UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN FACULTAD DE CIENCIAS ANTROPOLÓGICAS
Las Hermanas de la Caridad: Su labor asistencial y educativa en Yucatán, 1865-1875 TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO DE: LICENCIADA EN HISTORIA
PRESENTA:
LEONOR EUGENIA REYES PAVÓN
MÉRIDA, YUCATÁN, MÉXICO 2013
DEDICATORIA
A mis abuelos:
Leonor (chatita) Gracias, por que al haber vivido contigo pude compartir momentos que de otro modo nunca hubiera hecho, aprendí cosas invaluables. Eres el pilar de esta familia y su mayor fortaleza.
Fernando (+) (Papá Jhonny) Nos dejaste un ejemplo de vida maravilloso ya no estás con nosotros, pero es el mayor legado que cualquiera puede dejarle a su familia.
Comencé a escribir este trabajo viviendo con ustedes, ahora tanto tiempo después y faltando tú, regreso al lugar donde comenzó todo, es ahí donde finalmente muchos sueños y esperanzas sobre este trabajo de mis padres y de mucha gente querida por mi y que me quiere se concretan, quizás de otra forma nunca se hubiera dado. Estoy segura de que es un nuevo inicio y una nueva oportunidad para retomar los míos.
AGRADECIMIENTOS Antes que nada, quisiera agradecer a mis padres Leonor y Guillermo, gracias por su cariño y apoyo, tanto en mis estudios como en los demás aspectos de mi vida, se que han esperado largo tiempo para la culminación de este trabajo y espero que el resultado los llene de orgullo; a mis hermanos Gabriel y Guillermo que también han sido mis amigos y cómplices. Quiero también agradecer muy especialmente a mi familia que siempre ha estado ahí, y a la que me siento muy feliz de pertenecer. Quiero a agradecer de manera más que especial a mi asesor el Dr. Jorge Castillo por toda sus consejos, comentarios y por todas las cosas que aprendí siendo su alumna y asesorada, así como por su interés en este trabajo; por aceptar continuar con él, aún después de todo el tiempo transcurrido, se que siempre tuvo fe en mis capacidades y espero que este satisfecho con el resultado. Así mismo quiero agradecer a mis profesores por los conocimientos y la amistad que muchos de ellos me brindaron especialmente el Dr. Manuel Uc y los Maestros Roger Domínguez y José Serrano quienes amablemente me facilitaron algunos documentos utilizados en la tesis. También al Maestro Manuel Martín, Dr. Felipe Couoh, Lic. Jorge Canto, Maestra Georgina Rosado, Dr. Carlos Magaña, Dr. Pedro Miranda y Dra. Pilar Zabala, quienes contribuyeron de forma significativa a mi formación académica. Al Dr. Edgar Santiago y la Maestra Flor López por su invaluable ayuda en la búsqueda del material bibliográfico, además de siempre tener una palabra agradable o una broma que compartir, no solo durante la elaboración de este trabajo si no a lo largo todos los años de permanencia en la facultad y aún hasta el día de hoy; la Biblioteca del Campus de Ciencias Sociales, Humanidades y Administrativas de la Universidad Autónoma de Yucatán, no sería lo mismo sin ustedes, así como no lo sería sin el excelente personal de la misma, Carlos, Angélica, Norma y Manuel. Al personal del Archivo General del Estado de Yucatán (AGEY) y de la Biblioteca particular Carlos R. Menéndez por todas las facilidades que me brindaron en la consulta y búsqueda del material para esta investigación. Igualmente agradezco a Sor María Nidelvia Avilés, a Sor Carolina Flores, Hermanas de la Caridad; al Padre Honorio López de la Congregación de la Misión, por su valiosa ayuda para esclarecer muchos aspectos sobre las Hermanas de la Caridad, facilitar bibliografía, y
documentos para la realización de este trabajo, así como por la confianza que tuvieron al prestarme el material, aún sin conocerme. Un millón de gracias. A Chucho y a doña Anita (+) que durante muchos años alimentaron a los estudiantes de la Facultad de Ciencias Antropológicas, y que también nos brindaron su valiosa amistad, esos recuerdos nunca se olvidan. Quiero también agradecer a mis amigos y compañeros de la facultad con los cuales compartí muchas experiencias, no solo en el ámbito académico, sino por su amistad, apoyo y recuerdos de los momentos de esparcimiento tan justos y necesarios: Víctor Hugo, Blanca, Soemy, Andrea, Josué, Martín y Carlos que recorrieron conmigo este camino y en algún momento aportaron ideas o comentarios para la mejora del trabajo; no menos importantes Emiliano y Cristóbal que me dieron pertinentes consejos para la realización del mismo; a Beto y Alex quienes además de su amistad me brindaron su valiosa ayuda consiguiendo materiales de las bibliotecas de El Colegio de Michoacán y de la Universidad de Navarra respectivamente. A Roussell a quien ya tenía aburrido de tanto hablarle de la tesis y a pesar de eso siguió escuchando, haciendo comentarios y soportando el estrés que me produjo,Gracias. No menos importante el agradecimiento a las personas que durante todos estos años han estado aquí Michelle, Mar, Talia, Giny, La Pava, Carmen, Tito (quien además facilitó la consulta de ciertos documentos), Pinky, Pérez, Vicky, y todos aquellos que pudieron haber aportado algo a mi crecimiento académico y personal. Mil Gracias. Finalmente al Programa de Mejoramiento del Profesorado (PROMEP) en su convocatoria 2011, “Fortalecimiento de los Cuerpos Académicos” siendo becaria del proyecto “Preservación y difusión de la memoria histórica de Yucatán” del Cuerpo Académico: Estudios sobre memoria, cultura e instituciones en Yucatán, Clave UADYCA-103 en el que se suscribe la presente tesis.
ÍNDICE DEDICATORIA AGRADECIMIENTOS INTRODUCCIÓN……………………………………………….....
I
PRIMERA PARTE DE FRANCIA A MÉXICO, EL RECORRIDO DE LA CARIDAD Y LA SITUACIÓN DEL SAN JUAN DE DIOS…………………
1
Orígenes de la congregación de las Hijas de la Caridad…….
2
Llegada a México de las Hermanas de la Caridad……………
11
Breve reseña sobre los orígenes y transformaciones del Hospital de San Juan de Dios……………………………….
17
SEGUNDA PARTE LAS HERMANAS DE LA CARIDAD Y LA ASISTENCIA SOCIAL Y EDUCATIVA EN YUCATÁN……..…
23
Establecimiento de las Hijas de la Caridad en Mérida……....
26
La fundación en el Hospital de San Juan de Dios y la seguridad del Segundo Imperio…………………………….
28
El trabajo asistencial de las Hermanas de la Caridad durante la República Restaurada……………………………...
44
El Hospital: Un refugio para la humanidad doliente…………..
48
La sociedad civil: Acciones conjuntas de asistencia social y educación.……………………………….
63
El Colegio del Sagrado Corazón de Jesús: Educación para señoritas………………………………………..
69
El asilo: Un lugar para el cuidado de la infancia y la educación……………………………………
75
Últimos años de las Hijas de san Vicente en el Hospital……
82
TERCERA PARTE LA EXPULSIÓN DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD: LEGISLACIÓN, PRENSA Y REACCIONES PARTICULARES E INSTITUCIONALES……………………….
101
El radicalismo liberal y la expulsión de las hijas de la Caridad………………………………………...
104
La disputa entre católicos y liberales a través de las publicaciones periódicas…………………………
118
Epílogo a la salida de las Hermanas del Hospital General..
130
CONSIDERACIONES FINALES…………………………………
139
APENDICES……………………………………………………….
145
REFERENCIAS…………………………………………………….
165
ÍNDICE DE TABLAS TABLA 1. Comparativo de salarios estipulados en reglamento……………………………………….
31
TABLA 2. Comparativo de muertos y Enfermos en el San Juan de Dios en 1865-1866……………………….…
42
TABLA 3. Listado de personal del hospital estipulado en el reglamento de 1876 con apreciación de sueldo………...
133
ÍNDICE DE IMÁGENES Fundadores de las Hijas de la Caridad…………………………
145
Iglesia y Convento de la Mejorada……………………………….
146
Carta escrita por las Hermanas fundadoras a la Condesa de la Cortina a su llegada al puerto de Veracruz en noviembre de 1845………………………………………….
148
Hijas de la Caridad en México…………………………………….
149
Aula que implementa el sistema de gradas.…………………….
151
Plano de la Ciudad de Mérida: Áreas de importancia para esta investigación……………………………………………
165
ÍNDICE DE DOCUMENTOS Ley de secularización de hospitales y establecimientos de beneficencia ……………………………....
152
Ley que extinguió las comunidades de religiosas……………..
153
Ley sobre adiciones y reformas a la constitución…………..…
155
14 de diciembre de 1874…………………………………………
156
INTRODUCCIÓN Desde los inicios de la iglesia católica, parte importante de su trabajo fue el auxilio a los necesitados, así como la promoción de esa idea entre sus feligreses, siendo por largo tiempo tarea considerada exclusivamente suya; por lo tanto, cuando los primeros evangelizadores llegan al nuevo mundo y logran establecerse, se hacen responsables de esa asistencia, organizando y administrando hospitales, hospicios y demás lugares dedicados a brindar protección al desvalido; instituciones que a partir de las Reformas Borbónicas quedan inmersas en una política de secularización que pretende comenzar a recuperar para el poder civil los espacios de la beneficencia mantenidos en manos religiosas por tantos años.1 A partir de la independencia y el surgimiento de México como país, la secularización continuaría permeando la actitud de los nuevos gobiernos con respecto a la Iglesia, siguiendo un curso moderado al principio, que hallaría su culminación con las Leyes de Reforma. Durante este largo camino poco a poco la asistencia social iría pasando a manos de las instituciones promovidas por el Estado2 que ahora se encargaba de su administración y de proporcionar atención adecuada en cada uno de los establecimientos; sin embargo, durante esos años uno de los mayores problemas que enfrentaron los gobiernos republicanos fue la
1 2
Castillo Canché, Jorge, 2002, pp. 33-36 y 40-43. Arrom, Silvia, 1996, p. 21.
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falta de recursos para solventar los gastos que generaban los servicios otorgados por los numerosos hospitales, asilos o cárceles públicas. La imposibilidad de satisfacer las demandas de las instituciones de beneficencia por los múltiples conflictos políticos, armados, epidemias y crisis agrícolas, orillaron al gobierno a recurrir a los apoyos particulares y agrupaciones de acento religioso como las Hermanas de la Caridad para ocuparse de la atención de los hospitales, casas de asilo o de pobres, hospicios, entre otras. Asimismo, mediante la iniciativa privada de otras organizaciones civiles enfocadas a la caridad como la sociedad de San Vicente de Paúl, las Hijas de la Caridad fundaron algunas escuelas, casas para niños expósitos, y algunos otros establecimientos con la idea de ayudar a los más necesitados. La llegada de las Hermanas de la Caridad a México se dio gracias a gestiones de particulares que hicieron la solicitud y diligencias para que se estableciera una casa de las Hijas de la Caridad; el gobierno supo sacar provecho de ellas pues debido a su vocación de auxilio a los pobres y necesitados, pronto se expandieron en el país, tomando a su cargo las instituciones creadas para ese fin. El establecimiento en nuestro país de la Compañía de las Hijas de la Caridad se dio en 1844, no obstante su crecimiento se daría durante el Imperio de Maximiliano pues la Emperatriz Carlota se encargaría de promover el establecimiento de las Hermanas en diferentes partes y con el Imperio también llegaron a México otras Hermanas que provenían de Francia, a diferencia de las primeras de nacionalidad española. Con la caída del Imperio y la restauración de
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la República Juárez ratificó su postura de 1863 de que las Hermanas de
la
Caridad permanecieran atendiendo las instituciones de beneficencia. Lograron sobrevivir al anticlericalismo de las Leyes de Reforma, sin embargo, en 1875 Sebastián Lerdo de Tejada, elevó a rango constitucional las Leyes de Reforma y a diferencia de Juárez ya no las excluyó de la idea de que eran una agrupación religiosa. Con esta perspectiva las Hijas de San Vicente ya no se salvaron de ser expulsadas del país generando muy diversas reacciones que dividieron la opinión pública entre quienes las consideraban útiles y necesarias en las instituciones que atendían, y quienes movidos por un radicalismo liberal ante el recuerdo del Imperio apoyaban su salida del país.
EL ESTADO DE LA CUESTIÓN: LA REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA DEL TEMA
La presencia en Yucatán de las Hermanas de la Caridad se dio en una coyuntura particular: El Segundo Imperio y a instancia de la Emperatriz Carlota en el marco de su visita al Comisariato Imperial de Yucatán a fines de 1864. No sabemos porqué su llegada a Yucatán se produjo casi 20 años después de su arribo al país; aunque pudo suceder debido a los conflictos armados, la Guerra de Castas iniciada en 1847, la radicalidad reformista de los cincuenta, o que la agrupación simplemente no contaba con suficientes hermanas para abarcar todo el territorio e incluso la distancia del centro de la República. Tampoco conocemos algún registro en el que se hubiera hecho la solicitud a su casa central para que fueran enviadas a Mérida.
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El estudio de las Hermanas de la Caridad requiere según nosotros de conocer aspectos generales sobre su fundación y para ello las biografías de San Vicente de Paúl y de Luisa Marillac resultan necesarias; en ellas se encuentran aspectos como los propósitos de la congregación, sus actividades, pormenores de la fundación, hasta la consolidación de su proyecto.3 En cuanto a estudios generales sobre el objeto de estudio se cuenta con el trabajo de Isabel Florido Acción educativa de las Hijas de la Caridad en España. (1783-1893)4, aún cuando hace referencia a otro país, debido a la naturaleza común de la congregación fue de gran importancia para conocer detalles tanto de la asociación como para profundizar en la pedagogía vicenciana, especialmente útil para los apartados donde se estudian los centros de enseñanza fundados en Mérida por las Hijas de la Caridad. En cuanto a la labor hospitalaria encontramos los artículos de Lorena Lourdes Tejero Vidal y Carmen Torres Panella “La profesionalización de la enfermería
en Lleida a partir de las Hijas de la Caridad”
y el de Francisca
Hernández Martin “Las hijas de la caridad en la profesionalización de la enfermería”,5 siendo ambos un referente en cuanto a las labores realizadas en los nosocomios
y
el
impacto
que
estas
tuvieron
posteriormente
en
la
profesionalización de la enfermería.
3
P. Vicente de Dios, SAE; Mares Padilla, María, SAE. Florido, Isabel, 1998. 5 Tejero Vidal, Lorena Lourdes y Carmen Torres Penella, 2011 y Hernández Martin, Francisca, 2006. Existe también un trabajo sobre el tema para el caso de México denominado “Las Hermanas de la Caridad en el siglo XIX, el origen de la enfermería formal”, pero carece de toda referencia bibliográfica o hemerográfica por lo que la información contenida en él se ha tomado de forma meramente referencial, siendo en su caso contrastada con la de otros textos. Malvido, Elsa, 2007. 4
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Ahora bien sobre su llegada a México no cabe duda que el libro de Vicente de Dios Historia de la familia vicentina en México 1844-19946 (dos tomos) resulta fundamental. En él no sólo encontramos información de las Hijas de la Caridad, es también una rica fuente de información debido a que aparecen textos completos de documentos relacionados con la llegada de las Hermanas a México; entre estos están las cartas de solicitud al director de la asociación en España, a la reina Isabel, al director en Francia, etcétera. Esta documentación es de suma importancia para esta investigación ya que estos documentos no se encuentran disponibles al público y otros se encuentran en la casa de las Hermanas en Francia. Centenario del establecimiento de las Hermanas de la Caridad en México del P. Ramiro Camacho,7 que básicamente es una memoria sobre la fundación de las Hijas de la Caridad en México, y posteriormente en Guadalajara, pero de donde podemos obtener valiosa información en cuanto a algunas de las fundaciones en el país. Otro libro que habla de las Hermanas en México es Historia de las Hijas de la Caridad
en
México de Luís García Pimentel8, en el cual se habla de las
fundaciones de las hermanas, entre ellas las fundaciones en Mérida, si bien este documento originalmente se consultó en una versión mecanografiada por las Hijas de la Caridad, proporcionada por ellas mismas, recientemente ha sido editado y 6
P. Vicente de Dios, 1993. Camacho, P. Ramiro, 1945. 8 García Pimentel, Luis, SAE. Este manuscrito de 1913 se mantuvo sin publicar y lo localizamos al iniciar la investigación en la Casa Provincial de la Compañía de las Hijas de la Caridad en México. 7
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publicado por las hermanas en dos tomos, y para fines prácticos a los lectores, las citas han sido actualizadas con esa versión.9 Otros en donde podemos encontrar referencias de primera mano debido a que los autores son contemporáneos de las Hermanas son El libro de mis recuerdos: Narraciones históricas, anecdóticas y de costumbres mexicanas, anteriores al actual estado social, ilustrada con más de trescientos fotograbados de Antonio García Cubas que dedica una apartado de su libro a este tema; lo que también encontramos en Mariano Cuevas y su Historia de la Iglesia en México.10 Para los debates suscitados en el congreso respecto a la permanencia o expulsión de las Hermanas del país tenemos el Discurso que pronuncio el diputado Rafael Martínez de la Torre en la sesión día 3 de diciembre de 1874 sosteniendo la existencia legal de las Hermanas de la Caridad conforme a las instituciones de la República y leyes de reforma.11 Uno más es el de Tiburcio Montiel Las Hermanas de la Caridad y los Jesuitas.12 Recinto sagrado. Las monjas vicentinas en México. El nacimiento de Las damas vicentinas, de Patricia Cox13, también aborda el tema de las hermanas. Es un libro cuya narrativa un poco novelada aborda la experiencia de algunas 9
Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, 2010. Libros Primero y Segundo. 10 García Cubas, Antonio, 1985; Cuevas, Mariano, 1992. 11 Discurso que pronunció el diputado Rafael Martínez de la Torre en la sesión día 3 de diciembre de 1874 sosteniendo la existencia legal de las Hermanas de la Caridad conforme a las instituciones de la República y leyes de reforma, 1875. 12 Montiel, Tiburcio, 1874. Este libro es en realidad una contestación a un desplegado hecho por este personaje Oaxaqueño quien fuera diputado por ese estado y debido a una confusión en las bibliotecas aparece citado como el autor del texto, aunque en realidad hace referencia a su postura negativa hacia las hermanas y los jesuitas. 13 Cox, Patricia, 1984.
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hermanas en nuestro país, que finaliza con la expulsión de las mismas. Estos trabajos tienen como características el hecho de que son realizados por personas directamente relacionadas con estas sociedades y congregaciones o por quienes hacen más bien crónicas y descripciones de su presencia sin un examen más profundo. Fuera de estos trabajos la presencia de las Hermanas de la Caridad sólo la hemos encontrado en estudios que abordan la beneficencia tanto pública como privada; tal es el caso del libro de Silvia Arrom Para contener al pueblo: El hospicio de pobres de la ciudad de México (1774-1871)14, en donde al analizar el funcionamiento de esta institución menciona a las Hermanas de la Caridad y su relación con ella. Lo mismo sucede en el artículo de la misma autora “¿De la caridad a la beneficencia? Las reformas a la asistencia pública desde la perspectiva del Hospicio de Pobres de la ciudad de México, 1856-1871”.15 Por otra parte, en el artículo de Anayanci Fregoso Centeno “El trabajo Asistencial femenino en el Hospicio Cabañas: 1850-1900. La construcción de los sujetos a través de la correspondencia”, se habla sobre el hospicio y labor de las hermanas en el mismo; un trabajo que puede ser relevante para el caso yucateco pues algunas que se instalaron en Mérida habían estado en Guadalajara y posiblemente en dicho hospicio. La tesis de Maestría de Alejandra Vázquez Carmona Una congregación ocupada de las “cosas trabajosas y humildes”. Las Hermanas de la Caridad en Morelia. Siglos XIX y XX, si bien es un importante 14 15
Arrom, Silvia, 2011. Arrom, Silvia, 1996
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acercamiento a la casi nula historiografía regional de las hermanas -pues los pocos trabajos que existen se limitan a la capital del país dejando de lado las fundaciones de la “provincia”-, peca en algunos casos de hacer suposiciones sin tener indicios aunque sea mínimos de los hechos y en otros casos de no citar las referencias de donde toma la información.16 Para el caso yucateco, en la tesis doctoral de Jorge Castillo La pobreza en Yucatán: Ideas, instituciones y prácticas sociales, 1786-1856, no hay mención acerca de ellas.17 En el trabajo “Historia de la beneficencia pública y privada”18, de Gabriel Ferrer, apenas se menciona la participación femenina en la beneficencia sin referirse a las hermanas. Las breves referencias sobre su estadía en Yucatán aparecen en la obra El obispado de Yucatán19 específicamente en el tomo II y en Juan Francisco Molina Solís Historia de Yucatán desde la independencia de España, 20
hasta la época actual.
Faulo Sánchez hace una muy pequeña referencia en su
libro Yucatán durante la Intervención Francesa21, lo mismo José Serrano en Iglesia y Reforma en Yucatán. (1856-1876) 22 tocando brevemente el tema en cuanto a su relación con las Leyes de Reforma y su expulsión sin profundizar en la congregación.
16
Vázquez Carmona, Alejandra, 2008. Castillo Canché, Jorge, 2002. 18 Ferrer de Mendiolea, Gabriel, 1977, Tomo IV. 19 Carrillo y Ancona, Crescencio, 1895, Tomo II. 20 Molina Solís, Juan Francisco, 1927. 21 Sánchez Novelo, Faulo, 1983. 22 Serrano Catzín, José, 1998. 17
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En cuanto al tema del Hospital de San Juan de Dios fuera del trabajo de Couoh Jiménez El régimen hospitalario indígena en Yucatán durante el siglo XIX,23 que no abarca la temporalidad considerada en el presente estudio y de las menciones que hace Jorge Castillo sobre la secularización de los dos hospitales juaninos de la región en la época gaditana24, no hemos encontrado ningún otro, siendo que siempre que se menciona el hospital, hasta la fecha en que es trasladado a la sede de Mejorada en 1861. No hay mas referencias hasta el cambio de nombre que se le hace en 1884 a Hospital General Agustín O’Horan.25 Esto significa que el tema sobre las Hermanas de la Caridad en Yucatán y el periodo de la investigación para uno de los espacios principales de la misma resulta inédito hasta ahora.
JUSTIFICACIÓN Y PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
Como se ha visto el tema no ha sido trabajado enteramente y no debemos olvidar que una de las labores como investigadores es contribuir a la historiografía regional con nuestras aportaciones, siendo un estudio de valor historiográfico cuya originalidad radica en que en ella convergen tres elementos claves y que no han sido estudiados en su conjunto: las mujeres, la religión y la beneficencia pública. Así al interés personal por conocer sobre la historia de las mujeres, se agrega el de llenar un vacío en la historiografía regional enfocada por mucho tiempo a 23
Couoh Jiménez, Felipe, 1986. Castillo Canché, Jorge, 2002. 25 Ferrer de Mendiolea, Gabriel, 1977, Tomo IV, pp. 14-15; Cervera Andrade, Alejandro, 1990, o en Carrillo-Mena, Juan, 2012. 24
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investigaciones sobre la historia política y que permita comprender un poco más a la sociedad meridana del siglo XIX. El problema por tanto en esta investigación se centrará en el análisis del establecimiento de las Hermanas de la Caridad en la ciudad de Mérida y su participación en la beneficencia pública, en particular en la institución hospitalaria de la época. Si partimos del hecho de que el poder civil ha tomado bajo su control las instituciones de beneficencia nos preguntamos ¿Cuáles son las condiciones que hacen posible que las Hermanas de la Caridad participen en la beneficencia pública en Yucatán? y ¿Cómo lo hacen, es decir, hasta donde tienen un papel primordial en el funcionamiento en particular de la institución hospitalaria? Otro aspecto importante es comprender la relación de esta agrupación de inspiración religiosa con aquellos que se encontraban en su entorno directo e indirecto; en este sentido también nos preguntamos ¿De qué manera se relacionaban con el gobierno y la Iglesia? Puesto que del primero es de quien dependen las instituciones, quien permite su inserción en ellas y a quien finalmente se le debe rendir cuentas de lo que acontece en las mismas; y la Iglesia porque al ser aquella una congregación religiosa está directamente ligada a reglas y preceptos específicos que debe cumplir. Dentro del espacio de vida y de trabajo diario, queremos saber ¿Cómo se organizan al interior de las instituciones y con su personal? Este aspecto está planteado por una reglamentación que delinea actividades específicas en las
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cuales las hermanas en algunas quedan subordinadas y en otras tienen personal bajo su cargo tal y como acontece
también con los enfermos. Asimismo es
importante saber ¿Cuáles son las labores que realizan? No debemos olvidar que aún siendo religiosas en primer lugar son mujeres y durante ese periodo existen una serie de ideas construidas con respecto al “deber ser” de la mujer que delimitan su comportamiento; en el caso de las mujeres religiosas como de las mujeres laicas señalan el ámbito privado como aquel en el que la mujer debe desempeñar sus funciones26, en este caso en el claustro y en el cuidado del hogar y la educación de los hijos.27 Es por ello que resulta importante conocer qué espacios y actividades les son permitidas a las hermanas dentro de la institución y si en alguna medida están definidas por la condición de su sexo. Finalmente otro aspecto importante dentro del trato en los diferentes ámbitos en que se desenvolvían las Hermanas de la Caridad nos hace preguntar ¿Cuál es la relación que mantienen con los grupos de la sociedad civil y con los benefactores particulares?
HIPÔTESIS DE TRABAJO
Las Hermanas de la Caridad logran insertarse en el sistema benéfico mexicano debido a la falta de experiencia del gobierno en el manejo de la beneficencia, así como la necesidad de las asociaciones creadas para ese fin de atender las
26
Radkau, Verena, 1986, p. 83; Carner, Françoise, 1992, p. 95-108. Sobre el deber ser de la mujer en Yucatán puede consultarse a Guerrero Lara, María, 1997, en la que hace una amplia descripción de las funciones socialmente aceptadas, que según el discurso liberal, debían llevar a cabo las mujeres.
27
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miserias humanas producidas por los levantamientos armados, epidemias y en general la inestabilidad que se vivió hasta entrado el siglo XIX. La labor llevada a cabo por las Hijas de la Caridad, resulta de gran utilidad al gobierno que no contaba con los recursos económicos y por tanto tampoco con los humanos para la realización de esas actividades. El tema de la caridad cristiana aún seguía permeando el pensamiento de la sociedad de mediados del siglo XIX, siendo que muchos benefactores de las instituciones donde se instalaron las hermanas fueron particulares quienes invitaban a la participación de los buenos cristianos al sostenimiento de las mismas. Si bien las Hermanas de la Caridad tuvieron la oportunidad de realizar actividades que no eran comunes para las mujeres de su tiempo, estas también estaban reguladas por las normas de conducta que resultaban apropiadas de acuerdo al pensamiento del siglo XIX.
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÒN
A partir de los planteamientos anteriores hemos definido las intenciones de la investigación así: Analizar los factores sociales y políticos que permitieron la inserción de las Hermanas de la Caridad en la beneficencia pública. Comprender la relación que tuvieron con el Estado y la Iglesia, entidades regentes tanto de las instituciones de beneficencia por un lado como de las congregaciones religiosas por el otro siendo que constantemente se hallaban en disputa. Estudiar los reglamentos del hospital meridano para comprender la organización interna del mismo y conocer por medio de ellos la relación que se dio entre las
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Hermanas de la Caridad y el personal que laboraba y que incluso vivía en ese espacio. También conocer las actividades que llevaban a cabo y si éstas estuvieron limitadas debido a su género. Para esta investigación otro aspecto importante será encontrar actividades paralelas que desarrollaron en conjunto con la sociedad civil, en este caso representados por las asociaciones de beneficencia y los benefactores. (Asilo y Escuela).
PERIODIZACION Y ESPACIO DE ESTUDIO
La periodización si bien no es cerrada, sí está delimitada por marcadores cronológicos como el año de 1865 en que la Emperatriz Carlota comenzó a gestionar el viaje de las hermanas a Yucatán y su llegada efectiva a Yucatán en 1866, hasta el año de su expulsión de nuestro país en 1875. Esto debido a que a finales del año anterior y después de una fuerte discusión en el Congreso, se aprueba la ley que separa a las hermanas de su labor caritativa en hospicios, escuelas y hospitales, y tampoco les permitiría ya vivir juntas, ni utilizar el traje tradicional de la congregación; por estos motivos las Hijas de San Vicente deciden abandonar el país dirigiéndose a diferentes lugares para continuar su labor en beneficio de los más necesitados. En cuanto al espacio de esta investigación será principalmente la ciudad de Mérida, debido a que al ser la capital del estado es el lugar elegido por la Emperatriz Carlota para instalar a las hermanas y es en ella donde desarrollan su
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labor caritativa y benéfica. Es precisamente en el hospital meridano que un día se llamó de San Juan de Dios donde harían su labor asistencial más importante.
METODOLOGÍA Y FUENTES
Ahora bien, los conceptos fundamentales para este trabajo son el de beneficencia pública y el de beneficencia privada o particular; entendiendo por esta última lo siguiente: todas las instituciones benéficas creadas y dotadas con bienes particulares y cuyo patronazgo y administración fueron reglamentadas, por los respectivos fundadores, y en nombre a estos y calificados en igual forma a corporaciones, autoridades o personas determinadas, sin que pierdan su carácter de particulares estas instituciones pueden recibir alguna subvención por el Estado de la provincia o el municipio siempre que aquella fase voluntaria y no indispensable para la subsistencia de las fundaciones.28
Queda entonces bastante claro que beneficencia pública se referirá a la realizada o promovida por el Estado, a través de instituciones implementadas para ello con un fondo determinado y que se recaudaba por medio de impuestos.29 Otro punto importante es que al tener la beneficencia, sus orígenes en el pensamiento cristiano y que la congregación objeto de nuestro estudio es religiosa hay que definir “caridad” entendiéndola como una virtud que consiste en la ayuda al necesitado de forma desinteresada, fundamentándola en el amor a dios y al prójimo, es decir de origen divino30; por el contrario, el término filantropía hace referencia a la práctica de actividades de ayuda social pero no porque sea una 28
Diccionario Universal de la Lengua Castellana, Ciencias y Artes, 1876, p. 612. Diccionario Universal de la Lengua Castellana, Ciencias y Artes, 1876, pp. 609-610. 30 Diccionario Universal de la Lengua Castellana, Ciencias y Artes, 1876, p. 820. 29
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práctica de origen divino, sino enfocándose en la bondad de la naturaleza humana en sí.31 Esta investigación está basada en diferentes tipos de fuentes entre las que podemos señalar los reglamentos del Hospital General de San Juan de Dios; en ocasiones no se cuenta con mucha información sobre los establecimientos que queremos estudiar, debido a que mucha documentación no se conserva debido al paso del tiempo, cambios de gobierno, inestabilidad política, por mencionar algunas, este es el caso del Hospital de San Juan de Dios. Un análisis de los reglamentos que estuvieron en función durante el tiempo que las Hermanas de la Caridad se hicieron cargo del hospital, nos ayuda a conocer y comprender mejor la organización, así como los alcances, límites, responsabilidades y funcionamiento del establecimiento. Para el caso de estudio, tenemos tres reglamentos y un contrato celebrado con las Hijas de la Caridad con fecha de 1866, acordado entre el Comisario Imperial y el Director de la Orden Juan Masnou32; El primer reglamento es de 1860, y si bien corresponde a una fecha anterior al establecimiento de las hermanas, era el que estaba aprobado para el hospital en el momento en el que se incorporan al servicio del hospital, motivo por el cual a su llegada se firma el contrato que mencionamos en el que se especificaban los derechos y obligaciones que tendrían dentro del San Juan de Dios. El reglamento de 1860 continuó vigente 31
Diccionario Universal de la Lengua Castellana, Ciencias y Artes, 1876, p. 821. “Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, foja 3, 8 de febrero de 1866. 32
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hasta 1869. El segundo reglamento corresponde a 1869 y queda en el periodo de la República Restaurada y bajo el gobierno de Manuel Cepeda Peraza; estuvo en funciones desde esa fecha hasta la salida de las Hermanas de la Caridad en 1875, siendo que al año siguiente se aprueba un nuevo reglamento. Estos documentos se pueden localizar en la Secciones de Folletería y Manuscritos del Centro de Apoyo a la Investigación Histórica de Yucatán, ahora Biblioteca Yucatanense y son de gran utilidad para el trabajo debido a que no se conserva gran parte de la documentación interna y externa del hospital y estos documentos nos aportan la información con respecto a sus responsabilidades, prerrogativas y los detalles generales de la organización del hospital. Las
fuentes hemerográficas son de gran valor para esta investigación,
pues debido a que es un periodo en el que se cuenta con numerosas publicaciones periódicas y por ser un trabajo de carácter social, entre estas fuentes se encuentran publicaciones religiosas como La Caridad que es de gran importancia pues en ella encontramos detalles sobre las actividades de las hermanas dentro de las instituciones que tiene a su cargo, además artículos en los que se plasma el pensamiento de la parte conservadora de la sociedad. Dentro de esta misma clasificación de fuentes encontramos otros periódicos y semanarios como El Movimiento Católico, La Razón Católica, El Mensajero, Tío Luna y El Amigo del País,
todos ellos
de tendencia cristiana en los que también
encontramos referencias sobre las actividades que llevan a cabo las sociedades.
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En cuanto a los periódicos liberales encontramos El Pensamiento, El Estado y La Voz Liberal que a partir de la década del setenta comienzan a publicar criticas en contra de la administración de las Hermanas de la Caridad, así como su permanencia en las instituciones de beneficencia. Tenemos de acuerdo a los periodos políticos que se abarcan, los dos periódicos oficiales el Periódico Oficial del Departamento de Yucatán para la época del Segundo Imperio y La Razón del Pueblo para la República Restaurada, en los cuales se publican las órdenes, los decretos e información de carácter oficial que conciernen a los establecimientos. Esta hemerografía se encuentra en el Fondo Reservado de la Biblioteca Yucatanense33 y en la Hemeroteca particular Carlos R. Menéndez. También se utilizará documentación del archivo de las Hermanas de la Caridad en México, localizada en la capital del país y que fue proporcionada por dichas hermanas, además de información de publicaciones periódicas a nivel nacional obtenida de la Hemeroteca Nacional. Para la definición de los conceptos principales, se utilizó un diccionario de 1876, que al ser de la época que forma parte de esta investigación, es un claro reflejo de lo que la sociedad entiende por los mismos en ese momento. Finalmente se consultaron documentos en el Archivo General del Estado de Yucatán (AGEY) del Fondo Poder Ejecutivo, en lo relativo a documentación oficial del hospital mencionado, correspondencia de la junta directiva, tesorería y con la superiora de 33
Para efectos de este trabajo, se citaran los documentos obtenidos en este fondo como Centro de Apoyo a la Investigación Histórica en Yucatán, (CAIHY) porque se llamaba así el repositorio documental cuando se consultaron estos documentos.
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las Hermanas de la Caridad. Igualmente se consultó la Colección de leyes, decretos y demás disposiciones de tendencia general, expedidas por el poder legislativo del estado de Yucatán,34 correspondiente a la época de estudio. Este trabajo se compone de tres partes divididas primero cronológicamente -pues el tema requiere que se estudien los diferentes momentos temporales y políticos que vivieron las Hijas de la Caridad en las instituciones- de forma secundaria se consideraran otros elementos que explicaremos a continuación: La primera parte se compone de tres apartados introductorios al tema fundamental de la investigación, primero sobre los orígenes de la congregación, y su posterior establecimiento en nuestro país, finalmente una breve reseña del Hospital de San Juan de Dios, sus orígenes y algunos de los principales cambios que se dieron previamente a la llegada de las Hijas de la Caridad a Mérida. La segunda parte se conforma de cuatro apartados en donde se presenta primero que nada las condiciones bajo las que se dio su establecimiento en Mérida, y posteriormente los otros tres apartados se refieren a los diferentes momentos político-sociales que vivieron las hermanas; éstos constan de un primer momento de su establecimiento, -esto se da durante la época del Segundo Imperio- una segunda etapa de consolidación durante la República Restaurada, estudiando cuales fueron las circunstancias que permitieron que durante esa época continuaran en el hospital y que incluso ampliaran las vertientes de su labor caritativa apoyándose en la sociedad civil; y una tercera etapa de “decadencia” en
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Ancona, Eligio, 1882. Tomos II y III.
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donde debido a los ánimos exaltados de los militantes liberales se comienza a cuestionar la labor realizada por las Hijas de la Caridad. Finalmente la tercera parte abarca tres apartados, primero la expulsión de Hermanas de la Caridad, estudiándola a partir de la legislación y contrastándola con argumentos que se dieron en el congreso cuando se debatía el tema de las adiciones a las Leyes de Reforma. En el segundo apartado analizamos las diferentes posturas y reacciones generales que se dieron debido a la salida de las hermanas del país, viendo el reflejo de la sociedad en las publicaciones periódicas de la época y posteriores. Un último apartado está dedicado a ver los principales cambios que se dieron en la administración y manejo del hospital a la salida de las hermanas. Podremos encontrar también al final de este documento una serie de apéndices que contienen tanto imágenes, como documentos de importancia para una mayor ilustración y mejor entendimiento de esta investigación.
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PRIMERA PARTE DE FRANCIA A YUCATÁN, EL RECORRIDO DE LA CARIDAD No tendrán por monasterio más que la casa de los enfermos; por celda un cuarto de alquiler; por capilla la iglesia de su parroquia; por clausura las calles de la ciudad y las salas de los hospitales; por regla la obediencia; por rejas el temor de dios; y por velo la modestia. San Vicente de Paúl
Para comprender la labor de las hermanas en nuestro país, es importante conocer los aspectos principales que marcaron el origen de esa institución, los motivos que llevan a la fundación de la compañía así como las acciones que tomaron en beneficio de las clases menesterosas, es por eso que debemos analizar las características particulares de la mencionada institución, a fin de que podamos vislumbrar la evolución de las labores que realizan a su llegada a México y posteriormente a Yucatán, ¿Dónde? Y ¿Cómo? Las llevan a cabo. Durante veinte años las Hijas de la Caridad estuvieron a cargo de diferentes establecimientos de beneficencia a lo largo y ancho de México, llevando hasta aparatados rincones el espíritu de su congregación asistiendo a los más necesitados; se especializaron en educación, atención hospitalaria, cuidado de niños abandonados, pobres, presos, dementes y ancianos. Expandieron en todos
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los horizontes posibles la labor de llevar consuelo a la humanidad doliente legada por sus fundadores San Vicente de Paúl y Luisa de Marillac. Para poder desarrollar el objetivo principal de este trabajo, es importante primero conocer los principales aspectos de la fundación de la congregación y de cómo se da su llegada y establecimiento en México y posteriormente en Mérida
ORÍGENES DE LA CONGREGACIÓN DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD La fundación de la Compañía de las Hijas de la Caridad no se llevó a cabo de la noche a la mañana, fue proceso largo, primeramente inspirado en la vocación de servicio a los pobres de sus fundadores, la observación de las practicas de caridad de la época, y siendo ante todo una respuesta para algunos de los problemas que enfrentaban las diferentes instituciones y organizaciones de caridad. Sus fundadores fueron San Vicente de Paúl1 y Luisa Marillac también conocida como la señorita LeGras2 quienes ya desde 1630, comenzaron a
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San Vicente de Paúl, nace en 1581, es ordenado sacerdote en septiembre de 1600 en Châteaul’Evêque. Comienza por ejercer el ministerio parroquial en París; luego asume una capellanía doméstica. Se entrega del todo al alivio de los pobres, instituye la Congregación de la Misión a este fin y, así mismo para la formación del clero. Con ayuda de Luisa de Marillac funda la compañía de las Hijas de la Caridad, muere en París en septiembre de 1660. Se le beatifica en 1729 y en 1737 de le canoniza. León XIII le declara Patrón Universal de las obras caritativas. Mares Padilla, María, SAE, pp. 583-584. 2 Luisa de Marillac o Luisa Le Gras, nació en 1591, contrae matrimonio en febrero de 1613 con Antonio Le Gras, tiempo después él enferma de gravedad y muere en 1625. En esa misma época, toma como director espiritual a San Vicente, y ella comienza a dedicarse a visitar las “cofradías de Caridad”, alentando a las señoras de las asociaciones, aconsejándolas, etcétera. Estas mujeres, al ser de clase alta llevaban a sus criadas para asistirlas en los trabajos más pesados, pero esto no siempre con muy buenos resultados, y jóvenes campesinas llegan hacia ella, para dedicarse voluntariamente al servicio de los pobres. Luisa de Marillac las educa, convirtiéndose en
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planificar la creación de esta congregación, quedando constituida en Francia el 29 de noviembre de 1633 cuando Luisa Marillac recibe en su casa unas cuantas jóvenes que deseaban dedicarse a ayudar a los pobres. Si bien los primeros años de sacerdocio de Vicente de Paúl, según sus biógrafos estuvo más bien inclinado a lo que se podría considerar satisfacción personal de sus ambiciones “profesionales” llega un momento en el que decide dedicar sus esfuerzos a la caridad, inspirado en el ejemplo de amor a los pobres de Jesús. San Vicente, uno de los grandes promotores de la práctica de la caridad, dedica gran parte de sus esfuerzos a orientar a las mujeres para que se aboquen al trabajo en las “cofradías de caridad”, las cuales se ocupan de la atención de los pobres necesitados; muchas mujeres francesas se integran a estos grupos, entonces Vicente de Paúl que aprecia grandemente estas labores se da cuenta de que a pesar de todos sus esfuerzos el tiempo que estas mujeres dedican a estas labores, no es suficiente, pues también se reclama su presencia en sus hogares, los cuales deben ser igualmente atendidos. Otro aspecto es que al ser las mujeres de clase alta hay ciertas labores “desagradables” de las que no se ocupan, siendo sus criadas quienes las realizan, sobre lo cual señala San Vicente que no es lo más adecuado pues no lo hacen por amor hacia los pobres, es de ahí de donde les surge a San Vicente y a Luisa la idea de crear una sociedad de mujeres que se dedicaran exclusivamente al
formadora y directora, realizando sus votos en 1642, cuando la creación de las hermanas de la caridad, ya había sido consolidada. Mares Padilla, María, SAE, pp. 165-178.
