nual de Atención de Familias para Profesionales de la Salud es un guía para el trabajo en temas relacionados con la familia. El texto 1lizado por un destacado grupo de académicos del área de la salud y 'ncias sociales, expertos en trabajos con familias, quienes revisan picos más relevantes para profundizar en la comprensión de la 1 y otorgar así una mejor calidad en la atención de los usuarios del 1a de salud.
Manual de Atención de Familias para Profesionales de la Salud
nanual trata temas como la evolución de la familia en Chile . ' ción y familia, funciones de la familia, enfoque sistémico y familia, tura y dinámica familiar, ciclo vital familiar, instrumentos de ción familiar, diagnóstico de salud familiar y plan de cuidado, ~nciones efectivas en el trabajo con familia, impacto de la 1edad en la familia, entre otros. Además, presenta la experiencia de Jitad de Medicina de la Pontifica Universidad Católica de Chile a del Proyecto ÁNCORA UC, en el diseño e implementación de un J de atención integral con enfoque familiar y comunitario, y la ~ncia de atención de familia en la Red de Centros de Salud Familiar sente texto está orientado especialmente a estudiantes y onales de las áreas de salud y ciencias sociales que estén adosen profundizar en el trabajo con familias.
Luz Eugenia Montero Ossandón Angelina María Dais Castellón Editoras
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tDICJONES UC
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tD!CIONt:S UC
CCNTR.O UC DE lA
FAMILIA
F,\CULTAD DE MtDICINA
í) EDICJONfS lJC
MANuAL DE ATENCióN DE FAMILIAS
PARA PROFESIONALES DE LA SALUD
EDITORAS
luz Eugenia Montero Ossandón Escuela de Medicina, Departamento de Medicina Familiar
Angelina María Dois Castellón Escuela de Enfermería
CENTRO UC DE lA
FAMILIA
FACULTAD DE MEDICINA
efi!
EDICIONES UC
J
Editoras Angelina Dois Castellón Luz Montero Ossandón
AUTORES
AsTRID BRUNNER HALPERN
PAULA CERDA ESPINOZA
Enfermera-matrona
Trabajadora social
Postítulo en administración de empresas,
CESFAMJuan Pablo 11
Pontificia Universidad Católica de Chile
Pontificia Universidad Católica de Chile
Directora Red de Centros de Salud EDICIONES UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Vicerrectoria de Comunicaciones y Educación Continua Alameda 390, Santiago de Chile
[email protected] www.ediciones.uc.cl
MANuAL DE ATENCIÓN DE FAMILIAS PARA PROFESIONALES DE LA SALUD Editoras: Angelina Deis Castellón, Luz Montero Ossandón ©Inscripción N° 220.933 Derechos reservados Septiembre 2012 ISBN W 978-956-14-1292-7
Primera edición Diagramación: Marcela Bustarnante Salgad~ Diseño de portada: Macarena Contreras Do1s Impresor: Salesianos Impresores S.A.
Familiar UC (Red Áncora UC) ArXA CONTRERAS Mll¡!As
.ANGELINA DOIS CASTEU.ÓN
Enfermera-matrona
Enfermera-matrona, Terapeuta familiar
Magíster en psicología social comunitaria de la Pontificia Universidad Católica de Chile Profesor asociado Escuela de Enfermería, Pontificia Universidad Católica de Chile
Magíster en psicología de la salud de la
CARMEN DOMÍNGUEZ HIDALGO
Pontificia Universidad Católica de Chile Profesor asociado Escuela de Enfermería, Pontificia Universidad Católica de Chile DANIELA FUENTES ÜLAVARRÍA
Abogada
Enfermera-matrona
Doctora en derecho de la Universidad
Especialista en estudios de la familia de ~a
Complutense de Madrid, España
Pontificia Universidad Católica de Chile
Profesor asociado Facultad de Derecho,
Profesor asistente Escuela de Enfermería,
Pontificia Universidad Católica de Chile
Pontificia Universidad Católica de Chile
Imagen de portada: "El árbol de la vida" (1909), Gustav Klimt DIEGO GARcíA~HUIDOBRO MUNITA
CIP-Pontificia Universidad Católica de Chile Manual de Atención de Familias para Profesionales de la Salud • Editoras: Angelina Maria Deis Castellón, Luz Eugenia Montero Ossandon; [autores Astrid Brunner Halpern ... et al.] l. 2.
Medicina familiar. Montero Ossandón, Luz Eugenia, ed. II. Dais C., Angelina M., ed. IIL Brunner Halpern, Astrid.
l.
362.82+DDC22
Psicóloga clínica
Profesor asistente Escuela de Medicina,
Magíster en salud pública de la
Pontificia Universidad Católica de Chile
Universidad de Chile Profesor titular Escuela de Psicología,
Familia - Salud e higiene.
2012
CARMEN GLORIA HIDALGO CARMONA
Médico familiar
RCAA2
Pontificia Universidad Católica de Chile
JAVIERA LENIZ MARTEU.I
Médico familiar Magíster en epidemiología de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Médico internista Magíster en salud pública de la Universidad
Instructor adjunto Escuela de Medicina,
Profesor titular Escuela de Medicina,
Pontificia Universidad Católica de Chile
Pontificia Universidad Católica de Chile
Luz EuGENIA MoNTERO OssANDÓN
Índice de contenidos
JOAQUÍN MONTERO LABBÉ
de Carolina del Norte, Estados Unidos
Kr.Aus PüscHEL ILLANES
Médico familiar Profesor asistente Escuela de Medicina,
Médico familiar Magíster en Salud Pública Universidad de
Introducción ............................................................................................................... 9
Pontificia Universidad Católica de Chile
Washington, EE.UU. Profesor asociado Escuela de Medicina,
Capítulo 1
Conceptos generales de familia ...................................................... 11 fu'!GELINA D01s CASTELLóN
Capitulo 2
Legislación y familia ......................................................................... 29 CARMEN DoMíNGUEZ HIDALGO
Capitulo 3
La familia desde la perspectiva sistémica ..................................... .57 DANIELA FUENTES ÜLAVARRÍA
Capítulo 4
Teoría evolutiva de la familia: ciclo vítal familiar ......................... 69 Luz EuGENIA MoNTERO OssANDóN
Capítulo 5
Teoría estructural del funcionamiento familiar ........................... 87 PAMELA ROJAS GONZÁLEZ
Capitulo 6
Teoría interacciona! del funcionamiento familiar ..................... 105 CAfu"\!EN GLORIA HIDALGO CARMONA
Capitulo 7
Evaluación del funcionamiento familiar I: Genograma y APGAR Familiar .................................................. 117 Luz EuGENIA MoNTERO ÜSSANDóN
Capítulo 8
Evaluación del funcionamiento familiar II: La familia en contexto, conceptualización ecológica e instrumentos de evaluación ..................................... 137 M. ÜLGA SOLAR SILVA
Capitulo 9
Diagnóstico de salud de la familia y plan de cuidado familiar ............................................................................. 159 ANGELINA D01s CASTELLóN
Pontificia Universidad Católica de Chile PAMELA RoJAS GoNzALEz
Médico familiar Magíster en ciencias de la familia de la Universidad de Málaga, España Profesor asistente Escuela de Medicina,
MARiA PAULINA
ROJAS VIU.AR
Médico familiar Profesor asociado adjunto Escuela de Medicina, Pontificia Universidad Católica :
de Chile
Pontificia Universidad Católica de Chile
MARíA OLGA SoLAR SILVA Asistente social, terapeuta y mediadora familiar Magíster en trabajo social de la Catholic
GABRIELA SOTO PIMENTEL
Psicóloga clínica Magíster en psicología clínica de la Pontificia Universidad Católica de Chile
University of America, Estados Unidos
Departamento de Medicina Familiar,
Profesor titular Escuela de Trabajo Social,
Pontificia Universidad Católica de Chile
Pontificia Universidad Católica de Chile ÁLVARO TÉLLEZ TÉu.EZ
Médico pediatra Magíster en salud pública de la Universidad de Chile Profesor asociado Escuela de Medicina, Pontificia Universidad Católica de Chile
Capítulo 10
Intervenciones familiares efectivas en atención primaria ....... 173 JAVIERA LENIZ MAR.TELLI, DIEGO GAReíA-HUIDOBRO MUNITA
Capítulo 11
El impacto de la enfermedad en la familia ................................ 199
Introducción
ArXA CoNTRERAS ME¡íAs
Capítulo 12
Capítulo 13
Anexo1
Modelo de atención en salud familiar: principios, . 1ementacton "' ................................................. . 219 fundamentos e rmp KLAUS PüSCHEL ILLANES, GABRIELA SOTO PIMENTEL, PAULA CERDA EsPINOZA, PAuLINA Ro¡AS VILLAR
Este Manual de Atención de Familias nace desde la experiencia. En primer lugar surge de nuestra experiencia como docentes enseñando a estudiantes de pregrado, post grado y a profesionales de la salud acerca de familia. Reconocemos especialmente el aporte del curso ''Introducción al Enfoque Sistémico de la Familia", que dictamos como parte del Diplomado de Atención Primaria y Salud Familiar, el cual es realizado en conjunto por las Escuelas de Enfermería y Medicina y está dirigido a profesionales de la atención primaria de salud, que se dicta desde el año 2002. En este curso comprobarnos la falta de textos relacionados con la atención de familias, ajustados a la realidad chilena de hoy. Esto nos llevó a escribir un primer texto bastante rudimentario pero que, a la larga, sería el germen de lo que es este Manual hoy.
Proyecto ÁNCORA UC: Un modelo de atención de salud integral con enfoque familiar y comumtar10 ................... 247 JoAQUíN MoNTERO LABBÉ, ÁLvARO TÉLLEZ TÉLLEZ, AsTRID BRUNNER HALPERN Caso clínico: la familia de Tatiana y Alvaro ............................... 263 Luz MoNTERO OssANDóN, ANGELINA Dors CASTELLóN
En segundo lugar, emerge desde nuestra experiencia como profesionales de la salud atendiendo familias en distintos contextos. Entre ellos, en centros de salud familiar pertenecientes a la red de atención primaria comunal, en centros de atención del nivel secundario y terciario y, en centros de atención de la Red de Salud U C, en especial en los CESFAM de la Red Áncora U C. · En todos ellos hemos tenido la oportunidad de trabajar con familias sanas y con familias en dificultades y cuya experiencia también queremos compartir.
Por último, pero no menos .importante, nuestras propias experiencias de ser, hacer y vivir en familia, tanto en nuestras familias de origen, como en las familias que hemos construido. Queremos agradecer el apoyo otorgado por la Vicerrectoría Académica de la Pontificia Universidad Católica de Chile, a través del Fondo de Desarrollo de la Docencia, a nuestras respectivas escuelas, la Escuela de Enfermería y el Departamento de Medicina Familiar de la Escuela de Medicina, a todos los autores y co-autores que generosamente han contribuido a crear este Manual, a la gestión realizada por el Centro UC de la Familia y a nuestras propias familias, que con paciencia nos han apoyado en esta labor.
Las Editoras
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Capítulo 1 CONCEPTOS GENERALES DE FAMILIA Angelina Dais Castellón
!NrRODUCCIÓN
La familia es el grupo humano primario más importante en la vida de las personas y la institución más estable de la historia de las sociedades. Las personas nacen en el seno de una familia y luego se desarrollan para ser ellas mismas quienes creen nuevas formas de hacer. familia. Por lo tanto, éste sigue siendo un tema vigente en la actualidad. Existe consenso sobre su importancia para las personas y las distintas sociedades. Sin embargo, a pesar de esta certeza, se convive con la ambigüedad de distintas concepciones acerca de ella, lo que dificulta su conceptualización, "si bien siempre han existido madres, padres e hijos biológicos, el sentido social sobre ellos( ....) ha cambiado radicalmente a través del tiempo y ha diferido entre las distintas sociedades y clases sociales" (Ramos, 1995 en Hamel, 2006). En este capítulo se revisará el concepto de familia, la evolución histórica de la familia a través del tiempo, sus funciones básicas y las características demográficas de la familia chilena actual.
LA FAMIUA
Familia es un concepto amplio que da cuenta de diversas construcciones sociales. Sus distintas definiciones apuntan a describir sus elementos centrales como un núcleo social formado por personas vinculadas de distinta manera y que cumplen funciones determinadas. Es así que para la Organización Mundial de la Salud (s/f citado en Organización Mundial de la Salud [OMS], 2003), la familia es considerada como aquella formada por los miembros de un hogar, emparentados entre sí, hasta un grado determinado por sangre, adopción y matrimonio. El grado de parentesco utilizado para determinar los lúnites de la familia dependerá de los usos a los que se destinen los datos y, por lo tanto, no puede definirse con precisión en escala mundial.
CAPÍTULO 1: CoNCEPTOS GENERALES DE FAMILIA/ Angelina D(lh Castelión
imili ' tima comunidad ElPa aJuanPabloii(1981)definióalaf acomounam , p al de vida y amor que se establece sobre la alianza de los conyuges, es ~o~:~obre su consentimiento personal e irrevocable. El prinCipiO ;ntenor, la e , 1 t última de tal cometido es el amor: as! como sm fuerza permanente y a me a b"' . 1 amor --"'a no es una comunidad de personas, así tam !en sm e f 1 cili V · 2001) e1 amor a a.tlilll la familia no puede vivir, crecer y perfeccionarse (Con o atlcano, . . C . " P líll·ca de 1980 (Chile 1980) la define como el En Chile la onstltuc!On o ' fi ·d núcleo fundamental de la sociedad, a la vez que la doctrina la ha de ru o .d , culo de matnmoruo parentesco
como "el conjunto de personas uru as por vm_ . . d ' la unión d ·, , omo "aquella comunidad 1t11c1ada o basa a en
o e:m'!~~:e d~ :, hombre y una mujer destinada a la realización de actos humanos propios de la generación, integrada por personas que convwen ba¡_o la autoridad directiva o las atribuciones de poder concedidas a o m~s de ellas adjuntan los esfuerzos para lograr el sustento propio~~ ~sar;o do econór:uco del grupo y se hallan unidas por un afecto natur enva ; e la relación de pareja o del parentesco de sangre, el que induce a ayu :~e .. , (C ral 1994 pp:11). Otras defiruc!ones tam 1en y auxiliarse mutuamente or , . . , vínculos de di . la familia como un grupo soCial urudo entre SI por c~:~;::dad filiación (biológica o adoptiva) y de alianza, incluyendo l~s uniones de hecho cuando son estables, y como el resultado de una expenencJa alianza de géneros (Comisión Nacional de la Familia, 1992). y . . , ocia! la familia es descrita por .AJ:riagada (1998) , . d d Desde una aproXJmaC!on s ·mstancJ·a de mediación entre el individuo y la soC!e a y como , · E sí que como una . nexo entre los cambios macroeconómicos y rmcroeco,nom!c~:- d s a las la familia cumple un rol de instltuc!on me a ora en 'd d 1 tía de los para el E stado, d s iniciativas vinculadas con la promoción de la .~qUI a , con a garan derechos humanos básicos y con la integraC!on de .los m~VJ~uos : r: es . nitarias es además el ámbito social don e os m VI uo ~~:~sd~~~::es impo!tan:es sobre,su vida, su trabajo y otras acciones que
U:"
incis:len en su bienestar. O definiciones rescatan los elementos relativos a la experiencia tras . 1 familia donde cada ser humano nace en intergenerac!onal que propone a , . d 1 boración . d al menos otra persona y desarrolla relaciOnes e co a presencta e, ' ., d , ladón que sobrevivencia estableC1en ose as! una re .. , que 1e perrruman su ' durará varios años. d e la familia es el núcleo En general todos los autores concuer an con qu ., , rimario d~ ertenencia de las personas. Sin embargo, su concepc!On esta Pli da a dis!tos procesos históricos y sociales de transformaC!on lo que ceptual ga d e · " dificulta la construcción de una única enruC!on con .
Al remontarse a sus orígenes, la familia, como se la conoce hoy, evoluciona
a partir de las familias tradicionales o pre-modernas que estaban ligadas básicamente a la vida campesina. Dentro de sus principales características, la dimensión económica se destacaba como la más .importante, en este sentido,
el matrimonio se vivía como una realidad contractual por sobre los aspectos afectivos o emocionales. La división del trabajo estaba claramente delimitada, la mujer se subordinada a su marido y se mantenía un estrecho vinculo con la comunidad que se encargaba de regular y supervisar las relaciones familiares, tanto maritales como parentales. Además, estas familias tenian un gran número de hijos y convivian con distintos parientes, por lo que en algunas ocasiones se las ha definido como familia-clan. Los integrantes de las familias estaban estrechamente unidos, se trabajaba en familia, en propiedades familiares, para producir y consumir bienes familiares. Este tipo de familias básicamente era concebida como una institución social (Burgos, 2004). Dentro de las familias tradicionales existian también las familias aristocráticas, que tenian como tarea central la preservación del linaje familiar, por lo que el matrimonio era visto como una decisión política de máxima relevancia. El amor y la sexualidad se desarrollaban en la llamada poligamia serial, según la cual se establecían relaciones sexuales con personas de diversas clases sociales tales como aristócratas, sirvientes y concubinas (Ramos, 1995 en Hamel, 2006). Las mujeres tenian como principal rolla mantención y organización de la vida social y la administración del hogar, en cambio, el cuidado de los niños estaba a cargo de la servidumbre. Los procesos de industrialización de la sociedad dieron paso a la transformación de la familia tradicional. El trabajo en las industrias produjo la separación de los espacios familiares de los laborales, además de la ocurrencia de fenómenos de migración de las familias en busca de los grandes centros productores con el consecuente desarraigo social. Los espacios se redujeron y las familias disminuyeron el número de hijos, observándose también cambios en las relaciones que establecían sus integrantes. Por primera vez, se asoció el matrimonio al amor como requisito para concretar la unión conyugal. La familia nuclear o moderna queda compuesta entonces por los padres y sus hijos, con la participación excepcional de otro pariente. Las relaciones entre sus integrantes cambian y se hace una clara separación de los roles. El padre es el encargado del trabajo y la vida pública, en cambio la madre asume el cuidado afectivo y doméstico (Burgos, 2004). En Chile, los procesos de modernización a nivel mundial se vieron reflejados en un ordenamiento de las políticas sociales que protegían a las familias, en especial en las áreas de educación, vivienda y legislación que promovian la
CAPÍTUL? 1:
constitución de la familia a partir del matrimonio, lo que se conoce como institucionalización de la familia, y que llevó asociado el concepto de "ideal de salario familiar'' que colocaba al hombre en el rol de la jefatura del hogar y a la mujer relegada al espacio doméstico (Gutiérrez y Osario, 2008). Los cambios políticos y sociales que vivió el país durante la segunda mitad del siglo XX obligaron a las familias a realizar cambios profundos en su funcionamiento para adaptarse a las exigencias de la vida moderna. La incorporación de la mujer al mercado laboral, el envejecimiento de la población, el aumento de los años de escolarización y el marco jurídico que regula las relaciones familiares y que legitima a todos los hijos impacta profundamente en la familia chilena y obliga a la redefinición de roles y funciones al interior de ella.
