Expediente: 053-2016-CI Secr Se cret etar ario io:: Gual Gu albe bert rtoo Ch Chip ipaana Ga Garrci ciaa Escrito Nro 02 S!"S#N# $"SE%& $"SE%CI$NES #CI$NES SE'$% (!E) *E+ (!)G#*$ *E ,I.$ *E #/N# #/N# S#N %#NCISC$: %#NCISC$ : S#,!E+ CCE S#,!E+ CCE%ES %ES ++E ++E%EN %EN# # abo abogad gadoo pat patroc rocina inador dor de doñ doñaa /#NE #NE.. C!%$ S#E S#E)), en lo )##. #.# # loss se segu guid idos os co conn +$%I#N$ )# 4!#,#N sobre Variación de Tenencia, a usted respetuosamente digo: Que, habiendo sido notificado con la Resolución Nº 01, cumplo con absoler las obseraciones efectuadas por su !espacho, de acuerdo a los siguientes criterios: 1º" $º"
.º" /º"
%especto a la presentacin de #rancel por $reci7iento de ruebas : ad#unto al presente el respectio oucher por ofrecimiento de pruebas" %especto al pa8o de #rancel (udicial por derecho de exhorto 9 cdulas de notiicacin: ad#unto los oucher de pago por c%dulas de notificación& respecto al pago por e'horto, hago presente (ue el domicilio del demandado se encuentra dentro del distrito de )*na, esto es en el )ne'o de +ibertad del entro -oblado de Rosario& por tanto no corresponde el pago de arancel #udicial por dicho concepto& c oncepto& sin embargo, solicito a ;uestro (u<8ado se autorice a la recurrente de7andante =ue por inter7edio de ella se dili8encie la notiicacin correspondiente " %especto %espec to a la suscr suscripci ipcinn por abo8ado patrocinante: patrocinante: con la suscripción de mi firma * estampado de mi sello en el presente escrito, cumplo con subsanar dicha obseración" %especto a la unda7entacin >ur?dica del petitorio : e tenga en cuenta lo siguiente: /"1" Que, el artculo artculo V22 del Ttulo Ttulo -reliminar -reliminar del ódigo ódigo -rocesal -rocesal iil establece establece el principio principio del Juez está en la obligación de aplicar el Derecho, IURA NOVIT CURIA , seg3n la cual, el 4 Juez aunque no haya sido invocado por las partes o lo haya sido erróneamente5& de acuerdo a ello, el re(uerimiento de fundamentación #urdica respecto al petitorio resulta ana, *a (ue en aplicación de dicho principio 4las partes aportan los hechos y el juez el Derecho5" -ese a ello, hago presente (ue en el escrito de demanda se ha inocado diersos artculos referidos a los derechos de los coniientes, tales como el artculo 6º de la onstitución -oltica del -er3 * el artculo .$7º del ódigo iil, (ue constitu*en las normas sub#etias respecto al petitorio& pero adem8s, ta7bin se ha esgrimido esgrimido un criter criterio io doctrinario doctrinario de parte parte,, * est8 contenido contenido en punto 2229 de los fundamentos #urdicos, situación (ue al parecer no ha (uerido ser alorado, sin embargo, con la finalidad de no causar m8s 4dilación5, su !espacho debe tener los criterios #urdicos (ue a continuación se detalla" /"$" Que, de acuerdo acuerdo a la doctrina, doctrina, la tenencia tenencia es la situación familiar familiar (ue se institu*e institu*e cuando cuando los padres se encuentran separados de hecho, por lo (ue, el ue; tiene la facultad de reconocer #udicialmente * disponer dis poner lo m8s coneniente al inter%s superior del menor" N2V-
6º"
comprende a(uella, su#eta a la igilancia o contralor de (uien ostenta el e#ercicio de la patria potestad" 4.3. !e acuerdo a ello, en nuestro ordenamiento #urdico, la Tenencia ha sido regulada por el artculo A1º del ódigo de los Niños * )dolescentes, mismo (ue establece (ue 4cuando los padres est%n separados de hecho, la tenencia de los niños, niñas o adolescentes se determina de com3n acuerdo entre ellos * tomando en cuenta el parecer del niño, niña o adolescente" BC95" /"/" Que en el presente caso, en un primer momento se dio dicha circunstancia, esto es, (ue los padres de los menores estuimos de acuerdo en (ue la Tenencia de los menores la iba a e#ercer el padre de los mismos, conforme fue acordado en el )cta de onciliación <'tra#udicial Nº 001D$016D>, suscrito ante el entro de onciliación <'tra#udicial del @inisterio de usticia * !erechos Eumanos" /"6" Que, los acuerdos o decisiones #udiciales respecto a la tenencia de los menores, no son acuerdos o decisiones deiniti;as , %stas pueden ser modificadas por diersas circunstancias, es por ello (ue en el artculo 1/Fº del ódigo del Niño * del )dolescente, se establece (ue 4si resultara necesaria la ariación de la tenencia, el ue; ordenar8, con la asesora del <(uipo multidisciplinario Bconformado por m%dicos, psicólogos * asistentes sociales9, (ue %sta se efect3e en forma progresia de manera (ue no le produ;ca daño o trastorno al niño o adolescente" /"7" !e acuerdo a ello, se solicita (ue el u;gado, tenga a bien disponer la ariación de la tenencia de los menores, de acuerdo a los fundamentos de hecho esgrimidos, para lo cual se ha solicitado la interención del e(uipo multidisciplinario compuesto por el m%dico legista * psicólogo del @inisterio -3blico * de la )sistente ocial de la @unicipalidad ! istrital de Tambo o de la (ue corresponda" /"G" )simismo, solicito se tenga presente los dem8s fundamentos #urdicos (ue obran en el escrito de demanda" Respecto a la onstancia de Eabilitación: el letrado (ue firma el presente escrito se encuentra habilitado, por lo (ue solicito se sira erificar en el sistema, en aplicación del principio de celeridad * economa procesal"
-or tanto: ) >sted eñor ue;, srase tener por subsanado las obseraciones comunicadas, admitir la demanda * no dilatar m8s el presente proceso, *a (ue los sericios (ue presta el @inisterio de usticia son en bien de la población en general * de la población m8s ulnerable en particular" an Hrancisco, $G de ma*o del $017