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cuidado de los pobres, llevadas por una vocación de amor hacia ellos y el deseo de amar a dios mediante la práctica de la caridad. Las primeras jóvenes que decidieron dedicarse al servicio de los pobres, fueron recibidas por Luisa de Marillac para ser instruidas, debido a que el trabajo para el cual estarían destinadas sería necesario tener más que la disposición de servir, es por ello que Luisa pretendía que las hermanas supieran leer, escribir y el catecismo, para que ellas pudieran enseñar, además de esto las enseñó a sangrar, dar remedios y otras cosas que les serian de utilidad para su labor dentro de los hospitales. Esta nueva “sociedad” siendo de carácter religioso era al mismo tiempo sumamente particular en comparación con las otras congregaciones religiosas que existían para mujeres, pues desde su fundación esta pensada para no ser como las demás. La finalidad de la compañía era “honrar la caridad de Nuestro Señor, asistiendo a los pobres corporal y espiritualmente”. Como vemos su principal preocupación sería la atención a los pobres mas necesitados, labor que considerarían de vital importancia, y que llevaron a cabo desde diferentes trincheras, abarcando en lo posible a toda la clase menesterosa económica y espiritualmente “Se las ve dedicadas a cuidar a los enfermos en sus propios domicilios (…) pasan a cuidarlos en los hospitales, se hacen cargo de las niñas en las escuelas, de los niños expósitos o abandonados, de los galeotes forzados, o de los soldado heridos, de los refugiados, de los ancianos, dementes y otros”.3 Aunque en algunos escritos si se menciona que la actividad “fundamental” sería 3
Mares Padilla, María, SAE, p. 174.
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cuidar de los enfermos, tanto en hospitales como en sus casas, esto no es correcto pues la educación femenina fue también una labor primordial para las hermanas.4 Es debido a la variedad de estas labores, y la ubicación de los que recibirían su ayuda, que las actividades no podían realizarse al interior de los recintos religiosos, sino en las “calles”, que no vivirían enclaustradas, estas mujeres debían tener libertad de movimiento para poder llevar consuelo a la humanidad doliente, así como para atenderlos en sus necesidades físicas y espirituales. Esto si bien no representaba un problema, si complicaría la organización de la congregación, pues tendrían que crear una nueva estructura, dentro de la cual se ajustasen las características que consideraban útiles para conformar la congregación, pues hasta ese momento, todas las “hermandades” femeninas estaban dedicadas al servicio de dios, la contemplación, etcétera., pero no tenían como opción el servir a dios por medio del auxilio a los pobres. En cuanto a la preparación espiritual de las hermanas, el tiempo de formación sería denominado como seminario y durante ese tiempo aprenderán lo necesario para llevar a cabo las labores que sus fundadores han decidido que deben realizar; llevarán hábito, pero no velo, –Mas adelante utilizarán un sombrero que las caracterizará y diferenciará de las demás religiosas- no habrá superioras locales sino hermanas sirvientes y visitadoras.5
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Para más detalles sobre la labor educativa de las Hijas de la Caridad véase Florido, Isabel, 1988. 5 Mares Padilla, María, SAE, p. 177
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Ahora bien, ¿Quiénes podían ingresar a esta congregación? Podían incorporarse a las Hermanas de la Caridad tanto doncellas como viudas que deseasen “retirarse del mundo y asegurar su salvación, por medio del camino de la práctica de la caridad, ó que deseando ser religiosas no pueden serlo por falta de dote pues entran sin ella en esta compañía, en donde no se exige más que lo muy necesario para su primer hábito, y solo se atiende a la buena disposición del cuerpo y espíritu para corresponder á la gracia de tan santa vocación”.6 Este aspecto es interesante y en cierta forma revela un verdadero compromiso de las mujeres que deciden ingresar a la compañía, pues el mismo hecho de que no fuera necesario entregar una dote para integrarse a este grupo religioso marcaría el estilo de vida que llevarían las hermanas, y que sería bien diferente al de otros grupos de religiosas en donde las comodidades, ciertos lujos, así como la servidumbre estarían siempre presentes; mientras que las Hermanas de la Caridad, ni siquiera tendrían un lugar propio donde vivir, pues residirían en aquellos lugares en los cuales llevarán a cabo sus actividades caritativas; ya sea en las escuelas, hospitales o asilos. Habían otras disposiciones enfocadas a los objetivos que el fundador de las Hermanas de la caridad había pensado, por lo que para unirse las jóvenes postulantes debían reunir los siguientes requisitos: 1. Una vocación legítima y perfecta. 2. Ser ya virtuosas, ejemplares, y de buenas y experimentadas costumbres. 6
“Las Hermanas de la Caridad”, Periódico Oficial del Departamento de Yucatán, 7 de febrero de 1866, p. 3.
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3. Proceder de familias honradas, y de linaje que no tenga mancha ni borrón alguno. 4. Contar con buena estatura. 5. Tener vista aguda y perspicaz. 6. Gozar de buena salud y robustez, sin ningún achaque corporal. 7. Estar dotadas de una inteligencia suficiente y capaz, para ser formadas aptas o idóneas para los diferentes empleos que después han de ejercer. 8. Saber leer con toda perfección, y un poco escribir, aunque con esperanzas de mejorar con el tiempo en esto último. Sobre leer serian rigurosamente examinadas, y excluidas las que no lo hiciesen con soltura. 9. Estar comprendidas entre los 16 y 28 años de edad. 10. Tener amor al trabajo, y afición por los ejercicios de piedad y toda virtud. 11. No haber servido de criadas, especialmente en la case ínfima. 12. Saber algunas labores propias de su sexo.7 Este
listado
nos
permite
ver
la
importancia
de
ciertas
características
especialmente físicas e intelectuales que las hermanas debían poseer dada la naturaleza de su actividades, buena salud, buena complexión, y tener ya ciertos conocimientos como la lectura que les permitirían acceder a otros nuevos en su preparación ya fuera para dedicarse a la enseñanza, el cuidado de niños o a las labores hospitalarias y de botica. Otro aspecto importante es la solicitud de pruebas de su moralidad, tanto propia como familiar8, requisitos indispensables dada la naturaleza de sus
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Florido, Isabel, 1988, pp. 42-43. No olvidemos la importancia que tenía para la época la modestia femenina, así como las buenas costumbres familiares que de ser así eran aprendidas en sus casas por las jóvenes, ya que las mujeres eran depositarias de la honra de su marido, considerándose la deshonra casi una enfermedad hereditaria transmitida de madres a sus descendientes especialmente a sus hijas que se volvían indeseables para el matrimonio. Y de acuerdo a lo que vemos aquí también para incorporarse a esta congregación posiblemente ante el temor de que contagiara a sus pupilas con algún mal ejemplo o que no mostrara la modestia adecuada en la realización de sus actividades al no estar éstas restringidas a un ámbito privado como un convento. Para más información sobre las creencias sobre las
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actividades y el contacto social que tendrían en la realización de las encomiendas propias de la institución. Además, de acuerdo con Isabel Florido, las aspirantes debían entregar como dote: 6 camisas, 6 enaguas, 6 pañuelos de hilo, 6 pares de medias, 4 pares de bolsillos, una mantilla negra, 2 vestidos negros de anascote, 6 pañuelos blancos enteros para el cuello, 3 pares de zapatos nuevos, y –para el caso español- 540 reales de vellón para todo lo que incluyera el primer habito. Deberían presentar también la fe de bautismo y de confirmación.9 El 25 de marzo de 1642 Luisa de Marillac y otras cuatro Hijas de la Caridad, harán votos perpetuos, que se realizaron por primera vez dentro de la compañía, aunque de forma privada –los votos de las religiosas que vivían enclaustradas se hacían de forma pública- y que estarían relacionados con el objeto principal de la sociedad, estos serian de pobreza, castidad, obediencia y servicio de los pobres, y estos se llevarían a cabo por primera vez entre los cinco y siete años de vocación. Pero aún en la realización de los votos la compañía vuelve a mostrar su originalidad, pues debido a que las hermanas no son religiosas propiamente dicho, estos votos se renovarían anualmente durante la fiesta de la encarnación que coincidía con la fecha en que se realizaron por primera vez, no para ser Hijas manchas de honor y honra femenina véase Guerrero Lara, María, 1997, 31-46; y Carner, Françoise, 1992, pp. 97-99. 9 Florido, Isabel, 1988, p. 43. Sobre la dote, si bien la cantidad de dinero que se solicitaba no era cuantiosa y estaba justificada, si se pedían numerosas prendas posiblemente para su propio uso durante los años de preparación, pues normalmente su vivienda y alimentación era proporcionada por los establecimientos en donde desempeñaban sus actividades, y cuando ya completaban su preparación y eran enviadas a otro establecimiento, se les asignaba un salario modesto para sus gastos de vestido entre otros, esto lo estudiaremos más adelante con mayor profundidad.
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de la Caridad, si no que con esta renovación, reafirmaban la decisión vocacional tomada al entrar en la compañía y consistía en la entrega total de su vida a Dios a través de los pobres.10 Se formaba así una especie de “cofradía o grupo de mujeres no religiosas, reunidas para el servicio de los Pobres”.11 Aun cuando la orden contaba ya con objetivos claros y sus lineamientos y normas bien establecidos, la compañía de las Hermanas de la Caridad no contaba todavía con la aprobación eclesiástica; Luisa de Marillac esperaba que la compañía quedara bajo la dirección espiritual de Vicente de Paúl y sus sucesores, es decir, la Congregación de la Misión, debido a que ambas instituciones compartían el principio de servicio a los pobres. En 1645 se prepara el primer documento para lograr ese objetivo, siendo aprobada mediante un acta la Compañía de las Hijas de la Caridad el 20 de 10
Mares Padilla, María, SAE, p. 212. Véase también Martínez, Benito, 1995, http://somos.vicencianos.org/blog/2011/05/21/espiritualidad-vicenciana-hijas-de-lacaridad. Este autor señala que los votos perpetuos no eran obligatorios y que posteriormente se quitaron los votos perpetuos y quedaron únicamente los votos anuales que se renovaban cada 25 de marzo. “En tiempo de los fundadores los votos no eran obligatorios para ninguna Hija de la Caridad. Las Hermanas que deseaban hacerlos tenían obligación de pedir, por medio de Luisa de Marillac, la superiora, la aprobación de Vicente de Paúl, como superior de la Compañía. Algunas Hermanas recibían autorización de hacerlos por toda la vida y otras anualmente. Desde 1651 se generalizó la costumbre de hacer votos anuales, con el objetivo de recalcar que eran votos privados y que las Hijas de la Caridad eran seculares. Se quería asimismo infundir en las Hermanas el sentido de sacrificar la libertad y manifestar la entrega cada año, ya que el servicio de los pobres en medio de la sociedad era difícil y sujeto a muchas tentaciones. Sin olvidar la inestabilidad de las Hermanas en los primeros tiempos. En tiempo de Vicente de Paúl había Hermanas sin votos, Hermanas con votos perpetuos y Hermanas con votos anuales, pero todas eran Hijas de la Caridad por igual, ya que el ser Hija de la Caridad lo constituye el momento de la entrega, cuando entran en el Seminario Interno”. Además este autor señala que Según los Estatutos de la Compañía, publicados en 1718 por el Superior General P. Bonnet, queda establecido el uso de hacer los votos para todas las Hijas de la Caridad, pero con cierta flexibilidad y que desde 1801 hay obligación de hacer los votos y renovarlos cada año para permanecer en la Compañía. 11 Mares Padilla, María, SAE, pp. 174, 178.
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noviembre de 1646, quedando bajo la autoridad del Arzobispo de Paris, situación que Luisa no considera la más adecuada pues temía que así la compañía tendría problemas al “apartarse de la dirección que Dios ha querido dar a la compañía en el Superior General de la Misión”.12 Posteriormente “La Reina Ana de Austria elevará al papa una petición de que la “Cofradía de las Sirvientas de los Pobres de la Caridad”, dependa a perpetuidad del Superior General de la Congregación de la Misión.” Esta propuesta se aceptó el 18 de enero de 1655; finalmente la aprobación pontificia llegará el 8 de junio de 1668, ocho años después de la muerte de Luisa.13 La institución rápidamente se propagó en Francia, especialmente en las zonas rurales que eran las más necesitadas, y para 1660 año en que muere San Vicente, las hermanas contaban ya con sesenta establecimientos, uno de ellos en Polonia; En España se establecen en 1790 cuando desembarcan en Barcelona cinco jóvenes españolas que habían ido a formarse a Francia para establecer una casa de las hermanas en su país, ya existían en ese momento 4. 300 hermanas y 451 comunidades, pero casi la totalidad estaban en Francia.14 12
Mares Padilla, María, SAE, p. 185. Mares Padilla, María, SAE, p.185. Es necesario señalar que por medio de fuentes hemerográficas que se citarán en el transcurso de esta investigación, hemos podido comprobar que la forma de organización así como la mayoría de las actividades que las hermanas realizaban después de 200 años que pasaron entre su fundación y su llegada a nuestro país, casi no sufrieron modificaciones; incluso después de tener oportunidad de hablar con algunas de las Hermanas de la Caridad, nos pudimos dar cuenta que esos principios básicos no se han modificado, más que en la situación jurídica de la compañía que de acuerdo al derecho canónico ahora aparecen bajo el rubro de Sociedad de Vida Apostólica. 14 Hago mención de estos hechos debido a que como veremos a continuación procedentes de este país, y más de cincuenta años después arriban las primeras Hijas de la Caridad al nuestro. Florido, Isabel, 1988, pp. 13- 21, 31-32. Un dato curioso es que la 13
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Siendo el director de las Hijas de la Caridad el P. Jean-Baptiste Etienne (1843- 1874) se dio una época de fortalecimiento y también un gran aumento de la Compañía, en ese periodo se extendió por los cinco continentes llegando las Hijas de la Caridad a 24 naciones y colonias. Sólo en los años que van de 1845 a 1857 se abrieron 399 casas, de las cuales 165 estaban fuera de Francia15, entre ellas la de nuestro país, en donde, como veremos más adelante su expansión también se dio rápidamente.
LLEGADA A MÉXICO DE LAS HERMANAS DE LA CARIDAD. Mediante gestiones realizadas a partir de 184316 se hace la solicitud para el establecimiento en México de la compañía de las Hijas de la Caridad, los principales promotores de la iniciativa fueron la Condesa de la Cortina, el Dr. Manuel Andrade, Faustina y Julia Fagoaga, y el general Cirilo Gómez Anaya; éste tenía como representante al Dr. Andrade quien junto con José Guadalupe Romero cura párroco de Silao enviarían la petición al gobierno para el establecimiento de las Hermanas de la Caridad en México. Los promotores de esta iniciativa también consideraron que por cuestiones culturales y de idioma, sería más conveniente que las hermanas que vinieran a México fueran de origen Español, por lo que nombraron a Bonifacio Fernández de Córdoba, como apoderado para realizar los Compañía de las Hijas de la Caridad se fundó en España principalmente por una necesidad educativa generada por una Real Cedula que generalizaba en ese país las escuelas gratuitas para niñas y jóvenes a diferencia de nuestro país que principalmente se considera su establecimiento para la atención de los hospitales. 15 Martínez, Benito, 1995, http://somos.vicencianos.org/blog/2011/05/21/espiritualidadvicenciana-hijas-de-la-caridad. 16 Vicente de Dios, 1993, Tomo I, p. 55.
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trámites que fueran necesarios desde España y tratar con las autoridades correspondientes.17 El 16 de Agosto de 1843 Bonifacio Fernández de Córdoba se puso en contacto con el P. Juan Roca -Director de las Hijas de la Caridad en Españaenviándole una carta de solicitud: (…) A usted le consta las repetidas gestiones que por diversas personas se han hecho para conseguir el establecimiento de las Hermanas de la caridad en México. Estas gestiones se han renovado ahora por las mismas personas celosas y caritativas de aquella ciudad, siendo una de las principales la excelentísima señora doña Ana María Gómez de la Cortina, condesa de este título, la cual, en sus cartas del 25 de mayo y 23 de junio últimos, me dice que ya tiene el permiso de su gobierno y del señor Arzobispo de aquella metropolitana para fundar el establecimiento; que desean que sean españolas las hermanas que hayan de ir, y me encarga ponga yo en acción todos los medios que estén a mi alcance para conseguirlo, pues con mi aviso se facilitarán al momento los recursos necesarios para el embarque y demás gastos.18
El P. Roca interesado en el proyecto avaló la petición ante el gobierno de Isabel II, cuya regencia respondió favorablemente a la solicitud de que algunas hermanas españolas y un director espiritual viniesen a México a fundar la casa de noviciado de las Hermanas de la Caridad, así mismo pidió la autorización del
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Tomo I, 1993, pp. 53-55. Este autor también nos señala que la gestión que realizan no es el primer intento de que las hermanas se establezcan en México; señala que en 1831 Tadeo Ortiz cónsul de México en Burdeos envió al gobierno de Anastasio Bustamante una iniciativa para la fundación en México de las Hijas de la Caridad. 18 Debido a que estos documentos pertenecen al archivo privado de la orden, citaremos fragmentos de los mismos transcritos en el libro de Vicente de Dios que se enviaron tanto por parte de México como de España y Francia para la fundación de las Hermanas. Esta carta de Vicente de Dios la toma de Sanz, Ramón C.M. Compendio de la historia de San Vicente de Paúl y de las Hijas de la Caridad, Madrid, Omaña, 1884, p. 182. Vicente de Dios, 1993, Tomo I, p. 55. Otros documentos originales de la fundación pueden encontrarse en Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Primero, 2010.
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Superior General de la Congregación de la Misión y de las Hijas de la Caridad, el P. Jean-Baptiste Etienne, relativa al ya mencionado establecimiento de la casa de noviciado y posteriormente envió una carta comunicándole a Fernández la aprobación por parte del P. Etienne. Fueron once hermanas19 originarias de diferentes puntos de España y provenientes de la casa Central de Madrid las que llegaron a México el 4 de noviembre de 1844, desembarcando en el puerto de Veracruz de la fragata española “Isis”; puerto desde donde escribieron una carta de agradecimiento a la Condesa de la Cortina.20 El viernes 9 de noviembre partieron para la ciudad de México haciendo escala esa noche en Jalapa, y posteriormente en Amozoc, Puebla –en donde se les unió el Dr. Andrade- pernoctando en la hacienda San Isidro, donde las esperaban ya las hermanas Fagoaga, finalmente el día 15 de noviembre llegaron a la capital en donde se encuentran con el “El Excmo. Señor Arzobispo, D. Manuel Posada y Garduño, vigésimo segundo Arzobispo de México, (quien) las recibió y honro con toda amabilidad.21
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Originalmente, el contrato se hizo para 10 hermanas las cuales eligió el Padre Roca, pero se aceptó que fuera Sor Inés Cabré como supernumeraria. Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Primero, 2010, p. 31; Vicente de Dios, 1993, Tomo I, pp. 59-50. 20 Este documento se encuentra en la casa provincial de las Hermanas de la Caridad en la Ciudad de México, una fotografía de la misma aparece en los Apéndices. 21 Camacho, Ramiro, 1945, pp. 13-14; Vicente de Dios, 1993, Tomo I, pp. 62-65; para una narración más detallada del recorrido se puede consultar Cox, Patricia, 1989, pp. 1323 aunque debo advertir al lector que ese texto es una novela histórica, en la que si bien ciertos lugares y personajes, así como sucesos realmente acontecieron, están adornados con un estilo literario.
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Después de su llegada a la ciudad se instalaron sucesivamente en una casa de la Condesa de la Cortina en la calle del Monzón, una casa de campo en Tacubaya, la hacienda de Clavería, una casa conocida como “de la Mariscala” y finalmente en un edificio llamado Colegio de las Bonitas, donde se estableció el noviciado y la Casa Matriz22, y donde el 20 de enero de 1845 abrieron su primera escuela para niñas pobres en la que recibieron a más de trescientas niñas; al mismo tiempo que seis novicias iniciaban su preparación, siendo la primera de ellas Julia Fagoaga, una de las responsables de su fundación.23 Las hermanas fundadoras fueron: Sor Agustina Inza, superiora y posteriormente visitadora de la provincia, Sor María Josefa Ramos, Sor Mariana Elía, Sor Magdalena Latiegui, Sor Josefa Suárez, Sor María Inés Cabré24 y Sor Juana Antía, Sor Concepción Oronoz, Sor Micaela Ayanz, Sor Luisa Merladet, Sor Gregoria Reta, todas exceptuando a la superiora menores de 30 años y las últimas tres novicias aún. Junto con las hermanas llegaron también dos sacerdotes de la Congregación de la Misión los padres Buenaventura Armengol y Ramón Sanz.25 22
García Cubas, Antonio, 1986, p. 42. Camacho, Ramiro, 1945, p. 19. 24 Esta Hermana fallece al poco tiempo de su llegada el 4 de Diciembre de 1844. Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Primero, 2010, p. 55; Camacho, Ramiro, 1945, p. 23. 25 Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Primero, 2010, p. 31. Los nombres que señala este autor coinciden con los que se encuentran en la carta de agradecimiento que escriben las hermanas a su llegada. De los citados por otros autores, tenemos que Vicente de Dios cambia el de Gregoria Reta, por Juana Reta; García Cubas menciona a 9 fundadoras entre las que agrega los nombres de Sor Teresa Corritido, Sor Mariana Irasurti, además de que cambia los apellidos de otras de ellas a Micaela Avanz y Sor Luisa Mariadet. Vicente de Dios, 1993, Tomo I, p. 59; García Cubas, Antonio, 1986, p. 42 y Camacho, Ramiro, 1945, p. 13; este último solo menciona que 23
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Pronto tuvieron las hermanas oportunidad de demostrar su carácter, debido a que el General Mariano Paredes se rebeló contra Santa Anna y en medio del conflicto que duró apenas ocho días las Hijas de San Vicente se ofrecieron a asistir a los heridos, aunque no fue necesario, siendo que cuatro meses después pusieron a su cargo el Hospital de San Juan de Dios, posteriormente el del Divino Salvador, y el de San Pablo.26 En el edificio donde tenían el noviciado, además de la escuela pública y gratuita establecieron una botica para pobres, y un colegio-internado que adquirió su nombre del fundador de la orden; además hacían visitas a las casa de los pobres y a diferentes establecimientos como la casa de expósitos, cárcel, y “la casa de locos” para llevar “consuelo y esperanza” a aquellos que más lo necesitaban.27 En 1850, llegan a México otras veinte Hermanas de la Caridad, creando en ese momento una pequeña polémica en la prensa respecto a su entrada al país, pero poco después debido a una epidemia de cólera morbus y a solicitud del gobierno diez hermanas salen hacia Guanajuato para hacerse cargo del Hospital de Belén28; en ese mismo año toman a su cargo en la capital el hospital de San Andrés29, antes de ese año, las hermanas ya se habían establecido en otras regiones del país, en Silao –cuyo cura párroco había intervenido también en la
fueron 11 fundadoras, sin dar más que los nombres de los sacerdotes que las acompañaban. 26 Camacho, Ramiro, 1945, pp. 19-20. 27 Camacho Ramiro, 1945, pp. 20-21. 28 Vicente de Dios, 1993, Tomo I, pp. 106-107 y Camacho, Ramiro, 1945, p. 13. 29 Martínez Barbosa, Xochitl, 2005, p. 27.
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fundación de las hermanas – se establecieron en 1846, llegan a Puebla en 1849, en 1853 se da la fundación en
Guadalajara
y dos años más tarde se les
encomienda el Hospicio Cabañas de la misma ciudad; en el año de 1856 se establecen en Monterrey; la fundación de Lagos, Jalisco se hizo en 1857; la de Toluca en 1858 y el hospicio de pobres de la ciudad de México se pondría a su cuidado en septiembre de 186330; todos estos ejemplos muestran que en muchas ocasiones las hermanas se hicieron cargo de instituciones administradas por el Estado; y es que la labor de las hermanas no era paralela a la del gobierno mexicano, si no que en diferentes momentos colaboraron mutuamente para mejorar la condición de los pobres, los enfermos, y el funcionamiento de los establecimientos que como señala Silvia Arrom para el caso del Hospicio de Pobres de la ciudad de México, se encontraba en una crisis financiera, mal administrado, y en condiciones deplorables.31 Entre los años de 1858 y 1864 el P. Etienne envió varias Hijas de la Caridad Francesa haciendo a trece de ellas superioras, e incluso tomando una de ellas Sor María Ville el lugar de la Fundadora Sor Agustina Inza como visitadora.32 30
Malvido, Elsa, 2004, p. 439; Arrom, Silvia, 2011, p. 323 y Camacho, Ramiro, 1945, pp. 20-21 31 Arrom, Silvia, 2011, pp. 313-317. 32 Camacho, Ramiro, 1945, pp. 20-21. Isabel Florido señala que debido a los conflictos generados en Francia debido a la revolución la casa madre no pudo seguir de cerca la fundación de las Hermanas de la Caridad españolas como debió ser pues las órdenes religiosas fueron suprimidas y fue hasta 1809 que con restricciones se permitió la refundación de la Congregación de la Misión y en 1815 cuando la compañía en Francia comienza a reestructurarse deciden fundar una segunda provincia canoníca en España que dependiese directamente de los superiores en Francia, fue tan fuerte la oposición del Real Noviciado que en 1877 el vaticano acordó prohibir que las Hijas de la Caridad francesas tuvieran su propio noviciado en España. Comento estos hechos por que de acuerdo a lo que plantea Ramiro Camacho, era probable que el Superior General de las
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En primera fila desde las trincheras de los hospitales, atendiendo a los miembros tanto de los imperialistas como de los liberales las Hermanas de la Caridad vivieron el horror y sufrimiento de los diferentes levantamientos armados que se suscitaron en diferentes puntos de nuestro país, incluyendo la guerra que llevaría al poder a Maximiliano, siendo bajo su mandato que se daría la fundación en nuestra ciudad de la que hablaremos a profundidad en la segunda parte de este estudio.
BREVE RESEÑA SOBRE LOS ORÍGENES Y TRANSFORMACIONES DEL HOSPITAL DE SAN JUAN DE DIOS. El hospital de Mérida fue fundado en 1562 bajo la advocación de Nuestra Señora del Rosario, en un solar donado por Gaspar Suarez de Ávila Capitán General de Yucatán y su esposa Doña Isabel Cervantes y Lara,33 y fue entregada a los Religiosos de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios34 en 1625 quienes fundaron ahí su convento, y se dedicaron al cuidado de los enfermos, aunque es importante mencionar que durante este periodo la labor de los hospitales era meramente asistencial y no medica propiamente dicha.
Hijas de San Vicente, el Padre Etienne, quisiera convertir la provincia de México en francesa. Florido, Isabel, 1988, pp. 39-40. 33 Ferrer de Mendiolea, Gabriel, 1977, Tomo IV, pp. 6-8; Couoh Jiménez, Felipe, 1986, pp. 33 y Bojórquez Urzaiz, Carlos, 2009, p. 15. 34 Esta orden llegó a la Nueva España en 1604 y se fueron expandiendo a todo el territorio gracias a la Real Cedula del 2 de Marzo de 1606 en donde quedaban autorizados para establecerse en todos los lugares que creyeran convenientes y en donde se prevenía que los hospitales existentes les fueran entregados, como fue el caso de el de la Ciudad de Mérida. Romero Quiroz, Javier, 1976, pp. 13-15.
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El hospital estuvo en manos de los Religiosos juaninos hasta 1821 año en que por decreto de las cortes españolas del 30 de mayo de 1821 se extinguen los conventos por lo que “El Jefe Superior Político y Capitán General de Yucatán D. Juan María Echavarri (sic) y Manrique, expulsó a los juaninos y traslado el hospital al ya extinguido desde el 15 de febrero al anterior convento grande de San Francisco donde obligó al ayuntamiento meridano a sostenerlo”35; después de la independencia el nuevo gobierno se da cuenta de que no puede mantener el hospital por lo que se devuelve a los religiosos y a su lugar original.36 En 1824 por decreto del Gobierno Constituyente el gobierno civil asume la responsabilidad de todas las instituciones de beneficencia, quedando a cargo del hospital el ayuntamiento de Mérida, nombrando un administrador que se encargase del mismo siendo que el 23 de septiembre de 1828 se aprobó y publicó el que sería el primer reglamento del hospital.37 El gobierno del estado en 1832 se hizo cargo del hospital, publicando un decreto con el nuevo reglamento para su funcionamiento, en este se ordenaba la creación de una escuela de “Cirujanos secundarios” en el hospital, la dirección de estas instituciones estaría a cargo del alcalde de la capital que presidiría la junta, los procuradores síndicos del ayuntamiento; dos vecinos electos anualmente por la junta de sanidad, un medico director y el tesorero del hospital.38
35
Ferrer de Mendiolea, Gabriel,1977, Tomo IV, p. 9. Ferrer de Mendiolea, Gabriel,1977, Tomo IV, p. 9. 37 Ferrer de Mendiolea, Gabriel, 1977, Tomo IV, p. 11 y Couoh Jiménez, Felipe, 1986, p. 43. 38 Como el colegio no funcionó, en junio del siguiente año el Gobernador Tiburcio López y Constante decreta la fundación de una escuela de cirugía práctica y medicina en la 36
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Posteriormente por decreto del 25 de junio de 186139 se dispone que el hospital general ubicado en el convento de San Juan de Dios a un costado de la Catedral, y la Casa de Beneficencia, formaran un solo asilo y se trasladasen al antiguo convento franciscano de la Mejorada. En este decreto también se establecía que los fondos de ambos establecimientos pasarían a formar un solo capital, que los antiguos edificios que ocupaban se pondrían a la venta y con las ganancias se compraría lo indispensable para el nuevo establecimiento, se pagarían las deudas, y para el arreglo del nuevo edificio y el resto del valor de las fincas lo reconocerían los rematadores a un 6% anual sobre las mismas a favor del hospital. Punto interesante es la preocupación por dotar al hospital con recursos, misma que se vuelve a manifestar en el decreto fechado el 7 de julio de ese mismo año en el que se exceptuaba al hospital de los pagos de “predial, que los censatarios le rebajan a abonarle los réditos de los capitales fincados a beneficio del propio establecimiento”.40 De esta manera se evitaba socavar los fondos del mismo, cuya manutención era responsabilidad del gobierno, aun cuando algunos de los servicios que se ofrecían, tanto para enfermos que no fueran “pobres de solemnidad”, presos y militares, tuviesen una tarifa. También se especificaba en el decreto del 25 de Junio que el edificio debía contar con cuatro departamentos como mínimo y que el ahora Hospital General y universidad del estado, e incluyó lo relativo a su fundación y al uso del Hospital General para las prácticas de los estudiantes. Ferrer de Mendiolea, Gabriel, 1977, Tomo IV, pp. 11-12 y Cervera Andrade, Alejandro, 1990, pp. 22-23. 39 Ancona, Eligio, 1882, Tomo II, pp. 225-226. 40 Ancona, Eligio, 1882, Tomo II, p. 242.
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Casa de Beneficencia estaría atendido por un solo administrador que debía ser “de buenas costumbres, mayor de cuarenta años, casado”, y una patrona; además el administrador debía obligatoriamente vivir en el hospital con su familia. Finalmente se dispuso que a la brevedad posible se elaborara un nuevo reglamento para el funcionamiento del también nuevo establecimiento.41 Ese nuevo reglamento no se llegó a elaborar pues debido a las luchas entre liberales y conservadores ni la fundición de ambos establecimientos llegó a efectuarse42 -aunque el traslado del hospital al ex-convento si se lleva a cabo- y se continúa el manejo del hospital de acuerdo al reglamento de 1860, siendo que a ese se hace referencia de igual forma en el comunicado que envió Nicolás Almeida al gobernador sobre el estado del Hospital de San Juan de Dios en 1868. Aunque cabe señalar que en marzo de 1863 se habían hecho modificaciones al dicho reglamento que solo afectaban lo relativo a la junta directiva que hasta ese momento la conformaba el Jefe político de la capital, un regidor, un sindico y cuatro vecinos, de los cuales tres eran seglares y uno eclesiástico43, y partir de ese momento se eliminaba al representante eclesiástico, quedando con cuatro vecinos civiles.44 No sorprende que se haya eliminado a la Iglesia – por así decirlo- de la junta directiva del hospital, éste había estado en manos del gobierno desde hacía ya unos 35 años, pero aparentemente la Iglesia continuaba teniendo cierta 41
El reglamento se cita en este documento con el año 1862 puesto que la impresión del mismo es de ese año pero fue puesto en vigor el 30 de Julio de 1860. 42 Ferrer de Mendiolea, Gabriel, 1977, Tomo IV, p. 53. 43 Reglamento del Hospital de S. Juan de Dios en Mérida, Yucatán, 1862. 44 Ancona, Eligio, 1882, Tomo III, 45-46.
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influencia en el mismo, no debemos olvidar que aun se seguía considerando como establecimiento de beneficencia y para 1863 con la lucha entre liberales y conservadores, se tenía que quitar el resto de poder que aun ejercía la Iglesia sobre él. Ahora bien, se mantiene la figura del capellán, consideramos que esto es porque este último tenía actividades especificas y relacionadas a la fe, y sin mayor relevancia para la administración del hospital, a diferencia de un eclesiástico que formase parte de la junta y fuera parte de las decisiones que se tomarían para la administración del mismo, así que estas decisiones iban más por el lado de darle al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios. Después de los intentos por acabar con el poder de la Iglesia sobre los establecimientos de beneficencia y tan solo dos años después de estas reformas llegan a hacerse cargo de él las Hermanas de la Caridad45, que además permanecieron casi 10 años en el hospital. De acuerdo a lo que plantea Couoh Jiménez, “El periodo comprendido entre 1830 y 1870, está marcado no solo por la persistencia de la beneficencia y la atención privada, también por la carencia de una legislación a nivel nacional y la organización y el funcionamiento de juntas o direcciones de sanidad en las principales ciudades del país con actividades circunscritas al ámbito local o regional”46. Esto él lo ve como un reflejo de cierta anarquía política, económica e
45
Aunque como atinadamente lo señala Arrom, el gobierno de Juárez, preparó el camino para el posterior establecimiento y crecimiento de la orden pues exoneró a las hermanas de la supresión de las órdenes religiosas. Arrom, Silvia, 2011, p. 324. 46 Nosotros discordamos en cuanto a lo que señala sobre la persistencia de la beneficencia y atención privada como principales vertientes de la asistencia social – en el entendido de que el autor utiliza el concepto beneficencia relacionado con las practicas publicas- pues aun que las
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ideológica, sin embargo no se deben menospreciar los intentos tanto por parte de Maximiliano, como de Benito Juárez de crear un organismo nacional que regulara las instituciones de beneficencia del país así como su reglamentación.47
legislaciones la secularizaban, las practicas caritativas y filantrópicas continuaron teniendo una gran participación, especialmente la caridad en la primera mitad del siglo XIX. Couoh Jiménez, Felipe, 1986, p 54. 47 En abril de 1865 se creó el Consejo General de Beneficencia para administrar todos los establecimientos de beneficencia del país, siendo que el Consejo estaría sujeto directamente a la supervisión del gobierno imperial, estando conformada la junta por diez miembros, siendo Carlota quien la presidía con una participación activa y no honoraria. Arrom, Silvia, 1996, pp. 32-33.
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SEGUNDA PARTE LAS HERMANAS DE LA CARIDAD Y LA ASISTENCIA SOCIAL Y EDUCATIVA EN YUCATÁN
Una hermana de la caridad, necesita tener más virtud que las más austeras religiosas. Ninguna religión desempeña tantos oficios como ésta, por que las hermanas de la caridad tienen casi todos los de las otras religiosas. Trabajando primeramente en su propia perfección… cuidando de los enfermos… é ilustrando á las niñas pobres. San Vicente de Paúl
En esta parte estudiaremos y desarrollaremos los puntos que darán respuesta a muchas de las interrogantes que nos planteamos sobre la forma en que las Hermanas de la Caridad logran insertarse en el sistema benéfico mexicano, hablando de las particularidades con que lo hacen en Mérida, capital del estado de Yucatán, y las acciones que para beneficio de la sociedad llevaron a cabo en esta ciudad. Estudiaremos la institución hospitalaria en que se instalaron a instancia del gobierno y las posteriores fundaciones que se hicieron gracias a la iniciativa de la
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gente piadosa, y preocupada por la protección a los desvalidos1 tanto en sus figuras de particulares como a través de asociaciones. Finalmente analizaremos las condiciones bajo las cuales se dio su salida del país. Es importante mencionar que al mismo tiempo que se estudiarán los diferentes establecimientos en los que participaron también se hará con las relaciones que desarrollaron con el gobierno, la Iglesia y la sociedad civil, comparando en algunos casos con otros establecimientos fundados en nuestro país. Por lo tanto en el caso del hospital se hará una división para el estudio de tres diferentes periodos de tiempo en que hemos dividido la estancia de las hermanas para su mayor comprensión. Un primer momento de establecimiento y tranquilidad durante el Segundo Imperio; no olvidemos que si bien en las políticas de Maximiliano hubo continuidad en el tema de la desamortización y la separación de poderes, en este periodo hubo un reconciliamiento con la Iglesia, que permitió una cooperación entre ambos grupos, y consintió que recuperara ciertos privilegios que se le habían quitado.2 Este es un momento de tranquilidad para las Hermanas de la Caridad pues aún cuando Juárez las había excluido en las Leyes de Reforma, durante la intervención francesa los emperadores fomentaron la expansión de la congregación con la idea de que se hicieran cargo de todos o la mayoría de los establecimientos de beneficencia.
1
En este momento quisiéramos aclarar que cuando nos referimos a desvalidos, no necesariamente hablamos de los pobres o enfermos, por ejemplo, es el caso que estudiaremos del colegio de señoritas; si bien no eran de clase humilde, debido a su condición femenina, se les consideraba sujetos que debían ser protegidos para que no se desviasen a un mal camino como veremos en el apartado correspondiente. 2 Serrano Catzín, José, 1998, pp. 44-47.
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Un segundo momento será el de la República Restaurada, en el caso de Mérida bajo la dirección de Manuel Cepeda Peraza, su gobierno ratificó y avaló que continuaran su trabajo en el hospital. En este periodo se crea un nuevo reglamento acorde a las prácticas que se llevaban a cabo en el hospital en función de la presencia de las hermanas; este momento lo consideramos como un periodo de consolidación, es cuando se hacen cargo del Colegio de Niñas del Sagrado Corazón de Jesús, se fundan las Conferencias de San Vicente de Paúl, la Asociación de Señoras de San Vicente y la de Hijas de María, que vienen a completar la labor de caridad y asistencia que las hermanas no podían cubrir. En esta época también se hacen cargo del Asilo de Infantes3 creado por las mencionadas Conferencias, es decir el momento de mayor influencia y crecimiento de la congregación. Finalmente el momento en el que la radicalización de los liberales en contra de la Iglesia llega a su momento más crítico, los ataques contra las hermanas en la prensa se vuelven frecuentes, se critica la administración del hospital considerándola poco eficiente, las tachan de no estar preparadas para la atención del mismo, de enriquecimiento a costa de la beneficencia entre otros. Este periodo concluye con la salida de las hermanas del hospital y de las demás instituciones a su cargo como veremos más adelante.
3
Los casos del Colegio, el Asilo, así como la relación con las Conferencias, Asociaciones de señoras y particulares se estudiarán más a fondo en otro apartado.
