Westlaw Westlaw Delivery Summary Report for CASTRO,ORLAND Your Search: Date/Time of Request: $%ient &dentifier: Data+ase: $itation Tet: )ines: Documents: &ma3es:
"United States v. Jones" Saturday, January 2, 2!# #:! $entra% $'STR( (R)'*D R-J)R R01D ## 2!! 0
The materia% accom4anyin3 this summary is su+5ect to co4yri3ht. Usa3e is 3overned +y contract 6ith Thomson Reuters, 7est and their affi%iates. affi%iates.
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Revista de Derecho uertorriqueno 2! Sumario 'rt;cu%o *133 <'$0=((>?, *133 <'$0=((>?, T7&TT0R?, Y(UTU=0? Y @Y S'$0?: 'UT0*T&$'$&A* Y 'D@&S&=&)&D'D 'D@&S&=&)&D'D D0 )' 01&D0*$&' 0)0$TRA*&$' (=T0*&D' D0 0R<&)0S D0 R0D0S S($&')0S, $(RR0(S 0)0$TRA*&$(S Y BS@SC @0*S'J0S D0 T0T(, '*T0 U* *U01( ')$'*$0 D0) D0S$U=R&@&0*T( D0 RU0=' E$'@=&( SUST'*$&') SUST'*$&') 0* )'S *U01'S *U01'S R09)'S D0 01&D0*$&' Y R($0D&@&0*T( $&1&)F $atherine Dimar3ie 9onGH%eG Rivera I<*a $o4yri3ht 8 2! +y de %a Revista de Derecho uertorriqueKoL $atherine Dimar3ie 9onGH%eG Rivera destruye.C I<* B La evidencia electrónica se transforma, pero no se destruye
I I!tro"u#ti$! I!tro"u#ti$! Desde e% inicio de% aKo 2!, eventos %oca%es e internationa%es internationa%es nos han de5ado sor4rendidos. sor4rendidos. 0ventos 0ventos que, tanto en e% 4iano 4o%itico como socia%, re4ercutieron en consecuencias %e3a%es, 4rovocando %a inevita+%e intervenciMn de %a comunidad internaciona% y a4%icaciMn de %os derechos constituciona%es. 0ventos que fueron 4recedidos 4or una %ar3a discusi 4N+%ica, 4rotestas y ne3ociaciones. 1imos como se confirmaron %os 4ronMsticos de %os e4ertos en estudios socio-humanisticos so+re e% au3e verti3inoso de% uso de %a internet y %as redes socia%es como
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enviados a su madre a travOs de% 4ortai @y S4ace y fotos de %a acusada tomadas en e% 4eriodo en que su hi5a de 2 aKos esta+a desa4arecida. )os fisca%es se 4resentaron ante e% 5urado con fotos de %a 5oven madrO de fiesta y +e+iendo, 4rue+a de transacciones e%ectrMnicas, as; como 4rue+a de %a actividad en su cuenta de internet, mensa5es de teto y 4erfi%es de Redes Socia%es. emos sido testi3os de %a manera en que %a internet ha +orrado %os %imites de %o que antes era 4N+%ico y %o que era 4rivado de %a intimidad e ima3en de una 4ersona. 1imos %as consecuencias nefastas que ha tenido 4ara 4o%;ticos y funcionarios 4+%icos %a 4u+%icaciMn de sus fotos e imH3enes. 0sto es as; 4ues, una veG %a 4ersona 4u+%ica una *13& foto3rafia en %as redes socia%es, vo%untariamente cede su e4ectativa de intimidad y %a 4rivacidad de %o que estH 4u+%icando. I<*2 or otro %ado, 4ara otros 4o%;ticos, %as redes socia%es han sido una herramienta de comunicaciMn vita% 4ara sus cam4aKas 4o%;ticas. ace tres aKos que %os tres 4artidos en %a &s%a se insertaron a3resivamente a %as redes socia%es, 4rimera en
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rocedimiento $ivi% 2!!. 0% enfoque de un cam+io sustancia% en e% derecho 4ro+atorio y 4rocesa% de% descu+rimiento de 4rue+a, en 3ran manera sur3e como consecuencia de %os avances tecno%M3icos y e% modernismo. TratHndose de materia 5ur;dica nove%, eaminaremos +revemente cMmo %os tri+una%es en 0stados Unidos han a4%icado y desarro%%ado e% tema de %a autenticaciMn y admisi+i%idad de %a evidencia e%ectrMnica, mensa5es de teto y de redes socia%es, como tam+iOn %a manera en que uerto Rico ha ado4tado esas normas ya esta+%ecidas en %os 0stados Unidos res4ecto a% tema. 0aminaremos 4articu%armente %a *13( informaciMn que 4uede ser o+tenida a travOs de %as redes socia%es y ana%iGaremos %os estatutos y doctrina que ri3en %a materia en uerto Rico. 0n uerto Rico no contamos con 5uris4rudencia %oca% so+re estos temas. Sin em+ar3o, en %a medida que %os ne3ocios y %as re%aciones inter4ersona%es continNen siendo mediados 4or %a tecno%o3;a, con mayor 4ro+a+i%idad %a mayor;a de %os casos 5udicia%es requeriran determinaciones so+re %a autenticaciMn y admisiMn en evidencia de documentos e%ectrMnicos o virtua%es. I<* 0sta investi3aciMn y anH%isis tiene e% 4ro4Msito de a%ertar a %a comunidad %e3a% so+re e% efecto de% cam+io en %a sociedad en %a forma de comunicarse y u+icarnos en %a tendencia so+re e% im4acto en %a norma 4reva%eciente en uerto Rico. 0%%o, distin3uiendo c%aramente dos e%ementos im4ortantes: EF e% va%or 4ro+atorio de %a informaciMn e%ectrMnica o documento di3ita% y otro E2F %a autenticaciMn, se3Nn e% modo en que ha sido o+tenida dicha informaciMn o documento. 0stos e%ementos de+en estar fundamentados en %a a4%icaci de %as Nuevas Reglas de Evidencia 90!"#!$#, !%#, !, Regla 90$!L#, Regla 00 y Regla 00$, inc%uyendo %os avances tecno%M3icos res4ecto a% 'escubrimienio de Prueba ba(o la Regla $%) l!a# y Regla %&)%!d# de %as Nuevas Reglas de Procedimiento *ivil . II Trasfo!"o )ist$ri#o )os medios de comunicaciMn e%ectr ica ya forman 4arte de nuestra vida cotidiana. $on %a %%e3ada de %os equi4os B "lac+berry, iPhone, ndroidy -indo.s PhoneC conocidos como B smart phonesC o Bte%Ofonos inte%i3entesC, y %a coneiMn de i%imitada de Ostos a% mundo ci+emOtico y %as redes socia%es, ya han convertido en una necesidad vita% en %a vida 4ersona% y 4rofesiona% de %as distintas 3eneraciones. ara %a comunidad %e3a%, tanto a+o3ados en %a 4rHctica como estudiantes de derecho, %a conveniencia de comunicarnos uti%iGando medios e%ectrMnicos no nos 4ermite ima3inarnos %a vida sin e%%os. 0% im4acto de% ce%u%ar y %a internet es de ta% ma3nitud que su4era cua%quier otro medio de comunicaciMn a travOs de toda %a historia de %a humanidad. 0sto 4ermitiM que @ar Vucer+er3 y sus com4aKeros de *13 arvard crearan
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!.2W de %os usuarios cuentan con estudios 3raduados y un !W tiene un 3rado de +achi%%erato. 0% W de %os 4artici4antes manifestM estar em4%eado a tiem4o com4%eto. 0% 2.W son estudiantes y sM%o e% #.W esta desem4%eado. 0% .W de %os usuarios entrevistados admitiM que accede diariamente a %as redes socia%es. 0% !.W 4asa entre una a tres horas conectado, mientras e% #. W %o hace 4or mHs de tres horas, un 22W %o hace 4or menos de una hora. Tam+iOn e% estudio reve%M que %os a4aratos mMvi%es o B smart phonesC, son e% 4rinci4a% instrumento que uti%iGan %os 4uertorriqueKos 4ara visitar sus 4erfi%es en %a red. )ue3o de conocer %os datos estadisticos so+re e% uso de &nternet y
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A La evi"e!#ia ele#tr$!i#a, i!forma#i$! "i.ital, #orreos ele#tr$!i#os, me!sa/es "e te0to y re"es so#iales su "efi!i#i$! y "isti!#i$! )a evidencia e%ectrMnica inc%uye todo aque%%o que sea susce4ti+%e de estar en medios e%ectrMnicos, es cua%quier ti4o de 4rue+a que estH a%macenada en un medio o sistema e%ectrMnico que sea resu%tado de un 4roceso o sistema e%ectrMnico. 0sto 4uede ser desde una 3ra+aciMn de video, una conversaciMn te%efMnica, un documento de com4utadora, entre otros. ara 4ro4Msitos de este tra+a5o, nos referiremos a %a evidencia e%ectrMnica como toda aque%%a informaciMn que 4uede ser a%terada en una com4utadora y que sea susce4ti+%e de %%e3ar en a%3Nn momento a% tri+una%. $on esto nos referimos a cua%quier informaciMn que 4ueda 3uardarse en un disco duro y 4ueda ser mani4u%ada 4or una com4utadora sin im4ortar e% ti4o de datos de que se trate. &nc%uir;a, sin tratar de ser ehaustivos, documentos en 4rocesadores de 4a%a+ras, videos, fotos, ho5as de cH%cu%o, entre otros. I<*2 )a evidencia e%ectrMnica inc%uye escritos, archivos, di+u5os, 3rHficas, ta+%as, foto3raf;as, 3ra+aciones de sonido, imH3enes, datos o resu%tados o com4i%aciones de informaciMn de %as cua%es se 4uede o+tener otra informaciMn e%ectrMnica, que se a%macenan en un medio e%ectrMnico, en un equi4o e%ectrMnico o en una com4utadora. I<*2 05em4%os de 4rue+a e%ectrMnica son %os si3uientes: . @ensa5es de voG EBvoice mai%CF 2. Records o archivos e%ectrMnicos, #. $orreos e%ectrMnicos EBe-mai%sCF . 'ne5os de e-mai%s EBattatchmentsCF *1%2 . $hat . Redes socia%es EB
