LOS VALORES VALORES MOBILIARIOS MOBILI ARIOS
INDICE 1. ASPECT SPECTOS OS ECON ECONOM OMIC ICOS OS 2. DEFIN EFINIICION CION 3. CARA CARACTE CTERÍ RÍST STICA ICAS S 3.1 EMISIÓN EMISIÓN MASIVA MASIVA 3.2 CONTIENE DERECHOS DERECHOS PATRIMONIA PATRIMONIALES LES - DERE DERECH CHOS OS CRED CREDIT ITOR ORIO IOS S (CA (CAMB MBIA IARI RIOS OS)) - DERECH DERECHOS OS DOMINI DOMINIAL ALES ES (REPRE (REPRESENT SENTA ATIVOS TIVOS)) - DERE DERECH CHOS OS DE PARTI PARTICI CIPA PACI CIÓN ÓN EN EL CAPIT CAPITA AL, PAT PATRIMO RIMONI NIO O O -
UTILIDADES DEL EMISOR DERECH DERECHOS OS DE PARTI PARTICIP CIPA ACIÓN CIÓN DE PAT PATRIMONI RIMONIOS OS AUTÓN AUTÓNOMO OMOS SO
-
FIDEICOMISOS. DERE DEREC CHOS HOS REFE REFERI RIDO DOS S A OTRO OTROS S VALORE LORES S MOBI OBILIA LIARIO RIOS E
-
INSTRUMENTOS FINANCIEROS. DERECHOS REFERIDOS A ÍNDICES DE OTROS VALORES
MOBILIARIOS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS FIN ANCIEROS 3.3 HOMOGE HOMOGENEI NEIDA DAD D 3.4 FUNGIB FUNGIBILI ILIDAD DAD 3. TÍTULOS TÍTULOS LIBREMENTE LIBREMENTE TRANSFERIBLES TRANSFERIBLES 3.! VALORES VALORES CAUSADOS CAUSADOS 3." TÍTULOS TÍTULOS INCOMPL INCOMPLETOS ETOS 4. MO MODO DO DE DE AGRU AGRUPA PARL RLOS OS A. CLAS LASE B. SERIE . CLASIFICA CLASIFICACION CION LEGAL LEGAL DE LOS LOS VALORES VALORES MOBILIA MOBILIARIOS RIOS .1 VALORES VALORES REPRESENTATIVOS REPRESENTATIVOS DE DERECHOS DE PARTICIPA PARTICIPACIÓN CIÓN A. ACCI CCIONES NES B. ACCIONES ACCIONES DE INVERSIÓN INVERSIÓN (LE# 2"$2%) C. CERTIFICAD CERTIFICADOS OS DE SUSCRI SUSCRIPCIÓN PCIÓN PREFERENTE PREFERENTE D. CERTIFICAD CERTIFICADOS OS DE PARTICIP PARTICIPA ACIÓN EN FONDOS MUTUOS MUTUOS DE INVERSIÓN EN VALORES E. CERTIFICAD CADOS DE PARTICIPACIÓN
EN
FONDOS
INVERSIÓN F. VALORES VALORES EMITID EMITIDOS OS EN PROCESOS PROCESOS DE TITULI&A TITULI&ACIÓN CIÓN G. ES'UEMA ES'UEMA DEL DEL PROCESO PROCESO DE TITULI&A TITULI&ACIÓN CIÓN .2 VALORES VALORES REPRESENTIV REPRESENTIVOS OS DE DEUDA A. LAS LAS OBLI OBLIGA GACIO CIONE NES S DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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DE
LOS VALORES VALORES MOBILIARIOS MOBILI ARIOS B. LETRA LETRA HIPOTE HIPOTECAR CARIA IA C. CDULA CDULA HIPOTE HIPOTECAR CARIA IA D. PAGAR PAGAR BANCA BANCARIO RIO E. CERTIFICAD CERTIFICADOS OS DE DEPÓSITO DEPÓSITO NEGOCIABL NEGOCIABLES ES F. OBLIGA OBLIGACIO CIONES NES # BONO BONOS S PBLICO PBLICOS S !. CONC CONCLU LUSI SION ONES ES
LOS VALORES MOBILIARIOS 1.- ASPECTOS ECONOMICOS Cuando los empresarios requieren efectuar operaciones aisladas para facilitar el giro giro del del negoc negocio io de las empre empresas sas,, emplea emplean n los título títulos s valor valores es denom denomina inados dos tradicionalmente tradicionalmente efectos de comercio (letras, cheques, pagarés); pero en caso de requerir financiamiento para desarrollar determinados proyectos de inversión, a costos menores que acudir al endeudamiento endeudamiento con los Bancos, necesitan necesitan captar el ahorr ahorro o de los los invers inversion ionist istas as y púlic púlico o en gene genera ral, l, siend siendo o el mecani mecanism smo o m!s adecu adecuad ado o la emisió emisión n de título títulos s valor valores es en serie serie o masa masa y coloc colocar arlos los en el mercado" #stos títulos seriales son denominados valores moiliarios, entre ellos DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS tenemos a las acciones y a las oligaciones, y su emisión, dice $ontoya $anfredi, tiene por finalidad la captación de recursos que permita satisfacer las necesidades financieras de la empresa"
%os valores moiliarios surgieron con el #stado moderno y adquirieron autentico auge con la revolución industrial, época en que se dan cita las necesidades de financiación de las grandes empresa, que de&an de ser una e'cepción, y las de los entes púlicos que, por distintas raones (algunas de ellas enlaadas precisamente con la industrialiación y la tecnificación), se constituyen tamién en grandes demandantes de capitales" or otro lado, *ipert e'presa que en épocas que precedieron al siglo +-- .la riquea consistía en inmueles y no en títulos/, en el siglo +-+ se ha operado una .transformación de las fortunas/, ocasionado por el desarrollo de las sociedades por acciones o sociedades anónimas, .los llamamientos al crédito realiada por estas sociedades, por el #stado y las colectividades púlicas han difundido los valores moiliarios/, asimismo, .se han constituido nuevas riqueas y las fortunas se han transformado/"
2.-DEFINICION #l 0rtículo 1 del 2ecreto %egislativo 34 567 define a los alores $oiliarios, e'presando que 8son valores moiliarios aquellos emitidos en forma masiva y liremente negociales que confieren a sus titulares derechos crediticios, dominiales o patrimoniales, o los de participación en el capital, el patrimonio o las utilidades del emisor8"