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ESTABLECIMIENTO DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD EN MÉRIDA La llegada a Yucatán se produce casi veinte años después de la llegada a México; se desconoce la causa, pero el factor decisivo en la fundación de las hermanas en Mérida fue la visita que la Emperatriz Carlota hace a la Ciudad. La pareja se convirtió en una principal promotora y patrocinadora de la Compañía, igualmente estaba muy interesada en asistir a las clases más necesitadas y como señala Arrom los emperadores pusieron en práctica diferentes políticas para subsanar las deficiencias del sistema benéfico en el país.4 Según García Pimentel, Carlota quien realizó una visita a Mérida, Campeche y algunos lugares de las inmediaciones en diciembre de 1865, al anunciar su salida para la capital vecina manifestó su deseo de fundar en la Ciudad una casa de las Hermanas de la Caridad para asistir a los enfermos y educar a las niñas pobres y que contaba ya con los recursos que se utilizarían así como con el personal. Esto, señala el autor, después de haber visitado varios establecimientos, como la casa de beneficencia, y en Mejorada el hospital de San Juan de Dios.5 La iniciativa de la emperatriz de fundar una casa de las Hermanas de la Caridad en Mérida no pasó desapercibido para la prensa de la época según se ve en la siguiente nota: que S.M. desea el establecimiento de una casa de las hermanas de la caridad en Mérida para cuidar de los enfermos y educar á las 4
Arrom, Silvia, 2011, p. 315. Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Primero, 2010, pp. 169-170. Los periódicos de los cuales toma las referencias son La Sociedad, 8 de noviembre de 1865 y Diario del Imperio, 9 de diciembre de 1865. 5
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niñas pobres y que están ya designados y listos los fondos y el personal respectivos.6
Finalmente las Hermanas de la Caridad llegaron el 23 de enero de 1866 procedentes del puerto de Veracruz y desembarcando en el puerto de Sisal, en donde fueron recibidas por una comitiva conformada por: (…) personas notables entre las que se cuentan la Excma. Sra. Dª. Julia Campillo de Salazar; la esposa del señor Prefecto político del Departamento Dª Sofía Fajardo de García Morales, Sra. Dª. Julia Fajardo de Regil y Peón, Sra. Dª. Clemencia Ortega de Toledo, Sres. Prefecto político, Gobernador apostólico de la Mitra, Rector del colegio seminario de san Ildefonso, Srio. Del Exmo. Sr. Comisario Imperial, Srio. De la Prefectura, Alcalde municipal y otras que no recordamos, concurrieron al camino de Sisal á recibir á las expresadas Hermanas de la caridad quienes comieron en la mesa de S.E. y fueron alojadas en seguida en una casa preparada como corresponde por el mencionado Sr. Prefecto político del Departamento.7
Fueron cinco las hermanas que arribaron: Madre Superiora, Sor María Orsat, Sor “Vicenta Ribrolles”(sic), de nacionalidad francesa, Sor Jesús Contreras, Sor Juana Gómez y Sor Juana Chávez, de nacionalidad mexicana procedentes de Guadalajara. Con ellas había llegado el Pbro. Mr. Juan Masnou, de la Congregación de San Vicente de Paúl, visitador y director de las Hermanas de la Caridad en el “Imperio mejicano” (sic)8, este último no permaneció en Mérida, si no
6
“Munificencia de la Emperatriz”, Periódico Oficial del Departamento de Yucatán, 4 de diciembre de 1865, p. 3. 7 “Hermanas de la Caridad”, Periódico Oficial del Departamento de Yucatán, 25 de enero de 1866, p. 3. 8 Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Primero, 2010, p. 169 y en “Hermanas de la Caridad”, Periódico Oficial del Departamento de Yucatán, 25 de enero de 1866, p. 3.
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que solamente se hizo cargo de ver que quedaran instaladas en el hospital tal y como se había acordado. El ocho de febrero el director de las Hijas de la Caridad, firma un contrato con el Comisario Imperial para su instalación en el Hospital de San Juan de Dios, en donde llevarían a cabo sus labores de caridad y asistencia a los pobres y enfermos, como veremos a continuación.
LA FUNDACIÓN EN EL HOSPITAL DE SAN JUAN DE DIOS Y LA SEGURIDAD DEL SEGUNDO IMPERIO. Las primeras hermanas que llegaron a Mérida se hicieron cargo del hospital, y para este propósito el Pbro. Juan Masnou9 firmó un contrato con el Comisario Imperial Salazar Ilarregui, en el cual se establecían las condiciones bajo las cuales se incorporarían al mismo.10
9
El Pbro. Masnou expide un recibo por la cantidad de cien pesos que fueron entregados por el Comisario Imperial para sus gastos de regreso a la Capital. “Correspondencia Administrativa del Comisario Imperial en la Península de Yucatán”, CAIHY, Manuscritos, XLV-1864-1/3-034, foja 29, 6 de febrero de 1866. 10 De acuerdo con Hernández Martín, los contratos y reglamentos que se hacen entre las hermanas y los hospitales vienen desde mucho tiempo atrás de su establecimiento en México y en España, y son de suma importancia porque en ellos se establecen las condiciones laborales, las actividades y motivaciones, el tipo de relaciones jerárquicas que deben establecerse con los diferentes miembros de personal. Por lo que es sumamente relevante para esta investigación que se cuente con el contrato de establecimiento ya que por medio de él podremos entender los términos de su labor asistencial. Esta misma información es proporcionada por Isabel Florido quien además presenta en su trabajo un análisis detallado de los principales artículos que debían contener los contratos así mismo presenta un “machote” bajo el nombre de “Bases de Contrata de Fundaciones” por lo que además confirmamos que básicamente –claro de acuerdo al tipo de fundación- todas las instituciones de las Hijas de la Caridad funcionaban de la misma manera, lo cual además se puede confirmar analizando algunos de estos contratos como veremos mas adelante. Hernández Martín, Francisca, 2006, p.41 y Florido, Isabel, 1988, pp.56-60 y154-156.
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El contrato contempla diferentes aspectos y previsiones, en cuanto al respeto por las prácticas propias de las religiosas que se observarían en todo momento, siendo que dependerían para lo concerniente al hospital directamente del director, pero en lo que se refería al “régimen espiritual” se sujetarían a lo que prescribían sus reglas y prácticas.11 Además de que se especificaba que no llevarían a cabo labor alguna que fuera en contra de los principios de su congregación: Las hijas de la caridad observarán exactamente las ordenanzas y reglamentos de este hospital de san Juan de Dios de esta capital mientras estas no se opusieren directa o indirectamente a sus reglas ni a las prácticas y costumbres de su instituto.12
El director dispondría el horario para la diaria celebración de la misa y el capellán tendría obligación de “administrar la sagrada comunión a las hermanas en todos los días que lo pidieren conforme a sus reglas y las que recibieren en su oratorio privado, si la superiora en algún caso no dispusiese lo contrario”.13
11
Las Hermanas de la Caridad, tenían dos tipos de reglas, las reglas comunes que todas ellas debían observar y cumplir y las particulares destinadas a las diferentes especialidades de su labor asistencial, ya fuera hospitalaria o educativa en colegios, escuelas, asilos u otros establecimientos. Florido, Isabel, 1988, p. 22. Incluso leyendo las bases de contrata para la fundación del Hospital Belén de Guanajuato, son casi las mismas que las de la fundación de Mérida con unas ligeras modificaciones que las adecuaban a las condiciones de ese nosocomio. Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Primero, 2010, pp. 198-200. 12 “Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, foja 3, 8 de febrero de 1866. 13 “Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, foja 8, 8 de febrero de 1866.
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Se hacía mención de que los gastos de traslado del puerto de Sisal a la Ciudad de Mérida, así como cualquier otro que se generara, serían cubiertos por el erario imperial y se especificó que para los primeros gastos ya habían sido pagados cuarenta pesos por cada hermana a Sor María Ville “visitadora de las mismas hermanas con indemnización de los gastos indispensables que erogó la casa central para proporcionarles lo necesario a dichas hermanas y los gastos de viage (sic) de las mismas de Mejico (sic) a Sisal”.14 De hecho en un documento fechado en noviembre de 1866 se notificaba que se había acordado un pago por los preparativos para el alojamiento de las hermanas: Con fecha de 6 de febrero último ordeno V.S. se pagaran á esta Alcaldía doscientos trece pesos constantes en dos partes á saber de diez y seis pesos cuatro reales erogados en los preparativos para el alojamiento de las hermanas de la Caridad que Nuestra Augusta Emperatriz trajo en bien del Departamento (…).15
Así como el costo por la escolta de la Emperatriz durante su visita, siendo que no se había completado el pago que ascendía a doscientos trece pesos de los cuales se habían cubierto cien, aunque como vemos en el manuscrito el gasto por el alojamiento de las hermanas solamente comprendía la cantidad de dieciséis pesos; puesto que no se señala en ningún documento, creemos que fue el costo del hospedaje por los días que tardaron en instalarse definitivamente en el hospital. 14
“Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, foja 2, 8 de febrero de 1866. 15 “Se notifican los gastos que ocasiono el alojamiento de las Hermanas de la Caridad y la escolta de la Emperatriz en Mérida.” CAIHY, Manuscritos, LII-1866-1/4-064, foja 1, 15 de Noviembre de 1866.
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Las hermanas tendrían derecho a tener una habitación separada de las enfermerías, así como la comida, se cubrirían los gastos del lavado de ropa, compra de leña, luces y se les entregaría toda la ropa blanca necesaria siendo que de ella se llevaría a cabo un inventario anualmente; por cada hermana se pagarían siete pesos mensuales para cubrir sus gastos y señala el reglamento que de este dinero no tendrían que dar cuenta a nadie más que a la visitadora. 16 De acuerdo al contrato celebrado con las hermanas para el Hospital de San Andrés de la Ciudad de México en 1850 se pactó una pensión anual de 300 pesos para la Casa Matriz y 60 pesos anuales por cada hermana17, es decir, que quince años después sólo hubo un aumento de dos pesos en cuanto a la contrata de los servicios hospitalarios de las hermanas. A diferencia de esto en los reglamentos para el Hospital de San Juan de Dios los sueldos para los empleados sufrieron los incrementos que se muestran en la siguiente tabla:18
Tabla 1. Comparativo de Salarios estipulados en reglamento. Cant.
Personal del Hospital
Sueldos en 1860*
Sueldos en 1869
30 pesos
40 pesos
--------
30 pesos
1
Médico Director
1
Médico Director Segundo
1
Administrador
25 pesos
30 pesos
1
Capellán
10 pesos
--------
1
Boticario
---------
16 pesos
16
“Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, fojas 4-5, 8 de febrero de 1866. 17 Martínez Barbosa, Xochitl, 2005, pp.28-29. 18 Esta tabla se construyó con información contenida en el Reglamento del Hospital de S. Juan de Dios en Mérida, Yucatán, 1862; y Reglamento para el Gobierno interior del Hospital de S. Juan de Dios de esta Capital, 1869.
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1
Tesorero
5% de lo recaudado
5% de lo recaudado
2
Practicantes mayores***
16 pesos**
20 pesos
4
Enfermeros
24 pesos
---------
2
Practicantes enfermeros
---------
16 pesos
1
Patrona
8 pesos
8 pesos
2
Sirvientas de enfermería
8 pesos
---------
2
Enfermeras
---------
8 pesos
2
Asalariadas
40 reales
½
Cocinero/Cocinera
3 pesos
6 pesos
4
Tortilleras
--------
10 pesos
1
Mayordomo
--------
15 pesos
2
Mozos de servicio
---------
12 pesos
124 P. 40 R.****
211 P.
TOTAL
*Se señala en el reglamento que esos sueldos se les asigna mientras los fondos del hospital 19 mejoran y en ese caso volverán a gozar de sus sueldos antiguos que no se especifican. **Siempre que sea más de un empleado, se pondrá el total de la suma del número de trabajadores. *** Para el caso de 1869 estos aparecen listados como Ayudantes de Medicina y Cirugía pero de acuerdo a los reglamentos cumplen las mismas funciones básicas, por lo que se listan igual. ****Para ninguno de los dos totales se suma el porcentaje del tesorero por ser variable y no tenerse registros de lo recaudado.
Es decir que además de la vocación de servicio a los pobres que era un requisito y una bendición para los pobres enfermos que serían tratados con el amor, las atenciones y los cuidados hospitalarios adecuados propios de esta institución, la llegada de las hermanas también representó un beneficio para la economía del hospital pues el sueldo del administrador según el reglamento en vigor era de 25 pesos mensuales, siendo que solo con esta cantidad podrían pagarse lo convenido a 3.5 Hermanas de la Caridad que recibían 7 pesos mensuales. Como veremos más adelante muchas de las labores que llevaban a cabo los empleados asalariados como es el caso del administrador, la patrona, las
19
Reglamento del Hospital de S. Juan de Dios en Mérida, Yucatán, 1862.
~ 32 ~
enfermeras, y la del boticario, por mencionar algunas, son realizadas por las hermanas, sin saberse si por este trabajo cobraban los mismos 7 pesos o se incrementó la cantidad de acuerdo a las posiciones que ocuparon. Nosotros nos inclinamos a pensar que no, y que fue una de las razones por la que la institución se mantuvo durante el regreso liberal en la época de Manuel Cepeda Peraza. Entre otros aspectos se señala que tendrían derecho a cuidados médicos y medicinas gratuitas en caso de enfermedad, y en caso de quedar incapacitadas durante su trabajo en el hospital, éste se encargaría de su manutención y también “costeará los gastos de entierro de las hermanas que fallecieren en el mismo perteneciendo a él; dicho entierro será con la decencia correspondiente celebrando el oficio de sepultura y una misa cantada con tres otras rezadas en sufragio de la difunta.20 Se permitiría que las jóvenes que desearan ingresar a la congregación permanecieran en el hospital para descubrir si esa era su vocación hasta que la superiora o la visitadora lo considerase pertinente, ellas y las Hermanas de la Caridad que fueran enviadas en reemplazo de alguna otra por traslado, enfermedad, o muerte, se sujetarían a las mismas reglas y condiciones con que se establecieron las primeras. Además que en caso de aumentar considerablemente la cantidad de enfermos, se aumentaría también la de Hermanas de la Caridad en
20
“Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, foja 7-8, 8 de febrero de 1866.
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proporción a los trabajos que se tuvieran que realizar.21 No tenemos información del número de camas que se atendían en el hospital para los enfermos regulares, además de las secciones para presos y dementes que también comprendía el hospital, pero para el caso del Hospital de San Andrés de la Ciudad de México de acuerdo con su contrato se estipuló que se calcularía que por cada diez enfermos debía aumentarse una hermana.22 La superiora sería el canal de comunicación entre las hermanas, el director y viceversa, con él se comunicaría por escrito para recibir las ordenes y disposiciones del facultativo, distribuiría los cargos entre las hermanas de la manera que considerara más adecuada, y sería la encargada de pasar a las hermanas cualquier queja o regaño por las faltas cometidas y que el director le señalase, puesto que él no podría hacerlas directamente a las hermanas, a menos que la falta fuera de la superiora y tendría que llamarle la atención en privado.23 También tendría a su cargo la supervisión de todas las actividades de cuidado de los pacientes, de las salas de enfermos y alimentación de los mismos; de los utensilios y ropas, (del hospital, iglesia y sacristía) así como del personal domestico. Además de eso sería responsable de que se cumplieran los horarios de entrada, salida y visitas en el hospital teniendo ella duplicado llaves de las salas a su cargo: 21
“Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, fojas 7-8, 8 de febrero de 1866. 22 Martínez Barbosa, Xochitl, 2005, p. 29. 23 “Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, fojas 3-4, 8 de febrero de 1866.
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Se entregaran á la superiora todas las llaves de las puertas que dieren salidas al hospital y nadie podrá entrar y salir de él sin su permiso a esepción (sic) de los eclesiásticos adictos al servicio del hospital y a los médicos á los cuales se les suplica no entrar en el establecimiento antes de las cinco de la mañana ni salgan después de las nueve de la noche sin prevenir a la superiora. El Director marcará los días de entrada pública en el hospital a horas determinadas.24
Es importante mencionar que aún teniendo bajo su cargo gran parte de las actividades y personal del hospital, la superiora no podría hacer nada que no estuviera estipulado en el reglamento o de acuerdo a las ordenes del mismo director al cual como ya hemos mencionado estaba subordinada en cuanto al manejo y actividades del hospital. Pero por ejemplo sí tenía autoridad para despedir a los empleados que habitasen en el hospital si cometían alguna falta que lo ameritara, es decir, que atentara contra “El buen orden” que debía mantenerse en la institución, siempre y cuando estuviera de acuerdo el director.25 Las Hermanas de la Caridad estaban a cargo del cuidado de los enfermos, sus alimentos, y medicinas. Una de las hermanas siempre tenía que acompañar a los facultativos durante sus recorridos, esto con el fin de que pudiera informar de los alimentos y medicinas que se le habían administrado y al mismo tiempo el médico le diera instrucciones de acuerdo a las observaciones de su visita del régimen que se llevaría con el enfermo, ya que fuera el mismo o lo cambiase pero que tenía que seguirse al pie de la letra, puesto que “Sera peculiar de las hijas de 24
“Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, foja 5, 8 de febrero de 1866. 25 “Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, fojas 3-5, 8 de febrero de 1866.
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director de las Hijas de Juan de Dios”, CAIHY, director de las Hijas de Juan de Dios”, CAIHY,
la caridad el velar los enfermos para poderles prestar todos los servicios que inspira la caridad cristiana”.26 Como podemos ver el hospital al mismo tiempo que es un espacio institucional, funciona de manera
parecida a un hogar en el que las “labores
domesticas” y el cuidado de los “hijos”, en este caso de los enfermos, estarían bajo la supervisión de las Hijas de la Caridad, aunque siempre subordinadas a la autoridad masculina del director en los asuntos de mayor importancia. Si bien no se contempla dentro del contrato de forma específica, se puede decir que la superiora pasó a ocupar muchas, si no es que todas las labores que anteriormente se relacionaban con la figura del administrador y aunque no existen documentos en los que se especifiquen si el anterior fue despedido, el último comunicado que encontramos firmado por Pedro Antonio Aguilar27 es el reporte de entradas y salidas de enfermos del mes de enero fechado el 13 de febrero de 1866, siendo que a pocos meses de la llegada de las hermanas encontramos comunicaciones escritas con las autoridades, como por ejemplo ésta con fecha del 8 de Mayo de 1866: Tengo el honor de mandar a vuestra merced el cuaderno de los gastos que se hicieron en este establecimiento durante el mes ya finalizado con la lista de los presos y presas, dementes y dementas (sic) que existen es este. 26
“Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, fojas 6-7, 8 de febrero de 1866. Las negritas son nuestras. 27 El 8 de Febrero se había firmado el contrato de las hermanas para que se establecieran en el hospital. “El administrador del Hospital General Pedro Antonio Aguilar envía reporte de entrada y salida de enfermos del mes anterior” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Administración del Hospital General de Mérida, Serie Salud Publica, Caja 267, Vol. 217, Exp. 32, 13 de febrero de 1866.
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Sor María Orsat.28
Que la superiora tuviera contacto de esta naturaleza con las autoridades es de interés para esclarecer este punto, porque de acuerdo al reglamento en vigor de 1860 la atribución de presentar mensualmente a la junta las cuentas del mes anterior, así como llevar libro de entrada y salida de los enfermos; y “la relación de los presos y detenidos” para presentarla a los tribunales en las visitas29, aparecen como funciones del administrador, no especificadas en el contrato para que la superiora las llevara a cabo, aunque en otras como “Cuidar escrupulosamente de la asistencia y comodidad de los enfermos(…) Tener a su cargo, bajo inventario que anualmente se formara (…) los muebles, ropa, utensilios y demás enseres del servicio del hospital (…); comunicar las ordenes a los sirvientes (…) que obrarán bajo su inmediata responsabilidad”30, sí aparecen listadas como responsabilidades del administrador. También encontramos otro ejemplo de las actividades que asumió en el envío de un “Estudio que manifiesta el número de enfermos que ha habido en este establecimiento con expresión de las enfermedades que ha habido en todo el mes (mayo) de la fecha” de 186631, también firmado por Sor María Orsat. Documentos
28
AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Hospital General de San Juan de Dios, Serie Salud Publica, Caja. 253, Vol. 103, Exp. 38, 8 de mayo de 1866. 29 Véase lo referente a las obligaciones del administrador en Reglamento del Hospital de San Juan de Dios en Mérida, Yucatán, 1862. 30 Reglamento del Hospital de San Juan de Dios en Mérida, Yucatán, 1862. 31 “Lista de enfermos ingresados en mayo de 1866”, AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Dirección del Hospital General, Serie Salud Pública, Caja. 254, Vol. 204, Exp. 87, junio 1866.
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como los fechados en julio y noviembre de 186632, ambos en los que se solicita que se “facilitase” cierta cantidad de presos debido a la escasez de sirvientes para el servicio y limpieza del área de dementes, y que incluso en el primero, se señalaba que en caso de no fuera posible se le autorizase contratar dos sirvientes asalariados. Leyendo estos escritos y cotejando con algunas fuentes bibliográficas nos permiten pensar que la figura del administrador quedó fuera del panorama durante este periodo, tal como sucedió en el Hospicio de Pobres de la Ciudad de México como señala Silvia Arrom33, quedando pues la administración del hospital en manos de la superiora.34 El apoyo por parte de la Emperatriz a las Hermanas de la Caridad, así como la confianza en sus capacidades administrativas, debido a la experiencia de la orden trabajando en establecimientos de esta naturaleza, se ven reflejados cuando después de haber visitado el hospital durante su estancia en Mérida, le 32
Véase “Comunicación de Sor María Orsat de escasez de sirvientes y acuse de recibo de oficio.” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Hospital General de San Juan de Dios, Serie Salud Pública, Caja 253, Vol. 203, Exp. 38, 4 de Julio de 1886. Y “Comunicación de Sor María Orsat de escasez de sirvientes”, AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Hospital General de San Juan de Dios, Serie Salud Pública, Caja 253, Vol. 203, Exp. 38, 28 de noviembre de 1866. 33 “Aunque el Hospicio continuaría contratando sirvientas domesticas, así como a un capellán, un médico, (…) se ahorrarían los sueldos de otros empleados, a quienes las Hermanas de la Caridad sustituyeron.” Así mismo señala que en el contrato que celebraron con fecha del 21 de septiembre de 1863 se obligaban a dirigir todos los ramos administrativos. Arrom, Silvia, 2011, pp. 322-323. 34 En un documento de 1º de diciembre de 1866, comunicado por parte del Comisario Imperial Boreau – No debemos olvidar que por un breve periodo sustituyo este personaje a Salazar Ilarregui en el cargo-, el encabezado dice que se le envía a la administradora del hospital; si bien no aparece el nombre, se trata sin duda de la superiora, de acuerdo a la demás documentación que hemos analizado en el texto. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Administración del Hospital General de Mérida, Serie Salud Publica, Caja 267, Vol. 217, Exp. 32, 1 de diciembre de 1866.
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dona la suma de tres mil pesos para un nuevo departamento del hospital, posteriormente decide cambiar el objeto de ese dinero: S.M. la Emperatriz ha dispuesto que los tres mil pesos que dejo para asimentar (sic) un departamento al hospital, no se destinen a ese objeto, sino a hacer las variaciones y otras que las hermanas de la caridad crean convenientes. Los tres mil pesos los recibió el Sr. Dondé médico director del Hospital.35
Siendo que a los cinco días de emitido este documento, el tesorero del hospital F. Gómez Pérez envía como respuesta una carta en donde confirma haber recibido del Dr. Manuel Dondé y Preciat la cantidad donada por la emperatriz y que habiendo informado a las hermanas de los deseos de la misma “quienes me han dicho que participe á V.S. que las obras más necesarias en el establecimiento, son las que actualmente se están presupuestando”.36 Aún cuando el dinero finalmente fue utilizado para lo que originalmente estaba destinado, no es tan relevante como la disposición a aceptar que ellas fueran quienes decidieran el mejor uso para ese recurso. El funcionamiento del hospital no se vio interrumpido por estos cambios administrativos, y en cuanto a la parte médica continuó funcionando como de
35
“El prefecto político comunica sobre el donativo de la Emperatriz a las Hermanas de la Caridad”, AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Gobierno Imperial de la Península, Serie Correspondencia Oficial, Caja 253, Vol. 203, Exp. 6, 11 de mayo de 1866. Así mismo con fecha de 9 de diciembre de 1865, el médico Manuel Dónde emite un recibo de los tres mil pesos que recibió del Comisario Imperial. “Correspondencia administrativa del Comisario Imperial de la península de Yucatán”, CAIHY, Manuscritos, XLV-1864-1/3-034, foja. 14, 9 de diciembre de 1865. 36 “Comunicado de F. Gómez Pérez al Prefecto Político del Departamento sobre el uso del donativo de la Emperatriz al Hospital”, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Tesorería del Hospital General, Serie Salud Pública, Caja 253, Vol. 203, Exp. 8, 16 de mayo de 1866.
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costumbre, sólo que ahora con una administración más eficiente y con personal consagrado en cuerpo y alma al cuidado de la humanidad doliente. Los enfermos que se presentaban al hospital que era el único en su clase en la Ciudad, continuaron concurriendo a él sin que haya en este periodo registro alguno de quejas u oposición al trabajo en cuanto al cuidado de los enfermos y dementes se hacía en el sanatorio; el Hospital General estaba bajo la dirección del médico Manuel Donde y Preciat, que era el encargado de todo lo relativo al área médico-quirúrgica, y el personal de la misma, siendo quien proponía a la junta a los que debían ocupar las vacantes disponibles, tal y como lo hizo en el siguiente comunicado: Habiendo reconocido el Lic. Don Santiago Aguilar la plaza de encargado de la botica del Hospital General y el Don Marcial Cervera la de practicante mayor del mismo; tengo el honor de proponer á Vuestra Señoría conforme me lo previene el reglamento para desempeñar la primera plaza á Don Manuel Bolio Ponce y la segunda á Don José María Palomeque. Por el asenso (sic) de este ultimo quedara vacante la plaza de ayudante del boticario para la que, propongo así mismo á Manuel Domínguez. Vuestra señoría dispondrá lo que le parezca más conveniente.37
Este documento es de importancia para nuestro estudio puesto que ya encontramos que aparece la figura del boticario que no se especifica en el reglamento de 1860, si no que aparece hasta el de 1869, así mismo, nos habla de que se cuenta con un auxiliar, que nunca aparece en ningún otro documento, a
37
“El Dr. Manuel Dondé Propone al Prefecto político del departamento a candidatos para el puesto de boticario y practicante mayor del hospital que han quedado vacantes.”, AGEY, Fondo Poder Ejecutivo Sección Administración del Hospital General, Serie Empleos, Caja 254, Vol. 204, Exp. 64, 28 de mayo de 1866.
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diferencia de otras fuentes38 que nos indican que había una hermana boticaria, tanto en el caso específico de Mérida como en los otros establecimientos de las Hijas de la Caridad. Pudiera ser que la “Hermana Boticaria” tuviera como función encargarse de administrar la medicación proporcionada a los enfermos, o que también fuera una ayudante en la misma, aunque también Elsa Malvido señala que en todos los hospitales en donde se establecieron contaban con una hermana boticaria entrenada para ese fin, quien elaboraba los preparados y pócimas a la manera de una farmacia pública39, siendo que las novicias eran entrenadas por hermanas más expertas, incluso en la capital de nuestro país se estableció una botica publica que funcionó hasta 1853.40 Es así que cuando entramos a 1867 el Hospital General de Mérida se encontraba trabajando normalmente sin que hubiese registro de grandes contratiempos económicos o de cualquier otro tipo, enfocándose las hermanas en
38
García Pimentel, Luis, 1887, p. 14. Malvido, Elsa, 2007, p. 436. Cabe mencionar que la autora en general en este trabajo no cita ninguna fuente bibliográfica o documental y esto nos hace tomar con reservas sus planteamientos. 40 Hernández Martín, Francisca, 2011, p. 46. La autora señala que la apertura de esta botica pudo ser en parte por la influencia que tenían las hermanas españolas de la Botica del Real Noviciado fundada en 1833, y quienes en el momento de su apertura fueron enseñadas por hermanas francesas que tenían años de práctica en esa rama, así como por uno de los boticarios reales, estos estudios formaban parte de una especialización de las hermanas que se dedicaban a la rama hospitalaria de la congregación. En 1831 el director de las Hijas de la Caridad en España inicio la primera escuela de de hermanas enfermeras y comprendía el aprendizaje de farmacia y practica de cirugía, y en 1838 pidió autorización al Rey para que las Hermanas “Continuasen elaborando medicinas necesarias y la creación de una escuela interna, donde las mismas se dedicasen al estudio y practica de <> siendo que el fin que se perseguía con esto era proporcionar un mejor servicio al público. Florido, Isabel, 1988, p. 46. 39
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la atención y cuidados de los enfermos a los que en él se asistían, de acuerdo a lo que mandaban sus reglamentos. Es posible que incluso bajo el cuidado de las hermanas los servicios hospitalarios se ampliaran, y que el hospital tuviera más capacidad; en el siguiente cuadro41podemos ver la cantidad de enfermos que se atendieron de mayo a julio de 1865 contrastándola con los atendidos en los mismos meses de 1866.42
Tabla 2. Comparativo de muertos y enfermos en el San Juan de Dios 18651866. Mayo 1865
Junio 1865
Julio 1865
Mayo 1866
Julio 1866
Junio 1866
E*
M
E
M
E
M
E
M
E
M
E
M
Hombres
58
4
38
2
38
2
57
4
86
9
78
5
Mujeres
15
0
14
5
14
5
21
6
15
2
19
3
Total
73
4
52
7
52
7
78
10
101
11
91
8
* En esta tabla bajo la letra E se enumera la cantidad de enfermos atendidos y bajo la letra M los muertos.
Podemos notar en esta muestra un incremento en la cantidad de pacientes atendidos, el mayor incremento se dio en junio y julio de 1866 con casi el doble de pacientes para el caso de los hombres, y en el caso de las mujeres sólo se da un 41
Construida a partir de la información contenida en: “Estadística de enfermos y enfermedades atendidas en el Hospital General de Mérida”, CAIHY, Manuscritos, XLVIII1865-1/4-028, Fojas 7-9, 1865; “Resumen del estado del movimiento del Hospital General de esta Capital en los meses de Junio y Julio”, AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Dirección del Hospital General, Serie Salud Publica, Caja 255, Vol. 205, Exp. 15, 1866; “Lista de enfermos ingresados en Mayo de 1866”, AGEY, Fondo Poder Ejecutivo Sección, Dirección del Hospital General Serie Salud Pública, Caja 254, Vol. 204, Exp. 87. 1 de Junio 1866. 42 Desafortunadamente no se conserva información del año de 1867; la guerra y el cambio de gobierno afectó la vida institucional del hospital que lo más seguro es que nunca se hayan entregado los reportes de ese año.
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leve incremento al número de atendidos del año anterior. La razón; posiblemente una mayor capacidad de los servicios porque el hospital pudo haber tenido mayores entradas económicas al lograr el tesorero cobrar parte de los réditos de los lotes del antiguo hospital. De la misma forma hay que tomar en cuenta que si bien era un hospital en donde se atendía a los “pobres verdaderos” de forma gratuita, también se atendía al público mediante un pago previamente estipulado, a los presos y militares con cargo al ayuntamiento y al ejército, respectivamente; además de las limosnas o apoyos que las hermanas pudiesen conseguir con los fieles. Relacionado con lo anterior en mayo de 1866 se autorizó un aumento salarial al personal médico del hospital y que el tesorero Francisco Gómez Pérez comunico de esta forma: “a los tres médicos primero y segundo del establecimiento, quienes me han manifestado haga saber a Vuestra Señoría que quedan conformes con ganar los sueldos mensuales el 1º de 45 pesos y el 2º de 25”; así esta decisión administrativa puede ser un reflejo de la sana economía que se vivía en el hospital, pues como vemos para ese año la planta de doctores se había incrementado; se contaba con dos practicantes mayores, un boticario, un ayudante de botica43 y las Hermanas de la Caridad, además de los empleados operativos, que al parecer tampoco eran suficientes de acuerdo con las misivas de 43
“El Dr. Manuel Dondé Propone al Prefecto político del departamento a candidatos para el puesto de boticario y practicante mayor del hospital que han quedado vacantes.” Fondo Poder Ejecutivo, Sección Administración del Hospital General, Serie Empleos Caja 254, Vol. 204, Exp. 64, Fojas 1-2., 28 de mayo de 1866; “Comunicado de F. Gómez Pérez al prefecto político de departamento acerca de salarios de médicos” Fondo Poder Ejecutivo, Sección Tesorería del Hospital General Serie Salud Pública, Caja 253, Vol. 203, Exp. 08., 6 de mayo de 1866.
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las superioras de julio y noviembre de ese mismo año en donde solicitaban se les enviaran presos a pagar su condena trabajando en el hospital o en el caso de la de julio donde solicitaban se les permitiera contratar dos empleados asalariados y cuya respuesta fue positiva. 44 El año de 1866 transcurrió como hemos visto de forma tranquila para el hospital, las hermanas se adaptaron rápidamente a la vida en el establecimiento, dedicándose a las labores que su patrono San Vicente de Paúl les había encomendado. Esta aparente calma sin embargo pronto se vería perturbada por la lucha entre imperialistas y liberales, así como un suceso que sacudió no solamente a la ciudad, si no al hospital mismo y que quizás marcó la permanencia de las Hermanas de la Caridad en el Hospital General durante los siguientes años. Entre su llegada en enero de 1866 y abril de 1867, las Hermanas de la Caridad tomaron a su cargo un colegio, del cual se encargaron otras hermanas que llegaron a la ciudad y también para incorporarse al servicio en el hospital, precisamente estos acontecimientos los estudiaremos a continuación.
EL TRABAJO ASISTENCIAL DE LAS HERMANAS DE LA CARIDAD DURANTE LA REPUBLICA RESTAURADA. Con los primeros días de abril de 1867 se acercaban también los últimos del Imperio en Yucatán; el ejército comandado por el Gral. Manuel Cepeda Peraza iba ganando terreno a las fuerzas imperialistas del comisario Salazar Ilarregui, y se 44
“Comunicación de Sor María Orsat, F. Gómez y J. Casanova acerca de oficio de envío de gastos del hospital, oficio de remisión de nomina, escasez de sirvientes etc.” Fondo Poder Ejecutivo, Sección Hospital General de San Juan de Dios, Serie Salud Pública, Caja 253, Vol. 203, Exp. 38, Fojas 4 y 6., 8 de mayo de 1866 – 28 de noviembre de 1866.
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acercaban peligrosamente a la capital yucateca, de tal forma que se consideró instalar un hospital de sangre en el centro de Mérida, después de haber acordado que se instalaría en el obispado y que dos Hermanas de la Caridad acudirían a prestar en él sus servicios. No pudieron llevar a cabo tal fin porque a la media noche del día 22 de ese mes la plaza de la Mejorada fue ocupada por las fuerzas liberales y se instaló en ella el cuartel general y por lo tanto quedó el hospital dentro de las líneas de Cepeda Peraza, las Hermanas no pudieron comunicarse con el otro hospital y mucho menos prestar sus servicios.45 Los días que se vivieron fueron de gran trabajo y pesar según relata García Pimentel: En el hospital, además de bastantes enfermos, existían los heridos de las distintas acciones que hubo antes de que cercasen la plaza los republicanos, y cuando estos se apoderaron del edificio lo llenaron de soldados y presos (…). El edificio –Dice el Dr. Dondéestaba tan lleno de gente que tuve que ocupar todos los corredores de la parte alta (…) Era tal el número de enfermos y heridos que no bastando esto y siendo la línea de los sitiadores muy extensa, hubo que formar otros dos hospitales, uno en el barrio de Santiago y el otro en el de San Juan (…) no habiendo ido hermanas á estos dos, porque las que había en el principal apenas bastaban para el fuerte servicio que allí había.46
Aparte de los espacios ocupados por los enfermos de costumbre y el creciente número de heridos, los liberales ocuparon para otros fines los espacios del hospital, como relata Manzanilla quien en el interior de la sala de cirugía del hospital mandó a instalar una imprenta que consiguieron para la publicación del boletín La Razón del Pueblo47, mismo que posteriormente se convertiría en el
45
García Pimentel, Luis, 1887, p. 13 y Manzanilla, Yanuario, 1888, p. 65. García Pimentel, Luis, 1887, pp. 13-14. 47 Manzanilla, Yanuario, 1888, p. 69. 46
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periódico oficial del estado, además que se usaban los techos del templo como puntos de ataque hacia la Ciudadela de San Benito. No solamente el trabajo atendiendo a los heridos era demandante, al ser la del hospital la única botica que quedó en el área ocupada por los republicanos, “Sor Jesús la hermana boticaria (se vio obligada) á comenzar el despacho desde las primeras horas de la mañana y prolongarlo hasta muy entrada la noche”.48 Y para evitar el desabasto de alimentos se instalaba todos los días un mercado para las familias, y se mandaba a buscar los productos de los pueblos y haciendas cercanas. Las Hermanas de la Caridad no solo atendieron a los enfermos y soldados heridos, también soportaron junto a ellos la embestida de los cañonazos.49 Incluso el capellán, el padre Narciso Manzanilla se arriesgaba a sitios peligrosos de batalla a dar el último socorro a los moribundos.50 Las cosas se pusieron tan tensas que incluso el Dr. Dondé tuvo un altercado con quien previa a la llegada al hospital era el doctor de las tropas.51 Sufrieron también junto con la tropa una epidemia de fiebre amarilla que incluso cobró la vida de Sor Luisa Cárdenas52, de 48
García Pimentel, Luis, 1887, p. 14. Tanto Manzanilla como García Pimentel hablan sobre como la torre del templo servía de blanco a los Imperialistas, siendo que terminó por caerse una de las torres. 50 El capellán era hermano de Yanuario Manzanilla. Véase, Manzanilla, Yanuario, 1888, p.73. 51 Manzanilla, Yanuario, 1888, pp.72-73. 52 Dos notas sobre el fallecimiento de Sor Luisa aparecen en el periódico oficial; una dando noticia de su defunción, en la que dicen que el día anterior había sido “un día de duelo para el hospital general” por el deceso de “la hija de aquella sobrenatural virtud (la caridad)” quien sucumbió “víctima de una cruel enfermedad”. Señalan que “por mas que se diga y se pretenda calumniar á los liberales de impíos, jamás hemos dejado de ser religiosos y admiradores de la virtud (...) cosa rara! Los que han sido llamados enemigos de la religión, eran precisamente los que debían venir á reconocer y á elogiar los servicios 49
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veintidós años, el 9 de junio tan solo unos días antes del término del sitio. Ahora bien, causa extrañeza que en su libro Yanuario Manzanilla, quien vivió en el hospital e hizo instalar la imprenta mencionada, y que años después formó parte de la Junta Directiva del Hospital, no hace ni una sola mención del servicio prestado por las Hijas de San Vicente. En cambio Juan Francisco Molina Solís quien también vivió el sitio como vecino del barrio de la Mejorada- en su libro señala lo siguiente: Innumerables heridos yacían en los hospitales recibiendo asistencia médica y los exquisitos cuidados y atenciones de las Hermanas de la Caridad, ejemplares heroínas que con paciente dulzura se esforzaban en consolar y aliviar los sufrimientos de todos los que habían tenido la desgracia de caer en el campo de batalla. Para ellas no había diferencia: con la misma solicitud atendían a los heridos republicanos que a los imperialistas. Se trataba de hermanos dolientes y los atendían con especial empeño, de día y de noche, con inagotable caridad, la cual las hizo muy queridas y respetadas por jefes y soldados.53
Después de haber mantenido en sitio la ciudad por 55 días, el ejército liberal hizo su entrada triunfal la mañana del 16 de junio de 1867. De acuerdo con el tratado firmado para la capitulación de los imperialistas se permitió la salida de los
de las hermanas de la caridad”. Este es solamente un indicio más del aprecio y admiración que causaron las hermanas entre las filas liberales, gracias al servicio y dedicación que prestaron auxiliando enfermos y heridos. “Defunción”, La Razón del Pueblo, 10 de junio de 1867, p. 2. La otra nota sobre el fallecimiento se publica después de la victoria liberal; es una necrología de la que podemos rescatar lo siguiente: “para los que tuvimos la dicha de tratarla y ocasión de mirarla en sus trabajos hospitalarios y de beneficencia, para los que pudimos penetrarnos de la pureza de sus sentimientos y de la solidez de su virtud, la perdida de Sor Luisa es una pérdida irreparable (…) lloramos su muerte pero bendecimos su memoria. “Necrología”, La Razón del Pueblo, 25 de junio de 1867, p. 4. 53 Molina Solís, Juan Francisco, 1927, p. 441.
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vencidos54 y quedó instalado el General Manuel Cepeda Peraza como gobernador y comandante militar del estado.55 Se procedió a reanudar el gobierno, levantar la destruida ciudad y a brindar un poco de calma al espíritu de los ciudadanos que por fin veían terminada esa larga pesadilla.
EL HOSPITAL: UN REFUGIO PARA LA HUMANIDAD DOLIENTE Con la victoria de los liberales yucatecos vinieron los festejos; el servicio hospitalario prestado a éstos por las Hermanas de la Caridad durante el sitio hizo que fueran vitoreadas por ellos, así lo narra un testigo cuya reseña fue publicada en el periódico oficial el 4 de julio, fecha en que se llevó a cabo un paseo cívico:
Antes de rendir nuestro paseo visitamos también a las hermanas de la caridad, á esos ángeles humanados que tantos consuelos brindaron á la humanidad doliente en la ultima campaña mientras la plaza lanzaba sus tiros encarnizados contra el asilo del dolor y la beneficencia (…). En presencia de nuestros héroes mutilados y de las hermanas de la caridad abrimos una suscricion (sic) á favor de los huérfanos y de las viudas que sucumbieron peleando por la república.56
Para las Hermanas de la Caridad fue una suerte haber quedado del lado de los vencedores durante el sitio; si bien no negaron su asistencia a ningún ser humano, haber convivido durante 55 días con el ejército que resultó ganador -atendiendo a 54
Tanto García Pimentel como Manzanilla hablan del fusilamiento del Lic. Guadalupe Martin Rosado por haber violado los términos de la capitulación de Tizimín. El primero menciona que las Hermanas de la Caridad abogaron por su causa al General Cepeda, y el segundo señala que ni él ni Agustín O’Horan, se encontraban en la ciudad en ese momento siendo que ambos enemigos de la pena de muerte pudieron haber hecho algo para impedirla. García Pimentel, Luis, 1887, p. 15; Manzanilla, Yanuario, 1888, p. 114. 55 Sobre los términos de la capitulación se puede consultar Molina Solís, Juan Francisco, 1927, pp. 409-412. 56 “Remitido. Paseo cívico del 4 de julio”, La Razón del Pueblo, 9 de julio de 1867.