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1 Correos ele#tr$!i#os 4e5mails67 $orreo e%ectrMnico, o en in3%Os e6mail , es un servicio de red 4ara 4ermitir a %os usuarios enviar y reci+ir mensa5es mediante sistemas de comunicaciMn e%ectrMnicos. rinci4a%mente se usa este nom+re 4ara denominar a% sistema que 4rovee este servicio en internet, mediante e% *1%3 4rotoco%o B3imple 2ail 1ransfer Protocor C ES@TF, aunque 4or etensiMn tam+iOn 4uede verse a4%icado a sistemas anH%o3os que usen otras tecno%o3;as. 0% S@T, o 4rotoco%o sim4%e de transferencia de correo e%ectrMnico es un 4rotoco%o de red +asado en teto uti%iGado 4ara e% intercam+io de mensa5es de correo e%ectrMnico entre com4utadoras o distintos dis4ositivos ED'[s, te%Ofonos mMvi%es, etc.F. 0s un estHndar oficia% de internet. or medio de mensa5es de correo e%ectrMnico se 4uede enviar, no so%amente teto, sino todo ti4o de documentos. I<*2 )a eistencia de un correo e%ectrMnico se 4uede com4ro+ar inc%uso des4uOs de ha+er sido +orrado de% archivo de entrada, 4ues automHticamente se 3uarda en una +ande5a de documentos B+orradosC o e%iminados. Y aunque una 4ersona se hu+iera desecho de aque% residuo que se encontra+a como documento e%iminado, un es4ecia%ista 4odr;a reconocer %a su4erficie de% disco duro y encontrar aque% documento que se cre;a ya 4erdido. )o mHs incre;+%e es que si inicia%iGamos e% disco duro, todav;a es 4osi+%e se3uir e% rastro de un correo e%ectrMnico, atendiendo %os re3istros de entrada o de sa%ida de% servidor, hasta dar con e% ori3en de% mensa5e. I<*2Q 0n a%3unos casos e% ha%%aG3o de ori3en de un correo e%ectrMnico e%iminado ha sido determinante en e% 4roceso 5udicia%. 0sto demuestra que %a evidencia e%ectrMnica se transforma, 4ero no se destruye. I<*2 Sin em+ar3o, ante %a actua% revo%uciMn de %a tecno%o3;a, hay que ha+%ar so+reL XuO son %as redes socia%es ES*SsFZ I<*#! 2 Re"es So#iales 4So#ial Networ8 Servi#e 55 SNS7 )as Redes Socia%es o BSocia% *et6or Service ES*SFC, son sitios 6e+ de redes socia%es que 4ermite a %os usuarios crear un 4erfi% 4ara s; mismo. 0% usuario 4uede conectar su 4erfi% a %os usuarios de otros 4erfi%es y ver %a informaciMn so+re %os usuarios de otros 4erfi%es. Una 4ersona 4uede inscri+irse en una S*S mediante %a creaciMn de un *1%% 4erfi% que sue%e consistir en %a informaciMn so+re e% usuario, una foto de% usuario, un %u3ar 4ara ver a %os ami3os de% usuario, y otras a4%icaciones en funciMn de %a S*S. )a mayor;a de sitios 6e+ S*S son %i+res de costo 4ara afi%iarse. )a red socia% comenGM ori3ina%mente como una manera de conectarse con ami3os y conocer 3ente nueva con %os mismos intereses. I<*# )os creadores ori3ina%es de %as S*S ada4taron %a idea de .ebsites de 4erfi%es de usuario 4ara citas. I<*#2 0n %a mayor;a de %as o4ciones de 4erfi%es de S*Ss, sus usuarios %o 4ueden crear de forma 3ratuita. *o o+stante, todas %as redes socia%es requerirHn informaciMn so+re datos 4ersona%es de% usuario, inc%uyendo %a direcciMn de una cuenta de correo e%ectrMnico B e6maill C activa 4ara 4oder in3resar crear e% 4erfi%. )as S*S son cada veG mHs y mHs 4o4u%ares. 0n e% momento de escri+ir este art;cu%o, %os tres S*S mHs 4o4u%ares son
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3 9e!sa/es "e te0to 4S9S $ te0t messa.es67 )os mensa5es de teto M S@S Esi3%a que corres4onde a %a definiciMn en in3%Os B 3hort 2essage 3ervice C -Servicio de @ensa5e $orto-F, son una de %as a4%icaciones mHs antiqu;simas y cotidianas que se 4ueden hacer de te%Ofono mMvi% EB smart phoneCF a te%Ofono mMvi% u otros equi4os e%ectrMnicos de comunicaciMn. )os mensa5es de teto se destacan 4recisamente 4orque son formas de comunicaciMn escrita, que emu%an de cierta manera a %os correos e%ectrMnicos 4ues se trata de otra forma de comunicaciMn di3ita% que se 3enera 4or im4u%sos e%ectrMnicos. )os mensa5es de teto han evo%ucionado de ta% manera que ya es 4osi+%e, en a%3unos casos, hasta hacer casi cartas mediante este sistema. Sin em+ar3o y 4or su misma definiciMn, %os mensa5es de teto, a4%icando a su definiciMn ori3ina%, son 4recisamente eso: te%e3ramas di3ita%es o te%e3ramas e%ectrMnicos, que tienen como 4rinci4a% caracter;stica %a descri4ciMn de una informaciMn de una manera corta y c%ara. )os mensa5es de teto 4or %a intenciMn de sus contenidos se dividen en cuatro c%ases fundamenta%es, 4udiOndose meGc%ar una c%asificaciMn con otra de4endiendo de% 3rado de intenciona%idad informativa que ten3a e% emisor con %a 4ersona rece4tora. 0n 4rimer %u3ar, encontramos %os mensa5es de teto c%asificados como 4ersona%es: en e%%os se inc%uyen %os mensa5es de sa%udo, fe%icitaciones, deseos, etcL es decir, se tratan de una comunicaciMn que *1%' 4uede ser mHs o menos ;ntima, y en 3enera% con todas %as caracter;sticas de %as manifestaciones de cariKo amistosas. &3ua%mente, tam+iOn se 4ueden inc%uir %os recordatorios de citas dentro de este ti4o de S@S. 0n se3undo %u3ar encontramos %os mensa5es de teto 4romociona%es: son aque%%os que %%e3an a %os te%Ofonos mMvi%es divu%3ando a%3Nn servicio en es4ecia%, o invitando a %as 4ersonas a que marquen a a%3Nn cMdi3o numerado con e% fin enviar una 4a%a+ra y tener %a 4osi+i%idad de acceder a a%3una rifa o concurso. Se3Nn a%3unos datos estad;sticos de em4resas dedicadas a %a investi3aciMn de tendencias en e% sector tecno%M3ico, estos son %os mensa5es de teto mHs comunes. 0n tercer %u3ar, encontramos %os mensa5es de teto instituciona%es, aque%%os que son 3enerados 4or %a com4aK;a de te%efon;a mMvi% a %a cua% estH suscrita %a 4ersona usuaria de% ce%u%ar, y 4or N%timo encontramos, tristemente, una c%ase de mensa5es de teto tota%mente re4rocha+%es: %os amenaGantes, aque%%os que sM%o sirven 4ara etorsionar y fomentar %a vio%encia y %a in5usticia desde cua%quier Hn3u%o de %a sociedad. I<*# % :ar-metros "e los 4S9S $ te0t messa.es6 $uando un usuario env;a un S@S, o %o reci+e, se inc%uyen con su B payload C Ecar3a Nti% o cuer4o de% mensa5eF a% menos %os si3uientes 4arHmetros: EF
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ocasiones no son +ien atendidas 4or %as re3%as de evidencia eistentes. I<*2 0% $a4;tu%o de %as Re3%as de 0videncia de uerto Rico de% 2!! inc%uye %as nuevas re3%as de autenticaciMn e identificaciMn que e% $omitO 'sesor ermanente determinM me5or serv;an 4ara autenticar %a evidencia e%ectrMnica y di3ita%. )os mensa5es de teto y e% contenido de %as 4H3inas de %as redes socia%es 4ueden ser autenticados uti%iGando una com+inaciMn de estas re3%as. I<*# )a Re3%a !E=FE&2F atiende %a autenticaciMn de %a evidencia 3enerada 4or medios tecno%M3icos de reciente a4ariciMn, I<* que se inc%uyen en re3%as que incor4oran %a informHtica y tecno%o3;a. I<* 05em4%os de Ostos %o son %as cHmaras di3ita%es, B smart phonesC, iad? Bta+%etsC, 9S?, equi4o modernos de vi3i%ancia e%ectrMnica y equi4os *1% sofisticados 4ara eHmenes mOdicos ERayos , $T sean y (4en @R&F. I<* &. rocedencia I<* )a Re3%a ! fusiona c% requisito de autenticaciMn e identificaciMn esta+%ecido en %a Re3%a de y %as circunstancias de autenticaciMn c identificaciMn esta+%ecidas en %a Re3%a de . )a Re3%a es equiva%ente, en 4arte, a %a Re3%a