DE FAMILIA
/
Angelt'na Dei; Castell6n
En Chile~ al igual que en el resto del mundo, los cambios sociales y estructurales que ha V1V1do la familia y las diferencias culturales y económicas de las son obJeto, no perrmten construir una única definición de famili 1 qdue cuentad 1 d e a, o que a e proceso e transwrmación constante que no admite referirse a ella como a una estructura mmutable, sino más bien a un conjunto de formas de estructurar la Vlda entre personas. Aún así, la experiencia de familia sigue siendo universal, un ideal de vida y un valor esenC1al. para las personas (Herrera, 2006; Burgos, 2004; Jadue, 2003· Instituto Nacwnal de Estadísticas [INE], 2002). '
LAs
Otro fenómeno que puede observarse unido a las transformaciones antes descritas, se relaciona con el proceso de desinstitucionalización familiar que se expresa a partir de la ampliación de los tipos de unión de las parejas y que evidencia la separación entre la constitución de la familia y las formas jurídicas del matrimonio (Gutiérrez y Osario, 2008).
FUNCIONES DE LA FAMIUA
La familia hu~ana es una. realidad compleja que opera dentro de contextos soC1ales especlficos y cambJantes que la obligan vi . d d ., d a V1t procesos e permanente a .aptacwn e modo tal de mantener su continuidad y •om t 1 · · . 1• en are creclllllento pslco-soC1al de cada uno de sus integrantes.
~n ese sentido, se considera que la familia es un sistema integrativo que cumple
Esta realidad ha llevado a buscar alternativas a la definición de familia dando paso al concepto de formas familiares, para dar espacio a todas las posibles modalidades de unión (Burgos 2004). La noción de forma familiar se desprende del concepto de familia occidental que considera un vínculo monogámico entre personas de sexo diferente, generador de un grupo familiar y reconocido por el Derecho como fuente de derechos y obligaciones (Navarro-Valls, 1995, citado en Burgos, 2004) y pretende representar las estructuras de tipo familiar que no pueden identificarse totalmente <:on el concepto clisico de familia, pero que no se alejan completamente de él (Burgos, 2004). Un ejemplo de esto son las uniones de hecho, que si bien supone la unión de un hombre y una mujer y los 'hijos de esta unión, carece del reconocimiento legal de la misma, lo que les confiere inestabilidad jurídica. Otra forma familiar la constituyen las familias monoparentales, sea cual fuere su origen (divorcio/ separación, viudez, madre/ padre soltero), que se caracterizan por la ausencia de uno de sus progenitores y las consecuencias asociadas a ello y, por último, las familias reconstituidas, en las cuales se complejiza el sistema de parentesco incluyendo no sólo lazos de consanguinidad y alianza sino, además, de paternidad y maternidad social (Valdés, 2007). La presencia de varios "padres", '(madresn y "hermanos" se ha asociado a dificultades en la identidad familiar y a inestabilidad en las relaciones (Burgos, 2004).
CoNCEPTOS GENEIVILES
ncwnes esenciales para el desarrollo de la persona y para la supervivencia y estabilidad de bsociedad. Se configura como sustento emocional ara el desarrollo de los hiJOS~ otorga estabilidad para los adultos y es fuente depa o o soc¡al para todos sus lntegrantes (Servicio Nacional de la Mujer [SERN~ 1994 C1tado en Muñoz & Reyes, 1997). ' La familia como institución es capaz de aglutinar y eJ· ecut al . . . ar rmsmo tiempo distint fun · 1 as C1ones, o que le ha valido ser vista como una institución que econorruza muchos medios y recursos y que, a la vez, hace mucho con ocas recursos, lo que la hace insustituible (Montoro, 2004). p Las funciones familiares s clifi , e mo can segun el contexto y la cultura Sin embargo, a modo didáctico, se pueden agrupar en: . 1.
~:tisfacción de las necesidades biológicas tendientes a la reproducción y egular la conducta sexual de sus integrantes dentro y fuera del ru o ~oc¡al al que pertenece. Satisface también necesidades relacionad:s c~n a ~nat_'za y cwdado de los hiJos y asJstencia y cuidado de los miembros mas debiles de la sociedad (Montoro, 2004; Hidalgo & Carrasco, 1999).
2.
Satisfacción. de necesidades psicoló"icas lo que produce una matnz . de . . ·. . l::> ' expenenC1as afectivas y Vlnculares que van generando la pertenencia sobre la cual se desarrolla la identidad personal Según Parson (197 4 Cltado en Burgos, 2004), a través del matrimonio, además, contribuy~
CAPÍTULO 1: CONCEPTOS GENERALES DE FAMrLJ:A j Ange/ina Do& Casteilótt
a la estabilización de la personalidad de los adultos al constituirse en el centro de su vida afectiva. Estas relaciones afectivas y de intimidad son la característica más notable de la familia, que actúa como reguladora y canalizadora de los afectos y sentimientos de sus integrantes y, por otro lado, permíten el establecimíento de responsabilidades recíprocas entre sus míembros a partir de las cuales se construye la identidad de la familia y la posiciona como una totalidad distinguible y única (Montero, 2004; Martinez, 2001; Hidalgo & Carrasco, 1999).
3.
Funciones de socialización a través de un proceso gradual que le va a permítir al niño entrar en contacto con la sociedad y sus distintos grupos sociales. Siendo la familia la principal trasmísora de la cultura, cumple funciones de socialización primaria con los niños al enseñarles a comportarse en la sociedad de acuerdo a los cánones que ésta espera y al transmítirles creencias, valores y normas sociales primordiales (Hidalgo & Carrasco, 1999; Martinez, 2001; Montero, 2004). La especificidad de la influencia familiar en la educación del niño se caracteriza por su duración y continuidad sobre una base afectivo motivacional muy fuerte. La familia también cumple funciones en la socialización secundaria de los adolescentes y adultos influyendo en la forma en que el individuo se inserta en la sociedad y en el mundo laboral (Burgos, 2004). Por otro lado, durante el proceso de socialización, la familia cumple con tareas relativas a la formación de género y transmíte la representación cultural que cada sociedad o grupo le asigna a la condición femenina o masculina (Quintero, 2006) con lo que favorece la adquisición de un patrón psicosexual adecuado que permíte al individuo identificarse con los de su propio sexo y diferenciarse de los del otro, favoreciéndose así una adaptación integral al medio (Martinez, 2001).
4.
Funciones económícas, dado que la familia ordena los comportamíentos económícos básicos y más elementales como, por ejemplo, la alimentación y la provisión de servicios básicos y se constituye como un sistema productor y comprador de servicios y bienes para lograr la supervivencia de sus míembros (Montoro, 2004; Hidalgo & Carrasco, 1999). Esta función abarca las actividades relacionadas con el trabajo de sus integrantes, el presupuesto familiar en relación a los ingresos y el cumplimíento de tareas domésticas y el consumo regulado de los bienes y recursos (Reca, 1996).
5.
Función mediadora con las distintas estructuras sociales, ya que relaciona a sus integrantes· con otras unidades del sistema social. A través de los roles familiares y adjudicación de un determinado estatus,
la familia puede ser considerada como una plataforma para las acciones en otras esferas sociales (Hidalgo & Carrasco, 1999).
LA FAMILIA EN CHILE DESDE UNA PERSPECITVA EPIDEMIOLÓGICA
En Chile, según las estimaciones del XVIII Censo Nacional de Población y VI: de Vivienda 2012, existia una población de 16.572.475 personas que mc!wan un total de 5. 729.977 hogares, cifra que representa un 30.2% más que en 2002. Alrededor del 66% de estos hogares se distribuían en las regiones Metropolitana, V, VIII y X. De los datos del XVII Censo Nacional 2002 se puede afirmar que el83.5% de las personas vivia en familia, situación ~ue se mantuvo sm vanac1ón respecto de los inicios de la década de los ochenta (Instituto Nacional de Estadísticas [INE], 2003). EnChil:, las familias nucleares 1 siguen siendo una re,¡jdad mayoritaria y una asp1rac10n cultural ya que simbolizan la posibilidad de acceder a una vivienda independiente. Este tipo de familia significa, además, menos conflictos con los parientes, la posibilidad de desarrollar estilos de vida propios, mayor ln=dad en la pareja y autonomía de los padres en la crianza de sus hijos. Pero 1mplica una mayor carga para la pareja responsable del hogar y el peligro de mayor soledad para la pareja y los hijos en el caso de viudez o separación conyugal. Por otro lado, si bien la familia extendida involucra la convivencia con otros parientes y, por lo mísmo, relaciones familiares más complejas, significa un gran apoyo en compañia y cuidado, especialmente para los menores enfermos Y ancianos. Compartir vivienda y hogar es una expresión de solichndad que ayuda a la sobrevivencia de todos los míembros del hogar. En 1992, el15.8% de las familias incluía algún nieto del jefe de hogar, el 8.3% algún hijo casado o separado, 7.8% algún yerno o nuera, 5.5% a padres o suegros y 8.8% a otros panentes. En la actualidad, el 71.8% de las familias extensas corresponde a familias compuestas por hijos allegados a sus padres (Ministerio de Planificación Nacional [MIDEPLAN], 2006).
Se define. ~amilia n~clear o .conyugal la que está integrada por el padre, la madre y los hijos a diferencia de la f~a extendida .que mduye los abuelos, suegros, tíos, primos, etc. La nominación biparental hace referenaa a la presenct~ en el hogar del padre y la madre a diferencia de la familia mono-parental que da cuenta de la presenaa en el hogar de un solo progenitor.
CAPÍTULO 1: CONCEPTOS GE..'lERALES DE FAMILIA/ Ange/ina Dois CaJtellún
TABLA 1. ESTRUCTURA FAMILIAR (CASEN, 2006)
está formado por 3 a 4 personas, lo que refleja una disminución de un 44.9% respecto del Censo del año 2002 (CASEN, 2006; INE, 2003; INE, 2012; Muñoz & Reyes, 1997). La disminución del tamaño familiar se ha relacionado con el aumento de la esperanza de vida, el descenso de la natalidad y fecundidad, el espaciamiento de los hijos y el aumento de los hogares biparentales sin hijos y de hogares unipersonales.
La estructura familiar predominante en el año 2002 era la nuclear con hijos: 47.8% (1992: 50.2%), pero coexistía con otras formas de familia como, por ejemplo, los hogares biparentales sin hijos y los hogares monoparentales entre otros. Según la Encuesta. CASEN (2006), la familia nuclear biparental con hijos representaba el 61.2% del total de familias chilenas. Las familias monoparetales representan al 25.6% y los hogares unipersonales al 13.2% del universo, lo que refleja un aumento sostenido de estas dos últimas formas
TABLA 3. TAMAÑO
F&\!ILIAR:
N° DE PERSONAS (CASEN, 2006)
familiares. TABLA 2. EvoLUCIÓN
DE LOS
TIPOS
DE FAMILIA
(CASEN, 2006; UNICEF, 2005)
En general, la duración de la vida de la familia en Chile se prolonga por más de cincuenta años, de los cuales 25 años se viven con hijos de distintas edades y cuarenta se viven en pareja. Es importante resaltar que la pareja vive gran cantidad de años sin hijos una vez que éstos parten del hogar. Por otro lado, la mujer sobrevive al marido por cerca de casi 9 años. Según el ciclo vital familiar, la distribución de las familias ha ido variando en las dos últimas décadas y es posible observar un aumento en las familias que viven con hijos adultos jóvenes o que están en etapa de nido vacío respecto de aquellas con hijos en edades inferiores como se muestra en la Tabla 4.
En relación a los hogares unipersonales, se ha observado un aumento en el tiempo de aquellos compuestos por mujeres (54.3% en 1990 a 68.8% en 2006). Según MIDEPLAN (2006), las mujeres mayores de 60 años representan el 60.2% de los hogares unipersonales femeninos comparados con sólo el33% de los hogares masculinos para el mismo rango de edad. En general, en el caso de los hombres que viven solos, se observa una distribucion más homogénea en los distintos tramos de edad. El mayor porcentaje de hogares unipersonales masculinos corresponde a hombres solteros (51.8%), en cambio, en el caso de los femeninos, a mujeres viudas (43.4%). Otro de los cambios observados en las familias chilenas es la disminución del número de integrantes que la forman, disminuyendo de 4.4 personas por familia en 1982 a 3.3 en 2012. La mayor proporción de hogares en el país
CAPÍTULO 1:
., TABLA 4. DISTRlBUCIÓN RELATIVA DE (CASEN, 2006).
LAS
ETAPAS DEL CICLO VITAL DE LA FAJAIUA
CONCEPTOS GENERALES
DE
FAMILlA /
Ange/ina Doú Castt/~611
fue el de solteros. Entre las mujeres, los matrimonios de solteras representaron el 94,6% del total y en los varones el 92%. Otro elemento relevante en la conformación actual de las familias es la tendencia al aumento de los nacimientos de hijos de padres sin vínculo legal. Según datos del Registro Civil, en el año 2001 el 50.5% de los nacimientos en Chile ocurrieron fuera del matrimonio (versus un 16% en 1960), en el año 2009, 7 de cada 1O niños que nacieron en Chile, fueron hijos de padres que no estaban casados. Y por primera vez en la historia del país, éstos duplicaron a los niños nacidos dentro del matrimonio. La tabla 5 resume la distribución de las parejas que constituyen familia según el tipo de unión.
TABLA 5. DISTRlBUCIÓN DE LAS FAMILIAS SEGÚN TIPO DE UNIÓN (CASEN, 2006)
Además de modificarse la distribución de las familias según el ciclo vital familiar, también ha variado el tipo de unión de la pareja a cargo de la familia. Según la Encuesta CASEN (2006), el mayor porcentaje de familias chilenas está formado a partir de una pareja casada. La evaluacion de este indicador se realiza a partir de la tasa global de primeras nupcias, que permite conocer la evolución de la proporción de individuos solteros que se casarán al menos una vez antes de cumplir los 50 años de edad. En Chile, la tasa de nupcialidad mostró una disminución sostenida desde el añ61992 (7.7 /1000 en 1980 a 4.2/ 1000 en 2001) hasta el año 2006 donde se observa un aumento deiS% respecto del número de matrimonios celebrados el año anterior. Durante ese año se registraron en promedio 417 uniones de hombres solteros, por mil varones de 15-49 años y 427 matrimonios de mujeres solteras, por mil mujeres solteras en el mismo rango de edad (INE, 2006). Del total de matrimonios, el89% se efectuó en divisiones territoriales urbanas y sólo el 11% en las rurales. Según el último estudio de Instituto Nacional de Estadísticas (2006), la edad promedio de los solteros al casarse fue de 28,8 años en los hombres y de 26,7 años en las mujeres. Del total de matrimonios registrados, en 1a mayoría el estado civil previo de los cónyuges
Al analizar las familias chilenas y su evolución en el tiempo, no pueden obviarse las características de los Jefes(as) de Hogar. En Chile, el término Jefe/ a de Hogar hace referencia a la persona que con sus ingresos laborales es el principal sustento económico de su hogar y tiene a su cargo personas que dependen económicamente de él/ ella. Según datos del MIDEPLAN (2006), la escolaridad de los jefes de hogar ha aumentado a medída que disminuye la edad de los mismos. Es asi que, en promedio, los jefes de hogar menores de 30 años tienen 5 años más de educación que los jefes de hogar mayores de 60 años. Por otro lado, existe una relación directa entre escolarídad e ingreso, duplicándose los años de escolarídad del decil más rico respecto del más pobre. En el caso de las mujeres jefas de hogar es posible observar una diferencia de 6 años más de estudios en el decil más rico respecto del decil de menores ingresos.
CAPÍTULO 1:
En general, se observa que, a menores ingresos, aumenta la jefatura de hogar femenina siendo más del doble en el decil de menores ingresos respecto al decil de ,;,ayores ingresos (14.7% v/s 4.9% quintil I: V). Entre 1990 Y 2006 aumentó el desempleo que afecta a las mujeres jefas de hogar del qwntil de menores ingresos y disminuyó en el quintil de mayores ingresos: En nuestro pais, el65% de las mujeres jefas de hogar es soltera, separada o v:uda, en comparación con solo un 17% de los hombres jefes de hogar en Igual condición civil (SERNAM, 2009).
CONCEPTOS GENERALES DE FAMILIA /
Ange/ina Dais Caste//ón
un 11,4% en 2003 a 8,5% en 2006 y el porcentaje de hogares indígentes que disminuyen, durante el mismo período, desde un 3,9% (2003) a un 2, 7% en el2006 (CASEN, 2006). Por otro lado, se observa que el número de hijos promedio en las familias de menores ingresos si bien ha dísminuido, es mayor que en la población general.
