Capitulo II De la organización de los estudios para graduados
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD DEL ZULIA CONSEJO UNIVERSITARIO
Articulo 4. Los Estudios para Graduados en La Univ Univer ersi sida dadd del del Zuli Zuliaa depe depend nden en del del Vice Vice-Rect Rector oraado Acad Académ émic icoo y se admi admini nist stra rará ránn y orga organi niza zarán rán a trav través és del del Cons Consej ejoo Cent Centra rall de Estu Estudi dios os para para Grad Gradua uado dos, s, de las las resp respec ecti tiva vass Facultades.
En uso de la atribución conferida en el artículo 26, ordinal 21 de la Ley de Universidades dicta lo siguiente:
Reglamento de Estudios para Graduados de La Universidad del Zulia
Sección Primera del Consejo Central de estudios para graduados
Capitulo I Disposiciones Generales Articulo 1. Los Estudios para Graduados, son aquellos organizados para quienes hayan obtenido un título en Educación Superior en Universidades nacio cionale naless o Extra xtrannjeras eras,, o en Ins Institutos utos Universitarios, y que cumplan con lo establecido en las “Normas para la Acreditación de estudios par paraa Gradu raduad ados os,, del del Cons Consej ejoo Naci Nacion onal al de Universidades” o cualquier otra que al respecto emita el Consejo Nacional de Universidades. Articulo 2. Los Estudiantes para Graduados de la Universidad del Zulia, tendrán como objetivos: 2.1 Ampli liaar, perfe rfeccionar y actuali ualizzar la formac formació iónn Cientí Científic fico-A o-Aca cadémi démica ca de de los los egresad egresados os uni univer versit sitari arios os y en especi especial al del del per perso sona nall doce docent ntee y de inve invest stig igac ació iónn de la Universidad del Zulia y de otras Instituciones de Educación Superior, mediante la adquisición, análisis, evaluación, creación y adaptación de nuevos conocimientos cien cientí tífi fico cos, s, para para apli aplica carl rlos os a la real realid idad ad nacional e internacional. internacional. 2.2 .Formar .Formar Investig Investigadore adoress en las diversas diversas áreas de la Ciencia y de la Tecnología. Articulo 3. Los Estudiantes para Graduados se clasifican, de acuerdo con su finalidad en: 3.1. 3.1. Est Estudi udios Cond Conduc uceentes ntes a un Grado rado Académico. 3.2. 3.2. Estu Estudi dios os no Cond Conduc ucen ente tess a un Grad Gradoo Académico.
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Articulo 5. El Concejo Central de Estudios para Gradua Graduados dos es el organi organismo smo coord coordina inador dor de los los Estu Estudi dios os de Po Post stgr grad adoo y ases asesor or del del Cons Consej ejoo Univ Univer ersi sita tari rioo y tend tendrá rá como como objet bjetiv ivos os los los siguientes: 5.1. Organizar los Estudios para Graduados en la Universidad del Zulia. 5.2. 5.2. Esti Estimu mula larr la form formac ació iónn de estu estudi dios os de cuarto y quinto nivel en los profesionales universita universitarios rios y en especial especial,, en el personal personal docente y de investigación investigación de La Universidad Universidad del Zulia. 5.3. Formu rmular, coordinar y orientar conj onjunta untame ment ntee con las Facul aculta tade dess, las políticas y planes generales de los Estudios para en La Universidad del Zulia. 5.4. Promover los Estudios para Graduados en áreas prioritarias para el desarrollo científicotécnico y humanístico del país y de la región. 5.5. 5.5. Garant Garantiza izarr un elevad elevadoo niv nivel el cientí científi fico co técnic técnicoo y humaní humanísti stico co a los los Estudi Estudios os para para Graduados que se programen, a los fines de logra ograrr su acred redita itación ción ante nte el Con Consejo ejo Nacional de Universidades. Universidades. 5.6. Supervisar, evaluar, controlar y reorientar los Programas de estudio para Graduados. 5.7. Velar por el buen funcionamiento de los Estudios Para Graduados en La Universidad del Zulia. Articulo 6. El Consejo Central de Estudios para Grad Gradua uado doss está está inte integr grad adoo por por el Vice Vice-R -Rec ecto tor r Académ Académic ico, o, qui quien en lo presid preside, e, el Coordi Coordinad nadororSecr Secret etar ario io de Estu Estudi dios os para para Gradu raduad ados os,, los los Dire Direct ctor ores es de las las Divi Divisi sion ones es de Estu Estudi dioo para para Graduado Graduadoss de cada cada Facultad Facultad y el Coordina Coordinadordor-
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Secretario del Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico. Parágrafo Único. La ausencia del Vice-Rector Acad Académ émic icoo será será supl suplid idaa por por el Coor Coordi dina nado dorrSecretario de Estudios para Graduados. Articulo 7. El Consejo Central de Estudios para Graduado Graduadoss tendrá tendrá las siguientes siguientes atribuci atribuciones ones y funciones: 7.1. Prop Propon oner er al Cons Consej ejoo Univ Univer ersi sita tari rioo la política general ral de los Estudios para Graduados en La Universidad del Zulia. 7.2. Emitir opinión ante el Consejo Universitario en un plazo no mayor de seis (6) meses sobre la aprobación, o improbación y reformulación de los Proyectos de Programas de Postgrado, su organización y funciona funcionamient miento, o, previament previamentee aprobado aprobadoss por los respectivos Consejo de Facultad. 7.3. Prop Propon oner er al Cons Consej ejoo Univ Univer ersi sita tari rio, o, aquellas iniciativas que a su juicio, puedan cont contri ribu buir ir a la mejo mejorr real realiz izac ació iónn de los los objetivos de su competencia. 7.4. Propiciar la participación de organismos ppúúblic licos y priv rivados ados para ara alcanz canzar ar sus objetivos. 7.5. Presentar por Intermedio del Vice-Rector Acad Académ émic ico, o, al Cons Consej ejoo Univ Univer ersi sita tari rioo un Informe Anual sobre el estado y proyección de los estu studio dios para para Grad raduad uados en La Universidad del Zulia. 7.6. Requerir información de las Divisiones de estudi estudios os para para Gradua Graduados dos,, en relaci relación ón a los los Cursos Conducentes o no a Grados Académicos. 7.7. Designar Comisiones y requerir de ellas, opinión para los Proyectos de Programas de Postgrado Postgrado,, previamente previamente conside considerados rados por el Consejo Central de Estudios para Graduados, y apro aproba bado do por por los los resp respec ecti tivo voss Cons Consej ejos os Técnicos y Consejos de Facultades. 7.8. Dis Discuti cutirr y apro probar bar los cri criteri erios de distri distribuc bució iónn del del Presup Presupues uesto to Ordina Ordinario rio por por Norma rmativa del Consejo Nacional de Universidades, Universidades, tomando en cuenta los criterios señalados en el Artículo 170 de este
de financiamiento directo a los proyectos de Postgrado, vía Investigación. 7.10. Discutir y proponer al Consejo Univ Univer ersi sita tari rio, o, prog progra rama mass de Fo Form rmac ació ión, n, Capacitación y Entretenimiento de Docentes e Investigadores.
Sección Segunda de la Coordinación Central de estudios para graduados Articulo Articulo 8. La Coordinación Central de Estudios para Graduados, es un órgano ejecutivo y técnico académico adscrito al Vice-Rectorado Aca Académi démico co,, cuya cuya func funció iónn es coor coordi dina narr los los Estudios para Graduados en La Universidad del Zuli Zulia. a. Esta Estará rá dirigi dirigida da por el Coor Coordi dina nado dorrSecre ecrettario ario,, y dará apoyo poyo académ adémiico a las las diferentes Divisiones. Articulo Articulo 9. La Coordinación Central de Estudios para Graduados tendrá una estructura admi admini nist strat rativ ivaa diri dirigi gida da por por el Coor Coordi dina nado dorrSecr Secret etar ario io y cons consti titu tuid idaa por por un Asis Asiste tent ntee al coordinador Secretario, la Sección de Admi Admini nist stra raci ción ón,, las las Secc Seccio ione ness Técn Técnic icas as de Acre Acredi dita taci ción ón y eval evalua uaci ción ón,, Plan Planif ific icac ació iónn y Currículo, Currículo, Informátic Informáticaa y Control Control de Estud Estudios, ios, cuya cuya int integr egraci ación ón y normas normas de funcio funcionam namien iento to será seránn apro probada badass por por el Conse onsejjo Cen Central tral a proposición del Coordinador-Secretario. Parágrafo Único. De acuerdo con la dinámica académica la Coordinación Central de Estudios para Graduados adoptará la estructura adecuada para el cumplimiento de sus objetivos. Articu Articulo lo 10. Los Los mi miem embr bros os de las las Secc Seccio ione ness deberán cumplir con los requisitos siguientes: 10. 10.1. Pert Perten enec ecer er al pers person onal al ordi ordina nari rioo con con categoría no menor a la del agregado. 10.2. Experie riencia comprobada en la investigación o en la Docencia de Postgrado.
