobleza en el siglo XVIU (Apuntes para una sociología de las armas y de la nobleza en España)», Cuadernos de Historia Moderna,x? 9, Madrid, 1988,pp. 121 y 123. K.AMEN, H.: Supra, pp. 75 y 107-108. DOMÍNGUEZ ORTIZ, A.: La sociedad española en el siglo XVIII, Instituto Balines de Sociología, Madrid, 1955, p. 372. CEPEDA GÓMEZ, J.: «Servir al Rey y servir a la Nación. Ilustrados, liberales y el deber militar», Cuadernos de Historia Moderna, n° 16, Madrid, 1995, p. 140. 36. DOMÍNGUEZ ORTIZ, A.: «La nobleza en la España...», pp. 8-9. 37. CEPEDA GÓMEZ, J.: Supra, p. 143. 38. BELMONTE LÓPEZ-HUICI, M. C : Op. cit., p. 25.
39. A lo largo del siglo XVIII, con la incorporación de los diputados del común y síndico personero, se arrebatará a los nobles toda la posibilidad de autonomía en el ejercicio político. Cfr. CAMPESE GALLEGO, F. .1.: La representación del común en el ayuntamiento de Sevilla (1766-1 SOS), Universidad de Sevilla, 2006, y Los comuneros sevillanos del siglo XVIII. Estudio social, posopográfico y genealógico, Fabiola, Sevilla, 2006. MARINA BARBA, J.: Poder municipal y reforma en Granada durante el siglo XVIII, Universidad de Granada, 1992, pp. 108-199. BUSTOS RODRÍGUEZ, M.: «La representación popular en el Ayuntamiento gaditano del siglo XVIII: El primer Procurador Síndico Personero y los primeros Diputados del Común», Cades, n" 7, Cádiz, 1981, pp. 85-105. IRLES VICENTE, M. C : El régimen municipal valenciano en el siglo XVIII. Estudio institucional, Instituí de Cultura «Juan Gil-Albert» y Generalitat Valenciana, Alicante, 1996, pp. 211-224. LÓPEZ DÍAZ, M.: Oficios municipales de Santiago a mediados del siglo XVIII, Estudios Mindonienses, La Coruña, 1991, pp. 135-148. PORRES MARIJUÁN, M. R.: Gobierno y administración de la ciudad de Vitoria en la primera mitad del siglo XVIII (Aspectos institucionales, económicos y sociales), Diputación Foral, Vitoria, 1989, pp. 131-134. GuiLLAMÓN ÁLVAREZ, F. .1.: Las reformas de
66
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
El conflicto bélico se convirtió en una coyuntura propicia para colmar las aspiraciones de ascenso social de muchas personas, a través de muy diversas fórmulas, en su mayoría venales. Posibilitó a muchas personas alcanzar la hidalguía, gracias a la entrega de importantes donativos para los gastos bélicos. Así el ingreso en el estamento noble se ponía al alcance de personas con cierta riqueza; además el tiempo borraría de la memoria la procedencia de su honor, lo cual se aceleraba con un cambio de residencia. Sin embargo no toda la nobleza ni toda la burguesía tendrán la capacidad ni política ni económica para «escalar» y abrir esas nuevas puertas que se entreabrían. Sin duda la cercanía a los centros de decisión urbanos (ciudades y villas de cierto nivel), posibilitaba aprovechar la coyuntura del conflicto bélico para lograr una mejor promoción. La lejanía de ellos implicaba verse apartada de una promoción efectiva y de acceder a las recompensas tras la guerra. En cuanto a la reforma del poder local el gobierno felipista no la inició con la misma agresividad que había empleado en el poder central. No perdamos de vista que los grandes municipios constituían la fuente de hombres y recursos económicos necesarios para la contienda. El esfuerzo de la guerra, por tanto, dependía de la colaboración que el rey obtuviera de los municipios, siempre remisos en materias tan odiosas40. Por tanto el cabildo municipal se va a convertir en la institución básica para llevar a cabo el servicio, de ahí la pugna que van a mantener los corregidores con las distintas oligarquías locales que debían dar respuesta al mismo. En las ciudades cabeceras de los reinos, fue donde la nobleza más se inhibió del servicio, posiblemente por la fortaleza de sus oligarquías. En cambio sirvieron con gran rigor su papel transmisor, de hecho, presionaron sobre las ciudades y villas de sus respectivas jurisdicciones para que cumpliesen con el servicio, por supuesto, con mayor éxito que en sus propias ciudades. Ante la falta de reacción por parte de la nobleza, y la dilatación en su cumplimiento, la Corona arbitraría la posibilidad de que el noble que justificara su imposibilidad de realizar el servicio en persona, pudiera financiar y sustentar un soldado montado en su lugar, siendo valorado el mismo en 50 ducados41. La consulta de la documentación municipal refleja una desigual respuesta en el cumplimiento del servicio. Mientras que solo unas pocas localidades cumplen en tiempo y forma con lo solicitado, la mayoría no lo hace. Las actas capitulares reflejan la «tibieza», la «dejadez» y la «dilación» que presentaba su ejecución; eternizándose su cumplimiento en el tiempo, de manera desesperante para los corregidores, principales interesados en concluirlo. Si la nobleza como tal se hubiera comportado según los esquemas antiguos, hubiera sido difícil el triunfo de los Borbones y el absolutismo no hubiera sido viable42.
la administración local durante el reinado de Carlos III (Un estudio sobre dos reformas administrativas de Carlos III), Instituto de Estudios de Administración Local, Madrid, 1980, pp. 25-262. 40. BELMONTE Lól'EZ-Huici, M. C : Supra, p. 23. 41. CALVO POYATO, J.: Guerra de Sucesión en Andalucía..., p. 42. BÍLMONTE LÓPEZ-HUICI, M. C : Op. cit., p. 28.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
67
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
4. EL REINO DE SEVILLA Desde la recepción y acatamiento en el consistorio hispalense del real despacho y la carta de Villadarias convocando a la nobleza en el Puerto de Santa María, el 18 de febrero, advertimos como sus libros capitulares guardan completo silencio sobre la reacción generada por dicha correspondencia hasta más de dos semanas después, ya en el mes de marzo. En el cabildo del día 8 el asistente plantea, con las pertinentes alusiones a la legitimidad de la causa felipista y a la ineluctable contribución de los caballeros sevillanos a la misma, la urgencia de paliar de algún modo la insolvencia manifiesta de aquellos, pues dicho déficit les impedía acudir al llamamiento regio. Se acuerda designar un pagador del ejército que suministre a los nobles que decidan unirse a las tropas de Villadarias paja y cebada para sus caballos durante el tiempo que se prolongara el servicio, y solicitar a la Corona la concesión de un arbitrio de 4 maravedíes en cada libra de carne y medio real en la arroba de vino43. Tras tomar estas resoluciones, la cuestión parece caer otra vez en el olvido. Hasta la sesión del 14 de abril, cuando se da lectura a una nueva misiva del Capitán General de Andalucía, datada diez fechas antes, en la que comunicaba la orden del monarca de proveer diariamente de dos raciones de pan y otras dos de cebada a todo noble que participara en la campaña «montado a cavallo» -gasto que, por supuesto, debía asumir el concejo- y, asimismo, demandaba el envío de una relación de los nobles con objeto de conocer quienes han respondido al mandato regio e informar de ello al soberano. Los munícipes establecieron diversas objeciones. El alférez mayor Lorenzo Ignacio de Ibarburu centraba su discurso en subrayar la implicación de la urbe, «haciendo sobre sus fuerzas la consignación al excudo por vía de subsidio», junto con otras muchas medidas, y, especialmente, en describir la precariedad económica y humana de la hidalguía hispalense. Recuerda el enorme costo que le había reportado su intervención en las cuatro campañas precedentes y pone particular énfasis en la muerte de gran número de sus miembros en el sitio de Gibraltar y en las campañas de Extremadura, zona donde, señala, se halla todavía un regimiento de caballería de la ciudad, que precisamente lleva su nombre -Regimiento de Sevilla-, además del desplazado al frente de Valencia, el Regimiento del Marqués de Pozoblanco, aunque éste último había sido levado de manera privada44. A tales circunstancias se sumaba el hecho de que una cifra significativa de nobles se encontraba destinada bien en la armada o en la administración de las Indias. También incidía sobre la seguridad de la propia urbe, amenazada por su cercanía a los puertos del litoral gaditano y onubense, expuestos continuamente a los ataques enemigos. La ausencia del grupo nobiliario la dejaría tan solo a expensas de sus habitantes y, por añadidura, a la enorme población de la capital se uniría la del resto de localidades vecinas en busca de refugio ante cualquier peligro. Pero rememora
43. A.M.S., Sección X, tomo 7, 1° escribanía, s.f. Cabildo: 8 de marzo de 1706. 44. Sobre el tema puede consultarse: HERNÁNDEZ NAVARRO, F. J.; GUTIÉRREZ NÚÑEZ, F. J.: «Orígenes y pri-
mera evolución de los Regimientos de caballería de Sevilla durante la Guerra de Sucesión (1702-1707)», Revista de Historia Militar, n° 97, Madrid, 2005, pp. 9-49.
68
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
como en 1702 Felipe V había eximido al citado estamento de acudir a la guerra, a fin de no quedar indefensa la ciudad. Por último, manifiesta el deber del municipio de colaborar a su vez, con independencia de la actuación nobiliaria, en la formación del ejército. De ahí, la necesidad de comprar caballos con el propósito de aprontar cuatro compañías de «a treinta cada una», utilizando para ello el «caudal que procediere del arbitrio consignado y que se havía de haver gastado en el subsidio del escudo». En lo tocante al listado reclamado el marqués de Villafranca explicaba que esclarecer quién poseía la calidad nobiliaria resultaba casi imposible: ...ser de tan gran poblazión no se puede dar punto fixo a la nominasión y separasión de casas y personas, y más quando fuera de los muchos Cavalleros notorios y casas concosidas están los demás vezinos en una quasi possesión de nobleza y que se componen de diferentes esferas y calidades de personas, que cada uno por sí considera45.
Si bien, el veinticuatro Bernardo de Ulloa sugería en el cabildo siguiente que, ante la inexistencia de padrones de distinción de nobleza, se aceptara por tal a toda persona a la que se devolviera «la blanca de la carne», siempre que perteneciera al capítulo o a orden militar, lo cual se aplicaría asimismo a sus descendientes. Sevilla, sin duda, presentaba un cuadro conflictivo, dado que la nobleza se dilucidaba más por la reputación y el reconocimiento que por constancia documental46. En cuanto al llamamiento de Carmona se conserva un expediente del proceso completo desarrollado en su consistorio, de gran interés por evidenciar las distintas trabas que hubo de rebatir el corregidor Barrera Saavedra en su intento de elaborar la nómina de hijosdalgos «potenciales» para el cumplimiento del servicio y la relación final de aquellos que lo prestarían de forma personal47. También se custodian expedientes similares en los archivos de Arcos y Jerez de la Frontera (Cádiz), Cabra (Córdoba) y Torredonjimeno (Jaén). El concejo de Carmona el mismo día en que acata el real despacho acuerda sacar del archivo los padrones y libretes de los vecinos seglares con objeto de confeccionar un listado de nobles; búsqueda gestionada de inmediato por el escribano municipal, de cuyo resultado daría cuenta al corregidor en pocas horas. La consulta del padrón, verificado en 1704, recogía un total de 82 nombres, entre ellos, por supuesto, los de las principales familias que copaban los oficios capitulares: Barba, Barrientos, Briones, Cansino, Caro, Quintanilla, Rodríguez de la Milla, Rueda, Tamariz, etc. Después de su examen el delgado regio convocaba a todos los registrados en su casa a las diez de la mañana de la fecha siguiente -16 de febrero-, a quienes se avisaría mediante cédulas personales con entrega en sus respectivas viviendas. A dicha reunión de los 82 requeridos tan solo acuden 57, a los cuales según llegan se les notificaba el contenido
45. A.M.S., Sección X, tomo 6, Ia escribanía, s.f. Cabildo: 14 de abril de 1706. 46. Ibídem. 47. A.M.C., legajo 568. Para evitar sucesivas e innecesarias reiteraciones hemos decidido no referenciar cada paso del expediente y únicamente indicar aquellas fuentes distintas que aparecen entrelazadas en el análisis del mismo.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
69
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
del mandamiento regio. Barrera Saavedra les alienta a realizar «acción tan gloriosa» en auxilio de la religión y de su propia patria, y en el acta se recoge la voz unánime de los presentes, declarando sus intenciones de obedecer el llamamiento. La ausencia de 25 hidalgos induce al alto magistrado a proyectar el día 17 nueva junta, a celebrar a las 4 de la tarde, en el mismo lugar y por idéntico medio que la anterior. Sin embargo, la asistencia se redujo aún más, comparecen únicamente 32 caballeros, a quienes se notifica la carta de Grimaldo y la decisión de Villadarias de designar El Puerto de Santa María plaza de armas, donde debía congregarse toda la nobleza andaluza. El desentendimiento de buena parte de los nobles impele al corregidor a enviarles y expresa e individualmente dicha información. Dos semanas después, en el cabildo de 3 de marzo, tras comunicar haber recibido nueva carta del Capitán General de Andalucía, fijando el día 15 de marzo como plazo para la concentración de la nobleza en el enclave gaditano, Barrera aprovecha la ocasión para animar al cumplimiento del servicio48. Por la tarde se efectuaba una tercera reunión en su residencia, a la cual acudieron 14 caballeros, la mitad que la vez pasada, a quienes también notifica la misiva de Villadarias y repite su arenga sobre la participación personal en la campaña. Vuelve a redactar el escribano del ayuntamiento nómina de los ausentes y las cédulas pertinentes. La actitud de la nobleza carmonense constituye un buen ejemplo de la frecuencia con que se retrasaba la ejecución de las órdenes emitidas: habían transcurrido dos meses y continuaba sin resolverse nada. Barrera, probablemente hastiado de no lograr respuesta positiva alguna, va a limitarse a determinar el 7 de abril mediante auto la difusión y publicación en los lugares preceptivos del comunicado de Villadarias sobre la disposición regia de aportar pan y cebada al hidalgo que intervenga en la guerra y la obligación de reportar una relación de nobles. En el cabildo de 19 de abril se reconoce que aún no han partido lo caballeros carmonenses con destino al Puerto49. El corregidor escribía el día 27 al presidente del Consejo de Castilla doliéndose de la pasividad de la nobleza de su jurisdicción. Ronquillo se limitó a apremiarlo instándole a utilizar todos los medios a su alcance, a fin de que aquella se alistase igual que había ocurrido en la mayoría de poblaciones. Barrera y Saavedra dicta el 9 de mayo otro auto con reiteración del pregón, donde se entreve su desesperanza al no lograr la prestación personal de los hijosdalgos, pese a sus esfuerzos, pues incluso va «buscándolos de propósito en las combersaziones y sitios donde concurren». Por fin, el 14 de mayo se presentan 6 nobles, todos familiares de los regidores Gonzalo Cansino y Pedro Nieto de Morales. Juan de Guzmán y Antonio Cansino Barrasa eran yerno e hijo del primero y Bartolomé Nieto de Morales, hijo, Marcos Cansino Nieto, nieto, y Antonio Eugenio y Juan Berrugo de Morales, sobrinos del segundo, quien quedaba «con la mortificación de no poderles acompañar por su mucha edad y achaques»50. Dichos caballeros entregan al corregidor un memo-
48. A.M.C., A.C., libro 129, s.f. Cabildo: 3 de marzo de 1706. 49. A.M.C., A.C., libro 129, s.f. Cabildo: 19 de abril de 1706. 50. A.M.C., A.C., libro 129, s.f. Cabildo: 14 de mayo de 1706.
70
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
rial, confirmando su decisión de asumir el servicio como vasallos de su señor natural e «hijosdalgos notorios de sangre» y en el que le solicitan les diera relación de las órdenes recibidas y testimonio de haber sido citados en calidad de nobles. Ecija, otra de las ciudades de realengo de la circunscripción sevillana, mostró una actitud similar de reticencia a la hora de concurrir al llamamiento. En la sesión del 18 de marzo, sus 17 regidores discuten sobre ello y concluyen que si acudieran al Puerto el gobierno de la urbe quedaría en manos únicamente de 5 de sus miembros, con los inconvenientes y riesgos que ello reportaría. A cambio de no intervenir ofrecen 7 caballos (2 montados), 500 ducados, 150 fanegas de cebada, 2 pistolas, 2 bolsas, y la promesa de presentarse dos hijos y un sobrino de capitulares. Tan solo dos regidores quisieron cumplir el servicio de forma personal, los quince restantes adujeron edad avanzada, enfermedades y carencia de medios, eso sí, declarando la gran pesadumbre que les producía el no poder atender dicho requerimiento51. Entre las villas de señorío, el ayuntamientos de Osuna, cabecera de las posesiones andaluzas de los Téllez Girón, tras ordenar la publicación, en el cabildo de 21 de febrero, de la carta del asistente de Sevilla en que notifica la disposición regia de alistamiento de la nobleza, el asunto parece quedar congelado y hasta un mes después, en la reunión del 26 de marzo, no se nombran diputados para confeccionar la relación de nobles que prestarán servicio: el corregidor José Clavijo y los alcaldes ordinarios Juan Vicente Tamayo de Oliva y Tomás Romero Ponce; y se indica «que el real ánimo, no es gravar a los de mucha edad, y a los que se hallen imposibilitados por falta de medios achaques o enfermedad para que conste así de los que van como de los que han ido y de los que por edad crecida, pocos medios, achaques o enfermedad no pueden ir». Los primeros inscritos fueron Pedro de Ayala y sus sobrinos Gonzalo y Juan de Ayala, además de Francisco de Aguirre, «voluntarios en la invasión del Puerto y en el cordón de Gibraltar»52. En el caso de Morón de la Frontera apenas tenemos datos de los nobles que obedecieron el llamamiento, tan solo sabemos que en la sesión de 3 de mayo de 1706, Alonso José de Auñón pedía que constara en los libros capitulares que sus hijos Andrés Jerónimo y Martín, habían acudido, saliendo de la villa el 22 de abril «montados a cavallo, equipados de lo nesesario, junto con sus dos criados, a cavallos y otros dos cavallos a la mano y con sus reposteros y otros dos con sus cajones»53. Este tipo de certificaciones apenas se han conservado, pero tuvieron que ser frecuente en la época a fin de acreditar los servicios personales. La proximidad de Jerez de la Frontera al Puerto de Santa María decide a Villadarias a ordenar a la nobleza de la localidad permanecer, en principio, en sus casas. Los munícipes jerezanos buscaron entre la documentación conservada en su archivo las órdenes
51. CALVO POYATO, J.: «La Guerra de Sucesión en Écija»..., p. 65.
52. A.M.O., A.C., sig. 35. fols. 26r, 32v y 36r-36v. Cabildos: 21 de febrero y 26 de marzo del706. Agradecemos a D. Francisco Ledesma Gámez, archivero de la citada institución su colaboración en el presente trabajo, al ofrecemos gentilmente los datos relativos a la localidad ursaonense, al sernos imposible su consulta in situ. 53. Archivo Histórico Municipal de Morón de la Frontera, A.C., libro 34. Cabildo: de 3 de mayo de 1706.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
71
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
dictadas en 1641 y 1642 con objeto de la movilización de la hidalguía provocada por la guerra con Portugal. Prácticamente hasta mediados de marzo el Capitán General de Andalucía no solicita la nómina de hidalgos que participarán en las operaciones, si bien especifica «no habla esto con aquellos que tubieren imposibilidad o por su falta de medios, o por la precisa asistencia de sus empleos ni con aquellos que no se hallaren con forma de montar porque para la infantería no se aplicara esta clase déjente». Y un mes más tarde en el acta de la reunión del 17 de abril se registra como la nobleza está a punto de salir hacia el citado puerto54. En el ámbito gaditano, además de Jerez, también contribuyeron otras poblaciones: el Puerto de Santa María, con 15 hijosdalgos, Sanlúcar de Barrameda con 13, Medina Sidonia con 12, Tarifa con 5 y con tan solo uno, Jimena, Tarifa y Villamartín. En Arcos de la Frontera, el 23 de febrero, se diputa al corregidor José Manglano y a los regidores Pedro Andino Bohórquez y Juan López Maldonado para asistir al registro de la nobleza. El llamamiento se pregona por los lugares acostumbrados con «caxas de guerra», fijando el plazo de presentación al cabo de tres días. Solo se incorporarán a las fuerzas reales cinco hijosdalgos. Bajo el mando de uno de ellos, Juan de Cuenca Farfán -capitán de caballos y caballero de Santiago- abandonan la ciudad el 1 de mayo los 40 soldados montados, sufragados por el resto de nobles. En Bornos la hidalguía no contribuye personalmente, sino con 3 caballos armados, equipados y montados, financiados por Juan Tomás Carrasco (mayor de 60 años), José Antonio Muñoz y Francisco Tomás Muñoz, quien asegura encontrarse enfermo55. En Tarifa volvemos a advertir tibieza entre la nobleza. En el consistorio los regidores intentan excusar semejante indeferencia en la gran carestía de recursos económicos a consecuencia del socorro prestado a la plaza de Ceuta y en la necesidad de participar en la defensa de la propia localidad y sus costas. Idéntico argumento de priorizar la seguridad de la zona esgrimirán, como veremos, los malagueños. Finalmente, el 26 de abril comparecen cinco caballeros tarifeños con sus caballos y armas decididos a colaborar en la campaña: el regidor Bartolomé Moreno y Valdés, Antonio de Lara y Borjas, Francisco Doncel Moriano y Valdés, Carlos Daza y Mendoza y Francisco Doncel Moriano. De todas formas, todavía en agosto se presenta uno más, Bernardo de Mendoza y Morales, achacando su demora a haber estado postrado a causa de las tercianas, aunque parece que al final no marchó al frente56. 5. EL RETNO DE CÓRDOBA La nobleza cordobesa, desde un principio, se adhería al partido borbónico, pero también sin excesivo entusiasmo. Alfiny al cabo reputaban muy positivos los cambios operados en la administración central, dado que la política de alejamiento de los gran-
54. A.H.M.J.F., A.C., libro 85, fols. 762v, 766r, 771r, 773r y 791r-792r. Cabildos: 20 de febrero y 1, 4, 8 y 15 de marzo y 17 de abril de 1706. 55. EELGADO Y ORELLANA, J. A.: Op. cit., pp. 79-80. RICHARTE GARCÍA, M." J. (ed.): Obra selecta de
Miguel Mancheño y Olivares, vol. 1, Universidad de Cádiz, 2002, pp. 187-188. 56. S\RRIÁ MUÑOZ, A.: Op. cit., p. 322.
72
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
des57 les despejaba las posibilidades de medrar en aquella y, por otra parte, se sentían afianzados en el gobierno concejil gracias a los derechos adquiridos. Además los lazos que vinculaban a los aristócratas con los núcleos cordobeses que pertenecen a sus títulos, se reducían meramente a los representativos. El poder municipal lo regentaba un sector nobiliario, calificado por determinados autores de «segunda categoría», cuya relevancia era eminentemente local. Lo integraban algunos títulos, señores de villas, de heredades o de aldeas cercanas, que completaban los ingresos de sus mayorazgos con el disfrute de oficios en el ayuntamiento. Según el censo de la nobleza elaborado en 1706, a consecuencia de la convocatoria regia de alistamiento, ésta alcanzaba un total de 327 miembros. No parece probable que se produjesen ocultaciones importantes, pues ello significaría la renuncia a sus privilegios. Los nombres y apellidos que aparecen en este padrón (Fernández de Córdoba, Guzmán, Saavedra, Fajardo, Venegas, etc.) están asociados a las familias cordobesas de mayor abolengo por cierto grado de parentesco, sin duda más lejano de lo que desearían, pero el suficiente para permitirles en ocasiones convertirse en los herederos de esas grandes casas, debido a la denominada por Domínguez Ortiz «escasa potencia biológica de la alta nobleza»58. Si a esta eventualidad se le suman los enlaces matrimoniales y, evidentemente, el controlar los resortes del poder municipal, esta nobleza media poseía los sistemas más eficaces y directos para una rápida promoción. Las fuentes distinguen dentro del grupo solo dos categorías, hijosdalgos e hijosdalgos notorios, incluyendo los títulos en el último. Hijosdalgos notorios eran aquellos nobles de sangre, de linaje y solar conocido, a gran distancia en la estimación social de los simples hijosdalgos y más aún de los hidalgos de prestigio. Únicamente ellos podían acceder a los cargos con voz y voto en cabildo, de hecho, la mitad ejercían alguna manera de veinticuatría, bien en propiedad o por designación de otros titulares. Y el resto, en su mayoría, mantenía vínculos de primer o segundo grado con los precitados (padres, hijos o hermanos). Por ende, según afirma Belmonte López-Huici, todas las familias notorias residentes en Córdoba tenían al menos un miembro en la corporación civil. De los 327 nobles censados tan solo 14 estuvieron dispuestos a la prestación personal, de ellos exclusivamente 3 pertenecían a los hijosdalgos notorios -dos de los cuales desempeñaban regidurías en la capital-, los otros 11 son simples hidalgos. Los pretextos, falsos o verdaderos, van a ser de todo tipo, desde la vejez y la pobreza -los más reiterados- hasta los relativos a la salud o diversos achaques: ser manco, ciego, escupir sangre por la boca o padecer «dificultad en sendas partes, que les impiden montar a caballos»59. Ante la exigüidad del éxito en la capital, el corregidor Francisco Antonio de Salcedo y Aguirre en su incansable actividad en pro de los intereses de Felipe V, presiona al resto de municipios cordobeses para que defiendan y apoyen la legitimidad de
57. Cfr. KAMEN, H.: Supra, p. 104. 58. DOMÍNGUEZ ORTÍZ, A.: Sociedad y Estado..., pp. 345 y 348-349. BELMONTE LÓPEZ-HUICI, M.C.: Op.
cit., pp. 21-23. 59. EELMONTE LÓPEZ-HUICI, M.C.: Supra, pp. 21-25.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
73
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
su causa y asuman la obligación de colaborar en la derrota del archiduque medíante la total aquiescencia a las peticiones de hombres y dinero que recibían. Cuando la persuasión falló no se arredró y empleó modos más expeditivos, incluso llegando, en algún momento, a materializar sus amenazas. De hecho, a las justicias locales se les acusó a veces de poco celo, pese a que trataron de hacer cumplir en todo punto las instrucciones que se les remitían60. De los 42 nobles egabrenses convocados, 17 atendieron al llamamiento; los restantes alegaron excusas basadas fundamentalmente en la elevada edad y la mala salud o en la conjunción de ambos factores. Persiguieron subsanar su negativa con la aportación de numerario, si bien, en la mayoría de los casos, la cuantía no sobrepasó el costo de un montado, ascendiendo al final a 9.050 reales y 4 montados. En Lucena las actas de los cabildos de 10, 11, 15 y 24 de marzo recogen la anuencia de 113 nobles, pero de ellos únicamente 36 acabarían dirigiéndose al puerto gaditano. En Aguilar de la Frontera la nobleza local respondió con bastante rapidez, pues ya en el capítulo de 27 de febrero se anotaba la presencia de 27 caballeros; cifra que aun se incrementaría en abril ante la inclusión en el alistamiento de algunos que no se encontraban en la villa en dicha fecha. Y a primeros de mayo los munícipes acordaban que los que, en razón de sus oficios, no pudieran servir personalmente habrían de contribuir con 40 escudos cada uno. En Baena, a raíz de que un elevado número de nobles locales ofreciera una cantidad en metálico en sustitución de su desplazamiento al campo de batalla, argüyeron menguados recursos, se consultaba a Salcedo, quien no aceptaría la pretensión bajo ningún concepto. De un total de 43 convocados, solo 5 se comprometieron, mientras que el resto se disculpaba esgrimiendo causas relacionadas con la salud, la edad, el desempeño de cargos, hasta uno señalaba su condición de capellán. Pero a mediados de abril, cuando llega la orden desde Córdoba de marchar, todo se tradujo en vacilaciones. De los 5 caballeros dispuestos en principio parece que únicamente 3 están en realidad decididos, sin especificar lo acaecido con los otros 2, solo se alude a que algunos continuaban insistiendo en compensar la permanencia en sus hogares con caballos y dinero61. Se infiere, por tanto, de lo antedicho que la nobleza cordobesa en importante proporción eludió la prestación personal, sin embargo, indica Calvo Poyato «son numerosos los testimonios en que los mismos caballeros capitulares formaron cuadrillas para recorrer el término de su localidad en busca de mozos a los que «enrolar», incluso se llegó a acudir durante la noche a las casas de los vecinos que tenían hijos solteros para sorprenderles mientras dormían»62.
60. CALVO POYATO, J.: Guerra de Sucesión en Andalucía..., pp. 102 y 105. 61. CALVO POYATO, J.: Guerra de Sucesión en Andalucía..., pp. 102-104. 62. ídem, p. 106.
74
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
6. EL REINO DE JAÉN La cuestión del llamamiento se abordó en el concejo jiennense en su sesión de 22 de marzo, es decir, con bastante retraso en comparación con el resto de Andalucía63. Una vez dilucidado el listado de nobles, surgen los consabidos pretextos (ancianidad, enfermedad, pobreza). Si bien, la referencia a la falta de caudales adquirirá un explícito matiz ejemplarizante: adujeron que al no poder mantener el «lustre» conveniente a una ciudad cabecera de reino, lo cual iría en su particular detrimento y desdoro, quedaría invalidado su papel de digno paradigma ante las otras ciudades y villas64. Tan solo 10 caballeros asumieron la obligación en persona, casualmente aquellos con menor nivel adquisitivo, probablemente motivados por el deseo de obtener ingresos extras y ciertos privilegios o mercedes, en recompensa a su participación directa65. Al mes siguiente, en el cabildo de 16 de abril, se acuerda finalmente sostener 30 jinetes, cuyo reclutamiento significó un gasto de 13.601 reales para las arcas municipales, en un momento de graves dificultades66. En cambio, Contreras Gay afirma que la contribución consistió en 60 caballos montados y vestidos, formados en dos compañías bajo las órdenes de los capitanes Miguel Mesía de la Cerda y Pedro Moscoso. Al menos esto es lo que recoge en una de sus cartas el corregidor Pachecho de Padilla, con data de 19 de mayo67. Tras acatar el real despacho en la sesión del 11 de marzo el consistorio de Torredonjimeno determinaba su pronta difusión y el corregidor solicitaba, con objeto de agilizar la ejecución, la visita personal de los capitulares a todos los nobles de la localidad. Sin embargo, prácticamente un mes después, el cabildo de 8 de abril reconocía que, pese al empleo de todos los recursos a su alcance, incluso de manera «extrajudicial», el efecto final había sido nulo. Evidentemente, el principal problema radicaba en la exigüidad de medios de la mayoría de la nobleza, aunque precisaban: muchos caballeros están buscando cómo financiar y acometer el servicio, «unos a crédito y otros vendiendo lo que se comprase». Fijaron ocho días, a partir de esa fecha, de plazo máximo para la salida de la nobleza hacia el Puerto de Santa María. Nada cambia, la pasividad continúa. Concluido el lapso, en la reunión del día 22 se denunciaba que ninguno se había trasladado al área gaditana. Los hidalgos plantearon idénticas excusas a las de otros caballeros andaluces: ocupar cargos municipales y falta de salud y haberes. Ante el cariz que tomaban los acontecimientos, el corregidor de Jaén, al tiempo que máxima autoridad del Reino en esos momentos, intentaría presionar a la nobleza local con la amenaza de informar de su resistencia al presidente del Consejo de Castilla. Se resolvió tramitar un segundo aviso, con un periodo, esta vez, de tan solo 2
63. DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M.1': Supra, pp. 312-313. 64. CONTRERAS GAY,.i.: Op. cit., 2001, p. 23. BEL BRAVO, M. A.; CAÑADA HORNOS, M.J.; DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M"; MORAL TROYA, A. y RUEDA JÁNDULA, I.: Supra, pp. 143-146. 65. DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M.a: Op. cit., p. 313.
66. RODRÍGUEZ DE GRACIA, H.: «Fiscalidad de guerra en Jaén entre 1700-1715», Boletín del instituto de Estudios Giennenses, n° 154, Jaén, 1994, p. 214. 67. CONTRERAS GAY, J.: Supra, p. 23.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
75
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
fechas para preparar la marcha; igualmente se le recordaba el apercibimiento del cabildo anterior. Comparecieron de forma voluntaria únicamente 2 individuos: Gonzalo Pedro de Villalta y Rosal, hijo del caballero de Santiago Luis Matías de Villalta68, y Juan Antonio Neri y Villarreal, hijo de Juan Francisco Neri, Juez Conservador de la Mesa Maestral del partido de Martos y de la Orden de Calatrava y, asimismo, nieto de Vicente Francisco Neri, quien había participado en la campaña portuguesa entre 1649 y 1663. Otros seguían alegando el tema económico: Roque de Lara, Alonso de Guevara y Contreras, Andrés de la Moneda y Pedro Jerónimo Ponce Ubal. El padre de Alonso de Guevara ofrecerá afinde librarlo del requerimiento 100 reales y Ponce un caballo y 100 reales como ayuda para la silla y el equipo del montado. En vista de la escasa colaboración, Grimaldo comunicaba a Pacheco que goza de facultades para ajustar con cada hidalgo su aportación en caso de no intervenir en persona. De resultas, aquellos que se negaran a la prestación directa compensarían ésta con la financiación de los soldados montados. Opción por la que en Andújar se decidió gran parte de su hidalguía: sufragaron 2 compañías de caballos, lo cual les reportó, indudablemente, un fuerte desembolso. Si bien algunos de sus miembros se encaminarían hacia el Puerto a principios de abril. Al poco tiempo, en uno de los capítulos, varios clérigos, munícipes y personas distinguidas hicieron constar su deseo de que su voluntaria contribución y participación en el conflicto fuera equiparada, en reconocimiento y en la consideración de privilegiada, al servicio de la nobleza6'. En Baeza aparecerán inscritos en el llamamiento general a la hidalguía Cristóbal Francisco de Ochoa Galeote y Manuel José Benavides Pardo de la Casta, caballero de Alcántara70. 7. EL REINO DE GRANADA El 27 de febrero los ediles malagueños acudían a la sesión plenaria convocada en el cabildo del día anterior, con objeto de discutir la carta del marqués de Villadarias, donde señalaba el Puerto de Santa María plaza de armas para la concentración de la nobleza andaluza, y la misiva adjunta del Secretario de Despacho Grimaldo, fechada el 6 de ese mismo mes, que habían sido leídas en dicha reunión. Comprobada la correcta gestión de la citación, encomendada a los porteros, se plantea recordar al rey la especial situación geográfica de la ciudad: puerto de mar y enclave muy cercano a Gibraltar, en manos de los ingleses desde 17047'.
68. Fue el primer regidor nombrado por el estado noble en el año 1713, cargo que volvería a desempeñar en 1725, y por idéntica cualidad en 1721 alcalde de la Santa Hermandad noble (NICAS MORENO, Andrés: Heráldica y Genealogía en el Reino de Jaén, Instituto de Estudios Giennenses, Diputación Provincial de Jaén, 1997, pp. 341-342). 69. BEL BRAVO, M. A.; CAÑADA HORNOS, M. J.; DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M.4'; MORAL TROYA, A. y RUEDA JÁNDULA, I.: Op. cit., pp. 276-279. DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M.a: Supra, pp. 312-313 y 315-316.
70. En el año 1723 la ciudad de Baeza solicitaría a Felipe V que premiase los servicios militares desarrollados por Ochoa Galeote durante la Guerra de Sucesión (NICAS MORENO, A.: Op. cit., pp. 184-185). 71. A.M.M., A.C., n" 111, fols. 72r-75r y 80v-81r. Cabildos: 26 y 27 de febrero de 1706.
76
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
A primeros de marzo, con la llegada el día 8 de la orden de emplazamiento para el 15 se abre, en la jornada siguiente, con el consistorio convocado al completo, la discusión sobre la necesidad de la ciudad de verse liberada de la contribución nobiliaria. El regidor Luis Velázquez inicia la ronda de intervenciones. Después de solicitar la obligada remisión del mandato a las localidades de la jurisdicción y notificación de ello a Villadarias, demanda la inmediata comunicación al soberano de la urgente necesidad de destinarse a la ciudad tropas veteranas de infantería y caballería, afinde posibilitar su defensa «regular» en caso de ataque enemigo. La capital únicamente la custodian dos compañías de caballos «arregladas», incapaces de hacer frente a cualquier invasión, cuyo riesgo de producirse se agrava ante el hecho de ser la plaza más cercana a Gibraltar. Además es público y notorio el gran armamento preparado por el enemigo para hostilizar la zona mediterránea, avistándose siempre en Málaga tales armadas y haciendo «aguadas» en su circunscripción, tan solo a legua y media de la capital, sin haber gente para impedirlo. De ahí que, en virtud del elevado número de vecinos y las circunstancias antedichas, insta al cabildo envíe consulta al rey con lo referido en la primera posta. Martín de Heredia y Mújica se suma a la opinión de Velázquez y repite expresamente, después de requerir igualmente la remisión del mandato a las localidades de la jurisdicción y notificación de ello a Villadarias, las consideraciones del citado edil en referencia a la falta de gente para la defensa que, subraya, aún sería mayor si la nobleza abandonara la ciudad, «teniendo la seguridad para su custodia el braso principal que la adorne, que es de su noblesa, la qual a acalorado a los demás vecinos en todas las ocasiones que se han ofrecido tan continuas como la pasada de las armadas enemigas», junto a la gran amenaza que suponen el paso de las armadas enemigas y la proximidad con Gibraltar y la necesidad del envío de tropas. Si bien, va un paso más allá, pues prevé que en el supuesto de que no se reciba respuesta en el próximo correo que llegue se vuelva a repetir la consulta al rey, ponderando en ella el hecho de haber enfermado y fallecido 2.000 hombres -precisamente componentes de sus milicias- y el peligro a que se ve sometida la población ante lo «abierto» de su amplia vega, donde los enemigos pueden coger prisioneros sino hay tropas que lo impidan. Por último, recuerda que ésta no es la primera vez que se comunica al rey la situación de Málaga frente a los citados peligros, pues el año anterior ya lo habían denunciado, tal y como se registra en el libro capitular correspondiente. Por su parte, Baltasar de Coalla respalda todas las consideraciones realizadas por los dos ediles y subraya que si bien la nobleza se encuentra dispuesta para el servicio, se debe aguardar y ejecutar la resolución regia. De los otros 14 regidores presentes, 10 apoyarán a Luis Velázquez -entre los cuales, Fernando de Viana Tamayo solicita se haga la consulta a través del embajador de Francia- y 4 respaldarán a Baltasar de Coalla. El corregidor Gaspar Ramírez de Arellano y Guerrero, conde Peña Rubia, ordena el correspondiente aviso a la jurisdicción y notificación a Villadarias, así como la redacción de la consulta regia en los términos apuntados por Velázquez, quien se hará cargo de su redacción, en calidad de secretario de cartas de la ciudad, y que efectuará ese mismo día. Muy gráficamente resume las circunstancias en que se encuentra Málaga: «oi se hallan en el más miserable estado que jamás se ha visto». Achaca la cortedad de REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
77
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
medios a la falta de exacción de frutos y cosechas, además de a la muerte de muchos habitantes y emigración de otros hacia el interior, a causa de las epidemias padecidas. Describe la total indefensión de la población ante sus murallas «derrotadas y caídas» y la precariedad manifiesta de las fortalezas de la ciudad, la Alcazaba y Gibralfaro, en pésimas condiciones y con escasísima guarnición, que únicamente serían útiles en la defensa del litoral, pero no para la de su amplia vega, de más de tres leguas, por donde a los enemigos les resultaría fácil en demasía el acceso por no encontrar en ella oposición alguna: no hay trincheras ni gente a caballo o de infantería. Por otro lado, los vecinos de la vega pretenderán refugiarse en tan calamitosos recintos. En el caso de un ataque enemigo, éstos podrían ocuparlos y si los fortifican, con lo cercano de su emplazamiento a la playa, su expulsión resultaría casi imposible (como había ocurrido con Gibraltar) y «no habiendo tropas que se lo impidan se llorará después con lágrimas de sangre» y causaría «mucha mortificación para la cristiandad» y, particularmente, para los malagueños. No hay que olvidar que Málaga es «primera frontera» y desde Gibraltar no se tardarían más de 5 horas en llegar a la capital malagueña. La marina aliada siempre que se interna en aguas mediterráneas pasa a corta distancia de la costa malagueña y hacen «aguadas» a legua y media de sus arrabales, llevándose y quemando cuanto encuentran a su paso. El rey, como padre y señor natural, debe atender al «consuelo de estos vasallos» y enviar 2.000 veteranos y 500 caballos para interpolarlas con las escasas milicias de Málaga, a fin de realizar una defensa «regular», pues en la actualidad únicamente se hallan «arregladas» 2 compañías de caballos venidas de Oran hace más de un año, cuyos capitanes son Atanasio de Guzmán y el marqués de Villa Alegre. Recuerda además que ya el año pasado se dieron diferentes informes al rey sobre la precaria situación de Málaga y en ese tiempo aún se hallaban en Málaga algunas compañías francesas y cuatro de caballos del marqués de Sotoblanco n. Un mes más tarde se leía una misiva de Villadarias, fechada el 4 de abril, quien a instancias de la reina, oferta dos raciones de pan y otras dos de cebada diarias, a cada noble que permaneciera en El Puerto de Santa María, y requiere, por no haberlo todavía recibido, el envío de listado de los nobles que partan para el puerto gaditano a fin de que se les distinga de los que no lo hicieren. Al unísono, el corregidor dio noticia de la carta que había llegado del gobernador de Cádiz, también de 4 de abril, en la cual se le alerta de que por el Estrecho cruzan 50 navios enemigos. Ante semejante noticia, el capítulo resuelve consultar a la reina notificándole el aviso de Cádiz y rogando su auxilio en situación de tanto peligro como puerto marítimo inmediato a Gibraltar. También deciden escribir al presidente del Consejo de Castilla para que éste apoye su petición ante la reina y al marqués de Villadarias comunicándole tales resoluciones. Ambas cartas se encargarán al secretario de cartas Luis Velázquez73.
72. A.M.M., A.C., n° 111, fols. 86r-89v. Cabildo: 9 de marzo de 1706. Parte de dicha carta ha sido publicada por GÓMEZ MARÍN, R.: La iglesia de Málaga en la Guerra de Sucesión, Grafikas Ediciones, Almería, 1994, pp. 122-123, y anteriormente por CABRERA PABLOS, F. R.: El puerto de málaga a comienzos del siglo XVU1, Universidad de Málaga, 1986, pp. 200-201. 73.A.M.M.,A.C, n° 111, fols. 104v-106v. Cabildo: 12 de abril de 1706.
78
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
Finalmente la representación realizada ante el rey daría sus frutos. La noticia la recibía el concejo a través de Villadarias, quien, con data de 21 de abril y en respuesta a la carta que le había enviado, fechada ochos días antes, le comunica el plácet regio. De suerte que cesarán sus demandas respecto a la presencia en el Puerto de Santa María de la nobleza malagueña, pues la Corona ha decidido aplicar la nobleza del Reino de Granada a la defensa de Málaga y a la serranía de Motril, además de algunos dirigirse al Campo de Gibraltar. Por supuesto, no se hace ninguna referencia al envío de las ayudas reclamadas, suficiente que se hubiera excluido su servicio. En ese mismo cabildo se empezaron a tomar medidas de cara a una posible invasión por la costa, aún en la memoria colectiva estaba muy presente lo ocurrido en 170474. Ante un posible ataque, pues han «bajado a estos mares» las armadas de Holanda e Inglaterra, se nombran diputados de guerra, afinde que asistan al nuevo corregidor Fernando de Argote y Molina, a los siguientes regidores: Luis Velázquez Ángulo, Cristóbal de Vilches y Vargas, Martín de Heredia y Múxica y Juan de Vergara Guzmán. A los cuales se faculta para hacer uso de otros recursos económicos si el presupuesto destinado a las fortificaciones y otras partidas específicas, es decir, podrán valerse de «todos los efectos de propios y rentas de aruitrios, persebiendo y cobrando todo lo que deuen y debieren sus arrendadores, arrendando o administrándolas como más bien les pareciere». Asimismo, encargarán a los regidores Diego Pizarra y Francisco José Ordóñez, diputados de los pósitos nuevo y antiguo de la ciudad, que intenten mantener lo más estable posible los precios del trigo, y se continuarán designando diputados para los diferentes abastos75. En los meses siguientes Málaga vivirá a la expectativa de los acontecimientos, si bien su concejo no cejará en sus tentativas de mejorar la defensa de la urbe. El cabildo de Antequera, en sesión plenaria celebrada el 15 de febrero, había ordenado publicar el despacho regio. Se recuerda en una larga exposición la fidelidad, servicio y amor a la Corona de que siempre ha dado muestras la ciudad en los años precedentes, precisan: servicios en Melilla, Puerto de Santa María, campaña de Extremadura y sitio de Gibraltar, recurriendo incluso a las ventas de sus propios para la formación del regimiento y, además, en todo momento cumplen con su obligación principal: atender las peticiones de socorro recibidas desde la capital malagueña. Por todo ello solicitan al rey y al presidente del Consejo de Castilla la viabilidad de otra forma, alternativa, de contribución al esfuerzo bélico76. En el caso de la ciudad de Almería la orden de llamamiento de la nobleza, la abordó su consistorio en varias sesiones, a lo largo de los meses de febrero, marzo y abril. En la de 13 de marzo fueron designados diputados Diego Benavides y Pedro de Entrena Alemán, para asistir al señor corregidor en su casa, a la hora de registrar
74. PLASENCIA PEÑA, J. .1.: «La batalla de Málaga...», pp. 62-70. CABRERA PABLOS, F. R.: «La batalla
naval...», pp. 34-43; «La batalla naval de Málaga...», pp. 52-59, y «Avistamientos angloholandeses en la costa malagueña: 1700-1746», Actas del II Congreso Internacional «El Estrecho de Gibraltar», t. IV. Historia moderna, UNED, Madrid, 1995, pp. 415-428. 75. A.M.M., A.C., n" 111, fols. 116v-l 18v. Cabildo: 4 de mayo de 1706. 76. A.H.M.A., A.C., libro 1700. Cabildo: 15 de febrero de 1706.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
79
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
la nómina de nobles de la ciudad y regular el servicio77. En la sesión de 26 de abril se reconoce que la nobleza había reunido la cantidad de 1.000 fanegas de cebada y se cita la nómina de 10 hijosdalgos que se habían ofrecido a cumplir el servicio. Sin embargo, el único regidor apto para el alistamiento era Antonio Tamayo. El resto no alcanzaban la edad suficiente, la mayoría eran hijos o hermanos de los capitulares (Benavides, Castro, Marín, Palenzuela, etc.). Por su parte, el regidor Francisco Estrada entregó un caballo equipado. Algunos capitulares se excusaron: Pedro de Entrena alega tener que atender sus múltiples ocupaciones y cargos, mientras Diego de Benavides argumenta el «golpe de la muerte de su prima», sin duda una curiosísima excusa78. Los jóvenes alistados pasaron revista en la plaza del Juego de Cañas y salieron de Almería el 27 de abril. Según las órdenes recibidas del presidente de la Cnancillería de Granada y del corregidor alménense Cortos Navarro, debían marchar hasta Motril, luego a Málaga y de ahí al Puerto de Santa María. En Málaga debían de concentrarse en grupos de 30, eligiendo entre ellos un jefe de grupo, también se les suministrarían 2 raciones de pan y 2 de cebada diarias. Después de abortarse la expedición y el servicio de la nobleza del Reino de Granada en el puerto gaditano, los jóvenes deambularon durante un mes por la geografía andaluza y regresaron dando un «pésimo ejemplo» al vecindario por no haber cumplido con su «función social»79. Sobre los alistados de 1706 tenemos algunas noticias biográficas confirmando su vinculación familiar a los capitulares y como van a acceder también al cabildo, perpetuándose en él ciertas familias durante gran parte del siglo XV11I80. El resto de localidades almerienses se excusaron por carta de no poder cumplir con el servicio, reiterando la pobreza de sus hijosdalgos, tal como hicieron Gergal y Alboloduy. En esta última localidad, asimismo, se afirmaba que a pesar de la existencia de muchos nobles, estaban «pechando en todo y por todo, por cuya causa ninguno ha querido presentarse»81. En Berja, villa de la Alpujarra alménense, encontramos un elevado número de hijosdalgos. Allí la tradición militar estaba muy arraigada al ser habitualmente lugar de acuartelamiento de las tropas destinadas a la defensa de la costa del poniente almeriense. Muchos de ellos intervinieron activamente en la guerra, tanto en uno como en otro bando. Se unieron al partido austracista los Ibarras -en
77. Archivo Municipal de Almería (A.M.A.), A.C., libro 16, fols. 13r-14r, 17v-18r, 19v-21r, 25r y 27v-30r. Cabildos: 20 y 27 de febrero; 8, 13 y 26 de marzo, y 17 y 26 de abril de 1706. José Contreras cita el legajo 896, expediente 43 (10 de abril de 1706) del citado archivo, como fuente que correspondería al registro y diligencias realizadas. Sin embargo no nos han permitido su consulta por estar en «mal estado» (CONTRERAS GAY, J.: Op. cit., p. 23).
78. A.M.A., libro 16, fols. 28v-30r. Cabildo: 26 de abril de 1706. 79. CONTRERAS GAY, J.: Op. cit., p. 23.
80. Agradecemos a Valeriano Sánchez Ramos los datos que nos ha facilitado sobre la nobleza granadina y almeriense. Ruz MÁRQUEZ, J. L.: LOS escudos de Almería: heráldica y genealogía de los linajes almerienses, Gráf. Murgis, El Ejido (Almería), 1986. Sobre Benavides, pp. 20-21; Grijalva de Vargas, p. 67; Palenzuela, p. 81; De los Ríos, p. 83; Tamayo, p. 84. Sobre Castro: Diccionario Biográfico de Almerienses, Instituto de Estudios Almerienses, Almería 2006, pp. 100-101. 81. CONTRERAS GAY, J.: Supra, p. 23.
80
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
su mayoría-, Sabucos, los del Moral, Joyas y algunos miembros de los Villalobos y Pérez de Guipúzcoa. Entre los Ibarra de la causa del archiduque destaca la figura de Cristóbal de Ibarra de Arce, quien alcanzaría el grado de Teniente General y el título de Conde de Ibarra de Arce, muriendo en el exilio en la corte de Viena. En contraposición las otras familias hidalgas apoyaron a Felipe V: Encisos, Gutiérrez, Castro Huréndez, Rodríguez-Chacón, Oliver, Valdivias, Moya, Villalobos y algún Ibarra82. Queda constancia de algunos de los que acudieron al llamamiento de 1706: los capitanes Carlos Francisco de Ibarra, Francisco y Manuel Valdivia Viedma y Félix Manuel de Villalobos83. De la nobleza de Granada, cabecera del Reino, contamos con escasas noticias del alistamiento practicado en la ciudad en 1706, aunque su servicio no tuvo que variar de lo expuesto hasta el momento, implicándose en él algunos de sus capitulares. Tan solo contamos con algunos nombres, por ejemplo, Lucas Antonio de Herrera Flores, hijo del veinticuatro Melchor de Herrera y Ordufia. Este caballero se alistó como veinticuatro de Granada y capitán de las compañías de milicias y ese mismo año fue nombrado por la Junta Mayor de Guerra sargento mayor de las milicias de Granada. Por su parte, Manuel Montero de Miranda Morales Hondaneros fue uno de los caballeros convocados con los demás nobles en 1706 y, en calidad de tal, se le eximió en los padrones de moneda forera y demás impuestos concejiles, en el lugar de Peligros, donde era hacendado84. 8. A MODO DE BALANCE Si el papel individual de la nobleza parece cuestionable, su papel corporativo al frente de los cabildos, no, y menos en Andalucía. Tener el control de los distintos concejos le permitirá intentar derivar su contribución económica hacia las clases inferiores. Un hecho que a su vez les obligará a colaborar en mayor o menor grado con las autoridades de rango superior: en la transmisión de órdenes, así como en la organización y consecución de las diferentes contribuciones humanas y materiales que se les solicitaba a los órganos municipales. Ello aumentó el odio y la antipatía de los sectores
82. NWARRO PÉREZ, J. L.: Berja de las Álpujarras (1574-1753), Ibarra de Arce, Sevilla, 1996, pp. 200201. 83. Carlos Francisco de Ibarra estuvo casado con Eugenia Leonarda Villalobos del Moral. Su trayectoria militar es incuestionable: alcalde del Castillo de Roquetas (1682), teniente (1714), capitán (1715) y comandante de Guardias Viejas de Castilla. Fallecería hacia el año 1722. Manuel Valdivia Viedma (1678-1770) sería alcalde ordinario y regidor noble en Berja, así como capitán de milicias. Félix Manuel de Villalobos en 1676 era capitán de caballería del socorro de la costa, en 1705 capitán de una compañía de nobles con destino en Gibraltar, en 1706 fue alistado como noble y en 1718 pasaría a capitán en la Gobernación de Motril (SÁNCHEZ RAMOS, Valeriano: «Los Ibarra: hidalgos vizcaínos en tierras de Berja», Fama, n° 8, Berja, 2005, pp. 168-174, y «Un linaje de ricos hidalgos: los Villalobos», Fama, n" 7, Berja, 2004, pp. 142-143). 84. M3RENO OLMEDO, M." A.: Heráldica y Genealogía granadinas, Universidad de Granada, 1989, pp. 96 y 114.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
81
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
populares hacia las oligarquías locales, siendo numerosos los casos de alborotos y motines populares incluso durante el conflicto sucesorio85. La respuesta al llamamiento resulta muy heterogénea, aunque la tendencia general fue la escasa contribución. Ello no significa una dejadez absoluta de la nobleza en su función militar. Hay que tener muy en cuenta que su sector más joven ya estaba «enrolado» en la Guerra desde el año 1702. Ingresa en la vida militar bien a través de la oficialidad de las milicias o con motivo del sitio de la plaza de Gibraltar (1704-1705). La oficialidad de las milicias locales se reservaba a «hombres de calidad», siendo copados sus cargos por la nobleza local, gracias a que en la mayoría de las ocasiones también controlan la totalidad de los oficios capitulares y, por ende, la institución municipal, órgano nominador de aquella86. La mayor contribución sería la protagonizada por la nobleza de Jerez de la Frontera y Cabra. En el caso de Jerez, de los 50 hijosdalgos que prestan el servicio, 10 de ellos (20% del total) son capitulares, lo que demuestra un cierto compromiso de la institución civil con ese éxito. En Cabra la nobleza que acepta el servicio personal supondría un 40'47 % (17 nobles). Sin embargo, en Lucena, aunque el porcentaje es inferior, de un 31,85, cuantitativamente el número es más elevado, partirían 36 caballeros, lo cual se debe a la intervención de su corregidor, José de Herrera Quintanilla. En el extremo opuesto se sitúan Arcos (13,51 %), Carmona (10'84 %) y Córdoba con un exiguo 4,28 %. Lo mismo ocurre en Sevilla capital. Al tener constancia del número de hijosdalgos empadronados y de los que concurren al servicio hemos podido realizar la siguiente estadística: Localidad Cabra Lucena Arcos Carmona Baena Córdoba
N°de hijosdalgos 42 113 37 83 43 327
Servicio personal 17 36 5 9 5 14
% 40'47 31,85 13,51 S0'84 11,62 4'28
Los servicios de armas del llamamiento de 1706 aparecerán reflejados en los pleitos de hidalguías litigados a lo largo del siglo XVIII ante la Real Cnancillería de Granada por sus descendientes y parientes, tal como hemos comprobado con Ochoa Galeote en Baeza (1726 y 1796), Villalta en Torredonjimeno (1769) y Herrera en Monachil
85. Por ejemplo, en Carmona en 1706 y Osuna en 1711. Cfr. GUTIÉRREZ NÚÑEZ, F. J.: «El Cabildo de Carmona en los inicios de la Guerra de Sucesión (1700-1706)», Carmona en la Edad Moderna. III Congreso de Historia de Carmona, Ayuntamiento de Carmona y Junta de Andalucía, Carmona (Sevilla), 2003, pp. 133-140. MORENO ALONSO, M.: «Alborotos de Osuna durante la Guerra de Sucesión», Archivo Hispalense, t. LXV, n° 200, Sevilla, 1982, pp. 63-85. 86. PEZZl CRISTÓBAL, P: «La milicia local en la jurisdicción de Vélez-Málaga. Provisión de cargos y reparto de privilegios», Baelica, n° 26, Universidad de Málaga, 2004, pp. 353-368.
82
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
(1792). En otros casos servirán como mérito y prueba de nobleza para ingresar como regidor, ejemplo de ello es el expediente del veinticuatro de Granada Femando de Miranda (1758). Una vía de investigación, ya abierta y de enorme interés, en la que esperamos se continúe profundizando, es el estudio de los niveles de riqueza de las élites locales a fin de medir sus capacidades y potencialidades entre fines del XVII y primera mitad del siglo XVIII. Así como seguir su trayectoria a lo largo del setecientos, para dilucidar si la Guerra de Sucesión ayuda a perpetuar en los ámbitos locales el dominio de familias de antaño o si existe una renovación, llegando a alcanzar otras nuevas un nivel o status hasta ese momento impensable87. Sin duda la primera década del Setecientos es un periodo de redefinición social para unos y otros. Muchas son los interrogantes por contestar. En algunos territorios los viejos linajes urbanos intentarán responder y distanciarse socialmente de la flamante «nobleza de mérito». Pretenderán volver a acceder a los centros de poder, mediante una «adaptación política» que los llevará con el tiempo a desear de nuevo integrarse en el aparato administrativo y militar de la Corona, con el propósito de alcanzar la recompensa regia en títulos y mercedes que les confirme en su «dignidad social»™.
87. A modo de ejemplo los espléndidos trabajos de J. M. GONZÁLEZ BELTRÁN: «Riqueza patrimonial y rentas de los Veinticuatros de Jerez de la Frontera», Studia Histórica. Historia Moderna, n° 17, Salamanca, 1997, pp. 235-260; Honor, riqueza y poder: Los veinticuatros de Jerez de la Frontera en el siglo XVIII, Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, 1997, y «Constitución y reproducción de una oligarquía urbana: los Veinticuatros de Jerez de la Frontera en el siglo XVII», Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, n" 19, Alicante, 2001, pp. 355-384. 88. MUÑOZ RODRÍGUEZ, .1. D.: «Subir para no bajar. Adaptación política y representación social de la nobleza urbana castellana (Murcia, 1665-1724)», Obradoiro de Historia Moderna, n° 12, Santiago de Compostela, 2003, p. 81. ANDÚJAR CASTILLO, F.: «Servicios para la guerra, mercedes para las oligarquías. Las recompensas de la Guerra de Sucesión en Andalucía», La sucesión de la Monarquía Llispánica, 1665-1725. !, Lucha política en las Cortes y fragilidad económico-fiscal en los reinos. Universidad de Córdoba y CajaSur, Córdoba, 2006, pp. 43-74.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
83
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
9. APÉNDICE 9. /. Relación de nobles (1706)' Servicio personal
Reino
Hijosdalgos
SEV SEV SEV SEV SEV
83
5
Aracena Alcalá Guadaíra Carmona Écija Las Cabezas
-
2 30 9 10 4
-
1
Lebrija
SEV
-
1
SEV
37
5
Morón de la Frontera
SEV
-
2
SEV
-
50
Osuna
SEV
-
11
SEV SEV
-
1 12
Sevilla Jaén
SEV JAE
-
7 6
SEV
-
15
Torredonjimeno
JAE
-
2
SEV
-
13
Almería
GRA
-
10
SEV SEV
-
1 1
Andújar
JAE
-
12
Reino
Hijosdalgos
Cabra Córdoba Lucena Aguilar Baena Alcalá de los Gazulcs
COR COR COR COR COR
42 327 113 27 43
17 14 36
SEV
Arcos Jerez de la Frontera Jimena Medina Sidonia Puerto de Sla. María Sanlúcar de Barrameda Tarifa Villamartín
Servicio personal
Localidad
Localidad
-
9.2. Nómina de nobles que realizan el servicio personal (1706) REINO DE SEVILLA SEVILLA JEREZ DE LA FRONTERA 01. Arafal, Juan de 01. Adorno de Guzmán, Agustín (Presbítero beneficiado de la parroquia de S. Marcos) 02. Bucarclli, Luis 02. Adorno de Guzmán, José 03. Bucarelli, Nicolás 03. Aguilar y Zamora, Bernardo Antonio 04. Córdoba, Juan de Laso de la Vega y Córdoba, 04. Alday, Juan Hipólito de Diego (Ex Coronel de Dragones) 05. Sota Rocco, Juan de 05. Avila Hinojosa, Francisco de 06. Venegas y Vargas, Diego 06. Basurto de Ávila, Sancho
89. Elaboración propia a partir de la consulta de los distintos archivos municipales y la bibliografía ya citada, incluyendo el trabajo de Emilio de CÁRDENAS PIERA, «Relación de hidalgos y nobles que se alistaron en la campaña de 1706», XV Congreso Internacional de las Ciencias Genealógica y Heráldica, Instituto Salazary Castro, Madrid, 1983, pp. 367-375, que cita como fuente: Archivo Histórico Nacional, Estado, Legajo 285, n"4.
84
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
CARMONA 01. Berrugo de Morales, Antonio Eugenio 02. Berrugo de Morales, Juan 03. Cansino Barrasa 04. Cansino Nieto, Marcos 05. Guzmán, Juan de 06. Nieto de Morales, Bartolomé 07. Quintanilla, Diego 08. Quintanilla, Juan 09. Rueda y Porres, Diego de ÉCIJA
01. Galindo Laso de la Vega, Juan 02. Galindo Laso de la Vega, Ignacio 03. Gutiérrez y Vadillo, Diego Ignacio 04. Rojas y Guzmán Lozano, José de 05. Guerrero Gamero, Juan 06. Marqueda, Miguel de 07. Ochoa, Ventura de 08. Albornoz, Francisco Antonio 09. Guerrero de Ostos, Juan 10. Morales y Ribera, Diego OSUNA 01. Ángulo y Montesino, Martín Francisco de 02. Arana y Aguirre, Francisco de 03. Ayala, Gonzalo de 04. Ayala, Juan de 05. Ayala, Pedro Antonio de 06. Cepeda, Pedro Justo de 07. Nonet y Govantes, Juan 08. Sánchez Cantalejos, Juan Francisco 09. Tamayo y Oliva, Andrés Rafael 10. Tamayo y Oliva, Pedro José 11. Zambrana y Quevedo, Antonio de
07. Cáceres Ponce de León, Manuel de 08. Cáceres, Jerónimo de 09. Carrizosa, Antonio Francisco 10. Cotón, Luis 11. Dávila Carrizosa, Juan 12. Dávila Ponce de León y Torres, García (Marqués de Villamarta, Veinticuatro) 13. Dávila y Mirabal, Diego Bartolomé (Veinticuatro) 14. Dávila, Bartolomé Benito (Conde de Montegil, Veinticuatro) 15. Dávila, Bartolomé Félix 16. Dávila, Mateo 17. Enciso, Juan 18. Figueroa, Lorenzo de 19. Franco Gil de Urdíales, Antonio (Hijo o hermano del veinticuatro Fdo. Franco Gil de Urdíales) 20. Geraldino, Tomás 21. González de Mendoza, Tomás (Veinticuatro) 22. Jaimes y Cañas, Fernando 23. López de Padilla, Lorenzo 24. López de Spínola, Rafael (Caballero de Calatrava) 25. Magdaleno Bracio y Ángulo, Ambrosio 26. Magdaleno Bracio y Ángulo, Francisco 27. Martínez Dávila, Diego 28. Mejía, Juan 29. Narváez Pacheco, Pedro Luis 30. Núñez Cabeza de Vaca, Alvaro 31. Ortega y Rojas, Andrés de 32. Perea Carrizosa, Pedro de. 33. Pérez de Gallego, Gonzalo (Veinticuatro) 34. Pérez de Gallego, Juan 35. Pérez Grandallana, Francisco (Jurado) 36. Ponce de León y de la Cueva, Manuel 37. Ponce de León, Antonio 38. Ponce de León, Francisco (Cab" Calatrava, Veinticuatro) 39. Ruiz Leal y Quintanilla, Antonio 40. Sarsana y Spínola, Felipe (Veinticuatro) 41. Sema, Juan de la 42. Serna, Luis de la 43. Spínola, Agustín de
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
85
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS
MEDINA SIDONIA
01. Cerda y Espinóla, Alonso de la (Cab° Calatrava). 02. García Parra, Cristóbal 03. Guerrero Farfán de los Godos, Gonzalo 04. Jiménez de Pantoja y Carrión, Fernando Francisco 05. Lara y Montero, Juan de 06. Mateos de los Buenos Hijuelos, Juan 07. Mateos de los Buenos Hijuelos, Pedro 08. Mendoza, Cristóbal de 09. Mendoza, Gonzalo de 10. Mendoza, Rodrigo de 11. Pareja y Spínola, Luis de (Cab° de Santiago) 12. Vergara y Mexía, Agustín de SANLÚCAR DE BARRAMEDA 01. Altamirano, Manuel 02. Antúnez, Vicente Tomás de 03. Corbalán, Juan de 04. Duran y Tendilla, Felipe 05. Esparragosa, Juan Manuel 06. Fdez. de Hinestrosa y Ribera, Juan (Cab° Calatrava) 07. Fernández Pardo, Juan (Capitán de caballos) 08. Loaysa y Ledesma, Antonio de 09. Moreno de Prado, Martín 10. Peña, Luis de la 11. Ribera y Tapia, Pedro de 12. Rocha, Miguel de la 13. Vanelem de Esparragosa, Cristóbal MORÓN DE LA FRONTERA 01. Aufión, Andrés Jerónimo 02. Auflón, Martín CABEZAS DE SAN JUAN, LAS 01. Castro y Vega, José de 02. Cabrera, Rodrigo Lorenzo de
86
44. Torres y Herrera, Diego de (Hermano de Andrés José de Torres y Herrera, Síndico Procurador Mayor) 45. Vargas, Juan de (Caballero de Santiago, Veinticuatro) 46. Villavicencio, Agustín de (Veinticuatro) 47. Villavicencio, Bartolomé de 48. Villavicencio, Bruno de 49. Villavicencio, Cristóbal de 50. Villavicencio, Juan Ignacio de PUERTO DE SANTA MARÍA 01. Álvarez de Sotomayor y Ángulo, Feo. (Cab° Calatrava) 02. Álvarez de Sotomayor y Ángulo, Gaspar 03. Álvarez de Sotomayor y Ángulo, Juan 04. Ayluardo, Nicolás 05. Barrientes y Beltrán, Nicolás 06. Bedoya Monteagudo, Francisco de 07. Bedoya Monteagudo, Luis de 08. Chirino Valera, Joaquín 09. Escoto, Francisco Antonio 10. Felices de Mendoza, Pedro 11. Ordóñez de la Romana, Bartolomé (Cab° de Santiago) 12. Oreña, Juan Luis de 13. Quijada y Rendón, Pablo Alberto 14. Reinosa y Mendoza, Antonio José de (Cab° de Calatrava) 15. Reinosa y Mendoza, Juan Antonio de (Cab" de Santiago) ARCOS 01. Cuenca de Farfán, Juan de (Caballero de Santiago) 02. Leiva Ladrón de Guevara, Diego Manuel de 03. López Morcillo, Alonso Félix 04. Pérez Mancheño, Francisco 05. Virués de Segovia, Alonso VILLAMARTIN 01. Pardo, Francisco (Ex-Capitán de Infantería) TARIFA
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
01. Daza y Mendoza, Carlos 02. Doncel Moriano y Valdés, Francisco 03. Doncel Moriano, Francisco 04. Lara y Borjas, Antonio de 05. Mendoza y Morales, Bernardo de 06. Moreno y Valdés, Bartolomé (Regidor)
ALCALÁ DE LOS GAZULES 01. Valdespino, Bartolomé de ESPERA 01. Ferreras Villamisar, Luis de 02. Ferreras Villamisar, Alonso de
LEBRIJA 01. López Barahona, Rodrigo
ARACENA 01. Corral y Villegas, Alonso Agustín de 02. Garay Mestraytua, José Carlos de
JIMENA 01. Ayllon y Esquivel, Alonso de
REINO DE JAÉN TORREDONJIMENO 01. Neri y Villarreal, Juan Antonio 02. Villalta y Rosal, Gonzalo Pedro
ALMERÍA 01. Benavides y Grijalba, Pedro Ignacio 02. Castro, Francisco de 03. Grijalva de Vargas, Bernardo 04. Marín, Francisco 05. Palenzuela, Diego 06. Palenzuela Vázquez, Luis
REINO DE GRANADA BERJA 01. Ibarra, Carlos Francisco 02. Valdivia Viedma, Francisco 03- Valdivia Viedma, Manuel
07. Pérez Percebal, Antonio
GRANADA 01. Herrera y Flores, Lucas de 02. Montero de Miranda Morales Hondaneros, Manuel
08. Ríos Sarzosa, Antonio 09. Ríos Sarzosa, Francisco de los 10. Tamayo Vázquez, Antonio (Regidor)
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 53-87) ISSN: 0212-5862
87
LAS MILICIAS DE FELIPE V. LA MILITARIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CASTELLANA DURANTE LA GUERRA DE SUCESIÓN* FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ Universidad de Murcia
MONARQUÍA, GUERRA Y MILICIAS CASTELLANAS Tradicionalmente, se ha reiterado en la historiografía dos imágenes un tanto inexactas sobre las fuerzas militares disponibles por Felipe V en la Guerra de Sucesión. Por un lado, se señalaba el número tan limitado de efectivos nacionales que componía el ejército filipista durante el conflicto sucesorio; una situación que se justificaba en el déficit de tropa y de medios materiales que se arrastraba desde el reinado del último Austria, y que, por sí mismo, reflejaba una de las caras de esa profunda decadencia con la que se identificó a la España de Carlos II. Por otro lado, debido precisamente a ese insuficiente número de efectivos heredado por Felipe V, la contribución militar francesa se percibía como el factor más destacado que permitió el triunfo borbónico en los campos de batalla peninsulares. Sin embargo, tanto el apoyo que Luis XIV proporcionó a su nieto para consolidar sus derechos dinásticos, como el que décadas antes Inglaterra y Holanda prestaron a Carlos II en la defensa de su Monarquía, no fueron los únicos recursos, ni seguramente los más importantes, al alcance de ambos monarcas católicos. La resistencia agónica de los Habsburgo y la posterior victoria del duque de
* Este trabajo se enmarca dentro de los proyectos HUM2005-06310 y 03057/PHCS/05, financiados por el Ministerio de Educación y Ciencia y la Fundación Séneca-Agencia Regional de Ciencia y Tecnología, respectivamente. Las abreviaturas empleadas corresponden a: AGS (Archivo General de Simancas): GM (Guerra Moderna), GJ (Gracia y Justicia), E (Estado); AHN (Archivo Histórico Nacional): E (Estado), CS (Consejos Suprimidos); ADMS (Archivo Ducal Medina Sidonia); AHPM (Archivo Histórico Provincial de Murcia); AMM (Archivo Municipal de Murcia): AC (Acta Capitular), AO (Ayuntamiento Ordinario), AE (Ayuntamiento Extraordinario); AMC (Archivo Municipal de Cartagena); AML (Archivo Municipal de Lorca) y AMMu (Archivo Municipal de Muía).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
89
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
Anjou se debieron, en gran medida, a otros medios más inherentes a la autoridad de los soberanos hispánicos. Dentro del notable desarrollo que ha tenido la historiografía relativa a las últimas décadas del Seiscientos, la nueva historia militar es quizás la que ofrece un saldo más positivo1. Los trabajos que se han ido publicando parecen haber ya superado ideas que en otro tiempo fueron predominantes sobre la «dependencia» y «agotamiento» militar que habría caracterizado a la Monarquía de Carlos II. Actualmente, no sólo conocemos con cierta profundidad la composición y organización de cada uno de los tres grandes cuerpos que componían el ejército carolino -Flandes, Milanesado y Cataluña2-, sino que también comienzan a surgir los primeros análisis globales del poderio militar hispánico de aquel momento. En todos ellos, y en especial en el publicado recientemente por el profesor Storrs, es coincidente la razonable revalorización del papel desempeñado por el ejército austríaco frente a las tropas francesas en su prolongada rivalidad por la hegemonía continental3. El ejército carolino, a diferencia de viejos clichés al uso, demostró una cierta capacidad de adaptación ante las enormes exigencias militares que tuvo que soportar la Monarquía Hispánica en ese final de siglo. Así, por ejemplo, se generalizaron prácticas de reclutamiento que ya se habían ensayado en la también difícil coyuntura de 1640 -el sorteo de soldados-; se introdujeron innovaciones técnicas
1. MARTÍNEZ RUIZ, E. y Pi CORRALES, M. DE R, «La investigación en la Historia Militar Moderna: realidades
y perspectivas» y GARCÍA HERNÁN, D., «Historiografía y fuentes para el estudio de la guerra y el ejército en la España del Antiguo Régimen», ambos en Revista de Historia Militar, número monográfico (2002) pp. 123-169 y 183-292, respectivamente; también, GARCÍA HERNÁN, E. Y MAFFI, D. (EDS.): Guerra y
Sociedad en la Monarquía Hispánica: Política, estrategia y cultura en la Europa Moderna (1500-1700), Madrid, 2006, 2 vols., que recoge las actas del último congreso de historia militar (Madrid, 2005). 2. Para estos tres ejércitos, RlBOT GARCÍA, L., «Milán, plaza de anuas de la Monarquía», Investigaciones Históricas, 10 (1990) pp. 203-238; STORRS, CH., «The Army of Lombardy and the Resilience of Spanish Power in Italy in the Reign of Carlos II (1665-1700)», War in History, 4 (1997) pp. 371-397 y 5 (1998) pp. 1-22; ÁLVAREZ OSSORIO, A., «De la conservación a la desmembración. Las provincias italianas y la Monarquía de España (1665-1713)», Studia Histórica. Historia Moderna, 26 (2004) pp. 191-223; MAFFI, D., «11 potere delle Armi. La monarchia spagnola ed i suoi eserciti (1635-1700): una rivisitazione del mito della decadenza», Rivista Storica Italiana, CXVIII (2006) pp. 388-439; PARKER, G., El ejército de Flandes y el Camino español 1567-1659, Madrid, 1991; ESTEBAN ESTRÍNGANA, A., Guerra y finanzas en los Países Bajos Católicos. De Famesio a Spínola (1592-1630), Madrid, 2002; ESPINO LÓPEZ, A., Catalunya durante el Reinado de Carlos II. Política y guerra en la frontera catalana, 1679-1697, Barcelona, 1999. 3. STORRS, Cu., 777e Resilience ofthe Spanish Monarchy 1665-1700, Oxford, 2006, del que fue un adelanto «La pervivencia de la monarquía española bajo el reinado de Carlos II (1665-1700)», Manuscrits, 21 (2003) pp. 39-61; una visión más pesimista en ESPINO LÓPEZ, A., «El declinar militar hispánico durante el reinado de Carlos II», Studia Histórica. Historia Moderna, 20 (2002) pp. 173-198. También RlBOT GARCÍA, L., «Carlos II: el centenario olvidado», Studia Histórica. Historia Moderna, 18 (2000) pp. 19-44; DE BERNARDO ARES, J. M., «El Reinado de Carlos II: la política interior entre 1679-1700» en Actas de lasJuntas del Reino de Galicia, Santiago de Compostela, Vol. X, 2002, pp. 37-70; GARCÍA CÁRCEL, R., «Fin de siglo, fin de dinastía. Algunas reflexiones», Estudis, 31 (2005) pp. 67-82. La antigua rivalidad entre Habsburgos y Borbones en HARÁN, A. Y, Le lys el le Globe. Messianisme dynastique et Réve Imperial en Frunce ata XVF etXVII' Siécles, Mayenne, 2000, pp. 309-340.
90
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
-caso del incremento de unidades equipadas con mosquetes y granadas- años antes de que fuesen incorporadas en la poderosa máquina de guerra francesa; y, sobre todo, el ejército de Carlos II representó un efectivo instrumento de imposición de nuevas obligaciones contributivas para los subditos4. Aunque es verdad que el último de los Habsburgo poseyó un ejército más pequeño y menos dominante que ei de sus antecesores, sin él hubiese sido difícil que el sucesor de Felipe IV legase en 1700 la mayor parte de su vasto patrimonio señorial. Similares conclusiones podemos extraer del ejército profesional que sostuvo la causa angevina en los primeros años de la centuria ilustrada. En contra de lo que en muchas ocasiones se ha repetido, Felipe V contó con un contingente militar -entorno a 20.000 hombres en el inicio de su reinado- que fue incrementándose sensiblemente a partir de las reformas acometidas mediante las Reales Ordenanzas de 1704, hasta el punto de que en 1739 sólo el arma de infantería contaba ya con cerca de setenta mil hombres5. En la batalla de Almansa (25-IV-1707), probablemente el episodio armado que más efectivos reunió en esta guerra, más de la mitad de los regimientos al mando del duque de Berwick -en concreto, 35- estaban compuestos por soldados procedentes de los distintos reinos que componían la Monarquía, en su mayoría castellanos, junto a un número pequeño de flamencos e italianos -guardias valonas, caballería de Milán-; mientras que el 45% restante de los combatientes borbónicos -29 regimientos- eran ciertamente unidades francesas enviadas por Luis XIV para fortalecer el ejército de «ambas coronas». Por el contrario, en esa misma batalla, el origen geográfico de los soldados que formaban parte del ejército aliado encabezado por el conde de Galway se situaba casi totalmente fuera de los territorios hispánicos, al venir principalmente de Inglaterra, Portugal y Holanda6. A pesar de la contundencia de estos datos, en alguna historiografía ha perdurado una batalla sin apenas soldados españoles y ganada por Felipe V gracias, fundamentalmente, a las tropas cedidas por su abuelo7. 4. El sorteo de soldados en RuiZ 1BÁÑEZ, J. J., Las dos caras de .laño. Monarquía, ciudad e individuo. Murcia, 1588-1648, Murcia, 1995, pp. 321-331, y MUÑOZ RODRÍGUEZ, J. D., Damus ut des. Los servicios de la ciudad de Murcia a la Corona a finales del siglo XVII, Murcia, 2003, pp. 179-181; asimismo, RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, A. ) . , El reclutamiento en Castilla a mediados del siglo XVII (1648-1680), Trabajo de Investigación de Doctorado, Universidad de Valladolid, 2002. La renovación del ejército francés en LYNN, J. A., Giant of the GrandSiécle. The French Army 1610-1715, Cambridge, 1997. 5. El dato procede de BACALLAR Y SANNA, V. (MARQUÉS DE SAN FELIPE), Comentarios de la guerra de España e historia de su Rey Felipe V, el Animoso, Madrid, 1957 [1725], pp. 25 y 26; sobre estas reformas, ANDÚJAR CASTILLO, F., «El ejército de Felipe V. Estrategias y problemas de una reforma» en SERRANO, E. (ED.), Felipe Vy su tiempo, Zaragoza, 2004, pp. 661-682. 6. La batalla de Almansa ha sido minuciosamente tratada por SÁNCHEZ MARTÍN, J. L., «Almansa, 1707: las lises de la Corona», Reseai-ching & Dragona, 5 (1998) pp. 66-84; 7 (1999) pp. 81-104; 8 (1999) pp. 6691; 12 (2000) pp. 108-113; 14 (2001) pp. 29-41; y 17 (2002), pp. 28-53. También es de interés CERVERA TORREJÓN, }.l.,La Batalla de Almansa. 25 de abril de 1707, Valencia, 2000. 7. Sobre esta ayuda militar francesa, KAMEN, H., La Guerra de Sucesión en España, 1700-1715, Barcelona, 1974; y GuiLLAMÓN ÁLVAREZ, F. J. Y MUÑOZ RODRÍGUEZ, J. D., La formación de un principe de la Ilustración. Selección de la correspondencia privada de Luis XIV a Felipe V durante la Guerra de Sucesión, Murcia, 2006.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
91
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ALVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
Pero no sólo se ha de relativizar la contribución militar extranjera a partir de los regimientos españoles que integraban un ejército secularmente multinacional. Las fuerzas del rey católico se completaban con tropas de reserva no profesionales cuya relevancia defensiva no ha suscitado hasta ahora la consideración que merecerían. Y es que el verdadero potencial de los monarcas europeos de los siglos modernos no residía únicamente en sus recursos tangibles y visibles, como en sus capacidades de hacer cosas y hacerlas contando con la obediencia de la población. Ese fue el caso de las milicias castellanas, compuestas en vísperas del conflicto sucesorio por los restos de la milicia general -establecida por Felipe II en 1596-8- y las numerosas compañías locales de origen bajomedieval8, que participaron en numerosas ocasiones en la protección de diversas fronteras activas: costas mediterráneas, plazas norteafricanas, preferentemente. La falta de soldados veteranos requirió que estas tropas asumieran parte del coste de las urgencias militares que tanto proliferaron a lo largo y ancho de la Monarquía9. Aunque las milicias locales habían sido creadas para proteger el entorno más inmediato, la presencia de milicianos asistiendo a su rey fuera de los límites municipales se fue haciendo cada vez más habitual, conforme las élites castellanas se integraban en la política imperial y se revalorizaba esta estrategia como vehículo de ascenso social10. Eran, precisamente, miembros destacados de esas élites los que monopolizaban los principales cargos de las compañías de milicias, ya que para ellos acudir a la guerra al mando de sus vecinos conllevaba un indudable interés privado. A diferencia de las plazas de soldado, ocupadas por un campesinado con posibilidades de promoción social muy limitadas, el ejercicio de los principales puestos de una compañía -capitanía, sobre todo- generaba importantes expectativas de beneficios. De hecho, este tipo
8. TÍ-IOMPSON, I. A. A., Guerra y decadencia: Gobierno y administración en la España de los Austrias (1560-1620), Barcelona, 1981, pp. 156-160, y RUIZIBÁÑEZ, J. J., op. cit, 1995, cap. I1I.3, para su origen; CONTRERAS GAY, J., «Las milicias pecuniarias en la Corona de Castilla (1650-1715)», Studia Histórica. Historia Moderna, 25 (2003) pp. 93-121; STORRS, CH., op. cit., 2006, pp. 39-46, para sus intentos de restauración en 1693. Asimismo, será de especial interés Ruiz IBÁÑEZ, i. J. [ED.], Las milicias del Rey de España, siglosXVl-XVU'(en prensa), que es fruto de las Segundas Jornadas Internacionales de Historia de las Monarquías Ibéricas (Yecla, 9-11 de noviembre de 2006). 9. STORRS, CH., op. cit., 2006, en general; distintas fronteras en SANZ CAMAÑES, P, Política, Hacienda y Milicia en el Aragón de los últimos Austrias entre 1640 y 1680, Zaragoza, 1997; RuiZ lBÁÑEZ, J. J., Felipe II y Cambrai: el consenso del pueblo. La soberanía entre la práctica y la teoría política (15951677), Madrid, 1999; ALONSO ACERO, B., Orán-Mazalqmvir, 1589-1639: Una sociedad española en la frontera de Berbería, Madrid, 2000; MAFFI, D., «Milano in guerra. La mobilitazione delle risorse in una provincia della Monarchia, 1640-1659» en RlZZO, M., RUIZ IBÁÑEZ, J. J. Y SABATINI,G. (EDS.): Le Forze del Principe. Recursos, Instrumentos y límites en la práctica del poder soberano en los territorios de la Monarquía hispánica, Cuadernos del Seminario Floridablanca, n" 5, Murcia, 2004, T. 1, pp. 345-408. 10. THOMPSON, 1. A. A., «Patronato real e integración política en las ciudades castellanas bajo los Austrias» en FORTEA PÉREZ, J. 1. (ED.): Imágenes de la diversidad. El mundo urbano en la Corona de Castilla (S. XVI-XVIII), Santander, 1997, pp. 475-496; asimismo, GUILLAMÓN ÁLVAREZ, F. J. Y MUÑOZ RODRÍGUEZ,
J. D., «Guerra, lealtad y poder: el origen del municipio castellano de la Ilustración», Estudis. Revista de Historia Moderna, 32 (2006) pp. 111-130.
92
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
de servicios de armas pasaron a fundamentar la mayor parte de los prolijos memoriales que se presentaron a la Corona para solicitar cualquier merced real, ya fuesen empleos dependientes de la administración central o municipal, hábitos de órdenes militares o, incluso, títulos nobiliarios". Por esta razón, desde el momento que los subditos asimilaron con una normalidad no exenta de cierto interés este nuevo discurso de exacción fiscal, los monarcas hispánicos dispusieron de un suplemento de fuerzas militares en coyunturas de extrema gravedad. Fue, en gran medida, la reacción de la sociedad castellana -como la de otros reinos hispánicos- ante la amenaza francesa, la que hizo más soportable el peso de la conservación de la Monarquía en las últimas décadas del Seiscientos; y la que contribuyó a reforzar indirectamente el poder soberano y el dominio local de unas élites plenamente subordinadas para entonces a las decisiones de la Corona. También en la Guerra de Sucesión las compañías de milicias poseyeron una enorme trascendencia. Debido a su experiencia militar previa, no sólo intervendrían incesantemente en el conflicto sucesorio, sino que, especialmente en Castilla, pasaron a ser un instrumento esencial en la formación del ejército borbónico. Muchos de los regimientos que ordenó levantar Felipe V tenían su origen en milicias locales12, lo que facilitó que antiguos milicianos continuaran una carrera al servicio directo del soberano. Asimismo, estas unidades fueron empleadas a menudo en labores auxiliares de defensa, control social o aprovisionamiento de lugares cercanos a un frente militar. Al tiempo que suministraban todo lo necesario para mantener en funcionamiento la maquinaria de guerra, se liberaban tropas profesionales que podían destinarse a otras tareas que exigían mayores habilidades técnicas. En consecuencia, la presencia continua de milicias en la Guerra de Sucesión traducía una extraordinaria capacidad de movilización social en manos de Felipe V, así como un modo de
11. Este ejercicio de justicia distributiva, por ejemplo, en DOMÍNGUEZ ORTIZ, A., «Valoración social de los hábitos de las Órdenes Militares» y ARANDA PÉREZ, F. J., «Caballeros de hábito y oligarquías urbanas», ambos en Las Ordenes Militares en la Península Ibérica, Vol. II: Edad Moderna, Cuenca, 2000, pp. 1157-1176 y 2049-2088, respectivamente; GONZÁLEZ BELTRÁN, J. M., «Constitución y reproducción de una oligarquía urbana. Los Veinticuatros de Jerez de la Frontera en el siglo XVII», Revista de Historia Moderna, 19 (2001) pp. 355-384; HERNÁNDEZ BENÍTEZ, M., «Ayuntamientos urbanos, trampolines sociales. Reflexiones sobre las oligarquías locales en la Castilla moderna», Melánges de la Casa de Velázquez, 34-2 (2004) pp. 91-114; para el caso de Murcia, MUÑOZ RODRÍGUEZ, J. D., op. cit., 2003, esp. cap. 5, y «Con plausible ejemplo y finísima actividad. La movilización de una ciudad castellana en SOCOITO de la Monarquía: Lorca, 1688», Clavis, 3 (2003) pp. 189-198. Para Francia, ROWLANDS, G., The Dynastic State and the Army under Louis XIV: Royal Service and Prívate Interest, 1661-1701, Cambridge, 2002. 12. ANDÚJAR CASTILLO, F., El sonido del dinero. Monarquía, ejército y venalidad en la España del siglo XVIII, Madrid, 2004, pp. 46 y 57; también, DE OÑATE ALGUERÓ, P, «Milicias provinciales y Guerra de Sucesión: la Real Cédula de 1704» en La Guerra de Sucesión en España y América, Madrid, 2001, pp. 425-438.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
93
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
actualizarse los antiguos vínculos de lealtad que unían a los subditos castellanos con su soberano'3. El objetivo de estas páginas es demostrar la relevancia que alcanzaron estos cuerpos armados no profesionales en el triunfo borbónico. A través de las milicias castellanas podremos observar el comportamiento y la organización de la sociedad ante una crisis política sin precedentes inmediatos, así como los discursos políticos y los agentes que alentaron y gestionaron el alistamiento de tantos miles de vecinos en armas. La delimitación de nuestra investigación a un espacio concreto de la geografía castellana -el reino de Murcia- permitirá comprobar la intensa militarización a la que fue sometida la población, especialmente la situada en las proximidades a los frentes activos o en las coyunturas de mayor intensidad bélica. Esta militarización de la sociedad castellana e hispánica, en general, no sólo demostraría su utilidad en las primeras décadas del siglo XVIII; también explicaría la naturaleza militar que adquirió la administración territorial borbónica, y estaría en la base del ambicioso programa de proyección exterior llevado a cabo por Felipe V en Italia -territorios perdidos en Utrecht- y en el norte de África -conquista de Oran en 1732- Por último, la participación de las milicias en la guerra estuvo estrechamente relacionada con la promoción social que experimentaron miembros de las élites locales dentro de la administración dieciochista; su nombramiento como corregidores o alcaldes mayores sería una forma de recompensar sus servicios de armas y su lealtad a la causa angevina. LOS DISCURSOS DE MOVILIZACIÓN SOCIAL La intervención de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión se debió a diferentes medios de creación de opinión. El empleo de prácticas coercitivas obligó a tomar las armas a un crecido número de vecinos que, de lo contrario, se exponían a penas de cárcel, monetarias o de servicio en frentes de mayor riesgo objetivo como Gibraltar u Oran. La resistencia de los vecinos se equiparaba a un acto de «lesa majestad» o, como afirmarían algunos eclesiásticos radicalmente proborbónicos, a un «pecado mortal»14. Pero, aún así, junto a estas formas de coacción política y moral, también se trató de convencer al subdito castellano con argumentos más emotivos que racionales. La intensa persuasión a la que fue sometida el conjunto de la sociedad hispánica se hizo efectiva a través de mecanismos que incidían en sus percepciones visuales, auditivas y hasta táctiles. De ahí que muchos de los discursos políticos que se elaboraron durante la guerra circularan a través de libros, pliegos de cordel, piezas de teatro o periódicos; se plasmaran mediante luminarias, retratos o grabados; y se
13. OJILLAMÓN ÁLVAREZ, F. J. Y MUÑOZ RODRÍGUEZ, J. D., «La lealtad castellana en la Guerra de Sucesión.
Movilización social y representación del poder en una sociedad en guerra», Revista de Historia Moderna, 24 (2006) pp. 513-536. 14. La afirmación eclesiástica procede del obispo Belluga, pero no fue el único en sostener esta opinión: PÉREZ PICAZO, M. T., La publicística española en la Guerra de Sucesión, Madrid, 1966, T. II, esp. 5-6. La equiparación a un delito de traición se dio explícitamente en la villa murciana de Muía, AMMu AC 1706AE28-VIII-1706.
94
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
transmitieran a través de toques de campana, pregones, rumores o conversaciones. Las consignas e imágenes creadas por ambos partidos dinásticos inundaron la totalidad de los espacios públicos -calle, teatro, reuniones- y privados -casa, tertulias- que eran consustanciales a la vida diaria de principios del siglo XVIII15. En este conflicto de lealtades, el clero logró un protagonismo muy relevante. Su tradicional influencia social se veía incrementada por el cariz religioso que adquirió la guerra, lo que consolidaba su capacidad para interpretar los acontecimientos y mediar ante la población. La Guerra de Sucesión fue considerada como una nueva «cruzada» en la que la lucha contra el protestante desplazó el lugar hasta entonces ocupado por el musulmán en el imaginario colectivo. Por oposición a este «hereje austracista» que definía la publicística proborbónica, se identificó a Felipe V como el único defensor de la «Religión verdadera». No obstante, esta sustitución en el foco de hostilidad no impedía el mantenimiento de muchos de los recursos que se habían empleado en la defensa frente al peligro berberisco -como era el caso de las milicias locales- e, incluso, la capitalización del ambiente militarista que este enfrentamiento secular había generado entre la población de gran parte de Castilla. La idea del austracista como «hereje» y «sacrilego» conectaba con la imagen del musulmán «infiel» que se había construido desde época medieval16, aunque tras el fracaso del Sitio de Viena (1682) el poder otomano perdiese parte de su pujanza en el Mediterráneo occidental. Por su parte, los austracistas también se hicieron presentes en este combate teológico en el que se convirtió la crisis dinástica, si bien de manera menos efectiva que sus adversarios filipistas. Aunque circularon ciertas imágenes de la profunda religiosidad del archiduque Carlos de Austria, como sucedió con la entrega de su espada a la Virgen de Monserrat17, la publicística imperial actuó, en realidad, a remolque del discurso que constantemente se emitía desde el bando borbónico. El arquetipo católico que pretendía encarnar el duque de Anjou fue contrarrestado con la divulgación de sus oscuros antecedentes dinásticos -el origen protestante de la dinastía- y la política regalista
15. Algunos de estos medios culturales en GARCÍA CÁRCEL, R., De los elogios a Felipe V, Madrid, 2002; GUILLAMÓN ÁLVAREZ, F. J., MUÑOZ RODRÍGUEZ, J. D., FLORES ARROYUELO, F. Y GONZÁLEZ CASTAÑO, J., La Guerra de Sucesión en los pliegos de cordel, Murcia, 2005; CAL MARTÍNEZ, R., «La Gazeta de Madrid y la Guerra de Sucesión», Cuadernos Dieciochistas, 3 (2002) pp. 33-56; GÓMEZ DE SALAZAR Y ALONSO, .1., «Gazeta de Murcia de 1706. Notas sobre los orígenes de la prensa murciana», Murgeíana, 7 (1957) pp. 36-95; y MORAN, M., La imagen del Rey. Felipe Vy el Arte, Madrid, 1990. 16. EKRKAI, R., Cristianos y musulmanes en la España medieval. El enemigo en el espejo, Madrid, 1984; BUNES IBARRA, M. A. DE, La imagen de los musulmanes y del Norte de África en la España de los siglos XVI y XVII. Los caracteres de una hostilidad, Madrid, 1989; y, más recientemente, DÍAZ SERRANO, A., «Moriscos en todos los mares. Difusión del imaginario morisco en los territorios de la Monarquía Hispánica, siglos XVI-XV1I» en Actas del XI Congreso Internacional de la Asociación Española de Americanistas, Murcia, 7-10 de septiembre, 2005 (en prensa). 17. V3LTES BOU, R, El Archiduque Carlos de Austria. Rey de los catalanes, Barcelona, 1953, esp. 133; una descripción más minuciosa en el impreso Mercurio veloz de noticias generales publicadas en Zaragoza a 16 de julio de 1706, Zaragoza; Francisco Revilla, 1706. En general, sobre la publicística austracista elaborada en la corte catalana, ALABRUS I IGLESIAS, R. M., Felip V i l 'opinió deis caialans, Lérida, 2001.
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
95
FRANCISCO JAVIER GUÍLLAMÓN ÁLVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
aplicada en Francia por Luis XIV. Al monarca francés se le acusaba de querer acabar con la «libertad de Europa» e imponer su ambicioso proyecto de dominio universal, como se había demostrado al «usurpar» la herencia hispánica mediante un último testamento arrancado con «violencia» a un rey moribundo18. De nada sirvieron los mejores derechos que jurídicamente -se decía- asistían a la Casa de Austria ante la fructífera persuasión conseguida por el Rey Sol en la corte madrileña. Este apreciable contenido religioso favorecía, en consecuencia, el protagonismo del clero en la movilización de una sociedad fuertemente confesionalizada. El poder de la palabra de párrocos, frailes o predicadores poseyó una enorme trascendencia en momentos de extrema necesidad para reclutar, abastecer y alojar tropas, tanto veteranas como procedentes de milicias locales. Los discursos eclesiásticos fueron empleados asiduamente para respaldar y motivar las demandas militares solicitadas por los diversos agentes del rey, de forma que su cumplimiento se equiparase a un deber religioso. El sermón sirvió para transmitir las posiciones más militantes a favor de Felipe V, aprovechando la recepción del lenguaje religioso y los vínculos morales que desencadenaba entre los fieles católicos. Los mismos publicistas proaustríacos reconocían que cada sermón era «una batería pesada que derriba centenares de hombres, casas y pueblos»; y, ciertamente, la Guerra de Sucesión tuvo uno de sus principales escenarios en los terrenos más especulativos de la teología política19. Aunque la mayor parte de los sermones que conocemos para el caso del reino de Murcia fueron impresos con elfinde exaltar destacados acontecimientos militares -victorias y conquistas20- o dinásticos -nacimientos y defunciones de miembros de la familia real21-, no hay que olvidar que su importancia como instrumento de movilización social no residía especialmente en estos ejemplos más excepcionales, sino en el resto de los pronunciados diariamente al ritmo de la guerra; sermones estos últimos de los que, lógicamente, carecemos del correspondiente testimonio escrito, pero de los que no sería difícil imaginar su clara intencionalidad política y, sobre todo, su extrema 18. GJNZÁLEZ CRUZ, D., Guerra de religión entre príncipes católicos. El discurso del cambio dinástico en España y América (1700-1714), Madrid, 2002, esp. pp. 25-36. Los ecos de esa «violencia» empleada con Carlos II los recoge BACALLAR Y SANNA, VICENTE (MARQUÉS DE SAN FELIPE), op. cit, 1957, p. 16. 19. PÉREZ PICAZO, M. T., op. cit. 1966, T. Ip. 63. Sobre el uso político del sermón, GONZÁLEZ CRUZ, D., op.
cit. 2002; y, en general, NEGREDO DEL CERRO, R, «La palabra de Dios al servicio del Rey. La legitimación de la Casa de Austria en los sermones del siglo XVII», Criticón, 84-85 (2002) pp. 295-311. 20. Por ejemplo, LÓPEZ, FR. D., Sermón predicado en acción de gracias: por la restauración de la ciudad de Valencia, al Santo Tribunal de la Inquisición, en el Real Convento de Santo Domingo de Murcia, Murcia: Jaime Mesnier, 1707, para el caso de la conquista de la ciudad de Valencia. 21. Así ocurrió con el fallecimiento del Delfín de Francia, padre de Felipe V, en LÓPEZ ORTEGA, FR. G., Threno Sacro, Oración fúnebre panegírica que en las Reales exequias del Serenísimo Señor Luis de Barbón y Austria, Delfín de Francia, Padre de Nuestro amado dueño Philipo V [...] en que la Muy Noble y Muy Leal ciudad de Murcia celebró las honras de su Alteza Real en la Iglesia Catedral. Sácala a luz la misma ciudad, y la dedica a su Dueño, y Señor Philipo Quinto, supremo monarca de las Españas, Murcia: Jaime Mesnier, 1711; o del propio Luis XIV, GONZÁLEZ DE SANDOVAL, FR. J., Ecphrasis fúnebre, de las reales exequias, que en la muerte del Señor D. Luis XIV el Grande, Rey de Francia, dispuso la M. N. M. L. y Siete Vezes coronada ciudad de Murcia [...], Murcia: Jayme Mesnier, 1716.
96
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
violencia dialéctica. Bien fuese a través de estas piezas de oratoria sagrada, o a través de otras fórmulas de comunicación social -las cartas pastorales, por ejemplo-, la verdad es que los eclesiásticos y, especialmente, los prelados castellanos más activos como el obispo Belluga, desempeñaron un gran influjo en la elaboración de los discursos políticos que proliferaron por los territorios hispánicos. La mediación del clero no se limitó, sin embargo, a proporcionar argumentos teológicos a la causa del nieto de Luis XIV. Su implicación en la guerra también abarcó otros aspectos más visibles que contribuyeron a lograr una cierta organización de la sociedad ante los principales acontecimientos de la guerra. La mayor parte de los eclesiásticos murcianos fomentaron las manifestaciones públicas en honor del soberano borbónico, ya fuesen éstas en el interior de los propios templos o en forma de procesiones por las calles principales de las ciudades. La conquista borbónica de Cartagena -17 de noviembre de 1706- o la batalla de Almansa -25 de abril de 1707-, por señalar sólo dos ejemplos bien ilustrativos, fueron noticias comunicadas a las localidades murcianas por el obispo Belluga. En sus cartas a los concejos, el prelado adjuntaba relaciones oficiales impresas e indicaba las disposiciones que debían seguirse para que la población celebrase con diversas demostraciones públicas sendas victorias22. Tedeums en las iglesias mayores, repicar de campanas, disparos de cañones y encendido de luminarias solían ser los actos más usuales para conmemorar, con mayor o menor énfasis, cada éxito militar protagonizado por el ejército filipista23. En ocasiones, algunos de estos tedeums se oficiaban expresamente ante la presencia de las advocaciones marianas más populares, que solían ser procesionadas para mayor demostración de la intercesión de Dios y la naturaleza religiosa de la guerra. Así, la ciudad de Lorca conmemoró el triunfo de Berwick en la villa de Almansa con una misa de acción de gracias ante su patraña la Virgen del Alcázar; y el obispo Belluga aprovechó el mismo motivo para hacer una procesión general con la milagrosa Virgen de los Dolores -o de las Lágrimas- en la que desfilaría sentado en una silla gestatoria y acompañado por gran número de capellanes y pajes24. En definitiva, un intenso bombardeo mediático con el que seguir alimentando el apoyo armado de la población.
22. Nos referimos a Noticia breve de la toma y restauración de la ciudad de Cartagena por las armas de nuestro católico Monarca Felipe Quinto (q. D. g.), comandadas del Sr Duque de Berwic, día ¡8 de Noviembre de 1706, Murcia: Vicente Llofriú, 1706; Copia de la relación verídica, que ha venido a esta Ciudad de la Batalla del Campo de Almansa, y Victoria que las Armas de nuestro Invicto Monarca Felipe Quinto consiguieron de los Enemigos de nuestra Religión, y de la Corona, el día 25 de Abril de 1707, Murcia: Vicente Llofriú, 1707. 23. AMM AC 1707 AE 27-IV-1707, y AMC AC 1707 27-IV-1707: por la victoria de Almansa, y AC 1708: 20-IV-1709: por la rendición del castillo de Alicante; AML AC 1707 28-IV-1707, 5-VI-l 707 y AC 1708 4-V1II-1708: por la victoria de Almansa y la conquista de Zaragoza y Tortosa, respectivamente. 24. AML AC 1707 28-IV-1707; el segundo ejemplo, que fue muy criticado por la ciudad, en AMM AC 1707 10-V-l 707, y TORRES FONTES, J. y BOSQUE CARCELLER, R., Epistolario del Cardenal Belluga, Murcia, 1962, pp. 22-25; la justificación de «la mayor procesión que se ha visto en esta tierra» en AHN E 317: Murcia, 3-V-1707: el obispo Belluga a don José Grimaldo.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
97
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
LA MILITARIZACIÓN DE LA SOCIEDAD Aunque estos discursos de movilización social poseían gran influencia en una sociedad profundamente barroca como era la castellana de principios del siglo XVIII, por sí mismos no explican del todo la amplia militarización lograda por Felipe V. La proximidad de un frente de guerra incrementaba la verosimilitud de las percepciones más radicales que circulaban en torno a las acciones del bando aliado, lo que facilitaba la labor de reclutamiento llevada a cabo por los distintos agentes borbónicos. Ese fue el caso de Murcia, cuyo reino pasó a ser una de las principales fronteras peninsulares con el austracismo, especialmente entre la primavera de 1706 y la de 1707. Durante el tiempo que las tropas aliadas pusieron en peligro la frágil estabilidad que mantenía el ordenamiento borbónico, tanto las élites locales, como el clero y su obispo, consiguieron movilizar casi permanentemente a un sector considerable de la población. Las casi 100 compañías de milicias contabilizadas en las distintas localidades del reino comprendían a más de 5000 vecinos en pie de guerra, es decir, alrededor de un 20% de los veinticinco mil que entre 1706 y 1707 vivían en territorio murciano (V. ANEXOS I y II)" Las élites locales fueron los primeros instrumentos que la Corona activó para concretar los nexos afectivos que unían a los subditos con el soberano. Su papel como agentes reales se debía no tanto a la relativa debilidad de la administración territorial castellana heredada de los Austrias -centrada principalmente en la figura del corregidor26-, como a su experiencia en la transmisión y organización de las demandas serviciales durante la centuria anterior. Asimismo, dominaban los resortes del poder local y, en su gran mayoría, poseían un capital socioeconómico con el que reforzar las disposiciones emitidas desde la corte. Si a estas razones se añade el interés que representaba el servicio directo al monarca, es comprensible que la mayor parte de los puestos de capitanes fuesen ejercidos por regidores o sus familiares más allegados. Incluso, aquellos oligarcas que no obtuvieron en su localidad el ansiado nombramiento de capitán -por rivalidades internas, por exceso de candidatos-, levantaron una compañía de vecinos cuyos gastos eran costeados de forma particular; esta práctica, que había sido frecuente en el siglo anterior, se intensificaría por la necesidad de soldados que
25. La cantidad total de compañías de milicias es difícil de conocer, dadas las múltiples fuentes documentales cuyos datos sería necesario cruzar. No obstante, creemos que ese número es bastante aproximado a la cifra real, así como el cómputo de 50 milicianos por cada una de estas compañías. Para una mayor profundización, MUÑOZ RODRÍGUEZ, J. D., Felipe Vy cien mil murcianos. Movilización social y cambio político en la Corona de Castilla durante la Guerra de Sucesión, tesis doctoral inédita, Universidad de Murcia, 2007. 26. Si bien la figura del corregidor está siendo sometida a revisión historiográfica (por ejemplo: FORTUA PÉREZ, .1. 1., «Príncipes de la República. Los corregidores de Castilla y la crisis del reino (1590-1665)», Estudis, 32 (2006) pp. 73-110), la creación de otras figuras delegadas en la segunda mitad del siglo XVII, como el superintendente de rentas reales (SÁNCHEZ BELÉN, J. A., «Absolutismo y fiscalidad en Castilla a fines del siglo XVII: el Encabezamiento general del reino (1682-1685)», Espacio, Tiempo y Forma, Serie IV, 2 (1989) pp. 175-218), da muestra de su debilidad para asumir la creciente influencia política del monarca.
98
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
persiguió a Felipe V. A este modelo de organización militar se ajusta la mayoría de las compañías de milicias levantadas en el reino de Murcia durante el conflicto sucesorio, muy similar a lo que ocurrió en otras fronteras como Andalucía o Soria27. Si bien queda fuera de los propósitos de estas páginas ofrecer un tratamiento minucioso de cada una de las milicias que recogemos en el ANEXO I, al menos señalaremos los cuatro escenarios que concentraron el empeño armado de estos varios miles de vecinos. La defensa de la capital murciana fue, quizás, el objetivo prioritario de las autoridades regionales, ya que de su resistencia dependió el avance austracista hacia Andalucía. En el verano de 1706 se reclutó a la mayor parte de la población hábil en el manejo de armas, quedando reflejado en las numerosas compañías levantadas en esta ciudad, en su mayoría encabezadas por los regidores y jurados más proborbónicos. La contención de la Cartagena austracista, sublevada el 24 de junio de 1706, también requirió de la presencia de estas tropas no profesionales; un cordón preventivo compuesto mayoritariamente por milicianos de Murcia, Lorca, Totana, Librilla y Mazarrón se establecería entorno a este puerto mediterráneo. La misma labor de contención se llevó a cabo en el interior del reino debido a las diversas incursiones protagonizadas por el ejército aliado. De hecho, en la villa de Almansa, se dio el 25 de abril de 1707 el primer enfrentamiento entre los ejércitos comandados por Berwick y Galway, cuando prácticamente toda la zona había caído en manos del Archiduque. Como se puede observar por el número de compañías surgidas en estas localidades -Villena, Almansa, Jumilla o Yecla-, la contribución militar de la población alcanzó gran intensidad, como consecuencia de la proximidad del ejército enemigo y de los discursos movilizadores puestos en circulación por élites y clero. Por último, las milicias murcianas fueron empleadas también en la conquista del reino de Valencia, tanto a comienzos de 1706, tras su cambio de lealtad dinástica, como inmediatamente después de la batalla de Almansa. Siendo trascendental la intervención de las élites locales en la organización militar, el papel del clero como agente del poder monárquico tampoco fue menor. Muchos eclesiásticos participaron directamente en la guerra al mando de tropas, constituyendo el reino de Murcia una de las fronteras donde esta situación adquirió un grado más extremo. El socorro de Alicante en los primeros meses de 1706 proporcionó al obispo Belluga la oportunidad de presentarse ante la opinión pública como un prelado que luchaba por «Dios, el Rey y la Patria» junto a un ejército de más de tres mil milicianos28. A la defensa de la capital murciana en septiembre de ese año acudieron, incluso, 27. No abundan los trabajos sobre esta movilización de la población castellana; nos han servido como modelos comparativos, CALVO POYATO, J., Guerra de Sucesión en Andalucía, Córdoba, 1982; CONTRERAS GAY, J., «La unión defensiva de los reinos de Andalucía en la Guerra de Sucesión» en La Guerra de Sucesión en España y América, Madrid, 2001, pp. 15-78; BEL BRAVO, M. A., CAÑADA HORNOS, M .1., DÍAZ HERNÁNDEZ, .1. M., MORAL TROYA, A. Y RUEDA JÁNDULA, 1., La Guerra de Sucesión en la
Provincia de Jaén desde la perspectiva de la nueva historia cultural, Jaén, 2002; y AGUIRRE MARTÍN, C , Los avalares de la Guerra de Sucesión en El Burgo de Osma (1700-1714), Soria, 2000. 28. Al respecto es de especial interés el impreso titulado Célebre pompa, magnífico aparato yfestivas demostraciones, con que los muy ilustres señores de la Junta de ambos cabildos Eclesiástico y Secular [...] ha ejecutado por los felices sucesos conseguidos por el llustrisimo señor Don Luis Belluga y Moneada [...]
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
99
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
sacerdotes y frailes bajo las órdenes de sus superiores «con hábitos enfaldados, puestas en la cinta espadas y chafarotes, cada uno con un fusil al hombro, cruzados los pechos con las bolsas de las municiones y en la cabeza un sombrero de tres picos con una escarapela de cintas blancas y encarnadas»29. Esta decidida actuación militar del obispo Belluga y otros religiosos murcianos se manifiesta en la adopción de relevantes empleos militares: el primero fue nombrado virrey y capitán general de Valencia en junio de 1706, al que sumó el título de «capitán general de las tropas», «general» o hasta «virrey» que indistintamente se empleó para referirse a su autoridad dentro del ámbito territorial murciano; por su parte, el inquisidor don José Fernández de Toro, obispo electo de Oviedo, se intituló por las mismas fechas como «general de las tropas del reino» y «comandante de las milicias de la frontera de Villena», cargos todos ellos inexistentes hasta ese momento en la administración político-militar. El titular de la diócesis de Cartagena fue, ciertamente, una pieza fundamental para convencer a las ciudades y villas de la urgencia de una decidida colaboración con la Corona, en el reclutamiento de hombres aptos para los nuevos regimientos del ejército, así como en el envío de dinero y víveres para su abastecimiento. En junio de 1706, por ejemplo, colaboró en la formación de cuatro regimientos de infantería a partir de las milicias del reino que le habían acompañado en la defensa de la ciudad de Villena y otras localidades manchegas cercanas, cuyas plazas de oficiales se encargaría él mismo de otorgar entre los miembros de las élites locales30. Entre ellos se encontraban regidores de Murcia -los coroneles don Gil Francisco Molina de Junterón y don Baltasar Fontes de Albornoz, por ejemplo-, Cartagena -el coronel don Francisco de Montenegro Imperial-, Lorca -el coronel don Diego Antonio Alburquerque Leonés-, Cieza -el coronel don Matías Marín-Blázquez- y Muía -los capitanes don Femando Dato y don Juan Fernández Capel-, todos ellos individuos que se destacarían en la defensa de los derechos dinásticos de Felipe V. No obstante, si la intervención del prelado constituye uno de los topoi más conocidos de la Guerra de Sucesión en el levante peninsular, no fue menos decisiva su labor de ideólogo y promotor de los discursos político-religiosos que contenían la propaganda borbónica. Belluga se dirigió a sus diocesanos en numerosas ocasiones, empleando para ello cartas pastorales, sermones y oraciones públicas que tuvieron notable trascendencia incluso más allá del ámbito castellano. Así, por ejemplo, su Carta a los fieles en el socorro de Alicante, y restauración de las villas de San Juan, Muchamiel, Relien, Onteniente y los demás de su distrito en este año de 1706, que publicó PÉREZ GÓMEZ, A., El cardenal Belluga. Pastorales y documentos de su época, Murcia, 1962, pp. 65-72; también, MlÑANA, J. M., La Guerra de Sucesión en Valencia. Edición a cargo de F. J. Pérez y J. M. Estellés, Murcia, 1985, pp. 88-92; PRADELLS NADAL, J., Del foralismo al centralismo. Alicante, 1700-1725, Alicante, 1984, pp. 53-60; y PÉREZ APARICIO, C , «El conflicte successori: guerra i pau al País Valencia» en Enfrontaments civils: postguerres i reconstruccions, Lérida, 2005, pp. 55-74. Sobre el mando de tropas por religiosos castellanos, GONZÁLEZ CRUZ, D., op. cit., 2002, esp. pp. 256-263. 29. La referencia la da DOMÍNGUEZ ORTIZ, A., Estado y Sociedad en el siglo XVIll español, Barcelona, 1990, p. 43. 30. AHN E 504: Madrid, 13-V1-1706: don José Grimaldo a don Daniel Mahoni.
100
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
de su Diócesis o el Sermón sobre el pretendido milagro de la Virgen de las Lágrimas llegaron a difundirse por los virreinatos americanos e Italia: el primero fue reimpreso en Lima en 1710 por orden del arzobispo don Melchor de Liñán y Cisneros; y el segundo en Ñapóles en vísperas de la conquista de este territorio por las tropas imperiales31. La tolerancia social con la que la población asumió las continuas demandas militares fue lograda, en parte, a estas muestras de propaganda dinástica que tanto se valían de las devociones católicas para justificar opciones políticas concretas. LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS PARA LA GUERRA Además de las élites locales y del obispo Belluga, la creciente coerción política provino a partir de otras vías más dependientes del sistema de gobierno de la Corona. La necesidad de conseguir mayor eficacia en la gestión de los recursos movilizados -como eran las milicias locales- fue lo que llevó a establecer una nueva red de agentes reales que, en realidad, constituía una estructura político-militar de nueva planta y con ciertas influencias francesas, yuxtapuesta a los resortes administrativos ya existentes. En muchas ocasiones se trataba de un desplazamiento de las instancias civiles por estas otras de carácter militar, de forma similar a lo que sucedería con la administración borbónica que se impondría en los territorios de la Corona de Aragón después de la supresión de sus fueros32. En el reino de Murcia, esta nueva estructura político-militar se tradujo en la presencia de dos nuevos gobernadores militares -en Cartagena y la capital-, otros cuatro cargos con funciones de comandante -dos en las ciudades anteriores y otros dos en Lorca y Villena-, además de dos empleos de comisario real de guerra. Casi todos los individuos que ocuparon estos nuevos cargos pertenecían al ejército, o habían desempeñado con anterioridad tareas de gestión fiscal dentro del sistema de superintendencias, lo que implicaba en ambos casos una experiencia en el servicio al monarca. El gobernador militar y el teniente de Rey de Cartagena fueron creados tras la conquista de esta ciudad por las tropas del duque de Berwick en noviembre de 1706. El primero, para el que sería nombrado el coronel de origen irlandés don Daniel Mahoni33, contaba con el antecedente del gobernador político y militar que se establecería en
31. S-XLUUA Y MONCADA, L. A., Sermón que el obispo de Cartagena, [...] se celebró a Marria Santísima de los Dolores en su santísima imagen de las lágrimas, en acción de gracias por el nacimiento de nuestro Serenísimo Príncipe el Señor don Luis Fernando, Príncipe de Asturias, dedícalo a la Magestad Católica de el Rey N. S. don Felipe Quinto, el Magnánimo, Rey de las Españas, Murcia, Vicente Llofriu, 18 de setiembre de 1707; y Carta del limo. Sr. D. Luis Belluga [...] escrita a los fieles de su Obispado: principalmente a la gente sencilla, previniéndoles del riesgo de dar crédito a una falsa doctrina y error, que en conversaciones privadas y hasta en el confesionario en esta Ciudad y en algunos lugares de la Diócesi se ha procurado sembrar, Murcia: s.i, 1706. 32. QMÉNEZ LÓPEZ, E., Gobernar con una misma Ley. Sobre la Nueva Planta Borbónica en Valencia, Alicante, 1999, esp. pp. 13-47. 33. AMC AC 1707 AO 28-11-1707: bienvenida al coronel Mahoni; el título era del día 9 del mismo mes.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
101
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
Cartagena, como en otros puertos mediterráneos, a principios de la década de 165034. El teniente de Rey, por su parte, redefmía el antiguo puesto de castellano del castillo de la ciudad, pero otorgándole mayores atribuciones gubernativas. Este empleo fue desempeñado por don Patricio Misset, capitán de un regimiento de irlandeses del ejército francés -luego ascendido a coronel y gobernador de Alicante-, y llevaba aparejado cubrir las ausencias del gobernador militar de Cartagena35. El teniente de Rey Misset, que indistintamente asumía el título de comandante36, consiguió erigirse en uno de los más destacados representantes de la Corona en Cartagena en ausencia de su gobernador -que proseguía con sus tropas el avance por territorio valenciano-, y especialmente en detrimento de las competencias que eran propias al también nuevo corregidor de la ciudad, don Pablo Ayuso y Garbia37. Durante algún tiempo fueron frecuentes los conflictos de jurisdicción entre los poderosos representantes militares y la nueva administración civil que se situó en el la ciudad portuaria. Esta misma intención de eficacia subyacía en los cargos de gobernador militar de Murcia y en los de comandantes de las ciudades de Lorca y Villena. En el primer caso, fue el propio coronel Mahoni el que solicitó a Grimaldo en 1707 la creación de este nuevo empleo, del que dependerían inicialmente las tropas profesionales y milicianas acuarteladas en las proximidades de la capital38. Sin embargo, sus funciones militares fueron ampliándose en una ciudad muy cercana al frente de guerra, donde el control de la población constituía un objetivo primordial. El gobierno militar de Murcia sería ejercido, en un primer momento, por el mariscal de campo don Tomás Vicentelo y Toledo, hermano del II marqués de Brenes, auxiliado en las tareas de comandancia por el antiguo sargento mayor de milicias del reino, otro de los empleos que verían redefmido su título y competencias durante la Guerra de Sucesión. De este modo, sería el coronel don Gerónimo Miño y Valterra, que se había encargado por orden del obispo Belluga de la antigua sargentía a su vuelta de la defensa de las ciudades de Villena y Alicante, el que pasó a ocupar la nueva comandancia militar de la capital murciana39. Por su parte, en la ciudad de Lorca, con el propósito de fiscalizar los amplios recursos frumentarios de la segunda ciudad del reino de Murcia y de vigilar el paso
34. Sobre esta figura, MUÑOZ RODRÍGUEZ, J. D., «Consenso e imposición en la conservación de la Monarquía. La práctica política en un territorio de la periferia castellana: el reino de Murcia (1682-1700)», Hispania, 215 (2003) pp. 969-994. 35. AHN E 463: Madrid, 5-1-1708: despacho del duque de San Juan a don José Grimaldo. La participación de tropas irlandesas en BORREGUERO BELTRÁN, C , «Soldados irlandeses en el ejército español del siglo XVIII» en VILLAR GARCÍA, M. B. (ED.): La emigración irlandesa en el siglo XVIII, Málaga, 2000, pp. 103-126. 36. AHN E 463: Cartagena, 31-X-1707: don Patricio Misset a don José Grimaldo. 37. AHN E504: Cartagena, 5-IX-1707: don Patricio Misset a don José Grimaldo, por la resistencia del corregidor a pagar los 400 doblones a que asciende el sustento de los prisioneros que hay en el castillo. 38. AHN E 287: Carcagente, 14-XI-1707: el coronel Mahoni a don José Grimaldo. 39. AHN E 504: Murcia, I6-VIII-1707: don Gerónimo Miño a don José Grimaldo, donde señala sus servicios.