TABLA 7. NúMERO DE HIJOS SEGÚN NIVEL DE POBREZA DE LAS FAMILIAS (CASEN, 2006)
TABLA 6. DISTRIBUCIÓN DE HOGARES CON JEFATURA FEM&'!INA SEGÚN AÑOS DE ESCOLARIDAD DE LA JEFA DE HOGAR (INE, 2005)
Según los indicadores de estratificación social del Censo de 2002, en Chile existía un 1O% de familias de nivel socioeconómico alto, un 40% de estratos medios y 50% de estratos bajos, situación que empeoraba en los sectores agrícolas. A fines del año 2006, los hogares pobres correspondían a 488.293 hogares. De ellos, el 75,8% (370.158) eran pobres no indigentes Y el24,2% (118.135) hogares indígentes 2• En 2006, se constató una disminución general de los hogares que vivían en condíción de pobreza e indígencia. El porcentaje de hogares pobres dismi~uyó de un 15,3% en el año 2003 a un 11,3% en el 2006, lo rrusmo ocurrió con el porcentaje de hogares pobres no indigentes que se reducen de
Los hogares pobres corresponden a la suma de los hogares po~res no indigentes más los h~gares in~ digentes. Los hogares pobres no indigentes son aquellos cuyos mgresos n~ ~canzan pru:a sattsface.r las necesidades básicas de sus roiembms. Están determinados por el ingreso muurno necesano por persona para cubrir el costo de- dos-veces una canasta básica individual. ~s ho~es indigentes son a~uellos cuyos ingresos por persona no logran cubrir el costo de .una can~sta ali.men~a y aun cuando d:stlnar.an todos sus ingresos a la satisfacción de las necesidades alimentanas de sus nuembros, no logranan sattsfacerlas
adecuadamente (MJDEPLAN, 2006).
Al considerar los tipos de familia según el nivel de ingreso, se observa un menor número de familias extensas a mayor nivel de ingreso y más hogares unipersonales y aquellos constituidos por una pareja sola sin hijos. Las familias nucleares monoparentales se dístribuyen de manera similar en los distintos estratos socioeconómicos. Las familias monoparentales, en una alta proporción, tienden a incluir a otros parientes, conformando familias extensas, lo que es menos frecuente en los sectores más acomodados, de modo que la familia extensa en Chile se configura principalmente por razones de índole económica. De acuerdo a la etapa de ciclo vital familiar en que se encuentran, las familias que presentan niños y adolescentes, tienen niveles de pobreza e indígencia mayor que en otras etapas. Según lo señalado por Arriagada (1998), la pobreza de los hogares se concentra en el ciclo en el cual la tasa de dependencia es mayor, puesto que hay mayor cantidad de miembros y mayor cantidad de niños con necesidades amplias en educación, vestuario y alimentación. Es la etapa en la que los hijos demandan más cuidado y, por ende, impiden la incorporación plena de la madre al trabajo. En general, la jefatura de hogar es mayoritariamente masculina, siendo el hombre habitualmente el único proveedor. La participación de los cónyuges se asocia principalmente al aumento de los ingresos del grupo, lo que les permite contar con ayuda en el cuidado de los hijos y en las tareas domésticas. Sin embargo, un problema relevante es la compatibilización del trabajo remunerado con el no remunerado ya que al interior de la familia no se ha
CAPíTuLo 1:
producido la f!exibilización de roles ligados al género necesaria para cumplir con las funciones familiares. En las familias de nivel socio económico más bajo, el aporte de ingresos generados por los mayores de 15 años es cercano al 30% del presupuesto familiar, por lo que es habitual que los estudios sean interrumpidos pudiendo optar a empleos no calificados y mal remunerados que aseguran la perpetuidad del círculo de la pobreza. Según el Instituto Nacional de la Juventud, el66% de los jóvenes de las clases más acomodadas dedican la mayor parte del tiempo al estudio, lo que prácticamente duplica la realidad de los sectores más desfavorecidos (Gutiérrez & Osorio, 2008). En 2006, dos tercios de los ingresos de las familias del decil más pobre eran destinados al pago de deudas, porcentaje que se reduce considerablemente en los otros deciles. Un último elemento a considerar en el análisis de la situación de la familia chilena actual, se relaciona con el envejecimiento poblacional. Chile se encuentra en la etapa de transición demográfica avanzada, definida por una baja tasa de natalidad (año 2004: 14,9/1000 habitantes) y de mortalidad (año 2004: 5,4/1000 habitantes), que se traduce en un crecimiento natural también bajo (año 2004: 1%). La mujer chilena tiene actualmente mayores posibilidades de desarrollo educacional, laboral, académico y profesional que, sumado al fácil acceso para el control de su fertilidad, hizo que la tasa global de fecundidad en 2004 fuese de 1,9 hijos por mujer (INE, 2007) y de 1.3 en 2006 (MIDEPLAl'l, 2006), lo que da cuenta de una disminución de 11.8% del total de nacidos vivos respecto del año 1990. Lo preocupante es que esta cifra es inferior a la tasa de recambio poblacional de 2,1 hijos por mujer, concepto que significa que los hijos nacidos de cada mujer no alcanzarian para renovar la población al momento del fallecimiento de sus progenitores. U na de las características de la transición demográfica de un pais es que los grupos etáreos que forman su población no crecen simétricamente. Es asi que hay un aumento progresivo de los grupos de personas mayores de 65 años (año 2010: 9% de la población total, INE 2010), con una progresiva reducción de la población de 15 a 64 años, definida como la potencialmente activa de un país. Esto trae como consecuencia un mayor descenso de la natalidad y el envejecimiento poblacional, asi como también problemas sociales, económicos y de salud pública, derivados de ese fenómeno. Sin embargo, ha habido un aumento en la tasa de natalidad de adolescentes. El83% de las adolescentes que se embaraza es soltera y corresponde al14.9%
CoNCEPTOs GE.t'IERALES DE FAMILIA
1 Angelina Dois Ca.rtd/Qn
de todos los embarazos (INE, 2007). Del total de nacimientos ocurridos en el año 2003 cuyas madres eran adolescentes, hubo un 32.2% en que el padre era menor de 20 años, lo cual significó que del total de nacimientos provenientes de madres menores de 20 años, casi un tercio tuvo madre y padre adolescentes. En sintesis, se puede afirmar que en Chile hoy la población envejece a expensas de una menor tasa de natalidad que se ve reflejada en la existencia de menos familias con hijos en el hogar, más parejas jóvenes sin hijos y más parejas en etapa del nido vado. Esta situación es más notoria en la medida que el nivel de ingresos de la familia aumenta. En general, las parejas retardan el nacimiento de su primer hijo en tanto aquellas en etapas más avanzadas no se ven en la necesidad de compartir su hogar una vez que los hijos se marchan. A través de los datos obtenidos del Censo (2002), en lineas generales, se puede observar que existe una tendencia a que la vida de la familia se despliegue en espacios eminentemente urbanos. Se han desarrollado cambios en la forma de vivir en familia con aumento de hogares monoparentales y unipersonales y un aumento de las familias nucleares sin hijos. La familia chilena se ha ido reduciendo en tamaño y empieza a prescindir de los hijos como definitorios de proyectos de vida de hombres y mujeres con una disociación progresiva de la relación parental y la conyugal. El aumento de las uniones de hecho y de los separados y divorciados muestra una estructura familiar en un contexto de cambio, con la consiguiente inestabilidad de los vinculos, inseguridad y desprotección juridica. La familia en Chile ha dejado entonces de ser una realidad univoca y homogénea.
CONCLUSIONES
En Chile, al igual que en el resto del mundo, los cambios sociales y estructurales que ha vivido la familia y las diferencias culturales y económicas de las que son objeto, no permiten construir una única definición de familia, lo que da cuenta del proceso de transformación constante que no admite referirse a ella como a una estructura inmutable, sino mas bien a un conjunto de formas de
estructurar la vida entre personas.
CAPÍTULO 1: CONCEPTOS GENERALES DE FAMILIA /
Ange/ina Dois Castellón
Capítulo 2 LEGISLACIÓN Y FAMILIA Carmen Domínguez Hidalgo
!NTRODUCCIÓN
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La familia es un ámbito esencial de la formación y desarrollo de las personas, por lo que es evidente que el Derecho deba hacerse cargo de ella y establecer un conjunto de normas básicas que permitan el mejor cumplimiento de sus tareas. En este capítulo se revisará, de modo sintético y global, los principales principios y reglas que el Derecho chileno reconoce respecto de la familia, en especial, las reglas que son particularmente relevantes para los profesionales de la salud en esta materia. Se analiza el concepto de matrimonio, sus efectos y los derechos y deberes que surgen entre los miembros de la familia y se revisa la regulación juríclica en cuanto a la crisis y ruptura matrimonial y los efectos que de ello derivan. Además, se precisan la función y reglas básicas de funcionamiento de los tribunales de familia y, por último, se describen los deberes especiales que asisten a los profesionales de la salud en relación con la protección de las personas en sus relaciones familiares .
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MARCO JURÍDICO DE LA FAMIUA ,!
Se sabe que la familia no es una materia indiferente para el Derecho. Antes bien, siendo ésta el ámbito primero de formación de las personas, el Derecho parte por reconocer la importancia que la familia tiene en el desarrollo y configuración de la sociedad. Es así, como la Constitución de Chile -que contiene las reglas jerárquicamente superiores- parte por proclamar, inmediatamente después del reconocimiento de la libertad e igualdad de todas las personas, que "la familia es el núcleo fundamental de la sociedad" (articulo 1 inciso 21). Más aún, considera como deberes del Estado "dar protección a la población y a la familia" y "propender al fortalecimiento de ésta" (Art.1 in c. S).
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1
En adelante, artículo se abreviará por art. e inciso por inc.
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1. 1
CAPÍTULO 2: LEGISLACIÓN Y FAMlUA /
Carmen Domlnguez Hidalgo
La familia es entonces, no sólo reconocida en el Derecho, sino incluso más, situada en el primer rango de responsabilidades del Estado, que ha de estar atento a sus necesidades y a la búsqueda y concreción de efectivas soluciones a las mismas.
que en él se fundan y que justifican la existencia de normas jurídicas. En tal sentido, no debe olvidarse que las reglas jurídicas son, por definición, permanentes, en cuanto van dirigidas a regir actos y hechos futuros que tienen estabilidad en el tiempo y no para regular hechos o actos transitorios.
La vida familiar es, por lo tanto, objeto de preocupación del Derecho. Esa preocupación es, en algunos casos, directa. Así, sucede con el denominado Derecho de familia, que es una rama perteneciente al Derecho civil que, como su nombre lo indica, tiene por objeto la regulación de la situación del individuo inserto en su grupo familiar.
Pese a lo anterior, en ciertos casos, es posible encontrar reglas de Derecho de familia que regulan algunos vínculos jurídicos que no provienen del matrimonio. Así acontece con la filiación que existe entre los progenitores (madre o padre) y los hijos nacidos fuera del matrimonio (hijos de filiación determinada no matrimonial) o entre los adoptantes y el adoptado. Ello se explica en la circunstancia que la filiación existente entre esos padres y sus hijos, que es un vínculo igualmente permanente, es indispensable para el debido desarrollo y subsistencia de los mismos.
En otros casos, la atención jurídica que se le dedica a la familia es más indirecta, en el sentido que la regulación aunque principalmente enfocada al individuo, se centra en la solución de ciertos problemas que tiene toda persona independientemente de su condición de casado/a o no, de madre/ padre o no; e igualmente incide en el grupo familiar globalmente considerado. Así sucede con las reglas que regulan la previsión o la salud y las relativas a la situación tributaria o financiera de la familia, entre otras.
1 1
Por otro lado, el Derecho de familia comprende las normas civiles que se ocupan del matrimonio y sus efectos, pues la normativa religiosa que cualquíera confesión tenga del mismo, es aplicable sólo para quíenes lo han celebrado y no tiene ni siquíera para ellos, una obligatoriedad que pueda series impuesta con apoyo del Estado. En otros términos, la úníca regulación del matrimonio que les es impuesta de un modo obligatorio a quíenes lo contraen en Chile es la civil. En ella se centrará, por tanto, este estudio.
A continuación se revisan de modo sintético, las normas directas de regulación de la familia lo que implica recorrer lo que el Derecho de familia contempla.
LA PERSONA EN SUS RELACIONES FAMIUARES: EL DERECHO DE FAMILIA
Matrimonio civil: su regulación
La regulación civil del matrimonio y la familia data en Chile desde 1855, fecha en que fue dictado el Código Civil' y que trata de ello entre los artículos 102 a 296. Posteriormente, fue complementada por la Ley de Matrimonio Civil de 10 de enero de 1884 y reformada por Ley n°19.947 que estableció una nueva Ley de Matrimonio Civil de 17 de mayo de 2004.
Como viene de observarse, la familia es objeto de preocupación y regulación desde variadas áreas del Derecho. Con todo, las normas básicas y fundamentales de esa regulación están contenidas en el Derecho de familia que es aquella área del Derecho que, por definición, se preocupa del quehacer familiar.
En el presente, el Derecho de familia se encuentra contenido fundamentalmente en esos dos cuerpos legales. Todo ello sín perjuício de varias leyes posteriores que han ido tratando algunas materias específicas, como por ejemplo, la Ley n° 19.620 de 1999 que regula la adopción, la Ley n° 19.741 de 2001 sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, la Ley n° 19.325 de 1994 sobre violencia íntrafamiliar (con su reforma posterior), entre otras.
Persona y matrimonio ante el Derecho
El Derecho de familia se construye fundamentalmente a partir del matrimonio y de la familia que nace a partir de él. De este modo, su preocupación se orienta a precisar los efectos jurídicos que tiene el matrimonio para quíenes lo celebran, desarrollando los derechos y deberes que existen entre cada uno de los miembros de la familia que se funda en él, esto es, entre los cónyuges y entre éstos y sus hijos. La regulación jurídica de la familia se centra entonces en el matrimonio y. sus efectos, cuestión que es evidente si se tiene presente que, al tratarse de un vínculo jurídico que debe ser formalizado ante el Estado, se le confiere ciertos caracteres de permanencia y estabilidad de las relaciones 30
2
En adelante, se abreviará Código Civil con las siglas C.C.
CAPÍWLO 2: LEGISLACIÓN Y FAMILrA / Carmen DrJmfnguqz Hidalgo
Concepto y elementos del matrimonio
2004, que incorporó ese tipo de divorcio al Derecho, el matrimonio ha dejado de ser indisoluble, pues se permite a los cónyuges poner término a él, siendo incluso la sola decisión de uno de ellos suficiente para dar lugar al divorcio. Curioso es, con todo, que la definición del art.102 C.C. antes referida, se mantiene sin modificación, pese a su carácter disoluble.
El matrimonio se encuentra definido en el art.102 del C.C. como "un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y aux.iliarse mutuamente''. A partir de este concepto, redactado por Andrés Bello, podemos desprender de un modo nitido cuáles son los elementos que caracterizan el matrimonio en la legislación vigente y que, por lo mismo, lo hacen diferir de cualquier otro vinculo juridico entre dos personas. Ellos son: a.
El matrimonio es un contrato, más bien una institución Aunque la definición lo caracteriza como un contrato, en verdad, con ello se quiere apuntar a la idea de que para que un matrimonio nazca a la vida jurídica, es necesario que exista consentimiento entre un hombre y una mujer. Se requiere, por tanto, que ambas voluntades estén de acuerdo en contraer este vinculo jurídico. Sin embargo, el matrimonio se aparta de la idea general de contrato, pues a diferencia de él, el contenido de los derechos y obligaciones que surgen para cada uno de los cónyuges no está entregado a su libre acuerdo, sino que son fijados por la ley y los cónyuges no pueden modificarlos.
b.
El matrimonio es solemne El matrimonio requiere, para existir, el cumplimiento de ciertas formas externas: ha de celebrarse ante un Oficial de Registro Civil y ante la presencia de dos testigos.
c.
Entre un hombre y una mujer El vinculo matrimonial se caracteriza por ser monógamo y entre personas de diferente sexo.
d.
juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.
"'
Se destacan entonces en el concepto los fines que implica este vinculo y que justifican su existencia. El concepto recoge las motivaciones que llevan a las personas a contraer matrimonio y que no son otras sino la de formar una comunidad de vida y de amor con todo lo que ello importa. Efectos del matrimonio Los efectos del matrimonio son sus consecuencias jurídicas, esto es los derechos y obligaciones que crea para quienes lo celebraron.
El reconocimiento de esos derechos y deberes persigue, por un lado, reforzar la trascendencia que tiene el vinculo matrimonial respecto de quienes lo han contraído. Por otro lado, permite asegurar que la familia pueda efectivamente cumplir con sus variados roles en el desarrollo de las personas que la integran, esto es con su función de auxilio económico y afectivo, de educación y formación general. La regulación del matrimonio en la legislación chilena le asigna cuatro efectos: a.
Genera derechos y deberes entre marido y mujer: entre ellos deber de fidelidad, deber de ayuda mutua, de respeto y protección, de socorro (que se traduce en el deber de proporcionarle ayuda económica a la subsistencia del otro en caso de necesidad).
b.
Genera un régimen matrimonial de bienes, esto es un conjunto de reglas que determinan la forma en que deben cubrirse las necesidades de la familia y la suerte o destino de los bienes que los cónyuges van obteniendo durante el matrimonio.
c.
Determina la filiación matrimonial respecto de los hijos nacidos de él, esto es determina que los hijos nacidos dé matrimonio tengan un vinculo jurídico con sus padres que se fija precisamente a partir del
El matrimonio es disoluble El matrimonio ha sido, durante toda la historia de Chile, un vinculo indisoluble, lo que implica que no puede ponérsele término por el acuerdo de los que lo celebraron o por la imposición de uno de ellos. De ahí que la legislación chilena no haya admitido nunca el divorcio vincular. Con todo, tras la aprobación de la nueva Ley de Matrimonio Civil el 32
Fines del matrimonio El matrimonio supone un compromiso que apunta a tres fines: vivir
¡
El matrimonio implica una unión actual y por toda la vida Ello implica que este vinculo no admite que los cónyuges lo celebren por un plazo determinado (por ejemplo, por 5 años) o que lo condicionen de ningún modo (por ejemplo, mientras permanezcan jóvenes).
e.
f.
matrimonio.
