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FACULTAD DE DERECHO ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE DERECHO
“PATRIA POTESTAD”
Integrantes: Asunción Lloclla Ángela Jazmín. Efo Pisl ,Cielo. Saavedra Avila,e!si.
Docente: "#SA $EJ%A C&'%$A(
Chc!a"o # Per$ %&'()*
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INDICE
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INDICE
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DEDICATORIA
Con Con todo todo apre apreci cio, o, amor amor y resp respet eto o dedic dedicam amos os este trabajo de investigación a nuestros padres, como agradecimiento a sus esfuerzos, amor y apoyo oyo
en
profesional.
nuestra
formación
personal
y
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A+RADECIMIENTO
Sincera eramente
en
primer
lugar
que queremos
agradecer a Dios, por habernos dado la salud y la inteligencia. Agradecemos a nuestro docente por brindarnos sus aportes y sabidura en el desarrollo de este trabajo de investigación.
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INTRODUCCION El )resen*e *ra+ao monogr-co se reere a La Pa*ria Po*es*ad es un sis*ema de )ro*ección, cuidado, asis*encia ísica ! moral ! educación ! un medio dc su)lir %a inca)acidad del /io.E% menor dc edad no emanci)ado carece de ca)acidad de o+rar, )or lo 0ue ac*a en su nom+re su re)resen*an*e legal 0ue es el *i*ular de la )a*ria )o*es*ad el ma!or inca)aci*ado es re)resen*ado )or el *u*or, a no ser 0ue se d2 el caso de )a*ria )o*es*ad )rorrogada o re/a+ili*ada en 0ue se man*iene la )a*ria )o*es*ad ! sus *i*ulares con*inan re)resen*ando al inca)aci*ado. Asimismo, an*e la de+ilidad ísica ! moral del menor o inca)aci*ado, los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad velan )or 2l. Lo *ienen en su com)a3ía ! le dan alimen*os en el am)lio sen*ido, inclu!endo su educación ! ormación in*egral, lo 0ue in*egra el con*enido )ersonal de %a )a*ria )o*es*ad. Jun*o a 2s*e se encuen*ra el con*enido )a*rimonial rela*ivo a los +ienes ! derec/os de 0ue es *i*ular el menor o inca)aci*ado. E% conun*o de es*os derec/os ! de+eres 0ue *ienen los )adres so+re los /ios menores de edad no emanci)ada o inca)aci*ada es la )a*ria )o*es*ad, es decir, el )oder glo+al 0ue la le! o*orga a los )adres so+re los /ios.
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CAPITULO I LA PATRIA POTESTAD E,OLUCI-N DE LA PATRIA POTESTAD La evolución de %a )a*ria )o*es*ad se carac*eriza )or el )roceso de de+ili*ación gradual del )oder )a*erno, e4ageradamen*e uer*e en un origen, en 0ue los )ue+los )rimi*ivos se organiza+an en gru)os amiliares ! alrededor de %a au*oridad del )adre, )rogresivamen*e m-s d2+il, a medida 0ue va creciendo el )oder ! la au*oridad del Es*ado en el )rimi*ivo erec/o romano el )oder del )a*eramilias era a+solu*o ! recaía so+re )ersonas ! cosas. E% 0ue recaía so+re los /ios era %a )a*ria )o*es*ad a+solu*o en el orden )ersonal, 0ue llega+a al us vi*ae necis0ue 5derec/o de vida ! muer*e6 ! en el orden )a*rimonial, en 0ue sólo el )a*eramilias *enía ca)acidad )a*rimonial, )or lo 0ue eran de su )ro)iedad *odos los +ienes 0ue el /io ad0uiriera. Es*a Conce)ción *an uer*e de %a )a*ria )o*es*ad del erec/o romano arcaico ue mi*ig-ndose7 en el orden )ersonal desa)areció el us vi*ae necis0ue, se le dio un car-c*er m-s /umano al +asarse en la e*a)as ! em)ezó a ser conce+ida como ofcium o unción7 en el orden )a*rimonial, ue reconocida %a e4is*encia del )eculium50ue an*iguamen*e *am+i2n e4is*ían, )roceden*es del )adre ! revoca+les )or 2s*e6como )a*rimonio )ro)io del /io, aun0ue el )adre *enía el usuruc*o. En el erec/o germ-nico, el )adre *iene la $un* so+re los /ios, 0ue signica un derec/o ! un de+er de )ro*ección, 0ue inclu!e %a adminis*ración ! el disru*e del )a*rimonio del /io, el cual conserva+a su )ro)iedad. El erec/o romano us*inianeo, es decir, en %a l*ima ase de su evolución, es reci+ido en Es)a3a )or las Par*idas ! recogido en %as Le!es de 8oro. Se man*iene /as*a la Le! de $a*rimonio Civil de 19:; 0ue la regula, sin a)ar*arse, cier*amen*e, de la esencia norma*iva romana ! %a Conci+e como un ofcium. Es*a le! ue el )receden*e inmedia*o del Código civil, 0ue regulo la )a*ria )o*es*ad en los ar*ículos 1<= ! siguien*es> se a*ri+uía al )adre !, en su deec*o, a %a madre *enía un con*enido )ersonal +asado en el ofcium o car-c*er de unción7 en el
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orden )a*rimonial se man*enía %a doc*rina romana de los )eculios, aun0ue sin em)lear es*e *2rmino 7 %a e4*inción es esencialmen*e igual a %a vigen*e norma*iva la regulación vigen*e de la )a*ria )o*es*ad en el C.C. se de+e a %a Le! de 1? de ma!o de 1@91, 0ue dio nueva redacción al ar*iculado, en*re o*ras muc/as ma*erias de derec/o de amilia> ar*ículos 1<= ! siguien*es, 0ue cons*i*u!en el *í*ulo %% del Li+ro lleva )or *í*ulo e las relaciones )a*ernoB liares 5Callag/am, ;1, ). =6 NOCIONES ESENCIALES DE PATRIA POTESTAD CONCEPTO E*imológicamen*e )a*ria )o*es*ad signica su)remo )oder en el manda*o de los )adres a los /ios. DALASA""E se3ala 0ue la )a*ria )o*es*ad era la uerza o )oder 0ue le da+a las le!es, al )adre res)ec*o al /io en 2)ocas de los griegos ! romanos, en el es*ado )rimario de las le!es7 des)u2s /as*a el )resen*e am+os )adres con res)ec*o a sus /ios. Siendo es*a ins*i*ución urídica la 0ue dis)one en el es*a*u*o de los derec/os ! o+ligaciones en*re )adres e /ios. 5DAL8ASA""E, 19==, 8omo %> =?6. En la e*a)a de ormación de los /ios, es decir en la ni3ez ! adolescencia, son los )adres los encargados de su )ro*ección ! educación. Por ello la le! asigna a los )adres am)lios de+eres ! acul*ades )ara con sus /ios, llam-ndose )a*ria )o*es*ad al conun*o de 2s*as. Segn Ca+anellas la )a*ria )o*es*ad es el conun*o de derec/os ! de+eres 0ue al )adre !, en su caso a la madre, corres)onden en cuan*o a las )ersonas ! +ienes de sus /ios menores de edad..... 5CADA(ELLAS, 1@91, 8omo %> 1=96. Por su )ar*e, Cas*-n -s0uez dice 0ue la )a*ria )o*es*ad ... Es el conun*o de derec/os ! de+eres 0ue corres)onden a los )adres so+re la )ersona ! el )a*rimonio de cada uno de sus /ios no emanci)ados, como medio de realizar la unción na*ural 0ue les incum+e de )ro*eger ! educar a la )role.. 5CAS8A( ASF'EG7 ci*ado )or L#PEG EL CA""%L, 1@9=> ??6. En o)inión de Puig Pena H...la )a*ria )o*es*ad es a0uella ins*i*ución urídica )or cu!a vir*ud los )adres asumen )or derec/o la dirección ! asis*encia de sus
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/ios menores en la medida reclamada )or las necesidades de 2s*os... 5P'%I PE(A, sa, 8omo %%, olumen %%> 1=K6. Para Es)ín C-novas se denomina )a*ria )o*es*ad ... al conun*o de acul*ades 0ue se o*organ a los )adres so+re sus /ios menores, )ara el cum)limien*o de los de+eres 0ue la )a*ernidad les im)one, 5ESP%( CA(#AS, 1@ 9;6. En )ala+ras de Peral*a Andía ... la )a*ria )o*es*ad es o*ro ins*i*ución del derec/o de amilia 0ue es*- cons*i*uida )or un conun*o de de+eres ! derec/os 0ue corres)onden a los )adres )ara cuidar a la )ersonas ! de los +ienes de sus /ios menores, sean es*os, ma*rimoniales o e4*rama*rimoniales. 5PE"AL8A A(%A, 1@@K> ?K=B?K<6. La denominación de )a*ria )o*es*ad es *radicional, )roviene del derec/o romano, )ero en realidad no res)onde es*ric*amen*e al conce)*o ac*ual, )ues derec/o moderno no la carac*eriza sim)lemen*e como una au*oridad )a*erna, sino como una ins*i*ución del derec/o de amilia encaminada m-s +ien a la )ro*ección del /io menor ! a su educación ! )re)aración )ara meor desenvolvimien*o en la vida. La na*uraleza urídica de unción de %a )a*ria )o*es*ad ue !a resal*ada )or, el cual decía 0ue %a )a*ria )o*es*ad es un de+er 0ue la na*uraleza ! la le! /an )ues*o en manos de los )adres )ara a*ender a %as ml*i)les necesidades 0ue los /ios en %as )rimeras edades de la vida, van )resen*ando> es una suma de de+eres )ara cu!o cum)limien*o )recisamen*e se conceden los derec/o. s*e es el conce)*o de unción> derec/o 0ue se concede no )ara au*osa*isacción de in*ereses dignos de )ro*ección, 0ue es el conce)*o de derec/o su+e*ivo, )ara cum)lir sus de+eres. SÁ(C&EG "#$A( ! CLE$E(8E 5como se ci*ó en Callag/am, ;1, ). =16
$essineo, acerca de la conce)ción de la )a*ria )o*es*ad, manies*a lo siguien*e> La )a*ria )o*es*ad es un conun*o de )oderes 5a los 0ue corres)onden o*ros *an*os de+eres> )oderesB de+eres...6, en los cuales se ac*a org-nicamen*e la unción conada a los )rogeni*ores, de )ro*eger, de educar, de ins*ruir al /io
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menor de edad ! de cuidar de sus in*ereses )a*rimoniales en consideración a su al*a de madurez )sí0uica ! de su consiguien*e inca)acidad de o+rar. La )a*ria )o*es*ad 0ue se eerce so+re el /io es, )ies, un medio )ara 0ue )ueda llevarse a ca+o el ocio encomendado a los )rogeni*ores en )ro*ección del /io. En cam+io, en cuan*o se la considere uera de las relaciones amiliares, o sea en las relaciones e4*ernas, la )a*ria )o*es*ad es un derec/o su+e*ivo. 5$ESS%(E#, 1@<=, 8omo %%%> 1?K6. Car+onier ano*a 0ue la au*oridad )a*erna es*- cons*i*uida )or un conun*o de )oderes coneridos al )adre ! a la madre a o+e*o de )ro*eger al menor de *odo los )eligros a 0ue es*- dis)ues*o )or razón de su uven*ud e ine4)eriencia 5CA"D#(%E" , 1@K1, 8omo %, olumen %%>=:?6. Da0ueiro "oas ! Duenros*ro D-ez arman 0ue la )a*ria )o*es*ad 0ue considera como un )oder concedido a los accedien*es como medio )ara cum)lir con sus de+eres res)ec*o a la educación ! cuidado de sus descendien*es. Es )or ello 0ue se e0ui)ara a una unción )+lica, de a0uí 0ue )or )a*ria )o*es*ad de+amos en*ender en conun*o de derec/os, de+eres ! o+ligaciones coneridos )or la le! a los )adres )ara 0ue se cuiden ! go+iernen a sus /ios desde el nacimien*o /as*a la ma!oría de edad o /as*a su emanci)ación, así como )ara 0ue adminis*re sus +ienes ! los re)resen*en en *al )eriodo. 5PAF'E%"# "#JAS M D'E("#S8"# DAEG, 1@@;>:6. En relación al conce)*o de )a*ria )o*es*ad Ni)) ! Ool reeren 0ue es la ... )o*es*ad de los )adres a lo cual es*- sue*o el /io solo /as*a la ma!or de edad. Com)rende el derec/o ! el de+er de cuidar de la )ersona ! del )a*rimonio del /io ! *iene )or *an*o un car-c*er *u*elar... H5N%PP M O#LQQ, 1@<, olumen %%> =:6. 8ales au*ores a3aden 0ue en vir*ud el de la )a*ria )o*es*ad el )adre *iene el derec/o ! el de+er de cuidar de la )ersona del /io5N%QQ M O#LQQ, 1@<, olumen %%> <;6. La )a*ria )o*es*ad a uicio de Dorda, H...no es un mero derec/o su+e*ivo, sino com)leo indisolu+le de de+eres ! derec/os. Se la legisla *eniendo en mira al /io ! al )adre, a la amilia ! a la sociedad. Las normas 0ue a ella se reeren son de orden )+licoR. 5D#"A, 1@9=> ?<<6.
