ESTATUTO DEL CENTRO FEDERADO DE ESTUDIANTES DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENRIERIA INGENRIERIA CIVIL DE LA FICSA FIC SA (EPIC - CCFF)
GESTION 2009-2010
TITULO I DENOMINACIÓN, DENOMINAC IÓN, DEFINICION, DEFINICION, PRINCIPIOS, CONSTITUCION, CONSTITUCION, FINES FINES Y OBJETIVOS:
Articulo 1.- Denominación: La asociación se denomina “Centro Federado de Estudiantes de la Escuela Profesional de Ingeniería Ingenier ía Civil” o “CC.FF “CC.FF.. INGENIERIA CIVIL”. CIVIL”.
Articulo 2.- Definición: El Centro Federado de Estudiantes de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil es un organismo gremial autónomo y jerárquicamente organizado que actúa en defensa de los derechos derechos e intereses intereses de los estudiantes estudiantes de la Carrera Profesion Profesional al de Ingeniería
Civil de la Un Univ ivers ersid idad ad Na Naci cion onal al Ped edro ro Rui uizz Ga Gall llo o de La Lamb mbay ayeq eque ue,, as asíí mi mism smo o colaborando en el adecuado desarrollo de la formación profesional y ética.
Articulo 3.- Principios: El Centro Federado Federado de Estudiantes de la Carrera Carrera Profesional de de Ingeniería Civil se halla indisolubl indis olublemente emente ligado a una tradición de lucha dentro del movim movimiento iento estudiantil estudiantil y propugna la unidad de todos los estudiantes. Dicha unidad debe partir de la toma de conciencia de una situación común en la universidad pública: la amarga constatación de la existencia de una mediocridad y corrupción que degeneran la autentica misión de la un univ ivers ersid idad ad,, qu que e es la de cr crear ear co cono noci cimi mien entos tos pa para ra la tra trans nsfo form rmac ació ión n so soci ciooeconómica económ ica de nuest nuestro ro país. Po Porr cons consigui iguiente ente el Centr Centro o Fe Federado derado de Estud Estudiantes iantes de la Escuela Escu ela Profesion Profesional al de Ingen Ingeniería iería Civil Civil se declara enemigo enemigo de esta real realidad idad y de sus promotores (autoridades corruptas, profesores mediocres, políticas de gobierno, etc.).
Así mismo propugna la más amplia solidaridad con las luchas emprendidas contra esta problemática en el Perú. El Ce Cent ntro ro Fed edera erado do de Es Estu tudi dian ante tess de la Ca Carr rrera era Pr Prof ofes esio iona nall de In Inge geni nier ería ía Ci Civi vill establece relaciones fraternales con todos los Centros Federados de la Universidad Nacio Nac iona nall Ped edro ro Rui uizz Ga Gall llo o y de dell pa país ís,, en co cohe here renc ncia ia co con n el pr prin inci cipi pio o de un unid idad ad.. Manteniendo su independencia de intereses externos (partidos políticos, autoridades, docentes, etc.) que desvíen su razón de ser: la defensa de los derechos estudiantiles que se resume en recibir una educación de calidad. El Centro Federado Federado de Estudiantes de la Escuela Profesional Profesional de Ingeniería Civil asegura y def defien iende de la lib liberta ertad d de pen pensam samien iento, to, con consid siderá erándo ndola la con condic dición ión bás básica ica par para a el enriquecimiento de las ideas y, consecuentemente, de la creatividad de sus acciones. El sectarismo y todas las formas de intolerancia son contrarios a los fines del Centro Federado. El Centro Federado de Estudiantes de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil asegura y defiende la autonomía política, administrativa y funcional, dentro de los límites del presente estatuto, siendo impedido de afiliarse a instituciones religiosas, sociales o políticas como organismo representativo de los alumnos de la Facultad. Se opone a toda discriminación social, religiosa, étnica y a todas formas de intolerancia .; y solo se somete a las condiciones y reglamentaciones escritas dentro del presente estatuto. e statuto.
Articulo 4.- Constitución: La asociación esta constituida constituida sin fines de lucro, rigiéndose rigiéndose por lo estipulado en la Ley Universitaria, el Estatuto de de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Ruiz Gallo de Lambayeque, en lo regulado por el presente Estatuto; y en todo lo no previsto por esta, se regirá por las disposiciones pertinentes del Código Civil.