9e puede definir que los alores $oiliarios son una especie de los títulos valores, creados para curir las necesidades de las sociedades u otro ente corporativo, representando derechos crediticios, dominiales o patrimoniales, o de participación en el capital, el patrimonio o las utilidades del emisor, y que no solo est!n
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LOS VALORES MOBILIARIOS destinados a la circulación, sino que son liremente transferiles, siendo emitidos en serie o masa, todos ellos con una identidad de derechos, al menos dentro de cada clase y serie, confiriendo a sus titulares la calidad de socio o de acreedor, con las características impuestas a tales títulos por el emisor"
3. CARACTERÍSTICAS 3.1 EMISIÓN MASIVA %a primera característica fundamental es que se trata de títulos valores emitidos en serie, pues la emisión de los valores moiliarios dee hacerse masivamente y no individual ni aisladamente, por ello se les llama tamién títulos seriales"
0simismo se considera emisión masiva a aquella que se efectúa en forma simult!nea, o sucesiva en un período determinado y como parte de una misma operación financiera o de índole similar, de un número de valores, homogéneos o no entre sí, de tal manera que haga posile su posterior distriución entre el púlico o entre un segmento de éste"
3.2.- CONTIENE DERECHOS PATRIMONIALES %os valores moiliarios podr!n conferir a sus titulares derechos crediticios, dominiales o de participación en el capital, patrimonio o utilidades del emisor o, en su caso, de patrimonios autónomos o fideicometidos" odr!n tamién representar derechos o índices referidos a otros valores moiliarios e instrumentos financieros, o la cominación de los derechos antes se:alados o los que la ley permita o los que las autoridades se:aladas en el artículo 5<4 determinen y autoricen"
D*+*/ C+*0+/ (C5+/) Contiene el derecho de pago de sumas de dinero por concepto de amortiación DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS del principal y de los intereses cuya causa se encuentra en el financiamiento de determinadas operaciones que efectúa el emisor, dentro de estos valores tenemos a los onos y papeles comerciales; a estos valores tamién se les denomina .&urídico oligacionales/"
D*+*/ D67*/ (R*8+*/*69/) #'isten valores moiliarios que incorporan un derecho real que implica posesión de ienes y el poder de disposición de los mismos, atriuyendo al titular una dominación real sore una cosa, como es el caso de los Certificados de lata" #n efecto, el Certificado de lata, que eran emitidos por las empresas ancarias o productoras de plata, incorporaan el derecho del titular o tenedor a e'igir la inmediata conversión del certificado en plata refinada el día h!il siguiente a la solicitud"
D*+*/ 0* P+8:6 *6 *7 C87, P+6 U700*/ 0*7 E/+ %a acción de la sociedad anónima, es el valor moiliario m!s importante, incorpora un derecho participatorio, el derecho de participar en una organiación societaria, otorg!ndole la cualidad de miemro de la sociedad y participar en el resultado que arro&a la actividad económica, sea en las utilidades como soportando las pérdidas, entre otros"
D*+*/ 0* P+8:6 0* P+6/ A;:6/ F0*//. #l =ideicomiso es una relación &urídica por la cual una persona llamada DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS fideicomitente, transfiere uno o m!s ienes a otra persona, llamado fiduciario, quien se oliga a utiliarlos a favor de aquél, o de un tercero, llamado fideicomisario" *epresentando una parte alícuota del patrimonio fideicometido se emiten títulos cuyos titulares son los fideicomisarios, estos títulos son liremente transferiles"
D*+*/ +*<*+0/ +/ V7+*/ M57+/ * I6/+;*6/ F66*+/. %os derechos son siempre divisiles, por e&emplo puede desmemrarse del status de accionista aquellos derechos que por su contenido patrimonial son susceptiles de una vida en cierta manera autónoma, así ocurre con el derecho a la cuota liquidataria, en el derecho al dividendo o en el derecho a suscripción preferente; asimismo puede desmemrarse de los derechos de oligacionista el derecho a los intereses"
D*+*/ R*<*+0/ Í60*/ 0* +/ V7+*/ M57+/ * I6/+;*6/ F66*+/ 9e refiere a los roductos 2erivados, que son aquellos instrumentos financieros cuyos precios, plaos y dem!s características dependen de la de otros activos (representados por el derivado) llamado a su ve suyacentes ($ercado futuro de acciones, tipos de interés, mercaderías, divisas)"
