OLGA OL GA LU LUC C A LON LONDO DO O VAL VALEN ENCI CIA A
Especialista en Redes de Gas Combustible y no Combustible
DISEÑO RED DE GAS PROPANO G.L.P.
1. MEMORIA DESCRIPTIVA
La vivienda de propiedad de XXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXX.,., está ubicada ubicada en el lote Nº XXX del Conjunto Campestre “ XXXX XXXX”, en el Km. X, de la vía que de XXXXX conduce conduce a XXXXX, en el departamento del Risaralda. Risaralda.
Imagen 1: Casa Nº XX, Condominio Campestre “ XXXXXX XXXXXX”
El uso del suelo, es Residencial. Se encuentra ubicada a una altitud de 1.200 metros sobre el nivel del mar. La temperatura promedio es de 22ºC, con temperaturas mínimas de 14ºC y máximas de 30ºC; la presión atmosférica es 1,018 bar y la gravedad es de 10.12 m/seg2. El área del lote es de 1.380,00 m2 y el área total construida es de 306,00 m2. La vivienda es de dos pisos. El presente estudio, contempla el Diseño de la Red de Gas para abastecer las necesidades del gas combustible y el Agua Caliente de la vivienda.
Telefax: 336 2601. 300 7811677 2601. Celular: 311 787 6570 / 300 e-mail:
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DISEÑO RED DE GAS PROPANO G.L.P.
GAS COMBUSTIBLE:
La alimentación del sistema de Gas, se hará con GAS PROPANO –GLP- y la Regulación en única Etapa. Se ubicará un tanque de almacenamiento de gas GLP de 420 lb., en un foso con rejilla metálica, frente a la piscina, al lado derecho de la fachada principal. Sin embargo, la red está planificada y convalidada para el uso futuro del Gas Natural –GN-. La Red de Gas, va desde el tanque de almacenamiento de gas GLP de 90 galones (420 libras). Pasa por el regulador de única etapa y sigue en tubería de Polietileno MDPE 80 en Ø 3/4” enterrada en una zanja de 0,70 m x 0,40 m, sobre una cama de arena de 0,10 m, (en caso de que el material contenga filos), cubierta y protegida a 0,40 m por encima de la tubería, con cinta de señalización de inscripción “Precaución Red de Gas” de 0,20 m de ancho, a fin de que en futuros trabajos de jardinería, la red no se haga vulnerable y se reciba un aviso de que por debajo de esta cinta, va la red de gas. La Red Interna de Gas, -en tubería y Accesorios PE-AL-PE-, alimentará (7) siete puntos de gas, así: horno y estufa de 4 quemadores secadora punto previsto, para futuro asador BBQ Chimenea calentador de acumulación Calefón previsto también a futuro, para abastecer de Agua Caliente, los Hidrojets de la piscina. AGUA CALIENTE:
Un sistema constante de recirculación de Agua Caliente, a fin de satisfacer las necesidades inmediatas y al instante de la misma en la vivienda, garantizando la simultaneidad en el uso y a bajo costo.
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2. RED DE GAS: POTENCIA, CONSUMO Y UBICACIÓN DE ARTEFACTOS A GAS A ABASTECER TIPO GAS: Propano, Tercera Familia (PC=91.800 BTU/gal = 7.46 kW/gal) CAUDAL (Consumo)
Potencia del gasodoméstico (BTU/h) Q = ------------------------------------------------------------ = gal/h Poder Calorífico del Gas (BTU/gal) ARTEFACTOS A GAS INSTALADOS INVENTARIO DE ARTEFACTOS INSTALADOS PUNTO EN PLANO Tanque A B C D E F G
DESCRIPCIÓN
POTENCIA POTENCIA CONSUMO BTU/h kW/h gal./h Regulación única Etapa 241.740 71 3,00 Horno 15.000 4,40 0,16 Estufa 4 quemadores 22.400 6,57 0,24 Secadora 15.000 4,40 0,16 Chimenea 25.000 7,33 0,27 Asador BBQ 30.000 8,79 0,33 Calentador de Acumulación 30 Galones 14.340 4,20 0,16 Calefón 120.000 35,17 1,31 Poder Calorífico Gas Propano PCGLP = 91.800 BTU/gal. GE = 1,57 Presión Atmosférica Pereira = 1.018 mbar
horno y estufa de 4 quemadores -en la cocinasecadora -en el patio de ropas Asador BBQ. punto previsto a futuro, -en la zona social de la piscinaChimenea -en la salaCalentador de acumulación para la zona de los baños -en el depósitoCalefón previsto también a futuro, para abastecer de Agua Caliente, los Hidrojets de la piscina, -en el cuarto de máquinas- de la misma.
