GARANTÍAS CREDITICIAS
RESUMEN
El artículo establece que la estructuración del financiamiento tanto de un proyecto como de una empresa en marcha está íntimamente íntimamente ligada con las garantías. Se muestra el valor colateral de una garantía y una serie de contratos empresariales y emisión de títulos valores para la obtención obtención de recursos recursos frescos, como lo son por ejemplo ejemplo los bonos titulizados o los valores de productos agrarios. Palabras Claves:
arantías. !olateral. "r#stamos garantizados. $inanciamiento de proyectos.
INTRODUCCIÓN Las garantías son todos los medios que respaldan o aseguran el pago o reembolso de los créditos otorgados. El requerimiento de garantías para respaldar los créditos que se otorgan, no está basado en previsión de tener que recurrir a un procedimiento judicial para obtener el reembolso. La garantía es un colateral, no es la base sobre la cual se fundamenta el crédito. CLA!"!CAC!#$ %E LA
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En un crédito sea éste en dinero o en especies las garantías las podemos clasificar en personales * reales. &arantías ntías +ersonales on aquellas donde no se tiene en cuenta bienes específicamente deter minados- lo que tiene importancia es la persona del obligado como fiador o como codeudor solidario. e trata de garantías subjetivas, siendo por el contrario las garantías reales basadas en activos tangibles e intangibles.
Las garantías personales representan la obligación que contrae una per sona sona natural o crediticia. e formalian mediante la jurídica de respaldar respaldar el pago de una obligación obligación crediticia. suscripción de instrumentos establecidos por le*, entre otros se tienen/
a. Fianza. es definida, en nuestro Código Civil, como el contrato por el cual el fiador se obliga frente al acreedor a cumplir determinada prestación en garantía de una obligación ajena si ésta no es cumplida por el deudor. Las cartas de recomendación u otros documentos en que se asegure la probidad o solvencia de alguien no constitu*e Alter nativamente a la fiana, e0iste el aval * entre estas dos figuras juríd jurídica icass fiana. Alter podemos podemos establecer establecer las siguient siguientes es diferenc diferencias/ ias/ por la fiana fiana una persona se compromete a responder por las obligaciones de otro * puede otorgarse en cualquier documento, basta que sea escrito- el aval es una obligación cambiaria que debe titulovalor,, es una garantía personal que se formalia con la constar en el te0to del titulovalor firma del avalista puesta en el anverso de un documento de crédito o titulo valor. b. Carta fianza. Es un contrato de garantía del cumplimiento de una obligación ajena materialia a en un documento valorado suscrito entre el fiador * el deudor * que se materiali
emitido por el fiador, generalmente una enti dad financiera, a favor del acreedor quien puede ser un prestamista o una entidad contratante- en caso de incumplimiento del deudor el fiador asume la obligación.
c. Póliza de cación. La cual representa la evidencia de un contrato que tiene por objeto la presta ción de indemniaciones de una compa1ía de seguros respecto a un tercero a consecuencia de determinados actos u omisiones realiadas por el asegurado. La carta fiana * la pólia de caución son utiliadas como garantías en las Contrataciones * Adquisiciones del Estado- dic2os títulos deberán ser incondicionales. %ebe a1adirse que la "undación "ondo de &arantías para +réstamos a la +eque1a !ndustria3"4&A+!5 otor ga garantías a la peque1a * micro empresa tanto para compras estatales como para garantiar a las +67E ante terceros. &arantía 'eal Es aquella que se constitu*e cuando el deudor, o una tercera persona, compromete un elemento de terminado de su patrimonio para garantiar el cum plimiento de la obligación contraída. Entre otros pa trimonios se tienen/
