Este folleto informativo, tiene por intención de proveer en forma genérica, un resumen no exhaustivo de temas relacionados a un estándar en particular. Esta publicación no determina o altera en sí, la responsabilidad de cumplir con dichos estándares establecidos por OSHA bajo el “Acta de Salud y Seguridad Ocupacional” Ocupacional” de 1970. 1970. Además, debido a que las interpretaciones y cumplimiento de las normas pueden cambiar con el tiempo; para obtener orientación adicional en como cumplir dichos requerimientos de OSHA, el lector debe de consultar decisiones e inter pretaciones administrativas, actuales que han sido emitidas por la “Comisión d mmmmmmmmmme Revision de Salud y Seguridad Ocupacional” asi como las decisiones emitidas por las cortes. El material contenido en esta publicación, es del dominio público y puede ser reproducido parcial o totalmente, sin permiso del Gobierno Federal. Se pide dar crédito a la fuente, f uente, pero esto no es requerido. Esta información estará disponible a petición de aquellos individuos con impedimentos sensoriales. Teléfono de voz (202) 219-8615; Dispositivo de Telecomunicación para Sordos (TDD siglas en inglés) teléfono de referencia de mensajes 1-800-326-2577. 1-800-326-2577. Protección Contra Caídas En La Construction
Este folleto informativo, tiene por intención de proveer en forma genérica, un resumen no exhaustivo de temas relacionados a un estándar en particular. Esta publicación no determina o altera en sí, la responsabilidad de cumplir con dichos estándares establecidos por OSHA bajo el “Acta de Salud y Seguridad Ocupacional” Ocupacional” de 1970. 1970. Además, debido a que las interpretaciones y cumplimiento de las normas pueden cambiar con el tiempo; para obtener orientación adicional en como cumplir dichos requerimientos de OSHA, el lector debe de consultar decisiones e inter pretaciones administrativas, actuales que han sido emitidas por la “Comisión d mmmmmmmmmme Revision de Salud y Seguridad Ocupacional” asi como las decisiones emitidas por las cortes. El material contenido en esta publicación, es del dominio público y puede ser reproducido parcial o totalmente, sin permiso del Gobierno Federal. Se pide dar crédito a la fuente, f uente, pero esto no es requerido. Esta información estará disponible a petición de aquellos individuos con impedimentos sensoriales. Teléfono de voz (202) 219-8615; Dispositivo de Telecomunicación para Sordos (TDD siglas en inglés) teléfono de referencia de mensajes 1-800-326-2577. 1-800-326-2577. Protección Contra Caídas En La Construction
Protección Contra Caidas En La Construcción U.S Department of Labor Elain Chao, Secretary Occupational Safety and Health Administration John L. Henshaw, Assistant Secretary OSHA 3146 Revisado 1998
This material was translated under Susan B. Harwood grant number 46F1-HT06 awarded to the Texas Engineering Extension Service, OSHA Training Institute Southwest Education Center from the Occupational Safety and Health Administration, U.S. Department of Labor. It does not necessarily necessarily reflect the views or policies of the U.S. Department of Labor, nor does mention of trade names, commercial products, or organizations imply endorsement by the U.S. Government.
Este material fue traducido bajo número 46F1-HT06 de la concesión de Susan B. Harwood concedido a Texas Engineering Extension Service, OSHA Training Institute Southwest Education Center del Occupational Safety and Health Administration, U.S. Department of Labor. No refleja necesariamente las las vistas o las políticas del U.S. Department of Labor, ni menciona los nombres comerciales, productos comerciales, o las organizaciones organizaciones implican el endoso por el gobierno de Estados Unidos. Unidos.
Contenido
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Pagina ¿Por qué OSHA Tiene un Standard de Protección Contra Caídas? .....................................................................1 ¿Qué es lo que Cubre el Estándar de Protección Contra Caídas? .....................................................................2 ¿Cuáles son los Requerimientos del Estándar? ....................... 4 Zonas de Acceso Controlado ..................................................4 Excavaciones ..........................................................................7 Practicas y Criterio del Sistema de Protección Contra Caídas .........................................................................7 Cubiertas ...........................................................................7 Sistema de Barandas .........................................................7 Sistema de Arreo/Sujeción Personal Contra Caídas ....... 10 Sistema de Posicionamiento de Mecanismos .................13 Sistemas de Monitoreo de la Seguridad ......................... 13 Sistema de Redes de Seguridad ......................................14 Sistema de Líneas de Advertencia ..................................16 Forma (Encofrados) y Acero Reforzado ..............................17 Área de Grúas/Elevadores ....................................................17 Hoyos/Agujeros ....................................................................18 Bordes Delanteros/Frontales .................................................18 Ladrilleros/Albañilería en Altura y Trabajos Relacionados .18 Erigiendo (Construir) con Concreto Hormigón Premoldeado ........................................................19 Protección Contra Objetos Que Caen ...................................19 Toldos .............................................................................20 Tableros de Pie ...............................................................20 Entrenamiento .......................................................................21 Construcción de Residencias ................................................21 Pistas, Rampas y otros Caminos ...........................................22 Techados/ Tejados ................................................................22 Techos con Poca Pendiente ............................................22 Techos Empinados ..........................................................23 Aberturas en Paredes ............................................................23 Contenido
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Pagina ¿Qué Otro Tipo de Ayuda Puede OSHA Brindar? .............................................................................. 24 Guía y Administración del Programa de Salud y Seguridad ............................................................................. 24 Programas Estatales ............................................................. 25 Servicios de Consulta ........................................................... 25 Programas de Protección Voluntaria .................................... 26 Educación y Entrenamiento ................................................. 27 Información Electrónica ....................................................... 27 Emergencias ......................................................................... 28 Glosario ..................................................................................... 29 Publicaciones Relacionadas de OSHA .........................................33 Estados con Planes Aprobados .......................................................34 Directorio de Consulta de Proyectos de OSHA ........................ 37 Oficinas de Área de OSHA ...............................................................39 Oficinas Regionales de OSHA .........................................................42
__________________ ¹El Estándar de Construcción de OSHA, 29 CFR 1926, Subparte K—es el equivalente a aquellos en Subparte S, pero que contienen menos practicas relacionadas a la seguridad en el lugar de trabajo—incluye requerimientos de seguridad electrica. Los Estandares Maritimos de OSHA, 29 CFR partes, 1915, 1917,1918, y 1919 contienen menos requerimientos eléctricos. ²Lesiones Fatales en el lugar de Trabajo en 1995: una colección de análisis y datos, tabla A-15. Departamento de Estadísticas de Trabajo, reporte 913 U.S. Departamento de Trabajo, Washington, D.C. Protección Contra Caídas En La Construcción
¿Porqué OSHA tiene un Estándar de Proteccion Contra Caidas?
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En la industria de la construcción en los JUL.; las caídas son la causa principal de victimas mortales entre los trabajadores. Cada año, en promedio, entre 150 y 200 trabajadores mueren y mas de 100,000 son lastimados, como resultado de las caídas sufridas en sitios de construcción. OSHA reconoce que los accidentes que envuelven caídas son generalmente, eventos complejos que involucran una variedad de factores. Consecuentemente, el estándar para la protección contra caídas, trata temas que envuelve ambos equipo relacionado y factores humanos y así protege a los trabajadores de peligros de caídas. Por ejemplo, los empleadores y em pleados necesitan hacer lo siguiente: Cuando se requiere el uso de protección, seleccione un sistema apropiado para dadas situaciones. Construya e instale sistemas de protección adecuados. Supervisar a empleados debidamente. Use procedimientos seguros de trabajo. Entrene a trabajadores en la selección, uso y mantenimiento adecuados de sistemas de protección contra caídas. •
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¿Porqué OSHA tiene un Estándar de Proteccion Contra Caidas?
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¿Qué es lo que Cubre el Estandar de Proteccion Contra Caidas?
OSHA ha revisado sus estándares de seguridad para la industria de la construcción [Titulo 29, Código Federal de Regulaciones, Subparte M, Protección Contra Caídas, 1926.500 (a); 1926.501; 1926.502 y 1926.503]; desarrollo procedimientos y
sistemas diseñados a prevenir a que los empleados se cayeran desde, sobre de o a través de niveles de trabajo y para proteger a los empleados de ser golpeados por objetos que caen (Registro Federal, Agosto 9, 1994, pp. 40672-40753). Los requerimientos orientados-a desempeño, hacen mas fácil para los empleadores de proveer la protección necesaria. Las regulaciones cubren la mayoría de los trabajadores, excepto aquellos que: investigan, inspeccionan y evalúan las condiciones en los lugares de trabajo antes de comenzar el trabajo en si o después de que todo el trabajo ha sido completado. La regla identifica actividades o áreas donde la protección contra caídas es necesaria. Estas incluyen, pero no se limitan a, rampas, pistas de trabajo u otro camino de acceso, excavaciones, áreas de Grúas, hoyos/agujeros, forma/encofrados y acero reforzado, trabajos sobre bordes frontales, lados sin protección y orillas, trabajos de ladrilleros/albañilería en lo alto y trabajos relacionados, trabajos de techos, construcciones de concreto/hormigón premoldeado, aberturas en paredes, construcción residencial y otras superficies por donde se camina o trabaja. La regla establece la altura uniforme desde el punto de partida de 6 pies (1.80 m.) de tal modo proveyendo protección consistente. Esto significa que los empleadores de la construcción deben proteger a sus empleados de peligros contra caídas y contra objetos que caen, siempre que un empleado tenga que trabajar a 6 pies (1.80 m. ) o mas de altura sobre un nivel mas bajo. Protección deberá también ser proveída para trabajadores de la construcción que estén expuestos a riesgos de caídas sobre equipo peligroso.