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3. RED DE GAS: PARÁMETROS DE DISEÑO Presión Promedio en los Cilindros de gas (dependiendo de los cambios en la temperatura del lugar) G.L.P. 60-80 psi (NTC 3838). Presión de Operación del gas G.L.P. 28 mbar a 34 mbar (NTC 3838).
Presión en la red de media presión M.P.O.P. 140 - 350 mbar (Máxima Presión de Operación Permisible). Máxima caída de presión admisible en redes de media y baja presión = 10% de la presión de servicio. Velocidad del Gas < 20 m/seg. Presión máxima y mínima en redes de baja presión = 34 mbar o 0,49 psig. 28 mbar o 0,42 psig 1 kW
3.412 BTU
1 Cilindro de 420 libras
90 gal
1 libra de G.L.P.
21.600 BTU
1 GGE
(Equivalente a Galón de Gasolina)
1 GGE
1,35 Galones de G.L.P.
Poder Calorífico del G.L.P.
13,9 Kw/gal = 91.800 BTU/gal
Gravedad Específica del gas
1,57
Presión de Diseño
34 mbar
Presión atmosférica
1.018 mbar
Red Externa: Tubería de Polietileno MDPE 80 ó, PE-AL-PE Red Interna: Tubería PE-AL-PE (multicapas: Polietileno, Aluminio, Polietileno) Telefax: 336 2601. Celular: 311 787 6570 / 300 7811677 e-mail:
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4. RED DE GAS: CÁLCULO DE LOS DIÁMETROS DE LAS TUBERÍAS 4.1. CÁLCULO BAJA PRESIÓN (FÓRMULA DE RENOUARD LINEAL) ? P = = 3 34.200 ** D Dr ** LLE ** Q Q1, 882 ** Ø Ø-4,82
En donde: ∆P = Diferencial de presión en tramo en mbar Dr = Densidad relativa del gas = 1,57 LE = Longitud equivalente de un tramo en m (LE = LREAL * 1.2) Q = Caudal en m3 /h. (Poder calorífico del gas 13,9 Kw/gal = 91.800 BTU/gal). Ø = Diámetro interior de la conducción en mm. 4.2. VELOCIDAD DEL GAS V = 3 354 Q Q / P Ø2 / P Ø
La velocidad del gas dentro de la conducción debe ser menor a 20 m/seg. 4.3. TABLA DE CÁLCULO
TRAMO
Q
Gal./h
RED DE BAJA PRESIÓN - FÓRMULA DE RENOUARD Ruta Crítica: Calefón Ø DENSIDAD LONGITUD PERDIDA PRESIÓN TIPO DE MATERIAL NOM. INT. RELATIVA TUB. EQUIV. TOTAL TRAMO TRAMO ACUM. VELOC. FINAL GAS TUBERÍA in mm Dr m m m mbar % % m/s mbar 34,000
R.U.E. - TEE 1 TEE 1 - TEE 2
3,00 0,72
G.L.P. G.L.P.
PEALPE PEALPE
3/4 3/4
20 20
1,57 1,57
5,88 1,45
TEE 2 - F TEE 2 - TEE 3 TEE 3 - TEE 4 TEE 4 - A TEE 4 - B TEE 3 - C TEE 1 - TEE 5 TEE 5 - D TEE 5 - TEE 6 TEE 6 - E TEE 6 - G
0,16 0,56 0,40 0,24 0,16 0,16 1,91 0,27 1,64 0,33 1,31
G.L.P. G.L.P. G.L.P. G.L.P. G.L.P. G.L.P. G.L.P. G.L.P. G.L.P. G.L.P. G.L.P.