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los heridos y cuidando de los enfermos con tal abnegación que en esos días se dio el fallecimiento de una de ellas a causa de la epidemia de fiebre amarilla que asoló a las tropas republicanas- las convirtieron, como vemos en este escrito, en heroínas de la República, al menos en el caso de Yucatán, sin importar que su establecimiento en la ciudad hubiera sido auspiciada por el Imperio. Demostraron por sí mismas su valía y dedicación, que su compromiso no era con ningún gobierno si no con aquellos que necesitaban de cuidados y consuelo en la enfermedad. Las hermanas que sirvieron en el sitio fueron Sor María Orsat, Sor Vicenta Riverolles, (sic) Sor Juana Chávez, Sor Ambrosia Tortolero, Sor Luisa Muñoz y Sor Luisa Cárdenas.57 Por lo tanto creemos que el apoyo y la ratificación por parte del gobierno del Gral. Manuel Cepeda Peraza se debió a este incidente y fue el que marcó la permanencia de las hermanas al frente del hospital de la misma forma en que estaban hasta ese momento. A un mes de la restauración de la República el gobierno local hizo lo que estuvo a su alcance para devolver al hospital la estabilidad que se había roto por los percances de la guerra; así lo confirma el decreto del 5 de agosto de 1867 que en su artículo segundo señalaba lo siguiente que “el régimen y economía interior del hospital estará a cargo de las hermanas de la caridad con arreglo á las bases del contrato que celebraron para encargarse de dicho establecimiento”.58
57
García Pimentel, Luis, 1887, p. 13. Ancona, Eligio, 1882, Tomo III, p. 177; también se le puede encontrar en “Decreto que reforma en parte el reglamento del Hospital General de Mérida de 30 de Julio de 1861”, La Razón del Pueblo, 5 de agosto de 1867. En cuanto a la documentación interna del 58
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Además de esta reforma las modificaciones fueron que la Junta Directiva ahora se compondría por cinco individuos nombrados por el gobierno y que el reglamento de 186159 quedaría vigente en lo que no se opusiere a lo contenido por el decreto, en tanto que se proponía uno nuevo para su aprobación. Como podemos ver la vida del hospital continuó con poca intervención por parte del gobierno en los asuntos administrativos del hospital, siendo que sus acciones simplemente legitimaban la permanencia de las hermanas al frente de la administración del mismo.60 El siguiente paso del gobierno republicano fue dotar al hospital con fondos para llevar a cabo en él las reparaciones y mejoras necesarias, así como para cubrir los gastos de las necesidades diarias del mismo. Para ello decretó el 26 de septiembre de 1867 que de los capitales del Banco de Avío fundado por ordenes de Carlota fueran destinados cuatro mil pesos a la construcción de una biblioteca para el Instituto Literario y el resto para los fondos del hospital ya que este “merece toda la protección del gobierno”; luego ordenó en noviembre del mismo
hospital de ese año no se conserva nada y la explicación tendría que ver con el sitio del que ya hemos hablado; incluso García Pimentel señala que durante ese periodo las hermanas ni siquiera cobraron el dinero que les tenían asignado para sus gastos. García Pimentel, Luis, 1887, p. 14. 59 El reglamento al que hacen referencia de 1861 es el mismo al que nos hemos referido de 1860, y que se cita con la fecha de la publicación que se encuentra en el CAIHY. 60 A diferencia de lo que sucedió en el Hospicio de Pobres de la Ciudad de México en donde señala Silvia Arrom que el restablecido gobierno quiso imponer un administrador por encima de las hermanas lo que contravenía el contrato que habían firmado por lo que se retiraron del establecimiento. Arrom, Silvia, 2011, p. 353.
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año que pasaran al hospital la nada despreciable suma de 75, 372.49 pesos de los capitales que habían pertenecido al extinto Convento de Monjas.61 Pero no terminaron ahí los esfuerzos gubernamentales para fortalecer la institución; durante 1868 continuó tratando de asegurar los capitales que habían sido designados para el hospital y decretó el 24 de marzo de ese año que: Todos los individuos cuyas fincas reporten capitales vencidos de los consignados fondos para el hospital general de plazo cumplido, deberán reconocerlos de nuevo dentro de dos meses, á un interés del seis por ciento anual, sin deducción alguna de las contribuciones, cuyos intereses pagaran por trimestres cumplidos á la tesorería del hospital.62
Además el decreto señalaba que quienes cumplido el plazo no hubiesen reconocido esos capitales quedarían obligados a la “oblación” del capital, es decir, a finiquitar la deuda y aquellos de plazo no cumplido, serían notificados para hacer el nuevo reconocimiento de sus plazos respectivos.63 Y el 20 de mayo de ese año salía otro decreto que establecía una prorroga de 15 días “deseando conciliar en cuanto sea posible los intereses particulares con las urgentes necesidades de aquel establecimiento”, especificando a los deudores y a la Junta del Hospital, que pasado ese plazo los que no hubiesen cumplido en hacer el reconocimiento, se les haría el cobro para el pago del capital, además de que se les multaría con la cantidad de veinte pesos por cliente.64
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Estos pueden consultarse en Ancona, Eligio, 1882, Tomo III, pp. 194-195, 240. Ancona, Eligio, 1882, Tomo III, p. 256. 63 Ancona, Eligio, 1882, Tomo III, p. 256. 64 Las negritas son nuestras. Ancona, Eligio, 1882, Tomo III, p. 264. 62
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Como parte del interés del gobierno sobre la condición en que se encontraba el hospital, el 27 de mayo de 1868 se solicitó a Nicolás Almeida, Presidente de la Junta, que entregara un informe sobre su estado. En él mencionaba las condiciones en las que se encontraba el hospital antes de su traslado al Ex-Convento de Mejorada, sus finanzas y el cambio positivo en la institución con la llegada de las Hermanas de la Caridad: “día a día los inmensos beneficios de tal institución para la humanidad. Aquellas señoras se hicieron cargo del hospital conforme á su reglamento en que se convino; y la junta cumple con un deber de conciencia al consignar en esta nota toda la gratitud á que es acreedor el noble y desinteresado comportamiento de aquellas hermanas”.65 Aun con la eficiente administración y el ahorro en el personal, el hospital aún tenía carencias financieras pues las entradas que recibía por diferentes medios –incluyendo los réditos recién asignados- apenas alcanzaban cubrir los gastos66; se solicitó entonces que no se retirara al hospital la asignación mensual de 208 pesos, además se alegó que del gasto corriente se adeudaba la cantidad
65
“Comunicado de Nicolás Almeida al gobierno acerca del informe sobre el estado actual del Hospital de San Juan de Dios”. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Pública, Caja. 274, Vol. 224, Exp.38, 4 de junio de 1868. 66 El problema era que aún tenía que llevarse a cabo el reconocimiento de los capitales que les habían cedido tanto del banco de avío como del Convento de Monjas y también que era probable que la cantidad iba a ser menor, pues calculaban que en el reconocimiento de las deudas iban a tener que hacer ajustes y lo que se iba a poder cobrar era una suma menor. En este documento Nicolás Almeida también presenta un resumen de gastos en donde especifica que el total de las entradas del hospital era de 822 pesos y las salidas correspondían a la misma cantidad. En ese aspecto considero que es posible que las cuentas estuvieran arregladas para lograr algunas concesiones económicas por parte del gobierno. “Comunicado de Nicolás Almeida al gobierno acerca del informe sobre el estado actual del Hospital de San Juan de Dios. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Pública, Caja. 274, Vol. 224, Exp.38, 4 de junio de 1868.
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de 300 pesos de medicinas y reportó la escasez de aparatos e instrumentos para operaciones y la urgente necesidad de que hubiera un apartado para dementes.67 Las peticiones presentadas en este reporte tuvieron respuesta en parte; no tenemos documentos que prueben que no se retiró el subsidio que recibían, sin embargo, hay que considerar la buena voluntad del gobierno local desde antes de la entrega de esta solicitud. Como hemos visto él se esforzó para que los capitales adeudados fueran reconocidos y mejorase la economía del hospital, que si bien tenía algunos problemas, tampoco eran tan graves que no pudiesen subsanarse. En diciembre de 1867 de acuerdo a una comunicación citada en este documento, el gobierno autorizó que la suma de seis mil pesos del extinto Banco de Avío se utilizara tanto para concluir la reparación del templo de la Mejorada como para la construcción de dos salas para dementes. La segunda obra no iniciaría debido a que no se había reunido la suficiente cantidad de dinero hasta que en mayo de 1868 la Junta Directiva del hospital sometió a aprobación la construcción de los dos departamentos de dementes siendo que se consideraba apremiante “la pronta edificación de los apartados de que carece para dementes, por cuya causa
se handan (sic) estos molestando, cuando por necesidad, y
humanidad, se les permite salir de sus insalubres calabosos (sic), para aliviarles en parte su triste situación”.68
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“Comunicado de Nicolás Almeida al gobierno acerca del informe sobre el estado actual del Hospital de San Juan de Dios”. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Pública, Caja 274, Vol. 224, Exp.38, 4 de junio de 1868. 68 “Comunicado de Nicolás Almeida al Gobernador acerca de: Propuesta de condiciones para la construcción de dos departamentos para dementes”. AGEY, Fondo Poder
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Aun sin completarse la recaudación de dichos fondos recaudados, -pues los plazos de cobro no se habían cumplido- se propusieron cinco condiciones69 mediante las cuales se podría iniciar inmediatamente la realización de esa urgente obra y se sometió a licitación en una reunión donde se congregaron los vocales de la Junta, el notario público Franco Rojas, y los tres candidatos que se presentaron para llevar a cabo la construcción. Sin embargo ninguno de ellos se comprometió a realizarla por la suma de cinco mil pesos que se ofrecía; fue finalmente contratada la obra con el Señor Fermín Domingo que accedió a llevarla a cabo por la cantidad de cinco mil setecientos cincuenta pesos por tratarse de “una obra
Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Publica, Caja 276, Vol. 226, Exp.17, Foja 2, 16 de julio de 1868. 69 Las condiciones eran las siguientes: “1ª Pagar las cantidades que por plazos convenga la H. junta, satisfacer el arquitecto o persona, que se encargue de fabricar los mencionados departamentos de dementes. 2ª Que para integrarse cumplidamente aquellas sumas que facilite o vaya facilitando la H. junta desde luego al ciudadano tesorero del establecimiento ponga a su disposición la cantidad que tenga cobrada, y las que en adelante vaya recaudando de dicho banco de avío, obligándose la junta a no disponer para ningún otro objeto, ni por disposición de persona o autoridad alguna, las referidas cantidades, más que para entregárselas hasta amortizarse lo que hubiese gastado en la obra. 3ª Igualmente se obliga a la junta a que los sobrantes que hayan cada mes después de cubiertas las necesidades de la casa, dejando una pequeña en existencia para afrontar en parte a las primeras necesidades del mes entrante, se entregue lo demás para aplicar al pago de estas construcciones. 4ª Que concluida la obra no estando justamente reintegrado de las sumas que hubiese suministrado, lo que se le adeude se le pagara en los términos indicados, y además el rédito de un seis por ciento anual, de modo que en ningún sentido y por ningún motivo deje de ser cubierto el crédito en el tiempo más breve posible. 5ª y última, que la falta de cumplimiento de las condiciones para ser reintegrado de las cantidades que facilite, será motivo para que no tenga efecto, por ser parte la obligación de facilitar los suministros sin que por esto se entienda, que pierda el derecho a lo que tuviese anticipado.” “Comunicado de Nicolás Almeida al Gobernador acerca de: Propuesta de condiciones para la construcción de dos departamentos para dementes”. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Pública, Caja. 276, Vol. 226, Exp.17, Fojas: 1-2, 16 de julio de 1868.
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sumamente piadosa”.70 Él mismo se había encargado meses antes de la reparación del templo de Mejorada que se encontraba sumamente dañado por las batallas que hemos mencionado; dicha reparación se había podido hacer gracias a los fondos provenientes de del extinto Banco, por lo que se pidió al gobierno que autorizara invertir adicionalmente la suma de setecientos noventa y ocho pesos para el nuevo proyecto.71 Además de la restauración del edificio y la construcción de los departamentos que mencionamos, con ayuda de algunos ciudadanos que donaron capitales se importaron camas de hierro nuevas para la mayor comodidad de los enfermos.72 Estos primeros años de la República, se enfocaron, como podemos ver, a subsanar los problemas de infraestructura del hospital, dar capacidades “legales” ante el nuevo gobierno a las Hermanas de la Caridad para continuar su labor asistencial, y de dotar al establecimiento con recursos financieros de mediano y largo plazo que ayudasen a mantener la estabilidad económica. Para esos momentos, y de acuerdo con los datos presentados por García Pimentel73, antes de la muerte de Sor Luisa ya se encontraban trabajando seis 70
“Comunicado de Nicolás Almeida al Gobernador acerca de: de la licitación y tiempo asignado a los alarifes que se encargaron de la construcción de los departamentos de dementes”. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Publica, Caja, 276, Vol. 226, Exp.17, Fojas: 1-2, 17 de Julio 1868. 71 “Comunicado de Nicolás Almeida al Gobernador acerca de: de la licitación y tiempo asignado a los alarifes que se encargaron de la construcción de los departamentos de dementes”. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Publica, Caja 276, Vol. 226, Exp.17, Fojas: 1-2, 17 de julio 1868. 72 “Editorial. Las Hermanas de la Caridad y el Hospital General de esta ciudad”, El Estado, 3 de septiembre de 1871, p. 1. 73 El Dr. Manuel Dondé le comentó a García Pimentel en una misiva, que era tanto el trabajo del hospital que “aun en tiempo de paz tenían que ir algunas veces las hermanas del colegio á ayudar á las del hospital, para que no se enfermasen con lo fuerte del
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hermanas en el hospital, lo que de acuerdo a anteriores planteamientos, el número de enfermos, o el trabajo en él había aumentado. Otro aspecto que llama nuestra atención es que ya no aparecen como parte del personal del hospital algunas de las hermanas fundadoras; lo que puede significar su envío a otra ciudad y reemplazadas por otras en dicha institución o que fueron enviadas a hacerse cargo del colegio, que como hemos mencionado fue encargado a las hermanas entre la época de su llegada y abril de 1867. Con el regreso del gobierno republicano se aprovechó para actualizar la reglamentación interna del Hospital General que se había modificado con la llegada de las hermanas74; así el nuevo reglamento publicado en 1869 incluyó las facultades y obligaciones de la Junta Directiva, así como de cada uno de sus miembros, el número y tipo de empleados de todos los ramos, su sueldo mensual, y brevemente sus obligaciones. También se detallaba que habría dos departamentos de enfermos divididos de acuerdo a su sexo, además se podía hacer otra división de acuerdo a las enfermedades que presentasen si lo consideraba pertinente el médico general. Este reglamento en sus previsiones señalaba lo siguiente en el artículo 47: Se autoriza á la junta directiva del hospital general de esta capital para encargar su dirección económico-administrativa á las Hermanas de la Caridad si á su juico resultare mas benéfico al servicio humanitario de los enfermos; en cuyo caso podrá suprimir trabajo”. Sin embargo, en ningún documento hemos visto que se especifique el número de hermanas que atendían el colegio en ese momento, ni quiénes eran. García Pimentel, Luis, 1887, p. 14. 74 “Comunicado de Nicolás Almeida al gobierno acerca del informe sobre el estado actual del Hospital de San Juan de Dios”. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Pública, Caja 274, Vol. 224, Exp.38, 4 de junio de 1868.
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á los empleados de la respectiva planta, que deban suplir aquellas.75
Cosa que evidentemente la Junta consideró necesario o apropiado, ya que las hermanas continuaron en el establecimiento; finalmente se solicitó que a los ocho días de publicado ese reglamento, la Junta -y en caso que así lo ameritase en conjunto con el administrador y el médico general- presentase reglamentos específicos para las diferentes áreas del hospital.76 El Reglamento del Hospital General quedó aprobado por el gobierno en diciembre de 1869 y comprendía los siguientes reglamentos internos: •
Reglamento a que debe sujetarse la Junta Directiva del Hospital General.
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Reglamento del Servicio Facultativo que comprendía: médicos, Boticario, ayudantes de medicina y cirugía, alumnos internos y enfermeros.
•
Reglamento Económico – Administrativo que comprendía: Obligaciones de los vocales de la junta, la superiora, los sirvientes, el capellán, los enfermos y el conserje o mayordomo.
•
Cargos por Hospitalidades.77
Como se puede notar los cambios principales se referían al aumento de la planta de empleados, en cuanto a las obligaciones de los que ya existían éstas se mantuvieron prácticamente iguales; lo más relevante para nuestro estudio es que en este nuevo reglamento la figura de la superiora toma una gran relevancia, y si bien ya habíamos establecido que asumió las labores del administrador, la 75
Reglamento para el gobierno interior del Hospital General de S. Juan de Dios de esta capital, mayo de 1869. 76 Reglamento para el gobierno interior del Hospital General de S. Juan de Dios de esta capital, mayo de 1869. 77 Reglamento del Hospital General de esta Capital, diciembre de 1869.
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reglamentación las legitima, la práctica cotidiana se vuelve ley, y este documento viene a comprobar dichas afirmaciones.78 Las labores asignadas a la superiora las podemos dividir en específicas y conjuntas79, entre las específicas estaban las de comunicar las órdenes a los sirvientes, corregir o castigar a los que no cumplían con su deber o causaran alborotos. En caso de que se hubiera cometido algún delito debía dar parte a las autoridades correspondientes; también debía recibir a los enfermos y conservar las papeletas, llevar un libro de entradas y salidas de enfermos, la relación de los presos y detenidas, de los asalariados del hospital y registrar a todos aquellos que debían pagar hospitalidades; finalmente todos esos registros debían ser presentados a las autoridades correspondientes para su aprobación. Pero las responsabilidades particulares de la superiora no terminaban ahí pues también debía comprar los comestibles y demás cosas que se necesitaran en el hospital, supervisar al personal de la cocina y llevar registro de los gastos para presentarlos a la Junta; vigilar el cuidado de los enfermos, no permitir la entrada a la sala de enfermos sin autorización, cerrar la puerta principal a las nueve de la noche, entregando la llave al guardia y hacer lo propio con el portón por el que sacaban los cadáveres conservando la llave; dirigir sus comunicaciones a la Junta por medio de oficio, no permitir que los enfermos militares que no tuvieran papeleta 78
La superiora al ser la figura de autoridad de las demás hermanas, es quien aparece reiteradamente en el reglamento; además tenía la prerrogativa de asignar las labores que las demás hermanas debían realizar. Consideramos que esta es la razón por la cual ellas casi no son mencionadas en dicho reglamento. 79 Las conjuntas son aquellas que no aparecen exclusivamente para ellas si no que también aparecen en las reglas para otros empleados como el mayordomo o los enfermeros y deben hacerse de mutuo acuerdo o colaboración.
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fueran admitidos, proponer los sirvientes que considerara necesarios para el servicio, hacer cumplir las órdenes del médico director, formar los estados a que esta obligada por ley, es decir los libros de gastos, de entradas y salidas, así como otros que se le habían encomendado y finalmente recibir y conservar la ropa que traían puesta los enfermos. Como puede verse la cantidad impresionante de responsabilidades en manos de la superiora la convertían en una figura administrativa central para el funcionamiento de la institución hospitalaria en cuestión. Pero como se ha dicho no eran las únicas contempladas en el Reglamento de 1869, también estaban las actividades conjuntas; ellas incluían mandar llamar al médico director en caso de urgencia, hacer el inventario anual en conjunto con un vocal nombrado por la Junta de todos los enseres del hospital exceptuando los de cirugía, entregar al conserje o mayordomo los presos enfermos, recibir de éste el listado de los mismo antes de la visita del médico y los fines de semana la relación de los dados de alta y recibir las quejas de los enfermos cuando así fuera necesario.80 Hemos dicho que no existen en el Reglamento actividades especificas designadas para las demás hermanas; sin embargo podemos deducir que tantas ocupaciones difícilmente las podría haber llevado a cabo una sola persona por lo que es muy posible que delegara algunas de ellas a las otras hermanas, además de algunas otras que gracias a fuentes hemerográficas, los reglamentos y por otras investigaciones expondremos a continuación. 80
Reglamento del Hospital General de esta Capital, diciembre de 1869.
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Los cuidados eran dirigidos y realizados por las Hijas de la Caridad, y estos estaban orientados a cubrir las necesidades biológicas, psíquicas, sociales y espirituales.81 Propiamente desempeñan las labores de enfermeras que consisten en proporcionar a los enfermos los medicamentos y alimentos recetados por el doctor, hacer las camas, cuidar el aseo y limpieza, recibir a los enfermos y turnarse para velarlos en las noches, cuidar del orden y tranquilidad de las salas, y de acuerdo al contrato establecido previamente acompañar al doctor en sus visitas y llevar un registro de los alimentos y medicamentos de cada paciente82, siendo sin duda una gran parte de las labores que las enfermeras actuales continúan desempeñando. Tal y como lo señala Vázquez Carmona eran las Hijas de la Caridad quienes auxiliaban al enfermo con la “curación, conversión, reivindicación de su vida o ayudándoles a la resignación y bien morir en el caso de que su enfermedad fuese terminal”.83 Haciendo todas estas labores con la mayor abnegación, aunque siempre limitadas por su sexo y el “pudor” de su condición religiosa, siendo la razón por la que se contrataban ayudantes o enfermeros los cuales desempeñaban aquellas 81
En el siglo XIX comienza a darse a cierto nivel la profesionalización y regulación de las carreras médicas, y gracias a la preparación que tenían en el ámbito asistencial las Hermanas de la Caridad durante su tiempo de noviciado, fue que en ellas los médicos encontraron fieles colaboradoras, preparadas gracias a los textos utilizados para su instrucción, y consagradas a aliviar el sufrimiento de los necesitados, es decir, una verdadera vocación; para mayor información sobre la profesionalización de la enfermería y el papel de las Hermanas de la Caridad véase Hernández Martín, Francisca, 2006. 82 “Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, foja 6, 8 de febrero de 1866; Reglamento del Hospital General de esta Capital, diciembre de 1869; Tejero Vidal, Lorena Lourdes y Carmen Torres Penella, 2011, pp. 67-68. 83 Vázquez Carmona, Alejandra, 2008, p. 23
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labores no apropiadas como la administración y cuidado de los contagiados con enfermedades venéreas, algunos cuidados de la sala de hombres y otras actividades que comprometieran el recato propio de su condición.84 Además de estas actividades, sabemos que en el Hospital de San Juan de Dios había una hermana asignada al cuidado de los dementes, esta fue Sor Vicenta, y aunque esta labor aparece como parte de las obligaciones del mayordomo, es posible que él solamente se dedicara en si a la vigilancia de los mismos y la hermana se encargara de los demás cuidados; ver que estuvieran limpios, darles de comer, y medicinas en su caso.85 Como ya hemos mencionado existía una hermana boticaria que fue Sor Juana Chávez86, otras ocupaciones de las hermanas fueron por ejemplo el cuidado de una huerta, en la que se cultivaban hortalizas, frutas, flores87, y
84
Si bien en el contrato celebrado en 1866 especifica que se encargarían del cuidado de todos los enfermos “á excepción de la sala destinada a venéreo si la hubiese, por prohibírselo sus reglas” aun así se encargarían se supervisar que los encargados de esa área cumplieran puntualmente con el cuidado de esos enfermos. “Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII1866-2/4-034, foja 6, 8 de febrero de 1866.Además se puede consultar Guerrero Lara, María, 1997, para profundizar en las conductas permitidas y no permitidas a las mujeres de acuerdo al pensamiento del siglo XIX. 85 Un artículo dice sobre la referida hermana que fue la “encargada de atender a los pobres dementes, sobre los cuales había adquirido una influencia irrecusable á fuerza de abnegación”, “Juárez y las Hermanas de la Caridad”, La Razón del Pueblo, 23 de julio de 1891, p. 2. Es interesante que aún cuando se dedicó tiempo y dinero al proyecto de edificación de las nuevas salas de dementes de las que hemos hablado antes, en lo correspondiente a su atención sólo contiene el reglamento lo concerniente al mayordomo y no hay ningún reglamento o instrucciones específicas para dichas salas. 86 García Pimentel, Luis, 1887, p 14. 87 “De Actualidad: Inexactitudes del Señor José T. Cervera sobre el Hospital General”, El Pensamiento, 26 de marzo de 1876, p. 4.
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posiblemente también criaban algunos animales como era la costumbre en aquella época. Vemos con estos ejemplos que el campo de acción de las hermanas eran el cuidado de enfermerías, cocina, almacenes, ropa,88, es decir, los espacios que normalmente estaban asignados a su sexo, aún cuando el espacio en donde llevaran a cabo sus actividades no fuera el hogar o el claustro, digamos que era “el espacio privado dentro del público.” Si bien el cuidado de los enfermos era una de las labores más importantes que desempeñaban las Hermanas de la Caridad, sin duda no era la única, y en el caso de Mérida extendieron sus bienhechoras manos a otras obras, apoyándose para llevarlas a cabo de miembros de la sociedad civil, que ya sea de forma independiente o congregados a alguna asociación benéfica organizada bajo los principios de caridad de San Vicente. Durante este periodo tenemos noticias de la llegada de otras Hermanas de la Caridad, el día 2 de diciembre de 1868, cinco de ellas entre las que se encontraba una yucateca de nombre Josefa Pinto quien “en unión de otra joven yucateca, la srita. Pilar Peón, han abrazado el estado perfecto de abnegación cristiana”89.
88
Vázquez Carmona, Alejandra, 2008, p. 21. “Hermanas de la Caridad”, La Caridad, 10 de diciembre de 1868, p. 48. García Pimentel también hace referencia a la llegada de estas hermanas, aunque el cita a una con el nombre de Teresa Pinto, no Josefa, y señala que esas hermanas venían encargadas a fundar el colegio, aunque de acuerdo a la información del mismo autor en la época del sitio ya trabajaban algunas hermanas en el colegio, así que posiblemente venían en sustitución de algunas o para aumentar el número de las que laboraban ahí que posiblemente no se daban abasto. Historia de las hijas de la caridad en México “Primera 89
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A ellas se agregaron otras tres hermanas el 29 de noviembre de 1873 en el barco “City of Mejico” (sic) procedente de Veracruz.90
LA SOCIEDAD CIVIL: ACCIONES CONJUNTAS DE ASISTENCIA SOCIAL Y EDUCACIÓN Ahora bien, hubo grupos relacionados con las hermanas como las Conferencias de San Vicente de Paúl,91 tanto de hombres como de señoras, y la asociación de Hijas de María; y los benefactores que de forma independiente apoyaron de forma generosa la labor de las Hermanas de la Caridad, así como las misiones que se les habían encomendado. Estas tres asociaciones al ser creadas bajos los principios de caridad de San Vicente de Paúl, están íntimamente relacionadas en su historia y en sus prácticas, que si bien varían en algunos aspectos todas tienen como principio fundamental la protección a los pobres, desde cualquiera de sus vertientes, el cuidado de los enfermos, la educación, la protección a los niños, y todas aquellas actividades materiales y espirituales de las cuales pudieran beneficiarse. En el caso de Mérida se sabe por fuentes de la época que existieron estas tres asociaciones vicentinas y de acuerdo a lo que nos relata Carrillo y Ancona venida”, Libro Primero, 2010, p. 180; García Pimentel, Luis, 1887, p. 14 y estos mismos hechos del sitio los narra también en Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Segundo, 2010, pp. 94-95 que dice textualmente “Aún en tiempo de paz tenían que ir algunas veces las Hermanas del colegio a ayudar a las del hospital para que no se enfermasen con lo pesado del trabajo.” 90 “Telégrafo de Yucatán”, La Razón del Pueblo, 1º de diciembre de 1873. 91 Esta relación además de ser significativa por el apoyo mutuo que se brindaron, también es algo natural debido a que ambos están formados bajo los principios de caridad que predicó San Vicente de Paúl.
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durante el obispado de Leandro R. de la Gala
se dio “la
fundación de las
Conferencias de San Vicente para hombres establecida en el sagrario de la Catedral, el 24 de septiembre de 1868. La de mujeres erigida igualmente en la Catedral el 6 de enero de 1870, y la congregación de las Hijas de María establecida en el colegio de las Hermanas de la Caridad el 6 de enero de 1872”.92 Estas asociaciones fueron de importancia pues como hemos mencionado, al estar ligadas a las Hermanas de la Caridad bajo los preceptos de San Vicente, cooperaron con ellas de diferentes maneras las cuales vamos a tratar más adelante, pero antes para entender mejor como se relacionaron procederemos brevemente a hablar de cada una de ellas y de cómo se dio su fundación en Mérida. Las conferencias de San Vicente de Paúl tienen su origen en París, en las años treinta del siglo XIX, siendo su fundador Federico Ozanam, teniendo por fin “Santificar a sus miembros en el ejercicio de la caridad y socorrer a los pobres en sus necesidades corporales y espirituales”93, enfocándose en una caridad que en lugar de humillar a los asistidos con limosnas, honra a la caridad “cuando une al pan que alimenta, la visita que consuela, el consejo que ilumina, el estrechamiento de manos que levanta el ánimo”.94 En México, las conferencias se fundaron a instancia del Dr. Manuel Andrade en 1848 -quien fuera uno de los principales promotores del establecimiento de las Hermanas de la Caridad en nuestro país- quien mientras 92
Carrillo y Ancona, Crescencio, 1895, Tomo II, p. 1078. López Alfonso, Honorio, SAE, p. 521. 94 López Alfonso, Honorio, SAE, p. 522. 93
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estudiaba en París presenció la creación de las mismas, instalándose la primera en Mérida en 1868. La iniciativa de la fundación en Mérida se dio a través de la Conferencia establecida en Jalapa, Veracruz, de la cual era secretario Pastor Molina Solís, quien le escribió a Francisco Gómez Pérez95 invitándolo a constituir una en la capital yucateca, siendo que al poco tiempo se dio la fundación de una Conferencia de San Vicente de Paúl en Mérida96, bajo la advocación del Santísimo Sacramento. Pronto se sumaron la de Nuestra Señora del Carmen, San Cristóbal, San Juan Bautista y Santiago, aunque esta última se disolvió en enero de 1876.97
95
Francisco Gómez Pérez pertenecía a la Archicofradía del Santísimo Sacramento; después de recibida la carta se las compartió a José D. Espinosa y a Anselmo Duarte quedando decididos a fundar la conferencia de acuerdo al manual que le habían enviado junto con la carta. Recuerdo: Quincuagésimo aniversario de la fundación de la Sociedad de san Vicente de Paul en Mérida, 1919, pp.10-11. 96 Para los detalles de la fundación véase Recuerdo: Quincuagésimo aniversario de la fundación de la Sociedad de san Vicente de Paul en Mérida, 1919, pp. 7-11. Los socios fundadores de la Conferencia de San Vicente de Paúl fueron: José Dolores Espinosa Losa, Francisco Gómez Pérez, Ignacio Cano, Anselmo Duarte, José Dolores Espinosa Rendón, Augusto Molina, Manuel Gómez Castillo, Julián Vallado, Nicanor Rendón, Pbro. Estanislao Ruz, José Cámara Zavala, Miguel Espinosa Losa, Miguel Concha, Quirico J. Rivero, José Gregorio Castro, Bonifacio Tamayo, Agustín Cabrera, José Domingo Sosa Escalante, Clodomiro Bolio, Miguel Espinosa Rendón, Alfredo Peón, José Delgado Lujan, Néstor Rubio Alpuche, José Rafael de Regil, Alonzo de Regil, Ricardo Caballero, Bernardo Cano Castellanos, Ignacio Peón, José Jesús Castro, Rafael Castilla Echánove. pp. 9, 11-12. 97 Posteriormente se fundó el 26 de julio de 1874 el Consejo Particular de Mérida; en agosto de 1875 la conferencia de San Sebastián, en noviembre de 1876 la del Sagrado Corazón de Jesús, en 1869 la de San José, y en octubre de 1906 la de San Luis Gonzaga en el Colegio Católico y que se disolvió en 1906. El 2 de febrero se fundó el Consejo Central de Yucatán al que se adhirió el Consejo Particular de Mérida y las conferencias que dependían de él, así como las conferencias que se fundaron en el interior de la península. Entre 1895 y 1897 El consejo de Yucatán contaba con 7 conferencias en Mérida, 3 foráneas, 6 escuelas diurnas, tres nocturnas con 523 alumnos y una catequesis con 165 niños. Véase Recuerdo: Quincuagésimo aniversario de la fundación de la Sociedad de san Vicente de Paul en Mérida, 1919, pp. 12-13 y Vicente de Dios, 1993, Tomo II, p. 629.
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Las Damas de la Caridad o Señoras de la Caridad, fueron fundadas en Chatillon, Francia por San Vicente de Paúl, consistía en un grupo de mujeres laicas que se dedicaban a cuidar a los enfermos, de manera voluntaria y estaban íntimamente ligadas con la creación de las Hermanas de la Caridad, en las misiones de caridad que practicaban.98 Esta asociación se organizaba de acuerdo al ejemplo de la Sociedad de Señores en Conferencias (locales), que se adherían a los Consejos Centrales Regionales, los que a su vez se adscribían a un Consejo Superior Nacional y al Consejo General de París. El reglamento, también era semejante al de sus contrapartes masculinas e incluso, trabajaban en coordinación en ocasiones, siendo su diferencia principal que las asociaciones de mujeres estaban subordinadas a la autoridad eclesiástica.99 Y cuya misión principal era “visitar a los pobres enfermos procurándoles todo el alivio espiritual y corporal, consolándolos y exhortándolos a aprovecharse de la enfermedad y resignarse a la voluntad de dios”.100
98
Vicente de Dios, SAE, p. 599. Las asociaciones de señoras duraron hasta la revolución francesa, y se fundaron nuevamente en 1840. De acuerdo a lo que menciona Silvia Arrom, esta re-fundación se debió en parte a la creación de las Conferencias de San Vicente de Paúl. Arrom, Silvia, 2007, pp. 449-450. 99 Esta asociación se fundó por primera vez en México en 1848, pero no llegó a consolidarse, sino hasta el 2 de agosto de 1863; creció de tal manera que para 1868 habían 12, 274 socias activas y 20, 212 para 1872. Arrom, Silvia, 2007, pp. 450-452, 454. 100 El reglamento de esta sociedad fue publicado en los números 29, 30 y 31 del Semanario La Caridad en 1870, pero de forma separada. Esto parece haber influido para que no se conservara dicho reglamento; no obstante, al ser estos comunes en todas las asociaciones esta información la obtuvimos en Arrom, Silvia, 2007, p. 457.
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En Mérida se funda la primera, como hemos mencionado, en enero de 1870, bajo la advocación de la Purísima Concepción en la Catedral. En esa ocasión se publicaría una breve reseña de su instalación, incluyendo en ella un discurso pronunciado por el prelado diocesano en el que enfatizaba su labor asistencial a las asociadas: Sois desde hoy, entendedlo bien, madres de huérfanos y desvalidos, protectoras de los pobres y desamparados, ángeles de paz y de consuelo para las familias afligidas, para los enfermos y menesterosos: sois modelo de las buenas costumbres y apóstoles de la sana moral y de la doctrina cristiana, y todo esos sois porque sois los órganos de la caridad en todas sus formas y manifestaciones, en su inconmensurable significación sois en fin la personificación mas expresiva de la providencia. Todo cuanto hagáis por la caridad a favor de los niños, en socorro de los pobres, en alivio de los enfermos, en instrucción religiosa de cuantos la necesitan y en edificación de las almas, hacedlo por el mismo Jesucristo.101
Si bien no se conserva mucha información de la Asociación de Señoras se sabe que a nivel nacional en la década de los ochenta del siglo XIX tenían el primer lugar en el país en cuanto a obras y fundaciones de enseñanza escolar102, contando para 1895 con 920 socias activas en todo el estado de Yucatán.103 Finalmente, La Asociación de María Inmaculada o Hijas de María, fue establecida en los colegios de las Hermanas de la Caridad, y se expandieron
101
“Junta de Caridad de la Sociedad de la Purísima Concepción.”, La Caridad, 13 de enero de 1870, pp. 5-6. 102 Vicente de Dios, 1993, Tomo II, p. 642. Para 1912 aparentemente continúa la labor de la asociación, pues en noviembre de 1913 publican en el Boletín Para las Hijas de María, que se recibió su reporte anual. “Señoras de la Caridad”, Boletín mensual para las Hijas de María, noviembre de 1913, Contraportada. 103 Arrom, Silvia, 2007, p. 466.
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rápidamente ya que a los cincuenta años de su fundación existían mil cien asociaciones, sesenta nada más en Paris.104 En 1861 el padre Antonino Laerreta, empieza a considerar la fundación de las Hijas de María entre las alumnas de los Colegios de las Hijas de la Caridad, que para los años cincuenta del siglo XIX sumaban ya 13 los establecimientos de enseñanza, y el número de educandas en el país ya sobrepasaba los tres millares. Esta sociedad queda constituida en 1862
de la ciudad de México, estando
conformada por nueve jovencitas entre los 13 y 19 años de edad.105 En el Boletín de las Hijas de María de 1897 se publica un “Cuadro sinóptico-estadístico de las Asociaciones de las Hijas de María Inmaculada establecidas en la República Mexicana desde 1862 a 1897”, encontramos que la Asociación Mérida, había sido fundada el 8 de enero de 1872 en el Colegio del Sagrado Corazón de Jesús. Estas fueron las tres sociedades con las que convivieron las Hermanas y con todas ellas tuvieron trato en mayor o menor medida, de acuerdo a las obras que realizaban, y si bien posterior a la expulsión de las Hijas de la Caridad estas asociaciones llegaron a alcanzar una mayor relevancia, sin duda para las 104
Chávez, Gabino, 1901, p. 113. De acuerdo a la propia historia de esta institución: “Solamente en las casas de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl puede existir la Asociación de las Hijas de María Inmaculada por derecho ordinario, y así es que al separarse aquellas de nuestra amada nación, estas quedaban huérfanas, si guía, sin apoyo, destinadas á desaparecer” y gracias al Visitador de la Congregación de la misión y las letras apostólicas del Papa Pio IX de 16 de Marzo de 1877, se sostuvo la obra en honor a María y a la espera de que en algún momento regresaran las hermanas para volver a ponerse bajo su protección. “Notas aclaratorias”, Boletín mensual para las Hijas de María, 19 de diciembre de 1912, p. 419 105 Puede verse mas sobre la fundación de las Hijas de María en: “Sinopsis histórica”, Boletín mensual para las Hijas de María, 19 de mayo de 1912, pp. 185-189. Para 1898 se habla de un catalogo de las hijas de María en el que aparece México con 25, 682, de las cuales unas 600 habían resultado en vocaciones religiosas. Chávez, Gabino, 1901, p. 13.
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hermanas este período puede considerarse su “época de oro” en Yucatán; por un lado tienen el apoyo total del gobierno republicano lo cual favorece su labor dentro del hospital y por el otro, la fundación de estas asociaciones y la participación independiente de los miembros de la sociedad civil en el papel de benefactores, vienen a complementar el trabajo asistencial que estaban realizando, ampliándolo a otros campos de acción que estudiaremos en los próximos apartados.
EL COLEGIO DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS: EDUCACIÓN PARA SEÑORITAS Este colegio fue fundado por la Señora Ana Peón de Regil, y si bien no sabemos la fecha exacta,106 las Hermanas de la Caridad se hicieron cargo de él en algún momento entre su llegada en febrero de 1866 y abril de 1867, fue un colegio “cuyo único y exclusivo objeto (era el) de brindar á la juventud del bello sexo un lugar mas, donde recibir una educación esmerada y puramente religiosa”.107 Éste se
106
Sobre este asunto encontramos en García Pimentel la siguiente reseña: “Con ayuda de varios particulares, especialmente la señora Doña Ana Peón de Regil, se puso en… (Mérida) … un colegio para niñas y denominado generalmente “El Asilo”. Sor Concepción Delgado, Sor Carmen Berteli, Sor María Torres y Sor Teresa Pinto llegaron de México el 2 de diciembre de 1868 para establecer la nueva casa, y el 10 de enero se encargaron de ella Sor Alfonsina Gaudon, Hermana Sirviente y Sor María González. El 15 se abrió con el nombre de “Colegio del Sagrado Corazón de Jesús de las Hijas de la Caridad”. Si bien este texto nos presenta información valiosa, consideramos que hay ciertas imprecisiones que se irán aclarando en base a otros textos y notas periodísticas en los apartados sobre el colegio y el asilo que como veremos si bien funcionaban en el mismo edificio eran dos fundaciones diferentes, así mismo encontramos evidencia de que el colegio funcionaba desde antes del sitio de 1867 como ya hemos mencionado, pero consideramos importante plasmar estos datos para evitar confusiones; otro aspecto a tomar en cuenta es que el autor no menciona cuáles son sus fuentes para esta información. Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Primero, 2010, p. 180. 107 “Colegio del Sagrado Corazón de Jesús”, La Caridad, 3 de septiembre de 1873, p. 2.