CAPÍTULO 2; LEGISLACIÓN Y FAMILIA
d.
Genera derechos sucesorios respecto del cónyuge sobreviviente, esto es que cada uno de los cónyuges pasa a tener derecho a la herencia que deje el otro tras su muerte.
Por último, el estudio de los derechos y deberes existentes en la familia fuerza a distinguir entre: 1) aquellos que surgen entre los cónyuges y 2) aquellos que existen entre padres e hijos.
Entre los cónyuges existen varios derechos y deberes recíprocos, esto es que los debe tanto el marido respecto de su mujer como a la inversa y que se les conoce bajo la denominación de las relaciones personales que existen entre marido y mujer. Después de varias reformas introducidas en este punto con el objeto final de igualar la situación entre ambos, en el presente, estos son: a) deber de fidelidad; b) deber de socorro; e) deber de ayuda mutua; d) deber de respeto y protección recíproca; e) derecho y deber de vivir en el hogar común; ~ deber de cohabitación y g) deber de auxilio y expensas para los juicios en que se vean involucrados los cónyuges (defensas judiciales).
La filiación es la denominación que en el Derecho se da a la relación que existe entre padres e hi¡os. La filiación distingue de modo esencial entre filiación determmada, esto es aquella que se encuentra establecida ante la ley (por e¡emp:, porque e~ matrimonial o porque ha sido reconocida por el padre o mbal ed) y filiacron no determinada, esto es aquella que no se encuentra esta ecr a ante la ley. Efectos de la filiación determinada (matrimonial y no matrimonial) Los efectos que genera la filiación, es decir, los derechos y deberes que surgen e~tre padres e hijos, son hoy los mismos para todos los hijos de filiaC!on determmada, matrimoniales o no matrimoniales. Para el estudio de estos derechos se debe distinguir entre: a.
Todos estos deberes tienen ciertas características comunes: a) Tienen un contenido más bien moral, en el sentido que su cumplimiento está entregado, en última instancia, a la conciencia de cada persona. En efecto, la infracción a esos deberes (infidelidad, abandono, etc.) implica conductas que son muy difíciles de evitar por la sola existencia de una ley, pues suponen, antes que nada, una determinada opción de la persona. Por lo mismo, resulta muy complejo establecer sanciones que efectivamente obliguen a los individuos a actuar de un determinado modo cuando se trata de esta esfera de su comportamiento; b) Se trata de deberes recíprocos, es decir que los tienen tanto el marido respecto de la mujer como viceversa.
El matrimonio hace surgir también derechos y deberes entre padres e hijos. La ley 19.585 de 1998 igualó la situación juridica de los hijos nacidos dentro y fuera de matrimonio (cuando en este último caso han sido reconocidos por su padre, madre o por ambos), por lo que los derechos y deberes corresponden a ambos casos. De ahi que, aunque insertos en el estudio de los efectos del matrimonio, se hará referencia a la situación de los hijos nacidos fuera del matrimonio, a fin de obtener desde ya el panorama general de esta materia en relación al Derecho.
Derechos y deberes de los hijos respecto de los padres: Los hijos nenen los deb~res de respeto y obediencia y de cuidado de ambos padres.. Ademas, tienen el deber de cuidadó respecto de todos los ascendientes sm distinción (ejemplo, los abuelos). i.
Deber de respeto y obediencia a los padres: el artículo 222 del C. C. establece que "los hijos deben respeto y obediencia a sus padres" (inc. 1°).
ii.
Deber de cuid~do: lo consagra el artículo 223: ''Aunque la emanC!pacron confiera al hijo el derecho a obrar mdependientemente, queda siempre obligado a cuidar de los padres en su ancianidad, en el estado de demencia, y en toda~ _la:, o:cunstanoas de la vida en que necesitaren sus auxilios (me. ¡o). El inciso 2o agrega que: ''Tienen derecho al _mis~o socorro todos los demás ascendientes, en caso de mexrstencia o de insuficiencia de los inmediatos descendientes".
b. Derechos y deberes entre padres e hijos: la filiación
Carmen Dominguez Hidalgo
Concepto y clases de filiación
1.
Derechos y deberes entre los cónyuges
/
Dedrrechos y deberes de los padres respecto de los hijos: Los pa es tienen · . enanza . 1os deberes de i) cuidado, ü) educac1on, . .. y socorro lll) corrección y iv) de mantener una relación directa y regular con sus hijos.
Como consid';'"ación inicial, debe resaltarse que el Cócligo Civil establece una n~rma de caracter general, según la cual el principio que ha de informar las re acrones entre padres e hijos es "el interés superior del hijo" tal coi:nó lo recoge su art.222 mc:2 al clisponer que "La preocupación fundamental de los padres es elmteres superior del hijo, para lo cual procuraran . su mayor
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CAPÍTULO 2:
realización espiritual y material posible, y lo guiarán en el ejercicio de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana de modo conforme a la evolución de sus facultades".
Deber de cuidado: significa que el cuidado del hijo corresponde a los padres, esto es a ambos si ellos están casados o si ambos lo han reconocido como hijo. Si los padres viven separados (por divorcio, nulidad o separación de hecho), la ley establece que, en primer lugar, el cuidado puede corresponder al padre si así lo han acordado ambos. A falta de acuerdo, el cuidado de los hijos corresponde a la madre (art.225 C.C.) No obstante, ese cuidado puede serle concedido por el juez al padre "cuando el interés del hijo lo haga indispensable, sea por
Causales de término del matrimonio El matrimonio al igual que todo vinculo jurídico, puede terminar por la muerte de uno de los cónyuges, sea ésta natural 0 presunta (art.42 no1 y 2 LMC~, entendiéndose por muerte presunta, aquella que ha sido declarada Judicialmente por haber desaparecido la persona, sin que existan noticias de ellas y ~oncurriendo los demás requisitos que establece la ley en los art.80 a 94 c. c. .
maltrato, descuido u otra causa calificada". 11.
11L
iv.
A esta causal de terminación se agrega, en razón dél art.42 n°3 LMC la sentencia judicial que declara la nulidad del matrimonio. '
Deber de educación crianza y socorro: el art. 236 del C.C. establece el derecho y el deber general de los padres de educar a sus hijos "orientándolos hacia su pleno desarrollo en las distintas etapas de su vida". Según resulta de los arts. 224 y 236, este deber corresponde a ambos padres de común acuerdo. En caso de fallecimiento de uno de ellos o en el caso de los hijos reconocidos sólo por uno de los progenitores, le corresponde este deber al que ha sobrevivido o le ha reconocido.
Estas dos causales eran hasta la reforma introducida a la Ley de Matrimonio C1vil el 2004, las únicas causales de terminación del matrimonio, dado que en Chile, el matrlmoruo era mdisoluble, lo que jurídicamente significaba que no po:na ponérsele término por el acuerdo de los cónyuges ni menos por la dec1s1on de uno de ellos. La legislación reconocía esa característica esencial del vinculo matrimonial que lo distingue de cualquier otro. Este panorama cambió radicalmente con la entrada en vigencia de la citada ley, desde que, a las causales ya refendas, se agregó el divorcio. De ello resulta que el matrunoruo puede termmar ahora también por divorcio vincular es decir por la sentencia judicial que declara el divorcio y que una vez pro~unciada' extingue el vinculo conyugal '
Derecho de corrección: el derecho de corrección debe ejercerse "cuidando que ello no menoscabe su salud ni desarrollo personal" y, para el caso en que se produjese menoscabo o se temiese fundadamente que ello ocurra, concede una acción -que puede ser ejercida por cualquier persona- para solicitar al juez que decrete las medidas de seguridad que estime pertinentes para evitar ello sin perjuicio de las sanciones que procedan. En caso de ausencia, inhabilidad o muerte de ambos padres, ese derecho pasa a quien le corresponda el cuidado personal del hijo (art.235 C.C) Derecho y deber de mantener una relación directa y regular: este es un deber que existe respecto del padre o madre que no tenga el cuidado personal del hijo. Es, por tanto, una contrapartida a su derecho a mantener esa relación, que es la nueva fórmula que el legislador emplea para referirse al derecho de visitas. Se trata entonces del deber de mantener con el hijo una relación directa y regular, la que según
/ Carmen Dominguez HidalgQ
lo dispuesto en el art.229 C.C, debe ejercerse con la frecuencia y libertad acordada con quien lo tiene a su cargo, o en su defecto con la que el juez estime conveniente para el hijo. El derecho en cue~tión ruede ser suspendido o restringido por el tribunal cuando su ejercicio ma~fiestamente perJudique el bienestar del hijo", resolución que tendra que fundamentar (art.229 C. C.)
Esta es, desde luego, una recepción directa en nuestro ordenamiento jurídico del art. 3 de la Convención de los Derechos del Niño aprobada por Naciones Unidas en 1989 y ratificada por nuestro país en 1990. 1.
LEGISUCIÓN Y fA.\{!LlA
De este modo, como puede concluirse, el matrimonio puede terminar por distmtas causas que obedecen a distintos fundamentos. En unas como la muerte, por el simple efecto de lo que somos, seres humanos. En o :ras como en la nulidad, por existir en el vinculo matrimonial defectos de for~ación que impiden reconocerle como tal, válidamente. Por último en otras como en el divorcio, por la decisión conjunta o unilateral o aún de~encaden~da por la culpa de uno de los cónyuges.
3
LMC es la abreviatw:a de Ley de Matrimonio Civil. C. C. es la abreviatura de Código Civil.
CAPÍTULO 2:
a.
La nulidad matrimonial (arts.44 y ss. LMC) La nulidad es una sanción que la ley determina cuando el matrimonio ha sido celebrado sin cumplir con los requisitos legales establecidos. Al ser declarada por sentencia judicial, el matrimonio se entiende como si nunca se hubiese celebrado. La nulidad procede cuando el matrimonio celebrado está afectado por alguno de los vicios que la ley indica en los arts. 44 y 45 LMC: a) Cuando uno de los contrayentes tiene alguna de las incapacidades establecidas en los arts. 5 LMC (encontrarse ya casado con otro, ser menor de 16 años, ser demente o encontrarse, en general, privado de razón, etc.), art. 6 LMC (por tener un grado de parentesco con el otro que le impide casarse con él), art. 7 LMC (por querer casarse con quien participó en la forma que indica la ley en el homicidio del marido o mujer) y b) Cuando el consentimiento, esto es el mutuo acuerdo, no fue emitido de modo libre y espontáneo, sino que se encontraba afectado de error acerca de la identidad de la persona del otro contrayente o error acerca de alguna de las cualidades personales del otro que fue determinante para contraer matrhnonio, etc.
Para que la nulidad se produzca se requiere de la tramitación de un juicio que puede ser iniciado por la demanda de cualquiera de los presuntos cónyuges con las excepciones que el art.46 LMC establece. Sólo cuando esa nulidad haya sido declarada por la sentencia judicial que ponga término a ese juicio ella produce sus efectos: El matrimonio se entiende como si nunca se hubiese realizado y, por ello, los "presuntos cónyuges", que es la expresión con
que se refiere el legislador a los que celebraron inicialmente el matrimonio, tienen que ser puestos en la situación que se encontraban antes de él. Jurídicamente se entiende que la nulidad produce efectos retroactivos, esto es opera hacia el pasado. Por lo mismo, ellos pasan a ser solteros y, si habían adquirido bienes durante el presunto matrimonio, ellos deben ser repartidos entre ambos. La filiación de los hijos nacidos durante él no sufre variación alguna, esto es ellos siguen siendo hijos de filiación determinada matrimonial. Por último, si uno de los cónyüges se dedicó al cuidado de los hijos o del hogar común, total o parcialmente, tiene derecho a demandarle al otro una compensación económica.
b.
LEGISLACióN Y FA.\tlLIA /
Carmen Dominguez Hidalgo
La rupmra matrimonial
El matrimonio es una comunidad de vida y amor que, para mantenerse y crecer, requiere del esfuerzo permanente de ambos cónyuges. Lamentablemente, en ocasiones, ese espíritu está ausente en uno o en
ambos, generando graves problemas de convivencia familiar. El amor prometido y el compromiso asumido con el otro se ven gravemente perturbados en términos que se produce abandono físico o afectivo, infidelidades, etc. Esas situaciones de profundo dolor para los cónyuges y, con ello, para sus hijos y sus familias no han podido permanecer indiferentes para el Derecho. Detrás de un conflicto matrimonial hay muchas veces situaciones de abandono material del cónyuge y de los hijos, problemas serios de subsistencia para ellos, maltrato, etc. Todo ello fuerza a establecer en la ley vías que permitan dar solución a esos problemas. Hasta antes de la reforma introducida a la Ley de Matrimonio Civil, esas soluciones pasaban por permitir libremente acuerdos entre los cónyuges en las materias de conflicto (alimentos, visitas, régimen de bienes, etc.) o establecer procedimientos judiciales que permitiesen llegar a los mismos cuando el acuerdo se hacia imposible. En caso de no ser posible la convivencia entre ambos, se regulaba el divorcio no vincular, es decir, se permitia obtener la autorización judicial para la separación de cuerpos lo que importaba una suspensión del deber de cohabitar y de hacer vida común. Ese divorcio no vincular, como su nombre lo anunciaba, no extingula el vinculo matrimonial y, por ende, los cónyuges segulan casados. No existía forma legal de extinguir ese vinculo, pues el matrimonio se entendia indisoluble, como la propia definición del art.l 02 C. C. establece, contraído "indisolublemente, y por toda la vida''. La situación actual es radicalmente distinta. La ley establece dos formas de enfrentar la ruptura matrimonial: a) Mediante la separación de hecho o judicial; b) Mediante el divorcio vincular. La separación equivale al antiguo divorcio no vincular en cuanto importa una separación de cuerpos, aunque con ciertas variaciones que precisaremos más adelante.
La introducción del divorcio vincular que fue la verdadera reforma que se introdujo a la regulación del matrimonío en Chile, es una autorización legal para poner término a un matrimonío perfectamente válido. Se trata de una grave alteración de la importancia asignada por el legislador al matrimonío, dado que ántes éste ieriía un estatuto protector que le diferenciaba de todo otro contrato, precisamente por su trascendencia
para sus miembros y para la familia que se funda en él. Esa protección
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era concedida a ambos cónyuges, en el sentido de que cada uno de ellos podía contar, desde el momento en que contraían matrimonio, con el amparo permanente de su calidad de cónyuge en la ley, es decir, con la certeza que ese vínculo, en la medida de que fuese plenamente válido, no podría ser disuelto y, de ese modo, todos los beneficios que derivan de su calidad de cónyuge perderse: alimentos, calidad de heredero, beneficios provisionales, etc. I.
CAPÍTULO 2: LEGlSLI.CIÓN Y l'AMlL!A /
l
Respecto de la situación de los cónyuges: 1) Genera la calidad de separados; 2) Cesan los deberes de cohabitar y de fidelidad; 3) Subsisten todos los demás derechos y obligaciones personales que existen entre los cónyuges. En especial, subsiste el deber de socorro, en términos que los cónyuges siguen debiéndose alimentos; 4) Si estaban casados en régimen de sociedad conyugal o de participación en los gananciales, estos terminan y pasan a estar casados en separación de bienes; S) Si la separación judicial fue concedida por incumplimiento de alguno de los deberes que impone el matrimonio, el cónyuge que incurrió en esa conducta y, por ende, dio lugar a la separación judicial, pierde el derecho de ser heredero del otro (art.35 LMC y 994 del c.q
La separación de hecho y judicial Ante la separación de los cónyuges, la ley distingue entre la separación de hecho y la separación judicial, diferencia que se hace según si existe o no sentencia judicial que haya autorizado la separación: a.
b.
La separación de hecho: es aquella que no está regulada legalmente, por lo mismo, parece contradictorio que la ley se refiera a su regulación. En verdad, no existe propiamente una regulación sino que el art.21 LMC simplemente se limita a reconocer a los cónyuges la facultad de regular de común acuerdo las distintas materias que la separación implica, tanto en su relación, como respecto a los hijos: alimentos, visitas, liquidación de la sociedad conyugal o cálculo del crédito de gananciales, en su caso.
Respecto de la situación de los hijos, la separaaon no produce ningún efecto respecto de los hijos nacidos en el matrimonio, no altera su filiación, lo que es obvio ni los deberes y responsabilidades de los padres separados respecto de sus hijos (disposición expresa del art.36 LMC). Lo mismo cabe afirmar respecto de los mismos tras el divorcio o la nulidad. En verdad, ello demuestra que la protección de los hijos, desde un punto de vista jurídico, no depende de la situación matrimonial en que se encuentren sus padres, porque la calidad de estos últimos es independiente y autónoma de la de cónyuge.
La separación judicial (art.26 y ss. LMC): se entiende por ella "la situación en la que, subsistiendo el vinculo matrimonial, se produce una cesación de la vida en común". La separación de cuerpos que antes se reconocía
en el divorcio no vincular que nuestra legislación regulaba, ha sido sustituida por la separación judicial. La separación judicial procede básicamente por: i.
u.
Comportamientos de uno de los cónyuges que supongan infracción grave a alguno de los deberes del matrimonio o para con los hijos y que hagan intolerable la vida en común (art.26); Cese efectivo de la convivencia (art.27), causal que comprende el abandono del hogar común.
Entre las consecuencias jutidicas que produce la separación judicial deben distinguirse aquellas respecto de la situación de los cónyuges y aquellas respecto de la situación de los hijos.
Carmen Dominguez Hidalgo
II.
El divorcio vincular (arts. 53 y ss. LMC) La ley permite la disolución del vínculo por vía del divorcio resuelto por sentencia judicial. El divorcio se distingue claramente de la separación judicial, pues en este último caso, el matrimonio no termina sino que sólo se suspenden los deberes de cohabitar y de fidelidad del matrimonio. La disolución del vínculo se autoriza a través de una sentencia judicial que así lo establezca por haberse incurrido en alguna de las causales:
i.