PEALPE PEALPE PEALPE PEALPE PEALPE PEALPE PEALPE PEALPE PEALPE PEALPE PEALPE
1/2 3/4 1/2 1/2 1/2 1/2 3/4 1/2 3/4 1/2 3/4
12 20 12 12 12 12 20 12 20 12 20
1,57 1,57 1,57 1,57 1,57 1,57 1,57 1,57 1,57 1,57 1,57
1,78 3,22 4,33 4,05 6,41 15,00 13,46 4,76 1,00 2,85 7,75
1,18 0,29
7,06 1,74
1,499 0,028
4,41% 0,08%
4,41% 4,49%
2,566 0,615
32,501 32,473
0,36 2,14 0,64 3,86 0,87 5,20 0,81 4,86 1,28 7,69 3,00 18,00 2,69 16,15 0,95 5,71 0,20 1,20 0,57 3,42 1,55 9,30
0,026 0,039 0,331 0,122 0,092 0,216 1,509 0,178 0,085 0,153 0,437
0,08% 0,11% 0,97% 0,36% 0,27% 0,64% 4,44% 0,52% 0,25% 0,45% 1,29%
4,57% 4,68% 5,65% 6,01% 6,28% 6,92% 11,36% 11,88% 12,13% 12,58% 13,87%
0,380 0,478 0,949 0,570 0,380 0,380 1,634 0,641 1,401 0,783 1,120
32,448 32,409 32,078 31,956 31,863 31,647 30,138 29,960 29,875 29,722 29,284
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4.4. CONSOLIDADO DE LOS DIÁMETROS CONSOLIDADO LONGITUDES Y DI METROS Φ LONGITUD TIPO Q MATERIAL TRAMO DE TUB. TUBERÍA NOM. INT. GAS Gal./h in mm m R.U.E. - TEE 1 3,00 G.L.P. PEALPE 3/4 20 5,88 TEE 1 - TEE 2 0,72 G.L.P. PEALPE 3/4 20 1,45 TEE 2 - F 0,16 G.L.P. PEALPE 1/2 12 1,78 TEE 2 - TEE 3 0,56 G.L.P. PEALPE 3/4 20 3,22 TEE 3 - TEE 4 0,40 G.L.P. PEALPE 1/2 12 4,33 TEE 4 - A 0,24 G.L.P. PEALPE 1/2 12 4,05 TEE 4 - B 0,16 G.L.P. PEALPE 1/2 12 6,41 TEE 3 - C 0,16 G.L.P. PEALPE 1/2 12 15,00 TEE 1 - TEE 5 1,91 G.L.P. PEALPE 3/4 20 13,46 TEE 5 - D 0,27 G.L.P. PEALPE 1/2 12 4,76 TEE 5 - TEE 6 1,64 G.L.P. PEALPE 3/4 20 1,00 TEE 6 - E 0,33 G.L.P. PEALPE 1/2 12 2,85 TEE 6 - G 1,31 G.L.P. PEALPE 3/4 20 7,75
4.5. ISOMETRÍA RED DE GAS
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5. VENTILACIÓN DE RECINTOS VENTILACIÓN, es la operación de mantener un aire limpio y fresco dentro de un recinto cerrado, brindando confort y además proporcionando el aire que se requiere para realizar una buena combustión en los gasodomésticos o artefactos a gas.
Siguiendo los lineamientos de la NTC 3631 y de la Resolución 14451 de la Superintendencia de Industria y Comercio –S.I.C.- se definen los espacios para los requerimientos de ventilación como: Espacio Confinado : Recinto interior cuyo volumen es menor que 3,4 m3 / kW de potencia instalada. Espacio No Confinado : Recinto interior cuyo volumen es igual o mayor que 3,4 m3 / kW de potencia instalada. 5.1. ESPACIOS A VENTILAR - FÓRMULAS
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V olumen = = llargo ((m) x ancho ((m) x alto ((m) = = V (m3) V olumen EEficiente ((m3) = = V (m3) x = V E ((m3) x 20% ((-) = V olumen R Requerido ((m3) = = PPotencia G Gasodoméstico ((k W ) x 3,4 m m3 /K w = V R ((m3)
5.2. VOLÚMEN 1 (V 1): SALA=
Potencia Chimenea = 7,33 kW V = 27,23 m2 x 2,40 m = 65,40 m3 V E = 65,40 m3 x 20 %(-) = 52,32 m3 V R = 7,33 kW x 3,4 m3 /kW = 24,92 m3 < 52,32 m3 ESPACIO NO CONFINADO.