Sección Tercera del CoordinadorSecretario de estudios para graduados
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Arti Articul culoo 12. 12. El Coordi Coordina nador dor-Se -Secre cretar tario io de estud estudios ios para para Gradua Graduados dos gozará gozará de una prima prima remunerada equivalente a la de Director y deberá cumplir con los siguientes requisitos: 12. 12.1. Ser miembro ordinario ión exclusiva del perso persona nall docen docente te y de inves investig tigaci ación ón de La Universidad del Zulia, con una categoría no inferior a la de asociado. 12.2 .Tener Título de Postgrado. 12.3 12.3.. Po Pose seer er expe experi rien enci ciaa comp compro roba bada da en Investigación y/o Docencia de Postgrado. 12.4. 12.4. Prefer Preferent enteme emente nte con con experi experienc encia ia en carg cargos os acad académ émic icos os-a -adm dmin inis istr trat ativ ivos os en Postgrado de la Universidad. Universidad. Arti Articu culo lo 13. 13. El Coordi Coordinad nadoror-Se Secre cretari tarioo de Estudios para Graduados tendrá las siguientes: 13.1 13.1.. Vel Velar por el cump cumpli lim mient ientoo de las Normas y Reglamentos relacionados con los Estudios para Graduados de La Universidad del Zulia, a objeto de lograr uniformidad de criterios en la aplicación de los mismos. 13.2. Centralizar y difundir en las diferentes Facult Facultade ades, s, la inform informaci ación ón relati relativa va a los Estudios para Graduados, de tal tal manera que se puedan puedan conocer conocer las diferente diferentess posibili posibilidade dadess locales, nacionales e internacionales. internacionales. 13.3. 13.3. Anali Analizar zar las posibi posibili lidad dades es de uti utili lizar zar racionalmente los recursos de las Facultades, en función de la organización inte interd rdis isci cipl plin inar aria ia de los los Estu Estudi dios os para para Graduados. 13.4 13.4.. Apoy Apoyar ar a los los órga órgano noss de fome foment nto, o, desarrollo y planificación en las actividades relacionadas relacionadas con les Estudios para Graduados. 13.5. Elaborar y ejecutar el Presupuesto Anual del Consejo Central de Estudios para Grad Gradua uado dos, s, de acuer cuerdo do con con los los apor aporte tess esta stablec lecidos dos por Norm Normas as del Cons onsejo Nacio Nacional nal de Unive Universi rsida dades des y prese presenta ntarlo rlo a dicho Consejo para su aprobación. 13.6. Redactar el Informe Anual de actividades del Consejo Central de estudios para Graduados. 13.7. Promover y apoyar iniciativas condu onduccentes tes a la orga organniza izació ción inter nter
13.8. Colaborar con los organismos univ univer ersi sita tario rioss en acti activi vida dade dess dirig dirigid idas as a obte obtene nerr recu recurs rsos os para para los los Estu Estudi dios os para para Graduados en La Universidad del Zulia, así como como tambié tambiénn propi propici ciar ar las relac relacion iones es con con organismos no universitarios con el mismo fin. 13.9. Presidir el Consejo Central de Estudios para Graduados, en ausencia de su Presidente. 13.10. Preparar los informes técnicos que le sean atribuidos en este Reglamento al Consejo Central de estudios para Graduados y los que sean solicitados por los organismos competentes. 13.1 13.11. 1. Vela Velarr por por el cump cumpli limi mien ento to de las las decision decisiones es del Consejo Consejo Central Central de Estudios Estudios para Graduados y del Consejo Universitario. 13.12. Solicitar asesorías a entes intra o extra universitarios, públicos o privados en asuntos de su competencia. competencia. 13.13 Ejercer la Secretaría y refrendar la firma del Presidente en los Acuerdos y Resoluciones Resoluciones del Consejo Central. 13.1 13.14. 4. Elab Elabor orar ar,, conj conjun unta tame ment ntee con con el Pres Presid iden ente te,, la agen agenda da de las las Reun Reunio ione ness Ordinarias y Extraordinarias. Extraordinarias. 13.15. Llevar al día el Libro de Actas de las Reuniones del Consejo Central. 13.16. Llevar el Archivo General del Consejo Central.
Sección Cuarta De las divisiones de estudios para para graduados Arti Articu culo lo 14. 14. En cada cada Facu Facult ltad ad exis existi tirá rá una una División de Estudios para Graduados, destinada a la coordinación curricular y administrativa de los Estudios para Graduados. Articu Articulo lo 15. Las Divisi Divisione oness de Estud Estudio ioss para para Graduados de cada Facultad tendrán los objetivos siguientes: 15.1 15.1.. Prop Propon oner er polí políti tica cass y prog progra rama mass de Estudios para Graduados.
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esta establ blec ecid idoo en el Artí Artícu culo lo 3 (tre (tres) s) de este este Reglamento. 15.4. Promover la realización de estudios para Graduados en forma interdisciplinaria, Inter. e intrainstitucional. 15.5. Velar por la aplicación de las normas y reglame reglament ntos os relaci relaciona onados dos con los los Estudi Estudios os para Graduados. 15.6 15.6.. Serv Servir ir como como cent centro ro de form formac ació ión, n, capacitación y entrenamiento de los recursos humanos para el desarrollo local, regional y nacional. Articulo Articulo 16. Las Divisiones de Estudios para Graduados estarán integradas por el Director, el Conse onsejjo Téc Técnico de la Div Divisi isión, ón, los Comi Comité téss Aca Académi démico coss de Prog Progra rama mas, s, los los profesores y los estudiantes de Postgrado. Articul Articuloo 17. El Dire Direct ctor or de la Divi Divisi sión ón de Estudios para Graduados Graduados de cada Facultad, Facultad, será será desig signad nado por el Con Consejo ejo Univ niversit rsitar ariio a proposic proposición ión del Decano, Decano, previa previa aprobaci aprobación ón del Consejo de la Facultad. Articulo 18. Para el Director de la División de Estu Estudi dios os para para Grad Gradua uado dos, s, debe debenn reun reunir irse se los los siguientes requisitos: 18.1.Poseer Título Universitario Venezolano. Venezolano. 18.2.Poseer 18.2.Poseer Título de Postgrado. 18.3.Ser miembro ordinario del personal docente y de investigac gación de la Facultad que que representa, a dedicación exclusiva o tiempo completo y con con una categoría no inferior a la de asociado. 18.4 18.4.T .Ten ener er expe experi rien enci ciaa en la Doce Docenc ncia ia y/o y/o Investigación en Postgrado. 18.5.Los demás que le exijan los Reglamentos internos de cada facultad. Articulo 19. Son atribuciones del Director de la División de Estudios para Graduados: 19.1.Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Técnico de la División.
19.3.Coordinar la administración curricular de las actividades relacionadas con los Estudios para Graduados en la Facultad respectiva. 19.4 19.4.P .Pres resen enta tarr ante ante el Cons Consej ejoo Técn Técnic icoo de la Divi Divisi sión ón,, los los proy proyec ecto toss sobr sobree prog progra rama mass acad académ émic icos os de estu estudi dioo para para Grad Gradua uado doss a desarrollarse en la División respectiva. 19.5.Elaborar el Proyecto de Presupuesto Anual de la División. 19.6.Administrar y ejecutar conjuntamente con el Decano de la facultad, el presupuesto de la División. 19.7 19.7.P .Pro ropo pone nerr ante ante el Cons Consej ejoo Técn Técnic icoo de la División la designación de los profesores que se desempeñarán en las actividades docentes docentes y de investigación en los Programas Académicos de Postgrado que administre la División. 19.8 19.8.P .Pro ropo pone nerr ante ante el Cons Consej ejoo Técn Técnic icoo de la Divisi División ón el nombra nombramie miento nto de los Comité Comitéss Académico Académicoss de los diferentes diferentes programas programas de Estudios para Graduados y al Coordinador del Programa de Educación Continua. 19.9.Desarrollar de acuerdo con los Consejos de Facult Facultad ad o Consej Consejoo Académ Académico ico,, si fuera fuera el caso caso,, polí políti tica cass sect sector oria iale less espe especí cífi fica cass de estudio estudio para para Graduados Graduados,, enmarcados enmarcados dentro dentro de los lineamientos generales establecidos por el Consejo Consejo Universitario. Dichas políticas políticas se harán del conocimiento del Consejo Central de Estudios para Graduados Graduados de La La Universidad Universidad del Zulia. 19.10. 19.10.Pro Propon poner er ante ante el Conse Consejo jo Técnic Técnicoo de la División el nombramiento de los Tutores para los Trabajos Especiales de Grado, Trabajos de Grado y Tesis Doctorales, previa aprobación del Comité Académico. 19.11.Supervisar 19.11.Supervisar todas las actividades académicas que se desarrollen en los diferentes programas de Estudio para Graduados de la respectiva División. 19.12.Representar a la División ente el Consejo Central de Estudios para Graduados, Consejo de Facultad o Consejo Académico Docente, si fuera el caso. 19.13.Asistir con derecho a voz, a las sesiones del Consejo de Facultad y/o Consejo Académico, si fuere el caso.
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el caso, el Plan Operativo Anual a desarrollar por la División. 19.15.Supervisar las labores del personal docente, administrativo y obrero de la División. 19.16.Asesorar al Decano, al Consejo de Facultad o Consejo Académico, si fuere el caso, en todo lo rel relativo a los Estudios para Graduados. 19.1 19.17. 7.Pr Prop opon oner er al Cons Consej ejoo de facu facult ltad ad o al Consejo Académico Docente, si fuere el caso, los crit riteri erios y proc rocedi edimi mien ento toss para para la sele selecc cció iónn de aspi aspira rant ntes es a Estu Estudi dios os para para Gradua Graduados dos progra programad mados os por por la Divisi División ón y apro aproba bado doss por por el Cons Consej ejoo Técni Técnico co de la División respectiva. 19.18.Proponer 19.18.Pro poner al Consejo Técnico de la División los Jurados para los Trabajos Especiales de Grado, Grado, trabajos trabajos de Grado Grado y Tesis Tesis Doctoral Doctoral,, oída la recomendación del Comité Académico respectivo. 19.19.Elaborar el informe anual de la División y presentarlo al Consejo de Facultad respectivo y al Conse onsejjo Centra ntrall de Estud tudios ios para ara Graduados. 19.20.La 19.20.Lass demás que le señale señalenn el Consejo Consejo de Facultad, el Consejo Central de Estudios para Graduados y el Consejo Universitario.