3.3 HOMOGENEIDAD %a >omogeneidad como característica de los alores $oiliarios significa que aquellos valores emitidos en forma masiva deen tener cualidades iguales en cuanto a los derechos y oligaciones que representan, o sea, son títulos de la DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS misma especie, ya que los valores de idéntica serie, deen tener igual valor y los mismos derechos"
3.4 FUNGIBILIDAD idal *amíre dice que la característica de ser títulos seriales no impide que los valores moiliarios tengan individualidad, una ve emitidos e iniciada su circulación; pero esta individualidad los convierte en ienes mueles de car!cter fungile, esto es que un título equivalga a otro de la misma serie, y que pueden sustituirse unos por otros tamién dentro de la misma serie"
3. TÍTULOS LIBREMENTE TRANSFERIBLES. %os valores moiliarios tiene como otra de sus características, la de ser títulos liremente transferiles a los que no se les puede oponer otra limitación a su transferiilidad que no sea la que resulte de norma legal e'presa" %os valores moiliarios poseen de modo inherente a su propia naturalea, la vocación de lire circulación o de transmisiilidad"
3.! VALORES CAUSADOS %os valores moiliarios son títulos causados, pues no solo son el resultado de una operación &urídica que los mantiene ligados a su origen pese a las sucesivas transferencias que registren, sino, que incorporan un derecho pree'istente, cuya vigencia y modalidad se determina por elementos e'tra:os al título; por e&emplo, las acciones adem!s de ser el resultado del acto constitutivo de una sociedad o de un aumento de capital, est!n indisolulemente ligados, tanto al acto &urídico que les dio origen como a cualquier modificación del referido acto constitutivo y del estatuto de la sociedad anónima"
3." TÍTULOS INCOMPLETOS DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS
?amién se caracterian los valores moiliarios como títulos incompletos, ya que su contenido literal no e'presa la totalidad de derechos y correlativas oligaciones incorporadas al título" #l titular deer! constatar en el instrumento de la emisión, sea la ley, los estatutos de la sociedad emisora o el acto &urídico que contiene las condiciones de la emisión, el alcance de sus derechos y correlativas oligaciones"
4. MODO DE AGRUPARLOS #l numeral <<"7 del 0rtículo <<4 de la %ey 3o" @5@ dispone que las emisiones podr!n estar agrupadas en clases y series, asimismo, los valores pertenecientes a una misma emisión o clase que no sean fungiles entre sí, deen estar agrupados en series y que los valores pertenecientes a una misma serie deen ser fungiles"
A. CLASE %a noción de clase se vincula a la idea de una asoluta identidad del contenido de derechos que distingue a un grupo de acciones, oligaciones, etc" y que estos valores de una misma clase no tienen por qué llegar a refundirse en una serie única pudiendo separarse en series distintas" %a clase sólo aarca diferencias en cuanto al estatuto constitucional del socio (en la sociedad anónima) o en el contenido de derechos en los dem!s valores moiliarios"
B. SERIE #l concepto de serie se puede vincular a las posiles diferencias en cuanto al valor nominal de los valores es utiliale cuando estas a su ve pudieran tener igual contenido de derechos y se separen en diferentes grupos por otros factores e'trínsecos o de conveniencia y variales"
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LOS VALORES MOBILIARIOS .- CLASIFICACION LEGAL DE LOS VALORES MOBILIARIOS .1VALORES REPRESENTATIVOS DE DERECHOS DE PARTICIPACIÓN A.- ACCIONES G*6*+700*/. #l nacimiento de la acción va acompa:ado del de la sociedad anónima y en cierta medida del de la olsa, pues si los primeros constituyen casi dos caras de una misma moneda, amos se asocian tamién muy íntimamente a los mercados urs!tiles"
%a efectividad de la cualidad de trasmisiles de las acciones sería escasa (teórica) si quien quisiera desprenderse de ellas para recuperar su inversión tuviera que uscar personalmente quien quisiera compr!rselas y entalar así una relación ilateral" #sa cualidad sólo se hace realidad efectiva si e'iste un mercado identificado como tal, en el que se negocien las acciones haitualmente"
•
E7 87 /7 = 7 :6 "A
%as acciones tienen un importe aritmético, sumúltiplo de la cifra del capital, denominado valor nominal" #l capital social se divide en acciones iguales, que deen responder a aportaciones patrimoniales del mismo valor"
•
C+*:6 = E/:6 0* A6*/"A
na acción ha sido creada en el momento de estalecerlo el acto constitutivo de la sociedad o cuando así lo acuerde la &unta general de accionistas" %a emisión de acciones, se presenta cuando un titular individualiado, con capacidad para oligarse y que ha asumido el pago del importe del valor nominal de las acciones" DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS
•
C7:6 0* A6*/ (0rt" 5< 3%9)
