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[PSICOLOGÍA JURÍDICA]
Psicología Jurídica (aportes psicosociales para la práctica del Derecho) Francisco J. Ferrer Arroyo - Buenos Aires, 2015. Obra de tapa de Antonio Seguí
Se permite la generación de obras derivadas derivadas de la presente siempre que no se haga con fines comerciales. Tampoco se puede utilizar la obra original con fines comerciales.
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Sobre el autor: Francisco J. Ferrer Arroyo es abogado, egresado de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Especialista en Administración de Justicia (UBA). Egresado de la Carrera docente (UBA). Maestrando de Sociología y Ciencias Políticas de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO). (FLACSO). Doctorando en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP). Profesor Adjunto en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) de la materia Psicología Social del Derecho y Metodología de la Investigación Social, cátedra Felipe Fucito; y Jefe de Trabajos Prácticos de la materia Sociología del Derecho en la misma cátedra y universidad. Profesor titular de la materia Psicología Social en el Instituto de Formación Terciaria N°6 del GCBA. Pasante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el año 2013. Funcionario judicial en el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires. Miembro de la Fundación de Estudios para la Justicia (FUNDEJUS). ).). Profesor invitado en cursos de posgrado en Sociología Sociología Organizacional Organizacional en las Facultades de Derecho de la UBA y UNLP. Publicó diversas obras sobre la temática jurídica desde la perspectiva social: Imaginario jurídico contenido en las cumbias villeras; Manual de Metodología de la Investigación Social del Derecho, el Cibercomunismo, una mirada no comunista del comunismo de internet; Visión sociológica en la obra de Lombroso, La Persuasión judicial, Introducción a la Psicología del Derecho, muchas de estas obras han sido divulgadas gratuitamente gratuitamente por internet. i nternet.
Obtuvo diversos premios. Entre ellos cabe señalar: 1er. Premio y medalla de oro en el concurso organizado por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires en el año 2005, por por su trabajo “Diagnóstico y propuestas para elevar la calidad del servicio de justicia”; 1er. Premio en el concurso organizado por el Ministerio Público Fiscal de la CABA por su trabajo “El debido proceso desde la perspectiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”; 1er. Premio y medalla de oro en el concurso organizado por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, en el año 2011/12 por su trabajo “ La formación judicial también es hacer justicia”.
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[PSICOLOGÍA JURÍDICA]
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INDICE LICENCIA CREATIVE COMMONS
CAPÍTULO 1 PSICOLOGÍA JURÍDICA
11
Vínculos necesarios entre las disciplinas psicosociales y el derecho
11
Diferencias entre ciencias psicosociales y derecho
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La psicología jurídica Breve historia de la construcción de la psicología jurídica El campo de estudio de la psicología jurídica: una definición aproximada Aplicaciones prácticas de la psicología jurídica
18 18 20 22
Diferencia entre la psicología forense y la psicología jurídica
24
CAPÍTULO 2 ELEMENTOS BÁSICOS DE PSICOLOGÍA SOCIAL
27
El campo de estudio La psicología social y su rigor científico. Conocimientos vs creencias La ciencia avanza gracias a las hipótesis Socialización: del animal humano al ser social Los factores de influencia: sociales, físicos y biológicos
27 29 30 31 34