Sección Quinta De los Consejos Técnicos de las las Divisiones
Articulo 20. El Consejo Técnico es el organismo supe superi rior or de la estr estruc uctu tura ra orga organi niza zati tiva va de la Divis División ión de Estudi Estudios os para para Gradu Graduad ados os de cada cada Facultad presidido presidido por por el Director Director de la División respectiva. Articulo 21. El Consejo Técnico estará integrado por: 21.1 21.1.. El Dire Direct ctor or de la Divis Divisió iónn de Estud Estudio ioss para Graduados. 21.2. Los Directores de Escuela o su equivalente según el caso. 21.3. Los Dir Directo ctores de Ins Institutos y/o Divisiones de Investigación según sea
21.5 21.5.. Los Coor Coorddinadore ores de los Comi Comittés Académi émicos de Prog rogramas que administra la División. Parágrafo Único. Cada Facultad podrá integrar un modelo diferente nte dependiendo de su compl compleji ejida dadd y fines, fines, previa previa aproba aprobaci ción ón de las instancias académicas respectivas. Articulo 22. El Consejo Técnico de la División de Estudi Estudios os para para Gradua Graduados dos tendr tendráá las siguie siguiente ntess atribuciones: 22.1 22.1.. Desi Design gnar ar,, entre ntre sus mi mieemb mbro ros, s, al Secr Secret etar ario io del del Cons Consej ejoo Técn Técnic ico, o, quie quienn se encargará de llevar las actas de cada reunión, resp respon ondder por por los los arch archiv ivos os del del mi mism smoo y elabor elaborar ar conj conjunt untame amente nte con con el Direc Director tor,, la agenda de cada reunión. 22.2. Estudiar y Recomendar la aprobación de los Proyectos de Programas Académicos sobre Estudios para Graduados y someterlos a la cons consid ider erac ació iónn del del Cons Consej ejoo de Facu Facult ltad ad y Consejo Central de Estudios para Graduados. 22.3. Aprobar el proyecto de presupuesto de la División y someterlo a la consideración del Consejo de la Facultad. 22.4. Designar las comisiones de trabajo que cons onsidere derenn nece necessaria ariass para el mejo mejor cumplimiento de sus fines. 22.5. Someter a la consideración del Consejo de la Facu Facult ltad ad,, el nomb nombra rami mien ento to de los los Coordinadores de los Programas Académicos de Estudios para Graduados, a proposición del Director de la División. 22.6 22.6.. Ela Elabora borarr las las norm normaas inter nterna nass de funciona funcionamient mientoo de los diferentes diferentes programas programas académicos y someterlas a la consideración del Consejo Central ral de Estudios para Graduados. 22.7 22.7.. Apro Aproba barr el nombr nombram amie ient ntoo de los los profesores Tutores de los Trabajos Especiales de Grado, Trabajos de Grado y Tesis Doctoral a proposición del Director de la División. 22.8. Aprobar la admisión de los aspirantes, previ previaa opini opinión ón del Comité Comité Académ Académico ico del del programa. 22.9. 22.9. Aprobar Aprobar los Jurados Jurados correspon correspondien dientes tes para las evaluaciones finales de las diferentes
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desempeñarán las actividades docentes y de Articu Articulo lo 25. 25. El Comité Comité Académ Académico ico de cada cada inve invest stig igac ació iónn en los los dist distin into toss prog progra ramas mas programa programa estará integrado integrado por un mínimo mínimo de tres académicos de la División. (3) prof rofesores, de los cuales uno será su 22.11. Velar por el nivel académico de los Coordi Coordinad nador or que hayan hayan realiz realizad adoo Estud Estudios ios de dife diferen rente tess Progr Program amas as desa desarro rroll llad ados os en la Postgrado en áreas relacionadas directamente con División y por la aplicación de las normas y el el programa programa respectiv respectivoo y que tengan tengan a su cargo pre prese sent ntee regl reglam amen ento to rela relaci cion onad adoo con con los los acti activi vida dadd doce docent ntee en el mi mism smo. o. El Conse Consejo jo Estudios para Graduados. Técni cnico de la Divi Divissión ión sele eleccio cionará nará al 22.12. Planificar Planificar todas las acciones necesarias Coor Coordi dina nado dorr resp respec ecti tivo vo de seno seno del del Comi Comité té con el objeto de lograr el desarrollo adecuado Acad Académ émic ico, o, a prop propos osic ició iónn del del Dire Direct ctor or de la de los Estudios para Graduados. División. 22.13. Aprobar el Plan Operativo y Estratégi Estratégico co anual de la División División,, propuest propuestoo Arti Articu culo lo 26. 26. So Sonn atri atribu buci cion ones es del del Comi Comité té por el Director. Académico: 22.14. Estudiar y aprobar los proyectos de los Trab Trabaj ajos os Espe Especi cial ales es de Grad Gradoo y/o y/o Tesi Tesiss 26.1. Dirigir la organización, administración y Doctoral y someterlos a la consideración del funcionamiento del Programa, conjuntamente Consejo de la Facultad. con la División de Estudios para Graduados de 22.15. Emitir opinión sobre los documentos la Facultad respectiva. enviados por el Consejo Central de estudios 26.2. Participar en las reuniones del Consejo para Graduados. Técn Técnic icoo medi median ante te la repr repres esen enta taci ción ón de su 22.16. Las demás atribuciones que le señalen Coordinador. la Ley y los reglamentos respectivos. respectivos. 26.3. Velar y garantizar el cumplimiento del niv nivel acadé cadémi micco req requeri ueriddo, núme número ro de Unidades-Crédito, de prelaciones, Sección Sexta conv conval alid idac acio ione ness y demá demáss requ requer erim imie ient ntos os De los Comité Académicos curriculares de las diferentes asignaturas del programa que coordina. coordina. 26.4 26.4.. Vela elar por el cump cumpli limi mieento nto de los Articu Articulo lo 23. La Divi Divisi sión ón de Estu Estudi dios os para para lineamientos de la política política de Postgrado Postgrado de La Graduados administrará a través de cada uno de Universidad del Zulia, de este Reglamento y los Comité Académicos designados al efecto, la de las normas referidas a los Estudios para coordinación de los Programas de Graduados en general. Espec Especial ializa izaci ción, ón, Maestr Maestrías ías,, Docto Doctorad rados os,, PostPost26.5. Elaborar los proyectos de creación de Doct Doctor oraados dos y el Prog Progra rama ma de Educa ducaci ción ón programas o cursos de Postgrado en su área, Cont Contin inua ua,, que que al efec efecto to se vaya vayann a se esté esténn sean o no conducentes a grados académicos. realizando. 26.6 26.6.. Prop Propon oner er al Conse Consejo jo Técn Técnic icoo los los candidatos a tutores y a miembros de jurados Articul Articuloo 24. 24. El Conse onsejjo de la Facu Facult ltaad, a examinado examinadores res de los Trabajos Trabajos Especi Especiales ales de pro propo posi sici ción ón del del Dire Direct ctor or de la Divi Divisi sión ón de Grado, Trabajos de Grado y Tesis Doctoral Estudios para Graduados, previa aprobación del que se presente presenten, n, quienes quienes deberán deberán poseer poseer el Consejo Técnico respectivo, respectivo, designará conforme a título respectivo de Postgrado de acuerdo al este Reglamento y a las normas que a tal fin programa en el cual participarán. establez establezca ca la División División respect respectiva, iva, los los Comités Comités 26.7 26.7.. Estud studiiar las cred redencia ncialles de los Acadé cadémi miccos para para coordi rdinar nar cada área área o profe profesor sores es que aspir aspiren en a formar formar parte parte del programa, sus miembros durarán cuatro (4) años per perso sona nall docen ocente te y de inve invest stig igac ació iónn del del en sus funciones, pudiendo ser reelegidos. programa respectivo y recomendarlos ante el Consejo Técnico de la División. Dicho Dicho bramie bramie deberá deberá ticipa ticipado do al
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26.9 26.9.. Cono Conoce cerr los los Trab Trabaj ajos os Espe Especi cial ales es de Grado, Trabajos de Grado y Tesis Doctoral presentados, y verificar si cumplen con los requ requiisit sitos mí míni nimo moss exigi xigido doss y con las “Nor “Norma mass mí míni nima mass para para la pres presen enta taci ción ón de trabajos escritos escritos en La Universidad del Zulia”. 26.10. 26.10. Proponer Proponer ante ante Consejo Consejo Técnico Técnico de de la Divi Divisi sión ón de Estu Estudi dios os para para Grad Gradua uado doss el correspon correspondien diente te sistema sistema de evaluaci evaluación ón en en cada una de las asignaturas. 26.1 26.11. 1. Pres Presen enta tarr un Info Inform rmee Aca Académi démico co Administ Administrativo rativo semestral sobre sobre el programa programa coord oordiinado nado,, al Conse nsejo Técn écnico de la División. 26.13. Analizar Analizar y presentar los informes de los tutore tut oress de Trabajo Trabajoss Espec Especial iales es de Grado, Grado, Trab Trabaj ajos os de Grad Gradoo y Tesi Tesiss Doct Doctor oral ales es y remitirlos para su consideración al Consejo Técnico de la División. 26.14. 26.14. Estudiar Estudiar los casos casos de convalid convalidació ación, n, reincorporación y reconocimiento de créditos, y emitir el informe correspondiente al Consejo Téc Técnic nico en el form formuulari larioo elabor aboraado al respecto. 26.15. Proponer y llevar a cabo la evaluación del programa respectivo, por lo menos cada cinc cincoo (5) (5) año añoss y del del cua cuall info inform rmaará al al Consejo Técnico de la División. 26.16. Elaborar la programación semestral y pre prese sent ntaarla rla para para la cons onsidera deracción al Coor Coordi dinnador ador de la Ofi Oficina cina Téc Técnic nica de Planificación y Docencia. 26.17. 26.17. Emitir Emitir opinione opinioness sobre sobre las consultas consultas especializadas especializadas que le sean formuladas. 26.18. 26.18. Presenta Presentarr un infor informe, me, al final final de la escolaridad sobre el desarrollo del programa, con el propósito de lograr su mejoramiento continuo.