A6*/ 70/ 7 8+ "A #'iste la mencionada equivalencia entre el valor nominal de la acción y el valor de la aportación efectuada o comprometida por el accionista"
A6*/ 70/ 6 8+"A #l suscriptor (previo acuerdo de la &unta general) realia una aportación patrimonial superior al valor nominal de la acción o acciones que recie, en forma desemolso suplementario"
A6*/ 70/ 5> 7 8+ "A #mitir acciones por cifra inferior a su valor nominal" Cuando las acciones ordinarias se coticen por dea&o de su valor nominal"
•
L/ 0*+*/ ?;* 6*6* 7 :6
%as acciones incorporan un status, el de socio, del cual derivan derechos y poderes de diversa naturalea e incluso oligaciones, como las relativas al pago de los dividendos pasivos"
T@;7/ N69/.9e considera títulos nominativos a los títulos emitidos en serie o en masa que est!n su&etos a un procedimiento especial para su transmisión en el que es necesaria la intervención del deudor para que esa transmisión produca efectos contra él; ese procedimiento consiste en que, adem!s de la cesión o el endoso, se requiere la inscripción de la transferencia en el *egistro que dee llevar el emisor"
•
T@;7 0* 7/ A6*/ = 66*/ *6 ;*6/ (0rt" 7DD 3%9) C*+<0 0* A6*/.- #l artículo 7DD de la ley dispone que las acciones emitidas, cualquiera sea su clase, se representan por certificados; en el certificado est! materialiado los derechos que contiene la acción, la
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LOS VALORES MOBILIARIOS e'istencia del certificado o título de la acción implica que la sucesión en la cualidad del socio ha de ir ligada a la transmisión del documento"
A6:6 *6 C;*6.- %a ley admite la posiilidad de que se representen las acciones por simples anotaciones en cuentas llevadas según los principios de contailidad y de acuerdo a las nuevas técnicas de la inform!tica"
•
T+6/<*+*6, L6*/ = P+56*/ (0rt" 7D7 3%9)"A %a negociailidad es el rasgo que caracteria la acción pero las limitaciones; prohiiciones temporales de transferencia de acciones no tienen efectos &urídicos en el mercado de valores"
•
A6*/ O+06+/ (0rt" E< 3%9) "A 9on las acciones comunes que contienen todos los derechos regulares contenidos en la %ey eneral de 9ociedades"
•
A6*/ P+97*0/ (0rts" EF, E6, y E@ 3%9) cuando la 0cción pertenece a una determinada clase, confiere a su titular e'actamente los mismos derechos y oligaciones que las previstas para las dem!s de su misma clase" 9e discute si la clase puede dividirse en series, pues la emisión en distintas épocas, se diluye en el tiempo y no puede e'istir de diferente valor nominal"
•
E/:6. #l artículo <@ de la %ey @5@ dispone que la 0cción se emita sólo en forma nominativa" #s indivisile y representa la parte alícuota del capital de la sociedad autoriada a emitirla"
B. ACCIONES DE INVERSIÓN (LE# 2"$2%) #l numeral <@"F del artículo <@ de la %ey @5@ dispone que se puede emitir valores moiliarios con la denominación de 0cciones que no representen el capital DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS de sociedades sino alícuotas o alícuantas de cuentas o fondos patrimoniales distintos" %a referencia es a las llamadas 0cciones de -nversión, regulada por la %ey @D5"
C. CERTIFICADOS DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE #l derecho de suscripción preferente para suscriir nuevas acciones en caso de aumento de capital, que tiene el accionista, es negociale separadamente de la acción" Con la creación de un documento negociale, que incorpore el derecho de suscripción preferente, se usca otorgar al propietario de la acción, que se astiene, no quiera o no pueda e&ercer el derecho suscriir nuevas acciones que le corresponda, un eneficio tangile cual es el perciir el valor de ese título, producto de la transferencia del mismo, oteniendo el resarcimiento por el menor valor de sus acciones producido por el aumento del capital y la pérdida de sus derechos políticos por una menor participación en el capital social"
D. CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN EN FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN EN VALORES •
F60 M;;"A =ondo mutuo de inversión en valores es un patrimonio integrado por aportes de personas naturales y &urídicas para su inversión predominantemente en valores de oferta púlica"
•
P+6 V+57* 0*7 F60"A 8%os =ondos $utuos tiene la característica de ser de capital aierto, lo que significa que la sociedad administradora est! oligada a vender sus valores, en caso de rescate de participaciones, teniendo este producto una liquide importante8" #l patrimonio de los fondos mutuos es susceptile de variación por efecto de nuevas aportaciones o rescate de las e'istentes"
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LOS VALORES MOBILIARIOS
•