102
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
natural hacia Andalucía40, vital en la estrategia de la guerra, se dispondría desde 1706 del «cabo y comandante de Lorca, su castillo y fronteras», lo que carecía de un antecedente inmediato más allá del oficio de alcaide del castillo que estaba en manos de los marqueses de los Vélez y que ejercían mediante tenientes desde época bajomedieval. No obstante, conforme el frente de guerra se adentró en el reino de Valencia este puesto militar perdió importancia hasta quedar durante algún tiempo en posesión de regidores de la ciudad41. Por último, el comandante militar de la ciudad de Villena se situaba, igualmente, en otro espacio de importancia estratégica, cercano a la llanura manchega y a la vía de comunicación con el reino de Valencia42. Una posición estratégica entre los territorios de Castilla y Aragón que se demostraría al producirse allí la crucial batalla de Almansa. Estructura político-militar en el reino de Murcia (1706-7) Localidad Nuevo cargo Cartagena Gobernador militar Cartagena Teniente de Rey/ comandante Gobernador Murcia militar Murcia Comandante
Aflo Antecedente inmediato Persona encargada 1706 Gobernador de lo Coronel don Daniel Mahoni, político y Militar futuro conde de Mahoi 1706 Castellano del castillo Capitán don Patricio Misset 1707 inexistente
Mariscal don Tomás Vicentelo Coronel don Gerónimo Miño y Valterra
Lorca
Comandante
1707 Sargento mayor de milicias de la ciudad y el reino 1706 inexistente
Villena
Comandante
1706 inexistente
Murcia
Comisario real
1706 inexistente
Cartagena Comisario real
1707 inexistente
Teniente Coronel don Pedro de Castro y Cárdenas y el regidor don Juan Alfonso Alburquerque Marín don Agustín de Vargas Machuca y el brigadier don Domingo Robinier («gobernador-comandante») don Eugenio de Yepes, regidor de Murcia don Pedro Antonio Tacón y Cárdenas, regidor de Cartagena
FUENTE: Diversa documentación consultada.
40. AML AC 1702 AO 30-VIII-1702: entrega de 160 fanegas de trigo; AC 1707 AO 6-1II-1707: trigo y cebada para socorrer la plaza de Oran por orden del Obispo Belluga; o AC 1709 AO 23-11-1709: Memoria de las partidas de trigo que han entregado diferentes particulares. 41. AUN E 504: Campo de Murcia, 28-VII-1706: el capitán don Pedro de Castro y Cárdenas, comandante de Lorca, a don José Grimaldo, solicitando se le ascienda a brigadier. El 3 de octubre Belluga nombraba con parecidos títulos al regidor don Juan Alfonso Alburquerque Marín y Leonés, AML AC 1706 AO 6-X-1706. 42. AHN E 504: Alicante, 24-VII-1706: el coronel Mahoni al obispo Belluga.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
103
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
Las reformas emprendidas por Felipe V también conllevaría la creación de nuevas instancias en la administración territorial del ejército. Como mimesis a los órganos inspectores dependientes de la secretaría de Guerra, en las ciudades de frontera donde se concentraban gran cantidad de tropas se estableció el empleo de comisario real de guerra, título que puede prestarse a confusión con los cometidos militares que habían desempeñado tradicionalmente algunos regidores en los concejos castellanos43. Sin embargo, los comisarios de guerra dependían jerárquicamente de la administración de la Corona y eran los encargados de las labores plenamente comisariales de control, intendencia y reclutamiento de las tropas acuarteladas en las distintas poblaciones. Su aparición en el reino de Murcia, por ejemplo, fue simultánea al levantamiento en 1706 de cuatro regimientos de infantería formados por orden del obispo Belluga a partir de las milicias del reino. La plaza de comisario de guerra fue encomendada al regidor de la capital y hábito de Santiago don Eugenio de Yepes y Rojas44, el cual se convertiría en el más activo brazo ejecutor que, en el campo de la gestión militar, tendría el poderoso prelado cartaginense45. Posteriormente, la presencia de numerosas tropas en la recién conquistada Cartagena obligó a nombrar otro comisario en este puerto mediterráneo, lo que se hizo en la persona del también regidor cartagenero don Pedro Antonio Tacón y Cárdenas, hijo de don Domingo Antonio Tacón, veedor y contador de armadas y fronteras46. La ambigüedad jurisdiccional de esta figura administrativa, derivada de la necesidad coyuntural con la que surgió, sería el germen de numerosos conflictos jurisdiccionales con los representantes de la antigua administración monárquica, en especial, con los diferentes corregidores de las ciudades del reino. Tan sólo la gestión económica del ejército estaría fuera de las competencias de los comisarios reales, ya que recaería en el nuevo tesorero de guerra, dependiente de otro superior para todo el ámbito peninsular (tesorero mayor de guerra)47. Este empleo, desempeñado por don Antonio Vallejo y Medrano, antiguo contador de rentas reales de la superintendencia, completaría la nueva estructura político-militar implantada por Felipe V para movilizar y controlar una sociedad en guerra.
43. Por ejemplo, en Murcia: Ruiz IBÁÑEZ, J. J., op. cit, 1995, pp. 227-229. 44. AHN E 504: don José Grimaldo al obispo Belluga: Madrid, 13-VI-l 706, donde se le señala un sueldo de 150 escudos y se le promete una plaza de corregidor; anteriormente había desempeñado la administración de las rentas provinciales. 45. AHN E 504: Cartagena, 28-X1-1707: el obispo Belluga a don José Grimaldo. 46. AGS E L458: Madrid, 12-1-1707; y AHPM 6007: Cartagena, 18-V-1710: poder de doña Gerónima de Cárdenas. Existió una larga tradición de los principales linajes cartageneros a ocupar los cargos militares allí existentes; al respecto, MONTOJO MONTOJO, V, «Matrimonio y patrimonio en la Oligarquía Cartagenera (siglos XVI-XVII)» en CHACÓN JIMÉNEZ, R, HERNÁNDEZ FRANCO, J. Y PEÑAFIEL RAMÓN,
A. (EDITS): Familia, grupos sociales y Mujer en España, Murcia, 1991, pp. 49-95. 47. AHN E 504: Murcia, 16-VIII-1707: el obispo Belluga a don José Grimaldo. Sobre esta figura, DUBET, A., «Administrar los gastos de guerra: Juan Orry y las primeras reformas de Felipe V (1703-1705)» en GU1MERÁ, A. Y PERALTA, V. (COORDS.): El Equilibrio de los Imperios: De Utrecht a Trafalgar, Madrid, 2005, pp. 1269-1287.
104
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
EL PRECIO DE LA LEALTAD BORBÓNICA La guerra siempre ha servido para recompensar a aliados y castigar a quienes han mantenido una posición equívoca o contraria a la sostenida por el triunfador. La Guerra de Sucesión no escaparía de esta constante histórica, siendo como fue, además, un conflicto civil que enfrentó a vecinos de los distintos reinos hispánicos por defender opciones dinásticas contrapuestas. Apoyar militarmente la opción borbónica conllevó que se cumplieran las expectativas de mercedes que buena parte de las élites castellanas esperaban de su colaboración armada, muchas veces en el frente de batalla, pero otras muchas por fomentar tan sólo la legitimidad dinástica y la contribución fiscal de la población48. En este sentido, el reinado de Felipe V continuó e, incluso, intensificó una evolución ascendente de la liberalidad regia que se había iniciado aproximadamente a mediados del Seiscientos, simultáneamente al debilitamiento de la hegemonía continental de los Habsburgo. El cambio inmóvil que, en términos nobiliarios, se experimentó en la sociedad castellana durante época moderna tenía una de sus causas en la creciente colaboración militar que los poderosos locales establecieron con la Monarquía49. En el reino de Murcia, la concreción de la gracia real casi siempre contó con la mediación del obispo Belluga, quien su férrea defensa del partido de las lises le permitió convertirse en el agente real con más poder en el sureste castellano y en el arbitro de la difícil posguerra. Los órganos cortesanos le consultaban sobre la idoneidad de las mercedes solicitadas al monarca y consideraban las propuestas realizadas por el prelado para retribuir el apoyo social prestado durante la guerra. Su objetivo de premiar lealtades de las élites locales fue acompañado de un especial cuidado para que las nuevos atributos simbólicos -hábitos o títulos nobiliarios- no supusieran importantes fracturas en el equilibrio del poder local. De este modo, amparó el reconocimiento de individuos que se habían destacado por sus servicios de armas al frente de milicias, como ocurrió, por ejemplo, con don Fernando Dato, don Alonso López García o don Matías Marín-Blázquez, regidores de Muía, Cehegín y Cieza que obtuvieron un hábito de orden militar cada uno50; pero, asimismo, no facilitó concesiones -la del título nobiliario de don Francisco Montenegro, regidor de Cartagena51- que podían fortalecer determinados linajes frente a otros. El mando de una compañía de milicias también permitió iniciar carreras en la administración borbónica, cuya capacidad de absorción profesional creció tras la implanta-
48. Por ejemplo, GONZÁLEZ BELTRÁN, J. M., «Constitución y reproducción de una oligarquía urbana. Los Veinticuatros de Jerez de la Frontera en el siglo XVII», Revista de Historia Moderna, 19 (2001) pp. 355384; ANDÚIAR CASTILLO, F., «Servicios para la guerra, mercedes para las oligarquías. Las recompensas de la Guerra de Sucesión en Andalucía» en DE BERNARDO ARES, J. M. (ED.): Sucesión de la Monarquía Hispánica, vol. 1 (en prensa), a quien agradecemos su amabilidad por facilitarnos una copia. 49. La expresión la hemos tomado de SORIA MESA, E., El cambio inmóvil. Transformaciones y permanencias en una élite de poder (Córdoba, siglos XVI-XIX), Córdoba, 2000, asimismo, remitimos a su reciente libro titulado La nobleza en la España moderna, cambio y continuidad, Madrid, 2007. 50. AHN E 287: Cartagena, l-XI-1707: el obispo Belluga a don José Grimaldo; E 409: Bullas, 14-XII-l 711: los mismos; y E 409: Murcia, 17-11-1711, respectivamente. 51. AHN E 409: Cartagena, 9-XI-1711: don Francisco José de Montenegro a don José Grimaldo.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
105
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
ción de las nuevas instituciones de gobierno en los territorios de la Corona de Aragón. Después de la guerra, no sería extraño que destacados capitanes de milicias se incorporasen como oidores, corregidores o alcaldes mayores52, siendo el caso, entre tantos muchos naturales del reino de Murcia, de don Juan Fernández de Cáceres53, don Luis Antonio de Mergelina y Mota54, don Gerónimo de Zarandona55, don Manuel Valcárcel56 y Velasco, don Diego Alejandro Portocarrero57 o don José Manuel Piquinotti, conde de Villaleal58. A todos ellos, sus servicios de armas les sirvieron para conseguir una posición remunerable ante el soberano que consolidase su capital social. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión se obtuvo, en consecuencia, a partir del empleo masivo de las milicias locales, una vía que había sido usual en las últimas décadas del siglo XVII ante la amenaza francesa en el Mediterráneo y berberisca en las plazas norteafricanas. Para su movilización, la Corona contó con la colaboración de gran parte de las élites locales y el clero, que se volcaron en la circulación de discursos político-religiosos que alentaran la participación de la población en la defensa armada. Este apoyo militar desde la misma base social castellana paliaba, en parte, la falta de tropas de Felipe V y, sobre todo, construía un liderazgo político fuertemente interrelacionado con la población. Probablemente a la militarización de la sociedad hispánica de principios del siglo XVIII habría que atribuir la tolerancia social con la que se asumieron los cambios políticos que introduciría el reformismo borbónico.
52. M3LAS RIBALTA, P., Los magistrados de la Ilustración, Madrid, 2000, y GÓMEZ-RlVERO, R., El Ministerio de Justicia en España (1714-1812), Madrid, 1999, donde se recoge la evolución de muchos de los individuos que compusieron la nueva élite política borbónica. 53. Este lorquino fue corregidor de Villena durante la batalla de Almansa, en donde nombró por su teniente a su hermano don Andrés, capitán de una milicia de su ciudad natal; pasó a Valencia como juez de confiscaciones (1710), para luego ir como alcalde del crimen (1715) y oidor (1726) en la Chancillería de Granada, hasta terminar como alcalde de casa y corte (1732-2739); AGS GM 1958: Memorial de servicios de don Andrés Fernández de Cáceres. 54. De regidor de Villena había pasado a corregidor de Carrión y Sahagún (1697), San Clemente (1708), Córdoba (1713), intendente de Salamanca, corregidor de Valencia y, por último, intendente de los reinos de Valencia y Murcia (1718); al respecto, GIMÉNEZ LÓPEZ, E., Militares en Valencia (1707-1808). Los instrumentos del poder borbónico entre la Nueva Planta y la crisis del Antiguo Régimen, Alicante, 1990, pp. 161-163. 55. Era regidor de Murcia, de donde pasó como comandante del castillo de Jumilla por nombramiento de Belluga; propuesto para los corregimientos de Chinchilla y Ecija (1714), pasó a ostentar el de Cáceres (1715); AGS GJ 133: Madrid, 11 -XI1-1714: consulta, y AHN CS 13604: Madrid, 30-IV-1714: consulta. 56. Había sido capitán en la conquista de Valencia y en Oran y fue propuesto para los corregimientos de Teruel (1714) y Cacares (1715), actuando posteriormente como abogado ante los reales consejos; uno de los asuntos que llevó fue en 1724 la constitución de la Universidad de Santiago de Chile con el título de San Felipe; AGS GJ 133: consultas: Madrid, 11 -XII-1714, y AHN E 287: Cartagena, 1 -XI-1707: consulta. 57. Regidor de Murcia, se destacó en la organización de las milicias de la capital; fue propuesto para los corregimientos de Calatayud (1714) y las Cinco Villas de Aragón (1715); AGS GJ 133: Madrid, 24-11715: consulta,yAHN CS 13604: Madrid, 19-V-1721: consulta. 58. Regidor de Murcia, también se destacó en la organización de sus milicias, pasando a la conquista de Valencia con el obispo Belluga; fue propuesto para el corregimiento de Huesca (1715); AGS GJ 133: Madrid, 24-1-1715: consulta.
1 06
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
*3 ~5
^i-H
c
0¡ tí
.tí
.tí
1=*
CL> •o
O
o
B
TS
1
e u
-a o tí
o
03
_o3
s3
í-<
'C o tí
S— O
ns -O ttf
.e
0> T3
Oí 73
O
O
tí
tí
O
& S 5 Jb 1 5b oo a 1 o u ^ tí tí tí
(D
Oí a>
(--
VH
tí
^ tí
t-
tí
tí 3 aj
3
o
u
u
T3
T3
-3
O T3
0)
O
tí
-a -o
l-H
^D O
y2
r-
o
5b <¡j u tí 3
o
-a •a a> u tí tí tí tí c O o io- S-H o o Í-H O o O o O!U U U U U ^D VO MD ^o V O O O o o o r- f - r- r~ r-
0>
tí
O
VO
o o r- (^
f *
.g ^ .«
s B
3
ÍH
»s !-« tí
-o -o -a - d o o o o o 1 tí tí tí tí e <ü Oí 1) a> <¡j
3
o i-O O o O U U
•5
.tí
(U
^
3
O
o
.tí
3 u
tí
IB
t "
15b oo 1Si
CD
3
%
tL> T3
LH
B
S-H
Í-I
cd .£> «i
_ca -3 .3 ^CH a> u 4J 'C o tí tí
o 0)
0)
|
ID
tí
3
a> -d i>
tí
o ^ o U ^o o t-~
^H
tí
a o
1 w z
.3
^
o
2
73
o T3
tí !a -03
= a & b£ 'o ^
.¡N
SM
°s 3
3 '3 (-H
os o
^ S S tí
3
B
«J
—
1a.
!D
>
s CS
C3
'a
O
ÍH
o VH
3
3
3
.3
^
sss
VH
O
'tí O o -a tí
53
O k-
P-H
B
¡
•o w
"c3 ffl N O O CQ
R J t-^
<¡
W W Q O
<
g
w
2: -3 c « " 13
£ J= "
03
o tí •o -CS oo tíP
00
tí tu 00 cd N cu
CS
U U
C3 O O
hJ
tí o.
'2 B
'E, 8 _, U« iS •3
'p 3
s
o
ts>
'o
C3
tí u
~03
'o
o o tí
¿£ o
03
a oo ftfi ca u es ^ (D U C¿ O -a U
O
fe O X
tí
t/¡
.3
•a 03
•tí -03
<4-<
B-
.tí
!
o 3 '5b
.>
-3
'£¡ c
3
o
-a "3 c o i o O ro r^
u s
03 C8
tí o
T3 •'-U >^=í c^ ' t í
i--
>>
•o o
c
i-
.o
KJ O
0) J2 03 O O
^ 13
'5b
V-
-3
13) 15b
-S 'C T3
CS
w
0)
5 <í
w H
< N
H •O O Z: N o H tu
s
o
Oí)
< s 5 hJ 5 < < 2 o
p
u < 1-4
N W dn
w o >-> <; m o H
O)
<
w
pq
O cy a N oí e¿ O w i
o
o ce "o tí cd
<
B tí
-o
Ü
"S
o <
w w cy oá o e H D ea o j c O
o -a OH
o" < w < o
< <;
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
107
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ALVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
ca
C3
S-H
5-H
(D
C+H
o a a,
S -
.tí - § o u
ítí ca
CD
tí
_g CD
o o ca
§
o O
o
o
& o o
<
-§
t-<
CD
CD
tí
Cj-H
tí
tí
CD
CD "O ca
ca
O o
ca
§
M tí T3 ca
!tí ca
o o ca tí tí
-o -§
&
§• O O o- o
.§ §• O
o
¡
§
& o o ca tí 3 CD T3
el 0
-o ca
•s
c3 V-
1 1tí 1 1 c+-< tí
T3 ca
!
tí
CL)
ca
§ •§
&
1> T3
ca
C4-<
tí
ID T3
ca
-§ &
ca
%- co
tí tí
o
o ca
tí tí
tí tí ü ca
o ca O tí
o o ca B 3
-o -§ .§
O
o
o
ca
ca
CD
0)
CL>
ca
ca
ca
CD
CD
Oí
CJ
-o ca
c+-i
tí
CD
ca
o o ca
§ CU
& o o ca o
tí
a>
y3 O
CL>
1 1 1 1 1 1 «1 «1tí tí
O
r-
ca
ca
ca
CD
CD
S-H CD
tí
1
}-*
tí
0>
ca
C+H
tí
tí
(D CD
•o ca •o ! ca
§
tí
tí
CD T3
CD
T3
ca
•a
1 o >u o o o o ca C 3
o ca tí 3
CD T3
CD
ca tí 3 CD T3
ca
o ca C 3 CD
•tí tí -ca
o
o
O
o
o
CD
T3
ca
o o ca
c 3 CD
tí -ca
o
C+-*
tí
CD
T3
ca
C4-*
tí CD
-o ca
Ct-H
tí
CD T3 ca
c0
cd J-H
1c 1 CD
-o ca
ca M CD C+-*
C(-H
tí
tí
CD
CD " O C0
•a ca
cO (L>
1 C4^
tí CD
ca
'a 'a 'U •a 'a •a & 1 1 1 1 1 po 1o o o o 1 o o o
•§
-§ -S & & & & & & CJ U o U O u
& & u o u
ro o r—
ctí
"9 •s •a •a
1 1 o
'§ ' § o o ca
T3
S1 o
ca
o o o o ca ca tí § tí o>
-a O
ca
ca a>
Ü
CD
-o -§
C3
Í-H
c
'§ '§ ex S £ o o ca (3 3
ca
CD
O
ca ca
ca
•a
CD o ca o ca ca tí oca tí tí tí tí 3 tí CD CD tí CD
ca tí 3
CD
o ca tí tí
CD -d tí -ca
o ca
tí 3
CD
ca
tí tí
CD
CD
T3
-o tí
-5 -ca
-ca
ca-
O y3
o
& & & o
o
o
& & & O u U o
o
o
o
C--
C--
o-
ÍM
o
.2 S 3 o
"2 '5b
o-
u
ÍH S-H
O "d bfl CD C--
o o o -d " d se bD b O 1)
CD
O T3 b£> ü
o
o •o
"2 '5b
o
CD
CD 04 0< 04 o4 0< P4
o>
CU
O c« tí O
£ o Z
5
C/3
c^- O
S O
-CD
CD
•a
1
O
Pw
CU i J3 a W ' S oca
ca
-o
< <
fin 00
W
_o
O H
C3
04 O H
z f£ < u <
O CD
z" o u
W
&0
'o §
-tu
<;
ti,
tí
5
m
N W Q
i •< o Z
§ w
U PH
O
o
o O
í-H
o o o o o O -o "2 "2 "2 - o "2 'ÓO CD
'5b '5b '5b '5b '5b CD CD CD CD CD
1—i
w <í < <
t/3 C/3
O ca
1 1i ca
O
<
xi
'3
c/i
'3
BÍ
u o Si
C/3
O
O
P N
o 'tí o tí
vi
tí
Í-.
CD i-H
CD
CD
•o - o 3 .§
11
P4 04 04 o4 04 o4 fe fe
o o
o -a §
o
'5
tí
c ca
CD
-d tí
P4 P4
< <: 2
-tu C
N W
i
z m <: a < N o u < o c/a o 0 0
O
s
Q p< W O O H
z' -O CQ
O
i z
>
"3
O
o
CD
ca
c/1
'3
u
co tí O
HH
T 3
s
t/)
V)
<;
o ca
CD
CD
PH
§ Q
<
108
O
'3 tí ca -o Í-H tí pq" O
d 'o O z > tí c/3" <¡ < -w ob ü fe > < O CD m u 5 <: < t/3 t/3 o t/T N
O
Í-H
o o
C ca
6
o
Í-H
"3 "2 "2 '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b i> Pí P¿ P¿ 04 P4 P¿
o
B
o 3 "2 "2 '5b '5b
C/3
o -d ca
o tZ)
fi o
o"
o
04
<
•s
s < w Ó <; z" W Z z w ~04 w < Q "2 < w Q
Ü
1
fe Q o m >—i
• J
c/í -CD
•o fi
<
p
P4 N N N W W M O N U z z Q
N W
<; < N N o O '< N ~2 z § o -< o O O o o C/3 oí N N o
¡
CD Pw
N W £3 Ü
Z 'Z w N
Q W N X W u
z
~< 00
N
ca
s <
R E V I S T A D E HISTORIA M O D E R N A N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
O-
o-
.2
-2
*C cu c a
cu -d o
"S. =
-2 -2 '<3 «
.tí CU
o o ce
tí 3
-o cu 2 <3 -o C3
o U o
1
V3 O
o
O t/3
-o ca ca
&
OH
."n 2 o
o o as tí 3
1
tu
-d
-o
ca O
o
•s
o a> CU T3
CU
1 1 'S. o
cci
"o
a
tu
c
ca . 2 . 2 -2 -2 -2 . 2 -2 ' C 'n 'S ~n ^C cu -2
ju la
.tí CU
.2
ití ca a.
ca o
t!
O o o
"3
8
03
;
tu
tu
3
ea
c¿*
.tí
tu c3
,
a CU
-o ca
§
11 o o ca
§
tu
O o ca
o o ca
tí tí cu cu - d tí tí
1 -o1 1 1
tu tí
C4-H
.tí CU
cS
o
el
O O
ca tí 3 cu
ca o.
S
1 11 -2
~!§
*>a ca
o o ca
§
§
tu
cu
tü
-a -a
ca
1 1 'i1
o o ca tí tí
1
cu
"S
o
ca
o o
CS
o o ca 0 tí cu -d tí
•a tí tí -ca -es -ca
-2 -2 -2 -2 -2 . 2 -2 -2 *£H B t u S CU CU CU CU cu c 3 3 tí et •3 3
.2 ~C
tu
.tí .tí C+-i .tí cu tí cu t+H .tí CU " d cu CU T 3 ca •o ca • o
53
s
cu
t+-<
C¿-i
,s -2 -2 <3 tu tí C4-H
o .tí o ca CU
§ •a cu .2 T3 <3 ca
ca
1 16
OH
o cu ca tí 3 cu -a tí
o o ca tí 3 cu •d
1
'I 'I 'I 'I f 'I 1 'I s u '1
o U o
o
o
'§•
O
U
<
-4->
o r-
o r-
o
U U O r-
O
U
o r-
U
o r-
U
o
o O o r-
t+H
,C .tí .tí tu cu CU • d •d •d ca ca _C3 ;3 (3 ¡c ca ca ca
tu •d
U
C3
CU
-ca
•o
& o
tí
V3 O
o
O cu
-C8
& u o t~
c+-<
t+H
.tí .tí .tí
C+H
.tí
cu cu CU CU •d •d •d •d ca ca vca -2
>3
ca
'&I
0 CU
1
1
'1 'I 'I 'I 1OI 'UI U U U U ' 0 r-
0
-d Í-H N CU
rtí "O r s - d
o-
3 '5b S '&
fe e¿ fe P¿ o-
o -d
O
o
O
o
o
o
O
Í--
o
OÍ
Oí
CU
Oí
cu
oí
Oí
u O T3
o •d
-g "2 "2 •g " O "2 "2 '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b tu t u cu
'5b
Oí o-
o •d
^0 0
-ca
O
O
LH
O •d
0
0
'5b
"2 '5b
cu -d
tu •d
cu
.§
1
Í-H
0 •d
O -d
0 -d
'5b '5b '5b '5b '5b '5b cu tu cu cu cu Oí oí cu Oí ca oí Oí
tu Oí
tí cu
¡8 ca 0 0 & 0 0 cu 0 0 0 o 0 ca ca ca ca tí ca ca tí § 3 3 § tí tí tu tu cu tu 3 . 3 - d - d - d • d tu cu •d tí tí tí •d -ca -ca -ca tí OH
e s
tu Í--
cu
Ct-<
'U i3ca -2
O •d
2 >G o
1
.ca
1 03
fe
efl
cu -o -u O O
tU
•s CU
£ O
d Q
< w H •z,
o o-
= *C O
CU
<
O
CU
^-> d o 3
'> ca O o co
'o tí ca
£ o" =) O
<: w H
O
S
> ca C3
U
o N tí
cu u o
"3 o
o
tí O
t/3
s
< d c/3 < % tí Q <; < N o W u N Q w wo < ti-
aa ce)
Q
tí
ca N W
N W
cy O N i-J 1
<
'3 >—) o tí cu -o oí <; < -tu
í 5 o tí
5
§
*5b
tu -tí cu
ca N CU
O U U
'3
o 'a tí cu
0
c <:
OJO
3
"cu 3
fe
o" c/í -W
fe <
co tí CU
o
J
o
PH
tí °¿¿
6 0
s Q O H
Q
o-
ca ca
i*
o
tí
u
cu -d o ica N -ca
tí
i
(U
c
w < < < u tí < w CQ CQ
<
>C/3
O
'3 0 c
<
•i
§ < 0 <
5
Q oí
1-1 < 4" w O h-1 w w pa w p 0 Q u s 0 m •z, O u < ' < w e¿ <;" Q -< -< U o i-J < O J < w J w W 0 CQ Q H < 0 0 So pq< Q w
i
•<;
>
H
o -d
u
cu
tí • d ca tí '•5 ca
0
tí ' 3 ca x> 0
cu
II
'E- fe'<
ca tu 3
o
"o
co
cr O
_ca
1 3
*->
w
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
109
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ALVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
03
cS
03 VH
cu
(L>
(U
03 t_, CU
03
VH
CU
03 5CU
03
¡ H
c
tí
tí
tí
tí
tí
fe tí
1(3 tí
4-3 tí
fe tí
tí o3 fe tí
CU
tu
cu T3
cu "O
_03
tí
¡tí 03
'tí
rt fe
c
© 4>
tí fe tí
03
tu
CU
tu
"O
T3
•O
v o3
03
-2
03
Í-H
03
•a -o tí .2
(tí ' t í 03 ¡3 03 3 S 03 ¡3 "= £L '3 a, a B £ 3 B s OH
OH
OH
o o
o o
o o
o a
o o
03
03
03
03
tí 3
tí
tí 3
ai tí 3
CU
tu T3
tu
tí 3 cu T3 tí
-o o -es a C3
3
tí -
-a a -03
OH
OH
o3
tí
O U
-03
a. o3
CU
T3 tí
-OS
ífi
<
CU
C3
o3
o3
tí
OS
o3
o3
03
03
03
03
03
03
CS
tí
o3
C CU
2 CU
£ cu
CU ^ ^ ou
VH
^H
VH
-H
V-t
CU
v-<
*H
tu
CU ^
VH
CU
C3 U CU
03
^<
CU
CU
CU
^ CU
O
o3 U CU
tí
tí
tí
tí
tí
tí
tí
tí
tí
tí
tí
tí
tí
tí
tí
t£¡ tí
<4H
tí tí <ÍH tí
tíü tí
«tí
0-5
tí
fe tí
fe tí
fe tí
cu T3
cu t u T3 - d
tu tí
03 <ÍH
tí tU
t3
03
-2 .2
s
<038 'S 03 B , a. 3 a S O
03
03
tí 3 cu
O, O O
-a c -03
PH
OH
03
03
o u o u
^o VO V O 1 ^ \ o o o o o o r~ r- t ^ t - ~ r--
o
cti
SH
M3 O t~
03
O.
03
0
2
¡e
03 OH
Q.
tí 3
tí 3
tí tí 3
CU
tu
CU
CU
tu
T3 tí -es
•tí tí
-o
T3 tí
T3 tí
a. cS
-03
O. o3
tí
-03
O. 03
O
u
O
y=
VO
VO
o r-
o t^
o l>
&,
-03
a. 03
u
o
03
tí 3
-03
O. 03
O
« tí 3 cu
•a c -eS
a, 03
U
03
.03
tí
tí
fe tí
CU
CU •d 03
(D •d 03
•d
S03 S O
¡tí
¡tí
¡tí
-0
2
<4-H
03
03
03 t*H
C+H
tí
tí
CU
CU •d
tu
tu
•d
•a
•a
^eS
-2
-2 -2 53 o3 '3 03
2 .2 t »
tu
tu
-d
"d
c/3 5 • 2 .2 J •—• ^
ts
o3
OH
OH
OH
OH
OH
o
O
s O O
o
o o
o o
o
O
O
03
03
03
03
o3
o3
C3
tí
tí 3
tí 3
tí 3
tU
CU
-d tí
•a c -03
-d tí
tí 3 cu
T3 tí
tí 3 cu •d tí
tí 3
CU
tí 3 cu
03 tí
o3
tí 3
tí 3 cu •a
-03
O, tí
U
-03
-d tí
-C3
tu
-03
OH 9/ &• 903 03 03 O U U U
03
-03
3 CU •d
tí
-03
£ o
-H
l-H
^H
o o O o o o O o O O •o T3 • a "2 -g "3 V, "S - d '50 '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b tu CU CU u CU CU t u CU CU CU tí tí tí tó e¿ P¿ P¿ tí tí tí
-o)
t/1
'o
§ o
-tu
efl
tí O
I< Ó tí o
5 o <
w
w o m c/3 <; < fe o a fe <; fe P U < u H c/) N tí P O < U fe o
<
O fe
fe O
N
< u
CU
-a •a tí c
•a
-03
OH
C--
o-
o
'tí
4
U
O
^O
c
•a •a c c -03 -C3
a. a
& & 03 o3
-03
03
-o3
03
O
U
O O
O
\o o o r~ r-
^O O
y3 O t~-
VO
^O
O
o t~
HH
VH
[^
O O •d •d 00 00 00 t u CU cu HH tH CU
•a
^H
HH
.2 •—'
.2 •—i
'ss
'tí
fe o -
ctí
C--
tu
r^-
Í-H
O
-a
cu
o -a 'oo CU HH
CU
-a •a ~o
M .§ .§ -^ '3 s '3 3 5 —H
-—i
03
O •a
'5b tu
fe fe fe fe tí
s
u <
s
C/3
O
w
2s
o
fe
p
O fe Q -W O
< s
00 CU
3 -CU
O
d H
o
tu •d
3 §
t^
3
o -2
-a
tí
o
< '3 o U tí
< p
fe p
tí 60
a
tí u N p tí p P O m << P H < O Ü tí
P O t/3
N
tí
<: o
o
c/í U O fe W
-w o < fe w fe Q < < o u
i
g
CU
-d
tí
<
<
-d
o •a c
CU
o
'o
fe oo" < O fe
o <
O 13
tí
03
N
PH
fe P O
o
< <
&D tu
•d o
"o3 N tí O
tí O
o
tU
N O P fe p e¿ O O P¿ fe
5
cu
03
C/3
< pq o O O w fe &0 cu W Q Q <
•s
U tí
3
o
W 00 W Q -w .tí fe P C/3 O O N O s W w o a Q w
(U
o
tH
<
C--
§
1N
fe Pí
o- tí
tí 3
CU
03
CU
C--
tí
a 3
OH
O
efl
03
03
•d
cu
T3
tí 3
OH
'5b
cu
fe tí
03
OH
8
T3
,03
tí 3
ts3
o r-
tí
03
03
o3
^o V O ^o y D V O *o vo ^ O ^o ^D \o o O o O o o to~ - o o o O r- r^ r- r- r-~ rr~ t~- r- t ~
tu
LH
O)
tí 3
OH
o u u
CU
03
03
tí
o3
CU
w
o o o fe
-es
c
Í-H
o fe s -o C/í "o CU fe O ffl tí c/í O m tí tí
-03
-a c
•a
c/i
je
•d tí
CU
OH
CU
o
C3
CU
03
HH
•a - O -a 2 03 03 ¡tí ' C ¡tí ¡tí i t í ' t í 03 03 03 tí 03 03 o, O H a a, a, a tí 3 3 3 S 0 o o oo o o cu o o o o o
i*
o
a»
tu
03 t+i
•a •a 2 -2
o -a oo CU
o o o •3 'o tí
03
eí¡ tí
OH
03 O .—i
r2 '03 3 3 O 3 s fe < fe
CU
C/}
—<
4í tí
OH
rtí
t3 tu
03
O o3 t+H tí
C
*-* o
o o "9 T3 £ 0) '5ii '5b o u p tí u-
tí
03 <ÍH
03
03
CU
OH
OH
s a s O O o s o O O
tí 3
03
CU
-o -a -2 tí ¡3 Se ¡3 o3 03 03
o o
03
cu
03
03
o o
a
03
tu
c« 3 00
<
p -o
¡3
<
CU PH
C/í O fe
tí O
g '3 -o
§
-CU ^H
•a c
s <
tu c/í fe fe CU tí fe W 03
§
i ~
w
fe fe fe p p p p N o O tí tí tí Q C/3 C/3 <
s
1
s CU
_tS
"C
o 110
03
43
O O
3
fe
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
2 .2 -2 -2 -2 -2 -2 - 2 .2 -2 -2 .~n 'C (D 53 u ca a> cu tí tí e tí tí fS fe fe fe fe fe fe tí c tí tí tí tí ca ca ca ca CU tí tí ca 1) -o T í Tt -a TB -o •o -o es CS -2 - o _CS - 2 2 2 es 'ití >S ¡tí i c « CS 03 es CS CS <3 CS a, CS a< & 03 S E & S C o o O o o o O o o o o O E o CS o o CS CS CS cd 03 CS o tí o tí tí tí tí CS tí CS 3 3 3 3 3 3 3 CJ tí CJ ca ca tí ca ca Ca ca • O 3 •tí -o T 3 -a - o T i -a tí QJ « tí tí tí c -es -CS tí -es -CS -a -CS
o — "S. S W
tu
11
t
i-
-03
& o
u tí fe
o
e
-CS
CS
U o
s. & CS
CS
u o o O
CS
O
o
<
-CS t i CS
O O t—
*CS
•§ O
1)
;
¡
o
-CS
o
o o
CS
tí 3
tí 3
«J "O
-§
y3
o
CS
CS
11
1 11 tí
C+-Í
OJ T3 cS
I
O O cS
tí
•8
Ü
-a -2 cS
*oi 1 o
C4-J
cS
u
ca T 3 •O tí
.s § -0 1)
T3
-CS
-§
- 2 - 2 .2 -2 -2 .2 - 2 'C ~C 53 53 ca ca B 2 _53
i
;
CS
U
oCS O O
tí o T3 cS
g & o
tí
u
o tí
&
&U u o o
CS CS
U o
I
0 VO 0
0
cS ití 03
&
s
0
0 CS tí 3 ca -O tí -cd OH
CS
C+-i
tí
.«
c
c+-tí
ca -d
ca -d
c
Cw
tí
'n
-2 - 2 -2 - 2
ca tí fe "es c CS 0 O ca ca ca T )
"es X) cS
_oa
53 c fe tí ca 73
ca tí -0 T) ca - 2 -2 TS -2 -2 vCS .2 -2 -a 'tí 'tí «
tí
ca
CS
CS
O 0 CS
0.
tí 3
0
s
S
O O
CS
tí 3 ca ca ca es - d tí -a 3 tí tí ca -03 -CS -O &. tí CS 03
U U 0 r-
Cw
c
tcS
0
r-
-es
EL ^CS 0 0
0
0 0
1s t i
O 0
CS tí 3 ca T3 tí -CS t i 03
u 0
0 0 CS
tí 3 ca
T) tí -CS
0. CS
t i
E O ca cS C 3 ca T) tí -CS t i CS
t i
6
E
fe( tí ca Tí
CS CS
O 0 cS tí 3 ca T)
-CS
-S
-S
t i CS
t i CS
O 0 CS
-CS
t i CS
tí 3 ca ca -d T) tí tí
U 0
0
U
0
0
0
0
fe tí ca Tí
-2 ;c 03
0 0 cS tí 3 ca T) tí -CS 0 , CS
u
0 0 1^
53 c
1 i"
0 0 cS tí 3 ca TJ
0 0 CS
tí 3
E
ca tí <°s
0
0
0 T) CS
0 TS cS
o 2
>-
3 .g C £
'5b
o
(D
TS
'5b (D i-.
.3
1
o
es
fe o - o -
w
i*
o -o '5b '5b o '5b CJ tí tí tí Ti
o
•o
i-
c--O T3 cS
0
o O o o O o 0 0 O O 0 0 3 T> T3 -a "2 "2 "2 - 0 -a -a '5b "2 "2 "S '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b ' 5 b '5b '5b ca '5b '5b ca ca ca ca ca tí o CD ca ca tí tí tí tí tí tí c>- tí tí tí tí tí - - 0 tí tí
3 C--
--0
M
o § tí
p S •3 tí" a) <£ fe
4»
o co a
-O
s o Z
'o
<
*cs
z
OH
ni
O Q
H O o tí
1—>
s
>—Í
N O fe w tí
•w fe B
o
5
-8
o
tí
tí cS
t»
1
cj O
tí PÜ
D
0 60 ca
O
c«
<
o fe 5 fe o tí o 'S 'O < o E o w CS tí
ca -o
o
< tí CS
3
>^
< w"
5
< O
•-^ o"
0"
03"
CO
O T3
tí
O
c
0
S
•s
cS 3 O
0 ca
0
LO
ls N tí O
' 0
'53 § fe
H
O o C/3 tí tí O O di N w W < Q tí S tí 2: w H <: m O 03 2; o tí tí
is
ss
< <
c
C/5
O
^^ d 2 ~3
-a 0 ca c w O •3 T3 CS O" < E P H t / f PcaH fe < en 0 3 Q C/J ca < M -ca 05 tícS u < W tí 0 O tí O fe N < < O N H O O w W < < < d Q 0fe" fe 0 W &0 M < < c/3 O < O fe Q Q CQ W < < 0N g < tí § -S W tí< O w N 0 O 0 Q c^fe tí Q H < &0 fe P H tí «¡ ca Q
m
PH
tí O
-ca
ca T)
• tí -53 fe tí"
<
s ON U
>> <
fe
_CS
-o
13
g
tí 0
cS
"cS
ts u 0
cS
"3
'53 3
s REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
111
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ALVAREZ Y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ
CB
Cd
ca
o
cu
CD
i 1
VH
tí C¿H
tí e CD -o -o -o ca c
l+H
CD
o cu
"S. S tí
ca O
V10
1 1tí Cw
-d ca
&
O 1 =
<
cd
ca
Í-H
Í-H CU
CU
el
tí <2 tí c
1
CD
tí - d ca 1>
ID
_ca
C3
el
1tí
ca
ca
u
(D
el
cd u
ca CD
ca d>
111
ca X) ca Cw u
i-H CD
tí
cd í-i
o r-
U o r-
ca
CS
CD
cd
CS
tí 3
CJ O
O
r-
O O
ca ca ca § tí 3
CD
CD
§ -§ - § -cac & & §• & & U u o U o r-
O t--
O
r-
CD •d
o r-
C3
ca
cd
ca
ca
C-H CD
CD
CU
CD
vi CD
ca
cd
11
1 .g
tí
CD
CD
VD O
C4H
o
o r-
U o r-
o r-
|
1 ¡& i"
;
CD
tí c2 .tí .tí C+H
tí
&
r-
i+*
ca u
tí
•s •§ tí c+-< c+-< o o O tí
C+H
«3 ; ¡& & 1 &¡ 1 1 1 & 1i" 'I 1 a 1& & o o o o 1 o o o 1 o o
;
a. S o o o o C3 C3 c tí 3 3 CD
tí § 3 CU CD eo CD -o -d -o .§ -§ -§ -§ -§
o
cd
CD
-d -S 'cecea
H o o ca
tí 3
(D
-S
&
& s-
oo o o
ro
o
O
o
o
o
o
CJ o
i>
CJ VH
o o o -d •d -d '5b '5b '5b CD a>
.2 2 3 .2
CJ V-.
CD
0>
' S ¡~
occ>C £ Vu O o O o S o o o o cu t í -oo O • od -a "3 - d - d •o • d -o • d • d - d '5b '5b '5b '5o '5b '5b '5b '5b '5b '5b '5b a> CD CD CD o (D tu CD '5b CD '5b u i> CD OÍ oí oí Oí oí OÍ Pi Pi Pi Oí Pü Oí oO •d '5b
o O O • d -d - d '5b '5b '5b CD CU CD Oí oí Oí o
-d o o o - o -a • d . § '5b '5b 'ób CD
CD
Oí Oí Oí
1 C8
fe
-o
i^
•d
M 11 fe
CD zn
fe
'o § fe
< ü
o o
C/3
o CD CD co •d tí - C D - o O o
CD
-o
o en tí O
CU i-.
pfi
< d
E o
z
-CD
tí O C/T
5 < a N
< O)
w
N W
Q O
o s o;
SP "C
o 112
Cd
Z
-£
-
en -O
•e s
^-> T3 tzfca c/f 0 O VH
O
Z u C/3
O -< < s w fe
CD
£ o tí "o -o
3
< N
-W P-. O
s
z o
co 'CD
tí
ca
N O
tí
T3
3
i
N W
cd
O
N W
1i
<; 2
o tí O
<
m
w W5 -Cu»
tí
u
<;
N
N
u w
w
Q
N
z
OH
< w fe
o
<ü
"o O
C/3
u -8 <
S < < O) l-l w z m o
s
CD
< S
o o
o '8 o tí
en
'o § Q fe N tu Q
w
'o § fe
<í < z tí ca S
<
s
3
c/) -CD
B
o oí fe w O w W o W N P¿ W oí 'tí u oí fe o Q < P-l N tí Z fel w •< Q Z o N 'Z w N w fe h4
S
s s§
1
o
< -1 <; fe K
5
o tí O
w5 w d Q
<
1 <
N W P O
CU X)
-cu c/l O
'2 Q O fe oí
ca
tí
CD
1 REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 89-112) ISSN: 0212-5862
EL ECO DE LA BATALLA DE ALMANSA EN LA PUBLICÍSTICA ROSA Ma ALABRÚS UNED-Barcelona
Empezaré por decir que sorprende el escaso eco que la batalla de Almansa tuvo en la publicística de 1707, lo que contrasta con el abundante espacio que le dedican las grandes crónicas de la guerra (Vicente Bacallar, Agustín López de Mendoza y Pons, Nicolás Belando, Francés de Castellví), todas ellas escritas habiendo ya pasado no pocos años desde la batalla de Almansa. A la hora de estudiar la publicística hay que delimitar los dos grandes discursos ideológicos: el borbónico y el austracista1. EL DISCURSO BORBÓNICO Es curioso constatar cómo en la publicística borbónica no se encuentran descripciones de la batalla de Almansa. Dominó la glosa sobre la narración de los hechos y de manera inmediata la batalla no tuvo la transcendente significación que después se le pudo atribuir en el desarrollo de la guerra. De hecho, a Berwick no se le concedió la grandeza de España hasta octubre de 1707, seis meses después de su victoria. Los folletos del momento aluden a la «gran victoria» de Almansa y al hecho de que Felipe V mandase construir, para eternizarlo, una columna de piedra «para mantener la memoria viva con los años»2. La Relación que al rey Nuestro Sr. haze un coronel de sus Ejércitos de los felizes sucesos y completa victoria resalta la bondad y la generosidad de Felipe V y glosa al francés Asfeld ante la opinión pública:
1. M. T. PÉREZ PICAZO. La publicística española en la guerra de Sucesión, Madrid, 1949, vols I y II; R. M" ALABRÚS, Pensament polític i opinió a la Catalunya Moderna (1652-1759), tesis doctoral, UAB, Barcelona, 1995; R. M'1 ALABRÚS. Felip V i l 'opinió deis catalans, Lleida, 2001. 2. BC (Biblioteca de Catalunya). Ave María. Extollens Vocem Quaedam. Folleto Bonsoms, n° 8128, año 1707.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
113
ROSA M" ALABRÚS
«Pero el noble cavallero / Dansfeld, con cordura y maña / con su gente valerosa / fuertemente los ataca. / Pasaron toda la noche / y la siguiente mañana / pidieron los enemigos / pacto de bandera blanca. / Resérveseles las vidas / con condición, que quedaran / por prisioneros de guerra / rendidos a nuestras armas / diose con lauros y triunfos»3. Algunos folletos se refieren a la actuación del ejército victorioso después de la batalla de Almansa: «Atacaron a sus enemigos con tan intrépido brío que siguiéndoles en su precipitada fuga hasta tres leguas del campo, lo dejaron poblado de funestos y horrorosos escarmientos». Pero sobre todo se manifestó un interés en cuantificar el número de víctimas austracistas «pasando de seis mil los que dejaron muertos, y de diez mil prisioneros, sin que de los demás salvasen sus vidas más que aquellos, que en tan gran derrota tuvieron mejores cavallos» 4 . En otros folletos las cifras que se barajan son cinco mil muertos y nueve mil prisioneros alegando que Almansa había quedado como un: «Campo de cadáveres cubierto / pues de cinco mil pasaban / a quienes dieron entierro / sin redoble de campanas / porque no hizieron porque / tengan sufragios sus almas / y mas la que Gallovay / aquel herege, mandaba / y los heridos según / las mas evidentes cartas / y el número más ceñido / más de dos mil llegaba / prisioneros nueve mil y todas juntas sumadas / diez y seis mil son los /que destrozaron nuestras armas»5. Parecido a los anteriores es el texto de la Relación que al rey nuestro Sr. haze un Coronel de sus Ejércitos: «Diose con lauros y triunfos / sin glorioso a la batalla / murieron del enemigo / a los filos de la espada / más de seis mil y ochocientos / cosa, que gran Sr. que espante / quedándose prisioneros / por cuenta justificada / más de ocho mil y seis cientos»'1. En todos ellos hay una voluntad de minimizar y ridiculizar el poderío de los aliados: «Aora, que Galobay / con sus tropas luteranas / en vez de dancar pabanas / todos van diziendo ay / aora, que aqui los tray / nuestro monarca a la vista / para que el sebastianista / confiese lo que negó (...). /Aora, que en la batalla, que allá en Almansa se ha dado. /Todo el despojo ha quedado / de aquella Inglesa canalla» 7 . Las altas cifras de muertos aportadas por los folletos borbónicos giran entre cinco mil y seis mil ochocientos, y las de prisioneros oscilan entre ocho mil seiscientos y diez mil. Son más bajas que las citadas por Bacallar, que, habla de 18000 hombres perdidos por el rey Carlos sin precisar cuántos murieron y el número de los prisioneros, pero haciéndose eco de una abundante deserción en el ejército austracista. También Bacallar aporta, lo que no hacen los folletos, las muertes entre los componentes del ejército borbónico, refiriéndose a un total de 2500 españoles muertos y más de 1000 heridos. El cronista Belando da cifras parecidas. En el ejército austracista, 6000 muertos y más de
3. BC. Folleto Bonsoms, n" 7509, año 1707. 4. BC. Ave Maña... Folleto Bonsoms, n" 8128, año 1707. 5. BC. Romance de la feliz victoria que logró Felipe Ven Almansa. Folleto Bonsoms, n° 7509, año 1707. 6. BC. Folleto Bonsoms, n° 7509, año 1707. 7. BC. El danzante de Ahorcan que bayla a su son. Folleto Bonsoms, n° 893, año 1707.
1 14
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
El eco de la batalla de Almansa en la publicística
7000 rendidos y en el ejército borbónico, unos 3000 muertos. Belando habla tanto de muertos españoles como de franceses, mientras que Bacallar solo habla de los españoles muertos. Las cifras que dan los austracistas como Castellví no varían mucho: 7000 u 8000 mil muertos austracistas aunque incrementa el número de muertos borbónicos (esta vez se habla solo de franceses) a 40008. Todos los textos reiteran la importancia del botín perdido por los aliados. Las cifras de muertos son importantes si tenemos en cuenta que las crónicas atribuyen un montante de hombres en el ejército austracista de unos 20000 hombres y en el borbónico de unos 25000, lo que significó que del ejército derrotado murió la tercera parte de los participantes en la batalla y del ejército ganador un 12%. Pero Almansa más que una batalla fue la gran ocasión que necesitaban los borbónicos para difundir sus razones. Éstos, a lo largo de 1705 y 1706, habían sido más sujetos pacientes que agentes de la publicística de esos años. Ahora, en 1707, se producía la inversión en la situación. Los que parecían perdedores se tornaron ganadores e impusieron su argumentación. Almansa fue el hito que permitió cargarse de razones al discurso borbónico. La publicística analizada de 1707, más que de Almansa hablará de las derivaciones de Almansa. En primer lugar, hay que subrayar las descripciones que se hacen de la proyección posterior del ejército borbónico, y, en particular, su incidencia ulterior en Valencia y Lérida. La Relación puntual de la gloriosa recuperación de Valencia por las armas del rey mandadas por el Duque de Orleans, editada en Sevilla, resalta cómo después de la victoria de Berwick en Almansa, el duque de Orleáns pasó a Requena, Cheste y Buñol, con «poca resistencia». En el campo de Cheste se encontró con los «Diputados de Valencia» que se «rindieron el 8 de mayo de 1707», seguidos de los miqaelets y los «rebeldes» que se refugiaron en Morviedro y después pasaron a Tortosa «abandonando sus familias y haciendas por su rebeldía y malas operaciones»". Los folletos pasan como sobre ascuas sobre la represión borbónica en Valencia, cosa que, en cambio, los cronistas borbónicos, más tarde, tratarán, sin mayores complejos, reconociendo que la victoria borbónica de Almansa estimuló la resistencia de las poblaciones valencianas (Alcoi, Xátiva, Alzira, Dénia...). Un borbónico como López de Mendoza responsabiliza directamente a Felipe V, a su entorno cortesano y a las tropas francesas de Asfeld de todo lo sucedido en Xátiva: «Se aprobó en la corte de donde salió decreto» y «se convirtió en una sangrienta tragedia, no quedando nada vivo». Bacallar escribe: «Ellos y los vencedores aplicaban fuego a las casas: aquellos por desesperación cruel y éstos por ira (...) nada quedó en Xátiva, ni aún el nombre», nombre que como sabemos el rey Borbón cambió por el de San Felipe. Belando es tam-
8. V. BACALLAR (marqués de San Felipe). Comentarios de la guerra de España e historia del rey Felipe V, el animoso. Edición e introducción de C. Seco. Madrid, 1957, p. 131; N. BELANDO. Historia civil de España. Sucessos de la guerra y tratados de paz, desde ¡700 a 1733. vol I, ps. 310-311; F. de C-ASTELLVÍ. Narraciones históricas. Edición de j . M. MUNDET y J. M. ALSINA. Madrid, 1997, vol II, p. 355. 9. BC. Folleto Bonsoms, n" 3002, año 1707.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
115
ROSA M" ALABRÚS
bien muy beligerante contra la carnicería cometida por los franceses en Valencia: «Se cometieron tantas tiranías, extorsiones e injusticias que se pudiera llenar un libro»10. Desde Almansa, la publicística borbónica se va a lanzar sobre todo a robustecer su discurso ideológico frente al austracismo. Sobre todo, intenta revalorizar la figura de Felipe V derrotado en el sitio de Barcelona en abril de 1706. Los borbónicos son conscientes de las críticas que recibían de los austracistas e incluso, de algunos de su propio bando, después de la llegada de la armada inglesa, capitaneada por Peterborough, a principos de mayo, en la capital del Principado catalán y la consiguiente huida del de Anjou a Francia en 1706 en lugar de volver a Madrid". La publicística borbónica de 1707 intenta, estratégicamente, desmentir la «traición» de Felipe V en 1706 y, además, en la Carta y compendio historial de los sucesos de España y sus dominios se justifica la actitud penalizadora de Felipe V con el argumento de que éstos se rebelaron contra él ya desde 1704 «llamando a los enemigos que con su armada grande se acercaron a Barcelona». Añade que, de nuevo, en 1705, la erosión sufrida por los borbónicos fue importante tras las reiteradas demandas de ayuda de los catalanes a la armada aliada: «Se sublevó todo aquél país, contra él, haziendose dueños de todas las Plazas menos de Barcelona, que por estar bien guarnecida y fortificada se resistió desde primeros de agosto hasta parte de octubre que se rindió no a la fuerza de los sitiadores, que eran pocos mas que los sitiados, sino al golpe de todo un País y consternación de los ciudadanos que se habían estado a la mira para ocultar su veneno, hasta que con lo adelantado de la estación, temieron que no pudiendo subsistir la Armada, se aventurase la empresa»12.
10. A. LÓPEZ DE MENDOZA (conde de Robres). Historia de las guerras civiles. Zaragoza, 1882, p. 343; V. BACALLAR. Comentarios... p. 312; N. BELANDO. H"Civil... p. 322; E. GIMÉNEZ. Militares en Valencia (1707-1708), Alicante, 1990, ps.9-49; R. Ma ALABRUS (Ed.). Escrits polines del segle XVIII. Tom IV. Cróniques de la Guerra de Successió. Estudi introductori, Vic, 2006, ps. 43-44. 11. V. BACALLAR. Comentarios... p. 103; N. BELANDO. H" Civil... ps. 270-273 y 282-287; A. LÓPEZ DE MENDOZA. Historia...ps. 294-295; R. M" ALABRÚS (Ed.) Cróniques... ps. 19-28. A lo largo del siglo XVIII la «fuga» borbónica siguió acaparando protagonismo. Incluso en fechas tan tardías como la de 1773 la crónica borbónica del Genio de los Naturales de Cataluña (BC, Manuscrito n°119) insistía en justificar el tema, para contrarrestar los panfletos evocadores de la memoria histórica austracista, contra Carlos III, que se difundieron en el barrio del Born de Barcelona, a raíz del motín que provocó el reclutamiento de las quintas, además del contexto revisionista de la Nueva Planta para la Corona de Aragón propiciado por las expectativas generadas por el conde Aranda entre los catalanes; LL. ROURA (Ed.) Precauciones contra alborotos, motines y rebeliones en la plaza de Barcelona. Pedro de Lucuce. Estudio introductorio, Vic, 2002. 12. BC. Folleto Bonsoms, n° 2995, año 1707; AHMB (Archivo Histórico Municipal de Barcelona). Manuscrito B-152, año 1772. La huida de Felipe V fue contrarrestada, además, por los borbónicos con la negación de la adhesión de Barcelona, en 1705, al archiduque Carlos. Ello levantó ampollas entre los austracistas catalanes que imprimieron textos, a lo largo de 1707, como el de la Verídica Relación diaria de lo sucedido en el ataque y defensa de Barcelona y en el Principado de Cataluña en 1705 donde se desmentían tales hechos. De este texto he encontrado tan solo una copia de 1772; J. MORALES ARRIZABALAGA. La derogación de los fueros de Aragón (1707-1711), Huesca, 1986. ps 38-39. El autor expone los argumentos borbónicos que llevaron a Felipe V a reprimir y confiscar los bienes de la Corona de Aragón.
116
REVISTADE HISTORIA MODERNAN° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
El eco de la batalla de Almansa en la publicística
En Ave María. Extollens vocem quaedam se pretende justificar no solo la partida del rey en 1706, sino la anterior de 1702 que ya había suscitado todo tipo de habladurías entre los borbónicos y críticas de los austracistas: «Desde que fue a Ñapóles sufrió conjuras de su vasallos» y «unos le persiguieron por costumbre, otros por malicia, otros por ignorancia, y hubo de sufrir conjuraciones hasta de sus más obligados vasallos» 13 . El refuerzo de la imagen de Felipe V también va acompañado de una estrategia de descalificación obsesiva de los catalanes como instigadores de las rebeliones de toda la Corona de Aragón desde 1704 y así legitimar la guerra abierta contra ellos. Ello se manifiesta en la Carta y compendio historial de los sucesos de España... publicada ese mismo año en Sevilla: «Empezóse a abrir esta brecha por los Catalanes como más peritos en sublevaciones y llamando a los enemigos que con su armada grande se acercaron desde 1704» y «aplicaron toda la fuerza de su industria para defender sus fueros»14. Estas acusaciones conllevan un tono muy altivo y amenazador también contra todos los ciudadanos de la Corona de Aragón: valencianos, aragoneses y especialmente catalanes. En El danzante de Alarcón que bayla a su son se alaban las proezas del general Berwick en Almansa y al mismo tiempo se esgrime: «Aora que el valenciano / reconociendo su error / al oir otro tambor / dexa el que toca el villano. / Aora que al casquibano / de Basset, por sus locuras / le dan en las mataduras / por lo que antes hurtó (...). /Aora sí, que ya Berwick / valeroso campeón / nos haze alegrito el son / y va caminando a Vich (...). /Aora sí, que baylaré yo. /Aora sí, que denantes no. / Aora, que Zaragoza / y lo interior de su buque / reniegan del Archiduque (...). / Aora, que ya no goza / del sosiego que tenía / porque con su fantasía / ella misma se cegó. / Aora, que a Cataluña / le van dando fuerte guerra / tres ejércitos por tierra / hincándole bien la uña. / Aora, que aunque lo gruña / le han de hazer que lleve / el son de D. Felipe de Borbón y dejar el que tomó»15. También en El cardador de Segovia da el parabién a la reina de España nuestra Señora por haberse logrado en aquella ciudad de esperanza de la sucesión deseada de estos reinos... y por la victoria y triunfos del Señor Felipe Vse advierte a Aragón: «Que el esfuerzo de Berwick / ha rendido porque sirva / de exemplar a los rebeldes / que contra el rey se conspiran / de Valencia, de Aragón / los lamentos nos lo digan / pues aun duran sus suspiros que / su aliento desaniman»'6. Para fortalecer estos argumentos se critica sistemáticamente al Archiduque Carlos y se acusa a los austracistas de herejes, si bien lo último se agrandaría mucho más a partir de 1709 cuando el Papa Clemente XI rompió con Felipe V y apoyó abiertamente la candidatura de Carlos al trono de España. En la canción real El monarca perseguido por un príncipe ambicioso se dice:
13. BC. Folleto Bonsoms, n° 8128, año 1707. 14. BC. Folleto Bonsoms, n° 2995, año 1707; R. GARCÍA CÁRCEL. Felipe Vy los españoles, Barcelona, 2002, ps. 99-106. 15. BC. Folleto Bonsoms, n° 893, año 1707. 16. BC. Folleto Bonsoms, n" 891, año 1707.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
117
ROSA Ma ALABRÚS
«Triunfa Felipe y tanto / que la punta sangrienta de tu espada /a la victoria de tan digna entrada / que sea de Almansa fiero espanto / banderas, pavellón, riqueza y quanto / de su Liga temido / ponga el miedo en olvido / por trofeo inmortal de la edad nuestra: / logra lauros tu exercito y tu diestra / atónito el contrario, mudo y yerto / en fuga alienta el brío sino muerto / y sepa el orbe que en tanto arduo empeño / eres de España rey y nuestro dueño / suspende Apolo el bélico instrumento / que si me encumbro, más no seré oydo / y en piélago de afecto sumergido / temo falte la voz, falte el aliento»17. En el caso del mencionado Cardador de Segovia... se habla de: «El sol de España Felipe / vuestro esposo y nuestra vida / rompiendo los horizontes / sus ardientes rayos vibra (...). / Pues viniendo victorioso / de los que a España oprimían / estos triunfos en tu altar / con fineza sacrifica (...)/ manifestando victorias / contra el Inglés calvinista / contra Lutero, contra Arrio / y contra la Apostasía (,..)»18. Pero también conviene resaltar que no todo el discurso de la publicística borbónica es unívoco. No todos los borbónicos veían con buenos ojos el regalismo y el aumento fiscal (mantenido por el sector Orry, Orsini, Macanaz) acrecentados por las necesidades de la guerra. El danzante de Alcorcen que bayla a su son se jacta de que Valencia, por fin, quede sometida a un régimen fiscal como en Castilla, lo que sus fueros hasta ahora impedían: «Aora, que ya enValencia / sin atender a los Fueros / les ponen unos Gayteros / ajustados de conciencia. / Aora, que a competencia / pagaran sin cortapisa / millón, alcabala y sisa como Castilla paga» 19 . En cambio, en la Respuesta y glosa a una representación, que el marqués de Manqera hizo al Duque de Anjou se evidencia como los grandes de España no estaban dispuestos a pasar por la penitencia del aumento fiscal, negándose rotundamente a las pretendidas reformas del presidente del Consejo de Castilla Francisco Ronquillo: «Y digan todos los Grandes (...) verse mandados por el silvo de los franceses, despojados de sus rentas (...) es verse oy Ronquillo infame mandadero de las insolencias francesas, sino conocer que dorándose tan amarga pildora con el oro falso de aparentes horrores, le hazen universalmente aborrecido a los españoles, como generalmente dominado, aún más del indigno francés (...). Hazer pecheros tus antiquissimos mayorazgos? Sujetar tus lugares y haziendas al favor de la guerra, porque un vil galopín francés te permita entrar a hazer bulto en la antecámara de Horri?». El texto borbónico no tiene ningún reparo en seguir criticando a los arbitristas franceses que rodeaban a Felipe V y a María Luisa: «Con su pretexto se amontonaron las contribuciones, se violentan los paisanos y se saquean los pueblos con tránsitos y alojamientos de tropas. Y lo que es mas, en estas mismas se introducen los dogmas de Calvino, que vomitados de la Francia, hazen justo a los antes religiosos ojos castellanos el despojo de los templos, la profanación de los altares y el pisar al mas soberano sacramento» por lo que pide al Duque de Anjou que reflexione y los aparte de su lado:»Y por último llora el de Anjou. O que llanto (...). No sois el que
17. BC. Folleto Bonsoms, n° 3111, año 1707. 18. BC. Folleto Bonsoms, n° 891, año 1707. 19. BC. Folleto Bonsoms, n° 893, año 1707.
118
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
El eco de la batalla de Almansa en la publicística
dio leyes a los españoles? El que borró fueros, atropello noblezas, empobreció los erarios de caudales, y los pueblos de vidas? No tenéis contenido a vuestro abuelo? Pues porque lloráis? (...) Es ser rey de España, hazer un Decreto y llegando a manos de Horri, romperle y arrojarle Horri y tirar los fragmentos a la cara de quien se le llevó, diziendo, no quiero, porque el rey no sabe lo que se manda? Es ser rey de España, no tenr dominio, ni libertad para castigar los delitos? Y sino dezidme, Duque, que francés os habéis atrevido a castigar, siendo ¡numerables las insolencias que esta nación ha cometido en los que llamáis dominios vuestros? Es ser rey de España disipar los erarios españoles, para hartar a la codicia francesa? Es ser rey de España sujetar vuestras menores resoluciones a los vergonzosos dictámenes de Damelot y la de Ursinos? Es ser rey de España, respirar millones de tiranías, complaciéndoos, y sufriendo, que las cárceles y calabocos de Francia, opriman a la primera nobleza española, sin reservar aquella real persona que adoró el mundo?»20. EL DISCURSO AUSTRACÍSTA La publicística austracista silenció Almansa. Feliu de la Penya, muy discretamente, en sus Anales de Cataluña atribuyó la derrota austracista a la inferioridad numérica del ejército austracista sobre el borbónico, y, desde luego, a la impericia de los generales Galway y de Las Minas. Licchtenstein en sus cartas al rey-archiduque Carlos insinuó traición y negligencia. En su momento, se comentaron mucho las inhibiciones sospechosas del marqués de Las Minas. Galway, por su parte, le echó las culpas al propio Carlos por sacar del frente algunos batallones y trasladarlos a Cataluña para reforzar el ejército allí. Peterborough defendió, por su parte, a Carlos. El debate sobre responsabilidades entre el bando aliado fue acre en los altos niveles de la política, pero no se reflejó en la publicística21. El rey Carlos III tomó medidas, desde Barcelona, para resguardar al Principado de la ofensiva borbónica, después de Almansa. La caída del reino de Valencia y la posterior torna de Lérida le apresuró a establecer, a finales de diciembre de 1707, un decreto firmado por el secretario de Despacho Ramón Vilana Perlas por el que se pretendía la configuración de un ejército preferentemente de soldados catalanes, ya que la ayuda de la armada aliada no llegaría a Barcelona hasta el verano de 1708 con Elisabet Cristina. Las condiciones del rey y de Vilana para la obtención de los soldados fueron muy concretas: «En la del Regimiento de mi Real Guardia Catalana, compuesto de 600 hombres, en donde todos los oficiales mayores y menores serán de la misma Nación, excepto el Coronel, en el caso de que sea mi voluntad conferir este empleo a uno de mis Generales: en un regimiento de artilleros de 400 hombres, que se formará en este Principado, del qual se necesita para asegurar la más vigorosa defensa de las Plazas y Presidios, que le guarda: en 1500 de montaña, que los Cabos sean siempre Catalanes: y en los dos regimientos de Cavallería de Don Rafael Nebot y Don Felipe Sobias, compuestos juntos de 1000 hombres, cuyos oficiales, por la mayor parte, son Catalanes, deviéndose creer, que mi justificación
20. BC. Folleto Bonsoms, n° 3095, año 1707. 21. N. FELIU DE LA PENYA. Anales de Cataluña, Barcelona, 1709, vol. III, p. 592; P. VOLTES. Barcelona durante el gobierno del Archiduque Carlos de Austria, Barcelona, 1963, vol. II, ps. 134-141.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
119
ROSA M* ALABRÚS
atenderá a los méritos de los nacionales de Cataluña, anteponiéndolos a otros, en quienes concurran iguales en las vacantes de los empleos de los dos últimos regimientos de Cavallería y del de Artillería» 22 .
Almansa comportaría la supresión de los fueros valencianos y aragoneses y, desde luego, un importante flujo de exiliados de ambos reinos hacia Cataluña. V. Gascón Pelegrí cita un total de unos 95 eclesiásticos y 172 seglares recién llegados al Principado a finales de 1707. V. Graullera aporta una lista aproximada de unos 307 residentes de origen valenciano en Barcelona a partir de 1707, algunos nobles como el marqués de Boil y sus hijos, el marqués de Carroz, el barón de Llosa, el marqués de Costa o los marqueses de la Vega entre otros, así como cargos de la administración real e incluso algunos oidores de la Audiencia, hasta clérigos, ciudadanos y juristas23. El rey Carlos fue paternalista con todos ellos y les otorgó diversas mercedes y concesiones nobiliarias, a fin de mantener su confianza, prebendas que se incrementaron cuando la boda real con Elisabet Cristina en 1708. Algunos de los afortunados fueron los aragoneses: Pere Villacampa, Esteve Mir, Josep García y Tolba, Francesc Ibáñez de Aoyz o los valencianos: Onofre Izquierdo, Josep Vicent Tomás Eiximeno, Tomás Cabanilles, Simó Carros y Vilaragut, Josep Belbís, Pere de Valterra y Blanes, Ramón de Belloch, Jaume Rosell, Josep Mico... que habían tenido cargos en la administración austracista en Valencia y Aragón24. En Cataluña, después del fracaso de Felipe V ante Barcelona en la primavera de 1706 había habido una importante represión contra todos aquellos sospechosos de ser afectos al Borbón. Algunas penas de muerte y el secuestro de los bienes de al menos sesenta familias de la nobleza (los Cardona, Montalto, Ixar, Béjar, Tamarit, Torralba, Plasencia, Aitona, Peralada, Darnius, Robles, Erill, Alba, Cerdanyola, Albam, Camarasa, Rosa...) y de otros militantes (Los Agulló, Rocabertí, Josa, Pastor, Cortada, Portell, Potau, Orús, Rull, Comes, Martí, Ametller, Güell, Prou, Pallejá, Copons, Puiggener, Calvo, Ximénez, Margarit, Tamarit, Caramany, Vilaferniu, Escofet, Viladench...). A algunos de ellos, Felipe los insertó en cargos de la administración castellana, aunque otros se exiliaron al sur de Francia. La derrota de Almansa radicalizó esta represión en Barcelona. En enero de 1707 se habían confiscado los bienes de la familia Alós. En mayo se había condenado a muerte a Feliu Martorell de Constantí. Después de Almansa se elaboró una nueva lista de confiscaciones de bienes a la que se añadieron las familias Matas, Bru, Compte, Faust, Cargol, Gelabert, Recasens, Mourás... En 1708 se registró una nueva lista de 187 personas, «botiflers» de menor peso, a los que se les embargaron sus propiedades (los Sentís, Cortiella, Parera, Monrrós, Reverter...) y otra lista paralela de borbónicos procedentes de diferentes lugares de Cataluña (Ferran, Abat, Pedrals...). También en 1708 22. BC. Folleto Bonsoms, n° 4095, año 1707. 23. V. GASCÓN PELEGRÍ. La región valenciana en la Guerra de Sucesión. Valencia, 1964; V. GRAULLERA. Los notarios de Valencia y la Guerra de Sucesión, Valencia, 1987. 24. N. FELIU. Anales... 'op. Cit.,~vo\. III, ps. 598-615;"P. VÓLTES. Barcelona durante... op. CU., vol. IÍ, p. 187.
120
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
El eco de la batalla de Almansa en la publicística
se condenaron a muerte a Jaume Cortiella y Pere Bressiani y al año siguiente Francesc Pons, Salvador Sola y Nicolau Romello, a la vez que siguieron las confiscaciones de bienes (a los Cartiella, a Francesc de Erill -marqués de Rupit-)25. La publicística austracista no menciona esta represión sino que, al contrario, incide en la violencia llevada a cabo por los borbónicos después de Almansa en Valencia. El folleto Las Agonías de la Francia y religiosos austríacos ardimientos para la defensa de Nuestra Fe Católica denunciaba el vandalismo cometido por los franceses en las iglesias, después de la pérdida de Almansa y la caída de Valencia, así como las confiscaciones llevadas a cabo por el equipo de Orry: «Sirviendo también aviso / y de doctrina importante / esta divertida a obstinados / que sus agravios aplauden. / Oygan, pues, que la sugeto / de la prudencia al examen / pues mi católico zelo / solo publica verdades / y al ver desechas las tramas / que con Francia nos esparce / siendo en todo, esta nación / de sus mentiras, la madre / y ensalca la casa de Austria porque es muro inexpugnable / de su fe, contra las furias / de la Francia, y sequaces (...) de la católica fe, y el defensor más loable / de la sacra religión / el que para compararle (...) de inocentes sacerdotes / que al sacrilego corage / de franceses fueron muertos / en la iglesia, a centenares!»26. Paralelamente el discurso austracista intentó minimizar la victoria de Almansa sobre la base de recordar las derrotas francesas previas. Ello se puso de manifiesto exaltando las heroicidades de los catalanes, a lo largo de la historia, contra los franceses. Así en el folleto Leales y amantes expresiones de un Celeste Establecimiento del Principado de Cataluña (...) evocaba la defensa contra el sitio realizado en Cataluña por Luís XIV en 1695: «El diez de mayo de 1695 en este mismo Principado en el llano den Baz, unas pocas esquadras únicamente de miqueletes cathalanes, comandadas por héroes inmortales, Ramón Sala, veguer de Vique y D. Joseph Mas de Roda, travaron tal batalla (...) que por las rabiosas balas que escupían sus pistolas y escopetas catalanas quedaron muertos 200 enemigos quedando mal heridos unos 500 y arrojando el resto de un total de 900». El texto hace también una especial alusión al sitio de Barcelona por Felipe V en 1706, con una voluntad de transmitir coraje y un estado de alerta a los catalanes, que si en ese año vencieron a Felipe V y le frenaran el paso, ahora, después de lo sucedido en Almansa piensan: «Está Felipe dentro de Cataluña, con muy poderosos ejércitos, y que Barcelona se le rinda, sino es cierto, es por lo menos posible y en vistas de esto, no quedarse los pueblos a la mira de lo que puede ser; no estarse en sus casas quietos, para así sacar algún buen partido de la indignación de Felipe en caso que logre sus designios! Sino que tomando las armas, todos por Carlos han de aventurarse, teniéndose con Felipe por malganados y con Carlos por bien perdidos»27.
25. J. ALBAREDA. El «cas deis catalans». La conducta deis aliats arran de la Guerra de Successió (17051742), Barcelona, 2005, p. 61; P. VOLTES. Barcelona durante... op. CU., vol. 11, ps 152 y vol. III, ps. 95-102. 26. BC. Folleto Bonsoms, n° 3076,-año 1707. 27. BC. Folleto Bonsoms, n° 589, año 1707.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
121
ROSA Ma ALABRÚS
A través de la evocación de los catalanes ganadores en 1706 se hace una nueva crítica de Francia en El embuste sin verdad y la verdad sin embuste: «Las astucias francesas / poco han valido / y por más, que soberbias / no han persistido. / Viva, viva Inglaterra / y Olanda asimismo / pues por mar y por tierra / en todo asisten (...) que se vuelva en Francia / Borbón Felipe / porque ya en España / no valdrán piques (...). / Viva Cataluña / pues mereciste / ser dichosa en primera / en darte a tu príncipe / Viva Carlos Tercero, viva. / Viva Austria. / Viva Carlos Tercero, viva / y viva, viva Barcelona»28. En cambio se ridiculiza sistemáticamente el descalabro de Felipe V y su marcha a Francia: «En fin abandonando el señor duque la empresa, y dejando en el campo con el número de cinco o seis mil muertos, los ricos despojos de montes de trigo y cevada, con infinidad de artillería, y todo género de pertrechos de guerra; y lo que es más, sepultada la reputación de sus armas precipitada marcha con la triste luz, que le permitía el fatal eclipse para refugiarse en el Rosellón en Francia, por el consejo del mariscal Tessé, no advirtiendo que si salvare la mayor parte de las tropas de Francia, perdía toda la honra de Europa, donde el abandonar en este trance la monarquía de España, se había de mirar, como infeliz pronóstico del derrotado duque, y felicísimo para las justificadas armas de Carlos III triunfante»29. En esta misma línea y de una forma más jocosa, en la Bonaventura duna gitana al Duc d'Anjou, hay una especial delectación en la memoria de los desgarros franceses previos: «Digué una gitana / al net de Lluís / la bona ventura / exint de París / y li dona avís / segon ohiras /adeu duch de Anjou / fins que tornaras (...)./ Per fas, ó per nefas / te veus elegit / Rey de las Españas / de molts no aplaudit / miro que aturdit / ho abandonaras / adeu duc de Anjou / fins que tornarás (...). / Per mar, y per térra / devant Barcelona / miras las forcas / amb furia nerona / de Eulalia y Madrona / veix te espantarás / que fugint en Franca / tot ho dexarás»30. Se sigue estimulando a la guerra en muchos folletos austracistas del momento: «Es necesario hacer la guerra a Francia prontamente con todos los esfuerzos; quiero dezir poner todas las fuerzas y no la mitad (...) lo que importa, es, que se debe saber, que cosa la guerra, y los efectos de la guerra; siendo que la guerra es una discordia o disentimiento porque se mueven las armas, por preparar las injurias, o defender la libertad, y así se mueven las armas, es necesario moverlas como han hecho los romanos, que siempre han sido vencedores, quiero decir disponiendo las cosas de tal manera, que se puede vencer, previendo, previniendo y proveyendo»31. La ofensiva contra Francia se convierte en una obsesión: «Deben persuadirse altamente los altos aliados, que en materia de estado los franceses nos serán buenos (...)» y se recrimina a Castilla que les haya dado cobijo: «Si la Noble y generosa Nación Castellana hubiera tenido presente el dicho de este sr. Marte castellano (Gran Capitán
28. 29. 30. 31.
BC. Folleto Bonsoms, n" 9579, año 1707. BC. La Paz Octaviaría. Folleto Bonsoms, n° 592, año 1707. BC. Folleto Bonsoms, n° 2991, año 1707. BC. Eljuizio de la Europa. Folleto Bonsoms, n° 2993, año 1707, ps. 124-125.
122
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
El eco de la batalla de Almansa en la publicística
D. Gonzalo Fernández de Córdoba)», ahora, «no quedaría, como queda, expuesta a la insaciable codicia y favor insolente de los franceses (...)»32. Pero la gran jugada de la publicística austracista posterior a Almansa fue la de ahondar en los primeros signos de divergencia en el ámbito borbónico, ya por la cuestión del regalismo, ya por la problemática fiscal. Por lo que respecta al primero, el gran destinatario de las críticas fue Macanaz, personaje enfrentado con la propia Iglesia dentro del bando borbónico por sus posicionamientos regalistas. Macanaz fue nombrado Juez de Confiscaciones en Valencia (1707) donde llevó a cabo un primer intento de desamortización llamando a «todos los eclesiásticos que vivían en Játiva o en sus términos tenían y poseían cualesquiera rentas perpetuas o vitalicias de otros derechos para que dentro de 30 días comparezcan a este Juzgado a justificar fidelidad que haciéndolo se les mandará a sus iglesias o conventos». Obcecado por la infidelidad del clero valenciano (lo creía posicionado a favor de la causa austracista), sugería la penalización de éste. Su regalismo levantó tantas protestas en Valencia que llegó a plantearse su excomunión en 1709 y sin duda influyó en la decisión del Papa Clemente XI de apoyar a Carlos 33 . Los austracistas estimularon, a lo largo de 1707, abundantes críticas eclesiásticas al regalismo borbónico. En la Mueca de Mojiganga de 1707 se destacan no solo los sacrilegios de los borbónicos en Valencia sino también en Cataluña: «(...) Y a pesar de la envidia y maliciosa ambición, conocerás en augustos regios obedecida y venerada la Majestad Austríaca, que ha esmaltado los esplendores de su Corona, en fabricar para la defensa de la fe sus vidas, sus vasallos y sus reinos, desempeñando con estas precisas empresas la solidez católica (...) precisada de la propia defensa, para la justísima guerra, ha llamado, la Austríaca Corona, las poderosas armadas inglesas y holandesas y de otras potencias. Y aunque esta razón nos sobran por justísima la universal quietud de Europa con justas y necesarias prevenciones debía armar a todas las potencias contra la Francia; perpetua perturbadora de la Paz común (...) que ultrajando leyes humanas precipitada de su insaciable ambición, no ha dejado Monarca, Reyno, Potencia, ni Provincias, que tirana no haya acometido, perturbado con traiciones, invasiones, exacciones, robos manifiestos, con innumerabilísimos incendios (...) como tratos executados execrables sacrilegios en Flandes, Italia y últimamente en el Principado de Cataluña, como (...) lo
32. BC. La Paz Octaviaría. Op. CU. 33. A. MESTRE. «Religión y cultura en el siglo XVIII» en Historia de la Iglesia en España, Madrid, 1979, vol. IV, ps. 611-617; T. EGIDO. «El regalismo y las relaciones iglesia-estado en el siglo XVIII» en Historia de la Iglesia en España, Madrid, 1979, vol. IV, ps. 127-143; E. GIMÉNEZ. Militares en Valencia...op. CU. p. 24; T. EGIDO. «El discurso teologizante del anti-regalismo (1709)» en E. SERRANO (Ed.). Felipe V y su tiempo. Actas del Congreso Internacional, Zaragoza, 2004. vol. I, ps. 915-932; A. L. CORTÉS. «La Iglesia y el cambio dinástico» en E. SERRANO (Ed.). Felipe Vy su tiempo...op. CU. ps. 991-1012; T. EGIDO. «Los hechos y las actitudes inquisitoriales» en Inquisición en la España borbónica: el declive del Santo Oficio (¡700-1808). Historia de la Inquisición en España y América, Madrid, 1984, vol. IV, ps. 1227-1246; C. MARTIN GAITE. Macanaz, otro paciente de la Inquisición, Madrid, 1975; H. KAMEN. «Melchor de Macanaz and the Foundations of Bourbon Power in Spain» en The English Histórica! Review, vol. 80, n" 317, octubre 1965, ps. 699-716.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
123
ROSA M" ALABRÚS
gritan en Camprodón, Rosas, Girona, Palamós, La Seu d'urgell, Plana de Vic, Barcelona y su comarca...» 34 .
Los textos austracistas se hacen eco de la mala influencia francesa en la corte de Madrid propalando los primeros signos del deslizamiento de algunos borbónicos hacia el austracismo (casos de Portocarrero o Folch de Cardona), sobre todo, por cuestiones fiscales. En la obra Teatro de culpa, y pena, en juizio particular de la Monarquía de España dedicado al excelentísimo Señor Monsieur Don Francisco Ronquillo, un austracista castellano ironiza sobre la influencia que los franceses ejercen, en este momento, sobre el presidente del Consejo de Castilla y reprocha a los grandes de España que hubiesen apoyado, inicialmente, la llegada de Felipe V y su arrepentimiento posterior, después de las medidas fiscales y de la confiscación de bienes tomadas por el equipo de gobierno del Borbón: «Es menester advertir / que ay tres clases diferentes / ¿Cuáles son? /Son los que estaban / con orden de estuviesen / los ni carne, ni pescado / y luego los felipenses / que son títulos flamantes / que es lo mismo que recientes / ¿Pues porque se les dio el orden? Dieseles, porque al presente / allá no serían más / y para que los Franceses / no tuviesen el motivo / de andar confiscando bienes / Si que títulos de veras / no han de andar en entremeses / pues yo de burlas no soy / que todos mis ascendientes / desde Carlos Quinto acá / fueron Condes y Marqueses / y a Reyes de Austria sirvieron / siempre en las Guerras valientes / por lo que se les honró / y viste en que se le parece / a estos abuelos que dice? / Señor que soy descendiente / Sí, pero descendió tanto / (...) que a usted no lo reconociesen»35. En el pronóstico de las Lletres curioses de la Bonaventura que digue una gitana a Caries III de nuevo se intenta convencer a los grandes de las malas costumbres de gobierno de los franceses, conscientes de los descontentos que habían en Castilla: «Los Grandes de Espanya / serán malcontents / del govern de Franca / y de sos consells / y sos sentiments / tu els aliviarás / a deu Archiduch / fms que Rey serás (...). / Si vols acertare / pendras mos consells / desterra de Espanya / tots los malcontents (...)»36. En El embuste sin verdad y la verdad sin embuste se critica a los que en su momento siguieron las directrices del cardenal Portocarrero, tras la muerte de Carlos II, dando apoyo a la candidatura del duque de Anjou y cuánto pagaron después por ello. El texto establece unos hipotéticos diálogos entre el austracista almirante de Castilla, Enríquez de Cabrera, y el propio cardenal Portocarrero: «El almirante parece / en esto muy disgustado / y cierto, que su imaginado / verá como desvanece / quisiera yo me dijese / como es estrafio Borbón / desta Corona y Tuzon / quando a él no se le oculta / ser de sangre mas conjunta / de quantas al mundo son? / Haga el
34. BC. Folleto Bonsoms, n° 590, año 1707; J. M" TORRAS. La guerra de Successió i els setges de Barcelona (1697-1714), Barcelona, 1999, ps. 194-195. 35. BC. Folleto Bonsoms, n° 2999, año 1707; A. MESTRE. Apología y crítica de España en el siglo XVIII, Madrid, 2003, p. 175; R M" ALABRÚS. «El pensamiento político de Macanaz» en Espacio, Tiempo y Forma.. UNED-Madrid (en prensa). 36. BC. Folleto Bonsoms, n° 5663, año 1707.
124
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
El eco de la batalla de Almansa en la publicística
lo que quisiera / con todos los de su bando / que este, que intentan quando / no seré como esperan (...) / y cuyden en que su ropa / no se venga a quemar»37. Conscientes del transfuguismo de algunos antiguos borbónicos al austracismo, generado, en buena medida, por los intentos regalistas de Orry y Macanaz en Valencia, los textos austracistas se esfuerzan en subrayar las cualidades y la bondad de Carlos III, poniendo como ejemplo su calidad humana demostrada en 1706 respecto a los borbónicos derrotados: «Ya que por otras muchas ocasiones en que ha demostrado sus misericordias (...) como unas expresamente por haber perdonado a los cavalleros y demás que van siguiendo al de Anjou, con tal, que dentro de cierto señalado plazo vuelvan» y añade: «Aquel Gran Rey de los Reyes, Nuestro Dios, a aquellos Nobles que dejaron sus domicilios, y no quisieron sujetarse a su Imperio, les consideró de repente por rebeldes, a un eterno destierro, en las mazmorras más sensibles, entre esposas y cadenas las más lamentables. Y su Real Majestad no solamente no les condena por rebeldes de repente, a los que han dejado sus domicilios, si que también les concede ideas de tiempo, para ponerse a la obediencia y suavísimo amparo de su Real Majestad»38. También son abundantes las canciones y textos posteriores a la batalla de Almansa exaltando la personalidad liberal de Carlos III, intentando olvidar la derrota y, a su vez, captar a los borbónicos descontentos. Es el caso de los Villancicos que se cantaron en la solemnísima fiesta en la Excelentíssima Ciudad de Barcelona con la asistencia de Carlos III o de los Villancicos que se cantaron en la solemnísima fiesta de San Antonio de Padua en el Real Convento del Padre San Francisco de Barcelona39. Todos estos villancicos desde finales de 1707 y a lo largo de 1708 acabarán por desvelar los preparativos de la futura boda del rey Carlos III con Elisabet Cristina de Brunswick en Barcelona, donde, sin duda, el autríaco rey de los catalanes, acapararía todo el protagonismo40 sin olvidar que algún día, como en el emblemático y admirado año 1706, volvería a ser coronado rey de España: «Serás liberal / ab gran pietat / donareu al pobre / molta caritat / sa necessitat / la remediarás /adeu Archiduc /finsque Rey serás / anireu a Espanya / Carlos molt amat / en la sua Cort / sereu coronat»41. Se insiste en advertir a Castilla de que no debe seguir las recomendaciones del sector arbitrista francés:
37. BC. Folleto Bonsoms, n° 9579, año 1707; T. EGIDO. «La oposición al gobierno de Felipe V» en J. L. PEREIRA (Coord.) Felipe V de Barbón (1701-1746). Actas del Congreso de San Femando(Cádiz), Córdoba, 2002, ps. 379-400. 38. BC. Leales y amantes expresiones de un celeste establecimiento del Principado de Cataluña y de todo lo demás del reyno de las Españas, bajo el suavísimo dominio de la Cesárea y Real Majestad de Nuestro Rey Carlos III. Folleto Bonsoms. N° 589, año 1707. 39. BC. Folletos Bonsoms n° 9582 y n° 585, año 1707. 40. BC. Mercedes que el Rey Nuestro Sr. Carlos III ha sido servido dispensar a sus vasallos el día de su boda. Folleto Bonsoms, n° 9186, año 1707. 41. BC. Lleíres curioses de la Bonaventura... Folleto Bonsoms, n° 5663, año 1707.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
125
ROSA M" ALABRÚS
«Que lástima el ver la nación castellana (...) cuando sirviendo al extranjero poder, que con despotiquez la domina, con arrogancia la humilla ya desprecios la acaba! Y esta infamia, tiene su punto crítico, en el rendirse o no rendirse Barcelona; pues si se rinde se eterniza nuestra esclavitud». Y a su vez se denuncia la vocación imperialista de los franceses que no tardarían en apoderarse de las riquezas españolas en las Indias: «Les vino el duque aclamado / y no bien pisara el suelo / de Madrid, quando alternaron / sus vítores con lamentos (...) / permiten, que Sevilla / y Cádiz el Gran Comercio / se entregue solo a Franceses / y que solo embarquen ellos (...) / claras señales nos dio / de estas mudanzas el Cielo / en Barcelona y un aviso / nos lo reveló el suceso./ Entró el Rey en Barcelona / defendió de Anjou el cerco / y vengando el Sol su agrario / le oscureció sus intentos»42. Además, la publicística austracista autóctona de 1707 se lanzó decididamente a cultivar el ejercicio de la memoria histórica con la exaltación de personajes muertos por la causa austracista tanto en los sitios de Barcelona de los aliados en 1705 como en el de Felipe V en 1706. Las glosas al príncipe Jorge de Darmstadt, muerto en el sitio de Montjuich de septiembre de 1705 fueron frecuentes. Algunos de los textos publicados son copias de versiones originales de 1705 o 1706. Por ejemplo las Amantes llamas en flamante pyra... de 1707 son una reproducción exacta de la Breve Noticia... de Gavá editada a raíz del asedio borbónico del año anterior43. En ambas se resaltan las heroicidades de Darmstadt. En otras ocasiones las exequias o funerales, de personajes estrechamente vinculados al austracismo, conseguían una gran capacidad de convocatoria. Es el caso de los Villancicos que se cantaron en la solemnidad de la profesión y velo negro de la Señora María Rosa Serra y Postius por la Excelentísima Ciudad de Barcelona, hermana del historiador y copista Pere Serra y Postius, mercedario y significado austracista 44 . En todos estos textos se hace mención, en algún momento, a la corroboración de los afectos de los catalanes y, especialmente, de los barcelonés a Carlos III. Uno de los más significativos en este sentido es el de los Afectos barceloneses donde se explícita que la apuesta austracista catalana es irreversible. Al mismo tiempo incita a los diversos grupos sociales sin distinción de género o edad (se dirige tanto a los gremios como a los universitarios, a la Diputación, al Brazo Militar o al clero, tanto a los hombres como a las mujeres o niños...) de Barcelona para que ratifiquen su decisión: «Ciudad. Barcelona a vuestros pies. / Invicto Monarca está / y en ellos, Señor, os dá: / Nada; pues todo vuestro es. / Diputación. Todos mis hijos os van /recibiendo abierto el pecho, y el amor, a mi me ha hecho / esclava de su galán / Braco Militar. Siempre halla-
42. BC. Verdades y desengaños a los grandes y chicos de los reinos de Castilla. Folleto Bonsoms, n° 5737, año 1707. 43. BC. Amantes llamas en flamante pyra erigida el día 14 de diciembre de 1706 para el funeral de Don Jorge Landgrave, príncipe de Darmstadt. Folleto Bonsoms, n" 567, año 1707; Breve Noticia de la funesta expression se hizo en la Iglesia Parroquial de Gavá para sufragio del alma del Príncipe de Darmstadt. Folleto Bonsoms, n° 567, año-1706. . . . . . 44. BC. Folleto Bonsoms, n° 9584, año 1707.
126
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
El eco de la batalla de Almansa en la publicística reis la nobleza / con braco armado por vos / firmeza contra firmeza. / Cabildo y Clero. Siguiendo el gran Inocencio / Os expresa nuestro amor / el mas heroyco silencio (...). / Mugeres. De mas, y de otra muger / sabéis ya el dezir y obrar / y lo que es dexan de amar / (ay Carlos!). No puede ser...»45.
45. BC. Folleto Bonsoms, n° 2997, año 1707. REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 113-127) ISSN: 0212-5862
127
EL PROYECTO DE MEDIACIÓN DE LA SANTA SEDE COMO ALTERNATIVA A LA GUERRA DE SUCESIÓN ESPAÑOLA DAVID MARTÍN MARCOS Escuela Española de Historia y Arqueología en Roma-CSIC
LA ACEPTACIÓN DEL TESTAMENTO DE CARLOS II POR LUIS XIV Y EL PANORAMA POLÍTICO EUROPEO A PRINCIPIOS DEL SIGLO XVIII Cuando la noticia de la muerte de Carlos II y la sucesión favorable a uno de los hijos del Delfín llegó a París el 9 de noviembre de 1700, a Luis XIV se le presentó un dilema del que en adelante iba a depender el equilibrio de toda Europa: aceptar la voluntad del último de los Austrias españoles de que la Monarquía pasase de modo íntegro al duque de Anjou o respetar la división de los territorios españoles, según lo acordado con las potencias marítimas en el Segundo Tratado de Partición de La Haya. Si se optaba por la primera opción, el mapa europeo continuaría tal y como se había dibujado en Ryswick en 1697; si, en cambio, se prefería la segunda, el Imperio español quedaría reducido drásticamente. De ser así, el archiduque Carlos recibiría todas las posesiones de ultramar y España, salvo Guipúzcoa, que, junto con la mayoría de los territorios de Italia, iría a parar al Delfín; el Estado de Milán, por último, sería gobernado por el duque de Lorena, a cambio de que el enclave que éste poseía hasta ese momento pasase a formar parte de Francia. Puede creerse que la actitud posterior del Cristianísimo, al decantarse por la solución que aumentaba enormemente el patrimonio de su familia, provocó la guerra en Europa, pero lo cierto es que, como ha escrito Henry Kamen, el estallido del conflicto hubiese sido inevitable independientemente de la postura de Francia. Si hubiese revalidado la Partición se habría topado con la oposición de España, con el apoyo del Imperio. Además, la sucesión hubiese pasado al archiduque Carlos, y Luis XIV habría atacado al emperador para evitar que
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
1 29
DAVID MARTÍN MARCOS
se hiciese con toda la herencia1. Parecía bastante claro que la paz no era más que una utopía así que lo mejor era comenzar la guerra con la corona de España en la cabeza de un Borbón. La decisión de Luis XIV no tardó en llegar. El 12 de noviembre el rey de Francia comunicó al la junta de gobierno de Madrid su intención de permitir que el duque de Anjou se convirtiese en Felipe V de España. La rapidez con la que Luis XIV aceptó el testamento de Carlos II puede invitar a pensar que desde hacía tiempo se había tomado una decisión sobre la sucesión española. Sin embargo, la documentación aportada por Arséne Legrelle a finales del siglo XIX demostró que en París se libró un arduo debate entorno a los intereses de Francia ante el nuevo stato quo2. Las discusiones se sucedieron en la corte de Francia desde que llegaron de Madrid los primeros rumores sobre la sucesión favorable al duque de Anjou hasta que el rey cumplió con las expectativas de los españoles. De hecho, no todos los consejeros franceses eran partidarios de que un miembro de la Casa de Borbón se convirtiese en rey de España. El conde de Tallard, respaldado por Torcy, expuso las razones de esta oposición en una entrevista con Luis XIV el 2 de noviembre de 1700: resultaba ilusorio pensar que Francia lograría una paz duradera para ella y para toda Europa con la aceptación del testamento de Carlos II; el Imperio no renunciaría a sus pretensiones sin más, sin acudir a las armas; Holanda, sin las barreras de los Países Bajos, participaría en la guerra al lado del emperador e Inglaterra se sumaría a la alianza. Para calmar a los enemigos no bastaría con entregarles una o dos plazas como se había venido haciendo hasta ahora, sino que se necesitaría ceder enteros reinos, mientras que «les Espagnols eux-mémes ne pouvaient pas s 'empécher de s 'étonner que la France s 'épuisát et risquát toutpour maintenir leur grandier». Ante todos esos riesgos -defendía Tallard con un discurso sorprendentemente moderno-, no valía la pena lo que ofrecía el testamento porque, por más que Luis XIV, como padre, pudiese tener ciertos deseos de conseguir reinos para sus hijos, debía defender los intereses del Estado como rey de Francia3. Aunque parece que las anotaciones de Tallard hicieron mella en el pensamiento del monarca francés (dos días después ordenó a su embajador en Holanda que comunicase al pensionario Hensius su intención de ratificar el Tratado de Partición), la correspondencia con el marqués de Blécourt, que había sustituido a Harcourt al frente de la embajada de Francia en España en mayo de 1700, apunta hacia cierta ambigüedad. En las cartas al embajador se hace hincapié en la solidez de los acuerdos con las potencias marítimas, al tiempo que se recuerda que éstos no estaban exentos de cambios en el caso de que se optase por aceptar la oferta de los españoles. Finalmente, cuando llegó la noticia de la muerte de Carlos II a París se decidió, después de diversas reuniones del rey con sus consejeros, aceptar el testamento. La
1. H. KAMKN, España en la Europa de Luis XIV, en VVAA., Historia de España fundada por Ramón Menéndez Pidal. La Transición del siglo XVII al XVIII, tomo XXVIII, Madrid, 1997, p. 244. 2. M. A. LKGRIÍLLE, L 'acceptation du Teslamenl de Charles 11 roi d'Espagnepar Louis XIV, Gand, 1892. 3. Ivi, pp. 6-8.
130
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
negativa del Imperio a cualquier solución que no reconociese los derechos del archiduque Carlos sobre todos los territorios de la Monarquía española no había servido para amedrentar a los franceses. La pomposa ceremonia oficial en la que Luis XIV presentó a Felipe V en París confirmó el paso de España y todos sus territorios a manos del Borbón. El archiduque Carlos, salvo la dudosa garantía de ocupar el tercer puesto -tras el duque de Berry- en el derecho a la sucesión, no obtuvo nada. La mayoría de Europa se resignó ante el potencial francés y optó por entablar relaciones diplomáticas con el nuevo soberano. Inglaterra y las Provincias Unidas, los dos países que podían lamentarse del incumplimiento del Tratado de Partición, no plantearon reivindicaciones; después de todo, el testamento señalaba expresamente la separación entre España y Francia y no planteaba amenazas aparentes para los intereses angloholandeses. En Italia, al igual que en los Países Bajos, la noticia fue acogida en un primer momento con alegría; Clemente XI, que ya empezaba a plasmar las bases de un Estado de la Iglesia con más peso en política internacional, el 6 de febrero de 1701 escribió un breve, en respuesta a una carta escrita desde Burdeos, en el que deseaba fortuna a Felipe V (Regí Catholicó) al frente de la Monarquía de España4. Pero, pese a las apariencias, particularmente en la Península Itálica se tuvo conciencia muy pronto de la fragilidad del nuevo equilibrio. Era un secreto a voces que el emperador Leopoldo I se preparaba abiertamente para la guerra contra la Casa de Borbón y que las tierras transalpinas podían ser el escenario de la futura contienda. Italia era desde hacía tiempo un territorio en el que el Imperio trataba de recuperar sus prerrogativas soberanas aprovechando la decadencia española; la muerte de Carlos II hacía más fácil cualquier intento en esa dirección5. En Venecia, desde antes de que se conociese la aceptación del testamento por parte de Luis XIV, el Senado aguardaba a que el Imperio solicitase permiso a la República para atravesar su territorio y desplegar sus tropas en Italia. De hecho, cuando aún no se conocía que el duque de Anjou iba a ser el nuevo rey de España, Viena -avisaba el nuncio- ya había enviado a Turín a Eugenio de Saboya y a Milán a Aníbal Visconte para tantear las posiciones del duque y el príncipe gobernador ante los nuevos acontecimientos6. Había que comenzar a ganarse el favor de los italianos antes de que Francia introdujese sus efectivos militares en la Península. Las observaciones del nuncio Cusani ilustran la necesidad de las unidades políticas italianas de trazar una estrategia preventiva a la guerra que, con casi toda proba-
4. Copia del breve responsivo de Clemente XI a Felipe V, Roma, 6 de febrereo de 1701. ASV, (Archivio Segreto Vaticano), Fondo Bolognetti, 130, ff. 6-7. Otra copia en ivi, Ep. adPrinc. (Epistolae ad Principes), Registra, 83, ff. 63r-63v. 5. Valga como ejemplo el manifiesto «Dilatar l'lmpero in Italia» del conde Brayner, escrito entre los años 1693 y 1694, que ha estudiado E. BARTOLI, La Guerra di Siiccessione spagnola nell 'Italia settentrionale: il ducato di Guastalla e Mantova tra conflitto e soppressioni, «Cheiron», 39-40, 2004, pp. 159-221. 6. Correo del nuncio Cusani al cardenal Paulucci. Venecia, 27 de noviembre de 1700. ASV, Segr. Stato (Segreteria di Stato), Venezia, 148, ff. 572-573.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
131
DAVID MARTÍN MARCOS
bilidad, iba a desarrollarse en su territorio; el conflicto, aunque quedase restringido a los ataques de Austria a las Dos Coronas, les afectaba directamente por la coincidencia de intereses de los dos contendientes en Italia. Más adelante, ya fuera por algunos eiTores tácticos de Luis XIV o por el deseo de las potencias marítimas de hacer frente al creciente poder francés y defender sus intereses comerciales en el Mediterráneo, el emperador obtuvo el apoyo de Inglaterra y Holanda, primero, y de Saboya y Portugal, después. España y Francia quedaron prácticamente aisladas en un conflicto que afectaba a casi toda Europa y que habría de prolongarse durante años. LA ESTRATEGIA DE CLEMENTE XI ANTE LA GUERRA: HACIA LA MEDIACIÓN PONTIFICIA Según una polémica relación del año 1702, presentada al Senado de Venecia por Nicolo Erizzo al término de su embajada en Roma, Clemente XI, «volendo corresponderé all 'intentione del sacro Collegio, studió súbito d'imprimere una grande opinione del suo vigore, per togliere, ma non per restituiré agli altri le reciproche usurpationi»1. Más allá de los juicios morales del subdito de la Serenísima, no muy objetivos al acabar su misión diplomática de forma drástica y accidentada, es cierto que la coincidencia entre el programa zelante y el programa político de Albani se constató inmediatamente después de que fuese elegido pontífice. Los primeros pasos del nuevo papa, marcados por una interpretación rígida de la inmunidad eclesiástica, la defensa del patrimonio dogmático post-tridentino o la recuperación del papel protagonista del Papado en las relaciones internacionales8, se orientaron hacia el viejo anhelo de la curia romana de un Estado de la Iglesia fuerte en Italia (hasta el hipotético punto de alcanzar un poder hegemónico) y mediador en las disputas entre las potencias católicas. El cercano horizonte de la guerra en el Continente no suponía sólo riesgos para Italia sino que se presentaba como un importante reto ante las ambiciosas pretensiones del Papado. Además del ideal zelante, estaban en juego conceptos muy concretos. Ñapóles, como teórico feudo pontificio, fue, en este sentido, el arma a utilizar por Clemente XI en la mediación ante la España de Felipe V (junto con la Francia de Luis XIV) y el Imperio de Leopoldo I, las dos entidades políticas interesadas en ese territorio. Poco después de la muerte de Carlos II, pero antes de que se supiese de la aceptación de su testamento por Luis XIV, el nuncio pontificio monseñor Acquaviva ya había expuesto abiertamente en Madrid los derechos de la Santa Sede sobre Ñapóles y Sicilia mediante una nota pública9. El gesto, pese a que fue protagonizado de mane7. Relazione, 1702 4 novembre, del nob. Uomo Nicolo Erizzo tornato da ambasciatore a Roma solio il pontiJicato d'lnnocenzo XII, e di Clemente XI, en B. CECCHETT1, La Reptibblica di Venezia e la Corte di Roma, nei rapporti della religione, II, Venecia, 1874, p. 328. 8. S. TABACCHI, L'impossibile neutralitá. IIpapaío, Roma e lo Stato della Chiesa durante la Guerra di Successione spagnola, «Cheiron», 39-40, 2004, p. 225. 9. «Perteneciendo a la Santa Sede Apostólica el Dominio directo sobre los Reynos de Ñapóles y Sicilia; y por la muerte sucedida de la gloriosa memoria del Rey Carlos Segundo sin legítimos descendientes, debolviendose a la misma Santa Sede Apostólica el total Dominio de los dichos Reynos: Yo Don Francisco,
132
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
ra independiente por el nuncio, como él mismo reconoció poco después10, dejaba ya entrever cual era el plan a seguir por Roma en lo sucesivo. Partiendo del control teórico de ese territorio (el efectivo seguía obviamente en manos de España), Roma podía reforzar su candidatura para desempeñar el papel de primo ínter pares en las disputas entre príncipes católicos. De hecho, el escrito de Acquaviva se encuadraba dentro las numerosas relaciones que la curia romana difundió aquellos años por Europa para revitalizar y recordar los privilegios y la soberanía que ejercía en el sur de Italia a los soberanos interesados en recibir la investidura de ese territorio. Esas composiciones eran, en la mayoría de los casos, disertaciones de carácter histórico-jurídico con las que se pretendía remontar el derecho de la Santa Sede sobre Ñapóles y Sicilia a principios del siglo IX, cuando el emperador Ludovico, hijo de Cario Magno, había procedido a la donación de ambos reinos al papa Pascual I". Así, Clemente XI, sabedor de que una eventual guerra podría afectar de lleno a Italia y, quizás, también a los Estados Pontificios, envió breves a Leopoldo I, a su hijo José y a Luis XIV el 28 de diciembre de 1700 en los que instaba a Francia y, sobre todo, al Imperio a optar por el diálogo para solucionar sus diferencias y evitar la guerra en el Continente12. Su proyecto fue acogido favorablemente por la corte de París, que, con el control indirecto de las posesiones españolas en Europa a través de Felipe V, partía desde una posición ciertamente ventajosa. Francia podía sugerir a Clemente XI una alianza de todos los príncipes italianos con las Dos Coronas, en el caso de que sus insinuaciones no lograsen apartar a Leopoldo I de las armas. El nuncio Gualtieri, después de presentar el breve a Luis XIV y a Torcy, transmitió además a Roma: «le sicurezze [del rey de Francia] di non voler intentare cosa alcvna in Italia, la guale potesse pregiudicare in mínima parte alia di leí liberta, anzi di voler contribuiré con tutte leforze al mantenimento di essa, all 'indipendenza de'suoi Prencipi, et alia conservazione dell'armonia in cui le cose presente si trovano»'3.
arzobispo de Larissa Nuncio Apostólico en los Reynos de España, como ministro representante de la Santa Sede Apostólica, en la mexor forma que puede y devo protesta de todas, y qualquier razón que le competen y pueden competir en coiunctura y por causa de la referida muerte: De manera que ninguno pueda decir se aya adquirido o ser por adquirir algún derecho o razón sobre dichos Reynos o alguno de ellos, en todo o en parte debaxo de pretexto de qualquier disposición, o qualquier otro titulo; sino en caso que la misma Santa Sede Apostólica o por ella el Summo Pontifice quiera darle, y con effecto le dé y conceda dicho derecho y razón, mediante la legitima Investitura, asi lo digo y protesto. Archiepescus Larissenem Nunzius Apostolicus». Nota pública del nuncio Acquaviva, Madrid, 8 de noviembre de 1700, ASV, Segreíeria di Stato (Segr. Staío, Spagna), 182, ff. 453-454. 10./W,ff. 477-479. 11. Se ha tomado como ejemplo una copia de una relación titulada Dritío della Sede Apostólica sopra il Regno di Napoli conservada en BNALC (Biblioteca Nazionale dell'Accademia dei Lincei e Corsiniana), Cors. (Manoscritti Corsiniani), 299, ff. 112-138. 12. Respectivamente enASV,£p. adPrinc. Registra, 83, ff. 17r-18r; ivi, 18r-19r; e ivi, 19v-20v. 13. Correo del nuncio Gualtieri al cardenal Paulucci. París, 15 de enero de 1701. ASV, Segr. Stato, Francia, 201, ff. 69-72.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
133
DAVID MARTÍN MARCOS
El plan de Clemente XI no gozó del mismo recibimiento en Viena. Al poco de la presentación de los breves al emperador y al Rey de Romanos (6 de enero de 1701), el conde de Harrach hizo saber al nuncio Davia que, en su opinión, la propuesta de la Santa Sede resultaría difícil de aceptar en el consejo que la debatiría en breve. Por más que el nuncio defendiese que cualquier mal era menor que la guerra, la desventajosa situación de los austríacos frente a los franceses hacía inviable que se optase por la supresión de los preparativos del conflicto. A la larga, la pasividad favorecería el pacífico éxito de Francia y reduciría las posibilidades de una victoria de Austria, que quedaría aislada14. De hecho, tan sólo una semana antes, Leopoldo I había escrito a Clemente XI una significativa carta en la que se exponían los derechos del Imperio a la Corona de España y, consecuentemente, a la investidura del reino de Ñapóles15. En la esperada reunión de Leopoldo I y su hijo José con los consejeros conde de Vallenstein, conde de Mansfeld, príncipe de Salm, príncipe de Licchtenstein, conde de Caunitz, conde de Buccelleni y conde de Harrach, aunque se confirmaron las impresiones de este último, se aprobó una posibilidad que dejaba algún resquicio para lograr la paz. Leopoldo I envió su respuesta a Clemente XI el 22 de enero de 170116. El Imperio, según refería el nuncio Davia a la Secretaría de Estado cuatro días después17, aceptaría la mediación si las Dos Coronas y la Santa Sede aceptaban una serie de condiciones: Francia debería comprometerse a no enviar tropas en Italia o, en caso de que ya las hubiese mandado, a retirarlas; España, tendría que aceptar que los feudos de la Iglesia y del Imperio, de los que en teoría no tenía derecho a hacer disposiciones Carlos II, se mantuviesen en «sequestro neutrale» bajo la regencia de poderes imparciales (Ñapóles y Sicilia permanecerían bajo el control de Clemente XI, mientras que el Estado de Milán y Flandes, pese a pertenecer a la Casa de Austria, como se decía en Viena, pasarían a ser gobernados por un príncipe italiano y otro aceptado por las dos partes, respectivamente); y Roma no sólo se comprometería a no participar en ligas con los Borbones sino que atacaría y denunciaría a aquellos estados que optasen por tales fórmulas en Italia. Las posibilidades de que la contraoferta austríaca prosperase eran bastante reducidas dadas sus duras exigencias. Quizás por ello, los imperiales, conscientes de lo difícil que sería que sus palabras llegasen a buen puerto, al tiempo que negociaban con la Santa Sede, habían comenzado a situar sus tropas en zonas próximas a la Península
14. Correo del nuncio Davia al cardenal Paulucci. Viena, 15 de enero de 1701. ASV, Segr. Stato, Germania, 238, ff. 32-34. 15. Leopoldo I a Clemente XI. Viena, 29 de diciembre de 1701. ASV, Fondo Albani, 206, ff. 30-32. 16. Leopoldo I a Clemente XI, ASV, Segr. Stato, Principi, 131, f. 175. 17. Esta carta es mucho más ilustrativa y rica de detalles que el documento firmado por el emperador; recoge de forma pormenorizada las pretensiones del Imperio según una entrevista del nuncio con el canciller conde de Caunitz. Pese a la disposición al diálogo se considera que una «paríala grave di Nostro Signore a colesto Ambasciatore Cattolico, anche sema positivo impegno varrebbe piii di qaalsi voglia spedizione espressa a Madrid per portare quella regenza a dar oreccho a temperamento per intavolar poi la mediazione» ASV, Segr. Stato, Germania, 238, ff. 69-73.
134
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
Italiana. El 29 de enero se avisaba desde la nunciatura de Viena de que los imperiales habían trasladado tres regimientos de infantería a Stiria y uno de artillería al Tirol'8. Por si fuera poco, los agentes borbónicos en Italia parecían más pendientes de ganarse el favor de los pequeños príncipes italianos y distribuir sus tropas en zonas al norte del Po, para asegurarse una buena defensa del Estado de Milán, que de la via pacífica basada en el diálogo propuesta por la diplomacia pontificia ante un futuro conflicto armado19. El pesimismo que Leopoldo I demostraba sobre el éxito de su plan era compartido por Clemente XI. En Roma, pese a que las pretensiones del Imperio eran enormemente beneficiosas para los intereses pontificios en Italia, se creía que la postura del Imperio era excesivamente extrema y dejaba escasos márgenes de maniobra para que las negociaciones pudiesen prosperar. La posibilidad real de una invasión de Italia por los ejércitos imperiales había sido la razón por la que ya a finales de enero de 1701, Clemente XI había mandado llamar a los cardenales Astalli, D'Adda y Aste, respectivos legados de Ferrara, Bolonia y Urbino, para analizar, junto con Paulucci, el sistema defensivo de las fronteras del norte del Estado de la Iglesia y el potencial bélico pontificio20. La Santa Sede era consciente de que el proyecto austríaco provocaría una fuerte oposición de las Dos Coronas y decidió adelantar sus movimientos con el fin de controlar esas reacciones. El 6 de febrero Paulucci ordenó a Acquaviva, el nuncio en Madrid, que tratase de convencer a la corte española de que las condiciones del Imperio, por más que «ardite e scabrose», se encuadraban dentro de los normales preliminares para empezar a negociar21. El día 14 de ese mismo mes instó al representante pontificio en Viena a que tratase de convencer a Leopoldo I para que introdujese algunas modificaciones en su discurso capaces de frenar un previsible descontento hispano-francés. El encuentro en audiencia privada de Davia con el emperador, por más que sirviese para arrancar la promesa austríaca de una reflexión más profunda de la difícil situación, se demostró yermo ante la determinación de esa corte. El propio nuncio admitía que, «havendo la Maestá sua fatl 'i primi passi per la mediazione e il Trattato, sperava migliore corrispondenza nell 'altro partito, onde non poteva senza una somma sconsolazione sentiré di venir richiesto per nuove dichiarazioni in tempo che gli altri tenevansi su la semplice negativa»12.
18. Carta del nuncio Davia al cardenal Paulucci, ¡vi, ff. 83-84. 19. Ya en enero el duque de Saboya había acordado con el embajador de Francia en Turín el paso de tropas francesas por el Piemonte hacia el Estado de Milán. Carta del nuncio Sforza al cardenal Paulucci, Turín, 20 de enero de 1701. ASV, Segr. Stalo, Savoia, 125, f. 40; en relación a las misiones diplomáticas, valga como ejemplo la del cardenal d'Estrées en Venecia para ganarse el favor del Senado de la Serenísima y firmar una alianza contra el Imperio. Cfr. Carta del nuncio Cusani al cardenal Paulucci. Venecia, 26 de febrero de 1701. ASV, Segr. Slato, Venezia, 149, f. 156. 20. Avvisi Marescotti. Roma, 29 de enero de 1701. BNCVE (Biblioteca Nazionale Céntrale Vittorio Emanuele), Vilt. Em. (Fondo Vittorio Emanuele), 790, f. 12r. 21. ASV, Segr. Stato, Spagna, 359, ff. 17r-18v. 22. Carta del nuncio Davia al cardenal Paulucci. Viena, 26 de febrero de 1701. AS V, Segr. Stalo, Gemianía, 238, ff. 143-145.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
1 35
DAVID MARTÍN MARCOS
Cuando en París y Madrid se tuvieron noticias de la propuesta defendida por los austríacos empezó a consumarse el fracaso del diálogo promovido por la curia romana. Los franceses, firmemente contrarios a que terceros (siempre y cuando no fuesen ellos) se ocupasen de Flandes, Ñapóles y Milán, optaron por una «negativa assoluta d'ogni accomodamento»23; los españoles, por su parte, rechazaron el proyecto al considerar que implicaba dudas manifiestas del pontífice sobre los derechos sucesorios del duque de Anjou24. La oposición a una solución pacífica complicaba aún más la tranquilidad de Italia y hacía que la llegada de las tropas imperiales a la Península estuviese cada vez más próxima. El 3 de marzo Clemente XI escribió un nuevo breve al emperador en el que se hacía un desesperado apelo para que el ejército del Imperio se abstuviese de entrar en Italia. La petición de un pontífice cada vez con menos argumentos se justificaba, de manera poco convincente, en una posible propagación de un brote de peste surgido en las costas de Croacia al tener que pasar las tropas austríacas por la República de Venecia en su camino hacia la Península25. Pero al emperador «le tenían perplejo las instancias del pontífice y de los príncipes de Italia [...] que proponían que la guerra del estado de Milán no era justa»26. Su respuesta a las elucubraciones papales fue tajante: no sólo las razones de la Casa de Austria para ocupar el trono de España, pese el supuesto testamento de Carlos II, eran más importantes que las peticiones de Roma sino que además la guerra e incluso la peste eran dos fenómenos que no podían ser atribuidos al emperador sino a Luis XIV. Francia después de la Paz de Ryswick no había hecho sino perturbar la tranquilidad de Europa promoviendo los tratados de partición de la Monarquía española27. Tampoco las gestiones de los nuncios pontificios en Francia y Austria corrieron mejor suerte. Gualtieri, en una entrevista en París con el conde de Sizendorff, el embajador austríaco, lo único que sacó en claro del discurso de su interlocutor fue que el Imperio entraría en negociaciones con Francia sólo si se le cedían algunos estados de la Monarquía hispánica, una oferta intolerable a ojos de los franceses28. Davia, de una serie de conversaciones con Caunitz y Harrach en Viena, obtuvo únicamente la confirmación de que el Imperio enviaría sus tropas a la Península italiana para defender los derechos de la Casa de Austria, pues Leopoldo I, por más que admiraba cómo los ita23. Carta del nuncio Gualtieri al cardenal Paulucci. París, 21 de febrero de 1701. ASV, Segr. Stato, Francia, 201, ff. 260-262. 24. Carta del nuncio Acquaviva al cardenal Paulucci. Madrid, 3 de marzo de 1701. ASV, Segr. Stato, Spagna, 184, ff. 61-62. 25. Biblioteca Apostólica Vaticana (BAV), Vaticani Latini (Vat. Lat), 10738, ff. 135-136. 26. F. DE CASTELLVÍ, Narraciones históricas, vol. I, Madrid, 1998, p. 202. 27. BAV, Vat. Lat., 10738, ff. 137-138. 28. Posteriormente el nuncio se entrevistó con Torcy, a quien hizo saber el contenido de la conversación mantenida con Sizendoff con la esperanza de que Francia aceptase negociar con el Imperio. El ministro francés, pese a que en un primer momento rechazó cualquie forma de diálogo, le prometió exponer el tema a Luis XIV A pesar de la buena .disposición de Torcy, Gualtieri reconocía a Paulucci su falta de esperanzas de que se llegase a algún acuerdo. Cfr. Carta del nuncio Gualtieri al cardenal Paulucci. París, 9 de marzo de 1701. ASV, Segr. Stato, Francia, 201, ff. 391r-392v.