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Bajo el estándar, los empleadores están capacitados para seleccionar medidas de protección contra caídas que sean compati bles con el tipo de trabajo que esta siendo realizadas. La protección contra caídas puede ser provista generalmente a trabes del uso de un sistema de barandas, de un sistema de redes de seguridad y de un sistema de cuerdas de advertencia, entre otros. La regla de OSHA aclara que es lo que un empleador debe de hacer para proveer protección contra caídas a sus empleados, tales como identificación y evaluación de peligros de caídas así como proveer entrenamiento especifico. Los requerimientos para proveer protección contra caídas a los trabajadores que trabajan sobre escaleras o andamios, o para aquellos que participan en la construcción de edificios de estructura de acero, están cubiertos en otras subpartes de las regulaciones de OSHA.
¿Qué es lo que Cubre el Estandar de Proteccion Contra Caidas?
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¿Cuáles son los requerimientos del Estándar?
El Estándar ordena la responsabilidad de proveer protección contra caídas, establece el criterio y practicas para los sistemas de protección de caídas y entrenamiento requerido. Cubre la evaluación de peligros protección contra caídas, así como el sistema de monitoreo de la seguridad de estos. También, menciona zonas de acceso controlado, redes de seguridad y barandas, arreo/sujeción personal contra caídas, líneas de advertencia y sistemas de posicionamiento de los mecanismos. Bajo el 29 CFR Subparte M, Protección contra Caídas, 192.501; los empleadores deben evaluar el lugar de trabajo, para determinar si las superficies por donde los empleados caminan y trabajan tienen la resistencia e integridad estructural para soportar con seguridad a los trabajadores. Los empleados no están permitidos trabajar en aquellas superficies hasta que se haya determinado que esas superficies tienen la resistencia e integridad estructural para soportar a los trabajadores. Una vez los empleadores han determinado que la superficie es segura para que los em pleados trabajen sobre ellas, el empleador debe elegir una de las opciones enumeradas para la operación de trabajo si se encuentra presente un peligro de caídas. Por ejemplo, si un empleado esta expuesto a caídas de mas de 6 pies (1.80 m.) o mas con los bordes o lados no protegidos, el empleador debe seleccionar cualquier sistema ya sea de barandas, sistema de redes de seguridad o un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas para así proteger al trabajador. Requerimientos similares son recomendados para otros peligros contra caídas, como se describen a continuación: _____________________________________
Zonas de Acceso Controlado – 1926.502 (g) Una Zona de Acceso Controlado, es un área designada y claramente marcada en la cual, ciertos tipos de trabajo ( tales como Albañilería en alturas) pueden tomar lugar sin el uso de sistemas Protección Contra Caídas En La Construcción
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convencionales de protección contra caídas – barandas, arreo/sujeción personal o redes de seguridad – para proteger a los empleados que trabajan en esas zonas. Las Zonas de Acceso Controlado son usadas para mantener fuera a trabajadores, aparte de aquellos autorizados a entrar esas áreas, de las cuales las barandas de protección han sido removidas. Donde no existan barandas; los albañiles son los únicos tra bajadores permitidos en Zonas de Acceso Controlado. Zonas de Acceso Controlado, cuando son creadas para limitar la entrada a areas donde se hacen trabajos sobre bordes frontales y otras operaciones toman lugar, deben ser definidos por una linea de control o por alguna otra forma que restringer el acceso. Las lineas de Control pueden consistir en cuerdas, alambres, cintas o materiales equivalentes y barras de soporte; cada una debe de estar: Abanderados o de alguna otra forma marcados a espacios de no mas de 6 pies (1.80 m), con material de alta visibilidad. Aparejados/amarrados o sujetados de tal manera que el punto mas bajo (incluye el combarse/hundirse) es no menos de 39 pulgadas ( 1 metro) de la superficie donde se camina o trabaja y el punto mas alto es no mas de 45 pulgadas ( 1.30 m.) – o no mas de 50 pulgadas ( 1.43 m.) cuando se realizan trabajos de albañilería de altura – de la superficie donde se camine o trabaje. Que sean lo suficientemente fuertes para sustentar tensiones de no menos de 200 libras ( 0.88 kiloNewtons). Las líneas de control deben de extenderse a lo largo de los bordes frontales/laterales u orillas no protegidas y deben de estar aproximadamente paralelas a los bordes frontales /laterales u orillas/bordes no protegidos. Las líneas de control también, deben de estar conectadas por cada lado a un sistema de barandas o pared. •
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¿Cuáles son los requerimientos del Estandar?
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Cuando líneas de control son usadas, estas deben de ser erigidas a no menos de 6 pies (1.80 m.) o no mas de 25 pies (7.60 m) de los lados no protegidos o bordes frontales/laterales; excepto cuando se están construyendo con piezas de concreto premoldeado. En el ultimo de los casos, la línea de control debe de estar erigida a no menos de 6 pies ( 1.80 m.) o no mas de 60 pies ( 18 m.) o la mitad del largo de la pieza que se esta erigiendo, cualquiera que sea menor; desde el borde frontal/lateral. Las zonas de acceso controlado, cuando son usadas para determinar acceso a áreas donde se hacen trabajos de albañilería en alturas y trabajos relacionados, deben de estar definidas por una línea de control erigiras/levantada a no menos de 10 pies ( 3 m.) o no mas de 15 pies ( 4.60 m.) de la orilla de trabajo. Líneas de control adicionales deben de estar erigiras/levantadas en cada extremo para de esta manera encerrar la Zona de Acceso Controlada. Solamente los empleados que han sido contratados para hacer trabajos de albañilería en alturas o trabajos relacionados serán permitidos en las Zonas de Acceso Controlado. En los techos y pisos donde no existe un sistema de barandas, antes del comienzo de la operación de albañilería en alturas, las zonas de acceso controlado deben de ampliarse como sea necesario para de esta manera poder encerrar todos los puntos de acceso, áreas de manejo de materiales y áreas de almacenaje. En los techos y pisos donde si hay un sistema de barandas, pero es necesario que se remuevan partes de esta para permitir trabajos de albañilería o trabajos sobre bordes frontales /laterales solamente la porción de barandas necesaria para completar el trabajo de ese día debe ser removida.
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Excavaciones — 1926.501 (b)(7) Cada empleado, que trabaje a la orilla de una excavación que tenga mas de 6 pies ( 1.80 m.) de profundidad, deberá de estar protegido contra caídas por un sistema de barandas, cercas, barricadas o cubiertas. Donde se provean andenes/caminos que permiten a los empleados atravesar sobre las excavaciones, barandas son requeridas en el anden/camino si la caída pudiera ser de mas de 6 pies ( 1.80 m.) al nivel inferior. ______________________________
Practicas y Criterio del Sistema de Protección Contra Caídas Cubiertas — 1926.502 (i) Las cubiertas localizadas en calles y pasillos vehiculares de ben de ser capaces de soportar, al menos dos veces la carga máxima del eje del vehículo mas grande, a la cual la cubierta pueda estar sometida. Todas las otras cubiertas deben de soportar al menos dos veces el peso de los empleados, equipo y materiales a las que las cubiertas puedan ser sometidas en cualquier dado momento. Para prevenir movimientos involuntarios accidentalmente a causa de vientos, equipo o actividades de los trabajadores, todas las cubiertas deben de estar aseguradas/sujetadas. Las cubiertas deben de estar codificadas por colores y marcados “HOLE” o “COVER” (en inglés). Sistema de Barandas — 1926.502 (b) Si el empleador elige el uso de un sistema de barandas para proteger a trabajadores contra caídas, el sistema debe de satisfacer el siguiente criterio. El riel superior y los rieles medios del sistema de barandas deben de ser por lo menos un cuarto de pulgada ( 0.6 centímetros) de diámetro nominal o grosor para prevenir laceraciones o cortadas. Si se usa alambre tipo cuerda, como riel superior, debe de ser abanderizado a intervalos de no menos de 6 pies ( 1.80 m.) con material de alta visibilidad. ¿Cuáles son los requerimientos del Estandar?
