Nozick, R.: Anarchy, State and Utopia. Chap. 7.: “Distributive Justice” Tesis de R. Nozick: el “estado mínimo” es el estado más extenso que puede ser justificado. Cualquier estado más extenso viola los derechos de las personas. Tesis alternativa: un “estado más extenso” (que el mínimo) está justificado porque es necesario (o es el mejor instrumento) para lograr justicia distributiva.
Sección I: “The Entitlement Theory” (teoría de la retribucin) !"ice que primero va a tratar lo que sería la teoría correcta en la “justice of holdings” # luego va a considerar las teorías alternativas$ %&n qu' consiste una justicia de pertenencias ( Justice ( Justice of holdings) holdings) &n (*) +dquisicin +dquisicin origina originall de pertenenc pertenencias. ias. (,) -ransfer -ransferencia encia de pertene pertenencias ncias.. () /ectificaci /ectificacin n de injusticias. injusticias. 0na distribución es distribución es justa si cada uno tiene derecho a sus pertenencias seg1n (*)2 (,) # (). 3e puede pasar de una distribucin justa “"*” a otra distribucin justa “",” por medio de (,). +unque para tener una teoría completa habría que ofrecer principios específicos para (*)2 (,) # (). 4o5ic6 dice que eso escapa a las posibilidades del libro # que slo discute la teoría de la apropiacin de 7oc6e como posibilidad de (*). &sta sumaria presentacin de la teoría de 4o5ic6 viene a cuento de que sirve para comparar # mostrar los defect defectos os de las teoría teoríass de justici justiciaa distri distribut butiva iva altern alternati ativas vas.. 7a princi principal pal compar comparaci acin n es la siguiente. 8ientras que la teoría de 4o5ic6 es histórica (la histórica (la distribucin es justa de acuerdo a hechos histricos)2 la ma#oría ma#oría de las teorías teorías altern alternativ ativas as es resultad resultadista ista (la distribucin es justa si corresponde a un principio estructural de distribucin justa). 9ara 4o5ic6 los principios del estado de bienestar son resultadistas. "ice que poca gente aceptaría slo versiones resultadistas como teorías de la distribucin justa # que siempre ha# alguna idea de merecimiento involucrada. merecimiento involucrada. !&n p. *:: está la cercana comparacin entre el socialismo # el libertarianismo en recha5o de las teorías de resultados. ;nteresante uso compartido de la nocin de “auto
*?
8ás adelante toma el fallido intento e @.+. Aa#e6 de presuponer un principio sin pautas (el del “valor percibido”)2 para mostrar que la distribucin resultante de los principios de retribucin de 4o5ic6 van a ser por ra5ones (comprensibles) # rastreables (de acuerdo a la aplicacin de (*)2 (,) # ()). 9or otra parte 4o5ic6 hace una crítica no mu# desarrollada a que los principios pautados separan artificialmente la roducción de la distri!ución2 # que suponen ingenuamente que las cosas se producen a partir de la nada misma. “"a li!ertad en contra de las autas” Ba a ofrecernos algunos ejemplos para mostrar que nadie recha5aría los principios propuestos por 4o5ic6. Comien5a sugiriendo que se reali5a una distribucin justa de acuerdo a alg1n patrn “"*” resulta. &ntonces (a) Dilt Chamberlain juega al básquet. 7a gente paga # se pasa libremente a la distribucin justa “",”. %&s injusto%7a gente no tiene derecho a transferir a Dilt Chamberlain su dinero%Dilt Chamberlain no tiene derecho a recibir ese dinero%E si trabaja horas extra (b) &jemplo de las pequeFas fábricas en el estado socialista. 3e podría llegar a propiedad privada de los medios de produccin a1n en un estado socialista. %=u' es lo que muestran estos ejemplos =ue ning1n principio pautado puede sostenerse en el tiempo sin continuas interferencias en la vida de la gente. 9arece que toda pauta redistributiva es susceptible de ser alterada por las acciones (transferencias) voluntarias de las personas. +rgumento de +.G. 3en crítica a la idea del derecho de los individuos a elegir entre alternativas c omo la idea de derecho a determinar el orden relativo de las alternativas en un orden social. 