SUNAFIL: INSPECCIONES SOBRE CONTRATOS DE
CONTRATO CONTRA TO DE TRABAJO Dentro del ámbito del derecho laboral se halla: Trabajo T rabajo humano -productivo -productivo - por cuenta ajena - libre libre (acuerdo de voluntades). Contrato típico: duración indefnida Contrato atípico: duración temporal r resunción esunción relativa duración indefnida (!rt. "" del T#$) %e&uisitos de valide': istencia de causa objetiva *orma escrita +erifcación administrativa Duración máima rohibición de recontratación de trabajadores permanentes como temporales. • • • • •
ELE%ENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO &' Prestac()! "erso!al #el ser*(c(o El +(s+o traba$a#or #ebe real(zar "erso!al+e!te el traba$o +ater(a #el co!trato'
,' Subor#(!ac() !
2' Re+u!erac( )!
D(r(-e . F(scal(za Sa!c(o!a I!#(c(os: $or!a#a / 0orar(o1 otor-a+(e!to #e 0erra+(e!tas / co!#(c(o!es #e traba$o1 cu+"l(+(e!to #e )r#e!es1 etc'
Se acuer#a "a-ar u!a re+u!erac()! al traba$a#or "or la labor real(za#a'
ratac()!: e! 3u!c()! #e la *(-e!c(a
Co!trato #e Traba$o
A "lazo (!#eter+(! a#o (sin re&uisitos) A "lazo 4$o (con re&uisitos)
Per5o#o #e "rueba Re-la: 2 +eses' E6ce"c()!: 7 +eses / & a8o' • •
Requ(s(tos susta!c(ales: - Causa temporal. - %elación entre el objeto del contrato , la prestación de Requ(s(tos 3or+ales: servicios. Contrato escrito (sealar objeto , la duración). - %eistro ante la !utoridad !dministrativa de Trabajo. Trabajo.
CONTRATOS SUJETOS A %ODALIDAD 9"lazo 4$o %ODALIDAD CAUSA
DURACI;N %<=I%A
or inicio o incremento de actividad
/atis0acer las necesidades oriinadas por el inicio de una nueva actividad empresarial empres arial o el incremento de las eistentes.
1 aos
or necesidad de mercado
!tender incrementos incrementos co,unturales de la producción oriinados por variaciones sustanciales de la demanda en el mercado.
2 aos
or reconvención empresarial
n virtud de sustitución3 ampliación o modifcación de las actividades desarrolladas en la empresa.
4 aos
$casional
!tender necesidades transitorias3 distintas a la actividad habitual del centro de trabajo.
5 meses al ao
De suplencia
/ustituir a un trabajador estable cu,o vínculo laboral se encuentra suspendido por aluna causa justifcada prevista en
6a &ue resulte necesaria
RATOS SUJETOS A %ODALIDAD 9"lazo 4$o %ODALIDAD
CAUSA
DURACI;N %<=I%A
De emerencia
Cubrir necesidades producidas por caso 0ortuito o 0uer'a ma,or. ma,or.
6o &ue dure la emerencia
Celebrado con un objeto previamente establecido , una duración determinada.
6a necesaria para concluir la obra o servicio.
ara obra determinada o servicio específco 8ntermitente
Cubrir las necesidades de la empresa &ue 9o tiene pla'o por su naturale'a son permanentes pero de duración discontinuas. máimo
De temporada
!tender necesidades propias del iro de la empresa o establecimiento3 &ue se cumplen sólo en determinadas pocas del 6o &ue dure la ao , están sujetas a repetirse en temporada. períodos e&uivalentes en cada ciclo3 en 0unción de la naturale'a de la actividad productiva.
Duración máima usando todas las modalidades
2 aos
RATOS SUJETOS A %ODALIDAD 9"lazo 4$o
%ODALIDAD
CAUSA
DURACI;N %<=I%A
Contrato de eportación no tradicional
Contratos de trabajo bajo el rimen de eportación de productos no tradicionales a &ue se refere D. 6e, 441;4
-
Contrato de Contratos de trabajo temporales trabajo en 'onas &ue se ejecuten en 'onas 0rancas 0rancas se reula por sus propias normas.
-
$tros contratos
9aturale'a temporal con duración adecuada al servicio &ue deba prestarse
2 aos
DESNATURALI>ACI;N DESNATURALI>ACI; N DE CONTRATOS CONTRA TOS DE TRABAJO Los co!tratos #e traba$o su$etos a +o#al(#a# se co!s(#era! #e #urac()! (!#eter+(!a#a e! los s(-u(e!tes casos: •
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/i el trabajador continua laborando despus de la 0echa de vencimiento del pla'o estipulado3 o despus de las prórroas pactadas3 si stas eceden del límite máimo permitido. Cuando se trate de un contrato para obra determinada o de servicio específco3 si el trabajador contin7a prestando servicios específcos3 lueo de concluida la obra materia de contrato3 sin haberse operado renovación. /i el titular del puesto sustituido3 no se reincorpora vencido el trmino leal o
PRI%AC?A DE LA REALIDAD <= en caso de discordancia entre lo &ue ocurre en la práctica , lo &ue sure de los documentos , acuerdos3 = darse pre0erencia a lo primero3 =3 lo &ue sucede en el terreno de los hechos> - !mrico la %odríue'. •
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?uarda relación con el principio de veracidad. /u 0unción es evitar &ue relaciones laborales se presenten como unas de naturale'a civil o comercial. /e encuentra positivi'ado en nuestra leislación. /imulación: 8nvalide' del acto simulado3 acoindose el verdadero. *raude a la le,: Trabajador a tiempo parcial cuando en realidad es uno con jornada completa.