Articulo 28. Para ser Coordinador del Comité Académico se requiere: 28.1 28.1.. Ser Ser mi miem embr broo ordi ordina nari rioo del del pers person onal al docente y de investigación investigación de la la Facultad a la cual esté adscrito el Programa y con categoría por lo menos menos de asociado. asociado. Cuando se trate de de pro progr graamas mas en donde nde parti articcipen pen varia ariass Facultades, el Coordinador puede pertenecer a cualquiera de ellas. 28.2. Poseer como mínimo el Grado Académico que ofrece el Programa. 28.3 28.3.. Tene Tenerr expe experi rien enci ciaa comp compro roba bada da en docencia docencia e inves investigac tigación ión e inves investigac tigación ión a nivel de Postgrado. Parágrafo Único. En situaciones especiales y por por razone razoness debi debidam dament entee justi justific ficada adas, s, previa previa solicitud y aprobación del Consejo Universitario, los profesores jubilados podrán ejercer el cargo por un lapso no mayor de cuatro (4) años. Articulo 29. Son atribuciones del Coordinador: 29.1 29.1.. Pres Presid idir ir el Comi Comité té Acad Académ émic icoo del del Programa respectivo. respectivo. 29.2. Coordinar las actividades del Comité y hacer cumplir sus decisiones. decisiones. 29.3. Representar al programa respectivo ante el Consejo Técnico de la División de Estudios para Graduados y ante cualquier otra instancia siempre y cuando sea comisionado para ello por el Director. 29.4 29.4.. Elab Elabor orar ar y pres presen enta tarr ante ante el Comi Comité té Acad Académ émic icoo que que pres presid ide, e, el proy proyec ecto to de presupuesto anual del respectivo programa. 29.5. Proponer ante el Comité Académico del Programa, Programa, la correspo correspondenc ndencia ia programaci programación ón
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29.9 29.9.. Su Supe perv rvis isar ar las las labo labore ress del del pers person onal al administrat rativo adscrito al prog rograma correspondiente. 29.10. Llevar el registro de las actividades cumplidas por el Comité Coordinador. 29.11. Recabar de los profesores designados como como respon responsab sables les de cada cada asigna asignatur tura, a, las las planillas de exámenes, para su envío posterior al Director de la División. 29.12. Cualquier otra que el Consejo Técnico le asigne. Parágrafo Único. El tiempo tiempo de dedicació dedicaciónn a la administ administraci ración ón del programa programa no será será menor de seis (6) horas semanales, las cuales se incorporarán incorporarán a su carga docente.
Capitulo III De los estudios para graduados conducentes a grado académico Arti Articul culoo 30. 30. Los Los Estu Estudi dios os para para Grad Gradua uado doss conducentes conducentes a Grado Académico son Programas de Po Post stgr grad adoo cons consti titu tuid idos os por por el conj conjun unto to de asigna asignatur turas as o cursos cursos o materi materias as que conduc conducen en mediante objetivos objetivos específicos a la obtención obtención de un Grad Gradoo Acadé Académi mico co y que que cump cumpla lann con con lo esta establ blec ecid idoo en el Artíc rtícul uloo 2 (dos (dos)) de este este Reglamento. Articulo 31. Los Programas de Postgrado serán planificados y ejecutados a través de la respectiva Divis División ión de Estudi Estudios os para para Gradua Graduados dos,, previa previa aprob aprobaci ación ón del del Consej Consejoo Técni Técnico, co, Conse Consejo jo de facu facult ltad ad,, Cons Consej ejoo Cent Centra rall de Estu Estudi dios os para para Graduados y Consejo Universitario. Parágrafo Parágrafo Primero. Primero. Ningún Ningún progra programa ma podrá podrá
Parágrafo Parágrafo Único. Único. El autofinan autofinanciami ciamiento ento será requisito indispensable indispensable para su aprobación. Artí Artícu culo lo 33. 33. Los curso rsos o asig asigna natu tura rass o equi equiva vale lent ntes es,, será seránn prog progra rama mado doss por por cada cada Facultad, a través de su respectiva División, cada uno uno de ello elloss bajo bajo la resp respon onssabil abilid idad ad de un Profesor Coordinador. Coordinador. Estos deberán organizarse por áreas de conocimiento en forma de programas planificados planificados y desarrollados en uno o más Centros de Invest Investiga igació ción, n, Depart Departame amento ntos; s; Escuel Escuelas as o Institutos. Artícu Artículo lo 34. 34. Los proyectos de Programas de Estu Estudi dioo para para Grad Gradua uado doss debe debenn adap adapta tars rsee conceptualmente y en su estructura a lo pautado en este Reglamento, a las normas que el Consejo nacion nacional al de Unive Universi rsidad dades es dict dictee respec respecto to,, así como como el Cons Consej ejoo Cent Centra rall de Estu Estudi dios os para para Graduados y el Consejo Universitario. Parágrafo Único. Cuando se trate de Proyectos que que conc conclu luya yann en un Grad Gradoo de Espe Especi cial alis ista ta y posteriormente de Magíster, deberán presentarse por separado para su consideración consideración y aprobación. Articu Articulo lo 35. Todo Todo proy proyec ecto to de prog progra rama ma de Estudios para Graduados deberá estar estructurado de la siguiente manera: 1. Intr Introd oduc ucci ción ón.. 2. Just Justif ific icac ació ión. n. 3. Cara Caract cter erís ísti tica cas. s. 3.1. Definición Definición.. 3.2. Objetivos Generales y Específicos. Específicos. 3.3. Perfil de Estudiante a ingresa. 3.4. Perfil del Estudiante a egresar. 3.5. Actividades Actividades Académicas Académicas en U.C.
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3.11.3. Asignaturas de Formación Específica 3.11.3.1. Asignaturas Obligatorias. 3.11.3.2. Asignaturas Electivas. 3.11.4. Práctica Profesional. Profesional. 3.11.5. Actividades Actividades de Investigación 3.12.Sistema 3.12.Sistema General de Evaluación. 3.13. 3.13.Tra Trabaj bajoo espec especial ial de Grado, Grado, traba trabajo jo de Grado o Tesis Doctoral. 4. Estu studio Eco Económi nómicco del progr rogram amaa y estimación del costo de la Unidad Crédito. 4.1. 4.1. Cost Costoo del del Pers Person onal al Doc Docente ente y de Investigación. 4.2. 4.2. Cost Costoo de Pasa Pasaje jess y Viát Viátic icos os para para el personal invitado. 4.3. Costo Costo del material material de apoyo. apoyo. 4.4. 4.4. Cost Costos os indi indire rect ctos os de edif edific icac ació ión, n, mantenimiento, etc. 4.5. 4.5. Cost Costos os de la U.C. U.C. y si el prog progra rama ma se autofinancia. 5. Descripción de cada una de las asignaturas, seminarios, talleres, así como cualquier otra actividad que incluya: 5.1. Introducc Introducción. ión. 5.2. Objetivos Generales y Específicos. Específicos. 5.3. Contenid Contenidos. os. 5.4. Recursos Instruccionales. Instruccionales. 5.5. Recursos Recursos Humanos, Humanos, indicando indicando cual será el Coor Coordi dina nado dorr de la asig asigna natu tura ra y el currículo vital de cada uno. 5.5. 5.5.1. 1. Prof Profes esor ores es de LUZ y ti tiem empo po (hora (horas) s) de dedicación a la asignatura. 5.5.2. 5.5.2. Profes Profesore oress Invitad Invitados os y tiempo tiempo (horas (horas)) de dedicación a la asignatura. 5.5.3. 5.5.3. Curríc Currículo ulo Vit Vital al de cad cadaa Profes Profesor. or. 5.6. Evaluació Evaluación. n. 5.7. 5.7. Bibl Biblio iogr graf afía ía.. Seña Señala larr los los recu recurs rsos os existentes. 6. Líneas Líneas de Investiga Investigación ción con sus proye proyectos ctos..
