EXPED ESPEC
: :
CAS : 3241 SINOE : 96217 SUMILLA : INTERPONGO DEMANDA DE AUMENTO DE ALIMENTOS
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CONVENCION FLOR MARITZA PRUDENCIO CHAVEZ, con DNI N° 41338728, con domicilio real en La Av. Bolognesi Y-4, Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención y Departamento del Cusco, y señalando domicilio procesal Jirón Apurímac Nº 147 oficina 201 del distrito Santa Ana (Quillabamba), Provincia la Convención y Departamento
del
Cusco,
con
Casilla
electrónica Nº 96217 y correo electrónico
[email protected], interpongo demanda de
AUMENTO DE ALIMENTOS la misma que la dirijo a FERNANDO HUALLPAYUNCA PRUDENCIO con D.N.I. Nº 41657936 con domicilio real en el xxxxx, a Ud. respetuosamente Digo:
1.- PETITORIO Y VIA PROCESAL: Que, en la vía PROCESO UNICO, interpongo demanda de AUMENTO DE ALIMENTOS en contra de FERNANDO HUALLPA PRUDENCIO , quien tiene como domicilio real en el Distrito de Santa Ana, provincia de Calca y departamento del Cusco, a fin de que cumpla con aumentar la pensión alimenticia con la suma de s/. 2,000.00 soles (dos mil soles), en forma mensual, a favor de nuestro menor hijo IVAN LUIGUI HUALLPA YUNCA PRUDENCIO, DE 17 AÑOS DE EDAD, a quien
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represento por ser la madre, de conformidad con los siguientes fundamentos de hecho y derecho:
2.- FUNDAMENTOS DE HECHO Señor juez la recurrente he iniciado juicio de alimentos ante EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CONVENCION proceso que se ha realizado con la causa Nº: 178-2005 proceso que ha sido sentenciado el XX de julio del año XXXX declarando fundada en parte mi pretensión conforme adjunto en fotocopia la sentencia expedida de fecha XX de julio del año 2006, es así Señor juez de que el juzgado ha decidido la l a pensión de alimentos de s/. 120.00 soles cuando mi hijo tenía 4 años de edad y hasta la fecha no he realizado aumento de prestación de alimentos puesto que el monto de s/. 120.00 soles no cubran en lo mínimo los gastos como son el estudio y la alimentación respectivamente. Señor Juez inclusive se practicó la liquidación de alimentos devengados por p or tanto también adjunto copia de la resolución Nº xxx.
3.- LA NECESIDAD DEL ALIMENTISTA Señor juez que a la fecha mi hijo viene cursando estudios de nivel SUPERIOR en la Universidad Andina del Cusco – Sede Quillabamba y la mensualidad que pasa el demandado no cubre ni para su movilidad, m ovilidad, toda vez que S/. 120.00 soles entre 30 días vendría a ser a S/. 4.00 soles aproximadamente y como es de pleno conocimiento un menor en crecimiento y estudio tiene mayor necesidad para lo cual detallo lo siguiente: GASTOS MENSUALES COMO: Pago de alquiler mensual, por vivir en casa de mis padres S/. 200.00 soles. Respecto al desayuno: S/. 5.00 que al mes suma
S/. 150.00 soles.
Respecto al almuerzo: S/. 5.00 que al mes suma
S/. 150.00 soles.
