LICENCIAMIENTO DE PROYECTOS, EDIFICACIONES Y PROYECTOS URBANOS GUIA DE CONSULTA CONTENIDO GUIA DE CONSULTA SOBRE NORMATIVAS PARA EL DISEÑO DE PROYECTOS TUTORIAL CONSIDERACIONES La descripción y categorización únicamente tiene fines orientadores para una consulta más ágil a las normativas para el diseño de un proyecto La particularidad de cada proyecto puede necesitar revisar otras normas a más de las sugeridas para cada categoría. Según a la categoría a la que se aplique el proyecto a desarrollar, revisar previamente LA DESCRIPCION CORTA DE LAS ORDENANZAS, que le permitirá luego examinar detenidamente la ordenanza correspondiente Es importante contar previamente con el IRM (Informe de Regulación Metropolitana) que determina coeficientes máximos de ocupación, altura, retiros, usos. CATEGORIZACION •
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CATEGORIA A UNO A SEIS UNIDADES DE VIVIENDA, VIVIENDA , en conjunto o en edificio de hasta tres plantas. PRINCIPALES ORDENANZAS A REVISAR: Ordenanza No. 0433 y 0156 (LMU). Anexo 5, Anexo 6, Anexo 7 Ordenanza No. 172 Anexo Único. Reglas Técnicas de Arquitectura y Urbanismo Ordenanza No. 432 Resolución No. STHV-02-2015 Resolución No. STHV-10-2015 A 0086, Reglamento de procedimientos y requisitos CATEGORIA B UNA O MAS UNIDADES DE VIVIENDA DE MAS DE TRES PLANTAS, individuales, en conjunto o edificios. EDIFICIOS PARA OFICINAS O USO MIXTO(oficinas, MIXTO(oficinas, apartamentos, locales comerciales) es importante revisar previamente las normas vigentes. • •
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PRINCIPALES ORDENANZAS A REVISAR: Ordenanzas No. 0433 y 0156 (LMU). Anexo 4, Anexo 5, anexo 6, Anexo 7 Ordenanza No. 171 y su reforma con la Ordenanza No. 447 Ordenanza No. 172, Anexo Único. Reglas Técnicas de Arquitectura y Urbanismo. Ordenanza No. 308. Anexo 1, Anexo 2, Anexo An exo 3, Anexo 5 Ordenanza No. 432. Ordenanza Np. 106. Anexo An exo Único. Reglamento de Procedimientos. Resolución No. STHV-02-2015 Resolución No. STHV-10-2015 A 0086. Reglamento de Procedimientos y Requisitos CATEGORIA C Si tiene el encargo de realizar otro tipo de proyectos, destinados u USOS ESPECIALES, como centros comerciales, hoteles, hospitales, estaciones de servicio; u otros de complejidad, usos y/o tamaño. PRINCIPALES ORDENANZAS A REVISAR: Ordenanzas No. 0433 y 0156 (LMU). Anexo 4, Anexo 5, Anexo 6, Anexo 7 Ordenanza No. 171 y su reforma con la ordenanza No. 447 Ordenanza No. 172. Anexo Único. Reglas técnicas de Arquitectura y Urbanismo Ordenanza No. 308. Anexo 1, Anexo 2, Anexo An exo 3, Anexo 4, Anexo 5 Ordenanza No. 432 Ordenanza No. 106. Anexo Único. Reglamento de procedimientos. Ordenanza No. 0127. Anexo Único. Resolución No. STHV-02-2015 STHV-02-2015 Resolución No. STHV-10-2015 Ordenanzas de Medio ambiente No. 159, 213, 248, 250, 288, 320. A 0086. Reglamento de procedimientos y requisitos CATEGORIA D PROYECTOS URBANOS: urbanizaciones URBANOS: urbanizaciones o grandes intervenciones urbanas. •
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PRINCIPALES ORDENANZAS A REVISAR: Ordenanzas No. 0433 y 0156 (LMU). Anexo 3, Anexo 4, Anexo 5, Anexo 6, Anexo 7. Ordenanza No. 171 y su reforma con la Ordenanza No. 447 Ordenanza No. 172. Anexo Único. Reglas Técnicas de Arquitectura y Urbanismo. Ordenanza No. 308. Anexo 1, Anexo 2, Anexo 3, Anexo 4, Anexo 5. Ordenanza No. 432 Ordenanza No. 106. Anexo Único. Reglamento de procedimientos Ordenanza No. 0127. Anexo Único. Ordenanzas de Medio Ambiente No. 159, 213, 248, 250, 288, 320. Ordenanza No. 022. Anexo 1. Ordenanza No. 0293. Reglamento de aplicación. Resolución 036. Resolución No. STHV-02-2015 Resolución No. STHV-10-2015 Resolución SA-PN-2016-001 Arbolado Urbano A 0086, Reglamento de procedimientos y requisitos CONADIS. Normas INEN 2239, 2240, 2241, 2243, 2245, 2248, 2249, 2309, 2313, 2314, 2315, 2854, 2246, 2247. COOTAD, REFORMA ALA COOTAD (2014), Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (2016) CATEGORIA E DECLARATORIAS DE PROPIEDAD HORIZONTAL PRINCIPALES ORDENANZAS A REVISAR: Resolución STHV-RT-No. 002. Anexo Único. Manual de procesos. Resolución No. A003. A 0086. Reglamento de procedimientos y requisitos. Resolución No. STHV-10-2015 Ordenanza No. 126 Diferencias de superficie de terrenos. LEY REFORMATORIA A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL. Setbre. 2011 •
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REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL. Ag. 1999 CODIFICACION DE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL. Setbre. 2005 CATEGORIA F SUBDIVISIONES. REESTRUCTURACION PARCELARIA PRINCIPALES ORDENANZAS A REVISAR: Ordenanzas No. 0433 y 0156 (LMU). Anexo 1, Anexo 2, Anexo 4, Anexo 5, Anexo 6, Anexo 7 Ordenanza No. 308. Anexo 1 Ordenanza No. 171 y su reforma con la ordenanza No. 447 Ordenanza no. 172. Anexo Único. Reglas Técnicas de Arquitectura y Urbanismo. Ordenanza No. 432. Ordenanza No. 126. Diferencias de superficies de terreno. A 0086. Reglamento de procedimientos y requisitos. Resolución No. STHV-10-2015 CATEGORIA G TRABAJOS VARIOS PRINCIPALES ORDENANZAS A REVISAR: Ordenanzas No. 0433 y 0156 (LMU). Anexo 5. Anexo 6, Anexo 7 Ordenanza No. 093. Cerramientos en solares no edificados. A 0086. Reglamento de procedimientos y requisitos. CATEGORIA H PROYECTOS EN AREAS HISTORICAS. Si el proyecto tendrá usos específicos como hoteles, salones, deberá revisarse lo pertinente a más de la abajo descripto. PRINCIPALES ORDENANZAS A REVISAR: Ordenanza No. 094 Ordenanza No. 0260 Ordenanzas No. 0433 y 0156 (LMU). Anexo 4, Anexo 5, Anexo 6, Anexo 7 •
