RESUMEN La explotación de canteras comprende una parte importante de la minería que se realiza a cielo abierto en el mundo con el objetivo de aportar los materiales de construcción que se extraen. Este tipo de minería se caracteriza por la creación de un fuerte impacto al medio ambiente debido a que en la mayoría de las empresas no prestan la debida atención a dicha actividad. De aquí la necesidad de conocer los diferentes aspectos necesarios para la correcta explotación de una cantera. La investigación tiene como objetivo la caracterización del medio ambiente, la identificación y delimitación de las influencias negativas de la minería, con vista a brindar criterios acerca del mejoramiento ambiental en el área donde se practica dicha actividad. En este trabajo se realiza un pronóstico ambiental donde se identifican los principales impactos al medio ambiente producidos por la explotación del material caliza, como resultados se obtienen los criterios por la explotación sostenible de estos yacimientos y se concluye que las influencias negativas sobre el medio ambiente están dadas en forma general por la degradación total de la vegetación, la fauna, el relieve y el paisaje, así como impactos secundarios relacionados principalmente con la contaminación de los ríos, del aire y del suelo. Palabras claves: Medio ambiente - Estudio de impacto ambiental – Canteras – Canteras – – Degradación
RESUMEN La explotación de canteras comprende una parte importante de la minería que se realiza a cielo abierto en el mundo con el objetivo de aportar los materiales de construcción que se extraen. Este tipo de minería se caracteriza por la creación de un fuerte impacto al medio ambiente debido a que en la mayoría de las empresas no prestan la debida atención a dicha actividad. De aquí la necesidad de conocer los diferentes aspectos necesarios para la correcta explotación de una cantera. La investigación tiene como objetivo la caracterización del medio ambiente, la identificación y delimitación de las influencias negativas de la minería, con vista a brindar criterios acerca del mejoramiento ambiental en el área donde se practica dicha actividad. En este trabajo se realiza un pronóstico ambiental donde se identifican los principales impactos al medio ambiente producidos por la explotación del material caliza, como resultados se obtienen los criterios por la explotación sostenible de estos yacimientos y se concluye que las influencias negativas sobre el medio ambiente están dadas en forma general por la degradación total de la vegetación, la fauna, el relieve y el paisaje, así como impactos secundarios relacionados principalmente con la contaminación de los ríos, del aire y del suelo. Palabras claves: Medio ambiente - Estudio de impacto ambiental – Canteras – Canteras – – Degradación
INTRODUCCIÓN El recurso mineral (Roca Caliza) ofrecido por la Geología, es uno de los los recursos naturales necesarios para la producción de cemento, el cual es empleado como materia prima en el procesamiento del mismo. El presente informe contiene el Diagnóstico Ambiental y Sociocultural que se debe aplicar a un sector en estudio y una propuesta de recuperación ambiental de un sector específico. Los efectos a corto plazo de la actividad minera tienden a ser destructivos e irrecuperables, y por tanto, es necesario minimizarlos. Se debe hacer lo posible por recuperar las áreas afectadas, ya sea porque afectan al paisaje, o porque afecten al medio (contaminación de suelos, agua, etc.) y los parámetros que lo definen en un momento dado: cobertura edáfica, vegetación, fauna, etc. Por la necesidad visible de la utilización del recurso mineral, en la producción de cemento, a través del Estudio de Impacto Ambiental, se solicita de manera formal ante las autoridades competentes en este caso el MINAMB, la autorización de Ocupación y Afectación del Territorio para cumplir con los requerimientos industriales. industriales. Se elabora elabora el Estudio de Impacto Ambiental Ambiental y Sociocultural, con el fin de que se establezcan las
condiciones
bajo
las
cuales se desarrollará la ejecución de las actividades propuestas, obteniendo así por parte del Ministerio del Ambiente, la autorización de Ocupación y Afectación del Territorio.
Teoría de un EIA e Impacto ambiental producido producido por la explotación explotación de la Caliza. Hoy en día, se debe trabajar en conjunto para desarrollar un tipo de cantera de bajo impacto. Una cantera es una mina a cielo abierto de la cual se extrae la materia prima en grandes bloques de piedra, los cuales son triturados y remolcados para el proceso de producción de cemento. Normalmente una cantera es usada por un tiempo determinado, después del cual se deja llenar con agua subterránea, y toda el área es restaurada para crear un hábitat de vida salvaje y recreación natural. La extracción en cantera tiene un efecto significativo en muchos paisajes. Los efectos de la minería son evaluados antes de elegir el lugar de una cantera. La remoción de elementos del paisaje como árboles, elevaciones y vegetación puede tener un efecto dominó en el entorno inmediato. Si hay demasiada remoción sin restauración, el suelo y la roca de fondo próximos se erosionarán. La erosión puede producir depresiones del suelo llamados sumideros, típicos de las canteras de piedra caliza. El principal efecto negativo de la extracción en cantera es la pérdida del hábitat y las especies que lo habitaban. Los hábitats no sólo se destruyen por la remoción directa, sino que también pueden ser alterados o destruidos por polvo excesivo, filtraciones acuáticas, erosión del suelo y el ruido causado por las canteras. La evaluación apropiada de los sitios para canteras reduce o elimina el efecto sobre el hábitat. La restauración apropiada del sitio después que se ha completado la minería puede ayudar a restaurar o crear un hábitat. En una cantera donde la piedra se remueve del suelo, los geólogos pueden estudiar las capas expuestas por la minería. Si los mineros trabajan conjuntamente con los científicos y las comunidades, los efectos geológicos de la extracción en cantera pueden ser útiles. Al restaurar estos paisajes, la información geológica recogida es tenida en cuenta para beneficiar generaciones futuras.
La explosión es una técnica común usada por los mineros para aflojar la piedra para la extracción. La explosión se lleva a cabo mediante poderosos explosivos y tiene un impacto en el ambiente próximo. El ruido y vibración son molestos para los residentes del área y puede ser perjudicial para la vida salvaje. La explosión también suelta una gran cantidad de polvo y humo hacia el aire, la cual aumenta la polución del aire y también se deposita en el área circundante. En cantera se desarrollan cada una de las siguientes actividades: Exploración
El objetivo de la exploración Geológica es la de caracterizar el yacimiento en función de datos Litológicos, Geomecánicos y Geoquímicos, para determinar las áreas de potencial mineral y de esta manera cubrir con los requerimientos de producción. La exploración se realiza con un Taladro Long-Year 38, la cual realiza pozos de 60 a 320 metros de profundidad, con una eficiencia promedio de 1.4 metros por hora, este equipo rotatorio trabaja en conjunto con una bomba de lodo la cual inyecta un fluido de perforación, llamado Bentonita constituido por una base de arcilla (Montmorriolita), que sirve de lubricador y refrigerante para la tubería. El transporte de este se realiza por arrastre de equipos como motoniveladora y Payloader. Plan de Explo tación
La explotación se llevará a cabo a través del sistema de banco, los cuales se realizarán de cotas superiores a cotas inferiores; al s er explotado un yacimiento a cielo abierto se le divide en capas horizontales, puesto que se explotan varias capas simultáneamente, por ello la cantera adquiere una forma escalonada. Una vez realizado el estudio geológico del área, así como haber determinado la calidad del material a extraer y las reservas del yacimiento, se procede a diseñar el plan de explotación.