C;/ 0*7 P+6 6+8+0 *6 C*+<0/ = /; */:6 "A #l patrimonio del fondo mutuo est! dividido en cuotas de características iguales representadas por certificados de participación emitidos por la sociedad administradora en nomre del fondo, los mismos que pueden adoptar la forma de títulos o anotaciones en cuenta
•
S*00*/
A06/+0+/"A
9on
aquellas
que
tienen
la
responsailidad de administrar los fondos que provienen del ahorro del púlico en general, pudiendo crear diversos fondos, cada uno de ellos orientados a un sinfín de actividades
y constituidos de acuerdo a
inversiones de diferente riesgo"
•
R*/* 0* C*+<0/ 0* P+86*/"A Gcurre cuando los certificados de participación de fondos que son de capital variale o capital aierto, son rescatados por la administradora cuando así lo solicite el tenedor de los mismos, con su&eción a las limitaciones estalecidas en el reglamento interno y el reglamento de =ondos $utuos de -nversión en alores y sus 9ociedades 0dministradoras"
•
B*6*< 0*7 P+8* "A #s aquel eneficio que otiene el partícipe por su inversión en un fondo mutuo" #st! constituido por el incremento de su cuota que se origine como consecuencia de las variaciones que e'perimente el patrimonio el =ondo $utuo"
•
R*8+*/*6:6 0* C*+<0/ 0* P+8:6"A %os Certificados de articipación en =ondos $utuos de -nversión en alores, pueden ser emitidos en títulos o mediante anotación en cuenta sólo por las 9ociedades 0dministradoras de dichos =ondos, que cuenten con la respectiva autoriación de la autoridad competente"
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LOS VALORES MOBILIARIOS •
P+@8*"A %a calidad de partícipe en un fondo mutuo se adquiere porH 9uscripción de certificados de participación, en el momento en que la sociedad administradora recie el aporte del inversionista" 0dquisición de certificados de participación; o, 0d&udicación de certificados de participación poseídos en copropiedad, sucesión por causa de muerte u otras formas permitidas por las leyes" Cuando un certificado de participación perteneca en copropiedad a m!s de una persona, sus titulares deer!n designar a una de ellas para que los represente frente a la sociedad administradora"
•
T+6/<*+*6 0*7 C*+<0"A %a transferencia de certificados de participación de un fondo mutuo se efectúa de acuerdo a las normas reglamentarias que se estalecan" %a transferencia no surte efectos contra la sociedad administradora mientras no le sea comunicada por escrito, ni contra terceros, en tanto no se haya anotado en el registro de partícipes que dee llevar la sociedad administradora" %a sociedad administradora est! oligada a inscriir, sin tr!mite alguno, las transferencias que se le soliciten con arreglo a lo estalecido en este artículo"( 0rtículo F@ de la %$)
E. CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN EN FONDOS DE INVERSIÓN #l =ondo de -nversión consiste en un patrimonio constituido por los aportes de personas naturales o &urídicas, para su inversión en diversos activos, como acciones, ienes raíces, valores no inscritos, etc" (0rt" 7 del 2ecreto %egislativo 56); #l patrimonio est! dividido en cuotas que se representan en certificados de participación" #stos certificados son transferiles, pudiendo ser colocados por oferta púlica o privada (artículo del 2ecreto %egislativo 56); #l car!cter del =ondo de -nversión es predominantemente cerrado, o sea con un numero de cuotas fi&as, no siendo susceptile de rescate, reemolso o la de incremento de su valor por nuevas aportaciones (artículo 1 del 2ecreto DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS %egislativo 56), éste no cuenta en la liquide inmediata que la permita el rescate de sus cuotas" #'isten =ondos de -nversión $oiliaria; en 2esarrollo de #mpresas y de -nversión 2irecta" #l rendimiento se materialia en la distriución de eneficios"
F. VALORES EMITIDOS EN PROCESOS DE TITULI&ACIÓN T;7:6.A #s un proceso consistente en dar forma de instrumento transale a alguna oligación específica no transale, tal como una cartera de créditos ancarios, o de consumo, o de cuentas por corar, o de títulos del #stado, e implica por lo tanto emitir un instrumento o título homogéneo con sus propios plaos y tasas, transale en el mercado secundario" na tituliación no es m!s que una emisión de valores asada en los flu&os dinerarios que rinda un grupo de activos que se encuentra separado en un vehículo apropiado para tal fin (# A ehículo de ropósito #'clusivo o patrimonio fideicometido), el cual puede ser administrado por un fiduciario u otra entidad que rinde similares fines, tal como puede ser una sociedad anónima con un fin social restringido (9# A 9ociedad de ropósito #special), en otras palaras, en el fideicomiso de tituliación, una persona, denominada originador (fideicomitente), se oliga a efectuar la transferencia fiduciaria de un con&unto de activos a favor de una sociedad tituliadora (fiduciario) para la constitución de un patrimonio autónomo, denominado patrimonio fideicometido, su&eto a la administración (dominio fiduciario) de este último, el que contra dicho patrimonio emite valores que son colocados en los mercados de cpitales para ser adquiridos por los inversionistas (fideicomisarios)"