Causales de divorcio que se basan en el cese de la convivencia entre los cónyuges: art.SS: 1) Por haber transcurrido más de un año de cese de la convivencia y ambos cónyuges lo solicitan de común acuerdo; 2) Por haber transcurrido más
CAPÍTULO 2;
El divorcio pone fin a todas las obligaciones y derechos de carácter patrimonial cuya titularidad y ejercicio se "funda en la existencia del matrimonio"
(art.60 LMC). Todo ello sin perjuicio de las obligaciones que los propios cónyuges acuerden o el juez disponga en el proceso. Esto sigrúfica que los cónyuges dejan de deberse alimentos entre sí, dejan de ser herederos entre sí y cesan todos los beneficios
Causal de divorcio pot culpa: incumplimiento grave de los deberes y obligaciones del matrimonio respecto de los cónyuges o de los deberes y obligaciones que los padres tienen para con los hijos que haga intolerable la vida en común. Entre ellos, conductas tales como atentado contra la
provisionales, es decir, en términos -más generales,
vida o integridad física o psíquica del otro cónyuge, conducta homosexual, alcoholismo o drogadicción, etc. (art 54 LMC).
toda la protección que la condición de cónyuge le daba a una persona desaparece.
En sintesis, la ley reconoce tres tipos de divorcio vincular: a) Por culpa: causales art.54 LMC; b) Mutuo consentimiento: art.55 LMC y e) Por repudio unilateral: art.55.inc.3. LMC. Nuestra legislación ha admitido entonces todos los posibles tipos de divorcio, en especial el unilateral, que supone el reconocimiento que se hace de la facultad que tiene uno de los cónyuges para imponerle al otro el término del matrimonio, sin que tenga que fundamentar su decisión. Basta con el transcurso del tiempo que la ley exige para que aquél que quiere poner término al mismo pueda hacerlo. Se trata de una de las reformas de mayores efectos para el cónyuge más débil. En Chile, normalmente una mujer dependiente económicamente de su marido, salvo por la posibilidad de obtener una compensación económica, pierde todos los derechos que terúa en su calidad de cónyuge y, con ello, su poder de negociación ante la decisión unilateral del marido.
El divorcio pone término al régimen de bienes que existiere entre los cónyuges, esto es, termina la sociedad conyugal (art.1764. C.C.) o, en su caso, la participación en los gananciales (art. 1792-27 n°3 C. C.). Si estaban casados en régimen de separación de bienes, dado que éste supone que cada uno admirústraba sus bienes de modo independiente, nada hay que distribuir. El cónyuge que nada tiene, nada recibe tampoco.
b.
El divorcio puede ser demandado por cualquiera de los cónyuges, salvo cuando se trate de divorcio por culpa (art.54 LMC) en que sólo puede hacerlo el que no hubiere dado lugar al mismo. Las consecuencias juridicas del divorcio pueden agruparse en aquellas relacionadas con la situación entre los cónyuges y aquellas relacionadas con la situación respecto de los hijos: a.
Los efectos del divorcio respecto de los cónyuges son: Los cónyuges adquieren el estado civil de divorciados y pueden volver a contraer nuevo matrimonio. Todo ello, en conformidad al art. 59 LMC, una vez que se firme la sentencia judicial que da lugar al divorcio
Carmen Dominguez Hidalgo
y ella sea subinscrita al margen de la respectiva inscripción matrimonial.
de tres años desde que se puso cese a la convivencia por parte de uno de los cónyuges; salvo que el demandante, durante su cese no haya dado cumplimiento a su obligación de alimentos respecto del cónyuge y de los hijos comunes, pudiendo hacerlo (art.55 LMC). ü.
LEGlSL\ClÓN Y FAMILIA /
Los efectos del divorcio respecto de los hijos: el divorcio, al igual que la separación, en nada afecta la situación de los hijos quienes siguen teniendo los mismos derechos y deberes respecto de sus padres. Nuevamente, esto es así porque el vínculo filiativo entre padres e hijos es autónomo al que existe entre los padres. Todo ello, por cierto, desde el punto de vista juridico.
Los alimentos La crisis o aún ruptura matrimonial produce, en muchas ocasiones, una situación de desamparo económico de uno de los cónyuges o de los hijos, en términos que ellos carecen de los medios necesarios para poder subsistir. Se trata de un problema urgente al que tampoco ha podido permanecer indiferente la ley; como es evidente. Por lo mismo, existen desde siempre reglas destinadas a permitir la obtención por parte de ellos de los que se denominan alimentos.
CAPÍTULO 2: LEGISLACIÓN
alimentación, educación, salud, locomoción y, más en general, a las necesidades
de la vida. Comprende todo lo necesario para que los hijos puedan subsistir modestamente de acuerdo a su posición social (art.323 inc.1 C. C.) La regulación de los alimentos está en los arts. 321 y ss. del Código Civil. Para los alimentos que proceden respecto de menores de edad, esa legislación debe ser complementada por el DFL n°1 de 2000 que refundió las distintas reformas habidas a la Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.
Es muy importante tener presente que, en conformidad al art. 2 DFL n°1, al hacer la demanda, si no se conoce el domicilio del demandado (particular o del trabajo), se podrá omitir la indicación de éste e igualmente será admitida la demanda en el tribunal. Además, en este caso o, cuando el demandado no se encuentra en el domicilio señalado en la demanda, el Juez de Familia deberá adoptar todas las medidas necesarías para determinar, en el más breve plazo, su domicilio actual.
Quiénes tienen derecho a alimentos: El art. 321 C. C. establece quiénes son los que tienen derecho a los alimentos: a) El cónyuge; b) Los descendientes, esto es, los hijos o los nietos; e) Los ascendientes, esto es, los padres y los abuelos; d) Los hermanos y e) El que hizo una donación cuantiosa a otros tiene derecho a que éste último le proporcione alimentos en caso de necesidad.
En los juicios que se solicite alimentos para los hijos menores del demandado, siempre que exista fundamento plausible del derecho que se reclama, el juez deberá decretar los alimentos provisorios que correspondan (alimentos que se conceden mientras dura el juicio), una vez transcurridos 1O días desde la notificación de la demanda.
En el caso de los menores de edad, la madre puede interponer la demanda en representación de los hijos, también pedirlo, la madre embarazada en favor del hijo que está por nacer (art.2 Ley 19.947 de 2004) o la persona que tenga los hijos bajo su cuidado. Si se trata de mayores de edad, deben hacerlo ellos mismos. Tratándose de los hijos y los hermanos, según lo disponen los arts. 321 inc. 2 y 332 C. C., ellos tienen derecho a una pensión de alimentos hasta que cumplan 21 años. Sin perjuicio de lo anterior, los hijos que estén estudiando una profesión u oficio tendrán derecho a recibir esta pensión hasta los 28 años. Además, tienen derecho a recibir alimentos sin limite de edad, aquellos hijos afectados por una incapacidad física o mental u otra circunstancia calificada que el juez considere que les impide mantenerse por sí mismos.
b.
FA.MrLIA / Carmen 01Jmí¡:guez Hidalgo
De este modo, si no existe acuerdo alguno, los alimentos pueden exigirse a través de una demanda de alimentos. Esta demanda deberá presentarse ante el juez de familia del domicilio del alimentante (demandado) o del alimentario (demandante) a elección de éste último (art. 124 de la Ley n° 19.968 de 2004 de Tribunales de Familia). Si se demanda el divorcio, la separación judicial o la nulidad del matrimonio, en cualquiera de esos juicios puede pedirse también la regulación de los alimentos (art. 89 LMC). Si se trata de divorcio o separación judicial de común acuerdo, el acuerdo que los cónyuges deben presentar al tribunal debe comprender la regulación de este aspecto.
La expres10n alimentos, desde un punto de vista jurídico, comprende la prestación que el alimentante (quien debe pagar los alimentos) debe dar al alimentario (quien los recibe) para poder cubrir sus necesidades de
a.
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Se entenderá que existe fundamento plausible, cuando se haya acreditado el parentesco entre el padre y los hijos (por certificado de nacimiento y1o matrimonio) y el padre no tenga una manifiesta incapacidad para dar los alimentos (p.ej. esté postrado en cama o en estado de salud grave que le impida trabajar), lo que deberá acreditar dentro de los 10 días contados desde la notificación de la demanda.
En caso que el alimentante no pague la pensión de alimentos o su monto sea insuficiente para solventar las necesidades del hijo, como la ley señala que tienen este deber los "ascendientes" sin distinción, se puede demandar a los abuelos del niño o niña, sin importar si sus padres están o no casados.
Linútes de la pensión de alimentos (monto mínimo y máximo): si se demanda pensión de alimentos para un solo hijo menor de 18 años, el monto de la pensión alimenticia no podrá ser inferior al 40% del ingreso mínimo remuneracional del padre; si, en cambio, se solicita para dos o más hijos menores de 18 años, ésta no podrá ser inferior al 30% del ingreso mínimo remuneracional del padre, por cada uno de ellos.
Vías de fijación de los alimentos: los alimentos puede ser acordados entre los cónyuges y entre los padres, en cualquier tiempo cuando están separados de hecho; no así en el caso de separación judicial, divorcio o nulidad, que deben ser fijados a través de sentencia judicial.
No .obstante lo anterior, el Juez de Familia podrá fijar una pensión de alimentos inferior sólo cuando el padre hubiere probado carecer de los recursos suficientes para el pago del monto mínimo de la pensión de alimentos.
c.
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CAPÍTULO 2: LEGISLACIÓN Y FAMILIA /
Las visitas
Por otra parte, el tribunal no puede fijar una pensión de alimentos que exceda del 50% de las rentas del alimentante, sea que ellos vayan para menores de edad o no. Para el cálculo de las rentas del alimentante, no se considerarán las asignaciones por carga de
Por último, otro problema frecuente que afecta a la familia en caso de crisis matrimonial, debido a la separación de los cónyuges o abandono de uno de ellos, es la pérdida de la vida cotidiana y familiar en el mismo hogar de los hijos con alguno de los padres. Como existe el derecho-deber de los padres de mantener una relación regular y estable con sus hijos, más generalmente conocido como derecho de visitas, es que, en estos casos, debe regularse el
familia. d.
e.
Modalidades de pago de la pensión de alimentos: el monto de los alimentos decretados por el tribunal podrá adoptar var1adas modalidades de pago: una suma fija de. dinero reajustada semestralmente conforme a la variación del Indice de PreCios al Consumidor (IPC), un porcentaje de las rentas del alimentante, un número de ingresos mínimos remuneracionales o no remuneracionales, intereses de un capital, retención de r~ntas de arrendamiento e, incluso, la imputación total o parc1al a un derecbo de uso, habitación o usufructo sobre bienes del alimentante. Formas de asegurar el pago de la pensión de alimentos:_ para asegurar el cumplimiento de la obligación alimenticia, el legislador se ha preocupado de establecer diferentes mecarusmos destinados a salvaguardar el pago integro y oportuno de las pensiones alimenticias por él decretadas. Así, el tribunal puede, en casos calificados, ordenar al alimentante la constitución de una prenda, hipoteca, o de cualquier otra forma de caución garantía que permita asegurar el cumplimiento de la obligación alimenticia.
f.
Sanciones para el no pago de la pensión de alimentos: si el padre no paga la pensión de alimentos, el tribunal de familia puede adoptar alguna de las siguientes medidas: a) Arresto nocturno del padre hasta por 15 días; b) Arresto, duranteel día y la noche, ~asta por 15 días; e) Si el incumplimiento se rep1te, el padre podr_a s_er arrestado hasta por 30 días; d) Arraigo, es declt, la prohiblClon de salir del pais, mientras el padre no diere cumplimiento a su obligación alimenticia; e) Ordenar la retención de la pens!Ó~ alimenticia por el empleador del alimentante, el que debera pagarla directamente a los hijos o a quien los represente Y f) Ordenar que la persona que convive con el padre contr!buya al pago de la pensión alimenticia.
Carmen Dominguez Hidalgo
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modo en que ese contacto se mantendrá mientras subsista esa situación.
Siguiendo este principio es que el art. 229 C. C. establece que el padre o madre que no tenga el cuidado personal del hijo no será privado de ese derecho, el que podrá ejercer con la frecuencia y libertad que se acuerde con el otro progenitor o que se fije por el juez a falta de acuerdo. El juez competente para ello es el de familia quien es libre para fijar la frecuencia y condiciones con que esa relación se seguirá desarrollando, en función del interés del hijo. Si existe un juicio de divorcio, separación judicial, o de nulidad de matrimonio, el tribunal que está a cargo de los mismos, es competente para conocer de esa regulación. En otros términos, la petición de regular esa relación con el hijo puede hacerse en ese mismo juicio. Si se trata de divorcio o separación judicial de común acuerdo, el acuerdo que los cónyuges deben presentar al tribunal, debe comprender la regulación de este aspecto.
VIOLENCIA INTRAFAMIUAR O DOMÉSTICA
La violencia dentro de la especie humana es uno de los problemas más complejos y graves que el mundo ha debido enfrentar. La historia nos demuestra que ella ha existido entre los diferentes paises y grupos étnicos, llegando incluso a ámbitos antes impensados. Por lo mismo, una de las mayores preocupaciones de nuestra sociedad en las últimas décadas, se ha centrado en las diversas manifestaciones de violencia ciudadana. De hecho, el anhelo por una mayor seguridad ciudadana se ha convertido en uno de los reclamos sociales más insistentes.
La violencia se produce en los distintos ámbitos de la vida incluso en uno privado como el hogar. Esta constatación, unida a una mayor conciencia nacional de la realidad chilena en cuanto al maltrato de menores y de la violencia intrafamiliar, ha determinado varias reformas legislativas en el último tiempo. Así, en 1994 se dictó la Ley n °19.324 conocida como "Ley
CAPÍTULO 2:
de maltrato infantil" que introdujo modificaciones a la Ley N° 16.618 (Ley de menores) en esta materia; y la Ley N° 19.325 5 sobre procedimiento y sanciones relativos a los actos de violencia intrafamiliar. Esta última ha sido recientemente reformada por la Ley No 20066 de 2005 6• Estas normas, si bien han constituido un avance en cuanto a la situación de
desprotección en que se encontraban las víctimas de este tipo de violencia con anterioridad a su dictación, todavía resultan insuficientes. Con todo, ese es el estatuto jurídico del que se dispone actualmente y que debe conocerse, para saber cómo actuar ante las situaciones de violencia al interior de la familia.
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Maltrato infantil: que incluye maltrato físico, emocional, sexual o abandono y negligencia en los cuidados.
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Violencia conyugal: consistente en el uso de medios instrumentales por parte del cónyuge o pareja para intimidar psicológicamente o anular física, intelectual y moralmente a su pareja durante la vida familiar. Actos de violencia física serían por ejemplo, golpes de puño o golpes con objetos, etc., pudiendo llegar hasta el homicidio; de violencia emocional, los insultos, gritos, criticas
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permanentes, amenazas, etc. Ejemplos de violencia sexual son,
por ejemplo, la imposición de realizar actos de indole sexual contra la voluntad del cónyuge. ili.
En términos generales, debe entenderse por violencia intrafamiliar toda relación de abuso que exista entre los miembros de la familia. Se trata de un concepto amplio como resulta de la expresión "toda relación de abuso", que comprende toda conducta, es decir, toda acción u omisión que causa un daño
físico o psíquico a un miembro de la familia.
La ley agrega que también se entiende como violencia cuando la conducta se da entre padres de un hijo común, o recaiga sobre persona menor de edad o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar. De ello resulta que: a.
Esta ley protege los atentados que se producen entre los miembros de una familia, entre convivientes o entre los padres de un hijo común. De este modo, lo que regula es la violencia doméstica.
b.
El término violencia intrafamiliar, al aludir a todo maltrato, cubre las siguientes situaciones:
Desde ese año hasta hoy ha sufrido algunas modificaciones, a través de la Ley N° 19.693, publicada en el Diario Oficial de 28 d~- septiembre de 2000 la Ley· No ·19.806 de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de mayo de 2002.
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Ley n° 20066 de 27 de octubre de 2005.
FA.L\fiLIA 1 Carmen Dominguez Hidalgo
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Concepto de violencia intrafamiliar
La propia Ley 20066 relativa a la materia, al precisar esta noción, opta por esa misma amplitud. Así, en su art. 5° dispone que: "se entenderá por acto de violencia intrafamiliar, todo maltrato que afecte la vida o integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él, o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente".
LEGISLACióN Y
Maltrato al adulto mayor: comprende abuso físico, psicológico o emocional, abuso financiero o explotación, como, por ejemplo, retención o apropiación de bienes a través de engaños o hurtos, realización de actos destinados a obligar al adulto mayor a vender sus propiedades, a alterar su testamento u obligarlo a delegar a la fuerza al manejo de sus bienes. Puede tratarse también de abuso sexual, abuso en la medicamentación y prescripción en los adultos mayores, incluida la retención de medicamentos o la sobremedicamentación. También se incluye el abandono activo o pasivo, por ejemplo, negarse al cuidado de las necesidades básicas del adulto mayor. En conformidad a la ley, no sólo resulta protegido el adulto mayor, sino que todo ascendiente del ofensor en edad adulta.
c.
Personas protegidas por la ley: las personas protegidas por la ley son el cónyuge, las personas menores edad, las personas discapacitadas, el conviviente y el hijo común de padres que no están casados.
d.
Tribunal competente para conocer de las causas por violencia intrafamiliar: el conocimiento de cualquier acto de violenciaintrafamiliar corresponde al Juez de Familia dentro de cuyo territorio jurisdiccional se encuentre el hogar donde vive el afectado, con el procedimiento propio establecido para los Tribunales de Familia (Arts. 81 y ss.) Además, si el tribunal estima que el hecho que da lugar a la denuncia o demanda puede ser constitutivo de delito criminal, debe enviar de inmediato los antecedentes al Ministerio Público para que inicie la investigación que correspondiere. En todo caso, en cualquier tribunal que ejerza jurisdicción en materia de familia, el fiscal o juez de garantía, que tome conocimiento de la demanda o denuncia, deberá adoptar medidas cautelares para proteger a la víctima.
