MINE MINERI RIA. A.-- Acti Activi vida dad d que que tien tiene e por por fnal fnalid idad ad extra xtraer er los los recu recurs rsos os naturales para provecho propio y regulado por el estado y el ministerio de energía y minas.
MINA.- lugar donde se acumulan los minerales YACIMIENTO. YACIMIENTO.- Es el lugar donde se encuentra los minerales YACIMIENTO YACIMIENTO MINERAL.- Dep Depsi sito to dond donde e se hall halla a los los mine minera rale less naturales de existencia geolgica. INDUST INDUSTRI RI MINERA. MINERA.-- con!unto de tra"a!o encaminado a explotar los yacimientos
A#$I%IDADE&.- cateo-exploracin-prospecc cateo-exploracin-prospeccin-yacimie in-yacimiento nto MINE'A(.- cualquier sustancia inorg)nica que se encuentra en estado natural
&olido (iquido *aseoso
BENEFICIO.- recursos que dan un valor a la economía de un estado y a los que ha"itan en este lugar. lugar. +sea el canon. CONDICION DE TRABAJO:
,'A'I.,'A'I.- cumplir sus horas la"orales &A(D.- dan prioridad al tra"a!ador a cuidar su salud
DERE ERECHO CHO MINE MINERO RO..&istemas !urídicos relacionados al aprovechamiento de minerales met)licos como no met)licos existente en el suelo/ su"suelo y marítimo regulados !urídicamente por ley. ley.
#on!uga tanto al D0 como D0. El estado es due1o y so"erano y a trav2s de la ley autori3a para que sus empresas puedan reali3ar actividades
Estudia/ anali3a/ regula
LEGISLACION:
4564 #DI* DE MINE'IA 4576 'E8'MA
(E9 4:::6 DE#'E$ (E*I&(A$I% 45:4 455; (E9 *ENE'A( DE MINE'IA
LOS SUJETOS DEL DM.- El cateador/ concesionario/ minero/ explorador/ explotador/ "enefciario y estado/ que tienen la
a> SISTEMA DE ACCION.- Aquel que tiene la posi"ilidad de ser propietario/ posi"ilidad de explotacin de manera natural porque no pertenece a nadie/ es li"re.
"> &istema de cesin.- que el propietario de un terreno superfcial y en virtud de la propiedad se convierte en propietario. 2. SISTEMA DE OCUPACION.- ?ruus nuliuos> que la separacin del suelo puede pertenecer a todos como yacimiento. (o que no es de nadie es de todos 3. SISTEMA SOCIALISTA.- separan elementos di
@. SISTEMA DOMINALISTA.- todos los recursos naturales son inaliena"les- cautela. %igila y tiene legítimo inter2s. (& #'I$E'I& DE &BEDA= a> SISTEMA DE LIBERTAD.- Bue tenemos la li"ertad de reali3ar cateo "> SISTEMA AUTORIZADO.- $ener la autoridad o permiso por parte del estado. #ertifcado/ derecho/ acto administrativo.
Creas protegidas/ arqueolgicas/ amortiguamiento
DESARROLLO
4. EXPLORACIÓN.- actividad que conduce a demostrar las dimensiones/ características/ primerologias/ posicin/ 'eserva/ y valores de los yacimientos. Desarrollo.- operacin que se reali3a para la explotacin de un mineral contenido en un yacimiento minero. EXPLOTACION.- actividad minera por la cual se reali3a la explotacin y puede reali3arse=
a> SUBTERRÁNEA.- socavn/ tnel "> SUPERFICIE.- A ta!o a"ierto ;. BENEFICIOS MINERALES.- con!unto de proceso <ísico/ químico destinado a concentrar/ purifcar/
a> 0reparacin.- proceso donde se reduce el material/ se clasifca y se lava. "> Metalurgia.- proceso químico donde se purifca los materiales c> 'efnado de productos . LABOR GENERAL.- ventilacin/ isage/ y extraccin de dos a m)s concesiones de distintos minerales. @. TRANSPORTE MINERO.- sistema utili3ado para el transporte de productos minerales por m2todos y
Est) constituido por la superfcie y puede cam"iar segn a la la"or que realice el concesionario en cuadriculas 2. ACTO JURIDICO ADMINISTRATIO.- emanado por una autoridad competente y se requiere la peticin del interesado o"ligado y de acuerdo a los requisitos que esta"lece la ley.
;.; NIDAD DE MEDIDA.- se reali3a por cuadriculas de 466 a 4666 hect)reas 9 en dominio marítimo de 466 a 46666 hect)reas ;. (A #N#E&I+N MINE'A 0EDE &E'.- divisi"le/ acumula"le/ trans
. 0' (& MG$D& DE 0E'8'A#I+N.- superfcie/ por el valor econmico del mineral @. CONDICION JURIDICA DE LOS MINERALES.- son considerados como=
"ienes inmue"les antes de ser extraídos de la concesin minera Adquieren la condicin de "ienes mue"les una ve3 extraídos
@.4 8'$& provecho renova"les 0'D#$& provechos no renova"les CATASTRO MINERO ORDENADO FORMA DE AD!UISISCION.- por petitorio minero MODALIDAD CONTRACTUAL.- trans
a> CM genera una fccin ya que eleva el deposito/ el yacimiento minero "> ien !urídico registrado
c> El otorgamiento de la #M se constituye en un acto o"ligatorio para el estado d> El estado puede ser concesionario de la #M a trav2s de la actividad empresarial e> El titular puede oponerse a terceros <> "liga al titular a acreditar una produccin mínima g> II II II al pago de derecho de vigencia anual o al pago de penalidad h> $itular de derecho de garantía i> 0osi"ilita a dos a mas #M y agruparse en unidad econmica !> 0uede ser divisi"le H> 'enuncia"le l> A"andono caducidad INHABILITACION
4. I ABSOLUTA.- presidente/ ministro de estado/ miem"ros del poder legislativo/ contralor/ que la persona haya adquirido derechos antes del cargo "> que durante el e!ercicio del cargo o