5.3. VOLÚMEN 2 (V 2): COCINA=
Potencia Horno + Estufa = 10,96 kW V = 14,28 m2 x 2,40 m = 34,27 m3 V E = 34,27 m3 x 20 %(-) = 27,42 m3 V R = 10,96 kW x 3,4 m3 /kW = 37,26 m3 > 27,42 m3 ESPACIO CONFINADO Telefax: 336 2601. Celular: 311 787 6570 / 300 7811677 e-mail:
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Desconfinamiento de la Cocina: Método 2 (NTC 3631):
06 cm2 /kW x 10,96 kW = 65,76 cm2 /2 = 32,88 cm2. √32,88 cm2 = 5,73 cm. Resultado: Dos (2) rejillas de ventilación mínimo de: 10,00 cm x 10,00 cm de
área libre, ubicadas una, desde 0,30 m del piso, medidos en sentido vertical ascendente y la otra, desde 1,80 m del piso, medidos en sentido vertical ascendente. Como alternativa, podría pensarse en una celosía fija superior de área libre de 66,00 cm2 en la ventana.
5.4. VOLÚMEN 3 (V 3): DEPÓSITO =
Potencia Calentador de Acumulación 30 Galones = 4,20 kW V = 4,24 m2 x 2,40 m = 10,18 m3 V E = 10,18 m3 x 20 %(-) = 8,15 m3 V R = 4,20 kW x 3,4 m3 /kW = 14,28 m3 > 8,15 m3 ESPACIO CONFINADO.
Desconfinamiento del Depósito: Método 2 (NTC 3631): Telefax: 336 2601. Celular: 311 787 6570 / 300 7811677 e-mail:
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06 cm2 /kW x 4,20 kW = 25,20 cm2 /2 = 12,60 cm2. √12,60 cm2 = 3,60 cm. La fachada del Depósito, cuenta con 24 calados de 0,15 m x 0,15 m., que proporcionan la ventilación necesaria para el depósito. 5.5. VOLÚMEN 4: (V 4) PATIO DE ROPAS =
Potencia Secadora = 4,40 kW V = 6,54 m2 x 2,40 m = 15,70 m3 V E = 15,70 m3 x 20 %(-) = 12,56 m3 V R = 4,40 kW x 3,4 m3 /kW = 14,96 m3 > 12,56 m3 ESPACIO CONFINADO. Desconfinamiento del Patio de Ropas: Método 2 (NTC 3631):
06 cm2 /kW x 4,40 kW = 26,40 cm2 /2 = 13,20 cm2. √13,20 cm2 = 3,63 cm.
TABLA DE VENTILACI N RECINTO V 1, V 2, V 3, V 4,
Sala Cocina Depósito Patio
CARGA TOTAL BTU/h
kW
25.000 37.400 14.340 15.000
7,33 10,96 4,20 4,40
ÁREA
ALTURA
27,23 14,28 4,24 6,54
2,40 2,40 2,40 2,40
V (m³) 65,35 34,27 10,18 15,70
(m³) /KW
TIPO RECINTO
8,92 3,13 2,42 3,57
NO CONFINADO CONFINADO CONFINADO NO CONFINADO
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REA VENT. (cm²)
REJILLA PLASTICO (cm²)
43,96 65,77 25,22 26,38
63 94 36 38
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6. SELECCIÓN DE REGULADORES
Los parámetros para seleccionar un regulador son: Tipo de gas Caudal del gas Presión de entrada y de salida Potencia Ø de entrada y salida REGULADOR DE ÚNICA ETAPA:
Tipo de gas Caudal del gas Presión de entrada Presión de salida Potencia
G.L.P. 3,00 gal/h PE = ± 80 psig PS = 34 mbar 250.000 BTU/h
Diámetro de entrada y salida Ø 3/4”
Deberá instalarse además un manómetro de baja presión (0 a 20 psi), preferiblemente de glicerina y una válvula de corte después del regulador.