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0% inciso E=FEF esta+%ece que BIun correo e%ectrMnico 4odrH autenticarse mediante evidencia de %a inte3ridad de% sistema en e% cua% o 4or e% cua% fue creado, enviado o reci+idoC. I<* 'unque e% correo e%ectrMnico 4uede ser autenticado +a5o %a Re3%a ! con evidencia suficiente 4ara sostener una determinaciMn de que %a materia en cuestiMn es %o que e% 4ro4onente sostiene, %as com4%e5idades de %a transmisiMn de %os mensa5es y de si efectivamente fueron 3enerados y difundidos 4or %as 4artes en un %iti3io, hacen necesario que se recurra a %a inte3ridad de% sistema como un medio adiciona% dis4oni+%e 4ara autenticar %os correos e%ectrMnicos. I<* )a Re3%a !2E)F, esta+%ece %as dos situaciones en que 4resumirH %a autenticaciMn B prima facieC de %os rOcords e%ectrMnicos: EF fue *1& 3ra+ado o a%macenado 4or %a 4arte adversa a% 4ro4onenteL E2F fue 3ra+ado en e% curso re3u%ar de %os ne3ocios 4or una 4ersona neutra% que no es 4arte en %a acciMn y no %o 4rodu5o o a%macenM e% rOcord +a5o contro% o mandato de% 4ro4onente. I<* &. rocedencia I<* )a Re3%a !2 corres4onde, en 4arte, a %a Re3%a de y es simi%ar a %a Re3%a
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I<*# )a Re3%a !!2, sM%o se activa cuando e% 4ro4onente 4retende 4ro+ar e% contenido de un escrito, 3ra+aciones y foto3raf;as Ereci+os de 4a3o, transcri4ciones de vistas y records de asistenciaF, o cuando e% contenido de% escrito, 3ra+aciMn o foto3raf;a es un hecho en controversia EcHmaras de video B silent .itnessC, foto3raf;as o+scenasF. *o o+stante, se 4uede ec%uir 4or otras re3%as de ec%usiMn inc%uyendo %as de ran3o constituciona%. 's; ocurre con una confesiMn 3ra+ada o escrita o+tenida en vio%aciMn a% derecho contra %a auto incriminaciMn y con %a 3ra+aciMn i%e3a% de una conversaciMn te%efMnica. I<* &. rocedencia I<* )a Re3%a !!2 corres4onde a %a Re3%a de . )a Re3%a contiene 4arte de% teto de %a Re3%a
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a %a intimidad ei3e que e% descu+rimiento de en torno a %as mismas se %imite a %o estrictamente 4ertinente, como ocurre cuando se 4retende descu+rir %as 4%ani%%as de contri+uciMn so+re in3resos o im4resiones menta%es, conc%usiones, o4iniones o teor;as %e3a%es so+re e% caso, de% a+o3ado o de cua%quier a+o3ado, %o que conocemos como B attorney .or+ product C. )as *uevas Re3%as de rocedimiento $ivi% tam+iOn dis4onen que tanto %a 4arte invo%ucrada como %a que aNn no ha sido em4%aGada, 4ero tiene conocimiento de que 4odr;a instarse acciMn en su contra, tienen e% de+er de 4reservar %a 4rue+a. De+ido a %os ade%antos tecno%M3icos y a %a faci%idad con que se 4uede 4roducir, a%terar y destruir I<* informaciMn 4ertinente a% %iti3io se incor4orM esta ei3encia en %a Re3%a 2#.EdF. 0sta ei3encia a4%ica a todo ti4o de 4rue+a, inc%usive %a a%macenada e%ectrMnicamente, que se encuentre +a5o e% contro%, 4osesiMn o custodia *1&% de %a 4arte o 4ersona a4erci+ida de una rec%amaciMn en su contra. I<*2 0n estos casos se tiene que o+servar que no es necesario que haya comenGado e% 4%eito 4ara que sur5a esta o+%i3aciMn de 4reservar 4rue+a. De esa forma se tiene que inter4retar que esta Re3%as de rocedimiento $ivi% comienGan a im4oner o+%i3aciones inc%uso antes de %a 4resentaciMn de una demanda. I<*# 0% de+er de 4reservar 4rue+a 4odr;a tornarse oneroso, costoso y dif;ci%, considerando que %a 4rue+a a%macenada e%ectrMnicamente en ocasiones 4ermanece a%macenada 4or 4eriodo de tiem4o determinado, a5eno a% contro% de %a 4arte a %a que se %e so%icita. 0s im4ortante seKa%ar que e% a%cance de% descu+rimiento de 4rue+a, aunque es am4%io, tiene que %%evarse +a5o un estHndar de raGona+i%idad y %imitar%o cuando e% costo de o+tener %a 4rue+a ecede e% +eneficio que %a misma a4ortarH a %a so%uciMn de %a controversia. Tomemos como e5em4%o, 4ara fines de este art;cu%o, %os mensa5es de teto y %os correos e%ectrMnicos cuyo a%macenamiento es %imitado. )a Re3%a #.#EdF inc%uye una dis4osiciMn e4oniendo que si %a 4arte 4romovente de% descu+rimiento de 4rue+a 5ustifica con 4rue+a fehaciente que %a 4arte 4romovida se nie3a a descu+rir %o so%icitado 4or ha+er destruido o incum4%ido con su de+er de 4reservar 4rue+a estarH su5eta a sanciones. Sin em+ar3o e% tri+una% no 4odrH ordenar im4osiciMn de sanciones +a5o esta re3%a a una 4arte 4or no 4roveer informaciMn a%macenada e%ectrMnicamente, si demuestra que se ha 4erdido como resu%tado de %a o4eraciMn rutinaria de +uena fe de% sistema de a%macenamiento e%ectrMnico de informaciMn, con ece4ciMn de aque%%as ocasiones en %as cua%es antes de efectuar dicha o4eraciMn se %e haya requerido a %a 4arte 4reservar 4rue+a. 0n ta% caso, %a 4arte requerida tendrH e% 4eso de demostrar que %a informaciMn a%macenada e%ectrMnicamente no 4udo ser 4roducida 4or %as raGones indicadas anteriormente. I<* 0n %as 5urisdicciones norteamericanas es comNn e% env;o de %as %%amadas B preservation lettersC. 0stas se uti%iGan con e% 4ro4Msito de recordar%e a %a 4arte contraria so+re su de+er de 4reservar 4rue+a, es4ecia%mente aque%%a que se encuentra en formato e%ectrMnico y que es mHs susce4ti+%e y fHci% de destruirse EBs4o%iationCF. I<* *1&& )a Re3%a 2#. c%aramente dis4one: B' tenor con %os ade%antos tecno%M3icos y %a faci%idad con que se 4uede 4roducir, a%terar y destruir informaciMn 4ertinente a% %iti3io, incor4orando %a o+%i3aciMn de 4reservar %a 4rue+a a fines de evitar e5poliación. )a re3%a co+i5a %as etensiones y %imitaciones a dicha o+%i3aciMn. 0% incum4%imiento de 4reservar 4rue+a estarH su5eto a %o dis4uesto 4or %a re3%a #, %a cua% esta+%ece sanciones 4or e% incum4%imiento de %a o+%i3aciMn de 4reservar 4rue+a.C 0n cuanto a %a destrucciMn de evidencia a%macenada e%ectrMnicamente de+e o+servarse %o dis4uesto en %a re3%a #.#EdF y %a re3%a 2#.2EaF que se enmendM a %os fines de 4ro4iciar %a intervenciMn de% tri+una% 4ara evitar e% uso inde+ido de% descu+rimiento de 4rue+a. I<* 0n vista de tanto camino que tenemos 4or recorrer en materia de descu+rimiento y mane5o de %a 4rue+a e%ectrMnica acudimos a %a Rama Judicia%. @ediante entrevista a% onora+%e 'nthony $uevas Ramos, JueG Su4erior de %a Sa%a $ivi%, e4resM que a tenor con %os cam+ios tecno%M3icos y 4or %a faci%idad con que se 4uede a%terar, 4roducir y/o destruir informaciMn 4ertinente a cua%quier %iti3io, se inc%uyeron cam+ios fundamenta%es a %as Re3%as de rocedimiento $ivi% de uerto Rico de% . 'unque %as nuevas Re3%as de rocedimiento $ivi%, han mantenido de forma ina%terada I sic e% Hm+ito de% descu+rimiento de 4rue+a que caracteriGa nuestra 5urisdicciMn y que ha sido constantemente a4oyado 4or toda %a 5uris4rudencia de% Tri+una% Su4remo de uerto Rico, se inc%uyeron dis4osiciones so+re %a o+%i3aciMn de 4reservar y descu+rir 4rue+a a%macenada e%ectrMnicamente.