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encontraba en la 1ª calle norte-oriente, próxima al “Arco de Dragones” en el Barrio de la Mejorada.108 El colegio funcionó primero bajo la supervisión de Sor Alfonsina Gaudon y posteriormente de Sor Teresa Lartige; y la educación de las niñas fue la principal preocupación del colegio, pero dentro del mismo se estableció un asilo para niños menores de siete años, pero que funcionaba completamente aparte y del cual hablaremos más adelante. En el siglo XIX la educación femenina aun era muy rudimentaria y consistía principalmente en lectura, escritura, costura, bordado y economía domestica,
109
y
si bien no existen registros sobre la matricula del colegio o las actividades académicas que se desarrollaban con él, podemos rescatar información de otras fuentes que hablan con detalle de la labor educativa de las Hermanas de la Caridad, es importante mencionar que las Hermanas de la Caridad como parte de las vertientes de su labor y para las que se preparaban estaba la educación de niñas y señoritas principalmente, y de niños pequeños, siendo que de acuerdo a su vocación o a sus capacidades podían desempeñarse en esta área o en la hospitalaria, pues de acuerdo a lo que les decía el mismo San Vicente: “ Vosotras no podéis ser todas iguales; unas valen para los enfermos, otras para las 108
“Juárez y las Hermanas de la Caridad”, La Razón del Pueblo, 23 de julio de 1891, p. 2. Se acostumbraba que las niñas se educasen en casa o en un tipo de escuelas llamadas “amigas” en las que básicamente les enseñaban lo mismo que en casa, siendo que la primera escuela primaria oficial para niñas de Mérida se fundó en 1846; más adelante se les enseñaban también otras materias como artes, es decir meramente decorativas y algunos conocimientos básicos de ciencias. Siendo que para 1868 ya se contaba con una de estas escuelas en cada uno de los cinco suburbios de Mérida, además de la ya mencionada además de los colegios particulares, entre los que se encontraba el de las hermanas. Guerrero Lara, María, 1997, pp. 12-16. 109
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escuelas”110 siendo que las labores de las dedicadas a la enseñanza estaban delineadas en las “Reglas particulares para la maestra de Escuela”.111 En las escuelas de las Hijas de la Caridad, se aceptaban niñas de entre seis y trece años de edad, y la jornada escolar de seis horas repartidas en la mañana y en la tarde; la clase daba inicio a la hora establecida, iniciando con el paso de lista de asistencia y a continuación se ponían de rodillas para orar, y finalizadas estas se iniciaban los ejercicios de la clase.112 La enseñanza en las escuelas de las hermanas se llevaba a cabo de acuerdo a diferentes sistemas que se utilizaban de acuerdo a la cantidad de alumnas, al grado de avance escolar, infraestructura y por la cantidad de maestras y estos podían ser: simultaneo, mutuo o mixto;113 así mismo se hacía división de las alumnas de acuerdo a su edad e instrucción en diferentes aulas; las alumnas de seis a ocho años formaban la clase de pequeñas, las de ocho a diez años la clase de medianas y las de diez
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De acuerdo a lo que plantea la Autora, San Vicente consideró que ninguna labor podía llevarse a cabo sin preparación y por eso se dividió el aprendizaje de las hermanas en función de sus capacidades y se preparasen adecuadamente, es decir, que aprendiesen a enseñar. Para más información sobre los inicios de la labor educativa de las Hijas de la Caridad véase Florido, Isabel, 1988, pp. 17-22. 111 Este reglamento puede consultarse completo en Florido, Isabel, 1988, pp. 147-148. 112 Florido, Isabel, 1988, p. 73. 113 El Sistema simultáneo consistía en distribuir a las alumnas según su capacidad intelectual y cognoscitiva, formando grupos homogéneos, y con cada grupo procedía como si se tratase de una sola alumna; en el sistema mutuo, se clasificaba el aula en grupos, cada uno con diez o doce alumnas del mismo nivel, siendo que las más avanzadas se hacían cargo de cada unidad, y ellas tomaban clase fuera del horario escolar, este sistema funcionaba en escuelas con un gran número de alumnas (de 200 a 400); finalmente el sistema mixto era la combinación de ambos y de acuerdo a la autora era el más apropiado para clases que no llegaban a cien alumnas, y el que más estuvo en uso. Para el caso de Mérida no creemos la matricula fuera excesivamente numerosa por lo que el primer sistema pudo haber sido el más adecuado. Florido, Isabel, 1988, p. 76.
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en adelante la de mayores.114 En cuanto a las materias que se enseñaban en estos colegios huelga decir que una parte fundamental era instrucción de religión y moral, además de lectura, escritura, gramática, aritmética y labores propias de su sexo; habiendo algunos de “nivel ampliado” en los que también aprendían historia, geografía, elementos de dibujo aplicados a las labores, nociones de higiene domestica115 y posiblemente francés, idioma que se consideraba en la época un conocimiento deseable para las señoritas.116
114
Florido, Isabel, 1988, p. 76. Vázquez Carmona propone en su tesis la existencia de siete divisiones en las clases del Colegio establecido en Morelia y que eran: La de orfanatorio, de pequeñas, medianas, grandes, de distinción y de pupilas, ella plantea que en la clase de pequeñas “participaron niñas mayores de siete años y que no sobrepasaran los dieciocho de edad” recibiendo educación básica. La de medianas de acuerdo a ella era a la que “acudieron alumnas externas y las de orfanatorio” y la de grandes “se le consideró así a las niñas que habían egresado de la clase anterior” y que en esa clase “sólo se admitió a las externas o pensionistas, y únicamente se aceptaron huérfanas que estuvieran adelantadas”. Nosotros consideramos que esta información no es correcta y nos inclinamos a tomar la división de edades que propone Florido, siendo que no consideramos que la procedencia de las alumnas (huérfanas, externas, pensionistas) tuviera relevancia en cuanto a la división de clases para el aprendizaje y si la tuviera la edad, ya tiene más lógica una que fuera acorde a la madurez intelectual de las alumnas y su preparación previa. Otro aspecto es que Vázquez Carmona no cita la fuente de donde obtuvo dicha información, por lo que eso también nos lleva a cuestionarnos la veracidad ya sea de la información o de la interpretación hecha por la autora. Vázquez Carmona, Alejandra, 2008, pp. 30-31. 115 Se puede profundizar más sobre los temas específicos y de la pedagogía de cada una de esas materias de acuerdo al progreso de las alumnas en Florido, Isabel, 1988, pp. 7681. 116 Debido a que no se tiene información específica de este colegio tratamos de reconstruir estos aspectos con la presentada por Isabel Florido, por las razones que mencionamos líneas arriba, pero también podemos apoyarnos en información de la currícula de otras escuelas establecidas en Mérida contemporáneas a la que atendían las hermanas, entre las materias que se impartían en otras escuelas para niñas encontramos: Caligrafía inglesa, ortología, religión, labores manuales, costura en blanco, bordados, geometría, gramática castellana, aritmética practica, geografía de Yucatán, geografía general, historia sagrada, cosmografía, dibujo natural, idioma francés, declamación, historia pagana en el caso del Colegio la Encarnación, y en el caso de la escuela fundada por la sociedad La Siempreviva: Lectura, historia sagrada, gramática, literatura, dibujo natural, geografía, declamación y aplicación. Otro aspecto a considerar es el origen francés de la institución de las hermanas, y el establecimiento del Colegio durante la
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Además de su educación formal, las alumnas del colegio participaban igualmente de las actividades religiosas, especialmente encontramos evidencia de su intervención en las realizadas en honor a San Vicente de Paúl, obsequiando a los asistentes con hermosos himnos aprendidos de las religiosas.117 También se daba la instrucción preparatoria para la primera comunión como parte de la formación religiosa y para las niñas que estuvieran en edad de realizar dicho sacramento, por ejemplo, en septiembre de 1870 se hizo una invitación para que se asistiera los días sábados de once a doce del día a recibir la preparación correspondiente, a la que podían asistir incluso aquellas niñas que no fueran alumnas del colegio pues era una labor que se hacía en conjunto con la Iglesia. Las niñas que se prepararon durante ese período hicieron su primera comunión junto con los niños del Colegio Católico de San Idelfonso a finales de mayo de 1872.118 Por otra parte en agosto de 1873 las alumnas de las Hermanas de la Caridad presentaron exitosamente sus exámenes finales en presencia de la Comisión de Instrucción Pública del Ayuntamiento y demostraron “grandes
intervención francesa. “Remitido. Colegio la Encarnación”, La Siempreviva, 1 de mayo de 1871, pp. 2-3 y “Exámenes”, La Siempreviva, 15 de mayo de 1871, p. 1. De acuerdo a lo que señala García Pacheco la educación femenina (primaria) y masculina de los colegios particulares no era muy diferente entre sí, siendo que a las mujeres además de la materias corrientes, se les daban clases de costura en blanco, bordado y economía domestica, en el caso de las escuelas públicas, las labores “propias de su sexo” se dividían en tres clases: labores útiles (punto de media, costuras y remiendos), labores agradables (bordados, tapicería, encajes, blondas y la malla) y labores de recreo y adorno (bordados de sedas de colores, pelo, oro, plata, trabajos de felpilla, abalorio, perlas y cabello, las flores y frutas artificiales. García Pacheco, Rubén, 2004, pp. 124-125. 117 “Gacetilla. Función en la Mejorada”, La Caridad, 22 de Julio de 1869, p. 4. 118 “Instrucción religiosa”, La Caridad, 15 de septiembre de 1870, p. 153 y “La primera comunión”, La Caridad, 2 de junio de 1872, p. 98
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progresos y adelantos en todos los ramos que cursaron”, además se señala que el establecimiento ya estaba en esos pocos años a “la altura de los mejores de su clase, en toda la república”119, entregándoles algunos premios a las más “aprovechadas” como era la costumbre en aquel momento. La expulsión final de las Hermanas de la Caridad en 1874 no detuvo el funcionamiento del colegio pues la Asociación de Hijas de María, fundada en el colegio desde 1872, se hizo cargo del mismo, tal y como lo narra Gabriel Aznar y Pérez: Del colegio no hay más que decir sino que allí se educaron innumerables y muy distinguidas hijas de Mérida. Baste citar a la srita. Isabel Duarte García, que en unión de sus apreciables hermanas atiende desde hace muchos años el Colegio del Sagrado Corazón de Jesús. Este colegio ha logrado colocarse en primera línea, siendo hoy para las familias católicas lo que el instituto es para las demás. No hace mucho que las sritas. Cámara y Vales, alumnas suyas, obtuvieron el título de profesoras después de sustentar con lucimiento los exámenes que exige la ley. Pues bien, si el colegio de que venimos hablando es un óptimo y sazonado fruto de la educación de las Hermanas de la Caridad ¿Cómo no desear su vuelta a la patria? ¿Cómo no desear que vuelvan a explotarse las minas en que se forman veneros tan ricos de ilustración y de virtud?.120
De acuerdo a la información proporcionada por este autor se sabe que para 1897 el colegio aún continuaba abierto, siendo algunas de las maestras las antiguas
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“Alocución del Señor presidente de la Comisión de Instrucción primaria del H. Ayuntamiento D. Manuel Aldana Rivas, leyó después de la distribución de premios y solemne clausura de las cátedras del “Colegio del Sagrado Corazón de Jesús” el 26 de Agosto último”, La Caridad, 3 de Septiembre de 1873, p. 1. “Colegio del Sagrado Corazón de Jesús”, La Caridad, 3 de septiembre de 1873, p. 2. 120 “Juárez y las Hermanas de la Caridad”, La Razón del Pueblo, 23 de julio de 1891, p. 2.
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alumnas de las Hijas de la Caridad y también que había cambiado su ubicación al primer cuadro de la ciudad.121
EL ASILO: UN LUGAR PARA EL CUIDADO DE LA INFANCIA Y LA EDUCACIÓN El asilo de infancia122 se fundó el 1º de marzo de 1869, abriendo sus puertas con tan solo siete niños, siendo que a los pocos días ya contaba con casi treinta123, fue puesto a cargo de las Hermanas de la Caridad siendo su directora Sor Magdalena Muñoz, originaria de Guadalajara124, quien “como ángel de la guardia de la inocencia, va formando con sus palabras y ejemplos los tiernos corazones de aquellos pequeñuelos que la rodean”. Este albergue se ubicaba en el mismo edificio que el Colegio, y fue fundado por la Conferencia de San Vicente de Paúl; respecto a su apertura así se dio la noticia del nuevo establecimiento: La Conferencia de San Vicente de Paúl ha establecido en esta ciudad una casa de asilo que fue abierta el 1º del corriente bajo la 121
De acuerdo a lo publicado por Aznar “El colegio y el asilo estuvieron en la casa que hoy es del Sr. D. Esteban Andrade, 1ª calle norte-oriente, próxima al “Arco de Dragones”. Luego se trasladaron ambos establecimientos al amplio edificio de dos pisos situado en el ángulo noroeste de la Plaza de Armas, perteneciente en la actualidad á los herederos del finado Sr. D. José Rendón Peniche.” Por lo que este cambio debió hacerse cuando las hermanas aun se encontraban en Mérida, -el asilo se extinguió con la partida de las mismas- aunque en una referencia sobre la dirección de la escuela de San Luis Gonzaga se señala que se encontraba en la calle 1 poniente-norte. Núm., 3, frente al Colegio de las Hermanas de la Caridad. “Escuela de San Luis Gonzaga”, La Razón del Pueblo, 2 de diciembre de 1872, p. 4. Esa dirección corresponde a lo que hoy seria la calle 62, aunque no sabemos la ubicación exacta. . “Juárez y las Hermanas de la Caridad”, La Razón Católica, 23 de julio de 1891, p. 2. 122 Las escuelas-asilo manejadas por las hijas de la caridad, eran establecimientos destinados a recoger y educar a niños de ambos sexos menores de seis o siete años y sus dos objetivos principales eran auxiliar a los hijos de familias pobres cuyos padres tenían que trabajar y preparar a los niños para la educación primaria. Florido, Isabel, 1988, p.84. 123 “Casa Asilo”, La Caridad, 18 de marzo de 1869, p. 138. 124 “El asilo de la infancia”, La Caridad, 26 de septiembre de 1872, p. 158.
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dirección de una hermana de la caridad, quien se entenderá en todo lo concerniente á ella con una comisión permanente de la referida conferencia nombrada al efecto(…) Muy grato es, por consiguiente para una sociedad que posee las verdaderas nociones del bien, el poder proporcionar en su seno un abrigo seguro contra las pasiones en donde puedan sus desvalidos hijos recoger el pan que se les suministra diariamente y en donde se les enseñe que antes de llevar ese pan a la boca deben dar gracias al autor de todo lo creado, al padre de los pobres y de los humildes de corazón.125
El hecho de que las hermanas fueran encargadas de atender una institución fundada por las conferencias es significativo al ser ambas instituciones creadas bajo los mismos principios que predicó San Vicente de Paúl; resulta natural que tuvieran el interés común en atender las diferentes necesidades de los pobres; incluso trabajando juntos para ser más efectivos para alcanzar estos objetivos. Las conferencias se preocuparon por aliviar ciertas necesidades de los pobres; de acuerdo con su reglamento, podemos decir que se orientaron a proporcionar ayuda material y espiritual para aliviar la vida de los pobres, siendo una parte central de su labor la educación de los niños126, así como su protección. Por ello la fundación del asilo era muy importante pues pudo considerarse que los miembros de las Conferencias de San Vicente eran idóneos para conseguir local y recursos para una institución de asistencia a los más desvalidos. Ahora bien un
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“Casa de Asilo”, La Caridad, 18 de marzo de 1869, p. 137. Las Conferencias y asociaciones de San Vicente no se conformaban con dar alguna limosna; atendían las necesidades de las familias pobres ayudando a los padres a conseguir trabajo, les proporcionaban ropa adecuada y procuraban que tuvieran las condiciones para ganarse su propio sustento. Silvia Arrom señala que una política del gobierno que constantemente fue planteada era la de rehabilitar a los pobres consignándolos a instituciones, digamos que es algo parecido lo que tratan de hacer las conferencias, pero sin alejarlos de su entorno familiar y claro bajo el amparo de la fe católica, motivados en la caridad. 126
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aspecto importante desde mi punto de vista, sería el conseguir personal para trabajar veinticuatro horas, todos los días de la semana, todo el año, para cubrir las necesidades de los niños, además el asunto del salario. Es aquí cuando podemos ver la importancia de la labor de las hermanas, como residían en el mismo lugar donde “trabajaban”, siempre estaban disponibles, y además vivían consagradas a realizar sus actividades de servicio a los más necesitados; ellas son la respuesta a las dificultades que se hubieran podido presentar en cuanto al manejo y administración del asilo. Al asilo podían ingresar niños de dos a seis años de edad, y no era solamente una estancia para que no estuvieran abandonados o expuestos a los peligros en la calle, en este establecimiento se les daba la instrucción básica, además de alimentos, ropa y cama a los internos, a esta escuela que podría llamarse de párvulos que establecieron en el asilo para niñas y niños, asistían también niños externos. Estaba conformado por diversas áreas en donde se llevaban a cabo las diferentes actividades, el salón de clases, el área de comida, el patio y las recamaras. En el salón había colocadas unas gradas que ocupaban gran parte del espacio y era donde se sentaban los niños a tomar la clase, estaban divididos por la mitad, los niños de lado derecho y las niñas del lado izquierdo.127 Se les enseñaba gramática, el abecedario, aritmética (contar, sumas y restas), las medidas con una balanza y el sistema métrico decimal; tenían también clases de 127
Ese método de gradas aparentemente era común en la época; encontramos a propósito de esto una imagen en donde puede apreciarse el modelo. Ver los Apéndices de esta tesis.
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religión donde aprendían pasajes de la biblia y sobre la vida de algunos de los personajes más notables apoyándose con estampas, el método de enseñanza era muy versátil pues se apoyaban de diferentes materiales visuales, canciones y ejercicios prácticos.128 De acuerdo con Isabel Florido en 1859 se publicó una obra elaborada por Sor María Cuzón –directora de una de estas escuelas- en donde se enlistaba el índice de materias y métodos de enseñanza cuyo índice tomamos de la misma autora y era el siguiente:
Prefacio Organización. – Lectura en círculos.- Ejercicios en la pizarra. Reglas para después de comer.- Reposo en común. Lectura en círculos.- Pizarras. Orden de la semana. Antiguo Testamento.- Nuevo Testamento.- Catecismo. Nociones de lenguaje y ortografía. Aritmética.- Numeración.- Las cuatro operaciones.- Pesas y medidas.Figuras geométricas. Nociones de geografía. Historia natural.- Los tres reinos. Historietas.- Cuentos.- Anécdotas. Gimnasia.129
Después de las clases, los niños del asilo y a los que sus padres iban a buscar tarde, porque sus trabajos así se los exigían, se quedaban a comer atendidos por las hermanas; los demás se iban a sus casas. La comida que se
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“El asilo de infancia”, La Caridad, 27 de septiembre de 1872, pp. 158-161. Además de esta información el manual incluía planos y croquis de una escuela, aula y material escolar, y una serie de cantos y partituras. Este manual fue utilizado en todas las casas asilo de las Hijas de la Caridad. Florido, Isabel, 1998, p. 84. Y para una explicación mas detallada sobre la pedagogía de esas materias puede consultarse en el mismo texto pp.89-98 o las descripciones hechas de la clase en “El asilo de infancia”, La Caridad, 27 de septiembre de 1872, pp. 158-161.
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daba a los niños del asilo era costeada por la conferencia, en cambio la proporcionada a los demás salía de la contribución que podían dar sus familias además de la cooperación mensual de veinticinco pesos otorgada por el ayuntamiento.130 De acuerdo a lo que narra un visitante del asilo habían en él niños de todas las condiciones, como en el caso de Lolita y Carlota, la primera cuya madre era lavandera y que la dejaba en el asilo hasta la tarde o noche que terminaban sus labores y que obviamente era de procedencia humilde, y la segunda que pertenecía “á una familia principal” de la ciudad131, así que aún cuando la principal función del asilo era darle un “hogar” a los niños desprotegidos, también cuidaban a los niños cuyos padres no podían ver por ellos por sus trabajos y que en lugar de estar vagando en la calle hambrientos, eran enseñados y cuidados por las hermanas, además del caso de las familias “acaudaladas” que preferían inscribir a sus hijos en el colegio de las hermanas, siendo un espacio en que al menos para los niños la clase social no tenía una importancia predominante. La escuela del asilo contaba para 1872 con más de ciento veinte alumnos de ambos sexos, aunque no hay documentación que nos indique cuántos de ellos pertenecían al asilo, éste siempre estaba dispuesto a recibir a aquellos pequeños
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“El asilo de la infancia”, La Caridad, 27 de septiembre de 1872, p.161 Esta es la publicación de una carta que envía Joaquín Rejón a su primo Francisco Rejón Espínola de Tizimín, quien le pide que vaya a visitar el asilo del que ha escuchado mucho y le informe sobre el asunto, el primero va y le narra los pormenores de su visita, lo acontecido en las clases, los ejercicios, así como las preguntas que le hizo a la hermana directora durante su visita, quedando sumamente complacido con lo que observó, especialmente del método de enseñanza que incluso juzga mejor que el lancasteriano. 131 “El asilo de la infancia”, La Caridad, 26 de septiembre de 1872, p. 159.
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necesitados, por ejemplo en 1869 se registra la llegada de mucho inmigrantes cubanos por lo que la conferencia publica un desplegado para “ofrecer á los hijos varones y hembras de edad entre dos a seis años de dichos emigrados, la casa de asilo que sostiene la conferencia”.132 El trabajo del asilo fue tan importante desde un punto de vista social que años después Gabriel Aznar y Pérez publicaría las siguientes palabras: Los niños que frecuentaron la sala de asilo son ahora jóvenes y aún mayores de edad, como hace ya más de diez y seis años que se cerraron sus hospitalarias puertas; pero de seguro no habrán olvidado aquellos tranquilos días de su inocencia que transcurrieron dulcemente al amparo de la caridad cristiana y los padres y madres que se ven obligados a trabajar desde que amanece hasta que anochece para buscar el pan de cada día: ¿Cómo no han de echar de menos aquel bendito asilo en que podían tener a sus tiernecitos hijos no solo bien cuidados y entretenidos, sino aun iniciados en los rudimentos del saber y de la religión? Nadie que hubiese presenciado los múltiples y variados ejercicios en que por minutos se entretenía y adoctrinaba a los niños del asilo, nadie que hubiese escuchado los tiernos y sencillos cantares de aquellas criaturas, menores de siete años las más, puede dejar de bendecir la memoria de las hermanas y de deplorar su ausencia.133
El asilo cerró a la salida de las Hermanas de la Caridad del país, pues ya no había quien lo atendiera y tampoco la conferencia podría confiar esa labor a alguien más; no se sabe lo que pasó con los pequeños que vivían en él, y con el paso del tiempo la conferencia fundó la obra de educación a la que dedicó casi todos sus esfuerzos, llegando a ser una, si no es que la más importante del país. Aún cuando son pocos los ejemplos que se han presentado, éstos dejan ver que efectivamente existió una relación cercana y de cooperación mutua entre 132 133
“Sociedad de san Vicente de Paúl, La Caridad, 18 de marzo de 1869, p. 143. “Juárez y las Hermanas de la Caridad”, La Razón Católica, 23 de julio de 1891, p. 2.
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estos grupos vicentinos, cuyo interés común de socorrer a los más necesitados, así como sus principios basados en una misma ideología (la de San Vicente de Paúl) hacen que las labores de estos grupos se entrelazan entre si, para llevar a cabo sus objetivos, para continuar un trabajo considerada importante o para cumplir los preceptos bajo los que escogieron vivir o fueron creadas en el caso de las diferentes asociaciones. De las labores que ya hemos mencionado que llevaban a cabo las hermanas, también tenemos los testimonios que recogió García Pimentel y que plasma en su libro sobre las Hermanas de la Caridad que dicen lo siguiente: En Mérida, las Hijas de la Caridad establecieron dos escuelas gratuitas para niños y niñas indigentes, a las que acudían unas (sic) cuatrocientos cincuenta; lavaban, planchaban y cosían ropa ajena en maquina, hacían calcetines medias y camisas para hombres y mujeres. Con estos trabajos además de ayudar a los gastos de la casa, muchas jóvenes que corrían peligro, encontraban un medio seguro de ganar decorosa subsistencia. Debido a la actividad y talentos de la superiora, se puso un taller para fabricar cubiertas de cartas y se proyectó otro, para hacer punto de algodón. Uno de los apuntes que tengo delante, dice que el resultado obtenido con las hermanas produjo aplauso universal, gratitud de los asilados, asistencia afectuosa, desinteresada, gastos menores a pesar de la mejor atención y contento de todos en la ciudad al distribuir con más conciencia y eficacia sus auxilios. Los enfermos se multiplicaron al haber desaparecido por completo el miedo de acudir a esos establecimientos de caridad.134
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Si bien algunos de estos datos no podemos corroborarlos con otras fuentes, y el autor no cita las propias, sabemos que mantenía comunicación con personas como Crescencio Carrillo, Manuel Nicolín y Echanove y Manuel Dondé quienes en otras ocasiones le proporcionaron información. Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Segundo, 2010, pp. 92-93. Para ver sobre la correspondencia que recibía véase la p. 95.
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Como vemos la actividad de las Hermanas trascendía sus responsabilidades, extendiendo su labor caritativa a todos los ámbitos especialmente a la protección y cuidado de los niños y las jóvenes en situación vulnerable.
ÚLTIMOS AÑOS DE LAS HIJAS DE SAN VICENTE EN EL HOSPITAL Hemos mencionado que si bien las asociaciones vicentinas, incluida la congregación de las Hijas de la Caridad, florecieron durante los primeros años de la República Restaurada en Yucatán, la influencia desde otros puntos de la República de los detractores de las Hermanas de la Caridad comenzó a sentirse en Mérida, especialmente en lo que concierne al manejo del hospital. En diferentes periódicos liberales comenzaron a publicarse críticas a la administración y cuidados de los enfermos, y si bien en un principio no son frecuentes, si vienen a provocar algunos cambios dentro del mismo. Muchas de estas críticas parten de personas que al poco tiempo pasaron a formar parte de la junta directiva del Hospital, en un claro intento de querer controlar las cosas; desde nuestro punto de vista esos sutiles ataques fueron intencionales debido al interés de hacerse cargo ellos mismos de la institución, como es el caso de José Dolores Patrón que sería nombrado director del hospital o Waldemaro G. Cantón y Yanuario Manzanilla que por varios años formarían parte de la Junta Directiva. Antes de adentrarnos en este tema, debemos mencionar que si bien en 1871 se comenzaron a dar estos conflictos, para la primera mitad de ese año el
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hospital sigue funcionando de la misma forma que quedo establecida en el Reglamento de 1869 bajo la dirección del médico director y la administración de la superiora, lo que queda expresado en la publicación de Reglamento de Entradas en el Hospital General de esta Ciudad el 26 de Julio de ese año. En este se especificaban los días y horarios de visita para cada departamento, el comportamiento al que los visitantes debían atenerse durante las mismas, siendo responsabilidad de la superiora designar a una “Hermana de la Caridad y un enfermero para vigilar el orden durante las horas de entrada, debiendo el conserje cuidar el orden en los bajos del edificio.”135 Señala también que la superiora tenía la autoridad para prohibir la entrada de aquellos quienes no cumplieran con lo estipulado en el reglamento, aunque en caso de prohibirse la entrada de alguna persona que no considerase justa la medida, podría el “agraviado” concurrir al vocal en turno de la Junta quien podría determinar si la decisión de la superiora era válida o no.136 Aparte de este reglamento encontramos un decreto del 19 de agosto en donde se reducía de sesenta ocho días el plazo para quienes adeudaban réditos al hospital para que estos fueran ejecutados judicialmente no encontramos otras legislaciones que hagan referencia al hospital en los años que estamos tratando, siendo este ultimo una posible respuesta ante una baja en los ingresos del
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Ancona, Eligio, 1882, Tomo IV, pp. 277-278. Ancona, Eligio, 1882, Tomo IV, p. 278.
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hospital, o a que muchos deudores esperaban el mayor tiempo posible para realizar sus pagos.137 En Septiembre de 1871, el periódico El Estado, dedicó un número completo a temas relacionados con el hospital, las Hermanas de la Caridad, la Junta Directiva e incluso el servicio facultativo. El artículo editorial escrito por Cirilo Gutiérrez se divide en cinco partes, e inicia haciendo un recuento de la admirable labor caritativa de las hermanas, posteriormente en la segunda parte habla del gran apoyo que el hospital ha tenido a por parte del gobierno liberal, siendo que en la tercera parte continúan con el siguiente tono: ¿En todo este tiempo, las hermanas de la caridad han prestado sus servicios de manera satisfactoria, han cumplido verdaderamente con su misión? Con sentimiento; no. Cuando con noble afán se veían en otro tiempo atendidos los dolientes como hijos queridos, á quienes una madre cariñosa consagra todas sus vigilias, la sociedad las colmaba de bendiciones y cada uno las consagraba en silencio un voto de gratitud. Por todas partes oíamos hacer de ellas justos y merecidos elogios, sin una queja que llegara á poner en duda su honrosa conducta, hasta entonces proverbial. Pero desgraciadamente esos elogios se han ido extinguiendo poco á poco, á medida que se ha ido notando también, que distraídas en otras ocupaciones, el establecimiento no marcha como al principio en su régimen interior. Más de una vez ha llegado á nuestros oídos ese susurro que deja comprender el pueblo cuando está descontento. Se refiere que á los enfermos se les cambia algunas veces los alimentos que los facultativos recetan con otros de ínfima calidad, y cuando se suministran no están completos, ni se escoge lo mejor, todo el prejuicio de su salud quebrantada; que el departamento de dementes esta desatendido, húmedo y asqueroso casi siempre, no teniendo los infelices que ahí viven luchando con su destino, el amparo y la conmiseración que requiere el estado lamentable á que están forzosamente sujetos.138
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Ancona, Eligio, 1882, Tomo IV, p. 294. “Editorial. Las Hermanas de la Caridad y el Hospital General de esta ciudad”, El Estado, 3 de septiembre de 1871, pp. 1-2. 138
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De los descuidos que se señalan en esta parte, no tenemos información que los avalen, no existe registro de que alguna queja se haya presentado, ni ninguna comunicación por parte de la Junta Directiva o el gobierno que acredite esas afirmaciones. En el reglamento de 1869, se especifican diferentes tipos de raciones de comida para los pacientes, la dieta del enfermo estaba determinada por el médico según su estado de salud, y podía ser: ración entera, media ración, dieta ordinaria y dieta de leche, las cuales eran diferentes entre sí por la cantidad de alimento que se le daba al paciente, por lo que si alguien compara una ración entera, una media y la “dieta ordinaria” podrían pensar que los alimentos no se les entregan como deben ser.139 En cuanto a lo que se afirma del abandono del área de dementes, sabemos que había dos personas a su cargo, la Hermana Sor Vicenta y el Mayordomo; además de que la limpieza debía estar asignada a alguna de las sirvientas.140 La cuarta parte de la editorial continua de la siguiente manera: No es nuestro objeto zaherir á nadie.- Nuestro fin es más noble.Como escritores públicos tenemos el deber de apuntar las faltas y suplicar con el respeto que debemos á esas señoras que tienen por lema “Amaos los unos á los otros,” que sin son ciertas esas quejas, si la voz publica esta fundada en hechos irrecusables, que desde luego se apresuren á corregirlas, que la H. Junta directiva cumpliendo con sus deberes consagre más íntimamente su atención á ese establecimiento: que nombre cada semana una persona de sus seno que presentándose de improviso, practique en presencia de los facultativos un examen riguroso en los alimentos e investigue el trato y protección que ahí se dispensa á los dementes. Así se lo pedimos en nombre de la humanidad
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Reglamento del Hospital General de esta Capital, diciembre de 1869, p. 11. “Juárez y las Hermanas de la Caridad”, La Razón del Pueblo, 23 de julio de 1891.
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doliente, que bajo su sombra protectora se abriga en ese lugar de duelo.141
Primero que nada sobre esa sección del documento podemos de nuevo mencionar que no existe ninguna prueba de que lo que denunciaban fuese cierto, respecto a la solicitud que les hacen a la Junta Directiva, recordemos que en el Reglamento en funciones parte de las obligaciones de los vocales vigilar que se observe en el hospital
“el régimen y economía interior que previene el (…)
reglamento”142 y un vocal debía encargarse de esa ocupación por un mes, teniendo obligación de informar a la superiora el ultimo día del mes quien fungiría en el siguiente.143 En ningún momento se puede considerar que la superiora o las hermanas hacían lo que ellas querían en el hospital, pues debían responder ante sus superiores tanto del hospital, es decir, la Junta Directiva y los médicos directores; así como a sus superiores de la congregación, por lo que la información que presentan nuevamente carece de fundamentos. El texto finaliza señalando que el gobierno había puesto en manos de la junta los recursos suficientes para el fomento y sostén del establecimiento y: Que las hermanas de la caridad que actualmente consagran la mayor parte de su tiempo en la casa llamada de asilo y en sus 141
“Editorial. Las Hermanas de la Caridad y el Hospital General de esta ciudad”, El estado, 3 de septiembre de 1871, p. 2. 142 Reglamento del Hospital General de esta Capital, diciembre de 1869, p. 12. 143 De acuerdo a lo contenido en el reglamento el vocal en turno tendría que hacer todas las visitas que considerase necesarias, reportando al director las quejas que tuviese y si eran graves tendría que hacer lo mismo pero con la Junta, tendría que ir al hospital en caso de que fuese llamado por la superiora, la primera semana del siguiente mes además debía reportar a la junta “de todo lo que hubiese observado en el establecimiento digno de llamar su atención, de las medidas que deben tomarse en su concepto y las mejoras que puedan introducirse”. Reglamento del Hospital General de esta Capital, diciembre de 1869, pp. 12-13.
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oraciones en los templos, vuelvan a consagrarse á sus atenciones en el hospital que esta á su cargo. Así no solo tendrán tranquila su conciencia, sino que cumplirán con la sagrada misión que voluntariamente se han impuesto, sino que el Gobierno y el pueblo aplaudirán la religiosidad con que responden al sueldo que la ley les tiene asignado.144
Sobre el asilo, lo único que podemos decir y que ya hemos manifestado en el apartado correspondiente es que en él laboraba personal ajeno al del hospital; en la contrata efectuada entre las Hijas de la Caridad para su establecimiento en el hospital se especifica claramente la cantidad de hermanas que debían laborar en el mismo y las condiciones bajo las que se podría aumentar dicho numero, por lo que el personal del hospital era exclusivo para el servicio del mismo.145 En cuanto a las oraciones de acuerdo a lo que sabemos en base a el contrato y reglamentos, además del funcionamiento de la compañía, las Hijas de la Caridad no son una congregación religiosa enfocada en la oración, aunque si bien si llevan a cabo ese tipo de prácticas como parte de su fe, y ciertamente la naturaleza religiosa de su fundación, tenían horarios específicos en los que escuchaban misa, o algunos otros en donde alguna de ellas podría ir al oratorio, siendo que el cuidado de los enfermos la asistencia a los desvalidos y la educación de los niños eran los componentes fundamentales de su vocación.146
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“Editorial. Las Hermanas de la Caridad y el Hospital General de esta ciudad”, El Estado, 3 de septiembre de 1871, p. 2. Las negritas son nuestras. 145 “Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, fojas 7-8, 8 de febrero de 1866. 146 Véase sobre la fundación de las hermanas la información contenida en la primera parte así como en el “Contrato celebrado entre el Comisario Imperial de Yucatán y el director de las Hijas de la Caridad para el establecimiento de estas en el hospital de san Juan de Dios”, CAIHY, Manuscritos, LIII-1866-2/4-034, fojas 1-10, 8 de febrero de 1866.
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Ahora lo que a nosotros no nos queda claro es si todo lo que expone el autor previamente en la editorial es solamente una forma de apuntalar el hecho de que las hermanas cobran un sueldo del que según él ya no son merecedoras, y que de acuerdo a lo que hemos estudiado previamente en esta parte, las labores que llevaban a cabo las hermanas en el nosocomio eran cuantiosas y de horario completo, siendo que el sueldo que cobraban era muy bajo y que les permitía incluso ahorrar en sueldos de un personal que hubiera resultado mucho más costoso como efectivamente sucedió a la salida de las hermanas.147 Debemos tener claro que estos ataques a las hermanas no fueron ni los únicos ni aislados pues también se hicieron contra aquellos que las apoyaban, quienes formaron parte del personal durante el Imperio y de la misma Junta quien era encargada de la administración de los recursos; en el siguiente artículo escrito por Waldemaro G. Cantón148 se señalaba que la Junta Directiva había procurado favorecer a Manuel Dondé Preciat, a quien llamaban “antiguo favorito de Salazar Ilarregui” y mencionaba que se había considerado reinstaurar a José Dolores Patrón en el cargo de director del hospital, a condición de que se sujetase a los nuevos reglamentos, prometiendo que así lo haría a excepción de llevar a vivir a 147
Lo que acontece en el hospital a la salida de las Hijas de la Caridad, lo expondremos ampliamente en el apartado tres de la parte siguiente. 148 Un año más tarde este personaje sería nombrado secretario de la Junta Directiva y el mismo día que ésta quedó instalada se hizo una propuesta al gobierno para que nombrara a un nuevo director del hospital poniendo como candidato a José Dolores Patrón quien efectivamente quedó en el cargo. “I. Cano y otros comunican al gobernador el aumento de sueldo al Director y practicantes; nombramiento del presidente de la Junta Directiva; comunicación de J. D. Patrón que se hace cargo de la dirección Del hospital general; etc.” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Correspondencia Oficial, Caja 297, Vol. 247, Exp. 58, Fojas 4-6. 9 de febrero a 23 de diciembre de 1872.
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su familia al hospital alegando que no había espacio; por ese motivo la Junta no accedió a devolverle el puesto aunque según el autor “no estaba en sus planes que prosiguiese el Sr. Patrón, porque más bien que á las mejoras del establecimiento tienden á favorecer á determinadas personas acaso con la idea de revivir el recuerdo de otros tiempos más o menos simpáticos.”149 Cantón también señalaba que él había sido separado de su cargo en 1864 por no firmar el acta de adhesión al Imperio “para colocar al actual ídolo de la junta hasta el memorable año de 67 en que desplomándose el comisariato, se hizo completa y rigurosa justicia al merito.”150 Otro afectado del “favoritismo” a Manuel Dondé de acuerdo al texto era el presbítero Manzanilla, quien estaba siendo despojado de sus habitaciones, aclarando que “sin un átomo de fanatismo, sabemos respetar y aun admirar la virtud donde quiera que se encuentre, por lo cual no queremos que á este digno sacerdote se le prive del local que le pertenece, mucho más para agregarlo á la futura posesión del antiguo favorito de Salazar Ilarregui.” El escrito continúa haciendo un llamado de atención a que no se efectuaran reformas que afectaran a la “Comunidad de San Vicente de Paúl que creemos que bien las necesita” y dejaba en claro cuales debían ser las reformas: ¿Por qué no remueven de su cargo á la hermana boticaria cuyos conocimientos en farmacia son tan grandes como los de la Junta 149
“La Junta Directiva del Hospital General”, El Estado, 3 de septiembre de 1871, pp. 2-3 “La Junta Directiva del Hospital General”, El Estado, 3 de septiembre de 1871, pp. 1-3. Aquí hay que señalar dos aspectos, el primero es que no existen documentos en el fondo que se consultó en donde haya constancia del puesto que ocupó previamente J. D. Patrón, tampoco de que Manuel Dondé haya sido separado de su puesto con la restauración de la Republica.
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en medicina y cuya audacia solo es comparable con la de la misma en asunto á ejercer oficios e introducir reformas que no entienden? Nosotros no podemos ser influenciados por esas castas palomas que aconsejan la desobediencia filial y atraen á su seno, no á las hijas prodigas, sino á las que prodigan sus tesoros… Hay otra cosa que excita en el alto grado nuestra curiosidad y es ese apego o cariño que tienen los de la junta en sostenerse á todo trance en su empleo; siendo este como se sabe una carga consegil (sic), por lo cual hemos llegado a dudar si realmente el hospital no les produce alguna ventaja.151
Es interesante ver como se despotricaba por un lado contra las hermanas, diciendo que la encargada de la botica y la Junta eran incompetentes y definen como una carga económica la labor que desempeñaban las Hijas de la Caridad, cuando la realidad es que les ahorraba dinero, que como hemos visto también en otros momentos las hermanas que desempeñaban el oficio de boticarias tenían preparación en el tema. Culpaban a la Junta de que ellas permanecieran allí, pero no mencionaban que el consentimiento y aprobación había salido del entonces gobernador Cepeda Peraza; finalmente dejaban entrever la existencia de algún interés oculto de beneficios que se pudiera obtener al permanecer ellas en el nosocomio; por el otro lado se ofenden ante la injusticia que se cometía contra este sacerdote que por cierto era hermano de Yanuario Manzanilla -como ya hemos mencionado- personaje muy cercano al autor. El articulista también se quejaba de la falta de transparencia en el manejo de los recursos del hospital pues eran estos fondos públicos y “bastante crecidos.” El autor cerraba su artículo con la siguiente solicitud a la legislatura local:
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“La Junta Directiva del Hospital General”, El Estado, 3 de septiembre de 1871, p. 2.