G. ES'UEMA DEL PROCESO DE TITULI&ACIÓN •
A9/ T;7+ "A %os activos son originados por una empresa y se encuentran financiados por pasivos o capital de ella" 0 la empresa se le
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LOS VALORES MOBILIARIOS conoce como el originador y recie los flu&os de fondos (coranas) antes de iniciarse la titulación" •
C+*+@// 0* A9/ T;7+ " A na ve que se haya otenido un portafolio de activos suficientemente grande y homogéneo se analian y de ser viale se venden o se asignan a una tercera entidad conformada con el propósito específico de separar los activos constituyendo un ehículo de ropósito #'clusivo"
•
P+6 F0**0"A #l ehículo de ropósito #'clusivo (#) es por lo general un atrimonio =ideicometido" #ste constituye un patrimonio autónomo, distinto al patrimonio propio de la sociedad tituliadora, del fideicomitente, del fideicomisario y de la persona designada como destinatario de los activos remanentes del fideicomiso"
•
A06/+:6 8+ S*00 T;70+ #l atrimonio =ideicometido es administrado por una 9ociedad ?ituliadora o una empresa creada especialmente para tal fin" #n el roceso de tituliación, las tituliadoras reciir!n los activos en calidad de fideicomiso proveniente de las empresas que requieren financiamiento"
•
A C6/;9 0*7 P+6 F0**0 "A #l artículo 1D5 de la %$ dispone que el acto constitutivo del fideicomiso constar! en #scritura úlica, conteniendo el proceso de ?ituliación, e&emploH =inalidad, individualiación de activos o&eto de transferencia, modo y plao de transferencia, denominación del #, derechos y oligaciones del fideicomitente, 9ociedad ?ituliadora y del =ideicomisario, garantías, etc"
•
E/:6 0* C*+<0/ 0* T;7:6 "A %a 0dministradora del ehículo de ropósito #'clusivo (#) o atrimonio =ideicometido emite valores moiliarios (en el caso de un fideicomiso de tituliación, los emite una sociedad tituliadora) para poder financiar la adquisición al originador de los activos" %os valores moiliarios emitidos en procesos de tituliación podr! hacerse a&o la denominación de 8Certificados de ?ituliación8, 80cciones de ?ituliación8, o 8Bonos de ?ituliación8 u otras denominaciones permitidas por la autoridad competente" (artículo 6 de la %ey @5@)
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LOS VALORES MOBILIARIOS
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A0?;/:6 0* C*+<0/ 0* T;7:6"A %os inversionistas adquieren los valores una ve que hayan analiado la capacidad de pago de los flu&os provenientes del con&unto de activos 8tituliados8" #n el caso de emitirse instrumentos el riesgo de estos se encuentra calificado por dos empresas clasificadoras de riesgos, cuya metodología es supervisada por CG309#"
.2 .- VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA A. LAS OBLIGACIONES %a financiación de las inversiones de las sociedades mercantiles se consigue fundamentalmente de dos modos distintosH aumentando el capital social o endeudamiento con terceros" #n el primer caso la empresa social se desarrollar! con capital propio, en el segundo, con capital a&eno reciido a crédito" #ste último medio es m!s costoso que el primero, pues para otener el crédito la sociedad se ve oligada, en ocasiones a dar en garantía su patrimonio y en cualquier caso tendr! que satisfacer intereses por el capital reciido" ero en este segundo caso, se presentan alternativas que pueden mitigar los costos del dinero, nos referimos a la colocación de valores representativos a un empréstito colectivo, pagando intereses al ahorrista superiores de los que paga el anco como intereses pasivos, pero su costo es inferior, para las empresas, en el caso que huiese acudido al Banco ya que pagaría los intereses activos"
C6*60 S;/67 = F+7 #n las oligaciones est! incorporado un derecho de crédito, que puede nacer con la emisión de las oligaciones o ser anterior a ella, porque la sociedad puede acudir a la emisión de oligaciones para consolidar deudas anteriores a corto plao o incluso deudas vencidas, convirtiendo en oligacionistas a los antiguos acreedores ordinarios" ?odos los valores moiliarios que reconocan o creen una DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS deuda y se emitan en serie impresa y numerada, tendr!n la consideración legal de oligaciones, cualquiera que sea la denominación que recian (cédulas, onos, etc")"