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0n %as 5urisdicciones norteamericanas se conoce como B spoliatioriC, %a destrucciMn o a%teraciMn de %a 4rue+a que 4udiera uti%iGarse en un 4%eito 4endiente o en un 4%eito futuro, cuando %a 4arte raGona+%emente 4ueda 4rever %a 4resentaciMn de% 4%eito. ara que un Tri+una% 4ueda im4oner sanciones 4or incum4%imiento con %a o+%i3aciMn de 4reservar evidencia, %a 5uris4rudencia norteamericana ha requerido que se demuestre que eist;a una o+%i3aciMn o de+er de 4reservar evidencia, ya sea que Osta sur3e de un contrato, acuerdo, estatuto, re3%a administrativa o 4o%;tica esta+%ecidaL 4orque vo%untariamente asumiM dicho de+erL eisten circunstancias es4ecia%es o, 4orque es4ec;ficamente se %e so%icitM a %a 4arte 4reservar %a evidencia. 'nte este cuadro, +asado en %os avances tecno%M3icos, se *1&' enmendM %a re3%a 4ara inte3rar esta o+%i3aciMn de 4reservar evidencia inc%uyendo %a a%macenada e%ectrMnicamente. 0% descu+rimiento de 4rue+a a%macenada e%ectrMnicamente inc%uye no sM%o su descu+rimiento, sino de4endiendo de% caso, 4odr;a so%icitarse de% que 4one a dis4osiciMn dicha informaciMn o 4rue+a, que 4recise %a 4arte es4ec;fica donde esta 4ueda o+tenerse y requer;rse%e inc%usive e% que +rinde cierto a4oyo tOcnico, informaciMn 4ara e% uso de B soft.aresC, o cua%quier otro ti4o de asistencia de forma ta% que %a 4arte que formu%o e% interro3atorio 4ueda entender raGona+%emente %a informaciMn. 0% o+5etivo es %o3rar que %a informaciMn a%macenada e%ectrMnicamente se convierta en informaciMn que 4ueda ser com4rendida 4or quien %a so%icita. Se 4odr;a so%icitar inc%usive acceso directo a% sistema de informaciMn e%ectrMnica de una 4arte de resu%tar necesario 4ara %o3rar e% o+5etivo de% descu+rimiento de 4rue+a. 0sto no descarta %a 4osi+i%idad de que %a otra 4arte 4ueda hacer 4%anteamientos +asados en %a 4rotecciMn de su sistema o intereses sensitivos de confidencia%idad o 4rivacidad de %a informaciMn, %o que con%%evar;a que e% tri+una% resue%va caso a caso. $onforme a %os nuevos cam+ios de %as re3%as 4rocesa%es de 2!! de %a esfera federa%, se ado4tM %a enmienda a %a re3%a #.# EdF. 0% 4ro4Msito es 4rote3er a una 4arte de %a im4osiciMn de sanciones 4or no 4roveer informaciMn a%macenada e%ectrMnicamente 4erdida a consecuencia de %a o4eraciMn rutinaria o de %a o4eraciMn de +uena fe de% sistema de informaciMn e%ectrMnica, a menos que 4reviamente se %e haya requerido que %a 4reservara. )a B+uena feC, si3nifica que una 4arte no 4uede e4%otar %a o4eraciMn rutinaria de% sistema de informaciMn 4ara frustrar %as o+%i3aciones de descu+rir, 4ermitiendo que %a o4eraciMn rutinaria de% sistema si3a destruyendo %a informaciMn que requiere 4reservar. Si %a 4arte 4romovente 5ustifica con 4rue+a fehaciente que %a 4arte contraria destruyM o fa%%M en 4reservar evidencia 4endiente de %iti3io o raGona+%emente uti%iGa+%e en un 4%eito futuro, estarH su5eta a %as sanciones que dis4onen %a re3%a. =a5o este su4uesto, %a 4arte requerida 4or e% descu+rimiento de+erH 4ro+ar que se 4erdiM o se destruyM como consecuencia de %a o4eraciMn de +uena fe de% sistema de informaciMn e%ectrMnica. )os tri+una%es estHn conscientes de que muchos 4ro3ramas de com4utadoras automHticamente crean, descar3an o actua%iGan %a informaciMn sin %a intervenciMn o conocimiento de% usuario y %a 4ro4ia re3%a reconoce que estas funciones automHticas son esencia%es 4ara %a o4eraciMn de %os sistemas e%ectrMnicos de informaciMn, y que %a sus4ensiMn o interru4ciMn de esas funciones 4odr;a ser *1&( 4rohi+itivamente costosas y 3ravosas 4ara %a 4arte. ' 4esar de todo e%%o, %a norma 3enera% es que %as 4artes y %os %iti3antes son res4onsa+%es de 4reservar evidencia que 4ueda ser re%evante 4ara una acciMn ya incoada o susce4ti+%e de 4resentarse, 4ero tam+iOn %a re3%a 3enera% es que no se sancionarH a una 4arte sin que medie ma%a fe o intenciMn de destruir evidencia, 4or %o que %e corres4onderH a% Tri+una% ce%e+rar una vista a esos efectos y hacer %a determinaciMn de ri3or. 0% 4roceso de% descu+rimiento de 4rue+a es uno etra5udicia% y se ha de5ado en manos de %os a+o3ados 4ara mayor f%ei+i%idad y coo4eraciMn entre %as 4artes. )a intervenciMn 5udicia% durante esta eta4a, es una etraordinariamente ece4ciona%. 0n %a mayor;a de %as ocasiones %a intervenciMn resu%ta en una innecesaria. 0ntre %as enmiendas a %as re3%as se inc%uyM, %a #. que es de nueva creaciMn. 0sta re3%a +usca frenar o minimiGar %as constantes que5as y rec%amos ante e% Tri+una% 4or dis4utas que 4ueden reso%verse entre %as 4artes. 0sa intervenciMn de% Tri+una% durante e% descu+rimiento de 4rue+a se atenderH como una ece4ciMn. )a 4arte 4romovente de% descu+rimiento de 4rue+a de que se trate, de+erH demostrar que hiGo unos esfuerGos raGona+%es y de +uena fe con %a otra 4arte 4ara %o3rar reso%ver %as discre4ancias, antes de %%e3ar a% Tri+una%. 0sto si3nifica que so%amente se estarH atendiendo %as mociones que certifiquen que se rea%iGaron %os esfuerGos raGona+%es con 4rontitud y de +uena fe y que dichos esfuerGos resu%taron infructuosos. 0stos esfuerGos raGona+%es 4ueden ha+erse hecho e%ectrMnicamente como %os correos e%ectrMnicos. $onc%uye e% JueG $uevas Ramos que %os cam+ios ocurridos en %as re3%as de rocedimiento $ivi% de uerto Rico de%
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2!!, en %o re%ativo a %a 4rue+a a%macenada e%ectrMnicamente, se de+e a %os constantes ade%antos de %a tecno%o3;a y a %os distintos sistemas que eisten 4ara 3uardar informaciMn e%ectrMnica. Sin em+ar3o todas %as nuevas inc%usiones a %as re3%as 4retenden tres instanciasL o+%i3ar a %as 4artes a 4reservar, descu+rir, as; como desarro%%ar un 4roceso 4ara atender e% incum4%imiento de %o anterior. 0% Hm+ito de %o descu+ri+%e se quedM ina%terado I sic, so%o se inc%uyM %o re%ativo a %os avances tecno%M3icos. I<* )os tri+una%es han im4uesto sanciones en res4uesta a %a destrucciMn de 4rue+as desde e% si3%o 1&&& o antes. 0n e% caso de *1& rmory v) 'elamirie, # 0n3. Re4 E>.=. 22F, I<*Q e% demandante encontrM una 5oya y %a %%evM a %a tienda de% demandado. 0% demandado tomM %a 5oya 4retendiendo 4esar%a, ro+a %as 4iedras y ofrece muy 4oco dinero 4or e%%a. 0% demandante se ne3M y 4idiM e% re3reso 5oya. 0% demandado sM%o devo%viM %a 5oya 4ero no %as 4iedras y %ue3o fue demandado. Tri+una% resue%ve que e% que encuentra una 5oya no adquiere %a 4ro4iedad a+so%uta so+re e% +ien encontrado, sin em+ar3o, una veG tiene %a 4ro4iedad inmediata so+re e%%a, %e 4ermitirH me5or derecho de mantener%a contra todos, ece4to contra e% %e3;timo 4ro4ietario. 0% demandado es res4onsa+%e 4or su ne3%i3encia en cuanto a% va%or de %a 5oya, %ue3o de que varios de %os comercia%es fueron eaminados 4ara demostrar %a ca%idad de %a 5oya simi%ar y e% va%or de toma que va%dr;a %a 4ena. 0% Tri+una% Su4remo instruyM a% 5urado a efectos de que a menos que e% demandado 4rodu5era %a 5oya, y demostrara que no era de %a me5or ca%idad, se de+;a activar %a 4resunciMn mHs fuerte contra O%, im4utHndo%e e% va%or de %a me5or 5oya a% conceder %os daKos y 4er5uicios que en consecuencia causM. Se esta+%ece toda 4resunciMn en contra de% destructor. 0n :tero v) -ood , I<* se esta+%ecieron %os requisitos 4ara so%icitar orden 4ara %a conservaciMn de evidencia e%ectrMnica: EF %a 4arte haya destruido evidencia, E2F con conocimiento de que era re%evante a %as controversias, E#F en %iti3aciMn 4endiente o raGona+%emente 4redeci+%e. )a mera es4ecu%aciMn de que %a evidencia 4udo ha+er sido destruida no es suficiente. 0n 3tate v) ;artsfield , I<*Q! se concede %a im4osiciMn de sanciones cuando se 4udo demostrar que %a evidencia eiste estH en 4osesiMn y +a5o e% contro% de %a otra 4arte, ser;a admisi+%e en e% tri+una% y %a 4arte %a destruyM intenciona%mente. 0n e% caso Piper v) National ubula+e v) <"3 -arburg LL* , I<*Q# demuestra que %a 5uris4rudencia cada d;a reconoce una mayor res4onsa+i%idad en %os a+o3ados de ser di%i3entes a %a hora de tra+a5ar con %a evidencia e%ectrMnica, %oca%iGar %as 4osi+%es fuentes de evidencia en %os medios e%ectrMnicos. Tam+iOn reitera %a res4onsa+i%idad de 4reservar %a informaciMn contenida de %a de% mismo modo. I<*Q 0n cuanto a 5uris4rudencia de uerto Rico, en e% caso Rodr?gue@ 1orres v, Aovernment 'evelopment "an+ , I<*Q e% Tri+una% >alor pro