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Ordenanza No. 172. Anexo Único. Reglas Técnicas de Arquitectura y Urbanismo. Ordenanza No. 308, Anexo 1, Anexo 2, Anexo 3, Anexo5 Ordenanza No. 432 Ordenanza no. 106. Anexo Único. Reglamento de procedimientos A 0086 Reglamento de procedimientos y requisitos Resolución No. STHV-10-2015 NOTA: Para proyectos a diseñarse en los sectores de Quito, Tenis, La Floresta, La Mariscal, Quitumbe, Parque Bicentenario, además habrá que revisar la ordenanza correspondiente. Proyectos esp de magnitud (más de 10.000m2) o complejidad, deberán realizarse consultas previas en la STHV o en la ECP INGENIERIAS CATEGORIA A UNO A CINCO UNIDADES DE VIVIENDA, en conjunto o en edificio de hasta tres plantas. ESTUDIO ESTRUCTURAL. Normas NEC publicada el 10 de enero 2015 Las ingenierías hidrosanitarias, eléctricas son auto declarativas. Hay que realizarlas de acuerdo a las normas exigidas, pero no se requierelicenciamiento. Si excede los 500m2. Se requerirá estudio de Suelos y Memoria de Cálculo Resolución No. STHV-10-2015 CATEGORIA B UNA O MAS UNIDADES DE VIVIENDA DE MAS DE TRES PLANTAS Estudio de ingenierías de suelos. Estudio Estructural. Normas NEC publicada el 10 de enero de 2015 Ingeniería Eléctrica. NEC 2011. Capítulo 15. Normas EEQ. Sistema de prevención y protección contra incendios. Ordenanza No. 0470. Anexos del 1 al 7 Ordenanza No. 0114. Resolución No. STHV-10-2015 •
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INEN 2 260:2010 INEN-ISO 3864-1:2013 Reglamento de Prevención Normas NFPA No. 13, 14, 20, 25, 72 (de ser el caso) En nuevos proyectos, la ingeniería eléctrica, e hidrosanitaria son auto declarativos. CATEGORIA C USOS ESPECIALIZADOS Estudio de ingeniería de suelos. Estudio Estructural. Normas NEC publicada el 10 de enero de 2015 Ingeniería Hidrosanitaria.Normas EP-MAPS 2009 Ingeniería Eléctrica. NEC 2011. Capítulo 15. Normas EEQ. Sistema de prevención y protección contra incendios. Ordenanza No. 0470. Anexos 1 al 7. Ordenanza No. 0114. Resolución No. STHV-10-2015 INEN 2 260:2010 INEN-ISO 3864-1:2013 Reglamento de Prevención Normas NFPA No. 13, 14, 20, 25, 72 (de ser el caso) Estudio de Ingeniería de Movilidad. Este estudio dependerá del tipo de proyecto su magnitud y ubicación. En nuevos proyectos, la ingeniería eléctrica, e hidrosanitaria son auto declarativos. CATEGORIA D PROYECTOS URBANOS Estudio de ingeniería de suelos. Estudio Estructural. Normas NEC publicada el 10 de enero de 2015. Ingeniería Hidrosanitaria. Normas EP-MAPS 2009 Ingeniería Eléctrica. NEC 2011. Capítulo 15. Normas EEQ. Sistema de prevención y protección contra incendios Ordenanza No. 0470. Anexos 1 al 7. • • • •
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Ordenanza No. 0114. Resolución No. STHV-10-2015 INEN 2 260:2010 INEN-ISO 3864-1:2013 Reglamento de prevención. Normas NFPA No. 13, 14, 20, 25, 72 (de ser el caso) Estudio de ingeniería de movilidad. Este estudio dependerá del tipo de proyecto su magnitud y ubicación. En nuevos proyectos, la ingeniería eléctrica, e hidrosanitaria son auto declarativos. CATEGORIA H PROYECTOS EN AREAS HISTORICAS Se requiere Estudio de ingeniería de suelos. Estudio Estructural. Normas NEC publicada el 10 de enero de 2015 Ingeniería Hidrosanitaria. Normas EP-MAPS 2009 Ingeniería Eléctrica. NEC 2011. Capítulo 15. Normas EEQ. Sistema de prevención y protección contra incendios. Ordenanza No. 0470. Anexos 1 al 7 Ordenanza No. 0114. Resolución No. STHV-10-2015 INEN 2 260:2010 INEN-ISO 3864-1:2013 Reglamento de Prevención Normas NFPA No. 13, 14, 20, 25, 72 (de ser el caso) En nuevos proyectos, la ingeniería eléctrica, e hidrosanitaria son auto declarativos. Nuevos proyectos comprenden aquellos que se presentan a partir del 2 de febrero de 2016 ECP-CAE-P Actualización al 29 de julio 2016 • • • • • •
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CUERPOS LEGALES PARA EL LICENCIAMIENTO DE PROYECTOS ARQUITECTONICOS Y URBANOS EN EL DMQ. DESCRIPCION CORTA ORDENANZAS METROPOLITANAS No. 308. LICENCIA METROPOLITANA PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA. LUAE. 16 de abril de 2010 Ordenanza que determina el alcance de las licencias metropolitanas para toda actividad económica. ANEXOS Anexo 1. Reglas técnicas de las autorizaciones que corresponden al uso y ocupación del suelo, En este documento se encuentran las condiciones generales de implantación del uso comercial y de servicios en el territorio. Anexo 2. Reglas técnicas en materia de sanidad Anexo 3. Prevención de incendios. Reglas técnicas en materia de prevención de incendios (consideraciones para ingenierías, sistema GLP, disposición sobre escaleras y otros). Anexo 4. Reglas técnicas en materia de publicidad exterior Anexo 5. Reglas técnicas en materia Ambiental. Anexo 6. Reglas técnicas en materia de Turismo Anexo 7. Tabla de categorización de actividades económicas a licenciarse. No.433. ORDENANZA REFORMATORIA DE LA ORDENANZA No. 156 SOBRE LAS LICENCIAS METROPOLITANAS URBANISTICAS. 20 de septiembre 2013 •