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Drugi, en cuan*o a la )a*ria )o*es*ad, se3ala lo siguien*e> /as*a la ma!oría de edad los /ios es*-n sue*os a la )o*es*ad de los )adres7 es*a )o*es*ad, 0ue de ordinario de calica de )a*ria, no es, segn el es)íri*u de la le!, un )oder a avor de los )adres, sino, an*es +ien, un medio )ara 0ue es*os eerzan su elevado minis*erio7 es m-s +ien )o*es*ad de )aren*esco. La )a*ria )o*es*ad a+arca numerosos derec/osR. 5D"'I%, 1@=K>= KK6. "o!o $ar*ínez calica a la )a*ria )o*es*ad como el conun*o de derec/os ! de+eres 0ue corres)onden a los )adres so+re las )ersonas ! el )a*rimonio de cada uno de sus /ios no emanci)ados como medio de realizar la unción na*ural 0ue les incum+e de )ro*eger ! educar a la )role 5"#M# $A"8%(EG7 ci*ado )or L#PEG EL CA""%L, 1@9=> ??6. CARACTERISITICAS DE LA PATRIA POTESTAD La )a*ria )o*es*ad )resen*a las siguien*es carac*erís*icas> a* Es una ins*i*ución de erec/o de Qamilia, es decir no es un mero derec/o su+e*ivo 0ue corres)onde a los )adres, sino es un com)leo indisolu+le de de+eres ! derec/os 0ue se e4)resa en una unción a ellos encomendad. .* La )a*ria )o*es*ad es irrenuncia+le, )recisamen*e )or ser de orden )+lico. Siendo es*a o*ro as)ec*o 0ue la dis*ingue. 8am)oco )uede ser o+e*o de a+andono. c* La )a*ria )o*es*ad es un de+er derec/o in*ransmisi+le *an*o )or ac*o %n*ervivos como mor*is causa. Por *an*o, no )uede el )adre *ransmi*ir a un *ercero en +lo0ue la )a*ria )o*es*ad 0ue eerce so+re sus /ios. Al res)ec*o D#"A a)un*a lo siguien*e> Es )ersonal e in*ranseri+le. (o )uede renunciarse ni ser el o+e*o de a+andono. 8al conduc*a *iene graves sanciones legales incluso
de
car-c*er )enal,
como
sucede
con
el
incum)limien*o de los de+eres de asis*encia. Es*- uera del comercio> no )uede ser o+e*o de ven*a, *ransacción, cesión, ni en su *o*alidad, ni en alguno de sus a*ri+u*os. Es indelega+le, solo en casos e4ce)cionales )uede ser o+e*o de un desmem+ramien*o )r-c*ico, aun0ue no urídico7 así )or eem)lo, la
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ma*riculación del /io en un colegio signica, delegar la educación, el de+er de cuidarlo. Pero siem)re la dirección deni*iva 0ueda en manos del )adre, 0ue )uede sacarlo del es*a+lecimien*o, in*en*arlo en o*ro 0ue a su uicio ser)reeri+le )ara la ormación es)iri*ual ! ísica del menor o re*enerlo a su lado. (o /a! inconvenien*e *am)oco, en 0ue el )adre o*orgue )oder a un *ercero )ara 0ue lo re)resen*e en un de*erminado ac*o urídico reeren*e a la )ersona o +ienes del menor. /* La im)rescri)*i+ilidad es o*ra no*a 0ue dis*ingue a la )a*ria )o*es*ad. Es decir 0ue no )uede ser modicada )or el *ranscurso del *iem)o7 /as*a la emanci)ación del menor de edad al ad0uirir la ca)acidad de eercicio. e* En cuan*o derec/o es rela*ivo, !a 0ue las )o*es*ades )a*ernas se reconocen *eniendo en cuen*a )rimordialmen*e el in*er2s del /io7 )or *an*o, de+en ser eercidas en consonancia con ese n. Por ello la )a*ria )o*es*ad no es )er)e*ua7 *ermina con la emanci)ación o la ma!oría de edad, es decir cuando el /io )uede !a )rescindir de la *u*ela de sus )rogeni*ores. 8am+i2n la inca)acidad cesa )or el ma*rimonio o )or o+*ener *í*ulo ocial 0ue lo au*orice )ara eercer una )roesión u ocio. 0* La )a*ria )o*es*ad no es in*angi+le. Si el )rogeni*or no la desem)e3a en concordancia con sus nes, si a+usa de sus )rerroga*ivas legales, si mal*ra*a al /io o le da eem)los )erniciosos, )uede ser )rivado de ella o de su eercicio. En es*os casos, el Es*ado in*erviene )ara con*rolar el eercicio )ruden*e de la au*oridad )a*erna. Pudiendo al )adre a+usador ser sus)endido ! /as*a )rivado de su eercicio. g* Cons*i*u!e, an*e *odo, un de+er u o+ligación 0ue no )uede ser o+e*o de e4cusa, )ues*o 0ue es*- asignada a los )adres en vir*ud de los su)remos )rinci)ios de la moral amiliar ! razón social del Es*ado, 0ue la ar*icula en ellos como sue*os a 0uienes corres)onde su e4clusividad. h* Es*a o+ligación es de car-c*er )ersonal, no )udiendo realizarla a *rav2s de *erceros. En cuan*o al *ema e4aminado en es*e )un*o. Ló)ez del Carril e4)resa lo siguien*e>
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La )a*ria )o*es*ad *iene erar0uía cons*i*ucional ! ese es uno de sus carac*eres. Es un derec/o )ersonalísimo, )or cuan*o las )rerroga*ivas 0ue ella reconoce, solo )ueden ser eercidas )or los )adres, ! es )or ello 0ue se /a decidido 0ue los acreedores de los )adres no )uede su+rogarse en los derec/os de 2s*os, !a sea )ersonal o )a*rimonial ! los )adres no )ueden dis)oner a avor de *erceros los derec/os )ersonales o )a*rimoniales de la )a*ria )o*es*ad. •
Es de orden )+lico, !a 0ue las convenciones 0ue /agan los )adres con *erceros *endien*es a limi*ar o modicar la regulación urídica es)ecíca
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son de ningn valor ! adem-s )or el in*er2s social de ese r2gimen. Es in*ransmisi+le, )or cuan*o, reconoce como causa la )a*ernidad o la ma*ernidad ! cual0uiera de 2s*as no )ueden *ransmi*irse. Es irrenuncia+le, )recisamen*e )or ser de orden )+lico. Es uni)ersonal e indivisi+le, )recisamen*e )or ser de orden )+lico. Es unila*eral e indivisi+le, )or0ue el eercicio de la )a*ria )o*es*ad corres)onde a uno de los )adres, ! no es indis*in*a, ni conun*a. Es
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*em)oral. 8ermina con la ma!oría o la emanci)ación legal del /io. Es im)rescri)*i+le . 8iene caducidad, cu!o car-c*er se /alla vinculado a la *em)oralidad. La )a*ria )o*es*ad caduca de )leno derec/o al alcanzar el /io la
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ma!oridad. (o es cesi+le, )or la misma razón 0ue es in*ranseri+le. (o cons*i*u!e un )oder a+solu*o, sino 0ue llena una unción social ! /a )asado de mili*ar en los derec/os egoís*as a la ca*egoría de los derec/os al*ruis*as.
La )a*ria )o*es*ad es la ins*i*ución m-s )rounda ! com)le*a de )ro*ección al menor, ! llena cinco unciones> a6 Qamiliar7 +6 Qilial7 c6 Social7 d6 8ui*iva7 e6 Jurídica.5 L#PEG EL CA""%L, 1@9=> ?==B?=<6. FINALIDAD DE LA PATRIA POTESTAD La nalidad de la )a*ria )o*es*ad se enmarca /o! den*ro de una *eleología ne*amen*e )ro*ec*ora, en deensa de la )ersonalidad del /io menor, como sue*o de derec/o. (o considera como an*erior al menor como un adul*o disminuido o como un /umano caren*e de educación. Por ello la )a*ria )o*es*ad no su)rime la ca)acidad de derec/o del menor, sino 0ue sus*i*u!e el eercicio
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de *al ca)acidad7 es decir, el /io menor carece nicamen*e de ca)acidad del o+rar. So+re el )ar*icular, alencia Gea manies*a lo siguien*e> ... La )a*ria )o*es*ad se o*orga, no es avor del )adre o de la madre, sino en in*er2s del /io, ! *iene como n 0ue el )adre )ueda cum)lir adecuadamen*e sus o+ligaciones res)ec*o de su )role. En eec*o, si la le! o*orga al )adre la acul*ad de adminis*rar los +ienes del /io ! de /acer su!os los ru*os de esos +ienes, ello se de+e a dos circuns*ancias7 en )rimer lugar, a 0ue la le! considera 0ue la )ersona mas idónea )ara adminis*rar los +ienes del /io es el )adre o la madre, )or ser los encargados de criar, educar ! es*a+lecer a sus /ios7 en segundo lugar, a 0ue el derec/o de usuruc*o so+re los +ienes no se o*orga a *í*ulo de enri0uecimien*o, sino )ara 0ue )uedan suragarse los gas*os 0ue im)lica el cuidado )ersonal de los /ios.5ALE(C%A GEA, 1@:;, 8omo > ?:?B ?:=6. Por su )ar*e, en el Per, Corneo C/-vez reere 0ue el es*ado )or el 0ue a*raviesa el ser /umano duran*e la )rimera e*a)a de su vida, m-s o menos )rolongada, en 0ue no se /alla en a)*i*ud de )roveer a su )ro)ia su+sis*encia, ni de cau*elar sus in*ereses, ni de deender sus derec/os, ni de ormar su )ro)ia )ersonalidad, e4)lica ! undamen*a la gura urídica de la )a*ria )o*es*ad. Ena*iza 0ue el derec/o, al conar a cier*as )ersonas el am)aro de los menores, se /a limi*ado a go+ernar un enómeno 0ue viene im)ues*o )or la misma na*uraleza. 5C#"(EJ# C&AEG, 1@@@, <1:B:196.