Mé to do d e Ex pl ot aci ón
La selección del método de explotación depende del yacimiento y de las características del material, por lo tanto se adoptará un método de explotación a cielo abierto mediante un sistema de bancos. Los primeros trabajos lo constituyen la conformación y estabilización de la vialidad de acceso existente, la deforestación de vegetaciones menores y la remoción de estériles, mediante la utilización de maquinaria pesada. Posteriormente, se procede a la preparación y acondicionamiento de los frentes a fin de garantizar la continuidad de la explotación programada según la geología, el rumbo y el buzamiento del yacimiento. El arranque de la Caliza se efectuará por medio de equipos pesados, con escarificación en los frentes de material blando, normalmente meteorizado y por otro lado donde superficialmente se presentes capas de Arenisca Cuarcitica muy resistente, se utilizará perforación y voladura para su remoción. Se utilizará booster de pentolita como iniciador o carga de fondo, Emulsión para barrenos húmedos, Anfo en la carga de columna en la voladura primaria. En la planificación de la mina se considera conveniente mantener el avance, por tres (3) meses en la preparación de los bancos, lo cual permitirá disponer de los equipos para el acondicionamiento de los accesos y la remodelación de estériles. La altura de los bancos será definida en función de las características del material y de los equipos de carga. La limitación de altura conlleva numerosas ventajas en la carga de material, seguridad en los frentes, facilidad en la construcción de rampas de acceso entre niveles de explotación. La carga y el acarreo se efectuaran utilizando equipos convencionales (Payloader, camiones, etc.) cuya selección dependerá de los volúmenes de producción deseados. Altura e inclinación de los banc os
La altura de los bancos debe satisfacer las condiciones de seguridad de las operaciones, e igualmente conlleva numerosas ventajas en lo referente al rendimiento de los equipos y mayor facilidad en la construcción de rampas entre niveles de explotación. De manera general la estabilidad de un talud homogéneo depende de las propiedades geomecánicas de las rocas (peso específico, cohesión, resistencia
a la comprensión, ángulo de fricción interna y cizallamiento), de los parámetros geométricos (altura e inclinación del banco) y de las características geológicas (estratificación, planos de fracturas, diaclasas). La altura de los bancos ha sido definida en función de las características del material y de los equipos de carga, normalmente la relación de la altura del banco al equipo de excavación debe ser tal que no exceda 0.5 veces la altura del cucharón, para equipos de movimientos rápidos como el Cargador Frontal, 1/3 de la altura de alcance para equipos más lentos, tales como la pala hidráulica. Una relación superior a la indicada pone en peligro al personal y al equipo cuando se está excavando directamente del frente y solo podrá ser permitida cuando se empuja el material con el tractor y la operación pasa a ser una carga sin excavación. La altura de los bancos en las explotaciones es limitada en metros, esta limitación de altura conlleva a numerosas ventajas en lo referente a la disminución de las plataformas de transporte, menores gastos de mantenimiento, clasificación del material cargado, mejor utilización del equipo de carga, mayor seguridad en los frentes. El ángulo de carga de los bancos ha sido definido en
función de las
características de las rocas y la altura de los mismos, esta inclinación se ha comportado favorablemente en este tipo de material. Perforación y Voladura
Método empleado para facilitar la introducción del explosivo en el Perforación: banco o subsuelo que se desea fragmentar. Actualmente se utiliza el equipo de perforación automatizado ECM 660 II o Hydraulic Crawler Drill Atlas Copco, el cual tiene un rango de taladrado de 0 a 18 m. de profundidad. Cabe destacar que en cada perforación se toman muestras (a,b,c) las cuales serán analizadas por laboratorio para determinar los estratos de material superpuestos en el banco a fragmentar. Estas muestras son tomadas cada 3 m. de profundidad en promedio. Parámetr os del equ ipo de p erforac ión:
- Diámetro del barreno. - Profundidad del Barreno.
- Adaptabilidad al área de perforación. - Movilidad y facilidad de operación. - Habilidad y maniobra. - Método de perforación. - Disponibilidad. - Mantenimiento y Servicio. Voladura: Su finalidad es el empleo de explosivos para la fragmentación de las
rocas y minerales a utilizar en el proceso. Procedim iento para la Voladura.
- Días antes de la voladura se perfora la tierra en forma de triángulos equiláteros de 4m. aprox., con una profundidad que puede variar de 3 a 9m. en promedio y un diámetro de 15cm, los cuales se tapan superficialmente para evitar que se vuelvan a llenar de tierra. - El día de la voladura un efectivo de la guardia y un efectivo del ejercito deben estar presentes en la búsqueda de los explosivos en el polvorín. - En el polvorín se retiran los explosivos, detonadores, y mechas, con supervisión de los efectivos de la guardia y ejército, el encargado de la seguridad de la empresa, el coordinador de canteras y el almacenista, los cuales deben firmar para hacer constar el retiro del material explosivo, también debe estar presente un vigilante. - El material requerido para la explosión se carga en un camión y los detonantes en otro vehículo, que debe tener banderas rojas que indican que contiene explosivos, además este vehículo tiene que ir delante del camión hasta el lugar de la voladura. - Luego se procede a ir a la zona de la voladura y se colocan los explosivos y detonadores de la manera indicada. - Para el momento en que toda la instalación de las cargas haya concluido el ingeniero encargado de la seguridad debe asegurarse que no se encuentre personal en 800m a la redonda de la voladura, para lo cual es detenido el tráfico y el trabajo en cantera, cuando se tiene seguridad que no existe peligros, se comunica con el coordinador de cantera que enciende la mecha y
el testigo cuya duración es de 5 minutos, en este momento hace sonar una sirena y se dirige a un lugar seguro. - Finalmente se efectúa la voladura y el coordinador de cantera espera 5 minutos antes de dirigirse a la zona para inspeccionar. - Después de la inspección se restablece el tráfico y se procede normalmente a la remoción del material. Los explosivos industriales utilizados en las canteras por lo general son: - Anful: Constituido por nitrato de amonio granulado. - Vemulex: Emulsión explosiva de tipo aceite/agua con componentes oxidantes y combustibles. - Detonadores: NONEL de 200mSeg. Constituido por un t ubo de choque. - Retardos: Los hay de 42 mSeg y 17 mSeg. - Cordón detonante: 1,5 grm por Mts lineales - Fulminante: Común. Equip os Utilizados en Cantera
Los equipos usados en cantera para la extracción de la materia prima, la remoción de estériles y el descapote, se pueden dividir según su utilidad en: - Equipos de perforación: ECM 660 II Drill Atlas Copco. Taladro LONG YEAR 34.A80.1, Wagon Drill A80.1. - Equipos de arranque mecanizado: Son utilizados por la no necesidad de emplear voladura y por el alto diaclasamiento del macizo rocoso o banco. Para esta operación se cuenta con el DR9, bulldozer y el Caterpillar 988B. - Equipos de Cargue: Cargador Caterpillar 988 (8ton), Cargador Caterpillar 992C (15 ton), Komatsu WA500 (6 ton), Komatsu WA 380 (4 ton), H-51. - Equipos de transporte: Camión Roquero Cat 773D y 773E (55 ton). El tiempo de acarreo de materia en producción normal 18 min. Camión Roquero Cat 769D (38 ton) - Equipos de apoyo: Son todos aquellos que realizan funciones inherentes a cantera y que aseguran el buen desenvolvimiento de la misma sin intervenir directamente en las operaciones principales (descapote, cargue y transporte), también son aquellos que sustituyen algún equipo que estuviese fuera de servicio.
Ma te r ia l E s té r il : Anualmente se produce cierta cantidad en toneladas de
materia estéril producto del descapote de los frentes de extracción, este tipo de material son dispuestos en escombrera, que consistes en la conformación de taludes bajo diseños geotécnicos ya determinados en el Plan Minero E q u i p o s O b s o l et o s : Estos equipos constan de chasis, partes automotrices,
cauchos, de los equipos de extracción las cuales son cambiados anualmente, estos desechos son ubicados en un parque de chatarra en el cual los desechos están distribuidos según sus características para luego ser vendidos. Desechos Industriales: Consta los residuos de lubricantes, grasas, aceites
que son utilizados en el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de cantera, este tipo de desechos son dispuestos en pipotes así como trampas de grasas ubicadas alrededor del taller de Diesel.