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…en vista de la opinión pública y de los deseos del pueblo á quien representan, se sirvan presentar la iniciativa de remover á la actual junta directiva del hospital general y de hacer las reformas que indicamos en nuestro anterior u otras que les dicten sus sentimientos humanitarios, pues de lo contrario el establecimiento marchará á su completa ruina y desmoralización.152
En respuesta a este artículo nos encontramos que a los pocos días se publicó un comunicado por parte de la Junta Directiva del hospital en donde manifestaba lo siguiente: No obstante que esta Junta ha cuidado con toda escrupulosidad que las cuentas de caudales que maneja la Tesorería de este establecimiento se presenten a su revisión cada mes para trasladarlas en seguida á ese Superior Gobierno, á fin de que por medio de la Contaduría mayor de Hacienda se revisen de nuevo y se glosen, en tales términos, que esta oficina tiene ya finiquitada hasta la cuenta del mes de Junio último, no habiéndoseles dado publicidad en el periódico oficial, sin duda por su estension (sic), ha creído conveniente ahora que por intereses bastardos, personales, y rastreros se pretende predisponer al publico contra ella, acompañarle los cortes de caja del mes de enero al de Agosto próximo pasado, suplicándole los mande a publicar por el periódico oficial junto con la presente comunicación, para que los hechos vallan (sic) dando á conocer á aquellos individuos que bajo el protesto del bien público, ocultan sus intereses personales no satisfechos.153
No sorprende esta respuesta por parte de la Junta; primero porque en el reglamento del hospital se especificaba el tipo de rendiciones de cuentas que se 152
“La Junta Directiva del Hospital General”, El Estado, 3 de septiembre de 1871, p. 2. Este comunicado está fechado el 7 de septiembre y firmado por Evaristo Solís, secretario de la Junta. A continuación se publican los primeros dos estados a partir del cierre del año de 1870, y se continúan publicando posteriormente los demás en diferentes números de la publicación bajo el nombre de “Tesorería del Hospital” e incluso anexando explicaciones sobre los capitales fincados o en préstamo y la garantía. Véase: “Junta Directiva del Hospital General de Mérida”, La Razón del Pueblo, 8 de septiembre de 1871, p.2; “Tesorería del Hospital General de Mérida”, La Razón del Pueblo, 8 de septiembre de 1871, p.2; 15 de septiembre de 1871, p. 3; 22 de septiembre de 1871, p. 3; 27 de septiembre de 1871, p. 1; 9 de Octubre de 1871, p. 4; 25 de octubre de 1871, p 2; 8 de noviembre de 1871, p. 3.
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tenían que hacer tanto de forma interna como a las autoridades correspondientes, fue una buena estrategia para contrarrestar las afirmaciones hechas por los que publicaban en El Estado, y de esta manera tambalear la credibilidad de las mismas, no dejando pasar la oportunidad de asestar su propio golpe al hacer hincapié en los intereses que ellos podían tener en el hospital, los cuales sí tenían.154 No encontramos información de que los autores de los artículos sobre el hospital insistieran en el tema de la junta, sin embargo no perdieron oportunidad de continuar con las presiones para ir quitándoles responsabilidades a las Hijas de la Caridad en el hospital, por ejemplo, aprovechando que se mencionaba la iniciativa del gobernador de dotar una botica que repartiera medicamentos gratis a los menesterosos, a lo que agregan: Según nos aseguran tiene la idea de que este beneficio lo reciba al mismo tiempo el Hospital general, colocando en su oficina de farmacia á una persona inteligente y titulada, la que quedara con el encargo y responsabilidad de atender como es debido al establecimiento y á los pobres que ocurran á él.155
No sabemos a ciencia cierta si este hecho ocurrió pero desde antes de que se publicase esta nota y como ya hemos tratado en una parte anterior de este trabajo existían ya en la botica del hospital otros empleados además de la Hija de la Caridad, específicamente un boticario con sus respectivos ayudantes.
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Recordemos que en un pie de página previo se hace mención de los cargos que posteriormente van a ocupar. 155 “Iniciativa”, El Estado, 12 de noviembre de 1871, p. 3.
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Por un tiempo no se vuelven a publicar notas al respecto del hospital en ese tono pero en septiembre de 1872 arremeten de nuevo, un autor anónimo esta vez, habla sobre el artículo escrito por Waldemaro G. Cantón quien “tuvo la suficiente energía para patentizar infinidad de abusos que han dado lugar, no solo el espíritu de intriga y de intolerancia, sino también las reformas absurdas formuladas por una Junta que se llama Directiva, sin que exista en su seno un solo facultativo”.156 Aluden además a un resumen de propuestas que “según hemos oído decir son las mejores para que marche aquel asilo”, con esto comprobamos que el gobierno no prestó atención al artículo que habían publicado el año anterior por las mismas fechas, de nuevo se solicitaba la remoción de los miembros de la Junta “para colocar en ella lo menos dos facultativos”.157 En esta ocasión la respuesta por parte del gobierno fue diferente, fueron removidos los miembros de la Junta y nombrados los siguientes: • • • • •
Yanuario Manzanilla (Presidente) Waldemaro G. Cantón (Secretario) José Millet (Primer Vocal) Domingo Evia Juan J. Martínez158
Además de la lista de nuevos miembros de la Junta se aprovechó para publicar la siguiente nota:
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“El Hospital General”, El Estado, 14 de septiembre de 1872, p. 4. “El Hospital General”, El Estado, 14 de septiembre de 1872, p. 4. 158 “Junta Directiva”, El Estado, 22 de septiembre de 1872, p. 4 y en “I. Cano y otros comunican al gobernador el aumento de sueldo al Director y practicantes; nombramiento del presidente de la Junta Directiva; comunicación de J. D. Patrón que se hace cargo de la dirección Del hospital general; etc.” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Correspondencia Oficial, Caja 297, Vol. 247, Exp. 58, Fojas 3-4, 9 de febrero a 23 de diciembre de 1872. 157
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En nuestro número anterior, suplicamos al Superior Gobierno del Estado, la remoción de los señores que antes formaban la referida Junta, y que se colocase en ella lo menos a dos facultativos. Todo esto se ha realizado. Las personas que hemos nombrado, demasiado conocidas en nuestra sociedad, por su ilustración y por su entusiasmo, son las que en nuestro concepto, pueden llevar a cabo grandes mejoras, en provecho de aquel establecimiento.159
Finalmente habían conseguido el anhelado control de la Junta Directiva y la administración del hospital. Oficialmente la Junta queda instalada el 23 de septiembre de 1872 y procedió a elegir a Waldemaro G. Cantón como secretario.160 De acuerdo a un acta posterior mientras se hizo revisión del archivo de la Junta anterior, siendo que no encontraron por ningún lado el inventario de todo lo que estaba a cargo de la Secretaría “se acordó que el nuevo secretario se lo exija á quien corresponda”.161 Así mismo señalaba que “no encontrándose papel, ni los demás enseres de escribir, e informada la Junta de que esos objetos no existían, se dispuso oficiar al Tesorero de los fondos, entregue veinte pesos á la secretaría para comprar lo necesario y remediar el estado deplorable en que la dejo la junta saliente”.162 La nueva junta como vemos no perdió oportunidad de criticar a la anterior y al publicar esas y otras actas de las sesiones vemos en ello un intento por demostrar su capacidad, superioridad y transparencia en el manejo de la 159
“Junta Directiva”, El Estado, 22 de septiembre de 1872. P. 4. “Junta Directiva del Hospital General de esta Ciudad. Acta de Instalación. Septiembre 23 de 1872. Presidencia del ciudadano Manzanilla”, La Razón del Pueblo, 4 de noviembre de 1872, p. 1. 161 “Sesión del 24 de Septiembre de 1872”, La Razón del Pueblo, 4 de noviembre de 1872, p. 1. Las negritas son nuestras. 162 “Sesión del 24 de Septiembre de 1872”, La Razón del Pueblo, 4 de noviembre de 1872, p. 1. Las negritas son nuestras. 160
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administración, aún cuando estas actas se publicaron con cierto atraso y solamente hasta la de octubre. Es importante destacar que de las reformas que proponían en los artículos publicados sobre las Hijas de la Caridad, ninguna de ellas se tiene noticia de que se llevaron a cabo; tampoco hay constancia de que se hiciera solicitud alguna para alejarlas de la administración del hospital. Nuestro punto de vista es que a pesar de lo que ellos pretendían hacer creer sobre “la mala administración” de las hermanas no lo podían probar, además de que es posible que se dieran cuenta que su salida causaría un descontento entre la población por lo que de momento prefirieron dejas las cosas así. Incluso la junta entrante envió un comunicado oficial a la superiora en donde se le informaba de la instalación de la Junta, así como de que el presidente de la misma sería el primer encargado en supervisar el primer mes el funcionamiento del hospital.163 Un aspecto a tomar en consideración es que quizás los nuevos miembros de la Junta sabían que con la victoria de Lerdo de Tejada, y los ánimos algo más exaltados en el centro del país en contra de las hermanas era cuestión de tiempo que se retomara la política anti-religiosa, cualquiera de las opciones anteriores quedan abiertas a la reflexión. En septiembre de 1873 se envió al gobernador la terna de los candidatos para suplir al presidente y los dos vocales que debían salir por haber concluido su
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“Sesión del 24 de Septiembre de 1872”, La Razón del Pueblo, 4 de noviembre de 1872, p. 1.
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periodo164, fueron nombrados para tal fin Juan Nicolín como presidente, Andrés Aznar y Pérez como segundo vocal aunque desconocemos quien resulto elegido para el cargo de primer vocal.165 Para conformar la Junta Directiva de 1874 se solicitó el nombramiento de los vocales tercero y cuarto siendo que originalmente habían elegido a Esteban Martínez y Emilio MacKiney quienes “no habiendo prestado la promesa que previene la suprema ley de 1873” no podían formar parte de la misma por lo que se solicitó se designaran las personas que debían ocupar esos puestos.166 En mayo renunció Juan Nicolín por lo que también se solicitó el nombramiento de un nuevo integrante, firmando el documento los demás miembros de la Junta que se enlistan a continuación: Waldemaro G. Cantón, Manuel Vargas, Idelfonso Ancona, Monforte y Andrés Aznar Pérez.167 Posteriormente en noviembre del mismo año
164
“I. Cano comunica al Gobernador la lista de nombramientos que la junta directiva asigno en los cargos del Presidente, Vocal Primero y Segundo” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Dirección del Hospital General, Serie Salud Publica, Caja 308, Vol. 258, Exp. 3, Fojas 1,3, 16 de septiembre de 1873. 165 “Comunicaciones sobre la relación de estancias causadas por individuos del batallón 20, nombramiento del Vocal segundo de la Junta Directiva del Hospital y el Fallecimiento de Ramón Mendoza” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Gobierno del Estado General, Serie Correspondencia Oficial, Caja 304, Vol. 254, Exp. 27, Fojas 3, 20 de septiembre de 1973. En este mismo Expediente encontramos la única comunicación de Sor María Orsat para esos años siendo ella quien informa de un fallecimiento acaecido en el hospital. Foja 4, 21 de septiembre de 1873. 166 La Suprema ley a la que hacen referencia son Adiciones a las Leyes de Reforma añadidas a la Constitución, de las que hablaremos en la última parte de la tesis. “Andrés Aznar Pérez y Juan N. comunican al Gobernador la solicitud para nombrar a las personas que debieron integrar la Junta Directiva del Hospital General, renuncia del vocal cuarto, enajenación de muebles inútiles por escasez de fondos., etc.” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Correspondencia Oficial, Caja 309, Vol. 259, Exp. 16, Foja 1, 13 de enero de 1874 167 . “Andrés Aznar Pérez y Juan N. comunican al Gobernador la solicitud para nombrar a las personas que debieron integrar la Junta Directiva del Hospital General, renuncia del vocal cuarto, enajenación de muebles inútiles por escasez de fondos., etc.” AGEY, Fondo
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se volvió a hacer mención de la falta de cuarto vocal de la Junta y se nombró a Waldemaro G. Cantón quien ya formaba parte de la misma de acuerdo a otros documentos que hemos revisado.168 Como vemos es complicado seguir la pista a los miembros de la Junta ya que no todos firman siempre los documentos y en algunos casos aparecen nuevos sin que encontremos documentación sobre la renuncia y sustitución de algunos; aun así tratamos de identificarlos debido a la conocida filiación política de algunos de ellos. En cuanto a las finanzas, nuevamente el nosocomio se encontraba en apuros económicos debido a las escasas entradas del hospital y al adeudo en el pago de la asignación por parte del gobierno del estado debido a los constantes atrasos en el pago de su cuota169; por lo que la Junta decide aumentar sus arcas rematando algunos “muebles inútiles”, mismos que fueron enlistados y avaluados Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Correspondencia Oficial, Caja 309, Vol. 259, Exp. 16, Foja 2, 2 de mayo de 1974. 168 En este mismo documento se nombra a José D. Patrón como Director del Hospital, aunque también de acuerdo a información presentada más arriba ya había sido nombrado antes para ese puesto. “Andrés Aznar Pérez y G. Cantón solicitan al Gobernador el pago de lo que se la adeuda al Hospital General y la relación de aspirantes a la Dirección” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Administración, Caja 310, Vol. 260, Exp. 55, Foja 2, 27 de noviembre de 1874. 169 Esa asignación consistía en un pago mensual de 200 pesos siendo que desde agosto de 1873 no se efectuaba el mismo, debido a esto la Junta manda un comunicado en el que señala que la falta de este dinero iba en “perjuicio de la humanidad doliente y de las mejoras que no pueden realizarse con semejante desequilibrio en el presupuesto.” A fines del año la situación no había mejorado mucho en ese sentido pues si bien de acuerdo a un acta de cabildo con fecha de 29 de noviembre de 1873, la Tesorería reconocía el adeudo al hospital, pero que no consta ese capital en el presupuesto de gastos vigente aunque señalan que se le había entregado al nosocomio una bomba que se solicito por valor de 300 pesos. “Andrés Aznar Pérez y G. Cantón solicitan al Gobernador el pago de lo que se la adeuda al Hospital General y la relación de aspirantes a la Dirección” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Administración, Caja 310, Vol. 260, Exp. 55, Foja 1, 8 de mayo de 1874 y “Ayuntamiento Constitucional de Mérida. Acta de Cabildo”, La Razón del Pueblo, 1 de diciembre de 1873.
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por Felipe Capetillo para su venta, estos objetos eran diversos e iban desde un carretón de difuntos en cuarenta y cinco pesos hasta una rueda vieja de noria en un peso con doce y medio centavos. De acuerdo al avalúo, el total que se planeaba recaudar era de quinientos veintiocho pesos con veinticinco centavos.170 En respuesta a la solicitud por parte de la Junta al gobierno para el pago del dinero adeudado, el tesorero general del estado informó de la entrega al hospital de lo correspondiente al mes de enero y una quincena de febrero, y que si no se habían efectuado los pagos era por la falta de recursos del erario aunque se comprometió a pagar a la brevedad posible el dinero adeudado al hospital.171 Ante la falta de solución y el creciente déficit económico del hospital la Junta propuso a la Legislatura aprobara dos medidas para incrementar sus ingresos que serían: 1º Se aumenta a dos pesos más sobre el 6% el rédito de los capitales de que goza el Hospital General. 2º el pago se hará por trimestres adelantado, y con entera sujeción á lo que establece la ley de 17 de agosto de 1872.
Los firmantes terminaban el comunicado confiando en que la Legislatura “acoja favorablemente esta iniciativa, teniendo la seguridad de que redundará en
170
“Inventario y avalúo de los muebles inútiles del Hospital General de esta Ciudad formado por acuerdo de la Junta Directiva para proceder a su enajenación”. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Publica, Caja 310, Vol. 260, Exp. 33, Fojas 1-3, 1 de abril de 1874. 171 “J. Pon y Juan Molina comunican al Gobernador el adeudo que reclama la Junta Directiva del Hospital General.” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Tesorería General de las Rentas del Estado de Yucatán, Serie Hacienda, Caja 310, Vol. 260, Exp. 66, Foja 1, 13 de mayo de 1874.
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beneficio del Hospital General y por consiguiente de la humanidad doliente que ocurre á él para el alivio y curación de sus enfermedades”.172 El problema continúa hasta finales de ese año pues en un comunicado posterior se señalaba que de septiembre a noviembre no se encontraba ningún registro de abono al hospital de la suma que le correspondía, pero que aun así les resultaba imposible pagarlo debido a que por ser cierre de año se desequilibraría el presupuesto de egresos con el de ingresos. Aun cuando se comprometió el tesorero a cubrir el adeudo, vemos posteriormente que durante todo el año de 1874 el hospital a diferencia de otros años estuvo constantemente en aprietos financieros, lo que pudo haber dificultado su operación.173 Al no existir información que pruebe lo contrario, podemos afirmar que las Hermanas de la Caridad continuaron prodigando sus cuidados y consuelo a los pobres y necesitados del hospital,174 hasta que en 1874 se dio un suceso que
172
“Andrés Aznar Pérez comunica al Gobernador que el Hospital General necesita importantísimas reformas y mejoras que no han podido llevarse a cabo por falta de recursos” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Junta Directiva del Hospital General, Serie Salud Publica, Caja 310, Vol. 260, Exp. 67, Fojas 1-2, 15 de mayo de 1874. La ley a que hacen referencia es en realidad de fecha del 19 de agosto de 1871 Ancona, Eligio, 1882, Tomo IV, p. 294. 173 “J. Pon y Juan Molina comunican al Gobernador el adeudo que reclama la Junta Directiva del Hospital General.” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Tesorería General de las Rentas del Estado de Yucatán, Serie Hacienda, Caja 310, Vol. 260, Exp. 66, Foja 2, 7 de diciembre 1874. 174 No existe más información en documentos, en que se mencione la labor de las Hijas de la Caridad para su ultimo año en el hospital a excepción de las boletas de entrada para los presos de la cárcel pública, enviadas a la Superiora, siendo que con ello podemos comprobar que seguía cumpliendo al menos esa parte de las responsabilidades designadas a ella en el reglamento. “Cayetano Cárdenas presenta cuenta documentada por estancias de presos enfermos en el Hospital General en los meses de Marzo a Abril de 1874” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección Cárcel Publica del Estado, Serie Justicia, Caja 309, Vol. 259, Exp. 42, Fojas 2-7, 16 de enero al 30 de mayo de1874.
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sacudió a la sociedad mexicana causando diferentes reacciones por parte de sus miembros. Los acontecimientos y reacciones que se originaron con la aprobación de las adiciones a la Ley Orgánica de Reforma hasta la salida de las Hijas de la Caridad, los estudiaremos en la siguiente y última parte de este trabajo.
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TERCERA PARTE LAS HIJAS DE LA CARIDAD SE MARCHAN: LA LEGISLACION, PRENSA Y REACCIONES PARTICULARES E INSTITUCIONALES.
Las Hermanas volarán á prestar sus servicios á otra parte; llevarán las bendiciones de los necesitados, y esa ley se modificará en otro periodo; la libertad no puede encadenarse á perpetuidad… Los votos que sigan el dictamen de la comisión, arrancaran de nuestra patria las bellas flores de la caridad, para dejar un desierto en el corazón de los pobres. Dip. Rafael Martínez de la Torre Id santas Mujeres, á tierras menos ingratas; en todas partes hay lágrimas y miserias; rogad al Dios que os dá ese valor que os hace tan admirables, que haga brillar para México el sol de la verdadera libertad. Néstor Rubio Alpuche
En 1873 el Presidente Sebastián Lerdo de Tejada decide elevar a rango constitucional la Ley Orgánica de Reforma, y si bien se esperaba que de la misma manera que Juárez mantuvo la institución de las Hijas de la Caridad, Lerdo hiciera lo mismo, esto no sucedió así, y a nivel nacional se abrió el debate sobre la permanencia de las hermanas en el país o su supresión por ser una agrupación religiosa.
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En diciembre de 1874 se somete a votación en el congreso y se aprueba la adición de dichas Leyes y las modificaciones que se hicieron y que debido a su naturaleza anti-religiosa proscribían la permanencia de las Hijas de la Caridad en los establecimientos de beneficencia; prohíbe que vivan en comunidad y que utilizaran la vestimenta propia de su instituto, por lo que para poder continuar con su benéfica labor deciden abandonar el país. La salida de las Hermanas de la Caridad del país y del estado fue un acontecimiento de gran polémica, ya sea por un lado quienes la celebraron y consideraron como una decisión acertada, y por el otro los que la consideraron una injusticia, un atropello a la libertad religiosa e incluso una tragedia para la beneficencia mexicana. Sin duda a pesar de las diferentes posturas, fue un hecho relevante, que impactó a la sociedad de diferentes maneras, presión de la Iglesia para no jurar la constitución, la movilización de los católicos para protestar por la aprobación de las leyes y la suma de miles de mujeres a lo largo del país que de diferentes formas expresaron su inconformidad por la expulsión de las hermanas. El descontento no fue pasajero, el tema del regreso de las hermanas se mantuvo por largo tiempo en la prensa aunque de manera menos frecuente que al principio, por otro lado, las asociaciones ligadas a las Hijas de la Caridad de las que ya hemos hablado, tomaron a su cargo con redoblados esfuerzos el apoyo a los más necesitados hasta construir una amplia red asistencial a lo largo y ancho del país hasta entrado el siglo XIX, manteniéndose algunos de estos grupos hasta nuestros días. También surgieron nuevas sociedades, formadas por grupos de
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católicos que alentados por la publicación de la encíclica Rerum Novarum en 1881 comenzaron a incursionar en las actividades de asistencia.1 Después de haber examinado la participación de las Hermanas de la Caridad en el sistema benéfico en Yucatán y saber el impacto de sus actividades de asistencia y educación, resulta importante conocer las diferentes reacciones de la sociedad ante su salida. Por ello a continuación las exploraremos a través de la hemerografía de la época y de los años posteriores. Analizaremos publicaciones nacionales y locales enfocándonos especialmente en dos: El Pensamiento y El Mensajero, el primero liberal y el segundo católico que se enfrascaron en una disputa editorial a la defensa de sus ideales durante largo tiempo, en este caso solo tocaremos el tema de la salida de las Hermanas de la Caridad. Es de interés también para este trabajo saber lo que pasó con los establecimientos de beneficencia una vez que salieron las hermanas del país, por lo que en el tercer apartado de esta parte, estudiaremos cuales fueron los principales cambios y permanencias que se dieron en la administración del Hospital General de San Juan de Dios, siendo que éste era el único atendido por las hermanas en la ciudad de Mérida que pertenecía a la Beneficencia Pública.2
1
Para mayor información sobre las actividades de los grupos vicentinos tanto masculinos como femeninos véanse los diferentes artículos de Silvia Arrom sobre el tema citados en la bibliografía, así como Ceballos Ramírez, Manuel, 1991. 2 La escuela y el asilo, como ya hemos visto eran de carácter privado, y en los apartados anteriores ya hemos explicado que fue lo que ocurrió con ellos a la salida de las Hijas de San Vicente.
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EL RADICALISMO LIBERAL Y LA EXPULSIÓN DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD. Como ya hemos mencionado las Hermanas de la Caridad se establecieron en nuestro país en 1844, durante esta etapa, no teniendo mayor problema en realizar la tarea que se les había encomendado y en establecer sus fundaciones a lo largo y ancho del país, posteriormente con la promulgación de las Leyes de Reforma, su situación en México peligró. El 26 de febrero de 1863 se publicó una ley que dictaba que en México se suprimían las órdenes religiosas, la cual causó una gran conmoción en la profundamente católica sociedad decimonónica; paradójicamente fue esta misma ley la que protegió a las Hermanas de la Caridad durante los siguientes 10 años. En esta ley se ordenaba que fueran suprimidas las comunidades religiosas, cerrados los conventos, y señalaba que los recursos de éstos pasarían a manos de la federación; en este decreto aparecían varios motivos por los cuales se consideraba que dichos conventos deberían cerrarse, entre estos se mencionaba que los bienes materiales y económicos serían de gran utilidad para el gobierno, los recintos serían utilizados para establecer hospitales de sangre así como para dar alojamiento a los heridos y/o familias de quienes murieran en la guerra contra los franceses, señalaba así mismo la incompatibilidad de los votos de las religiosas con la libertad y la ley de cultos. Otra de las razones era que el “contrato” que las monjas realizaban por medio de los votos no podía ser modificado y que sus aplicaciones de éstos “se imponen según la voluntad de ciertos individuos a otros que deben aceptarla
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durante su vida entera…”, por mencionar algunos de los motivos que dentro del texto están considerados como “justos y de pública utilidad”.3 Así mismo se menciona el destino de los demás bienes que se encontraban en los conventos, que éstos debían desocuparse en un máximo de ocho días a partir de la publicación del decreto, mencionando que la dote de las religiosas les sería restituida, mientras tanto el gobierno se encargaría de su manutención y ellas podían conservar los bienes que fueran de su uso personal en el convento.4 En esta misma ley aparecía un artículo que dejaba sumamente clara la postura del gobierno juarista respecto a las Hermanas de la Caridad; era el siete, y decía que “lo prevenido en este decreto no comprende a las Hermanas de la Caridad”. Dicho artículo venía respaldado por toda una justificación de por qué las Hermanas de la Caridad podían continuar realizando sus actividades; en el mismo texto se señaló lo siguiente: Que la supresión de comunidades religiosas ahora existentes no comprende ni debe comprender a las Hermanas de la Caridad, que aparte de no hacer vida común, están consagradas al servicio de la humanidad doliente.5
¿Cuáles fueron las razones por las cuales Juárez no aplico la supresión en el caso de las Hermanas de la Caridad?, si bien en el texto se señala que es debido a la labor que realizaban dentro de la beneficencia, también debemos 3
López Chantal y Omar Cortés, 2004. López Chantal y Omar Cortés, 2004. Para el caso de Yucatán no se llevó a cabo la exclaustración de monjas sino hasta la restauración de la Republica, para más información sobre el tema véase a Serrano Catzín, José, 1998, pp.52-68. 5 López Chantal y Omar Cortés, 2004. Las negritas son nuestras. 4
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considerar como importante el hecho de que las Hermanas de la Caridad, no tenían propiedades, ni bienes excesivos como las otras órdenes6, su labor la llevaban a cabo dentro de los recintos a su cuidado, es decir, escuelas, hospitales, asilos, hospicios, entre otros. Además muchos de ellos eran establecimientos públicos, o que primero fueron religiosos, y posteriormente se convirtieron en públicos, otro punto importante fue que ellas si bien trabajan en estos lugares, el sueldo que cobraban era mínimo e incluso se les adeudaba por varios meses; su horario podía alargarse todo el día si era necesario, lo cual resultaba bastante conveniente cuando es sabido que no habían muchos recursos en ese momento en el país, y menos después de la guerra contra los franceses, por lo que la permanencia de las hermanas, obedece también a una conveniencia por parte del Estado. No debemos olvidar que en 1861 ya se había decretado la secularización de los establecimientos de beneficencia7, y aún cuando el gobierno tuviera toda la intención de llevar a cabo esta acción por completo, difícilmente hubieran podido mantenerlos todos, además las hermanas contribuían al sostenimiento de los mismos debido a los donativos que se hacían gracias a ellas. Durante la época del Segundo Imperio, las hermanas no tuvieron el menor problema, esta institución era ya bien conocida por los emperadores y se encargaron –especialmente Carlota- de fomentar la fundación de nuevas casas, ejemplo de esto fue la fundación de la casa en Mérida, establecida por mediación 6
Cox, Patricia, 1989, p. 147. Uno de los votos de las Hermanas de la Caridad es el de pobreza. 7 López Chantal y Omar Cortés, 2004.
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de la Emperatriz. Después de la caída del Imperio, el gobierno de Juárez mantuvo la misma postura con las Hermanas de la Caridad mostrada en 1863 y continuaron atendiendo los establecimientos de beneficencia y aún entregándoles otros.8 En 1873 se deja sentir fuerte sentimiento anticlerical y el 25 de septiembre el nuevo presidente Sebastián Lerdo de Tejada9 promulga las Adiciones a las Leyes de Reforma añadidas a la Constitución, estas adiciones de acuerdo a Serrano “incorporaban al texto de la Constitución los puntos más importantes de las leyes”10 pero no de la misma manera que originalmente fueron promulgadas, sino que hace algunos cambios significativos aprobados por el Congreso en diciembre de 1874; en medio de fuertes discusiones entre los que apoyaban la permanencia de las hermanas y sus detractores que controlaban la mayoría del poder legislativo federal. En la ciudad de Mérida se publicó el cuatro de enero de 1875 en el periódico oficial La Razón del Pueblo la ley orgánica de las adiciones y reformas constitucionales expedidas por el Congreso de la Unión: Artículo 1.- El estado y la Iglesia son independientes entre sí. No podrán dictarse leyes estableciendo o prohibiendo religión alguna; pero el Estado ejerce autoridad sobre todas ellas, en lo relativo á la conservación del orden público y á la observancia de las instituciones.11
8
Véase el Caso de Morelia -la congregación se instaló en esta Ciudad en 1872- en Vázquez Carmona, Alejandra, 2008. 9 Sebastián Lerdo de Tejada, fue Hermano de Miguel Lerdo de Tejada, que fue en realidad quien propuso la conocida como Ley Lerdo. 10 Serrano Catzín, José, 1998, p. 74. 11 Del Castillo Velasco, José, 1879, p. 196; La Razón del Pueblo, 4 de enero de 1875, pp.1-2.
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Otro artículo que se sometió a votación y que está relacionado con éste fue el Artículo 13 que para hacer un análisis más completo citamos a continuación: Las instituciones religiosas son libres para organizarse jerárquicamente, según les parezca; pero esta organización no produce ante el Estado más efectos legales que el de dar personalidad á los superiores de ellas en cada localidad para los efectos del artículo 15. Ningún ministro de ningún culto podrá, por lo mismo, á titulo de su carácter, dirigirse oficialmente á las autoridades. Lo hará en forma y con los requisitos con que
puede hacerlo todo ciudadano al ejercer el derecho de petición.12
La primera disposición en combinación de lo relativo a la libertad de organización de las instituciones religiosas, serían las que en gran medida provocarían las mayores argumentaciones en el Congreso debido a lo que se especificaba sobre la tolerancia religiosa; alegarían que al ser “expulsadas” las Hermanas de la Caridad se estaba violando la ley pues si no se podía prohibir ninguna religión, y que si existía además libertad religiosa, entonces no se podían prohibir las practicas que acompañaban a la misma; parte de estas prácticas precisamente justificaban la existencia y presencia en las instituciones de beneficencia de las Hermanas de la Caridad, quedaban entonces protegidas por ley: tolerar el catolicismo, es consentir en que los que lo profesan crean, hagan y puedan hacer todo lo que ese sistema religioso ordena creer, manda ó aconseja hacer. Y una de las obras que el catolicismo recomienda es que las católicas que sientan una inclinación no irreflexiva, transitoria y apasionada, si no meditada, calmada y decidida a prestar los oficios humanitarios a que se consagran las hermanas de la caridad; en el instituto así denominado fundado por San Vicente de Paúl, entren á esta asociación. Tolerar pues, el catolicismo en un país, importa
12
Del Castillo Velasco, José, 1879, p. 402.
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consentir que en él pueda haber Hermanas de la Caridad; y prohibir su existencia es violar el principio de tolerancia religiosa.13
Las adiciones y reformas a la constitución decretadas también prevenían lo siguiente: Artículo 5.- Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento. El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso. La ley, en consecuencia, no reconoce órdenes monásticas ni puede permitir su establecimiento, cualquiera que sea la denominación u objeto con que pretendan erigirse. Tampoco puede admitir convento en que el hombre pacte su proscripción o destierro.14
Este artículo como podemos ver, decreta la extinción de todo tipo de órdenes monásticas, y no conserva la excepción que Juárez y los reformistas habían hecho en 1863. Punto interesante es que se justifica esta legislación debido a la “pérdida de libertad” que produce permanecer en el claustro pero en el
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El documento donde se extrajo esta información es una contestación a una publicación hecha por el Diputado Oaxaqueño Tiburcio Montiel, pero por alguna confusión se le pone como el autor del escrito. Montiel, Tiburcio, 1874, p. 9. A ese respecto Rafael Martínez de la Torre apunto lo siguiente en su discurso: “Pasó por siempre el funesto error de que la libertad solo debe aprovechar á determinados círculos. Nuestros reformadores sin odio ni pasión, quisieron que la libertad fuera el inquebrantable vínculo de unión para los mexicanos y de salvación para nuestra patria adorada. Nosotros no podemos retroceder, y el retroceso es aprobar el art. 20, por que pone limitaciones y trababas políticas á la libertad de conciencia: libre debe ser el hombre, libre su conciencia, libre su religión, libre su adoración al Ser Supremo, libre el alma en sus Pensamientos, libre el cuerpo en su abnegación y en sus sacrificios, y esa escala aunque la filosofía del siglo XIX no tiene límites, porque es infinita, va á tener hoy por regulador un policía, que con más o menos criterio, con mayor o menor abuso de sus facultades , puede decirles á las instituciones ya garantizadas por el artículo 13: sois orden monástica, y estas se han extinguido; desapareced, desapareced.” 13 Discurso que pronuncio el diputado Rafael Martínez de la Torre en la sesión día 3 de diciembre de 1874 sosteniendo la existencia legal de las Hermanas de la Caridad conforme a las instituciones de la República y leyes de reforma. México, 1875, pp. 19-20. 14 Del Castillo Velasco, José, 1879, p. 397.
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caso de las Hermanas de la Caridad, ellas no tienen voto de clausura. Aun así en 1873 no queda claro si esta legislación habría de afectar a las hermanas, si no que debieron esperar a que se discutiera en el Congreso, aprobándose su inclusión en noviembre de 1874. Procediendo a la publicación de los siguientes artículos constitucionales en enero de 1875:
Artículo 19.- El estado no reconoce órdenes monásticas ni puede permitir su establecimiento, cualquiera que sea la denominación u objeto con que pretendan erigirse. Las ordenes clandestinas que se establezcan se consideraran como reuniones ilícitas que la autoridad puede disolver, si se tratare de que sus miembros vivan reunidos; y en todo caso los jefes, superiores y directores de ellas serán juzgados como reos de ataque á las garantías individuales, conforme al artículo 963 del código penal del distrito que se declara vigente en toda la república. Artículo 20.- Son órdenes monásticas para los efectos del artículo anterior, las sociedades religiosas, cuyos individuos vivan bajo ciertas reglas peculiares a ellas mediante promesas ó votos temporales o perpetuos, y con sujeción á uno ó más superiores, aún cuando todos los individuos de la orden tengan habitación distinta. Quedan por lo mismo, sin efecto las declaraciones primera y relativas de la circular del Ministerio de Gobernación, de 28 de Mayo de 1861.15
Estas adiciones constitucionales son fundamentales para este trabajo; primero que nada el artículo diecinueve penalizaba las órdenes monásticas, siendo que desde los inicios de la Iglesia católica una característica de quienes profesaban en la fe y querían dedicar su vida a ella era la constitución de esas agrupaciones. Y segundo, en el articulo veinte es interesante la manera con que el gobierno Lerdista elimina, sin hacerlo directamente, la orden de las Hermanas de la Caridad, cuando hace mención de los votos, se detalla que no importa que 15
Del Castillo Velasco, José, 1879, pp. 403-404 y en La Razón del Pueblo, 4 de enero de 1875. pp. 1-2. La declaración primera era en la que Juárez señalaba que no se consideraba orden monástica a las Hermanas de la Caridad. Las negritas son nuestras.
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estos fueran temporales, lo cual para algunos era una tergiversación de las Leyes de Reforma como podemos ver en el siguiente discurso pronunciado en el congreso: …los reformadores distinguían como el gran pensador del siglo, Víctor Hugo, el claustro de la oración, el claustro de la mujer devota y solitaria que es el encierro de la monja, de la casa matriz de las Hermanas de la Caridad, de donde salen para los Hospicios, Casas de Expósitos, Hospitales y demás Casas de Beneficencia, adonde llevan toda su fuerza, y todo su poder físico, para prestar servicios que no son del régimen monacal. Las Hermanas no viven dentro del monasterio, están en dispersión y cruzan las calles llevando la ofrenda de la Caridad á los que tienen hambre, medicinas á los que sufren, sus servicios á los que los necesitan, y el consuelo, cuanto les es posible, á todos los desgraciados. ¿No veis séniores, que es el ascetismo, la vida contemplativa, el monaquismo, lo que ha querido la Comisión en su artículo 20 aplicar á las heroicas, á los ángeles de la Caridad? ¡Cuánto error de apreciación! 16
El Diputado por el estado de Puebla Rafael Martínez de la Torre trató de hacer comprender que se está mal interpretando, el hecho de que las Hermanas de la Caridad fueran parte de una congregación religiosa no significaba que por eso fuera una orden monacal y que con las acciones que llevaban a cabo en los establecimientos de beneficencia podía probarse ese punto que ellos no querían ver, cegados por un fanatismo que para él era igual de peligroso que el fanatismo religioso, el texto continua de la siguiente manera: Confundir el monaquismo con el servicio activo de la Caridad, es confundir la quietud con el movimiento; es reunir en un punto la clausura estacionaria y la maniobra incesante de día á día, de hora á hora, de minuto á minuto, en que las Hermanas van y vienen de los Hospitales á los Hospicios, de los Hospicios al Asilo y del Asilo 16
Discurso que pronuncio el diputado Rafael Martínez de la Torre en la sesión día 3 de diciembre de 1874 sosteniendo la existencia legal de las Hermanas de la Caridad conforme a las instituciones de la República y leyes de reforma, 1875, pp. 7-8.
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á los lúgubres e insanos cuartos de los pobres, á las camas pestilentes de los enfermos. Ver bajo el mismo aspecto, juzgar por el mismo raciocinio al monaquismo y a las hermanas de la caridad, es confundir los votos eternos con la promesa temporal de castidad, es confundir el cerebro absorto, la inteligencia encadenada, el corazón en suplicio, el alma encerrada, la vida contemplativa, la adoración de los dogmas con el cerebro y el alma, con el corazón de las hermanas, que olvidadas de sí mismas, piensan, quieren, y sienten para sus pobres enfermos, para sus niños expósitos, para los desheredados de todo bien, para los que herederos de todas las desgracias solo ven el mundo á través del dolor, del hambre, de las desnudez y de la miseria.17
Y es que el autor usando pruebas como las leyes, definiciones del diccionario e incluso los estatutos de las Hijas de la Caridad trataba de demostrarles el error que se estaba cometiendo: Los Legisladores de la Reforma, los diccionarios de todos los idiomas y los estatutos de la Asociación de las Hermanas, dicen que no son institución monástica: ¿Qué vais, pues, á hacer, declarando que en México son una orden monástica? ¿Queréis decirle al mundo entero: “Os habéis equivocado creyendo que la institución de las Hermanas de la Caridad no es una orden monástica?” ¿Queréis decirle al pueblo americano: “Esa institución es contraria á la libertad?” ¿Pretenderéis entonces enmendar lo que creen y practican en Inglaterra, Francia....?? Puede México figurarse que esta á una altura, que en esa materia de lecciones de libertad á pueblos como Inglaterra, y los Estados Unidos? En la paz y en la guerra, esas naciones aman y respetan la institución de las Hermanas. Si queréis, tratad al menos la cuestión separadamente. Suprimid la célebre definición que establece con tanta irregularidad el artículo 20, de ordenes monásticas, y afrontad con toda claridad esta cuestión: “Deben suprimirse las Hermanas de la Caridad.” Para ello no sacrifiquéis las reglas de la lógica, de la legislación misma. En este debate, las hermanas son un detalle; y haréis mejor tratando la cuestión separadamente, por que al menos no pondréis toda la cuestión religiosa en el arbitrio de la policía.18 17
Discurso que pronuncio el diputado Rafael Martínez de la Torre en la sesión diciembre de 1874 sosteniendo la existencia legal de las Hermanas de la conforme a las instituciones de la República y leyes de reforma, 1875, p. 8. 18 Discurso que pronuncio el diputado Rafael Martínez de la Torre en la sesión diciembre de 1874 sosteniendo la existencia legal de las Hermanas de la conforme a las instituciones de la República y leyes de reforma, 1875, pp. 21-22.
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día 3 de Caridad día 3 de Caridad
Así las Hermanas de la Caridad, serían consideradas una orden monástica, sin derecho a permanencia como agrupación, además de que no podrían vivir juntas, ni utilizar sus vestimentas, porque lo que si bien la ley no las expulsó directamente, sí lo hizo como orden religiosa y es por eso algunos argumentan que no se les expulsó,19 sino que ellas decidieron irse; aunque no parece ser así al leer los artículos mencionados que prácticamente les prohibían continuar llevar a cabo su labor caritativa como comunidad. Los diputados Yucatecos que firmaron el documento de las Adiciones de la Ley Orgánica de Reforma Fueron: Pablo Rocha y Purtu, Andrés Urcelay, J. Rendón Peniche
–quien voto en contra de la expulsión-, Roberto Rivas, O.