donde donde,, una vez conside considerad radoo y aproba aprobado do,, será será envia viado al Conse onsejjo Univ Univeersit rsitar ario io para para su definitiva aprobación. aprobación. Articulo 37. La puesta en marcha de un Programa de Estudios para Graduados, deberá garantizar: Las líneas de Investigación, que el Programa se mantendrá por lo menos mientras dure toda la escolaridad, así como la elaboración del Trabajo Espe Especi cial al de Grad Grado, o, Trab Trabaj ajoo de Grad Gradoo y Tesi Tesiss Doctoral. Arti Articu culo lo 38. 38. El auto autofi fina nanc ncia iami mien ento to no será será requisito indispensable indispensable para que un Proyecto de Programa de estudios para Graduados se apruebe, ya que la Universidad, de acuerdo a su política de estud estudios ios para para Gradua Graduados dos prever preverá, á, a través través del del pre presu supu puest estoo de la Divi Divisi sión ón de Estu Estudi dios os para para Grad Gradua uado dos, s, el fina financ ncia iami mien ento to que que aseg asegure ure el cump cumpli limi mien ento to de lo prev previs isto to en el artí artícu culo lo ant anterio erior, r, cuand uandoo se trate rate de proy royect ectos de naturaleza prioritaria, salvo lo establecido en el Parág rágrafo Único del Artículo 32 de este Reglamento. Articu Articulo lo 39. Todo Todo proy proyec ecto to de prog progra rama ma de Estudios para Graduados, deberá estar previsto en el Plan Operat Operativo ivo de la Faculta Facultadd respe respecti ctiva va y esta estarr incl inclui uido do en el Pres Presup upue uest stoo anua anuall de la misma. Articulo Articulo 40. Todo Todo Progra Programa ma de Estudi Estudios os para para Graduados vigente, deberá ser evaluado por la Divi Divisi sión ón de Estu Estudi dios os para para Grad Gradua uado dos, s, por por lo menos, cada cinco (5) años, de cuyos resultados infor informar maráá al Conse Consejo jo centra centrall de Estudi Estudios os para para Graduados.
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conocimientos conocimientos y el entrenamiento, necesarios para la formación de expertos de elevada competencia, en un área, sector o campo específico de una ciencia o técnica determinada. Articul Articuloo 43. 43. Los Estudios Estudios de Especial Especializaci ización ón conducen conducen a la obtención del Grado de Especialista en el camp campoo esp especí ecífic fico en donde onde se haya hayann realizado y éste se otorgará, unas vez que se hayan cumplido, los requisitos previstos en este Reglamento y en el Programa respectivo. Articul Articuloo 44. 44. Los Estud Estudios ios de Especi Especiali alizac zación ión comprenden un mínimo de treinta (30) Unidades Créd Crédit itoo en asign signat atur uras as y otra otrass acti activi vida dade dess cont conten enid idas as en el Prog Progra rama ma corr corres espo pond ndie ient nte, e, inclu incluyen yendo do las las pract practica icass profes profesio ional nales; es; deberá deberá además elaborar un Trabajo Especial de Grado, que tendrá un valor comprendido de seis (6) a doce (12) Unidades Crédito. Arti Articu culo lo 45. 45. Para obtener el Grado de Especialista se deberá cumplir con los siguientes requisitos: 45.1 45.1.. Habe Haberr cumpl cumplid idoo con con las las exig exigen enci cias as requeridas en los reglamentos de la Universidad del Zulia, así como la normativa inte intern rnaa de cada cada Prog Progra rama ma en part partic icul ular ar,, deb debidam dament ente apro aproba baddo por el Cons Consej ejoo Universitario. 45.2. La elaboración de Trabajo Especial de Grad Grado, o, con con el prop propós ósit itoo de demo demost stra rarr el manej manejoo inst instrume rumenta ntall de los conoc conocimi imient entos os obten obtenid idos os en el área respec respectiv tiva. a. El mismo mismo deberá ser sustentado ante un jurado designado al efecto y redactado de acuerdo a las disposiciones contenidas en las “Normas
ponderado en sus calificaciones calificaciones no menor de quince (15) puntos. 45.5 45.5.E .Ell domi domini nioo inst instru rume ment ntal al de un idio idioma ma extra xtranj njeero, ro, según gún lo exi exija el Progr rogram amaa respectivo. 45.6 45.6.E .Enn caso caso d estu estudi dian ante te extr extran anje jero ross debe deberá rá cump cumpli lirr con con lo que que al efec efecto to esta establ blez ezca ca la Nor Norma mati tiva va Naci Nacion onal al y el Mini Minist ster erio io de Relaciones Interiores.
Sección Segunda De los programas de estudio para graduados conducentes al grado académico de maestría Articulo Articulo 46. Los estudios de Maestría tienen por objeto el estudio sistemático y profundo, en un área del conocimi conocimiento ento científic científico, o, tecnológ tecnológico ico y human humaníst ístico ico para para adqui adquirir rir una capac capacita itació ciónn de elevado nivel, así como el dominio y aplicación de los diferentes métodos de investigación propios de esa área. área. Deben persegui perseguirr la interpretació interpretaciónn y pro propó pósi sito to de tran transf sfor orma maci ción ón de un área área del del conocimiento, desde el punto de vista académico, cien cientí tífi fico co,, y prof profes esio iona nal, l, y la info inform rmac ació iónn metodológica metodológica para la la investigación. investigación. Arti Articu culo lo 47. 47. Los Prog rograma ramass de Mae Maestrí stríaa comp mpre rennderá deránn un mí míni nimo mo de trei reinta nta (30) (30) Unidades Crédito en asigna gnaturas ras y otras activida actividades des curricul curriculares ares organiza organizadas das en un área espec pecífi ífica del del con conocim imiient ento, inc incluye luyend ndoo actividades de investigación investigación y la elaboración elaboración de un Tra Trabaj bajo de Gra Grado que que tendrá ndrá un val valor comprendido de seis (6) a doce (12) Unidades
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su elaboración racional., de sus posibilidades y de sus limitaciones. 48.2 48.2.. La rea realiz lización de un proy royect ecto de investiga investigación ción,, que conlleve conlleve a la elaboraci elaboración ón del Trabajo Trabajo de Grado Grado,, con el propós propósit itoo de adqu dquiri irir el domi domini nioo de los mét métodos de investigación propios del área de conocimiento conocimiento respectiva. 48.3. 48.3. Aquellos Aquellos que le permitan permitan el dominio dominio de las destr destreza ezass y habili habilidad dades es para para partic participa ipar r eficientem eficientemente ente en el proceso proceso de enseñanz enseñanzaaaprendizaje. 48.4. Establecer la mención o menciones a que que hub hubiere iere luga lugar, r, dent entro del del área rea del del conocimiento conocimiento respectiva. Articulo 49. Cada programa en ejecución deberá asignar un Comité Asesor, instancia orientadora del proceso proceso y desarrollo desarrollo del Trabajo Trabajo de Grado, Grado, integrado por tres profesores, de los cuales uno será el tutor, cuyas funciones específicas serán: 49.1. Analizar la factibilidad y pertinencia del anteproyecto del Trabajo de Grado. 49.2 49.2.. Regu Regula lari riza zarr las las rela relaci cion ones es entr entree el estudiante y su tutor. 49.3. Mantener actualizado el expediente del estudiante. 49.4. Evaluar los logros y avances trimestrales del Trabajo de Grado. 49.5 49.5.D .Div ivul ulgar gar los los tí títu tulo loss de los los Trab Trabaj ajos os presentados ante las diferentes instituciones instituciones que potencialmente puedan requerirlos. 49.6 49.6.E .Ela labborar rar y mant manteener ner actu actuaaliza lizado do semestralmente un cronograma de presentación de Trabajos de Grado e informar a las diferentes Divisiones de Estudios para Graduados para su promoción institucional.
norm normat ativ ivaa inte nterna rna estab tableci lecida da en cada pro progr graama en part partiicula cular, r, debidam idamen ente te aprobados por el Consejo Universitario. En caso de estudiantes extranjeros, deberán cump cumpli lirr con con lo esta establ blec ecid idoo en las las Leye Leyess y Reglamentos existentes al efecto. 51.2. Haber realizado y aprobado los estudios estab establec lecido idoss en el respec respecti tivo vo progra programa ma de acuerdo al Artículo 47 (cuarenta y siete) de este Reglamento. 51.3. No tener más de cuatro (4) años de permanencia en el programa contados a partir de su fecha fecha de inscripción. inscripción. Vencido el lapso, el estudiante podrá solicitar la correspondiente convalidación. 51.4. Aprobar las Unidades Crédito exigidas po por el progr rogram amaa res respec pectivo ivo y tene ener un promedio ponderado en sus calificaciones no menor de quince (15) ( 15) puntos. 51.5. El dominio instrumental de un idioma extra xtranj njeero, ro, seg según lo exija el prog rograma rama respectivo. 51.6 51.6.. Hab Haber sust ustent entado ado ante nte un Jurad uradoo designado al efecto, el Trabajo de Grado, el cual deberá ser redactado de acuerdo a las disp dispos osic icio ione ness cont conten enid idas as en las las “Nor “Norma mass Mínima Mínimass para para la Prese Presenta ntació ciónn de Trabaj Trabajos os Escritos en La Universidad del Zulia”. 51.7. 51.7. En caso excepciona excepcionales les y debidamen debidamente te justi justific ficad ados os por por el Comité Comité Asesor Asesor de cada cada pro progr graama podrá ace acepta ptar hast asta dos (2) estudiantes en la elaboración del Trabajo de Grado, haciendo constar los aportes que cada uno haya proporcionado. proporcionado.