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Bandas de plástico o de acero no pueden ser usadas como rieles superiores o rieles medios. Plástico, papel Manila o cuerdas de material sintético que se usen como rieles superiores o rieles medios deben de ser inspeccionadas tan frecuentemente como sea necesario para asegurar estabilidad y solidez. La altura del filo superior de los rieles superiores, o barandas (equivalente) debe de ser 42 pulgadas ( 1.10 m.) sobre el nivel donde se camina/trabaja. Cuando hay trabajadores que usan zancos, la altura del filo superior del riel superior o pieza equivalente, debe de aumentarse en cantidad igual a la altura de los zancos. Rieles medios, pantallas, mallas, miembros verticales intermedios o miembros estructurales intermedios equivalentes deben de ser instalados entre el filo superior del sistema de barandas y la superficie por donde se camina/trabaja, cuando no hay paredes o murallas al menos de 21 pulgadas ( 53 cm.) de alto. Cuando se usan rieles medios, estos deben de ser instalados a una altura media entre el filo superior del sistema de barandas y el nivel donde se camina/trabaja. Cuando se usan pantallas o mallas, estas de ben de extenderse desde el riel superior hasta el nivel donde se camina/trabaja y a todo lo largo de entre los soportes de los rieles superiores. Piezas intermedias, tales como balaustres, cuando se usan entre postes, no deben de ser mas de 19 pulgadas (48 centímetros) de separación. Otras piezas estructurales, tales como rieles medios adicionales y paneles arquitectónicos, deben ser instalados a manera que no hayan aberturas de mas de 19 pulgadas (48 cm.) en el sistema de barandas. El Sistema de Barandas debe ser capaz de resistir una fuerza de al menos 200 libras ( 890 Newton) aplicada a menos de 2 pulgadas del filo superior, en cualquier dirección hacia afuera o hacia abajo. Protección Contra Caídas En La Construcción
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Cuando se aplica la prueba de las 200 libras ( 890 Newton) en dirección hacia abajo, el filo superior de la baranda no debe desviarse a una altura de menos de 39 pulgadas ( 1 metro) por encima de la superficie donde se camina o trabaja. Los rieles medios, mallas, pantallas, miembros verticales intermedios y miembros estructurales equivalentes deben ser ca paces de resistir una fuerza de 150 libras ( 666 Newton) aplicados en cualquier dirección hacia fuera o hacia abajo, en cualquier punto a lo largo del riel medio u otros miembros. Los Sistemas de Barandas deben de estar revestidos para proteger a los trabajadores contra pinchazos/punzaduras o laceraciones y para prevenir que la ropa se desgarre. Los extremos de los rieles superiores y rieles medios no deben de tener salientes de los postes terminales, excepto cuando tales salientes no constituyan un peligro de protuberancia. Cuando se usan sistemas de barandas en áreas donde hay grúas elevadoras, una cadena, portón o secciones de barandas removibles deben ser puestas a través de la abertura de acceso entre las secciones de la baranda; cuando el área de la grúa elevadora no este en operación. En agujeros/hoyos, el sistema de barandas debe ser levantado/erigido en todos los lados u orillas no protegidas. Cuando los agujeros/hoyos son usados para que pasen materiales, los agujeros/hoyos no deben de tener mas de dos lados con secciones de barandas removibles. Cuando el agujero/hoyo no este en uso, debe de ser cubierto o de proveerse con barandas a lo largo de las orillas o lados que no están protegidos. Si se usa un sistema de barandas alrededor de agujeros/hoyos que son usados como puntos de acceso ( tal es el caso de escaleras de acceso); portones deberán ser usados o los puntos de acceso deben de compensar para prevenir que se camine accidentalmente dentro del agujero/hoyo. ¿Cuáles son los requerimientos del Estandar?
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Si se usan barandas en lados u orillas no protegidas de pasillos o rampas, estas deben de ser erigidas a cada lado u orilla no protegida. Sistema de Arreo/Sujeción Personal Contra Caídas – 1926.502 (d) Estos consisten en anclajes, conectores y un cinturón o arnes y pueden incluir un mecanismo de desaceleración (frenado), cuerda/líneas de vida o una combinación apropiada. Si se utiliza un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas, este debe de hacer lo siguiente: Limitar la fuerza máxima de detención, de un empleado a 900 libras ( 4 kiloNewtons) cuando se usa con un cinturón. Limitar la fuerza máxima de detención, de un empleado a 1,800 libras ( 8 kiloNewtons) cuando se usa con arnés. Estar sujetado/amarrado a manera que un empleado, ni pueda caer libremente mas de 6 pies ( 1.80 m.) ni que haga contacto con cualquier nivel inferior. Traer a un empleado a una parada completa y limitar la distancia máxima de desaceleración cuando el empleado viaje mas de 3.5 pies ( 1.07 m.) Tener la fuerza suficiente, para resistir dos veces el impacto de energía potencial de caída de un empleado, cuando haya una distancia de caída libre de 6 pies ( 1.80 m.) o la distancia de caída libre permitido por el sistema, o lo que sea menor. El uso de cinturones para sujeción contra caídas, es actualmente permitido, pero a partir del 1 de Enero de 1998; el uso de cinturones para sujeción contra caídas esta estrictamente prohibido; sin embargo el uso del cinturón en un sistema, como, mecanismo de posicionamiento es aceptable. El sistema de arreo/sujeción personal contra caídas, debe ser inspeccionado antes de cada uso, por desgaste u otra forma de deterioro. •
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Los componentes que estén defectuosos deben ser removidos y puestos fuera de servicio. Los anillos tipo “Dee-Rings” y ganchos/broches de cierre automatico (“snaphooks”) deben tener un minimo de resistencia tensora de 5,000 libras (22.2 kiloNewtons). Los “Dee-rings” y ganchos/broches de cierre automático (“snaphooks”) deben de ser puestos a prueba para resistir una carga tensora de 3,600 libras ( 16 kiloNewtons) sin quebrarse, romperse o que se deformen permanente. Los gancho/broches de cierre automatico (“snaphooks”); de ben de ser compatibles con otras piezas a las cuales estarán conectadas o deben de tener una configuración de cierre. A menos que el gancho/broche de cierre automático (“snaphook”) sea del tipo de cierre y diseñado para las siguientes conexiones, estas no deben de estar conectadas: (a) directamente a cuerdas, alambres tipo cuerda o enredaderas; (b) unidas una a la otra; (c) a un anillo de tipo “Dee-ring” al cual otro gancho/broche de cierre automático (“snaphook”) u otro tipo de conector esta sujetado; (d) a una cuerda de vida horizontal; (e) a cualquier objeto que no sea com patible en forma o dimensiones relativas al gancho/broche de cierre automático (“snaphook”), de esta forma causando que los objetos conectados presionen al guarda-gancho/broche de cierre automático y lo afloje inintencionalmente. OSHA considera un gancho que sea compatible, cuando el diámetro del anillo tipo “Dee-ring” al cual el gancho/broche de cierre automático (“snaphook”) esta sujeto, es mayor que el largo de la parte de adentro del gancho/broche de cierre automático (“snaphook”) cuando se mide desde el fondo (gozne extremo) del guarda gancho/broche de cierre automatico, hasta la curva de adentro de la parte superior del gancho/broche de cierre automático. De esta manera, no importa como este posicionado el anillo tipo “Dee-ring” o movido (balanceado) sujetado al broche de cierre automatico, el anillo tipo “Dee-ring” no puede tocar la parte de afuera del guarda broche, porque de esta forma lo presiona para que se abra. ¿Cuáles son los requerimientos del Estandar?
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A partir del 1 de Enero de 1998; el uso de ganchos/broches que no cierren automáticamente estará prohibido. Sobre andamios suspendidos o plataformas de trabajo similares con “lineas de vida” horizontales que pueden convertirse en “lineas de vida” verticales; los mecanismos usados para conectarlos a una “linea de vida” horizontal deben ser capaces de cerrar en ambas direcciones de las “lineas de vida”. “Lineas de vida” horizontales deben ser diseñadas, instaladas y usadas bajo la supervisión de una persona calificada como parte de un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas que mantienen un factor de seguridad por lo menos de dos. “Lineas de vida” deben de proteger en contra de raspaduras y cortaduras. “Lineas de vida” auto-retractiles y cuerdas que limitan automáticamente la distancia de caída libre a 2 pies ( 0.61 m.) o menos, deben de ser capaces de sustentar una carga tensora mínima de 3,000 libras ( 13.3 kiloNewtons) aplicada al mecanismo de la “linea de vida” o cuerda en la posición completamente extendida. Las “lineas de vida” auto-retractiles y cuerdas que no limitan la distancia de caida libre a 2 pies ( 0.61 m.) o menos, cuerdas con hebras rasgadas y cuerdas deformes o desgarradas deben ser capaces de sustentar una carga tensora máxima de 5,000 libras (22.2 kiloNewtons) aplicada al mecanismo con la “linea de vida” o cuerda en la posición completamente extendida. Cuerdas y correas ( redes) usadas en “lineas de vida”, sogas y componentes de resistencia de los cinturones y arneses deben de estar hechos de fibras sintéticas. Anclajes deben estar diseñados, instalados y usados bajo la supervisión de una persona calificada, como parte de un sistema completo de arreo/sujeción personal contra caídas que mantiene un factor de seguridad de por lo menos de dos; capaces de sostener al menos dos veces el peso bajo el cual serán sometidos. Los anclajes usados para sujetar el sistema de arreo/sujeción personal Protección Contra Caídas En La Construcción
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contra caídas, deberá ser independiente a cualquier anclaje siento usado para soportar o suspender plataformas y deberá ser capaz de soportar al menos 5,000 libras (22.2 kiloNewtons) por persona sujetada. Cuerdas y “lineas de vida” verticales deben tener como minimo, una fuerza de rompimiento de 5,000 libras ( 22.2 kiloNewtons). Sistema de Posicionamiento de Mecanismos – 1926.502 (e) Estos cinturones o sistema de arneses son para ser puestos a manera que el trabajador tenga una caída libre de no mas de 2 pies ( 0.6 metros). Ellos deben de estar asegurados a un punto de anclaje, que sea capaz de soportar al menos dos veces la carga potencial de im pacto de la caída de un empleado o 3,000 libras ( 13.3 kiloNewtons); o lo que sea mayor. Los requerimientos para ganchos/broches de cierre automático (“snaphooks”), anillos tipo “Dee-ring” y otros conectores utilizados con sistemas y mecanismos de posicionamiento deben de cumplir con el mismo criterio tanto como aquellos sistemas para arreo/sujeción personal contra caídas. Sistemas de Monitoreo de la Seguridad – 1926.502(h) Cuando no se ha implementado otra altenativa de proteccion contra caidas, el empleador debe de implementar un sistema de monitoreo de la seguridad. El empleador debe designar a una persona competente para que monitoree la seguridad de los tra bajadores y el empleador deberá asegurarse que el que monitorea la seguridad: Es competente en reconocer los peligros de caídas. Es capaz de advertir a los trabajadores de los peligros de caídas y en detectar practicas inseguras de trabajo. Esta operando en la misma superficie donde los trabajadores • •
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¿Cuáles son los requerimientos del Estandar?