ELEMENTOS PERSONALES: SU1ETOS LOS HI1OS 2A1O PATRIA POTESTAD Comienza el ar*ículo 1<= e4)resando 0ue Los /ios no emanci)ados es*-n +ao la )o*es*ad. Por *an*o, se *ra*a de *odo /io 0ue sea menor no emanci)ado, sea ma*rimonial o e4*rama*rimonial o ado)*ivo 5recu2rdese el )rinci)io de igualdad de la liación de los ar*ículos 1=!?@ de la Cons*i*ución )lasmado en el ar*ículo l#9 segundo )-rrao del Código civil6.El /io *iene *am+i2n in*ervención ac*iva en el eercicio. Siem)re 0ue lo )ermi*an sus mínimas condiciones ísicas> lo
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ordena el )enl*imo )-rrao del ar*ículo 1<=> si los /ios *uvieren sucien*e uicio de+er-n ser siem)re oídos an*es de ado)*ar decisiones 0ue les aec*en. &a! un su)ues*o en 0ue el /io sue*o a )a*ria )o*es*ad no es un menor, sino un ma!or, )ero inca)aci*ado. E% caso se a)o!a en una eviden*e lógica> un menor es inca)aci*ado *al como )rev2 el ar*ículo ;17 al llegar a la ma!oría de edad no *iene )or 0u2 cesar la )a*ria )o*es*ad ! cons*i*uirse una *u*ela, sino 0ue con*ina se )rorroga la )a*ria )o*es*ad7 e igualmen*e, si el /io !a ma!or es sol*ero ! sigue viviendo con sus )adres ! se le inca)aci*a. TPara 0u2 cons*i*uir una *u*elaU> +as*a 0ue vuelva re/a+ili*e
la )a*ria )o*es*ad.
5Callag/am, ;1, ). =?6 La )a*ria )o*es*ad )rorrogada es*- )revis*a en el 1:17 La )a*ria Po*es*ad so+re los /ios 0ue /u+ieren sido inca)aci*ados 0uedara )rorro goda )or, minis*erio
de la Le! al llegar a0uellos a la ma!or edad. %gualmen*e, %a
re/a+ili*ación de la )a*ria )o*es*ad %a regula el mismo ar*ículo 1:1, segundo mismo> si el /io ma!or de edad sol*ero 0ue viviera en com)a3ía de sus )adres o de cual0uiera de ellos uere inca)aci*ado, no se cons*i*uir- %a *u*ela sino 0ue se re/a+ili*ar- la )a*ria )a*es*ad 0ue ser- eercida )or 0uien corres)onde. 5Callag/am, ;1, ). ==6 LOS PADRES TITULARES DE LA PATRIA POTESTAD Es induda+le, sólo 0ue %a )a*ria )o*es*ad es una unción a %a cual )ueden ! de+en *ener derec/o lo mismo el )adre 0ue la madre, sino 0ue sus nes no se realizarían Cum)lidamen*e m-s 0ue )or el necesario concurso de am+os so+re sus /ios. SÁ(C&EG 5como se ci*ó en Callag/am, ;1, ). =6 Pero /as*a la reorma del Código civil )or Le! dc 1? dc ma!o de 1@91 no se /a es*a+lecido una unción conun*a ! un necesario concurso de los )rogeni*ores. Se es*a+lece, )ues, 0ue %a )a*ria )o*es*ad corres)onde como *i*ulares conun*amen*e a am+os cón!uges, aun0ue ca+e un eercicio uni)ersonal en de*erminadas ocasiones. &a! 0ue *ener en cuen*a, sin em+argo, 0ue V,s )adres son *i*ulares si am+os viven ! el /io es ma*rimonial o,
siendo
e4*rama*rimonial, am+os es*-n de*erminados legalmen*e. Pero sólo /a+r- un *i*ular de la )a*ria )o*es*ad, si uno de ellos /a muer*o o /a sido declarado allecido o inca)aci*ado o )rivado de la )a*ria )o*es*ad, o +ien si el /io es e4*rama*rimonial ! sólo uno de ellos es*- de*erminado legalmen*e. 5Callag/am, ;1, ). ==6
1
TIULARIDAD ACTI,A 3 PASI,A EN LA PATRIA POTESTAD El eercicio de la )a*ria )o*es*ad es la )ar*e din-mica de la )a*ria )o*es*ad, )ues es el movimien*o del derec/o a decidir, conducir los /ec/os ! ac*os necesarios )ara 0ue la )a*ria )o*es*ad se /aga eec*iva ! cum)la con los nes ! resul*ados. Dosser* ! Gannoni, acerca de la dierencia en*re *i*ularidad ! eercicio de la )a*ria )o*es*ad, se3alan lo siguien*e> ... La dierencia en*re es*os dos conce)*os no )arece -cilmen*e )recisa+le. Sin em+argo, es )osi+le adver*ir 0ue la *i*ularidad es el conun*o de los derec/os ! de+eres 0ue, en )rinci)io, corres)onden a am+os )adres, e inde)endien*emen*e, el eercicio es la acul*ad de ac*uar concre*amen*e en vir*ud de esos derec/osB de+eres, ! 0ue corres)onde en unos casos a uno u o*ro o am+os )rogeni*ores. e manera 0ue )uede /a+er en algunos su)ues*os *i*ularidad con eercicio ac*ual de la )a*ria )o*es*ad, ! en o*ros, si +ien se com)ar*e la *i*ularidad, se carece de ese eercicio> ).e... En el caso 0ue /all-ndose se)arados los )adres, el eercicio lo de*en*a la madre con 0uien convive el menor. 5D#SSE"87 ! GA((#(%, 1@9@> =;6. Segn alencia Gea la )a*ria )o*es*ad, como r2gimen de re)resen*ación legal de los /ios menores de edad, solo )uede ser eercida )or el )adre o la madre. 5 ALE(C%A GEA, 1@:;, 8omo > ?:=6. Dar+ero se3ala al res)ec*o 0ue los )oderes de los )rogeni*ores so+re los /ios se com)rendían en el ins*i*u*o de la )a*ria )o*es*ad. La )a*ria )o*es*ad )er*enece a la ca*egoría del )oder urídico ! es uno de los llamados derec/osB de+eres. E0ui)amien*o de un ocio, del cual son *i*ulares los dos )rogeni*ores, o+e*o los /ios menores ! /as*a los /ios )or nacer, den*ro del -m+i*o en 0ue ello sea )osi+le... 5DA"DE"#, 1@K:, 8omo %%> 1=@6. PATRIA POTESTAD CON1UNTA4 Con %a an*erior salvedad, el ar*ículo 1<= dis)one 0ue los /ios es*-n +ao la )o*es*ad de los )adres, ! el ar*ículo 1
1
a0uella evolución ! a*ri+uir una )o*es*ad solidaria a )adre ! madre de orma 0ue )udieran eercerla uno u o*ra, individual e inde)endien*emen*e7 en vez de *al sis*ema, /a ado)*ado el de )o*es*ad conun*a, de orma 0ue *ienen 0ue ac*uar los dos de comn acuerdo, )ero !a se com)rende 0ue es*e sis*ema de+e *ener, como *iene eec*ivamen*e, numerosas e4ce)ciones 0ue llegan a desvir*uar %a idea )rinci)al. 5Callag/am, ;1, ). ==6 El )ro+lema 0ue se )uede )lan*ear es 0ue se )roduzca un desacuerdo. E% ar*ículo 1
El acuerdo sim)le
Los desacuerdos rei*erados
Es desacuerdo sim)le cuando se )roduce so+re un nico asun*o> lo resuelve el Juez, *ras oír a los )rogeni*ores ! al /io si *uviera sucien*e uicio 5en *odo caso si es ma!or de doce a3os6, cu!o Juez no decide )or sí, sino 0ue a*ri+u!e la acul*ad de decidir al )adre o a la madre, segn dis)one el ar*ículo 1
Es desacuerdo rei*erado cuando se )roduce en orma re)e*ida o cons*an*e so+re varios asun*os> *am+i2n lo resuelve el Juez, )ero en orma no concre*a )ara cada uno de los casos, sino de orma es*a+le duran*e el )lazo 0ue se e, nunca su)erior a dos a3os, con una de es*as *res Soluciones>
a*ri+u!endo *o*almen*e el eercicio de %a )a*ria )o*es*ad a uno de los Progeni*ores7
a*ri+u!2ndolo )arcialmen*e ,)or eem)lo, en los asun*os en 0ue se )roducen los desacuerdos a uno de los )rogeni*ores7
dis*ri+u!endo en*re ellos %as unciones. 8odo ello segn dis)one el segundo inciso del segundo )-rrao del mismo ar*ículo 1
Primero Consen*imien*o del co*i*ular> El ar*ículo 1 o )or uno solo con el
1
consen*imien*o e4 )reso o *-ci*o del o*ro, 0ue )odr- ser reerido a un solo ac*o o a varias o en orma general, )revio, coe*-neo 5m-s +ien sería una ac*uación conun*a6 o )os*erior, como ra*icación7 e4)reso o *-ci*o.
Segundo. Conormidad con el uso social ! las circuns*ancias. El mismo ar*ículo 1
8ercero. Caso de urgen*e necesidad. %gualmen*e, ca+e el eercicio uni)ersonal de la )a*ria )o*es*ad, en si*uación de urgen*e necesidad, como dis)one, )or l*imo, El )rimer )-rrao del ar*ículo 1
Cuar*o. (o convivencia de los )adres. Si uno de los )adres no convive ísicamen*e con el /io, %a )a*ria )o*es*ad ser- eercida e4clusivamen*e )or el o*ro, es decir, a0uel con 0uien conviva el /io7 así lo es*a+lece el ar*ículo 1
8am+i2n es un su)ues*o de no convivencia de los )adres, el 0ue se da cuando /a! una se)aración de /ec/o en el ma*rimonio 5)ues en la udicial ! en el divorcio el Juez, resuelve e4)resamen*e es*e )un*o> ar*ículo @6 o uera de ma*rimonio )adres no viven un*os> dis)one el l*imo )-rrao de es*e ar*ículo 1 aun0ue en uno ! o*ro el eercicio unila*eral rela*ivamen*e
al
caso
concre*o
del
desacuerdo
u
o)osición
de
ir
siem)re 0ue uno de los )rogeni*ores carezca de )a*ria )o*es*ad, )or
1
de*erminado legalmen*e en caso de /io e4*rama*rimonial , o +ien es*2 )rivado de la misma, es el o*ro el aun asume el eercicio uni)ersonal ! nico de la )a*ria )o*es*ad is*os los casos de eercicio uni)ersonal, el Código regula dos Consecuencias del mismo, ren*e a *erceros ! ren*e al )rogeni*or 0ue no eerza %a )a*ria )o*es*ad. Qren*e a *erceros> en *ales casos de eercicio uni)ersonal de la )a*ria )o*es*ad, res)ec*o de *erceros de +uena e, se )resumir- 0ue cada uno de los )rogeni*ores Ac*a en el eercicio ordinario de la )a*ria )o*es*ad con el consen*imien*o de o*ro, dis)one el *ercer )-rrao del ar*ículo 1
TITULAR DE LA PATRIA POTESTAD DEL MENOR DE EDAD NO EMANCIPADO 'na l*ima cues*ión se )lan*ea res)ec*o al *i*ular de la )a*ria )o*es*ad> es la 0ue
)rev2
el ar*ículo 1<: so+re el )ro+lema de 0ue el *i*ular de la )a*ria )o*es*ad sea meno no emanci)ado7 se *ra*ar- de )adre o madre no casados, so+re el /io
1
e4*rama*rimonial. Pues si es*uvieran casados serían emanci)ados> en *odo caso, el ar*ículo 1<: se a)lica solo al menor no emanci)ado 5)or *an*o, ni emanci)ado )or ma*rimonio ni )or o*ro medio6 *i*ular de %a )a*ria )o*es*ad. El cual dis)one es*e ar*ículo 1<:, eercer- %a )a*ria )o*es*ad so+re sus /ios con la asis*encia de sus )adres. A la al*a de am+os, de su *u*or> en casos de desacuerdo o im)osi+ilidad, con la del, Juez. Así, el menor sue*o a )a*ria )o*es*ad o *u*ela, no emanci)ado, *iene un /io e4*rama*rimonial 5)or0ue si uera ma*rimonial, a0uel menor es*a+a !a emanci)ado, )or ma*rimonio6> es *i*ular de la )a*ria )o*es*ad, igualmen*e la eerce, )ero )ara *al eercicio )recisa del com)lemen*o de ca)acidad consis*en*e en la asis*encia o consen*imien*o de sus )adres o de su *u*or7 si se )roduce un desacuerdo en*re el menor *i*ular de %a )a*ria )o*es*ad ! sus )adres o *u*or, o 2s*os no )ueden darle consen*imien*o 5)or mo*ivo de es*ar mu!
