Expediente : ……… Esp. Legal :………. Cuaderno : ……….. Escrito : No. 01 Sumilla : Demanda de Aumento de Pensión Alimenticia.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO JUZGADO DE PAZ LETRADO LETRADO DE LINCE Y SAN ISIDRO. ISIDRO.
SOCORRO DEL PILAR FLORES CALDERON , identificado con DNI. Nº 07389277 con domicilio real en Av. Militar Nº 2445 Int. Nº 06, - Distrito de Lince, y para estos efec ef ecto toss seña señalo lo domi domici cili lioo Proc Proces esal al en Jr. Jr. Cara Caraba baya ya Nº 1119 1119,, Of. Of. 603 603 - Lima Lima Cercado, a usted con con respeto respeto digo: I.- VIA PROCEDIMENTAL PROCEDIMENTAL Y PETITORIO: PETITORIO: Qué, en Vía De Proceso Sumarísimo, Interpongo
DEMANDA DE AUMENTO DE
PENSIÓN DE ALIMENTICIA ALIMENTICIA contra don BRAULIO DARÍO APAZA CORONEL , con domicilio real en sito en Jr. Emilio Valdizan Nº
379, Distrito de Jesús Maria , a fin de que
cumpla con pagar pagar un pensión pensión alimenticia en beneficio beneficio de la demandante esta vez consistente en el 45 % de los haberes haberes del demandado demandado que será pagado en mensualidades mensualidades adelantadas.
II.- COMPETENCIA: COMPETENCIA: Es competente el Juzgado de paz letrado del Distrito de Lince y San Isidro, porque existe prueba indubitable del vinculo familiar entre las partes y así lo dispone el 2do párrafo del articulo 547 del Código Procesal Civil, referido a la competencia tratándose de la pretensión de alime liment nto os y, por ende ende,, aplic plica able ble en caso caso de
AUMENTO DE LA PENSIÓN
ALIMENTICIA. ALIMENTICIA. Por domiciliar el demandado dentro de la competencia territorial del juzgado y establecerlo así el artículo 560 del Código Procesal Civil, aplicable a la pretensión de aumento de pensión alimenticia, por disposición del artículo 571 del citado cuerpo de leyes.
III. FUNDAMENTOS HECHOS: 1.- Qué, la recurrente
inicio contra el demandado un Proceso de Alimentos
ante el
JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE LINCE , EXPEDIENTE Nro. 3337 , siendo el Secretario el Dr. Rubén Vargas Rojas, la pensión que consigna el obligado es muy baja siendo el S/.23% cuando se a incrementado las necesidades del alimentista como son los gastos del la escuela donde estudia mi hija CEGNE MAYOR PIP “FELIX ROMAN TELLO ROJAS” lo cual no es correcto, solicito a su Judicatura un aumento de la pensión alimenticia en el 45% de los haberes del demandado. Ya que goza de las posibilidades económicas, como sub.-Oficial del Ejercito. 2.- Señor Juez he solicitado una vacante al Director del Instituto CEGNE MAYOR PIP “FELIX ROMAN ROJAS para presentar a su despacho sobre los gastos de la Institución donde estudia mi hija. 3.- Presento a su Juzgado la factura del Instituto CEGNE MAYOR PIP “FELIX ROMAN ROJAS, gastos de nivelación de mi menor hija, como es la nivelación de admisión - 2007, más la matricula anticipada que no alcanza y es por ello que pido el aumento que solicito.
IV.
FUNDAMENTACION JURIDICA: Los Fundamentos de derecho de la presente acción encontramos en los _ Art. 472 del Código Civil, se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitación vestido y asistencia medica, educación, y y según las posibilidades de la familia. _ Art. 474 del Código Civil, que establece en su inciso 1) que se deben alimentos recíprocamente los conyugues. _ Art. 482 del Código Civil, señala que la pensión alimenticia se incrementa o reduce según el aumento o la disminución que experimenten las necesidades del alimentista y las posibilidades del que debe prestarla. _ Art. 571 del Código Procesal Civil, señala que las normas de este subcapitulo son aplicables a los procesos
inc. 562, 563, del Código Procesal Civil.
VI.
MEDIOS PROBATORIOS: Ofrezco los siguientes medios probatorios: 1.- El merito de la Partida de Nacimiento nuestra menor hija INGRID DEL PILAR. 2.- Constancia Original de Vacante de Ingrid Del Pilar Apaza Flores del IEP. MY “FELIX ROMAN TELLO ROJAS”
VI.
ANEXOS: 1. A. Copia del DNI de la recurrente 2. B. Copia de la Partida de Nacimiento de la menor Ingrid Del Pilar Apaza flores 3. C. Copia de la Constancia de Vacante de Ingrid Del Pilar Apaza Flores del IEP. MY “FELIX ROMAN TELLO ROJAS” 4. D. Tasa Judicial por concepto de ofrecimiento de pruebas.
POR TANTO: Al Juzgado, solicito se sirva tener por interpuesta la presente demanda y darle al tramite que a su naturaleza corresponde, declarándola fundada en su oportunidad conforme a mi derecho y de acuerdo a ley.
PRIMER OTROSI DIGO: Que, solicito se oficie a la dependencia judicial correspondiente a efecto de que se sirva remitir el expediente Nro.
3337, .referido al proceso fenecido que
alimentos entre las partes, por ante el Juzgado
de PAZ LETRADO DE LINCE Y SAN
ISIDRO, siendo Secretario el Dr. Rubén Vargas Rojas, expediente ofrecido como punto 1, de los fundamentos de hecho.
Lima, 29 de Enero de 2006.
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SOCORRO DEL PILAR FLORES CALDERON
DNI. Nº 07389277