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7. TANQUE DE ALMACENAMIENTO 7.1. PARÁMETROS DE DISEÑO
1 kW
3.412 BTU
1 Cilindro de 420 libras
90 Galones
1 libra de G.L.P.
21.600 BTU
1 m3
264,17 Galones
1 Galón de GLP
2,65 m3 de Gas Natural
Poder Calorífico del G.L.P. 13,9 Kw/gal = 91.800 BTU/gal / 99.592 BTU/m3 Gravedad Específica G.L.P. 1,57 Gravedad Específica Líquido 0,541 Temperatura
21ºC
Temperatura del líquido
7ºC
Factor de Vaporización (C)
182
7.2. CÁLCULO DE LA DEMANDA (D) = 1,28 gal/día Punto en el Plano
GASODOMÉSTICOS
A B C D E F G
Horno Estufa 4 quemadores Secadora Chimenea Asador BBQ Calentador de Acumulación 30 G. Calefón
15.000 22.400 15.000 25.000 30.000 14.340 120.000
0,16 0,16 0,16 0,24 0,33 0,24 1,31
0,15 0,22 0,15 0,25 0,30 0,14 1,20
0,50 0,50 0,16 4,00 0,05 0,05 0,08
7.500 11.200 2.400 100.000 1.500 717 9.600
0,08 0,08 0,03 0,96 0,02 0,01 0,10
0,08 0,11 0,02 1,00 0,02 0,01 0,10
TOTAL
241.740
2,60 2,43
5,34
132.917
1,28
1,33
Potencia BTU/h
Uso
Consumo
gal/h m³/h horas BTU/día gal/día m³/día
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Demanda = 187.213 BTU/día CPD (Cálculo del Consumo Promedio Diario) = Q/PC = 187.213 BTU/día / 91.800 BTU/gal = CPD = 2,04 gal/día 7.3. VAPORIZACIÓN DEL TANQUE (H): H = Ø x L x C = 30 x 47 x 182 = 256.620 BTU/h Tanque de 90 Galones Ø = 30” Longitud (L) = 47”
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7.4. TIEMPO DE RECARGA (TR)= 24 DÍAS TR = (MLL – 0,3) CT/CPD
En donde: MLL = nivel máximo de llenado de líquido = 0,83 CT = capacidad del tanque = 90 galones CPD = Cálculo del consumo promedio diario = 2,04 gal/día TR = (0,83 – 0,3) 90/2,04 = 24 7.5. FOSO PARA EL TANQUE
El diámetro del tanque de gas es de 0,80 m y la altura total es de 1,50 m. Deberá quedar un espacio libre para la manipulación y mantenimiento del tanque por parte de un operario. Base en concreto de 3.000 psi, con filtro en grava de 0,30 m de espesor. Las paredes pueden ser en mampostería o en concreto, y llevará una reja metálica en la parte superior. La tubería que conecta el tanque al regulador, deberá ser tubería rígida de Acero Ac Sch 40 (preferiblemente), recubierta con pintura epóxica color amarillo ocre o 622. La manguera, “cola de marrano” R-100, blindada x 3000 psi. En un lugar visible, se instalará una plaqueta con las indicaciones de seguridad, identificación, línea de emergencias y fecha de instalación y: RIESGO A LA SALUD (1) = poco peligroso INFLAMABILIDAD (4) = debajo de 25º C REACTIVIDAD (0) = estable RIESGO ESPECÍFICO
NFPA 54 Telefax: 336 2601. Celular: 311 787 6570 / 300 7811677 e-mail:
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7.6. NORMATIVIDAD PARA EL G.L.P.