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Realiza reformas a varios articulados de la ORDM No. 156 en concordancia al COOTAD. No. 156. LICENCIAS METROPOLITANAS URBANISTICAS. LMU. 19 de diciembre de 2011. Establece las licencias urbanísticas bajo el Régimen Administrativo del Suelo. Complementa a la Ordenanza No. 308. Detalla los requisitos y alcances LMU10. Licencia Metropolitana Urbanística de Habilitación del Suelo. LMU20. Licencia Metropolitana Urbanística de Edificación LMU30. Licencia Metropolitana Urbanística de Propiedad Horizontal LMU40. Licencia Metropolitana Urbanística de Uso de Espacio Público, para instalaciones de Redes de Servicio LMU41. Licencia Metropolitana Urbanística de Publicidad Exterior. ANEXOS Anexo 1. Requisitos para otorgamiento de la autorización de SUBDIVISIONES Anexo 2.Requisitos para la autorización de REESTRUCTURACIONES PARCELARIAS. Anexo 3. Requisitos para la autorización de URBANIZACIONES. Anexo 4. Requisitos para la autorización de INTERVENCIONES MAYORES Anexo 5. Requisitos para la autorización de INTERVENCIONES MENORES. Anexo 6. Reglas Técnicas para la presentación de planos. Anexo 7. Instrumentos de información para la habilitación del suelo y la edificación No. 170 PLAN METROPOLITANO DE DESARROLLO DEL DMQ (PMDDMQ). 30 de diciembre de 2011 Ordenanza que aprueba el Plan Metropolitano de Desarrollo para el DMQ. Es la directriz principal para las decisiones estratégicas de desarrollo de la ciudad. Anexo Único. •
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Plan de Desarrollo 2012-2022 Documento que contiene los objetivos, políticas y metas para el desarrollo de la ciudad hasta el 2022. No. 171 ORDENANZA QUE CONTIENE EL PLAN METROPOLITANO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PMOT). 30 de diciembre de 2011 Contiene el PMOT Y 11 Anexos. Anexo 1. Objetivos del Ordenamiento Territorial como respuesta a los objetivos de los ejes estratégicos del Plan Metropolitano de Desarrollo. PLANOS Anexo 1. Mapa PMOT1. Áreas de Protección y corredores Ecológicos 1. Esta Ordenanza y su Anexo esta derogada. Actualmente rige la No. 0041, pero consideramos un elemento válido de consulta. Anexo 2. Mapa PMOT2. Clasificación General del suelo Anexo 3. Mapa PMOT3. Sistema de Áreas Patrimoniales. Anexo 4. Mapa PMOT3a. Área de Promoción Patrimonial Anexo 5. Mapa PMOT4A Sistema Integrado de Transporte Público Anexo 6. Mapa PMOT4B. Red vial Principal Anexo 7. Mapa PMOT4B1. Red vial Principal Anexo 8. Mapa PMOT4C. Red Vial de Obras Prioritarias Anexo 9. Mapa PMOT5. Centralidades Urbanas Anexo 10. Mapa PMOT5A. Centralidades rurales. Anexo 11. Pla de Uso y Ocupación del suelo (PUOS). No. 0447 OEDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA No. 171. 21 DE OCTUBRE DE 2013 Modifica el Anexo 11 de la Ordenanza No. 0171 que contiene el Plan de Uso y Ocupación del suelo (PUOS). No. 172 REGIMEN ADMINISTRATIVO DEL SUELO DEL DMQ2. 22 de diciembre de 2011 Ordena, habilita y establece directrices para el uso, ocupación del suelo. Determina mecanismos para su control y autorización de las licencias metropolitanas (LMU). El PMOT, es el instrumento principal de desarrollo, a la que se añaden otros 2 Esta ordenanza deroga a las ordenanzas Nos. 3746, 0031 y 255
complementarios: Planes Maestros, Planes Parciales, Planes de escala parroquial o sectorial. Reglas técnicas de arquitectura y Urbanismo. Se establecen flujos de procedimiento específicos. Anexo Único Reglas Técnicas de Arquitectura y Urbanismo Documento que contiene normas para el diseño arquitectónico de proyectos. También contiene Reglas Técnicas de Mobiliario Urbano, que establecen directrices básicas de ubicación de: bancas, quioscos, postres de iluminación, árboles, rotulación, basureros, etc. •
N° 0432 ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA N° 172 23 de septiembre 2013. Determina los conceptos, establece responsabilidades y atributos con respecto a los planes de ordenamiento del suelo; sustituye varios artículos de la ordenanza N° 172 . N° 0127 PLAN METROPOLITANO DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DMQ (Modificatoria a la Ordenanza N° 0041). 25 de julio de 2016. Ordenanza que actualiza el Plan Metropolitano de Desarrollo para el DMQ (ORM N° 0041). Es la directriz principal para las decisiones estratégicas de desarrollo de la ciudad. Anexo. Plan de uso de Ocupación de Suelos (PUOS) •
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Asignaciones del uso y ocupación del suelo y compatibilidades. Zonificación y formas de ocupación. Estructura vial y áreas de protección especial. Planos PUOS Z2, asignaciones generales de la zonificación. PUOS V2, de los derechos de vías. PUOS P2, de las áreas de protección especial.