Molina, Francisco H. y Hernández, Domingo Evia y Vicente Mariscal.20 El 14 de diciembre de 1874 se envió una circular a todos los estados para su publicación en los periódicos oficiales sobre las disposiciones del Ejecutivo “en virtud de haber quedado suprimida en la Republica la Asociación de las Hermanas de la Caridad”, otorgando a las hermanas que hubiesen decidido abandonar el país un permiso de treinta días a partir de la publicación del mismo para continuar viviendo comunidad mientras disponían su viaje, permanecer en los recintos de beneficencia que atendían mientras las autoridades designaban a las personas que las sustituirían, así como para usar su vestimenta tradicional durante el viaje.21
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Veremos referencias del tema en el apartado siguiente. Del Castillo Velasco, José, 1879, pp. 389-399. Sobre los votos a favor, en contra abstenciones y ausencias en la sesión véase: “Votación Memorable”, La Iberia, 8 de diciembre de 1874, p. 3. 21 “Acuerdo sobre disposiciones para que las Hermanas de la Caridad puedan trasladarse a otro país por haberse suprimido su asociación”. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo, Sección 20
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Causando reacciones opuestas entre la sociedad meridana como la expresada en las siguientes líneas: …Ha sido aprobado por el congreso el artículo 20 de la ley que reglamenta las adiciones y reformas a la constitución, pues aunque se creía generalmente que sería el referido artículo, desechando según la actitud inusitada que tomo el pueblo durante la discusión, pero la lógica de los números triunfó al fin y creemos que no la justicia ni la razón. Al menos esta es nuestra opinión. Lamentamos en verdad la expulsión… de las Hermanas de la Caridad, pues aunque la ley no manda esto. Pero al prohibírseles que salgan a la calle sin su histórico traje, y ni que puedan vivir juntas es lo mismo que notificarles que se separen de los asilos y los orfanatorios; en fin que se crucen de brazos y no llenen el objeto de su institución…22
El artículo continúa en ese sentido, resaltando la importante pérdida que es para el país el no contar más con los servicios caritativos prestados por las hermanas en el cuidado de los enfermos, el auxilio a los pobres, la educación de las niñas pobres y los cuidados a los niños huérfanos. Mencionaba también la valiosa labor que habían desempeñado en el hospital y todo sin recibir nada a cambio; solo por su vocación y amor a Dios, sin importar que estuvieran lejos de sus familias, o a su condición social, debido a que muchas de ellas pertenecían a familias ricas, y aun así trabajaban teniendo solamente lo necesario para comer y vestir.23 En Mérida
las
Hermanas
de la Caridad
abandonaron la ciudad
embarcándose en el puerto de Progreso en medio de grandes muestras de cariño y tristeza por parte de la sociedad que en muchos lugares se mostró indignada ante
Secretaria del Estado del Despacho de Gobernación, Serie Leyes y Decretos, Caja 312, Vol. 262, Exp. 89, 14 de diciembre de 1874 y fue publicado en La Razón del Pueblo, 4 de enero de 1875, p. 2. 22 “Hermanas de la Caridad”, La Caridad, 17 de diciembre de 1874. p. 202-203. 23 “Hermanas de la Caridad”, La Caridad, 17 de diciembre de 1874. pp.202-203.
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el “atropello” que sufrían esas “santas mujeres” y que se hizo patente en la publicación de artículos de despedida especialmente en la prensa católica como fueron La Caridad, El Tío Luna, El Mensajero e incluso en La revista de Mérida, siendo esos de los que tenemos constancia.24 Las Hermanas de la Caridad que sirvieron en Mérida en algún momento, algunas aún hasta su destierro y de las que hemos podido rescatar sus nombres, Origen y el destino posterior pues muchas de ellas permanecen en el anonimato fueron: Sor María Orsat (Superiora del Hospital, francesa, regresa a su país de origen), Sor Vicenta Ribrolles (cuidado de los dementes, francesa, enviada a Lorca, España), Sor Jesús Contreras (Guadalajara), Sor Juana Gómez (Originaria de Guadalajara, enviada a Italia) Sor Juana Chávez (Boticaria, procedente de Guadalajara y enviada a Francia), Sor Ambrosia Tortolero, (Originaria de Guadalajara, enviada a Constantinopla) Sor Luisa Muñoz, Sor Luisa Cárdenas (Muere en el Sitio de 1867), Sor Magdalena Muñoz (Encargada del Asilo, Originaria de Guadalajara y enviada a Argentina), Sor Refugio Lozano (De Guadalajara, enviada a Málaga, España), Sor Luisa González (Originaria de Saltillo, enviada a Francia), Sor Teresa Masor (Colegio del Sagrado Corazón), Sor Alfonsina Gaudon (francesa, Fue Directora del Colegio en un periodo, se encontraba en la ciudad de México para la expulsión y regresó a Francia, ), Sor
24
Algunos de estos artículos fueron: “Hermanas de la Caridad”, La Caridad, 10 de diciembre de 1874. p.200; “Hermanas de la Caridad”, La Caridad, 17 de diciembre de 1874. pp. 202-203; “La expulsión de las Hermanas de la Caridad”, El Mensajero, 19 de diciembre de 1874, p. 1-3; “Despedida a las Hermanas de la Caridad”, El Tío Luna, 2 de enero de 1875, p. 1 y “Las hermanas de la Caridad”, La Revista de Mérida, 14 de enero de 1875, p. 2.
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Teresa Lartigue (francesa, fue la Segunda directora del Colegio, enviada a Madrid, España) Sor Concepción Delgado (Capitalina, enviada a Argentina), Sor Carmen Berteli, Sor María Torres (Originaria de San Luis, enviada a Santiago de Chile), Sor Joaquina Echarri (Española, enviada a Lima, Perú), y Sor Teresa Pinto (Josefa Pinto según otros escritos que ya hemos citado). La yucateca Pilar Peón que se encontraba en la capital, fue enviada a Barcelona España.25 Cuando fueron expulsadas del país, formaban la provincia de México 42 casas y 410 hermanas,26 que entre enero y febrero de 1875 se embarcaron al exilio en diferentes puntos del país: en enero se embarcaron en Veracruz en el vapor Louisiane 144 mexicanas, 8 francesas y 7 españolas; en febrero en el vapor Ville de Brest, 87 mexicanas y 24 extranjeras, otras salieron desde Mazatlán, con dirección a San Francisco California.27 De las veinte que “después de haber
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Molina Solís, Juan Francisco, 1897, pp. 235-240; Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Segundo, 2010, pp. 170-171; “Hermanas de la Caridad”, Periódico Oficial del Departamento de Yucatán, 25 de enero de 1866. p. 3; García Pimentel, Luis, 1887, p. 13; “Hermanas de la Caridad: ¡Adiós!”, La Caridad, 14 de enero de 1875, p. 56-57, Vicente de Dios, 1993, p. 378; “Juárez y las Hermanas de la Caridad”, La Razón Católica, 23 de julio de 1891 pág. 2 y “El asilo de la infancia”, La Caridad, 26 de septiembre de 1872, p. 158. Pimentel, no cita a una Juana Gómez pero si a una Ana Gómez asignada a Mérida una de acuerdo a los datos que hemos citado es procedente de Guadalajara y la otra según el mismo autor de León, no sabemos si se trata de la misma; este autor también cita como designada a Yucatán a una Sor Josefa Chávez que consideramos es la misma que nosotros en otras fuentes encontramos como Sor Juana Chávez. 26 Cuevas S.J., P. Mariano, 1992, p. 392. Véase también Datos contenidos en el portal de las Hijas de la Caridad señalan que fueron 42 casas y 396 hermanas las que formaban la Provincia de México http,//www.hijasdelacaridadmexico.org/historia.htm 27 García Cubas, Antonio, 1986, p. 56, este autor menciona también que de las 410 Hermanas existentes 355 eran mexicanas y que dicha información fue publicada por el Lic. Diego Álvarez de la Cuadra. Según García Pimentel en este segundo viaje en el que se encontraban ya las Hermanas provenientes de Mérida se embarcaron 84 mexicanas, 13 españolas y veinte francesas, se puede encontrar también la relación con los nombres
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cumplido todas las prescripciones de la ley de la materia”28 se embarcaron en el puerto de Progreso en “El vapor americano” acompañadas por el Capellán C. Torres y una de sus principales benefactoras la Sra. Doña Ana Peón para reunirse en Veracruz con sus Hermanas y juntas abandonar el país hacia un destino desconocido29; recogemos una descripción de su partida de García Pimentel, tomada por él, de Sor María Ville, visitadora de la provincia: ¿Quién será capaz de reproducir los sentimientos que se reflejaban en aquellos ojos fijos y doloridos, en aquellos semblantes transfigurados por el dolor? Un trémulo y ahogado gemido se escapo de los pechos, nuestros corazones oprimidos querían volar tras aquellas benditas Hermanas, nuestros ojos preñados de lagrimas permanecían fijos en aquellas siervas de Dios sentadas en la embarcación, agobiadas por el abatimiento, pero resignadas y tranquilas. Nos descubrimos la cabeza respetuosamente y saludamos con cariño (a) aquellas viajeras que las salvajes pasiones revolucionarias expulsaban de nuestra querida patria. Sor Teresa, (…) Repentinamente y como inspirada por la Virgen María, estrella de los mares, arrebatada por el entusiasmo religioso delicia y alegría la más pura que puede hallarse sobre la tierra exclamó transportada de fervor: “Por qué no hemos de cantar el Ave Maris Stella”. Y todas las Hermanas que no lloraban ni estaban fatigadas con el mareo, entonaron tierna y dulcemente, ese himno precioso, rico en poesía e inspiración. ¡Qué emoción oír a unas débiles mujeres perseguidas, cantando “Ave Maris Stella”. “Dios te Salve estrella del mar” en medio de las olas, que azotaban el débil barco que las conduce, viendo en toda su magnificencia la inmensidad de los
de todas ellas. Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Segundo, 2010, p. 171. 28 “Partida”, La Razón del Pueblo, 15 de enero de 1875, p. 4. 29 “Gacetilla: El vapor Americano”, La Revista de Mérida, 21 de enero de 1875, p. 3. Salió del puerto de Progreso llevando de pasajeros embarcados en este puerto a las personas siguientes: capellán C. Torres, veinte hermanas de la caridad, Dña Ana Peón, D. Ignacio Vallado, D. Pedro Peón Contreras, Don Agustín Vadillo, Manuel Romero Ancona, Jesús de la O. Villaseñor y 23 de la compañía zarzuela, 48 oficiales y Sras. y 754 oficiales de tropa.
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cielos que se despliega sobre sus cabezas y mirando alejarse velozmente la tierra que les sirviera de morada.30
Habrían de pasar muchos años para que las Hermanas de la Caridad volvieran a pisar el suelo Mexicano, y es posible que muchas de las 355 mexicanas que salieron exiliadas durante este período nunca regresarán al país que las vio nacer. 31
LA DISPUTA ENTRE CATÓLICOS Y LIBERALES A TRAVÉS DE LAS PUBLICACIONES PERIÓDICAS Después de la salida de las Hermanas de la Caridad, las diversas reacciones que se sucintaron a nivel nacional alcanzaron la ciudad de Mérida. Es cierto que desde antes de la ejecución de la Ley Orgánica de Reforma, algunas publicaciones habían reproducido artículos reprochando a las Hijas de la Caridad el descuido de sus labores;32 sin embargo no había hacia ellas una animadversión generalizada de la sociedad,33 por otra parte algunos individuos pretendieron sacar provecho y controlar los establecimientos de beneficencia como fue el caso del hospital.
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Historia de las hijas de la caridad en México “Primera venida”, Libro Segundo, 2010, p. 162. 31 Posteriormente por medio de una carta publicada en un periódico de la capital a la que se hace referencia en una publicación local, se sabe que de las hermanas que salieron de México, veinte irán a España, diez a Nápoles, cuatro a China y muchas se quedarían en Francia. “Gacetilla”, La Revista de Mérida, 3 de junio de 1875, p. 3 32 Véase el apartado VIII, Parte II, de esta tesis. 33 No existen evidencias documentales de que no estuvieran cumpliendo con las labores que tenían asignadas, más que las publicaciones escritas por y en los periódicos de quienes posteriormente se hicieron cargo de la administración, antes de la salida de las hermanas, Yanuario Manzanilla, Waldemaro G. Cantón y Cirilo Gutiérrez por mencionar algunos. Los dos primeros en septiembre de 1872 quedan en la junta directiva del hospital después de que se solicita la remoción de los miembros que no fueran facultativos, siendo que de acuerdo al reglamento del hospital los cambios en la junta directiva se darían en la primera semana de enero.
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Ahora bien con la salida de las Hermanas, la oleada de artículos no se hizo esperar, los liberales aplaudieron la decisión del gobierno, y los católicos primero criticaron al gobierno y después exhortaron a la sociedad a tomar cartas en el asunto; y no es que los católicos estuvieran en contra de la República, sino que consideraban que los políticos estaban abusando de sus facultades apartándose de sus principios y convirtiéndose a su vez en fanáticos: He aquí a las víctimas ilustres de los falsos liberales. Esa facción intolerante que falsea la libertad, que oprime al pueblo y que mata á la República, (…) Sus hombres prominentes bastante serviles para obedecer como esclavos, unos á las consignas masónicas, otros á las insinuaciones gubernativas, y los mas á los rencores y preocupaciones de partido, no escuchan las mas concluyentes razones en la discusión (…y) Han resuelto el exterminio de tan bienhechores establecimientos y con satánica pericia se niegan á toda persuasión.34
En estas líneas sin duda notamos la alusión a los argumentos sostenidos en el Congreso por aquellos pocos que habían tratado, decía el artículo, de hacer “entrar en razón” a la mayoría para que se conservara en México la institución de las Hijas de la Caridad. El autor no considera que el ser partidario de las hermanas era oponerse a la República, pero sin duda para él la República no estaba solamente comprendida de los hombres en el poder que habían tomado “arbitrariamente” tal decisión. Por otro lado al ser ya una palpable realidad la salida de las hermanas, no faltaron acusaciones acerca del tratar de sacar del país contra su voluntad a las hermanas mexicanas. Por ejemplo, apareció en El Pensamiento parte de un
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“Hermanas de la Caridad” en El Mensajero, 19 de diciembre de 1874, p. 4.
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artículo tomado de El Monitor Republicano en el que se expuso el caso de la Señorita Torre, cuyos padres no querían que abandonaran el país por lo que las autoridades fueron a buscarla para averiguar si realmente quería salir del país. El resultado al decir de la publicación era que las hermanas la habían coaccionado para que dijera que sí, sin embargo, al encontrarse sola con la autoridad manifestó su deseo de quedarse y que no le habían permitido leer la única carta de sus padres que le habían entregado, finalmente la regresan con su familia. En vista de ese caso se mandó interrogar por separado a cada una de las hermanas mexicanas que abandonarían el país, para que en caso de no ser su voluntad se regresaran a sus familias; el artículo terminaba así. Las monjas de la Caridad próximas ya á abandonar á la República, han dado un escándalo que hará vacilar hasta á sus mismos partidarios. No es muy caritativo por cierto arrebatar á una joven pura e inocente de su patria y de su hogar para ir á arrojarla á un país extranjero, tal vez a un clima mortífero, y esto cuando la víctima no sintiéndose con fuerza para tamaño sacrificio, reclama su libertad y su familia.35 35
El hecho de que llame a las Hermanas de la Caridad Monjas siendo que esta no es la condición de su institución nos llama la atención pues es posible que con ello quisieran acentuar la filiación religiosa de la misma, aunque su carácter como hemos estudiado no fuera el mismo. Sobre este tema posteriormente reproduce El Mensajero un artículo publicado a su vez en El Federalista en donde se habla del caso de la señorita Torre, aclarándose que en ningún momento se le quiso obligar a marcharse, ella había tomado los hábitos en contra de los deseos de sus padres quienes enviaron a un señor con una carta, para persuadirla de no marcharse, siendo que ya se encontraba en Veracruz, al final decide quedarse y al no ser correcto que viajara sola con un hombre regresa con ella a la capital una hermana, y la joven ya sin hábito. En el caso del Mensajero no se permiten al señor la entrada a la casa en la noche, al considerarse incorrecto se llama a la autoridad que irrumpe a la fuerza y se menciona que incluso se querían tomar acciones legales contra la superiora, por el resultado de un mal entendido y abuso de la autoridad. “La señorita de la Torre y las Hermanas de la Caridad”, El Mensajero, 5 de febrero de 1875, pp. 2-3. También en El Pensamiento se publica otro caso en el que una Superiora mandó a llamar a una joven que había sido hija de María para “incitarla” a abandonar a su familia e irse con ellas, aunque la joven no aceptó. Otro artículo habla sobre la pretensión de las hermanas de expatriar a “centenares” de jóvenes teniéndolas en incomunicación aun cuando en muchos casos sus familias han ido del interior del país a buscarlas. De
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Las acusaciones hechas en esa nota son de mucha gravedad, y al parecer fueron dadas por ciertas, esto hizo que se mandara a hacer la inspección oficial; sin embargo, según La Caridad, el gobierno manifestó que no había recibido denuncia alguna, a pesar de ello se hicieron averiguaciones en distintos estados, y la información se envió al Ministro de Gobernación; así que en Veracruz se interrogo a cincuenta hermanas, solo una se regresó a Yucatán, las demás manifestaron querer embarcarse; en Jalisco sólo quedaban tres mexicanas que también decidieron abandonar el país; en la capital e periódico católico decía que se había visitado su lugar de residencia: [Estuvimos en] la casa de las Reverendas Hermanas de la Caridad, con motivo de un falso denuncio. Como siempre no pasa de una nueva calumnia. Ayer se repitió la misma visita, y ya esta fue más formal. Se les pregunto a las hermanas una por una (y había 200) si marchaban al extranjero por su voluntad o necesitaban del apoyo del gobierno; y una por una contesto que marchaban contentas y que tenían el apoyo de Dios con lo cual les bastaba.36
Es difícil saber la verdad en estos casos, pero también es difícil concordar con lo publicado en el Monitor Republicano, el planteamiento de que las hermanas planeaban un “secuestro en masa” de jóvenes mexicanas, parece sacado de una
nuevo se exhorta al gobierno a hacer las averiguaciones convenientes ya que se aproximaba la fecha de embarco. Todos estos artículos fueron publicados entre los números 292 y 295 del Monitor Republicano y los reimprimió en sus páginas El Pensamiento, como pruebas de los abusos de las hermanas, incluso se incluye uno en el que se les acusa de haberse robado “ropa, mantas y otros objetos que pertenecen á los hospitales que caritativamente estaban administrando”. “Escándalo en un convento. Las Hermanas de la Caridad”, El Pensamiento, 31 de enero de 1875, p. 2. Los demás artículos se pueden encontrar en el mismo número en la pagina 3. 36 “Hermanas de la Caridad”, La Caridad, 10 de febrero de 1875, pp. 23-24.
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teoría conspiratoria,37 y un pretexto mas para celebrar la determinación del gobierno de expulsarlas; claro no dudamos que hubiese jóvenes que no quisieran abandonar su país o sus familias, no estaban obligadas a hacerlo, pero tal era la vida que habían elegido, ir a donde se les necesitara y pudieran cumplir con los preceptos de su institución, siendo que muchas de ellas tampoco estaban ya en sus ciudades de procedencia. Fue el caso de Yucatán en el que la mayoría de las hermanas mexicanas eran de Guadalajara y que debido a las comunicaciones de la época tampoco sería fácil visitar a sus familias, además de que su compromiso era con Dios y con los pobres, como ellas mismas lo expresaron en el interrogatorio. La respuesta a la salida de las Hermanas de la Caridad fue la protesta en Guanajuato de cientos de mujeres contra el Congreso por la ley Orgánica de las adiciones constitucionales. Misma que formalizaron con un escrito en el que llamaban a “todas las señoras católicas de la república á que se adhieran á (ellas) firmando este manifiesto que (suplican) á los periódicos (…) se sirvan reproducir en sus columnas”38; este desplegado se envió originalmente el 31 de diciembre de
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Algunos afirmaban que las Hermanas de la Caridad y los Jesuitas eran espías extranjeros, que incitaban a una revolución, y que eran un peligro para la sociedad. 38 “Honor y gloria a las nobles hijas de Guanajuato”, El Mensajero, 26 de enero de 1875, p. 1-2. Claro que no faltó la respuesta criticando la acción de estas señoras, publicada en El Pensamiento y tomada de El Precursor en la que se plantea que es lo que pensaran los maridos, hermanos y padres de esas mujeres que se dejaban manipular por los curas, finalmente por parte del periódico local concluye el artículo señalando que siente “Dolorosamente que la mujer (al ser) ese sencillo ángel de redención en la era que alcanzamos este aun aprisionada (por) infames explotadores capaces de todo con objeto de desprestigiar la salvadora reforma que lleva entre sus brazos la civilización bendita.” Si bien los liberales pretendían sacar a la mujer de esa explotación por medio de ese escrito dejan claro que la consideran un ser no pensante siempre actuando bajo la manipulación
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1874 y tuvo ecos en Yucatán el 27 de enero de 1875 después de su publicación junto con el ofrecimiento de publicar escritos sobre el asunto39 de parte de Juan Francisco Molina Solís propietario y redactor de El Mensajero. En respuesta al ofrecimiento un grupo de mujeres envió una misiva en donde decían estar “unidas en sentimiento a las señoras de Guanajuato con respecto al horror que (nos) causa la llamada ley orgánica"; se despedían agradeciendo a Molina Solís permitirles por medio de su periódico cumplir con su deber de defender la fe.40 En esa fecha se registró un total de setenta y cuatro suscriptoras; pero no quedó ahí pues en fechas posteriores siguieron apareciendo los nombres de las mujeres que se adherían a la protesta hasta sumar varios cientos de firmas de las señoras de la capital y del interior de estado.41 Pero la prensa liberal local no se quedó con los brazos cruzados pues en respuesta a la publicación de ese manifiesto, El Pensamiento divulgó en sus páginas un artículo en el que declaraba sin razón de ser la protesta y lo expresaba así:
de terceros y no por los actos dictados por su propia conciencia. “Señoras de Guanajuato” 21 de febrero de 1875, p.2. 39 “A nuestras amables lectoras”, El Mensajero, 26 de enero de 1875, p. 2. 40 “Carta de varios habitantes de Mérida al redactor del periódico El Mensajero, por un artículo aparecido en dicha publicación”, CAIHY, Manuscritos, LVII-1868-007, fojas 1-3, 27 de enero de 1875. También puede consultarse en “Protesta de las respetables señoras de Yucatán contra la ley orgánica de la reforma”, El Mensajero, 29 de enero de 1875, p. 3. 41 Durante meses se siguen publicando las listas de señoras que se suman a la protesta bajo el título de “Protesta de las respetables señoras de Yucatán contra la Ley Orgánica de la Reforma”, El Mensajero, 2 de febrero de 1875, p.2; 5 de febrero de 1875, p. 2; 9 de febrero de 1875, pp. 2-3; 12 de febrero de 1875, p. 2; 16 de febrero de 1875, p. 2; 19 de febrero de 1875, p. 2; 23 de febrero de 1875, p. 2; 26 de febrero de 1875, p. 2; 2 de marzo de 1875, p. 2; 9 de marzo de 1875, p. 3; 12 de marzo de 1875, p. 2; 19 de marzo de 1875, p. 2-3; 23 de marzo de 1875, p. 2; 30 de marzo de 1875, p. 2; 6 de abril de 1875, p. 2; 20 de abril de 1875, p. 2; 30 de abril de 1875, p. 3.
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Otra torpeza de los instigadores á la guerra civil es la de abusar del candor y de la pureza del sentimiento religioso de la más bella mitad del género humano, haciéndola creer que se trata simplemente de una manifestación a favor de las hermanas de la caridad o de la religión perseguida, por que el gobierno pretende cerrar todos los templos o abolir el culto católico. Se os engaña, respetables señoras, bellísimas señoritas. Vuestra religión no es ni será perseguida, al contrario, esta garantida (sic) por la ley. Veamos, si no, quien os molesta en el ejercicio de ese derecho; quien es llevado ante los tribunales por que se arrodille y tribute á Dios su adoración de la manera que mejor comprenda y quiera (…) No se trata de cuestiones verdaderamente religiosas, sino de la dominación política. Los que se dicen perseguidos quieren perseguir; excitan el fanatismo para revolucionar (…)42
Si bien el origen de la protesta es la expulsión de las Hermanas de la Caridad, esa acción partió de las adiciones a la Ley Orgánica de Reforma, que también incluía temas sobre educación, que llevarían a que las mujeres católicas mostraran su desacuerdo pues muchas familias devotas preferían enviar a sus hijos a escuelas manejadas por religiosos siendo que las Hermanas de la Caridad fundaron o se hicieron cargo de escuelas en todas las ciudades en donde se establecieron. Aunque no dudamos que de alguna forma la Iglesia católica ante todas las prerrogativas que se le habían quitado o limitado, haya sentido la necesidad de contraatacar a los reformistas sintiéndose en peligro y aprovechando que gran parte de la sociedad estaba de su lado incitando a las mujeres a sumarse a ese tipo de movimientos; si recordamos, la religión y la iglesia siembre habían sido parte fundamental de la dinámica social del estado y del país desde tiempos de la
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“Gacetilla. Las señoras protestando contra las leyes de reforma”, El Pensamiento, 21 de marzo de 1875, p. 3.
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colonia; por ello el pensamiento de la sociedad no podía ser cambiado de un día para otro solo por la publicación de una nueva legislación. Al mismo tiempo que la protesta de las señoras, surge otra por parte de los católicos de Yucatán, que envían un documento al Congreso de la Unión en el que se solicitaban la derogación de la Ley Orgánica de la Reforma, el texto de 27 páginas es una exposición de argumentos por los cuales los católicos hacían la solicitud, el siguiente paso fue la publicación de los suscriptores en El Mensajero y con ellos se seguía el mismo camino del caso anterior presentado.43 Otra acción impulsada por parte de la prensa católica fue la celebración y ofrecimiento de una misa cada primer viernes del mes para el pronto regreso de las hermanas. Por supuesto esta acción recibió el respaldo de El Mensajero cuyo redactor invitó para ofrecer la misa y comunión para el regreso de las hermanas.44 Al mes siguiente La Caridad se sumaría a la difusión de la acción con la publicación en sus páginas la invitación a una misa en el Sagrario de la Catedral “en honor del Sagrado Corazón de Jesús; pidiéndole su auxilio para nuestros trabajos periodísticos, la
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Para consultar el documento véase Representación que los católicos del Estado de Yucatán elevan al H. Congreso de la Unión: pidiendo la derogación de la Ley Orgánica de la Reforma, 1875. Las firmas de quienes se suscribieron se publicaron bajo el título de “Representación que los católicos del Estado de Yucatán elevan al H. Congreso de la Unión: pidiendo la derogación de la Ley Orgánica de la Reforma”, El Mensajero, 5 de marzo de 1875, pp. 1-4; 12 de marzo de 1875, p. 2; 19 marzo de 1875, p. 3; 23 marzo de 1875, pp. 2-3; 2 de abril de 1875, p. 3; 9 de abril de 1875, p. 3; 20 de abril de 1875, pp. 23; 30 de abril de 1875, p. 3; 24 de mayo de 1875, p. 3, 4 de junio de 1875, p. 3, 15 de junio de 1875, p. 3. 44 “Invitación”, El Mensajero, 2 de febrero de 1875, p. 1.
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conservación de la fe en nuestros apreciables suscriptores y en sus familias y la vuelta á Yucatán de las Hermanas de la Caridad.”45 Como estas misas continuaron por varios meses, en septiembre El Pensamiento, publica en sus páginas una nota donde se burlaba del “ingenioso invento de la redacción del Mensajero” refiriéndose a las misas a las que habían convocado a los fieles. Señaló además que “parece que últimamente ha decidido dirigirse a la Virgen del Lunar de Maní, para que ella haga ese nuevo, portentoso milagro”, se burló también de que no se hacían las invitaciones como al principio y terminaba la nota de la siguiente forma: Si la señora del Lunar se resistiere ¡oh D. Pascual! Aplicadle aquella receta de un sabio hacendado, cuyo finca perecía por falta de lluvia, lo aplico al Santo Patrón: lo saco en procesión, y lo dejó al sol y al sereno, diciéndole: No te meteré hasta que llueva; y ¡oh portento! El santo se vio forzado á verificar el milagro y la lluvia cayó á torrentes, y se salvo la situación.46
Y es que cada vez que se publicaba en El Mensajero alguna nota referente a las hermanas, en la siguiente publicación de El Pensamiento encontraba pronta respuesta con un tono de burla que podía considerarse escandaloso si nos atenemos a que la sociedad yucateca era primordialmente católica, y se insultaban constantemente las creencias religiosas, los santos, los sacramentos, etcétera.47
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“Invitación”, La Caridad, 4 de marzo de 1875, p. 33. “Las Hermanas de la Caridad”, El Pensamiento, 12 de septiembre de 1875, p. 4. 47 Entre otros artículos que se publican en El Pensamiento en contra de la religión están “La educación clerical” 27 de diciembre de 1874, p. 2; “La Amenaza del Catolicismo” 7 de febrero de 1875, p. 1; “La primera comunión” 33 de agosto de 1875, p. 4; “Obsequio a las beatas” 29 de agosto de 1875, p. 4, en donde se burlan de las letanías; “La resurrección de los muertos” 12 de septiembre 1875, pp. 1-2; por mencionar algunas. 46
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En otro artículo llamado “El habito no hace al monge (sic)” se referían de nuevo a las Hijas de San Vicente y criticaban la idea que se habían formado los católicos de que el gobierno había expulsado a las hermanas, según el escrito lo que en realidad ya no se permitiría seria el uso del hábito, pero “los clericales creían que hábito y hermana de la caridad eran un solo individuo”, sin embargo, “ahora ya todos saben que hay hábitos sin caridad y caridad sin hábito.”48 Y es que desde el momento en que se publicó la ley los liberales alegaban que si las hermanas querían continuar en las labores de asistencia y caridad podían continuar haciéndolo pero como particulares, sin vivir juntas, y sin usar la vestimenta típica. Esto que parecía una opción en realidad no lo era tanto pues implicaba renunciar a sus votos. El artículo terminaba con la crítica a las hermanas por la decisión de marcharse ‘en lugar de renunciar a sus votos y creencias para seguir practicando la caridad pero de la manera en que los liberales querían. Con el tiempo los periódicos liberales -órganos de quienes por decirlo de alguna forma habían resultado vencedores- fueron perdiendo interés en el tema, lo que no fue el caso de la prensa católica que continuó aunque de manera menos frecuente, publicando artículos remembrando los momentos de gloria de la congregación. Esta postura se mantendrá en la prensa católica hasta entrado el Porfiriato pues en 1885 y por la conmemoración de los diez años de la expulsión de las hermanas, saldrían numerosos artículos sobre ellas, la inutilidad de la ley que las hizo salir y exhortando a permitir su regreso al país como podemos ver en este escrito en el que se apela a la ilustración y criterio del General Díaz, para el 48
“El hábito no hace al monge”, El Pensamiento, 12 de septiembre de 1875, p. 4.
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regreso de las hermanas, que según el artículo numerosos bienes habían traído a la sociedad: ¿Qué males hicieron las beneméritas hermanas? Ninguno ¿Qué bienes? Respondan los hospitales de toda la república, los que agonizaban en los campos de batalla, los pobres á quienes durante su presencia les fueron desconocidos los horrores del hambre y la vergüenza de la desnudez; respondan innumerables huérfanos, cuyo único abrigo fue su techo bienhechor y cuyo alimento era el mismo que el de ellas; díganlo, en fin, la multitud de niñas, jóvenes hoy, cuya educación solida y variada la recibieron en sus aulas y cuya urbanidad y porte, decoro actual de nuestras sociedades, fueron efecto de sus dulces consejos, de sus justas reprensiones, de su anhelo y diligencia.49
Todos esos bienes que se les atribuyen quedaron en el recuerdo de quienes durante años habían convivido con las hermanas y conocieron de cerca su labor, en el hospital, el asilo y el colegio; por ellos expresaban amargamente que “solo la tiranía y el despotismo, entronizados en aquella infanda (sic) época, pudieron realizar tan arbitraria expulsión, acto tan criminal e ilegitimo.”50 En otro artículo se planteó incluso que el regreso de las hermanas podía verse como un acto de conveniencia, en beneficio del país (…)la causa de las Hermanas de la Caridad, es una de aquellas que no admiten discusión en ningún tiempo; pero mucho menos en tiempo de guerras ó epidemias; es causa de humanidad, que ya no solo de razón social; causa de conveniencia propia, causa si se quiere de egoísmo. Los mexicanos, sin embargo; somos desdichados por todo extremo. Un huracán demagógico, desatado desde las alturas del poder arrojó diez años há de nuestro suelo á esas heroínas que no conocieron las edades heroicas. ¿Qué nos veda hoy franquearles nuevamente las puertas de la patria, hoy que ya las pasiones no ciegan, y la razón reclama todos sus derechos? Nuestros hospitales las recibirían con lágrimas de bendición; la miseria pública les alargara la mano; y buscaría su enseñanza la niñez desvalida. A este fin si comprende sus deberes 49 50
“Las heroínas del deber”, El Amigo del País, 10 de enero de 1885, p. 1. “Las heroínas del deber”, El Amigo del País, 10 de enero de 1885, p. 1.
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el Estado, debería solicitar el regreso de las Hermanas de la Caridad.51
Tal como lo fue su expulsión, se consideraba un deber del Estado permitir y gestionar el regreso de las hermanas, pues eso sería lo menos que él mismo podría hacer por el bien de la sociedad; siendo velar por éste, una de sus principales obligaciones. Como seguramente aún había opositores a su regreso que desde el punto de vista de las Leyes de Reforma podrían considerar ilegal su regreso, el autor argumentó lo siguiente: Lejos de nosotros abogar por la legalidad; lejos de nosotros pretender eliminar la Reforma. Si un acto autoritario siquiera discutido constitucionalmente, produjo la ilegalidad de las beneméritas hermanas, ¿no podría otro acto autoritario, discutido también y votado constitucionalmente, llamar de nuevo á disfrutar de los beneficios de la ley á quien se consagra al servicio del pobre mexicano, según se consagra al servicio del Lapón y el Hotentote? No por vías violentas, sino por procedimientos legales, queremos nosotros el reinado de la justicia en nuestra patria…52
El reconocimiento a la labor asistencial y educativa de las hermanas se hizo patente con el correr de los años pues se mantuvo la idea de su regreso y si bien no podemos explicar a ciencia cierta cuáles fueron los motivos para que Lerdo adoptara una actitud intolerante hacia las Hijas de la Caridad, con su caída y el ascenso de Porfirio Díaz, se dieron mejores tiempos para la Iglesia católica que recuperó muchas de sus prerrogativas, y como hemos visto de nuevo se hablaba
51
“Las Hermanas de la Caridad”, La Revista de Mérida, 29 de agosto de 1885, p. 2. Este artículo fu escrito por Néstor Rubio Alpuche, miembro de las Conferencias de San Vicente de Paúl y cuyo artículo sobre el asilo de infancia se cita en la parte II. 52 “Las Hermanas de la Caridad”, La Revista de Mérida, 29 de agosto de 1885, p. 2.
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sobre la posibilidad de gestionar el regreso de las hermanas y se recordaba la actitud de Lerdo: (…) pues no se nos alcanza que razón de alta política pueda haber para que quiera (Porfirio Díaz) mantener en vigor la inicua proscripción decretada por D. Sebastián Lerdo de Tejada. Aquel atentado injustificable e impopular pretendió hacer como viciosa é incorrecta la interpretación que Juárez, había dado á las leyes de reforma al permitir que las Hermanas de la Caridad a diferencia de las religiosas propiamente dichas, continuasen llevando sus hábitos y practicando libremente sus obras de amor de Dios y del prójimo. Quiso Lerdo ostentar un espíritu más radicalmente reformista que el de Juárez, probablemente para paliar el recuerdo de sus ideas conservadoras y católicas de otros tiempos.53
Aun con las buenas intenciones de quienes escribían estos artículos y las esperanzas que les dio la renovada tolerancia religiosa, no se dio tan anhelado regreso, aunque el eco de la expulsión se siguió dejando oír durante muchos años después.54
EPÍLOGO A LA SALIDA DE LAS HERMANAS DEL HOSPITAL GENERAL Aun no abordaban el barco que conduciría al exilio a las Hermanas de la Caridad cuando con bombo y platillo se anunciaban los grandes éxitos y mejoras que 53
“Juárez y las hermanas de la Caridad”, La Razón Católica, 23 de julio de 1891. Entre 1836 y 1841, esto es, de los 13 a los 18 años, Sebastián Lerdo de Tejada estudió en el Seminario Palafoxiano de la ciudad de Puebla donde cursó latín, filosofía y teología. Obtuvo una beca y recibió las órdenes menores. Sin embargo, decidió abandonar la carrera sacerdotal. Posteriormente en 1841 se muda a la Ciudad de México y cambia su decisión: estudiará leyes en el prestigiado Colegio de San Ildefonso. En 1849, cuando tiene 25 años, es profesor del Colegio y muy joven, a los 29, Sebastián Lerdo de Tejada es nombrado Rector del Colegio de San Ildefonso. Lujambio, Alonso, 2011, pp. 113-114 54 Esto se puede ver reflejado por ejemplo en la publicación de un libro en 1945 por el centenario del establecimiento de las Hermanas. Camacho, P. Ramiro, Centenario del establecimiento de las Hermanas de la Caridad en México, 1945. O en referencias hechas al caso de las Hermanas de la Caridad ya sea en libros, artículos o memorias como en el caso de García Cubas.
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gracias a la Junta Directiva saliente se habían introducido en el hospital; sin embargo, sobre su relevante papel en la institución nada se decía más que una breve anotación sobre la inconveniencia de que la botica estuviera a cargo de una Hermana.55 No hubo despedida, ni agradecimiento y mucho menos se les reconocía su labor en el establecimiento, lo cual en parte sorprende porque si bien la discusión sobre la permanencia o extinción de las Hijas de la Caridad estuvo muy presente durante 1874, no hay noticias de que estas hayan dejado sus labores, o que hubiesen tenido algún problema con la Junta, aunque es entendible que ante la animadversión generada por la ya decretada expulsión, no quisieran los miembros de la misma parecer partidarios de las hermanas. El hospital se despidió de las Hijas de la Caridad con una epidemia de viruela que afecto desde octubre de 1874 siendo que para febrero del siguiente año no habían podido aún erradicarla. Solamente entre el 11 y 31 de enero se contaron cuarenta y seis muertos, por lo que podemos asumir que la ausencia de las hermanas se dejó sentir seriamente, pues además de los enfermos de la epidemia, había los “enfermos regulares” aquejados de otras dolencias y que también necesitaban de atención médica para curar sus dolencias.56
55
Al respecto decían que en el año anterior (1874) se había separado a la hermana de esa labor y se había puesto a cargo a un farmacéutico. “Gobierno del Estado: Exposición que hace la Junta saliente de 1874, sobre las mejoras introducidas por la misma en el Hospital General, las que quedan sin concluirse en el trascurso del presente año de 1875”, La Razón del Pueblo, 31 de enero de 1875, p. 2. El documento publicado está fechado el 1 de enero del mismo. 56 “A. Urcelay envía al Gobernador la relación de las personas que han fallecido de la epidemia de viruela”. AGEY, Fondo Poder Ejecutivo Sección Jefatura Política del Partido de Mérida, Serie Salud Publica, Caja 312, Vol. 263, Exp. 76, Fojas 1-2, 3 de febrero de 1875.
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Tan grave se tornó la epidemia que el 20 de febrero la Junta Superior de Sanidad mandó cancelar todas las reuniones en los templos con motivo de la cuaresma, así como las peleas de gallos pues al estar reunida tanta gente se propiciaba el contagio de la enfermedad.57 Con la salida de las hermanas del hospital, hubo que reorganizar su estructura administrativa para funcionar de acuerdo a los nuevos tiempos, y si bien es cierto que el hospital debía funcionar de acuerdo a los reglamentos, constantemente se iban haciendo cambios en la estructura administrativa y física del hospital para mejorar la atención a los enfermos. El primer paso fue cubrir las plazas ocupadas por ellas; al respecto José Serrano señala que el lugar de las hermanas en el hospital fue cubierto por algunas mujeres piadosas58 pero esto no fue así porque se contrataron empleadas para hacerlo como veremos en el cuadro que se presenta más adelante. Debido a la evidente falta de personal, y sobre todo debido a las diferentes labores que llevaban a cabo las hermanas, así como el crecimiento del hospital la planta de empleados tuvo que aumentarse, y con ello la cantidad de dinero destinada a salarios, ya que aunque las hermanas recibían una compensación
57
“J. de D. Espinosa comunica al gobernador el suprimir las reuniones en templos y peleas de gallos por la epidemia de viruela; lista de suplentes del Director de Vacunas y remisión del tratado sobre viruela” AGEY, Fondo Poder Ejecutivo Sección Junta Superior de Sanidad, Serie Salud Publica, Caja 314, Vol. 264, Exp. 103, Foja 1, 20 de febrero de 1875. En otros documentos de este expediente firma Waldemaro G. Cantón como secretario de la Junta Superior de Sanidad, posiblemente como representante del hospital. 58 Serrano Catzín, José, 1998, p. 77.
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económica por sus trabajos,59 los empleados cobraban sumas más altas, como podemos ver en la siguiente tabla:60 Tabla 3. Listado de personal del hospital estipulado en el reglamento de 1876 con apreciación de sueldo. Cantidad 1 1 1 1 3** 1 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 3 1 1 3 3 1
Personal del Hospital Secretario Escribiente Meritorio Tesorero Medico Director Medico Subdirector Farmacéutico Ayudantes de Medicina y cirugía Ayudantes de Medicina y Cirugía Meritorios Ayudantes de Botica Enfermeros Enfermero accesorio Administrador Conserje Primer portero Segundo portero Cabo de salas Mozos de servicio Patrona Auxiliar de patrona Molenderas Lavanderas Encargada de mujeres dementes
59
Sueldo Anual 300 S/S* 6% 600 900 360 192 S/S 120 264 96 360 216 120 96 120 216 168 96 108 108 96
Incluso algunas veces como hemos visto estuvieron varios meses sin ni siquiera recibir la cantidad que les correspondía. 60 La información para esta tabla se encuentra en: Ley Orgánica del Hospital General de Mérida: Reglamento para el gobierno interior del mismo, 1877, p. 17.