136
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
lianos promovían la paz, «dovevapero provedere a pregiudizii della propria Casa troppo dannificata dal Testamento del Re di Spagna [...] e dalla persistenza de'Francesi in rigettare qualsivoglia proposizione d'accordo che porti seco un mínimo sospetto di separazione di quella monarchia»29. El Imperio, que durante los últimos años del reinado de Carlos II había rechazado cualquier intento de partición de las posesiones del último de los Austrias españoles, exigía a Luis XIV, sólo medio año después de la subida de Felipe V al trono de España, la división de los territorios hispánicos bajo la amenaza de las armas. Quizás Francia hubiese optado por aceptar algunos acuerdos pero era prácticamente imposible que los españoles permitiesen la fragmentación de su Imperio. Si uno de los hijos del Delfín se había hecho con la corona de España se debía precisamente a que la Casa de Borbón era considerada en Madrid el único poder capaz de garantizar la unidad de la Monarquía frente a los ataques de toda Europa. La firmeza del emperador en su decisión de apostar por la guerra en Italia fue supuestamente el motivo por el que Ferdinando Cario Gonzaga, el último de los duques de Mantua, se decidió a sellar un acuerdo secreto con las Dos Coronas. Se estipuló que las tropas hispano-francesas pasasen a ocupar el presidio de la ciudad como medida de protección frente a eventuales ataques del ejército imperial. La buena disposición de Mantua hacia los franceses no era fruto de la casualidad. Mientras que el Imperio había sido el artífice de que Ferdinando Cario perdiese el control del ducado de Guastalla, en favor de su cuñado Vincenzo Gonzaga, en abril de 1699, Francia no sólo se había mostrado muy próxima a este estado tras Ryswick sino que un año antes había decidido enviar a un representante a la corte ducal, en calidad de embajador del Cristianísimo. y poner fin a un hiato que duraba ya cinco años30. A pesar de que el duque de Mantua tenía en mejor consideración a la Casa de Borbón, el paso de este territorio independiente, de singular importancia estratégica para el control del norte de la Península, a la órbita hispano-francesa se debió no tanto al compromiso de defenderlo de los austríacos como a la entrega de 12.000 doppie a su titular31. Las continuas contrapropuestas hechas desde la curia romana al duque de Mantua, del que desde hacía tiempo se sospechaba cierta parcialidad, para que en la plaza se formase un presidio pontificio32,
29. Carta del nuncio Davia al cardenal Paulucci. 12 de marzo de 1701. ASV, Segr. Slato, Germania, 238, ff. 177-180. 30. Cfr. F. FANTINI D'ONOFRIO, Lefonti e la Storia. La Guerra di Successione spagnola a Mantova aitraverso la corrispondenza ai Gonzaga da Mantova e Paesi (¡701-1708), en C. M. BELFANTI, F. FANTINI D'ONOFRIO, D. FERRARI, Guerre, stati e cittá. Mantova e l 'Italiapadana dal secólo XIII al XIX, Mantua, 1988, p. 429. 31. F. POMETTI, op. cit., XXI, p. 339, eleva la suma a 30.000 doppie. Una de las numerosas copias del acuerdo entre el ducado de Mantua y las Dos Coronas se encuentra en un correo del nuncio Cusani a la Secretaría de Estado. Venecia, 5 de marzo de 1701. ASV, Segr. Stato, Venezia, 146, ff. 172-178. Parece ser que el tratado fue formalizado entre el 22 y el 24 de febrero de 1701. Cfr. F. FANTINI D'ONOFRIO, op. cit., p. 429. 32. Ya a principios de febrero de 1701 en una Congregación de Estado en Roma, a la que asistieron los cardenales Marescotti, Sacripante, Paulucci, Spinola S. Cesáreo, Spada y Tañara, se había acordado poner a los Estados Pontificios en situación de alerta e iniciar una serie de tratativas con Venecia con el fin de poder
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
137
DAVID MARTÍN MARCOS
y mantener así un grado de neutralidad más evidente frente a los perjuicios inherentes a la presencia de ejércitos extranjeros en Italia, fueron infructuosas. El 5 de abril, después de una supuesta acción de asalto, en la que se intentó disimular los acuerdos previos y preservar el discutido honor del duque, las tropas borbónicas hicieron su ingreso en la ciudad". Un correo extraordinario de Ferdinando Cario Gonzaga a Clemente XI dio cuenta del episodio exagerando notablemente las presiones de los hispano-franceses. Las negociaciones del pontífice con el marqués de Berreti, un agente que poco antes había sido enviado por el duque a Roma con el ficticio encargo de obtener del papa el envío a Mantua de tropas papalinas procedentes de Bolonia y Ferrara, se convirtieron en papel mojado34. Era evidente que el objetivo de la misión del agente había sido únicamente encubrir las negociaciones con los hispano-franceses. El cardenal Paulucci reconoció entonces que la mediación del papado en las disputas entre Austrias y Borbones no había dado «niuna apparenza difrutto», aunque se mostró convencido de la necesidad de seguir trabajando en esa dirección35. La obstinación del secretario de Estado por seguir manteniendo vigente el papel de arbitro de la Santa Sede entre Austrias y Borbones pronto encontró un obstáculo insalvable. Cuando en Viena se tuvo noticia de la ocupación hispano-francesa del presidio de Mantua, Leopoldo I hizo público un decreto (que, más adelante, fue difundido por sus soldados en las proximidades de la ciudad y otras localidades cercanas) por el que los bienes feudales de Francisco Ferdinando y sus consejeros se consideraban simplemente «caduchi»36. En la corte no sólo no se creyó la versión del duque, según la cual el príncipe de Vaudemont y el conde de Tessé le habían forzado para que les entregase la plaza, y se apuntó acertadamente hacia la hipótesis del tratado sino que además se dispuso que dos regimientos de húsares acompañasen al ejército en su cada vez más próxima marcha hacia Italia para castigar al Estado de Mantua37. Pocos días antes, el conde de Castelbarco, el repre-
establecer un presidio pontificio en Mantua. Cfr. Despacho del embajador veneciano en Roma Niccoló Erizzo. 12 de febrero de 1701, F. N1COLIN1, op. cit., vol. 1, p. 361; Clemente XI, siguiendo esa misma línea, escribió varios breves al duque de Mantua de febrero a abril de ese año. Cfr. ASV, Ep ad Princ, Registra, 83, ff. 75r-76r; ¡vi, ff. 96r-96v. 33. Sobre la evolución del ducado de Mantua durante los primeros años del siglo XVIII véase el artículo de D. FRIGO, Impero, diritto felídale e «ragion di Stato»: la fine del chícalo di Mantova (1701-1708), «Cheiron», 21, 1994, pp. 58-84. 34. El 4 de abril de 1701 Berretti había conseguido la concesión del presidio pontificio (cfr. F. FANTINI D'ONOFRIO, op. cit. p. 430), pero se anuló tras conocerse la noticia de la entrada hispano-francesa en la ciudad, cfr. Carta del cardenal Paulucci al nuncio Acquaviva. Roma, 17 de abril de 1701. ASV, Arch. Nunz, Madrid, 47, ff. 105 y ss. 35. Ibídem. 36. Decreto de Leopoldo ¡. Luxemburgo, 20 de mayo de 1701. ASV, Segr. Stato, Venezia, 149, f. 530. 37. Carta del nuncio Davia al cardenal Paulucci. Viena, 23 de abril de 1701. ASV, Segr. Stato, Vienna, 238, ff. 295-296.
138
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
sentante imperial en la corte ducal, había recibido una orden para que abandonase la ciudad sin despedirse de Ferdinando Cario38. A partir de entonces, Viena dejó de considerar las razones de la Santa Sede sobre la mediación y se dedicó exclusivamente a organizar sus preparativos militares para la futura empresa de Italia. Después de los pasos dados por las Dos Coronas al sur de los Alpes, tratar de convencer a Leopoldo I para que diese una nueva oportunidad a una paz negociada entre príncipes católicos se convirtió en una auténtica quimera. Los acontecimientos posteriores hubieron de confirmar la incapacidad de la curia romana para frenar la guerra en Europa. Durante las siguientes semanas la presencia militar hispano-francesa y austríaca a ambos lados de los Alpes se incrementó de forma notoria. El Imperio, a la espera de poder contar con algunos regimientos de caballería y artillería3'', estableció el grueso de su ejército en el Trentino, mientras que Francia y España situaron sus efectivos fundamentalmente en los ríos Adige y Po. A finales del mes de mayo, las tropas borbónicas del príncipe de Vaudemont y el conde de Tessé desplegadas en ese territorio rondaban las 11.000 unidades40. La concentración de fuerzas hispano-francesas en los valles padanos respondía a un doble motivo: estratégico, pues por esta zona discurrían algunas de las más importantes vías de comunicación del norte de Italia; e intimidatorio, como fórmula con la que tratar de aplacar, al menos de forma momentánea, las pretensiones imperiales en la Península. Pero, pese a todo, Leopoldo 1 no se amedrentó y envió a sus tropas al sur de los Alpes. El 9 de julio el nuncio Cusani informó desde Venecia a la Secretaría de Estado del establecimiento de tres campamentos imperiales en las proximidades de Castelbaldo, una localidad a orillas del Adige, muy cercana a la frontera septentrional de los Estados Pontificios, y de las primeras escaramuzas entre los ejércitos de Francia y el Imperio41. Ese primer frente a frente entre imperiales y borbónicos marcó el definitivo fracaso del proyecto de mediación de la Santa Sede: la guerra, pese a que no se declaró oficialmente hasta 1702, finalmente había llegado a Italia. De nada había servido la neutralidad de Clemente XI. La desolada imagen del pontífice que, poco antes, se había visto en la procesión del Corpus Domini -el jueves 26 de mayo-, con la notoria ausencia de los embajadores en el cortejo a consecuencia de las continuas disputas con el Gobernador de Roma durante todo el XVII, representaba la soledad política del papado a comienzos del nuevo siglo42. En algo menos de ocho meses las esperanzas
38. Así lo refiere el nuncio Cusani. Venecia, 7 de mayo de 1701. ASV, Segr. Stato, Venezia, 149, ff. 355356. 39. Cfr. F. VALESIO, Diario di Roma (ed. G. SCANO), Roma, 1977, vol. I, p. 373. 40. Situación más o menos estable desde, al menos, el 14 de mayo de 1701. Cfr. Relazione del campo delle due Corone (anexo a un correo del nuncio Cusani al cardenal Paulucci). Venecia, 27 de mayo de 1701. ASV, Segr. Stato, Venezia, 149, ff. 395-397. 41. Carta del mmcio Cusani al cardenal Paulucci. /vi, ff. 528-529. 42. M. A. VlSCEGLlA, Tra liturgia e política: il Corpus Domini a Roma (XV-XVII1 secólo), en R. BÓSEL, G. KLINGBNSTEIN, A. KOLLER, Kaiserhof-Papsthof (16-18. Jahrhundert), Viena, 2006, p. 166.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
1 39
DAVID MARTÍN MARCOS
del nuevo papa y del grupo zelante se habían desvanecido ante el poderío militar de Francia y Austria. Las posteriores alternativas planteadas por Roma para hacer frente al conflicto -alianzas con los estados italianos, envío de nuncios extraordinarios a las cortes de Madrid, Viena y París...- se demostraron insuficientes dado su escaso poder de convicción. Para hacer frente a los imperiales y a sus exigencias, Roma sólo podía confiar en que las continuas levas que había venido haciendo de forma simultánea a las negociaciones por la paz lograsen hacer de sus tropas un ejército compacto, potente y respetado, al menos, en Italia. A principios de marzo de 1701, tras el reclutamiento de 8.000 hombres, el ejército pontificio ascendía a 36.000 unidades, una cifra que no debió de aumentar mucho más en los meses sucesivos43. Las cabalas de los astrólogos saludaban al año 1702 con «un preludio infausto di guerre et altre calamita all 'Italia»44, que Clemente XI no había podido evitar durante su primer año de pontificado. LA INVESTIDURA DEL REINO DE ÑAPÓLES COMO INSTRUMENTO DE MEDIACIÓN Cuando los representantes de las Dos Coronas en Roma hicieron las primeras instancias al pontífice para la concesión de la investidura de Ñapóles, Felipe V y su séquito ni tan siquiera habían tenido tiempo de hacer su ingreso en Madrid y, menos aún, de esbozar los pasos a seguir en la nueva política española. Clemente XI rechazó abiertamente las peticiones del cardenal Janson y del duque de Uceda el 15 de febrero de 1701, tres días antes de que Felipe V llegase a las inmediaciones de la capital de España. La precocidad de los hispano-franceses era evidente si se comparaba con el inmediato antecedente de la coronación de Carlos II. En aquella ocasión la Santa Sede había tardado más de nueve meses en reconocer los derechos del monarca español sobre Ñapóles y Sicilia. Sin embargo, su celeridad encontraba justificación: la previsible oposición austríaca a que la Casa de Borbón controlase los territorios españoles en Italia. La negativa del pontífice se cimentaba en bases aparentemente menos sólidas; aunque Clemente XI había reconocido a Felipe V como rey de España el 6 de febrero de aquel año, conscientemente no había querido pronunciarse sobre la concesión de la investidura del reino de Ñapóles. El doble juego de la Santa Sede se debía a la coyuntura internacional y a sus deseos de mediación en política exterior. Roma sabía que teóricamente podía acceder a las pretensiones de Francia y España, pero no olvidaba que tal gesto suponía entrar en conflicto con el Imperio, que también había solicitado la titularidad de ese feudo de la Iglesia. Era necesario, decía el pontífice, más tiempo
43. Avvisi Marescotti. Roma, 5 de marzo de 1701. BNCVE, Vití. Em., 790, f. 92r; a partir de esa fecha, los avisos de ese año sólo dan cuenta de reclutamientos esporádicos que en ningún caso superan los 300 soldados. • 44. F. VALESIO, op. cit, vol. II, p. 13.
140
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
para poder decantarse por una decisión justa y «non precipitare eos 'alcuna, perche cid potrebbe eccitare un maggiorfuoco»45. La respuesta de Clemente XI a los representantes de las Dos Coronas ilustra el plan de la Santa Sede con respecto a la utilización política de la investidura de sus feudos durante la Guerra de Sucesión española. La dilación de su concesión tenía que servir para ganar tiempo frente a los deseos del Imperio de iniciar un conflicto bélico de dimensiones continentales. Mediante este gesto de imparcialidad, que seguía la fórmula del secuestro neutral propuesta por Leopoldo I, se pretendía que los ejércitos extranjeros permaneciesen alejados de Italia y reforzar el protagonismo del pontífice en la mediación de un enfrentamiento entre dos príncipes católicos. El planteamiento se concretó poco después con una medida elocuente. El 7 de abril de 1701 Clemente XI designó una congregación especial encargada de estudiar la concesión de la investidura de Ñapóles formada por los cardenales Acciaioli, Barberini, Paulucci, Sacripante, Spinola, Ottoboni, Carpegna, Marescotti, Spada, Panciatici, Bichi y Sperelli y otros seis prelados de menor rango46. La medida no buscaba realmente llegar a un acuerdo inmediato sobre la titularidad legal del reino sino que más bien tenía por objeto acallar las continuas quejas que monseñor Acquaviva registraba en Madrid por el retraso de la investidura y permitir a la Santa Sede refugiarse en el mutismo. En los días sucesivos, Roma sólo se preocupó, en lo referente a Ñapóles, de la provisión de las iglesias de nómina regia mediante el breve de capienda possessione, con la consiguiente negativa del gobierno español47. La estrategia pontificia había servido para ganar algo de tiempo pero no demasiado. El 5 de mayo Paulucci dio órdenes al-nuncio en Madrid para que hiciese saber en esa corte que si Clemente XI, pese a conocer las razones de Felipe V para ocupar el trono partenopeo, todavía no había tomado una decisión, se debía a que permanecía a la espera de que el embajador Lambergh presentase las justificaciones del Imperio sobre esa misma materia48. Tan sólo diez días después se escribió de nuevo al nuncio ratificando la voluntad del pontífice de analizar en profundidad el problema de la investidura. En la epístola se explicaba con tono paternal que si la congregación especial convocada por el papa a tal propósito sólo se había reunido una vez hasta la fecha, no debía interpretarse como fruto del desinterés de la curia romana por ese tema,
45. Así se decía en la Risposta di Clemente Undécimo Pontefice,allí rappresentanti di Filippo Quinto Re di Spagna e di LuigiXIHI di Francia e mottiviper li quali non accorda a detto Filippo Quinto Re di Spagna 1 'lnvestitura di Napoli, che richiede (copia). Roma, 15 de febrero de 1701. ASV, Fondo Bolognetti, 129, ff. 302-303. 46. La fecha exacta se recoge en el diario de F. VALESIO, op. cit., vol. I, p. 341; la lista de los miembros de la congregación en Despacho del embajador veneciano en Roma Niccoló Erizzo. 9 de abril de 1701, F. NICOLINI, L 'Europa durante la guerra di successione di Spagna vol. II, pp. 115-116, y también en F. POMETT1, Studi sulpontificato di Clemente XI (1700-1721), «Archivio della Regia Societá Romana di Storia Patria», XXI, 1898, p. 322. 47. Cfr. ASV, Segr. Stato, Spagna, 183, ff. 268-271. 48. Cfr. Carta del cardenal Paulucci al nuncio Acquaviva. Roma, 5 de mayo de 1701. ASV, Arch. Nunz Madrid (Archivio della Nunziatura di Madrid), 47, ff. 121 y ss.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
141
DAVID MARTÍN MARCOS
sino como la prueba de que era un asunto que requería de la reflexión. Clemente XT se maravillaba, con una prepotencia poco acorde con la realidad, «di vedere tanta insistenza che lepare non meritoria da cotestaparte; mentre la Santi Sua non ha sin ora dichiarata alcuna Intenzione contraria, ófatta dimostrazione positiv che privi Sua Maestá del possesso del Regno di Napoli; anzi lascia, che vi tenga i suoi ministri, e Sua Beatitudine medesima, vi tiene pregio senza verun 'alterazione ó camb mento di cose dal canto suo». Dadas las importantes causas de la dilación, se esperaba que sólo con leer esas razones en la corte de Madrid fuese suficiente para convencer a Felipe V y a sus ministros de la necesidad de disponer de más tiempo para el asunto de la investidura49. Quizás era una presunción excesiva. La excepcionalidad del momento, con dos poderes que pugnaban por la titularidad reconocida de un mismo reino, no ayudaba precisamente a guardar la calma y a permanecer a la expectativa. Según se acercaba la festividad de los Santos Pedro y Pablo -el 29 de junio-, aumentaba el nerviosismo en el seno de la curia romana. Se temía que la víspera de ese día, momento en el que tradicionalmente tenía lugar la ceremonia de la chinea, con la que se solemnizaba la concesión de la investidura del reino de Ñapóles, se registrasen disturbios provocados por españoles e imperiales. Ese fue el motivo que llevó a Clemente XI a hacer público un documento en el que hacía saber que el pago de los 7.000 escudos y la presentación de la hacanea, que tradicionalmente solía hacer un representante del Rey Católico, quedaban en suspenso hasta nuevo aviso; se recalcaba además, para no dejar lugar a posibles dudas, que la «dilazione, e non pagamento e presentazione della Chinea in detta festa» no perjudicaban a los derechos de la Santa Sede sobre su feudo50. Los temores de Clemente XI no eran infundados. El duque de Uceda se movía dentro de unos difíciles parámetros de acción -definidos vagamente desde Madridque, dependiendo de las decisiones del pontífice sobre Ñapóles, podían complicar el normal discurrir de los últimos días de aquel mes de junio romano; tras debatir con algunos de sus hombres el modo de actuar, dispuso una estrategia que rozaba lo burlesco51. El día 28 el agente español Alonso Torralba se las ingenió para introducir a un malherido caballo blanco, que tiraba de un carro cargado de verduras, en el patio de la Cámara Apostólica. Dejados atrás los guardias suizos, que tenían órdenes de controlar movimientos sospechosos de los españoles, Torralba, con una cédula en mano por valor de 7.000 escudos, comenzó a enumerar cada uno de los feudos del reino de
49. Cfr. De la Secretaria de Estado al nuncio Acquaviva. Roma, 15 de mayo de 1701. ASV, Fondo Albani, 55, ff. 137-139. 50. Chirografo di Clemente XI. Roma, 26 de junio de 1701. ASV, Árch. Nunz. Madrid, 48, f. 23. 51. Cfr. M. A. OCIIOA BRUM, Embajadas rivales: la presencia diplomática de España en Italia durante la Guerra de Sucesión, p. 26. Indicaré además, entre las abundantísimas relaciones de la estratagema, las descritas por F. M. OTTIERI, Isloria delle guerre avvenute in Europa e particularmente in Italiapaer la successione alia monarchia delle Spagne dall'anno 1696 all'anno 1725, t. I-I, Roma, 1752, pp 191-192; y F. VALESIO, op. cit., vol. I, p. 412.
142
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
Ñapóles, mientras mandaba a los miembros de su séquito descubrir la gualdrapa con las armas pontificias que llevaba el caballo. El acto, pese a entrar dentro de la legalidad en sus parámetros formales, provocó el rechazo general de la curia. Los funcionarios pontificios no aceptaron el donativo e ignoraron la presencia del animal en las dependencias pontificias. Sólo a la una de la madrugada los guardias suizos se decidieron a expulsar al pobre caballo. Antes, la embajada de España había hecho pública una protesta por el rechazo de la hacanea en la supuesta ceremonia de la investidura. La rocambolesca presentación se justificaba como la medida adecuada para evitar «que en ningún tiempo pudiesse resultar perjuicio a Su Magestad Catholica, ni se pudiesse tomar motivo para alegar haver faltado a la continuación de la mayor reverencia, y obsequio a la Santa Sede»52. El episodio, gracias a una comicidad digna de la mejor comedia barroca, pronto alcanzó gran difusión en Europa y fue utilizado para desacreditar el respeto de los españoles hacia la Santa Sede. Las críticas tenían buena parte de razón: la ceremonia civil más importante del calendario romano53 había sido puesta en ridículo por la embajada de España y no volvería a celebrarse hasta la subida de Carlos de Borbón al trono del Reino de las Dos Sicilias. Pero no fue ésa la consecuencia más importante que trajo consigo la supuesta presentación. Hispano-franceses e imperiales quedaron enfrentados definitivamente en (y por causa de) Roma por la titularidad del reino de Ñapóles y el proyecto pontificio de hacer de ese feudo un símbolo de neutralidad se convirtió, para Austrias y Borbones, en causa de recíprocas sospechas de parcialidad. Por un lado, Lambergh temía que Clemente XI reconociese los derechos de Anjou para evitar una ruptura de relaciones con Madrid; por otro, Uceda creía que el papa había pactado con el emperador para no conceder la investidura de Ñapóles hasta que no terminase la guerra, que formalmente todavía no había comenzado54. Pero era evidente que, tras el rechazo, la Santa Sede iba a encontrar mayor oposición por parte de los españoles. En la corte madrileña los retrasos en la concesión del feudo napolitano venían siendo desde hace tiempo motivo de intranquilidad y ya a comienzos de verano se comenzaban a asociar con la denegación55. Cuando llegaron las primeras noticias del episodio de la chinea (planeado secretamente en una reunión en la que participaron el duque de Uceda, los cardenales Giudice y Janson, monseñor Molines y el agente Alonso de Torralba) a Madrid, los ministros de Felipe V, pese a reconocer la poca ortodoxia en el proceder de los representantes españoles ante la Santa Sede, decidieron felicitarles abiertamente por no haber acatado las disposiciones
52. Protesta Otorgada sobre la Presentación de la Accanea en 28 de Junio de 1701. BEESS (Biblioteca de la Embajada de España ante la Santa Sede), 205, ff. 171-178. 53. M. GORI SASSOLl, La cittá della rappresetazione lefesle e gli speltacoli, en G. ClUCCl, Roma Moderna, Roma-Bari, 2002, p. 189. 54. Cfr. M. A. OCHOA B R U M , op. cit., pp. 25-26.
55. Carla del nuncio Acquaviva al cardenal Paulucci. Madrid, 7 de julio de 1701. ASV,Segr. Stato, Spagna, 183, ff. 440-441.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
143
DAVID MARTÍN MARCOS
pontificias sobre la suspensión de la ceremonia de la hacanea56. El gobierno de España no sólo no pensaba condenar a sus agentes sino que estaba dispuesto a reconocer su servicio a la Corona. Los derechos históricos de la Santa Sede sobre el reino de Ñapóles habían dejado de ser un referente de la neutralidad pontificia en el conflicto sucesorio y ahora corrían el riesgo de convertirse en una amenaza para el proyecto de mediación. A comienzos del otoño de aquel año se produjo un acontecimiento que dejó entrever que la investidura del feudo no iba a depender tanto de la voluntad de la curia romana -sobre la que aumentaban las acusaciones de imparcialidad- como del poderío militar de los candidatos que se batían por él. La noche del 24 de septiembre de 1701, al grito de «Viva l'imperadore e fuor gabelle»51, estalló en Ñapóles una revuelta contra el gobierno borbónico del reino. El virrey Medinaceli y su séquito se vieron obligados a refugiarse en uno de los castillos de la ciudad por la presión de los rebeldes -entre los que se contaban cerca de sesenta caballeros-, pero la conocida como Conjura del príncipe de Macchia no obtuvo el apoyo deseado entre la nobleza local y no tardó en ser sofocada y reprimida con dureza por los españoles58. Se descubrió muy pronto que la operación se había gestado en una serie de encuentros en Roma de algunos nobles napolitanos con el conde de Chassignet, un agente austríaco enviado a Italia poco antes por el emperador59, y que en ella estaban implicados numerosos eclesiásticos. La proximidad de los Estados Pontificios y el reino de Ñapóles y las múltiples relaciones de ambos territorios facilitaban considerablemente este tipo de prácticas. Cuando en la curia romana se tuvo conocimiento del tumulto, Clemente XI se apresuró a enviar instrucciones al arzobispo Cantelmi para que castigase con penas espirituales y temporales a aquellos prelados acusados de sediciosos y que hiciese difundir entre el pueblo que la Santa Sede, pese a no haber concedido aun la titularidad del reino, no dudaba de los derechos de la Casa de Borbón. Desde hacía algunos meses se detectaba en Roma excesiva libertad en las críticas hacia la administración borbónica en Ñapóles y había quien creía que el papa tenía motivos más que suficientes para intentar frenar el peligro: «con la suapertinacia nel negare l 'investitura a Filippo V, aveva dato, siapure senza volerlo, una forte spinta al moto rivoluzionario, che, riuscendo, avrebbe travolto senz 'altro lo Stato pontificio nella guerra»60.
56. Carta del nuncio Acquaviva al cardenal Paulucci. Madrid, 8 de agosto de 1701. ¡vi, f. 530. 57. Según un cronista anónimo de principios del siglo XVIII. Cfr. DE BLASIIS, G., Diario napolelano dal 1700 al 1709, «Archivio storico per le province napoletane», X, 1885, pp. 85-129. 58. Véase el estudio clásico de A. GRANITO, Storia della congiura del príncipe di Macchia, Ñapóles, 1861. 59. inO Puede consultarse una copia de las instrucciones secretas del emperador al conde que se conserva en ASV, Fondo Bolognetti, 129, ff. 304-314. Chassignet tenía órdenes de apoyar a Giuseppe Capecce y al resto de los conjurados para mantener y promover el apoyo a la causa imperial en diversos sectores napolitanos. 60. Despacho del embajador veneciano en Roma Niccoló Erizzo. 27 de septiembre de 1701, en F. NlCOLlNl, op. cit., vol. III, p. 227.
144
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
APUNTES SOBRE EL FRACASO DE LA MEDIACIÓN La principal pretensión del proyecto político que guió los comienzos del pontificado de Clemente XI fue hacer de Roma un referente en las relaciones internacionales. Sin embargo, muy pronto quedó patente que las ambiciosas expectativas del pontífice no correspondían con la realidad. ¿Por qué se desplomó la política exterior de la Santa Sede al inicio de la Guerra de Sucesión española? Aparentemente podría decirse que el fracaso pontificio radicó precisamente en que la curia romana no fue capaz de evitar el estallido de la contienda. En realidad, la respuesta a esa pregunta está más relacionada con la actitud del pontífice y del grupo zelante ante la situación política de la Europa de su tiempo y el modo de posicionarse en ella que con la imposibilidad de evitar la entrada de las tropas imperiales en Italia. Se trata, en el fondo, de una cuestión de premisas: Clemente XI quiso seguir mediando entre el duque de Anjou y el archiduque Carlos cuando para casi toda Europa (y también para él), desde que se hizo público el testamento de Carlos II, se trataba de un enfrentamiento entre el legítimo rey de España y un nieto del emperador. El pontífice, animado por el carácter universal de la soberanía espiritual ostentada por la Santa Sede, pretendía ser neutral con esa posición61. En el razonamiento pervivía inalterable el viejo dualismo de la figura del Papa-Rey62. El planteamiento llevó a Clemente XI a utilizar sus derechos sobre Ñapóles y Sicilia como prueba de neutralidad. El pontífice pensó que el retraso de la investidura del reino facilitaría que Austrias y Borbones viesen en la Santa Sede un mediador válido e imparcial y que el diálogo acabaría con las amenazas de guerra que se cernían sobre Italia. Ñapóles era la pieza clave del proyecto pontificio. Se creía que gracias a él, Roma podría recuperar su centralidad en la política europea (se situaba justo en medio de las disputas de Francia y España con el Imperio) y mantener la paz en los Estados Pontificios y el resto de la Península. Las ideas sobre el sur de Italia que se habían forjado en la curia romana muy pronto se demostraron equivocadas. La dilación en la concesión del feudo a Felipe V sólo sirvió para interferir en el dominio efectivo de los españoles y para que aumentase la inestabilidad. La Conjura del príncipe de Macchia fue el ejemplo más esclarecedor de las trabas que la Santa Sede, inconscientemente, estaba poniendo a la tranquilidad al sur de los Alpes. En diciembre de 1700 el virrey Medinaceli había esbozado una de las claves para el mantenimiento de la paz: la formación de una coalición de estados italianos que fuese capaz de obligar al emperador a desistir en su empeño bélico. La propuesta, lejos de ser el resultado de una estratagema de un subdito de Felipe V para ganarse el favor de los príncipes de la Península, estaba formulada en términos tremendamente objetivos. «Non parlo da ministro spagnuolo -llegó a decir Medinaceli al residente veneciano en Ñapóles-, ma da buon italiano, giacché, avendo trascorso nella penisola
61. F. POMETTI, op. cit., XXI, p. 313.
62. Sobre el origen y rasgos de esta figura véase el célebre estudio de P. PRODI, IIsovranoponte/ice, Bolonia, 1982.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
1 45
DAVID MARTÍN MARCOS
diciassette anni della mía camera, amo ¡'Italia e vorrei che si difendesse da sé»63. La sinceridad de su propuesta derivaba de sus reticencias a que las tropas de Luis XIV atravesasen los Alpes. Temeroso, como era, de que los franceses se estableciesen perennemente en Milán y que, cuando ya no hubiese necesidad de su apoyo militar, se negasen a abandonar esa plaza, confiaba en la consolidación de una liga italiana para que Felipe V no tuviese que pedir socorros a su abuelo. La red de hermandad que trató de tejer Medinaceli, y que más adelante hubo de retomar D'Estrées, en nombre de Francia, no tuvo éxito. Por más que perseveró en su intento, representando los males que traería para los Estados Pontificios y para sus habitantes una guerra en Italia, de la Santa Sede no halló más que el ciego empecinamiento del pontífice en mantenerse neutral; de Venecia, un mutismo que hacía de la República un espectador privilegiado del conflicto. El difícil momento que atravesaban las relaciones entre el Senado y la Curia, con la controvertida embajada de Erizzo, tampoco ayudaba al virrey y a su proyecto; al menos por lo que a la Santa Sede se refiere, quedó prácticamente relegado al olvido. Sólo cuando la presión austríaca en las tierras del norte de Italia se hizo insoportable, Clemente XI retomó con discrección el plan de Medinaceli. Las instrucciones de la Secretaría de Estado al nuncio Cusani en caso de propuesta de coalición de Venecia o, incluso, de Francia resultan esclarecedoras: «lei ascolti, riferisca a noi, e non risponda. Dirá soltanto di sapere che la. medesima Sua Santitá ha avuto sempre et ha quei sentimenti, che nelle correnti particolari emergenze convengono alia sua obligazione»64. Sin embargo, el tentativo de construir un eje Roma-Venecia, al que habrían de unirse, casi por inercia, el resto de estados italianos, llegaba demasiado tarde. Cuando la Santa Sede comenzó a considerar la opción, Saboya ya había jurado fidelidad (efímera) a las Dos Coronas y la desconfianza hacia los venecianos, de los que se creía que serían capaces de permitir al Imperio el paso de sus tropas por los territorios de la República, era muy alta. La situación política de la Península a mediados del año 1701 hacía imposible que la liga pudiese llegar a materializarse. No había sido ésa la opción preferida por la Santa Sede. Clemente XI había apostado desde su elección por la mediación, y lo había hecho por una doble motivación: la promoción de la imagen de la Santa Sede en el panorama internacional y el mantenimiento de la paz, al menos en Italia. La evolución de los primeros años de su pontificado demuestra que esas dos aspiraciones eran incompatibles. Si Clemente XI hubiese ratificado los derechos de la Monarquía española sobre el reino de Ñapóles y hubiese accedido inmediatamente a aliarse con el resto de estados italianos para intimidar al emperador, su partidismo habría hecho muy difícil cualquier intento de media-
63. Despacho del residente veneciano en Ñapóles Savioni. 27 de diciembre de 1701, en F. NICOLINI, op. cil., vol. II, p. 260; citado también por G. GALASSO, Napoli nel viceregno spagnolo da! 1697 al 1707, en Sloria di Napoli, vol VII, Ñapóles, 1971-72p. 175. También el nuncio en Ñapóles, monseñor Casoni, dio cuenta de los-planes del virrey al cardenal Paulucci. Cfr. Ñapóles, 28 de diciembre de 1700. AS-V, Segr.S/ato, Napoli, 129, f. 7. 64. F. POMETTI, op. cil., XXI, p. 343.
146
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
ción. Aunque el pontífice, en busca de una mejor sintonía con Austrias y Borbones, se decantó por el arbitraje imparcial entre el archiduque Carlos y Felipe V no obtuvo mejores resultados; sólo consiguió la enemistad de los dos, al negarse a reconocer al primero como rey de España (aunque ya en 1703) y no conceder al segundo la investidura de Ñapóles. Pese a que ambas eran vías que no daban salida a la mediación, la que tomó Clemente XI condujo a un escenario doloroso: un campo de batalla que abarcaba toda la península Itálica. Quizás si el pontífice hubiese desistido en su empeño por ensalzarse como mediador espiritual y temporal entre príncipes cristianos y hubiese concentrado sus esfuerzos en mantener la paz mediante fórmulas más pragmáticas, hubiese logrado, al menos, mantener la guerra lejos de Italia. La realidad fue muy distinta y el resultado de esta hipótesis jamás podrá ser conocido. Es baladí elucubrar.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 129-147) ISSN: 0212-5862
147
LA BÚSQUEDA DE LA HEGEMONÍA MARÍTIMA Y COMERCIAL. LA PARTICIPACIÓN DE INGLATERRA EN LA GUERRA DE SUCESIÓN ESPAÑOLA SEGÚN LA OBRA DE FRANCISCO DE CASTELLVÍ «NARRACIONES HISTÓRICAS» (1700-1715)* AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO Universidad Complutense de Madrid
ALGUNOS DATOS SOBRE EL AUTOR Francisco de Castellví (1682-1757) fue un caballero de la pequeña nobleza catalana, partidario del pretendiente austríaco a la Corona de España. Luchó como capitán en la defensa de Barcelona (1714), siendo perseguido por el nuevo régimen borbónico después de la derrota de los Habsburgo, lo que le llevó a exiliarse en Viena, donde publicó en 1726, (en 6 volúmenes), sus «Narraciones Históricas». A pesar de no tratarse de una fuente inédita, y que ya ha sido utilizada en anteriores trabajos1, es la primera vez que se acomete el estudio sistemático de la participación de uno de los contendientes en el conflicto sucesorio español, en este caso Inglaterra, a través de su obra.
* La realización de este artículo ha sido posible, en gran medida, gracias a una Beca Doctoral, concedida por la Fundación CajaMadrid. I. Sobre todo por parte de la profesora León Sanz, entre cuyos trabajos, que mencionan a Francisco de Castellví, destacamos: LEÓN SANZ, V: «Los españoles austracistas exiliados y las medidas de Carlos VI, 1713-1725», en: Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, n° 10 (1991). pp. 165-176. Entre Austrias y Borbones. Madrid, 1993. «El reinado del archiduque Carlos en España: la continuidad de un programa dinástico de gobierno», en: Manuscrits, n" 18 (2000). pp. 41-62. Más recientemente: DEFOE, D.: Memorias de guerra del capitán George Carleton. Los españoles vistos por un oficial inglés durante la Guerra de Sucesión (Edición, estudio preliminar y notas de LEÓN SANZ, V), Murcia, 2002. GARCÍA CÁRCEL, R.: «La opinión de los españoles sobre Felipe V después de la Guerra de Sucesión», en: Cuadernos de Historia Moderna. Anejos. (2002), 1. pp. 103-125.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
149
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
La obra de Castellví, principal fuente para el estudio de la intervención catalana en el conflicto2, nos ofrece información de primera mano sobre la participación inglesa en la Guerra de Sucesión Española, a los ojos de un personaje que jugó un activo papel en la misma, y que confiaba en la intervención de esta potencia como garante de las libertades catalanas. CONSIDERACIONES INICIALES Según nuestro criterio, dos fueron las razones que movieron a Inglaterra a intervenir en la contienda sucesoria española. En primer lugar, todos los indicios nos hacen pensar que los rectores de la política exterior inglesa consideraron el estallido de las hostilidades como el momento idóneo para culminar un proceso, iniciado en la segunda mitad del siglo XVII, cuyo objetivo final era la hegemonía marítima y comercial de Inglaterra. La prueba más evidente de ello es el hecho de que Inglaterra se enfrentó tres veces a las Provincias Unidas por cuestiones mercantiles, relacionadas con el comercio americano y del Mar del Norte3. Sin embargo, sus intereses estratégicos no se circunscribieron a ese ámbito, ya que también buscaron introducirse en el Mediterráneo4y en Canarias5. En concordancia con lo cual, podemos afirmar que las veleidades tala2. Según García Cárcel, la obra de Castellví es: «un repertorio a lo who is who? de todos y cada uno de los participantes a lo largo de la guerra, como si más que la revelación de los hechos, lo que interesase a Castellví es fijar claramante el papel de cada uno de los que tuvieron que ver algo en el conflicto». De esta manera, el año de su publicación no fue casual, ya que un año antes (1725) los dos antiguos rivales por el trono español habían firmado la paz, lo que dio lugar a que un gran número de exiliados, partidarios del archiduque Carlos, pudieran regresar a España Ibidem. pp. 112-113. 3. Sobre los enfrentamientos anglo-holandeses destacamos los siguientes trabajos: FARNELL, J.E.: «The Navigation Act of 1651, the First Dutch War and the London Merchant Community», en: The Economía History Review, XVI, n°3 (1964), pp. 439-454. BOXER, C.R.: The Anglo-Dutch Wars of the 17'" centvty, 1652-1674. Londres, 1974. WlLSON, C : Profit andpower. A study of England and the Dutch Wars. La Haya, 1978. SEAWARD, R: «The House of Commons Committee of Trade and the origins of the second anglo-dutch war, 1664», en: The HistoricalJournal, XXX, n°2 (1987), pp. 437-452. HORNSTEIN, S.R.: The Resloralion Navy English foreign trade, 1674-1688. A study in the peacetime use of sea power. Aldershot, 1991. IRVIN, D.A.: Mercantilism as strategic trade policy: the anglo-dutch rivalry for the East India Trade», en: Journal ofpolitical economy, XCIX, n° 6 (1991), pp. 1296-1314. 4.ftJENIGSBERGER,M.G.: «English Merchants in Naples and Sicily in the seventeenth century», en: English Histórica! Review, vol. 62, n" 244 (1947), pp. 304-326. DAVIS, R.: «England and the Mediterranean, 1570-1670», en: FISI-IER, F.J. (ed.): Essays in the economic and social History of Tudor and Stuart England. Cambridge, 1961, pp. 117-137. VALLADARES RAMÍREZ, R.: «Inglaterra, Tánger y el «Estrecho Compartido». Los inicios del asentamiento inglés en el Mediterráneo occidental durante la guerra hispano-portuguesa (1641-1661)», en: Híspanla, LI, n° 179, n° 3 (1991), pp. 965-991. HERRERO SÁNCHEZ, M.: El acercamiento hispano-neerlandés (1648-1678), Madrid, 2000. pp. 331 -376. 5. La presencia inglesa en el archipiélago canario se remontaba a finales del siglo XVI y se mantuvo, con altibajos, a lo largo de todo el siglo XVII, intensificándose a partir de la segunda mitad de esta centuria, con un claro objetivo, aprovechar su posición e introducirse en el comercio con las Indias españolas; en este intercambio comercial, los británicos importaban vino y exportaban productos manufacturados. FAJARDO SPÍNOLA, F.: «Guerra y contrabando en las islas Canarias en el siglo XVII», en: ARANDA PÉREZ,
150
REV1STADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
socráticas de Inglaterra no surgen de la nada en el siglo XVIII, sino que responden a un fenómeno que tiene sus raíces a finales del siglo XVI, se desarrolla, sobre todo, a partir de la segunda mitad del siglo XVII y alcanza su madurez en los siglos XVIII y XIX. De esta manera, la esperanza de obtener unas amplias cuotas de mercado en su comercio con España6 y, sobre todo, sus posesiones americanas, fue un poderoso motivo para que Inglaterra se decidiera a intervenir en la guerra, aunque ciertamente, hubiera preferido que el conflicto se circunscribiera al ámbito marítimo, y no mediante una costosa guerra terrestre7. En cuanto a la segunda, Inglaterra, debido a su inestabilidad interna, había iniciado un camino que, inevitablemente, conducía al enfrentamiento con la Francia borbónica. Esta situación tiene su origen en la década de los 80 del siglo XVII, y alcanza el punto culminante en 1688, cuando el rey Jacobo II Estuardo (de confesión católica) tuvo que huir del país tras la llegada del protestante Guillermo III de Orange al trono inglés (con la colaboración de las dos hijas de Jacobo: María, esposa de Guillermo y Ana, que reinará en Inglaterra a la muerte de Orange), todo ello inserto en el contexto general de la Guerra de la Liga de Augsburgo o de los Nueve años 1688-1697. El rey depuesto buscó el apoyo de Luis XIV para recuperar el trono, auxiliado por el Rey Sol con hombres y armas y, por los católicos irlandeses, trató de recuperar su Corona; pero tras la batalla de El Boyne (julio 1690), la causa jacobita fue derrotada
FJ. (COORD): La declinación de la Monarquía Hispánica. Actas de la Vil Reunión Científica de la Fundación Española de Historia Moderna (celebrada en Ciudad Real los días 3-6 de junio de 2002). Cuenca, 2004. pp. 465-479. En 1666 los ingleses fundaron una compañía de comercio para centralizar el comercio de vinos, aunque las quejas de los comerciantes sevillanos, que verían sus beneficios reducidos, hicieron que no saliera adelante. Consulta de la Cámara en la que representa lo que se le ofrece sobre una consulta del consejo de Estado cerca de la compañía que ingleses intentaron introducir en las islas Canarias. Madrid, 27-11-1666. AHN, Consejos, Leg. 4440, n°82. Pero la integración de la comunidad mercantil inglesa en Canarias era una realidad, una muestra la encontramos en una consulta de principios de 1668, cuando con motivo de la leva de un tercio de mil hombres en el archipiélago, para servir en Flandes, éstos ofrecen un donativo para ayudar a los gastos de reclutamiento, a cambio de que se les permita elegir la persona que desempeñe el cargo de juez conservador (que se ocuparía de todos sus pleitos y negocios), a lo que la reina se muestra conforme. Consulta de la Cámara en la que representa lo que se le ofrece sobre el memorial de D. Francisco Espino, regidor de la isla de Canaria, en razón de los 6.000 ducados con que ha ofrecido servir, y otros medios que propone para ayuda a levantar el tercio en aquellas islas que V.M. ha mandado. Madrid, 19-1-1668. AHN, Consejos, Leg. 4441, n°5. 6. Sin embargo, ya a finales de la década de los 60 del siglo XVII, Inglaterra ya había obtenido unas condiciones más que favorables en sus relaciones comerciales con la Monarquía Hispánica, tal y como se desprende del tratado firmado en mayo de 1667, «para la continuación y renovación de paz y amistad entre las Coronas de Gran Bretaña y España». En dicho acuerdo, se autorizaba a los subditos británicos a tener libertad de tránsito en los territorios de la Monarquía Hispánica, y a comerciar en aquellos lugares donde ya se había hecho; es decir, se reconoce de derecho una práctica de hecho. Igualmente, tampoco se podría imponer impuestos adicionales a los comerciantes ingleses, y se les autorizaba a introducir y sacar mercancías de España. Finalmente, se les autorizaba a comerciar con las provincias leales de los Países Bajos. Tratado para la continuación y renovación de paz y amistad entre las Coronas de España y Gran Bretaña. Madrid, 23-5-1667. AHN, Consejos, Leg. 4442, n"15.' 7. RíANCIS, D.: The First Peninsular War, 1702-1715. Londres, 1975. p. 5.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
151
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
y el monarca se vio obligado a exiliarse en París. De este modo, Guillermo III pasó a convertirse en el soberano de las dos grandes potencias marítimas europeas y a llevar a cabo una política claramente antifrancesa. Estos acontecimientos enrarecieron las relaciones entre ambos países, especialmente a raíz de que Luis XIV acogiera a Jacobo II en Versalles, convirtiéndose en el valedor de los derechos de los Estuardo al trono inglés. De manera que la subida al trono de Guillermo III significó un freno a los planes hegemónicos franceses, ya que el principio de no intervención en el continente, válido con Jacobo II, va a ser abandonado a favor de unas prácticas que estaban abocadas al enfrentamiento con Francia8. Por otra parte, se ha considerado válida la opinión, comúnmente aceptada, de que la Guerra de Sucesión Española escondía, bajo la máscara de un simple conflicto dinástico, una encrucijada entre dos concepciones de Europa y de las relaciones internacionales: la de Luis XIV, cuya meta era que Francia ostentase la hegemonía en Europa, sumada a España; o la de las potencias aliadas, articulada en torno al principio de equilibrio continental, promovida por Inglaterra9. Así, la defensa de dicha máxima ha sido una de las causas que han justificado la intervención inglesa contra Francia10. Luis XIV era consciente de que las potencias marítimas eran las únicas capaces de poner coto a sus planes expansionistas. Para superar este escollo, se trató de compensarlas mediante su inclusión en un tratado de división en el que Francia, Inglaterra y Holanda se repartían los dominios de la Monarquía Hispánica". Sin embargo, este
8. La alianza anglo-holandesa tenía un punto de partida claramente antiborbónico, cuyo objetivo principal era evitar que los Borbones se hicieran con el trono de España. Según Crespo Solana: «el plan de guerra era un proyecto anti-francés para galvanizar las fuerzas entre el bloque anglo-holandés y la Casa de Austria y, más adelante, de la propia España, contra el crecimiento exorbitante del poder de Francia». CRESPO SOLANO, A.: «Implicaciones y consecuencias de la Pax Hollandesa», en: GUIMERÁ, A. y PERALTA, V.
(coords.) El equilibrio de los imperios: de Utrecht a Trqfalgar. Actas de la VIII Reunión Científica de la Fundación de Historia Moderna (celebrada en Madrid los días 2-4 de junio de 2004). Madrid, 2005. p. 105. Por otra parte, nos parece enormemente clarificador el planteamiento de Jover Zamora, al considerar que a finales del siglo XVII la política exterior inglesa ha alcanzado su mayoría de edad, no contentándose con formar parte de coaliciones contra el Rey Sol, y que ha llegado el momento de imponer sus designios. JOVER ZAMORA, J.Ma: España en ¡apolítica internacional, siglos XVIII-XIX, Madrid, 1999. p. 18. 9. OÓMEZ MOLLEDA, D.: Gibraltar, una contienda diplomática en el reinado de Felipe V. Madrid, 1953. p. 6. 10. Para Loosky Guillermo III era consciente de que la libertad de Europa estaba amenazada por la desmedida ambición de Luis XIV; se trataba, sobre todo, de mantener la independencia de los diferentes estados europeos. Este autor considera que el Tratado de la Gran Alianza, firmado en La Haya, en 1701, no hacía referencia al principio de equilibrio, pero se valoraba en su justa medida el peligro que suponía para las libertades europeas la unión de las coronas de Francia y España en una sola persona (aunque no se incluyó nunca el concepto de equilibrio en referencia al poder naval). LOOSKY, A.: «Las relaciones internacionales en Europa», en Historia del Mundo Moderno de la Universidad de Cambridge (edición española: Barcelona, 1979) Vol. 6. El auge de Gran Bretaña y Rusia, p. 112. 11. Es innegable que, tras la Paz de Ryswick (1697), la política de Luis XIV cambió notablemente. El monarca francés sabía _que la salud de. Carlos., II era precaria, y que su sueño de unir las Coronas de Francia y España en una misma persona estaba cercano. Así, buscaría apaciguar a las potencias marítimas mediante su participación en los tratados de división de la Monarquía Hispánica. Esta impresión se
152
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
proyecto de reparto encontró detractores, tanto por las formas como por el fondo del mismo. En cuanto a las primeras, se critica la política de hechos consumados de las tres potencias signatarias, pues en ningún momento se tuvo en cuenta la voluntad de Carlos II, monarca legítimo de la Monarquía Hispánica, ni que es a él a quien corresponde nombrar el sucesor de su Corona; así como la falta de respeto a las leyes internacionales, ya que ninguna potencia tiene derecho a injerirse en asuntos internos de otra. Todo ello vendría a reflejar el estado de postración en el que se encontraba la Corona española, incapaz de hacer frente a las ambiciones territoriales de las potencias europeas. Igualmente, destaca el hecho de que Francia, enemiga su enemiga secular, sea la que marque las pautas a seguir, según refleja el embajador de Venecia en una carta escrita al Senado de la república12. En cuanto al fondo, a pesar de que se le reviste como el mejor medio para preservar la paz en el continente, se le considera como una trampa, ya que únicamente tiene
vería corroborada por la frialdad con que fue acogida esta paz por parte de «la opinión pública» francesa, según se desprende de una carta del famoso ingeniero militar Vauban al dramaturgo Racine, en la que la considera «más deshonrosa que la de Cateau-Cambresis». Citado por BENITO LÁZARO, M.M.: «La diplomacia francesa ante los desafíos del siglo XVIII. La visión de Francois de Calliéres», en: GUIMERÁ, A. y PERALTA, V. (coords.) El equilibrio de los imperios: de Utrecht a Trafalgar. Actas de la VIII Reunión Científica de la Fundación de Historia Moderna (celebrada en Madrid los días 2-4 de junio de 2004). Madrid, 2005. pp. 55-65. La cita en p.57. Los designios del Rey Sol cristalizarían en un tratado firmado en junio de 1699, tras la muerte del pretendiente bávaro, José Fernando de Baviera, y confirmado en Londres en marzo de 1700. Según sus términos, el archiduque Carlos obtendría España y las Indias; Francia se anexionaría Ñapóles, Sicilia, la Toscana, Guipúzcoa y Lorena; el Duque de Lorena, como compensación obtendría Milán y los Países Bajos españoles se declararían independientes. El acuerdo entraría en vigor en el momento de fallecer Carlos II y los tres signatarios se comprometían a prestarse ayuda militar en caso de que una tercera potencia se opusiera a su ejecución. 12. «( ) si hacemos memoria al altivo genio de la nación española, y acierto con que en los tiempos pasados ha sabido dirigir sus operaciones políticas, escandaliza verla hoy tan separada del camino que solía seguir. Y dejando aparte lo que nunca de ella se pudo imaginar, que es sujetar su cerviz, nunca domada, al yugo de la Francia, su capital enemiga». Copia de carta que el embajador de Venecia en la Corte de España, escribió a su república en 8 de julio de 1700, traducida del idioma italiano en el castellano. B.N., Mss., 402. Fols. 93v-94r. En una línea similar se pronuncia un personaje anónimo, próximo a los círculos diplomáticos de la Monarquía Hispánica, (un ministro del norte, según se denomina) donde expone su parecer sobre el tratado suscrito entre Inglaterra Holanda y Francia, para el reparto de la Monarquía Hispánica, ratificado en Londres en marzo de 1700, por sus palabras, muy crítico con la posibilidad de que Francia se hiciera con posesiones españolas, suponemos que sería partidario del archiduque Carlos, al afirmar que: «El tratado concluido no es un proyecto que proponen a V.M., sujetándolo, como debieron, a su real deliberación. Sino como un decreto que intiman a V.M. y a sus reinos, despreciando el derecho que todas las leyes divinas y humanas le dan. En el caso nuestro se pretende privar de esto no sólo a los reinos y dominios de la monarquía, sino a V.M. mismo, a quien principalmente compete la declaración de su legítimo sucesor. Y tres potencias extranjeras se usurpan el arbitrio de disponer tan despóticamente de tan gran Corona.» Alianza entre Holanda e Inglaterra para la sucesión y repartición de la Monarquía de España. Lérida, 10-7-1700. B.N., Mss. 22.7275. Fol. 17r. Véase ib.: Carta del duque de Medinaceli, virrey de Ñapóles, sobre el reparto de la monarquía de España. Ñapóles, 11-7-1700. B.N., Mss. 10.910. Fols. 91v-95v.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
153
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
como objetivo el evitar que las potencias marítimas se opongan a los designios de Luis XIV. De esta manera, si el Rey Sol se hace con las posesiones pactadas en el tratado, se encontrará en una posición inmejorable para conquistar el resto la herencia hispánica. Es decir buscaría obtener con la diplomacia y la negociación aquello que únicamente podría conseguir con la fuerza de las armas, a un precio mucho más alto13. En este sentido, pone de manifiesto que con este tratado únicamente se fortalece, aún más, a la nación más poderosa de Europa, y que el resto de potencias, aún unidas, no pudieran contestar su hegemonía. Del mismo modo, critica la falta de coherencia de Holanda e Inglaterra a la hora de aceptar este acuerdo ya que, si se aplicara en los términos dispuestos, Francia se adueñaría de los territorios italianos más importantes y, por ende toda la península estaría sometida a los dictados de París, y lo que es más importante, «quedaría dueña del comercio de Levante, en que tanto interesan Inglaterra y Holanda»14. El embajador veneciano también destaca las incongruencias de la política de las potencias marítimas, ya que después de haberse enfrentado a Luis XIV en la guerra de la Liga de Habsburgo «a costa de tanta sangre y tesoros, sin más fin ni otro interés que el de abatir la potencia de Francia y contener sus vastos designios; y al mismo tiempo abrigar y defender de su ambición la monarquía española», no entiende como ahora están dispuestas a permitir que su principal antagonista logre sus objetivos. Del mismo modo, incide en las consecuencias comerciales que todo ello tendría, pues si los franceses se adueñaran de Sicilia, quedarían dueños del comercio mediterráneo. Pero no sólo obtendrían beneficios en este escenario comercial, ya que los comerciantes galos tendrían una oportunidad inmejorable para tomar parte en el comercio transoceánico, en detrimento de Inglaterra y Holanda15. La única explicación que el diplomático encuentra al comportamiento de Guillermo III, es su deseo de asentarse, definitivamente, en el trono de Gran Bretaña. No debemos olvidar que el apoyo prestado por el Rey Sol a Jacobo II se traducía en una amenaza casi permanente sobre la cabeza del monarca inglés16.
13. Ibidem. Fols. 8v-9v y 14r-v. 14. Ibidem. Fol. lOv-Ur. 15. Copia de carta que el embajador de Venecia Op. cit. Fols. 96r-98r. 16. «( ) Y descendiendo a la conveniencia personal que el rey británico pueda pensar exigir de este tratado, se juzga que, viendo cuan poco firmes pisan los reyes el territorio de Inglaterra, ha querido tener de su parte al Cristianísimo para que en su vida no le falte aquel trono, o un equivalente, que hay quien diga se le ha prometido, ofreciéndole en cualquier contrario evento a Holanda, con título de rey. Pero nunca se creyó que tales astutas ofertas pudieran mover su ánimo, pues a la discreción y práctico conocimiento del Británico, no debe alejársele el que siempre que el Cristianismo esté en aptitud de arrojarse de Inglaterra, y restituir al rey Jacobo, con quien tiene contraídas singulares prendas de empeño, a este fin lo ejecutará, sin cumplirle la palabra el equivalente de Holanda, pues nada que el rey Guillermo practique en obsequiar de la de la Francia, llegará a arrancar el íntimo y radicado odio que conserva aquella nación a su persona, como lo acreditan tan repetidas experiencias.» Ibidem. Fol. 98r-v.
154
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
EL CAMINO HACIA LA GUERRA Y EL INICIO DE LAS HOSTILIDADES (1701-1705) Los designios ingleses difícilmente se podrían conseguir con la presencia de una monarquía omnipotente como la que hubiera resultado de la unión de las coronas de España y Francia en un mismo rey. Europa habría quedado a su merced, las libertades protestantes se hubieran visto amenazadas y, lo más importante, Inglaterra no hubiera podido introducirse en la red comercial de la Monarquía Hispánica, ya que Francia hubiera pasado a controlar el imperio colonial español, con las consiguientes restricciones al comercio británico17. Por otra parte, Inglaterra podía obtener cuantiosas ventajas de la disgregación de la Monarquía Hispánica y establecerse en zonas donde su presencia no era significativa. Finalmente, la aparición de una potencia hegemónica en Europa, habría torpedeado todos estos planes ya que Francia, en este caso, podría haber llegado a disputar la primacía en los mares a Inglaterra, en cambio, con un sistema de equilibrio, con la presencia de una serie de potencias que la contrarrestaran, no tendría la suficiente capacidad para contestar el dominio inglés en el mar18. Cuando se tuvo noticia de la muerte del rey español, y de que en el testamento se nombraba al duque de Anjou como rey de España, Guillermo III lo aceptó (a pesar de que significaba grandes concesiones) para evitar un conflicto europeo. A mediados de noviembre de 1700, llegó a Londres el conde de Tallard (autor del tratado de división); tras entrevistarse con el rey, éste comunicó al enviado francés que Luis XIV se había comprometido (por dicho tratado) a renunciar a la Corona de España para su nieto, no estando de acuerdo con que Felipe de Anjou ocupara el trono. El rey recibió el apoyo total del Parlamento para mantener hasta las últimas consecuencias los tratados firmados, y para aliarse con quien creyera conveniente para «conservar la libertad
17. A la muerte de Carlos II (1 de noviembre de 1700) Felipe de Anjou, nieto del rey francés, fue nombrado rey de España; tras varios proyectos de reparto y varios candidatos al trono, el testamento del último Austria designó a Felipe como rey, en gran medida porque Francia era la única potencia capaz de asegurar la integridad territorial de la Monarquía Hispánica. Tras la entrada del Duque de Anjou en Madrid, 18 de febrero de 1701, las potencias de la Gran Alianza: Inglaterra, Holanda y el Imperio; a la que posteriormente se unirán Portugal, Saboya y la mayoría de los principados alemanes, salvo Baviera y Colonia, declararon la guerra a España y Francia, en defensa de la candidatura del archiduque Carlos de Austria (marzo 1702). Según León Sanz, la Guerra de Sucesión fue un conflicto europeo de amplias dimensiones, suscitado por el choque dinástico, pero cuya motivación de fondo está en las relaciones de potencia y en el equilibrio de poder, pero concreta y canaliza las tensiones europeas de diverso origen; pues apenas se comenzaron las hostilidades, se desencadenan dos conflictos diferentes: el del dominio de los mares y el de la hegemonía dinástica. La Gran Alianza presenta una disparidad de intereses, pues desde el primer momento aparece la preocupación de la Corte de Viena por Italia y el objetivo colonial y comercial de las potencias marítimas. En torno a estas dos grandes aspiraciones se articula la alianza y ambas coinciden en hacer frente a la hegemonía francesa. LEÓN SANZ, V.: Entre Austrias y Borbones Op. cit., pp. 12-13. 18. En cuanto a la actitud de Guillermo III, en principio opuesta al enfrentamiento con Luis XIV, ésta venía motivada por la esperanza que el monarca tenía de lograr, por medio del reparto de la Monarquía Hispánica, el acceso a los centros comerciales a los que aspiraba. Su comportamiento también vendría motivado por un acuerdo secreto con el Rey Sol, según el cual, si se avenía a firmar el tratado de reparto, le reconocería como legítimo rey de la Gran Bretaña. Alianza entre Op. cit. Fol. 1 lv-12.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
155
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
de la Europa, la prosperidad de la Inglaterra y para abajar el poder exorbitante de la Francia»19. De manera que, según Castellví, el 17 de septiembre de 1701 se firmó el tratado de la Gran Alianza entre el Emperador, Inglaterra y Holanda; según dicho tratado, las potencias marítimas se comprometían a conceder al Emperador «una satisfacción razonable sobre la pretensión a la sucesión de España». Igualmente, se comprometían a conquistar para la Casa de Austria: los Países Bajos españoles, el ducado de Milán como feudo imperial, Ñapóles y Sicilia, los presidios de Toscana y asegurar la Barrera en Flandes, de forma que la Gran Alianza partía de la premisa de que la Monarquía Hispánica debía ser dividida. Igualmente, Inglaterra, por su parte, se comprometía a aportar 40.000 hombres y a asumir «de ocho partes del gasto de las flotas y escuadras, cinco»10. La importancia de las cuestiones comerciales en el estallido de la contienda, se pueden apreciar en la concesión que Felipe V hizo, a finales de agosto, a la francesa Compagnie de Guiñee, del privilegio de transportar en América, durante 10 años, 48.000 esclavos negros. Esto significaba que Francia entraba de lleno en el comercio americano, obteniendo el monopolio del tráfico negrero, aspecto que chocaba con los deseos ingleses de dominar las rutas comerciales. Otro motivo de conflicto entre Francia e Inglaterra tuvo lugar a mediados de septiembre de ese mismo año, cuando fue proclamado en París, como rey de Inglaterra, el príncipe Jacobo, hijo de Jacobo II, que acababa de morir21. La situación interna de Inglaterra volvía a complicarse cuando el 19 de marzo de 1702, tras sufrir un accidente de caza, el rey Guillermo III moría; siendo sucedido por la princesa Ana, hija segunda de Jacobo II Estuardo. Poco después se acordó con los Estados Generales nombrar al duque de Marlborough22 como comandante en jefe de las tropas aliadas en Flandes. Al mismo tiempo (nueva muestra del deseo inglés de tomar posiciones en el comercio americano) se proyectó una expedición contra Cuba y Florida, para hacerse con la posesión de estos enclaves y asestar un golpe definitivo a los envíos de plata americana desde el virreinato de Nueva España, pero este proyecto fue abandonado porque el Emperador no se mostró conforme con el. No obstante, las potencias marítimas buscaban debilitar las rutas comerciales españoles, para lo cual, en vista de la suspensión de la expedición a Cuba y Florida,
19. CASTELLVÍ, F. de: Narraciones históricas (6 vols., Viena, 1726. La edición manejada es la publicada en Madrid entre 1997 y 1999, que abarca los tres primeros volúmenes), vol. I. p. 197. 20. Ibidem. p. 199. ll.lbidem. p. 268. 22. John Churchill, duque de Marlborough (1650-1722), en principio fue leal a Jacobo U, pero en junio de 1688 se pasó al bando orangista. Durante la Guerra de Sucesión obtuvo importantísimas victorias en Flandes; cayendo en desgracia en 1710, con el giro político del Parlamento. Destacamos las siguientes biografías: CHURCHILL, W.S.: Marlborough: his Ufe and times. Londres, 1947. REVESZ, A.: Mambrú (John Churchill, duque de Marlborough). Madrid, 1947. Desde un punto de-vista más militar: CHANDLER,D.: The art ofwarfare in the age of Marlborough. Nueva York, 1990.
156
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
optaron por ocupar Cádiz. Con ello impedían que Felipe V recibiera los caudales procedentes de América, a la vez que se apoderaban de la principal reserva equina de la península. En sus preparativos, se tuvo especial cuidado para no levantar suspicacias entre la población española, se buscaba que no fueran vistos como herejes invasores, sino como defensores de los derechos del Archiduque Carlos al trono. De manera que se buscó un jefe católico para la expedición, Jorge de Darmstadt, y se extremó la disciplina para evitar saqueos, entradas en los templos y, en general, problemas con la población civil. El 1 de agosto de 1702, la flota anglo-holandesa23, al mando del almirante Rooke, se hizo a la mar, llegando a Cádiz el día 23. Ese mismo día, el jefe de las tropas de desembarco, duque de Ormond, solicitó la rendición de la plaza al gobernador, Don Escipión Brancaccio, napolitano, que únicamente podía oponer 2.300 hombres a estas imponentes fuerzas. El desembarco aliado fue fulgurante, cayendo en sus manos la mayoría de las plazas prácticamente sin oposición; pero su comportamiento dejó bastante que desear, ya que el día 16 de septiembre saquearon el Puerto de Santa María24. Este hecho, según Castellví, fue el origen de la aversión castellana a la causa del archiduque. Tras sus correrías por Andalucía, pusieron rumbo al norte; pero el 1 de octubre el embajador imperial en Portugal, conde Waldstein, notificó que los galeones procedentes de América habían se encontraban en Vigo desde el día 22 de septiembre. La armada aliada se puso en marcha hacia el puerto gallego, y justo un mes después desembarcaron 4.000 hombres; dos días después el almirante Opson entró en el recinto portuario y tomó 6 navios intactos (cuya toma le reportó unos beneficios de 8 millones de pesos y 150 cañones). Esta incursión ocasionó graves trastornos a las Dos Coronas (Castellví utiliza este término para referirse a España y Francia), pues significó el primer triunfo aliado en el mar, que no olvidemos era uno de los objetivos perseguidos por Inglaterra, y ratificó la supremacía naval aliada durante la contienda. La diplomacia inglesa, por su parte, no permaneció pasiva, pues tuvo mucho que ver en la conclusión del tratado firmado entre las tres potencias de la Gran Alianza y Portugal (20 de diciembre de 1702), rubricado en mayo de 1703 y ratificado por el archiduque en septiembre (este fue el primer tratado que firmó Carlos de Austria como
23. Compuesta por 76 navios de guerra, 50 de transporte y 19 navios menores, en total 145. La flota transportaba 30 cañones de batir, 18 morteros, 20.000 bombas, fusiles, botas, sillas y lo necesario para armar 30.000 españoles. Igualmente, embarcaron 10.000 soldados ingleses y cuatro regimientos holandeses. Ibidem. p. 366. 24. RANCIS, D.: Op. cil. pp. 42-54. Este hecho, según Castellví, tuvo grandes repercusiones ya que: «No se hizo castigo en la persona de Ormond, y quedó radicada en las Castillas la aprehensión que era premeditado y positivo orden de los aliados los saqueos y sacrilegios, como preliminares de pervertir la religión. Declaró el tiempo ser Ormond del todo parcial a la Francia y que obró con premeditada reflexión para hacer del todo dificultosa la empresa de ocupar la Castilla los austríacos». CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. I. p. 367. Sobre los efectos de la guerra de Sucesión en Andalucía, aunque se centra preferentemente en la provincia de Córdoba: CALVO POYATO, J.: Guerra de Sucesión en Andalucía: Aportación al conflicto de los pueblos del sur de Córdoba. Málaga, 2002.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
157
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
rey de España), comprometiéndose a aportar la tercera parte de los gastos en que incurrieran Inglaterra y Holanda con motivo de la guerra de Portugal. La inclusión de Portugal en el bloque anti-borbónico también podía significar una ocasión para afianzar su presencia en el comercio portugués, iniciado desde finales del siglo XVII, pues al quedar los puertos portugueses a disposición de los aliados, estos fueron considerados como bases navales inglesas desde las cuales lanzar operaciones de castigo contra las posesiones leales a Felipe de Anjou. Junto a este tratado de carácter político, a finales de diciembre de 1703, se firmó un tratado comercial entre Portugal e Inglaterra, que abría los mercados portugueses y brasileños a los paños ingleses y el mercado inglés a los vinos portugueses. La postura portuguesa se caracteriza por su ambigüedad, ya que en junio de 1701, concluía un tratado con Francia y España, que impedía a los aliados utilizar los puertos portugueses. Pero la demostración de fuerza realizada en Vigo y la posibilidad de que un bloqueo aliado causase dificultades al tráfico comercial, inclinó a Portugal a formar parte de la coalición contra las Dos Coronas. En marzo de 1704, el archiduque desembarcó en Portugal acompañado por un cuerpo expedicionario aliado, pero el frente portugués no reportó ninguna ventaja a los aliados, ya que ninguna población castellana tomó partido por la causa austracista. Según Castellví, esto se debía a la secular rivalidad entre castellanos y portugueses, y no a que los castellanos rechazaran a Carlos de Austria25. Sin embargo, la campaña portuguesa ocasionó cuantiosos gastos a los aliados, sobre todo a Inglaterra, que pagaba a la mayoría de las tropas. De modo que, ese mismo año, se vio obligada a gravar las tierras, pensiones y sueldos para obtener fondos con los que sustentar a sus aliados26. A pesar del fracaso en Portugal, los aliados, gracias a su superioridad naval, acometieron la conquista de Gibraltar, que se rindió el 3 de agosto de 1704. Esta conquista era un paso más hacia el dominio del Mediterráneo, Gibraltar permitiría a los aliados, a Inglaterra, controlar el territorio donde confluían el Mediterráneo y el Atlántico; amenazando, definitivamente, el tráfico comercial americano que tenía Cádiz como destino. A pesar de los esfuerzos de las Dos Coronas por recuperar este enclave, sobre todo el ataque llevado a cabo por Tessé, en el mes de octubre, la guarnición inglesa, al mando de Jorge de Darmstadt, consiguió hacer frente a los atacantes27. Mientras se están produciendo estos acontecimientos, no debemos olvidar que se está luchando en otros teatros de operaciones, en los cuales la participación inglesa va a ser muy activa. El más importante de ellos es el de Flandes y Alemania, aquí las tropas anglo-holandesas al mando del duque de Marlborough acudieron en defensa de las tropas imperiales que estaban siendo acosadas por los ejércitos franco-bávaros, cuya intención era poner sitio a Viena. Aquí, Inglaterra buscaba aliviar a su aliado, a 25. CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. I. p. 488. 26. lbidem. p. 404.
27. \EENENDAAL, A.J.: «La Guerra de Sucesión Española en Europa», en Historia del Mundo Moderno de la Universidad de Cambridge (edición española: Barcelona, 1979) Vol. 6. El auge de Gran Bretaña y Rusia, p. 307.
158
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
la vez que expulsar a Francia de los Países Bajos españoles, posesión estratégica por su valor comercial y, finalmente, evitar cualquier deseo expansionista francés a costa de Holanda. Las hostilidades en este frente, tras unos comienzos favorables a las armas de Luis XIV, van a sufrir un giro radical tras la batalla de Blenheim (agosto de 1704). Tras la misma, los aliados pusieron fin a la amenaza francesa sobre Viena, liquidaron la participación bávara a favor de Francia (su territorio fue ocupado por los Habsburgo hasta el fin de la guerra) y pudieron disponer de una serie de acantonamientos desde los cuales poder llevar la guerra a los dominios del Rey Sol. El interés británico por el Mediterráneo, les llevará a firmar, en junio de 1705, un tratado con los catalanes, conocido como el Tratado de Genova28. Allí se reunieron, por parte catalana D. Antonio Peguera y de Aimeric y el Dr. Domingo Perera, mientras que el representante inglés fue Mitford Crowe. Los enviados catalanes notificaron a Crowe el malestar existente en el Principado contra los Borbones y que la Corona de Aragón, en general, estaba esperando el momento adecuado para rechazar a los Borbones y declarar su obediencia al archiduque; de forma que era en Cataluña donde la causa austracista podía encontrar los mayores apoyos. A primera vista, la lucha contra la hegemonía francesa y la defensa de los intereses de Carlos de Habsburgo, parecen ser las causas que mueven a Inglaterra a ajustar un tratado con los catalanes. Pero tras estas buenas intenciones se esconde un motivo mucho más práctico; es el momento que Inglaterra estaba esperando para introducirse definitivamente en el Mediterráneo ya que, en virtud del tal acuerdo, estaban facultados para campar a sus anchas por este teatro de operaciones. En mi opinión, en sintonía con lo que Castellví expondrá posteriormente, los catalanes fueron utilizados para justificar dicha intervención, pues sin la excusa de acudir en defensa de las libertades del Principado y de la causa del Archiduque, no les hubiera resultado fácil penetrar en el Mediterráneo29. Las consecuencias del Tratado de Genova30 marcaron la estrategia inglesa durante el resto de contienda, reflejándose en la toma de Denia, Altea y el inicio del sitio de Barcelona, por parte de la flota inglesa al mando del almirante Shover, durante el mes
28. OVSTELLVÍ, F. de: Op. cií vol. I pp. 628-636, recoge una serie de documentos que nos ofrecen una valiosa información sobre las negociaciones. 29. Así lo podemos apreciar en las palabras de la reina a Peterborough: «como nada es más importante para la causa común y para facilitar el establecimiento del rey Carlos III en el trono de España que la posesión de Cádiz y de Barcelona, os ordeno que entréis en todas las medidas que se os propondrán para la reducción de estas dos plazas». Instrucción de la reina de Inglaterra a milord Peterborough, 1-5-1705. Ibidem. p.650. 30. Entre las principales disposiciones de este acuerdo, en lo concerniente a los intereses ingleses, destacan las siguientes: - Inglaterra se compromete a movilizar un contingente aliado de 8.000 infantes y 200 caballos. Por otra parte, se dotará a los catalanes de 12.000 fusiles para que contribuyan a la defensa del Principado. - Los catalanes aportaran 6.000 hombres para combatir al lado de los aliados, que serán pagados por Inglaterra, hasta que el rey Carlos (el Archiduque) se haga cargo de sus emolumentos; estando autorizados para nombrar los oficiales.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
159
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
de agosto. Según León Sanz, la presencia inglesa en el Mediterráneo, con una poderosa armada, jugó un destacado papel en la rebelión de la Corona de Aragón en general, y del Principado de Cataluña en particular, contra la causa borbónica y a favor del archiduque31. La capitulación de la ciudad de Barcelona, 9 de octubre de 1705, fue ajustada entre D. Francisco Antonio Fernández de Velasco Tovar, virrey y capitán general del Principado y ejército de Cataluña, y el conde de Peterborough, capitán general de las tropas de desembarco de los aliados32. En esos momentos la situación era netamente favorable para el archiduque Carlos33. A modo de conclusión, la marcha de la guerra para los aliados en general, e Inglaterra en particular, al finalizar el año 1705 era bastante prometedora. Pues los objetivos perseguidos por Inglaterra: dominio de las rutas comerciales, hegemonía en el mar y defensa de sus aliados, se han cumplido. Destacan sus triunfos en el Mediterráneo, ya que con la toma de Gibraltar controlan su acceso; por otra parte, la presencia de una poderosa flota en estas aguas, disuade cualquier posible acción por parte de la marina francesa. En Flandes, actuando con los holandeses, consiguen salvar la difícil situación en la que se encuentra el Imperio, al tiempo que se sientan las bases para la derrota francesa en este teatro de operaciones. LA FASE DECISIVA DEL CONFLICTO (1706-1710) Hemos constatado la buena situación por la que atravesaba la causa aliada en el conflicto, de manera que no resulta extraño el escaso interés con que se acogió en la
- Inglaterra garantiza que el archiduque Carlos jurara las leyes, constituciones y privilegios del Principado. - Inglaterra se compromete a proteger y auxiliar a todos aquellos que abandonen a los Borbones y tomen partido por la casa de Austria. - Los catalanes se comprometen a reconocer al archiduque Carlos como su legítimo señor cuando las tropas aliadas desembarquen en el Principado. 31. LEÓN SANZ, V.: Entre Austrias y Borbones Op.cit. p. 27. 32. El contenido de dichas capitulaciones es recogido por CASTELLVÍ, F. de Op. cií vol. I pp. 660-666. En los 49 apartados, se recogen, entre otros aspectos: Que se respeten las propiedades de los franceses residentes en el Principado de Cataluña (22), que todos aquellos que han desempeñado cargo público y quieran abandonar la ciudad, puedan hacerlo libremente (25), que no se haga contribuir a iglesias, parroquias conventos, y demás instituciones religiosas (40), que el gobierno y consistorio de la Diputación mantengan las prerrogativas y privilegios tradicionales (41), lo mismo para los miembros del brazo militar (42), que las instituciones religiosas no sean objeto de saqueos (44), que la Santa Inquisición no sea abolida y continúe con su labor (48). 33. «( ) Durante el sitio de Barcelona algunos navios de V.M. (la reina Ana) con las tropas del país rindieron la ciudad de Tarragona ( ) La ciudad de Gerona y la de Lérida se rindieron a mi obediencia, como también la de Tortosa en el Ebro, de suerte que todas las plazas de Cataluña han sido presas, excepto la fortaleza de Rosas. Algunos lugares de Aragón bien cerca de Zaragoza se han declarado también por mí. El castillo de Denia en Valencia se mantiene y ha rechazado al enemigo. De los enemigos, 400 hombres de la caballería han tomado partido en mi servicio y gran número de su infantería ha desertado.» Carta del rey Carlos a la reina de Inglaterra dándole parte de la rendición de Barcelona, 22-10-1705. Ibidem. pp. 670-672.
160
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
Corte inglesa una hipotética propuesta de paz por parte de Francia (que según Castellví, fue realizada para entorpecer las sesiones del Parlamento e impedir que se concedieran los fondos necesarios para reanudar las hostilidades durante 1706). Pero los resultados fueron nulos, como manifiesta la decidida voluntad del Parlamento a la hora de conceder importantes sumas para la campaña de dicho año34. En febrero de 1707, parece que Francia propuso una nueva suspensión de las hostilidades; estando dispuesta a que las posesiones italianas de la Monarquía Hispánica y las islas del Mediterráneo pasaran a manos del archiduque Carlos (en esta ocasión Castellví afirma que el verdadero objetivo era desprestigiar la figura de Malborough, pesadilla de los ejércitos franceses en el norte, buscando que la opinión pública inglesa pensara que la guerra continuaba porque convenía a sus intereses personales)35. En la guerra peninsular, los aliados se centraron en el sometimiento del reino de Valencia; al mando de las tropas inglesas que participaron en las operaciones, se encontraba el conde de Peterborough, que había dejado Barcelona para ponerse al frente del contingente inglés. El avance fue fulgurante, según Castellví apoyado por el rechazo de los habitantes a los Borbones36, ya que a finales de febrero la mayoría del reino (desde Tortosa a Valencia) se encontraba bajo su control, únicamente Peñíscola se les resistía y, desde Valencia a Biar, sólo Alicante, Orihuela y Elche eran fieles a Felipe V37. Pero los Borbones no se resistían a renunciar a los reinos de la Corona de Aragón, convirtiendo la recuperación de Barcelona en primordial. A finales de marzo se inició el asedio de la ciudad, que finalmente, a pesar de los progresos de los expugnadores, no fructificó por la llegada de la flota anglo-holandesa, que alivió la situación de los sitiados. A pesar de la delicada situación en la que se encontraba Barcelona, Peterbough llega a sugerir al archiduque Carlos, que abandone la ciudad y vaya a Portugal, donde podía ponerse al mando de las tropas aliadas y emprender una nueva ofensiva, a lo que éste se niega, estando dispuesto al más alto sacrificio con tal de estar junto a sus subditos38. El socorro aliado llegó de mano del almirante Leake, que a principios de marzo zarpó de Lisboa con la intención de apoderarse de los galeones que se dirigían a América, aunque no consiguió su objetivo porque llegó tarde. Leake volvió a Lisboa y a mediados de abril tuvo noticias del sitio de Barcelona, decidiéndose que pasara a 34. Dichas asignaciones serían suficientes para poner en campaña 40.000 hombres en Flandes, 10.000 en Portugal y 8.000 en Cataluña, además de otorgar una asignación al archiduque Carlos y equipar a las tropas que combatían a favor de aquel. CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. II. pp. 15-16. 35. Ibidem. p. 334. 36. La nobleza terrateniente, la alta jerarquía eclesiástica y los comerciantes franceses siguieron a Felipe V; mientras que la causa austracista fue apoyada, sobre todo, por los campesinos, los comerciantes y artesanos de las clases medias urbanas y un sector de los profesionales liberales. En el reino de Valencia se plasmaba, no sólo la oposición a cualquier tendencia centralizadora de tipo francés, sino que también el deseo de los campesinos de aprovechar el conflicto para revisar el régimen señorial. LEÓN SANZ, V: Entre Austrias y Borbones Op. cit. pp. 18-19. 37. CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. II. pp. 49-51. 38. Ibiciem. pp. 271-273.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
161
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
dicha ciudad para tratar de introducir refuerzos. Fondeó su escuadra en Altea, donde unió sus fuerzas a las del almirante Byng, a finales de abril, arribando a su destino el 6 de mayo. La superioridad naval inglesa se puso de manifiesto a la hora de realizar el desembarco de las tropas de refresco, pues la escuadra borbónica no fue capaz de evitarlo, con lo que tuvieron que plantearse la posibilidad de levantar el sitio y retirarse a otros dominios. En el Mediterráneo, continuando la política llevada a cabo desde el comienzo de la guerra, los próximos objetivos ingleses van a ser las islas Baleares, aunque su conquista, al igual que en el caso de Gibraltar, se produjo en nombre del archiduque Carlos", en realidad fue puesta bajo jurisdicción inglesa. Respecto a las Baleares, no debemos olvidar que este archipiélago constituía una posesión estratégica a la hora de dominar el comercio en el Mediterráneo. La empresa se decidió en los consejos celebrados en Guadalajara los días 7 y 8 de agosto, y el 19 de septiembre zarpó la armada, 43 navios, al mando del almirante Leake, alcanzando la isla de Ibiza el día 22. La conquista de Ibiza no reportó ningún problema, pues el gobernador de la misma, el coronel D. José Ponce de León, al no disponer de tropas suficientes para su defensa optó por la rendición y pasarse al bando del archiduque. El día 24 llegaron a Mallorca, cuyo virrey, D. Baltasar de Escrivá e Híjar, conde de la Alcudia, tras los desórdenes producidos ante la llegada de la flota inglesa, y con la mayoría de la población deseando rendirse, firmó las capitulaciones con Leake y el nuevo virrey, el Conde de Savallá, el 27 de septiembre40. Esta serie de acontecimientos victoriosos para las armas del archiduque estuvo a punto culminar con el triunfo definitivo, ya que las tropas anglo-portuguesas, al mando del conde de Galway y del marqués de las Minas, marcharon desde Portugal, atravesaron Extremadura y Castilla y ocuparon Madrid en junio; viéndose obligado Felipe V a salir de la capital. Pero las tropas aliadas no fueron convenientemente apoyadas desde Cataluña, ya que se produjeron problemas entre los comandantes de las tropas, Peterborough, el conde de Noyelles (general holandés) y Galway, que impidieron enviar una fuerza capaz de asegurar la posición del archiduque en Madrid41. A ello tenemos que unir la hostilidad con que fueron recibidas las tropas aliadas, pues en Castilla se estaba empezando a generar un profundo odio contra el candidato Habsburgo, ya que era apoyado por herejes extranjeros y por los despreciados portugueses y catalanes.
39. Ibidem. pp. 285-286. 40. Sobre el contenido de las capitulaciones, muy similares a las de la ciudad de Barcelona: Ibidem. pp. 311 316. Estas conquistas supusieron un gran éxito para los defensores de los intereses de la Casa de Austria, según Castellví: «( ) Fue muy ventajosa al rey Carlos por los trigos y víveres que de este reino durante la guerra se transportaron en Cataluña y la remonta de 700 caballos que se sacaron del reino y la ventaja que se consiguió en buen número de diestros artilleros que entraron en servicio del rey Carlos, porque en este reino había escuela militar de artillería ( ) La conquista de Mallorca fue muy perjudicial a las Dos Coronas, turbando la navegación y el comercio, porque los armadores de Mallorca y Ibiza hicieron considerables presas en todo el tiempo que duró la guerra». Ibidem. p. 218. 41. Carta de milord Peterborough al Rey Carlos sobre la dificultad y expediente en el mando de las tropas. Ibidem. p. 297.
162
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
Felipe V, por su parte, era identificado con la independencia nacional ante la conquista extranjera. La situación mejoró para los Borbones cuando las fuerzas de Berwick42, apoyadas por la actuación de tropas irregulares, que combatían utilizando técnicas guerrilleras, cortaron las comunicaciones aliadas con Portugal, de manera que abandonaron Madrid, replegándose hacia Valencia, pudiendo Felipe V regresar a la capital43. Los Borbones decidieron no desaprovechar esta oportunidad y, en febrero de 1707, Berwick se puso en marcha. El jefe de las tropas borbónicas, ante la próxima llegada de refuerzos franceses y, teniendo su ejército disperso, decidió, el 22 de abril, adoptar una posición defensiva y optó por hacerse fuerte en Almansa, aprovechando que los aliados estaban ocupados tratando de tomar Villena. Las apreciaciones de Berwick fueron correctas, ya que derrotó al ejército aliado (compuesto en su mayoría por ingleses, holandeses y portugueses; comandado por Galway, De las Minas y el barón de Frisheim) en la batalla que lleva el nombre de la villa albaceteña44. La victoria borbónica tuvo grandes repercusiones, pues además de asegurar a Felipe V en el trono, permitió la recuperación del reino de Valencia (Berwick entró triunfalmente en la ciudad de Valencia el 9 de mayo) y obligó a los aliados a replegarse hacia Cataluña45. Este fue el primer revés serio que sufrieron los aliados en una guerra que, hasta entonces, marchaba según sus designios. Durante todo ese año, se produjeron intensos debates entre los militares y diplomáticos ingleses sobre la marcha de las operaciones y, sobre todo, la estrategia que se debía llevar a cabo. La lectura de la correspondencia de estos personajes desprende una disparidad de criterios, ya que no se está de acuerdo en la estrategia a seguir, guerra ofensiva o defensiva; empresas a realizar, desembarcar tropas en el reino de Valencia, atacar las posesiones italianas de la Monarquía, invadir Francia, o marchar a Madrid para que el archiduque sea nombrado rey de España46.
42. James Stuart Fitz-James, duque de Berwick y mariscal de Francia (1670-1734) era hijo natural de Jacobo II; tras el cambio de dinastía paso a servir a Francia, siendo nombrado lugarteniente de los ejércitos franceses, obtuvo importantes victorias en la península, que le consagraron como jefe militar. 43. VBRNENDAAL, A. J: Op. cit. p. 313.
44. Sobre la batalla de Almansa véase: Relación breve de la victoria de las armas mandadas por el duque de Berwick contra el ejército de los aliados, en Almansa el 25 de abril de 1707. B.N. Mss. 11021. Fols. 213r-215v; Oficiales generales del ejército de las dos Coronas, mandado por el duque de Berwick, que se hallaron en la batalla de Almansa el día 25 de abril de 1707. B.N., Mss. 12.949 n° 29. 45. En una relación de la batalla, mandada escribir por orden de Galway (hecho que nos puede hacer dudar de su parcialidad), se carga contra los portugueses, a los que culpa de la derrota, ya que: «La pérdida de los enemigos durante la acción fue mucho mayor que la nuestra y si todos hubieran imitado a los ingleses y holandeses, que atacaron con un valor increíble y rompieron el centro de los enemigos, no hay que dudar que los costados se hubieran llevado la victoria o a lo menos hubieran hecho una retirada honrosa ( ) Pero, al fin, rota nuestra infantería y expuesta toda su caballería, fue la mayor parte destrozada, herida o hecha prisionera. El conde Galway dio pruebas señaladas de su valor y capacidad. Después de haber recogido los fragmentos de la caballería inglesa, portuguesa y los dragones de una nación y otra, se retiró hacia Alcira, donde puso guarnición, como también en Játiva, Denia y Alicante. Luego marchó con la caballería a la otra parte del Ebro cerca de Tortosa, con la idea de unir las fuerzas del rey Carlos y defender el Principado de Cataluña». CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. II. pp. 351-358. 46. ¡bidem. pp. 437-443.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
163
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
Estas dudas y la falta de unidad en el mando, indudablemente, repercutieron negativamente en el desarrollo de la campaña. Al contrario, en el ejército borbónico, mucho más compacto, no se produjeron estos problemas, ya que la voluntad francesa se impuso casi sin oposición. La gravedad de la derrota la podemos apreciar en las manifestaciones del conde Gallas, embajador imperial en la Corte inglesa. El diplomático hace partícipe a la reina de los desgraciados acontecimientos acaecidos en España, a la vez que eleva una serie de peticiones para que la causa del archiduque no se vea totalmente abandonada (aunque la batalla de Almansa tuvo graves consecuencias para los aliados, ¿realmente era tan crítica la situación como hace ver el conde Gallas?, o por el contrario, ¿exagera deliberadamente los hechos para conmover el ánimo de la reina de Inglaterra y tratar de que siga contribuyendo con hombres y dinero para conseguir el triunfo de la Casa de Habsburgo?)47. La reina Ana pidió al Emperador que enviase a Cataluña a un general de renombre, a ser posible el príncipe Eugenio de Saboya; pero rechazó conceder dicha petición por los problemas existentes en sus dominios. Finalmente, para evitar indisponerse con sus aliados, el emperador se comprometió a aportar 10.000 hombres para Cataluña al mando del conde Guido Starhemberg. Parece que las manifestaciones del conde Gallas surtieron efecto, ya que el Parlamento se mostró dispuesto a votar los fondos necesarios para seguir la lucha contra los Borbones48. Para reforzar los diezmados regimientos ingleses, se autorizó a reclutar, forzosamente, a todo aquel que no tuviera oficio, ni profesión. Así que Inglaterra, junto con los Estados Generales, pudo destinar al frente de Cataluña unos 25.000 hombres. De todos modos, en Inglaterra y Holanda empezaron a aparecer algunas voces críticas respecto a la manera en que se estaba llevando la guerra en el Principado. En una reunión mantenida en abril de 1708 entre el príncipe Eugenio, Marlborough y los representantes de los Estados Generales, se criticó abiertamente la política llevada a cabo por el emperador, ya que era Inglaterra la que sufragaba la mayor parte de los gastos de la guerra de Cataluña, resistiéndose éste a enviar un número de tropas importante desde Italia al Principado. Por otra parte,
47. «( ) Habiendo sido tan general la derrota teme S.M. (el Archiduque Carlos), como acaba de suceder, que los reinos de Aragón y Valencia estarán ya rendidos y que todas las fuerzas de los enemigos se echarán de todas partes sobre el Principado de Cataluña ( ) Estando enteramente destruida la infantería de V.M. y demás aliados, halla necesario el rey de levantar luego un cuerpo mayor de infantería para guarnecer las plazas y pasos más importantes, y para la ejecución de esta idea no hará ninguna dificultad de hallar gente, estando toda Cataluña poblada y provista de gentes propias para las armas ( ) Considerando que el número de oficiales que han perdido sus vidas en esta desgraciada batalla es crecido ( ) ruega a V.M. le envíe luego algunos oficiales de experiencia y suposición para emplearlos ( ) No dudando S.M. que V.M. habrá proveído ya al almirante Shover de órdenes, instrucciones precisas para transportar las tropas que le podrán ser otorgadas de Italia, ruega a V.M. con ahínco quiera mandar en adelante a dicho almirante que en las dependencias de esta infeliz situación no se retire con la flota al Mediterráneo antes de que Cataluña este bien afianzada». Representación del conde de Gallas a la reina de Inglaterra después de la batalla de Almansa. Ibidem. pp. 454-456. 48. Para su obtención, se autorizó una contribución de 19 chelines por libra, muy cuantiosa, ya que una libra tenía 20 chelines. Estos ingresos permitieron aumentar en 6 en millones de florines lo concedido en 1707. Ibidem. pp. 471-472.
1 64
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
manifestaron su malestar porque con los fondos que el emperador obtenía de Milán y Ñapóles podría contribuir en mayor medida a los gastos militares aliados; pues podrían surgir descontentos en Londres y La Haya por ese motivo, y si las potencias marítimas se retiraban de la contienda, el emperador no tendría medios suficientes para sostener al archiduque. Francia, por su parte, vio en la unión de Inglaterra y Escocia, una ocasión única para abrir un frente interno en las islas. Su plan proyectaba la subida al trono de Jacobo III Estuardo, hijo de Jacobo II, ya que algunos escoceses se mostraban contrarios a dicha unión. En marzo de 1708, desde Dunquerque, zarpó la expedición al mando del caballero de Fourbin y el mariscal conde de Gassé, que llegó a Edimburgo el día 234". Pero la presencia de una flota aliada, al mando del almirante Bings, impidió el desembarco y, temiendo enfrentarse con una flota mayor, optó por volver a Dunquerque, donde llegó el 7 de abril. A pesar de todo, Francia consiguió dividir las tropas de sus adversarios, ya que Inglaterra debió destinar parte de las tropas destinadas a combatir en la península ibérica y en Flandes, a solventar esta posible invasión. A pesar de este contratiempo, eran las fuerzas aliadas las que continuaban llevando la iniciativa e infligiendo pérdidas a los Barbones. En 1708 el objetivo fue la isla de Cerdeña, que completaría el control aliado del Mediterráneo tras la toma de Ñapóles, el año anterior, por parte de las tropas austríacas. Esta expedición se llevó a cabo contando con la predisposición de los naturales a tomar partido por el archiduque, que nombró a D. Fernando de Silva y Meneses, conde de Cifuentes y marqués de Alconchel como nuevo virrey de la isla. Pero su margen de maniobra estaba muy limitado, ya que debía cumplir las disposiciones del almirante Leake, jefe de la expedición; por otra parte debía expulsar de sus cargos a los leales a Felipe V y enviar a Cataluña todos los víveres y caballos que pudiera, ya que la situación en el Principado era desesperada. La expedición zarpó a principios de agosto y el día 13 se firmaron las capitulaciones, pasando la isla a manos del achiduque, en teoría, ya que en la práctica eran los ingleses quienes la dominaban. A principios del mes de septiembre, la flota aliada se dirigió hacia Menorca; las fuerzas atacantes estaban dirigidas por el general Stanhope, que ocupó la isla sin demasiada resistencia, salvo Mahón, que capituló el 28 de septiembre50. Estas dos expediciones muestran el peso de Inglaterra en la alianza anti-borbónica y cómo el archiduque Carlos fue utilizado para conseguir unos objetivos que difícilmente hubieran podido ser obtenidos de otra manera. En el caso de Menorca, Stanhope puso una guarnición inglesa en la isla lo que, en la práctica, equivalía a su ocupación; e
49. La expedición estaba compuesta de 12 navios de guerra, 25 de particulares y 70 de transporte; las tropas de desembarco estaban compuestas por 12 batallones, y se cargaron 13.000 fusiles, 10.000 pares de pistolas y 10.000 sillas. Ibidem. p. 474. 50. Ibidem. pp. 549-554.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
165
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
incluso se llegó a proponer al Archiduque Carlos su cesión, a lo que este se negó ya que no deseaba dividir las posesiones que formaban parte de la Corona de Aragón51. En el frente norte, por otra parte, la superioridad británica era incontestable, ya que tras la gran victoria obtenida por Malborough en Blenheim, siguieron las de Ramillies y Turín (1706). Aunque en 1707 los franceses consiguieron frenar los planes anglo-holandeses de tomar Bruselas, en los dos años siguientes cosecharon dos duras derrotas: Oudenarde (1708), que desmanteló el sistema defensivo francés en Flandes, dejando expedito el camino de los aliados hacia Paris, pero el límite de su avance se estableció en Lille, y Malplaquet (1709). Fue la crítica situación francesa en este teatro de operaciones lo que movió al Rey Sol, prácticamente a la desesperada, a buscar una paz por separado, abandonando a su suerte a Felipe de Anjou. Luis XIV propuso una división de la Monarquía Hispánica entre los dos candidatos, a la vez que se buscaba compensar a los contendientes52. Esta propuesta fue rechazada por los dirigentes aliados, pero se autorizó a que Francia enviara representantes para discutir un posible acuerdo de paz. De esta manera, Rouillé y Voysin, se reunieron con el príncipe Eugenio, Marlborough y el Gran Pensionario Heinsius, en las conferencias de La Haya y Gertruidemberg, en mayo de 1709. Los plenipotenciarios aliados redactaron los preliminares que debían ser la base de una paz general, siendo rechazados por la Corte francesa debido a la dureza de las condiciones53, que sólo pueden entendidas por la grave situación creada tras los sucesivos reveses en Flandes. Tras el fracaso de las conversaciones de paz, los dos bandos se culparon del fracaso; los franceses se quejaban de la intransigencia aliada, mientras
51. Veenendaal, a este respecto, considera que, en esos momentos: «El archiduque Carlos no era más que un títere en manos de Gran Bretaña. Determinados acuerdos entre ellos mantenidos en secreto a los holandeses ilustran claramente hasta que punto llegaba esta servidumbre. En enero de 1708 concedió secretamente a Gran Bretaña el asiento de negros y posteriormente renovó su promesa de conceder a Marlborough el título de gobernador de los Países Bajos. Tampoco se encontraba el rey en situación de rechazar las proposiciones de Stanhope para concertar un tratado en virtud del cual se cedía Menorca a Gran Bretaña. Cuando los holandeses conocieron estos tratos, su resentimiento se hizo patente. La cesión del asiento a Inglaterra era una violación del tratado de la Gran Alianza, que había garantizado la igualdad comercial de las potencias marítimas en las Indias españolas». VEENENDAAL, A J.: Op. cit. p. 316. 52. «La parte situada sobre el océano con las Indias, para el archiduque, mientras que Cataluña y las posesiones mediterráneas, con las conquistas de los aliados e islas, para Felipe. Francia se reservaba la unión de Navarra y Guipúzcoa en España; el ducado de Lorena, cambiando con el Milanesado a favor del duque, añadiendo a favor de Francia el ducado de Luxemburgo». CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. II. p. 590. 53. Francia debía reconocer al archiduque como rey de toda la Monarquía, y que ningún rey de Francia podría ser nombrado heredero a la Corona de España. Francia incluiría en la Barrera las plazas ocupadas en los Países Bajos. Francia reconocería a la reina Ana y la sucesión en la línea protestante. Francia debía demoler Dunquerque. Si en dos meses, el duque de Anjou no hubiera abandonado España, Luis XIV se uniría a los aliados para lograrlo. Francia se obligaba, en el plazo de dos meses, a devolver Sicilia a los aliados y no enviar ni tropas ni barcos a las Indias. Ibidem. pp. 591-592.
166
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
que los aliados consideraban que todo respondía a una maniobra francesa que buscaba ganar tiempo y aliviar la presión que los aliados ejercían sobre sus ejércitos54. En vista de estas consideraciones, queda bastante claro que Inglaterra, en esos momentos, no deseaba la paz a pesar de que la mayoría de sus objetivos se habían cumplido, y que era el momento de realizar un último esfuerzo que permitiera llegar a las negociaciones definitivas en una posición de fuerza. No obstante, las conversaciones entre los plenipotenciarios continuaron. Francia trató de sacar partido de las disputas internas que tenían lugar en Inglaterra, entre los whigs (partidarios de la guerra) y los tories (partidarios de suspender las hostilidades, o de que estas se limitaran exclusivamente a acciones navales, ya que Inglaterra había conseguido los objetivos que la habían movido a participar en el conflicto). A instancia de los whigs, que en ese momento eran mayoría en el Parlamento, Inglaterra concluyó un tratado con Holanda (noviembre de 1709) para garantizar el acceso de los Hannover, protestantes, al trono inglés cuando muriera la reina Ana; conocido como Tratado de la Barrera55. Por otra parte, tras dicho acuerdo, tanto Inglaterra como Holanda restablecían el clima de concordia y entendimiento, enturbiado tras el pacto entre Stanhope y el archiduque con respecto al asiento de negros y a Menorca. La guerra peninsular se retomó con nuevos bríos en 1710, durante ese año la desesperada situación francesa, con los ejércitos de Malborough combatiendo en suelo francés, obligó al Rey Sol a retirar a la mayor parte de las tropas que servían en España; por lo que la posición de Felipe quedó muy debilitada. Al mismo tiempo, el emperador pudo enviar refuerzos a su hermano, una vez asegurada la frontera húngara y las posiciones en Italia. A pesar de todo el archiduque, según se desprende de una carta
54. La reina de Inglaterra, dirigiéndose a los representantes de los soberanos que formaban parte del Imperio, manifiesta lo siguiente: «No se os oculta con cuanto aparato el enemigo pretendió recientemente ponerse al frente de la paz y ( ) ciertos artículos preliminares a modo de base del futuro negocio de la pacificación fueron elaborados y concluidos por obra de los delegados, los cuales habiendo sido aprobados por los ministros franceses y por sus enviados, sin embargo el rey Cristianísimo rehusó considerarlos aceptables y ratificarlos ( ) La tranquilidad de Europa, de ningún otro modo puede ser asegurada más que si el poder de los franceses de tal manera es por todas partes recortado y circunscrito en sus límites que no tenga la mínima facultad de perturbarla (....) Hay que dirigir todos los esfuerzos para que sea totalmente quebrada la obstinada ferocidad de los enemigos y esperamos que todos los aliados a una y con el mismo ánimo que nosotros se empeñen en una cosa tan necesaria ( ) Confiamos en que trabajareis para que por parte de los electores, de los príncipes y de los estados del Imperio Romano Germánico se manden tropas de soldados y dinero abundantemente y sin reserva, lo que es necesario para proseguir la guerra». Carta de la reina de Inglaterra a todos los enviados de los soberanos, príncipes y estados de Germania, asistentes en Ratisbona, 3-7-1709. Ibidem. pp. 659-660. 55. Este tratado fue el primero de los tres que se acordaron para poner solución a este contencioso. Según lo pactado, los holandeses consiguieron establecer una guarnición en 19 plazas de los Países Bajos españoles, justo en la frontera con Francia, que les servirían como barrera ante un hipotético ataque francés (dicha línea defensiva abarcaba desde Lille a Tournai y desde Valenciennes a Conde y Maubegue, pero no Ostende, plaza ambicionada por Inglaterra) y anexionarse el Alto Güeldres, provincia que pertenecía a la provincia holandesa de Güeldres, pero que por la paz de Münster había pasado a la Monarquía Hispánica). VEENENDAAL, A.J.: Op. cit. p. 319.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
167
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
enviada al embajador imperial en Londres, no estaba demasiado contento con la actitud inglesa. En dicha misiva le pide al embajador que insista en determinados aspectos que Inglaterra esta descuidando (¿nueva prueba del posible desinterés británico por continuar con una costosa guerra cuando los principales objetivos estaban cumplidos?)56. En cualquier caso, los ejércitos aliados pudieron pasar a la ofensiva, derrotando a las fuerzas borbónicas en Almenara57 (julio de 1710) y en las inmediaciones de Zaragoza (en agosto), de manera que la entrada del archiduque en Madrid era inevitable. A este respecto, según León Sanz, frente a la resistencia del mariscal Stahremberg y del propio Carlos a entrar en Castilla, se impuso la voluntad de Stanhope, que optó por una rápida entrada del Archiduque en Madrid para ser coronado rey de España; lo que indica el peso del enviado británico, o lo que es lo mismo, el de Gran Bretaña en la Gran Alianza58. La determinación inglesa de tomar Madrid y poner fin al conflicto, responde a las disensiones internas a las que acabamos de aludir; pues los gastos que la participación inglesa en la península y Flandes generaba, empezaban a afectar gravemente a la economía británica. Los partidarios de reducir al mínimo los gastos militares y continuar la guerra, únicamente, a través de acciones navales, se mostraron muy activos en las sesiones del Parlamento. A pesar de la toma de Madrid, en el mes de septiembre, el archiduque, ante la hostilidad de los naturales, que dificultaron el abastecimiento de las tropas aliadas, se vio obligado a abandonar la capital. La llegada de un ejército francés al mando de Vendóme dio un vuelco a la situación, pues las tropas borbónicas contraatacaron y derrotaron a los aliados en Brihuega y Villaviciosa (diciembre de 1710); esta victoria marcó el curso de la guerra en la península, ya que, tras la pérdida de Aragón, únicamente el Principado de Cataluña se mantuvo fiel al Archiduque59. Al finalizar 1710, Inglaterra, por una parte, había afianzado más todavía su presencia en el Mediterráneo, con la conquista de Mallorca, Menorca e Ibiza; lo que ponía de manifiesto su importancia dentro de la alianza anti-borbónica; pero por otra parte,
56. El Archiduque pide que se insista en la importancia de pasar a la ofensiva en Cataluña; que las tropas estén bien equipadas y pagadas; que los ingleses ya no pagan los subsidios como antes, lo que repercute en la operatividad de las tropas. Por otra parte, según dicha carta, sabemos que Inglaterra elevó quejas al Emperador porque, a pesar de que Ñapóles, Cerdefia, Milán y las Baleares, rendían obediencia al Archiduque, Inglaterra continuaba realizando cuantiosos desembolsos para pagar a las tropas que servían a Carlos. Extracto de los puntos que mandó escribir el rey Carlos al conde Gallas, embajador imperial en Londres, 18-3-1710. CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. III pp. 157-159. 57. Sobre esta batalla y los acontecimientos posteriores: Ihidem. pp. 42-55. 58. LEÓN SANZ, V.: Entre Austrias y Borbones Op. cit. pp. 35-36. 59. Según Castellví, la derrota aliada se debió a: «Haber sucedido dentro de Castilla, donde no dábamos paso sin peligro ni encontrábamos que comer, esto les ha dado favorables consecuencias de la batalla, obligándonos a desamparar Castilla ( ) porque los almagacenes no estaban provistos ni teníamos víveres promptos, ni acémilas para introducirlos (....) Esta batalla fue de favorables consecuencias a las Dos Coronas porque sucedió en la más fría estación del invierno y en lo interior de Castilla, país el más afecto al rey Felipe. Ello es cierto que en Castilla por los avisos de los paisanos los partidarios españoles consiguieron favorables reencuentros, sorpresas y puntuales noticias». Ibidem. pp. 119-120.
1 68
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
habían surgido diferencias con Holanda, la otra potencia marítima que había intervenido en el conflicto con la esperanza de obtener compensaciones en el dispositivo comercial de la Monarquía Hispánica. Además, los gastos militares que ocasionaban los ejércitos ingleses en el continente se habían disparado, lo que motivó una oleada de protestas en Inglaterra, que los tories aprovecharon para, a partir del verano de 1710, pasar a la ofensiva; según esta facción, Inglaterra debía retirarse del conflicto, ya que sus aspiraciones habían sido satisfecha60. LA FASE FINAL DE LA CONTIENDA Y LA BÚSQUEDA DE LA PAZ (1711-1715) A mediados de 1710 se produjo un cambio radical en la política exterior inglesa, esta viraje se vio favorecido por las derrotas que sufrieron las armas aliadas en la península ibérica. Castellví comenta que, al tener conocimiento las cortes de La Haya y Londres de la noticia de la derrota de Brihuega, hubo voces que proponían abandonar la guerra peninsular por sus elevados gastos y emprender una estrategia defensiva en Cataluña. De esta manera se consolidó una fuerte reacción contra el gobierno del whig Gondolphin61, sobre todo porque la población estaba sufriendo notables perjuicios por la subida de los precios de los cereales, tras dos pésimas cosechas, y los terratenientes se quejaban por los elevados impuestos sobre la tierra, a los que debían hacer frente para amortizar la deuda nacional generada por la participación en el conflicto. De manera que los whigs no contaban con el apoyo de la «opinión pública», esto facultó a la reina Ana para despedir a la mayoría de sus ministros, entre ellos al propio Gondolphin. Tras estas sustituciones, Harley se convirtió en jefe del nuevo gabinete tory y Bolingbroke en primer secretario de Estado. El ambiente hostil contra los whigs se completó con el triunfo absoluto de los tories en las elecciones de octubre de 1710. El cambio de política se tradujo en una campaña contra Marlborough62 y su guerra
60. Las protestas motivadas por la creciente carga financiera que suponía la guerra, fueron creciendo entre la «opinión pública» inglesa, las cuales fueron canalizadas por los «tories», cuyo objetivo era ya poner fin a las hostilidades: «Inglaterra pagaba la mayor parte de la guerra, y sólo el sostener el peso de ella en Cataluña y otros gastos dependientes se computaba a casi cuatro millones de pesos, y de este importe contribuía la tercera parte la Holanda. Daba motivo esta crecida suma al nuevo ministerio tory a imprimir en el pueblo el mal uso que se hacía de los copiosos caudales que la Inglaterra consumía, disponiendo los ánimos a condescender a una paz ventajosa a la Inglaterra con el especioso pretexto de convenirse de común acuerdo con los aliados». Ibidem. pp. 217-218. 61. Castellví, su proporciona una valiosa información sobre el origen de las dos facciones, sus disputas, desde la década de los 30 del siglo XVII y las causas del cambio de postura de Inglaterra. Ibidem. pp.372391. Hasta el verano de 1710, los personajes más importantes de la vida política inglesa, todos ellos vinculados a los whigs fueron: Godolphin y Marlborough, ambos sufrieron las consecuencias del cambio de gobierno. Para más información sobre estas cuestiones: OGG, D..: «El surgimiento de Gran Bretaña como potencia mundial» en Historia del Mundo Moderno de la Universidad de Cambridge (edición española: Barcelona, 1979) Vol. 6. El auge de Gran Bretaña y Rusia, pp. 193-195. 62. «El nuevo ministerio proseguía en hacer imprimir diferentes libelos contra el precedente gobierno. Acusaba a Marlborough de intentar ser general perpetuo y de haber empleado mal los fondos que se
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
169
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
continental. Los lories nunca habían apoyado estas operaciones, ya que recelaban de los holandeses, a los que veían más como rivales comerciales que como aliados, considerando que el Tratado de la Barrera, de 1709, acordado bajo auspicio whig, era perjudicial para los intereses de Inglaterra; por lo que se mostraron dispuestos a llegar a un acuerdo que pusiera fin a su participación en la contienda63. Muestra de la buena predisposición de Francia a llegar a un acuerdo, fue un decreto emitido por Luis XTV (diciembre 1710) que prohibía el comercio con los holandeses, a la vez que se autorizaba a los mercaderes ingleses a traer mercancías a los puertos franceses sin estar obligados a cargar productos franceses a su regreso. El Rey Sol estaba totalmente convencido de que si conseguía apartar a Inglaterra de la coalición anti-borbónica, el resto de los aliados abandonaría al Archiduque64. Los nuevos dirigentes de la política exterior inglesa no perdieron el tiempo e inmediatamente iniciaron conversaciones, al margen de sus aliados, con Francia para buscar un acuerdo que pusiera fin a la contienda. En junio de 1711, la reina Ana autorizó a Harley y Bolingbroke a que enviaran un representante, Mr. Prior, a París para el inicio de las negociaciones con Francia. Este enviado llevaba una serie de propuestas, consistentes en compensaciones para los aliados, a la vez que, en la práctica, se aseguraba el trono de España para Felipe de Anjou, ya que Inglaterra no podía continuar durante más tiempo costeando su participación, y la de sus aliados, en el conflicto65. La muerte del emperador José I, hermano del archiduque, en abril de 1711, dio nuevos argumentos a los partidarios de la paz y la salida de Inglaterra de la guerra; ya que el archiduque Carlos pasaba a convertirse en el emperador Carlos VI, a la vez que conservaba intactos sus derechos a la Corona española, por lo que se asistiría a la resurrección del imperio de Carlos V. En este momento es cuando Inglaterra ve que aquel rey débil, a cuya existencia ha contribuido (pues evidentemente el archiduque Carlos no hubiera podido hacer valer su candidatura al trono español sin el apoyo inglés), podía llegar a suponer una amenaza, a la vez que sus proyectos para introducirse en la red comercial española en América habrían fracasado. No olvidemos que Carlos ya era soberano de los Países Bajos españoles y de territorios italianos como Milán, Ñapóles y Cerdeña, si a la vez era soberano
le habían destinado, consumiéndolos en reducir pequeñas villas» (en alusión a la campaña de 1710, donde tras costosísimos asedios, Marlborough tomó una serie de fortalezas en territorio francés: Douai, Béthune, Saint-Venant y Aire) «Le limitaron el poder en las armas y en lugar de generalísimo de las fuerzas de Inglaterra sólo le dieron el de general de las armas en Flandes y que no pudiera disponer de los empleos, y señalaron los oficiales que debían servir bajo sus órdenes». Poco después fue relevado del mando de las tropas que combatían en Flandes, siendo sustituido por el Duque de Ormond. CASTF.LLVÍ, F. de: Op. cit. vol. III. pp. 218-219 y 399. 63. VEENENDAAL, A.J.: Op. cit. p. 320.
64. Según CASTELLVÍ, lo que realmente buscaba Francia era: «alucinar los pueblos de Inglaterra con estas aparentes ventajas y que el Ministerio tuviera más facilidad de inclinar al vulgo a la paz». CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. III. p. 296. 65. Inglaterra se daría por satisfecha con la cesión de Mahón y Gibraltar y la demolición de Dunquerque. Ibidem. p. 224.
170
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
de las Indias, los problemas para Inglaterra estaban planteados. Otra muerte, en este caso la del Gran Delfín Luis, heredero del trono de Francia, ese mismo año, tuvo gran influencia a la hora de mover al Rey Sol a buscar la paz; ya que éste era un anciano que podía morir en cualquier momento66. En el verano de 171167, Bolingbroke tomó las riendas de las negociaciones con el representante francés Torcy, estas conversaciones, productivas para ambas partes, desembocaron en los llamados Preliminares de Londres (octubre 1711)6S. Inglaterra propuso a sus aliados que, bajo los acuerdos adoptados entre Francia e Inglaterra, se celebrara una reunión para tratar de obtener un acuerdo definitivo entre todos los contendientes. Tras la firma de este tratado bilateral, que rompía la unidad entre los miembros de la Gran Alianza, la reina autorizó al conde de Strafford a que se reuniera con los representantes de los Estados Generales para estudiar la conclusión de las hostilidades, aunque no debía decir nada del acuerdo con Francia. Castellví pone de manifiesto que el enviado inglés utilizó métodos poco legítimos para obligar a los holandeses a que participaran en las negociaciones, a pesar de que estos últimos ya habían planificado la campaña de 1712. De forma que, siempre según Castellví, éstos se vieron obligados a intervenir en unas negociaciones de las que no eran partidarios, sólo por no irritar a Inglaterra, como manifestaron al emperador por medio de su representante en Viena, el Conde Rechteren. El caso es que Holanda fue la gran perjudicada, junto a Austria, del inicio de las negociaciones, pues los acuerdos de 1709 se convertían en papel mojado; de manera que Inglaterra, sin tener el cuenta el parecer de sus aliados, lo que nuevamente demuestra que su participación en la
66. Este problema se agravó más todavía cuando Luis, duque de Borgoña, heredero al trono tras la muerte de su padre, falleció al año siguiente; otra muerte, en este caso la de Carlos, duque de Berry, en 1714, dejaba la Corona de Francia en manos del futuro Luis XV, hijo del Gran Delfín, sobrino de Felipe de Anjou, que en esos momentos era un niño. Estas muertes, plantearon la posibilidad de que el trono de Francia recalara en los Orleáns si el bisnieto del Rey Sol moría. 67. Francia concedía las peticiones inglesas: Gibraltar, Menorca, el asiento de negros, el navio de permiso, la interrupción de las obras del puerto de Dunquerque y la cesión de Acadia y Terranova, a la vez que daba las garantías necesarias para que las Coronas de Francia e Inglaterra no se unieran en una misma persona. VEENENDAAL, A.J.: Op. cit. p.321. Sobre el curso de las negociaciones véase: CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. 111. pp. 395-396. 68. C\STELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. III. p. 397. La delegación inglesa estaba encabezada por el obispo de Bristol y el conde de Strafford. A pesar de que Castellví acusa a los ingleses de querer poner fin a la contienda, lo cierto es que a partir de 1709, la clase rectora holandesa ya se estaba planteando abandonar el conflicto, debido a las dificultades económicas, y reconocer al candidato borbónico como rey de España. Al mismo tiempo, las relaciones entre Inglaterra y Holanda empezaron a deteriorase porque ésta última sospechaba que su aliada únicamente consideraría sus propios beneficios comerciales, los cuales no estaría dispuesta a compartir, como realmente sucedió. A pesar de todo Holanda, en gran medida gracias a Heinsius, Gran Pensionario, no abandonó la alianza antifrancesa y hasta 1711 siguió prestando su colaboración a Inglaterra. A este respecto: COOMBS, D.S.: The conduct oflhe Dutch: British opinión and the Dutch alliunce during the War ofSpanish Sucession. La Haya, 1958. ISRAEL, J.I.: The Dutch Repiiblic. ItsRise, Greatnessandfall, 1477-1806. Oxford, 1993.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
171
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
contienda se debió a motivaciones de carácter individual, se salió con la suya ya que se acordó que las reuniones empezaran el 21 de enero de 1712 en la ciudad de Utrecht69. El archiduque Carlos era consciente de la grave situación en la que se encontraba, ya que la salida de la guerra de Inglaterra, podía poner punto final a su aventura española. Pero Inglaterra continuó al lado del archiduque, favoreciendo la elección imperial de Carlos, pues era lo que mejor convenía a los negocios ingleses en el continente, por eso la reina Ana actuó como valedora del candidato Habsburgo ante los electores del Imperio; finalmente, será coronado emperador en Frankfurt, el 22 de diciembre70. Pero, por otra parte, como se ha mencionado anteriormente, ya no estaba tan dispuesta a sostener la candidatura del archiduque Carlos al trono español, paralizando las repetidas solicitudes del embajador imperial en Londres, conde de Gallas, para continuar la guerra contra los Borbones, que pasan a ser sistemáticamente rechazadas, debido a los excesivos gastos que acarreaban71. Las palabras de Bolingbroke suenan más a excusa que a otra cosa, pues el político inglés trata de notificar al embajador imperial, con buenas palabras, que ha sido Inglaterra la que realmente ha sostenido la causa del archiduque y, por lo tanto, la reina puede hacer lo que mejor convenga a sus intereses, sin que se le pueda reprochar nada; e incluso se critica que la Casa de Austria no empeñara mayores recursos en la lucha contra los Borbones; lo que puede ser interpretado como el límite del apoyo inglés a la causa austracista. Pero Carlos, en su viaje a Alemania para ser coronado emperador, consciente de la importancia de Inglaterra para su triunfo en España, no se dio por vencido y continuó insistiendo a la reina Ana para que los refuerzos ingleses, tanto en hombres como en dinero, siguieran llegando, a la vez exhorta a Inglaterra a que no haga caso a las peticiones francesas de paz; del mismo modo, manifiesta su deseo de continuar la guerra, para lo cual, aprovechando su viaje, está procediendo a reclutar el mayor número de efectivos posibles72. A pesar de sus esfuerzos, el archiduque Carlos no fue capaz de conseguir que las negociaciones de paz continuaran su avance, pues el 18 de mayo de 1712 Bolingbroke acordó un armisticio con Francia. A pesar de todo continuó con su doble juego, comunicando a los holandeses que no había llegado a ningún acuerdo con Francia, y que no
69. Carta de la reina de Inglaterra a los electores y príncipes del Imperio sobre auxiliar la elección de emperador a favor del rey Carlos. 9-5-1711. lbidem. pp. 322-323. 70. «La reina ha sido bastante generosa en no mirar sus intereses ni limitar sus gastos a lo que pendían de ella los tratados, sin pedir que los aliados hiciesen esfuerzos o a proporción de los suyos o a proporción de los que la razón hacía necesarios y que puede ser estaban en estado de hacer. La España ha sido de 7 años a esta parte el teatro de una vivísima guerra cuyos acontecimientos han variado a menudo, los gastos siempre necesarios y este peso enteramente sostenido por la reina». Respuesta del secretario Bolingbroke al embajador austríaco, conde de Gallas, sobre la continuación de la guerra en España. 228-1711./tó/em.pp. 333-335. 71. Carta del rey Carlos a la reina de Inglaterra persuadiéndola a la continuación de la guerra. 24-10-1711. lbidem. pp. 356-357. 72. lbidem. p. 400.