CAPÍTULO 2;
LOS TRIBUNALES DE
FAMIUA:
MARCO GENERAL
Los tribunales de familia, establecidos por la Ley n° 19.968 de 2004, existen alo largo de todo el pais. Su creación se debió a la necesidad de concentrar en una jurisdicción única y especializada los asuntos de familia; promover soluciones pacificas y consensuadas a las personas en conflicto y otorgar mayor rapidez y eficiencia a la justicia de familia. A ellos corresponde, en general, de modo exclusivo, el conocimiento y resolución de todos los litigios que encuentran su origen en las relaciones de familia. En otros términos, todos los conflictos con relevancia juridica que se originen en el incumplimiento de los deberes que la ley establece entre los miembros de la familia son de competencia de estos Tribunales. Especialmente son competencia de los Tribunales de Familia las materias relativas a: Adopción. Autorización de salida de menores del pais. Autorizaciones judiciales a propósito de la sociedad conyugal. Bienes familiares: solicitudes para asegurar que la casa donde reside la familia no pueda ser vendida, hipotecada u otro, por el cónyuge dueño sin la autorización del otro.
LEGISLACIÓN Y FAMILIA /
Carmen Dominguez Hidalga
Nulidad del matrimonio. Patria potestad: los derechos y deberes que el padre y1o la madre tienen sobre los bienes de sus hijos menores de edad. Pensión de alimentos. Separación de bienes en el matrimonio y separación judicial del matrimonio. Violencia intrafamiliar. Estos tribunales son de primera instancia, esto es, que sus resoluciones constituyen el primer grado de decisión de un juicio, pero ellas pueden ser apeladas para que sean revisadas por la Corte de Apelaciones respectiva. Contra la decisión de la Corte de Apelaciones puede recurrirse -en los casos y por las vias que la ley establece- ante la Corte Suprema que las decide en definitiva.
Para poder comparecer ante estos Tribunales se exige, por regla general, hacerlo mediante el patrocinio de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y representado por una persona legalmente habilitada para obrar en juicio (Art.18 Ley 19.968).
Declaraciones de interdicción cuando una persona está incapacitada de administrar sus bienes.
Sólo excepcionalmente puede concurrirse sin ese patrocinio y representación: a) Cuando el juez, en caso necesario y por motivos fundados, exceptúa expresamente a la persona para que éste no sufra menoscabo en sus derechos y b) En ciertos procedimientos como los relativos a violencia intrafamiliar, medidas de protección a favor de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Derecho y deber de mantener una relación directa y regular con los hijos (visitas).
Existen 3 tipos de procedimientos, uno ordinario y dos especiales, el de aplicación de medidas de protección y el de violencia intrafamiliar.
Divorcio.
El procedimiento ordinario ante los Tribunales de Familia se aplica en todos los casos en que la ley no establece un procedimiento especial. Se inicia mediante la demanda presentada por una persona en contra de otra. Esa demanda debe ser notificada -puesta en conocimiento- a la otra y con ello se inicia el procedimiento que consiste en dos audiencias principales (audiencia preparatoria y audiencia de juicio) y la dictación de la sentencia definitiva, que se verifica inmediatamente finalizada la audiencia de juicio. Las audiencias se caracterizan por ser orales y siempre con la presencia del juez y las partes.
Cuidado personal (o tuición) de los hijos.
Filiación o determinación de paternidad o maternidad. Guardas: solicitud que se hace al juez para que defina quién se hará cargo del cuidado y1o de los bienes de un niño o niña menor de 18 años, cuando sus padres han muerto o no están en condiciones de hacerse cargo de ellos. Hechos punibles o faltas imputables a menores de edad. Maltrato de niños o niñas. Medidas de protección de niños, niñas y adolescentes en estado de vuJneración de derechos, esto es, casos de maltrato, abuso, o abandono, entre otros.
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Por excepción, en el caso de ciertas materias se exige la mediación previa u obligatoria. Así sucede en las causas de alimentos, cuidado personal y las relativas al derecho de los padres e hijos que vivan separados a mantener una relación directa y regular (antiguo derecho de visitas).
CAPÍTULO 2:
Recomendaciones para los profesionales de la salud frente a las problemáticas relacionadas con las causas relativas a menores u otros integrantes de la familia.
Se distinguen diversas situaciones relacionadas con estas materias: a.
Medidas de protección en caso de vulneración de derechos de
competencia de tribun
ii.
ili.
iv.
Los tribunales de familia tendrán competencia para conocer sobre medidas de protección tendientes a la protección de los derechos de los niños cuando estos se encontraren amenazados o vulnerados. Esta intervención es indispensable para separar al menor de uno o ambos padres o de quienes lo tengan legalmente bajo su cuidado. (Artículo 68 Ley N°19.968)
b.
Si el profesional de la salud toma conocimiento de otro tipo de situaciones que no impliquen directamente una certeza de vulneración de derechos sino una mera sospecha de conductas negligentes o de entornos familiares conflictivos, no le asiste obligación legal de denunciar, pero en desempeño de su labor preventiva puede orientar a los involucrados acerca de las formas c!e prevenir situaciones más complejas. Cobra relevancia la derivación a las trabajadoras sociales del establecimiento, o de los municipios, o directamente a oficinas de la Corporación de Asistencia Judicial del domicilio de los involucrados.
Y FAMILL\ /
C:tr'IIJen
Dom!ngnez Hidalgo
Denuncias por presuntos abusos sexuales o delitos contra la vida o la
integridad física de los menores Las últimas modificaciones legales han determinado que, en la práctica, tanto organismos como personas individuales, estén obligadas a denunciar el abuso sexual contra menores si es que se llegan a enterar. De lo contrario, podtían ser procesados como cómplices de dicho delito. Específicamente, en el caso de la salud, las reglas penales vigentes establecen que: i.
El procedimiento en estos casos se inicia a requerimiento de los niños, padres, o personas que lo tengan bajo su cuidado, o de los profesores o director de establecimiento educacional al que asista, de los profesionales de la salud que trabajen en los servicios en que se atienda, del SENAME o de cualquier persona que tenga interés en ello. (Artículo 70 Ley N°19. 968) El requerimiento presentado por cualquiera de las personas señaladas no necesitará cumplir formalidad alguna, bastando la sola petición de protección para iniciar el procedimiento. En este caso, los profesionales de la salud de un establecimiento o centro de salud deberán seguir las propias normas de procedimiento establecidas en sus protocolos internos si se trata de una institución pública o, en caso de una institución de salud privada, de acuerdo con los criterios institucionales establecidos por la jerarquia, evitando realizar directamente la solicitud al tribunal de familia correspondiente.
LEGISL\C!ÓN
Están obligados a denunciar un posible abuso sexual si existen señales de él -como más en general si existen señales de cualquier otro delito- el siguiente personal de salud: los jefes de establecimientos hospitalarios o de clínicas particulares y, en general, los profesionales en medicina, odontología, quimica, farmacia y de otras ramas relacionadas con la conservación o el restablecimiento de la salud, y los que ejercieren prestaciones auxiliares de ellas (Artículo 175 del Nuevo Código Procesal Penal~. Entre esos delitos se incluyen expresamente los hechos que pudieren constituir violencia intrafamiliar de que tomen conocimiento en razón de sus cargos.
ü.
Efectuada la denuncia por uno de ellos, ese hecho exime al resto de hacerla. La denuncia debe hacerse dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal (Art.176 CPP).
ili.
Si se omite hacer la denuncia puede imponérsele una pena de multa de uno a cinco sueldos vitales (Art. 494 Código Penal) o la señalada en leyes especiales en ciertos casos. Sólo puede liberarse de esa pena aquél que haya omitido hacer la denuncia en razón de que, de hacerla, se veía expuesto él, su cónyuge, su conviviente
o sus ascendientes, descendientes o hermanos a ser perseguidos según la ley penal (Art. 177 CPP). iv.
Además, en el caso de los delitos sexuales, la Ley de Delitos Sexuales 19.617 agrega que si la victima, a causa de su edad o estado mental, no pudiere hacer por sí misma la denuncia, ni tuviere padres, abuelos guardadores o persona encargada de su cuidado, o si teniéndolos, estuvieren imposibilitados o implicados en el delito, la denuncia podrá ser efectuada por los educadores,
En adelante CPP.
CAPÍTULO 2: LEGISL\.ClÓN YFAM.ILIA
médicos u otras personas que tomen conocimiento del hecho en razón de su actividad o podrá procederse de propia iniciativa con el Ministerio Público, quien estará facultado también para deducir las acciones civiles a que se refiere el artículo 370 (alimentos). El procedimiento judicial se verifica ante los juzgados de garantía competente.
/
Carmen Domlnguez Hirh/go
CoNcLusióN El derecho regula a la Familia de forma directa e indirecta. Cuando lo hace de forma directa establece estatutos minimos de relaciones entre los miembros de una familia, precisando los derechos y deberes derivados de las relaciones de familia más comunes, como son el matrimonio y la filiación.
v.
Los hospitales, clínicas y establecimientos de salud semejantes, sean públicos o privados, deben practicar los reconocimientos, exámenes médicos y pruebas biológicas conducentes a acreditar el delito y a identificar a los partícipes en su comisión, debiendo conservar las pruebas y muestras correspondientes. Debe además levantarse acta, en duplicado, del reconocimiento de los exámenes realizados, la que debe ser suscrita por el jefe del establecimiento de los profesionales que los hubieren practicado.
Por tratarse de un estatuto minimo o básico, la complejidad de las relaciones interpersonales familiares excede con mucho las normas que contempla el Derecho de familia y es por eso que el bienestar familiar o la oportuna y definitiva resolución de conflictos no depende sólo de la correcta aplicación de la ley sino del adecuado ejercicio de la soberanía familiar y de un contexto cultural, educacional y valórico de compromiso con la familia suficientemente arraigado en las personas.
vi.
Todas las muestras obtenidas, resultados de análisis y exámenes practicados, deben ser guardados bajo custodia y estricta reserva en la dirección del hospital, clínica o establecimiento de salud, por un período no inferior a un año, para ser remitidos al tribunal
La nueva justicia de familia ha significado un avance en la mejor y más rápida resolución de los conflictos de familia por el principio de especialidad que les caracteriza y es bastante más oportuna en la tutela de derechos vulnerados. Con todo, es una judicatura aún perfectible, que no logra solucionar o prevenir del todo y que debe ser apoyada en la solución del conflicto familiar por las otras disciplinas que se ocupan de la familia.
correspondiente en su caso.
vu.
Los profesionales de la salud que se desempeñen en hospitales, clínicas u otros establecimientos del ramo, al realizar los procedimientos y prestaciones médicas que hubieren sido solicitados, deberán practicar los reconocimientos y exámenes conducentes a acreditar el daño físico o psíquico ocasionado a la víctima, debiendo además conservar las pruebas correspondientes. A estos efectos se levantará acta, en duplicado, del reconocimiento y de los exámenes realizados, la que será suscrita por el jefe del establecimiento o de la respectiva sección y por los profesionales que los hayan practicado. U na copia se entregará a la victima, o a quien la tuviere bajo su cuidado y la otra, así como los resultados de los exámenes practicados, se remitirá al tribunal competente, si lo requiriese. En este punto, se recomienda siempre consultar los propios protocolos de . actuación internos de las instituciones pues, en casos dudosos o
que no resulten efectivos, la intervención estatal a través de las policías y la judicatura es, casi siempre, irreversible y totalmente invasiva del entorno protector de la familia.
Los profesionales de la salud como todos los que de alguna forma trabajan con o para Jos miembros de la familia deben conocer las normas juridicas que regulan las relaciones familiares, no solo para ejercer oportunamente el deber legal de denuncia o de requerimiento de protección ante la justicia, a través de los conductos regulares, sobre todo en casos relativos a vulneración de derechos, sino además porque en el ejercicio de su labor pueden prevenir muchas situaciones familiarmente complejas a través de una adecuada derivación.
Capítulo 3 LA FAMILIA DESDE LA PERSPECTIVA SISTÉMICA Donielo Fuentes Olovorrío
INTRODUCCIÓN
El abordaje sistémico de una familia contempla una mirada global y relacional de los procesos que ocurren en su interior, otorgando al profesional la posibilidad de interactuar con todos sus miembros. Esta aproximación facilita el cambio al interior del sistema familiar e invita al profesional a cambiar de paradigma y a abrirse a la posibilidad de poner en práctica ciertas habilidades necesarias para trabajar con grupos de personas. El presente capítulo tiene como objetivo introducir al lector en la comprensión del abordaje sistémico de una familia. Se revisa el concepto de sistema familiar, sus componentes y características, el origen de la aproximación sistémica y los fundamentos que apoyan su elección en el trabajo con familias.
COMPRENSIÓN SISTÉMICA DE LAS FAMIUAS
Sistema es un conjunto organizado de elementos que interactúan entre sí o son interdependientes, formando un todo complejo, identificable y distinto (Lillienfeld, 1991), que se rige por reglas o principios sobre una materia y que contribuyen a un orden o fin determinado (Gonzáles, 2007). Según la Teoría General de Sistemas, un sistema es un conjunto de elementos en interacción dinámica en que el estado de cada elemento está determinado por el estado de cada uno de los demás que lo configuran. Según esta teoría, se entiende por elementos de un sistema no solo sus componentes fisicos, sino también las funciones que éstos realizan. Bertalanfty describe además, que un sistema es abierto cuando intercambia información con su entorno, hecho por
el cual el sistema es modificado y a la vez modifica su contexto (Bollini, 1994). Desde la perspectiva antes descrita, la familia se define entonces como un sistema, es decir, como Ún co.lljunto organizado e interdependiente de personas en constante interacción, que se regula por reglas y funciones dinámicas que existen entre sí y con el exterior. Es un conjunto que adquiere
CAPÍTULO 3: LA fAMILIA DESDE LA PERSPECTIVA SISTÉMICA /
una identidad propia y diferenciada del entorno, con su propia dinámica interna que autorregula su continuo proceso de cambio (Nlinucbin, 1995). El abordaje sistémico de las familias se desarrolla durante las décadas de 1950 y 1960, período en el cual Bertalanffy formuló sus primeras aproximaciones a la Teoría General de Sistemas (Roizblatt, 2006). Inícialmente surgió con el objetivo de dar una explicación coherente a la organización de fenómenos naturales y los principios que los regían. Sin embargo, en la actualídad se aplica al conocimiento de realídades naturales, ecológicas, medioambientales, sociales, etc., (Espinal, Gimeno, & González, 2005). En el mismo sentido y, para dar explicación a su origen, Lillienfeld (1991) plantea que el abordaje sistémico surge del estudio de los seres vívos, a partir de jerarquías organizadas en níveles, cada una con propiedades emergentes que no se pueden explicar a partir de los componentes del nível inferior y con elementos nuevos que surgen de la interacción entre ellos y no de los componentes indivíduales.
Por muchos años las intervenciones y técnicas de evaluación se centraron exclusivamente en el individuo aíslado de su medio. Sin embargo, la concepción sistémica de familia cambia esta forma de entender los eventos e intenta modificar su organización, transformando la estructura del grupo familiar y en consecuencia, las "posicionesn de sus miembros. Bajo la premisa de que todos los elementos de un ecosistema se influyen mutuamente, al intervenir en una familia de esta forma se obtiene como resultado una modificación de la experiencia de cada indivíduo (Gerzon, 201 O; Gonzáles, 2007; Miller, 1984). El abordaje de la familia, a partir del enfoque sistémico, se basa no tanto en los rasgos indivíduales de personalídad de sus miembros, sino más bien en el conocimiento de la familia, como un todo, como un grupo con una identidad propia y escenario en el que tienen lugar un amplio entramado de relaciones (Espinal et al., 2005), que le permiten estar en constante transformación y adaptarse a las exigencias del desarrollo indivídual de sus miembros y a las necesidades del entorno. Es esta adaptación la que asegura la continuidad y a la vez el crecimiento psicosocial de sus miembros (Bolliní, 1994; Gerzon, 2010).
Danic/a Fuentes 0/avarria
la comunidad como miembros activos. Este proceso cambia y es diferente en cada comunídad y en cada etapa de desarrollo de la familia. Por lo tanto, desde esta perspectiva más ecológica, se considera también a la familia como un sistema evolutivo, orientado hacia un propósito y a la consecución de determinadas metas (Espinal et al., 2005). Componentes de un sistema familiar En términos de los procesos que víven, los sistemas reciben entradas (inputs) desde el exterior en forma de información, recursos físicos, o energía. Luego de un proceso de transformación, se obtienen como consecuencia los resultados o salídas (outputs). Se dice que hay realímentación o retroalímentación (feedback) cuando parte de las salídas de un sistema vuelven a él en forma de entrada. El feedback es necesario para que cualquier sistema pueda ejercer control de sus propios procesos (Flynn, 2010; Gonzáles, 2007; Lillienfeld, 1991), entendiendo como elementos de un sistema no solo sus componentes físicos, sino también las funciones que éstos realizan. Un conjunto de elementos al interior de un sistema puede ser considerado un subsistema si éstos mantienen una relación entre sí que los hace también un conjunto identificable y distinto (Lillienfeld, 1991; Miller, 1984). Se entiende también por subsistema familiar a un reagrupamiento de miembros de la familia, según criterios de vínculación específica de la que se derivan relaciones particulares (Gonzáles, 2007). Se pueden identificar entonces un subsistema conyugal, el cual se forma cuando dos adultos se unen con la intención explícita de formar una familia, compartiendo intereses, metas y objetivos; un subsistema parental, el que puede estar constituido por las mismas personas que el sistema conyugal y que se forma a partir del nacimiento del primer hijo (su vínculo se estructura en el hecho de ser ambos progenítores de nuevas personas); y el subsistema filial o subsistema fraterno, que está constituido por los hijos (Bollini, 1994; Espinal et al., 2005; Gonzáles, 2007).