Fundamentos Constitucionales y Legales del Estudio de Impacto Ambiental y Sociocultural. Ar tícu los de la Co ns tituc ión de la Rep úblic a Bo livariana d e Venezuela
A rt íc u lo 127
Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Todos tienen derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, nacionales
genética,
los
procesos
y monumentos naturales y
ecológicos,
los
demás áreas de
parques especial
importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es un deber fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
A rt íc u lo 129
Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas. En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que involucren los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado en los términos que fije la ley. Ley Org ánic a del Am bien te
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y desarrollar los principios rectores para la conservación del ambiente en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la Sociedad, para lograr una mejor calidad de vida, contribuyendo al sostenimiento del planeta en interés de la humanidad. De igual forma, establece las normas que desarrollan las garantías y derechos constitucionales
a
un
ambiente
seguro,
sano
y
ecológicamente
equilibrado.
Artículo 2. A los efectos de la presente Ley, se entiende por conservación del ambiente al proceso constituido por un conjunto de acciones o medidas orientadas a diagnosticar, inventariar, restablecer, restaurar, mejorar, sustituir, preservar,
proteger,
usar
o
aprovechar
los
recursos
naturales,
la
diversidad biológica y demás elementos del ambiente, en garantía del desarrollo sustentable.
Artículo por:
3. A
los
efectos
de
la
presente
Ley,
se
entenderá
Ambiente: Conjunto o sistema de elementos de naturaleza física, química,
biológica o socio-cultural en constante interacción y en permanente modificación por la acción humana o natural que rige y condiciona la existencia de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados. Ambiente
seguro,
sano
y
ecológicamente
equilibrado: Cuando
los
elementos que lo integran se encuentran en una relación de interdependencia armónica y dinámica que hace posible la existencia, transformación y desarrollo de la especie humana y demás seres vivos. Aprovechamiento Sustentable: Proceso orientado a la utilización de la
diversidad biológica, de los recursos naturales y demás elementos del ambiente de manera eficiente y socialmente útil, respetando la integridad funcional y la capacidad de carga de los mismos, en forma tal que la tasa de uso sea inferior a la capacidad de regeneración. Auditoría
Ambiental:
Instrumento
que
comprende
una
evaluación
sistemática, documentada, periódica y objetiva realizada sobre la actividad sujeta a regulación, para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el instrumento de control, de conformidad con las disposiciones establecidas en esta Ley y demás normas ambientales. Calidad Ambiental : Características del ambiente, determinantes del nivel o
grado de conservación de la pureza del aire, agua, suelo, las costas, el clima, la diversidad biológica, los recursos naturales, los procesos ecológicos, y demás elementos que permiten el desarrollo y bienestar individual y colectivo del hombre y demás seres vivos. Calidad de Vida: Criterio de bienestar considerado integralmente, que le
permite al ser humano satisfacer sus necesidades básicas en un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
Capacidad de Carga: Máximo valor posible que el ambiente puede aceptar o
soportar de elementos o agentes internos o exógenos por un período o tiempo determinado, sin que se produzca daño, degradación o impida la recuperación natural en plazos y condiciones normales, o reduzca significativamente sus funciones ecológicas. Compensación: Constituye una medida de reparación en especie, distinta a la
indemnización o pago por daño, cuando no es posible aplicar la restitución, recuperación o restauración del daño ambiental, según cada circunstancia específica. Contaminación: Liberación o introducción al ambiente de materias, en
cualesquiera de sus estados, o de energía que ocasionen modificación de la composición natural del mismo o la alteración o ruptura del equilibrio ecológico. Contaminante: Toda materia o energía o una combinación de estas, de origen
natural o antrópico, que al liberarse o actuar sobre la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier otro elemento del ambiente, altere o modifique su composición natural o degrade su calidad. Control Ambiental: Conjunto de acciones ejercidas por el Estado a través de
sus órganos competentes sobre las actividades capaces de degradar el ambiente. Daño
Ambiental: Toda
alteración que ocasione pérdida, disminución,
degradación, deterioro, detrimento, menoscabo o perjuicio al ambiente o a uno o más de sus elementos. Desarrollo Sustentable: Proceso de mejoramiento equitativo de la calidad de
vida de las personas, mediante el cual se procura el crecimiento económico- social, con fundamento en medidas apropiadas para la conservación
del ambiente, satisfaciendo las necesidades de las
generaciones presentes sin
comprometer las necesidades de las futuras.
Diagnóstico:
Determinación, en un momento dado, del estado del ambiente,
las especies, poblaciones, ecosistemas, de la diversidad biológica y demás recursos
naturales y elementos
que lo integran, sus restricciones y
potencialidades de uso. Ecosistema: Complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de
microorganismos, con sus factores o elementos no vivientes y energía, que interactúan como una unidad funcional. Educación Ambiental: Proceso continuo y permanente dirigido a la adquisición
de valores, actitudes, capacidades y compromisos, a fin de desarrollar en los ciudadanos la conciencia y la motivación a participar en la conservación ambiental en la conservación del ambiente. Estudio de Impacto Ambiental y Socio-cultural: Documentación técnica que
sustenta la evaluación ambiental preventiva y que integra los elementos de
juicio para tomar decisiones informadas con relación a las implicaciones
ambientales de las acciones del desarrollo. Impacto Ambiental: Efecto, incidencia o modificación del ambiente o a uno o
más de sus elementos, ocasionado por la acción del hombre o de la naturaleza. Inventario: Análisis cualitativo y cuantitativo de la diversidad biológica, de los
recursos naturales y de los demás elementos del ambiente. Manejo:
Conjunto de medidas y acciones técnico científicas destinadas a
garantizar el adecuado aprovechamiento de la diversidad biológica, los recursos
naturales y demás elementos del ambiente, así como aquellas
orientadas a prevenir y minimizar efectos adversos por
actividades
capaces de degradar el ambiente. Medidas Ambientales: Son todas aquellas acciones y actos dirigidos a prevenir,
corregir, restablecer, mitigar, minimizar, compensar, impedir, limitar, restringir o
suspender, entre otras, aquellos efectos y actividades capaces de degradar el ambiente. Mejorar: Acciones tendentes a incrementar, desde el punto de vista cualitativo y
cuantitativo, la disponibilidad de recursos naturales y de diversidad biológica y de
los demás elementos del ambiente.
Norma Técnica Ambiental : Especificación técnica, regla, método o parámetro
científico o tecnológico que establece requisitos, condiciones, procedimientos y límites permisibles de aplicación repetitiva o continuada, que tiene por finalidad la conservación del ambiente, cuya observancia es obligatoria. Planificación Ambiental: Constituye un proceso dinámico que tiene por finalidad
conciliar los requerimientos del desarrollo socio económico
con la
conservación del ambiente. Política Ambiental: Conjunto de principios y estrategias que orientan las
decisiones del Estado, mediante instrumentos pertinentes, para alcanzar los fines de la conservación del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable. Preservación: Aplicación de medidas para mantener las características
actuales de la diversidad biológica y de los recursos naturales y demás elementos sustentables. Recursos Naturales: elementos naturales que prestan servicios ambientales y
son
susceptibles de ser aprovechados por el hombre para satisfacer sus
necesidades económicas, sociales y culturales. Reparación: Es el restablecimiento o la compensación o el pago indemnizatorio
de un daño ambiental, según cada caso. Restablecer: Aplicación de un conjunto de acciones a objeto de restituir,
recuperar
o restaurar, desde el punto de vista técnico y científico, las
características de los
elementos del ambiente que han sido afectadas o
degradadas, por la manifestación de un daño ambiental de origen antrópico o natural. Riesgo Ambiental: Probabilidad de ocurrencia de daños al ambiente, por efecto
de un hecho, una acción u omisión de cualquier naturaleza. Servicios Ambientales: Son todos aquellos beneficios derivados del ambiente,
en
especial aquellos que brindan la diversidad biológica, los recursos
naturales y
demás elementos de la naturaleza, que inciden directamente en
la protección y mejoramiento del ambiente y calidad de vida.