El pensamiento psicosocial a través de los años 1) Etapa de la filosofía social: especulando sobre el ser humano 2) La etapa del empirismo social: midiendo lo que existe 3) Etapa del análisis social: buscando las causas de lo observado
37 37 41 42
CAPÍTULO 3 EL PROCESO DE PERCEPCIÓN
47
La percepción
47
Las etapas del proceso de percepción Las señales no verbales El proceso de atribución de causas (asignando causas a la conducta de los demás) Distinguiendo causas internas o externas Errores frecuentes en el proceso de atribución Las leyes gestálticas de la percepción y más errores de percepción
49 50 52 53 54 56
CAPÍTULO 4 COGNICIÓN SOCIAL
59
I. La cognición social
59
II. La memoria Memoria de corto plazo (u operativa) Memoria a largo plazo El olvido y los errores de la memoria
60 62 62 64
III. Esquemas mentales para mantener y utilizar la información social Tipos de esquemas: personas, roles y guiones Influencia de los esquemas mentales en la cognición
65 65 66
IV. Heurísticas mentales (atajos mentales) Tres tipos de heurísticas
67 68
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[PSICOLOGÍA JURÍDICA]
V. Características de los procesos cognitivos Procesamiento racional vs. Procesamiento intuitivo La información inconsistente: captamos mejor lo inesperado Vigilancia automática: captar lo negativo como mecanismo de protección Los riesgos de pensar demasiado Pensamiento contrafáctico (el remordimiento de lo que pudo haber sido)
CAPÍTULO 5 PSICOLOGÍA DEL TESTIMONIO
69 70 70 71 71 72
75
I. Introducción
75
II. Psicología del testimonio El proceso de recordar Las variables exactitud-credibilidad
76 76 77
III. Factores que influyen sobre la exactitud y credibilidad del testimonio
77
III.1. Reconocimiento de personas (recordando caras)
78
III.2. Declaraciones testimoniales (reconstruyendo hechos)
83
III.2.c. La entrevista cognitiva Evaluando la validez del testimonio Control final de la entrevista
86 87 89
CAPÍTULO 6 PROBLEMAS DE LA MEMORIA Y DETECCIÓN DEL ENGAÑO
91
I. La memoria y sus problemas en el ámbito judicial Memorias Recobradas y memorias falsas Un caso judicial Una explicación de la implantación de memorias falsas
91 92 93 94
II. Detección del engaño por medio de los canales no-verbales Algunos indicadores no-verbales del engaño La técnica aplicada al servicio de justicia Detección del engaño a través de canales verbales o narrativos Detección de email con mentiras
CAPÍTULO 7 TESTIMONIO INFANTIL
95 97 98 99 100
101
El testimonio infantil
101
Estereotipo de los niños como testigos o denunciantes Rompiendo el estereotipo Los niños no mienten…
102 103 104
VI.2. Otros factores de influencia en el testimonio infantil El uso de la autoridad El estrés infantil Sesgo del investigador (o hipótesis única) El uso de muñecos
106 106 107 108 108
Errores más comunes en las entrevistas a niños
109
CAPÍTULO 8 ACTITUDES
111
7
1. Las actitudes 111 La formación de actitudes mediante la socialización 112 Procesos específicos de formación de actitudes 114 La autovigilancia: cómo influyen nuestras actitudes en nuestro comportamiento en público 115 2. Disonancia cognitiva
CAPÍTULO 9 PERSUASIÓN E INFLUENCIA
116
119
I. Persuadiendo e influyendo Estudiando al emisor (desde las Teorías del aprendizaje) Estudiando al receptor del mensaje (desde las Teorías cognitivas) Duración de la persuasión Sesgos en la persuasión
119 120 121 122 122
II. La reactancia
123
III. Complacencia
124
CAPÍTULO 10 PERSUASIÓN JUDICIAL
127
I. Abogacía y persuasión
127
II. Persuasión y construcción de la “verdad” jurídica
128
III. Psicología de la persuasión
129
III.1. Persuasión judicial desde las Teorías del Aprendizaje El abogado preparando su campo de acción Estudiando al emisor del mensaje persuasivo
130 130 131