!. S"bre in#eble$% a. &i'"teca. e constitu*e por escritura p8blica la que afecta un inmueble en garantía del cum plimiento de cualquier obligación propia o de un tercero. La garantía no determina la desposesión del bien. Las 2ipotecas sobre un mismo bien tendrán preferencia por raón de su antig9edad conforme a la fec2a de su inscripción en el 'e gistro de +ropiedad !nmueble. :alga mencionar que las entidades financieras sólo aceptan pri meras 2ipotecas. b. Anticre$i$. 7odalidad mediante la cual se en trega un inmueble en garantía de una deuda, concediendo al acreedor el derec2o de e0plo tarlo * percibir sus frutos. El contrato debe otor garse por escritura p8blica, e0presando la renta del inmueble * el interés que se pacte- la renta del inmueble se aplica al pago de los intereses * gastos * el saldo al capital. (. S"bre #eble$% La prenda se constitu*e mediante la entrega física o jurídica, del bien mueble, siendo la entrega jurí dica cuando el bien queda en poder del deudor. En general son préstamos basados en activos. La garantía prendaria se adapta bien para ciertos acti vos de capital como es el caso de máquinas * 2e rramientas. +ueden caber las siguientes variantes/
a. Con desplaamiento o entrega física/ i. Crédito pignoraticio, consiste en un préstamo en dinero otorgado mediante la garantía de una prenda que puede ser una jo*a *;o objetos varios como electrodomésticos, artí culos eléctricos * electrónicos, etc. ii. +renda 7ercantil o comercial iii. +renda sobre títulos valores, entre otros se tienen/ a. 4peraciones de reporte, son operaciones realiadas tanto con acciones como con obligaciones, que implican la realiación de dos operaciones simultáneas, una al con tado, en donde un ofertante de dinero o reportante adquiere un título valor de un de mandante de dinero o reportado, * una se gunda operación a plao, mediante la cual ambos participantes se comprometen a revenderse o a recomprarse el mismo título valor, en una fec2a futura a un precio * pla o pactados. e piden márgenes de garan tía, donde el tomador de fondos o reportado debe garantiar que los valores son propios * que no se encuentran en
tránsito ni suje tos a gravamen, embargo, prenda o limita ción de alguna clase. b.ecuritiación 3(ituliación de bonos5, mecanismo mediante el cual un conjunto de activos con un flujo de caja predecible * verificable se transforma en valores ne gociables tipo
bonos.
c. toc<=arrant units, captación de fondos por medio de la emisión de garantías de suscripción de acciones. i). Certificado de depósito, son títulos valores emitidos por los Almacenes &enerales de %epósito, con respaldo de las mercancías que el tenedor 2a depositado, mediante el cual se acredita la propiedad de las mercancías, mien tras que el =arrant es un título de crédito, emi tido por los mencionados almacenes que ope ran como garantía para solicitar un préstamo- para que tenga valide de negociación, las ca racterísticas del préstamo deberán ser anota das en el certificado de depósito. b. in desplaamiento o entrega jurídica/ i. >ipoteca naval e 2ipoteca aérea. ii. +renda mercantil con registro sin desplaa miento, prenda agraria prenda pecuaria, pren da industrial * prenda minera. iii. Certificado de depósito con almacén en cam po, permiten que se 2agan préstamos contra e0istencias que están ubicadas en las pro pias instalaciones del prestatario. Las mer cancías que sirven como colateral se sepa ran *. S"bre Patri#"ni"$% a. obre cuentas por cobrar, sobre inventarios de materia prima o inventarios de productos termi nados, constitu*en garantías adecuadas para un préstamo de corto plao- bajo la modalidad de gravamen flotante el prestamista tiene como ga rantías a los inventarios ?en general? sin especi ficar el inventario en particular de que se trate. b. "actoraje3"actoring5 mediante el cual la empre sa vende sus cuentas por cobrar a un factor, venta que se realia normalmente ?sin recurso?, lo que significa que la empresa vendedora no será responsable de cualquier cuenta por co brar que no sea cobrada por el factor. +ara el efecto del factoraje se celebra un contrato por un tiempo determinado con renovación automá tica, * por lo general el cliente de la empresa vendedora contin8a pagando a la empresa, la cual a su ve se los endosa al factor. c. "ideicomiso de garantía, el cual genera un pa trimonio autónomo distinto al del deudor o al del garante. d. Arras, es una prenda o se1al que se da como seguridad de cumplimiento de un acuerdo que posteriormente se plasma en un contrato. +ue de ser/ i. Confirmatorio cuando en caso del cumplimien to del contrato, quien recibió las arras las de volverá o las imputará sobre su crédito- si la parte que 2ubiese entregado el arras no cum ple la obligación, la otra parte puede dejar sin efecto el contrato conservando las arras. ii. %e retractación