4o5ic6 cree que los derechos establecen límites a las decisiones sociales. “Redistri!ución y roiedad” +hora 4o5ic6 seFala que los esquemas redistributivos con pautas son “individualismo con vengan5a” porque no le dan a uno el derecho de transferir a los demás (parece que las teorías pautadas se concentran en la cuestin de recibir pero no tanto en la transmisin de la propiedad). "esde la teoría de 4o5ic6 la redistribucin (salvo que sea en el caso de una rectificacin de injusticias) constitu#e una violación de derechos. 7o mismo2 los impuestos a las ganancias son tra!a#o $orzado. !-ambi'n está la nocin de for5ar cuando se trata de reducir las opciones que se pueden elegir en p. *HI$ !Jtras formas de reduccin de opciones no serían agresin por la ausencia de coaccin$. %Cuál es uno de los ma#ores problemas de los principios pautados o de resultado Los principios de resultado y los pautados instituyen propiedad (parcial) de personas y acciones por parte de otros. Estos principios involucran un cambio de la noción de auto-propiedad de los liberales clásicos a una noción de derechos de propiedad (parcia! de otros. -odo esto mostraría que este tipo de teorías incurriría en violaciones de derechos que no afectarían a la propia teoría de 4o5ic6. “"a teor%a de la ad&uisición de 'ohn "ocke” >,?
9ara 7oc6e se generan derechos de propiedad sobre un objeto no poseído (o no apropiado) cuando uno me5cla su trabajo con 'l. %9or qu' sería esto%Cuál es la ra5n%&s porque uno es dueFo de su trabajo%-iene que ver con el valor que uno agrega Con todas estas paradojas2 se establece el siguiente roviso: una apropiacin seg1n las condiciones antes mencionadas es justa2 mientras ha#a s uficiente para los demás (o mientras que la apropiacin no empeore la situacin de los demás). %Cmo se empeora uno por la apropiacin (ajena) (*) 9erdiendo la posibilidad de mejorar por medio de una apropiacin. (,) 4o pudiendo usar libremente lo que antes usaba (sin derechos de propiedad). 4o5ic6 remarca que estas distinciones servirían a los loc6eanos para defender la generacin de derechos de propiedad privada contra otros argumentos2 pero los que creen en la propiedad colectiva tambi'n necesitarían una teoría de la propiedad. &l punto de la discusin de la teoría de 7oc6e es que 4o5ic6 supone que toda teoría de la justicia en la adquisicin requiere un “proviso” como los loc6eanos más d'biles. 3iguen varios experimentos mentales respecto a la apropiacin de recursos escasos2 cu#o objetivo es mostrar que el proviso loc6eano no es un principio resultadista (no se preocupa por la estructura de la situacin sino en cmo acciones particulares afectan a los demás).
Sección II: “"a teor%a de 'ohn Ra(ls” &mpie5a con varias buenas palabras sobre la influencia que ejerci la bella teoría de /aKls # dice que se va a concentrar slo en los “desacuerdos” con ella2 para que el resto de la gente se concentre en los puntos en com1n. )*+ %=u' se distribu#e !*LM<*L:$ 4o5ic6 nos lleva a imaginar que cada persona por separado produce determinada cantidad # que la suma de todo lo producido por las distintas personas es “ S”. &n este escenario2 cada persona recibe lo que produce. +hora bien2 su se juntan a producir cooperativamente todas las personas2 producen la cantidad “T”. 3i la justicia distributiva es la distribucin de lo que se produce cooperativamente2 %se debe distribuir “T” o el resultado de “T S” 9ara 4o5ic62 /aKls no repara en las alternativas # se queda directamente con la versin “ T”. )-+ %9or qu' la cooperacin genera el problema de la justicia distributiva !*L:<*LH$ 4o5ic6 se agarra de que /aKls parece creer que donde no ha# cooperacin no ha# tampoco problemas de justicia distributiva. &ntonces2 uno tiene que preguntarse or &u razón la cooperacin genera esta clase de problemas. &jemplo de los robinsones. 7os robinsones menos favorecidos o afortunados2 %no podrían reclamar algo a los demás en nombre de la justicia !+unque esto se parecería más bien a un deber “humanitario” antes que “de justicia$.