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)a admisi+i%idad de %a evidencia e%ectrMnica, en 3enera%, es un reto, tanto 4ara %os a+o3ados y fisca%es como 4ara e% 5uG3ador a %a hora de *1' conceder%e va%or 4ro+atorio. $omo e4%icamos anteriormente, e% derecho vi3ente en materia de Derecho ro+atorio y Derecho $onstituciona%, dis4one so+re %a 4rue+a, que 4or considerarse de carHcter 4rivi%e3iada o 4rote3ida 4or 3arant;as de ran3o constituciona% como e% derecho a %a intimidad, ei3e que %a misma sea ec%uida. I<*Q Tanto %a $onstituciMn
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$onstituciMn
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moderaciMn Baqu; se traduce a ma%iciaC. or otro %ado, es tam+iOn interesante ana%iGar %as e4resiones de @ar Sucer+er3, creador y $0( de %a red socia% A!-lisis "e /urispru"e!#ia fe"eral e! :uerto Ri#o, "e#isio!es "e los tri
0n nuestra 5urisdicciMn %a 5uris4rudencia so+re este asunto es escasa y %a doctrina aNn no estH c%aramente esta+%ecida. 'ctua%mente e% anH%isis es +asado en %a doctrina 4roveniente de% derecho comNn. '% a+ordar %a 5uris4rudencia federa%, nos encontramos con que en muchas ocasiones 4ara 4oder autenticar e% rOcord e%ectrMnico, e% JueG ei3e a%3Nn ti4o de 4rue+a so+re %a inte3ridad de% sistema 4or e% cua% fue 3uardado o 3ra+ado. 0% avance ace%erado de %a tecno%o3;a continNa y con e%%a e% ordenamiento 5ur;dico tiene que ir evo%ucionando. 0ste ti4o de casos 4resentan hechos de una sociedad que ha cam+iado y con e%%a sur3en nuevas formas de de%itos y vio%aciones de derechos en %a cua% %a informaciMn o+tenida de %os medios e%ectrMnicos se ha convertido en ocasiones en %a Nnica evidencia. 0n Lorraine v) 2ar+el , I<*! e% Tri+una%
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0n e% caso crimina% de @ary%and, Ariffin v) 3tate, I<*! %a $orte 0s4ecia% de '4e%aciones 0s4ecia% tuvo que decidir si %a informaciMn o+tenida a 4artir de un 4erfi% de red socia% se ha+;a autenticado correctamente 4ara ser admitido como 4rue+a. Ariffin v) 3tate, supra, fue un caso de asesinato, %os hechos fueron %os si3uientes: The defendant 6as accused of shootin3 and i%%in3 a man in the +athroom of a 4u+%ie 4%ace. The first tria% ended in mistria%. Durin3 the sccond tria%, the testimony of one of the state ey 6itnesses 6as inconsistent 6ith 6hat that 6itness had said durin3 the first tria%. (nce questioned a+out these contradictions, the 6itness said that the Defendani[s 3ir%friend threatened him +efore the first tria%. Then, to corro+orate the state 6itnessC testimony, the state introduced into evidence a 4rintout from the socia% net6orin3 @yS4ace, 6hich a%%e3ed%y +e%on3ed to the defendant[s 3ir%friend. The 4rintout said in 4art: BJUST R0@0@=0R, S*&T$0S 90T ST&T$0S]] U >*(7 7( Y(U 'R0]]C The tria% court convicted the defendant. The a44e%%ate court he%d that the socia% net6orin3 4rintout from the defendant[s 3ir%friend[s 4rofi%e 6as 4ro4er%y admitted and authenticated as circumstantia% evidence. &ndeed, the court said, Bthere is no reason 6hy socia% media 4rofi%es cou%d not +e circumstantia%%y authenticated in the same manner as other forms of e%ectronic communication +y their content and contet.C The 6itness testified that he +e%ieved the socia% net6or 4rofi%e +e%on3ed to the defendant[s 3ir%friend +ased on a 4icture of the defendant and his 3ir%friend 4osted on @yS4ace, the 3ir%friend[s +irth date 4osted in @yS4ace and matchin3 her rea% +irth date, and the reference made in the 4rofi%e to B=ooGy,C the nicname the 3ir%friend used to refer to the defendant.
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esta+a detenido en su auto y e% acusado 7o%fe %e chocM 4or detrHs des4uOs de conc%uir una carrera de autos. @c@i%%en rec%amM daKos sustancia%es, inc%uyendo %a 4osi+i%idad de daKo 4ermanente, 4Ordida y deterioro de %a sa%ud en 3enera%, %a fuerGa y vita%idad, y %a inca4acidad 4ara disfrutar de ciertos 4%aceres de %a vida. $omo 4arte de% descu+rimiento de 4rue+a, e% acusado $o%i+r; so%icitM en su se3unda serie de interro3atorios, que si @c@i%%en ten;a cuenta en a%3una red socia% y, en caso afirmativo, que indique e% nom+re de% sitioEsF, su nom+re de usuarioEsF, su nom+re de usuarioEsF y su contraseKaEsF. @c@i%%en res4ondiM que 4ertenec;a a
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y ivF que e% daKo 4otencia% a %a re%aciMn sostenida 4or %a divu%3aciMn de %a comunicaciMn es mayor que e% +eneficio de %a correcta dis4osiciMn de %os %iti3ios. I<* $onforme a %as circunstancias 4articu%ares de este caso, e% JueG 4onente de% Tri+una% de Distrito de ennsy%vania emitiM %a si3uiente orden: ORD=R '*D *(7, this th day of Se4tem+er 2!!, for the reasons articu%ated in the fore3oin3 (4inion, it is here+y (rdered and Decreed that the @otion to $om4e% Discovery is 9R'*T0D. 'ccordin3%y, the 4%aintiff sha%% 4rovide his I =l Tri
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. $aracter;sticas distintivas como contenido sustancia, 4atrMn interno u otras caracter;sticas que tomadas en con5unto 4udieran ser suficientes 4ara autenticar. . rocesos o sistemas . 0scritos en contestaciMn Q. $ontenido de escritos . 0videncia de %a %etra *1(2 !. $adena de custodia y uti%iGando %as nuevas instancias de autenticaciMn de %as re3%as: EF rOcord e%ectrMnico, E2F correo e%ectrMnico )os documentos e%ectrMnicos 4ueden ser autenticados tam+iOn 4or B audit trail C I<* o 4or Bencryptation authentication I<* o firma di3ita% B digital signatureC. 1 Ca"e!a "e #usto"ia )a cadena de custodia ha sido uti%iGada 4ara esta+%ecer %a autenticaciMn de correos e%ectrMnicos, reconociendo su vu%nera+i%idad 4ara ser a%terados o modificados. 0n este escenario ser requerirH evidencia que demuestre que %a comunicaciMn e%ectrMnica no ha sido a%terada uti%iGando como +ase %a cadena de custodia de %a comunicaciMn creada o a%macenada en medios e%ectrMnicos. I<* )a )ey de
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e% correo e%ectrMnico no ha+;a sido autenticado a4ro4iadamente. 0% Tri+una% rechaGM e% ar3umento de% acusado y sostuvo que e% testimonio de %a v;ctima fue suficiente 4ara autenticar e% correo e%ectrMnico. 0sta controversia aNn no ha sido o+5eto de (4iniones 4or 4arte de% Tri+una% Su4remo, de manera que nos 4ermitiera o+servar quO criterios de+e eva%uarse ante una controversia so+re %a admisi+i%idad de este ti4o de 4rue+a e%ectrMnica de %as redes socia%es. Dado %o anterior, %e so%icitamos %os comentarios a %a Directora de% Secretariado de %a $onferencia Judicia% y *otaria% de% Tri+una% Su4remo de uerto Rico, )cda. )i%ia @. (quendo So%;s, quien nos recomendM ir a %a normativa que ri3e estos asuntos y teoriGar so+re %os criterios que usar;a e% Tri+una% Su4remo. 0%%o, considerando que %os hechos 4articu%ares de cada caso, %a credi+i%idad, autenticidad y so%ideG de %a evidencia que se 4resente a favor y en contra, as; como %a 3ravedad de un de%ito o causa de acciMn, serHn determinantes 4ara que e% Tri+una% decida si admitirH %a este ti4o de evidencia e%ectrMnica 4resentada. *1(% or otro %ado, tam+iOn nos refiriM a% B *ap?tulo /D del /nforme de Reglas de 'erecho Probatorio C I<*Q que discute e% a%cance de %os cam+ios que se hicieron a %as Re3%as de 0videncia a4ro+adas en e% 2!! y que entraron en vi3encia en e% 2!!. 