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caminan/trabajan y los pueden observar Esta lo suficientemente cerca de operaciones de trabajo para comunicarse verbalmente con trabajadores y no tiene otras responsabilidades que lo distraigan de sus funciones de monitoreo. Equipo mecánico no debe de ser utilizado o almacenado en áreas donde se encuentran sistemas de monitoreo de seguridad y que están siendo usados para monitorear a empleados que están en trabajando sobre techos de poca inclinación. Ningún trabajador, aparte de aquellos envueltos en trabajo de tejados ( sobre techos de poca inclinación) o aquellos que están cubiertos por un plan de protección contra caídas, deberán de ser permitidos en áreas donde un empleado esta protegido por un sistema de monitoreo de la seguridad. Todos los trabajadores en zonas de acceso controlado deberán ser instruidos a cumplir prontamente con las advertencias de peligros de caídas emitidas por la persona monitoreando la seguridad. •
Sistema de Redes de Seguridad – 1926.502(c) Redes de seguridad deben de estar instalados tan cerca como sea practico bajo las superficies donde se camina/trabaja, sobre las cuales los empleados están trabajando y nunca mas de 30 pies ( 9.10 m.) bajo tales niveles. Redes defectuosas no deberán ser usadas. Redes de seguridad deben de ser inspeccionadas al menos una vez a la semana por desgaste, daños y otras deterioraciones. El tamaño máximo de cada una de las aberturas de las mallas en las redes de seguridad no debe exceder 36 pulgadas cuadradas ( 230 cm. cuadrados) ni debe de ser mas largas de 6 pulgadas ( 15 cm.) en cualquiera de los lados; y las aberturas, medidas del centro a centro, de las mallas o redes, no deben de exceder 6 pulgadas ( 15 cm.) Todas las intersecciones de las mallas deben de estar aseguraProtección Contra Caídas En La Construcción
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das para prevenir que las aberturas de las mallas se agranden. Cada red de seguridad o secciones de esta deben tener un borde tipo cuerda para entretejer redes con un mínimo de tensión de rompimiento de 5,000 libras ( 22.2 kiloNewtons). Las conexiones entre los paneles de las redes de seguridad deben de ser tan fuertes como parte integral de los componentes de las redes y no deben de tener mas de 6 pulgadas (15 centímetros) de separación. Redes de seguridad deberán ser instaladas con suficiente espacio libre debajo del área de trabajo para prevenir contacto con las superficies o estructuras. Las rede de seguridad deben de extenderse hacia la proyecDistancia vertical del nivel de trabajo hasta el plano horizontal de la superficie de la red.
Distancia Horizontal minima requerida desde el borde extremo de la red hasta el borde de la superficie de trabajo.
Hasta 5 pies ( 1.5 metros)
8 pies ( 2.40 m.)
Mas de 5 pies ( 1.5 metros)
hasta 10 pies ( 3.0 m.)
Mas de 10 pies ( 3.0 metros)
13 pies ( 3.90 m.)
ción mas externa de la superficie de trabajo, como esta descrito en el cuadro de arriba. Cuando se utilizan redes en puentes, la superficie donde se trabaja/camina y el área de una potencial caída hasta donde se encuentra la red, no debe de estar obstruida. Las redes de seguridad deben de ser capaces de absorber la fuerza de un impacto, hecho por una evaluación de caídas que consiste en una bolsa llena con 400 libras ( 180 kilogramos) de arena y de 30 pulgadas en diámetro ( 76 centímetros) lanzadas desde el nivel mas alto de donde se camina/trabaja a los cuales los trabajadores están expuestos; pero no menos de 42 pulgadas ( 1.10 m.) arriba de ese nivel. Los artículos enumerados que hayan caído en las redes de seguridad incluyen-
¿Cuáles son los requerimientos del Estandar?
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do – pero no restringidos a: materiales, desperdicios, equipo y herramientas – deben ser removidos tan pronto como sea posible y al menos antes del comienzo del próximo turno de trabajo. Sistema de Líneas de Advertencia – 1926.502(f) Los sistemas de lineas de advertencia consisten en cuerdas, alambres o cadenas y postes de soporte y que están puestos de la siguiente manera: Deben conectar las banderas de material de alta visibilidad a intervalos de no mas de 6 pies ( 1.80 metros). Amarrados/sujetados y soportados a manera que el punto mas bajo incluyendo la comba o hundimiento es no menos de 34 pulgadas ( 0.90 metros) de la superficie por donde se camina/trabaja y su punto mas alto no es mas de 39 pulgadas ( 1 metro) de la superficie donde se trabaja/camina. Postes de soporte, después de haber sido amarrados/sujetados con líneas de advertencia, deben de ser capaces de resistir, sin ladearse/inclinarse, una fuerza de al menos 16 libras ( 71 newton) aplicadas horizontalmente contra en poste de soporte, 30 pulgadas (0.80 metros) sobre la su perficie donde se trabaja/camina, y de manera perpendicular a la línea de advertencia y en dirección del piso, techo u orilla de la plataforma. Las cuerdas, alambres o cadenas deben tener un mínimo de resistencia tensora de 500 libras ( 2.22 kiloNewtons); y des pués de que los postes de anclaje han sido amarrados, deben de soportar sin romperse, la carga aplicada a los postes de soporte como se recomienda arriba. Deberán ser sujetados a cada barra de soporte de tal manera que al halar en una sección de la línea entre las barras, no resultara en poca tensión en la sección contigua antes de que los postes de soporte se inclinen o balanceen. •
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Protección Contra Caídas En La Construcción
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Las líneas de advertencia deben ser erigidas alrededor de todos los lados, en áreas donde se hacen trabajos sobre tejados. Cuando se usa equipo mecánico, las líneas de advertencia deben estar erigidas a no menos de 6 pies ( 1.80 metros) de la orilla del techo que esta paralela a la dirección del equipo mecánico que esta en operación, pero no menos de 10 pies ( 3 metros) de la orilla del techo que esta perpendicularmente a la dirección del equipo mecánico en operación. Cuando equipo mecánico no este siendo usado, las líneas de advertencia deben de estar erigidas a no menos de 6 pies ( 1.80 metros) de la orilla del techo. ________________________
Forma ( Encofrados) y Acero Reforzado 1926.501(b)(5) Para empleados, cuando se mueven verticalmente y/o horizontalmente sobre la cara vertical donde se construyo el ensam blaje de varillas; protección de caídas no es requerido cuando los empleados están en movimiento. OSHA considera que las agarraderas y peldaños en los ensamblajes de las varillas proveen protección tanto como una escalera fija. Consecuentemente, no es necesario protección contra caídas cuando se mueve de un punto hasta otro punto para alturas de menos de 24 pies ( 7.30 metros). A un empleado debe de proveérsele con protección contra caídas cuando sube o hace cualquier otro tipo de movimiento a una altura de mas de 24 pies ( 7.30 metros), lo mismo que para escaleras fijas. ________________________
Áreas de Grúas/ Elevadores – 1926-501(b)(3) Cada empleado que se encuentre en areas de gruas/elevadores deberan de estar protegidos a que caigan de una altura de 6 pies ( 1.80 m) o mas, por un sistema de barandas o por un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas. Si partes de los sistemas ¿Cuáles son los requerimientos del Estandar?