PRESUNCI;N DE LABORALIDAD
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!rt. 413 41.4 6e, 9@ 4A;A": > mpleador debe la presunción3 acreditar el carácter autónomo o independiente de la prestación laboral3 o a,udado o reempla'ado.
PRINCIPIO DE PRI%AC?A DE LA REALIDAD •
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Contrato para enaar a terce terceros ros (/euridad social). 6ocación de servicios (encubre la relación). Duración deter determinada minada (encubr (encubre: e: indeterminada) Califcación como caro de confan'a (sin serlo). racticantes (proveerse (proveerse mano de obra barata) 8ntermediación 8ntermediació n (0raudulenta). Ter T erceri'ación ceri'ación (desnaturali'ada).
TRIBUNAL CONSTITUCIONA CONSTITUCIONAL L Cr(ter(os "ara #eter+(!ar la e6(ste!c(a #e u!a relac()! laboral a) Control sobre la prestación desarrollada o la 0orma en &ue sta se ejecutaB b) 8nteración de la demandante en la estructura orani'acional de la /ociedadB c) 6a prestación 0ue ejecutada dentro de un horario determinadoB d) 6a prestación 0ue de cierta duración , continuidadB e) /uministro de herramientas , materiales a la demandante para la prestación del servicioB 0) ao de remuneración a la demandanteB ,3 ) %econocimiento de derechos laborales3 tales como las vacaciones anuales3 las ratifcaciones , los descuentos para los sistemas de pensiones , de salud.
9E6"e#(e!te N @ ,7, ,7,AA AA / N @ 2&, 2&,&AA &AA
SENTENCIA SENTENCI A DEL CASO U UATUCO (p E2E2"-4EF1-!TC3 publicado: E2.E5.4EF2) 6a sentencia adopta los siuientes precedentes vinculantes respecto a los procesos de reposición laboral entablados por trabajadores despedidos de entidades p7blicas sujetas al rimen laboral privado:
/i el demandante pretende su reposición aleando &ue su contrato era a tiempo indeter indeterminado minado por el principio de primacía de la realidad3 el jue' debe declarar impro improcedente cedente la demanda debido a &ue el
acceso a la 3u!c()! "bl(ca se real(za s)lo +e#(a!te co!curso "bl(co "ara la cobertura #e u!a "laza *aca!te #e #urac()! (!#eter+(!a#a3 por lo &ue las contrataciones
SENTENCIA SENTENCI A DEL CASO U UATUCO (p E2E2"-4EF1-!TC3 publicado: E2.E5.4EF2)
n los casos &ue se acredite la desnaturali'ación del contrato temporal o del contrato civil no podrá ordenarse la reposición a tiempo indeterminado3 toda ve' &ue esta modalidad del Decreto 6eislativo "4G3 en el ámbito de la !dministración 7blica3 eie la reali'ación de un concurso p7blico de mritos respecto de una pla'a presupuestada , vacante de duración indeterminada. sta rela se limita a los contratos &ue se realicen en el sector p7blico , no resulta de aplicación en el rimen de contratación del Decreto 6eislativo "4G para el sector privado. l precedente debe aplicarse a los procesos de amparo en trámite los &ue serán reconducidos a la vía ordinaria laboral (indemni'ación por despido).
SENTENCIA SENTENCI A DEL CASO U UATUCO (p E2E2"-4EF1-!TC3 publicado: E2.E5.4EF2)
%especto a las demandas presentadas lueo de la publicación del precedente (2 de junio de 4EF2) , &ue no acrediten el haber inresado por concurso p7blico de mritos a la !dministración 7blica para una pla'a presupuestada , vacante a pla'o indeterminado3 deben ser declaradas improcedentes. 6as entidades estatales deberán imponer las sanciones &ue correspondan a a&uellos 0uncionarios ,o servidores &ue incumplan las 0ormalidades sealadas en la Constitución3 la le, , la sentencia3 así como las disposiciones internas &ue cada entidad eie para la contratación del personal en
PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD DE DERECOS
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Constitución del A1: !rt. 453 inciso @4: +icio de la voluntad3 temor reverencial3 promesas para disponer de derechos.
S DE E=TINCI;N DE LA RELACI;N LABOR
F. *allecimiento del trabajador o empleador. 4. 6a renuncia del trabajador. 1. 6a terminación del contrato a pla'o fjo o sujeto a modalidad. ;. l mutuo disenso. 2. 6a invalide' absoluta permanente. permanente. 5. 6a jubilación. ". or causas objetivas permitidas por le,. G. Despido en los casos , 0orma permitidos por le,.
DESPIDO Ca"ac(#a# #el Traba$a#or Des"(#o "or Causa Justa relac(o!a#a co!:
Detrimento
de la 0acultad 0ísica , mental determinante %endimiento defciente 9eativa injustifcada a eamen mdico
Co!#ucta Co!# ucta #el Traba$ raba$a#or a#or Comisión
de 0alta rave Condena penal por delito doloso 8nhabilitación del trabajador
GActos #e 0ost(l(#a#: equ("arables al #es"(#o
PROCEDI%IENTO DE DESPIDO
• 8dentifcación de Carta la 0alta. #e• la'o para Predescaros: mínimo 5 días3 A*(so salvo Harancia.
• /i no se Carta presentan #edescaros. • /i los descaros #es"( desvirt7an la #ono imputación.
%uc0as -rac(asH
K7scanos como
Su!a4l P-(!a O4c(al o nos pueden escribir
co!sultasKsu!a4l'-ob' "e
!v. /alaverr, 522 - 2to. iso. Ies7s Jaría3 6ima - er7. er7. Tele0 T ele0.. (2FF) 1AE 4GEE. 4GEE.
Co!tact Ce!ter: 9&& 2 ,'