>?
%E no sería injusto que alguien robara a los robinsones su producto !&sto parece violar la idea de no< cooperacin del ejemplo$. 7a conclusin que 4o5ic6 saca de esto es que en lugar de creer que ha# situaciones en las que no ha# principios de justicia correctos2 uno tiene que entender que la teoría correcta para ese caso !# para todos los demás$ es la de justicia de pertenencias del propio 4o5ic6. )/+ %+portes disociables o indisociables !*LH<*LI$ /aKls parece suponer que las teorías como la de 4o5ic6 no aplican porque no es posible desagregar los aportesNcontribuciones de cada uno en la cooperacin social. 9orque esto no se puede desagregar2 es imposible saber cuánto le corresponde a cada uno. +hora bien2 4o5ic6 critica que esta idea del desconocimiento de los aportes es desechada por el mismo /aKls con el principio de la diferencia. 3i los incentivos (en forma de desigualdades) para uno hacen que se mejore la situacin de los menos aventajados2 entonces parece que se puede conocer de alguna manera el aporte individual en la produccin. 4o habría forma de saber si los incentivos son eficientes o no si no se pudiera disociar el aporte. 9ero si se puede disociar2 la teoría de 4o5ic6 adquiere más plausibilidad. )0+ 0so de subjuntivos !*LI<*I,$ +quí #a 4o5ic6 critica en articular al rinciio de la di$erencia. Comien5a con la idea de comparaciones entre grupos. +rgumenta que la verdad de un enunciado en modo subjuntivo !la idea de que si @ transfiriera recursos a O2 'l estaría mejor$ no sirve para justificar la verdad de un enunciado en modo indicativo !que O está peor porque @ se niega a transferir recursos$. -odo lo cual lleva a la conclusin de que ha# que ofrecer un argumento independiente a favor del enunciado en modo indicativo. )1+ %9or qu' individuos # no grupos !*I,<*IP$ +hora 4o5ic6 considera que /aKls se concentra en grupos !de los más # menos aventajados$ porque le sirve para fundar un principio que no es neutral entre dichos grupos. 9ara 4o5ic6 la cuestin se centra en cu2nto 3ana cada uno en la cooperacin social. &n este sentido2 %por qu' “los más aventajados” aceptarían principios seg1n los cuales ganarían menos que con otros principios 3i no hubiera acuerdo general2 dice 4o5ic62 los individuos podrían hacer acuerdos más pequeFos entre sí para obtener las ventajas que los hagan cooperar voluntariamente. !+unque esto parece dejar de lado la posicin original # la necesidad de cooperacin sin posibilidad de escapar de ella$. Todo esto lleva a pensar ue es incorrecto imponer restricciones a las asociaciones voluntarias en nombre de la euidad! para ue los ue ya se benefician más de la cooperación "los menos aventajados# se beneficien a$n más "los menos aventajados#. 4o5ic6 sigue criticando !*I:<*IH$ la idea de que a1n suponiendo que no ha# vida satisfactoria sin cooperacin # que se debe buscar t'rminos razona!les de cooperacin2 los “+” !más aventajados$ no tendrían ra5ones de queja frente a “Q” sobre los principios que propone /aKls. "espu's de todo2 si los “+” no cooperaran2 los “Q” tampoco tendrían una vida satisfactoria. )4+ 8etodología resultadista !*IL<,RM$
>M?