172
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
lo haría si ello significaba ir en contra de los intereses de sus aliados73. Pero era evidente que las cosas habían cambiado. Esta mutación se puede apreciar en dos teatros de operaciones: Flandes y Cataluña, la pasividad inglesa significará la derrota de la causa aliada en los mencionados territorios. En el norte, el sucesor de Marlborough en los Países Bajos, el duque de Ormond, nombrado a instancias de la mayoría tory, no tenía ninguna intención de enfrentarse a los franceses; limitándose a ocupar, a mediados de julio: Gante, Brujas y Dunquerque. Pero Holanda y Austria no se resignaban a ver como era Inglaterra la que obtenía las mayores ventajas, la primera optó por hacer un imponente esfuerzo económico que le permitiera pagar a las tropas que anteriormente costeaban los ingleses y, actuando conjuntamente con los austríacos, continuaron la lucha contra Francia. Pero su deseo de actuar al margen de Inglaterra, se vio frustrado cuando las tropas aliadas al mando de Eugenio de Saboya fueron vencidas por el mariscal Villars en Denain (24 de julio de 1712)74. Esta derrota significó la sumisión de Holanda a los designios ingleses, a la vez que ponía de manifiesto la inoperancia de la alianza anti-borbónica si ésta no contaba con la participación inglesa, pues eran los hombres y, sobre todo, el dinero británico los que hacían posible la lucha contra Francia. Mientras tanto, en el Principado, las tropas inglesas, comandadas por el duque de Argyll75, que combatían apoyando la causa austracista, recibieron órdenes, en el mes de septiembre, de embarcarse hacia Mahón, poniendo fin a su intervención en defensa del archiduque. Al igual que en Flandes, sin los subsidios ingleses, la causa Habsburgo estaba perdida, como se comprobó poco después. Llegados a este punto, las críticas de Castellví hacia la postura adoptada por Inglaterra son implacables; según su opinión, Inglaterra se opuso a que Cataluña fuera una república independiente, ya que una de las condiciones para la firma del acuerdo definitivo era que Cataluña se integrara en la Corona española, como se desprende del acuerdo alcanzado en marzo de 1712, aunque no entraría en vigor hasta julio del año siguiente, entre milord Lexington, por parte inglesa y Felipe V, para poner fin a las hostilidades76. En la Corte de Viena, a finales de 1712 se tenía constancia de que Inglaterra había tomado partido por el pretendiente Borbón, pero a pesar de todo, se insiste en que continúe la ayuda para mantener los reinos de la Corona de Aragón bajo la obediencia del Archiduque; se hace hincapié en el caso de Cataluña, que debía constituirse como república independiente, bajo protección de los aliados, especialmente Inglaterra. Esa es 13. Ibidem. pp. 452-453. 74. El duque de Argy 11 había sido designado a principios de 1711, comandante de las tropas británicas destinadas en Cataluña, sustituyendo a Peterborough. 75. «El ministerio inglés contradijo la demanda del emperador de erigir a Cataluña en república como impertinente e impracticable, y así se ha visto después que el designio del Ministerio inglés era de sacrificar la nación catalana a sus caprichos ( ) El ministerio inglés mandó a milord Lexington que con una ligera apariencia continuara la instancia a favor de los catalanes, tanto por ser un acto de humanidad, cuanto por ser del interés del rey Felipe, porque de esta manera se facilitaría que los alemanes dejarían la Cataluña». ibidem. pp. 416-417. 76. Representación de monsieur de Hofmann, residente cesáreo en Londres, a la reina de Inglaterra, a favor de los catalanes. 2-11-1712. Ibidem. pp. 474-476.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
173
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
una de las condiciones puestas por los Habsburgo para poner fin a la guerra, la otra era la promesa de compensaciones territoriales en Italia77. Inglaterra se mostró inflexible, no temblándole el pulso a la hora de abandonar a sus aliados en su propio beneficio, pues era consciente de que negociaba desde una posición de fuerza, como reflejan las palabras de Bolingbroke78. Estas manifestaciones corroboran lo expuesto anteriormente, Inglaterra ve inviable la constitución de una Cataluña independiente; por otra parte, notifica al representante imperial su aislamiento; de manera que, o se suscriben los planteamientos ingleses, o si quiere seguir luchando, el Imperio deberá hacerlo solo. El cambio de posición de Inglaterra llegó a tal extremo que, incluso, tras el Tratado de Evacuación (marzo de 1713), por el que las tropas aliadas dejaron el Principado, su flota colaboró en el asedio de la ciudad de Barcelona, rendida por Berwick el 11 de septiembre de 171479. Los acontecimientos descritos reflejan, sin ningún género de dudas, que sin Inglaterra, a pesar de los esfuerzos desesperados de Holanda y Austria, no se podía continuar la lucha; de modo que los beligerantes comprendieron que era mejor llegar a un acuerdo. Debido a este cambio de actitud, a principios de 17)3, las negociaciones avanzaron considerablemente, sobre todo cuando Holanda, en relación con el asunto de la Barrera, acercó posiciones con Inglaterra, este acercamiento se tradujo en la firma del Segundo Tratado de la Barrera (30 de enero de 1713). Según dicho acuerdo, se reducía el número de plazas en las que los holandeses podían establecer guarnición80,
77. «( ) Sobre la proposición de erigir en república el Principado de Cataluña, esta idea no parece la más practicable. Se seguirían perpetuas guerras, y este valeroso pueblo sería la víctima, y su país el teatro de estas guerras. La reina cree que los catalanes hallarán mucho mejor su seguridad establecida por el perdón general con restitución de bienes y honores que ha sido prometido ( ) Estando concluida la suspensión de armas entre la Gran Bretaña, Francia y España, y que la escuadra holandesa ha recibido orden de retirarse del Mediterráneo, ha creído la reina, hacer recuerdo a S.M.C. de la situación en que se hallan la emperatriz y el ejército en Cataluña y proponerle tomar con tiempo las medidas necesarias para la seguridad de uno y otro ( ) La reina contribuirá a retirarse de aquel país, así la emperatriz como las tropas, y asegurar su mansión el poco tiempo que se necesitase para la retirada. En cuyo caso no duda la reina que el emperador no venga en una neutralidad en Italia, ( ) o bien si juzga a propósito continuar solo la guerra contra la Francia y la España». Respuesta dada por el secretario Bolingbroke a la representación hecha por el residente cesáreo monsieur Hofmann. 10-11-1712. Ibidem. pp. 476-477. 78. A este respecto, Castellví da a conocer una serie de documentos que demuestran el entendimiento entre Madrid y Londres a costa de los catalanes. Entre ellas destacan una carta del embajador inglés en Madrid, milord Lexington, en la que aconseja al representante francés, Orry, que firme la paz con Portugal para centrar todos los esfuerzos en el sometimiento de los catalanes, algo impensable en 1710. También recoge la petición del general Patricio Lawles, enviado de España en Londres, para que Inglaterra prestara navios a Felipe para el bloqueo de Barcelona. Ibidem. pp. 721-722. 79. Una relación de las operaciones militares que llevaron a la toma de Barcelona es: Diario puntual de lodo lo sucedido en el sitio de Barcelona desde el día 7 de junio de 1714 hasta el día ¡1 de septiembre de dicho año, que se tomó a fuerza de armas (...). B. N., Mss. 12.949, n° 31. 80. Estas plazas eran: Fumes, Fort Knocke, Ypres, Menin, Tournai, Mons, Charleroi, Namur y Gante, junto con los fuertes de Perle, Philippe y Damme. Fue necesario un tercer acuerdo (noviembre 1715) entre Holanda y el Imperio, bajo auspicio inglés, para liquidar definitivamente esta cuestión. Según el Tercer Tratado de la Barrera, según el cual los holandeses perdían el derecho a mantener una guarnición
174
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
a la vez que Holanda se comprometía a aceptar los términos acordados por Francia e Inglaterra respecto a la suspensión de hostilidades. Salvada la resistencia holandesa a plegarse a los deseos ingleses, la firma de la paz estaba próxima, siendo rubricada, tras más de un afio de negociaciones, en los acuerdos de Utrecht (marzo-abril 1713). En virtud de los cuales los aliados, salvo el Imperio, firmaban la paz con Francia; mientras que, por otra parte, entre junio y julio, alcanzaban la paz con España. El acuerdo entre España e Inglaterra, se firmó el 13 de julio de 1713; intervinieron, por parte inglesa, los referidos Bristol y Strafford; por parte española, el duque de Osuna y D. Isidro Casado Acevedo de Rosales, marqués de Monteleón81. Este tratado, que formalizó los acuerdos alcanzados cuatro meses antes por los plenipotenciarios de ambas naciones, reconocía a los ingleses el privilegio de enviar cada año a las Indias Occidentales un navio de 500 toneladas (navio de permiso), el monopolio de la trata de negros82 por treinta años (el asiento de negros), y un territorio en el Río de la Plata para guardar a los esclavos y proceder a su venta; también se reconocía la posesión inglesa de Gibraltar y Menorca83. El triunfo inglés llegó a tal punto que, incluso en la forma de llevar a cabo las negociaciones, se impuso su criterio frente a los deseos de los aliados, en especial del Imperio, pues éstos últimos eran partidarios de que se presentaran propuestas comunes a los aliados, mientras que Inglaterra deseaba que cada contendiente expusiera a Francia sus peticiones. A pesar de este viraje, la casa de Habsburgo no estaba dispuesta a consentir que el trono de España quedara en manos de los Borbones84.
en: Mons, Gante y Charleroi, pero el Emperador cedía Venlo, Stevensweert y el fuerte Saint Michel. Finalmente, el Emperador se comprometía a aportar 21.000 hombres (sobre un total de 35.000) para la defensa de los Países Bajos y un subsidio anual de 500.000 coronas para pagar a las tropas holandesas. PlTT, H.G.: «La paz de Utrecht» en Historia del Mundo Moderno de la Universidad de Cambridge (edición española: Barcelona, 1979) Vol. 6. El auge de Gran Bretaña y Rusia, p. 346. 81. CXSTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. III. p. 523.
82. Por el asiento, Inglaterra podría introducir durante 30 años hasta un total de 144.000 esclavos a través de la South Sea Company. Tanto la reina de Inglaterra como el rey de España figuran como partícipes por mitad en el negocio y cada uno en la cuarta parte, por lo que se debe considerar como una verdadera empresa mixta mercantil hispano-británica. Hasta ese momento el tráfico de esclavos no había estado gestionado por la Corona, sino que se encargaban de él asentistas particulares; al conceder el monopolio a los ingleses, por primera vez España figura como beneficiaría del mismo, participando directamente en las ganancias. De modo que la concesión de este monopolio a los ingleses, no fue tan negativo como la historiografía tradicional ha querido hacer, pues reportó cuantiosos ingresos a la Real Hacienda. LEÓN SANZ, V.: «La llegada de los Borbones al trono» en: GARCÍA CÁRCEL, R. (coord.) Historia de España. Siglo XVIII. La España de los Borbones. Madrid, 2002, p. 57. 83. .DVER ZAMORA, J.M;i: Op. cit. p. 25.
84. «El Emperador fiaba en las contingencias de su tiempo: la mucha edad del rey Luis y un príncipe de tres años que debía sucederle, los grandes achaques de la reina Ana, la inquietud del pueblo de Inglaterra, la poca satisfacción de los holandeses y generalmente de todos los aliados, le daban esperanza que en el espacio de una campaña podía mudarse el sistema y volver a encenderse con más fuerza la guerra». CASTELLVÍ, F. de: Op. cit. vol. III. p. 517.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
175
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
Aunque era comprensible que Carlos estuviera dispuesto a agotar hasta la última posibilidad para hacerse con el trono; sobre todo confiaba en un vuelco de la situación política en Inglaterra, pues la correspondencia con sus enviados en Londres revelaba el malestar producido entre los whigs con la firma del tratado de paz con Francia. Según esta facción, partidaria de una rendición incondicional de Francia y de estrechar lazos con Holanda, las concesiones francesas eran ambiguas. Por ejemplo: las compensaciones territoriales y comerciales obtenidas por Inglaterra, eran mínimas comparadas con lo que Francia obtenía; Dunquerque, por su parte, había sido evacuado por la promesa de una compensación; la estratégica posesión de Estrasburgo continuaría siendo francesa, con lo que tendrían la llave del Imperio; la Barrera holandesa era insuficiente y podía ser, en un futuro, desbordada por las fuerzas francesas85. De modo que el Emperador aceptó una lucha cara a cara con Francia que, tras las conquistas francesas de Landau (junio 1713) y Friburgo (septiembre), se vio obligado a abandonar, dando inicio a las conversaciones de paz con los Borbones. Las reuniones entre Borbones y Hasburgos, encabezadas por el mariscal Villars y el príncipe Eugenio de Saboya, culminaron en la paz de Raastatt (Alemania) en marzo de 1714, dicho acuerdo fue ratificado en septiembre de ese mismo año en Badén (Suiza). Aunque los dos pretendientes al trono no firmaron la paz hasta 1725. De esta forma, aunque a lo largo de 1715 continuaron firmándose tratados entre España y los aliados, a la vez que se producían algunas acciones bélicas menores, se ponía fin a la Guerra de Sucesión Española, un conflicto que marcó una nueva era en la historia de Europa, ya que se pone fin a la hegemonía francesa y se asiste al nacimiento de una nueva potencia. CONCLUSIONES La principal consecuencia del fin de la Guerra de Sucesión Española es el advenimiento de Inglaterra como gran potencia en el concierto europeo. Al igual que para España fueron las guerras libradas en Italia contra Francia, para ésta, la Guerra de los Treinta Años, o para Rusia las guerras contra Suecia; la contienda sucesoria española, y sobre todo los Tratados de Utrecht, son el comienzo de la preponderancia inglesa en Europa y, por extensión, en el mundo. Las ventajas obtenidas por Inglaterra, territorialmente, pueden parecer pequeñas a primera vista, pero debemos tener en cuenta que era más favorable a sus intereses la posesión de enclaves estratégicos y de compensaciones comerciales, que la posesión de extensos territorios, más costosos y más difíciles de administrar86.
85. «( ) Las ofertas de la Francia son cautelosas y en ningún modo proporcionadas a las ventajas que S.M. puede justamente esperar para sus reinos y para sus aliados; no siendo dichas ofertas suficientes para conservar el equilibrio de poder en Europa, pues aun cuando se cumpliesen sobre el pie propuesto por la Francia, no afirman seguridad alguna en lo venidero». Ibidem. pp. 479-480. 86. Aunque ya se ha aludido a las adquisiciones inglesas en la guerra, recapitulando, de Francia obtuvo: el reconocimiento de la dinastía inglesa reinante (aunque la reina Ana murió en agosto de 1714, subiendo al trono Jorge I Hannover), la demolición de Dunquerque, la renuncia de los privilegios comerciales obtenidos por Francia, tanto en las Indias como en la península; y finalmente, la cesión de Terranova, Acadia,
1 76
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la Guerra de...
Podemos afirmar que Inglaterra obtiene su posición privilegiada gracias al poder naval. Se debe tener en cuenta que la Armada es la verdadera fuerza de Inglaterra, aunque tras las campañas de Marlborough los dirigentes ingleses empiecen a confiar en las fuerzas de tierra, pues gracias a ella han sido capaces de imponer sus condiciones dentro de la Gran Alianza. El dominio del mar ha permitido que Inglaterra pueda asentarse en territorios estratégicos, a los que anteriormente no había tenido acceso, o su presencia era poco significativa (aunque como se ha expuesto anteriormente, la búsqueda de la hegemonía marítima no fue algo que surgió de la nada, sino que surgió de un proceso madurado lentamente). Por otra parte, la muerte de Carlos II, en 1700, abría un periodo de incertidumbre en Europa del que se podían obtener importantes beneficios. En este sentido, la llegada de Guillermo III al trono de Inglaterra, rompe la política defensiva con respecto a Francia, iniciada por sus antecesores, y opta por ser protagonista y pasar a hacer la guerra; junto a ello es necesario destacar el extraordinario potencial económico de Inglaterra, que es lo que permite subsistir financieramente a la Gran Alianza. Como hemos tenido ocasión de ver, cuando Inglaterra decide poner fin a su participación en el conflicto, el resto de los aliados se ven incapaces de continuar con la lucha, pues dependen de la financiación británica; de la misma manera, cuando se toma esa decisión, Inglaterra, consciente de la dependencia económica de sus aliados, no tendrá ningún reparo en abandonarlos. En este sentido, se aprovecha de la disparidad de criterios entre los miembros de la Gran Alianza, pues aparte de estar de acuerdo en la derrota de Luis XIV, en muy poco más habrá consenso entre ellos. Es evidente que Inglaterra fue la nación más beneficiada con los acuerdos de Utrecht, pues ha conseguido imponer en el continente un equilibrio de fuerzas entre las principales potencias continentales, el cual le permite centrar todos sus esfuerzos en el dominio del mar, donde casualmente no se impone este principio. El tan nombrado equilibrio europeo, que surge tras la Guerra de Sucesión Española, está basado en el antagonismo entre Francia y el Imperio, que van a ser las dos grandes potencias continentales; esto ha podido conseguirse compensando al Imperio con parte de los territorios europeos de la Monarquía Hispánica (los Países Bajos, Milán, Ñapóles y Cerdeña), a la vez que Francia se ha visto obligada a hacer importantes concesiones. Este sistema será cimentado por la presencia de «barreras» entre las dos potencias, a saber: Holanda, Saboya y los principados alemanes. De igual manera, Inglaterra se comprometerá a apoyar a estas entidades políticas para defender, por la fuerza si es necesario, las «barreras». Análogamente, en virtud de la defensa del principio de equilibrio, se comprometerá a intervenir cuando éste se vea amenazado. Pero junto las dos potencias citadas, en los albores del siglo XVIII, se asiste al nacimiento de Rusia y Prusia como naciones destinadas a jugar un activo papel durante esta centuria, y que significarán una amenaza al equilibrio.
la isla de San Cristóbal y la bahía de Hudson. Mientras que por parte española obtenía: la concesión del asiento de negros, el navio de permiso; y Gibraltar y Menorca.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 149-178) ISSN: 0212-5862
1 77
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO
En otro orden de cosas, se puede concluir que Inglaterra, bien mediante el control directo de determinados asentamientos, o indirectamente, a través de naciones aliadas o con un peso específico nulo, va a pasar a controlar las principales rutas del comercio mundial. Por ejemplo, en el caso del Mediterráneo, la posesión de Gibraltar y Menorca y la presencia de aliados en zonas tan importantes como Ñapóles o Sicilia, permite a Inglaterra dominar el Mediterráneo occidental. De igual forma, va a obtener una posición hegemónica en el comercio americano, pues con las ventajas obtenidas en los tratados de paz, se encontrará en condiciones de imponerse en este ámbito. En el Báltico y el Mar del Norte, también ocurre algo parecido, pues muy hábilmente, los Países Bajos españoles pasan a manos de una potencia sin tradición mercantil, comercial y marítima, como es el caso del Imperio; la única amenaza, Francia, tampoco podrá significar un riesgo ya que Dunquerque, el famoso nido de corsarios flamencos, que tuvo su apogeo durante el reinado de Felipe IV, ha sido desmantelado. Finalmente, Inglaterra también sacará provecho de la debilidad sueca, tras haber sido vencida por Rusia, para tratar de introducirse en otra zona comercial de gran importancia. Concluyendo, Inglaterra ha configurado en Europa un sistema político a su medida, ya que ninguna potencia va a poder imponer su voluntad sin su beneplácito; convirtiéndose en el guardián de Europa, pues allá donde se produzca un conflicto, Inglaterra intervendrá, nivelando la fuerza de hipotéticos contendientes, en defensa del equilibrio europeo. A pesar de todo, este sistema se verá amenazado: en primer lugar, por los sucesivos intentos de España de revisar lo recogido en Utrecht, referentes a la pérdida de los territorios italianos, posteriormente por los repartos de Polonia, la Guerra de Sucesión Austríaca y la Guerra de los Siete Años; pero Inglaterra, al contrario que las potencias hegemónicas de los siglos anteriores, será capaz hacer frente, con éxito a los desafíos a su supremacía, e incluso incrementarla.
178
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007)
LOS NEGOCIOS DE LUIS XIV EN MADRID: LA ACCIÓN DE SUS EMBAJADORES EN LA CORTE MADRILEÑA* ANA ÁLVAREZ LÓPEZ Instituto Universitario Europeo, Florencia
Entre 1660 y 1700 el arzobispo d'Embrun, el obispo de Béziers, el marqués de Villars, el conde de La Vauguyon, el marqués de Feuquiéres, el conde de Rebenac y el marqués d'Harcourt, además de un puñado de enviados de diversa categoría, llevaron a cabo los negocios de Luis XIV en la capital madrileña1. Eclesiásticos o militares, pertenecientes todos a la nobleza, se movieron en la sociedad de la corte y allí averiguaban todo lo posible sobre el gobierno, el país, las personalidades relevantes de la corte y la administración, el estado de ánimo de los cortesanos y del público en general, la disposición de unos y otros hacia Luis XIV, Francia y lo francés. Éstas últimas informaciones adquirieron especial relevancia a causa de las posibilidad de que el rey de España muriera sin hijos y el rey de Francia pudiera reivindicar la corona para sí. Si esta cuestión no resultó la clave de toda la política exterior francesa entre 1660 y 1700, sí lo fue de sus relaciones con la monarquía hispánica2.
* Este artículo resume una parte de mi tesis doctoral: Los embajadores de Luis XIV en Madrid y el imaginario de lo español en Francia (1660-1700), Instituto Universitario Europeo, Florencia, 13 octubre 2006. 1. Georges d'Aubusson de la Feuillade, arzobispo d'Embrun (1661-1667); Pierre de Bonzy, obispo de Metz (1669-1671); Pierre marqués de Villars (1679-1681); André de Bétoulat de la Petitiére, conde de La Vauguyon (1681-1683); Isaac de Pas, marqués de Feuquiéres (1685-1688); Francoisde Pasde Feuquiéres, conde de Rebenac (1688-1689); Henri de Breuvon, marqués d'Harcourt (1697-1698). Más dos informadores: el padre Duval (1697) y el padre Blandiniéres( 1691 y 1698). La representación francesa durante 1699 y 1700 se vio asegurada por el secretario de embajada Jean-Denis marqués de Blécourt. 2. Mignet calificó la cuestión de pivot de toda la política exterior francesa entre 1660y 1700. F.A.M MlGNET. Négotiations relatives á la Succession d'Espagne sous LouisXIV. París, 1835-1842. 4 vv, I, Introducción. Fuertemente contestado por G. ZELLER. Les Temps Modernes. De Louis XIVa 1789, París, 1955. En realidad las especulaciones sobre la sucesión española habían comenzado ya antes de la paz de los Pirineos. En 1646 el cardenal Mazarino había ordenado a sus plenipotenciarios en Munster que insinuaran a los representantes españoles la posibilidad de un matrimonio entre Luis XIV y María Teresa de Austria que
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
179
ANA ALVAREZ LÓPEZ
Así, el arzobispo d'Embrun tenía que centrarse esencialmente en descubrir la posición que adoptarían la mayor parte de los notables madrileños si se morían el rey o su heredero3. El conde de La Vauguyon recibió directrices específicas en el caso de que el rey católico cayera en una maladie que no pudiera sanar4. Además del verdadero estado de salud de Carlos II y las disposiciones de su testamento, el padre Duval debía averiguar si eran ciertos los rumores que hablaban de un partido a favor de uno de los príncipes de Francia, así como las inclinaciones del consejo de Estado por los otros pretendientes y los intereses de cada uno si se planteaba la sucesión5. Igualmente explícitas fueron las del marqués d'Harcourt6. Todo este cúmulo informativo era enviado a París, donde era utilizado para elaborar estrategias sucesivas que exigirían mayor, y a veces nueva, información. De esta manera la información enviada por los embajadores de Luis XIV en Madrid constituyó un hilo continuo de datos encadenados. De la misma manera que para llevar a cabo su función informativa los embajadores se iban apoyando en el trabajo de los anteriores, también la negociación de cada
podría ser sumamente ventajoso para Francia: L'infante étant mariée á S. M., nous pourrions arriver á la Succession du Royaume d'Espagne, quelque renonciation qu'on luí en fait faire, et ce ne serait pas une atiente fort éloignée, puisqu'il n'y a que la vie du Prince son frére qui l'en peut exclure. «Mazarin aux plénipotentiaires», 20 enero 1646. MAE París, CP Allemagne, 62, f 38r. 3.11 sera de l'habileté et de F'adresse dudit sieur ambassadeur... surtout de découvrir, s'il est possible, les véritables desseins et inclinations de la plus grande partie des Espagnols qui ont quelque crédit en cas de morí du Roi Catholique ou du Prince son fils. «Mémoire pour servir d'Instruction au Sieur Archevéque d'Ambrun, Conseiller du Roi en ses conseils, s'en allant Ambassadeur pour Sa Majesté en Espagne», 10 junio 1661. AAE París, CP Espagne, 42, f 55-86r (se conservan otras tres copias en los AAE parisinos). Transe, de A. MOREL-FATlO- H. LÉONARDON, Recueil del Instructions données aux ambassadeurs et ministres de Frunce depuis les traites de Westphalie jusqu 'á la Révolution Francaise, Espagne, París, 1894, (2v), I, p. 447, P. 181. De ahora en adelante, Recueil. 4. Si, pendant le cours de l'ambassade... le Roi Catholique tomboit dans quelque maladie assez dangereuse pour ne laisser plus lieu d'en espérer la guérison, ledit sieur de La Vauguyon ne manquera pas d'en donner avis á Sa Majesté par l'envoi d'un courier qu'il fera partir le plus secrétement qu'il sera possible et lui recommendera toute la diligence nécessaire. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur comte de La Vauguyon allant ambassadeur ordinaire du Roi en Espagne», 25 septiembre 1681. AAE París, CP Espagne, 64, f 337-347r. Recueil, p. 314. 5. Ce qui est important á savoir... est la disposition du Conseil d'État... leurs di Eferentes inclinations ou pour I'Empereur ou pour l'électeur de Baviére. II faut s'informer aussi des prétentions et des vues que chacun d'eux pourroit avoir pour ses intéréts particuliers en cas d'ouverture a la succession. Comme Ton parle fort d'un parti formé en Espagne en faveur d'un des enfants de Monseigneur le Dauphin, il est nécessaire d'approffondir ce qui peut donner lieu aux bruits. «Instruction du pére Duval», 1697. AAE París, CP Espagne, 77, f 5r-7r. Recueil, p. 447. 6. Le plus important service qu'il puisse rendre présentement á Sa Majesté est de pénétrer la véritable disposition des principaux seigneurs d'Espagne et en general de toute la nation sur la succession du Roi Catholique, si ce prince venoit á mourir (...) II sera cependant de l'habileté du manquis d'Harcourt d'approfondir davantage... la véritable disposition des peuples, les sentiments de ceux qui ont le plus de part au gouvernement. «Mémoire pour servir d'Instruction au sieur marquis d'Harcourt, lieutenant general des armées du roi et en sa province de Normandie, gouverneur de la ville de Tournai, allant a Madrid en qualité d'Ambassadeur Extraordinaire de Sa Majesté auprés du Roi d'Espagne», 23 diciembre 1698. AAE París, CP Espagne, 78, f 14r-60v. Recueil., p. 453 y 466.
180
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
embajador determinaba la de su sucesor. Al igual que las estrategias continuas creaban continuas necesidades informativas, también daban lugar a nuevas negociaciones que se fueron desarrollando sobre el sustrato de las anteriores. En su Negociando con príncipes F. de Calliéres afirmaba que una correcta negociación consistía sobre todo en manejar el corazón y la voluntad de sus interlocutores para ponerlos de parte de su príncipe. Negociar significaba insinuar y persuadir7. Efectivamente, en la correspondencia de los embajadores de Luis XIV en Madrid encontramos términos como ménager, insinuer, convaincre, gagner les coeurs, faire voir o imprima- dans l 'esprií. ¿Cómo lo llevaron éstas a cabo? La función negociadora de los embajadores, en Madrid como en cualquier gran corte europea, era complicada. Primero por la cantidad y variedad de los asuntos que se tenían que tratar. Si atendemos a sus instrucciones, los enviados de Luis XIV en Madrid tuvieron que enfrentarse por un lado a problemas que se repetían, como los incumplimientos en las estipulaciones de los tratados de paz (recordemos que hubo 5 contando la de los Pirineos) o los enfrentamientos entre Hendaya y Fuenterrabía. Y por otro a las exigencias precisas de cada coyuntura, como por ejemplo el obispo de Béziers, m. de Bonzy, quien para evitar que la monarquía católica interfiriera en la guerra que se preparaba contra las Provincias Unidas debía convencer a la junta de regencia de no adherirse a la Triple Alianza y de firmar una alianza de príncipes católicos por la que España cedería a Francia los Países Bajos españoles y obtendría los territorios holandeses. O como el marqués de Villars, que en 1679 tuvo que vigilar y proteger los intereses de los comerciantes franceses establecidos en la Península ante las reformas económicas programadas por don Juan José de Austria. A lo que había que sumar, evidentemente, los problemas y asuntos más específicos que se planteaban durante su estancia y que eran desarrollados en su intercambio epistolar con los servicios de París. Sin embargo puede advertirse un asunto que se mantuvo presente en su trabajo desde 1660 hasta 1700: el problema de la sucesión. Salvo las del marqués de Villars y las del conde de La Vauguyon, todas las demás instrucciones se refieren a él. De la misma manera ya el arzobispo d'Embrun comenzó a negociar en ese sentido. El famoso partido francés no fue sólo cuestión de los últimos años del reinado de Carlos
7. Ganarse el corazón y la voluntad de los hombres (...) penetrar en la zona más recóndita de los corazones y emplear el arte de conducirlos hasta el fin prefijado (...) valiéndose de todos los medios adecuados con el fin de que se muestren favorables a los intereses de su propio príncipe (,..)Uno de los secretos mayores del arte de negociar es saber destilar gota a gota -por decirlo de esta manera en la inteligencia de las personas con las que se negocia, aquello de lo que se estuviere interesado en persuadirlas... Hay que comenzar hablando del tema hasta sentar las bases del mismo, eligiendo cuidadosamente las palabras y regulando la conducta acorde a lo que se fuere sabiendo mediadas las respuestas del interlocutor, por sus gestos, tono, modales... Tras haber esbozado claramente la situación... el negociador empleará esos conocimientos en llevar paso a paso las negociaciones hasta el fin que se hubiere propuesto. F. de Calliéres, Negociando con príncipes. Reglas de la diplomacia y Arte de la negociación, ed. esp. de A. Locatelli, Madrid, 2001, p. 37-38, 84, 116 y 132.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
1 81
ANA ÁLVAREZ LÓPEZ
II8. Pero es cierto que la necesidad de un grupo de notables que apoyaran clara y materialmente al pretendiente francés se planteó especialmente durante la embajada del marqués d'Harcourt. Ante el decaimiento cada vez más evidente de la salud de Carlos II, Luis XIV quería asegurarse de que los españoles le apoyarían de manera inquebrantable antes de emprender cualquier acción para obtener su sucesión. Así, el marqués tuvo que estar más atento que ninguno de sus antecesores a desentrañar por dónde respiraban los subditos del rey de España, tanto los grandes del reino como el resto del público y su misión tuvo un doble propósito: crear un grupo bien consolidado de subditos de Carlos II que apoyaran al candidato francés e impedir que el embajador imperial pudiera hacer lo mismo. Luis XIV era muy consciente de la justicia de su reclamación de la corona hispánica. Durante todo su reinado mantuvo que sus derechos eran grandes, porque era nieto, hijo y marido de españoles, y que los de su hijo eran incontestables. Que la renuncia que María Teresa de Austria había hecho de sus derechos sucesorios era injusta y completamente nula, porque no se había pagado la dote, porque iba contra la ley fundamental del reino de España que concedía derecho de sucesión a las infantas y por toda una serie de razones puestas por primera vez de manifiesto en la polémica que precedió a la guerra de Devolución de 1667-1668. Sin embargo también era consciente no sólo de los derechos del emperador, sino de que no tenía ganado el acuerdo de los propios interesados: el rey de España y sus subditos9. De ello tendrían que encargarse sus embajadores en la corte madrileña, quienes en varias ocasiones recordaron al rey la carga simbólica y la importancia estratégica de ciertos gestos políticos. Por ejemplo, d'Embrun señalaba que era esencial conseguir que Felipe IV anulara la renuncia de la reina María Teresa por una revocación pública, ya que aunque a efectos materiales ni quitara ni pusiera nada tendría un efecto simbólico inestimable10.
8. C. Maquart ha considerado, a nuestro juicio demasiado estrictamente, que sólo a mediados de los años 1690 puede hablarse de un réseatt francais que crearía más tarde impartí franjáis no materializado antes de 1698. Me. C. Maquart, Le réseau fraileáis á la Cour de Charles II d'Espagne: jeux diplomatiques de fin de régne: 1696-1700, tesis univ. de Toulouse, 1999, 2 v., II, p. 618-635. 9. El tratado de reparto de 1668 firmado entre Luis XIV y Leopoldo 1 fue en realidad el reconocimiento mutuo de su igualdad de derecho a la sucesión española. J. Bérenger, «Une tentative de rapprochement entre la France et 1'Empereur: le traite de partage secret de la succession d'Espagne du 19janvier 1668», en Revtie d'Histoire Diplomatique, 79 (1965), p. 291-314. 10. Elle ne laisseroil pas toutesfois estantpublique et manifieste aux Peuples d 'opperer un effect mervelleuse que Ion nepeut assez estimer. D'Embrun a Luis XIV, 12 abril 1662. AAE París, CP Espagne, 43, f 80v. No fue la única vez que el embajador apremiaba a Luis XIV: Quoy que cette Revocation adjouta peu au droit de Votre Majesté, elle fairoit toutefois d'estranges effectz dans l'Esprit des peuples. D'Embrun a Luis XIV, 2 marzo 1662. AAE París, CP Espagne, 43, f 18v. La revocation en bonne forme de la renonciation de la reine n 'est autre chose en peu deparolles que de declarer Votre Majeste héritier présontif de cette couronne.... Mais si le cas de la succession n 'arrivaitpas, c 'est toujours une grande considération dans 1 'Europe que d'estre I 'héritier de cette couronne au defaut d'un niño de six mois qui na point encoré eu comme dit le duc de Medina ni scrampion ni veruela. D'Embrun a Luis XIV, 4 mayo 1662. AAE París, CP Espagne, 43, f° 118v-ll9r.
1 82
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
En general puede decirse que a lo largo de todos aquellos años, la principal negociación de los embajadores de Luis XIV en Madrid fue convencer a los españoles de que apoyaran o al menos no se opusieran a que un Borbón se convirtiera en heredero de su rey si éste moría sin hijos. En 1662 el propio Luis XIV había afirmado la importancia de alcanzar ese objetivo, expresando un sentimiento que fue compartido por la mayoría de sus embajadores en Madrid: Ne comptez vous pour ríen l'extreme difference qu'il y a ou d'entrer paisiblement et sans effusion de sang dans la succession de la couronne d'Espaigne... ou d'y entrer seulement par la forcé et avoir a conquerir ladite couronne par les armes". ¿Sobre quién tenía que recaer la negociación de los embajadores? Un memorial sobre la sucesión de 1698 concluía que para evitar la guerra había que conseguir el acuerdo de la «nation espagnolle»12. En principio los diplomáticos se encontraban muy limitados por su propia función y por su estamento. Eran nobles y cortesanos y desde esa posición retrataban el país en el que estaban destacados y tenían que influir sobre el mayor número de personas. Las instrucciones secretas que se dieron al conde de Rebenac para formar un partido pro francés en 1688 proporcionan una idea de los blancos a los que idealmente debería apuntar su trabajo. Por una parte aquellos con los que podía tratar directamente. Por un lado la nobleza que componía los órganos de gobierno de la monarquía, desde los Grandes más relevantes hasta los consejeros más grises. Por otro, los oficiales de las secretarías y los consejos. Y finalmente el alto clero: el gran inquisidor, los arzobispos y obispos, los superiores de las órdenes religiosas. Ahora bien, la acción del embajador debía recaer también sobre quienes en principio estaban fuera de su alcance, con los cuales el comercio sería más difícil o imposible: los gobernadores de las provincias del reino (al menos de aquellas significativas, como las fronterizas o las que tenían puertos importantes) los oficiales de las cancillerías, los magistrados de las ciudades y finalmente, el público, la gente común. Para poder cumplir este propósito, los embajadores dispusieron de tres mecanismos: la conversación, el ceremonial y una serie de medios que hemos llamado indirectos. 1. EL PODER DE LA PALABRA Se ha llamado «oradores» a los embajadores para significar que tienen que saber hablar bien,... sus discursos deben tener más contenido que palabras... es necesario... que todo lo que diga conduzca a lafinalidadque se ha propuesto conseguir, convenciendo a la otra parte de los asuntos que se le han encargado y logrando que se tomen las resoluciones que desea, lo cual es prueba de verdadera elocuencia (...) Se negocia hablando o por escrito... A un hábil negociador le resulta más ventajoso negociar hablando, pues de esta manera cuenta con más posibilidades de descubrir los sentimientos y los planes de aquellos con los que
11. Luis XIV a D'Embrun, 7 febrero 1662. AAE París, CP Espagne, 41, f 127v. 12.11 s'agit done... de se consilier les esprits de la nation espagnolle. «Mémoire sur la succession d'Espagne», marzo 1698. AAE París, CP Espagne, 78, f 192r-192v.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
183
ANA ALVAREZ LÓPEZ
trata, así como de emplear su habilidad para sugerir ventajas gracias a sus insinuaciones y a la fuerza de su razonamiento 13 .
Como afirma este texto de F. de Calliéres, el instrumento más inmediato que tenía un embajador para negociar era la palabra. A lo largo de los siglos XVII se habían esparcido por Europa los primeros manuales para enseñar a hablar correctamente, ya que saber manejarse con la etiqueta del habla y del silencio era una de las cualidades más apreciadas de una buena educación14. Para los diplomáticos era especialmente necesario dominar el arte del saber hablar y del saber callar. No sólo porque su trabajo se desarrollaba dentro de la sociabilidad cortesana, sino porque la conversación era el mecanismo de acción más eficaz para influir en sus interlocutores. Por ello las instrucciones a los embajadores dedicaban un gran espacio a las directrices en materia de conversación. En general se hacían eco de las mismas recomendaciones de tratadistas como Calliéres, especificando lo que el diplomático tenía que decir, a quien debía decirlo y cuál era la actitud a adoptar según la persona y el asunto a tratar. Los principales interlocutores de un embajador eran el rey y la familia real, el primer ministro y los integrantes del gobierno, los cortesanos en general y los demás enviados presentes en la corte. De ahí la existencia de diversos ámbitos de relación en los que el procedimiento de comunicación variaba. Una entrevista oficial con el monarca o con su primer ministro no se regía por las mismas reglas que una conversación casual, o aparentemente casual, entablada con un cortesano o con otro embajador. Con el rey era deseable que el embajador mantuviera un trato directo, asiduo y personal15. Sin embargo no era frecuente que los embajadores tuvieran con él o con su familia lo que se llamaba la entrada familiar, así que antes de entrevistarse con él tenían que concertar una audiencia con el mayordomo ordinario. Este cargo palaciego se ocupaba de todo lo referido a las relaciones del soberano con los representantes acreditados de otras potencias: recepción y despedida de los embajadores, su colocación en las ceremonias y fiestas de Palacio, etiqueta de las audiencias, etc. De la misma manera, para tratar de negocios con el primer ministro tenían que pedir cita a su secretario y cuando tenían asuntos que plantear ante los órganos de gobierno de la monarquía, estaban obligados a entretener con su comisario, un miembro del consejo de Estado designado para ocuparse de cada enviado16.
13. F. de Calliéres, Negociando con príncipes, ed. cit, p. 118, p. 131 y p. 135. 14. P. Burke, «L'Arte del conversare nell'Europa moderna» y «II silenzio nell'Europa Moderna» en Vane delta conversazione, Bolonia, 1997 (I o ed. en inglés, The art ofconversation, Cambridge, 1993), p. 1960 y 141-163. G. Debrulle, Silence etpouvoir dans lesfables deJean de la Fontaine, mém. maít. Univ. La Sorbonne Nouvelle, París III, 2000. 15. Para cumplir con todo lo especificado es necesario que frecuente asiduamente la corte y, dentro de lo posible, gaste cierta familiaridad con el príncipe con el fin de poder hablar con él sin necesidad de protocolo y así darse la posibilidad de saber qué ocurre e insinuarle propuestas que convengan a los intereses que en tanto que negociador representa. F. de Calliéres, Negociando con príncipes, op. cit., p. 97. 16. Les propositions, déclarations ou demandes que l'ambassadeur est chargé de faire au Roi Catholique se traitent premiérement de bouche entre lui et son commissaire, auquel il remet ensuite un mémoire qui en
1 84
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
El embajador podía llevar las negociaciones durante las audiencias, directamente y de palabra. Pero no era lo habitual en la corte de Madrid, donde la costumbre era que el embajador expusiera el negocio a través de memoriales escritos17. Lo que además de suponer mayor complicación y lentitud de procedimientos limitaba la capacidad de acción de los embajadores, ya que era más fácil convencer a un hombre que a varios18. De ahí que Luis XIV les reprochara a menudo el uso de memoriales, ordenándoles que departieran directamente con el rey y sus ministros19. En general, salvo en el caso del arzobispo d'Embrun hubo un muy escaso trato directo entre el rey católico y los embajadores de Luis XIV. Éstos apenas veían al monarca y tuvieron que ejercer sus artes de insinuación y persuasión menos dentro de los cauces oficiales que a través de las formas de la sociabilidad cortesana. El comercio del embajador con el entorno cortesano resultaba fundamental para misión, especialmente con los cortesanos que más prominencia política, o crédito, tuvieran en ese momento en la corte y con todos aquellos bien situados para proporcionar información o difundir las palabras que el embajador quería que fueran públicas. De entrada, aparecía condicionado por diversos factores: la personalidad de cada diplomático, su mayor o menor facilidad de trato, su dominio del idioma, su conocimiento de la sociedad de corte, etc. También el contexto de cada una de las misiones era una cuestión importante para la actitud con la que el embajador se tenía que enfrentar en la corte madrileña. No fue lo mismo para el arzobispo d'Embrun o el marqués de Villars, llegados con una paz felizmente sellada por un matrimonio dinástico, que para los demás, que cayeron en un clima de creciente desconfianza hacia Luis XIV y de resentimiento por paces desventajosas. También había misiones más delicadas que otras,
contient la substance; cet écrit ou memorial est remis entre les mains du secrétaire d'État qui le présente au ROÍ Catholique, et il est ensuite renvoyé au conseil d'État qui donne sa consulte audit Roi, et la résoIution ou décret de ce Prince est ensuite porté par ledit commissaire á l'ambassadeur, et toutes les affaires que les ministres étrangers ont á traiter passent par les mémes voies. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur marquis de Feuquiéres, op. cit. Recueil, p. 344 Les ambassadeurs, celuy de l'empereur et le Nonce, traittent icy par memorials au Roy, ce qui est une chose inevitable dans les formes de ce gouvemement ou le Roy envoye toutes les affaires sur les Memoriaux que luy sont presentes aux différentz conseils suivant leur nature... et il prend ses resolutions avec son ministre sur les deliberations que les mesmes Conseils luy envoient par escrit. D'Embrun a Luis XIV, 26 octubre 1661. AAE París, CP Espagne, 42, f 244v-245r. II est bien plus facile de persuader un homme seul qui peut estre touché par diverses considerations, qui plusieurs qui ont plus de lumiere, et qui sont moins susceptibles d'impression. D'Embrun a Luis XIV, 23 noviembre 1661. AAE París, CP Espagne, 42, f 323r. II est bien difficile de traiter des affaires importantes sans voir ceux qui ont le plus de part au gouvemement. «Mémoire du Roi pour servir d'instruction au Sieur Comte de Rebenac lieutenant general pour sa Majesté au gouvemement des provinces de Béarn et de Navarre s'en allant présentement á Madrid en qualité d'Ambassadeur Extraordinaire du Roi», 2 julio 1688. AAE París, CP Espagne, 75, f 12-30. Recueil, p. 382. On peut bien envoyer parfois quelque mémoire en quatre paroles pour faire souvenir le ministre de ce dont on luy a parle quand il y a plusieurs Chefs dont quelques uns pourroient estre oubliez, mais non pas traiter par memoriaux et supplications au Roy mesme, a quoy je n'oblige point icy son Ambassadeur. Luis XIV a d'Embrun, 1 octubre 1661. AAE París, CP Espagne, 41, f 58v-59r.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
185
ANA ALVAREZ LÓPEZ
que exigían del embajador mayor y más minuciosa acción sobre los cortesanos. Por ejemplo, la del marqués d'Harcourt, que tuvo que generar en los cortesanos madrileños toda una serie de sentimientos que les reunieran en un grupo de apoyo al candidato francés a la sucesión. Ahora bien, los diplomáticos podían y debían promover y facilitar con su trabajo relaciones abundantes y fluidas con el máximo número de personas. Calliéres dedicó un capítulo de su tratado a cómo ganarse la atención del príncipe y sus ministros, repitiendo constantemente la necesidad de que el embajador mantuviera una conducta que le atrajera la estima y la buena disposición de todos aquéllos con los que se relacionaba en la corte, recomendando que el embajador fuera accesible, agradable y de buenos modales20. Las instrucciones incidían en la actitud, el trabajo y la conducta que los embajadores debían mantener con los personajes de la corte para favorecer el éxito de su misión en todas las ocasiones21. El texto para d'Embrun le sugería que hablase de lo que más les satisficiera22. Al conde de la Vauguyon se le recomendó mantener entrevistas frecuentes con los notables de la corte y usara la habilidad, la sutileza e incluso la adulación que tan bien funcionaba con los españoles23. Al marqués de Feuquiéres se le instó a vigilarse para no emitir ningún juicio durante sus entrevistas: 11 est de sa prudence de régler si bien ses discours et ses entretiens qu'on ne puisse pas s'apercevoir qu'il condamne rien de ce qui s'y passe... il doit plutót louer la conduite de ceux qui y ont le plus de part que de contribuer directement ou indirectement á leur ruine, et il fera en cela d'autant mieux le service de Sa Majesté qu'il s'acquerra par ce moyen, selon toutes les apparences, plus de part dans l'estime et dans 1'amitié des ministres24. Las maneras de establecer un trato social fluido y habitual eran variadas y se dejaban a la habilidad del propio embajador. Calliéres recomendaba que organizaran frecuentes recepciones, fiestas y comidas en su residencia para los miembros de la corte y el propio rey si éste desea asistir25. Todos los medios eran buenos para asegurar-
20. Accesible, abierto, gentil y agradable, mostrando modales que posibiliten la inmediata aceptación de su persona. F. de Calliéres, Negociando con príncipes, op. cit., p. 54. 21. En toutes rencontres... par ses actions, par ses offices, par ses soins, et par toute sa conduite. «Mémoire pour servir d'Instruction au sieur archévéque d'Ambrun, op. cit., Recueil, p. 176. El mismo texto puede leerse, prácticamente palabra por palabra en las Instrucciones a M. de Bonzy, en diciembre de 1669. ídem, p. 236. 22. Des choses qui pourront, selon son sens, leur causer le plus de satisfaction. «Mémoire pour servir d'Instruction au sieur archévéque d'Ambrun, op. cit., Recueil, p. 178-179. 23. Des habitudes et entretiens avec les principaux de cette cour et par toutte l'adresse, Pinsinuation et méme la flatterie qui réussissent ordinairement auprés les Espagnols. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur comte de La Vauguyon allant ambassadeur ordinaire du Roi en Espagne», septiembre 1681. AAE París, CP Espagne, 67, f 337r-347v. Recueil, p. 314. 24. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur marquis de Feuquiéres, Conseiller ordinaire du Roi en son Conseil d'Estat, lieutenant general des armes de Sa Majesté ... en qualité d'ambassadeur Extraordinaire de Sa Majesté», 16 de febrero de 1685. AAE París, CP Espagne, 71, f 12r-35r. Recueil, p. 352-353. 25. El negociador ha de saber ofrecer a menudo festejos y entretenimientos a los miembros de la corte, y también al príncipe si éste manifiesta el deseo de tomar parte en ellos (...) Una buena mesa permite que
186
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
se una buena relación con la corte, incluidos los presentes distribuidos con prudencia pero con liberalidad26. Este método funcionaba especialmente bien con las damas, que eran siempre útiles para mantener una ágil vida social27. Así d'Embrun comunicaba en 1664 que estaba haciendo caros regalos a ciertas damas de edad que se hacían pagar así el trato asiduo28. Para asegurarse la benevolencia de la reina Mariana de Neoburgo, el marqués d'Harcourt se hacía enviar de Francia diversos regalos para ella, como cintas, pelucas, medias de seda con las ligas a juego y peinetas de carey29. El marqués tuvo una especial habilidad para ganarse a los cortesanos madrileños, ayudado eficazmente por su esposa. Marie Anne Claude Brulart, perteneciente a la pequeña nobleza militar, llegó a Madrid en julio de 1698. Dos o tres días después ya empezó a recibir las primeras visitas de damas de la corte. Enseguida fue recibida en audiencia por la reina Mariana, con quien intercambió regalos y a quien visitó con cierta frecuencia30. Durante todo el verano de 1698 y hasta su partida de Madrid en noviembre la marquesa d'Harcourt fue
un embajador sepa con mayor facilidad qué ocure en su país de destino si sus habitantes más conspicuos gozan de libertad para acudir al goce de las viandas que ofrece en su residencia. F. de Calliéres, Negociando con príncipes, op. cit., p. 57 y p. 98. 26. En 1661 Lionne aconsejaba a d'Embrun no ser tacaño: Quand je leus vostre depesche au Roy il eut la curiosité de se vouloir faire lire le memoire des regales que vous aviez fait dans la maison du Roy et de la Reyne... Sa Majesté trouva que vous aviez plustost trop epargné, la coustume estant de donner, qu'on ne pouvoit diré qu'il y eut excez de Iiberalité. Lionne á d'Embrun, 1 octubre 1661. AAE París, CP Espagne 41,f°57v. 27. Si las costumbres del país en que el negociador se hallare permiten el trato con las damas, jamás deben descuidarse el tenerlas a favor, haciéndose todo lo posible por resultar de su gusto y obtener su estimación... Con tal fin se podrá hacer uso de la seducción, de las buenas manera e incluso de la galantería. F. de Calliéres, Negociando con principes, op. cit., p. 57. 28. Je fais des presens qui vont a des sommes considerables pour entretenir le commerce honneste avec quelques dames d'aage, qui font paier la conversation par des regales pour leurs arrieres-filles que Ton ne voit point, ce quil faut toutesfois entendre sans aucune mauvaise interpretation. D'Embrun a Luis XIV, 29 diciembre 1664. AAE París, CP Espagne, 50, f 211 v. 29. La reyne m'a fait demander... sept ou huit pieces de ce ruban couleur de rose que je vous supplie de m'envoyer... de toutes sortes de largeur elle souhaitte aussy des perruques courtes a l'espagnolle fort legeres pour leste et quelle desire avec impatience le blond et du plus blond comme je seray fort aise d'entrer en quelque commerce avec elle je vous prie de nous satisfaire l'un et l'autre nous voudrions aussy des bas de soye couleur de rose et argent fort legers de verts et or, bleus et argent avec des jarretieres qui accompagnent et quelques peignes d'escaille tortüe faites en sorte de nous satisfaire. D'Harcourt a Torcy, 6 abril 1698. AAE París, CP Espagne, 78, f 239r-239v. 30. L'ambassadrice fust il y a 3 jours tres bien receüe de la Reyne. Le Roy eut mesme la bonté de vouloir se trouver dans la chambre de la Reyne quand elle y entra. La chose mesme se passa en honnestetés reciproques de part et d'autre car elles troquerent touttes deux l'Evantail et le Reyne luy envoya enfin ce que nous appelons en France un cabaret de vermeil fort grand fait a la chine avec une cassete de mesme remplie d'esventails des Indes. Blandiniéres aTorcy, 26 julio 1698. AAE París, CP Espagne, 79, P 163r. Ma femme eut audience de la Reyne samedy, le roy s'y trouva et elle luy fit la reverence a tous deux ensemble et peu apres le roy se retira elle resta avec la reyne ce fut la connestable qui la presenta et qui prend grand soin de luy procurer des amis au palais... touttes les dames du palais luy firent mille caresses et la reyne en usa le plus honnestement du monde avec elle. M. Perlips aussy qui luy envoya le lendemain un
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
187
ANA ALVAREZ LÓPEZ
la sensación de la corte madrileña y su casa el centro de reunión de la nobleza, hasta tal punto que ciertos cortesanos se quejaron a Carlos II31. D'Harcourt utilizó a su mujer de tres maneras. Primero, para marcar distancias con el embajador imperial, cuya esposa no recibía ni era demasiado apreciada por la buena sociedad32. Segundo, para ganarse el favor y la posible complicidad de la reina Mariana. Y tercero y más importante, para ser más fácilmente aceptado en la sociedad cortesana y en consecuencia, acceder a una posición inmejorable para captar información y para influir en el mayor número de personas33. El papel que la marquesa d'Harcourt desempeñó en la misión de su marido ilustra perfectamente la participación de las embajadoras en las misiones diplomáticas. Elementos claves de la sociabilidad cortesana, las damas podían ser para un embajador no sólo fuentes de información sino medios de trato asiduo con los notables de la corte, hijos, maridos, padres y hermanos. Por eso convenía hacerse apreciar y relacionarse con ellas lo máximo posible, siempre dentro de las reglas del comercio honesto. Ahí era donde sus esposas podían facilitarles enormemente el trabajo. Por otra parte era igualmente importante obtener el favor de las reinas, sobre todo la reinante. No sólo porque evidentemente convenía congraciarse con las personalidades más relevantes de la corte, sino porque como veremos más tarde uno de sus instrumentos de acción era actuar sobre notables de acceso difícil indirectamente, a través de sus más allegados. Hay que tener en cuenta que también podía ocurrir lo contrario, que el comportamiento de su esposa perjudicara el trabajo de un diplomático. Es lo que ocurrió en 1680 con la marquesa de Villars. Desde su llegada la marquesa se convirtió en visitante present queje croy venir de la part de la Reyne... plusieurs dames sont desja vermes la voir et il y paroist de Pempressement. D'Harcourt a Torcy, 17 agosto 1698. AAE París, CP Espagne, 79, P 316v-317r. 31. M. l'ambassadeur et raadame son epouse... sont applaudis presque universellement de tout le monde et qui le vont estre bien plus apres son entree... quand il n'y avoit que... les collations qu'il faut donner aux visites qu'elle s'attire dont la cour doit estre bien aise,... toutte la suitte des dames regorge d'eaux, de viscuits, de choeolatte. Blandiniéres a Torcy, 31 julio 1698. AAE París, CP Espagne, 79, P 269v. 32. J'ai jugé a propos qu'elle receut touttes celles qui la voudroient voir d'autant plus que l'ambassadrice d'AUemagne n'a voulu jusques icy recevoir aucune visite, dont elles ne son pas contentes. D'Harcourt a Luis XIV, 3 julio 1698. AAE París, CP Espagne, 79, P 163r. fol. 336r. Nostre ambassadrice fail icy un fracas estonnant, les allemans en crevent de depit et pour taire división d'armes celle d'AUemagne qui depuis six mois quelle est icy n'avois voulu recevoir aucune visite ou par esprit d'espargner ou par fierté allemande s 'est ravisée depuis hier et se rend visible pour trois jours seconde incongruité encoré plus risible que la premiere et qui la tourne deja en ridicule. Blandiniéres a Torcy, 29 agosto 1698. AAE París, CP Espagne, 79, P 336r. 33. L'on remarque que les dames de cette cours'empressentfort a lafaire a nostre ambassadrice car on peut diré que sa maison ne desemplii point et il est vraysemblable que cest de par l'inspiration des /naris qui commencent a se beaucoup expliquer a M D'Harcourt. Blandiniéres a Torcy, 31 julio 1698. AAE París, CP Espagne, 79, P 268r. Le Comte d'Harrach est d'un chagrín sí vif sur touttes les caresses que les dames de la court et de Madrid font a Madame nostre ambassadrice qu'il va de porte en porte solliciter les maris de reteñir leurs femmes... Depuis ce temps la... deux jours apres le Duc dusseda parlant au Roy et luy representan! que ees promenades frequentes des dames de la Cour a l'ambassadrice estoint comme un attroupement que les francois faisoient dans Madrid, le Roy d'Espagne respondit las mujeres son locas los hombres tontos. Blandiniéres a Torcy, 23 agosto 1698. AAE París, CP Espagne, 79, P 332r.
188
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
asidua de la reina María Luisa de Orléans, quien no se sentía a gusto en la rígida etiqueta madrileña. Cuando sus damas francesas fueron devueltas a Francia, María Luisa comenzó a reclamar más frecuentes visitas de la embajadora, lo que no era del agrado de Carlos II ni de la mayoría de los grandes del reino. La creciente familiaridad entre ellas acabó provocando que Carlos II protestara formalmente y pidiera a Luis XIV que retirara al marqués de Villars y le enviara otro embajador. La relevancia de la sociabilidad del embajador en la corte no se derivaba solamente de que fuera un medio de acción sobre los miembros de ésta. La actitud de éstos hacia el embajador contenía una gran carga política y permitía tomar el pulso a los sentimientos de la corte hacia el monarca que el diplomático representaba. Una mayor cordialidad de trato mostraba una buena disposición, mientras que en una situación de enfrentamiento lo primero que se resentía era la sociabilidad del embajador. El mejor ejemplo fue la embajada del arzobispo d'Embrun, quien fue bien consciente de que el tratamiento que le otorgaban los grandes descubría su postura frente al rey francés. Los despachos de sus primeros años de embajada abundan en descripciones del favor que le manifestaba Felipe IV: la concesión de la entrada familiar en el Alcázar y en el palacio del Buen Retiro o el privilegio de cubrirse en presencia del rey católico y de asistir a su comida en el gabinete particular, algo inaudito para un embajador de Francia34. Poco después del nacimiento de Carlos II el arzobispo dio cuenta de las variaciones de la actitud de los cortesanos hacia él como evidencia más clara de la posición de cada uno de ellos ante la posibilidad de que Luis XIV heredara la monarquía hispánica: J'ajouteray sire pour la confirmation de tout ce discours un raisonnement tiré des faits qui sont toujours la preuve la plus certaine des volontes des hommes que toutes les lois ni toutes les paroles: j'ai vu icy trois temps assez differens en moins d'un mois, le premier de la maladie fort dangereuse du feu prince d'Espagne; le second de sa mort; et le troisiesme de la naissance de celui qui est aujourdhuy dune sante fort foible et a qui Ion a desja changé dune nourrice. Dans le premier on observait ma contenance, comme si j'eusse eu quelque pretention par la representation d'ambassadeur. Dans le second, Ion recherchait mon amitié, et dans le troisiesme, chacun a repris le serieux et sest remis sur ses gardes35. La situación cambió después de la muerte de Felipe IV. D'Embrun detallaba los desaires de la regente, de la junta de gobierno y de los grandes, interpretándolos como otros tantos signos de que el gobierno de la Regente seguía una política contraria a los intereses de Francia y del creciente clima de hostilidad antifrancesa por parte de la
34. M. Don Louis de Haro m'envoya diré... que le Roy son maistre desirant tesmoigner de plus en plus la consideration et la confíance qu'il avoit pour Votre Majesté il en vouloit donner une marque en ma personne qui estoit que bien que Mr. le nonce et tous les Ambassadeurs n'aillent generalement au Palais en cette cour que par audiance publique ou pour assister a la chapelle... Sa Majeste avoit declare que je serois distingué de tous les autres par la liberté des entrées au Palais qu'il vouloit que j'eusse esgales a mayordome mayor ou grand maistre d'hostel et aux grands d'Espagne qui n'ont point la llave de exercicio, c'est a diré, qui ne sont point gentilhombres de la camera et qui entrent seulement pour son service. D'Embrun a Luis XIV, 12 octubre 1661. AAE París, CP Espagne, 42, f 280r-280v. 35. D'Embrun a Luis XIV, 28 febrero 1662. AAE París, CP Espagne, 42, f 532v-533r.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
189
ANA ALVAREZ LÓPEZ
corte madrileña36. La animosidad general contra él creció aún más después de la entrada de Luis XIV en Flandes, ya que le prohibieron que hiciera la tradicional visita de los embajadores a palacio por la fiesta de Pentecostés y le hicieron el más completo vacío social. Hasta tal punto que se declaró a sí mismo prisionero de guerra11. Por lo mismo la actitud del embajador debía materializar y exhibir los posicionamientos políticos de su rey. Para marcar públicamente que no aprobaba ni apoyaba los actos y las pretensiones de don Juan José de Austria, Luis XIV ordenó a m. de Bonzy que evitara encontrarse o conversar con él más allá de lo estrictamente necesario y que se relacionara con la reina y con sus partidarios38. Impuso la misma prudencia en las relaciones con la reina madre retirada en Toledo, a la que el marqués de Villars debía visitar pero mostrando públicamente que estaba cumpliendo con las reglas de cortesía y sin entrar con ella en ninguna discusión sobre asuntos de Francia o de la corte de Madrid. De esta manera el rey se aseguraba de dejar bien claro que no establecía con ella ninguna clase de connivencia política39. De ahí también que la marquesa d'Harcourt se mostrase tanto más encantadora cuanto que debía marcar contraste con la condesa de Harrach. Los despachos del marqués d'Harcourt y del padre Blandiniéres destacaban su éxito sobre la mujer del embajador imperial y el consiguiente despecho de éste40.
36. Toutes ees supossitions... m'excluent si fort de toute sorte de commerce queje vis icy comme un prisonnier de guerre, et toutes les visites honnestes me sont reffusées sous differens pretextes. Ce chagrín... me fait desirer en toutes manieres d'en sortir pour une simple retraite pourvu quil plaise au Roy de m'en accorder la grace. En verité je ne peut plus resistera cette accablement de tant de gens qui sont conjurez contre moy... a Madrid. D'Embrun a Lionne, 4 diciembre 1666. AAE París, CP Espagne 53, f 338v339r. 37. Je suis icy prisonnier de guerre; sans entrer en aucune maison que celles des Ministres, pour le besoin... Toutes les autres maisons petites et grandes me sont fermées par une deffense generalle et aucun Espagnol ne vient chez moy que pour tirer mon argent sous pretexte de service. D'Embrun a Luis XIV, 2 de junio 1667. AAE París, CP Espagne, 55, f 389v-390r. 38. Sa Majesté ne désire pas qu'il voie ce Prince (...) Cette circonstance oblige Sa Majesté d'ordonner audit sieur Ambassadeur de s'attacher incomparablement plus á ceux qu'il verra étre bons et véritables serviteurs de la Reine qu'aux amis de Dom Jean et á servir á cette Princesse dans les rencontres, incomparablement aussi par préférence á Don Jean, avec lequel Sa Majesté n'a ni veut avoir aucunes mesures. «Mémoire du Roí pour servir d'Instruction au sieur évéque de Béziers, op. cit. Reciieil, p. 235 y 239. 39. Sa Majesté ne veut pas manquer á la civilité... ainsi son intention est... que le sieur marquis de Villars... fasse un voyage a Toléde. Peut-étre que cette visite.... fera naitre des soupcons dans le parti de D. Jean de quelque intelligence avec la France avec la Reine et qu'elle excitera des esperances de la protection de Sa Majesté dans celui de cette Princesse, mais afm de faire cesser les raisonnemens, le sieur marquis de Villars fera connoítre qu'il n'est chargé que d'un simple compliment. «Mémoire pour servir d'Instruction au sieur Marquis de Villars», 30 abril 1679. MAE París, CP Espagne 64, 29r-44r. Recueil, p. 289. 40. J'ai jugé a propos qu'elle receut touttes celles qui la voudroient voir d'autant plus que Pambassadrice d'Allemagne n'a voulu jusques icy recevoir aucune visite, dont elles ne son pas contentes. D'Harcourt a Luis XIV, 3 julio 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f 163r. Le Comte d'Harrach est d'un chagrín si vif sur touttes les caresses que les dames de la court et de Madrid font a Madame nostre ambassadrice qu 'il va de porte en porte solliciter les maris de reteñir leurs femmes. Blandiniéres a Torcy, 23 agosto 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f° 332r. Nostre ambassadrice fait icy unfracas estonnant, les allemans en crevent
190
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
Además de la conversación y las relaciones sociales, los diplomáticos dispusieron del ceremonial como otro medio para actuar no sólo sobre la nobleza sino sobre el resto del público. 2. LOS MENSAJES DE LA CEREMONIA En la segunda mitad del siglo XVII, el ceremonial suponía una parte esencial de las relaciones exteriores41. Podría definirse como lo que la diplomacia contemporánea entiende por protocolo o etiqueta: un código de normas de estricto cumplimiento que regulaban el comportamiento de un embajador en la corte extranjera y el de ésta para con él, ritualizando la práctica diplomática. Así, el ceremonial normalizaba hasta el detalle la vida pública, y en gran parte también la privada, de un embajador: su llegada y recibimiento, su partida y despedida, su entrada pública y la primera audiencia con el rey y el primer ministro, sus primeros pasos en la sociedad cortesana o su asistencia a eventos de la corte, sobre todo si en ellos coincidía con los embajadores de las otras potencias presentes en el mismo puesto. En general un embajador debía mantener trato habitual con los de las otras potencias, especialmente con los de los aliados de su monarca y con aquellos que sus instrucciones les señalaban de manera explícita42. Sin embargo la relación estaba rígidamente regulada: el enviado de menor rango debía ser siempre quien visitara en su casa al de mayor rango y debía cederle siempre la precedencia de paso y el uso de la palabra. Y si los enviados de potencias en conflicto coincidían en una misma corte ambos debían evitar a toda costa la comunicación o incluso coincidir. El ceremonial poseía un gran valor simbólico y una fuerte carga política, ya que era una consecuencia de la función representativa por la que los diplomáticos resultaban prácticamente la encarnación de su señor en la corte extranjera. De tal forma que estaban obligados a sostener la reputación de éste y en consecuencia su rango entre los
de depit et pour faire división d'armes celle d'AUemagne qui depuis six mois quelle est icy n'avois voulu recevoir aucune visite ou par esprit d'espargner ou par fierté allemande s 'est ravisée depuis hier et se rend visible pour trois jours seconde incongruité encoré plus risible que la premiere et qui la tourne deja en ridicule. Blandiniéres a Torcy, 23 agosto 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f 336r. 41. W. J. Roosen: «Early Modern Diplomatic Ceremonial: A systems approach», en The Journal ofmodern history, 52/3 (1980), p. 452-476. L. Bély, Espions et ambassadeurs au temps de Louis XIV, París, 1990, p. 373-410 y <
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
191
ANA ALVAREZ LÓPEZ
demás príncipes europeos. El prestigio resultaba también un importante instrumento de poder y un elemento fundamental en las negociaciones políticas, ya que para adoptar en ellas una posición de fuerza a veces no era tan útil serlo como parecerlo43. No por nada se hablaba en la época del crédito de un monarca o de una potencia y de ahí el comentario de Théophraste Renaudot en el prefacio de uno de los Extraordinaires de su Gazette: C'est principalement par la réputation que les Roys régnent44. Por eso, a través de su propio comportamiento y de la magnificencia de su embajada (de sus celebraciones y de lo que los franceses llamaban son train: su casa, sus coches y caballos, sus lacayos y sirvientes, su vestido, etc), los embajadores tenían que mostrar la grandeza de su rey, aumentar su reputación y no consentir ningún comportamiento que supusiera la más pequeña disminución de la misma. Luis XIV fue especialmente cuidadoso con este aspecto de la diplomacia, haciendo de él un instrumento al servicio de su política hegemónica. En sus primeros años se produjeron varios conflictos por la precedencia de los embajadores, en realidad a la orden del día en el mundo diplomático porque ceder el paso a un embajador significaba reconocer la preeminencia política del monarca que le había enviado45. Sin embargo el rey francés reaccionó con una contundencia inesperada, empezando por el famoso qffaire Watteville, cuyas consecuencias recayeron sobre la monarquía hispánica. El 10 de octubre de 1661 el recién llegado embajador sueco en Londres hacía su entrada pública en la capital inglesa. A pesar de que ambos habían concertado no acudir para evitar conflictos, en el desfile se encontraron las carrozas del barón de Watteville (o Batteville), embajador de Felipe IV, y del barón d'Estrades, embajador de Luis XIV Cuando éste intentó cerrar el paso al de Watteville estalló una pelea entre ambos cortejos, a la que se sumaron los espectadores, resultando muertos o heridos varios franceses. Cinco días después la noticia llegó a París y Luis XIV montó en cólera por lo que consideró un atentado contra el honor de su persona y de su casa46. Ese mismo día despachó un mensajero extraordinario con la noticia e instrucciones al arzobispo d'Embrun para que exigiera una rápida reparación de la ofensa, amenazando con la
43. En ei siglo XVII como en el XX: Un Estado o una nación no es poderosa en si misma, sino que es pensada o reconocida como tal por los habitantes de otros países. R. Girault-R. Frank, La pitissance en Europe, 1938-1940, París, 1983, p. 5-6. 44. Gazette, Extraordinaire, 7 de septiembre de 1648. Cit. por S. Haffemayer, L 'Information dans la France du XVIle siecle. La Gazette de Renaudot de 1647 á ¡663, París, 2002, p. 304. 45. Une préséance cérémonielle impliquait une préeminence politique. Un pas cédé dans une procession pouvait engager l 'avenir, creer un précédent, compromettre uneprise de parole dans un débat politique brülant. Y.-M. Bercé, La naissance dramatique de l'absolutisme, 1598-1661, París, 1992, p. 215. 46. 11 m'a attaqué mon honneur qui m'est bien plus cher que mes Estats et que ma propre vie ... je vous advoüe queje suys aussi beaucoup touché que si mes Estatz auroient esté attaquez. Luis XIV a d'Embrun, 16 octubre 1661. AAE París, CP Espagne, 41, f 68v. Ce ne serait pas luy [Watteville] que je prendray pour juge de mon honneur. Je scay ce qui m'appartient et qui m'a esté legitimement transmis par les Rois mes ancestres et je le scaurait bien conserver et transmettre a mes successeurs sans la moindre tasche de foiblesse, et sans le compromettre par la subtilité des raissonnements dudit Bateville. Luis XIV a d'Embrun, 30 octubre 1661. AAE París, CP Espagne, 41, f 72v-73r.
192
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
guerra si era necesario 47 . AI día siguiente ordenó salir inmediatamente de París y de Francia al conde de Fuensaldaña, embajador de Felipe IV, negó la entrada en el reino al marqués de la Fuente, que venía a sustituirá Fuensaldaña, y al marqués de Caracena, que debía cruzar Francia en su viaje hacia los Países Bajos. Y llamó de vuelta a sus comisarios que estaban completando las estipulaciones de la paz de los Pirineos. Tras duras negociaciones, el 30 de octubre el arzobispo consiguió de Felipe IV el compromiso de retirar a Burgos al barón de Watteville y de que el nuevo embajador español en París presentara excusas formales y públicas y jurara en nombre de su señor que en lo sucesivo los embajadores españoles cederían el paso a los franceses en todas las cortes europeas. El texto de las excusas, redactado por d'Embrun en español bajo directrices de Lionne y del mismo Luis XIV, tardó meses en acabarse a gusto de todos. Finalmente la audiencia solemne y pública de disculpas tuvo lugar el 22 de marzo de 1662 delante de Luis XIV, de toda su corte y de todos los residentes extranjeros en París. La satisfacción de Luis XIV fue manifiesta, y revela bien el valor político del ceremonial y su eficacia como medio de acción sobre el imaginario: Je vous advoüe que je suis presentement d'un plaisir peut estre plus sensible et plus touchant qu'aucune autre victoire ne m'a jamáis donné dans le maniment des armes, quand je considere qu'en pleine paix j'ay remporté un advantage sur l'Espagne auquel le monde ne l'auroit pas crü capable de consentir aprez la perte mesme de dix batailles, et que je transmettray a ma posterite une gloire et une preeminence queje n'avois pas recu des Roys mes ancestres, depuis que Philippes second fit Pinjustice de commencer a leur contester la prerogative du rang. Et enfin queje puisse me vanter d'avoir assez bien connu la posture ou je suis et l'estat ou est l'Espagne, pour une affaire fort mauvaise et mesme outrageante pour moy dans son commencement en avoir sceu tirer la matiere du plus considerabla advantage que je pouvois souhaiter, qui est celuy sans doute d'avoir pü obliger par sa propre confession et condamnation le plus grand et le mieux fondé competiteur de la grandeur de ma Couronne, á s'abstenir dorenavant en tous lieux de me rien contester sur la préseance qui m'est deüe!48. Las reglas de la precedencia de paso constituyeron para Luis XIV un útil instrumento estratégico, como lo era la socialización, ya que le permitía mostrar ante la corte local y ante las demás sus posicionamientos políticos en ciertas coyunturas de las relaciones exteriores. De ahí las órdenes que recibieron sus embajadores en Madrid sobre el tratamiento a dispensar al embajador imperial. Luis XIV permitió a regañadientes que el representante de Leopoldo I conservara la precedencia de paso sobre el suyo. Pero en todo lo demás sus embajadores debían exigir la igualdad estricta entre los dos 49 . De esta manera se ponía en pública evidencia que el emperador y él estaban al
47. Luis XIV a d'Embrun, 16 octubre 1661. AAE París, CP Espagne, 41, f 66r-70v. ídem, 30 octubre 1661, idem, f 70r-74r. 48. Luis XIV a d'Embrun, 1 enero 1662. AAE París, CP Espagne, 41, f> 103v-104r. 49. Ledit sieur ambassadeur ne fera point de difficulté de cédér le pas en lieu tiers á celui de l'ambassadeur de l'Empereur par une coutume de longtemps établie (et que Sa Majesté n'aurait pas commencée) pour le respect que tous les Rois ont porté au seul nom de Chef de l'Empire Romain, quoiqu'il ne soit qu'imaginairement successeur des anciens Césars (subrayado en el original); mais en toute autre chose,
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
1 93
ANA ALVAREZ LÓPEZ
mismo nivel y que debían gozar de los mismos derechos. Lo cual era más que conveniente cara a las reivindicaciones del rey francés sobre la sucesión española. En realidad la cesión del paso, lo que los franceses llamaban donner la main droite, era una de las reglas de la cortesía cortesana hacia un superior en rango. Como tal no sólo regía las relaciones entre los embajadores que coincidían en el mismo puesto sino entre éstos y los cortesanos locales, planteando problemas con frecuencia. Algunos eran solucionados expeditivamente, como cuando ciertos cardenales españoles pretendían que el embajador francés les cediera el paso y Luis XIV zanjó la cuestión ordenándole que se abstuviera de visitarlos50. Otros obligaban a ciertos tira y afloja y a contemporizaciones curiosas. Por ejemplo, durante la embajada del marqués de Feuquiéres el conde de Oropesa, en aquel momento primer ministro y presidente del Consejo de Castilla, se negó a ceder el paso en su casa a los embajadores, lo que impedía que el embajador pudiera visitarle formalmente. La solución fue que el primer ministro recibiría al embajador francés acostado en su cama51. También fue usado para expresar el posicionamiento político de Luis XIV en la política interior de la monarquía. Así, Bonzy y Villars no sólo debían evitar en lo posible relacionarse con don Juan José de Austria, sino que en caso de encuentro o de visita obligada no debían concederle el respeto de la precedencia a menos que los embajadores españoles en París rindieran la misma pleitesía a los hijos ilegítimos de Luis XIV. Al retirarle el protocolo que se debía seguir con los príncipes reales, Luis XIV estaba reforzando el mismo mensaje de desaprobación que ya emitía impidiendo que sus embajadores le visitaran. Y además recalcaba que aunque don Juan José era un bastardo real, no le reconocía los derechos de un príncipe legítimo, especialmente los sucesorios. Además de regular los ritos públicos cotidianos de la embajada, el ceremonial normalizaba ciertas ceremonias que todos los embajadores tenían que realizar como parte de su misión y que convertían la práctica diplomática también en un espectáculo. Lo que debía dar ocasión a que el diplomático materializara ostensiblemente el poder y la riqueza de su señor, generando en los espectadores admiración y temor o lanzando mensajes calculados más allá de los círculos de su sociabilidad. Un embajador debía hacer ostentación de magnificencia en todas sus apariciones públicas, especialmente en Madrid, donde según d'Harcourt gustaba mucho y al menos implicaría al pueblo y
il trailera d'égal avec lodit ambassadeur et n'accordera aux ministres d'aucims Princes ce qui leur sera refusc par celui-lá. «Mémoire pour servir d'instruction su sieur Achéveque d'Ambrun, op. cit. Recueil, p. 180. 50. II se trouve une difficulté... á l'égard des cardinaux. La plus grande partie des Grands d'Espagne a loujours refusc de les visiter parce qu'ils prétendent la main chez eux. Sa Majesté.... défendit aussi á ses ambassadeurs de les voir, á moins qu'ils n'en récussent la main. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur marquis d'Harcourt, op. cit. Recueil, p. 478. 5 I. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur marquis d'Harcourt, lieutenant general des armées du roi et en sa province de Normandie, gouverneur de la ville de Tournai, allant á Madrid en qualité d'Ambassadeur Exlraordinaire de Sa Majesté auprés du Roi d'Espagne», 23 diciembre 1698. AAE París, CP Espagne, 78, f 14r-60v. Recueil, p. 477-478.
194
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
a los burgueses en los intereses de Francia52. Así el marqués hacía un desfile de cada una de sus salidas a la calle53. Según el padre Blandiniéres, este lujo era necesario para sostener el crédito de los franceses y obtener la estima pública, y en último término para asegurar el éxito de su estrategia54. Otras ocasiones festivas para exhibir el poder de Luis XIV y para manejar a la gente común tanto o más que a los estamentos de privilegio eran las celebraciones de ciertos eventos que los embajadores montaban en su barrio. En realidad de éstas sólo hemos encontrado el testimonio del embajador d'Embrun, quien prestó una atención muy especial a este tipo de acciones de propaganda. Con motivo de los cumpleaños de Luis XIV, del nacimiento del Delfín y de las hijas de Luis XIV que nacieron entre 1662 y 1667, el arzobispo levantó delante de su residencia castillos de fuegos artificiales, decorados con emblemas y figuras que estaban calculados para lograr un efecto muy concreto en los espectadores. Para ganárselos y disponerlos favorablemente hacia él, y en consecuencia hacia Luis XIV, también les distribuyó comida y bebida. Ahora bien, la ocasión preferente para que un embajador luciera todo el lujo posible era la entrada pública que realizaba el día de su primera audiencia oficial, durante la que presentaba sus cartas credenciales a las personas reales y al primer ministro. Se trataba de un episodio completamente regulado. En teoría, el embajador era recibido a cierta distancia de la capital por el introductor de los embajadores, donde vivía unos días de incógnito a expensas del monarca local mientras se organizaba su entrada. Cuando ésta tenía lugar, coronada por la primera audiencia, el embajador se trasladaba a su residencia y comenzaba su vida pública. En el caso de las embajadas francesas en Madrid esto ocurrió así pocas veces, pero de todas maneras el rey de España alojaba al diplomático durante los tres días previos a su entrada. Ésta consistía en un desfile de la delegación recién llegada al completo, de las demás embajadas y de carrozas de notables que recorrían todo el trayecto desde el palacio del Buen Retiro hasta el Alcázar. El objetivo de todo este despliegue era, en palabras del marqués d'Harcourt, toncher les peuples55. Finalmente los embajadores disponía de una serie de medios de persuasión que hemos llamado indirectos.
52. La magnificenceplaisl fort a ees peuples cy el met au moins les Bourgeois el le Peuple cJans vos ínteres/. D'Harcourt a Luis XIV, 25 febrero 1698. AAE París, CP Espagne, 78, f° 114r. 53. M l'ambassadeur repare tous les jours cett'eclipse par une marche pompeuse a cinq carroecs, 30 valets de pied et six pages le tout doré comme des cálices lorsqu'il va rendre ses visites de ceremonie. Blandiniéres a Torcy, 20 septiembre 1698. AAE París, CP Espagne, 80, f 120r. 54. Soustenir le credil de la nailon el I 'estime publique, chose si necessaire dans la conjoncture présenlepotir le succes du grand dessein. Blandiniéres a Torcy, 29 agosto 1698. AAE París, CP Espagne, 79, í" 336r. 55. Vous ne scauriez croire combien ees peuples ont envié de voir cette ceremonie et combien iis sont touchés d'une magnificence a laquelle ils ne sont point accoustumés. D'Harcourt a Torcy, 1 agosto 1698. AAE París, CP Espagne. 80, f> 272r.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
I 95
ANA ÁLVAREZ LÓPEZ
3. MANIOBRAS DUDOSAS Algunos actos no formaban parte de las funciones oficiales de las embajadas, a veces rozaban la ilegalidad y a veces eran pequeños gestos que sin embargo, como afirmaba d'Harcourt, no había que desdeñar porque todo podía ser útil56. Aquí encontramos una mayor variedad de posibilidades: difusión de textos variados y de grabados, regalos y sobornos, influencia sobre personalidades significativas a través de otras personas, acciones oportunas realizadas por el monarca del embajador a veces a instancias de éste, etc. Los embajadores de Luis XIV en Madrid recurrieron a menudo a varios de estos medios. Con mucha frecuencia recurrieron a distribuir panfletos y grabados. Durante toda la primavera de 1667 el arzobispo d'Embrun fue repartiendo por toda la corte madrileña, a cortesanos y a enviados de otras potencias, el Traite des droits de la reine tres chrétienne, el texto atribuido a A. Bilain que justificó la invasión de los Países Bajos españoles por los ejércitos de Luis XIV en nombre de los derechos de la reina francesa a los territorios españoles57. El embajador llegó a pedir a Lionne que le enviara varios ejemplares más en español y en latín poniendo cuidado en hacerlo de modo que la Inquisición no pudiera apoderarse de ellos, lamentando que no hubiera suficientes para que los libreros franceses en Sevilla los repartieran por toda España58. Según d'Embrun había que hacerlo porque los españoles eran muy razonables y por eso era importante instruirles y provocarles la duda y la discusión59. M. de Bonzy consideraba que sería un buen sistema para ganarse al común60. En 1689 el conde de Rebenac coincidió con el arzobispo: Si je dois régler mon sentiment sur les choses qui m'ont paru les plus propres á gagner l'esprit des Espagnols, je voudrois me prévaloir d'un faible qu'ils ont plus grand qu'aucune nation du monde, c'est la croyance qu'ils ajoutent aux écrits qu'on répand parmi eux et le
56. II ne faut pas negliger les moindres petittes choses dont on peut tirer du profit. D'Harcourt a Torcy, 1 septiembre 1698. AAE París, CP Espagne, 80, f 25v. 57. D'Embrun a Lionne, 21 de mayo de 1667. AAE París, CP Espagne, 55, f 351v-352r. D'Embrun a Luis XIV, 2 de junio de 1667. AAE París, CP Espagne, 55, f 384v. 58. Si en avoit eu en plus grand nombre, je les auroy fait passer entre les mains de beaucoup de gens et encoré a Seville et en d'autres endroits par le moyen de nos libraires francois. D'Embrun a Lionne, 22 de mayo de 1667. AAE París, CP Espagne, 55, f 365r. Sobre los libreros franceses establecidos en Sevilla desde el siglo XVII que aseguraban una vía de llegada para los impresos venidos sobre todo de París y de Lyon, C. Palmiste, La librairie séviüane dans la premiere moitié du XVllle siécle, tes. Instituto Universitario Europeo, Florencia, 2004, p. 331-345. 59. Les Espagnols veulent estre instruits; ils sont gens fort dóciles et obeissans a la raison ... C'est done toujiours beaucoup que de les avoir reduit icy a examiner le droict, a mettre en dispute la succession de la couronne et a jetter le doute dans l'esprit des peuples sur un poinct si importante. D'Embrun a Luis XIV, 22 mayo 1667. AAE París, CP Espagne, 55, f 360v-361r. 60. Si I 'on semoit dans le mesme lemps parmi le peuple les raisons qui devroient obliger l 'Espagne... pour s 'asseurer le repospour toujours et que les Ministres qui ne le veulent pas sont corrompus par les holandois, Je m 'asseure que cela feroit un grand fracas et embarrasseroit icy le Conseil. Bonzy a Luis XIV, 19 marzo 1670. AAE París, CP Espagne, 58, f 118v.
196
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
penchant naturel qu'ils ont á se plaindre du gouvernement. II faudroit ne ríen épargner sur ce sujet 6 '.
Una de las misiones que se le encomendaron a Rebenac fue vigilar si en algún momento Carlos II firmaba un testamento que fuera contrario a los intereses de Luis XIV. Si eso ocurría, Rebenac debía procurarse a todo precio una copia para que se redactaran escritos en contra que serían publicados en todas partes al mismo tiempo que cierta déclaration62. Ésta era un documento en el que el Delfín se proclamaba Luis I de España y pedía, como legítimo rey, la sumisión de los españoles. En caso de que Carlos II muriera durante su embajada, el embajador debía reproducirlo en gran número y enviarlo por todo el reino, incluidas las cancillerías locales, los concejos municipales, las parroquias, etc63. Y es que en algún momento, más que panfletos redactados originalmente para servir como tales, los embajadores difundieron algunos textos que no eran propiamente panfletarios, pero que querían funcionar como tales. Rebenac también tendría que distribuir ciertas cartas del príncipe francés entre los grandes y los componentes de la administración civil y eclesiástica «pour ne rien omettre de tout ce qui peut gagner... les coeurs des principaux de ce Royaume»64. De la misma manera Luis XIV envió a Blécourt un memorial en el que declaraba las razones por las que no permitiría que Carlos II firmara un testamento nombrando heredero al archiduque Carlos de Austria. El chargé d'affaires debía traducirlo en español, entregar una copia al cardenal Portocarrero y a todos los consejeros de estado y difundirlo tanto como pudiera65. Con los mismos objetivos estratégicos el marqués d'Harcourt pidió a Colbert de Torcy que le enviara retratos de los nietos de Luis XIV para hacer copias y ponerlos a la venta66. Unos meses después el padre Blandiniéres repitió la petición, aunque espe-
61. «Mémoire du comte de Rebenac sur son ambassade d'Espagne», 20 mayo 1689. BNF, mss. Ir. 9045, p. 203-236. Recueil, p. 427. 62. 11 faut prendre des justes mesures pour avoir au plus tot une copie du testament, afín... d'en (aire voir la nullité par des écrits qui seront envoyés partout et publiés dans le méme temps que sa déclaration. «Mémoire tres secret pour servir d'instruction au sieur comte de Rebenac, ambassadeur extraordinaire du ROÍ en Espagne». AAE París, CP Espagne, 74, f° 165r-209r. Recueil, p. 402. 63. La premiére chose qu'il [Rebenac] devra proposer... sera de rendre publique dans toute l'Espagne la déclaration de Monseigneur qui sera jointe a cette instruction et qui doit servir á établir son droit et faire connoítre en méme temps á tous les peuples l'intention qu'il a de leur procurer toute sorte d'avantages (...) Les déclarations de Monseigneur... faudra faire traslater en espagnol et les envoyer dans toutes les Chancelleries du royaume et dans tous les villes et cites... lesdites déclarations seront enregistrées et publiées dans toute l'étendue de leur ressort. «Mémoire tres secret pour servir d'instruction au sieur comte de Rebenac, op.cit. Recueil, p. 394 y 404. 64. «Mémoire tres secret pour servir d'instruction au sieur comte de Rebenac, op. cit. Recueil, p. 395-396. 65. J'ay fait dresser le mémoire que vous donnerez au secretaire des depesches universeiles (...) Et vous le repandriez autant qu'il sera possible. Luis XIV a Blécourt, 30 agosto 1700. AAE París, CP Espagne, 84, P' II9vy 120v. 66. Je croy quil seroit bien a propos que l'on m'envoyast les portraits des enfants de France. Cela se peut dans de ?? par le premier courrier, j ' y feray faire icy copies, si on faisait débitte par les marchands, quel-
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
197
ANA ALVAREZ LÓPEZ
cificando que le enviasen grabados para que las imágenes de los príncipes llegasen a más gente67. El soborno fue otro de los medios más utilizados, no sólo para conseguir información, sino también para mover a algunos individuos en una u otra dirección. Las instrucciones del conde de Rebenac le ordenaron examinar los intereses e inclinaciones de aquellos que podrían formar parte de una futura junta de regencia. El embajador debía prometerles, a ellos y a los magistrados de Pamplona, San Sebastián y Fuenterrabía, que permanecerían en sus puestos, las ventajas, gracias y recompensas que pudieran desear e incluso distribuirles un poco de dinero68. Al marqués d'Harcourt se le recomendó enterarse de las ambiciones particulares de los grandes de España y qué querrían que un candidato francés les prometiera69. Una vez en Madrid, el embajador consideró que eran mejor las ofertas pecuniarias, porque todos los grandes del reino estaban arruinados70. Otro método sesgado que emplearon a menudo para procurar y fomentar la actuación del embajador sobre los notables del reino fue ganarse a los eclesiásticos. Tradicionalmente, los reyes franceses habían enviado ante el rey católico miembros de la Iglesia, porque tenían mayor facilidad de movimientos y mejor inserción social en la corte. Por eso mismo se les prefería como agentes oficiosos y como asistentes de embajadores laicos, como ocurrió con el padre Blandiniéres y el padre Duval. Ambos fueron enviados para sondear las posibilidades de paz entre los religiosos y la nobleza cortesana, el primero en 1691 y el segundo en 1697. Ambos debían intentar ganarse la confianza de los generales de sus órdenes y del mayor número de clérigos que pudieran, especialmente de aquellos que tendrían mayor crédito en la corte o un trato
ques estampes de les princes, je croys que les espagnols en achetteraient. D'Harcourt a Torcy, 27 febrero 1698. AAE París, CP Espagne, 78, f I22v. 67. II seroit tres important dans la conjoncture presente que l'on vit en Espagne des portraits des princes en estampes par la voye des marchands, on pourroit lesfaire rouler dans toute I 'Espagne. Ceux du marquis d 'Harcoitrt seront veus de peu de gens, les autres feront crier les peuples. Mais principalemenl ¡I enfaut faire distribuer dans I'Aragón, la Navarre, la Catalogne et la Castille. Blandiniéres a Torcy, 29 mayo 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f 66v. 68. Et si Ton croit pouvoir réussir á les y attirer... il ne faut ríen omettre pour les gagner. «Mémoire du roí pour servir d'instruction au sieur comte de Rebenac, op. cit. Recueil, p. 402-403. 69. II est... nécessaire que le marquis d'Harcourt s'informe des vues que les Grands d'Espagne peuvent avoir pour leurs intéréts particuliers, en cas d'ouverture á la succession; qu'il découvre, s'il est possible, quelles sont les recompenses de charges, de gouveraemens ou d'autres établissements dont ils seroient le plus flattés. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur marquis d'Harcourt, op. cit. Recueil, p. 467. 70. Je crois qu 'il est a propos de gagner en cepa'is avec discrection et sans tesmoigner d 'empressement, ceux qui s 'ofriront volontairement a entrer dans les interest de la France. Volre Majesté sgait que ce n 'est que par de l'argenl et des esperances qu'on gagne de pareilles genies. Je croirois done a propos de prendre des mesures pour faire remetlre icy secretement des sommes considerables dont on puisse se servir tant en atiendan t que dieu dispose du Roy d'Espagne, que dans le moment qu 'il ne sera plus (...) pour leparty qui volts seroit affectioné qui asseurement n'aura point d'argent, tous les grands du Royanme estant ruines et pour gagner en mesme temps ceux qui ne seroint point attachez a vostre party. D'Harcourt a Luis XIV, 25 febrero 1698. AAE París, CP Espagne, 78, f 111 v y 112r-l 12 v.
198
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
más asiduo con los ministros y oficiales de la administración71. El objetivo era llegar a través de ellos a los miembros del gobierno y en el caso del padre Blandiniéres, intentar convencerles de los beneficios de firmar la paz con Francia (el padre Duval debía limitarse a informar): Sa Majesté a cru qu'il seroit bon... d'avoir quelqu'un en Espagne... qui püt faire voir aux uns et aux autres [a los ministros y consejeros y al pueblo] combien les máximes que suit cette cour sont éloignées de ses véritables intéréts. Sa Majesté a estimé aussi qu'un religieux seroit plus propre pour s'acquitter de cet emploi... pouvant y aller sans éclat et ayant bien plus de facilites en Espagne pour s'insinuer dans la confiance de ceux á qui il aura affaire72. Más tarde el padre Blandiniéres volvió a la Península como asistente del embajador d'Harcourt para trabajarse al estamento eclesiástico73. Como él mismo dijo, las casas de la nobleza estaban llenas de religiosos y por eso éstos eran el mejor medio para ser admitidos en ellas74. Una variante más precisa de este medio respondía a una estrategia parecida a la que emplean los jugadores de billar: para persuadir a una persona clave pero de acceso difícil, como el rey, se empleaba a otra que tuviese ascendiente sobre la primera y fuera más fácil de abordar o de manejar. El ejemplo más claro es el uso que se dio e intentó dar a la reina María Luisa de Orléans. Antes de su matrimonio con Carlos II el marqués de Villars consideraba que la reina tendría que actuar con disimulo porque las damas de palacio eran hechuras de don Juan José de Austria, pero que le sería muy fácil cobrar ascendiente sobre su esposo, de natural fácil75. En su despacho de respuesta, el marqués de Pomponne ordenó al embajador que estuviera muy atento a la instalación de María Luisa en la corte para ver qué se podía hacer con ella76.
71. Ceux qui auront le plus de crédit á la cour ou le plus d'habitude, soit auprés du connestable de Castille... ou de quelque autre des principaux Conseillers d'État. «1 c,e Instruction du pére de la Blandiniére allant en Espagne», 1691. AAE París, CP Espagne, 76, f 52r-58v. Recueil, p. 434-435. L'accés libre que ceux de son ordre ont dans les maisons des Grands et des particuliers lui pourra donner le moyen de s'y introduire. «Instruction du pére Duval», abril 1697. AAE París, CP Espagne, 77, f 5r-7r. Recueil, p. 447. 72. «2emu Instruction du pére de la Blandiniére allant en Espagne», 1691. AAE París, CP Espagne, 76, f° 59r-64r. Recueil, p. 441. 73. Pour les ménager [a los españoles] il ne trouvera point de ministere plus convenable que celui des religieux; leur credit est fjgrand en Espagne; ils entrent dans les secrets les plus intimes des tamules, et ils sont tres capables de servir utilement un ambassadeur de France... Le pére de la Blandiniére... comme il a beaucoup d'habitudes á la cour de Madrid, Sa Majesté a lieu de croire que le marquis d'Harcourt pourra faire un bon usage. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur marquis d'Harcourt, op. cit. Recueil, p. 468. 74. Par le moyen de ees religieux on se fait des entrées dans les maisons des personnes de la cour dont le voisinage est rempli. Blandiniéres a Torcy, s.d. (febrero 1698). AAE París, CP Espagne, 78, f lOOr. 75. II luy sera tres aisé de prende beaucoup de pouvoir sur iesprit du Roy d'Espagne de qui le nalurel esl doux et fucile. Villars a Pomponne, 27 julio 1679. AAE París, CP Espagne, 64, f 75r. 76. L'on ne peut gueres juger sur quoy peuvent estre fondés les changements que l'on envisage a la cour d'Espagne apres l'arrivée de la jeune Royne. II luy faudra apparemment du temps pour se reconnoistre avant que d'entrer dans les divisons qui partagent la cour, vous demeurerés Monsieur spectateur de quoi
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
199
ANA ALVAREZ LÓPEZ
Lo que se pidió a la reina era que informase y sobre todo que moviera a su marido en la dirección que más conviniera a los intereses de Luis XIV77. Los embajadores fueron los intermediarios. Así, el marqués de Feuquiéres tenía órdenes de entrevistarse con ella todo lo posible sin levantar sospechas de que hubiera alguna connivencia, lo que había provocado la caída en desgracia del marqués de Villars unos años antes. El embajador debía recordar a la reina que le convenía conservar el favor de su tío, darle una serie de directrices para que hiciera sentir su autoridad a los ministros del consejo de Estado y pedirle que influyera en Carlos II para que nombrara los ministros que el rey francés consideraba los más oportunos78. Por su parte, el conde de Rebenac debía comunicar a la reina que en ningún caso debía reconciliarse con la reina madre, ya que Luis XIV temía que para tratar de que fuera nombrado heredero un príncipe Habsburgo, Mariana de Austria intentaría de disminuir la influencia que María Luisa tenía sobre su marido79. Las instrucciones secretas que preveían la muerte de Carlos II otorgaban a María Luisa un gran protagonismo como instrumento para asegurar que el Defín sería reconocido como nuevo rey de España. Ella era el primer partidario que el conde de Rebenac debía asegurarse, porque si el rey moría y la reina declaraba su apoyo al príncipe francés, arrastraría con ella a buena parte de la nobleza. Por eso se ordenaba al embajador convencerla de que lo hiciera, recordándole los deberes impuestos por su nacimiento, por el afecto que le tenía el rey de Francia y porque su propio beneficio dependía de que el Delfín heredara a su marido80.
qui arrive, vous aurés soín seulement d'en rendre compte a Sa Majesté qui pourra sur les connoissances qu'EIle recevra vous donner des instructions plus particulieres sur votre conduite. Pomponne a Villars, 3 septiembre 1679. AAE París, CP Espagne, 64, f° 97v. 77. Ledit sieur marquis de Feuquiéres... aprés avoir rendu á cette princesse la lettre de créance de Sa Majesté, il lui témoignera... que Sa Majesté est bien persuadée aussi qu'elle se servirá aussi de tout le crédit que ses belles qualités lui ont acquis auprés du Roi Catholique pour le disposer á correspondre aux botines intentions de Sa Majesté. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur marquis de Feuquiéres, op. cit. Recueil, p. 346. 78. Ledit marquis de Feuquiéres... ne doit rien omettre pour obliger cette princesse... á taire tout ce qui dépendra d'elle pour porter le Roi Catholique á ne confier le poste de minisre qu'á quelqu'un de son Conseil qui soit plus pacifique et, s'il se peut, qui ait encoré moins de talens pour gouverner que le duc de Medinaceli; ¡1 représentera a cette Reine combien il lui importe de se conserver l'amitié de Sa Majesté et que ce seroit en quelque facón y renoncer que de favoriser un chois qui lui si seroit si désagréable (...) Enfin, ledit marquis de Feuquiéres se servirá de toutes les raisons.... pour inspirer a cette princesse les sentimens les plus convenables á ce que Sa Majesté vient d'expliquer de ses intentions et ses intéréts. «Mémoire pour servir d'instruction au sieur marquis de Feuquiéres, op. cit. Recueil, p. 351 y 352.. 79. Córame les intéréts de cette princesse et ceux de la Reine mere seront toujours directement oppossés et incmpatibles, celle-ci voulant assurer la succession d'Espagne á un prince de sa maison, il est de la prudence de la dite Reine régnante de rejeter adroitement ees ouvertures et propositions d'accommodemenl qui ne tendent qu'á la taire tomber dans quelque piége et á lui faire perdre l'estime et le crédit qu'elle a auprés dudit Roi son mari. «Mémoire du Roi pour servir d'instruction au comte de Rebenac, op. cit. Recueil, p. 391 80. Pour satisfaire pleinement a ce que demandent d'elle le devoir de sa naissance, l'affection que le Roi lui a toujours témoignée, la reconnoissance de cette princesse envers Sa Majesté, le besoin qu'elle a de la continuation de sa protection et en un mot, son propre salut, qui ne se peut rencontrer qu'en contribuant
200
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
Por último, el propio Luis XIV echó alguna mano a sus embajadores en Madrid para facilitarles la negociación, a veces de una manera, más que indirecta, retorcida. Por ejemplo, en el otoño de 1666 Luis XIV necesitaba evitar que Madrid respondiera a los avisos que el marqués de Castelrodrigo enviaba desde Bruselas y que se percatara de los preparativos de guerra que se estaban haciendo en Francia. Para ello decidió ayudar al arzobispo d'Embrun a distraer al gobierno madrileño encarnizando el enfrentamiento entre sus miembros y aumentando la confusión. El 17 de octubre escribió a d'Embrun que había sabido que en Viena se estaba preparando una conjura contra Nithard y le ordenó que se lo comunicara al jesuíta para ganarse su confianza81. El 14 de noviembre encargó al arzobispo que enterara al confesor de los que participaban en la conspiración: el barón del Prado, el duque de Medina de las Torres, el marqués de Castel Rodrigo y el duque de Montalto, a los que se habían sumado algunos que siempre se le habían declarado amigos, como el barón de Lisola, el príncipe Lobkowitz y el conde de Limburg 82 . Probablemente Luis XIV pretendía enemistar a todos ellos, notoriamente contrarios al rey francés y a sus reclamaciones sucesorias, con el padre Nithard, quien se apresuraría a emplear su ascendiente sobre Mariana de Austria para malquistarla con ellos. De esta manera, además de mantener la atención de la junta de regencia lejos de los que se preparaba en la frotera de Flandes, se desbarataría en la corte de Madrid un posible grupo de presión contrario a los intereses de Luis XIV y favorable a los imperiales. Durante la embajada del marqués d'Harcourt el rey francés volvió a actuar a distancia sobre la corte madrileña. En la primavera de 1698, cuando los musulmanes asediaban Ceuta y se temía que tomasen Oran, ordenó a su embajador que ofreciera la ayuda francesa para liberar ambas plazas. En realidad Luis XIV buscaba generar en los españoles un sentimiento de admiración y de agradecimiento hacia él: Vous direz de ma part au cardinal de Cordoue, votre commissaire, queje vous ai ordonné d'offrir mes galeres au roi, son maistre, et que, s'il croit qu'elles lui puissent estre útiles, je les enverroi aussitost qu'il le desirera; que j ' y joindroi méme des vaisseaux si le Roi Catholique le souhaite, en tel nombre qu'il le jugera a propos, soit avec mes galeres, soit separement, au choix de ce prince et pour faire ce qu'il voudra, et que je verrois avec plaisir mes forces employées a delivrer arez un aussy long siege les places de la Monarchie d'Espagne des entreprises du Roy de Maroc. II y a lieu de croire que cette proposition ne sera pas acceptée mais comme elle se s9auroit produire qu'un tres bon effet dans l'esprit de toute la nation il sera du bien de mon service que le public soit informé de l'ordre que je vous ay donné de faire cette offre sans qu'il paroisse neantmoins d'affectations de vostre part a le divulguer83.
tout ce qu'on peut s'attendre d'elle á mettre Monseigneur le Dauphin dans la pleine et paisible possession de la couronne d'Espagne. «Mémoire tres secret pour servir d'instruction au sieur comte de Rebenac, op. cit. Recueil, p. 393. 81. Luis XIV a d'Embrun, 17 octubre 1666. AAE París, CP Espagne, 63, f 206r. 82. Luis XIV a d' Embrun, 14 noviembre 1666. AAE París, CP Espagne, 63, f 214r-215r. 83. Luis XIV d'Harcourt, 8 mayo 1698. AAE París, CP Espagne, 78, f 298v.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
201
ANA ALVAREZ LÓPEZ
D'Harcourt así lo hizo, aprobando la medida porque aceptaran o no el socorro, la oferta no dejaría de aumentar en el público el afecto por el rey francés84. Unos días más tarde repitió al rey lo útil que sería, no sólo para atraerse la amistad de los españoles, sino para descubrir las preferencias de los consejeros de estado85. Al día siguiente el padre Blandiniéres corroboraba a Torcy el maravilloso efecto que había tenido la propuesta86. El 30 de mayo, contra todas las opiniones del consejo y bajo la influencia de su mujer, Carlos II declinó la oferta. D'Harcourt consideró que les venía mejor esta negativa que si hubieran aceptado, ya que así no sólo crecería el reconocimiento de los españoles hacia Luis XIV, sino que se redoblaría su odio contra la reina y el partido imperial87. El rey francés se mostró completamente de acuerdo con el embajador88. El 30 de junio d'Harcourt remachó el asunto informando de que había dado muy buenos resultados. Los embajadores del emperador eran aún más detestados, Luis XIV era aún más apreciado y acababa recomendando a su rey que no dejara de aprovechar cualquier oportunidad para repetir la maniobra: Ces deux ambassadeurs se sont acquis peu d"estime en cette Cour et encoré moins d'amys. II est vray que les offres que Votre Majesté m ' a ordonné de faire de ses galeres et ses vaisseaux pour le secours de Ceuta et d'Oran on fait un effet mervelleux non seulement a Madrid, mais dans touttes les provinces du Royaume, aussy bien que le dernier offre que j ' a i fait de son escadre qui croise vers le detroit... et il ne faut pas doutter qu'en continuant cette conduitte, Elle ne fasse gouter aux Espagnols le plaisir qu'il y a d'avoir Votre Majesté pour amie, apres avoir eprouvé ce qu'il leur en a cousté de l'avoir eüe pour ennemie. J'ose done diré a Votre Majesté qu 'on ne peut en user avec trop de douceur avec ces peuples pour augmenter et conjirmer les bonnes intentions dans lesquelles ils sonf.
84. De quelque maniere que ceci tourne, ou qu'ils acceptent les secours de Votre Majesté ou qu'ils les refusent, elle ne peut croire combien ceci sera favorable pour achever de s'attirer I'affection du peuple. D'Harcourt a Luis XIV, 18 mayo 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f° 48v. 85. V. M. doit estre persuadée qu'Elle ne pourroit ríen faire de plus capable de luy attirer I'amitié des peuples de ce Royaume, et Elle decouvrira en mesme tems les conseillers d'Estat qui sont absolument attachés a la Reyne, au party de l'empereur, et ceux qui aiment encor leur patrie. D'Harcourt a Luis XIV, 28 mayo 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f 62v. 86. L'offre que le Roy a fait pour le secour de Ceuta a fait un effect mervelleux. Blandiniéres a Torcy, 29 mayo 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f 66v. 87. Je puis toujours asseurer V. M., comme j'ai fait par mes precedentes, que cette action que cette action ne l'attire pas moins les coeurs de l'Espagne qu 'elle redouble la haine conlre le Reyne el contre le party de I 'Empereur. Je croy mesme qu'il est plus avantageux a son service que 1 'on l'ait remerciée que si on avoit accepté son offre. D'Harcourt a Luis XIV, 30 mayo 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f° 72r. 88. Je souhaite et pour le bien de la Religión et pour celuy de la Monarchie d'Espagne que le Roy Catholique n'ayt pas lieu de se repentir d'avoir refusé ce secours. Mais si malheureusement il perdoit l'un de ces deux places il y a lieu de croire que ce triste evenement augmenteroi infmiment la haine des peuples contre la Reyne et que les partisans de l'Empereur seront considerez en Espagne comme les autheurs de la ruyne de la Monarchie car enfin les Espagnols regardent encoré les Maures comme un Ennemi redoutable ils sont persuadez que cette nation n'a jamáis perdu le desir de passer un autre jour la mer et de rentrer en Espagne. Luis XIV a d'Harcourt, 15 mayo 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f 78r-7v. 89. D'Harcourt a Luis XIV, 30 junio 1698. AAE París, CP Espagne,
202
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
Por las mismas fechas y con el mismo objetivo, el padre Blandiniéres aconsejó a Colbert de Torcy dar orden para que la escuadra francesa en el Mediterráneo bombardeara algunas plazas de Salé50. Semanas más tarde reiteró el consejo, ya que había que convencer en España de que Francia no había firmado una alianza con los turcos9'. Otra probable intervención de Luis XIV en el manejo de los españoles fue la publicación del tratado de reparto de marzo de 1700, negociado después de que en enero de 1699 la muerte del pequeño príncipe de Baviera desbaratara el firmado en 1698. Durante toda la segunda mitad de 1699 d'Harcourt había estado enviando noticias de que el pueblo español se mostraba completamente a favor del candidato francés, pero que los notables no acababan de pronunciarse abiertamente aunque en secreto le declararan su apoyo incondicional. Ésa fue la justificación que Luis XIV le dio del tratado de reparto que había empezado a negociar92. D'Harcourt le aconsejó que mantuviese en secreto la negociación, porque los españoles tomarían cualquier medida para evitarlo si se enteraban de que se estaba de nuevo intentando desmembrar su monarquía93. Luis XIV le respondió que no importaba mucho: Vous voyez qu'alors il n'y aura plus d'inconvenient de communiquer en Espagne un projet qui commence a devenir assez public et... si la nouvelle... les aliarme, comme il n'y a pas lieu d'en douter, l'effect qu'elle causera ne peut nuire a mon interests... et qu'au contraire les Peuples de cette monarchie concluiront comme vous voyez quils font dez a present que le choix de l'archiduc leur apporteroit une guerre certaine, que ce Prince seroit
90. Si Madrid apprenoit que nos vaisseaux qui sont a Cadix avoint fait quelque entreprise sur les saletins comme le bombardement de Salé ou de Tánger ou la prise de la forteresse de Larach ou de la Mamore avec restitution puré et gratuite aux Espagnols, rien au monde ne seroit si grand dans la pensée de ees peuples ni ne les persuaderoit mieux de la bonnefoy du Roy et du desir desinteressé qu'ÍI a d'assister cette monarchie, ce seroit la comble de notre grand roy. Blandiniéres a Torcy, 30 mayo 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f 69v. 91. Afftn de persuader cette cour que la declaration de la guerre contre les saletins n 'esl pas un simple pretexte pour couvrir nos desseins sur ¡'Espagne on ne scaurait diré combien la moindre action contre ees gens ¡a eclatera et elle servirá tousjours a purger la mechante reputation que nous donnoit en ce país cy la voix publique sur nostre pretendue alliance avec les Tures car nos ennemys ne manquent pas de rependre partout que nous sotnmes trop bons amys des saletiens pour leur faire du mal, quelque peu que I 'onfasse l 'action sera eslevée jusqu 'au núes .Blandiniéres a Torcy, 26 ? julio 1698. AAE París, CP Espagne, 79, f 234v. 92. II est vray que les Peuples ont para desirer que si le Roy leur Maistre venoit a mourir la justice fust rendue aux legitimes heritiers. Mais ce ne sont que de simples voeux sans offerts, et je n'ay pas veu la moindre demarche en faveur de mon fíls ou de mes petit fils... On ne doit pas estre surpris que dans cette conjoncture jaye charché d'autres voyes pour assurer le repos de l'Europe. Luis XIV a d'Harcourt, 16 agosto 1699. AAE París, CP Espagne, 83, f 72r-72v. 93. Je ne sais rien qui soit plus contraire a l'execution du traite... Elle jugera facilement que cette proposition sera odíense non seulement au Roy Catolique, mais mesme au premier de ses sujets comme au dernier qui envisagent comme le plus grand mal qu 'il leurpuisse arriver la división de leur Monarchie... Tout cela ensemble les reunirá dans cette extremitépour s 'y oposer du moins autant que leursforces leur promettront, el cette declaration peut au moins leur donner le temps de se precaulionner contre la prise de possession et en rendre 1'execution plus difficile. D'Harcourt a Luis XIV, 29 julio 1699. AAE París, CP Espagne, 83, P 52v-53v.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
203
ANA ALVAREZ LÓPEZ
incapable a la soustenir, que le luy seroit impossible de conserver la Monarchie entiere contre ma Puissance secondée de celles des Anglais et des Hollandois et que quand mesme ils y pourroint resister ils ne doivent pas s'y attendre puisque l'empereur consent au partage94. El 11 marzo de 1700 Luis XIV comunicó a d'Harcourt que el tratado se había firmado, afirmando que «la crainte fera plus d'impression sur les Espagnols que toute autre considération»95. Pocas semanas después d'Harcourt salía de Madrid, dejando a su secretario Blécourt al frente de la embajada. El 20 de mayo Luis XIV le ordenó que comunicara a Carlos II el contenido del tratado y que si le preguntaban, declarara que su rey había tomado prudentes precauciones porque no había visto ninguna disposición clara en favor del Delfín o de alguno de sus nietos96. Y que sobre todo le informara del efecto que producía la noticia. El 13 de junio Blécourt informaba de que la publicación del tratado había tenido consecuencias inesperadas, ya que había llevado a todo el mundo a manifestarse del lado francés97. Unos días después el chargé d'qffaires comunicaba que toda la culpa del tratado se hacía recaer sobre los ingleses y los holandeses, y que algunos nobles lo aprobaban como única manera de abrir los ojos a los españoles98. ¿Estaba calculada la publicación de las negociaciones del tratado de reparto de 1700 para forzar a los españoles a adoptar una postura visible al respecto de la candidatura francesa a la sucesión? Parece que sí, porque el mismo Luis XIV permitió que la noticia de su negociación se filtrara casi al empezarla. Es cierto que tarde o temprano se hubiera sabido. Pero habría sido más tarde que temprano, y sobre todo, el rey francés no habría mostrado ni la misma despreocupación ni el mismo interés en conocer las reacciones en España. En todo caso, algún contemporáneo parecía pensarlo así99.
94. Luis XIV a d'Harcourt, 16 agosto 1699. AAE París, CP Espagne, 83, f 70v-71 v. 95. Luis XIV a d'Harcourt, 11 marzo 1700. Transe, de C. Hippeau, Avénement des Bourbons au Irñne d'Espagne, op.cit, II, p. 201. 96. Que depuis la conclusión de la paix, je n'ai vu nulle disposition de la part du Roi d'Espagne en faveur de mon fils ou de l'un de mes petits-fils... que, par conséquent, il était de la prudence de prendre des précautions pour empécher le prejudice que de semblables dispositions causeroient. Luis XIV a Blécourt, 20 mayo 1700. Transe, de C. Hippeau, Avénement des Bourbons au troné d'Espagne, correspondance 'medite du marquis d'Harcourt, París, 1876, 2 v, II, p. 223. 97. La declaration que Votre Majesté a fait faire a produit un effect tout contraire a ce qu 'on pourroit en attendre. Elle a servy a faire paroistre l 'envié qu 'avoyent les Espagnols d 'avoir pour Roy un des princes vos petits-fils soitpar affection ou par convenance pour n 'estrepas divisez. Blécourt a Luis XIV, 13 junio 1700. AAE París, CPEspagne, 84, f 47r. 98. Toute la haine du traite tombe jusqu'á présent sur le roi d'Anglaterre et sur les Hollandois. II y a méme quelques Grands qui disent que Votre Majesté a bien fait et que c'était le seul moyen de faire ouvrir les yeux aux Espagnols. Blécourt a Luis XIV, 1 julio 1700. Transe, de C. Hippeau, Avénement des Bourbons au tróne d'Espagne, op.cit, II, p. 233. 99. Des que le Roy eut signé le traitté de partage, il appella de Madrid le marquis d'Harcourt et il n'y laissa que Blecour avec la qualité d'envoye extraordinaire pour faire croire á la Reine et a ses partisans qu'il ne songeoit plus, qu'á executer un traitté qui reunnissoit á la France la Loraine et les Royaumes de Naples et de Sicile. «Récit adressé a Madame la Princesse d'Harcourt de tout ce qui s'est passé á Versailles
204
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
Si efectivamente fue una maniobra estratégica, ilustra muy justamente cómo desde su trono, un rey podía colaborar con sus embajadores en manejar los sentimientos y las opiniones de las cortes extranjeras. Con los métodos indirectos finalizamos este artículo dedicado a mostrar los instrumentos que empleaban los embajadores de Luis XIV en Madrid para negociar. Los embajadores oficiales tenían edades y biografías diferentes, pero todos pertenecían a la nobleza. Como aristócratas llegaron a la corte madrileña y entre aristócratas llevaron a cabo sus misiones. El entorno social donde ejercieron sus funciones fue la sociedad de corte y sus juicios se emitieron desde ésta y de acuerdo con los códigos nobiliarios. Éste fue otro condicionamiento de su mirada sobre la monarquía hispánica y de los métodos que emplearon para negociar, entendiendo negociación como persuasión, como influencia. De la misma manera, los embajadores hablaban el lenguaje de la nobleza y sus interlocutores eran nobles. De ahí que los medios de persuasión se desarrollaran preferentemente dentro del contexto de la sociedad y la sociabilidad de la corte: conversación, rumores, protocolo, distribución de panfletos, etc. El resto de los subditos del rey católico fueron también objetivos, pero más difíciles de manejar y que exigieron otros métodos: el espectáculo de la diplomacia iba dirigido sobre todo a ellos. La conversación y la sociabilidad cortesana tocaba a aquellos con los que los diplomáticos tenían contacto directo: el rey, las reinas, los cortesanos. El ceremonial también, pero permitía un radio de acción más amplio, extendiéndose sobre los habitantes de Madrid. Y finalmente algunos de los medios menos formales permitían que la acción de los embajadores llegara más lejos. Si atendemos a ciertos despachos de los años 1660 o de 1698-1700, a Cádiz y a Sevilla, a Aragón, a Navarra y a Cataluña. ¿Cuáles fueron los frutos de todo este trabajo que acabamos de reseñar? Felipe de Anjou fue efectivamente declarado heredero en el testamento de Carlos II. Pero el éxito de los embajadores de Luis XIV en Madrid resulta muy dudoso si consideramos que pocos años más tarde la guerra civil mostró claramente que no habían convencido a todos los españoles de la conveniencia de un rey francés. En cualquier caso, ellos se limitaron a hacer su trabajo100.
depuis l'Election du Roy d'Espagnejusqu'ason départ pour se rendre á Madrid», 1701. AAE París, MD France, 447, P 67v. 100. NOTA SOBRE LAS CITAS: En cita de la correspondencia de los embajadores, la cursiva indica que en el original el texto aparece cifrado. ABREVIATURAS MAE, Ministerio Asuntos Exteriores CP Serie, Correspondencia Política MD, Serie, Memorias y Documentos
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 179-205) ISSN: 0212-5862
205
¿LA IMPORTACIÓN DE UN MODELO FRANCÉS? ACERCA DE ALGUNAS REFORMAS DE LA ADMINISTRACIÓN ESPAÑOLA A PRINCIPIOS DEL SIGLO XVIII ANNE DUBET Université Blaise Pascal/CHEC, Clermont-Ferrand*
«Conviene notar que todas las desórdenes de este país existían en Francia durante la minoría del Rey. Basta con respetar sus ordenanzas y reglamentos desde aquellos tiempos, con esta diferencia: si alguno de ellos no conviene a los usos de este país, no conviene introducirlo aquí» 1
El estudio de las reformas políticoadministrativas de los Borbones plantea la cuestión de la importación en España de un supuesto modelo político francés. En lo que se refiere a la Península ibérica, ésta fue mencionada en dos ámbitos esenciales: las reformas que afectan a la administración central en Madrid y sus relaciones con las autoridades locales en Castilla; los decretos de Nueva Planta en la Corona de Aragón. Me atendré al primer punto, que constituye de por sí un amplio campo de investigación. Dejaré de lado, por lo tanto, las relaciones entre las dos políticas. 1. PARADOJA Se sabe que la idea, común desde el siglo XIX, de que las reformas que el primer Borbón en España emprende en su administración eran una mera imitación de las de Luis XIV2 fue matizada en los últimos años, en particular con ocasión de la celebración * Este trabajo forma parte de un proyecto financiado por el Ministerio de Educación y Ciencia (HUM-2005 06628). 1. El marqués de Puységural marqués de Torcy, 22/01/1704, MAE, CPE 136, fol. 81. Traducción mía. 2. La bibliografía al respecto es amplísima y se prolonga hasta hoy. Bastará citar la magna obra de Baudrillart, quien asienta esta tesis en el estudio de una voluminosa documentación francoespañola (Baudrillart: 1890).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
207
ANNE DUBET
del tercer centenario del advenimiento de Felipe V. En efecto, esta idea conlleva una paradoja. Por una parte, supone que existe una diferencia fundamental entre las lógicas española y francesa de fines del siglo XVII, por lo que las reformas de Felipe V aparecen como una profunda ruptura. Sin embargo, se suele observar que varias de las medidas que afectan a la organización de la administración central y local cuajan rápidamente para imponerse de forma duradera en el paisaje institucional de la Península: es el caso de la creación de las Secretarías del Despacho dotadas de departamentos específicos (Hacienda, Guerra, Marina, Indias, etc.) y la reforma conexa de la planta de los Consejos, de las reformas del ejército y de la tesorería general. Esta implantación de nuevas figuras institucionales conoce dos momentos álgidos que corresponden a la presencia de franceses cerca del rey. En un primer momento, se instituye una Secretaría del Despacho de Guerra (septiembre de 1703) -posteriormente, de Guerra y Hacienda (julio de 1705)-, y en relación estrecha con ella un Tesorero Mayor de Guerra (octubre de 1703 y junio de 1705); asimismo, se reforman el control contable y la organización de los ejércitos (1704-1705)3. Entre 1713 y 1715, se suceden disposiciones destinadas a realzar el protagonismo de varios Secretarios del Despacho y de un nuevo Veedor General (el francés Jean Orry) frente a Consejos debilitados4, se restablece la Tesorería Mayor de Guerra suprimida en 1709 y, bajo tutela de los Secretarios del Despacho y el Veedor General, se consolida la red de intendentes iniciada por el Conde de Bergeyck en 17125. En suma, se tiende a reforzar lo que los contemporáneos llaman la vía reservada frente a la vía ordinaria de los tribunales, con el objeto de favorecer la ejecución de las decisiones de un rey cuya autoridad se ve así consolidada6. Ahora bien, el distanciamento entre las cortes de Madrid y Versalles en 1709 y la definitiva expulsión de los principales promotores de las reformas en 17157 no suponen el abandono total de éstas. Aunque se restaura en gran parte la planta original de los Consejos en 1715, estos tribunales no recuperan todas sus competencias frente a los
3. Kamen: 1974; Andújar Castillo: 2000; La Guerra de Sucesión en España y América. Actas X Jornadas Nacionales de Historia Militar. Sevilla, 13-17 de noviembre de 2000, Madrid, Deimos, 2001; Castro: 2004; Nava Rodríguez: 2004; Dubet: en prensa (I) y (II). 4. Unas síntesis en Dedieu: 2000 y Castro: 2004. 5. Kamen: 1964; Ibáñez Molina: 1982; Abbad y Ozanam: 1992; Didier Ozanam: 1995; Castro: 2004. Castro aporta una pieza más al dossier, al estudiar las instrucciones a los intendentes redactadas por el francés Orry en 1714. 6. Sobre la alternativa entre vía reservada y vía de los Consejos: López Cordón: 2000; Castro: 2004. 7. Los episodios son conocidos. En 1709, Luis XIV retira gran parte de su ayuda logística a España, distanciándose de Felipe V, quien no admite las negociaciones entabladas por su abuelo con las potencias aliadas; como consecuencia, el embajador francés Amelot es sustituido por un enviado extraordinario. A fines del año 1714, la nueva reina de España, Isabel Farnesio, exige la expulsión fulminante de la princesa de los Ursinos, camarera mayor de su predecesora y consejera influyente del rey. Conocen también el destierro el francés Orry y el español Melchor Macanaz, mientras algunas de sus criaturas, como Bernardo Tinajero de la Escalera, caen en desgracia.