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de barandas ( o portones de cadenas o barandas) deben de ser movidos para facilitar operaciones de levantamiento de cargas, como cuando se descargan materiales; y cuando un trabajador debe de asomarse a través de la abertura de acceso o inclinarse sobre la orilla de la abertura de acceso para recibir o guiar equi po y materiales, ese empleado deberá de estar protegido por un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas. ____________________________
Hoyos /Agujeros – 1926.501(b)(4) Sistemas de arreo/sujeción personal contra caidas; cubiertas protectoras o sistemas de barandas deben de ser erigidas alrededor de hoyos/agujeros ( incluyendo “tragaluces”) que tienen mas de 6 pies ( 1.80 m.) por encima de niveles inferiores. ____________________________
Bordes Delanteros/Frontales – 1926.501(b)(2) Cada empleado que esta construyendo desde un borde frontal de 6 pies (1.80 m.) o mas por encima de niveles inferiores debe de estar protegido por un sistema de barandas, sistema de redes de seguridad o por un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas. Si el empleador puede demostrar que no es factible o que crea un riesgo mayor el implementar uno se estos sistemas, el o ella debe desarrollar e implementar un plan de protección contra caídas que cumpla con los requerimientos del estándar 29 CFR 1926.502(k). ____________________________
Ladrillas/Albañilería en Alturas y Trabajos Relacionados – 1926.501(b)(9) Cada empleado que desempeña trabajos de albañilería en alturas y trabajos relacionados de 6 pies ( 1.80 m.) o mas sobre niveles inferiores, debe de estar protegido por un sistema de barandas, sistema de redes de seguridad o por un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas o deberá de trabajar en una Protección Contra Caídas En La Construcción
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zona de acceso controlado. Todos los empleados que se extiendan a mas de 10 pulgadas ( 25 centímetros) por debajo de la su perficie por donde se trabaja/camina y sobre la cual están traba jando, deberán de estar protegidos por un sistema de barandas, un sistema de redes de seguridad o por un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas. ______________________________
Erigiendo (construir) con Concreto/Hormigón Prefabricado – 1926.501(b)(12) Cada empleado que se encuentre a 6 pies ( 1.80 metros) o mas sobre niveles inferiores cuando se encuentra erigiendo/construyendo con concreto prefabricado y operaciones relacionadas, tales como: lechadas de piezas de concreto prefabricado, deberá de estar protegido por un sistema de barandas, sistemas de redes de seguridad o por un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas. Sin embargo, donde el empleador pueda demostrar, que el uso de esos sistemas no es factible o que crea un riesgo mayor, el empleador deberá de desarrollar e implementar un plan de protección contra caídas que cumple con los requerimientos del estándar 29 CFR 1926.502(k). __________________________
Protección Contra Objetos que Caen – 1926.502(j) Cuando se utiliza un sistema de barandas como metodo para prevenir caídas de un nivel a otro, cualquier abertura debe de ser lo suficientemente pequeña para prevenir que los objetos que caen potencialmente pasen. Ningún material o equipo, excepto concreto y materiales de albañilería, deben ser almacenados dentro de una distancia de 4 pies ( 1.20 metros) de las orillas de trabajo. El excedente de concreto, piezas de albañilería rotas o esparcidas; así como cualquier otro material y escombro, deben de ser removidos a intervalos regulares para que el área de traba jo quede libre. ¿Cuáles son los requerimientos del Estandar?
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Durante trabajos sobre techos, los materiales y equipo no de ben de estar almacenados a menos de 6 pies ( 1.80 metros) de la orilla del techo, a menos que estén erigidas barandas sobre la orilla y los materiales amontonados, agrupados o apilados cerca de la orilla del techo deben de ser auto-soportados y lo suficientemente estables. Toldos – 1926.502(j)(8) Cuando se usan como protección contra objetos que caen, los toldos deben de ser lo suficientemente fuertes para prevenir que se derrumben y para prevenir la penetración de cualquier objeto que pueda caer sobre de ellos. Tableros de Pie (Zoclos)– 1926.502(j)(2), (3) y (4) Cuando se usan Tableros de Pie como protección contra objetos que caen, estos deben de ser erigidos a lo largo de la orilla de la superficie donde se camina/trabaja, a una distancia suficiente para proteger a las personas que trabajan en niveles por debajo de estas superficies. Los Tableros de Pie deben ser capaces de sustentar el impacto de una fuerza de al menos 50 libras (222 Newton) aplicada en cualquier dirección hacia fuera o hacia aba jo, en cualquier punto a lo largo del Tablero. Los Tableros de Pie deben de tener un mínimo de 3.5 pulgadas ( 0.06 cm.) de alto por encima de la superficie donde se camina trabaja; estos tableros de pie deben de ser sólidos o tener aberturas que no sean de mas de 1 pulgada (2.5 centímetros) de tamaño. Donde hay herramientas, materiales equipo que están apilados ( amontonados) mas alto que el borde superior del Tablero de Pie; paneles o mallas tienen que ser erigidas desde la superficie por donde se camina o trabaja, o desde el tablero de pie hasta la parte superior del sistema de barandas o riel superior o riel medio; a una distancia suficiente para proteger a los empleados que trabajan por debajo de estos niveles. Protección Contra Caídas En La Construcción
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Entrenamiento – 1926.503 Los empleadores tienen que proveer un programa de entrenamiento que enseña a los empleados que puedan estar expuestos a riesgos de caídas, en como reconocer tales riesgos y como minimizarlos. Los empleados tienen que ser entrenados en las siguientes áreas: (a) la naturaleza de los peligros de caídas en las áreas de trabajo; (b) los procedimientos para erigir, mantener, desensamblar e inspeccionar sistemas de protección contra caídas; (c) la operario y uso de zonas de acceso controlado y sistemas de barandas, redes de seguridad, líneas de advertencia así como de sistemas de monitoreo; (d) el papel que cada empleado desempeña cuando un sistema de monitoreo de la seguridad esta en uso; (e) las limitaciones en el uso de equipo mecánico durante las tareas de trabajo sobre techos de poca pendiente; (f) los procedimientos correctos para el almacenamiento de materiales y manejo de equipo, así como la construcción de protección por encima de donde se trabaja; (g) el papel que desempeñan los em pleados dentro del plan de protección contra caídas; y (h) los estándares de esta Subparte. Los empleadores tienen que preparar una certificación escrita, que identifica a cada empleado que ha sido entrenado y la fecha de entrenamiento. El empleador o entrenador tiene que firmar el documento de certificación. Re-entrenamiento también tiene que ser provisto cuando sea necesario. ______________________________
Construcción de Residencias – 1926.501(b)(13) Los requerimientos para la protección contra caídas para la construcción de residencias reflejan aquellos de articulo que trata sobre “ Erigiendo ( construir) con Concreto/Hormigón Prefabricado”. Sin embargo, además de las instrucciones de OSHA STD ( estándar) 3.1; “Guia Interina de Conformidad para la Proteccion Contra Caídas en la Construcción de Residencias”, emitida el 8 de Diciembre de 1995; que identifica ciertas tareas que de¿Cuáles son los requerimientos del Estandar?
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ben de realizarse sin el uso convencional de métodos de protección contra caídas, provisto que el empleador siga las guías del Apéndice E de la Subparte M. El OSHA STD 3.1 exime al constructor de residencias, de la obligación de mostrar “un mayor riesgo o no-viabilidad” cuando este elije el uso alternativo de un plan de proteccion contra caídas, a cambio de un método convencional de protección contra caídas. Los mandato de OSHA se encuentran en la pagina de Internet hhtp://www.osha.gov. También, si se sigue la guía del Apéndice E, el empleador no es requerido, que tenga por escrito, un plan de protección contra caídas como esta especificado en el 1926.502(k). ______________________________
Pistas, Rampas y Otros Caminos – 1926.501(b)(6) Cada empleado que usa Rampas, Pistas y otro Caminos debe de estar protegido por un sistema de baranda que los proteja contra caídas de 6 pies ( 1.80 metros) o mas. ________________
Techados/Tejados Techos con Poca Pendiente – 1926.501(b)(10) Cada empleado que esta envuelto en actividades de trabajo sobre techos con poca pendiente, que tienen los lados u orillas desprotegidas y que se encuentren a 6 pies ( 1.80 metros) o mas por encima de niveles inferiores de trabajo, deben de estar protegidos contra caídas por un sistema de barandas, por un sistema de redes de seguridad, por un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas o por una combinación de: un sistema de líneas de advertencia y sistema de barandas; un sistema de líneas de advertencia y sistema de redes de seguridad; un sistema de líneas de advertencia y sistema de arreo/sujeción personal contra caídas o por un sistema de líneas de advertencia y un sistema de moni
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toreo de la seguridad. Sobre techos de 50 pies ( 15.25 metros) o menos de ancho; el uso de un sistema de monitoreo de la seguridad sin el sistema de líneas de advertencia esta permitido. Techos Empinados - 1926.501(b)(11) Cada empleado que trabaja sobre techos empinados, que tienen los lados u orillas desprotegidos y que se encuentran a 6 pies ( 1.80 metros) o mas por encima de los niveles inferiores de tra bajo, deben de estar protegidos por un sistema de barandas con tableros de pie, un sistema de redes de seguridad o por un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas. ________________________________
Aberturas en Paredes 1926.501(b)(14) Cada empleado que trabaja sobre, en, arriba de o cerca de aberturas en paredes (incluyendo aquellas aberturas que tienen conductos para tirar basura desde arriba), donde la parte de abajo de la orilla de afuera de la abertura en la pared, es de 6 pies (1.80 metros) o mas por encima de los niveles de trabajo inferiores y la parte de abajo de la orilla de adentro de la abertura en la pared es menor a 39 pulgadas ( 1 metro) por encima de la superficie por donde se trabaja o camina’, tiene que estar protegida contra caidas usando cualquier sistema de barandas, sistema de redes de seguridad o por un sistema de arreo/sujeción personal contra caidas.