N° 106 INCREMENTO DE NUMERO DE PISOS. 18 de julio 2011. Instituye el aumento de pisos para edificar adicionales a los permitidos, en zonas determinas (ZUAE) del DMQ. Formulas que valoran este incremento que el promotor cancelará al DMQ por el “suelo creado”.
Anexo Único Reglas técnicas para las Zonas Urbanísticas de Asignación Especial (ZUAE). Instrumento de aplicación a los órganos y destinarios involucrados en estos procesos. Reglamento de procedimientos para el incremento de número de pisos y suelo creado. Documento que explica las instrucciones, pasos a seguir y su forma de pago. •
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N° 094 ORDENANZA PARA ÁREAS PATRIMONIALES. Se refieren al campo de acción y administración en áreas patrimoniales por parte del Instituto Metropolitano de Patrimonio. Establece incentivos y estímulos para la rehabilitación de edificaciones patrimoniadas (desde reparación de fachadas). N° 0260 ORDENANZA DE BIENES Y ÁREAS PATRIMONIALES.
De carácter similar a la ordenanza N° 094, La sección IV del capítulo II artículo 28,29, 30, 31,32 fueron derogadas por la ordenanza N° 094. El resto tiene vigencia. ORDENANZA DE MEDIO AMBIENTE. N° 159, 213, 248, 250, 288, 320. Ordenanzas Reformatorias a la Ordenanza 213 que tratan sobre toda la normativa del manejo responsable de los recursos naturales. Manejo de desechos, cuidado del medio ambiente. Importante consultar en proyectos de complejidad. N° 126. EXCEDENTES O DIFERENCIAS DE ÁREAS DE TERRENO URBANO Y RURAL. 19 julio 2016 Ordenanza que establece la manera de actuar frente a diferencias en los predios con respecto a la medición (ETAM: erros técnico aceptable de medición). Sustituye a la Ordenanza N° 269. N° 022 LICENCIA METROPOLITANA IRBANÍSTICA DE UTILIZACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO PARA REDES DE SERVICIO. LMU 40. 26 de enero 2011. Licencia que establece la autorización para realizar instalaciones de energía, comunicación u otras en el espacio público, previo cumplimiento de los parámetros exigidos en el Anexo1. N° 0352 ORDENANZA PLAN ESPECIAL BICENTENARIO. Plan especial para la consolidación del parque Bicentenario y el redesarrollo de su entorno urbano. Regula la planificación territorial y gestión del área de influencia. RESOLUCIONES Resolución N° STHV-10-2015 18 diciembre 2015 Simplificación de procedimientos de revisión de planos arquitectónicos e ingenierías. Dispone la posibilidad de una revisión simultánea de los proyectos en la parte arquitectónica, estructural de propiedad horizontal y otras de manera auto declarativa. Además, para la transferencia de dominio en proyectos de vivencia sujetos al régimen de propiedad horizontal. Resolución N°STHV-RT-02-2015 25 de febrero 2015 Sustituye el cuadro N°7 del Anexo Único de Reglas Técnicas de Arquitectura y Urbanismo de la Ordenanza Metropolitana N° 172 que se refiere al requerimiento mínimo de estacionamientos para vehículos livianos por usos en los diferentes tipos de proyectos. Resolución N° STHV-RT-008-2014. 31 de marzo de 2014. Reforma de los conceptos de Área Bruta Total de Construcción y Área Construida a declararse bajo el Régimen de Propiedad Horizontal. Resolución A003 4 de mayo 2012 Dispone de la STHV las competencias para elaborar y expedir los Reglamentos de procedimientos para la Habilitación del Suelo (A086). Requisitos para la aprobación de urbanizaciones y exigencia de estudio de movilidad para proyectos de más de 50 vehículos que no sean de vivienda. A 0086 Reglamento de Procedimientos para la Habilitación del Suelo y Edificación en el DMQ. 15 de octubre 2008
Determina los requisitos para la obtención de: IRM, informes de compatibilidad de usos del suelo, aprobación de urbanizaciones, subdivisiones, reestructuración parcelaria, aprobación de planos, licencia de construcción, trabajos varios, Declaratoria de propiedad horizontal y otros afines. Resolución STHV-RT-N°002 31 de agosto de 2012 Aprueba el Proceso, procedimientos y requisitos técnicos para la aprobación de las Declaratorias bajo el Régimen de Propiedad Horizontal con su Anexo Único. •
Anexo Único Manual de procesos para la emisión de Declaratoria de Propiedad Horizontal. Requisitos y procesos.
Resolución SA-PN-2016-001 Arbolado urbano. Secretaría de Ambiente DMQ. 4 de abril de 2016. Establece regulaciones de protección al arbolado urbano. Además contiene manuales técnicos para este fin. 001-2016 PLAN NACIONAL DE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES. 11 de mayo de 2016. Obliga a todas las instituciones públicas a simplificar los procesos y trámites de todo tipo. 3 Con Resolución STHV-RT-N°002 del 31 de agosto de 2012, se derogan los artículos 21 y 33 de Título IV de este Reglamento. NORMATIVA PARA INGENIERÍAS 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10.