Sección Tercera De los programas de estudio para graduados conducentes al grado académico
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Articul Articuloo 54. Los Los Prog Progra rama mass de Doct Doctor orad adoo establecerán establecerán las actividades actividades de investigación investigación que conl conlle leva va dich dichos os estu estudi dios os y gara garant ntiz izar arán án la vinc vincul ulac ació iónn dire direct ctaa y form formal al con con Unid Unidad ades es,, Centros, Institutos y Divisiones de Investigación de La Universidad del Zulia, o fuera de ella, con las asignaturas y demás modalidades curriculares que el estudiante deba realizar. r ealizar.
mínimo de cuarenta y cinco (45) Unidades Crédito y un promedio ponderado no menor de diez y seis (16) puntos en sus calificaciones. 57.3. La elaborac ración, presenta ntación y aproba aprobaci ción ón de una Tesis Tesis Docto Doctoral ral,, la cual cual deberá ser sustentada en un examen público y solemne solemne conf conform ormee a lo establ estableci ecido do por el artículo 160 de la Ley de Universidades, y reda redact ctad adaa de acue acuerd rdoo a las las disp dispos osic icio ione ness contenid contenidas as en las “Normas “Normas Mínimas Mínimas para la Pres Presen enta taci ción ón de Trab Trabaj ajos os escr escrit itos os en La Universidad del Zulia” y las exigencias exigencias por el presente Reglamento. 57.4. Elaborar por lo menos dos (2) artículos para ser ser presentado presentadoss en revistas revistas arbitrad arbitradas, as, mientras dure el programa. 57.5. Los demás que exija el programa de Doctorado respectivo.
Artícul Artículoo 55: Para Para ingr ingres esar ar a un prog program ramaa de doct doctor orad ado, o, se exig exigir iráá el cumpl cumplim imie ient ntoo de los los siguientes requisitos requisitos mínimos, los cuales cuales deberán establecerse establecerse en el respectivo programa. 55.1. 55.1. Demost Demostrar rar trayec trayector toria ia académ académica ica en alguno de los siguientes aspectos: a. Habe Haberr obte obteni nido do un grad gradoo acad académ émic icoo de postgrado. b. b. Prod Produuctiv ctivid idad ad cien cientí tífi fica ca demo demost stra rada da a tra través vés de publ ublica icacio ciones nes en rev revista istass Articulo 58. La Tesis Doctoral será el producto científicas arbitradas o indexadas. invest estiga igació ciónn que consti constituy tuyaa un aporte aporte c. Expe Experi rien enci ciaa demo demost stra rada da en equi equipo poss de de una inv signif significa icativ tivoo al conoc conocimi imient entoo cient científi ífico co y que investigación demues estr tree la auto autono nomí míaa e inde indepe pend nden enci ciaa de d. Part Partic iciipac pación ión act activa en proye royecctos tos de demu criterio de su autor. autor. Dicho Dicho trabaj trabajoo deberá deberá ser inve invest stig igac ació iónn fina financ ncia iado doss por por ente entess criterio pre prepa para rado do únic únicaa y excl exclusi usiva vame ment ntee para para la debidamente autorizados. 55.2. Demostrar el dominio instrumental de obtención del Doctorado y debe ser una actividad otro otro idio idioma ma segú segúnn lo exij exijaa el prog progra rama ma de carácter individual y original. respectivo. Parágrafo Único. Único. El cursan cursante te del del progra programa ma 55.3. Presentar una propuesta de investigación Parágrafo
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Articul Articuloo 62. Los Estudios para Graduados no conducen a un grado académico serán organizados por las Divisiones de Estudios para Graduados, a través del Programa de Educación Cont Contin inua ua,, y en estr estrec echa ha rela relaci ción ón con con otra otrass dependencias de la Facultad de La Universidad del Zulia y/o de otras Instituciones. Instituciones. Articulo 63. El Programa de Educación Continua ofrec ofrecer eráá a los los egre egresa sado doss de inst instit ituc ucio ione ness de educa educació ciónn superi superior or los conoc conocimi imient entos os que les perm permit itan an supe supera rarr y actu actual aliz izar arse se en área áreass del del conocimiento conocimiento vinculadas vinculadas a su formación. formación. Por vía excepci excepcional onal podrán podrán participa participarr estudiant estudiantes es del último año de la carrera profesional. Articulo 64. El Programa de Educación Continua será administrado por un Comité Académico, de acuerdo a lo establecido ene. Artículo Veintitrés (23) del presente Reglamento y precedido por un Coordinador de acuerdo a los Artículos 27, 28 y 29. Ejusdem. Parágrafo Parágrafo Único. Único. Para Para ser ser Coordi Coordina nador dor del del Progra Programa ma de Educa Educació ciónn Conti Continua nua se requie requiere re grado académico de Postgrado. Articulo 65. El Programa de Educación Continua
Articulo 68. Los Estudios de Perfeccionamiento perseguirán mejorar el nivel de excelencia del participante capacitándolo para que, a través de la programación prevista, adquiera las herramientas que que le perm permit itan an apli aplica carr los los cono conoccim imie ient ntos os adquiridos en su práctica profesional. profesional. Pará Parágr grafo afo Ún Únic ico. o. Los programas de entrenamiento serán considerados como cursos de perfeccionamiento. Articulo 69. El programa de Educación Continua será permanente y se revisará anualmente para inclui cluirr nuevo uevoss estu studio dios o elim imin inar ar los ya existente existentes. s. Se evaluaran evaluaran los ya ofrecidos ofrecidos con con el fin de incluir mejoras o modificaciones, acordes con sus objetivos. Articulo 70. El programa de Educación Continua conf confer erir iráá en los los estu estudi dios os dond dondee se eval evalúe úe el rendimiento de los participantes, un certificado de aprobación. aprobación. En aquellos en en donde no esté esté prevista la evaluación o el participante no la realice, se otorgará un Diploma de Asistencia. Parágrafo Parágrafo Único. Único. Para Para tener ner derech rechoo a la respectiva credencial, se exigirá, por lo menos, la asistencia al 90% de las actividades actividades programadas.
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Articulo Articulo 73. En la programación de los estudios no cond conduc ucen ente tess a grado grado acad académ émic ico, o, debe deberá ránn cumplirse los siguientes requisitos: 73.1 73.1.. Cada Cada Estu Estudi dioo tend tendrá rá un Coor Coordi dina nado dor r resp respon onssable ble, pre prefere ferent ntem emen ente te uno uno de los profesores que lo dictará, quien debe tener grado académico de Postgrado. 73.2. El diseño a ser ofrecido deberá cumplir con los siguientes requisitos: • • •
• • • • • • • • • • •
Nombre. Objetivos. Identificación del facilitadotes, acompañado de su Currículo Vital. Contenido programático. Bibliografía. Lugar de donde se dictará el Curso. Fecha y Horario. Duración (calculada en horas). Evaluación. Estrategias de aprendizaje. Recursos Instruccionales necesarios. Matrícula. Costo. Presupuesto de gastos. Presupuesto de los participantes.
estab establec lecid idas as en conven convenio ioss int interf erfacu aculta ltades des y/o interintitucionales. Parágrafo Segundo. Cuando un profesor de La Universidad del Zulia esté interesado en realizar algún estudio, el costo podrá ser financiado por la Facultad Facultad a la cual pertene pertenezca zca o por el Programa Programa de Formación Formación Docente Docente para el personal personal de La Universidad del Zulia. Articulo 76. Los certificados de aprobación y/o diplomas de asistencia a las actividades acad académ émic icas as prog progra rama mada dass como como mate materi rias as o asignaturas o programas específicos, se expedirán de acuerdo a un modelo único que elaborará el Consejo Central de Estudios para Graduados y deberán ser suscritos por el Decano de la Facultad respectiva, el Director de la División de Estudios para Graduados y el Coordinador o Profesor del Curso. Parágrafo Parágrafo Único. Único. Para Para surt surtir ir efec efecto to como como credencial o con el fin de ser reconocido en un Programa conducente a Grado Académico, deberá ser certificado por el Secretario de La Universidad del Zulia. Articulo Articulo 77. Los cursos y demás actividades programadas por el Coordinador Académico de
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acti activi vida dade dess de inve invest stig igac ació iónn o cien cientí tífi fica cass plenamen mente comprobadas en el área del conocimiento conocimiento respectivo. Articulo Articulo 79. Los profes profesore oress de Estudi Estudioo para para Graduados se clasifican en: 79.1. 79.1. Profesores Profesores Ordinario Ordinarios. s. 79.2. 79.2. profesore profesoress Especiale Especiales. s. Articul Articuloo 80. So Sonn Profes Profesore oress ordin ordinari arios, os, los miembros del personal docente y de investigación de la Universidad Universidad del Zulia, acreditados conforme al Artí rtículo 78 de este Reglamento nto y que participen en el respectivo curso. Articulo 81. Son profesores especiales: 81.1. Los profesores invitados o contratados de otras Universidades Universidades del país y del exterior. 81.2 81.2.. Los Los Doce Docent ntes es-I -Inv nves esti tiga gado dore ress que que cumplan asesoría de Trabajos Especiales de Grado, Trabajos de Grado y Tesis Doctoral o desa desarr rrol ollo lo de proy proyec ecto toss de inve invest stig igac ació ión, n, pub publi lica caci cion ones es y artí artícu culo loss espe especi ciale ales, s, en revistas arbitradas o indizadas. indizadas. Parágrafo Único. En todo caso, la actividad a cump cumpli lirr esta estará rá regi regida da por por las las disp dispos osic icio ione ness
puedan fijar el Consejo Técnico de la División respectiva. 82.6 82.6.. Prese Presenta ntarr al Comi Comité té Acad Académ émic icoo del del Programa de evaluaciones y las planillas de calificaciones calificaciones de la asignatura o curso. 82.7 82.7.. Las Las demá demáss atri atribu buci cion ones es y debe debere ress establecidos establecidos en la normativa vigente. Arti Articu culo lo 83. 83. Los prof profes esoores res invi invita tado doss o cont contra rata tado doss para para part partic icip ipar ar en prog progra rama mass de Post Po stgr grad ado, o, será seránn prop propue uest stos os por por el Cons Consej ejoo Técnico para su aprobación, aprobación, por el Consejo Consejo de la Facu Facult ltad ad,, Cons Consej ejoo Cent Centra rall de Estu Estudi dios os para para Graduados y Consejo Consejo Universitario. Devengarán honora honorario rioss profes profesion ionale aless calcul calculad ados os según según las las horas de duración de las actividades académicas que que dese desemp mpeñ eñan an,, toma tomand ndoo como como refe refere renc ncia ia míni mí nima ma,, la esca escala la de suel sueldo doss vige vigent ntes es en La Univ Univer ersi sida dadd del del Zuli Zuliaa y en las las cond condic icio ione ness propu propuest estas as por las respec respecti tivas vas Divisi Divisione oness de Estudios para Graduados. Articulo 84. Los miembros del personal docente y de investigación de La Universidad del Zulia, que desarrollen Programas de especialización, de Maestr Maestrías ías,, de Docto Doctorad radoo o en el Progra Programa ma de Educaci Educación ón Continua Continua deberán deberán incluir incluir su carga docen docente te dentro dentro de la activ activida idadd académ académica ica que desarrolle en La Universidad del Zulia.