E/+ 0* 7/ O576*/ #l emisor es el oligado principal y cuyo patrimonio responde por las prestaciones que dee efectuar a los titulares legítimos de las oligaciones" %a nueva ley 655@ las regula dentro del liro cuarto, normas complementarias a todas las sociedades; por tanto, podemos afirmar que a todas las sociedades les corresponde el derecho a emitir oligaciones" 2el te'to de la %ey, se puede deducir que inclusive puede ser emitido por personas naturales, .ello, deido a que la actividad empresarial y la necesidad de recursos financieros no son propios y e'clusivos de personas &urídicas/, dicen Beaumont y Castellares que .se trata de dar apoyo a sectores de la economía en los que los agentes y operadores son personas naturales y peque:os empresarios que ien podrían recurrir dentro de su sector y región a través de emisión de oligaciones y en oferta privada o púlica/; intenciones loales, pero que por la idiosincrasia de nuestros empresarios no es utiliada ni por las sociedades anónimas medianamente significativas patrimonialmente"
I8+* M Como protección al oligacionista, el artículo 1D< de la %9 dispone que el importe total de las oligaciones no podr! ser superior al patrimonio neto de la sociedad, e'cepto se haya otorgado garantía específica o la operación se realice para solventar el precio de ienes cuya adquisición o construcción huiese contratado de antemano la sociedad"
E/:6 A/8*/ G*6*+7*/"A %as condiciones de cada emisión ser!n las que disponga el estatuto y las que acuerde la Iunta de 0ccionistas o de 9ocios" Constar!
en
#scritura
úlica,
deer!
8constituirse
un
sindicato
de
oligacionistas y designarse una empresa ancaria financiera o sociedad DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS agente de olsa que, con el nomre de representante de los oligacionistas, intervendr! en el contrato de emisión"
R*8+*/*66* 0* 7/ O576//"A ?oda emisión de oligaciones, requiere de la designación del representante de los oligacionistas" 9ólo las empresas ancarias, financieras o las sociedades agentes podr!n ser designadas como representantes de los oligacionistas
C6*60 0*7 C6+ 0* E/:6"A #l contrato de emisión celerado por el emisor y el representante de los oligacionistas consigna los derechos y deeres de éstos, así como los de los futuros oligacionistas
G+6@/ 0* E/:6 %as garantías específicas pueden ser derechos reales de garantía o =iana solidaria emitida por entidades del 9istema =inanciero 3acional" 0dem!s podr! constituirse depósito ancario, certificado ancario en moneda e'tran&era depositado en una institución financiera del país, pólia de caución de empresas de seguros y otras"
R*8+*/*6:6 %as oligaciones pueden representarse por títulos, certificados, anotaciones en cuenta; si se representan en títulos, estos y sus cupones pueden ser nominativos o al portador" (3umeral 61" del artículo 61 de la %ey @5@)
S60 0* O576// #l 9indicato de oligacionistas tiene como finalidad remediar la situación de desamparo en que se encuentran los tenedores de las oligaciones frente a la sociedad emisora" 0 diferencia del acreedor de derecho común, que se encuentra asistido de sólidas garantías a las cuales no puede escapar f!cilmente su deudor, el oligacionista apenas puede controlar la solvencia de la entidad emisora"
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LOS VALORES MOBILIARIOS M+;7 0* O576*/ #l emisor llevar! una matrícula de oligaciones por cada emisión y serie" 9e anotar! la emisión, serie, clase, las transferencias, los can&es y desdolamientos de títulos, constitución de derechos y grav!menes"
B6/ idal *amíre e'presa, que en nuestro medio, las oligaciones recien la denominación usual de onos, sin hacer ningún distingo en cuanto a características específicas o a plaos, es por tal motivo, que e'iste una relación de sinonimia entre 8oligación8 y 8ono8"
B6/ C+8+9/ #s una oligación ordinaria emitida por una empresa para captar fondos que le permitan financiar sus operaciones y proyectos, cuyas características han sido ampliamente comentadas anteriormente
•
B6/ 0* A++*60*6 F66*+ (BAF)
9on aquellos valores emitidos por empresas ancarias, financieras y de arrendamiento
financiero
cuyo
o&eto
es
financiar
operaciones
de
arrendamiento financiero (leasing)" ?iene como vencimiento un plao mínimo 1 a:os" arantiados por activos de la emisora"
B6/ S;5+060/ 9on aquellas oligaciones cuyos derechos sore un activo est!n después de los de una deuda no suordinada, en el caso que se produca la liquidación de la empresa ancaria que las emitió" 2een ser emitidos por empresas ancarias y financieras; el Bono se encuentra condicionado a la cancelación de otras deudas"