208
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
Secretarios del Despacho8. Asimismo, se mantiene el principio de una tesorería situada bajo el control directo de éstos, y por lo tanto, más apta a ejecutar las órdenes reales, aunque se vacila entre dos soluciones institucionales'. En cuanto a los intendentes de provincias, se sabe que se enfrentan a fuertes resistencias. Sin embargo, su desaparición a partir de 1721 no significa la anulación de toda la reforma. En efecto, se intenta mantener la vía reservada, la relación directa entre los Secretarios del Despacho, quienes transmiten órdenes en nombre del rey, y las autoridades locales, sin pasar por los Consejos. Así, la permanencia de intendentes de ejército por una parte y la militarización de ciertos corregimientos en la Corona de Aragón por otra parte buscan garantizarle al rey la ejecución de sus decisiones10. El desarrollo de las Secretarías del Despacho confirma la tendencia: varios investigadores del grupo PAPE, con ópticas institucionales o prosopográficas, demuestran que conocen una precoz institucionalización y se imponen como intermediarios preferentes entre el monarca y sus subditos". 2. CONTINUIDAD VERSUS IMITACIÓN ¿Cómo explicar que instituciones presentadas como la mera réplica de un modelo extranjero lograsen funcionar relativamente bien en España? En este caso, el recurso del monarca a métodos coercitivos no explica del todo su éxito. En efecto, a mi modo de ver, si da cuenta del silencio de grupos hostiles a las reformas o perjudicados por ella, no permite entender que, varios grupos, dentro de la administración real y en el seno de las élites municipales, entendiesen el propósito reformador del Borbón y supiesen sacar partido de los cambios, dando así vida a las nuevas instituciones. Por otra parte, tampoco se resuelve la paradoja apelando a una visión progresiva de la historia, heredada del siglo XIX, en virtud de la cual tendría que imponerse necesariamente la solución más racional (lo que exigiría demostrar que las reformas de Felipe V introducían más racionalidad, y definir ésta). Otra línea de interpretación parte de la continuidad existente entre las reformas del reinado de Carlos II y las de Felipe V, beneficiando aquí el interés renovado de los historiadores por el reinado del último Austria español. Así, las formas de administración de la hacienda se modifican en la segunda mitad del siglo XVII: la concentración
8. Andújar Castillo: 1996; Dedieu: 2000; González Fuertes: 2002; Castro: 2004, IV-1. 9. Por una parte, una Tesorería Mayor de Guerra; por otra, una Tesorería General, instituida en julio de 1718 en conexión estrecha con los intendentes de provincia (Castro: 2004, 337-340), y que engloba la Tesorería Mayor de Guerra y la Tesorería General heredada del siglo XVI. Las dos soluciones alternan entre 1703 y 1749 (Kamen: 1964; Madrazo: 2000; Dedieu: 2000; Dubet: en prensa (II)). Teresa Nava Rodríguez data de diciembre de 1716 la fusión de las dos tesorerías; sin embargo, la documentación que cita sigue hablando de un Tesorero Mayor de Guerra hasta julio de 1718, fecha de la fusión en una Tesorería General de nuevo cuño (2004: 121). 10. Andújar Castillo: 2004. 11. Nava Rodríguez: 1996; López Cordón: 1996 a, b y c; 2000; 2004; Castellano ed.: 1996; Castellano y Dedieu dir.: 1998; Franco Rubio: 1996; Franco Rubio, López-Cordón Cortezo y Nava Rodríguez: 1996.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
209
ANNE DUBET
de las cajas de recaudación de los impuestos y cierta uniformización de sus distritos por una parte, el envío a las provincias de comisarios controlados por el Consejo de Hacienda o, en su caso, el Superintendente de Hacienda, por otra parte, aparecen a los contemporáneos como medidas destinadas a mejorar la visibilidad de las rentas reales desde la Corte, limitando el control que ejercen en su recaudación las oligarquías locales, apoyadas por el Consejo de Castilla12. De forma más general, se busca crear vías alternativas de negociación entre la corona y las comunidades locales, recurriendo a nuevos grupos de mediadores cuya carrera depende más de sus servicios al rey13. Al mismo tiempo, en la Corte, los tribunales se ven desplazados por el creciente protagonismo del Secretario del Despacho Universal, apareciendo ya la vía reservada como una rutina14. Así, Antonio de Ubilla, futuro marqués de Rivas, quien ocupa el cargo a finales del reinado de Carlos II y al principio del de Felipe V, aparece como un hombre poderoso: su acceso cotidiano al rey y su extenso conocimiento de los negocios que pasan por sus manos le permite pesar en las decisiones, en particular financieras, llegando en algunos casos a ejercer responsabilidades directas15. En opinión de Luis XIV, podría ejercer una influencia excesiva en un rey joven y poco informado16. Pero el Secretario del Despacho no es la única figura susceptible de intervenir en la toma de decisiones y en su ejecución al margen de los Consejos. En las dos últimas décadas del reinado de Carlos II, se idearon varias fórmulas extraordinarias para lograr mayor efectividad en la aplicación de las disposiciones reales, aunque sólo algunas de ellas fueron llevadas a la práctica, y de forma efímera17.
12. Garzón Pareja: 1981, 489-493; Cárceles de Gea: 1993, cap. 4 y 1995; Dedieu y Ruiz Rodríguez: 1994; Sánchez Belén: 1996, cap. 1; Muñoz Rodríguez: 2003, 89-92, y 2004; Nava Rodríguez: 2004; Andrés Ucendo: en prensa. 13. Ruiz Ibáñcz y Muñoz Rodríguez: 2002; Muñoz Rodríguez: 2003. 14. Escudero: 1969; 1979; 1985. López Cordón: 1996b; 1996c; 2000a. 15. Ocupa el cargo desde agosto de 1698 (FICHOZ). Entre septiembre de 1703 y agosto de 1704, tiene que ceder el despacho de guerra al marqués de Canales, recuperando posteriormente todo el despacho universal. Abandona la secretaría en enero de 1705 al marqués de Mejorada (Castro: 2004; Dubet: 2005 y en prensa (I)). Se cuenta con él para buscar dinero a la víspera del viaje del rey a Italia y se le sospecha de tener interés en la confusión de la hacienda (Instrucciones de Luis XIV al conde de Marcin, embajador, 07/07/1701, en Morel-Fatio y Léonardon ed.: 1898, 29-30; al cardenal de Estrées, embajador, 1702, ibicJ., 72). En 1703, al lado de Orry, negocia contratos de provisión de los ejércitos con hombres de negocios, pronunciándose sobre las mejores opciones (abad de Estrées al marqués de Torcy, 05/01/1703, MAE, CPE 121, fol. 4-8). Controla las rentas sacadas del prorrateo en 1703 (Orry al cardenal de Estrées, 27/02/1703, MAE, CPE 122, fol. 241). En 1704, ya recuperado todo el despacho universal, firma contratos de provisión de los ejércitos en septiembre de 1704 y da órdenes de compras de granos a los corregidores (cartas intercambiadas entre el marqués de Gramont, el de Rivas y Michel Chamillart, septiembre y octubre de 1704,SHAT,A1 1786,n° 166, 182, 205, 243, 248 bis, 250). 16. Instrucciones de Luis XIV al embajador Marcin, 07/07/1701; al embajador Gramont, 27/04/1704, en Morel-Fatio y Léonardon ed.: 1898, resp. 47 y 95. 17. Así, el marqués de Los Vélez ejerció brevemente la Superintendencia de la Hacienda en 1687, imitado por el conde de Adanero en 1695 (Cárceles de Gea: 1995, 109, 137) y por el cardenal Portocarrero a fines de siglo (Maura y Baviera: 1935, 331). Por otra parte, en 1693, se idea un reparto del gobierno en
210
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
Estos cambios en la forma de ejercer la autoridad real en la Corte y en los territorios, leídos como claros precedentes de lo que sucede a principios del reinado de Felipe V, llevaron a varios historiadores a tratar con cautela el concepto de modelo francés. Así, Victoria López-Cordón utiliza comillas para designarlo18. Para José Antonio Escudero, la «alta estrategia políticoadministrativa» de marginación de los Consejos obedece menos a un plan preestablecido que a la respuesta inmediata a dificultades de gobierno coyunturales19. Asimismo, Julio Muñoz, hablando de la potenciación de nuevas figuras de administradores locales, insiste en la ausencia de un programa previo de centralización, dando a entender que las similitudes entre Francia, España y otros países europeos se deben ante todo a la necesidad de responder a problemas similares20. Tales reflexiones rebaten la tesis de la importación de un modelo distinto. Al suponer que lo que dominó en los cambios observados fue el corto plazo, dan a entender que los actores del cambio aportarían respuestas intuitivas a la urgencia del momento. Poco elaboradas, estas respuestas corresponderían más naturalmente a una lógica política local (aunque extraordinaria) que a modelos importados -que requerirían más reflexión. Esto contribuye a descartar la idea de una influencia francesa. No obstante, estos historiadores no reivindican un casticismo español o castellano. Se trata de explicar por qué fue posible el cambio: las reformas promovidas por los franceses a principios del siglo XVIII, en cierto modo, eran inteligibles para los españoles que las secundaron o, en su caso, beneficiaron de ellas, porque ya habían imaginado o aplicado soluciones comparables antes de 1700. Creo que, al señalar que los hombres que poblaron las nuevas Secretarías del Despacho en el siglo XVIII no se comportan corno modernos burócratas, ni por sus aspiraciones sociales ni por sus vías de promoción, López-Cordón apunta en la misma dirección21. La consecuencia es clara: se supone que no hay diferencias sustanciales entre las lógicas políticas española y francesa a principios del siglo XVIII, sino que los dos países forman parte de un mundo común. Conviene señalar, de pasada, que tal conclusión corrobora críticas recientes a la aplicación de los conceptos de nación y nacionalismo a realidades políticas del Antiguo Régimen22. 3. EN BUSCA DE LAS REPRESENTACIONES Admito la conclusión -no se puede hablar de un modelo francés y un modelo español-, pero creo que merecería apoyarse en más argumentos. el territorio peninsular entre cuatro lugartenientes del rey, aunque no se sabe si sus competencias serian sólo militares o más amplias (Ribot García: 1993, 128-129). En 1700, el marqués de Leganés imagina confiar a juntas ad hoc el gobierno de distintas partes del territorio, minando el poder de los Consejos, que rechazan la iniciativa (Baltar Rodríguez: 1998, 143-144). 18. López Cordón: 2000. 19. Escudero: 1985, 101. 20. Muñoz Rodríguez: 2003 y 2004. 21. López-Cordón: 1996c, 853. 22. Hespanha: 1992; Peytavin: 1998; Schaub: 2001; Gil Pujol: 2002.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
211
ANNE DUBET
En efecto, el razonamiento se basa en una comparación doble, por una parte, entre el funcionamiento de la administración española después de la Guerra de Sucesión y las reformas anteriores a 1700 y, por otra parte, de forma más implícita, entre lo que pasa en ambos lados de los Pirineos23. Esta comparación se funda esencialmente en la descripción de formas institucionales, de circuitos de circulación de la información y documentación administrativa, de las competencias de los órganos creados o afectados por las reformas o de recurrencias en las trayectorias individuales y los vínculos interpersonales. Así, tiende a la objetividad. De hecho, gran parte de la documentación manejada en los estudios relativos a las primeras reformas políticoadministrativas de Felipe V o las de su predecesor se compone de los decretos, órdenes u ordenanzas que instituyen nuevos órganos administrativos o modifican los existentes o de las fuentes que permiten reconstruir redes de relaciones. Aunque tales documentos no carecen de indicaciones sobre las razones que motivaron las reformas, suelen ser escuetas. Además, contienen escasas informaciones sobre las modalidades concretas de la puesta en marcha de las nuevas disposiciones y la forma como las interpretaron los contemporáneos. Esta presentación objetiva suscita objeciones. En efecto obliga a los historiadores, de forma casi inevitable, a colmar el vacío haciendo hipótesis sobre los objetivos políticos de los promotores de las reformas y sus adversarios y sobre el significado que dieron a su acción. En los ejemplos citados, López-Cordón se interroga acerca de la mentalidad de los nuevos agentes de la administración borbónica, mientras Escudero se pregunta si primó la táctica sobre la estrategia. Si estos dos historiadores optan por desconfiar de una lectura finalista y en gran medida anacrónica -la que ve en las reformas borbónicas la aplicación metódica de un programa de racionalización administrativa de cuño francés-, cabe imaginar que otros, con idéntico método, lleguen a conclusiones opuestas. Un riesgo añadido de la descripción objetiva de las reformas borbónicas consiste en mantener separadas las trayectorias de distintas instituciones, reflejando la separación de los archivos que produjeron. Así, se pasan por alto las relaciones que establecieron los promotores de las reformas entre varias disposiciones simultáneas, difuminándose parte de su significado. El caso de las Secretarías del Despacho, las intendencias de provincias y las modificaciones de las Tesorerías centrales constituye un ejemplo paradigmático de esta actitud. Así, algunos autores comprobaron que en 1703, la Tesorería Mayor de Guerra y la Secretaría del Despacho de Guerra se crean de forma simultánea y, después de ser suprimidas en el verano de 1704, vuelven a crearse las dos entre junio y julio de 1705 (extendiéndose el departamento de la segunda a la Hacienda). Otros, o los mismos, señalaron que la iniciativa de las dos se debe
23. A excepción de Baudrillart, pocos de los autores citados hasta aquí describen lo que sería el modelo francés. Sin embargo, Francisco Javier Guillamón Álvarez ha llamado la atención sobre su naturaleza problemática (2000).
2 12
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
al mismo individuo, Jean Orry24. Sin embargo, Concepción de Castro es la única en explicitar el vínculo que existe entre Tesorero Mayor y Secretario del Despacho de Guerra: los dos forman parte de un mismo dispositivo cuyo objetivo es modificar los resortes del control financiero sobre el ejército. El análisis que la historiadora dedica a las relaciones de trabajo cotidiano entre los primeros titulares, el conde de Moriana (Tesorero), el marqués de Canales (Secretario del Despacho de Guerra en 1703-1704) y José Grimaldo (Secretario del Despacho de Guerra y Hacienda a partir de julio de 1705), confirma su hipótesis, aunque no detalla las modalidades del control aludido25. De forma idéntica, la simultaneidad entre la creación de intendentes de provincias, contadores de provincias y una Tesorería General que absorbe la Tesorería Mayor de Guerra y la antigua Tesorería General en julio de 1718 ha sido advertida por los historiadores de los intendentes. Éstos notan que cuando se da marcha atrás en la primera reforma en 1721, se suprime la Tesorería General26. Aquí también, varios investigadores propusieron explicaciones de tales concomitancias. Así, Francisco Andújar Castillo indica que a partir de 1714 se reserva la comunicación con los comisarios de guerras, los inspectores, intendentes y tesoreros al Secretario del Despacho de Guerra. Esto implica que el último ejerce cierta forma de tutela sobre los otros y el conjunto de estos nuevos agentes se destina a ocupar un espacio otrora reservado al Consejo de Guerra, el de la elaboración de la política militar y el control de su ejecución27. Cabe imaginar que tal propósito fue el de los iniciadores de la reforma de 1703 o de la de 1718, pero sería deseable verificarlo. Por otra parte, Jean-Pierre Dedieu y José Ignacio Ruiz Rodríguez explicitan la complementariedad entre tres figuras en la hacienda, los ordenadores (quienes emiten las órdenes de pago), los detentadores de las cajas (quienes los ejecutan), los encargados del control de la buena ejecución, invitando a analizar la circulación de la información entre las tres entidades. El esquema, común en Europa, es aplicable a la reforma de julio de 1718: a nivel provincial, una «troika» constituida del intendente (ordenador), el pagador y el contador; en la Corte, sus respectivos órganos de tutela, el o los Secretarios del Despacho, el Tesorero General y las Contadurías de Valores y Distribución (instituidas en 1717)28. Sin embargo, Castro es la única en analizar de forma conjunta las instrucciones redactadas para los intendentes, los pagadores y los contadores de provincias en aquella fecha29. En suma, en este caso preciso, los historiadores se ven condenados a imaginar una relación plausible entre disposiciones que la documentación manejada presenta
24. Kamen: 1974; Castro: 2000 y 2004; Nava Rodríguez: 2004. Sobre el secretario: Baudrillart: 1890; Escudero: 1969 y 1979; López Cordón: 2000; Castellano: 2002, 38. Kamen (1974) y Didier Ozanam (1995), seguidos por otros (Álamo Martell: 1997; Castro: 2004) indican que le correspondió a Orry la iniciativa de la creación del Tesorero Mayor de Guerra. 25. Castro: 2004. 26. Kamen: 1974; Ibáñez Molina: 1982; Abbad y Ozanam: 1992; Didier Ozanam: 1997, 183. 27. Andújar Castillo: 1996. 28. Dedieu y Ruiz Rodríguez: 1994. 29. Castro: 2004. Nava Rodríguez (2004) resume las de los contadores y pagadores.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
213
ANNE DUBET
por separado. Pocos han ido más allá, buscando otros tipos de fuentes que explicitasen cómo los propios contemporáneos concebían estas relaciones. El aporte decisivo de Castro consiste en estudiar por primera vez el trabajo cotidiano de las oficinas de las Secretarías del Despacho ocupadas por Canales y Grimaldo en un período largo. Así, pone de realce las relaciones que tejen con los responsables locales (los intendentes, cuando los hay, pero también los corregidores, gobernadores de armas, generales de ejércitos, obispos, etc.), y en menor medida el tesorero y sus agentes en las provincias. De pasada, revela la flexibilidad del plan de reforma inicial. No obstante, la relación entre la creación de un Secretario del Despacho de Guerra, o de Guerra y Hacienda, con los sucesivos tesoreros y, aun más, los órganos encargados del control financiero, ha sido infravalorada30, lo que implica omitir una función importante de los nuevos Secretarios. Asimismo, subsisten varias incógnitas. Por ejemplo, no se sabe por qué se pasa de un Secretario del Despacho de Guerra en 1703 a otro de Guerra y Hacienda en 1705, ni por qué el esquema que une al Veedor General con el Secretario de Guerra y Hacienda, el Tesorero Mayor de Guerra y los superintendentes de provincias en 1714 se sustituye por otro en 1718 -a partir de esta fecha, la existencia de intendentes de provincia supone la supresión de la Tesorería Mayor de Guerra, y viceversa. Para comprender estos matices, nos hacen falta los proyectos de los contemporáneos que prepararon las reformas, así como sus evaluaciones e interpretaciones de las mismas31. Asimismo, disponer de elementos que expliciten la lógica global de las reformas políticoadministrativas de los Borbones constituye un punto de partida a la comparación con posibles modelos exteriores. 4. ¿QUÉ FRANCIA IMITAR? Sin embargo, en el presente caso de las primeras reformas de los Borbones en Espafla, la historia comparada que podemos realizar los historiadores me parece insuficiente si se quiere plantear la cuestión de la posible importación de un modelo francés. Precisamente porque los propios actores hablaron explícitamente de imitación, para promoverla, rechazarla o negarla, resulta difícil dejar de lado las comparaciones que ellos mismos establecieron. De forma empírica, esta perspectiva puede contribuir a definir los límites de lo que puede o debe compararse y por lo tanto a delinear eventuales modelos. Así, Francisco Javier Guillamón Álvarez pone el dedo en la llaga cuando pregunta si el Versalles que imitaría Felipe V es el de la vejez austera de Luis XIV o el de una juventud más lúcida, y si la forma de gobierno de los Borbones franceses que le inspira es la que el rey Sol inaugura en 1661 o el gobierno de los tribunales (la llamada «polisinodia») que se «restaura» durante la Regencia, y corresponde a una práctica
30. Ozanam (1995) y Dedieu (2002, 392) señalan la ausencia de una monografía sobre la Tesorería General de 1718. 31. Intento completar este panorama para los inicios del siglo XVIII (hasta 1706) en Dubet: 2005; 2006; en prensa (1).
214
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
del siglo XVII32. En la misma línea, es legítimo preguntar si conviene comparar las realizaciones de Felipe V y de Luis XIV o sus proyectos, como lo hace Marta Ruiz Jiménez33. Tomar en cuenta las comparaciones establecidas por los contemporáneos y sus eventuales referencias a una imitación de la Francia de Luis XIV por parte de España no significa volver a un punto de partida que podría ser ejemplificado por la tesis de Alfred Baudrillart, la de una influencia de la corte de Versalles en Madrid que se traduce por la reproducción en España de un modelo políticoinstitucional francés. De hecho, no se puede negar que numerosos actores y testigos de las primeras reformas borbónicas atribuyen a Felipe V y su entorno la explícita voluntad de imitar a Luis XIV y reproducir en España las instituciones francesas. Así lo afirma el marqués de Torcy, Ministro de Relaciones Exteriores, presentando a Luis XIV como ejemplo a seguir en sus instrucciones al embajador Marcin, en julio de 1701: «la nación en general espera, como principal efecto de la unión de Su Majestad [Luis XIV] con el Rey Católico, que sus luces y prudencia disiparán por fin la confusión introducida durante los anteriores reinados en todos los negocios y restablecerán el orden en España, tal como vemos que se observa en Francia, bajo el gobierno de Su Majestad»34 Meses más tarde, el propio Luis XIV se reconoce en las reformas del otoño de 1703 -la creación del Tesorero Mayor de Guerra y el Secretario del Despacho de Guerra. Así lo escribe a su nieto: «Estas dificultades no me impidieron establecer en mi reino la misma regla para el pago de mis tropas.»35 El esfuerzo de reproducción de reglamentos o instituciones francesas se afirma en el terreno militar. Así, las ordenanzas militares de abril de 1702, atribuidas al marqués de Puységur, se abren con un preámbulo que justifica la reforma por la necesidad de armonizar los criterios de subordinación de las tropas francesas y españolas; de hecho, algunos artículos son reproducciones textuales de disposiciones tomadas en Francia,
32. Guillamón Álvarez: 2000. 33. Ruiz Jiménez: 2000. Esta historiadora critica así la idea de un modelo de monarquía fijo en el tiempo, que correspondería al ejercicio del gobierno de Luis XIV y sería el de un proceso racionalizador, centralizador y uniformizador, en el que una monarquía administrativa buscaría reducir al máxiriio los privilegios estamentales, en particular fiscales. En su opinión, este modelo se desvirtúa a partir del reinado de Luis XV, poniéndose freno a la racionalización administrativa y desapareciendo la justicia y la uniformidad fiscal, o incluso antes, en el caso de los intendentes. Comparto este punto de partida, la necesidad de tomar en cuenta la evolución de la práctica política en el supuesto modelo francés. Pero creo que la pintura que hace la autora de la forma de gobernar de Luis XIV es un tanto esquemática, por ejemplo cuando afirma que los intendentes de provincia empezaron siendo instrumentos locales del absolutismo para convertirse a la larga (como una degradación del modelo original) en hábiles negociadores al servicio del monarca. En efecto, numerosos estudios autorizan a pensar que esta dinámica negociadora fue constitutiva de la figura de los intendentes (ver las síntesis de Emmanuelli: 1981; Smedley-Weill: 1995, cap. III; Chaline: 2005, 312-348). En cuanto a la idea de que la monarquía absoluta tendía a eliminar los privilegios fiscales, contradice el trato privilegiado otorgado por Luis XIV a las diferentes categorías de nobleza. 34. Léonardon y Morel-Fatio: 1898, 5. Traducción mía. 35. Luis XIV a Felipe V, 13/08/1703, MAE, CPE 124, fol. 531. Traducción mía.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
215
ANNE DUBET
como las relativas al pago de la masa36. Elaboradas en Flandes, sirven posteriormente de referencia en España37 e interviene de nuevo Puységur en la preparación de las de septiembre de 1704, que introducen los regimientos en el ejército peninsular38. Así, no sorprenderá encontrar bajo la pluma de este caballero el epígrafe de este artículo. La imitación también afecta las formas de la alta administración. En muchas ocasiones, ni siquiera es necesario mencionar la fuente de inspiración: la simple traducción la revela. Así, en 1702, Orry pretende reorganizar los Consejos instituyendo un Consejo real que recuerda al «Conseil du roi» establecido por Luis XIV en 1661, después de la muerte de Mazarino. Reconociendo el carácter extraño de su innovación en España, el francés aconseja otra denominación: se le podría llamar «despacho» para que parezca «menos nuevo»39. La composición de esta nueva forma de Consejo también se inspira en su alter ego francés. La presencia de unos intendentes de hacienda o de comercio situados bajo la tutela de un Veedor General recuerda la organización del Consejo de Luis XIV a partir del momento en que Colbert, elevado a las funciones de «Contróleur General», ingresó en él40. En cuanto al Secretario del Despacho de Guerra creado en 1703, los franceses lo suelen denominar «Secrétaire d'État a la Guerre», reconociendo en él un equivalente de Louvois, Barbezieux y Chamillart41. Por fin, el Tesorero Mayor de Guerra recibe denominaciones fluctuantes42. Sin embargo, Puységur lo llama sin vacilar «trésorier de l'extraordinaire du Roi d'Espagne»43, una clara referencia a los «Trésoriers de l'Extraordinaire des Guerres» de Francia. Asimismo, los agentes del nuevo Tesorero en los ejércitos, los pagadores, se designan como los «cometidos» en las ordenanzas de 170544. Es difícil imaginar traducción más literal. De forma más general, sirve de referencia recurrente la misma persona de Luis XIV, como ejemplo de rey capaz de gobernar «solo» o «por sí solo». Se sabe que el propio monarca francés reivindicó esta capacidad como su mayor innovación a la muerte de Mazarino, haciendo de ella un uso que se podría calificar de propagandístico
36. Portugués: 1764, t. I, p. 276-277, 286, 296-299, 314-17. Gachard (1867, 17-18) atribuye la preparación del texto a Puységur. Éste, una vez en España, comentando la política militar de Orry, dice que hizo lo mismo en Flandes (carta a Chamillart, 11/01/1704, SHAT, A' 1787,n° 16-18). 37. Puységur a Chamillart, 21/01/1704, SHAT, A1 1787, n° 39-40. 38. Ozon (secretario de Puységur) a Torcy, 17/09/1704, MAE, CPE 139, fol. 50-54. Sobre las ordenanzas de 1701, 1702 y 1704: Andújar Castillo: 2000; Pablo Cantero: 2001; Parejo Delgado: 2001; Claro Delgado: 2001. Se pueden consultar en Portugués: 1764,1.1, p. 371 y sigs. 39. MAE, CPE 119, fol. 197. 40. Aunque el texto está redactado en francés, Orry sólo utiliza las palabras españolas. Sobre este proyecto y su inspiración francesa: Dubet: 2005 y Dubet: en prensa (1), cap. 4.5 y 4.6. 41. V.g., Chamillart a Orry, 07 y 12/09/1703, SHAT, A1 1696, n° 32 y 40. 42. Trésorier General, Trésorier pour les Fonds de la Guerre, pour les Dépenses de la Guerre, Trésorier General de la Guerre, Trésorier de la Guerre, Trésorier pour la Guerre (MAE, CPE 120, passim). 43. Puységur a Chamillart, 04/03/1704, SHAT, A1 1787, n° 139. 44. «Real ordenanza para la formalidad de las revistas, que los comisarios de Guerra han de pasar a las tropas: equipages, tren de artillería y víveres de los ejércitos, como también de lo que se ha de observar por los tesoreros y asentistas de pan y cebada» (Portugués: 1764, t. X, p. 327 y sigs.).
216
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
-así, la fórmula no sólo aparece en las Memorias al Delfín sino también como título de un cuadro de la Galería de los Espejos de Versalles45. Incluso llegó a vanagloriarse de servir como modelo para otros príncipes, como Felipe IV46. Los prolijos memoriales de Colbert glosaban esta nueva ñgura real47. Además, tanto el monarca francés como su Veedor General habían detallado la aplicación de esta actitud inédita a la hacienda: la institución de un «Conseil Royal des Finances» presidido por el rey, un monarca que «ordenaba» personalmente los gastos y los controlaba por sí solo, examinando las cuentas cada mes con su ministro48. La ilustración iconográfica no se hizo esperar: un cuadro de Versalles representa «el orden restablecido en la hacienda», acontecimiento fechado en 166249. Ahora bien, el imperativo de que Felipe V aprenda a gobernar solo se repite hasta la saciedad en la documentación intercambiada entre las cortes de Francia y España a principios del siglo XVIII. Así, Orry, iniciador de las reformas políticoadministrativas de principios del siglo, insiste en la necesidad de restaurar la «autoridad real», para que el rey pueda portarse como el «amo», nombrar «por sí solo» en todos los cargos, dar sus órdenes en materia de guerra «por sí solo» y asimismo «gobernar su hacienda por sí solo»: en suma, «instruir y conducir todos sus negocios por sí solo»50. Una vez establecidas las reformas en 1703, triunfa: Felipe V «actúa por sí mismo» y supo «superar la timidez que hizo que lo creían incapaz de gobernar»; el monarca trabaja «regularmente todos los días un mínimo de seis horas» y escribe sus cartas «de su pufio y letra»51. Pero Orry no es nada original en sus invitaciones a enseñarle a Felipe V a ser el verdadero amo y gobernar solo, aunque insiste más que otros en la aplicación financiera de la fórmula. Tales invitaciones aparecen como un tópico de la correspondencia intercambiada entre Madrid y Versalles52. Algunos explicitan la imitación: para el mariscal de Tessé,
45. Luis XIV: 1978, 49-50; Cornette: 2000a, cap. 9 y 1996. 46. «Me demostró [Felipe IV] la estima en que me tenía de un modo que, lo confieso, me halagó, cuando, después de la muerte de don Luis de Haro, dijo públicamente en presencia de todos los embajadores de los príncipes extranjeros que para seguir mi ejemplo ya no quería tener primer ministro. Pues me parecía a la vez muy generoso en lo que le tocaba, y muy glorioso para mí, que aunque él tenía tanta experiencia de los negocios reconociera que yo le había servido de guía en el camino de la realeza. Y sin vanagloriarme demasiado, tengo buenas razones para creer que en este mismo punto muchos otros príncipes se fijaron en mi conducta para determinar la suya.» (Luis XIV: 1978, 131). 47. Cornette: 1996; 2000a, 3a parte; 2000b, 15-17. 48. Luis XIV: 1978,49-50,83-87, 107, 217; Colbert: 1863-1873,1, p. CXCVI, 83-88 y 1873, VII, 164-183; Dessert: 2000, 134-135. Sobre las competencias de este nuevo Conseil Royal des Finances y el reparto del trabajo con el Controle General encabezado por Colbert: Antoine: 2003. 49. Cornette: 2000b, 125. 50. BNF, Nouvelles Acquisitions, Ms 10228, fol. 1-28, memorial del 20/03/1705 sobre el despacho; MAE, CPE 122, fol. 283-289, memorial del 03/03/1703 sobre el despacho; CPE 119, fol. 208. 217, 248 (memoriales de diciembre de 1702), 341 (Orry a Torcy, 23/05/1703), 357 («Projet des ordres á donner sur les troupes, suivant les intentions du Roi d'Espagne», 30/06/1703). Traducción mía. 51. Orry a Torcy y Chamillart, 05/10/1703, resp. MAE, CPE 120, fol. 148-163 y SHAT, A1 1696, n° 56. 52. Se encuentran parecidas fórmulas en cartas del caballero Du Bourck (02/09/1705, MAE, CPE 151, fol. 128-131; 30/09/1705, ibid, fol. 171-175), Amelot (10/06/1705, MAE, CPE 147, fol. 143-149),
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
217
ANNE DUBET
aunque no hay proporción entre el talento y la prudencia de Luis XIV y la juventud de su nieto, éste debe seguir las huellas de su abuelo53. Se podrían multiplicar las citas. Conviene señalar que éstas son tanto más abundantes cuanto que alimentan la visión que muchos historiadores franceses del siglo XIX tuvieron de esta etapa de la historia española. Así, se pueden rastrear frases similares en las correspondencias o colecciones de documentos editadas en aquel siglo o en las monografías de autores que, como Baudrillart, frecuentaron con asiduidad los archivos de los ministros Chamillart y Torcy. 5. CONTEXTU ALIZAR: LA AMBIVALENCIA DE LA IMITACIÓN Sin embargo, estas invitaciones a imitar Francia, bajo la pluma de franceses, no demuestran que hay un modelo francés, o sea, que lo que se imita es exclusivamente francés. En efecto, se pueden interpretar en sentido distinto. Primero, conviene notar que, aunque algunos hablan de Francia, los más evocan a Luis XIV, o sea la práctica (idealizada) de un rey y no el talante de un reino o una nación. Sería útil verificar que establecen una distinción entre los dos y en qué consiste. Pero sobre todo, la misma posibilidad de imitar Francia es ambivalente. Si por una parte parece significar que España es distinta de Francia e imitarla es un cambio, por otra, implica que los remedios franceses pueden servir en España, o sea que son adaptables e inteligibles. Esto reduce la distancia entre dos modelos a priori distintos. Así, es revelador observar que las mismas plumas que subrayan la diferencia entre España y Francia de un lado desarrollan, de otro lado, la idea de un paralelismo en la historia de los dos países. Es el caso de Tessé. Las tensiones con los Grandes y el hecho de que algunos de ellos se pasaron al bando austracista le recuerda la Fronda, aunque la situación española es peor que cuando Luis XIV tuvo que abandonar París. Por lo tanto, conviene cambiar el gobierno como lo hizo Luis XIV cuando «llevó [Vuestra Majestad] sus negocios y su reino al punto culminante de gloria y autoridad en que los vemos hoy»54. Para Puységur, se impone el mismo paralelo con la Francia de la minoría de Luis XIV: «todas las desórdenes de este país existían en Francia durante la minoría del Rey»55. Ya comprobamos que Luis XIV comparte esta visión: al comparar la política de Felipe V con la suya, habla en pasado, refiriéndose a su juventud. Que ninguno de los tres crea necesario desarrollar y justificar el paralelo es una señal de que lo consideran como evidente para los destinatarios de sus cartas. Por lo
Chamillart (01/10/1704, SHAT, A1 1786, n° 205), Luis XIV (03/05/1703, en Millot: 1828, II, 244 c «Instructions» a Marcin, 07/07/1701, Léonardon y Morel-Fatio ed.: 1898), la princesa de los Ursinos (06/12/1706, en Millot: 1828, II, 398), Torcy (04/02/1703, MAE, CPE 121, fol. 148-150; 23/10/1703, MAE, CPE 120, fol. 173-180). 53. Tessé a Chamillart, 14/06/1705, SHAT, A1 1885, n° 212. 54. Tessé a Chamillart, 14/06/1705, SHAT, A1 1885, n° 212. Traducción mía. 55. Cfr. n. 2.
218
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
tanto, bien podría constituir un tópico compartido por los que intervienen en los asuntos españoles a principios del siglo XVIII. Convendría documentarlo más para poderlo afirmar. De momento, bastará señalar que las investigaciones de Ana Álvarez López y Jean-Frédéric Schaub sobre la visión que los franceses del siglo XVII tenían de los españoles les llevan a parecida conclusión. Ambos historiadores insisten en efecto en la «ambivalencia» de la mirada de los franceses, demostrando que la «antipatía» entre las naciones procede más de la conciencia de su similitud que de sus diferencias y, por lo tanto, es el efecto de su rivalidad. El segundo analiza los discursos relativos a la imagen de los monarcas y a los proyectos imperiales mostrando que España y Francia comparten una misma aspiración a la monarquía universal y que el «arte de gobernar», para muchos autores, es más español que francés56. Estudios como los de Schaub y López Álvarez evidencian la necesidad de contextualizar los discursos, en este caso, de los franceses relativos a España. Sacada de su contexto histórico y textual, una frase programática que invite a Felipe V a imitar a su abuelo puede suscitar la interpretación que le dio Baudrillart. En cambio, tomar en cuenta el discurso integral de los actores puede llevar a lecturas distintas. La ambivalencia de discursos como los de Tessé, Puységur o el mismo Luis XIV -quienes por una parte subrayan la confusión que reina en España y la debilidad de su rey y, por otra, creen que Felipe V es capaz de aplicar la misma política que su abuelo y esta política tendrá éxito en su país- obliga a preguntarse cuándo y por qué se insiste en la diferencia española. Además, resulta necesario ir más allá de las afirmaciones programáticas, reconstituyendo cuando es posible el «contenido» que los actores atribuyen al supuesto modelo francés, en particular su contenido institucional. Puede ser en efecto una forma de comprobar la originalidad de éste. En lo que se refiere a los primeros años del siglo XVIII, es un trabajo que queda por hacer en gran parte. Sin embargo, el estudio de la correspondencia de monarcas, embajadores y otros franceses presentes en España en los años anteriores y posteriores a 1700 autoriza algunas hipótesis. El tema de la decadencia, que a priori tiende a demostrar la radical alteridad española, ofrece un buen punto de partida. Así, se observa que todos coinciden en describir una monarquía «arruinada» aduciendo los mismos síntomas: la despoblación, las derrotas militares, la pobreza del rey y de la Corte, la ausencia de manufacturas, etc. Los esquemas explicativos también son similares y se inspiran en parte en los discursos de los propios españoles sobre la «declinación». Los «abusos», en particular los de los Grandes que controlan los Consejos, pero también los de los agentes de la administración fiscal, explican a la vez la «confusión» (por los conflictos entre los Grandes), la debilidad de la «autoridad» del rey (los Grandes pretenden usurparla), la pobreza del soberano (sus agentes en las provincias le roban, la venalidad de oficios beneficia a los Consejeros y Grandes y no al monarca) y la de los subditos (agobiados por una costosa administración fiscal). De forma más general, pereza y pundonor constituyen un freno a las actividades productivas y al desarrollo
56. Álvarez López: 1999; Schaub: 2003.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
219
ANNE DUBET
de la milicia. Los acontecimientos históricos que pesaron en la balanza también son los mismos: la expulsión de las minorías religiosas, la emigración hacia América, el envío de numerosos soldados a Italia y Flandes. A la repetición de los argumentos, se añade la imprecisión factual: la mayor parte de los autores de estos textos se contentan con juicios calificativos, sin evaluar el volumen de la despoblación o de la ausencia de manufacturas57; por otra parte, las fechas en que habría empezado el proceso de decadencia varían de un autor a otro, pero tampoco se justifican. En suma, la pintura de una España que «perece» parece ser un tópico que se encuentra bajo la pluma de actores que, por otra parte, propondrán formas diversas de actuar en la Península58. Más que una creencia profunda, este tópico aparece como una etapa del discurso. En efecto, los actores se valen de esta descripción para justificar la necesidad de introducir cambios en España, para restaurar su «prístina grandeza» o «recomponer» la monarquía59. Pero a partir del momento en que quieren demostrar que una reforma es factible y tendría éxito, los mismos actores insisten en las buenas disposiciones del país, sus riquezas sin explotar o el dinamismo de sus habitantes, así como los viajeros franceses del siglo XVII veían en la corrida y las hazañas amorosas de los cortesanos una señal de vitalidad60. Para el embajador Harcourt, el rey de España «conservó toda la autoridad necesaria», aunque «no fue empleada para sostener la justicia, que es sin embargo su uso más natural» -lo que justifica una intervención francesa61. Para Luis XIV, «la nación española ha producido grandes hombres, tantos como cualquier otra nación, y pueden surgir otros»62. Quien mejor ilustra esta postura intelectual es, sin duda, Jean Orry, quien después de pintar la decadencia del país, elabora un ambicioso programa reformador basado en la idea de que las riquezas humanas y materiales existen, pero fueron mal administradas63. Si los discursos sobre la decadencia parecen demostrar que un abismo separa España y Francia, los discursos reformadores tienden en cambio a borrar las diferencias entre los dos países, con lo que la imitación de las reformas políticas de Luis XIV no sería la importación de un modelo extranjero. Es aquí donde resulta interesante fijarse en el contenido institucional de los discursos contrastados sobre Francia y España. Para los franceses contemporáneos, el cargo del Secretario del Despacho Universal a fines
57. El marqués de Villars (embajador entre 1671 y 1673 y entre 1679 y 1682) ofrece una excepción cuando cita el memorial de un diputado del comercio de Sevilla quien, en 1680, daba medidas concretas de la despoblación de la ciudad y la desaparición de manufacturas (Villars: 1893, 6-7). 58. Dubet: en prensa (1), cap. 2.1. 59. Chamillart a Gramont, 06/09/1704, SHAT, A1 1786, n° 156; Chamillart a Portocarrero, octubre de 1702, Hanotin: 2003, 59 y Saint-Simón: 1879, XI, 242; Gramont a Chamillart, 19/09/1704, SHAT, A1 1786, n° 182. Traducción mía. 60. Sobre este último punto: Álvarez López: 1999, 91-92. 61. Harcourt a Chamillart, 25/02/1701 (Chamillart: 1978,1, 23-25). Traducción mía. 62. «Instructions au Duc de Gramont», 27/04/1704, Léonardon y Morel-Fatio ed.: 1898, 117-118. Traducción mía. 63. Dubet: en prensa (I), cap. 4.
220
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
del siglo XVII concentra las cuatro Secretarías de Estado francesas64: de este modo, la división entre varios departamentos iniciada en 1703 no sería tan extraña. En la hacienda local, Orry establece un interesante paralelo entre los intendentes de provincia franceses y los corregidores. Por otra parte, observa que las formas de recaudación de los impuestos provinciales y de negociación de la carga fiscal con las autoridades locales no son distintas -para él, las rentas provinciales ya se recaudan como la «taille». En suma, sus propios proyectos de reforma no significarían la imposición en España de un modelo alternativo, sino la sistematización de la práctica existente65. La política de sistematización de la venalidad de oficios que Orry y su entorno desarrollarán durante la Guerra de Sucesión constituye una ilustración convincente de esta postura66. 6. HACER LO EXTRAORDINARIO ORDINARIO La dificultad que surge en cuanto se intenta concretar el contenido políticoinstitucional que los contemporáneos atribuyen al modelo francés sugiere otros ángulos de observación. El primero se sitúa en clara continuidad con la interrogación anterior. Convendría aplicar las preguntas que ya se enunciaron para los discursos de los promotores de las reformas al discurso de los que, en España y en Francia, se oponen a ellas. En efecto, sería una forma de saber si los contemporáneos comparten la idea de que los dos países encarnan dos lógicas políticas distintas, aunque unos y otros las valoran de forma opuesta. En otros términos, se pregunta si los que se oponen a las reformas de Felipe V defienden un modelo español y qué contenido concreto le atribuyen. ¿Consideran que las reformas de Felipe V constituyen una ruptura? ¿Cómo la califican? Los indicios de que dispongo para los primeros años del siglo son pocos, pero todos apuntan en la misma dirección. Cuando Orry, la Princesa de los Ursinos y posteriormente Amelot emprenden las reformas mencionadas arriba, se enfrentan ante todo a una resistencia silenciosa, una inercia calculada. Sin embargo, algunos van más allá, quejándose de las novedades introducidas y precisando cuáles deberían ser las buenas reglas de gobierno a seguir. Éste es el caso del cardenal Portocarrero: además de perder el control del despacho en el otoño de 1703, se ve privado del «manejo» del dinero rescatado cuando se destruyó la flota en Vigo en 1702, que el rey le había confiado para que lo aplicara a gastos de guerra. En efecto, este fondo ingresa ahora en la caja del Tesorero Mayor de
64. Así lo expresa Saint-Simón: «Este cargo no tiene nada acá a que corresponda. Son los cuatro cargos de Secretarios de Estado propiamente dichos, todos, tales y cuales son, y tan extendidos y autorizados como acá, fundidos en uno, corte, guerra, marina, negociaciones, provincias, ejercidos por un solo hombre» (Saint-Simón: 1879, VIH, 536). 65. Dubet: en prensa (I), cap. 4. 66. Doy algunas indicaciones sobre ella en Dubet: en prensa (I), cap. 4.4., 4.6.1., 5.1.2., 6.1.1., 9.2. Francisco Andújar Castillo estudia su desarrollo y modalidades entre 1705 y 1711, demostrando su amplitud y el papel central desempeñado por el Secretario del Despacho de Guerra y Hacienda (en prensa). Agradezco al autor el haberme mostrado su texto inédito.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
221
ANNE DUBET
Guerra, dando las órdenes de gasto el Secretario del Despacho de Guerra, el marqués de Canales. Un año más tarde, el eclesiástico aprovecha la rendición de sus cuentas para elevar al rey una sonada protesta. Sus cuentas, apunta, se prolongan «hastafinde octubre de 1703 que se alteraron y mudaron de mano y conducta las cosas de la guerra». Se apoyan en relaciones «calificadas por los Consejos, tribunales y ministros por donde dirigí mis operaciones para el más acertado, seguro y puntual cumplimiento de lo que Vuestra Majestad me mandó, arreglándome en todo a la loable práctica y estilo observado en el gobierno de estos reinos, con cuya concorde armonía salen más felices las deliberaciones.» En otros términos, Portocarrero siempre se esforzó por «no extraviar el curso regular» de los negocios. Esto significa que cada decisión fue aprobada por los Consejos competentes: el cardenal dio órdenes para el gasto y para levantar tropas a los capitanes generales, gobernadores y otros ministros pasando por la «vía ordinaria del Consejo de Guerra»; se dirigió a villas, ciudades, gentilhombres y particulares pasando por el Consejo de Castilla; las libranzas para mantenimiento de tropas fueron preparadas por el Consejo de Hacienda. Esto permitió procurar que los fondos «no se disipasen en adelante como por lo pasado se había experimentado, y lo mismo ha sucedido después que cesó esta planta con tan graves perjuicios del real servicio»67. Parecido discurso aparece bajo la pluma de los Consejeros de Castilla en idénticas fechas. Durante la primavera de 1704, éstos se enfrentaron a menudo con Francisco Ronquillo, Gobernador de Armas en el frente portugués y, por añadidura, buen colaborador de Orry y Canales. Así, cuando Ronquillo secuestró los medios de transporte locales para transportar los víveres del ejército, el gremio de carreteros apeló ante el Consejo de Castilla, quien lo apoyó. La convocación general de los hidalgos y caballeros de Castilla publicada por Ronquillo fue suspendida por el Consejo. En mayo, el Consejo apoyó a Segovia frente a Ronquillo, quien exigía que la ciudad costeara el armamento de milicias. Porfin,en agosto, se indigna al enterarse que Ronquillo publica órdenes contra los desertores distintas de las que el propio tribunal emitió68. Si hasta aquí el Consejo de Castilla recurrió a vías indirectas, intentando suspender criaturas de Ronquillo o apoyar las comunidades locales que apelaban contra el gobernardor, ahora, expone sus quejas al rey. Ronquillo, explica, salió del marco de sus competencias «excediendo los límites de la potestad de sus empleos, empezó a expedir órdenes y publicar bandos ajenos de su instituto y profesión, suponiendo tener orden de Vuestra Majestad, abrogándose (sic) también la autoridad de interpretar la real mente de Vuestra Majestad sin que el Consejo ni los vasallos supiesen para obedecer lo que era del agrado de Vuestra Majestad, siguiéndose de esta ignorancia la disculpa de la inobediencia o en la obediencia mayor perjuicio de la causa pública.»
67. MAE, CPE 139, fol. 70-71, 73, 65-66. 68. AHN, E, leg. 871; BNE, ms 9928, fol. 68-72; Castro: 2004, cap. 1-2.
222
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
De este modo, el gobernador de armas se valió de una autoridad «usurpada o concedida» -una posible indirecta para el mismo monarca o para el Secretario del Despacho de Guerra. El procedimiento regular, en cambio, debió ser el siguiente: «Son los Consejos y tribunales de Vuestra Majestad los medios por donde al logro del mayor servicio se han distribuido siempre las órdenes, siendo en los diversos institutos de cada uno seguro el acierto puntual, la obediencia y venerada la resolución.»M Idénticos argumentos aparecen bajo otras plumas. En el mismo año 1704, un autor anónimo denuncia la confusión en que se hallan los ejércitos, achacando la situación a la ruptura de las vías ordinarias de resolución de los negocios. Acusa el «curso irregular de las cosas de palacio y real despacho, es una pura confusión porque se dispone y gobierna todo privadamente por medios indecentes y modos extraordinarios con indecoro y nota, aunque inculpable de la Majestad, huyendo de los tribunales y del curso racional y regular de sus consultas y representaciones.»70 En cuanto al duque de Medinaceli, contemplando la situación en las mismas fechas, denuncia: «se ha sacado de su regular quicio el curso de los negocios con el poco aprecio de los tribunales, que era bien enmendarles pero no destruirlos» 71 . Se impone el sentimiento de ruptura, que todos expresan en términos dramáticos. Ahora bien, esta ruptura nunca se atribuye a la introducción de un estilo francés. Se describe como el recurso a vías extraordinarias de expedición de los negocios, que se quitan a los Consejos, reduciendo de hecho sus competencias, para ser confiados a ministros. Es interesante ver que la interpretación de Ronquillo, partidario y actor de las reformas de 1703-1704, es exactamente simétrica. Como lo escribe al marqués de Canales, el Consejo de Castilla «lleva muy mal que lo que Su Majestad se sirve mandarme venga en derechura por mano de Vuestra Excelencia y no por aquellos conductos que se quiere hacer precisos siguiendo los estilos de hasta aquí. (...) El Consejo de Castilla tira a arruinar a todos los que han cumplido mis órdenes emanadas de las de Su Majestad que Vuestra Excelencia me ha participado.»72 Así, el tribunal intentó destituir a sus protegidos porque habían ejecutado órdenes transmitidos por la nueva vía73. Aunque unos y otros valoran la novedad de forma
69. El Consejo de Castilla a Felipe V, 30/08/1704, BNE, ras 9928, fol. 69-72. 70. MAE, CPE 136, fol. 11-13. Traducción mía. 71. Medinaceli a Torcy, 29/02/1704, MAE, CPE 136, fol. 176-178. Traducción mía. 72. Castro: 2004, 156. 73. Sus clientes, como el presidente de la Cnancillería de Valladolid, don Juan Manuel de Isla, «se han adquirido buena ojeriza con aquel tan supremo tribunal, porque han ejecutado mis encargos emanados todos de órdenes participadas por Vuestra Excelencia, que no deben de querer los ministros se obedezcan por tales, respecto a la absoluta con que aquella agradable carta del fiscal Pradilla que remití a Vuestra Excelencia le dice al presidente de Valladolid que no debe ejecutar otras que las que fueren firmadas de Su Majestad o por sus tribunales, en cuya cláusula padecemos Vuestra Excelencia y yo y lo que más es el real servicio» (Ronquillo a Canales, 22/04/1704, AHN, E, leg. 871).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
223
ANNE DUBET
opuesta, positiva o negativamente, todos coinciden en concebirla como una reducción extraordinaria de las competencias de los Consejos. Ahora bien, la dificultad que se ofrece al investigador es identificar a qué corresponde el «curso racional y regular», el «regular quicio» de los negocios. El carácter reiterativo de los argumentos de sus defensores y su tono categórico («siempre») autorizan a pensar que se trata más de un ideal que de una práctica que habría sido exclusiva antes de 1700. Además, llama la atención el hecho de que algunos de los portavoces de este discurso no son precisamente encarnaciones de la «vía de los Consejos». No olvidemos que Portocarrero fue gobernador de la monarquía en dos ocasiones74. En cuanto al manejo del dinero de la flota, él mismo precisa que el rey le concedió facultades extraordinarias, aunque no quiso usar de ellas. Por su parte, Medinaceli, en el pasaje citado, reconoce admitir una reducción de las competencias de los Consejos. En otra ocasión, pocas semanas antes, fue más lejos: consultado por Orry sobre la forma que debería adoptar una junta destinada a paliar la ausencia de reuniones del despacho, en octubre de 1703, propuso que se compusiera de cuatro Grandes responsables de departamentos separados75, una solución poco afín al «curso regular». Otra víctima de las reformas, el conde de Monterrey -Presidente del Consejo de Flandes, asistió a su supresión en 1702 - adopta una actitud similar. Consultado por Orry sobre un proyecto de reglamento para los regimientos del rey, la reina y Asturias, empieza afirmando que es preciso consultar al Consejo de Guerra, vía normal en tal materia: «convendría que Su Majestad le mandase remitir al Consejo pleno de Guerra, porque en materias de estas calidad, por su gravedad e importancia, debe Su Majestad oír los ministros que por su profesión y experiencia tienen obligación a aconsejar lo que más fuere de su real servicio.» Sin embargo, y aunque el reglamento propuesto «es novedad jamás practicada en España ni otros dominios de la monarquía, considera que los ejemplos ajenos suelen hacer olvidar las costumbres propias cuando la experiencia manifiesta el beneficio que resulta de la mudanza.» Por ello, y para ganar tiempo, él mismo sugiere la vía alternativa que permitirá resolver el asunto sin pasar por el Consejo: el rey puede valerse de la prerrogativa de su regimiento de no depender del Consejo de Guerra. Pedirá a su coronel, Portocarrero, quien se reconoce ignorante en materia militar, que mande examinar el proyecto al teniente coronel76. Defender la vía ordinaria, por lo tanto, no significa excluir la extraordinaria (ya que la primera supone literalmente la segunda), sino conseguir que ésta siga siendo una excepción. Las reflexiones citadas dan la impresión, sin embargo, de que el contenido
74. «Traslado de la orden de Su Majestad [Carlos II] dada al cardenal Portocarrerro, arzobispo de Toledo, sobre encargarle el gobierno de todos sus reinos y de lo militar y económico.», 29/10/1700, AGS, DGT, Inv. 10, leg. 5. Decreto de Felipe V, 01/09/1701, MAE, CPE 93, fol. 34. 75. Orry aTorcy y Chamillart, 05/10/1703, MAE, CPE 120, fol. 124-127; SHAT, A1 1696, n° 58. 76. Memorial de Monterrey, 18/09/1703, MAE, CPE 120, fol. 118-120; SHAT, A1 1696, n° 47.
224
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
de lo ordinario cambia de un actor a otro, lo mismo que en la Corona de Aragón, no existe consenso sobre la lista de los fueros a defender77. Por lo tanto, la defensa de lo ordinario aparece ante todo como una reivindicación política: la posibilidad de controlar en qué condiciones es lícito recurrir a la vía extraordinaria, sin dejarlo todo al arbitrio del rey o de unos ministros. Convendría preguntarse si en España, este ideal del curso ordinario corresponde a la defensa del equilibrio de poderes relativamente favorable a los Consejos que se observa en la última década del reinado de Carlos II, después de la desaparición de privados y primeros ministros. De momento, se puede afirmar que para los contemporáneos existen dos lógicas políticas opuestas, la vía de los Consejos y la vía reservada78, o la monarquía judicial y la administrativa79, pero estas lógicas no corresponden a modelos nacionales. ¿En qué consiste, entonces, el cambio que introducen las reformas políticoadministrativas de los Borbones? Si confiamos en lo que nos dicen los contemporáneos, y en particular las víctimas del cambio, este cambio no consistió tanto en introducir novedades como en sistematizar lo extraordinario, o sea, hacerlo ordinario. El que historiadores del reinado de Luis XIV lleguen a conclusiones similares para Francia contribuye, como lo sugirió Guillamón Álvarez, a diluir la noción de modelos nacionales opuestos80. 7. CONTEXTUALIZAR: MIRADAS RECÍPROCAS Al mismo tiempo, las afinidades entre Francia y España sugieren otras pistas de investigación susceptibles de enriquecer el análisis. Me contentaré con señalarlas. Es interesante conocer el «curso ordinario» francés o la «confusión» con la que acabó Luis XIV. La posibilidad de que las dinámicas de cambio que conocieron Francia y España no sean tan disímiles, el hecho, por lo menos, de que los contemporáneos las interpretan de forma similar, compartiendo un mismo vocabulario político y una representación común de las formas de gobierno que se enfrentan en cada país, se pueden verificar examinando el discurso de los franceses hostiles a las reformas de Luis XIV Los estudios de los argumentos antiabsolutistas de Saint-Simón, Fénelon o, en el círculo íntimo del rey Sol, los duques de Chevreuse y Beauvillier81, revelan así similitudes entre el discurso de estos franceses y el de los defensores del curso ordinario en España citados arriba. Asimismo, en su Discours sur lapolysynodie publicado en 1719, el abad Saint-Pierre justifica de forma idéntica el gobierno colegial instituido en Francia por el regente82. Además, los reparos a que responde se hacen eco de los argumentos de 77. Giménez López: 1999, 13-47; Gil Pujol: 2002. 78. Quien habla de vía de los Consejos es Castro: 2004. Se sabe que los contemporáneos ya hablaban de vía reservada a finales del siglo XVII (Dedieu: 2000a; López Cordón: 2000). 79. Fernández Albaladejo: 1993, 406-409; Giménez López: 1999, 13-47. 80. Ver la síntesis de Chaline: 2005 (en particular p. 312). 81. Ver la síntesis de Chaline: 2005, 577-578 y 704-709, así como su bibliografía; Petitfils: 2002, 533 y sigs. 82. En particular, el rey estaría mejor informado por varios consejeros iguales entre sí, y de opiniones contradictorias, que por un solo «vizir» propenso a seleccionar la información que le beneficiaría; las decisio-
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
225
ANNE DUBET
los promotores de la vía reservada en España83. Resultaría útil una comparación más precisa de los discursos desarrollados en ambas vertientes de los Pirineos. Pero aquí también, merecería ser completada por el estudio de la visión que los franceses favorables al gobierno colegial tienen de España. Así, aunque algunos historiadores franceses señalan como una evidencia que el modelo de la regencia en 1715 fue español84, que yo sepa, no se estudiaron las eventuales referencias de los promotores de esta reforma en Francia a la práctica de gobierno española. Por otra parte, afirmar que no existen dos modelos nacionales unívocos, uno francés y el otro español, y que en cambio franceses y españoles parecen compartir una misma cultura política a principios del siglo XVIII obliga a abrir la perspectiva. En efecto, es deseable definir los límites de un espacio de cultura política común que podría ser más amplio. Resulta esclarecedor, al respecto, fijarse en el gobierno de los Habsburgos de Austria. Ya en los años 1970, Jean Bérenger demostró que Leopoldo Io decidió, al principio de su reinado (1657-1705), «gobernar por sí solo», como su primo de Francia, precisaba el historiador. Esto suscitó debates entre los partidarios de un gobierno «ministerial» y los del gobierno «colegial» similares a los de España o Francia85. Las investigaciones de Virginia León Sanz sobre las instituciones y prácticas de gobierno del rival de Felipe V, Carlos III, en la corona de Aragón primero y en el imperio posteriormente, confirman cierta orientación absolutista de los Habsburgos austríacos e invitan a superar visiones simplistas de los modelos. En efecto, la historiadora demuestra que aunque el pretendiente asienta su legitimidad en el respeto a los privilegios y reglas instauradas por los Habsburgos españoles, su práctica de gobierno se parece en muchos aspectos a la de Felipe V: el protagonismo concedido a su Secretario de Estado y del Despacho o la creación, en el reino de Valencia, de un «Consejo de Gabinete similar al Consejo del despacho felipista» justifican el paralelo. Es un gobierno, por lo tanto, «ambiguamente tradicionalista», según la autora86. En efecto, aquí, como en la España fiel al Borbón, la tradición adquiere un contenido flexible, con fuerte carga retórica, confirmando que sería imprudente adoptar una
nes serían mejor examinadas por muchos que por uno; los consejeros, obligados a expresarse en presencia de sus colegas, no se dejarían guiar por el interés privado sino por el bien público; bien formados en leyes, podrían elaborar los reglamentos necesarios; el control recíproco y el de los sucesores en un cargo limitarían el fraude. Así, el rey evitaría cometer injusticias involuntarias, recaudar impuestos excesivos, etc. Por otra parle, tal gobierno sería estable, mientras el de un solo ministro depende de la calidad, del humor y de la salud de un único hombre, y por lo tanto sufre variaciones importantes. Saint-Pierrc: 1719, enpart. 26-29, 39-41. 83. El gobierno colegial hace imposible conservar secretos de Estado; la ejecución de las decisiones sufre retrasos por la lentitud del examen de los expedientes y por los conflictos de competencias entre Consejos; en ausencia del rey, que no asiste a todos los Consejos, se desarrollan la corrupción y el vicio, como sucedió en España durante el siglo que siguió al reinado de Felipe II. Saint-Pierre: 1719, 2a parte. 84. El propio Saint-Pierre no se refiere en ningún momento a España, salvo cuando cita los argumentos de sus adversarios (cfr. n. suprd). 85. Bérenger: 1975. 86. León Sanz: 2000, 49-50, 57.
226
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a...
visión estática del «curso ordinario». Por ñn, un partidario de Carlos III y el gobierno tradicional, Juan Amor de Soria, elabora en 1714 un proyecto de división del Despacho en cuatro Secretarías. Comentándolo, León Sanz remite a tres modelos: además de la Francia absolutista, el reformismo de Felipe V, pero también la administración española anterior a 170087. No se trata ya de saber qué monarca tuvo la primacía de las reformas88. La misma dificultad de identificar un modelo nacional exclusivo nos obliga a salir de este marco para reflexionar en términos de cultura política común. ABREVIATURAS AHN: Archivo Histórico Nacional (Madrid) E: Estado BNE: Biblioteca Nacional de España (Madrid) BNF: Bibliothéque Nationale de France (París) MAE: Ministére des Affaires Etrangéres (París) CPE: Correspondance Politique Espagne (sigue el núm. de caja) SHAT: Service Historique de l'Armée de Terre (Vincennes) A!: Serie de correspondencia antigua (sigue el núm. de libro) BIBLIOGRAFÍA Fuentes publicadas BAVIERA (Príncipe Adalberto de) y MAURA GAMAZO (Gabriel): 1935, Documentos inéditos referentes a las postrimerías de la Casa de Austria en España, t. V (1699-1703), Madrid, Tipografía de Archivos. COLBERT: 1863-1873, Lettres, instructions et mémoires de Colbert. Publiés d'aprés les ordres de l 'empereut; sur la proposition de Son Excellence M. Magne, Ministre secrétaire d'Étal des Finances, par Fierre Clément, membre de ¡'Instituí, París, Imprimerie Impériale. LÉONARDON (H.) y MOREL-FATIO (A.): 1898, Recueil des instructions données aux ambassadeurs et ministres de France, depuis les traites de Westphalie jusqu 'a la Révolution Franca/se, Publié sous les auspices de la commission des archives diplomatiques du ministére des Affaires Etrangéres. Tome XII: Espagne. Avec une introduction et des notes par (...). Tome deuxiéme (1701-1722). París, Félix Alcan.Luis XIV: 1978, Mémoires, ed. Jean Longnon, París, Librairie Jules Tallandier. PORTUGUÉS (Joseph Antonio): 1764, Colección general de las ordenanzas militares, sus innovaciones y aditamentos, dispuesta en diez tomos, con separación de clases, por don Joseph Antonio Portugués, Caballero del orden de Santiago, Comendador de Villarubia de los
87. «Aunque el modelo de referencia fuera la administración absolutista francesa, la propuesta aparece cercana al reformismo administrativo español del Setecientos y recuerda el proceso iniciado con la reorganización ministerial de 1714, un proceso que tenía sus raíces en la propia evolución de la administración española precedente.» (León Sanz: 2000, 57-58) 88. En otra obra, la misma historiadora se refiere a «reformas 'a la europea'» (León Sanz: 1993, 86).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
227
ANNE DUBET
Ojos en la de Calatrava, del Consejo de SMy su Secretario, con ejercicio en la primera Mesa de la Secretaria de Estado.y del Despacho universal de la Guerra, Madrid, Imprenta de Antonio Marín. SAINT-PIERRE (abbé de): 1719, Discours sur la Polysynodie, oü l'on demontre que la Polysynodie ou pluralité des Conseils est la forme de Ministére la plus avantageuse pour un Roí et pour son Royaume, par M. (...) ci-devant de l'Académie Francoise, Amsterdam, Du Villard et Changuion. SAINT-SlMON (duc de): 1879, Mémoires de Saint-Simón. Nouvelle édition collationnée sur le manuscrit autographe, augmentée des additions de Saint-Simón au Journal de Dangeau, ed. de A. de Boislile, París, Hachette. VlLLARS (marquis de): 1893, Mémoires de la cour d'Espagne de 1679 a 1681 [redactado entre 1685 y 1689], ed. A. Morel-Fatio, París, Plon. Estudios ABBAD (Fabrice) y OZANAM (Didier): 1992, Les intendants espagnols du XVUle siécle, Madrid, Casa de Velázquez. ÁLAMO MARTELL (María Dolores): 1997, «'Racionalización impositiva': una aproximación a las medidas hacendísticas de Jean Orry en la guerra de Sucesión española.», Revista de ciencias jurídicas, n° 3, pp. 13-28. ÁLVAREZ LÓPEZ (Ana): 1999, El viaje de España. Papel de los viajeros franceses por España en la formación del estereotipo de lo español (s. XVI-XVIU), Alcalá de Henares, Universidad de Alcalá de Henares. ANDRÉS UCENDO (José Ignacio): en prensa, «L'embryon d'une nouvelle administration físcale: les administrateurs en Castille dans la seconde moitié du XVIle siécle» en Anne Dubet ed., Administrer les finances royales dans la monarchie espagnole (XVIe-XIXe siécles), Clermont-Ferrand, Presses Universitaires de Clermont-Ferrand, cap. 8. ANDÚJAR CASTILLO (Francisco): 1996, Consejo y Consejeros de Guerra en el siglo XVlll, Grenade, Universidad de Granada. ANDÚJAR CASTILLO (Francisco): 2000, «La reforma militar en el reinado de Felipe V», José Fernández García, María Antonia Bel Bravo, José Miguel Delgado Barrado, El cambio dinástico y sus repercusiones en. la España del siglo XVII, Jaén, Universidad de Jaén, pp. 617-640. ANDÚJAR CASTILLO (Francisco): 2004, El sonido del dinero. Monarquía, ejército y venalidad en la España del siglo XVIII, Madrid, Marcial Pons Historia. ANDÚJAR CASTILLO (Francisco): en prensa, Tiempo de necesidad, tiempo de venalidad. España e Indias, 1705-1711. AN'IOINE (Michel): 2003, Le cceur de l 'Etat. Surintendance, controle general el intendances des finances, 1551-1791, París, Fayard. BALTAR RODRÍGUEZ (Juan Francisco): 1998, Las Juntas de Gobierno en la Monarquía Hispánica, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. BAUDRILLART (Alfred): 1890, Philippe Vet la cour de France. D'aprés les documents inédits tires des archives espagnoles de Simancas et d'Alcalá de Henares et des archives du mi-
228
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a... nistére des affaires étrangéres a París, París, Librairie de Firmin-Didot et Compagnie, 5 tomos. BÉRENGER (Jean): 1975, Finances et absolutisme autrichien dans la seconde moilié du XVlle siécle, París, Université de París IV París-Sorbonne, Publications de la Sorbonne. CÁRCELES DE GEA (Beatriz): 1993, La Comisión de Millones (1632-1658): Poder fiscal y privilegio juridico-político, Madrid, Banco de España. CÁRCELES DE GEA (Beatriz): 2000, Fraude y desobediencia fiscal en la corona de Castilla (1621-1700), Madrid, Junta de Castilla y León. CASTELLANO (Juan Luis) ed.: 1996, Sociedad, administración y poder en la España del Antiguo Régimen. Hacia una nueva historia institucional. 1 Simposium internacional del grupo PAPE (Granada, septiembre de 1994), Granada, Universidad de Granada. CASTELLANO (Juan Luis) y DEDIEU (Jean-Pierre): 1998, Réseaux, familles et pouvoirs dans le monde ibérique á la fin de l'Ancien Régime, París, CNRS. CASTELLANO (Juan Luis): 2002, «El gobierno en los primeros años del reinado de Felipe V. La influencia francesa» en José Luis Pereira Iglesias coord., Felipe V de Borbón, 1701-1746. Actas del congreso de San Fernando (Cádiz) de 27 de noviembre a 1 de diciembre de 2000, Córdoba, Universidad de Córdoba, pp. 131-142. CASTRO (Concepción de): 2000, «El Estado español en el siglo XV1I1: su configuración durante los primeros años del reinado de Felipe V», Historia y política. Ideas, procesos y movimientos sociales, n° 4, pp. 137-169. CASTRO (Concepción de): 2004, A la sombra de Felipe V. José de Grima/do, ministro responsable (1703-1726), Madrid, Marcial Pons Historia. CHALINE (Olivier): 2005, Le régne de Louis XIV, París, Flammarion. CLARO DELGADO (Manuel): 2001, «La Guerra de Sucesión española y la creación de un nuevo ejército», La Guerra de Sucesión en España y América. Actas X Jornadas Nacionales de Historia Militar. Sevilla, 13-17 de noviembre de 2000, Madrid, Deimos, pp. 495-539. CORNETTE (Joel): 1996, «La tente de Darius» en Joel Cornette y Henry Méchoulan ed. L'Etat classique 1652-1715, París, Vrin, pp. 9-41. CORNETTE (Joel), 2000a, Le roí de guerre. Essai sur la souveraineté dans la France du Grand Siécle, París, Petite Bibliothéque Payot (I a ed.: 1993). CORNETTE (Joel): 2000b, Histoire de la France: Absolutisme et Lamieres, 1652-1783, París, Hachette. DEDIEU (Jean-Pierre) y Ruiz RODRÍGUEZ (José Ignacio): 1994, «Tres momentos en la historia de la Real Hacienda», Cuadernos de Historia Moderna, n° 15, pp. 77-98. DEDIEU (Jean-Pierre): 2000, «La Nueva Planta en su contexto. Las reformas del aparato del Estado en el reinado de Felipe V», Manuscrits, 18, pp. 113-139. DEDIEU (Jean-Pierre): 2002, «Dinastía y élites de poder en el reinado de Felipe V» en Pablo Fernández Albaladejo ed., Los Barbones. Dinastía y memoria de nación en la España del siglo XV11J, Madrid, Marcial Pons Historia, Casa de Velázquez, pp. 381-399. DESSERT (Daniel): 2000, Colbert ou le serpent venimeux, París, Complexes.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
229
ANNE DUBET
DUBET (Anne): 2005, «Administrar los gastos de la guerra: Juan Orry y las primeras reformas de Felipe V (1703-1705)» en Agustín Guimerá y Víctor Peralta (coord.), El Equilibrio de los Imperios: De Utrecht a Trqfalgar. Actas de la VIH"Reunión Científica de la Fundacióm Española de Historia Moderna (Madrid, 2-4 de junio de 2004), Madrid, Fundación Española de Historia Moderna, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Universidad Complutense, Sociedad Estatal de Conmemoraciones Culturales, pp. 483-501. DUBET (Anne): 2006, «L'autorité royale et ses limites: les projets de Jean Orry pour Padministration des fmances espagnole au debut du XVIIIe siécle» en Jean-Philippe Luis, Luis Martín y Natividad Planas eds., Institutions et représentations politiques en Europe méridionale (XVUe- XXe siécles), Clermont-Ferrand, Presses Universitaires Blaise Pascal, pp. 81-96. DUBET (Anne): en prensa (I), Jean Orry et le gouvernement de l'Espagne (1701-1706), Clermont-Ferrand, Presses Universitaires Blaise Pascal. DUBET (Anne): en prensa (II), «La creación del Tesorero Mayor de Guerra (1703-1715), instrumento de una nueva política de crédito al rey», LXIV Congreso Internacional de Historia Económica - Helsinki (agosto de 2006), sesión Government debts andfinancial markets in Europe, 16th-20th Centuries, coordinada por José Ignacio Andrés Ucendo, Pierre-Cyrillc Hautcoeur, Michael North, Fausto Piola Caselli (agosto de 2006). EMMANUELLI (Francois-Xavier): 1981, Un mythe de l'absolutisme bourbonien: l'inlendance, du milieu du XVUe siécle á la fin du XVIIIe siécle (France, Espagne, Amérique), Aix-enProvence, Université de Provence. ESCUDERO (José Antonio): 1969, Los secretarios de Estado y del Despacho (1474-1724), Madrid, Instituto de Estudios administrativos. ESCUDERO (José Antonio): 1979, Los orígenes del Consejo de Ministros en España. La junta suprema de Estado, Madrid, Editora Nacional. ESCUDERO (José Antonio): 1985, «La reconstrucción de la administración central en el siglo XVIII» dans Historia de España Menéndez Pidal. La época de los primeros Borbones, Madrid, Espasa-Calpe, t. XXIX *, chap. I-IV FERNÁNDEZ ALBALADEJO (Pablo): 1993, Fragmentos de Monarquía, Madrid, Alianza Universidad. FRANCO RUBIO (Gloria A.): 1996, «La secretaría de Estado y del Despacho de Guerra en la primera mitad del siglo XVIII» en Castellano ed.: 1996, pp. 131-156. FRANCO RUBIO (Gloria), LÓPEZ-CÜRDÓN CORTEZO (María Victoria), Nava Rodríguez (Teresa): 1996, «Perfiles socioprofesionales de la burocracia española en el s. XVIII: las Secretarías de Estado y del Despacho» en Luis Miguel Enciso Recio, La burguesía española en la Edad Moderna, pp. 1009-1034. GACHARD (Louis-Prosper): 1867, La Belgique sous Philippe V, Bruselas, Fr. Gobbaerts. GARZÓN PAREJA (Manuel): 1981, La hacienda de Carlos II, Madrid, Instituto de Estudios Fiscales. GIL PUJOL (Xavier): 2002, «La corona de Aragón a finales del siglo XVII: a vueltas con el neoforalismo» en Pablo Fernández Albaladejo ed., Los Borbones. Dinastía y memoria de-
230
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a... nación en la España del siglo XVIII, Madrid, Marcial Pons Historia, Casa de Velázquez, pp. 97-115. GIMÉNEZ LÓPEZ (Enrique): 1999, Gobernar con una misma ley. Sobre la Nueva Planta borbónica en Valencia, Alicante, Universidad de Alicante. GONZÁLEZ FUERTES (Manolo Amador): 2002, La organización institucional de la Cámara de Castilla en la época borbónica, Córdoba, Universidad de Córdoba. GUILLAMÓN ALVAREZ (Francisco Javier): 2000, «El cambio dinástico y sus repercusiones en la España del siglo XVIII» en José Fernández García, María Antonia Bel Bravo, José Miguel Delgado Barrado ed., El cambio dinástico y sus repercusiones en la España del siglo XVII, Jaén, Universidad de Jaén, pp. 529-542. HESPANHA (Antonio Miguel): 1992, «La «Restauracáo» portuguesa en los capítulos de las Cortes de Lisboa de 1641» en John H. Elliott, Roberto Villari, Antonio Miguel Hespanha, Bruno Anatra «y otros», 1640: la Monarquía hispánica en crisis, Barcelona, Crítica, pp. 123168. IBÁÑEZ MOLINA (Manuel), 1982, «Notas sobre la introducción de los intendentes en España», Anuario de Historia Contemporánea, n° 9, pp. 5-27. K.AMEN (Henry): 1964, «El establecimiento de los intendentes en la administración española», Hispania, XXIV, pp. 368-395. K.AMEN (Henry): 1974, La Guerra de Sucesión en España, 1710-1715, Barcelona, Buenos Aires, México D.F., Grijalbo. La Guerra de Sucesión en España y América. Actas X Jornadas Nacionales de Historia Militar. Sevilla, 13-17 de noviembre de 2000, Madrid, Deimos, 2001 LEÓN SANZ (Virginia): 1993, Entre Austrias y Borbones. El Archiduque Carlos y la monarquía de España (1700-1714), Madrid, Sigilo. LEÓN SANZ (Virginia): 2000, «El reinado del archiduque Carlos en España: la continuidad de un programa dinástico de gobierno», Manuscrits, 18, pp. 41-62. LÓPEZ CORDÓN CORTEZO (María Victoria): 1996a, «Secretarios y secretarías en la Edad Moderna: de las manos del príncipe a relojeros de la monarquía», Studia Histórica. Historia moderna, 15, pp. 107-131. LÓPEZ CORDÓN CORTEZO (María Victoria): 1996b, «Cambio social y poder administrativo en la España del siglo XVIII: las secretarías de Estado y del Despacho» en Castellano ed: 1996, pp. 113-130. LÓPEZ CORDÓN CORTEZO (María Victoria): 1996c, «Oficiales y caballeros: la can-era administrativa en la España del siglo XVIII» en El mundo hispánico en el siglo de las Luces, Madrid, Sociedad Española de Estudios del siglo XVIII - Fundación Duques de Soria - Editorial Complutense, t. II, pp. 843-853. LÓPEZ CORDÓN CORTEZO (María Victoria): 2000, «Instauración dinástica y reformismo administrativo: la implantación del sistema ministerial», Manuscrits, 18, 2000, pp. 93-111. LÓPEZ CORDÓN CORTEZO (María Victoria): 2004, «Burocracia y erudición en la España del siglo XVIII» en Jean-Pierre Dedieuy Bernard Vincent ed.,LEspagne, l'Etat, lesLumiéres. Mélanges en I 'honneur de Didier Ozanam, Madrid, Casa de Velázquez, pp. 155-171.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
231
ANNE DUBET
MADRAZO (Santos): 2000, Estado débil y ladrones poderosos en la España del siglo XVIII. Historia de un peculado en el reinado de Felipe V, Madrid, Catarata. MUÑOZ RODRÍGUEZ (Julio D.) y Ruiz IBÁÑEZ (José Javier): 2002, «Sirviendo a la corte en la aldea, sirviendo a la aldea en la corte: veteranos, agentes y medios de relación en el siglo XVII castellano» en Jesús Bravo Lozano ed., Espacios de poder: Cortes, Ciudades y Villas (s. XVI-XVlí), Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, 2002, vol. II, pp. 227-247. MUÑOZ RODRÍGUEZ (Julio D.): 2003, «Consenso e imposición en la conservación de la monarquía. La práctica política de un territorio de la periferia castellana: el reino de Murcia (1682-1700)», Hispania, LXIII/3, n° 215, 2003, pp. 969-994. MUÑOZ RODRÍGUEZ (Julio D.): 2004, «Cuando el rey se hace presente. El Superintendente como elemento racionalizador en la recaudación fiscal castellana» en Francisco José Aranda Pérez dir., La declinación de la monarquía Hispánica en el siglo XVII. Actas de la VHa Reunión Científica de la Fundación Española de Historia Moderna (Ciudad Real, 3, 4, 5 y 6 de junio del año 2002), Cuenca, Universidad de Castilla-La Mancha, pp. 377-390. NAVA RODRÍGUEZ (Teresa): 1996, «La secretaría de Hacienda en el Setecientos español: una aproximación prosopográfica», El mundo hispánico en el siglo de las Luces, Sociedad Española de Estudios del siglo XVIII - Fundación Duques de Soria - Editorial Complutense, Madrid, t. II, pp. 948-966. NAVA RODRÍGUEZ (Teresa): 2004, «'Nervios de bóveda': las tesorerías centrales de la hacienda borbónica (1716-1743)» en Enrique Martínez Ruiz coord., III seminario hispanovenezolano. Vínculos y sociabilidades en España et Iberoamérica. Siglos XVI-XX, Ciudad Real, pp. 111-131. OZANAM (Didier): 1995, «La restauration de l'État espagnol au debut du régne de Philippe V (1700-1724): le probléme des hommes» en Philippe V d'Espagne et l'Art de son temps. A cíes du colloque des 7, 8 et 9 juin 1993 a Sceaux sous la haute autorité scientifique du Professeur Yves Bottineau, París, Musées de l'Ile de France, vol. 2, pp. 79-89. OZANAM (Didier): 1997, «Les intendants espagnols de la premiére moitié du XVlIIe siécle, 1711-1749» en Robert Descimon, Jean-Frédéric Schaub y Bernard Vincent ed., Les figures de l 'administrateur. Institutions, réseaux, pouvoirs en Espagne, en France et au Portugal, 16'-19'siécle, París, Editions de l'EHESS, pp. 181-199. PABLO CANTERO (Antonio de): 2001, «La infantería de Felipe V, 1700-1718», La Guerra de Sucesión en España y América. Actas X Jornadas Nacionales de Historia Militar. Sevilla, 13-17 de noviembre de 2000, Madrid, 2001, pp. 384-397. PAREJO DELGADO (María Josefa): 2001, «Las ordenanzas militares durante la Guerra de Sucesión», La Guerra de Sucesión en España y América. Actas X Jornadas Nacionales de Historia Militar. Sevilla, 13-17 de noviembre de 2000, Madrid, 2001, pp. 461-480. PETITFILS (Jean-Christian): 2002, LouisXIV, París, Librairie Perrin (I a ed.: 1995). PEYTAVIN (Mireille): 1998, «Españoles e italianos en Sicilia, Ñapóles y Milán durante los siglos XVI y XVII: sobre la oportunidad de ser «nacional» o «natural»» en La Monarquía española: grupos políticos locales ante la corte de Madrid, Relaciones, n° 73, pp. 85-114. RlBOT GARCÍA (Luis Antonio): 1993, «La España de Carlos II», Historia de España Menéndez Pidal. XXVIII. La transición del siglo XVII al XVIII, Madrid, Espasa-Calpe, pp. 63-203.
232
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a... Ruiz JIMÉNEZ (Marta): 2000, «La monarquía borbónica francesa del siglo XVIII: un modelo en crisis», Manuscrits, 18, pp. 23-28. SÁNCHEZ BELÉN (Juan Antonio): 1996, La política fiscal en Castilla durante el reinado de Carlos //, Madrid, Siglo XXI. SCHAUB (Jean-Frédéric): 2001, Le Portugal au temps du Comte-Duc d'Olivares (1621-1640). Le conflit de juridictions comme exercice de la politique, Madrid, Casa de Velázquez. SCHAUB (Jean-Frédéric): 2003, La France espagnole. Les rocines hispaniques de l'absolutisme /raneáis, París, L'Univers Historique, Seuil (hay versión española). SMEDLEY-WE1LL (Anette): 1995, Les intendants de Louis XIV, París, Fayard.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 207-233) ISSN: 0212-5862
233
«ABANDONO DE PATRIA Y HACIENDA». EL EXILIO AUSTRACISTA VALENCIANO VIRGINIA LEÓN SANZ* Universidad Complutense
«Esta ciudad y reino era tan inclinada a la causa del rey Carlos como Cataluña». Con estas palabras describía la posición de los valencianos en la Guerra de Sucesión española el novelista inglés Daniel Defoe1. La derrota en Almansa de los aliados en la primavera de 1707 seguida de la abolición de los fueros de Aragón y Valencia agudizó la dimensión civil de la Guerra de Sucesión española, que se manifestó, también a nivel interno en los diferentes territorios de la Monarquía. Como todo conflicto, para los austracistas se saldó con dolor y miseria porque como perdedores tuvieron que abandonar sus hogares y sus bienes, confiscados o malvendidos con urgencia, para iniciar, alejados de sus parientes y amigos, una nueva vida en otros lugares. Aunque fue un destino compartido por muchos que apoyaron al Archiduque Carlos, sobre todo en Cataluña, en esta ocasión, queremos prestar nuestra atención al caso valenciano. En 1707 se inició un proceso de extrañamiento masivo que condujo a numerosos valencianos al terminar el conflicto sucesorio a tierras lejanas, alcanzando un papel protagonista poco conocido. Se pueden establecer dos etapas diferenciadas en el exilio valenciano: un primer período que abarcaría desde la derrota de Almansa hasta el fin del conflicto sucesorio peninsular, es decir, hasta la caída de Barcelona el 11 de septiembre de 1714; y una segunda etapa a partir de ese momento. Pero los primeros
* Este trabajo se ha realizado en el marco del Proyecto de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, Plan Nacional I+D+i (2006), N° de Referencia: HUM 2006-01580HIST: «Relaciones entre España-Austria en la primera mitad del siglo XVIII» y completa el estudio «Un exilio olvidado: los valencianos austracistas». 1. D. DEFOE Memorias de Guerra del Capitán George Carleton desde la guerra de Holanda hasta la paz de Utrecht, Estudio preliminar y notas de V. León Sanz, Universidad de Alicante, 2002, p. 146. C. PÉREZ APARICIO, «Los primeros pasos del austracismo en el País Valenciano (1700-1705)», en E.GIMÉNEZ LÓPEZ y A. MESTRE SANCHÍS, Disidencias}/ exilios en la España Moderna, Alicante, I997,pp. 501-513.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
235
VIRGINIA LEÓN SANZ
desplazamientos significativos de gente procedente de localidades como Orihuela y Elche que acudieron hacia Valencia o Alicante se produjeron a principios de 1706, con la venida del felipista conde de Torres. El saqueo y quema de Villarreal constituyó un hito en este proceso porque desde entonces, cuando las tropas borbónicas se acercaban a las poblaciones desguarnecidas de soldados o milicias, muchas familias, algunas tenidas por austracistas y otras simplemente temerosas de las consecuencias de una posible resistencia armada, abandonaban sus hogares. Entre los testigos supervivientes de Villarreal figuraban Domingo Briau, que llegó a ser médico personal del emperador y mosén Florián Fuster, uno de los más encendidos defensores de la resistencia a ultranza durante el último sitio de Barcelona. La llegada de población a Valencia fue continua: en enero de 1706 se estimaba en 4.000 el número de desplazados a esta capital2. El problema de abastecimiento de la ciudad se agravó debido al bloqueo felipista, lo que aumentó las tensiones internas y los tumultos contra los botiflers y contra los franceses3. Los aliados entraron en Castilla en el verano de 1706, pero el ejército austracista fue perdiendo pronto el terreno ganado y las incursiones borbónicas comenzaron a amenazar tanto a Cataluña como al país valenciano. El duque de Berwick llegó a Cuenca a principios de octubre. El beligerante obispo de Murcia, Belluga, conquistó Orihuela el 11 tras vencer al marqués de Rafal, mientras Berwick tomaba Elche el 21 y se apoderaba un mes más tarde de Murcia4. Según el historiador catalán Castellví abandonaron sus casas unos 80 habitantes de Orihuela, a los que luego se unirían algunos familiares; todos se dirigieron, como también algunas familias de Elche, a las ciudades de Valencia y Alicante5. Pero a partir del triunfo de Felipe V en Almansa el 25 de abril de 1707 fueron muchos los valencianos, que solos o con sus familias, tuvieron que dejar casa y hacienda por su lealtad a la Casa de Austria y por el temor a las represalias borbónicas. La aproximación de las tropas mandadas por el duque de Orleáns a Valencia provocó la salida de una comente de refugiados que se dirigió hacia Tortosa y la mayoría acabó en Barcelona o en Mallorca. Después de la batalla y de la conquista felipista de Requena, soldados de los regimientos valencianos fueron hechos prisioneros y trasladados a Castilla. La entrada en algunas ciudades que ofrecieron resistencia como Játiva, Alcoy y más tarde Denia y Alicante, llevaron consigo el traslado forzoso de parte de sus habitantes, si bien algunos lograron escapar a Cataluña. Sacerdotes como Gregorio Soto e Isidro Sala fueron presos por la Inquisición. Destierros, prisiones en Castilla o sentencias a galeras resultaron frecuentes, como sucedió con Francisco Simó, notario y agente del Arzobispo, al cual en 1709 se le envió preso a Madrid. Otra manifestación
2. Autores como Planes o Fuster y Membrado se hicieron eco de esta situación: I.Planes, Sucesos fatales de esta Ciudad y Reino de Valencia o puntual diario de lo sucedido en los años 1710 y 1711, BUV, mss. Fuster y Membrado, «Relación de los valencianos que dejaron su Patria por seguir a Carlos III». Biblioteca BUV, mss. 3.1.Planes, anotación de 11-3-1706. 4. H.KAMEN, Felipe V. El rey que reinó dos veces, Madrid, 2000, p. 78. 5. CASTELLVÍ, Narraciones históricas..., Madrid, 1998, II, pp. 180-244.
236
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
de esa política de represión fue la confiscación de bienes a los disidentes, justificada por el delito de «rebelión» de quienes faltaron al juramento de fidelidad a su legítimo Rey y Señor», según se expresaba Felipe V en el decreto de derogación de fueros de los reinos de Aragón y Valencia. Las dos incursiones aliadas en Castilla en 1706 y 1710 fueron seguidas de una oleada de secuestros de bienes y lo mismo sucedió en Cataluña y Mallorca a partir de 1714. Pero la actuación felipista no fue muy diferente a la austríaca: entre 1705 y 1707 hubo un importante exilio de valencianos borbónicos, cuyas haciendas fueron confiscadas por el Archiduque Carlos y administradas por una Junta de Secuestros6. EL EXILIO PENINSULAR: LA SALIDA DEL REINO DE VALENCIA Desde 1707 un gran número de familias desterradas por Felipe V procedentes de Castilla, Aragón y Valencia llegaron a Barcelona; tenían orden de seguir a sus maridos, padres o parientes próximos que se hallaban en Cataluña. Mujeres y niños viajaron por este motivo al Principado y vivieron en una situación precaria que suscitó la compasión de todos. Este fue el caso del doctor en leyes José Ignacio Puig Samper, Procurador patrimonial de la Audiencia, que se refugió en Barcelona en 1707 y su esposa Irene García de Padilla fue deportada de Valencia a finales de 1708. Si esta medida favoreció la reunificación familiar, también dificultó su regreso, ya que en algunos casos rehicieron su vida en otros lugares. Así pues, durante la guerra, la mayoría de los valencianos desplazados y sus familias se asentaron en Barcelona y en tierras catalanas como la familia Mayáns y también en Mallorca7. V.Gascón Pelegrí aporta la cifra de 95 eclesiásticos y 172 civiles valencianos que salieron de sus casas8. Los datos proporcionados por J.L.Cervera son superiores a 2.000 individuos, algunos con familia; el número de mujeres que tuvieron que trasladarse a Barcelona asciende a 1629. Castellví describió la situación de miseria que padecieron muchas de ellas durante los años del conflicto pese a que el rey Carlos ordenó que se les atendiese. Era una consecuencia del carácter civil del conflicto sucesorio que había comenzado poco después de la muerte de Carlos II y que no sólo afectó a los valencianos. El Almirante de Castilla fue uno
6. E. GIMÉNEZ LÓPEZ, «El exilio de los magistrados borbónicos de la Audiencia foral valenciana, (17051707)», La pérdida de Europa. La guerra de Sucesión por la Monarquía de España (2006). También muchos felipistas tuvieron que marcharse de Cataluña durante la guerra, R.Alabrús, Felip Vi l'opinió deis catalans, Lleida, 2001, p. 187 y ss. Sobre la política de secuestros, C. Pérez Aparicio, «La política de represalias del Archiduque Carlos en el País Valenciano, 1705-1707», Estudis, 11 (1991), pp. 149-196 y P. Voltes, Barcelona durante el gobierno de Archiduque Carlos de Austria, Barcelona, 1963,1, p. 155. 7. N. Feliú de la Penya ha dejado una «relación de los españoles que dejaron el servicio del Duque de Anjou para servir al Rey y de los que dejaron sus casas...», en Anales de Cataluña..., Barcelona, 1709, III, f.620. 8. fERALES/ESCOLANO, Décadas de la Historia de la... ciudad y Reino de Valencia, Madrid, 1980, III, pp. 871-873. V. GASCÓN PELEGRÍ, La región valenciana en la guerra de Sucesión, Valencia, 1964 y V.Graullera, Los notarios de Valencia y la guerra de Sucesión, Valencia, 1987. 9. Deseo agradecer a S. L. Cervera la valiosa información que me ha hecho llegar sobre los exiliados valencianos.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
237
VIRGINIA LEÓN SANZ
de los primeros que desertaron del bando borbónico en 1703, refugiándose en Lisboa. Otros conocidos por sus inclinaciones austríacas, como el conde de la Corzana, se trasladaron también a la corte lusitana, a la que llegó en marzo de 1704 el proclamado Carlos III. Varios valencianos pasaron a la Corte de Lisboa y luego participaron en la toma de Gibraltar como Gaspar Navarro y Alberto Viudes. Pero fue en Barcelona donde se concentró el mayor número de partidarios de la Casa de Austria durante la contienda sucesoria, con austracistas procedentes de los diferentes reinos peninsulares. Un grupo de parciales leales a la Casa de Austria en la Corte de Madrid se unió al rey Carlos en 1706 y en 1710. La pérdida de los reinos de Aragón y Valencia después de la batalla de Almansa en 1707 motivó el traslado de numerosos austracistas de estos reinos al Principado: algunos eran nobles, pero la mayoría eran gente corriente que por sus inclinaciones políticas se veían obligados a dejar sus casas. No es mucho lo que se conoce todavía sobre el tipo de vida de los valencianos refugiados y sobre todo de sus familias mientras duró el conflicto, aunque sí sabemos que muchos se incorporaron a los regimientos de los aliados como soldados regulares. Especial significado tuvo su participación en la frustrada expedición de recuperación de Valencia y en el intento de sublevación del reino en 1710, «donde se tiene la seguridad que sus habitantes cumplirán enteramente con el amor, celo y fe que han siempre manifestado»10; algunos jóvenes desplazados a Cataluña se embarcaron con el conde de Cavellá en dirección a Valencia y, tras el fracaso, se unieron a las partidas de miqueletes". La diligencia en la aplicación de la pena capital y la efectividad en la vigilancia sobre los austracistas exiliados dieron a las autoridades borbónicas el control del reino. Las solicitudes de sueldos, gracias y mercedes situadas en el reino de Valencia o en los territorios italianos fueron frecuentes durante la guerra12. A la Ciudad Condal llegaron juristas, notarios y escribanos, en torno a 164, que accedieron a empleos más en consonancia con su preparación profesional, como José Ramírez, que fue nombrado asesor criminal de Gobernación y provisto para la Real Audiencia. El rey Carlos contó con los valencianos para formar parte de su gobierno13. En el Consejo de Aragón estuvieron representados por el conde de Villafranqueza, José Siverio Cardona, y por Manuel Mercader. Según Mifiana, el primero se había trasladado a Barcelona imbuido por el deseo de alcanzar «grandes dignidades, accesibles siempre en este partido a la ambición y a las riquezas» y por este motivo Felipe V le confiscó sus bienes, como también a su madre y a su esposa14; Mercader recibió su
10. V. LEÓN SANZ, Carlos Vl.El emperador que no pudo ser rey de España, Madrid, 2003, pp. 173-174. 11. C. PÉREZ APARICIO, «El austracismo en Valencia: un nuevo intento de sublevación en 1710», Estudis, 4 (1975), p. 181. 12.AHN,£.5toífo, leg. 8684. 13. Sobre todo, tuvo en cuenta a algunas autoridades austracistas, C. PÉREZ APARICIO y A. FILIPO ORTS, «Un drama personal i collectiu. L'exili austracista valencia», Pedralbes, Revista (¡'Historia Moderna 18-1! (1998), pp. 329-343. 14. J. M. MlÑANA, La Guerra de Sucesión en Valencia, Valencia, 1985. J. PRADELLS, Del neoforalismo al centralismo. Alicante, 1700-1725, Alicante, 1984, pp. 142-143.
23 8
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
recompensa al obtener en 1707 el título de marqués de la Vega con motivo del anuncio de la boda del Archiduque con Isabel Cristina. José Vicente Torres Eximeno, perteneciente a una conocida familia de juristas, fue nombrado de secretario del Consejo. Cuando en el transcurso de la segunda incursión aliada en Castilla, el rey Carlos decretó la formación de todos los Consejos de la Monarquía, para la sala de Gobierno del Consejo de Hacienda se sugirió el nombramiento de algún valenciano15. Pero un noble destacó por encima de todos, se trata del conde de Cardona, José Folch de Cardona y Eril, nombrado virrey de Valencia en 1706, quien favoreció una reacción nobiliaria que acabó con las aspiraciones del campesinado levantino16. Fue uno de los pocos españoles que intervino en la Junta de los Aliados y en los consejos de guerra. Consiguió el título de Almirante de Aragón y fue designado mayordomo mayor de la reina Isabel Cristina, por lo que se desplazó a Genova para recibirla; estuvo junto a ella durante su estancia en España, formando parte de una Junta de Regencia que se constituyó en 1711 para q ue la asesorase en el despacho. En 1713 se trasladó a Vi ena acompañando a la emperatriz. Otro título, el marqués de Rafal, que entregó Orihuela a los aliados, fue virrey de Mallorca. Emparentado con el conde de Cardona, el arzobispo de Valencia, Antonio Folch de Cardona, refugiado después en la Corte borbónica, abrazó la causa del Archiduque tras su entrada en Madrid en 1710 e inició una brillante carrera política unida a la Casa de Austria, pero dejó en la diócesis una red clientelar de servidores, familiares y miembros del clero secular y regular muy importante que obligó al intendente felipista Rodrigo Caballero a incrementar la vigilancia sobre los eclesiásticos sospechosos. En la primavera de 1711 falleció el emperador José I, lo que convertía al Archiduque en el heredero de los Estados Patrimoniales de los Habsburgo de Viena y en septiembre se embarcó en Barcelona con destino a Francfort para recibir la corona imperial acompañado de un selecto grupo de españoles entre los que se encontraba el arzobispo de Valencia. No hubo acuerdo entre España y Austria en la Paz de UtrechtRastadt que puso fin al conflicto dinástico, prolongando sus consecuencias internas. De este modo, al terminar la Guerra de Sucesión se iba a producir un acontecimiento singular en la historia europea y española: el exilio de los austracistas. Con la salida de los españoles que apoyaron al Archiduque Carlos comenzaba una emigración política forzada, derivada de una guerra civil perdida. El exilio austracista tuvo varias etapas en los momentos finales de la contienda17. La firma del Tratado de Evacuación de las tropas el 13 de marzo de 1713, de acuerdo con las negociaciones que se llevaban a cabo en Utrecht, supuso el traslado a Italia de Isabel Cristina y de la mayoría de los
15. V. LEÓN SANZ, Entre Austrias y Barbones. El Archiduque Carlos y la monarquía de España (1700-1714), Madrid, 1993, p. 81. 16. C. PÉREZ APARICIO, «Una vida al servicio de la Casa de Austria. Don Antonio Folc de Cardona y Erill, príncipe de Cardona (1651 -1729)» Studis, 28 (2002), pp. 421 -448. V. LEÓN SANZ, «Isabel Cristina, reina y regente en Barcelona», en La apuesta catalana en la Guerra de Sucesión, (¡705-1707), Barcelona, 2005. 17. F. DURAN CANYMERAS, Els exiliáis de la guerra de Successió, Barcelona, 1964.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
239
VIRGINIA LEÓN SANZ
ministros y oficiales que habían trabajado en el gobierno y en la administración austracista, como su mayordomo mayor, el conde de Cardona. Pocos meses después de la marcha de la emperatriz, el 23 de junio de 1713, el mariscal Starhemberg firmó el armisticio en Hospitalet y a continuación se inició la evacuación de las tropas imperiales de Cataluña. Algunos austracistas valencianos aprovecharon la escuadra aliada para abandonar el Principado y se sumaron a la lista de españoles que se exiliaron como resultado de la Guerra de Sucesión. Castellví cita a muchas damas de los reinos de Castilla, Aragón y Valencia que se embarcaron en Mataró el 21 de agosto de 1713 con el general Wallis para pasar a Italia y a Alemania: las condesas de Cardona, de Villafranqueza, del Casal, de Cervellón y de Rafal siguieron a sus maridos; en cambio, la condesa de Cirat se quedó en la capital catalana. Cuando la ciudad de Barcelona decidió continuar su lucha contra Felipe V a principios de julio de 1713, los valencianos tuvieron un papel destacado en su defensa. Entre los oficiales mayores que fueron destinados para dirigir las armas, figuraba en el mando de artillería el general Juan Bautista Basset y Ramos. Los valencianos presentes en la Ciudad Condal se incorporaron a los diferentes regimientos que se formaron entonces, como el de San Miguel de Dragones, en el que se alistaron Baltasar Alós y Juan Ortiz. En Infantería se formó un Regimiento de la nación valenciana denominado Virgen de los Desamparados, siendo su coronel José Vicente Torres Eximeno, de Valencia y su teniente coronel Francisco José Mayáns, de Oliva18. Con frecuencia, familiares, amigos y vecinos habían fallecido a lo largo de la contienda, pero las bajas producidas en los combates de los últimos meses y el asalto final del 11 de septiembre de 1714 fueron especialmente dramáticas. Los que sobrevivieron fueron expulsados de Barcelona poco después: Felipe V decretó en Hospitalet la salida de todas las familias de castellanos, aragoneses y valencianos que se hallaban en Cataluña por haber seguido el partido de los Aliados y en función de esta orden, se embarcaron más de mil personas19. Comenzaba un largo período de exilio para los valencianos, a lo que se unían ahora otros muchos austracistas, pero a diferencia de catalanes y mallorquines, la mayoría llevaba siete años desplazados de su hogar y habían atravesado momentos de penuria y dificultades. Algunos se trasladaron a Mallorca e Ibiza para continuar su lucha contra Felipe V hasta 1715, con la esperanza de regresar pronto. Otros se unieron a los catalanes y salieron a Italia en dirección a los dominios imperiales. Una última avalancha de valencianos pasó a las costas italianas tras la evacuación de las tropas de Mallorca e Ibiza en 1715, aunque después de la entrada de las autoridades borbónicas en Mallorca, algunos refugiados en Austria y en Italia volvieron a España. Se calcula que regresaron más de tres mil españoles, sobre todo, a partir de 1718, en el contexto internacional que se derivó de la política revisionista de Felipe V
18. CASTELLVÍ, Narraciones históricas..., Madrid, 1999, III, p. 689-701. S. SANPERE I MIQUEL, Fin de la
Nación Catalana, Barcelona, 1905. 19. H.H.St. I. Vortrage, fasz 19; CASTELLVÍ, Narraciones históricas...Viena, 1726, VI, n. 113.
240
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
Con el conflicto sucesorio ya finalizado, la preocupación de las autoridades borbónicas en Valencia se dirigió a evitar el regreso incontrolado de los austracistas exiliados20. La situación no era nueva, ya que en todo momento se produjo un flujo de gentes que, acogidas a distintas medidas de gracia, habían vuelto a sus lugares de residencia. Muchas procedían de Cataluña y otras de Mallorca, sobre todo cuando a primeros de julio de 1715 fue conquistada Palma. Hasta Alicante llegaron tres embarcaciones procedentes de Mahón transportando 26 familias y religiosos de distintas órdenes que se habían marchado a Mallorca después de la rendición de la ciudad a Felipe V en 1709. Sólo se permitió su desembarco tras haber sido avalados por parientes y amigos de la ciudad, elaborándose un listado que fue remitido por el Gobernador de Alicante al Capitán General Villadarias. La mayoría del grupo de valencianos volvió a sus casas después de la rendición de Barcelona, como el notario Melchor Morales, que estuvo encarcelado en la torre de Serranos y desterrado en 1709, pero en 1715 se hallaba ya en Valencia como escribano público, o Francisco Nicolau, al cual en 1716 se le concedió licencia para poder regresar a Valencia y su hijo Francisco fue después oficial del ejército borbónico. La decisión pudo deberse a que Felipe V inició un proceso de normalización con la concesión del perdón a quienes habían faltado al juramento de fidelidad, o al menos a sus familias: «Siendo, afirmaba el rey, mi natural propensión en mi piadoso genio el de usar con los delincuentes de toda la gracia y equidad». En un decreto de 12 de julio de 1715, Felipe V concedía el perdón a las mujeres que habían cometido delito de «desafección o disidencia»21, poniendo de manifiesto el papel desempeñado también por las mujeres en el conflicto dinástico; en algunos casos se trataba de nobles, como la condesa de la Casta, pero como en el caso catalán, muchas de ellas no eran mujeres principales, como se deduce de su nivel de rentas22. Ese mismo año, se creó una Junta de Dependencias de Extrañados y Desterrados para estudiar los casos de los austracistas que quisieron volver, siempre que no hubieran tomado parte en la defensa de Barcelona. Las penosas condiciones en que se encontraban muchas de esas familias refugiadas en Cataluña, cuyos bienes habían sido confiscados, impulsaron a bastantes de ellas a regresar, acogiéndose a indultos o con la esperanza, casi siempre incumplida, de que su pasado austracista fuese olvidado. Eran los primeros pasos de un lento proceso de superación del conflicto civil, cuyas consecuencias para los vencidos se manifestaron en la vida social y política española. El temor del gobierno ante un posible levanta-
20. E. GIMÉNEZ LÓPEZ, «'Contener con más autoridad y fuerza'. La represión del austracismo en los territorios de la Corona de Aragón», Cuadernos Dieciochistas, 1(2000), pp. 133-153. 21. «muchas mujeres en Cataluña y Valencia desterradas y privadas de lograr el amparo y quietud de sus Casas en Madrid, Zaragoza y otras partes, de donde salieron para Barcelona en el principio con sus maridos, más siguiéndolos después por elección propia, otras por orden mía se les precisó a que saliesen en busca suya, otras que por desafectas y perjudiciales mandé pasar de Zaragoza a Barcelona», A.H.N, Estado, libro 1009d. 22. V. LEÓN SANZ, «Felipe V y la sociedad catalana al finalizar la Guerra de Sucesión», Pedralbes. Revista d'Historia Moderna 23.11 (2003), p. 285.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
241
VIRGINIA LEÓN SANZ
miento de austracistas catalanes apoyados ahora por Francia, agudizó la represión: condena a galeras, destierro, presidios con carácter ejemplar, fueron actuaciones habituales en los años siguientes al conflicto dinástico. El clima posterior a la contienda en la sociedad valenciana, ha escrito E.Giménez, fue el de una posguerra civil: «Beberían la sangre, tal es el odio que han cobrado contra nosotros sin haber dado motivo»23. Por eso no sorprende que fuera ya de las primeras oleadas de exiliados, no cesara el goteo de individuos o de familias austracistas que decidieran abandonar casa y bienes y dirigirse a los territorios imperiales. Pero el exilio austracista no se puede ver de manera aislada. Las conexiones entre austracistas peninsulares y exiliados fue habitual y frecuente, tanto a nivel político como económico y cultural, compartiendo proyectos e ideales. Por su parte, el emperador Carlos VI, que jamás renunció a la Corona de España y siempre se consideró el legítimo sucesor de Carlos II, protegió de forma decidida a los austracistas que le siguieron24. El 29 de diciembre de 1713 constituyó en Viena el Consejo Supremo de España, integrado por ministros y oficiales españoles en su mayoría. El nuevo organismo tuvo como su principal ámbito de gobierno los territorios de Italia y de los Países Bajos que al finalizar la Guerra de Sucesión pasaron a la Casa de Austria. El establecimiento del Consejo vino a simbolizar el rechazo de la Corte austríaca a reconocer a Felipe V, el «Usurpador», como rey de España, convirtiéndose en un instrumento político de la constante reivindicación del emperador de su herencia española. Desde una intencionada continuidad con el sistema político de la Monarquía Hispánica, en el decreto de constitución del Consejo de España se establecía la creación de cuatro Secretarías provinciales correspondientes a Ñapóles, Cerdeña, Estado de Milán y Flandes, a las que se sumaron las Secretarías del Sello y de la Presidencia así como la Tesorería, siendo su presidente el arzobispo de Valencia, Antonio Folch de Cardona. El mismo día, el emperador nombró al notario catalán Ramón de Vilana Perlas, marqués de Rialp, Secretario de Estado y del Despacho para los asuntos de Italia y Flandes. La constitución del Consejo de España y de su práctica política supuso una novedad institucional para la Corte austríaca y estudios recientes plantean su contribución a la modernización del Estado habsbúrgico. Pero la presencia del partido español alteraba los tradicionales equilibrios cortesanos por lo que no fue aceptada con facilidad y mucho menos la estructura política sobre la que se sustentaba su poder. Pese a todo, el emperador siguió confiando en los exiliados que adoptaron una actitud inequívoca de lealtad hacia la Casa de Austria.
23. E. GIMÉNEZ LÓPEZ, Gobernar con una misma ley. Sobre la Nueva Plañía borbónica en Valencia, Alicante, 1999, p.81.1 Planes, Sucesos...III, fs. 104-105. 24. .V. LEÓN SANZ, «Origen del Consejo Supremo de España en Viena», Híspanla, Ll 1/180 (1992), pp. 107-142.
242
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
EL ASENTAMIENTO DE LOS VALENCIANOS EN LOS DOMINIOS IMPERIALES La salida fue masiva y precipitada y en ocasiones pudo tener caracteres dramáticos: al abandono del hogar y a la dispersión de las familias se unieron otras dificultades, empezando por las aglomeraciones en los barcos, principal medio de transporte. Pero lo que más debió inquietar a los austracistas fue la angustia ante un futuro de vida incierto. Sin embargo, el emperador cumplió la promesa hecha por Isabel Cristina en Barcelona y hasta el final de su reinado se responsabilizó de los exiliados y encargó al Consejo de España de su asistencia. Desde el principio los valencianos, como los demás exiliados, se dirigieron a los territorios italianos y flamencos que habían formado parte de la monarquía española hasta la Paz de Utrecht y que ahora pertenecían a los Habsburgo: Milán, Cerdeña y sobre todo Ñapóles; y pocos a los Países Bajos. Los religiosos y sacerdotes se trasladaron a Roma, mientras que los militares fueron enviados a combatir contra los turcos en Hungría y algunos se quedaron en Italia. Pero Viena, como sede de la capital imperial, se convirtió en el principal centro de atracción para los españoles. No faltó algún valenciano que se asentó en el Sacro Imperio, como Francisco Llopis, caballerizo mayor del conde de Koy Saltenisberg, que falleció en Ulm en 1730. Otros acabaron en Portugal, como Felipe Antonio Gavilá, de Denia, que aunque pasó por Cerdeña se afincó en Lisboa con su hijo; o el sacerdote de la Iglesia de Santa Catalina de Valencia, Antonio Mompó, que era músico en la catedral de Lisboa en 1720. Más cerca se quedó Andrés Juan Rico, un valenciano que creció en Aragón y que vivía en Perpignan en 1719. La masiva llegada de austracistas que desembarcaron en Italia planteó una serie de problemas, como su alimento y su alojamiento, que constituyeron todo un reto para la administración imperial. La situación que atravesaban en 1714 la exponía el virrey de Ñapóles conde Daunn el 8 de septiembre: «muchas Personas extranjeras y particularmente españolas que habiendo servido a la Justa Causa de Vuestra Majestad Cesárea se hallan sin asistencia, sueldo, ni modo de vivir y únicamente en la esperanza de ser acomodados en dichos Gobiernos». El número de españoles que abandonaron sus casas y sus haciendas superaba los dieciséis mil según Castellví y pudo llegar a treinta mil en opinión de Stiffoni. No resulta fácil cuantificar el número de valencianos que solos o con sus familias eligieron el camino del exilio, aunque los datos aportados en las relaciones imperiales indican que se podría tratar de varios cientos. El Consejo de España estableció las ayudas iniciales con relativa prontitud para proporcionar las primeras pensiones a los que «se hallan a los Pies de V.M. sin otra providencia que su cesárea piedad les dispensare en ínterin se les acomode o por la Paz General recobren sus estados». Los territorios que habían pertenecido a la Monarquía de España fueron los que en un principio acogieron a los austracistas y financiaron las ayudas a través de la Delegación General de españoles. Una comisión integrada por el arzobispo de Valencia y el conde de la Corzana clasificó a los exiliados de acuerdo con el lugar que ocupaban en la sociedad, así como el número de individuos por familia.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
243
VIRGINIA LEÓN SANZ
A partir de estas relaciones sabemos el nombre de muchos valencianos y dónde se encontraban en los «Dominios de Su Magestad y bajo su Protección» a comienzos de 1714, con la cuantía de la pensión asignada25. Entre los españoles de primera calidad se incluye al arzobispo de Valencia, al conde de Cervellón y a la marquesa de la Casta. En la segunda clase aparecen el marqués de Rafal y el conde de Villafranqueza. En la lista de títulos y caballeros de la cuarta clase figura José Ramírez con su familia en Milán. En la quinta clase se anota a Miguel José Alonso, protomédico, también con famila y a José Cuadrado y Sánchez, auditor del regimiento de Nebot. Entre los ministros togados españoles y letrados se encuentran Cristóbal Mercader, del Consejo de Aragón, en Mahón; Juan Bautista LLosá, oidor de la Real Audiencia de Valencia, en Milán; José Mercader, de la Real Audiencia de Valencia, en Viena; y Silvestre Cerda, auditor del regimiento de Barbón, en Cerdeña. Entre los canónigos, dignidades y presbíteros españoles se menciona a los canónigos Gavila, que se encontraban en Caller, y a José Roca, del que se dice expresamente que es canónigo de Valencia y natural del reino y que está en Valencia. J.L.Cervera ha anotado también a los hermanos Galiana, Antonio y Tomás, ambos agustinos, refugiados en 1712 en Menorca. La comisión expuso el resultado de su estudio y el presupuesto necesario para costear el mantenimiento de los españoles. Cabe añadir que existieron notables diferencias económicas entre los exiliados: un gentilhombre podía gozar de unos 6.000 ducados anuales, mientras que un caballero percibía 2.000, pero la cuantía fijada para la mayoría oscilaba entre 500 y 100 ducados26. La siguiente avalancha de españoles se produjo tras la rendición de Barcelona a las tropas borbónicas el 11 septiembre de 1714 y después del «exterminio y destierro» del decreto de Hospitalet de 1715. Los primeros exiliados que se trasladaron a Viena fueron recibidos en audiencia por Carlos VI y el Consejo de España tuvo que reunirse con urgencia. Con la llegada de este nuevo grupo de españoles se elaboraron otras listas en 1715 y se redujo el importe de la cuantía de las pensiones asignadas debido al aumento de su número. Al principio las ayudas llegaron con dificultad: «Padecían los que se hallaban en Ñapóles las mayores calamidades por falta de pagamentos y asignaciones», escribe Castellví, pero, una vez superada la situación crítica inicial, aunque con retrasos, las pensiones fijadas en la Delegación de españoles fueron recibidas por los austracistas. De especial interés para atender situaciones diversas fue la creación del Real Bolsillo Secreto, que dependiente de la Tesorería del Consejo de España y bajo el control del marqués de Rialp, tuvo como principales beneficiarios a los nuevos vasallos del emperador: españoles, italianos y flamencos27. Con cargo al bolsillo secreto se
25. V. LEÓN SANZ, Entre Austriasy Borbones..., pp.220-242. La mejor fuente para conocer el exilio austracista es la documentación procedente de la administración imperial y, como para la etapa anterior, la obra de Castellví también resulta esencial. 26. V. LEÓN SANZ, «Los españoles austracistas exiliados y las medidas de Carlos VI, 1713-1725», Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, I, 10 (1991), pp. 162-173. 27. V. LEÓN SANZ, «Patronazgo político en la Corte de Viena: los españoles y el Real Bolsillo Secreto de Carlos VI», Pedralbes. Revista d'Historia Moderna 18-II (1998), pp. 577-598.