Artículo 4. La gestión para la conservación el ambiente, se regirá por los principios siguientes: 1. El derecho al ambiente: El disfrute de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado como derecho y garantía individual y colectivo. 2. Corresponsabilidad: El deber del Estado, la sociedad y las personas de conservar el ambiente. 3. Prevención: Medida que prevalecerá sobre cualquier otro criterio en la gestión ambiental. 4. Precaución: La falta de certeza científica no podrá alegarse como razón suficiente para no adoptar medidas preventivas y
eficaces en las
actividades que pudiesen impactar negativamente el ambiente. 5. Participación ciudadana: La intervención individual o colectiva como mecanismo activo para la conservación del ambiente. 6. Tutela efectiva: Toda persona tiene derecho a exigir acciones rápidas y efectivas ante la administración y los tribunales de justicia en defensa del ambiente. 7. Educación ambiental : La educación ambiental se orientará a fomentar la cultura ambiental de la población. 8. Valoración ambiental: La diversidad biológica, los recursos naturales y demás elementos del ambiente tienen un valor económico, como servicio ambiental y patrimonio de la nación.
9. Limitación a los derechos individuales : El derecho al ambiente prevalece sobre los derechos económicos y sociales, limitándolos en los términos establecidos en la Constitución y las leyes especiales. 10. De la responsabilidad en los costos ambientales: Todos los costos de
reparación
del
daño
ambiental,
será
por
cuenta
del
responsable de la actividad o del infractor. 11. Evaluación ambiental: Todas las actividades capaces de degradar el ambiente deben ser evaluadas previamente a través de un Estudio de Impacto Ambiental y socio cultural. 12. La no permisión de daños intolerables: El Estado no permitirá la ejecución de actividades que produzcan daños intolerables o irreversibles al
ambiente. Utilidad pública e interés general
Artículo 5. Se declara de utilidad pública y de interés general la conservación del ambiente. Orden público.
Artículo 6. Las normas previstas en esta Ley, en las leyes que la desarrollan y demás normas ambientales son de orden público. Política ambiental.
Artículo 7. La Política Ambiental deberá fundamentarse en los principios establecidos en la presente Ley y conforme a los compromisos internacionales contraídos válidamente por la República.
Artículo 8. Son objetivos de le gestión ambiental: 1. Formular e implementar la política ambiental y establecer los instrumentos y mecanismos para su aplicación. 2. Coordinar el ejercicio de las competencias de los órganos del Poder Público a los fines previstos en esta Ley. 3. Cumplir las directrices y lineamientos de la Planificación Ambiental. 4. Fijar las bases del régimen regulatorio para la ordenación del territorio. 5. Fomentar y estimular la educación ambiental y la participación de la sociedad. 6. Prevenir, regular y controlar las actividades capaces de degradar el ambiente.
7. Asegurar la conservación del ambiente, reconociendo su valor real, que incluye los servicios ambientales que éstos brindan. 8. Estimular la creación de mecanismos que promuevan y fomenten la investigación y la generación de información básica. 9. Establecer los mecanismos e implementar los instrumentos para el control ambiental. 10. Promover la adopción de estímulos e incentivos
económicos y
fiscales, en función de tecnologías limpias y reducción de parámetros de contaminación. 11. Cualesquiera otros que tiendan al desarrollo y el cumplimiento de la presente Ley. Incorporación de la dimensión ambiental.
Artículo 9. Corresponde al Estado, por órgano de las autoridades competentes, garantizar la incorporación de la dimensión ambiental en sus políticas, planes, programas y proyectos, para alcanzar el desarrollo sustentable.
Ley Penal del Ambiente Artículo 1° Objeto. La presente Ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos
que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento
del
ambiente,
y
establece
las
sanciones
penales
correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar.
Artículo 2° Extraterritorialidad . Si el hecho punible descrito por esta Ley se comete en el
extranjero, quedará sujeta a ella la persona responsable, cuando aquél haya lesionado o puesto en peligro, en Venezuela, un bien jurídico prot egido en sus disposiciones. En este caso, se requiere que el indiciado haya venido al territorio de la República y que se intente acción por el Ministerio Público. Requiérese también que el indiciado no haya sido juzgado por tribunales extranjeros, a menos que habiéndolo sido hubiere evadido la condena.
Artículo 3° Requisitos de las sanciones a personas jurídicas . Independientemente de
la responsabilidad de las personas naturales, las personas jurídicas serán sancionadas de conformidad con lo previsto en la presente Ley, en los casos en que el hecho punible descrito en ésta haya sido cometido por decisión de sus órganos, en el ámbito de la actividad propia de la entidad y con recursos sociales y siempre que se perpetre en su interés exclusivo o preferente.
Artículo 4° Responsabilidad de representante. Cuando lo hechos punibles fueran
cometidos por los gerentes, administradores o directores de personas jurídicas, actuando a nombre o en representación de éstas, aquéllos responderán de
acuerdo
a
su participación culpable y recaerán sobre las personas
jurídicas las sanciones que se especifican en esta Ley.
Artículo 5° Sanciones a personas naturales. Las sanciones serán principales y accesorias. Son sanciones principales: 1. La prisión. 2. El arresto. 3. La multa. 4. Los trabajos comunitarios. La pena de trabajo comunitario consiste en la obligación impuesta al reo de realizar, durante el tiempo de la condena, labores en beneficio
de
la
comunidad, que indicará el juez, quien tendrá presente para tal fin la capacitación de aquél y, en todo caso, sin menoscabo de la dignidad personal. Esta pena podrá ser impuesta en sustitución de la de arresto en los casos en que el juez lo estimare conveniente, atendidas la personalidad del procesado y la mayor o menor gravedad del hecho. Son sanciones accesorias, que se aplicarán a juicio del tribunal:
1. La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos, hasta por dos (2) años después de cumplirse la pena principal, cuando se trate de hechos punibles cometidos por funcionarios públicos; 2. La inhabilitación para el ejercicio de la profesión, arte o industria, hasta por un (1) año después de cumplida la sanción principal, cuando el delito haya sido cometido por el condenado con abuso de su industria, profesión o arte, o con violación de alguno de los deberes que le sean inherentes; 3. La publicación de la sentencia, a expensas del condenado, en un órgano de prensa de circulación nacional. 4. La obligación de destruir, naturalizar o tratar las sustancias, materiales, instrumentos u objetos fabricados, importados u ofrecidos en venta, y susceptibles de ocasionar daños al ambiente o a la salud de las personas. 5. La suspensión del permiso o autorización con que se hubiese actuado, hasta por un lapso de dos (2) años, después de cumplida la sanción principal. 6. La suspensión del ejercicio de cargos directivos y de representación en personas jurídicas hasta por tres (3) años, después de cumplida la pena principal. 7. La prohibición de contratar con la Administración Pública hasta por un lapso de tres (3) años, después de cumplida la sanción principal. Es necesariamente accesoria a otra pena principal, el comiso de los equipos, instrumentos, sustancias u objetos con que se hubiere ejecutado, a no ser que pertenezcan a un tercero ajeno al hecho; y de los efectos que de él provengan. Los objetos e instrumentos decomisados se venderán, si son de lícito comercio, y su producto se aplicará a cubrir las responsabilidades civiles del penado.