4o5ic6 recha5a un enfoque metodolgico como el ralKsiano porque entiende que la modeli5acin de personas racionales bajo circunstancias de total incertidumbre genera rinciios de resultado $inal. 7as personitas de la posicin original de /aKls van a tratar cualquier cosa a distribuir como “maná salido del cielo”. 3igue el ejemplo del reporte de calificaciones. &studiantes en el velo de ignorancia no acordarían principios histricos como el de 4o5ic6. &l punto parece ser que es imposible conceptualmente que un procedimiento como el de /aKls genere principios histricos. 9ero si es que acaso ha# un principio histrico correcto2 esto implicaría que la teoría de /aKls es incorrecta. )5+ 7a estructura básica como sujeto !,RM<,RP$ 3e menciona que antes se objet qu' pasaba si había alguna nocin independiente de merecimiento. 3i la ha#2 la idea de /aKls de que el principio de diferencia se aplica a la “estructura básica de la sociedad” # que ninguna microestructura sirve como objecin2 se cae. %=u' pasa con esto%-oda la sociedad es justa aunque sus partes puedan no serlo%7as “microestructuras” no son relevantes 0no tendría que suponer que no ha# teoría de las pertenencias correcta o que cada microsituacin tiene alguna nocin de derecho pero que los principios de la macroestructura son más profundos que ellos. )6+ Susticia procedimental pura !,RP<,RI$ =ui5ás genere curiosidad criticar la teoría de /aKls por ser incompatible con una teoría histrica de la justicia2 cuando los principios de /aKls son resultado de un roceso !abstracto$. -odas las teorías de proceso tienen que empe5ar por algo que a su ve5 no está justificado por ser el resultado del mismo proceso. &l punto sería que a pesar de que el principio de /aKls se derive de un proceso2 el de diferencia es un principio de resultado final # no uno de proceso. 9ara 4o5ic6 esto nos plantea un dilema o si lo que importa son los procesos2 la teoría de /aKls falla porque tiene como resultado un principio de resultado final. 7 si2 en cambio2 los procesos no son importantes no ha# una justificacin adecuada para los principios raKlsianos de determinacin de principios !,RL2 la posicin original no está justificada$. 0na teoría que descansa en un proceso para determinar principios justos difícilmente puede recha5ar que tal roceso resulte en rinciios rocesales. )8+ /an6ing de principios igualitaristas !,RI<,*$ 0na jerarqui5acin de principios igualitaristas en orden ascendente de exigencia daría algo como lo siguiente (*) principio de diferencia2 (,) la primera especificacin del principio igualitario general ;2 () la primera especificacin del principio igualitario general ;; # (M) principio de igualdad estricta. 7a idea es que2 para los igualitaristas2 cada unidad de desi3ualdad es un costo. &sto genera varias posibilidades entre el principio de la diferencia # la igualdad estrictra. + saber2 “9rimera eseci$icación del rinciio i3ualitario 3eneral I”
>:?
una desigualdad está justificada slo si sus beneficios superan sus costos 0n sistema desigual 0 no est2 #usti$icado si 0Q <0D 0D T &D. Qeneficio de los peor situados. Costo de la desigualdad.
J2 a saber2 “9rimera eseci$icación del rinciio i3ualitario 3eneral II” 0n sistema 0 está justificado si # slo si (a) sus beneficios superan sus costos # (b) no ha# ning1n otro sistema desigual 32 con menor desigualdad2 tal que los beneficios extra de 0 sobre 3 no sobrepasen los costos extra de 0 sobre 3. J sea que 0 slo está justificado si (a) 0D T &D U 0Q < 0D "esigualdad
Qeneficios
E (b) 4o existe un 3 tal que (i)
3Q < 3D V 0Q T 0D "esigualdad en 0
"esigualdad en 3 E (ii)
0D < 3D W (0Q T 0D) T (3Q T 3D) "esigualdad en 3. "esigualdad en 0.
Qeneficios de 0 sobre 3.
-odo lo cual lleva a pensar que ha# varias alternativas más igualitarias que el principio de la diferencia.
)*;+
-ratamiento del sistema de libertad natural.