Al interior de una familia las relaciones dependen de reglas o leyes a partir de las cuales sus integrantes funcionan en un sistema de relaciones reciprocas. En el grupo familiar, el comportamiento de cada indivíduo se relaciona de un modo dinámico con el de los otros miembros de la familia y a su vez influye en el equilibrio de todo el sistema familiar conjunto (Gonzáles, 2007; Krause, 2010).
De acuerdo a Bronfenbrenner (1986), el proceso de desarrollo del ser humano al interior de una familia, al igual que ocurre en cualquier otro organismo vivo, se enmarca en una serie de sistemas relacionados unos con otros y distintos escenarios de interacción con el ambiente. Este planteamiento considera que el sistema familiar es el que define y configura en mayor medida el desarrollo de la persona desde su concepción.
De acuerdo a Espinal et al. (2005), las metas del sistema familiar son inicialmente asignadas en relación· a lo social, para luego ser interiorizadas y evolucionar a la protección y educación de los hijos y la integración en
Desde su Modelo Ecológico, Bronfenbrenner (1986) desarrolla la idea de que el entorno en el que se desarrolla la familia es algo que trasciende la situación inmediata y afecta directamente a las personas en desarrollo. Explica
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CAPÍTULO 3: LA FA<\flLIA
que los sistemas se conciben como una disposición seriada de estructuras concéntricas inclusivas, en la cual cada una de las estructuras se encuentra inmersa en la siguiente. Considera a la familia como el microsistema más importante porque configura la vida de una persona durante muchos años, en el que además se definen el conjunto de interrelaciones que se producen dentro del entorno inmediato. Las relaciones que se establecen al interior del microsistema reciben influencia del exterior, lo que se conoce como el exosistema. El mesosistema familiar es el conjunto de sistemas con los que la familia se relaciona y con los que establece intercambios directos. Entre ellos se reconocen el colegio, la asociación de vecinos, el club deportivo, el centro de padres, etc. (Espinal et al., 2005). En cada uno de los escenarios mencionados, el mesosistema recibe la influencia de la familia al mismo tiempo que la familia recibe la influencia del medio. Un ejemplo de esto es que las tensiones y problemáticas familiares se reflejan en el comportamiento de un hijo en el colegio, al tiempo que la familia recibe la influencia de la escuela y del barrio en temas de comportamiento, relaciones sexuales, prevención del sida, etc. (Figura 1). Por otro lado, un sistema familiar se deteriora cuando experimenta una falta o ausencia de integración en el entorno físico y social, lo que trae como consecuencia un aislamiento que deja, por ejemplo, a la familia sin información sobre recursos sociales reales o potenciales y sin apoyos puntuales ante las dificultades lo que acaba por incrementar el estrés y los problemas familiares. Ejemplo de esto son los casos de inmigración y marginalidad (Bollini, 1994). Siguiendo con la descripción, el último de los elementos de un sistema es el macrosistema, entendido como el conjunto de valores culturales, ideologias, creencias y políticas que da forma a la organización de las instituciones sociales (Gonzáles, 2007) (Figura 1). El abordaje sistémico de la familia permite observar cómo cada grupo familiar se inserta dentro de una red social que es más amplia, desplegando su energia para alcanzar su propia· autonomia. La interacción de los componentes en los' subsistemas se regula mediante flujos estables, que se retroalimentan por la acción de todos aquellos subsistemas que participan en el sistema. Así, la estructura familiar es compleja y la dinámica general de la misma está mediada por el funcionamiento particular de cada subsistema, en los diferentes ciclos de la vida total del sistema (Dois & Montero, 2006; Espinal et al., 2005; Gerzon, 201 O).
60
FIGURA
1.
SISTEMA
BRONFENBRENNER
FAMILIAR,
DESDE
ADAPTADO
u..
PERSPECT!VA
DE
SlSTÉ..\ílCA / Danieh Fuentes 0/avarria
MODELO
EcOLÓGICO
DE
(1986)
CARACTERÍSTICAS DE UN SISTEMA FAMILIAR
A toda familia se le reconocen los principios de un sistema general abierto y también otras características relevantes que facilitan su comprensión (Dois & Montero, 2006; Espinal et al., 2005): a.
Totalidad: la parte y el todo se contienen recíprocamente en un proceso actual y continuo de comunicación e interacción (Dois & Montero, 2006). Así, el comportamiento de todo el sistema familiar no puede ser explicado como la suma del comportamiento de sus miembros. Dada la heterogeneidad de los seres humanos es que el impacto en cada uno de ellos se produce de manera distinta, dependiendo de la posición (interdependencia) y de la jerarquia de sus miembros (Minuchin, 1995). De acuerdo a Von Bertalanfy, los individuos generan cambios de carácter cualitativo y lo que ocurre a uno de los miembros de la familia afecta a los demás integrantes (Eguiluz, 2003). La totalidad, como propiedad, se construye mediante un sistema de valores y creencias compartidos, por las experiencias vividas a lo largo de la vida y por los rituales y costumbres que se transmiten generacionalmente entre los miembros del sistema. Se conforma de esta manera una cultura familiar, que al fraguar con el tiempo da origen a una identidad de grupo, fortalece el sentido de pertenencia de sus miembros, da respuesta a sus necesidades de filiación y contribuye a la construcción de la propia identidad personal frente al medio (Espinal et al., 2005). 61
CAPÍTULO 3: LA FAMILIA DESDE U
b.
Sinergia: cada miembro de la familia forma parte de un todo mayor. Visto desde otra perspectiva, el todo es mucho más que la suma de las características de sus integrantes (Dois & Montero, 2006). Un ejemplo que facilita su comprensión es el aporte que cada uno de los miembros
.f
f.
Límites: lineas de demarcación que funcionan como fronteras de intercambio de información, afecto y apoyo entre dos individuos o entre dos subsistemas (Ochoa de Alda, 1995 citado en Eguiluz, 2003). Definen quienes y de qué manera los integrantes de un sistema participan en una transacción interpersonal. Su función es proteger la diferenciación del sistema y sus subsistemas. De esta manera, existen límites que demarcan el subsistema padre-madre, el subsistema. hermanos, el subsistema padre-hijos y madre-hijos, etc.
g.
Retroalimentación: proceso que se realiza mediante "feedbackn a través
terraza con quincho para asados puede resultar muy fácil si el padre es creativo y entusiasta, la madre muy trabajadora y abnegada, el hijo mayor perseverante y la hija menor muy organizada, a diferencia de si cada uno de ellos quisiera iniciar el proyecto en forma individual.
d.
Equifinalidad: es decir, un sistema puede alcanzar el mismo resultado final a partir de condiciones iniciales diferentes. Se desprende de esta característica, el hecho que no existe al interior de las familias una causalidad lineal ni mecánica (Eguiluz, 2003). Siguiendo el mismo ejemplo anterior, una familia puede alcanzar el objetivo de construir la terraza con el quincho para asados aunque el estado y la condición de cada uno de ellos sea diferente. Recursividad: las relaciones entre los miembros del sistema se presentan en forma repetida y recíproca, de modo que pueden ser observadas como pautas de interacción (Eguiluz, 2003). Esta característica se asocia a la circularidad de los eventos familiares, en que cada uno de ellos es causa y efecto a la vez (Dais & Montero, 2006). Los miembros de una
de circuitos generalmente estables, en respuesta al comportamiento de los miembros de la familia. El comportamiento de cada integrante del sistema produce un efecto y vuelve sobre el primero modificando su conducta (i'vfinuchin, 1995). La retroalimentación es, por tanto, la capacidad de recabar información sobre el proceso de desarrollo familiar, sobre los niveles de logro de las metas y sobre la eficacia de las reglas y de las estrategias activadas de forma de posibilitar una autoorganización más eficaz (Espinal et al., 2005). h.
Homeostasis: se refiere al estado de equilibrio que mantiene un sistema a través de fuerzas tendientes al cambio y fuerzas tendientes a la estabilidad, las que se manifiestan como un permanente movimiento entre el equilibrio y el cambio. Si debido a situaciones de crisis o problemas familiares se produce una desestabilización o desequilibrio del sistema, los miembros de la familia responden con esfuerzos dirigidos a re-establecer el equilibrio perdido (Gonzáles, 2007).
i.
Centralidad: propiedad que se observa cuando uno de los miembros de la familia ocupa un espacio emocional mucho mayor que el resto de los integrantes (Eguiluz, 2003). Habitualmente se refiere a aquel integrante que requiere mayor atención o el portador del síntoma al interior de la familia.
J·
Autopoiesis: resistencia a los cambios que provienen del exterior, para los cuales la familia desarrolla procesos de asimilación e integración de lo nuevo en la estructura existente y de rechazo a lo que se considera extraño al sistema (Maturana & Varela, 1990 citados en Eguiluz, 2003). Un ejemplo lo constituye la incorporación de un nuevo miembro a la familia. Un tío lejano que mantenia contacto desde el extranjero en forma frecuente, ha solicitado vivir por un periodo de tiempo en el
familia permanecen en un constante contacto entre sí, a partir de una serie de intercambios continuos que suponen una mutua influencia y
no una mera causalidad lineal, que tiende a mantenerse estable (Espinal et al., 2005). En este sentido, a mismo efecto pueden ser el resultado de distintos factores que, juntos o por separado, actúan como causas y esto se da debido a una permanente circularidad e interconexión entre los miembros de un mismo sistema (Lillienfeld, 1991). e.
Autoorganización: la familia plantea sus metas y los medios para lograrlas. El sistema es agente de su propio desarrollo y de sus propios cambios a través de estrategias, normas, recursos y procedimientos aportados por todos los miembros, los que se van asimilando del mismo entorno en el que la familia se desenvuelve o bien de su historia familiar particular (Espinal et al., 2005). Los miembros de la familia citados en el ejemplo anterior se organizarán de una manera particular para lograr el objetivo planteado, es decir, un integrante se encargará de hacer el listado de materiales (hija menor), otro de animar e inyectar entusiasmo a la tarea resaltando los logros y cualidades de cada uno (el padre), otro fijando horarios de trabajo y dejando todo ordenado al término de la 62
SIST&\í!CA / Danie/a Fuentes 0/avania
tarea (la madre) y otro estará muy preocupado de lograr el objetivo en el menor tiempo posible con el mejor resultado (el hijo). ·
realiza a la concreción de una tarea particular. La construcción de una
c.
PERSPECTIVA
63
CAPÍTULO 3: LA FAMILIA
DESDE LA PERSPECTfVA S!STEMrCA /
Danie/a Fuentes 0/atJarria
hogar. Si bien el tío es aceptado sin problemas en la familia, la recepción de su pareja resulta dificil debido a que no la conocen.
transformar la estructura del grupo familiar se modifican, en consecuencia las posiciones de sus miembros (Gonzáles, 2007). .· '
De la definición de Bertalanffy, según la cual el sistema es un conjunto de unidades recíprocamente relacionadas, se agregan los principios de finalidad, elementos y procesos. La finalidad se refiere al motor que proporciona dirección al sistema y determina los procesos que deben llevarse a cabo para lograrla; los procesos son las operaciones o funciones de las partes para lograr la finalidad y los elementos se definen como las partes o componentes que operan y llevan a cabo las funciones necesarias para lograr la finalidad (Lillienfeld, 1991).
Desde el punto de vista de otros enfoques, investigaciones recientes han demostrado que la terapia. sistémica resultó ser más efectiva que los grupos de control s111 l11tervencwn ps1cosoc1al, la Terapia Cognitivo Conductual la Psic.oeducación Familiar, o el solo uso de fármacos antidepresivos ; neurolept!cos en casos de pacientes adultos en tratamiento por trastornos
Los sistemas son esencialmente cambiantes y siempre se encuentran en evolución (Miller, 1984; Von Sydow Beher, Schweitzer, & Retzlaff, 2010). En este sentido, la familia es un sistema en continua transformación, que experimenta cambios y modificaciones en los distintos momentos de su crecimiento y evolución para lo cual crea y adapta distintas formas de funcionamiento (Gonzales, 2007). En su interior, las historias personales se ensamblan con las demás creando una historia general de globalidad, constituida por las interrelaciones que tienen sus miembros y por las historias de las familias de origen de cada uno de ellos (Dois & Montero, 2006). Según la Teoria General de Sistemas, cualquier cambio en un miembro del sistema afectará a los demás ya que las pautas de funcionamiento del sistema no son reducibles a la suma de sus elementos constituyentes. De esta forma, un mismo efecto puede responder a distintas causas debido a la permanente circularidad e interconexión entre los miembros del sistema (Lillienfeld, 1991).
La conducta de un miembro de la familia no se puede entender separada del resto de sus miembros y las modalidades transaccionales que caracterizan las relaciones dependen de las reglas o leyes a partir de las cuales funcionan los miembros del sistema en relación recíproca. Esto lleva a la necesidad de contemplar a la familia como una red de comunicaciones entrelazadas en la que todos los miembros influyen en la naturaleza del sistema, a la vez que todo's se ven afectados por el propio sistema (Gonzáles, 2007).
¿pOR QUÉ ELEGIR EL ABORDAJE SISTÉMICO?
Históricamente las técnicas de intervención basadas en la concepción individual del conflicto, mediante atribuciones a los comportamientos de un miembro, se centraban exclusivamente en éste, aislado de su medio. La concepción sistémica de familia intenta modificar su organización ya que al 64
afec~vos, trastornos alimentarios, abuso de sustancias, factores psicosociales relacwnados con condiciones médicas y la esquizofrenia. Aunque por sí sola no Siempre es suficiente, en ciertos trastornos graves la combinación con
otras intervenciones psicoterapéuticas y/ o farmacológicas es más útil, por e¡emplo, en pacientes con esquizofrenia, con dependencia de heroina y con depresión grave, evidenciándose una menor tasa de abandono que cualquier otra forma de abordaje terapéutico (Von Sydow et al., 2010). Según Montenegro (1997), el abordaje sistémico estimula en los lll110s el desarrollo de su identidad y autonomía, generándose espacio para el crecimiento de todos. los miembros de la familia. El fomento de la independencia gradual de los hi¡os, de acuerdo a la etapa del ciclo vital que la familia vive facilita la aceptación de sus diferencias individuales. '
Co~tr':"io a lo que podría suponerse, el incluir a los niños en el abordaje SIStennco de una familia puede constituir una valiosa fuente de información por medio de sus expresiones o conductas, teniendo la extrema precaución de resguardar que los hijos no sean utilizados para resolver los problemas conyugales ru solicitados para hacer alianzas con alguno de sus padres. De esta ma~era se puede asegurar a la familia con niños pequeños un espacio de expres1on de emocwnes, afecto y calidez, idealmente cultivando el sentido del humor (Montenegro, 1997). El enfoque sistémico ha demostrado ser eficaz para facilitar el cambio positivo en el comportamiento de los miembros de la familia. Mediante la exploración, reflexión y una forma de interacción no juzgadora, el enfoque orienta a los equipos a comprender los problemas familiares desde una comunicación participativa, donde los problemas se pueden resolver mediante el uso de la palabra, el discurso y la participación en la co-construcción de significados y soluciones alternativas (Flynn, 2010). Concrbe el comportamtento en el contexto de los sistemas sociales en los que las personas viven, centrándose en las relaciones interpersonales y las 111teracc10nes, las construcciones sociales de la realidad y la causalidad recursiva entre los sintomas y las interacciones (Von Sydow et al., 2010). El abordaje sistémico se centra en la introducción de modificaciones en los sistemas de relaciones, ya sean simétricas (basadas en cierta igualdad) 0 (Í.Í
CAPÍTULO 3·· LA FAMILIA DESDE L\
PERSPECf!VA SISTÉMICA
j Danie/a Fuentes 0/avarría
complementarias (basadas en determinadas diferencias) y no considerando disfuncionales a ninguna de ellas salvo cuando se cronifica la interacción y no permite el cambio (Lillienfeld, 1991). Al ocuparse también de los conceptos evolutivos del sistema familiar (etapas como el pololeo, matrimonio, nacimiento de los hijos, niñez, adolescencia, etc.) cobra importancia no sólo lo que ocurre en cada una de esas fases, sino también, la forma de organización del sistema, la manera en que se modifican las pautas de relación, la finalización de un sistema de relaciones específico y el paso a otros sistemas nuevos, la construcción de los mismos, la modificación de la estructura familiar, de pareja, etc. (Bollini, 1994; Lillienfeld, 1991 ). Desde este enfoque basado en la totalidad, el profesional no rompe los patrones desadaptativos de funcionamiento familiar sino que actúa como catalizador del movimiento de las familias para experimentar una mayor libertad que permita el cambio espontáneo de los patrones de comportamiento y creencias (Krause, 2010).
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CoNCLUSióN
El rápido y creciente desarrollo de las ciencias de la salud es muchas veces posible a costa de la fragmentación del ser humano en múltiples subespecialidades, de complejidades crecientes. Sumado a lo anterior, el tiempo del cual disponen los profesionales de la salud para la atención directa de familias y personas se ve cada vez más reducido y no les permite adentrarse en lo sustancial de aquello que les ocurre más allá de la perspectiva bio-médica tradicional. De esto se desprende que el mayor desafío es la recuperación de la visión de ser humano desde una perspectiva integrada y un enfoque globalizador e interdisciplinario para la comprensión de los fenómenos, considerando siempre que un individuo influye en su contexto y éste es influido por la interacción con otros (Montenegro 1997). El abordaje sistémico es un enfoque teórico y terapéutico que invita a la generación de una comunicación abierta, franca, clirecta y explicita al interior de una familia y con el profesional, con el objetivo de abordar distintos tópicos
o problemas familiares en los que se intenta minimizar el miedo al conflicto, al considerarlo como inherente a las relaciones interpersonales. Además, otorga al profesional de salud la posibilidad de mirar a la familia como un todo integrado, respetando las individualidades y generando cambios que surgen desde la interacción de los mismos miembros.