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TOTAL
4,536 pesos***
*Sin sueldo **En la cantidad anual para estos casos se pondrá el total del sueldo por la cantidad de empleados. ***El sueldo del tesorero no está contemplado por ser variable a lo recaudado.
Tomando en cuenta los salarios establecidos en el reglamento anterior, sin tomar en cuenta la disminución del gasto por la estancia de las hermanas, el gasto anual solamente en lo referente a sueldos del personal se elevó de 2,652 pesos a 4,536 pesos en tan solo siete años, y el número de empleados asalariados aumentó de 22 a 31, otra diferencia entre el reglamento de 1869 y éste, es la cantidad de empleados de “alto nivel” y medio que aumentaron61 siendo éstos quienes recibían los salarios más altos, esto explica el incremento en el gasto. Un cambio importante fue que en el reglamento de 1869 el servicio facultativo estaba dividido en dos secciones, una de medicina y la otra de cirugía62, y en el nuevo se designaban cuatro secciones, una de cirugía, una de medicina, otra de mujeres y dementes y finalmente una de medicina y cirugía militar, que quedaba abierta a reserva de que se abriera un hospital militar. A cada sección el director le designaría un subdirector, para su atención, una quedaría a
61
Se especificaban las cantidades máximas y mínimas que podían ganar los empleados de “alto nivel” anualmente y de ahí se ajustarían los sueldos de acuerdo a la decisión durante la elaboración del presupuesto anual: Director, 600–1200; Subdirector, 300–600; Ayudantes de Medicina y cirugía, 96–180; Farmacéutico, 240–480; Administrador. 360600. Ley Orgánica del Hospital General de Mérida: Reglamento para el gobierno interior del mismo, 1877, pp. 7-9. 62 Reglamento del Hospital General de esta Capital, 1869, p. 5. Estas secciones a su vez estaban divididas en hombres y mujeres.
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cargo del mismo y cada una también tendría un practicante y un enfermero para su servicio.63 Las otras novedades que podemos encontrar son las que se refieren a las nuevas figuras como el caso de los ayudantes de botica, y aunque de acuerdo al reglamento anterior no se especifican sus responsabilidades, posterior a la elaboración de ese nos encontramos en otros documentos -que ya hemos estudiado- con esta figura, por lo que debemos considerar que solamente fue una adición de las actividades que ya efectuaban los que se desempeñaban en este puesto. No olvidemos que en muchas ocasiones los reglamentos se volvían obsoletos debido al crecimiento de los establecimientos, a cambios en la administración ya sea para facilitar la atención o por la creación de nuevos espacios; otro ejemplo es la figura del segundo portero establecida en 1874, pues con uno no alcanzaba para mantener el orden especialmente en los días de visitas y que se ve posteriormente reflejada en este reglamento.64 En cuanto a la parte administrativa, no se dan mayores cambios, las obligaciones que asume el administrador son las mismas que deja la superiora, siendo que estaban planteadas desde un principio para quien fuere el administrador, no olvidemos que en el reglamento anterior uno de los artículos 63
Ley Orgánica del Hospital General de Mérida: Reglamento para el gobierno interior del mismo, 1877, pp. 17-18. No debemos olvidar que si bien ya desde antes en el hospital se recibía a los dementes para su atención, sus salas fueron terminadas de construir después la elaboración del reglamento de 1869, por lo cual es lógico que no se consideraran como una sección aparte, aunque si había una Hermana de la Caridad designada para su cuidado. 64 “Gobierno del Estado: Exposición que hace la Junta saliente de 1874, sobre las mejoras introducidas por la misma en el Hospital General, las que quedan sin concluirse en el trascurso del presente año de 1875”, La Razón del Pueblo, 31 de enero de 1875, p. 2.
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transitorios era que se autorizaba a la junta para encargar la dirección económicoadministrativa a las Hermanas de la Caridad si lo creyera más conveniente o beneficioso65 y como ya estaban ellas encargadas del hospital, las obligaciones planteadas para el administrador en el reglamento de 1860, pasaron a ser las de la superiora, por lo que no es de extrañar que se mantuvieran de la misma forma. La figura de la patrona que se mantuvo desde 1860, toma un nuevo impulso ya que en el reglamento de 1869, se le enlista como parte del personal pero no se especifican sus funciones, las que creemos llevaban a cabo las Hermanas de la Caridad debido a su naturaleza, pues era quien estaba a cargo de la distribución de todo el trabajo en el departamento de mujeres: permanecer en él, asistir a las enfermas, recibir los comestibles, dirigir todos los servicios encomendados a las mujeres del departamento, celar las ocupaciones y conducta de las sirvientas, presas o depositadas, designándoles labores especificas y corrigiendo sus faltas.66 Esto es interesante pues al pasar de una administración completamente femenina, el nuevo administrador estaba limitado para algunas funciones por su sexo, ya que no podía entenderse directamente ni con las empleadas, ni con las enfermas pues de acuerdo a los cánones sociales de la época, sería mal visto ese tipo de contacto, mientras que las hermanas no tuvieron ese problema, e incluso podían tratar directamente con todos los empleados y enfermos, excepto en los casos
65
Reglamento para el gobierno interior del Hospital General de S. Juan de Dios de esta Capital, 1869, p.14. 66 Ley Orgánica del Hospital General de Mérida: Reglamento para el gobierno interior del mismo, 1877, p. 27.
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específicos que hemos abordado antes, y para lo que se requerían enfermeros del sexo masculino. De nuevo vemos esta división en el capítulo referente a los sirvientes en donde se especifica que quedarían “sujetos los varones, al acatamiento de las órdenes que reciban del Administrador, y las mujeres, á las que dictare la patrona tocante al servicio y régimen del establecimiento.”67 Al final es como si existiesen dos administradores, aun cuando uno estuviera subordinado al otro, eso también repercutía en el gasto que se hacía en el hospital en cuanto a los sueldos, siendo que tener un administrador resultaba más costoso que las hermanas, y que había más espacios que le quedaban restringidos en su figura de hombre a diferencia de estas últimas aún en su condición de mujeres. En cuanto al “Reglamento de Entradas” publicado en 1871 en el que la superiora era la principal encargada de supervisar el orden en las visitas, autorizar visitas a deshoras en el caso de pacientes graves, así como de los dementes e incluso prohibir la entrada de quienes hubiesen cometido alguna falta,68 queda modificado de modo que las responsabilidades correspondientes a la superiora pasaron a manos del administrador y del médico director, de las clausulas, todas básicamente se mantienen iguales, y se agrega una en donde se regula la visita a la sala de mujeres dementes que sólo podría hacerse con permiso expreso del director; las labores de supervisión de visitas en cuanto al buen orden y 67
Ley Orgánica del Hospital General de Mérida: Reglamento para el gobierno interior del mismo, 1877, p. 27. 68 “Reglamento de Entradas en el Hospital General de esta Ciudad”, La Razón del Pueblo, 26 de julio de 1871, p. 2; posteriormente se publica a modo de folletín para su posible encuadernamiento en La Razón del Pueblo, 10 de noviembre de 1871, pp. 3-4
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tranquilidad de las mismas ya no serían los encargados una Hermana de la Caridad nombrada por la superiora y el conserje, sino este último con ayuda de uno de los porteros nombrado por el administrador.69 Con
estos
nuevos
reglamentos
se sentaban las
bases
para
el
funcionamiento de una institución completamente secularizada, y moderna de acuerdo a los cánones de la época.
69
Ley Orgánica del Hospital General de Mérida: Reglamento para el gobierno interior del mismo, 1877, pp. 30-31.
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CONSIDERACIONES FINALES Para concluir esta investigación, creemos que sería justo pensar que se cumplieron en mayor o menor medida los objetivos de la misma,
y que nos
indican que las Hermanas de la Caridad sin duda jugaron un importante papel en la asistencia social en el siglo XIX; en el caso particular de Mérida, se abocaron a las dos principales actividades de su congregación, la atención a los enfermos y la educación. La fácil incorporación de las Hijas de la Caridad a la beneficencia pública, nos habla de un sistema benéfico mexicano deficiente, -lo que pudimos comprobar mediante el análisis de otros trabajos- el Estado no tenía ni la experiencia ni los recursos económicos y humanos para afrontar las necesidades de los establecimientos de asistencia, por lo que su cooperación en el Hospital de San Juan de Dios en el momento de su llegada resulta invaluable, ciertamente para las mejoras que en él se llevaron a cabo el gobierno jugó un papel muy importante pues se preocupó de proporcionarle a la institución recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades, pero en cuanto a la atención de los pacientes, y la administración de los recursos humanos y materiales del hospital se dieron gracias a ellas.
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La llegada de las hermanas a Yucatán se dio en un periodo difícil y posterior a las Leyes de Reforma, pero su establecimiento se facilitó gracias a que tal como nosotros lo hacemos Benito Juárez comprendió los beneficios que la congregación aportaba a los establecimientos de asistencia, y es por ello que incluso mediante la legislación les dio la necesaria protección para que continuaran con esa labor. Para el caso del hospital analizamos principalmente la reglamentación del mismo para comprender su funcionamiento y el resultado fue la localización de múltiples indicios de las actividades realizadas por las hermanas que nos permiten comprender por qué se les permitió continuar al interior de los establecimientos de beneficencia en una época en donde la tendencia general era la secularización de los mismos. Ellas cuidaban a los enfermos, se encargaban de supervisar la limpieza y la alimentación así como cuidar el orden y buena convivencia entre los empleados del hospital que habitaban en él; es decir eran el principal engranaje de la maquinaria compuesta por médicos, practicantes y sirvientes de diferentes clases, siendo que al estar resueltos por ellas todos los detalles generales de la vida del hospital los facultativos simplemente se enfocaban en la parte médico– quirúrgica. La buena administración económica del gasto corriente, la diligencia en los cuidados de los enfermos y el sacrificio de su propia seguridad en beneficio de los necesitados, vistos en su momento por Cepeda Peraza, permite que, en un nuevo momento de anticlericalismo, el gobierno local les brinde su apoyo para continuar
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en el nosocomio, manteniendo buenas relaciones con el nuevo gobierno republicano, como las tuvieron con el imperialista anteriormente. La coordinación con la sociedad civil para enfocarse por otro lado en la labor educativa y de protección a la infancia, resulta también en pro de la sociedad yucateca que veía con buenos ojos la educación proporcionada a las jóvenes, así como los cuidados maternales, pero al mismo tiempo educativos prodigados a los niños que asistían al asilo, o que vivían en él, resulta interesante pues que siendo una congregación religiosa encontraron la manera de conciliar en el auxilio a los menesterosos, al gobierno, la Iglesia, y la sociedad civil; de ahí que podamos ver la importancia para la sociedad en su conjunto de remediar las principales problemáticas sociales, utilizando para el caso la ayuda de las Hermanas de la Caridad que se especializaban en estas labores. La cuestión de la salida de las Hermanas de la Caridad de nuestro país originó una disputa tanto al interior del congreso como al exterior en la sociedad civil que se vio reflejada en las publicaciones periódicas de la época y que permeó durante los años posteriores, promoviendo diferentes formas de resistencia por parte de la Iglesia y de los católicos que nuevamente se sentían amenazados debido a la legislación.
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En el caso de las instituciones que estaban a su cargo, el Hospital de San Juan de Dios y El Colegio del Sagrado Corazón de Jesús1 en Mérida, –aunque consideramos que aplica para cualquiera de ellas- pudimos ver que las instituciones al igual que las personas tienen la capacidad de adaptarse a los nuevos tiempos que viven; o a extinguirse como fue el caso del Asilo. Ciertamente en un primer momento se echó en falta la presencia de las Hijas de la Caridad debido a los múltiples beneficios que aportaron en sus diversos institutos, pero finalmente quienes quedaron a cargo de los mismos replantearon sus necesidades y buscaron la mejor manera de cubrirlas de acuerdo a sus recursos; en el caso del San Juan de Dios evolucionando a través de los siguientes años para convertirse en una nueva institución hospitalaria más moderna y acorde a los nuevos tiempos. Sin duda las Hermanas de la Caridad plantaron la semilla para la profesionalización de la enfermería y con la ayuda de los otros institutos de San Vicente de Paul promovieron la participación privada en la beneficencia, de una forma diferente a la caridad que consistía en las limosnas y cuyos frutos se transformaron en cierta medida en un mejoramiento del sistema hospitalario y el impulso de la asistencia social por parte de los particulares que dieron continuidad a esta nueva práctica caritativa, que posteriormente fue reimpulsada con la publicación de la Rerum Novarum. 1
Gracias al estudio de los reglamentos en el caso del primero y en el segundo por los testimonios de los habitantes de la época mencionados en la segunda parte.
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Por lo tanto consideramos que estudios sobre temas como el de esta investigación nos permiten replantearnos diferentes aspectos incluso de la vida actual como es el caso de las políticas públicas que se han puesto en práctica en cuanto a la asistencia social, así como su evolución; pues aun hoy en día el Estado y la sociedad se enfrentan a las problemáticas de combate a la pobreza, mejora de servicios hospitalarios y del sistema educativo que mas de cien años después no ha logrado consolidar verdaderas soluciones a pesar de los esfuerzos, así como de los avances que se han logrado en esos ámbitos pero que no han sido suficientes. Otro aspecto es que podemos ver la intervención de la sociedad civil a través de asociaciones enfocadas en ayudar a combatir las mismas problemáticas pero desde el ámbito privado, siendo el siglo XIX el parte aguas en donde las acciones individuales de personas piadosas, cambiaría a la conformación de sociedades constituidas para lograr algún beneficio, ya fuera para sus miembros o para la sociedad en su conjunto. Actualmente vemos como esas sociedades han evolucionado y que la participación de las organizaciones de la Sociedad Civil han diversificado sus labores a todos los ámbitos. Finalmente el aporte como estudio regional de este trabajo es importante debido a que nos muestra un panorama diferente al acontecido en la ciudad de México donde desde los primeros años de la Republica Restaurada la oposición a todo lo relacionado con la religión fue más radical, en cambio en el plano regional
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específicamente en el gobierno de Manuel Cepeda Peraza, se apoyó la labor de las Hermanas de la Caridad, aún cuando en otros aspectos como el caso de las monjas concepcionistas si llevo a cabo las acciones que no se habían tomado antes en cuando a la exclaustración de las religiosas, así como la eliminación de otras prerrogativas de la iglesia. He ahí la importancia de los estudios regionales que nos muestran las particularidades con que se dieron los diferentes procesos que acontecieron en
nuestro país de acuerdo a las diferentes circunstancias,
costumbres, y factores específicos que en este caso se combinaron para conformar a la sociedad yucateca del siglo XIX.
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FUNDADORES DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD
San Vicente de Paul
Santa Luisa de Marillac
En esta imagen podemos apreciar a los fundadores con algunas Hijas de la Caridad
1
Estas imágenes son de uso popular y se pueden ver en cualquiera de las páginas de la congregación.
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1
IGLESIA Y CONVENTO DE LA MEJORADA
2
Litografía del Convento de Mejorada por A. Schoots
Iglesia de la Mejorada publicada en 1883
2
Imagen tomada de: Novelo Medina, Antonio, 2001, p. 45
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Fotografía de la Iglesia y Convento de la Mejorada de 1950
3
4
Imagen anónima tomada de Carrillo y Ancona, Crescencio, 1883, S/P; también la podemos encontrar en Antochiw, Michel, 1992, p. 47. 4 Novelo Medina, Antonio, 2001, p. 46
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CARTA ESCRITA POR LAS HERMANAS FUNDADORAS A LA CONDESA DE LA CORTINA A SU LLEGADA AL PUERTO DE VERACRUZ EN NOVIEMBRE DE 1845
Imagen del Archivo personal de la autora.
5
5
Manuscrito original ubicado en la Casa Provincial de la Compañía de las Hijas de la Caridad en la Ciudad de México.
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HIJAS DE LA CARIDAD EN MÉXICO
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Imágenes del Archivo personal de la Autora.
6
6
Imágenes tomadas en la Casa Provincial de la Compañía de las Hijas de la Caridad en la ciudad de México.
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AULA QUE IMPLEMENTA EL SISTEMA DE GRADAS
Imagen que ejemplifica el sistema de gradas descrito por el visitante 7 a la Casa de Asilo de las Hijas de la Caridad
7
Este sistema se utilizaba para la enseñanza simultánea, imagen tomada del Museo Virtual de la Historia de la Educación. Ahí mismo se cita la fuente original del grabado. http://www.um.es/muvhe/user/ver_fichas.php?id=155&id_categoria=18
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LEGISLACIONES RELEVANTES PARA ESTA INVESTIGACIÓN 2 DE FEBRERO DE 1861 LEY DE SECULARIZACIÓN DE HOSPITALES Y ESTABLECIMIENTOS DE BENEFICENCIA8 El C. Benito Juárez, Presidente interino constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, hago saber: Que en uso de las facultades de que me hallo investido, he tenido a bien decretar lo siguiente: Artículo 1.- Quedan secularizados todos los hospitales y establecimientos de beneficencia que hasta esta fecha han administrado las autoridades o corporaciones eclesiásticas. Artículo 2.- El Gobierno de la Unión se encarga del cuidado, dirección y mantenimiento de dichos establecimientos en el Distrito Federal, arreglando su administración como le parezca conveniente. Artículo 3.- Las fincas, capitales y rentas de cualquiera clase que les corresponden les quedarán afectos de la misma manera que hoy lo están. Artículo 4.- No se alterará respecto de dichos establecimientos nada de lo que esté dispuesto y se haya practicado legalmente sobre desamortización de sus fincas. Artículo 5.- Los capitales que se reconozcan a los referidos establecimientos, ya sea sobre fincas de particulares, ya por fincas adjudicadas, seguirán reconociéndose sin que haya obligación de redimirlos. Artículo 6.- Si alguna persona quisiere redimir voluntariamente los que reconozca, no podrá hacerlo sino por conducto de los directores o encargados de los establecimientos, con aprobación del Gobierno de la Unión y con la obligación de que los capitales así redimidos se impongan como en otras fincas. Artículo 7.- Los establecimientos de esta especie que hay en los Estados quedarán bajo la inspección de los gobiernos respectivos y con entera sujeción a las previsiones que contiene la presente ley. Por tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Dado en el Palacio Nacional de México, a 2 de febrero de 1861 Benito Juárez Al C. Francisco Zarco, Encargado del Despacho del Ministerio de Gobernación
8
Chantal López y Omar Cortés, 2000, http://www.Antorcha.net/index/biblioteca.html
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26 DE FEBRERO DE 1863 LEY QUE EXTINGUIÓ LAS COMUNIDADES DE RELIGIOSAS9 Benito Juárez, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Considerando: I. Que en la gravísima situación en que ha venido la República, el gobierno debe emplear todos los medios posibles para atender a las exigencias de la administración y muy especialmente para repeler al ejército extranjero invasor del territorio nacional. II. Que disponiéndose de los conventos ahora destinados a la clausura de las señoras religiosas, habrán de obtenerse en una parte considerable los recursos que necesita el tesoro de la Federación y podrán establecerse varios hospitales de sangre y proporcionarse alojamiento a los individuos que se inutilizaren y a las familias indigentes de los que han muerto y muriesen peleando por la patria en la guerra actual. III. Que si bien puede fundarse en cada uno la resolución de observar los votos que las religiosas pronuncian, es evidentemente opuesto a la misma libertad, incompatible con la ley de cultos e intolerable en una República popular la serie de medios coactivos con que se estrecha al cumplimiento de esos votos. IV. Que el poder a que sin reservas se someten las señoras religiosas no tiene por base y correctivo ni las leyes, como la autoridad de los magistrados, ni los sentimientos naturales, como la patria potestad, ni el derecho para cambiar de disposición las partes interesadas, como sucede en los contratos de servicios, sino un principio indefinido cuyas aplicaciones todas se imponen según la voluntad de ciertos individuos a otros que deben aceptarlas durante su vida entera, sin que para la represión de los abusos naturales en este sistema pueda intervenir eficazmente la autoridad pública, ni sea fácil tampoco el acceso a ella por parte de las personas agraviadas. V. Que no conviene dejar en manos del clero un poder desmesurado como éste, cuyos desafueros serían ahora más trascendentales que en ningún otro tiempo. VI. Que la influencia de los sacerdotes en la conciencia de las religiosas restituídas a la condición civil y al goce de sus derechos naturales tendrá las justas limitaciones que le prescriben el decoro del hogar doméstico, la opinión pública y las leyes del país.
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VII. Que en toda la República está declarada la opinión contra la subsistencia de estas comunidades. VIII. Que habiéndose resuelto la supresión de ellas por motivos justos y de pública utilidad, sin prevención alguna contra las religiosas, deben estas señoras conservar el goce de sus derechos especiales. IX. Que la supresión de las comunidades religiosas ahora existentes no comprende ni debe comprender a las hermanas de la caridad, que aparte de no hacer vida común, están consagradas al servicio de la humanidad doliente. Por estas causa, y usando de las amplias facultades con que me hallo investido, he tenido a bien decretar lo siguiente: Artículo 1.- Quedan extinguidas en toda la República las comunidades de señoras religiosas. Artículo 2.- Los conventos en que están reclusas quedarán desocupados a los ocho días de publicado este decreto, en cada uno de los lugares donde tenga que ejecutarse. Artículo 3.- De estos edificios, y de todo lo que en ellos se encontrara perteneciente a las comunidades de señoras religiosas, y no a estas últimas en particular, se recibirán las Oficinas de Hacienda que designe el Ministerio del ramo. Todo lo que tengan las religiosas para su uso particular se dejará a su disposición. Artículo 4.- No podrán ser enajenados estos edificios sino a virtud de una orden concerniente a cada caso, expedida por el Ministerio de Hacienda, y que se insertará precisamente en la escritura de enajenación, sin lo cual será ésta nula y de ningún valor; y el escribano que la autorice sufrirá la pena de privación completa de su oficio, respondiendo, además, por las resultas de su dolosa omisión. Artículo 5.- El Gobierno entregará sus dotes a aquellas de las religiosas que no los hubiesen recibido todavía; y mientras esto sucede, proveerá a la manutención de las interesadas. Artículo 6.- De los templos unidos a estos conventos, continuarán destinados al culto católico los que fueren designados al efecto por los gobernadores respectivos. Artículo 7.- Lo prevenido en este decreto no comprende a las hermanas de la caridad. Artículo 8.- El Ministerio de Hacienda expedirá el reglamento y órdenes que convengan para la exacta observancia de este decreto. México, 26 de febrero de 1863 Benito Juárez Al ciudadano Juan Antonio de la Fuente, Ministro de Relaciones Exteriores y Gobernación
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25 DE SEPTIEMBRE DE 1873 LEY SOBRE ADICIONES Y REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN10 SEBASTIÁN LERDO DE TEJADA, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a todos sus habitantes, sabed: Que el Congreso de la Unión ha decretado lo siguiente: El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le concede el Artículo 127 de la Constitución Política promulgada el 12 de febrero de 1857 y previa la aprobación de la mayoría de la Legislaturas de la República, declara: Son adiciones y reformas a la misma Constitución: Artículo 1.- El Estado y la Iglesia son independientes entre sí. El Congreso no puede dictar leyes estableciendo o prohibiendo religión alguna. Artículo 2.- El matrimonio es un contrato civil. Este y los demás actos del estado civil de las personas son de la exclusiva competencia de los funcionarios y autoridades del orden civil, en los términos prevenidos por las leyes, y tendrán la fuerza y validez que las mismas les atribuyan. Artículo 3.- Ninguna institución religiosa puede adquirir bienes raíces ni capitales impuestos sobre éstos, con la sola excepción establecida en el Artículo 27 de la Constitución. Artículo 4.- La simple promesa de decir verdad y de cumplir las obligaciones que se contraen sustituirá al juramento religioso con sus efectos y penas. Artículo 5.- Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento. El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso. La ley, en consecuencia, no reconoce órdenes monásticas ni puede permitir su establecimiento, cualquiera que sea la denominación u objeto con que pretendan erigirse. Tampoco puede admitir convento en que el hombre pacte su proscripción o destierro. TRANSITORIOS Las anteriores adiciones y reformas a la Constitución, serán publicadas desde luego con la mayor solemnidad en toda la República. Palacio del Congreso de la Unión, México, septiembre 25 de 1873. Por tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de México, a 25 de septiembre de 1873. 10
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Sebastián Lerdo de Tejada Al C. licenciado Cayetano Gómez y Pérez, encargado del despacho del Ministerio de Gobernación. Y lo comunico a usted para su conocimiento y efectos consiguientes. Independencia y Libertad. México, septiembre 25 de 1873. Cayetano Gómez y Pérez, Oficial Mayor.
14 DE DICIEMBRE DE 187411
Secretaría de Estado y del despacho de gobernación.-Sección l El C. Presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue: Sebastián Lerdo de Tejada, presidente constitucional de los Estados C. Presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue: Sebastián Lerdo de Tejada, presidente constitucional de los Estados-Unidos Mexicanos, a todos sus habitantes, sabed: Que el congreso de la Unión El Congreso de la Unión decreta:
a
tenido
a
bien
decretar
lo
siguiente:
SECCIÓN PRIMERA Art. 1. El Estado y la Iglesia son independientes entre sí. No podrán dictarse leyes estableciendo ni prohibiendo religión alguna; pero el Estado ejerce autoridad sobre todas ellas, en lo relativo a la conservación del orden público y a la observancia de las instituciones. Art. 2. El Estado garantiza en la República el ejercicio de todos los cultos. Sólo perseguirá y castigará aquellos hechos y prácticas que aunque autorizados por algún culto, importen una falta o delito con arreglo a las leyes penales. Art. 3. Ninguna autoridad o corporación ni tropa formada pueden concurrir con carácter oficial a los actos de ningún culto; ni con motivo de solemnidades religiosas, se harán por el Estado demostraciones de ningún género. Dejan en consecuencia de ser días festivos todos aquellos que no tengan por exclusivo objeto solemnizar acontecimientos puramente civiles. Los domingos quedan designados como días de descanso para las oficinas y establecimientos públicos. Art. 4. La instrucción religiosa y las prácticas oficiales de cualquier culto, quedan prohibidas en todos los establecimientos de la Federación, de los Estados y de los Municipios. Se enseñará la moral en los que por la naturaleza de su institución, lo 11
“1874 Sobre leyes de Reforma. Decreto del Congreso”, http://www.memoriapoliticademexico.org/Textos/5RepDictadura/1874LRD.html
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permitan, aunque sin referencia a ningún culto. La infracción de este artículo será castigada con multa gubernativa de veinticinco a doscientos pesos, y con destitución de los culpables, en caso de reincidencia. Las personas que habiten los establecimientos públicos de cualquiera clase, pueden, si lo solicitan, concurrir a los templos de su culto y recibir en los mismos establecimientos, en caso de extrema necesidad, los auxilios espirituales de la religión que profesen. En los reglamentos respectivos se fijará la manera de obsequiar esta autorización, sin perjuicio del objeto de los establecimientos y sin contrariar lo dispuesto en el artículo tercero. Art. 5. Ningún acto religioso podrá verificarse públicamente, si no es en el interior de los templos, bajo la pena de ser suspendido el acto y castigados sus autores con multa gubernativa de diez a doscientos pesos, o reclusión de dos a quince días. Cuando al acto se le hubiese dado, además, un carácter solemne por el número de personas que a él ocurran, o por cualquier otra circunstancia, los autores de él, lo mismo que las personas que no obedezcan a la intimación de la autoridad para que el acto se suspenda serán reducidos a prisión y consignadas a la autoridad judicial, incurriendo en la pena de dos a seis meses de prisión. Fuera de los templos tampoco podrán los ministros de los cultos, ni los individuos de uno ú otro sexo que los profesen, usar de trajes especiales ni distintivos que los caractericen, bajo la pena gubernativa de diez a doscientos pesos de multa. Art. 6. El uso de las campanas queda limitado al estrictamente necesario para llamar a los actos religiosos. En los reglamentos de policía se dictarán las medidas conducentes a que con ese uso no se causen molestias al público. Art. 7. Para que un templo goce de las prerrogativas de tal, conforme al efecto se declaran vigentes en toda la República, deberá darse aviso de su existencia é instalación a la autoridad política de la localidad, quien llevando un registro de los que se hallen en este caso, lo participará al Gobierno del Estado, y éste al ministerio de gobernación. Tan luego como un templo no esté dedicado al ejercicio exclusivo del culto a que pertenezca, verificándose en él actos de otra especie, será borrado del registro de los templos, para los efectos de este artículo. Art. 8. Es nula la institución de herederos o legatarios que se haga en favor de los ministros de los cultos, de sus parientes dentro del cuarto grado civil y, de las personas que habiten con dichos ministros, cuando éstos hayan prestado cualquiera clase de auxilios espirituales a los testadores durante la enfermedad de que hubieren fallecido, o hayan sido directores de los mismos. Art. 9. Es igualmente nula la institución de herederos o legatarios que, aunque hecha en favor de personas hábiles, lo sea en fraude de la ley y para infringir la fracción III del art. 15.
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Art. 10. Los ministros de los cultos no gozan, por razón de su carácter, de ningún privilegio que los distinga ante la ley, de los demás ciudadanos, ni están sujetos a más prohibiciones que las que en esta ley y en la Constitución se designan. Art. 11. Los discursos que los ministros de los cultos pronuncien aconsejando el desobedecimiento de las leyes, o provocando algún crimen o delito, constituyen en ilícita la reunión en que se pronuncien, y deja ésta de gozar de la garantía que consigna el art. 9 de la Constitución, pudiendo ser disuelta por la autoridad. El autor del discurso quedará sometido en este caso a lo dispuesto en el título sexto, capítulo octavo, libro tercero del Código penal que se declara vigente en el caso para toda la República. Los delitos que se cometan por instigación o sugestión de un ministro de algún culto, en los casos del presente artículo, constituyen a aquel en la categoría de autor principal del hecho. Art. 12. Todas las reuniones que se verifiquen en los templos serán públicas, estarán sujetas a la vigilancia de la policía, y la autoridad podrá ejercer en ellas las funciones de su oficio, cuando el caso lo demanda. Art. 13. Las instituciones religiosas son libres para organizarse jerárquicamente según les parezca; pero esta organización no produce ante el Estado mas efectos legales, que el de dar personalidad a los superiores de ellas en cada localidad para los efectos del art. 15. Ningún ministro de ningún culto podrá, por lo mismo, a título de su carácter, dirigirse oficialmente a las autoridades. Lo hará en la forma y con los requisitos con que puede hacerlo todo ciudadano al ejercer el derecho de petición. SECCIÓN SEGUNDA Art. 14. Ninguna institución religiosa puede adquirir bienes raíces, ni capitales impuestos sobre ellos, con excepción de los templos destinados inmediata y directamente al servicio público del culto, con las dependencias anexas a ellas que sean estrictamente necesarias para este servicio. Art. 15. Son derechos de las asociaciones religiosas representadas por el superior de ellas en cada localidad: I. El de petición. II. El de propiedad en los templos adquiridos con arreglo al artículo anterior, cuyo derecho será regido por las leyes particulares del Estado en que los edificios se encuentren; extinguida que sea la asociación en cada localidad, o cuando sea la propiedad abandonada. III. El de recibir limosnas o donativos que nunca podrán consistir en bienes raíces, reconocimiento sobre ellos ni en obligaciones o promesas de cumplimiento futuro, sea
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a titulo de institución testamentaria, donación, legado o cualquiera otra clase de obligación de aquella especie, pues todas serán nulas é ineficaces. IV. El derecho de recibir aquellas limosnas en el interior de los templos por medio de los cuestores que nombren, bajo el concepto de que para fuera de ellos queda absolutamente prohibido el nombramiento de tales cuestores, estando los que se nombren comprendidos en el art. 413 del Código Penal del Distrito, cuyo artículo se declara vigente en toda la República. V. El derecho que se consigna en el artículo siguiente. Fuera de los derechos mencionados, la ley no reconoce ningunos otros a las sociedades religiosas con su carácter de corporación. Art. 16. El dominio directo de los templos que conforme a la ley de 12 de julio de 1859, fueron nacionalizados y que se dejaron al servicio del culto católico, así como de los que con posterioridad se hayan cedido a cualesquiera otras instituciones religiosas, continúa perteneciendo a la nación; pero su uso exclusivo, conservación y mejora serán de las instituciones religiosas a quienes se hayan cedido mientras no se decrete la consolidación de la propiedad. Art. 17. Los edificios de que hablan los dos anteriores artículos, estarán exentos del pago de contribuciones, salvo cuando fueren construidos o adquiridos nominal y determinadamente por uno o más particulares que conserven la propiedad de ellos, sin transmitirla a una sociedad religiosa. Esa propiedad, en tal caso, se regirá conforme a las leyes comunes. Art. 18. Los edificios que no sean de particulares, y que con arreglo a esta sección y a la que sigue, sean recobrados por la nación, serán enajenados conforme a las leyes vigentes sobre la materia. SECCIÓN TERCERA Art. 19. El Estado no reconoce órdenes monásticas ni puede permitir su establecimiento, cualquiera que sea la denominación ú objeto con que pretendan erigirse. Las órdenes clandestinas que se establezcan se considerarán como reuniones ilícitas, que la autoridad puede disolver, si se tratare de que sus miembros vivan reunidos; y en todo caso los jefes, superiores y directores de ellas, serán juzgados como reos de ataque a las garantías individuales, conforme al art. 963 del Código Penal del Distrito que se declarará vigente en toda la República. Art. 20. Son órdenes monásticas para los efectos del artículo anterior, las sociedades religiosas cuyos individuos vivan bajo ciertas reglas peculiares a ellas, mediante promesas o votos temporales o perpetuos, y con sujeción a uno o más superiores, aun cuando todos los individuos de la Orden tengan habitación distinta. Quedan, por lo
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mismo, sin efecto, las declaraciones primera y relativas de la circular del ministerio de gobernación, de 28 de mayo de 1861. SECCIÓN CUARTA Art. 21. La simple promesa de decir verdad y la de cumplir las obligaciones que se contraen, sustituyen al juramento religioso en sus efectos y penas, pero una y otra solo son requisitos legales, cuando se trate de afirmar un hecho ante los tribunales, en cuyo caso se prestará la primera y la segunda cuando se tome posesión del cargo o empleo. Esta última se prestará, haciendo protesta formal sin reserva alguna de guardar y hacer guardar en su caso, la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, con sus adiciones y reformas y las leves que de ella emanen. Tal protesta la deberán prestar todos los que tomen posesión de un empleo o cargo público, ya sea de la Federación, de los Estados o de los Municipios. En los demás casos en que con arreglo a las leves el juramento producía algunos efectos civiles, deja de producirlo la protesta, aun cuando llegue a prestarse. SECCIÓN QUINTA Art. 22. El matrimonio es un contrato civil, y tanto él como los demás actos que fijan el estado civil de las personas, son de la exclusiva competencia de los funcionarios del orden civil en los términos prevenidos por las leyes, y tendrán la fuerza y validez que las mismas les atribuyan. Art. 23. Corresponde a los Estados legislar sobre el estado civil de las personas y reglamentar la manera con que los actos relativos deben celebrarse y registrarse; pero sus disposiciones deberán sujetarse a las siguientes bases: I Las oficinas del registro civil serán tantas cuantas basten para que cómodamente puedan concurrirá ellas todas las personas que las necesiten, y estarán siempre a cargo de empleado de aptitud y honradez justificadas. II. El registro de los actos del estado civil se llevará con la debida exactitud y separación, en libros que estarán bajo la inspección de las autoridades políticas. La inscripción se hará con todos los requisitos y formalidades que garanticen su fidelidad y la autenticidad de las actas. Estos no podrán contener raspaduras, entrerrenglonaduras ni enmiendas, poniéndosele la nota de "no pasó" antes de firmarse a la que esté errada, y sentándola luego correctamente a continuación. III. El servicio del estado civil será enteramente gratuito para el público, y solo podrán establecerse aranceles para el cobro de derechos por aquellos actos, que pudiendo practicarse en las oficinas, a solicitud de los interesados, se practiquen en sus casas; por la expedición de testimonios de las actas y por las inhumaciones que en los cementerios públicos se hagan en lugares privilegiados.
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IV. Los oficiales del registro civil llevarán una copia de sus libros, sin interrupción ninguna entre las actas. Cada seis meses remitirán esta copia, autorizada al calce y con expresión de las fojas que contiene, rubricadas al margen, al archivo del gobierno de su Estado. Mensualmente remitirán, además, una noticia de los actos que en el mes hubieren registrado. V. Todos los actos del registro civil, tendrán el carácter de públicos, y a nadie se le podrá negar testimonio que solicite de cualquiera de las actas. VI. Las actas del registro serán la única prueba del estado civil de las personas y harán fe en juicio mientras no se pruebe su falsedad. VII. El matrimonio civil no podrá celebrarse más que por un hombre con una sola mujer, siendo la bigamia y la poligamia delitos que las leyes castigan. VIII. La voluntad de los contrayentes libremente expresadas en la forma que establezca la ley, constituye la esencia de matrimonio civil; en consecuencia, las leyes protegerán la emisión de dicha voluntad, é impedirán toda coacción sobre ella. IX. El matrimonio civil no se disolverá más que por la muerte de uno de los cónyuges; pero las leyes pueden admitir la separación temporal por causas graves que serán determinadas por el legislador, sin que por la separación quede hábil ninguno de los consortes para unirse con otra persona. X. El matrimonio civil no podrá celebrarse por personas que por incapacidad física no puedan llenar los fines de ese estado, ni por aquellas que por incapacidad moral no pueden manifestar su consentimiento. El matrimonio que en estos casos llegare a celebrarse, deberá declararse nulo a petición de una de las partes. XI. El parentesco de consanguinidad o afinidad entre ascendientes y descendientes en línea recta, y de hermanos carnales consanguínea o uterinos, serán causas también que impidan la celebración del matrimonio, y que contraído lo diriman. XII. Todos los juicios que los casados tengan que promover sobre nulidad o validez del matrimonio, sobre divorcio y demás concernientes a este estado, se seguirán ante los tribunales civiles que determinen las leyes, sin que surtan efecto alguno legal las resoluciones que acaso lleguen a dictarse por los ministros de los cultos sobre estas cuestiones. XIII. La ley no impondrá ni prescribirá los ritos religiosos respecto del matrimonio. Los casados son libres para recibir o no las bendiciones de los ministros de su culto, que tampoco producirán efectos legales. XIV. Todos los cementerios o lugares en que se sepulten cadáveres, estarán bajo la inmediata inspección de la autoridad civil; aun cuando pertenezcan a empresas
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particulares. No podrá establecerse ninguna empresa de este género, sin licencia de la autoridad respectiva: no podrán hacerse inhumaciones ni exhumaciones sin permiso ú orden por escrito del funcionario o autoridad competente. Art. 24. El estado civil que una persona tenga conforme a las leves de un Estado o distrito, será reconocido en todos los demás de la República. SECCIÓN SEXTA Art. 25. Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su pleno consentimiento y sin la justa retribución. La falta del consentimiento aun cuando medie la retribución, constituye un ataque a la garantía, lo mismo que la falta de retribución cuando el consentimiento se ha dado tácita o expresamente, a condición de obtenerla. Art. 26. El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso, ni en que el hombre pacte su proscripción o destierro. Todas las estipulaciones que se hiciesen en contravención a este artículo, son nulas y obligan siempre a quien las acepte a la indemnización de los daños y perjuicios que causare. DISPOSICIONES GENERALES Art. 27. Es del resorte de las autoridades políticas de los Estados, imponer las penas gubernativas de que habla esta ley. Esas mismas autoridades incurrirán ante los gobernadores de los Estados en el doble de esas penas, en caso de que autorizasen o a sabiendas tolerasen que la ley se infrinja. Los gobernadores de los Estados son responsables, a su vez, por la infracción de la presente ley, y por las omisiones que cometan ellos o las autoridades y empleados que les estén sujetos. Art. 28. Los delitos que se cometan con infracción de las secciones la, 2a, 3a y 6a de esta ley, tienen el carácter de federales y son de la competencia de los tribunales de la Federación; pero los jueces de los Estados conocerán de ellos de oficio en los puntos en que no residan los de distrito, y hasta poner la causa en estado de sentencia, remitiéndola entonces para su fallo al juez de distrito a quien corresponda. De los demás delitos que se cometan con infracción de las secciones 4a y 5a, conocerán las autoridades competentes conforme al derecho común de cada localidad. Art. 29. Quedan refundidas en estas las leyes de Reforma, que seguirán observándose en lo relativo al Registro civil, mientras los Estados expiden las que deben dar conforme a la sección 5a. Quedan también vigentes dichas leves en todo lo que se refiere a nacionalización y enajenación de bienes eclesiásticos y pago de dotes a señoras exclaustradas, con las modificaciones que por ésta se introducen al art. 80 de la ley de 25 de junio de 1856.
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Palacio del poder legislativo. México, Diciembre 10 de 1874. Nicolás Lemus, diputado presidente. Antonio Gómez, diputado secretario.-Luís G. Álvarez, diputado secretario. J. V. Villada, diputado secretario.-Alejandro Prieto, diputado secretario. Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno nacional en México, a 14 de diciembre de 1874.Sebastián Lerdo de Tejada.-Al C. Cayetano Gómez y Pérez, oficial mayor encargado de la secretaría de Estado y del despacho de gobernación. Y lo comunico a vd. para los fines consiguientes. Independencia y libertad. México, Diciembre 14 de 1874.- Cayetano Gómez y Pérez.C...
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