III.2. La Persuasión judicial desde la Teoría de Respuesta Cognitiva 1. Estudiando al receptor del mensaje 2. Variables que ingresan por rutas periféricas 2.2. Influencia de la fama y estatus en las declaraciones 2.3. Estilos de comunicación oral y escrita del abogado 2.4. Las palabras y su peso específico 2.5. Buscar claridad y simplicidad en el mensaje 2.6. Percepción de credibilidad del abogado 2.7. Percepción de similitud en el acusado o la víctima 2.8. Conclusión sobre las rutas periféricas
133 133 134 135 136 137 138 139 139 140
IV. Reconociendo el campo y a los actores judiciales
141
V. Estudiando el mensaje, contenido y exposición Efectividad de argumentos racionales vs emotivos Las primeras impresiones En Derecho, el orden de los factores, sí altera el producto
142 142 143 143
CAPÍTULO 11 EMOCIONES Y RAZONES
145
I. Qué son las emociones
145
II. Expresar vs reprimir las emociones Las funciones de las emociones Controlando emociones
147 148 148
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[PSICOLOGÍA JURÍDICA]
Expresando emociones
150
III. Influencias entre las emociones y la cognición Influencia del estado de ánimo y la cognición Influencia de la cognición en el estado de ánimo
150 150 152
IV. Dimensión social de las emociones El contagio emocional Comunión social Sensaciones emocionales
153 153 154 155
CAPÍTULO 12 PSICOPATOLOGÍA FORENSE
157
I. Introducción
157
II. Anormalidad y trastornos mentales Trastornos mentales
158 159
III.A. Trastornos emocionales o neurosis A.1. Trastornos de ansiedad A.2. Trastornos del estado de ánimo A.3. Trastornos disociativos Los Trastornos Emocionales esquemáticamente expuestos Los trastornos emocionales en los tribunales
162 163 167 169 171 172
III.B. Trastornos de la personalidad B.1. Trastornos de la personalidad sufrientes B.2. Trastornos de la personalidad perturbadores B.3. Trastornos de la personalidad sexuales Los trastornos de la personalidad en los tribunales
173 174 177 178 181
III.C. Trastornos psicóticos (enfermedades mentales) Enfermedades mentales y los tribunales
182 188
IV. Trastorno mental transitorio (TMT) Trastornos mentales e inimputabilidad jurídica
189 190
CAPÍTULO 13 IDENTIDAD Y GÉNERO
193
I. Identidad social, roles y expectativas La identidad Efectos de la identidad sobre la cognición y el comportamiento La identidad a través del tiempo
193 195 196 197
II. La autoestima Autoestima y narcisismo Otras funciones de la autoestima
198 201 202
III. El género como aspecto crucial de la Identidad 204 “Los hombres no lloran”, dice el dicho. Pero eso es un mandato cultural, no algo innato en los hombres. El rol de género 206 Algunas teorías que explican la adquisición del género 207 El género en el hogar, la educación y el trabajo 209 Reproducción de la dominación de género 210
9
Diferencias entre hombres y mujeres en la interacción con Otros El género y los medios de comunicación Lo femenino y lo masculino como condena Travestismo, transexualidad y disforia de género Recepción legal de la disforia de género en la Argentina
CAPÍTULO 14 14 PSICOLOGÍA DEL PREJUICIO Y LA DISCRIMINACIÓN
211 213 213 214 217
219
I. El prejuicio Pensando a partir de categorías sociales
219 221
II. La psicología del prejuicio Pensando desde el prejuicio Racionalización del prejuicio Pensamiento causal ¿quién fue? La ley del menor esfuerzo Personalidad prejuiciosa vs tolerante Prejuicio y pre-juicio El prejuicio en la sociedad
222 222 223 223 224 225 226 226
III. Repercusión social del prejuicio Categorías sociales sobre las que recae el prejuicio Niveles de prejuicio
228 228 229
IV. Prejuicios y factores sociales La influencia de los factores económicos Prejuicio y lenguaje
231 231 232
V.- Casos judiciales vinculados al prejuicio etnico Caso: Plessy vs Ferguson, 1896 (separate, but equal) Caso: Brown vs Broad of Education, 1954 (separate, in not equal) Caso: Rosa Park, 1955
232 232 233 235