leos,
o
es*ar
in*ernado
en
un
/os)i*al,
o
es*ar,
a
su vez, inca)aci*ado, e*c.6 es el Juez el 0ue dar- si )rocede el consen*imien*o o asis*encia, como com)lemen*o de ca)acidad. 5Callag/am, ;1, ). =:6
EFECTOS DERECHOS 3 DE2ERES INHERENTES A LA PATRIA POTESTAD La )a*ria )o*es*ad cons*i*u!e un conun*o de de+eres ! derec/os recí)rocos en*re )adres e /ios. Así la )a*ria )o*es*ad con*iene )oderes in/eren*es a la )ersona ! a los +ienes del /io, a los cuales corres)onden nuevos de+eres del /io /acia el )rogeni*or 0ue la eerce. En cuan*o 0 los derec/osB de+eres in/eren*es a la )a*ria )o*es*ad, Dosser* ! Gannoni advier*en 0ue, ... (o es*amos en el cam)o de los meros derec/os su+e*ivos, organizados so+re la +ase del in*er2s individual del *i*ular de derec/o, sino an*e derec/osBde+eres, 0ue se coneren en el caso, a los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad no solo a*endiendo a sus in*ereses, sino, )rinci)almen*e considerado el in*er2s de o*ro sue*o 5en el caso, el menor +ao )a*ria )o*es*ad6, )or lo cual, los derec/os 0ue se coneren im)lican correla*ivos de+eres... 5D#SSE"8 ! GA((#(%, 1@9@>=;6. A decir de "i)er* ! Doulanger> La )a*ria )o*es*ad se descom)one en una serie de derec/os ! de o+ligaciones son correla*ivas a los derec/os. Es necesario considerar sucesivamen*e> 1W la *enencia ! educación del /io7 W su man*enimien*o ! es*a+lecimien*o7 ?W la a*ri+ución de las ren*as de sus +ienes,
1
llamada usuruc*o legal. 5"%PE"87 ! D#'LA(IE", 1@K?, 8omo %%%, olumen %%> ?116. Para Darros Err-zuriz ...los derec/os 0ue com)rende la )a*ria )o*es*ad 5...6 son> usuruc*o ! adminis*ración de los +ienes del /io ! re)resen*ación legal... 5DA""#S E""AG'"%G, 1@?1, olumen %> 9:6. Ca+anellas, al e4aminar lo a*inen*e a las o+ligaciones es)ecícas de los )adres en la )a*ria )o*es*ad, reere 0ue ...las )rovenien*es de la )a*ria )o*es*ad son> la criar ! educar a los /ios conorme a condición ! or*una amiliar, a. alimen*arlos...5CADA(ELLAS, 1@91, 8omo %> 1=@6. En o)inión de $ar*ínez Calcerrada ...el ac*ual con*enido )ersonal de la )a*ria )o*es*ad de delimi*a así> como de+eres ! acul*ades conun*as, los )adres /an de velar )or los /ios, *enerlos en su com)a3ía, alimen*arlos, educarlos ! )rocurarles una ormación in*egral 5...6 a)ar*e de re)resen*arlos ! adminis*rar sus +ienes... 5$A"8%(EG CALCE""AA, 1@9?, 8omo %> 1=<6. A uicio de Qern-ndez Cl2rigo las relaciones de *i)o )ersonal 0ue in*egran la )a*ria )o*es*ad son las concernien*es a recí)rocos alimen*os, cuidado ! cus*odia, educación e ins*rucción, )roesión ! ense3anza religiosa, corrección ! re)resen*ación de los /ios. 5QE"(A(EG CLE"%I#, 1@=:>@?6.
1
CAPITULO II CONTENIDO PERSONAL DE2ERES 3 FACULTADES DE LOS PADRES4 e orma unida, como unción 5acul*ad )ara cum)lir un de+er6, son los siguien*es>
Primero. elar )or ellos 5los /ios6 5ar*. 1<=, 1.;6> m-s 0ue un de+er inde)endien*e, de diícil e4igi+ilidad, es como la medida ! /as*a la ac*i*ud 0ue de+e inormar el cum)limien*o de los res*an*es de+eres ! derec/os
de
con*enido
/as*a
)a*rimonial.
Es*- en relación con el )rinci)io 0ue *am+i2n im)one el mismo an*e %a )a*ria )o*es*ad se eercer- siem)re en +enecio de los /ios de )ersonalidadR ! con res)e*o a su in*egridad ísica ! )sicológica .En un as)ec*o nega*ivo de es*e )rimer de+er, el ar*ículo 1<9 da )ara 0ue de ocio o a ins*ancia del /io, de un )arien*e o del $inis*erio dic*e 5nm. ?.W6 %as dis)osiciones 0ue considere o)or*unas aín de a)ar*ar de un )eligro o de evi*arle )eruicios> norma *an general 0ue /a! 0ue en relación con es*e de+er *am+i2n *an am)lio de velar )or los /ios. 5Callag/am, ;1, ). =:6
Segundo. 8enerlos 5a los /ios6 en su com)a3ía 5la del *i*ular o *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad6 5ar*. 1<=, 1.;6. $edio de cum)lir adecuadamen*e los
dem-s
de
los
)adres.
El ar*ículo 1<@ )rev2 el caso de ma*rimonio en se)aración de /ec/o 5)ues uera udicial, el Juez decidiría 0ui2n *iene los /ios en su com)a3ía, el uez decidir-
cu-l de ellos *enga a los /ios en su
com)a3ía, el Juez )rogeni*or 0uedar-n los /ios menores de edad7 dis)one e4)resamen*e 0ue el cri*erio 0ue de+e guiar al uez )ara decidirlo es el +enecio de los /ios ! e4ige 0ue an*es oiga a los mismos si son ma!ores de doce a3os o, aun0ue sean menores si *iene sucien*e uicio. Adem-s, segn el ar*ículo 1K; mencionado an*es, el )adre o madre 0ue *enga al /io menor en su com)a3ía *iene derec/o a relacionarse con 2l.
8ercero. Alimen*arlos 5ar*. 1<=6. E% de+er de alimen*os 5ar*ículos 1= ! sigs.6 no *iene au*onomía )ro)ia cuando el alimen*is*a es un /io +ao
1
)a*ria )o*es*ad, )ues 0ueda inmerso en 2s*a. Com)rende el m-s am)lio conce)*o de alimen*o 5ar* 1=6 !, )or *an*o, *am+i2n %a educación ! ormación in*egral> de a0uí 0ue el ar*ículo 1<=, 1.; a3ada a con*inuación7 educarlos ! )rocurarles una ormación in*egral7 el sen*ido *am+i2n es el m-s am)lio, com)rende *oda educación ! ormación ísica, in*elec*ual ! moral. En es*e sen*ido, el Juez, de ocio o a ins*ancia del /io, de un )arien*e o del $inis*erio Qiscal dis)one el ar*. 1<9, )uede dic*ar, con un am)lísimo ar+i*rio, nm. 1.;, las medidas convenien*es )ara asegurar la )res*ación de alimen*os ! )roveer a las u*uras necesidades del /io, en caso de incum)limien*o de )or sus )adres5Callag/am, ;1, ). =96 En *odo caso, )ara el cum)limien*o de los de+eres ! acul*ades del Con*enido los )adres )odr-n, en el eercicio de su )o*es*ad, reca+ar el au4ilio de la )rioridad, dis)one el l*imo )-rrao del ar*ículo 1<=, ! 0ue *iene es)ecial a)lica con la )r-c*ica en el derec/o de+er de los )adres de *ener al /io en su com)a3ía, )or0ue si el /io Xmenor no emanci)ado, +ao la )a*ria )o*es*ad marc/a de casa, 2l )uede in*eresar la a!uda gu+erna*iva o udicial )ara 0ue se le rein*egre a su domicilio. 5Callag/am, ;1, ). =@6 Jos2 Arias se3ala al res)ec*o 0ue> Las o+ligaciones del )adre )ara con sus /ios im)or*an, en su ma!oría, derec/os de los cuales es*os son *i*ulares. En*re las )rinci)ales mencionaremos> alimen*ación, educación, cuidado, vigilancia ! re)resen*ación. 8odas ellas se reeren a la )ersona del /io, aun0ue algunas, so+re *odo la l*ima, )ueden reves*ir car-c*er )a*rimonial. Las o+ligaciones del )adre res)ec*o de los +ienes del menor se concen*ran, a la )ar de sus derec/os, en las dis)osiciones rela*ivas a la adminis*ración ! usuruc*o...5A"%AS, 1@<> ?99B?9@6. El Código Civil regula lo concernien*e a los de+eres ! derec/os in/eren*es a la )a*ria )o*es*ad en su ar*ículo =?, 0ue ci*amos a con*inuación> 5Artc6!o 7&849 Son de+eres ! derec/os de los )adres 0ue eercen la )a*ria )o*es*ad> 1.B Proveer al sos*enimien*o ! educación de los /ios.