¿Cuáles son los requerimientos del Estándar?
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Programa y Guía de Administración de la Salud y Seguridad Laboral Una Administración eficiente para la protección de la seguridad y salud del empleado, es un factor decisivo en reducir la severidad y extensión de las enfermedades y lesiones relacionadas al trabajo, así como los costos asociados a estos. Para poder ayudar a los empleadores y empleados en desarrollar un programa efectivo sobre la Salud y Seguridad Laboral, OSHA publico un “Programa y Guia de Administración de la Salud y Seguridad La boral” el 26 de Enero de 1989, bajo el Registro Federal (54 FR 3908-3916) Estas guías de cumplimiento voluntarias, aplican en todos los lugares de trabajo cubiertos por OSHA. Estas guías generales, identifican cuatro elementos que son críticos al desarrollo exitoso de un programa de administración de la salud y seguridad: Compromiso de la Gerencia del empleado. Análisis del lugar de trabajo. Prevención y control de peligros. Entrenamiento sobre la Salud y Seguridad laboral. Las guías recomiendan acciones especificas, bajo cualquiera de estos elementos generales. Copias gratis pueden ser obtenidas de la oficina de: OSHA Publications Office, P.O. Box 37535, Washington, DC 20013-7535, enviando un sobre con estampilla, para vuelta de correo. Estas guías también se encuentran disponibles en la página de Internet de OSHA en: http://www.osha.gov/ bajo Federal Register Notices. • • • •
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Programas Estatales El Acta de Salud y Seguridad Ocupacional de 1970 , anima a
los Estados a desarollar y operar sus propios planes de salud y seguridad en el empleo. Los Estados con planes aprobados bajo la sección 18 (b) del acta de OSHA, deben adoptar estándares y enforzar los requerimientos para que estos sean al menos tan efectivos como los requerimientos federales. Al momento existen 26 Estados con planes estatales; de los cuales: 23 de ellos cubren sectores públicos y privados (gobiernos locales y del Estado) y los 3 restantes cubren el sector publico solamente. Los planes estatales deben adoptar estándares comparables a los federales, dentro de un periodo no mayor a los seis meses después de la promulgación, Hasta el momento en que el estándar del estado sea promulgado, OSHA a nivel federal proveerá asistencia provisional en el cumplimiento de los estándares tanto y como sea apro piado para esos Estados. _______________________ Servicios de Consulta Los servicios de consultoria sobre salud y seguridad en el lugar de trabajo, están disponibles a los empleadores en todos los Estados que deseen obtener ayuda para poder establecer y mantener un lugar de trabajo seguro y saludable. Este tipo de servicio es en gran parte financiado por OSHA. Primordialmente desarrollado para pequeños empleadores con condiciones de trabajo mas peligrosas; los servicios de consultoria son impartidos por el gobierno estatal quienes a su vez emplean consultores profesionales en salud y seguridad laboral. Este tipo de asistencia exhaustiva incluye: una evaluación de todos los sistemas mecánicos, practicas físicas de trabajo, peligros ambientales en el lugar de trabajo; así como todos aquellos aspectos que se encuentren dentro del programa de salud y seguridad del empleador. Este tipo de programa es completamente aparte de los esfuerzos de inspección de OSHA. ¿Qué Otro Tipo de Ayuda Puede OSHA Brindar?
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Ningún tipo de multas o penalidades son impuestas por cualquier problema de salud o seguridad que hayan sido identificados por el consultor. El servicio es estrictamente confidencial. Para mas información concerniente a los servicios de consultoria, por favor vea la lista de proyectos de consulta que se encuentran al final de este folleto. _________________________________________ Programas de Protección Voluntaria (PPV) Los Programas de Protección Voluntaria (PPV) están diseñados para promover y reconocer la administración efectiva de programas de salud y seguridad laboral. En los VPP, la gerencia, tra bajadores y OSHA establecen relaciones de cooperación mutua en los lugares de trabajo que hayan implementado programas sólidos. Los lugares de trabajo que han sido aprobados para los siguientes reconocimientos incluyen: “Estrella de PPV”; “Merito”;y “Demostracion”, han cumplido y deberan de seguir cumpliendo con estrictos estandares de participación. Los beneficios de participar en un programa PPV, incluyen el de motivar al empleado a laborar en condiciones mas seguras de trabajo, esto conlleva a mayor productividad y mejor calidad; el promedio de “dias-perdidos” de trabajo son generalmente un 60-80 por ciento menos que el promedio en la industria; también reduce la com pensación al trabajador y costos relacionados a lesiones/ enfermedades; reconocimiento e interacción positiva en la comunidad; mayor revitalización y mejoramiento de programas de salud y seguridad ya en practica; y asociación con OSHA. Para mas información acerca del programa VPP, contacte al administrador del PPV en la oficina regional de OSHA mas cercana, de la lista que aparece al final de este folleto.
Educación y Entrenamiento Protección Contra Caídas En La Construcción
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Las oficinas de área de OSHA ofrecen una variedad de servicios e información, tales como publicaciones, asistencia audiovisual, recomendaciones técnicas y oradores para funciones especiales. El Instituto de Capacitación de OSHA en la ciudad de Des Plaines, Illinois, provee cursos básicos y avanzados en salud y seguridad laboral a oficiales estatales y federales, consultores estatales, personal de agencias federales y empleadores del sector privado, empleados y sus representantes. OSHA también provee fondos a organizaciones no lucrativas, a trabes de subsidios, para llevar a cabo entrenamiento y educación en compañías/sujetos que OSHA crea que carecen de entrenamiento en su lugar de trabajo. Estos subsidios son otorgados anualmente. Los que reciben estos subsidios se requiere que contribuyan con un 20 por ciento del costo total del subsidio. Para mas información acerca de cómo obtener estos subsidios, entrenamiento y educación, contacte al “OSHA Training Institute, Office of Training Education, 1555 Times Drive, Des Plaines, Illinois 60018, (847) 297-4810; fax (847)297-4874. Para mas información contacte a la oficina regional u oficina de área de OSHA mas cercana, de la lista que aparece al final de este folleto. ______________________ Información Electrónica INTERNET -Estándares, interpretaciones, directivas o cualquier otra información están ahora en la pagina de Internet http://www.osha.gov/. CD-ROM- Una amplia variedad de materiales publicados por OSHA e incluye estándares, interpretaciones, directivas y mas pueden ser compradas en CD-ROM de la oficina de imprenta del gobierno federal. Para ordenar, escriba al: “Superintendent of Documents, P.O. Box371954, Pittsburg, PA 15250-7954”. Especifique que tipo de ¿Qué Otro Tipo de Ayuda Puede OSHA Brindar?
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documento, regulación o información técnica en CD-ROM, (ORDT); S/N 729-013-00000-5. El precio es de $46.00 anuales (4 CR-ROM’s cada trimestre); $17.00 por una sola copia. (Costo anual para empresas en el extranjero es de $57.50 anualmente; y $21.25 por una sola copia.) ____________ Emergencias Para reportar situaciones que amenazan la vida, fatalidades o catástrofes, llame al teléfono (800) 321-OSHA. Las quejas irán inmediatamente a la oficina de área de OSHA mas cercana, o a la oficina estatal para proporcionar ayuda. Para mas información sobre cualquier programa de OSHA, contacte a la oficina regional de OSHA mas cercana, de la lista que aparece al final de este folleto.
Protección Contra Caídas En La Construcción
Glosario
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Anclaje – Un punto de seguridad para los accesorios de las Lineas de Vida, cuerdas flexibles (“lanyard”) o mecanismos de desaceleracion (frenado). Cinturón – Una correa con el proposito de asegurarselo a la cintura y para acoplamiento a una cuerda flexible (“lanyard”), a una linea de vida o a un mecanismo de desaceleracion (frenado). Arnés (de cuerpo completo) – Un aparato/accesorio que puede ser puesto a una persona de tal manera que la fuerza de sujeción en una caida, sea distribuida a los hombros, pecho, cintura, pelvis, y muslos con el propósito de que el arnés se sujete a otros componentes de un sistema de arreo/sujeción personal contra caídas. Conector – Un mecanismo que es usado para acoplar ( conectar) las partes de un sistema de arreo/sujeción personal contra caidas o en conjunto con un sistema de posicionamiento de mecanismos. Zonas de Acceso Controlado – Un area de trabajo designada y claramente marcada, en las cuales ciertos tipos de trabajos ( tales como albañilería en alturas) puedan tomar lugar sin necesidad de uso de sistemas convencionales de protección contra caídas – barandas, sujeción personal o redes de seguridad – para proteger a los empleados que trabajen en esas zonas. Mecanismo de Desaceleracion – Cualquier mecanismo – tales como cuerdas, agarraderas, cuerdas flexibles de tejido especial, cuerdas deshiladas, cuerdas flexibles deformadas o desgarradas, líneas de vida auto retractiles – las cuales sirven para disipar una cantidad sustancial de energia durante una caida , que de otra manera limita la energía impuesta sobre un empleado durante la caída.