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1
Capítulo 4 TEORÍA EVOLUTIVA DE LA FAMILIA: CiCLO VITAL FAMILIAR luz Montero Ossandón
OORODUCCIÓN
La familia pasa por múltiples cambios o crisis a lo larga de su existencia, las que mucbas veces producen síntomas que las llevan a consultar. Se han descrito varias teorías que ayudan a comprender estos fenómenos, siendo una de las más importantes la teoría del Ciclo Vital Familiar. Esta teoría fue descrita originalmente por Evelyn Duvall (1977), pero ha evolucionando de acuerdo a los cambios ocurridos en las familias en el último tiempo. En este capítulo se revisa la teoría del Ciclo Vital Individual de Erikson,la teoría del Ciclo Vital Familiar descrita por Duvall y algunas de sus actualizaciones posteriores (Arriagada, Barquero y Trejas y Me Gloldrick), incluyendo las etapas del ciclo vital familiar de familias que viven procesos de separación o divorcio de los cónyuges. También se describen los conceptos de crisis normativa y no normativa.
CICLO VITAL INDIVIDUAL
Desde hace mucho tiempo existe la idea que la vida humana está formada por una serie de etapas que se suceden (Florenzano, 1993), pero fue Erik Erikson (1966) quíen describió ocho estadios de desarrollo psicosocial, siguíendo una secuencia determinada por el denominado "principio epigenético", que plantea que cada fase se halla guíada por un "orden natural internd', que actúa como una "pre-programadón" biológica que interactúa con el medio ambiente. Además, cada etapa considerará una '
se refiere a los desafíos propios de cada estadio y que, al resolverse, favorece el desarrollo del individuo. De lo contrarío, se producen detenciones del. desarrollo que pueden manífestarse, entre otras cosas, a través de patologías físicas y/ o psicológícas, en ese sentido, la aparición de patología es entendida como un fracaso en esta espiral del desarrollo (Florenzano, 1993).
CAPÍTULO 4:
TEO!ÚA EVOLUTIVA DE
LA FAMILIA: CICLO VITAL FAMILIAR/ LllzMontero Q¡¡andón
Además, de una tarea específica que desarrollar, cada etapa está determinada por una serie de marcadores biológicos y psicológicos que la caracterizan (tabla 1).
TABLA 1. ETAPAS DEL DESARROLLO o CICLO VITAL INDIVIDUAL (FLORENZAN01993, ERJKSON 1966)
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CICLO VITAL FAMILIAR
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Así como Erikson describió un ciclo vital indívidual con sus etapas sucesivas, la familia, como sistema más amplio y dínámico, también pasa por díferentes etapas y va modíficándose y desarrollándose a través del tiempo de acuerdo a cambios que se operan en su interior y a la influencia de un contexto social más amplio (Hidalgo, 1999). Los primeros que plantearon la teoría del Ciclo Vital Familiar fueron Evelyn Duvall y Reuben Hill (1977), durante la Primera Conferencia Nacional sobre Vida Familiar, en los Estados Unidos, proponiendo un ciclo familiar con 7 estadías. Luego Duvall continuó trabajando en esta teoría, proponiendo lo que denominó "Las 8 etapas del Ciclo Vital Familiar de Duvall" (Duvall, 1977). Tal como su nombre lo díce, esta teoría consta de 8 etapas que comienzan con la formación de la pareja y termina con el fallecimiento de ambos cónyuges. Las etapas están marcadas por la entrada y salida de los miembros del grupo familiar, por las etapas de desarrollo personal de los hijos, por el término de la vida laboral y por la muerte. El ciclo vital familiar ofrece una mírada longitudínal de la vida familiar y se basa en el reconocimiento de fases y patrones sucesivos que se repiten en la vida de las familias. De esta forma permite estudíar los problemas, las oportunidades, las fortalezas y los peligros de cada fase de la vida de la familia (Duvall, 1977). Las etapas que Duvall propone son:
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CAPÍTULO 4: TEORÍA
§
1.
Pareja casada (sin hijos)
2.
Crianza inicial de los hijos (hasta los 30 meses del hijo mayor).
3.
Familia con hijos preescolares (hijo mayor entre 30 meses y 6 años).
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4.
Familia con hijos escolares (hijo mayor entre 6 y 13 años).
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5.
Familia con hijos adolescentes (hijo mayor entre 13 y 20 años).
6.
Familia como plataforma de lanzamiento (desde que el primer hijo se va de la casa hasta que el último la deja).
7.
Familia con padres en la edad media (desde el inicio del nido vacío o término de la etapa de plataforma hasta el retiro laboral de los padres).
8.
Familia anciana (desde la jubilación hasta la muerte de ambos cónyuges).
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Cada una de las etapas se construye sobre la anterior y supone desafíos y conflictos específicos que aluden a una forma particular de organización de la vida familiar, considerando las características y capacidades funcionales de sus miembros en un momento dado. N o solo implica adaptarse individualmente a los nuevos roles que se deberán cumplir sino que, a su vez, cada nueva fase presenta una potencial amenaza para el equilibrio familiar, dado que los acontecimientos que se producen en un nivel afectan necesariamente las relaciones en los otros niveles, lo que requiere que se acomoden varias generaciones. Se debe considerar que siempre la tarea de una generación influye y se superpone a la de la otra. El ciclo vital está marcado por la cultura, no hay "buenas" o "malas" formas de hacer la transición, cada cultura tiene sus propios ritos. Cada crisis puede ser la oportunidad para hacer y experimentar cosas nuevas, pero como las consecuencias son desconocidas, pueden generar mucho temor y, por lo mismo, algunos miembros se pueden resistir al cambio y provocar un desequilibrio en el sistema familiar. El ciclo de vida familiar no es un evento lineal ni empieza en un estado ni termina con la muerte de los miembros de una generación en particular debido a que la muerte es un evento que ocurre dentro del ciclo de vida familiar. El ciclo evolutivo familiar está ligado a etapas que pueden ser entendidas en términos de desarrollo individual de sus miembros o del todo. Cada individuo tiene unrol y tareas que lograr en cada una de ellas.. El éxíto lleva al logro de las demandas posteriores y el fracaso produce infelicidad y problemas con las siguientes tareas. Ir logrando estas tareas es pre requisito para el crecimiento, de no ser así las tensiones y desequilibrios pueden producir un retroceso a
EVOLUTNA
DE LA
FAMILIA: CICLO VITAL FAMILIAR/
úzMontm Os.ra11dón
etapas anteriores del desarrollo en las que se logró éxíto en la satisfacción de las necesidades del sistema. Para comprender adecuadamente el Ciclo Vital Familiar es necesario aclarar los conceptos de crisis normativas y no normativas asociados a las etapas que vive la familia (Hidalgo & Carrasco, 1999; Florenzano, 1993). De acuerdo a las características de ésta, se pueden definir períodos de procesos centrípetos y centrífugos; los primeros son períodos en que la familia se vuelve "hacia adentro", éstos se caracterizan por la necesidad de hacer frente o adaptarse a un cambio, por la difusión de los limites interpersonales y el aumento del grado de resonancia de personas de fuera del sistema. Estos períodos se desarrollan basándose en las experiencias previas de los integrantes del sistema y en el temor de perder la identidad lograda en el período anterior. Ejemplo de este período es una familia reunida en torno al nacimiento de un hijo. Los padres reflexíonan sobre su paternidad y se acercan a sus propios padres, los padres se transforman en abuelos y los hijos en padres. En cambio, en los períodos centrífugos la familia se abre "hacia afuera", es decir, ocurre la apertura del sistema, aumentando la distancia emocional entre sus miembros y el intercambio con el medio extra familiar. En este período, la familia sigue cumpliendo un rol estabilizador y es núcleo de valores, limites y rutinas. Un ejemplo de esta etapa es la entrada de hijos al colegio, en el cual la familia debe abrirse a nuevas tareas y roles impuestas por la vida escolar, el surgimiento de nuevos amigo/ as de los hijos, la aparición de otros adultos significativos tales como profesores u otros apoderados, etc. En el tránsito por el ciclo vital, la familia oscila entre períodos de estabilidad y períodos de cambio, caracterizados por eventos de alta significancia que originan momentos de estrés, debido a que la familia requiere de la adaptación de su estructura y dinámica. A estos momentos de cambio se les denomina crisis familiares. Cuando estas crisis son parte del ciclo vital de una persona o familia y marcan el paso a una nueva etapa; se les denomina crisis normativas y, por lo tanto, es posible anticipar su ocurrencia. Cuando estos eventos no son predecibles y/ o esperados para esa etapa del ciclo vital se les denomina crisis no normativas (Florenzano, 1993). Una crisis no normativa va a ejercer su influencia dependiendo del momento del ciclo vital familiar e individual en que aparezca, considerando las crisis vitales normativas concomitantes y el tipo de cambio que debe desarrollar la familia. Entre los eventos descritos como de mayor estrés familiar se encuentra la muerte de la pareja/ cónyuge, el divorcio o separación definitiva, la separación transitoria, la detención o confinamiento, la muerte de un pariente cercano, la enfermedad o accidente serio, el matrimonio, la pérdida
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CAPÍTULO 4: TEORÍA EVOLUTIVA DEL\ FAMiLIA: CICLO VITAL FAMU.lAR / Luz Montero O.uandón
del trabajo, la reconciliación con la pareja, el cambio o abandono voluntario del trabajo, los problemas de salud de un familiar cercano, el embarazo y las disfunciones sexuales (Holmes, 1967). El ciclo vital de la familia descrito por Duvall (1977) y luego adaptado por diferentes autores, surge a partir de estudios de familia longitudinales en conjunto con el análisis de datos oficiales del gobierno de los EEUU de esos años (años sesenta y setenta). Esto debe considerarse al aplicar esta teoría en otros contextos sociales, ya que muchas de sus etapas pueden no ser identificadas claramente. Es el caso, por ejemplo, de familias monoparentales o en situación de pobreza o con estructuras multi-generacionales. También es cierto que este itinerario se ha modificado en las últimas décadas, en función de los cambios que ha vivido la familia (revisar capitulo 1). Sin embargo, aún se conservan muchos de sus elementos principales. En la tabla 2 se describen las distintas etapas del ciclo vital familiar descrito por Duvall, con las tareas y cambios característicos de cada una.
TABLA
2.
CICLO DE VIDA DE LA FAMILIA (ADAPTADO DE DUVALL,
1977)
75
CAPÍTULO 4: TEORÍ.A
Cada fase tiene procesos bien definidos y procesos predecibles, todos los cuales iofluyen en el logro de las tareas iodividuales de sus miembros. A su vez, las tareas de una generación iofluyen en todos los miembros del sistema y viceversa. Para iotentar comprender lo que ocurre en una familia en un momento dado, es necesario conocer no sólo las tareas del grupo en su totalidad, sioo las tareas del desarrollo que cada uno de sus miembros está enfrentando iodividualmente. Como se comentó previamente, hoy dia en muchas familias no se logra identificar con claridad las etapas descritas por Duvall (1977), por lo que se han propuesto otros ordenamientos. Entre ellos, el descrito por Arriagada en 1997, quien formuló una nueva clasificación de sólo cinco etapas evolutivas utilizando como variables definitorias del ciclo familiar, la edad de la mujer y de los hijos: 1.
Etapa Inicial: pareja joven sio hijos donde la jefa de hogar o cónyuge es menor de 36 años.
2.
Etapa I de Constitución de la Familia: hogares donde el hijo mayor del jefe tiene menos de 13 años.
3.
Etapa II de Familia: hogares donde el hijo mayor del jefe tiene entre 13 y 18 años.
4.
Etapa III de Familia: hogares donde el hijo mayor del jefe tiene 19 años o más.
S.
Etapa del Nido Vacío: pareja adulta sio hijos donde la cónyuge es mayor de 3S años y no tiene hijos que vivan con ellos.
EVOLUTIVA DEL\ FAMILIA: CIO.O VITAL FAMIUAR /
6.
Desmembramiento o Salida: jefe (a) con o sio cónyuge cuyo hijo menor tenga 18 años o más.
7.
Nido Vacío: jefe (a) y cónyuge, sio hijos, donde la edad de la mujer sea de 40 años o más.
8.
Sio núcleo: jefe sio pareja ni hijos y con otros familiares o no familiares.
9.
Unipersonal Adulto: únicamente el jefe o la jefe menor de 60 años.
10.
Unipersonal Mayor: únicamente el jefe o la jefa de 60 años o más.
Jiménez, Ramirez y Pizarra (2008) sostienen que este enfoque se sustenta en la modernización, iodustrialización y urbanización de .las sociedades, las que llevarían a una nuclearización creciente de las familias y a que éstas desplegarán estrategias de vida que, de manera consciente e inconsciente, facilitarían el crecimiento paulatino de familias extensas y monoparentales a cargo de mujeres. Ambas clasificaciones tienen la caractenstlca de iocorporar no sólo las familias nucleares en su etapificación, sioo también los hogares con o sio pareja. La opción de considerar el ciclo del hogar en general y no sólo el del hogar familiar, permite admitir otras configuraciones familiares tales como los hogares monoparentales, pero no resuelve por completo esa desventaja. Recientemente, Mónica McGoldtick (2011) propone una adaptación del Ciclo de Duvall a la realidad de la familia moderna que puede ser útil para la práctica clínica (ver Tabla 3).
Otra clasificación, también formulada por latinoamericanos, es la de Barquero y Trejos (2004), quienes utilizando las mismas variables definitorias usadas por Arriagada, proponen la siguiente clasificación: 1.
Pareja Sola: jefe(a) de hogar y cónyuge sio hijos, donde la edad de la mujer es menor a 40- años.
2.
Inicio: jefe (a) con o sio cónyuge cuyo hijo mayor tenga entre O y S años.
3.
Expansión: jefe (a) con o sio cónyuge cuyo hijo mayor tenga entre 6 y 11 años.
4.
Consolidación: jefe (a) con o sio cónyuge cuyo hijo mayor tenga entre 12 y 17 años.
S.
Estabilización: jefe (a) con o·sio cónyuge cuyo hijo mayor tenga 18 años o más y cuyo hijo menor tenga 18 años o menos.
Luz Montero Ommdón
77
CAPÍTULO 4: TEORÍA EVOLlJTIVA DE LA FAL\fll.lA: CICLO VITAL FAMILIAR /
TABLA
3. CrcLO
VITAL fAMILIAR ADAPTADO POR McGoLDRICK
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CAPÍTULO 4:
TEORÍA EVOLUTIVA DE LA I'AMILIA: CICLO VITAL !'A MILlAR /
Lttz Montero Os.randón
Esta clasificación es muy similar a la original de Duvall, pero incorpora características observables en un gran número de familias, como por ejemplo, la presencia de adultos emergentes. Aún cuando se basa en el supuesto que el matrimonio o la pareja se mantiene unida desde su formación hasta su muerte, reconoce que esta no es una realidad
para todos los casos, por lo que propone una serie de etapas adicionales para aquellas familias que enfrentan la separación o divorcio y que, en algunos casos, se vuelven casar.
TABLA
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4. ETAPAS ADICIONALES PARA FAMILIAS CON SEPARACIÓN Y NUEVO MATRIMONIO
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2011) ,,, .
CAPÍTULO 4: TEORÍA
EVOLUTIVA DE LA FAMIUA: CICLO viTAL FAM!UAR /
Lxz Montero Ossandón
UTiliDAD DEL MODELO DE CICLO VITAL FAMILIAR
Este modelo, como lo menciona Hidalgo y Carrasco (2002), sirve para "normalizar" a las familias y sus problemas, ya que la mayoría de ellas se enfrenta a situaciones similares en las mismas etapas del Ciclo Familiar. La normalización tranquiliza y ayuda a la familia a sentirse capaz de enfrentar la crisis y la puede incentivar a buscar ayuda en otros cercanos que hayan vivido situaciones similares. Por otro lado, permite a los profesionales de salud comprender y contextualizar mejor los numerosos sintomas de los usuarios. Por ejemplo, la señora Alicia, de 50 años, dueña de casa, que comenzó a tener boChornos y sintomas depresivos hace 2 meses, tras la partida del último hijo de la casa, a pesar de que su menopausia había sido a los 48 años. Por otro lado, le facilita al equipo de salud la realización de una labor preventiva a través de múltiples guias anticipatorias de acuerdo a la etapa del ciclo en que esté la familia, que informan sobre las caracteristicas de la etapa en que está la familia (o la que está por venir), sus tareas y dificultades más importantes y la forma de prepararse para abordarlas. De esta forma, es posible tranquilizar ante el temor a lo desconocido a quienes enfrentan, por primera vez, diferentes situaciones esperadas a lo largo de la vida de la familia.
CONCLUSIÓN ¡·
En este capítulo se ha revisado brevemente la teoría de ciclo vital individual de Erikson y la teoría de ciclo vital familiar descrita inicialmente por Duvall, adaptada y modernizada en las nuevas clasificaciones de Arriagada (1997), de Barquero y Trejos (2004) y de McGoldrick (2011), las que incorporan algunos tipos de familia muy frecuentes en la realidad actual especialmente en Latinoamérica. Todas estas teorías ayudan en la comprensión de los procesos por los que transita la persona y la familia y las tareas que debe realizar en cada etapa antes de poder pasar a la siguiente, lo cual es de gran ayuda para entender gran parte de la problemática de la familia que consulta. El estar conscientes de esas fases y de los potenciales puntos de crisis, permite plantearse hipótesis sobre las posibles fuentes de disfunción familiar y establecer acciones preventivas proporcionando una guía anticipatoria sobre los cambios que se deben afrontar, basados en el conocimiento de los recursos familiares y los éxitos al manejar las fases anteriores.
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CAPÍTULO 4: TEoRiA EYOW11YA
DE LA F,\MILL-\: C!Cto virAL Ftli>ULIAR
j Luz Montwo Ouandón
BIBLIOGRAFÍA
Arriagada, l. (1997). Políticas Sociales, FamiliayTrabc:ró en !ct/lmidé.Cf I..at¡~adeFi~ de Siglo. Serie Políticas Sociales 21lC/L: 105'8: . . · . Aylwin, N. & Solar, MO. l"l('cL.J.
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