1
.B irigir el )roceso educa*ivo de los /ios ! su ca)aci*ación )ara el *ra+ao conorme a su vocación ! a)*i*udes. ?.B Corregir moderadamen*e a los /ios !, cuando es*o no +as*are, recurrir a la au*oridad udicial solici*ando su in*ernamien*o en un es*a+lecimien*o dedicado a la reeducación de menores. =.BA)rovec/ar de los servicios de sus /ios, a*endiendo a su edad ! condición ! sin )erudicar su educación. <.B 8ener a los /ios en su com)a3ía ! recogerlos del lugar donde es*uviesen sin su )ermiso, recurriendo a la au*oridad si es necesario. K.B "e)resen*ar a los /ios en los ac*os de la vida civil. :.B Adminis*rar los +ienes de sus /ios. 9.B 'suruc*uar los +ienes de sus /ios. Sostenento o asstenca a !os h;os El )rimer de+er ! derec/o de la relación )a*erna lial es el de la asis*encia, 0ue com)rende en )rimer *2rmino el de alimen*os, !a 0ue cu+re una necesidad vi*al. e a/í 0ue sea reci)roco ! 0ue no se e4*inga como la ma!oría de edad. El derec/o de+er a 0ue se con*rae es*e )un*o es sumamen*e claro, lo 0ue no e4imen de ma!or comen*ario. Sin em+argo, conviene *ener )resen*e lo dis)ues*o en el ar*ículo =: del Código Civil 5reerido a los alimen*os6, segn el cual> su+sis*e la o+ligación de )roveer al sos*enimien*o de los /ios e /ias sol*eros ma!ores de diecioc/o a3os 0ue es*2n siguiendo con 24i*o es*udios de una )roesión u ocio /as*a los 9 a3os de edad7 ! de los /ios e /ias sol*eros 0ue no se encuen*ren en a)*i*ud de a*ender a su su+sis*encia )or causa de inca)acidad ísica o men*al de+idamen*e com)ro+adas. E/6cac ... e+e *omarse en el sen*ido am)lio de de+er ! derec/o de
1
ocu)arse de la ormación ísica, es)iri*ual ! moral del menor, conorme a sus *endencias, ca)acidad ! a)*i*udes, así como a*ender a la )re)aración )ara una )roesión o ac*ividad de*erminada, 0ue re)resen*e u*ilidad al menor !a la sociedad. Es*a *area )a*erna inclu!e la ormación del car-c*er, del es)íri*u ! de los sen*imien*os 0ue *an*o /an de incidir so+re sus inclinaciones en la vida. 5D'SS#7 ci*ado )or DELL'SC%#, 1@:@, 8omo %%> 9KB9:6. Correcc ... el derec/oBde+er de guarda deriva *am+i2n el derec/o de corrección de los )adres, 0ue los au*oriza a im)oner a sus /ios sanciones adecuadas )ara asegurar su au*oridad ! el res)e*o 0ue les es de+ido. 5Y6 La corrección )uede ser )rivada, eec*uada en el )ro)io /ogar, o eercida con el au4ilio de la au*oridad udicial median*e la de*ención en un es*a+lecimien*o correccional )or un )lazo limi*ado... 5DELL'SC%#, 1@:@, 8omo %%> 9<6. "i)er* ! Doulanger, en relación al *ema 0ue nos ocu)a, manies*a 0ue el )adre 5...6 0ue no logra educarlo de una manera convenien*e u*ilizando las medidas correc*ivas 0ue en*rar en el eercicio normal del derec/o de guarda, )uede dirigirse a la us*icia )ara o+*ener 0ue el ni3o sea in*ernado en un es*a+lecimien*o adecuado )ara su enmienda...5"%PE"8 ! D#'LA(IE", 1@K?, 8omo %%%> ?1@6. Prestacor !os h;os
El *ra+ao 0ue el /io menor realiza +ao dirección )a*erna es considerado como un *ra+ao de a)rendizae ! educación. Siendo un de+er del ni3o ! adolescen*e el )res*ar a!uda a sus )adres, es)ecialmen*e en las la+ores )ro)ias de su /ogar, segn su edad ! ca)acidades. &o! el uncionamien*o armonioso de la economía del /ogar necesi*a el concurso de *odos sus miem+ros, )ara así salir adelan*e.
1
Así, los )adres )ueden e4igir de sus /ios menores la )res*ación de servicios )ro)ios de su edad.... 5D#"A, 1@9=> ?K?6. Los )adres no )ueden e4igir al /io menor 0ue desarrolle una ac*ividad la+oral en su +enecio, )ero si la cola+oración )ro)ia de su edad, sin )or ello *ener 0ue remunerarlos... 5D#SSE"8 ! GA((#(%, 1@9@> =?6.
+6ar/a /e !os h;os
"i)er* ! Doulanger arman 0ue la guarda de un /io es el derec/o, )ara 0uien lo )osee, de re*ener a0uel en su caso. En consecuencia, el )adre si *iene la guarda de su /io )uede orzar a es*e a /a+i*ar con 2l !, en caso de necesidad, /acerlo volver a su domicilio median*e la uerza )+lica... 5"%PE"8 ! D#'LE(IE", 1@K?, 8omo %%%, olumen %%, ?16. Re>resentac ==K6. A/nstrac
El derec/o ! el de+er de cuidar el )a*rimonio del /io lo *ienen los )adres. Jun*o a la adminis*ración el )adre ! madre *ienen *am+i2n )or lo regular el disru*e, )ero am+os a*ri+u*os se consideran se)aradamen*e. e+emos )recisar 0ue los o+e*os de am+os no son necesariamen*e uno ! el mismo. Ma 0ue )uede darse el caso 0ue un )adre *enga la adminis*ración so+re la *o*alidad del )a*rimonio )ero no disru*e, o a la inversa. Al res)ec*o, N%PP ! O#LQQ dicen 0ue la adminis*ración del )a*rimonio com)rende la re)resen*ación del /io en asun*os )a*rimoniales 5N%PP7 ! O#LQQ, 1@<, olumen Segundo> KK6.
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Dar+ero )un*ualiza 0ue ... el )rogeni*or, en el eercicio de la )a*ria )o*es*ad, )uede llevar a ca+o solo, en in*er2s del menor ! en nom+re del *odo los ac*os en general de adminis*ración ordinaria.... 5DA"DE"#, 1@K:, 8omo %%> 1<6. Características
... El )adre *iene el de+er ! el derec/o de cuidar de los +ienes de sus /ios menores. Se *ra*a de una )o*es*ad )ersonalísima ! )or lo *an*o in*ranseri+le, sea a *í*ulo gra*ui*o u oneroso, lo 0ue no e4clu!e 0ue )ueda o*orgar manda*o a *erceros )ara la realización de algunos ac*os de los 0ue in*egran la adminis*ración, siem)re 0ue sea +ao su direc*iva ! de)endencia. 5D#"A7 1@9=> ?KK6. Dienes e4cluidos de la adminis*ración Para Dorda, ...en )rinci)io, *odo los +ienes del menor es*-n some*idos a la adminis*ración )a*erno, incluso a0uellos de los 0ue no se *ienen usuruc*o....l 5D#"A, 1@9=> ?KK6. Us60r6cto /e !os .enes /e !os h;os El usuruc*o legal es el derec/o 0ue *iene los )adres de usar ! gozar los +ienes de los /ios ! de )erci+ir )ara si las ren*as ! ru*os 0ue ellos )roduzcan. Segn Candian indica al res)ec*o 0ue ... el )adre *iene el usuruc*o de los +ienes del menor )or *odo el *iem)o en 0ue eerci*e la )a*ria )o*es*ad 5...6. Pesan so+re el usuruc*o legal, adem-s de sus o+ligaciones )ro)ias, los gas*os de manu*ención, ins*rucción ! educación del /io... 5CA(%A(, 1@K1> <1B<6.
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DE2ERES DE LOS HI1OS Son !os sg6entes: 1. e+er de o+ediencia ! res)e*o. Como de+er moral 0ue %a le! eleva a urídico, el ar*ículo 1<< im)one a los /ios Xnm. . El de+er de o+edecer a los )adres mien*ras )ermanezcan +ao su )o*es*ad ! res)e*arles siem)re. ?. E% de+er de o+ediencia se deriva de la )a*ria )o*es*ad7 el de res)e*o, sin em+argo, es in/eren*e a la liación !. )or *an*o, e4is*e aun des)u2s de e4*inguida )o*es*ad. =. El de+er de los /ios de con*ri+uir al levan*amien*o de cargas amiliares, aun0ue es un de+er m-s rela*ivo al con*enido )a*rimonial de la )a*ria )o*es*ad 0ue al con*enido )ersonal. 5Callag/am, ;1, ). =96 REPRESENTACION LE+AL El /io menor de edad 5como se a)un*ó al )rinci)io de es*a relación6,al car-c*er de ca)acidad de o+rar )or su minoría de edad, es re)resen*ado en la vida urídica )or los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad, sus )adres. Si no uera no menor, sino inca)aci*ado, la re)resen*ación legal la *endría su *u*or a no ser 0ue se diera el caso de )a*ria )o*es*ad )rorrogada o re/a+ili*ada 5ar*, 1:16 en 0ue la seguir-n *eniendo los )adres. Como *al re)resen*ación legal, el )oder de re)resen*ación nace direc*amen*e de la le!, 0ue es asimismo la 0ue a*ri+u!e la cualidad de re)resen*ación ! de*ermina El -m+i*o ! vicisi*udes. Ar*ículo 1<=, numero W. 5Como de+eres ! acul*ades de la )a*ria )o*es*ad6> re)resen*arlos 5a los /ios6. 5Callag/am, ;1, ). =@6 Para el au*or Callag/am 5;16 es consecuencia de la )a*ria )o*es*ad conun*a, la re)resen*ación de los /ios +ao )a*ria )o*es*ad conun*a, la re)resen*ación de los /ios +ao )a*ria )o*es*ad se a*ri+u!e *am+i2n conun*amen*e a los *i*ulares de es*- ! eerzan la misma. El ar*ículo 1K es*a+lece 0ue los )adres 0ue os*en*en la )o*es*ad *ienen la re)resen*ación legal de sus /ios menores no emanci)ados. Por *an*o, si am+os )adres son
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*i*ulares de la )a*ria )o*es*ad ! la eercen am+os, la re)resen*ación legal les corres)onde conun*amen*e. Si uno es el *i*ular de la )a*ria )o*es*ad 5)or0ue el o*ro es*- e4cluido o )rivado de ella )or vir*ud de los ar*s. 111 o 1:; /a allecido6 o solo uno de los )adres es*- de*erminado legalmen*e 5en la liación e4*rama*rimonial6, 2l ser- el nico re)resen*an*e legal. Si se da el eercicio uni)ersonal de la )a*ria )o*es*ad )or uno solo de los )adres, es*2 eercerigualmen*e, uni)ersonalmen*e, la re)resen*ación legal. 5).<;6 El -m+i*o de la re)resen*ación legal es am)lísimo> com)rende *odos los ac*os udiciales ! e4*raudiciales 0ue com)e*en al menor 0ue, como *al, no )uede eecu*ar v-lidamen*e )or sí mismo7 com)rende el eercicio de *odos los derec/os de 0ue sea *i*ular el menor ! 0ue admi*an re)resen*ación. 5Callag/am, ;1, ). <;6 Ca!!agha %&'(&* encona ?6e est@n 06era /e! @.to /e !a re>resentac
Primero> los ac*os rela*ivos a derec/o de la )ersonalidad. Son in/eren*es al sue*o ! es*-n uera de la re)resen*ación legal. Los del /onor, in*imidad e imagen, cu!a )ro*ección se /alla en la le! org-nica de < de ma!o de 1@9, *ienen )revis*a en es*a le! la dis)osición 5no de *ales derec/os, 0ue son indis)oni+les6 de algn as)ec*o del mismo 5el m-s usual de dis)oner es el derec/o a la imagen6. En la le! de )ro*ección urídica del menor en su ar*ículo . )rev2 el consen*imien*o del *i*ular del derec/o 50ue elimina la )ro*ección legal6 ! el ar*ículo ?.1, con*em)la el consen*imien*o de los menores e inca)aci*ados> lo de+er-n )res*ar ellos mismos si sus condiciones de madurez lo )ermi*en, lo cual se )one en relación con el inciso siguien*e de es*e )rimer nmero del ar*ículo 1K. Si no )ueden darlo, )or carecer de a0uellas condiciones mínimas, el consen*imien*o lo da su re)resen*an*e legal, *i*ular de la )a*ria )o*es*ad 5o *u*or, en su caso6 ! lo de+e comunicar al minis*erio scal7 si 2s*e se
o)one, resolver- el uez. Segundo> los ac*os 0ue el /io, de acuerdo con las le!es ! con sus condiciones de madurez, )ueda realizar )or sí mismo 5ar*. 1K. 1. W6. Se reere
a
a0uellos
derec/os
)ersonalísimos
0ue
no
admi*en
re)resen*ación !, )or ello, o los /ace el )ro)io menor si )uede urídica
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5lo )ermi*a la le!6 ! ísicamen*e 5)or sus condiciones de madurez6, o no los /ace nadie7 )or o*ra )ar*e, se reere a a0uellos derec/os 0ue )uede realizar el menor )or sí mismo, sin necesidad de re)resen*ación legal, como o*orgar *es*amen*o a )ar*ir de los ca*orce a3os 5ar*. =96, ad0uirir la )osesión 5ar*s. K< ! KK6, e*c. 8iene m-s im)or*ancia un *ercer as)ec*o, 0ue es el a*inen*e a la llamada ca)acidad general del menor ! 0ue alcanza a la realización de *odos a0uellos ac*os urídicos 0ue la realidad social es*ima 0ue )uede /acer un menor, siem)re 0ue *enga unas mínimas condiciones de madurez )ara ellos.