Glosario
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Distancia de Desaceleración – La distancia vertical adicional, por la cual viaja la persona que cae, excluyendo el alargamiento de las líneas de vida y la distancia de caída libre, antes de parar, desde el punto en el cual el mecanismo de desaceleración comienza a operar. Sistema de Barandas – Una barrera erigida para prevenir que empleados caiga a niveles de abajo. Hoyo/ Agujero – Un espacio vacio o brecha con una dimension minima de 2 pulgadas (3.5 cm.) o más sobre el piso, en un techo o en cualquier otra superficie donde se camina o trabaja. Cuerda Flexible (cuerda de extensión) – Un pedazo de cuerda flexible, alambre tipo cuerda o bandas/cincho (fleje) que generalmente tienen un conector a cada extremo para conectar el cinturón o arnes a un mecanismo de desaceleración, a una línea de vida o a un punto de anclaje. Bordes Frontales/ Laterales – El borde de un piso, techo o forma ( encofrado) para piso u otras superficies por donde se camina o trabaja ( tales como la cubierta) la cual, cambia de lugar cuando se le añade piso, techo y cubiertas ;o cuando se ponen, moldean o construyen las secciones de las formas ( encofrados). Líneas de Vida – Uno de los componentes que consisten de una cuerda flexible (“lanyard”) para conectar a un punto de anclaje en un extremo, para que cuelgue verticalmente (líneas de vida verticales), o para conexiones a puntos de anclaje en los dos extremos para extenderla horizontalmente ( línea de vida horizontal) y que sirve el propósito de conectar otros componentes del sistema de arreo/sujeción personal contra caídas al punto de anclaje. Techos de Poca Pendiente – Un techo que tiene una inclinación menor o igual a 4 en 12 ( vertical a horizontal). Protección Contra Caídas En La Construcción
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Abertura – Un espacio o brecha de 30 pulgadas ( 76 centimetros) o mas de alto y de 18 pulgadas ( 46 centimetros) o mas de ancho, en una pared o partitura, a través de las cuales, los em pleados puedan caer desde un nivel a otro nivel mas abajo. Sistema de Arreo/Sujeción Personal Contra Caídas – Es un sistema que incluye, pero no esta limitado a, puntos de anclaje, conectores cinturones o arneses utilizados para sujetar/sostener a un empleado en una caída desde el nivel de trabajo en que se encuentre. A partir del 1 de Enero de 1998, el uso de cinturones para arreo/sujeción de caídas, esta estrictamente prohibido. Sistemas de Posicionamiento de Mecanismos – Un sistema de cinturón o Arnes amarrado de tal manera que permita que un em pleado sea situado en una superficie elevada verticalmente, tales como en una pared, y el trabajo con ambas manos queda libre cuando se apoya hacia atrás. “Agarra Cuerda” – Un mecanismo de desaceleracion que viaja a través de una línea de vida y que automáticamente, por fricción, atrapa la línea de vida y se agarra/cierra para sujetar la caída. Sistema de Monitoreo de la Seguridad – Un sistema de seguridad en el cual una persona competente es responsable por reconocer y advertir a los empleados de los peligros de caídas. Línea de Vida Auto-Retráctil/ Cuerda Flexibles – Es un mecanismo de desaceleración que contiene una “linea con tambor giratorio”; la cual puede ser extraída o retraerse lentamente; de regreso al tambor giratorio, bajo condiciones de tensión mínimas, durante el movimiento normal del empleado y que al comienzo de una caída, automáticamente cierra el tambor y sujeta la caída.
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Broches/Ganchos de Cierre Automático – Un conector que consiste en una pieza en forma de “gancho” que normalmente tiene un “guarda-cierre” o arreglo similar; los cuales pueden abrirse para permitir que el gancho reciba un objeto y, que cuando este se suelta, automáticamente se cierra para retener dicho objeto. Techos Empinados – Un techo que tiene una inclinación mayor que 4 en 12 ( vertical a horizontal). Tableros de Pie – Una barrera protectora de poca altura, que previene que materiales y equipo caigan a niveles de trabajo mas bajos y la cual protege a trabajadores de caídas. Lados y Orillas Desprotegidas – Cualquier lado u orilla (excepto en los puntos de acceso y entradas) de la superficie por donde se trabaja y camina (ejemplo: pisos, techos, rampas o andenes) donde no existen paredes o sistema de barandas de al menos 39 pulgadas ( 1 metro) de alto. Superficies donde se Trabaja y Camina – Cualquier superficie, ya sea horizontal o vertical, sobre la cual caminan o trabajan los empleados, incluyendo pero no limitado a: pisos, techos, rampas, pistas, andenes, formas (encofrados) y concreto con acero reforzado. No incluye escaleras, vehículos o “trailers” sobre los cuales los empleados tienen que estar para hacer sus tareas de trabajo. Sistema de Líneas de Advertencia – Es una barrera erigida so bre un techo para advertir a los empleados que ellos están acercándose a un lado u orilla del techo que no esta protegido y la cual designa un área donde trabajo de techos pueda tomar lugar sin el uso de barandas, cinturones o sistemas de redes de seguridad, para proteger a los empleados en esa área.
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Publicaciones Relacionadas de OSHA
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Copias gratis de las siguientes publicaciones pueden ser obtenidas del U. S. Department of Labor, OSHA/OICA Publications, P.O. Box 37535, Washington, DC 20013-7535. Envie sobre con estampilla para vuelta de correo. All About OSHA – OSHA 2056 Employee Workplace Rights – OSHA 3021 Ground Fault Protection on Construction Sites – OSHA 3007 Lead in Construction – OSHA 3142 Occupational Exposure to Cadmium in the Construction Industry – OSHA 3139 OSHA Publications and Audiovisual Programs –
OSHA 2019
Personal Protective Equipment – OSHA 3077 Sling Safety – OSHA 3072
Las siguientes publicaciones están disponibles de la oficina del Superintendent of Documents, U. S. Government Printing Office, Washington, DC. 20402 (202) 512-1800. Incluya el No.GPO con su orden y haga los cheques pagables al Superintendent of Documents. Construction Industry Digest – OSHA 2202 Order No. 029-016-00151-4; costo $2.25. Controlling Electrical Hazards – OSHA 3075 Order No. 029-016-00126-3; costo $1.00. Ergonomics: The Study of Work – OSHA 3125 Order No. 029-016-00124-7; costo $1.00. Hand and Power Tools – 3080 Order No. 029-016-00143-3; costo $1.00. Job Hazard Analysis – OSHA 3071 Order No. 029-016-00142-5; costo $1.00. Publicaciones Relacionadas de OSHA
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Estados con Planes Aprobados
Commissioner Alaska Department of Labor 1111 West 8th Street Room 306 Juneau, AK 99801 (907) 465-2700 Director Industrial Commission of Arizona 800 W. Washington Phoenix, AZ 85007 (602) 542-5795 Director California Department of Industrial Relations 45 Fremont Street San Francisco, CA 94105 (415)972-8835 Commissioner Connecticut Department of Labor 200 Folly Brook Boulevard Wethersfield, CT 06109 (860) 566-5123 Director Hawaii Department of Labor and Industrial Relations 830 Punchbowl Street Honolulu, HI 96813 (808) 586-8844 Commissioner Indiana Department of Labor State Office Building 402 West Washington Street Room W 195 Indianapolis, IN 46204 (317) 232-2378
Protección Contra Caídas En La Construcción
Commissioner Iowa Division of Labor Services 1000 E. Grand Avenue Des Moines, IA 50319 (515) 281-3447 Secretary Kentucky Labor cabinet 1049 U.S. Highway, 127 South, Suite 2 Frankfort, KY 40601 (502) 564-3070 Commissioner Maryland Division of Labor and Industry Department of Labor Licensing and Regulation 1100 N. Eutaw Street, Room 613 Baltimore, MD 21202-2206 (410) 767-2999 Director Michigan Department of Consumer and Industry Services 4th Floor Law Building P.O. Box 30004 Lansing, MI 48909 (517) 373-7230 Commissioner Minnesota Department of Labor and Industry 443 Lafayette Road St. Paul, MN 55155 (612) 296-2342
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Director Nevada Division of Industrial Relations 400 West King Street Carson City, NV 89710 (702) 687-3032 Secretary New Mexico Environment Department 1190 St. Francis Drive P. O .Box 26110 Santa Fe, NM 87502 (505) 827-2850 Commissioner New York Department of Labor W. Averell Harriman State Office Building – 12 Room 500 Albany, NY 12240 (518)457-2741 Commissioner North Carolina Department of Labor 319 Chapanoke Road Raleigh, NC 27603 (919) 662-4585 Administrator Department of Consumer and Business Services Occupational Safety and Health Division (OR-OSHA) 350 Winter Street, N.E. Room 430 Salem, OR 97310 (503) 378-3272
Secretary Puerto Rico Department of Labor and Human Resources Prudencio Rivera Martinez, Building 505 Munoz Rivera Avenue Hato Rey, PR 00918 (809) 754-2119 Commissioner South Carolina Department of Labor, Licensing, and Regulation 110 Centerview Drive P.O. Box 11329 Columbia, SC 29211-1329 (803) 734-9594 Commissioner Tennessee Department of Labor Attention: Robert Taylor 710 James Robertson Parkway Nashville, TN 37243-0659 (615)741-2582 Commissioner Industrial Commission of Utah 160 East 300 South, 3rd Floor P.O. Box 146600 Salt Lake City, UT 84114-6600 (801) 530-6898 Commissioner Vermont Department of Labor and Industry National Life Building Drawer 20 120 State Street Montpelier, VT 05620 (802) 828-2288
Estados con Planes Aprovados
36
Commissioner Virgin Islands Department of Labor 2131 Hospital Street Box 890 Christiansted St Croix VI 00820-4666 (809) 773-1994
Director Washington Department of Labor and Industries General Administration Building P.O. Box 44001 Olympia, WA 98504-4001 (360) 902-4200
Commissioner Virginia Department of Labor and Industry Powers-Taylor Building 13 South 13th Street Richmond, VA 23219 (804) 786-2377
Administrator Worker’s Safety and Compensation Division (WSC) Wyoming Department of Employment Herschler Building 2nd Floor East 122 West 25th Street Cheyenne, WY 82002 (307) 777-7786
Protección Contra Caídas En La Construcción
Directorio de Consulta de Proyectos de OSHA
37
State Telephone Alabama ...................... ..................................................(205) 348-7136 Alaska ......................... ..................................................(907) 269-4957 Arizona ........................ ..................................................(602) 542-5795 Arkansas ...................... ..................................................(501) 682-4532 California .................... ..................................................(415) 972-8515 Colorado ...................... ..................................................(970) 491-6151 Connecticut ................. ..................................................(860) 566-4550 Delaware ..................... ..................................................(302) 761-8219 District of Columbia .... ..................................................(202) 576-6339 Florida ......................... ..................................................(904) 488-3044 Georgia ........................ ..................................................(404) 894-2646 Guam ........................... ..................................................(671) 475-0136 Hawaii ......................... ..................................................(808) 586-9100 Idaho ........................... ..................................................(208) 385-3283 Illinois ......................... ..................................................(312) 814-2337 Indiana ......................... ..................................................(317) 232-2688 Iowa ............................. .................................................(515) 965- 7162 Kansas ......................... ..................................................(913) 296-7476 Kentucky ..................... ..................................................(502) 564-6895 Louisiana ..................... ..................................................(504) 342-9601 Maine .......................... ..................................................(207) 624-6460 Maryland ..................... ..................................................(410) 880-4970 Massachusetts .............. ..................................................(617) 727-3982 Michigan ..................... ............................................ (517) 332-1817(H) .................................... .............................................(517) 322-1809(S) Minnesota .................... ..................................................(612) 297-2393 Mississippi .................. ..................................................(601) 987-3981 Missouri ...................... ..................................................(573) 751-3403 Montana ...................... ..................................................(406) 444-6418 Nebraska ..................... ..................................................(402) 471-4717 Nevada ........................ ..................................................(702) 486-5016 New Hampshire ........... ..................................................(603) 271-2024 New Jersey .................. ..................................................(609) 292-2424 New Mexico ................ ..................................................(505) 827-4230 New York .................... ..................................................(518) 457-2481 North Carolina ............. ..................................................(919) 662-4644 Directorio de Consulta de Proyectos de OSHA