244
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
pagaron por vía de ayuda de costa partidas muy diferentes, como las destinadas a los prisioneros de la Guerra de Sucesión o las dirigidas a paliar los efectos de los atrasos y valimientos a los que con frecuencia estaban expuestos los sueldos y las pensiones de los españoles. Viajes como el del marqués de Rafal para ir a Milán en 1719 con 600 florines fueron sufragados por el bolsillo, así como los 1.000 florines otorgados al conde de Villafranqueza en 1720. Ese mismo año, el marqués de Boil recibió 11 mesadas a través del bolsillo por un importe de 550 florines. Medidas como éstas no pudieron evitar la situación de indigencia de muchos españoles, como el general Nebot, quien pedía a Legazpi una ayuda de costa de 1.000 florines, «hallándose el suplicante con suma miseria y enfermo en la cama». No obstante, los exiliados demostraron una elevada capacidad organizativa y crearon sus propios mecanismos de supervivencia, lo que sorprendió a los gobernantes de Viena, aunque eso no impidió que los primeros momentos fueran difíciles y frecuentes las privaciones y la escasez. El emperador además recompensó los servicios prestados durante y después de la Guerra de Sucesión con un amplio abanico de mercedes. Hasta 1725 en calidad de rey de España, otorgó mercedes de Grandeza de España y títulos a españoles como al conde de Villalonga y Villafranqueza, hecho Grande de España en 1721 y gentilhombre de la Cámara. También el marqués de Rafal que se trasladó a Genova y de allí a Milán fue honrado con la merced de gentilhombre de la Cámara y tuvo honores de consejero de Estado. La dispersión de los valencianos, como la de otros austracistas, por otros territorios austríacos en los primeros años fue muy limitada, a excepción de la capital imperial y de las tierras conquistadas a los turcos, evitando que su llegada alterara la convivencia en otras zonas. Los valencianos mostraron preferencia por residir en lugares más familiares, con costumbres e inquietudes culturales, e incluso clima más afínes, y con los que habían mantenido contactos tradicionalmente a lo largo de la Edad Moderna por motivos políticos y comerciales. Algo más complicado resultó frenar la llegada de españoles a la Corte imperial. Sólo con algunas medidas coactivas se consiguieron resultados. Así, un decreto de 12 de mayo de 1716 fijaba un mes para su salida, pasado el cual, dejarían de recibir las pensiones asignadas y no podrían obtener nuevas mercedes o empleos: «todos los ya providenciados y que no tuvieren actual servicio en esta Corte o en los ejércitos de Hungría, o no presentaren mi Real Permiso para haber venido y detenerse en ella, deban inmediatamente conferirse en Ñapóles, Milán, Flandes o Cerdeña...». Se impuso a los exiliados la autorización del Consejo de España para ir a la Corte mediante la concesión de una licencia en la que se fijaba la duración de la estancia de los que acudían a Viena. Las licencias se dieron con más facilidad a la nobleza, como sucedió con el valenciano marqués de la Vega, pero si se analizan las biografías de los austracistas anónimos se comprueba que la mayoría estuvieron en la capital imperial en alguna ocasión. Las pensiones tenían un carácter provisional hasta que accedieran a un empleo. Atendiendo a su nivel social y formación profesional, se acomodó a los españoles en los distintos niveles de la administración italiana y, en escasa medida, en la flamenca. Como sucedió en la monarquía borbónica, tras la confrontación civil, la lealtad a la REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
245
VIRGINIA LEÓN SANZ
Casa de Austria fue el primer requisito para acceder a un empleo: «Se mire mucho en las elecciones no se dé lugar a introducir sospechosos o parciales al Duque de Anjou». Juristas y letrados valencianos, todos ellos doctores en leyes, obtuvieron diferentes puestos como Vicente Díaz de Serralde, fiscal de Audiencia de Valencia en 1706, que fue consejero de Santa Clara; o José Mercader y Torán, asesor del gobernador de Orihuela y oidor criminal de la Audiencia austracista de Valencia, que recibió en 1719 el título de marqués y en 1727 presidía el tribunal de la Regia Cámara de la Sumaria de Ñapóles; en 1737 seguía al servicio imperial en Parma y Plasencia. Por su preparación, algunos exiliados prestaron servicios especiales al Imperio austríaco, como el alicantino Domingo Roca, un patrón de barco que gracias a su conocimiento del inglés en 1721 era agente imperial ante las autoridades británicas. De particular interés para Viena fueron los militares que habían luchado en España y que continuaron sus carreras al servicio del emperador. Y es aquí donde encontramos a un mayor número de valencianos. Organizados inicialmente en dos Regimientos de Infantería y tres de Caballería, fueron destinados a luchar contra los turcos en Hungría, como Juan Gil de Cabrera, conde de Cabrera o Gaspar Cebriá, de Játiva, que participaron en la tercera guerra turca. En 1719 se procedió a la reorganización de los soldados españoles que se hallaban en Viena, Buda y Essek. Algunos siguieron sus carreras en Italia, como Luis Cantó: tras servir en las Milicias en Valencia y en Cataluña, donde fue Capitán de Caballos con Real Patente, participó después en la defensa de Mallorca en el regimiento de Rubí, se marchó a Ñapóles en 1715, se trasladó a la Corte en 1716 y en 1718 obtuvo por la vía de Guerra patente de Teniente Coronel de Caballería, además del Diario que gozaba de medio sueldo en Ñapóles. La representación valenciana en la Corte imperial alcanzó un alto nivel, siendo precisamente dos valencianos los que ocuparon el vértice de los nuevos organismos «españoles» que se constituyeron en Viena: el arzobispo de Valencia fue nombrado presidente del Consejo de España en 1713 y desempeñó este cargo hasta su muerte en 1724 y el conde de Cardona, promovido a príncipe y gentilhombre de Cámara, presidente del Consejo de Flandes desde su creación en 1717. En otro nivel, Luis Samper desempeñó un papel fundamental desde su empleo de oficial segundo de la tesorería del Consejo de España a cargo del vizcaíno Manuel Tomás Legazpi y fue un estrecho colaborador del marqués de Rialp en la administración de los fondos del bolsillo secreto; vivió en Viena hasta la extinción del Consejo en 1736 y regresó a Valencia en 1741. También Joaquín Rueda y Chavert entró de oficial 2o de la secretaría de la negociación de Flandes en 1715 y pasó luego a la de Sicilia en 1720; seguía viviendo en Viena en 1736. Con la pérdida de Cerdeña y la incorporación de Sicilia a los dominios habsbúrgicos se reestructuraron las secretarías del Consejo, se suprimió la de Cerdeña y se creó la de Sicilia, en la que fue nombrado consejero el conde de Cervellón, Juan Basilio de Castellví y Coloma, previamente Procurador Real y Juez del Real Patrimonio de Cerdeña. Los que obtuvieron un empleo en la administración austríaca disfrutaron de una vida más acomodada, aunque muchos contraían deudas debido a los atrasos y, en ocasiones, a unos salarios demasiado bajos. Por eso, en 1724 se decidió que Luis Samper, 246
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
junto a su sueldo, siguiera recibiendo la pensión de la Delegación de españoles28. En todo caso, la integración de los exiliados en la sociedad austríaca resultó más sencilla para los que trabajaban en el Consejo de España, en particular para los altos funcionarios, ya que dichos empleos constituían una vía de entrada en la nobleza. Un caso interesante fue el de la familia del comerciante Francisco Ferrando porque emparentó con la burocracia española en Viena, facilitando así su incorporación en la sociedad vienesa. Las hijas se casaron con oficiales que tuvieron una larga carrera en la institución, razón por la cual fueron ennoblecidos29. Los matrimonios con austríacos aparecen poco frecuentes, en cambio los enlaces entre la colonia española y sobre todo entre valencianos fueron habituales. No todos se emplearon en las administraciones o en el ejército. Algunos se ocuparon en actividades agrícolas y en ocasiones se les proporcionó tierras en Italia y más tarde en otros dominios habsbúrgícos, especialmente en la zona conquistada a los turcos. Tampoco faltaron los que se dedicaron a actividades comerciales o ejercieron oficios liberales, como Lorenzo Dalmau, cirujano mayor en el regimiento de Richardi en Alicante, que se trasladó a Milán donde ejerció su profesión. También se debe señalar el papel de los eclesiásticos exiliados. En un principio, muchos de ellos se dirigieron a Roma, pero luego se afincaron en los dominios italianos donde desarrollaron su labor pastoral como Tomás Marín, que fue designado en 1722 arzobispo de Siracusa, donde destacó por sus limosnas, o Damián Polou, que fue nombrado en 1727 arzobispo de Rijoles, en Calabria. La colonia española tuvo, como otras naciones, lugares de referencia comunes en la capital imperial. La acomodación de los españoles en su nueva patria llevó a Carlos VI a impulsar la creación del hospital de la «nación española», en 1718 «en uno de los Burgos de esta Imperial Ciudad de Viena y a la invocación de Nuestra Señora de las Mercedes», para la curación de los vasallos enfermos de los Reinos y Estados de la Monarquía de España. El llamado «Hospital de Españoles» se financió con recursos procedentes de los territorios, italianos y flamencos; también se convirtió en una partida habitual del bolsillo secreto con la ayuda fija de 10.000 florines que el emperador estableció el 10 de mayo del719. En el Hospital se emplearon a médicos españoles y también fueron exiliados los eclesiásticos encargados de asistir espiritualmente a los enfermos. La protección del emperador hacia los españoles se extendió además a 28. V. LEÓN SANZ, «Los funcionarios del Consejo Supremo de España en Viena (1713-1735)», L. MIGUEL ENCISO (coord), La Burguesía española en la Edad Moderna, Valladolid, 1996,11, pp. 893-904. 29. Según J. L. Cervera, Mariana Ferrando Zavallá, hija de Francisco Ferrando y Ana M' Zavallá, se casó con José Echevarría y Bertrán, de Barcelona, que fue oficial 3° de la Secretaría para la Negociación de Sicilia en el Consejo de España (1720); más tarde, oficial 2° de la Secretaría para la Negociación de Parma y Plasencia y oficial 3 o de la Secretaría del Consejo Supremo de Italia (1741); fue camarista de la emperatriz en 1727. Su hermana Rosa María ostentaba el título de marquesa y duquesa tras su boda en 1719 con el aragonés Miguel Gallego, oficial 3 o de la Secretaría de Milán del Consejo Supremo de España (1714) y oficial Io en 1736; en 1741 se quedó como secretario del nuevo Consejo de Italia. Por último, Teresa se casó después de 1727 con Gabriel Rondini, oficial de la Secretaría de Guerra y luego secretario de la misma en 1740; también vivió en Viena.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
247
VIRGINIA LEÓN SANZ
los presos austracistas que estaban en las cárceles de Felipe V. Los diferentes avisos que llegaban a la Corte imperial denunciaban el miserable estado en el que vivían. Con motivo del canje de prisioneros acordado en las negociaciones de 1720, Sebastián Dalmau advertía al marqués de Rialp que muchos austracistas peninsulares se trasladarían entonces a Genova, donde fueron asistidos por el Consejo de España; Dalmau hacía referencia a los presos del Alcázar de Segovia y mencionaba al valenciano José Vicente Torres Eximeno que, puesto en libertad, se desplazó a Viena y llegó a desempeñar el empleo de Secretario del Sello y Registro del Consejo de España en 1727. Trazadas las líneas fundamentales del exilio, su establecimiento en los nuevos territorios austríacos y su acceso institucional, se debe profundizar en otros ámbitos, como las relaciones y contactos de los austracistas que siguieron a Carlos VI con los peninsulares, es decir, el análisis de las líneas de comunicación que sin duda existieron entre ellos. El fomento del comercio mediterráneo por la Corte de Viena con proyectos impulsados desde el Consejo de España hace pensar en la existencia de redes familiares y económicas entre los exiliados que se afincaron sobre todo en Italia con las familias catalanas y valencianas peninsulares, cuyos intereses comerciales lograron trasladar al gobierno imperial30. Una iniciativa recogida en una propuesta del Consejo de España en 1724 se orientaba al fomento del comercio de los territorios italianos con España, Portugal y el norte de África. También la creación de una marina comercial y una marina de guerra se encontraba entre las prioridades de los ministros españoles. La correspondencia del valenciano conde de Cervellón, a quien Amor de Soria considera «un ministro lleno de erudición, de ciencia, de aplicación, de estudio y de prudencia», con el también valenciano y erudito Gregorio Mayáns i Sisear demuestra que los exiliados compartieron inquietudes y proyectos culturales con los austracistas que se quedaron en España y, al mismo tiempo, manifiestan la solidez del discurso austracista interno, que el control de las instituciones borbónicas no logró evitar31. La incidencia del austracismo en el pensamiento y la doctrina política del siglo XVIII español es cada vez más conocida en autores como el conde Juan Amor de Soria. Algunos valencianos continuaron su labor erudita, sobre todo los que se afincaron en Italia, aunque su actividad intelectual, todavía hoy poco conocida, estuvo muy ligada a las peculiares condiciones del exilio y determinó su producción historiográfica. Cabe recordar a Tomás Marín, catedrático de Moral de la Universidad de Valencia, que fue predicador del emperador en Barcelona y en Viena; y a Felipe Doménech Ripio, que cuando en 1720 regresó a Valencia se reincorporó a la cátedra y ejerció de canónigo penitenciario de la Catedral. También el poeta Tomás Soler de Cornelia, de Elche, volvió a Valencia en 1728. Un exiliado en Lisboa, Mariano Gavilá, hijo de Felipe Antonio, dejó escritos religiosos. Parece que José Ribes y Fabregat mantuvo contactos con el histo-
30. V. LEÓN SANZ, Carlos. VI. El emperador..., pp.276 y 313. J. BÉRENGER, El Imperio de los Habsburgo, Barcelona, 1993, p. 364. 31. A. MESTRE, Apologiay crítica de España en el siglo XVIII, Madrid, 1993, pp. 119-167. V. LEÓN SANZ, «La influencia española en el reformismo de la monarquía austríaca del Setecientos», Cuadernos Dieciochistas, 1(2000), pp. 105-130.
248
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
riador Castellví, proporcionándole información sobre los sucesos de Valencia para sus Narraciones Históricas... Deseosos por integrarse en la sociedad vienesa, no faltaron los que cursaron estudios, como José Gadea, que después de haber combatido en Játiva, en la defensa de Denia y en el castillo de Planes, consiguió huir a Viena en 1716 donde se matriculó en la Facultad de Ingenieros32. Cabe recordar la importancia alcanzada por los grupos de «novatores» en el reino de Valencia que impulsaron la renovación cultural en el reinado de Carlos II y a cuyas tertulias acudieron el Deán Martín o Miñana. Destaca el interés de la biblioteca del conde de Villafranqueza en Valencia, una afición que unía al conde con reconocidos bibliófilos como el duque de Uceda y el arzobispo de Valencia; sus bibliotecas y las de otros austracistas, incautadas por Felipe V durante la guerra, constituyen la base de la Real Biblioteca, origen de la Biblioteca Nacional de Madrid33. El arte barroco alcanzó su tardía culminación con Carlos VI y la colonia española participó en la actividad artística y cultural de la Corte. Españoles e italianos destacaron en la música, un arte por el que Carlos VI sintió una predilección especial y en el que no podían faltar los valencianos como Francisco Miralles34. Por otra parte, la presencia del grupo de españoles liderado por la nobleza austracista en el vértice de los órganos de la administración austríaca facilitó la continuidad de los planteamientos políticos que los austracistas habían defendido en la Guerra de Sucesión y que el emperador apoyase las instituciones y libertades de la Corona de Aragón hasta la paz de Viena en 1725, un tema que sin duda fue ampliamente debatido en las tertulias políticas que tenían lugar en palacios como en el de la condesa de Althann, María Josefa de Pignatelli y que conectaba con el sentimiento foral que se mantenía en el reino de Valencia. LA PAZ DE VIENA DE 1725 Los dominios italianos que habían formado parte de la Monarquía Hispánica en los que vivían la mayoría de los exiliados austracistas fueron el objetivo del revisionismo de Felipe V en los años siguientes a la Guerra de Sucesión. Unido a la añoranza de su reino español, motivos estratégicos y políticos, además de económicos, justificaron que Carlos VI defendiera estos territorios. La acción borbónica en el Mediterráneo trajo nuevas dificultades a los austracistas, tanto a los de fuera como a los peninsulares, porque mantuvo, e intensificó según los momentos, la política de represalias y de secuestro de bienes, como sucedió en 1717, año de la expedición organizada por Alberoni dirigida a la conquista de Cerdeña. La influencia de la coyuntura interna-
32. H.H.St. Italien-Spanischer Rat, k.21, cit. G.Stiffoni,»Un documento inédito sobre los exiliados españoles en los dominios austríacos después de la Guerra de Sucesión», Estudis, 17 (1991), p. 49. 33. A. FELIPO, «Aproximación al estudio de un austracista valenciano. El conde de Villafranqueza», en E. GIMÉNEZ LÓPEZ y A. MESTRE SANCHÍS, Disidencias y exilios..., pp. 515-542; J. PRADELLS, «Notas
sobre los orígenes de la Biblioteca Nacional: las bibliotecas del Arzobispo de Valencia, Antonio Folch de Cardona», Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, 4 (1984), pp. 149-187. 34. A.SOMMER-MATHIS, «Entre Ñapóles, Barcelona y Viena. Nuevos documentos sobre la circulación de músicos a principios del siglo XVIII», Artigrama, 12 (1998), pp. 45-70.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
249
VIRGINIA LEÓN SANZ
cional sobre la situación interna valenciana fue considerable en esta etapa del reinado de Felipe V, en la que se planteó la posibilidad de una revuelta austracista debido a la creencia de una inmediata devolución de los fueros. En este contexto, un valimiento en 1717 suspendía todas las pensiones y mercedes otorgadas a los exiliados en tierras italianas, exceptuando las más bajas. También hubo que atender, en algunos casos a través del bolsillo secreto, a los sardos y a los españoles austracistas que tuvieron que salir de la isla. El fracaso de Alberoni en Sicilia y la invasión pirenaica anglo-francesa de 1719 impuso el acuerdo de Felipe V con el emperador Carlos VI. El monarca español acabó adhiriéndose a la Cuádruple Alianza el 26 de enero de 1720 y poco después, las cortes de Viena y Saboya se intercambiaban las islas de Cerdeña y Sicilia. Muchos valencianos se afincaron a partir de ahora en Sicilia, como el alicantino Ventura Bojoni, que en 1717 llegó a la Corte de Milán y en 1726 estaba en Sicilia con el empleo de Capitán de Armas. La Corte de Viena se planteó la inminente entrega de las haciendas confiscadas a los partidarios de Felipe V en los territorios italianos ahora de los Habsburgo, principal fuente de ingresos de la Delegación de españoles35. Fue un buen momento para proponer el alivio de los Reales Patrimonios «que alimentan a tantas y tan grandes familias» y se apuntaba, por primera vez, la posibilidad de instalarlos en las tierras despobladas conquistadas a los turcos por los ejércitos austríacos. Y no tanto en las tierras húngaras, donde se debían respetar los acuerdos alcanzados en 1712, tal y como defendía el príncipe Eugenio de Saboya, como en la parte más oriental de los dominios austríacos, en la frontera con el Imperio Otomano, en Eslovenia y Valaquia. Este proyecto se retomará a partir de 1734. También, con la perspectiva de una paz con Austria que contemplase la devolución de los bienes secuestrados a los antiguos partidarios del rey Carlos en España, la Secretaría de Hacienda de Felipe V puso al día, tanto en Castilla como en la Corona de Aragón, el estado de dichos bienes36. El estudio comparativo de las confiscaciones en ambos territorios muestra su desigual impacto social. Como en los otros territorios de la Corona de Aragón, el número de represaliados en el reino de Valencia es superior que en Castilla, lo que significa que la represión fue mucho más amplia y explica la mayor animadversión a Felipe V que se debió sentir en su sociedad. Entre los que tenían sus bienes bajo secuestro figuran algunos nobles conocidos por su austracismo como los condes de Villafranqueza, de Cervellón, de Casal, de Fuentes y los marqueses de Boil, de Rafal, de Villasor y de la Casta, así como otros personajes que ocuparon diversos cargos en la administración barcelonesa durante la guerra como Cristóbal y
35. V. LEÓN SANZ, «La oposición a los Borbones españoles: los austracistas en el exilio», en E.Giménez López y A. Mestre Sanchís, Disidencias y exilios..., p. 484. 36. V. LEÓN SANZ y J. A. SÁNCHEZ BELÉN, «Confiscación de bienes y represión borbónica en la Corona de
Castilla a comienzos del siglo XVIII», Cuadernos de Historia Moderna, 21 (1998), IV, pp. 127-175.
250
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
Manuel Mercader y, en algunos casos, continuaron en el gobierno austríaco, como José Vicente Torres Eximeno37. El 30 de abril de 1725 se firmó la paz en Viena entre Felipe V y Carlos VI, los dos antiguos rivales que se habían enfrentado por la Corona de España en los primeros años del siglo, cerrando por fin aquella etapa. El Tratado en su artículo IX establecía «la amnistía recíproca» y el perdón general de todos los españoles que participaron en la Guerra de Sucesión, así como la restitución de los bienes recíprocamente confiscados y de todas las dignidades concedidas por Felipe V y Carlos VI durante el conflicto y en el período siguiente hasta 1725, lo que hacía posible el regreso a España de los exiliados38. Pero la devolución de los bienes a los austracistas se presentó conflictiva y planteó problemas que se resolvieron con dificultad, una situación a la que no fue ajena la colaboración del gobierno felipista con los que habían disfrutado de los secuestros. Las quejas sobre la lentitud de los procesos y los obstáculos encontrados fueron especialmente frecuentes en el reino de Valencia donde abundaron los incidentes. Por ejemplo, el conde de Cervellón escribía al marqués de Rialp en 1726 que se habían «malogrado todas las diligencias y recursos que se han practicado para que se restituyese enteramente la hacienda de mi mujer y la mía queriéndome defraudar molinos y una alquería». También fue causa de litigio la herencia del arzobispo de Valencia confiscada por Felipe V durante la guerra y que ahora reclamaba la orden franciscana en España, incluida su biblioteca. La paz terminó con las reclamaciones del emperador sobre el restablecimiento de las instituciones peculiares de la Corona de Aragón, pero ciertas informaciones mezcladas con rumores contribuyeron a que un gran número de valencianos considerase erróneamente que se había vuelto al régimen foral y que quedaban abolidos los impuestos de origen castellano, lo que trajo nuevas preocupaciones a las autoridades valencianas39. El Consejo de España organizó la vuelta de los exiliados, aportando de la dotación del Consejo y del bolsillo secreto el dinero necesario para emprender el viaje «de las personas que tienen el real permiso para pasar a España a gozar del reposo de sus casas en consecuencia del tratado de la paz». El acto de despedida de un gran número de españoles establecidos en Viena tuvo lugar en la Iglesia de Montserrat con la presencia de Carlos VI. Entre los emigrados que decidieron volver se encontraba el marqués de Rafal, que había obtenido previamente el real permiso, salvándose así la lealtad a la Casa de Austria mantenida durante tantos años de exilio. La paz supuso un hito importante en la normalización de la vida española, no obstante, las consecuencias
37. J. PRADELLS, Delforal'tsmo al centralismo... pp. 129-147 y V. LEÓN SANZ, «Hacia una historia austracista después de la Guerra de Sucesión», Miscellánia Ernest Lluch i Martin, Barcelona, 2006, I, p. 451. D. BERNABÉ GIL, «El patrimonio de los marqueses de Rafal», Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, 24 (2006), pp. 253-304. 38. V. LEÓN SANZ, «Acuerdos de la Paz de Viena de 1725 sobre los exiliados de la guerra de Sucesión», Pedralbes, 12 (1992), pp. 293-312. 39. E. GIMÉNEZ LÓPEZ, Gobernar con una misma ley..., pp. 91-92.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
251
VIRGINIA LEÓN SANZ
de la Guerra de Sucesión no se superaron plenamente en el reinado de Felipe V y se complicaron de nuevo en la década de los treinta. En un principio, el grupo español en la Corte imperial no se debilitó, aunque con el tiempo aumentó la presencia de los italianos. El Consejo de España siguió bajo la dirección del marqués de Villasor, que había sucedido al arzobispo de Valencia, mientras que el marqués de Rialp tuvo un papel relevante. Durante un tiempo, se mantuvo también la Delegación de españoles. Carlos VI instó al Consejo a que examinara los expedientes de las familias que decidieran permanecer en los dominios imperiales para asegurar su asistencia. En el marco de esta disposición puede incluirse una relación fechada en torno a 1726 en la que están registrados 331 militares, de los cuales 34 eran valencianos, a los que les correspondía el derecho de recibir un sueldo regular por parte de la administración austríaca. La biografía de Gabriel Ferrer recogida en esta relación puede resumir la trayectoria seguida por muchos valencianos40: «es de Xátiva, sirvió en su Patria hasta que los Enemigos la desolaron, fue soldado del Regimiento de Nebot y después Teniente de Proveedor en la plaza de Denia, hasta que se perdió y pasó a Barcelona, sirvió de soldado en el Regimiento Portugués de Bullón y después en la defensa de Barcelona; pasó a Mallorca y en aquella defensa, el virrey Rubí le hizo tomar asiento de Teniente de Caballos agregado en el regimiento de García; de ahí se fue a Ñapóles en 1715 y a esta Corte en 1722». A pesar de los tratados, muchos valencianos se quedaron en los dominios imperiales y serían enterrados en su nueva patria, como Antonio Boil, de la familia de los marqueses de Boil, capitán del regimiento de Caraffa, que falleció el 24 de marzo de 1741 en Viena41. Después de 1725, cada vez con más frecuencia, los hijos de los exiliados alegaron en sus memoriales para conseguir algún empleo los méritos de sus padres, es decir, el haber participado en la Guerra de Sucesión siguiendo la causa austracista. Este fue el caso de Jerónimo Sanz, hijo de José Sanz y Zúñiga, que en 1730 era oficial de la Secretaría de la Cancillería de Milán. Tampoco regresaron las hijas de exiliados que tomaron los hábitos fuera de España, como Juana María Mico Ferrando, hija de José J. Mico y Antonia Ferrando, que vivió exiliada con su familia e ingresó en las teresianas descalzas, con el nombre de sor Juana Teresa del Espíritu Santo, en el convento napolitano de esa orden. También siguió la carrera eclesiástica Jesualdo Montaner, hijo del notario Luis Montaner, que fue dominico y padre lector en el monasterio de Na Sa del Rosario de Ñapóles. Pero otros regresaron con el tiempo y consiguieron un empleo como Juan Bautista Puig Terrano, que había nacido en Ñapóles y en 1749 vivía en Valencia con el título de notario apostólico, lo que permite plantear el grado de asimilación de los austracistas en la sociedad borbónica. Con frecuencia muchos se trasladaron a Valencia en la década de los treinta para resolver cuestiones relacionadas con la recuperación de los
40. G. STIFFONI, «Un documento...», p. 40.
41. A. ALCOBERRO, «Al servei de Caries VI d'Austria: un document sobre els militars exiliats austriacistes mortsa l'imperi (1715-1747)», Pedralbes. Revista d'Historia Moderna 18-11 (1998), p. 323.
252
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
bienes familiares, aunque es destacable que después volvieran a los dominios imperiales como Andrés Mico Ferrando, que vivía en Ñapóles y estuvo en Valencia en 1732, pero se marchó de nuevo a Viena y de allí pasó a Temesvar, con una pensión de 180 florines; en 1741 se encontraba de nuevo en Viena con el empleo de escribiente de la Secretaría del Consejo de Italia y dos años después cobraba una pensión. Otros optaron por conceder poderes para que los representaran como el marqués de la Vega, que residía en Ñapóles en 1725 y acudió a Tomás Soler de Cornelia. La pérdida de los reinos de Ñapóles y Sicilia en 1734, que pasaron a la Casa de Borbón durante la Guerra de Sucesión polaca, supuso una tragedia para los austracistas valencianos que permanecían en los dominios imperiales, ya que la mayoría vivía en aquellos territorios, y significó el comienzo de una nueva etapa para los exiliados42. Los textos recuerdan «que se perdieron y sacrificaron en la guerra civil por la causa y servicio de S.M.C.C», y que se debía «atender a la obligación de procurarles el alimento y la decencia satisfaciendo esta deuda de honor». El conocido teórico austracista, Amor de Soria, ha dejado un interesante testimonio acerca de las difíciles condiciones de vida en las que quedaron los españoles, paliadas sólo en parte por los subsidios y las limosnas del emperador y por la piedad de algunas familias acomodadas de la sociedad vienesa, «que con verdadera Caridad socorrían diariamente toda esta Nación»43. De inmediato, Carlos VI estableció una ayuda de 1.000 florines del bolsillo secreto. En medio de las nuevas dificultades que les sobrevenían, Amor de Soria destacaba el sufrimiento de los más desvalidos y su comportamiento ejemplar ante las adversidades. Como en los primeros momentos del exilio, el gobierno imperial se tuvo que replantear la situación de los austracistas porque el emperador no se desentendió de los españoles, pese a que el 30 de noviembre de 1736 se suprimió el Consejo de España y se formó el Consejo de Italia. A los ministros y oficiales se les intentó acomodar en Milán, Mantua, Parma y Plasencia, bien con un empleo en las plazas de forasteros, bien con la jubilación anticipada de los reformados. Las familias de linaje pudieron permanecer en Viena o en Italia, donde recibieron una pensión procedente del bolsillo secreto con la que pudieran vivir con decencia. Los militares en activo se integraron en los regimientos imperiales o pasaron a los Presidios, mientras que el resto de los exiliados tuvo que emigrar a la parte más oriental del Imperio, en la frontera con los turcos. Los valencianos, obligados a abandonar su hogar, sufrían un nuevo exilio, en esta ocasión en tierras extrañas con clima, lengua y costumbres diferentes. Muchos eran mayores y ya no volverían a su patria. En este crítico período, que Ernest Lluch definiera como del «austracismo persistente y purificado», se produjo una avalancha de escritos austracistas44. Y de nuevo volvieron las preocupaciones del Capitán General de Valencia, quien recibió informes
42. V. LEÓN SANZ, Carlos. VI. El emperador..., pp. 345-352. 43. R.A.H, 9/5603, í. AMOR DE SORIA, Audiciones y Notas Históricas desde el año ¡715 hasta el ¡736, Viena, 1736. 44. E. LLUCH, Las Españas vencidas del siglo XVIII. Claroscuros de la Ilustración, Barcelona, 1999. R. GARCÍA CÁRCEL, Felipe Vy los españoles, Barcelona, 2002.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
253
VIRGINIA LEÓN SANZ
sobre la celebración de reuniones clandestinas y sobre la recepción de correspondencia sediciosa procedente de Italia45. Desde su llegada, los austracistas habían participado en la política colonizadora en Hungría impulsada por Carlos VI y el príncipe Eugenio. La guerra con los turcos provocó el traslado de los españoles del norte al sur de Hungría a partir de 1718 y 1720. Su presencia hasta ese momento había sido limitada: algunos desempeñaron cargos políticos, pero la mayoría eran militares que se integraron en regimientos como el de Ahumada o el de Galve. La familia Ferrando recibió el título de «libre barón y magnate de Hungría» porque al igual que otros nobles austracistas como el conde de Cifuentes o el marqués de Rialp, aspiró a convertirse en terrateniente. En 1720, coincidiendo con las conversaciones de Cambray, asistimos a un primer ensayo para instalar a los españoles en esta zona. A los nuevos colonos, ha estudiado Z.Fallenbüch, se les proporcionó tierras, se les promocionó socialmente y se les dio una subvención, con la exención de impuestos durante algún tiempo46. A partir de 1734 los emigrantes austracistas procedentes de Ñapóles y Sicilia fueron enviados al sur de Hungría, a Essek y a Eslavonia. Se quería evitar una situación política tensa en la capital imperial y el 4 de octubre de 1734 se resolvió establecer a los españoles en el Banato, uno de los pocos territorios que dependían de la Corona, porque en la Hungría histórica planteaba problemas. Se eligió un lugar para fundar una ciudad que recibió el nombre de Nueva Barcelona. El oficial del Consejo de España Miguel de Sola Piloa fue el encargado de preparar el transporte y las listas: la primera incluía 325 personas y en 1737 llegaron a 852. Los valencianos junto a otros exiliados vivieron con colonos alemanes, serbios y rumanos. En uno de los libros de matrícula está consignada la procedencia de uno de estos grupos de españoles: siete familias originarias de Cataluña, todas de Barcelona, cuatro de Aragón, tres de Valencia, dos de Murcia, una de Madrid y una de León. El marqués de la Vega, recibía en 1737 una pensión de 600 florines en Temesvar. A pesar de los esfuerzos del gobernador conde de Mercy y de las oportunidades que se ofrecieron a los nuevos pobladores, la colonización del Banato no se consiguió plenamente hasta el reinado de María Teresa. Los valencianos pasaron muchas dificultades en su nuevo destino. En 1737, los rusos forzaron a Carlos VI a entrar en una nueva guerra en los Balcanes contra el Imperio Otomano. Durante este conflicto, una epidemia de peste que asoló Pancevo en 1738 también arrasó Nueva Barcelona: sólo sobrevivieron algunas familias que dejaron el lugar definitivamente en 1740 y volvieron a Viena. Un caso interesante fue el de Manuel de Blanes y Garcés de Marcilla, que en 1737 tenía también asignada su pensión en Temesvar, 132florines,pero parece que no gozaba de ella por no tener licencia para disfrutarla fuera del Banato; en 1740 lo encontramos en Viena, cobrando su pensión al menos en 1743.
45. E.QMÉNEZ LÓPEZ, Gobernar con una misma ley..., p. 95.
46. Z. FALLENBÜCHL, «Espagnols en Hongrie au XVIIIe siecle», Revistas de Archivos, Bibliotecas y Museos, (1979), pp. 85-147 y 199-224.
254
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracísta valenciano
El 20 de octubre de 1740 falleció Carlos VI, el emperador de los españoles. Su hija María Teresa difícilmente podía dejar abandonada a la comunidad española, aunque su número era ya bastante reducido, y aprobó una Instrucción reservada y secreta en 1757 sobre el pago de los atrasos y de las pensiones por un periodo de veinticinco años destinada a los austracistas. Sólo entonces, cuando con el paso de los años una nueva generación de valencianos sustituya a la que vivió la guerra civil y la posguerra, se pudieron comenzar a superar las secuelas del conflicto dinástico y, como ha señalado E. Giménez, problemas como la legitimidad borbónica y la recuperación del ordenamiento tradicional se irían diluyendo. No obstante, la concepción política del austracismo estuvo presente a lo largo de la centuria. Y dentro de la cultura oficial borbónica también hubo planteamientos políticos, como los del conde de Aranda, reivindicativos de un concepto de España muy distinto del uniformismo de Felipe V. Si a comienzos del siglo XVIIII hubo felipistas simpatizantes con los fueros como Miñana o el conde de Robres, en torno a 1760 hombres de probada fidelidad borbónica razonaron en el Memorial de Greuges en orden a recuperar la tradición política que había sustentado la Monarquía Hispánica.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 235-255) ISSN: 0212-5862
255
NOTICIAS SOBRE AUSTRACISTAS ARAGONESES Y EL SECUESTRO DE SUS BIENES* SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
INTRODUCCIÓN Este artículo recoge básicamente la información de dos fuentes inéditas localizadas en el Archivo General de Simancas1 y en el Archivo Histórico de Protocolos Notariales de Zaragoza2, complementada con datos no publicados de mi tesis doctoral3 y diversas noticias bibliográficas. Con todo ello se pretende aportar nuevos datos acerca de elementos austracistas aragoneses, algunos conocidos, pero la mayoría no. De varios, los que fueron ciudadanos de Zaragoza hasta la extinción del concejo en 1707, se ofrecen aproximaciones biográficas con datos sobre su labor política en el gobierno municipal o en otras instituciones. También se aportan todas las noticias localizadas sobre los bienes secuestrados de muchos de ellos y su gestión. Finalmente, de un grupo importante sólo se proporciona su nombre, pero esto puede servir de indicio o pista
* Este trabajo ha sido financiado por el Ministerio de Educación y Ciencia, Plan Nacional 2003-2006, proyecto: Migraciones, redes sociales y mercado (siglos XV1-XV1II) (BHA, 2003, 00778). 1. Archivo General de Simancas. Secretaría y Superintendencia de Hacienda, legajo 972. La información procede de las páginas dedicadas a Aragón de un libro encuadernado, paginado e inserto en el legajo, con información de la Contaduría General de Bienes Confiscados. Se ofrece información de bienes confiscados y sus titulares en Castilla, Aragón (dividido en rentas comunes y eclesiásticas), Valencia, Cataluña (dividido en rentas comunes y eclesiásticas), Mallorca e Indias. 2. Archivo Histórico de Protocolos Notariales de Zaragoza. Notario real Roque Antonio Núñez. La información se encuentra en dos protocolos, el primero de ellos, al que le corresponde la signatura caja 5557, contiene datos desde el 10 de octubre de 1707 hasta el 14 de agosto de 1710; el segundo, con la signatura caja 5558, contiene datos desde mayo de 1711 hasta fines de 1716. Ambos están hechos en papel sellado. En los anexos 1. 2 y 3 mencionaré simplemente el número de las dos cajas. 3. Sergio SÁNCHEZ GARCÍA. Del concejo al ayuntamiento. Cambios y permanencias en el gobierno municipal de Zaragoza (1650-1750), tesis doctoral en proceso de publicación, defendida el 13 de enero de 2005 en la Universidad de Zaragoza.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
257
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
para estudios locales sobre este período o temática, los cuales podrán en el futuro completarlo convenientemente. La guerra de Sucesión en Aragón no es un tema bien conocido, a pesar de algunos esfuerzos realizados en esta línea4. Las destrucciones de archivos fundamentales con motivo del Segundo Sitio de Zaragoza en 1809, junto con otros percances menores, han dificultado cualquier labor investigadora sobre la historia medieval y moderna aragonesa. Se necesita gran esfuerzo e incluso suerte para intentar reconstruir los hechos con fuentes complementarias de otros archivos institucionales ajenos a los del antiguo reino de Aragón. Los datos que aquí aparecen se han conseguido con este método, ya que el hallazgo de estas fuentes fue casual y en el curso de la investigación para la realización de la tesis de doctorado. Su interés reside en que ofrece información muy concreta sobre personas y bienes vinculados al bando perdedor del conflicto sucesorio. Por tal motivo, y atendiendo la línea temática que se ha propuesto para el número de esta revista, he querido darla a conocer, elaborándola y complementándola en la medida de lo posible. La fuente localizada en el archivo notarial de Zaragoza recoge los actos testificados por el notario Roque Antonio Núfiez (sólo ejerció desde 1707 hasta 1716, o sólo se han conservado los de estos años), muchos de los cuales, aunque no todos, están relacionados con la administración de bienes secuestrados a austracistas dentro del territorio aragonés (apocas o cartas de pago otorgados por percepción de dinero, adjudicación de la gestión de bienes y presentación de fianzas para lo mismo, etc.). También se alude a fianzas otorgadas por personas sospechosas a las que se liberó de la cárcel, pero podían ser llamados ajuicio o convocados. En un principio pensé en la posibilidad de que este notario fuera el secretario de la Junta de Secuestros creada por
4. Además de las noticias que aparecen en la obra pionera de KAMEN, Henry. La guerra de Sucesión en España. 1700-1715, Barcelona, Grijalbo, 1974, hay que mencionar el libro de BORRAS GUALIS, Gonzalo María. La guerra de Sucesión en Zaragoza, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1972, los trabajos inéditos de PÉREZ ÁLVAREZ, María Berta. La ciudad de Zaragoza durante la Guerra de Sucesión: 1702-1715, memoria de licenciatura leída en la Universidad de Zaragoza en junto de 1990; y La guerra de Sucesión en Aragón, tesis de doctorado leída en la Universidad de Zaragoza; los trabajos de ARMILLAS VICENTE, José Antonio. «La utilización de la sátira política como fuente: Aragón durante la guerra de Sucesión», en Metodología de la investigación científica sobre fuentes aragonesas. Vil, Zaragoza, I.CE., 1992, pp. 459-467, y ARMILLAS VICENTE, José Antonio y MOLINOS, María Isabel. «Sátira política en Zaragoza durante la Guerra de Sucesión (1707)», en Estudios en homenaje al Dr Antonio Beltrán Martínez, Zaragoza, Universidad de Zaragoza, 1986. En los últimos años destacan los trabajos de SOLÍS, José, empezando por su tesis doctoral inédita, La administración española del archiduque Carlos de Austria, y varios artículos: «Las Juntas de Secuestros y Confiscaciones del Archiduque Carlos en Cataluña, Aragón y Valencia», en Anuario de Historia del Derecho Español, tomo LXIX, Madrid, 1999, pp. 427-459; o «La magistratura austracista en la Corona de Aragón», en Manuscrits, n.° 23, Barcelona, 2005, pp. 131-150. También mencionar del que escribe estas líneas un trabajo reciente que analiza algunas consecuencias del conflicto: SÁNCHEZ GARCÍA, Sergio. «La llegada de los Borbones. Transformación y adaptación en la élite de gobierno de la ciudad de Zaragoza», en José Antonio SALAS (Coord.). Migraciones y movilidad social en el Valle del Ebro en la Edad Moderna, Bilbao, Prensas Universitarias de la Universidad del País Vasco. En prensa.
258
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
orden de Felipe V en 1707 y posteriormente en 1711, pero no he localizado información que lo corrobore, aunque no es descartable. Un hecho que podría apoyar esta idea es su dedicación, ya que fue regente de la escribanía principal del zalmedina o juez real de Zaragoza en la última década del siglo XVII, y en octubre de 1702 fue nombrado escribano del Juez de Encuestas de Aragón. Su padre, del mismo nombre, también fue escribano del zalmedina y ciudadano, es decir miembro de la oligarquía zaragozana que ejercía el gobierno municipal, de ahí que nuestro hombre también hiciera gestiones en 1680 para acceder a bolsa 5.a de los oficios de la ciudad y en 1705 a 4.a bolsa5. La segunda de las fuentes mencionadas, guardada en el Archivo General de Simancas, es una relación de Miguel Rossa, Contador General de Bienes Confiscados, dada el 17 de septiembre de 1722, acerca de los valores brutos y netos, descontadas las cargas de justicia y otros gastos, que habrían producido los bienes y rentas secuestrados en Aragón en 1721 y teniendo en cuenta lo que habían generado en 1720. Esta relación fue elaborada con los datos remitidos por la Superintendencia General de Rentas y Confiscaciones de Aragón. Se presenta en forma de un listado de personas ordenado por orden alfabético del nombre y los demás datos sobre sus bienes6. Para aprovechar plenamente toda la información que contienen estos documentos me ha parecido conveniente organizar el artículo comenzando con unas breves consideraciones sobre la gestión de los bienes de austracistas. A continuación reúno algunas noticias sobre la identidad de los mismos, prescindiendo de los nobles, que son pocos, mejor conocidos y con una trascendencia que en ocasiones desborda las fronteras aragonesas. Finalmente presento los siguientes anexos: un listado de las personas recompensadas con bienes de austracistas en Aragón; un listado de personas sospechosas que fueron liberadas bajo fianza; un listado de personas con datos sobre bienes secuestrados, encabezados por la nobleza, que muestra toda la información recogida sobre la gestión de los mismos (quiénes los tenían a su cargo, qué bienes eran, a quién se arrendaron, qué fianzas se otorgaron, etc.), dejando sin detallar únicamente los poseedores y cuantías de pensiones de censales o violarios de los nobles (ya que la relevancia de estos bienes en el conjunto de los que poseyeran es difícil de precisar); un listado de todas las personas que aparecen en la certificación de 1722, muchos de los cuales se mencionan en los protocolos notariales de Roque Antonio Núñez, lo cual refuerza el
5. Archivo de la Corona de Aragón, legajos 107, 109, llOy 111. Archivo Municipal de Zaragoza, libro de actos comunes de 1680, f. 291, y caja 7771, n.° 1. Archivo Histórico Nacional, sección Consejos, libro 2273, f. 198v y libro 2287, ff. 73r-75r. 6. Sobre esta última fuente hay que explicar algunas peculiaridades. Recoge 212 entradas, 6 sobre titulados. Del resto hay 193 con un titular, 3 que abarcan cada una a dos personas, (en dos casos parecen familiares y en el otro no), y también aparecen 10 entradas con nombres y apellidos repetidos. La explicación más razonable sería que estas entradas correspondían a bloques de bienes y en 3 casos tienen dos propietarios y en 10, siendo el mismo propietario, se puede pensar que estaban situados en diferentes lugares o se consideraron separadamente por alguna razón. Sólo he detectado un error, ya que en la entrada de don José Pérez de las Aguas, la renta de sus bienes supuso 320 reales de plata, los gastos también 320 reales y sin embargo el saldo es 320, cuando debería ser 0.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
259
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
interés de ambas (el orden alfabético se ha cambiado, prefiriendo el de los apellidos; además se incluyen en primer lugar los nobles, y después todos los demás). Un caso aparte es el último anexo, ya que consiste en una aproximación biográfica profesional a todos aquellos mencionados en las dos fuentes antedichas que fueron ciudadanos de Zaragoza, es decir miembros del grupo dirigente del gobierno municipal que fue radicalmente alterado con los decretos de Nueva Planta. Con la aparición del ayuntamiento algunos miembros de antiguas familias de ciudadanos fueron nombrados regidores, pero es notorio el alejamiento de apellidos que habían sido permanentes durante décadas y generaciones en las actas municipales del concejo. Se intuía y se tenían algunos datos que explicaban este fenómeno como una consecuencia del hecho de que muchos fueron austracistas, pero nos faltaban datos concretos de muchos. Estas fuentes nos proporcionan dicha confirmación para un buen número de ellos, de ahí que me parezca importante incorporar los datos que precisan quiénes fueron y qué habían hecho hasta la guerra de Sucesión. El material no permite un estudio suficientemente profundo sobre esta materia, tal y como se ha hecho en otros lugares7, pero sin embargo es un importante paso adelante sobre lo que existía hasta ahora para Aragón, y proporciona información que abre posibilidades de estudio. LA GESTIÓN DE LOS BIENES SECUESTRADOS DE AUSTRACISTAS ARAGONESES No aparecen datos sobre los miembros relevantes de la Junta de Secuestros, sí sobre el tesorero de la misma y algunos oficios subalternos. Don Domingo Gascón figura en numerosos actos como tesorero desde 1707 hasta 17108. Don Juan Francisco Lasala, vecino de Zaragoza, fue contralor de los efectos confiscados a disidentes y en 1709 recibió 2.833 reales y medio de plata de dichos efectos por su salario y gages de tres meses, que incluyeron presentación de cuentas9. Don Antonio Pérez de la Hera recibió de la Junta 12 libras en 1710 por diligencias hechas en la secretaría de dicha Junta10. Un caso algo especial es el de don Melchor de Flores, arquero y depositario general de rentas reales, que recibió de la Junta 2.000 reales de plata en 1710 por gastos
7. Para los territorios valencianos destaca Jesús PRADELLS NADAL. Del foralismo al centralismo. Alicante (1700-1725), Alicante, 1984; M." Carmen PÉREZ APARICIO. «La política de represalias y confiscaciones del Archiduque Carlos en el País Valenciano. 1705-1707», en Estudis. Revista de Historia Moderna, n.° 17, Valencia, 1991, pp. 149-196. Para Cataluña Pedro VOLTES BOU. Barcelona durante el gobierno del Archiduque Carlos de Austria (1705-1714), 2 vols., Barcelona, 1963, t. 1, pp. 221-222, y t. II, p. 71. 8. AHPNZ, caja 5557, protocolo de los años 1707-1710 del notario Roque Antonio Núñez, f. 521. En un acto de 18-3-1710 se escribe que era hidalgo y gobernador del estado del marqués de Camarasa, conde de Riela y demás bienes de su casa. 9. ídem, f. 419. El 27 de septiembre de 1709 Lasala presentó como fianza de acreedor con mejor derecho a Juan Beltrán de Fonsdeviela, vecino de Zaragoza. 10. Ídem, f. 497. El acto se realizó el 16 de febrero de 1710.
260
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
de reparación en la contaduría de rentas reales". Pedro Ramón de la Cueva, portero de la real cnancillería12 y de la Junta recibió en julio de 1710 dos doblones de a dos escudos de oro por su ocupación de portero de la Junta13. De la consulta de los actos que aparecen en los protocolos del notario Roque Antonio Núñez se deducen numerosas noticias acerca de cómo se organizaba la gestión de los secuestros. La gestión de las grandes casas nobiliarias, con importantes patrimonios, era transferida en bloque. Sin embargo otros administradores tenían a su cargo un tipo de bienes de diferentes propietarios. Así, Juan Francisco Sobrecasas, vecino de Zaragoza, fue nombrado arrendador de todas las casas secuestradas en Zaragoza y sus barrios el 17 de enero de 1708, así como encargado del cobro de los réditos de censos y treudos de las mismas14. Y Francisco Estadilla fue nombrado el 16 de enero de 1708 arrendador de las viñas, campos y olivares en Zaragoza y sus barrios de los disidentes y ausentes15. Fuera de la capital la gestión de bienes de un ausente en cada localidad era encargada generalmente a algún habitante de la misma. Para asegurar la correcta gestión se tomaron diferentes precauciones. En primer lugar los encargados de administrar debían otorgar fianzas ante la Junta de Secuestros que respondieran de la gestión de dicho trabajo. En segundo lugar, cuando estos administradores arrendaban bienes exigían, a los que se hacían cargo, fianzas por el pago de las cantidades señaladas. A la hora de autorizar pagos de los que tuvieran que responder los bienes de secuestrados, además de revisar los documentos que los justificaran por parte de los acreedores, la Junta de Secuestros o sus administradores exigían «fianzas de acreedores de mejor derecho», es decir, que alguien respondiera de la devolución de las cantidades si se demostraba que otro deudor tenía mejores derechos al cobro. Además se elaboraba la lógica carta de pago o apoca que servía como recibí. La mayoría de las mismas se expidieron por la percepción de pensiones de censales, ya estuvieran cargados sobre casas nobles o sobre bienes de otros particulares. Algunas gestiones se derivaron de la solicitud de respeto de los bienes de terceros perjudicados por secuestros, es el caso de Pedro de Agreda, que lo demandó al haberse secuestrado los bienes de su hermana Gertrudis de Agreda y su marido Miguel Teresa, vecinos de Alpartir. Días después, la Junta nombró al dicho Pedro administrador de todos los bienes hasta que se hicieran las particiones convenientes16. Un caso similar
11. ídem, f. 504. El acto se realizó el 22 de febrero de 1710. 12. En junio de 1698 se le concedió la portería vacante de la audiencia real por muerte de Pedro Pérez Guiral. Datos en GUEMBE RUIZ, Ana María. El reino de Aragón según los registros de la llamada «Real Cámara» durante Carlos II de Austria, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico». 1984, pp. 20-28. Después de 1707 debió de ser recolocado en la chancillería. 13. Ibidem, f. 595. El acto se realizó el 13 de julio de 1710. 14. Ídem, f. 41. Presentó corno fianza a José Montengón, vecino de Zaragoza. Más adelante, en otro acto cuyo tema no interesa, se dice de Sobrecasas que tradujo del francés un poder porque era natural de Francia, ff. 126r-134v. 15. ídem, ff. 45r-46v. El 25 de enero de 1708 presentó como fianza a Andrés Caballo, vecino de Zaragoza. 16. Ver detalles en anexo 3.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
261
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
parece el de doña Catalina Diez y Gamberro, vecina de Zaragoza, que dio poderes a los procuradores de la chancillería Juan Gerónimo Andosilla, José Antonio Ondeano y Francisco Ondeano para que ante la Junta defendieran los bienes y derechos que le pertenecían, seguramente por dote matrimonial, y estaban secuestrados". También aparecen entre los protocolos documentos derivados de dos reclamaciones alegando fidelidad, como es el caso de Gerónimo Cester, vecino de Híjar, cuya fidelidad certificó don Jaime Ric, a pesar de lo cual no le entregaban los bienes que los comisarios y jueces de su villa le habían embargado18. Y don Vicente Martínez de Luna, infanzón de Uncastillo, que pidió el levantamiento del secuestro de sus bienes ya que durante la rebelión estaba fuera de su casa, pero en lugares vecinos y no había salido del reino19. QUIÉNES ERAN LOS AUSTRACISTAS De la lectura de los apuntes de los protocolos de Roque Antonio Núflez se obtienen datos sobre un total de dos o tres sospechosos de austracismo, catorce casas nobiliarias con bienes secuestrados por su alineamiento evidente con el Archiduque y otros setenta individuos o familias a los que se les embargaron bienes en Aragón por lo mismo. Al revisar la relación de 1722 se repiten los nombres de tres casas nobles y al menos cuarenta y tres de los que aparecieron en los papeles del notario, pero además se citan tres casas nobiliarias diferentes y ciento cincuenta y seis nuevos represaliados con embargos. Admitiendo algún error debido a confusiones con los apellidos, lo cierto es que disponemos de un número apreciable de individuos y familias ignorados hasta ahora. Sobre su lugar de origen o vecindad aparecen datos exclusivamente en los protocolos de Núflez. Los tres sospechosos de austracismo que necesitaron de fianzas para salir de la cárcel eran vecinos de Zaragoza. Entre aquellos setenta cuyos bienes fueron secuestrados, y sin contar los nobles, encontramos estos datos: un vecino de Alpartir, un vecino de Sos, uno de Calatayud, cuatro de Fraga, uno de Huesca, dos de Alagón, uno de Ateca, dos de La Almunia (parientes), uno de Calatorao, uno de Tauste, uno de Odón, uno de Uncastillo, uno de Daroca, uno de Tamarite, uno de Muel, cuarenta y cuatro de Zaragoza, y por último hay seis dudosos (si bien por ciertos datos de los fiadores o la vecindad de los administradores de sus bienes uno podría ser de Zaragoza, uno de Azuara, uno de Pradilla y dos de La Almunia, quedando uno del que no se puede leer el nombre de la localidad indicativa).
17. Ibidem, ff. 1 lr-12r. Concedió el poder el 6 de noviembre de 1707. No se dan más datos sobre los bienes. 18. ídem, f. 21. El 14 de noviembre de 1707 dio poder a Juan Antonio Urrea para presentarse ante la Junta de Secuestros y defender sus derechos. 19. ídem, f. 73. El 3 de marzo de 1708 nombró a Juan Gerónimo Andosilla para que acudiese ante la Junta de Secuestros con las alegaciones.
262
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
Una de las informaciones más sugerentes es la relativa al austracismo presente entre los titulares o miembros en algún escalafón de las instituciones civiles del Rey, del Reino y de la capital de éste, Zaragoza. Miembros de la lugartenencia o administración virreinal fueron José de Villarreal, escribano de mandamiento de la misma y archivero desde octubre de 167920. Otro escribano del mismo origen, nombrado en 1696, era Joaquín López de Cenedo21. Su significación austracista es inexcusable, ya que fue secretario de la Junta de Secuestros organizada por el Archiduque en 1706 y oficial 2° de la Protonotaría del Consejo de Aragón del Archiduque desde enero de 170722. Miembros de la Audiencia real fueron Agustín Estanga, que antes de ocupar este cargo había sido lugarteniente del Justicia desde marzo de 1662, miembro de la sala criminal de la audiencia desde octubre de 1684, de la civil desde julio de 1687, abogado fiscal del rey desde julio de 1699 y asesor del gobernador del reino desde 1702 hasta fines de 170523. Pedro Cavero fue miembro de la sala civil desde julio de 1651 hasta su jubilación en 1676, y antes perteneció a la criminal24. Es éste un caso dudoso, por cuestión de fechas, pudiendo ser un hijo del magistrado el que aparece en la certificación de 1722. Don Manuel Ventura de Contamina fue miembro de la sala civil desde agosto de 1690, y antes perteneció a la criminal desde 1677, hasta donde ascendió desde una lugartenencia del Justicia, obtenida en marzo de 166125. José Ozcáriz y Ferrer fue miembro de la sala criminal por concesión de la primera vacante que surgiese en diciembre de 1690. Posteriormente perteneció a la audiencia de Aragón nombrada por el Archiduque, asesor del Gobernador de Aragón y miembro de la Junta de Secuestros26. Gerónimo Félix del Río se convirtió en procurador fiscal del rey en julio de 168027. Francisco Ibáñez de Aoíz era escribano de mandamiento de la audiencia real por concesión a su mujer, y dispuso de este oficio en marzo de 1678, después de gozarlo tres años. Era además notario causídico28.
20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28.
Sobre el cargo ver GUEMBE RuiZ, Ana María. El reino de Aragón..., pp. 16-17, 161-163. ídem, pp. 161-163. SOLÍS, José. «Las Juntas de secuestros y confiscaciones..., pp. 448 y 454. AHN Consejos, libro 2287, ff. 51v-55r y 154r-156v. ACÁ, Registros, n.° 20, f. 13v. GlJEMBE Ruiz, A. M. El reino..., pp. 37-39, 60-61. ACÁ, Registros, n.° 15, ff. 42v-45v. GUEMBE RUIZ, A. M. El reino..., pp. 37-39. ACÁ, Registros, n.° 18, f. 69. GliEMBERuiZ, A. M. El reino..., pp. 37-39, 172. SOLÍS, José. «Las Juntas..., pp. 448 y 454. OJEMBE RUIZ, A. M. El reino..., p. 61. ídem, pp. 55-56.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
263
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
Relacionado con la Bailía General de Aragón aparece Esteban Esmir Serán y Casanate, que consiguió en marzo de 1678 la futura sucesión de la plaza de receptor de la misma, que ocupaba su padre Juan Antonio Esmir29. Finalmente Gerónimo Nicolás Torrijos obtuvo en octubre de 1698 el permiso para disponer de una vacante de escribanía de la corte del Justicia, que gozaba su suegra Manuela Gil, u otra plaza que quedara vacante30. Otro grupo de interés son los ciudadanos de Zaragoza, ya que aparecen los nombres de treinta de ellos entre las dos fuentes que trabajamos. Algunos se han mencionado ya al hablar de las personas vinculadas a instituciones reales o regnícolas. De todos se presenta una pequeña biografía con datos sobre su vida pública municipal en el último anexo. Sí es importante señalar que bastantes pertenecían a familias de gran prestancia en el gobierno de la ciudad, como fueron Pedro José Andrés, Gerónimo Antón y Sayas, Manuel Ventura de Contamina, Esteban Esmir Serán, Agustín Estanga, Francisco Ibáñez de Aoíz, José Ozcáriz y Ferrer, José Miguel Pérez de las Aguas, José Suelves31, Andrés Torrijos y Gerónimo Torrijos. Especialmente señalados quedaron los ciudadanos que asumieron el gobierno de la ciudad desde agosto hasta diciembre de 1710, tras la batalla de Zaragoza, siendo numerosos los citados. Otros tuvieron un perfil personal y familiar mucho menos relevante antes o durante la guerra. Sería arriesgado extraer conclusiones definitivas con estos datos. A primera vista destaca la importancia de los austracistas afincados en Zaragoza y miembros de su gobierno municipal, pero esto podría deberse al origen de una de las fuentes, el archivo notarial de la ciudad, y al hecho de que todas las instituciones del reino y del rey tenían también aquí su sede y era lógica la vecindad y posesión de bienes en la misma. La relación de 1722, que corresponde a bienes en todo Aragón, reúne muchos más apellidos y la proporción de los zaragozanos, al menos de los que sabemos que lo eran, es menor. Sí que se puede destacar la relevancia de muchos de los apellidos de ciudadanos austracistas, aunque es bien cierto que algunos borbónicos, tales como los Pérez de Nueros o los Torrero, también pertenecían a largas y prestigiosas sagas ciudadanas32. Esto redundaría en esa visión que viene presentando la historiografía de este conflicto al hablar sobre Aragón: un territorio dividido en su lealtad, menos radicalizado, frente al predominio austracista en Cataluña o el borbónico en Castilla. En cuanto a la cuantía de las rentas de bienes embargados destacan sin duda las de las casas nobles, salvo la condesa de Centellas. En el resto hay un predominio de
29. ídem, p. 19. 30. ídem, pp. 147-148. 31. Su importancia fue considerable, ya que fue nombrado ministro de la real audiencia creada por el Archiduque en 1706, comisario de la Junta de Secuestros, regente del consejo de Aragón y asesor del consejo de Cruzada. Datos tomados de SOLÍS, José. «Las Juntas...», pp. 448 y 459. 32. En los apéndices de mi tesis doctoral, SÁNCHEZ GARCÍA, Sergio. Del concejo... pueden verse los ciudadanos de los últimos 60 años anteriores a 1707, datos sobre los austracistas y también datos sobre los que pervivieron en el ayuntamiento como regidores. Los hay significativos en ambos lados.
264
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
rentas menores de 1.000 reales de plata al año. El total suponía para la real hacienda, a principios de los arlos veinte del siglo XVIII, después de restar cargas de justicia y gastos, algo más de 100.000 reales de plata. Habría que saber qué cantidades por estas mismas fechas seguían consignadas para compensar a los que habían sido leales y cuál sería el saldo hacendístico. Pero esto es materia que necesitaría de más fuentes, aunque son aprovechables los datos del primer anexo, y corresponde al reverso de esta historia, bien distinto: la de los vencedores de la contienda. ANEXO 1 PERSONAS QUE RECIBIERON CANTIDADES PROCEDENTES DE BIENES SECUESTRADOS El 4-12-1707 don Antonio de Torres, veguer de Montblanc, vecino de Tárrega y residente en Zaragoza, apoderó a José y Juan Castillo para que pudieran recibir de la Junta de Secuestros 10 doblones mensuales que S. M. le había concedido sobre estos bienes. La segunda paga correspondía al 5 del presente mes, y así en los venideros (caja 5557, f. 28). El 25-6-1708 don Juan Rodríguez Peña, residente en Zaragoza y teniente de caballos del regimiento del Rosellón nuevo, del que era coronel don Juan Cereceda, apoderó a José Ubago, escribano receptor de la chancillería, para que cobrase 2.000 ducados asignados por S. M. en real cédula. Ya había recibido 25 doblones de a dos escudos de oro (caja 5557, f. 116). El 25-2-1709 don Juan Gerónimo de Blancas, corregidor de Zaragoza, tras presentar real cédula de 15 de enero de 1709 por la que se le adjudicaba la hacienda de Antonio Matías de la Fuente, vecino de Alagón, nombró procurador para recibirla en Daroca y Murero a don Martín de Michelena (caja 5557, f. 369). El 25-2-1709 don Juan Gerónimo de Blancas, corregidor de Zaragoza, tras presentar real cédula de 15 de enero de 1709 por la que se le adjudicaban los bienes de los Orera, nombró como procurador para recibirlos en Daroca y Murero a don Martín de Michelena (caja 5557, f. 369). El 8-8-1709 la Junta entregó, por mano de un escribano de la chancillería corno procurador, a don Francisco Portell, del consejo de Castilla y de Cruzada, que vivía en Madrid y a quien el rey había consignado de los secuestros de Aragón 188 doblones de a 2 escudos de oro y 31 reales 17 dineros de plata, dicha cantidad pero de la siguiente forma: 50 doblones al contado y 138 doblones 31 reales 17 dineros con dos letras dadas por don Martín Ezpeleta, vecino de Zaragoza, en nombre de la contaduría de asentistas del ejército, a favor de la Junta por granos y cantidades adeudadas a la misma (caja 5557, f. 412). El 11-12-1709 don Baltasar Barduzal, vecino de Zaragoza, y con poder del marqués del Alcázar, del consejo de Castilla y encargado por el rey de la administración de los bienes secuestrados de José Luzán, presentó como fianzas a don Antonio de Leiza y Eraso y don José Soriano y Gan, vecinos de Huesca. Además el rey había adjudicado
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
265
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
sobre dichos bienes 1.000 escudos de una vez para don José Antonio Torrejón (caja 5557, ff. 437r-440v). El 16-12-1709 la Junta pagó a don Juan de Escursa, veguer de Tárrega, 30 doblones de a dos escudos de oro por la merced otorgada por el rey de 10 doblones al mes, a cargo de los bienes secuestrados (caja 5557, f. 444). El 19-7-1710 recibió otros 10 doblones de a dos escudos de oro (caja 5557, f. 598). El 13-1-1710 la Junta pagó a Pedro Arnal, vecino deAlcafiiz, 22 libras 8 sueldos que se le debían por una merced del rey sobre bienes confiscados de 4 reales de plata al día. La entrega correspondía al periodo desde el 6 de noviembre a) 31 de diciembre de 1709 (caja 5557, f. 476). El 8-3-1710 el mismo recibió de la Junta 236 reales de plata por enero y febrero (caja 5557, f. 513). El 27-5-1710 recibió 368 reales de plata por marzo y abril (caja 5557, f. 567). El 3-2-1710 la marquesa de Gironella, María Francisca de Agulló y Zagarriga, mujer de don Francisco de Agulló Pinos y Zagarriga, coronel de caballería, otorgó carta de pago a la Junta por valor de 100 doblones de a dos escudos de oro, por dos años de la merced que el rey le tenía hecha sobre bienes secuestrados del reino (caja 5557, f. 486). El 7-2-1710 don Pedro Marín de Resende, vecino de Zaragoza, recibió de la Junta 450 libras a cuenta de la real cédula en que se le otorgaron de los bienes confiscados (caja 5557, ff. 489r-490v). El 21-2-1710 don José Font, menor, con poder de José Font, mayor, recibió de la Junta 10 doblones de a dos escudos de oro por un libramiento hecho por real cédula contra secuestros (caja 5557, f. 503). El 22-2-1710 don Miguel Ramón Correxas, vecino de Zaragoza, recibió de la Junta 100 libras de bienes de don Francisco Esmir que se le habían adjudicado por real cédula [no explica el motivo] (caja 5557, f. 505). El 25-2-1710 don José Español, residente en Zaragoza, recibió de la Junta 11 doblones y 9 reales de plata por concesión real. También de la Junta, pero por mano de don José Torrente, administrador del secuestrado condado de Ribagorza, recibió 7 doblones 23 reales de plata (caja 5557, f. 506). El 15-3-1710 Domingo López, Domingo Beltrán y Juan de Nicolao, vecinos de la villa de Gardi, en el valle del Roncal, recibieron de la Junta 20 libras [no explica motivos] (caja 5557, f. 518). El 20-3-1710 Sebastián Mombiela y Francisco Valladolid, labradores vecinos de Zaragoza, recibieron de la Junta 56 reales de plata de bienes confiscados [no explica motivos] (caja 5557, f. 522). El 26-3-1710 don Miguel Alcaine, vecino de Villarroya, recibió de la Junta 40 libras concedidas por real cédula (caja 5557, f. 528). El 24-4-1710 el Hospital de Gracia de Zaragoza recibió de la Junta 48.023 reales 15 dineros de plata que le pertenecían del estado de Coscojuela, por 1709, y restados los cargos, censos y gastos de administración, entre ellos 200 reales de plata dados al notario por las cartas de pago concedidas (caja 5557, f. 541).
266
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
El 26-4-1710 don Lorenzo de Aguirre, vecino de Huesca y regidor de la ciudad, recibió de la Junta, a cargo del estado de Plasencia (concretamente de la baronía de Argavieso) 300 ducados de vellón, equivalentes a 220 pesos de plata asignados por real cédula, y correspondientes al periodo que finalizó el 27 de junio de 1709 (caja 5557, f. 542). El 5-5-1710 el doctor don José Alós y Terrer, oidor de la cnancillería de Valladolid, recibió de la Junta 64 libras asignadas por real cédula sobre bienes secuestrados (pertenecían dichos bienes a don José Borau, don Gerónimo Torrijos, don José Miguel Pérez de las Aguas, don Lucas Laporta, don Marcelo de Aínsa y al estado de Plasencia) (caja 5557, f. 546). El 17-5-1710 el doctor don Jaime Borruel, vecino de Zaragoza, recibió de la Junta 1.000 reales de plata [no explica el motivo] (caja 5557, f. 557). El 20-5-1710 don Pedro Luis Fernández de Híjar, conde de Belchite y comendador mayor de la encomienda de Montalbán, recibió de la Junta 172 libras 15 sueldos 6 dineros en forma de uvas de la cosecha de 1709 de varios secuestros [no explica el motivo] (caja 5557, f. 558). El 30-5-1710 don Juan Rodríguez Peña, residente en Zaragoza, recibió de la Junta 400 reales de plata a cuenta de los 2000 ducados que por una vez se le asignó en una real cédula (caja 5557, f. 570). El 23-6-1710 sor Manuela Ibáñez de Aoíz, del convento de la Encarnación de Zaragoza, recibió de la Junta 60 libras por las pensiones de un violario (caja 5557, f. 580). El 29-6-1710 don Guillermo Belthober, coronel de dragones del regimiento de Picolques, recibió de la Junta 400 reales de plata (caja 5557, f. 586). El 30-6-1710 don José Henarritos, escribano receptor de la chancillería, recibió de la Junta 10 reales de a ocho [no explica el motivo] (caja 5557, f. 588). ANEXO 2 PERSONAS SOSPECHOSAS QUE FUERON LIBERADAS AL SER AFIANZADOS POR OTROS El 23-10-1707 fue afianzado Pedro Ezperiqueta, vecino cirujano de Zaragoza, preso por orden del zalmedina Juan Gerónimo de Blancas, por hablar «desconpassadamente contra la real persona de Su Magd. y su gobierno anttes de la sedición y después», por Antonio Ximeno, maestro carpintero, que otorgo «fianza de la haz». Estaba en la cárcel real y esto ocurrió previa visita de dos oidores y del zalmedina (caja 5557, f. 3). El 13-11-1707 fue afianzado José de Zuznaba, maestro cubero, preso por orden del zalmedina Juan Gerónimo de Blancas, por hablar mal del rey, si bien no se había podido justificar dicho acto, por Pablo Crespo, maestro de coches y carros, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 19). El 24-1-1709 don Francisco de Tena, vecino de Zaragoza, se hizo fianza de Francisco Simón Juárez, que estaba en la cárcel de corte y se le daba como prisión
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
267
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
la ciudad y sus arrabales [los motivos no es seguro que se deban a austracismo] (caja 5557, f. 345). ANEXO 3 PERSONAS CON BIENES SECUESTRADOS Y NOTICIAS SOBRE LA GESTIÓN DE LOS MISMOS [El asterisco al final de un nombre indica que también aparecen en el listado del anexo 4] Bienes del señorío de Caladrones El 26-8-1709 la Junta concedió a don Miguel Antonio de Arostegui, señor de Isdes, vecino de Benabarre, 836 sueldos del secuestro de don Antonio Bardaxí y Aren, señor de Caladrones por pensiones de censales. Fianza Medardo Viu, vecino de Benabarre (caja 5557, f. 413). Bienes del barón de Alcalá En 1709 se mencionan como secuestrados los bienes de don Antonio de Naya, barón de Alcalá y don Martín de Naya, su hijo (caja 5557, f. 349). El 4-2-1710 el Hospital de Gracia recibió de la Junta 103 libras de los bienes del ausente como resto del pago de 1.000 doblones de a dos escudos de oro que concedió el rey por una vez sobre confiscaciones. Lo certifica don Antonio de Orbegozo y Landaeta, contador de la superintendencia y de la intervención de la Junta (caja 5557, f. 488). Bienes de la baronía de Granen, del estado de Villahermosa El 26-2-1708 Francisco Burnía, vecino de Granen, se hizo fianza de don José Tena y Panzano, nombrado por la Junta administrador de la baronía (caja 5557, f. 69). Bienes de la baronía de Purroy El 10-11-1707 Juan Antonio de Roda, vecino y ciudadano de Calatayud, dejó constancia de que la Junta le había nombrado, a petición propia, administrador de los bienes del barón en el lugar de Purroy. Como fianza presentó a don Anastasio de Cabanas y Abarca, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 17r-18v). El 13-3-1708 Francisco Estadilla arrendó a Gerónimo Lostau y Mendoza, maestro carpintero, todos los campos, viñas, olivares y torres del ausente en los barrios y términos de la ciudad por 1 año, desde Navidad de 1707, por 100 libras. Fianza: don Jorge de San Martín (caja 5557, ff. 78r-79v). El 9-12-1708 Jacinto Castel, maestro cirujano, se hizo fianza de Alonso Martín, maestro cerero y confitero, por haber recibido de la Junta 78 libras 4 sueldos 9 dineros del ausente debidos a recados de su botiga (caja 5557, f. 168). El 2-2-1710 Gerónimo Lostau y Mendoza, maestro carpintero y vecino de Zaragoza, recibió de la Junta 75 libras 11 sueldos de los bienes del ausente por trabajos que le hizo (caja 5557, f. 485).
268
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
El 6-3-1710 el cabildo de la Seo recibió de la Junta 10 libras 16 sueldos 2 dineros por décimas de uvas de 1705 que debía la baronía (caja 5557, f. 512). Bienes de la baronía de Torrellas y Antillón* El 4-1-1708 Martín Maza de Lizana y don Juan Domingo Pelegrín, vecinos de Zaragoza, nombrados por la Junta administradores de dichas baronías, que estaban en litigio entre don José de Bardaxí Fernández de Heredia y don Jorge de Híjar y consortes, presentaron como fianzas a José Collantes, José Ezquerra y José Boira, vecinos de Zaragoza (caja 5557, ff. 32r-33v y 34r-35v). En 1708 se otorgaron 7 apocas o cartas de pago de pensiones de censales pagados. Siguen como administradores Maza de Lizana y Pelegrín (caja 5557). El 7-5-1709 don Juan Pelegrín y don Martín Maza de Lizana, vecinos de Zaragoza, administradores de los secuestros de las baronías de Antillón y Torrellas y del molino y derechos existentes en Naval, perteneciente a los señores de esta villa, arrendaron a Pascual Bueno, vecino de Zaragoza, el molino harinero de Naval y los edificios y otros bienes de los señores de la villa por 3 años, desde el 1 de junio de 1709, por 363 libras/año. Fiador: don Miguel Ric y Veyán, residente en Zaragoza (caja 5557, ff. 390r391v). En 1709 se dieron 5 apocas o cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). El 24-6-1710 Roque Antonio Núñez recibió de la Junta 15 libras de los bienes de la baronía por la redacción de las cartas de pago a los censalistas (caja 5557, f. 581). En 1710 se otorgaron 8 cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). Bienes del estado de Plasencia El 6-11-1707 Ignacio del Corral, gobernador de este estado por la Junta de Secuestros, arrendó a Manuel Secano 2/4 de las hierbas de Caulón, que tenía Pedro Benedid y Delgado, por 1 año, desde Santa Cruz de mayo de 1707, por 170 libras (caja 5557, ff. 9r-10v). El 8-10-1708 don Ignacio del Corral, administrador de este estado, arrendó a Alejandro Iturralde, mercader vecino de Zaragoza, las hierbas de Caulón y abrevaderos, sitos en Plasencia, por 1 año, desde Santa Cruz de mayo de 1708, por 430 libras (caja 5557, ff. 150r-151r). En 1708 se otorgaron 75 apocas o cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). En 1709 se otorgaron 17 apocas o cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). En 1710 se otorgaron 21 cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). En 1710 administraba este estado el Tribunal del Santo Oficio de Aragón, cuyo receptor era el presbítero don Benito Sánchez (caja 5557). En 1710 se redactaron 2 cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). En 1711 aparece el mismo administrador (caja 5558).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
269
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
En 1711 se redactaron 8 apocas o cartas de pago de pensiones de censales. Una carta de pago más la firma el propio notario por los honorarios debidos a las certificaciones que ha hecho durante el año a los censalistas del estado de Plasencia (caja 5558). En 1712 el administrador de las rentas del Tribunal era don Pedro Mufloz, y abonó pensiones por medio de 54 cartas de pago (caja 5558). En 1713, el mismo administrador abonó pensiones a 72 (caja 5558). En 1714, el mismo administrador abonó pensiones a 45 (caja 5558). En 1715, el mismo administrador abonó pensiones a 43 (caja 5558). En 1716, el mismo administrador abonó pensiones a 45 (caja 5558). Bienes del conde de EIda* En 1709 la Junta libró sobre estos bienes 80 cahíces de trigo para que pudieran sembrar los vecinos de Candasnos por concesión del rey, a devolver en septiembre de 1710 (caja 5557, ff. 420r-423v). En 1709 al menos, don Juan Domeco de Jarauta, vecino de Malón, era el administrador de los granos producidos en los bienes secuestrados del conde. Aparecen 5 cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). Bienes del condado de Fuentes y marquesado de Mora* En 1708 se otorgaron 2 cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). Bienes del conde de Montoro El 3-9-1708 Juan de Sobrecasas se hizo fianza de don Antonio de Puidor Fila, administrador de la hacienda del conde de Montoro, su tío, en Alcafiiz y Montoro, debiendo obtener en dos meses la lista de tales bienes en Montoro, que no aparecían en la real cédula (caja 5557, f. 144). Bienes del condado de Sástago El 1-2-1708 doña Josefa Mauleón y Villava, viuda y vecina de Zaragoza, recibió de la Junta 100 escudos que le debía la casa de Sástago por la renta anual de una casa arrendada en la plazuela del Carbón. Fianza: don Manuel de Mauleón (caja 5557, f. 47). El 5-11-1708 Juan de la Ortiga se hizo fianza de Juan Francisco Lizarraga, que había pedido de los bienes del ausente 701 libras 5 sueldos por una deuda de una consignación. Se le pagó con efectos de Fuencalderas y baronía de Escuer, siendo administrador de esta última don Pedro Apaolaza (caja 5557, f. 160). En 1708 se otorgaron 73 cartas de pago de pensiones de censales. El administrador de dicho estado era don Pedro Apaolaza (caja 5557). El 24-1 -1709 Juan Francisco Lizarraga dio poder para exigir a los administradores de Fuencalderas y baronía de Escuer 701 libras 5 sueldos 2 dineros que le había consignado la Junta y que eran el resto de 1.254 libras 1 sueldo 2 dineros que le consignó el conde de Sástago (caja 5557, f. 344). En 1709 se otorgó 1 carta de pago de pensiones de censales (caja 5557). 270
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
En 1710 se otorgaron 12 cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). En 17101o administraba el conde de Peralada, aunque ejercía don Pedro Apaolaza (caja 5557, f. 547). El 15-4-1713 Alejandro Audina, presbítero y residente de Zaragoza, como procurador de don José de Córdoba y Alagón, residente en Madrid, dio procura a su vez a Pedro Pueyo, maestro platero de Zaragoza, para que reclamase 1.500 escudos de plata al año de los estados de Sástago y Pina, que debía percibir el principal (caja 5558, f. 155). Bienes del marquesado de Ariño El 7-4-1709 llegaron a un acuerdo don José Carrillo y doña María Josefa de Pomar, condes de Montemar, residentes en Zaragoza, por una parte, y don Dionisio de Pomar y Foncillas y doña Paula Tudela y Virto, vecinos de Zaragoza, por otra, ya que existían varios pleitos entre los Pomar ante la vieja audiencia y la extinta corte del Justicia por la sucesión del marquesado de Ariño y otros bienes secuestrados. Por este acuerdo pasó el título a don Dionisio de Pomar (caja 5557, ff. 373r-378v). Bienes del marqués de Castropinós El 15-1-1708 José de Baldellou y Mateo se hizo fianza del monasterio de Nuestra Señora de Trasobares del Císter por haber recibido 35 cahíces de trigo del marqués ausente, en Pedrola (caja 5557, f. 40). El 8-5-1710 doña Úrsula de Aragón Borja, religiosa del convento de Santa Inés, recibió de la Junta 112 libras 6 sueldos por porciones que doña María Inés de Carvajal, ya difunta, mujer del marqués de Castropinós, ausente, llevó al matrimonio y entonces pertenecían a la monja (caja 5557, f. 548). El 12-5-1710 la Junta recibió de los conservadores de la concordia de censalistas del marquesado de Camarasa y condado de Riela 35 libras por pensiones de un censal que pertenecía al marqués de Castropinós (caja 5557, f. 551). El 12-5-1710 la Junta recibió de don Vicente Ximénez de Bagues, administrador del condado de Luna, 77 libras 6 sueldos por pensiones de un censal que pertenecía al marqués de Castropinós (caja 5557, f. 552). Bienes del marqués de Coscojuela El 2-12-1707 don Gaspar de Segovia, comisario nombrado por la Junta, arrendó al conde de Robres, residente en Huesca, unas casas sitas en la ciudad, calle Mayor, que eran del marqués, por 1 año, desde esta fecha y por 25 libras (caja 5557, f. 27). El 2-8-1708 Martín Bolea, vecino de Fañanás, Félix Boned, vecino de Alcalá del Obispo, Lorenzo Víñuales, vecino de Erla y Antonio Catalán, vecino de Novales, presos en Zaragoza y arrabales por estar acusados de talar el monte y carrascal de Argavieso, del ausente, dieron fianzas para poder ir a cosechar a sus casas (caja 5557, ff. 136r-137v). El 3-11-1708 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Juan de la Cambra, vecino de Juslibol, las tierras y olivares del ausente sitas en Pasaderas por 3 años, desde el
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
271
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
1-11-1708 por 10 cahíces/año. Fianza: José de Mur, vecino de Juslibol (caja 5557, ff. 156r-157v). En 1708 se dieron 2 cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). El 5-5-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Juan Cerdán y su mujer Ana de Aína, vecinos de Casetas, el mesón de las Casetas, perteneciente al marqués, por 1 año, desde san Miguel de septiembre de 1708, por 33 libras/año (caja 5557, f. 387). El 26-10-1709 Bruno Benavente, Martín del Campo, Pedro Lombardía y Bernardo Laborda, vecinos de san Mateo de Gallego, se obligaron a pagar cantidades a la Junta por bienes que tenían del marqués, y también al Hospital de Gracia, al que se le habían adjudicado parte de dichos bienes (caja 5557, ff. 426r-427v). El 26-1.1-1709 Bartolomé Benito, vecino de Marlofa, se obligó a pagar a la Junta 21 cahíces 2 fanegas y 9 almudes de trigo, mitad en 1710 y mitad en 1711 por la renta que debía de un quiñón del marqués, arrendado en las Casetas (caja 5557, f. 435). En 1709 se dio 1 carta de pago de pensiones de censales (caja 5557). El 8-3-1710 doña Teresa de Moncayo, religiosa del santo Sepulcro, recibió de don Bartolomé Sodeto, mayordomo del Hospital de Gracia, como administrador de este estado, 40 libras por la pensión de un violario (caja 5557, f. 514). El 29-6-1710 el comendador de san Juan de Barbastro recibió de los bienes del ausente 200 libras [no dice el motivo] (caja 5557, f. 587). En 1710 se otorgaron 10 cartas de pago de pensiones de censales (caja 5557). En 1711 aparece como administrador de los bienes el Hospital de Gracia de Zaragoza. El administrador de dicho hospital era Juan de Alfranca, vecino de Zaragoza. En este año se firmaron 4 cartas de pago de pensiones de censales y 1 por la renta de un violario (caja 5558). En 1712 se certificaron 20 (caja 5558). En 1713 se certificó 1 (caja 5558). En 1714 se certificó 1 (caja 5558). En 1716 se certificó uno. Siempre Juan de Alfranca actuó como administrador (caja 5558). Bienes del ducado de Híjar El 1-8-1708 mosén Diego Losilla, presbítero y beneficiado de la parroquia de Híjar, tomó a su cargo el pago de 1.406 libras que restaban de las 2.000 en que se obligaron en 1702 por comanda su padre Miguel Losilla y su tío Diego Losilla, infanzones de Híjar, a favor del duque de Híjar. En la fecha de este acto el derecho se había transferido al licenciado don Jorge Nadal, racionero del Pilar (caja 5557, f. 135). Bienes de Miguel de Agreda y Gertrudis Teresa, vecinos de Alpartir* El 14-11-1707 Pedro de Agreda, vecino de Alpartir, dio poder a Antonio del Molino, procurador ante la cnancillería, para que ante la Junta pidiera satisfacción de sus derechos en los bienes secuestrados a sus hermanos (caja 5557, f. 20).
272
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
El 1 -1 -1708 la Junta nombró a Pedro de Agreda administrador de los bienes de sus hermanos hasta que se hiciera la partición. Fianzas: Diego Peña, platero y Bartolomé Sánchez, organero, vecinos de Zaragoza (caja 5557, ff. 30r-31 v). Bienes de Juan de Aínsa, vecino de Sos El 13-2-1708 Juan de la Ortiga se obligó a pagar en marzo 175 libras que los pupilos del ausente debían a S.M. por el secuestro de bienes, por lo que eran apremiados por la Justicia de la villa (caja 5557, f. 57). Bienes de don Marcelo de Aínsa* El 9-7-1709 la Junta entregó a Pedro Dufraise, vecino de Zaragoza, 85 libras 12 sueldos de los bienes del ausente. Fianza: José Ribera Maza de Lizana (caja 5557, f. 403). El 16-3-1710 la Junta entregó al capellán Diego Mediavilla 15 libras 7 sueldos 9 dineros por pensiones de un censal. Fianza: Francisco Mediavilla, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 519). El 10-4-1710 una capellanía en san Miguel recibió de la Junta 15 libras 7 sueldos 9 dineros de los bienes del ausente (caja 5557, f. 538). Bienes de Ignacio Alcaine* El 4-4-1708 Francisco Estadilla arrendó a Bernardo Salvador todas las viñas y campos sitos en Zaragoza y barrios del ausente por 1 año, desde Navidad de 1707 por 16 libras. Fianza: Jaime Fandos, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 97r-98v). El 25-1-1709 Pedro Salcedo era fianza de la iglesia de san Cayetano por 30 libras de pensiones de censales recibidas del secuestro de Alcaine (caja 5557, f. 347). Bienes de Tomás Alcalá* El 4-4-1708 Francisco Estadilla arrendó a José Laborda todas las viñas sitas en Zaragoza y barrios del ausente por 1 año, desde Navidad de 1707 por 100 reales. Fianza: Gregorio Benedid (caja 5557, ff. 99r-100v). Bienes de don Pedro Andrés* El 5-3-1708 Francisco Estadilla arrendó a Andrés Murillo los campos, viñas y olivares del ausente por 1 año desde Navidad de 1707 por 70 pesos de a ocho reales de plata. Fianza: don Juan Mauleón, infanzón, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 74r75v). El 13-3-1708 Miguel Martín se hizo fianza de [aparroquia de san Felipe por haber recibido de la Junta 200 sueldos de pensiones contra el ausente (caja 5557, f. 82). El 22-6-1708 la Junta pagó a Gregorio Oporto, vecino de Zaragoza, 70 libras 16 sueldos 11 dineros de los bienes del ausente debidos por varios recados. Fianza: don Francisco Medrano (caja 5557, f. 115). El 14-1-1709 Juan Francisco Sobrecasas recibió de don José Vidania 10 libras por los réditos de diez años de un treudo perpetuo del ausente sito sobre un huerto en el término del Gallego (caja 5557, f. 335).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
273
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
El 27-12-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a José de Rodas, labrador de Zaragoza, todas las viñas, campos, olivares y tierras del ausente por 3 años, a contar desde el 1 de enero de 1710, por 100 libras/año. Fianza: don Miguel Ramón Correjas (caja 5557, ff. 448r-449v). El 19-7-1710 un beneficiado de la parroquia de Santiago recibió de la Junta 21 libras del secuestro del ausente (caja 5557, f. 599). Bienes de don Gerónimo Antón* El 5-2-1708 la Junta pagó a don Pedro Lamberto la Viña 300 libras (en trigo) que le debía el ausente. Fianza: Juan de la Viña (caja 5557, ff. 48r-49v). El 9-2-1708 Francisco Estadilla y Juan Francisco Sobrecasas arrendaron a Miguel de Guadalajara Ximénez de Cenarbe los campos, viñas, olivares y la bodega de vino anexa a las casas principales del ausente por 3 años, desde Todos los Santos de 1707, por 80 libras/año. Fianza: Salvador de Miranda (caja 5557, ff. 52r-53v). El 20-2-1710 el cabildo de la Seo recibió de la Junta 17 libras 2 sueldos por las décimas de unas uvas producidas en 1707 en viñas del ausente (caja 5557, f. 500). Bienes de Domingo Beltrán* El 22-4-1708 Pedro Borderas, francés residente en Zaragoza, se opuso al secuestro de bienes de Beltrán reclamando 35 libras de una parte de una partida de tocino que le vendió y le debía. Fianza: José Castillo Larroy, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 104). El 19-2-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Francisco Gabín, maestro tafetanero, los campos, viñas y olivares del ausente por 3 años, desde el 1 de enero de 1709, por 10 libras/año (caja 5557, ff. 367r-368v). Bienes de Pedro Benedid El 10-2-1708 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Juan José Casamayor, mercader y vecino de Zaragoza, las casas en la calle del Pilar que lindan con la de Miguel Correxas, que eran del ausente, por 6 años, desde el 1 de enero de 1708, por 30 libras/ año. Fianza: Juan de la Coma, mercader y vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 54r55v). El 17-2-1708 Francisco Estadilla arrendó a Gerónimo Secano tres viñas y un olivar del ausente por 1 año desde Navidad de 1707 por 25 libras. Fianza: Pedro Secano, mercader (caja 5557, ff. 60r-61v). El 20-6-1709 Gerónimo Secano, vecino de Zaragoza y tutor de Francisco Arín, menor de 25 años, nombró procurador a Ignacio del Corral y Antonio de Urrea para que pidieran a la Junta 14.000 escudos de los bienes del ausente debidos por testamentos y capitulaciones matrimoniales (caja 5557, f. 399). El 8-11-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Pedro Secano unas casas sitas en Zaragoza, calle de las Armas, y unos campos, viñas y olivares del ausente por 1 año, las primeras desde San Juan de junio de 1709 y lo demás desde el 1 de enero de 1709, por 60 libras/año (caja 5557, f. 433).
274
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
El 22-3-1710 Pabla Secano, mujer del ausente, recibió de la Junta 50 libras por derechos que le correspondían (caja 5557, f. 524). El 25-5-1710 don Juan Antonio de Naya, relator de la real cnancillería, recibió de la Junta 2 doblones de a dos escudos de oro del secuestro por el trabajo de hacer la relación de antes y diligencias en su secuestro (caja 5557, f. 564). Bienes de don José Borao* El 13-3-1708 Miguel Martín, maestro torcedor de seda, se hizo fianza de la parroquia de San Felipe por haber recibido de la Junta 100 libras por treudos contra el ausente (caja 5557, f. 80). El 21-1-1709 Martín de Michelena se presenta como fianza del presbítero don Diego Pedresa, de la parroquia de San Felipe, para recibir 44 libras del ausente (caja 5557, f. 339). El 23-5-1709 Francisco Aldover recibió del secuestro del ausente 30 libras, presentando corno fianza a José Ifiareta, maestro sastre, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 395). El 27-1-1710 Francisco Alcober recibió déla Junta 30 libras que le debía el ausente por un crédito (caja 5557, f. 483). Bienes de Pedro Bulosa* El 17-2-1708 Francisco Estadilla arrendó a Pedro Laborda, labrador, los campos, viñas, olivares y abejares del ausente, pudiendo pagar las alfardas con un censal de Bulosa, por 1 año, desde Navidad de 1707, por 105 libras. Fianza: Gil Miguel Cavero (caja 5557, ff. 62r-63v). El 10-5-1708 don Domingo Gascón, infanzón, pidió 275 libras de los bienes del ausente. La Junta accedió presentando fianza, que fue Bartolomé de Campos (caja 5557, f. 106). El 13-2-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Gil Miguel y Cavero los campos, viñas, olivares y un abejar de cuatro vasos del ausente por 3 años, desde el 1 de enero de 1709, por 30 libras/año (caja 5557, f. 364). Bienes de don Pedro Butrón, vecino de Caiatayud* El 5-9-1708 Lorenzo de Fraguas, vecino de Caiatayud, apoderó a Ignacio del Corral y Antonio de Urrea para que pidieran en la Junta 59 escudos del ausente, vecino de Caiatayud (caja 5557, f. 147). Bienes de Jaime Juan Camprodón, vecino de Fraga El 20-11-1708 la Junta pagó 20 libras a los parroquianos de San Pablo y San Miguel de Fraga por pensiones de censales del ausente. Fianza: don Miguel Bodón, vecino de Fraga (caja 5557, f. 161). Bienes de Félix Castillo* El 13-3-1708 Miguel Martín se hizo fianza de la parroquia de San Felipe por haber recibido 400 sueldos de pensiones contra el ausente (caja 5557, f. 81).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
275
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
El 13-2-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Manuel Soler los campos, viñas y olivares del ausente por 3 años, desde el 1 de enero del corriente, por 60 libras/ año (caja 5557, f. 356). El 8-7-1710 don Francisco Vidania recibió de la Junta 7 libras del secuestro del ausente [no explica el motivo] (caja 5557, f. 593). Bienes de Antonio Colea, vecino de Fraga El 21-11-1708 don Miguel Bodón se hizo fianza de los parroquianos de San Pedro y San Miguel de Fraga por haber recibido de la Junta 70 sueldos de pensiones de censal de los bienes del ausente (caja 5557, f. 164). Bienes de Nicolás la Coma, vecino de Huesca* El 14-12-1709 la Junta pagó al licenciado don Miguel Laín y Binacua, administrador de las rentas del seminario de Huesca, 200 libras de los bienes del ausente. Fianza: Domingo Ranceta, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 441). Bienes de Pedro Delgado El 8-7-1709 la Junta permitió a Pedro Delgado que administrase sus bienes y los de su madre, María Colón, en principio secuestrados. Fianza: don Miguel Antonio de Arostegui, vecino de Benabarre (caja 5557, f. 402). Bienes de don José de Eril y Ortiz El 2-5-1709 José de Baldellou, vecino de Zaragoza, se hizo fianza de don Pedro Bardaxí y Ascón, vecino de Zaragoza, que recibió por la Junta, de los bienes del ausente, habitante en Barcelona, 452 sueldos 9 dineros de pensiones de censales (caja 5557, f. 384). Bienes de don Juan Escoto* El 22-4-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a José Mombiela, vecino de Zaragoza, una torre con huerta en la partida de Roseque, del ausente, por 1 año, desde San Juan de junio, por 30 libras/año (caja 5557, f. 382). Bienes de don Esteban Esmir* El 24-3-1708 José de Muro se hizo fianza para la parroquia de la villa de Epila por haber recibido de la Junta 420 sueldos por pensiones contra el ausente (caja 5557, f. 90). El 18-2-1710 don Manuel de Santos, abogado y vecino de Zaragoza, recibió de la Junta 8 libras de los bienes del ausente por hacer la relación de las pretensiones y otras diligencias en el pleito de este secuestro (caja 5557, f. 498). Bienes de don Francisco Esmir* El 4-7-1708 Esperanza López Rueda, vecina de Zaragoza, nombró procurador a Francisco Antonio Ondeano para que ante la Junta expusiera que de los bienes del ausente debían pagarle un real al día de por vida porque así lo fijó en su testamento don
276
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
Luis Jacinto Esmir y Casanate, de quien era heredero don Francisco, que no le pagaba además hace 3 años (caja 5557, f. 120). El 16-1-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Juan Duran, vecino de Zaragoza, unas casas grandes sitas en la calle Mayor, junto al Arbellón, por seis años, a contar desde el 1 de enero presente por 80 libras/año (caja 5557, ff. 336r-337r). El 17-1-1710 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Pedro Martínez, vecino de Zaragoza, las viñas, campos, olivares, torres y demás del ausente por 1 año, desde el 1 de enero, por 100 libras. Fianza: don Agustín Bosque, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 479r-480v). El 22-2-1710 don Miguel Ramón Correxas, vecino de Zaragoza, recibió de la Junta 100 libras de bienes del ausente que se le habían adjudicado por real cédula (caja 5557, f. 505). Bienes de don Pedro Español, vecino de Alagón El 15-12-1709 la Junta entregó a los procuradores testamentarios de Pedro Alamán 1.678 reales de plata de los bienes del ausente por una deuda del mismo [se alude también a los bienes secuestrados de Sebastián Barbod, en Épila] (caja 5557, f. 443). El 16-12-1709 la Junta entregó al convento del Santo Sepulcro 20 libras 5 sueldos por la pensión de un treudo de 3 cahíces de trigo/año contra los bienes del ausente (caja 5557, f. 445). Bienes de José Espés El 20-7-1708 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Manuel Buil, labrador, una torre y un huerto del ausente en el Rabal por 6 años, desde san Juan de 1708, por 60 libras. Fianza: Félix Casales, labrador de Zaragoza (caja 5557, ff. 124r-125v). Bienes de don Miguel de Espinal El 8-11-1707 don Manuel Espinal y don José Manuel Sánchez del Castellar, vecinos de Zaragoza, se hicieron fianzas de doña Josefa Gertrudis Bueno, mujer del ausente, a quien la Junta permitía recoger la cosecha de uvas de ese año y se le entregaban también el trigo y la cebada secuestrados en el lugar de Gallur, que eran bienes de su marido, si había fianzas que dijesen exactamente lo obtenido (caja 5557, f. 16). Bienes de don Agustín Estanga* El 18-2-1708 Francisco Estadilla arrendó a don Blas López de Zuloeta los campos, viñas y olivares con la torre que estaba en la viña de Valjunquera, del ausente, por 1 año, desde Navidad de 1707 por 90 libras. Fianza: Antonio Andilla (caja 5557, ff. 66r-67v). El 13-2-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a don Blas Zuloeta, vecino de Zaragoza, los campos, viñas y olivares del ausente por 3 años, desde el 1 de enero de 1709, por 90 libras/año (caja 5557, ff. 362r-363v).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
277
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
Bienes de Antonio Matías de la Fuente, vecino de Alagón El 25-2-1709 don Juan Gerónimo de Blancas, corregidor de Zaragoza, tras presentar real cédula de 15 de enero de 1709 por la que se le adjudicaba la hacienda del ausente, nombró procurador para recibirla en Daroca y Murero a don Martín de Michelena (caja 5557, f. 369). Bienes de don José de Fuentes, vecino de Ateca El 4 y 5-9-1708 Lorenzo de Fraguas, vecino de Calatayud apoderó a don Ignacio del Corral y don Antonio de Urrea para que pidieran en la Junta 48 escudos 16 sueldos de los bienes del ausente por un préstamo (caja 5557, f. 146). Bienes de Gerónimo Garay, vecino de La Almunia* El 20 y 28-2-1708 los jurados de La Almunia presentaron como fianza, por haber recibido de la Junta 134 libras 9 sueldos que tenía en comanda el ausente, a don Miguel López Generes, vecino de La Almunia, y días después a don Lorenzo López Generes (caja 5557, ff. 68 y 70). En 1709 la Junta libró a don Jaime Mínguez, vecino de La Almunia y administrador de los bienes de Garay y otros, una orden para entregar 10 cahíces de trigo de siembra al apoderado del alcalde y regidores de Candasnos, que los habían recibido del rey (caja 5557, ff. 420r-423v). El 13-2-1710 la Junta concedió la viudedad de los bienes secuestrados a Gerónimo Garay menor, ausente, a Antonia Navarro, su mujer. Fianza: Pascual de Liarte, maestro de coches, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 494). El 14-2-1710 Antonia Navarro recibió de la Junta 97 libras como parte de las 200 libras que debía recibir del secuestro de Gerónimo Garay menor, y que llevó al matrimonio (caja 5557, f. 496). Bienes de Martín Garay, vecino de La Almunia El 4-12-1709 la Junta entregó a Miguel García, labrador, vecino de Epila, 900 sueldos por una comanda que debía el ausente. Fianza: Juan Jubera, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 436). El 24-1-1710 Martín Fabro, vecino de Epila y apoderado de Miguel García y Ana Gil, vecinos de Epila, recibió de la Junta 45 libras de los bienes del ausente por una comanda (caja 5557, f. 481). El 13-2-1710 la Junta otorgó la viudedad de los bienes secuestrados al ausente a María de Hacha. Fianza: Diego de Hasta, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 492). El 13-2-1710 Bernardo de Hacha, labrador de La Almunia y con poder de su hija María, recibió de la Junta 78 libras 4 sueldos como parte del pago de 150 libras que debía percibir del secuestro por lo llevado al matrimonio por la hija (caja 5557, f. 493). El 1-6-1710 María de Hacha, vecina de La Almunia y viuda de Martín Garay, recibió de la Junta 33 libras 7 sueldos 7 dineros como fin de pago del importe de 17 cahíces 6 fanegas de trigo que debía recibir del secuestro por la viudedad (caja 5557, f. 572).
278
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
Bienes de José Matías García, vecino de Calatorao* El 2-7-1708 la Junta nombró administrador de los bienes del ausente a José Gil de Bañero, vecino de Calatorao y residente en Zaragoza. Fianza: Tiburcio Ucenda, vecino de Calatorao (caja 5557, f. 119). Bienes de José Félix García Lorente El 9-1-1709 Francisco de Lizarraga se presentó como fianza de la cofradía de Nuestra Señora y Todos los Santos de Zaragoza, que pedía 24 libras de los bienes de Lorente, máxime al concederse el disfrute de los bienes del huido a su mujer, doña Josefa María Fernández, que iba a irse a Cataluña (caja 5557, f. 334). Bienes de don Francisco Gazo* El 27-3-1708 Francisco Estadilla arrendó a Miguel de Latas, maestro armero, todos los campos y viñas del ausente por 1 año desde Navidad de 1707 por 20 libras. Fianza: don Juan Arnal (caja 5557, ff. 95r-96v). El 6-5-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Juan Silvestre López los campos, viñas, olivares y casas en Pastriz del ausente por 2 años, desde el 1 de enero de 1709, por 60 libras/año. Fianza: Juan Antonio Bernal, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 388r-389v). Bienes de don Pedro de Gracia y doña Juana María Duato, vecinos de Fraga El 7-6-1708 la Junta pagó al obispo de Lérida 90 libras por pensiones de censales contra los bienes de doña Juana. Fianza: Juan Escuder, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 112). El 9-7-1709 la Junta entregó a Pedro Dufraise 222 libras 7 sueldos 6 dineros de los bienes del ausente y de su mujer doña Juana María Duaso. Fianza: José Ribera Maza de Lizana (caja 5557, f. 404). El 26-10-1709 la Junta ordenó pagar a mosen Antonio Tello, vecino y presbítero de Fraga 1.062 libras que le debían el ausente y su mujer. Fianza: Pedro Millán, vecino del lugar de las Parras (caja 5557, f. 428). El 8-11-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a don Manuel Xilbert de Granja Fernández y Heredia, vecino de Zaragoza, todos los bienes doña Juana María Duato, viuda del ausente, vecino de Fraga, sitos en Fraga, Belber, Almudafar, Oso y Chalamera por 2 años, desde San Miguel de septiembre de 1709, por 345 libras/año. Fianza: don Vicente Francés y Canales, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 431r-432v). Bienes de don Francisco Ibáñez* El 10-2-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a don Lorenzo Ibáñez de Aoíz las casas, campos, viñas y olivares del ausente por 3 años, desde el 1 de enero de 1709 y por 30 libras/año (caja 5557, ff. 354r-355v). Bienes de don Gabriel de Irazábal* El 27-12-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a José de Rodas, labrador de Zaragoza, las viñas, campos, olivares y tierras en el término de Miralbueno del ausente
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
279
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
por 3 años, desde el 1 de enero de 1710, por 25 libras/año. Fianza: don Miguel Ramón Correjas, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 446r-447v). El 5-7-1710 sor Josefa de Irazábal, del convento de la Encarnación de Zaragoza, recibió 25 libras de la Junta por la pensión de un violario sobre los bienes del ausente (caja 5557, f. 591). Bienes de José Jiménez, vecino de Tauste El 8-8-1709 la Junta entregó a Martín de Iturriaga, vecino de Tudela, 55 libras 4 sueldos de los bienes del ausente. Fianza: Antonio Lapuente, maestro cerero, vecino de Zaragoza (caja 5557, f. 411). Bienes de Domingo Labarta* El 22-4-1708 Francisco Estadilla arrendó a Francisco de Miro una viña y un campo del ausente por 1 año desde Navidad de 1707 por 8 libras. Fianza: José Labarta (caja 5557, ff. 102r-103v). Bienes de Domingo Laborda* El 17-2-1708 Francisco Estadilla arrendó a Gil Cavero los campos, viñas y olivares en la Almotilla del ausente por 1 año, desde Navidad de 1707 por 8 libras. Fianza: Pedro Laborda (caja 5557, ff. 58r-59v). El 13-2-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Pedro Laborda las viñas, campos y olivares de Domingo Laborda por 3 años, desde el 1 de enero de 1709, por 8 libras/año (caja 5557, ff. 360r-361r). Bienes de don Bartolomé y don Francisco Lafita* El 31-5-1710 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Alonso Martín, maestro cerero y confitero, las viñas de los ausentes, hermanos, sitas en Zaragoza y en Monzalbarba y un campo en Almozara por 3 años, desde el 1 de enero de 1710 por 50 libras/año (caja 5557, f. 571). Bienes de Andrés Lamarca El 19-1 -1709 Francisco Simón Juárez, vecino de Zaragoza, dio poderes a Francisco Antonio Ondeano para que lo defendiera en la causa criminal pendiente ante la Junta de Secuestros por haber tomado 11 paños de «raz» y otras cosas de Merenciana Clos, mujer del ausente, sin haber informado a dicha Junta (caja 5557, f. 338). Bienes de don Lucas Laporta* El 8-8-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó unas casas en la calle Mayor (lindantes con las de José Navarro, el conde de Atares y conde de San Juan el Viejo) a don Juan Manuel de Mauleón como procurador de don Francisco Catalán y Serrano, por 40 libras/año, 50 libras si se incluía la bodega. Fianza: don Manuel de Sola (caja 5557, ff. 408r-410v).
280
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
El 7-4-1710 Juan Francisco Sobrecasas recibió del arzobispado de Zaragoza, por manos de su administrador, don Gaspar de Segovia, 189 libras 6 sueldos, por pensiones de un censal del ausente (caja 5557, f. 535). Bienes de don Luis de Latorre* El 17-7-1709 la Junta dio a Josefa de San Martín, viuda de Juan Pérez, vecina de Daroca, 6.400 sueldos que debía por una comanda el ausente, vecino de Odón, junto con su hijo don José. Fianza: Pedro Hernando Capdevilla (caja 5557, f. 407). Bienes de don Antonio Luzán, vecino de Zaragoza El 16-10-1708 don Luis Clemente, vecino de Huesca, se hizo fianza de don Bernardo Clemente y Abarca, canónigo de la catedral de Huesca, y de don Pedro Clemente y Galbán, residente en ella, para reclamar varias pensiones de censales del ausente (caja 5557, f. 152). El 11-12-1709 don Baltasar Barduzal, vecino de Zaragoza, y con poder del marqués del Alcázar, del consejo de Castilla y encargado por el rey de la administración de los bienes secuestrados del ausente, presentó como fianzas a don Antonio de Leiza y Eraso y don José Soriano y Gan, vecinos de Huesca. Además el rey había adjudicado sobre dichos bienes 1.000 escudos de una vez para don José Antonio Torrejón (caja 5557, ff. 437r-440v). Bienes de José Mallada El 25-3-1708 Francisco Estadilla arrendó a Salvador Franco todos los campos, viñas y olivares sitos en Zaragoza y barrios del ausente por 1 año, desde Navidad de 1707 por 12 libras. Fianza: Juan Franco, su hermano (caja 5557, ff. 91r-92v). El 26-10-1708 el colegio agustino de Santo Tomás de Villanueva pidió a la Junta 6 libras 6 sueldos por el resto de una deuda del ausente. Fianza: Juan Francisco Sobrecasas (caja 5557, f. 155). El 13-2-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Salvador Franco los campos, viñas y olivares del ausente por 3 años, desde el 1 de enero de 1709, por 30 libras/año (caja 5557, ff. 358r-359v). Bienes de José Manuel* El 1-9-1709 don Martín de Ezpeleta, infanzón, vecino de Zaragoza, nombró procurador a Ignacio del Corral porque José Pasamonte, alguacil de la real chancillería, le había demandado pidiendo de los bienes del ausente, que usufructuaba Ezpeleta, 339 libras, 15 sueldos 8 dineros que supuestamente le debía (caja 5557, f. 415). Bienes de don Vicente Martínez de Luna, vecino de Uncastillo El 3-3-1708 el infanzón don Vicente Martínez nombró a Juan Gerónimo Andosilla para que pidiera a la Junta que levantara el secuestro de sus bienes pues durante la rebelión estaba fuera de su casa pero en lugares vecinos, y no salió del reino (caja 5557, f. 73).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
281
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
El 28-4-1709 don José Antonio Torrero y Altarriba y don Pedro Melchor Alegre y Lerma, regidores de Zaragoza y del Hospital de Gracia dieron poder para recibir de la Junta 865 doblones de a dos escudos de oro, que eran el resto de 1.000 doblones que el rey mandó dar a dicho hospital de bienes secuestrados en el reino. Para ello se entregó el ganado mayor secuestrado de Martínez de Luna (caja 5557, f. 383). Bienes de don Antonio Mendoza El 21-3-1708 Francisco Estadilla arrendó a Miguel Claver, labrador de Zaragoza, todos los campos, viñas y olivares del ausente por 1 año desde Navidad de 1707 y por 10 libras. Fianza: Pedro Lamata, labrador (caja 5557, ff. 85r-86v). El 17-6-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Pedro Lamata 2 viñas del ausente por 3 años, desde el 1 de enero de 1709, por 50 reales/año (caja 5557, f. 398). Bienes de don José Mendoza* El 2-9-1708 Francisco Estadilla arrendó a José Lizondo, labrador de Zaragoza, la torre y huerto del ausente, en la adula del lunes del Huerva por 1 año, desde San Juan de 1708, por 13 libras. Fianza: Francisco Álvarez (caja 5557, ff. 142r-143v). Bienes de Félix Montalbán El 27-12-1709 Juan Marzo, vecino de Almonacid de la Cuba y Vicente Lacambra, vecino de Zaragoza, fianzas de José Marco, vecino de Azuara, ejercieron como fianzas de éste para que saliera de la cárcel por no satisfacer sus cuentas sobre bienes secuestrados en Azuara del ausente (una porción de ganado cabrío) (caja 5557, f. 450). Bienes de Juan Antonio Montes El 19-7-1710 la parroquia de San Miguel recibió del secuestro del ausente 15 libras que restaban por los alquileres de un bien [ilegible], en total 45, si bien se conformó con recibir 30 de los bienes dótales de doña Josefa Cebrián, mujer del ausente (caja 5557, f. 597). El 22-5-1710 doña Josefa Teresa Cebrián y Pea, domiciliada en Zaragoza, recibió de la Junta 50 libras del secuestro de su marido por la dote (caja 5557, f. 560). Bienes de Juan Morales* El 10-6-1709 Estefanía Gavás, vecina de Zaragoza y mujer del ausente, nombró a un procurador que la defendiera en el pleito del secuestro del marido (caja 5557, f. 397). Bienes de Antonio Narbión* El 2-5-1709 Juan Antonio Lope, vecino de Zaragoza, se hizo fianza de la parroquia de Villafilegible], que recibió de la Junta 165 libras de los bienes del ausente por fin de una comanda (caja 5557, f. 386).
282
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
Bienes de doña Teresa de Orera y don Manuel de Orera, su hijo, vecinos de Daroca* El 25-2-1709 don Juan Gerónimo de Blancas, corregidor de Zaragoza, tras presentar real cédula de 15 de enero de 1709 por la que se le adjudicaban los bienes de los Orera, nombró como procurador para recibirlos en Daroca y Murero a don Martín de Michelena (caja 5557, f. 369). El 20-2-1710 el capellán de la ermita de N.a S." de la Laguna recibió de la Junta 50 libras del secuestro de doña Teresa Orera en Murero por consignación hecha en real cédula y es por pensiones de censales (caja 5557, f. 501). El 7-4-1710 Juan Francisco Sobrecasas recibió de Lucas del Cos, vecino de Zaragoza, 100 libras por el arriendo de la hacienda de los Orera en Monzalbarba y términos. Es el resto del arriendo de 1709 (caja 5557, f. 536). El 23-5-1710 don Alvaro Aldana y Espinosa, vecino de Zaragoza y relator de la real cnancillería recibió de la Junta 3 doblones de a dos escudos de oro del secuestro de los ausentes por el trabajo de hacer los autos del mismo (caja 5557, f. 562). Bienes de Gerónimo Oset [Noticia confusa]. El 27-11-1708 el notario Roque Antonio Núflez, acompañado del portero de la Junta, fueron a la casa de Cristina Betés, viuda de Domingo Bas, maestro tinturero, en la parroquia de Altabas, para embargar los bienes de esa casa, que se creía que eran de Oset, maestro pelaire, ausente, y así pagar los arriendos que debía Cristina de una casa. Ésta alegó que había pagado a Pedro Boyra, maestro tinturero, el arriendo de otra casa, el cual fue llamado, lo confirmó y se mostró dispuesto a poner a disposición de la Junta lo cobrado (caja 5557, f. 165). Bienes de don José Ozcáriz y Ferrer* El 24-1 -1708 Juan Francisco Sobrecasas, vecino de Zaragoza, arrendó a José Briz, maestro carpintero, vecino de Zaragoza, una casa del ausente en calle de los Señales, parroquia de San Lorenzo por 4 años, desde el 1 de enero de 1708 [la cuantía es ilegible]. Fianza: Gregorio Moren, maestro cordonero (caja 5557, ff. 42r-43v). El 2-5-1709 Manuel Simón de Sola, vecino de Zaragoza, se hizo fianza de los ejecutores testamentarios de mosen Miguel Lacasa, que recibió de la Junta, de los bienes del ausente, 389 sueldos 4 dineros, así como del capítulo de San Lorenzo, que recibió 91 sueldos 4 dineros por pensiones de censales (caja 5557, f. 385). El 9-7-1709 la Junta entregó a Pedro Dufraise, vecino de Zaragoza, 30 libras de los bienes del ausente. Fianza: José Ribera Maza de Lizana (caja 5557, f. 405). Bienes de Cayetano Pasqual El 8-2-1708 Pedro Arrabal, labrador de La Almunia, nombró como procurador a Ignacio del Corral para que pidiera a la Junta que le entregasen 208 arrobas de aceite secuestradas, o su valor, en poder de Jaime Monjón, vecino de La Almunia, con el pretexto de ser del ausente, siendo que dicho aceite era del arrendamiento que los dos hicieron de las décimas de Cabanas, del cabildo del Pilar, de cuyo arriendo se dejaron a
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
283
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
deber 230 libras. A él le tocaban la mitad, y tenía destinado para ello el valor del aceite (caja 5557, f. 50). Bienes de José Miguel Pérez de las Aguas* El 21-3-1708 Francisco Estadilla arrendó a Miguel Lorente, maestro alarife vecino de Zaragoza, todas las viñas, campos y olivares del ausente por 1 año desde Navidad de 1707, por 20 libras. Fianza: Blas Ximénez, maestro alarife, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 87r-88v). El 3-3-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a José Servisé las viñas del ausente (en realidad cinco viñas y dos majuelos) por 3 años, desde el 1 de enero de 1709, por 25 libras/año (caja 5557, ff. 370r-371v). Bienes de José Quibus, vecino de Tamarite* El 27-6-1708 la Junta pagó a María del Rey, vecina de Zaragoza, 56 libras 9 sueldos de los bienes del ausente por un albarán con varias compras. Fianza: Pedro José Alamán, mercader de Zaragoza (caja 5557, f. 118). Bienes de don Manuel de Ribas* El 8-1-1708 Francisco Estadilla, administrador por la Junta, arrendó a Juan Francisco Lizarraga los campos, viñas y olivares del ausente por 1 año, desde Navidad de 1707 y por 30 libras (caja 5557, f. 36). El 24-1-1709 Juan Francisco Sobrecasas recibió de Juan Francisco Lizarraga, vecino de Zaragoza, 30 libras por el arriendo de las viñas, campos y olivares del ausente, cumplido el 31 de diciembre de 1708 (caja 5557, f. 343). El 22-1-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Juan Francisco Lizarraga, vecino de Zaragoza, viñas, campos y olivares en Zaragoza por 3 años, desde el 1 de enero de 1709 por 51 libras/año (caja 5557, ff. 340r-341v). El 28-5-1710 José Navarro, maestro cerero y confitero, vecino de Zaragoza, recibió de la Junta del secuestro del ausente 16 libras 11 sueldos 2 dineros por una deuda que le debía (caja 5557, f. 568). El 14-2-1710 Juan Francisco Sobrecasas recibió de Juan Francisco Lizarraga, vecino de Zaragoza, 51 libras por el arriendo de los campos, viñas y olivares secuestrados del ausente que faltaban de 1709 (caja 5557, f. 495). Bienes de Gerónimo Félix del Río* El 27-4-1708 José de Baldellou se hizo fianza de Pedro Luesma por haber recibido de la Junta 61 libras 9 sueldos 9 dineros del ausente debidos por el herbaje del ganado lanar. Una parte, 47 libras 11 dineros, le correspondían realmente al marqués de Tosos, el resto a Luesma, pero se comprometió a abonarle al marqués (caja 5557, f. 101). El 27-4-1708 Sebastián Alcoy, maestro sastre vecino de Zaragoza, pidió 40 libras del ausente por varios trabajos hechos. La Junta se los dio presentando fianza, que fue José Alcoy, maestro albañil (caja 5557, f. 105). El 20-7-1708 José Valdellou y Mateo, vecino de Zaragoza y procurador del monasterio de Santa María de Trasobares, recibió de la Junta 793 libras 4 sueldos 3 284
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
dineros a cuenta de 1.095 asignadas de los bienes del ausente para el ingreso y alimentos de doña Teresa del Río y doña Melchora del Río, hermana e hija respectivamente (caja 5557, f. 123). Bienes de don Francisco Serra y Ardid El 24-3-1708 José de Muro, vecino de Zaragoza, se hizo fianza por la parroquia de la villa de Épila por haber recibido de la Junta 46 libras 16 sueldos de pensiones de censales del ausente (caja 5557, f. 89). Bienes de don José de Suelves y doña Manuela Lerín, su mujer* El 10-1-1708 Francisco Estadilla arrendó a Pedro la Villa los campos, viñas y olivares del ausente por 1 año, desde Navidad de 1707, por 80 libras (caja 5557, f. 37). El 2-12-1708 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Pedro Echegoyen, mercader y vecino de Zaragoza, unas casas del ausente sitas en la plaza del Mercado lindantes con las de doña Josefa Mauleón y otra del mismo ausente y su mujer, por 8 años, desde el 1 de enero de 1709 por 40 libras/año (caja 5557, ff. 166r-167v). El 15-4-1709 Diego Navarro, vecino de Zaragoza, se hizo fiador de don Manuel Sobrino, presbítero vecino de Zaragoza, que recibió de la Junta 80 escudos de los bienes del ausente (caja 5557, f. 379). El 1-3-1710 José Estorguía, maestro alarife y vecino de Zaragoza recibió de la Junta 10 libras 17 sueldos por reparos en casas del ausente (caja 5557, f. 510). Bienes de don Andrés Torrijos* El 13-3-1708 la parroquia de San Felipe presentó como fianza a Miguel Martín, maestro torcedor de seda, vecino de Zaragoza por haber recibido de la Junta 81 libras de pensiones del ausente (caja 5557, f. 77). El 17-3-1708 Francisco Estadilla arrendó a Juan de Aso todos los campos, viñas, olivares y torre del ausente sitas en Zaragoza por 1 año (para las viñas desde Navidad de 1707, para lo demás desde San Juan de 1708), por 50 libras. Fianza: don Manuel Anes, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 83r-84v). Bienes de don Gerónimo Nicolás Torrijos* El 9-2-1708 don Gerónimo Piazuelo, gobernador de Caspe, nombró a Antonio Ondeano y José Ondeano, padre e hijo, para que pidieran a la Junta de los bienes del ausente el valor de 4 mulos de coche que le saquearon en la turbación y fueron a manos de Torrijos, que se los llevó al huir (caja 5557, f. 51). El 16-4-1709 la Junta entregó a don Francisco Gacel, cirujano mayor del Hospital de Convalecientes de Zaragoza, al capitán Dagart, comisario de Víveres, al capitán Premont y al capitán Granier, a quienes les robaron al venir de Mequinenza, y por manos de don Nicolás Calvo, vecino de Zaragoza y depositario del ganado lanar y cabrío secuestrado del ausente, la cantidad de 24.466 reales de plata en ganado. Se añade que el mismo día don Sebastián de Eusa Torreblanca, del consejo de Hacienda y oidor de la cnancillería, asistido por Roque Antonio Núñez y Francisco Gacel, fue a
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
285
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
informar de dicho acto al Excrao. Sr. marqués de Jofreville, quien lo aprobó (caja 5557, ff. 380r-381v). El 28-2-1710 don Nicolás Calvo, vecino de Zaragoza, recibió de la Junta 172 libras 13 sueldos por administrar el ganado lanar y cabrío del ausente (caja 5557, f. 508). Bienes de José Vidal, vecino de Muel El 6-2-1709 José Navarro, vecino de Zaragoza era fianza de José Navarro, titular de una capellanía en la parroquia de Muel, que recibió 27 libras 2 sueldos 8 dineros por pensiones de censales contra el secuestro de Vidal (caja 5557, f. 351). El 15-3-1709 Diego Gonzalbo se hizo fiador de Bartolomé Ramo, beneficiado de Luco de Jiloca, que había pedido a la Junta 4.074 sueldos por réditos de dos censales contra los bienes del ausente, vecino de Luco (caja 5557, f. 372). Bienes de Martín Xavierre El 18-2-1709 Juan Francisco Sobrecasas arrendó a Domingo Barran las viñas, campos y olivares del ausente por 1 año, desde el 1 de enero de 1709, por 20 libras (caja 5557, ff. 64r-65v). Bienes de Matías Xavierre* El 25-3-1708 Francisco Estadilla arrendó a Cristóbal Santaromana todos los campos, viñas y olivares del ausente en Zaragoza y barrios por 1 año desde Navidad de 1707 por 20 libras. Fianza: Domingo Barrao, vecino de Zaragoza (caja 5557, ff. 93r94v). Bienes de don José Ximénez El 21-11-1708 Antonio Casamayor, vecino de Tauste, se obligó a presentar fianza por haber recibido de la Junta 124 libras 1 sueldo de los bienes del ausente sitos en Pradilla (caja 5557, f. 163). Bienes de Martín Ximénez y Urriés El 11-5-1708 don Miguel López Generes, vecino de La Almunia, se hizo fianza del concejo de La Almunia por haber recibido 343 libras del ausente por el arriendo del molino de aceite en la villa (caja 5557, f. 107). Bienes de Bautista Pera [no se lee], vecino de Fraga El 21-11-1708 Miguel Bodón, vecino de Fraga, se hizo fianza de los parroquianos de San Pedro y San Miguel de Fraga por los 510 sueldos del ausente pagados por pensiones de censales (caja 5557, f. 162). Bienes secuestrados de quienes no se menciona el dueño El 25-9-1708 Juan Francisco Sobrecasas recibió de Valentín Olivan, vecino de Zaragoza, 55 libras por el arriendo de una casa secuestrada, correspondientes a la mitad del pago de 1707 y a la mitad del de 1708 (caja 5557, f. 148).