ESTRUCTURAS DE ACERO NEC-SEC-GC CARGAS (NO SÍSMICAS). NEC-SE-CG GEOTECNIA Y CIMENTACIONES. NEC-SE-GC PELIGRO SISMICO. DISEÑO SISMORESISTENTE. NEC-SE-GC ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN ARMADO. NEC-SE-GC ESTRUCTURAS DE MADERA. NEC-SE-GC MAMPOSTERÍA ESTRUCTURAL. NEC-SE-GC RIESGOS SÍSMICOS, EVALUACIÓN, REHABILITACIÓN DE ESTRUCTURAS. NEC-SE-GC VIVENCIAS DE HASTA 2 PISOS CON LUCES DE HASTA 5M. NEC-SEVIVIENDA VIDRIO. NEC-HS-VIDRIO
NORMAS INGENIERÍA HIDROSANITARIAS •
Normas para el diseño de sistema de alcantarillado (EPMAPS). 2009
NORMAS INGENIERÍA ELÉCTRICA CÓDIGO ELÉCTRICO ECUATORIANO 1.973 Normativas sobre las exigencias mínimas de seguridad para la realización de instalaciones eléctricas interiores en edificios, redes de distribución, líneas de transmisión, centrales de generación e iluminación. En este documento tiene aplicabilidad en lo pertinente y en lo que no se oponga a las actuales normas.
NEC 2011 CAPÍTULO 15 INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS. Enero 2013. Instalaciones eléctricas de bajo voltaje. Cableado de telecomunicaciones. Sistemas de elevación y transporte (ascensores, escaleras eléctricas, montacargas). NORMAS DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA EEQ. Febrero 28 de 2014. NORMAS PARA SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN parte A. guía para diseño de redes de distribución. Guía para diseño de redes de distribución. Unidades de propiedad y de construcción. Especificaciones técnicas de equipos y materiales. NORMAS PARA SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN parte B. Unidades de propiedad y de construcción. Guía para diseño de redes de distribución. Unidades de propiedad y de construcción. Especificaciones técnicas de equipos y materiales. NORMAS DE SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN parte C. Especificaciones técnicas de equipos y materiales. Guía para diseño de distribución. Unidades de propiedad y de construcción. Especificaciones técnicas de equipo y materiales. ORDENANZA METROPOLITANA N° 0470 Resolución A022 del 25 de agosto de 2015. Modificación a las reglas técnicas prevención de incendios para el DMQ, correspondiente a la ordenanza N° 0470 • • •
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Anexo 1. Reglas técnicas básicas. Anexo 2. Reglas técnicas de edificación Anexo 3. Reglas técnicas en función del riesgo del destino u ocupación de la edificación, establecimiento o local. Anexo 4 reglas técnicas para el uso, almacenamiento, transporte y distribución de materiales peligrosos. Anexo 5 medios de egreso. Anexo 6 sistemas de detección y alarma contra incendios. Anexo 7 sistemas de extinción de incendios.
INEN 2 260:2010 INSTALACIÓN DE GASES COMBUSTIBLES PARA USO RESIDENCIAL, COMERCIAL E INDUSTRIAL. REQUISITOS. INEN-ISO 3864-1:2013. SIMBOLOS GRÁFICOS, COLORES DE SEGURIDAD Y SEÑALES DE SEGURIDAD. REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. Acuerdo ministerial MIES 01257.2 de abril de 2009. ORDENANZA METROPOLITANA N° 0114. Reforma al código municipal, relacionada con el funcionamiento del cuerpo de bomberos del DMQ. NORMAS NFPA (National Fire Protection Association) N° 13, 14 20, 25, 72.
LEYES CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. Documento máximo de organización del estado ecuatoriano que establece las normas funcionales para la convivencia de sus habitantes. CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD). Publicado el 19 de octubre de 2010. Ley orgánica con implicaciones en el desarrollo del territorio y las competencias de los municipios en este campo. REFORMA AL COOTAD. 21 de enero 2014 reforma varios artículos del COOTAD. En proyectos de magnitud, es conveniente revisar las posibles implicaciones de este cuerpo legal. Especialmente los porcentajes de contribución de área comunal, verde, vías. LEY ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, USO Y GESTIÓN DEL SUELO. Publicado el 5 de julio 2016. Define políticas y mecanismo relativos al ordenamiento territorial, planeamiento, uso, gestión del suelo y al régimen institucional. Establece un banco de suelos, una superintendencia de ordenamiento territorial de régimen sancionatorio a los municipios del país. Además, reforma varios cuerpos legales y deroga varios artículos del COOTAD. LEY REFORMATORIA A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL. 27 DE SEPTIEMBRE DE 2011. REGLAMENTO GENERAL DE LALEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL. DECRETO EJECUTIVO 1229 DEL 27 DE AGOSTO DE 1999. CODIFICACIÓN DE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZNTAL. 27 DE SEPTIEMBRE DE 2005. OTRAS NORMAS CONADIS Normas jurídicas en discapacidad Ecuador. Marzo 2014 Normas INEN 2239, 2240, 2241, 2243, 2245,2248, 2249. Normas para la aplicación de diseño universal (accesibilidad para todos) a los proyectos arquitectónicos y urbanos. HOMOLONGACIONES 1. Formulario N°13 normalizado determinado por el municipio del distrito metropolitano de Quito disponible en la página web del municipio y marcar el campo 104. 2. Planos arquitectónicos, licencia y/o permiso de construcción emitidos por el municipio del distrito metropolitano de Quito, los mismo que deberán ser entregados en físicos y digital (en formato PDF). 3. Archivo digital en formato Autocad georreferenciado. Los datos técnicos y el contenido del proyecto que se homologarán serán los que constan en licencia y/o permiso de construcción. SUBDIVISIONES