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86.1. Colaborar con los profesores, ayudándolos en el desarrollo de sus labores docentes y de investigación, previstas en el programa respectivo. respectivo. 86.2. 86.2. Cualqu Cualquier ieraa otra otra activ activida idadd en materia materia docente y de investigación que le sea asignada por los profesores y prevista en el Programa respectivo. Articulo Articulo 87. Los ayudantes académicos durarán en sus labores un (1) año, prorrogable por un año adicional a solicitud del Consejo Técnico de la Divis visión y apro aproba baddo por por las insta nstanc nciias académicas respectivas. respectivas. Articulo 88. Para ser ayudante académico deben reunirse los siguientes requisitos: r equisitos: 88.1. Ser estudiante regular de la División de Estu Estudi dios os para para Grad Gradua uado doss en la que que aspi aspira ra laborar. 88.2 88.2.. Mant Manten ener er un prom promed edio io mí míni nimo mo de quin quince ce (15 (15) punto untoss en sus estu studios ios de pos postg tgra rado do;; en caso caso de esta estarr inic inicia iand ndoo sus sus estudios estudios,, debe haber obt obtenid enidoo un promedio promedio mínimo de quince (15) puntos, en el Pregrado y anexar una carta recomendación por uno de los profesores de Pregrado en el área objeto del concurso.
cuan cuando do deja dejare renn de ll llen enar ar los los requ requis isit itos os que que estab establec lecee este este Reglam Reglament ento, o, cuand cuandoo faltar faltaren en al cumpl cumplim imie ient ntoo de sus sus obli obliga gaci cion ones es o cuan cuando do mediaren mediaren suficien suficientes tes razones razones para ello. ello. En todo caso la solicitud de remoción surgirá del Consejo Técnico de la División de Estudios para Graduados, el cual lo remitirá al Consejo de la Facultad respectiva. respectiva. De la remoción remoción conocerá conocerá el Consejo Central de estudios para Graduados Graduados y el Consejo Universitario. Articulo 91. Los ayudantes académicos tendrán una carga docent docentee no menor de doce doce (12) horas horas semanales, la cual será compensada mediante una beca consistente en el pago de la matrícula del período o semestre y al veinticinco por ciento (25%) del sueldo vigente en La Universidad del Zulia que devengan un instructor a dedicación exclusiva.
Capitulo VII De los estudiantes Articulo 92. Para ser estudiante de Estudios para Graduados se requiere: 92.1. Poseer un título de Educación Superior obte obteni nido do en inst instit ituc ucio ione ness de Educ Educac ació iónn Superior Superior Venez Venezolan olanas as o Extranje Extranjeras, ras, cuyo
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94.2. Haber cumplido con todas las formalidades de inscripción. 94.3. 94.3. Cumpli Cumplirr con las normas normas mínima mínimass de permanencia en el Programa. Articulo 95. El estudiante regular perderá su condición condición en los siguientes casos: 95.1. Si habiéndose inscrito no cursa ningún créd crédit itoo en dos dos (2) (2) perí períod odos os acad académ émic icos os consecutivos. 95.2 95.2.. Si es repr reprob obad adoo en dos dos (2) (2) curs cursos os o asignaturas. 95.3. Si no mantiene un promedio ponderado mínimo de quince (15) puntos. 95.4 95.4.. Cuan Cuanddo no se inscr nscriibe en dos (2) (2) períodos académicos consecutivos. Articul Articuloo 96. Si se pier pierde de la cond condiición ción de estud estudian iante te regula regular, r, según según lo establ estableci ecido do en el
Graduados con el propósito de cursar una o más asig asignnatu aturas ras ofre ofreci ciddas en sus resp respec ecttivos ivos programas de Postgrado Articulo 100. Los estudiantes especiales podrán ser: 100.1. Estudiantes especiales con opción ha certi rtificado de asis sistencia del curso rso o asignatura, después de haber cumplido con los requisitos exigidos para tal fin. 100. 100.2. 2. Estu Estudi dian ante te espe especi cial al con con opci opción ón ha cert ertific ficado ado de aprob robaci ación, del del curs urso o asigna asignatur tura, a, despu después és de haber haber cumpl cumplid idoo con con todos los requisitos exigidos exigidos para tal fin. Articulo 101. El estudiante condicional es aquel acep acepta tado do a juic juicio io del del Cons Consej ejoo Técn Técnic icoo de la Divi Divisi sión ón resp respec ecti tiva va,, para para segu seguir ir estu estudi dios os de Postgrado cuando no cumple con cualesquiera de
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por ciento (29%) destinadas a los profesores de La Universidad Universidad del Zulia. Este número reservado reservado de plazas, dependerá en cada caso, de la naturaleza de cada cada curs cursoo en part partic icul ular ar y del del cost costoo del del programa. Articulo 104. Todos los profesores universitarios deberán cancelar un porcentaje de la matrícula, fijado por la División respectiva por concepto de recursos instruccionales.
Trab Trabaj ajoo Espe Especi cial al de Grad Gradoo en los los caso casoss de Especialidad, Especialidad, de un Trabajo de Grado en los casos de Maestría y una Tesis Doctoral en los casos de Doctorado. Articulo 109. El Trabajo Especial de Grado, para optar al Grado de Especialista, será el resultado de una actividad de adiestramiento o de investigación que que demu demues estr tree el mane manejo jo inst instru rume ment ntal al de los los conoc conocimi imient entos os obten obtenido idoss por por el aspira aspirante nte en la respectiva área.