Artículo 6° Sanciones a personas jurídicas. La sanción aplicable a las personas jurídicas por los hechos punibles cometidos, en las condiciones señaladas en el Artículo 3° de esta Ley, será la de multa establecida para el respectivo delito y, atendida
la gravedad del daño causado, la prohibición por un lapso de tres (3) meses a tres (3) años de la actividad origen de la contaminación. Si el daño causado fuere gravísimo, además de la multa, la sanción será la clausura de la fábrica o establecimiento o la prohibición definitiva de la actividad origen de la contaminación, a juicio del juez. El Tribunal podrá, así mismo, imponer a la persona jurídica, de acuerdo a las circunstancias del hecho que se haya cometido, alguna o algunas de las siguientes sanciones: 1. La publicación de la sentencia a expensas del condenado, en un órgano de prensa de circulación nacional; 2. La obligación de destruir, neutralizar o tratar las sustancias, materiales, instrumentos
u
objetos
fabricados,
importados
u
ofrecidos en venta, y susceptibles de ocasionar daños al ambiente o a la salud de las personas; 3. La suspensión del permiso o autorización con que se hubiese actuado, hasta por un lapso de dos (2) años; y 4. La prohibición de contratar con la Administración Pública hasta por un lapso de tres (3) años.
Artículo 18º Destino de las recaudaciones. Las cantidades recaudadas por concepto de ejecución de fianzas o de garantías u otras similares ingresarán al Servicio Autónomo del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables correspondiente, y
serán
destinadas a
la reparación y
corrección de daños causados al ambiente.
Ley Forestal de Suelos y Aguas Artículo 1. La presente Ley regirá la conservación, fomento y aprovechamiento de los recursos naturales que en ella se determinan y los productos que de ellos se derivan.
Artículo 2. Se declara de utilidad pública: 1. La protección de las cuencas hidrográficas. 2. Las corrientes y caídas de aguas que pudieran generar fuerza hidráulica. 3. Los Parques Nacionales, los monumentos naturales, las zonas protectoras, las reservas de regiones vírgenes y las reservas forestales.
Artículo 3. Se declara de interés público: 1. El manejo racional de los recursos a que se refiere el artículo 2 de esta Ley. 2. La conservación, fomento y utilización racional de los bosques y de los suelos. 3. La introducción y propagación de especies forestales no nativas. 4. La prevención, control y extinción de incendios forestales. 5. La repoblación forestal. 6. La realización del inventario forestal nacional.
Artículo 4. Las disposiciones de esta Ley se aplican a: 1. Los bosques y sus productos. 2. Las aguas públicas o privadas. 3. Los suelos; y 4. Las actividades relacionadas con los recursos enumerados en los ordinales anteriores y que se rigen por la presente Ley.
Artículo 5. El Estado tiene la obligación de realizar y fomentar las investigaciones científicas necesarias para el manejo nacional de los bosques, suelos y aguas. A este efecto establecerá los centros de investigación que fueren necesarios.
PARÁGRAFO ÚNICO: En la realización de estas labores, el Ministerio de Agricultura y Cría coordinara
su
actividad
con
las
realicen otros organismos oficiales o instituciones privadas.
similares
que
Artículo 6. Toda persona natural o jurídica que, conforme a esta Ley y su Reglamento, solicite o pretenda la obtención de cualquier autorización, permiso o concesión o suficientemente
el
otorgamiento
de
un
contrato,
acreditará
el derecho que lo asista, y caso de no ser titular de la
propiedad, presentará la autorización que el propietario le hubiere otorgado, salvo lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley de Reforma Agraria.
PARÁGRAFO ÚNICO: Si introducida la solicitud surgiere oposición apoyada en justo título, se paralizará el procedimiento hasta tanto se establezca la procedencia o no de la oposición, en conformidad con el Reglamento de esta Ley.
Artículo 7. La deforestación, la tala de vegetación alta o mediana, las rozas y quemas, desmontes y cualquier otra actividad que implique destrucción de la vegetación, así como también la explotación de productos forestales en terrenos ejidos o de propiedad privada, no podrán efectuarse sin previa autorización de los funcionarios del ramo, quienes la impartirán de conformidad con los requisitos que al efecto establezca el Reglamento. Esta autorización podrá ser negada o revocada cuando existan o surjan impedimentos técnicos o reglamentarios que lo determinen. La
revocatoria
procederá
también
cuando
hiciere
oposición
un
tercero y compruebe que es propietario u ocupante de los terrenos objeto de la solicitud.
PARÁGRAFO ÚNICO: Las solicitudes para talas, rozas y quemas con fines agropecuarios, se formularán en papel común y sin estampillas.
Artículo 8. No se autorizará la explotación de productos forestales, ni deforestaciones, talas o rozas en terrenos baldíos o del dominio público, a quien fundamente su solicitud en base a título supletorio en cuyo levantamiento no interviniere la Procuraduría General de la República. Asimismo, no se acordará la autorización cuando la
Nación se considere con fundados
derechos sobre los terrenos a que se contrae la solicitud.
Artículo
9.
Las
disposiciones
contenidas
en
los
tratados
o
convenios internacionales que obliguen a Venezuela, se aplicarán en la
materia correspondiente, con preferencia a lo establecido en la presente
Ley.
Decretos
Decreto 2.216 “NORMAS PARA EL MANEJO DE LOS DESECHOS SÓLIDOS DE ORIGEN DOMÉSTICO, COMERCIAL, INDUSTRIAL, O DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA QUE NO SEAN PELIGROSOS”.
Decreto 1.400 “NORMAS SOBRE REGULACIÓN Y CONTROL DEL APROVECHAMIENTO DEL RECURSO HIDRICO Y DE LAS CUENCAS HIDROGRÁFICAS”.
Decreto 2.635 “NORMAS PARA EL CONTROL DE RECUPERACIÓN DE
MATERIALES
PELIGROSOS
Y
EL
MANEJO
DE
DESECHOS PELIGROSOS”.
Decreto 2.226. “NORMAS AMBIENTALES PARA LA APERTURA DE PICAS Y CONSTRUCCIÓN DE VÍAS DE ACCESO”.
Decreto 2.220. “NORMAS P ARA REGULAR LAS ACTIVIDADES CAPACES DE PROVOCAR CAMBIOS DE FLUJO, OBSTRUCCIÓN DE CAUCES Y PROBLEMAS DE SEDIMENTACIÓN”.
Decreto 2.212. “NORMAS AMBIENTALES SOBRE MOVIMIENTOS DE TIERRA Y CONSERVACIÓN AMBIENTAL”.
Decreto 638. “NORMAS SOBRE CALIDAD DEL AIRE Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA”.
Decreto
2.217.
“NORMAS
SOBRE
EL
CONTROL
DE
LA CONTAMINACIÓN GENERADA POR RUIDO.
Decreto 883. “NORMAS DE CLASIFICACIÓN Y CONTROL DE LA CALIDAD DE LOS CUERPOS DE AGUA Y VERTIDOS O EFLUENTES LÍQUIDOS”.
Decreto
2.224.
“NORMAS
PARA
REGULAR
DESCARGA
DE VERTIDOS LÍQUIDOS A CUERPOS DE AGUA”.
Decreto
2.225.
“NORMAS
SOBRE
LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA”
CONTROL
DE
Caracterización Ambiental Aquí se describen las características de los componentes referentes al medio físico-natural y sociocultural, en el ámbito de influencia del proyecto, previas a la implantación del mismo, con la finalidad de evaluar posteriormente, las alteraciones o modificaciones que pudieran ocurrir como resultado o efecto de las acciones del proyecto sobre estos. Los componentes descritos son: -
-
Medio Físico -
Geología
-
Geomorfología
-
Suelos
-
Clima
-
Hidrografía y Drenaje
-
Aguas Subterráneas
-
Caudal y calidad de las Aguas de la Quebrada Timiache
-
Efluentes Residuales
Medio Biológico - Vegetación - Fauna
-
Socioeconómico
Esta caracterización del área en estudio se realiza a partir de la descripción de las características de las zonas: - Estado - Municipio - Microcuenca -
Zona baja de la microcuenca
Sensibilidad Ambiental El análisis de la sensibilidad ambiental del Proyecto de extracción de material mineral (Roca Caliza) para el procesamiento de roca caliza, se fundamenta en el tratamiento
de
un
conjunto
de
consideraciones
y
supuestos
conceptuales y metodológicos diversos, que permita orientar en forma diferenciada
la sensibilidad para los medios Físicos, Biológicos y
Sociocultural. La naturaleza diferente de las variables explicativas del funcionamiento y de los componentes de los mismos, sea evaluada separadamente. No obstante, aplicando los criterios de Relevancia Integrados podemos cuantificar la sensibilidad del área en estudio.