Para la instalación del tanque, deberá atenderse la siguiente: (ídem)… RESOLUCIÓN 181788 DE DICIEMBRE 29 DE 2004 (Ministerio de Minas y Energía) Por la cual se expide el Reglamento Técnico para Cilindros y Tanques Estacionarios utilizados en la prestación del servicio público domiciliario de Gas Licuado del Petróleo, GLP, y sus procesos de mantenimiento.
Tanque Estacionario : Recipiente utilizado en la prestación del servicio público domiciliario de Gas Licuado del Petróleo, con capacidad superior a 46 kilogramos (kg) de GLP, para almacenamiento de este combustible en las instalaciones del usuario final, que puede ser Tipo 1 o Tipo 2 y que cumple con lo previsto en el presente Reglamento Técnico.
Tanque Estacionario Tipo 1 : Es un tanque estacionario que se instala en lugar fijo para el almacenamiento de GLP en las instalaciones del usuario final. Para hacer posible su llenado en el sitio de ubicación debe contar con un indicador de máximo llenado.
REQUISITOS PARA LOS CILINDROS UTILIZADOS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DOMICILIARIO DE GAS LICUADO DEL PETRÓLEO, GLP: Todo cilindro utilizado para la prestación del servicio público domiciliario de Gas Licuado del Petróleo debe cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos técnicos: 4.2.1 La Presión Máxima de Servicio debe ser de 1.654 kPa (240 psig). 4.2.2 La capacidad del cilindro debe estar de acuerdo con una Relación de Llenado de 42%, como máximo. 4.2.3 El cilindro debe ser apto para ser manipulado manualmente. 4.2.4 El material de fabricación debe ser resistente a las condiciones ambientales. 4.2.5 Los cilindros metálicos deben contar con un recubrimiento de protección contra la corrosión atmosférica (recubrimiento anticorrosivo).
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DISEÑO RED DE GAS PROPANO G.L.P. 4.2.6 El cilindro debe contar con un mecanismo de conexión o unión de la válvula al cuerpo del cilindro. 4.2.7 La válvula del cilindro debe contar con Certificado de Conformidad. 4.2.8 Las soldaduras de los cilindros metálicos deben ser realizadas por personal calificado de acuerdo con la Normatividad Técnica vigente. 4.2.9 El cilindro debe contar, en forma permanente, con la marcación única del recipiente establecida en el Numeral 4.7 del presente Reglamento Técnico. Para el foso se debe tener en cuenta: 1. Las dimensiones del tanque, son de 0,80 m de diámetro, por 1,50 m de alto. 2. Debe haber una distancia libre de 0,35 m entre las paredes del foso y la lámina del tanque. 3. Las paredes pueden ser en mampostería 4. La base en la que descansa el tanque, debe ser en concreto de 3.000 psi, pudiendo quedar rodeado de gravilla, arena u otro material filtrante. El peso del tanque lleno es de 400 kg. La tara es de 190 kg. 5. Debe contar con drenaje
Además deberán atenderse las recomendaciones de la Resolución 80505 del Ministerio de Minas y Energía “Por la cual se dicta el reglamento técnico al cual debe someterse el almacenamiento, manejo, comercialización mayorista y distribución de Gas Licuado del Petróleo, GLP. ”
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8. NORMATIVIDAD NTC 3838 (Tercera actualización)
Presiones de Operación Permisibles
para el Transporte, Distribución y Suministro de Gases Combustibles NTC 2505 (Cuarta actualización) “Gasoductos: Instalación para Suministro de Gas en Edificaciones Comerciales y Residenciales”.
NTC 3631
(Primera Actualización) “ Ventilación de Recintos Interiores
donde se Instalan Artefactos que Emplean Gases Combustibles para Uso Doméstico, Comercial e Industrial”.
Las disposiciones del título II de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, Resolución 14471 de 2002 en donde se fijan los “Requisitos Mínimos De Idoneidad Y Calidad De Instalaciones Para El Suministro De Gas En Edificaciones Comerciales Y Residenciales” y
demás que la actualizan. Resolución 80505 del Ministerio de Minas y Energía Por la cual se dicta el reglamento técnico al cual debe someterse el almacenamiento, manejo, comercialización mayorista y distribución de Gas Licuado del Petróleo, GLP.