8ercero. Los rela*ivos a +ienes 0ue es*2n e4cluidos de la adminis*ración de los )adres 5ar*. 1K, ?. W6, 0ue son los 0ue enumera el ar*ículo 1K=,
a*inen*e al con*enido )a*rimonial de la )a*ria )o*es*ad. Cuar*o. Es una re)resen*ación limi*ada, en 0ue el re)resen*an*e legal necesi*a el consen*imien*o del re)resen*ado, siem)re 0ue *enga sucien*e uicio7 lo dis)one el l*imo )-rrao del ar*ículo 1K> )ara cele+rar con*ra*os 0ue o+liguen al /io a realizar )res*aciones )ersonales se re0uiere el )revio consen*imien*o de 2s*e si *uviere sucien*e uicio, sin )eruicio de 0ue el uez )ueda es*a+lecer medidas cau*elares en )ro*ección del menor some*ido a la )a*ria )o*es*ad, )ara evi*arle
)eruicio, al am)aro de lo dis)ues*o en el ar*ículo 1<9. Fuin*o. #)osición de in*ereses en*re el re)resen*an*e legal, *i*ular de la )a*ria )o*es*ad ! el re)resen*ado, /io menor some*ido a ella, ar*ículo 1K, W> conZic*o de in*ereses en*re los )adres ! el /io.
El conZic*o de in*ereses [ como dice el ar*.1K? [ se da siem)re 0ue los in*ereses económicos o urídicos del re)resen*an*e ! re)resen*ado es*2n enren*ados, como si el )rimero 0uiere com)rar una cosa del segundo, o el )rimero, como /eredero, de+e )agar la legi*ima al segundo 5es el caso normal de 0ue muere el )adre, es /eredera *es*amen*aria de la madre ! legi*imario del /io6. Si la o)osición de in*ereses se )roduce sólo con uno de los )rogeni*ores [ ar*. 1K?, segundo )-rrao [ *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad, la re)resen*ación legal la *endr- el o*ro *i*ular, i)so iure, sin es)ecial nom+ramien*o.
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Si la o)osición de in*ereses se )roduce con am+os )adres *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad o con el nico 0ue la *iene, se nom+ra udicialmen*e en e4)edien*e de urisdicción volun*aria un deensor udicial 0ue )rev2 el ar*ículo @@, 1 W. El cual, segn dis)one el ar*ículo ?;;, ser- la )ersona 0ue nom+re el uez, 0ue nom+rara a 0uien es*ime m-s idóneo )ara el cargo. El deensor re)resen*ara al menor solo en la cues*ión concre*a en 0ue /a! conZic*o de in*ereses7 dice el ar*ículo ?;> *endr- las a*ri+uciones 0ue le /a!a concedido el uez al 0ue de+er- rendir cuen*as de su ges*ión una vez concluida. CONTENIDO PATRIMONIAL Segn Linancero 5como se ci*ó en Callag/am, ;16 Pro>e/a/ /e !os .enes /e! h;o .a;o >atra >otesta/4 El /io 0ue se encuen*ra +ao )a*ria )o*es*ad no *iene ca)acidad de o+rar, )ero sí *iene ca)acidad urídica> )or ello ser- el *i*ular del derec/o de )ro)iedad ! el *i*ular de los dem-s derec/os 0ue /a!a ad0uirido a *í*ulo oneroso o gra*ui*o o )or su *ra+ao o indus*ria 5a es*os l*imos se reere el )rimer )-rrao, segundo inciso, •
del ar*. 1K<6. Ds0r6te /e ta!es .enes4 Per*enecen siem)re al /io no emanci)ado 5es decir, +ao )a*ria )o*es*ad6 los ru*os de sus +ienes, dice el )rimer inciso del )rimer )-rrao del ar*ículo 1K<.Sin em+argo, los /ios de+en con*ri+uir al levan*amien*o de las cargas de la amilia mien*ras convivan con ella 5convivencia, *enerlos en su com)a3ía, 0ue im)one el ar*. 1<=, 1W, mien*ras es*-n +ao la )a*ria )o*es*ad6, como es*a+lece el ar*ículo 1<<,W ! el ar*ículo
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1K<, segundo )-rrao, recalca ! re)i*e. A/nstrac
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Primera. Los +ienes ad0uiridos )or *í*ulo gra*ui*o cuando el dis)onen*e lo /u+iere ordenado de manera e4)resa. Pero no +as*a la orden nega*iva de *al dis)onen*e> no sólo de+e /a+er )ro/i+ido 0ue la adminis*ración la *engan los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad, sino 0ue /a de /a+er ordenado 0ui2n la de+e *ener7 así, a3ade el ar*ículo 1K=,1W, 0ue se cum)lires*ric*amen*e la volun*ad de es*2 so+re la adminis*ración de es*os +ienes ! des*ino de sus ru*os. "ivera 5como se ci*ó en Callag/am, ;1,
). <6. Segunda. Los ad0uiridos )or sucesión en 0ue uno o am+os de los 0ue eerzan la )a*ria )o*es*ad /u+ieran sido us*amen*e des/eredados o no /u+ieran )odido /eredar )or causa de indignidad. En cu!o caso, la adminis*ración corres)onde a3ade el numeral W del ar* 1K=B> 1W6 a la )ersona designada )or el causan*e7 en su deec*o ! sucesivamen*e, W6 )or el o*ro )rogeni*or, o ?W6 )or un adminis*rador udicial es)ecialmen*e
nom+rado. 8ercera. Los 0ue el /io ma!or de diecis2is a3os /u+iere ad0uirido con su *ra+ao o indus*ria 9ar*.1K=. ?W6. El adminis*rador lo ser- el )ro)io /io +ao )a*ria )o*es*ad, )ero )ara realizar ac*os de adminis*ración e4*raordinaria necesi*ara el consen*imien*o de los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad 5ar*ículo 1K@, W6, ni *am)oco si viviera inde)endien*emen*e con consen*imien*o de los )adres, )ues se le re)u*aría emanci)ado 5ar*. 1?@6> se *ra*a del 0ue vive con los )adres ! gana dinero con su *ra+ao o
indus*ria. Po/er /e /s>osc
Segn $arín 5como se ci*ó en Callag/am, ;1,
).6.El )oder de dis)osición de los +ienes del /io some*ido a la )a*ria )o*es*ad *am)oco lo *iene 2l, )or ca)acidad de o+rar, sino los *i*ulares o el *i*ular 0ue eerza la )a*ria )o*es*ad. Podr-n 2s*os, )ues, dis)oner de los +ienes del menor. En concordancia, Linancero 5como se ci*ó en callga/am, ;1, ).6 menciona ese )oder de dis)osición no es ilimi*ado. El Código civil curiosamen*e no es*a+lece e4)resamen*e el mismo, )ero sí enumera sus limi*aciones en el ar*ículo 1KK. Son las siguien*es>
Primera. Para enaenar o gravar 5o sea, dis)oner6 sus +ienes inmue+les, es*a+lecimien*os mercan*iles o indus*riales, o+e*os )reciosos ! valores mo+iliarios 5salvo el derec/o de suscri)ción )reeren*e de acciones, 0ue,
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)or cier*o, no es dis)osición, sino ad0uisición de valores6 es )reciso> 1, W6 causas us*icadas de u*ilidad o necesidad, ! . W6 au*orización del Juez
del domicilio, con audiencia del $inis*erio Qiscal. Si el menor +ao )a*ria )o*es*ad es ma!or de diecis2is a3os no es )recisa la au*orización udicial si 2l mismo consien*e la dis)osición en documen*o )+lico. 8am)oco es )recisa si se dis)onen valores mo+iliarios ! su im)or*e se reinvier*e en +ienes o valores seguros 5ar*.
1KK, l*imo )-rrao6. Segunda. Los )adres no )odr-n renunciar a los derec/os de 0ue los /ios sean *i*ulares, sin los mismos re0uisi*os e4)ues*os> u*ilidad o necesidad ! au*orización udicial, o consen*imien*o del ma!or de diecis2is a3os. Lo 0ue se e4)lica )or ser la renuncia un ac*o dis)osi*ivo es)ecialmen*e
grave Bdeación de un derec/oB sin, en )rinci)io, nada a cam+io. 8ercera. Para re)udiar la /erencia o legado se )recisa asimismo au*orización udicial7 o consen*imien*o del /io ma!or de diecis2is a3os, en documen*o )+lico7 si el Juez deniega dic/a au*orización, la /erencia sólo )odr- ser ace)*ada a +enecio de inven*ario.
en caso de 0ue los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad realicen un negocio urídico de dis)osición 0ue re0uiera au*orización udicial, sin /a+er o+*enido 2s*a, no es clara la sanción 0ue sura> la Juris)rudencia /a sido Zuc*uan*e> /a dic/o 0ue se *ra*a de nulidad, aun0ue en*iende 0ue el )lazo de caducidad de la acción es de cua*ro a3os desde 0ue el menor sale de la )a*ria )o*es*ad ! 0ue es con valida+le )or 2s*e7 lo 0ue es con*radic*orio con la nulidad7 o*ras sen*encias en*ienden 0ue se *ra*a de anula+ilidad. Si en*endemos )or nulidad la con*ravención a norma im)era*iva o )ro/i+i*iva ! la anula+ilidad la consecuencia de vicio de consen*imien*o o deec*o de ca)acidad, no )uede ace)*arse 0ue el negocio dis)osi*ivo realizado )or los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad sea nulo ni anula+le. Por el con*rario, se *ra*a de un caso de inecacia s*ric*o sensu, )or al*a de )oder de dis)osición del au*or, !a 0ue los )adres carecían del dominio B0ue es del /ioB ! del )oder de dis)osición B0ue re0uiere la au*orización udicial 0ue no /an o+*enido. Linancero 5como se ci*ó en callag/am, ;1, ).<=6 El Código )rev2 la )osi+ilidad de 0ue )or los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad se d2 una mala adminis*ración, en*endida en un sen*ido am)lio 0ue com)rende la dis)osición7 da un conce)*o mu! general de mala adminis*ración, sim)lemen*e
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dice el ar*ículo 1K: 0ue )onga en )eligro el )a*rimonio del /io, en cu!o caso concede al Juez un am)lio ar+i*rio> )odr- 5a3ade el mismo ar*. 1K:6> 1W6 ado)*ar las )rovidencias 0ue es*ime necesarias )ara la seguridad ! recaudo de los +ienes, o W6 e4igir caución o anza )ara la con*inuación en la adminis*ración, o ?.W6 incluso nom+rar un adminis*rador. Es decir, )uede llegarse a 0ue se )rive a los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad del con*enido )a*rimonial de la misma. El Juez no ac*uar- de ocio, sino Bcomo *am+i2n )rev2 el ar*ículo 1K: a )e*ición del )ro)io /io, del $inis*erio Qiscal o de cual0uier )arien*e del menor. Ren/c los )adres *ienen no !a el derec/o, sino el derec/oB de+er de adminis*rar correc*a ! adecuadamen*e el )a*rimonio del /io. Su )osi+le res)onsa+ilidad ser- conun*a B)or *an*o, de car-c*er solidarioB, )or ser conun*a la )a*ria )o*es*ad, siem)re 0ue no se /a!a eercido unila*eralmen*e )or uno solo, 0ue sería el nico res)onsa+le. Como su)ues*o es)ecíco de res)onsa+ilidad, el segundo )-rrao del ar*ículo 1K9 inclu!e los da3os ! )eruicios en caso de )2rdida o de*erioro de los +ienes )or dolo o cul)a grave. La rendición de cuen*as se )odr- e4igir )or el )ro)io /io al e4*inguirse la )a*ria )o*es*ad 5ar*. 1K9, in ini*io6 o )or el nuevo adminis*rador, cuando se )rive de la adminis*ración 5su)ues*o del ar*. 1K:67 en *odo caso, la acción )ara e4igirla *iene el )lazo de caducidad de *res a3os 5l*imo inciso del )rimer )-rrao del ar*. 1K96. (o se da rendición de cuen*as del des*ino 0ue dan los )adres a los ru*os de +ienes del /io o a los 0ue ad0uiera con su *ra+ao o indus*ria, )ara el levan*amien*o de cargas amiliares, *al como dis)one el ar*ículo 1K<.