Articulo 5.- Fines: Son fines del centro federado: Consolida olidarr la integración integración de todos los Estud Estudiantes iantes de la Carr Carrera era Pr Profesi ofesional onal de a) Cons Ingeniería Civil, impulsando la concientización sobre los derechos del estudiante de universidad pública y la exigencia de la educación gratuita con calidad, requ re quis isit ito o in indi disp spen ensa sabl ble e de un una a ve verd rdad ader era a fo form rmac ació ión n ín ínte tegra gra,, an anal alít ític ica a y científica. b) Fort ortal alec ecer er el gr grem emio io de es estu tudi dian antes tes,, lo logra grand ndo o un una a pa parti rtici cipa paci ción ón ac acti tiva va de nuestra facultad a nivel universitario y apoyando las actividades que de ella se desprendan. c) Im Impu puls lsar ar e in insp spir irar ar la or orga gani niza zaci ción ón de lo loss es estu tudi dian ante tess de nu nues estra tra fa facu cult ltad ad,, canalizando las demandas de los estudiantes, generando propuestas para el
desa de sarr rrol ollo lo de nu nues estr tra a fa facu cult ltad ad en su as aspe pect cto o ac acad adémi émico co,, an anal alít ític ico o y de investigación. Defend ender er los der derech echos os de los est estudi udiant antes es cua cuando ndo est estos os se ven vul vulner nerado ados, s, d) Def exig ex igir ir
el respeto respeto de la dignid dignidad ad qu que e lo loss es estu tudi dian ante tess no noss me mere rece cemo moss no
permitiendo su mancillamiento por abusos de autoridad y/o tratos injustos. e) Pr Propici opiciar ar la formación formación científica científica y tecnológica tecnológica del estudiante estudiante de Ingeniería Ingeniería Civil Civil acorde a las necesidades del país. f) Resc escatar atar y pr propi opicia ciarr val valore oress y par paradi adigma gmass humanista humanistass y mora morales les,, int integr egrand ando o bajo esta visión a la comunidad de estudiantes Ingeniería Civil bajo lazos de amistad, confraternidad y apoyo mutuo, que se reflejara en un devenir futuro en el desenvolvimiento profesional hacia los demás. g) Dif Difund undir ir los avances avances cie cientí ntífic ficos os tec tecnol nológi ógicos cos a la com comuni unidad dad estudian estudiantil til de la casa de estudios, así como a nivel nacional para propiciar el flujo e intercambio de tec tecnol nologí ogía a con Ins Instit tituci ucione oness afi afines nes o uni univer versid sidade adess que cue cuente nten n con la facultad de Ingeniería Civil. h) Pr Pronu onunci nciars arse e sobre sobre problem problemas as intern internos os dentr dentro o de la faculta facultad, d,
así como como en
temas que son de su interés y competencia.
Articulo 6.- Objetivos: Son objetivos del centro federado: a) Mante Mantener ner relaciones relaciones con otros otros organismos organismos estudian estudiantile tiless organizados. organizados. b) Pr Promover omover la Proyecc Proyección ión Social Social y la extensión extensión universitari universitaria a tanto en lo curricular curricular como en lo extra-curricular. extra-curricular. c) Fom omen enta tarr re rela laci cion ones es co con n lo loss Ce Cent ntro ross de Es Estud tudia iant ntes es en in inst stit ituc ucio ione ness co con n similares fines, dentro y fuera de la universidad con el propósito de enriquecer el desarrollo integral del alumnado proporcionándole una visión más amplia de diversas realidades y experiencias.
TITULO II DE LOS ASOSIACIADOS
Articulo 7. – De los Asociados: Son asociados todos los estudiantes de la Escuela Profesional de INGENIERÍA CIVIL de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo de Lambayeque.
Clasificación:
Asoci ociado ados s 1. As
Activo Act ivos.s.-
Son So n
todo to doss
aque aq uell llos os
estu es tudi dian ante tess
debi de bida dame ment nte e
matriculados en un vigente semestre académico, según corresponda.
2. Asociados Inactivos.- Son todos aquellos alumnos no matriculados en un vige vi gent nte e se seme mest stre re ac acad adém émic ico. o. Qu Qued edan an a sa salv lvo o su suss de dere rech chos os,, sa salv lvo o la lass siguientes limitaciones:
Limitaciones: •
No tienen derecho a voto en las reuniones de la Asamblea General Ordinarias.
•
No gozan de los beneficios que otorga el CC.FF. CC.FF. INGENIERIA CIVIL.
•
No pueden hacer uso de ninguno de los bienes de la asociación.
Articulo 8.- Libro de registro: La asociación llevara un libro de registros de los asociados, debiendo constar: 1. No Nomb mbre re de dell as asoc ocia iado do 2. Docum Documento ento Nacional Nacional de de Identidad Identidad (DNI) (DNI) o Documento Documento Oficial Oficial de de Identidad Identidad (DOI). 3. Domicilio 4. Có Códi digo go de ma matrí trícu cula la e scuela Profesional. 5. Fecha de admisión a la escuela
Artículo 9.- Calidad del asociado: asociado: La calidad del asociado es propio propio al estudiante, es intransferible intransferible e intransmisible; salvo caso de representación mediante carta poder poder..
Artículo 10.- Pérdida: La calidad de asociado se pierde: •
Por fallecimiento;
•
Por renuncia expresamente formulada por escrito.
•
Cuando es separado por las causales establecidas en el estatuto universitario y la ley universitaria.
•
Cuando tenga la calidad de egresado. egresado.
•
Por falta sancionada por el Consejo Directivo. El sancionado, podrá apelar esta decisión a la Asamblea General.
Artículo 11.- Derechos y beneficios de los Asociados: Son derechos de los asociados: •
Expresar libremente sus ideas sin temor de ser sancionados ni discriminados por causa de ellas, o por su actitud crítica o discrepante y participar con voz y voto en la Asamblea General.
•
Conocer la marcha administrativa y económica de la asociación, formulando sugerencias y/o proyectos para su mejoramiento.
•
Elegir y ser elegidos representantes para ejercer funciones de Consejo Directivo.
•
Elegirr y ser elegido en cualquier Elegi cualquier comi comisión sión que establezca establezca la asamblea general general y/o el consejo directivo.
•
Gozar de todos los beneficios que ofrece el Centro Federado de Estudiantes de Ingeniería Civil, así como de los programas y/o actividades que este realice.
•
Soli So lici cita tarr co corp rpora orati tiva va y le lega galm lmen ente te co conv nvoc ocat ator oria ia pa para ra As Asamb amble lea a ge gene nera rall Extraor Ext raordin dinari aria a del ple pleno no est estudi udianti antill de est estudi udiant antes es de Ing Ingeni enierí ería a Ci Civil vil par para a impugnar cualquier otro cargo, motivado por circunstanciales o causales graves que atentan contra los fines de la Institución y los estudiantes, siempre y cuando se cuente con mas del 30% de los asociados.