Las recomendaciones de la empresa distribuidora de gas combustible. Las demás inherentes al sector del gas.
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9. MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA ARTEFACTOS A GAS (Gasodomésticos)
Los artefactos a gas deben poseer válvulas con enclavamiento que impida el accionamiento accidental de los mismos. Las cocinas o estufas mixtas deben tener una separación física entre ambos servicios (energía eléctrica y gas). En caso de que las estufas o cocinas bien sean mixtas o exclusivas para el uso de gas, posean piloto, este deberá tener una protección que impida el paso de gas al ambiente en el evento de que aquel se apague. Deben conectarse los artefactos con mangueras auto extinguibles con alma de lona y recubrimiento interno en neopreno u otro similar. Para los calentadores también es obligatorio que posean válvulas de enclavamiento, tal como la exigida anteriormente y es indispensable así mismo, el piloto de seguridad, con la debida protección, tal como se especificó. Los artefactos a gas deben cumplir con las normas de instalación NTC 3632, 3531, 3643, 3833, 5256, y el Reglamento Técnico Colombiano Resolución 1023 del 25 de mayo de 2004 de la S.I.C. Los artefactos a gas deben tener una placa de identificación visible con la información del tipo de gas a utilizar e información suficiente sobre su operación y calibración. Deberá realizarse el mantenimiento de los mismos como mínimo una vez al año, preferiblemente dos veces al año. LOS ARTEFACTOS A GAS DEBERÁN ADQUIRIRSE PARA GAS PROPANO.
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10.MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD PARA LA INSTALACIÓN Y USO ADECUADO DE LA RED
La instalación de la red debe realizarla únicamente personal capacitado, autorizado y registrado ante la Superintendencia de Industria y Comercio, además de poseer un Certificado de Competencia Laboral para el sector del gas. No se deben conectar a las redes o tuberías para gas, líneas a tierra No colgar objetos de las tuberías para gas. Evitar que los niños o personas ajenas manipulen el sistema de gas. Todo el sistema de gas deberá señalizarse y poderse identificar de acuerdo con la norma técnica 1461. Deberán instalarse avisos que identifiquen la red de gas, los artefactos, los equipos y las válvulas de corte del suministro, además de avisos de “NO FUMAR”, en los lugares en donde se instalen los mismos.
Se deberá prever un sistema contraincendios en la vivienda, Por ejemplo, instalar extintores tipo ABC multipropósito en cada entrada de servicio. Se deberá realizar una revisión de todo el sistema de gas una vez por año. Esta revisión, la debe realizar únicamente personal capacitado y certificado. En caso de que se presente una emergencia, RECUERDE: retírese del lugar y aleje a los curiosos. Desde otro sitio, llame al distribuidor y comuníquese con los bomberos de su localidad.
¡EL GAS ES SEGURO, MIENTRAS LO MANEJEMOS CON RESPONSABILIDAD! Telefax: 336 2601. Celular: 311 787 6570 / 300 7811677 e-mail:
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RECOMENDACIÓN FINAL
El presente DISEÑO DE LA RED DE GAS DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX , se encuentra amparado por las siguientes disposiciones: 1. Ley 23, del 28 de enero de 1982. 2. Decisión 344 del 21 de octubre de 1993. 3. Decreto 345 y 351 de 1993 4. Decreto 117 y 533 de 1994. Todos ellos hablan acerca de la PROPIEDAD INTELECTUAL y los DERECHOS DE AUTOR, en la “Comisión del Acuerdo de Cartagena”.
Respecto al presente diseño, “Cualquier cambio al que fuere sujeto este diseño en el proceso de construcción o instalación, deberá ser aprobado previamente, por la diseñadora”; esta, deberá hacer el estudio y análisis de
los cambios a que fuere sujeto y deberá determinar la viabilidad de los mismos. Diseño:
OLGA LUCÍA LONDOÑO VALENCIA Reg. 1454 S.I.C. Superintendencia de Industria y Comercio Matrícula. No. T66192002-42072655 C.P.N.A. Consejo Nacional Profesional de Arquitectura
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