1. Formulario normalizado obtenido en la página web del municipio del distrito metropolitano de Quito. 2. Certificado de propiedad actualizado o escritura inscrita en el registro de la propiedad. 3. 3 juegos de planos y expediente físico, memoria fotográfica de las construcciones existentes, en el caso de haberlas. 4. 1 CD en formato Autocad 2004 con los archivos digitales georreferenciado de acuerdo al sistema WGS 84 (sistema de coordenadas geográficas). SUBDIVISIONES 1. Formulario normalizado obtenido en la página web del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (http://pam.quito.gob.ec.) 2. Certificado de propiedad actualizado o escritura inscrita en el Registro de la Propiedad 3. 3 juegos de planos y expediente físico, memoria fotográfica de las construcciones existentes, en el caso de haberlas. 4. 1 CD en formato Autocad 2004 con los archivos digitales georreferenciados de acuerdo a sistema WGS 84 (sistema de coordenadas geográficas) y en coordenadas establecidas para Quito 78° 30´ o el que estableciere el órgano competente municipal que contenga toda la información de la propuesta de subdivisión de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en la normativa vigente. 5. Copias de cédula y papeleta de votación del propietario y profesional. En el caso del profesional registro de la SENECYT y licencia municipal. 6. Informe de Regulación Metropolitana (IRM). 7. Pago del impuesto predial. Requisitos complementarios: •
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Notas:
En el caso de derechos y acciones, se adjuntará acta notariada del consentimiento unánime de copropietarios. En el caso de sucesión por causa de muerte, se adjuntará el testamento o la posesión efectiva inscrita en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. En caso de Partición Judicial entre copropietarios, se adjuntará el documento público de partición protocolizado e inscrito en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. En caso de donación, se adjuntará la copia certificada de la escritura de donación inscrita en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. En el caso de subdivisiones en áreas rurales, se adjuntará el informe de actualización catastral emitido por la Dirección Metropolitana de Catastro, cuando el predio no esté implantado en la cartografía digital municipal. En caso de subdivisiones que involucren propiedad municipal se adjuntarán los informes pertinentes de la Dirección Metropolitana de Gestión de bienes inmuebles o de la Dirección Metropolitana de Catastro, según corresponda.
En este procedimiento de Habilitación de Suelo LMU-10, previo al ingreso del expediente por parte del Administrado a la Entidad Colaboradora, deberá obtener con antelación los informes que el caso en particular lo amerite, tales como: •
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Cuando existan diferencias y/o excedentes de áreas en los lotes a fraccionar, se debe realizar la correspondiente actualización catastral en base a la Resolución otorgada por la Dirección Metropolitana de Bienes Inmuebles, conforme a la Ordenanza 269. Definición de replanteo y afectación vial emitido por la Administración Zonal competente. Borde Superior de quebrada emitido por la Dirección Metropolitana de Catastros. Toda propuesta de Subdivisión en la que se plantean obras deberá prever en su planificación el diseño de infraestructura subterránea para la canalización de Redes de Servicio.
La presentación de planos deberá regirse al anexo 6, numeral 4. “Contenido mínimo de planos” de
la Ordenanza Metropolitana Nro. 433-156.
REESTRUCTURACIÓN PARCELARIAS 1. Formulario normalizado obtenido en la página web del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (http://pam.quito.gob.ec.) 2. Certificado de propiedad actualizado o escritura inscrita en el Registro de la Propiedad 3. 3 juegos de planos y expediente físico, memoria fotográfica de las construcciones existentes, en el caso de haberlas. 4. 1 CD en formato Autocad 2004 con los archivos digitales georreferenciados de acuerdo a sistema WGS 84 (sistema de coordenadas geográficas) y en coordenadas establecidas para Quito 78° 30´ o el que estableciere el órgano competente municipal que contenga toda la información de la propuesta de subdivisión de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en la normativa vigente. 5. Copias de cédula y papeleta de votación del propietario y profesional. En el caso del profesional registro de la SENECYT y licencia municipal. 6. Informe de Regulación Metropolitana (IRM). 7. Pago del impuesto predial. Requisitos complementarios: •
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Acta notariada del consentimiento unánime de copropietarios en caso de derechos y acciones. En el caso de sucesión por causa de muerte, se adjuntará el testamento o la posesión efectiva inscrita en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. En caso de Partición Judicial entre copropietarios, se adjuntará el documento público de partición protocolizado e inscrito en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. En caso de donación, se adjuntará la copia certificada de la escritura de donación inscrita en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.
Nota: •
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Cuando existan diferencias y/o excedentes de áreas en los lotes a fraccionar, se debe realizar la correspondiente actualización catastral en base a la Resolución otorgada por la Dirección Metropolitana de Bienes Inmuebles, conforme a la Ordenanza 269. Definición de replanteo y afectación vial emitido por la Administración Zonal competente. Borde Superior de quebrada emitido por la Dirección Metropolitana de Catastros. Toda propuesta de Reestructuración Parcelaria en la que se plantean obras deberá prever en su planificación el diseño de infraestructura subterránea para la canalización de Redes de Servicio. La documentación especificada en los requisitos generales y complementarios será, por cada uno de los lotes involucrados.
La presentación de planos deberá regirse al anexo 6, numeral 4. “Contenido mínimo de planos” de
la Ordenanza Metropolitana Nro. 433-156.