•
Concur Con currir rir a las Asa Asambl mbleas eas,, tom tomar ar par parte te en las del delibe iberac racion iones, es, vot votaci acione oness y formular propuestas para la contribución de los fines señalados, estas deben ser fundamentadas a través de documentos.
•
Denunciar por escrito a través de la Junta Directiva, ante el pleno de estudiantes loss ac lo acto toss ca cali lifi fica cado doss co como mo lu luct ctuo uoso soss o ir irre regu gula lare ress po porr al algú gún n es estu tudi dian ante te,, iniciándos inic iándose e las acciones pertinentes pertinentes a través de la conformación conformación de un tribu tribunal nal de honor de estudiantes, quienes se encargaran de la amonestación o sanción acorde a la gravedad del hecho.
•
Asistir a las actuaciones sociales, culturales o institucionales que organice el CCFF – INGENIERIA CIVIL.
Son beneficios de los asociados: •
•
Hacer uso de los bienes y servicios que preste preste la asociación. Toda T oda gestión que favorezca al asociado.
Artículo 12.- Obligaciones de los Asociados: Son obligaciones de los asociados: •
Defender la asociación.
•
Concurrir a las plenarias estudiantiles ordinarias y extraordinarias.
•
Cumplir con las comisiones encargadas por la Asamblea General o que el Consejo Directivo les confiera.
•
Reconocer a los Órganos de Gobierno del CC.FF: INGENIERIA CIVIL.
•
Acata Ac atarr y def defend ender er el cum cumpli plimi miento ento de las normas normas leg legale aless per pertin tinent entes es y las establecidas en el Estatuto y reglamento del CCFF – INGENIERIA CIVIL.
•
Cump Cu mpli lirr lo loss ac acue uerd rdos os de As Asam ambl blea ea Ge Gene nera rall de dell pl plen eno o de es estu tudi dian ante tess de INGENIERIA CIVIL y de la Junta Directiva.
•
Cumplir con los compromisos económicos que contraiga con la Asociación; así como los de responsabilidad de gestión.
•
Participar activamente en los cargos y comisiones que sea nombrado por la Asamblea General o Junta Directiva.
•
Sufragar obligatoriamente en las Elecciones Generales o complementarias de la Asociación.
•
Evitar cualquier acto o situación que desprestigie a la Asociación.
•
Comunicar por escrito ante la Junta Directiva, los actos que puedan dañar el interés, patrimonio o imagen de la Asociación, asumiendo la responsabilidad de su demanda.
•
Cont Co ntri ribu buir ir al pr pres esti tigi gio o y en engr gran ande deci cimi mien ento to de la As Asoc ocia iaci ción ón,, gu guar arda dand ndo o reciprocidad en el trato y respeto mutuo.
•
Proporc Pro porcionar ionar la infor informaci mación ón neces necesaria aria para manten mantener er actua actualizad lizados os los legajos y registros estadísticos de la Asociación, los que se mantendrán en estricta reserva y que no se contrapone a los principios del presente estatuto.
•
Cump Cu mpli lirr y ha hace cerr cu cump mpli lirr el es esta tatu tuto to,, reg regla lame ment ntos os y ac acue uerd rdos os de dell CC CC.F .FF F. INGENIERIA CIVIL.
TITULO III DE LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACI ORGANIZACION ON Artículo 13. – La estructura: La es estru truct ctur ura a de dell Ce Cent ntro ro Fed eder erado ado se ba basa sa en la de demo mocr crac acia. ia. De Desp spué uéss de un una a discusión, el voto de la mayoría decide la línea de acción del Centro Federado y la minoría esta obligada a acatar sus decisiones. Esta obligación rige respecto a toda decisión que tomen los organismos respectivos. El Centr Centro o Fed Federado erado de Estud Estudiantes iantes tiene una estruc estructura tura orga organizat nizativa, iva, donde debe ser acatadas acatad as oblig obligatoria atoriamente mente las deci decisione sioness adopt adoptadas adas por los organ organismos ismos superiores, superiores, siendo de arriba a abajo, el siguiente: a) La Asamb Asamblea lea Gene General ral de de Estudi Estudiant antes; es; b) El con conse sejo jo Dire Direct ctiv ivo. o.
c) La Junta de Delegados. La estructura puede observarse mejor de la siguiente manera: Son órganos de Gobierno de la asociación: •
La Asamblea General.
•
El Consejo Directivo.
Son órganos de consulta: •
La Junta de Delegados.
•
Los representantes de círculos de estudio, de investigación, deportivos, culturales y demás.
Son órganos de control: •
La Comisión de control.
Es órgano electoral: •
El Comité Electoral.
Artículo 14. –Libros de Actas: La asociación cuenta con dos libros de actas: un libro de actas para las sesiones de Asamblea General (ordinaria y extraordinaria) y el otro para las sesiones del consejo directivo en los que constará los acuerdos adoptados. Es responsabilidad del Consejo Directivo el cuidado del o los libros de actas, en caso de deterioro, pérdida u otro, serán sancionados por el pleno estudiantil y de ser el caso serán sometidos a un proceso administrativo ordinario.
Asamblea General Artículo 15. –Órgano Supremo: La as asam ambl blea ea ge gene neral ral de es estu tudi dian ante tess es el má máxi ximo mo ór órgan gano o de go gobi bier erno no y es está tá constituid const ituido o por todos los estudi estudiantes antes de la escu escuela ela y sus decisiones, decisiones, como órgano deliberativo, son definitivas y no pueden ser revocadas sino por otra Asamblea General de Estudiantes. Todos Todos los miembros y organismos del Centro Federado están obligados a reconocer la autoridad de sus decisiones.