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LOS VALORES MOBILIARIOS P8*7*/ C*+7*/ Gligaciones de corto plao emitidos por empresas con la finalidad de captar recursos destinados al capital traa&o" #s frecuente que en el caso de estos instrumentos de corto lao, no se contempla el pago de intereses sino su colocación por dea&o de la par; su rendimiento est! dado por el descuento pactado al momento de su adquisición"
B. LETRA HIPOTECARIA 9on valores emitidos por una institución financiera respaldado de un crédito hipotecario (créditos para construir o adquirir ienes inmueles) que dicha entidad financiera es titular, los cuales pueden ser negociados en el mercado secundario a través de la Bolsa de alores,, pues su finalidad es conceder financiaciones hipotecarias mediante mutuo no dinerario, especialmente con %etras >ipotecarias"
C. CDULA HIPOTECARIA %as cédulas hipotecarias son una variedad especial de las oligaciones o onos, las cuales est!n garantiadas por la afectación específica de un con&unto de inmueles por préstamos hipotecarios otorgados por el Banco y el dinero efectivo depositado con este fin por pagos efectuados" Constituyen oligación directa del Banco y adem!s de las garantías ya indicadas, est!n gravados para el pago del principal e intereses, el capital, fondo de reserva y activos del Banco, siendo este gravamen preferente a cualquier otra"
D. PAGAR BANCARIO #ste valor moiliario es un instrumento de deuda de corto plao, a ser colocado a su valor de mercado (a&o la par) entre los inversionistas" 9ólo las empresas del 9istema =inanciero 3acional est!n facultadas a emitir el agaré Bancario, la emisión puede ser como valor individual o masivo"
E. CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES 9on ?ítulos que representa depósitos dinerarios constituidos a plao fi&o en la DOC. ADA CAJO NIEBUHR
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LOS VALORES MOBILIARIOS empresa emisora, que dee ser una institución ancaria o financiera, emitidos a la orden o nominativos, no puede corarse hasta su vencimiento, es generalmente de largo plao, y con una tasa de interés efectivo anual" 9e trata de un valor que representa un depósito dinerario reciido por la empresa emisora, sin que sea necesario que se ara una cuenta ancaria"
F. OBLIGACIONES # BONOS PBLICOS 9on valores representativos de deuda púlica emitida por el estado, organismos autónomos o entidades avaladas por el estado" %os empréstitos del #stado dan lugar a la emisión de renta, designados por el tipo de interés y algunos por el a:o de emisión" #ntre los valores representativos de deuda púlica m!s conocidos tenemosH
) B6/ 0*7 T*/+"A ?ítulo valor emitido en moneda nacional o e'tran&era por el ?esoro úlico, e'tendido al portador y de lire negociailidad, cuyo o&etivo es otener recursos para atender las necesidades transitorias de la Ca&a del ?esoro"
5) B6 0* C87:6 BCRP"A Bono emitidos por el $#= como mecanismo para que el BC* alcance el capital se:alado en su %ey Grg!nica" 9e emite para saldar deuda del sector púlico y anca de fomento con el BC* y otras pérdidas acumuladas"
) C*+<0 0* D*8:/ BCRP.- alor en moneda nacional emitido por el BC* con fines de +*;7:6 6*+" #s emitido al portador, se puede negociar liremente y tiene un plao de vencimiento normalmente de F semanas" 9u colocación es mediante suasta púlica en la que pueden participarH las empresas ancarias, financieras y de seguros"
!. CONCLUSIONES •
%os valores moiliarios son títulos seriales que tienen por finalidad la captación de recursos que permita satisfacer las necesidades financieras
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LOS VALORES MOBILIARIOS de la empresa" %os valores moiliarios nacen en virtud de una operación de •
financiación en masa, teniendo en su origen una causa financiera %os valores de una misma clase deen ser homogéneos y fungiles, esta fungiilidad no es e'actamente la del derecho civil que se caracteria por ausencia de la individualiación, la fungiilidad es de naturalea económica,
•
un título vale lo mismo que otro %os valores moiliarios son títulos causados, pues no solo son el resultado de una operación &urídica que los mantiene ligados a su origen pese a las sucesivas transferencias que registren, sino, que incorporan un derecho pree'istente, cuya vigencia y modalidad se determina por elementos
•
e'tra:os al título %os valores moiliarios son títulos incompletos, pues su contenido literal no e'presa la totalidad de derechos y correlativas oligaciones incorporadas al título, el titular deer! constatar en el instrumento de la emisión, sea la ley, los estatutos de la sociedad emisora o el acto &urídico que contiene las condiciones de la emisión, el alcance de sus derechos y correlativas oligaciones"
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