cuando concede a las partes el derec2o de retractarse del cumplimiento del contrato. i se retracta la parte que en trega las arras, las pierde en provec2o del otro contratante. i se retracta quien recibe las arras, debe devolverlas dobladas al tiem po de ejercitar el derec2o- si se celebra el contrato definitivo, quien recibe las arras las devolverá de inmediato o las imputará sobre su crédito. e. Conocimiento de embarque * la carta porte, son títulos valores que adicionalmente a su función primigenia de acreditar el recibo de mercancías por el transportador, constitu*en títulos de cré dito transferibles * negociables susceptibles de garantiar operaciones de crédito a partir del valor económico de las mercancías. &arantías para el "inanciamiento de +ro*ectos Cuando se trata de garantías para el financiamiento de un pro*ecto tanto de inversión como de desarro llo, se tiene entre otras las siguientes/
a.Pr"+ect Finance Es un mecanismo de financiación que permite al promotor de un pro*ecto llevarlo a cabo obtenien do la financiación de la inversión sin contar, por otros medios propios o ajenos, con la capacidad financiera necesaria. A diferencia de los mecanis mos de crédito utiliados usualmente, el +roject "inance se basa fundamentalmente en la capaci dad que tiene, el pro*ecto p8blico o privado, para generar recursos, los cuales 2an de ser suficien tes para pagar los rendimientos del capital, el be neficio del e0plotador, así como para devolver el capital invertido. @ajo esta forma el sistema finan ciero sustitu*e las tradicionales garantías reales, por una multitud de informes * estudios de viabili dad 3técnicos, jurídicos * económicos5 * por la implicación contractual de todos o la ma*oría de los entes intervinientes en la gestación, materiali ación * gestión posterior del pro*ecto. En defini tiva, las garantías acaban siendo del mismo rango pero aportadas solidariamente por un conjunto de agentes. +or otro lado, sólo los pro*ectos con un nivel de riesgo mu* bajo, pueden ser, en realidad, sujeto de éste modelo de financiación.
b. Deficienc, -arantee on garantías limitadas en monto * pueden ser utiliadas cuando se prevén, en el peor de los es cenarios, déficit de fondos limitados que tendrán que ser cubiertos por el garante. +or definición este tipo de garantía está presente en el joint venture cuando se desea cubrir el riesgo de sobrecostos en la inversión, de manera que los integrantes del joint venture provean los fondos faltantes.
c. Tae "r 'a, Es un contrato de garantía indirecta e incondicio nal de un flujo de ingresos. Es un acuerdo entre un comprador * un vendedor en que el primero paga periódicamente sumas específicas al segundo a cambio de productos o servicios. El comprador debe 2acer pagos aun cuando no se realice el des pac2o de los bienes o servicios contratados- éste tipo de contrato asegura la viabilidad financiera de un pro*ecto. El Estado +eruano 2a suscrito sendos contratos de éste tipo mediante los cuales se transfiere el contrato de suministro de gas natural de Electroper8 a la Empresa de &eneración (ermoeléctrica :entanilla .A.3Etevensa5. El con trato implica que Etevensa deberá pagar por ade lantado, a un precio determinado, la compra de B millones de pies c8bicos diarios del gas que pro ducirá Camisea, sin considerar si lo consume o no * durante D a1os. Build Operate and Transfer es una variante del con trato ta
N OTAS
C I ENTÍFICAS
tiene en los Contratos Build Own Operate Transfer 3@oot5 el compromiso del concesionario a invertir, operar * mantener durante un lapso deter minado las líneas de transmisión que 2ubieren construido para luego al vencerse los términos del contrato revertir la propiedad al Estado.
C4$CL!4$E n requerimiento fundamental para el financiamiento de un pro*ecto de inversión o de desarrollo es la cons titución de garantías que particularmente en los pro *ectos de inversión como de desarrollo e0isten un sin fin de variedades. Las garantías permiten trasladar ciertos riesgos pro pios de un pro*ecto a las partes interesadas pero que no desean involucrase directamente en la opera ción del mismo. Las garantías mantienen la operación fuera del ba lance general como un pasivo directo en ve de apor tar o prestar capital, permitiendo de ésta manera la viabilidad del pro*ecto.
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