Articulo 16.- Integrantes: La As Asam ambl blea ea Gen Genera erall es esta ta co cons nsti titu tuid ida a po porr lo loss as asoc ocia iado dos, s, re reun unid idos os en pl plen enar aria ia estudiantil ordinaria o extraordinaria, de la Carrera Profesional de Ingeniería Civil.
Artículo 17.- Convocatoria: La Asamblea General deberá reunirse en forma Ordinaria a inicios de cada semestre y a fines de este a convocatoria del consejo directivo. Podrá Po drá reu reunir nirse se en for forma ma ext extraor raordin dinari aria a en cua cualqu lquier ier mom moment ento. o. Con Convoc vocado ado por el consejo conse jo directivo directivo o a solicitud solicitud del treinta treinta por ciento de los asociados, asociados, debiendo debiendo ser solicitado al Consejo Directivo por escrito, especificando el petitorio o motivo, debiendo estar acompañado de las planillas con firmas del treinta por ciento de los matriculados.
Artículo 18.- Atribuciones: Las atribuciones son:
•
Aprobar el plan de trabajo, para cada semestre.
•
Aprobar y desaprobar las cuentas y balances
•
Disolver o liquidar la asociación.
•
Resolver sobre cualquier otro asunto de relevancia e interés a la asociación. Las atribuc atri bucion iones es señ señala aladas das en los inc incis isos os ant anteri erior ores es son pr propi opias as de la Ple Plenar naria ia Estudiantil Ordinaria.
•
Deliberar, pronunciarse y tomar medidas sobre los problemas que afecten el bienestar estudiantil de la facultad y a nivel universitario en general.
•
Adoptar acuerdos de la suspensión de clases, levantamiento de huelga y/o apoyo a organizaciones gremiales en acciones de fuerza a nivel universitario.
•
Elegir a la Comisión de Control que ejercerá fiscalización a la Junta Directiva.
•
Resolver sobre la modificación de estatutos.
•
Censurar, saludar o declarar la vacancia de sus cargos a cualquier miembro de la Junta Directiva.
•
Elegir a los miembros del Comité Electoral.
Artículo 19.- Quórum de las Asambleas: Para una primera convocatoria para la validez de las reuniones de la Asamblea General se re requ quie iere re,, la as asis iste tenc ncia ia de má máss de un una a te terc rcera era pa part rte e de lo loss mat matri ricu cula lado dos. s. Lo Loss acuerdos se adoptaran por mayoría simple. En segunda convocatoria bastará la presencia de cualquier número de estudiantes miembros. Los acuerdos se toman con el voto de más de la mitad de los concurrentes.
Artículo 20.- Presidencia y firma de Acta: La Plenaria Estudiantil será presidida por el Secretario General del Consejo Directivo, en su defecto por el Sub-Secretario General. El acta corr correspond espondiente iente será susc suscrita rita por el Secr Secretario etario General o el Sub-S Sub-Secre ecretario tario General según corresponda, conjuntamente conjuntamente podrán suscribir suscribir el acta, los, delegados de asig as igna natu turas ras y de cí círc rcul ulos os (a (aca cadé démi mico cos, s, de in inve vest stig igac ació ión, n, y ot otro ros) s);; y lo loss de demá máss miembros de la asociación que así lo decidan.
Artículo 21.- Convocatoria: La con convoc vocato atoria ria a Asa Asambl mblea ea Gen General eral cor corres respon ponde de a la Jun Junta ta Dir Direct ectiva iva del Cen Centro tro Federado, pudiendo efectuarse vía escrita, oral o por medios electrónicos. La as asam ambl blea ea ge gene nera rall ex extr trao aord rdin inar aria ia se re real aliz izar ará á si siend endo o co conv nvoc ocad ada a po porr la Ju Junt nta a Direct Dir ectiva iva,, o cua cuando ndo lo sol solici iciten ten al men menos os el tr trein einta ta por cie ciento nto de los estudian estudiantes tes miembros, debiendo tratarse en ella los puntos de la agenda convocatoria, la misma que tendrá una semana de anticipación.
La asamblea general ordinaria se deberá realizar 2 veces por ciclo, con 15 días de anticipación. El Centro Federado celebrará dos Asambleas Generales por ciclo. Ambos tienen tiene n como agenda básica la pres presentac entación ión de los objetivos objetivos a reali realizarse zarse así como los informes de gestión de la Junta Directiva, incluyendo, la convocatoria a Elecciones para una nueva Junta Directiva, acabado el mandato actual.
CONSEJO DIRECTIVO Artículo 22.- Composición y periodo: La administración, dirección y representación legal de la Asociación corresponde al consej con sejo o Dir Direct ectivo ivo,, que est esta a com compue puesto sto por doc doce e mie miembr mbros, os, que son ele elegid gidos os de manera prevista en el presente estatuto, por un periodo pe riodo de dos años. La transferencia de facultades, solo se realizara al nuevo consejo directivo, elegidos válidamente por un proceso electoral.
Artículo 23.- Composición: El Consejo Directivo esta conformado por: 1. Se Secr cret etar ario io Gen Genera eral, l, 2. Su Subb- Secr Secret etari ario o Genera General, l,
3. Secretario de organización, 4. Secretario de Economía, 5. Secretario de Promoción y Círculos de Estudios, 6. Secretario de Cultura y Deportes. 7. Secretario de Actas. 8. Secretario de Prensa y propaganda, 9. Secretario de Defensa. 10. Secretario de Proyección Proyección social. social.
11. Secretario de representación ante el Consejo de Facultad. 12. Secr Secretario etario de la FUL. FUL. 13. Secretario de Fiscalización. Fiscalización.
Artículo 24.- Son funciones del Consejo Directivo: •
Representar, dirigir, organizar y administrar el Centro Federado, de acuerdo con lo establecido por el presente estatuto.