CAPÍTULO 15 AGRESIÓN Y VIOLENCIA
237
I. Qué se entiende por agresión
237
II.1. Teorías Biologisistas Psicoanálisis Teorías etológicas Darwinismo social Conclusión
238 238 239 240 240
II.2. Teorías psicosociales Teoría de la frustración-agresión Teoría del aprendizaje
241 241 243
Otras variables psicosociales Conclusión
245 249
II.3. La teoría sociocultural Conclusión
249 251
III. Diferencias entre Violencia y Agresión
252
IV.- Prevención y control de la agresividad El castigo como elemento disuasor
252 253
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[PSICOLOGÍA JURÍDICA]
Intervenciones cognitivas: pedir disculpas
CAPÍTULO 16 EXPLICAIONES DEL DELITO Y DE LA REACCIÓN SOCIAL
254
255
I. Evolución de las explicaciones del delito La Frenología: el estudio de las áreas cerebrales Positivismo criminológico: Lombroso y características del delincuente nato Psicoanálisis: Freud y el delito como una cuestión del Superyó Alfred Adler: el delito como ausencia de sentimiento de comunidad Asociación diferencial: Sutherland, el delincuente se hace, no se nace Sykes y Matza: Las técnicas de neutralización de la culpa
255 255 256 258 260 261 263
II. Teorías de la reacción social La teoría del etiquetamiento de Becker (labelling approach) La criminalización mediática (Zaffaroni)
264 264 267
En conclusión
268
CAPÍTULO 17 VIOLENCIA DOMÉSTICA
271
I. Qué entendemos por violencia doméstica ¿Qué es la violencia doméstica? Invisibilidad y naturalización
271 272 273
II. Teorías explicativas
274
II.1 Teorías psicológicas Perfiles psicológicos Perfiles o trastornos mentales que facilitan la violencia
275 275 276
II.2. Teorías psicosociales o del aprendizaje
279
II.3. Modelo psico-socio-cultural
281
III. Dinámica de la violencia doméstica Aspectos espaciales, temporales y geográficos de la violencia Características de la familia disfuncional Algunas razones que influyen para permanecer en el sometimiento Síndrome de la persona maltratada
283 285 286 287 287
IV. Salir del dominio Marcharse o quedarse
288 290
V. Intervención judicial
291
VI. Los mitos sobre la violencia
292
BIBLIOGRAFÍA
295
11
Capítulo 1
Temas del capítulo
Vínculos entre el derecho y las disciplinas psicosociales y diferencias. La evolución de la psicología jurídica y su objeto de estudio Diferencia entre la psicología jurídica de la psicología Forense Algunos campos jurídicos de aplicación de los conocimientos de la psicología jurídica
El derecho y la psicología siempre han tenido vínculos cercanos, pues para comprender la existencia del dolo, por ejemplo, es necesario comprender qué es la voluntad y la intención, lo que claramente es indagar o inferir procesos mentales en la psiquis del otro; o bien, para declarar la inimputabilidad de un detenido, un profesional de la salud debe revisar su facultades mentales; y, para fundamentar racionalmente la pena, ya sea en su función de prevención general o de resocialización, es evidente que el legislador legislador se ha basado, sépalo o no, en los postulados psicológicos del conductismo (corriente psicológica que plantea que toda conducta se aprende o desaprende a partir de premios y castigos, sobre sí, o sobre terceros). Es así que si bien derecho y psicología son disciplinas distintas –una es normativa y la otra humanística– humanística–, lo cierto es que ambas trabajan sobre la conducta humana, y por ende, desde siempre han tenido puntos de contactos muy cercanos. El derecho pretende regular el comportamiento imponiendo o prohibiendo determinadas conductas, conductas, y la psicología intenta comprenderlo a partir del estudio de las causas individuales que motivan los actos de los individuos, y en última instancia, hacer que el individuo lo modifique autónomamente, es decir, sin una instancia de coacción externa, como lo hace el derecho.