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CAPITULO III ETINCI-N La e4*inción im)lica la desa)arición a+solu*a, a *odos los eec*os, de la )a*ria )o*es*ad 5así, )or muer*e, ma!oría de edad o emanci)ación del /io6 o desa)arición rela*iva, sólo res)ec*o a uno de los cón!uges 5cu!o su)2rs*i*e la conserva como *i*ular nico6, o res)ec*o a los dos, )ero con*inu-ndola un
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*ercero 5como en la ado)ción67 o +ien desa)arece *o*almen*e, )ero se cons*i*u!e la *u*ela 5muer*e o inca)aci*ación de am+os )adres6. Las ca6sas /e eBtnc
Primera. Por la muer*e o declaración de allecimien*o de los )adres 5ar*. 1K@, nm. 1W, )rimer inciso67 o )or la inca)aci*ación de am+os )adres, siem)re 0ue la resolución udicial de inca)aci*ación alcance a la )a*ria )o*es*ad7 sólo si son am+os los 0ue mueren o se les declara allecidos o inca)aci*ados se e4*ingue la )a*ria )o*es*ad ! se cons*i*u!e la *u*ela7 si sólo uera uno de ellos, la )a*ria )o*es*ad la man*iene el su)2rs*i*e como
*i*ular nico. Segunda. Por la muer*e o la declaración del allecimien*o del /io 5ar*.
1K@, nm. 1, W, segundo inciso6. Causa o+via de e4*inción. 8ercera. Por llegar el /io a la ma!oría de edad o )or la emanci)ación del
mismo 5ar*. 1K@, nm. . W6. Cuar*a. Por la ado)ción del /io 5ar*. 1K@, ?. W6. Al )roducirse la ado)ción, el ado)*an*e *iene la )a*ria )o*es*ad7 )or *an*o, se e4*ingue la ac*ual )a*ria )o*es*ad de los )adres 50ue de+er-n dar el asen*imien*o )ara la
ado)ción67 m-s 0ue una e4*inción se )roduce un cam+io de *i*ular. Fuin*a. Privación. Se *ra*a de la e4*inción de la )a*ria )o*es*ad de am+os )adres 5! se cons*i*u!e *u*ela6 o de uno solo 5se cons*i*u!e *u*ela si es nico *i*ular o +ien la )a*ria )o*es*ad se e4*ingue sólo en uno )ero la man*iene el o*ro6 )or resolución udicial, si la )rivación es *o*al 5)ues )uede ser )arcial6.
Es*a )rivación se )roduce en *res casos 5ar*. 1:;6 a0uellas sen*encias 0ue /an recaído so+re )rivación de )a*ria )o*es*ad recien*es7 11 de oc*u+re de 1@@151K=@6, 1 de e+rero 1 W6 Por sen*encia undada en el incum)limien*o de los de+eres in/eren*es a la )a*ria )o*es*ad.Como )rinci)io general se )ar*e de 0ue la )rivación se de+e +asar en un grave incum)limien*o de los de+eres *ui*ivos 0ue com)rende es*a unción, a*endiendo en *odo caso al +ien e in*er2s del menor, )rimando ac*ualmen*e la in*er)re*ación uris)rudencial de 0ue la )rivación de la )a*ria )o*es*ad no se congura como una sanción )or el incorrec*o o inadecuado eercicio de a0uella sino como un remedio a la si*uación de desam)aro en 0ue )ueden, )or *al mo*ivo, encon*rarse los menores no emanci)ados.
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&a! 0ue a3adir 0ue segn la Le! de medidas de )ro*ección in*egral con*ra la violencia del g2nero, de 9 de diciem+re de ;;= 5ar*ículo ==..c6 el Juez de violencia so+re la muer, *iene com)e*encia en el orden civil )ara asun*os 0ue versen so+re relaciones )a*erno liales, )or lo 0ue )ueden alcanzar a la )rivación de la )a*ria )o*es*ad. . W6 Por sen*encia dic*ada en causa criminal. s*e es el medio )or el 0ue un condenado a )ena grave )uede ser )rivado de la )a*ria )o*es*ad en la )ro)ia sen*encia )enal?. ?. W6 Por sen*encia dic*ada en causa ma*rimonial, en )rocesos de nulidad, seB )aración o divorcio en 0ue no se a*ri+u!a sim)lemen*e el eercicio de la )a*ria )o*es*ad a un cón!uge, sino 0ue se le a*ri+u!a la *i*ularidad, )riv-ndosela al o*ro. E4*inguida la )a*ria )o*es*ad, )uede darse la e4igencia de rendición de cuen*as 0ue )rev2 el ar*ículo 1K9, 0ue /a sido !a e4)ues*a. A )esar de la e4*inción de la )a*ria )o*es*ad, no se e4*ingue la o+ligación de alimen*os de los )adres res)ec*o al /io 5ar*. 1=? ! sigs.6 ni el de+er del /io de res)e*ar a los )adres 5ar*. 1<<, nm. 1. W, segundo inciso6. PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD An*onio asevera 0ue> La )2rdida de la )a*ria )o*es*ad 5...6 se unda en una conduc*a )a*erna manies*adora de un grave incum)limien*o o inde+ida sa*isacción de los de+eres in*egran*es de la )a*ria )o*es*ad, 0ue )or su en*idad /ace )eligrar la nalidad de su ins*i*ución. 5...6 La )a*ria )o*es*ad se )ierde> 1W Por deli*o come*ido )or el )adre o la madre con*ra su /ios o /ios menores, )ara a0uel 0ue lo come*a, W Por la e4)osición o el a+andono 0ue el )adre o la madre /iciera de sus /ios, )ara el 0ue los /a!a a+andonado7 ?W Por dar el )adre o la madre a los /ios, conseos inmorales o colocarles dolosamen*e en )eligro ma*erial o moral, )ara el 0ue lo /iciera... 5A(8#(%#, 1@:@> 1:@B1:6.
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En sen*ido similar se )ronuncia Ló)ez de Carril al se3alar 0ue la )a*ria )o*es*ad se )ierde> a6 Por el deli*o come*ido )or el )adre o madre con*ra su /io o /ios menores, )ara a0uel 0ue los come*a. +6 Por la e4)osición o el a+andono 0ue el )adre o la madre /iciera de sus /ios, )ara el 0ue los /a!a a+andonado. c6 Por dar el )adre o la madre conseos inmorales o colocarlos dolosamen*e en )eligro ma*erial o moral, )ara el 0ue lo /iciera 5L#PEG E CA""%L, 1@9=> ?<=6. PRI,ACION DE LA PATRIA POTESTAD As)iri, acerca de la )rivación de la )a*ria )o*es*ad, o)ina de es*e modo> La condena )enal )or un deli*o doloso con*ra el menor, !a sea en su )ersona o en sus +ienes7 en un ac*o de sucien*e gravedad )ara 0ue el /io no 0uede m-s some*ido a la au*oridad de ese )adre. Lo mismo )uede decirse en el su)ues*o en 0ue un*os /an delin0uido. En es*os casos, el )adre o la madre 0uedaran )rivados de la )a*ria )o*es*ad res)ec*o de *odos sus /ios ! no solo so+re el 0ue /a!a sido víc*ima del deli*o o a0uel un*o al cual /a!a come*ido el deli*o. El a+andono es la causa )rinci)al de )rivaciones de la )a*ria )o*es*ad ! se congura cuando uno de los )adres se sus*rae en orma inus*icada al cum)limien*o de alguno de los de+eres emergen*es de la )a*ria )o*es*ad. (o im)or*a 0ue el /io 0ue d2 al cuidado del o*ro )adre o de un *ercero, !a 0ue se uzga la conduc*a del )adre 0ue omi*e sus de+eres en orma o+e*iva, ! no las consecuencias 0ue ese com)or*amien*o )roduzca eec*ivamen*e so+re el /io. 8am+i2n en es*e su)ues*o, en )rinci)io, la )rivación de la )a*ria )o*es*ad se concre*ara so+re *odos los /ios del )adre a+andonan*e, )ero de+er- en cada caso considerarse si resul*a convenien*e )ara o*ro /io 0ue se man*enga so+re 2l la )a*ria )o*es*ad de a0uel. 5e)ender- de la a)arición udicial la a)licación de la sanción de la )rivación de la )a*ria )o*es*ad. 8al )rivación e4*ingue *odo los derec/os, )ero man*iene
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el de+er alimen*ario en ca+eza del )adre 0ue /a sido sancionado de es*a manera . La )rivación de la )a*ria )o*es*ad )uede ser deada sin eec*o si se demues*ran circuns*ancias nuevas 0ue us*ican la res*i*ución o +enecio o in*er2s de los /io... 5AGP%"%, ;;;> =@@B<;;6.
PR-RRO+A 3 REHA2ILITACI-N An*eriormen*e, al *ra*ar de los sue*os de la )a*ria )o*es*ad ! reerirse al /io, normalmen*e menor no emanci)ado, se /a mencionado el caso de 0ue el mismo sea ma!or inca)aci*ado, )ero 0ue en vez de cons*i*uirse una *u*ela, se )rorrogue o re/a+ili*e la )a*ria )o*es*ad> se )rorroga al llegar a la ma!oría de edad si el /io /u+iera sido inca)aci*ado an*es ! se re/a+ili*a si uere inca)aci*ado des)u2s. Es el su)ues*o Bdigno de la meor crí*icaB 0ue con*em)la el ar*ículo 1:1. El /io sue*o a la )a*ria )o*es*ad ser-, )ues, un ma!or de edad, inca)aci*ado udicialmen*e.La )a*ria )o*es*ad so+re inca)aci*ados 0uedar- )rorrogada )or minis*erio de la le! al llegar a0u2llos a la ma!or edad, dice el ar*ículo 1:1. Prev2, )ues, 0ue /a!a sido inca)aci*ado siendo menor de edad ! al llegar a la ma!oría no se cons*i*u!e *u*ela, sino 0ue se )rorroga la )a*ria )o*es*ad.En el caso de re/a+ili*ación, el /io ma!or de edad 0ue sea sol*ero ! 0ue viviere en com)a3ía de sus )adres 5lo 0ue de+e en*enderse en am)lio sen*ido, com)renB sivo *am+i2n si es*- en un es*a+lecimien*o men*al6 o de cual0uiera de ellos, ! en*onces es inca)aci*ado, se re/a+ili*ar- la )a*ria )o*es*ad. S-nc/ez 5como se ci*ó en Callag/am, ;1, ). <:6 Los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad )rorrogada son los mismos 0ue lo eran sienB do menor el /io> no se /a e4*inguido, sino 0ue con*ina, 0ueda )rorrogada )or minis*erio de la le!, dice el ar*ículo 1:1. En la re/a+ili*ación de la )a*ria )o*es*ad ser-n *i*ulares ! ser- eercida Bdice *am+i2n el ar*. 1:1B )or 0uien corres)ondiere 5*i*ularidad ! eercicio6 si el /io uere menor de edad.