•
Acoger y canalizar, a través de las secretarías correspondientes, las iniciativas o inquietudes de los estudiantes.
•
Ejecutar rigurosamente todas las propuestas establecidas en su plan de trabajo anual, así como dar cumplimiento a lo dispuesto por los órganos deliberativos.
•
Reali Re alizar zar las con convoc vocato atoria riass a asa asambl mblea ea gen general eral de Est Estudi udiant antes es de la for forma ma establecida para cada caso en el presente estatuto.
•
Velar por la observancia del presente estatuto y sus reglamentos.
•
Presentar al inicio de su gestión su plan anual de trabajo a la Asamblea general.
•
Prese Pr esenta ntarr para su apr aproba obació ción n en la As Asamb amblea lea General General y la cue cuenta nta anual del ejercicio al término de su gestión.
•
Conservar y administrar el patrimonio del Centro Federado.
•
Adquirir bienes, aceptar donaciones y administrarlos bajo rigurosa supervisión de miembros de la Comisión de Control.
•
Elaborar un informe oficial periódico para los miembros, difundiéndose acerca de la gestión y el desempeño de las actividades en curso.
•
En caso de vacancia de alguno de sus miembros, nombrar al sustituto para su ratificación por la Asamblea de Delegados.
•
Proponer la modificación del estatuto
•
Deliberar y pronunciarse frente a las medidas que afecten a la facultad o que tengan vinculación con la formación o la participación de los alumnos.
•
Cambiar o destituir a alguno de los miembros de la Mesa Directiva, en caso de faltas o incumplimientos de funciones en los casos que la Mesa Directiva lo crea conveniente, previa aprobación por mayoría simple.
Artículo 25.- Atribuciones y obligaciones del Secretario General: Son atribuciones y obligaciones del Secretario General: •
Ejercer la representación legal de la Asociación.
•
Dirigir y coordinar las tareas de la Junta Directiva del gremio.
•
Presidir las sesiones del Consejo Directivo y demás asambleas.
•
Suscri Sus cribir bir los acu acuerd erdos os y com comuni unicad cados os emi emitid tidos os por la Asa Asambl mblea ea Gen General eral de Estudiantes, la Asamblea de delegados de aula y la Junta Directiva del gremio.
•
Autorizar y firmar los pagos que se efectúen conjuntamente con director de finanzas. En ausencia o impedimento de este ultimo, el presidente podrá actuar con otro miembro del consejo directivo.
•
Firmar los contratos contratos y conv convenios enios apro aprobados bados por el conse consejo jo directivo directivo en que intervenga la Asociación.
•
Encomendar tareas a las secretarías e instarlas a su cumplimiento.
•
Emitir el voto dirimente en caso de empate en la votación de la Junta Directiva.
•
Convocar a Asamblea General Extraordinaria con determinación de su agenda y elecciones cada año.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 26.- Atribuciones y obligaciones del Sub-Secretario General: Son atribuciones y obligaciones Sub-Secretario General: •
Desemp Des empeñar eñar aut automát omática icamen mente te las fun funcio ciones nes del pr presi esiden dente te en los cas casos os de ausencia, falta, impedimento o a solicitud de este.
•
Elaboración de reglamentos, las cuales serán aprobados por el consejo directivo.
•
Elaborar, exponer y supervisar el plan de trabajo del consejo directivo, para cada semestre académico.
•
Colaborar con el Secretario General en el cumplimiento de sus funciones.
•
Supervisar y coordinar las labores de las diversas secretarías y de las comisiones de trabajo que se nombre.
•
Los demás que le confiere el presente estatuto y sus reglamentos.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 27.- Atribuciones y obligaciones del Secretario de Organización: Son atribuciones y obligaciones del Secretario de organización: •
Realizar, en coordinación con el Secretario General, las convocatorias para sesión de Asamblea General de Estudiantes, Asamblea de Delegados de Aula y la Junta Directiva, en la forma indicado para cada caso por el presente estatuto y sus reglamentos.
•
Velar por el funcionamiento, mantenimiento y adquisición decualquier patrimonio que ingrese al CC. FF. FF. De Ingenie Ingeniería ría civil.
•
La vigilancia del uso adecuado de los materiales del Centro Federado.
•
Planif Pla nifica icar, r, tut tutela elarr y aba abaste stecer cer de los materiale materialess y per person sonal, al, en las div divers ersas as actividades académicas, cívicas, deportivas y culturales que organice el CC. FF. Ingeniería Civil.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 28.- Atribuciones y obligaciones del secretario de Economía o de Finanzas: Son atribuciones y obligaciones del Secretario de Economía o de finanzas: •
Recaudar y percibir los ingresos de la asociación.
•
Presentar el balance y estado de ingresos y egresos en la Asamblea Ordinaria. Así como elaborar el presupuesto del Centro Federado, la cuenta anual y los informes
que se crea necesario necesario y los que les solic soliciten iten los órganos autorizados autorizados para ello y por el presente estatuto. •
Elaborar reportes y diagnósticos sobre la administración económica de la facultad y de la universidad en general, proponiendo medidas ante posibles problemas que afecten el bienestar estudiantil dentro y fuera de la facultad.
•
Hacer pagos con la autorización del presidente.
•
Llevar el inventario de los bienes de la Asociación, así como la contabilidad respectiva.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 29.- Atribuciones y obligaciones del Secretario de Promoción y Círculos de Estudios: Son atribuciones y obligaciones del Secretario de Promoción y Círculos de Estudios : •
Encarg Enc argars arse e de man manten tener er act actual ualiza izado do el reg regist istro ro de Cír Círcul culos os o Agr Agrupa upacio ciones nes Acad Ac adém émic icas as,, In Inve vest stig igac ació ión, n, cu cult ltur ural ales es y ot otras ras de la Es Escu cuel ela a pr prof ofes esio iona nall de Ingeniería Civil.