38
North Dakota ................ .................................................(701) 328-5188 Ohio ............................. .................................................(614) 644-2246 Oklahoma ..................... ................................................ (405) 528-1500 Oregon ......................... ................................................ (503) 378-3272 Pennsylvania ................ ................................................ (412) 357-2561 Puerto Rico .................. ................................................ (787) 754-2188 Rhode Island ................ ................................................ (401) 277-2438 South Carolina ............. ................................................ (803) 734-9614 South Dakota ................ ................................................ (605) 688-4101 Tennessee ..................... ............................................... (615) 741- 7036 Texas ............................ ................................................ (512) 440-3809 Utah .............................. ................................................ (801) 530-7606 Vermont ....................... ................................................ (802) 828-2765 Virginia ........................ ................................................ (804) 786-6359 Virgin Islands ............... ................................................ (809) 772-1315 Washington .................. ................................................ (360) 902-5638 West Virginia ............... ................................................ (304) 558-7890 Wisconsin ..................... ...........................................(608) 266-8579(H) ..................................... ...........................................(414) 521-5063{S) Wyoming ..................... ................................................ (307) 777-3646 (H) —Health (S) —Safety
Protección Contra Caídas En La Construcción
Oficinas de Area de OSHA
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State Telephone Albany, NY ......................................................................(518) 464-4338 Albuquerque, NM ............................................................(505) 248-5302 Allentown, PA..................................................................(610) 776-0592 Anchorage, AK ................................................................(907) 271-5152 Appleton, WI....................................................................(414) 734-4521 Austin, TX........................................................................(512) 916-5783 Avenel, NJ........................................................................(908) 750-3270 Baltimore, MD .................................................................(410) 962-2840 Bangor, ME......................................................................(207) 941-8177 Baton Rouge, LA .............................................................(504) 389-0474 Bayside, NY.....................................................................(718) 279-9060 Bel1evue, WA..................................................................(206) 553-7520 Billings, MT....................................................................(406) 247- 7494 Birmingham, AL ..............................................................(205) 731-1534 Bismarck, ND...................................................................(701) 250-4521 Boise, ID ..........................................................................(208) 334-1867 Bowmansvi11e, NY .........................................................(716) 684-3891 Braintree, MA ..................................................................(617) 565-6924 Bridgeport, CT .................................................................(203) 579-5581 Calumet City, IL ..............................................................(708) 891-3800 Carson City, NV...............................................................(702) 885-6963 Charleston, WV................................................................(304) 347-5937 Cincinnati, OH .................................................................(513) 841-4132 Cleveland, OH..................................................................(216) 522-3818 Columbia, SC...................................................................(803) 765-5904 Columbus, OH .................................................................(614) 469-5582 Concord, NH ....................................................................(603) 225-1629 Corpus Christi, TX...........................................................(512) 888-3420 Dallas, TX ........................................................................(214) 320-2400 Denver, CO ......................................................................(303) 844-5285 Des Plaines, IL .................................................................(847) 803-4800 Des Moines, IA ................................................................(515) 284-4794 Englewood, CO................................................................(303) 843-4500 Erie, PA............................................................................(814) 833-5758 Fort Lauderdale, FL .........................................................(954) 424-0242 Fort Worth, TX ................................................................(817) 428-2470 Oficinas de Area de OSHA
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Frankfort, KY ...................................................................(502) 227-7024 Guaynabo, PR...................................................................(787) 277-1560 Harrisburg, PA..................................................................(717) 782-3902 Hartford, CT .....................................................................(860) 240-3152 Hasbrouck Heights, NJ.....................................................(201) 288-1700 Honolulu, HI.....................................................................(808) 541-2685 Houston, TX.....................................................................(281) 286-0583 Houston, TX.....................................................................(281) 591-2438 Indianapolis, IN................................................................(317) 226-7290 Jackson, MS .....................................................................(601) 965-4606 Jacksonville, FL................................................................(904) 232-2895 Kansas City, MO ..............................................................(816) 483-9531 Lansing, MI ......................................................................(517) 377-1892 Little Rock, AR ................................................................(501) 324-6291 Lubbock, TX ....................................................................(806) 472-7681 Madison, WI.....................................................................(608) 264-5388 Marlton, NJ.......................................................................(609) 757-5181 Methuen, MA ...................................................................(617) 565-8110 Milwaukee, WI.................................................................(414) 297-3315 Minneapolis, MN..............................................................(612) 348-1994 Mobile, AL.......................................................................(334) 441-6131 Nashville, TN ...................................................................(615) 781-5423 New York, NY .................................................................(212) 466-2482 Norfolk, VA .....................................................................(804) 441-3820 North Aurora, IL...............................................................(630) 896-8700 North Syracuse, NY .........................................................(315) 451-0808 Oklahoma City, OK..........................................................(405) 231-5351 Omaha, NE .......................................................................(402) 221-3182 Parsippany, NJ..................................................................(201) 263-1003 Peoria, IL..........................................................................(309) 671-7033 Philadelphia, PA...............................................................(215) 597-4955 Phoenix, AZ .....................................................................(602) 640-2007 Pittsburgh, PA ..................................................................(412) 644-2903 Portland, OR.....................................................................(503) 326-2251 Providence, RI..................................................................(401) 528-4669 Raleigh, NC......................................................................(919) 856-4770 Sacramento, CA................................................................(916) 566-7470 Protección Contra Caídas En La Construcción
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Salt Lake City, UT........................................................... (801) 487-0073 San Diego, CA................................................................. (619) 557-2909 San Francisco, CA........................................................... (415) 744-7120 Savannah, GA.................................................................. (912) 652-4393 Smyrna, GA..................................................................... (770) 984-8700 Springfield, MA............................................................... (413) 785-0123 St. Louis, MO .................................................................. (314) 425-4249 Tampa, FL ....................................................................... (813) 626-1177 Tarrytown, NY ................................................................ (914) 524-7510 Toledo, OH ...................................................................... (419)259- 7542 Tucker, GA...................................................................... (770) 493-6644 Westbury, NY.................................................................. (516) 334-3344 Wichita, KS ..................................................................... (316) 269-6644 Wilkes-Barre, PA ............................................................ (717) 826-6538 Wilmington, DE .............................................................. (302) 573-6115
Oficinas de Area de OSHA