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[PSICOLOGÍA JURÍDICA]
Asimismo, una rama de la psicología que también se ha vinculado en los últimos con el derecho es la psicología social. Su finalidad es el estudio del comportamiento humano, explicado a partir de variables individuales y sociales o culturales. Esta perspectiva complementa a la psicología clásica al aportarle el factor social a la explicación del comportamiento. Otras disciplinas que también indagan sobre la conducta del ser humano en sociedad son la sociología, la antropología, etc., razón por la cual incluiremos a todas estas ramas bajo el rótulo de disciplinas psicosociales, y continuaremos avanzando señalando el vínculo de estos conocimientos con el derecho. Si comenzamos nuestro análisis del vínculo entre las disciplinas psicosociales y el derecho a partir de las leyes, advertiremos que, históricamente, históricamente, estas siempre han sido creadas en nombre de alguna instancia superior al mero voluntarismo del monarca o del legislador. Inicialmente se dictaban en nombre de Dios (judaísmo, medioevo cristiano en Europeo, etc.) o los dioses (griegos, pueblos originarios, etc.), años más tarde en la Razón (Ilustración europea, Latinoamérica, etc.), y en los tiempos presentes se funda en la voluntad democrática de la mayoría. Sin embargo, todas legitimidades pueden ocultar injusticias. Piénsese por ejemplo en las costumbres de aquellas regiones donde aún se mantiene una denigrante e irracional segregación hacia la mujer o se conculcan los derechos fundamentales a determinadas minorías (pueblos originarios, afrodescendientes, etc.). En efecto, estas legitimidades de las leyes no siempre aseguran la justicia o su racionalidad, sino que pueden plasmar justamente valores contrarios. Asimismo, tampoco lo garantiza un sabio del derecho iluminado que determine lo justo o injusto, o cuáles son los derechos fundamentales y cuáles no, y que sobre la base de ello se perpetúen para todas las generaciones venideras. Imagínese lo que sería si el derecho de los amos a la esclavitud no hubiera sido cuestionado por la evolución histórica de las sociedades. Lo dicho nos permite concluir que ni la voluntad popular exacerbada ni el filósofo del derecho desde su torre de marfil son fuentes confiables de leyes racionales, o al menos, no son tan racionales como podría serlo el asesoramiento que podría aportar una ciencia, guiada por principios de objetividad y empirismo. Aquí es donde el vínculo necesario entre la psicología social y el derecho surge de manera más clara, pues estas aportan datos objetivos sobre la realidad social, los valores imperantes, el nivel de aceptación de las normas y el comportamiento humano, y lo hacen desde la observación sistemática de la sociedad. La psicología social aporta al derecho un conocimiento fundamental acerca de la realidad social, tanto en lo referido a los valores imperantes como así también de las representaciones sociales que tienen las personas sobre diversos aspectos de la vida y cómo actúan en base a ello. Así, brindan un panorama real y no especulativo sobre el comportamiento humano en sociedad, sus motivaciones, sus deseos, sus miedos, etc. y a partir de ello es que el legislador debería elaborar sus leyes. Sin embargo, ello no siempre ocurre, pues muchas veces el legislador suele partir de una concepción de la naturaleza humana que le es propia (todos creemos que sabemos cómo piensa y siente el ser humano), y a partir de estas prenociones, que pueden ser erradas o esconder prejuicios aun a nivel inconsciente, elabora las leyes. Ejemplos de ello son conocidos. Si se advierte un incremento del delito, quintuplica las penas; si aumenta la pobreza, incrementa los subsidios; si el Estado necesita recursos, aumenta los impuestos hasta hacerlos confiscatorios, etc. Pero actuar sin conocimientos científicos del comportamiento humano, hacer que se opere en el vacío, y por eso, muchas buenas intenciones suelen acarrear resultados inesperados o ineficientes. Profundicemos en el ejemplo de las leyes que elevan exponencialmente las sanciones penales como mecanismo disuasorio del comportamiento delictivo. Si bien la psicología también comparte el postulado según el cual el castigo disuade, lo cierto es que los avances y descubrimientos en este campo dan cuenta de que quienes cometen delitos como actividad