•
Organizar eventos académicos.
•
Fomentar y fortalecer las agrupaciones o círculos académicos.
•
Realizar cursos de actualización: videos conferencias, ponencias y otros tanto para alumnos como para docentes.
•
Velar por el respeto de los intereses académicos de los estudiantes.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 30.- Atribuciones y obligaciones del Secretario de Cultura y Deportes: Son atribuciones y obligaciones del Secretario de Deportes: •
Promover en los estudiantes el desarrollo cultural y artístico.
•
Organizar y coordinar actividades culturales que formen en el estudiante una conci con cienc encia ia pol políti ítica ca y crí crític tica a fr frent ente e a la rea realid lidad, ad, coo coordi rdinan nando do con el con consej sejo o directivo.
•
Divulgar en la universidad expresiones culturales de la sociedad peruana.
•
Fomentar la actividad deportiva en los estudiantes.
•
Representar a cada una de las disciplinas deportivas competitivas dentro de la universidad, esta podrá ser delegada.
•
Gestionar la adquisición de materiales e indumentarias, para implementar las diversas disciplinas. Dichos bienes ingresan al patrimonio de la Asociación.
•
Dirigir y organizar campeonatos deportivos dentro de la Escuela.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 31.- Atribuciones y obligaciones del Secretario de Prensa y propaganda: Las atribuciones y obligaciones del Secretario de Prensa y publicidad son: •
Publicar e informar en los diferentes medios de comunicación: periódico mural, pizarr piz arras, as, piz pizarr arrine iness de aul aula a y otr otros; os; las con convoc vocato atoria riass a ple plenar naria ia est estudi udiant antil il,, eventos académicos e información relevante para los estudiantes.
•
Ser el nexo entre el CC. FF. Ingeniería Civil y los alumnos, encargándose de publicar, informar y difundir las actividades que se realicen, tanto por iniciativa de la universidad o de los alumnos.
•
Mantener actualizada el periódico mural del CC. FF. FF. Ingeniería Civil.
•
Buscar Bus car aus auspic picio io par para a cad cada a act activi ividad dad del CC CC.. FF FF.. Ing Ingeni enierí ería a Ci Civil vil que así lo requiera.
•
Planificar y distribuir todo documento, dentro o fuera de la Universidad, bajo responsabilidad.
•
La elaboración del boletín informativo.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 32.- Atribuciones y obligaciones del secretario de Actas: Las atribuciones y obligaciones del Secretario de Actas son: •
Llevar al día el libro de actas de Plenaria Estudiantil y de sesiones del Consejo Direct Dir ectivo ivo,, así como las Asisten Asistencia ciass a las Plenaria Plenariass y el reg regist istro ro de nue nuevos vos asociados (ingresantes a la carrera profesional de Ingeniería Civil).
•
Controlar la asistencia de los miembros miem bros a las sesiones.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 33.- Atribuciones y obligaciones del secretario de Defensa: Las atribuciones y obligaciones del Secretario de Defensa son: •
Fiscalizar Fis calizar el adecuado funcionamiento de los servicios que la Facultad Facultad presta a los estudiantes, así como promover otros que sean necesarios.
•
Transmitir los problemas individuales o colectivos de los miembros del CCFF – Ingeniería Civil a las autoridades para su inmediata solución.
•
Organizar Organ izar y presidir presidir los comités comités de lucha y de Defensa que sean necesarios necesarios cuando las circunstancias los requieran.
•
Coordinar con los diferentes órganos gremiales estudiantiles ante órganos de gobierno universitario para el óptimo cumplimiento de sus funciones.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 34.- Atribuciones y obligaciones del secretario de Proyección Social: Las atribuciones y obligaciones del Secretario Se cretario de Proyección Social son: •
Desarrollar los planes y actividades de proyección social del centro Federado.
•
Info In form rmar ar a lo loss es estu tudi dian antes tes de lo loss di dive vers rsos os pr prob oble lema mass so soci cial ales es de nu nues estra tra sociedad.
•
Organizar actividades y eventos destinados a lograr el desarrollo de la conciencia del estudiantado frente a la realidad nacional.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 35.- Atribuciones y obligaciones del Secretario ante la FUL: Las atribuciones y obligaciones del Secretario ante la FUL son: •
Establecer Estab lecer,, mejorar y mantener las relacione relacioness de nuest nuestro ro centro federado federado con las demás organizacione organizacioness grem gremiales iales estudiantiles estudiantiles de la unive universidad rsidad (Centros (Centros Federados).
•
Organizar y/o asistir conjuntamente con el Secretario General a las diferentes Asambleas Universitarias, Universitarias, eventos universitarios, locales locales y/o nacionales.
•
Coor Co ordi dina narr el tr traba abajo jo de la Ju Junt nta a Di Dire rect ctiv iva a co con n ot otro ross ce cent ntro ross fe fede dera rado doss y representantes estudiantiles ante la Asamblea y Consejo Universitario.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 36.- Atribuciones y obligaciones representación ante el Consejo de Facultad: Las atribuciones y obligaciones del Secretario de representación ante el Consejo de Facultad son: •
Tomar T omar parte de las sesiones de Consejo de Facultad en representación del Centro Federado llevando las inquietudes y proyectos que estos puedan tener.
•
Tener voz en las sesiones de consejo de Facultad para poder opinar sobre temas a desarrollarse en dichas sesiones y poder darlas a conocer a todo en centro federado.
•
Cumplir con las demás funciones que establezca el Consejo Directivo.