Niveles de Sensibilidad La sensibilidad se evalúa de acuerdo a los criterios de capacidad de recuperación, complejidad de las acciones, y los costos implícitos para lograr la recuperación del medio afectado, pudiéndose determinar los niveles de sensibilidad
que indiquen el grado de susceptibilidad de cada medio en
particular. Sensibilidad Alta
Son áreas de alto interés ambiental, donde las intervenciones antrópicas pueden causar daños muy severos a cualquier medio a intervenir, se requieren un largo tiempo y de acciones complejas para su recuperación y la implementación de altos costos en cuanto a recursos materiales y humanos. Sensibilidad Media
Son aquellas áreas donde las intervenciones pudieran producir cierta alteración de los componentes del medio, por lo que se requeriría acciones de un moderado nivel de complejidad y de costos, en cuanto a los requerimientos de tecnología, recursos humanos y de logística, y para su recuperación se necesitaría un tiempo relativamente moderado.
Sensibilidad B aja
Son áreas de poco interés ambiental, con máxima tolerancia a las intervenciones, las posibilidades de recuperación son rápidas y la instrumentación de las medidas son de escaso niveles de complejidad y bajos costos en general.
Metodología de Evaluación Para establecer la sensibilidad de cada medio, se tomaron en cuenta los siguientes aspectos:
Selección de los atributos susceptibles a modificaciones descritos en el capitulo anterior, para cada componente ambiental.
Establecimiento
de
los
sistemas
de
ponderación
de
las
variables consideradas.
Valoración de cada variable, asignándole un valor relativo y un peso dentro del análisis de sensibilidad. Se agruparon en tres categorías: alta, media y baja. La escala de valoración para establecer los rangos de sensibilidad dependerá de la variable a analizar.
Elaboración del mapa de sensibilidad ambiental
Asignación de la escala de puntaje para los indicadores de los atributos de los medios físicos, biológicos y socioculturales.
La escala del puntaje para valorar el grado de sensibilidad de determinado atributo, es el siguiente: Tabla Escala de puntaje GRADO DE SENSIBILIDAD
PUNTAJE
Poco sensible
1
Moderadamente sensible
2
Altamente sensible
3
Sensibilidad del Medio Físico El análisis del Medio Físico se baso en los aspectos relacionados con la geomorfología del área de estudio, la red hidrográfica que circula y la calidad de aire.
Geomorfología Para determinar los niveles de sensibilidad en las unidades geomorfológicos se realiza un análisis de los parámetros explicativos propuestos como son la topografía del sector, el grado de erosión que actúa en cada uno de ellos y el escurrimiento, los puntajes asignados a cada parámetro es el siguiente: PARAMETRO
CARACTERISTICAS
VALOR
PLANA
1
ONDULADA
2
ABRUPTA
3
BAJA
1
MEDIA
2
ALTA
3
ESCURRIMIENTO
LAMINAR
1
SUPERFICIAL
DIFUSO
2
CONCENTRADO
3
EXPLICATIVO TOPOGRAFIA
EROSION
El nivel de sensibilidad para este componente físico se ha establecido entre un rango de 3 a 9, tal cual demuestra a continuación VALORES
NIVEL DE SENSIBILIDAD
3 – 4
BAJO
5 – 7
MEDIO
8 – 9
ALTO
Estos tres parámetros son importantes en el análisis de sensibilidad del medio físico en función de la geomorfología ya que esta como tal engloba parámetros morfoestructurales, morfolitológicos, morfoclimáticos y morfodinamicos en la
cual se desarrollan una serie de procesos erosivos y de escurrimiento que afectan este medio físico. La topografía es un parámetro de importancia ya que en función de él, varían los procesos erosivos y de escurrimiento, es decir en zonas donde la topografía es plana o de muy baja pendiente los procesos erosivos y de escurrimiento son bajos. Las características del suelo (textura, permeabilidad, porosidad, etc.) influyen en la susceptibilidad de erosión. El patrón de escurrimiento está relacionado con la topografía y el material predominante. En base a este análisis se determina la Sensibilidad Morfodinamica.
Hidrología En este componente físico se evalúa si hay ríos, quebradas, en función a la calidad de las aguas, usos, incidencias y tributarios que la alimentan. La sensibilidad de la Hidrología está en función de todos aquellos factores que puedan incidir en la contaminación de esta misma, desde el punto de vista legislativo Ambiental todos los cursos de aguas son áreas de protección dándole una alta sensibilidad desde el punto de vista ambiental. Las características físico-químicas de las aguas estarán determinadas por la exposición al medio, estas presentan una alta vulnerabilidad a los agentes contaminantes por lo que son altamente sensibles.
PARAMETRO Calidad físico químico del agua
CARACTERISTICAS
VALOR
EXPOSICION Baja
1
Media
2
Alta
3
DISPERSION
Usos
Incidencia Aguas Abajo
Baja
1
Media
2
Alta
3
Industrial
1
Agropecuario
2
Urbano
3
Baja
1
Media
2
Alta
3
Para esta variable el valor mínimo total es 4 y el máximo es 12, estableciendo la escala del nivel de sensibilidad de acuerdo a los siguientes rangos: VALORES
NIVEL DE SENSIBILIDAD
4 – 6
BAJO
7 – 9
MEDIO
10 – 12
ALTO
Sensibilidad Atmosférica La sensibilidad de la atmósfera a afectaciones en la calidad de aire está relacionada en primer término, con su capacidad de renovación, en segundo lugar, con la presencia de otras fuentes contaminantes que contribuyan permanentemente a la degradación del aire en el área de estudio y sus posibilidades de expansión futura y en tercer lugar, con el grado de contaminación actual, en función de estos tres parámetros
la calidad de aire será más sensible en la medida en que la capacidad de recuperación sea baja, el numero de fuentes contaminantes sea importante y/o crecientes en el tiempo y el nivel actual de contaminación sea mayor, ya que habrá menos tolerancia para aceptar nuevas cargas de contaminantes. Para el medio atmosférico la sensibilidad se determino en función de los siguientes parámetros explicativos. PARAMETRO
CARACTERISTICAS
VALOR
Baja
3
Media
2
Alta
1
Numero de fuentes de
Única
1
contaminación
Pocas
2
Muchas
3
Nivel de contaminación
Bajo
1
actual
Medio
2
Alto
3
Capacidad de renovación
La escala de sensibilidad para esta variable se estableció de acuerdo a los siguientes rangos: VALORES
NIVEL DE SENSIBILIDAD
3 – 4
BAJO
5 – 7
MEDIO
8 – 9
ALTO
Sensibilidad del Medio Biológico La sensibilidad del medio biológico se limita al área de influencia directa (vegetación) y directa e indirecta (fauna), y se basa en el análisis de la capacidad de respuesta que tiene este medio ante las actividades que desarrollara el proyecto.
La variable utilizada para la sensibilidad del medio biológico se refiere al grado de conservación de las distintas unidades de vegetación presentes en el polígono de la concesión minera.