0n ese $a4;tu%o fue que se incor4oraron cam+ios so+re autenticaciMn y admisi+i%idad de 4rue+a di3ita% y a%macenada e%ectrMnicamente y se esta+%ecen %os requisitos y criterios 4ara su admisi+i%idad. 0ntre %os miem+ros de% $omitO que 3enerM ese &nforme se encontra+an e4ertos en %a materia y varios 4rofesores de 0videncia, 4or %o que %a secciMn de $omentarios 4ara cada re3%a 4ro4uesta fue de 3ran ayuda. Una veG revisamos e% $a4;tu%o & de% &nforme, entendimos que era im4rescindi+%e incor4orar 4arte de% contenido a este art;cu%o cuando %o inc%uimos en e% inciso E=FEF en este art;cu%o +a5o e% tema de B utenticación y admisibilidad electrónica su mFs reciente base estatutariaC. De esta manera 4udimos 4rofundiGar en nuestro anH%isis de %a 5uris4rudencia federa%, en ausencia de inter4retaciMn 4or 4arte de% Tri+una% Su4remo so+re %a a4%icaciMn de %as *uevas Re3%as en materia de autenticaciMn y admisi+i%idad de %a 4rue+a e%ectrMnica. ; La A#a"emia Fu"i#ial :uertorri@ueHa )a ausencia de (4iniones de% Tri+una% Su4remo que nos 4ermita ana%iGar durante nuestra investi3aciMn %os criterios a considerarse 4or e% 5uG3ador ante una controversia so+re %a admisi+i%idad de este ti4o de 4rue+a y se3uidas %as recomendaciones de% Secretariado de %a $onferencia Judicia% y *otaria% de% Tri+una% Su4remo de uerto Rico, entendemos que en nuestro sistema es necesario incrementar e% esta+%ecimiento de 4ro3ramas educativos 4ara atender %as necesidades de educaciMn 5ur;dica continua de fisca%es y a+o3ados en torno a esta controversia. )a 'cademia Judicia% uertorriqueKa ha im4%antado 4roactivamente sus 4ro4ios curr;cu%os y 4ro3ramas educativos 4ara 5ueces y 5ueGas de nuevo nom+ramiento, as; como %os 4ro3ramas educativos y curr;cu%os 4ara atender %as necesidades de educaciMn 5ur;dica continua com4u%soria de toda %a 5udicatura. )a 'cademia Judicia% uertorriqueKa 4uso a nuestra dis4osiciMn informaciMn so+re %as 3estiones encaminadas a %a 0ducaciMn Jur;dica $ontinua y %os comentarios de %a Directora de %a 'cademia Judicia% uertorriqueKa de %a Rama Judicia% de uerto Rico. )a )cda. @i%dred *1(& *e3rMn @art;neG, Directora, nos ofreciM e% materia% de seminarios que se %es ofrecen a %os Jueces y nos recomendM revisar %a norma vi3ente que re3u%a %os asuntos en materia de Derecho ro+atorio, en asuntos de 4rue+a e%ectrMnica y teoriGar hi4otOticamente cuH%es ser;an %os criterios que e% Tri+una% Su4remo uti%iGar;a ante una controversia simi%ar. Siem4re considerando %os hechos 4articu%ares de cada caso, e% ti4o de evidencia e%ectrMnica que se 4retende admitir y e% modo en que %a misma fue o+tenida. C :erspe#tiva "el is#al "el Departame!to "e Fusti#ia 0n %a eta4a investi3ativa, e% fisca% 4uede reci+ir e% 4rimer contacto de %a 4rue+a e%ectrMnica o+tenida de un 4erfi% de red socia%, o un correo e%ectrMnico a travOs de% a3ente investi3ador de% caso. 0ste a3ente es quiOn investi3a %a 4rocedencia de dicha 4rue+a sustantiva a travOs de %a Unidad de $r;menes $i+ernOticos de %a o%ic;a de uerto Rico.
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'simismo e% Servicio de &nmi3raciMn y $ontro% de 'duanas E&$0, 4or sus si3%as en in3%OsF, cuenta con un nuevo %a+oratorio forense Nnico en uerto Rico y e% $ari+e. )as autoridades federa%es y estata%es en %a &s%a como e% &nstituto de $iencias
S')' SU0R&(R D0 I! Re
SALA
J(* D(0
NJ9
ORD=N D= ALLANA9I=NTO '% @inisterio u+%ico re4resentante de% ue+%o de uerto rico ! cua%quier a%3uaci%, o%ic;a de% 0stado )i+re 'sociado de uerto Rico: ' +ase de %a dec%araciMn 5urada hecha ante mi 4or e% a3ente, , )' U0 S0 &*$(R(R' (R R0<0R0*$&' ' )' R0S0*T0 (RD0* S0 D0$)'R' que eiste causa 4ro+a+%e 4ara creer que en %a 4ro4iedad descrita a continuaciMn se encuentra evidencia que de+e ser ocu4ada &e3a%mente 4or ser fruto de una vio%aciMn a% cMdi3o 4ena% 4or e% de%ito de , se autoriGa su ocu4aciMn ya que es se3Nn se indica con una a+a5o: I
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= A CA;O =L R=EISTRO =N LA LOCALIDAD K= S= D=SCRI;= A CONTINACION Lu.ar Descri4ciMn de/%os equi4oEsF *1(( 9OD=LO D= ORD=N D= ALLANA9I=NTO CI;=RNTICO7 MA)OO Att! Custo"io "e Re#or" (1 irst Ave!ue Su!!yvale, CA +%+ :ARA LA SIEI=NT= :RO:I=DAD '.F Toda comunicaciMn a%macenada e%ectrMnicamente, inc%uyendo correo e%ectrMnico, imH3enes di3ita%es, %ista de usuarios y cua%quier otro archive asociado con e% usuario identificado como: roe%2#byahoo.com =.F Todos %os re3istros de %a coneiMn y e4edientes de %a actividad de% usuario 4ara cada ta% cuenta inc%uyendo: .
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Q. &nformaciMn de coneiMn de otras com4utadoras que e% usuario descrito anteriormente ha uti%iGado 4ara conectarse, 4or cua%quier medio, durante e% 4eriodo de coneiMn, inc%uyendo %a direcciMn de% destinatario E& addressFL fecha y hora de %a coneiMn, mOtodo de coneiMn a %a com4utadora destino, y toda otra informaciMn re%evante a %a coneiMn desde Yahoo. $.F $ua%quier otro e4ediente o cuenta re%acionada con %a cuenta arri+a descrita, inc%uyendo nom+res, usuarios, inc%uyendo 4ero no %imitado a e4edientes de facturaciMn, e4edientes de contactos 4or cua%quier 4ersona o entidad re%acionadas a %os arri+a mencionados nom+res y usuarios, e informaciMn so+re suscri4tores. ORD=N D= NO NOTIICACION Se ordena mHs ademHs a Yahoo] a no notificar a cua%quier 4ersona Esuscri4tor inc%uyendo o c%iente con quienes %os materia%es se re%acionanF de %a eistencia de esta orden 4or ! d;as en que ta% acceso 4odr;a dar a% suscri4tor una o4ortunidad de destruir evidencia, de notificar a coo4eradores, o de huir o evitar e% 4rocesamiento. Dada en San Juan, uerto Rico, a de de 2!. FueG *1( 0% 4roceso de transmitir un mensa5e de4ende de varios factores. Si una 4ersona usa su com4utadora 4ara enviar e% mensa5e desde su casa es diferente a uti%iGa B :utloo+ C 4ara enviar e% mismo mensa5e M uti%iGar un 4roveedor en %a red que mane5a su cuenta de correo e%ectrMnico. 0% 4roceso tam+iOn es distinto considerando si se env;a e% mensa5e internamente en una red, se uti%iGa coneiMn sin ca+%es E7&<&F, uso de coneiMn B dial6upC o a travOs de% uso de un te%Ofono inte%i3ente. 0s im4erativo que e% investi3ador conoGca %a confi3uraciMn de %a red, %oca%iGaciMn y ti4o de coneiMn de %a red 4orque ha+rH de afectar e% 4roceso de se3uimiento de% mensa5e. Un correo e%ectrMnico comienGa su via5e cuando una 4ersona entra una informaciMn, a este se %e %%ama c%iente de% e-mai%. ay una variedad de c%ientes, de4endiendo de% 4ro3rama de e-mai% uti%iGado, %a a4%icaciMn de e-mai%, e% usuario o a3ente. \stos var;an se3Nn e% sistema o4erativo uti%iGado, como @icrosoft 7indo6s, '44%e[s (S, Uni etcL tam+iOn e% c%iente 4uede variar se3Nn e% equi4o que uti%ice, como com4utadoras 4ersona%es, redes de tra+a5o, variedad de asistentes 4ersona%es ED'sF. 0% e-mai% mHs comNn via5a en e% sistema o4erativo 7indo6s que o4era (ut%oo o (ut%oo 04ress. ay otros 4roveedores en %a red, que o4eran desde sus B7e+ SitesC como E'()F 'merican (n%ine, Yahoo, 9mai%, otmai%, 4or mencionar a%3unos. 0% 4ro4Msito de todos es e% mismo, transmitir data de un c%iente a otro. I<*22 0n e% caso de que %a 4rue+a e%ectrMnica consista en mensa5es de teto, se uti%iGarH %a 4rue+a de corro+oraciMn con e% 4ro4Msito de im4u3nar en %u3ar de 4rue+a sustantiva. 0% 4roveedor de servicio de te%Ofono mMvi%, a travOs de su re4resentante autoriGado, autentica e% mensa5e de teto enviado y determina e% dueKo de %a cuenta que se uti%iGM 4ara ese env;o. )ue3o e% &nstituto de $iencias
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)a 4rue+a o+tenida de un 4erfi% de usuario de II Co!#lusi$!