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[PSICOLOGÍA JURÍDICA]
Asimismo, una rama de la psicología que también se ha vinculado en los últimos con el derecho es la psicología social. Su finalidad es el estudio del comportamiento humano, explicado a partir de variables individuales y sociales o culturales. Esta perspectiva complementa a la psicología clásica al aportarle el factor social a la explicación del comportamiento. Otras disciplinas que también indagan sobre la conducta del ser humano en sociedad son la sociología, la antropología, etc., razón por la cual incluiremos a todas estas ramas bajo el rótulo de disciplinas psicosociales, y continuaremos avanzando señalando el vínculo de estos conocimientos con el derecho. Si comenzamos nuestro análisis del vínculo entre las disciplinas psicosociales y el derecho a partir de las leyes, advertiremos que, históricamente, históricamente, estas siempre han sido creadas en nombre de alguna instancia superior al mero voluntarismo del monarca o del legislador. Inicialmente se dictaban en nombre de Dios (judaísmo, medioevo cristiano en Europeo, etc.) o los dioses (griegos, pueblos originarios, etc.), años más tarde en la Razón (Ilustración europea, Latinoamérica, etc.), y en los tiempos presentes se funda en la voluntad democrática de la mayoría. Sin embargo, todas legitimidades pueden ocultar injusticias. Piénsese por ejemplo en las costumbres de aquellas regiones donde aún se mantiene una denigrante e irracional segregación hacia la mujer o se conculcan los derechos fundamentales a determinadas minorías (pueblos originarios, afrodescendientes, etc.). En efecto, estas legitimidades de las leyes no siempre aseguran la justicia o su racionalidad, sino que pueden plasmar justamente valores contrarios. Asimismo, tampoco lo garantiza un sabio del derecho iluminado que determine lo justo o injusto, o cuáles son los derechos fundamentales y cuáles no, y que sobre la base de ello se perpetúen para todas las generaciones venideras. Imagínese lo que sería si el derecho de los amos a la esclavitud no hubiera sido cuestionado por la evolución histórica de las sociedades. Lo dicho nos permite concluir que ni la voluntad popular exacerbada ni el filósofo del derecho desde su torre de marfil son fuentes confiables de leyes racionales, o al menos, no son tan racionales como podría serlo el asesoramiento que podría aportar una ciencia, guiada por principios de objetividad y empirismo. Aquí es donde el vínculo necesario entre la psicología social y el derecho surge de manera más clara, pues estas aportan datos objetivos sobre la realidad social, los valores imperantes, el nivel de aceptación de las normas y el comportamiento humano, y lo hacen desde la observación sistemática de la sociedad. La psicología social aporta al derecho un conocimiento fundamental acerca de la realidad social, tanto en lo referido a los valores imperantes como así también de las representaciones sociales que tienen las personas sobre diversos aspectos de la vida y cómo actúan en base a ello. Así, brindan un panorama real y no especulativo sobre el comportamiento humano en sociedad, sus motivaciones, sus deseos, sus miedos, etc. y a partir de ello es que el legislador debería elaborar sus leyes. Sin embargo, ello no siempre ocurre, pues muchas veces el legislador suele partir de una concepción de la naturaleza humana que le es propia (todos creemos que sabemos cómo piensa y siente el ser humano), y a partir de estas prenociones, que pueden ser erradas o esconder prejuicios aun a nivel inconsciente, elabora las leyes. Ejemplos de ello son conocidos. Si se advierte un incremento del delito, quintuplica las penas; si aumenta la pobreza, incrementa los subsidios; si el Estado necesita recursos, aumenta los impuestos hasta hacerlos confiscatorios, etc. Pero actuar sin conocimientos científicos del comportamiento humano, hacer que se opere en el vacío, y por eso, muchas buenas intenciones suelen acarrear resultados inesperados o ineficientes. Profundicemos en el ejemplo de las leyes que elevan exponencialmente las sanciones penales como mecanismo disuasorio del comportamiento delictivo. Si bien la psicología también comparte el postulado según el cual el castigo disuade, lo cierto es que los avances y descubrimientos en este campo dan cuenta de que quienes cometen delitos como actividad