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El eec*o de la )a*ria )o*es*ad )rorrogada o re/a+ili*ada es el mismo 0ue la normal. Sin em+argo, surir- las variaciones, limi*aciones, -m+i*o o )ar*icularidades 0ue /a!a )revis*o es)ecícamen*e )ara el caso concre*o, la resolución udicial de inca)aci*ación. Es*a )osi+ilidad de graduación de la inca)aci*ación !, en consecuencia, de la )a*ria )o*es*ad la )rev2 e4)resamen*e el l*imo inciso del )rimer )-rrao del ar*ículo 1:1> se eercer- con sueción a lo es)ecialmen*e
dis)ues*o
en
la
resolución
de
inca)aci*ación
!,
su+sidiariamen*e, en las reglas del )resen*e *í*ulo. Prev2, )or l*imo, el mismo ar*ículo 1:1, las causas de e4*inción de es*a )a*ria )o*es*ad )rorrogada o re/a+ili*ada, 0ue esencialmen*e coinciden con la e4*inción \ de la )a*ria )o*es*ad normal.
1. Por la muer*e o declaración de allecimien*o de am+os )adres o del /io Coincide con el nmero 1W del ar*ículo 1K@. En caso de muer*e de am+os )adres, se cons*i*u!e la *u*ela o cra*ela, segn )roceda 5l*imo )-rraoB1:16. 2. Por la ado)ción del /io. Coincide con el nmero ?. W del ar*ículo 1K@,
)asando la )a*ria )o*es*ad al ado)*an*e. 3. Por /a+erse declarado la cesación de la inca)acidad. Es*a sí es una es)ecíca causa de e4*inción, acorde con la unción de la con*inuación de la )a*ria )o*es*ad. 4. Por /a+er con*raído ma*rimonio el inca)aci*ado. Siem)re 0ue su es*ado men*al le )ermi*a )res*ar el consen*imien*o ma*rimonial.
SUSPENSION Es )rivación *em)oral del eercicio de la )a*ria )o*es*ad. Se da en los siguien*es casos> •
Primero. Sus)ensión del eercicio de la )a*ria )o*es*ad, cuando se le a*ri+u!e al o*ro )adre o madre, en caso de desacuerdo rei*erado, )revis*o en el )-rrao segundo, segundo inciso, del ar*ículo 1 con )lazo ado udicialmen*e, nunca su)erior a dos a3os.
1
•
Segundo.
Sus)ensión
*am+i2n
del
eercicio
)or
ausencia,
inca)acidad o im)osi+ilidad 5ar*. 1
8ercero. Sus)ensión )or los Jueces de menores o )or Jueces de violencia so+re la muer. 5Sen*encia *ri+unal cons*i*ucional :11@@;6
'n caso 0ue no es realmen*e de sus)ensión, )ero 0ue considerado a )os*eriori )odría *enerse )or *ales el de recu)eración de la )a*ria )o*es*ad, cu!a *i*ularidad Bno sólo el eercicioB se /a e4*inguido )or )2rdida Bar*. 1:;, )-rrao 1 WB, )ero )os*eriormen*e se /a recu)erado Bar*. 1:;, )-rrao W. 5Sen*encia del ; de enero 1@@?, <1=@=6 La sen*encia udicial /a )roducido la )rivación, nunca la sus)ensión, de la )a*ria )o*es*ad, su *i*ularidad, no sólo el eercicio. Pero en sen*encia udicial )os*erior se acuerda la recu)eración de la )a*ria )o*es*ad> los re0uisi*os )ara la misma son 0ue va!a en +enecio o in*er2s del /io ! 0ue /u+iere cesado la causa 0ue mo*ivo la )rivación. Ma se /a dic/o 0ue la sen*encia no sus)ende la )a*ria )o*es*ad, )ero cuando la )riva ! luego la )ermi*e recu)erar, se )uede decir 0ue /a sido un caso de sus)ensión de la )a*ria )o*es*ad7 /a es*ado sus)endida la *i*ularidad de la misma desde la )rivación /as*a la recu)eración. EL DEFENSOR 1UDICIAL EN RELACI-N CON LA PATRIA POTESTAD Conce>to El Código no )ermi*e 0ue un menor o inca)aci*ado se encuen*re al*o de alB guien 0ue le re)resen*e ! le am)are. Por ello se )rev2 0ue si nadie eerce B)or la causa 0ue uereB la )a*ria )o*es*ad, la *u*ela o cra*ela, o +ien /a! o)osición de in*ereses, se nom+ra un deensor udicial 0ue re)resen*e ! am)are los in*ereses B como dice el inicio del ar*ículo @@B del menor o inca)aci*ado 0ue carece de )a*ria )o*es*ad, *u*or o curador. El conce)*o ! unción del deensor udicial se resume, )ues, en el sen*ido de 0ue es la )ersona 0ue re)resen*a ! am)ara *em)oral ! )rovisionalmen*e a un menor o inca)aci*ado, su)le*oriamen*e 5al*a de )a*ria )o*es*ad ! de *u*ela u o)osición de in*ereses6 a los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad, al *u*or ! curador.
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El ar*ículo @@ )rev2 el nom+ramien*o de deensor udicial en *odo caso de conZic*o de in*ereses en*re el menor o inca)aci*ado ! su re)resen*an*e legal 5*i*ular de la )a*ria )o*es*ad o *u*or6 o el curador, en el caso de 0ue el *u*or o el curador no desem)e3e sus unciones ! en los dem-s casos )revis*os en el Código. Pero concre*ando el deensor udicial a su relación con la )a*ria )o*es*ad, se nom+ra cuando /a! conZic*o de in*ereses en*re el menor +ao )a*ria )o*es*ad o el inca)aci*ado +ao )a*ria )o*es*ad )rorrogada o re/a+ili*ada ! el *i*ular nico de la )a*ria )o*es*ad o los dos *i*ulares7 si son dos los *i*ulares de la )a*ria )o*es*ad ! /a! conZic*o de in*ereses sólo con uno de ellos, no se nom+ra deensor udicial, sino 0ue la re)resen*ación legal corres)onde, )or le!, al o*ro. No.raento El nom+ramien*o de deensor udicial lo /ace el Juez ! Bcomo dis)one el ar*. ?;;B nom+ra a 0uien es*ime m-s idóneo )ara el cargo, cual0uier )ersona, )ues, sin necesidad de 0ue sea )arien*e o allegado del sue*o a *u*ela o cra*ela. 8al nom+ramien*o se lleva a ca+o en )rocedimien*o de urisdicción volun*aria Bcomo ordena el mismo ar*. ?;;B, 0ue se inicia de ocio, o a )e*ición del $inis*erio Qiscal, del )ro)io menor o de cual0uier )ersona ca)az de com)arecer en uicio. La ca)acidad general, las causas de inca)acidades es)ecícas, las de remoción ! las e4cusas son las mismas 0ue es*-n es*a+lecidas )ara los *u*ores a)lica *am+i2n a los curadores6, *al como dis)one el ar*ículo ?;1. E;ercco El cargo de deensor udicial es *em)oral ! )rovisional ! su)le*orio al *i*ular 1 de la )a*ria )o*es*ad7 lo im)or*an*e es des*acar 0ue el deensor vela )or la )ersona ! +ienes del menor o inca)aci*ado en igual orma 0ue el *i*ular de la )a*ria )o*es*ad )ero )ara un asun*o concre*o 5caso de conZic*o de in*ereses6. El ar*ículo @@ se reere al con*enido de su unción diciendo 0ue re)resen*e ! am)are los in*ereses ! al enumerar a con*inuación los su)ues*os en 0ue )rocede el nom+ramien*o 0ueda claro su car-c*er concre*o en asun*os o en *iem)o. (o )uede, )or *an*o, se3alarse un con*enido general )ersonal !
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)a*rimonial, sino 0ue *endr- el 0ue corres)ondía al *i*ular de la )a*ria )o*es*ad ! 0ue en un asun*o o )or un *iem)o concre*o corres)onder-n al deensor, cuando se d2 ! mien*ras se d2 el su)ues*o 5del ar*. @@6 de su nom+ramien*o. Es*e limi*ado con*enido, a su vez, 0uedar- m-s concre*ado *odavía, )ues no es el 0ue se deduzca o a)arezca en cada caso, sino 0ue lo de*erminare4)resamen*e el Juez. En eec*o, el ar*ículo ?; dis)one 0ue el deensor udicial *endr- las a*ri+uciones 0ue le /a!a concedido el Juez> adem-s, le de+er- rendir cuen*as de su ges*ión, una vez concluida.
CONCLUSIONES
La )a*ria )o*es*ad, re)resen*a ac*i*udes ! acul*ades eercidas ! concedidas a los )adres, con el o+e*o de )rocurar el cuidado ! )ro*ección de sus /ios desde su nacimien*o /as*a su ma!oría de edad o emanci)ación ! de sus +ienes, )udiendo en algunos casos, /acer uso de ellos.
Para su eercicio in*ervienen dos clases de sue*os> 0uienes es*-n o+ligados a eercerla> los )adres7 ! 0uienes son o+e*o de *al eercicio> los /ios 5ma*rimoniales, e4*rama*rimoniales, ado)*ivos6. En*re am+os sue*os se es*a+lece una in*errelación de derec/os ! o+ligaciones cu!o cum)limien*o dene la es*a+ilidad in*egral del /ogar.
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Son de+eres ! derec/os )ersonales de los )adres> la guarda de los /ios, alimen*os indis)ensa+le )ara el sus*en*o, /a+i*ación, ves*ido ! asis*encia m2dica segn la si*uación ! )osi+ilidades de la amilia7 educación, corrección moderada, ! a)rovec/amien*o de servicios, 0ue )ermi*a inculcar en los /ios el /-+i*o al *ra+ao ! a las la+ores del /ogar, )ara )rocurarse a!uda en los 0ue/aceres diarios.
Son de+eres ! derec/os de los /ios> la o+ediencia, el res)e*o ! /onra /acia los )adres, con*raer o+ligaciones o renunciar derec/os siem)re 0ue sus )adres 0ue eerzan la )a*ria )o*es*ad au*oricen e4)resa o *-ci*amen*e el ac*o o lo ra*i0uen7 ca)acidad )ara ad0uirir a *í*ulo gra*ui*o, si *iene discernimien*o7 )r-c*ica de ac*os re0ueridos )or la indus*ria 0ue eerce con au*orización7 res)onsa+ilidad )or sus ac*os ilíci*os7 ! derec/o a )erci+ir in*er2s legal.
En caso de divorcio, se)aración de cuer)os o nulidad del ma*rimonio, el uez com)e*en*e de+e dic*ar las medidas )rovisionales 0ue se a)licar-n /as*a 0ue conclu!a el uicio corres)ondien*e, en lo reeren*e a la )a*ria )o*es*ad ! a su con*enido, así como en lo 0ue concierne al r2gimen de visi*as ! de alimen*os7 igualmen*e, en el caso cuando el divorcio
2I2LIO+RAFIA
Callag/an,]5;16.RCompendio De Derecho Civil R.58omo %6.Peru>"amon Ares.
Aguilar, Ll. D. 5;1?6. erec/o e Qamilia, Per> Legales Ediciones. Al+aladeo, $. 51@96. Curso e erec/o e Civil. Darcelona> Li+rería Dosc/.