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)os ha%%aG3os en nuestro anH%isis demuestran que en %os 0stados Unidos ya cuentan con suficientes determinaciones 5udicia%es que han desarro%%ado %a teor;a 5ur;dica 4ara ad5udicar res4onsa+i%idad en %os 4%eitos 4resentados, en es4ecia% en casos de daKos y 4er5uicios, %a+ora%es, inca4acidad ante e% se3uro socia%, divorcio, custodia y re%aciones de fami%ia. Se ha 4odido descu+rir que %a car3a 4ro+atoria que im4one a% demandante o v;ctima es una muy 4esada y que %as dificu%tades inherentes a %a 4rue+a e%ectrMnica aumentan. )a car3a es aNn mayor cuando se trata de vio%aciMn a% derecho a %a intimidad en e% Hm+ito civi% y vio%aciMn a %a c%Husu%a de i3ua% 4rotecciMn de %as %eyes en casos de amenaGas y acoso en %o crimina%. ero Ostos serHn temas 4ro4ios de otras investi3aciones 4rMimamente. I<*2 Sim4%emente e% hecho de que e% daKo se 4roduce uti%iGando un medio e%ectrMnico o +asado en internet no si3nifica que %a v;ctima merece menos 4rotecciMn de %os tri+una%es y de %a %e3is%aciMn. 0% causante de un daKo no merece ser ec%uido de% sistema %e3a% sim4%emente 4orque %a %ey en 4rocesos civi%es y crimina%es no ha %o3rado evo%ucionar hasta e% ace%erado mundo moderno %o suficiente. )os tri+una%es y %as %e3is%aturas de uerto Rico y %os 0stados Unidos de+en 4rote3er a %os usuarios de %as S*S de %a misma manera que 4rote3en a %as v;ctimas de %as vio%aciones de% derecho en e% conteto tradiciona%. I<*2Q Xor quO no ado4tan medios modernos de investi3aciMnZ ay mucho que a4render de %as a3encias federa%es investi3ativas. )a %e3is%atura, a% i3ua% que %a fisca%;a de% De4artamento de Justicia, se tienen que a5ustar a estos tiem4os y am+os, con %a intervenciMn de %a )e3is%atura, tienen e% de+er de moderniGarse 4rocesa%mente. De %o contrario, e% e%emento crimina% continuarH sa%iOndose con %a suya y e% tri+una% federa% se3uirH siendo e% BS upermanC, que todo %o resue%ve. 0so no es 5usto 4ara tantos *12 miem+ros de %a 5udicatura 4uertorriqueKa que todos %os d;as se enfrentan a %a +urocracia y a% %etar3o 4rocesa% que hemos creado. )a rue+a Di3ita% %e 4%antea a% JueG que %a eva%uarH un nuevo reto de confia+i%idad, que unido a todo e% mito de %a com4%e5idad de% mundo e%ectrMnico, o+stacu%iGa su %%ana ace4taciMn 4or 4arte de% mismo. 0iste en ciertos medios una inicia% fa%ta de confianGa en %a credi+i%idad de %a 4rue+a di3ita% que 4roviene de un sentimiento muy natura% y humano de miedo a %o nuevo o desconocido y que aumenta en e% caso de %os %etrados 4or su temor a no cometer un error 5udicia% y dar un fa%%o i%e3a%, in5usto o am+as cosas a %a veG, 4or desconocimiento, %o que en muchas ocasiones %es %%eva a% terreno de un hi4er3arantismo 4ro+atorio que resu%ta mHs que 4ernicioso 4ara e% desarro%%o de todas %as actividades de %a sociedad de %a informaciMn. I<*2 0s forGoso conc%uir que %a norma vi3ente en Derecho ro+atorio ha sido un 3ran avance, aunque todav;a requiere de 4erfeccionamiento. *uestro ordenamiento 5ur;dico carece de una %e3is%aciMn y 5uris4rudencia que arro5e %uG en e% Hm+ito de %a admisi+i%idad de %a evidencia e%ectrMnica y di3ita%, 4articu%armente %a evidencia o+tenida a travOs de mensa5es de tetos, correos e%ectrMnicos y 4erfi%es de redes socia%es como
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4rocede en esta 5urisdicciMn %a uti%iGaciMn de 4rece4tos de% derecho comNn 4ara reso%ver 4ro+%emas de derecho civi%. !GHle@ v) Ram?re@, :L 2arimón v) Pelegr? , :22L "ravo v) ranco, :22L Esbr? v) 3errallHs, :#2L y *hevremont v) El Pueblo, :#, revocados en cuanto a todo lo =ue entraIe la utili@ación de preceptos del derecho comJn para resolver problemas de derecho civil)# 0i3ir nueva %e3is%aciMn nos concierne a todos 4orque re4resenta en nuestra rea%idad socia% una necesidad indis4ensa+%e que no es un asunto ec%usivo de %a 5udicatura o %a %e3is%atura. )a comunidad %e3a% de+e mantenerse a%erta a %a nueva rea%idad socia%. 0% incremento en e% uso de %as redes socia%es y mensa5es de teto como medio de comunicaciMn de 4referencia 3enera nueva evidencia a travOs de %os medios de comunicaciMn e%ectrMnica. )as redes socia%es se han convertido en Hrea fOrti% 4ara actividades i%e3a%es que 4roducen 4rue+a. 0n ocasiones se convierte en Nnica 4rue+a dis4oni+%e 4ara 4ro+ar una rec%amaciMn durante un 4roceso 5udicia%, %o que hace mHs com4%e5o e% 4roceso de autenticarse. SM%o tenemos que visitar nuestras sa%as 4ara corro+orar%o, 4articu%armente nuestras sa%as es4ecia%iGadas 4ara %os casos de 1io%encia DomOstica. )as recomendaciones aqu; es+oGadas de+er;an ser estudiadas 4or nuestra 'sam+%ea )e3is%ativa en aras de comenGar a crear nueva %e3is%aciMn y enmendar %e3is%aciMn vi3ente, +asadas en %as o4iniones 5udicia%es aqu; ana%iGadas y fuentes de informaciMn. Tanto %a )e3is%atura como e% 05ecutivo tienen %a facu%tad y autoridad 4ara 4romover toda 4ro4uesta 4ara esta+%ecer estHndares que faci%iten %a *1% autenticaciMn y admisi+i%idad de %a nueva evidencia y as; 4rote3er a ciudadanos cuyos derechos se han afectados 4or e% hecho de ser usuario de %os medios de comunicaciMn e%ectrMnica y redes socia%es. )a fa%ta de estHndares 4odr;a crear un caos en %os tri+una%es. )os requisitos de autenticaciMn, autenticaciMn prima facie y 4resunciones que dis4one nuestro ordenamiento 5ur;dico no 4ueden tra+a5ar en un vac;o o a+stracto. Tam4oco +a5o %a visiMn de una tecno%o3;a neutra% sino que tienen que +asarse en %a constante evo%uciMn de %a tecno%o3;a en crecimiento. )os estHndares de+e ser se3uros, via+%es y que 4rovean a%ternativas c%aras 4ara autenticar evidencia de una manera tan certera como %o es %a misma 4rue+a. 0ste es e% momento de un avance. )a 4rimera recomendaciMn directa a %a %e3is%atura ser;a que, en e% e5ercicio de sus funciones enmiende a %a )ey de de a3osto de Q, se3Nn enmendada conocida como )ey de 1io%encia DomOstica, 4ara aKadir determinaciones de hecho a% formu%ario de (rden de rotecciMn 4ara que e% Tri+una% ordene a %a 4arte 4eticionada Ea3resorF, que se a+sten3a de comunicaciones con %a 4arte 4er5udicada a travOs de %os 4erfi%es de redes socia%es. )as 4osi+i%idades de vio%encia 4sico%M3ica se am4%;an en %a actua%idad ante e% 4osi+%e ma% uso de %os medios de comunicaciMn socia% que ofrece %a internet y ce%u%ares. )as nuevas moda%idades de comunicaciMn E
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)a evidencia circunstancia% siem4re es 4ertinente a %a autenticidad. or %o 3enera%, si a%3o es autOntico de4enderH de% va%or 4ro+atorio y de muchos factores. 0n e% eamen de %a evidencia di3ita%, Ostos 4ueden ser circunstancias acerca de %a 4ro4ia informaciMn di3ita%. ( +ien, 4odr;an ser hechos so+re e% mundo eterior. $asi siem4re, %os dos ti4os de datos serHn re%evantes. *o o+stante, cada 4erfi% de una red socia%, como
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I<*. JosO '. De%3ado. B:bama dicta la pauta.C, 0% *uevo Dia, E'ctua%idadF, domin3o, de diciem+re de 2!2, 4H3. . I<*. &n3. Ju%io '. Torres-9onGH%eG, JD, '+o3ado e &n3eniero )icenciado de $om4utadoras, B irmas 'igitales y utenticaci de Evidencia ElectrónicaK, Revista de 'erecho /nformFtico !alfa6redi)comF, &SS* Q-2, 0d. '%fa-Redi, *o. # - Diciem+re 2!!. htt4://666.a%fa-redi.or3/rdi-articu%o.shtm%Z Q. I<*. /nfra, nota . I<*. 1ivian &. *c4tunc-Rivcra, B Los retos de la evidencia electrónica C, R01. JUR. U..R. # E2!!F. I<*Q. B1he 3ocial Net.or+ 4ou dont get to 00 million friends .ithout ma+ing a fe. enemiesC, E2!!F $o%um+ia icturcs, &ndustries, &nc., Scott Rudin/@ichae% De )uca/Tri33cr Street roduction a David
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I<*2!. R. 01&D. .R. E2!!F, #2 )..R.'., '4. 1&, R. !E=FEF. I<*2. R. 01&D. .R. E2!!F, #2 )..R.'., '4. 1&, R. #!E2#F. I<*22. 3upra, nota . I<*2#. 7cinstein[s ay, B E5tending 1ort Liability to *reators of a+e Profiles on 3ocial Net.or+ing -ebsitesC, $hica3o->ent Journa% of &nte%%ectua% ro4erty ! E2!!F. I<*#. Danah @. =oyd *ico%e =. 0%%ison, 3ocial Net.or+ 3ites 'efinition, ;istory, and 3cholarship, # J. $(@UT0R@0D&'T0D $(@@U*$[*, E2!!F, htt4:// 5cmc.indiana.edu/vo%%#/issue%/+oyd.e%%ison.htm%. I<*#2. /d) I<*##. $aro%ine @c$arthy, -heeQ Ne. Numbers on 3ocial Net.or+
htt4://
I<*#. Dash Sharma, 3ocial Net.or+ing Aod %0 3ocial Net.or+ing 3ites , htt4://masha+%e.com/2!!/!/2#/socia%nct6orin3-3od E(ct. 2#, 2!!F. I<*#. Danah @. =oyd *ico%e =. 0%%ison, 3ocial Net.or+ 3ites 'efinition, ;istory, and 3cholarship, # J. $(@UT0R@0D&'T0D $(@@U*$[*, E2!!F, htt4:// 5eme.indiana.edu/vo%%#/issue%/+oyd.e%%ison.htm%. I<*#. 1.itter bout Page, htt4://t6itter.com/a+out Edcfinin3 micro+%o33in3 as u4datin3 fo%%o6crs on 6hat the user is doin3 in a %imited atnount of charactersF Evisitado en @ay , 2!!F.