Sensibilidad del Medio Socioeconómico El enfoque del análisis de sensibilidad del medio socioeconómico se basa en la premisas que este medio es dinámico y de rápida variación en el tiempo de manera natural, por cuanto se muestra las relaciones entre la población en el medio ambiente sea físico o natural. Dichas relaciones se concentran en las comunidades o centros poblados, desde allí el análisis de sensibilidad del medio socioeconómico implica evaluar el grado de sensibilidad de estas comunidades ante la ej ecución del proyecto. Para este análisis se toman los siguientes parámetros: PARAMETRO Distancia hacia la zona de influencia directa
CARACTERISTICAS
VALOR
Corta menor a 1 Km
3
Media 1 Km – 3 Km
2
Larga mayor a 3 Km
1
Altura del poblado sobre Alto mayor 500 m.s.n.m. el nivel de mar Tipo de poblado
1
Medio 250-500 m.s.n.m.
2
Bajo menor 250 m.s.n.m.
3
Casas Aisladas
1
Caseríos
2
Pueblos
3
VALORES
NIVEL DE SENSIBILIDAD
3 – 4
BAJO
5 – 7
MEDIO
8 – 9
ALTO
La distancia de los centros poblados así como su altura con respecto al mar influye en el nivel de sensibilidad ante la ejecución del proyecto.
Selección de Efectos a Evaluar La evaluación de los impactos potencialmente generados por la ejecución de los actividades de explotación minera del material extraído (piedra caliza) para la producción del cemento, permite cuantificar la magnitud de los efectos que las acciones del proyecto pueden producir sobre los medios físicos, naturales y socio cultural resultantes de la actividad antes mencionada con el objeto de recomendar acciones de medidas para el control de los mismos. Metod olo gía para la iden tificaci ón de Im pacto s A m bien tales
Para la identificación de los impactos ambientales y la determinación de los impactos ambientales relevantes, se emplea el método de La Matriz de Repetitividad y Relevancia, a través de la cual se identifican las acciones susceptibles que pueden generar una degradación del ambiente y al mismo tiempo permite obtener una valoración para
cada una de
estas acciones, permitiendo identificar aquellas de alto potencial, a través de la aplicación de la siguiente fórmula: R =X + 2 XX, La utilidad de la identificación radica en la posibilidad de dirigir los esfuerzos tanto en la evaluación de los impactos como en la descripción y ubicación de las medidas, teniendo en cuenta la prioridad de estas acciones ya que en su control ambiental a través de la ejecución de medidas se cubre el mayor porcentaje de afectación del proyecto sin menosprecio de las otras acciones que si bien es cierto que presentaron un valor bajo de relevancia, las mismas podrían estar asociadas a impactos específicos que pueden resultar con características que hagan necesaria la aplicación de medidas.
Por otra parte, se deben asociar las acciones unitarias del proyecto a cada uno de los componentes o elementos que constituyen el proyecto, con el fin de determinar la ubicación espacial y temporal de las medidas asociándolas al área de desarrollo de cada componente y su cronograma de ejecución según el plan de inversiones de la empresa, así pues se podrá determinar aquellos componentes con mayor número de actividades susceptibles de degradar el ambiente. La metodología aplicada se presenta a continuación: 1.- Se seleccionaron las actividades o acciones del proyecto que podrían producir impactos
importantes
al
ambiente,
utilizando
como
marco
referencial las actividades realizadas en cantera,. 2.- Determinación de los impactos que pueden ser producidos por las actividades del proyecto, en cantera, posteriormente a la identificación de estos efectos
se genera un listado de posibles impactos, algunos como
consecuencias directas de las acciones del proyecto y otros que surgen por la acción encadenada de los anteriores. 3.- Jerarquización de los impactos por medios, para ello se elabora una lista donde: se enumeran los impactos, se especifica el medio afectado (físico, biológico, sociocultural), y se codifican cada uno de los impactos. 4.- Generación y aplicación de la matriz de repetitividad y relevancia. En esta confrontación (Acciones Vs. Efectos), se considera que cuando una acción está ligada genera un efecto, en la casilla correspondiente se coloca una X si la relación era válida o cierta pero no muy marcada y se coloca XX cuando ésta es clara o importante. Al agrupar, para cada efecto los valores de X y XX a través de la relación R= X + 2X se obtiene el valor de relevancia, el cual se compara con la media aritmética
que permite seleccionar los
efectos que serán
evaluados. Así, mismo, si se repite esta operación para cada actividad o acción se obtiene, de la misma forma, un valor de relevancia que permite identificar aquellas acciones capaces de causar mayor cantidad de efectos, en cuyo caso, serán éstas las que tengan mayor seguimiento para la aplicación de las medidas correspondientes. 5.- Determinación de los impactos o efectos con mayor relevancia, en base a los valores obtenidos en la matriz, a través del procedimiento explicado en el punto anterior. Así como se identificaran y se evaluaran los diferentes
impactos producidos por las acciones asociadas a la ejecución del proyecto, para el Estudio de Impacto Ambiental es de suma importancia la identificación de las acciones susceptibles de degradar el ambiente, las cuales quedaran identificadas en la matriz de repetitividad y relevancia, de la cual podemos extraer aquellas cuya valoración las ubique como de “Alto potencial de afectación” según la relación R = X+ 2X, ubicándolas por encima del valor mínimo aceptado por el grupo evaluador, la cual se encuentra por encima de la media aritmética, a partir del cual se consideran susceptibles de degradar el ambiente. La utilidad de la identificación radica en la posibilidad de dirigir los esfuerzos tanto en la evaluación de los impactos como en la descripción y ubicación de las medidas, teniendo en cuenta la prioridad de estas acciones ya que en su control ambiental a través de la ejecución de medidas se cubre el mayor porcentaje de afectación del proyecto sin menosprecio de las otras acciones que si bien es cierto que presentaron un valor bajo de relevancia, las mismas podrían estar asociadas a impactos específicos que pueden resultar con características que hagan necesaria la aplicación de medidas. 6.- Realización de un listado de jerarquización de actividades con mayor potencial de generar impactos al medio ambiente, de la misma manera se realizará un listado de jerarquización de impactos según los valores de relevancia obtenidos a través de la matriz. 7.- Descripción detallada para cada uno de los impactos seleccionados con mayor repetitividad o relevancia, a través de la matriz de valoración a cada uno de los impactos identificados y descripción de los criterios de valoración. Criterios para la Evaluación d e los Impactos
Para la estimación o predicción del impacto se consideraron cinco criterios: Probabilidad, Intensidad, Extensión, Duración y Reversibilidad del impacto. Para la valoración de los impactos Ambientales potenciales a ser generados por las actividades ejecutadas para el aprovechamiento del material granular no metálico (piedra Caliza), se consideraron los cinco criterios ya mencionados.
Probabilidad: Esta referida a la posible ocurrencia del impacto y se califica como alta, media o baja. Valor 2 5 10
Probabilidad Baja Media Alta
Intensidad: Se refiere a la fuerza o vigor con el cual se expresa el impacto una vez que ocurre, lo cual depende de la calidad del recurso afectado y de la fuerza con que se manifiesta del
dicha
afectación.
equipo interdisciplinario que
Para
laboro
esto,
en
el
cada
Estudio,
especialista definió,
una
función de transformación que permitiera expresar en la siguiente escala: Valor 2 5 10
Intensidad Baja Media Alta
Extensión: Se refiere al ámbito espacial afectado por el impacto dentro del entorno. Para asignar el valor se utilizo la siguiente clasificación: Valor
Extensión del Impacto
2 5
Puntual Local
10
Generalizada
Duración: Periodo durante el cual se sienten las repercusiones del impacto ocasionado. Se utilizan los siguientes intervalos: Valor 2 5 10
Categoría Desde menos de 5 años hasta de 5 a 15 Mayor de 15 años
Reversibilidad: Expresión de la capacidad del medio para retornar a una condición similar a la original. Para la estimación del valor del impacto ambiental (VIA) se realiza una suma ponderada de los valores asignados a cada criterio, expresada en la siguiente fórmula: VIA = (P*WP) + (I*WI) + (E*WE) + (D*WD) + (RvWRV). Donde Wp, Wi, We, Wd y Wrv son los pesos con que se pondera cada criterio según su contribución al VIA.