PLANOS ARQUITECTÓNICOS DE PROYECTOS NUEVOS 1. Formulario normalizado obtenido en la página web del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (http://pam.quito.gob.ec.) 2. Certificado de propiedad actualizado o escritura inscrita en el Registro de la Propiedad 3. 3 juegos de planos y expediente físico, memoria fotográfica de las construcciones existentes, en el caso de haberlas. 4. 1 CD en formato Autocad 2004 con los archivos digitales georreferenciados de acuerdo a sistema WGS 84 (sistema de coordenadas geográficas) y en coordenadas establecidas para Quito 78° 30´ o el que estableciere el órgano competente municipal que contenga toda la información de la propuesta de subdivisión de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en la normativa vigente. 5. Copias de cédula y papeleta de votación del propietario y profesional. 6. En el caso del profesional registro de la SENECYT y licencia municipal. 7. Informe de Regulación Metropolitana (IRM). 8. Pago del impuesto predial. Requisitos complementarios: •
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Acta notariada del consentimiento unánime de copropietarios en caso de derechos y acciones. Para predios curo uso sea diferente al uso principal asignado, adjuntar el informe de compatibilidad de Uso de Suelo. En los proyectos arquitectónicos de restauración, rehabilitación, reconstrucción y obra nueva en áreas patrimoniales y predios inventariados, los documentos establecidos en la Ordenanza de Áreas Patrimoniales vigente. Para toda edificación de 4 plantas en adelante o más de 500 m2 de construcción total o bruta, se anexará:
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Informe de Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos de MDMQ.
En proyectos ubicados en áreas con uso residenciales R1, R2 Y R3 con 10000m2 o más de área bruta total de construcción se anexará: • •
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Memoria técnica de la obra o actividad proyectada, etapas de construcción de ser el caso. Informe de factibilidad de dotación de servicios de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica y telecomunicaciones, emitidos por las respectivas empresas. Informe de Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos del MDMQ.
En proyectos que no sean de vivienda y que requieran 100 o más estacionamientos se anexará: •
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Estudio de Impacto a la circulación de tráfico a las vías aledañas y propuesta de mitigación de dichos impactos aprobada por la Secretaria de Movilidad. Informe de Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos del MDMQ.
En proyectos hoteleros y de servicio turísticos, se anexará: • •
Informe de Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos del MDMQ. Certificado de calificación hotelera de la Corporación Metropolitana de Turismo.
En el caso de hoteles de cuatro (4) y cinco (5) estrellas precio a la emisión de la LMU20 por parte de la Autoridad Administrativa Otorgante, se anexará: •
Licencia o Certificación Ambiental según sea el caso, emitido por la Secretaria de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito.
Para industrias: 12, 13, 14, se anexará: •
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En el caso de proyectos 12A, 12B, 13 Y 14 previo a la emisión de la LMU-20 por parte de la Autoridad Administrativa Otorgante, se anexará la Licencia o Certificación Ambiental según sea el caso, emitido por la Secretaria de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito. Informe de Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos del MDMQ. Estudio de Impacto a la circulación de tráfico a las vías aledañas y propuesta de mitigación de dichos impactos aprobada por la Secretaria de Movilidad.
En el proyecto de cementerios y camposantos se anexará: • • •
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Informe de compatibilidad de Uso de Suelo. Estudio de niveles freáticos, dirección y concentración de aguas emitidos por la EPMAPS. Informe técnico favorable del Departamento de Meteorología Aeronáutica de la Dirección de Aviación Civil sobre la dirección de los vientos. Informe técnico favorable de la propuesta del Departamento de Saneamiento Ambiental del Ministerio de Salud Pública.
Para cementerios y camposantos, o proyectos en que se realicen actividades de cremación previa a la emisión de la LMU-20 por parte de la Autoridad Administrativa Otorgantes, se anexará:
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Licencia o Certificación Ambiental según sea el caso, emitido por la Secretaria de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito. Informe de Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos del MDMQ.
En proyectos de rehabilitación de Cementerios, se anexará: •
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Memoria Descriptiva que contendrá el diagnóstico del estado actual o tratamiento de áreas verdes, áreas de circulación y espacios duros. Informe de Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos del MDMQ.
En proyectos de Universidades e Institutos de Educación Superior, se anexará: •
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Resolución de aprobación de la Universidad o Instituto de Educación Superios por parte del órgano o rector nacional sectorial. Estudio de Impacto a la circulación de tráfico a las vías aledañas y propuesta de mitigación de dichos impactos aprobada por la Secretaria de Movilidad. Informe de Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos del MDMQ.
En proyectos de Gasolineras y Estaciones de Servicio, se anexará: •
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Certificado favorable de la Dirección NACIONAL DE Hidrocarburos o informe de compatibilidad de Uso del Suelo. Previa a la emisión de la LMU-20 por parte de la Autoridad Administrativa Otorgante, se anexará la Licencia o Certificación Ambiental según sea el caso, emitido por la Secretaría de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito. Estudio de Impacto a la circulación de tráfico a las vías aledañas y propuesta de mitigación de dichos impactos aprobada por la Secretaria de Movilidad. Informe de Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos del MDMQ.
En proyectos ubicados en la zona de restricción aeroportuarias, se anexará el informe sobre la altura de edificación máxima permitida, emitido por el órgano rector nacional sectorial. Todos los proyectos o actividades nuevas por desarrollarse en el Distrito Metropolitano de Quito y que consten en la normativa que regula la presentación de estudios de Impacto Ambiental previo a la emisión de la LMU-20 por parte de la Autoridad Administrativa Otorgante, se anexará la Licencia o Certificación Ambiental según sea el caso, emitido por la Secretaría de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito. Nota: En este procedimiento de Edificación LMU-20, previo al ingreso de expediente por parte del Administrador a la Entidad colaboradora, deberá obtener con antelación los informes que el caso en particular lo amerite, tales como: •
Cuando existan diferencias y/o excedentes de áreas en los lotes donde se implantarán, se debe realizar la correspondiente actualización catastral en base a la Resolución otorgada por la Dirección Metropolitana de Bienes Inmuebles, conforme a la Ordenanza 269.
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Definición de replanteo y afectación vial emitido por la Administración Zonal competente. Borde superior de quebrada emitido por la Dirección Metropolitana de Catastros.