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I<*#Q. David >ir4atric, 1he aceboo+ Effect 1he /nside 3tory of the *ompany that is *onnecting the -orld, Privacy C, Simon Schustcr a4cr+acs 2!!, *e6 Yor, *Y, 4a3es -2. I<*#. Gida 'igital 1ecnolog?a) /nternet y *iencia, ES@S o mensa5es de tetoF, htt4://666.vidadi3ita%radio.com/smsmensa5es-teto/ Evisitado en @ayo 2, 2!F. I<*!. Re3%as de 0videncia de 2!!, #2 )..R.'., '4. 1&L Re3%as de rocedimiento $ivi% de 2!!, #2 )..R.'., '4. 1. I<*. /nforme de las Reglas de 'erecho Probatorio de% $omitO 'sesor ermanente de Re3%as de 0videncia, @arGo 2!!. Rama Judicia% de uerto Rico, Secretariado de %a $onferencia Judicia% y *otaria%, Rama5udicia%.4r, dis4oni+%e en htt4://666.rama5udicia%.4r/sistema/su4remo/&nformeRe3%as-de-Derecho-ro+atorio-2!!.4df, en ade%ante B /nformeC. I<*2. 1ivian &. *c4tune-Rivcra, Decana de %a 0scue%a de Derecho Universidad de uerto Rico, ))@ $o%um+ia Univcrsity *e6 Yor, JD y =' Universidad de uerto Rico Recinto de R;o iedras, B La evidencia electrónica y la autenticación de correos electrónicosC, Revista de Derecho &nformHtico Ea%fa-redi.comF, &SS* Q-2, 0d. '%fa-Redi, *o. ! - '+ri% 2!!. htt4://666.a%fa-redi.or3/rdi-rticu%o.shtmiZ!Q!. I<*#. 1ivian &. *e4tune-Rivcra, Decana de %a 0scue%a de Derecho Universidad de uerto Rico, ))@ $o%um+ia Univcrsity *e6 Yor, JD y =' Universidad de uerto Rico Recinto de R;o iedras. B Las redes sociales y los mensa(es de te5t utenticación ba(o tas nuevas Reglas de Evidencia de Puerto RicoC, R01. JUR. U.&. 2Q E2!!F. I<*. 0rnesto ). $hicsa, supra, nota , 4H3. 2. I<*. Reglas de Evidencia de Puerto Rico 'ocumentos complementarios, '+ri% 2!!, Rama Judicia% de uerto Rico, Secretariado de %a $onferencia Judicia% y *otaria%, Rama5udicia%.4r, dis4oni+%e en htt4:// 666.rama5udicia%.4r/sistema/su4remo/conferencia/Documento-$om4%ementario-'sam+%ea-)e3is%ativa.4df. I<*. I$ita omitida. I<*. $uando se ha3a referencia a %a B ProcedenciaC y B lcanceC de cada Re3%a citada en este art;cu%o, se estH citando de manera %itera% c% /nforme de% $omitO 'sesor ermanente de %as Re3%as de 0videncia. I<*Q. /)d) I<*. &nforme, 4H3ina #Q. I<*!. I$ita omitida. I<*. I$ita omitida. I<*2. 0d6ard J. &m6ine%ricd, Evidentiary oundations , $ha4ter &1, `.!# y `.!, th 0d. E)eis-*eisF u+%ishcr, 4a3e . I<*#. Se3Nn $hiesa, 4ara %a me5or com4rensiMn de todo este com4%icado asunto de autenticar %o que 4odr;a %%amarse evidencia e%ectrMnica, recomienda 3randemente recurrir a %a famosa o+ra, %a me5or en su 3Onero, de 0d6ard J. &m6inc%ried, 0vidcnciary
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I<*. I$ita omitida. I<*. &nforme, 4H3ina #. I<*. 0rnesto ). $hiesa, Regias de Evidencia de Puerto Rico $0096nFlisis por el Prof) Ernesto L) *hiesa , u+%icaciones JTS, )ui33i '+raham 0ditor 2!!, 4H3. #!. I<*. 3upra, nota . I<*Q. /d) I<*. &nforme, 4H3ina 2. I<*!. $. 0*J.$&1. `-'rt.2. I<*. 3upra, nota . I<*2. /d) I<*#. &nforme, 4H3ina 2. I<*. 0rnesto ). $hicsa, supra, nota , 4H3. #. I<*. 3upra, nota . I<*. /d) I<*. &nforme, 4H3ina Q!. I<*Q. Re3ias de 0videncia de 2!!, #2 )..R.'., '4. 1&L Re3%as de rocedimiento $ivi% de 2!!, #2 )..R.'., '4. 1. I<*. R. >($. $iv. .R. E2!!F, #2 )..R.'., '4. 1, R. 2#. %EaF y R. #.#EdF. I<*!. Rafae% ernHndeG $o%Mn, 'erecho Procesal *ivil , $a4. 2Q, )eis*cis 2!!, uerto Rico, ta 0d., 4H3s. 2#-#!. I<*. /d), supra, nota . I<*2. /d), supra, nota . I<*#. J'1&0R '. 0$01'RR;' 1'R9'S, R($0D&@&0*T( $&1&) U0RT(RR&U0K( E2!!F, 4H3. . I<*. /d), 4a3. . I<*. /d), supra, nota . I<*. '%e5andro . @ercado, ro3rama de 0ducaciMn Jur;dica $ontinua de %a
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I<*. 0ntrevista: onora+%e 'nthony $uevas Ramos, ))@-JD, JueG Su4erior de %o $ivi% y rofesor de Derecho, B El 'escubrimiento de Prueba Electrónica *ambios en las Nuevas Reglas de Evidencia y Procedimiento *ivil C, de noviem+re de 2!. I<*Q. # 0n3. Re4. E>.=. 22F E*Mtese que en rmory v) 'elamirie sur3en de %as 4rimeras controversias en tomo %a 4resunciMn adversa de es4o%iaciMn contra %a 4arte de destruye.F. Sess. $as. >.=. !F E>in3[s =cnch, 22F, @atthe6 S. @aara, B 2y 'og te 2y Email *reating a *omprehensive dverse /nference /nstruclion 3tandardfor 3poliation of Electronic Evidence C, Suffo% University )a6 Revie6 -=oston, @assachusctts htt4:// 666.%a6.sufubula+e v) <"3 -arburg LL* , 2 <.R.D. #! ES.D.*.Y. 2!!#F, >ubula+e v) <"3 -arburg LL* , 22! <.R.D. 22 ES.D.*.Y. 2!!#F, >ubula+e v) <"3 -arburg LL*, 2!! 7) 2!Q ES.D.*.Y. Ju%y 2!, 2!!F. I<*Q. &n3. Ju%io '. Torres-9onGH%eG, JD, supra, nota #. I<*Q. Rodr;3ueG Torres v. 9overnment Deve%o4ment =an, 2 <.R.D. ! ED..R. January 2!!F. I<*Q. '%e5andro . @ercado @art;neG, @c$onne%% 1a%dcs ))$, B Electronic 'iscovery Revisited -here re -e No.O C,
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I<*. B' chrono%o3ica% record of system activities that is sufficient to ena+%e the reconstruction revie6in3, and eamination of the sequence of environments and activities surroundin3 or %eadin3 to an o4eration, a 4rocedure, or an event in a transaction from its ince4tion to fina% resu%ts.C I<*. B0ncry4tion it[s a means of codin3 messa3es and other documents so they a44ear to +e random charaeters. u+%ic ey encry4tion +e used to ensure a messa3e is authentic Ethat is that the messa3e 6as actua%%y sent +y the sender and that the messa3es has not +een a%tered or modified in any 6ay. This accom4%ished 6hen the sender encry4ts the messa3e usin3 its 4rivate ey. (n recei4t of the e-mai%, the reci4ient can decode the messa3e usin3 the sender[s 4u+%ie ey.C I<*. /nfra, nota #. I<*. )ey *Nm. ## de de se4tiem+re de 2!!, Ley de irmas Electrónicas de Puerto Rico, # )R' Q! ss.L U.S.$. ` !! ss. I<*Q. Rama Judicia% de uerto Rico, Secretariado de %a $onferencia Judicia% y *otaria%, Rama5udicia%.4r dis4oni+%e en htt4:// 666.rama5udicia%.4r/sistema/su4remo/&nformeRe3%as-de-Derecho-ro+atorio-2!!.4df. I<*. )imarys SuHreG Torres, B Revelan cciones llegales en /nternet .C, 0% *uevo D;a, E'ctua%idadF, domin3o, 2 de enero de 2!2, 4H3. 22. I<*2!. /d), 4H3. 2#. I<*2. 0ntrevista:
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