4o5ic6 se queja de que /aKls descarta el talento # las habilidades como cosas moralmente arbitrarias. 7o mismo pasaría con la eleccin de desarrollar ciertos talentos2 porque dependen de un carácter
>H?
moldeado por circunstancias moralmente arbitrarias. 3in embargo2 para una teoría que quiere defender la dignidad del agente autnomo2 casi todo queda a expensas de fuer5as externas. %9or qu' se recha5a la igualdad natural si es una interpretacin un principio que se acepta en la posicin original Como no se puede argumentar que resultaría de una distribucin moralmente arbitraria de talentos tiene que mostrar que el propio cálculo de auto
“8erecimiento moral” (a) 0na persona slo debe tener aquello que merece moralmente. (b) 7a gente no merece sus talentos naturales. (c) 3i el X de una persona determina su E # X es inmerecido2 tambi'n lo es E. (d) 7as pertenencias de las personas no deberían estar parcialmente determinadas por sus talentos naturales.
9ero /aKls recha5a explícitamente el merecimiento moral. -ampoco sería extensiva porque su teoría permite dar más a ciertas personas de acuerdo a sus talentos naturales. (ii)
“9auta no moralmente arbitraria” (a) 7as pertenencias deberían ser distribuidas seg1n pautas no moralmente arbitrarias. (b) &l que las personas tengas talentos naturales es moralmente arbitrario (c) 7as pertenencias no deberían ser distribuidas seg1n los talentos naturales.
4o5ic6 observa que las diferencias de talentos podrían estar correlacionadas con otras pautas moralmente relevantes como distribucionalmente relevantes !9ero así para evitar esto tenemos que caer en que todo patrn es moralmente arbitrario$ (iii)
“9autas que no generen diferencias” (a) 7as pertenencias deberían ser distribuidas seg1n una pauta no moralmente arbitraria. >P?
(b) =ue las personas tengan diferentes talentos es arbitrario moralmente. (c) 3i parte de una explicacin de por qu' una pauta da diferencias de pertenencias es que otras diferencias dan lugar a esas diferencias # esas otras diferencias son moralmente arbitrarias2 entonces la pauta es moralmente arbitraria. (d) 7as diferencias en talentos naturales no deben dar lugar a diferencias de pertenencias entre personas. 9ero toda pauta va a tener como elemento un hecho moralmente arbitrario2 incluso la propia propuesta de /aKls. (iv)
“"iferencia con ra5ones (o igualdad en su defecto)” (a) 7as pertenencias deberían ser iguales a menos que ha#a una ra5n moral de peso para la desigualdad. (b) 7as personas no merecen la manera en la que difieren de otras personas por talentos naturales. 4o ha# ra5n moral por la que las personas deban ser diferentes en talentos naturales. (c) 3i no ha# ra5n moral por la que las personas difieren en algunas características2 entonces que actualmente difieran en algunas características no da ra5n moral para que difieran en otras (p.ej. pertenencias)2 (d) &l que la gente difiera en talentos naturales no es una ra5n para que difiera en pertenencias. (e) 7as pertenencias de las personas deberían ser iguales a menos que ha#a otra ra5n por la que no deban serlo.
%9or qu' empe5ar por la igualdad 3i bien la igualdad de trato debe corresponder a la accin estatal2 muchas distribuciones en la sociedad actual se dan por fuera del estado. %J es un supuesto de la cooperacin entre las personas &l punto parece ser que en el mejor de los casos se requiere un argumento independiente a (iv) a favor de la igualdad2 el cual ha# que evaluar antes de determinar si funciona (iv) en particular.
“8erecimiento n atural” (a) 7as personas merecen sus talentos. (b) 3i una persona merece X2 merece todo lo que se sigue de X. (c) 7as pertenencias se siguen de los talentos. (d) 7a gente merece sus pertenencias. (e) 3i la gente merece algo2 debería tenerlo.
/aKls recha5aría la premisa (a) de este argumento. "espu's ha# versiones (vi) # (vii) que empie5an a correr la cuestin por el lado de tener derecho a algo # no por el merecimiento. >L?
4o5ic6 (,,P) eventualmente sugiere que toda exclusin de informacin en el velo de ignorancia es moralmente arbitraria. -ambi'n se sugiere que la idea de tomar los talentos naturales como un bien en com1n viola la separacin de las personas. 4o se justifica un estado más extenso que el mínimo.
>I?