Artículo 37.- Atribuciones y obligaciones del secretario de Fiscalización: Son deberes y atribuciones del secretario de Fiscalización: Fiscalización: •
Hacer cumplir estrictamente el presente estatuto y las demás normas que rigen al gremio.
•
Formu Fo rmular lar den denunc uncias ias ant ante e la As Asamb amblea lea Gen Genera erall sob sobre re cua cualqu lquier ier acu acuerd erdo, o, act acto, o, cumplimiento o alteración que viole el presente estatuto y sus reglamentos.
•
Dar trámite a las denuncias que le haga llegar cualquier miembro del gremio y realiz rea lizar ar las investig investigaci acione oness nec necesa esaria rias, s, con un pla plazo zo no may mayor or de 15 día díass calend cal endari ario, o, baj bajo o su res respon ponsab sabili ilidad dad,, sie siendo ndo may mayor or est este e si es que la jun junta ta lo considerase necesario y el caso lo ameritara.
•
Fis isca cali liza zarr a la Ju Junt nta a Di Dire rect ctiv iva, a, lo loss ór órga gano noss y re repr pres esen entan tante tess de dell gr grem emio io,, solicitando a éstos los informes que considere necesarios. Los órganos y los repres rep resent entant antes es est están án obl obliga igados dos a res respon ponder der en el pla plazo zo de 1 sem semana ana,, baj bajo o responsabilidad.
•
Los demás que le confieren el presente estatuto y sus reglamentos.
JUNTA DE DELEGADOS Artículo 38.- Junta de delegados: Todo delegado de curso, dentro de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil, conforma la ju junt nta a de De Dele lega gado dos, s, pod podrán rán pr prop opon oner er pr proy oyec ecto tos, s, pr prob oble lema mass y su suge gerren enci cias as o recomendac reco mendaciones iones al Cons Consejo ejo Dir Directiv ectivo. o. Los Delegados de Aula son la organ organizaci ización ón básica del Centro Federado.
Artículo 39.- Funciones Funciones del delegado de aula: •
Realizar una labor de orientación y organización, difundiendo los principios y cumpliendo los acuerdos del Centro Federado.
•
Organizar a sus compañeros ante el atropello de sus derechos, así como a informar regularmente de la situación del Aula que tiene a cargo a la Junta Directiva del Centro Federado.
•
Participar activamente en la Asamblea de Delegados de Aula.
Artículo 40.- Elección del delegado de aula: Para ser elegido Delegado de aula debe estar matriculado en el ciclo académico. Siendo necesario haber contado con la mayor cantidad de votos en elección interna dentro del aula, y con la participación de la mayor parte de compañeros estudiantes. Los Delegados nombrados por docentes no son reconocidos como tales.
Artículo 41.- Vacancia Vacancia del delegado de aula: Los com compañ pañero eross est estudi udiant antes es que per percib ciban an un ina inadec decuad uado o des desempe empeño ño de alg algún ún Delega Del egado do de Aul Aula, a, est están án fac facult ultado adoss a rem remove overlo rlo del car cargo go inf infor orman mando do de dic dicha ha situación a la Junta Directiva o a la Comisión de Control.
COMISION DE CONTROL Y FISCALIZACION Artículo 42.- Comisión de control y Fiscalización:
La Asamblea General de Estudiantes elegirá una Comisión de Control con el objeto de mantener la unidad y disciplina del Centro Federado y de su Junta Directiva, ayudar a los miembros a corregir sus errores y supervisar el control de la contabilidad y cuentas de la Junta Directiva y los servicios que preste. Esta Comisión está compuesta por miembros del Centro Federado que sigan, por lo menos, un año de estudios en la Escuela. La Asamblea General de Estudiantes fijará el número de sus integrantes que será presidida por un Fiscalizador Fiscalizador Principal Principal que participara activamente en las sesiones sesiones y toma de decisiones de la Junta Directiva.
COMITÉ ELECTORAL Artículo 43.- Comité Electoral: El comité electoral será elegido por la Asamblea General, a inicios del último semestre académico de gestión del Consejo Directivo. Para ser elegido miembro del Comité Electoral, se requiere estar matriculado en el semestre académico. El comité electoral, tendrá a su cargo la conducción del proceso electoral. Goza de autonomía. Exceptuando la económica que será aprobada por el Consejo Directivo, previo sustento por escrito. El proceso electoral tiene su desarrollo durante el último semestre académico, de gestión del Consejo Directivo. Bajo responsabilidad. En ningún caso el comi comité té electoral podrá ser Órgan Órgano o de gobier gobierno no o de dirección dirección de la asociación.
Artículo 44.- Atribuciones y obligaciones del Comité electoral: Las atribuciones y obligaciones del Comité Electoral son: •
Elaborar el reglamento de elecciones para la nueva Junta Directiva del Centro Federado de Estudiantes.
•
Supervisar escrupulosamente las elecciones para la Junta Directiva del gremio.
•
Durante los procesos electorales, imponer cualquier sanción, por acuerdo de mayo ma yorí ría a ab abso solu luta ta de co conf nfor ormi mida dad d a lo loss reg egla lame ment ntos os pe pert rtin inen ente tess an ante te transgresiones al estatuto y sus reglamentos directamente relacionados con las elecciones.
•
Las demás que le confieren el presente estatuto y sus reglamentos.
Artículo 45.- Disolución: El Comité Electoral se disuelve inmediatamente al finalizar el proceso de elecciones.
TITULO IV DE LAS FALTAS Y SANCIONES
Artículo 46.- Medidas disciplinarias: El Centro Federado cuida de su unidad interna y las actividades de todos y cada uno de sus miembros aplicando medidas disciplinarias cuando aquella se infringe o éstas ocasionen perjuicios al Centro Federado.