Acciones o Actividades que Producen Impactos Para un mejor entendimiento de los impactos ocasionados por las actividades que se llevan a cabo para la extracción del material granular proveniente de la piedra Caliza, se realiza un desglose de cada una de las actividades para los diferentes ambientes considerados en este estudio: en este caso Cantera Activ idades generadoras de Impactos en Cantera
Exploración
o
E s t u d i o s G e o l óg i c o s
Los estudios geológicos pueden considerarse como no influenciables sobre el medio ambiente, ya que estos constan de tomar ciertas medidas o datos de campo, sin la utilización de ningún instrumento o maquinaria que pueda alterar el
ambiente.
Dichos
datos
son
luego
recopilados
y
manejados en trabajo de oficina, para generar: mapas de geología regional, local, estructurales, columnas estratigráficas, y de esta manera poder obtener datos de reservas probadas para la extracción de la materia prima.
o
P o zo s E x p l o r a to r i o s
Se realizan con la finalidad de obtener muestras de subsuelo, para así analizarlas e identificar su composición, de la realización de las perforaciones se generan los siguientes impactos: Tabla . Impactos generados durante las perforaciones de pozos exploratorios. Impactos Principales Generación de ruido
Impactos Encadenados -Contaminación sónica. -Generación de enfermedades auditivas.
Generación de desechos peligrosos
-Contaminación de los suelos y cuerpos de agua.
Generación de desechos no peligrosos
-Contaminación de los suelos. -Afectación
en
las
propiedades
físico
químicas del agua (Contaminación de los cuerpos de agua). -Proliferación
Pérdida de la cobertura vegetal
de
vectores
transmisores
de enfermedades. -Mortalidad y migración de fauna. -Aumento de los procesos erosivos. -Mayor a arrastre de sedimentos los cuerpos de agua. -Colmatación de cauces.
hacia
Explotación o Extracción
Las actividades implicadas en los procesos de extracción de la materia prima para la elaboración del cemento, pueden considerarse como las que mayormente causan una afectación al medio ambiente, dentro del proceso general llevado a cabo se encuentran: - Conformación. -
Estabilización de vialidad.
- Deforestación. -
Remoción de estériles.
- Voladura. -
Arranque y carga de material. Tabla Impactos generados en las etapas de explotación o extracción.
Actividades Generación material
de
ruido
Impactos y
particulado
-Enfermedades y auditivas.
visuales
respiratorias
-Contaminación sónica. -Disminución de la calidad del aire. -Contaminación de los sistemas terrestres y acuáticos por dispersión de partículas.
Gases por combustión
-Disminución de la calidad del aire.
Generación de desechos peligrosos
-Contaminación de los suelos y cuerpos de agua. -Mal olor y sabor del agua.
Generación de desechos no peligrosos
-Contaminación de los suelos. -Afectación
en
las
propiedades
físico
químicas del agua (Contaminación de los cuerpos de agua). -Proliferación
de
vectores
transmisores
de enfermedades.
Plan de Supervisión Ambiental Tal como lo indica su nombre, el Plan de Supervisión Ambiental está referido a verificar la inclusión de la variable ambiental en lo referente a la ingeniería de detalle, construcción, operación y mantenimiento de cualquier proyecto así como asegurarse de la implementación satisfactoria de las medidas ambientales propuestas. El Plan de Supervisión Ambiental forma parte del procedimiento establecido en el decreto sobre “Normas de Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente”, Artículo N° 28 del Decreto N° 1.257 de fecha 13 de marzo de 1996, publicado en Gaceta Oficial N° 35.946 de fecha 25 de abril de 1996, mediante el cual se especifican las acciones a seguir. Estas son las siguientes:
Verificar el avance de las actividades del proyecto.
Verificar
el
cumplimiento
las autorizaciones
y
de
las
aprobaciones
medidas para
la
establecidas
en
ocupación
del
territorio y autorizaciones para la afectación de recursos naturales.
Evaluar las medidas ambientales propuestas en el Estudio de Impacto
Ambiental.
Identificar los impactos ambientales no previstos y proponer las medidas adicionales a que hubiere lugar.
El Plan de Supervisión deberá incluir un cronograma de medidas señalando los lugares de ubicación de cada medida y los costos asociados a su implementación. La implementación de estas acciones tiene por finalidad servir de apoyo a la empresa, en cuanto a disponer de un instrumento de gestión dirigido al seguimiento de la efectividad de las medidas ambientales, propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental, respecto a la mitigación y/o control de los impactos vinculados con las actividades del proyecto. En el plan de supervisión es importante definir las labores y actividades del personal caso
requerido
para
la
supervisión,
indicando
en
cada
las responsabilidades de cada actor involucrado y el perfil deseable para
cada uno. Debe tender a desarrollarse preliminarmente una herramienta de trabajo, de ahí que deba desarrollarse incorporando componentes que faciliten la ejecución de labores como: listas de chequeos, encuestas y preguntas genéricas, etc. Se deben incluir al menos una lista de verificación de aspectos ambientales claves, clasificada por componentes ambientales, a objeto de facilitar el proceso de manejo de múltiples aspectos de supervisión.
Normas para el Plan de Supervisión Ambiental Decreto 1.257
Establece los derechos y deberes de los venezolanos con referencia al mantenimiento de un ambiente “seguro, sano y ecológicamente equilibrado”, protegiendo “la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica”, estableciendo la obligación del Estado en fomentar la participación comunitaria. Decreto 2.216
Por el cual se dictan normas para el manejo de los desechos sólidos de origen doméstico, comercial, industrial o de cualquier otra naturaleza, que no sean peligrosos. Decreto 2.635
Mediante el cual se dicta la Reforma Parcial del Decreto núm. 2289 de fecha 18 de diciembre de 1997, publicado en la Gaceta Oficial núm. 5212 Extraordinario de fecha 12 de febrero de 1998, contentivo de las Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos. Tiene por objeto regular la recuperación de materiales y el manejo de los desechos,
cuando
los
mismos
presenten
características,
composición o condiciones peligrosas representando una fuente de riesgo a la salud y al ambiente. Comprende entre otros ámbitos: disposiciones generales; de los materiales peligrosos recuperables y desechos peligrosos, sus características y condiciones peligrosas; manejo de desechos peligrosos, con especial referencia a las actividades de explotación y producción de petróleo
y
de
explotación
de minerales; control administrativo de los
manejadores de desechos peligrosos. Incluye también diversos anexos: lista de actividades generadores potenciales de materiales peligrosos recuperables y desechos peligrosos,
desechos peligrosos
y
materiales
peligrosos
recuperables
provenientes
de
actividades
no
específicas, sustancias
peligrosas, etc. Decreto 2.217
Por el que se dictan normas sobre el control de la contaminación generada por el ruido. Establece escalas de niveles de ruido ambiental, fija los límites de niveles de ruido que no deben exceder los vehículos de transporte terrestre y aéreo; contiene disposiciones sobre el control de fuentes fijas de contaminación por ruido, etc.
Informes Trimestrales a presentar al MINAMB Estos informes deben contener toda la información referente a la implementación de las medidas de haber sido cumplidas con lo previsto, de haber algún atraso, se deberá justificar el mismo. Deben presentarse los análisis que correspondan a aquellas medidas que estén sujetas a las Normas establecidas, aplicación de otras medidas si surgen nuevos impactos, con la finalidad de de tomar los correctivos que permitan resolver los potenciales problemas ambientales en forma global.
Vigilancia y Control Ambiental Ente externo que pueda demandar la comprobación y cumplimiento de las medidas, para que la empresa opere satisfactoriamente, a fin de garantizar el menor deterioro ambiental y de la salud, según las normativas ambientales vigentes.