Articulo 105. Para aquellos profesores de La Univer Universid sidad ad del del Zulia Zulia que, que, previa previa solici solicitud tud al Articulo 110. El Trabajo de Grado para optar al Conse Consejo jo de la Facult Facultad, ad, sean sean propue propuesto stoss para para Grad Gradoo de Magí Magíst ster er,, será será el resu result ltaado de un realizar un programa de Postgrado en la misma proceso de investigación individual, en donde el Facu Facult ltad ad,, les les será será exon exoner erad adoo el pago pago de la aspira aspirante nte demues demuestre tre el domin dominio io del métod métodoo de matrícula, en el entendido de que deberán cumplir investiga investigación ción propio propio del área del conocimie conocimiento nto todas las obligacione obligacioness exigidas a los los becarios becarios de respectiva. esta Universidad. Articulo 111. La Tesis para optar al Grado de
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113.2. 113.2. Poseer Poseer conoci conocimient mientos os y experienc experiencias ias comprobadas en el área objeto del trabajo a dirigir. 113. 113.3. 3. Cump Cumpli lirr con con los los demá demáss requ requis isit itos os exigidos por la Ley de Universidades para ser profesor. Articulo 114. El Consejo Técnico de la División de Postgrado, a proposición de Tesistas por Tutor. Articulo 115. Para el nombramiento del tutor, el aspira pirant ntee diri dirigi girá rá una solic licitud tud al Comi Comitté Académ Académic icoo del respec respecti tivo vo Progra Programa, ma, en donde donde propondrá el nombre del tutor y lo acompañará del respectivo Currículo Vital y de su carta de aceptación. Articulo 116. El alumno solicitará la inscripción de su proyec proyecto to de Trabaj Trabajoo Espec Especial ial de Grado, Grado, Trabajo de Grado o de Tesis Doctoral, según el
tram tramit itar arlo lo cump cumpli lien endo do con con las las “Nor “Normas mas del del COND CONDES ES,, para para el otor otorga gami mien ento to y cont contro roll de subvenciones”. Articulo Articulo 121. Durante el tiempo que dure la elab elabor orac ació iónn del del Trab Trabaj ajoo Espe Especi cial al de Grad Grado, o, Trabajo de Grado o de la Tesis Doctoral, el tutor tendrá los siguientes deberes y atribuciones: atribuciones: 121. 121.1. 1. Asis Asisti tirr al estu estudi dian ante te medi median ante te una una asesor asesoría ía conti continua nua en la ejecuc ejecución ión del del plan plan presentado. 121.2. Informar en cada período al Comité Acad Académ émic icoo resp respec ecti tivo vo de las las acti activi vida dade dess cumplidas y de los avances logrados por el aspirante. 121. 121.3. 3. Una Una vez vez agot agotad adoo el cron cronog ogram ramaa de actividades, actividades, deberá deberá presentar un un informe final al Comi Comité té resp respec ecti tivo vo y emit emitir ir opin opinió iónn por por escrito sobre la admisibilidad del trabajo a ser
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deber deberán án reunir reunir los los mismos mismos requi requisit sitos os exigid exigidos os para ser ser tutor. Entre Entre dichos dichos integrantes integrantes estará estará el tutor. Articul Articuloo 125. 125. Desi Design gnad adoo el Jura Juraddo por por el Consejo Técnico de la División, tendrá treinta (30) días para constituirse y proceder al examen respectivo. respectivo. Si vencido vencido este plazo el jurado no ha sido convocado, convocado, ni se ha procedido procedido a examinar el Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado o La Tesis Tesis Docto Doctoral ral,, el aspira aspirante nte podrá podrá dirig dirigirs irsee al Consejo Técnico respectivo, a fin de solicitar el nombramiento de un nuevo jurado. Articulo 126. El Coordinador Coordinador de jurado, previa apro aproba baci ción ón del del Cons Consej ejoo Técn Técnic ico, o, deber deberáá parti partici cipa parr por escrit escritoo al aspira aspirante nte,, a la hora,. hora,. Fecha y lugar en donde se llevará a cabo la sustentación, por lo menos con ocho (8) días de anticipación.
Facultad y al Consejo Central de Estudios para Graduados.
Capitulo IX De la evaluación Articulo 131. El rendimiento académico en los cursos o asignaturas se calificará de conformidad con lo establecido en la Ley de Universidades, asignándoles una nota de cero (0) a veinte (20) punt puntos. os. Dicha Dicha calific calificaci ación ón será registr registrada ada en planillas diseñadas al efecto, y de acuerdo a la nomenclatura usada por la Universidad, Universidad, según lo estab establec lecido ido en el Régimen Régimen sobre sobre Enmien Enmienda da de Calificaciones Calificaciones y Planillas Planillas de Exámenes Exámenes en cuanto le sea aplicable. Articulo 132. El profesor coordinador del curso o asig asigna natu tura, ra, de acue acuerd rdoo a lo esta establ blec ecid idoo ene. ene.
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Parágrafo Único. A efecto de la transcripción transcripción de su calificación en las planillas de evaluación se le indicará con la letra “I” y en la letra se escribirá “Incompleto”. “Incompleto”. El pro proffesor esor sol soliicita citará rá a la Secretaría Docente, la elaboración de una nueva pla plani nill llaa en la cual cual asen asenta tará rá la cali califi fica caci ción ón correspondiente correspondiente y definitiva.
Articulo 139. La Convalidación debe realizarse fund fundam amen enttalm lmen ente te entre tre asig asigna natu tura rass que que coincidan coincidan por lo menos en el setenta setenta y cinco por ciento (75%) de los objetivos y/o contenidos y el cumplimiento de los criterios de homologación establecidos establecidos en el presente Reglamento. Parágrafo Primero. En razón del requerimiento de actualización científica de los Programas, si hubiere total coincidencia de las asignaturas a ser conva nvalida idadas das con el prog progra rama ma vige vigent ntee, el estu estudi dian ante te debe deberá rá adem además ás apro aproba barr dent dentro ro del del mismo de una (1) a seis (6) Unidades Crédito y culminar totalmente su Trabajo correspondiente, según sea el caso.
Articulo 136. Todo Estudiante podrá retirarse voluntariamente de un curso o asignatura durante las cuatro (4) semanas siguientes a la fecha de su iniciac ini ciación, ión, siempre y cuando cuando no contrad contradiga iga las normas normas mínimas de permanenc permanencia ia del respecti respectivo vo pro progr gram amaa en cuan cuanto to al núme número ro de Unid Unidad ades es Crédito Crédito a cursar. cursar. Para hacer hacer efectivo efectivo su su retiro, retiro, debe comunicar su decisión al Secretario Docente de la Divi Divisi sión ón de estu estudi dios os para para Grad Gradua uado doss Parágrafo Segundo. En todo caso, se deberá respectivo, por intermedio del Coordinador de su compl completa etarr las Unida Unidades des Crédit Créditoo exigid exigidas as en el Programa. pro progr gram amaa vige vigent ntee y culm culmin inar ar tota totalm lmen ente te su Trabajo correspondiente.
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Articulo 142. Se entiende por Reconocimiento de Créd Crédit itos os,, el proc proced edim imie ient ntoo por por el cual cual un estudiante de Postgrado solicita se le considere como aprobadas la Unidades Crédito de una o mas asignaturas cuyos cuyos objetivos objetivos y/o contenidos contenidos sean similares en un setenta y cinco por ciento (75%) o más y provengan de un Programa de Postgrado acreditado.
145. 145.3. 3. Que Que cada curs cursoo haya aya teni teniddo una intensida intensidadd horaria horaria mínima de dieciséi dieciséiss (16) horas. 145.4. Que corresponda directamente solicitud solicitud anexando los documentos probatorios. Pará arágraf grafoo Único nico.. La solicitud de Reconocimiento Reconocimiento de Créditos solo procederá por aplicación del artículo artículo 144 y 145, según el caso.
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los estudian estudiantes tes regulares. regulares. A tal efecto solici solicitará tará por escrito escrito,, al Consejo Consejo Técnico Técnico adjunta adjuntando ndo los recaudos respectivos respectivos en original o debidamente certificados. Articulo 149. La Coordinación Académica del Progra Programa ma respec respectiv tivo, o, recome recomenda ndará rá al Consej Consejoo Técnico sobre cada solicitud, indicará el tiempo de culmi culminac nació iónn corres correspon pondie diente nte y la somet someterá erá posteriormente a la consideración de los órganos
garantizar los recursos humanos que se utilizarán para su realización r ealización.. Articu Articulo lo 153. 153. Los Los Estudi Estudios os para para Gradua Graduados dos estarán sometidos al régimen de períodos, créditos y prel relaciones de cursos o asignaturas ras de conformidad con lo establecido en los programas respectivos, en las normas de cada División y de este Reglamento. En todo todo caso, deberán deberán coincidir coincidir con las las Normas de Acreditación Acreditación de de estudios estudios para
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Articulo 159. Las inscripciones para cursar los programas de estudios para Graduados ofrecidos por por La Univ Univer ersi sida dadd del del Zuli Zulia, a, debe deberá ránn ser ser tramitadas a través de la Dirección Docente y a cada estudiante se le otorgará su respectivo carnet que lo acredite como alumno de la Universidad. Articulo 160. En cada División de Estudios para Gradua Graduados dos se nombra nombrará rá un Secret Secretari arioo Docent Docentee que que tend tendrá rá bajo bajo su resp respon onsa sabi bili lida dadd todo todo lo
involucrados, involucrados, se enviará al Consejo Universitarios Universitarios para su definitiva aprobación, previa opinión del Consejo Central de Estudios para Graduados. Articulo 165. El Comité Redactor que coordinará la redacción del acuerdo, estará integrado por un representante de las Facultades respectivas, que podrá ser el Director de la División de Estudios para Graduados involucrada, un representante de las dependencias participantes, si fuera el caso, y
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partes involucradas, de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior.
Disposiciones transitorias
Parrad Parradoo Úni Único. co. Tambié Tambiénn podrán podrán celeb celebrar rarse se conve conveni nios os con organi organismo smoss inter internac nacio ional nales es de reco recono noci cido do prest restig igio io cien cientí tífi fico co,, técn técnic icoo o humanístico y de solvencia moral y económica. Estos casos, además de cumplir con los requisitos pre previ vist stos os en el artí artícu culo lo ante anterio rior, r, debe deberá ránn ser ser legalizados.
Articulo 172. Los Programas de Estudio para Graduado Graduadoss conduce conducentes ntes a Grados Grados Académico Académicos, s, vigentes para la fecha de aprobación del presente Reglamento, serán revisados por los respectivos Comi Comité té Acad Académ émic icos os para para adec adecua uarl rlos os a los los reque querimientos reglame amentarios. Las modificaciones surgidas deberán ser presentadas al Consejo Central de Estudios para Graduados en
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inter interpre pretac tación ión serán serán resuel resuelto toss por el Conse Consejo jo Universitario oída la opinión del Consejo Central de Estudios para Graduados. Articulo 179. Quedan derogados, a partir de la vige vigenc ncia ia del del pres presen ente te Regl Reglame ament nto, o, todo todoss los los reglamentos internos de Estudios para Graduados de las facultades de La Universidad del Zulia, promulgados con anterioridad anterioridad a éste las Normas y Reglam Reglament entos os existe existente ntess relacio relaciona nado doss con la