286
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
También tres religiosos cobraron de la Junta pensiones de censales sin especificar contra quiénes lo estaban, en un caso 6 libras 5 sueldos (caja 5557, f. 111), en otro 20 libras (caja 5557, f. 113) y en el último 42 libras 5 sueldos (caja 5557, f. 169). ANEXO 4 PERSONAS CON BIENES SECUESTRADOS EN ARAGÓN EN 1722 Y RENTA DE SUS BIENES BRUTA Y LÍQUIDA [El asterisco al final de un nombre indica que también aparecen en el listado del anexo 3] [Archivo General de Simancas. Secretaría y Superintendecia de Hacienda, legajo 972] «Contaduría General de Bienes Confiscados Reino de Aragón Relación de los valores líquidos que se considera tienen anualmente todos los bienes y rentas confiscados y secuestrados en el reino de Aragón por presupuesto del que tuvieron en el año 1720, lo que importan las cargas de justicia anuales que hasta ahora se han justificado y el residuo que queda al año para satisfacción de las deudas causadas hasta fin del año 1717 y demás fines a que S. M. lo tiene aplicado. Todo ello conforme a las relaciones y noticias que se han remitido a la contaduría de la razón general de bienes confiscados de S. M. de mi cargo, por la de la superintendencia general de rentas y confiscaciones de aquel reino, que con distinción de lo correspondiente a cada estado y secuestro es en esta forma: Secuestros por abecedario de los nombres de los habientes [ese orden alfabético se ha alterado, prefiriendo el del apellido, y situando en primer lugar los nobles, después el resto]
Marquesado de Villafranca Condesa de Centellas Condado de Elda* Condado de Fuentes y marquesado de Mora* Condado de Luna y sus baronías por la mitad de sus frutos, que es lo que pertenene a la real hacienda Baronía de Antillón* y de La Almolda ABARCA Y BOLEA, D. Manuel AGREDA, Francisco AGREDA, Miguel de*
Valor que se considera anualmente por presupuesto del año 1720 regulados los granos a mrs a los precios que se le han dado en él 23.296 87 10.360 89.545
Cargas de justicia anuales que hasta ahora se han justificado
12.018 0 6.260 41.739
11.278 87 4.100 47.806
58.888
26.635
32.253
10.032 2.805 80 170
2.145 730 0 0
7.887 2.075 80 170
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Residuo anual que se considera para satisfacción de cargas de justicia y demás fines a que está aplicado
287
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
AGUARON, José AGUARON, José e INDIANO, Juan AGUARON, Miguel AINSA, D. Marcelo de* ALABER, Lamberto ALCALÁ, Tomás* ALCAYNA, Francisco ALCAYNA, Ignacio* ALCAYNA, Roque ALCOBER, Cosme ALEGRE, Francisco ALFARO, Francisco ALIAGA, D. Isidro ALIAGA, D. Isidro ALMANZON, Antonio ALMANZON, José ALMENARA, Francisco ANDRÉS, Antonio ANDRÉS, D. Pedro* ANTÓN, D. Gerónimo* AQUAVERA, D. José AYSA, Sebastián AZAILA, Manuel AZNAR, Salvador AZPIRIZ, Félix BALL, Juan BARBOTT, Sebastián BARDUZAL, Gabriel BARGAS, D. Manuel de BASQUAS, Diego BASQUAS, Pedro BELTRAN, Domingo* BENAVIDES, D. Antonio de BERENGUER, D. Antonio BERNIZ, Pedro BLASCO, D." Teresa BLASCO, Juan Francisco BORAU, D. José* BORNAT, Pedro BUI, D. Eusebio BULOSSA, D. Pedro* BUTRÓN, D. Pedro* CABELLO, Luis
288
220 30 230 1.989 24 160 95 400 200 32 50 30 576 1.792 35 30 280 150 4.884 4.492 480 6 485 40 20 22 832 65 437 32 176 300 2.805 2.924 20 200 25 1.800 60 300 300 450 120
0 0 0 100 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 110 0 779 550 235 0 295 0 0 0 110 0 0 0 100 0 0 0 0 0 0 995 0 0 0 450 120
220 30 230 1.889 24 160 95 400 200 32 50 30 576 1.792 35 30 170 150 4.105 3.942 245 6 190 40 20 22 722 65 437 32 76 300 2.805 2.924 20 200 25 805 60 300 300 0 0
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
CALBERA, José CALLEJA, Juan CAMPOS, Juan CASEDAS, Blas de CASTAÑEDA, Domingo CASTILLO, Félix* CASTRO, D. Antonio CASTRO, José Francisco CAUDEVILA, Juan CAVERO, D. Pedro CLABER, Miguel COCÓN, D. Francisco León COMA, Nicolás la* CONCLANTRILLO, D. Martín CONTAMINA, D. Manuel de COPONS, María CORELLA, D. Antonio CUELLO, Manuel DEZA, D. Francisco ENTRENA, Juan Antonio ESCOTO, D. Juan* ESCUELA, Blas ESMIR, D. Esteban* ESMIR, D. Francisco* ESTANGA, D. Agustín* ESTRELLA, Guillermo la ESTRELLA, José la FERRANDO, Jaime FERRER, Domingo FERRERO, D. Blas FERRERO, D. Blas FUENTES, D. Pedro de FUENTES, José de* GALINDO, Juan GALINDO, Martín GALLEGO, José GARAY, mayor y menor, Gerónimo* GARCÉS, D. Antonio GARCÍA, D. Diego GARCÍA, José Matías* GARIN, Diego GASTÓN, Juan GAZO, D. Francisco*
80 4 2 24 50 1.000 180 45 90 300 50 32 32 64 978 200 520 18 1.450 32 225 10 1.060 2.358 600 20 32 204 112 2.376 2.480 113 48 209 168 16 2.000 612 300 100 55 50 500
0 0 0 0 0 50 0 0 0 300 0 0 32 0 304 0 0 0 0 0 0 0 0 640 250 0 0 30 0 392 0 0 0 0 0 0 324 0 0 0 0 0 - 204
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
80 4 2 24 50 950 180 45 90 0 50 32 0 64 674 200 520 18 1.450 32 225 10 1.060 1.718 350 20 32 174 112 1.984 2.480 113 48 209 168 16 1.676 612 300 100 55 50 296
289
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
GIL,José GONZALES, Rafael GUADALAJARA, Miguel de GUARDINGO, Miguel Bautista GUILLEN, Pedro HERAS, Manuel de las HERNÁNDEZ, Patricio IBANEZ, D. Francisco* IBERO, Francisco IGLESIA, Domingo la IRANZU, José IRAZABAL, D. Gabriel* ITURRALDE, Gerónimo JAIME, José JINTO MANDURRA, Pedro JORARAN, Miguel JOSSA, José de JUSTE, Francisco LABALSA, Diego LABARTA, Domingo* LABAZUEI, José LABORDA, Domingo* LAFITA, D. Bartolomé y D. Freo.* LA-PORTA, D. Lucas* LA-PORTA, D. Lucas LA-TORRE, D. Luis* LAX, José LÁZARO, Antonio LEONARDO, D. José LEZCANO, Antonio LINARES, D. Manuel de LINARES, D. Manuel de LÓPEZ DE ZENEDO, Joaquín LUCIA, Antonio LUZAN, D.a Gertrudis LUZAS, José MAGALLON, Manuel MANDURRA, Jacinto MANUEL, D. José* MARTUREL, José MAYOR, Francisco MENDOZA, D. José* M1RAVETE, Antonio
290
100 70 260 80 24 32 68 420 2 8 288 300 13 86 2 140 100 80 80 110 150 200 400 2.362 136 1.536 40 60 576 6 228 238 50 120 1.645 360 60 23 506 50 60 770 25
0 0 0 0 24 0 0 0 0 0 0 120 0 0 0 50 0 0 0 0 0 95 400 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0 100 0 0 134 0 0 390 0
100 70 260 80 0 32 68 420 ?
8 288 180 13 86 2 90 100 80 80 110 150 105 0 2.362 136 1.536 40 55 576 6 228 238 50 120 1.645 260 60 23 372 50 60 380 25
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
MOLINA, D. Antonio MOLINS, D. Antonio MONREAL, Pedro MONTES, D. Juan Antonio* MORA, Bernardo MORALES, Juan* MORÓN, Antonio José MUGÍN, José NARBIÓN, Antonio* NARBIÓN, Bartolomé NAVARQUEZ, D. Francisco NAVARRO, Antonio NAVARRO, José NAVARRO, Marcos NAYA, D. Antonio ORERA, D.a Teresa* ORERA, D.a Teresa de* OZCARIZ, D. José* PAÑO, Miguel PARGADA, Gerónimo PASQUAL, Juan PÉREZ DE LAS AGUAS, D. José*
520 210 300 270 20 20 448 172 308 36 1.000 4 60 271 300 880 600 1.862 100 16 55 320
0 0 0 270 0 0 76 64 0 0 1.000 0 0 0 0 479 0 650 0 0 0 320
PÉREZ, Blas PÉREZ, José PIN1LLA, Vicente PUJOL, Antonio PUJOL, D. Antonio QUIBUS, José* QUINTANA, Antonio RAM, José RIBAS, D.Manuel de* RIBERA, José RÍO, D. Félix del* RÍO, D. Félix del* RODRIGO, Domingo RÓNCHALES, Juan ROY, Miguel RU1Z, Lorenzo SAGARRA, Alejos SAHÚN, Andrés SALANOVA, Francisco SALINAS, D. Agustín
10 101 80 250 200 81 32 22 1.033 150 600 180 34 10 40 16 200 28 350 150
0 0 0 100 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 150
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
520 210 300 0 20 20 372 108 308 36 0 4 60 271 300 401 600 1.212 100 16 55 320 [debería ser 0] 10 101 80 150 200 81 32 22 1.033 150 600 180 34 10 40 16 200 28 350 0
291
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
SAN MARTÍN, D. Jorge SÁNCHEZ, Manuel SANCHO, Francisco SANTAS, Juan de SENDRE, Jacinto SENDRE, José SENDRE, Urbano SOLANO, Antonio SOLANO, D. Antonio SUELVES, D. José de* TAFALLES, Juan TARDÍO, Julián TENA, Pedro TERRAZA, Ignacio TERRER CASADO, José TORRENTE, Gaspar TORRIJOS, D. Andrés* TORRIJOS, D. Andrés* TORRIJOS, D. Gerónimo* URRACA, Juan VICENTE, Juan VILLA, Julián VILLACAMPA, D. Pedro VILLANOVA, Domingo VILLANOVA, Francisco VILLAR, D. Simón del VILLAREAL, José XAVIERRE, Matías* XIMENEZ, Clemente XIMENEZ, D. Pablo YUS, Gerónimo de ZACUERCA, Antonio Bajas del residuo: Importan los salarios y gastos de administración de estas haciendas exclusos los del estado de Luna, que van considerados en sus cargas 15.464 rs. de plata que se consideran por menos residuo y más aumento de cargas
292
610 1.050 18 70 80 8 60 542 452 4.542 192 110 80 130 864 12 850 512 910 170 80 64 1.740 6 32 691 35 400 120 380 48 40 279.761
416 70 0 0 0 0 0 165 0 817 128 0 0 0 100 0 850 100 450 0 0 0 1.025 0 0 100 0 45 0 105 0 40 104.415
194 980 18 70 80 8 60 377 452 3.725 64 110 80 130 764 12 0 412 460 170 80 64 715 6 32 591 35 355 120 275 48 0 175.346
0
15.464
15.464
279.761
119.879
159.882
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
Bajas del valor: Consideranse por menos valor de las rentas y por consiguiente de baja en el residuo por ahora 58.061 rs. de plata, los 40.000 de ellos que se considera se necesitaron cada afio para reparos de posesiones y los 18.061 restantes de diferentes censos pertenecientes al marquesado de Villafranca, que por ser impuestos sobre efectos de cruzada, no se perciben por el fisco
58.061
0
58.061
221.700
119.879
101.821
Por manera que en la forma expresada en esta relación importa el valor anual de todas las rentas confiscadas y secuestradas en el reino de Aragón doscientos veintiún mil setecientos reales de plata doble, las cargas que sobre sí tienen según las justificaciones hechas hasta ahora, inclusos los salarios y gastos de administración, ciento diecinueve mil ochocientos setenta y nueve reales de plata. Quedan de residuo al año ciento un mil ochocientos veintiún reales de la misma especie, que reducido todo ello a vellón de Castilla importa el dicho valor cuatro cientos quince mil seiscientos ochenta y siete reales, las cargas doscientos veinticuatro mil setecientos setenta y tres, y el residuo ciento noventa mil novecientos catorce reales, conforme a las relaciones y noticias remitidas a la contaduría de mi cargo por la de aquel reino. Fecha en Madrid, a diecisiete de septiembre de 1722. Miguel Rosa». ANEXO 5 BIOGRAFÍAS DE AUSTRACISTAS QUE FUERON CIUDADANOS DE ZARAGOZA [El paréntesis indica en qué anexos aparecen citados] Marcelo de AÍNSA (A3, A4) Licenciado y doctor en Leyes en febrero de 1680. En 1697 y 1698 se estudió y aceptó la petición de insaculación en bolsa 4.a de oficios. [ACÁ, legajo 112. AMZ, caja 7771, n.° 1. M. JIMÉNEZ CATALÁN, Memorias para la Historia de la Universidad Literaria de Zaragoza..., p. 357]. Pedro José ANDRÉS (A3, A4) En 1679 fue insaculado en bolsa 5.a de oficios y correspondientes. Ejerció como Juez de residencia de bolsa 5.a en 1691 y como consejero de la misma en 1693. En un memorial de petición de ascenso a bolsa 4.a explicaba que era secretario de la Inquisición y que su abuelo Juan Isidoro sirvió la misma secretaría y los empleos de escribano de mandamiento en la cancillería y secretario de estado y guerra del virrey, REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
293
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
siéndolo el condestable de Castilla en 1644; fue jurado 4.° también. Juan Francisco Andrés, hermano de su abuelo, fue alguacil mayor y secretario de la Inquisición en Cataluña, Mallorca y Sevilla. Diego Miguel Andrés, su padre, fue secretario de la Inquisición y escribano de mandamiento, y en 1690 el rey le dio título de secretario del consejo supremo de Aragón. El suplicante hacía 8 años que era secretario de la Inquisición como su padre y abuelo, que como hidalgos fueron a Cortes. En 1705 se aceptó su propuesta de ascenso a 4.a y demás correspondientes. [ACÁ, legajos 109,110,112,121. AHN, Consejos, libro 2273, f. 190r. AMZ, libro de actos comunes de 1680, f. 33]. Gerónimo ANTÓN Y SAYAS (A3, A4) En 1683 se estudió su insaculación y la ciudad propuso la bolsa 2.a, dispensando la ordinación 67, alegando que su padre, Gerónimo Francisco Antón y Esteban, era entonces jurado 1.° y diputado del reino, y que el suplicante sirvió en las cortes de 1678. En el mismo año, en una carta a don Pedro de Aragón del consejo de Aragón, un informante destacaba que Gerónimo Antón ofreció 1.000 doblones por la futura de capitán de guardias de la Guardia del Reino y después 1.000 reales de a ocho más. Finalmente en 1687 fue insaculado en bolsa 3.a En 1691 se estudió su asunción a bolsa 2.a y correspondientes, con dispensa de edad para servir los oficios si sorteaba. Era capitán de las guardias de a pie y de a caballo. El consejo de Aragón consultó en 1693 a favor de asunción a 1 .a Fue lugarteniente de zalmedina en 1692. Zalmedina en 1693. Consejero de bolsa 1 .a en 1694. Zalmedina en 1697, aunque iba para lugarteniente, pero en enero de dicho año murió el que debía ser zalmedina, José de Blancas. En 1698 se le dispensó la edad para servir el oficio de jurado 1.° Juez de residencia de bolsa 1 en 1699. Consejero de bolsa 1 .a en 1699. En abril de 1703 el rey le permitió disponer del oficio de capitán de guardias de a pie y caballo en hijo o sobrino o hermano, sin perjuicio de la futura dada a Juan Ulzurrun de Asanza para uno de sus hijos. Jurado 1.° en 1705 y consejero en 1706. Jurado 1.° desde enero de 1707 por nombramiento directo del Archiduque, siendo destituido por el duque de Orleans en mayo. Por su austracismo fue consejero de bolsa 1.a desde agosto hasta diciembre de 1710 por nombramiento del Archiduque. [ACÁ, legajos 41, 76, 108, 109, 115; registro 98, ff. 137v, 138v. AHN, Consejos, libro 2288, ff. 28v-32r. AMZ, libros de actos comunes de 1706, 1707, 1710; caja 7771, n.°l]. José BORAU (A3, A4) En un memorial explicaba que su abuelo Pedro Martín y su padre Pedro Pablo fueron ciudadanos y murieron insaculados en 2.a Pedía entrar en 4.a y correspondientes. [ACÁ, leg. 112].
294
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
Félix CASTILLO (A3, A4) En un memorial explicaba que era hijo de Sebastián Castillo y pedía acceder a 5.a Los dos asistieron a Cortes de 1678 y habían ocupado puestos de la parroquia de San Pablo. [ACÁ, leg. 112]. Pedro Luis CAVERO (A4) En 1679 se estudió su insaculación en 3.a y correspondientes, teniendo en cuenta sus servicios en las últimas Cortes. Fue consejero de bolsa 3.a en 1686. Lugarteniente de zalmedina en 1687. Zalmedina en 1688. Consejero de bolsa 1.a en 1693 y 1697 y desde agosto hasta diciembre de 1710 por nombramiento del Archiduque. [ACÁ, legajos 110, 121. AMZ, libros de actos comunes de 1686, 1710]. Manuel de CONTAMINA Y ORTAL (A4) En 1676 se estudió su insaculación en alguna bolsa teniendo en cuenta los méritos de su padre y familia, y finalmente accedió a 3.a Tras su paso por 2.a fue asumido a bolsa 1.a por la ciudad en 1680. En 1681 se le dispensó la ordínación sobre edad para servir los oficios de la ciudad y así servir el de jurado 1.° si sorteaba. Consejero de bolsa 2.a en 1680. Consejero de bolsa 1.a en 1685. Jurado l.°en 1686 (año en que ingresó en la bolsa de administrador del puente de madera) y consejero en 1687. Lugarteniente de zalmedina en 1697. Zalmedina en 1698 [estos dos cargos pudo tenerlos otra persona pues las fuentes no son claras]. Consejero de bolsa 1.a en 1700. Jurado 1.° desde agosto hasta diciembre de 1710 nombrado por el Archiduque. [ACÁ, legajos 109, 112, 121; registros 81, 86, 89. AMZ, libros de actos comunes de 1676, 1680, 1686, 1710; caja 7772, n.° 6]. Esteban ESMIR SERÁN Y CASANATE (A3, A4) En 1674 fue insaculado en 2.a ya que había alegado los méritos de su padre Juan Antonio Esmir y de su abuelo, y además estaba casado con la nieta del regente del consejo Pedro Villacampa y Pueyo. Consejero de bolsa 2.a en 1675. En 1678 se le dispensó la obligación de tener 35 años para ser jurado 2.° Juez de residencia de bolsa 2.a en 1680. Jurado 2.° en 1681. La ciudad en 1684 se mostró a favor de que entrara en bolsas de padre de huérfanos, administrador del puente madera, comprador de pan y carne y colateral de esa administración. Fue consejero de bolsa 2.a en 1684. Lugarteniente de zalmedina en 1685. Zalmedina en 1686. Consejero de bolsa 2.a en 1686. El gobernador en 1687 explicaba que era señor de Ballenas, y receptor general de las bailías en el Reino. En 1686-87-88 se estudió su ascenso a 1.a y correspondientes y se le dispensó la edad necesaria para ser jurado 1.°
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
295
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
Consejero de bolsa 1.a en 1691. Jurado 1.° en 1692 y consejero en 1693, en 1695 y en 1697. Jurado l.°en 1706. Consejero de bolsa 1 .a desde enero de 1707 por nombramiento directo del Archiduque. [ACÁ, legajos 111, 112, 113, 116, 121; registros 81, 84, 86, 93. AMZ, libros de actos comunes de 1675, 1678, 1680, 1686 1695, 1706, 1707; caja 7772, n.° 6]. Agustín de ESTANGA (A3, A4) Natural de Zaragoza. Licenciado y doctor en Leyes en 1654. Fue insaculado en bolsa 4.a de oficios en 1658 y en 3.a en 1669. En 1671-72 se estudió su ascenso a bolsa 2.a y en 1679-80 a 1.a Asesor del zalmedina desde marzo de 1661. Consejero de bolsa 1.a en 1685 y 1695. Jurado 1." en 1700 y consejero en 1701 y en 1706. [ACÁ, legajos 109, 110, 112, 121. AMZ, libros de actos comunes de 1672, 1680, 1695, 1706. M. JIMÉNEZ CATALÁN. Memorias..., p. 342]. Pedro Gerónimo de FUENTES (A4) Natural de Zaragoza. Licenciado y doctor en Leyes en 1688. Abogado del Colegio de su ciudad. Lugarteniente de la corte del Justicia en 1699. Dejó escritas obras inéditas. Fue insaculado en bolsa 4.a en 1669. Consejero de bolsa 4.a en 1673 y en 1676. Asesor del zalmedina en 1680. En noviembre de 1680 estaba en 3.a En 1687, siendo lugarteniente de la corte del Justicia, fue asumido a bolsa 2.a y en 1691 se estudió su asunción a 1.a Almutazaf en 1698. Consejero de bolsa 1.a en 1698 y en 1700. Asesor del zalmedina desde agosto de 1702. Repitió en 1703, 1704, 1705 y 1706 (fue ratificado por el Archiduque, que además le concedió el cargo de por vida). En septiembre de 1703 se le encargó la insaculación de Alcaftiz con Gerónimo Torrellas como notario. Consejero de bolsa 1.a en 1706. Consejero de bolsa 1.a desde enero de 1707 por nombramiento directo del Archiduque, y el mismo cargo desde agosto hasta diciembre de 1710. [ACÁ, legajos 111, 116, 121. AHN, Consejos, libro 2273, ff. 123v-126v. AMZ, libros de actos comunes de 1676, 1706, 1707, 1710; caja 7771, n.° 1; caja 7772, n.° 6. M. JIMÉNEZ CATALÁN. Memorias..., p. 362]. Diego GARCÍA (A4) Fue insaculado en 1686 en bolsa 5.a Ejerció como consejero de bolsa 5.a en 1697. Jurado 5.° en 1698 y consejero en 1699. Síndico a tributar de bolsa 4.a en 1700. Seguía en 4.a en la revisión de noviembre de 1703. ' ' ' • [ACÁ, legajos 116, 121. AMZ, libro de actos comunes de 1686].
296
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
Félix GARCÍA LORENTE (A3) En 1687 se decidió su acceso a bolsa 4.a y correspondientes. Su abuelo José Gabriel Martín fue jurado 3.°, y su padre Pedro García estuvo en 4.a Seguía en 4.a en la revisión de noviembre de 1703. [ACÁ, legajo 114]. Francisco GAZO (A3, A4) En 1695 se estudió su asunción a 3.a y correspondientes, en la que estaba en la revisión de noviembre de 1703. Fue consejero de bolsa 3.a desde agosto hasta diciembre de 1710 por nombramiento del Archiduque. [AMZ, libro de actos comunes de 1710, caja 7771, n.° 1]. Manuel Miguel de GUADALAJARA (A4) En 1697 se insaculó a este infanzón, que había servido en Cortes, al igual que sus familiares, en 5.a y correspondientes. Fue jurado 5.° desde agosto hasta diciembre de 1710 por nombramiento del Archiduque. [ACÁ, legajo 112. AMZ, libro de actos comunes de 1710; caja 7771, n." 1]. Francisco IBÁÑEZ DE AOIZ (A3, A4) En 1679 se estudió y aceptó su insaculación en bolsa 4.a y correpondientes. En 1684-85 a 3.a Ejerció como consejero de bolsa 2.a en 1698 y jurado 2.a en 1706. [ACÁ, legajos 107, 113, 116. AMZ, libro de actos comunes de 1706]. Gabriel de IRAZÁBAL (A3, A4) En 1687 fue insaculado en 5.a bolsa de oficios y el rey dispensó en 1690 la ordinación 74. Fue consejero de bolsa 5.a en 1694. Jurado 5.° en 1700 y consejero en 1701. Seguía en esta bolsa en la revisión de 1703. [ACÁ, legajos 115, 121; registro 94, f. 96v. AMZ, caja 7772, n.° 6]. José MANUEL (A3,A4) En un memorial explicaba que era hidalgo y regente de la escribanía fiscal de la corte del Justicia hacía más de 14 años, y que en 1677 la ciudad y el virrey apoyaron su acceso a 5.a bolsa, pero estaba detenida su incorporación. Finalmente accedió e incluso en 1691 se estudió su insaculación en 4.a Su padre, el ciudadano Juan Francisco Manuel, sirvió en las guerras de Cataluña en 1646 y el suplicante en las cortes de 1678 en el estamento de caballeros hijosdalgo y en la junta de brazos de 1684. Estaba en 5.a en la revisión de noviembre de 1703. Fue consejero de bolsa 5.a en 1705. Tuvo el mismo cargo desde enero de 1707 por nombramiento directo del Archiduque y el de jurado 4.° desde agosto hasta diciembre de 1710.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
297
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
[ACÁ, legajo 111, registro 93, f. 13v. AMZ, libros de actos comunes de 1706, 1707, 1710; caja 7771, n.° 1]. José MENDOZA (A3, A4) Estaba insaculado en bolsa 4.a en 1695 y seguía en noviembre de 1703. Fue lugarteniente de zalmedina desde agosto de 1710 por nombramiento del Archiduque. [AMZ, libros de actos comunes de 1695, 1710]. Juan Antonio MONTES (A3, A4) En 1691 se estudió su insaculación en 5.a bolsa de oficios. Estaba casado con la hija de Pedro Pablo Cebrián, que era jurado 3.° En 1697 se le asumió a 4.a, donde seguía en 1703. [AMZ, libro de actos comunes de 1697, f. 29v; caja 7771, n.° 1]. José OZCÁRIZ Y FERRER (A3, A4) Licenciado y doctor en Leyes en 1679. Desde 1685 se estudió su insaculación, que finalmente se hizo en bolsa 3.a de oficios y correspondientes en 1687, destacándose que su padre, José Ozcáriz y Vélez, sirvió muchos años, incluso como jurado 1.°, y por entonces era ministro civil de la audiencia. El suplicante también alegó sus servicios en las cortes de 1678 y en la junta de brazos en el brazo de hijosdalgo. En 1695 se decidió su asunción a 1.a, ya que estaba en la audiencia criminal y por ser ministro real le correspondía 1 .a Fue Juez de residencia de bolsa 1.a en 1698. Consejero de bolsa 1.a en 1700, 1706 y desde enero de 1707 por nombramiento directo del Archiduque. [ACÁ, legajos 109, 114, 116, 121. AHN, Consejos, libro 1896, f. 91v. AMZ, libros de actos comunes de 1706, 1707; caja 7771, n.° 1, caja 7772, n.° 6. M. JIMÉNEZ CATALÁN. Memorias.,., p. 357]. José Miguel PÉREZ DE LAS AGUAS (A3, A4) En 1686 se ordenó que fuera insaculado en 4.a bolsa de oficios, y en 1691 que fuera asumido a 3.a, donde seguía en noviembre de 1703. Fue consejero de bolsa 3.a desde enero de 1707 por nombramiento directo del Archiduque. Jurado 3.° desde agosto hasta diciembre de 1710 [escrito José Manuel Pérez de las Aguas]. [ACÁ, registro 90, f. 71. AMZ, libros de actos comunes de 1706, 1707, 1710; caja 7771, n.°l]. Antonio PUJOL En un memorial de 1672 explicaba que era infanzón natural de Alagón, regente sustituto de la escribanía de la audiencia de Aragón hacía más de 12 años. Pedía 5.a y correspondientes. [ACÁ, legajo 111]. 298
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
Manuel de RIBAS Y CAVERO (A3, A4) A fines de 1680 se estudió y aceptó su insaculación en bolsa 3.a de oficios, siendo además hijo y nieto de jurado 1.° En 1687 lo mismo para bolsa 2.a y en 1691 ya estaba en 1.a Ocupó numerosos cargos: Jurado 1.° en 1691 y consejero en 1692. Lugarteniente de zalmedina en 1693. Zalmedina en 1694. Consejero de bolsa 1.a en 1694. Juez de residencia de bolsa 1.a en 1696. Consejero de bolsa 1.a en 1697 y en 1706. Consejero de bolsa 1 .a desde enero de 1707 por nombramiento del Archiduque y lo mismo desde agosto hasta diciembre de 1710. [ACÁ, legajos 107, 112, 115, 121. AMZ, libros de actos comunes de 1706, 1707, 1710; caja 7771, n.° 1 y caja 7772, n.° 6]. Gerónimo Félix del RÍO (A3, A4) A fines de 1687 se estudió y aceptó su inserción en bolsa 4.a de oficios, y en 1691 su ascenso a 3.a y correspondientes. En varios memoriales datables en 1698 explicaba que desde 1680 era procurador fiscal del rey y procurador principal de la ciudad, continuando los servicios de su tío Juan Francisco del Río que estuvo más de 30 años en el oficio. Este tío era jurado 2.° en 1678, año en que vino el rey y hubo cortes, presidiendo el brazo de universidades, y también estuvo en la intervención de las cuentas de la Cruzada por el racional. El suplicante fue en 1697 consejero y miembro de la junta que se formó con motivo de la guerra de Cataluña. También había servido en las cortes de 1678 y junta de brazos de 1686-87, interviniendo en el brazo de caballeros hijosdalgo. Por todo esto y servicios de su tío pedía asunción a 2.a y correspondientes y además en las de padre de huérfanos, administrador del puente de madera, administrador-comprador de pan y carne y colateral de dichas administraciones. En un documento notarial se dice que era señor de los lugares de Lardiés y Sanfelices y pardinas de Castiello y Gorroba (A.H.P.N.Z. José López de Ruesta, 2-61701). Estaba en bolsa 3.a en la revisión de noviembre de 1703. En 1705 se estudió su ascenso a 2.a, que no parece que alcanzó ya que fue jurado 3.° desde enero de 1707 por nombramiento directo del Archiduque. Su austracismo notorio explican que el duque de Orleans lo destituyera en mayo de este año. A raíz de la batalla de Zaragoza de 1710 y de la momentánea reconquista de la ciudad el Archiduque le nombró consejero de bolsa 3.a desde agosto hasta diciembre de 1710. [ACÁ, legajos 109, 112, 114, 121. AHN, Consejos, libro 2273, f. 199r. AMZ, libros de actos comunes de 1706, 1707, 1710; caja 7771, n.° 1]. Jorge de SAN MARTÍN (A4) En dos memoriales, uno de 1705, explicaba que su padre Diego de San Martín sirvió al rey más de 40 años en empleos militares hasta morir como castellano de Baya en Ñapóles. Pedía insaculación en 3.a y correspondientes por estar su padre en 1 .a y ser el suplicante yerno de nieto y bisnieto de ciudadano.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
299
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA
Zalmedina desde agosto de 1710 por el Archiduque. [ACÁ, legajo 109. AHN, Consejos, libro 2273, f. 177. AMZ, libro de actos comunes de 1710]. Francisco SERRA Y ARDID (A3) En un memorial explicaba que era hijo y nieto de ciudadano y que su bisabuelo, micer Gerónimo Ardid, estuvo insaculado en 1 .a y sus antepasados habían servido en la guerra de Cataluña. Estaba casado con hija de jurado 1.° Por todo ello pedía acceder a 3.a bolsa de oficios y correspondientes. El rey pidió informe en septiembre de 1705 sobre esta petición. [ACÁ, legajo 109. AHN, Consejos, libro 2273, f. 200r]. Juan Antonio SOLANO (A4) En un memorial de 1696 explicaba que era hidalgo y sus abuelos y los de su mujer, Valera Monforte, habían sido ciudadanos y servido oficios. Había tenido a su cargo en el último septenio el cobro del maravedí y otros derechos del real patrimonio en las ciudades de Tarazona, Alcañiz y sus partidos. Aumentó esta real hacienda en 14.000 reales de plata sobre los siete años anteriores. En atención a todos los esfuerzos que esto le había costado y que a los comisarios antecedentes se les dio también alguna merced, pedía insaculación en 5.a, cosa que ocurrió en noviembre de 1697. Fue juez de residencia de esta bolsa en 1699. En tres memoriales de 1702 y 1703 explicaba que era consejero de 5.a bolsa en 1702 y pedía dispensa de la ordinación 76 que impedía ser jurado al que tenía cargo y empleo de un libro en la administración y arriendo de las generalidades del Reino, alegando sus méritos. Estaba en 5.a en la revisión de 27-11-1703. [ACÁ, legajos 41, 109, 112, 121. AMZ, caja 7771, n.° 1]. José SUELVES Y RUBALCAVA (A3, A4) [Aparece en otros lugares citado como José Suelves y Aranguren]. Licenciado y doctor en Leyes en 1686. Catedrático de la Universidad de Zaragoza, de Sexto, Decreto y al fin Vísperas de Cánones. Renunció a la misma en agosto de 1706. Fue insaculado en bolsa 3.a de oficios en 1669. Consejero de bolsa 3.a en 1679, año en que fue asumido a 2.a Jurado 2.° en 1686 y consejero en 1687, año en que fue asumido a 1." destacándose que había servido en la última reunión de brazos de las Cortes. Consejero de bolsa 1.a en 1692 y en 1698. [ACÁ, legajos 109, 112, 116; reg. 89, f. 329. AMZ, libros de actos comunes de 1680, 1686. M. JIMÉNEZ CATALÁN. Memorias..., p. 361]. Andrés TORRIJOS (A3, A4) Fue Síndico a tributar de bolsa 4.a de oficios eh.1697. En noviembre de este año se le asumió a bolsa 3.a y correspondientes, en las que estaba en la revisión de noviembre
300
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
de 1703. Fue jurado 3.° en 1705, consejero en 1706 y de nuevo consejero de bolsa 3.a desde enero de 1707 por nombramiento directo del Archiduque Carlos. [ACÁ, legajo 121. AMZ, libros de actos comunes de 1706, 1707; caja 7771, n.° 1]. Gerónimo TORRIJOS Y VIRTO (A3, A4) En diciembre de 1693 la ciudad de Zaragoza apoyó su insaculación en bolsa 3.a de oficios y correspondientes de este proveedor de los presidios del reino. En noviembre de 1697 se ordenó su asunción a 2.a y correspondientes. Fue Juez de residencia de esta bolsa y consejero en 1699. En memoriales de 1702 explicaba que era veedor de la gente de guerra y presidios de Aragón; que había renunciado a la calidad de ciudadano para entrar en el brazo de caballeros en las cortes de este año, donde hizo lo que el regente Miguel de Jaca y el protonotario José de Villanueva indicaron. Llevaba muchos años en 2.a y pedía volver como ciudadano insaculado en bolsa 1 .a o si no con el oficio de lugarteniente de zalmedina. Al margen de su petición se anotó que no había lugar a esto. Estaba en 2.a en la revisión de bolsas de noviembre de 1703. Consejero de bolsa 1.a desde agosto hasta diciembre de 1710 por nombramiento del Archiduque [ACÁ, legajos 41, 109, 112. AMZ, libro de actos de 1710, caja 7771, n.° 1].
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 257-301) ISSN: 0212-5862
301
LA GUERRA DE SUCESIÓN EN VALENCIA. RETROSPECTIVA HISTORIOGRAFÍA Y ESTADO DE LA CUESTIÓN CARMEN PÉREZ APARICIO Universitat de Valencia
Cumplidos trescientos años desde que, en 1705, se iniciaran las sublevaciones de los Reinos de la Corona de Aragón a favor del archiduque Carlos y otros tantos desde que se abriera, en 1707, el proceso que acabaría con el sistema político que había regulado las relaciones entre el rey y la referida Corona, el conocimiento sobre este trascendental periodo histórico ha experimentado en los últimos cuarenta años un avance significativo. Desde que en la década de 1960 se iniciara un proceso de reflexión y de análisis -sin parangón hasta entonces- sobre la trayectoria histórica del País Valenciano hasta la actualidad, el camino recorrido ha sido largo y fructífero y las favorables expectativas sobre su continuidad permiten albergar la esperanza de una andadura ininterrumpida, marcada por los sucesivos relevos generacionales y por la necesidad de ofrecer renovadas respuestas a nuevos interrogantes. En aquel momento, en el que otras generaciones desvinculadas del régimen político y de la ideología dominante reivindicaban más libertades, el ámbito de la Historia se había visto sacudido desde unos años antes por una corriente renovadora que recogida desde Francia por Jaime Vicens Vives, constituía un revulsivo para las esclerotizadas instancias académicas y amenazaba con echar por el suelo unos planteamientos historiográficos muy condicionados por un régimen político que había manipulado groseramente la Historia de España e impuesto una visión unitaria y al mismo tiempo parcial, tan alejada del rigor histórico como excluyente de las otras Historias de España. La Introducción a la Historia de España' de A. Ubieto, J. Regla y J. M. Jover, gestada durante la estancia de todos ellos en la
1. UilETO, Antonio, REGLA, Juan, JOVER, José María, Introducción a la Historia de España, Barcelona, 1962.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
303
CARMEN PÉREZ APARICIO
Universidad de Valencia y a la que se incorporó después C. Seco, constituyó, desde su aparición en 1962, un auténtico revulsivo y un hito en el panorama historiográfico. A principios de los años sesenta vio también la luz en Valencia la obra de Joan Fuster, Nosaltres, els valenciana1 y cuyo autor, ajeno entonces al ámbito académico, ofreció una visión lúcida, crítica y provocadora que brindaba a la sociedad en general y al mundo intelectual en particular la oportunidad de reflexionar sobre el pasado, presente y futuro de los valencianos. En una etapa, pues, marcada por una mayor apertura ideológica y sobre todo por un renovado deseo de cambio social, los historiadores supieron recoger el reto lanzado por una sociedad que se mostraba cada vez más interesada por conocer su pasado, comprender su presente y asumir el reto de poder decidir su futuro. Artífices de este cambio trascendental en el ámbito de la historiografía valenciana fueron un grupo de historiadores, Regla, Tarradell, Ubieto o Giralt, procedentes de los distintos territorios de la antigua Corona de Aragón, que recalaron por entonces en la Universidad de Valencia. De todos ellos, Joan Regla continúa siendo el principal referente para muchos de los historiadores valencianos actuales y no sólo del ámbito de la Historia Moderna. Ampurdanés de nacimiento y discípulo de Jaime Vicens Vives, supo impulsar una profunda renovación de los estudios históricos y convertirse, al mismo tiempo, en aquellos años ciertamente cruciales, en un modelo de humanidad, de tolerancia y, lo que era más importante, en un dignísimo y verdadero ejemplo de lo que él entendía como el necesario compromiso social del historiador. En este sentido, su obra Aproximado a la Historia del País Valencia', publicada en 1968, constituyó un aldabonazo dentro y fuera de los muros del viejo edificio de la Universidad y se convirtió no sólo en el punto de partida de un nuevo y mayor interés por la historia valenciana, hecho desde planteamientos renovadores, sino también en el libro de cabecera con el que, además, algunos aprendices de historiador de entonces, poco familiarizados con una cultura que no era la nuestra, aprendimos a leer en la lengua de Ausias March, y a conocer y comprender una historia y una realidad, la del País Valenciano, que no por próxima nos era menos desconocida. Fue en este contexto, en los seminarios que el prof. Regla celebraba los jueves en su propio despacho donde un grupo de jóvenes estudiantes, bajo su dirección pero con el impulso también de uno de sus discípulos, el igualmente malogrado y llorado Sebastián García Martínez, empezó a dar sus primeros pasos en campo de la investigación histórica. Se abrieron camino de nuevo los grandes, y al mismo tiempo clásicos, temas de la historia valenciana, Fernando el Católico, las Gemianías, la expulsión de los moriscos, el reinado de Carlos II, la Guerra de Sucesión, las Cortes valencianas, sin descuidar otros de temática más novedosa relacionados con los problemas económicos. Pues bien, el panorama historiográfico que ofrecía entonces la Guerra de Sucesión era ciertamente pobre. De entrada, la única obra específica sobre la rebelión de los valen-
2. RJSTER, Joan, Nosaltres els valencians, Valencia, 1962. 3. RiGLÁ, Joan, Aproximado a la Historia del País Valencia, Valencia, 1968.
304
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfica y estado de la cuestión
cíanos, escrita en latín con el título De bello rustico valentino, era la que había salido de la pluma de un testigo de los acontecimientos, el religioso trinitario P. José Manuel Minyana, y había sido publicada en 17524. Cualquier historiador o curioso e interesado lector que entonces, como hoy, se acerque a la traducción al español de la obra de Minyana, es muy probable que experimente una primera sensación de desencanto. Todos los factores que pudieran ayudarnos a comprender las causas del conflicto internacional, el origen de la rebelión de los valencianos, los problemas surgidos durante el primer reinado del Borbón y bajo el gobierno del archiduque, y el verdadero alcance de la Nueva Planta quedan relegados a un segundo y a veces remoto o inexistente plano en favor del protagonismo que acapara el conflicto militar, lo que da pie a una mera narración de los hechos de armas llevados a cabo por los ejércitos borbónicos y las tropas aliadas en suelo valenciano durante el periodo que transcurre entre el inicio de la rebelión, en agosto de 1705, y el fin de las hostilidades, a principios de 1709, tras el triunfo borbónico. Es más que probable que el hipotético lector asumiera como propias las consideraciones que en su día le hizo llegar el deán Martí, bajo cuya tutela se inició Minyana en el estudio de las lenguas clásicas y de la crítica literaria e histórica y con quien compartió las actividades literarias y científicas desarrolladas entonces por un grupo de novatores valencianos en la Academia del marqués de Villatorcas. La obra aparece dividida en tres libros, el primero de los cuales, que abarca desde 1705 hasta los primeros meses de 1706, estaba ya listo en julio de 1707, cuando el autor solicitó del deán sus comentarios. El segundo, que acaba en la batalla de Almansa, fue remitido por Minyana poco después. Ante la insistencia del discípulo, el maestro se vio forzado a redactar unas notas tanto sobre cuestiones literarias como históricas, pero que en este último aspecto no resultaban muy favorables. Opinaba el deán que la obra del trinitario era una mera narración de los acontecimientos militares que se habían desarrollado en el País Valenciano durante el periodo citado, mientras que el historiador, más que ofrecer una sucesión de hechos, debía precisar el contexto, analizar las causas y, en definitiva, buscar las razones que explicaran el porqué de aquello que narraba. Que además los acontecimientos recogidos tuvieran un carácter eminentemente bélico era motivo añadido de crítica y razón por la que el deán proponía dejar a un lado estos aspectos para introducir digresiones sobre las cuestiones políticas. No eran éstas, sin embargo, las únicas deficiencias de la obra, lastrada además por la falta total de referentes cronológicos en los hechos relacionados e incluso por algunas inexactitudes a la hora de recoger acontecimientos no vividos por el autor. Martí añadía también algunos reproches por algo que él consideraba impropio de un buen patricio, como era el no haber incluido en su relato los nombres de todos aquéllos que se habían mantenido
4. MNIANAE, Joseph Emmanuel, De bello rustico valentino, prólogo de Gregorio Maians, La Haya, 1752. La primera traducción al castellano fue publicada por Vicente Castañeda en Revue Hispanique, LV, New York, París, 1922, p. 447-618. Existe una nueva edición revisada del texto latino y nueva traducción: MlÑANA, José Manuel, La Guerra de Sucesión en Valencia, edición a cargo de F. .lordi Pérez i Dura y José M* Estellés i González, Valencia, 1985.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
305
CARMEN PÉREZ APARICIO
fieles al Borbón y lo habían sacrificado todo para evitar las desventuras de su Patria porque, de esta manera, lo único que se proyectaba a través de la obra era la imagen de que todos los valencianos habían tomado parte en la violenta sublevación protagonizada por los campesinos. Lo que Martí parece querer decir entre líneas es que, al cargar tanto las tintas contra los partidarios del archiduque y centrar su relato en las actuaciones de éstos, Minyana acentuaba el pecado de la rebelión y daba pié -aunque inconscientemente- a la imposición de una dura y duradera penitencia. No hay que olvidar que Martí redactaba sus «mónita» en unas circunstancias, en las que un sector importante de la clase política valenciana seguidora de Felipe V, había manifestado su profundo malestar por el decreto de abolición de los Fueros, al considerarlo un castigo desproporcionado e indiscriminado. Las críticas a la forma y al fondo de la obra de Minyana hicieron profunda mella en el trinitario, quien por otro lado atravesaba en aquellos momentos por una fase de profundo desánimo personal, reflejo a su vez de la tristeza colectiva que afectaba a la sociedad valenciana en esta etapa de represión y de aplicación de las primeras medidas de la Nueva Planta de gobierno. En respuesta a las mismas, escribió una carta de 5 de diciembre de 1707 en la que, en general, se mostraba reacio a admitir las críticas y sugerencias hechas por su maestro. Para empezar, no consideraba necesario dar principio a su obra con una exposición más amplia sobre las causas de la guerra y las intenciones de los príncipes contendientes. «Que haga esto el que haya suscitado todo el asunto», afirmaba, pero, al tiempo que se ratificaba en su propósito inicial de tocar sólo tangencialmente estos temas, se mostraba al final condescendiente y dispuesto a recoger en parte esta observación. También se ponía a la defensiva sobre la cuestionada credibilidad de las fuentes utilizadas, refutando algunas de las objeciones formuladas por Martí, si bien reconocía la necesidad de disponer de más información sobre algunos episodios de los que no había sido testigo. Más receptivo se mostraba en cuanto a incluir referencias más precisas sobre las fechas y una mejor descripción de los lugares, pero en general trataba de justificarse ante las objeciones de fondo que le había hecho llegar su maestro. Así, se escudaba en Salustio y Livio, quienes «en la descripción de los crímenes del pueblo romano, hablaron con bastante libertad», para mantener el tono de sus acusaciones contra las clases populares y en cuanto a la relación de los fieles del Borbón, consideraba ésta una tarea no sólo pesada, sino odiosa, «porque yo me he encargado de una Historia del pueblo, no de escribir los elogios de cada uno de ellos»*. En definitiva, Minyana acusaba el golpe de tan acerada y profunda crítica y, en su respuesta, si bien agradecía los favores del maestro, reflejaba también un distanciamiento bastante firme respecto de las objeciones, más bien «reprimendas», que se le formulaban y que consideraba y tachaba de desmesuradas. El propio Martí calificaría, años más tarde, de «carta desacordada» la respuesta enviada por su discípulo y atribuía a este hecho la causa del distanciamiento entre ambos. Todas estos pormenores
5. Ibídem, págs. 300-304, carta de Minyana a Martí.
306
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historie-gráfica y estado de la cuestión
explicarían que el Libro Tercero de la obra no fuera revisado por Martí, sino remitido a Maians en una fecha bastante tardía como la de 1723. A propósito del retraso en la redacción de la última parte, nada se sabe con certeza. El propio autor, en la carta respuesta a Martí de 5 de diciembre de 1707 ya mencionada, aseguraba encontrarse en un estado de ánimo poco propicio para la pluma. Por estas fechas había renunciado a la cátedra de Retórica que ocupaba en la Universidad y se había recluido en el convento aquejado de un profundo desánimo, causado, según él mismo confiesa, por las difíciles y dolorosas circunstancias que afectaban a la sociedad valenciana. El papel desempeñado por Maians acerca de la última parte del texto fue muy diferente del que había realizado Martí con los dos primeros libros. El propio erudito de Oliva se lamentaba, pasado el tiempo, de que el deán no lo hubiera visto y se excusaba en el hecho de que por aquellas fechas él mismo se hallaba inmerso en la preparación de la cátedra de Justiniano para explicar que tan sólo hiciera algunas objeciones al estilo. Con todo, Maians formularía años después, a propósito de la publicación, su juicio sobre la obra. Entre los aspectos cuestionables, se limitaba a recoger la crítica, ya formulada por Martí, acerca de la falta de suficientes referencias cronológicas, si bien añadía por su cuenta que hubiera deseado un mayor cuidado y atención a los temas relacionados con la Historia del Derecho, máxime después del cambio radical que se había introducido con la Nueva Planta. Por otro lado, ensalzaba Maians algunos de los valores del Tercer Libro y en especial la mayor elocuencia respecto de los dos libros anteriores. Sobre la obra, en general, destacaba la veracidad a la hora de narrar los hechos, virtud que diferenciaba a su autor de todos aquellos que habían empleado su pluma con el mismo fin. También consideraba digno de elogio el estilo narrativo del texto, muy por encima, a los ojos del erudito, de la Continuación de la Historia de Mariana que había escrito poco después. En su opinión se trataba, además, de una «historia amenísima» y, lo que consideraba más importante, «escrita con prudencia y libertad, si bien hay que confesar públicamente que fue muy afecto a Felipe V Rey de España»6. En definitiva, Maians se mostraba mucho más favorable en sus opiniones que el deán Martí, pero no hay que olvidar que fueron escritas para acompañar la edición de De bello rustico valentino, aparecida en La Haya en 1752. Desde la perspectiva actual, y a pesar de los comentarios críticos vertidos por sus coetáneos, la obra de Minyana es de un valor incuestionable, sobre todo teniendo en cuenta que es el único testimonio en el desierto historiográfico que es el Setecientos 6. Prólogo de Gregorio Maians a la obra de Minyana. Seguimos en este caso la traducción de Castañeda, op. cil., págs. 452-453. Resulta más coherente desde el punto de vista histórico que la efectuada por Pérez i Dura y Estellés i González, quienes traducen: «Historia agradabilísima (...) escrita con prudencia y libertad; y para decirlo claramente, que éste fue el más apreciado por Felipe V, Rey de las Españas», op. cit., pág. 309. De este último texto no se deduce claramente si el más apreciado por Felipe V fue su autor, cuestión ésta discutible si se le compara con la figura y la obra de Belando que más adelante analizaremos, o si la más valorada fue su obra, que tampoco admite comparación con la de Belando, puesto que esta última abarca un periodo y un ámbito muy superiores. Además, teniendo en cuenta que el trabajo del valenciano se publicó después de morir el primer Borbón, queda la duda de si el rey conoció el manuscrito y, caso de ser así, de por qué no impulsó su publicación, como sí que ocurrió con la obra de Belando.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
307
CARMEN PÉREZ APARICIO
valenciano. Dejando a un lado los valores literarios que pueda tener, hay que reconocer en ella el propósito de su autor de respetar la verdad y de recoger sólo aquellos hechos vividos personalmente o de los que contara con testimonios fidedignos. Sin embargo, el rigor con el que se narran los acontecimientos se ve en general limitado por la falta de precisiones cronológicas, que sólo esporádicamente aparecen en el texto, y al mismo tiempo empañado por las descalificaciones que dispensa a los seguidores del Archiduque en general y a los sectores populares en particular. La obra sitúa sus comienzos en 1705, año en el que estalló la revuelta valenciana a favor del archiduque Carlos, con una brevísima digresión sobre la actitud europea y sobre los intereses de los dos bloques en conflicto, para analizar seguidamente las causas que habían dado lugar al descontento de castellanos, catalanes, aragoneses y valencianos hacia la Casa de Borbón. Según él, quedaban limitadas a dos, la fidelidad a la Casa de Austria y la antigua enemistad con Francia, agravada por el comportamiento abusivo de los comerciantes franceses. Antes de iniciar su relato, perfila los grandes rasgos de la estrategia aliada, el porqué de su presencia en el Mediterráneo y el desembarco en Altea en 1705. Tras ello, presenta a Basset como un personaje de origen modesto y antecedentes oscuros, artífice de la sublevación y líder popular, cuya actuación en estos primeros momentos no fue otra sino la de incitar a los campesinos a la revuelta con promesas de mejora de las condiciones señoriales. Formula, pues, Minyana la idea del protagonismo popular en los acontecimientos y, al mismo tiempo, el carácter reivindicativo de los mismos, aunque abandona rápidamente este buceo en las raíces profundas de las motivaciones populares para pasar en derechura a la narración de los hechos. A partir de aquí entra de lleno a relatar los diferentes movimientos de tropas que se suceden en el País Valenciano con el fin de frenar las sublevaciones de Dénia y de Vinarós y cuyo fracaso evidenció claramente la inoperancia del gobierno borbónico. La capitulación de la ciudad de Valencia y la proclamación del archiduque Carlos se presenta como el fruto de la traición cometida por algunos personajes destacados de la sociedad valenciana, el conde de Cardona, don Manuel Mercader y José Vicente Torres y Eiximeno y, al mismo tiempo, como el resultado de un claro apoyo popular protagonizado por los gremios de la capital. Es en este punto cuando Minyana, siguiendo alguna de las críticas formuladas por Martí, se decide a introducir en la narración los nombres de todos aquéllos que rehusaron adherirse al nuevo gobierno. Aunque la rendición de Valencia abría las puertas a una nueva etapa de gobierno, la pluma de Minyana no fue muy prolija a la hora de analizarla. Se limita a hacer unos breves, pero durísimos, comentarios sobre el nuevo dirigente, Basset, a quien acusa cometer todo tipo de tropelías contra los partidarios del Borbón, todas ellas respaldadas por los sectores sociales más desfavorecidos que, desde el primer momento, se habían unido a él. Tampoco se libraron de descalificaciones contundentes otros destacados austracistas como el virrey, conde de Cardona, de cuya acción de gobierno apenas si destaca la persecución infringida a los fieles partidarios del Borbón. El Libro Primero y el Segundo se unen sin solución de continuidad en la narración -a veces farragosa- de los hechos de armas que se desarrollan a lo largo y ancho del País Valenciano durante la primavera y verano de 1706 y que fueron protagonizados 308
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historie-gráfica y estado de la cuestión
por los ejércitos de ambos contendientes. Las múltiples escaramuzas, que se suceden aquí y allá, pero, sobre todo, el asedio aliado de Alacant, centran la atención del historiador, quien -también hay que señalarlo- no dudó en condenar la muerte de muchos inocentes a manos del ejército filipista tras su entrada en Elx. Este hilo narrativo se interrumpe para dar paso a la llegada del archiduque a la capital del Reino. Es en este punto cuando aflora de nuevo el análisis histórico para dar cuenta brevemente de algunas de las medidas de gobierno adoptadas por el nuevo rey, en especial de aquéllas que afectaban a los intereses económicos del clero. Sin embargo, las actuaciones de los respectivos ejércitos recuperan de nuevo el protagonismo de la narración e imponen su presencia hasta desembocar en el gran plano de la batalla de Almansa. El Libro Tercero y último se inicia el día después de la batalla siguiendo el camino recorrido por el ejército victorioso tras su llegada a tierras valencianas. Dedica gran atención a la entrada de las tropas en la capital y de nuevo carga las tintas contra el populacho por su resistencia a capitular, si bien destaca y ensalza la actitud prudente y moderada prestada por determinados personajes y colectivos en estos difíciles momentos. A Valencia siguieron otras poblaciones, Alzira y especialmente Xátiva, donde el historiador da verdaderas pruebas del esfuerzo por mantener el rigor de su narración y el respeto a la verdad, incluso en situaciones tan comprometidas para la causa borbónica como las derivadas de la destrucción de esta última ciudad, puesto que, a diferencia de otros historiadores coetáneos, no dudó en atribuir la paternidad de tan cruel e innecesaria medida al propio ejército borbónico en la persona de su comandante, D'Asfeld, si bien es verdad que, tras esta atribución, hay un claro intento de ocultar que la orden de destrucción vino de Madrid bastante tiempo después de recuperada la ciudad y que el propio Felipe V no fue ajeno a la misma. El último libro mantiene la tónica narrativa de los anteriores, centrada ahora en el proceso de recuperación de todas las poblaciones valencianas que habían perseverado en su actitud rebelde hacia el ejército borbónico. Una por una, hasta llegar a la rendición de Alacant, Minyana va desgranando, sin referencias cronológicas pero tratando de respetar la secuencia de los acontecimientos, todas las actuaciones militares. Sin embargo, en esta parte tiene que hacerse eco también de los problemas políticos y sociales derivados de la guerra. En primer lugar de la abolición de los Fueros, respecto de la cual contrapone la antigua «libertad» a la presente «servidumbre», aunque en ningún momento hace suyas las quejas por el carácter indiscriminado del castigo y sí se hace eco de las razones esgrimidas por los vencedores para justificarlo. Al mismo tiempo, como observador y testimonio de la nueva situación, no duda en recoger el amplio malestar social provocado por la aplicación de las nuevas leyes y denunciar la política de represión aplicada sobre los vencidos. Al respecto, hay que decir que no escatima críticas al comportamiento del ejército vencedor por su actitud de altanería y orgullo y por la soberbia y avaricia con la que los jefes militares trataban a los infelices pueblos7.
7. MÑANA, De bello rustico ..., op. cil., págs. 574-575 y La Guerra ..., op. cit., págs. 225-228, respectivamente.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
309
CARMEN PÉREZ APARICIO
También se hace eco del fenómeno de los migueletes, pero en ningún momento da a éstos su verdadera dimensión social y política, es decir, la de constituir un movimiento de resistencia al gobierno borbónico que, a modo de guerrilla, trata de frenar el avance de las tropas, sino que, por el contrario, y siguiendo con las propias órdenes dictadas por el gobierno borbónico, alude siempre a ellos con el apelativo de «ladrones», a fin de erradicar las connotaciones patrióticas de estos grupos. En definitiva, la obra de Minyana, con sus limitaciones y sus aciertos, sigue constituyendo, hoy en día, una fuente básica para el conocimiento de los años cruciales que transcurren entre 1705 y 1709. A diferencia de otras obras históricas sobre el reinado de Felipe V, como la del marqués de San Felipe o la de Belando, que vieron la luz en los años posteriores al conflicto, la obra de Minyana permaneció inédita hasta 1752, a pesar de que las dos primeras partes estaban ya redactadas en 1707 y la tercera y última en una fecha no precisada pero anterior a 1723. Llama, pues, la atención, el largo periodo transcurrido hasta su publicación en 1752, que no puede justificarse solamente en el hecho de que el manuscrito estuviera un tiempo en paradero desconocido, como explica Maians8. Pero no es menos destacable el hecho de que no viera la luz en imprentas valencianas o españolas, sino en las de la lejana Holanda, y no a impulso de quienes de una u otra manera se habían visto afectados por los avatares bélicos o sus consecuencias, sino gracias al interés y a la iniciativa del erudito conde de Linden, quien solicitó de su corresponsal Maians el envío de libros y manuscritos de antigüedades, historia o jurisprudencia dignos de ser reimpresos o de publicarse por vez primera9. Es cierto, sin embargo, que el erudito de Oliva llevó a cabo años antes algunas diligencias al respecto. De hecho, en 1734, el canónigo don José de Castellví le remitió la obra de Minyana para su revisión y dos años más tarde su hermano, el conde de Cervelló, desde su exilio en Viena, manifestaba su interés por recibirla y publicarla10. No fue posible. El resultado traumático que para los valencianos -de cualquier filiación política- tuvo el conflicto sucesorio, puede explicar las dificultades encontradas, incluso entre los propios intelectuales austracistas, para editar la referida obra". Llama la atención incluso que el propio Maians, distanciado ya también de la causa austracista abrazada por su padre, reproche a los seguidores del archiduque el haber dado motivo a la abolición de los Fueros, aunque por otro lado mantenga el tono quejumbroso hacia esta decisión de Felipe V y considere el tema «molesto» para los valencianos. De todas formas, el hecho de que la obra estuviera escrita en latín y se publicara en Holanda,
8. Según explica Maians, él mismo hizo diversas diligencias para publicar la obra con la Continuación de la Historia del P. Mariana. Prólogo de Antonio Mestre a MlÑANA, La Guerra..., op. cit., XII1-XIV. 9. FESET, Vicent, Gregori Maians i la cultura de la ll-lustració, Barcelona, 1975, pág. 111. .10. MAYANS Y CISCAR, Gregorio, Epistolario XXL Mayansy los austracistas, estudio preliminar, transcripción y notas de Antonio Mestre Sanchis, Valencia, 2006, págs. 180-182, 203, 262, 477, 479, 485 y 486. 11. El mismo Maians confiesa a Linden que la obra de Minyana es «por su tema muy molesta para los valencianos únicamente, pues perdimos a causa de la locura de unos pocos hombres, en un solo instante de una época desgraciadísima, los derechos adquiridos a través de tantos siglos». Carta de Maians al conde de Linden de 7 de septiembre de 1752. Reproducida en MlÑANA, La Guerra..., op.cit., pág. 306.
310
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historie-gráfica y estado de la cuestión
limitó necesariamente su proyección al campo erudito, sin que los votos formulados por el ilustrado valenciano para una pronta traducción se vieran cumplidos hasta casi dos siglos después. Muy similares fueron las vicisitudes que rodearon la publicación de las memorias del conde de Robres, que permanecieron inéditas hasta 1882. Su autor, de clara filiación borbónica, como Minyana, fue también un testigo excepcional de los acontecimientos, vividos en la primera fila de la escena política. Su obra rezuma un amplio bagaje intelectual y una sólida formación histórica y política y se caracteriza y destaca por una escrupulosa imparcialidad y por una capacidad de análisis y de juicio claramente excepcionales en el panorama historiográfíco sobre la Guerra de Sucesión. De otro lado, su origen aragonés y catalán y su conocimiento del sistema político y del entramado institucional de la Corona de Aragón, convierten sus Memorias en lectura inexcusable para comprender el conflicto sucesorio desde una perspectiva periférica. Por lo que se refiere al asedio de Xátiva por las tropas borbónicas, no dudó en hacerse eco de las atrocidades cometidas por el ejército contra los defensores de la población. Todos los defensores fueron exterminados por resistirse a las tropas de D'Asfeld, pero, en su opinión, la actitud temeraria de los setabenses no justificaba el furor y la venganza con la que se comportaron los vencedores contra la población civil, deportada a Castilla, confiscados sus bienes y destruida finalmente la ciudad por una orden aprobada en la Corte12. Mejor suerte corrieron las obras del marqués de San Felipe y de Belando, que fueron publicadas en vida de Felipe V, pero el hecho de tratarse, como la de Robres, de obras generales sobre la guerra y el reinado del primer Borbón explica que su interés sea limitado desde la perspectiva estrictamente valenciana. La obra del marqués de San Felipe13, aparecida en 1725, es, sin duda, la más ambiciosa de las que se publicaron durante la centuria. Militar y diplomático sardo al servicio del Borbón, con quien mantuvo una cierta amistad, también literato, fue testigo y protagonista de unos acontecimientos que recoge en general con rigor e imparcialidad, virtudes ambas que no pudieron evitar que el Borbón, disconforme con el tratamiento dado en distintos pasajes de la obra a la actitud de diferentes personajes, ordenara su retirada en el mismo año de su publicación14. San Felipe muestra, además, una gran capacidad narrativa y analítica, lo que le sitúa en conjunto a mucha distancia de Minyana. Sin embargo, como es lógico, las referencias al País Valenciano son muy escasas y a veces confusas, si bien predomina la exactitud y la concisión. Desde una postura comprometida con el Borbón, utiliza un lenguaje moderado para referirse a los partidarios del archiduque, aunque no ahorra duras críticas a las clases populares ni mucho menos a su líder, el general Basset. No
12. lól'EZ DE MENDOZA Y PONS, Agustín, Historia de las Guerras civiles de España, Zaragoza, i 882, págs. 343-344. 13. EKCALLAR Y SANNA, Vicente, marqués de San Felipe, Comentarios de la Guerra de España e historia de su rey Felipe V el Animoso, Genova, 1725?, nueva edición y estudio preliminar de Carlos Seco Serrano, Madrid, 1957. 14. Ihídem, Prólogo de Carlos Seco, LXX1.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
3 11
CARMEN PÉREZ APARICIO
obstante, la obra revela cierta falta de rigor en algunos pasajes, lo cual es comprensible en una obra de tan gran envergadura, y en otros muy puntuales una clara y grosera manipulación de los hechos, como, por ejemplo, cuando pretende atribuir el incendio de la ciudad de Xátiva, llevado a cabo en junio de 1707, a la acción desesperada de los austracistas sitiados por las tropas del francés D'Asfeld15. De esta forma tan burda trata de ocultar que la total destrucción de la ciudad se produjo, de manera premeditada, casi un mes después de ocupada la ciudad por el ejército borbónico, en cumplimiento de las órdenes dictadas por el propio rey, que se mostró insensible a las peticiones de clemencia formuladas. A favor del historiador hay que apuntar la valentía con la que reflejó algunos episodios dramáticos que ponían en entredicho la política llevada a cabo por el gobierno borbónico16. La obra del alicantino fray Nicolás de Jesús Belando completa el panorama historiográfico del XVIII español17. Bajo un enfoque también borbónico, el autor manifiesta en el prólogo su propósito de escribir «desnudo de pasión», lo que se deja notar en el tono ponderado de la narración y de los juicios, tan alejados, por ejemplo, de los excesos verbales descalificatorios del también eclesiástico Minyana. Este afán por conseguir un tono moderado y pretendidamente aséptico y sobre todo su intención de respetar al máximo el deseo de Felipe V, que «no quiere que se diga cosa alguna contra particulares ni contra la Monarquía», le obligó a ocultar aquellos aspectos que podían resultar más problemáticos, como él mismo lo anuncia: «aunque no lo digo todo no falto a la verdad de la narrativa». A pesar de ello, no escatima descalificativos contra los campesinos valencianos seguidores del archiduque Carlos, a los que tacha de «facinerosos y forajidos», y en cuanto a la veracidad de su relato es algo dudosa cuando se hurga en algunos de los episodios más dramáticos de la guerra. La noticia de la destrucción de Xátiva, por ejemplo, no permite a Belando superar la prueba de esa pretendida objetividad. Como también hiciera el marqués de San Felipe, exonera al Borbón de su exclusiva responsabilidad en la orden de incendiar y arrasar la ciudad, cuya población se aproximaba a los diez mil habitantes. Para ello no duda en exponer la tesis de la autoría compartida entre borbónicos y austracistas18. En su afán por exculpar al rey de las decisiones más criticadas, tampoco se priva Belando de formular opiniones más que discutibles. Así, respecto del tan denostado por todos los valencianos Decreto de 29 de junio de 1707, dice que los Fueros «más fueron moderados que abolidos, pues no en todo espiraron sino que en parte se suspendieron»^'.
15. ¡bídem, pág. 132. 16. ídem. 17. EfeLANDO, Nicolás de Jesús, Historia Civil de España. Sucesos de la Guerra y Tratados de Paz desde el año de Mil Setecientos hasta el de Mil Setecientos Treinta y Tres, 2 vols., Madrid, 1740. 18. Ibídem, l, págs. 313-314. 19. Es cierto que el rey se vio obligado a restaurar algunos Fueros, sobre todo aquéllos que eran más favorables a la potestad real o al Real Patrimonio, pero fueron escasos. Por el contrario, la abolición afectó de pleno al sistema pactista e incluso al derecho civil, que no fue restaurado a pesar de las peticiones formuladas por las instituciones valencianas.
312
REVISTADE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historie-gráfica y estado de la cuestión
Así pues y aunque resulte llamativo, De bello rustico valentino es, con todas sus limitaciones y aciertos, la primera y única historia de la Guerra de Sucesión en el País Valenciano hasta los tiempos actuales y punto de arranque de toda la literatura posterior. En el siglo XIX, otros historiadores se han ocupado del tema, pero, o bien han derivado hacia la defensa de los Fueros, o han tratado el periodo en el contexto de historias más generales. El primero es el caso de Borrull y Vilanova, cuya obra fue publicada en 181020. El hecho de haber sido elaborada en unas circunstancias históricas excepcionales, explica que el enfoque y el alcance de la misma sean de carácter eminentemente político. Ya de entrada, establece como punto de partida un claro paralelismo entre la llegada de Felipe V y de su ministro Amelot, a quien atribuye el plan para suprimir las leyes forales, con la invasión napoleónica. La obra rezuma francofobia por los cuatro costados, planteamiento éste muy alejado del de las obras escritas durante el reinado de Felipe V. En el caso de Borrull estamos ante un trabajo que no aporta nuevos elementos documentales, sino que tiene como objetivo demostrar la injusticia que supuso la abolición de los Fueros, cuya finalidad no era otra que la de acabar con la constitución y la libertad del Reino de Valencia. Este hecho marcaba para su autor el punto de partida para reivindicarlos, precisamente en unos momentos en los que el absolutismo borbónico llegaba a su fin y se abrían las puertas a la recuperación de las libertades políticas. Borrull se sumaba así a una corriente surgida desde el mismo momento de la publicación del decreto y de la que Minyana ya se había hecho eco. En la línea argumental expuesta ya en 1707 por la Ciudad de Valencia para manifestar la disconformidad de los valencianos con el decreto abolicionista, y utilizando profusamente la obra de Minyana, trataba de fundamentar la nulidad del decreto sobre la inexistencia del delito de rebeldía y la falta de potestad real para decretar la abolición. Aportaba nuevas razones para demostrar que sólo uno de los tres Estamentos valencianos -el Real- se rebeló contra el rey, mientras que los otros dos -Eclesiástico y Nobiliario- se mantuvieron fieles al Borbón, por lo que no se podía afirmar que el Reino hubiera sido rebelde ya que la mayor parte de su representación había permanecido fiel. Y puesto que no hubo unanimidad, cualquier disposición real que obligara a todos ellos sería, en consecuencia, contraria a la legislación foral, un argumento ratificado por el hecho de que el rey no tenia facultad para abolir, mudar o corregir los Fueros valencianos. Esta medida había sido también contraria a la razón natural y a las propias leyes de Castilla, según las cuales no pueden pagar unos por los delitos de otros. En definitiva, consideraba que el decreto había sido nulo y que, por lo tanto, los Fueros permanecían vigentes. En la misma línea argumental, Borrull defiende que, por el contrario, fueron Felipe V y el virrey quienes, con su inoperancia, facilitaron el desembarco enemigo y la capitulación de Valencia y señala que si hubo poblaciones que aclamaron a Carlos III, lo hicieron movidas por el temor a las represalias del ejército aliado. Manifiesta
20. BORRULL Y VILANOVA, Francisco Xavier, Fidelidad de la Ciudad y Reyrto de Valencia en tiempo de las Guerras Civiles que empezaron en el año 1705, Valencia, 1810.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
3 13
CARMEN PÉREZ APARICIO
un firme empeño en demostrar la incompetencia e incapacidad del ejército borbónico, que contrapone a la llegada de grandes contingentes de tropas aliadas. A pesar de todo, de las cuatro fortalezas valencianas, Alacant, Dénia, Montesa y Peníscola, sólo una, Dénia, se entregó a los aliados y muchas otras poblaciones, como Xixona, Elx, Sagunt o Morella, resistieron tenazmente. Su afán por demostrar la falta de rebelión y exculpar de ella a los valencianos, le lleva incluso a situarse en la comprometida tesitura de asegurar que Xátiva no era austracista y que su encarnizada resistencia a las tropas borbónicas fue fruto de la presencia de una guarnición aliada. En este sentido, las noticias recogidas por el marqués de San Felipe sobre la total indefensión de las costas, la falta de previsión del gobierno borbónico y la inoperancia del virrey le permitían rebatir, con testimonios filipistas, lo injusto e injustificado de la abolición. En clara sintonía con el alegato de Borrull en favor de lo que llama «libertad», hay que situar la obra de Vicente Boix, Historia de la Ciudad y Reyno de Valencia, publicada en 184521. En ella pretende seguir el camino trazado por los cronistas clásicos de la Edad Moderna, Viciana y Escolano, si bien en este caso se presta también atención a los acontecimientos de la guerra en el País Valenciano a partir de las obras ya publicadas de Minyana, el marqués de San Felipe y Belando, a las que incorpora algunas fuentes documentales de carácter complementario y tangencial. Sin menospreciar los hechos militares, se sitúa en un plano analítico para tratar de establecer las causas del conflicto. Su punto de vista recoge las tesis, ya mencionadas, de la indefensión de los valencianos por la falta de previsiones del propio gobierno borbónico y la inoperancia del virrey, al tiempo que resalta el carácter minoritario de los seguidores del Archiduque, a los que descalifica -como hizo Minyana en su momento- tachándoles de la «canalla más soez y despreciable», movidos por el espejismo de las promesas del general Basset. Añade la existencia de diversas razones para el descontento hacia Felipe V, resumidas en el rechazo de una dinastía extranjera y de un monarca que se rodea de una corte también extranjera. No se recata tampoco de criticar la ambición de los partidarios del archiduque y sus críticas salpican por igual a unos y otros. Sobre Basset no escatima descalificaciones por su responsabilidad en el clima de anarquía en el que se sumió la capital del Reino tras la proclamación de Carlos III. Del primer Borbón censura sus errores de gobierno, especialmente su menosprecio hacia la tradición política hispana -tan diferente de la francesa-, su afán de gobernar la Monarquía con un modelo importado y, por supuesto, la «injusta» abolición de los Fueros, que califica, además, de premeditada. Responsabiliza a los dos partidos del clima de violencia y extorsión que se vivió tras la batalla de Almansa, los dos son tachados de ciegos y fanáticos y de responsables de la ruina del País Valenciano, víctima de su encono. Culpa a las tropas aliadas extranjeras de la resistencia militar contra el ejército vencedor y afirma, como colofón, que Felipe V había sido, a pesar de todo, uno de los príncipes más dignos que había tenido España.
21. BDIX, Vicente, Historia de la Ciudad y Reyno de Valencia, 3 vols., Valencia, 1845-1847.
3 14
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfica y estado de la cuestión
Diferentes planteamientos presenta la obra de Juan Bautista Perales22, que marca un punto de inflexión en el panorama historiográfico. Era el suyo un proyecto ambicioso como el de pretender continuar la obra de Escolano allí donde éste la había dejado, incorporando por primera vez de forma significativa la documentación de los archivos valencianos. Su propósito inicial queda claro: tras acusar de parcialidad a casi todos los historiadores que le habían precedido, especialmente al marqués de San Felipe y a Belando, a los que tacha de ser «aduladores del poder», se propone reivindicar la imagen y la historia de los vencidos, rebatiendo con hechos las censuras que se lanzaron sobre todos ellos. Especialmente crítico se muestra con el marqués de San Felipe, por llamar «insolentes» a los valencianos y no desaprovecha la ocasión para denunciar que Borrull o Boix no rechazaran tal descalificación. Sale al paso de las acusaciones que calificaban a los seguidores del Archiduque de gente soez y desmandada y, aunque no niega la violencia de sus actuaciones, la considera menor que la llevada a cabo por el ejército borbónico con el saqueo y destrucción de muchas poblaciones y entre ellas Xátiva, hecho que atribuye directamente a Felipe V23. De Basset ofrece una visión muy alejada de la conocida hasta entonces, la imagen de una persona cuyo origen no era tan humilde como se había venido reflejando hasta entonces y cuya sólida formación profesional le había llevado a alcanzar el grado de ingeniero. La obra de Perales refleja, pues, una actitud claramente crítica hacia todos los historiadores que le habían precedido y marca también un giro interpretativo respecto a todos ellos. Pero además, a diferencia de Borrull y Boix que habían sustentado sus tesis sobre las obras impresas del siglo XVIII, Perales es el primero en hacer uso de las fuentes archivísticas y eso le permite dar también un salto cualitativo en el estudio de la guerra al incorporar, de manera rigurosa, la secuencia cronológica de los acontecimientos. Ante el mismo hecho de la rebelión su postura es clara: exonerar a los valencianos y responsabilizar al gobierno de Felipe V -en sintonía con los historiadores decimonónicos-, y por supuesto criticar la abolición de los Fueros calificándola de «monstruosa centralización creada por Luis XIV». Aunque de distinta entidad que los recogidos hasta ahora, hay que hacer mención de los trabajos realizados por el canónigo Roque Chabás sobre distintas cuestiones relacionadas con la Guerra de Sucesión en el País Valenciano. Tanto su Historia de Denia como los artículos publicados en la revista El Archivo constituyen aportaciones de cierto interés para el tema, especialmente por el hecho de utilizar fuentes manuscritas, en general inéditas, y por tratar de personajes importantes, como el propio Basset, o de episodios decisivos en el desarrollo del conflicto como la sublevación de Dénia24.
22. KRALES, Juan Bautista, Décadas de la Historia de la Insigne y Coronada Ciudad y Reino de Valencia. Tercera Parte. Continuación de las Décadas que escribió el Licenciado y Rector Gaspar Escolano. Valencia, 1880. 23. Ibídem, pág. 841. 24. G-IABÁS, Roque, «Baset y las Guerras de Sucesión», El Archivo, I, n° 14, Denia, 1886, págs. 105-107, n" 15, págs. 113-115, n" 16, págs. 121-123 y n° 17, págs. 129-131. Existe edición facsímil publicada en
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
3 15
CARMEN PÉREZ APARICIO
De otro lado, los deseos mayansianos de que la obra de Minyana fuera pronto traducida del latín no se vieron cumplidos, ni durante el siglo XVIII ni en la centuria posterior. Esta circunstancia, junto con el hecho de que la única edición existente hubiese aparecido en Holanda, debieron limitar considerablemente su difusión. De bello rustico valentino no fue trasladada a una lengua vulgar, en este caso el español, hasta 1922 y lo fue de la mano y pluma de Vicente Castañeda y Alcover, quién en el preámbulo pone de relieve que su objetivo no es otro que el de ofrecer a los valencianos la obra fundamental sobre «un tema que apasiona grandemente» y «de actualidad siempre entre los valencianos (...) que por desgracia fue el antecedente de la pérdida de las libertades valencianas que consagraron los Fueros». Aunque expuesta muy sucintamente, Castañeda añade su crítica a las ya formuladas por los historiadores valencianos hacia Felipe V, a quien responsabilizaron de la sublevación por la falta de previsiones de guerra y de ayuda para la defensa del Reino y mantiene la corriente formulada por borbónicos y austracistas de reivindicar los Fueros, en su opinión «una de las legislaciones más democráticas y cultas, que cayó envuelta en el castigo impuesto por el agravio de los menos, en daño y desdoro de los más». La traducción del libro de Minyana no representaba una aportación historiográfica, pero se trataba sin duda de un paso significativo en la difusión de un tema de interés general. Hay que añadir, sin embargo, que tampoco en esta ocasión pudo realizarse en prensas valencianas o españolas, sino en las de la ciudad belga de Brujas, donde se imprimió el tomo LV de la Revue Hispanique, una revista editada por la Hispanic Society ofAmerica y dedicada, como reza en su cabecera, al estudio de las lenguas, de las literaturas y de la historia de los países castellanos, catalanes y portugueses. La limitada proyección de la citada revista constituyó, sin duda, un obstáculo más para la difusión de la obra de Minyana entre los valencianos, que no ha sido subsanada hasta tiempos bien recientes con la edición crítica del texto latino y una nueva traducción al español, realizada esta vez por F. Jordi Pérez Dura y José Ma Estellés González25. Se trata en este caso de una iniciativa necesaria y encomiable que brinda al estudioso y al gran público la oportunidad de conocer directamente una obra de acceso muy restringido hasta entonces, si bien los autores de la edición han dado primacía a los aspectos lingüísticos y estilísticos de la obra original pero han obviado las limitaciones de carácter histórico, desaprovechando la oportunidad de compensar las deficiencias que fueron señaladas ya en su día por el deán Martí. La problemática de la Guerra de Sucesión reapareció de nuevo con fuerza en la década de 1950. Por entonces, Carlos Seco editó, con un estudio preliminar, la obra del marqués de San Felipe y Pedro Voltes daba a la luz una biografía sobre el archiduque y diversos trabajos sobre la Guerra de Sucesión en Cataluña.26, inicio de lo que sería
Alacant en 1985. Historia de la ciudad de Denia, 2 vols., Dénia, 1874-76. Hay una edición facsímil publicada en Valencia en 1992. 25. MÑANA, La Guerra de Sucesión, op. cií. 26. \OLTES BOU, Pedro, El Archiduque Carlos de Austria, Rey de los catalanes, Barcelona, 1953.
316
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfica y estado de la cuestión
una prolífíca aportación a la historiografía catalana y española. Por lo que se refiere al País Valenciano, el primero de los estudios fue publicado en 1956 por Vicente Gascón Pelegrí27, quien, desde una perspectiva militar, retomaba el hilo de Minyana para centrarse en los aspectos bélicos del conflicto, ampliando los datos conocidos, pero sin aportar nuevos enfoques. Por el contrario, los primeros pasos para abrir nuevos caminos y perspectivas fueron dados por Pedro Voltes28, quien gracias a sus trabajos sobre el archiduque Carlos y Cataluña, había conseguido reunir un conjunto de documentos inéditos y de gran interés relacionados directa o indirectamente con el Reino de Valencia, lo que le permitió reflejar, aunque con trazos discontinuos, algunos de los momentos cruciales del periodo y abrir nuevos interrogantes sobre los orígenes de la sublevación o los problemas del gobierno del Archiduque. También Henry Kamen dio a la prensa en esos años un libro sobre la Guerra de Sucesión en España29, en el que dedica sendos capítulos a Valencia. Aunque para llevar a cabo su propósito tuvo que utilizar un extenso bagaje documental, el carácter general de la obra no permitió a su autor profundizar en todos los ámbitos, si bien por primera vez un historiador trataba de descifrar las claves de la rebeldía de los valencianos, enfatizando el carácter popular ya señalado por Minyana. De forma paralela, las aportaciones iniciales, aunque desiguales por su entidad, de Pedro Pérez Puchal y Mariano Peset abrieron las puertas de la historiografía valenciana al estudio de la abolición de los Fueros, un camino seguido después por otros muchos historiadores. Por lo que se refiere a la moderna historiografía valenciana sobre la Guerra de Sucesión, el punto de arranque lo constituye la obra ya citada, Aproximado a la historia del País Valencia. Para su autor, Joan Regla, se trataba de un conflicto con una doble vertiente, internacional e interna, plano este último en el que se proyectaba fielmente el dualismo que, según sus hipótesis, había presidido el devenir del Reino de Valencia desde que fuera fundado por Jaime I, en este caso una lucha entre seguidores del archiduque Carlos, los campesinos, mauléis, y los partidarios del Borbón, los señores, botiflers, tras la cual quedaba reflejada otra dualidad, la de la costa frente al interior. Proyectado hacia afuera de la Monarquía Hispánica, el conflicto sucesorio era para la Corona de Aragón y especialmente para Cataluña un enfrentamiento con su tradicional enemiga, Francia. Hacia el interior, el final de la guerra significó la victoria de la aristocracia terrateniente frente al campesinado y el triunfo del absolutismo y de la centralización frente al sistema federal de la Corona de Aragón, truncando así también la corriente neoforalista y el programa político por el que esta Corona trataba de hacer viable la pervivencia de su propio sistema de gobierno en el seno de la Monarquía Hispánica.
27. CKSCÓN PELEGRÍ, Vicente, La región valenciana en la Guerra de Sucesión, Valencia, 1956. 28. VOLTES Bou, Pedro, La Guerra de Sucesión en Valencia, Valencia, 1964. 29. K^MEN, Henry, The war ofSuccession in Spain, 1700-1715, London, 1969. Hay edición española bajo el título La Guerra de Sucesión en España, 1700-1715, Madrid, 1974.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
317
CARMEN PÉREZ APARICIO
Tomando como punto de partida estas hipótesis, se presentó en el / Congreso de Historia del País Valenciano, celebrado en 1971, una comunicación bajo el título La Guerra de Successió: una revolució camperola30. En ella, después de situar el conflicto en su perspectiva internacional y en el marco de una confrontación, en el seno de la Monarquía Hispánica, entre un proyecto político de signo absolutista y centralizador y otro de carácter pactista, el citado trabajo entraba de lleno en lo que constituía uno de los aspectos más significativos y peculiares del conflicto sucesorio en el País Valenciano, las reivindicaciones antiseñoriales. Aún hoy en día, cuando el estudio de las rebeliones en los distintos reinos de la Corona ha avanzado considerablemente, es indiscutible que las reivindicaciones campesinas adquirieron en este caso una relevancia y una magnitud que no alcanzaron en otros territorios, aunque no se les sea ajena del todo la problemática antiseñorial. Esta relevancia estaba motivada por dos factores que entonces aparecían formulados, por un lado, el marcado clima de descontento existente en el señorío valenciano, resultado de las duras cartas de población firmadas entre señores y vasallos a partir de la expulsión de los moriscos, y de otro, las promesas de abolición del régimen señorial y de disminución de la fiscalidad hechas por los emisarios del archiduque Carlos y especialmente por don Juan Bautista Basset y don Francisco García de Ávila. Dicho en otras palabras, la estrategia de los dirigentes aliados para consolidar el apoyo de las clases populares a la causa Carolina tuvo muy en cuenta la realidad socioeconómica y los antecedentes históricos del País Valenciano, independientemente de que valencianos, aragoneses y catalanes compartieran el objetivo principal, la defensa de la Casa de Austria frente a la Casa de Borbón. Conviene al mismo tiempo recordar y destacar al respecto el interés despertado entonces por el estudio de la revuelta campesina de 1693, conocida con el nombre de Segunda Gemianía31, antecedente inmediato de las reivindicaciones hechas al gobierno del archiduque, y al mismo tiempo por el régimen señorial, un campo en el que la historiografía valenciana fue realmente pionera con trabajos importantes sobre distintos señoríos que aportaron nuevas perspectivas al estudio del feudalismo. Sin embargo, y aunque el conflicto sucesorio se abordaba desde la perspectiva antiseñorial, no se reducía ni limitaba a esta problemática. Ya de entrada, el movimiento austracista en el País Valenciano quedaba entonces perfilado por una pluralidad sociológica que abarcaba otros colectivos, como la pequeña y mediana nobleza, precisamente aquélla más vinculada a las instituciones forales, el bajo clero, las clases 30. PÉREZ APARICIO, Carme, «La Guerra de Successió: una revolució camperola», / Congreso de Historia del País Valenciano, 4 vols., Valencia, 1973-1980, III, 1976, págs. 511-524. Esta comunicación avanzaba los primeros resultados de un trabajo de tesis doctoral sobre la Guerra de Sucesión en el País Valenciano, llevado a cabo bajo la dirección de Joan Regla. 31. Hay que destacar entre los estudios llevados a cabo los de GARCÍA MARTÍNEZ, Sebastián, Els fonaments del País Valencia Modern, Valencia, 1968. Del mismo autor, «Francesc García y la Segunda Germania en la Marina Alta, ler Congrés d'História de la Marina Alta, Alicante, 1986, págs. 13-104 y Valencia bajo Carlos II. Bandolerismo, reivindicaciones agrarias y servicios a la Monarquía, Valencia, 1991. También -• KAMHN, Henry, «Nueva luz sobre la Segunda Germania de Valencia de 1693», Homenaje al Dr. D. Juan Regla Campisto!, 2 vols. Valencia, 1975, I, págs. 647-659.
3 18
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfica y estado de la cuestión
urbanas y una parte significativa del mundo rural, especialmente el sometido a la jurisdicción señorial. En definitiva, un espectro sociológico que, a grandes rasgos, coincidía con el de los otros territorios de la Corona de Aragón, como los estudios posteriores pusieron de relieve. Los objetivos también aparecían entonces formulados, la defensa del pactismo, que en aquel momento aparecía reflejado en la corriente neoforalista, la defensa de los intereses económicos de los gremios y comerciantes y la supresión de las prestaciones señoriales, en consonancia con las promesas de abolición formuladas por Basset. Al mismo tiempo se apuntaban otras razones importantes del descontento social, como las derivadas de la interrupción del comercio a causa de la guerra, con el consiguiente descalabro de una economía agrícola y muy vinculada a los mercados de Inglaterra y Holanda, ampliando al mismo tiempo el marco cronológico tradicional, que hasta entonces se abría en agosto de 1705 con el desembarco aliado, con el fin de buscar los antecedentes. De igual manera el periodo de gobierno del archiduque Carlos adquiría por primera vez perfiles propios, desconocidos e ignorados por la historiografía tradicional, y que establecían claramente los dos componentes del austracismo valenciano, una corriente populista y radical encabezada por Basset y otra de carácter más moderado, impulsada por el propio archiduque y personificada en el virrey conde de Cardona, que intentaba sumar voluntades en la defensa de la causa. La primera pretendía hacer efectivas de inmediato las promesas de rebaja fiscal y supresión de los derechos señoriales, una medida estrictamente política que no podía encontrar soporte jurídico en los Fueros valencianos, tal y como ya había dictaminado la Real Audiencia apenas unos años antes en respuesta a las reclamaciones presentadas en 1693 y que pretendían sustentarse en unos supuestos privilegios que no fueron tomados entonces en consideración por el tribunal. La segunda corriente, aunque de signo integrador, trataba por encima de todo de mantener la hegemonía de las clases dominantes y el respeto por el ordenamiento jurídico, factor éste último que desembocó en el reconocimiento, por parte de la Real Audiencia, del derecho de los señores o de la Iglesia a la percepción de las rentas señoriales y el diezmo, algo que, por afectar a derechos de terceros, no estaba en manos del archiduque el suprimir sin violar los Fueros. Con todo, la política llevada a cabo por el gobierno austracista, que entonces se vislumbraba por primera vez, no se limitaba al ámbito señorial y así la citada comunicación recogía también aunque de manera más general la política de represalias contra los franceses y la nobleza borbónica, la creación de las Juntas de Secuestro, la frustrada convocatoria de Cortes, las dificultades financieras del gobierno del archiduque, el aumento de la fiscalidad o la concesión de mercedes, honores y privilegios, cuestiones todas ellas que cambiaban radical y sustancialmente el panorama historiográfico conocido hasta entonces. A todo ello se añadía el estudio de las inmediatas consecuencias de la victoria borbónica de Almansa. De entrada una dura y sistemática represión, la abolición de los Fueros y la introducción de un nuevo sistema de gobierno, de una nueva fiscalidad, las protestas y el descontento generados por un castigo desproporcionado e indiscriminado y sobre todo la reacción de la clase política borbónica, solicitando la revocación del Decreto, y las de los seguidores más radicales del austracismo, protaREVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
3 19
CARMEN PÉREZ APARICIO
gonizando un movimiento de guerrillas cuyo alcance agravaría considerablemente la inestabilidad social, política y militar que caracteriza los primeros años de la aplicación de la Nueva Planta. Sobre estas bases, los estudios posteriores sobre la Guerra de Sucesión en el País Valenciano han tratado de profundizar en algunas de las líneas aquí señaladas y abrir otras nuevas. El interés de todos ellos es haber sacado a la luz documentos en su mayor parte inéditos, que son los que han permitido el avance experimentado por el tema en las últimas décadas. Una de las primeras líneas de estudio fue la que tomaba en consideración los estrechos vínculos existentes entre los intereses económicos valencianos y los de los países del Norte de Europa, especialmente Inglaterra y Holanda32. De esta manera, la ralentización de los intercambios primero y la posterior prohibición de comercio con los aliados a causa de la guerra, con el consiguiente predominio de los intereses comerciales galos, quebraron las bases de la economía valenciana y se configuraron como otro de los factores dignos de ser tenidos en cuenta para explicar la favorable acogida dispensada a las embarcaciones aliadas que se acercaron a Altea en 1703, 1704 y, sobre todo, en 1705 y al mismo tiempo el aumento de la francofobia, ya destacada por el historiador Minyana. Esta línea de investigación sería ampliada poco después con el estudio de los proyectos económicos que el gobierno inglés pretendía hacer realidad en suelo valenciano33, poniendo de relieve que su participación en la Gran Alianza no sólo buscaba el mantenimiento del equilibrio europeo sino también conseguir importantes ventajas en el vasto mercado colonial español y al mismo tiempo afianzar su presencia en el Mediterráneo occidental. En este sentido ingleses y valencianos perseguían, junto con Cataluña, los mismos objetivos, poder penetrar en el mercado colonial e impulsar las corrientes de comercio entre los puertos valencianos, especialmente el de Alacant, y los del norte europeo y más en concreto Londres. No hay que olvidar, por otro lado, que en esta misma línea incidirían algunas de las rebajas impositivas ofrecidas por el gobierno austracista, además de las de carácter antiseñorial, cuya finalidad respondía también a un deseo de mejorar la competitividad de los productos valencianos y aumentar el comercio. Desde la perspectiva social, el primer grupo que mereció un estudio específico fue el clero, en consonancia con el protagonismo indiscutible desarrollado en las campañas a favor del archiduque desde la llegada al trono de Felipe V34. Tras él, la
32. PÉREZ APARICIO, Carmen, «El comercio y su repercusión en la Guerra de Sucesión en Valencia», Homenaje al Dr. D. Juan Regla Campistol, 2 vols., Valencia, 1975, II, págs. 35-42. 33. PÉREZ APARICIO, Carmen, «El expansionismo comercial británico en el País Valenciano: El proyecto de creación de Puerto Franco en Alacant en 1706», Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, 11,1992, págs. 251 -264. Este trabajo había sido presentado en el Congreso Ciudad y Mar en la Edad Moderna, celebrado en Murcia y Cartagena en 1984. 34. PÉREZ APARICIO, M" Carmen, «El clero valenciano a principios del siglo XVIII: la cuestión sucesoria», V.V. A.A., Esludios de Historia de Valencia, Valencia, 1978, págs. 247-278.
320
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfica y estado de la cuestión
nobleza austracista, tanto a título colectivo35 como individual36, poniéndose de relieve que, independientemente de su respuesta a las promesas de supresión de los derechos señoriales, su actitud ante el conflicto sucesorio será el resultado no sólo de un apoyo a la Casa de Austria frente a la de Borbón, sino de un complejo entramado de circunstancias familiares y redes clientelares. El estudio de otros colectivos ha enriquecido en los últimos años el panorama sociológico que se deriva de la Guerra de Sucesión, tanto por lo que se refiere a los de carácter filoborbónico, tal es el caso de los notarios, como filiaustracistas, como lo eran la mayor parte de los gremios de la capital37. Finalmente, y por lo que se refiere al campesinado, las aportaciones a este campo se han centrado fundamentalmente en el estudio del clima de malestar existente en vísperas de la sublevación38 con el estudio de los procesos relacionados con el señorío que se sustanciaron en la Real Audiencia entre 1693 y 1705 y cuya resultado permitió introducir un elemento nuevo para explicar las reivindicaciones formuladas en una y otra fecha, como era la difusión de una mentalidad contraria al régimen señorial sustentada en el derecho natural. No se puede olvidar tampoco el relevante peso historiográfico que ha alcanzado la figura de Basset39, un personaje vituperado en su época por los sectores más conservadores de la sociedad y por la historiografía borbónica, y al mismo tiempo convertido en ídolo de las clases populares, faceta esta última que es la que los recientes estudios han tratado de realzar hasta presentarlo hoy, gracias a nuevas aportaciones documentales, como un héroe por su trayectoria militar, su defensa de los intereses populares y su valerosa y entregada participación en la defensa de Barcelona. De otra parte, la trascendencia de algunos momentos o hechos relacionados con la sucesión de Carlos II o con episodios desencadenados con motivo de la guerra han atraído también la atención de algunos historiadores. Es el caso la respuesta institucional a las disposiciones testamentarias del último Austria40, la reacción causada por el
35. CHIQUILLO PÉREZ, Juan A., «La nobleza austracista en la guerra de Sucesión. Algunas hipótesis sobre su participación», Estudis. Revista de Historia Moderna, 17, Valencia, 1991, págs. 115-147. 36. PÉREZ APARICIO, Carmen, «Una vida al servicio de la Casa de Austria. Don José Folc de Cardona y Erill, príncipe de Cardona», Estudis. Revista de Historia Moderna, 17, Valencia, 1991, págs. 421-448. FELIPO, Amparo, «Aproximación al estudio de un austriacista valenciano. El conde de Villafranqueza», Disidencias y exilios en la España Moderna, Actas de la IV Reunión científica de la Asociación Española de Historia Moderna, Antonio Mestre Sanchis y Enrique Giménez López, eds., Alicante, 1997, págs. 515-542. 37. GIAULLERA SANZ, Vicente, Los notarios de Valencia y la Guerra de Sucesión, Valencia, 1978. 38. PÉREZ APARICIO, Carmen, «Reivindicaciones antiseñoriales en el País Valenciano. De la Segunda Gemianía a la Guerra de Sucesión», Estudis. Revista de Historia Moderna, 17, Valencia, 1998, págs. 246-279 39. GiRVERA T0RRE.IÓN, José Luis, Basset, mite i realitat de l'heroi valencia, Valencia, 2003. 40. PÉREZ APARICIO, Carmen, «Austrias y borbones. Las repercusiones del cambio dinástico en el País Valenciano», Saitabi. Revista de la Facultad de Geografía i Historia, XL1II, Valencia, 1993, págs. 231 242..
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
321
CARMEN PÉREZ APARICIO
desembarco aliado en Altea en 170441, los primeros años del gobierno fílipista42 o la destrucción de Vila-real por las tropas borbónicas en 1706. Al mismo tiempo y como consecuencia de la complejidad del tema y de las dificultades para abarcar de entrada toda la geografía valenciana han aparecido numerosos trabajos que abordan el estudio de la Guerra de Sucesión desde una perspectiva local, ya sea mediante estudios específicos, ya sea en el marco de obras cronológicamente más amplias43. Entre los de carácter monográfico destacan aquéllos destinados a las principales poblaciones. Uno de los primeros se centró en la villa de Alcor44, un estudio que arrancaba de 1700 para seguir paso a paso los problemas derivados de la defensa de la Monarquía y las repercusiones de la sublevación a partir de las fuentes documentales de carácter municipal. A él le siguieron el de la ciudad de Valencia45, auténtica caja de resonancia de todos los problemas que por entonces sacudieron todo el Reino. En este caso, nuevamente se enmarcaba el conflicto en una lucha internacional por mantener el equilibrio europeo, en la defensa del sistema pactista por parte de la Corona de Aragón, resultado de un arraigado sentimiento foral, al que se unía la francofobia generada por la política imperialista gala y el conflicto de intereses económicos y junto a ello, la tradicional inquietud el campo valenciano. A partir de estas bases, el estudio se centraba en los problemas del gobierno austracista y las primeras consecuencias de la abolición de los Fueros. Otra de las ciudades valencianas que tuvo pronto un estudio monográfico fue la de Alacant46. En este caso, el planteamiento inicial tenía también como puntos básicos de referencia el conflicto y los intereses internacionales, la estrategia aliada para asentar sus bases en la propia Monarquía y la evolución de los acontecimientos hasta la firma de las Paces. Por otro lado y antes de entrar de lleno en el estudio de las fuentes docu-
41. GMÉNEZ LÓPEZ, Enrique, «El desembarco aliado en Altea en 1704 y el virrey marqués de Villagarcía», Homenaíge al Dr. Sebastiá García Martínez, II vols. Valencia, 1988,1], págs. 269-284. 42. VILLAM ARÍN GÓMEZ, Sergio, «La política del marqués de Villagarcía durante el primer reinado de Felipe V», Saítabi. Revista de la Facultad de Geografía i Historia, 51-52, Valencia, 2001 -2002, págs. 379-400. LÓPEZ CAMPS, Joaquim E., «La invasió austriacista del Regne de Valencia» (1701-1705)», Afers. Futís de Recerca i Pensament, 52, Catarroja, 2005, págs. 521-540. 43. ViLAR, Juan Bautista, Orihuela, una ciudad valenciana en la España Moderna. Historia de La Ciudad y Obispado de Orihuela, Murcia, 1981, IV, págs. 677-688. Mercedes DlAZ-PLAZA, «La Guerra de Sucesión en Segorbe», Boletín del Centro de esludios del Alto Palancia, Año II, n" 11, 1986, págs. 71-86. BERNABEU 1 SANCH1S, Alfred, Ontinyent.vila retal. De les Germanles a la Nova Planta, 1992. GIMÉNEZ LÓPEZ, Enrique, «La Guerra de Sucesión en la comarca de la Marina», /// Congrés d'estudis de la Marina Alta, Alicante, 1992, págs. 277-281. JOVER, Francesc, «La Guerra de Successió a Cocentaina», Alberri, Quaderns d'Investigado del Centre d'Estudis Contestans, 11, Cocentaina, 1998, págs. 67-157, VALLES BORRAS, Vicenl J., L Alcudia, 750 anys. De la Carta de Poblament a Focas de l'antic régim (1252-1800), VAlcudia, 2002, págs. 353-377. 44. SANCHlS LLORENS, Rogelio, Alcoyy la Guerra de Sucesión, Alicante, 1969. 45. PÉREZ APARICIO, Carme, De l'alcament maulet al triomf botifler, Valencia, 1981. Este trabajo fue el resultado de la reelaboración de una tesis de licenciatura que bajo el título de «La Guerra de Sucesión en la ciudad de Valencia» fue presentada en 1968. 46. PRADELLS NADAL, Jesús, Delforalismo al centralismo. Alicante 1700-1725, Alicante, 1984.
322
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historie-gráfica y estado de la cuestión
mentales, su autor realizaba un completo análisis historiográfico en el que se ponía de manifiesto la amplitud y complejidad de las perspectivas desde las que se había analizado el tema desde el siglo XVIII hasta la actualidad. En cuanto a los objetivos principales del libro, el primero era el de reconstruir los hechos vividos en las comarcas del sur valenciano, especialmente en Alacant y Oriola, tomando como punto de partida las Crónicas pero incorporando las fuentes documentales de carácter local. La segunda parte estaba destinada al estudio de las confiscaciones decretadas por Felipe V tras la capitulación de Valencia. En este sentido, hay que señalar no sólo que el radio de análisis sobrepasaba el propósito inicial del libro, sino que abría un nuevo camino sobre una de las facetas derivadas del triunfo filipista y al mismo tiempo permitía acercarse al colectivo más destacado de los seguidores del archiduque, un camino que otros historiadores recorrerían más tarde para estudiar las confiscaciones llevadas a cabo por el gobierno austracista47. El problema del exilio es otro de los que se ha incorporado con pleno derecho en la reciente historiografía, especialmente el austracista, si bien pronto se podrá completar con el que sufrieron los partidarios de Felipe V48. Aunque el exilio de los más directos seguidores del archiduque se puede rastrear en las obras de carácter general dedicadas al tema49, éste es un aspecto que no ha sido aún estudiado en toda su dimensión50. Existen, no obstante, aportaciones sobre algunos de los más destacados dirigentes" o sobre otros menos conocidos integrantes de las filas austracistas52.
47. El tema sería ya apuntado por GRAULLERA SANZ, LOS notarios..., op. cií., págs. 64-69, y desarrollado posteriormente por PÉREZ APARICIO, Carmen, «La política de represalias y confiscaciones del archiduque Carlos de Austria», Estudis. Revista de Historia Moderna, 17, Valencia, 1991, págs. 149-196. FELIPO ORTS, Amparo, «Las repercusiones de la política de confiscaciones de Felipe V sobre Don Juan Basilio de Castellví, conde de Cervelló y marqués de Villatorcas», Estudis, Revista de Historia Moderna, 31, 2005, págs. 253-268. 48. El prof. Enrique Giménez López tiene actualmente entre sus manos este tema, como puede leerse en este mismo número de la Revista. 49. Si 1FFON1, Giovanni, «Un documento inédito sobre los exiliados españoles en los dominios austríacos después de la Guerra de Sucesión», Estudis. Revista de Historia Moderna, 17, Valencia, 1991, págs. 755. LEÓN SANZ, Virginia, Entre Austrias y Bortones. El Archiduque Carlos y la monarquía de España (1700-1714), Madrid, 1993. De la misma autora «La oposición a los borbones españoles, los austriacistas en el exilio», en Disidencias y exilios en la España Moderna, A. Mestre Sanchis y E. Giménez López, eds., Alicante, 1997, págs. 469-499. ALCOBERRO, Agustí, L'exili austriacista (171S-1747), 2 vols. Barcelona, 2002. 50. José Luis Cervera Torrejón ha llevado a cabo en los últimos años una cuidada tarea de recopilación de datos sobre exiliados valencianos y es de desear que dé pronto a la imprenta este interesante trabajo. 51. PÉREZ APARICIO, Carmen y FELIPO ORTS, Amparo, «Un drama personal i col-lectiu. L'exili austria-
cista valencia», Pedralbes. Revista d'História Moderna. Catalunya i Europa a l'Edat Moderna, 18, Barcelona, 1998, págs. 329-343. PÉREZ APARICIO, «Una vida al servicio...», op. cit. 52. LÓPEZ CAMPS, Joaquim Enric, «Maulets amb noms i cognoms. Els exiliáis valencians a Barcelona», Enfronlaments civils: postguerras i reconstruccions. Segon Congrés Recerques, Lleida, 2002, I, págs. 176-192.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
323
CARMEN PÉREZ APARICIO
Aunque sin ánimo de recoger de manera exhaustiva todas las aportaciones al tema y con el riesgo consiguiente e inevitable de algún olvido involuntario, la Guerra de Sucesión en el País Valenciano presenta, pues, un panorama que, si no es plenamente satisfactorio, es cuando menos esperanzados Un balance reciente del estado de nuestros conocimientos sobre el tema fue el que se presentó en enero de 2001 con motivo del Congreso celebrado entonces en Zaragoza para conmemorar la llegada al trono español de la dinastía francesa53. Tras un breve repaso historiográfíco, se recogían los aspectos más relevantes que ya se han ido señalando, pero también se introducían nuevos planteamientos y nuevos interrogantes. El primero de ellos rastrear el clima de opinión existente en la sociedad valenciana a propósito de la sucesión, tarea nada fácil por el hermetismo de las fuentes pero algunas de cuyas manifestaciones pudieron ser detectadas en los círculos literarios y científicos de la capital. Después, y dejando a un lado la ya conocida aceptación incondicional de las instituciones valencianas de las disposiciones testamentarias de Carlos II, descubrir las actitudes contrarias y especialmente las razones que se esgrimieron entonces para rechazar el cambio dinástico. En este sentido se señalaban las de carácter jurídico y político, es decir, la legitimidad o no de Carlos II para designar heredero y la idoneidad del elegido, como los primeros factores que abrieron paso a la disidencia entre los valencianos y junto a ellos la defensa de un sistema político pactista, en el que se atribuía a las Cortes, como representantes del Reino, la capacidad de elegir sucesor, frente a los argumentos difundidos en sentido contrario por la propaganda borbónica de considerar la voluntad de Carlos II y también la pacífica posesión de la Monarquía por parte de Felipe V como expresión de la voluntad divina. En definitiva, la defensa de un sistema constitucional, con las Cortes como máxima institución representativa, frente a una concepción absolutista del poder. A esta primera causa se añadiría la francofobia, como resultado de la política imperialista de Luis XIV que había tenido en la Corona de Aragón el escenario principal de sus campañas militares en la Monarquía. En definitiva, el germen de la disidencia política arrancaba desde el mismo momento de la entronización de Felipe V y era compartido por todos los Reinos de la Corona. La política llevada acabo por el primer gobierno borbónico fue añadiendo nuevos factores al descontento inicial de los valencianos. En primer lugar la falta del preceptivo juramento de los Fueros así como la no celebración de Cortes, y eso a pesar de la insistencia de las peticiones y de los trabajos preparatorios que se pusieron en marcha54. Después la declaración de guerra internacional, con la consiguiente interrupción del comercio con los países del Norte, especialmente Inglaterra y Holanda, lo que acarreó consecuencias muy negativas para la economía valenciana por su estrecha
53. PÉREZ APARICIO, Carmen, «Cambio dinástico y disidencia política en el País Valenciano», Felipe V y su tiempo. Congreso Internacional, Eliseo Serrano, editor, 2 vols., Zaragoza, 2004, págs. 119-149. 54. Este tema había sido ya abordado anteriormente. PÉREZ APARICIO, Carmen, «El proceso de consolidación de la Monarquía autoritaria y la reacción foral. La Junta de Contrafitrs», Mayans y la Ilustración. Simposio internacional en el [¡¡centenario de la muerte de Gregorio Mayans, Oliva, 1982, págs. 131151.
324
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfica y estado de la cuestión
vinculación con los citados países. De otro lado, los grandes beneficios obtenidos por los comerciantes franceses y los abusos practicados por las embarcaciones galas, con el pretexto de controlar el comercio con países neutrales, contribuyeron a aumentar la francofobia y el rechazo hacia el Borbón. Las manifestaciones de disidencia aparecieron incluso antes de la llegada de Felipe V a la Monarquía y las primeras que salieron a la luz estuvieron protagonizadas por el bajo clero y las clases populares, pero no parece arriesgado afirmar que todos los grupos sociales, en mayor o menor medida, participaron del apoyo a la Casa de Austria animados por las campañas clandestinas que llevaron a cabo diversos emisarios del Imperio y por la difusión de escritos favorables a su causa que circularon por toda la Monarquía. Las reivindicaciones de carácter antiseñorial fueron un nuevo elemento a añadir a los anteriores causas de descontento. Su aparición se detecta a partir de 1703, coincidiendo con el paso de la armada aliada por las costas valencianas y su detención en Altea para cargar agua. Es con motivo de una nueva incursión aliada en 1704 cuando se produce el desembarco del que será después líder popular, don Juan Bautista Basset, y cuando él y otros emisarios del Imperio llevarán a cabo intensas campañas de captación, bajo la promesa de supresión de las prestaciones señoriales. En este sentido se afirmaba que estas promesas, con las que se pretendía captar para la causa aliada a un amplio sector del campesinado de señorío, lejos de constituir la causa de la rebelión, se sumaron a los factores de carácter dinástico, político y económico que estaban en la base del austracismo valenciano. A todo ello vino a sumarse la falta de respuesta del gobierno borbónico a las peticiones formuladas por las instituciones valencianas de tropas regladas para la defensa del Reino, lo que provocó un enfriamiento en la relaciones entre el rey y el Reino y hasta manifestaciones del descontento existente, lo que unido a la formidable presencia de los aliados en las costas propició el triunfo de la rebelión. Con la capitulación de Dénia y sobre todo con la de Valencia el gobierno austracista pudo llevar a la práctica sus aspiraciones. En la primera etapa, bajo el gobierno de Basset, fueron las clases populares las que trataron de imponer su programa de reducción de la fiscalidad y de persecución y confiscación de bienes de los franceses y de la nobleza. Después, la presencia en el virreinato del conde de Cardona permitió reconducir la situación y abordar los grandes retos que tenía planteados su gobierno. De un lado el propio Basset y la supresión de los derechos señoriales, una verdadera prueba de fuego para el nuevo gobierno, que pudo ser superada, a pesar de las protestas populares por la detención del general y de las resoluciones de la Real Audiencia a favor de los perceptores de los derechos y del diezmo, por la tolerancia practicada defacto respecto a los vasallos de los señoríos confiscados. Por otro lado y por lo que se refiere a las relaciones entre el rey y el Reino, se resaltaba entonces la dificultad de sacar conclusiones respecto al proyecto político austracista, como consecuencia del breve periodo de gobierno de Carlos III y sobre todo de la desaparición de las fuentes documentales donde hubieran tenido que reflejarse estas cuestiones. Lo cierto es que Carlos III hizo gala en todo momento de un escrupuloso respeto por los Fueros que juró en la Seo, a diferencia del propio Felipe V e incluso de Carlos II, pero no convocó las Cortes,
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
325
CARMEN PÉREZ APARICIO
algo que realmente hubiera permitido conocer el alcance de las reivindicaciones de los valencianos. La afirmación que hizo Castellví en sus Memorias de que los Reinos de la Corona pretendían retrotraer las relaciones con la Monarquía al estado en que se hallaban durante el reinado de Fernando el Católico permitía deducir que, más que una simple restauración de la Casa de Austria, el objetivo final era el de mantener el sistema pactista pero erradicando las malas prácticas de los últimos Habsburgo. Mayor concreción alcanzaron los proyectos económicos basados en una reducción de la fiscalidad sobre los productos de consumo, una mayor libertad de comercio, la apertura de nuevos mercados y la consolidación de los ya existentes, proyectos éstos dos últimos que se plasmaron en dos propuestas muy ambiciosas, la de establecer la libertad de comercio con la Corona de Castilla y todos los territorios a ella incorporados, incluidas la Indias, y la creación de un puerto franco en Alacant para los productos ingleses. Se trataba, en definitiva, de proyectos de modernización económica, profundo cambio social y revitalización del sistema político que no pudieron ver entonces la luz. El panorama que presentaba el tema en el 2001 se completaba con una perspectiva sociológica del austracismo, que, si bien no variaba, en cuanto a la composición de sus fuerzas, respecto de lo que se ha venido afirmando, sí que abordaba la dificultad de explicar las distintas posiciones adoptadas por un mismo colectivo. Quizá sea ésta una de las cuestiones abiertas, capaz de suscitar opiniones diversas, pero necesitada también de estudios más profundos. En este sentido, conviene tener en cuenta que, por lo que se refiere a la nobleza titulada, parece claro que su postura proborbónica se debió al hecho de que algunos titulares de grandes señoríos, Gandía, Medinaceli, Santiesteban, residían en la corte y estaban al servicio del Borbón, de quien habían recibido mercedes y honores. En otros casos, especialmente de todos aquellos que solicitaron pasaporte a Basset para salir de la capital, la razón de su marcha bien podía estar relacionada con los sucesos vividos en la capital y que habían desembocado en asaltos a las casas de franceses y de la nobleza y confiscación de sus bienes, así como con las promesas de supresión de las prestaciones señoriales. Por supuesto habría que contar con que entre los nobles existía un sector que se venía caracterizando por una estrecha colaboración con el virrey, algunos de cuyos nombres -escasos, por cierto- son conocidos por figurar en los informes suscritos por el marqués de Villagarcía. En sentido contrario, y aunque las relaciones del virrey con la nobleza fueron fluidas, no faltaron las desavenencias a causa del comportamiento de algunos de sus miembros por ser contrarios a aceptar algunas de las directrices llegadas desde la corte en los primeros momentos después de la muerte de Carlos II o en relación con la declaración de Felipe V de alterar las líneas sucesorias establecidas por el testamento del último Austria. Sin embargo, las dificultades para perfilar la divisoria entre quienes apoyarían al archiduque con la esperanza de una revitalización del sistema pactista, respecto de quienes acataban al Borbón son también el resultado de un general desconocimiento de la clase política en la Edad Moderna, lo que constituye una asignatura todavía pendiente de la historiogra-
326
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historie-gráfica y estado de la cuestión
fía valenciana55. A mayor abundamiento, la falta de convocatorias de Cortes durante el reinado de Carlos II y sobre todo el hecho de que ni Felipe V ni al archiduque convocaran las Cortes valencianas, a diferencia de Catalunya, ofrece una mayor dificultad al respecto, lo que se une al hermetismo que caracteriza las fuentes, a la desaparición de los registros correspondientes al periodo de gobierno austracista y también a la brevedad de este periodo, a diferencia del caso catalán. Relacionados con todos estos factores está también el de los objetivos políticos de los austracistas valencianos. Dejando a un lado el común denominador de todos los Reinos de la Corona de Aragón en la defensa del sistema pactista, corno fue ya recogido por los historiadores borbónicos del siglo XVIII y situado en el punto de partida de los estudios recientes, resulta de momento mera especulación cualquier otra hipótesis que sobrepase el deseo manifestado explícitamente por los valencianos de que el rey jurase los Fueros y convocase Cortes y de que éstas consiguiesen la aprobación del mantenimiento de la Junta de Contrafueros y la mejora de los mecanismos existentes para evitarlos y repararlos, tal y como quedó recogido en los Apuntaments redactados por la Junta de Electos de Estamentos entre 1701 y 1702. Es decir, por lo que sabemos, no hay un proyecto político alternativo al pactismo sino una reforma del sistema conducente a corregir los abusos del autoritarismo monárquico. Hoy por hoy, la falta de las actas de las Juntas del Estamento Militar y de las de Electos de Estamentos no permite adelantar más en esta dirección. Queda, eso sí, una posibilidad que ya fue apuntada en la ponencia presentada en Zaragoza en el 2001 y que permanece abierta como es la de estudiar la publicística sobre el tema, una perspectiva iniciada en 196056 y recuperada recientemente57, pero que debe ser abordada con carácter general, ya que el anonimato de estos escritos y su amplísima difusión territorial no permite diferenciar de manera precisa entre la publicística valenciana, castellana, catalana o de cualquier otra procedencia. En cualquier caso, no parece que el breve periodo de gobierno austracista, el más breve todavía de estancia del archiduque en tierras valencianas y la falta de contenciosos importantes entre Carlos III y el Reino, suscitase debates de mayor alcance que la propuesta frustrada de celebrar Cortes o la discusión del proyecto de Unión de Armas de la Corona de Aragón. Unas circunstancias, en definitiva, muy diferentes de las de Cataluña, que tuvo que soportar durante más tiempo la presencia de los aliados y que se vio abocada, especialmente tras la marcha del emperador, a buscar una nueva vía para salvar la orfandad austríaca y la intransigencia absolutista e inmisericorde de Felipe V. En cuanto al resto de los grupos sociales, el bajo clero jugó, como se sabe, un papel protagonista desde la llegada al trono del Borbón. Las causas apuntadas más
55. El historiador James Casey ha abordado esta cuestión en algunos de sus trabajos. CASEY, James, El Regne de Valencia en el segle XVII, Barcelona, 1981. Existe traducción castellana. 56. PÉREZ PICAZO, María Teresa, La publicística española en la Guerra de Sucesión, 2 vols., Madrid, 1966. 57. A..ABRÚS, Rosa María, Felip Vil'opiniá deis calalans, Lleida, 2001. GARCÍA CÁRCEL, Ricardo, Felipe Virrey y los españoles, Barcelona, 2002.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
327
CARMEN PÉREZ APARICIO
recientemente, como son el rechazo a la dinastía francesa por su trayectoria regalista, encajarían a la hora de explicar el comportamiento del clero de la Corona de Aragón y, de hecho, constituyeron uno de los factores principales, pero no sirven para explicar la actitud proborbónica del clero castellano. Es necesario, pues, formular otras hipótesis, no en clave religiosa sino política y social, compartidas con el resto del espectro. Lo mismo puede decirse del apoyo prestado por los sectores sociales relacionados con la manufactura y al comercio, cuya vinculación a la causa imperial se detecta ya en los inicios del nuevo gobierno borbónico, pero que se reafirmará después por la política económica desarrollada por el Borbón y los perjuicios causados por la interrupción del comercio con los países aliados. Punto y aparte merece el campesinado valenciano, tanto por su importancia cuantitativa en el conjunto de la sociedad como por su cualificada participación en las filas austriacistas. De todos los colectivos sociales, es el más atención ha suscitado entre los historiadores desde el siglo XVIII hasta la actualidad. Tanto Minyana como los dietaristas de la época pusieron ya de relieve la estrecha conexión entre el movimiento conocido con el nombre de Segunda Germania y las reivindicaciones formuladas durante el periodo austracista y no cabe duda de que las promesas hechas por Basset se sustentaban en un clima de descontento general en el señorío valenciano y tuvieron un amplio eco. A juzgar por el exhaustivo estudio de S. García Martínez, nada parece más alejado de la realidad que considerar la rebelión de 1693 como un acto de rebeldía primitiva. Por el contrario, se inicia como una respuesta colectiva y coordinada ante los abusos de algunos señores, pero también como una protesta contra el régimen señorial en su conjunto, planteada inicialmente por la vía pacífica de la administración de justicia y sustentada en unos privilegios -que no Fueros- supuestamente favorables a sus pretensiones. Algunos historiadores58 han puesto de relieve la existencia de puntos en común con el movimiento de los barretinas catalanes de unos años antes, donde el malestar señorial se funde con el rechazo a los alojamientos, utilizados por los propios señores para el control y sometimiento de sus vasallos. Tampoco han faltado, con igual razón, quienes han subrayado las relaciones existentes entre el movimiento barretina y la Segunda Germania, de un lado, y la Guerra de Sucesión, de otro, pero hay que tener en cuenta que las reivindicaciones antiseñoriales reaparecen en el marco de un conflicto que, en su origen, no es de naturaleza socioeconómica sino política y que, por tanto, no están en la causa del problema sino que, en el caso valenciano, aparecerán en el transcurso de los acontecimientos y de manera más concreta a partir de 1704, tras el desembarco aliado en Altea y la presencia de emisarios del imperio, Basset entre ellos, que ofrecen la supresión de las prestaciones señoriales a cambio del apoyo al archiduque. Se trata en este caso de un ofrecimiento político, una medida de gracia, muy alejada, por tanto, de los planteamientos jurídicos que habían estado presentes en el origen de la Segunda Germania. Entonces, las reclamaciones presentadas ante el
58. Aume DANTÍ I Riu, Aixecamenlspopuláis ais Paisas Catalans, Barcelona, 1990.
328
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfica y estado de la cuestión
Consejo de Aragón y la Real Audiencia no habían prosperado por la insubsistencia de los fundamentos sobre los que se asentaba la demanda, unos privilegios medievales cuya aplicación al caso fue rechazada por la Real Audiencia. Sin embargo, las esperanzas depositadas por los vasallos en las promesas de Basset se esfumaron de igual manera cuando la nobleza afectada reclamó ante la Real Audiencia el respeto a la legalidad y ésta, como lo había hecho unos años antes durante el reinado de Carlos 11, volvió a reconocer que el régimen señorial se regulaba por los contratos establecidos entre señores y vasallos en las Cartas Pueblas y que obligaban por igual a ambas partes. Tampoco las instituciones representativas del Reino, los tres Estamentos, se pusieron del lado de los vasallos en esta reivindicación, ni en 1693 ni ahora, aunque sí lo hicieron en 1705 para denunciar ante Felipe V los abusos cometidos por los jefes militares borbónicos a propósito de los alojamientos, cuestión ésta que tanto en Cataluña como en Valencia sí que estaba regulada por los Fueros. En definitiva, ni podía haber una respuesta judicial favorable a la supresión de los derechos señoriales ni mucho menos política, porque, como el propio archiduque se vio obligado a declarar, estaba obligado a respetar los Fueros que había jurado. En consecuencia y puesto que la aparición de una corriente popular favorable al Austria se detecta ya antes incluso de la llegada del Borbón, parece evidente que las promesas de Basset, formuladas en vísperas de la sublevación, no estaban en el origen de la disidencia y que las razones fundamentales de la misma tenían sus raíces en el rechazo a la dinastía francesa, representante de una concepción política y de unos intereses económicos antagónicos con los de la Corona de Aragón. Todo ello sin menospreciar el amplio eco despertado por las promesas de Basset hasta el punto de añadir un renovado impulso a la causa imperial. Con todo y aunque los intereses políticos, los proyectos económicos y las reivindicaciones sociales van encontrando cada vez más su propio perfil, aún quedan no pocas sombras en el panorama de la Guerra de Sucesión. Para empezar, sería necesario cubrir todo el ámbito geográfico del País Valenciano y completar los estudios de las grandes ciudades a partir de los archivos locales. De otro lado, son prácticamente desconocidos los planes llevados a cabo en la clandestinidad para preparar la rebelión y el verdadero alcance de los contactos mantenidos por los austracistas valencianos con el emperador y con otros territorios de la Monarquía. A su vez, la sociología y especialmente el estudio de los grupos dirigentes del austracismo podría arrojar alguna luz sobre el oscuro panorama que aún ofrece el mundo político valenciano. El exilio austracista es igualmente un campo poco explorado y muy necesario, por otro lado, para profundizar en el ámbito sociológico. En fin, a pesar del avance de los conocimientos sobre la Guerra de Sucesión en el País Valenciano siguen abiertos aún muchos interrogantes.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 303-329) ISSN: 0212-5862
329
DEL AYUNTAMIENTO BORBÓNICO AL PRIMER MUNICIPIO CONSTITUCIONAL: EL CASO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 1 MARÍA LÓPEZ DÍAZ Universidad de Vigo
Tal y como se ha encargado de poner de relieve la historiografía reciente y no tanto, en España, de forma parecida a como ocurrió en el resto de Europa occidental, el Antiguo Régimen entró en crisis antes de que estallara la revolución2. En lo que atañe específicamente al régimen municipal, esta crisis es manifiesta ya durante el reinado de Carlos 111 y sobre todo en el de su sucesor, pero se precipitó, con el trasfondo del alzamiento nacional contra el invasor francés, a partir de 1808 por la quiebra de la monarquía absoluta y de sus tradicionales instituciones de gobierno, que se revelaron inútiles para afrontar el vacío de poder existente. Claro que la transición de un modelo (el del municipio antiguo-regimental) al otro (los ayuntamientos constitucionales) no fue automática ni tampoco drástica, pues cuanto menos un sector de las oligarquías municipales de regidores o pequeña nobleza urbana subsiste, sin solución de continuidad, en los nuevos municipios del naciente Estado liberal3. Y si a ello añadimos el examen de lo acontecido en el primer período absolutista de Fernando VII, más concre-
1. Trabajo realizado en el marco del proyecto de investigación «Sociedades y poderes: estructuras, dinámicas y estrategias en la Galicia Meridional (1480-1850)», subvencionado por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica (BHA2003-02417). 2. Véase Ruiz TORRES, Pedro: «Señorío y propiedad en la crisis del Antiguo Régimen», en DE DIOS, Salustiano, Javier INFANTE, Ricardo ROBLEDO, Eugenia TORUANO (coords.): Historia de la propiedad en España, siglos XV-XX (= Encuentro Interdisciplinar, Salamanca, 3-6- de junio de 1998), Madrid, 1999, pp. 329-348 y bibliografía que cita. 3. Tal y como se ha demostrado, por ejemplo, para el caso de Murcia (PÉREZ PICAZO, M" Teresa: «Oligarquías municipales y liberalismo en Murcia, 1750-1845», en Áreas, 6, 1985, pp. 51-74; «De regidor a cacique: las oligarquías municipales murcianas en el siglo XIX», en SAAVEDRA, Pegerto y Ramón VILLARES (eds.): Señores y campesinos en la Península Ibérica, siglos XVIH-XIX, 1. Os señores da térra, Barcelona, 1991, pp. 16-37).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
331
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
tamente entre 1814 y 1815 (momento en el que se detiene este estudio), veremos que esas alteraciones del régimen municipal tampoco fueron generales4 ni muy permanentes, siendo así que la «ruptura» no se habrá de consolidar de manera definitiva hasta las décadas centrales del XIX o período 1833-18565. Partiendo de estos presupuestos, el objeto de las siguientes páginas no es otro que analizar cómo se llevó a cabo ese tránsito de las estructuras municipales de Antiguo Régimen a la nueva planta propugnada por los constituyentes de Cádiz, no tanto desde el punto de vista legislativo y doctrinal, trabajo que ya se ha hecho6, cuanto a partir de la documentación municipal de una ciudad concreta como es Santiago de Compostela7, que a la particularidad de seguir siendo una de las poquísimas que a finales del Antiguo Régimen todavía permanecía bajo el dominio jurisdiccional de la Iglesia, añade la de ser una ciudad esencialmente absolutista8 y de los pocos municipios gallegos en los que durante la ocupación (lo fue dos veces) llegó a constituirse una administración enteramente francesa, aunque el poder real lo ejercieran otras personas (como el cabil-
4. En lo que atañe a los primeros intentos de instalación de la red municipal en Galicia (entre 1813 y 1823), Xosé Ramón BARREIRO FERNÁNDEZ, siguiendo a FARIÑA JAMARDO (Os Concellos galegos, 10 tms, A Coruña, 1990-1993), habla de fracaso y disparidad de esta primera experiencia, pues en la provincia de Santiago sólo se constituyó en la capital mientras que en la de Tuy se habrían formado 77. AI parecer en 1814 la propia Diputación de Galicia, al concluir su mandato, reconocía que más de la mitad de Galicia carecía de municipios, un balance que el mismo autor estima «excesivamente generoso» («La administración municipal en la Galicia contemporánea», en // Simposium de Historia de la Administración en Galicia, Santiago de Compostela, 1994, pp. 83-105, esp. p. 102. 5. Ya en su día lo sugería GALLEGO ANAB1TARTE, Alfredo: «Notas histórico-jurídicas sobre régimen local español» (Intento de revisión)», en Actas del II Symposium de Historia de la Administración, Madrid, 1971, pp. 52-54. También GUILLAMÓN ÁLVAREZ, Francisco J.: «Algunos presupuestos metodológicos para el estudio de la administración: el régimen municipal en el siglo XVIII», en Revista de Historia Moderna. Annales de la Universidad de Alicante, 8-9, 1990, pp. 59-74. No afecta sólo al régimen municipal. Tal y como se ha demostrado, algo parecido ocurrió en el campo de los oficios públicos enajenados (TOMÁS Y VALIENTE, Francisco: «Legislación liberal y legislación absolutista sobre funcionarios y sobre oficios públicos enajenados: 1810-1822», en Actas del IVSymposium de Historia de la Administración, Madrid, 1983, pp. 703-722) y de los derechos señoriales (HERNÁNDEZ MONTALBÁN, Francisco J.: «Absolutismo y crisis del régimen señorial (1814-1833)», en SARASA SÁNCHEZ, E. y E. SERRANO MARTÍN (eds.): Señorío
y feudalismo en la Península Ibérica (ss. XII-XIX), Zaragoza, 1993, II, pp. 533-566). En lo referente a la justicia, véase MARTÍNEZ PERÉZ, Fernando: Entre confianza y responsabilidad. La justicia del primer constitucionalismo español (1810-1823), Madrid, 1999. 6. Vid. GARCÍA FERNÁNDEZ, Javier: El origen del municipio constitucional: autonomía y centralización en Francia y España, Madrid, 1983; y SÁNCHEZ-ARCILLA BERNAL, José: «Del municipio de Antiguo Régimen al municipio constitucional. Un caso concreto: Guadalajara», en Actas del IV Symposium de Historia de la Administración, Madrid, 1983, mayormente pp. 629-681. 7. Hay algunos casos estudiados: además de los mencionados supra, notas 3 y 6, el de Alicante (ÁLVAREZ Y CAÑAS, Ma Luisa: «El gobierno de la ciudad de Alicante en la crisis del Antiguo Régimen (1808-1814), en Revista de Historia Moderna. Annales de la Universidad de Alicante, 8-9, 1990, pp. 273-285), aunque, como señalaba M" Teresa Pérez Picazo hace más de veinte años, y creo que la afirmación sigue teniendo plena validez en la actualidad, todavía no se le ha prestado suficiente atención al tema a escala local. 8. BARREIRO FERNÁNDEZ, Xosé Ramón: Historia Contemporánea (ss. X1X-XX). De la Guerra de Independencia al Postfranquismo (1805-1983), I, La Coruña, 1994, p. 161.