Artículo 47.- Las Faltas: Constituyen faltas los hechos cometidos por los miembros del consejo directivo y socios que: •
Transgresiones T ransgresiones al presente estatuto, de los reglamentos y acuerdos de la Plenaria Estudiantil.
•
Malversar, defraudar y/o apropiarse de los bienes y/o fondos que comprende el patrimonio de la asociación. a sociación.
•
Poner en peligro la la imagen institucional de de la Asociación y la integridad moral de sus integrantes.
•
Por violación o incumplimiento de las disposiciones del presente estatuto o por falta grave.
•
Se puede considerar una falta a la Junta Directiva Directiva las inasistencias inasistencias reiteradas reiteradas de uno de sus miembros a las reuniones establecidas por esta que no tengan una debida justificación verbal y escrita.
Artículo 48.- Las sanciones: Son determinadas por el Consejo Directivo y se establecen de acuerdo a la gravedad de la falta: •
Amonestación: ex expr pres esad ada a ve verb rbal alme ment nte e a ca caus usa a de un ac acto to qu que e at aten ente te levemente contra la asociación.
•
Suspensión: producto de reiteradas amonestaciones o de falta grave. Consiste Consiste en separar por el lapso máximo de un año a un estudiante de su condición de asociado.
•
Expulsión: san sanció ción n máx máxima ima der deriva ivada da de una fal falta ta ex extr tremad emadame amente nte gra grave. ve. Consiste en la separación en forma definitiva, durante su permanecía en la carrera profesional a un estudiante, en su condición de miembro de la asociación.
Artículo 49.- Procedimientos: Para expulsar a cualquier miembro de la Junta Directiva se requiere una sesión de ésta, comp co mple leta ta,, re requ quir irié iénd ndos ose e de un una a ap apro roba baci ción ón ma mayo yorr a lo loss do doss te terc rcio ioss de la ju junt nta a directiva.
La ex expul pulsió sión n se apl aplica icará rá a los tra traido idore res, s, es dec decir, ir, ind indivi ividuo duoss que rea realiz lizan an tra trabaj bajo o fraccional dentro del Centro Federado, en general, individuos que con su actividad perjudican el prestigio y la actividad del Centro Federado; y cuya falta sea comprobada o sea explicita. También se expulsará a los que reincidan en las faltas consignadas en el art artícu ículo lo 45 o los que com cometa etan n con agr agrava avante ntess que hag hagan an ind indisp ispens ensabl able e dic dicha ha medida. La denuncia de las faltas arriba mencionadas puede ser hecha por cualquier persona, sea miembro del Centro Federado o no. La denuncia debe ser presentada por escrito o directamente a la Comisión de Control. Además la expulsión de cualquier miembro del CCFF de Ingeniería Civil en general o de la Junta Directiva será siempre pública. Se puede considerar una falta a la junta Directiva Directiva las faltas reiteradas reiteradas a las reuniones establecidas por esta que no tengan una debida justificación verbal y escrita.
Artículo 50.- Descargos: Todo T odo miembro tiene derecho a defenderse, exigiendo que se le escuche, y alegando en su favor cualquier clase de pruebas (testigos, documentos, etc.) El miembro sobre el que haya recaído una medida disciplinaria podrá apelar de ella a cualquier organismo superior, inclusive inclusive a la Asamblea General Gener al de Estudiantes.
TITULO V DEL PATRIMONIO PATRIMONIO Y RECURSOS PROPIOS PROPIOS
Artículo 51.- Base Económica: La economía del Centro Federado se funda: a) En los servicios que preste; b) Los ingresos extraordinarios (fiestas, rifas, etc.); eventos académicos; y c) Donaciones en bienes o dinero que realicen los miembros y/o terceros.
Artículo 52.- Administración: La Junta Directiva es quien administra los recursos; la Secretaria de Economía se encarga de supervisarlos; y los miembros, en general, tienen la tarea de fomentar y hacer un uso adecuado de los servicios que el Centro Federado preste.
Artículo 53.- Bienes y Patrimonio: El patrimonio de la asociación se conforma mediante: a) Los bienes muebles e inmuebles adquiridos por el CC.FF CC.FF.. INGENIERIA CIVIL. b) Donaciones, legados y cualquier otro ingreso.
Artículo 54.- Destino de los Ingresos: El destino de los ingresos, parcial o totalmente, recabados por la asociación sólo se destinará al cumplimiento de sus objetivos y fines. El o los infractores del presente artículo quedan solidariamente obligados a indemnizar con intereses a la institución, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal a que hubiera lugar.
Aprobación del Presente Estatuto: En representación del Centro Federado la junta Directiva aprueba el presente estatuto, en la ciudad de Lambayeque a los los 03 días del mes de Abril Abril de 2009. Para tal fin firman los los representantes de la Junta Directiva Directiva en su mayoría: Eduardo Tarrillo Nunton
Secretario General Ricardo Alarcón Eche
Sub-Secretario Sub-Secreta rio General Camasca Guerrero Carlos
Secretario de Organización Karina Leyva Delgado
Secretaria de Actas y Archivos Bruno Guerrero Fuentes
Secretario de Asuntos Académicos Lord Keyser Poclin Tomagilla
Secretario de Economía y Finanzas Luis Alberto Sánchez Montenegro
Secretario de Defensa Franklin Frankl in Carhatocto Jaimes
Secretario de Proyección Social Gustavo Estela Chamaya
Secretario de Prensa y Propaganda Cesar Renteria Cedano
Secretario ante Consejo de Facu Facultad ltad Franz Monteza Villobos
Secretario ante la FUL Ever Gavidia Edquen
Secretario de Fiscalización