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Pago de Compra de Libros, cuadernos, fotocopiado
S/. 100.00 soles
Señor juez los gastos mensuales que vienen a ser NECESIDADES PRIMARIAS de mi menor hijo tendría una sumatoria de S/. 1290.00 soles, sin tomar en cuenta los gastos extraordinarios como: LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS COMO: • Dentista S /. 300.00 soles. • Profesor particular, para nivelar sus conocimientos S/. 300.00 soles. • Profesor particular, para manejo de computadora S/. 100.00 soles. • Vestido
zapatillas, sandalias sandalias S/. 300.00 soles • Zapatos, zapatillas, • Pantalón, Short, ropa interior S/. 200.00 soles • Polos, remeras, camisas
S/. 200.00 soles
• Gorro y sombrero :
S/. 50.00 soles
• Juegos, deporte y recreación
S/. 200.00 soles
A pesar de que el vestido, ve stido, salud, vivienda, viviend a, alimento son NECESIDADES PRIMARIAS. Estos gastos Señor Juez, es sin tomar en consideración como son frutas, vitaminas, leche, la alimentación adecuada, útiles de aseo personal, vestimenta, Juegos propios de su edad, que todo púber tiene por necesidad y demás. Y motivo por el cual solicito se sirva acrecentar la suma de S/. 2,000.00 soles de forma mensual. Por lo expuesto pido a Usted Señor juez se sirva a declarar fundada el aumento de alimentos. A la fecha se encuentra estudiando en la Universidad Andina A ndina del d el Cusco – sede
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4. CAPACIDAD ECONÓMICA DEL DEMANDADO: Señor Juez el demandado es comerciante en el rubro de la construcción, así como también estuvo dirigiendo trabajos de construcción de viviendas en la zona de Macamango, como también realiza compra venta de motos, tiene bienes inmuebles en distintos lugares de la provincia de La Convención. EL DEMANDO es un hombre sumamente hábil e inteligente en sus días libres genera ingresos como comerciante, en el alquiler de motos y equipos de construcción, por el que percibe fuertes cantidades de dinero en el trabajo independiente al que se dedica, así como también el demandado vive en casa de d e sus padres que no paga alquiler ni luz, ni agua, por tanto Señor juez el demandado tiene el deber y derecho de incrementar los derechos de alimentos toda vez que la suma de S/. 120.00 soles que viene pasando hace 12 xxxx años y por lo que no cubre las necesidades del menor hijo, que ahora ya es adolecente. Tanto más, el demandado nunca se hizo cargo del menor hijo, nunca estuvo presente en la gestación de la recurrente, el demandado haciendo caso omiso a la sentencia de la demanda de alimentos Interpuesta por la recurrente no cumple con hacer los depósitos mensuales, por lo que el demandado se ha olvidado en su totalidad de mi menor hijo en sus cumpleaños, navidad, año nuevo, ni llego a felicitarlo por haber ingresado a la universidad dentro de los primeros puestos, por tanto Señor Juez el abandono material y moral del demandado es recurrente tengo que asumir con todos los gastos, por la que también se debe tomar en cuenta la actuación y comportamiento del demandado. Señor juez, así como también los gastos médicos, recreación y vestimenta sola la recurrente tiene que afrontar estas necesidades mientras que el demandado vive en lujos, se va de viajes caros, participa en competencias de motos, demuestra categóricamente de que el demandado tiene capacidad económica por tanto tiene el deber y derecho a acudirme la suma de S/. 2000.00 soles de
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Amparo la presente demanda en lo dispuesto por los siguientes artículos: • Artículo 415º del código civil, referido a derecho del hijo alimentista. • Articulo 235º del código civil, referido a deberes de los padres con los hijos y a
la igualdad entre los hijos. • Artículo 472 º del código civil, en el cual se establece la definición de alimentos. • Artículo 481º del código civil, en el que se fijan los criterios que debe el tomar
el juez para establecer el monto de los alimentos. • Artículo 482º del código civil, en el cual se establece las condiciones para que
proceda el reajuste de la pensión alimenticia. c aracteres del derecho de alimentos. • Artículo 487º del código civil, referido a los caracteres • Artículo 92 º del código de los niños y adolescentes, en el cual se da una
definición de los alimentos. • Articulo 93º del código de los niños y adolescentes, en el cual se señalan los
obligados a prestar alimentos. • Articulo 560º, 561º y 571º del código procesal civil. • Artículo 164º, del código de los niños y adolescentes.
6. MONTO DEL PETITORIO De manera ilustrativa se hace presente que el monto del petitorio asciende la suma de S/. 2,000.00 (DOS MIL SOLES).
7. VÍA PROCEDIMENTAL La presente demanda deberá tramitarse en la vía del PROCESO ÚNICO regulado a través del artículo 164º del código de los niños y adolescentes y el código procesal civil. 8. COMPETENCIA. De conformidad al artículo 560º del código procesal civil, y el artículo 96º del código de los niños y adolescentes su despacho es el competente para conocer
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Pido a Ud. Señor Juez, admitir la presente demanda, tramitarla conforme a sus naturales y declararla fundada en su oportunidad.
OTRO SI: MEDIOS PROBATORIOS: Como medios probatorios de la presente demanda ofrezco los siguientes documentos: 1. Copia de ACTA DE SENTENCIA con la fecha de 06 de julio del año 2016. 2. Copia de RESOLUCION N11 sobre LIQUIDACION de los alimentos devengados. 3. Contrato de arrendamiento de inmueble. 4. Copia simple del DNI de mi menor hijo. 5. Copia simple de DNI de la recurrente. 6. Boletas que acreditan los gastos de mi menor hijo.
Santa Ana, 09 de noviembre del 2018.
_________________________ _________________________ Flor Maritza Prudencio Chávez DNI N° 41338728