332
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
do o la antigua corporación). Contamos para ello con un rico material conservado en el Archivo Municipal y que ahora custodia el Archivo Histórico de la Universidad de Santiago, como son lo Libros de Actas de Consistorio de estos años, incluidos los de la ocupación francesa denominados «Acuerdos del Congreso de Autoridades de Santiago», por más que tras la marcha de aquéllos estos legajos fueran recogidos y pasaran a ser custodiados por el auditor según mandato del gobernador del Reino9. Igualmente contamos con los del período constitucional, a pesar de que tras la restauración el Consejo ordenó que «se borraran de los libros de Ayuntamiento las actas de elecciones constitucionales» y se tuviesen por borradas10; se entiende, a efectos legales, que no físico, pues es obvio que se conservaron. 1. PUNTO DE PARTIDA: EL AYUNTAMIENTO DE ANTIGUO RÉGIMEN Y LA CRISIS DEL MODELO La configuración del ayuntamiento compostelano de Antiguo Régimen nos es bastante bien conocida igual que su evolución". A grandes rasgos, arranca de la Baja Edad Media, en que se instauró el modelo de concejo cerrado o regimiento de impronta castellana, y se compone de un cabildo de regidores (en número variable, que pasó a lo largo de la época moderna de los diez o doce «antiguos» a veintidós a comienzos del XVIII, merced a la venta y sobre todo el acrecentamientos de oficios efectuados tanto por la Corona como por el arzobispo en su condición de señor de la ciudad), dos alcaldes ordinarios (denominados justicia) y un procurador general, teórico representante del «común» en el concejo, instituido entre finales del siglo XV y la primera mitad del XVI. De esos veintidós regimientos, diecisiete eran renunciables y abadengos, o sea, provistos por el prelado de turno (o cabildo eclesiástico en sede vacante), y los cinco restantes perpetuos, servidos con título del rey, aunque uno había sido creado por el titular del señorío y los otros cuatro con su consentimiento. En cuanto a las otras dos instancias municipales correspondían a cargos electivos y anuales: en el caso de los alcaldes ordinarios la elección se hacía por el sistema de cobrados (propuesta de doce candidatos por parte del regimiento y selección final del arzobispo) y en el del procurador general competía al pueblo, resultando elegido aquél que obtenía mayor número de votos. En el transcurso de la segunda mitad del XVII, sin embargo, dicha elección deja de ser abierta, pues los candidatos van a ser propuestos por el concejo, y a partir de
9. Archivo Histórico de la Universidad de Santiago (en adelante, AHUS): Sección Municipal, Libros de Consistorio (o LdC) 1809, n° 311, Consistorio (o CO) 30/9/1809, f. 342. 10. Real Cédula de 25 de junio de 1814, publicada en la Gaceta del Gobierno de martes, 5 de julio de 1814 (Ibiciem, LdC de 1814, n° 325, CO 21/8/1814, ff. 647-647v y 665-667). 11. LÓPEZ DÍAZ, María: Gobierno y hacienda municipales. Los concejos de Santiago y Lugo (siglos XVIXVII), Lugo, 1996. En lo que atañe al crecimiento del número de oficios, desde una perspectiva comparada: «Enajenación de oficios y gobierno de los pueblos: las ciudades gallegas en el siglo XV11», en ARANDA PÉREZ, Francisco (coord.): La declinación de la Monarquía Hispánica en el siglo XVII, Cuenca, 2004, pp. 721-738.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
333
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
1765-66 deja de ser además directa, haciéndose desde entonces mediante compromisarios (dos por cada una de las once parroquias que integraban la ciudad). A tenor de todo ello, especialmente de la condición y sistema de acceso, el gobierno ciudadano fue adquiriendo un tono y modos cada vez más oligárquicos, debido a la intromisión de ciertos sectores nobiliarios en los resortes del poder municipal. Este régimen oligárquico se consolida, con el respaldo señorial, mediante la «renuncia» que permite la transmisión de los oficios de regidor por vía hereditaria y, posteriormente, se afianza con la concesión de algunos de los nuevamente creados a perpetuidad. Siendo así que a comienzos del XVIII unos y otros estaban patrimonializados y la mayoría vinculados a familias de rango, en tanto que la provisión de los cargos electivos era en gran medida «controlada» por esas mismas familias que conformaban una «oligarquía dirigente» relativamente cerrada (aunque no exenta de renovación12), esencialmente nobiliaria (pero con algunos elementos burgueses), parasitaria (pues la mayoría son rentistas) y bien instalada en su posición de predominio sobre el resto de los ciudadanos. Con la entronización de la nueva dinastía borbónica el panorama no varió sustancialmente, pese a algunos intentos que los primeros monarcas llevaron a cabo pretendiendo revisar las regalías enajenadas (los oficios municipales entre ellas) y poner coto a esa patrimonialización de los oficios (mayormente perpetuos) que era vista como un grave perjuicio para el «buen gobierno» de los pueblos13. De hecho, lo más que hicieron fue parchear la situación con medidas parciales o «específicas» que procuraban subsanar problemas o aspectos concretos. En el caso que nos ocupa, por ejemplo, en 1713, aprovechando las disputas y divergencias internas de los grupos dirigentes locales, que rebrotaron con fuerza en el transcurso de la primera mitad del XVIII, el Consejo de Castilla -que era el principal responsable de recortar las competencias municipales- prohibió a los titulares o dueños de oficios que los ejercían personalmente nombrar tenientes o sustitutos, aunque tuvieran prerrogativa para ello, y ordenó que quienes así los estuvieran usando quedasen en suspenso hasta que la propiedad del cargo pasase por título legítimo a manos de otra persona (la medida afectó también a las otros concejos urbanos gallegos). Igualmente, despachó una segunda provisión, en su caso a instancias del titular de un regimiento a quien la corporación se negaba a recibir so pretexto de ciertas incompatibilidades, inhibiendo a la Real Audiencia de Galicia de dicho asunto así como de todos los demás concernientes a regidores y arbitrios de la ciudad, reservándose dicho conocimiento privativamente. Claro que esta disposición sólo tuvo vigencia durante unos pocos años, pues en la década siguiente el tribunal
12. ídem: «Dinámica de una oligarquía urbana: el cabildo de regidores compostelano durante los reinados de Felipe III, Felipe IV y Carlos II», en Minius, XIV, 2006, pp. 165-178. 13. En lo referente a la trayectoria y principales avatares de la institución municipal y sus gobernantes durante el XVIII, resumimos algunas de las conclusiones de nuestro trabajo: «Reformismo borbónico y gobierno municipal (las regidurías compostelanas, siglo XVIII)», en Obradoiro de Historia Moderna, 15,2006, pp. 205-237.
334
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
gallego ya aparece conociendo de las causas de los regidores compostelanos en tanto que la inhibición de los arbitrios se deroga en 1729. En cuanto a la dinámica interna de ese grupo de poder que es la oligarquía dirigente, continúa el cierre y se afianza su carácter aristocrático, hasta el punto de que en 1743 el consistorio decide por mayoría solicitar el estatuto de nobleza para la ciudad. Formalmente no lo consiguió, pero en la práctica el acceso al concejo para los plebeyos se fue haciendo cada vez más difícil, dado que entonces casi todos los oficios de regidor (incluidos los renunciables) estaban ya vinculados, siendo las entradas restringidas y «controladas» desde dentro por el propio grupo. Simultáneamente, se fue agravando y hace preocupante el problema del absentismo capitular; y no sólo porque empiecen a quedar oficios vacantes (aquéllos en los que sus dueños no presentaban las credenciales necesarias para ejercerlos, algo que en los siglos precedentes sólo había ocurrido de manera excepcional), sino, lo más grave, por el desinterés y reiterada inasistencia de los ediles titulados a los consistorios. De nada sirvieron las continuas quejas y protestas de los munícipes asistentes, ni tampoco los requerimientos y órdenes de la Real Audiencia contra una corrupción cada vez más evidente. Llegamos así al reinado de Carlos III que se sitúa en un momento crucial del final del Antiguo Régimen, donde a los anteriores problemas (algunos empeoran) se van a añadir otros nuevos. En primer lugar, las dos figuras institucionales ideadas por Campomanes y creadas en 1766 {procurador síndico personen y diputados del común), igual que ocurrió en otras localidades, no fueron bien acogidas por los dirigentes municipales. De hecho, se demora tanto la aplicación de la Instrucción como la celebración de elecciones. Incluso después de instauradas hubieron de sortear numerosas dificultades para asentarse, al tiempo que aumentan las tensiones y conflictos de competencia entre quienes ocupaban dichos oficios y los regidores u oligarquía tradicional, sobre todo a partir de 1780 cuando empiezan a salir electos como tales miembros de la burguesía adinerada que se quejan de tener poca capacidad de maniobra frente a aquéllos14.
14. Ibídem. Véase además CEBREIROS ALVAREZ, Eduardo: El municipio de Santiago de Compostela afínales del Antiguo Régimen (¡759-1812), Santiago de Compostela, 1999, pp. 252-254; y en lo que atañe a la oposición que las nuevas instituciones suscitaron en otras poblaciones: INFANTE MIGUEL-MOTTA, Javier: El municipio de Salamanca afínales del Antiguo Régimen, Salamanca, 1984, pp. 97-99; CUESTA MARTÍNEZ, Manuel: Oficios públicos y sociedad. Administración urbana y relaciones de poder en la Córdoba de finales del Antiguo Régimen, Córdoba, 1997, pp. 347-348; ROMERO MATEO, M" Cruz: Realengo y municipio: marco de formación de una burguesía (Alcoi en el siglo XVII!), Alicante, 1986, pp. 103-105; GUILLAMÓN ALVÁREZ, Francisco Javier: «Tensiones en el municipio de Bilbao en la segunda mitad del siglo XVIII», en Cuadernos de Investigación Histórica, 4, 1980, pp. 153-165; NOREÑA y SALTO, M" Teresa y NÚÑEZ PESTAÑO, Juan Ramón: «Reformismo y reacción en la administración local. Los conflictos entre el personero Carlos Soler Carreño y la oligarquía concejil de Tenerife (1786-1790)», en Coloquio Internacional de Carlos IIIy su siglo, II, Madrid, 1999, pp. 444-466. Bien entendido que no siempre sucedió esto, pues hubo localidades donde los nuevos oficios apoyaron e incluso tuvieron complicidad con los oligarcas locales, reforzando aún más su dominio y control. Y es que, como en su día señaló GUILLAMÓN ÁLVAREZ, la reforma municipal de 1766 fue un proceso desigual en sus ritmos, variable en sus acciones y con logros igualmente muy desiguales («Reformismo institucional y gobierno
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
335
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
Igualmente, dentro del consistorio el absentismo capitular se hace preocupante al tiempo que se produce un sensible aumento de las vacantes, siendo así que a veces ni siquiera se lograba reunir el «número necesario [de ediles] para el régimen económico de la ciudad». El problema fue lo suficientemente grave como para que en el año 1787 se denunciara extrajudicialmente ante la Cámara de Castilla, quien ordenó al concejo remitir un informe completo de los regimientos que había en la ciudad y cuál era su estado, señalando además término de dos meses a los propietarios de oficios «vacos» para que obtuviesen el título correspondiente. No sirvió de nada: las quejas continúan y lo mismo ocurre en el resto de los concejos urbanos de Galicia. Es por ello que en 1792 se trata el asunto en una sesión de la Junta del Reino, proponiendo sus diputados, como remedio, que los regidores fuesen vecinos de sus respectivos municipios y que se les otorgase un máximo de dos meses para tomar posesión del cargo, no gozando de derechos quienes no cumplieran las comisiones municipales repartidas por turno. Ni que decir tiene que era una medida -en realidad, una recomendación- harto difícil de aplicar, que tampoco surtió efecto, pues los oficios estaban patrimonializados y sus dueños disponían de ellos como de un bien sustantivo. Durante estos años también empeoran las relaciones de esa minoría dirigente con su señor, el arzobispo, pues van a estar salpicadas de tensiones. De hecho, rebrota la conflictividad antiseñorial, que a veces se entremezcla con la que internamente existía desde la primera mitad de siglo dentro del consistorio, aunque la ligazón entre ambas tiende a ser cada vez menor15. Para paliar precisamente esta conflictividad, en 1752 el conde de Itre, gobernador y capitán general del Reino, ya recomendara al arzobispo Rajoy la instauración de un corregidor forastero, letrado, trienal y sometido a residencia, que administrase justicia en vez de los dos alcaldes ordinarios existentes. Incluso presentó el proyecto ante el Consejo de Castilla, donde se negoció con los co-depositarios del señorío, pero las gestiones fracasaron porque la propuesta de los interlocutores catedralicios dejaba poco margen de maniobra o no interesaba al poder real. Se volvió sobre el asunto en otras tres ocasiones: una en 1761, por iniciativa de la ciudad que lo consideraba un paso hacia su incorporación al realengo, un viejo anhelo; otra diez años más tarde, promovida asimismo por Rajoy como reacción frente a la «osadía e insolencia» con la que procedían las autoridades municipales frente a algunos de sus proyectos; y la tercera a fines de 1782, a instancias del cabildo eclesiástico que reenvía la propuesta a la alta Cámara, pretendiendo así acabar con la negligencia y parcialidad
municipal en el siglo XVIII», en ALVAR EZQUERRA, Alfredo, DE BERNARDO ARES, José M. y MOLAS
RlBALTA, Pere (coords.): Espacios urbanos, mundos ciudadanos: España y Holanda (ss. XVI-XVIU): Actas del VI Coloquio Hispano-Holandés de Historiadores celebrado en Barcelona en noviembre de 1995, Córdoba, 1998, pp. 65-82). 15. Dado que ésta tiende a polarizarse entre facciones o luchas de bandos de nuevo reanimadas, primero, y entre instancias tradicionales (justicia y regimiento) e instancias nuevas (diputados y personen) del común), después. Para análisis y más detalle, LÓPEZ DÍAZ, María: Reformismo borbónico, op. cit., pp. 223-227. Ocurre también en otras localidades; véase, al efecto, PÉREZ PICAZO, M" Teresa: Oligarquías municipales, op. cit., pp. 58-62.
336
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
con la que se comportaban los municipes, a lo que el gobernador respondió que el expediente no podía resolverse mientras la sede estuviera vacante16. Posiblemente, el concejo no fue del todo ajeno a dicha resolución, pues quienes lo dominaban (regidores y oligarquía tradicional), tras la creación de los nuevos oficios electivos, que fue algo así como una primera alerta de lo que podía suceder si el control de la corporación se les escapaba de las manos, eran plenamente conscientes del perjuicio que podría ocasionarles la implantación de un corregidor en vez de los dos alcaldes ordinarios cuya elección mediatizaban, sobre todo si aquél era de designación real. En estas circunstancias la situación si no se agravó tampoco mejoró. Prueba de ello es que apenas transcurridos dos años, en 1786, la recién creada Sociedad Económica de Amigos del País de Santiago presentaba un escrito ante el cabildo eclesiástico, solicitándole que pusiese remedio al desorden y males que aquejaban a la ciudad por la falta de justicia que se constataba en ella17. Para entonces la sede ya tenía dueño, pollo que cabía pensar en algún tipo de medida. Pero a su nuevo titular, fray Sebastián Malvar y Pinto, no le preocupaba demasiado este asunto, pues tenía otras prioridades. Así es que durante los años posteriores continúan las disputas y animadversión entre ambos poderes. Estos son algunos de los indicios o signos de agotamiento y «crisis» del modelo municipal de Antiguo Régimen así como del sistema que lo sustenta, unos signos que tras la muerte de Carlos III y sobre todo en la década finisecular y primeros años del XIX se van a hacer cada vez más evidentes, al compás de lo que el profesor Ruiz Torres ha denominado «una política contradictoria en una época de contradicciones sociales» a las que el reformismo ya no podía dar respuesta18. En lo que atañe por ejemplo a los diputados y síndico personero, como no conllevaban fermentos revolucionarios, van a sobrevivir a la reacción que después de 1789 encabezó Floridablanca tratando de prevenir contagios revolucionarios, pero se frenaron sus expectativas de ampliar competencias con la complicidad del poder real. Así, en septiembre del año 1788 el Real Acuerdo ordenaba a los alcaldes compostelanos que no convocasen ningún consistorio sin llamar previamente a los diputados del común'9. Pues bien, al cabo de dos meses éstos todavía seguían pidiendo que se cumpliera dicha real provisión20 y en enero del año siguiente protestaban porque no se les había permitido votar en las elecciones de oficios y se incumplía la disposición de la
16. lo PEZ FERREIRO, Antonio: Fueros municipales de Santiago y de su tierra, Madrid, 1975 (edición facsímil de la de Santiago, 1895), pp. 627-633; Historia de la Santa A.M. Iglesia de Santiago de Compostela, Xunta de Galicia (edición facsímil de la de Santiago de Compostela, 1911), I-XI, csp. tm. XI, pp. 3738. 17. Ibidem, pp. 38-39. 18. RJIZ TORRES, Pedro: «La crisis municipal como exponente de la crisis social valenciana a finales del siglo XV1I1», Estudis, 3, Valencia, 1974, 167-197, esp. 179. 19. AHUS: Municipal, LdC 1788, n" 266, CO 3/10/1788, ff. 166v-167; también LÓPEZ FERREIRO, Antonio: Fueros municipales, op. cit., p. 623. 20. AHUS: Municipal, LdC 1788, CO 16/12/, ff. 251v-252.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
337
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
Audiencia de Galicia21. Incluso recurrieron a dicho tribunal, pero, sorprendentemente, ahora el Acuerdo dictó un auto precisando que sólo podían asistir a reuniones sobre abastos y caudales públicos y a todas las que tuviesen interés para el público o pudiesen perjudicarles22, con lo cual corrigió los términos generales de lo que había dispuesto un año antes. En 1793, posiblemente al amparo del nuevo gobierno o de tiempos más revueltos, aquéllos vuelven a intentarlo: para ello iniciaron acciones legales en el mismo tribunal, en su caso para lograr el reconocimiento a participar en las elecciones de alcaldes ordinarios (elaboración de cobrados), tenientes coroneles de milicias, comisarios de millones, etc. Pero la resolución del alto tribunal volvió a ser tajante, dictaminando que no tenían voz ni voto en las mencionadas elecciones ni tampoco en los demás actos «privativos» de la ciudad23. Tampoco parecen haber mejorado las cosas en lo tocante a la asistencia. Hay, sin embargo, una novedad con respecto a las décadas precedentes en la forma de afrontar el problema desde el concejo: aparentemente cesan las quejas ante los órganos e instancias superiores, quizás por miedo o temor a que éstos adoptasen medidas drásticas en un momento en que las exigencias hacia los ayuntamientos eran cada vez mayores y más urgentes. Incluso cuando se les requiere información al respecto procuran ocultar o maquillar la realidad. Posiblemente, con ello trataban de preservar su posición, máxime en unos tiempos que se tornan cada vez más revueltos y difíciles. Y en el mismo sentido cabe interpretar la férrea oposición del regimiento frente a los intentos del conde de Altamira por reactivar -mejor habría que decir activar, pues nunca se usó- el oficio de regidor que Felipe IV concediera al conde duque de Olivares en la ciudad como una de las que tenía voto en Cortes. En su caso con éxito, pues continuó desactivo, dado que el entonces titular de la Casa (los Altamira) ya disponía de otras dos regidurías en ella (una renunciable y otra perpetua). Igualmente, son notorios los intentos del grupo dirigente por proteger y reforzar su posición dentro del ayuntamiento: no en vano las tres cuartas partes de las regidurías eran renunciables y de provisión episcopal; o sea, que sus dueños no tenían sobre ellas la plena disponibilidad. Como es lógico, su deseo era convertirlos en reales y perpetuos. De ahí que en 1782 la corporación elevara una representación al Consejo de Castilla, solicitando el establecimiento de regimientos reales en todas las ciudades de voto en Cortes, apelando para ello a los perjuicios que les deparaba el que fuesen de abadengo24. La iniciativa no prosperó, por lo que vuelven a intentarlo seis años después: en esta ocasión en una Junta del Reino, donde el diputado compostelano Francisco Taboada y Gil llama la atención sobre la inestabilidad de las regidurías renunciables de la ciudad por tenerse que renunciar semanalmente, una formalidad que hacía que a veces se «perdiese» o «colase» el oficio y fuese provisto directamente por
21. Ibidem, LdC 1789, n" 267, CO 3/1 /1789, ff. 4v y 18-18v. 22. Ibidem, CO 29/5/1789, ff. 312 y 307-307v. 23. ibidem, LdC 1794, n" 277, CO 14/2/1794, f. 93. 24. ibidem, LdC 1782, n"251, CO 19/2/1782, ff. 86-86v.
338
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
el prelado. Pidió que la mencionada asamblea enviara una representación a la Cámara de Castilla con el fin de que se fijara la propiedad de dichos oficios «a perpetuidad» en las Casas que ya los poseían25. Cosa que aquélla hizo, dando cuenta del grave perjuicio que la mencionada situación causaba también en las otras tres ciudades episcopales del Reino, pero la gestión no fructificó. Como tampoco lo haría en 1794, cuando la misma Junta reitera su demanda, añadiendo que únicamente deberían revertir los oficios a los prelados en el supuesto de demencia o inexistencia de sucesores legítimos del poseedor26. En lo que atañe a la sociología de los regidores de estos años, lo más destacable es que, a diferencia de lo que ocurre en otras ciudades, no se constata en Santiago un retorno de la alta nobleza a la política activa27: en realidad, aquí nunca estuvo presente, pues sólo ejerció el cargo excepcionalmente (conde de Altamira) o para determinadas comisiones (procuraduría en Cortes); y del resto de los regidores con título nobiliar que sí lo desempeñaron sólo uno viene del setecientos, los otros lo obtuvieron en el transcurso del XVIII, siendo su procedencia diversa. Igualmente, consolidaron su posición aquellos linajes que habían ingresado de nuevo en el regimiento durante la última centuria, la mayoría de origen burgués. Aun así, el protagonismo indiscutible sigue correspondiendo a la hidalguía y baja nobleza local o provincial, que acredita procedencias diversas. Entre ellos se cuentan algunos apellidos de lustre pero exógenos (familias oriundas o enraizadas en otras ciudades, mayormente Coruña) y también conocidos personajes de la Ilustración gallega28. Ni que decir tiene que son ilustrados moderados, que tratan de conciliar esas ideas renovadoras con el respeto al sistema constituido, al que además sirven (y no sólo como regidores) y del que obtienen privilegios. Es más, cuando los ven amenazados por alguna razón o que peligra su posición dentro del mismo reaccionan, adoptando una postura claramente conservadora. En este sentido, es elocuente la propuesta que en el año 1804 hace el regimiento en un informe que elabora a pedimento del Real Acuerdo y Consejo de Castilla sobre el arraigo de sus regidores. Después de referir los inconvenientes del cargo (el principal: que no tenian dotación alguna y que su desempeño sería «insoportable» para quien
25. Sesiones de 30 de abril y 24 de mayo de 1788 (FERNÁNDEZ-VILLAMIL, Enrique: Juntas del Reino de Galicia, Madrid, 1962, II, pp. 51-52). 26. ACTAZ.A, Manuel María de: A Xunía do Reino de Galicia no final do Amigo Réxime (1775-1834), La Coruña, 1993, pp. 103-104, donde se hace eco también de lo anterior. 27. Cfr. VILLAS TINOCO, Siró: «Poder y poderes en la ciudad del Antiguo Régimen», en Baetica. Estudios de Arle, Geografía e Historia, 21, 1999, p. 373; y «Andalucía en el tránsito a al Edad Contemporánea», en Baetica. Estudios de Arte, Geografía e Historia, 20, 1998, pp. 406-407. 28. Caso de los coruñeses José Francisco Cornide y Folgueira y de Antonio Vicente Zuazo de Mondragón y Ron, marqués de Almeiras, dueño del complejo textil de Sada; pero también del doctor José Somoza Osorio Suárez de Lobera, catedrático de prima cánones de la Universidad de Santiago, Juan Francisco Javier Somoza y Ulloa, teniente coronel de los ejércitos de la ciudad compostelana, conocido por sus traducciones de algunas obras francesas, o Juan Cisneros Sarmiento y Ulloa, conde de Gimonde. Y seguramente no eran los únicos: no en vano se creó la Sociedad Económica de Amigos del País en la ciudad en el año 1784 con el respaldo y una nutrida representación de la clase política local.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
339
M A R Í A LÓPEZ D Í A Z
careciese de rentas suficientes), añaden que les parecía «que devieran tener algún tratamiento y distinción más», pues de todos los empleos de gobierno de la Monarquía el de regidor en el Reino de Galicia se servía sin el menor estipendio, desempeñando muchas y graves comisiones del real servicio y bien de la comunidad con total desinterés. No sin recordar que quienes lo ejercían ya eran y siempre habían sido «sugetos de notorio arraigo y nobleza principal del Reyno» M. Es obvio el cambio respecto a las reivindicaciones formuladas en la década de 1780: entonces se pedían la perpetuidad de los cargos; ahora, a comienzos del XIX, dado el rechazo cada vez mayor que suscitan los oficios perpetuos30, ciertas distinciones, indirectamente quizás la nobleza preceptiva, ya fuese por intereses de clase o porque consideraban que la sociedad precisaba del soporte nobiliar que no debía ser debilitado. Con todo, lo que más sorprende es que los diputados y el personero del común avalan la propuesta, estimando «de necesidad deverse servir (dichos cargos) por sugetos de calificada conducta y avono para responder a las obligaciones propias de su empleo, y a fin de evitar operaciones ¡regulares que serían temibles si recaisen en sugetos yndigentes», lo que pone de relieve el potencial «revolucionario» de los pobres e indigentes que vagan por la ciudad. Acaso por el propio contexto de crispación, pobreza y malestar social de estos años que se intuye como detonante de la propuesta. Otro tanto puede decirse de la airada y contundente respuesta de la oligarquía municipal frente a una curiosa representación que el también ilustrado y polémico Juan José Caamaflo y Pardo, conde de Maceda, envió a finales de 1801 a Godoy, donde recomendaba la implantación en la ciudad de un «gobernador político militar» en vez de los dos alcaldes ordinarios y las dos justicias señoriales (asistente y juez ordinario de la quintana). Todo con el fin de acabar con «la relaxación de costumbres» y deficiente administración de justicia, que, según él, había en la ciudad, como consecuencia de la existencia de numerosos jueces que no cumplían con su cometido y que además entraban en competencia entre ellos31. Pues bien, cuando el concejo tuvo conocimiento de dicho escrito y fue requerido por ello, sus dirigentes lo tildan de falso, infame,
29. AHUS: Municipal, LdC 1804, CO 30/10/1804, ff. 225-225v (el subrayado es mío). 30. En el plano doctrinal destaca el ilustrado vasco José Agustín lBÁÑEZ DE LA RENTERÍA y su Discurso sobre el gobierno municipal, publicado como apéndice por Mariano BAENA DEL ALCÁZAR: Los estudios cíe la Administración en la España del siglo XVIII, Instituto de Estudios Políticos, Madrid, 1968, pp. 113-149, pronunciado en 1783. La edición completa de los cuatro Discursos es de la Imprenta de D. Pantaleón Aznar, Madrid, 1797. 31. AHUS, Municipal, LdC 1802, CO 22/1/1802, ff. 43-57. Extracta algunos de los párrafos de esta representación MEIJIDE PARDO, Antonio: Juan.José Caamaño y Pardo (I761-1819), Conde de Maceda, ¡Ilustrado y Economista Ferro/ano, A Coruña, 2001, p. 26. Otros ilustrados gallegos ya habían llamado la atención antes de este problema que solía darse en el Reino como consecuencia del predominio señorial y de sus consecuencias, caso de HERBELLA DE PUGA, aunque su propuesta es otra: él defiende la retrocesión de la jurisdicción cedida en siglos anteriores a la monarquía e implantación de corregimientos (Discurso sobre la necesidad de que se establezcan corregimientos en el Reino de Galicia, Santiago, 1767). Caamaño y Pardo constata la situación, pero -nótese- en ningún caso pide o plantea la supresión del sistema señorial, sino la instauración o añadido de una nueva institución.
340
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico ai primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
temerario e incluso monstruoso (de hecho, se pide que sea quemado en la plaza pública como libelo infamatorio), al tiempo que defienden la condición abadenga de la ciudad, restando importancia a esta circunstancia, pues, precisaban, las justicias señoriales juzgan por la ley real y su jurisdicción aunque se denominaba así (abadenga o señorial) emanaba toda del rey. Paradójicamente, a finales del año 1804 o principios del 1805 son esas mismas autoridades municipales quienes presentan ante el Consejo de Castilla un memorial en el que denuncian los abusos de los tribunales y justicias señoriales, solicitando que se suprimieran y dejara sólo a los dos alcaldes ordinarios (justicia municipal)32, lo que de producirse habría precipitado el fin del señorío episcopal. En estrecha relación con ello, en junio de 1802 se había aprobado una disposición general que trataba de regular el nombramiento y salario de los alcaldes mayores de señorío, pues «por ahorrar sueldos de dependientes, y conservar las antiguas miserables dotaciones..., [ios señores] reúnen en una persona este ministerio con el de administradores de sus rentas y estados»33. No afecta especialmente al prelado compostelano, pues desde la segunda mitad del XVI ya designaba como justicias señoriales (alcalde mayor o asistente y el juez de la quintana) a letrados seglares, con retribución expresa y además estaban sometidos a residencia34. No obstante, sí pudo favorecer la mencionada denuncia, dado que los nominados solían ser dependientes o personas del entorno del mitrado de turno. Es, precisamente, esta última circunstancia, unido al desorden y empeoramiento de las condiciones de vida en la ciudad por la afluencia de pobres y desarraigados, lo que hace que surjan conflictos de competencia entre dichas justicias, sobre todo el asistente, y la corporación municipal35. Sea como fuere, en este contexto recobra fuerza la denuncia efectuada por Caamaño ante el mismo organismo, quien comisiona de nuevo al Real Acuerdo para que informe sobre el asunto. Incluso se emplaza al cabildo eclesiástico, mientras en las altas instancias ambas partes se cruzan duras acusaciones y buscan todos los apoyos posibles para su respectiva causa. Forma parte de lo que López Ferreiro denominó, no exento de interés, una «conspiración» en toda regla del ayuntamiento contra le señorío episcopal, que concluye a principios de 1807 con el sobreseimiento del proceso. Claramente, los acontecimientos políticos que sobrevinieron en la Corte, unido a las grandes presiones que allí se entrecruzaron acabaron favoreciendo al arzobispo, pues
32. Da cuenta del asunto, partiendo de las actas del cabildo eclesiástico, LÓPEZ FBRRIÍIRO, Antonio: Historia, op. cit., XI, 121 -123. No nos consta referencia alguna en la documentación municipal hasta 1806, y aun entonces muy vaga (AHUS: Municipal, LdC 1806, CO 3/1/1806, ff. 8-9). 33. Novísima Recopilación, Vil, 11, 32. Sobre los abusos y quejas de la justicia señorial, véase DOMÍNGUliZ ORTIZ, Antonio: Sociedad y Estado en el siglo XVlll español, Barcelona, 1976, pp. 434-435. 34. tol'tiz DÍAZ, María: Señorío y municipalidad. Concurrencia y conflicto de poderes en la ciudad de Santiago (siglos XVI-XV11), Santiago de Compostela, 1997, pp. 230-242. 35. AHUS: Municipal, LdC 1804, n° 297, CO 7/2/1804, f. 70: Querella contra el juez asistente por rondar; CO 9/2/1804, f. 75; CO 14/4/1804, f. 213; n° 298, CO 24/11/1804, f. 285; LdC 1805, n° 299, CO 5/4/1805, etc.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
34 l
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
conservó el dominio sobre la ciudad, aunque las relaciones entre ambos poderes quedaron muy deterioradas. De hecho, en los meses que siguen continúan las fricciones y no será hasta finales de año cuando se «pacifiquen» definitivamente las cosas. Aun así, es obvio que a estas alturas la institución señorial ya estaba moribunda. Lo que acabamos de referir son sólo algunos de los síntomas de esa crisis que le afecta o, si se prefiere, los últimos estertores de la misma, previos a la disolución de ese centenario vínculo que traerá consigo el régimen liberal. Algo parecido ocurre en el caso de la institución municipal y su clase política. Continúa el desinterés por ejercer los oficios tradicionales, sobre todo los electivos. Concretamente, en los bancos del regimiento hay varios vacantes (prueba de la ineficacia de las disposiciones y requerimientos de los años 1780-90), cada vez son menos los dueños de oficios que se acreditan para ejercerlos, continúa el problema del absentismo y existe una menor movilidad o renovación de personas (pues la de familias ya es prácticamente nula). Así, según el borrador de un informe elaborado en 1812 por el concejo a instancias del Real Acuerdo36, de los veintidós cargos que componían el cabildo de regidores cinco estaban vacantes (23%) y diecisiete activos (cuatro perpetuos y trece renunciables de provisión arzobispal), aunque realmente solo se desempeñaban (con asistencia diversa) diez, es decir, menos de la mitad de la plantilla (45'5%). De esos diecisiete cargos activos sólo en ocho casos el titular «con uso» era el propietario o dueño del mismo (esto es, un 47% de los mismos; el 37% de toda la planta cuando a mediados del XVIII ese porcentaje era del 55-60%), mientras que en los nueve restantes el oficio figura cedido a tenientes o personas de su entorno personal o familiar. Por su parte, en el caso de los viejos cargos electivos (alcaldías ordinarias y procuraduría general) durante la década finisecular y primeros años del XIX proliferan las excusas y disculpas de los electos para ejercerlos, sobre todo si son nobles que eran partidarios de los privilegios por nacimiento. La corporación suele desoírlas, lo que no impidió las incomparecencias, siendo así que a veces la corporación incoa expediente ante la Real Audiencia para «obligarles» a aceptar37. Por lo que sabemos de los nuevos cargos creados en 1766 (diputados y síndico personero del común) la oligarquía dirigente no logró controlarlos, cuanto menos en la medida deseada, y la causa de esa imposibilidad radicaba en el sistema electoral. Por eso atacó el proceso y, como hizo alguna otra localidad, no dudó en proponer uno que le permitiera seleccionar a las personas que habrían de optar al cargo38. Ocurre en 1808, en el informe que elaboró a pedimento del Real Acuerdo, conforme a una orden del Consejo de Castilla, sobre la necesidad de fijar un procedimiento justo para las
36. Ibidem, LdC 1812, n° 319, ff. 434v-435. 37. Ibidem, LdC 1802, n° 291, CO 12/1/1802, f. 28; CO 15/1/1802, f. 37; LdC 1803, n° 294, CO 1 /1 /l 803; CO 15/1/1803; LdC 1805, n" 299, CO 12/1/1805; n° 301, CO 19/12/1805; LdC 1806, n° 302, CO 1/1/1806; LdC 1807, n" 304, CO 30/12/1807; LdC 1808, n° 306, CO 1/1/1808; CO 9/1/1808, etc. 38. Caso de Valencia, que en el año 1805 pidió que se emplease el sistema insaculatorio (IRLES VICENTE, M;1 Carmen: El régimen municipal valenciano en el siglo XVIII. Estudio institucional, Alicante, 1995, pp. 218-219).
342
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
mencionadas elecciones, con el fin de acabar con los abusos y fraudes denunciados. El concejo comisiona al regidor Francisco Javier Somoza, quien, igual que los de Lugo y Betanzos, reconoce que existían problemas en la ciudad, que solían producirse graves desórdenes y abusos en las elecciones. Señala, además, que las elecciones estaban viciadas, pues se tomaba excesivo interés en que salieran elegidos parientes de panaderos, mesoneros, taberneros o abastecedores, con el fin de elevar los precios o tolerar sus fraudes al público, razón por la cual los vecinos honrados ya no acudían a votar y se generaban «odios» en los electos contra el resto de los munícipes. Y concluye que, si no se consideraba oportuno suprimir «como inútiles» los mencionados oficios, a los que imputa haber «eclisado el esplendor y reputación de las ciudades», sí al menos se debería reformar el procedimiento de elección, proponiendo que se siguiese uno parecido al utilizado para la designación del procurador general. En realidad, era una mezcla de éste y del sistema de cobrados usado para nombrar los alcaldes ordinarios; o sea, con unas elecciones controladas desde dentro del ayuntamiento39. Ni que decir tiene que éste respaldó la proposición, aunque en las altas instancias no debió tenerse en cuenta, pues la mecánica electoral continuó siendo la misma. Más allá del resultado, esto como todo lo anterior nos habla de una crisis del sistema a nivel local, en lo que atañe a las instituciones municipal y señorial, pero también de las resistencias de los poderes tradicionales a las reformas y remodelaciones planteadas por la Corona. Una crisis y la consiguiente dialéctica que desde luego precede de largo a la quiebra final del Antiguo Régimen. Aunque no es menos cierto que en la década final del XVIII y primeros años del XIX se impulsa, iniciándose ya la fase de descomposición. Solo hará falta una crisis institucional de gran envergadura, como la de 1808, para que la quiebra o ruptura entre además en fase de expresión jurídica e institucional. 2. EL RÉGIMEN MUNICIPAL DURANTE LA OCUPACIÓN FRANCESA El inicio del cambio en las estructuras del gobierno local se gestó con el estallido de la guerra en 1808. El detonante fue la ocupación de Madrid por parte de las tropas
39. Concretamente, el procedimiento sería el siguiente: el 31 de diciembre, reunido el ayuntamiento en pleno (capitulares) con el procurador general, los cuatro diputados del común y el síndico personero votarían para proponer como diputados a cuatro personas «hábiles e idóneas» y para procurador personero otras dos. Al tiempo se hallarían once compromisarios (vecinos de conocida honradez), escogidos en las once parroquias (cinco de ellos por un regidor y el procurador general y los otros seis por otro regidor y el sindico personero), que serían los que, finalmente, elegirían a los dos diputados y al síndico personero que habían de servir los cargos durante el año siguiente (AHUS, Municipal, LdC 1808, n" 306, CO 12/1/1808, ff. 235-238, 215v). Por lo que sabemos, los conflictos, tensiones y presiones en los comicios celebrados para elegir diputados y personeros del común fueron abundantes también en otras localidades; véase, a modo de ejemplo, GARCÍA MONERRIS, Encamación: La Monarquía absoluta y el ayuntamiento borbónico (La reorganización de la oligarquía urbana en el Ayuntamiento de Valencia: 1707-1800), Madrid, 1991, pp. 358-374; y SÁNCHEZ SALAZAR, Felipa: «El control del poder local: elecciones municipales en tierras de Jaén en el siglo XVIII y primer tercio del XIX», en Actas del II Congreso de Historia Je Andalucía (Córdoba, 1991, Andalucía Moderna III), Córdoba 1995, p. 620.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
343
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
hasta entonces consideradas aliadas, la renuncia de Fernando VII y posterior nombramiento de Murat como lugarteniente general del Reino. En los días que siguen y dadas las noticias que llegan a Galicia, algunas ciudades se plantean organizar una Junta similar a las que estaban formándose en otras localidades no ocupadas40. Corufia fue la pionera, creándola el 30 de mayo de dicho año. Ese mismo día 30 por la noche el arzobispo hizo lo propio en Santiago: constituyó una Junta de Armamento y Defensa, que toma las riendas del poder. Dicha Junta se componía de diecinueve vocales, la mayoría de los cuales eran miembros del clero (seis), considerado un instrumento disuasor de posibles levantamientos de masas, algunos representantes de la Universidad, otros de la hidalguía rentista y del comercio local, además de tres sujetos no identificados (posiblemente militares y jueces) y sólo un miembro del cabildo municipal; hecho este último que López Ferreiro achaca al referido contencioso que mantuvieran el prelado y el concejo por el seflorío de la ciudad, así como a la desconfianza que algunos de sus integrantes provocaban en el pueblo, mayormente porque el mismo día 31 éste había publicado un bando en el que proclamaba al gran duque de Berg Murat como lugarteniente general del Reino de España41. En virtud de ello la gobernación municipal pasó a manos del prelado, que es quién preside la mencionada Junta y tiene como vicepresidente un canónigo. O sea, que sigue estando en manos de un poder que encarna el Antiguo Régimen. El 2 de junio la Junta de Coruña convoca y acuerda declararse Suprema y Gubernativa en el Reino de Galicia, en nombre de Fernando VII, arrogándose el derecho de dictar providencias sobre todas las demás juntas42. La medida disgustó a las otras Juntas Locales, especialmente a la de Santiago que continuó ejerciendo a su vez un poder que Barreiro Fernández califica de «prácticamente soberano», iniciándose entonces una guerra abierta entre ambas juntas, que fue alimentada por el arzobispo al
40. Caso, por ejemplo, de Palencia (SÁNCHEZ ARCILLA BERNAL, José: «El municipio de Palencia durante la ocupación francesa, 1808-1813. Ñolas para el estudio del régimen municipal josefinista», en MERCIIÁN FERNÁNDEZ, Carlos (coord.): Actas del l Congreso de Historia de Palencia, 1987, III, pp. 69-139, esp. 86-87). Como ocurrió allí, también aquí previamente se había comunicado al ayuntamiento la renuncia de Fernando Vil a la Corona, mediante una carta del Consejo de Castilla, así corno el nombramiento de Murat como lugarteniente del Reino y la aceptación del duque de Berg de dicho cargo y el de presidente de la Junta Suprema de Gobierno. Igualmente, el 25 de mayo, por una real orden de éste se notificaban los deseos del Emperador de reunir en Bayona una «Diputación General» de 150 personas, compuesta de «Clero, Nobleza y Estado General para tratar de la felicidad de toda España, proponiendo todos los males que el anterior sistema le han ocasionado, y reformas y remedios más convenientes para destruirlos en toda la nación, y cada provincia en particular» (AHUS: Municipal, LdC 1808, n" 307, CO 25/5/1808, f. 30). Santiago, como ciudad de voto en Cortes a quien toca designar diputados junto con la de Coruña, debía enviar dos: nombran a don Joaquín de Luna, marqués de Camarasa, natural del Reino pero residente en Madrid, que no acepta, y a don Joaquín Tenreiro Montenegro, síndico procurador general que fue el año 1807 por la clase de caballero, que entonces estaba también en la Corte (CO 27/5/1808, ff. 34-35; CO 17/6/1808, f. 96). 41. LÓPEZ FERREIRO, Antonio: Historia, op. cit., pp. 131-132.
42. AHUS: Municipal, LdC 1808, n° 308, CO 7/7/1808, f. 70.
344
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
considerar que él debería ser el presidente de aquélla43. Igualmente, tensas fueron las relaciones de la Junta compostelana con el ayuntamiento, dado que éste, amparado por la Junta del Reino, se muestra renuente a colaborar cuando no entorpece la acción de aquélla44. Por el contrario, el vecindario parece estar del lado de la Junta, colaborando siempre que se le requiere a través de proclamas, edictos o bandos publicados al efecto, lo mismo que el cabildo eclesiástico45. En cambio, ve con desconfianza la actuación del consistorio, tal y como se puso de manifiesto las noches del 21 y 22 de junio: los ánimos populares estaban tan exaltados que se produjeron una especie de motines en contra del ayuntamiento. Hecho que las autoridades municipales se apresuraron a denunciar ante la Junta Suprema del Reino para que tomara las providencias oportunas, con el fin, decían, de evitar que se repitieran46. Un paso más en el modelo de gobierno que se instaló durante estas fechas, precisamente para evitar estas rivalidades y tensiones, se da en el mes de julio con la instauración de un gobernador militar en Santiago y su provincia por orden de la Junta Suprema del Reino. Se designa como tal al oficial de marina don Juan Alonso de Espino y, entre otras funciones, se le encomienda presidir una «junta de seguridad» que estaría compuesta por el alcalde mayor, un regidor, un diputado del común, el personero del común, un caballero de distinción y un asesor si fuere necesario, a quien se encarga conocer de todas las causas de malhechores, ladrones, contrabandistas, revoltosos y detractores del gobierno, sin por ello derogar el que competía a los jueces ordinarios47. Disgustó y mucho la medida a la Junta compostelana, pero sobre todo a su presidente, el prelado, así como al codepositario del señorío, el cabildo eclesiástico, quienes acordaron aprobar una protesta por lo que podía perjudicar dicho nombramiento «a la jurisdicción civil y criminal que ejercen los Jueces nombrados por la Iglesia»48, o sea, a las justicias señoriales (asistente o alcalde mayor y juez de la quintana). En todo caso, estas circunstancias de excepción duraron sólo unos meses, pues a finales de septiembre de ese mismo año se crea la Junta Suprema Central, en Aranjuez, que presidida por Floridablanca contaba entre sus componentes por Galicia al regidor compostelano conde de Gimonde y al tudense don Manuel de Aballe. Entre otras disposiciones, el mencionado órgano central ordenó la extinción de las Juntas que se habían formado en las localidades cabeza de partido, con lo cual la dirección política de la ciudad, trasvasada desde la Junta a la corporación municipal, tuvo asegurada la continuidad de gobierno, ya que las antiguas autoridades aunque no participaron en
43. B\RRtilRO FERNÁNDEZ, Xosé Ramón: Historia contemporánea, op. cit., pp. 52-53. Sobre las tensas relaciones de ambas juntas, antes LÓPEZ FERREIRO, Antonio: Historia, op. cit.. pp. 139-148. 44. A principios del mes de agosto, por ejemplo, hay divergencias por la ocupación de la sala consistorial y el retrato de Fernando Vil (AHUS: Municipal, LdC 1808, n° 308, CO 10/8/1808, ff. 328-328v, 322-322v, 324-324v). 45. BARREIRO FERNÁNDEZ, Xosé Ramón: Historia contemporánea, op. cit., p. 148. 46. AHUS: Municipal, LdC 1808, n" 307, CO 24/6/1808, ff. 105, 106-107; n" 308, CO 10/8/1808, f. 323. 47. Ibídem, n" 307, CO 30/6/1808, f. 242; n° 308, CO 6/8/1808, ff. 356-357v. 48. Ihidem, CO 10/8/1808, ff. 328-328v; LÓPEZ FERREIRO, Antonio: Historia, op. cit., p. 143.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
345
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
pleno en aquélla estuvieron representadas (recuérdese, un regidor) y además su instauración (como Junta de Defensa y Armamento) no supuso la desaparición o disolución formal del ayuntamiento. A partir de entonces proliferó por parte de éste la creación de juntas particulares para la administración de los distintos ramos, a instancias de la Junta del Reino o de los mandos militares. En los primeros días del mes de enero de 1809 se inicia la gran invasión de los franceses sobre Galicia, lo que dará lugar a una nueva situación de excepción. Teniéndose conocimiento de ello en la ciudad a través de un oficio del Reino, y para evitar desavenencias como las ocurridas durante los meses precedentes entre la Junta Permanente y el ayuntamiento, el día 7 del mencionado mes se reúnen las dos corporaciones en el consistorio bajo la presidencia del arzobispo (en «Junta de Gobierno») para hablar sobre los medios y medidas a tomar (en cuanto a «armamento y alistamiento de gente») para la defensa de la religión y de la patria49. Lo mismo ocurriría en otras sesiones posteriores donde se acuerda disponer todos los aprestos necesarios para la campaña y defensa de la ciudad50. Con poca efectividad, pues el día 13 ya se publica un bando, dando cuenta del cercamiento a que la someten las tropas francesas. Incluso en esa misma junta o «congreso de autoridades de Santiago» se acuerda nombrar una diputación que les manifieste el deseo del pueblo de recibirles en paz51. Es el principio de la ocupación francesa que se produce el día 17 cuando una avanzada del general Franceschi, del ejército de Soult toma la ciudad sin apenas dificultad, con la consigna de apoderarse del arzobispo Múzquiz. Pero éste, igual que algunos miembros del cabildo eclesiástico, había huido. Después vendría la entrada en la ciudad, la proclama de Napoleón, el juramento de sumisión al rey José I y el acta de capitulación de las autoridades locales52. En lo que a la gobernación se refiere, como primera medida las autoridades militares ocupantes, encabezadas por el general Marchand, procuraron rodearse de afectos al partido francés: así, el 20 de enero nombran como «alcalde adjunto» al catedrático don Manuel Sánchez Boado y Fraguío, para que lo fuese juntamente con el que estaba designado por el arzobispo53, y a Bazán de Mendoza como jefe de policia y director de la Universidad. Apenas transcurridas unas semanas reforzaron las atribuciones de Sánchez Boado, designándolo además «prefecto de policía» al mando de la restablecida milicia honrrada (según notificación recibida en el ayuntamiento el día 12 de febre-
49. En realidad, reza el encabezamiento «En este Ayuntamiento, Junta de Gobierno y Congreso que han celebrado los señores Justicia y Regimiento, Junta de Gobierno, Priores de Comunidades y pudientes de esta Muy Noble y Muy Leal ciudad de Santiago» (AHUS: Municipal, LdC 1809, n° 309 (dominación francesa), CO 7/1/ 1809). Trascribe la primera de las actas de consistorio mencionada LÓPEZ FERREIRO, Antonio: Historia, op. cit., pp. 157-158. 50. ibídem, pp. 159-160. 51. AHUS: Municipal, LdC 1809, n° 309 (dominación francesa), CO 13/1/1809, f. 1 y ss. 52. Ibídem, CO 19/1/1809, f. 15; CO 24/1/1809, f. 66; CO 25/1/1809, f. 81; CO 27/1/1809, f. 107, etc. 53. Y a fin de favorecer el aprovisionamiento, alojamientos, bagajes y demás de la tropa francesa (ibídem, CO 20/1/1809, f. 21).
346
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
ro) y «corregidor de la ciudad y provincia» (el 17), en ambos casos, se explicita, con derecho a «acompañarse» de seis personas «a su elección» que le ayudasen en dichas tareas (junta de prefectura o «juzgado de policía»), y obligación de rendir cuentas en cuanto al primero ante el comandante de la plaza y de lo relativo a la provincia ante el gobernador cada cinco días o más frecuentemente si fuese necesario54. Por lo que atañe a la municipalidad, quisieron que como regidores prosiguiesen los que estaban, dando así continuidad legal al modelo de gobierno en una situación de excepción, aunque se les exigió puntual y diaria asistencia so pena de graves multas55. Y ello a pesar de que a los pocos días de llegar dispusieron que los oficios, contestaciones y acuerdos del consistorio pudiesen suscribirse con la sola firma de un alcalde y dos vocales56. Además, nombraron un intérprete (don Juan Sadarini57) y, entre las personas más destacadas de la ciudad, a algunas que junto con los regidores, diputados del común y personero asistiesen a las juntas o «congresos de autoridades» en representación de las distintas clases sociales, sectores profesionales e instituciones58. Por último, con relación a la administración de justicia, a instancias de Sánchez de Boado y como un medio de procurar y preservar la tranquilidad pública, ordenaron que se abrieran las Audiencias y que los jueces continuaran con el despacho de las causas tanto civiles como criminales59. Se trata de medidas puntuales (más del ejército francés quizás que de la Administración josefmista), encaminadas primero a controlar la situación tras la ocupación (de ahí que aboguen por la continuidad institucional) y después a regularizarla con pequeñas reformas, pero significativas60. Lo más llamativo, aparte de la designación de un prefecto para la ciudad y provincia, es la nueva composición del ayuntamiento, que preside el corregidor, en el que no figuran los alcaldes ordinarios y procurador general, y al que se incorporan esos nuevos concejales designados por la
54. Se le permite elegir «las más recomendables para su moralidad, conocimientos y afecto al gobierno actual del Reino, y al restablecimiento y subsistencia del buen orden»; en concreto, los señores propuestos para el juzgado de policía son: don Francisco Trillo de Soto, don Juan Francisco Javier Somoza, don José González Várela, don Agustín Vales Bahamonde, don Ramón Pérez de Santa Marina, don José Castiñeiro, don Andrés Maquiaras y Diz, y don Diego González Acebedo (Ibídenr. LdC 1809, n° 309, CO 11/2/1809, f. 258 y CO 17/2/1809, ff. 293-293v y 300). 55. 56. 57. 58.
Ibidem, CO 2/2/1809, f. 146; CO 5/2/1809, f. 187 y 197. ibidem, CO 23/1/1809, f. 47. ibidem, CO 3/2/1809, f. 161. En concreto, dos representantes de la clase de los pudientes (don Antonio Gil y don Diego Vasadre), cinco por la Universidad y letrados (don Agustín Vales, don Joaquín Flórez, don Francisco Pardo, don Andrés Parga y don Diego Acevedo) y cuatro por el comercio (don Ramón Pérez Santa Marina, don Manuel de la Riba, don Anselmo Cabello y don Juan Bovadilla), quedando por los demás estados el personero «por ser así su obligación» (ibidem, CO 4/3/1809, ff. 403-403v). 59. ibidem, CO 21/1/1809, ff. 29, 30, 31 y 33. 60. A nivel comparativo, sobre el régimen municipal josefista, que se desarrolla durante los años 1809 y 1810, vid. SÁNCHEZ-ARCILLA BERNAL, José: Del municipio, op. cit, pp. 645-650; El municipio de Patencia, op. cit.; y GARCÍA FERNÁNDEZ, Javier: El origen del municipio, op. cit., pp. 191-210.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
347
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
autoridad militar. Se apunta asimismo una restricción de la autonomía municipal, lo cual no es nuevo, pues se inserta en la corriente centralizadora del XVlll, sobre todo de Carlos III, merced al establecimiento de un funcionario (el corregidor) que enlaza con la administración central, a través del gobernador o comisario regio en la provincia. Y, en cambio, subsiste la confusión de lo municipal y lo judicial en esa figura, a la que se dota de atribuciones judiciales y gubernativas, siendo el principal encargado del gobierno de la municipalidad. Con todo, son medidas de carácter circunstancial y alcance muy limitado, pues la ocupación apenas dura cuatro meses. De hecho, el día 18 de junio las tropas francesas salen de la ciudad, siendo acompañadas por el corregidor de la ciudad y provincia, a la sazón don Antonio Gil Lemos. Regresan al día siguiente, fecha en la que el congreso municipal hace presente al general Marchand la necesidad de nombrar un letrado que durante la ausencia de aquél ejerciera sus funciones. Así lo hizo, notificando su nombramiento al concejo el mismo día 20, fecha en la que las tropas francesas abandonaron Santiago para no volver61. Claro que desde mediados de mayo dicha ocupación ya se había empezado a tambalear y con ello las bases de su administración. De hecho, el 23 de dicho mes la ciudad fuera recobrada por la División del Miño, al mando del general Martín de la Carrera62. Los acontecimientos se suceden entonces con gran rapidez: al día siguiente declara nulo el juramento de sumisión y reconocimiento como rey de España de José I al tiempo que proclama a Fernando VII, y al otro (25 de mayo) una junta de los alcaldes ordinarios, diputado del común y personero «llevando las funciones del (procurador) general», a instancias del general Carrera, declara restablecido el concejo con los capitulares que lo integraban antes de la ocupación, requiriéndoles a que volviesen y asistiesen63. Por poco tiempo, pues el 4 de junio reaparecen en la ciudad dos de las principales autoridades nombradas por los franceses como eran Fraguío y Bazán de Mendoza. El 5 está de paso en ella el mariscal Ney, quien sale con su ejército para Ponte San Payo. Retorna vencido seis días más tarde y aquí permanecería hasta el 20, día en el que los franceses, ahora sí, se marchan definitivamente de la ciudad64. En cuanto salieron de Galicia, el capitán general de Galicia, marqués de la Romana, procura recuperar el poder que tradicionalmente había ejercido. De hecho, una sus primeras medidas fue designar al conde de Noroña segundo comandante del ejército y reino de Galicia, al tiempo que dispone el cese de todos los empleados designados por el gobierno francés y restitución de las cosas al estado que tenían antes de la ocupación, incluida la suspensión de los arbitrios y contribuciones impuestas por
61. AHUS: Municipal, LdC 1809, n" 310, CO 18/6/1809, f. 302; CO 19/6/1809, I". 307; CO 20/6/1809, I'. 311. 62. B\RRKIRO FERNÁNDEZ, Xosé Ramón: Historia contemporánea, op. cit., pp. 107-109. 63. AHUS, Municipal, LdC 1809, n° 310, CO 24/5/1809, f. 36 y CO 25/5/1809, C. 40, respectivamente. 64. Sobre la liberación de Santiago y la batalla de Sampayo, aparte de la obra y bibliografía allí citada, LÓPEZ FERREIRO, Antonio: Historia, op. cit., IX, pp. 203-227.
348
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostcla
el extranjero65. Sin embargo, obvia constituir una nueva Junta del Reino, que, según parece, era la opción preferida por el clero y la hidalguía, respaldada por los ingleses66. Una operación que, si hemos de creer a Barreiro Fernández, conecta con su ideología absolutista y temor de que al socaire de las circunstancias políticas se introdujeran nuevos poderes representantes del pueblo67. En el mismo sentido cabe interpretar la conservación del cargo de «gobernador militar y político de la ciudad y provincia», que la Junta del Reino creara antes de la ocupación y que los franceses mantuvieron durante la misma. Designa como tal al mariscal don Francisco Taboada y Gil, a quien otorgó poderes ilimitados «para obrar según lo exigen las circunstancias del día» con todos los cuerpos, así «eclesiásticos, militares, políticos y demás individuos», y delitos que perturben la paz6S. Por lo que respecta a la dirección política de la ciudad, trasvasada desde la «Junta de los señores alcaldes, diputado del común u personero (con funciones del general)» que hay que suponer heredera del «Ayuntamiento y Junta Permanente de gobierno» que se había formado en enero bajo la presidencia del arzobispo69- a la corporación municipal, tuvo asegurada la continuidad de gobierno, pues las antiguas autoridades estuvieron en todo momento integradas en la mencionada junta, que se extingue cuando se declara restablecido el concejo con los capitulares que lo formaban antes de la invasión francesa. Siendo así que cuando en octubre la Junta Central ordenó la extinción de todas las juntas que no fueran superiores o de cabeza de partido, el cabildo compostelano pudo contestar que no tenía noticia de que existiera ninguna particular ni de partido en la ciudad ni tampoco en la provincia70. Claro que esas mismas personas habían formado parte también de la municipalidad establecida por la administración josefista, no tanto por la mayor o menor simpatía que pudieran tener por la causa francesa, cuanto por el modelo de gobierno instalado en estas fechas, caracterizado por la continuidad legal. Y continuidad sigue habiendo ahora, aunque se busque otro entronque. En los meses que siguen poco a poco se va a ir normalizando la situación política de la ciudad. Así, el 29 de julio, por ejemplo, se celebra un ayuntamiento en el que se eligen los oficios y reparten las comisiones de ese año (capitular archivero, capitular cartero, capitular encargado de la dirección de las escuelas de primeras letra, etc.) y a comienzos del año 1809 se vuelve a hacer lo propio71. En diciembre regresa a la
65. 66. 67. 68. 69.
AHUS: Municipal, LdC 1809, n° 311, CO 4/7/1809, ff. 62-62v. GONZÁLEZ LÓPEZ, Emilio: El Águila desplumada, Vigo, 1988, pp. 22-24. B\RREiRO FERNÁNDEZ. Xosé Ramón: Historia contemporánea, op. cit., pp. 128-129. AHUS: Municipal, LdC 1809, n" 311, CO 9/7/1809, f. 94-94v; CO 10/7/1809, f. 96-97. Es indicativo, al respecto, el hecho de que en el Libro de Consistorio donde consta la unión del ayuntamiento y de la Junta permanente, bajo la presidencia del arzobispo Múzquiz, a principios de enero así como algunas de las medidas que adoptaron (Ibidem, LdC 1809, n° 311), no vuelva a contener consistorios desde el mes de enero hasta el de mayo, en que se restablece el ayuntamiento antiguo (CO 25/4/1809, f. 40).
70. Ibidem, LdC 1809, n" 312, CO 14/10/1809, f. 46.
71. Ibidem, CO 29/7/1809, ff. 154-154v; LdC 1810, n° 313, CO 4/1810.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
349
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
diócesis el arzobispo Múzquiz. Y a finales de este mismo mes el consistorio elabora los cobrados y aquél elige entre los propuestos los dos alcaldes del año 1810, que después prestarían el juramento acostumbrado. Bastante antes, a principios de agosto ya se había presentado un título de regidor, despachado por el provisor, merced a la renuncia efectuada por el propietario y padre del nominado. Pese a todo, la ausencia e inasistencia de los capitulares sigue siendo la tónica dominante, hasta el punto de que el gobernador de la ciudad y provincia a mediados de septiembre dispuso que «las dos terceras partes (de los vocales) alternativamente, según sus precisiones», estuvieran permanentemente en la capital y la otra tercera parte, turnando, que pudiera atender al cuidado de sus haciendas y familias; eso sí, «llebando el pasaporte y licencia que en semejantes casos se les concederá», so pena de 200 ducados y, no pagándolos, de ser suspendidos de sus empleos y tenidos por negligentes72. 3. EL MUNICIPIO CONSTITUCIONAL EN SU PRIMERA ETAPA (1812-1814) Prescindiendo de lo acontecido entre 1809 en que la Junta Suprema decide convocar Cortes hasta la aprobación de la Constitución de Cádiz, y centrándonos exclusivamente en el régimen municipal allí pergeñado, cumple recordar que la primera medida tomada por aquéllas que afecta a éste es el famoso decreto de 6 de agosto de 1811, por el que quedaban incorporados a la nación todos los señoríos jurisdiccionales de cualquier clase y condición. En efecto, se estipula el cese de sus corregidores, alcaldes mayores y demás empleados, «a excepción de los Ayuntamientos y alcaldes ordinarios, que permanecerán hasta fin del presente año», indicando que el nombramiento de todas las Justicias y funcionarios públicos se debía hacer «por el mismo orden y según se verifica en los pueblos de realengo»73. En Santiago se recibe una copia del decreto a finales de septiembre y se genera incertidumbre sobre su aplicación, sobre todo en lo que atañe al nombramiento de los alcaldes ordinarios. De hecho, a principios de noviembre se recibe un carta de la villa de Pontevedra, también dependiente del señorío arzobispal, solicitando información acerca del método que se había de seguir para su elección (hasta entonces mediante cobrados), por ver si se mantenía el procedimiento (propuesta del ayuntamiento y revisión mediante once vecinos, con capacidad para aprobarla o reprobarla), y remisión en su caso de la propuesta al Real Acuerdo en vez de al señor. Y en diciembre llega otra similar procedente de Lugo amén de consultas de algunas villas de la provincia74. Las autoridades compostelanas reconocen las mismas dudas, por lo que deciden consultar al Real Acuerdo.
72. Ibídem, LdC 1809, n° 311, CO 14/9/1809,ff.289-289v, 290-291 y 300. 73. SÁNCHEZ-ARCILLA BERNAL, José: Del municipio, op. cit, p. 652; GARCÍA FERNÁNDEZ, Javier: El origen
del municipio, op. cit., pp. 233-243. 74. AHUS, Municipal, LdC 1811, n° 317, CO 24/9/1811, ff. 94,63-64 (copia del decreto); CO 10/11 /l 811, ff. 159-159v; CO 9/12/1811, ff. 246-246v y 240; CO 24/12/1811, ff. 265-265v y 263-263v.
350
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
A finales del mismo mes se vuelve sobre el asunto, en esta ocasión a instancias del procurador general y del personero, quienes presumen que la nominación de alcaldes era «enteramente popular» y que, aunque el decreto suprimiera los señoríos, no podía entenderse derogado el expresado derecho y posesión inmemorial del pueblo, reconocido por diversas sentencias y ejecutorias reales. Se delibera sobre ello y las posiciones son contradictorias: el alcalde más antiguo y presidente de la corporación, en concreto, se opone, aduciendo que la elaboración de cobrados en esos términos era una «trasgresión e infracción de la ley», aunque por mayoría se acordó hacerlo. Mas no hubo tiempo, pues a los pocos días se recibió un oficio del Real Acuerdo, ordenando que la elección se efectuara por ahora con arreglo a las instrucciones que regían en el nombramiento de los diputados del común y personero, y que los que obtuviesen mayor número de votos fuesen investidos como tales75. Cosa que así se hizo los días 19 y 20 de diciembre, saliendo electos los abogados Domingo Vales y Joaquín Bernardo Flores, que ya ejercieran el cargo otras veces. Se excusan de volverlo a hacer por sus respectivas ocupaciones, pero el Acuerdo no acepta sus descargos76. Después le toca el turno a los regidores, algunos de los cuales eran también de provisión episcopal. En respuesta a consulta del ayuntamiento, el 23 de diciembre el Real Acuerdo despacha un primer auto sobre la forma en que se debían elegir los alcaldes, regidores y demás oficios repúblicos que proveía el arzobispo como señor jurisdiccional en las villas y localidades de la provincia. En lo que atañe a la capital, la corporación no obstaculizó pero sí se mostró renuente a la aplicación de la ley, alegando que los veintidós regidores eran perpetuos y que servían el cargo por derecho de sus casas, sin que el prelado tuviera más derecho sobre ellos que el de la confirmación derivada de la renuncia77. No convenció al Acuerdo, que el 6 de febrero de 1812 dicta otro auto aclaratorio, disponiendo que se cumpliera lo mandado por la providencia del 19 de diciembre y, en consecuencia, que provisionalmente sólo continuaran ejerciendo sus empleos quienes los tenían en virtud de cédula real y que cesaran todos los demás78. No nos consta la relación de asientos vacantes, pero por resolución posterior del mismo órgano sabemos que fueron catorce (suponemos, oficios con uso, pues los renunciables eran diecisiete). De hecho, éste fue el número de «regidores interinos» que el Acuerdo designó para la ciudad el 21 de marzo, en realidad las mismas personas que hasta 75. lbidem, CO 1/12/1811, ff. 222 y 220-220v; CO 2/12/1811, ff. 224-225; CO 9/12/1811, f. 246. 76. Previamente, se había convocado a los cuadrilleros de las diez parroquias de la ciudad, cada uno designa a las doce personas electoras de su respectiva parroquia, y éstos proponen dos personas (por parroquia), uno para alcalde primero y otro para alcalde segundo, resultando electos los dos más votados {lbidem, CO 19/11/1811; CO 27/12/1811, ff. 271-290v); LdC 1812, n° 318, CO 1/1/1812, ff. 296-297). 77. lbidem, LdC 1811, CO 24/12/1811, f. 265-265v. Está en la línea de hostilidad adoptada por el arzobispo de Santiago y demás miembros de la jerarquía eclesiástica gallega en contra de la promulgación primero y ejecución después de ciertas leyes, como la de abolición de los señoríos, extinción del voto de Santiago o extinción de la Inquisición. En lo que a la primera se refiere, aquél hizo caso omiso del decreto, y siguió titulándose «señor de Santiago», so pretexto de que la titularidad de dicho señorío no era de la Mitra sino del Apóstol (BARREIRO FERNÁNDEZ, Xosé Ramón: Historia, op. cit., pp. 148-153). 78. AHUS: Municipal, LdC 1812, n° 318, CO 14/2/1812, f. 64v.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
351
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
entonces ocuparan esas plazas con título episcopal79. Pura formalidad: se cambia el sistema de provisión de los cargos del consistorio, pero no a quienes los ocupan; acaso para evitar más problemas de los que ya estaba ocasionando la ejecución del decreto de abolición de señoríos jurisdiccionales y a la espera de lo que las Cortes gaditanas legislaran sobre el gobierno de los pueblos. Aun así, algunos de los designados solicitaron ser exonerados y el Acuerdo acepta su dispensa, sin que conste la designación de otros en su lugar. Se entiende, porque el 12 y 13 de enero se había celebrado el debate parlamentario sobre la reforma del régimen municipal, una regulación que se vio posteriormente complementada y desarrollada por tres decretos (el de 23 de mayo con su complementario de 10 de julio y la Instrucción de 23 de junio de 1813). El 20 de junio el capitán general remite una copia del texto de la Constitución a la ciudad, se preparan los festejos y el 5 de julio se procedió en el ayuntamiento a jurarla, conforme al decreto de 18 de marzo80. El 30 del mismo mes los miembros de la corporación elevan una representación a la Audiencia, exponiendo sus dudas sobre si debían continuar ejerciendo su empleo, a lo cual responde el Regente que, tras la publicación de la Constitución gaditana, no puede el Acuerdo tomar resolución alguna al respecto, pues sus competencias se ciñen a lo contencioso81. Días más tarde éste remite un oficio, inclusa una real orden, de cara a la instalación del primer ayuntamiento constitucional. Atañe a la elección de alcaldes ordinarios, que manda efectuar. El 13 de agosto es el capitán general quien da traslado a otra disposición de la Regencia, ordenando la elección de regidores conforme al Decreto de 23 de mayo82. Sin entrar a analizar su contenido ni el del resto de regulaciones doceañistas tocantes a régimen municipal, pues hay bibliografía autorizada para ello83, es indudable que los principios recogidos en la Soberana Ley suponen un auténtico vuelco de aquél, pues la representatividad ciudadana, a través de las elecciones, concretaba su composición y aseguraba la participación popular84. En Santiago, específicamente, por su condición de capital de provincia la nueva planta municipal estará formada por dos alcaldes, doce regidores y dos procurados síndicos generales. En cuanto a la elección hay limitaciones de base: sólo podían ser electores y elegibles los vecinos cabezas de familia residentes y con propiedades o trabajo estable en el municipio85. De
79. Ibidem, CO 28/3/1812, ff. 157-161. 80. Ibidem, CO 16/5/18! 2, f. 262v; C0 2Í/6/1812, f. 348; CO 22/6/1812, ff. 351 -351 v y ss; CO 5/7/1812, ff. 401 -401 v; CO 6/7/1812, ff. 402-404; CO 9/7/1812, ff. 410-41 Ov, etc. 81. Ibidem, n" 319, CO 7/8/1812, ff. 9, 5 y 6-7. 82. Ibidem, f 9; CO 13/8/1812, f 17. 83. DE CASTRO, Concepción: La Revolución Liberal y los municipios españoles (18112-1868), Madrid, 1979, pp. 57-120; SÁNCHEZ-ARCILLA BERNAL, José: Del municipio, op. cit., pp. 650-663; GARCÍA
FERNÁNDEZ, Javier: El origen del municipio, op. cit., pp. 233-301 y bibliografía citada. 84. AlTOEA GALLEGO, Miguel: Antiguo Régimen y Revolución liberal, Madrid, 1978, p. 81; «La España de Fernando Vil», en Historia de España de Menéndez Pidal, Madrid, XXVI, 1968. 85. D; CASTRO, Concepción: La Revolución, op. cit., pp. 73-77.
352
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
ahí que no sorprenda el resultado: el gobierno municipal recae en personas de prestigio o poder económico de la ciudad. Otra cosa es que, una vez eliminados los privilegios estamentales y la perpetuidad de los oficios, la clase media -o la tan traída y llevada burguesía stricto sensu- fuera, como se ha dicho, la única llamada a representar a su comunidad86. En efecto, igual que en otras localidades87, dentro del colectivo de electos88 se constata la presencia de un mayor número de miembros de la burguesía, pero un sector sigue procediendo de la antigua oligarquía urbana -regidores, nobles o familias tradicionalmente vinculadas al poder local-, otros ya tienen experiencia concejil en el desempeño de cargos concejiles electivos -como personeros o diputados del común, caso de los adinerados burgueses Anselmo Cabello o Silverio Moreno Ibáñez89-, y el resto son personas que pisan el ayuntamiento por primera vez, entre los que figura uno de ilustre apellido pero pocos posibles como es Francisco Ferro Caaveiro, descendiente del arquitecto Lucas Ferro Caaveiro90. En general, salvo un puñado de ricos hacendados o propietarios y algún que otro rico hombre de negocios, como los antes mencionados, se trata de individuos con profesiones liberales, es decir, abogados, catedráticos de Universidad, comerciantes e incluso puede que alguno del sector artesanal (entre los desconocidos). Como balance de esta primera coiporación constitucional, no se puede decir que la continuidad prevaliera sobre el cambio91, si acaso van parejas, con una particularidad: y es que ese continuismo esta representado por miembros de la élite e hidalguía urbana, entre los que se cuelan dos regidores perpetuos (tenientes), siendo los demás descendientes y herederos de titulares de oficios renunciables o bien individuos que antes fueran alcaldes ordinarios, procurador general e incluso personero del
86. Ibídem, p. 74. 87. Como Alicante (ÁLVAREZ Y CAÑAS, Ma Luisa: El gobierno de la ciudad, op. cit., pp. 281-282); véase también infra, nota 89. 88. La relación de personas elegidas en esta primera corporación constitucional (AHUS: Municipal, LdC 1812, n° 319. CO 14/8/1812) es la siguiente: como alcaldes, el doctor don Joaquín Bernardo Flores (primero) y el licenciado don Domingo Vales (segundo); como regidores, por este orden, don Francisco Montenegro, don Francisco Xavier Losada, don Julián Suárez Freiré, don Pedro María Bermúdez, don Miguel Cotón, el doctor don Agustín Vales Vaamonde, don Anselmo Cabello, don .losé Ozores Villafanc, don Francisco de Ponte y Andrade, don Francisco Xavier de Gándara y don Francisco Ferro Caaveiro; y, como procuradores, don Simón María Pedrosa (primero) y el conde de San Juan, don José Calderón (segundo). 89. Dos de las once firmas compostelanas que en el año 1808 arrojaban un saldo de más de un millón de reales (BARRBIRO FERNÁNDEZ. Xosé Ramón: «La burguesía compostelana: la familia «De Andrés García» (1760-1815)». en La ciudad y el mundo urbano en la Historia de Galicia, Santiago, 1988, p. 270). 90. Sobre su biografía, obras y proyectos principales, vid. la voz «Ferro Caaveiro, Lucas Antonio», en Gran Enciclopedia Gallega, Lugo, 1974, tm. XVII, pp. 177-181. 91. Tal y como ocurrió en los ayuntamientos murcianos (PÉREZ PICAZO, M" Teresa: Las oligarquías municipales, op. cit., pp. 29-30; Oligarquías municipales, op. cit., pp. 62-64). Según esta autora, a la misma conclusión llegó J. P. JESENNE en su trabajo sobre los efectos de la Revolución francesa en las comunas de Artois, titulado Pouvoir en village el Revolution. Arláis, 1760-1848, Presses Universitaires de Lille, 1987.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
353
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
común. Se corrobora a la vista de la relación de cuotas asignadas para la contribución extraordinaria de guerra que se elaboró en septiembre de 181392: la mitad de ellos son hacendados, aunque no figuran entre los principales contribuyentes de la ciudad, salvo en el caso de Pedro Ma Bermúdez, y la otra mitad es gente con ingresos pero inferiores, en su mayoría de procedencia letrada. Como es sabido, la duración de los cargos era breve: cada año debían renovarse los alcaldes y la mitad de los concejales y procuradores, y allí donde lo permitía la población nadie podía ser reelegido antes de dos años93. Pues bien, a tenor de estas circunstancias, en Santiago se celebraron otras dos elecciones antes del restablecimiento del modelo antiguo (una en diciembre de 1812 y otra en diciembre de 1813), en cada una de las cuales entraron nueve individuos94. Entre los nuevos munícipes sigue habiendo algunos miembros de linajes conocidos de la ciudad, como los Vasadre, los Torre, los Valderrama o el conde de Maceda; éste último, en concreto, era oriundo de Ferrol, llevaba en ella pocos años y era su cuarto contribuyente más importante conforme a la mencionada relación de cuotas de guerra, por detrás del conde de Amarante, el arzobispo y el conde de Altamira, en cabeza por este orden. El resto en general parece ser de condición menos acaudalada que los de agosto de 1812, más si cabe los electos en el año 1813, pues entre ellos no figuran titulados ni grandes fortunas y por sus profesiones se refleja aún más claramente el acceso de los burgueses de clase media al gobierno local95. Una nota común en las tres corporaciones es la proporción nada despreciable (entre un cuarto y un tercio) de los que intentan exonerarse del cargo, alegando las 92. AHUS: Municipal, LdC 1813, n° 322, ff. 207-252, conforme a la instrucción de 3 de septiembre de 1812, donde localizamos al 90% de los electos en los tres comicios constitucionales celebrados. Sus cuotas anuales en reales de vellón eran las siguientes: el doctor don Joaquín Bernardo Flores, 2.340,2; Ido don Domingo Vales, 75 (?); don Francisco Montenegro 7.026,25 (+ 370 de asistencia hijo); don Francisco Xavier Losada, 2.813,8; don Julián Suárez Freiré, 1.334,8; don Pedro María Bermúdez, 32.388,2 (+ 750 y 27,17 en asistencias); don Miguel Cotón, 843,31; doctor don Agustín Vales Vaamonde, 2.722,26; don José Ozores Villafane, 3.850; don Francisco Xavier de Gándara, 80,2; don Francisco Ferro Caaveiro, 75; don Agustín Frasmonte, 400; don Simón Pedrosa, 13.399,10; don José Calderón, conde de San Juan, 10.188,14 (+ 633,31 de asistencias); y don Anselmo Cabello, 409,14 sin las utilidades de su comercio, que se suponen muy superiores, pues era un adinerado burgués. 93. CASTRO, Concepción de: La revolución, op. cit., p. 70; SÁNCHEZ-ARCILLA BERNAL, José: Del municipio, op. cit., p. 657. 94. En la de diciembre de 1812: como alcaldes, don Andrés Vicente de Parga (primero) y don Manuel García Barros (segundo); como regidores, don Martín Fernández de Andrade, el conde de Maceda Juan José Caamaño, don diego María Vasadre, don Tomás Reguera, don José Camino y don Ángel Martínez de la Riba; y, como procurador, el abogado don Antonio Casal. Y en la del 1 de enero de 1814: los alcaldes don Jacobo Pastoriza (primero) y don Ramón Rey (segundo); los regidores don Manuel M" Valderrama, don Silverio Moreno Ibáñez, don Basilio de Castro, don Diego Álvarez Martínez, don Julián Mourullo y el oficial retirado don Manuel M" de la Torre; y, como procurador, don Roque Jacinto Martínez (AHUS: Municipal, LdC de 1812, n° 319, CO 2/12/1812, f. 426 y LdC 1814, n° 324, CO 1/1/1814, f. 19, respectivamente). 95. Lo mismo ocurrió en Alicante, según ÁLVAREZ Y CAÑAS, MÜ Luisa: El gobierno de la ciudad, op. cit., pp. 273-285.
354
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
más diversas razones, que van desde la edad y enfermedad hasta la ocupación de sus propios trabajos, pasando por incompatibilidades varias como haber ejercido un oficio municipal antes y no tener pasado hueco de dos años, ser catedrático de leyes de la Universidad o bien ser oficial retirado. Ciertamente, cada vez en menor medida (de los comicios celebrados el 1 de enero de 1814 solo dos de los nueve). No en vano la Constitución concibe los empleos como una carga de la que «nadie podrá excusarse sin causa legal». De ahí que cuando uno no quiere ejercer el cargo busque acogerse a alguna incompatibilidad, aunque formalmente no fue aceptada ninguna. Claro que también hay quien opta por otra solución: tomar posesión del cargo y después no acudir al consistorio, como hizo el conde de Maceda, Juan José Caamafio, un claro defensor del absolutismo electo regidor en diciembre de 1812. Tanto es así que la corporación acabaría denunciándolo ante el jefe político por su reiterada inasistencia a pesar de estar en la ciudad, concretamente cuando le toca ser comisario del abasto público96. Son algunos de los problemas que salpican la andadura del nuevo gobierno liberal en Santiago. En su caso, quizás porque era una ciudad esencialmente eclesiástica y eminentemente absolutista, incluso su burguesía estaba económicamente muy relacionada con las instituciones eclesiásticas, siendo su liberalismo de tono moderado97. Fuera por ello o por otras razones, evidencia también ciertas reservas o dificultades de un sector de los electos a colaborar con los nuevos ayuntamientos constitucionales. Se trata en su mayoría de miembros de la vieja o poderosa hidalguía, entre ellos algún militar retirado, pero también abogados, dos catedráticos de la Universidad y un burgués adinerado. Lo primero no sorprende, dada la actitud que las antiguas autoridades municipales mantuvieran frente a algunas disposiciones gaditanas, como el decreto de extinción de la Inquisición, al que se opusieron, solicitando ante las altas instancias su conservación98. Claro que a las pocas semanas esas mismas autoridades hubieron de jurar la Constitución y un mes después trabajaban en la instauración del nuevo ayuntamiento constitucional, que se sepa el único establecido en la provincia de Santiago99. Por lo demás, durante los casi dos años que duró el régimen constitucional, se comenzaron a aplicar también las otras órdenes adoptadas en Cádiz que pretendían
96. AHUS: Municipal, LdC 1814, n° 324, CO 27/1/1814, f. 117. 97. BARREIRO FERNÁNDEZ, Xosé Ramón: Historia, op. cit., p. 141. Este autor señala además que la preterición de Santiago frente a la ciudad de A Coruña en la elección como capital de provincia, e incluso el que no se constituyera una quinta provincia en aquélla, fue una forma de premiar a la segunda, capital del liberalismo gallego, frente a la primera, cuna indudable del absolutismo («De la tutela eclesiástica a los inicios de la andadura burguesa (1808-1875)», en PÓRTELA SILVA, Ermelindo (coord.): Historia de la ciudad de Santiago de Compostela, Santiago de Compostela, 2003, p. 450). 98. Como es sabido, la Iglesia compostelana hizo fuerza para oponerse a ello y en esa batalla le secundaron el resto de los obispos y cabildos gallegos, salvo el de Tuy de talante más liberal, y también algunos concejos como el de Santiago (AHUS: Municipal, LdC 1812, n° 318, CO 27/5/1812, ff. 279, 295-296v; BARREIRO FERNÁNDEZ, Xosé Ramón: Historia, op. cit., pp. 148-153). 99. FARIÑA JAMARDO, Xosé: Os concellos galegos (Parte Xeral), A Coruña, 1990, p. 26. Como contraste, señala este autor, en la antigua provincia de de Tuy se habían formado setenta y siete (p. 27).
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
355
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
modificar la sociedad y orden del Antiguo Régimen100. Simultáneamente, y como no podía ser de otra forma, persisten las divergencias y actitud hostil de las autoridades eclesiásticas hacia el nuevo régimen y sus instituciones, que arrancan ya del momento en que no fueron convocadas para las Cortes, continúa con la abolición de señoríos eclesiásticos y civiles y se agrava después con la supresión del Santo Oficio y extinción del voto de Santiago. Prueba de ello es que en las celebraciones del 2 de mayo de 1813, el cabildo eclesiástico se niega a «franquear» la capilla mayor de la Catedral a la corporación municipal, razón por la cual ésta solicita certificado de una provisión de 1607 inclusa en las Ordenanzas de la Real Audiencia de Galicia que, entre otras cosas, regulaba el protocolo a seguir (en cuanto a poner silla, banco, almohada y alfombra) en el supuesto de que los alcaldes mayores u oidores del Reino o bien alguno de ellos quisiera asistir a misa en su Capilla Mayor101. Igualmente, se percibe el papel «omnipotente» que el nuevo régimen liberal otorga al jefe político o gobernador provincial, directamente nombrado por el gobierno, no sólo a nivel provincial (como máxima autoridad) sino también municipal. Al respecto, Galicia constituía una sola provincia con un único jefe político o jefe superior político que residía en A Coruña. Preside, por tanto, aquella corporación en tanto que la de Santiago lo está por el primer alcalde. Aun así, prácticamente nada escapa a su control, ya sea de forma directa o indirecta (Diputación provincial). En este sentido, esa tutela o presión es más evidente, si cabe, tras la destitución del marqués de Camposagrado, que fue amonestado por poner impedimentos a la formación de ayuntamientos en la provincia (Galicia)102. De hecho, a él correspondía no sólo dar cuenta de las órdenes superiores sino también velar por su acatamiento; así, por ejemplo, en lo tocante a las elecciones municipales era el encargado de que el proceso se ajustase a la legalidad, que los ciudadanos cumplieran con su derecho como electores y elegidos, resolviendo en última instancia (administrativa) las solicitudes de exoneración e incompatibilidad del cargo, e igualmente debía auxiliar a la corporación en el cumplimiento de sus competencias cuando ésta lo requieriese. En todo caso, no será por mucho tiempo. Tras el regreso de Fernando Vil, el curso de los acontecimientos políticos precipita el final del gobierno liberal, que se
100. Así, por ejemplo, en noviembre de 1812 se reciben copias de dos decretos, uno sobre la visita de cárceles por los eclesiásticos y otro relativo a la jurisdicción reconocida a los alcaldes constitucionales (mantienen determinadas competencias judiciales pero prevalece en ellos el componente gubernativo); a mediados de febrero del año siguiente serán los de abolición del voto de Santiago, administración de justicia por las Audiencias y jueces de primera instancia o colocación de magistrados y jueces de partido; y en julio llegan otros tres para que se quiten los signos de vasallaje que hubiese en la ciudad, empezando por el «rollo», amén de un cuarto sobre la presidencia de solemnidades y actos públicos AHUS: Municipal, LdC 1812, n° 319, CO 19/11/1812, f. 314-314v, 316-317; n° 320, CO 15/2/1813, f. 206; n° 321, ff. 373-374; COI0/7/1813, f. 341; CO 22/7/1813, f. 378v, etc. 101. ¡bídem, n° 321, CO 4/5/1813, f. 12v. La mencionada Real Provisión de 28 de marzo de 1607, que incluye dos autos del Consejo, puede verse en Ordenanzas de la Real Audiencia del Reino de Galicia, impresa en Coruña, por Antonio Frayz, 1679, f. 101-102. 102. AHUS: Municipal, LdC 1813, n" 320, CO 22/4/1813, f. 448.
356
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
Del Ayuntamiento Borbónico al primer Municipio Constitucional: el caso de Santiago de Compostela
materializa con la anulación de la Constitución y decretos aprobados por las Cortes (Real Decreto de 4 de mayo de 1814). El 17 de mayo se recibe la noticia oficial en Santiago103, hecho que la ciudad celebra con júbilo y fastos varios, detrás de los cuales se advierte una clara motivación política: se entiende que todo volvería a ser como antes, aunque no fuera exactamente así. Después se suceden las disposiciones para restablecer el viejo orden, que, lógicamente, también afectaron a la institución municipal. De hecho, ya el mismo día 4 de mayo se suprimieron los jefes políticos o jefes superiores políticos, transfiriendo sus competencias a los capitanes y comandantes generales, y el 16 se ordena continuar las autoridades y contribuciones en el estado que tenían antes de la ocupación. A principios de junio el arzobispo de Santiago regresa de su destierro y el 30 de de julio se dispone el restablecimiento de los ayuntamientos de 1808, así como la supresión de las Diputaciones provinciales «por innecesarias»104. De esta forma queda cerrada la primera etapa del municipio constitucional y se inicia la primera restauración. 4. EPÍLOGO: LA VUELTA AL MODELO ANTIGUO El 26 de agosto se recibe y da lectura en consistorio a la copia de la Real Cédula de 30 de junio que ordenaba disolver los ayuntamientos constitucionales y restablecer los de 1808, con los hombres que representaban el orden del Antiguo Régimen. AI día siguiente, en su cumplimiento, cesan los vocales que entonces formaban la corporación y se efectúa el reintegro a los antiguos, corporeizado en cinco regidores perpetuos, que son los que acuden por residir entonces en la ciudad. El proceso se completa convocando a los ausentes a que acudiesen para devolverles sus empleos, al tiempo que se celebran nuevas elecciones de los oficios anuales en que el titular y demás candidatos de antaño hubieran fallecido, tal y como ocurriera con el procurador del común105. En el caso de los oficios perpetuos, antes o después los titulares que entonces estaban en activo van acudiendo, excepto Francisco Javier Losada de Vivero que se excusa so pretexto de ejercer un oficio en el Consejo de Guerra. También lo hacen los dos alcaldes ordinarios, ambos colaboradores con el régimen liberal, disponiendo el Real Acuerdo que se celebrasen nuevas elecciones106. A raíz de ello se entabla un pequeño
103. Ibídem, LdC 1814, n° 325, CO 17/5/1814, ff. 448-449. En realidad, las instituciones de la ciudad rivalizan entre sí para ofrecer un gran espectáculo en honor al rey. Al respecto, véase LÓPEZ FERREIRO, Antonio: Historia, op. cit, pp. 270-277, y BARREIRO FERNÁNDEZ, Xosé Ramón: Historia, op. cit., pp. 159-163. 104. AHUS: Municipal, LdC 1814, n° 325, CO 28/5/1814, ff. 482-483; CO 7/6/1814, f. 507; CO 2/7/1814, f. 54 lv. 105. Ibídem, CO 26/8/1814, ff. 674 y 677; CO 27/8/1814, ff. 678-679v; CO 28/8/1814, f. 682. 106. Ibídem, CO 29/8/1814, f. 686; CO 12/9/1814, f. 731-731v; CO 16/9/1814, f. 748-749; CO 16/9/1814, f. 748; CO 19/9/1814, f. 757; CO 20/9/1814, f. 765 y 761; CO 21/9/1814, f. 768; CO 28/9/1814, f. 798; CO 5/10/1814, ff. 813-813v; CO 11/10/1814, ff. 830-830v, 871 y 878; CO 12/10/1814, ff. 831-832v; CO 21/10/1814, f. 871v; CO 24/10/1814, f. 874; CO 28/10/1814, f. 878; n° 326, CO 10/11/1814, f. 911.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
357
MARÍA LÓPEZ DÍAZ
contencioso entre esta institución, encargada de designar los dos alcaldes de una lista de propuestos, y el concejo, que confeccionaba dicha lista, sobre a quien competía otorgar la vara de alcalde más antiguo, pues aquél remitió el auto de nombramiento, consignando un alcalde primero y un alcalde segundo. La corporación protesta, aduciendo que esta diferencia había sido introducida por la abolida Constitución y que en la ciudad los dos alcaldes siempre fueran iguales, sin otra diferencia que la de denominarse «más o menos antiguo», teniendo el primero preferencia de voto y ciertas preeminencias, pero que el hacer dicha distinción correspondía en exclusiva al regidor decano, que solía atribuirla por «predilección de cuerpo, deudo, trato, amistad u otra honesta consideración»107. Ignoro cómo se resolvió el asunto, aunque todo indica que se respetó el derecho consistorial. Añadiré, y con ello concluyo, que con la restauración del orden absolutista tradicional los ediles municipales recuperaron también sus privilegios, incluido el de estar exentos de alojamientos108. Claro que también reaparecieron parte (o una buena parte) de los problemas y lacras que antaño padecía el ayuntamiento y su clase dirigente. Hablo, por ejemplo, del absentismo capitular, siendo así que ya a mediados de noviembre del mismo año 1814 la corporación compostelana se hace eco de ello, habida cuenta del escaso número de regidores que asistía a las sesiones consistoriales y del mucho trabajo acumulado, instando a los ausentes a concurrir a desempeñar sus oficios y a quienes los tenían vacantes que los proveyeran bajo ciertas penas; incluso se les amenaza con tomar medidas más drásticas109. Pero suena a letra muerta, igual que en tantas otras ocasiones, pues el problema no tenía fácil solución mientras los regimientos siguieran siendo como antes perpetuos.
107. Ibídem, n° 325, CO 12/10/1814, f. 917; n° 326, CO 12/11/1814, ff. 917-918. 108. Ibídem, CO 24/12/1814, f. 1032. 109. Ibídem, CO 14/11/1814, f. 1001.
358
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 331-358) ISSN: 0212-5862
RESÚMENES El exilio de los borbónicos valencianos Enrique Giménez López Magistrados, nobles titulados, caballeros, particulares y eclesiásticos abandonaron en Reino de Valencia y marcharon al exilio a fines de 1705. Las razones de su opción favorable a Felipe V, las circunstancias de su salida de Valencia, la situación, con frecuencia desesperada, en la que se encontraron, faltos de medios para su subsistencia, en condiciones de miseria y necesidad, la ayuda que recibieron del Consejo de Aragón, los cargos y mercedes que solicitaron como premio a su fidelidad y a sus sacrificios, y las gracias que obtuvieron del monarca, suponen una posibilidad de aproximación a la realidad del felipismo valenciano en los años trágicos de la guerra y de la primera posguerra. Palabras clave: Guerra de Sucesión, Valencia, Felipe V, borbónicos. El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706 Francisco Javier Gutiérrez Núñezy Pilar Ybáñez Worboys La Guerra de Sucesión se convirtió en una coyuntura propicia para colmar las aspiraciones de ascenso de diferentes sectores sociales. La nobleza, al igual que otros colectivos, experimentó las convulsiones del conflicto. Toma, en ocasiones, partido por uno u otro bando y, en otras, muestra tibieza y ambigüedad ante las opciones en juego. En febrero de 1706 Felipe V solicita un servicio personal a la hidalguía de las «dos Andalucías» para que «monte a caballo» y se ponga a las órdenes del Marqués de Villadarias, Capitán General de Andalucía. Si el mismísimo Felipe V intervenía en la contienda, al frente de sus tropas, la nobleza debía imitar a su señor natural y cumplir su función social en el ejercicio de las armas, además, de su misión ejemplarizante respecto al estado llano. Sin embargo, en el proceso surgieron numerosos problemas y se produjeron diversos tipos de respuestas. Palabras claves: Guerra de Sucesión. Castilla. Andalucía. Nobleza. Ejército.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 359-363) ISSN: 0212-5862
359
Resúmenes
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión Francisco Javier Guillamón Alvarez y Julio D. Muñoz Rodríguez El déficit de fuerzas profesionales durante la Guerra de Sucesión provocó que Felipe V dependiese, en gran medida, de los vecinos en armas en la defensa de sus derechos dinásticos. Las milicias castellanas se convirtieron, en consecuencia, en un destacado instrumento de movilización social: en primer lugar, porque habían sido empleadas reiteradamente en el siglo anterior para el sostenimiento de diversas fronteras de la Monarquía -costa mediterránea, plazas norteafricanas-; y, en segundo lugar, porque estas compañías podían ser fácilmente controladas por las élites locales y los agentes del monarca. Gracias a las milicias locales, Felipe V consiguió una amplia militarización de la sociedad castellana, lo que ocurrió, por ejemplo, en el reino de Murcia, uno de los frentes peninsulares más activos entre 1706 y 1707. Palabras claves: Guerra de Sucesión. Corona de Castilla. Coerción. Milicias castellanas. Movilización social. Reclutamiento. El eco de la batalla de Almansa en la publicística Rosa M" Alabrús El artículo analiza la publicística de 1707 surgida como derivación de la batalla de Almansa. Las escasas referencias directas de la batalla aportan información provechosa sobre el número de muertos y heridos, información que coincide, en líneas generales, con las crónicas posteriores. Los folletos borbónicos de 1707 intentan, sobre todo, la exaltación de Felipe V, buscan hacer olvidar el fracaso ante Barcelona en 1706 y radicalizan las críticas contra los reinos de la Corona de Aragón, especialmente Cataluña. Los folletos austracistas pretenden la glosa del rey Carlos III, insistiendo en las divisiones borbónicas en la corte. El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativaa la Guerra de Sucesión española David Martín Marcos Con la muerte de Carlos II se instauró una época de gran inestabilidad en Europa, que desembocó en la Guerra de Sucesión española. Durante esos años la Santa Sede trató de evitar el estallido del conflicto con un proyecto de mediación entre Austrias y Borbones. Este artículo analiza la naturaleza de la propuesta pontificia y las razones de su fracaso. Palabras claves: Carlos II, Santa Sede, mediación, Guerra de Sucesión española.
360
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 359-363) ISSN: 0212-5862
Resúmenes
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la guerra de sucesión española según la obra de Francisco de Castellví «Narraciones históricas» (1700-1715) Agustín Jiménez Moreno Este artículo analiza la participación de Inglaterra en la Guerra de Sucesión Española a través de la obra de Francisco de Castellví, escritor catalán partidario del archiduque Carlos. A través de ella tenemos conocimiento de las motivaciones que llevaron a la Corona inglesa a involucrarse en el conflicto sucesorio español, entre las que destaca su deseo de introducirse en los ámbitos mercantiles de la Monarquía Hispánica, el cual podía verse frustrado por los planes hegemónicos de Luis XIV. Palabras clave: Francisco de Castellví, Inglaterra, España, siglo XVIII, Guerra de Sucesión Española, intereses comerciales. Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña Ana Alvarez López Entre 1660 y 1700 Luis XIV envió 24 representantes acreditados ante el rey católico, de los cuales 7 pueden considerarse embajadores residentes aunque ninguno de ellos permaneció allí más de seis años. Aunque éste no fue el único asunto que trataron allí, todos compartieron en mayor o menor grado una misma expectativa, que el rey de España muriera sin heredero legítimo, y una misma esperanza: que la corona española recayera en un candidato Borbón. A ello se refería la mayor parte de la información que sus enviados a la corte madrileña debían captar y enviar. Por ello éstos tuvieron que empeñarse en trabajar para convencer a los subditos del monarca católico de apoyar, o de no oponerse, a que Luis XIV, el Delfín o Felipe de Anjou heredaran el trono hispano de los Habsburgo. Sus negociaciones estuvieron en gran parte encaminadas al mismo fin: incorporar la corona española sin lucha. Palabras clave: Diplomacia siglo XVII. Relaciones España-Francia Embajadores franceses. Guerra de Sucesión. Luis XIV Carlos II. KEYWORDS: XVII century diplomacy. Relationship Spain-France. French ambassadors. War of sucession. Louis XIV Charles II. ¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a principios del siglo XVIII Anne Dubet Este texto analiza algunos aspectos relativos a la importación de un modelo políticoadministrativo francés en España a principios del siglo XVIII. Se centra en las reformas de la alta administración -intendentes, tesorería mayor de guerra, secretarías del despacho con departamentos- iniciadas por el francés Juan Orry a partir de 1703.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 359-363) ISSN: 0212-5862
361
Resúmenes
Aboga a favor de un estudio comprensivo, que no se atenga a la comparación «objetiva» de las instituciones francesas y españolas. Por ello, invita a centrarse en las representaciones de los actores de esta historia, franceses o españoles, favorables u hostiles a las reformas. Del mismo modo, convendría ampliar la perspectiva, enriqueciendo por una parte las fuentes que nos permiten reconstruir las miradas recíprocas de franceses y españoles, y extendiendo por otra parte el estudio fuera del ámbito franco-español. Palabras clave: Reformismo Borbónico, administración, modelos, España, Francia, Juan Orry. «Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano Virginia León Sanz A partir del triunfo de Felipe V en la batalla de Almansa en la primavera de 1707 fueron muchos los valencianos, que solos o con sus familias, tuvieron que dejar casa y hacienda por su lealtad a la Casa de Austria y por el temor a las represalias borbónicas. Aunque fue un destino compartido por muchos austracistas que apoyaron al Archiduque Carlos, en este trabajo se estudia el caso valenciano. Se pueden establecer dos etapas diferenciadas en el exilio austracista valenciano: un primer período que abarcaría desde la derrota de Almansa hasta el fin del conflicto sucesorio peninsular, es decir, hasta la caída de Barcelona el 11 de septiembre de 1714; y una segunda etapa a partir de ese momento. Se ha prestado un particular interés al asentamiento de los valencianos en los dominios imperiales y a la trayectoria seguida por muchos de ellos hasta el final del reinado del emperador Carlos VI, ya que algunos no regresaron a su patria ni siquiera después de la Paz de Viena de 1725. Palabras clave: Guerra de Sucesión española, exilio austracista valenciano, Felipe V, emperador Carlos VI. Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes Sergio Sánchez García El artículo presenta abundante información, mayoritariamente desconocida, relativa a partidarios del Archiduque Carlos de Austria en Aragón durante la guerra de Sucesión de comienzos del siglo XVIII. Se hacen consideraciones acerca de la participación y representatividad de una parte de ellos en la maquinaria político-administrativa del reino de Aragón y de la ciudad de Zaragoza. Además, y fundamentalmente, se presentan datos sobre los bienes secuestrados de dichas personas, los procedimientos de gestión y las rentas que proporcionaron durante las dos primeras décadas del setecientos, gran parte de las cuales sirvieron para recompensar a personas fíeles a Felipe V, sobre quienes también se aportan algunos datos. Palabras clave: Aragón, Zaragoza, Siglo XVIII, guerra de Sucesión, austracistas, secuestro de bienes.
362
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 359-363) ISSN: 0212-5862
Resúmenes
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfíca y estado de la cuestión Carmen Pérez Aparicio Se cumplen 300 años de la batalla de Almansa, un hito que marcó el cambio de rumbo de la historia de los valencianos tras el fracaso de la rebelión austracista. Es el momento de hacer un recorrido historiográfico desde el siglo XVIII hasta nuestros días, con especial atención a la etapa que se abre en los años 1960, destacando las distintas aportaciones y los interrogantes que aún siguen abiertos. Palabras clave: España, Guerra de Sucesión, Felipe V, Archiduque Carlos, Historiografía. Del ayuntamiento borbónico al primer municipio constitucional: el caso de Santiago de Compostela María López Díaz En este trabajo se analiza el tránsito del régimen municipal de Antiguo Régimen al ayuntamiento constitucional a través del caso compostelano; que se sepa el único de la antigua provincia del mismo nombre donde se implantó tanto el modelo josefista como después el acordado por las Cortes de Cádiz. Se estructura en tres o cuatro apartados, coincidiendo con cada una de las etapas de esa primera transición: la crisis del modelo antiguo, el régimen municipal establecido durante la ocupación francesa, el ayuntamiento constitucional en su primera etapa y la restauración o vuelta al municipio antiguo, en todos los casos incidiendo en las características, elementos de cambio y pervivencias si las hubiera. Palabras clave: Ayuntamiento borbónico, ocupación francesa, municipio constitucional, siglos XV1II-XIX, Santiago de Compostela, Galicia.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 359-363) ISSN: 0212-5862
363
ABSTRACTS El exilio de los borbónicos valencianos Enrique Giménez López Magistrales, nobles, gentlemen, civilians and clergymen left Kingdom of Valencia and marched to exile by the end of 1705. The reasons of their favourable opíion to Felipe V, thc circumstances of their exit of Valencia, their particular situation-í requently desperale-, short of ways for their own subsistence, in condiíions of poverty and necessity, thc aid thcy received from the Council of Aragón, thc positions and lavours thcy asked for as a prize to their fidelity and its sacrifices as weli as thc specia! treatments they obtained from thc monarch, mean thc possibility of an approximation to the Valencian felipismo reality during the tragic years of the con flirt and thc first post war period. Kcywords: War of Suecessions, Valencia, Felipe V, Bourbons. El llamamiento a ia nobleza de las «dos Andalucías» de 1706 Francisco Javier Gutiérrez Núñezy Pilar Ybáñez Worboys The War of Succession became a propitious conjuncturc lo ovcrwhclm thc aspirations of ascent of different social sectors. The nobility, likc other groups, expcricnccd the convulsions of the conflict The nobility, sometimes, took parí by ones and somctimes by others, and sometimes they showed tepidity and ambiguity before the different options in game. In February 1706 Felipe V requested likc a persona! servicc to the hidalguía of thc «two Andalucías» that «they ride a horse» and thcy put themselvcs to the orders of Marquess de Villadarias, Commandcr in ehief of Andalusia. in thc same way that Felipe V himself took part in the fight at the head of his troops, thc nobility had to imítate their proper master and fulfíll their social function as it was the excrcise of thc weapons, and in addition, they had to fulfíll their cxemplary mission with regare! to thc common pcoplc. Nevertheless, numerous problems appeared along thc process and di verse types of answers took place. Key words: War of Succession. Castilla. Andalucía. Nobility. Anny.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 365-369) ISSN: 0212-5862
365
Abstraéis
Las milicias de Felipe V. La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión Francisco Javier Guillamen Alvarez y Julio D. Muñoz Rodríguez The insufficiency of professional militaries forces produced Philip V depended considerably on Castilian neighbours in arms to defend his dynastic rights during Spanish Succession War. The Castilian militias became in an important instrument of social mobilisation: in one hand, because that militias had been habitually employed in the past century to preserve some frontiers of the Spanish Monarchy -Mediterranean coast, north African places-; and, in the other hand, because that companies could been easily controlled by local élites and royal agents. Thanks to that militias, Philip V obtained a extensive recruitment of the Castilian population, as succeeded, for example, in Murcia Kingdom, one of peninsular fronts with more armed activity between 1706 and 1707. Key words: Spanish Succession War. Castile Crown. Coerción. Castilian militias. Social mobilisation. Recruitment. El eco de la batalla de Almansa en la publicística Rosa M"'Alabrús The article analyzes the publicistic of 1707 arisen as derivation from the battle of Almansa. The scarce direct references to the battle contribute useful information on the number of died and wounded, information who agrees, in main lines, with later chronicles. The Bourbon pamphlets of 1707 try, mainly, the exaltation of Philip V, look for to make forget the failure before Barcelona in 1706 and radicalize the critics against the kingdoms of the Crown of Aragón, specially Catalonia. The Austrian pamphlets try glosses it of king Charles III, insisting on the Bourbon divisions in the Court. El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativaa la Guerra de Sucesión española David Martín Marcos An age of high instability was inaugurated by the death of Charles II leading to the outbreak Spanish War Succession. During those years the Holy See tried to avoid the conflict through a mediation project between Habsburgs and Bourbons. This article analyzes the nature of the Román proposal and the causes of its failure. Key words: Charles II, Holy See, mediation, Spanish War Succession.
366
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 365-369) ISSN: 0212-5862
Abstraéis
La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la guerra de sucesión española según la obra de Francisco de Castellví «Narraciones históricas» (1700-1715) Agustín Jiménez Moreno This article analyses the English participation in the Spanish War Succession according to Francisco Castellví's work, catalonian writer follower of archduke Charles. Thanks to his work, we have knowledge of the motivations of the English Crown to interfere in the successor spanish conflict, among them stands out its desire to take part in the commercial áreas of the Spanish Monarchy, which could turn frustrated by the hegemonic plans of Louis XIV. Key words: Francisco de Castellví, England, Spain, eighteen century, Spanish War Succession, commercial interests. Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña Ana Alvarez López Louis XIV sent 24 accredited representatives to the court of the Catholic king between 1660 and 1700; among these only seven can be considered ambassadors, though none of them remained in Spain more than six years. Even though it was not the only subject treated, all the representatives shared to a certain degree a singular aira, that the King of Spain should die without an heir; and a hope, that the Spanish crown fell to a Bourbon candidate. Most of the information that his representatives had to apprehend and dispatch was in regard to these topics. Consequently, the diplomáis had to work intensively to convince the Catholic king's subjects to support, or at least not oppose, the inheritance of the Habsburg Spanish throne by either Louis XIV, the Dauphin, or Philip d'Anjou. Their negotiations were signifícantly focused on one particular aim: the acquisition of the Spanish crown without war. Key words: XVII century diplomacy. Relationship Spain-France. French ambassadors. War of sucession. Louis XIV. Charles II. ¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a principios del siglo XVIII Anne Dubet This article analyses some aspects about the introduction a French politicaladministrative model to Spain in beginnings of the XVIII"1 Century. It examines high administration reforms -intendentes, tesorería mayor de guerra, secretarías del despacho-, whose origin was the French Juan Orry from 1703. The author defends a comprehensive study, that mustn't be limited by an «objective» contrast between French and Spanish institutions. So, invites to give priority to the representations of actors of
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 365-369) ISSN: 0212-5862
367
Abstracts
this history, French or Spanish, favourable or hostile to the reforms. In the same way, it's necessary to extend our perspective, in the one hand, with sources which let us to remake reciprocal looks between French and Spanish; and, in the other hand, with studies outside French-Spanish space. Key words: Bourbon Reform, administration, models, Spain, France, Juan Orry. «Abandono de patria y hacienda». £1 exilio austracista valenciano Virginia León Sanz Since the victory of Felipe V in the battle of Almansa, a lot of loyal people to the Archduke Charles, alone or with their families, had to leave and abandon their landed properties; because of they were afraid of the Borbon reprisal. This article analyses the situation of expatriates from Valencia, although his destiny was common to many others Spanish allies of the Archduke Charles. In the case of the people exiled from Valencia, we have established two different stages: a first period from the defeat of Almansa until the end of the War of the Spanish Succession, until the taking possession of Barcelona in 11 September 1714; and the second stage since this time. The article emphasised the study of the settlement of the people from Valencia in the imperial Austrian territories. I analyse also the itinerary follows by many of the refugees until the end of Charles VI's reign. Some of them did not come back to Spain neither after the Peace of Vienna, in 1725. Key words: War of the Spanish Succession; Philip V of Spain; Archduke Charles of Austria (Charles VI, Holy Román Emperor); people austracista exiled from Valencia. Noticias sobre austracistas aragoneses y.el secuestro de sus bienes Sergio Sánchez García This article presents a lot of information, mostly unknown, relative to the supporters of Archduke Charles of Austria in Aragón during the Succession war at the beginning of the Eíghteenth Century. Several considerations with respect to the participation and the representativeness of a part of them in the political-administrative machine of the Realm of Aragón and the city of Zaragoza are introduced. Basically, data about the goods confíscated to the followers of the Archduke Charles, about the management procedures and the income supplied by them during the first two decades of the Eighteen Century are presented. Most of these income helped to reward those who were loyal to the king Philip the 5,h. Some data are also included about them. Key words: Aragón, Zaragoza, Eighteenth Century, Succession war, austracists, goods confiscation.
368
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 365-369) ISSN: 0212-5862
Abstraéis
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográfica y estado de la cuestión Carmen Pérez Aparicio Thcre are fulfilled 300 years of the battle of Ahnansa, a milestonc l'nat changed thc course of Valencian's history after the defcat of the austracisl rebcllion. It is the moment to do an historiographic revisión from the 18th century unti! our days, giving speeia! attention to thc period beginning in the 1960s, cmphasizing the difieren! contributions and thc questions that still remain opened. Key words: Spain, War of Succession, Philip V, Archduke Charles. Historiography. Dei ayuntamiento borbónico al primer municipio constitucional: ei caso de Santiago de Compostela María López Díaz
in íhis work thc transit of the municipal regime of Oíd Rcgime to the constituíionai city council through of Santiago case is analyzcd; that thc only one of the oíd province of he himself ñame is known wliere the model of José ! iike thc decided one by Cortes of Cádiz implanted so much later. Structurc in thrce or four sections, agrecing iísclí'with cach one of the stages of that first transition: the crisis of thc oíd model, the establishcd municipal rcgime during thc Freneh oceupation, the constitutional city council in his first stage and thc restoration or return to the oíd municipality, in all the cases afícciing thc characieristics, elements of change and continuities if there wcrc íhem. Kcywords: Borbonic city council, Freneh oceupation, constilutionai municipality, 18"'-19'1' centurics, Santiago de Compostela, Galicia.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 365-369) ISSN: 0212-5862
369
NORMAS DE PUBLICACIÓN Los trabajos originales no deberán exceder de treinta páginas DIN-A4, mecanografiados en una sola cara y a espacio y medio. Deberán presentarse en soporte informático, especificando el tipo de programa utilizado, y en papel. Deben contener: título del trabajo en el idioma del texto y su versión inglesa; nombre y apellidos del autor/a, el lugar donde desempeña su actividad profesional y dirección postal, electrónica y teléfono; resumen y listado de palabras clave en el idioma del texto y en versión inglesa. Los trabajos deberán dirigirse al director de la revista a la siguiente dirección: Revista de Historia Moderna. Dpto. de Historia Medieval y Moderna. Universidad de Alicante. Apdo. 99. E-03080 ALICANTE. Tlfno. y Fax: 965 90 34 43. E-mail: [email protected]. El plazo de admisión de originales comenzará a partir de la fecha de publicación del último número y se cerrará dos meses antes de cumplir el año. Todos los trabajos recibidos se remitirán a especialistas para que informen de su idoneidad. Entre ellos se contará con evaluadores externos a la revista. Las referencias bibliográficas se presentarán al final del artículo, numeradas por orden de aparición en éste. En el texto se citarán mediante su número de orden, entre paréntesis. Deberán seguir el siguiente modelo: - APELLIDOS, Nombre: «artículo», título de la revista o publicación periódica, Lugar de edición, año, número o volumen y páginas. - APELLIDOS, Nombre: Título de la obra, lugar de edición, año y páginas. Las remisiones a sucesivas obras ya citadas se harán de forma abreviada según es tradición en Historia. Las citas textuales se entrecomillarán o se escribirán en un tipo de letra diferente al del texto. Si exceden de dos líneas deberán llevarse a nota a pie de página.
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 371-372) ISSN: 0212-5862
371
Normas de publicación
En caso de que el artículo incluya agradecimientos se consignarán al final del texto principal. Los anexos documentales se colocarán al final del texto, después de la bibliografía y deberán numerarse e identificarse con un título.
372
REVISTA DE HISTORIA MODERNA N° 25 (2007) (pp. 371-372) ISSN: 0212-5862
EL CONFLICTO SUCESORIO (1700-1715)
ENRIQUE GIMÉNEZ LÓPEZ.
El exilio de los borbónicos valencianos
y PILAR YBÁÑEZ WORBOYS. El llamamiento a la nobleza de las «dos Andalucías» de 1706
FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ NÚÑEZ
y JULIO D. MUÑOZ RODRÍGUEZ. Las milicias de Felipe V La militarización de la sociedad castellana durante la Guerra de Sucesión
FRANCISCO JAVIER GUILLAMÓN ÁLVAREZ
ROSA Ma ALABRÚS. El eco de la batalla de Almansa en la publicística DAVID MARTÍN MARCOS.
El proyecto de mediación de la Santa Sede como alternativa a la Guerra de Sucesión española
AGUSTÍN JIMÉNEZ MORENO. La búsqueda de la hegemonía marítima y comercial. La participación de Inglaterra en la guerra de sucesión española según la obra de Francisco de Castellví «Narraciones históricas» (1700-1715) ANA ÁLVAREZ LÓPEZ. LOS
ANNE DUBET.
negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña
¿La importación de un modelo francés? Acerca de algunas reformas de la administración española a principios del siglo XVIII
VIRGINIA LEÓN SANZ.
«Abandono de patria y hacienda». El exilio austracista valenciano
SERGIO SÁNCHEZ GARCÍA.
Noticias sobre austracistas aragoneses y el secuestro de sus bienes
La Guerra de Sucesión en Valencia. Retrospectiva historiográf ica y estado de la cuestión
CARMEN PÉREZ APARICIO.
VARIA MARÍA LÓPEZ DÍAZ. Del ayuntamiento borbónico al primer municipio constitucional: el caso de Santiago de Compostela