Toda nueva propuesta de edificación deberá prever en su planificación, el diseño de infraestructura subterránea para la canalización de Redes de Servicio. PROYECTOS MODIFICATORIOS Y AMPLIATORIOS 1. Formulario normalizado determinado, mediante Resolución Administrativa por el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. 2. Certificado de propiedad actualizado o escritura inscrita en el Registro de la Propiedad. 3. Informe de Regulación Metropolitana (IRM). 4. Pago del impuesto predial. 5. Licencia de construcción de los planos aprobados. 6. Copias de cédula y papeleta de votación del propietario y profesional. En el caso del profesional registro de la SENECYT y licencia municipal. 7. Tres juegos de planos y expediente (físico), un CD en formato Autocad 2004 con los archivos digitales de lectura (CAD), que contenga toda la información constante en la propuesta arquitectónica modificatoria y/o ampliatoria de conformidad con las reglas técnicas y normas administrativa. Requisitos complementarios: •
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En proyectos Arquitectónicos Modificatorios y Ampliatorios de Edificaciones con usos de suelo diferentes al asignado al predio, se anexará el Informe de Compatibilidad de Uso de Suelo. En proyectos Arquitectónicos que se vayan a construir por etapas, se delimitarán con especificaciones de las áreas y niveles de cada una de ellas. En proyectos Arquitectónicos declarados bajo el Régimen de Propiedad Horizontal (copropiedad), se anexará: Acta debidamente notariada de consentimiento de los copropietarios, en el porcentaje establecido en la ley, inscrita en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. En proyectos Arquitectónicos en los que se han producido ampliaciones, modificaciones o cambio de uso en una superficie mayor a la tercera parte de área total o bruta construida, se anexará el informe actualizado del Cuerpo de Bomberos. En proyectos Arquitectónicos de restauración, rehabilitación, reconstrucción y obra nueva en áreas patrimoniales y predios inventariados, se presentará los requisitos establecidos en la Ordenanza de Áreas Patrimoniales vigente. En las edificaciones catalogadas en el Inventario de Bienes Inmuebles Patrimoniales, las modificaciones y/o ampliaciones serán aprobadas por la Comisión de Áreas Históricas y Patrimoniales.
PLANOS ESTRUCTURALES 1. Formulario de Ingenierías normalizado (http://pam.quito.gob.ec.) y anexos.
obtenido
en
la
página
web
2. 1 copia de certificado de conformidad de los planos arquitectónicos. 3. Copias de cédula y papeleta de votación del propietario y profesional. En el caso del profesional registro de la SENECYT y licencia municipal. 4. 1 copia de juego de planos arquitectónicos aprobados. 5. Certificado de propiedad actualizado o escritura inscrita en el Registro de la Propiedad 6. 3 juegos de planos de cada ingeniería. 8. CD de todas las ingenierías con los archivos digitales de lectura formato Autocad 2004, que contenga toda la información constante en la propuesta estructural de instalaciones y sistema de protección contra incendios (suscrito por los profesionales respectivos en cada rama), de conformidad con las reglas técnicas y normas administrativa. Edificaciones a partir de 4 plantas o más de 500m2: 1. Memoria Técnica especificando el código o códigos utilizados con firma profesional de todas las ingenierías. 2. Sistema de prevención contra incendios. 3. Estudio de suelos. Edificaciones mayores a 2 pisos de altura o con excavaciones que superen los 3 metros se anexará: • •
Estudio de suelos. Memoria Técnica.
En proyectos que tengan más de 5 000m2 de área bruta total de construcción, se anexará el Contrato para la dotación e instalación de servicios con la Empresa Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento (EPMAPS) En proyectos que cuenten con instalaciones de gas (GLP), deberá constar en el archivo físico y digital (CD), formato Autocad 2004, las instalaciones de gas con la firma de responsabilidad del profesional de la rama respectiva. PROPIEDAD HORIZONTAL 1. Formulario normalizado determinado por el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (http://pam.quito.gob.ec.) 2. Certificado de propiedad actualizado o escritura inscrita en el Registro de la Propiedad. 3. Cuadro de alícuotas de los bienes exclusivos, áreas comunales y cuadro de linderos; deberán incluirse 3 copias en físico y 1 CD con el archivo digital en formato de hoja de cálculo (Excel). 4. Copias de cédula y papeleta de votación del propietario y profesional. En el caso del profesional registro de la SENECYT y licencia municipal. 5. Licencia de construcción, certificado de conformidad arquitectónico y estructural aprobado en la ECP. En caso de modificatoria a declaratoria bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, se anexará el acta debidamente notariada del consentimiento de los copropietarios, de conformidad con el porcentaje establecido en la ley.
Nota: La descripción de los linderos del cuadro de alícuotas es responsabilidad exclusiva del profesional y propietario, por consiguiente, no se revisarán los linderos por parte del MDMQ O Entidad Colaboradora. El cálculo de alícuotas se debe presentar con 4 (cuatro) decimales. SISTEMA CONTRA INCENDIOS. BOMBEROS 1. Solicitud de Visto Bueno de Planos del Proyecto en el formulario respectivo: www.bomberosquitos.gob.ec. 2. Un juego completo de planos originales con el sistema de prevención y control de incendios, los que irán con la abreviatura EE (Estudios Especiales); simbología de los sistemas de detección, alarma y extinción. Todo el sistema instalado contra incendio debe estar en color rojo, los planos deben ir con las respectivas firmas de responsabilidad (entregar CD en formato PDF, archivos individuales tamaño máximo 5mb, una vez aprobado). 3. Un juego completo de planos arquitectónicos. Aprobados por la Entidad Colaboradora (copia). 4. Memoria Técnica del Sistema de Prevención de Incendios con firmas originales. Para la aprobación de planos del sistema contra incendios y la obtención del Visto Bueno de Planos se deberán presentar 2 carpetas: • •
Carpeta 1: Reposará en los archivos del CB-DMQ y se constituyen por los ítems del 1 al 4. Carpeta 2: Constituida por los ítems del 2 al 4, documentación que será sellada y entregada al usuario con el informe de Visto Bueno de plano.